PE/008841-3











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/008841-3


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Ricardo López Prieto, relativa a objetos mínimos de recogida de aparatos eléctricos y electrodomésticos por profesionales (RAEEs) determinados por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente para Castilla y León por habitante, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 402, de 18 de abril de 2018.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/008214, PE/008284, PE/008289, PE/008410, PE/008464 a PE/008566, PE/008568, PE/008630, PE/008661 a PE/008663, PE/008700, PE/008702, PE/008703, PE/008706 a PE/008710, PE/008714, PE/008715, PE/008721, PE/008731, PE/008747 a PE/008756, PE/008767 a PE/008775, PE/008782, PE/008783, PE/008786, PE/008789, PE/008798, PE/008802, PE/008805, PE/008820, PE/008823 a PE/008827, PE/008829, PE/008831, PE/008841 a PE/008843, PE/008852, PE/008855, PE/008858 a PE/008860, PE/008867, PE/008868, PE/008877, PE/008886, PE/008888 a PE/008896, PE/008898 a PE/008902, PE/008905, PE/008909, PE/008910, PE/008912, PE/008922, PE/008988, PE/009029, PE/009053, PE/009066 a PE/009071, PE/009075, PE/009082 a PE/009090, PE/009099 a PE/009102, PE/009104, PE/009105, PE/009107, PE/009112, PE/009117, PE/009118, PE/009197, PE/009200, PE/009201, PE/009203 a PE/009209, PE/009211 a PE/009217, PE/009232, PE/009234 a PE/009246, PE/009248, PE/009261, PE/009265, PE/009266, PE/009278, PE/009299 a PE/009302, PE/009354 y PE/009355, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de junio de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita número 0908841, formulada por D. Ricardo López Prieto Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos de las Cortes de Castilla y León, relativa al grado de cumplimiento de recogida de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos en el año 2017.

El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente fijó para Castilla y León, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, y teniendo en cuenta la disposición transitoria cuarta del mismo, los siguientes objetivos de recogida de RAEE para el año 2017:

En términos de objetivo por habitante y año, para el año 2017 en Castilla y León el objetivo se traduce en un mínimo total de 6,41 kg de RAEE por habitante, que se desglosa en una recogida de 5,49 kg de RAEE de uso doméstico y 0,92 kg de RAEE de uso profesional.

Conforme a lo establecido en la disposición transitoria octava del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, los datos de recogida, reciclaje y valorización se enviarán a las Comunidades Autónomas y al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente en los tres primeros meses del año siguiente al del periodo de cumplimiento, por lo que aún no se dispone de dicha información y en consecuencia no puede valorarse el grado de cumplimiento de los objetivos mínimos de recogida separada de RAEE correspondientes al año 2017.

Han caducado 3 expedientes sancionadores del año 2015 y 1 del año 2016, no habiéndose reiniciado nuevos procedimientos dada la prescripción de las infracciones administrativas en las que se tipificaban los hechos imputados, no disponiéndose de datos sobre traslado específico de RAEE relativos al año 2017 dado que los informes de los SIG y de los gestores correspondientes está en fase de estudio y revisión.

Según los datos que se aportan anualmente en las memorias de gestores y de los Sistemas de Responsabilidad Ampliada del Productor de RAEE, Castilla y León es una Comunidad importadora de RAEE de otras Comunidades Autónomas, tratando las plantas de la Comunidad cantidades superiores de RAEE a las recogidas en la misma.

Las adaptaciones al Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, de instalaciones de gestión de RAEE en Castilla y León han afectado a 72 instalaciones de almacenamiento, 2 instalaciones de preparación para la reutilización y 5 instalaciones de tratamiento específico, habiendo sido ya revisadas y adaptadas todas las de almacenamiento y las de preparación para la reutilización. Las instalaciones de tratamiento específico presentaron en diciembre de 2017 el correspondiente cronograma para la comprobación de pruebas y ensayos establecidos en el artículo 37.5.b) del citado Real Decreto, habiendo realizado 3 de ellas las pruebas de tratamiento para verificar el cumplimiento de los objetivos de reciclaje y valorización y estando las 2 restantes pendientes de su ejecución a lo largo de este año. A continuación se relacionan las instalaciones autorizadas para el tratamiento específico de RAEE que están en proceso de adaptación:

El Foro de Participación Social que contempla el Plan Integral de Residuos de Castilla y León no es específico en materia de RAEE, si bien, en desarrollo de la medida IC01.15 y de la medida RAEE.04 del Plan se formó una plataforma en materia de RAEE que tuvo su primera reunión con fecha 21 de mayo de 2015, no habiéndose reunido en 2016 y 2017 dado el momento transitorio de adaptación, y estando prevista una nueva reunión en 2018 a fin de tratar la aplicación del RD 110/2015 y establecer una mejora de estrategia de recogida, transporte, tratamiento, participación de la distribución e información al ciudadano. Además en enero de 2018 se mantuvo un encuentro con el sector de la distribución en el que estuvieron representadas todas las asociaciones de distribución de AEE.

El RD 208/2005 establecía un objetivo de recogida nacional de 4 kilogramos habitante, objetivo siempre cumplido en la Comunidad. El aparatado 3 del artículo 29 del RD 110/2015 establece que los objetivos mínimos anuales en el ámbito estatal deberán cumplirse en cada Comunidad Autónoma en proporción a su población. Dichos objetivos, publicados en la web del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, se han cumplido en la Comunidad en los años 2015 y 2016, estando en estudio los del año 2017, y habiéndose incrementado el objetivo en 2018 hasta 6,44 kg/habitante, conforme refleja la siguiente tabla:

Valladolid, 12 de junio de 2018.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/008841-3

CVE="BOCCL-09-031472"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 65789
BOCCL nº 506/9 del 28/12/2018
CVE: BOCCL-09-031472

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/008841-3
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Ricardo López Prieto, relativa a objetos mínimos de recogida de aparatos eléctricos y electrodomésticos por profesionales (RAEEs) determinados por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente para Castilla y León por habitante, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 402, de 18 de abril de 2018.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/008214, PE/008284, PE/008289, PE/008410, PE/008464 a PE/008566, PE/008568, PE/008630, PE/008661 a PE/008663, PE/008700, PE/008702, PE/008703, PE/008706 a PE/008710, PE/008714, PE/008715, PE/008721, PE/008731, PE/008747 a PE/008756, PE/008767 a PE/008775, PE/008782, PE/008783, PE/008786, PE/008789, PE/008798, PE/008802, PE/008805, PE/008820, PE/008823 a PE/008827, PE/008829, PE/008831, PE/008841 a PE/008843, PE/008852, PE/008855, PE/008858 a PE/008860, PE/008867, PE/008868, PE/008877, PE/008886, PE/008888 a PE/008896, PE/008898 a PE/008902, PE/008905, PE/008909, PE/008910, PE/008912, PE/008922, PE/008988, PE/009029, PE/009053, PE/009066 a PE/009071, PE/009075, PE/009082 a PE/009090, PE/009099 a PE/009102, PE/009104, PE/009105, PE/009107, PE/009112, PE/009117, PE/009118, PE/009197, PE/009200, PE/009201, PE/009203 a PE/009209, PE/009211 a PE/009217, PE/009232, PE/009234 a PE/009246, PE/009248, PE/009261, PE/009265, PE/009266, PE/009278, PE/009299 a PE/009302, PE/009354 y PE/009355, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de junio de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita número 0908841, formulada por D. Ricardo López Prieto Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos de las Cortes de Castilla y León, relativa al grado de cumplimiento de recogida de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos en el año 2017.

El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente fijó para Castilla y León, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, y teniendo en cuenta la disposición transitoria cuarta del mismo, los siguientes objetivos de recogida de RAEE para el año 2017:

En términos de objetivo por habitante y año, para el año 2017 en Castilla y León el objetivo se traduce en un mínimo total de 6,41 kg de RAEE por habitante, que se desglosa en una recogida de 5,49 kg de RAEE de uso doméstico y 0,92 kg de RAEE de uso profesional.

Conforme a lo establecido en la disposición transitoria octava del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, los datos de recogida, reciclaje y valorización se enviarán a las Comunidades Autónomas y al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente en los tres primeros meses del año siguiente al del periodo de cumplimiento, por lo que aún no se dispone de dicha información y en consecuencia no puede valorarse el grado de cumplimiento de los objetivos mínimos de recogida separada de RAEE correspondientes al año 2017.

Han caducado 3 expedientes sancionadores del año 2015 y 1 del año 2016, no habiéndose reiniciado nuevos procedimientos dada la prescripción de las infracciones administrativas en las que se tipificaban los hechos imputados, no disponiéndose de datos sobre traslado específico de RAEE relativos al año 2017 dado que los informes de los SIG y de los gestores correspondientes está en fase de estudio y revisión.

Según los datos que se aportan anualmente en las memorias de gestores y de los Sistemas de Responsabilidad Ampliada del Productor de RAEE, Castilla y León es una Comunidad importadora de RAEE de otras Comunidades Autónomas, tratando las plantas de la Comunidad cantidades superiores de RAEE a las recogidas en la misma.

Las adaptaciones al Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, de instalaciones de gestión de RAEE en Castilla y León han afectado a 72 instalaciones de almacenamiento, 2 instalaciones de preparación para la reutilización y 5 instalaciones de tratamiento específico, habiendo sido ya revisadas y adaptadas todas las de almacenamiento y las de preparación para la reutilización. Las instalaciones de tratamiento específico presentaron en diciembre de 2017 el correspondiente cronograma para la comprobación de pruebas y ensayos establecidos en el artículo 37.5.b) del citado Real Decreto, habiendo realizado 3 de ellas las pruebas de tratamiento para verificar el cumplimiento de los objetivos de reciclaje y valorización y estando las 2 restantes pendientes de su ejecución a lo largo de este año. A continuación se relacionan las instalaciones autorizadas para el tratamiento específico de RAEE que están en proceso de adaptación:

El Foro de Participación Social que contempla el Plan Integral de Residuos de Castilla y León no es específico en materia de RAEE, si bien, en desarrollo de la medida IC01.15 y de la medida RAEE.04 del Plan se formó una plataforma en materia de RAEE que tuvo su primera reunión con fecha 21 de mayo de 2015, no habiéndose reunido en 2016 y 2017 dado el momento transitorio de adaptación, y estando prevista una nueva reunión en 2018 a fin de tratar la aplicación del RD 110/2015 y establecer una mejora de estrategia de recogida, transporte, tratamiento, participación de la distribución e información al ciudadano. Además en enero de 2018 se mantuvo un encuentro con el sector de la distribución en el que estuvieron representadas todas las asociaciones de distribución de AEE.

El RD 208/2005 establecía un objetivo de recogida nacional de 4 kilogramos habitante, objetivo siempre cumplido en la Comunidad. El aparatado 3 del artículo 29 del RD 110/2015 establece que los objetivos mínimos anuales en el ámbito estatal deberán cumplirse en cada Comunidad Autónoma en proporción a su población. Dichos objetivos, publicados en la web del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, se han cumplido en la Comunidad en los años 2015 y 2016, estando en estudio los del año 2017, y habiéndose incrementado el objetivo en 2018 hasta 6,44 kg/habitante, conforme refleja la siguiente tabla:

Valladolid, 12 de junio de 2018.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/008841-3

CVE="BOCCL-09-031472"



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