PE/009266-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/009266-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. David Castaño Sequeros, relativa a si la Junta de Castilla y León considera apropiado promover una reforma de la Orden FAM/644/2012 de 30 de julio que clarifique y posibilite la compatibilidad entre la prestación de servicio de asistencia personal y centro de día, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 416, de 23 de mayo de 2018.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/008214, PE/008284, PE/008289, PE/008410, PE/008464 a PE/008566, PE/008568, PE/008630, PE/008661 a PE/008663, PE/008700, PE/008702, PE/008703, PE/008706 a PE/008710, PE/008714, PE/008715, PE/008721, PE/008731, PE/008747 a PE/008756, PE/008767 a PE/008775, PE/008782, PE/008783, PE/008786, PE/008789, PE/008798, PE/008802, PE/008805, PE/008820, PE/008823 a PE/008827, PE/008829, PE/008831, PE/008841 a PE/008843, PE/008852, PE/008855, PE/008858 a PE/008860, PE/008867, PE/008868, PE/008877, PE/008886, PE/008888 a PE/008896, PE/008898 a PE/008902, PE/008905, PE/008909, PE/008910, PE/008912, PE/008922, PE/008988, PE/009029, PE/009053, PE/009066 a PE/009071, PE/009075, PE/009082 a PE/009090, PE/009099 a PE/009102, PE/009104, PE/009105, PE/009107, PE/009112, PE/009117, PE/009118, PE/009197, PE/009200, PE/009201, PE/009203 a PE/009209, PE/009211 a PE/009217, PE/009232, PE/009234 a PE/009246, PE/009248, PE/009261, PE/009265, PE/009266, PE/009278, PE/009299 a PE/009302, PE/009354 y PE/009355, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de junio de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita P.E. 9266, formulada por don David Castaño Sequeros, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre si la Junta de Castilla y León considera apropiado promover una reforma legislativa de la Orden FAM/644/2012, de 30 de julio, que clarifique, clasifique y posibilite la compatibilidad entre la prestación de servicio de asistencia personal y centro de día.

El régimen de compatibilidades de las prestaciones de atención a la dependencia en Castilla y León está regulado en la Orden FAM/6/2018 de 11 de enero, por la que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales.

Dicha Orden sustituyó a la Orden FAM/644/2012, de 30 de julio (modificado por la Orden FAM/547/2018, de 28 de mayo).

La compatibilidad de dos prestaciones vinculadas en el caso de personas con discapacidad que necesitan de un recurso de atención residencial, tiene el objetivo de garantizar la atención diurna (mediante un servicio de centro de día, de promoción de la autonomía personal o de asistencia personal) a estas personas, cuando los dos servicios son privados y se valoran como necesarios para favorecer su autonomía.

No se trata de comparar el coste de dos servicios públicos (residencia y centro de día), con el de dos prestaciones vinculadas, sino de la atención que se debe y se puede garantizar a las personas en situación de dependencia.

Hay que recordar que la normativa estatal no contempla la existencia de la doble vinculada, y, además, las cuantías para estas prestaciones que establece son inferiores a las previstos en Castilla y León.

Valladolid, 13 de junio de 2018.

LA CONSEJERA,Fdo.: Alicia García Rodríguez.


PE/009266-2

CVE="BOCCL-09-031566"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 65981
BOCCL nº 506/9 del 28/12/2018
CVE: BOCCL-09-031566

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/009266-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. David Castaño Sequeros, relativa a si la Junta de Castilla y León considera apropiado promover una reforma de la Orden FAM/644/2012 de 30 de julio que clarifique y posibilite la compatibilidad entre la prestación de servicio de asistencia personal y centro de día, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 416, de 23 de mayo de 2018.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/008214, PE/008284, PE/008289, PE/008410, PE/008464 a PE/008566, PE/008568, PE/008630, PE/008661 a PE/008663, PE/008700, PE/008702, PE/008703, PE/008706 a PE/008710, PE/008714, PE/008715, PE/008721, PE/008731, PE/008747 a PE/008756, PE/008767 a PE/008775, PE/008782, PE/008783, PE/008786, PE/008789, PE/008798, PE/008802, PE/008805, PE/008820, PE/008823 a PE/008827, PE/008829, PE/008831, PE/008841 a PE/008843, PE/008852, PE/008855, PE/008858 a PE/008860, PE/008867, PE/008868, PE/008877, PE/008886, PE/008888 a PE/008896, PE/008898 a PE/008902, PE/008905, PE/008909, PE/008910, PE/008912, PE/008922, PE/008988, PE/009029, PE/009053, PE/009066 a PE/009071, PE/009075, PE/009082 a PE/009090, PE/009099 a PE/009102, PE/009104, PE/009105, PE/009107, PE/009112, PE/009117, PE/009118, PE/009197, PE/009200, PE/009201, PE/009203 a PE/009209, PE/009211 a PE/009217, PE/009232, PE/009234 a PE/009246, PE/009248, PE/009261, PE/009265, PE/009266, PE/009278, PE/009299 a PE/009302, PE/009354 y PE/009355, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de junio de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita P.E. 9266, formulada por don David Castaño Sequeros, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre si la Junta de Castilla y León considera apropiado promover una reforma legislativa de la Orden FAM/644/2012, de 30 de julio, que clarifique, clasifique y posibilite la compatibilidad entre la prestación de servicio de asistencia personal y centro de día.

El régimen de compatibilidades de las prestaciones de atención a la dependencia en Castilla y León está regulado en la Orden FAM/6/2018 de 11 de enero, por la que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales.

Dicha Orden sustituyó a la Orden FAM/644/2012, de 30 de julio (modificado por la Orden FAM/547/2018, de 28 de mayo).

La compatibilidad de dos prestaciones vinculadas en el caso de personas con discapacidad que necesitan de un recurso de atención residencial, tiene el objetivo de garantizar la atención diurna (mediante un servicio de centro de día, de promoción de la autonomía personal o de asistencia personal) a estas personas, cuando los dos servicios son privados y se valoran como necesarios para favorecer su autonomía.

No se trata de comparar el coste de dos servicios públicos (residencia y centro de día), con el de dos prestaciones vinculadas, sino de la atención que se debe y se puede garantizar a las personas en situación de dependencia.

Hay que recordar que la normativa estatal no contempla la existencia de la doble vinculada, y, además, las cuantías para estas prestaciones que establece son inferiores a las previstos en Castilla y León.

Valladolid, 13 de junio de 2018.

LA CONSEJERA,Fdo.: Alicia García Rodríguez.


PE/009266-2

CVE="BOCCL-09-031566"



Sede de las Cortes de Castilla y León