PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/008418, PE/008569, PE/008691, PE/008719, PE/008720, PE/008725, PE/008735, PE/008737 a PE/008740, PE/008757 a PE/008760, PE/008791, PE/008796, PE/008797, PE/008806, PE/008812, PE/008837, PE/008854, PE/008869, PE/008872, PE/008897, PE/008916, PE/008918, PE/008919, PE/008921, PE/008924, PE/008925, PE/008937, PE/008938, PE/008940, PE/008945 a PE/008955, PE/008959, PE/008981 a PE/008985, PE/009028, PE/009032, PE/009034, PE/009038, PE/009039, PE/009043, PE/009050, PE/009056 a PE/009065, PE/009267, PE/009268, PE/009271 a PE/009273, PE/009277, PE/009287 a PE/009293, PE/009298, PE/009305, PE/009306, PE/009309 a PE/009324, PE/009326 a PE/009346, PE/009351 a PE/009353, PE/009356 a PE/009361, PE/009378, PE/009379, PE/009382 a PE/009387 y PE/009440, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 5 de julio de 2018.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0909328, formulada a la Junta de Castilla y León por Dña. María Belén Rosado Diago, Procuradora del Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a si subvenciona o ayuda la Junta de Castilla y León al transporte escolar en algún colegio concertado en medio rural de la Comunidad Autónoma.
En respuesta a la lniciativa Parlamentaria P.E./0909328 se manifiesta lo siguiente:
La Consejería de Educación convoca cada curso escolar una línea de ayudas para financiar el gasto de transporte escolar del alumnado que curse segundo ciclo de educación infantíl, educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional básica o educación especial.
Los destinatarios de estas ayudas son alumnos que tengan la residencia familiar en la Comunidad de Castilla y León, y que cursen alguna de las etapas educativas anteriormente mencionadas en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación o, por decisión de la comisión de escolarización, en centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León. Además, es necesario que concurra la imposibilidad para el alumno de hacer uso de los servicios de transporte escolar contratados por la Consejería de Educación, viéndose obligado a realizar gastos de transporte para desplazarse a su centro escolar o a la parada más próxima de la ruta escolar.
Por lo tanto, siempre que reúnan las condiciones anteriormente enumeradas, pueden resultar beneficiarios, de estas ayudas de transporte escolar, alumnos tanto de centros públicos como de centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León.
Asimismo, existe una línea de subvenciones para centros concertados de educación especial destinada a financiar el transporte de alumnos plurideficientes con discapacidad motora, cuya cuantía es proporcional al esfuerzo económico realizado para recoger a los alumnos, incluyendo tanto a los residentes en el medio urbano como en el rural.
Valladolid, 26 de junio de 2018.
EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.
PE/009328-2
CVE="BOCCL-09-032027"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/008418, PE/008569, PE/008691, PE/008719, PE/008720, PE/008725, PE/008735, PE/008737 a PE/008740, PE/008757 a PE/008760, PE/008791, PE/008796, PE/008797, PE/008806, PE/008812, PE/008837, PE/008854, PE/008869, PE/008872, PE/008897, PE/008916, PE/008918, PE/008919, PE/008921, PE/008924, PE/008925, PE/008937, PE/008938, PE/008940, PE/008945 a PE/008955, PE/008959, PE/008981 a PE/008985, PE/009028, PE/009032, PE/009034, PE/009038, PE/009039, PE/009043, PE/009050, PE/009056 a PE/009065, PE/009267, PE/009268, PE/009271 a PE/009273, PE/009277, PE/009287 a PE/009293, PE/009298, PE/009305, PE/009306, PE/009309 a PE/009324, PE/009326 a PE/009346, PE/009351 a PE/009353, PE/009356 a PE/009361, PE/009378, PE/009379, PE/009382 a PE/009387 y PE/009440, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 5 de julio de 2018.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0909328, formulada a la Junta de Castilla y León por Dña. María Belén Rosado Diago, Procuradora del Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a si subvenciona o ayuda la Junta de Castilla y León al transporte escolar en algún colegio concertado en medio rural de la Comunidad Autónoma.
En respuesta a la lniciativa Parlamentaria P.E./0909328 se manifiesta lo siguiente:
La Consejería de Educación convoca cada curso escolar una línea de ayudas para financiar el gasto de transporte escolar del alumnado que curse segundo ciclo de educación infantíl, educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional básica o educación especial.
Los destinatarios de estas ayudas son alumnos que tengan la residencia familiar en la Comunidad de Castilla y León, y que cursen alguna de las etapas educativas anteriormente mencionadas en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación o, por decisión de la comisión de escolarización, en centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León. Además, es necesario que concurra la imposibilidad para el alumno de hacer uso de los servicios de transporte escolar contratados por la Consejería de Educación, viéndose obligado a realizar gastos de transporte para desplazarse a su centro escolar o a la parada más próxima de la ruta escolar.
Por lo tanto, siempre que reúnan las condiciones anteriormente enumeradas, pueden resultar beneficiarios, de estas ayudas de transporte escolar, alumnos tanto de centros públicos como de centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León.
Asimismo, existe una línea de subvenciones para centros concertados de educación especial destinada a financiar el transporte de alumnos plurideficientes con discapacidad motora, cuya cuantía es proporcional al esfuerzo económico realizado para recoger a los alumnos, incluyendo tanto a los residentes en el medio urbano como en el rural.
Valladolid, 26 de junio de 2018.
EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.
PE/009328-2
CVE="BOCCL-09-032027"