PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/008429, PE/008438, PE/008840, PE/008863, PE/008958, PE/009041, PE/009049, PE/009051, PE/009076 a PE/009080, PE/009092 a PE/009097, PE/009109, PE/009110, PE/009113, PE/009114, PE/009116, PE/009119, PE/009120, PE/009123 a PE/009196, PE/009198, PE/009202, PE/009210, PE/009218 a PE/009231, PE/009233, PE/009249 a PE/009260, PE/009263, PE/009264, PE/009274, PE/009276, PE/009279 a PE/009286, PE/009294 a PE/009297, PE/009303, PE/009304, PE/009308, PE/009325, PE/009347, PE/009348, PE/009350, PE/009362 a PE/009377, PE/009380, PE/009381, PE/009388, PE/009390, PE/009391, PE/009395, PE/009397 a PE/009402, PE/009404 a PE/009406, PE/009414 a PE/009422, PE/009436, PE/009437, PE/009439, PE/009461 a PE/009464, PE/009466, PE/009467, PE/009518, PE/009521 a PE/009524, PE/009526, PE/009530 a PE/009533, PE/009538, PE/009546, PE/009547, PE/009550, PE/009552, PE/009553, PE/009558, PE/009569, PE/009615 y PE/009630 a PE/009632, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de julio de 2018.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
Contestación a la Pregunta Escrita número 0909202, formulada por D. Carlos Eduardo Chávez Muñoz y D. Ricardo López Prieto, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos de las Cortes de Castilla y León, relativa a las vías pecuarias de Quintanilla de Onésimo (Valladolid).
La Orden FYM/1283/2011, de 13 de septiembre, relativa a la aprobación de la clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Quintanilla de Onésimo, en la provincia de Valladolid es el punto de partida para poder ejercer todos aquellos medios de defensa que nuestro ordenamiento jurídico reconoce para estos bienes de dominio público, al suponer a su titular, la Junta de Castilla y León, la posibilidad de disponer de una primera base gráfica cierta, siendo, precisamente, el ejercicio de estos medios de defensa por parte de su titular lo que permite asegurar desde entonces el acceso libre al mismo, tanto para el tránsito ganadero, que es su principal destino y la justificación de su régimen extraordinario de defensa jurídica, como para los usos compatibles y complementarios asociados al primero conforme a los artículos 16 y 17 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.
Las actuaciones llevadas a cabo desde la aprobación de la clasificación de las vías pecuarias han sido muy variadas estando encaminadas, en todo caso, a su defensa y protección, incluyendo, entre otras, la señalización de senderos, la tramitación de ocupaciones, evacuación de informes a petición de interesados, actualización de la descripción y de la titularidad catastrales y la tramitación de numerosas denuncias por cultivo, corta y poda de arbolado, por intrusión por vallado cinegético o por asfaltado.
Valladolid, 6 de julio de 2018.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/009202-3
CVE="BOCCL-09-032166"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/008429, PE/008438, PE/008840, PE/008863, PE/008958, PE/009041, PE/009049, PE/009051, PE/009076 a PE/009080, PE/009092 a PE/009097, PE/009109, PE/009110, PE/009113, PE/009114, PE/009116, PE/009119, PE/009120, PE/009123 a PE/009196, PE/009198, PE/009202, PE/009210, PE/009218 a PE/009231, PE/009233, PE/009249 a PE/009260, PE/009263, PE/009264, PE/009274, PE/009276, PE/009279 a PE/009286, PE/009294 a PE/009297, PE/009303, PE/009304, PE/009308, PE/009325, PE/009347, PE/009348, PE/009350, PE/009362 a PE/009377, PE/009380, PE/009381, PE/009388, PE/009390, PE/009391, PE/009395, PE/009397 a PE/009402, PE/009404 a PE/009406, PE/009414 a PE/009422, PE/009436, PE/009437, PE/009439, PE/009461 a PE/009464, PE/009466, PE/009467, PE/009518, PE/009521 a PE/009524, PE/009526, PE/009530 a PE/009533, PE/009538, PE/009546, PE/009547, PE/009550, PE/009552, PE/009553, PE/009558, PE/009569, PE/009615 y PE/009630 a PE/009632, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de julio de 2018.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita número 0909202, formulada por D. Carlos Eduardo Chávez Muñoz y D. Ricardo López Prieto, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos de las Cortes de Castilla y León, relativa a las vías pecuarias de Quintanilla de Onésimo (Valladolid).
La Orden FYM/1283/2011, de 13 de septiembre, relativa a la aprobación de la clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Quintanilla de Onésimo, en la provincia de Valladolid es el punto de partida para poder ejercer todos aquellos medios de defensa que nuestro ordenamiento jurídico reconoce para estos bienes de dominio público, al suponer a su titular, la Junta de Castilla y León, la posibilidad de disponer de una primera base gráfica cierta, siendo, precisamente, el ejercicio de estos medios de defensa por parte de su titular lo que permite asegurar desde entonces el acceso libre al mismo, tanto para el tránsito ganadero, que es su principal destino y la justificación de su régimen extraordinario de defensa jurídica, como para los usos compatibles y complementarios asociados al primero conforme a los artículos 16 y 17 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.
Las actuaciones llevadas a cabo desde la aprobación de la clasificación de las vías pecuarias han sido muy variadas estando encaminadas, en todo caso, a su defensa y protección, incluyendo, entre otras, la señalización de senderos, la tramitación de ocupaciones, evacuación de informes a petición de interesados, actualización de la descripción y de la titularidad catastrales y la tramitación de numerosas denuncias por cultivo, corta y poda de arbolado, por intrusión por vallado cinegético o por asfaltado.
Valladolid, 6 de julio de 2018.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/009202-3
CVE="BOCCL-09-032166"