PE/009218-3











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/009218-3


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. David Castaño Sequeros, relativa a si la Junta de Castilla y León va a autorizar la excepcionalidad de la obligatoriedad de siembra de remolacha en la provincia de Salamanca para el año agrícola 2018, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 416, de 23 de mayo de 2018.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/008429, PE/008438, PE/008840, PE/008863, PE/008958, PE/009041, PE/009049, PE/009051, PE/009076 a PE/009080, PE/009092 a PE/009097, PE/009109, PE/009110, PE/009113, PE/009114, PE/009116, PE/009119, PE/009120, PE/009123 a PE/009196, PE/009198, PE/009202, PE/009210, PE/009218 a PE/009231, PE/009233, PE/009249 a PE/009260, PE/009263, PE/009264, PE/009274, PE/009276, PE/009279 a PE/009286, PE/009294 a PE/009297, PE/009303, PE/009304, PE/009308, PE/009325, PE/009347, PE/009348, PE/009350, PE/009362 a PE/009377, PE/009380, PE/009381, PE/009388, PE/009390, PE/009391, PE/009395, PE/009397 a PE/009402, PE/009404 a PE/009406, PE/009414 a PE/009422, PE/009436, PE/009437, PE/009439, PE/009461 a PE/009464, PE/009466, PE/009467, PE/009518, PE/009521 a PE/009524, PE/009526, PE/009530 a PE/009533, PE/009538, PE/009546, PE/009547, PE/009550, PE/009552, PE/009553, PE/009558, PE/009569, PE/009615 y PE/009630 a PE/009632, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de julio de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Pregunta Escrita PE/0909218 formulada por D. David Castaño Sequeros del Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a si tiene intención la Junta de Castilla y León de autorizar la excepcionalidad de la obligatoriedad de siembra de remolacha en la provincia de Salamanca para el año agrícola 2018.

En respuesta a la cuestión planteada en la pregunta escrita arriba referenciada, le informo lo siguiente:

Las ayudas de agroambiente y clima se conceden a los titulares de explotaciones agrarias que se comprometen a realizar prácticas de índole agroambiental, estando concebida la prima como una compensación por los costes adicionales y las pérdidas de ingresos, motivados por la realización de los compromisos suscritos.

En la pasada campaña agrícola 2016/2017, ya se establecieron determinadas excepciones como consecuencia del Acuerdo 31/2017, de 22 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara en Castilla y León, la campaña agrícola 2016-2017 como excepcional, debido a los efectos producidos por los fenómenos climatológicos adversos acaecidos, y se establecen medidas urgentes de apoyo al sector agrario, y de la subsiguiente Orden AYG/541/2017, de 28 de junio, por la que se establecen excepciones al cumplimiento de obligaciones y criterios de admisibilidad en el marco de las actuaciones de las ayudas financiadas por el FEAGA y/o FEADER como consecuencia del carácter excepcional de la campaña agrícola 2016-2017.

Por tanto deberían darse las circunstancias antes mencionadas para considerar la excepcionalidad de la siembra de remolacha en la provincia de Salamanca para el año agrícola 2018.

Valladolid, 9 de julio de 2018.

LA CONSEJERA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,Fdo.: Milagros Marcos Ortega.


PE/009218-3

CVE="BOCCL-09-032168"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 66609
BOCCL nº 511/9 del 23/1/2019
CVE: BOCCL-09-032168

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/009218-3
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. David Castaño Sequeros, relativa a si la Junta de Castilla y León va a autorizar la excepcionalidad de la obligatoriedad de siembra de remolacha en la provincia de Salamanca para el año agrícola 2018, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 416, de 23 de mayo de 2018.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/008429, PE/008438, PE/008840, PE/008863, PE/008958, PE/009041, PE/009049, PE/009051, PE/009076 a PE/009080, PE/009092 a PE/009097, PE/009109, PE/009110, PE/009113, PE/009114, PE/009116, PE/009119, PE/009120, PE/009123 a PE/009196, PE/009198, PE/009202, PE/009210, PE/009218 a PE/009231, PE/009233, PE/009249 a PE/009260, PE/009263, PE/009264, PE/009274, PE/009276, PE/009279 a PE/009286, PE/009294 a PE/009297, PE/009303, PE/009304, PE/009308, PE/009325, PE/009347, PE/009348, PE/009350, PE/009362 a PE/009377, PE/009380, PE/009381, PE/009388, PE/009390, PE/009391, PE/009395, PE/009397 a PE/009402, PE/009404 a PE/009406, PE/009414 a PE/009422, PE/009436, PE/009437, PE/009439, PE/009461 a PE/009464, PE/009466, PE/009467, PE/009518, PE/009521 a PE/009524, PE/009526, PE/009530 a PE/009533, PE/009538, PE/009546, PE/009547, PE/009550, PE/009552, PE/009553, PE/009558, PE/009569, PE/009615 y PE/009630 a PE/009632, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de julio de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Pregunta Escrita PE/0909218 formulada por D. David Castaño Sequeros del Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a si tiene intención la Junta de Castilla y León de autorizar la excepcionalidad de la obligatoriedad de siembra de remolacha en la provincia de Salamanca para el año agrícola 2018.

En respuesta a la cuestión planteada en la pregunta escrita arriba referenciada, le informo lo siguiente:

Las ayudas de agroambiente y clima se conceden a los titulares de explotaciones agrarias que se comprometen a realizar prácticas de índole agroambiental, estando concebida la prima como una compensación por los costes adicionales y las pérdidas de ingresos, motivados por la realización de los compromisos suscritos.

En la pasada campaña agrícola 2016/2017, ya se establecieron determinadas excepciones como consecuencia del Acuerdo 31/2017, de 22 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara en Castilla y León, la campaña agrícola 2016-2017 como excepcional, debido a los efectos producidos por los fenómenos climatológicos adversos acaecidos, y se establecen medidas urgentes de apoyo al sector agrario, y de la subsiguiente Orden AYG/541/2017, de 28 de junio, por la que se establecen excepciones al cumplimiento de obligaciones y criterios de admisibilidad en el marco de las actuaciones de las ayudas financiadas por el FEAGA y/o FEADER como consecuencia del carácter excepcional de la campaña agrícola 2016-2017.

Por tanto deberían darse las circunstancias antes mencionadas para considerar la excepcionalidad de la siembra de remolacha en la provincia de Salamanca para el año agrícola 2018.

Valladolid, 9 de julio de 2018.

LA CONSEJERA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,Fdo.: Milagros Marcos Ortega.


PE/009218-3

CVE="BOCCL-09-032168"



Sede de las Cortes de Castilla y León