PE/009233-3











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/009233-3


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Ricardo López Prieto, relativa a ocasiones en que la Junta gestiona el pago a posteriori de la certificación de la instalación para el Boletín de Instalación de Telecomunicaciones para el acceso a Internet de banda ancha vía satélite, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 416, de 23 de mayo de 2018.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/008429, PE/008438, PE/008840, PE/008863, PE/008958, PE/009041, PE/009049, PE/009051, PE/009076 a PE/009080, PE/009092 a PE/009097, PE/009109, PE/009110, PE/009113, PE/009114, PE/009116, PE/009119, PE/009120, PE/009123 a PE/009196, PE/009198, PE/009202, PE/009210, PE/009218 a PE/009231, PE/009233, PE/009249 a PE/009260, PE/009263, PE/009264, PE/009274, PE/009276, PE/009279 a PE/009286, PE/009294 a PE/009297, PE/009303, PE/009304, PE/009308, PE/009325, PE/009347, PE/009348, PE/009350, PE/009362 a PE/009377, PE/009380, PE/009381, PE/009388, PE/009390, PE/009391, PE/009395, PE/009397 a PE/009402, PE/009404 a PE/009406, PE/009414 a PE/009422, PE/009436, PE/009437, PE/009439, PE/009461 a PE/009464, PE/009466, PE/009467, PE/009518, PE/009521 a PE/009524, PE/009526, PE/009530 a PE/009533, PE/009538, PE/009546, PE/009547, PE/009550, PE/009552, PE/009553, PE/009558, PE/009569, PE/009615 y PE/009630 a PE/009632, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de julio de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita número 0909233 formulada por D. Ricardo López Prieto, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos de las Cortes de Castilla y León, relativa a la presentación del Boletín de Instalación de Telecomunicaciones para optar a las subvenciones para mejorar el servicio universal de acceso a internet de banda ancha vía satélite en Castilla y León.

La entrega al cliente del Boletín de Instalación de Telecomunicaciones correctamente cumplimentado y firmado es un requisito de obligado cumplimiento para las empresas instaladoras de telecomunicaciones en el desarrollo de su ejercicio, de conformidad con lo establecido por el artículo 5 de la Orden ITC/1142/2010, de 29 de abril, por la que se desarrolla el Reglamento regulador de la actividad de instalación y mantenimiento de equipos y sistemas de telecomunicación, aprobado por Real Decreto 244/2010, de 5 de marzo.

La Orden de 27 de enero de 2017 de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente mediante la que se convocan las subvenciones para mejorar el servicio universal de acceso a internet de banda ancha vía satélite en Castilla y León, publicada en BOCyL de 7 de febrero, exige en su Dispongo Séptimo la presentación junto con la solicitud de una “Copia del Boletín de Instalación de Telecomunícaciones, según modelo aprobado en el Anexo III de la Orden ITC/1142/2010, de 29 de abril”, como garantía de que las instalaciones son llevadas a cabo por empresas inscritas en el “Registro de empresas instaladoras de telecomunicación” de acuerdo con la normativa estatal que regula la actividad. Por lo tanto, la Orden de convocatoria requiere a los solicitantes la aportación de un documento que, de acuerdo con la normativa vigente, la empresa está obligada a facilitarles una vez terminada y comprobada la instalación.

En cualquier caso, la obligatoriedad de la presentación del Boletín de Instalación de Telecomunicaciones junto con la solicitud de subvención no tiene relación alguna con el hecho de que el operador y el cliente hayan acordado la cesión del derecho de cobro de la subvención, un pacto libremente aceptado entre ambas partes que no afecta a la presentación de la documentación requerida en la orden de convocatoria ni a la tramitación de la solicitud de subvención, sino sólo al pago de la misma ya que en este caso se realiza directamente al operador, una posibilidad prevista en el artículo 83 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y regulada específicamente por el Decreto 27/1996, de 15 de febrero, por el que se regula la cesión de derechos de cobro frente a la Administración de la Comunidad de Castilla y León y por su Orden de desarrollo, de 17 de mayo del mismo año.

Valladolid, 4 de julio de 2018.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/009233-3

CVE="BOCCL-09-032182"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 66617
BOCCL nº 511/9 del 23/1/2019
CVE: BOCCL-09-032182

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/009233-3
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Ricardo López Prieto, relativa a ocasiones en que la Junta gestiona el pago a posteriori de la certificación de la instalación para el Boletín de Instalación de Telecomunicaciones para el acceso a Internet de banda ancha vía satélite, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 416, de 23 de mayo de 2018.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/008429, PE/008438, PE/008840, PE/008863, PE/008958, PE/009041, PE/009049, PE/009051, PE/009076 a PE/009080, PE/009092 a PE/009097, PE/009109, PE/009110, PE/009113, PE/009114, PE/009116, PE/009119, PE/009120, PE/009123 a PE/009196, PE/009198, PE/009202, PE/009210, PE/009218 a PE/009231, PE/009233, PE/009249 a PE/009260, PE/009263, PE/009264, PE/009274, PE/009276, PE/009279 a PE/009286, PE/009294 a PE/009297, PE/009303, PE/009304, PE/009308, PE/009325, PE/009347, PE/009348, PE/009350, PE/009362 a PE/009377, PE/009380, PE/009381, PE/009388, PE/009390, PE/009391, PE/009395, PE/009397 a PE/009402, PE/009404 a PE/009406, PE/009414 a PE/009422, PE/009436, PE/009437, PE/009439, PE/009461 a PE/009464, PE/009466, PE/009467, PE/009518, PE/009521 a PE/009524, PE/009526, PE/009530 a PE/009533, PE/009538, PE/009546, PE/009547, PE/009550, PE/009552, PE/009553, PE/009558, PE/009569, PE/009615 y PE/009630 a PE/009632, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de julio de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita número 0909233 formulada por D. Ricardo López Prieto, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos de las Cortes de Castilla y León, relativa a la presentación del Boletín de Instalación de Telecomunicaciones para optar a las subvenciones para mejorar el servicio universal de acceso a internet de banda ancha vía satélite en Castilla y León.

La entrega al cliente del Boletín de Instalación de Telecomunicaciones correctamente cumplimentado y firmado es un requisito de obligado cumplimiento para las empresas instaladoras de telecomunicaciones en el desarrollo de su ejercicio, de conformidad con lo establecido por el artículo 5 de la Orden ITC/1142/2010, de 29 de abril, por la que se desarrolla el Reglamento regulador de la actividad de instalación y mantenimiento de equipos y sistemas de telecomunicación, aprobado por Real Decreto 244/2010, de 5 de marzo.

La Orden de 27 de enero de 2017 de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente mediante la que se convocan las subvenciones para mejorar el servicio universal de acceso a internet de banda ancha vía satélite en Castilla y León, publicada en BOCyL de 7 de febrero, exige en su Dispongo Séptimo la presentación junto con la solicitud de una “Copia del Boletín de Instalación de Telecomunícaciones, según modelo aprobado en el Anexo III de la Orden ITC/1142/2010, de 29 de abril”, como garantía de que las instalaciones son llevadas a cabo por empresas inscritas en el “Registro de empresas instaladoras de telecomunicación” de acuerdo con la normativa estatal que regula la actividad. Por lo tanto, la Orden de convocatoria requiere a los solicitantes la aportación de un documento que, de acuerdo con la normativa vigente, la empresa está obligada a facilitarles una vez terminada y comprobada la instalación.

En cualquier caso, la obligatoriedad de la presentación del Boletín de Instalación de Telecomunicaciones junto con la solicitud de subvención no tiene relación alguna con el hecho de que el operador y el cliente hayan acordado la cesión del derecho de cobro de la subvención, un pacto libremente aceptado entre ambas partes que no afecta a la presentación de la documentación requerida en la orden de convocatoria ni a la tramitación de la solicitud de subvención, sino sólo al pago de la misma ya que en este caso se realiza directamente al operador, una posibilidad prevista en el artículo 83 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y regulada específicamente por el Decreto 27/1996, de 15 de febrero, por el que se regula la cesión de derechos de cobro frente a la Administración de la Comunidad de Castilla y León y por su Orden de desarrollo, de 17 de mayo del mismo año.

Valladolid, 4 de julio de 2018.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/009233-3

CVE="BOCCL-09-032182"



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