PE/009391-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/009391-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero, relativa a materiales didácticos que se emplean en la enseñanza del gallego y del leonés, quién los elabora y suministra, libros de enseñanza y supervisión de los mismos, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 435, de 22 de junio de 2018.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/008429, PE/008438, PE/008840, PE/008863, PE/008958, PE/009041, PE/009049, PE/009051, PE/009076 a PE/009080, PE/009092 a PE/009097, PE/009109, PE/009110, PE/009113, PE/009114, PE/009116, PE/009119, PE/009120, PE/009123 a PE/009196, PE/009198, PE/009202, PE/009210, PE/009218 a PE/009231, PE/009233, PE/009249 a PE/009260, PE/009263, PE/009264, PE/009274, PE/009276, PE/009279 a PE/009286, PE/009294 a PE/009297, PE/009303, PE/009304, PE/009308, PE/009325, PE/009347, PE/009348, PE/009350, PE/009362 a PE/009377, PE/009380, PE/009381, PE/009388, PE/009390, PE/009391, PE/009395, PE/009397 a PE/009402, PE/009404 a PE/009406, PE/009414 a PE/009422, PE/009436, PE/009437, PE/009439, PE/009461 a PE/009464, PE/009466, PE/009467, PE/009518, PE/009521 a PE/009524, PE/009526, PE/009530 a PE/009533, PE/009538, PE/009546, PE/009547, PE/009550, PE/009552, PE/009553, PE/009558, PE/009569, PE/009615 y PE/009630 a PE/009632, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de julio de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0909391, formulada por D. Luis Mariano Santos Reyero, Procurador del Grupo Parlamentario Mixto, relativa a materiales didácticos que se emplean en la enseñanza del gallego y del leonés, quién los elabora y suministra, libros de enseñanza y supervisión de los mismos.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0909391 se manifiesta lo siguiente:

Los materiales didácticos para la impartición del Programa de promoción de gallego, utilizados en los centros escolares de Castilla y León, al igual que el resto de los materiales y recursos didácticos, están regulados por la normativa de ordenación de las enseñanzas de nuestra Comunidad.

En este sentido, tanto en el Decreto 26/2016, de 21 de julio, por el que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la Educación Primaria en la Comunidad de Castilla y León como en las Ordenes EDU/362/2015 y EDU/363/2015, de 4 de mayo, por las que se establece respectivamente el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación secundaria obligatoria y del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León, se establece que “Los centros docentes tendrán autonomía para elegir los materiales y recursos de desarrollo curricular siempre que se atengan a lo que establece la disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y al currículo establecido en esta orden”.

Por lo tanto, los propios centros, en el marco de su autonomía pedagógica seleccionan los materiales, utilizando bien libros de texto, bien materiales elaborados por los propios centros y cualquier otro tipo de materiales a los que se puede acceder por medios digitales.

En la mayoría de los centros de educación infantil y primaria donde se imparte el Programa, los materiales son elaborados por el propio profesorado, para lo cual en el CFIE se ha constituido un grupo de trabajo en el que se unifican criterios, se intercambian experiencias, se consultan páginas web, etc. y se elaboran materiales.

De igual modo, en los centros de educación secundaria, en los que se utilizan libros de texto en gallego y solamente recogen los contenidos del currículo de la Comunidad gallega, se complementan los contenidos del currículo de Castilla y León con materiales elaborados por el profesorado.

Además, los centros disponen de libros de lectura, películas, diccionarios, etc. que la Xunta de Galicia inicialmente remite a los centros participantes en el Programa. Asimismo, el profesorado de gallego de Castilla y León tiene a su disposición material didáctico editado por la Xunta para la enseñanza del gallego, cursos de gallego, etc. a través la página web de la Xecretaría Xeral de Política Lingüística (se excluye de lo anterior el acceso a determinados contenidos virtuales de la plataforma de materiales del profesorado por no ejercer docencia en Galicia).

En otro orden de cosas, la supervisión de los materiales es competencia de la inspección educativa, según se determina en el Decreto y las Órdenes citadas con anterioridad, donde se especifica que “La inspección educativa supervisará los materiales de desarrollo curricular adoptados por los centros en el ejercicio de su autonomía pedagógica, como parte del proceso ordinario de inspección sobre la totalidad de elementos que integran el proceso de enseñanza y aprendizaje”.

Valladolid, 4 de julio de 2018.

EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.


PE/009391-2

CVE="BOCCL-09-032240"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 66705
BOCCL nº 511/9 del 23/1/2019
CVE: BOCCL-09-032240

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/009391-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero, relativa a materiales didácticos que se emplean en la enseñanza del gallego y del leonés, quién los elabora y suministra, libros de enseñanza y supervisión de los mismos, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 435, de 22 de junio de 2018.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/008429, PE/008438, PE/008840, PE/008863, PE/008958, PE/009041, PE/009049, PE/009051, PE/009076 a PE/009080, PE/009092 a PE/009097, PE/009109, PE/009110, PE/009113, PE/009114, PE/009116, PE/009119, PE/009120, PE/009123 a PE/009196, PE/009198, PE/009202, PE/009210, PE/009218 a PE/009231, PE/009233, PE/009249 a PE/009260, PE/009263, PE/009264, PE/009274, PE/009276, PE/009279 a PE/009286, PE/009294 a PE/009297, PE/009303, PE/009304, PE/009308, PE/009325, PE/009347, PE/009348, PE/009350, PE/009362 a PE/009377, PE/009380, PE/009381, PE/009388, PE/009390, PE/009391, PE/009395, PE/009397 a PE/009402, PE/009404 a PE/009406, PE/009414 a PE/009422, PE/009436, PE/009437, PE/009439, PE/009461 a PE/009464, PE/009466, PE/009467, PE/009518, PE/009521 a PE/009524, PE/009526, PE/009530 a PE/009533, PE/009538, PE/009546, PE/009547, PE/009550, PE/009552, PE/009553, PE/009558, PE/009569, PE/009615 y PE/009630 a PE/009632, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 31 de julio de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0909391, formulada por D. Luis Mariano Santos Reyero, Procurador del Grupo Parlamentario Mixto, relativa a materiales didácticos que se emplean en la enseñanza del gallego y del leonés, quién los elabora y suministra, libros de enseñanza y supervisión de los mismos.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0909391 se manifiesta lo siguiente:

Los materiales didácticos para la impartición del Programa de promoción de gallego, utilizados en los centros escolares de Castilla y León, al igual que el resto de los materiales y recursos didácticos, están regulados por la normativa de ordenación de las enseñanzas de nuestra Comunidad.

En este sentido, tanto en el Decreto 26/2016, de 21 de julio, por el que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la Educación Primaria en la Comunidad de Castilla y León como en las Ordenes EDU/362/2015 y EDU/363/2015, de 4 de mayo, por las que se establece respectivamente el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación secundaria obligatoria y del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León, se establece que “Los centros docentes tendrán autonomía para elegir los materiales y recursos de desarrollo curricular siempre que se atengan a lo que establece la disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y al currículo establecido en esta orden”.

Por lo tanto, los propios centros, en el marco de su autonomía pedagógica seleccionan los materiales, utilizando bien libros de texto, bien materiales elaborados por los propios centros y cualquier otro tipo de materiales a los que se puede acceder por medios digitales.

En la mayoría de los centros de educación infantil y primaria donde se imparte el Programa, los materiales son elaborados por el propio profesorado, para lo cual en el CFIE se ha constituido un grupo de trabajo en el que se unifican criterios, se intercambian experiencias, se consultan páginas web, etc. y se elaboran materiales.

De igual modo, en los centros de educación secundaria, en los que se utilizan libros de texto en gallego y solamente recogen los contenidos del currículo de la Comunidad gallega, se complementan los contenidos del currículo de Castilla y León con materiales elaborados por el profesorado.

Además, los centros disponen de libros de lectura, películas, diccionarios, etc. que la Xunta de Galicia inicialmente remite a los centros participantes en el Programa. Asimismo, el profesorado de gallego de Castilla y León tiene a su disposición material didáctico editado por la Xunta para la enseñanza del gallego, cursos de gallego, etc. a través la página web de la Xecretaría Xeral de Política Lingüística (se excluye de lo anterior el acceso a determinados contenidos virtuales de la plataforma de materiales del profesorado por no ejercer docencia en Galicia).

En otro orden de cosas, la supervisión de los materiales es competencia de la inspección educativa, según se determina en el Decreto y las Órdenes citadas con anterioridad, donde se especifica que “La inspección educativa supervisará los materiales de desarrollo curricular adoptados por los centros en el ejercicio de su autonomía pedagógica, como parte del proceso ordinario de inspección sobre la totalidad de elementos que integran el proceso de enseñanza y aprendizaje”.

Valladolid, 4 de julio de 2018.

EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.


PE/009391-2

CVE="BOCCL-09-032240"



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