PNL/002327-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/002327-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España mostrando el apoyo a la recuperación del subsidio para mayores de 52 años en determinados términos, para su tramitación ante el Pleno.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 1 de febrero de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002326 y PNL/002327.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de febrero de 2019.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno:

ANTECEDENTES

El Gobierno de España ha incorporado las nuevas condiciones del subsidio para desempleados mayores de 52 años en el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2019.

Los principales cambios son la edad de acceso al subsidio, que pasa de los 55 a los 52 años, y el requisito de las rentas, que dejarían de calcularse con la unidad familiar y se volvería a usar como referencia las rentas sólo del beneficiario. Se incrementan, también, las bases de cotización y efectos de estas cotizaciones. La actual ayuda para mayores de 55 años cotiza por el 100 % de la base mínima, mientras que esta nueva ayuda lo haría por el 125 % de dicha base que, para 2019, está fijada en 1.050 euros mensuales. La novedad en cuanto a la cuantía es que todos los beneficiarios percibirán el 100 % de la misma, con independencia de que provengan de un empleo a tiempo completo o a tiempo parcial. En la actual ayuda para mayores de 55 años, la cuantía de la prestación es proporcional al tipo de jornada que se realizaba previamente.

Referido a la edad de jubilación los beneficiarios de este subsidio, con la nueva redacción de la ley, precisa que el subsidio para mayores de 52 años, se extenderá, como máximo, hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria de jubilación que se exija en cada uno de los casos para causar el derecho a la pensión contributiva. Así y según el texto pendiente de aprobación, se desprende que el beneficiario podrá estar cobrando el subsidio y cotizando hasta que se pueda jubilar de forma ordinaria y no anticipada, con lo que se retirarían sin merma de su prestación.

Sobre el tiempo cotizado, con la nueva redacción el tiempo de cobro del subsidio computará para calcular la pensión en cualquiera de sus modalidades, además de completar el tiempo necesario para el acceso a la jubilación anticipada.

La cuantía de la ayuda también sufre un incremento del 2 % del IPREM, llegando hasta los 548,60 euros al mes; la Ley fija también que la cuantía de esta ayuda para parados de más edad será del 80 % del IPREM que se fije cada año, por eso el incremento del citado indicador aumenta desde los actuales 430 euros al mes hasta los 438,8 euros mensuales.

Con la nueva propuesta del Gobierno elimina directamente la potestad que tiene el ejecutivo de modificar la cuantía o el tiempo de cobro de este subsidio, sin necesidad de cambiar la legislación, como anteriormente ocurría.

En la actualidad hay alrededor de 270.000 desempleados mayores de 55 años que cobran esta ayuda, a los que hay que añadir a otros 114.000 más con las nuevas condiciones.

Por lo expuesto se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España mostrando el apoyo a la recuperación del subsidio para mayores de 52 años recogido en los siguientes términos:

a) La edad de acceso al subsidio pasa de los 55 a los 52 años.

b) El requisito de las rentas pasa a ser solo las del beneficiario.

c) Incremento de las bases de cotización y sus efectos, pasando al 125 %, que en 2019 está fijada en 1.050 euros.

d) Extensión de la edad de jubilación de los beneficiarios de este susidio, hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación exigida en cada caso; pudiendo estar percibiendo el subsidio y cotizando hasta poderse jubilar de forma ordinaria.

e) El tiempo de cobro del subsidio computará para calcular la pensión en cualquiera de sus modalidades.

f) Incremento de la ayuda del 2 % del IPREM, pasando de los 430 euros actuales a los 438,8.

g) Eliminación de la potestad que el Gobierno tiene para modificar la cuantía o el tiempo del cobro de ese subsidio".

Valladolid, 30 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/002327-01

CVE="BOCCL-09-032516"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 67617-67618
BOCCL nº 520/9 del 11/2/2019
CVE: BOCCL-09-032516

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/002327-01
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España mostrando el apoyo a la recuperación del subsidio para mayores de 52 años en determinados términos, para su tramitación ante el Pleno.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 1 de febrero de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002326 y PNL/002327.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de febrero de 2019.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno:

ANTECEDENTES

El Gobierno de España ha incorporado las nuevas condiciones del subsidio para desempleados mayores de 52 años en el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2019.

Los principales cambios son la edad de acceso al subsidio, que pasa de los 55 a los 52 años, y el requisito de las rentas, que dejarían de calcularse con la unidad familiar y se volvería a usar como referencia las rentas sólo del beneficiario. Se incrementan, también, las bases de cotización y efectos de estas cotizaciones. La actual ayuda para mayores de 55 años cotiza por el 100 % de la base mínima, mientras que esta nueva ayuda lo haría por el 125 % de dicha base que, para 2019, está fijada en 1.050 euros mensuales. La novedad en cuanto a la cuantía es que todos los beneficiarios percibirán el 100 % de la misma, con independencia de que provengan de un empleo a tiempo completo o a tiempo parcial. En la actual ayuda para mayores de 55 años, la cuantía de la prestación es proporcional al tipo de jornada que se realizaba previamente.

Referido a la edad de jubilación los beneficiarios de este subsidio, con la nueva redacción de la ley, precisa que el subsidio para mayores de 52 años, se extenderá, como máximo, hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria de jubilación que se exija en cada uno de los casos para causar el derecho a la pensión contributiva. Así y según el texto pendiente de aprobación, se desprende que el beneficiario podrá estar cobrando el subsidio y cotizando hasta que se pueda jubilar de forma ordinaria y no anticipada, con lo que se retirarían sin merma de su prestación.

Sobre el tiempo cotizado, con la nueva redacción el tiempo de cobro del subsidio computará para calcular la pensión en cualquiera de sus modalidades, además de completar el tiempo necesario para el acceso a la jubilación anticipada.

La cuantía de la ayuda también sufre un incremento del 2 % del IPREM, llegando hasta los 548,60 euros al mes; la Ley fija también que la cuantía de esta ayuda para parados de más edad será del 80 % del IPREM que se fije cada año, por eso el incremento del citado indicador aumenta desde los actuales 430 euros al mes hasta los 438,8 euros mensuales.

Con la nueva propuesta del Gobierno elimina directamente la potestad que tiene el ejecutivo de modificar la cuantía o el tiempo de cobro de este subsidio, sin necesidad de cambiar la legislación, como anteriormente ocurría.

En la actualidad hay alrededor de 270.000 desempleados mayores de 55 años que cobran esta ayuda, a los que hay que añadir a otros 114.000 más con las nuevas condiciones.

Por lo expuesto se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España mostrando el apoyo a la recuperación del subsidio para mayores de 52 años recogido en los siguientes términos:

a) La edad de acceso al subsidio pasa de los 55 a los 52 años.

b) El requisito de las rentas pasa a ser solo las del beneficiario.

c) Incremento de las bases de cotización y sus efectos, pasando al 125 %, que en 2019 está fijada en 1.050 euros.

d) Extensión de la edad de jubilación de los beneficiarios de este susidio, hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación exigida en cada caso; pudiendo estar percibiendo el subsidio y cotizando hasta poderse jubilar de forma ordinaria.

e) El tiempo de cobro del subsidio computará para calcular la pensión en cualquiera de sus modalidades.

f) Incremento de la ayuda del 2 % del IPREM, pasando de los 430 euros actuales a los 438,8.

g) Eliminación de la potestad que el Gobierno tiene para modificar la cuantía o el tiempo del cobro de ese subsidio".

Valladolid, 30 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/002327-01

CVE="BOCCL-09-032516"



Sede de las Cortes de Castilla y León