PNL/002353-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/002353-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular, para instar a la Junta para que ponga en valor la red de centros educativos sostenidos con fondos públicos y para que se dirija al Gobierno para que adopte las medidas que se solicitan en relación con el sistema educativo, para su tramitación ante el Pleno.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 15 de febrero de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002351 a PNL/002353.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de febrero de 2019.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno.

ANTECEDENTES

La educación en España es un derecho fundamental amparado por la Constitución. Su artículo 27 reconoce además de ese derecho, la libertad de enseñanza y la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.

Este marco, que nos ampara a todos los españoles, es la referencia que los poderes públicos tienen en el cumplimiento de sus funciones. Y es referencia para la sociedad ya que dicha norma explicita, entre otras cuestiones, los derechos que las personas pueden ejercer o reclamar.

La educación es un derecho fundamental que tenemos reconocido desde 1978. Pero desde hace ya siglos, la sociedad y las Administraciones públicas han tomado conciencia de la importancia que tiene para el desarrollo de las personas y del país. Aun siendo esto cierto, la impartición de la enseñanza ha estado antes en manos privadas que en las públicas. Conscientes de ello las Administraciones públicas han ido desde finales del siglo IX y fundamentalmente en el XX, configurando una red de centros públicos de enseñanza no universitaria cada vez más importante, sin que esto haya conllevado la desaparición de los centros privados. Centros privados de titularidad de las entidades religiosas, pero también laicos, gestionados por cooperativas, fundaciones o sociedades.

En 1985 se estableció un régimen de conciertos educativos en los que el Gobierno del Estado reconoció la coexistencia de ambos tipos de centros, los de titularidad pública y los de titularidad privada. Consideró que la red pública no podía, o no debía abarcar todo el ámbito educativo, y estableció un régimen de subvenciones que permitía ejercer el derecho a la educación a todos los españoles; garantizar una educación obligatoria gratuita y salvaguardar la libertad de enseñanza y de creación de centros. La propia Constitución avalaba el sostenimiento de centros con fondos públicos (artículo 27.7) y para ello se articuló dicha normativa reguladora de los conciertos educativos, todavía vigente.

La descentralización administrativa y el reparto competencial derivado de las transferencias en materia educativa a las Comunidades Autónomas ha dado lugar a que en el momento actual pueda haber ciertas diferencias territoriales de implantación, aunque en todo caso podemos observar que en todas coexisten los centros públicos y los privados concertados.

En Castilla y León la red de centros sostenidos con fondos públicos, que incluye los de titularidad pública y los privados concertados, funciona de forma cohesionada y siguiendo unas pautas de actuación similares. Esta red permite que las familias puedan elegir el centro que deseen para sus hijos teniendo para ello suficiente variedad en cuanto a titularidad, proyecto educativo y carácter propio de los centros. Sabiendo además que se elija el centro que se elija, la Administración educativa vela por que la enseñanza que se imparte es conforme a lo que la normativa establece y no comporta costes para el alumnado desde el segundo ciclo de educación infantil hasta el bachillerato.

A día de hoy, esta red configurada en aproximadamente en un 70 % por centros públicos y en un 30 % por privados concertados, permite que alumnado de Castilla y León se encuentre a la cabeza de los resultados de las pruebas PISA. Y estos buenos resultados académicos se obtienen sin diferencias reseñables tanto en centros públicos como en privados concertados.

Esta realidad no puede desconocerse. Los centros públicos son una de las bases de nuestra educación. La más importante por su número y distribución geográfica, por el alumnado que escolarizan y por los profesionales que ejercen su labor. Pero en ningún caso esto debe ocultar que los centros privados concertados son necesarios y ejercen igualmente su función, de forma que podemos decir claramente que contamos con una red equilibrada que escolariza con las mismas pautas y atiende al alumnado según sus necesidades educativas.

Los centros sostenidos con fondos públicos, al menos en Castilla y León, forman un todo. Un todo equilibrado que permite que nuestros alumnos y alumnas estén al máximo nivel. Un todo formado por pluralidad de centros en los que se educa sin diferencias. Donde tienen cabida los centros de titularidad religiosa, y de titularidad laica. Que incluye centros ordinarios y centros de educación especial. Que cuenta con centros grandes y con centros pequeños. Que se implantan en el medio urbano, pero también en el rural.

La libertad es el mayor patrimonio del ser humano. Ayudemos a poder ejercerla. La pluralidad es un valor de nuestra sociedad. Ayudemos a que lo realmente lo sea.

El momento actual parece que es de confrontación. De extremos. De blanco y negro. De a favor y en contra. Recientemente, el Gobierno de España parece estar impulsando una batalla contra la enseñanza concertada, intentando que esta, de alguna manera sea subsidiaria de la pública, y no complementaria como ha venido ocurriendo hasta ahora. En esta batalla contra la concertada, hace pocos días conocíamos también las intenciones del Ministerio de Hacienda de perseguir fiscalmente las donaciones hechas por los padres a las Fundaciones de los centros educativos.

Nosotros sabemos que se requiere sosiego y confluencia para poder avanzar. Que estar a favor de ciertas cosas no debe implicar estar en contra de otras. ¿Por qué entonces la defensa de los centros públicos es incompatible con la de los privados concertados? ¿Por qué no reconocer que todos aportan? Defendamos lo que estos centros privados concertados pueden dar a nuestro alumnado, lo que ya sin duda están dando. Tener centros públicos es magnífico para nuestra comunidad educativa, y tener centros privados concertados aporta, suma para avanzar.

Por otro lado, y también en relación con el derecho de elección de centro educativo, hemos conocido recientemente la posibilidad de que el proyecto de Ley de reforma educativa, a instancia del Consejo Escolar del Estado, incluya la eliminación a corto plazo de los Centros de Educación Especial, pasando sus alumnos a estar escolarizados en el sistema ordinario.

En este sentido es necesaria una toma de posición que, desde la apuesta por la educación inclusiva como herramienta de inclusión social de las personas con discapacidad, mantenga el derecho de que los padres y madres puedan elegir sobre el centro educativo que quieren para sus hijos.

La educación inclusiva supone que todo el alumnado tiene derecho a estar escolarizado y aprender junto a sus iguales. Es necesario dar pasos que nos permitan avanzar en este sentido, a través de la incorporación de nuevas fórmulas de escolarización, la formación del profesorado, la adopción de nuevas fórmulas organizativas en los centros escolares, la innovación educativa, la investigación y la reformulación normativa. Todo ello siempre salvaguardando el obligado respeto a la voluntad de las familias en la elección de la educación que quieren para sus hijos.

Por todo ello se realiza la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- Que mantenga y ponga en valor la red de centros educativos sostenidos con fondos públicos de nuestra Comunidad, para asegurar un adecuado ejercicio del derecho a la educación, a la libertar de enseñanza y de creación de centros, como un pilar más sobre el que se asienta una educación de calidad.

2.- Que se dirija al Gobierno de España para que:

a) En relación con el anteproyecto de Ley de reforma educativa, mantenga el modelo educativo actual en el que la educación concertada es complementaria a la pública, no subsidiaria, garantizando así el derecho de los padres a elegir la educación de sus hijos, recogido en el artículo 27 de la Constitución Española.

b) Asegure, con las modificaciones normativas que en su caso procedan, que las aportaciones realizadas por las familias a los centros educativos concertados mantengan la consideración de donaciones deducibles a los efectos del IRPF, cuando las mismas no conlleven contraprestación alguna por parte del donatario.

c) En relación con la Educación Especial, garantice que los padres de menores con discapacidad conserven su derecho a elegir su escolarización en centros educativos especiales o centros ordinarios, desde una obligada apuesta por la educación inclusiva que debe orientarse, de cara al futuro, a la búsqueda e incorporación de nuevas fórmulas organizativas y de escolarización que garanticen tanto la inclusividad como la atención específica y especializada a las necesidades de cada alumno.

Valladolid, 13 de febrero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Raúl de la Hoz Quintano


PNL/002353-01

CVE="BOCCL-09-033037"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 68910-68913
BOCCL nº 525/9 del 19/2/2019
CVE: BOCCL-09-033037

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/002353-01
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular, para instar a la Junta para que ponga en valor la red de centros educativos sostenidos con fondos públicos y para que se dirija al Gobierno para que adopte las medidas que se solicitan en relación con el sistema educativo, para su tramitación ante el Pleno.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 15 de febrero de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002351 a PNL/002353.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de febrero de 2019.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno.

ANTECEDENTES

La educación en España es un derecho fundamental amparado por la Constitución. Su artículo 27 reconoce además de ese derecho, la libertad de enseñanza y la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.

Este marco, que nos ampara a todos los españoles, es la referencia que los poderes públicos tienen en el cumplimiento de sus funciones. Y es referencia para la sociedad ya que dicha norma explicita, entre otras cuestiones, los derechos que las personas pueden ejercer o reclamar.

La educación es un derecho fundamental que tenemos reconocido desde 1978. Pero desde hace ya siglos, la sociedad y las Administraciones públicas han tomado conciencia de la importancia que tiene para el desarrollo de las personas y del país. Aun siendo esto cierto, la impartición de la enseñanza ha estado antes en manos privadas que en las públicas. Conscientes de ello las Administraciones públicas han ido desde finales del siglo IX y fundamentalmente en el XX, configurando una red de centros públicos de enseñanza no universitaria cada vez más importante, sin que esto haya conllevado la desaparición de los centros privados. Centros privados de titularidad de las entidades religiosas, pero también laicos, gestionados por cooperativas, fundaciones o sociedades.

En 1985 se estableció un régimen de conciertos educativos en los que el Gobierno del Estado reconoció la coexistencia de ambos tipos de centros, los de titularidad pública y los de titularidad privada. Consideró que la red pública no podía, o no debía abarcar todo el ámbito educativo, y estableció un régimen de subvenciones que permitía ejercer el derecho a la educación a todos los españoles; garantizar una educación obligatoria gratuita y salvaguardar la libertad de enseñanza y de creación de centros. La propia Constitución avalaba el sostenimiento de centros con fondos públicos (artículo 27.7) y para ello se articuló dicha normativa reguladora de los conciertos educativos, todavía vigente.

La descentralización administrativa y el reparto competencial derivado de las transferencias en materia educativa a las Comunidades Autónomas ha dado lugar a que en el momento actual pueda haber ciertas diferencias territoriales de implantación, aunque en todo caso podemos observar que en todas coexisten los centros públicos y los privados concertados.

En Castilla y León la red de centros sostenidos con fondos públicos, que incluye los de titularidad pública y los privados concertados, funciona de forma cohesionada y siguiendo unas pautas de actuación similares. Esta red permite que las familias puedan elegir el centro que deseen para sus hijos teniendo para ello suficiente variedad en cuanto a titularidad, proyecto educativo y carácter propio de los centros. Sabiendo además que se elija el centro que se elija, la Administración educativa vela por que la enseñanza que se imparte es conforme a lo que la normativa establece y no comporta costes para el alumnado desde el segundo ciclo de educación infantil hasta el bachillerato.

A día de hoy, esta red configurada en aproximadamente en un 70 % por centros públicos y en un 30 % por privados concertados, permite que alumnado de Castilla y León se encuentre a la cabeza de los resultados de las pruebas PISA. Y estos buenos resultados académicos se obtienen sin diferencias reseñables tanto en centros públicos como en privados concertados.

Esta realidad no puede desconocerse. Los centros públicos son una de las bases de nuestra educación. La más importante por su número y distribución geográfica, por el alumnado que escolarizan y por los profesionales que ejercen su labor. Pero en ningún caso esto debe ocultar que los centros privados concertados son necesarios y ejercen igualmente su función, de forma que podemos decir claramente que contamos con una red equilibrada que escolariza con las mismas pautas y atiende al alumnado según sus necesidades educativas.

Los centros sostenidos con fondos públicos, al menos en Castilla y León, forman un todo. Un todo equilibrado que permite que nuestros alumnos y alumnas estén al máximo nivel. Un todo formado por pluralidad de centros en los que se educa sin diferencias. Donde tienen cabida los centros de titularidad religiosa, y de titularidad laica. Que incluye centros ordinarios y centros de educación especial. Que cuenta con centros grandes y con centros pequeños. Que se implantan en el medio urbano, pero también en el rural.

La libertad es el mayor patrimonio del ser humano. Ayudemos a poder ejercerla. La pluralidad es un valor de nuestra sociedad. Ayudemos a que lo realmente lo sea.

El momento actual parece que es de confrontación. De extremos. De blanco y negro. De a favor y en contra. Recientemente, el Gobierno de España parece estar impulsando una batalla contra la enseñanza concertada, intentando que esta, de alguna manera sea subsidiaria de la pública, y no complementaria como ha venido ocurriendo hasta ahora. En esta batalla contra la concertada, hace pocos días conocíamos también las intenciones del Ministerio de Hacienda de perseguir fiscalmente las donaciones hechas por los padres a las Fundaciones de los centros educativos.

Nosotros sabemos que se requiere sosiego y confluencia para poder avanzar. Que estar a favor de ciertas cosas no debe implicar estar en contra de otras. ¿Por qué entonces la defensa de los centros públicos es incompatible con la de los privados concertados? ¿Por qué no reconocer que todos aportan? Defendamos lo que estos centros privados concertados pueden dar a nuestro alumnado, lo que ya sin duda están dando. Tener centros públicos es magnífico para nuestra comunidad educativa, y tener centros privados concertados aporta, suma para avanzar.

Por otro lado, y también en relación con el derecho de elección de centro educativo, hemos conocido recientemente la posibilidad de que el proyecto de Ley de reforma educativa, a instancia del Consejo Escolar del Estado, incluya la eliminación a corto plazo de los Centros de Educación Especial, pasando sus alumnos a estar escolarizados en el sistema ordinario.

En este sentido es necesaria una toma de posición que, desde la apuesta por la educación inclusiva como herramienta de inclusión social de las personas con discapacidad, mantenga el derecho de que los padres y madres puedan elegir sobre el centro educativo que quieren para sus hijos.

La educación inclusiva supone que todo el alumnado tiene derecho a estar escolarizado y aprender junto a sus iguales. Es necesario dar pasos que nos permitan avanzar en este sentido, a través de la incorporación de nuevas fórmulas de escolarización, la formación del profesorado, la adopción de nuevas fórmulas organizativas en los centros escolares, la innovación educativa, la investigación y la reformulación normativa. Todo ello siempre salvaguardando el obligado respeto a la voluntad de las familias en la elección de la educación que quieren para sus hijos.

Por todo ello se realiza la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.- Que mantenga y ponga en valor la red de centros educativos sostenidos con fondos públicos de nuestra Comunidad, para asegurar un adecuado ejercicio del derecho a la educación, a la libertar de enseñanza y de creación de centros, como un pilar más sobre el que se asienta una educación de calidad.

2.- Que se dirija al Gobierno de España para que:

a) En relación con el anteproyecto de Ley de reforma educativa, mantenga el modelo educativo actual en el que la educación concertada es complementaria a la pública, no subsidiaria, garantizando así el derecho de los padres a elegir la educación de sus hijos, recogido en el artículo 27 de la Constitución Española.

b) Asegure, con las modificaciones normativas que en su caso procedan, que las aportaciones realizadas por las familias a los centros educativos concertados mantengan la consideración de donaciones deducibles a los efectos del IRPF, cuando las mismas no conlleven contraprestación alguna por parte del donatario.

c) En relación con la Educación Especial, garantice que los padres de menores con discapacidad conserven su derecho a elegir su escolarización en centros educativos especiales o centros ordinarios, desde una obligada apuesta por la educación inclusiva que debe orientarse, de cara al futuro, a la búsqueda e incorporación de nuevas fórmulas organizativas y de escolarización que garanticen tanto la inclusividad como la atención específica y especializada a las necesidades de cada alumno.

Valladolid, 13 de febrero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Raúl de la Hoz Quintano


PNL/002353-01

CVE="BOCCL-09-033037"



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