PE/011104-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

463. Preguntas para respuesta escrita
PE/011104-01


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Manuel Mitadiel Martínez, relativa a demora para cubrir plazas de médicos jubilados.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 15 de febrero de 2019, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/011103 a PE/011200.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de febrero de 2019.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Manuel Mitadiel Martínez, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

Repetidamente conocemos casos en los que un médico se marcha a otra comunidad porque le están haciendo contratos de mes a mes, cuando la vacante es producida por una jubilación, especialmente si se trata de personal funcionario, en cuyo caso hay que reconvertir la vacante en una de personal estatutario.

En este caso se aseguró por parte del Consejero que el plazo de conversión y, por tanto, el plazo para poder ofrecer un contrato con cierta estabilidad (interinidad), es de dos meses. Este plazo no se ha cumplido casi nunca. El resultado ha sido que, médicos que podían estar trabajando en nuestra Comunidad, lo están haciendo en las comunidades limítrofes.

¿Tan difícil es prever las jubilaciones y hacer previamente los trámites oportunos de conversión de la plaza o de autorización de contrato de interinidad por cobertura de vacante, para que al día siguiente de la jubilación se produzcan las amortizaciones y creaciones de plazas oportunas y se puedan autorizar las coberturas en régimen de interinidad por cobertura de vacante?

En ocasiones la jubilación es de personal estatutario y no hay que reconvertir la plaza y, tampoco, se acorta el plazo, lo que no entendemos, salvo que cada plaza se analice con fines de amortización

Pregunta: ¿Cuál es la causa de las considerables demoras que se producen entre una jubilación y su cobertura en régimen de interinidad?

En Valladolid, a 30 de enero de 2019


PE/011104-01

CVE="BOCCL-09-033090"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 69038-69039
BOCCL nº 529/9 del 25/2/2019
CVE: BOCCL-09-033090

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
463. Preguntas para respuesta escrita
PE/011104-01
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Manuel Mitadiel Martínez, relativa a demora para cubrir plazas de médicos jubilados.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 15 de febrero de 2019, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/011103 a PE/011200.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de febrero de 2019.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Manuel Mitadiel Martínez, Procurador perteneciente al Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

Repetidamente conocemos casos en los que un médico se marcha a otra comunidad porque le están haciendo contratos de mes a mes, cuando la vacante es producida por una jubilación, especialmente si se trata de personal funcionario, en cuyo caso hay que reconvertir la vacante en una de personal estatutario.

En este caso se aseguró por parte del Consejero que el plazo de conversión y, por tanto, el plazo para poder ofrecer un contrato con cierta estabilidad (interinidad), es de dos meses. Este plazo no se ha cumplido casi nunca. El resultado ha sido que, médicos que podían estar trabajando en nuestra Comunidad, lo están haciendo en las comunidades limítrofes.

¿Tan difícil es prever las jubilaciones y hacer previamente los trámites oportunos de conversión de la plaza o de autorización de contrato de interinidad por cobertura de vacante, para que al día siguiente de la jubilación se produzcan las amortizaciones y creaciones de plazas oportunas y se puedan autorizar las coberturas en régimen de interinidad por cobertura de vacante?

En ocasiones la jubilación es de personal estatutario y no hay que reconvertir la plaza y, tampoco, se acorta el plazo, lo que no entendemos, salvo que cada plaza se analice con fines de amortización

Pregunta: ¿Cuál es la causa de las considerables demoras que se producen entre una jubilación y su cobertura en régimen de interinidad?

En Valladolid, a 30 de enero de 2019


PE/011104-01

CVE="BOCCL-09-033090"



Sede de las Cortes de Castilla y León