PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 15 de febrero de 2019, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/011103 a PE/011200.
Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de febrero de 2019.
P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,
Fdo.: Carlos Ortega Santiago
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Consolación Pablos Labajo, Jesús Guerrero Arroyo, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:
1. ¿Ha resuelto la Junta de Castilla y León el recurso de alzada presentado por la sociedad mercantil GIRESA PALENCIA 87 ante la multa impuesta por sanción administrativa grave en el expediente 34024/2018?
2. Si ha sido resuelto, ¿en qué sentido lo ha hecho la Junta de Castilla y León?, ¿se ha comunicado a la empresa afectada? ¿en qué fecha?
3. A la vista de las “manifestaciones de hechos” registradas el 10 de noviembre de 2018 por GIRESA PALENCIA 87 ante la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Palencia, relativas al trato que reciben por los servicios veterinarios de la Junta, que según dicha sociedad mercantil son discriminatorios con respecto a otros mataderos de la provincia o de la Comunidad Autónoma, ¿permite la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León diferentes criterios según cada profesional veterinario asignado a un matadero? ¿lo permite según cada servicio territorial en cada provincia? ¿O hay criterios comunes para toda la Comunidad? Y si es así ¿Qué explicación tiene la Junta de Castilla y león para los hechos descritos en dichas “manifestaciones de hechos”?
4. ¿Ha constatado la Junta de Castilla y León, al margen de los hechos citados por GIRESA PALENCIA 87, si hay criterios diferentes según veterinarios o servicios territoriales provinciales en la Comunidad Autónoma? Pedimos relación de los mismos.
5. ¿Ante actuaciones por parte de profesionales veterinarios de la Junta adscritos a un matadero, o servicios territoriales con criterios diferentes a los de otros profesionales o provincias a la hora de actuar o supervisar la actividad de los mataderos bajo su competencia ¿Qué actuaciones ha llevado a cabo la Junta de Castilla y León?
Valladolid a 30 de enero de 2019
PE/011107-01
CVE="BOCCL-09-033093"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 15 de febrero de 2019, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/011103 a PE/011200.
Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de febrero de 2019.
P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,
Fdo.: Carlos Ortega Santiago
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Consolación Pablos Labajo, Jesús Guerrero Arroyo, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:
1. ¿Ha resuelto la Junta de Castilla y León el recurso de alzada presentado por la sociedad mercantil GIRESA PALENCIA 87 ante la multa impuesta por sanción administrativa grave en el expediente 34024/2018?
2. Si ha sido resuelto, ¿en qué sentido lo ha hecho la Junta de Castilla y León?, ¿se ha comunicado a la empresa afectada? ¿en qué fecha?
3. A la vista de las “manifestaciones de hechos” registradas el 10 de noviembre de 2018 por GIRESA PALENCIA 87 ante la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Palencia, relativas al trato que reciben por los servicios veterinarios de la Junta, que según dicha sociedad mercantil son discriminatorios con respecto a otros mataderos de la provincia o de la Comunidad Autónoma, ¿permite la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León diferentes criterios según cada profesional veterinario asignado a un matadero? ¿lo permite según cada servicio territorial en cada provincia? ¿O hay criterios comunes para toda la Comunidad? Y si es así ¿Qué explicación tiene la Junta de Castilla y león para los hechos descritos en dichas “manifestaciones de hechos”?
4. ¿Ha constatado la Junta de Castilla y León, al margen de los hechos citados por GIRESA PALENCIA 87, si hay criterios diferentes según veterinarios o servicios territoriales provinciales en la Comunidad Autónoma? Pedimos relación de los mismos.
5. ¿Ante actuaciones por parte de profesionales veterinarios de la Junta adscritos a un matadero, o servicios territoriales con criterios diferentes a los de otros profesionales o provincias a la hora de actuar o supervisar la actividad de los mataderos bajo su competencia ¿Qué actuaciones ha llevado a cabo la Junta de Castilla y León?
Valladolid a 30 de enero de 2019
PE/011107-01
CVE="BOCCL-09-033093"