PE/009778-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/009778-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Natalia del Barrio Jiménez, relativa a acciones relativas a energías renovables, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 460, de 14 de septiembre de 2018.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/009081, PE/009641, PE/009642, PE/009649, PE/009650, PE/009676, PE/009685, PE/009686, PE/009691, PE/009692, PE/009701, PE/009720, PE/009725, PE/009726, PE/009742 a PE/009749, PE/009757, PE/009761, PE/009763, PE/009764, PE/009769 a PE/009772, PE/009774, PE/009777, PE/009778, PE/009785, PE/009787, PE/009788, PE/009792, PE/009796, PE/009800, PE/009803, PE/009805, PE/009808, PE/009809, PE/009811, PE/009821, PE/009827, PE/009828, PE/009832, PE/009837, PE/009839, PE/009840, PE/009842 a PE/009844, PE/009847, PE/009850, PE/009855 a PE/009857, PE/009864, PE/009878, PE/009888, PE/009897 a PE/009899, PE/009901, PE/010000, PE/010003, PE/010011, PE/010015 a PE/010026, PE/010030, PE/010032 a PE/010034, PE/010041 a PE/010044, PE/010047, PE/010057 a PE/010066, PE/010068, PE/010069, PE/010074, PE/010076 a PE/010079, PE/010084, PE/010092, PE/010095 a PE/010099, PE/010103, PE/010106 a PE/010108, PE/010112, PE/010115, PE/010118, PE/010131, PE/010134, PE/010135, PE/010137 a PE/010139, PE/010141 a PE/010145, PE/010147, PE/010148, PE/010150, PE/010151, PE/010153, PE/010154, PE/010156 a PE/010158, PE/010160, PE/010162, PE/010164, PE/010168 y PE/010170, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de octubre de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./009778, formulada por la Procuradora D.ª Natalia del Barrio Jiménez, perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos, relativa a las acciones llevadas a cabo para desarrollar el impulso de las energías renovables.

En contestación a la pregunta con respuesta escrita señalada, se comunica lo siguiente:

1.º– En cumplimiento de la Resolución decimoséptima aprobada por el Pleno de las Cortes de Castilla y León en sesión de 27 y 28 de junio de 2018 con ocasión del debate sobre política general de la Junta de Castilla y León, esta Consejería ha elaborado el documento base “Estrategia Térmica Renovable de Castilla y León 2030” que está siendo analizado internamente con carácter previo a su tramitación preceptiva.

2.º– Además de las acciones contenidas en la citada Estrategia y que se desarrollarían en un horizonte temporal hasta el año 2030, cabe destacar las siguientes acciones que se han llevado a cabo para desarrollar el impulso de las energías renovables, sin perjuicio de aquellas otras que ejecutan por otros departamentos de la administración autonómica:

a) En primer lugar, las referidas a la ejecución del Plan Regional de Ámbito Sectorial de la Bioenergía de Castilla y León, aprobado por Decreto 2/2011, de 20 de enero.

b) En el marco del Programa Operativo FEDER 2014-2020, objetivo temático 4 “Favorecer el paso a una economía baja en carbono en todos los sectores” y dentro de los objetivos temáticos 4.2.2 y 4.3.2 del mismo:

a. Se han desarrollado acciones mediante la convocatoria de ayudas para el fomento del uso de las energías renovables en las empresas, particularmente en las PYMES.

b. Se tiene previsto convocar en este mes ayudas para el fomento del uso de las energías renovables en colegios titularidad de municipios de más de 20.000 habitantes así como en establecimientos hosteleros de municipios por los que discurren los Caminos de Santiago en Castilla y León.

c) En su función de ordenación y planificación energética se tramitan los expedientes de autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables (solar fotovoltaica, solar térmica, eólica, biomasa, geotermia, minihidráulica) cuya potencia instalada no exceda de 50 MW.

La potencia por tecnologías en Castilla y León y en España es la siguiente:

En particular, el liderazgo de Castilla y León en energía eólica es claro, con la cuarta parte del total nacional.

Respecto a las previsiones, el sistema de concurrencia competitiva establecida en la normativa reguladora del sector, ha sido convocado por el Gobierno en tres ocasiones, una en el 2016 y dos en el 2017.

El principal impacto de la convocatoria de 2016 en Castilla y León es el desarrollo de una planta de generación eléctrica con biomasa forestal (50 MW de potencia) en la localidad leonesa de Cubillos del Sil.

Para la primera convocatoria de 2017, la potencia eólica asignada en Castilla y León ha sido de 615 MW, con 20 proyectos.

En la segunda subasta del 2017, se subastaron otros 3000 MW; en Castilla y León se han identificado un total de 35 proyectos, resaltando los 455 MW eólicos (17 proyectos) y 311 MW fotovoltaicos (14 proyectos).

Esto hace que las perspectivas de futuro del sector renovable de Castilla y León hayan mejorado a partir de la celebración de las subastas, previéndose la instalación de más de 1.000 MW para el año 2020 con inversiones que superarán los 1.000 millones de euros, que permitirán mantener la vigente situación de liderazgo en el sector.

En lo referente a la simplificación administrativa en la tramitación de instalaciones renovables, la entrada en vigor del RD 900/2015 de Autoconsumo supuso una simplificación administrativa para las instalaciones de producción de pequeña potencia (menor o igual a 100 kW) puesto que de las tres autorizaciones administrativas necesarias para la puesta en funcionamiento de estas instalaciones, indicadas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, pasan a necesitar solo y exclusivamente la autorización de explotación, suprimiéndose en estos casos la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción.

Valladolid, 11 de octubre de 2018.

LA CONSEJERA,Fdo.: M.ª del Pilar del Olmo Moro.


PE/009778-2

CVE="BOCCL-09-033427"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 69861
BOCCL nº 533/9 del 1/3/2019
CVE: BOCCL-09-033427

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/009778-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Natalia del Barrio Jiménez, relativa a acciones relativas a energías renovables, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 460, de 14 de septiembre de 2018.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/009081, PE/009641, PE/009642, PE/009649, PE/009650, PE/009676, PE/009685, PE/009686, PE/009691, PE/009692, PE/009701, PE/009720, PE/009725, PE/009726, PE/009742 a PE/009749, PE/009757, PE/009761, PE/009763, PE/009764, PE/009769 a PE/009772, PE/009774, PE/009777, PE/009778, PE/009785, PE/009787, PE/009788, PE/009792, PE/009796, PE/009800, PE/009803, PE/009805, PE/009808, PE/009809, PE/009811, PE/009821, PE/009827, PE/009828, PE/009832, PE/009837, PE/009839, PE/009840, PE/009842 a PE/009844, PE/009847, PE/009850, PE/009855 a PE/009857, PE/009864, PE/009878, PE/009888, PE/009897 a PE/009899, PE/009901, PE/010000, PE/010003, PE/010011, PE/010015 a PE/010026, PE/010030, PE/010032 a PE/010034, PE/010041 a PE/010044, PE/010047, PE/010057 a PE/010066, PE/010068, PE/010069, PE/010074, PE/010076 a PE/010079, PE/010084, PE/010092, PE/010095 a PE/010099, PE/010103, PE/010106 a PE/010108, PE/010112, PE/010115, PE/010118, PE/010131, PE/010134, PE/010135, PE/010137 a PE/010139, PE/010141 a PE/010145, PE/010147, PE/010148, PE/010150, PE/010151, PE/010153, PE/010154, PE/010156 a PE/010158, PE/010160, PE/010162, PE/010164, PE/010168 y PE/010170, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de octubre de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./009778, formulada por la Procuradora D.ª Natalia del Barrio Jiménez, perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos, relativa a las acciones llevadas a cabo para desarrollar el impulso de las energías renovables.

En contestación a la pregunta con respuesta escrita señalada, se comunica lo siguiente:

1.º– En cumplimiento de la Resolución decimoséptima aprobada por el Pleno de las Cortes de Castilla y León en sesión de 27 y 28 de junio de 2018 con ocasión del debate sobre política general de la Junta de Castilla y León, esta Consejería ha elaborado el documento base “Estrategia Térmica Renovable de Castilla y León 2030” que está siendo analizado internamente con carácter previo a su tramitación preceptiva.

2.º– Además de las acciones contenidas en la citada Estrategia y que se desarrollarían en un horizonte temporal hasta el año 2030, cabe destacar las siguientes acciones que se han llevado a cabo para desarrollar el impulso de las energías renovables, sin perjuicio de aquellas otras que ejecutan por otros departamentos de la administración autonómica:

a) En primer lugar, las referidas a la ejecución del Plan Regional de Ámbito Sectorial de la Bioenergía de Castilla y León, aprobado por Decreto 2/2011, de 20 de enero.

b) En el marco del Programa Operativo FEDER 2014-2020, objetivo temático 4 “Favorecer el paso a una economía baja en carbono en todos los sectores” y dentro de los objetivos temáticos 4.2.2 y 4.3.2 del mismo:

a. Se han desarrollado acciones mediante la convocatoria de ayudas para el fomento del uso de las energías renovables en las empresas, particularmente en las PYMES.

b. Se tiene previsto convocar en este mes ayudas para el fomento del uso de las energías renovables en colegios titularidad de municipios de más de 20.000 habitantes así como en establecimientos hosteleros de municipios por los que discurren los Caminos de Santiago en Castilla y León.

c) En su función de ordenación y planificación energética se tramitan los expedientes de autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables (solar fotovoltaica, solar térmica, eólica, biomasa, geotermia, minihidráulica) cuya potencia instalada no exceda de 50 MW.

La potencia por tecnologías en Castilla y León y en España es la siguiente:

En particular, el liderazgo de Castilla y León en energía eólica es claro, con la cuarta parte del total nacional.

Respecto a las previsiones, el sistema de concurrencia competitiva establecida en la normativa reguladora del sector, ha sido convocado por el Gobierno en tres ocasiones, una en el 2016 y dos en el 2017.

El principal impacto de la convocatoria de 2016 en Castilla y León es el desarrollo de una planta de generación eléctrica con biomasa forestal (50 MW de potencia) en la localidad leonesa de Cubillos del Sil.

Para la primera convocatoria de 2017, la potencia eólica asignada en Castilla y León ha sido de 615 MW, con 20 proyectos.

En la segunda subasta del 2017, se subastaron otros 3000 MW; en Castilla y León se han identificado un total de 35 proyectos, resaltando los 455 MW eólicos (17 proyectos) y 311 MW fotovoltaicos (14 proyectos).

Esto hace que las perspectivas de futuro del sector renovable de Castilla y León hayan mejorado a partir de la celebración de las subastas, previéndose la instalación de más de 1.000 MW para el año 2020 con inversiones que superarán los 1.000 millones de euros, que permitirán mantener la vigente situación de liderazgo en el sector.

En lo referente a la simplificación administrativa en la tramitación de instalaciones renovables, la entrada en vigor del RD 900/2015 de Autoconsumo supuso una simplificación administrativa para las instalaciones de producción de pequeña potencia (menor o igual a 100 kW) puesto que de las tres autorizaciones administrativas necesarias para la puesta en funcionamiento de estas instalaciones, indicadas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, pasan a necesitar solo y exclusivamente la autorización de explotación, suprimiéndose en estos casos la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción.

Valladolid, 11 de octubre de 2018.

LA CONSEJERA,Fdo.: M.ª del Pilar del Olmo Moro.


PE/009778-2

CVE="BOCCL-09-033427"



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