PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 8 de marzo de 2019, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/011238 a PE/011254.
Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de marzo de 2019.
P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,
Fdo.: Carlos Ortega Santiago
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Manuel Mitadiel Martínez y David Castaño Sequeros, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:
Recientemente se ha publicado la Orden SAN/67/2019 que dejaba desierto el concurso de libre designación del puesto de trabajo de Jefe de Gestión de la División de Gestión Económica e Infraestructuras de la Gerencia de Salud de Área de Salamanca.
A continuación, hemos conocido la petición de que se nombrase a uno de los concursantes para ocupar dicha plaza en comisión de servicio. ¿Cómo es posible que quién no fue considerado acto para ocupar dicho puesto mediante un concurso de libre designación, pueda serlo para ocupar dicho puesto mediante comisión de servicio?
No es el único caso, ya que es habitual la cobertura de puestos de libre designación mediante comisiones de servicio, con frecuencia de funcionarios que han obtenido un puesto de concurso específico que, en ocasiones no llegan a ocupar ya que obtienen seguidamente la comisión de servicios al puesto de libre designación. En esta situación permanecen durante años, lo que incumple la duración máxima de estas situaciones y el requisito de “urgente e inaplazable necesidad” que es necesario.
La cobertura de puestos de concurso específico o de libre designación mediante comisión de servicios suele tener consecuencias posteriores sobre el cumplimiento de los principios de igualdad y mérito, ya que posibilita a los que los ocupan que generen los méritos que después les permitirán ocuparlos de forma permanente, rompiendo la igualdad ya que el acto inicial que permite esa acumulación de méritos ha sido discrecional.
Se puede utilizar la comisión de servicios para la cobertura de todo tipo de vacantes, de concurso, concurso específico y de libre designación. Cuando funcione de verdad el concurso abierto y permanente las comisiones de servicio tendrán poca incidencia en las plazas de concurso, porque las vacantes que se produzcan deberán ofertarse automáticamente en los concursos permanentes que se celebrarán con periodicidad anual. Pero no ocurre lo mismo con las plazas de concurso específico y de libre designación, las de mayor responsabilidad y las mejor retribuidas, que representan la culminación de la carrera profesional de los funcionarios. Las convocatorias de los concursos específicos y de las libres designaciones no están sujetas a ninguna periodicidad. El goteo de libres designaciones es permanente y los concursos específicos pueden tardar lustros en convocarse.
Una de las características de este tipo de provisión de puestos de trabajo es que carece de publicidad y permite la adscripción a dichos puestos de funcionarios “cómodos” para el poder político y su perpetuación en puestos clave de la administración.
Preguntas: Teniendo en cuenta que es un sistema de provisión excepcional, por necesidad urgente e inaplazable, ¿Existe algún tipo de control sobre el cumplimiento del límite máximo de duración de las comisiones de servicio? ¿Por qué motivo no se convocan inmediatamente las plazas para su cobertura por el procedimiento establecido? ¿Son conscientes de que la demora en la provisión de esas vacantes supone una evidente ventaja en la carrera funcionarial para los beneficiarios de esas comisiones de servicio totalmente discrecionales?
En Valladolid, a 27 de febrero de 2019
PE/011244-01
CVE="BOCCL-09-033826"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 8 de marzo de 2019, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/011238 a PE/011254.
Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de marzo de 2019.
P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,
Fdo.: Carlos Ortega Santiago
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Manuel Mitadiel Martínez y David Castaño Sequeros, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:
Recientemente se ha publicado la Orden SAN/67/2019 que dejaba desierto el concurso de libre designación del puesto de trabajo de Jefe de Gestión de la División de Gestión Económica e Infraestructuras de la Gerencia de Salud de Área de Salamanca.
A continuación, hemos conocido la petición de que se nombrase a uno de los concursantes para ocupar dicha plaza en comisión de servicio. ¿Cómo es posible que quién no fue considerado acto para ocupar dicho puesto mediante un concurso de libre designación, pueda serlo para ocupar dicho puesto mediante comisión de servicio?
No es el único caso, ya que es habitual la cobertura de puestos de libre designación mediante comisiones de servicio, con frecuencia de funcionarios que han obtenido un puesto de concurso específico que, en ocasiones no llegan a ocupar ya que obtienen seguidamente la comisión de servicios al puesto de libre designación. En esta situación permanecen durante años, lo que incumple la duración máxima de estas situaciones y el requisito de “urgente e inaplazable necesidad” que es necesario.
La cobertura de puestos de concurso específico o de libre designación mediante comisión de servicios suele tener consecuencias posteriores sobre el cumplimiento de los principios de igualdad y mérito, ya que posibilita a los que los ocupan que generen los méritos que después les permitirán ocuparlos de forma permanente, rompiendo la igualdad ya que el acto inicial que permite esa acumulación de méritos ha sido discrecional.
Se puede utilizar la comisión de servicios para la cobertura de todo tipo de vacantes, de concurso, concurso específico y de libre designación. Cuando funcione de verdad el concurso abierto y permanente las comisiones de servicio tendrán poca incidencia en las plazas de concurso, porque las vacantes que se produzcan deberán ofertarse automáticamente en los concursos permanentes que se celebrarán con periodicidad anual. Pero no ocurre lo mismo con las plazas de concurso específico y de libre designación, las de mayor responsabilidad y las mejor retribuidas, que representan la culminación de la carrera profesional de los funcionarios. Las convocatorias de los concursos específicos y de las libres designaciones no están sujetas a ninguna periodicidad. El goteo de libres designaciones es permanente y los concursos específicos pueden tardar lustros en convocarse.
Una de las características de este tipo de provisión de puestos de trabajo es que carece de publicidad y permite la adscripción a dichos puestos de funcionarios “cómodos” para el poder político y su perpetuación en puestos clave de la administración.
Preguntas: Teniendo en cuenta que es un sistema de provisión excepcional, por necesidad urgente e inaplazable, ¿Existe algún tipo de control sobre el cumplimiento del límite máximo de duración de las comisiones de servicio? ¿Por qué motivo no se convocan inmediatamente las plazas para su cobertura por el procedimiento establecido? ¿Son conscientes de que la demora en la provisión de esas vacantes supone una evidente ventaja en la carrera funcionarial para los beneficiarios de esas comisiones de servicio totalmente discrecionales?
En Valladolid, a 27 de febrero de 2019
PE/011244-01
CVE="BOCCL-09-033826"