PNL/002381-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/002381-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. José Ignacio Delgado Palacios, D. David Castaño Sequeros, Dña. María Belén Rosado Diago, D. Manuel Mitadiel Martínez y D. Luis Fuentes Rodríguez, para instar a la Junta a adoptar las medidas que se solicitan en relación con la situación laboral de los Reservistas de Especial Disponibilidad (RED) de la Comunidad, para su tramitación ante la Comisión de la Presidencia.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 22 de marzo de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002381 a PNL/002388.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de marzo de 2019.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Ignacio Delgado Palacios, David Castaño Sequeros, María Belén Rosado Diago, Manuel Mitadiel Martínez y Luis Fuentes Rodriguez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión:

La salida de centenares de militares de las Fuerzas Armadas a los 45 años está abocando a este estamento a un profundo proceso de transición y de relevo generacional que tendrá que llevarse a cabo en los próximos años.

Así, en virtud de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería se cita que: "El modelo definido en esta ley garantiza a los soldados y marineros la posibilidad de completar su trayectoria profesional comenzando su relación de servicios con un compromiso inicial renovable hasta seis años de duración y ofreciéndoles la opción de suscribir otro de larga duración que llegará hasta los 45 años de edad, durante cuya vigencia podrán acceder a la condición de soldados permanentes.

Alcanzados los 45 años, y en el caso de que no se haya adquirido la condición de soldado permanente, cesa la relación de servicio activo en las Fuerzas Armadas, accediendo el militar profesional de tropa y marinería que así lo decida y haya cumplido al menos 18 años de servicio, a la condición de reservista de especial disponibilidad, y con ella al derecho a percibir mensualmente una asignación económica".

Las estimaciones cifran en más de 50.000 el número de militares que, entre 2018 y 2036, abandonarán las Fuerzas Armadas ante este precepto legal.

En este sentido, su reincorporación a la vida civil supone el principal desafío, con el objetivo de garantizar que sus condiciones socioeconómicas no se vean sustancialmente alteradas al acogerse a este proceso.

Sin embargo, existen fundadas reservas sobre el cumplimiento del artículo 16 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, relativo a la formación y promoción profesional.

El apartado en cuestión asegura que: "1. La formación en las Fuerzas Armadas garantizará que los militares profesionales de tropa y marinería puedan adquirir, actualizar o ampliar sus conocimientos para un mayor desarrollo personal y profesional. A tal fin se les facilitará la obtención de titulaciones y acreditaciones del sistema educativo general, en especial el título de técnico correspondiente a la formación profesional de grado medio, los certificados de profesionalidad y la mejora de su cualificación a través de la formación ocupacional".

No obstante, se tiene constancia de que no se ha producido la obtención de dichas titulaciones, lo que aboca a militares altamente cualificados a reintegrarse en el ámbito civil sin una homologación que acredite esa formación.

Encaminado a resolver esta problemática, es posible configurar un plan específico para Reservistas de Especial Disponibilidad (RED) destinado a reconocer sus especialidades profesionales y ofrecer en los concursos de empleo público ofertado por la Junta de Castilla y León garantías que contemplen la baremación de tiempo de servicio, a fin de reintegrar a ese personal de alto compromiso con la sociedad española.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Solicitar al Gobierno de la Nación para que el Ministerio de Defensa proporcione el censo de los RED en el territorio de Castilla y León, en el que se incluyan las especialidades laborales en las que han desarrollado sus funciones militares a fin de realizar un estudio que permita la oferta de formación adecuada a sus características profesionales, sin perjuicio de una nueva reorientación laboral.

2. Que, en todos los concursos de oposición o convocatoria empleo público ofertado por las administraciones regionales o Locales, se contemple en sus bases la baremación de tiempo de servicio como establece la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería en el Artículo 20 de Acceso a las Administraciones públicas.

En Valladolid, a 7 de marzo de 2019.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ignacio Delgado Palacios,

David Castaño Sequeros,

María Belén Rosado Diago y

Manuel Mitadiel Martínez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


PNL/002381-01

CVE="BOCCL-09-033969"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 71016-71017
BOCCL nº 549/9 del 28/3/2019
CVE: BOCCL-09-033969

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/002381-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. José Ignacio Delgado Palacios, D. David Castaño Sequeros, Dña. María Belén Rosado Diago, D. Manuel Mitadiel Martínez y D. Luis Fuentes Rodríguez, para instar a la Junta a adoptar las medidas que se solicitan en relación con la situación laboral de los Reservistas de Especial Disponibilidad (RED) de la Comunidad, para su tramitación ante la Comisión de la Presidencia.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 22 de marzo de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002381 a PNL/002388.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de marzo de 2019.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Ignacio Delgado Palacios, David Castaño Sequeros, María Belén Rosado Diago, Manuel Mitadiel Martínez y Luis Fuentes Rodriguez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión:

La salida de centenares de militares de las Fuerzas Armadas a los 45 años está abocando a este estamento a un profundo proceso de transición y de relevo generacional que tendrá que llevarse a cabo en los próximos años.

Así, en virtud de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería se cita que: "El modelo definido en esta ley garantiza a los soldados y marineros la posibilidad de completar su trayectoria profesional comenzando su relación de servicios con un compromiso inicial renovable hasta seis años de duración y ofreciéndoles la opción de suscribir otro de larga duración que llegará hasta los 45 años de edad, durante cuya vigencia podrán acceder a la condición de soldados permanentes.

Alcanzados los 45 años, y en el caso de que no se haya adquirido la condición de soldado permanente, cesa la relación de servicio activo en las Fuerzas Armadas, accediendo el militar profesional de tropa y marinería que así lo decida y haya cumplido al menos 18 años de servicio, a la condición de reservista de especial disponibilidad, y con ella al derecho a percibir mensualmente una asignación económica".

Las estimaciones cifran en más de 50.000 el número de militares que, entre 2018 y 2036, abandonarán las Fuerzas Armadas ante este precepto legal.

En este sentido, su reincorporación a la vida civil supone el principal desafío, con el objetivo de garantizar que sus condiciones socioeconómicas no se vean sustancialmente alteradas al acogerse a este proceso.

Sin embargo, existen fundadas reservas sobre el cumplimiento del artículo 16 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, relativo a la formación y promoción profesional.

El apartado en cuestión asegura que: "1. La formación en las Fuerzas Armadas garantizará que los militares profesionales de tropa y marinería puedan adquirir, actualizar o ampliar sus conocimientos para un mayor desarrollo personal y profesional. A tal fin se les facilitará la obtención de titulaciones y acreditaciones del sistema educativo general, en especial el título de técnico correspondiente a la formación profesional de grado medio, los certificados de profesionalidad y la mejora de su cualificación a través de la formación ocupacional".

No obstante, se tiene constancia de que no se ha producido la obtención de dichas titulaciones, lo que aboca a militares altamente cualificados a reintegrarse en el ámbito civil sin una homologación que acredite esa formación.

Encaminado a resolver esta problemática, es posible configurar un plan específico para Reservistas de Especial Disponibilidad (RED) destinado a reconocer sus especialidades profesionales y ofrecer en los concursos de empleo público ofertado por la Junta de Castilla y León garantías que contemplen la baremación de tiempo de servicio, a fin de reintegrar a ese personal de alto compromiso con la sociedad española.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Solicitar al Gobierno de la Nación para que el Ministerio de Defensa proporcione el censo de los RED en el territorio de Castilla y León, en el que se incluyan las especialidades laborales en las que han desarrollado sus funciones militares a fin de realizar un estudio que permita la oferta de formación adecuada a sus características profesionales, sin perjuicio de una nueva reorientación laboral.

2. Que, en todos los concursos de oposición o convocatoria empleo público ofertado por las administraciones regionales o Locales, se contemple en sus bases la baremación de tiempo de servicio como establece la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería en el Artículo 20 de Acceso a las Administraciones públicas.

En Valladolid, a 7 de marzo de 2019.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ignacio Delgado Palacios,

David Castaño Sequeros,

María Belén Rosado Diago y

Manuel Mitadiel Martínez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


PNL/002381-01

CVE="BOCCL-09-033969"



Sede de las Cortes de Castilla y León