PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/009389, PE/009776, PE/009781, PE/009784, PE/009786, PE/009797, PE/009807, PE/009813 a PE/009814, PE/009817 a PE/009819, PE/009824 a PE/009826, PE/009860, PE/009861, PE/009863, PE/009865 a PE/009868, PE/009871 a PE/009875, PE/009879 a PE/009891, PE/009894, PE/009895, PE/010005, PE/010010, PE/010012 a PE/010014, PE/010031, PE/010045, PE/010048 a PE/010056, PE/010071 a PE/010073, PE/010075, PE/010087, PE/010089, PE/010102, PE/010104, PE/010117, PE/010120 a PE/010123, PE/010125 a PE/010130, PE/010132, PE/010149, PE/010152, PE/010163, PE/010189, PE/010236, PE/010239, PE/010240, PE/010249, PE/010262, PE/010270, PE/010272, PE/010275, PE/010279, PE/010280, PE/010281, PE/010283 a PE/010286, PE/010291, PE/010293, PE/010295, PE/010297, PE/010299, PE/010316 a PE/010318, PE/010332, PE/010427, PE/010445 y PE/010479, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de noviembre de 2018.
P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,Fdo.: Carlos Ortega Santiago
Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0910240, formulada por Dña. Lorena González Guerrero, Procuradora del Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, relativa a las prácticas del alumnado de formación profesional dual.
En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0910240 se manifiesta lo siguiente:
La relación de empresas o entidades que colaboran con la formación profesional dual del sistema educativo en Castilla y León para el curso escolar 2018-2019 se proporciona, a continuación, de forma tabulada. La ubicación provincial y el número de plazas ofertadas se corresponden con los datos que constan con carácter mínimo en los proyectos presentados. No obstante, en el momento de la asignación de puestos de aprendizaje (a partir de enero, con carácter general), se espera que el número sea mayor.
No se consignan los puestos de aprendizaje ofertados por empresas que aún están pendientes de asignación a proyectos autorizados; algunos de ellos por corresponder a ocupaciones para las que no existe formación reglada en el ámbito del sistema educativo, otros porque no se han definido suficientemente la correspondencia entre las competencias profesionales asociadas al puesto de aprendizaje y las contenidas en el currículo del título profesional, y otros porque no existe suficiente alumnado con las características necesarias.
Por último, el Decreto 2/2017, de 12 de enero, por el que se regula la Formación Profesional Dual del Sistema Educativo en la Comunidad de Castilla y León determina en su Capítulo V la forma de coordinar la actividad formativa en el centro educativo y en la empresa y la tutoría del alumnado participante.
En este sentido, se establece una relación entre un tutor o tutora del centro educativo y un tutor o tutora de la empresa. Ambos tutores deben mantener reuniones periódicas de control en las que se haga seguimiento de cada uno de los alumnos.
El tutor o tutora del centro educativo es el responsable de la coordinación general de la actividad formativa y del seguimiento del programa de formación en la empresa del alumnado, así como la persona interlocutora con la empresa para el desarrollo de dicha actividad formativa.
Todos los centros educativos que desarrollan programas de formación profesional dual del sistema educativo cuentan con un tutor de prácticas en la empresa.
La persona titular o representante de la empresa deberá tutelar el desarrollo de la actividad formativa del alumnado participante asumiendo personalmente dicha función o designando, entre la plantilla de la empresa, a una persona que ejerza la tutoría.
El tutor o tutora de la empresa es el responsable del seguimiento de la actividad formativa, de la coordinación de la actividad laboral con la actividad formativa y de la comunicación con el centro educativo.
Todas las empresas que desarrollan programas de formación profesional dual del sistema educativo cuentan con tutor o tutora de la empresa.
Valladolid, 9 de noviembre de 2018.
EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.
PE/010240-2
CVE="BOCCL-09-034212"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/009389, PE/009776, PE/009781, PE/009784, PE/009786, PE/009797, PE/009807, PE/009813 a PE/009814, PE/009817 a PE/009819, PE/009824 a PE/009826, PE/009860, PE/009861, PE/009863, PE/009865 a PE/009868, PE/009871 a PE/009875, PE/009879 a PE/009891, PE/009894, PE/009895, PE/010005, PE/010010, PE/010012 a PE/010014, PE/010031, PE/010045, PE/010048 a PE/010056, PE/010071 a PE/010073, PE/010075, PE/010087, PE/010089, PE/010102, PE/010104, PE/010117, PE/010120 a PE/010123, PE/010125 a PE/010130, PE/010132, PE/010149, PE/010152, PE/010163, PE/010189, PE/010236, PE/010239, PE/010240, PE/010249, PE/010262, PE/010270, PE/010272, PE/010275, PE/010279, PE/010280, PE/010281, PE/010283 a PE/010286, PE/010291, PE/010293, PE/010295, PE/010297, PE/010299, PE/010316 a PE/010318, PE/010332, PE/010427, PE/010445 y PE/010479, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de noviembre de 2018.
P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,Fdo.: Carlos Ortega Santiago
TEXTO
Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0910240, formulada por Dña. Lorena González Guerrero, Procuradora del Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, relativa a las prácticas del alumnado de formación profesional dual.
En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./0910240 se manifiesta lo siguiente:
La relación de empresas o entidades que colaboran con la formación profesional dual del sistema educativo en Castilla y León para el curso escolar 2018-2019 se proporciona, a continuación, de forma tabulada. La ubicación provincial y el número de plazas ofertadas se corresponden con los datos que constan con carácter mínimo en los proyectos presentados. No obstante, en el momento de la asignación de puestos de aprendizaje (a partir de enero, con carácter general), se espera que el número sea mayor.
No se consignan los puestos de aprendizaje ofertados por empresas que aún están pendientes de asignación a proyectos autorizados; algunos de ellos por corresponder a ocupaciones para las que no existe formación reglada en el ámbito del sistema educativo, otros porque no se han definido suficientemente la correspondencia entre las competencias profesionales asociadas al puesto de aprendizaje y las contenidas en el currículo del título profesional, y otros porque no existe suficiente alumnado con las características necesarias.
Por último, el Decreto 2/2017, de 12 de enero, por el que se regula la Formación Profesional Dual del Sistema Educativo en la Comunidad de Castilla y León determina en su Capítulo V la forma de coordinar la actividad formativa en el centro educativo y en la empresa y la tutoría del alumnado participante.
En este sentido, se establece una relación entre un tutor o tutora del centro educativo y un tutor o tutora de la empresa. Ambos tutores deben mantener reuniones periódicas de control en las que se haga seguimiento de cada uno de los alumnos.
El tutor o tutora del centro educativo es el responsable de la coordinación general de la actividad formativa y del seguimiento del programa de formación en la empresa del alumnado, así como la persona interlocutora con la empresa para el desarrollo de dicha actividad formativa.
Todos los centros educativos que desarrollan programas de formación profesional dual del sistema educativo cuentan con un tutor de prácticas en la empresa.
La persona titular o representante de la empresa deberá tutelar el desarrollo de la actividad formativa del alumnado participante asumiendo personalmente dicha función o designando, entre la plantilla de la empresa, a una persona que ejerza la tutoría.
El tutor o tutora de la empresa es el responsable del seguimiento de la actividad formativa, de la coordinación de la actividad laboral con la actividad formativa y de la comunicación con el centro educativo.
Todas las empresas que desarrollan programas de formación profesional dual del sistema educativo cuentan con tutor o tutora de la empresa.
Valladolid, 9 de noviembre de 2018.
EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.
PE/010240-2
CVE="BOCCL-09-034212"