PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/010184, PE/010198, PE/010226, PE/010227, PE/010230 a PE/010235, PE/010237, PE/010238, PE/010241 a PE/010246, PE/010252, PE/010254, PE/010256 a PE/010261, PE/010264 a PE/010269, PE/010274, PE/010288 a PE/010290, PE/010292, PE/010300 a PE/010302, PE/010305 a PE/010308, PE/010311, PE/010313, PE/010319, PE/010321, PE/010326, PE/010329, PE/010333, PE/010339, PE/010340, PE/010366 a PE/010392, PE/010394 a PE/010423, PE/010428 a PE/010435, PE/010443, PE/010446, PE/010449, PE/010451, PE/010452, PE/010454 a PE/010462, PE/010464, PE/010466, PE/010467, PE/010469, PE/010473, PE/010474, PE/010484, PE/010485, PE/010487, PE/010488, PE/010491, PE/010509 a PE/010519, PE/010530 a PE/010534, PE/010536, PE/010538, PE/010550, PE/010569 a PE/010573, PE/010575, PE/010577, PE/010589, PE/010590, PE/010592, PE/010612 a PE/010620, PE/010629, PE/010642, PE/010646 a PE/010651, PE/010654, PE/010655, PE/010657, PE/010662, PE/010663, PE/010698 a PE/010701, PE/010706 y PE/010711 a PE/010713, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de diciembre de 2018.
P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,Fdo.: Carlos Ortega Santiago
Pregunta Escrita PE/0910396 formulada por los Procuradores D. Ángel Hernández Martínez, D. Isaac Izquierdo Gonzalo y por D. Juan Luis Cepa Álvarez del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la situación de la Concentración Parcelaria de Torlengua en la provincia de Soria.
En respuesta a las cuestiones planteadas en la pregunta escrita arriba referenciada, le informo lo siguiente:
La Concentración Parcelaria de la zona de TORLENGUA (Soria), se encuentra en fase de Decreto de Utilidad Pública, el cual fue publicado el 1 de diciembre de 1985. Los trabajos de concentración parcelaria de Torlengua se paralizaron en la fase de Bases Provisionales debido a la interposición de un procedimiento judicial contra el funcionario que elaboraba las citadas bases y contra los miembros de la Junta de Trabajo. La resolución del citado procedimiento fue absolutoria, pero condujo a una paralización del mismo. Hasta ahora no ha habido pronunciamiento escritos del Ayuntamiento, ni de los particulares para el reinicio de los trabajos
La Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León ha elaborado un Mapa de Infraestructuras en el que se establece, en base a criterios objetivos, un orden de prioridades para iniciar nuevas zonas de concentración. Estos criterios son básicamente la actividad agrícola y ganadera de la zona, el número de explotaciones existentes, la aceptación social de la concentración, etc.
No obstante, pongo en su conocimiento que, aun no siendo prioritaria la zona de concentración parcelaria de referencia de acuerdo con los criterios del mencionado Mapa de Infraestructuras, queda abierta la posibilidad de iniciar el procedimiento de concentración parcelaria a través de la modalidad privada prevista en el capítulo VI del Reglamento de concentración parcelaria aprobado por Decreto 1/2008, de 11 de enero.
Valladolid, 12 de diciembre de 2018.
LA CONSEJERA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,Fdo.: Milagros Marcos Ortega.
PE/010396-3
CVE="BOCCL-09-034542"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/010184, PE/010198, PE/010226, PE/010227, PE/010230 a PE/010235, PE/010237, PE/010238, PE/010241 a PE/010246, PE/010252, PE/010254, PE/010256 a PE/010261, PE/010264 a PE/010269, PE/010274, PE/010288 a PE/010290, PE/010292, PE/010300 a PE/010302, PE/010305 a PE/010308, PE/010311, PE/010313, PE/010319, PE/010321, PE/010326, PE/010329, PE/010333, PE/010339, PE/010340, PE/010366 a PE/010392, PE/010394 a PE/010423, PE/010428 a PE/010435, PE/010443, PE/010446, PE/010449, PE/010451, PE/010452, PE/010454 a PE/010462, PE/010464, PE/010466, PE/010467, PE/010469, PE/010473, PE/010474, PE/010484, PE/010485, PE/010487, PE/010488, PE/010491, PE/010509 a PE/010519, PE/010530 a PE/010534, PE/010536, PE/010538, PE/010550, PE/010569 a PE/010573, PE/010575, PE/010577, PE/010589, PE/010590, PE/010592, PE/010612 a PE/010620, PE/010629, PE/010642, PE/010646 a PE/010651, PE/010654, PE/010655, PE/010657, PE/010662, PE/010663, PE/010698 a PE/010701, PE/010706 y PE/010711 a PE/010713, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de diciembre de 2018.
P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,Fdo.: Carlos Ortega Santiago
TEXTO
Pregunta Escrita PE/0910396 formulada por los Procuradores D. Ángel Hernández Martínez, D. Isaac Izquierdo Gonzalo y por D. Juan Luis Cepa Álvarez del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la situación de la Concentración Parcelaria de Torlengua en la provincia de Soria.
En respuesta a las cuestiones planteadas en la pregunta escrita arriba referenciada, le informo lo siguiente:
La Concentración Parcelaria de la zona de TORLENGUA (Soria), se encuentra en fase de Decreto de Utilidad Pública, el cual fue publicado el 1 de diciembre de 1985. Los trabajos de concentración parcelaria de Torlengua se paralizaron en la fase de Bases Provisionales debido a la interposición de un procedimiento judicial contra el funcionario que elaboraba las citadas bases y contra los miembros de la Junta de Trabajo. La resolución del citado procedimiento fue absolutoria, pero condujo a una paralización del mismo. Hasta ahora no ha habido pronunciamiento escritos del Ayuntamiento, ni de los particulares para el reinicio de los trabajos
La Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León ha elaborado un Mapa de Infraestructuras en el que se establece, en base a criterios objetivos, un orden de prioridades para iniciar nuevas zonas de concentración. Estos criterios son básicamente la actividad agrícola y ganadera de la zona, el número de explotaciones existentes, la aceptación social de la concentración, etc.
No obstante, pongo en su conocimiento que, aun no siendo prioritaria la zona de concentración parcelaria de referencia de acuerdo con los criterios del mencionado Mapa de Infraestructuras, queda abierta la posibilidad de iniciar el procedimiento de concentración parcelaria a través de la modalidad privada prevista en el capítulo VI del Reglamento de concentración parcelaria aprobado por Decreto 1/2008, de 11 de enero.
Valladolid, 12 de diciembre de 2018.
LA CONSEJERA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,Fdo.: Milagros Marcos Ortega.
PE/010396-3
CVE="BOCCL-09-034542"