PE/010706-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/010706-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Álvaro Lora Cumplido, D. Óscar Álvarez Domínguez, Dña. Gloria María Acevedo Rodríguez, Dña. María Montserrat Álvarez Velasco y D. Lorenzo Tomás Gallego García, relativa a interrupción del embarazo en la provincia de León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 499, de 14 de diciembre de 2018.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/010184, PE/010198, PE/010226, PE/010227, PE/010230 a PE/010235, PE/010237, PE/010238, PE/010241 a PE/010246, PE/010252, PE/010254, PE/010256 a PE/010261, PE/010264 a PE/010269, PE/010274, PE/010288 a PE/010290, PE/010292, PE/010300 a PE/010302, PE/010305 a PE/010308, PE/010311, PE/010313, PE/010319, PE/010321, PE/010326, PE/010329, PE/010333, PE/010339, PE/010340, PE/010366 a PE/010392, PE/010394 a PE/010423, PE/010428 a PE/010435, PE/010443, PE/010446, PE/010449, PE/010451, PE/010452, PE/010454 a PE/010462, PE/010464, PE/010466, PE/010467, PE/010469, PE/010473, PE/010474, PE/010484, PE/010485, PE/010487, PE/010488, PE/010491, PE/010509 a PE/010519, PE/010530 a PE/010534, PE/010536, PE/010538, PE/010550, PE/010569 a PE/010573, PE/010575, PE/010577, PE/010589, PE/010590, PE/010592, PE/010612 a PE/010620, PE/010629, PE/010642, PE/010646 a PE/010651, PE/010654, PE/010655, PE/010657, PE/010662, PE/010663, PE/010698 a PE/010701, PE/010706 y PE/010711 a PE/010713, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de diciembre de 2018.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,Fdo.: Carlos Ortega Santiago



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0910706 formulada por D. Álvaro Lora Cumplido, D. Óscar Álvarez Domínguez, D.ª Gloria María Acevedo Rodríguez, D.ª Montserrat Álvarez Velasco, y D. Tomás Gallego García, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a interrupción voluntaria del embarazo en la provincia de León.

En el ámbito de la sanidad pública no se realizan interrupciones voluntarias del embarazo (IVEs) actualmente ni se han venido realizando en la provincia de León porque los profesionales directamente implicados se acogen a la objeción de conciencia.

Sin embargo y tal y como recoge la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, en el ámbito de sus competencias, debe garantizar el derecho a esta prestación sanitaria en los supuestos y con los requisitos establecidos en la ley. Por este motivo y ante la imposibilidad de realizar esa actividad con medios propios, existe la necesidad de concertar con empresas privadas esta prestación, como desarrolla la Ley 8/2010 de 30 de agosto de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, sobre las relaciones con la iniciativa privada. En ella se establece que la iniciativa privada complementará las prestaciones ofrecidas por el Sistema Público cuando resulte necesario, respetándose en todo caso los principios de publicidad, transparencia, objetividad, eficiencia y buena administración, tal y como se lleva a cabo.

En cumplimiento de ese mandato la Clínica adjudicataria mediante procedimiento abierto se ubica en Salamanca. Todas las IVEs realizadas a través del concierto vigente se realizan en la Clínica Multimédica Centro (Barromaco, S.L.) de Salamanca, excepto las que necesitan autorización del Comité Clínico debido normalmente a la edad gestacional, que se han realizado en la Clínica El Bosque y en la Clínica Dator, ambas ubicadas en Madrid, al disponer de los requisitos necesarios para llevar a cabo la Interrupción.

Las tres clínicas a las que se han derivado las pacientes de esta provincia cumplen los requisitos pertinentes para realizar estos procedimientos. La técnica de elección será la más adecuada de acuerdo a los protocolos establecidos y al abordaje terapéutico necesario.

Desde el año 2015 hasta el 30 de octubre de 2018 se han realizado 887 IVEs a pacientes a las que la Gerencia Regional de Salud debía prestar asistencia, no habiendo ninguna mujer que no pudiera interrumpir de forma voluntaria el embarazo dentro de los supuestos legales establecidos. Todas las interrupciones voluntarias del embarazo se hicieron dentro de las semanas legales para realizarlas. Las mujeres que deciden interrumpir de forma voluntaria el embarazo para su traslado fuera de la provincia cuentan con ayudas por desplazamiento en los supuestos establecidos y transporte sanitario en ambulancia cuando sea prescrito por el facultativo.

Desde el año 2015 ha habido las siguientes peticiones de interrupción voluntaria del embarazo en la provincia de León que cumplieran con los requisitos:

En cuanto a las técnicas utilizadas por la clínica adjudicataria se informa que las IVEs pueden llevarse a cabo mediante varios tipos de intervenciones, cuya elección depende fundamentalmente de la edad de gestación, la historia clínica, la valoración ginecológica de la paciente y el criterio del facultativo especialista responsable, estos tipos de intervenciones se dividen fundamentalmente en dos grupos: intervenciones instrumentales e intervenciones farmacológicas.

Las técnicas utilizadas en las intervenciones instrumentales son las siguientes: aspiración al vacío manual, succión y curetaje, dilatación y evacuación e inducción. La elección de la técnica según la edad de gestación, puede ajustarse al siguiente esquema: Hasta la 10.ª-12.ª semana de gestación, la técnica más utilizada es la de aspiración al vacío manual. Entre la 6.ª y la 14.ª semana de gestación, técnica de succión y curetaje. Entre la 13.ª y la 15.ª semana, se utiliza el método de aspiración con ligeras modificaciones en la técnica simple y el método de dilatación y evacuación. Entre la semana 15.ª y hasta la 18.ª-19.ª, la técnica más utilizada es la de dilatación y evacuación. A partir de la 19.ª semana y hasta la 22.ª, la intervención se realiza en dos fases una primera de inducción y posteriormente la dilatación y evacuación. Por otro lado, aunque la ley recoge la posibilidad de realizar la interrupción a partir de la semana 23 de gestación, los supuestos legales para permitir la interrupción del embarazo son muy diferentes y tasados exclusivamente cuando exista grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada o que exista riesgo de graves anomalías en el feto, y por ende aumenta la complejidad terapéutica en el abordaje. En todas las técnicas puede utilizarse anestesia local, sedación o anestesia general, aunque generalmente un embarazo menor de 12 semanas se hace bajo sedación o anestesia local y si es mayor de 12 semanas se hace bajo anestesia general.

Las mujeres con embarazos de menos de 50 días de amenorrea tienen la opción de realizar la interrupción del embarazo mediante la administración farmacológica de mifepristona y análogos sintéticos de prostaglandinas (misoprostol).

El coste de las interrupciones de forma voluntaria del embarazo de mujeres residentes en León realizadas desde el año 2015 hasta octubre de 2018 es de 338.674 euros en la Clínica Multimédica, 18.800 euros en la Clínica Dator y 5.500 euros en la Clínica El Bosque.

El desglose por años sería el siguiente:

Valladolid, 26 de diciembre de 2018.

EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio María Sáez Aguado.


PE/010706-2

CVE="BOCCL-09-034657"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 72469
BOCCL nº 559/9 del 16/5/2019
CVE: BOCCL-09-034657

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/010706-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Álvaro Lora Cumplido, D. Óscar Álvarez Domínguez, Dña. Gloria María Acevedo Rodríguez, Dña. María Montserrat Álvarez Velasco y D. Lorenzo Tomás Gallego García, relativa a interrupción del embarazo en la provincia de León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 499, de 14 de diciembre de 2018.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/010184, PE/010198, PE/010226, PE/010227, PE/010230 a PE/010235, PE/010237, PE/010238, PE/010241 a PE/010246, PE/010252, PE/010254, PE/010256 a PE/010261, PE/010264 a PE/010269, PE/010274, PE/010288 a PE/010290, PE/010292, PE/010300 a PE/010302, PE/010305 a PE/010308, PE/010311, PE/010313, PE/010319, PE/010321, PE/010326, PE/010329, PE/010333, PE/010339, PE/010340, PE/010366 a PE/010392, PE/010394 a PE/010423, PE/010428 a PE/010435, PE/010443, PE/010446, PE/010449, PE/010451, PE/010452, PE/010454 a PE/010462, PE/010464, PE/010466, PE/010467, PE/010469, PE/010473, PE/010474, PE/010484, PE/010485, PE/010487, PE/010488, PE/010491, PE/010509 a PE/010519, PE/010530 a PE/010534, PE/010536, PE/010538, PE/010550, PE/010569 a PE/010573, PE/010575, PE/010577, PE/010589, PE/010590, PE/010592, PE/010612 a PE/010620, PE/010629, PE/010642, PE/010646 a PE/010651, PE/010654, PE/010655, PE/010657, PE/010662, PE/010663, PE/010698 a PE/010701, PE/010706 y PE/010711 a PE/010713, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de diciembre de 2018.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,Fdo.: Carlos Ortega Santiago


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0910706 formulada por D. Álvaro Lora Cumplido, D. Óscar Álvarez Domínguez, D.ª Gloria María Acevedo Rodríguez, D.ª Montserrat Álvarez Velasco, y D. Tomás Gallego García, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a interrupción voluntaria del embarazo en la provincia de León.

En el ámbito de la sanidad pública no se realizan interrupciones voluntarias del embarazo (IVEs) actualmente ni se han venido realizando en la provincia de León porque los profesionales directamente implicados se acogen a la objeción de conciencia.

Sin embargo y tal y como recoge la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, en el ámbito de sus competencias, debe garantizar el derecho a esta prestación sanitaria en los supuestos y con los requisitos establecidos en la ley. Por este motivo y ante la imposibilidad de realizar esa actividad con medios propios, existe la necesidad de concertar con empresas privadas esta prestación, como desarrolla la Ley 8/2010 de 30 de agosto de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, sobre las relaciones con la iniciativa privada. En ella se establece que la iniciativa privada complementará las prestaciones ofrecidas por el Sistema Público cuando resulte necesario, respetándose en todo caso los principios de publicidad, transparencia, objetividad, eficiencia y buena administración, tal y como se lleva a cabo.

En cumplimiento de ese mandato la Clínica adjudicataria mediante procedimiento abierto se ubica en Salamanca. Todas las IVEs realizadas a través del concierto vigente se realizan en la Clínica Multimédica Centro (Barromaco, S.L.) de Salamanca, excepto las que necesitan autorización del Comité Clínico debido normalmente a la edad gestacional, que se han realizado en la Clínica El Bosque y en la Clínica Dator, ambas ubicadas en Madrid, al disponer de los requisitos necesarios para llevar a cabo la Interrupción.

Las tres clínicas a las que se han derivado las pacientes de esta provincia cumplen los requisitos pertinentes para realizar estos procedimientos. La técnica de elección será la más adecuada de acuerdo a los protocolos establecidos y al abordaje terapéutico necesario.

Desde el año 2015 hasta el 30 de octubre de 2018 se han realizado 887 IVEs a pacientes a las que la Gerencia Regional de Salud debía prestar asistencia, no habiendo ninguna mujer que no pudiera interrumpir de forma voluntaria el embarazo dentro de los supuestos legales establecidos. Todas las interrupciones voluntarias del embarazo se hicieron dentro de las semanas legales para realizarlas. Las mujeres que deciden interrumpir de forma voluntaria el embarazo para su traslado fuera de la provincia cuentan con ayudas por desplazamiento en los supuestos establecidos y transporte sanitario en ambulancia cuando sea prescrito por el facultativo.

Desde el año 2015 ha habido las siguientes peticiones de interrupción voluntaria del embarazo en la provincia de León que cumplieran con los requisitos:

En cuanto a las técnicas utilizadas por la clínica adjudicataria se informa que las IVEs pueden llevarse a cabo mediante varios tipos de intervenciones, cuya elección depende fundamentalmente de la edad de gestación, la historia clínica, la valoración ginecológica de la paciente y el criterio del facultativo especialista responsable, estos tipos de intervenciones se dividen fundamentalmente en dos grupos: intervenciones instrumentales e intervenciones farmacológicas.

Las técnicas utilizadas en las intervenciones instrumentales son las siguientes: aspiración al vacío manual, succión y curetaje, dilatación y evacuación e inducción. La elección de la técnica según la edad de gestación, puede ajustarse al siguiente esquema: Hasta la 10.ª-12.ª semana de gestación, la técnica más utilizada es la de aspiración al vacío manual. Entre la 6.ª y la 14.ª semana de gestación, técnica de succión y curetaje. Entre la 13.ª y la 15.ª semana, se utiliza el método de aspiración con ligeras modificaciones en la técnica simple y el método de dilatación y evacuación. Entre la semana 15.ª y hasta la 18.ª-19.ª, la técnica más utilizada es la de dilatación y evacuación. A partir de la 19.ª semana y hasta la 22.ª, la intervención se realiza en dos fases una primera de inducción y posteriormente la dilatación y evacuación. Por otro lado, aunque la ley recoge la posibilidad de realizar la interrupción a partir de la semana 23 de gestación, los supuestos legales para permitir la interrupción del embarazo son muy diferentes y tasados exclusivamente cuando exista grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada o que exista riesgo de graves anomalías en el feto, y por ende aumenta la complejidad terapéutica en el abordaje. En todas las técnicas puede utilizarse anestesia local, sedación o anestesia general, aunque generalmente un embarazo menor de 12 semanas se hace bajo sedación o anestesia local y si es mayor de 12 semanas se hace bajo anestesia general.

Las mujeres con embarazos de menos de 50 días de amenorrea tienen la opción de realizar la interrupción del embarazo mediante la administración farmacológica de mifepristona y análogos sintéticos de prostaglandinas (misoprostol).

El coste de las interrupciones de forma voluntaria del embarazo de mujeres residentes en León realizadas desde el año 2015 hasta octubre de 2018 es de 338.674 euros en la Clínica Multimédica, 18.800 euros en la Clínica Dator y 5.500 euros en la Clínica El Bosque.

El desglose por años sería el siguiente:

Valladolid, 26 de diciembre de 2018.

EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio María Sáez Aguado.


PE/010706-2

CVE="BOCCL-09-034657"



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