PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/010312, PE/010315, PE/010327, PE/010334 a PE/010336, PE/010436, PE/010444 a PE/010448, PE/010450, PE/010492 a PE/010497, PE/010526, PE/010537, PE/010547, PE/010548, PE/010565 a PE/010567, PE/010578, PE/010579, PE/010586, PE/010611, PE/010622, PE/010624, PE/010634, PE/010643 a PE/010645, PE/010652, PE/010653, PE/010666, PE/010667, PE/010669, PE/010671 a PE/010674, PE/010676 a PE/010695, PE/010702 a PE/010704, PE/010707, PE/010708, PE/010710, PE/010714, PE/010715, PE/010720, PE/010724, PE/010728, PE/010730 a PE/010737, PE/010740 a PE/010742 y PE/010757, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de enero de 2019.
P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,Fdo.: Carlos Ortega Santiago
Contestación a la Pregunta Escrita número 0910714 formulada por D. José Luis Aceves Galindo y D.ª Ana María Agudíez Calvo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a protocolos de actuación de los servicios de emergencias.
El 1-1-2 de Castilla y León no moviliza los recursos, obteniéndose de las llamadas de emergencia recibidas la información básica para clasificarlas y avisar a las administraciones que por competencia deben intervenir en la resolución de la emergencia, trasladándose los avisos de acuerdo con los protocolos fijados con cada una de las administraciones titulares de la competencia, que son las que establecen qué operativos movilizan, unas veces los propios y en otras ocasiones los de otras administraciones con las que previamente han establecido un marco de colaboración. Esos protocolos pueden ser modificados a instancia de las administraciones titulares de la competencia.
De acuerdo con el protocolo existente, todos los avisos para los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento en la provincia de Segovia se trasladan al Servicio de Prevención y Extinción de Incendios del Ayuntamiento de Segovia, que es quien moviliza los recursos, en base al acuerdo existente entre el Ayuntamiento y la Diputación Provincial y que han trasladado al 1-1-2.
La Junta de Castilla y León no puede modificar los protocolos de intervención de servicios dependientes de otras administraciones, ya que éstas son las titulares de la prestación del servicio y las que pueden convenir las intervenciones que consideren necesarias fuera de su ámbito territorial.
Valladolid, 14 de enero de 2019.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/010714-3
CVE="BOCCL-09-034731"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/010312, PE/010315, PE/010327, PE/010334 a PE/010336, PE/010436, PE/010444 a PE/010448, PE/010450, PE/010492 a PE/010497, PE/010526, PE/010537, PE/010547, PE/010548, PE/010565 a PE/010567, PE/010578, PE/010579, PE/010586, PE/010611, PE/010622, PE/010624, PE/010634, PE/010643 a PE/010645, PE/010652, PE/010653, PE/010666, PE/010667, PE/010669, PE/010671 a PE/010674, PE/010676 a PE/010695, PE/010702 a PE/010704, PE/010707, PE/010708, PE/010710, PE/010714, PE/010715, PE/010720, PE/010724, PE/010728, PE/010730 a PE/010737, PE/010740 a PE/010742 y PE/010757, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de enero de 2019.
P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,Fdo.: Carlos Ortega Santiago
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita número 0910714 formulada por D. José Luis Aceves Galindo y D.ª Ana María Agudíez Calvo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a protocolos de actuación de los servicios de emergencias.
El 1-1-2 de Castilla y León no moviliza los recursos, obteniéndose de las llamadas de emergencia recibidas la información básica para clasificarlas y avisar a las administraciones que por competencia deben intervenir en la resolución de la emergencia, trasladándose los avisos de acuerdo con los protocolos fijados con cada una de las administraciones titulares de la competencia, que son las que establecen qué operativos movilizan, unas veces los propios y en otras ocasiones los de otras administraciones con las que previamente han establecido un marco de colaboración. Esos protocolos pueden ser modificados a instancia de las administraciones titulares de la competencia.
De acuerdo con el protocolo existente, todos los avisos para los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento en la provincia de Segovia se trasladan al Servicio de Prevención y Extinción de Incendios del Ayuntamiento de Segovia, que es quien moviliza los recursos, en base al acuerdo existente entre el Ayuntamiento y la Diputación Provincial y que han trasladado al 1-1-2.
La Junta de Castilla y León no puede modificar los protocolos de intervención de servicios dependientes de otras administraciones, ya que éstas son las titulares de la prestación del servicio y las que pueden convenir las intervenciones que consideren necesarias fuera de su ámbito territorial.
Valladolid, 14 de enero de 2019.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.
PE/010714-3
CVE="BOCCL-09-034731"