POC/000573-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

461.- Preguntas para respuesta oral en Comisión
POC/000573-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la Pregunta con respuesta Oral ante la Comisión de Educación, formulada por los Procuradores D. José Ignacio Martín Benito, Dña. Ana Sánchez Hernández, D. Fernando Pablos Romo y D. Jesús Guerrero Arroyo, relativa a supresión de dos aulas para el curso 2018-19 en el Colegio de Educación Infantil y Primaria “Arias Gonzalo” de Zamora, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 457, de 10 de septiembre de 2018, que ha sido evacuada por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta oral ante comisión, POC/000508, POC/000509, POC/000527, POC/000548, POC/000568, POC/000573 y POC/000597, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, que han sido evacuadas por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de febrero de 2019.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,Fdo.: Carlos Ortega Santiago



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria POC./0900573, formulada a la Junta de Castilla y León por Dña. Ana Sánchez Hernández, D. Fernando Pablos Romo, D. Jesús Guerrero Arroyo y D. José Ignacio Martín Benito, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la supresión de dos aulas para el curso 2018-19 en el Colegio de Educación Infantil y Primaria “Arias Gonzalo” de Zamora.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria POC./0900573 se manifiesta lo siguiente:

La Consejería de Educación realizó, al inicio del mes de julio de 2018, una previsión de grupos en los centros de Educación Infantil y Primaria, y, con las cifras de escolarización que se conocían a esa fecha, en el CEIP Arias Gonzalo, tanto en 1.º curso como en 2.º, correspondería formar un solo grupo, al no superar la cifra de la ratio establecida en 25 alumnos/aula.

No obstante, la formación de grupos en los distintos centros educativos de Educación Infantil y Primaria no se realiza de forma definitiva hasta el mes de septiembre, periodo en el que finalizan los procesos de admisión de alumnos.

A fecha de elaboración de esta respuesta, los grupos que figuran en la aplicación ALGR son uno en 1.º y dos en 2.º. Derivado de lo anterior el centro cuenta únicamente con un grupo menos que el curso pasado.

En este sentido, a continuación, se indica de forma tabulada los grupos que han dejado de funcionar respecto a los que funcionaron en el curso 2017/2018, en la provincia de Zamora; señalando, en el caso de los CRA, que se ha realizado el desglose por localidad, y en las unidades mixtas (escolarizan varios niveles educativos) el grupo se computa en el nivel de los alumnos con mayor edad, por lo que puede haber supresiones/habilitaciones de grupos que responden únicamente al avance de curso del alumnado.

Educación Infantil

Educación Primaria

A continuación, se indica las unidades ampliadas respecto a las que funcionaron en el curso 2017/2018.

Educación Infantil

Educación Primaria

En los listados siguientes se relacionan los centros con la variación de grupos (habilitación o supresión), desde 2013/2014 hasta el 2017/2018, respecto al curso anterior.

Educación Infantil

Educación Primaria

En el siguiente listado se refleja la evolución de la matrícula en los centros públicos de Zamora capital. Los datos se referencias por año académico, etapa educativa y curso (nivel educativo).

En siguiente listado se refleja la evolución de la matrícula en los centros privados concertados de Zamora capital. Los datos se referencian por año académico y etapa educativa.

La dotación de cupo de docentes en centros públicos educativos de la provincia de Zamora, dependientes de la Junta de Castilla y León, en cada uno de los diez últimos cursos académicos (desde el curso 2009/2010 hasta el actual 2018/2019), en Educación Infantil, en Educación Primaria y en Educación Secundaria, es la siguiente:

Atendiendo a todo lo expuesto, el análisis de los datos precedentes y la correspondiente explicación debe realizarse centro a centro y, dentro de cada centro, por curso. Ello es así porque un colegio (o una provincia) puede ganar alumnado en su total, o en el total de la etapa, y perder en un curso. En el curso que pierde, la disminución le hace quedar por debajo de la ratio y por tanto da lugar a que un grupo deje de funcionar. En cambio el incremento puede ser en varios cursos repartido sin que en ninguno de ellos dé lugar a desdobles por no sobrepasar la ratio.

Además de esta circunstancia a la hora de planificar los grupos de un centro se tiene en cuenta la cabida de los centros (hay colegios cuya autorización es menor de los 25 puestos escolares por aula), su estructura (que permita desdobles de grupo o no por sus propias instalaciones) y el alumnado que escolariza (sus necesidades educativas).

Estas circunstancias dan lugar a que no puedan hacerse explicaciones generales que hagan correlacionar número de escolarizaciones totales de un centro (de una ciudad o de una provincia) y su evolución, con la evolución del número de grupos o de unidades que va ganando o perdiendo.

En otro orden de cosas, en la programación de la oferta de plazas, las Administraciones educativas, tal y como establece el art. 109 de la LOE, armonizarán las exigencias derivadas de la obligación que tienen los poderes públicos de garantizar el derecho de todos a la educación y los derechos individuales de alumnos y alumnas, padres, madres y tutores legales. Las Administraciones educativas programarán la oferta educativa de las enseñanzas que en esta Ley se declaran gratuitas, teniendo en cuenta la programación general de la enseñanza, las consignaciones presupuestarias existentes y el principio de economía y eficiencia en el uso de los recursos públicos y, como garantía de la calidad de la enseñanza, una adecuada y equilibrada escolarización de los alumnos y alumnas con necesidad específica de apoyo educativo, tomando en consideración la oferta existente de centros públicos y privados concertados y la demanda social. Asimismo, las Administraciones educativas garantizarán la existencia de plazas suficientes.

En Castilla y León los criterios están establecidos con carácter general en la Orden EDU/491/2012, de 27 de junio, por la que se concretan las medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito de los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León. La ratio es de 25 alumnos/aula. En los centros por encima de 25 alumnos se forman dos grupos (y así sucesivamente) en segundo ciclo de educación infantil y en primaria. Puede sobrepasarse dicha ratio por permanencia de alumnado (alumnado repetidor) o por alguna necesidad de escolarización urgente en la localidad. Con carácter general los grupos no sobrepasan dicha ratio.

Para centros incompletos y localidades de CRA, circunstancia que suele producirse en el medio rural, existe una tabla (art.2.2 de dicha Orden) en la que se establecen las ratios para formar grupos. Se añade además la posibilidad de flexibilizar dichas ratios cuando se escolarizan más de siete niveles.

En dicha tabla se observa que se requieren cuatro alumnos para mantener una unidad, circunstancia que se ha flexibilizado por Resolución de la Dirección General de Política Educativa Escolar y de la Dirección General de Recursos Humanos de 2 de mayo de 2018 para posibilitar el mantenimiento de unidades con 3 alumnos cuando se prevea que en cursos sucesivos la cifra de matriculados pueda incrementarse.

Para el curso 2018/2019 se ha incluido en el proceso de admisión una rebaja de ratio en el 1.º curso de educación infantil para favorecer la atención del alumnado que cuenta con especial necesidad de apoyo educativo (ACNEE). De esta forma en cada grupo o unidad se reservan dos plazas para la escolarización de estos niños y niñas y si se cubren la ratio máxima pasa de 25 a 21.

Valladolid, 28 de enero de 2019.

EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.


POC/000573-2

CVE="BOCCL-09-034759"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 72766
BOCCL nº 561/9 del 20/5/2019
CVE: BOCCL-09-034759

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
461.- Preguntas para respuesta oral en Comisión
POC/000573-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la Pregunta con respuesta Oral ante la Comisión de Educación, formulada por los Procuradores D. José Ignacio Martín Benito, Dña. Ana Sánchez Hernández, D. Fernando Pablos Romo y D. Jesús Guerrero Arroyo, relativa a supresión de dos aulas para el curso 2018-19 en el Colegio de Educación Infantil y Primaria “Arias Gonzalo” de Zamora, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 457, de 10 de septiembre de 2018, que ha sido evacuada por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta oral ante comisión, POC/000508, POC/000509, POC/000527, POC/000548, POC/000568, POC/000573 y POC/000597, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, que han sido evacuadas por escrito en virtud del artículo 159.3 del Reglamento de la Cámara.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de febrero de 2019.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,Fdo.: Carlos Ortega Santiago


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria POC./0900573, formulada a la Junta de Castilla y León por Dña. Ana Sánchez Hernández, D. Fernando Pablos Romo, D. Jesús Guerrero Arroyo y D. José Ignacio Martín Benito, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la supresión de dos aulas para el curso 2018-19 en el Colegio de Educación Infantil y Primaria “Arias Gonzalo” de Zamora.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria POC./0900573 se manifiesta lo siguiente:

La Consejería de Educación realizó, al inicio del mes de julio de 2018, una previsión de grupos en los centros de Educación Infantil y Primaria, y, con las cifras de escolarización que se conocían a esa fecha, en el CEIP Arias Gonzalo, tanto en 1.º curso como en 2.º, correspondería formar un solo grupo, al no superar la cifra de la ratio establecida en 25 alumnos/aula.

No obstante, la formación de grupos en los distintos centros educativos de Educación Infantil y Primaria no se realiza de forma definitiva hasta el mes de septiembre, periodo en el que finalizan los procesos de admisión de alumnos.

A fecha de elaboración de esta respuesta, los grupos que figuran en la aplicación ALGR son uno en 1.º y dos en 2.º. Derivado de lo anterior el centro cuenta únicamente con un grupo menos que el curso pasado.

En este sentido, a continuación, se indica de forma tabulada los grupos que han dejado de funcionar respecto a los que funcionaron en el curso 2017/2018, en la provincia de Zamora; señalando, en el caso de los CRA, que se ha realizado el desglose por localidad, y en las unidades mixtas (escolarizan varios niveles educativos) el grupo se computa en el nivel de los alumnos con mayor edad, por lo que puede haber supresiones/habilitaciones de grupos que responden únicamente al avance de curso del alumnado.

Educación Infantil

Educación Primaria

A continuación, se indica las unidades ampliadas respecto a las que funcionaron en el curso 2017/2018.

Educación Infantil

Educación Primaria

En los listados siguientes se relacionan los centros con la variación de grupos (habilitación o supresión), desde 2013/2014 hasta el 2017/2018, respecto al curso anterior.

Educación Infantil

Educación Primaria

En el siguiente listado se refleja la evolución de la matrícula en los centros públicos de Zamora capital. Los datos se referencias por año académico, etapa educativa y curso (nivel educativo).

En siguiente listado se refleja la evolución de la matrícula en los centros privados concertados de Zamora capital. Los datos se referencian por año académico y etapa educativa.

La dotación de cupo de docentes en centros públicos educativos de la provincia de Zamora, dependientes de la Junta de Castilla y León, en cada uno de los diez últimos cursos académicos (desde el curso 2009/2010 hasta el actual 2018/2019), en Educación Infantil, en Educación Primaria y en Educación Secundaria, es la siguiente:

Atendiendo a todo lo expuesto, el análisis de los datos precedentes y la correspondiente explicación debe realizarse centro a centro y, dentro de cada centro, por curso. Ello es así porque un colegio (o una provincia) puede ganar alumnado en su total, o en el total de la etapa, y perder en un curso. En el curso que pierde, la disminución le hace quedar por debajo de la ratio y por tanto da lugar a que un grupo deje de funcionar. En cambio el incremento puede ser en varios cursos repartido sin que en ninguno de ellos dé lugar a desdobles por no sobrepasar la ratio.

Además de esta circunstancia a la hora de planificar los grupos de un centro se tiene en cuenta la cabida de los centros (hay colegios cuya autorización es menor de los 25 puestos escolares por aula), su estructura (que permita desdobles de grupo o no por sus propias instalaciones) y el alumnado que escolariza (sus necesidades educativas).

Estas circunstancias dan lugar a que no puedan hacerse explicaciones generales que hagan correlacionar número de escolarizaciones totales de un centro (de una ciudad o de una provincia) y su evolución, con la evolución del número de grupos o de unidades que va ganando o perdiendo.

En otro orden de cosas, en la programación de la oferta de plazas, las Administraciones educativas, tal y como establece el art. 109 de la LOE, armonizarán las exigencias derivadas de la obligación que tienen los poderes públicos de garantizar el derecho de todos a la educación y los derechos individuales de alumnos y alumnas, padres, madres y tutores legales. Las Administraciones educativas programarán la oferta educativa de las enseñanzas que en esta Ley se declaran gratuitas, teniendo en cuenta la programación general de la enseñanza, las consignaciones presupuestarias existentes y el principio de economía y eficiencia en el uso de los recursos públicos y, como garantía de la calidad de la enseñanza, una adecuada y equilibrada escolarización de los alumnos y alumnas con necesidad específica de apoyo educativo, tomando en consideración la oferta existente de centros públicos y privados concertados y la demanda social. Asimismo, las Administraciones educativas garantizarán la existencia de plazas suficientes.

En Castilla y León los criterios están establecidos con carácter general en la Orden EDU/491/2012, de 27 de junio, por la que se concretan las medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito de los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León. La ratio es de 25 alumnos/aula. En los centros por encima de 25 alumnos se forman dos grupos (y así sucesivamente) en segundo ciclo de educación infantil y en primaria. Puede sobrepasarse dicha ratio por permanencia de alumnado (alumnado repetidor) o por alguna necesidad de escolarización urgente en la localidad. Con carácter general los grupos no sobrepasan dicha ratio.

Para centros incompletos y localidades de CRA, circunstancia que suele producirse en el medio rural, existe una tabla (art.2.2 de dicha Orden) en la que se establecen las ratios para formar grupos. Se añade además la posibilidad de flexibilizar dichas ratios cuando se escolarizan más de siete niveles.

En dicha tabla se observa que se requieren cuatro alumnos para mantener una unidad, circunstancia que se ha flexibilizado por Resolución de la Dirección General de Política Educativa Escolar y de la Dirección General de Recursos Humanos de 2 de mayo de 2018 para posibilitar el mantenimiento de unidades con 3 alumnos cuando se prevea que en cursos sucesivos la cifra de matriculados pueda incrementarse.

Para el curso 2018/2019 se ha incluido en el proceso de admisión una rebaja de ratio en el 1.º curso de educación infantil para favorecer la atención del alumnado que cuenta con especial necesidad de apoyo educativo (ACNEE). De esta forma en cada grupo o unidad se reservan dos plazas para la escolarización de estos niños y niñas y si se cubren la ratio máxima pasa de 25 a 21.

Valladolid, 28 de enero de 2019.

EL CONSEJERO,Fdo.: Fernando Rey Martínez.


POC/000573-2

CVE="BOCCL-09-034759"



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