PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/010675, PE/010751 a PE/010756, PE/010758, PE/010760, PE/010761, PE/010769, PE/010773, PE/010775, PE/010779, PE/010782 a PE/010786, PE/010868 a PE/010928, PE/010930 a PE/010945, PE/010948 a PE/010962, PE/010964, PE/010965, PE/010967 a PE/010979, PE/010981, PE/010983 a PE/011015, PE/011017, PE/011020, PE/011021, PE/011023, PE/011048, PE/011051, PE/011075, PE/011076, PE/011079 a PE/011082, PE/011090 a PE/011094, PE/011096 a PE/011099, PE/011131, PE/011147, PE/011180 y PE/011202, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 13 de marzo de 2019.
P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,Fdo.: Carlos Ortega Santiago
Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./010925, formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez, D. Pedro González Reglero, D.ª Gloria María Acevedo Rodríguez, Luis Briones Martínez y D. Juan Luis Cepa Álvarez, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a las operaciones de refinanciación que se han realizado en relación con el endeudamiento de 2013 a 2018 a que se refería una información de la agencia ICAL del día 5 de enero de 2018.
En contestación a la pregunta con respuesta escrita señalada se adjunta, la relación detallada de las operaciones de endeudamiento que han sido objeto de refinanciación en los años 2013 a 2018, así como de las operaciones nuevas que las sustituyen, indicando para cada una de ellas sus características principales. Se excluyen, de acuerdo con la nota publicada el Mecanismo de Pago a Proveedores 2012.
El cálculo del ahorro por intereses se ha realizado considerando los saldos vivos medios que en 2018 hubieran tenido las distintas operaciones sustituidas, en el supuesto de no haberse llevado a cabo las refinanciaciones. Aplicando a cada uno de estos importes el diferencial entre el tipo de interés que devengaría la operación sustituida y el coste medio de la nueva operación, da como resultado la menor cuantía que se habrá de pagar en concepto de intereses, es decir, el ahorro generado en ese año.
Valladolid, 8 de marzo de 2019.
LA CONSEJERA,Fdo.: M.ª del Pilar del Olmo Moro.
PE/010925-2
CVE="BOCCL-09-034962"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/010675, PE/010751 a PE/010756, PE/010758, PE/010760, PE/010761, PE/010769, PE/010773, PE/010775, PE/010779, PE/010782 a PE/010786, PE/010868 a PE/010928, PE/010930 a PE/010945, PE/010948 a PE/010962, PE/010964, PE/010965, PE/010967 a PE/010979, PE/010981, PE/010983 a PE/011015, PE/011017, PE/011020, PE/011021, PE/011023, PE/011048, PE/011051, PE/011075, PE/011076, PE/011079 a PE/011082, PE/011090 a PE/011094, PE/011096 a PE/011099, PE/011131, PE/011147, PE/011180 y PE/011202, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 13 de marzo de 2019.
P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,Fdo.: Carlos Ortega Santiago
TEXTO
Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./010925, formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez, D. Pedro González Reglero, D.ª Gloria María Acevedo Rodríguez, Luis Briones Martínez y D. Juan Luis Cepa Álvarez, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a las operaciones de refinanciación que se han realizado en relación con el endeudamiento de 2013 a 2018 a que se refería una información de la agencia ICAL del día 5 de enero de 2018.
En contestación a la pregunta con respuesta escrita señalada se adjunta, la relación detallada de las operaciones de endeudamiento que han sido objeto de refinanciación en los años 2013 a 2018, así como de las operaciones nuevas que las sustituyen, indicando para cada una de ellas sus características principales. Se excluyen, de acuerdo con la nota publicada el Mecanismo de Pago a Proveedores 2012.
El cálculo del ahorro por intereses se ha realizado considerando los saldos vivos medios que en 2018 hubieran tenido las distintas operaciones sustituidas, en el supuesto de no haberse llevado a cabo las refinanciaciones. Aplicando a cada uno de estos importes el diferencial entre el tipo de interés que devengaría la operación sustituida y el coste medio de la nueva operación, da como resultado la menor cuantía que se habrá de pagar en concepto de intereses, es decir, el ahorro generado en ese año.
Valladolid, 8 de marzo de 2019.
LA CONSEJERA,Fdo.: M.ª del Pilar del Olmo Moro.
PE/010925-2
CVE="BOCCL-09-034962"