PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/010768, PE/010946, PE/010966, PE/010980, PE/011018, PE/011095, PE/011100, PE/011103, PE/011104, PE/011106, PE/011107, PE/011110, PE/011112 a PE/011120, PE/011126 a PE/011130, PE/011132, PE/011137, PE/011141, PE/011144, PE/011145, PE/011153 a PE/011157, PE/011168, PE/011178, PE/011179, PE/011181, PE/011193, PE/011196, PE/011200, PE/011201, PE/011209, PE/011210 y PE/011225, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de abril de 2019.
P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,Fdo.: Carlos Ortega Santiago
Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0911181, formulada por D. David Castaño Sequeros y D. Manuel Mitadiel Martínez, Procuradores del Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a si la empresa concesionaria del transporte sanitario en Salamanca está cumpliendo con las obligaciones en materia de personal.
El pliego de prescripciones técnicas establece que la entidad adjudicataria estará obligada a subrogarse en los contratos de los trabajadores que venían prestando el servicio. La subrogación se efectuará en las condiciones y con los requisitos explicitados en el convenio colectivo de trabajo para las empresas y trabajadores de transporte de enfermos y accidentados en ambulancia de la Comunidad de Castilla y León. Asimismo, el pliego de cláusulas administrativas particulares recoge esta obligación. La entidad concesionaria está obligada a comunicar a Sacyl cualquier cambio de personal que se produzca durante la ejecución del contrato.
Como se ha citado anteriormente, la entidad adjudicataria está obligada a subrogarse en los contratos de los trabajadores que venían prestando el servicio, por tanto, al no haber contratación de personal nuevo, no es necesario comprobar documentación relativa a su contratación.
Corresponde a la entidad concesionaria la gestión del personal que ejecuta el contrato en función de las condiciones establecidas en el convenio colectivo de los trabajadores y a las exigencias recogidas en el pliego de prescripciones técnicas y en la normativa vigente.
Valladolid, 13 de febrero de 2019.
EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.
PE/011181-2
CVE="BOCCL-09-035110"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/010768, PE/010946, PE/010966, PE/010980, PE/011018, PE/011095, PE/011100, PE/011103, PE/011104, PE/011106, PE/011107, PE/011110, PE/011112 a PE/011120, PE/011126 a PE/011130, PE/011132, PE/011137, PE/011141, PE/011144, PE/011145, PE/011153 a PE/011157, PE/011168, PE/011178, PE/011179, PE/011181, PE/011193, PE/011196, PE/011200, PE/011201, PE/011209, PE/011210 y PE/011225, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de abril de 2019.
P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,Fdo.: Carlos Ortega Santiago
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita P.E./0911181, formulada por D. David Castaño Sequeros y D. Manuel Mitadiel Martínez, Procuradores del Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a si la empresa concesionaria del transporte sanitario en Salamanca está cumpliendo con las obligaciones en materia de personal.
El pliego de prescripciones técnicas establece que la entidad adjudicataria estará obligada a subrogarse en los contratos de los trabajadores que venían prestando el servicio. La subrogación se efectuará en las condiciones y con los requisitos explicitados en el convenio colectivo de trabajo para las empresas y trabajadores de transporte de enfermos y accidentados en ambulancia de la Comunidad de Castilla y León. Asimismo, el pliego de cláusulas administrativas particulares recoge esta obligación. La entidad concesionaria está obligada a comunicar a Sacyl cualquier cambio de personal que se produzca durante la ejecución del contrato.
Como se ha citado anteriormente, la entidad adjudicataria está obligada a subrogarse en los contratos de los trabajadores que venían prestando el servicio, por tanto, al no haber contratación de personal nuevo, no es necesario comprobar documentación relativa a su contratación.
Corresponde a la entidad concesionaria la gestión del personal que ejecuta el contrato en función de las condiciones establecidas en el convenio colectivo de los trabajadores y a las exigencias recogidas en el pliego de prescripciones técnicas y en la normativa vigente.
Valladolid, 13 de febrero de 2019.
EL CONSEJERO,Fdo.: Antonio M.ª Sáez Aguado.
PE/011181-2
CVE="BOCCL-09-035110"