DS(C) nº 381/9 del 10/10/2017









Orden del Día:




1. Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de informar el Proyecto de Ley de medidas de reducción de cargas administrativas para la dinamización empresarial.

2. Elaboración del Dictamen de la Comisión del Proyecto de Ley de medidas de reducción de cargas administrativas para la dinamización empresarial.


Sumario:






 ** Se inicia la sesión a las diecisiete horas quince minutos.

 ** La presidenta, Sra. Sopeña Ballina, abre la sesión.

 ** Intervención del procurador Sr. Briones Martínez (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención de la procuradora Sra. Del Barrio Jiménez (Grupo Podemos CyL) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención de la procuradora Sra. Rosado Diago (Grupo Ciudadanos) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención del procurador Sr. Sanz Vitorio (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día. Ratificación de la Ponencia PL/000012.

 ** El vicepresidente, Sr. Martínez Antolín, da lectura al primer punto del orden del día.

 ** La presidenta, Sra. Sopeña Ballina, de acuerdo con el Artículo 114.2 del Reglamento, somete a la Comisión la ratificación de los ponentes designados por los grupos parlamentarios. Son ratificados.

 ** Segundo punto del Orden del Día. Elaboración del Dictamen PL/000012.

 ** El vicepresidente, Sr. Martínez Antolín, da lectura al segundo punto del orden del día.

 ** La presidenta, Sra. Sopeña Ballina, somete a debate las enmiendas mantenidas por los grupos parlamentarios para la Comisión.

 ** En el debate intervienen los procuradores Sres. Sarrión Andaluz (Grupo Mixto) y Sanz Vitorio (Grupo Popular); Sra. Rosado Diago (Grupo Ciudadanos) y Sr. Sanz Vitorio (Grupo Popular); Sres. Díez Romero (Grupo Podemos CyL) y Sanz Vitorio (Grupo Popular); Sres. Briones Martínez (Grupo Socialista) y Sanz Vitorio (Grupo Popular).

 ** La presidenta, Sra. Sopeña Ballina, somete a votación las Enmiendas, Artículos, Disposición Transitoria, Disposiciones Finales y Título del Proyecto de Ley. Queda dictaminado el Proyecto de Ley de Medidas de Reducción de Cargas Administrativas para la Dinamización Empresarial.

 ** La presidenta, Sra. Sopeña Ballina, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las dieciocho horas veinticinco minutos.




Texto:

[Se inicia la sesión a las diecisiete horas quince minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Buenas tardes. Se abre la sesión. ¿Algún grupo parlamentario tiene alguna sustitución que comunicar a esta Presidencia? ¿Por el Grupo Parlamentario Socialista?


EL SEÑOR BRIONES MARTÍNEZ:

Sí. Muy buenas tardes, señora presidenta. Vamos a ver, doña Virginia Jiménez sustituye a Ana Muñoz de la Peña y don Juan Luis Cepa sustituye a José Ignacio Martín.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. ¿Por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León?


LA SEÑORA DEL BARRIO JIMÉNEZ:

Sí. Félix Díez sustituye a Juan Pablo Fernández.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. ¿Por el Grupo Ciudadanos?


LA SEÑORA ROSADO DIAGO:

Sí, buenas tardes. Por el... por... en sustitución de Luis Fuentes Rodríguez, Belén Rosado Diago.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

¿Por el Grupo Parlamentario Popular?


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

Sí, señora presidenta. Por el Grupo Parlamentario Popular, yo creo que es... no es necesario comunicar la sustitución, porque durante toda la tramitación me imagino que... en sustitución de don Ángel Ibáñez. Si no, Juan José Sanz Vitorio sustituiría a don Ángel Ibáñez. Don Julián Ramos sustituye a don Alfonso Centeno, don Juan Jesús Blanco Muñiz a doña Vitoria Moreno Saugar y don Salvador Cruz a doña Rosa Valdeón.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. Por el señor vicepresidente se dará lectura del primer punto del orden del día.

Ratificación Ponencia PL/000012


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN):

Primer punto del orden del día: Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de informar el Proyecto de Ley de medidas de reducción de cargas administrativas para la dinamización empresarial.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. De acuerdo con el Artículo 114.2 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se propone la ratificación de los Ponentes designados por los distintos grupos parlamentarios. Esta designación recayó en los señores don José Luis Aceves Galindo, don Luis Briones Martínez, don Félix Díez Romero, don Jorge Domingo Martínez Antolín, doña María Belén Rosado Diago y don Juan José Sanz Vitorio y don José Sarrión Andaluz. ¿Se ratifica esta designación? Sí.

Por orden... por la... por el señor vicepresidente se dará lectura del segundo punto del orden del día.

Elaboración Dictamen PL/000012


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN):

Segundo punto del orden del día: Elaboración del Dictamen de la Comisión del Proyecto de Ley de medidas de reducción de cargas administrativas para la dinamización empresarial.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

A continuación, pasamos a debatir las distintas enmiendas presentadas al proyecto de ley y que se mantienen para su defensa en Comisión. Antes de comenzar con las intervenciones, anuncio a sus señorías que, siguiendo el parecer manifestado a esta Presidencia por los grupos parlamentarios, la discusión de las enmiendas no se hará... no se hará artículo por artículo, sino para su debate, que se llevará a cabo de forma agrupada para las de cada grupo proponente.

Mediante escrito con... mediante escrito con número 9626 de ingreso, del procurador don... don Luis Mariano Santos Reyero, retira las Enmiendas número 5 y 7, que se mantenían vivas después de la Ponencia.

Pasamos pues al debate de las enmiendas del Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del procurador don José Sarrión Andaluz. Se mantienen para su debate y votación en Comisión las Enmiendas del Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del procurador don José Sarrión Andaluz, números 1, 2 y 3. Para un turno a favor, tiene la palabra, por un tiempo máximo de cinco minutos, el procurador don José Sarrión Andaluz.


EL SEÑOR SARRIÓN ANDALUZ:

Muchas gracias, presidenta. Bueno, pues nosotros planteamos tres enmiendas, que van dirigidas al Título II, de aprovechamientos forestales, es decir, a la modificación de la Ley 3/2009, de seis de abril, de Montes de Castilla y León, que se plantea en el Artículo 4 de la ley que estamos debatiendo.

Concretamente, nuestra primera enmienda se refiere al Artículo 56, el cual aparece modificado en el Artículo 4.2 de la ley que estamos debatiendo, y nosotros lo que plantearíamos es una enmienda de adición a la modificación que propone el texto. Nosotros propondríamos la siguiente adición: "La consejería competente debe emitir informe de comprobación de la conformidad del aprovechamiento a ejecutar con lo dispuesto en el instrumento de ordenación forestal en vigor, antes de la fecha del inicio del aprovechamiento".

Algo similar aparece, como saben sus señorías, en la Ley de Montes que se modifica, y nos parece lógico que la Junta se tenga que pronunciar sobre un aprovechamiento antes de que se produzca. Por otro lado, la Junta de Castilla y León debe certificar que el aprovechamiento entra dentro de lo marcado por los instrumentos de planificación. No nos parece suficiente la propuesta de realizar una declaración responsable. Si no existe la mencionada comprobación por parte de la Junta y el aprovechamiento no respeta el instrumento de ordenación, aunque se sancionara esa acción, el daño al monte ya estaría hecho con anterioridad y, por lo tanto, la sanción sería ineficiente. Por lo tanto, nosotros creemos en la prevención, y ese es el sentido de nuestra primera enmienda.

Nuestra segunda enmienda se refiere, también en el mismo título, a la modificación del Artículo 57. Nosotros planteamos la siguiente propuesta de redacción. Donde dice: "Artículo 57. Aprovechamientos maderables y leñosos en montes sin instrumento de ordenación forestal en vigor", en el punto 1 dice: "Para disfrutar de los aprovechamientos maderables y leñosos en montes que no dispongan de instrumento de ordenación forestal en vigor será necesaria -y aquí viene nuestra modificación a la propuesta de modificación de la ley- la presentación por el titular de la explotación del monte de un plan de aprovechamiento"; y a continuación continuar el texto como venía propuesto, que es: "... y la previa obtención de autorización administrativa de la consejería competente en materia de montes, salvo lo dispuesto en el artículo 57.bis para aprovechamientos de turno corto o domésticos de menor cuantía".

Este requisito que nosotros planteamos es una recuperación de un elemento inicial de la Ley de Montes. Es decir, nosotros creemos que eliminar este requisito lo que supone es que no hay un documento previo donde figura todo lo que se quiere hacer en ese monte. Eliminar el requisito de realización de un plan de aprovechamiento que figura en la Ley de Montes original supone que por parte de quien debe velar por la adecuada gestión de los montes no va a tener conocimiento previo de todo aquello que se presente hacer en dicho monte. Deja, por lo tanto, en absoluta indefensión todos aquellos montes que no tienen instrumentos de ordenación forestal.

Y nuestra tercera enmienda sería también una enmienda de modificación, por la cual, por un lado, añadimos algunos elementos que venían figurados en la Ley de Montes y, por otro, añadimos otros. Dice, en el Artículo 57.1, si nos vamos al punto tercero... perdón, al punto 3, no al 1, dice: "La Consejería competente en materia de montes deberá resolver y notificar su resolución en el plazo máximo de un mes desde la recepción de las solicitudes de autorización administrativa", y añadimos: "... y del plan de aprovechamiento, indicados en este artículo". "El transcurso de dicho plazo máximo sin resolver y notificar habilita al interesado para entender otorgada la autorización por silencio administrativo". Nosotros pensamos que lo más lógico es la redacción en la Ley de Montes en la que el silencio administrativo significaba que estaba otorgada, pero, eso sí, eso sí, añadimos: "La denegación o el otorgamiento de autorización condicionada exigirá una resolución motivada". Es decir, entendemos que la denegación exige una motivación -así figura en la Ley de Montes-; lo que no nos parece lógico es que la denegación, para la que según nuestro argumento hace falta esa motivación, se haga por silencio administrativo. Añadimos, por lo tanto, este aspecto, puesto que ambos... ambas decisiones, denegación u otorgamiento, debe exigir una resolución motivada. Y añadimos también en esta enmienda la idea del plan de aprovechamiento, en coherencia con la enmienda anterior.

Como pueden ver, el sentido general de nuestras tres enmiendas, especialmente la de las dos primeras, puesto que la última es esencialmente de procedimiento, es básicamente proteger al monte, usando los mínimos instrumentos que vienen en la Ley de Montes y que, con las modificaciones que se pretenden, quedarían más desprotegidos, al querer eliminar la comprobación de conformidad del aprovechamiento con lo dispuesto en el instrumento de planificación del monte o, si no hay ese instrumento de planificación, se deja de exigir un plan de aprovechamiento que permita comprobar que se quiere hacer. Por mi parte, nada más. Y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. Para un turno en contra, por el Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra el señor Sanz Vitorio, por un tiempo de cinco minutos.


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

Muchas gracias, señora presidenta. No... en primer lugar, si no hay inconveniente por parte de los grupos parlamentarios, una vez que ha llegado a tiempo, que había tenido un... al parecer un... un imprevisto doña Rosa Valdeón, anularía la sustitución de don Salva Cruz por doña Rosa Valdeón, que ha llegado justo al comienzo, si no hay ningún inconveniente, y la asistente sería doña Rosa Valdeón, que parece ser que ha tenido un incidente con... no previsto. Gracias a los grupos por esta consideración.

Y, a partir de aquí, muy... muy brevemente, señor Sarrión, porque yo creo que en el fondo dos de sus enmiendas, y la tercera quizá es la que requiera de un poco más de... de explicación, pues fundamentalmente son... son contrarias a lo que es el espíritu de la... de la propia reforma que se pretende acometer.

Entre las prioridades de las políticas de la Junta se encuentra ofrecer una respuesta rápida, eficaz a los ciudadanos y, muy especialmente, a las empresas en los procesos de constitución de las mismas y en las tramitaciones de su propia actividad. Y, en ese sentido, usted plantea tres enmiendas.

En el caso de la primera de las enmiendas, realmente lo que usted plantea es una denegación previa en caso de no cumplirse ciertos plazos, y además introduce una carga para montes ya ordenados, ya ordenados y... y con ordenación en vigor, lo cual no deja de sorprender un poco. Por eso los expedientes de ordenación están en perfecta vigencia, ¿no? Por lo tanto, sería contrario a lo que pretende la ley, porque en el fondo estamos introduciendo más cargas y de lo que se trata es de... de sustituirlas. Por lo tanto, si lo que pretendemos es simplificar esas tramitaciones, no parece sensato su primera enmienda.

En el caso de la segunda enmienda, el espíritu un poco viene a ser el mismo, pero además introduce una carga también que, en los montes que no están ordenados, para esos aprovechamientos ni siquiera es un... es una exigencia actualmente por parte de la propia Ley de Montes. Por lo tanto, entendemos que no... no procede la misma.

Y la... y la siguiente... la siguiente enmienda yo creo que hay que verla en el contexto de la propia ley. Hay que tener en cuenta que lo que hace la ley es que reduce los plazos de dos meses a un mes, y es verdad que aplica un criterio de silencio administrativo negativo. Ahora bien, por qué es esto así. Si hacemos lectura del conjunto, y no vamos solamente a una cuestión puntual, hay que tener en cuenta que lo que se hace es suprimir estas tramitaciones, buena parte de estos expedientes, a los turnos cortos, aprovechamientos de menor cuantía, que actualmente suponen aproximadamente el 80 % de los expedientes que se tramitan. Con lo cual, teóricamente, y ese es el espíritu de la... el espíritu de la norma, lo que debe ocurrir a partir de este momento es que no haya ningún inconveniente para poder, en aquellos casos en los que efectivamente sí son aprovechamientos verdaderamente relevantes y que deben de ser tenidos en cuenta, analizados y autorizados, puedan serlo.

Claro, si estamos hablando de aquellos casos en los que además pudiera tener una afección medioambiental, no parece razonable que si, por cualquier circunstancia, hubiera un incumplimiento de los plazos, el silencio administrativo operara de forma positiva. Esa es la razón por la que entendemos que no podemos aprobar sus enmiendas; esta última es coincidente con una enmienda de otro grupo parlamentario. Muchas gracias, en todo caso, por su intervención, señor Sarrión.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

[Intervención sin micrófono].


EL SEÑOR SARRIÓN ANDALUZ:

Sí. Muy brevemente, porque estamos de acuerdo en que lo que hay es un desacuerdo político, es decir, que hay un desacuerdo en el espíritu de la ley. Nosotros estamos de acuerdo en la reducción de plazos administrativos, en la... en la reducción de trabas democráticas, pero, a nuestro juicio, el problema es que esta reducción de trabas que está planteando este proyecto de ley lo que hace es desproteger a los montes.

Lo planteamos, sencillamente, por dos órdenes de argumentos. En primer lugar, porque los propios montes quedan desprotegidos al eliminarse la comprobación de la conformidad al aprovechamiento, con lo que está dispuesto en el propio instrumento de planificación de los montes; con lo cual, a nosotros nos parece que se queda más a merced... a la voluntad de quien vaya a desarrollar ese aprovechamiento. O, por otro lado, que donde no existe un instrumento de planificación de este tipo, se deje de exigir un plan de aprovechamiento para poder permitir la comprobación de lo que se quiere realizar.

En definitiva, nosotros ya hemos estado observando y hemos visto a lo largo del tiempo como muchas veces quien quiere realizar aprovechamientos, incluso con la documentación que se pedía en la propia Ley de Montes, se terminaban cometiendo auténticas barbaridades. Y, por lo tanto, nos parece que, si esto sucedía con la antigua Ley de Montes, con estos cambios en la legislación, nos parece que puede quedar aún más desprotegido. Por lo tanto, nosotros creemos que la eliminación de trabas jamás puede hacerse a costa de eliminar sistemas de prevención de los malos usos. Ese es el motivo que fundamenta nuestras enmiendas. Y, por lo tanto, aquí lo que hay es una diferencia política de trasfondo respecto a esta ley. Por mi parte, agradecerle su intervención. Y nada más.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. En turno de dúplica, tiene la palabra el señor Sanz Vitorio.


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

No. Muy brevemente, solamente para reiterar los argumentos expuestos con anterioridad. Entendemos que tanto la Directiva de Servicios como la propia Ley de Garantía de Unidad de Mercado lo que hace es que invita... hace que las Administraciones tengan que tender, casi con carácter obligatorio, a la reducción de trabas administrativas, y no parece, en ese sentido, que sea coherente con introducir más trabas, e incluso de las que hay en la actualidad.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

En turno de fijación de posiciones, ¿algún grupo... el Grupo Ciudadanos quiere fijar posición con respecto a...? ¿El Grupo Podemos con respecto a...? ¿Y el Grupo Socialista? Tampoco.

Pues entonces, pasamos a continuación a debatir las enmiendas del Grupo Parlamentario Ciudadanos. Se mantienen para su debate y votación en Comisión la Enmienda del Grupo Parlamentario Ciudadanos número 1. Para un turno a favor, y por un tiempo máximo de tres minutos, tiene la palabra la procuradora Rosado Diago.


LA SEÑORA ROSADO DIAGO:

Gracias, presidenta. Pues esta... esta enmienda es en relación al Artículo 4, de la modificación de la Ley 3/2009, del seis de abril, de Montes de Castilla y León. Es una enmienda de sustitución al apartado 3, Artículo 57. Y en... y en el texto de la... de la enmienda decimos que "La Consejería competente en materia de montes debería resolver y notificar su resolución en el plazo máximo de dos meses desde la recepción de las solicitudes de autorización administrativa indicadas en este artículo. El transcurso de dicho plazo sin resolver y notificar habilita al interesado para entender aprobada la autorización por silencio administrativo".

La motivación de esta enmienda de sustitución es que se propone modificar el sentido del silencio administrativo en este artículo, atendiendo al objeto del mismo, como propuesta de simplificación de procedimientos y de reducción de cargas administrativas, ya que, al ser negativo, cargaría el sistema y a los administrados en una reiteración de trámites, siendo conscientes de las dificultades actuales que nos llevan a unos tiempos de resolución, en la mayoría de los casos, muy superiores al mes que se plantea. No tiene ningún sentido, por lo tanto, que el... el silencio sea negativo y a la vez... y a la vez simplifique para el administrado la carga. Hasta ahora era positivo si no se te... si no te contestaban en tres meses, y no se entiende que la modificación beneficie al administrado.

Por lo tanto, nosotros lo que pedimos es que sean dos meses, y el cambio de... de silencio administrativo, que sea a... a positivo. Lo que queremos decir con esto es que si ya... ya se está... ya en la actual ley, cuando presentan todos los papeles, no se está dando de paso en menos de tres meses, pues con un mes no van a tener suficiente y se va a tener que preparar otra vez de nuevo todos los procesos. Esta es para reducir cargas administrativas, esta ley es para la reducción de cargas administrativas, y no creemos que con... como tal y como está redactado vaya a reducir estas... estas cargas.

Por lo tanto... y esto además es una enmienda que nos la ha pasado el sector forestal, con el peso de que ellos saben de lo que estaban hablando a la hora de... de tramitar y a la hora de que ellos ven que, bueno, un mes va a ser imposible que el... que se puedan tramitar este tipo de... de gestiones y que el no... el tener un silencio administrativo no se va a poder llevar y va a haber muchísimo más papeleo. Por lo tanto, como el fin legislativo es reducir trámites, y no... y no lo vemos, por eso hemos decidido mantener viva esta enmienda. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. Para un turno en contra, por el Grupo Parlamentario Popular, y por un tiempo máximo de tres minutos, tiene la palabra el procurador Sanz Vitorio.


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

Sí. Muchas gracias, señora presidenta. Yo quiero, en fin, agradecer también el tono de las explicaciones y, como ha ocurrido en la Ponencia, el espíritu de su grupo al respecto, ¿no? Esta es una enmienda en la que realmente podría reiterar y reitero los argumentos en relación a la enmienda presentada por el señor Sarrión, porque con otros términos, pero literalmente es lo mismo. Es decir, lo que plantea es que, en relación al proyecto, las autorizaciones, en lugar de un mes, pasen a dos meses; circunstancia esta que tengo, sinceramente, serias dudas de que sea algo que quiere el sector. Yo estoy seguro de que así es como se lo han trasladado, no tengo por qué dudarlo, pero me parece enormemente extraño que el sector le parezca mal que una autorización, en lugar de en un mes, prefiriera que se lo den en dos meses. Y esta es una de las partes, y de ahí yo creo que en un mes se puede hacer.

Y ahora viene la otra parte, ¿por qué se puede hacer en un mes? Y es el argumento que elige. Mire, en estos momentos, lo que son los expedientes relativos a los aprovechamientos de turno corto, aprovechamientos leñosos, aprovechamientos de menor cuantía, que requieren una tramitación que es cuasi tan larga como lo pudiera ser aquellos casos en los que son aprovechamientos verdaderamente relevantes, si hemos concluido, a través de la aprobación de la ley, cuando esto se produzca, que queda suprimida esas tramitaciones, porque será suficiente con una comunicación, eso significa, según los datos que yo he podido recabar, que estamos hablando del 80 % de los expedientes. Mire, como yo tengo una absoluta confianza en la diligencia de los... de los funcionarios, este caso, fundamentalmente, de la Consejería de Medio Ambiente, una vez que se descargue del 80 % de los expedientes, estoy seguro que a ese 20 %, que son los verdaderamente relevantes y que pudieran tener su inadecuación verdaderamente consecuencias desde el punto de vista medioambiental, estoy seguro que van a ser capaz de atenderlos en un mes.

Pero imaginemos -lo que decía antes- que por cualquier circunstancia, porque todo el mundo es humano, porque se pueden dar circunstancias que impidan que eso sea así, estaríamos diciendo que, por una parte, lo que dice la enmienda... lo que dice la enmienda tiene su aquel, ¿eh?, dice que aquello que se pueda hacer en un mes que se haga en dos meses; y, por otra parte, dice que en aquellos casos en los que teniendo en cuenta que los únicos expedientes afectados son aquellos que pudieran tener afección ambiental, si por cualquier circunstancia (ruido, imposibilidad, negligencia de alguien...) no se ha podido revisar, que se autorice. ¿Sabe cuál es el problema? El problema es que una actuación de esas características en un caso relevante supone que el período de regeneración del monte, en el mejor de los casos, es de 30 años. Parece más sensato tener que revisar y andar nuevamente sobre nuestros pasos, si fuera necesario, porque se ha... y hay que tramitarlo nuevamente y que se revise, a cometer un error de esas características, aplicar el silencio administrativo positivo, y eso... bueno, si le hablo en el caso de los montes, por ejemplo, de mi pueblo, son 100 años.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. En turno de réplica, por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, y por un tiempo máximo de minuto y medio, tiene la palabra la señora Rosado Diago.


LA SEÑORA ROSADO DIAGO:

Estando de acuerdo en el fondo, sin embargo, es que es el sector el que nos lo ha pedido, y es el sector el que sabe que ahora mismo esos expedientes no se están cumpliendo en el plazo de un mes. Como no les podemos dar la... o sea, no les podemos asegurar cien por cien de que se vaya a cumplir que un silencio negativo les supone muchísima carga administrativa, y como estos funcionarios, sí que es verdad, dentro de su competencia, sabemos que no van a dejar pasar estos dos meses sin dar una respuesta, pues hemos preferido, o preferimos, mantener esta enmienda porque nos parece beneficiosa y porque, sobre todo, es el imperativo de la ley, que es reducir las cargas. Ante esa posibilidad, pues nosotros vamos a mantenerla y seguro, estoy convencida, de que en el Pleno llegaremos a un acuerdo o... o, si no... bueno, por lo menos lo intentaremos. Y tenemos este tiempo para... para poder llegar a un acuerdo, que a lo mejor esos dos meses pasan a ser en vez de silencio... como pide aquí, que es el silencio administrativo, sino... sino a los dos meses que fuera negativo. Pero el caso es que llegaremos a un acuerdo. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. En turno de dúplica, tiene la palabra el señor procurador Sanz Vitorio.


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

Muchas gracias. Nada. Señora Rosado, muchas gracias por su tono. Solamente para reiterar los argumentos y, desde luego, como en todas las enmiendas que permanezcan vivas, la voluntad es seguir trabajando en la misma línea que lo venimos haciendo hasta ahora.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. Pasamos a continuación al debate de las enmiendas del Grupo Parlamentario Podemos. Ah, perdón. ¿Algún... algún... quiere fijar posiciones algún grupo? No. Bien. Pues pasamos a continuación a las enmiendas del Grupo Parlamentario Podemos. Se mantienen para su debate y votación en Comisión las Enmiendas del Grupo Parlamentario Podemos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12. Para un turno a favor, por el Grupo Parlamentario Podemos, y por un tiempo máximo de quince minutos, tiene la palabra el procurador Díez Romero.


EL SEÑOR DÍEZ ROMERO:

Muchas gracias, presidenta. Bueno, desde nuestro grupo político hemos presentado una serie de enmiendas -una docena, más concretamente- a este Proyecto de Ley de Medidas de Reducción de Cargas Administrativas para la Dinamización Empresarial. Si vemos que en este proyecto la exposición de motivos habla de que uno de los objetivos es la implantación de mayores empresas en la Comunidad Autónoma, vemos claro que este proyecto legislativo, a nuestro juicio, no se ajusta a esta exposición de motivos.

Nosotros hemos presentado dos enmiendas al Título I, un Título I que modifican la Ley 7/2006, de dos de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Castilla y León. En el sentido de nuestras dos enmiendas para esta modificación de ley es prácticamente el mismo, creemos que nuestras dos enmiendas aportan mayor control y seguridad jurídica. En la primera enmienda añadiríamos, dentro de una... dentro de la modificación del Artículo 13, añadiríamos un punto más, que sería un punto 3.º, que sería un punto reiterativo que creemos que da una... un mayor control y seguridad jurídica a esta modificación que se pretende. Este punto sería así... quedaría como el siguiente: "La acreditación de los requisitos establecidos en la presente Ley deberá producir... producirse con carácter previo -y ahí está nuestro añadido- a la concesión de la correspondiente licencia ambiental, cuando proceda, recogiéndose esta circunstancia en la misma". Creemos que queda más especificado de esta manera.

Nuestra segunda enmienda es una enmienda que modifica el Artículo 16, de actividades recreativas y espectáculo públicos compatibles, y también es una enmienda de adición que creemos que le da mayores garantías jurídicas, que dice así, en... es un añadido que dice: "Las actividades declaradas expresamente incompatibles no podrán ser desarrolladas -y subrayo- y solo se podrán realizar la actividad o actividades expresamente autorizadas". Es decir, si coinciden dos actividades, subrayar, y una se autoriza y otra no, que no se pueden autorizar las dos, sino solo la que ha sido autorizada. Creemos que, aunque sea reiterar lo obvio, da mayores garantías de seguridad jurídica.

La segunda parte de nuestras enmiendas obedecen al... también al Título I de esta ley, pero a la modificación de la Ley 4/1998, de veinticuatro de junio, Reguladora del Sector del Juego y de las Apuestas de Castilla y León. Nosotros no estamos cómodos con la simplificación administrativa que se produce en esta ley para este sector del juego, y no estamos cómodos con que siempre sea el sector del juego en Castilla y León uno de los beneficiados por las políticas del Partido Popular. Lo hemos reiterado en muchísimas ocasiones, en diferentes debates parlamentarios, y, desde luego, no voy a ahondar aquí en los motivos por los cuales desde... a nuestro grupo político no le parece que una ley de simplificación de cargas administrativas tengan que favorecer a todo un sector, como es el sector del juego.

Por lo tanto, el sentido de nuestras enmiendas no podía ser otro que intentar evitar, en la medida de lo posible, que estas cargas... esta ley de simplificación de cargas administrativas pueda favorecer a este sector de una manera que no consideramos razonable. Nuestra Enmienda número 3 habla del período máximo de explotación. Se propone la modificación del apartado 4 del Artículo 14, y habla de que el período máximo de explotación será de cinco años desde la apertura de la sala de bingo, o desde... en esta modificación se pretende ampliar a diez. Y, desde luego, si no hay inspección y no hay licencia, en este momento no podemos estar de acuerdo con que se amplíe a diez años; nosotros podríamos estar de acuerdo con una ampliación a diez años si hubiera unas inspecciones suficientes en la Comunidad Autónoma, pero conocemos y sabemos que no las hay.

La Enmienda número 4 va en el mismo sentido, el período máximo... o sea, también es una modificación del Artículo 16, que pasaría a ser el Artículo 15 y quedaría redactado como sigue, es una modificación que dice que el período máximo de explotación será de cinco años desde la apertura del salón de juego. Esta autorización de instalación podrá ser renovada. En la misma línea que la Enmienda número 3.

La Enmienda número 5 también va en la misma línea que la Enmienda número 3 y la Enmienda número 4, es coherente con el resto de nuestras enmiendas.

La Enmienda número 6 es un poco diferente al resto de enmiendas que hemos presentado en esta línea y creemos que obedece a una mayor regulación. En esta enmienda se propone una modificación del primer párrafo del Artículo 17, que queda redactado como lo siguiente en nuestra propuesta de modificación: en los establecimientos citados en el anterior párrafo que tengan una superficie igual o superior a 60 metros cuadrados y... excluidos los aseos, podrá... podrá autorizarse la instalación de una máquina más, que deberá ser de las previstas en la letra d) del Artículo 2 del Artículo 18 de esta ley, según se determine reglamentariamente.

Y nuestra Enmienda número 7 va en consonancia con las Enmiendas número 3, 4, 5... y 5, y habla de que los documentos profesionales serán expedidos por un plazo de cinco años y no de diez, y que podrán ser renovados por idéntico período. Como ya digo, si no hay inspecciones, creemos que no hay motivación para aumentar los plazos.

Nuestra... el resto, nuestras últimas cuatro enmiendas... bueno, nos queda la Enmienda número 8, también, que es en coherencia con otras... que es también en coherencia con las mismas enmiendas que hemos presentado, con la 3, con la 4, con la 5 y con la 7.

Y luego tenemos otras cuatro enmiendas al Título II de esta ley, que son modificaciones en materia de aprovechamientos forestales, que se modifique la Ley 3/2009, de seis de abril, de Montes de Castilla y León, y creemos que nuestras enmiendas ofrecen mayores garantías ambientales para protección de nuestros... de nuestros montes.

En nuestra Enmienda número 9 proponemos la modificación del apartado 1 del Artículo 4, modificando el Artículo 51, que en nuestra... en nuestra modificación decimos que el plazo del... "el vencimiento del plazo máximo de 15 días sin haberse notificado la resolución sobre el otorgamiento de la licencia desestima la solicitud del interesado". En nuestra opinión, esto ofrece mayor protección a los bosques de nuestra Comunidad Autónoma. También -no voy a reiterar los argumentos, pero los ha ofrecido también el procurador de Izquierda Unida- hemos visto como la actual Ley de Montes no ha servido muchas veces para proteger muchos de los aprovechamientos forestales de la Comunidad Autónoma.

En nuestra Enmienda número 10, en la que se modifica... se propone una redacción del apartado 2 del Artículo 4, y se modifica el Artículo 56, queda redactado, en nuestra modificación, como... como planteamos: "Si en el plazo de un mes la Consejería competente en materia de montes no se expresara en relación con la declaración responsable, se entiende desestimada la solicitud. La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a la declaración responsable, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas que se hubiera lugar". Creemos que esto aporta seguridad jurídica, creemos que el plazo de un mes es un plazo perfectamente suficiente para la Consejería resuelva este tipo de... las declaraciones responsables, y, si no ha resuelto las declaraciones responsables, no puede ser por una... no puede ser porque no haya personal, simplemente tiene que ser porque se esté desestimada. Yo creo que aquí es una enmienda que no es coincidente con alguna de las que se han planteado por los diversos grupos, pero, en el fondo, sí que lo puede ser.

Nuestra Enmienda número 11 habla de una modificación del Artículo 4.3, se modifique el Artículo 57, de aprovechamientos maderables y leñosos en montes sin instrumento de ordenación forestal en vigor. Y en nuestra modificación se añade, durante el punto 1: "Para disfrutar de los aprovechamientos maderables y leñosos en montes que no dispongan de instrumento de ordenación forestal en vigor será necesaria la previa obtención de autorización administrativa de la consejería competente en materia de montes -y ahora añadimos-, así como la presentación por el titular de la explotación del monte de un plan de aprovechamiento". Creemos que un plan de aprovechamiento no supone tampoco una carga muy añadida para los propietarios de los montes, y pensamos que esto puede favorecer también el desarrollo ambiental de nuestros bosques.

En nuestra Enmienda número 12 se propone una modificación en la ley... en el Artículo 4.4, se añade un Artículo 57 bis, con la... con la siguiente redacción: en vez de decir que las... las combinaciones de especies y turnos conjuntamente tratados deben ser tratados por la Consejería correspondiente, nosotros decimos que deberían ser tratados por el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León. Esa es la modificación de nuestra enmienda. Y ya no... no tengo nada más que añadir. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. Para un turno en contra, por el Grupo Parlamentario Popular, y por un tiempo máximo de quince minutos, tiene la palabra el señor procurador Sanz Vitorio.


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

Muchas gracias, señora presidenta. Básicamente, es reiterar algunos de los planteamientos ya... ya hechos aquí, porque hay coincidencia en algo con alguno que se ha realizado ya por parte de algún grupo parlamentario. Es decir, de lo que estamos hablando es de reducción de cargas administrativas, de reducción de procedimientos y de tramitación de expedientes, no solamente en el tiempo, sino en el volumen de los mismos. Y, además, estamos hablando, en algún caso, de algunos sectores que ya tienen una enorme cantidad de controles, tanto internos como externos.

Claro, a partir de ahí, partimos -salvo cuestiones puntuales en algún caso, que... que podremos detenernos- de una concepción radicalmente diferente de lo que es la simplificación administrativa, y nunca la simplificación administrativa puede ser ni más tiempos ni más requisitos de lo que en la actualidad se exige a estas actividades.

El caso de la Enmienda número 1 y número 2, pues efectivamente, nosotros entendemos que ya están debidamente previstos los aforos, etcétera, en el Artículo 8.3, y no es necesario la... la enmienda en ese sentido. Porque, claro, es que la Enmienda número 2 es absolutamente innecesaria, porque en este sector, y en cualquier sector, las únicas actividades que pueden ser realizadas son aquellas que están autorizadas. Es evidente que ninguna actividad no autorizada en ningún sector puede ser realizada. Claro, en fin, podemos llenar de... de literatura la propia norma, ¿no?, pero no creo que eso fuera... fuera nada positivo para la misma ni mejoraría nada, ¿no?

En el caso de las... del grupo de la 3, la 4 y la 5, pues me reitero, ¿no?, y yo creo que estos son sectores tremendamente... tremendamente controlados y sujetos a controles, repito, de ámbito interno y externo. Y, además, con distintos ámbitos competenciales también desde el punto de vista de la inspección. Si ya son excesivos, introducir más creo que sería contraproducente. En cualquiera de los casos, seguiremos hablando desde aquí hasta el Pleno, y tampoco voy a extenderme mucho más en este sentido.

El número 6 pues creemos que ya está recogido, y... hombre, tanto el Artículo 12.2, que se dirige a los titulares de la hostelería, como el 17, a los... a las empresas operadoras, y está debidamente recogido.

En la número 7, es que se trata de implementar la Ley de Garantía de Unidad de Mercado, y eso es lo que pretende la modificación, ¿no?

La Enmienda número 8, ya se lo dije también en Ponencia, me parece absolutamente coherente, es decir, lógicamente, la Enmienda número 8 ustedes tienen que hacerla y nosotros no podemos... no podemos aprobarla, de la misma manera que la aprobaríamos si hubiéramos aceptado el conjunto de sus enmiendas, porque es coherente con el... con lo que sería el resultado del proyecto de ley, atendidas sus enmiendas, desde el punto de vista del procedimiento sancionador.

La número 9, pues... y la número 10 son contrarias, como las anteriores, al propio objetivo de la ley. Lo mismo que ocurre con la número 11; no voy a reiterar que la propia Ley de Montes no obliga a presentar esos planes de aprovechamiento.

Y la número 12 pues, realmente, también complica enormemente, y, sinceramente, no creo que aporte nada más. La Ley de Montes dice "el órgano competente", y el órgano competente en el caso de la Comunidad es la Consejería, en este caso, de Fomento y Medio Ambiente, ¿no? Derivar eso al Consejo de Gobierno me parece absolutamente innecesario y contraproducente.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. En turno de réplica, por el Grupo Parlamentario Podemos, por un tiempo máximo de siete minutos y medio, tiene la palabra el procurador Díez Romero.


EL SEÑOR DÍEZ ROMERO:

Gracias, presidenta. Bueno, no me voy a extender mucho. Agradecer el tono también empleado por el portavoz del Grupo Popular. Seguiremos hablando de aquí hasta que lleguen al Pleno las enmiendas, aunque sí que es verdad que observo que no hay muchas coincidencias entre... entre nuestros grupos, pero yo creo que alguna... alguna puede haber. Pero, bueno, ya iremos hablando, y el debate que se tenga que producir pues me imagino que se producirá en el Pleno, donde habrá más profusión en los argumentos por parte de los diferentes grupos políticos. Hemos tenido varias Ponencias, hemos tenido ahora esta sesión de la... de la Comisión de Presidencia, y, desde luego, por nuestro grupo político no va a ser para intentar llegar a algunos acuerdos en esta materia. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

[Intervención sin micrófono].


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

Sí. Muchas gracias también a usted por el tono. Y algo más, o sea, yo quiero... quiero agradecerle... o sea, ante todo, reiterarle nuestra disposición a seguir hablando al respecto. Y me parece que es... es de justicia y un obligado reconocimiento a que la actitud, ya que no... esas cosas casi nunca constan en Ponencia, para poder sacar adelante algunas de las... de las enmiendas que se aprueban en Ponencia es necesario que por parte de todos los grupos haya voluntad de que así sea, incluso en aquellos casos en los que uno puede no estar de acuerdo. Yo quiero que quede constancia de mi agradecimiento al comportamiento de su grupo.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. ¿Algún grupo quiere utilizar la fijación de posiciones? ¿Ninguno? Bueno, pues entonces pasamos al... a 4 enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista. Se mantienen para su debate y votación en Comisión las Enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista número 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10... no, 9, 11, 12 y 14. Para un turno a favor, y por el Grupo Parlamentario Socialista, y por un tiempo máximo de quince minutos, tiene la palabra el procurador Briones Martínez.


EL SEÑOR BRIONES MARTÍNEZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Bueno, yo voy a empezar por el final. Es verdad que se... en la Ponencia se ha trabajado muy bien, que hemos hecho nuestras aportaciones, nuestras enmiendas, algunas son estimadas y algunas son presentadas y coincidentes con otros grupos, sin embargo, bueno, pues no se... hasta ahora... ahora no se han... no se han estimado, y, por lo tanto, permanecen algunas diferencias en cuanto al fondo y la forma.

Y, bueno, pues matizar que nosotros hemos... -como bien ha dicho la presidenta- hemos presentado 14 enmiendas, todas ellas al texto articulado de la ley (6 a la de espectáculos públicos, 3 a la ley reguladora del juego y 5 a la Ley de Montes de Castilla y León), de las que han sido transaccionadas, ¿eh?, en Ponencia ya 3, se ha retirado también una; por lo tanto, vivas para su debate quedan realmente diez... diez enmiendas.

Con relación a las leyes que modifica, fundamentalmente la de espectáculos públicos y actividades recreativas, nuestras enmiendas van dirigidas fundamentalmente en el sentido de reflejar o aumentar las garantías de forma expresa para la Administración, ante la sustitución de las autorizaciones administrativas por la presentación de declaración responsables y de comunicaciones, en las que se disminuyen la documentación a aportar y se acortan los plazos.

Nuestras primeras enmiendas, fundamentalmente la primera, es de adición al Artículo 2.º, a la letra g), que establece que se entenderá por titular de un establecimiento público la instalación... perdón, público o la instalación la persona física o jurídica que solicite la correspondiente licencia o autorización, o presentación ambiental para la puesta en funcionamiento del referido establecimiento o instalación. Es de adición, y decimos que deberá ser... concretamente dice: "... será comprobada de oficio por la administración competente en el término de 15 días desde su conocimiento, para ejercitar las facultades de comprobación, control e inspección". Es una constante, en la mayoría de esas enmiendas que nosotros presentamos, en el aumento de que son las garantías y la seguridad jurídica.

La segunda enmienda es de adición al Artículo 8.3: "En la licencia ambiental o en la comunicación ambiental, según disponga la normativa en materia de protección del medio ambiente, se especificará el aforo máximo permitido del establecimiento o instalación que corresponda y el número máximo de personas que puedan actuar en él, de conformidad con la normativa de aplicación, así como el tipo establecimiento público o instalación que corresponda, atendiendo a la clasificación realizada en el catálogo que se acompaña como anexo a la presente Ley y la naturaleza de los espectáculos públicos o actividades recreativas que se van a ofrecer". Y la adición que planteamos: "... sin que en ningún caso pueda vulnerarse la... -en este caso- la normativa vigente".

La tercera enmienda, también es de adición al Artículo 13.1, dice que las comunicaciones ambientales, así como las licencias y autorizaciones concedidas por los ayuntamientos a los titulares de establecimientos o instalaciones, permanentes o no, solo habilitarán a estos para el desarrollo de los espectáculos públicos o actividades recreativas para que en ellas se consigne y compruebe. Adicionamos: "... facultándoles para clausurar la actividad en otros casos".

El motivo por el que se presentan, fundamentalmente, este tipo de enmiendas con este... con estas garantías es porque no se comprueba nunca realmente, o casi nunca se están comprobando, lo que dicen las declaraciones responsables, y llega un momento que se presenta una declaración responsable, no sabemos si cumple los requisitos o no, porque realmente, bueno, pues no existe esa... esa comprobación, y, por lo tanto, yo... nosotros queremos rescatar, precisamente, esas... esas facultades sin entorpecer lo que es el objeto fundamentalmente de la ley.

La número 4 y 5 son enmiendas de supresión del Artículo 13.2 y del 15.1. El 13.2 establece que "Para la realización con carácter esporádico u ocasional de espectáculos públicos o actividades recreativas distintas de las consignadas en las comunicaciones ambientales o licencias, deberá obtenerse la previa autorización del correspondiente Ayuntamiento". Nosotros proponemos su... suprimir esto: "... salvo -que es lo que viene- en el caso de que todas las actividades o espectáculos a realizar estuvieran sometidas al régimen de comunicación ambiental". Creemos que es necesario suprimir la nueva modificación, sencilla y llanamente, porque puede suponer un engaño en su comunicación, cuando no una mala fe, que puede tener efectos o generar responsabilidades frente a terceros.

La quinta, que es la... al Artículo 15.1, dice que cuando los... Va en el mismo sentido exactamente que la... que la anterior, por lo tanto, aquí es verdad que habla de cuando los espectáculos públicos o las actividades recreativas no se encuentren amparadas por ninguna de las comunicaciones ambientales, licencias o autorizaciones, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 13, será preceptiva la previa obtención de autorización municipal para el desarrollo de cada uno de los espectáculos públicos y actividades recreativas reguladas por esta ley que se desarrollan íntegramente en el término municipal. Como digo, va en el mismo sentido, fundamentalmente, que la anterior, y nosotros creemos que es mejor que se suprima precisamente esto, en la parte que dice que salvo en el caso que todas las actividades o espectáculos públicos a realizar estuvieran sometidos al régimen de comunicación ambiental. Porque ahí se demostraría que pudiera existir mala fe en la presentación de lo que es esa declaración.

Con la relación a la Enmienda número 6, es otra... es una enmienda de sustitución al Artículo 19.3, fundamentalmente dice: "No obstante lo previsto en el apartado anterior, dichos horarios podrán ser ampliados o reducidos con ocasión de la celebración de fiestas locales, eventos especiales o singulares, tales como ferias, festivales u otros certámenes locales o populares, así como en atención a la afluencia turística o duración del espectáculo -y aquí es la parte que proponemos sustituir-. Para ello, los Ayuntamientos o los interesados podrán presentar una declaración responsable sobre el horario a realizar...". Nosotros entendemos que solamente han de ser los ayuntamientos y/o las Administraciones públicas, es decir, las que podrán presentar, en este caso, esas declaraciones responsables. Sencillamente por una razón, y es que sería un auténtico disparate que los, por ejemplo, en este caso, los feriantes pudieran decidir por sí mismos si se da una circunstancia especial, y la recojan en una declaración responsable, y al final incluso pongan el horario que quieran sin contar para nada con el ayuntamiento.

Estas son las enmiendas con relación a lo que ha sido la... la primera de las leyes, la de espectáculos públicos y actividades recreativas.

Con relación a las enmiendas relativas a la modificación de la Ley 4/98, en el tema del juego y apuestas, hemos presentado tres enmiendas. Una muy sencilla, que tampoco... no sabemos cuáles son los motivos, fundamentalmente la distancia, estamos hablando de una modificación a una actividad muy sensible, que ha de ser estudiada con mucho cuidado, sobre todo de cara a los efectos que puede tener una declaración responsable en la lucha efectiva contra la ludopatía. Por eso mi grupo presenta con relación a las mismas... nosotros lo decimos claramente -me parece que lo ha dicho también uno de los portavoces anteriores-, queremos entorpecer la continua apertura de salas de juego, y proponemos, por lo tanto, que las medidas pasen, en este caso, en la séptima de las enmiendas, de 300 a 500 metros.

La octava de nuestras enmiendas, que es la segunda a esta ley, es al Artículo 12.2, que establece que, previa presentación de una declaración responsable, podrán practicarse los juegos y apuestas en establecimientos en los que las actividades de juegos y apuestas sean actividad. En fin, fundamentalmente lo que nosotros planteamos es que las... en este caso, las declaraciones responsables tienen que ser examinadas en el plazo de 15 días desde su presentación ante la Administración competente. Volvemos, por lo tanto, a incidir en lo mismo que en alguna de las otras enmiendas, y sobre todo en este tema que, como hemos dicho, es muy sensible, está creando serios problemas en muchas familias, como es la ludopatía, y, por lo tanto, con el tiempo incluso se podría darse la exigencia de responsabilidades a la Administración si estos establecimientos incumplieran los requisitos de la declaración responsable en estas materias que son competencia exclusiva, por lo tanto, de la Junta de Castilla y León.

Nosotros nos gustaría saber, en ese sentido, cuántas veces han ido a comprobar si han cumplido los requisitos. O simplemente hemos visto en algunos casos cómo se abren algunos establecimientos y se cierran... se cierran al medio año, si al final resulta que ni tan siquiera se ha comprobado si cumplía los requisitos establecidos la declaración responsable.

La... la novena de las enmiendas, en este caso es al Artículo 39.1, y es la tercera, precisamente, a esta ley, y... y sustituimos algo que además debatimos, yo creo, casi pormenorizadamente el otro día en la... en la Ponencia, sustituimos "indicios graves o muy graves" por "elementos de prueba constatables". Mantenemos... nosotros creemos que a la hora de constatar la comisión de una infracción, bueno, pues tenía que ser no solamente meros indicios, sino algunos elementos de prueba constatables. Creemos -para nosotros- que esta redacción ofrece muchas más... muchas más garantías.

En cuanto a las enmiendas relativas a la Ley de Montes de Castilla y León, aunque seguramente mi compañero hará algún matiz, porque es verdad que habíamos presentado cinco de las enmiendas, de las que han sido transaccionadas en la Ponencia tres, que no se han... además, no se han incorporado, es verdad, al articulado correspondiente al que iban dirigidas, que son la 10, la 11 y la 13, relativas al uso preferente de la tramitación electrónica por parte de la Administración, pero, es cierto, se ha modificado el título, se ha modificado el Título Preliminar, el Artículo punto... Artículo 1, apartado 2, referido a la finalidad de la ley, haciendo una ampliación importante de la misma y recogiendo el sentir, como hemos dicho, de nuestro grupo y del resto de los grupos parlamentarios.

Por tanto, aquí quedaría solamente viva una, que me parece que es la número 12, si no me equivoco. Fundamentalmente, bueno, sería importante por nuestra parte que la Consejería, en materia de montes, pudiera establecer o desarrollar reglamentariamente las condiciones indicadas en la ley, tratando de completar ese Artículo 46. Por lo tanto, fundamentalmente va en ese sentido.

Nosotros, mi grupo parlamentario considera, por tanto, globalmente, que es necesario que nuestra Comunidad Autónoma establezca las condiciones óptimas para la implantación de las empresas, reduzca los costes y plazos. Pero eso, eso, no es óbice para que la Administración se limite... se vaya a limitar a ser un mero convidado de piedra y mero registrador, que da entrada o no a las declaraciones responsables o comunicaciones sin controlar si eso se cumple o no, si los requisitos establecidos en ella son al final o no son los que dicen ser. Y esto no se puede convertir en lo que es la ley de la selva. Sin que la Administración tenga ningún control efectivo sobre las mismas, algunas empresas -seguramente amparándose en las declaraciones responsables y comunicaciones, como he dicho además antes- aparecen y desaparecen como las setas, sin que muchas veces, y eso lo decimos, desde luego, habiéndolo comprobado si... que muchas veces se haya comprobado si cumple los requisitos establecidos.

Y finalizo, porque además sí que nos gustaría... nos gustaría que, de cara a lo que es la ley del juego, un asunto tan importante como la modificación que afecta a los... a los metros, bueno, pues saben ustedes que está generando un gran problema social y además en Castilla y León es una... es una auténtica lacra, y sí que me gustaría de verdad que miraran con lupa fundamentalmente lo que es la implantación de estas salas de juego, porque creemos que una... algo es muy importante, desde luego, de la recaudación, pero seguramente el drama social que lleva consigo a veces no es lo más acertado en... para los ciudadanos de nuestra Comunidad. Les instamos a que revisen, sobre todo, el tema de los metros de nuestra Enmienda número 7. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. Para un turno en contra, por el Grupo Parlamentario Popular y por un tiempo máximo de quince minutos, tiene la palabra el señor procurador Sanz Vitorio.


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

Muchas gracias, señora presidenta. Muchas gracias, señor Briones. En primer lugar, entiendo porque la Presidencia ha leído -yo me acerqué a la mesa porque entendía que erróneamente- la Enmienda número 11, que, efectivamente, fue asumida en Ponencia en los términos en los que se incluyeron todas las que eran de este tenor y fue pactado por todos los grupos. Por lo tanto, digo a efectos de que quede constancia, porque en la documentación de la Comisión, la Enmienda número 11 que ha leído la presidenta no... no constaba.

Y también he creído interpretar que se retira la Enmienda número 14, ¿eh? Cosa que agradezco, porque, efectivamente... y además no me duelen prendas reconocer que la lectura que realizaba el señor Aceves parte también la compartía yo -la misma lectura-, y lo que ocurre es que, probablemente, cuando uno está mucho rato leyendo conviene de vez en cuando parar un poco, vuelves a leer y te das cuenta que la lectura que se estaba haciendo no era la correcta. Nos dimos cuenta y, por lo tanto, yo agradezco -y no me importa a mí reconocerlo también- que hacía una lectura, si no exactamente igual a la suya, muy... muy parecida, ¿no?

Bien, a partir de aquí, pues brevemente, porque yo creo que habrá más tiempo en el Pleno y hay algún asunto que todavía de cara al Pleno podemos... podemos echarle un vistazo, ¿no? Pero, mire, de la intervención del señor Briones uno llega a la conclusión -que ya llegó en Ponencia- que no le parece bien las declaraciones responsables. Creo que hasta ahí podemos estar de acuerdo. Y, claro, tenemos un serio problema en aquellas enmiendas que usted plantea a partir de esa cuestión, que me parecen las... las más sustantivas.

Porque, mire, si analizamos enmienda por enmienda -como usted lo ha hecho- muy brevemente, la número 1, pues es una cuestión de discrepancia por técnica normativa, ¿no? En un artículo de definiciones no parece, desde el punto de vista de la técnica normativa, razonable hacer desarrollo normativo, más allá de los propios conceptos.

La número 2 nos parece innecesario. Había una enmienda parecida del Grupo Parlamentario Podemos. Pero, claro, dice: es consustancial al orden constitucional el cumplir la normativa vigente. Claro, introducir en un... en un artículo "se cumplirá la normativa vigente", pues me recuerda a aquello de "y seremos buenos y benéficos". Claro, pero si es que claro que hay que cumplir la normativa vigente, como no puede ser de otra manera. Si quiere añadimos "se cumplirá la normativa vigente", y después añadimos "como no podrá ser de otra manera", y en la que todos estaremos de acuerdo, ¿no? Yo creo que no... no es relevante y yo creo que usted coincide conmigo en esto.

La 3, la 4 y la 5. En el caso de la 3, aparte que... de que su redacción es más confusa, yo quiero decirle que afecta, además, a legislación básica, ¿no?, a la Ley de Garantía de Unidad de Mercado. En la número 4 vulneraría lo dispuesto en la ley sectorial ambiental. Por lo tanto, tampoco sería posible. Y luego, en la número 5, usted pide que se tramite como autorización supuestos que la actual Ley de Prevención Ambiental contempla como de comunicación. Por lo tanto, estaríamos... en lugar de reducir los... las tramitaciones, estaríamos incrementándolas. Pero es verdad que... -estamos de acuerdo, y eso sí me ha quedado muy claro- que a usted no le gustan las comunicaciones... las declaraciones responsables.

La número 6. Usted dice que solamente puedan realizarlo... puedan realizarse a iniciativa de las Administraciones, pero es que la actual normativa permite que también lo puedan hacer... puedan estar los particulares. Por tanto, si estamos tratando de reducir, sería contrario.

La 7 y la 8 ya le he dicho que... si no ha sido a usted, se lo he dicho también a otro grupo. Nosotros entendemos que este es un sector que está tremendamente, tremendamente, controlado, ¿no? Es verdad... es verdad que uno tiene la tentación de incluir el problema social de las ludopatías. Mire, yo me he reunido hace una semana con... con la asociación de ludópatas a nivel nacional, y también de aquí -con Ajupareva me he reunido en más de una ocasión-. Ahora bien, lo que no podemos es trasladar esa existencia de ese problema a actitudes de prohibición de actividades que recordaría otras épocas, ¿eh? Son otros los caminos que tiene que haber para atajar aquí. Yo me parece que... estoy seguro que ese no es su espíritu en esta cuestión, pero debemos tener... ser muy cuidadoso... muy cuidadosos con este asunto.

Claro, la número 9 la discutimos ampliamente, y yo sigo manteniendo que es jurídicamente, sustancialmente, distinto indicio de prueba. Usted dice, cuando... claro, es que lo que usted plantea, en cierta medida... sí que le voy a reconocer que, en cierta medida, agiliza las tramitaciones, sobre todo de los expedientes, determinados expedientes, como estos, ¿eh?, sancionadores o de cualquier otro tipo. Porque, claro, si usted lo que dice es que el expediente le iniciemos cuando no haya dudas sobre las pruebas... Hombre, las pruebas es algo que te... que una vez que hay indicios, en la tramitación del propio expediente, habrá que determinar si había pruebas o no suficientes y habrá que resolver en función de las pruebas, pero si le iniciamos cuando ya está todo claro, lo que hacemos es que resolvemos el expediente, no le abrimos ahí. Entonces no puede ser: una cosa es el indicio y otra cosa es la prueba. En un caso es el elemento que nos permite iniciar un expediente, en otro... en el otro se producirá... lo tendremos que buscar a lo largo de la tramitación del propio expediente y se resolverá en función del mismo.

Mire, la número 12 yo estoy dispuesto a seguirle dando vueltas, pero, claro, es que el propio Artículo 46 establece ya las condiciones. Entonces, no tiene sentido decir que se establecerá reglamentariamente. Si ya el propio artículo establece las condiciones, no parece necesario. Y, no obstante, en fin, estamos dispuestos a seguir dando vueltas a esta enmienda, pero en cualquiera... en cualquier de los casos, yo creo que es bueno que también seamos conscientes que una vez que... lo que actualmente es un proyecto de ley en tramitación -eso ya será ley- es evidente que va a conllevar inevitablemente determinadas modificaciones reglamentarias. Quizá ahí sea el momento de algunas de las cuestiones que aquí se plantean.

Y nada más, porque yo creo que seguiremos hablando de aquí hasta el Pleno, y en el Pleno, seguramente, pues será necesario seguir manteniendo estos argumentos y dar algunos más. Pero, mire, yo sí que les... les invitaría a que lean la exposición de motivos de la propia Ley 20/2013, de Garantía y Unidad de Mercado, donde más allá de que el propio... dice que sin... que ninguna autoridad pueda obstaculizar directa o indirectamente la igualdad de las condiciones básicas del ejercicio de la actividad económica, al final, lo que nos planteamos es que las autorizaciones, aquellos procedimientos más amplios, de la propia exposición de motivos -y se explican muy bien-, hay que motivar, hay que justificar por qué... por qué no puede ser una declaración responsable, más allá de convertir las declaraciones responsables en excepciones.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. Para un turno de réplica, y por un tiempo máximo de siete minutos y medio, tiene la palabra el señor procurador Briones Martínez.


EL SEÑOR BRIONES MARTÍNEZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Yo, desde luego, tampoco voy a... a estar mucho tiempo, porque seguramente vamos a debatir casi sobre lo mismo dentro de unos días, ¿no? En cualquier caso, sí que es verdad que tenemos una concepción probablemente diferente en lo que son los elementos del... del control efectivo que pretendemos, sobre todo por parte de la Administración. Y sobre todo porque si solamente vamos un poquito ahora mismo a las... a internet y vemos el gran lío que existe en... prácticamente, en las instituciones con el tema de las declaraciones responsables y con las comunicaciones, porque la gente no diferencia lo que es una comunicación de una declaración responsable, y, al final, es un maremágnum, y hay... y, de verdad, hay que poner orden. Yo no sé si esto va a ayudar a poner orden, o, al final, desde luego, nos va a generar algún problema.

Yo creo de verdad que mi grupo parlamentario podría estar de acuerdo en... y, de hecho, está de acuerdo en gran parte de la ley, está en gran... son algunas cuestiones que nosotros queremos asegurar; queremos esta tabla de garantías y queremos, fundamentalmente, que es necesario, bueno, pues que tenga algún control la Administración sobre... sobre estas declaraciones responsables. Yo no sé si se ha levantado algún acta, precisamente, por parte de la Junta sobre alguna declaración responsable que ha incumplido, ¿no? Pero sí que le... sí que le digo al portavoz del Partido Popular que en los juzgados tenemos serios problemas cuando se analizan por unas cuestiones u otras las declaraciones responsables, sobre todo más relacionadas -eso es verdad- con los ayuntamientos. Eso es... es una cuestión que está... bueno, es... prácticamente está al orden del día, y, es verdad, más... muchas veces con relación a una vez que se empezó a aplicar lo que es la ley ómnibus, que es donde... de donde prácticamente nace... nace casi todo, ¿no?

Por lo tanto, vamos a mantener estas enmiendas. Creemos que es necesario... bueno, pues dotarlas de ese control efectivo. Y, hombre, queremos convencerles para que... no queremos que se vaya a perder mucho tiempo, pero quince días para comprobar si una declaración responsable cumple o no los requisitos establecidos, que además son cada vez menos, porque, al final, la declaración responsable va a ser: ¿usted dice la verdad? Al final diremos sí, y ya no queda nada más, y al final si miente, pues ya a ver quién dice que miente. Es decir, los requisitos son mínimos, y cada vez menos, y se van reduciendo. Y nosotros queremos implementar, desde luego, esas garantías, esa seguridad jurídica, y lo que pretendemos también es no poner obstáculos a que las empresas que se quieran implantar lo hagan en el menor tiempo posible, pero siempre... siempre que exista -como nosotros decimos- un control que no pueda generar serios problemas a la Administración. Esperemos, desde luego, el tiempo pondrá las cosas en su sitio, pero, en cualquier caso, sí que le digo que mire con buenos ojos el tema de... que será, seguramente, la ley que más nos... más problemas nos... seguramente puede generar, que es la... la que afecta a la ludopatía, en el tema del juego, en el tema de las distancias, de cara al Pleno. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. En turno de dúplica, por un tiempo máximo de siete minutos y medio, tiene la palabra el procurador Sanz Vitorio.


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

Gracias, señora presidenta. Mire, le iba a dar lectura -pero bueno, seguramente lo haré para... para el Pleno- de algún artículo de la ley ómnibus, a la que usted hacía mención, efectivamente, especialmente cuando dice que deberán elegir las medidas menos restrictivas siempre.

Mire, lo que usted plantea que le preocupa, y que le entiendo, porque los que hemos tenido alguna responsabilidad municipal yo suelo decir que vivimos con esa carga para siempre, para bien y para mal, ¿no?, y al final no... no podemos... no podemos eludirla. Yo creo que es para bien en general. Es verdad que algunos defendemos, incluso, que debería ser obligatorio el paso por la... por la Administración local para... para conocer bien la realidad de algunas cuestiones, porque el papel lo aguanta... lo aguanta casi todo. Lo que pasa es que lo que usted plantea, que efectivamente sería en un ámbito competencial de la propia Administración local fundamentalmente, nos llevaría a una discusión mucho más profunda sobre si algunas de las competencias de la Administración local, especialmente en alguna de las partes de esas competencias, probablemente deberían distanciarse. La Administración local es tremendamente positiva, por su cercanía, para algunas cosas y es tremendamente compleja y complicada de aplicar... más difícil y más compleja de aplicar cuanto más pequeña, porque más cercano es todo, ¿no?, y nos llevaría a una discusión probablemente diferente al respecto.

En cualquiera de los casos, seguiremos hablando y yo creo que... y yo creo que hay un altísimo grado de coincidencia en lo que es la necesidad de avanzar en la línea que plantea, más allá de matices, cuestiones concretas, como las que usted ha planteado aquí, que yo le agradezco enormemente. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. ¿Algún grupo quiere utilizar la de... su fijación de posiciones con respecto a estas enmiendas? ¿No? Pues entonces pasamos a la votación de las enmiendas. Concluido el debate de las enmiendas vamos a proceder a su votación, siguiendo el mismo orden en el que han sido discutidas.

Votación Enmiendas PL/000012

Votamos, en primer lugar, las enmiendas del Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del procurador don José Sarrión Andaluz. En primer lugar votamos las enmiendas agrupadas, votamos las Enmiendas 1, 2 y 3 del Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del señor procurador don José Sarrión Andaluz. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Nueve. ¿Abstenciones? Ocho. Dieciocho votos emitidos. Nueve en contra. Uno a favor. Ocho abstenciones. Por lo tanto, quedan rechazadas.

Votamos... en segundo lugar se somete a votación la enmienda del Grupo Parlamentario Ciudadanos que ha sido debatida. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Nueve. ¿Abstenciones? Ocho. Por lo tanto, dieciocho votos emitidos: uno a favor, nueve en contra, ocho abstenciones. Queda rechazada la enmienda.

Votamos en tercer lugar las... de forma agrupada, las enmiendas del Grupo Parlamentario Podemos que acaban de ser debatidas. Votamos las Enmiendas número 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12. ¿Votos a favor? Dos. ¿Votos en contra? Nueve. ¿Abstenciones? Siete. Por lo tanto, dieciocho votos emitidos: dos votos a favor, nueve en contra y siete abstenciones. Quedan rechazadas.

Votamos a continuación, en cuarto lugar, las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista. Votamos las Enmiendas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 12. ¿Votos a favor? Cinco. ¿Votos en contra? Nueve. ¿Abstenciones? Cuatro. Por tanto, dieciocho votos emitidos: cinco a favor, nueve en contra, cuatro abstenciones. Quedan rechazadas.

Votación PL/000012

Votamos... pasamos, por último, a someter a votación el texto del proyecto de ley propuesto para... por la Ponencia, con las modificaciones que se derivan del... del resultado de las votaciones precedentes. Votación de los Artículos número 1, 2, 3 y 4, Disposición Transitoria, Disposiciones Finales Primera y Segunda, Exposición de Motivos y Título del Proyecto de Ley. ¿Votos a favor? Nueve. ¿Votos en contra? Uno. ¿Abstenciones? Ocho. Dieciocho votos emitidos: nueve a favor, uno en contra y ocho abstenciones. Por lo tanto, queda aprobada la ley y lo... los artículos y todo lo que hemos leído, ¿vale? [Murmullos]. Bueno, lo leo, vamos a ver: queda aprobado los Artículos 1, 2, 3 y 4, la Disposición Transitoria, las Disposiciones Finales Primera y Segunda, la Exposición de Motivos y el Título del Proyecto de Ley.

Concluido por la Comisión el dictamen del Proyecto de Ley de Medidas de Reducción de Cargas Administrativas para Dinamización Empresarial, recuerdo a sus señorías que el plazo para comunicar, mediante escrito dirigido a la excelentísima señora presidenta de las Cortes, los votos particulares y enmiendas que, defendidas y votadas en Comisión y no incorporadas al dictamen, se pretenden defender ante el Pleno finalizará el próximo lunes, día dieciséis de octubre. [Murmullos]. Ah, y si puede ser, por favor, que no agoten el plazo, porque se pretende llevar a este Pleno, ¿vale?

Pues no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a dieciocho horas veinticinco minutos].


DS(C) nº 381/9 del 10/10/2017

CVE="DSCOM-09-000381"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Comisión de la Presidencia
DS(C) nº 381/9 del 10/10/2017
CVE: DSCOM-09-000381

DS(C) nº 381/9 del 10/10/2017. Comisión de la Presidencia
Sesión Celebrada el día 10 de octubre de 2017, en Valladolid
Bajo la Presidencia de: Ana Rosa Sopeña Ballina
Pags. 16782-16804

ORDEN DEL DÍA:

1. Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de informar el Proyecto de Ley de medidas de reducción de cargas administrativas para la dinamización empresarial.

2. Elaboración del Dictamen de la Comisión del Proyecto de Ley de medidas de reducción de cargas administrativas para la dinamización empresarial.

SUMARIO:

 ** Se inicia la sesión a las diecisiete horas quince minutos.

 ** La presidenta, Sra. Sopeña Ballina, abre la sesión.

 ** Intervención del procurador Sr. Briones Martínez (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención de la procuradora Sra. Del Barrio Jiménez (Grupo Podemos CyL) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención de la procuradora Sra. Rosado Diago (Grupo Ciudadanos) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención del procurador Sr. Sanz Vitorio (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día. Ratificación de la Ponencia PL/000012.

 ** El vicepresidente, Sr. Martínez Antolín, da lectura al primer punto del orden del día.

 ** La presidenta, Sra. Sopeña Ballina, de acuerdo con el Artículo 114.2 del Reglamento, somete a la Comisión la ratificación de los ponentes designados por los grupos parlamentarios. Son ratificados.

 ** Segundo punto del Orden del Día. Elaboración del Dictamen PL/000012.

 ** El vicepresidente, Sr. Martínez Antolín, da lectura al segundo punto del orden del día.

 ** La presidenta, Sra. Sopeña Ballina, somete a debate las enmiendas mantenidas por los grupos parlamentarios para la Comisión.

 ** En el debate intervienen los procuradores Sres. Sarrión Andaluz (Grupo Mixto) y Sanz Vitorio (Grupo Popular); Sra. Rosado Diago (Grupo Ciudadanos) y Sr. Sanz Vitorio (Grupo Popular); Sres. Díez Romero (Grupo Podemos CyL) y Sanz Vitorio (Grupo Popular); Sres. Briones Martínez (Grupo Socialista) y Sanz Vitorio (Grupo Popular).

 ** La presidenta, Sra. Sopeña Ballina, somete a votación las Enmiendas, Artículos, Disposición Transitoria, Disposiciones Finales y Título del Proyecto de Ley. Queda dictaminado el Proyecto de Ley de Medidas de Reducción de Cargas Administrativas para la Dinamización Empresarial.

 ** La presidenta, Sra. Sopeña Ballina, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las dieciocho horas veinticinco minutos.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las diecisiete horas quince minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Buenas tardes. Se abre la sesión. ¿Algún grupo parlamentario tiene alguna sustitución que comunicar a esta Presidencia? ¿Por el Grupo Parlamentario Socialista?


EL SEÑOR BRIONES MARTÍNEZ:

Sí. Muy buenas tardes, señora presidenta. Vamos a ver, doña Virginia Jiménez sustituye a Ana Muñoz de la Peña y don Juan Luis Cepa sustituye a José Ignacio Martín.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. ¿Por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León?


LA SEÑORA DEL BARRIO JIMÉNEZ:

Sí. Félix Díez sustituye a Juan Pablo Fernández.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. ¿Por el Grupo Ciudadanos?


LA SEÑORA ROSADO DIAGO:

Sí, buenas tardes. Por el... por... en sustitución de Luis Fuentes Rodríguez, Belén Rosado Diago.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

¿Por el Grupo Parlamentario Popular?


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

Sí, señora presidenta. Por el Grupo Parlamentario Popular, yo creo que es... no es necesario comunicar la sustitución, porque durante toda la tramitación me imagino que... en sustitución de don Ángel Ibáñez. Si no, Juan José Sanz Vitorio sustituiría a don Ángel Ibáñez. Don Julián Ramos sustituye a don Alfonso Centeno, don Juan Jesús Blanco Muñiz a doña Vitoria Moreno Saugar y don Salvador Cruz a doña Rosa Valdeón.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. Por el señor vicepresidente se dará lectura del primer punto del orden del día.

Ratificación Ponencia PL/000012


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN):

Primer punto del orden del día: Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de informar el Proyecto de Ley de medidas de reducción de cargas administrativas para la dinamización empresarial.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. De acuerdo con el Artículo 114.2 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se propone la ratificación de los Ponentes designados por los distintos grupos parlamentarios. Esta designación recayó en los señores don José Luis Aceves Galindo, don Luis Briones Martínez, don Félix Díez Romero, don Jorge Domingo Martínez Antolín, doña María Belén Rosado Diago y don Juan José Sanz Vitorio y don José Sarrión Andaluz. ¿Se ratifica esta designación? Sí.

Por orden... por la... por el señor vicepresidente se dará lectura del segundo punto del orden del día.

Elaboración Dictamen PL/000012


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN):

Segundo punto del orden del día: Elaboración del Dictamen de la Comisión del Proyecto de Ley de medidas de reducción de cargas administrativas para la dinamización empresarial.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

A continuación, pasamos a debatir las distintas enmiendas presentadas al proyecto de ley y que se mantienen para su defensa en Comisión. Antes de comenzar con las intervenciones, anuncio a sus señorías que, siguiendo el parecer manifestado a esta Presidencia por los grupos parlamentarios, la discusión de las enmiendas no se hará... no se hará artículo por artículo, sino para su debate, que se llevará a cabo de forma agrupada para las de cada grupo proponente.

Mediante escrito con... mediante escrito con número 9626 de ingreso, del procurador don... don Luis Mariano Santos Reyero, retira las Enmiendas número 5 y 7, que se mantenían vivas después de la Ponencia.

Pasamos pues al debate de las enmiendas del Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del procurador don José Sarrión Andaluz. Se mantienen para su debate y votación en Comisión las Enmiendas del Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del procurador don José Sarrión Andaluz, números 1, 2 y 3. Para un turno a favor, tiene la palabra, por un tiempo máximo de cinco minutos, el procurador don José Sarrión Andaluz.


EL SEÑOR SARRIÓN ANDALUZ:

Muchas gracias, presidenta. Bueno, pues nosotros planteamos tres enmiendas, que van dirigidas al Título II, de aprovechamientos forestales, es decir, a la modificación de la Ley 3/2009, de seis de abril, de Montes de Castilla y León, que se plantea en el Artículo 4 de la ley que estamos debatiendo.

Concretamente, nuestra primera enmienda se refiere al Artículo 56, el cual aparece modificado en el Artículo 4.2 de la ley que estamos debatiendo, y nosotros lo que plantearíamos es una enmienda de adición a la modificación que propone el texto. Nosotros propondríamos la siguiente adición: "La consejería competente debe emitir informe de comprobación de la conformidad del aprovechamiento a ejecutar con lo dispuesto en el instrumento de ordenación forestal en vigor, antes de la fecha del inicio del aprovechamiento".

Algo similar aparece, como saben sus señorías, en la Ley de Montes que se modifica, y nos parece lógico que la Junta se tenga que pronunciar sobre un aprovechamiento antes de que se produzca. Por otro lado, la Junta de Castilla y León debe certificar que el aprovechamiento entra dentro de lo marcado por los instrumentos de planificación. No nos parece suficiente la propuesta de realizar una declaración responsable. Si no existe la mencionada comprobación por parte de la Junta y el aprovechamiento no respeta el instrumento de ordenación, aunque se sancionara esa acción, el daño al monte ya estaría hecho con anterioridad y, por lo tanto, la sanción sería ineficiente. Por lo tanto, nosotros creemos en la prevención, y ese es el sentido de nuestra primera enmienda.

Nuestra segunda enmienda se refiere, también en el mismo título, a la modificación del Artículo 57. Nosotros planteamos la siguiente propuesta de redacción. Donde dice: "Artículo 57. Aprovechamientos maderables y leñosos en montes sin instrumento de ordenación forestal en vigor", en el punto 1 dice: "Para disfrutar de los aprovechamientos maderables y leñosos en montes que no dispongan de instrumento de ordenación forestal en vigor será necesaria -y aquí viene nuestra modificación a la propuesta de modificación de la ley- la presentación por el titular de la explotación del monte de un plan de aprovechamiento"; y a continuación continuar el texto como venía propuesto, que es: "... y la previa obtención de autorización administrativa de la consejería competente en materia de montes, salvo lo dispuesto en el artículo 57.bis para aprovechamientos de turno corto o domésticos de menor cuantía".

Este requisito que nosotros planteamos es una recuperación de un elemento inicial de la Ley de Montes. Es decir, nosotros creemos que eliminar este requisito lo que supone es que no hay un documento previo donde figura todo lo que se quiere hacer en ese monte. Eliminar el requisito de realización de un plan de aprovechamiento que figura en la Ley de Montes original supone que por parte de quien debe velar por la adecuada gestión de los montes no va a tener conocimiento previo de todo aquello que se presente hacer en dicho monte. Deja, por lo tanto, en absoluta indefensión todos aquellos montes que no tienen instrumentos de ordenación forestal.

Y nuestra tercera enmienda sería también una enmienda de modificación, por la cual, por un lado, añadimos algunos elementos que venían figurados en la Ley de Montes y, por otro, añadimos otros. Dice, en el Artículo 57.1, si nos vamos al punto tercero... perdón, al punto 3, no al 1, dice: "La Consejería competente en materia de montes deberá resolver y notificar su resolución en el plazo máximo de un mes desde la recepción de las solicitudes de autorización administrativa", y añadimos: "... y del plan de aprovechamiento, indicados en este artículo". "El transcurso de dicho plazo máximo sin resolver y notificar habilita al interesado para entender otorgada la autorización por silencio administrativo". Nosotros pensamos que lo más lógico es la redacción en la Ley de Montes en la que el silencio administrativo significaba que estaba otorgada, pero, eso sí, eso sí, añadimos: "La denegación o el otorgamiento de autorización condicionada exigirá una resolución motivada". Es decir, entendemos que la denegación exige una motivación -así figura en la Ley de Montes-; lo que no nos parece lógico es que la denegación, para la que según nuestro argumento hace falta esa motivación, se haga por silencio administrativo. Añadimos, por lo tanto, este aspecto, puesto que ambos... ambas decisiones, denegación u otorgamiento, debe exigir una resolución motivada. Y añadimos también en esta enmienda la idea del plan de aprovechamiento, en coherencia con la enmienda anterior.

Como pueden ver, el sentido general de nuestras tres enmiendas, especialmente la de las dos primeras, puesto que la última es esencialmente de procedimiento, es básicamente proteger al monte, usando los mínimos instrumentos que vienen en la Ley de Montes y que, con las modificaciones que se pretenden, quedarían más desprotegidos, al querer eliminar la comprobación de conformidad del aprovechamiento con lo dispuesto en el instrumento de planificación del monte o, si no hay ese instrumento de planificación, se deja de exigir un plan de aprovechamiento que permita comprobar que se quiere hacer. Por mi parte, nada más. Y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. Para un turno en contra, por el Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra el señor Sanz Vitorio, por un tiempo de cinco minutos.


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

Muchas gracias, señora presidenta. No... en primer lugar, si no hay inconveniente por parte de los grupos parlamentarios, una vez que ha llegado a tiempo, que había tenido un... al parecer un... un imprevisto doña Rosa Valdeón, anularía la sustitución de don Salva Cruz por doña Rosa Valdeón, que ha llegado justo al comienzo, si no hay ningún inconveniente, y la asistente sería doña Rosa Valdeón, que parece ser que ha tenido un incidente con... no previsto. Gracias a los grupos por esta consideración.

Y, a partir de aquí, muy... muy brevemente, señor Sarrión, porque yo creo que en el fondo dos de sus enmiendas, y la tercera quizá es la que requiera de un poco más de... de explicación, pues fundamentalmente son... son contrarias a lo que es el espíritu de la... de la propia reforma que se pretende acometer.

Entre las prioridades de las políticas de la Junta se encuentra ofrecer una respuesta rápida, eficaz a los ciudadanos y, muy especialmente, a las empresas en los procesos de constitución de las mismas y en las tramitaciones de su propia actividad. Y, en ese sentido, usted plantea tres enmiendas.

En el caso de la primera de las enmiendas, realmente lo que usted plantea es una denegación previa en caso de no cumplirse ciertos plazos, y además introduce una carga para montes ya ordenados, ya ordenados y... y con ordenación en vigor, lo cual no deja de sorprender un poco. Por eso los expedientes de ordenación están en perfecta vigencia, ¿no? Por lo tanto, sería contrario a lo que pretende la ley, porque en el fondo estamos introduciendo más cargas y de lo que se trata es de... de sustituirlas. Por lo tanto, si lo que pretendemos es simplificar esas tramitaciones, no parece sensato su primera enmienda.

En el caso de la segunda enmienda, el espíritu un poco viene a ser el mismo, pero además introduce una carga también que, en los montes que no están ordenados, para esos aprovechamientos ni siquiera es un... es una exigencia actualmente por parte de la propia Ley de Montes. Por lo tanto, entendemos que no... no procede la misma.

Y la... y la siguiente... la siguiente enmienda yo creo que hay que verla en el contexto de la propia ley. Hay que tener en cuenta que lo que hace la ley es que reduce los plazos de dos meses a un mes, y es verdad que aplica un criterio de silencio administrativo negativo. Ahora bien, por qué es esto así. Si hacemos lectura del conjunto, y no vamos solamente a una cuestión puntual, hay que tener en cuenta que lo que se hace es suprimir estas tramitaciones, buena parte de estos expedientes, a los turnos cortos, aprovechamientos de menor cuantía, que actualmente suponen aproximadamente el 80 % de los expedientes que se tramitan. Con lo cual, teóricamente, y ese es el espíritu de la... el espíritu de la norma, lo que debe ocurrir a partir de este momento es que no haya ningún inconveniente para poder, en aquellos casos en los que efectivamente sí son aprovechamientos verdaderamente relevantes y que deben de ser tenidos en cuenta, analizados y autorizados, puedan serlo.

Claro, si estamos hablando de aquellos casos en los que además pudiera tener una afección medioambiental, no parece razonable que si, por cualquier circunstancia, hubiera un incumplimiento de los plazos, el silencio administrativo operara de forma positiva. Esa es la razón por la que entendemos que no podemos aprobar sus enmiendas; esta última es coincidente con una enmienda de otro grupo parlamentario. Muchas gracias, en todo caso, por su intervención, señor Sarrión.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

[Intervención sin micrófono].


EL SEÑOR SARRIÓN ANDALUZ:

Sí. Muy brevemente, porque estamos de acuerdo en que lo que hay es un desacuerdo político, es decir, que hay un desacuerdo en el espíritu de la ley. Nosotros estamos de acuerdo en la reducción de plazos administrativos, en la... en la reducción de trabas democráticas, pero, a nuestro juicio, el problema es que esta reducción de trabas que está planteando este proyecto de ley lo que hace es desproteger a los montes.

Lo planteamos, sencillamente, por dos órdenes de argumentos. En primer lugar, porque los propios montes quedan desprotegidos al eliminarse la comprobación de la conformidad al aprovechamiento, con lo que está dispuesto en el propio instrumento de planificación de los montes; con lo cual, a nosotros nos parece que se queda más a merced... a la voluntad de quien vaya a desarrollar ese aprovechamiento. O, por otro lado, que donde no existe un instrumento de planificación de este tipo, se deje de exigir un plan de aprovechamiento para poder permitir la comprobación de lo que se quiere realizar.

En definitiva, nosotros ya hemos estado observando y hemos visto a lo largo del tiempo como muchas veces quien quiere realizar aprovechamientos, incluso con la documentación que se pedía en la propia Ley de Montes, se terminaban cometiendo auténticas barbaridades. Y, por lo tanto, nos parece que, si esto sucedía con la antigua Ley de Montes, con estos cambios en la legislación, nos parece que puede quedar aún más desprotegido. Por lo tanto, nosotros creemos que la eliminación de trabas jamás puede hacerse a costa de eliminar sistemas de prevención de los malos usos. Ese es el motivo que fundamenta nuestras enmiendas. Y, por lo tanto, aquí lo que hay es una diferencia política de trasfondo respecto a esta ley. Por mi parte, agradecerle su intervención. Y nada más.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. En turno de dúplica, tiene la palabra el señor Sanz Vitorio.


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

No. Muy brevemente, solamente para reiterar los argumentos expuestos con anterioridad. Entendemos que tanto la Directiva de Servicios como la propia Ley de Garantía de Unidad de Mercado lo que hace es que invita... hace que las Administraciones tengan que tender, casi con carácter obligatorio, a la reducción de trabas administrativas, y no parece, en ese sentido, que sea coherente con introducir más trabas, e incluso de las que hay en la actualidad.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

En turno de fijación de posiciones, ¿algún grupo... el Grupo Ciudadanos quiere fijar posición con respecto a...? ¿El Grupo Podemos con respecto a...? ¿Y el Grupo Socialista? Tampoco.

Pues entonces, pasamos a continuación a debatir las enmiendas del Grupo Parlamentario Ciudadanos. Se mantienen para su debate y votación en Comisión la Enmienda del Grupo Parlamentario Ciudadanos número 1. Para un turno a favor, y por un tiempo máximo de tres minutos, tiene la palabra la procuradora Rosado Diago.


LA SEÑORA ROSADO DIAGO:

Gracias, presidenta. Pues esta... esta enmienda es en relación al Artículo 4, de la modificación de la Ley 3/2009, del seis de abril, de Montes de Castilla y León. Es una enmienda de sustitución al apartado 3, Artículo 57. Y en... y en el texto de la... de la enmienda decimos que "La Consejería competente en materia de montes debería resolver y notificar su resolución en el plazo máximo de dos meses desde la recepción de las solicitudes de autorización administrativa indicadas en este artículo. El transcurso de dicho plazo sin resolver y notificar habilita al interesado para entender aprobada la autorización por silencio administrativo".

La motivación de esta enmienda de sustitución es que se propone modificar el sentido del silencio administrativo en este artículo, atendiendo al objeto del mismo, como propuesta de simplificación de procedimientos y de reducción de cargas administrativas, ya que, al ser negativo, cargaría el sistema y a los administrados en una reiteración de trámites, siendo conscientes de las dificultades actuales que nos llevan a unos tiempos de resolución, en la mayoría de los casos, muy superiores al mes que se plantea. No tiene ningún sentido, por lo tanto, que el... el silencio sea negativo y a la vez... y a la vez simplifique para el administrado la carga. Hasta ahora era positivo si no se te... si no te contestaban en tres meses, y no se entiende que la modificación beneficie al administrado.

Por lo tanto, nosotros lo que pedimos es que sean dos meses, y el cambio de... de silencio administrativo, que sea a... a positivo. Lo que queremos decir con esto es que si ya... ya se está... ya en la actual ley, cuando presentan todos los papeles, no se está dando de paso en menos de tres meses, pues con un mes no van a tener suficiente y se va a tener que preparar otra vez de nuevo todos los procesos. Esta es para reducir cargas administrativas, esta ley es para la reducción de cargas administrativas, y no creemos que con... como tal y como está redactado vaya a reducir estas... estas cargas.

Por lo tanto... y esto además es una enmienda que nos la ha pasado el sector forestal, con el peso de que ellos saben de lo que estaban hablando a la hora de... de tramitar y a la hora de que ellos ven que, bueno, un mes va a ser imposible que el... que se puedan tramitar este tipo de... de gestiones y que el no... el tener un silencio administrativo no se va a poder llevar y va a haber muchísimo más papeleo. Por lo tanto, como el fin legislativo es reducir trámites, y no... y no lo vemos, por eso hemos decidido mantener viva esta enmienda. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. Para un turno en contra, por el Grupo Parlamentario Popular, y por un tiempo máximo de tres minutos, tiene la palabra el procurador Sanz Vitorio.


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

Sí. Muchas gracias, señora presidenta. Yo quiero, en fin, agradecer también el tono de las explicaciones y, como ha ocurrido en la Ponencia, el espíritu de su grupo al respecto, ¿no? Esta es una enmienda en la que realmente podría reiterar y reitero los argumentos en relación a la enmienda presentada por el señor Sarrión, porque con otros términos, pero literalmente es lo mismo. Es decir, lo que plantea es que, en relación al proyecto, las autorizaciones, en lugar de un mes, pasen a dos meses; circunstancia esta que tengo, sinceramente, serias dudas de que sea algo que quiere el sector. Yo estoy seguro de que así es como se lo han trasladado, no tengo por qué dudarlo, pero me parece enormemente extraño que el sector le parezca mal que una autorización, en lugar de en un mes, prefiriera que se lo den en dos meses. Y esta es una de las partes, y de ahí yo creo que en un mes se puede hacer.

Y ahora viene la otra parte, ¿por qué se puede hacer en un mes? Y es el argumento que elige. Mire, en estos momentos, lo que son los expedientes relativos a los aprovechamientos de turno corto, aprovechamientos leñosos, aprovechamientos de menor cuantía, que requieren una tramitación que es cuasi tan larga como lo pudiera ser aquellos casos en los que son aprovechamientos verdaderamente relevantes, si hemos concluido, a través de la aprobación de la ley, cuando esto se produzca, que queda suprimida esas tramitaciones, porque será suficiente con una comunicación, eso significa, según los datos que yo he podido recabar, que estamos hablando del 80 % de los expedientes. Mire, como yo tengo una absoluta confianza en la diligencia de los... de los funcionarios, este caso, fundamentalmente, de la Consejería de Medio Ambiente, una vez que se descargue del 80 % de los expedientes, estoy seguro que a ese 20 %, que son los verdaderamente relevantes y que pudieran tener su inadecuación verdaderamente consecuencias desde el punto de vista medioambiental, estoy seguro que van a ser capaz de atenderlos en un mes.

Pero imaginemos -lo que decía antes- que por cualquier circunstancia, porque todo el mundo es humano, porque se pueden dar circunstancias que impidan que eso sea así, estaríamos diciendo que, por una parte, lo que dice la enmienda... lo que dice la enmienda tiene su aquel, ¿eh?, dice que aquello que se pueda hacer en un mes que se haga en dos meses; y, por otra parte, dice que en aquellos casos en los que teniendo en cuenta que los únicos expedientes afectados son aquellos que pudieran tener afección ambiental, si por cualquier circunstancia (ruido, imposibilidad, negligencia de alguien...) no se ha podido revisar, que se autorice. ¿Sabe cuál es el problema? El problema es que una actuación de esas características en un caso relevante supone que el período de regeneración del monte, en el mejor de los casos, es de 30 años. Parece más sensato tener que revisar y andar nuevamente sobre nuestros pasos, si fuera necesario, porque se ha... y hay que tramitarlo nuevamente y que se revise, a cometer un error de esas características, aplicar el silencio administrativo positivo, y eso... bueno, si le hablo en el caso de los montes, por ejemplo, de mi pueblo, son 100 años.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. En turno de réplica, por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, y por un tiempo máximo de minuto y medio, tiene la palabra la señora Rosado Diago.


LA SEÑORA ROSADO DIAGO:

Estando de acuerdo en el fondo, sin embargo, es que es el sector el que nos lo ha pedido, y es el sector el que sabe que ahora mismo esos expedientes no se están cumpliendo en el plazo de un mes. Como no les podemos dar la... o sea, no les podemos asegurar cien por cien de que se vaya a cumplir que un silencio negativo les supone muchísima carga administrativa, y como estos funcionarios, sí que es verdad, dentro de su competencia, sabemos que no van a dejar pasar estos dos meses sin dar una respuesta, pues hemos preferido, o preferimos, mantener esta enmienda porque nos parece beneficiosa y porque, sobre todo, es el imperativo de la ley, que es reducir las cargas. Ante esa posibilidad, pues nosotros vamos a mantenerla y seguro, estoy convencida, de que en el Pleno llegaremos a un acuerdo o... o, si no... bueno, por lo menos lo intentaremos. Y tenemos este tiempo para... para poder llegar a un acuerdo, que a lo mejor esos dos meses pasan a ser en vez de silencio... como pide aquí, que es el silencio administrativo, sino... sino a los dos meses que fuera negativo. Pero el caso es que llegaremos a un acuerdo. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. En turno de dúplica, tiene la palabra el señor procurador Sanz Vitorio.


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

Muchas gracias. Nada. Señora Rosado, muchas gracias por su tono. Solamente para reiterar los argumentos y, desde luego, como en todas las enmiendas que permanezcan vivas, la voluntad es seguir trabajando en la misma línea que lo venimos haciendo hasta ahora.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. Pasamos a continuación al debate de las enmiendas del Grupo Parlamentario Podemos. Ah, perdón. ¿Algún... algún... quiere fijar posiciones algún grupo? No. Bien. Pues pasamos a continuación a las enmiendas del Grupo Parlamentario Podemos. Se mantienen para su debate y votación en Comisión las Enmiendas del Grupo Parlamentario Podemos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12. Para un turno a favor, por el Grupo Parlamentario Podemos, y por un tiempo máximo de quince minutos, tiene la palabra el procurador Díez Romero.


EL SEÑOR DÍEZ ROMERO:

Muchas gracias, presidenta. Bueno, desde nuestro grupo político hemos presentado una serie de enmiendas -una docena, más concretamente- a este Proyecto de Ley de Medidas de Reducción de Cargas Administrativas para la Dinamización Empresarial. Si vemos que en este proyecto la exposición de motivos habla de que uno de los objetivos es la implantación de mayores empresas en la Comunidad Autónoma, vemos claro que este proyecto legislativo, a nuestro juicio, no se ajusta a esta exposición de motivos.

Nosotros hemos presentado dos enmiendas al Título I, un Título I que modifican la Ley 7/2006, de dos de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Castilla y León. En el sentido de nuestras dos enmiendas para esta modificación de ley es prácticamente el mismo, creemos que nuestras dos enmiendas aportan mayor control y seguridad jurídica. En la primera enmienda añadiríamos, dentro de una... dentro de la modificación del Artículo 13, añadiríamos un punto más, que sería un punto 3.º, que sería un punto reiterativo que creemos que da una... un mayor control y seguridad jurídica a esta modificación que se pretende. Este punto sería así... quedaría como el siguiente: "La acreditación de los requisitos establecidos en la presente Ley deberá producir... producirse con carácter previo -y ahí está nuestro añadido- a la concesión de la correspondiente licencia ambiental, cuando proceda, recogiéndose esta circunstancia en la misma". Creemos que queda más especificado de esta manera.

Nuestra segunda enmienda es una enmienda que modifica el Artículo 16, de actividades recreativas y espectáculo públicos compatibles, y también es una enmienda de adición que creemos que le da mayores garantías jurídicas, que dice así, en... es un añadido que dice: "Las actividades declaradas expresamente incompatibles no podrán ser desarrolladas -y subrayo- y solo se podrán realizar la actividad o actividades expresamente autorizadas". Es decir, si coinciden dos actividades, subrayar, y una se autoriza y otra no, que no se pueden autorizar las dos, sino solo la que ha sido autorizada. Creemos que, aunque sea reiterar lo obvio, da mayores garantías de seguridad jurídica.

La segunda parte de nuestras enmiendas obedecen al... también al Título I de esta ley, pero a la modificación de la Ley 4/1998, de veinticuatro de junio, Reguladora del Sector del Juego y de las Apuestas de Castilla y León. Nosotros no estamos cómodos con la simplificación administrativa que se produce en esta ley para este sector del juego, y no estamos cómodos con que siempre sea el sector del juego en Castilla y León uno de los beneficiados por las políticas del Partido Popular. Lo hemos reiterado en muchísimas ocasiones, en diferentes debates parlamentarios, y, desde luego, no voy a ahondar aquí en los motivos por los cuales desde... a nuestro grupo político no le parece que una ley de simplificación de cargas administrativas tengan que favorecer a todo un sector, como es el sector del juego.

Por lo tanto, el sentido de nuestras enmiendas no podía ser otro que intentar evitar, en la medida de lo posible, que estas cargas... esta ley de simplificación de cargas administrativas pueda favorecer a este sector de una manera que no consideramos razonable. Nuestra Enmienda número 3 habla del período máximo de explotación. Se propone la modificación del apartado 4 del Artículo 14, y habla de que el período máximo de explotación será de cinco años desde la apertura de la sala de bingo, o desde... en esta modificación se pretende ampliar a diez. Y, desde luego, si no hay inspección y no hay licencia, en este momento no podemos estar de acuerdo con que se amplíe a diez años; nosotros podríamos estar de acuerdo con una ampliación a diez años si hubiera unas inspecciones suficientes en la Comunidad Autónoma, pero conocemos y sabemos que no las hay.

La Enmienda número 4 va en el mismo sentido, el período máximo... o sea, también es una modificación del Artículo 16, que pasaría a ser el Artículo 15 y quedaría redactado como sigue, es una modificación que dice que el período máximo de explotación será de cinco años desde la apertura del salón de juego. Esta autorización de instalación podrá ser renovada. En la misma línea que la Enmienda número 3.

La Enmienda número 5 también va en la misma línea que la Enmienda número 3 y la Enmienda número 4, es coherente con el resto de nuestras enmiendas.

La Enmienda número 6 es un poco diferente al resto de enmiendas que hemos presentado en esta línea y creemos que obedece a una mayor regulación. En esta enmienda se propone una modificación del primer párrafo del Artículo 17, que queda redactado como lo siguiente en nuestra propuesta de modificación: en los establecimientos citados en el anterior párrafo que tengan una superficie igual o superior a 60 metros cuadrados y... excluidos los aseos, podrá... podrá autorizarse la instalación de una máquina más, que deberá ser de las previstas en la letra d) del Artículo 2 del Artículo 18 de esta ley, según se determine reglamentariamente.

Y nuestra Enmienda número 7 va en consonancia con las Enmiendas número 3, 4, 5... y 5, y habla de que los documentos profesionales serán expedidos por un plazo de cinco años y no de diez, y que podrán ser renovados por idéntico período. Como ya digo, si no hay inspecciones, creemos que no hay motivación para aumentar los plazos.

Nuestra... el resto, nuestras últimas cuatro enmiendas... bueno, nos queda la Enmienda número 8, también, que es en coherencia con otras... que es también en coherencia con las mismas enmiendas que hemos presentado, con la 3, con la 4, con la 5 y con la 7.

Y luego tenemos otras cuatro enmiendas al Título II de esta ley, que son modificaciones en materia de aprovechamientos forestales, que se modifique la Ley 3/2009, de seis de abril, de Montes de Castilla y León, y creemos que nuestras enmiendas ofrecen mayores garantías ambientales para protección de nuestros... de nuestros montes.

En nuestra Enmienda número 9 proponemos la modificación del apartado 1 del Artículo 4, modificando el Artículo 51, que en nuestra... en nuestra modificación decimos que el plazo del... "el vencimiento del plazo máximo de 15 días sin haberse notificado la resolución sobre el otorgamiento de la licencia desestima la solicitud del interesado". En nuestra opinión, esto ofrece mayor protección a los bosques de nuestra Comunidad Autónoma. También -no voy a reiterar los argumentos, pero los ha ofrecido también el procurador de Izquierda Unida- hemos visto como la actual Ley de Montes no ha servido muchas veces para proteger muchos de los aprovechamientos forestales de la Comunidad Autónoma.

En nuestra Enmienda número 10, en la que se modifica... se propone una redacción del apartado 2 del Artículo 4, y se modifica el Artículo 56, queda redactado, en nuestra modificación, como... como planteamos: "Si en el plazo de un mes la Consejería competente en materia de montes no se expresara en relación con la declaración responsable, se entiende desestimada la solicitud. La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a la declaración responsable, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas que se hubiera lugar". Creemos que esto aporta seguridad jurídica, creemos que el plazo de un mes es un plazo perfectamente suficiente para la Consejería resuelva este tipo de... las declaraciones responsables, y, si no ha resuelto las declaraciones responsables, no puede ser por una... no puede ser porque no haya personal, simplemente tiene que ser porque se esté desestimada. Yo creo que aquí es una enmienda que no es coincidente con alguna de las que se han planteado por los diversos grupos, pero, en el fondo, sí que lo puede ser.

Nuestra Enmienda número 11 habla de una modificación del Artículo 4.3, se modifique el Artículo 57, de aprovechamientos maderables y leñosos en montes sin instrumento de ordenación forestal en vigor. Y en nuestra modificación se añade, durante el punto 1: "Para disfrutar de los aprovechamientos maderables y leñosos en montes que no dispongan de instrumento de ordenación forestal en vigor será necesaria la previa obtención de autorización administrativa de la consejería competente en materia de montes -y ahora añadimos-, así como la presentación por el titular de la explotación del monte de un plan de aprovechamiento". Creemos que un plan de aprovechamiento no supone tampoco una carga muy añadida para los propietarios de los montes, y pensamos que esto puede favorecer también el desarrollo ambiental de nuestros bosques.

En nuestra Enmienda número 12 se propone una modificación en la ley... en el Artículo 4.4, se añade un Artículo 57 bis, con la... con la siguiente redacción: en vez de decir que las... las combinaciones de especies y turnos conjuntamente tratados deben ser tratados por la Consejería correspondiente, nosotros decimos que deberían ser tratados por el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León. Esa es la modificación de nuestra enmienda. Y ya no... no tengo nada más que añadir. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. Para un turno en contra, por el Grupo Parlamentario Popular, y por un tiempo máximo de quince minutos, tiene la palabra el señor procurador Sanz Vitorio.


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

Muchas gracias, señora presidenta. Básicamente, es reiterar algunos de los planteamientos ya... ya hechos aquí, porque hay coincidencia en algo con alguno que se ha realizado ya por parte de algún grupo parlamentario. Es decir, de lo que estamos hablando es de reducción de cargas administrativas, de reducción de procedimientos y de tramitación de expedientes, no solamente en el tiempo, sino en el volumen de los mismos. Y, además, estamos hablando, en algún caso, de algunos sectores que ya tienen una enorme cantidad de controles, tanto internos como externos.

Claro, a partir de ahí, partimos -salvo cuestiones puntuales en algún caso, que... que podremos detenernos- de una concepción radicalmente diferente de lo que es la simplificación administrativa, y nunca la simplificación administrativa puede ser ni más tiempos ni más requisitos de lo que en la actualidad se exige a estas actividades.

El caso de la Enmienda número 1 y número 2, pues efectivamente, nosotros entendemos que ya están debidamente previstos los aforos, etcétera, en el Artículo 8.3, y no es necesario la... la enmienda en ese sentido. Porque, claro, es que la Enmienda número 2 es absolutamente innecesaria, porque en este sector, y en cualquier sector, las únicas actividades que pueden ser realizadas son aquellas que están autorizadas. Es evidente que ninguna actividad no autorizada en ningún sector puede ser realizada. Claro, en fin, podemos llenar de... de literatura la propia norma, ¿no?, pero no creo que eso fuera... fuera nada positivo para la misma ni mejoraría nada, ¿no?

En el caso de las... del grupo de la 3, la 4 y la 5, pues me reitero, ¿no?, y yo creo que estos son sectores tremendamente... tremendamente controlados y sujetos a controles, repito, de ámbito interno y externo. Y, además, con distintos ámbitos competenciales también desde el punto de vista de la inspección. Si ya son excesivos, introducir más creo que sería contraproducente. En cualquiera de los casos, seguiremos hablando desde aquí hasta el Pleno, y tampoco voy a extenderme mucho más en este sentido.

El número 6 pues creemos que ya está recogido, y... hombre, tanto el Artículo 12.2, que se dirige a los titulares de la hostelería, como el 17, a los... a las empresas operadoras, y está debidamente recogido.

En la número 7, es que se trata de implementar la Ley de Garantía de Unidad de Mercado, y eso es lo que pretende la modificación, ¿no?

La Enmienda número 8, ya se lo dije también en Ponencia, me parece absolutamente coherente, es decir, lógicamente, la Enmienda número 8 ustedes tienen que hacerla y nosotros no podemos... no podemos aprobarla, de la misma manera que la aprobaríamos si hubiéramos aceptado el conjunto de sus enmiendas, porque es coherente con el... con lo que sería el resultado del proyecto de ley, atendidas sus enmiendas, desde el punto de vista del procedimiento sancionador.

La número 9, pues... y la número 10 son contrarias, como las anteriores, al propio objetivo de la ley. Lo mismo que ocurre con la número 11; no voy a reiterar que la propia Ley de Montes no obliga a presentar esos planes de aprovechamiento.

Y la número 12 pues, realmente, también complica enormemente, y, sinceramente, no creo que aporte nada más. La Ley de Montes dice "el órgano competente", y el órgano competente en el caso de la Comunidad es la Consejería, en este caso, de Fomento y Medio Ambiente, ¿no? Derivar eso al Consejo de Gobierno me parece absolutamente innecesario y contraproducente.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. En turno de réplica, por el Grupo Parlamentario Podemos, por un tiempo máximo de siete minutos y medio, tiene la palabra el procurador Díez Romero.


EL SEÑOR DÍEZ ROMERO:

Gracias, presidenta. Bueno, no me voy a extender mucho. Agradecer el tono también empleado por el portavoz del Grupo Popular. Seguiremos hablando de aquí hasta que lleguen al Pleno las enmiendas, aunque sí que es verdad que observo que no hay muchas coincidencias entre... entre nuestros grupos, pero yo creo que alguna... alguna puede haber. Pero, bueno, ya iremos hablando, y el debate que se tenga que producir pues me imagino que se producirá en el Pleno, donde habrá más profusión en los argumentos por parte de los diferentes grupos políticos. Hemos tenido varias Ponencias, hemos tenido ahora esta sesión de la... de la Comisión de Presidencia, y, desde luego, por nuestro grupo político no va a ser para intentar llegar a algunos acuerdos en esta materia. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

[Intervención sin micrófono].


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

Sí. Muchas gracias también a usted por el tono. Y algo más, o sea, yo quiero... quiero agradecerle... o sea, ante todo, reiterarle nuestra disposición a seguir hablando al respecto. Y me parece que es... es de justicia y un obligado reconocimiento a que la actitud, ya que no... esas cosas casi nunca constan en Ponencia, para poder sacar adelante algunas de las... de las enmiendas que se aprueban en Ponencia es necesario que por parte de todos los grupos haya voluntad de que así sea, incluso en aquellos casos en los que uno puede no estar de acuerdo. Yo quiero que quede constancia de mi agradecimiento al comportamiento de su grupo.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. ¿Algún grupo quiere utilizar la fijación de posiciones? ¿Ninguno? Bueno, pues entonces pasamos al... a 4 enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista. Se mantienen para su debate y votación en Comisión las Enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista número 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10... no, 9, 11, 12 y 14. Para un turno a favor, y por el Grupo Parlamentario Socialista, y por un tiempo máximo de quince minutos, tiene la palabra el procurador Briones Martínez.


EL SEÑOR BRIONES MARTÍNEZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Bueno, yo voy a empezar por el final. Es verdad que se... en la Ponencia se ha trabajado muy bien, que hemos hecho nuestras aportaciones, nuestras enmiendas, algunas son estimadas y algunas son presentadas y coincidentes con otros grupos, sin embargo, bueno, pues no se... hasta ahora... ahora no se han... no se han estimado, y, por lo tanto, permanecen algunas diferencias en cuanto al fondo y la forma.

Y, bueno, pues matizar que nosotros hemos... -como bien ha dicho la presidenta- hemos presentado 14 enmiendas, todas ellas al texto articulado de la ley (6 a la de espectáculos públicos, 3 a la ley reguladora del juego y 5 a la Ley de Montes de Castilla y León), de las que han sido transaccionadas, ¿eh?, en Ponencia ya 3, se ha retirado también una; por lo tanto, vivas para su debate quedan realmente diez... diez enmiendas.

Con relación a las leyes que modifica, fundamentalmente la de espectáculos públicos y actividades recreativas, nuestras enmiendas van dirigidas fundamentalmente en el sentido de reflejar o aumentar las garantías de forma expresa para la Administración, ante la sustitución de las autorizaciones administrativas por la presentación de declaración responsables y de comunicaciones, en las que se disminuyen la documentación a aportar y se acortan los plazos.

Nuestras primeras enmiendas, fundamentalmente la primera, es de adición al Artículo 2.º, a la letra g), que establece que se entenderá por titular de un establecimiento público la instalación... perdón, público o la instalación la persona física o jurídica que solicite la correspondiente licencia o autorización, o presentación ambiental para la puesta en funcionamiento del referido establecimiento o instalación. Es de adición, y decimos que deberá ser... concretamente dice: "... será comprobada de oficio por la administración competente en el término de 15 días desde su conocimiento, para ejercitar las facultades de comprobación, control e inspección". Es una constante, en la mayoría de esas enmiendas que nosotros presentamos, en el aumento de que son las garantías y la seguridad jurídica.

La segunda enmienda es de adición al Artículo 8.3: "En la licencia ambiental o en la comunicación ambiental, según disponga la normativa en materia de protección del medio ambiente, se especificará el aforo máximo permitido del establecimiento o instalación que corresponda y el número máximo de personas que puedan actuar en él, de conformidad con la normativa de aplicación, así como el tipo establecimiento público o instalación que corresponda, atendiendo a la clasificación realizada en el catálogo que se acompaña como anexo a la presente Ley y la naturaleza de los espectáculos públicos o actividades recreativas que se van a ofrecer". Y la adición que planteamos: "... sin que en ningún caso pueda vulnerarse la... -en este caso- la normativa vigente".

La tercera enmienda, también es de adición al Artículo 13.1, dice que las comunicaciones ambientales, así como las licencias y autorizaciones concedidas por los ayuntamientos a los titulares de establecimientos o instalaciones, permanentes o no, solo habilitarán a estos para el desarrollo de los espectáculos públicos o actividades recreativas para que en ellas se consigne y compruebe. Adicionamos: "... facultándoles para clausurar la actividad en otros casos".

El motivo por el que se presentan, fundamentalmente, este tipo de enmiendas con este... con estas garantías es porque no se comprueba nunca realmente, o casi nunca se están comprobando, lo que dicen las declaraciones responsables, y llega un momento que se presenta una declaración responsable, no sabemos si cumple los requisitos o no, porque realmente, bueno, pues no existe esa... esa comprobación, y, por lo tanto, yo... nosotros queremos rescatar, precisamente, esas... esas facultades sin entorpecer lo que es el objeto fundamentalmente de la ley.

La número 4 y 5 son enmiendas de supresión del Artículo 13.2 y del 15.1. El 13.2 establece que "Para la realización con carácter esporádico u ocasional de espectáculos públicos o actividades recreativas distintas de las consignadas en las comunicaciones ambientales o licencias, deberá obtenerse la previa autorización del correspondiente Ayuntamiento". Nosotros proponemos su... suprimir esto: "... salvo -que es lo que viene- en el caso de que todas las actividades o espectáculos a realizar estuvieran sometidas al régimen de comunicación ambiental". Creemos que es necesario suprimir la nueva modificación, sencilla y llanamente, porque puede suponer un engaño en su comunicación, cuando no una mala fe, que puede tener efectos o generar responsabilidades frente a terceros.

La quinta, que es la... al Artículo 15.1, dice que cuando los... Va en el mismo sentido exactamente que la... que la anterior, por lo tanto, aquí es verdad que habla de cuando los espectáculos públicos o las actividades recreativas no se encuentren amparadas por ninguna de las comunicaciones ambientales, licencias o autorizaciones, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 13, será preceptiva la previa obtención de autorización municipal para el desarrollo de cada uno de los espectáculos públicos y actividades recreativas reguladas por esta ley que se desarrollan íntegramente en el término municipal. Como digo, va en el mismo sentido, fundamentalmente, que la anterior, y nosotros creemos que es mejor que se suprima precisamente esto, en la parte que dice que salvo en el caso que todas las actividades o espectáculos públicos a realizar estuvieran sometidos al régimen de comunicación ambiental. Porque ahí se demostraría que pudiera existir mala fe en la presentación de lo que es esa declaración.

Con la relación a la Enmienda número 6, es otra... es una enmienda de sustitución al Artículo 19.3, fundamentalmente dice: "No obstante lo previsto en el apartado anterior, dichos horarios podrán ser ampliados o reducidos con ocasión de la celebración de fiestas locales, eventos especiales o singulares, tales como ferias, festivales u otros certámenes locales o populares, así como en atención a la afluencia turística o duración del espectáculo -y aquí es la parte que proponemos sustituir-. Para ello, los Ayuntamientos o los interesados podrán presentar una declaración responsable sobre el horario a realizar...". Nosotros entendemos que solamente han de ser los ayuntamientos y/o las Administraciones públicas, es decir, las que podrán presentar, en este caso, esas declaraciones responsables. Sencillamente por una razón, y es que sería un auténtico disparate que los, por ejemplo, en este caso, los feriantes pudieran decidir por sí mismos si se da una circunstancia especial, y la recojan en una declaración responsable, y al final incluso pongan el horario que quieran sin contar para nada con el ayuntamiento.

Estas son las enmiendas con relación a lo que ha sido la... la primera de las leyes, la de espectáculos públicos y actividades recreativas.

Con relación a las enmiendas relativas a la modificación de la Ley 4/98, en el tema del juego y apuestas, hemos presentado tres enmiendas. Una muy sencilla, que tampoco... no sabemos cuáles son los motivos, fundamentalmente la distancia, estamos hablando de una modificación a una actividad muy sensible, que ha de ser estudiada con mucho cuidado, sobre todo de cara a los efectos que puede tener una declaración responsable en la lucha efectiva contra la ludopatía. Por eso mi grupo presenta con relación a las mismas... nosotros lo decimos claramente -me parece que lo ha dicho también uno de los portavoces anteriores-, queremos entorpecer la continua apertura de salas de juego, y proponemos, por lo tanto, que las medidas pasen, en este caso, en la séptima de las enmiendas, de 300 a 500 metros.

La octava de nuestras enmiendas, que es la segunda a esta ley, es al Artículo 12.2, que establece que, previa presentación de una declaración responsable, podrán practicarse los juegos y apuestas en establecimientos en los que las actividades de juegos y apuestas sean actividad. En fin, fundamentalmente lo que nosotros planteamos es que las... en este caso, las declaraciones responsables tienen que ser examinadas en el plazo de 15 días desde su presentación ante la Administración competente. Volvemos, por lo tanto, a incidir en lo mismo que en alguna de las otras enmiendas, y sobre todo en este tema que, como hemos dicho, es muy sensible, está creando serios problemas en muchas familias, como es la ludopatía, y, por lo tanto, con el tiempo incluso se podría darse la exigencia de responsabilidades a la Administración si estos establecimientos incumplieran los requisitos de la declaración responsable en estas materias que son competencia exclusiva, por lo tanto, de la Junta de Castilla y León.

Nosotros nos gustaría saber, en ese sentido, cuántas veces han ido a comprobar si han cumplido los requisitos. O simplemente hemos visto en algunos casos cómo se abren algunos establecimientos y se cierran... se cierran al medio año, si al final resulta que ni tan siquiera se ha comprobado si cumplía los requisitos establecidos la declaración responsable.

La... la novena de las enmiendas, en este caso es al Artículo 39.1, y es la tercera, precisamente, a esta ley, y... y sustituimos algo que además debatimos, yo creo, casi pormenorizadamente el otro día en la... en la Ponencia, sustituimos "indicios graves o muy graves" por "elementos de prueba constatables". Mantenemos... nosotros creemos que a la hora de constatar la comisión de una infracción, bueno, pues tenía que ser no solamente meros indicios, sino algunos elementos de prueba constatables. Creemos -para nosotros- que esta redacción ofrece muchas más... muchas más garantías.

En cuanto a las enmiendas relativas a la Ley de Montes de Castilla y León, aunque seguramente mi compañero hará algún matiz, porque es verdad que habíamos presentado cinco de las enmiendas, de las que han sido transaccionadas en la Ponencia tres, que no se han... además, no se han incorporado, es verdad, al articulado correspondiente al que iban dirigidas, que son la 10, la 11 y la 13, relativas al uso preferente de la tramitación electrónica por parte de la Administración, pero, es cierto, se ha modificado el título, se ha modificado el Título Preliminar, el Artículo punto... Artículo 1, apartado 2, referido a la finalidad de la ley, haciendo una ampliación importante de la misma y recogiendo el sentir, como hemos dicho, de nuestro grupo y del resto de los grupos parlamentarios.

Por tanto, aquí quedaría solamente viva una, que me parece que es la número 12, si no me equivoco. Fundamentalmente, bueno, sería importante por nuestra parte que la Consejería, en materia de montes, pudiera establecer o desarrollar reglamentariamente las condiciones indicadas en la ley, tratando de completar ese Artículo 46. Por lo tanto, fundamentalmente va en ese sentido.

Nosotros, mi grupo parlamentario considera, por tanto, globalmente, que es necesario que nuestra Comunidad Autónoma establezca las condiciones óptimas para la implantación de las empresas, reduzca los costes y plazos. Pero eso, eso, no es óbice para que la Administración se limite... se vaya a limitar a ser un mero convidado de piedra y mero registrador, que da entrada o no a las declaraciones responsables o comunicaciones sin controlar si eso se cumple o no, si los requisitos establecidos en ella son al final o no son los que dicen ser. Y esto no se puede convertir en lo que es la ley de la selva. Sin que la Administración tenga ningún control efectivo sobre las mismas, algunas empresas -seguramente amparándose en las declaraciones responsables y comunicaciones, como he dicho además antes- aparecen y desaparecen como las setas, sin que muchas veces, y eso lo decimos, desde luego, habiéndolo comprobado si... que muchas veces se haya comprobado si cumple los requisitos establecidos.

Y finalizo, porque además sí que nos gustaría... nos gustaría que, de cara a lo que es la ley del juego, un asunto tan importante como la modificación que afecta a los... a los metros, bueno, pues saben ustedes que está generando un gran problema social y además en Castilla y León es una... es una auténtica lacra, y sí que me gustaría de verdad que miraran con lupa fundamentalmente lo que es la implantación de estas salas de juego, porque creemos que una... algo es muy importante, desde luego, de la recaudación, pero seguramente el drama social que lleva consigo a veces no es lo más acertado en... para los ciudadanos de nuestra Comunidad. Les instamos a que revisen, sobre todo, el tema de los metros de nuestra Enmienda número 7. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. Para un turno en contra, por el Grupo Parlamentario Popular y por un tiempo máximo de quince minutos, tiene la palabra el señor procurador Sanz Vitorio.


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

Muchas gracias, señora presidenta. Muchas gracias, señor Briones. En primer lugar, entiendo porque la Presidencia ha leído -yo me acerqué a la mesa porque entendía que erróneamente- la Enmienda número 11, que, efectivamente, fue asumida en Ponencia en los términos en los que se incluyeron todas las que eran de este tenor y fue pactado por todos los grupos. Por lo tanto, digo a efectos de que quede constancia, porque en la documentación de la Comisión, la Enmienda número 11 que ha leído la presidenta no... no constaba.

Y también he creído interpretar que se retira la Enmienda número 14, ¿eh? Cosa que agradezco, porque, efectivamente... y además no me duelen prendas reconocer que la lectura que realizaba el señor Aceves parte también la compartía yo -la misma lectura-, y lo que ocurre es que, probablemente, cuando uno está mucho rato leyendo conviene de vez en cuando parar un poco, vuelves a leer y te das cuenta que la lectura que se estaba haciendo no era la correcta. Nos dimos cuenta y, por lo tanto, yo agradezco -y no me importa a mí reconocerlo también- que hacía una lectura, si no exactamente igual a la suya, muy... muy parecida, ¿no?

Bien, a partir de aquí, pues brevemente, porque yo creo que habrá más tiempo en el Pleno y hay algún asunto que todavía de cara al Pleno podemos... podemos echarle un vistazo, ¿no? Pero, mire, de la intervención del señor Briones uno llega a la conclusión -que ya llegó en Ponencia- que no le parece bien las declaraciones responsables. Creo que hasta ahí podemos estar de acuerdo. Y, claro, tenemos un serio problema en aquellas enmiendas que usted plantea a partir de esa cuestión, que me parecen las... las más sustantivas.

Porque, mire, si analizamos enmienda por enmienda -como usted lo ha hecho- muy brevemente, la número 1, pues es una cuestión de discrepancia por técnica normativa, ¿no? En un artículo de definiciones no parece, desde el punto de vista de la técnica normativa, razonable hacer desarrollo normativo, más allá de los propios conceptos.

La número 2 nos parece innecesario. Había una enmienda parecida del Grupo Parlamentario Podemos. Pero, claro, dice: es consustancial al orden constitucional el cumplir la normativa vigente. Claro, introducir en un... en un artículo "se cumplirá la normativa vigente", pues me recuerda a aquello de "y seremos buenos y benéficos". Claro, pero si es que claro que hay que cumplir la normativa vigente, como no puede ser de otra manera. Si quiere añadimos "se cumplirá la normativa vigente", y después añadimos "como no podrá ser de otra manera", y en la que todos estaremos de acuerdo, ¿no? Yo creo que no... no es relevante y yo creo que usted coincide conmigo en esto.

La 3, la 4 y la 5. En el caso de la 3, aparte que... de que su redacción es más confusa, yo quiero decirle que afecta, además, a legislación básica, ¿no?, a la Ley de Garantía de Unidad de Mercado. En la número 4 vulneraría lo dispuesto en la ley sectorial ambiental. Por lo tanto, tampoco sería posible. Y luego, en la número 5, usted pide que se tramite como autorización supuestos que la actual Ley de Prevención Ambiental contempla como de comunicación. Por lo tanto, estaríamos... en lugar de reducir los... las tramitaciones, estaríamos incrementándolas. Pero es verdad que... -estamos de acuerdo, y eso sí me ha quedado muy claro- que a usted no le gustan las comunicaciones... las declaraciones responsables.

La número 6. Usted dice que solamente puedan realizarlo... puedan realizarse a iniciativa de las Administraciones, pero es que la actual normativa permite que también lo puedan hacer... puedan estar los particulares. Por tanto, si estamos tratando de reducir, sería contrario.

La 7 y la 8 ya le he dicho que... si no ha sido a usted, se lo he dicho también a otro grupo. Nosotros entendemos que este es un sector que está tremendamente, tremendamente, controlado, ¿no? Es verdad... es verdad que uno tiene la tentación de incluir el problema social de las ludopatías. Mire, yo me he reunido hace una semana con... con la asociación de ludópatas a nivel nacional, y también de aquí -con Ajupareva me he reunido en más de una ocasión-. Ahora bien, lo que no podemos es trasladar esa existencia de ese problema a actitudes de prohibición de actividades que recordaría otras épocas, ¿eh? Son otros los caminos que tiene que haber para atajar aquí. Yo me parece que... estoy seguro que ese no es su espíritu en esta cuestión, pero debemos tener... ser muy cuidadoso... muy cuidadosos con este asunto.

Claro, la número 9 la discutimos ampliamente, y yo sigo manteniendo que es jurídicamente, sustancialmente, distinto indicio de prueba. Usted dice, cuando... claro, es que lo que usted plantea, en cierta medida... sí que le voy a reconocer que, en cierta medida, agiliza las tramitaciones, sobre todo de los expedientes, determinados expedientes, como estos, ¿eh?, sancionadores o de cualquier otro tipo. Porque, claro, si usted lo que dice es que el expediente le iniciemos cuando no haya dudas sobre las pruebas... Hombre, las pruebas es algo que te... que una vez que hay indicios, en la tramitación del propio expediente, habrá que determinar si había pruebas o no suficientes y habrá que resolver en función de las pruebas, pero si le iniciamos cuando ya está todo claro, lo que hacemos es que resolvemos el expediente, no le abrimos ahí. Entonces no puede ser: una cosa es el indicio y otra cosa es la prueba. En un caso es el elemento que nos permite iniciar un expediente, en otro... en el otro se producirá... lo tendremos que buscar a lo largo de la tramitación del propio expediente y se resolverá en función del mismo.

Mire, la número 12 yo estoy dispuesto a seguirle dando vueltas, pero, claro, es que el propio Artículo 46 establece ya las condiciones. Entonces, no tiene sentido decir que se establecerá reglamentariamente. Si ya el propio artículo establece las condiciones, no parece necesario. Y, no obstante, en fin, estamos dispuestos a seguir dando vueltas a esta enmienda, pero en cualquiera... en cualquier de los casos, yo creo que es bueno que también seamos conscientes que una vez que... lo que actualmente es un proyecto de ley en tramitación -eso ya será ley- es evidente que va a conllevar inevitablemente determinadas modificaciones reglamentarias. Quizá ahí sea el momento de algunas de las cuestiones que aquí se plantean.

Y nada más, porque yo creo que seguiremos hablando de aquí hasta el Pleno, y en el Pleno, seguramente, pues será necesario seguir manteniendo estos argumentos y dar algunos más. Pero, mire, yo sí que les... les invitaría a que lean la exposición de motivos de la propia Ley 20/2013, de Garantía y Unidad de Mercado, donde más allá de que el propio... dice que sin... que ninguna autoridad pueda obstaculizar directa o indirectamente la igualdad de las condiciones básicas del ejercicio de la actividad económica, al final, lo que nos planteamos es que las autorizaciones, aquellos procedimientos más amplios, de la propia exposición de motivos -y se explican muy bien-, hay que motivar, hay que justificar por qué... por qué no puede ser una declaración responsable, más allá de convertir las declaraciones responsables en excepciones.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. Para un turno de réplica, y por un tiempo máximo de siete minutos y medio, tiene la palabra el señor procurador Briones Martínez.


EL SEÑOR BRIONES MARTÍNEZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Yo, desde luego, tampoco voy a... a estar mucho tiempo, porque seguramente vamos a debatir casi sobre lo mismo dentro de unos días, ¿no? En cualquier caso, sí que es verdad que tenemos una concepción probablemente diferente en lo que son los elementos del... del control efectivo que pretendemos, sobre todo por parte de la Administración. Y sobre todo porque si solamente vamos un poquito ahora mismo a las... a internet y vemos el gran lío que existe en... prácticamente, en las instituciones con el tema de las declaraciones responsables y con las comunicaciones, porque la gente no diferencia lo que es una comunicación de una declaración responsable, y, al final, es un maremágnum, y hay... y, de verdad, hay que poner orden. Yo no sé si esto va a ayudar a poner orden, o, al final, desde luego, nos va a generar algún problema.

Yo creo de verdad que mi grupo parlamentario podría estar de acuerdo en... y, de hecho, está de acuerdo en gran parte de la ley, está en gran... son algunas cuestiones que nosotros queremos asegurar; queremos esta tabla de garantías y queremos, fundamentalmente, que es necesario, bueno, pues que tenga algún control la Administración sobre... sobre estas declaraciones responsables. Yo no sé si se ha levantado algún acta, precisamente, por parte de la Junta sobre alguna declaración responsable que ha incumplido, ¿no? Pero sí que le... sí que le digo al portavoz del Partido Popular que en los juzgados tenemos serios problemas cuando se analizan por unas cuestiones u otras las declaraciones responsables, sobre todo más relacionadas -eso es verdad- con los ayuntamientos. Eso es... es una cuestión que está... bueno, es... prácticamente está al orden del día, y, es verdad, más... muchas veces con relación a una vez que se empezó a aplicar lo que es la ley ómnibus, que es donde... de donde prácticamente nace... nace casi todo, ¿no?

Por lo tanto, vamos a mantener estas enmiendas. Creemos que es necesario... bueno, pues dotarlas de ese control efectivo. Y, hombre, queremos convencerles para que... no queremos que se vaya a perder mucho tiempo, pero quince días para comprobar si una declaración responsable cumple o no los requisitos establecidos, que además son cada vez menos, porque, al final, la declaración responsable va a ser: ¿usted dice la verdad? Al final diremos sí, y ya no queda nada más, y al final si miente, pues ya a ver quién dice que miente. Es decir, los requisitos son mínimos, y cada vez menos, y se van reduciendo. Y nosotros queremos implementar, desde luego, esas garantías, esa seguridad jurídica, y lo que pretendemos también es no poner obstáculos a que las empresas que se quieran implantar lo hagan en el menor tiempo posible, pero siempre... siempre que exista -como nosotros decimos- un control que no pueda generar serios problemas a la Administración. Esperemos, desde luego, el tiempo pondrá las cosas en su sitio, pero, en cualquier caso, sí que le digo que mire con buenos ojos el tema de... que será, seguramente, la ley que más nos... más problemas nos... seguramente puede generar, que es la... la que afecta a la ludopatía, en el tema del juego, en el tema de las distancias, de cara al Pleno. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. En turno de dúplica, por un tiempo máximo de siete minutos y medio, tiene la palabra el procurador Sanz Vitorio.


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

Gracias, señora presidenta. Mire, le iba a dar lectura -pero bueno, seguramente lo haré para... para el Pleno- de algún artículo de la ley ómnibus, a la que usted hacía mención, efectivamente, especialmente cuando dice que deberán elegir las medidas menos restrictivas siempre.

Mire, lo que usted plantea que le preocupa, y que le entiendo, porque los que hemos tenido alguna responsabilidad municipal yo suelo decir que vivimos con esa carga para siempre, para bien y para mal, ¿no?, y al final no... no podemos... no podemos eludirla. Yo creo que es para bien en general. Es verdad que algunos defendemos, incluso, que debería ser obligatorio el paso por la... por la Administración local para... para conocer bien la realidad de algunas cuestiones, porque el papel lo aguanta... lo aguanta casi todo. Lo que pasa es que lo que usted plantea, que efectivamente sería en un ámbito competencial de la propia Administración local fundamentalmente, nos llevaría a una discusión mucho más profunda sobre si algunas de las competencias de la Administración local, especialmente en alguna de las partes de esas competencias, probablemente deberían distanciarse. La Administración local es tremendamente positiva, por su cercanía, para algunas cosas y es tremendamente compleja y complicada de aplicar... más difícil y más compleja de aplicar cuanto más pequeña, porque más cercano es todo, ¿no?, y nos llevaría a una discusión probablemente diferente al respecto.

En cualquiera de los casos, seguiremos hablando y yo creo que... y yo creo que hay un altísimo grado de coincidencia en lo que es la necesidad de avanzar en la línea que plantea, más allá de matices, cuestiones concretas, como las que usted ha planteado aquí, que yo le agradezco enormemente. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. ¿Algún grupo quiere utilizar la de... su fijación de posiciones con respecto a estas enmiendas? ¿No? Pues entonces pasamos a la votación de las enmiendas. Concluido el debate de las enmiendas vamos a proceder a su votación, siguiendo el mismo orden en el que han sido discutidas.

Votación Enmiendas PL/000012

Votamos, en primer lugar, las enmiendas del Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del procurador don José Sarrión Andaluz. En primer lugar votamos las enmiendas agrupadas, votamos las Enmiendas 1, 2 y 3 del Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del señor procurador don José Sarrión Andaluz. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Nueve. ¿Abstenciones? Ocho. Dieciocho votos emitidos. Nueve en contra. Uno a favor. Ocho abstenciones. Por lo tanto, quedan rechazadas.

Votamos... en segundo lugar se somete a votación la enmienda del Grupo Parlamentario Ciudadanos que ha sido debatida. ¿Votos a favor? Uno. ¿Votos en contra? Nueve. ¿Abstenciones? Ocho. Por lo tanto, dieciocho votos emitidos: uno a favor, nueve en contra, ocho abstenciones. Queda rechazada la enmienda.

Votamos en tercer lugar las... de forma agrupada, las enmiendas del Grupo Parlamentario Podemos que acaban de ser debatidas. Votamos las Enmiendas número 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12. ¿Votos a favor? Dos. ¿Votos en contra? Nueve. ¿Abstenciones? Siete. Por lo tanto, dieciocho votos emitidos: dos votos a favor, nueve en contra y siete abstenciones. Quedan rechazadas.

Votamos a continuación, en cuarto lugar, las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista. Votamos las Enmiendas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 12. ¿Votos a favor? Cinco. ¿Votos en contra? Nueve. ¿Abstenciones? Cuatro. Por tanto, dieciocho votos emitidos: cinco a favor, nueve en contra, cuatro abstenciones. Quedan rechazadas.

Votación PL/000012

Votamos... pasamos, por último, a someter a votación el texto del proyecto de ley propuesto para... por la Ponencia, con las modificaciones que se derivan del... del resultado de las votaciones precedentes. Votación de los Artículos número 1, 2, 3 y 4, Disposición Transitoria, Disposiciones Finales Primera y Segunda, Exposición de Motivos y Título del Proyecto de Ley. ¿Votos a favor? Nueve. ¿Votos en contra? Uno. ¿Abstenciones? Ocho. Dieciocho votos emitidos: nueve a favor, uno en contra y ocho abstenciones. Por lo tanto, queda aprobada la ley y lo... los artículos y todo lo que hemos leído, ¿vale? [Murmullos]. Bueno, lo leo, vamos a ver: queda aprobado los Artículos 1, 2, 3 y 4, la Disposición Transitoria, las Disposiciones Finales Primera y Segunda, la Exposición de Motivos y el Título del Proyecto de Ley.

Concluido por la Comisión el dictamen del Proyecto de Ley de Medidas de Reducción de Cargas Administrativas para Dinamización Empresarial, recuerdo a sus señorías que el plazo para comunicar, mediante escrito dirigido a la excelentísima señora presidenta de las Cortes, los votos particulares y enmiendas que, defendidas y votadas en Comisión y no incorporadas al dictamen, se pretenden defender ante el Pleno finalizará el próximo lunes, día dieciséis de octubre. [Murmullos]. Ah, y si puede ser, por favor, que no agoten el plazo, porque se pretende llevar a este Pleno, ¿vale?

Pues no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a dieciocho horas veinticinco minutos].


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