DS(C) nº 80/9 del 22/2/2016









Orden del Día:




1. Proposición No de Ley, PNL/000201, presentada por los procuradores D. José Ignacio Martín Benito, D. Luis Briones Martínez, Dña. Gloria María Acevedo Rodríguez, Dña. Virginia Barcones Sanz y Dña. Ana María Muñoz de la Peña González, instando a la Junta de Castilla y León a hacer público antes de diciembre de 2015 el listado de los puestos de libre designación existentes en cada una de las Consejerías de la Administración General de la Comunidad, sus organismos autónomos, agencias o entes públicos dependientes de las mismas, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 32, de 9 de octubre de 2015.

2. Proposición No de Ley, PNL/000202, presentada por los procuradores D. José Ignacio Martín Benito, D. Luis Briones Martínez, Dña. Gloria María Acevedo Rodríguez, Dña. Virginia Barcones Sanz y Dña. Ana María Muñoz de la Peña González, instando a la Junta de Castilla y León a limitar el sistema de cobertura de puestos de trabajo de libre designación, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 32, de 9 de octubre de 2015.

3. Proposición No de Ley, PNL/000275, presentada por el procurador D. David Castaño Sequeros, para instar a la Junta de Castilla y León a que inste al Gobierno central a introducir modificaciones normativas en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, a fin de derogar las tasas judiciales a las pequeñas y medianas empresas y a las organizaciones no gubernamentales, así como a que destine a la Comunidad Autónoma de Castilla y León el importe de las tasas judiciales ingresadas en su territorio en 2013 y 2014 para destinarlas a cubrir los gastos de asistencia jurídica gratuita y a destinar a la partida de Justicia en los Presupuestos Generales del Estado un importe equivalente al de la media europea, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 46, de 30 de octubre de 2015.

4. Proposición No de Ley, PNL/000289, presentada por el procurador D. Luis Fuentes Rodríguez, instando a la Junta de Castilla y León a que promueva las modificaciones normativas necesarias para evitar que en los procesos electorales las formaciones políticas no puedan utilizar símbolos, denominaciones o siglas que puedan provocar confusión entre los electores y pongan en cuestión el libre ejercicio del voto, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 53, de 13 de noviembre de 2015.


Sumario:






 ** Se inicia la sesión a las once horas treinta y cinco minutos.

 ** La presidenta, Sra. Sopeña Ballina, abre la sesión.

 ** Intervención del procurador Sr. Briones Martínez (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención de la procuradora Sra. Del Barrio Jiménez (Grupo Podemos CyL) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención del procurador Sr. Fuentes Rodríguez (Grupo Ciudadanos) para comunicar que no hay sustituciones en su grupo.

 ** Intervención del procurador Sr. Sanz Vitorio (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del orden del día. PNL/000201.

 ** La secretaria, Sra. Muñoz de la Peña González, da lectura al primer punto del orden del día.

 ** Intervención del procurador Sr. Briones Martínez (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. Sarrión Andaluz (Grupo Mixto).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. Fuentes Rodríguez (Grupo Ciudadanos).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la procuradora Sra. Del Barrio Jiménez (Grupo Podemos CyL).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. García Martínez (Grupo Popular).

 ** Intervención del procurador Sr. Briones Martínez (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La presidenta, Sra. Sopeña Ballina, somete a votación el texto definitivo de la proposición no de ley debatida. Es aprobado.

 ** Segundo punto del orden del día. PNL/000202.

 ** La secretaria, Sra. Muñoz de la Peña González, da lectura al segundo punto del orden del día.

 ** Intervención de la procuradora Sra. Acevedo Rodríguez (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. Sarrión Andaluz (Grupo Mixto).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. Fuentes Rodríguez (Grupo Ciudadanos).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. López Prieto (Grupo Podemos CyL).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. Martínez Antolín (Grupo Popular).

 ** Intervención de la procuradora Sra. Acevedo Rodríguez (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La presidenta, Sra. Sopeña Ballina, somete a votación el texto definitivo de la proposición no de ley debatida. Al persistir el empate en tercera votación, se procede con lo previsto en el Artículo 92.3 del Reglamento.

 ** Tercer punto del orden del día. PNL/000275.

 ** La secretaria, Sra. Muñoz de la Peña González, da lectura al tercer punto del orden del día.

 ** Intervención del procurador Sr. Castaño Sequeros (Grupo Ciudadanos) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. Sarrión Andaluz (Grupo Mixto).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. López Prieto (Grupo Podemos CyL).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la procuradora Sra. Acevedo Rodríguez (Grupo Socialista).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. Centeno Trigos (Grupo Popular).

 ** Intervención del procurador Sr. Castaño Sequeros (Grupo Ciudadanos) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** Se suspende la sesión durante unos minutos.

 ** Intervención del procurador Sr. Castaño Sequeros (Grupo Ciudadanos) para fijar definitivamente el texto propuesto.

 ** La presidenta, Sra. Sopeña Ballina, somete a votación la proposición no de ley debatida. Al persistir el empate en tercera votación, se procede con lo previsto en el Artículo 92.3 del Reglamento.

 ** Cuarto punto del orden del día. PNL/000289.

 ** La secretaria, Sra. Muñoz de la Peña González, da lectura al cuarto punto del orden del día.

 ** Intervención del procurador Sr. Fuentes Rodríguez (Grupo Ciudadanos) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. Sarrión Andaluz (Grupo Mixto).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la procuradora Sra. Del Barrio Jiménez (Grupo Podemos CyL).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. Briones Martínez (Grupo Socialista).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la procuradora Sra. Sopeña Ballina (Grupo Popular).

 ** Intervención del procurador Sr. Fuentes Rodríguez (Grupo Ciudadanos) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** El vicepresidente, Sr. Martínez Antolín, somete a votación el texto definitivo de la proposición no de ley debatida. Es aprobado.

 ** El vicepresidente, Sr. Martínez Antolín, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las trece horas cuarenta minutos.




Texto:

[Se inicia la sesión a las once horas treinta y cinco minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Buenos días. Se abre la sesión. ¿Algún grupo parlamentario tiene que comunicar alguna sustitución? ¿Sí?


EL SEÑOR BRIONES MARTÍNEZ:

Sí. Muy buenos días, señora presidenta. Sí. Por el Grupo Parlamentario Socialista, Álvaro Lora sustituye a Virginia Barcones y Jesús Guerrero sustituye a José Ignacio Martín Benito.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. ¿Por el Grupo Podemos?


LA SEÑORA DEL BARRIO JIMÉNEZ:

Sí. Ricardo López Prieto sustituye a Pablo Fernández Santos.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. ¿Por el Grupo Ciudadanos?


EL SEÑOR FUENTES RODRÍGUEZ:

No. Soy el... el portavoz.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

¿Por el Grupo Popular?


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

Sí. Buenos días. Doña Marta Maroto sustituye a doña Victoria Moreno.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. Por la señora secretaria se dará lectura del primer punto del orden del día.

PNL/000201


LA SECRETARIA (SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ):

Gracias, presidenta. Primer punto del orden del día: Proposición No de Ley 201, presentada por los Procuradores don José Ignacio Martín Benito, don Luis Briones Martínez, doña Gloria María Acevedo Rodríguez, doña Virginia Barcones Sanz y doña Ana María Muñoz de la Peña González, instando a la Junta de Castilla y León a hacer público antes de diciembre del dos mil quince el listado de los puestos de libre designación existentes en cada una de las Consejerías de la Administración General de la Comunidad, sus organismos autónomos, agencias o entes públicos dependientes de las mismas, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 32, de nueve de octubre de dos mil quince.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, en representación de los señores procuradores proponentes, y por un tiempo máximo de diez minutos, don Luis Briones.


EL SEÑOR BRIONES MARTÍNEZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Señorías, muy buenos días. Hombre, si vemos el orden del día, ciertamente lo que estábamos pidiendo es, bueno, pues que se hiciera público, precisamente, este listado a fecha de treinta y uno de... de diciembre. Sabemos que ha sido imposible, por las circunstancias consabidas; pero bueno, nosotros creemos que es importante, una vez que ha entrado en vigor la... la Ley de Transparencia de la Junta de Castilla y León, que esto sea una realidad.

En cualquier caso, bastaría con ver el BOCYL habitualmente para darnos cuenta de que no es normal, en el funcionamiento de una... de una Administración pública, que, día a día, nos encontremos con nombramientos y ceses de cargos de libre designación tan frecuentemente. Las estructuras orgánicas, así como las relaciones de puestos de trabajo, a lo largo de los últimos años no se han adaptado a las competencias y funciones de la prestación de servicios que la ciudadanía ha ido necesitando en función de las cambiantes circunstancias. La Administración de la Junta de Castilla y León ha ido diseñando una Función Pública anteponiendo sus intereses a los intereses generales y de carácter público; la situación de las RPT, desde hace más de una década, en algunos casos no se han revisado. Es la de una total inadaptación a las competencias a desarrollar, por lo que el juego competencial de los órganos administrativos ya no recaen sobre un funcionario independiente amparado por su fijeza en el puesto y seguridad jurídica al amparo de sus competencias y de las leyes, sino que, en el caos creado, recaen de forma discrecional en algún funcionario que habita en la parte afín de la Administración descrita, y, como consecuencia, en el poder político apoyado en estos funcionarios dependientes.

De tal forma que se ha creado una Administración dual: los que ocupan puestos de libre designación (los que están en adscripción provisional, los que están en comisión de servicios y los que reciben... y los que reciben –perdón- encomiendas de gestión) y el resto. Según el último informe de la Junta de Personal de Servicios Centrales, más del 34 % de los funcionarios destinados en los Servicios Centrales están en alguna de estas situaciones descritas. Según ha publicado en los medios informativos, aproximadamente 71... 71.800 plazas son de funcionarios y personal estatutario, y 12.500 son de personal laboral -aproximadamente, son los datos que se nos facilitaron a fecha de septiembre de dos mil quince-; de ellas, hay un número muy muy importante que son cargos de libre designación.

El consejero, recientemente, ha anunciado que va a reducir o reconvertir una parte importante de estas plazas de concurso específico para acabar con el carácter vitalicio que tienen las mismas. Los representantes de los trabajadores de la Función Pública en la Junta de Castilla y León han venido denunciando sistemáticamente la proliferación y abuso de la figura administrativa de la libre designación para cubrir puestos que, en rigor, deben ser ocupados mediante sistema de concurso ordinario.

La Plataforma en Defensa de lo Público, a comienzos de la actual legislatura, decía: "El abuso escandaloso y fraudulento de la figura de libre designación es la pieza clave de la politización de la Administración autónoma de Castilla y León. Juega un papel decisivo en las prácticas corruptas, ya que los puestos así ocupados conllevan un sometimiento incondicional a los dictados de los políticos y a las jerarquías de sus partidos o de los grupos de poder que pugnan dentro de ellos". El excesivo abuso de la Junta de Castilla y León del sistema de provisión de libre designación debería de ser excepcional y residual. Dice el diccionario: "Constituye el sistema excepcional de provisión de puestos de trabajo, mediante el cual podrán proveerse los puestos iguales o superiores a jefes de servicio y los de la secretaría de altos cargos, así como aquellos otros que, por importancia especial de su carácter directivo o la índole de su responsabilidad, y en atención a la naturaleza de sus funciones, se determinan en las relaciones de puestos de trabajo". Tal lo dice también la ley.

En efecto, la práctica de la libre designación significa sustraer para el resto de los funcionarios las posibilidades de ocupar puestos mejor retribuidos y perder oportunidades en la carrera profesional, que garantiza como derecho el Estatuto del Empleado Público. Por otro lado, esta medida constituye... perdón, contribuye a perder profesionalidad, rigor e independencia en aquellas personas que han sido agraciadas o designadas. Además, resulta discriminatorio también, cuando no escandaloso, el importe de las gratificaciones que... por devengo periódico, mensual y fijo que la Junta de Castilla y León viene concediendo como complemento de cuarenta horas, que la han percibido muchos de los puestos de libre designación, por no decir la inmensa mayoría.

Hace referencia, precisamente, a la libre designación el informe del año dos mil doce del Procurador del Común: en cuanto a los sistemas de provisión de puestos de trabajo, es reseñable la queja presentada por un elevado número de empleados públicos, no habiéndose recibido la información requerida a la Consejería de Hacienda en la fecha de cierre del informe. Por tanto, la cuestión... la cuestión será abordada en nuestro próximo informe anual. Pasamos al informe del año dos mil trece, y, de nuevo, el Procurador del Común vuelve, ¿eh?, a reseñar el excesivo sistema que viene adoptando la Junta en los casos de provisión de puestos de trabajo, ¿eh?, a través de la libre designación. Fundamentalmente hace mención -es verdad- aquí a lo que es el personal estatutario del Sacyl.

En el ejercicio discrecional, aunque torpe, interesado de sus atribuciones, las Consejerías prefieren el sistema de libre designación, en concordancia -supongo que será- con la era digital que vivimos, frente a un proceso basado en la igualdad, el mérito y la capacidad reconocidas en las leyes de la Función Pública y en la propia Constitución. El único principio que aparentemente se respeta es el de igualdad, ya que los procesos son, en principio, abiertos a cualquier funcionario; el resto del proceso es opaco, puesto que no se exige ningún requisito, salvo el propio curriculum vitae, del cual no se hace valoración ninguna en las resoluciones que adjudican las plazas. Por tanto, no se tiene en cuenta la capacidad del elegido ni los méritos.

Primero, desde la Administración autonómica no hay problema alguno en nombrar funcionarios de altos niveles, con sueldos más altos y mejores condiciones. Segundo, la mayoría de las plazas convocadas y ocupadas están ubicadas, la mayoría –como digo-, en los órganos centrales; fundamentalmente aquí, en Valladolid. Tercero, pese a lo irregular del sistema, se entiende que, tras unas elecciones –que sería un caso excepcional-, puede haber una cascada de cambios en la cúpula de las... de las diferentes o distintas Consejerías, pero este no es el caso aquí, puesto que llevan veintiocho años gobernando y hay algunas plazas de libre designación que llevan muchísimos muchísimos años. Cuarto, se utiliza un método de provisión de plazas, que debería ser excepcional y residual, con profusión, mientras los concursos de traslados se anuncian, pero no se convocan; se convocan, pero fraudulentamente se omiten plazas en la convocatoria de las plazas que han decido que se ocupen mediante ese sistema. Y quinto, lo que es más importante, se impide la promoción profesional de funcionarios que, en base a sus méritos y a su capacidad, podrían optar a esas plazas que la Junta bloquea para su provisión por ese sistema, y que únicamente pudiera provocar la corrupción, el nepotismo y el clientelismo político.

Es, pues, manifiesto el descontento generalizado en los empleados públicos de la Administración autonómica del uso de la libre designación, que puede derivar, en ocasiones, en un exceso, cuando no en un abuso del mismo. Por eso, en aras a la transparencia y la tan cacareada regeneración democrática, y -lo que yo creo que es más importante en estos momentos- la aplicación de la Ley 3/2015, de cuatro de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León, es obligatorio, ya no solo conveniente, que la Junta de Castilla y León haga público, para conocimiento no solo de sus empleados, sino de todos los ciudadanos, una relación... o la relación detallada de todos los puestos de libre designación de la Administración, como en los organismos y entidades dependientes de ella, como Ayuntamiento de Valladolid, Consejo de Cuentas, Cortes de Castilla y León, universidades.

Por tanto –como decíamos al principio-, nosotros pedíamos en nuestra propuesta de resolución que se hiciera público, antes del treinta y uno de diciembre, esa relación y el número, con listado desglosado, de esos puestos de libre designación existentes actualmente en cada una de las Consejerías que conforma la Administración general de la Comunidad, como en los distintos organismos autónomos. Pero, si bien es cierto que una vez que ha entrado en vigor el pasado diez de diciembre la Ley de Transparencia y Participación Ciudadana, en aplicación de los Artículos 3.1 y 3.2, es una obligación, en este caso de la Junta de Castilla y León, hacer públicos, a través de cualquiera de los portales de transparencia, y que puedan tener acceso a ella no solamente los grupos parlamentarios, sino también todos los ciudadanos de Castilla y León. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Mixto, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el señor don Sarrión Andaluz.


EL SEÑOR SARRIÓN ANDALUZ:

Muchas gracias, presidenta. Con muchísima brevedad. Nosotros estamos a favor de esta proposición no de ley, entre otras cosas porque regula una cuestión que a nosotros también nos ha generado preocupación. En nuestro caso, lo que se plantea en esta propuesta de resolución, una parte de lo que se pide lo solicitamos a través de pregunta con respuesta escrita, y, efectivamente, parece lógico, nosotros pedíamos exactamente el número, si bien parece lógico que, efectivamente, se haga público un listado desglosado, ¿no?, acerca de estos puestos.

Yo señalaría dos elementos, ¿no? Y voy a hablar poco para no meterme en el debate del siguiente punto del orden del día, en el que entraremos más en esta materia, pero yo solamente señalar dos cuestiones: en primer lugar, efectivamente, la presencia de quejas por parte de trabajadores del sector público, como reseña el propio Procurador del Común, porque, evidentemente, estamos ante un caso de competencia ilegítima dentro del propio cuerpo de la Administración, de que hay un alto número de trabajadores del sector público que ven dificultadas sus posibilidades de hacer carrera profesional; y, en segundo lugar –y lo que para mí es más importante si cabe-, es la cuestión acerca de si necesitamos 1.273 puestos de libre designación para gobernar Castilla y León, que creo que, en el fondo, es el debate que habría que tener.

No obstante, ese debate se escapa al ámbito de esta proposición no de ley, que lo que plantea es que se haga público, y, por mi parte, lo único que puedo manifestar es que, si efectivamente tenemos esta cantidad de puestos de libre designación, lo mínimo es que se haga público. Y yo diría más: lo lógico sería que hubiera algún tipo de argumentación, es decir, que para puestos que puede desempeñar... -en al menos una parte de los mismos- se puede desempeñar por un funcionario de carrera, que ese funcionario sea designado a dedo, pues, lógicamente, entiendo que tiene que ir con una argumentación política, ¿no? Yo no voy a caer en esa demagogia de quienes dicen que no puede haber ningún tipo de cargo político en las instituciones; entiendo que todo directivo, todo consejero tiene que rodearse, lógicamente, de un equipo; pero entiendo también que dicho equipo tiene que ser explicado, que tiene que ser argumentado, y que hay que explicarlo a la sociedad. Y la cifra de 1.273 plazas de libre designación, pues creo que bien merece una explicación.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el señor procurador don Luis Fuentes.


EL SEÑOR FUENTES RODRÍGUEZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Manifiesto, como no puede ser de otra manera, el apoyo que tenemos desde Ciudadanos a la proposición de ley... no de ley que se debate hoy, y que tiene como objeto, o como objetivo, lo que entendemos que es un avance en la materia de transparencia, que siempre hemos defendido.

El concepto de transferencia... de transparencia y la idea de establecer paredes de cristal en las instituciones públicas ha sido uno de los elementos más repetidos en el mensaje de nuestra formación política antes o incluso desde que... en nuestra llegada aquí, a las Cortes de Castilla y León. Nos hemos manifestado siempre favorables al... al establecimiento de instrumentos que favorezcan el acceso de los ciudadanos a las informaciones tanto referentes al funcionamiento de las Administraciones públicas como cualquier otro tipo; así siempre hemos incluido en nuestras propuestas, que caminan en esa dirección, a la hora de llegar a todos los acuerdos políticos que hemos llegado.

Identificamos esta proposición no de ley que plantea el Grupo Socialista hoy precisamente como un elemento que permite avanzar en ese camino de transparencia y de accesibilidad a toda la información. Sabemos que se nos hablará del portal de transparencia, de la ley de... al respecto y de muchos avances que hayan podido hacerse en esta materia a lo largo de esta legislatura.

Insistimos en el concepto de accesibilidad como la clave a la hora de poder medir realmente lo que es la transparencia de cada Administración. De poco sirve cumplir con una normativa que busca la transparencia si se hace mediante un sistema de información tan denso y tan complejo que sigue sin permitir a todos los ciudadanos el acceso real a la información que quiere publicitarse.

Estamos acostumbrados a este tipo de actuaciones. Es decir, ¿se han publicado las retribuciones de tal o cual cargo? Pues sí, sí se han... se han publicitado y las hemos visto. ¿Resulta sencillo y operativo acceder al conocimiento de las mismas a través de, por ejemplo, la página web de la Junta de Castilla y León? Pues todos sabemos que no. Nosotros lo hemos intentando y hemos... sabemos dónde tenemos que buscar, y nos ha sido muy difícil encontrarlos. Por lo tanto, chocamos a diario con esta situación.

Y que nadie piensa que se cumple únicamente con el trabajo mínimo que suponga no incumplimiento de una norma o una normativa. En materia de transparencia nunca vale con la ley del mínimo esfuerzo. El Grupo Popular tiene hoy otra oportunidad de dar pasos reales hacia... hacia adelante en esa materia de transparencia y de regeneración que siempre hemos hablado. Y, además, es curioso que votemos un texto que hablaba de la presentación, la relación de puestos de libre designación antes de que finalizase dos mil quince; también deberíamos de mirarnos esto, porque estamos en febrero de dos mil dieciséis.

Desde luego, todo el apoyo de Ciudadanos a la iniciativa, porque ningún mal puede producir que se conozca la relación desglosada de los puestos de libre designación en todos los espacios de la Administración regional en Castilla y León. Y, insisto, publicación, transparencia y accesibilidad. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, por un tiempo máximo también de diez minutos, tiene la palabra la procuradora doña Natalia del Barrio.


LA SEÑORA DEL BARRIO JIMÉNEZ:

Muchas gracias, presidenta. El Artículo 103 de la Constitución Española contempla que, primero, la Administración pública debe servir con objetividad los intereses generales y actuar de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al derecho; segundo, que los órganos de la Administración del Estado son creados, regidos y coordinados de acuerdo a la ley; tercero, que la ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la Función Pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.

Recuerdo este punto porque, primero, hay que decir que la cobertura de los puestos de trabajo de la Administración deberán regirse siempre por el sistema de concurso, de acuerdo con los principios contenidos en este artículo.

Dicho esto, recientemente la Consejería de Presidencia respondió a una pregunta de nuestro grupo parlamentario, con la siguiente relación de puestos de libre designación realizadas a fecha dieciocho de diciembre de dos mil quince: 17 en la Consejería de Presidencia; 11 en la de Economía y Hacienda; 4 en la de Empleo y Servicio Público de Empleo; 7 en la de Fomento y Medio Ambiente; 9 en Agricultura y Ganadería; 9 en Sanidad, Gerencia Regional de Salud; 21 en la de Familia; 5 en la de Educación; 6 en la de Cultura y Turismo. Un total de 89.

Pero es que en la respuesta al Grupo Mixto se dice que en la Consejería de Presidencia, a treinta y uno de octubre, asciende a... los puestos de libre designación a 102 funcionarios. Con lo cual, permítanme dudar, y por eso es necesario la publicación de esta lista de relación de puestos de libre designación.

Es más, la Ley 3/2015, de cuatro de marzo, de Transparencia y Participación de la Junta de Castilla y León, en su Artículo 3, apartado 1, establece que se publicarán las relaciones de puestos de trabajo, las plantillas de personal o instrumentos análogos. Con lo cual, aprobando esta proposición no de ley, simplemente se estará aplicando la ley, que se debería de estar aplicando ya.

Es cierto también que la Ley 7/2007, de veinticuatro de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, establece en su Artículo 48.3 que las convocatorias para provisión de puestos de trabajo por concurso o libre designación... establece que expresarán la denominación, nivel y localización del puesto de trabajo, así como los requisitos indispensables para poder optar a él. Pero la realidad es que en esta publicación no se establece ni se puede ver, como bien se ha explicado ya anteriormente, los méritos y el currículum. De esta forma, cierto es que se hace pública a través del BOCYL los datos del destinatario, pero del BOCYL lejos queda la Administración institucional (la Agencia de Innovación, el Ente Regional de Energía, el ITACYL, la Gerencia Regional de Salud, la Agencia de Calidad del Sistema Universitario, el Servicio Público de Empleo y la Gerencia de Servicios Sociales).

En su Discurso de Investidura, el presidente Juan Vicente Herrera anunció una legislatura con un mayor control de su actividad, y, de esta forma, constituyendo un nuevo compromiso público con la sociedad.

En octubre de dos mil quince, la propia Junta de Castilla y León firmó un Código Ético, en el cual se contempla, en su apartado tercero, los valores por los que se regirán los altos cargos, entre los cuales está el apartado b), que hace referencia a la transparencia, referida a la adopción de decisiones conforme a criterios de transparencia que sean conocidos por los ciudadanos, y también el valor de la ejemplaridad, evitando cualquier acción u omisión que vaya en detrimento del prestigio de la Administración.

Entendiendo que el presidente Herrera adquirió un nuevo compromiso público de transparencia con la sociedad, y entendiendo que los miembros de la Junta de Castilla y León contemplados como altos cargos que tienen que regirse bajo este Código Ético y de Austeridad, entendiendo que los puestos de libre designación se tratan de decisiones de los mismos y deben ajustarse, pues, a este principio, así como deben ejemplificar sin omitir información, seguro que no habrá ningún problema para que todo los grupos parlamentarios aprueben esta proposición, votando a favor, como hará nuestro grupo parlamentario. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el procurador don Manuel García.


EL SEÑOR GARCÍA MARTÍNEZ:

Muchas gracias, presidenta. Buenos días. Señorías, obviamente, hay que cambiar la fecha, como el portavoz del Partido Socialista expuso en su intervención: ya no puede ser el treinta y uno de diciembre, y nosotros proponemos que esa fecha sea el treinta y uno de marzo de este mismo año.

Asimismo, también, proponemos suprimir la referencia en cuanto a las agencias o entes públicos, puesto que esos organismos no se dotan de personal funcionario, y, por tanto, ni se rigen por la Ley de Función Pública ni por el Estatuto Básico del Empleado Público, y por lo que no existe un sistema de provisión de libre designación. Estos entes se rigen por el Estatuto de los Trabajadores y las previsiones del convenio colectivo que resulten de su aplicación.

En todo caso, es conveniente aclarar algunos extremos, porque, en el debate político, el sistema de cobertura de libre designación se confunde, interesadamente, con la posibilidad de contratar personal no funcionario, ajeno a la Administración, eventuales. En Castilla y León el número de eventuales es muy reducido, concretamente 21. Se publica en el BOCYL el nombramiento, y hay un apartado concreto en el portal de transparencia donde se puede consultar la información sobre los eventuales.

Hablando propiamente de la libre designación, hay que tener en cuenta algunas cuestiones. La provisión de puestos en la Administración pública está regulada en el Estatuto Básico del Empleo Público, y la libre designación es una forma de provisión de puestos regulada en el Artículo 80 del Estatuto Básico del Empleado Público. En todo caso, es conveniente destacar que todas las personas que acceden a un puesto de trabajo por libre designación son funcionarios de carrera; solo pueden... se pueden elegir de entre quienes son funcionarios de carrera. Los funcionarios de carrera, para poder serlo, han pasado por el órgano o autoridad... han sido nombrados por el órgano o autoridad competente, su nombramiento se ha publicado en el boletín oficial, han acatado la Constitución, el Estatuto de Autonomía y el resto del ordenamiento jurídico, y han tomado posesión como funcionarios en el plazo fijado. Todos los funcionarios que ocupan puestos de libre designación son funcionarios de carrera, y para ser funcionarios de carrera han sido seleccionados de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Todos los puestos que ocupan los funcionarios, todos, están incluidos en la relación de puestos de trabajo. Las relaciones de puestos de trabajo se aprueban por la Junta de Castilla y León y se publican... y se publican. Todas las relaciones de puestos de trabajo están publicadas en el portal del Gobierno Abierto, y es una obligación que deriva de la Ley de Transparencia y Participación de la Comunica... Comunidad de Castilla y León. Hay que tener en cuenta que la mayoría de las Comunidades no tienen publicadas sus relaciones de puestos de trabajo. En Castilla y León se pueden consultar en la página web . En estas relaciones de puestos de trabajo se indica cuál es la forma de provisión de cada plaza.

De acuerdo con el Artículo 78 del Estatuto Básico del Empleado Público, los puestos de trabajo se cubrirán mediante procedimientos basados en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y las dos formas de provisión de los puestos para los funcionarios de carrera, según el propio Estatuto Básico del Empleado Público, que son el concurso y la libre designación.

El concurso se convoca y se publica la convocatoria en el BOCYL y en el portal del empleado público. La convocatoria indica los criterios de valoración que se aplicarán a los concursantes. Se constituye una comisión de selección y se resuelve el concurso atendiendo a los criterios fijados en la Orden. Se publica la resolución y se abre... se abre un plazo para las reclamaciones.

En cuanto a la libre designación, se publica la plaza para que... para que se... se oferte... se oferta a la libre designación en el Boletín Oficial de Castilla y León, se da un plazo para que los funcionarios de carrera presenten sus solicitudes, las solicitudes se valoran por el órgano competente de acuerdo con lo previsto en el Artículo 80 del Estatuto Básico del Empleado Público. La libre designación con convocatoria pública consiste en la apreciación discrecional por el órgano competente de la idoneidad de los candidatos en relación con los requisitos exigidos por el desempeño del puesto -Artículo 80.1-. Y se resuelve la convocatoria y se publica en el BOCYL la resolución, indicando la plaza y la identidad de la persona a la... a la que ha sido... ha sido adjudicado.

En la actualidad, en el portal de Gobierno Abierto las relaciones de puesto están... están publicadas las relaciones de puestos de trabajo, siendo Castilla y León una de las pocas Comunidades Autónomas que las publica, y además es una obligación que deriva de nuestra normativa en materia de transparencia y participación. No hay inconveniente en publicar el listado de los puestos de libre designación existentes en las relaciones de puestos de trabajo y se procederá a hacerlo en el plazo indicado en la enmienda.

Se propone la presentación de la siguiente enmienda de sustitución: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a hacer público, antes del treinta y uno de marzo del dos mil dieciséis, la relación y número -con listado desglosado- de los puestos de funcionarios existentes actualmente que se cubren mediante libre designación en cada una de las consejerías que conforman la Administración general de la Comunidad, así como de los distintos organismos autónomos". Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Ahora. Muchas gracias. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la resolución que propone, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, el Procurador don Luis Briones.


EL SEÑOR BRIONES MARTÍNEZ:

Sí, muy... muy brevemente, señora presidenta. En primer lugar, agradecer a todos los grupos políticos el apoyo a esta moción. La verdad es que era una necesidad evidente el ejecutar una ley que ya se encuentra en vigor. Y que, además, estoy convencido que estamos todos de acuerdo, es decir, fundamentalmente, en aras de esa transparencia y esa participación que nos hemos exigido todos. Por lo tanto, nosotros, en ese sentido, pues agradecer lo que ha sido el planteamiento de todos los grupos.

Es cierto que tenemos que hacer también algo, como ha dicho algún compañero, para intentar que en las PNL que se presentan, sobre todo cuando tienen unos efectos, como pueden tener estas, en las que se exigen una serie de plazos a la Administración, se tramiten del modo más raudo y veloz, para... para evitar esos problemas. Pero en cuanto al fondo, nosotros, en aras a llegar a un acuerdo, vamos a admitir, ¿cómo no?, la enmienda que ha planteado el... el Grupo Popular, porque creemos que sin duda esto va a hacer bien a una institución que necesita de acuerdos, y de acuerdos que van en la dirección que nos están pidiendo los ciudadanos.

Por eso, no voy a quitar más tiempo al debate. Y bueno, pues manifestamos fundamentalmente el acuerdo con la enmienda que ha planteado el Grupo Popular, que prácticamente tiene... es lo mismo que nosotros hemos planteado.

Votación PNL/000201


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la proposición no de ley.

¿Votos a favor? Dieciocho, dieciocho. Bueno, pues votos emitidos: dieciocho. A favor: dieciocho. Queda aprobada... queda aprobada la proposición no de ley debatida.

Por la señora presidenta se dará lectura del... Ay, perdón, por la señora secretaria se dará lectura del segundo punto del orden del día.

PNL/000202


LA SECRETARIA (SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ):

Segundo punto del orden del día: Proposición No de Ley número 202, presentada por los procuradores don José Ignacio Martín Benito, don Luis Briones Martínez, doña Gloria María Acevedo Rodríguez, doña Virginia Barcones Sanz y doña Ana María Muñoz de la Peña González, instando a la Junta de Castilla y León a limitar el sistema de cobertura de puestos de trabajo de libre designación, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 32, de nueve de octubre del dos mil quince.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, en representación de los señores procuradores proponentes, por un tiempo máximo de diez minutos, la procuradora doña Gloria Acevedo.


LA SEÑORA ACEVEDO RODRÍGUEZ:

Muchas gracias, presidenta. Señorías, constituye el sustrato de la presente proposición no de ley las denuncias de los sindicatos, los informes del Procurador del Común, las sentencias del Tribunal Supremo y el acto de contrición del señor consejero a la Presidencia... de la Presidencia, al anunciar, el diecinueve de septiembre del dos mil quince: se va a reconvertir una parte importante de estas plazas por concurso específico, para acabar con el carácter vitalicio que tienen las mismas.

Comenzando a desmenuzar el contenido de cada uno de los apartados anteriores, los sindicatos critican la libre designación, porque margina a los funcionarios competentes a favor de los politizados, y no por mérito o capacidad, sino por poner de una forma opaca la Administración al servicio de un partido político. Porque al cargo de configuración política le interesa estar rodeado de muros de contención hechos de su mismo material ideológico, lo que constituye una red clientelar que sustenta potencial... potencialmente y en acto la corrupción que en estos días nos asola y desertiza la nobleza de los representantes públicos. Es público y notorio la protección que el personal nombrado por libre designación se brinda a sí mismo para el caso de cese o cambio político. Porque ataca su dignidad y a su capacidad de ascenso. Señalan que nunca hay motivación ni justificación razonada de por qué se da una plaza de libre designación a un candidato y no a otro. En otras, se felicita por adelantado a uno de los candidatos, pese a que todavía no se ha dictado resolución. Otras veces se advertía a los candidatos interesados que la plaza publicada "no es para ti". Para un funcionario neutral acceder a puestos de libre designación tiene muy pocas posibilidades, dado que se van a primar méritos no profesionales a la hora de seleccionar a los candidatos, ya se trate por afinidad ideológica, confianza, amistad o el puro y simple intercambio de favores.

Afortunadamente, son los propios funcionarios los que manifiestan públicamente esta temeraria afrenta al Estado de derecho que nos afecta a todos los ciudadanos, puesto que si nuestros empleados públicos no pueden actuar con total profesionalidad, objetividad e independencia, como se exige en nuestra Constitución, corremos el riesgo de relegar los intereses generales al inframundo del interés particular de un partido o un grupo de interés, o incluso de personas concretas, que tienen la capacidad de influir en la designación de los funcionarios que ocupan estos puestos.

Desde el Procurador del Común, en su informe trata con objetividad lo que con esta proposición de ley... no de ley se denuncia. En el expediente 20131539 se denunciaba el... el uso excesivo del sistema de libre designación en la provisión de puestos de trabajo de personal estatutario del Sacyl, en el que se recordaba recientes sentencias del Tribunal Superior de Castilla y León, de seis de febrero y once de junio, en que sí es verdad que se señalaba la legalidad del sistema de libre designación, su excepcionalidad y su uso desproporcionado y abusivo, recalcó que se deberán de pormenorizar o detallar en los puestos calificados de libre designación las prescripciones legales o reglamentarias, de tal manera que la Administración tiene que satisfacer la carga de demostrar con argumentos convincentes a la adecuada provisión con arreglo a dicho sistema al contenido funcional del puesto que se trate.

Asimismo, en esta línea, el Tribunal Supremo, desde el año dos mil cuatro, viene reiteradamente, a través de sus sentencias, con legitimidad cualificada, pero infravalorada por los grupos políticos, que los puestos de trabajo cuya provisión por funcionarios se efectúa por libre designación ha de ser excepcional y restrictiva, y singularmente han de ser motivados.

Sentencia conocida la constituye la de treinta de marzo del dos mil nueve. La jurisprudencia de la sala recuerda el carácter excepcional que la ley asigna a este sistema de libre designación, y en la necesidad de que cuando se considere necesario acudir a él se haga también excepcionalmente, y justificando caso por caso por qué debe utilizarse. El mensaje de nuestro alto tribunal es directo, conciso y claro, al que nuestras autoridades públicas sucumben en la inmediatez de la sentencia, pero olvidan en el sillón de su cargo.

Denuncian, asimismo, estudiosos de la libre designación, la perfidia de su abuso y el círculo de proteccionismo fáctico y legal de dicha figura. A la sazón, la competencia judicial en esta materia corresponde a los Tribunales Superiores de Justicia. Todos conocemos el devenir temporal en los tribunales, porque para cuando llega la sentencia que estima la impugnación de las relaciones de puestos de trabajo ya ha trascurrido el plazo para el que fue nombrado el funcionario por libre designación, el propio cauce legal de la impugnación, la repercusión que en el propio funcionario que denuncia tal situación.

No obstante, señorías, llegados a este punto de la defensa de esta proposición no de ley, tendrán la... la sensación de que la dialéctica expuesta demoniza la figura de la libre designación. Nada más lejos de la intención de esta procuradora: reconocemos expresamente que determinados puestos sean cubiertos por el sistema, pero del nivel 28 al 30. Resulta indiscutible que determinados puestos exigen una serie de... de cualidades difícilmente objetivables a través del concurso y que implican la asunción de funciones directivas con mayor nivel de responsabilidad.

La necesidad de limitar el número de puestos de libre designación supone un avance en el Estado de derecho, que ya algunas Comunidades Autónomas han dado el paso, como el Principado de Asturias, que determina que el número de puestos de libre designación en toda la Administración autónoma no excederá del doble del número de direcciones generales.

La limitación de puestos de libre designación supone una actitud de regeneración democrática, un acto de higiene política, y entendemos y queremos pensar que era el pensamiento del señor consejero de la Presidencia al manifestar el día diecinueve de septiembre en El Norte de Castilla.

Entendemos que esta proposición no de... de ley debe recibir el apoyo de sus señorías, porque quiero creer que todos en esta sala estamos... que todos los que estamos en esta sala somos beligerantes con la corrupción, y no apoyar una limitación como la aquí expuesta supone un... y no apoyar una limitación como la aquí expuesta supone un acto de valentía con la ciudadanía, que es el origen de la legitimación de la actividad política de los aquí presentes.

Tenemos una sociedad harta de desmanes y favoritismos. En nuestras manos radica el que vuelvan a creer e ilusionarse con nuestros proyectos políticos, cada cual según su ideología, con lo que un buen paso sería fijar dicha delimitación. Muchas gracias, presidenta.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias, procuradora. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Mixto, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el procurador don... Sarrión Andaluz.


EL SEÑOR SARRIÓN ANDALUZ:

Muchas gracias, presidenta. Bien. Pues, enlazando con la argumentación que atendíamos en el anterior punto del orden del día, efectivamente, parece que hay un debate público en torno a la cuestión de los puestos de libre designación, que, efectivamente, merece una regulación.

La medida que se presenta yo creo que no anda muy desencaminada. Es decir, el planteamiento de decir "vamos a limitar el acceso a este tipo de plazas a las personas solamente para un determinado nivel funcionarial", pues parece una propuesta razonable y que al menos puede iniciar un principio de solución, ¿no?, a esta cuestión.

Comentaba antes acerca de la idoneidad política de esta figura. Es decir, partiendo de que uno puede comprender que, efectivamente, en cualquier Gobierno y en cualquier Administración pública hay puestos de confianza, uno puede entender que cuando un partido político asume el poder ejecutivo tiene que tener personas que puedan hacer un desarrollo del programa y que puedan tener una relación de confianza con los cargos políticos... yo puedo entender muchas cosas, pero, efectivamente, la cifra de 1.273 parece bastante excesiva, ¿no?

La Plataforma en Defensa de lo Público -que es la... una de la... de los entes sociales que ha estado trabajando más fuertemente por... por este tipo de iniciativas de... de control, y, en este caso, por esta iniciativa parlamentaria- planteaba que, en un marco de cinco años –según los datos que ellos podían manejar-, hablaba de un gasto de 8.000.000 de euros entre el periodo de dos mil nueve a dos mil trece -1,7 millones de euros en dos mil nueve; 1,7 también en dos mil diez; 1,6 en dos mil once; 1,4 en dos mil doce; otra vez 1,4 en dos mil trece, ¿no?-, solo por los complementos salariales asociados a este tipo de... de plazas.

Por lo tanto, efectivamente, la medida nos parece interesante en dos aspectos: primero, porque supone ya una limitación de facto, una limitación numérica del número de personas que van a acceder a estas plazas; y, segundo, porque políticamente parece bastante más lógico y parece más razonable que si una persona necesita o una... Ejecutivo necesita que haya plazas de libre designación, pues que estas lo sean a unos determinados niveles y no en el nivel de jefes de servicio, que tienen una función mucho... mucho más lógica de un puesto funcionarial de carrera que de un funcionario partidizado o politizado, ¿no?

Por lo tanto, yo creo que, efectivamente, puede ser una primera medida, que puede ser un primer paso, y, por lo tanto, pues contará con nuestro apoyo esta proposición.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias, señor Sarrión Andaluz. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el señor procurador don Luis Fuentes.


EL SEÑOR FUENTES RODRÍGUEZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Señorías, compartimos –como no puede ser de otra forma- con el Grupo Socialista, proponente de esta iniciativa, la preocupación por el abuso del ejercicio de la libre designación como método de asignación de puestos laborales en la Administración pública, y concretamente en las Administraciones regionales, de aquí, de la Comunidad Autónoma.

En el caso concreto de la iniciativa parlamentaria de hoy, lo que se discute y... y además debo de hacer autocrítica, porque además esta ha sido una de las solicitudes que Ciudadanos llevó y trasladó en diferentes negociaciones en... postelectorales el pasado mes de junio en varias Comunidades Autónomas, e incluso aquí también, en la de Castilla y León, lo que pasa es que en este caso es evidente que no contamos con... con la aquiescencia de la... del Grupo Popular, y lo que sí que contamos fue con el rechazo del Partido Popular a asumirla en un primer momento de la legislatura, sin que esto supusiese que nosotros nos resignáramos eternamente a aceptarlo, sino que admitimos la necesidad de impulsar otras reformas que en ese momento sí que eran mucho más urgentes, o que considerábamos que eran mucho más urgentes para Castilla y León.

Sin embargo, es evidente que daremos apoyo a esta proposición no de ley con el fin –entiendo, dado el previsible rechazo por parte del Partido Popular, como nos hicieron desde un principio- de empatarla y trasladar un mínimo debate a un Pleno que consideramos cada vez más lejano, dado la... el retraso que llevamos en todas las... las PNL.

Recuerdo, sin embargo, que Ciudadanos ya hemos conseguido avances democráticos importantes en posteriores negociaciones con otros grupos políticos, e insisto en que... en nuestro compromiso con el desarrollo de prácticas normativas y que nos vayan permitiendo reducir ese gasto y ese grado de politización de la Administración pública.

Reitero la felicitación a los proponentes y el voto afirmativo de Ciudadanos a la Proposición No de Ley 202-01 y a su requerimiento para limitar el sistema de cobertura de puestos de trabajo por libre designación a los puestos superiores al de jefe de servicio o similares –como han hablado, nivel 28 o nivel 30-. Deberíamos caminar todos juntos hacia ese fortalecimiento de la carrera profesional dentro del funcionariado, del mismo modo que nos mejora como Administración, pero sobre todo como administrados, la eliminación de esos lazos y esas dependencias entre la Función Pública y el arbitrario criterio político. Muchísimas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias, señor Fuentes. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el señor procurador don Ricardo López.


EL SEÑOR LÓPEZ PRIETO:

Muchas gracias. Bueno, pues antes nos ha explicado el... el Partido Popular cómo se cubren los puestos de libre designación, pero me gustaría... o voy a tratar de explicar los subterfugios que utiliza la Junta de Castilla y León para la contratación de estos puestos de libre designación.

El Estatuto Básico del... del Empleado Público y la Ley 7/2005, de la Función Pública de Castilla y León, da preferencia al concurso de traslados como medio de provisión directa. La Junta de Castilla y León, sin embargo, no tiene concursos de traslados abiertos... y permanente para funcionarios o funcionarias; ni siquiera, cuando los convoca, los hace con la totalidad de plazas. Aquí, en cierto modo, estamos denunciando el excesivo abuso de la Junta de Castilla y León del sistema de provisión de libre designación, que debería ser excepcional y residual, tal y como marca la ley.

En las órdenes que convocan las plazas que han de ser cubiertas mediante el sistema de libre designación se alude a que las correspondientes relaciones de puesto de trabajo (las RPT) establecen los puestos que pueden ser cubiertos mediante el sistema de libre designación, es decir, utilizan esta fórmula para no establecerlo como el sistema preferente, lo cual evita entrar en conflicto con el Estatuto del Empleado Público y con la Ley de Función Pública de Castilla y León.

¿Qué facilita esto? Pues un ejercicio discrecional e interesado por parte de las Consejerías, que prefieren el sistema de libre designación, esto es, se prefiere el "dedazo" frente a un proceso basado en el mérito y la capacidad, tal y como se reconoce en las leyes y en la propia Constitución.

El único principio que, aparentemente, se respeta es el de la igualdad, ya que los procesos son, de entrada, abiertos a cualquier funcionario, pero el resto del proceso es opaco, puesto que no se exige ningún requisito salvo el propio currículum, de lo cual no se hace ninguna valoración en las resoluciones que se adjudican... en las que se adjudican las plazas; es decir, se elige a quien se quiere, sin más mérito.

Este es el sistema de nuestra Comunidad Autónoma, en la que lleva casi treinta años gobernando el mismo partido político. Pero es que, en pleno frenesí de recortes, de restricciones, de interinos despedidos y que no se vuelven a contratar, nuestra Administración autonómica no tiene ningún problema en nombrar funcionarios de niveles altos, con sueldos más altos y con mejores condiciones.

El Partido Popular utiliza un método de provisión de plazas que debería ser -de acuerdo a la ley- excepcional y residual con prodigalidad lo utiliza, mientras los concursos de traslados se anuncian pero no se convocan, y, cuando los convocan, fraudulentamente se omiten las plazas en la convocatoria, esas plazas que han decidido que se ocupen mediante el sistema de libre designación, impidiendo la promoción profesional de funcionarios que, en base a sus méritos y a su capacidad, podrían optar a esas plazas que la Junta bloquea para su provisión por ese sistema que únicamente fomenta el clientelismo político.

Recientemente, el consejero de Presidencia ha anunciado que se procederá a reducir o reconvertir una parte importante de estas plazas de concurso... de estas plazas por concurso específico para acabar con el carácter vitalicio que tienen las mismas. La Junta, según reconoce la... recoge la prensa, anuncia una revolución en la carrera profesional de los funcionarios con un nuevo plan, y propone conseguirlo a través de la promoción de los empleados públicos con tres compromisos: que los secretarios generales y directores generales sean empleados públicos, salvo casos excepcionales debidamente motivados; la reducción de una parte de las plazas en la actualidad que se cubren mediante libre designación... sustituirlas por plazas de concurso específico; y la revisión del sistema de acceso a las plazas de concurso específico para impedir que sean vitalicias. Es decir, ustedes quieren sustituir la libre designación, donde el criterio que impera es la afinidad y la lealtad personal y política, por el concurso específico. En este concurso específico ya existe un concurso de requisitos para el puesto de trabajo. Sin embargo, es un concurso de méritos adaptado a la persona que se quiere contratar. Para que ustedes me entiendan, es un traje a medida, cuando lo lógico sería sustituirlo por el concurso ordinario, donde se establece una titulación, unos requisitos, y se aleja toda duda de manipulación.

El abuso de la figura administrativa de la libre designación para cubrir puestos que en rigor deben ser ocupados mediante el sistema de curso ordinario, y que ahora quieren sustituir por el concurso específico, conlleva la supresión del derecho a ocupar los puestos de la Administración por funcionarios, y, por lo tanto, a la promoción, a la movilidad de la carrera profesional de los funcionarios que cumplen los requisitos y no pueden concursar, impidiéndoles, por ejemplo, un cambio de puesto de trabajo, de traslado de localidad o de promoción.

Así que el Partido Popular está provocando el debilitamiento progresivo de los principios de independencia y autonomía de la Administración de Castilla y León, con el añadido de un derroche injustificable de los recursos públicos debido a la proliferación de centenares de puestos de asesores y de mandos intermedios y altos que, sencillamente, pueden y deben ser desempeñados por funcionarios de carrera con las retribuciones ordinarias.

Otro de los compromisos del señor Santiago-Juárez es la promoción interna cada dos años. La Junta de Castilla y León, a través de las reformas de las relaciones de puestos de trabajo –las RPT-, eliminaron miles de posibilidades de traslado o de promoción para siempre, y otras, presuntamente, estarían reservadas por estar económicamente mejor dotadas.

Por lo tanto, se deben ofertar todas las vacantes en los plazos que marca la ley, y se siga un proceso claro, justo y rápido; que se lleve a cabo una información pública y detallada sobre la totalidad de las plazas vacantes, así como el motivo por el que están vacantes; es necesario también la apertura de un plazo antes de la convocatoria formal en el BOCYL, para presentar alegaciones, reclamaciones y correcciones que eviten recursos y la posible paralización o anulación total o parcial de la convocatoria.

Las... la transparencia y las prácticas de buen gobierno que tanto pregona la Junta de Castilla y León se demuestran con procedimientos y hechos reales. La regeneración de las instituciones y la lucha contra la corrupción requieren acciones decididas encaminadas a democratizar y optimizar la Administración pública, es decir, debemos cuidar el buen funcionamiento de los servicios públicos y de los trabajadores que desempeñan en ellos su labor de la forma más democrática y profesional, y contar con los méritos de las personas que más saben.

Nuestro grupo parlamentario va a presentar una enmienda in voce, que procedo a leer: "Para ello, en el plazo de tres meses, se modificarán las relaciones de puestos de trabajo, transformando los puestos de libre designación en puestos de concurso ordinario". Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias, señor López. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el señor procurador don Jorge Martínez Antolín.


EL SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN:

Gracias, presidenta. Buenos días, señorías. La reducción de los puestos de libre designación es un compromiso que está incluido en el acuerdo que se ha suscrito entre la Junta de Castilla y León y los representantes de los empleados públicos el pasado veintinueve de octubre de dos mil quince. Por tanto, lógicamente, si existe un acuerdo, la Junta debe cumplir ese acuerdo. Un acuerdo que, en esencia, sigue la línea en lo que se presenta en esta proposición no de ley por el Grupo Parlamentario Socialista.

En cualquier caso, hay que aclarar algunos conceptos y aclarar algunos extremos que se utilizan en el debate político y que se recurre en ocasiones a ellos con el ánimo de llevar a cabo una confusión. Y es que muchas veces, cuando se habla de puestos de libre designación, se entremezcla lo que puede ser también puestos eventuales, y el ciudadano interpreta como puestos de libre designación lo que son puestos eventuales. Y yo creo que ahí tenemos que ser muy estrictos, muy exhaustivos a la hora de transmitir esto a la sociedad, porque, efectivamente, se generan situaciones, pues que no son, además, la realidad.

En cualquier caso, hay que quedar perfectamente claro que un puesto de libre designación es cubierto por una persona que es un funcionario de carrera, mientras que en otras ocasiones los puestos eventuales –que también existen en las Administraciones- no tienen por qué ser una persona que sea funcionario de carrera. Entonces, esto es muy importante tenerlo en cuenta y saberlo diferenciar para no crear confusión en la ciudadanía. En concreto, en estos puertos... en estos puestos eventuales en la Junta de Castilla y León, pues también se publica el nombramiento en el BOCYL, y hay un apartado concreto en el portal de transparencia donde se puede consultar la información sobre estos puestos eventuales.

Hablando propiamente de lo que es la libre designación hay que tener en cuenta algunas cuestiones y, sobre todo, establecer la legalidad del trámite, y que es totalmente sensata. La provisión de puestos en la Administración pública está regulada en el Estatuto Básico del Empleado Público, y en el Artículo 80 este Estatuto Básico del Empleado Público, pues hace referencia a cómo se puede llevar a cabo el acceso de un puesto de trabajo por libre designación, dejando perfectamente claro qué es lo que... que este puesto de libre designación es ocupado por un funcionario de carrera. Y los funcionarios de carrera ¿cómo entran en la Administración? Pues siguen un proceso selectivo, un proceso selectivo de acuerdo con unos principios de igualdad, de mérito, de capacidad y de publicidad, y, una vez que lo superan, pues, lógicamente, entran dentro de la Administración a través de la autoridad y del órgano competente, que así lleva a cabo su nombramiento una vez que ha pasado este proceso selectivo y se publica como tal en el Boletín Oficial.

Por otro lado, hay que tener en cuenta que todos los puestos que ocupan los funcionarios están incluidos en la relación de puestos de trabajo, en la RPT, que también se ha hablado aquí de ella. Y las relaciones de esos puestos de trabajo son aprobadas por la Junta de Castilla y León, y, una vez que se aprueban estas relaciones de puestos de trabajo, se publican en el portal de Gobierno Abierto, y es una obligación, además, que se deriva de la Ley de Transparencia y Participación de la Comunidad de Castilla y León, que se aprobó en estas Cortes, para que puedan ser expuestas al público y, de esta manera, se demuestra la transparencia de la Junta de Castilla y León. Por cierto, otra transparencia que no se manifiesta en otras Comunidades Autónomas –aquí sí-. Gracias a la aprobación de esa ley, hoy es transparente el hecho de poder comprobar esos puestos de libre designación.

En estas relaciones de puestos de trabajo se indica cuál es la forma de provisión de la plaza y, de acuerdo con el Artículo 78 del Estatuto Básico del Empleado Público, pues se establecen las dos posibles formas de provisión de los puestos para los funcionarios de carrera, que son: el concurso y la libre designación. No voy a entrar a detallar cómo se lleva a cabo el concurso y cómo se lleva a cabo la libre designación, porque en el anterior punto mi compañero Manuel García lo ha explicado perfectamente.

A lo largo de este debate que hemos establecido sobre esta PNL, pues he oído decir que los puestos de libre designación son variables en las distintas Comunidades Autónomas, y, sobre todo, se ha recalcado el hecho de que se considera... que en la Junta de Castilla y León se considera abusivo el número de puestos de libre... de libre designación. Bueno, yo no sé con qué Comunidades han comparado sus señorías el número de puestos de libre designación que existen en Castilla y León, con qué Comunidades, porque yo no conozco esas diferencias tan abismales. Y lo que sí que creo es que lo que se ocurre es una falta de percepción; y lo que sí que ocurre es que se cofunden términos –yo no sé si intencionada o no intencionadamente- en el debate político con el fin de confundir al ciudadano. Y que debe quedar perfectamente claro que es totalmente distinto –como he dicho anteriormente- lo que es un puesto de libre designación con un puesto eventual; y que un puesto de libre designación siempre y en todo momento es designado por una persona que es funcionario de carrera. Y no hablemos de los puestos eventuales, porque, si hablamos, sí, de los puestos eventuales, pues podemos ver, por ejemplo, como en la Comunidad de... de Andalucía existen doscientos veintidós (sobre tan solo veintiuno puestos eventuales que existen en la Junta de Castilla y León).

Se ha hablado también aquí de corrupción ligada a una plaza de libre designación. Yo no creo que por el... por el mero hecho de eliminar un puesto de libre designación se pueda eliminar la corrupción. Ojalá fuese así de fácil y de sencillo. Yo creo que la corrupción no va ligada a un puesto de libre designación, sino que va ligada a la persona de cada uno, indistintamente de cuál sea su profesión, su cualidad profesional y la categoría que desempeñe, tanto desde el punto de vista que trabaje en la Administración o no trabaje en la Administración. Ojalá que tan fácil fuese el erradicar la corrupción.

Y, bueno, y otros hablan también, en algunos casos, cuando se habla de que las personas, si son afines o no a los partidos, pues hay quien habla hasta incluso que los jueces deberían ser afines al partido –y no vamos a entrar en esos debates-. Lo que sí es cierto es que, basándonos en el compromiso que ha establecido el consejero y la Junta de Castilla y León, sí que proponemos una enmienda, en la cual se tenga en cuenta esta situación. Entonces, paso a leerla, y nosotros proponemos "Que las Cortes de Castilla y León insten a la Junta de Castilla y León a revisar los puestos de trabajo que ahora se proveen mediante el sistema de libre designación, con el objetivo de convertir parte de ellos en puestos de concurso específico y ordinario". Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Muchas gracias, señor Martínez Antolín. Y ahora, para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la resolución que propone, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, la procuradora doña Gloria Acevedo.


LA SEÑORA ACEVEDO RODRÍGUEZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Agradecimiento a los grupos políticos que han mostrado su apoyo a la proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.

Señorías, desde el Partido Socialista tenemos muy claro que el Partido Popular sí cumple las formalidades que establece para la provisión de libre designación. Lo que no cumple es en relación al contenido de los mismos.

Señorías, nosotros solo hemos transmitido aquí, en esta sala, lo que han denunciado los sindicatos, lo que han... las sentencias del Tribunal Supremo y lo que se ha puesto de manifiesto por el Procurador del Común. En ningún momento se pretende confundir, puesto que son ellos los que, con conocimiento directo de las circunstancias de la libre designación, y que ven provocado que a través de las mismas se perjudica sus intereses profesionales en el ascenso, los que los han transmitido. En ningún momento era pretensión de esta parte confundir tales circunstancias.

Con el fin de fijar la propuesta de resolución, admitimos la enmienda presentada por el Grupo Podemos, y rechazamos la... la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Popular. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Por favor, lee cómo queda el texto.


LA SEÑORA ACEVEDO RODRÍGUEZ:

Uy, perdón. "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a limitar el sistema de cobertura de puestos de trabajo por libre designación a los puestos superiores de jefe de servicio o puestos equivalentes de la Administración institucional y Secretaría de los miembros del Consejo de Gobierno, de secretario general... (disculpen, señorías, que busque) ... secretario general y director... y director general, y se comprometa, en el plazo de tres meses, a modificar las relaciones de puestos de trabajo y a convocar inmediatamente el concurso de traslado para su provisión, tal y como se solicitan por los representantes de los empleados públicos".

Votación PNL/000202


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Concluido el debate, procedemos a someter a votación la proposición no de ley.

¿Votos a favor? Nueve. ¿Votos en contra? Nueve. En consecuencia, habiéndose producido un empate en la votación de esta proposición no de ley, se procede, de conformidad con lo establecido en el Artículo 92 del Reglamento de la Cámara, a someter a nueva votación dicha iniciativa parlamentaria.

¿Votos a favor? Nueve. ¿Votos en contra? Nueve. Habiéndose producido un nuevo empate en la votación, ¿algún grupo parlamentario desea que se suspenda la sesión? No.

No siendo así, procedemos a someter de nuevo a votación la proposición no de ley debatida, advirtiéndose a sus señorías que, de persistir el empate, la proposición será elevada al Pleno de la Cámara para que esta decida sobre la misma definitivamente.

¿Votos a favor? Nueve. ¿Votos en contra? Nueve. Habiéndose mantenido el empate tras las tres votaciones previstas en el Artículo 92 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, esta Presidencia procederá a comunicárselo así a la excelentísima señora presidenta de la Cámara, a los efectos previstos en el apartado 3 de este precepto reglamentario.

Tercer punto del orden del día. Por la señora secretaria se dará lectura del tercer punto del orden del día.

PNL/000275


LA SECRETARIA (SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ):

Tercer punto del orden del día: Proposición No de Ley 275, presentada por el procurador don David Castaño Sequeros, para instar a la Junta de Castilla y León a que inste al Gobierno central a introducir modificaciones normativas en la Ley 10/2012, de veinte de noviembre, a fin de derogar las tasas judiciales y las pequeñas y medianas... a las pequeñas y medianas empresas y a las organizaciones no gubernamentales, así como a que destine a la Comunidad Autónoma de Castilla y León el importe de las tasas judiciales ingresadas en su territorio en el año dos mil trece y dos mil catorce para destinarlas a cubrir los gastos de asistencia jurídica gratuita y a destinar a la... a las partidas de Justicia en los Presupuestos Generales del Estado un importe equivalente de la media europea, publicado en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 46, de treinta de octubre de dos mil quince.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias, señora secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra el señor procurador proponente, don David Castaño Sequeros, por un tiempo máximo de diez minutos.


EL SEÑOR CASTAÑO SEQUEROS:

Muchas gracias, señora presidenta. Lo primero que tengo que comentaros es que esta PNL, que ha sido aprobada por el Parlamento andaluz, y en concreto el ocho de octubre del dos mil quince, ha sido elaborada por la Brigada Tuitera, que es una asociación con más de 15.000 activistas, que tiene como objetivos una justicia sin tasas, una justicia con medios y una justicia independiente. La base del texto ha sido redactado por Jaime Borrego Raya, que es abogado, y Enrique Hinojosa, que es procurador.

No me voy a extender mucho con esta proposición no de ley, porque viene bastante completita. Me imagino que todos la habréis leído, pero la voy a explicar brevemente. La proposición no de ley está dividida en tres partes. La primera, en la que exige al Gobierno la derogación inmediata de las tasas judiciales para las pequeñas y medianas empresas y las organizaciones no gubernamentales, dado que estas permanecieron tras la última reforma de la Ley 10/2012, en las que fueron suprimidas por la... fueron suprimidas las personas físicas. El segundo punto es instar al Gobierno central a establecer mecanismos que permitan la transferencia a nuestra Comunidad del importe correspondiente de las tasas judiciales ingresadas en su territorio entre dos mil trece y hasta su derogación, para destinarlas a cubrir los gastos de asistencia jurídica. Y el tercer apartado es instar al Gobierno central a que destine a la partida de Justicia en los Presupuestos Generales del Estado el importe que la media europea destine a ella.

Termino recordando a los señores procuradores que se están limitando los derechos de las pequeñas y medianas empresas y organizaciones no gubernamentales. Todos los justiciables son iguales ante la ley y deben tener una Administración de Justicia, con independencia de cuál sea su situación económica, y sobre todo en este periodo tan largo de crisis. Les recuerdo que la mayoría de empresas tienen entre uno y dos trabajadores, y muchas de ellas con estas tasas ven limitado o anulado su derecho a una justicia efectiva, como afirma el Artículo 24 de nuestra Constitución.

Sin más, espero el apoyo unánime de todos los procuradores que asisten hoy a esta Comisión. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Mixto, por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el señor procurador don José Sarrión Andaluz.


EL SEÑOR SARRIÓN ANDALUZ:

Muchas gracias. Bueno, pues nosotros vamos a votar a favor de esta proposición no de ley, entre otras cosas porque una semana después presentamos una exactamente igual, con... Además una propuesta de resolución casi casi idéntica, y además es casi casi idéntica porque nos la mandó la misma asociación que al Grupo de Ciudadanos, ¿no? Por lo tanto, ha sido una cuestión de... de días, ¿no? Nosotros registramos esta proposición no de ley a fecha veintidós de octubre, y ustedes lo hicieron a dieciséis, ¿no?, me parece. Bueno, por lo tanto, pues, como es lógico, la vamos a apoyar.

Efectivamente, se trata de una medida fundamental, se trata de una... una cuestión como la de las tasas, en este aspecto, a nosotros nunca nos pareció una buena idea en términos generales. Y, en concreto, lo que se plantea de liberar, de eximir a... por parte del Gobierno central tanto a pymes como a organizaciones no gubernamentales, pues nos parece, efectivamente, una medida absolutamente de sentido común. Por lo tanto, efectivamente, va a contar con nuestro apoyo a la proposición.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el señor procurador don Ricardo López.


EL SEÑOR LÓPEZ PRIETO:

Muchas gracias. Bueno, pues el Partido Popular aprobó en solitario la Ley 10/2012, con el objeto de disuadir a la ciudadanía a la hora de pleitear cuando no fuera necesario, ¿eh? Calificaron como de abuso el elevado número de recursos que entraban en los juzgados de nuestro país. Así que con esta ley se comprometieron a hacer de la Justicia un servicio más eficiente.

Aprobaron una ley en solitario con el argumento de desatascar la Justicia, en contra de las asociaciones de jueces, de operadores jurídicos, de partidos políticos, de sindicatos, de asociaciones de consumidores, de los ciudadanos de a pie y de asociaciones o grupos de abogados que denunciaron la amenaza de una ley que iba a empeorar gravemente la situación de todas y todos.

Esta ley provocó un enorme daño a miles y miles de personas que no pudieron acudir a la Justicia. Las tasas judiciales ocasionaron un efecto disuasorio general en la sociedad civil, y los que sí acudieron a ella lo hicieron pagando unas tasas injustas, desproporcionadas e inconstitucionales, sin que su dinero, en contra de lo prometido por el Partido Popular, se destinara a mejorar el servicio público de la justicia gratuita. No sé si sabrán -si... si lo sabe, me lo... me gustaría que me lo dijera- dónde están los más de 512 millones de euros recaudados por las tasas judiciales, ese dinero que iba a garantizar aún más la justicia gratuita. Pues mire, en una pregunta escrita en el Congreso de los Diputados, en respuesta del Gobierno del Partido Popular, dice que a día de hoy, pues nadie sabe dónde está, y por supuesto que no ha llegado a ninguna Comunidad Autónoma.

Tampoco debemos olvidarnos de aquellos que pleitearon y vieron desestimadas sus pretensiones en primera instancia, siendo incapaces de acudir a la segunda instancia por el elevado coste de la tasa judicial. La tasa judicial, en un recurso de apelación en el ámbito civil, rondaba los 800 euros, a los que había que añadir la cuantía variable correspondiente; 800 euros, más del salario mínimo que necesita una persona, ¿eh?, para sobrevivir.

No solo está mal hecho todo el sistema, sino que nadie previó que esas apelaciones que podían costarte como mínimo 800 euros, cuando no había parte contraria si tenías razón no... no se podían recuperar las tasas. Y entonces los tribunales comenzaron a reconocer que podías perder un pleito y no recuperar las... las tasas.

Entonces, las exigencias colectivas y las resoluciones del Tribunal Constitucional hicieron que hoy casi hace un año, el veintisiete de febrero del dos mil quince, ya sea por oportunismo político en un año cargado de eventos electorales, ya sea por sentido común, el Partido Popular, a través del Real Decreto 1/2015, establece la exoneración a las personas físicas del pago de tasas judiciales en todos los órdenes e instancias judiciales.

Sin embargo, la reforma es insuficiente, pues deja fuera a las pequeñas y a las medianas empresas y a las organizaciones sin ánimo de lucro. La defensa de la naturaleza y de los derechos de la ciudadanía se ven gravemente afectados en esta nueva ley de tasas judiciales. Los pagos de cuotas harán inviables la protección ambiental ante los tribunales para muchas organizaciones sin... sin ánimo de lucro. Afecta especialmente en el ámbito del orden contencioso-administrativo, donde se revisa la legalidad de las actuaciones de las Administraciones públicas y al que acuden... y al que se acude para impugnar la aprobación o proyectos de planes urbanísticos. Si las tasas judiciales son malas para la Justicia, también son malas para la defensa del medio ambiente y el interés general, por el que muchas organizaciones sin ánimo de lucro velan.

En el ámbito de las pequeñas y medianas empresas la... una tasa judicial no tiene la misma repercusión en el presupuesto de un autónomo o de una pyme que en el de una gran empresa. Los autónomos y pymes seguirán soportando elevadas tasas judiciales, y así, en estrictos términos de coste de litigación, una pequeña fábrica de zapatos será equiparable a una multinacional, que arroja beneficios estratosféricos en su cuenta de resultados. Es decir, para reclamar una deuda de 30.000 euros una zapatería pagaría idéntica tasa judicial que el Banco de Santander o que Iberdrola.

A pesar de que la proposición no de ley de Ciudadanos no distingue entre pequeñas empresas y grandes empresas, desde Podemos abogamos por la justicia gratuita, entendida como un servicio público; manifestamos nuestra preocupación por la situación actual de la Justicia; rechazamos las tasas judiciales, pero también la reforma del Código Penal, la Ley de Seguridad Ciudadana, la ley orgánica que ha modificado la Ley de Enjuiciamiento Criminal; expresamos nuestra oposición a los recortes llevados a cabo por el Gobierno de Mariano Rajoy en el ámbito de la Justicia; y reclamamos la derogación de la Ley 10/2012, que establecía unas tasas judiciales. Por lo tanto, nuestro voto va a ser favorable a esta proposición no de ley. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias, señoría. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Socialista, por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra la señora procuradora doña Gloria Acevedo.


LA SEÑORA ACEVEDO RODRÍGUEZ:

Muchas gracias, presidenta. Señorías, mencionar, en primer término, la coincidencia en tiempo y forma de... de idénticas proposiciones no de ley entre el Grupo Parlamentario Socialista, Ciudadanos y Podemos, relativos a la derogación de la Ley de Tasas en el ámbito de las pymes y asociaciones no... no gubernamentales, cuyo contenido hoy debatimos, en virtud de lo cual, este grupo parlamentario apoyará dicha iniciativa.

El nombramiento del señor Gallardón como ministro de Justicia fue acogido en los actores jurídicos con cierta benevolencia, incluso en los sectores más críticos. No obstante, la exabrupta e inesperada regulación de la Ley de Tasas para el ámbito de la Justicia, con unas escalofriantes cantidades a resultas de la incoación del procedimiento y su consecución, constituyó el chorro de agua más fría que tanto al justiciable como a los operadores jurídicos se nos había arrojado. Difíciles tragos hemos tenido que sufrir para hacer frente a provisión de fondos; a la cuantía fija más la variable, en función de la cantidad a reclamar; a los 800 euros del recurso de apelación, más los 50 euros de depósito, más el 0,1 variable, en función de la cuantía del pleito. ¡Cuántos recursos sin interponer a favor de justiciables que, aun teniendo una situación económica modesta, no eran susceptibles de ser beneficiarios de justicia gratuita! ¡Cuánta pérdida de oportunidad procesal!

Desde el Consejo General del Poder Judicial, como desde el Consejo General de la Abogacía, como desde los distintos colegios de abogados, como ciudadanos anónimos levantamos la voz contra tamaña desafección al libre acceso a los tribunales garantizado por la Constitución. Dos largos y tenebrosos años para nuestro bien más preciado y más precario, el derecho al acceso a la tutela judicial efectiva.

Y, por fin, el veintisiete de febrero del dos mil quince, un nuevo acto de contrición por parte del Partido Popular incluyó dentro de las exenciones a la tasa judicial a las personas físicas. No obstante, subsisten para las pequeñas y medianas empresas y asociaciones no gubernamentales, constituyendo las primeras entre el 70 y el 80 % del tejido empresarial, aportando más del 65 % del PIB y generando más del 75 % del empleo privado.

Las asociaciones empresariales sostienen que mantener las tasas judiciales impide que las empresas puedan reclamar sus derechos de crédito, implicando, en muchos casos, su cierre y la destrucción de empleo, y obstaculizando el buen desarrollo del tejido industrial. No entendemos la desidia estatal frente a las pequeñas y medianas empresas, cuando hasta la saciedad hemos oído la mejoría económica.

Ni cabe, ¿qué decir?, en relación a las asociaciones no gubernamentales, porque, según han denunciado ante la ONU, han de pagar idéntico importe, como si de una multinacional se tratase.

Existen en la actualidad, según la información pública y publicada, 7 recursos de inconstitucionalidad (2 a instancia del PSOE, 2 a instancia de la Junta de Andalucía, 1 de la Generalitat, 1 del Gobierno de Aragón y otro del Gobierno de Canarias), así como 3 recursos de amparo de justiciables indefensos por no poder pagar las tasas judiciales, y los 3 son pymes.

Se dispone en el Artículo 11 la vinculación de la tasa al sistema de justicia gratuita en los términos establecidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio. Público y notorio fue cuando el señor Catalá, preguntado en sede parlamentaria por el destino del dinero recaudado, se limitó a decir que no disponía de información al respecto. A día de hoy seguimos sin concebir... sin conocer dicha vinculación y, menos aún, sin palpar la mejoría de la justicia gratuita.

Bien es cierto que la eliminación de las tasas judiciales allana de nuevo el acceso a la Justicia, sin duda, pero tan solo es la puerta de entrada, porque, una vez inmersos en la casa del deber ser, las goteras de la precariedad asoman desde todos los habitáculos.

Señoría, señorías, el derecho a ser beneficiario de ser gratuita se ve engrandecido por titánicos esfuerzos de los abogados de oficio y el personal funcionarial. Permítame en este acto que alardee del Colegio de Abogados de Ponferrada, donde la gran parte de los abogados colegiados forman parte del turno de oficio, desde los de reconocido prestigio hasta los más humildes -en estos últimos se encuentra una servidora-; se reconoce, además, que somos el único colegio de España donde el justiciable, beneficiario del derecho de justicia gratuita, puede elegir, entre todos los abogados adscritos al turno, el que más confianza le suscite, sin ningún tipo de explicación.

Señorías, no solo la justicia gratuita necesita de un incremento presupuestario. Nuestro sistema judicial avanza a golpe de utopías; y digo "utopías" porque, sin duda, los propósitos son loables en teoría, pero en la ejecución se degradan. Nos encontramos ante la inexistencia de medidas que garanticen al justiciable una justicia rápida, porque es constatable la desmotivación que produce el conocimiento de que los pleitos se resolverán en lapsos de tiempo que se eternizan, pese al esfuerzo –reitero orgullosamente- de los empleados públicos, jueces, fiscales y demás personal funcionarial. Y lo digo con conocimiento de causa: en mi localidad se duplica la ratio media por juzgado de asuntos civiles, siendo esta de 420 al año, y resolviéndose entre 800 y 900 pleitos al año por juzgado.

La nueva oficina judicial, a la que se denominó como la oficina del siglo XXI, precisa de más medios personales y materiales, siendo un problema grande y clamoroso.

La preocupación estatal se centra en los juzgados de la provincia, donde las dotaciones de refuerzos perduran en el tiempo, mientras que los juzgados de demarcación inferior sobrevivimos a golpe de esfuerzos de funcionarios, de abogados, de procuradores y de justiciables. La paciencia de estos últimos es la panacea de las reformas insostenibles y electoralistas.

A la nueva oficina judicial hemos de añadir Lexnet. En seis meses de implantación de la oficina judicial y Lexnet, todo ello sin medios personales y materiales suficientes, con unos equipos informáticos que no tienen capacidad para soportar tal cúmulo de funciones. Creo que alcanzan a imaginarse la situación de desasosiego e impotencia que nos... que nuestros empleados públicos aguantan estoicamente día a día.

Señorías, desde la deformación profesional, era mínimo... era preciso una mínima radiografía de la salud de nuestra Justicia. Podemos decir que el estado general se acerca, preocupantemente, a una situación alarmante, que precisa de una actuación conjunta y... y consensuada. Señorías, no podemos permitir que la Justicia se convierta en un derecho de unos pocos. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias, señora Acevedo. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular, por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el... el señor procurador don Alfonso Centeno Trigos.


EL SEÑOR CENTENO TRIGOS:

Muchas gracias, señora presidenta. Yo creo que tenemos que tener en cuenta que las tasas judiciales lo que pretenden es proveer de los recursos presupuestarios imprescindibles para garantizar la financiación de la nueva regulación sustantiva del derecho a la justicia gratuita. Así, el Artículo 11 de la Ley 10/12... 10/2012 dispone que la tasa judicial se considerará vinculada, en el marco de las disposiciones de la Ley 1/1996, del diez de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, al sistema de justicia gratuita en los términos establecidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio.

Yo creo que el Real Decreto 10/2012, que luego se modificó con un Decreto Ley 1/2015, en donde lo que se modifica es el poder adecuar el régimen de las tasas judiciales a la concreta situación de los sujetos obligados al pago de las mismas, y en concreto se incluyó la exención de carácter subjetivo relativa a personas físicas -tengo que recordar, para alguno de los intervinientes, que un autónomo es una persona física, y que, por lo tanto, como tal, está exenta de las tasas; no es una persona jurídica-. En otras palabras, desde el pasado uno de marzo las personas físicas, en cuanto tales, no están obligadas al pago de las tasas judiciales, y únicamente lo están las personas jurídicas, y ello si no tuvieran reconocido el derecho de la asistencia jurídica gratuita.

No obstante, también hay que reconocer que se han introducido cambios en las cuantías para las pymes. En este sentido, cuando los litigios sean inferiores a 2.000 euros, están exentos también de esa tasa para esas pymes, lo cual suele ser la mayoría de las... en este caso, de las demandas; y que, en caso de mayores cuantías, el gasto que se ha generado puede ser, en este caso, minorado del impuesto de sociedades.

Yo creo que es un tema que nos tiene que preocupar a todos, puesto que, al fin y al cabo, lo que nos preocupa y lo que todos los que estamos aquí de alguna forma sentimos es que tenemos que garantizar que la Justicia pueda llegar a todos los ciudadanos, y, por lo tanto, también darle una viabilidad económica. Nosotros creemos que dejar exentas a todas las pequeñas y medianas empresas sin tener en cuenta sus resultados económicos... porque la medida de las empresas no significa que no ganen dinero o dejen de ganarlo, por lo tanto, decir taxativamente que todas aquellas pymes tengan que ser gratuitos puede poner en riesgo, quizás, el equilibrio para poder llevar adelante la Justicia, en este caso, la justicia gratuita, en España. Por eso creemos que se requiere, a nuestro juicio, un estudio mucho más detallado, ¿eh?, que corresponde al ámbito de otra Administración -en este caso, del Estado-, ya que la Comunidad Autónoma carece de competencias en materia de Administración de Justicia.

Por otro lado, también decirles que la Ley 1/1996, de diez de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, establece que tendrán derecho a la asistencia jurídica gratuita las asociaciones de utilidad pública y fundaciones cuando acrediten insuficiencia de recursos para litigar. Por esta vía, por tanto, quedan exentas aquellas ONG que realmente tienen mayores problemas para poder afrontar el pago de... de las tasas, que aquí tanto nos ha... nos ha preocupado.

En cuanto al punto dos, la verdad es que permítame que no se entienda muy bien la... la propuesta. Desde luego, ese dinero nunca podría llegar a la Junta de Castilla y León, porque –como decimos- carece de esas competencias, pero además lo que ustedes están pretendiendo es terri... perdón, territorialización, ¿no?, de esos recursos, en una Comunidad Autónoma. Y yo creo que eso, quizás, nos lleve a... a un camino que no deseamos. Estamos hablando de... de algo que es de un interés general y de todos los ciudadanos, independientemente de allá donde... donde residan.

¡Yo qué sé!, cabe pensar que si esos recursos o esas tasas que se han cobrado no fueran suficientes para garantizar la justicia gratuita a los ciudadanos de Castilla y León, cuando se acabaran, ¿ya no habría esa justicia gratuita? Yo creo que no. Yo creo que aquí lo que tenemos que es lógicamente garantizar a todos ellos esa... esa posibilidad, y, por lo tanto, tiene que tener una... una caja única, que de alguna forma garantice que esos recursos... de poco nos sirve, digamos, reclamar exhaustivamente los que nos corresponde por ese pago de tasas, que pudieran no ser suficientes para lo que nos cuesta la justicia gratuita en Castilla y León. Lo que debemos es garantizar, lógicamente, esa... esa justicia gratuita.

Por otro lado, también podría plantearse que por qué no se devuelve esas tasas a los que les han pagado, ¿no? Si, si, digamos, ustedes las consideran que... que son injustas, pues parece más justo que se devuelvan, ¿no?, a aquellos que les han pagado. Pero yo creo que en este caso, igual que en el anterior, yo creo que es algo suficientemente serio como para requerir un estudio mucho más importante.

En cuanto, desde luego, el punto tres, el... el instar al Gobierno central a destinar, a la partida de Justicia en los Presupuestos Generales del Estado, el importe que la media europea destina a ella, carece yo creo que de explicación, y además nos parece también un asunto suficientemente importante como para no abordarlo como mero eslogan político, puesto que también hay que tener en cuenta que pudiera incidir en el montante de recursos a repartir en el modelo de financiación autonómica, que eso lógicamente sí que nos importa mucho más y, sobre todo, nos importa como... como así lo está demostrando el Gobierno de Juan Vicente Herrera, pues el garantizar esa prestación de los servicios sanitarios, educativos y sociales en el territorio de Castilla y León y la del resto de las competencias propias de nuestra Comunidad.

Por todo ello, yo creo que es una ley que nace en el dos mil doce, que evidentemente no ha sido perfecta –yo creo que eso es algo que podemos compartir tranquilamente todos los asistentes-, también nace de una necesidad –que todos también conocemos y no quisiera explicar ahora-, pero también decir que la modificación de... de dos mil quince es una oportunidad política me parece algo francamente poco creíble y, sobre todo, de aquel grupo que dice que rechaza que los jueces no sean afines a las organizaciones políticas. No parece muy razonable.

Lo que sí que hubo es un cambio importante del dos mil doce al dos mil quince en... en cuestiones económicas que posibilitaron el modificar esa ley, de tal forma que pudiera ser gratuita para todas aquellas personas físicas de este país. Yo creo que eso es algo importante. Yo estoy seguro que la situación económica –si alguien no se encarga de... de hacer lo contrario- va a seguir mejorando en este país, y, por lo tanto, ¿por qué no se va a poder volver a revisar una vez más esta ley? Y yo lo que pido en este caso es que instemos a... una... les propongo –digamos- una... una alternativa al texto donde digamos que instamos a la Junta de Castilla y León a instar al nuevo Gobierno de la Nación a que se revise en profundidad el sistema de tasas judiciales en lo que se refiere a las pymes y las organizaciones no gubernamentales.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias, señor Centeno. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la resolución que propone, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, don David Castaño Sequeros.


EL SEÑOR CASTAÑO SEQUEROS:

Bueno. Muchas gracias a los grupos que apoyan esta PNL, que no es nuestra, por supuesto -ya les comenté antes que es de la Brigada Tuitera-, y además que he recordado que esta proposición no de ley fue aprobada por el Parlamento andaluz: el punto primero, con la abstención del Partido Popular; el punto segundo... [murmullos] ... la aceptó el Partido Popular y el punto tercero también.

Yo creo que terminaríamos muy pronto si le pregunto a usted cuántas veces ha dicho justicia gratuita en su intervención, porque yo lo tengo apuntado. Once veces. Once veces ha dicho usted "justicia gratuita". Y es que estamos hablando de eso, de justicia gratuita. Y además le doy la oportunidad de compartirlo con todos nosotros y con sus compañeros de... de Andalucía.

En cuanto al punto dos -se lo ha dicho la procuradora del Partido Socialista-, la gestión, la gestión. Es verdad que... que hay competencias que no están transferidas, pero la gestión sí.

Y en cuanto al punto tercero, si hablamos de un derecho de justicia gratuita, si hablamos de... de ser europeos, ¿por qué no vamos a instar a que dotemos a los... a los Presupuestos Generales el mismo importe que la media europea?

De todas formas, en aras de que haya un consenso, le pido un minutillo a la presidenta para hablar con el Partido Popular y con el portavoz del... cualquier partido que quiera hablar con nosotros, a ver si podemos llegar a un acuerdo. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Pues hacemos un receso de dos minutos.

[Se suspende la sesión durante unos minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Para fijar el texto definitivo, tiene otra vez la palabra el señor David Castaño.


EL SEÑOR CASTAÑO SEQUEROS:

Sí. Entiendo la argumentación del Partido Popular, aunque no la comparto. Yo les propongo que apoyen esta proposición no de ley tal como... tal como está, sin cambiar absolutamente nada, y que luego ustedes propongan o registren una proposición no de ley en esos términos. Una vez que quitemos las tasas judiciales, porque se trata de eso, de buscar una justicia gratuita, ustedes registran una proposición no de ley instando al Gobierno de la Nación a que, a ciertas empresas, por su capacidad económica, pues nada, que les cobren tasas judiciales. Muchas gracias.

Votación PNL/000275


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Entendemos que queda como está. Entonces, concluido el debate, procedemos a someter a votación la proposición no de ley.

¿Votos a favor? Nueve. ¿Votos en contra? Nueve. Habiéndose producido un empate en la votación de esta proposición no de ley, se procede, de conformidad con lo establecido en el Artículo 92 del Reglamento de la Cámara, a someter a una nueva votación dicha iniciativa parlamentaria.

¿Votos a favor? Nueve. ¿Votos en contra? Nueve. Habiéndose producido un nuevo empate en la votación, ¿algún grupo parlamentario desea que se suspenda la sesión? No siendo así, procedemos a someter de nuevo a votación la proposición no de ley debatida, advirtiéndose a sus señorías que, de persistir el empate, la proposición será elevada al Pleno de la Cámara para que este decida sobre su... sobre la misma definitivamente.

¿Votos a favor? Nueve. ¿Votos en contra? Nueve. Habiéndose mantenido el empate tras las tres votaciones previstas en el Artículo 92 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, esta Presidencia procederá a comunicárselo así a la excelentísima señora presidenta de la Cámara, a los efectos previstos en el apartado 3 de este precepto reglamentario.

Cuarto punto del orden del día. La señora secretaria leerá el punto.

PNL/000289


LA SECRETARIA (SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ):

Cuarto punto del orden del día: Proposición No de Ley 289, presentada por el Procurador don Luis Fuentes Rodríguez, instando a la Junta de Castilla y León a que promueva las modificaciones normativas necesarias para evitar que en los procesos electorales las formaciones políticas no puedan utilizar símbolos, denominaciones o siglas que puedan provocar confusión entre los electores y pongan en cuestión el libre ejercicio del voto, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 53, de trece de noviembre de dos mil quince.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN):

Gracias, secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra el señor procurador proponente, don Luis Fuentes Rodríguez, por un tiempo máximo de diez minutos.


EL SEÑOR FUENTES RODRÍGUEZ:

Muchas gracias, señor presidente... bueno, presidente en funciones. Señorías, en las elecciones autonómicas y municipales del pasado mes de mayo concurrimos, entre otras muchas formaciones políticas, Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía, que cuenta hoy –como todos ustedes saben- con grupo parlamentario propio en estas Cortes, y la coalición electoral CI-Ciudadanos de Centro Democrático. Las tres formaciones (la que represento, por un lado, y tanto Candidatura Independiente como Ciudadanos de Centro Democrático) figuramos inscritas en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior con, evidentemente, denominaciones y simbologías claramente diferenciadas. Solo así se entiende la inscripción de las tres, pues es requisito indispensable la diferenciación de las formaciones políticas en dicho Registro de Partidos.

Pues bien, es conocido por todos que, en la concurrencia a las elecciones autonómicas y municipales, la candidatura CI-Ciudadanos de Centro Democrático desplegó en numerosos puntos de Valladolid una cartelería e imagen gráfica, principalmente a través de vallas publicitarias, cuya similitud con los colores, tipografía y estética que nuestra formación lleva utilizando desde dos mil seis eran mucho más que evidentes. Pueden refrescar esas similitudes, esas imágenes, que le presentará ahora nuestro compañero Castaño, que les pongo a su disposición para que las vean.

En dicho momento, esta actuación fue puesta en conocimiento de la Junta Electoral Provincial de Valladolid por nuestro representante electoral, probando con imágenes similares las prácticas que entendíamos motivo de la denuncia. En esta Junta Electoral, acordó... adoptó por acuerdo, que cito a continuación: "El logo utilizado por la coalición electoral Candidatura Independiente-Ciudadanos de Centro Democráticos (CI-CCD) para la publicidad y propaganda electoral que se indica en el escrito presentado no se corresponde –no se corresponde- con el símbolo e identificación de dicha coalición que se expresa en su pacto de coalición y que fue aceptado por esta Junta Electoral". Esto es textual.

Dicho logo induce a la confusión de los electores con el símbolo utilizado por el partido político Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía, que consta inscrito en el Registro de Partidos Políticos –etcétera- por la similitud de la disposición y distribución entre dicho símbolo y los elementos que identifican a los partidos políticos que integran la coalición electoral en el logo denunciado.

Ello infringe el Artículo 46.4 de la LOREG, pues el espíritu que informa este artículo de la LOREG consiste en evitar la confusión entre los posibles electores. En esa resolución, en la que la Junta Electoral Provincial decía, y cito textualmente: "La coalición electoral Candidatura Independiente-Ciudadanos de Centro Democrático deberá ajustar el logo que se utilice en su propaganda y publicidad al símbolo que consta en el pacto de coalición aceptado por esta Junta Electoral, y se le requiere para que se abstenga de utilizarlo en lo sucesivo, debiendo retirarlo de la publicidad que pueda existir en la actualidad". Esto es textual, la resolución. Se entiende, por tanto, que hay un reconocimiento explícito de la Junta Electoral Provincial de la existencia de una estratagema por parte de dicha candidatura para buscar la confusión entre los electores.

La supuesta retirada de esa publicidad terminó por ser una operación tardía de maquillaje de la misma, que, en todo caso, no ayudó sino a aumentar la confusión que muchos vallisoletanos sufrieron cuando se les llegó a casa el sobre con la propaganda electoral que mostramos.

Debido a todo esto, durante los días previos a las elecciones, pero también de forma posterior a las mismas, se generó, entre muchos ciudadanos, una sensación de confusión y posterior molestia por entender, en primer lugar, que existía una estrategia descarada que tenía por objeto, o por objetivo, dirigir hacia una candidatura votos confundidos que realmente buscaban apoyar a la otra; y, en segundo lugar, por el desamparo de ver que las instituciones electorales, que reconocían la existencia de esta trama, no conseguían evitar sus efectos.

Una confusión intencionadamente promovida que, como puede comprobarse en el análisis de los resultados electorales, tuvo una manifiesta influencia en los mismos, así como en la composición de numerosos ayuntamientos e instituciones; entre ellos, las propias Cortes de Castilla y León.

Para Ciudadanos ha sido una prioridad el reconocimiento de esta estratagema, que consideramos motivación de fraude democrático, así como el compromiso de todas las fuerzas políticas por la no repetición de ninguna estrategia que pueda confundir a los ciudadanos en el ejercicio democrático de su voto.

Es por ello que hoy debatimos en esta Comisión la proposición no de ley en la que solicito que el resto de las formaciones y grupos parlamentarios se unan a la condena al plagio reconocido por la Junta Electoral Provincial de Valladolid, y en la que se insta a la Junta de Castilla y León a promover las reformas normativas necesarias para evitar posibles episodios de confusión en próximas convocatorias electorales.

Por lo tanto, voy a cambiar, si se me... si se me permite, la redacción de la proposición no de ley que hemos presentado para que no exista ninguna duda de su interpretación. La redacción quedaría: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que promueva las modificaciones normativas necesarias para evitar que en los procesos electorales las formaciones políticas puedan utilizar símbolos, denominaciones o siglas que puedan provocar confusión en los electores y pongan en cuestión el libre ejercicio del voto de los ciudadanos".

Como habrán podido observar, he retirado el "no", para evitar, como se me ha comunicado, la doble negación. Muchas gracias.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN):

Gracias, señor Fuentes. En un turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Mixto y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el señor Sarrión Andaluz.


EL SEÑOR SARRIÓN ANDALUZ:

Bien, muchas gracias. Vamos a ver, la... el caso concreto que motiva esta proposición, a mí me parece evidente que lo que se manifiesta es una intencionalidad por parte de un grupo político de aprovechar el tirón de otra fuerza emergente, ¿no? Yo creo que cualquier persona que vea la imagen gráfica que... que se nos ha mostrado, y... y, bueno, pues los que seguimos la campaña, yo creo que era más que evidente, ¿no? La... la intencionalidad de una fuerza es de aprovechar un momento de claro ascenso de una candidatura y de intentar generar algún tipo de... de confusión, ¿no?, en torno a la imagen gráfica. Entonces, en este aspecto yo creo que... entiendo la... la motivación, ¿no?, y entiendo la intencionalidad.

Sin embargo, tengo serias dudas acerca de cómo se puede regular este tipo de situaciones. ¿Por qué? Porque lo que en este caso yo creo que es evidente, no sé si en otros casos lo puede ser tanto. Es decir, voy a poner un ejemplo. En algunas elecciones en la Comunidad de Madrid, creo que llegó a haber cuatro candidaturas autonómicas verdes, por ejemplo, ¿no? Creo que tres falanges, en algún caso, ¿no?, ha llegado incluso a haber. Y entonces ahí, ¿qué... qué ocurre? ¿Sería una fuerza más grande la que le dijera a la pequeña...?

Quiero decir, me genera dificultades, también por mi falta de pericia jurídica, seguramente, pero me genera dificultades el ver cómo podría regular una Junta Electoral una cuestión de este tipo, porque si bien en este caso concreto sí que veo muy clara la intencionalidad, creo que hay una gran evidencia, en otros casos no sé cómo se puede establecer. Por ejemplo... claro, cuando hablamos de provocar confusión en los electores, por ejemplo, que un partido se llame "izquierdas" y no haga política de izquierdas, ¿eso no es crear confusión? Por ejemplo, ¿no? O que un partido esté lleno de multimillonarios y se llame "Partido del Proletariado", o "Partido Popular", por ejemplo... [risas] ... ¿no?, imaginémonos.

Quiero decir que esto de la confusión es una cosa como tan ambigua, tan difícil de... de definir, ¿no?, que me parece un poco... un poco difícil, ¿no? Nosotros tampoco es una cuestión... Es decir, entendemos la motivación, ¿no?, de la fuerza política, entendemos en este caso concreto lo que ha sucedido, yo creo que todos lo veíamos muy claramente en la campaña; pero no tenemos muy claro que se pueda regular de esa manera sin generar una extrapolación, quizá, de funciones, ¿no? Es decir, que a través de esto la Junta Electoral tenga un exceso de posibilidad de entrar en cómo los partidos desarrollan las campañas.

Entonces, entendiendo que el problema está ahí, pero viendo que una solución generalizable y aplicable a todos los casos, y que por tanto aporte la seguridad jurídica que tiene que tener un principio legal, que es que sea universalizable, no acabamos de encontrar la forma en que podría encajarse, vamos a emitir una abstención, por prudencia, principalmente por prudencia.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN):

Gracias, señor Sarrión. En un turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra la señora Natalia del Barrio Jiménez.


LA SEÑORA DEL BARRIO JIMÉNEZ:

Gracias. Bueno, el caso que nos ocupa con esta proposición entiendo que es una reforma relativa a la normativa de usos de denominaciones y siglas en la Ley Electoral, porque tampoco se entiende exactamente dónde se quiere hacer esa normativa, según la propuesta de resolución.

Así que en principio, y compartiendo desde nuestro grupo parlamentario, pues en realidad no entendemos realmente las modificaciones normativas que se pretenden, si en la Ley Electoral de Castilla y León, que es la... que se está regulada por la Ley Electoral estatal, si una normativa en concreto para los logos, ya que no se especifica en la propuesta de resolución. Y además, ya que, como se explica en los antecedentes de la proposición, ante la aparente confusión, que es obvia, lo cierto es que la propia Junta Electoral Provincial actuó con la ley... con la Ley Electoral, prohibiendo, en este caso, al plagiador utilizar un logo, aunque la confusión es cierto, pues, que ya estaba hecha.

Compartimos también que el resultado de las elecciones no hubiese sido el mismo atendiendo, claro, a una suma completa de Ciudadanos de Centro Democrático y la del partido que ustedes representan, ya que con esta suma aquí, en las Cortes de Castilla y León, ustedes... ustedes hubiesen obtenido 38.549 votos, hubiesen sido la tercera fuerza en Valladolid, arrebatando la mayoría absoluta al Partido Popular, ya que en este caso ustedes hubieran obtenido dos diputados por Valladolid. Aunque aun así les digo, señores de Ciudadanos, que en política uno más uno no siempre son dos.

Evidentemente, algo falla en el sistema electoral, pero es que... pero que perjudica a los ciudadanos y no a un partido, porque la primera duda que nos suscita en esta proposición no de ley es que la que se respira es que el... el perjudicado es un partido político y no la ciudadanía. Cierto es que se hace una mención muy breve al malestar de la propia ciudadanía por esa confusión, y como ya le he indicado esta es la parte... la primera parte que no nos acaba de encajar del todo, y es que exponga en los antecedentes como perjudicado a un partido político y no a la ciudadanía, que es a quien nos debemos y a quien representamos. Aquí venimos a trabajar por y para la gente, y no para los partidos políticos, aunque con las tramas corruptas de los últimos años parezca lo contrario, pero es así, venimos a trabajar por y para la gente. Algunos grupos trabajamos por alcanzar una justicia social, entendiendo dentro de esta justicia social efectivamente una reforma electoral, pero que democratice y haga más proporcional las instituciones de todos y de todas.

La segunda duda que nos sugiere esta proposición que hoy aquí debatimos es lo que ustedes consideran fraude democrático. Partiendo de que nuestro grupo parlamentario, como ya lo ha indicado, entiende que intentar plagiar y confundir a la ciudadanía sí sería parte de un fraude democrático, la propuesta de su... de resolución no es muy concisa, porque para nuestro grupo parlamentario, por ejemplo, el no cumplimiento del programa electoral también es un fraude democrático. La utilización de las sedes de los... de los gobiernos de las sedes de todos para nuestro partido también es un fraude democrático. Es que que utilice Mariano Rajoy, por ejemplo, la sala de prensa de la Moncloa para hablar en nombre del Partido Popular, para nosotros también es un... es un fraude democrático.

Y, ahondo en el tema, se trata de una propuesta muy insuficiente. Tampoco explican qué consideran fraude electoral, ni en qué sentido, ni qué modificaciones normativas considera su partido que hay que hacer. No les estamos diciendo que las hagan, ya que sabemos que la reforma electoral necesita de algo más que una proposición no de ley, pero es que ni esbozan qué es lo que van a considerar que genera confusión en los ciudadanos. ¿Quieren incluir el incumplimiento de programas electorales anteriores como confusión a los ciudadanos? ¿Cuáles son los símbolos y denominaciones o siglas que generan confusión? Porque es que aquí, claro, yo traigo aquí dos ejemplos: esto es una acreditación de prensa de Podemos del once de abril de dos mil quince y esta es la acreditación de... en prensa del Partido Popular de las elecciones de diciembre [la oradora muestra dos imágenes]. ¿Esto genera confusión electoral y lo van a incluir ustedes? Porque es que es igual. [Murmullos]. Por eso, como indicó el otro día usted mismo, en torno a la reforma del Reglamento que se... que se proponía en el Pleno, pareciéndole insuficiente la propuesta que se hacía, y de ahí su abstención, pues nosotros vamos a emitir un voto en el mismo sentido, visto que no se explica y que hay que ir a una reforma más profunda, pues nuestro grupo parlamentario se abstendrá.

Pero es que hay una tercera razón para abstenernos en esta proposición: no queremos ser cómplices del pacto de gobierno, o como lo quieran llamar ustedes, que tienen con el Partido Popular, ya que esta proposición está dentro del punto 2 del acuerdo de investidura que las dos fuerzas políticas firmaron, y que leo textualmente: "Apoyaremos las dos proposiciones no de ley que se van a formular sobre el rechazo a prácticas que generan confusión electoral y que así lo haya determinado la Junta Electoral Provincial, y el rechazo a actuaciones vividas en la constitución de Ayuntamientos donde algunos ciudadanos increpaban a los representantes democráticamente elegidos". Y volvemos otra vez a la inexactitud de los conceptos: cuando hable de prácticas que generan confusión electoral, y que así lo determina la Junta Electoral Provincial, ¿entrarán casos también como que se sanciona al Ministerio de Interior por hacer campañas en redes oficiales del Estado en jornada de reflexión, como por ejemplo con este tuit [la oradora muestra una imagen], como hizo el día diecinueve de diciembre? ¿O que se sanciona a las instituciones que prohíben actos contemplados en la... en la Constitución, como el derecho de reunión, como ocurrió en Toledo cuando se intentó prohibir un acto electoral de Podemos, porque según... y que la Junta Electoral autoriza a hacer ese acto electoral? ¿O que se sanciona a Radio Televisión... a Televisión Española por no ser imparcial en el periodo electoral y por vulnerar el principio de neutralidad, como así ha afirmado la Junta... la Junta Electoral Central?

Además, entendemos que con este punto existe una delgada línea para nosotros, a nuestro entender, que cruza para unir el Ejecutivo y el Legislativo. Nosotros ningún problema... tenemos ningún problema en que ustedes apoyen y hayan firmado un acuerdo de gobierno con el Partido Popular –a cada uno se le conoce por sus actos y sus votaciones-; lo que nos preocupa es que se repite... es que se traspase esta delgada línea de... de mezcla de Poder Ejecutivo y Legislativo, que para nosotros también es fraude democrático. Lo dicho, no solo la poca profundización en los conceptos de fraude democrático y confusión electoral, ni un esbozo de lo que se propone más allá de la damnificación de Ciudadanos como partido en las elecciones, y... y, sinceramente, con emoción estoy –y entiéndase la ironía- esperando la segunda proposición no de ley en relación a la constitución de los ayuntamientos donde se increparon a los representantes democráticamente elegidos. Porque no sabemos si lo que se propondrá es endurecer aún más la Ley de Seguridad Ciudadana o qué.

En definitiva, como hemos dicho, nuestro grupo parlamentario se abstendrá en esta proposición por la falta de concreción, porque la Ley Electoral necesita de una reforma absoluta, y que donde lo más importante, lo primero, sea buscar una verdadera proporcionalidad, y porque ya hemos dicho que este acuerdo de investidura y por la gobernabilidad de Castilla y León, en este punto, traspasa una delgada línea roja, alejando el espíritu de Montesquieu de una manera muy peligrosa de esta Cámara; y es que ya lo decía él: "Cuando los poderes legislativo y ejecutivo se hallan reunidos en una misma persona o corporación, entonces no hay libertad, porque es de temer que el monarca o el Senado hagan leyes tiránicas para ejecutarlas del... del mismo modo". Muchas gracias.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN):

Gracias, señora Del Barrio. En un turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Socialista, por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el señor Luis Briones Martínez.


EL SEÑOR BRIONES MARTÍNEZ:

Muchas gracias, señor presidente. Señorías. Bueno, la verdad es que, atendiendo al caso concreto que nos ha planteado Ciudadanos, nosotros sí que vemos coherente el planteamiento que ellos traen en estos momentos a... a esta Comisión.

Empezaré diciendo que ninguna representación política es depositaria en exclusiva de una determinada línea de pensamiento. Pero, dicho esto, dicho esto, lo que no se debe ni se puede permitir es que se cree confusión en uno de los derechos fundamentales que tienen los ciudadanos. Por lo tanto, nos parece, de verdad, que estas cosas hay que –en la medida de lo posible- eliminarlas.

Hombre, yo le daría una idea; algunos otros partidos sí que la han tenido, y ponen la foto, ¿eh?, han puesto la foto de su candidato, y así no hay... no hay duda. Si, además, la Junta Electoral, en su momento, dijo que eran válidas. Entonces, sí que me acuerdo que... esa es una... una idea, seguramente, que, si ponen al señor Rivera, o a usted... bueno, en fin, sería mucho más... mucho más sensible, y evitaría estos... estos problemas.

A mí, y creo que a mi grupo, en relación con el planteamiento que se hace, independientemente de que no se ha concretado –que sí hubiera sido positivo una concreción mayor en lo que se plantea-, creemos que esta Comisión, y seguramente los grupos políticos, en esa reforma de la Ley Electoral, deben incluir todo aquello que pueda generar confusión. Es decir, tenemos que dejar claro ante los ciudadanos quiénes somos, qué queremos y adónde vamos. Y la claridad y la transparencia tiene que empezar también por ahí. Y ustedes, es verdad, han firmado un acuerdo, un pacto de... de gobernabilidad, pero yo creo que eso no excluye a que los... a que los demás grupos políticos, en algunos asuntos que consideremos fundamentales, podamos también participar y hacer nuestras aportaciones.

Es cierto que, bueno, pues, la Ley General Electoral, bueno, pues dice... tiene las cosas muy claras. Es verdad que en su momento los recursos fueron desestimados, pero esto no hace ningún bien a la democracia, no hace ningún bien que haya algunas siglas que lo que intenten es que, al socaire de un... seguramente, un carro que tira con más bueyes, a lo mejor, en un momento determinado, pues quieran también subirse al mismo, ¿no? En fin, a mí no me parece que ustedes en este asunto, bueno, pues estén planteando nada... nada extraño.

Por lo tanto, nosotros creemos que, en vez de confusión, tiene que haber claridad; las vías tienen que ser siempre, en la medida de lo posible, mucho... mucho más abiertas. Y yo sí que consideraría que es necesario que en esta modificación que el señor Herrera, hace, pues unos meses, dijo que se iba a iniciar en esta Cámara, bueno, pues haga todo lo posible para que se incluyan todos aquellos planteamientos que nosotros también los vamos... lo vamos a plantear en su momento; y evitar casos puntuales, que es verdad que son puntuales, que es una situación en un momento concreto, pero que se puede plantear a cualquier partido... a cualquier partido político o coalición electoral. Y, por lo tanto, yo creo que los ciudadanos están hartos de confusiones buscadas, o menos buscadas, y, al final, lo que ponen en duda, sin duda... –valga la redundancia- sin duda alguna, es el ejercicio del... del hecho fundamental, que es el derecho al voto, el derecho a elegir a los ciudadanos que queramos elegir, y no se pierda ni un solo voto a una coalición o a un partido que queramos plantear o que queramos depositar. Porque yo creo que esto es una de las esencias de la democracia.

Así que nuestro grupo sí que va a apoyar la... la propuesta que trae Ciudadanos.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN):

Gracias, señor Briones. En un turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular, por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra la señora Ana Rosa Sopeña.


LA SEÑORA SOPEÑA BALLINA:

Muchas gracias. Muy brevemente. Nuestro grupo también va a apoyar su propuesta de resolución, aunque sí que queríamos dejar algunas cosas claras.

En primer lugar, queríamos dejarle claro que no es exactamente lo mismo que... que no se corresponde... no se corresponde con lo pactado en... en el acuerdo que hemos firmado el día veinticuatro de junio del dos mil quince, de investidura y para la gobernabilidad de Castilla y León. Y le voy a decir por qué. Si bien ya lo ha leído la procuradora de Podemos, apoyamos... decía textualmente: "Apoyaremos las dos proposiciones no de ley que van a formular sobre el rechazo a prácticas que generan confusión electoral y que así lo haya determinado la Junta Electoral Provincial, y el rechazo a actuaciones vividas en la constitución de ayuntamientos donde algunos ciudadanos increpaban a los representantes democráticamente elegidos". En su proposición no de ley no habla usted exactamente de rechazar estas prácticas, así que... cuando así lo haya determinado la Junta Electoral Provincial, sino habla de promover las modificaciones necesarias para evitarlas, sin referencia alguna a las Juntas Electorales. Pero bueno, entendemos, desde luego, que el espíritu, aun así, es el mismo, y por eso le digo que lo vamos a aceptar.

De verdad, cuando... cuando uno oye a los demás grupos políticos hacer aquí sus defensas, pues uno se queda un poco, pues, a veces, sorprendido. Yo, desde luego, con la... sí, me he quedado sorprendida con... con lo que ha dicho Podemos, porque ha nombrado a Montesquieu usted, y son ustedes los mismos... o sea, nombran a Montesquieu, y son los mismos que dicen que los jueces tienen que... tienen que tener cierta afinidad con el Gobierno. [Murmullos]. Bueno, vamos a ver, perdone, pero estoy en mi turno, y yo creo que... pero, bueno, quien le dice eso le diría otras muchas cosas, como... Hablaba de jornadas de reflexión. Yo no quiero recordar aquí algunas jornadas de reflexión que hemos tenido nosotros, ¿eh?, porque yo creo, efectivamente, que esas cosas no benefician en nada nunca a la política, y muchas veces perjudican. Y sí que, de verdad, es muy importante, yo creo, que los ciudadanos sepan, efectivamente, y sean... y seamos todos respetuosos, y, cuando un partido... o sea, hay que ganar las cosas de una manera limpia y digna, y no hay que ganarlo intentando obtener votos, pues eso, tirando de... o aprovechándonos de... de los votos de otra... de otro grupo, que parece que ahora mismo, pues está tirando. Eso, desde luego, nosotros lo veremos mal siempre, ahora y después.

Ese... de ese color, de verdad, nosotros nunca hemos utilizado el morado, jamás, ¿eh?, creo que el color nuestro es el azul, pero ya sabe usted que esto es como lo del vestido... como lo del vestido famoso que se mandó por internet, y una gente lo veía blanco y otro lo veía negro. Alguien, desde luego, habrá hecho una interpretación... alguien habrá hecho una interpretación, o cambiado el color, porque a veces esas cosas pasan.

Me gustaría también decirle al señor Fuentes que me gustaría... no por nada, gracias por haber corregido eso, pero también se podría quitar el "a)"; o sea, como si hubiese dos; o sea, como si fuese a), b) y c); no, solo va a ser una cosa, solo va a ser una propuesta de resolución, o sea, que podríamos quitar "a) Las Cortes...", ¿vale?

Y, luego, el tercer punto, que sí le quiero aclarar un poco, porque, bueno, también lo han dicho, y es verdad: queremos dejar claro que no tenemos competencia para realizar lo solicitado a través de nuestra propia normativa autonómica. El tema de los símbolos, denominaciones o siglas con las que concurren las formaciones políticas a los procesos electorales se regula en la LOREG, y, concretamente, este tema se recoge en los artículos 1, 4 y 5 del Artículo 46, que, a tenor, dice: el escrito de presentación de cada candidatura debe expresar claramente la denominación, las siglas y los símbolos del partido, federaciones, coaliciones o agrupaciones que la promueven, así como el nombre y apellidos de los candidatos incluidos en ellos.

En el 4 dice que la presentación de las candidaturas deben de realizarse con denominaciones, siglas o símbolos que no introduzcan a confusión con los que... pertenecientes o usados tradicionalmente con otros partidos legalmente constituidos.

Y en el 5 dice que no pueden presentarse candidaturas con símbolos que reproduzcan la bandera o el escudo de España, o las denominaciones o símbolos que hagan referencia a la Corona.

En fin, dicho esto, le vuelvo a decir: apoyamos, porque entendemos que lo importante es que cada ciudadano vote realmente lo que quiere votar, ¿eh?, y que no lleve esto a confusión. Muchas gracias.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN):

Muchas gracias, señora Sopeña. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la resolución que propone, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, el señor Luis Fuentes Rodríguez.


EL SEÑOR FUENTES RODRÍGUEZ:

Muchas gracias, señor presidente. Bueno, pues, en principio, darle las gracias a los grupos que van a... que van a apoyar a esta... a esta PNL; y, por supuesto, dejarle claro también al Partido Popular que en el espíritu de cuando se firmaron aquellos acuerdos era realmente el rechazo a todas estas prácticas para que no volvieran a poder suceder nunca más.

En cuanto al... al PSOE, como lo hemos dicho anteriormente también, lo que necesitamos es una mayor seguridad para que aquello que quieran votar los... los ciudadanos sea realmente lo que... lo que voten ellos, sin esas malas prácticas que se han demostrado en muchas de las actuaciones que llevamos vistas.

Y, bueno, por dirigirme a los dos grupos que están... no tenían tan clara la... el apoyo -en este caso Izquierda Unida-, quería explicarle, única y exclusivamente, que no hablamos de una concurrencia de partidos, no hablamos en ningún caso que puedan aparecer partidos con distintas... distintos símbolos oficiales y... e imágenes electorales, porque eso sí que está tipificado en la ley; es decir, esos distintos partidos con distintos símbolos y distintas imágenes sí que está tipificado, aunque tengan los mismos nombres. Por lo tanto, lo que nosotros decimos es que, habiendo distintos nombres y con distintos símbolos, se utilicen los símbolos similares a otros partidos para aprovechar el tirón de esos partidos.

Y, por supuesto, a los señores de... de Podemos, lo que no podemos es plantearnos que ese malestar que... que venía no es porque se hubiera tergiversado o se hubiera provocado una... una pérdida de votos a un partido, sino porque eran los propios ciudadanos... y nos lo fueron transmitiendo durante muchísimo tiempo durante la campaña -incluso después de la campaña- que se habían utilizado esas... esos votos que se habían utilizado por ellos en auténtico fraude de ley.

Y tampoco podemos entender que prefieran no mojarse aceptando esta... esta proposición no de ley para dar mucha mayor calidad democrática por ese malentendido... actuación política que muchas veces ustedes tienen por no acercarse a los... al Partido Popular. Muchísimas gracias.

Por lo tanto, dejo para la fijación... acepto el retirar el "a)" al principio de la propuesta, y retiramos, como dije en un principio, ese "no" para evitar la doble negación. Muchas gracias.

Votación PNL/000289


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN):

Gracias, señor Fuentes. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la proposición no de ley.

¿Votos a favor? Quince. ¿Votos en contra? Ninguno. ¿Abstenciones? Tres. Votos emitidos: dieciocho. A favor: quince. Abstenciones: tres. En consecuencia, queda aprobada la proposición no de ley debatida.

No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las trece horas cuarenta minutos].


DS(C) nº 80/9 del 22/2/2016

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Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Comisión de la Presidencia
DS(C) nº 80/9 del 22/2/2016
CVE: DSCOM-09-000080

DS(C) nº 80/9 del 22/2/2016. Comisión de la Presidencia
Sesión Celebrada el día 22 de febrero de 2016, en Valladolid
Bajo la Presidencia de: Ana Rosa Sopeña Ballina
Pags. 3068-3108

ORDEN DEL DÍA:

1. Proposición No de Ley, PNL/000201, presentada por los procuradores D. José Ignacio Martín Benito, D. Luis Briones Martínez, Dña. Gloria María Acevedo Rodríguez, Dña. Virginia Barcones Sanz y Dña. Ana María Muñoz de la Peña González, instando a la Junta de Castilla y León a hacer público antes de diciembre de 2015 el listado de los puestos de libre designación existentes en cada una de las Consejerías de la Administración General de la Comunidad, sus organismos autónomos, agencias o entes públicos dependientes de las mismas, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 32, de 9 de octubre de 2015.

2. Proposición No de Ley, PNL/000202, presentada por los procuradores D. José Ignacio Martín Benito, D. Luis Briones Martínez, Dña. Gloria María Acevedo Rodríguez, Dña. Virginia Barcones Sanz y Dña. Ana María Muñoz de la Peña González, instando a la Junta de Castilla y León a limitar el sistema de cobertura de puestos de trabajo de libre designación, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 32, de 9 de octubre de 2015.

3. Proposición No de Ley, PNL/000275, presentada por el procurador D. David Castaño Sequeros, para instar a la Junta de Castilla y León a que inste al Gobierno central a introducir modificaciones normativas en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, a fin de derogar las tasas judiciales a las pequeñas y medianas empresas y a las organizaciones no gubernamentales, así como a que destine a la Comunidad Autónoma de Castilla y León el importe de las tasas judiciales ingresadas en su territorio en 2013 y 2014 para destinarlas a cubrir los gastos de asistencia jurídica gratuita y a destinar a la partida de Justicia en los Presupuestos Generales del Estado un importe equivalente al de la media europea, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 46, de 30 de octubre de 2015.

4. Proposición No de Ley, PNL/000289, presentada por el procurador D. Luis Fuentes Rodríguez, instando a la Junta de Castilla y León a que promueva las modificaciones normativas necesarias para evitar que en los procesos electorales las formaciones políticas no puedan utilizar símbolos, denominaciones o siglas que puedan provocar confusión entre los electores y pongan en cuestión el libre ejercicio del voto, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 53, de 13 de noviembre de 2015.

SUMARIO:

 ** Se inicia la sesión a las once horas treinta y cinco minutos.

 ** La presidenta, Sra. Sopeña Ballina, abre la sesión.

 ** Intervención del procurador Sr. Briones Martínez (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención de la procuradora Sra. Del Barrio Jiménez (Grupo Podemos CyL) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención del procurador Sr. Fuentes Rodríguez (Grupo Ciudadanos) para comunicar que no hay sustituciones en su grupo.

 ** Intervención del procurador Sr. Sanz Vitorio (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del orden del día. PNL/000201.

 ** La secretaria, Sra. Muñoz de la Peña González, da lectura al primer punto del orden del día.

 ** Intervención del procurador Sr. Briones Martínez (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. Sarrión Andaluz (Grupo Mixto).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. Fuentes Rodríguez (Grupo Ciudadanos).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la procuradora Sra. Del Barrio Jiménez (Grupo Podemos CyL).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. García Martínez (Grupo Popular).

 ** Intervención del procurador Sr. Briones Martínez (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La presidenta, Sra. Sopeña Ballina, somete a votación el texto definitivo de la proposición no de ley debatida. Es aprobado.

 ** Segundo punto del orden del día. PNL/000202.

 ** La secretaria, Sra. Muñoz de la Peña González, da lectura al segundo punto del orden del día.

 ** Intervención de la procuradora Sra. Acevedo Rodríguez (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. Sarrión Andaluz (Grupo Mixto).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. Fuentes Rodríguez (Grupo Ciudadanos).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. López Prieto (Grupo Podemos CyL).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. Martínez Antolín (Grupo Popular).

 ** Intervención de la procuradora Sra. Acevedo Rodríguez (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La presidenta, Sra. Sopeña Ballina, somete a votación el texto definitivo de la proposición no de ley debatida. Al persistir el empate en tercera votación, se procede con lo previsto en el Artículo 92.3 del Reglamento.

 ** Tercer punto del orden del día. PNL/000275.

 ** La secretaria, Sra. Muñoz de la Peña González, da lectura al tercer punto del orden del día.

 ** Intervención del procurador Sr. Castaño Sequeros (Grupo Ciudadanos) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. Sarrión Andaluz (Grupo Mixto).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. López Prieto (Grupo Podemos CyL).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la procuradora Sra. Acevedo Rodríguez (Grupo Socialista).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. Centeno Trigos (Grupo Popular).

 ** Intervención del procurador Sr. Castaño Sequeros (Grupo Ciudadanos) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** Se suspende la sesión durante unos minutos.

 ** Intervención del procurador Sr. Castaño Sequeros (Grupo Ciudadanos) para fijar definitivamente el texto propuesto.

 ** La presidenta, Sra. Sopeña Ballina, somete a votación la proposición no de ley debatida. Al persistir el empate en tercera votación, se procede con lo previsto en el Artículo 92.3 del Reglamento.

 ** Cuarto punto del orden del día. PNL/000289.

 ** La secretaria, Sra. Muñoz de la Peña González, da lectura al cuarto punto del orden del día.

 ** Intervención del procurador Sr. Fuentes Rodríguez (Grupo Ciudadanos) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. Sarrión Andaluz (Grupo Mixto).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la procuradora Sra. Del Barrio Jiménez (Grupo Podemos CyL).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el procurador Sr. Briones Martínez (Grupo Socialista).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la procuradora Sra. Sopeña Ballina (Grupo Popular).

 ** Intervención del procurador Sr. Fuentes Rodríguez (Grupo Ciudadanos) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** El vicepresidente, Sr. Martínez Antolín, somete a votación el texto definitivo de la proposición no de ley debatida. Es aprobado.

 ** El vicepresidente, Sr. Martínez Antolín, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las trece horas cuarenta minutos.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las once horas treinta y cinco minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Buenos días. Se abre la sesión. ¿Algún grupo parlamentario tiene que comunicar alguna sustitución? ¿Sí?


EL SEÑOR BRIONES MARTÍNEZ:

Sí. Muy buenos días, señora presidenta. Sí. Por el Grupo Parlamentario Socialista, Álvaro Lora sustituye a Virginia Barcones y Jesús Guerrero sustituye a José Ignacio Martín Benito.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. ¿Por el Grupo Podemos?


LA SEÑORA DEL BARRIO JIMÉNEZ:

Sí. Ricardo López Prieto sustituye a Pablo Fernández Santos.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. ¿Por el Grupo Ciudadanos?


EL SEÑOR FUENTES RODRÍGUEZ:

No. Soy el... el portavoz.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

¿Por el Grupo Popular?


EL SEÑOR SANZ VITORIO:

Sí. Buenos días. Doña Marta Maroto sustituye a doña Victoria Moreno.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. Por la señora secretaria se dará lectura del primer punto del orden del día.

PNL/000201


LA SECRETARIA (SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ):

Gracias, presidenta. Primer punto del orden del día: Proposición No de Ley 201, presentada por los Procuradores don José Ignacio Martín Benito, don Luis Briones Martínez, doña Gloria María Acevedo Rodríguez, doña Virginia Barcones Sanz y doña Ana María Muñoz de la Peña González, instando a la Junta de Castilla y León a hacer público antes de diciembre del dos mil quince el listado de los puestos de libre designación existentes en cada una de las Consejerías de la Administración General de la Comunidad, sus organismos autónomos, agencias o entes públicos dependientes de las mismas, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 32, de nueve de octubre de dos mil quince.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, en representación de los señores procuradores proponentes, y por un tiempo máximo de diez minutos, don Luis Briones.


EL SEÑOR BRIONES MARTÍNEZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Señorías, muy buenos días. Hombre, si vemos el orden del día, ciertamente lo que estábamos pidiendo es, bueno, pues que se hiciera público, precisamente, este listado a fecha de treinta y uno de... de diciembre. Sabemos que ha sido imposible, por las circunstancias consabidas; pero bueno, nosotros creemos que es importante, una vez que ha entrado en vigor la... la Ley de Transparencia de la Junta de Castilla y León, que esto sea una realidad.

En cualquier caso, bastaría con ver el BOCYL habitualmente para darnos cuenta de que no es normal, en el funcionamiento de una... de una Administración pública, que, día a día, nos encontremos con nombramientos y ceses de cargos de libre designación tan frecuentemente. Las estructuras orgánicas, así como las relaciones de puestos de trabajo, a lo largo de los últimos años no se han adaptado a las competencias y funciones de la prestación de servicios que la ciudadanía ha ido necesitando en función de las cambiantes circunstancias. La Administración de la Junta de Castilla y León ha ido diseñando una Función Pública anteponiendo sus intereses a los intereses generales y de carácter público; la situación de las RPT, desde hace más de una década, en algunos casos no se han revisado. Es la de una total inadaptación a las competencias a desarrollar, por lo que el juego competencial de los órganos administrativos ya no recaen sobre un funcionario independiente amparado por su fijeza en el puesto y seguridad jurídica al amparo de sus competencias y de las leyes, sino que, en el caos creado, recaen de forma discrecional en algún funcionario que habita en la parte afín de la Administración descrita, y, como consecuencia, en el poder político apoyado en estos funcionarios dependientes.

De tal forma que se ha creado una Administración dual: los que ocupan puestos de libre designación (los que están en adscripción provisional, los que están en comisión de servicios y los que reciben... y los que reciben –perdón- encomiendas de gestión) y el resto. Según el último informe de la Junta de Personal de Servicios Centrales, más del 34 % de los funcionarios destinados en los Servicios Centrales están en alguna de estas situaciones descritas. Según ha publicado en los medios informativos, aproximadamente 71... 71.800 plazas son de funcionarios y personal estatutario, y 12.500 son de personal laboral -aproximadamente, son los datos que se nos facilitaron a fecha de septiembre de dos mil quince-; de ellas, hay un número muy muy importante que son cargos de libre designación.

El consejero, recientemente, ha anunciado que va a reducir o reconvertir una parte importante de estas plazas de concurso específico para acabar con el carácter vitalicio que tienen las mismas. Los representantes de los trabajadores de la Función Pública en la Junta de Castilla y León han venido denunciando sistemáticamente la proliferación y abuso de la figura administrativa de la libre designación para cubrir puestos que, en rigor, deben ser ocupados mediante sistema de concurso ordinario.

La Plataforma en Defensa de lo Público, a comienzos de la actual legislatura, decía: "El abuso escandaloso y fraudulento de la figura de libre designación es la pieza clave de la politización de la Administración autónoma de Castilla y León. Juega un papel decisivo en las prácticas corruptas, ya que los puestos así ocupados conllevan un sometimiento incondicional a los dictados de los políticos y a las jerarquías de sus partidos o de los grupos de poder que pugnan dentro de ellos". El excesivo abuso de la Junta de Castilla y León del sistema de provisión de libre designación debería de ser excepcional y residual. Dice el diccionario: "Constituye el sistema excepcional de provisión de puestos de trabajo, mediante el cual podrán proveerse los puestos iguales o superiores a jefes de servicio y los de la secretaría de altos cargos, así como aquellos otros que, por importancia especial de su carácter directivo o la índole de su responsabilidad, y en atención a la naturaleza de sus funciones, se determinan en las relaciones de puestos de trabajo". Tal lo dice también la ley.

En efecto, la práctica de la libre designación significa sustraer para el resto de los funcionarios las posibilidades de ocupar puestos mejor retribuidos y perder oportunidades en la carrera profesional, que garantiza como derecho el Estatuto del Empleado Público. Por otro lado, esta medida constituye... perdón, contribuye a perder profesionalidad, rigor e independencia en aquellas personas que han sido agraciadas o designadas. Además, resulta discriminatorio también, cuando no escandaloso, el importe de las gratificaciones que... por devengo periódico, mensual y fijo que la Junta de Castilla y León viene concediendo como complemento de cuarenta horas, que la han percibido muchos de los puestos de libre designación, por no decir la inmensa mayoría.

Hace referencia, precisamente, a la libre designación el informe del año dos mil doce del Procurador del Común: en cuanto a los sistemas de provisión de puestos de trabajo, es reseñable la queja presentada por un elevado número de empleados públicos, no habiéndose recibido la información requerida a la Consejería de Hacienda en la fecha de cierre del informe. Por tanto, la cuestión... la cuestión será abordada en nuestro próximo informe anual. Pasamos al informe del año dos mil trece, y, de nuevo, el Procurador del Común vuelve, ¿eh?, a reseñar el excesivo sistema que viene adoptando la Junta en los casos de provisión de puestos de trabajo, ¿eh?, a través de la libre designación. Fundamentalmente hace mención -es verdad- aquí a lo que es el personal estatutario del Sacyl.

En el ejercicio discrecional, aunque torpe, interesado de sus atribuciones, las Consejerías prefieren el sistema de libre designación, en concordancia -supongo que será- con la era digital que vivimos, frente a un proceso basado en la igualdad, el mérito y la capacidad reconocidas en las leyes de la Función Pública y en la propia Constitución. El único principio que aparentemente se respeta es el de igualdad, ya que los procesos son, en principio, abiertos a cualquier funcionario; el resto del proceso es opaco, puesto que no se exige ningún requisito, salvo el propio curriculum vitae, del cual no se hace valoración ninguna en las resoluciones que adjudican las plazas. Por tanto, no se tiene en cuenta la capacidad del elegido ni los méritos.

Primero, desde la Administración autonómica no hay problema alguno en nombrar funcionarios de altos niveles, con sueldos más altos y mejores condiciones. Segundo, la mayoría de las plazas convocadas y ocupadas están ubicadas, la mayoría –como digo-, en los órganos centrales; fundamentalmente aquí, en Valladolid. Tercero, pese a lo irregular del sistema, se entiende que, tras unas elecciones –que sería un caso excepcional-, puede haber una cascada de cambios en la cúpula de las... de las diferentes o distintas Consejerías, pero este no es el caso aquí, puesto que llevan veintiocho años gobernando y hay algunas plazas de libre designación que llevan muchísimos muchísimos años. Cuarto, se utiliza un método de provisión de plazas, que debería ser excepcional y residual, con profusión, mientras los concursos de traslados se anuncian, pero no se convocan; se convocan, pero fraudulentamente se omiten plazas en la convocatoria de las plazas que han decido que se ocupen mediante ese sistema. Y quinto, lo que es más importante, se impide la promoción profesional de funcionarios que, en base a sus méritos y a su capacidad, podrían optar a esas plazas que la Junta bloquea para su provisión por ese sistema, y que únicamente pudiera provocar la corrupción, el nepotismo y el clientelismo político.

Es, pues, manifiesto el descontento generalizado en los empleados públicos de la Administración autonómica del uso de la libre designación, que puede derivar, en ocasiones, en un exceso, cuando no en un abuso del mismo. Por eso, en aras a la transparencia y la tan cacareada regeneración democrática, y -lo que yo creo que es más importante en estos momentos- la aplicación de la Ley 3/2015, de cuatro de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León, es obligatorio, ya no solo conveniente, que la Junta de Castilla y León haga público, para conocimiento no solo de sus empleados, sino de todos los ciudadanos, una relación... o la relación detallada de todos los puestos de libre designación de la Administración, como en los organismos y entidades dependientes de ella, como Ayuntamiento de Valladolid, Consejo de Cuentas, Cortes de Castilla y León, universidades.

Por tanto –como decíamos al principio-, nosotros pedíamos en nuestra propuesta de resolución que se hiciera público, antes del treinta y uno de diciembre, esa relación y el número, con listado desglosado, de esos puestos de libre designación existentes actualmente en cada una de las Consejerías que conforma la Administración general de la Comunidad, como en los distintos organismos autónomos. Pero, si bien es cierto que una vez que ha entrado en vigor el pasado diez de diciembre la Ley de Transparencia y Participación Ciudadana, en aplicación de los Artículos 3.1 y 3.2, es una obligación, en este caso de la Junta de Castilla y León, hacer públicos, a través de cualquiera de los portales de transparencia, y que puedan tener acceso a ella no solamente los grupos parlamentarios, sino también todos los ciudadanos de Castilla y León. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Mixto, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el señor don Sarrión Andaluz.


EL SEÑOR SARRIÓN ANDALUZ:

Muchas gracias, presidenta. Con muchísima brevedad. Nosotros estamos a favor de esta proposición no de ley, entre otras cosas porque regula una cuestión que a nosotros también nos ha generado preocupación. En nuestro caso, lo que se plantea en esta propuesta de resolución, una parte de lo que se pide lo solicitamos a través de pregunta con respuesta escrita, y, efectivamente, parece lógico, nosotros pedíamos exactamente el número, si bien parece lógico que, efectivamente, se haga público un listado desglosado, ¿no?, acerca de estos puestos.

Yo señalaría dos elementos, ¿no? Y voy a hablar poco para no meterme en el debate del siguiente punto del orden del día, en el que entraremos más en esta materia, pero yo solamente señalar dos cuestiones: en primer lugar, efectivamente, la presencia de quejas por parte de trabajadores del sector público, como reseña el propio Procurador del Común, porque, evidentemente, estamos ante un caso de competencia ilegítima dentro del propio cuerpo de la Administración, de que hay un alto número de trabajadores del sector público que ven dificultadas sus posibilidades de hacer carrera profesional; y, en segundo lugar –y lo que para mí es más importante si cabe-, es la cuestión acerca de si necesitamos 1.273 puestos de libre designación para gobernar Castilla y León, que creo que, en el fondo, es el debate que habría que tener.

No obstante, ese debate se escapa al ámbito de esta proposición no de ley, que lo que plantea es que se haga público, y, por mi parte, lo único que puedo manifestar es que, si efectivamente tenemos esta cantidad de puestos de libre designación, lo mínimo es que se haga público. Y yo diría más: lo lógico sería que hubiera algún tipo de argumentación, es decir, que para puestos que puede desempeñar... -en al menos una parte de los mismos- se puede desempeñar por un funcionario de carrera, que ese funcionario sea designado a dedo, pues, lógicamente, entiendo que tiene que ir con una argumentación política, ¿no? Yo no voy a caer en esa demagogia de quienes dicen que no puede haber ningún tipo de cargo político en las instituciones; entiendo que todo directivo, todo consejero tiene que rodearse, lógicamente, de un equipo; pero entiendo también que dicho equipo tiene que ser explicado, que tiene que ser argumentado, y que hay que explicarlo a la sociedad. Y la cifra de 1.273 plazas de libre designación, pues creo que bien merece una explicación.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el señor procurador don Luis Fuentes.


EL SEÑOR FUENTES RODRÍGUEZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Manifiesto, como no puede ser de otra manera, el apoyo que tenemos desde Ciudadanos a la proposición de ley... no de ley que se debate hoy, y que tiene como objeto, o como objetivo, lo que entendemos que es un avance en la materia de transparencia, que siempre hemos defendido.

El concepto de transferencia... de transparencia y la idea de establecer paredes de cristal en las instituciones públicas ha sido uno de los elementos más repetidos en el mensaje de nuestra formación política antes o incluso desde que... en nuestra llegada aquí, a las Cortes de Castilla y León. Nos hemos manifestado siempre favorables al... al establecimiento de instrumentos que favorezcan el acceso de los ciudadanos a las informaciones tanto referentes al funcionamiento de las Administraciones públicas como cualquier otro tipo; así siempre hemos incluido en nuestras propuestas, que caminan en esa dirección, a la hora de llegar a todos los acuerdos políticos que hemos llegado.

Identificamos esta proposición no de ley que plantea el Grupo Socialista hoy precisamente como un elemento que permite avanzar en ese camino de transparencia y de accesibilidad a toda la información. Sabemos que se nos hablará del portal de transparencia, de la ley de... al respecto y de muchos avances que hayan podido hacerse en esta materia a lo largo de esta legislatura.

Insistimos en el concepto de accesibilidad como la clave a la hora de poder medir realmente lo que es la transparencia de cada Administración. De poco sirve cumplir con una normativa que busca la transparencia si se hace mediante un sistema de información tan denso y tan complejo que sigue sin permitir a todos los ciudadanos el acceso real a la información que quiere publicitarse.

Estamos acostumbrados a este tipo de actuaciones. Es decir, ¿se han publicado las retribuciones de tal o cual cargo? Pues sí, sí se han... se han publicitado y las hemos visto. ¿Resulta sencillo y operativo acceder al conocimiento de las mismas a través de, por ejemplo, la página web de la Junta de Castilla y León? Pues todos sabemos que no. Nosotros lo hemos intentando y hemos... sabemos dónde tenemos que buscar, y nos ha sido muy difícil encontrarlos. Por lo tanto, chocamos a diario con esta situación.

Y que nadie piensa que se cumple únicamente con el trabajo mínimo que suponga no incumplimiento de una norma o una normativa. En materia de transparencia nunca vale con la ley del mínimo esfuerzo. El Grupo Popular tiene hoy otra oportunidad de dar pasos reales hacia... hacia adelante en esa materia de transparencia y de regeneración que siempre hemos hablado. Y, además, es curioso que votemos un texto que hablaba de la presentación, la relación de puestos de libre designación antes de que finalizase dos mil quince; también deberíamos de mirarnos esto, porque estamos en febrero de dos mil dieciséis.

Desde luego, todo el apoyo de Ciudadanos a la iniciativa, porque ningún mal puede producir que se conozca la relación desglosada de los puestos de libre designación en todos los espacios de la Administración regional en Castilla y León. Y, insisto, publicación, transparencia y accesibilidad. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, por un tiempo máximo también de diez minutos, tiene la palabra la procuradora doña Natalia del Barrio.


LA SEÑORA DEL BARRIO JIMÉNEZ:

Muchas gracias, presidenta. El Artículo 103 de la Constitución Española contempla que, primero, la Administración pública debe servir con objetividad los intereses generales y actuar de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al derecho; segundo, que los órganos de la Administración del Estado son creados, regidos y coordinados de acuerdo a la ley; tercero, que la ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la Función Pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.

Recuerdo este punto porque, primero, hay que decir que la cobertura de los puestos de trabajo de la Administración deberán regirse siempre por el sistema de concurso, de acuerdo con los principios contenidos en este artículo.

Dicho esto, recientemente la Consejería de Presidencia respondió a una pregunta de nuestro grupo parlamentario, con la siguiente relación de puestos de libre designación realizadas a fecha dieciocho de diciembre de dos mil quince: 17 en la Consejería de Presidencia; 11 en la de Economía y Hacienda; 4 en la de Empleo y Servicio Público de Empleo; 7 en la de Fomento y Medio Ambiente; 9 en Agricultura y Ganadería; 9 en Sanidad, Gerencia Regional de Salud; 21 en la de Familia; 5 en la de Educación; 6 en la de Cultura y Turismo. Un total de 89.

Pero es que en la respuesta al Grupo Mixto se dice que en la Consejería de Presidencia, a treinta y uno de octubre, asciende a... los puestos de libre designación a 102 funcionarios. Con lo cual, permítanme dudar, y por eso es necesario la publicación de esta lista de relación de puestos de libre designación.

Es más, la Ley 3/2015, de cuatro de marzo, de Transparencia y Participación de la Junta de Castilla y León, en su Artículo 3, apartado 1, establece que se publicarán las relaciones de puestos de trabajo, las plantillas de personal o instrumentos análogos. Con lo cual, aprobando esta proposición no de ley, simplemente se estará aplicando la ley, que se debería de estar aplicando ya.

Es cierto también que la Ley 7/2007, de veinticuatro de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, establece en su Artículo 48.3 que las convocatorias para provisión de puestos de trabajo por concurso o libre designación... establece que expresarán la denominación, nivel y localización del puesto de trabajo, así como los requisitos indispensables para poder optar a él. Pero la realidad es que en esta publicación no se establece ni se puede ver, como bien se ha explicado ya anteriormente, los méritos y el currículum. De esta forma, cierto es que se hace pública a través del BOCYL los datos del destinatario, pero del BOCYL lejos queda la Administración institucional (la Agencia de Innovación, el Ente Regional de Energía, el ITACYL, la Gerencia Regional de Salud, la Agencia de Calidad del Sistema Universitario, el Servicio Público de Empleo y la Gerencia de Servicios Sociales).

En su Discurso de Investidura, el presidente Juan Vicente Herrera anunció una legislatura con un mayor control de su actividad, y, de esta forma, constituyendo un nuevo compromiso público con la sociedad.

En octubre de dos mil quince, la propia Junta de Castilla y León firmó un Código Ético, en el cual se contempla, en su apartado tercero, los valores por los que se regirán los altos cargos, entre los cuales está el apartado b), que hace referencia a la transparencia, referida a la adopción de decisiones conforme a criterios de transparencia que sean conocidos por los ciudadanos, y también el valor de la ejemplaridad, evitando cualquier acción u omisión que vaya en detrimento del prestigio de la Administración.

Entendiendo que el presidente Herrera adquirió un nuevo compromiso público de transparencia con la sociedad, y entendiendo que los miembros de la Junta de Castilla y León contemplados como altos cargos que tienen que regirse bajo este Código Ético y de Austeridad, entendiendo que los puestos de libre designación se tratan de decisiones de los mismos y deben ajustarse, pues, a este principio, así como deben ejemplificar sin omitir información, seguro que no habrá ningún problema para que todo los grupos parlamentarios aprueben esta proposición, votando a favor, como hará nuestro grupo parlamentario. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el procurador don Manuel García.


EL SEÑOR GARCÍA MARTÍNEZ:

Muchas gracias, presidenta. Buenos días. Señorías, obviamente, hay que cambiar la fecha, como el portavoz del Partido Socialista expuso en su intervención: ya no puede ser el treinta y uno de diciembre, y nosotros proponemos que esa fecha sea el treinta y uno de marzo de este mismo año.

Asimismo, también, proponemos suprimir la referencia en cuanto a las agencias o entes públicos, puesto que esos organismos no se dotan de personal funcionario, y, por tanto, ni se rigen por la Ley de Función Pública ni por el Estatuto Básico del Empleado Público, y por lo que no existe un sistema de provisión de libre designación. Estos entes se rigen por el Estatuto de los Trabajadores y las previsiones del convenio colectivo que resulten de su aplicación.

En todo caso, es conveniente aclarar algunos extremos, porque, en el debate político, el sistema de cobertura de libre designación se confunde, interesadamente, con la posibilidad de contratar personal no funcionario, ajeno a la Administración, eventuales. En Castilla y León el número de eventuales es muy reducido, concretamente 21. Se publica en el BOCYL el nombramiento, y hay un apartado concreto en el portal de transparencia donde se puede consultar la información sobre los eventuales.

Hablando propiamente de la libre designación, hay que tener en cuenta algunas cuestiones. La provisión de puestos en la Administración pública está regulada en el Estatuto Básico del Empleo Público, y la libre designación es una forma de provisión de puestos regulada en el Artículo 80 del Estatuto Básico del Empleado Público. En todo caso, es conveniente destacar que todas las personas que acceden a un puesto de trabajo por libre designación son funcionarios de carrera; solo pueden... se pueden elegir de entre quienes son funcionarios de carrera. Los funcionarios de carrera, para poder serlo, han pasado por el órgano o autoridad... han sido nombrados por el órgano o autoridad competente, su nombramiento se ha publicado en el boletín oficial, han acatado la Constitución, el Estatuto de Autonomía y el resto del ordenamiento jurídico, y han tomado posesión como funcionarios en el plazo fijado. Todos los funcionarios que ocupan puestos de libre designación son funcionarios de carrera, y para ser funcionarios de carrera han sido seleccionados de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Todos los puestos que ocupan los funcionarios, todos, están incluidos en la relación de puestos de trabajo. Las relaciones de puestos de trabajo se aprueban por la Junta de Castilla y León y se publican... y se publican. Todas las relaciones de puestos de trabajo están publicadas en el portal del Gobierno Abierto, y es una obligación que deriva de la Ley de Transparencia y Participación de la Comunica... Comunidad de Castilla y León. Hay que tener en cuenta que la mayoría de las Comunidades no tienen publicadas sus relaciones de puestos de trabajo. En Castilla y León se pueden consultar en la página web . En estas relaciones de puestos de trabajo se indica cuál es la forma de provisión de cada plaza.

De acuerdo con el Artículo 78 del Estatuto Básico del Empleado Público, los puestos de trabajo se cubrirán mediante procedimientos basados en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y las dos formas de provisión de los puestos para los funcionarios de carrera, según el propio Estatuto Básico del Empleado Público, que son el concurso y la libre designación.

El concurso se convoca y se publica la convocatoria en el BOCYL y en el portal del empleado público. La convocatoria indica los criterios de valoración que se aplicarán a los concursantes. Se constituye una comisión de selección y se resuelve el concurso atendiendo a los criterios fijados en la Orden. Se publica la resolución y se abre... se abre un plazo para las reclamaciones.

En cuanto a la libre designación, se publica la plaza para que... para que se... se oferte... se oferta a la libre designación en el Boletín Oficial de Castilla y León, se da un plazo para que los funcionarios de carrera presenten sus solicitudes, las solicitudes se valoran por el órgano competente de acuerdo con lo previsto en el Artículo 80 del Estatuto Básico del Empleado Público. La libre designación con convocatoria pública consiste en la apreciación discrecional por el órgano competente de la idoneidad de los candidatos en relación con los requisitos exigidos por el desempeño del puesto -Artículo 80.1-. Y se resuelve la convocatoria y se publica en el BOCYL la resolución, indicando la plaza y la identidad de la persona a la... a la que ha sido... ha sido adjudicado.

En la actualidad, en el portal de Gobierno Abierto las relaciones de puesto están... están publicadas las relaciones de puestos de trabajo, siendo Castilla y León una de las pocas Comunidades Autónomas que las publica, y además es una obligación que deriva de nuestra normativa en materia de transparencia y participación. No hay inconveniente en publicar el listado de los puestos de libre designación existentes en las relaciones de puestos de trabajo y se procederá a hacerlo en el plazo indicado en la enmienda.

Se propone la presentación de la siguiente enmienda de sustitución: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a hacer público, antes del treinta y uno de marzo del dos mil dieciséis, la relación y número -con listado desglosado- de los puestos de funcionarios existentes actualmente que se cubren mediante libre designación en cada una de las consejerías que conforman la Administración general de la Comunidad, así como de los distintos organismos autónomos". Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Ahora. Muchas gracias. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la resolución que propone, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, el Procurador don Luis Briones.


EL SEÑOR BRIONES MARTÍNEZ:

Sí, muy... muy brevemente, señora presidenta. En primer lugar, agradecer a todos los grupos políticos el apoyo a esta moción. La verdad es que era una necesidad evidente el ejecutar una ley que ya se encuentra en vigor. Y que, además, estoy convencido que estamos todos de acuerdo, es decir, fundamentalmente, en aras de esa transparencia y esa participación que nos hemos exigido todos. Por lo tanto, nosotros, en ese sentido, pues agradecer lo que ha sido el planteamiento de todos los grupos.

Es cierto que tenemos que hacer también algo, como ha dicho algún compañero, para intentar que en las PNL que se presentan, sobre todo cuando tienen unos efectos, como pueden tener estas, en las que se exigen una serie de plazos a la Administración, se tramiten del modo más raudo y veloz, para... para evitar esos problemas. Pero en cuanto al fondo, nosotros, en aras a llegar a un acuerdo, vamos a admitir, ¿cómo no?, la enmienda que ha planteado el... el Grupo Popular, porque creemos que sin duda esto va a hacer bien a una institución que necesita de acuerdos, y de acuerdos que van en la dirección que nos están pidiendo los ciudadanos.

Por eso, no voy a quitar más tiempo al debate. Y bueno, pues manifestamos fundamentalmente el acuerdo con la enmienda que ha planteado el Grupo Popular, que prácticamente tiene... es lo mismo que nosotros hemos planteado.

Votación PNL/000201


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la proposición no de ley.

¿Votos a favor? Dieciocho, dieciocho. Bueno, pues votos emitidos: dieciocho. A favor: dieciocho. Queda aprobada... queda aprobada la proposición no de ley debatida.

Por la señora presidenta se dará lectura del... Ay, perdón, por la señora secretaria se dará lectura del segundo punto del orden del día.

PNL/000202


LA SECRETARIA (SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ):

Segundo punto del orden del día: Proposición No de Ley número 202, presentada por los procuradores don José Ignacio Martín Benito, don Luis Briones Martínez, doña Gloria María Acevedo Rodríguez, doña Virginia Barcones Sanz y doña Ana María Muñoz de la Peña González, instando a la Junta de Castilla y León a limitar el sistema de cobertura de puestos de trabajo de libre designación, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 32, de nueve de octubre del dos mil quince.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, en representación de los señores procuradores proponentes, por un tiempo máximo de diez minutos, la procuradora doña Gloria Acevedo.


LA SEÑORA ACEVEDO RODRÍGUEZ:

Muchas gracias, presidenta. Señorías, constituye el sustrato de la presente proposición no de ley las denuncias de los sindicatos, los informes del Procurador del Común, las sentencias del Tribunal Supremo y el acto de contrición del señor consejero a la Presidencia... de la Presidencia, al anunciar, el diecinueve de septiembre del dos mil quince: se va a reconvertir una parte importante de estas plazas por concurso específico, para acabar con el carácter vitalicio que tienen las mismas.

Comenzando a desmenuzar el contenido de cada uno de los apartados anteriores, los sindicatos critican la libre designación, porque margina a los funcionarios competentes a favor de los politizados, y no por mérito o capacidad, sino por poner de una forma opaca la Administración al servicio de un partido político. Porque al cargo de configuración política le interesa estar rodeado de muros de contención hechos de su mismo material ideológico, lo que constituye una red clientelar que sustenta potencial... potencialmente y en acto la corrupción que en estos días nos asola y desertiza la nobleza de los representantes públicos. Es público y notorio la protección que el personal nombrado por libre designación se brinda a sí mismo para el caso de cese o cambio político. Porque ataca su dignidad y a su capacidad de ascenso. Señalan que nunca hay motivación ni justificación razonada de por qué se da una plaza de libre designación a un candidato y no a otro. En otras, se felicita por adelantado a uno de los candidatos, pese a que todavía no se ha dictado resolución. Otras veces se advertía a los candidatos interesados que la plaza publicada "no es para ti". Para un funcionario neutral acceder a puestos de libre designación tiene muy pocas posibilidades, dado que se van a primar méritos no profesionales a la hora de seleccionar a los candidatos, ya se trate por afinidad ideológica, confianza, amistad o el puro y simple intercambio de favores.

Afortunadamente, son los propios funcionarios los que manifiestan públicamente esta temeraria afrenta al Estado de derecho que nos afecta a todos los ciudadanos, puesto que si nuestros empleados públicos no pueden actuar con total profesionalidad, objetividad e independencia, como se exige en nuestra Constitución, corremos el riesgo de relegar los intereses generales al inframundo del interés particular de un partido o un grupo de interés, o incluso de personas concretas, que tienen la capacidad de influir en la designación de los funcionarios que ocupan estos puestos.

Desde el Procurador del Común, en su informe trata con objetividad lo que con esta proposición de ley... no de ley se denuncia. En el expediente 20131539 se denunciaba el... el uso excesivo del sistema de libre designación en la provisión de puestos de trabajo de personal estatutario del Sacyl, en el que se recordaba recientes sentencias del Tribunal Superior de Castilla y León, de seis de febrero y once de junio, en que sí es verdad que se señalaba la legalidad del sistema de libre designación, su excepcionalidad y su uso desproporcionado y abusivo, recalcó que se deberán de pormenorizar o detallar en los puestos calificados de libre designación las prescripciones legales o reglamentarias, de tal manera que la Administración tiene que satisfacer la carga de demostrar con argumentos convincentes a la adecuada provisión con arreglo a dicho sistema al contenido funcional del puesto que se trate.

Asimismo, en esta línea, el Tribunal Supremo, desde el año dos mil cuatro, viene reiteradamente, a través de sus sentencias, con legitimidad cualificada, pero infravalorada por los grupos políticos, que los puestos de trabajo cuya provisión por funcionarios se efectúa por libre designación ha de ser excepcional y restrictiva, y singularmente han de ser motivados.

Sentencia conocida la constituye la de treinta de marzo del dos mil nueve. La jurisprudencia de la sala recuerda el carácter excepcional que la ley asigna a este sistema de libre designación, y en la necesidad de que cuando se considere necesario acudir a él se haga también excepcionalmente, y justificando caso por caso por qué debe utilizarse. El mensaje de nuestro alto tribunal es directo, conciso y claro, al que nuestras autoridades públicas sucumben en la inmediatez de la sentencia, pero olvidan en el sillón de su cargo.

Denuncian, asimismo, estudiosos de la libre designación, la perfidia de su abuso y el círculo de proteccionismo fáctico y legal de dicha figura. A la sazón, la competencia judicial en esta materia corresponde a los Tribunales Superiores de Justicia. Todos conocemos el devenir temporal en los tribunales, porque para cuando llega la sentencia que estima la impugnación de las relaciones de puestos de trabajo ya ha trascurrido el plazo para el que fue nombrado el funcionario por libre designación, el propio cauce legal de la impugnación, la repercusión que en el propio funcionario que denuncia tal situación.

No obstante, señorías, llegados a este punto de la defensa de esta proposición no de ley, tendrán la... la sensación de que la dialéctica expuesta demoniza la figura de la libre designación. Nada más lejos de la intención de esta procuradora: reconocemos expresamente que determinados puestos sean cubiertos por el sistema, pero del nivel 28 al 30. Resulta indiscutible que determinados puestos exigen una serie de... de cualidades difícilmente objetivables a través del concurso y que implican la asunción de funciones directivas con mayor nivel de responsabilidad.

La necesidad de limitar el número de puestos de libre designación supone un avance en el Estado de derecho, que ya algunas Comunidades Autónomas han dado el paso, como el Principado de Asturias, que determina que el número de puestos de libre designación en toda la Administración autónoma no excederá del doble del número de direcciones generales.

La limitación de puestos de libre designación supone una actitud de regeneración democrática, un acto de higiene política, y entendemos y queremos pensar que era el pensamiento del señor consejero de la Presidencia al manifestar el día diecinueve de septiembre en El Norte de Castilla.

Entendemos que esta proposición no de... de ley debe recibir el apoyo de sus señorías, porque quiero creer que todos en esta sala estamos... que todos los que estamos en esta sala somos beligerantes con la corrupción, y no apoyar una limitación como la aquí expuesta supone un... y no apoyar una limitación como la aquí expuesta supone un acto de valentía con la ciudadanía, que es el origen de la legitimación de la actividad política de los aquí presentes.

Tenemos una sociedad harta de desmanes y favoritismos. En nuestras manos radica el que vuelvan a creer e ilusionarse con nuestros proyectos políticos, cada cual según su ideología, con lo que un buen paso sería fijar dicha delimitación. Muchas gracias, presidenta.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias, procuradora. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Mixto, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el procurador don... Sarrión Andaluz.


EL SEÑOR SARRIÓN ANDALUZ:

Muchas gracias, presidenta. Bien. Pues, enlazando con la argumentación que atendíamos en el anterior punto del orden del día, efectivamente, parece que hay un debate público en torno a la cuestión de los puestos de libre designación, que, efectivamente, merece una regulación.

La medida que se presenta yo creo que no anda muy desencaminada. Es decir, el planteamiento de decir "vamos a limitar el acceso a este tipo de plazas a las personas solamente para un determinado nivel funcionarial", pues parece una propuesta razonable y que al menos puede iniciar un principio de solución, ¿no?, a esta cuestión.

Comentaba antes acerca de la idoneidad política de esta figura. Es decir, partiendo de que uno puede comprender que, efectivamente, en cualquier Gobierno y en cualquier Administración pública hay puestos de confianza, uno puede entender que cuando un partido político asume el poder ejecutivo tiene que tener personas que puedan hacer un desarrollo del programa y que puedan tener una relación de confianza con los cargos políticos... yo puedo entender muchas cosas, pero, efectivamente, la cifra de 1.273 parece bastante excesiva, ¿no?

La Plataforma en Defensa de lo Público -que es la... una de la... de los entes sociales que ha estado trabajando más fuertemente por... por este tipo de iniciativas de... de control, y, en este caso, por esta iniciativa parlamentaria- planteaba que, en un marco de cinco años –según los datos que ellos podían manejar-, hablaba de un gasto de 8.000.000 de euros entre el periodo de dos mil nueve a dos mil trece -1,7 millones de euros en dos mil nueve; 1,7 también en dos mil diez; 1,6 en dos mil once; 1,4 en dos mil doce; otra vez 1,4 en dos mil trece, ¿no?-, solo por los complementos salariales asociados a este tipo de... de plazas.

Por lo tanto, efectivamente, la medida nos parece interesante en dos aspectos: primero, porque supone ya una limitación de facto, una limitación numérica del número de personas que van a acceder a estas plazas; y, segundo, porque políticamente parece bastante más lógico y parece más razonable que si una persona necesita o una... Ejecutivo necesita que haya plazas de libre designación, pues que estas lo sean a unos determinados niveles y no en el nivel de jefes de servicio, que tienen una función mucho... mucho más lógica de un puesto funcionarial de carrera que de un funcionario partidizado o politizado, ¿no?

Por lo tanto, yo creo que, efectivamente, puede ser una primera medida, que puede ser un primer paso, y, por lo tanto, pues contará con nuestro apoyo esta proposición.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias, señor Sarrión Andaluz. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el señor procurador don Luis Fuentes.


EL SEÑOR FUENTES RODRÍGUEZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Señorías, compartimos –como no puede ser de otra forma- con el Grupo Socialista, proponente de esta iniciativa, la preocupación por el abuso del ejercicio de la libre designación como método de asignación de puestos laborales en la Administración pública, y concretamente en las Administraciones regionales, de aquí, de la Comunidad Autónoma.

En el caso concreto de la iniciativa parlamentaria de hoy, lo que se discute y... y además debo de hacer autocrítica, porque además esta ha sido una de las solicitudes que Ciudadanos llevó y trasladó en diferentes negociaciones en... postelectorales el pasado mes de junio en varias Comunidades Autónomas, e incluso aquí también, en la de Castilla y León, lo que pasa es que en este caso es evidente que no contamos con... con la aquiescencia de la... del Grupo Popular, y lo que sí que contamos fue con el rechazo del Partido Popular a asumirla en un primer momento de la legislatura, sin que esto supusiese que nosotros nos resignáramos eternamente a aceptarlo, sino que admitimos la necesidad de impulsar otras reformas que en ese momento sí que eran mucho más urgentes, o que considerábamos que eran mucho más urgentes para Castilla y León.

Sin embargo, es evidente que daremos apoyo a esta proposición no de ley con el fin –entiendo, dado el previsible rechazo por parte del Partido Popular, como nos hicieron desde un principio- de empatarla y trasladar un mínimo debate a un Pleno que consideramos cada vez más lejano, dado la... el retraso que llevamos en todas las... las PNL.

Recuerdo, sin embargo, que Ciudadanos ya hemos conseguido avances democráticos importantes en posteriores negociaciones con otros grupos políticos, e insisto en que... en nuestro compromiso con el desarrollo de prácticas normativas y que nos vayan permitiendo reducir ese gasto y ese grado de politización de la Administración pública.

Reitero la felicitación a los proponentes y el voto afirmativo de Ciudadanos a la Proposición No de Ley 202-01 y a su requerimiento para limitar el sistema de cobertura de puestos de trabajo por libre designación a los puestos superiores al de jefe de servicio o similares –como han hablado, nivel 28 o nivel 30-. Deberíamos caminar todos juntos hacia ese fortalecimiento de la carrera profesional dentro del funcionariado, del mismo modo que nos mejora como Administración, pero sobre todo como administrados, la eliminación de esos lazos y esas dependencias entre la Función Pública y el arbitrario criterio político. Muchísimas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias, señor Fuentes. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el señor procurador don Ricardo López.


EL SEÑOR LÓPEZ PRIETO:

Muchas gracias. Bueno, pues antes nos ha explicado el... el Partido Popular cómo se cubren los puestos de libre designación, pero me gustaría... o voy a tratar de explicar los subterfugios que utiliza la Junta de Castilla y León para la contratación de estos puestos de libre designación.

El Estatuto Básico del... del Empleado Público y la Ley 7/2005, de la Función Pública de Castilla y León, da preferencia al concurso de traslados como medio de provisión directa. La Junta de Castilla y León, sin embargo, no tiene concursos de traslados abiertos... y permanente para funcionarios o funcionarias; ni siquiera, cuando los convoca, los hace con la totalidad de plazas. Aquí, en cierto modo, estamos denunciando el excesivo abuso de la Junta de Castilla y León del sistema de provisión de libre designación, que debería ser excepcional y residual, tal y como marca la ley.

En las órdenes que convocan las plazas que han de ser cubiertas mediante el sistema de libre designación se alude a que las correspondientes relaciones de puesto de trabajo (las RPT) establecen los puestos que pueden ser cubiertos mediante el sistema de libre designación, es decir, utilizan esta fórmula para no establecerlo como el sistema preferente, lo cual evita entrar en conflicto con el Estatuto del Empleado Público y con la Ley de Función Pública de Castilla y León.

¿Qué facilita esto? Pues un ejercicio discrecional e interesado por parte de las Consejerías, que prefieren el sistema de libre designación, esto es, se prefiere el "dedazo" frente a un proceso basado en el mérito y la capacidad, tal y como se reconoce en las leyes y en la propia Constitución.

El único principio que, aparentemente, se respeta es el de la igualdad, ya que los procesos son, de entrada, abiertos a cualquier funcionario, pero el resto del proceso es opaco, puesto que no se exige ningún requisito salvo el propio currículum, de lo cual no se hace ninguna valoración en las resoluciones que se adjudican... en las que se adjudican las plazas; es decir, se elige a quien se quiere, sin más mérito.

Este es el sistema de nuestra Comunidad Autónoma, en la que lleva casi treinta años gobernando el mismo partido político. Pero es que, en pleno frenesí de recortes, de restricciones, de interinos despedidos y que no se vuelven a contratar, nuestra Administración autonómica no tiene ningún problema en nombrar funcionarios de niveles altos, con sueldos más altos y con mejores condiciones.

El Partido Popular utiliza un método de provisión de plazas que debería ser -de acuerdo a la ley- excepcional y residual con prodigalidad lo utiliza, mientras los concursos de traslados se anuncian pero no se convocan, y, cuando los convocan, fraudulentamente se omiten las plazas en la convocatoria, esas plazas que han decidido que se ocupen mediante el sistema de libre designación, impidiendo la promoción profesional de funcionarios que, en base a sus méritos y a su capacidad, podrían optar a esas plazas que la Junta bloquea para su provisión por ese sistema que únicamente fomenta el clientelismo político.

Recientemente, el consejero de Presidencia ha anunciado que se procederá a reducir o reconvertir una parte importante de estas plazas de concurso... de estas plazas por concurso específico para acabar con el carácter vitalicio que tienen las mismas. La Junta, según reconoce la... recoge la prensa, anuncia una revolución en la carrera profesional de los funcionarios con un nuevo plan, y propone conseguirlo a través de la promoción de los empleados públicos con tres compromisos: que los secretarios generales y directores generales sean empleados públicos, salvo casos excepcionales debidamente motivados; la reducción de una parte de las plazas en la actualidad que se cubren mediante libre designación... sustituirlas por plazas de concurso específico; y la revisión del sistema de acceso a las plazas de concurso específico para impedir que sean vitalicias. Es decir, ustedes quieren sustituir la libre designación, donde el criterio que impera es la afinidad y la lealtad personal y política, por el concurso específico. En este concurso específico ya existe un concurso de requisitos para el puesto de trabajo. Sin embargo, es un concurso de méritos adaptado a la persona que se quiere contratar. Para que ustedes me entiendan, es un traje a medida, cuando lo lógico sería sustituirlo por el concurso ordinario, donde se establece una titulación, unos requisitos, y se aleja toda duda de manipulación.

El abuso de la figura administrativa de la libre designación para cubrir puestos que en rigor deben ser ocupados mediante el sistema de curso ordinario, y que ahora quieren sustituir por el concurso específico, conlleva la supresión del derecho a ocupar los puestos de la Administración por funcionarios, y, por lo tanto, a la promoción, a la movilidad de la carrera profesional de los funcionarios que cumplen los requisitos y no pueden concursar, impidiéndoles, por ejemplo, un cambio de puesto de trabajo, de traslado de localidad o de promoción.

Así que el Partido Popular está provocando el debilitamiento progresivo de los principios de independencia y autonomía de la Administración de Castilla y León, con el añadido de un derroche injustificable de los recursos públicos debido a la proliferación de centenares de puestos de asesores y de mandos intermedios y altos que, sencillamente, pueden y deben ser desempeñados por funcionarios de carrera con las retribuciones ordinarias.

Otro de los compromisos del señor Santiago-Juárez es la promoción interna cada dos años. La Junta de Castilla y León, a través de las reformas de las relaciones de puestos de trabajo –las RPT-, eliminaron miles de posibilidades de traslado o de promoción para siempre, y otras, presuntamente, estarían reservadas por estar económicamente mejor dotadas.

Por lo tanto, se deben ofertar todas las vacantes en los plazos que marca la ley, y se siga un proceso claro, justo y rápido; que se lleve a cabo una información pública y detallada sobre la totalidad de las plazas vacantes, así como el motivo por el que están vacantes; es necesario también la apertura de un plazo antes de la convocatoria formal en el BOCYL, para presentar alegaciones, reclamaciones y correcciones que eviten recursos y la posible paralización o anulación total o parcial de la convocatoria.

Las... la transparencia y las prácticas de buen gobierno que tanto pregona la Junta de Castilla y León se demuestran con procedimientos y hechos reales. La regeneración de las instituciones y la lucha contra la corrupción requieren acciones decididas encaminadas a democratizar y optimizar la Administración pública, es decir, debemos cuidar el buen funcionamiento de los servicios públicos y de los trabajadores que desempeñan en ellos su labor de la forma más democrática y profesional, y contar con los méritos de las personas que más saben.

Nuestro grupo parlamentario va a presentar una enmienda in voce, que procedo a leer: "Para ello, en el plazo de tres meses, se modificarán las relaciones de puestos de trabajo, transformando los puestos de libre designación en puestos de concurso ordinario". Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias, señor López. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el señor procurador don Jorge Martínez Antolín.


EL SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN:

Gracias, presidenta. Buenos días, señorías. La reducción de los puestos de libre designación es un compromiso que está incluido en el acuerdo que se ha suscrito entre la Junta de Castilla y León y los representantes de los empleados públicos el pasado veintinueve de octubre de dos mil quince. Por tanto, lógicamente, si existe un acuerdo, la Junta debe cumplir ese acuerdo. Un acuerdo que, en esencia, sigue la línea en lo que se presenta en esta proposición no de ley por el Grupo Parlamentario Socialista.

En cualquier caso, hay que aclarar algunos conceptos y aclarar algunos extremos que se utilizan en el debate político y que se recurre en ocasiones a ellos con el ánimo de llevar a cabo una confusión. Y es que muchas veces, cuando se habla de puestos de libre designación, se entremezcla lo que puede ser también puestos eventuales, y el ciudadano interpreta como puestos de libre designación lo que son puestos eventuales. Y yo creo que ahí tenemos que ser muy estrictos, muy exhaustivos a la hora de transmitir esto a la sociedad, porque, efectivamente, se generan situaciones, pues que no son, además, la realidad.

En cualquier caso, hay que quedar perfectamente claro que un puesto de libre designación es cubierto por una persona que es un funcionario de carrera, mientras que en otras ocasiones los puestos eventuales –que también existen en las Administraciones- no tienen por qué ser una persona que sea funcionario de carrera. Entonces, esto es muy importante tenerlo en cuenta y saberlo diferenciar para no crear confusión en la ciudadanía. En concreto, en estos puertos... en estos puestos eventuales en la Junta de Castilla y León, pues también se publica el nombramiento en el BOCYL, y hay un apartado concreto en el portal de transparencia donde se puede consultar la información sobre estos puestos eventuales.

Hablando propiamente de lo que es la libre designación hay que tener en cuenta algunas cuestiones y, sobre todo, establecer la legalidad del trámite, y que es totalmente sensata. La provisión de puestos en la Administración pública está regulada en el Estatuto Básico del Empleado Público, y en el Artículo 80 este Estatuto Básico del Empleado Público, pues hace referencia a cómo se puede llevar a cabo el acceso de un puesto de trabajo por libre designación, dejando perfectamente claro qué es lo que... que este puesto de libre designación es ocupado por un funcionario de carrera. Y los funcionarios de carrera ¿cómo entran en la Administración? Pues siguen un proceso selectivo, un proceso selectivo de acuerdo con unos principios de igualdad, de mérito, de capacidad y de publicidad, y, una vez que lo superan, pues, lógicamente, entran dentro de la Administración a través de la autoridad y del órgano competente, que así lleva a cabo su nombramiento una vez que ha pasado este proceso selectivo y se publica como tal en el Boletín Oficial.

Por otro lado, hay que tener en cuenta que todos los puestos que ocupan los funcionarios están incluidos en la relación de puestos de trabajo, en la RPT, que también se ha hablado aquí de ella. Y las relaciones de esos puestos de trabajo son aprobadas por la Junta de Castilla y León, y, una vez que se aprueban estas relaciones de puestos de trabajo, se publican en el portal de Gobierno Abierto, y es una obligación, además, que se deriva de la Ley de Transparencia y Participación de la Comunidad de Castilla y León, que se aprobó en estas Cortes, para que puedan ser expuestas al público y, de esta manera, se demuestra la transparencia de la Junta de Castilla y León. Por cierto, otra transparencia que no se manifiesta en otras Comunidades Autónomas –aquí sí-. Gracias a la aprobación de esa ley, hoy es transparente el hecho de poder comprobar esos puestos de libre designación.

En estas relaciones de puestos de trabajo se indica cuál es la forma de provisión de la plaza y, de acuerdo con el Artículo 78 del Estatuto Básico del Empleado Público, pues se establecen las dos posibles formas de provisión de los puestos para los funcionarios de carrera, que son: el concurso y la libre designación. No voy a entrar a detallar cómo se lleva a cabo el concurso y cómo se lleva a cabo la libre designación, porque en el anterior punto mi compañero Manuel García lo ha explicado perfectamente.

A lo largo de este debate que hemos establecido sobre esta PNL, pues he oído decir que los puestos de libre designación son variables en las distintas Comunidades Autónomas, y, sobre todo, se ha recalcado el hecho de que se considera... que en la Junta de Castilla y León se considera abusivo el número de puestos de libre... de libre designación. Bueno, yo no sé con qué Comunidades han comparado sus señorías el número de puestos de libre designación que existen en Castilla y León, con qué Comunidades, porque yo no conozco esas diferencias tan abismales. Y lo que sí que creo es que lo que se ocurre es una falta de percepción; y lo que sí que ocurre es que se cofunden términos –yo no sé si intencionada o no intencionadamente- en el debate político con el fin de confundir al ciudadano. Y que debe quedar perfectamente claro que es totalmente distinto –como he dicho anteriormente- lo que es un puesto de libre designación con un puesto eventual; y que un puesto de libre designación siempre y en todo momento es designado por una persona que es funcionario de carrera. Y no hablemos de los puestos eventuales, porque, si hablamos, sí, de los puestos eventuales, pues podemos ver, por ejemplo, como en la Comunidad de... de Andalucía existen doscientos veintidós (sobre tan solo veintiuno puestos eventuales que existen en la Junta de Castilla y León).

Se ha hablado también aquí de corrupción ligada a una plaza de libre designación. Yo no creo que por el... por el mero hecho de eliminar un puesto de libre designación se pueda eliminar la corrupción. Ojalá fuese así de fácil y de sencillo. Yo creo que la corrupción no va ligada a un puesto de libre designación, sino que va ligada a la persona de cada uno, indistintamente de cuál sea su profesión, su cualidad profesional y la categoría que desempeñe, tanto desde el punto de vista que trabaje en la Administración o no trabaje en la Administración. Ojalá que tan fácil fuese el erradicar la corrupción.

Y, bueno, y otros hablan también, en algunos casos, cuando se habla de que las personas, si son afines o no a los partidos, pues hay quien habla hasta incluso que los jueces deberían ser afines al partido –y no vamos a entrar en esos debates-. Lo que sí es cierto es que, basándonos en el compromiso que ha establecido el consejero y la Junta de Castilla y León, sí que proponemos una enmienda, en la cual se tenga en cuenta esta situación. Entonces, paso a leerla, y nosotros proponemos "Que las Cortes de Castilla y León insten a la Junta de Castilla y León a revisar los puestos de trabajo que ahora se proveen mediante el sistema de libre designación, con el objetivo de convertir parte de ellos en puestos de concurso específico y ordinario". Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Muchas gracias, señor Martínez Antolín. Y ahora, para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la resolución que propone, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, la procuradora doña Gloria Acevedo.


LA SEÑORA ACEVEDO RODRÍGUEZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Agradecimiento a los grupos políticos que han mostrado su apoyo a la proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.

Señorías, desde el Partido Socialista tenemos muy claro que el Partido Popular sí cumple las formalidades que establece para la provisión de libre designación. Lo que no cumple es en relación al contenido de los mismos.

Señorías, nosotros solo hemos transmitido aquí, en esta sala, lo que han denunciado los sindicatos, lo que han... las sentencias del Tribunal Supremo y lo que se ha puesto de manifiesto por el Procurador del Común. En ningún momento se pretende confundir, puesto que son ellos los que, con conocimiento directo de las circunstancias de la libre designación, y que ven provocado que a través de las mismas se perjudica sus intereses profesionales en el ascenso, los que los han transmitido. En ningún momento era pretensión de esta parte confundir tales circunstancias.

Con el fin de fijar la propuesta de resolución, admitimos la enmienda presentada por el Grupo Podemos, y rechazamos la... la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Popular. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Por favor, lee cómo queda el texto.


LA SEÑORA ACEVEDO RODRÍGUEZ:

Uy, perdón. "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a limitar el sistema de cobertura de puestos de trabajo por libre designación a los puestos superiores de jefe de servicio o puestos equivalentes de la Administración institucional y Secretaría de los miembros del Consejo de Gobierno, de secretario general... (disculpen, señorías, que busque) ... secretario general y director... y director general, y se comprometa, en el plazo de tres meses, a modificar las relaciones de puestos de trabajo y a convocar inmediatamente el concurso de traslado para su provisión, tal y como se solicitan por los representantes de los empleados públicos".

Votación PNL/000202


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Concluido el debate, procedemos a someter a votación la proposición no de ley.

¿Votos a favor? Nueve. ¿Votos en contra? Nueve. En consecuencia, habiéndose producido un empate en la votación de esta proposición no de ley, se procede, de conformidad con lo establecido en el Artículo 92 del Reglamento de la Cámara, a someter a nueva votación dicha iniciativa parlamentaria.

¿Votos a favor? Nueve. ¿Votos en contra? Nueve. Habiéndose producido un nuevo empate en la votación, ¿algún grupo parlamentario desea que se suspenda la sesión? No.

No siendo así, procedemos a someter de nuevo a votación la proposición no de ley debatida, advirtiéndose a sus señorías que, de persistir el empate, la proposición será elevada al Pleno de la Cámara para que esta decida sobre la misma definitivamente.

¿Votos a favor? Nueve. ¿Votos en contra? Nueve. Habiéndose mantenido el empate tras las tres votaciones previstas en el Artículo 92 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, esta Presidencia procederá a comunicárselo así a la excelentísima señora presidenta de la Cámara, a los efectos previstos en el apartado 3 de este precepto reglamentario.

Tercer punto del orden del día. Por la señora secretaria se dará lectura del tercer punto del orden del día.

PNL/000275


LA SECRETARIA (SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ):

Tercer punto del orden del día: Proposición No de Ley 275, presentada por el procurador don David Castaño Sequeros, para instar a la Junta de Castilla y León a que inste al Gobierno central a introducir modificaciones normativas en la Ley 10/2012, de veinte de noviembre, a fin de derogar las tasas judiciales y las pequeñas y medianas... a las pequeñas y medianas empresas y a las organizaciones no gubernamentales, así como a que destine a la Comunidad Autónoma de Castilla y León el importe de las tasas judiciales ingresadas en su territorio en el año dos mil trece y dos mil catorce para destinarlas a cubrir los gastos de asistencia jurídica gratuita y a destinar a la... a las partidas de Justicia en los Presupuestos Generales del Estado un importe equivalente de la media europea, publicado en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 46, de treinta de octubre de dos mil quince.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias, señora secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra el señor procurador proponente, don David Castaño Sequeros, por un tiempo máximo de diez minutos.


EL SEÑOR CASTAÑO SEQUEROS:

Muchas gracias, señora presidenta. Lo primero que tengo que comentaros es que esta PNL, que ha sido aprobada por el Parlamento andaluz, y en concreto el ocho de octubre del dos mil quince, ha sido elaborada por la Brigada Tuitera, que es una asociación con más de 15.000 activistas, que tiene como objetivos una justicia sin tasas, una justicia con medios y una justicia independiente. La base del texto ha sido redactado por Jaime Borrego Raya, que es abogado, y Enrique Hinojosa, que es procurador.

No me voy a extender mucho con esta proposición no de ley, porque viene bastante completita. Me imagino que todos la habréis leído, pero la voy a explicar brevemente. La proposición no de ley está dividida en tres partes. La primera, en la que exige al Gobierno la derogación inmediata de las tasas judiciales para las pequeñas y medianas empresas y las organizaciones no gubernamentales, dado que estas permanecieron tras la última reforma de la Ley 10/2012, en las que fueron suprimidas por la... fueron suprimidas las personas físicas. El segundo punto es instar al Gobierno central a establecer mecanismos que permitan la transferencia a nuestra Comunidad del importe correspondiente de las tasas judiciales ingresadas en su territorio entre dos mil trece y hasta su derogación, para destinarlas a cubrir los gastos de asistencia jurídica. Y el tercer apartado es instar al Gobierno central a que destine a la partida de Justicia en los Presupuestos Generales del Estado el importe que la media europea destine a ella.

Termino recordando a los señores procuradores que se están limitando los derechos de las pequeñas y medianas empresas y organizaciones no gubernamentales. Todos los justiciables son iguales ante la ley y deben tener una Administración de Justicia, con independencia de cuál sea su situación económica, y sobre todo en este periodo tan largo de crisis. Les recuerdo que la mayoría de empresas tienen entre uno y dos trabajadores, y muchas de ellas con estas tasas ven limitado o anulado su derecho a una justicia efectiva, como afirma el Artículo 24 de nuestra Constitución.

Sin más, espero el apoyo unánime de todos los procuradores que asisten hoy a esta Comisión. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Mixto, por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el señor procurador don José Sarrión Andaluz.


EL SEÑOR SARRIÓN ANDALUZ:

Muchas gracias. Bueno, pues nosotros vamos a votar a favor de esta proposición no de ley, entre otras cosas porque una semana después presentamos una exactamente igual, con... Además una propuesta de resolución casi casi idéntica, y además es casi casi idéntica porque nos la mandó la misma asociación que al Grupo de Ciudadanos, ¿no? Por lo tanto, ha sido una cuestión de... de días, ¿no? Nosotros registramos esta proposición no de ley a fecha veintidós de octubre, y ustedes lo hicieron a dieciséis, ¿no?, me parece. Bueno, por lo tanto, pues, como es lógico, la vamos a apoyar.

Efectivamente, se trata de una medida fundamental, se trata de una... una cuestión como la de las tasas, en este aspecto, a nosotros nunca nos pareció una buena idea en términos generales. Y, en concreto, lo que se plantea de liberar, de eximir a... por parte del Gobierno central tanto a pymes como a organizaciones no gubernamentales, pues nos parece, efectivamente, una medida absolutamente de sentido común. Por lo tanto, efectivamente, va a contar con nuestro apoyo a la proposición.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el señor procurador don Ricardo López.


EL SEÑOR LÓPEZ PRIETO:

Muchas gracias. Bueno, pues el Partido Popular aprobó en solitario la Ley 10/2012, con el objeto de disuadir a la ciudadanía a la hora de pleitear cuando no fuera necesario, ¿eh? Calificaron como de abuso el elevado número de recursos que entraban en los juzgados de nuestro país. Así que con esta ley se comprometieron a hacer de la Justicia un servicio más eficiente.

Aprobaron una ley en solitario con el argumento de desatascar la Justicia, en contra de las asociaciones de jueces, de operadores jurídicos, de partidos políticos, de sindicatos, de asociaciones de consumidores, de los ciudadanos de a pie y de asociaciones o grupos de abogados que denunciaron la amenaza de una ley que iba a empeorar gravemente la situación de todas y todos.

Esta ley provocó un enorme daño a miles y miles de personas que no pudieron acudir a la Justicia. Las tasas judiciales ocasionaron un efecto disuasorio general en la sociedad civil, y los que sí acudieron a ella lo hicieron pagando unas tasas injustas, desproporcionadas e inconstitucionales, sin que su dinero, en contra de lo prometido por el Partido Popular, se destinara a mejorar el servicio público de la justicia gratuita. No sé si sabrán -si... si lo sabe, me lo... me gustaría que me lo dijera- dónde están los más de 512 millones de euros recaudados por las tasas judiciales, ese dinero que iba a garantizar aún más la justicia gratuita. Pues mire, en una pregunta escrita en el Congreso de los Diputados, en respuesta del Gobierno del Partido Popular, dice que a día de hoy, pues nadie sabe dónde está, y por supuesto que no ha llegado a ninguna Comunidad Autónoma.

Tampoco debemos olvidarnos de aquellos que pleitearon y vieron desestimadas sus pretensiones en primera instancia, siendo incapaces de acudir a la segunda instancia por el elevado coste de la tasa judicial. La tasa judicial, en un recurso de apelación en el ámbito civil, rondaba los 800 euros, a los que había que añadir la cuantía variable correspondiente; 800 euros, más del salario mínimo que necesita una persona, ¿eh?, para sobrevivir.

No solo está mal hecho todo el sistema, sino que nadie previó que esas apelaciones que podían costarte como mínimo 800 euros, cuando no había parte contraria si tenías razón no... no se podían recuperar las tasas. Y entonces los tribunales comenzaron a reconocer que podías perder un pleito y no recuperar las... las tasas.

Entonces, las exigencias colectivas y las resoluciones del Tribunal Constitucional hicieron que hoy casi hace un año, el veintisiete de febrero del dos mil quince, ya sea por oportunismo político en un año cargado de eventos electorales, ya sea por sentido común, el Partido Popular, a través del Real Decreto 1/2015, establece la exoneración a las personas físicas del pago de tasas judiciales en todos los órdenes e instancias judiciales.

Sin embargo, la reforma es insuficiente, pues deja fuera a las pequeñas y a las medianas empresas y a las organizaciones sin ánimo de lucro. La defensa de la naturaleza y de los derechos de la ciudadanía se ven gravemente afectados en esta nueva ley de tasas judiciales. Los pagos de cuotas harán inviables la protección ambiental ante los tribunales para muchas organizaciones sin... sin ánimo de lucro. Afecta especialmente en el ámbito del orden contencioso-administrativo, donde se revisa la legalidad de las actuaciones de las Administraciones públicas y al que acuden... y al que se acude para impugnar la aprobación o proyectos de planes urbanísticos. Si las tasas judiciales son malas para la Justicia, también son malas para la defensa del medio ambiente y el interés general, por el que muchas organizaciones sin ánimo de lucro velan.

En el ámbito de las pequeñas y medianas empresas la... una tasa judicial no tiene la misma repercusión en el presupuesto de un autónomo o de una pyme que en el de una gran empresa. Los autónomos y pymes seguirán soportando elevadas tasas judiciales, y así, en estrictos términos de coste de litigación, una pequeña fábrica de zapatos será equiparable a una multinacional, que arroja beneficios estratosféricos en su cuenta de resultados. Es decir, para reclamar una deuda de 30.000 euros una zapatería pagaría idéntica tasa judicial que el Banco de Santander o que Iberdrola.

A pesar de que la proposición no de ley de Ciudadanos no distingue entre pequeñas empresas y grandes empresas, desde Podemos abogamos por la justicia gratuita, entendida como un servicio público; manifestamos nuestra preocupación por la situación actual de la Justicia; rechazamos las tasas judiciales, pero también la reforma del Código Penal, la Ley de Seguridad Ciudadana, la ley orgánica que ha modificado la Ley de Enjuiciamiento Criminal; expresamos nuestra oposición a los recortes llevados a cabo por el Gobierno de Mariano Rajoy en el ámbito de la Justicia; y reclamamos la derogación de la Ley 10/2012, que establecía unas tasas judiciales. Por lo tanto, nuestro voto va a ser favorable a esta proposición no de ley. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias, señoría. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Socialista, por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra la señora procuradora doña Gloria Acevedo.


LA SEÑORA ACEVEDO RODRÍGUEZ:

Muchas gracias, presidenta. Señorías, mencionar, en primer término, la coincidencia en tiempo y forma de... de idénticas proposiciones no de ley entre el Grupo Parlamentario Socialista, Ciudadanos y Podemos, relativos a la derogación de la Ley de Tasas en el ámbito de las pymes y asociaciones no... no gubernamentales, cuyo contenido hoy debatimos, en virtud de lo cual, este grupo parlamentario apoyará dicha iniciativa.

El nombramiento del señor Gallardón como ministro de Justicia fue acogido en los actores jurídicos con cierta benevolencia, incluso en los sectores más críticos. No obstante, la exabrupta e inesperada regulación de la Ley de Tasas para el ámbito de la Justicia, con unas escalofriantes cantidades a resultas de la incoación del procedimiento y su consecución, constituyó el chorro de agua más fría que tanto al justiciable como a los operadores jurídicos se nos había arrojado. Difíciles tragos hemos tenido que sufrir para hacer frente a provisión de fondos; a la cuantía fija más la variable, en función de la cantidad a reclamar; a los 800 euros del recurso de apelación, más los 50 euros de depósito, más el 0,1 variable, en función de la cuantía del pleito. ¡Cuántos recursos sin interponer a favor de justiciables que, aun teniendo una situación económica modesta, no eran susceptibles de ser beneficiarios de justicia gratuita! ¡Cuánta pérdida de oportunidad procesal!

Desde el Consejo General del Poder Judicial, como desde el Consejo General de la Abogacía, como desde los distintos colegios de abogados, como ciudadanos anónimos levantamos la voz contra tamaña desafección al libre acceso a los tribunales garantizado por la Constitución. Dos largos y tenebrosos años para nuestro bien más preciado y más precario, el derecho al acceso a la tutela judicial efectiva.

Y, por fin, el veintisiete de febrero del dos mil quince, un nuevo acto de contrición por parte del Partido Popular incluyó dentro de las exenciones a la tasa judicial a las personas físicas. No obstante, subsisten para las pequeñas y medianas empresas y asociaciones no gubernamentales, constituyendo las primeras entre el 70 y el 80 % del tejido empresarial, aportando más del 65 % del PIB y generando más del 75 % del empleo privado.

Las asociaciones empresariales sostienen que mantener las tasas judiciales impide que las empresas puedan reclamar sus derechos de crédito, implicando, en muchos casos, su cierre y la destrucción de empleo, y obstaculizando el buen desarrollo del tejido industrial. No entendemos la desidia estatal frente a las pequeñas y medianas empresas, cuando hasta la saciedad hemos oído la mejoría económica.

Ni cabe, ¿qué decir?, en relación a las asociaciones no gubernamentales, porque, según han denunciado ante la ONU, han de pagar idéntico importe, como si de una multinacional se tratase.

Existen en la actualidad, según la información pública y publicada, 7 recursos de inconstitucionalidad (2 a instancia del PSOE, 2 a instancia de la Junta de Andalucía, 1 de la Generalitat, 1 del Gobierno de Aragón y otro del Gobierno de Canarias), así como 3 recursos de amparo de justiciables indefensos por no poder pagar las tasas judiciales, y los 3 son pymes.

Se dispone en el Artículo 11 la vinculación de la tasa al sistema de justicia gratuita en los términos establecidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio. Público y notorio fue cuando el señor Catalá, preguntado en sede parlamentaria por el destino del dinero recaudado, se limitó a decir que no disponía de información al respecto. A día de hoy seguimos sin concebir... sin conocer dicha vinculación y, menos aún, sin palpar la mejoría de la justicia gratuita.

Bien es cierto que la eliminación de las tasas judiciales allana de nuevo el acceso a la Justicia, sin duda, pero tan solo es la puerta de entrada, porque, una vez inmersos en la casa del deber ser, las goteras de la precariedad asoman desde todos los habitáculos.

Señoría, señorías, el derecho a ser beneficiario de ser gratuita se ve engrandecido por titánicos esfuerzos de los abogados de oficio y el personal funcionarial. Permítame en este acto que alardee del Colegio de Abogados de Ponferrada, donde la gran parte de los abogados colegiados forman parte del turno de oficio, desde los de reconocido prestigio hasta los más humildes -en estos últimos se encuentra una servidora-; se reconoce, además, que somos el único colegio de España donde el justiciable, beneficiario del derecho de justicia gratuita, puede elegir, entre todos los abogados adscritos al turno, el que más confianza le suscite, sin ningún tipo de explicación.

Señorías, no solo la justicia gratuita necesita de un incremento presupuestario. Nuestro sistema judicial avanza a golpe de utopías; y digo "utopías" porque, sin duda, los propósitos son loables en teoría, pero en la ejecución se degradan. Nos encontramos ante la inexistencia de medidas que garanticen al justiciable una justicia rápida, porque es constatable la desmotivación que produce el conocimiento de que los pleitos se resolverán en lapsos de tiempo que se eternizan, pese al esfuerzo –reitero orgullosamente- de los empleados públicos, jueces, fiscales y demás personal funcionarial. Y lo digo con conocimiento de causa: en mi localidad se duplica la ratio media por juzgado de asuntos civiles, siendo esta de 420 al año, y resolviéndose entre 800 y 900 pleitos al año por juzgado.

La nueva oficina judicial, a la que se denominó como la oficina del siglo XXI, precisa de más medios personales y materiales, siendo un problema grande y clamoroso.

La preocupación estatal se centra en los juzgados de la provincia, donde las dotaciones de refuerzos perduran en el tiempo, mientras que los juzgados de demarcación inferior sobrevivimos a golpe de esfuerzos de funcionarios, de abogados, de procuradores y de justiciables. La paciencia de estos últimos es la panacea de las reformas insostenibles y electoralistas.

A la nueva oficina judicial hemos de añadir Lexnet. En seis meses de implantación de la oficina judicial y Lexnet, todo ello sin medios personales y materiales suficientes, con unos equipos informáticos que no tienen capacidad para soportar tal cúmulo de funciones. Creo que alcanzan a imaginarse la situación de desasosiego e impotencia que nos... que nuestros empleados públicos aguantan estoicamente día a día.

Señorías, desde la deformación profesional, era mínimo... era preciso una mínima radiografía de la salud de nuestra Justicia. Podemos decir que el estado general se acerca, preocupantemente, a una situación alarmante, que precisa de una actuación conjunta y... y consensuada. Señorías, no podemos permitir que la Justicia se convierta en un derecho de unos pocos. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias, señora Acevedo. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular, por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el... el señor procurador don Alfonso Centeno Trigos.


EL SEÑOR CENTENO TRIGOS:

Muchas gracias, señora presidenta. Yo creo que tenemos que tener en cuenta que las tasas judiciales lo que pretenden es proveer de los recursos presupuestarios imprescindibles para garantizar la financiación de la nueva regulación sustantiva del derecho a la justicia gratuita. Así, el Artículo 11 de la Ley 10/12... 10/2012 dispone que la tasa judicial se considerará vinculada, en el marco de las disposiciones de la Ley 1/1996, del diez de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, al sistema de justicia gratuita en los términos establecidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio.

Yo creo que el Real Decreto 10/2012, que luego se modificó con un Decreto Ley 1/2015, en donde lo que se modifica es el poder adecuar el régimen de las tasas judiciales a la concreta situación de los sujetos obligados al pago de las mismas, y en concreto se incluyó la exención de carácter subjetivo relativa a personas físicas -tengo que recordar, para alguno de los intervinientes, que un autónomo es una persona física, y que, por lo tanto, como tal, está exenta de las tasas; no es una persona jurídica-. En otras palabras, desde el pasado uno de marzo las personas físicas, en cuanto tales, no están obligadas al pago de las tasas judiciales, y únicamente lo están las personas jurídicas, y ello si no tuvieran reconocido el derecho de la asistencia jurídica gratuita.

No obstante, también hay que reconocer que se han introducido cambios en las cuantías para las pymes. En este sentido, cuando los litigios sean inferiores a 2.000 euros, están exentos también de esa tasa para esas pymes, lo cual suele ser la mayoría de las... en este caso, de las demandas; y que, en caso de mayores cuantías, el gasto que se ha generado puede ser, en este caso, minorado del impuesto de sociedades.

Yo creo que es un tema que nos tiene que preocupar a todos, puesto que, al fin y al cabo, lo que nos preocupa y lo que todos los que estamos aquí de alguna forma sentimos es que tenemos que garantizar que la Justicia pueda llegar a todos los ciudadanos, y, por lo tanto, también darle una viabilidad económica. Nosotros creemos que dejar exentas a todas las pequeñas y medianas empresas sin tener en cuenta sus resultados económicos... porque la medida de las empresas no significa que no ganen dinero o dejen de ganarlo, por lo tanto, decir taxativamente que todas aquellas pymes tengan que ser gratuitos puede poner en riesgo, quizás, el equilibrio para poder llevar adelante la Justicia, en este caso, la justicia gratuita, en España. Por eso creemos que se requiere, a nuestro juicio, un estudio mucho más detallado, ¿eh?, que corresponde al ámbito de otra Administración -en este caso, del Estado-, ya que la Comunidad Autónoma carece de competencias en materia de Administración de Justicia.

Por otro lado, también decirles que la Ley 1/1996, de diez de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, establece que tendrán derecho a la asistencia jurídica gratuita las asociaciones de utilidad pública y fundaciones cuando acrediten insuficiencia de recursos para litigar. Por esta vía, por tanto, quedan exentas aquellas ONG que realmente tienen mayores problemas para poder afrontar el pago de... de las tasas, que aquí tanto nos ha... nos ha preocupado.

En cuanto al punto dos, la verdad es que permítame que no se entienda muy bien la... la propuesta. Desde luego, ese dinero nunca podría llegar a la Junta de Castilla y León, porque –como decimos- carece de esas competencias, pero además lo que ustedes están pretendiendo es terri... perdón, territorialización, ¿no?, de esos recursos, en una Comunidad Autónoma. Y yo creo que eso, quizás, nos lleve a... a un camino que no deseamos. Estamos hablando de... de algo que es de un interés general y de todos los ciudadanos, independientemente de allá donde... donde residan.

¡Yo qué sé!, cabe pensar que si esos recursos o esas tasas que se han cobrado no fueran suficientes para garantizar la justicia gratuita a los ciudadanos de Castilla y León, cuando se acabaran, ¿ya no habría esa justicia gratuita? Yo creo que no. Yo creo que aquí lo que tenemos que es lógicamente garantizar a todos ellos esa... esa posibilidad, y, por lo tanto, tiene que tener una... una caja única, que de alguna forma garantice que esos recursos... de poco nos sirve, digamos, reclamar exhaustivamente los que nos corresponde por ese pago de tasas, que pudieran no ser suficientes para lo que nos cuesta la justicia gratuita en Castilla y León. Lo que debemos es garantizar, lógicamente, esa... esa justicia gratuita.

Por otro lado, también podría plantearse que por qué no se devuelve esas tasas a los que les han pagado, ¿no? Si, si, digamos, ustedes las consideran que... que son injustas, pues parece más justo que se devuelvan, ¿no?, a aquellos que les han pagado. Pero yo creo que en este caso, igual que en el anterior, yo creo que es algo suficientemente serio como para requerir un estudio mucho más importante.

En cuanto, desde luego, el punto tres, el... el instar al Gobierno central a destinar, a la partida de Justicia en los Presupuestos Generales del Estado, el importe que la media europea destina a ella, carece yo creo que de explicación, y además nos parece también un asunto suficientemente importante como para no abordarlo como mero eslogan político, puesto que también hay que tener en cuenta que pudiera incidir en el montante de recursos a repartir en el modelo de financiación autonómica, que eso lógicamente sí que nos importa mucho más y, sobre todo, nos importa como... como así lo está demostrando el Gobierno de Juan Vicente Herrera, pues el garantizar esa prestación de los servicios sanitarios, educativos y sociales en el territorio de Castilla y León y la del resto de las competencias propias de nuestra Comunidad.

Por todo ello, yo creo que es una ley que nace en el dos mil doce, que evidentemente no ha sido perfecta –yo creo que eso es algo que podemos compartir tranquilamente todos los asistentes-, también nace de una necesidad –que todos también conocemos y no quisiera explicar ahora-, pero también decir que la modificación de... de dos mil quince es una oportunidad política me parece algo francamente poco creíble y, sobre todo, de aquel grupo que dice que rechaza que los jueces no sean afines a las organizaciones políticas. No parece muy razonable.

Lo que sí que hubo es un cambio importante del dos mil doce al dos mil quince en... en cuestiones económicas que posibilitaron el modificar esa ley, de tal forma que pudiera ser gratuita para todas aquellas personas físicas de este país. Yo creo que eso es algo importante. Yo estoy seguro que la situación económica –si alguien no se encarga de... de hacer lo contrario- va a seguir mejorando en este país, y, por lo tanto, ¿por qué no se va a poder volver a revisar una vez más esta ley? Y yo lo que pido en este caso es que instemos a... una... les propongo –digamos- una... una alternativa al texto donde digamos que instamos a la Junta de Castilla y León a instar al nuevo Gobierno de la Nación a que se revise en profundidad el sistema de tasas judiciales en lo que se refiere a las pymes y las organizaciones no gubernamentales.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Gracias, señor Centeno. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la resolución que propone, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, don David Castaño Sequeros.


EL SEÑOR CASTAÑO SEQUEROS:

Bueno. Muchas gracias a los grupos que apoyan esta PNL, que no es nuestra, por supuesto -ya les comenté antes que es de la Brigada Tuitera-, y además que he recordado que esta proposición no de ley fue aprobada por el Parlamento andaluz: el punto primero, con la abstención del Partido Popular; el punto segundo... [murmullos] ... la aceptó el Partido Popular y el punto tercero también.

Yo creo que terminaríamos muy pronto si le pregunto a usted cuántas veces ha dicho justicia gratuita en su intervención, porque yo lo tengo apuntado. Once veces. Once veces ha dicho usted "justicia gratuita". Y es que estamos hablando de eso, de justicia gratuita. Y además le doy la oportunidad de compartirlo con todos nosotros y con sus compañeros de... de Andalucía.

En cuanto al punto dos -se lo ha dicho la procuradora del Partido Socialista-, la gestión, la gestión. Es verdad que... que hay competencias que no están transferidas, pero la gestión sí.

Y en cuanto al punto tercero, si hablamos de un derecho de justicia gratuita, si hablamos de... de ser europeos, ¿por qué no vamos a instar a que dotemos a los... a los Presupuestos Generales el mismo importe que la media europea?

De todas formas, en aras de que haya un consenso, le pido un minutillo a la presidenta para hablar con el Partido Popular y con el portavoz del... cualquier partido que quiera hablar con nosotros, a ver si podemos llegar a un acuerdo. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Pues hacemos un receso de dos minutos.

[Se suspende la sesión durante unos minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Para fijar el texto definitivo, tiene otra vez la palabra el señor David Castaño.


EL SEÑOR CASTAÑO SEQUEROS:

Sí. Entiendo la argumentación del Partido Popular, aunque no la comparto. Yo les propongo que apoyen esta proposición no de ley tal como... tal como está, sin cambiar absolutamente nada, y que luego ustedes propongan o registren una proposición no de ley en esos términos. Una vez que quitemos las tasas judiciales, porque se trata de eso, de buscar una justicia gratuita, ustedes registran una proposición no de ley instando al Gobierno de la Nación a que, a ciertas empresas, por su capacidad económica, pues nada, que les cobren tasas judiciales. Muchas gracias.

Votación PNL/000275


LA PRESIDENTA (SEÑORA SOPEÑA BALLINA):

Entendemos que queda como está. Entonces, concluido el debate, procedemos a someter a votación la proposición no de ley.

¿Votos a favor? Nueve. ¿Votos en contra? Nueve. Habiéndose producido un empate en la votación de esta proposición no de ley, se procede, de conformidad con lo establecido en el Artículo 92 del Reglamento de la Cámara, a someter a una nueva votación dicha iniciativa parlamentaria.

¿Votos a favor? Nueve. ¿Votos en contra? Nueve. Habiéndose producido un nuevo empate en la votación, ¿algún grupo parlamentario desea que se suspenda la sesión? No siendo así, procedemos a someter de nuevo a votación la proposición no de ley debatida, advirtiéndose a sus señorías que, de persistir el empate, la proposición será elevada al Pleno de la Cámara para que este decida sobre su... sobre la misma definitivamente.

¿Votos a favor? Nueve. ¿Votos en contra? Nueve. Habiéndose mantenido el empate tras las tres votaciones previstas en el Artículo 92 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, esta Presidencia procederá a comunicárselo así a la excelentísima señora presidenta de la Cámara, a los efectos previstos en el apartado 3 de este precepto reglamentario.

Cuarto punto del orden del día. La señora secretaria leerá el punto.

PNL/000289


LA SECRETARIA (SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ):

Cuarto punto del orden del día: Proposición No de Ley 289, presentada por el Procurador don Luis Fuentes Rodríguez, instando a la Junta de Castilla y León a que promueva las modificaciones normativas necesarias para evitar que en los procesos electorales las formaciones políticas no puedan utilizar símbolos, denominaciones o siglas que puedan provocar confusión entre los electores y pongan en cuestión el libre ejercicio del voto, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 53, de trece de noviembre de dos mil quince.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN):

Gracias, secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra el señor procurador proponente, don Luis Fuentes Rodríguez, por un tiempo máximo de diez minutos.


EL SEÑOR FUENTES RODRÍGUEZ:

Muchas gracias, señor presidente... bueno, presidente en funciones. Señorías, en las elecciones autonómicas y municipales del pasado mes de mayo concurrimos, entre otras muchas formaciones políticas, Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía, que cuenta hoy –como todos ustedes saben- con grupo parlamentario propio en estas Cortes, y la coalición electoral CI-Ciudadanos de Centro Democrático. Las tres formaciones (la que represento, por un lado, y tanto Candidatura Independiente como Ciudadanos de Centro Democrático) figuramos inscritas en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior con, evidentemente, denominaciones y simbologías claramente diferenciadas. Solo así se entiende la inscripción de las tres, pues es requisito indispensable la diferenciación de las formaciones políticas en dicho Registro de Partidos.

Pues bien, es conocido por todos que, en la concurrencia a las elecciones autonómicas y municipales, la candidatura CI-Ciudadanos de Centro Democrático desplegó en numerosos puntos de Valladolid una cartelería e imagen gráfica, principalmente a través de vallas publicitarias, cuya similitud con los colores, tipografía y estética que nuestra formación lleva utilizando desde dos mil seis eran mucho más que evidentes. Pueden refrescar esas similitudes, esas imágenes, que le presentará ahora nuestro compañero Castaño, que les pongo a su disposición para que las vean.

En dicho momento, esta actuación fue puesta en conocimiento de la Junta Electoral Provincial de Valladolid por nuestro representante electoral, probando con imágenes similares las prácticas que entendíamos motivo de la denuncia. En esta Junta Electoral, acordó... adoptó por acuerdo, que cito a continuación: "El logo utilizado por la coalición electoral Candidatura Independiente-Ciudadanos de Centro Democráticos (CI-CCD) para la publicidad y propaganda electoral que se indica en el escrito presentado no se corresponde –no se corresponde- con el símbolo e identificación de dicha coalición que se expresa en su pacto de coalición y que fue aceptado por esta Junta Electoral". Esto es textual.

Dicho logo induce a la confusión de los electores con el símbolo utilizado por el partido político Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía, que consta inscrito en el Registro de Partidos Políticos –etcétera- por la similitud de la disposición y distribución entre dicho símbolo y los elementos que identifican a los partidos políticos que integran la coalición electoral en el logo denunciado.

Ello infringe el Artículo 46.4 de la LOREG, pues el espíritu que informa este artículo de la LOREG consiste en evitar la confusión entre los posibles electores. En esa resolución, en la que la Junta Electoral Provincial decía, y cito textualmente: "La coalición electoral Candidatura Independiente-Ciudadanos de Centro Democrático deberá ajustar el logo que se utilice en su propaganda y publicidad al símbolo que consta en el pacto de coalición aceptado por esta Junta Electoral, y se le requiere para que se abstenga de utilizarlo en lo sucesivo, debiendo retirarlo de la publicidad que pueda existir en la actualidad". Esto es textual, la resolución. Se entiende, por tanto, que hay un reconocimiento explícito de la Junta Electoral Provincial de la existencia de una estratagema por parte de dicha candidatura para buscar la confusión entre los electores.

La supuesta retirada de esa publicidad terminó por ser una operación tardía de maquillaje de la misma, que, en todo caso, no ayudó sino a aumentar la confusión que muchos vallisoletanos sufrieron cuando se les llegó a casa el sobre con la propaganda electoral que mostramos.

Debido a todo esto, durante los días previos a las elecciones, pero también de forma posterior a las mismas, se generó, entre muchos ciudadanos, una sensación de confusión y posterior molestia por entender, en primer lugar, que existía una estrategia descarada que tenía por objeto, o por objetivo, dirigir hacia una candidatura votos confundidos que realmente buscaban apoyar a la otra; y, en segundo lugar, por el desamparo de ver que las instituciones electorales, que reconocían la existencia de esta trama, no conseguían evitar sus efectos.

Una confusión intencionadamente promovida que, como puede comprobarse en el análisis de los resultados electorales, tuvo una manifiesta influencia en los mismos, así como en la composición de numerosos ayuntamientos e instituciones; entre ellos, las propias Cortes de Castilla y León.

Para Ciudadanos ha sido una prioridad el reconocimiento de esta estratagema, que consideramos motivación de fraude democrático, así como el compromiso de todas las fuerzas políticas por la no repetición de ninguna estrategia que pueda confundir a los ciudadanos en el ejercicio democrático de su voto.

Es por ello que hoy debatimos en esta Comisión la proposición no de ley en la que solicito que el resto de las formaciones y grupos parlamentarios se unan a la condena al plagio reconocido por la Junta Electoral Provincial de Valladolid, y en la que se insta a la Junta de Castilla y León a promover las reformas normativas necesarias para evitar posibles episodios de confusión en próximas convocatorias electorales.

Por lo tanto, voy a cambiar, si se me... si se me permite, la redacción de la proposición no de ley que hemos presentado para que no exista ninguna duda de su interpretación. La redacción quedaría: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que promueva las modificaciones normativas necesarias para evitar que en los procesos electorales las formaciones políticas puedan utilizar símbolos, denominaciones o siglas que puedan provocar confusión en los electores y pongan en cuestión el libre ejercicio del voto de los ciudadanos".

Como habrán podido observar, he retirado el "no", para evitar, como se me ha comunicado, la doble negación. Muchas gracias.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN):

Gracias, señor Fuentes. En un turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Mixto y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el señor Sarrión Andaluz.


EL SEÑOR SARRIÓN ANDALUZ:

Bien, muchas gracias. Vamos a ver, la... el caso concreto que motiva esta proposición, a mí me parece evidente que lo que se manifiesta es una intencionalidad por parte de un grupo político de aprovechar el tirón de otra fuerza emergente, ¿no? Yo creo que cualquier persona que vea la imagen gráfica que... que se nos ha mostrado, y... y, bueno, pues los que seguimos la campaña, yo creo que era más que evidente, ¿no? La... la intencionalidad de una fuerza es de aprovechar un momento de claro ascenso de una candidatura y de intentar generar algún tipo de... de confusión, ¿no?, en torno a la imagen gráfica. Entonces, en este aspecto yo creo que... entiendo la... la motivación, ¿no?, y entiendo la intencionalidad.

Sin embargo, tengo serias dudas acerca de cómo se puede regular este tipo de situaciones. ¿Por qué? Porque lo que en este caso yo creo que es evidente, no sé si en otros casos lo puede ser tanto. Es decir, voy a poner un ejemplo. En algunas elecciones en la Comunidad de Madrid, creo que llegó a haber cuatro candidaturas autonómicas verdes, por ejemplo, ¿no? Creo que tres falanges, en algún caso, ¿no?, ha llegado incluso a haber. Y entonces ahí, ¿qué... qué ocurre? ¿Sería una fuerza más grande la que le dijera a la pequeña...?

Quiero decir, me genera dificultades, también por mi falta de pericia jurídica, seguramente, pero me genera dificultades el ver cómo podría regular una Junta Electoral una cuestión de este tipo, porque si bien en este caso concreto sí que veo muy clara la intencionalidad, creo que hay una gran evidencia, en otros casos no sé cómo se puede establecer. Por ejemplo... claro, cuando hablamos de provocar confusión en los electores, por ejemplo, que un partido se llame "izquierdas" y no haga política de izquierdas, ¿eso no es crear confusión? Por ejemplo, ¿no? O que un partido esté lleno de multimillonarios y se llame "Partido del Proletariado", o "Partido Popular", por ejemplo... [risas] ... ¿no?, imaginémonos.

Quiero decir que esto de la confusión es una cosa como tan ambigua, tan difícil de... de definir, ¿no?, que me parece un poco... un poco difícil, ¿no? Nosotros tampoco es una cuestión... Es decir, entendemos la motivación, ¿no?, de la fuerza política, entendemos en este caso concreto lo que ha sucedido, yo creo que todos lo veíamos muy claramente en la campaña; pero no tenemos muy claro que se pueda regular de esa manera sin generar una extrapolación, quizá, de funciones, ¿no? Es decir, que a través de esto la Junta Electoral tenga un exceso de posibilidad de entrar en cómo los partidos desarrollan las campañas.

Entonces, entendiendo que el problema está ahí, pero viendo que una solución generalizable y aplicable a todos los casos, y que por tanto aporte la seguridad jurídica que tiene que tener un principio legal, que es que sea universalizable, no acabamos de encontrar la forma en que podría encajarse, vamos a emitir una abstención, por prudencia, principalmente por prudencia.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN):

Gracias, señor Sarrión. En un turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra la señora Natalia del Barrio Jiménez.


LA SEÑORA DEL BARRIO JIMÉNEZ:

Gracias. Bueno, el caso que nos ocupa con esta proposición entiendo que es una reforma relativa a la normativa de usos de denominaciones y siglas en la Ley Electoral, porque tampoco se entiende exactamente dónde se quiere hacer esa normativa, según la propuesta de resolución.

Así que en principio, y compartiendo desde nuestro grupo parlamentario, pues en realidad no entendemos realmente las modificaciones normativas que se pretenden, si en la Ley Electoral de Castilla y León, que es la... que se está regulada por la Ley Electoral estatal, si una normativa en concreto para los logos, ya que no se especifica en la propuesta de resolución. Y además, ya que, como se explica en los antecedentes de la proposición, ante la aparente confusión, que es obvia, lo cierto es que la propia Junta Electoral Provincial actuó con la ley... con la Ley Electoral, prohibiendo, en este caso, al plagiador utilizar un logo, aunque la confusión es cierto, pues, que ya estaba hecha.

Compartimos también que el resultado de las elecciones no hubiese sido el mismo atendiendo, claro, a una suma completa de Ciudadanos de Centro Democrático y la del partido que ustedes representan, ya que con esta suma aquí, en las Cortes de Castilla y León, ustedes... ustedes hubiesen obtenido 38.549 votos, hubiesen sido la tercera fuerza en Valladolid, arrebatando la mayoría absoluta al Partido Popular, ya que en este caso ustedes hubieran obtenido dos diputados por Valladolid. Aunque aun así les digo, señores de Ciudadanos, que en política uno más uno no siempre son dos.

Evidentemente, algo falla en el sistema electoral, pero es que... pero que perjudica a los ciudadanos y no a un partido, porque la primera duda que nos suscita en esta proposición no de ley es que la que se respira es que el... el perjudicado es un partido político y no la ciudadanía. Cierto es que se hace una mención muy breve al malestar de la propia ciudadanía por esa confusión, y como ya le he indicado esta es la parte... la primera parte que no nos acaba de encajar del todo, y es que exponga en los antecedentes como perjudicado a un partido político y no a la ciudadanía, que es a quien nos debemos y a quien representamos. Aquí venimos a trabajar por y para la gente, y no para los partidos políticos, aunque con las tramas corruptas de los últimos años parezca lo contrario, pero es así, venimos a trabajar por y para la gente. Algunos grupos trabajamos por alcanzar una justicia social, entendiendo dentro de esta justicia social efectivamente una reforma electoral, pero que democratice y haga más proporcional las instituciones de todos y de todas.

La segunda duda que nos sugiere esta proposición que hoy aquí debatimos es lo que ustedes consideran fraude democrático. Partiendo de que nuestro grupo parlamentario, como ya lo ha indicado, entiende que intentar plagiar y confundir a la ciudadanía sí sería parte de un fraude democrático, la propuesta de su... de resolución no es muy concisa, porque para nuestro grupo parlamentario, por ejemplo, el no cumplimiento del programa electoral también es un fraude democrático. La utilización de las sedes de los... de los gobiernos de las sedes de todos para nuestro partido también es un fraude democrático. Es que que utilice Mariano Rajoy, por ejemplo, la sala de prensa de la Moncloa para hablar en nombre del Partido Popular, para nosotros también es un... es un fraude democrático.

Y, ahondo en el tema, se trata de una propuesta muy insuficiente. Tampoco explican qué consideran fraude electoral, ni en qué sentido, ni qué modificaciones normativas considera su partido que hay que hacer. No les estamos diciendo que las hagan, ya que sabemos que la reforma electoral necesita de algo más que una proposición no de ley, pero es que ni esbozan qué es lo que van a considerar que genera confusión en los ciudadanos. ¿Quieren incluir el incumplimiento de programas electorales anteriores como confusión a los ciudadanos? ¿Cuáles son los símbolos y denominaciones o siglas que generan confusión? Porque es que aquí, claro, yo traigo aquí dos ejemplos: esto es una acreditación de prensa de Podemos del once de abril de dos mil quince y esta es la acreditación de... en prensa del Partido Popular de las elecciones de diciembre [la oradora muestra dos imágenes]. ¿Esto genera confusión electoral y lo van a incluir ustedes? Porque es que es igual. [Murmullos]. Por eso, como indicó el otro día usted mismo, en torno a la reforma del Reglamento que se... que se proponía en el Pleno, pareciéndole insuficiente la propuesta que se hacía, y de ahí su abstención, pues nosotros vamos a emitir un voto en el mismo sentido, visto que no se explica y que hay que ir a una reforma más profunda, pues nuestro grupo parlamentario se abstendrá.

Pero es que hay una tercera razón para abstenernos en esta proposición: no queremos ser cómplices del pacto de gobierno, o como lo quieran llamar ustedes, que tienen con el Partido Popular, ya que esta proposición está dentro del punto 2 del acuerdo de investidura que las dos fuerzas políticas firmaron, y que leo textualmente: "Apoyaremos las dos proposiciones no de ley que se van a formular sobre el rechazo a prácticas que generan confusión electoral y que así lo haya determinado la Junta Electoral Provincial, y el rechazo a actuaciones vividas en la constitución de Ayuntamientos donde algunos ciudadanos increpaban a los representantes democráticamente elegidos". Y volvemos otra vez a la inexactitud de los conceptos: cuando hable de prácticas que generan confusión electoral, y que así lo determina la Junta Electoral Provincial, ¿entrarán casos también como que se sanciona al Ministerio de Interior por hacer campañas en redes oficiales del Estado en jornada de reflexión, como por ejemplo con este tuit [la oradora muestra una imagen], como hizo el día diecinueve de diciembre? ¿O que se sanciona a las instituciones que prohíben actos contemplados en la... en la Constitución, como el derecho de reunión, como ocurrió en Toledo cuando se intentó prohibir un acto electoral de Podemos, porque según... y que la Junta Electoral autoriza a hacer ese acto electoral? ¿O que se sanciona a Radio Televisión... a Televisión Española por no ser imparcial en el periodo electoral y por vulnerar el principio de neutralidad, como así ha afirmado la Junta... la Junta Electoral Central?

Además, entendemos que con este punto existe una delgada línea para nosotros, a nuestro entender, que cruza para unir el Ejecutivo y el Legislativo. Nosotros ningún problema... tenemos ningún problema en que ustedes apoyen y hayan firmado un acuerdo de gobierno con el Partido Popular –a cada uno se le conoce por sus actos y sus votaciones-; lo que nos preocupa es que se repite... es que se traspase esta delgada línea de... de mezcla de Poder Ejecutivo y Legislativo, que para nosotros también es fraude democrático. Lo dicho, no solo la poca profundización en los conceptos de fraude democrático y confusión electoral, ni un esbozo de lo que se propone más allá de la damnificación de Ciudadanos como partido en las elecciones, y... y, sinceramente, con emoción estoy –y entiéndase la ironía- esperando la segunda proposición no de ley en relación a la constitución de los ayuntamientos donde se increparon a los representantes democráticamente elegidos. Porque no sabemos si lo que se propondrá es endurecer aún más la Ley de Seguridad Ciudadana o qué.

En definitiva, como hemos dicho, nuestro grupo parlamentario se abstendrá en esta proposición por la falta de concreción, porque la Ley Electoral necesita de una reforma absoluta, y que donde lo más importante, lo primero, sea buscar una verdadera proporcionalidad, y porque ya hemos dicho que este acuerdo de investidura y por la gobernabilidad de Castilla y León, en este punto, traspasa una delgada línea roja, alejando el espíritu de Montesquieu de una manera muy peligrosa de esta Cámara; y es que ya lo decía él: "Cuando los poderes legislativo y ejecutivo se hallan reunidos en una misma persona o corporación, entonces no hay libertad, porque es de temer que el monarca o el Senado hagan leyes tiránicas para ejecutarlas del... del mismo modo". Muchas gracias.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN):

Gracias, señora Del Barrio. En un turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Socialista, por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra el señor Luis Briones Martínez.


EL SEÑOR BRIONES MARTÍNEZ:

Muchas gracias, señor presidente. Señorías. Bueno, la verdad es que, atendiendo al caso concreto que nos ha planteado Ciudadanos, nosotros sí que vemos coherente el planteamiento que ellos traen en estos momentos a... a esta Comisión.

Empezaré diciendo que ninguna representación política es depositaria en exclusiva de una determinada línea de pensamiento. Pero, dicho esto, dicho esto, lo que no se debe ni se puede permitir es que se cree confusión en uno de los derechos fundamentales que tienen los ciudadanos. Por lo tanto, nos parece, de verdad, que estas cosas hay que –en la medida de lo posible- eliminarlas.

Hombre, yo le daría una idea; algunos otros partidos sí que la han tenido, y ponen la foto, ¿eh?, han puesto la foto de su candidato, y así no hay... no hay duda. Si, además, la Junta Electoral, en su momento, dijo que eran válidas. Entonces, sí que me acuerdo que... esa es una... una idea, seguramente, que, si ponen al señor Rivera, o a usted... bueno, en fin, sería mucho más... mucho más sensible, y evitaría estos... estos problemas.

A mí, y creo que a mi grupo, en relación con el planteamiento que se hace, independientemente de que no se ha concretado –que sí hubiera sido positivo una concreción mayor en lo que se plantea-, creemos que esta Comisión, y seguramente los grupos políticos, en esa reforma de la Ley Electoral, deben incluir todo aquello que pueda generar confusión. Es decir, tenemos que dejar claro ante los ciudadanos quiénes somos, qué queremos y adónde vamos. Y la claridad y la transparencia tiene que empezar también por ahí. Y ustedes, es verdad, han firmado un acuerdo, un pacto de... de gobernabilidad, pero yo creo que eso no excluye a que los... a que los demás grupos políticos, en algunos asuntos que consideremos fundamentales, podamos también participar y hacer nuestras aportaciones.

Es cierto que, bueno, pues, la Ley General Electoral, bueno, pues dice... tiene las cosas muy claras. Es verdad que en su momento los recursos fueron desestimados, pero esto no hace ningún bien a la democracia, no hace ningún bien que haya algunas siglas que lo que intenten es que, al socaire de un... seguramente, un carro que tira con más bueyes, a lo mejor, en un momento determinado, pues quieran también subirse al mismo, ¿no? En fin, a mí no me parece que ustedes en este asunto, bueno, pues estén planteando nada... nada extraño.

Por lo tanto, nosotros creemos que, en vez de confusión, tiene que haber claridad; las vías tienen que ser siempre, en la medida de lo posible, mucho... mucho más abiertas. Y yo sí que consideraría que es necesario que en esta modificación que el señor Herrera, hace, pues unos meses, dijo que se iba a iniciar en esta Cámara, bueno, pues haga todo lo posible para que se incluyan todos aquellos planteamientos que nosotros también los vamos... lo vamos a plantear en su momento; y evitar casos puntuales, que es verdad que son puntuales, que es una situación en un momento concreto, pero que se puede plantear a cualquier partido... a cualquier partido político o coalición electoral. Y, por lo tanto, yo creo que los ciudadanos están hartos de confusiones buscadas, o menos buscadas, y, al final, lo que ponen en duda, sin duda... –valga la redundancia- sin duda alguna, es el ejercicio del... del hecho fundamental, que es el derecho al voto, el derecho a elegir a los ciudadanos que queramos elegir, y no se pierda ni un solo voto a una coalición o a un partido que queramos plantear o que queramos depositar. Porque yo creo que esto es una de las esencias de la democracia.

Así que nuestro grupo sí que va a apoyar la... la propuesta que trae Ciudadanos.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN):

Gracias, señor Briones. En un turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular, por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra la señora Ana Rosa Sopeña.


LA SEÑORA SOPEÑA BALLINA:

Muchas gracias. Muy brevemente. Nuestro grupo también va a apoyar su propuesta de resolución, aunque sí que queríamos dejar algunas cosas claras.

En primer lugar, queríamos dejarle claro que no es exactamente lo mismo que... que no se corresponde... no se corresponde con lo pactado en... en el acuerdo que hemos firmado el día veinticuatro de junio del dos mil quince, de investidura y para la gobernabilidad de Castilla y León. Y le voy a decir por qué. Si bien ya lo ha leído la procuradora de Podemos, apoyamos... decía textualmente: "Apoyaremos las dos proposiciones no de ley que van a formular sobre el rechazo a prácticas que generan confusión electoral y que así lo haya determinado la Junta Electoral Provincial, y el rechazo a actuaciones vividas en la constitución de ayuntamientos donde algunos ciudadanos increpaban a los representantes democráticamente elegidos". En su proposición no de ley no habla usted exactamente de rechazar estas prácticas, así que... cuando así lo haya determinado la Junta Electoral Provincial, sino habla de promover las modificaciones necesarias para evitarlas, sin referencia alguna a las Juntas Electorales. Pero bueno, entendemos, desde luego, que el espíritu, aun así, es el mismo, y por eso le digo que lo vamos a aceptar.

De verdad, cuando... cuando uno oye a los demás grupos políticos hacer aquí sus defensas, pues uno se queda un poco, pues, a veces, sorprendido. Yo, desde luego, con la... sí, me he quedado sorprendida con... con lo que ha dicho Podemos, porque ha nombrado a Montesquieu usted, y son ustedes los mismos... o sea, nombran a Montesquieu, y son los mismos que dicen que los jueces tienen que... tienen que tener cierta afinidad con el Gobierno. [Murmullos]. Bueno, vamos a ver, perdone, pero estoy en mi turno, y yo creo que... pero, bueno, quien le dice eso le diría otras muchas cosas, como... Hablaba de jornadas de reflexión. Yo no quiero recordar aquí algunas jornadas de reflexión que hemos tenido nosotros, ¿eh?, porque yo creo, efectivamente, que esas cosas no benefician en nada nunca a la política, y muchas veces perjudican. Y sí que, de verdad, es muy importante, yo creo, que los ciudadanos sepan, efectivamente, y sean... y seamos todos respetuosos, y, cuando un partido... o sea, hay que ganar las cosas de una manera limpia y digna, y no hay que ganarlo intentando obtener votos, pues eso, tirando de... o aprovechándonos de... de los votos de otra... de otro grupo, que parece que ahora mismo, pues está tirando. Eso, desde luego, nosotros lo veremos mal siempre, ahora y después.

Ese... de ese color, de verdad, nosotros nunca hemos utilizado el morado, jamás, ¿eh?, creo que el color nuestro es el azul, pero ya sabe usted que esto es como lo del vestido... como lo del vestido famoso que se mandó por internet, y una gente lo veía blanco y otro lo veía negro. Alguien, desde luego, habrá hecho una interpretación... alguien habrá hecho una interpretación, o cambiado el color, porque a veces esas cosas pasan.

Me gustaría también decirle al señor Fuentes que me gustaría... no por nada, gracias por haber corregido eso, pero también se podría quitar el "a)"; o sea, como si hubiese dos; o sea, como si fuese a), b) y c); no, solo va a ser una cosa, solo va a ser una propuesta de resolución, o sea, que podríamos quitar "a) Las Cortes...", ¿vale?

Y, luego, el tercer punto, que sí le quiero aclarar un poco, porque, bueno, también lo han dicho, y es verdad: queremos dejar claro que no tenemos competencia para realizar lo solicitado a través de nuestra propia normativa autonómica. El tema de los símbolos, denominaciones o siglas con las que concurren las formaciones políticas a los procesos electorales se regula en la LOREG, y, concretamente, este tema se recoge en los artículos 1, 4 y 5 del Artículo 46, que, a tenor, dice: el escrito de presentación de cada candidatura debe expresar claramente la denominación, las siglas y los símbolos del partido, federaciones, coaliciones o agrupaciones que la promueven, así como el nombre y apellidos de los candidatos incluidos en ellos.

En el 4 dice que la presentación de las candidaturas deben de realizarse con denominaciones, siglas o símbolos que no introduzcan a confusión con los que... pertenecientes o usados tradicionalmente con otros partidos legalmente constituidos.

Y en el 5 dice que no pueden presentarse candidaturas con símbolos que reproduzcan la bandera o el escudo de España, o las denominaciones o símbolos que hagan referencia a la Corona.

En fin, dicho esto, le vuelvo a decir: apoyamos, porque entendemos que lo importante es que cada ciudadano vote realmente lo que quiere votar, ¿eh?, y que no lleve esto a confusión. Muchas gracias.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN):

Muchas gracias, señora Sopeña. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la resolución que propone, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, el señor Luis Fuentes Rodríguez.


EL SEÑOR FUENTES RODRÍGUEZ:

Muchas gracias, señor presidente. Bueno, pues, en principio, darle las gracias a los grupos que van a... que van a apoyar a esta... a esta PNL; y, por supuesto, dejarle claro también al Partido Popular que en el espíritu de cuando se firmaron aquellos acuerdos era realmente el rechazo a todas estas prácticas para que no volvieran a poder suceder nunca más.

En cuanto al... al PSOE, como lo hemos dicho anteriormente también, lo que necesitamos es una mayor seguridad para que aquello que quieran votar los... los ciudadanos sea realmente lo que... lo que voten ellos, sin esas malas prácticas que se han demostrado en muchas de las actuaciones que llevamos vistas.

Y, bueno, por dirigirme a los dos grupos que están... no tenían tan clara la... el apoyo -en este caso Izquierda Unida-, quería explicarle, única y exclusivamente, que no hablamos de una concurrencia de partidos, no hablamos en ningún caso que puedan aparecer partidos con distintas... distintos símbolos oficiales y... e imágenes electorales, porque eso sí que está tipificado en la ley; es decir, esos distintos partidos con distintos símbolos y distintas imágenes sí que está tipificado, aunque tengan los mismos nombres. Por lo tanto, lo que nosotros decimos es que, habiendo distintos nombres y con distintos símbolos, se utilicen los símbolos similares a otros partidos para aprovechar el tirón de esos partidos.

Y, por supuesto, a los señores de... de Podemos, lo que no podemos es plantearnos que ese malestar que... que venía no es porque se hubiera tergiversado o se hubiera provocado una... una pérdida de votos a un partido, sino porque eran los propios ciudadanos... y nos lo fueron transmitiendo durante muchísimo tiempo durante la campaña -incluso después de la campaña- que se habían utilizado esas... esos votos que se habían utilizado por ellos en auténtico fraude de ley.

Y tampoco podemos entender que prefieran no mojarse aceptando esta... esta proposición no de ley para dar mucha mayor calidad democrática por ese malentendido... actuación política que muchas veces ustedes tienen por no acercarse a los... al Partido Popular. Muchísimas gracias.

Por lo tanto, dejo para la fijación... acepto el retirar el "a)" al principio de la propuesta, y retiramos, como dije en un principio, ese "no" para evitar la doble negación. Muchas gracias.

Votación PNL/000289


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN):

Gracias, señor Fuentes. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la proposición no de ley.

¿Votos a favor? Quince. ¿Votos en contra? Ninguno. ¿Abstenciones? Tres. Votos emitidos: dieciocho. A favor: quince. Abstenciones: tres. En consecuencia, queda aprobada la proposición no de ley debatida.

No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las trece horas cuarenta minutos].


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