Regulación jurídica del
periodo medio de pago
La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público en su artículo 198.4 regula los plazos para el pago del precio de los contratos en la misma línea que el artículo 4 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Artículo 198.4 "La Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de las certificaciones de obra o de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados o servicios prestados…"
Por su parte, el artículo 13 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera obliga a que las Administraciones Públicas publiquen su periodo medio de pago a proveedores. Las Cortes de Castilla y León han decidido que esa publicidad sea de carácter trimestral.
La metodología para el cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas se regula en el RD 635/2014, de 25 de julio, en la redacción dada por el RD 1040/2017, de 22 de diciembre.