El pasado 25 de febrero se cumplieron 22 años desde la aprobación de nuestro Estatuto de Autonomía y la consiguiente creación de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. La intensidad del periodo vivido, lo trascendente de los cambios acaecidos y su significación para el futuro de esta tierra, nos permiten observar con cierta perspectiva un trayecto en el que el Estatuto de Autonomía ha desempeñado un papel protagonista a pesar del escaso tiempo transcurrido.
La constitución de la Comunidad Autónoma de Castilla y León no fue fácil. Algunos autores, como Bilbao Ubillos, la han llegado a comparar con un parto lleno de complicaciones que necesitó en algún momento de forceps para que llegase a feliz término.
Sin embargo, y pesar de las dificultades, el Boletín Oficial del Estado de 2 de marzo de 1983, va a publicar la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de Castilla y León. En ese mismo Boletín se inserta también la Ley Orgánica 5/1983, de 1 de marzo, por la que se aplica el artículo 144 c) de la Constitución a la provincia de Segovia.
Desde entonces, y de la mano de su Estatuto, Castilla y León ha conocido, a mi juicio, un periodo caracterizado el afianzamiento del autogobierno, la estabilidad político-institucional y por la significativa elevación de las cotas de bienestar de todos los ciudadanos de esta Comunidad Autónoma. Un periodo que tiene su origen en esa apuesta del constituyente por una nueva forma de entender la organización territorial del Estado y que se ha relevado como uno de los grandes aciertos del texto Constitucional.
Un sistema de organización territorial que ha permitido que las Comunidades Autónomas se afiancen y consoliden como verdaderos núcleos políticos y de decisión autónoma, conformándose como una realidad pujante e irreversible. Hoy puede y debe decirse con plena justicia que la descentralización política ha encontrado definitivamente su justificación y arraigo en el seno de nuestra sociedad y que está ya asentada en el sentir de los ciudadanos en términos irrevocables y definitivos.
El Estado Español, como señala García de Enterria, es hoy uno de los Estados mas descentralizados de mundo, teniendo las Comunidades Autónomas unos niveles competenciales equiparables a los de cualquier Estado federado y un porcentaje de recursos públicos a su disposición que supera a lo que es normal en los federalismos mas prestigiosos.
Los constituyentes idearon un modelo de organización territorial valiente y arriesgado, que pretendía al mismo tiempo responder a dos retos de naturaleza distinta:
A pesar de las grandes dificultades técnicas, sociales y políticas, los constituyentes dieron con una formula que el tiempo ha demostrado eficaz y ello gracias a dos elementos esenciales que aportaron:
Tras un periodo inicial de mayor diferenciación, hoy en día puede afirmarse que todas las Comunidades Autónomas cuentan con unas cotas similares de autogobierno, lo que supone, desde el respeto a los hechos diferenciales, la igualación de todos los españoles en cuanto a sus derechos y deberes.
En definitiva, se ha configurado un modelo que en líneas generales funciona correctamente, a pesar del constante cuestionamiento que desde determinados sectores se plantea, garantizado por el Tribunal Constitucional, y que cuenta con un amplio respaldo social.
Castilla y León no ha sido ajena a esta realidad, y si en un primer momento se mostraba expectante respecto de la incierta aventura en que se embarcaba en 1983, hoy puede afirmarse que se encuentra plenamente satisfecha en el marco de autogobierno definido por su Estatuto de Autonomía.
De todas las virtualidades que el Estatuto ha desplegado voy a centrarme en dos de ellas que, a mi juicio, son las más significativas:
La proximidad que en la prestación de servicios ofrece al ciudadano el sistema autonómico, la estabilidad que otorgan unas instituciones asentadas y eficaces en sus cometidos y la acción decidida de los poderes públicos en pos del crecimiento económico y social y del aumento de la calidad de vida de los ciudadanos de esta Comunidad, han propiciado más de veinte años de desarrollo, crecimiento y convergencia con el resto de España y con Estados más prósperos de la Unión Europea.
En definitiva el Estatuto de Autonomía de Castilla y León se ha convertido en el marco idóneo para que Castilla y León no sólo recupere su identidad, sino para que desarrolle todas sus potencialidades que, sinceramente, son muchas.
Hoy el modelo autonómico se vuelve a situar en el centro de la actualidad política española. El gobierno esta planteando un nuevo debate territorial, incorporando a la agenda política nacional cuestiones tan importantes como la reforma de la Constitución y de los Estatutos de Autonomía, la apertura de una nueva regulación sobre los criterios de la financiación autonómica, las formulas de participación de las CC.AA. en la U.E. o la nueva configuración del Senado.
Como representante político de una Comunidad, como la de Castilla y León, que accedió por la vía del artículo 143, y que conoce de primera mano el proceso autonómico en esta tierra quiero centrarme en un tema que afecta directamente al Estatuto de Autonomía de Castilla y León y a su futuro, que es lo mismo que decir al futuro de Castilla y León, y que no es otro que la reforma de los Estatutos de Autonomía que con carácter general se esta planteando, derivado de las imposiciones de ciertos sectores nacionalistas. A mi juicio, las consideraciones que han de condicionar una eventual reforma estatutaria, y entre ellas las del Estatuto de Castilla y León, son los siguientes:
Hoy, gracias por un lado a la indefinición del Titulo VIII y por otro a la aceptación social del hecho autonómico, del que buena prueba es mi propia Comunidad, no es posible hablar de distintos modelos de Comunidades autónomas, sino de un único modelo, el modelo autonómico, al que todas las autonomías podrán llegar si así lo desean desde distintas sensibilidades y, evidentemente, con distintos ritmos.
En consecuencia, las modificaciones de los Estatutos de Autonomía, y ello sin perjuicio de los hechos diferenciales, no pueden utilizarse para implantar la asimetría entre las Comunidades Autónomas. La asimetría no tiene sentido hoy. Cualquier reforma que se plantee ha de garantizar el derecho de todas las CCAA a situarse en el mismo nivel y a alcanzar los mismos techos competenciales que las restantes CCAA.
Superados antiguos complejos se oponen en la cuestión autonómica dos lógicas distintas pero no por ello, a mi juicio, antagónicas; la lógica del hecho diferencial que aplican los nacionalismos periféricos tradicionales y la lógica de la equiparación y la igualdad que reivindican el resto de las nacionalidades y regiones.
En este sentido, no existe ninguna razón, ni jurídica, ni política, que justifique las diferencias entre Comunidades Autónomas.
En este punto considero que el hecho diferencial existe, la propia Constitución lo reconoce, y como tal no sólo ha de respetarse sino que ha de ser potenciado como elemento esencial de esa riqueza que nuestra variedad y pluralidad proporciona a este Estado. En consecuencia aquellos elementos conformadores del hecho diferencial como la lengua, los derechos civiles forales, los regímenes fiscales y financieros especiales, las peculiaridades derivadas de la insularidad, los símbolos, las instituciones particulares, la cultura autóctona, las tradiciones… han de ser objeto de una especial atención y en ningún caso objeto de homogenización ni equiparación.
La capacidad de autogobierno, la prestación de servicios y su calidad, los recursos, no pueden ser objeto de diferenciación impuesta. Ello atentaría contra la lógica de un estado que se tilda de social, democrático y de derecho. La discriminación en aquellos ámbitos, el otorgamiento de privilegios basados en el lugar de nacimiento sólo puede contribuir a socavar las bases de una convivencia democrática.
En este sentido para Castilla y León no es aceptable que vayamos a desarrollos autonómicos de distintas velocidades que no implican las necesarias cotas de solidaridad interterritorial, basadas en un sistema fiscal justo, redistributivo, y cohesionado.
En definitiva, si se pusiera en marcha un proceso de reformas sería preciso saber a donde se quiere llegar, cual es el objetivo, que meta se persigue, con ello evitaremos que las reformas que se plantean no aparezcan como un subterfugio para satisfacer los intereses de determinadas minorías políticas y grupos de presión.
Por otro lado ha de tenerse en cuenta que el pluralismo nacional del Estado Español ha de partir de la existencia de una realidad nacional española de conjunto, tal y como lo establece la propia Constitución Española, un proyecto global en el que se integran otras realidades que forman parte de el, como son las Comunidades Autónomas.
Por último, cualquier reforma debería respetar las premisas que he ido desgranando, y tener claro que las reformas se hacen sobre estatutos pero afectan a ciudadanos, que son a los que hemos de tener en cuenta en cualquier proceso de reforma social.
José Manuel Fernández Santiago
Presidente de las Cortes de Castilla y León