Edificada en la parcela cedida por el Ayuntamiento de Valladolid en el Plan Parcial “Villa de Prado”, próxima a importantes edificios administrativos y relevantes espacios culturales y bien conectada con el resto de la ciudad mediante alguno de sus principales ejes de circulación, la nueva Sede de las Cortes de Castilla y León supone el cumplimiento de una antigua reivindicación expresada en los comienzos de la andadura autonómica de la región.
Conviene recordar que el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobado por Ley Orgánica 4/1983 de 25 de febrero, optó por remitir a una futura Ley de la Comunidad la fijación de las sedes de las Instituciones de Autogobierno, si bien tomó la precaución de imponer para su aprobación una amplia mayoría de dos tercios de la Cámara, buscando el mayor consenso de las fuerzas políticas con representación de la Comunidad.
Ese amplio acuerdo de las Cortes de Castilla y León se plasmó en la Ley 13/1987, de 29 de diciembre, que después de dejar bien sentado en su Exposición de Motivos el principio esencial de la descentralización interna de la Comunidad, fijó en Valladolid la sede de sus Instituciones Básicas en virtud de su situación de centralidad, sus infraestructuras y su comunicación.
El cumplimiento de este antiguo mandato legal no ha impedido la simultánea observancia del principio descentralizador expresado en el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, de modo que importantes instituciones de la Comunidad residen hoy en distintas ciudades de la misma: El Procurador del Común en León, el Consejo Consultivo en Zamora, en Palencia, el Consejo de Cuentas, y en Burgos la sede del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad.