Dentro de las atribuciones básicas de las Cortes de Castilla y León han de resaltarse tres:
- la potestad legislativa,
- la elección del Presidente de la Junta,
- el control e impulso de la acción de gobierno.
Además, el artículo 24 del Estatuto de Autonomía confiere a las Cortes de Castilla y León otras atribuciones, como designar a los Senadores que han de representar a la Comunidad Autónoma en el Senado, aprobar los Presupuestos de la Comunidad, solicitar al Gobierno de la Nación la adopción de un Proyecto de Ley o remitir a la Mesa del Congreso una Proposición de Ley sobre algún tema de interés o trascendencia para la Comunidad Autónoma, interponer recursos de inconstitucionalidad o ejercitar la iniciativa de reforma de la Constitución.
El acto consistente en la elección, por parte de las Cortes, del Presidente de la Junta de Castilla y León se conoce como Sesión de Investidura.