En los enlaces inferiores puedes descargar el texto original del Estatuto de Personal, acompañado de sus modificaciones, según aparece publicado en el BOCCYL; o, si lo prefieres, una versión consolidada de carácter no oficial.
Las Cortes de Castilla y León tienen absoluta autonomía en la organización de su gobierno y régimen interior, y gozan de personalidad jurídica en la gestión administrativa, económica, financiera, de personal y demás funciones que le estén atribuidas, rigiéndose por lo dispuesto en su Estatuto de Personal.
Corresponde al Presidente de las Cortes de Castilla y León la interpretación y suplencia de estas normas, así como su ejecución.
El vigente Estatuto de Personal fue aprobado por Acuerdo de la Mesa de las Cortes de Castilla y León de 18 de julio de 2001, y según se recoge en su artículo 4.º son dependencias y servicios de las Cortes de Castilla y León:
- Gabinete de Presidencia
- Secretaría General
- Servicios Jurídicos
- Servicio de Gestión Parlamentaria
- Servicio de Gestión Administrativa
- Servicio de Documentación, Biblioteca y Archivo
- Intervención, Contabilidad, Tesorería y Caja
- Servicio de Informática
Además, el 18 de septiembre de 2008 la Mesa de las Cortes de Castilla y León aprobó las Normas de Organización de la Secretaría General, por medio de las cuáles se crean dos Vicesecretarías Generales: la Vicesecretaría General para Asuntos Parlamentarios y la Vicesecretaría General para Asuntos Administrativos.