DS(C) nº 96/10 del 21/2/2020









Orden del Día:




1. Comparecencia de la Sra. Gerente del Servicio Público de Empleo (ECyL), SC/000060, a solicitud del Grupo Parlamentario Ciudadanos, para informar a la Comisión sobre:- Procedimientos judiciales abiertos y pendientes referidos a las políticas activas de empleo.


Sumario:






 ** Se inicia la sesión a las once horas cinco minutos.

 ** La presidenta, Sra. Negrete Santamaría, abre la sesión.

 ** Intervención del procurador Sr. Castro Cañibano (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del orden del día. SC/000060.

 ** La secretaria, Sra. Palomo Sebastián, da lectura al primer punto del orden del día.

 ** Intervención de la Sra. Sigüenza Vázquez, gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para informar a la Comisión.

 ** La presidenta, Sra. Negrete Santamaría, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los portavoces de los grupos parlamentarios.

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Izquierdo Fernández (Grupo Ciudadanos).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Pascual Muñoz (Grupo Mixto).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Castro Cañibano (Grupo Popular).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. González Reglero (Grupo Socialista).

 ** Intervención de la Sra. Sigüenza Vázquez, gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Izquierdo Fernández (Grupo Ciudadanos).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Pascual Muñoz (Grupo Mixto).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Castro Cañibano (Grupo Popular).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. González Reglero (Grupo Socialista).

 ** En turno de dúplica, interviene la Sra. Sigüenza Vázquez, gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León.

 ** La presidenta, Sra. Negrete Santamaría, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las trece horas cinco minutos.




Texto:

[Se inicia la sesión a las once horas cinco minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Buenos días a todos. Se abre la sesión. ¿Algún grupo parlamentario tiene que comentar alguna sustitución? ¿Por el Grupo Parlamentario Popular?


EL SEÑOR CASTRO CAÑIBANO:

Muchas gracias, presidenta. El Grupo Popular plantea dos sustituciones: Alejandro Vázquez Ramos sustituye a doña Amparo Vidal Gago y doña Carmen Sánchez Bellota sustituye a don Juan Peregrina Molina.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Vale. Muchas gracias. Por la señora secretaria se dará lectura al primer punto del orden del día.

SC/000060


LA SECRETARIA (SEÑORA PALOMO SEBASTIÁN):

Gracias, presidenta. Buenos días, señorías. Primer punto del orden del día: Comparecencia de la señora Gerente del Servicio Público de Empleo, Solicitud de Comparecencia 60, a solicitud del Grupo Parlamentario Ciudadanos, para informar a la Comisión sobre Procedimientos judiciales abiertos y pendientes referidos a las políticas activas de empleo.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Tiene la palabra la señora gerente del Servicio Público de Empleo. Muchas gracias.


LA GERENTE DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑORA SIGÜENZA VÁZQUEZ):

Bueno. Buenos días. Señoras y señores procuradores, comparezco hoy ante esta Comisión de representación regional con el objeto de explicarles a ustedes las actuaciones de la Junta de Castilla y León sobre los procedimientos judiciales abiertos y pendientes referentes a las políticas activas de empleo.

Quiero empezar mi intervención destacando el buen hacer de los empleados públicos del ECYL, quienes desarrollan su labor con responsabilidad, rigor, dedicación y vocación de servicio público; unos profesionales con capacidad más que probada, eficientes y comprometidos en el desarrollo de sus funciones. Son cerca de 1.000 empleados públicos, a los que hay que sumar alrededor de 200 expertos docentes que prestan sus servicios en servicios centrales, en 9 gerencias provinciales, 54 oficinas de empleo y 8 centros de formación. Forman un gran equipo, y debemos agradecerles el trabajo que realizan.

Dicho esto, me gustaría subrayar la diferencia que existe entre legalidad ordinaria y legalidad penal. La legalidad ordinaria se refiere a la tarea llevada a cabo por parte de la jurisdicción contencioso-administrativa de fiscalización de la legalidad de las actuaciones de las Administraciones públicas, mientras que la legalidad penal está encaminada a revisar no solo aquellas actuaciones que resulten ilegales, sino que además sean injustas y arbitrarias.

En este sentido, la Sentencia del Tribunal Supremo 723/2009, de uno de julio, sumamente ilustrativa a estos efectos, deja dicho que el ámbito de la jurisdicción penal no puede confundirse con el ámbito de la jurisdicción contencioso-administrativa, porque una cosa es verificar la legalidad de la resolución y otra distinta castigar la arbitrariedad en el ejercicio de las funciones públicas. Es decir, el hecho de que se estimen recursos administrativos en vía contenciosa no implica en absoluto la arbitrariedad o prevaricación en la actuación administrativa, indica simplemente un error administrativo o una diferente interpretación jurídica.

Quiero destacar, en cualquier caso, la escasa litigiosidad de la actividad administrativa del departamento del que soy gerente, el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, tanto en vía administrativa como en vía contenciosa. A modo de ejemplo, en el ejercicio dos mil dieciocho... -hemos tomado por referencia este año, porque tenemos cerrada ya la memoria, la del dos mil diecinueve aún está en elaboración- repito, en el ejercicio dos mil dieciocho, en concreto, en materia de Formación Profesional para el empleo se han dictado 11.434 resoluciones administrativas susceptibles de recurso. ¿Cuántos recursos se han presentado? 142, de los cuales, 97 han sido administrativos, es decir, ante la propia Administración pública, y 45 contenciosos-administrativos, ante jueces y tribunales. Repito, de cerca de 11.500 resoluciones susceptibles de recurso en materia de formación, únicamente se han recurrido 142; es decir, la tasa de litigiosidad del ECYL en materia de formación para el empleo se sitúa en el 1,24 %. De estos recursos, menos de la mitad son estimados. Esto por lo que respecta a los diferentes recursos relativos a actos concretos e individuales relacionados con los interesados que corresponda.

Por lo que respecta a disposiciones o actos dirigidos a una pluralidad indeterminada de personas, como son las bases reguladoras o las convocatorias de subvenciones, se contabilizan a día de hoy recursos contencioso-administrativos contra tres líneas de subvenciones que luego veremos. Es especialmente escaso el número de recursos, teniendo en cuenta que el ECYL tiene más de 70 líneas de subvención.

Antes de exponer la situación procesal de los recursos citados, me van a permitir que haga un breve relato de hechos que considero relevantes, pero, insisto, será una explicación exclusivamente de hechos, ya que valoraciones no puedo hacer, al estar aquello sub iudice.

Señorías, es importante que conozcan las principales novedades legislativas y los consecuentes cambios sustanciales que produjeron en las bases reguladoras de los diferentes programas de formación dentro del sistema de Formación Profesional para el empleo en todo el territorio nacional, y no solo en el ámbito de Castilla y León. También es importante que no ignoren que las bases reguladoras se elaboran de acuerdo a un procedimiento legalmente establecido, en el que participan múltiples técnicos, cuentan con el preceptivo informe de los servicios jurídicos de la Consejería, así como con el consenso de los agentes económicos y sociales.

Bien, voy a referirme a cuatro ítems importantes: en primer lugar, me referiré a la Ley 20/2013, de nueve de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado, y al principio de no discriminación; en segundo lugar, a la Ley 30/2015, de nueve de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el Ámbito Laboral, y su incidencia en el concepto de beneficiario; en tercer lugar, hablaré de la prohibición de las entidades beneficiarias de una subvención en materia de formación para el empleo de subcontratar con terceros la ejecución de la actividad formativa adjudicada, prohibición que, aunque trae causa en la citada Ley 30/2015, merece una consideración separada por su impacto en el sistema de subvenciones; por último, en cuarto lugar, me referiré a cómo las dos normas citadas (Ley de Garantía de Unidad de Mercado y ley de Formación Profesional para el empleo) han impactado en la regulación de los criterios de valoración incluidos en las bases reguladoras de las subvenciones en materia de formación para el empleo.

Primero, la Ley 20/2013, de nueve de diciembre, de Garantía de Unidad de Mercado, comúnmente conocida como ley GUM, tiene por objeto establecer las disposiciones necesarias para hacer efectivo el principio de unidad de mercado en el territorio nacional, tal y como preceptúa su Artículo 1. A su vez, dispone que la unidad de mercado se fundamenta en la libre circulación y establecimiento de los operadores económicos, la libre circulación de bienes y servicios por todo el territorio español y en la igualdad de las condiciones básicas de ejercicio de la actividad económica.

A continuación, el Artículo 3 de esa misma norma establece el principio de no discriminación, e indica que todos los operadores económicos tendrán los mismos derechos en todo el territorio nacional y con respecto a todas las autoridades competentes, sin discriminación alguna por razón del lugar de residencia o establecimiento. Ninguna disposición de carácter general, actuación administrativa o norma de calidad que se refiera al acceso o al ejercicio de actividades económicas podrá contener condiciones ni requisitos que tengan como efecto directo o indirecto la discriminación por razón de establecimiento o residencia del operador económico.

Señorías, de lo dicho se infiere, sin lugar a dudas, que la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado resulta de aplicación a todos los sectores económicos, y por tanto también a la actividad de impartición de Formación Profesional para el empleo.

La ley GUM considera requisito discriminatorio para la obtención de ventajas económicas exigir como requisito el establecimiento físico o domicilio social del operador en el territorio de la autoridad convocante.

Hasta el año dos mil dieciséis el ECYL configura en sus bases reguladoras como beneficiarios de subvenciones de los distintos programas de formación a los centros de formación, siempre que estuvieran inscritos en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de Castilla y León, creado por Decreto 69/2011, de veintidós de diciembre.

El requisito de inscripción y acreditación en Castilla y León fue objeto de reclamación por una entidad de formación gallega ante la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado en el marco del procedimiento del Artículo 26 de la Ley 20/2013, de Garantía de Unidad de Mercado, citada. La Secretaría del Consejo resolvió, en su informe de fecha veintiséis de julio de dos mil dieciséis, que el requisito de acreditación o inscripción de la entidad en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de Castilla y León, exigido a centros de formación para ser beneficiarios de subvenciones, resulta contrario a los principios de no discriminación y eficacia nacional de los Artículos 18 y 20 de la Ley 20/2013, las acreditaciones o inscripciones en registros tienen validez nacional.

Por tanto, y según los informes de la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, la CNMC, el hecho de que las bases reguladoras de nuestras subvenciones en materia de formación recogieran hasta el año dos mil dieciséis el requisito de que los solicitantes fueran titulares de algún centro de formación que se encuentre inscrito en el registro de Castilla y León resultaba contrario al principio de no discriminación de los Artículos 3 y 18 de la Ley 20/2013, de Garantía de Unidad de Mercado.

En segundo lugar, señorías, de forma paralela, hay que tener en cuenta los cambios normativos que se introdujeron en la Formación Profesional para el empleo por la Ley 30/2015, de nueve de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el Ámbito Laboral. Dicha ley contempla en su articulado únicamente la posibilidad de la inscripción en el correspondiente registro habilitado por la Administración pública competente a las entidades de formación, no a los centros de formación, los cuales pasan a ser entendidos como meras instalaciones donde se imparte la formación.

Además, y como ya adelantó la ley GUM para cualquier actividad económica, no se limita la inscripción de dichas entidades de formación al Registro de Entidades de Formación de la Comunidad de Castilla y León, sino que dicha inscripción podrá tener lugar en cualquier registro habilitado por la Administración pública competente, tal y como se desprende del Artículo 15, apartados 3 y 4.

Sin embargo, la Ley 30/2015, entró... si bien entró en vigor el diez de septiembre de dos mil quince, establecía en su disposición transitoria primera que hasta que no se desarrollaran reglamentariamente las iniciativas de Formación Profesional para el empleo señaladas en su Artículo 8 se mantendrían vigentes las del Real Decreto 395/2007, de veintitrés de marzo. No fue hasta la entrada en vigor del Real Decreto 694/2017, de tres de julio, que deroga expresamente el Real Decreto anterior del dos mil siete, cuando las bases reguladoras de los diferentes programas de formación gestionados por el ECYL se adaptaron totalmente, tanto en lo establecido en la Ley 30/2015 como a lo establecido en la Ley 20/2013, de Garantía de Unidad de Mercado.

Puedo afirmar que una de las principales modificaciones que ha supuesto la adaptación a la nueva normativa ha sido el cambio de concepto de beneficiario de las subvenciones públicas en materia de formación para el empleo. Hasta el año dos mil dieciséis los beneficiarios son los centros de formación inscritos para la impartición de la correspondiente especialidad formativa en la Comunidad de Castilla y León, y a partir del año dos mil diecisiete han pasado a ser entidades de formación públicas y privadas, inscritas en cualquier registro habilitado por la Administración pública competente, y no solo inscritos en el Registro de Centros y Entidades de Castilla y León.

Como ven, los cambios en nuestras bases reguladoras no son caprichosos, obedecen a modificaciones legislativas de carácter nacional y que han derivado en dos importantes cambios: uno, el cambio de concepto de beneficiario, de centro de formación a entidad de formación; y, dos, la posibilidad de concurrir a nuestras subvenciones a cualquier entidad de formación, aunque no esté inscrita en Castilla y León.

Tercero, señorías, otra de las principales novedades introducidas en el sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral por la Ley 30/2015 fue la prohibición a las entidades de formación de subcontratar con terceros la ejecución de la actividad formativa adjudicada. Conviene aclarar que la contratación del personal docente para la impartición de la formación no se considera subcontratación; tampoco se considera subcontratación, por aplicación del Artículo 29.3 de la Ley 38/2003, de diecisiete de noviembre, Ley General de Subvenciones, la contratación de aquellos gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí mismo de la actividad subvencionada. La prohibición de la subcontratación es incluida por el ECYL en las nuevas bases reguladoras de todos los programas que aprueba a partir del año dos mil quince. También, como ven, por tanto, nuestras bases incorporan lo preceptuado por la normativa estatal.

Ahora bien, y como ya he explicado, las entidades pueden estar acreditadas en cualquier registro, no necesariamente en Castilla y León. En este nuevo escenario era necesario articular nuevas fórmulas que permitieran conciliar la libre concurrencia de entidades de formación con la impartición de la formación en instalaciones ubicadas en nuestro territorio.

La solución consistió en exigir que los centros, las instalaciones, donde se imparten las acciones formativas por las entidades que resultan beneficiarias estuvieran inscritas en el ámbito territorial de Castilla y León, pero, para que esta solución no fuera objeto de nueva reclamación ante la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado por fraude de ley, pues se concedería una subvención de imposible cumplimiento por no tener centros propios donde impartir la formación en Castilla y León, se renunció a exigir a las entidades de formación beneficiarias la titularidad de las instalaciones donde se iba a impartir la formación, siendo suficiente que acreditaran su disponibilidad.

En este nuevo sistema el ECYL facilita a las entidades solicitantes la prueba de la disponibilidad de las instalaciones en Castilla y León a través de la presentación de una declaración responsable del titular de los centros o instalaciones en Castilla y León, en la que manifiesta su compromiso de ceder la disponibilidad de dichos centros o instalaciones a la entidad concurrente, en el caso de resultar beneficiara de la subvención, con independencia del instrumento jurídico privado en el que después se formalice esa cesión, habitualmente un contrato de alquiler.

Señorías, por tanto, lo que regulan y permiten nuestras normas, conforme con la legislación vigente -y por los motivos que he expuesto-, es la cesión de instalaciones, en ningún caso la subcontratación, que está expresamente prohibida. Esta solución, lejos de suponer una discriminación a ninguna entidad de formación de Castilla y León, supone en realidad una garantía: la formación ha de impartirse necesariamente en las instalaciones de nuestra Comunidad. Esto supone que nuestras entidades pueden optar bien por concurrir directamente como entidades beneficiarias en las convocatorias de subvenciones o bien ceder sus instalaciones a otra entidad, obteniendo la correspondiente rentabilidad económica.

Cuarto, señorías, y por último, antes de empezar con los procedimientos judiciales. Otra de las modificaciones de las bases reguladoras de los diferentes programas de formación que trae causa en la Ley 30/2015, de nueve de septiembre, fue la relativa a la aplicación de los criterios de valoración. Los criterios de valoración se aplican por entidad de formación, no por centro de formación, como no podía ser de otra manera tras el cambio de concepto de beneficiario al que me he referido anteriormente.

En cualquier caso, quiero dejar claro que, si bien el establecimiento de una subvención, incluido el establecimiento de los criterios de valoración, puede inscribirse en el ámbito de las potestades discrecionales de las Administraciones públicas, una vez que la subvención ha sido regulada normativamente termina la discrecionalidad administrativa y comienza la previsión reglada cuya aplicación escapa al puro voluntarismo de aquellas.

Quiero decir con ello que los criterios de valoración establecidos en nuestras bases reguladoras son objetivos, es decir, su aplicación no se deja a la libre discrecionalidad del órgano que los valora y puntúa. A tal efecto, las propias convocatorias de subvenciones establecen la forma de acreditación y su valoración, razón por la que se aplican de forma homogénea para todas las solicitudes presentadas. Pero es que, además, cuando en el ejercicio de una potestad discrecional se establecen los criterios de valoración que forman parte de las bases reguladoras, se busca que su ponderación sea la adecuada, con el fin de evitar que se puedan dar situaciones contrarias a la Ley 20/2013, de nueve de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado.

Los criterios de valoración de cada programa formativo no se establecen en beneficio de unas entidades de formación u otras, sino que se elaboran en beneficio de los trabajadores, desempleados y ocupados, de Castilla y León, que son los destinatarios últimos de estas subvenciones. Quiero dejar claro que nuestros criterios de valoración no operan como requisitos previos, tampoco como limitaciones ni como restricciones de acceso a la condición de beneficiario, sino como mecanismos para determinar en las entidades solicitantes circunstancias o aspectos acreditativos de su solvencia técnica y financiera, que garanticen que puedan llevar a cabo la actividad subvencionada.

Para concluir este apartado, también quiero subrayar que en los programas de subvenciones se incluyen, por imperativo legal, criterios de valoración que pueden no tener una vinculación tan directa con la solvencia técnica y financiera de la entidad solicitante, en relación con el objeto de la actividad subvencionada, pero que, al igual que sucede en la contratación pública a través de la inclusión de cláusulas sociales, ayudan a corregir situaciones de desigualdad sobre las que hay un total consenso. Me estoy refiriendo a la Ley 10/2019, de tres de abril, por la que se promueve la adopción, en el ámbito público y privado, de medidas dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, y a la eliminación de la brecha salarial de género en Castilla y León, que, en sus Artículos 11 y 20, contiene disposiciones que afectan a la inclusión de criterios de valoración de las solicitudes de subvenciones de la Administración de Castilla y León.

Señorías, para su mejor comprensión, voy a tratar de sintetizar, muy sucintamente, en ocho puntos, lo que les acabo de exponer:

Uno. La Ley 30/2015, de Formación Profesional para el empleo, distingue entre entidad y centro de formación.

Dos. Solo las entidades de formación debidamente acreditadas pueden ser beneficiarias de... de las subvenciones en materia de Formación Profesional para el empleo, pudiendo concurrir con sus propias instalaciones o con las instalaciones cedidas por un tercero.

Tres. La Ley 30/2015 prohíbe la subcontratación de la acción formativa. Sin embargo, no se considera subcontratación los gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí mismo de la actividad subvencionada, como puede ser el alquiler de una instalación y tampoco la contratación de personal docente.

Cuatro. Por aplicación de La Ley de Garantía de la Unidad de Mercado de dos mil trece y de la Ley de formación 30/2015, la inscripción de una entidad de formación en cualquiera de los registros habilitados al efecto por las Administraciones públicas tiene eficacia en todo el territorio del Estado español. Limitar su eficacia por razón del territorio sería una práctica contraria al principio de no discriminación establecido en dicha ley.

Cinco. Dicho lo anterior, el sistema de subvenciones de formación para el empleo de Castilla y León establece que pueden ser beneficiarias de aquellas las entidades de formación debidamente inscritas en cualquiera de los registros habilitados al efecto por las diferentes Administraciones públicas, aunque no sean titulares de centros o instalaciones donde impartir aquella en nuestra Comunidad.

Seis. Nuestro sistema de subvenciones en materia de formación para el empleo, con el fin de garantizar que la formación subvencionada se imparta a los trabajadores desempleados y ocupados de la Comunidad de Castilla y León, exige a las entidades solicitantes que prueben la disponibilidad de centros o instalaciones en nuestro territorio.

Siete. Esa prueba no es otra cosa que una mera declaración responsable del titular de los centros o instalaciones inscritas y, en su caso, acreditadas en Castilla y León en la que manifiesta su compromiso de cesión de la disponibilidad de dichos centros o instalaciones a la entidad concurrente en el caso de resultar beneficiaria de la subvención, con independencia del instrumento jurídico privado en el que, finalmente, cristalice dicha cesión.

Ocho. Por último, los criterios de valoración en el proceso de concurrencia competitiva se aplican por entidad de formación, no por centro de formación. Asimismo, se busca que la ponderación de dichos criterios sea la adecuada con el fin de evitar que se puedan dar situaciones contrarias a la ley GUM.

Como ven, las modificaciones legislativas estatales han provocado la adaptación de la normativa autonómica; en ningún caso obedecen a decisiones arbitrarias de los funcionarios del Servicio Público de Empleo, quienes –insisto- son grandes profesionales y conocedores del derecho.

Expuesto lo anterior, paso a relacionar los procedimientos judiciales abiertos y pendientes referentes a las políticas activas de empleo. Tengo que decir que tenemos tres líneas de subvenciones recurridas. Una es la línea de Orientación, Formación e Inserción, comúnmente conocida como OFI, se han recurrido tanto sus bases reguladoras como sus... su convocatoria anual última. También la línea de Orientación Laboral para el Empleo, se han recurrido tanto sus bases reguladoras como su convocatoria. Y la línea de Formación para Desempleados, en este caso solo se ha recurrido su convocatoria, no sus bases reguladoras.

Los recursos contra disposiciones administrativas de carácter general, es decir, bases reguladoras, son:

Uno. Procedimiento Ordinario 1158/2018, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Demanda: la Escuela de Formación Campo Grande, Escuela Empresarial Platón y otros cuarenta más. Demandado: la Consejería de Empleo, ya que se impugnan bases aprobadas por orden de la Consejería. Disposición recurrida: la Orden EMP/873/2018, de veintisiete de julio, por la que se modifica la Orden EMP/674/2017, de veintisiete de julio, por la que se establecen las Bases Reguladoras de las Subvenciones del Programa de Orientación, Formación e Inserción, y, en concreto, se han recurrido los... los criterios de valoración sobre la experiencia formativa y los recursos humanos de las entidades solicitantes de subvención. Fase procesal en la que se encuentra: estaba ya señalado para votación y fallo, pero, mediante oficio de once de diciembre de dos mil diecinueve, registrado de entrada el dieciocho de diciembre siguiente, se requirió por la Sala nuevamente el expediente administrativo por extravío. Asimismo, mediante escrito firmado el treinta de diciembre de dos mil veinte, se alegó por la parte demandante como hecho nuevo las conclusiones del informe de la Inspección de Servicios de... de fecha once de diciembre de dos mil diecinueve. La Sala ha aceptado la inclusión del informe completo en el expediente. A día de hoy no ha recaído sentencia.

En segundo lugar. Procedimiento Ordinario 1335/2019, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de... de Castilla y León. Demanda: Agrupación de Entidades de Formación (Aefor). Demandado: la Consejería de Empleo e Industria. Acto recurrido: la Orden EEI/1057/2019, de cuatro de noviembre, por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la Concesión de Subvenciones destinadas a la realización de Acciones de Orientación Profesional para el Empleo y Asistencia para el Autoempleo en Castilla y León. En el mismo recurso se ha impugnado la convocatoria, si bien entendemos que se derivará al juzgado que corresponda, pues se trata de un acto administrativo, no una disposición. La fase procesal es la mera interposición del recurso. Se ha solicitado por la Sala la remisión del... del expediente el pasado viernes siete de febrero, y estamos en plazo para remitir la documentación. Esto por lo que respecta a disposiciones administrativas de carácter general.

Ahora me voy a referir recursos a... contra convocatorias de subvenciones, que son actos administrativos.

En primer lugar, el Procedimiento Ordinario 17/2019, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Valladolid. Demanda: la Escuela de Formación Campo Grande, Escuela Platón y otros 40 más. Demandado: el Servicio Público de Empleo de Castilla y León. Acto recurrido: la Resolución de ocho de marzo de dos mil diecinueve, del presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan las Subvenciones del Programa de Orientación, Formación e Inserción para el año dos mil diecinueve. Fase procesal: la representación procesal de la Comunidad de Castilla y León ya ha procedido a contestar a la demanda en noviembre de dos mil diecinueve, y aún no ha recaído sentencia.

En segundo lugar, Procedimiento Ordinario 18/2019, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Valladolid. Demanda: Escuela Campo Grande, Escuela Platón y otros 40 más. Demandado: el Servicio Público de Empleo de Castilla y León. Acto recurrido: Resolución de once de marzo de dos mil diecinueve, del presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan las Subvenciones del Programa de Formación para Desempleados para los años diecinueve y veinte. Fase procesal: la representación procesal de la Comunidad de Castilla y León ya ha procedido a contestar a la demanda a finales del dos mil diecinueve y hoy aún no ha recaído sentencia. Esto por lo que respecta al orden contencioso-administrativo.

Por último, me voy a referir al orden penal. Hay un procedimiento único: Diligencias Previas, Procedimiento Abreviado número 1246/2019, ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Valladolid. Denuncia el Ministerio Fiscal, previa denuncia de parte. Denunciados: determinadas entidades de formación, cargos y funcionarios del ECYL o que estuvieron en su momento en el ECYL, además del propio Servicio Público de Empleo. Delito que nos consta: prevaricación administrativa, si bien no estamos personados aún. Fase procedimental: instrucción o investigación de los hechos denunciados, por lo que el juez podrá declarar sobreseimiento y archivo de la causa o inicio de juicio penal. En este momento, insisto, nos encontramos en fase de diligencias previas.

En cualquier caso, quiero señalar que hemos tenido constancia oficial de la apertura de este procedimiento a través del oficio de diecinueve de septiembre del dos mil diecinueve, que tuvo entrada en el ECYL el treinta de septiembre siguiente, por el que se requería la remisión de distinta documentación de los años dos mil catorce a dos mil diecinueve y relacionada con los programas de subvenciones públicas destinadas a la financiación de la oferta de Formación Profesional para el empleo dirigida a trabajadores desempleados, a trabajadores ocupados, así como a la línea de subvención de orientación, formación e inserción; documentación que fue oportunamente remitida, como no podía ser de otro modo.

Para acabar esta exposición quiero reiterar el gran trabajo que realizan los empleados del ECYL e insistir en la importancia, ya señalada al principio de mi intervención, de diferenciar entre legalidad ordinaria y legalidad penal, así como expresar el absoluto respeto al derecho constitucional a la presunción de inocencia.

Señorías, habrá que esperar a los pronunciamientos judiciales y, especialmente, a los hechos que se declaren probados, mientras tanto se impone la prudencia y la necesidad, en aras a la efectiva separación de poderes, de no hacer juicios paralelos, especialmente en la sede del Poder Legislativo. Muchas gracias por su atención.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Muchas gracias a todos. Para fijar posiciones, formular preguntas o hacer observaciones, se procede a la apertura de un turno de portavoces de los distintos grupos parlamentarios. En primer lugar, por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, el señor procurador don Juan Pablo Izquierdo.


EL SEÑOR IZQUIERDO FERNÁNDEZ:

Muchas gracias, presidenta. Muchas gracias, gerente del Servicio Público de Empleo, señora Sigüenza. Antes de meterme en el... en las consideraciones desde mi grupo lo que sí que quiero, como usted ha recalcado, es reconocer la gran labor que desarrolla el personal del Servicio Público de Empleo, el ECYL; creo que, como usted bien ha comentado, la tasa de... o la baja tasa de ligitiosidad que ha comentado en todos los procesos, que -si no he anotado mal- son más de 11.400 resoluciones administrativas, de los cuales 142 solamente han obtenido un recurso, y que creo que era 1,24 % la tasa de ligitiosidad que usted ha comentado. Creo que eso refleja la gran labor de los más de 1.000 trabajadores que forman el servicio que usted gerencia.

Ya metiéndome más en parte del informe o de lo que nos ha comentado, que le agradecemos su gran explicación, quiero también decir que... o adelantar que posiblemente alguno de los grupos, pues como es labor suya, pues que... o es costumbre, pues criticará que esté usted hoy aquí y que no esté quizá el consejero, pero estoy convencido que si desde nuestro grupo, como ellos lo habían... o este grupo, el Grupo Socialista, lo ha solicitado, pues posiblemente, si hubiera venido el consejero, estaría diciendo que por qué ha venido el consejero y no viene usted que es la... la que dirige la materia. Porque, como siempre en su función está el tema de criticar, pues entonces su crítica negativa no es positiva, pues es lo que saben hacer, no saben construir.

Volviendo al tema, gracias por su detallada explicación, creo que nos ha detallado... nos ha detallado muy bien el tema de esas modificaciones y el tema de la normativa de las leyes. Quiero volver también a hacer mención a esa diferencia que usted ha recalcado de... la diferencia entre la legalidad ordinaria en temas administrativos y la legalidad penal. Y como... y también hacer mención a ese cambio en las normas, en estas leyes, que no solamente han sido en aspecto regional, sino también cambio de las normativas estatal. Y cambios que han llevado a variaciones en los criterios de la otorgación de las subvenciones, sobre todo, por ejemplo, como bien usted ha comentado, entre el cambio entre los criterios de centros de formación o de entidades de formación.

Ha comentado usted muy bien que, en el tema de los casos judicializados, muchos de ellos, ha comentado en su... al final de su intervención, que están en procesos de instrucción y otros pendiente de sentencia. Creo que es oportuno y tenemos que tener respeto todos los grupos parlamentarios aquí presentes, en respetar el trabajo y las deliberaciones del sistema judicial. Por lo menos desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos, al que represento en esta Comisión, no va a salir de nosotros valoración en ningún sentido de un trabajo que está judicializado.

Creo, además, y como hemos podido oír en muchas ocasiones, tanto en este Parlamento, que es importante saber no solamente, como bien usted nos ha comentado, el estado de cada uno de los casos que están judicializados, sino también conocer cuál es la función o la eficiencia de todas las líneas, de los planes de formación, que desde su servicio se llevan a cabo. Y creo que al resto de grupos también le va a parecer interesante que nos comente en su segunda... o nos pueda contestar posteriormente, qué controles por parte de su servicio están siendo realizados para revisar la eficiencia en el funcionamiento de los planes de formación que se llevan a cabo. Creo que, como he dicho, que son controles que consideramos más que nada importantes conocer para todos los que estamos aquí presentes.

Por mi parte, ya en esta primera intervención, y esperando que nos dé contestación a esta pregunta que le acabo de plantear, nada, por mi parte, nada más. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, el procurador don Pedro José Pascual Muñoz.


EL SEÑOR PASCUAL MUÑOZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Buenos días, señorías. En primer lugar, agradecer la comparecencia en esta Comisión de la señora Milagros Sigüenza, gerente del Servicio Público de Empleo, y, por supuesto, me sumo al reconocimiento del personal del ECYL por su trabajo.

Me parece adecuado comenzar mi intervención con una consideración sobre las políticas activas de empleo, yo creo que pueden jugar un papel muy importante en mejorar el desempleo, pero siempre y cuando se hagan de una forma transparente y con el único objetivo de beneficiar a quienes van destinadas: los desempleados o las personas más vulnerables.

El Artículo 36 del Real Decreto Legislativo 3/2015, de veintitrés de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Empleo, nos dice que las políticas activas de empleo son aquellos programas de orientación, empleo y formación profesional encaminados a mejorar las posibilidades de acceso al empleo de las personas desempleadas, también dirigidas al mantenimiento del empleo y a la promoción profesional de las personas ocupadas.

Esto, a priori, es algo que mejoraría notablemente la situación de todos esos parados, y ya no solo eso, sino de todas las personas vulnerables que tienen mayores dificultades para acceder a un puesto de trabajo. El problema de esto es que todas esas ayudas y subvenciones que se ofertan deben estar bien reguladas y controladas. Entendemos que quien debe elaborar las bases de cualquier tipo de ayuda o subvención es la propia Administración, sin mediación de ningún tipo de agente social o económico, y no podemos caer en el error de que esto suceda, si no nos encontraremos con situaciones similares a las que usted, señora Sigüenza, ha venido a exponer hoy en esta Comisión.

Estamos de acuerdo, y así lo hemos ..... en este Parlamento, que el diálogo social es muy importante para la sociedad, pero entendemos que los agentes sociales participan en estas negociaciones tienen que velar de una forma eficaz y eficiente por los beneficios de los trabajadores, pues creemos que esa es su función. Pero también creo que los agentes sociales no pueden ser juez y parte. Esto no lo digo yo, lo dice el consejero de Empleo e Industria, el señor Germán Barrios, pero es cierto que estoy totalmente de acuerdo con esta afirmación.

Durante el pasado mes de diciembre salieron publicadas varias noticias referentes a ciertas irregularidades en los procesos de concesión de subvenciones de cursos del ECYL. Según he podido leer, los agentes sociales intervinieron en la elaboración de esas ayudas. Pues bien, creemos que, en este caso, no es función de los... de dichos agentes participar en esa elaboración, ya que son ellos los que, ya sea de forma directa o indirecta, se van a beneficiar de esas ayudas.

Con esto no quiero decir que no deban intervenir o estar presentes de algún modo, sino que no parece lícito que, si yo voy a recibir cualquier tipo de ayuda, colabore en la redacción de las condiciones para acceder a ella. Claramente estaría en una situación ventajosa con respecto a los demás. Esto no es algo legítimo y va en contra totalmente de la concurrencia competitiva que debe primar en todos los procesos de selección o de acceso a subvenciones. Me pregunto si ese ha sido el procedimiento seguido hasta el momento. Y como todo parece apuntar que sí, pues el caso ya está en manos de la Justicia, ¿por qué hasta ahora se estaba haciendo así?

Porque lo que está claro es que si los agentes sociales han participado de una forma directa en la elaboración de las bases por las que se conceden o concedían las ayudas del ECYL, y se han beneficiado de ello, también hay una parte importante de la población que se ha visto perjudicada. Y creo que ese es el tema realmente importante. Estamos hablando de desempleados, jóvenes que no tienen apenas oportunidades de acceder a un empleo digno y unas condiciones adecuadas, mujeres, personas con discapacidad, todos esos colectivos han salido perdiendo.

He destacado ya la importancia que considero tiene el diálogo social, pero en este caso, y teniendo en cuenta la situación en materia de desempleo, considero que es muy importante estar al lado y apoyar a los parados. Necesitamos que todos los agentes sociales se involucren en esto, pero desde el lado que les corresponde. He visto también en prensa noticias relacionadas con convocatorias y bases confeccionadas a la carta, o al menos así lo definían los medios. A pesar, como ya he dicho, de la relevancia de los agentes sociales y del diálogo social a la hora de negociar y llegar a acuerdos en beneficio de los trabajadores, es triste que tengamos que leer noticias con titulares como este que les acabo de decir.

Es triste, porque este tipo de procesos, en los que debe primar la pulcritud, no deben realizarse acciones de este tipo, que ponen en duda la fiabilidad de una gerencia que, entiendo, ejerce una labor social con muchas personas que lo están pasando mal ante la falta de oportunidades laborales. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, el señor procurador don José Alberto Castro Cañibano.


EL SEÑOR CASTRO CAÑIBANO:

Muchas gracias, presidenta. Señorías, buenos días. Darle, en primer lugar, a la señora Milagros Sigüenza, la bienvenida a esta Comisión. Me uno, y agradezco que tanto usted como su equipo haya asistido, y sobre todo también pongo en valor el trabajo que hacen... -así lo dije en mi intervención del último Pleno- el trabajo que hacen los más de 1.000 funcionarios del... del ECYL. Funcionarios que dedican su profesionalidad, su delicadeza y su empatía a atender a los más necesitados. En el ECYL van los desempleados, también van empleados que buscan una mejora de empleo, y también atienden a las empresas que están y necesitan personas cualificadas para cubrir sus ofertas de empleo.

Le agradezco su detalle, le agradezco que haya sido tan didáctica. Y yo creo que usted lo ha dicho, y los que hemos tenido responsabilidades en el Ejecutivo creemos que en el ámbito judicial, y... tanto administrativo como penal, es un derecho, nunca es un arma arrojadiza. Los ciudadanos tienen el derecho de ir a la vía judicial administrativa, o a la vía judicial penal, o cualquier otra vía judicial, como el ejercicio de su derecho. Cuando alguien se siente dolido o se siente afectado por una decisión que él considera arbitraria o no legal, pues tiene derecho a acudir al ámbito judicial.

Lo que es verdad, y le... y discrepo con lo que han dicho los... sobre todo el portavoz del Grupo Mixto, es que la realidad es una, solo una, y el camino judicial, cuando determina y sentencia, dice cuál ha sido la realidad; no son los hechos ni políticos ni los hechos mediáticos, que, muchas veces, en vez de esclarecer, lo que hacen es enturbiar. Que la realidad no te dice... que un titular dice... un falso titular no te... no te estropee la realidad. O sea, la realidad es la que es, pero los medios de comunicación... y muchas veces el debate político hace que busquemos manchas donde no las hay.

Yo me quedo con el trabajo meticuloso y serio. No siempre es infalible, porque los funcionarios, las interpretaciones jurídicas están abiertos a la incertidumbre y a la duda, y es verdad que muchas sentencias se ganan, la mayoría, pero también hay otras que se pierden. Le repito, cuando... en el ámbito judicial no existe ni el blanco ni el negro, existe gris oscuro o el gris claro. Lo que sí que lo ha dicho la propia gerente del ECYL es... lo que sí que es clave y lo que determina sobre todo en el ámbito penal es si se ha actuado con mala fe o beneficiándose a alguien, que es lo que realmente... es lo que realmente nos podría hacer daño a todos, hablando estrictamente de la legalidad de todo el procedimiento administrativo de las instituciones.

Por eso, yo me quedo con que solamente es un porcentaje muy pequeño, donde los recursos del complejo y dinámico, más de 11.000 acuerdos administrativos que se ejercen en los diferentes ámbitos del ECYL, si lo multiplicamos por el conjunto de la Junta, podríamos multiplicarlo por... todavía por 1.000 más. Y que, simplemente, cada persona que recurre desde el punto de vista judicial, pues está en su derecho, y no es más que en el ejercicio de su derecho y no debería ser nunca utilizado como arma arrojadiza.

Yo, simplemente, le agradezco los... es verdad que el libre mercado ha sido muy difícil de interpretar, especialmente por los empresarios. Todos los que hemos tenido responsabilidad y nos hemos sentado con las administraciones empresariales o asociaciones, en este caso, de los centros formativos no lo entendían, ellos siempre piden una discriminación positiva a las entidades que están creando, pagando impuestos en su Comunidad. Esa discriminación positiva, que, repito, siempre hemos tendido la mano y, sobre todo, dentro de la legalidad se ha buscado soluciones, ahora la Ley de Subvenciones y la ley de unidad de mercado lo establece como imposible. Y ese estatus, ese cambio de... y diferente estatus les ha... les ha costado mucho trabajo entenderlo. Los que hemos hablado con ellos durante muchísimos años, les ha costado mucho trabajo en que esa unidad de mercado daba la posibilidad de ir a trabajar también a ellos fuera de esta Comunidad, pero también hacía posible que vinieran otras entidades de formación a Castilla y León.

Yo lo que pido es que no hagamos juicios paralelos. Y lo voy a decir, porque lo hemos vivido a título personal y conocemos personas que han sido juzgadas, condenadas, sin haber solo movido un papel, antes de que el propio fiscal hubiera finalizado sus diligencias, antes que el propio juez hubiera abierto diligencias. Incluso habiéndose archivado, hay veces en las cuales acusaciones que parece que el viento se las lleva, acusaciones que realmente parece que se arrojan al partido que gobierna, en este caso tanto el Partido Popular como Ciudadanos, no nos damos cuenta que el que firma una resolución es un funcionario, el que hace las bases es un funcionario y el que determina la ejecución de una subvención es un funcionario. Hablo del procedimiento administrativo: la decisión política de cómo orientarlo y dónde tiene que ir el dinero es una decisión política; el procedimiento administrativo lo realizan los funcionarios.

Y yo vuelvo a repetir como lo he dicho, luego dirán otros partidos políticos que no acusamos a los funcionarios, sí se acusa. Cuando se determina y hay un documento de resolución, viene respaldado por un informe, que, repito, se puede... se puede discutir, se puede pensar que no es del todo legal, se puede opinar cualquier cosa, pero con la seriedad de no hacer juicios sumarísimos, no apuntemos con el dedo, y, sobre todo, porque hacemos daño a personas que, con nombres y apellidos, firman resoluciones administrativas que realmente lo hacen con su mayor calidad administrativa o funcional, pero que también, a veces, el juez te puede dar la razón, en la mayoría, y otras veces te la puede quitar.

Yo simplemente quería hacer dos preguntas, porque salió en colación en... en el último Pleno. Sí quería saber, si me permite, cuáles son las medidas que ha tomado la... la Gerencia del ECYL a la hora de evitar las concentraciones, tanto en cuantía como en número de cursos, en determinadas entidades de formación. Y, luego, también quisiera... si me podría decir cómo se penalizan los incumplimientos de las bases de ejecuciones que se dan cuando se otorga a una... pero a una entidad se da una subvención, cómo se inspecciona –que lo sabemos, pero bueno-, y, luego, si no cumple, cuáles son y cómo son... cómo son los criterios que se hacen desde el ECYL para que realmente las empresas que no cumplen realmente tengan unas medidas para evitar que se beneficie a los que no trabajan de forma adecuada. Muchísimas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, el señor procurador don Pedro Luis González Reglero.


EL SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO:

Sí, gracias. Saludo, señora gerente, y bienvenida tanto usted y al equipo técnico que hoy le acompaña. Comparto algunas de las reflexiones que ha dicho: ese respeto a los empleados públicos. Pero yo el respeto le quisiera incluir desde la A hasta la Z, creo que sabe más/menos por dónde voy. Cuando se pacta algo y se acuerda algo, hay que cumplirlo. Eso también es respetar a los empleados públicos. Y ahora hay un acuerdo firmado que no se está cumpliendo, como son las 35 horas. Me parece que eso es de justicia también decirlo, porque, si no, estaríamos respetando solo en parte.

En este sentido, también creo que es obligado decir, porque había algún portavoz que también lo decía, al que le invito que se lea el Reglamento de las Cortes -más que nada porque yo creo que no... no sabía muy bien lo que decía-, y cuál ha sido el proceder a la hora de que usted comparezca aquí. Nosotros hemos registrado una solicitud de comparecencia para que viniese el consejero en el mes de octubre: el consejero explique los asuntos de los procedimientos judiciales abiertos. El Grupo Ciudadanos solicita lo mismo, para que venga usted hoy, y no se molestan ni en cambiar el texto, es un copia-pega lo que han hecho, o sea, lo que solicitamos nosotros prácticamente... vamos, prácticamente no, solicitaron lo mismo el Grupo Ciudadanos, el siete de febrero lo registran, la Mesa lo ve el catorce, y usted está hoy aquí, día veintiuno. Una celeridad asombrosa. Ojalá tuviera esa celeridad para el resto de las solicitudes de comparecencia pendientes.

Dicho esto, hoy registramos un escrito, señora presidenta, en el que manifestamos nuestra queja por su proceder, y está actuando de una manera totalmente partidista. Usted lo sabe, se lo he dicho personalmente, y se lo digo aquí. Y la invitaría a que tanto usted como el portavoz de Ciudadanos se leyese el Artículo 72, el punto 3, en el que dice que tienen que ser oídos los portavoces de los restos de los grupos parlamentarios y usted fijará el orden. Lo digo por culturilla general, para que alguno vaya tomando nota de cómo funciona el... el Reglamento de las Cortes.

Amén de que me parece una falta de respeto total a lo que es el diálogo social introducir una solicitud de comparecencia, que no ha ocurrido nunca en la historia de este Parlamento, entre medias de la comparecencia del diálogo social querer meter otra solicitud de comparecencia, a utilizar esas mañas, que el partido de la derechita pequeñita pues se ha... se ha... lo ha visto fácilmente también y ha aprendido rápidamente.

A partir de ahí, señora gerente, se lo decía anteriormente, desde luego que bienvenida, respeto total y absoluto. Y yo me imagino que también se... le habrá dado tiempo en el tiempo que lleva usted en su cargo a posicionarse de las deficiencias existentes relacionadas con la ejecución de las políticas activas de empleo en nuestra Comunidad. Concretamente, me refiero a los cursos FOD, OFI y Formación Continua; me refiero a la escasa eficiencia y eficacia que han tenido en los últimos tiempos estos fondos públicos destinados a un fin tan importante como es la formación y el reciclaje de los trabajadores y desempleados de nuestra Comunidad Autónoma.

No sé si le habrá dado tiempo a sacar las conclusiones al respecto, pero uno de los males endémicos del actual sistema del ECYL es el exceso de concentración de subvenciones en esos oligopolios, pudiendo haber generado con ello un síntoma de fatiga o agotamiento en estos licitadores a la hora de ejecutar un volumen tan elevado de acciones formativas. Ha quedado más que demostrado que en la anterior legislatura la concurrencia competitiva de las políticas activas de empleo de nuestra Comunidad ha sido un trampantojo, detrás del que se esconde un sistema predeterminado de adjudicación, atentando el derecho fundamental a la igualdad, recogido en el Artículo 14 de nuestra Constitución Española, y subrayando las ya manidas manifestaciones del Tribunal Constitucional referentes a la diferencia entre igualdad y uniformidad, utilizada en demasiadas ocasiones para justificar diferencias de trato no justificables en términos de equidad.

Debemos decir que no existe causa o motivo alguno que suponga o merezca la necesidad de excluir a unos y entregar, a modo de monopolio, a otros las acciones formativas de las políticas activas de empleo de nuestra Comunidad, puesto que, en primer lugar, no podemos olvidar que lo que debería de primar es la calidad de la enseñanza y el destino o fin del mismo, y no cuestiones, disputas o beneficios de índole y servilismo político. Pero lo que ha acontecido, sin duda, es que las grandes entidades y oligopolios han sido recurrentemente las concesionarias de las mismas, prácticamente en exclusiva, al no poder optar las entidades mucho más pequeñas.

Se han dejado de ejecutar, señora directora, en el año quince a dieciocho, en el subprograma de formación ocupacional 103 millones de euros. Me gustaría que me dijera algo. El pasado Pleno decía el portavoz de la derechita pequeñita que no eran 103, que solo eran 40 millones. Aun así, yo se lo puedo hasta comprar, ¿le parece mucho, le parece poco? ¿Cuántos desempleados de esta Comunidad han dejado de recibir formación por esos 40 millones?, que, ya le digo, según los datos de la Cuenta General –que seguramente sean mentira, porque se hacen trampas ellos mismos también-, me parece... me parece que es una barbaridad.

¿Cuánto han devuelto al Estado, señora gerente? ¿Ha habido alguna cantidad que hayan devuelto al Estado por no ejecución? Yo me he tomado la molestia esta mañana de llamar al Ministerio y los datos del año dieciocho me dicen que han devuelto en empleo y modernización 6.779.000 euros; y en formación, 14.975.000; total, 21 millones. Usted me dirá si es verdad o es mentira, yo... son datos del Ministerio de esta misma mañana también.

Hablaba también, y le pondré un ejemplo de esas devoluciones. Uno de estos oligopolios que opera en nuestra Comunidad Autónoma –y seguramente será conocido por algún portavoz que me ha precedido en el uso de la palabra- es el Grupo Esla, situado en Zamora -que sabrá, me imagino, quiénes son los dueños; si no lo sabe, se lo digo yo: uno de ellos ha sido alcalde de Palacios del Pan, del Partido Popular; bueno, yo se lo digo, usted no lo conoce, pero yo sí que lo conozco, y no entraré en los procesos judiciales que tuvo abierto en su día-, han devuelto el 100 %, señora gerente, de las acciones formativas asignadas a su grupo empresarial para ejecutar en Aranda de Duero. Estos hechos ponen de manifiesto una incompetencia en la gestión de estas subvenciones por parte de este grupo empresarial, creando un perjuicio a los desempleados de esa zona, cuando en otras épocas en esas mismas acciones formativas eran impartidas con un éxito absoluto por otras entidades.

Otro caso es Formatecyl, y lo sacaba a colación en el pasado Pleno, en Santa Marta de Tormes. La invitaría, en este sentido, a que oyese... a que leyese y oyese el vídeo del pasado Pleno -yo lo oí-, del día, en concreto, veintisiete de noviembre, y lea las actas del Pleno, en la página 32 a 48, le invito –que sus técnicos se lo faciliten-, cómo hablaba una de las concejalas del Partido Popular de la actitud totalmente conseguidora de esta empresa. A mí me asombró en absoluto -yo le invito a que usted lo... lo oiga, y, si no, yo se lo paso, yo tengo aquí los textos-, cómo decía: que o vamos de esta empresa o no tenemos ninguna formación. Lo cual a mí me asombró muy mucho, señora gerente. No sé si será el habitual proceder de estas empresas, pero usted me lo... me lo dirá. Y en ese ..... digo, en Santa de Tormes el presupuesto asignado para estos cursos, que devolvieron íntegramente, 90.000 euros.

En Burgos, pues exactamente lo mismo. Yo se lo decía; el consejero quiso enredar la madeja también cuando hablaba de la subcontratación de la cesión de una empresa totalmente extinguida. Y yo me refería, y lo quiero... que quede meridianamente claro, al BORME (Boletín de Registro Mercantil), donde esa sociedad está extinguida. Yo tengo aquí la documentación, me imagino que usted también la tendrá, esa sociedad está extinguida. A mí eso me parece que es manipular.

Por cierto, sobre la cesión, en el... volvemos otra vez al tema de Santa Marta de Tormes. Me imagino que la... no sé qué la parecerá a usted, la lanzo esa pregunta, esa cesión o subcontratación de dicho proceder, ya que todos los recursos son los mismos que en la empresa cesionaria, o sea, el ayuntamiento. Y en palabras de la concejala, ya digo, que poco menos que la empresa actuaba como conseguidora. Me gustaría saber cuál es su opinión.

Me gustaría también saber cuál es la inexistencia, porque no existe, de una penalización real por incumplimiento o falta de ejecución de las subvenciones otorgadas a esos beneficiarios. Se debía de haber puntuado en negativo las baremaciones de los siguientes concursos, así como la existencia de límites tanto en el número de acciones formativas a percibir por CIF y los límites por entidad o código también de identificación fiscal. Esa penalización es ficticia, no disuade de que algunos otros pudieran, en ese sentido, continuar con... que la capacidad de la ejecución no fuera... no fuera la misma.

Me he... yo he hecho un análisis también, me imagino que usted también lo habrá realizado, señora gerente, de... y es la preocupación que nos lleva, desde el punto de vista político, a nosotros también, a ver como muchas de estas empresas, en concreto cuatro –hablaré de Formatecyl, de Ibecon, del Grupo Esla y del Grupo ATU-, concentran una partida importantísima de volumen, algunos empezaron con 500.000 euros y algunos estaban facturando 28 euros, a nosotros eso nos preocupa; y como se está abocando al cierre definitivo y masivo por parte de las empresas pequeñas.

Me gustaría también, y es algo que dice la Inspección General de Servicios, no lo digo yo también, y usted conoce ese informe, por lo tanto, simplemente, dicen que han vulnerado los principios de igualdad y la libre competencia, esperando en la elaboración de los reglamentos tenga presente el contenido del mismo.

Me gustaría también saber, en relación con esto, porque a nosotros nos resultó extremadamente preocupante. Yo he manifestado que el dueño o el presidente de este grupo vino a vernos, y cuál fue nuestra sorpresa, señora gerente, que decía que estaba en su poder el informe de la Inspección General de Servicios, cuando nosotros, yo personalmente, he tenido que ir a verlo y he tenido que firmar un documento de que no iba a utilizar los accesos que allí había. Iba firmado por usted, señora gerente, y por Luis Méndez, que me imagino que le conocerá también. Entonces, me llamó mucho... además, se jactó, se vanaglorió de que él, bueno, poco menos que entraba en el ECYL como Pedro por su casa y que él tenía esos informes, lo cual a mí, a mí personalmente, me sorprendió muchísimo, señora... señora gerente.

Me gustaría también, al hilo de lo que decía, no este humilde procurador, sino el secretario general de la UGT, que ha leído usted las declaraciones y la entrevista también, en el que... en el que venía a decir más o menos que todas las bases se habían modificado para favorecer a una sola empresa. Conocerá usted también, y me imagino que en ese sentido, bueno, pues cuáles... si conoce y sabe que determinados hijos, familiares –que yo no tengo nada de que trabajen, ¿eh?, por supuesto que cada uno puede trabajar donde quiera-, pero, pues hombre, que tengan un vínculo muy directo con determinadas empresas, ya no solo jefes de servicio, sino incluso la noticia que me decían ayer, alguien que también se sienta en el banco azul, pues a mí, desde luego, que me... me preocupa también.

El día dos de enero del dos mil veinte usted publicó un nuevo nombramiento, María Amaya Gómez Guerra –yo no tengo el placer de conocerla-, con la denominación de "jefe de servicio de Programas Autonómicos de Formación e Inserción Profesional". ¿Esto quiere decir que es una barrera, un nombramiento para... para destituir o para coartar el trabajo que pudieran hacer, el devenir futuro de los procedimientos judiciales? ¿Qué competencias va a tener? ¿Quiere modificar o atribuir algunas de las atribuciones de esos jefes de servicio y por eso ha puesto ahí, o la está usted modificando esas atribuciones, en concreto con el Programa OFI?

Me gustaría también, que no ha dicho nada, en relación... porque nosotros estamos tremendamente preocupados. Yo también tengo aquí, como decía el otro día el consejero, que había mandado un técnico del ECYL al ayuntamiento. No, si quien ha notificado por el tema de la calle San Juan de Dios, si quien ha modificado... si a quien ha notificado el ayuntamiento ha sido a la propia empresa, no al ECYL. Me imagino que tendrá que... no sé si habrá mandado un técnico o no lo habrá mandado, pero vamos, le habrán dicho que a la Junta no. Yo aquí tengo el informe del propio ayuntamiento, con fecha quince de febrero del dieciocho, donde notifica a Ibecon, y da traslado a la policía, la imposibilidad del ejercicio de actividad. Y alguien ha firmado un documento en el que se la...


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Disculpe, señor González Reglero...


EL SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO:

(Acabo ya). ... en el que se la autoriza...


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

... vaya acabando.


EL SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO:

... a ejercer esa actividad. Por lo tanto, son muchísimas dudas las que nos asaltan. Vaya por delante, como ha dicho usted, y lo comparto, y acabo ya, el respeto, por supuesto, a los tribunales de Justicia. Yo aquí no estoy enjuiciando a nadie, entre otras cosas porque yo no tengo conocimientos de Derecho, pero cuando menos que determinadas noticias que asaltan y que salen a los medios de comunicación a nosotros nos preocuparía. Y al hilo de lo que decía aquí algún portavoz, me viene solo a la cabeza don Demetrio Madrid, que le hicieron un juicio sumarísimo y el resultado fue el que fue. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

La señora gerente del ECYL puede contestar a las cuestiones planteadas por los grupos parlamentarios o bien de forma aislada o conjunta, como usted mejor lo desee.


LA GERENTE DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑORA SIGÜENZA VÁZQUEZ):

¿Está? A ver. Bueno, en primer lugar, me voy a referir a... bueno, han hecho ustedes referencia a múltiples cuestiones. Voy a intentar responder a todos lo mejor posible. En cuanto a la eficiencia de la formación, falta de controles en la... en la formación para el empleo que realiza el Servicio Público de Empleo. Mire, no podemos afirmar que no se realizan controles. Tenemos controles en tres momentos: ex ante, durante y ex post, es decir, antes de realizarse la... la concesión de la subvención, durante la realización de las acciones formativas y cuando se terminan las acciones formativas subvencionadas.

Ex ante, es decir, antes incluso de aprobarse las bases reguladoras, ya existen controles. Todas las bases reguladoras se aprueban con un procedimiento legalmente establecido. Participa un equipo de personas; no una, dos, con familiares, sin familiares; no, un equipo de técnicos jurídicos. Además, estas bases reguladoras... la propuesta realizada por esos técnicos es pasada a informe de los servicios jurídicos de la Consejería y luego consensuada con los agentes económicos y sociales; solo consensuada, no los redactan. Esto por lo... por lo que respecta a las bases reguladoras.

Posteriormente, anualmente, se hace en cada convocatoria de subvenciones, respetando lo que establece la disposición general, la base reguladora, en la convocatoria se determinan ya los criterios concretos: presupuesto, documentación a presentar, etcétera. Esta convocatoria también pasa por los servicios jurídicos de... de la Consejería: primero por el Servicio de Normativa y además se pasa a informe de la Asesoría Jurídica del Servicio Público de Empleo, informe que no es preceptivo, pero para mayor garantía se solicita su informe.

Además, antes de la concesión de la subvención, cuando... todas las solicitudes de subvención se graban en nuestros programas informáticos y se realiza un cruce de datos automáticos que nos garantizan que todos nuestros solicitantes, tanto entidades de formación como los centros de formación, que nos determinan que van a... a ser utilizados por esas entidades, están inscritos y, por lo tanto, homologados en un registro habilitado; en concreto, los centros de formación que estén inscritos y homologados en Castilla y León.

Durante la realización de las acciones formativas hacemos seguimiento a todas y cada una de las acciones formativas que están... que están realizándose. Se hacen visitas in sito, visitas físicas, por técnicos de formación del Servicio Público de Empleo. Incluso los cursos de formación, que son largos, reciben hasta tres visitas: en el comienzo de la acción formativa, durante su desarrollo y antes de finalizar la misma. De estas visitas, los técnicos de formación tienen evidencias físicas, preguntan a los formadores, a los alumnos, se hacen encuestas de calidad, se... se visualiza todo el material que se está utilizando y de todo esto se levanta un acta, acta que se incorpora al expediente de cada acción formativa.

Después, a la hora de liquidar las subvenciones, tenemos un informe de... de auditor en el que se verifica la ejecución de los actos de la acción subvencionada, y, además, se determina la adecuación de los gastos a los precios de mercado. Esta... esta liquidación provisional, con el informe de auditor, es fiscalizada por la intervención delegada correspondiente: si es una... es una subvención descentralizada, por las Intervenciones Delegadas de... de las Gerencias Provinciales; y si se desarrolla en servicios centrales, se fiscaliza por la Intervención Delegada del propio Servicio Público de Empleo.

En un tercer momento ya, cuando se ha finalizado la acción formativa, continuamos teniendo controles. Tenemos controles financieros permanentes por parte de la Intervención General de la Administración del Estado. Además, muchas de nuestras líneas están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, lo cual es un plus de garantía porque tiene más controles añadidos. Por ejemplo, todas nuestras tareas de gestión de acciones cofinanciadas se realizan conforme a un manual de procedimiento aprobado por la Comisión Europea. Además, se realizan verificaciones in situ, distintas a las ya efectuadas anteriormente por nuestros técnicos de formación, y verificaciones administrativas que las realiza el organismo intermedio, organismo intermedio que es distinto del órgano gestor, para distinguir y tener dos... dos órganos de control diferenciados: el gestor y el organismo intermedio.

Además, a esto hay que añadir controles de calidad, que hace tanto el organismo intermedio como la UAFSE. Además, como otro plus, controles de... de auditoría, tanto de operaciones como de sistemas, que realiza la Intervención General de la Administración de Castilla y León y el propio Tribunal de Cuentas de la Unión Europea.

A todo este listado de controles tenemos que añadir los controles que nos realiza el Consejo de Cuentas de Castilla y León. Importante el último control que realizó, cuyo informe está colgado en su propia... en su propia web, que es del año dos mil dieciséis. También controles de la propia Inspección General de Trabajo, que incluye en su plan anual visitas a nuestras acciones formativas subvencionadas. Decir, por tanto, que no existe control es que se desconoce profundamente el funcionamiento de este organismo.

Por otro lado, han mencionado ustedes que hay que mejorar la transparencia, mejorar la posibilidad de acceso al... al empleo y al mantenimiento del empleo, teniendo en cuenta, además, que son personas especialmente vulnerables.

Como he mencionado, yo creo que hay múltiples controles, desde la redacción de bases reguladoras por el ECYL a... al desarrollo de todas las acciones subvencionables, a la liquidación... liquidaciones provisionales, liquidaciones definitivas, que todas pasan por fiscalización.

En cuanto a la intervención de los agentes económicos y sociales, no redactan las bases reguladoras. Las propuestas y la redacción de bases reguladoras las realizan los técnicos jurídicos, pasan a informe de la Asesoría Jurídica. Y nosotros, y porque lo dice el Artículo 14 de la Ley 10/2013, de Creación del Servicio Público de Empleo, es decir, una ley aprobada en estas Cortes, nos... nos dice que el... el Consejo General de Empleo es el órgano de participación, colegiado, tripartito y paritario, que informa, propone y promueve las líneas de actuación del ECYL. Y tenemos que informar de todas las disposiciones administrativas que aprobamos. Las bases reguladoras son disposiciones administrativas de carácter general y, por tanto, tienen que ser informadas por este órgano colegiado de carácter tripartito. Ello no implica que redacten las bases, simplemente son informados y se escuchan sus propuestas de mejora.

Me ha... me han puesto de manifiesto que, efectivamente, hay una baja tasa de litigiosidad en el Servicio Público de Empleo. Es verdad. Y, además, quiero añadir que este porcentaje lo hemos hallado solo del área de formación, es decir, se han dictado unas 11.500 resoluciones susceptibles de recurso solo en el área de formación. En Servicio Público de Empleo tiene tres pilares de actuación: formación para el empleo, fomento del empleo e intermediación laboral. Es decir, que a un... a esas más de 11.000 resoluciones hay que añadirles otras miles que se... que se dictan en el área de empleo y en el área de intermediación laboral.

Otras de la... otra de las cuestiones que han puesto de manifiesto es la poca eficiencia de las políticas de formación para el empleo. Tengo también que discrepar de... de esta afirmación, puesto que... a ver, el objetivo de las políticas de formación para el empleo, por supuesto, es aumentar la empleabilidad de nuestros demandantes de empleo; aumentando su empleabilidad conseguimos su inserción en el mercado laboral. Y, por supuesto, todas nuestras planificaciones formativas están orientadas a la inserción laboral de nuestros desempleados. Por ejemplo, planificamos todas nuestras... nuestra oferta formativa en base a las necesidades formativas detectadas; consultamos a todas las empresas representativas de cada sector productivo; consultamos a los clusters empresariales de Castilla y León; a los órganos de... de seguimiento de los programas territoriales de fomento de Castilla y León; a los agentes económicos y sociales más representativos; a los distintos centros directivos de la Junta de Castilla y León. Además de estas consultas, tenemos en cuenta todas las perspectivas de empleo; cuáles han sido las ocupaciones que tienen mejor situación en el mercado de trabajo; cuáles son las ocupaciones más contratadas, las más ofertadas. Teniendo en cuenta todos estos datos elaboramos nuestro plan de necesidades formativas, y a partir de esas necesidades detectadas elaboramos nuestra formación.

Calificar de que no funciona nuestra planificación formativa tampoco... tampoco es justo. Tenemos datos. Por ejemplo, la línea de orientación, formación e inserción profesional. Hasta el año dos mil dieciséis tenía una... una tasa de inserción laboral alrededor del 12 %. En el año dos mil diecisiete se introdujeron mejoras, cambios legislativos en estas... en esta línea de subvención. Estas bases reguladoras, por cierto, son las que están ahora impugnadas. Y en esa modificación legislativa que se ha introducido, y que encima está en los juzgados, se introdujo una tasa mínima de inserción obligatoria del 15 %, y voluntaria hasta el 40 %; es decir, las entidades que participan, si cumplen el mínimo legalmente establecido pueden participar, pero quien alcance esa tasa de inserción voluntaria de hasta el 40 % obtiene más puntuación en los criterios de valoración y, por tanto, se prioriza el subvencionar a esa entidad. Esta modificación legislativa ha provocado un aumento exponencial en la tasa de inserción: por ejemplo, en el año dos mil dieciocho se alcanzó el 41 % de inserción en esta línea, y en el dos mil diecinueve el 57,9 %.

Otra línea de subvención, por ejemplo, la de formación con compromiso de contratación. Esta propia línea ya tiene un porcentaje mínimo de inserción obligatorio del 50 % y, en la última programación, la de dieciocho-diecinueve, hemos alcanzado un porcentaje de inserción del 54 %. Es decir, hemos superado el mínimo obligatorio.

En la línea de formación para desempleados, la inserción puntúa positivamente como criterio de valoración, por tanto, las entidades de formación que tengan una tasa de inserción de sus alumnos superior van a tener ventaja con respecto a las demás en la concesión de subvenciones de los años posteriores. Según el último informe del que disponemos, se ha alcanzado una tasa de inserción de los alumnos formados en todas nuestras entidades colaboradoras del 51,98 %.

En el programa mixto que... que ustedes conocen, que es un programa de formación y empleo, funciona... funciona muy bien. En el último informe, por ejemplo, del año dos mil dieciocho, tiene una tasa de inserción del 67,89 %. Estas tasas de inserción se valoran no solo en la familia profesional del alumnado de... del curso de formación que están realizando, sino en cualquier... la inserción en cualquier área profesional, porque para nosotros, una vez que activamos a nuestros desempleados, bien realizando una acción de orientación, bien realizando una acción formativa, lo que nos interesa es activarles y que se inserten en el mercado laboral, y nos da igual en la familia profesional en la que se incorporen.

Por último, en relación con la tasa de inserción, en las últimas bases reguladoras... en la última modificación de bases reguladoras que hemos realizado, que es la única que se ha hecho, por cierto, desde que yo estoy como gerente, se ha realizado a finales del año dos mil diecinueve, la de la línea de orientación para el empleo y para el autoempleo, se ha establecido un mínimo de inserción obligatorio –hasta ahora no existía esa tasa de inserción obligatoria, y la hemos incorporado-, hemos incorporado, es verdad, hemos arrancado con una tasa... con una horquilla que va del 5 % al 20 %, y en nuestra primera convocatoria hemos puesto un mínimo de inserción obligatoria para nuestras entidades colaboradoras de un 5 %; vamos a ver cómo rodamos y en las siguientes convocatorias pues podremos estudiar, o valorar, la... el ir aumentando dentro de esta horquilla.

Tenemos que decir que estas acciones de orientación no tienen una tasa de inserción obligatoria muy alta, dado que su... que los colectivos destinatarios a los que va referida son colectivos de muy difícil inserción, son colectivos desfavorecidos, como pueden ser parados de larga duración, etcétera.

En conclusión, estamos en el camino, estamos mejorando nuestras tasas de inserción de todas nuestra planificación formativa.

A ver, otra... otra de las... de las preguntas que me han realizado es cómo... cómo penalizamos el incumplimiento de la ejecución. No podemos penalizar en negativo, porque cuando nosotros establecemos unas bases reguladoras y unos criterios de valoración tenemos que determinar qué entidad de formación tiene una... una solvencia técnica y ello se realiza siempre con criterios positivos, puntuaciones positivas, nunca podremos valorar en negativo. Y no lo decimos nosotros, nos lo ha dicho nuestros servicios jurídicos. Es decir, tendremos que intentar puntuar de forma positiva a quien lo hace bien, a quien ha ejecutado, a quien no ha renunciado, pero no podemos restar, no podemos establecer puntuaciones negativas.

En cuanto a... a la poca ejecución, que también nos han... nos han preguntado. Decir que tenemos una baja tasa de ejecución presupuestaria es simplificar, simplificar algo que es muy complejo, porque el... la aprobación de un presupuesto es muy... es mucho más complejo y tiene muchísimos parámetros de los que nosotros conocemos, como puede... no puede ser de otra manera. Nuestro presupuesto, además, tiene múltiples fuentes de financiación: tenemos dinero autónomo, tenemos transferencias finalistas, tenemos Fondo Social Europeo, participamos de dos programas operativos (el programa operativo Fondo... de Fondo Social Europeo y el POEJ, el Programa Operativo de Garantía Juvenil). Todo esto hace que nuestra... bueno, pues nuestra ingeniería financiera sea complicada.

Además, en todas... la gran mayoría de todas nuestras líneas de subvención son plurianuales, es decir, lo que se convoca en un ejercicio se puede ejecutar a lo largo de los ejercicios siguientes; lo convocado no siempre coincide con lo ejecutado, porque puede desarrollarse en los ejercicios posteriores.

Además, tenemos que conocer que la ejecución presupuestaria tiene distintas fases contables. Para determinar una buena gestión de fondos no podemos ceñirnos al dinero que está en fase de pago, hay que irnos a otras fases contables, como son el dinero comprometido. Cuando yo ya tengo mi presupuesto comprometido ya he movido ese dinero, ya he gestionado, ya he actuado, no podemos decir que no hemos ejecutado. Y además, cuando no hemos pagado y lo tenemos ya comprometido, lo vamos a pagar en el ejercicio siguiente, se va a generar ese crédito, no se va a perder. Y en muchas ocasiones el Servicio Público de Empleo no ha podido terminar la fase contable y realizar el pago por cuestiones de déficit presupuestario o limitaciones financieras que no corresponden al Servicio Público de Empleo, sino a la Consejería de Economía y Hacienda.

Si hablamos de transferencias finalistas, la asignación anual que tiene en cuenta lo ejecutado en políticas activas de empleo... tiene en cuenta lo ejecutado en el año anterior, y en el ECYL, por ejemplo, si vemos su trayectoria del período dieciséis-dieciocho, ha incrementado su asignación presupuestaria en materia de políticas activas, en lo que se refiere a transferencias finalistas, en un porcentaje cercano al 23 %. Es decir, que si hemos aumentado en esa cuantía, pues tan mal no lo estaremos haciendo.

Y además dependemos de la distribución de fondos de la Administración estatal y, por ejemplo, en el año dos mil diecinueve la asignación efectiva se realizó el cinco de diciembre, y convendrán con nosotros en que es difícil su ejecución cuando llega a pocos días de finalizar el ejercicio.

Otra de las cuestiones que han planteado, por ejemplo, es la... el enorme número de renuncias que hay en las acciones formativas. No podemos decir que la renuncia se trate de una cuestión o de un problema generalizado, sino que se trata de situaciones cambiantes, puntuales y que se distinguen... y que son diferentes en cada una de las múltiples líneas de subvención que gestiona el Servicio Público de Empleo.

Las... primer lugar, vamos a analizar cuáles son las causas que nosotros creemos por las que se producen las renuncias. En primer lugar, es el tema de los anticipos. La Ley 30/2015 -que creo que ya se la he repetido tantas veces que se la tienen que conocer-, de formación para el empleo, ley estatal, limitó la concesión de anticipos a un máximo del 60 %. Es decir, esto ha provocado renuncias por parte de las entidades de formación, porque si nosotros solo les anticipamos el 60 % de su importe, tienen que asumir ellos la financiación y, en ocasiones, pues no tienen esa posibilidad de financiar la programación formativa que se les ha concedido.

Otra de las cuestiones que provocan... otra de las causas que provocan estas renuncias es el solapamiento de cursos de formación, y ello se debe a que las convocatorias se hayan resuelto de forma tardía. Y, por ejemplo, en el último año, con el cambio de Gobierno, todos los problemas que nos encontramos en septiembre con demandas presentadas, dilató la resolución de las concesiones, porque además eran concesiones que se tenían que hacer con respecto a normas aprobadas por el equipo anterior, pero, finalmente, se resolvieron porque no se podía dejar un año sin acciones formativas en nuestro territorio, y ello ha provocado que se hayan condensado los cursos; si bien en este ejercicio, en el dos mil veinte, es nuestra intención resolver con prontitud y que los cursos puedan desarrollarse a lo largo de todo el curso escolar, es decir, empezar en septiembre y terminar en junio. Y esto, seguramente, provocará una disminución en el número... en el número de renuncias.

En todo caso, quiero también darles algunos datos para que esos titulares que salen de que se renuncia mucho pues no es del todo... del todo correcto. Por ejemplo, en la línea OFI, de Orientación, Formación e Inserción, las renuncias han disminuido: en el año diecisiete-dieciocho se produjeron 50 renuncias, en el año dieciocho-diecinueve se han producido 31.

En la línea de formación para ocupados, en el ejercicio... o en la programación diecisiete-dieciocho, 7 programaciones tenían una ejecución superior al 75 % del total de las programaciones concedidas, que, si no recuerdo mal, fueron 15; mientras que en el año dieciocho-diecinueve se han... 11 programaciones se han ejecutado por encima del 75 %, y 3 han superado el 95... el 90 %, perdón, es decir, también una línea ascendente.

Sí que es verdad que en la línea de formación para desempleados las... las renuncias han aumentado. En esa línea sí que han aumentado con respecto al año anterior, notablemente.

Soluciones para el futuro: que en las nuevas bases reguladoras se valorará positivamente, porque es lo que nos permite la legislación vigente, el grado de ejecución que las entidades de formación hayan tenido en programaciones anteriores; y como, repito, intentaremos resolver las convocatorias con prontitud para que nuestras entidades de formación puedan hacer sus programaciones en un espacio de tiempo más amplio y así poder ejecutar y no tener que renunciar a acciones formativas.

A ver, me voy a también a... voy a centrarme en hacer referencia a todas o a algunas de las cuestiones que... que me han planteado y que han ido planteando en sesiones anteriores, como me ha dicho que tengo que mirarme las... los Plenos anteriores.

Hemos... o he intentado estudiar, por ejemplo, tres de las acusaciones o de las noticias que han intentado poner de manifiesto que las actuaciones del Servicio Público de Empleo son irregulares. Una, por ejemplo, es lo relativo a la entidad o a las entidades de formación que están acreditadas en la famosa ya calle San Juan de Dios, número 7. En esa... en esa dirección están homologados dos centros de formación, Ibecon y Formatecyl si no recuerdo mal, y están homologados desde el año dos mil diecisiete.

Hemos revisado el expediente administrativo y, en primer lugar, cuál es la... lo primero que tenemos que hacer es aplicar rigor jurídico, porque... bueno, además, es mi labor, yo soy técnico y lo único que... cuando me enfrento a estos expedientes o a esas noticias que salen es ver si se ha cumplido la legislación vigente. ¿Qué normativa aplicable hay aquí? La Orden EYE/1598/2011, que desarrolla el Decreto 69/2011, que regula el registro de centros de Castilla y León. También tenemos que tener en cuenta el Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León. Y aun... hoy por hoy hay que tener en cuenta para homologar un centro la Orden TMS/369/2019, que es estatal, nuestras normas tienen que respetar esta... esta norma, pero es del año dos mil diecinueve, que no estaba en vigor en el año dos mil diecisiete, cuando se homologaron estos centros, pero, en todo caso, esta nueva normativa es acorde con la normativa que se... que venía ya aprobándose en Castilla y León en el año dos mil once.

En esta normativa, como les digo, lo que se determina para homologar un centro, además de... de otras burocracias administrativas, como presentar cualquier otro tipo de documentación, como puede ser copia de DNI, copia de... acreditación de la representación y otra múltiple documentación, pero lo que a nosotros nos interesa es: nos tiene que presentar comunicación de inicio de actividad y memoria de técnico competente, es decir, en este caso ha sido arquitecto colegiado, que nos verifica que la... la edificación en la que se van a desarrollar las acciones formativas cumple con condiciones de seguridad, salubridad, higiene, acústicas y accesibilidad. En este expediente, por supuesto, consta memoria de técnico colegiado, de arquitecto colegiado, que verifica que se cumplen todas estas condiciones; y consta comunicación al ayuntamiento de inicio de actividad. Es decir, no se ha producido irregularidad porque consta la documentación que determina la legislación vigente.

Para que... para que se entienda bien, tenemos que acudir a la legislación medioambiental y diferenciar qué actividades económicas requieren comunicación, qué actividades económicas requieren autorización ambiental y qué actividades requieren licencia ambiental; que son tres figuras diferentes y cada una de ellas tiene unas restricciones y unas limitaciones. Por supuesto, la autorización ambiental y la licencia ambiental se requieren para actividades económicas con... con un impacto ambiental alto y que no es la... la comunicación ambiental, que es la que hemos requerido y la que se requiere para los centros de enseñanza y formación.

Como saben, a raíz de la Directiva Bolkestein, la directiva... la comúnmente conocida "directiva de servicios", directiva comunitaria, se han simplificado los trámites para el acceso y ejercicio de... de servicios. Esto ha supuesto un aumento exponencial de actividades que se pueden iniciar con la mera presentación de comunicación ambiental, sin necesidad de mayores trabas administrativas. Y, en aras de simplificar y de potenciar la actividad económica, existen múltiples actividades económicas en las que basta comunicación ambiental, no es necesaria la autorización o licencia. Y en la letra v) del Anexo I del Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León determina que los centros de formación y enseñanza requieren comunicación ambiental, no autorización ni licencia. Y el Artículo 69 de la Ley 30/2015, de procedimiento administrativo, dice que cuando una actividad económica o el ejercicio de un derecho en su normativa aplicable determine que basta una comunicación o declaración responsable, desde el día en que se presenta esa comunicación se puede iniciar la actividad.

Y, por tanto, los técnicos de formación de la Gerencia Provincial de Valladolid, que verificaron y homologaron esa... ese centro de formación, se ciñeron a la normativa vigente y consta presentada esa comunicación ambiental al ayuntamiento y la memoria de técnico colegiado competente, en este caso un arquitecto.

Otra de las afirmaciones que... que han... que han esgrimido aquí es que el ECYL ha dado subvenciones a entidades extinguidas. Cuando lo... cuando lo escuchamos, decimos: no... es imposible, nosotros hacemos cruces informáticos, comprobamos el expediente. Hacía referencia a una entidad que se llama Aprosola, que es una entidad de formación de Burgos, y, efectivamente, si usted entra en internet y pone su nombre, pone "CIF extinguido", o sea, no existe, pero es que el problema es que... no es que no exista, es que ha pasado de estar registrada en un registro mercantil de ámbito regional, y ha pasado a ampliar su actuación al ámbito nacional y, por lo tanto, está en un registro distinto, que es un registro nacional, lo cual no implica que haya dejado de existir. Ha ampliado su ámbito de actuación.

Otra... bueno, y hace referencia usted al Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes, que ha cedido instalaciones de una manera irregular. Nosotros lo que nos consta en... en el expediente es que la escuela de... de hostelería, la escuela municipal de hostelería de este ayuntamiento, de la que es titular el ayuntamiento, ha cedido sus instalaciones a una entidad de formación. Me da igual a qué entidad, de qué color político es. Nosotros, y todos los técnicos de formación del ECYL, cuando visan un expediente, no... entre la documentación que se pide no está la de qué partido político es el titular de esa entidad de formación. Y lo... lo que pedimos para la cesión de instalaciones es un documento que acredite... una declaración responsable que acredite que se van a ceder las mismas. Y, en este caso, como era una escuela municipal, esa cesión del ayuntamiento ha venido firmada por el alcalde. Es lo que visan los técnicos de formación y creo que es conforme a derecho y conforme con la legalidad vigente.

Bien. Por último, yo creo... he intentado responder a múltiples preguntas, voy a referirme al tema de la subcontratación, que también es un tema que ha surgido en diferentes ocasiones y que me han reiterado. También aquí, por favor, tenemos que aplicar el rigor jurídico. Hablan a veces de subcontratación, de subrogación, de subrogación encubierta. Como he mencionado, y creo que por lo menos hemos intentado explicarlo bien, con la legislación en la mano, desde el año dos mil quince está prohibida la subcontratación en absolutamente todas las bases reguladoras del ECYL que regulan la formación para el empleo. Esto es consecuencia de cambios legislativos.

Como ya he dicho, la propia ley GUM, la Ley 30/2015, de formación para el empleo, ha modificado el concepto de beneficiario: ahora no son centros de formación, sino son entidades; y, además, que pueden estar inscritas en cualquier registro público; además, y reitero, la ley permite contratar personal docente y permite alquilar instalaciones. Y nosotros como beneficiario tenemos a la entidad de formación y lo único que le podemos exigir es que nos acredite disponibilidad de instalaciones en Castilla y León y no titularidad en Castilla y León, porque estaremos... estaríamos vulnerando la Ley de Garantía de Unidad de Mercado, y ya nos lo dijo la propia Comisión Nacional de Mercado de la... de la Competencia. Por lo tanto, prohibimos la subcontratación, permitimos la cesión de instalaciones.

¿Y cómo controlamos esto? Pues también en tres momentos: con carácter previo a la concesión, cuando grabamos las solicitamos, hacemos cruce de datos y comprobamos que todos los centros de formación que han cedido instalaciones, así como todas las entidades de formación, están debidamente homologados y acreditados; hacemos seguimiento de las acciones formativas, cuando visitamos las acciones formativas nuestros técnicos de formación verifican que la acción formativa se esté desarrollando en la instalación o centro de formación que había determinado la entidad de formación cuando solicitó la subvención, es decir, que se está impartiendo en las instalaciones indicadas en la solicitud de subvención previa; y cuando se justifica la subvención para proceder a la liquidación, se comprueba la adecuación de los gastos y los pagos, y se comprueba, por ejemplo, si se han imputado gastos de alquiler en las instalaciones que han sido cedidas. Y todo ello es fiscalizado por nuestras intervenciones delegadas.

Bien. Creo que he respondido a la mayoría de sus preguntas, o he intentado hacerlo. No sé si tienen alguna cosa más que añadir.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Muchas gracias, señora gerente. Tras su contestación, tienen derecho a un turno de réplica los grupos parlamentarios. Por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por un tiempo máximo de cinco minutos, el procurador don Juan Pablo Izquierdo tiene la palabra.


EL SEÑOR IZQUIERDO FERNÁNDEZ:

Muchas gracias, presidenta. Y muchas gracias, reitero, a las explicaciones dadas por la gerente del ECYL, más que nada a las aclaraciones a las cuestiones planteadas por nuestro grupo, que creo que, por mi parte, han quedado bien resueltas o bien aclaradas.

Sí que hacer mención un poco, y continuando con la primera intervención, me ha llamado la... la atención a un comentario que se ha realizado en la Comisión de hoy de quién genera y revisa las bases reguladoras. Creo que la he entendido que la elaboran según procedimientos establecidos, donde participan técnicos de la Consejería, y que cuenta con el consenso de los agentes sociales y económicos.

Y esto también a relación a un informe, que está publicado en la Consejería de Transparencia, a petición de la Inspección General de Servicios, de la documentación presentada a la Consejería de Transparencia, ta, ta..., en relación a muchos de los temas que estamos tratando aquí. Y voy a leer, o me van a permitir leer, el... un punto de las conclusiones, es un... que dice que se debería revisar la participación de los agentes sociales en el proceso de elaboración de las bases reguladoras de los procedimientos de subvención vinculadas a la formación, orientación e inserción profesional, cuando aquellos participen como solicitantes directamente a través de sus entidades de formación vinculadas. Esto es, como le digo, un informe que está publicado en una página web, que está abierta a todo el mundo, del once de diciembre, y que está realizado por el Servicio Público de Empleo que usted dirige. Creo que es un tema que... que es importante saberlo y que estamos de acuerdo con esa de las conclusiones planteadas.

Y, por otro lado, quería hacerle también un comentario, que ha comentado usted de... nos ha comentado de una manera jurídica y técnicamente muy bien planteada que hay uno de los procedimientos, del cambio estatal, del cambio de una regulación estatal, que es lo que ha llevado al cambio de valoración de ese tema de... para los concesionarios de las subvenciones, en el tema de cambios de entidades de formación o centros de formación.

Pues, no sé, sí que, desde mi punto de vista, ahora que –y si... me van a permitir el comentario-, lamentablemente, quien está dirigiendo el país es el grupo... el grupo del Partido Socialista, pues creo que tiene en la mano, si no les gusta esta legislación, que tiene en la mano el poder hacer los cambios si así lo consideran oportuno. Y así, no sé, creo que se podría trabajar de una manera más para construir y no para destruir.

Y me sumo a comentarios que ha dicho el portavoz del Partido Popular en su intervención. Es muy fácil que... con la facilidad con la que el Grupo Socialista, y creo que estará conmigo, tiene esa facilidad de acusar y... a un grupo de empresas, y hablando de que se benefician, de un entramado. Cuando está el tema judicializado, vuelvo a reiterar que desde nuestro grupo total respeto a las investigaciones, en las deliberaciones de la Justicia. Y, sobre todo, que cuando se... se plantean las acusaciones tan libremente y, desde nuestro punto de vista, muchas veces sin un fundamento tan probado, pues, llegado el punto en el que se... después de las... las deliberaciones y sentencias judiciales se puede llegar a demostrar lo contrario, si llega ese caso, pues sí que nos gustaría escuchar las disculpas, o no, por parte del grupo que acusa tan... tan libremente.

No digo con esto, y ya para finalizar, no quiero decir con esto que... que sean todos los casos... estén todos los casos limpios o no limpios. O sea, yo creo que usted bien ha explicado los procedimientos que están siguiendo. La Justicia está estudiando cada uno de ellos. Pero que, según se puede llegar a entender, pues, la legalidad, la interpretación, para eso está la Justicia y libremente cada ciudadano puede... puede ir a la Justicia, para estos diferentes criterios o valoraciones, pues que la Justicia diga quién o no tiene la razón. Pero sí que me parece que el tema de acusar tan libremente pues debería estar un poco... un poco de respeto y meditado. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra, por un tiempo máximo de cinco minutos, el señor procurador don Pedro Pascual Muñoz.


EL SEÑOR PASCUAL MUÑOZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Reiterar mi agradecimiento por su comparecencia y explicaciones. Y, simplemente, subrayar una vez más la importancia de los agentes sociales, en este caso, en la incorporación o reincorporación de trabajadores desempleados al mundo laboral, a través de políticas activas de empleo. Como ya he dicho, la participación de los agentes sociales, en este sentido, me parece adecuada, pero siempre y cuando sea una de forma transparente, pues creo que su labor es mediar por el bienestar de todas esas personas.

En provincias como la mía, en la que una gran parte de la población reside en zonas rurales, las políticas activas de empleo juegan un papel muy importante en la sociedad. Tenemos a mucha gente que se dedica a la agricultura y a la ganadería, y, en muchos casos, dependen de este tipo de ayudas para seguir desarrollando su actividad. De ahí que el desarrollo de estos procesos tenga que ser transparente.

Lo mismo sucede con los cursos de formación, tanto para desempleados como para mejorar o mantener los puestos de trabajo. En estos casos, tiene que primar el procedimiento de concurrencia competitiva. Y a la... y a la hora de otorgar subvenciones, creo que no se debe acotar tanto el perfil de las personas que puedan ser contratadas mediante los programas de empleo de la Junta, pues hay muchos municipios, especialmente los de menos de 1.000 habitantes, donde no hay opciones, no hay gente que reúna esos requisitos para poder acceder a esas ayudas.

Además de la transparencia, pediría que las convocatorias se adaptasen realmente a las personas y a los municipios a los que se dirigen, para que todos tengamos acceso en igualdad de condiciones.

Por lo demás, entiendo que todos los procesos de los que hoy se ha hablado aquí están en manos de la Justicia, y es ella la que tiene que pronunciarse al respecto. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra, por un tiempo máximo de cinco minutos, el procurador don José Alberto Castro Cañibano.


EL SEÑOR CASTRO CAÑIBANO:

Muchas gracias, presidenta. Señora Sigüenza, yo le agradezco el detalle, el rigor y la profesionalidad con la que ha dicho... que ha hecho una descripción sucinta de los hechos. Luego caben las opiniones, y las opiniones son todas respetables, pero la actitud sectaria del Partido Socialista -si me lo permite, aunque va en contra del Reglamento- da un paso más hacia... hacia el infinito.

¿Cómo usted, señor Reglero, se atreve usted a calificar...? [Murmullos]. Por acusaciones directas. Las acusaciones han tenido nombres y apellidos, señora presidenta. Han tenido acusaciones directas, con nombres y apellidos... [murmullos] ...


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Disculpen. Silencio. [Murmullos].


EL SEÑOR CASTRO CAÑIBANO:

Se ha dirigido a mí con el grado de conocimiento de una empresa, ha hecho acusaciones graves con el grado de conocimiento de una empresa, y creo que tengo derecho a contestarle, señor letrado. [Murmullos]. Ha dicho que sin duda conoce... que sin duda conoce el portavoz...


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Disculpen. Comenta el señor letrado que tiene que debatir con la señora compareciente. Lo siento.


EL SEÑOR CASTRO CAÑIBANO:

De acuerdo. Señora gerente, no... usted estará de acuerdo conmigo en que el simple grado de conocimiento no exige que ninguna... ningún funcionario dicte una resolución a beneficio. Y con el simple hecho, con el simple hecho de renunciar a un curso no se considera que es un delito, usted lo ha dicho perfectamente. Ni se puede penalizar el hecho de que no se haga o se imparta un curso. Y menos, yo creo que no existe ni un solo funcionario, ni un responsable político del ECYL, que se le pregunte a un empresario a quién vota. Cuando aquí nos limitamos a escuchar acusaciones de otros portavoces que realmente, que realmente están diciendo a quién votan o si se han presentado en alguna lista del Partido Popular, o de cualquier otro partido.

Yo creo que en todo el procedimiento de ejecución que por parte de la Junta de Castilla y León ha tenido a la hora de resolver una... a nadie se le ha preguntado a quién vota. Y me consta que se ha adjudicado cursos, me consta que se han adjudicado contratos de la Junta de Castilla y León a... a manifestantes y militantes y algunos cargos públicos del Partido Socialista, y nosotros no somos sectarios como son otros partidos. Eso se demuestra en las declaraciones que ha hecho usted.

Usted ha hablado de rigor y otros hablan de la confusión. Si va a dar igual lo que usted diga; da igual lo que digan los ámbitos judiciales de la Junta de Castilla y León; da igual lo que digan los letrados; da igual. La verdad es una, pero los hechos y la confusión que hacen constantemente otros partidos políticos nos demuestran que están a la irrealidad.

Dice usted exactamente lo mismo que dijo el consejero. El consejero hasta en dos Plenos consecutivos ha intentado trasladar la realidad. La realidad es una realidad jurídica y lo que usted ha dicho y ha denominado como rigor jurídico. Yo por eso extiendo la mano a seguir trabajando en positivo, no está todo por hacer. En el ámbito de los desempleados, y así lo ha dicho también el propio portavoz del Grupo Mixto, queda mucho por hacer, hay que adaptarse a una realidad muy variable, una realidad que es muy complicada, y, sobre todo, hay que trabajar –usted lo ha dicho- con la esperanza de los desempleados.

Mire, los programas mixtos, por conocimiento, hacen una labor que no solamente les permite aprender un oficio, sino que les da esperanzas y les abre el abanico y la posibilidad de buscar un trabajo no en lo que están dando, sino en otras facetas. Eso es la sorpresa y la inserción que se produce, porque una persona, un desempleado, que recibe una formación lo saca de su casa y lo saca de ese núcleo tan desesperado de no buscar un puesto de trabajo, a veces simplemente con recibir una buena orientación, el cómo enfrentarse a una entrevista laboral, el cómo presentar un currículum, el cómo tener una actitud positiva hacen que puedan encontrar un puesto de trabajo.

Por eso, desde el Grupo Popular lo que le invitamos a que sigamos trabajando en base al diálogo. Lo importante, las... el diálogo social no determina cómo se hacen las bases, pero sí que determina el parecer que tienen los agentes sociales, que son también y forman parte del mercado laboral, y lo que también tiene que hacer la Administración a través también del propio observatorio, que nos tiene que permitir hacia donde tenemos que ir en el ámbito del mercado laboral.

Yo hago mías las palabras del portavoz de... del Grupo Ciudadanos. Solicito al resto de portavoces y solicito al portavoz del Partido Socialista que pida disculpas, que deje de ensuciar, ensuciar, el honor de muchas personas y solicito que se retire, cuando se habla con nombres y apellidos, con nombres y apellidos de empresas, con nombres y apellidos, que no han cometido ningún delito, solicito que se quite del orden del día. Gracias. Y del acta de sesiones. Gracias.

Y digo... y pido que si existe una sola moción y opinión o se nombre a un... a un parlamentario se deje contestar, porque voy a pedir que se revise el acta y voy a pedir que el letrado analice el por qué se puede dirigir a mí y que no me deje contestar; lo voy a pedir por escrito y solicito es... si se... si establece el Reglamento que si se pregunta con nombre, se pregunta a un letrado, se pregunta o se alude a un parlamentario, pueda contestar. Muchas gracias, señora presidenta.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra, por un tiempo máximo de cinco minutos, el señor procurador don Pedro Luis González Reglero.


EL SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO:

Sí, gracias. Había que aprenderse un poco el Reglamento, porque si no pues decimos... [murmullos] ... las barbaridades que decimos. Yo a... yo a usted no le he interrumpido en ningún momento. Por lo tanto, le ruego, ya que no le llama la atención la presidenta, que haga el favor de callarse la boca. Ya está. Esa es la cosa.

Gracias, señora gerente, por las explicaciones que ha dado. ¿Lamentablemente dirige el país Pedro Sánchez? No, democráticamente. Digo por si alguno no lo ha entendido también todavía. Mire, quería hacerla una serie de preguntas. Yo no he acusado aquí a nadie. He dicho en mi última intervención, se lo digo a usted señora gerente, que el respeto a la Justicia es total y que la Justicia pondrá a cada uno en su sitio, pero que a este grupo, independientemente, y tenemos la libertad para opinar -yo creo que es legítimo, es la vida política en sí-, nos llama la atención sobremanera que haya una concentración de muchas de las subvenciones en determinadas empresas, y yo se lo he dicho personalmente a los empresarios de estas empresas. Y no podemos obviar ni podemos negar, porque está en el Boletín Oficial, que han sido cargos del Partido Popular. Es que es tan evidente como eso. Y el que no lo quiera ver... pues claro, es que no lo entiende.

Mire, referente al... a uno de los procesos judiciales que usted decía, me gustaría que me contestase –si se callan la boca- por qué no se ha presentado la Junta como parte perjudicada también. Ha dicho, o que la he querido entender, en uno de los procesos que no se han personado ustedes en... en eso, y me gustaría que me preguntase.

Referente a otro de los juicios penales, me gustaría que me dijese también si hay funcionarios implicados y, de ser así, si van a tomar algún tipo de medida preventiva; o ya las han tomado, señora gerente. Me gustaría que me contentase también... contestase también.

En cuanto a lo que decía... en cuanto a lo que decía la... sobre el... el centro de aquí, de Valladolid, mire, señora gerente, yo tengo aquí en mi poder, yo no creo... usted hablaba de rigor técnico; yo no... no sé si dar el nombre o no, diré, el secretario general... [murmullos] ... -si se callan la boca pues es mejor- el secretario general, jefe de la Sección de Control de Obras y Actividades del Ayuntamiento de Valladolid -que será un técnico, imagino, tan bueno, igual, que el... cualquiera de los técnicos que fuera del ayuntamiento-, dice en una de las comunicaciones: advertir al interesado de la empresa esa -es representado por esa persona- la imposibilidad del ejercicio de actividad. Eso lo dice el... el informe técnico, o sea, no me lo invento yo, ¿eh?, créame que... Yo si quiere luego se lo paso, y será... tendrá tanto rigor como... como el de ustedes.

En cuanto a la Inspección General de Servicios, no me ha dicho nada, no me ha contestado, que qué la parece que esté en poder de esa persona el informe. Yo la verdad es que me ha llamado sobremanera la atención, pero, bueno, usted sabrá.

No me ha dicho tampoco nada qué opina de que el secretario general de la UGT haya dicho que las bases reguladoras solo cumplían una entidad de las más de 1.200. Yo no sé si es correcto o no es correcto. Si usted considera una discriminación positiva, en base a lo que usted ha manifestado, que según esas bases reguladoras dejan prácticamente sin ninguna opción a los centros provinciales. Y luego hablamos de despoblación, que yo no sé qué la parecerá a usted o no.

En cuanto a las necesidades formativas, siempre son las mismas. Yo llevo aquí un tiempo y la verdad es que... además aquí ha comparecido el presidente del... del CES, actual consejero, y era una de las reivindicaciones, que las necesidades formativas siempre han sido las mismas. ¿Será por eso por lo que se devuelven los... los fondos, señora gerente?

Por lo tanto, hablaba también... en el que dice que no tenían margen porque había habido una transferencia finalista del Estado, que no tenían margen. Corríjame si no es así, señora gerente, ¿se ha resuelvo algunas bases reguladoras en esta Comunidad, noviembre, diciembre, bases del propio ECYL? ¿Años anteriores? Sí. Muy avanzado el año ya. Noviembre o diciembre se han resuelto las bases, con lo cual no habían... no había tampoco margen de... de maniobra.

Sobre el centro de Burgos, que decía usted, yo... que yo no he hablado de Aprosola, yo he hablado de la Escuela Castellana de Hostelería, no Aprosola, Escuela Castellana de Hostelería, donde dice en el Registro Mercantil que esa sociedad está extinguida. Yo no he dicho en ningún momento Aprosola.

Decía que no podían penalizar en negativo –ustedes también- porque los servicios jurídicos... -me ha parecido entenderla- la pregunta que la lanzo: ¿usted tiene conocimiento de si en otras Comunidades Autónomas se penaliza en negativo? Yo tengo conocimiento, y es que sí, sí que se penaliza. La... yo la pediría, si me permite este pequeño consejo, muy modestamente, que revise igual las bases de otras Comunidades Autónomas, pero sí que se penalizan en negativo, hasta donde yo conozco. Si estoy equivocado me lo dice y rectifico mis palabras, no tengo absolutamente ningún problema.

Sobre lo de la baja ejecución. Hombre, yo no creo que usted pondrá en duda los... los datos de la Cuenta General. Dice que hay muchos factores y que influyen en... no digo que pongan en duda los datos que yo le aporto aquí –hablaba de los años anteriores-, es que son todos los años los que se están... hay cantidades no ejecutadas, según la Cuenta General. Ahora, igual la Cuenta General tiene que sacar: no, de los cursos de formación no se devuelve nada, se ejecuta todo. Desde luego, yo me atengo a lo que dice la Cuenta General y estos datos, ya digo, que creo que no sean mentira. Por lo tanto, usted ha dicho en una... momento de su intervención que sí que se devuelven fondos, que sí que hay devolución de fondos. Yo no sé en qué porcentaje o en qué no porcentaje, pero sí que hablaba de una devolución de fondos. Por lo tanto, me gustaría que eso también me lo quedase manifiestamente claro.

Y lo último, que yo no sé si la llama... ¡ah, sí! Sobre el tema de la cesión que hablaba también antes de... del... del local este de Valladolid, yo no sé si ha habido algún tipo de riesgo...


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Señor González Reglero, disculpe, pero tiene que ir acabando, ¿eh?


EL SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO:

(Acabo, acabo, acabo. Si me da el mismo tiempo que ha dado...). ... yo no sé si ha analizado usted el riesgo que podía haber habido de en cuanto a la accesibilidad de ese centro en concreto, por la... el informe técnico de los técnicos municipales de Valladolid, si ha podido... si ha podido haber algún riesgo para los desempleados que asistían a los cursos de formación. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Muchas gracias. Tras el turno de los portavoces, la señora gerente tiene la palabra para lo que usted desee. Gracias.


LA GERENTE DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑORA SIGÜENZA VÁZQUEZ):

Bien. A ver. Bueno, en primer lugar, quería referirme al tema de la... de los territorios. Efectivamente, como me han... como me ha puesto de manifiesto el... el procurador de A por Ávila, tenemos que tener en cuenta la idiosincrasia y las necesidades de cada uno de los territorios. En todas nuestras programaciones así... así se hace, se tienen en cuenta los municipios en nuestro Plan de Empleo Local, se... se está trabajando en esta estrategia de empleo local, y me consta que se está trabajando en un programa territorial de fomento por Ávila en el que el... el ECYL participará en aquello... en todo aquellos que se nos solicite, como participamos en cerca de 27 planes. Entonces, este le añadiremos a... a nuestras actuaciones y, por supuesto, pues se estudiarán las necesidades formativas de la zona, además de lanzar pues nuevas líneas de subvención, como pueden ser formación específica en sectores estratégicos, que son muy interesantes para... para su territorio, como son la automoción, la industria agroalimentaria, se estudiarán y se... y se elaborarán actuaciones que seguro que son beneficiosas para ese territorio, porque es evidente que tienen una tasa de paro superior a la media de Castilla y León y que hay que... y que hay que actuar.

En cuanto a la falta de personación, me decía, del procedimiento, que por qué la Junta no se ha personado. Simplemente porque no es el momento procesal oportuno. O sea, es un tema de legislación procedimental. Estamos en fase de diligencias previas. Simplemente, se ha presentado la demanda, se nos ha solicitado documentación, y en el momento procesal oportuno, por supuesto, si se llega a abrir juicio, porque estamos en fase preliminar, la Junta se personará.

Reiteramos el centro de la calle San Juan de Dios. Como le he dicho, nosotros hemos cumplido con la normativa vigente en el momento de homologar el centro. Basta con la comunicación para el inicio de actividad. Posteriormente la Administración competente, que es la Administración municipal, el Ayuntamiento de... de Valladolid, puede requerir cualquier tipo de subsanación a la entidad correspondiente. Como... como ha dicho, en contra prácticamente de mis principios y de mi voluntad, porque yo considero que nos tienen que notificar, la propia Administración municipal nos tiene que notificar, o la entidad de formación nos tiene que notificar si hay alguna irregularidad, y no debiéramos o no hubiéramos tenido la necesidad de personarnos, porque nuestro expediente administrativo está correcto y el ayuntamiento en ningún momento nos ha notificado ninguna irregularidad, ni ha cerrado el centro, porque hemos ido a visitar cursos y se están realizando acciones formativas.

Si hubiera habido una irregularidad grave, el ayuntamiento hubiera cerrado, hubiera decretado el cierre. Nos hemos interesado por el expediente en el ayuntamiento, y lo único que nos han comunicado es que se ha trasladado una irregularidad, una mera formalidad, que consiste en que, dado que el edificio tiene una única entrada, y en ese edificio están dos entidades de formación, que presenten una única comunicación de inicio de actividad, porque se había presentado dos, una por cada entidad formativa. Es lo que nos consta.

Y, en todo caso, si hubiera alguna irregularidad grave que no permite el ejercicio de acciones de formación allí, sería el propio ayuntamiento, la Administración municipal competente la que debiera cerrar el centro y clausurar el edificio, cosa que, hasta el momento, no ha hecho.

En cuanto... bueno, me pone de manifiesto que por qué tienen el informe de la Inspección de Servicios no sé qué empresa, porque ni me... ni me interesa. Pregúnteselo a la empresa. Como comprenderá, yo no se lo he trasladado. Mi Servicio Público de Empleo no ha trasladado fuera de los cauces oficiales nada. Entonces, bueno, pues pregúnteselo al que tenga en posesión ese informe de dónde lo ha podido... le ha podido sacar.

En cuanto al tema de la Escuela Castellana de Hostelería famosa, efectivamente, también ahí se ha producido un cambio jurídico, pero que tiene... todo tiene su explicación. A ver, la entidad de formación Aprosola tiene tres centros de formación adscritos, uno de ellos es la Escuela Castellana de Hostelería Logo. Esa... esa escuela, anteriormente, era un centro de formación con personalidad jurídica propia, era una sociedad limitada, cuando los centros de formación podían concurrir por sí solos, como ya he intentado explicar.

Ahora no puede concurrir a subvenciones, ha perdido su personalidad jurídica porque ha sido absorbido por la entidad de formación Aprosola. Eso no significa que no exista, la instalación está ahí, mantiene el mismo número de censo como centro de formación, y perfectamente puede... puede actuar. ¿Qué ha ocurrido? Que, además, ha dejado de ser una sociedad, pero ha mantenido el nombre, por una cuestión publicitaria, si ya era una escuela que funcionaba y que tenía un nombre conocido, "Escuela de Hostelería Logo", pues lo ha mantenido. Ha quitado la coletilla de "S. L.", ha dejado de ser una S. L. y ha pasado a ser de titularidad de la entidad Aprosola. Eso no es una irregularidad jurídica, es perfectamente válido.

Por último, creo que ya no me queda nada más que añadir, ha... bueno, ha dicho que si hemos adoptado medidas cautelares, medidas preventivas con respecto a los funcionarios o personas que están implicadas en una fase de diligencias previas, que todavía ni siquiera se ha abierto un juicio. No podemos remover de su puesto a funcionarios, que, además, han accedido a su puesto por concurso, mientras no haya una resolución firme o un expediente disciplinario cerrado. En estos momentos no hay ningún expediente disciplinario ni siquiera abierto, y ninguna resolución judicial firme.

Quiero, además, poner de manifiesto que en relación al responsable, por ejemplo, de formación de la Gerencia Provincial de Valladolid es un gran profesional, un buen compañero, está pasando por un momento personal muy delicado y le deseo de corazón que lo... que sea superado. Y, por favor, no hagamos juicios paralelos, no... respetemos la presunción de inocencia. Prudencia y máximo respeto, porque ahora mismo no hay ninguna resolución judicial firme, y estamos hablando de funcionarios con nombres y apellidos. En concreto, este funcionario nunca ha sido recusado de ninguna comisión de valoración. Todas las convocatorias de subvenciones, en el propio Boletín Oficial de Castilla y León se establece cuál va a ser la composición de las comisiones de valoración. Formalmente no se ha presentado en ningún momento una recusación al mismo.

Ahora mismo no hay ninguna comisión de valoración abierta. Cuando se inicien, confiamos en que los procedimientos que están abiertos ya estén resueltos y podamos adoptar las medidas correspondientes en atención a lo que digan las resoluciones... las resoluciones judiciales.

Bueno, quiero terminar mi intervención con una breve reflexión: desde que he tomado posesión de mi cargo, en el que estoy por mi perfil técnico y no por estar adscrita a ningún partido político, le he dedicado más tiempo a hacer informes, contrainformes, datos y más datos de lo que se ha hecho en el pasado, y no nos dejan tiempo para pensar y planificar en el futuro. Por eso, por ello, les ruego más rigor jurídico en todas las acusaciones que se lanzan, antes de generar ruido y confusión, pues están dañando la imagen del Servicio Público de Empleo y minando la moral de los empleados públicos. Sería muy positivo para todos respetar la presunción de inocencia, esperar las resoluciones judiciales y mirar hacia adelante y no quedarnos estancados en el pasado. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Muchísimas gracias, señora gerente. Terminado el turno, no sé si alguno del resto de procuradores presentes quiere formular alguna pregunta o... ¿Algún procurador? Pues, si no es así, se cierra la sesión. Muchísimas gracias por haber venido a dar respuesta a todas las preguntas.

[Se levanta la sesión a las trece horas cinco minutos].


DS(C) nº 96/10 del 21/2/2020

CVE="DSCOM-10-000096"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Comisión de Empleo e Industria
DS(C) nº 96/10 del 21/2/2020
CVE: DSCOM-10-000096

DS(C) nº 96/10 del 21/2/2020. Comisión de Empleo e Industria
Sesión Celebrada el día 21 de febrero de 2020, en Valladolid
Bajo la Presidencia de: Blanca Delia Negrete Santamaría
Pags. 3335-3370

ORDEN DEL DÍA:

1. Comparecencia de la Sra. Gerente del Servicio Público de Empleo (ECyL), SC/000060, a solicitud del Grupo Parlamentario Ciudadanos, para informar a la Comisión sobre:- Procedimientos judiciales abiertos y pendientes referidos a las políticas activas de empleo.

SUMARIO:

 ** Se inicia la sesión a las once horas cinco minutos.

 ** La presidenta, Sra. Negrete Santamaría, abre la sesión.

 ** Intervención del procurador Sr. Castro Cañibano (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del orden del día. SC/000060.

 ** La secretaria, Sra. Palomo Sebastián, da lectura al primer punto del orden del día.

 ** Intervención de la Sra. Sigüenza Vázquez, gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para informar a la Comisión.

 ** La presidenta, Sra. Negrete Santamaría, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los portavoces de los grupos parlamentarios.

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Izquierdo Fernández (Grupo Ciudadanos).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Pascual Muñoz (Grupo Mixto).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Castro Cañibano (Grupo Popular).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. González Reglero (Grupo Socialista).

 ** Intervención de la Sra. Sigüenza Vázquez, gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Izquierdo Fernández (Grupo Ciudadanos).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Pascual Muñoz (Grupo Mixto).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Castro Cañibano (Grupo Popular).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. González Reglero (Grupo Socialista).

 ** En turno de dúplica, interviene la Sra. Sigüenza Vázquez, gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León.

 ** La presidenta, Sra. Negrete Santamaría, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las trece horas cinco minutos.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las once horas cinco minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Buenos días a todos. Se abre la sesión. ¿Algún grupo parlamentario tiene que comentar alguna sustitución? ¿Por el Grupo Parlamentario Popular?


EL SEÑOR CASTRO CAÑIBANO:

Muchas gracias, presidenta. El Grupo Popular plantea dos sustituciones: Alejandro Vázquez Ramos sustituye a doña Amparo Vidal Gago y doña Carmen Sánchez Bellota sustituye a don Juan Peregrina Molina.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Vale. Muchas gracias. Por la señora secretaria se dará lectura al primer punto del orden del día.

SC/000060


LA SECRETARIA (SEÑORA PALOMO SEBASTIÁN):

Gracias, presidenta. Buenos días, señorías. Primer punto del orden del día: Comparecencia de la señora Gerente del Servicio Público de Empleo, Solicitud de Comparecencia 60, a solicitud del Grupo Parlamentario Ciudadanos, para informar a la Comisión sobre Procedimientos judiciales abiertos y pendientes referidos a las políticas activas de empleo.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Tiene la palabra la señora gerente del Servicio Público de Empleo. Muchas gracias.


LA GERENTE DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑORA SIGÜENZA VÁZQUEZ):

Bueno. Buenos días. Señoras y señores procuradores, comparezco hoy ante esta Comisión de representación regional con el objeto de explicarles a ustedes las actuaciones de la Junta de Castilla y León sobre los procedimientos judiciales abiertos y pendientes referentes a las políticas activas de empleo.

Quiero empezar mi intervención destacando el buen hacer de los empleados públicos del ECYL, quienes desarrollan su labor con responsabilidad, rigor, dedicación y vocación de servicio público; unos profesionales con capacidad más que probada, eficientes y comprometidos en el desarrollo de sus funciones. Son cerca de 1.000 empleados públicos, a los que hay que sumar alrededor de 200 expertos docentes que prestan sus servicios en servicios centrales, en 9 gerencias provinciales, 54 oficinas de empleo y 8 centros de formación. Forman un gran equipo, y debemos agradecerles el trabajo que realizan.

Dicho esto, me gustaría subrayar la diferencia que existe entre legalidad ordinaria y legalidad penal. La legalidad ordinaria se refiere a la tarea llevada a cabo por parte de la jurisdicción contencioso-administrativa de fiscalización de la legalidad de las actuaciones de las Administraciones públicas, mientras que la legalidad penal está encaminada a revisar no solo aquellas actuaciones que resulten ilegales, sino que además sean injustas y arbitrarias.

En este sentido, la Sentencia del Tribunal Supremo 723/2009, de uno de julio, sumamente ilustrativa a estos efectos, deja dicho que el ámbito de la jurisdicción penal no puede confundirse con el ámbito de la jurisdicción contencioso-administrativa, porque una cosa es verificar la legalidad de la resolución y otra distinta castigar la arbitrariedad en el ejercicio de las funciones públicas. Es decir, el hecho de que se estimen recursos administrativos en vía contenciosa no implica en absoluto la arbitrariedad o prevaricación en la actuación administrativa, indica simplemente un error administrativo o una diferente interpretación jurídica.

Quiero destacar, en cualquier caso, la escasa litigiosidad de la actividad administrativa del departamento del que soy gerente, el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, tanto en vía administrativa como en vía contenciosa. A modo de ejemplo, en el ejercicio dos mil dieciocho... -hemos tomado por referencia este año, porque tenemos cerrada ya la memoria, la del dos mil diecinueve aún está en elaboración- repito, en el ejercicio dos mil dieciocho, en concreto, en materia de Formación Profesional para el empleo se han dictado 11.434 resoluciones administrativas susceptibles de recurso. ¿Cuántos recursos se han presentado? 142, de los cuales, 97 han sido administrativos, es decir, ante la propia Administración pública, y 45 contenciosos-administrativos, ante jueces y tribunales. Repito, de cerca de 11.500 resoluciones susceptibles de recurso en materia de formación, únicamente se han recurrido 142; es decir, la tasa de litigiosidad del ECYL en materia de formación para el empleo se sitúa en el 1,24 %. De estos recursos, menos de la mitad son estimados. Esto por lo que respecta a los diferentes recursos relativos a actos concretos e individuales relacionados con los interesados que corresponda.

Por lo que respecta a disposiciones o actos dirigidos a una pluralidad indeterminada de personas, como son las bases reguladoras o las convocatorias de subvenciones, se contabilizan a día de hoy recursos contencioso-administrativos contra tres líneas de subvenciones que luego veremos. Es especialmente escaso el número de recursos, teniendo en cuenta que el ECYL tiene más de 70 líneas de subvención.

Antes de exponer la situación procesal de los recursos citados, me van a permitir que haga un breve relato de hechos que considero relevantes, pero, insisto, será una explicación exclusivamente de hechos, ya que valoraciones no puedo hacer, al estar aquello sub iudice.

Señorías, es importante que conozcan las principales novedades legislativas y los consecuentes cambios sustanciales que produjeron en las bases reguladoras de los diferentes programas de formación dentro del sistema de Formación Profesional para el empleo en todo el territorio nacional, y no solo en el ámbito de Castilla y León. También es importante que no ignoren que las bases reguladoras se elaboran de acuerdo a un procedimiento legalmente establecido, en el que participan múltiples técnicos, cuentan con el preceptivo informe de los servicios jurídicos de la Consejería, así como con el consenso de los agentes económicos y sociales.

Bien, voy a referirme a cuatro ítems importantes: en primer lugar, me referiré a la Ley 20/2013, de nueve de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado, y al principio de no discriminación; en segundo lugar, a la Ley 30/2015, de nueve de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el Ámbito Laboral, y su incidencia en el concepto de beneficiario; en tercer lugar, hablaré de la prohibición de las entidades beneficiarias de una subvención en materia de formación para el empleo de subcontratar con terceros la ejecución de la actividad formativa adjudicada, prohibición que, aunque trae causa en la citada Ley 30/2015, merece una consideración separada por su impacto en el sistema de subvenciones; por último, en cuarto lugar, me referiré a cómo las dos normas citadas (Ley de Garantía de Unidad de Mercado y ley de Formación Profesional para el empleo) han impactado en la regulación de los criterios de valoración incluidos en las bases reguladoras de las subvenciones en materia de formación para el empleo.

Primero, la Ley 20/2013, de nueve de diciembre, de Garantía de Unidad de Mercado, comúnmente conocida como ley GUM, tiene por objeto establecer las disposiciones necesarias para hacer efectivo el principio de unidad de mercado en el territorio nacional, tal y como preceptúa su Artículo 1. A su vez, dispone que la unidad de mercado se fundamenta en la libre circulación y establecimiento de los operadores económicos, la libre circulación de bienes y servicios por todo el territorio español y en la igualdad de las condiciones básicas de ejercicio de la actividad económica.

A continuación, el Artículo 3 de esa misma norma establece el principio de no discriminación, e indica que todos los operadores económicos tendrán los mismos derechos en todo el territorio nacional y con respecto a todas las autoridades competentes, sin discriminación alguna por razón del lugar de residencia o establecimiento. Ninguna disposición de carácter general, actuación administrativa o norma de calidad que se refiera al acceso o al ejercicio de actividades económicas podrá contener condiciones ni requisitos que tengan como efecto directo o indirecto la discriminación por razón de establecimiento o residencia del operador económico.

Señorías, de lo dicho se infiere, sin lugar a dudas, que la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado resulta de aplicación a todos los sectores económicos, y por tanto también a la actividad de impartición de Formación Profesional para el empleo.

La ley GUM considera requisito discriminatorio para la obtención de ventajas económicas exigir como requisito el establecimiento físico o domicilio social del operador en el territorio de la autoridad convocante.

Hasta el año dos mil dieciséis el ECYL configura en sus bases reguladoras como beneficiarios de subvenciones de los distintos programas de formación a los centros de formación, siempre que estuvieran inscritos en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de Castilla y León, creado por Decreto 69/2011, de veintidós de diciembre.

El requisito de inscripción y acreditación en Castilla y León fue objeto de reclamación por una entidad de formación gallega ante la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado en el marco del procedimiento del Artículo 26 de la Ley 20/2013, de Garantía de Unidad de Mercado, citada. La Secretaría del Consejo resolvió, en su informe de fecha veintiséis de julio de dos mil dieciséis, que el requisito de acreditación o inscripción de la entidad en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de Castilla y León, exigido a centros de formación para ser beneficiarios de subvenciones, resulta contrario a los principios de no discriminación y eficacia nacional de los Artículos 18 y 20 de la Ley 20/2013, las acreditaciones o inscripciones en registros tienen validez nacional.

Por tanto, y según los informes de la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, la CNMC, el hecho de que las bases reguladoras de nuestras subvenciones en materia de formación recogieran hasta el año dos mil dieciséis el requisito de que los solicitantes fueran titulares de algún centro de formación que se encuentre inscrito en el registro de Castilla y León resultaba contrario al principio de no discriminación de los Artículos 3 y 18 de la Ley 20/2013, de Garantía de Unidad de Mercado.

En segundo lugar, señorías, de forma paralela, hay que tener en cuenta los cambios normativos que se introdujeron en la Formación Profesional para el empleo por la Ley 30/2015, de nueve de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el Ámbito Laboral. Dicha ley contempla en su articulado únicamente la posibilidad de la inscripción en el correspondiente registro habilitado por la Administración pública competente a las entidades de formación, no a los centros de formación, los cuales pasan a ser entendidos como meras instalaciones donde se imparte la formación.

Además, y como ya adelantó la ley GUM para cualquier actividad económica, no se limita la inscripción de dichas entidades de formación al Registro de Entidades de Formación de la Comunidad de Castilla y León, sino que dicha inscripción podrá tener lugar en cualquier registro habilitado por la Administración pública competente, tal y como se desprende del Artículo 15, apartados 3 y 4.

Sin embargo, la Ley 30/2015, entró... si bien entró en vigor el diez de septiembre de dos mil quince, establecía en su disposición transitoria primera que hasta que no se desarrollaran reglamentariamente las iniciativas de Formación Profesional para el empleo señaladas en su Artículo 8 se mantendrían vigentes las del Real Decreto 395/2007, de veintitrés de marzo. No fue hasta la entrada en vigor del Real Decreto 694/2017, de tres de julio, que deroga expresamente el Real Decreto anterior del dos mil siete, cuando las bases reguladoras de los diferentes programas de formación gestionados por el ECYL se adaptaron totalmente, tanto en lo establecido en la Ley 30/2015 como a lo establecido en la Ley 20/2013, de Garantía de Unidad de Mercado.

Puedo afirmar que una de las principales modificaciones que ha supuesto la adaptación a la nueva normativa ha sido el cambio de concepto de beneficiario de las subvenciones públicas en materia de formación para el empleo. Hasta el año dos mil dieciséis los beneficiarios son los centros de formación inscritos para la impartición de la correspondiente especialidad formativa en la Comunidad de Castilla y León, y a partir del año dos mil diecisiete han pasado a ser entidades de formación públicas y privadas, inscritas en cualquier registro habilitado por la Administración pública competente, y no solo inscritos en el Registro de Centros y Entidades de Castilla y León.

Como ven, los cambios en nuestras bases reguladoras no son caprichosos, obedecen a modificaciones legislativas de carácter nacional y que han derivado en dos importantes cambios: uno, el cambio de concepto de beneficiario, de centro de formación a entidad de formación; y, dos, la posibilidad de concurrir a nuestras subvenciones a cualquier entidad de formación, aunque no esté inscrita en Castilla y León.

Tercero, señorías, otra de las principales novedades introducidas en el sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral por la Ley 30/2015 fue la prohibición a las entidades de formación de subcontratar con terceros la ejecución de la actividad formativa adjudicada. Conviene aclarar que la contratación del personal docente para la impartición de la formación no se considera subcontratación; tampoco se considera subcontratación, por aplicación del Artículo 29.3 de la Ley 38/2003, de diecisiete de noviembre, Ley General de Subvenciones, la contratación de aquellos gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí mismo de la actividad subvencionada. La prohibición de la subcontratación es incluida por el ECYL en las nuevas bases reguladoras de todos los programas que aprueba a partir del año dos mil quince. También, como ven, por tanto, nuestras bases incorporan lo preceptuado por la normativa estatal.

Ahora bien, y como ya he explicado, las entidades pueden estar acreditadas en cualquier registro, no necesariamente en Castilla y León. En este nuevo escenario era necesario articular nuevas fórmulas que permitieran conciliar la libre concurrencia de entidades de formación con la impartición de la formación en instalaciones ubicadas en nuestro territorio.

La solución consistió en exigir que los centros, las instalaciones, donde se imparten las acciones formativas por las entidades que resultan beneficiarias estuvieran inscritas en el ámbito territorial de Castilla y León, pero, para que esta solución no fuera objeto de nueva reclamación ante la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado por fraude de ley, pues se concedería una subvención de imposible cumplimiento por no tener centros propios donde impartir la formación en Castilla y León, se renunció a exigir a las entidades de formación beneficiarias la titularidad de las instalaciones donde se iba a impartir la formación, siendo suficiente que acreditaran su disponibilidad.

En este nuevo sistema el ECYL facilita a las entidades solicitantes la prueba de la disponibilidad de las instalaciones en Castilla y León a través de la presentación de una declaración responsable del titular de los centros o instalaciones en Castilla y León, en la que manifiesta su compromiso de ceder la disponibilidad de dichos centros o instalaciones a la entidad concurrente, en el caso de resultar beneficiara de la subvención, con independencia del instrumento jurídico privado en el que después se formalice esa cesión, habitualmente un contrato de alquiler.

Señorías, por tanto, lo que regulan y permiten nuestras normas, conforme con la legislación vigente -y por los motivos que he expuesto-, es la cesión de instalaciones, en ningún caso la subcontratación, que está expresamente prohibida. Esta solución, lejos de suponer una discriminación a ninguna entidad de formación de Castilla y León, supone en realidad una garantía: la formación ha de impartirse necesariamente en las instalaciones de nuestra Comunidad. Esto supone que nuestras entidades pueden optar bien por concurrir directamente como entidades beneficiarias en las convocatorias de subvenciones o bien ceder sus instalaciones a otra entidad, obteniendo la correspondiente rentabilidad económica.

Cuarto, señorías, y por último, antes de empezar con los procedimientos judiciales. Otra de las modificaciones de las bases reguladoras de los diferentes programas de formación que trae causa en la Ley 30/2015, de nueve de septiembre, fue la relativa a la aplicación de los criterios de valoración. Los criterios de valoración se aplican por entidad de formación, no por centro de formación, como no podía ser de otra manera tras el cambio de concepto de beneficiario al que me he referido anteriormente.

En cualquier caso, quiero dejar claro que, si bien el establecimiento de una subvención, incluido el establecimiento de los criterios de valoración, puede inscribirse en el ámbito de las potestades discrecionales de las Administraciones públicas, una vez que la subvención ha sido regulada normativamente termina la discrecionalidad administrativa y comienza la previsión reglada cuya aplicación escapa al puro voluntarismo de aquellas.

Quiero decir con ello que los criterios de valoración establecidos en nuestras bases reguladoras son objetivos, es decir, su aplicación no se deja a la libre discrecionalidad del órgano que los valora y puntúa. A tal efecto, las propias convocatorias de subvenciones establecen la forma de acreditación y su valoración, razón por la que se aplican de forma homogénea para todas las solicitudes presentadas. Pero es que, además, cuando en el ejercicio de una potestad discrecional se establecen los criterios de valoración que forman parte de las bases reguladoras, se busca que su ponderación sea la adecuada, con el fin de evitar que se puedan dar situaciones contrarias a la Ley 20/2013, de nueve de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado.

Los criterios de valoración de cada programa formativo no se establecen en beneficio de unas entidades de formación u otras, sino que se elaboran en beneficio de los trabajadores, desempleados y ocupados, de Castilla y León, que son los destinatarios últimos de estas subvenciones. Quiero dejar claro que nuestros criterios de valoración no operan como requisitos previos, tampoco como limitaciones ni como restricciones de acceso a la condición de beneficiario, sino como mecanismos para determinar en las entidades solicitantes circunstancias o aspectos acreditativos de su solvencia técnica y financiera, que garanticen que puedan llevar a cabo la actividad subvencionada.

Para concluir este apartado, también quiero subrayar que en los programas de subvenciones se incluyen, por imperativo legal, criterios de valoración que pueden no tener una vinculación tan directa con la solvencia técnica y financiera de la entidad solicitante, en relación con el objeto de la actividad subvencionada, pero que, al igual que sucede en la contratación pública a través de la inclusión de cláusulas sociales, ayudan a corregir situaciones de desigualdad sobre las que hay un total consenso. Me estoy refiriendo a la Ley 10/2019, de tres de abril, por la que se promueve la adopción, en el ámbito público y privado, de medidas dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, y a la eliminación de la brecha salarial de género en Castilla y León, que, en sus Artículos 11 y 20, contiene disposiciones que afectan a la inclusión de criterios de valoración de las solicitudes de subvenciones de la Administración de Castilla y León.

Señorías, para su mejor comprensión, voy a tratar de sintetizar, muy sucintamente, en ocho puntos, lo que les acabo de exponer:

Uno. La Ley 30/2015, de Formación Profesional para el empleo, distingue entre entidad y centro de formación.

Dos. Solo las entidades de formación debidamente acreditadas pueden ser beneficiarias de... de las subvenciones en materia de Formación Profesional para el empleo, pudiendo concurrir con sus propias instalaciones o con las instalaciones cedidas por un tercero.

Tres. La Ley 30/2015 prohíbe la subcontratación de la acción formativa. Sin embargo, no se considera subcontratación los gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí mismo de la actividad subvencionada, como puede ser el alquiler de una instalación y tampoco la contratación de personal docente.

Cuatro. Por aplicación de La Ley de Garantía de la Unidad de Mercado de dos mil trece y de la Ley de formación 30/2015, la inscripción de una entidad de formación en cualquiera de los registros habilitados al efecto por las Administraciones públicas tiene eficacia en todo el territorio del Estado español. Limitar su eficacia por razón del territorio sería una práctica contraria al principio de no discriminación establecido en dicha ley.

Cinco. Dicho lo anterior, el sistema de subvenciones de formación para el empleo de Castilla y León establece que pueden ser beneficiarias de aquellas las entidades de formación debidamente inscritas en cualquiera de los registros habilitados al efecto por las diferentes Administraciones públicas, aunque no sean titulares de centros o instalaciones donde impartir aquella en nuestra Comunidad.

Seis. Nuestro sistema de subvenciones en materia de formación para el empleo, con el fin de garantizar que la formación subvencionada se imparta a los trabajadores desempleados y ocupados de la Comunidad de Castilla y León, exige a las entidades solicitantes que prueben la disponibilidad de centros o instalaciones en nuestro territorio.

Siete. Esa prueba no es otra cosa que una mera declaración responsable del titular de los centros o instalaciones inscritas y, en su caso, acreditadas en Castilla y León en la que manifiesta su compromiso de cesión de la disponibilidad de dichos centros o instalaciones a la entidad concurrente en el caso de resultar beneficiaria de la subvención, con independencia del instrumento jurídico privado en el que, finalmente, cristalice dicha cesión.

Ocho. Por último, los criterios de valoración en el proceso de concurrencia competitiva se aplican por entidad de formación, no por centro de formación. Asimismo, se busca que la ponderación de dichos criterios sea la adecuada con el fin de evitar que se puedan dar situaciones contrarias a la ley GUM.

Como ven, las modificaciones legislativas estatales han provocado la adaptación de la normativa autonómica; en ningún caso obedecen a decisiones arbitrarias de los funcionarios del Servicio Público de Empleo, quienes –insisto- son grandes profesionales y conocedores del derecho.

Expuesto lo anterior, paso a relacionar los procedimientos judiciales abiertos y pendientes referentes a las políticas activas de empleo. Tengo que decir que tenemos tres líneas de subvenciones recurridas. Una es la línea de Orientación, Formación e Inserción, comúnmente conocida como OFI, se han recurrido tanto sus bases reguladoras como sus... su convocatoria anual última. También la línea de Orientación Laboral para el Empleo, se han recurrido tanto sus bases reguladoras como su convocatoria. Y la línea de Formación para Desempleados, en este caso solo se ha recurrido su convocatoria, no sus bases reguladoras.

Los recursos contra disposiciones administrativas de carácter general, es decir, bases reguladoras, son:

Uno. Procedimiento Ordinario 1158/2018, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Demanda: la Escuela de Formación Campo Grande, Escuela Empresarial Platón y otros cuarenta más. Demandado: la Consejería de Empleo, ya que se impugnan bases aprobadas por orden de la Consejería. Disposición recurrida: la Orden EMP/873/2018, de veintisiete de julio, por la que se modifica la Orden EMP/674/2017, de veintisiete de julio, por la que se establecen las Bases Reguladoras de las Subvenciones del Programa de Orientación, Formación e Inserción, y, en concreto, se han recurrido los... los criterios de valoración sobre la experiencia formativa y los recursos humanos de las entidades solicitantes de subvención. Fase procesal en la que se encuentra: estaba ya señalado para votación y fallo, pero, mediante oficio de once de diciembre de dos mil diecinueve, registrado de entrada el dieciocho de diciembre siguiente, se requirió por la Sala nuevamente el expediente administrativo por extravío. Asimismo, mediante escrito firmado el treinta de diciembre de dos mil veinte, se alegó por la parte demandante como hecho nuevo las conclusiones del informe de la Inspección de Servicios de... de fecha once de diciembre de dos mil diecinueve. La Sala ha aceptado la inclusión del informe completo en el expediente. A día de hoy no ha recaído sentencia.

En segundo lugar. Procedimiento Ordinario 1335/2019, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de... de Castilla y León. Demanda: Agrupación de Entidades de Formación (Aefor). Demandado: la Consejería de Empleo e Industria. Acto recurrido: la Orden EEI/1057/2019, de cuatro de noviembre, por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la Concesión de Subvenciones destinadas a la realización de Acciones de Orientación Profesional para el Empleo y Asistencia para el Autoempleo en Castilla y León. En el mismo recurso se ha impugnado la convocatoria, si bien entendemos que se derivará al juzgado que corresponda, pues se trata de un acto administrativo, no una disposición. La fase procesal es la mera interposición del recurso. Se ha solicitado por la Sala la remisión del... del expediente el pasado viernes siete de febrero, y estamos en plazo para remitir la documentación. Esto por lo que respecta a disposiciones administrativas de carácter general.

Ahora me voy a referir recursos a... contra convocatorias de subvenciones, que son actos administrativos.

En primer lugar, el Procedimiento Ordinario 17/2019, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Valladolid. Demanda: la Escuela de Formación Campo Grande, Escuela Platón y otros 40 más. Demandado: el Servicio Público de Empleo de Castilla y León. Acto recurrido: la Resolución de ocho de marzo de dos mil diecinueve, del presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan las Subvenciones del Programa de Orientación, Formación e Inserción para el año dos mil diecinueve. Fase procesal: la representación procesal de la Comunidad de Castilla y León ya ha procedido a contestar a la demanda en noviembre de dos mil diecinueve, y aún no ha recaído sentencia.

En segundo lugar, Procedimiento Ordinario 18/2019, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Valladolid. Demanda: Escuela Campo Grande, Escuela Platón y otros 40 más. Demandado: el Servicio Público de Empleo de Castilla y León. Acto recurrido: Resolución de once de marzo de dos mil diecinueve, del presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan las Subvenciones del Programa de Formación para Desempleados para los años diecinueve y veinte. Fase procesal: la representación procesal de la Comunidad de Castilla y León ya ha procedido a contestar a la demanda a finales del dos mil diecinueve y hoy aún no ha recaído sentencia. Esto por lo que respecta al orden contencioso-administrativo.

Por último, me voy a referir al orden penal. Hay un procedimiento único: Diligencias Previas, Procedimiento Abreviado número 1246/2019, ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Valladolid. Denuncia el Ministerio Fiscal, previa denuncia de parte. Denunciados: determinadas entidades de formación, cargos y funcionarios del ECYL o que estuvieron en su momento en el ECYL, además del propio Servicio Público de Empleo. Delito que nos consta: prevaricación administrativa, si bien no estamos personados aún. Fase procedimental: instrucción o investigación de los hechos denunciados, por lo que el juez podrá declarar sobreseimiento y archivo de la causa o inicio de juicio penal. En este momento, insisto, nos encontramos en fase de diligencias previas.

En cualquier caso, quiero señalar que hemos tenido constancia oficial de la apertura de este procedimiento a través del oficio de diecinueve de septiembre del dos mil diecinueve, que tuvo entrada en el ECYL el treinta de septiembre siguiente, por el que se requería la remisión de distinta documentación de los años dos mil catorce a dos mil diecinueve y relacionada con los programas de subvenciones públicas destinadas a la financiación de la oferta de Formación Profesional para el empleo dirigida a trabajadores desempleados, a trabajadores ocupados, así como a la línea de subvención de orientación, formación e inserción; documentación que fue oportunamente remitida, como no podía ser de otro modo.

Para acabar esta exposición quiero reiterar el gran trabajo que realizan los empleados del ECYL e insistir en la importancia, ya señalada al principio de mi intervención, de diferenciar entre legalidad ordinaria y legalidad penal, así como expresar el absoluto respeto al derecho constitucional a la presunción de inocencia.

Señorías, habrá que esperar a los pronunciamientos judiciales y, especialmente, a los hechos que se declaren probados, mientras tanto se impone la prudencia y la necesidad, en aras a la efectiva separación de poderes, de no hacer juicios paralelos, especialmente en la sede del Poder Legislativo. Muchas gracias por su atención.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Muchas gracias a todos. Para fijar posiciones, formular preguntas o hacer observaciones, se procede a la apertura de un turno de portavoces de los distintos grupos parlamentarios. En primer lugar, por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, el señor procurador don Juan Pablo Izquierdo.


EL SEÑOR IZQUIERDO FERNÁNDEZ:

Muchas gracias, presidenta. Muchas gracias, gerente del Servicio Público de Empleo, señora Sigüenza. Antes de meterme en el... en las consideraciones desde mi grupo lo que sí que quiero, como usted ha recalcado, es reconocer la gran labor que desarrolla el personal del Servicio Público de Empleo, el ECYL; creo que, como usted bien ha comentado, la tasa de... o la baja tasa de ligitiosidad que ha comentado en todos los procesos, que -si no he anotado mal- son más de 11.400 resoluciones administrativas, de los cuales 142 solamente han obtenido un recurso, y que creo que era 1,24 % la tasa de ligitiosidad que usted ha comentado. Creo que eso refleja la gran labor de los más de 1.000 trabajadores que forman el servicio que usted gerencia.

Ya metiéndome más en parte del informe o de lo que nos ha comentado, que le agradecemos su gran explicación, quiero también decir que... o adelantar que posiblemente alguno de los grupos, pues como es labor suya, pues que... o es costumbre, pues criticará que esté usted hoy aquí y que no esté quizá el consejero, pero estoy convencido que si desde nuestro grupo, como ellos lo habían... o este grupo, el Grupo Socialista, lo ha solicitado, pues posiblemente, si hubiera venido el consejero, estaría diciendo que por qué ha venido el consejero y no viene usted que es la... la que dirige la materia. Porque, como siempre en su función está el tema de criticar, pues entonces su crítica negativa no es positiva, pues es lo que saben hacer, no saben construir.

Volviendo al tema, gracias por su detallada explicación, creo que nos ha detallado... nos ha detallado muy bien el tema de esas modificaciones y el tema de la normativa de las leyes. Quiero volver también a hacer mención a esa diferencia que usted ha recalcado de... la diferencia entre la legalidad ordinaria en temas administrativos y la legalidad penal. Y como... y también hacer mención a ese cambio en las normas, en estas leyes, que no solamente han sido en aspecto regional, sino también cambio de las normativas estatal. Y cambios que han llevado a variaciones en los criterios de la otorgación de las subvenciones, sobre todo, por ejemplo, como bien usted ha comentado, entre el cambio entre los criterios de centros de formación o de entidades de formación.

Ha comentado usted muy bien que, en el tema de los casos judicializados, muchos de ellos, ha comentado en su... al final de su intervención, que están en procesos de instrucción y otros pendiente de sentencia. Creo que es oportuno y tenemos que tener respeto todos los grupos parlamentarios aquí presentes, en respetar el trabajo y las deliberaciones del sistema judicial. Por lo menos desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos, al que represento en esta Comisión, no va a salir de nosotros valoración en ningún sentido de un trabajo que está judicializado.

Creo, además, y como hemos podido oír en muchas ocasiones, tanto en este Parlamento, que es importante saber no solamente, como bien usted nos ha comentado, el estado de cada uno de los casos que están judicializados, sino también conocer cuál es la función o la eficiencia de todas las líneas, de los planes de formación, que desde su servicio se llevan a cabo. Y creo que al resto de grupos también le va a parecer interesante que nos comente en su segunda... o nos pueda contestar posteriormente, qué controles por parte de su servicio están siendo realizados para revisar la eficiencia en el funcionamiento de los planes de formación que se llevan a cabo. Creo que, como he dicho, que son controles que consideramos más que nada importantes conocer para todos los que estamos aquí presentes.

Por mi parte, ya en esta primera intervención, y esperando que nos dé contestación a esta pregunta que le acabo de plantear, nada, por mi parte, nada más. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, el procurador don Pedro José Pascual Muñoz.


EL SEÑOR PASCUAL MUÑOZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Buenos días, señorías. En primer lugar, agradecer la comparecencia en esta Comisión de la señora Milagros Sigüenza, gerente del Servicio Público de Empleo, y, por supuesto, me sumo al reconocimiento del personal del ECYL por su trabajo.

Me parece adecuado comenzar mi intervención con una consideración sobre las políticas activas de empleo, yo creo que pueden jugar un papel muy importante en mejorar el desempleo, pero siempre y cuando se hagan de una forma transparente y con el único objetivo de beneficiar a quienes van destinadas: los desempleados o las personas más vulnerables.

El Artículo 36 del Real Decreto Legislativo 3/2015, de veintitrés de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Empleo, nos dice que las políticas activas de empleo son aquellos programas de orientación, empleo y formación profesional encaminados a mejorar las posibilidades de acceso al empleo de las personas desempleadas, también dirigidas al mantenimiento del empleo y a la promoción profesional de las personas ocupadas.

Esto, a priori, es algo que mejoraría notablemente la situación de todos esos parados, y ya no solo eso, sino de todas las personas vulnerables que tienen mayores dificultades para acceder a un puesto de trabajo. El problema de esto es que todas esas ayudas y subvenciones que se ofertan deben estar bien reguladas y controladas. Entendemos que quien debe elaborar las bases de cualquier tipo de ayuda o subvención es la propia Administración, sin mediación de ningún tipo de agente social o económico, y no podemos caer en el error de que esto suceda, si no nos encontraremos con situaciones similares a las que usted, señora Sigüenza, ha venido a exponer hoy en esta Comisión.

Estamos de acuerdo, y así lo hemos ..... en este Parlamento, que el diálogo social es muy importante para la sociedad, pero entendemos que los agentes sociales participan en estas negociaciones tienen que velar de una forma eficaz y eficiente por los beneficios de los trabajadores, pues creemos que esa es su función. Pero también creo que los agentes sociales no pueden ser juez y parte. Esto no lo digo yo, lo dice el consejero de Empleo e Industria, el señor Germán Barrios, pero es cierto que estoy totalmente de acuerdo con esta afirmación.

Durante el pasado mes de diciembre salieron publicadas varias noticias referentes a ciertas irregularidades en los procesos de concesión de subvenciones de cursos del ECYL. Según he podido leer, los agentes sociales intervinieron en la elaboración de esas ayudas. Pues bien, creemos que, en este caso, no es función de los... de dichos agentes participar en esa elaboración, ya que son ellos los que, ya sea de forma directa o indirecta, se van a beneficiar de esas ayudas.

Con esto no quiero decir que no deban intervenir o estar presentes de algún modo, sino que no parece lícito que, si yo voy a recibir cualquier tipo de ayuda, colabore en la redacción de las condiciones para acceder a ella. Claramente estaría en una situación ventajosa con respecto a los demás. Esto no es algo legítimo y va en contra totalmente de la concurrencia competitiva que debe primar en todos los procesos de selección o de acceso a subvenciones. Me pregunto si ese ha sido el procedimiento seguido hasta el momento. Y como todo parece apuntar que sí, pues el caso ya está en manos de la Justicia, ¿por qué hasta ahora se estaba haciendo así?

Porque lo que está claro es que si los agentes sociales han participado de una forma directa en la elaboración de las bases por las que se conceden o concedían las ayudas del ECYL, y se han beneficiado de ello, también hay una parte importante de la población que se ha visto perjudicada. Y creo que ese es el tema realmente importante. Estamos hablando de desempleados, jóvenes que no tienen apenas oportunidades de acceder a un empleo digno y unas condiciones adecuadas, mujeres, personas con discapacidad, todos esos colectivos han salido perdiendo.

He destacado ya la importancia que considero tiene el diálogo social, pero en este caso, y teniendo en cuenta la situación en materia de desempleo, considero que es muy importante estar al lado y apoyar a los parados. Necesitamos que todos los agentes sociales se involucren en esto, pero desde el lado que les corresponde. He visto también en prensa noticias relacionadas con convocatorias y bases confeccionadas a la carta, o al menos así lo definían los medios. A pesar, como ya he dicho, de la relevancia de los agentes sociales y del diálogo social a la hora de negociar y llegar a acuerdos en beneficio de los trabajadores, es triste que tengamos que leer noticias con titulares como este que les acabo de decir.

Es triste, porque este tipo de procesos, en los que debe primar la pulcritud, no deben realizarse acciones de este tipo, que ponen en duda la fiabilidad de una gerencia que, entiendo, ejerce una labor social con muchas personas que lo están pasando mal ante la falta de oportunidades laborales. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, el señor procurador don José Alberto Castro Cañibano.


EL SEÑOR CASTRO CAÑIBANO:

Muchas gracias, presidenta. Señorías, buenos días. Darle, en primer lugar, a la señora Milagros Sigüenza, la bienvenida a esta Comisión. Me uno, y agradezco que tanto usted como su equipo haya asistido, y sobre todo también pongo en valor el trabajo que hacen... -así lo dije en mi intervención del último Pleno- el trabajo que hacen los más de 1.000 funcionarios del... del ECYL. Funcionarios que dedican su profesionalidad, su delicadeza y su empatía a atender a los más necesitados. En el ECYL van los desempleados, también van empleados que buscan una mejora de empleo, y también atienden a las empresas que están y necesitan personas cualificadas para cubrir sus ofertas de empleo.

Le agradezco su detalle, le agradezco que haya sido tan didáctica. Y yo creo que usted lo ha dicho, y los que hemos tenido responsabilidades en el Ejecutivo creemos que en el ámbito judicial, y... tanto administrativo como penal, es un derecho, nunca es un arma arrojadiza. Los ciudadanos tienen el derecho de ir a la vía judicial administrativa, o a la vía judicial penal, o cualquier otra vía judicial, como el ejercicio de su derecho. Cuando alguien se siente dolido o se siente afectado por una decisión que él considera arbitraria o no legal, pues tiene derecho a acudir al ámbito judicial.

Lo que es verdad, y le... y discrepo con lo que han dicho los... sobre todo el portavoz del Grupo Mixto, es que la realidad es una, solo una, y el camino judicial, cuando determina y sentencia, dice cuál ha sido la realidad; no son los hechos ni políticos ni los hechos mediáticos, que, muchas veces, en vez de esclarecer, lo que hacen es enturbiar. Que la realidad no te dice... que un titular dice... un falso titular no te... no te estropee la realidad. O sea, la realidad es la que es, pero los medios de comunicación... y muchas veces el debate político hace que busquemos manchas donde no las hay.

Yo me quedo con el trabajo meticuloso y serio. No siempre es infalible, porque los funcionarios, las interpretaciones jurídicas están abiertos a la incertidumbre y a la duda, y es verdad que muchas sentencias se ganan, la mayoría, pero también hay otras que se pierden. Le repito, cuando... en el ámbito judicial no existe ni el blanco ni el negro, existe gris oscuro o el gris claro. Lo que sí que lo ha dicho la propia gerente del ECYL es... lo que sí que es clave y lo que determina sobre todo en el ámbito penal es si se ha actuado con mala fe o beneficiándose a alguien, que es lo que realmente... es lo que realmente nos podría hacer daño a todos, hablando estrictamente de la legalidad de todo el procedimiento administrativo de las instituciones.

Por eso, yo me quedo con que solamente es un porcentaje muy pequeño, donde los recursos del complejo y dinámico, más de 11.000 acuerdos administrativos que se ejercen en los diferentes ámbitos del ECYL, si lo multiplicamos por el conjunto de la Junta, podríamos multiplicarlo por... todavía por 1.000 más. Y que, simplemente, cada persona que recurre desde el punto de vista judicial, pues está en su derecho, y no es más que en el ejercicio de su derecho y no debería ser nunca utilizado como arma arrojadiza.

Yo, simplemente, le agradezco los... es verdad que el libre mercado ha sido muy difícil de interpretar, especialmente por los empresarios. Todos los que hemos tenido responsabilidad y nos hemos sentado con las administraciones empresariales o asociaciones, en este caso, de los centros formativos no lo entendían, ellos siempre piden una discriminación positiva a las entidades que están creando, pagando impuestos en su Comunidad. Esa discriminación positiva, que, repito, siempre hemos tendido la mano y, sobre todo, dentro de la legalidad se ha buscado soluciones, ahora la Ley de Subvenciones y la ley de unidad de mercado lo establece como imposible. Y ese estatus, ese cambio de... y diferente estatus les ha... les ha costado mucho trabajo entenderlo. Los que hemos hablado con ellos durante muchísimos años, les ha costado mucho trabajo en que esa unidad de mercado daba la posibilidad de ir a trabajar también a ellos fuera de esta Comunidad, pero también hacía posible que vinieran otras entidades de formación a Castilla y León.

Yo lo que pido es que no hagamos juicios paralelos. Y lo voy a decir, porque lo hemos vivido a título personal y conocemos personas que han sido juzgadas, condenadas, sin haber solo movido un papel, antes de que el propio fiscal hubiera finalizado sus diligencias, antes que el propio juez hubiera abierto diligencias. Incluso habiéndose archivado, hay veces en las cuales acusaciones que parece que el viento se las lleva, acusaciones que realmente parece que se arrojan al partido que gobierna, en este caso tanto el Partido Popular como Ciudadanos, no nos damos cuenta que el que firma una resolución es un funcionario, el que hace las bases es un funcionario y el que determina la ejecución de una subvención es un funcionario. Hablo del procedimiento administrativo: la decisión política de cómo orientarlo y dónde tiene que ir el dinero es una decisión política; el procedimiento administrativo lo realizan los funcionarios.

Y yo vuelvo a repetir como lo he dicho, luego dirán otros partidos políticos que no acusamos a los funcionarios, sí se acusa. Cuando se determina y hay un documento de resolución, viene respaldado por un informe, que, repito, se puede... se puede discutir, se puede pensar que no es del todo legal, se puede opinar cualquier cosa, pero con la seriedad de no hacer juicios sumarísimos, no apuntemos con el dedo, y, sobre todo, porque hacemos daño a personas que, con nombres y apellidos, firman resoluciones administrativas que realmente lo hacen con su mayor calidad administrativa o funcional, pero que también, a veces, el juez te puede dar la razón, en la mayoría, y otras veces te la puede quitar.

Yo simplemente quería hacer dos preguntas, porque salió en colación en... en el último Pleno. Sí quería saber, si me permite, cuáles son las medidas que ha tomado la... la Gerencia del ECYL a la hora de evitar las concentraciones, tanto en cuantía como en número de cursos, en determinadas entidades de formación. Y, luego, también quisiera... si me podría decir cómo se penalizan los incumplimientos de las bases de ejecuciones que se dan cuando se otorga a una... pero a una entidad se da una subvención, cómo se inspecciona –que lo sabemos, pero bueno-, y, luego, si no cumple, cuáles son y cómo son... cómo son los criterios que se hacen desde el ECYL para que realmente las empresas que no cumplen realmente tengan unas medidas para evitar que se beneficie a los que no trabajan de forma adecuada. Muchísimas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, el señor procurador don Pedro Luis González Reglero.


EL SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO:

Sí, gracias. Saludo, señora gerente, y bienvenida tanto usted y al equipo técnico que hoy le acompaña. Comparto algunas de las reflexiones que ha dicho: ese respeto a los empleados públicos. Pero yo el respeto le quisiera incluir desde la A hasta la Z, creo que sabe más/menos por dónde voy. Cuando se pacta algo y se acuerda algo, hay que cumplirlo. Eso también es respetar a los empleados públicos. Y ahora hay un acuerdo firmado que no se está cumpliendo, como son las 35 horas. Me parece que eso es de justicia también decirlo, porque, si no, estaríamos respetando solo en parte.

En este sentido, también creo que es obligado decir, porque había algún portavoz que también lo decía, al que le invito que se lea el Reglamento de las Cortes -más que nada porque yo creo que no... no sabía muy bien lo que decía-, y cuál ha sido el proceder a la hora de que usted comparezca aquí. Nosotros hemos registrado una solicitud de comparecencia para que viniese el consejero en el mes de octubre: el consejero explique los asuntos de los procedimientos judiciales abiertos. El Grupo Ciudadanos solicita lo mismo, para que venga usted hoy, y no se molestan ni en cambiar el texto, es un copia-pega lo que han hecho, o sea, lo que solicitamos nosotros prácticamente... vamos, prácticamente no, solicitaron lo mismo el Grupo Ciudadanos, el siete de febrero lo registran, la Mesa lo ve el catorce, y usted está hoy aquí, día veintiuno. Una celeridad asombrosa. Ojalá tuviera esa celeridad para el resto de las solicitudes de comparecencia pendientes.

Dicho esto, hoy registramos un escrito, señora presidenta, en el que manifestamos nuestra queja por su proceder, y está actuando de una manera totalmente partidista. Usted lo sabe, se lo he dicho personalmente, y se lo digo aquí. Y la invitaría a que tanto usted como el portavoz de Ciudadanos se leyese el Artículo 72, el punto 3, en el que dice que tienen que ser oídos los portavoces de los restos de los grupos parlamentarios y usted fijará el orden. Lo digo por culturilla general, para que alguno vaya tomando nota de cómo funciona el... el Reglamento de las Cortes.

Amén de que me parece una falta de respeto total a lo que es el diálogo social introducir una solicitud de comparecencia, que no ha ocurrido nunca en la historia de este Parlamento, entre medias de la comparecencia del diálogo social querer meter otra solicitud de comparecencia, a utilizar esas mañas, que el partido de la derechita pequeñita pues se ha... se ha... lo ha visto fácilmente también y ha aprendido rápidamente.

A partir de ahí, señora gerente, se lo decía anteriormente, desde luego que bienvenida, respeto total y absoluto. Y yo me imagino que también se... le habrá dado tiempo en el tiempo que lleva usted en su cargo a posicionarse de las deficiencias existentes relacionadas con la ejecución de las políticas activas de empleo en nuestra Comunidad. Concretamente, me refiero a los cursos FOD, OFI y Formación Continua; me refiero a la escasa eficiencia y eficacia que han tenido en los últimos tiempos estos fondos públicos destinados a un fin tan importante como es la formación y el reciclaje de los trabajadores y desempleados de nuestra Comunidad Autónoma.

No sé si le habrá dado tiempo a sacar las conclusiones al respecto, pero uno de los males endémicos del actual sistema del ECYL es el exceso de concentración de subvenciones en esos oligopolios, pudiendo haber generado con ello un síntoma de fatiga o agotamiento en estos licitadores a la hora de ejecutar un volumen tan elevado de acciones formativas. Ha quedado más que demostrado que en la anterior legislatura la concurrencia competitiva de las políticas activas de empleo de nuestra Comunidad ha sido un trampantojo, detrás del que se esconde un sistema predeterminado de adjudicación, atentando el derecho fundamental a la igualdad, recogido en el Artículo 14 de nuestra Constitución Española, y subrayando las ya manidas manifestaciones del Tribunal Constitucional referentes a la diferencia entre igualdad y uniformidad, utilizada en demasiadas ocasiones para justificar diferencias de trato no justificables en términos de equidad.

Debemos decir que no existe causa o motivo alguno que suponga o merezca la necesidad de excluir a unos y entregar, a modo de monopolio, a otros las acciones formativas de las políticas activas de empleo de nuestra Comunidad, puesto que, en primer lugar, no podemos olvidar que lo que debería de primar es la calidad de la enseñanza y el destino o fin del mismo, y no cuestiones, disputas o beneficios de índole y servilismo político. Pero lo que ha acontecido, sin duda, es que las grandes entidades y oligopolios han sido recurrentemente las concesionarias de las mismas, prácticamente en exclusiva, al no poder optar las entidades mucho más pequeñas.

Se han dejado de ejecutar, señora directora, en el año quince a dieciocho, en el subprograma de formación ocupacional 103 millones de euros. Me gustaría que me dijera algo. El pasado Pleno decía el portavoz de la derechita pequeñita que no eran 103, que solo eran 40 millones. Aun así, yo se lo puedo hasta comprar, ¿le parece mucho, le parece poco? ¿Cuántos desempleados de esta Comunidad han dejado de recibir formación por esos 40 millones?, que, ya le digo, según los datos de la Cuenta General –que seguramente sean mentira, porque se hacen trampas ellos mismos también-, me parece... me parece que es una barbaridad.

¿Cuánto han devuelto al Estado, señora gerente? ¿Ha habido alguna cantidad que hayan devuelto al Estado por no ejecución? Yo me he tomado la molestia esta mañana de llamar al Ministerio y los datos del año dieciocho me dicen que han devuelto en empleo y modernización 6.779.000 euros; y en formación, 14.975.000; total, 21 millones. Usted me dirá si es verdad o es mentira, yo... son datos del Ministerio de esta misma mañana también.

Hablaba también, y le pondré un ejemplo de esas devoluciones. Uno de estos oligopolios que opera en nuestra Comunidad Autónoma –y seguramente será conocido por algún portavoz que me ha precedido en el uso de la palabra- es el Grupo Esla, situado en Zamora -que sabrá, me imagino, quiénes son los dueños; si no lo sabe, se lo digo yo: uno de ellos ha sido alcalde de Palacios del Pan, del Partido Popular; bueno, yo se lo digo, usted no lo conoce, pero yo sí que lo conozco, y no entraré en los procesos judiciales que tuvo abierto en su día-, han devuelto el 100 %, señora gerente, de las acciones formativas asignadas a su grupo empresarial para ejecutar en Aranda de Duero. Estos hechos ponen de manifiesto una incompetencia en la gestión de estas subvenciones por parte de este grupo empresarial, creando un perjuicio a los desempleados de esa zona, cuando en otras épocas en esas mismas acciones formativas eran impartidas con un éxito absoluto por otras entidades.

Otro caso es Formatecyl, y lo sacaba a colación en el pasado Pleno, en Santa Marta de Tormes. La invitaría, en este sentido, a que oyese... a que leyese y oyese el vídeo del pasado Pleno -yo lo oí-, del día, en concreto, veintisiete de noviembre, y lea las actas del Pleno, en la página 32 a 48, le invito –que sus técnicos se lo faciliten-, cómo hablaba una de las concejalas del Partido Popular de la actitud totalmente conseguidora de esta empresa. A mí me asombró en absoluto -yo le invito a que usted lo... lo oiga, y, si no, yo se lo paso, yo tengo aquí los textos-, cómo decía: que o vamos de esta empresa o no tenemos ninguna formación. Lo cual a mí me asombró muy mucho, señora gerente. No sé si será el habitual proceder de estas empresas, pero usted me lo... me lo dirá. Y en ese ..... digo, en Santa de Tormes el presupuesto asignado para estos cursos, que devolvieron íntegramente, 90.000 euros.

En Burgos, pues exactamente lo mismo. Yo se lo decía; el consejero quiso enredar la madeja también cuando hablaba de la subcontratación de la cesión de una empresa totalmente extinguida. Y yo me refería, y lo quiero... que quede meridianamente claro, al BORME (Boletín de Registro Mercantil), donde esa sociedad está extinguida. Yo tengo aquí la documentación, me imagino que usted también la tendrá, esa sociedad está extinguida. A mí eso me parece que es manipular.

Por cierto, sobre la cesión, en el... volvemos otra vez al tema de Santa Marta de Tormes. Me imagino que la... no sé qué la parecerá a usted, la lanzo esa pregunta, esa cesión o subcontratación de dicho proceder, ya que todos los recursos son los mismos que en la empresa cesionaria, o sea, el ayuntamiento. Y en palabras de la concejala, ya digo, que poco menos que la empresa actuaba como conseguidora. Me gustaría saber cuál es su opinión.

Me gustaría también saber cuál es la inexistencia, porque no existe, de una penalización real por incumplimiento o falta de ejecución de las subvenciones otorgadas a esos beneficiarios. Se debía de haber puntuado en negativo las baremaciones de los siguientes concursos, así como la existencia de límites tanto en el número de acciones formativas a percibir por CIF y los límites por entidad o código también de identificación fiscal. Esa penalización es ficticia, no disuade de que algunos otros pudieran, en ese sentido, continuar con... que la capacidad de la ejecución no fuera... no fuera la misma.

Me he... yo he hecho un análisis también, me imagino que usted también lo habrá realizado, señora gerente, de... y es la preocupación que nos lleva, desde el punto de vista político, a nosotros también, a ver como muchas de estas empresas, en concreto cuatro –hablaré de Formatecyl, de Ibecon, del Grupo Esla y del Grupo ATU-, concentran una partida importantísima de volumen, algunos empezaron con 500.000 euros y algunos estaban facturando 28 euros, a nosotros eso nos preocupa; y como se está abocando al cierre definitivo y masivo por parte de las empresas pequeñas.

Me gustaría también, y es algo que dice la Inspección General de Servicios, no lo digo yo también, y usted conoce ese informe, por lo tanto, simplemente, dicen que han vulnerado los principios de igualdad y la libre competencia, esperando en la elaboración de los reglamentos tenga presente el contenido del mismo.

Me gustaría también saber, en relación con esto, porque a nosotros nos resultó extremadamente preocupante. Yo he manifestado que el dueño o el presidente de este grupo vino a vernos, y cuál fue nuestra sorpresa, señora gerente, que decía que estaba en su poder el informe de la Inspección General de Servicios, cuando nosotros, yo personalmente, he tenido que ir a verlo y he tenido que firmar un documento de que no iba a utilizar los accesos que allí había. Iba firmado por usted, señora gerente, y por Luis Méndez, que me imagino que le conocerá también. Entonces, me llamó mucho... además, se jactó, se vanaglorió de que él, bueno, poco menos que entraba en el ECYL como Pedro por su casa y que él tenía esos informes, lo cual a mí, a mí personalmente, me sorprendió muchísimo, señora... señora gerente.

Me gustaría también, al hilo de lo que decía, no este humilde procurador, sino el secretario general de la UGT, que ha leído usted las declaraciones y la entrevista también, en el que... en el que venía a decir más o menos que todas las bases se habían modificado para favorecer a una sola empresa. Conocerá usted también, y me imagino que en ese sentido, bueno, pues cuáles... si conoce y sabe que determinados hijos, familiares –que yo no tengo nada de que trabajen, ¿eh?, por supuesto que cada uno puede trabajar donde quiera-, pero, pues hombre, que tengan un vínculo muy directo con determinadas empresas, ya no solo jefes de servicio, sino incluso la noticia que me decían ayer, alguien que también se sienta en el banco azul, pues a mí, desde luego, que me... me preocupa también.

El día dos de enero del dos mil veinte usted publicó un nuevo nombramiento, María Amaya Gómez Guerra –yo no tengo el placer de conocerla-, con la denominación de "jefe de servicio de Programas Autonómicos de Formación e Inserción Profesional". ¿Esto quiere decir que es una barrera, un nombramiento para... para destituir o para coartar el trabajo que pudieran hacer, el devenir futuro de los procedimientos judiciales? ¿Qué competencias va a tener? ¿Quiere modificar o atribuir algunas de las atribuciones de esos jefes de servicio y por eso ha puesto ahí, o la está usted modificando esas atribuciones, en concreto con el Programa OFI?

Me gustaría también, que no ha dicho nada, en relación... porque nosotros estamos tremendamente preocupados. Yo también tengo aquí, como decía el otro día el consejero, que había mandado un técnico del ECYL al ayuntamiento. No, si quien ha notificado por el tema de la calle San Juan de Dios, si quien ha modificado... si a quien ha notificado el ayuntamiento ha sido a la propia empresa, no al ECYL. Me imagino que tendrá que... no sé si habrá mandado un técnico o no lo habrá mandado, pero vamos, le habrán dicho que a la Junta no. Yo aquí tengo el informe del propio ayuntamiento, con fecha quince de febrero del dieciocho, donde notifica a Ibecon, y da traslado a la policía, la imposibilidad del ejercicio de actividad. Y alguien ha firmado un documento en el que se la...


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Disculpe, señor González Reglero...


EL SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO:

(Acabo ya). ... en el que se la autoriza...


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

... vaya acabando.


EL SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO:

... a ejercer esa actividad. Por lo tanto, son muchísimas dudas las que nos asaltan. Vaya por delante, como ha dicho usted, y lo comparto, y acabo ya, el respeto, por supuesto, a los tribunales de Justicia. Yo aquí no estoy enjuiciando a nadie, entre otras cosas porque yo no tengo conocimientos de Derecho, pero cuando menos que determinadas noticias que asaltan y que salen a los medios de comunicación a nosotros nos preocuparía. Y al hilo de lo que decía aquí algún portavoz, me viene solo a la cabeza don Demetrio Madrid, que le hicieron un juicio sumarísimo y el resultado fue el que fue. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

La señora gerente del ECYL puede contestar a las cuestiones planteadas por los grupos parlamentarios o bien de forma aislada o conjunta, como usted mejor lo desee.


LA GERENTE DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑORA SIGÜENZA VÁZQUEZ):

¿Está? A ver. Bueno, en primer lugar, me voy a referir a... bueno, han hecho ustedes referencia a múltiples cuestiones. Voy a intentar responder a todos lo mejor posible. En cuanto a la eficiencia de la formación, falta de controles en la... en la formación para el empleo que realiza el Servicio Público de Empleo. Mire, no podemos afirmar que no se realizan controles. Tenemos controles en tres momentos: ex ante, durante y ex post, es decir, antes de realizarse la... la concesión de la subvención, durante la realización de las acciones formativas y cuando se terminan las acciones formativas subvencionadas.

Ex ante, es decir, antes incluso de aprobarse las bases reguladoras, ya existen controles. Todas las bases reguladoras se aprueban con un procedimiento legalmente establecido. Participa un equipo de personas; no una, dos, con familiares, sin familiares; no, un equipo de técnicos jurídicos. Además, estas bases reguladoras... la propuesta realizada por esos técnicos es pasada a informe de los servicios jurídicos de la Consejería y luego consensuada con los agentes económicos y sociales; solo consensuada, no los redactan. Esto por lo... por lo que respecta a las bases reguladoras.

Posteriormente, anualmente, se hace en cada convocatoria de subvenciones, respetando lo que establece la disposición general, la base reguladora, en la convocatoria se determinan ya los criterios concretos: presupuesto, documentación a presentar, etcétera. Esta convocatoria también pasa por los servicios jurídicos de... de la Consejería: primero por el Servicio de Normativa y además se pasa a informe de la Asesoría Jurídica del Servicio Público de Empleo, informe que no es preceptivo, pero para mayor garantía se solicita su informe.

Además, antes de la concesión de la subvención, cuando... todas las solicitudes de subvención se graban en nuestros programas informáticos y se realiza un cruce de datos automáticos que nos garantizan que todos nuestros solicitantes, tanto entidades de formación como los centros de formación, que nos determinan que van a... a ser utilizados por esas entidades, están inscritos y, por lo tanto, homologados en un registro habilitado; en concreto, los centros de formación que estén inscritos y homologados en Castilla y León.

Durante la realización de las acciones formativas hacemos seguimiento a todas y cada una de las acciones formativas que están... que están realizándose. Se hacen visitas in sito, visitas físicas, por técnicos de formación del Servicio Público de Empleo. Incluso los cursos de formación, que son largos, reciben hasta tres visitas: en el comienzo de la acción formativa, durante su desarrollo y antes de finalizar la misma. De estas visitas, los técnicos de formación tienen evidencias físicas, preguntan a los formadores, a los alumnos, se hacen encuestas de calidad, se... se visualiza todo el material que se está utilizando y de todo esto se levanta un acta, acta que se incorpora al expediente de cada acción formativa.

Después, a la hora de liquidar las subvenciones, tenemos un informe de... de auditor en el que se verifica la ejecución de los actos de la acción subvencionada, y, además, se determina la adecuación de los gastos a los precios de mercado. Esta... esta liquidación provisional, con el informe de auditor, es fiscalizada por la intervención delegada correspondiente: si es una... es una subvención descentralizada, por las Intervenciones Delegadas de... de las Gerencias Provinciales; y si se desarrolla en servicios centrales, se fiscaliza por la Intervención Delegada del propio Servicio Público de Empleo.

En un tercer momento ya, cuando se ha finalizado la acción formativa, continuamos teniendo controles. Tenemos controles financieros permanentes por parte de la Intervención General de la Administración del Estado. Además, muchas de nuestras líneas están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, lo cual es un plus de garantía porque tiene más controles añadidos. Por ejemplo, todas nuestras tareas de gestión de acciones cofinanciadas se realizan conforme a un manual de procedimiento aprobado por la Comisión Europea. Además, se realizan verificaciones in situ, distintas a las ya efectuadas anteriormente por nuestros técnicos de formación, y verificaciones administrativas que las realiza el organismo intermedio, organismo intermedio que es distinto del órgano gestor, para distinguir y tener dos... dos órganos de control diferenciados: el gestor y el organismo intermedio.

Además, a esto hay que añadir controles de calidad, que hace tanto el organismo intermedio como la UAFSE. Además, como otro plus, controles de... de auditoría, tanto de operaciones como de sistemas, que realiza la Intervención General de la Administración de Castilla y León y el propio Tribunal de Cuentas de la Unión Europea.

A todo este listado de controles tenemos que añadir los controles que nos realiza el Consejo de Cuentas de Castilla y León. Importante el último control que realizó, cuyo informe está colgado en su propia... en su propia web, que es del año dos mil dieciséis. También controles de la propia Inspección General de Trabajo, que incluye en su plan anual visitas a nuestras acciones formativas subvencionadas. Decir, por tanto, que no existe control es que se desconoce profundamente el funcionamiento de este organismo.

Por otro lado, han mencionado ustedes que hay que mejorar la transparencia, mejorar la posibilidad de acceso al... al empleo y al mantenimiento del empleo, teniendo en cuenta, además, que son personas especialmente vulnerables.

Como he mencionado, yo creo que hay múltiples controles, desde la redacción de bases reguladoras por el ECYL a... al desarrollo de todas las acciones subvencionables, a la liquidación... liquidaciones provisionales, liquidaciones definitivas, que todas pasan por fiscalización.

En cuanto a la intervención de los agentes económicos y sociales, no redactan las bases reguladoras. Las propuestas y la redacción de bases reguladoras las realizan los técnicos jurídicos, pasan a informe de la Asesoría Jurídica. Y nosotros, y porque lo dice el Artículo 14 de la Ley 10/2013, de Creación del Servicio Público de Empleo, es decir, una ley aprobada en estas Cortes, nos... nos dice que el... el Consejo General de Empleo es el órgano de participación, colegiado, tripartito y paritario, que informa, propone y promueve las líneas de actuación del ECYL. Y tenemos que informar de todas las disposiciones administrativas que aprobamos. Las bases reguladoras son disposiciones administrativas de carácter general y, por tanto, tienen que ser informadas por este órgano colegiado de carácter tripartito. Ello no implica que redacten las bases, simplemente son informados y se escuchan sus propuestas de mejora.

Me ha... me han puesto de manifiesto que, efectivamente, hay una baja tasa de litigiosidad en el Servicio Público de Empleo. Es verdad. Y, además, quiero añadir que este porcentaje lo hemos hallado solo del área de formación, es decir, se han dictado unas 11.500 resoluciones susceptibles de recurso solo en el área de formación. En Servicio Público de Empleo tiene tres pilares de actuación: formación para el empleo, fomento del empleo e intermediación laboral. Es decir, que a un... a esas más de 11.000 resoluciones hay que añadirles otras miles que se... que se dictan en el área de empleo y en el área de intermediación laboral.

Otras de la... otra de las cuestiones que han puesto de manifiesto es la poca eficiencia de las políticas de formación para el empleo. Tengo también que discrepar de... de esta afirmación, puesto que... a ver, el objetivo de las políticas de formación para el empleo, por supuesto, es aumentar la empleabilidad de nuestros demandantes de empleo; aumentando su empleabilidad conseguimos su inserción en el mercado laboral. Y, por supuesto, todas nuestras planificaciones formativas están orientadas a la inserción laboral de nuestros desempleados. Por ejemplo, planificamos todas nuestras... nuestra oferta formativa en base a las necesidades formativas detectadas; consultamos a todas las empresas representativas de cada sector productivo; consultamos a los clusters empresariales de Castilla y León; a los órganos de... de seguimiento de los programas territoriales de fomento de Castilla y León; a los agentes económicos y sociales más representativos; a los distintos centros directivos de la Junta de Castilla y León. Además de estas consultas, tenemos en cuenta todas las perspectivas de empleo; cuáles han sido las ocupaciones que tienen mejor situación en el mercado de trabajo; cuáles son las ocupaciones más contratadas, las más ofertadas. Teniendo en cuenta todos estos datos elaboramos nuestro plan de necesidades formativas, y a partir de esas necesidades detectadas elaboramos nuestra formación.

Calificar de que no funciona nuestra planificación formativa tampoco... tampoco es justo. Tenemos datos. Por ejemplo, la línea de orientación, formación e inserción profesional. Hasta el año dos mil dieciséis tenía una... una tasa de inserción laboral alrededor del 12 %. En el año dos mil diecisiete se introdujeron mejoras, cambios legislativos en estas... en esta línea de subvención. Estas bases reguladoras, por cierto, son las que están ahora impugnadas. Y en esa modificación legislativa que se ha introducido, y que encima está en los juzgados, se introdujo una tasa mínima de inserción obligatoria del 15 %, y voluntaria hasta el 40 %; es decir, las entidades que participan, si cumplen el mínimo legalmente establecido pueden participar, pero quien alcance esa tasa de inserción voluntaria de hasta el 40 % obtiene más puntuación en los criterios de valoración y, por tanto, se prioriza el subvencionar a esa entidad. Esta modificación legislativa ha provocado un aumento exponencial en la tasa de inserción: por ejemplo, en el año dos mil dieciocho se alcanzó el 41 % de inserción en esta línea, y en el dos mil diecinueve el 57,9 %.

Otra línea de subvención, por ejemplo, la de formación con compromiso de contratación. Esta propia línea ya tiene un porcentaje mínimo de inserción obligatorio del 50 % y, en la última programación, la de dieciocho-diecinueve, hemos alcanzado un porcentaje de inserción del 54 %. Es decir, hemos superado el mínimo obligatorio.

En la línea de formación para desempleados, la inserción puntúa positivamente como criterio de valoración, por tanto, las entidades de formación que tengan una tasa de inserción de sus alumnos superior van a tener ventaja con respecto a las demás en la concesión de subvenciones de los años posteriores. Según el último informe del que disponemos, se ha alcanzado una tasa de inserción de los alumnos formados en todas nuestras entidades colaboradoras del 51,98 %.

En el programa mixto que... que ustedes conocen, que es un programa de formación y empleo, funciona... funciona muy bien. En el último informe, por ejemplo, del año dos mil dieciocho, tiene una tasa de inserción del 67,89 %. Estas tasas de inserción se valoran no solo en la familia profesional del alumnado de... del curso de formación que están realizando, sino en cualquier... la inserción en cualquier área profesional, porque para nosotros, una vez que activamos a nuestros desempleados, bien realizando una acción de orientación, bien realizando una acción formativa, lo que nos interesa es activarles y que se inserten en el mercado laboral, y nos da igual en la familia profesional en la que se incorporen.

Por último, en relación con la tasa de inserción, en las últimas bases reguladoras... en la última modificación de bases reguladoras que hemos realizado, que es la única que se ha hecho, por cierto, desde que yo estoy como gerente, se ha realizado a finales del año dos mil diecinueve, la de la línea de orientación para el empleo y para el autoempleo, se ha establecido un mínimo de inserción obligatorio –hasta ahora no existía esa tasa de inserción obligatoria, y la hemos incorporado-, hemos incorporado, es verdad, hemos arrancado con una tasa... con una horquilla que va del 5 % al 20 %, y en nuestra primera convocatoria hemos puesto un mínimo de inserción obligatoria para nuestras entidades colaboradoras de un 5 %; vamos a ver cómo rodamos y en las siguientes convocatorias pues podremos estudiar, o valorar, la... el ir aumentando dentro de esta horquilla.

Tenemos que decir que estas acciones de orientación no tienen una tasa de inserción obligatoria muy alta, dado que su... que los colectivos destinatarios a los que va referida son colectivos de muy difícil inserción, son colectivos desfavorecidos, como pueden ser parados de larga duración, etcétera.

En conclusión, estamos en el camino, estamos mejorando nuestras tasas de inserción de todas nuestra planificación formativa.

A ver, otra... otra de las... de las preguntas que me han realizado es cómo... cómo penalizamos el incumplimiento de la ejecución. No podemos penalizar en negativo, porque cuando nosotros establecemos unas bases reguladoras y unos criterios de valoración tenemos que determinar qué entidad de formación tiene una... una solvencia técnica y ello se realiza siempre con criterios positivos, puntuaciones positivas, nunca podremos valorar en negativo. Y no lo decimos nosotros, nos lo ha dicho nuestros servicios jurídicos. Es decir, tendremos que intentar puntuar de forma positiva a quien lo hace bien, a quien ha ejecutado, a quien no ha renunciado, pero no podemos restar, no podemos establecer puntuaciones negativas.

En cuanto a... a la poca ejecución, que también nos han... nos han preguntado. Decir que tenemos una baja tasa de ejecución presupuestaria es simplificar, simplificar algo que es muy complejo, porque el... la aprobación de un presupuesto es muy... es mucho más complejo y tiene muchísimos parámetros de los que nosotros conocemos, como puede... no puede ser de otra manera. Nuestro presupuesto, además, tiene múltiples fuentes de financiación: tenemos dinero autónomo, tenemos transferencias finalistas, tenemos Fondo Social Europeo, participamos de dos programas operativos (el programa operativo Fondo... de Fondo Social Europeo y el POEJ, el Programa Operativo de Garantía Juvenil). Todo esto hace que nuestra... bueno, pues nuestra ingeniería financiera sea complicada.

Además, en todas... la gran mayoría de todas nuestras líneas de subvención son plurianuales, es decir, lo que se convoca en un ejercicio se puede ejecutar a lo largo de los ejercicios siguientes; lo convocado no siempre coincide con lo ejecutado, porque puede desarrollarse en los ejercicios posteriores.

Además, tenemos que conocer que la ejecución presupuestaria tiene distintas fases contables. Para determinar una buena gestión de fondos no podemos ceñirnos al dinero que está en fase de pago, hay que irnos a otras fases contables, como son el dinero comprometido. Cuando yo ya tengo mi presupuesto comprometido ya he movido ese dinero, ya he gestionado, ya he actuado, no podemos decir que no hemos ejecutado. Y además, cuando no hemos pagado y lo tenemos ya comprometido, lo vamos a pagar en el ejercicio siguiente, se va a generar ese crédito, no se va a perder. Y en muchas ocasiones el Servicio Público de Empleo no ha podido terminar la fase contable y realizar el pago por cuestiones de déficit presupuestario o limitaciones financieras que no corresponden al Servicio Público de Empleo, sino a la Consejería de Economía y Hacienda.

Si hablamos de transferencias finalistas, la asignación anual que tiene en cuenta lo ejecutado en políticas activas de empleo... tiene en cuenta lo ejecutado en el año anterior, y en el ECYL, por ejemplo, si vemos su trayectoria del período dieciséis-dieciocho, ha incrementado su asignación presupuestaria en materia de políticas activas, en lo que se refiere a transferencias finalistas, en un porcentaje cercano al 23 %. Es decir, que si hemos aumentado en esa cuantía, pues tan mal no lo estaremos haciendo.

Y además dependemos de la distribución de fondos de la Administración estatal y, por ejemplo, en el año dos mil diecinueve la asignación efectiva se realizó el cinco de diciembre, y convendrán con nosotros en que es difícil su ejecución cuando llega a pocos días de finalizar el ejercicio.

Otra de las cuestiones que han planteado, por ejemplo, es la... el enorme número de renuncias que hay en las acciones formativas. No podemos decir que la renuncia se trate de una cuestión o de un problema generalizado, sino que se trata de situaciones cambiantes, puntuales y que se distinguen... y que son diferentes en cada una de las múltiples líneas de subvención que gestiona el Servicio Público de Empleo.

Las... primer lugar, vamos a analizar cuáles son las causas que nosotros creemos por las que se producen las renuncias. En primer lugar, es el tema de los anticipos. La Ley 30/2015 -que creo que ya se la he repetido tantas veces que se la tienen que conocer-, de formación para el empleo, ley estatal, limitó la concesión de anticipos a un máximo del 60 %. Es decir, esto ha provocado renuncias por parte de las entidades de formación, porque si nosotros solo les anticipamos el 60 % de su importe, tienen que asumir ellos la financiación y, en ocasiones, pues no tienen esa posibilidad de financiar la programación formativa que se les ha concedido.

Otra de las cuestiones que provocan... otra de las causas que provocan estas renuncias es el solapamiento de cursos de formación, y ello se debe a que las convocatorias se hayan resuelto de forma tardía. Y, por ejemplo, en el último año, con el cambio de Gobierno, todos los problemas que nos encontramos en septiembre con demandas presentadas, dilató la resolución de las concesiones, porque además eran concesiones que se tenían que hacer con respecto a normas aprobadas por el equipo anterior, pero, finalmente, se resolvieron porque no se podía dejar un año sin acciones formativas en nuestro territorio, y ello ha provocado que se hayan condensado los cursos; si bien en este ejercicio, en el dos mil veinte, es nuestra intención resolver con prontitud y que los cursos puedan desarrollarse a lo largo de todo el curso escolar, es decir, empezar en septiembre y terminar en junio. Y esto, seguramente, provocará una disminución en el número... en el número de renuncias.

En todo caso, quiero también darles algunos datos para que esos titulares que salen de que se renuncia mucho pues no es del todo... del todo correcto. Por ejemplo, en la línea OFI, de Orientación, Formación e Inserción, las renuncias han disminuido: en el año diecisiete-dieciocho se produjeron 50 renuncias, en el año dieciocho-diecinueve se han producido 31.

En la línea de formación para ocupados, en el ejercicio... o en la programación diecisiete-dieciocho, 7 programaciones tenían una ejecución superior al 75 % del total de las programaciones concedidas, que, si no recuerdo mal, fueron 15; mientras que en el año dieciocho-diecinueve se han... 11 programaciones se han ejecutado por encima del 75 %, y 3 han superado el 95... el 90 %, perdón, es decir, también una línea ascendente.

Sí que es verdad que en la línea de formación para desempleados las... las renuncias han aumentado. En esa línea sí que han aumentado con respecto al año anterior, notablemente.

Soluciones para el futuro: que en las nuevas bases reguladoras se valorará positivamente, porque es lo que nos permite la legislación vigente, el grado de ejecución que las entidades de formación hayan tenido en programaciones anteriores; y como, repito, intentaremos resolver las convocatorias con prontitud para que nuestras entidades de formación puedan hacer sus programaciones en un espacio de tiempo más amplio y así poder ejecutar y no tener que renunciar a acciones formativas.

A ver, me voy a también a... voy a centrarme en hacer referencia a todas o a algunas de las cuestiones que... que me han planteado y que han ido planteando en sesiones anteriores, como me ha dicho que tengo que mirarme las... los Plenos anteriores.

Hemos... o he intentado estudiar, por ejemplo, tres de las acusaciones o de las noticias que han intentado poner de manifiesto que las actuaciones del Servicio Público de Empleo son irregulares. Una, por ejemplo, es lo relativo a la entidad o a las entidades de formación que están acreditadas en la famosa ya calle San Juan de Dios, número 7. En esa... en esa dirección están homologados dos centros de formación, Ibecon y Formatecyl si no recuerdo mal, y están homologados desde el año dos mil diecisiete.

Hemos revisado el expediente administrativo y, en primer lugar, cuál es la... lo primero que tenemos que hacer es aplicar rigor jurídico, porque... bueno, además, es mi labor, yo soy técnico y lo único que... cuando me enfrento a estos expedientes o a esas noticias que salen es ver si se ha cumplido la legislación vigente. ¿Qué normativa aplicable hay aquí? La Orden EYE/1598/2011, que desarrolla el Decreto 69/2011, que regula el registro de centros de Castilla y León. También tenemos que tener en cuenta el Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León. Y aun... hoy por hoy hay que tener en cuenta para homologar un centro la Orden TMS/369/2019, que es estatal, nuestras normas tienen que respetar esta... esta norma, pero es del año dos mil diecinueve, que no estaba en vigor en el año dos mil diecisiete, cuando se homologaron estos centros, pero, en todo caso, esta nueva normativa es acorde con la normativa que se... que venía ya aprobándose en Castilla y León en el año dos mil once.

En esta normativa, como les digo, lo que se determina para homologar un centro, además de... de otras burocracias administrativas, como presentar cualquier otro tipo de documentación, como puede ser copia de DNI, copia de... acreditación de la representación y otra múltiple documentación, pero lo que a nosotros nos interesa es: nos tiene que presentar comunicación de inicio de actividad y memoria de técnico competente, es decir, en este caso ha sido arquitecto colegiado, que nos verifica que la... la edificación en la que se van a desarrollar las acciones formativas cumple con condiciones de seguridad, salubridad, higiene, acústicas y accesibilidad. En este expediente, por supuesto, consta memoria de técnico colegiado, de arquitecto colegiado, que verifica que se cumplen todas estas condiciones; y consta comunicación al ayuntamiento de inicio de actividad. Es decir, no se ha producido irregularidad porque consta la documentación que determina la legislación vigente.

Para que... para que se entienda bien, tenemos que acudir a la legislación medioambiental y diferenciar qué actividades económicas requieren comunicación, qué actividades económicas requieren autorización ambiental y qué actividades requieren licencia ambiental; que son tres figuras diferentes y cada una de ellas tiene unas restricciones y unas limitaciones. Por supuesto, la autorización ambiental y la licencia ambiental se requieren para actividades económicas con... con un impacto ambiental alto y que no es la... la comunicación ambiental, que es la que hemos requerido y la que se requiere para los centros de enseñanza y formación.

Como saben, a raíz de la Directiva Bolkestein, la directiva... la comúnmente conocida "directiva de servicios", directiva comunitaria, se han simplificado los trámites para el acceso y ejercicio de... de servicios. Esto ha supuesto un aumento exponencial de actividades que se pueden iniciar con la mera presentación de comunicación ambiental, sin necesidad de mayores trabas administrativas. Y, en aras de simplificar y de potenciar la actividad económica, existen múltiples actividades económicas en las que basta comunicación ambiental, no es necesaria la autorización o licencia. Y en la letra v) del Anexo I del Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León determina que los centros de formación y enseñanza requieren comunicación ambiental, no autorización ni licencia. Y el Artículo 69 de la Ley 30/2015, de procedimiento administrativo, dice que cuando una actividad económica o el ejercicio de un derecho en su normativa aplicable determine que basta una comunicación o declaración responsable, desde el día en que se presenta esa comunicación se puede iniciar la actividad.

Y, por tanto, los técnicos de formación de la Gerencia Provincial de Valladolid, que verificaron y homologaron esa... ese centro de formación, se ciñeron a la normativa vigente y consta presentada esa comunicación ambiental al ayuntamiento y la memoria de técnico colegiado competente, en este caso un arquitecto.

Otra de las afirmaciones que... que han... que han esgrimido aquí es que el ECYL ha dado subvenciones a entidades extinguidas. Cuando lo... cuando lo escuchamos, decimos: no... es imposible, nosotros hacemos cruces informáticos, comprobamos el expediente. Hacía referencia a una entidad que se llama Aprosola, que es una entidad de formación de Burgos, y, efectivamente, si usted entra en internet y pone su nombre, pone "CIF extinguido", o sea, no existe, pero es que el problema es que... no es que no exista, es que ha pasado de estar registrada en un registro mercantil de ámbito regional, y ha pasado a ampliar su actuación al ámbito nacional y, por lo tanto, está en un registro distinto, que es un registro nacional, lo cual no implica que haya dejado de existir. Ha ampliado su ámbito de actuación.

Otra... bueno, y hace referencia usted al Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes, que ha cedido instalaciones de una manera irregular. Nosotros lo que nos consta en... en el expediente es que la escuela de... de hostelería, la escuela municipal de hostelería de este ayuntamiento, de la que es titular el ayuntamiento, ha cedido sus instalaciones a una entidad de formación. Me da igual a qué entidad, de qué color político es. Nosotros, y todos los técnicos de formación del ECYL, cuando visan un expediente, no... entre la documentación que se pide no está la de qué partido político es el titular de esa entidad de formación. Y lo... lo que pedimos para la cesión de instalaciones es un documento que acredite... una declaración responsable que acredite que se van a ceder las mismas. Y, en este caso, como era una escuela municipal, esa cesión del ayuntamiento ha venido firmada por el alcalde. Es lo que visan los técnicos de formación y creo que es conforme a derecho y conforme con la legalidad vigente.

Bien. Por último, yo creo... he intentado responder a múltiples preguntas, voy a referirme al tema de la subcontratación, que también es un tema que ha surgido en diferentes ocasiones y que me han reiterado. También aquí, por favor, tenemos que aplicar el rigor jurídico. Hablan a veces de subcontratación, de subrogación, de subrogación encubierta. Como he mencionado, y creo que por lo menos hemos intentado explicarlo bien, con la legislación en la mano, desde el año dos mil quince está prohibida la subcontratación en absolutamente todas las bases reguladoras del ECYL que regulan la formación para el empleo. Esto es consecuencia de cambios legislativos.

Como ya he dicho, la propia ley GUM, la Ley 30/2015, de formación para el empleo, ha modificado el concepto de beneficiario: ahora no son centros de formación, sino son entidades; y, además, que pueden estar inscritas en cualquier registro público; además, y reitero, la ley permite contratar personal docente y permite alquilar instalaciones. Y nosotros como beneficiario tenemos a la entidad de formación y lo único que le podemos exigir es que nos acredite disponibilidad de instalaciones en Castilla y León y no titularidad en Castilla y León, porque estaremos... estaríamos vulnerando la Ley de Garantía de Unidad de Mercado, y ya nos lo dijo la propia Comisión Nacional de Mercado de la... de la Competencia. Por lo tanto, prohibimos la subcontratación, permitimos la cesión de instalaciones.

¿Y cómo controlamos esto? Pues también en tres momentos: con carácter previo a la concesión, cuando grabamos las solicitamos, hacemos cruce de datos y comprobamos que todos los centros de formación que han cedido instalaciones, así como todas las entidades de formación, están debidamente homologados y acreditados; hacemos seguimiento de las acciones formativas, cuando visitamos las acciones formativas nuestros técnicos de formación verifican que la acción formativa se esté desarrollando en la instalación o centro de formación que había determinado la entidad de formación cuando solicitó la subvención, es decir, que se está impartiendo en las instalaciones indicadas en la solicitud de subvención previa; y cuando se justifica la subvención para proceder a la liquidación, se comprueba la adecuación de los gastos y los pagos, y se comprueba, por ejemplo, si se han imputado gastos de alquiler en las instalaciones que han sido cedidas. Y todo ello es fiscalizado por nuestras intervenciones delegadas.

Bien. Creo que he respondido a la mayoría de sus preguntas, o he intentado hacerlo. No sé si tienen alguna cosa más que añadir.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Muchas gracias, señora gerente. Tras su contestación, tienen derecho a un turno de réplica los grupos parlamentarios. Por el Grupo Parlamentario de Ciudadanos, por un tiempo máximo de cinco minutos, el procurador don Juan Pablo Izquierdo tiene la palabra.


EL SEÑOR IZQUIERDO FERNÁNDEZ:

Muchas gracias, presidenta. Y muchas gracias, reitero, a las explicaciones dadas por la gerente del ECYL, más que nada a las aclaraciones a las cuestiones planteadas por nuestro grupo, que creo que, por mi parte, han quedado bien resueltas o bien aclaradas.

Sí que hacer mención un poco, y continuando con la primera intervención, me ha llamado la... la atención a un comentario que se ha realizado en la Comisión de hoy de quién genera y revisa las bases reguladoras. Creo que la he entendido que la elaboran según procedimientos establecidos, donde participan técnicos de la Consejería, y que cuenta con el consenso de los agentes sociales y económicos.

Y esto también a relación a un informe, que está publicado en la Consejería de Transparencia, a petición de la Inspección General de Servicios, de la documentación presentada a la Consejería de Transparencia, ta, ta..., en relación a muchos de los temas que estamos tratando aquí. Y voy a leer, o me van a permitir leer, el... un punto de las conclusiones, es un... que dice que se debería revisar la participación de los agentes sociales en el proceso de elaboración de las bases reguladoras de los procedimientos de subvención vinculadas a la formación, orientación e inserción profesional, cuando aquellos participen como solicitantes directamente a través de sus entidades de formación vinculadas. Esto es, como le digo, un informe que está publicado en una página web, que está abierta a todo el mundo, del once de diciembre, y que está realizado por el Servicio Público de Empleo que usted dirige. Creo que es un tema que... que es importante saberlo y que estamos de acuerdo con esa de las conclusiones planteadas.

Y, por otro lado, quería hacerle también un comentario, que ha comentado usted de... nos ha comentado de una manera jurídica y técnicamente muy bien planteada que hay uno de los procedimientos, del cambio estatal, del cambio de una regulación estatal, que es lo que ha llevado al cambio de valoración de ese tema de... para los concesionarios de las subvenciones, en el tema de cambios de entidades de formación o centros de formación.

Pues, no sé, sí que, desde mi punto de vista, ahora que –y si... me van a permitir el comentario-, lamentablemente, quien está dirigiendo el país es el grupo... el grupo del Partido Socialista, pues creo que tiene en la mano, si no les gusta esta legislación, que tiene en la mano el poder hacer los cambios si así lo consideran oportuno. Y así, no sé, creo que se podría trabajar de una manera más para construir y no para destruir.

Y me sumo a comentarios que ha dicho el portavoz del Partido Popular en su intervención. Es muy fácil que... con la facilidad con la que el Grupo Socialista, y creo que estará conmigo, tiene esa facilidad de acusar y... a un grupo de empresas, y hablando de que se benefician, de un entramado. Cuando está el tema judicializado, vuelvo a reiterar que desde nuestro grupo total respeto a las investigaciones, en las deliberaciones de la Justicia. Y, sobre todo, que cuando se... se plantean las acusaciones tan libremente y, desde nuestro punto de vista, muchas veces sin un fundamento tan probado, pues, llegado el punto en el que se... después de las... las deliberaciones y sentencias judiciales se puede llegar a demostrar lo contrario, si llega ese caso, pues sí que nos gustaría escuchar las disculpas, o no, por parte del grupo que acusa tan... tan libremente.

No digo con esto, y ya para finalizar, no quiero decir con esto que... que sean todos los casos... estén todos los casos limpios o no limpios. O sea, yo creo que usted bien ha explicado los procedimientos que están siguiendo. La Justicia está estudiando cada uno de ellos. Pero que, según se puede llegar a entender, pues, la legalidad, la interpretación, para eso está la Justicia y libremente cada ciudadano puede... puede ir a la Justicia, para estos diferentes criterios o valoraciones, pues que la Justicia diga quién o no tiene la razón. Pero sí que me parece que el tema de acusar tan libremente pues debería estar un poco... un poco de respeto y meditado. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra, por un tiempo máximo de cinco minutos, el señor procurador don Pedro Pascual Muñoz.


EL SEÑOR PASCUAL MUÑOZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Reiterar mi agradecimiento por su comparecencia y explicaciones. Y, simplemente, subrayar una vez más la importancia de los agentes sociales, en este caso, en la incorporación o reincorporación de trabajadores desempleados al mundo laboral, a través de políticas activas de empleo. Como ya he dicho, la participación de los agentes sociales, en este sentido, me parece adecuada, pero siempre y cuando sea una de forma transparente, pues creo que su labor es mediar por el bienestar de todas esas personas.

En provincias como la mía, en la que una gran parte de la población reside en zonas rurales, las políticas activas de empleo juegan un papel muy importante en la sociedad. Tenemos a mucha gente que se dedica a la agricultura y a la ganadería, y, en muchos casos, dependen de este tipo de ayudas para seguir desarrollando su actividad. De ahí que el desarrollo de estos procesos tenga que ser transparente.

Lo mismo sucede con los cursos de formación, tanto para desempleados como para mejorar o mantener los puestos de trabajo. En estos casos, tiene que primar el procedimiento de concurrencia competitiva. Y a la... y a la hora de otorgar subvenciones, creo que no se debe acotar tanto el perfil de las personas que puedan ser contratadas mediante los programas de empleo de la Junta, pues hay muchos municipios, especialmente los de menos de 1.000 habitantes, donde no hay opciones, no hay gente que reúna esos requisitos para poder acceder a esas ayudas.

Además de la transparencia, pediría que las convocatorias se adaptasen realmente a las personas y a los municipios a los que se dirigen, para que todos tengamos acceso en igualdad de condiciones.

Por lo demás, entiendo que todos los procesos de los que hoy se ha hablado aquí están en manos de la Justicia, y es ella la que tiene que pronunciarse al respecto. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra, por un tiempo máximo de cinco minutos, el procurador don José Alberto Castro Cañibano.


EL SEÑOR CASTRO CAÑIBANO:

Muchas gracias, presidenta. Señora Sigüenza, yo le agradezco el detalle, el rigor y la profesionalidad con la que ha dicho... que ha hecho una descripción sucinta de los hechos. Luego caben las opiniones, y las opiniones son todas respetables, pero la actitud sectaria del Partido Socialista -si me lo permite, aunque va en contra del Reglamento- da un paso más hacia... hacia el infinito.

¿Cómo usted, señor Reglero, se atreve usted a calificar...? [Murmullos]. Por acusaciones directas. Las acusaciones han tenido nombres y apellidos, señora presidenta. Han tenido acusaciones directas, con nombres y apellidos... [murmullos] ...


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Disculpen. Silencio. [Murmullos].


EL SEÑOR CASTRO CAÑIBANO:

Se ha dirigido a mí con el grado de conocimiento de una empresa, ha hecho acusaciones graves con el grado de conocimiento de una empresa, y creo que tengo derecho a contestarle, señor letrado. [Murmullos]. Ha dicho que sin duda conoce... que sin duda conoce el portavoz...


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Disculpen. Comenta el señor letrado que tiene que debatir con la señora compareciente. Lo siento.


EL SEÑOR CASTRO CAÑIBANO:

De acuerdo. Señora gerente, no... usted estará de acuerdo conmigo en que el simple grado de conocimiento no exige que ninguna... ningún funcionario dicte una resolución a beneficio. Y con el simple hecho, con el simple hecho de renunciar a un curso no se considera que es un delito, usted lo ha dicho perfectamente. Ni se puede penalizar el hecho de que no se haga o se imparta un curso. Y menos, yo creo que no existe ni un solo funcionario, ni un responsable político del ECYL, que se le pregunte a un empresario a quién vota. Cuando aquí nos limitamos a escuchar acusaciones de otros portavoces que realmente, que realmente están diciendo a quién votan o si se han presentado en alguna lista del Partido Popular, o de cualquier otro partido.

Yo creo que en todo el procedimiento de ejecución que por parte de la Junta de Castilla y León ha tenido a la hora de resolver una... a nadie se le ha preguntado a quién vota. Y me consta que se ha adjudicado cursos, me consta que se han adjudicado contratos de la Junta de Castilla y León a... a manifestantes y militantes y algunos cargos públicos del Partido Socialista, y nosotros no somos sectarios como son otros partidos. Eso se demuestra en las declaraciones que ha hecho usted.

Usted ha hablado de rigor y otros hablan de la confusión. Si va a dar igual lo que usted diga; da igual lo que digan los ámbitos judiciales de la Junta de Castilla y León; da igual lo que digan los letrados; da igual. La verdad es una, pero los hechos y la confusión que hacen constantemente otros partidos políticos nos demuestran que están a la irrealidad.

Dice usted exactamente lo mismo que dijo el consejero. El consejero hasta en dos Plenos consecutivos ha intentado trasladar la realidad. La realidad es una realidad jurídica y lo que usted ha dicho y ha denominado como rigor jurídico. Yo por eso extiendo la mano a seguir trabajando en positivo, no está todo por hacer. En el ámbito de los desempleados, y así lo ha dicho también el propio portavoz del Grupo Mixto, queda mucho por hacer, hay que adaptarse a una realidad muy variable, una realidad que es muy complicada, y, sobre todo, hay que trabajar –usted lo ha dicho- con la esperanza de los desempleados.

Mire, los programas mixtos, por conocimiento, hacen una labor que no solamente les permite aprender un oficio, sino que les da esperanzas y les abre el abanico y la posibilidad de buscar un trabajo no en lo que están dando, sino en otras facetas. Eso es la sorpresa y la inserción que se produce, porque una persona, un desempleado, que recibe una formación lo saca de su casa y lo saca de ese núcleo tan desesperado de no buscar un puesto de trabajo, a veces simplemente con recibir una buena orientación, el cómo enfrentarse a una entrevista laboral, el cómo presentar un currículum, el cómo tener una actitud positiva hacen que puedan encontrar un puesto de trabajo.

Por eso, desde el Grupo Popular lo que le invitamos a que sigamos trabajando en base al diálogo. Lo importante, las... el diálogo social no determina cómo se hacen las bases, pero sí que determina el parecer que tienen los agentes sociales, que son también y forman parte del mercado laboral, y lo que también tiene que hacer la Administración a través también del propio observatorio, que nos tiene que permitir hacia donde tenemos que ir en el ámbito del mercado laboral.

Yo hago mías las palabras del portavoz de... del Grupo Ciudadanos. Solicito al resto de portavoces y solicito al portavoz del Partido Socialista que pida disculpas, que deje de ensuciar, ensuciar, el honor de muchas personas y solicito que se retire, cuando se habla con nombres y apellidos, con nombres y apellidos de empresas, con nombres y apellidos, que no han cometido ningún delito, solicito que se quite del orden del día. Gracias. Y del acta de sesiones. Gracias.

Y digo... y pido que si existe una sola moción y opinión o se nombre a un... a un parlamentario se deje contestar, porque voy a pedir que se revise el acta y voy a pedir que el letrado analice el por qué se puede dirigir a mí y que no me deje contestar; lo voy a pedir por escrito y solicito es... si se... si establece el Reglamento que si se pregunta con nombre, se pregunta a un letrado, se pregunta o se alude a un parlamentario, pueda contestar. Muchas gracias, señora presidenta.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra, por un tiempo máximo de cinco minutos, el señor procurador don Pedro Luis González Reglero.


EL SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO:

Sí, gracias. Había que aprenderse un poco el Reglamento, porque si no pues decimos... [murmullos] ... las barbaridades que decimos. Yo a... yo a usted no le he interrumpido en ningún momento. Por lo tanto, le ruego, ya que no le llama la atención la presidenta, que haga el favor de callarse la boca. Ya está. Esa es la cosa.

Gracias, señora gerente, por las explicaciones que ha dado. ¿Lamentablemente dirige el país Pedro Sánchez? No, democráticamente. Digo por si alguno no lo ha entendido también todavía. Mire, quería hacerla una serie de preguntas. Yo no he acusado aquí a nadie. He dicho en mi última intervención, se lo digo a usted señora gerente, que el respeto a la Justicia es total y que la Justicia pondrá a cada uno en su sitio, pero que a este grupo, independientemente, y tenemos la libertad para opinar -yo creo que es legítimo, es la vida política en sí-, nos llama la atención sobremanera que haya una concentración de muchas de las subvenciones en determinadas empresas, y yo se lo he dicho personalmente a los empresarios de estas empresas. Y no podemos obviar ni podemos negar, porque está en el Boletín Oficial, que han sido cargos del Partido Popular. Es que es tan evidente como eso. Y el que no lo quiera ver... pues claro, es que no lo entiende.

Mire, referente al... a uno de los procesos judiciales que usted decía, me gustaría que me contestase –si se callan la boca- por qué no se ha presentado la Junta como parte perjudicada también. Ha dicho, o que la he querido entender, en uno de los procesos que no se han personado ustedes en... en eso, y me gustaría que me preguntase.

Referente a otro de los juicios penales, me gustaría que me dijese también si hay funcionarios implicados y, de ser así, si van a tomar algún tipo de medida preventiva; o ya las han tomado, señora gerente. Me gustaría que me contentase también... contestase también.

En cuanto a lo que decía... en cuanto a lo que decía la... sobre el... el centro de aquí, de Valladolid, mire, señora gerente, yo tengo aquí en mi poder, yo no creo... usted hablaba de rigor técnico; yo no... no sé si dar el nombre o no, diré, el secretario general... [murmullos] ... -si se callan la boca pues es mejor- el secretario general, jefe de la Sección de Control de Obras y Actividades del Ayuntamiento de Valladolid -que será un técnico, imagino, tan bueno, igual, que el... cualquiera de los técnicos que fuera del ayuntamiento-, dice en una de las comunicaciones: advertir al interesado de la empresa esa -es representado por esa persona- la imposibilidad del ejercicio de actividad. Eso lo dice el... el informe técnico, o sea, no me lo invento yo, ¿eh?, créame que... Yo si quiere luego se lo paso, y será... tendrá tanto rigor como... como el de ustedes.

En cuanto a la Inspección General de Servicios, no me ha dicho nada, no me ha contestado, que qué la parece que esté en poder de esa persona el informe. Yo la verdad es que me ha llamado sobremanera la atención, pero, bueno, usted sabrá.

No me ha dicho tampoco nada qué opina de que el secretario general de la UGT haya dicho que las bases reguladoras solo cumplían una entidad de las más de 1.200. Yo no sé si es correcto o no es correcto. Si usted considera una discriminación positiva, en base a lo que usted ha manifestado, que según esas bases reguladoras dejan prácticamente sin ninguna opción a los centros provinciales. Y luego hablamos de despoblación, que yo no sé qué la parecerá a usted o no.

En cuanto a las necesidades formativas, siempre son las mismas. Yo llevo aquí un tiempo y la verdad es que... además aquí ha comparecido el presidente del... del CES, actual consejero, y era una de las reivindicaciones, que las necesidades formativas siempre han sido las mismas. ¿Será por eso por lo que se devuelven los... los fondos, señora gerente?

Por lo tanto, hablaba también... en el que dice que no tenían margen porque había habido una transferencia finalista del Estado, que no tenían margen. Corríjame si no es así, señora gerente, ¿se ha resuelvo algunas bases reguladoras en esta Comunidad, noviembre, diciembre, bases del propio ECYL? ¿Años anteriores? Sí. Muy avanzado el año ya. Noviembre o diciembre se han resuelto las bases, con lo cual no habían... no había tampoco margen de... de maniobra.

Sobre el centro de Burgos, que decía usted, yo... que yo no he hablado de Aprosola, yo he hablado de la Escuela Castellana de Hostelería, no Aprosola, Escuela Castellana de Hostelería, donde dice en el Registro Mercantil que esa sociedad está extinguida. Yo no he dicho en ningún momento Aprosola.

Decía que no podían penalizar en negativo –ustedes también- porque los servicios jurídicos... -me ha parecido entenderla- la pregunta que la lanzo: ¿usted tiene conocimiento de si en otras Comunidades Autónomas se penaliza en negativo? Yo tengo conocimiento, y es que sí, sí que se penaliza. La... yo la pediría, si me permite este pequeño consejo, muy modestamente, que revise igual las bases de otras Comunidades Autónomas, pero sí que se penalizan en negativo, hasta donde yo conozco. Si estoy equivocado me lo dice y rectifico mis palabras, no tengo absolutamente ningún problema.

Sobre lo de la baja ejecución. Hombre, yo no creo que usted pondrá en duda los... los datos de la Cuenta General. Dice que hay muchos factores y que influyen en... no digo que pongan en duda los datos que yo le aporto aquí –hablaba de los años anteriores-, es que son todos los años los que se están... hay cantidades no ejecutadas, según la Cuenta General. Ahora, igual la Cuenta General tiene que sacar: no, de los cursos de formación no se devuelve nada, se ejecuta todo. Desde luego, yo me atengo a lo que dice la Cuenta General y estos datos, ya digo, que creo que no sean mentira. Por lo tanto, usted ha dicho en una... momento de su intervención que sí que se devuelven fondos, que sí que hay devolución de fondos. Yo no sé en qué porcentaje o en qué no porcentaje, pero sí que hablaba de una devolución de fondos. Por lo tanto, me gustaría que eso también me lo quedase manifiestamente claro.

Y lo último, que yo no sé si la llama... ¡ah, sí! Sobre el tema de la cesión que hablaba también antes de... del... del local este de Valladolid, yo no sé si ha habido algún tipo de riesgo...


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Señor González Reglero, disculpe, pero tiene que ir acabando, ¿eh?


EL SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO:

(Acabo, acabo, acabo. Si me da el mismo tiempo que ha dado...). ... yo no sé si ha analizado usted el riesgo que podía haber habido de en cuanto a la accesibilidad de ese centro en concreto, por la... el informe técnico de los técnicos municipales de Valladolid, si ha podido... si ha podido haber algún riesgo para los desempleados que asistían a los cursos de formación. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Muchas gracias. Tras el turno de los portavoces, la señora gerente tiene la palabra para lo que usted desee. Gracias.


LA GERENTE DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑORA SIGÜENZA VÁZQUEZ):

Bien. A ver. Bueno, en primer lugar, quería referirme al tema de la... de los territorios. Efectivamente, como me han... como me ha puesto de manifiesto el... el procurador de A por Ávila, tenemos que tener en cuenta la idiosincrasia y las necesidades de cada uno de los territorios. En todas nuestras programaciones así... así se hace, se tienen en cuenta los municipios en nuestro Plan de Empleo Local, se... se está trabajando en esta estrategia de empleo local, y me consta que se está trabajando en un programa territorial de fomento por Ávila en el que el... el ECYL participará en aquello... en todo aquellos que se nos solicite, como participamos en cerca de 27 planes. Entonces, este le añadiremos a... a nuestras actuaciones y, por supuesto, pues se estudiarán las necesidades formativas de la zona, además de lanzar pues nuevas líneas de subvención, como pueden ser formación específica en sectores estratégicos, que son muy interesantes para... para su territorio, como son la automoción, la industria agroalimentaria, se estudiarán y se... y se elaborarán actuaciones que seguro que son beneficiosas para ese territorio, porque es evidente que tienen una tasa de paro superior a la media de Castilla y León y que hay que... y que hay que actuar.

En cuanto a la falta de personación, me decía, del procedimiento, que por qué la Junta no se ha personado. Simplemente porque no es el momento procesal oportuno. O sea, es un tema de legislación procedimental. Estamos en fase de diligencias previas. Simplemente, se ha presentado la demanda, se nos ha solicitado documentación, y en el momento procesal oportuno, por supuesto, si se llega a abrir juicio, porque estamos en fase preliminar, la Junta se personará.

Reiteramos el centro de la calle San Juan de Dios. Como le he dicho, nosotros hemos cumplido con la normativa vigente en el momento de homologar el centro. Basta con la comunicación para el inicio de actividad. Posteriormente la Administración competente, que es la Administración municipal, el Ayuntamiento de... de Valladolid, puede requerir cualquier tipo de subsanación a la entidad correspondiente. Como... como ha dicho, en contra prácticamente de mis principios y de mi voluntad, porque yo considero que nos tienen que notificar, la propia Administración municipal nos tiene que notificar, o la entidad de formación nos tiene que notificar si hay alguna irregularidad, y no debiéramos o no hubiéramos tenido la necesidad de personarnos, porque nuestro expediente administrativo está correcto y el ayuntamiento en ningún momento nos ha notificado ninguna irregularidad, ni ha cerrado el centro, porque hemos ido a visitar cursos y se están realizando acciones formativas.

Si hubiera habido una irregularidad grave, el ayuntamiento hubiera cerrado, hubiera decretado el cierre. Nos hemos interesado por el expediente en el ayuntamiento, y lo único que nos han comunicado es que se ha trasladado una irregularidad, una mera formalidad, que consiste en que, dado que el edificio tiene una única entrada, y en ese edificio están dos entidades de formación, que presenten una única comunicación de inicio de actividad, porque se había presentado dos, una por cada entidad formativa. Es lo que nos consta.

Y, en todo caso, si hubiera alguna irregularidad grave que no permite el ejercicio de acciones de formación allí, sería el propio ayuntamiento, la Administración municipal competente la que debiera cerrar el centro y clausurar el edificio, cosa que, hasta el momento, no ha hecho.

En cuanto... bueno, me pone de manifiesto que por qué tienen el informe de la Inspección de Servicios no sé qué empresa, porque ni me... ni me interesa. Pregúnteselo a la empresa. Como comprenderá, yo no se lo he trasladado. Mi Servicio Público de Empleo no ha trasladado fuera de los cauces oficiales nada. Entonces, bueno, pues pregúnteselo al que tenga en posesión ese informe de dónde lo ha podido... le ha podido sacar.

En cuanto al tema de la Escuela Castellana de Hostelería famosa, efectivamente, también ahí se ha producido un cambio jurídico, pero que tiene... todo tiene su explicación. A ver, la entidad de formación Aprosola tiene tres centros de formación adscritos, uno de ellos es la Escuela Castellana de Hostelería Logo. Esa... esa escuela, anteriormente, era un centro de formación con personalidad jurídica propia, era una sociedad limitada, cuando los centros de formación podían concurrir por sí solos, como ya he intentado explicar.

Ahora no puede concurrir a subvenciones, ha perdido su personalidad jurídica porque ha sido absorbido por la entidad de formación Aprosola. Eso no significa que no exista, la instalación está ahí, mantiene el mismo número de censo como centro de formación, y perfectamente puede... puede actuar. ¿Qué ha ocurrido? Que, además, ha dejado de ser una sociedad, pero ha mantenido el nombre, por una cuestión publicitaria, si ya era una escuela que funcionaba y que tenía un nombre conocido, "Escuela de Hostelería Logo", pues lo ha mantenido. Ha quitado la coletilla de "S. L.", ha dejado de ser una S. L. y ha pasado a ser de titularidad de la entidad Aprosola. Eso no es una irregularidad jurídica, es perfectamente válido.

Por último, creo que ya no me queda nada más que añadir, ha... bueno, ha dicho que si hemos adoptado medidas cautelares, medidas preventivas con respecto a los funcionarios o personas que están implicadas en una fase de diligencias previas, que todavía ni siquiera se ha abierto un juicio. No podemos remover de su puesto a funcionarios, que, además, han accedido a su puesto por concurso, mientras no haya una resolución firme o un expediente disciplinario cerrado. En estos momentos no hay ningún expediente disciplinario ni siquiera abierto, y ninguna resolución judicial firme.

Quiero, además, poner de manifiesto que en relación al responsable, por ejemplo, de formación de la Gerencia Provincial de Valladolid es un gran profesional, un buen compañero, está pasando por un momento personal muy delicado y le deseo de corazón que lo... que sea superado. Y, por favor, no hagamos juicios paralelos, no... respetemos la presunción de inocencia. Prudencia y máximo respeto, porque ahora mismo no hay ninguna resolución judicial firme, y estamos hablando de funcionarios con nombres y apellidos. En concreto, este funcionario nunca ha sido recusado de ninguna comisión de valoración. Todas las convocatorias de subvenciones, en el propio Boletín Oficial de Castilla y León se establece cuál va a ser la composición de las comisiones de valoración. Formalmente no se ha presentado en ningún momento una recusación al mismo.

Ahora mismo no hay ninguna comisión de valoración abierta. Cuando se inicien, confiamos en que los procedimientos que están abiertos ya estén resueltos y podamos adoptar las medidas correspondientes en atención a lo que digan las resoluciones... las resoluciones judiciales.

Bueno, quiero terminar mi intervención con una breve reflexión: desde que he tomado posesión de mi cargo, en el que estoy por mi perfil técnico y no por estar adscrita a ningún partido político, le he dedicado más tiempo a hacer informes, contrainformes, datos y más datos de lo que se ha hecho en el pasado, y no nos dejan tiempo para pensar y planificar en el futuro. Por eso, por ello, les ruego más rigor jurídico en todas las acusaciones que se lanzan, antes de generar ruido y confusión, pues están dañando la imagen del Servicio Público de Empleo y minando la moral de los empleados públicos. Sería muy positivo para todos respetar la presunción de inocencia, esperar las resoluciones judiciales y mirar hacia adelante y no quedarnos estancados en el pasado. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA NEGRETE SANTAMARÍA):

Muchísimas gracias, señora gerente. Terminado el turno, no sé si alguno del resto de procuradores presentes quiere formular alguna pregunta o... ¿Algún procurador? Pues, si no es así, se cierra la sesión. Muchísimas gracias por haber venido a dar respuesta a todas las preguntas.

[Se levanta la sesión a las trece horas cinco minutos].


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