DS(C) nº 130/1 del 27/2/1986









Orden del Día:




1. Elaboración del Dictamen del Proyecto de Ley de la Reserva Nacional de Caza de las Lagunas de Villafáfila.


Sumario:






 **  Se inicia la sesión a las once horas veinte minutos.

 **  El Presidente, Sr. García Machado, abre la sesión.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 1 del Proyecto de Ley de la Reserva Nacional de Caza de las Lagunas de Villafáfila.

Es aprobado por asentimiento.

Pag. 4350

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 2 del Proyecto de Ley. Es aprobado por asentimiento.

 **  Intervención del Procurador Sr. Seisdedos Robles (Grupo Popular), para defensa de su Enmienda número 2 al artículo 3 del Proyecto.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Bruña Holguín (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Seisdedos Robles (Grupo Popular).

 **  En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Bruña Holguín (Grupo Socialista).

 **  Para fijar posiciones, interviene el Procurador Sr. Alonso Rodríguez (Grupo Mixto).

 **  El Presidente, Sr. García Machado, somete a votación la Enmienda debatida. Es aprobada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 3 con la incorporación de la Enmienda aprobada. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 4 y anejo del Proyecto de Ley. Es aprobado por asentimiento.

 **  El Sr. Presidente somete a votación la Disposición Transitoria, Disposiciones Finales y Exposición de Motivos. Son aprobados por asentimiento.

 **  El Sr. Presidente levanta la sesión.

 **  Se levantó la sesión a las once horas cuarenta minutos.




Texto:

(Se inicia la sesión a las once horas veinte minutos).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA MACHADO):

Buenos días. Se abre la sesión. Vamos a empezar por la votación del artículo 1.º del Proyecto de Ley de creación de la Reserva Nacional de Caza de las Lagunas de Villafáfila. Como quiera que al mismo no hay ninguna enmienda, por parte de distintos Grupos, lo vamos a someter a votación, que si no hay inconvenientes se puede hacer por unanimidad. ¿Hay algún voto en contra?... Por asentimiento, perdón, se aprueba.

Artículo 2.º En las mismas condiciones que el primero, si a Sus Señorías les parece, se vota por asentimiento también.

En cuanto al artículo 3.º, la Enmienda número 2 del señor Seisdedos Robles del Grupo

Pag. 4351

Parlamentario Popular, tiene un turno a favor de cinco minutos para defenderla.


EL SEÑOR SEISDEDOS ROBLES:

Gracias, señor Presidente. En primer lugar, queremos hacer constar nuestra satisfacción por crear por medio de Ley, aunque es obligado de acuerdo con los decretos que regulan las reservas nacionales de caza, crear esta Reserva Nacional de Caza de las Lagunas de Villafáfila, que abarca una gran zona, pues son treinta y dos mil seiscientas setenta y dos las hectáreas, y comprende once Municipios. O sea, que estimamos que es un acierto el crear la Reserva, pues se trata de un lugar de acogida de la avifauna emigradora, aves acuáticas y una de las mayores reservas mundiales de avutardas; ya solamente por esta última causa creemos que sería muy interesante o que es muy interesante el crear la Reserva Nacional de Caza. La finalidad, como saben todas Sus Señorías, pues, es proteger, promover, fomentar y conservar la avifauna silvestre.

El Proyecto de Ley enviado por la Junta a estas Cortes es producto o resumen de dos Decretos: el Decreto de nueve de agosto del setenta y cuatro y el Real Decreto de veintiséis de enero del setenta y nueve, por el que se aprueba y se modifican los artículos..., o la filosofía que deben tener las reservas nacionales de caza. Este proyecto enviado, pues, en parte ha cumplido con esta legislación, pero en parte, como ya veremos más adelante, se ha desviado bastante.

Teniendo en cuenta estos Decretos hemos puesto dos Enmiendas: una referida a los ingresos que deben de tener los propietarios, que ha sido admitida en Ponencia, la Ley, el Proyecto de Ley hablaba de un sesenta y cinco por ciento de los ingresos netos de actividades cinegéticas, nosotros proponíamos setenta y cinco y así ha sido aprobado, ya que consideramos que los propietarios se van a ver favorecidos..., más favorablemente con esto que nosotros hemos propuesto y que el Grupo Socialista ha admitido.

En cuanto a la segunda Enmienda se refiere al artículo 3, en el punto 7, el punto 2.7, en el que el proyecto de Ley habla de crear la Junta Consultiva para colaborar en la gestión de Reserva, pero no dice nada más. Entonces, si nosotros analizamos los dos Decretos de la Administración Central, sobre todo el último Decreto, Real Decreto de nueve de agosto, allí nos dicen que las reservas de caza que se creen..., deberá crearse una Junta Consultiva, o sea, todas las reservas de caza que se creen tendrán una Junta Consultiva, y en esta Junta Consultiva estarán representados, como vocales: un representante de las Diputaciones, un representante de las Cámaras, delegaciones provinciales, etcétera, etcétera. Bien, pues, como el proyecto de Ley no nos dice nada, entonces, sí nos lleva a la Disposición Transitoria, que no dice que mientras no se establezca reglamento propio de esta Reserva se aplicarán estos Decretos que ya hemos mencionado anteriormente y asimismo el Decreto por el que se crea la Junta Consultiva en la Región Castellano-Leonesa. En estas Juntas Consultivas, como hemos dicho anteriormente, se ha eliminado a las Diputaciones Provinciales. Entonces, nosotros estimamos que por imperativo legal tienen que estar las Diputaciones Provinciales, pero no solamente por estos motivos legales, sino por motivos también que..., podríamos llamar económicos o egoístas, puesto que hay un Decreto, hay un Decreto, me parece que es del catorce de mayo del ochenta y dos sobre actuación del ICONA en las zonas de influencia socio-económica, en las cuales el ICONA se compromete a invertir en infraestructura municipal de todo tipo en estas áreas donde se declaren zonas de reserva. Entonces, lógicamente, en este campo..., además en este Decreto nos dice que el ICONA deberá colaborar y coordinar con los Organismos Locales, con las Corporaciones Locales. Entonces, yo creo que

Pag. 4352

también, una forma hasta egoísta, es interesante que estén las Diputaciones, puesto que pueden invertir bastante dinero en crear esta infraestructura en estas zonas de caza. O sea, que por todos estos motivos considero que las representaciones deben estar, las Diputaciones deben estar representadas en estas Juntas Consultivas, porque sería muy interesante y necesario para la buena marcha de estas reservas nacionales. Nada más. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA MACHADO):

Gracias, señor Seisdedos. Para un turno en contra, tiene la palabra el señor Bruña Holguín, por el Grupo Socialista.


EL SEÑOR BRUÑA HOLGUIN:

Sí, señor Presidente, señores Procuradores. Para mí también es una gran satisfacción, ya que el treinta de octubre del ochenta y cuatro yo presenté una pregunta con relación a ver si se iba a constituir la reserva de las salinas de Villafáfila y es una gran ilusión que esa pregunta, esa inquietud que existía, pues, haya llevado a producir la Ley para regularizar la situación en la cual se encuentra una zona, donde se pueden proteger unas especies que son necesarias para la fauna y para la ecología y a la vez no perjudicar a los propietarios y a los pueblos afectados. Entonces, yo creo que es, primeramente, reconocer la satisfacción que creo que tenemos, que compartimos todos, porque es algo que es solucionar una situación un poco irregular que se encontraba ahí y que a la vez no pueda perjudicar, sino que pueda ser beneficiosa lo mismo para los Ayuntamientos que para los vecinos de la zona, máxime siendo vecino de una zona muy limítrofe a ella.

Y después pasaría un poco a analizar las dos Enmiendas que había presentadas, una que ha sido admitida en Ponencia, que ha sido admitida porque en cierta manera la Ley también lo recoge, porque decía no solamente el sesenta y cinco por ciento, sino como mínimo y también ahora dice el setenta y cinco como mínimo, o sea, que como mínimo lo que va a revertir de la caja en los propietarios va a ser el setenta y cinco por ciento, no esa cantidad fija, de ahí en adelante; creo que eso es interesante y cuando es algo que puede ser positivo, pues, no hubo inconveniente ninguno en admitirlo en la Ponencia.

Después pasaría un poco a analizar la segunda Enmienda que es la que se mantiene. Las referencias que se hacen es un poco..., yo quería empezar analizando que en estos momentos la competencia la tiene la Junta de Castilla y León y la tiene la Comunidad. Aquí se argumentan Decretos de la Administración Central; yo creo que lo que tenemos que tener en cuenta es el desarrollo de las Juntas de Caza, debe estar con arreglo a la normativa que se delimite dentro de la Comunidad Autónoma. Los decretos que se hacen referencia son anteriores al que tiene la Junta de Castilla y León que es del año ochenta y cinco, en el decreto número 152, de veintitrés de mayo, donde regula cómo deben estar constituidas las Junta de Caza y regula todas las Juntas de Caza de la Región en las cuales tiene competencias la Comunidad Autónoma. Entonces, primeramente, consideramos que no es conveniente de que haya distinciones, de que la representatividad de una Junta sea distinta dentro de la Comunidad, que sean para todas las Juntas de Caza de la Comunidad la misma representatividad.

Pero hay otro tema bastante importante y que debe analizarse y es que en el Decreto que se hace un poco énfasis de veintiséis de enero, que modifica el Decreto número 2.612 del año setenta y cuatro de nueve de agosto, se recogen en cuanto a la representatividad dos miembros de Ayuntamientos y uno de la Diputación, mientras que en el Decreto de la Junta se recogen tres miembros de los Ayuntamientos. ¿El

Pag. 4353

por qué puede estar una cosa o no? Yo considero que los Ayuntamientos deben tener la autonomía que deben de tener, cada institución debe tener la suya, la reserva nacional es una cosa que afecta a todo el Estado, que afecta a toda la Comunidad, no sólo a la provincia o los núcleos donde estén. Entonces la representatividad dentro de la Junta depende de los prejuicios que pueda ocasionar y los perjuicios los puede ocasionar solamente a los Municipios afectados o a los ciudadanos de estos Municipios. Entonces, por eso es por lo que no admitimos esta Enmienda, por no contradecir que en cada reserva de la Comunidad haya una composición distinta, ya que hay un decreto, cuando ese decreto se renueve puede salir otra composición distinta, pero además es que no creo que merman la representatividad de los entes territoriales, porque ya en vez de dos representantes, como dice el Decreto de la Administración Central, de los Ayuntamientos y uno de la Diputación el Decreto de la Junta de Castilla y León dice que deben de ser tres representantes de los Ayuntamientos. Entonces por eso consideramos que no cae en detrimento de la representatividad de los entes afectados, que para mí los entes afectados son..., la Diputación puede tener su responsabilidad o no y si fuera una reserva que cogiera varias provincias podría ser la representatividad, tanto como los Ayuntamientos..., podría ser que la Diputación tuviera algo que decir, pero para evitar el hacer distinciones de unas reservas a otras consideramos que como la Disposición Transitoria lo dice, hace referencia a que mientras tanto no se cree la Junta debe estar de acuerdo con el decreto de la Administración Central y con lo referente al Decreto de la Junta de Castilla y León, entonces, para que no haya contradicciones de que una reserva tenga una composición en las Juntas de Caza y otras otra es por lo que consideramos que no podemos admitir esta Enmienda. Nada más, muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA MACHADO):

Señor Seisdedos Robles, para réplica.


EL SEÑOR SEISDEDOS ROBLES:

Señor Presidente, Señorías. Para que no hubiera contradicción con el Decreto por el que se regulan las Juntas de Castilla y León, nos dice el Portavoz del Grupo Socialista que por eso no deben de ir las representaciones de las Diputaciones, pero es que tampoco, entonces, se está de acuerdo con los Decretos anteriores de la Administración Central, porque también se dice en la Disposición Transitoria que este..., hasta tanto no se establezca el Reglamento propio de esta Reserva serán de aplicación estos Decretos y en estos Decretos sí que viene la representación de las Diputaciones Provinciales.

También hay que darse cuenta que lo que vamos ahora vamos a aprobar, o que se aprobará en su día, es una Ley y en esa Ley se puede modificar y se puede hacer cualquier cosa, aunque los Decretos anteriores realizados por la Junta pongan otra cosa distinta. Por eso sería interesante que en esta Ley se pusiera la representación de las Diputaciones además de la representación de los Municipios, propietarios, Administración Autonómica, Sociedad de Cazadores, etcétera, etcétera, de la zona afectada, y después sería muy fácil el cambiar, por medio de otro decreto, estas Juntas Consultivas, que yo creo que no hay ningún motivo para cargarse las Diputaciones Provinciales, sobre todo en reservas nacionales de caza en las cuales el organismo provincial, pues, tiene algo que decir. Y sobre todo también teniendo en cuenta lo que yo manifestaba anteriormente: que en estas zonas hay que invertir mucho dinero, para que el propietario se sienta un poco afectado con todas las normas que se legislen y las Diputaciones puedan aportar bastantes cantidades para mejorar la infraestructura no sólo de la fauna, sino también la infraestructura municipal que redunde en beneficio de los habitantes de estas zonas, de estas comarcas. Nada más.

Pag. 4354


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA MACHADO):

Para dúplica, el señor Bruña Holguín tiene la palabra.


EL SEÑOR BRUÑA HOLGUIN:

Bueno. Aquí no es que se quieran quitar las Diputaciones. Lo único es que consideramos que la constitución de las Reservas es cuestión reglamentaria que debe hacer la Comunidad Autónoma. Entonces, el Decreto de la Administración Central vincula a las reservas que dependen de la Administración Central, los Decretos de la Junta vincularán a las reservas dentro de la Comunidad. Entonces, no tenemos por qué ajustarnos a los decretos que vengan de la Administración central, sino a los decretos que ese creen dentro de nuestras propias instituciones, porque creo que sería..., entonces, nos podrían achacar de que estamos haciendo lo que la Administración, como muchas veces se nos ataca en esta Cámara, de que el Grupo Socialista y la Junta de Castilla y León están haciendo lo que la Administración Central dice. El Decreto de la Junta es posterior y recoge la inquietud que hay dentro de la Comunidad; eso no quiere decir que las inversiones puedan hacerse o no puedan hacerse porque esté un órgano representado en ellas o no, porque las Diputaciones tienen sus obligaciones de invertir en infraestructura, no porque sean núcleos de reserva nacional de caza o no lo sean, es otra cuestión distinta. Lo que se delimita dentro de las Comisiones de las Reservas Nacionales son los fondos que la Comunidad va a destinar a esas reservas y esas Juntas van a distribuir esos fondos, no otros fondos que vengan de otro sitio. Entonces, lo que no se puede es querer formar discrepancias de algo que..., si quieren invertir las Diputaciones pueden hacerlo, que los Ayuntamientos van a tener su representatividad y que el dinero lo va a invertir la Junta de Castilla y León, la Comunidad Autónoma, en sus reservas, no va a haber otra institución que lo invierta, porque para poderlo invertir tendría que firmar sus convenios y en esos convenios tendría una representatividad unas instituciones y otras al firmar esos convenios. Nada más, muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA MACHADO):

Gracias, señor Bruña. Para fijar posiciones tiene la palabra el Portavoz del Grupo Mixto.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

No quiero alegar nada. Mi expresión será mi voto.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA MACHADO):

Se somete a votación la Enmienda número 2 presentada por el señor Seisdedos Robles al artículo 3 de esta Ley. Votos a favor. Votos en contra. Abstenciones. Se aprueba por voto ponderado...


EL SEÑOR LETRADO (SEÑOR DE MARIA PEÑA):

No, son: votos a favor, doce. En contra, cinco... Queda aprobada la Enmienda.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA MACHADO):

Queda aprobada la Enmienda.


EL SEÑOR LETRADO (SEÑOR DE MARIA PEÑA):

(Intervención sin micrófono).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA MACHADO):

Sí, efectivamente. Aprobada, sí.

Pasamos a votación del artículo 3 del Informe de la Ponencia tal y como ha quedado después de la votación de la Enmienda. Votos a favor del artículo 3. Votos en contra. Abstenciones. Se aprueba el artículo 3.

Pasamos a votación el artículo 4 y Anejo. Votos a favor... Perdón, se hace por asentimiento...,

Pag. 4355

sí, efectivamente.

Pasamos a votación la Disposición Transitoria, Disposiciones Finales y Exposición de Motivos. ¿Por asentimiento, también?...

Pues, nada más, Señorías, se levanta la sesión.

(Se levantó la sesión a las once horas cuarenta minutos?.


DS(C) nº 130/1 del 27/2/1986

CVE="DSCOM-01-000130"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
I Legislatura
Comisión de Agricultura, Ganadería y Montes
DS(C) nº 130/1 del 27/2/1986
CVE: DSCOM-01-000130

DS(C) nº 130/1 del 27/2/1986. Comisión de Agricultura, Ganadería y Montes
Sesión Celebrada el día 27 de febrero de 1986, en FUENSALDAÑA
Bajo la Presidencia de: Gerardo Garcia Machado
Pags. 4349-4356

ORDEN DEL DÍA:

1. Elaboración del Dictamen del Proyecto de Ley de la Reserva Nacional de Caza de las Lagunas de Villafáfila.

SUMARIO:

 **  Se inicia la sesión a las once horas veinte minutos.

 **  El Presidente, Sr. García Machado, abre la sesión.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 1 del Proyecto de Ley de la Reserva Nacional de Caza de las Lagunas de Villafáfila.

Es aprobado por asentimiento.

Pag. 4350

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 2 del Proyecto de Ley. Es aprobado por asentimiento.

 **  Intervención del Procurador Sr. Seisdedos Robles (Grupo Popular), para defensa de su Enmienda número 2 al artículo 3 del Proyecto.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Bruña Holguín (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Seisdedos Robles (Grupo Popular).

 **  En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Bruña Holguín (Grupo Socialista).

 **  Para fijar posiciones, interviene el Procurador Sr. Alonso Rodríguez (Grupo Mixto).

 **  El Presidente, Sr. García Machado, somete a votación la Enmienda debatida. Es aprobada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 3 con la incorporación de la Enmienda aprobada. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 4 y anejo del Proyecto de Ley. Es aprobado por asentimiento.

 **  El Sr. Presidente somete a votación la Disposición Transitoria, Disposiciones Finales y Exposición de Motivos. Son aprobados por asentimiento.

 **  El Sr. Presidente levanta la sesión.

 **  Se levantó la sesión a las once horas cuarenta minutos.

TEXTO:

(Se inicia la sesión a las once horas veinte minutos).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA MACHADO):

Buenos días. Se abre la sesión. Vamos a empezar por la votación del artículo 1.º del Proyecto de Ley de creación de la Reserva Nacional de Caza de las Lagunas de Villafáfila. Como quiera que al mismo no hay ninguna enmienda, por parte de distintos Grupos, lo vamos a someter a votación, que si no hay inconvenientes se puede hacer por unanimidad. ¿Hay algún voto en contra?... Por asentimiento, perdón, se aprueba.

Artículo 2.º En las mismas condiciones que el primero, si a Sus Señorías les parece, se vota por asentimiento también.

En cuanto al artículo 3.º, la Enmienda número 2 del señor Seisdedos Robles del Grupo

Pag. 4351

Parlamentario Popular, tiene un turno a favor de cinco minutos para defenderla.


EL SEÑOR SEISDEDOS ROBLES:

Gracias, señor Presidente. En primer lugar, queremos hacer constar nuestra satisfacción por crear por medio de Ley, aunque es obligado de acuerdo con los decretos que regulan las reservas nacionales de caza, crear esta Reserva Nacional de Caza de las Lagunas de Villafáfila, que abarca una gran zona, pues son treinta y dos mil seiscientas setenta y dos las hectáreas, y comprende once Municipios. O sea, que estimamos que es un acierto el crear la Reserva, pues se trata de un lugar de acogida de la avifauna emigradora, aves acuáticas y una de las mayores reservas mundiales de avutardas; ya solamente por esta última causa creemos que sería muy interesante o que es muy interesante el crear la Reserva Nacional de Caza. La finalidad, como saben todas Sus Señorías, pues, es proteger, promover, fomentar y conservar la avifauna silvestre.

El Proyecto de Ley enviado por la Junta a estas Cortes es producto o resumen de dos Decretos: el Decreto de nueve de agosto del setenta y cuatro y el Real Decreto de veintiséis de enero del setenta y nueve, por el que se aprueba y se modifican los artículos..., o la filosofía que deben tener las reservas nacionales de caza. Este proyecto enviado, pues, en parte ha cumplido con esta legislación, pero en parte, como ya veremos más adelante, se ha desviado bastante.

Teniendo en cuenta estos Decretos hemos puesto dos Enmiendas: una referida a los ingresos que deben de tener los propietarios, que ha sido admitida en Ponencia, la Ley, el Proyecto de Ley hablaba de un sesenta y cinco por ciento de los ingresos netos de actividades cinegéticas, nosotros proponíamos setenta y cinco y así ha sido aprobado, ya que consideramos que los propietarios se van a ver favorecidos..., más favorablemente con esto que nosotros hemos propuesto y que el Grupo Socialista ha admitido.

En cuanto a la segunda Enmienda se refiere al artículo 3, en el punto 7, el punto 2.7, en el que el proyecto de Ley habla de crear la Junta Consultiva para colaborar en la gestión de Reserva, pero no dice nada más. Entonces, si nosotros analizamos los dos Decretos de la Administración Central, sobre todo el último Decreto, Real Decreto de nueve de agosto, allí nos dicen que las reservas de caza que se creen..., deberá crearse una Junta Consultiva, o sea, todas las reservas de caza que se creen tendrán una Junta Consultiva, y en esta Junta Consultiva estarán representados, como vocales: un representante de las Diputaciones, un representante de las Cámaras, delegaciones provinciales, etcétera, etcétera. Bien, pues, como el proyecto de Ley no nos dice nada, entonces, sí nos lleva a la Disposición Transitoria, que no dice que mientras no se establezca reglamento propio de esta Reserva se aplicarán estos Decretos que ya hemos mencionado anteriormente y asimismo el Decreto por el que se crea la Junta Consultiva en la Región Castellano-Leonesa. En estas Juntas Consultivas, como hemos dicho anteriormente, se ha eliminado a las Diputaciones Provinciales. Entonces, nosotros estimamos que por imperativo legal tienen que estar las Diputaciones Provinciales, pero no solamente por estos motivos legales, sino por motivos también que..., podríamos llamar económicos o egoístas, puesto que hay un Decreto, hay un Decreto, me parece que es del catorce de mayo del ochenta y dos sobre actuación del ICONA en las zonas de influencia socio-económica, en las cuales el ICONA se compromete a invertir en infraestructura municipal de todo tipo en estas áreas donde se declaren zonas de reserva. Entonces, lógicamente, en este campo..., además en este Decreto nos dice que el ICONA deberá colaborar y coordinar con los Organismos Locales, con las Corporaciones Locales. Entonces, yo creo que

Pag. 4352

también, una forma hasta egoísta, es interesante que estén las Diputaciones, puesto que pueden invertir bastante dinero en crear esta infraestructura en estas zonas de caza. O sea, que por todos estos motivos considero que las representaciones deben estar, las Diputaciones deben estar representadas en estas Juntas Consultivas, porque sería muy interesante y necesario para la buena marcha de estas reservas nacionales. Nada más. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA MACHADO):

Gracias, señor Seisdedos. Para un turno en contra, tiene la palabra el señor Bruña Holguín, por el Grupo Socialista.


EL SEÑOR BRUÑA HOLGUIN:

Sí, señor Presidente, señores Procuradores. Para mí también es una gran satisfacción, ya que el treinta de octubre del ochenta y cuatro yo presenté una pregunta con relación a ver si se iba a constituir la reserva de las salinas de Villafáfila y es una gran ilusión que esa pregunta, esa inquietud que existía, pues, haya llevado a producir la Ley para regularizar la situación en la cual se encuentra una zona, donde se pueden proteger unas especies que son necesarias para la fauna y para la ecología y a la vez no perjudicar a los propietarios y a los pueblos afectados. Entonces, yo creo que es, primeramente, reconocer la satisfacción que creo que tenemos, que compartimos todos, porque es algo que es solucionar una situación un poco irregular que se encontraba ahí y que a la vez no pueda perjudicar, sino que pueda ser beneficiosa lo mismo para los Ayuntamientos que para los vecinos de la zona, máxime siendo vecino de una zona muy limítrofe a ella.

Y después pasaría un poco a analizar las dos Enmiendas que había presentadas, una que ha sido admitida en Ponencia, que ha sido admitida porque en cierta manera la Ley también lo recoge, porque decía no solamente el sesenta y cinco por ciento, sino como mínimo y también ahora dice el setenta y cinco como mínimo, o sea, que como mínimo lo que va a revertir de la caja en los propietarios va a ser el setenta y cinco por ciento, no esa cantidad fija, de ahí en adelante; creo que eso es interesante y cuando es algo que puede ser positivo, pues, no hubo inconveniente ninguno en admitirlo en la Ponencia.

Después pasaría un poco a analizar la segunda Enmienda que es la que se mantiene. Las referencias que se hacen es un poco..., yo quería empezar analizando que en estos momentos la competencia la tiene la Junta de Castilla y León y la tiene la Comunidad. Aquí se argumentan Decretos de la Administración Central; yo creo que lo que tenemos que tener en cuenta es el desarrollo de las Juntas de Caza, debe estar con arreglo a la normativa que se delimite dentro de la Comunidad Autónoma. Los decretos que se hacen referencia son anteriores al que tiene la Junta de Castilla y León que es del año ochenta y cinco, en el decreto número 152, de veintitrés de mayo, donde regula cómo deben estar constituidas las Junta de Caza y regula todas las Juntas de Caza de la Región en las cuales tiene competencias la Comunidad Autónoma. Entonces, primeramente, consideramos que no es conveniente de que haya distinciones, de que la representatividad de una Junta sea distinta dentro de la Comunidad, que sean para todas las Juntas de Caza de la Comunidad la misma representatividad.

Pero hay otro tema bastante importante y que debe analizarse y es que en el Decreto que se hace un poco énfasis de veintiséis de enero, que modifica el Decreto número 2.612 del año setenta y cuatro de nueve de agosto, se recogen en cuanto a la representatividad dos miembros de Ayuntamientos y uno de la Diputación, mientras que en el Decreto de la Junta se recogen tres miembros de los Ayuntamientos. ¿El

Pag. 4353

por qué puede estar una cosa o no? Yo considero que los Ayuntamientos deben tener la autonomía que deben de tener, cada institución debe tener la suya, la reserva nacional es una cosa que afecta a todo el Estado, que afecta a toda la Comunidad, no sólo a la provincia o los núcleos donde estén. Entonces la representatividad dentro de la Junta depende de los prejuicios que pueda ocasionar y los perjuicios los puede ocasionar solamente a los Municipios afectados o a los ciudadanos de estos Municipios. Entonces, por eso es por lo que no admitimos esta Enmienda, por no contradecir que en cada reserva de la Comunidad haya una composición distinta, ya que hay un decreto, cuando ese decreto se renueve puede salir otra composición distinta, pero además es que no creo que merman la representatividad de los entes territoriales, porque ya en vez de dos representantes, como dice el Decreto de la Administración Central, de los Ayuntamientos y uno de la Diputación el Decreto de la Junta de Castilla y León dice que deben de ser tres representantes de los Ayuntamientos. Entonces por eso consideramos que no cae en detrimento de la representatividad de los entes afectados, que para mí los entes afectados son..., la Diputación puede tener su responsabilidad o no y si fuera una reserva que cogiera varias provincias podría ser la representatividad, tanto como los Ayuntamientos..., podría ser que la Diputación tuviera algo que decir, pero para evitar el hacer distinciones de unas reservas a otras consideramos que como la Disposición Transitoria lo dice, hace referencia a que mientras tanto no se cree la Junta debe estar de acuerdo con el decreto de la Administración Central y con lo referente al Decreto de la Junta de Castilla y León, entonces, para que no haya contradicciones de que una reserva tenga una composición en las Juntas de Caza y otras otra es por lo que consideramos que no podemos admitir esta Enmienda. Nada más, muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA MACHADO):

Señor Seisdedos Robles, para réplica.


EL SEÑOR SEISDEDOS ROBLES:

Señor Presidente, Señorías. Para que no hubiera contradicción con el Decreto por el que se regulan las Juntas de Castilla y León, nos dice el Portavoz del Grupo Socialista que por eso no deben de ir las representaciones de las Diputaciones, pero es que tampoco, entonces, se está de acuerdo con los Decretos anteriores de la Administración Central, porque también se dice en la Disposición Transitoria que este..., hasta tanto no se establezca el Reglamento propio de esta Reserva serán de aplicación estos Decretos y en estos Decretos sí que viene la representación de las Diputaciones Provinciales.

También hay que darse cuenta que lo que vamos ahora vamos a aprobar, o que se aprobará en su día, es una Ley y en esa Ley se puede modificar y se puede hacer cualquier cosa, aunque los Decretos anteriores realizados por la Junta pongan otra cosa distinta. Por eso sería interesante que en esta Ley se pusiera la representación de las Diputaciones además de la representación de los Municipios, propietarios, Administración Autonómica, Sociedad de Cazadores, etcétera, etcétera, de la zona afectada, y después sería muy fácil el cambiar, por medio de otro decreto, estas Juntas Consultivas, que yo creo que no hay ningún motivo para cargarse las Diputaciones Provinciales, sobre todo en reservas nacionales de caza en las cuales el organismo provincial, pues, tiene algo que decir. Y sobre todo también teniendo en cuenta lo que yo manifestaba anteriormente: que en estas zonas hay que invertir mucho dinero, para que el propietario se sienta un poco afectado con todas las normas que se legislen y las Diputaciones puedan aportar bastantes cantidades para mejorar la infraestructura no sólo de la fauna, sino también la infraestructura municipal que redunde en beneficio de los habitantes de estas zonas, de estas comarcas. Nada más.

Pag. 4354


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA MACHADO):

Para dúplica, el señor Bruña Holguín tiene la palabra.


EL SEÑOR BRUÑA HOLGUIN:

Bueno. Aquí no es que se quieran quitar las Diputaciones. Lo único es que consideramos que la constitución de las Reservas es cuestión reglamentaria que debe hacer la Comunidad Autónoma. Entonces, el Decreto de la Administración Central vincula a las reservas que dependen de la Administración Central, los Decretos de la Junta vincularán a las reservas dentro de la Comunidad. Entonces, no tenemos por qué ajustarnos a los decretos que vengan de la Administración central, sino a los decretos que ese creen dentro de nuestras propias instituciones, porque creo que sería..., entonces, nos podrían achacar de que estamos haciendo lo que la Administración, como muchas veces se nos ataca en esta Cámara, de que el Grupo Socialista y la Junta de Castilla y León están haciendo lo que la Administración Central dice. El Decreto de la Junta es posterior y recoge la inquietud que hay dentro de la Comunidad; eso no quiere decir que las inversiones puedan hacerse o no puedan hacerse porque esté un órgano representado en ellas o no, porque las Diputaciones tienen sus obligaciones de invertir en infraestructura, no porque sean núcleos de reserva nacional de caza o no lo sean, es otra cuestión distinta. Lo que se delimita dentro de las Comisiones de las Reservas Nacionales son los fondos que la Comunidad va a destinar a esas reservas y esas Juntas van a distribuir esos fondos, no otros fondos que vengan de otro sitio. Entonces, lo que no se puede es querer formar discrepancias de algo que..., si quieren invertir las Diputaciones pueden hacerlo, que los Ayuntamientos van a tener su representatividad y que el dinero lo va a invertir la Junta de Castilla y León, la Comunidad Autónoma, en sus reservas, no va a haber otra institución que lo invierta, porque para poderlo invertir tendría que firmar sus convenios y en esos convenios tendría una representatividad unas instituciones y otras al firmar esos convenios. Nada más, muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA MACHADO):

Gracias, señor Bruña. Para fijar posiciones tiene la palabra el Portavoz del Grupo Mixto.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

No quiero alegar nada. Mi expresión será mi voto.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA MACHADO):

Se somete a votación la Enmienda número 2 presentada por el señor Seisdedos Robles al artículo 3 de esta Ley. Votos a favor. Votos en contra. Abstenciones. Se aprueba por voto ponderado...


EL SEÑOR LETRADO (SEÑOR DE MARIA PEÑA):

No, son: votos a favor, doce. En contra, cinco... Queda aprobada la Enmienda.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA MACHADO):

Queda aprobada la Enmienda.


EL SEÑOR LETRADO (SEÑOR DE MARIA PEÑA):

(Intervención sin micrófono).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR GARCIA MACHADO):

Sí, efectivamente. Aprobada, sí.

Pasamos a votación del artículo 3 del Informe de la Ponencia tal y como ha quedado después de la votación de la Enmienda. Votos a favor del artículo 3. Votos en contra. Abstenciones. Se aprueba el artículo 3.

Pasamos a votación el artículo 4 y Anejo. Votos a favor... Perdón, se hace por asentimiento...,

Pag. 4355

sí, efectivamente.

Pasamos a votación la Disposición Transitoria, Disposiciones Finales y Exposición de Motivos. ¿Por asentimiento, también?...

Pues, nada más, Señorías, se levanta la sesión.

(Se levantó la sesión a las once horas cuarenta minutos?.


CVE="DSCOM-01-000130"



Sede de las Cortes de Castilla y León