DS(C) nº 212/1 del 23/3/1987









Orden del Día:




1. Ratificación de la designación de los Ponentes para elaborar el Informe del Proyecto de Ley Electoral de Castilla y León.

2. Elaboración del Dictamen del Proyecto de Ley Electoral de Castilla y León.


Sumario:






 **  Se inicia la sesión a las once horas veinte minutos.

 **  El Presidente, Sr. Alonso Almodóvar, abre la sesión.

 **  El Secretario, Sr. García Cantalejo, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 **  El Presidente, Sr. Alonso Almodóvar, somete a ratificación de la Comisión la designación de los Ponentes. Son ratificados.

 **  El Secretario, Sr. García Cantalejo, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 **  Debate y votación del Dictamen de la Comisión del Proyecto de Ley Electoral de Castilla y León. En el debate intervienen los Procuradores Sres. Alonso Rodríguez, Montoya Ramos, Hernández Hernández, y De Fernando Alonso (Grupo Mixto), Quijano González (Grupo Socialista), Olea Losa y Nieto Noya (Grupo Popular). Durante el debate, interviene el Letrado, Sr. Matía Portilla, para asesorar a la Comisión.

 **  El Presidente, Sr. Alonso Almodóvar, levanta la sesión.

 **  Se levantó la sesión a las trece horas cuarenta minutos.

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Texto:

(Se inició la sesión a las once horas veinte minutos).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Buenos días, señores Procuradores. Se abre la sesión.

Antes de entrar en el Orden del Día, debo manifestarles que se han comunicado a esta Presidencia las siguientes sustituciones: en el Grupo Parlamentario Popular, Don Ricardo Saborit sustituye a Don Victoriano Simón Ricart. Y en el Grupo Mixto, Don Daniel De Fernando sustituye a Don José Manuel Hernández.

Por el señor Secretario se va a proceder a dar lectura al primer punto del Orden del Día.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR GARCIA CANTALEJO):

Primer punto del Orden del Día: "Ratificación de la designación de los Ponentes para elaborar el informe del Proyecto de Ley Electoral de Castilla y León".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Los Grupos Parlamentarios designaron Ponentes para informar el Proyecto de Ley Electoral de Castilla y León a los señores Procuradores miembros de esta Comisión: Don Jesús Quijano González, Don Francisco Javier Vela Santamaría, Don José Nieto Noya, Don Serafín Olea Losa y Don José Manuel Hernández Hernández.

¿Se ratifica por asentimiento esta designación? Queda ratificada, por asentimiento.

Por el señor Secretario se procederá a dar lectura al segundo punto del Orden del Día.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR GARCIA CANTALEJO):

Segundo punto del Orden del Día: "Elaboración del Dictamen del Proyecto de Ley Electoral de Castilla y León".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Comenzamos el Dictamen del Proyecto de Ley de Castilla y León.

Al artículo 1. No se han presentado enmiendas. ¿Se aprueba por asentimiento? Aprobado.

El artículo 2. Enmienda número 1 del señor Alonso Rodríguez. ¿Al no estar presente, decae?

Señor Alonso Rodríguez tiene la palabra para defender la enmienda número 1 al artículo 2.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

El Boletín Oficial del Estado dice los requisitos que necesita una persona para concurrir a las elecciones. Creo que es absurdo recalcar y poner más obstáculos de los que pone ya el Boletín Oficial del Estado para concurrir a las elecciones generales.

Yo, en este momento..., perdonen, pero estaba un poco distraído..., son electores del régimen electoral general, entonces, suprimir todos, todos los otros requisitos que pone, ponemos nosotros en el Boletín, porque ya lo dice bien claro el Boletín Oficial del Estado en las Disposiciones Generales para concurrir a unas elecciones generales. Entonces, poner más obstáculos yo lo considero que es absurdo.

Eso es por lo que yo quería suprimir las frases esas posteriores que hay. De todas formas voy a mirarlo.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

: ¿Ha terminado señor Alonso?


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Sí, sí, sí.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Sí, gracias. ¿Para consumir un turno en contra? Sí, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí. Solamente para decirle al señor Procurador que me sospecho que no tiene la idea muy clara de lo que, de lo que se regula ahí. El artículo traduce y reproduce el Estatuto de Autonomía en ese sentido, porque está, esta Ley está regulando las elecciones a las Cortes de Castilla y León.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Sí, sí, ya, ahora lo veo. Sí.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

No las elecciones a las Cortes Generales, que es lo que regula ese Boletín Oficial del Estado, me parece, que ha tomado de referencia.

La exigencia de la condición política de castellano-leonés para votar en las elecciones regionales es evidente, y supongo que más para un partido nacionalista.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Sí, bien, pero ya, eso es lo que... yo..., gracias al Portavoz del Grupo Socialista, pero es que en estos momentos no estaba asentado y no lo había visto.

El tema mío era..., porque estar inscrito en el censo electoral de Castilla y León, que habrá muchos candidatos de los partidos nacionales que concurran que no estén inscritos en el censo electoral de Castilla y León, con lo cual se plantea el problema de que no se pueden presentar. Aquí hay el caso del nuevo candidato para la, para el Gobierno de la Comunidad por el Partido, por el Grupo Popular, que no es un hombre que está inscrito en el censo electoral de Castilla y León, a no ser que falsifique..., falsifique, quiero decir, que se inscriba rápidamente, es decir, que él está inscrito en Chamberi, en Madrid, hace cosa de dos meses, es decir, que si ahora lo han inscrito en Valladolid o en Avila, si se aprueba esta Ley, en este momento, y no falsifica la posibilidad de venirse a inscribir, aunque no viva, es un fraude electoral. Es decir, yo el problema era que..., subsanar y dar posibilidades a una persona que viva en Madrid, o en Barcelona, o en Buenos Aires, que se pueda presentar, porque se lo permite la Ley Electoral Nacional. Una persona que esté inscrita en Barcelona se puede presentar

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candidato por Madrid, con lo cual si aquí ya ponemos que tiene que estar inscrito en el censo electoral de Castilla y León, quiere decir que tiene que estar inscrito en una provincia de Castilla y León, con lo cual una persona que está inscrita en el censo electoral de fuera de la Comunidad no puede ser candidato de nuestra Comunidad. Es decir que..., para el partido mío no hay problema, porque lo obliga estatutariamente el programa nuestro electoral, y el programa de los Estatutos, estar inscrito en una Comunidad, entonces, yo lo digo por los partidos mayoritarios que les obliguen a poner candidatos de fuera de la Comunidad. Si se aprueba esto no se le permitirá presentarse. Es decir, yo el caso..., y ejemplo palpable es el candidato a la Presidencia por el Grupo Popular, que hace tres meses no estaba inscrito y estaba inscrito en un censo electoral de Madrid. Nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

: ¿Dúplica del Grupo Socialista?


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí, sí. Sin perjuicio de que el Grupo Popular luego conteste al fondo de la cuestión, que eso no es cosa mía.

Pero sólo volverle a aclarar al señor Procurador que si era ese problema el que quería arreglar, lo tenía que haber arreglado en el artículo 3 que no ha enmendado. Porque aquí se está regulando la condición de elector, no de elegible. Aquí se está regulando quién puede votar, no quién puede ser candidato, que no tiene nada que ver.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Yo me permitiría, me permitiría..., sí, perdón, me permitiría decir al señor Alonso Rodríguez que los Grupos Paralmentarios no tienen candidatos, los candidatos son de los partidos políticos, que pueden integrar en un momento dado los Grupos Parlamentarios.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Se sobreentiende ¿no?, se sobreentiende.


EL SEÑOR OLEA LOSA:

Unicamente manifestar que se está tratando en el Capítulo I, artículo 2 de quiénes son electores, no quiénes son candidatos y, por tanto, se está refiriendo a unas elecciones dentro de la Comunidad de castellanos-leoneses, y, por tanto, creemos que este último párrafo aclara perfectamente el contenido de este artículo. Nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias. El Grupo Mixto.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Sí. Yo sólo decir que pido disculpas por mí, a lo mejor, llevarme, dejarme llevar, pero para mí es triste que una persona que no puede ser elector, votar en Castilla y León, sea candidato en Castilla-León. Nada más era esa filosofía.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Se somete..., ¿el Grupo Mixto? Se somete a votación la enmienda del señor Alonso Rodríguez. Votos a favor. Votos en contra. Abstenciones. Queda rechazada con ningún voto a favor, trece votos en contra y una abstención.

Votamos, entonces, el artículo 2 tal como está en el Dictamen de la Ponencia. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda aprobado.

En el Grupo Mixto, reintegrado don José Manuel Hernández, sustituye como Portavoz a don Daniel De Fernando, que venía desempeñándolo hasta estos momentos.

Artículo 3. La Enmienda número 1 presentada por el Grupo Parlamentario Popular fue incorporada por la Ponencia al texto del informe. No queda...


EL SEÑOR ...:

(Intervención sin micrófono).

Enmienda técnica de adición se presenta en estos momentos a la Mesa.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

: ¿Quiere proceder el señor Letrado a su lectura?


EL SEÑOR LETRADO (SEÑOR MATIA PORTILLA):

Se presenta, por los Portavoces de los Grupos, una enmienda técnica, de adición al artículo 3, que dice lo siguiente..., es la inclusión en el párrafo primero del artículo, que quedaría de la siguiente forma: "Son elegibles los ciudadanos que poseyendo la cualidad de electores, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 7.2 de la Ley General Electoral, no se encuentren incursos en alguna de las causas de inelegilibilidad previstas en las disposiciones comunes de la legislación reguladora del régimen electoral general".

Se trata, por tanto, de la adición del inciso "y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 7.2 de la Ley General Electoral".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias. Para defender esta enmienda ¿turno a favor?


EL SEÑOR OLEA LOSA:

No se trata de defenderla, es decir, si estamos de acuerdo o no en incorporarla...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Sí, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí. Por nuestra parte no hay, no hay ningún inconveniente, porque, efectivamente, es una enmienda estrictamente técnica. La verdad es que para nosotros el tema estaba ya resuelto de antemano, porque el artículo 7.2 de la Ley Electoral General, como todo el primer bloque de esos artículos, es de aplicación general a todas las Comunidades Autónomas en su legislación electoral, son, en definitiva, las bases electorales del sistema general. O sea, que se hubiera aplicado de todos modos. No obstante, como es exclusivamente una mención técnica, si sirve, pues, para clarificar y no tener que andar recurriendo a otros criterios de aplicación de la Ley Electoral que hubieran

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dado el mismo resultado, no tenemos ningún inconveniente en aceptarlo.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias. El Grupo Mixto, ¿desea hacer alguna manifestación?... No. Entonces, por asentimiento, queda aprobada esta enmienda técnica de adición que se incorpora al texto del artículo.

Votamos, entonces, el artículo 3, con la inclusión, naturalmente, de la enmienda aprobada. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda aprobado, por unanimidad.

Los artículos 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13 no se han presentado enmiendas. Procedemos a votar separadamente cada uno de ellos, pero por asentimiento de la Comisión, si no hay inconveniente.

Votación del artículo 4, por asentimiento. Artículo 5, se aprueba por asentimiento. Artículo 6. Artículo 7. Artículo 8. Artículo 9. Artículo 10. Artículo 11. Artículo 12. Y artículo 13. Aprobados por asentimiento.

En el artículo 14, la enmienda número 2, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, fue incorporada por la Ponencia al texto de su informe. No queda ninguna otra enmienda, por lo que propongo que se apruebe el artículo 14, también, por asentimiento.

Igualmente, los artículos 15, 16, 17 y 18, no existe ninguna enmienda, por lo que podemos aprobar por asentimiento. Artículo 15. Artículo 16. Artículo 17. Artículo 18. Quedan aprobados.

Artículo 19. La enmienda número 3, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, fue incorporada por la Ponencia también al texto de su informe. Por tanto, podemos aprobar igualmente este artículo 19, por asentimiento. ¿Alguna objeción? Queda aprobado por asentimiento.

Artículo 20. La enmienda número 4 del Grupo Parlamentario Popular fue incorporada por la Ponencia al texto de su informe. En consecuencia, la enmienda número 2 del Grupo Parlamentario Socialista fue retirada. Queda en esta enmienda, en este artículo, perdón, una enmienda del señor Montoya. ¿Desea mantener el señor Montoya su enmienda?


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

No. Como básicamente ha sido recogido el criterio que yo sustentaba en esta enmienda, aunque los números sean diferentes, yo la doy por válida y retiro la enmienda mía.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias, señor Montoya. En ese caso, otra enmienda también del Grupo Parlamentario Popular, la número 5, fue incorporada al texto, por lo que, al retirarla el señor Montoya la suya, no queda ninguna otra y, en consecuecia, propongo la aprobación del artículo 20 por asentimiento. Queda aprobado.

Igualmente, en los artículos 21 y 22 no existe ninguna enmienda, por lo pueden quedar aprobados por asentimiento. Artículo 21. Artículo 22. Muchas gracias.

Artículo 23. Enmiendas números 2, 12 y 11 del señor Montoya Ramos. Propongo al señor Montoya la defensa y votación de las enmiendas acumuladas de este artículo. Tiene la palabra el señor Montoya, para defender sus enmiendas.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Sí. El sentido de mi enmienda, o de la primera enmienda, es que no se nombrara antes al representante de la candidatura, antes de la presentación de las mismas. Entonces, yo proponía que se haga en el momento de la presentación de las candidaturas, porque, bueno, puede haber una decisión que un candidato que..., o unos candidatos que piensan presentarse y toma la decisión posteriormente, entonces, se encontrarían con que no se había, había sido nombrado el representante de las candidaturas. En ese sentido, parece que tiene que ser previa la decisión de nombrar el candidato de las candidaturas. Yo proponía que se pospusiera el momento que las candidaturas son presentadas, que es cuando de verdad necesitan tener un representante. Este es el sentido de la enmienda primera, número 2.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Perdón. ¿Va, se pueden defender acumuladas las tres? o sólo, ¿desea defender cada una independientemente y votar por separado?


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

En el fondo las otras son, son derivadas de ésta.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Por eso, precisamente ahí está...


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Tal vez sería preferible que se discutiera esta primero y si la desechan, las otras decaerían.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

De acuerdo. Muchas gracias... Sí, para turno en contra, el señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí. Fundamentalmente para aclarar el sentido del párrafo del Proyecto, en el artículo 23.1. La cuestión fue ampliamente debatida en Ponencia, porque, efectivamente, podría caber alguna mínima duda de correcta interpretación de qué es lo que se está queriendo regular. Pero si se tiene en cuenta, y ése fue el criterio que en la Ponencia predominó, si se tiene en cuenta que es que el párrafo primero lo que está regulando no es exactamente la representación de las candidaturas, sino la representación general de los partidos, federaciones, coaliciones que pretenden concurrir a las elecciones (tal como dice el artículo 23), porque si el problema que el señor Montoya plantea es, exactamente, el de quién va a concurrir sin que previamente haya podido designar un representante, sólo se daría en el caso de agrupaciones de electores independientes, entiendo yo, y eso está regulado expresamente en

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el sentido que él dice, en el párrafo 5 de ese artículo 23. El supuesto general, que es la existencia previa de un partido o federación o coalición, que como tal persona jurídica designan un representante, que es luego el que representará a esa organización política a lo largo de todo el proceso, y de toda la tramitación electoral. Yo creo que, desde esa interpretación, que es la correcta entiendo y es, efectivamente, lo que sucede, y tal y como está regulado el tema en la legislación electoral general, pues, tiene, tiene sentido el conjunto del, el conjunto del artículo.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias. Para turno de réplica, señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Sí. Evidentemente, parece que sólo serían las agrupaciones de electores las que pueden tener el problema ese. Pero, bueno, yo no desecho, no desecho que haya un partido o una formación política, o incluso que se pueda constituir una coalición que pueda constituirse o pueda tomar la decisión de concurrir a las elecciones, pues, bueno, un tiempo antes, un tiempo que haya superado el de la necesidad de elegir representante. En ese caso, habría una paradoja: podrían concurrir a las elecciones, pero no se ha previsto, no podrían hacerlo porque no han nombrado representante, o no había representante de esa candidatura. A mí me parece que, por tanto, sería bueno posponerlo a que la candidaturas hayan sido presentadas, para que puedan tener el representante, aunque se posponga y sea en ese mismo momento, y a su vez se obligue que las candidaturas tengan que tener un representante.

Yo, en ese sentido, me parece que era mejor..., que era mejor eso, porque probablemente para algunos partidos, a lo mejor, pues, no les supone ningún problema nombrar al representante de la candidatura antes, pero incluso ésta puede olvidársele también, porque están pendientes más bien de la elección de los miembros de la candidatura y, bueno, no tiene por qué estar pendientes de que se han olvidado de nombrar el representante. En ese caso, pues, esa candidatura no tendría representante, o por no tener representante no se podría presentar la candidatura.

A mí me parece que el representante sólo tiene necesidad de existir cuando las candidaturas están presentadas. En ese sentido, me mantengo en mi criterio. Pero vamos, tampoco..., como creo que no voy a añadir muchos argumentos de peso más y estos son suficientes, y me gustaría, en todo caso, proceder a votar y nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

: ¿Dúplica del Grupo Socialista?


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí. Sólo por continuar con la aclaración. Hombre, yo creo que el plazo que hay previsto en el artículo 23, tanto en el párrafo 1 como en el párrafo 2, como luego en el párrafo 4 para otro trámite, bueno, yo creo que es prudentemente suficiente. Yo creo que si nueve días después de que ya están convocadas las elecciones no se ha formalizado, que parece que es el problema a que se refiere el señor Montoya, una determinada coalición para que pueda designar a su representante, pues, me parece, honradamente, que es que ya es tarde para formalizar esa coalición. En fin, yo creo que el plazo es suficientemente prudente, porque claro, por esa regla de tres, pues, llevando quizá un poco las cosas al máximo extremo, pues, habría que esperar hasta el mismo día de las elecciones, para ver si se llega al acuerdo de hacer una determinada coalición y poder todavía dar, dar vía libre a esa posibilidad.

Yo creo que el elector, y estas son normas de garantía para el elector indirectamente, con un plazo de tiempo suficiente a efectos de formar la voluntad política que expresará en su día en las urnas, pues, debe de tener, digamos, la visión del mapa político con una cierta antelación. Yo creo que eso es lógico, y es una garantía en..., la existencia de ese plazo en ese sentido.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias. Para fijación de posiciones, por el Grupo Popular.


EL SEÑOR OLEA LOSA:

Mantenemos la postura que tuvimos en Ponencia, teniendo en cuenta que una cosa es el representante general y otra es la candidatura, y que creemos que los plazos establecidos dentro de este Proyecto de Ley son suficientes.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias. ¿Desea intervenir el señor Hernández para fijar sus posiciones?


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ:

Sí. Yo también, igual que manifesté en la Ponencia, considero que la candidatura lo es en función del partido que la presenta y, por tanto, no me parece desatinado el que se nombre un representante a priori de la candidatura, y que las personas que luego concurran a ella acepten explícitamente a ese candidato. Por tanto, los plazos también me parecen correctos.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias. Sometemos a votación, por tanto, la enmienda del señor Montoya. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda rechazada.

A este mismo artículo, como decíamos, enmienda número 12 del señor Montoya Ramos. Tiene la palabra.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

No. La retiro, porque me parece que además, en el fondo, queda decaída, porque son derivadas de la anterior.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

La 11 del mismo artículo también...


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Igual. Sí, sí.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Igual. Queda decaída, ¿no? Por eso proponía inicialmente la votación acumuladas.

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En ese caso, al retirar las dos enmiendas que restaban, sometemos a votación el artículo 23 en su redacción actual. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda aprobado por unanimidad.

Artículos 24 y 25 no se han presentado enmiendas. Propongo la votación por asentimiento del artículo 24. Artículo 25. Quedan aprobados ambos por asentimiento.

Artículo 26. La Enmienda número 3, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, fue incorporada por la Ponencia al texto del informe. Existen varias enmiendas a este artículo. Enmienda número 10 del señor Montoya Ramos. Tiene la palabra.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Yo, en esta enmienda me parecía que era excesivo, o me parece que es excesivo exigir la presentación de tres candidatos suplentes. Me parece que debiera exigirse que estuviera, que la lista fuera completa por los números de candidatos que hay en cada provincia y nada más, en todo caso, que se permitiera elegir o se permitiera acompañar de tres candidatos suplentes cuando así se considerara oportuno por la respectiva candidatura. Pero me parece que era excesivo lo de exigir una obligación de tres candidatos suplentes más, es decir, que las listas tienen que estar completas y cerradas. Pues, yo creo que lo de completas y cerradas se entiende con el número de candidatos que hay en cada jurisdicción. De todas formas y como esta enmienda no ha sido aceptada por la Ponencia, y entiendo, pues, que éste era el criterio de los Grupos mayoritarios, o de todos los Grupos, pues, yo no voy a..., yo no voy a plantear más cuestiones en esta enmienda. Queda claro la filosofía en que se basa. A mí me parece que es, en cierta forma, ilegal exigir que una lista tenga más candidatos que los que tienen que ser elegibles, pero si la Ponencia no lo ha entendido así, yo procedo a retirar la enmienda.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

: ¿Retira la enmienda entiendo entonces?, señor Montoya, ¿no?

En ese caso, pasamos a la enmienda número 2 del señor Alonso Rodríguez. Tiene la palabra el señor Alonso.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

En primer lugar, tengo que dar las gracias al Portavoz Socialista, porque me aclaró un poco cuando yo estaba un poco confundido en las..., por entrar en tropel. Pero, sí tiene razón que yo no presenté enmiendas a la 3, porque al aprobar la anterior ya son elegibles los ciudadanos que poseían la cualidad de electores en Castilla y León, con lo cual los que no están inscritos en el censo electoral de Castilla y León no pueden ser elegibles, es decir, no pueden presentarse candidatos. Por ese motivo..., y con lo cual los candidatos que vengan de Madrid no pueden ser elegibles en otra Comunidad. Por eso no presenté la enmienda... Entonces..., gracias, por eso, por eso no presenté.

Entonces, en la parte anterior yo me, de esta pregunta, yo me contrarresto al régimen electoral general de las elecciones generales. Es decir, que especifica muy claro quiénes son los candidatos, cómo se presentan y cómo no se presentan, con lo cual, para mí, había obviado esta ley, que no hubiera sido necesaria. Es decir, que se harán las elecciones de Castilla y León de acuerdo a las Disposiciones Generales de la Ley General, con lo cual se exige que para ser..., presentar una lista presentar tres suplentes, que la ha presentado en la anterior y en ésta.

Y en ésta es que dice que tú presentas una lista electoral y será..., la acompañará el símbolo del partido. Si el símbolo del partido que..., el escudo de Castilla y León no es propiedad de la Comunidad de Castilla y León, porque lo tiene la bandera de España, lo tiene Cádiz, lo tiene Córdoba, lo tiene..., hay en Cataluña pueblos que tienen un Castillo o un León, lo tiene León (su capital), lo tiene Francia, lo tiene Alemania, quiere decir, que si ustedes al...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

(Intervención sin micrófono).


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

No..., si no, se induzca a confusión con éstos... perdón, no me...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

(Intervención sin micrófono).


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Yo quiero suprimir el párrafo ese, es decir, que si te permiten concurrir a las elecciones generales, aquí no podemos... o si yo quiero que el Portavoz del Grupo Socialista, que es el que ha hecho la Ley, o por lo menos el Gobierno que lo sostenta, impiden a los partidos que tienen ya constituidos antes que exista el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, en sus emblemas, en su simbología, un escudo, o de..., que representa un castillo o un león, como hay el caso de Extremadura Unida, hay el caso de los Prepales, los grupos Autonomistas Leoneses; quiero decir que si al haber un escudo un castillo o un león, están imposibilitados a concurrir, en cambio, sí pueden concurrir a las generales, considero que es una incongruencia, es decir, que es ilegal, es decir, que tú puedes..., lo que no puedes concurrir es con la bandera de Castilla y León.

Yo quiero que me explique la filosofía del Partido Socialista cuando enmienda esta enmienda, porque aunque ustedes la han rectificado dicen "o induzcan a confusión de estos". Un castillo o un león ¿confunden, inducen a confundir la bandera de Castilla y León? Ya te digo, parto de que el escudo de Castilla y León, el león y el castillo, no es patrimonio de Castilla y León, es patrimonio de muchos países del mundo. Nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Alonso. Para consumir un turno en contra, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí, la verdad es que casi no sé a qué tengo que consumirle, porque

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empezó con un..., con el artículo 2, ha pasado por lo de los suplentes y ha terminado con lo de los símbolos, o sea, que me centraré en lo que es el tema de discusión en estos momentos, lo del párrafo 3 del artículo 26. Pues, mire, aquí lo que hemos hecho, en definitiva, es trasladar, y conste que yo no he hecho el Proyecto de Ley, eso también debe quedar claro; hasta ahora he formado parte de la Ponencia y he defendido las enmiendas de mi Grupo y nada más. Lo que hemos hecho aquí, en definitiva, es simplemente trasladar un criterio, que está en la legislación electoral general, respecto de los símbolos del Estado en su conjunto, y aplicarlo en relación con los símbolos específicos de la Comunidad Autónoma, lo cual yo creo que tiene pleno sentido, como principio, en la línea, pues, de lo que son los símbolos, del conjunto de la Comunidad Autónoma como tal institución, pues, no parece en principio adecuado, digamos, que puedan ser apropiados o utilizados por una parte de la Comunidad que, en definitiva, es un grupo político en concreto, tenga mayor o menor representación que eso a estos efectos es indiferente.

Ese es el principio que está detrás del párrafo 3. Efectivamente, nosotros consideramos, asimismo, que quizá la redacción primitiva del Proyecto, extendiendo la prohibición no sólo a los símbolos que reproduzcan, y yo creo que ahí está el quid de la cuestión, que reproduzcan el emblema de la bandera o el pendón, decía también: "o algunos de sus elementos constitutivos". Efectivamente, eso nos pareció, y así presentamos una enmienda que fue aceptada en Ponencia, nos pareció que podría tener una interpretación excesiva y que, efectivamente, en algún caso, pues, puede caber la posibilidad, y ejemplos evidentemente existen y son conocidos, de que un determinado elemento constitutivo utilizado aisladamente no plantee el problema que se pretende evitar con la filosofía de fondo del tema.

En función de eso hicimos la enmienda, que yo creo que resuelve suficientemente el problema, porque con el texto actual del Proyecto, queda asegurado el principio, que a nosotros nos parece plenamente lógico y coherente, y se deja ahí esa cláusula abierta, porque pudiera haber y, evidentemente, pues las posibilidades del diseño moderno son tan sutiles en algunos casos que, sin que fuera una reproducción exacta del emblema, la bandera o el pendón, pues, hubiera algún tipo de diseño que tuviera una coincidencia prácticamente total, aunque no fuera una reproducción. Y entonces, pues, se podía estar por esa vía, quizá, introduciendo, pues, un camino de poder burlar la prohibición, que consideramos tiene pleno sentido. Y en función de eso se introdujo ese último matiz final: "o que induzcan a confusión con estos". Y ya lo digo de paso, pretendiendo que con eso nos acercábamos también, digamos, a la enmienda intermedia que había presentada, la enmienda que viene a continuación del señor Montoya, que pretendía suprimir el último inciso del Proyecto, que nosotros hemos suprimido, aunque hayamos puesto este otro nuevo, digamos, para poder extender la aplicación a casos que sean absolutamente, absolutamente similares.

Esa es la razón de fondo de la permanencia de ese párrafo. La razón, por tanto, de que nos opongamos a la enmienda del señor Alonso, que pide la supresión del párrafo, y ésa es la explicación, digamos, la filosofía de fondo del tema y el sentido del matiz que le hemos añadido.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias, señor Quijano. Para réplica, tiene la palabra el señor Alonso Rodríguez.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Yo estoy de acuerdo con el señor Quijano de que ya viene regulado en la..., el régimen electoral general, cómo se deben acompañar las candidaturas, acompañadas con el símbolo, a la derecha. Entonces, yo estoy de acuerdo con que se mantenga la enmienda número 3, como la han quedado ustedes, pero que borren, porque ya lo especifica bien claro: "No podrán presentarse candidaturas con símbolos que reproduzcan el emblema, la bandera o el pendón de Castilla y León", como bien marca la Ley de Régimen Electoral General. Y suprimir: "o que induzcan a confusión con estos", porque para eso están los tribunales, que cualquier partido o cualquier Gobierno..., se encuentre lesivo presente un recurso electoral ante la Junta electoral y ellos decidan. Porque ustedes..., aunque cualquier partido presente un emblema lo va a aceptar el comité, el Colegio, digamos, la Audiencia Provincial, y después ellos decidirán. Pero "que induzcan a confusión con éstos", yo creo que debe sobrar eso, en fin, para que quede bien claro como dice la Ley del Régimen General, que dice lo mismo que dicen ustedes, pero suprimiendo "en que induzcan a confusión con estos". Eso lo dice..., en estos momentos no lo encuentro por las prisas, pero aquí lo viene claramente como dice usted, la filosofía, que si cambian esto yo lo veo perfectamente bien.

Nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

El señor Alonso Rodríguez, ¿entiendo que quiere presentar una transaccional a este artículo en este sentido?


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Cambiando... (Intervención sin micrófono).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Para dúplica el señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

De todos modos, le vuelvo a insistir en la explicación. Yo creo que ya, en definitiva, nos hemos acercado, porque de su enmienda inicial a esto ya va un buen trecho. Ya admite el principio, admite el principio, lo cual ya es un paso, un paso positivo de acercamiento. Y yo creo que es que admitiendo el principio no queda otro remedio, indirectamente, que admitir el matiz que luego hemos introducido. Porque usted mismo, en su argumentación, lo dice

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explícitamente. Dice: hombre, si en algún momento hay alguna confusión evidente, aunque no sea una reproducción exacta, pues, para eso están los tribunales o la jurisdicción electoral para decidirlo; si es que eso es lo que dice ahí exactamente. Si es que, efectivamente, quien tendrá luego que juzgar si induce a confusión o no, en el caso de que se plantee un determinado recurso, es la jurisdicción electoral. Si aquí sólo se está diciendo que cabe que haya unos supuestos en que quepa la confusión, pero no..., no se cierra más, y lo tendrá que decidir, evidentemente, porque la confusión no existe a priori, eso lo tendrá que decidir el Tribunal electoral, o la Junta electoral, o la Jurisdicción contenciosa, en su momento, según el tipo de recursos.

Yo creo que es que no hay, en ese sentido, una, una variación. La confusión no la va a poder decidir de antemano nadie más, si se establece un recurso de tipo jurisdiccional.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Para fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular.


EL SEÑOR OLEA LOSA:

De acuerdo con la redacción actual del artículo, hemos de tener en cuenta que, precisamente, se discutió ya en Ponencia la desaparición del último párrafo o alguno de sus elementos constitutivos. Entonces, se ha restringido ya el concepto de este número 3 y, por tanto, estamos de acuerdo en aquello que se ha añadido: "o que induzcan a confusión con estos", ya que se está refiriendo concretamente a estos símbolos que reproduzcan el emblema, la bandera o el pendón de Castilla y León y no otra cosa tan amplia como era: "o alguno de sus elementos constitutivos". Al estar..., creemos nosotros, perfectamente claros cuáles pueden ser estos símbolos, pues, mantenemos la postura de la Ponencia.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias señor Olea. Por el Grupo Mixto, el señor Hernández.


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ:

Bueno. En efecto, yo creo que el problema que está flotando sobre esta enmienda en este momento, y por lo que el señor Alonso ha presentado, la ha presentado, pues, entiendo que no se resuelve ni se va a resolver, en modo alguno, ni con la supresión que se ha hecho del párrafo -aunque de hecho se ha avanzado algo-, ni con la redacción que había previa. Yo creo que tal y como está redactado en este momento este párrafo casi diría yo que incluso podría sobrar, porque, ineludiblemente, esto va a terminar posiblemente con la necesidad de que sean los órganos jurídicos propios de todo un período electoral los que decidan. De todas formas, yo, por tanto, creo que este párrafo tercero no va a aportar casi nada a la resolución de los posibles problemas que haya, porque, claro, efectivamente, al suprimir la parte del todo hemos avanzado algo, pero como sigue habiendo ese, esa última frase que dice "o que induzca a confusión con estos", evidentemente, eso es algo tan genérico que si alguna determinada fuerza política toma cualquier tipo de iniciativa jurídica por la utilización de algún símbolo que, presumiblemente, induce a confusión, al final va a tener que ser, como digo, los órganos jurídicos propios de un período electoral los que tienen que decidir.

Por tanto, yo, en esta enmienda, lo que voy a hacer es abstenerme.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Hernández. Antes de proceder a la votación de la enmienda del señor Alonso Rodríguez, quiero dar cuenta a la Comisión de que en el Grupo Parlamentario Socialista Don Laurentino Fernández Merino sustituye a Don Celso López Gavela.

Y procedemos a la votación de la enmienda del señor Alonso Rodríguez, enmienda número 2. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda rechazada por trece votos a favor y uno en contra..., trece votos en contra y una abstención la enmienda del señor Alonso.

Enmienda número 3 del señor Montoya Ramos a este mismo artículo. Tiene la palabra el señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Yo había hecho una enmienda, porque me parecía que era excesivo las restricciones que se hacían en el texto, porque no se podían reproducir ninguno de los elementos constitutivos. Entonces, bastaría que se reprodujera el castillo o el león, o la cola del león, pongo cualquier tipo de ejemplo, para que ya fuera un elemento constitutivo del mismo. Bueno, yo creo que el texto final, que a lo mejor da lugar a alguna confusión, para ver cuando estos símbolos inducen a confusión o no, pero, en cualquier caso, yo creo que se ha recogido el espíritu de la enmienda que yo señalaba, de que no podía ser tan restrictivo como se ponía en el texto original, y en este sentido pues, yo no..., no quiero mantener la enmienda, sino procedo a retirarla.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Doy la enmienda por retirada. En ese caso, procedemos a la votación del artículo 26, según el texto de la Ponencia. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda aprobado por trece votos a favor y una abstención.

Artículos 27 y 28. No se han presentado enmiendas. Propongo su aprobación por asentimiento. Artículo 27. Aprobado. Artículo 28. Aprobado.

Artículo 29. La enmienda número 6 del Grupo Parlamentario Popular fue retirada en el trámite de Ponencia. Por tanto, procedemos a votar el artículo 29, ¿por asentimiento? Queda aprobado.

Artículo 30. Enmienda número 4 del señor Montoya Ramos. Tiene la palabra el señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Yo, en el artículo 30..., cuando se entra a definir lo que es la campaña electoral yo había pedido que se incluyera también el día

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de inicio de la misma. Bueno, por parte del señor letrado se me ha dado explicación en el sentido de que lo que dice el artículo 16 puede ser suficiente... Bueno, de hecho así lo acepto, y procedo a retirar la enmienda.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias, señor Montoya. Queda, por tanto, retirada la enmienda número 4 del señor Montoya Ramos, y procedemos a la votación del artículo 30 según el texto de la Ponencia. ¿Queda aprobado, por asentimiento? Aprobado.

Artículo 31. Enmienda número 5 del señor Montoya Ramos. Tiene la palabra.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Sí, esta enmienda número 5..., yo trataba de evitar lo que es una susceptibilidad que se produce continuamente, sobre si las campañas institucionales tienen algún carácter partidista o no tienen carácter partidista. Y como pueden tenerlo, y como hay una Comisión de control, pues, yo creo que esta Comisión de control hay que darla un contenido y dentro de los contenidos que tiene, pues, podría ser también el de determinar que la campaña esta institucional no tiene ningún carácter partidista. En este sentido, pues, yo proponía o propongo añadir un párrafo que diga: "Las particularidades de dicha campaña -es decir, la campaña institucional-, deberán ser conocidas por la Comisión de control, pudiendo hacer a la misma las objeciones que estimen convenientes, que deberán ser tenidas en cuenta por la Junta".

Me parece que..., bueno, se me podrá decir que la Junta va a actuar imparcialmente siempre, pero yo creo que es bueno, o que puede ser bueno, pues, que actuando así y considerando que va a actuar de una forma imparcial, en cualquiera de los casos haya una Comisión que puede definir esa imparcialidad de la Junta. Nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Montoya. Para turno en contra, tiene la palabra el señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí. Yo creo que el espíritu es claro..., de la enmienda. Lo que pasa es que yo creo que técnicamente ofrece serias dificultades. Evidentemente, el riesgo, y yo también, evidentemente, confirmo y estoy de acuerdo con lo que el propio señor Montoya dice, que en principio, pues, una campaña institucional es lo que debe de ser una campaña institucional, yo estoy seguro de que efectivamente así va a ser. El riesgo que él señala, que, bueno, pues, es cierto que en muchas ocasiones, pues, por el propio legítimo fragor de la batalla electoral está implícito, que es la discusión sobre si la campaña institucional, pues, puede tener algún tipo de contenido, de contenido o de efecto, porque contenido es difícil que lo tenga, pero sí de efecto normalmente indirecto de tipo..., de tipo partidario. Ese parece el riesgo que trata de evitar.

Pero es que yo creo que si eso se produjera, evidentemente, quien tiene la palabra es la Junta electoral y nadie más, la jurisdicción electoral. El atribuir a esa Comisión de control una función de control sobre la campaña institucional, a mi juicio es que..., agrava el problema, agrava el problema considerablemente. ¿Y por qué razón?

Pues, porque la Comisión de control está prevista en la Ley exclusivamente para un tema, que es, efectivamente, donde los criterios de proporcionalidad política y representativa deben ser tenidos en cuenta. La Comisión de control tiene como función exclusiva en la Ley el proponer a la Junta electoral, creo recordar..., una distribución de tiempos en relación con la utilización de espacios gratuitos en los medios públicos de comunicación. Y ahí es lógico, porque, efectivamente, digamos, la Junta electoral lo que hace es que los interesados en la campaña electoral le hagan una propuesta de distribución de tiempos. Y yo creo que esa comisión sirve para eso, y no debe de servir, prácticamente, para nada más, mucho menos, yo creo, para tener algún tipo de atribución sobre el diseño de una campaña institucional, que por principio hay que pensar, por el propio prestigio de las instituciones, que la campaña institucional es y debe de ser sólo una campaña institucional. Si hay algún límite, pues, violado en esa campaña institucional quien debe de hablar es la Junta electoral. Pero yo creo que atribuir eso a un órgano, donde lo que hay es una representación paritaria de partidos políticos, me parece que introduce un elemento técnico de clara distorsión en el conjunto del proceso electoral.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias señor Quijano. Para réplica señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Sí. Yo entiendo perfectamente los argumentos del señor Quijano. Yo entiendo, por otra parte, pues, que hay que considerar que una campaña institucional va a ser imparcial. Yo no me permito dudar de ello ni estoy dudando de la próxima campaña institucional. Yo lo que estoy es tratando de generalizar para futuras campañas institucionales, sea cualquiera el partido que gobierne.

Bueno, en ese sentido, me parece que era bueno que esa campaña institucional tuviera algún elemento de control. ¿Que quizá la Comisión de control, tal como está diseñada, sólo es para los espacios electorales? Bueno, así es porque todavía no se había previsto otro factor sobre el cual pudiera controlar. Pues, si a esa Comisión de control se le ampliaran sus competencias y también pudiera conocer lo que suceda en una campaña institucional, pues, me parece que, desde mi punto de vista, no estaba mal. Por eso yo..., entiendo esos argumentos del señor Quijano, yo mantengo el texto de la enmienda.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Montoya. Para dúplica, señor Quijano.

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EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Simplemente para reiterarle los argumentos y, quizá, sintetizarlos en un principio que, yo creo que debiera de ser evidente para todos. Yo creo que no hay ninguna duda en que la campaña institucional, para poder serlo, debe de ser llevada a cabo por la institución correspondiente, en este caso por la Junta. Y si eso está afirmado, y eso no se discute por nadie, porque en ese sentido la enmienda no está hecha..., yo creo que el principio general de que la Junta de Castilla y León, como Gobierno de la Comunidad Autónoma, sólo responde ante las Cortes (como institución parlamentaria), ante los Tribunales en su caso, y a estos efectos ante los Tribunales electorales que son las Juntas electorales, pero, en ningún caso, yo creo que un Gobierno de una Comunidad Autónoma debe de responder ante una Comisión, paritaria o no, de partidos políticos. Yo creo que ése es un principio que, por propio prestigio de las instituciones, debe de ser afirmado en todo caso. Y que habría algún tipo de control llevado más lejos de lo debido con la enmienda es evidente, porque es que ahí incluso se dice no sólo que se puedan hacer objeciones, sino que deben de ser tenidas en cuenta por la Junta. Yo creo que eso altera, un poco a mi juicio, las reglas del juego.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Para fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Olea.


EL SEÑOR OLEA LOSA:

Estamos de acuerdo con la redacción del artículo 31 y, por tanto, no con la enmienda. Sí pudiéramos estar de acuerdo en que en determinadas circunstancias, no quiere decir en esta campaña electoral, o en las próximas, o donde fuera, y cualquiera que fuera la Junta de Castilla y León, pudiera dar lugar a determinadas dudas, pero creemos que según está redactado el artículo es correcto, por nuestra parte, y así lo mantuvimos en la Ponencia. Cosa distinta es que se pudiera llevar a efecto un control, que esto parece ser lo que va encaminada esta enmienda, pero no en la forma en que se ha enmendado, sino buscando otra forma, en realidad, para llevar a efecto este, este control, control político. Pero entendemos que según está redactado el artículo 31, y no la enmienda, pues, mantenemos nuestra postura de la Ponencia.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Olea. Por el Grupo Mixto, el señor Hernández. No desea intervenir. Gracias.

Votamos, entonces, la enmienda del señor Montoya. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda rechazada por catorce votos en contra.

Entonces, el artículo 31, según la redacción de la Ponencia, le sometemos a votación. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda aprobado por unanimidad.

Artículo 32. Existe también la enmienda número 6 del señor Montoya Ramos a este artículo. Tiene la palabra el señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Esta enmienda se refiere a la Comisión de control electoral. La Comisión de control electoral dice que será designada por la Junta de Castilla y León y estará integrada por un representante de cada partido. Pero luego, sin embargo, las votaciones son todos ponderadas. Es decir, que, bueno, el derecho de las minorías, con representantes, hay representantes de primera, pues, aquellos que han obtenido más, más representación en las elecciones anteriores, y representantes de segunda, que son aquéllos que han obtenido menos, menos representación.

Hombre, yo lo que ponía... que si es una Comisión que cada miembro de la Comisión tenga el mismo peso en la misma. Y, bueno, como yo creo que se hace en todas las Comisiones, y como hacemos aquí mismo en las Comisiones de las Cortes, cada, cada uno, cada componente de la Comisión es un voto; y, en cambio, sí, en caso de empate, es cuando entra en función el voto ponderado, pero sólo en caso de empate, no que todos los votos sean siempre ponderados. Es decir que las Comisiones sean Comisiones de personas, no sea una Comisión de representantes nada más de los partidos y el número de representantes, y que represente..., el número de votos sea el número de representantes que tiene el partido.

A mí me parece que es bueno que la Comisión..., y además si queremos defender el derecho de las minorías, es bueno que la Comisión cada miembro de los que asisten a la Comisión tenga derecho a un voto, no a una fracción de un voto, que en el caso de la minoría sería una fracción muy pequeña.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Montoya. Para turno en contra, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Yo aquí, la verdad, es que entiendo la habilidad del argumento, como espero que el señor Montoya entienda la contundencia del mío, no sólo la habilidad.

Claro, si partimos de la base de que ésa es una Comisión paritaria, porque, efectivamente, es una Comisión paritaria: un miembro por cada partido, es que no hay otro remedio que utilizar la ponderación, porque no todo puede ser tratado igual cuando hay unos distintos grados de representación. Ese es el criterio general. Y yo creo que de la paridad debe de resultar la ponderación como un efecto natural, porque me parece que ésa son, ésas deben de ser las reglas del juego en una democracia.

Ese es el criterio de la Ley Electoral General que a nuestro juicio debe de mantenerse. Y, entonces, por eso, claro, los ejemplos comparativos que él maneja es que no tienen aplicación ninguno, porque él maneja el ejemplo de las Comisiones en las Cortes, pero es que las Comisiones tienen previamente una representación y una composición de acuerdo con el, digamos, el volumen de representación electoral y parlamentaria que tiene cada

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partido, cada Grupo. Entonces, no tiene nada que ver; no son paritarias. Fíjese, por el contrario, en los órganos parlamentarios que sí son paritarios: la Junta de Portavoces, por ejemplo, o una Comisión de investigación; y ahí, automáticamente siempre, hay voto ponderado, porque el hecho de que haya un solo representante en forma paritaria de cada partido exige, como efecto natural, que haya ponderación.

El criterio en las Comisiones es que es radicalmente distinto, no tiene nada que ver con este supuesto. Porque hay ya una previa distribución del total de miembros de la Comisión, en función de la fuerza de cada Grupo en el Pleno, y el criterio de ponderación sólo se utiliza para resolver casos de empate, exclusivamente, y con unas ciertas condiciones que marca el reglamento. Porque no hay paridad previa, ésa es la diferencia. En el caso de la Junta de Portavoces, como es el caso de esta Comisión, y por utilizar algún precedente asimilable, es que hay paridad previa, y cuando hay paridad previa no todo es lo mismo, y cada uno está allí en función de lo que representa, no, no es como representante unipersonal que no tiene nada detrás. Yo creo que eso es lo evidente y yo creo que, en este caso, la contundencia del argumento, como decía al principio, al menos deberá ser estimada.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. Para turno de réplica, señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

El señor Quijano ha empleado toda la contundencia de que ha sido capaz como partido mayoritario.

Hombre, yo creo que cuando toda la Ley está dando unos derecho o unas atribuciones a aquellos partidos, o aquellas coaliciones que obtuvieron mayor número de votos en las elecciones pasadas, y ya está determinado, pues, que los espacios van a ser así siempre, favoreciendo las mayores formaciones de las elecciones pasadas... lo cual no deja de ser un argumento excesivamente conservador, en este caso los socialistas se vuelven a conservadores también, observan lo de las elecciones anteriores, no miran al futuro; podían haber tomado otros baremos, o otras cosas, lo que va a suceder en el futuro, más que lo que sucedió en las pasadas, pero son conservadores y siempre miran al pasado. Entonces, hay una Comisión de control, justamente, para hacer cumplir esos privilegios que se han atribuido ya..., no le llamo privilegios, si quiere le llamo derecho, derecho de aquellos partidos que en las pasadas elecciones obtuvieron mayor número de votos, o mayor número de Procuradores. Entonces, esto ha generado ya un derecho que está reflejado en esta Ley. Entonces, se trata de controlar ese derecho y no aumentarlo, esto ya sí sería, entonces, entrar en el campo de los privilegios. Entonces, hombre, aquellos partidos que sin ningún derecho, sin ninguna situación favorable para ellos, pues, tiene que formar parte de la Comisión de control, por lo menos que aquellas pocas atribuciones, pocas asignaciones, o pocos derechos que, en definitiva, tiene, pues, hombre, se les permita por lo menos controlarlo participando en esas Comisiones con voz y con voto, y con un voto que sea paritario al de los demás, no con un voto que va a ser, repito, una fracción muy pequeña con relación al voto de los demás. Es decir, primero, los mayoritarios imponen las condiciones, segundo, los mayoritarios imponen el control de aquellas condiciones impuestas por ellos mismos, los mayoritarios. Hombre, yo creo que sería bueno que la Comisión de control, pues, cada, cada miembro de la misma tuviera..., emite un voto como todos los demás. Entonces, sí, cuando haya empate, pues, evidentemente, hay que dirimirle de alguna forma; en ese caso, pues, dirimirle de acuerdo con un voto ponderado me parece lógico, pero solamente en caso de empate. Yo insisto en que en los demás casos, y justamente para respetar esos derechos de las minorías, en la Comisión de control todos debían tener derecho a la misma voz y al mismo voto.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias señor Montoya. Turno de dúplica, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Para reiterar los argumentos, que yo creo que son evidentes y sigo estimando de contundentes; él parece que piensa que la contundencia, en este caso, deriva de ser mayoría. Yo creo que la contundencia en este caso, como en otros muchos, deriva de la razón, lo que ocurre en este caso es que la razón está con la mayoría. Pero no sólo por ser mayoría, sino que yo creo que en este caso en concreto por tener razón, y que, en todo caso, me alegro de que el señor Montoya deje de ser conservador y me haga a mí esa, esa objeción. Estimo, de todos modos, que si algún día él estuviera en mayoría sería bastante más conservador que yo.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. Para fijación de posiciones, por el Grupo Popular.


EL SEÑOR OLEA LOSA:

Sí, señor Presidente. Unica y exclusivamente el mantener la postura de la Ponencia, no admitir la enmienda, y decir que, simplemente, el número 2 del artículo 32, este último párrafo, está calcado exactamente del artículo 65, número 3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, de diecinueve de junio de mil novecientos ochenta y cinco. Y de otra forma, ya, entrando incidentalmente en este debate de conservadores, agradecer a los Grupos Políticos la defensa que están haciendo del conservadurismo. Parece ser que no somos nosotros ahora única y exclusivamente los representantes en esta ocasión.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Olea. Por el Grupo Mixto, señor Hernández.


EL SEÑOR HERNANDEZ HERANANDEZ:

Sí. Yo tengo que decir también que, en efecto, me parece que hay dos circunstancias que avalan el no poder apoyar esta

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enmienda. Por una parte, la existencia de la Ley General Electoral y, por otra parte, el que es obvio que si hay que remitirse a algún dato para tener una mayor o menor representatividad a la hora del voto en esas Comisiones, pues, por mucho que, efectivamente, pudiera ser más progresista buscar algún dato de futuro, yo creo que es mucho más real buscar el dato concreto de los resultados últimos.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Hernández.

Procedemos, entonces, a la votación de la enmienda del señor Montoya Ramos. Votos a favor. Votos en contra. Abstenciones. Queda rechazada, por catorce votos en contra.

Votamos, entonces, el artículo 32 del texto de la Ponencia. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda aprobado, por unanimidad.

Artículo 33. A este artículo existen numerosas enmiendas. En primer lugar, la enmienda número 3 del señor Alonso Rodríguez. Tiene la palabra.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Yo, que tengo la suerte o la desgracia de pertenecer a un partido minoritario y que ojalá dure mucho tiempo, para que no se introduzcan confusionismo de ideologías dentro de él..., y, por otro, pertenezco a organizaciones, pues, perseguidas o que defienden intereses de minorías, entonces, creo que este artículo va en el camino de que..., yo cuando ataco a alguien nunca ataco a una institución, siempre ataco a una persona que aunque esté dentro de esa institución es la que la corrompe, no la institución corrompe a las personas, sino las personas manchan las instituciones.

Entonces, este tema es el siguiente: que concurrimos a unas elecciones y debemos ser generosos, debemos ser generosos y todo el mundo que tenga el derecho a concurrir tenga el mismo espacio de tiempo, gratuito o no gratuito, porque después nos limitarán a los otros partidos las posibilidades económicas. Es decir..., las posibilidades económicas, y que además yo aplaudo a los partidos mayoritarios que tienen tanta facilidad para engañar a los bancos, que les piden préstamos a nivel de partido y después no pagan; en cambio, las otras instituciones tienen que concurrir al 20 o al 25% y además es a nivel personal y tienen que pagar. Pero, yo les aplaudo a ustedes cuando, digo: el partido tal debe 4.000.000.000. ¿Por qué? Porque son capaces... Pero les aplaudo por esa posibilidad que tienen de eso. Entonces, como ustedes tienen facilidad para concurrir a los medios de comunicación, porque tienen muchos militantes, entre esos militantes tienen miembros simpatizantes en los organismos, digamos, estatales, periódicos, entidad pública, dejen a todos los demás que tengan el mismo derecho.

Es decir, porque, qué problema, a una persona que concurre con un grupo de personas en una de las nueve provincias nuestras, que quiere como independiente de Zamora, y que ya no pueden tener derecho a televisión porque ustedes dicen que hay que concurrir en seis provincias. Bueno, pues, eso es... Otros partidos, como nosotros, que bueno que no podemos concurrir en todas las provincias no por falta de candidatos, es decir, por falta de medios económicos o de alguien que se haga cargo de la lista, que vaya a un banco y financie por lo menos para pegar carteles, porque es absurdo sabiendo que no... Entonces, el derecho mío es, exclusivamente, señor Quijano, como persona, es decir, no como partido, porque a lo mejor... que acepten a todo el mundo que tenga derecho a los medios de comunicación. Porque además es bonito, porque entonces sí que habrá una pluralidad, porque saldrán los drogadictos, saldrá el otro y expondrá su programa. Es decir, después ustedes después ustedes son..., los drogadictos que presenten, o los verdes, o los amarillos, o los de..., de muchos partidos. Es decir, que el tema mío es que ustedes no corten a nadie que pueda concurrir a los medios de comunicación un espacio... porque los privados ya es privativo para ustedes, que pueden pagar las cuñas, los demás partidos no, es decir, que ¿qué perjuicio le hacen que dejen a un grupo, a una serie de grupos concurrir? No sé, hombre, pero si ellos..., todo lo que ellos gasten en la campaña lo van a poner de su esfuerzo, porque no van a poder concurrir con medios, digamos, a las agencias privadas, a poner postes y tal. Déjenles gratuitamente en los espacios del Estado, que son de todos los españoles, es decir, que no es propiedad de los grupos mayoritarios, sino de todos los españoles.

Yo, mi afán es que dejen a todo el mundo que se presente concurrir a los medios gratuitos del Estado. Nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Para turno en contra, el señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

No se esfuerce más, que le entiendo perfectamente.

Claro, porque es que..., parte de la base de que tenemos mucho dinero y muchos periódicos, y todo esto. Lo que tenemos es, de momento, muchos votos, y ése es, ése es el problema. Entonces, claro, generosos hasta donde haga falta, pero tontos ni un pelo, ni un pelo.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

El señor Alonso Rodríguez, para turno de réplica.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Me es triste oírle las palabras que considera tonto a las personas por dejar o salir en la televisión. Eso es, eso es lo que les enriquecería. Quiero decir: sabemos que ustedes podrán tener todos los votos. La forma de conseguirlos sería..., es..., ahí ya habría que eso, porque no se pueden conseguir votos engañando a las personas. Eso, eso es triste. No lo digo por ustedes, es decir, lo digo por general, es decir, hay..., los políticos aquellos que van a

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un pueblo y dicen: les voy a traer el mar, y les voy a hacer playas, y ese pueblo está en el centro de la península. Es decir, eso no se puede hacer.

Ahora, no son tantos ustedes, no son tontos porque dejen concurrir a todo el mundo en el, a los medios de comunicación. Y es muy triste tener ese poder, es muy triste tener ese poder..., y algún día se le puede volver contra las espaldas. Muchos antiguos militantes del partido socialista (digo antiguos militantes que estuvieron muchos en el exilio, porque ahora son todos nuevos militantes y esos viejos ya casi no están en el partido socialista), es decir, no son tontos porque sean generosos y dejen concurrir. Y es muy, muy fuerte tener esa responsabilidad de a usted le dejo salir en la televisión y a usted no. Es muy fuerte esa responsabilidad y no la debían tener. Debían ser generosos y a todo el mundo dejar. Ya le repito para no eso... es muy fuerte tener esa responsabilidad como usted acaba de decir.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Para turno de dúplica, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí, sólo para aclarar que lo de tontos no iba por nadie más que por nosotros, y en un sentido bien concreto: si es que todos pueden concurrir, usted no se ha dado cuenta de eso; está defendiendo un argumento que está ya en el proyecto: es que todos puedan concurrir. El problema es que en desigualdad de tiempo, porque eso es evidente y eso es normal. Simplemente se lo aclaro en ese sentido.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Para fijación de posiciones, por el Grupo Popular. El Grupo Mixto, ¿señor Hernández? No desea intervenir. Muchas gracias.

Sometemos, entonces, a votación la enmienda del señor Alonso Rodríguez. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda rechazada la enmienda por catorce votos.

El señor Montoya Ramos tiene presentadas, me parece, cinco enmiendas a este artículo; pero entendemos que las enmiendas 7, 8 y 9 tienen una unidad y que pueden ser acumuladas, y defendidas, y votadas simultáneamente, si está de acuerdo. En cualquier caso, tiene la palabra.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Bueno. La enmienda número 7 se refiere al apartado a) del punto 1. El apartado a) del punto 1 incluye en el escalón inferior de los cinco minutos a los partidos, federaciones y coaliciones que no concurrieron o no obtuvieron representación en anteriores elecciones autonómicas, o a los que han concurrido y han obtenido escaños, pero no han alcanzado el 5% de los votos.

Yo lo que quería era quitar la prohibición del 5% de los votos, y que los que han obtenido escaños en las elecciones anteriores pasaran a incluirse en el apartado b), es en el de los diez minutos.

El sentido de la enmienda es bien claro y, bueno, y al mismo tiempo que yo entiendo, pues, que no se ha considerado también, trata de que aquellos que tienen una representación, pues, verdaderamente..., se les considere de alguna forma aunque no hubieran obtenido, repito, el 5% de los votos.

La segunda enmienda, es concurrente con la anterior, en el sentido de que se dice que se incluyen aquellos que han obtenido entre el 5 y el 20%. Yo quito lo del 5%, porque ya no sería necesario si incluíamos lo que ya he señalado del apartado a), y, al mismo tiempo, me parece que el 20% que se hace referencia, pues, es mucho y yo lo quedaba fijado en el 15%. Parece que el 15% es el número de votos suficientes para que puedan tener acceso a los diez minutos, y no..., perdón, para que pudieran tener acceso a los veinte minutos, para que puedan codearse con los partidos mayoritarios, porque me parece que es una cifra ya suficientemente amplia, y, en cambio, que no se lleve el límite al 20% que, desde mi punto de vista, es una cifra ya muy fuerte o quizá excesiva para este tope.

Bueno, la enmienda número 9, pues, trata de que no haya tanta diferencia entre aquellos que están..., no han concurrido a las elecciones anteriores, no obtuvieron representación, o si la tuvieron fue pequeña, etcétera, y aquellos que han obtenido más del 20% de los votos. Me parece que la proporción de 1 a 3, o sea, de cinco y quince minutos es suficiente y en este sentido va redactada mi enmienda: en que esos veinte minutos se rebajen a quince.

Nada más y muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Montoya. Para turno en contra, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Simplemente para fijar..., porque entiendo que aquí es que es muy difícil un debate de fondo, en el sentido de que aquí, pues, evidentemente, cada uno, probablemente, y sin desmerecer a nadie porque es perfectamente legítimo el hacerlo así..., y probablemente yo, en el caso del señor Montoya, pues, utilizaría su criterio, y estoy seguro de que él en mi caso utilizaría el mío.

Es difícil un debate de fondo en esta cuestión, pues, porque, evidentemente, las posibilidades de otra distribución son ilimitadas, en función de los intereses legítimos, de los criterios, expectativas, etcétera. Nosotros, por principio, pensamos que la distribución que propone el texto, el Proyecto, en el artículo 33, es adecuada, está, yo creo, que muy proporcionada la distribución de tiempos con, digamos, los tramos de representación obtenida. Evidentemente, podría haber algún otro criterio, utilizando con más precisión los tramos de representación que pudiera resultar más beneficioso para nosotros, pero no le voy a utilizar. Nos parece que es una proporción adecuada. Renuncio, de antemano, a un debate de fondo,

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porque sé que estaríamos, en fin debatiendo, pues, más sobre lo que a cada uno le puede interesar que sobre lo que es objetivo, y, por tanto, nosotros, por principio, vamos a mantener el texto del proyecto frente al conjunto de enmiendas que hay, por entender que hay una distribución suficientemente adecuada y ponderada, y por entender además -lo adelanto ya-, que lo que estamos regulando son elecciones para una Comunidad Autónoma, no elecciones nacionales. Por tanto, digamos, la comparación exacta de tiempos con lo que puede ocurrir a otros niveles electorales yo creo que también debe de verse matizada por el hecho de que el tipo de elección, o el nivel de lección, no es exactamente el de una elección para el Estado, sino en una Comunidad Autónoma.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. Para turno de réplica, señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Sí. El señor Quijano ha sido muy honrado al decir que si él estuviera en mi caso utilizaría mis argumentos y que yo en el suyo utilizaría los suyos. Bueno, yo creo que eso que ha dicho no es exactamente verdad. Yo estoy convencido de que si estuviera en mi caso el señor Quijano utilizaría estos argumentos míos, probablemente, con mucha mayor habilidad y con mucha mayor eficacia de la que yo les utilizo, porque él les sabría utilizar mucho mejor. De esto sí que estoy seguro.

Pero de lo segundo no estoy seguro. No estoy seguro porque el señor Quijano sabe que de la misma forma que yo aquí, pues, he tratado de defender siempre unos derechos de las minorías, de la misma forma sabe que, bueno, yo he tratado al mismo tiempo, o trato al mismo tiempo, o creo que soy al mismo tiempo generoso cuando se trata de aplicar, de aplicar y de hacer partícipes a los demás de algunos, de alguno de estos derechos. Y yo estoy seguro que el señor Quijano también es generoso como yo lo soy. Lo que sucede es que, bueno, él tiene que defender su texto de una Ley y, al mismo tiempo, es una persona, pues, responsable y congruente con aquellos principios que tiene que defender, y en este caso, pues, yo creo que él está, pues, un poco, haciéndose violencia a su propia generosidad. Porque yo estoy seguro que el señor Quijano si, bueno, si fuera una persona no incluida en un partido mayoritario no emplearía esa contundencia, como él dijo antes, de sus argumentos y en este caso, verdaderamente, utilizaría esa generosidad que yo estoy seguro que él tiene y que en muchos momentos nos ha demostrado.

Por tanto, yo estoy de acuerdo con el señor Quijano en lo que usted ha dicho, pero solamente relativamente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Montoya. Para turno de dúplica.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

No para turno de dúplica, para turno de agradecimiento, de todas las cosas que ha ido, que ha ido atribuyéndome, desde la habilidad, la generosidad, etcétera. Yo no sé si esperaba que le aceptara alguna enmienda, con toda esa, con toda esa gama de apelativos. No va a ser así evidentemente, pero, en todo caso, devolverle la flor. Probablemente habrá mayor habilidad o mayor eficacia en la defensa de los argumentos. Mayor constancia que la suya creo que no.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. Para fijación de posiciones por el Grupo Popular. Señor Hernández, por el Grupo Mixto, tiene la palabra.


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ:

Bueno. Yo tengo que decir que, efectivamente, a mí me parece que este asunto de los tiempos, que ya se ha debatido también en las reuniones previas que ha habido por parte de los representantes de los Grupos, pues, es algo muy poco concreto y sobre lo que no se pueden hacer discusiones de fondo, como ha dicho alguno de los portavoces que han intervenido anteriormente.

De todas formas, a mí me parece que, en efecto, la redacción que tiene el artículo es bastante ajustada, que se parece también bastante a la mayoría de las otras leyes electorales que hemos podido ver y, en principio, a mí, repito, me parece que no es un artículo en el que haya que hacer una discusión de fondo. Tal como está redactado me parece correcto y en ese sentido no puedo apoyar las enmiendas que se han presentado.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Hernández.

Procedemos a la votación. ¿Está de acuerdo el señor Montoya en que votemos las tres enmiendas conjuntamente, o desea votación separada? Conjuntamente.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Sí, estoy de acuerdo, como estoy seguro del resultado.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Sí. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Quedan rechazadas por catorce votos en contra.

Enmienda número 1 de don Daniel De Fernando Alonso.

Tiene la palabra el señor De Fernando.


EL SEÑOR DE FERNANDO ALONSO:

Gracias, señor Presidente. En la discusión de las enmiendas del señor Montoya se han dicho algunas frases que me han llamado la atención. En otra enmienda anterior, cuando se ha discutido se ha dicho: "se ha copiado literalmente de la Ley General". El señor Quijano ha usado la palabra ponderación y, curiosamente, si es ponderación, yo creo que cuando existen antecedentes legislativos es mirar lo que existe en los demás. La Ley General de la proporción 1, 2, 3; las Comunidades de Asturias, Castilla-La Mancha, Galicia, Madrid, Navarra, Valencia, Murcia, dan la proporción, 1, 2, 3; y nosotros nos vamos a la más

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exagerada de todas 1, 2, 4. Luego, yo la ponderación no la veo. Yo comprendo que de fondo podrá discutirse o no, incluso hay otras con 1, 3, 5, pero prácticamente, excepto una sola Comunidad, ésta es la más extremista de todas en los tiempos. Siete Comunidades: Asturias, Castilla-La Mancha, Galicia, Madrid, Navarra, Valencia y Murcia, 1, 2, 3; la Ley General, 1, 2, 3; cuatro Comunidades van a 1, 3, 5. No hay ninguna que vaya al 1, 2, 4. Es cierto que hay una que va a 1, 3, 6. Luego, de ponderación yo no veo por ninguna parte. Otra Canarias que no lo tiene, lo están haciendo ahora, van al 1, 2, 3. Es decir, podemos incluir ocho Comunidades Autónomas en la proporción 1, 2, 3; la Ley General a 1, 2, 3. Yo creo, señor, que cuando se está legislando hay que mirar más y sobre todo una vez que desde un principio se ha dicho, y en alguna enmienda se ha puesto, ¡hombre! como va a tocar si literalmente copiamos de la Ley General. Luego, aquí no me digan que no juegan con intereses partidistas cuando deliberadamente se saltan de la Ley General.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor de Fernando. Para turno en contra, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí. Es que la variedad de modelos es evidente, y en las citas que ha hecho, pues, pues, evidentemente, hay modelos que se salen por un sitio o por otro. Lo que creo que no ha hecho es defender exactamente su enmienda, porque si hubiera utilizado otro criterio, más lógico en la distribución, pues, quizá la enmienda lógica hubiera sido el cinco, diez, quince, digo, desde esa mentalidad que usted, que usted defiende. El tema es que no lo ha hecho así. Es decir, yo creo que el fondo de esa enmienda es claro, que tenga yo más, aunque eso suponga que los demás también tengan más.

Como el debate de fondo está como estaba en el debate de la enmienda del señor Montoya, pues, mire, yo reitero la posición que entonces establecí, admitiendo que cabrían muchos otros modelos, pero reiterando que parece que el modelo es ponderado no sólo en el criterio de ponderación que usted ha utilizado en el sentido contrario, en el criterio de tiempos, sino en la relación con los, digamos, los precedentes electorales que hay que tener en cuenta para hacer esa distribución de tiempo.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. Para turno de réplica, señor De Fernando.


EL SEÑOR DE FERNANDO ALONSO:

Sí, señor Quijano. Cuando estuvimos reunidos los Portavoces de todos los partidos para hablar de este tema se dijo que daba lo mismo hablar de cinco, diez, quince que diez, veinte, treinta, porque lo que se buscaba era la proporcionalidad y los tiempos luego los iba a asignar la Junta electoral en virtud de los espacios libres que hubiese. Es decir, yo voy a utilizar diez, veinte, treinta, lo cual en la defensa a mi enmienda está defendiendo porcentajes: 1, 2, 3, proporción; o 1, 2, 4, como ustedes ponen. Y le vuelvo a decir: no es que hay tanta variedad, señor Quijano. Hay que decir la variedad que hay: la Ley General da la proporción 1, 2, 3. Me da igual que utilice el diez, veinte, treinta, que el cinco, diez, quince, si usted cree que yo, mi afán es por yo tener más, aunque tengan los otros, le voy al cinco, diez, quince. Es decir, porporción 1, 2, 3 que es lo que he defendido, porque es lo que mantiene la Ley General y, como le he dicho, siete Comunidades Autónomas, no hay tanta variedad..., o sea, decir que hay mucha variedad no: siete Comunidades Autónomas tienen proporción 1, 2, 3; una Comunidad, que se está haciendo ahora mismo, en Canarias, van al 1, 2, 3; ya son ocho. Cuatro Comunidades tienen la proporción 1, 3, 5. Dígame, ¿dónde está la 1, 2, 4? ¿Somos la única Comunidad? O sea, yo no le estoy hablando ya de cinco, diez, quince-diez, veinte, treinta, porque ustedes me dijeron aquel día que daba igual poner cinco, diez, quince que diez, veinte, treinta, porque no podemos obligar a televisión a que sean veinte, o treinta, o todos los que sean, sino lo que interesa es la proporción. Y en ese sentido es mi enmienda. No es por poner diez, veinte, treinta. Si usted cree que es poner diez, veinte, treinta, hágame la transaccional con cinco, diez, quince y la acepto inmediatamente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor de Fernando. Para turno de dúplica.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

No. Sólo para reiterar el criterio inicial. La variedad de modelos es cierta, porque también ha citado un modelo en que el último tramo se iba al seis, es decir, que seguramente en cada Comunidad Autónoma, pues, se habrá tenido en cuenta las circunstancias de territorio, población, etcétera, desde el punto de vista del acceso de los medios de comunicación, que también están implícitas, y eso da resultados muy diversos. Yo reitero que creo que el modelo del Proyecto es adecuado, teniendo en cuenta los tramos de representación proporcional que ahí están..., están utilizados. En función de eso, a mí me parece que tiene..., que tiene plena lógica.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. Para fijación de posiciones, por el Grupo Popular. Señor Hernández, por el Grupo Mixto.


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ:

Bueno. Yo ya he dicho con ocasión de discutir las anteriores enmiendas, que, en efecto, en este tipo de cuestiones caben miles de posturas y que, evidentemente, no hay nadie que defienda la postura ideal, sino que defiende todo el mundo la postura que le es más útil.

Yo, lo que sí que me ha gustado es oír al señor De Fernando decir que estaba dispuesto a ir al cinco, diez, quince, porque es que si no me daba la impresión de que con esta enmienda, al final, los programas de televisión y de radio se iban a dedicar exclusivamente a campaña

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electoral en las próximas semanas, y a mí esto sí que me parece que es nefasto, porque yo creo que, bueno, pues, que al ciudadano no hay que acosarle con este tipo de mensajes, que la mayor parte de las veces, pues, están manidos. En todo caso yo digo lo que he dicho antes: me parece que la discusión se puede hacer interminable, sobre este tema, y que tal como está redactado me parece correcto.

Lo que también tengo que decir es que el intentar justificar la no conveniencia de esta distribución, en función de que no hay ninguna otra Comunidad Autónoma que la aplica, cuando hay una diversidad de aplicaciones, pues, no me parece correcto. Me parece que si hay muchas formas de entender la distribución el que la Comunidad Autónoma de Castilla y León tenga una, que tampoco se aparta excesivamente de lo que son las demás, pues, es algo que incluso hasta está bien.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Hernández.

Procedemos a la votación de la enmienda de don Daniel De Fernando. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda rechazada por catorce votos.

Enmienda número 14 del señor Montoya Ramos. Tiene la palabra el señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Muchas gracias, señor Presidente. Bueno, la enmienda número 14 va contra un artículo, el artículo 33, apartado 2, que dice que "sólo tendrán derecho a tiempo de emisión gratuita aquellos partidos, federaciones o coaliciones que presenten candidaturas en más del setenta y cinco por ciento de las circunscripciones". En más del 75% de las circunscripciones son siete provincias. Y a mí me parece que es quizá un poco fuerte que haya que presentar en siete provincias candidatura, para que se tenga algún derecho a espacio gratuito. Yo proponía que, en lugar de siete provincias, este mínimo se rebajará a cuatro provincias; me parece que es suficiente. Un partido o una coalición que presente candidatura en cuatro provincias ya es un partido que tiene una cierta..., cierta extensión, una cierta implantación en la región. Y me parece que, aunque sea con el tiempo mínimo de los cinco minutos, o de la cuarta parte de los máximos, pues, debería, debería tener derecho a poder tener emisión, tiempo de emisión gratuita.

Nada más y muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Montoya. Para en turno en contra, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí. No exactamente para turno en contra, en este caso, sino para ver incluso la posibilidad de llegar a una..., a alguna solución intermedia, por vía transaccional.

Efectivamente, en la Ponencia creo recordar que valoramos en el sentido que tiene esta enmienda. Ocurría aquí que el criterio del Proyecto, de fijar el 75% de las circunscripciones, en este caso del número de provincias, pues, era un criterio que venía, en cierto modo, por una comprensible mimética: por el hecho de que es el criterio que está en la Ley Electoral General también. Y, efectivamente, observábamos en la Ponencia que el criterio podía tener alguna dificultad de aplicación, pues, porque el 75% de nueve provincias daba como resultado un seis y pico, no llega a siete, y eso, pues, podía siempre inducir a algún criterio comparativo por el exceso o por el defecto, diciendo, pues, hasta siete o con un poco más de generosidad se puede rebajar hasta seis.

En la Ponencia me parece que llegábamos a un cierto consenso en sustituir el criterio del porcentaje, es decir, el sustituir el criterio del 75% por un criterio que fuera el 2/3 de las circunscripciones, que nos parece que teniendo una entidad aproximativa a lo que hay en la Ley Electoral General ya supone también un principio mayor de generosidad, porque ya 2/3 da como resultado exacto seis provincias. Nos pareció que es a lo que se debiera de..., a lo que se debiera llegar. Rebajar más, como su enmienda pretende, incluso por debajo, diríamos incluso de lo que sería la mayoría de provincias (que sería en sentido estricto cinco) nos parecía ciertamente excesivo, en el sentido de que aquí se está regulando el acceso a medios de comunicación de cobertura regional. Por tanto, yo creo que ahí sí que hay legítima, legitimidad plena para fijar un criterio de suficiencia en cuanto a la comparecencia electoral.

Ofreceríamos, en síntesis, una transacción que sustituyera el 75% por 2/3, con el fin de que el resultado automático fuera la existencia de seis provincias como cifra exacta.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. Para turno de réplica, señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Sí. A mí las seis provincias me siguen pareciendo muchas, me parece que un partido, pues, puede tener una cierta implantación..., y estamos en el caso de los partidos leonesistas que no estoy defendiendo a una institución..., una actuación propia... Bueno, pues, que, que pueden a lo mejor tener implantación en cuatro provincias y que, sin embargo, extenderla más, pues, es difícil.

A mí me parece que presentarse, presentar candidatura en cuatro provincias es una razón suficiente para que deba tener derecho a algún espacio gratuito que es el mínimo que se considera.

En este sentido, bueno, pues, mantengo mi enmienda en los términos que está redactada.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Montoya. Para dúplica, señor Quijano.

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EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

No. Simplemente para decir que si conserva la enmienda en los términos que está redactada y ello supone, como parece obvio, el que no existe la posibilidad de esa transacción que ofrecíamos, en ese caso nuestro criterio sería contrario a la enmienda, por la razón que antes indicaba: porque nos parece que rebajar a cuatro provincias, por tanto, hasta menos de la mitad del total de provincias de la Comunidad... Sí, la enmienda es...


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

(Intervención sin micrófono).


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

No, pero el sentido de la enmienda, yo creo que opera en el sentido...


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

(Intervención sin micrófono).


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Pero, vamos, a esos efectos, el criterio sería idéntico, sería idéntico, en el sentido de que rebaja la..., digamos, lo que nosotros entendemos que es la suficiencia mínima, porque, claro, el argumento de que presentar candidaturas en cuatro provincias, que es el que ha venido utilizando, pues, ya da una idea de una cierta implantación y más, yo creo que puede tener también en muchos casos una dosis de artificialidad considerable.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

: ¿Debo entender, señor Quijano, que mantiene entonces el..., los términos de la Ponencia? Gracias.

Por el Grupo Popular, para fijación de posiciones.


EL SEÑOR NIETO NOYA:

Yo quisiera añadir uno de los criterios que nos llevó en la Ponencia a adoptar este principio de aceptación de una, de una proporción y no de una cifra determinada. Porque el artículo tiene proyección en otras circunscripciones que no son la región, y es de aplicación tanto para los medios de cobertura provincial o biprovincial, o triprovincial, o con la configuración que puedan tener en cualquier momento de..., en el futuro, porque ésta no es una ley para estas elecciones, sino, no sé, con una cierta, con una vocación de permanencia. Entonces, que hay que utilizar términos genéricos que sean aplicables a situaciones diferentes. Y si se utiliza la referencia a la provincia, a las cuatro provincias, se está hablando únicamente de los medios de cobertura regional y, sin embargo, el artículo es aplicable a todos los medios de comunicación públicas que existan en el momento en que plantee la campaña electoral. Y desde esa perspectiva..., bueno a mí también me parece que el hecho de que no..., de que el señor Montoya, en vista de que no, de que no prospera su propósito, no se brinde a que se haga una transaccional que puede mejorar el texto, y aclarar alguna dificultad que puede derivarse del hecho de que salga el 6,75 y que no..., y que haya que decidir, de una forma que, en cualquier caso, será el criterio de una persona, decidir entre seis o siete, deberíamos de intentar resolverlo, con independencia de que no logre todo lo que el señor Montoya pretendía.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Por el Grupo Mixto, señor Hernández.


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ:

Bueno. Yo, en primer lugar, tengo que volver..., no me queda más remedio que volver otra vez al planteamiento inicial de las otras enmiendas. Es decir, estamos tratando de regular algo que depende mucho del criterio de las personas que en este momento estamos en la Comisión, o que han elaborado las enmiendas, puesto que no es algo, algo realmente objetivo sobre lo que estamos discutiendo. Pero, en todo caso, a mí me parece que el manejar una cifra del 75% es algo que me resulta absolutamente aleatorio, mucho más que si manejásemos la cifra del 50%, que nos daría la idea de que estamos..., si, por ejemplo se hablase de al menos el 50% estaríamos admitiendo que a partir de la mitad de la concurrencia, el número, bien sea de provincias, porque..., efectivamente, tiene razón el Portavoz del Grupo Popular, en que tal como está redactado el artículo si hablamos exclusivamente de provincias nos veríamos abocados a la necesidad de introducir un cuarto punto en el artículo, o hacer un artículo nuevo, para hablar de las otras circunscripciones. Pero yo digo que si se utilizase el concepto 50%, y me permito introducir esta nueva cifra en el debate, pues, a mí me parecería un dato mucho más concreto y quizás más justo, para, para valorar que el del 75%. Yo creo que si se introdujera esto como una enmienda transaccional, en el caso de que los Grupos estuvieran de acuerdo, desde luego, yo estaría dispuesto a apoyar.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Hernández.


EL SEÑOR NIETO NOYA:

Yo me permitiría decirle al señor Hernández que con el 50% volvemos a estar con la misma dificultad en el caso de las provincias.


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ:

El 50% es más de cuatro y medio, es decir, cinco.


EL SEÑOR NIETO NOYA:

Bueno, claro, establece un mínimo...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

El señor Hernández ha propuesto una enmienda transaccional sobre una nueva cifra, que yo pregunto a los Grupos restantes si aceptan o rechazan su proposición.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí. Yo es que quisiera agotar todavía, digamos, la posibilidad de transacción previa que habíamos ofrecido. Sí, quizá antes, al hacer el cálculo, yo no tendría inconveniente en que la transacción inicial que ofrecíamos sobre la base de los 2/3, para que diera un resultado exacto y ahorrar otras posteriores discusiones, fuera con una referencia más completa, diciendo que presente candidaturas al menos en

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las dos terceras partes de las circunscripciones, digo, para que se entienda eso, porque si no con una lectura exacta del texto podríamos volver al principio: si es en más de las dos terceras partes, pues, seis, no es más de las dos terceras partes, es justo las dos terceras partes, tendría que ser siete. Como lo de las seis nos parecería un criterio adecuado, pues, yo agotaría todavía la posibilidad de que, bueno, pues, valoráramos esa transacción que iría con esa fórmula: "al menos en las dos terceras partes", para que con seis exactamente existiera esa posibilidad.

Rebajar más de eso..., yo creo que no es tampoco una cuestión de rebajar por rebajar, sino de ver los criterios que hay, digamos, detrás de estas cifras, que no son cifras mágicas, sino que tienen alguna traslación real: el criterio de la Ley electoral y, por tanto, el que parece que en principio resultaba natural de utilizar. De la Ley Electoral General era el 75% y yo creo que es un criterio lógico si se tienen en cuenta, pues, los aspectos que hay que ponderar para fijar una cifra de éstas. La transacción pretendía solventar el problema de decimales y, por tanto, ahorrar una discusión. Y, repito, no tendríamos inconveniente en que la transacción fuera con esa fórmula de "al menos en las dos terceras partes de las circunscripciones", para que el resultado exacto fuera seis provincias, que nos parece una cifra adecuada.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Por consiguiente, el Grupo Parlamentario Socialista no acepta la transaccional propuesta por el señor Hernández y propone, a su vez, una nueva transaccional.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Es la primera transaccional.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Sí. Sobre esa postura, ¿el Grupo Popular y el Grupo Mixto?


EL SEÑOR NIETO NOYA:

El Grupo Popular ya en Ponencia se mostró de acuerdo con esta posibilidad y, por tanto, acepta el planteamiento que hace el Grupo Socialista.


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ: A

A mí, en principio, me parece que es una transaccional bastante limitada, bastante limitada en cuanto a lo que consigue, pero, de todas formas, mejora la redacción que tiene actualmente el artículo. En ese sentido, a pesar de que no es, a mí modo de entender, la transaccional adecuada pero sí que es la menos mala, luego, estaría dispuesto a apoyarla.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Yo creo que habrá que votar previamente la enmienda del señor Montoya, en los términos en que él la ha defendido, y la ha mantenido, y sigue manteniéndola, y, posteriormente, existe una enmienda transaccional que habrá que votar a continuación ¿no es así?


EL SEÑOR LETRADO (SEÑOR DE MATIA PORTILLA):

Sí, sí, señor Presidente.


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ:

Perdón, señor Presidente. En ese sentido, yo quiero aclarar mi postura que quizá no he sido lo suficientemente hábil como para dejarla clara, en el sentido de que yo, prioritariamente, apoyo la enmienda del señor Montoya y en caso de que esa enmienda no salga, como es presumible que no salga adelante, en ese caso es cuando yo estaría dispuesto a asumir esa transaccional.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Sí. Así lo entiendo, señor Hernández, así lo había entendido esta Presidencia.

Señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Yo quería aclarar algo que no sé si es necesario o no. El señor Quijano prometía, o decía que en lugar del 75%..., esto tiene los inconvenientes de cuando se copian unas cosas de otras, claro, y provincias que a lo mejor el 75% es un cociente exacto, él me hablaba de pasarlo a 2/3 que el número de provincias, efectivamente, aquí es múltiplo de tres, -en otras provincias lo de 2/3 a lo mejor no sirve-. Pero, luego, lo que yo no he entendido es cuando el señor Nieto me ha dicho, pues, que, bueno, como que yo tuviera aquí algún tipo de intrasigencia cuando manteniendo la enmienda se solventa todas esas cosas. Yo no he entendido muy bien qué tipo de intransigencia. En la Ponencia se ha podido hacer todo tipo de transaccionales, aquí en la Comisión se puede hacer todo tipo de transaccionales, yo lo que trato de defender es mi enmienda, en la que digo claramente, sin confusión, más de cuatro provincias, que serían cinco, en ese caso evidentemente, podía haber dicho cinco provincias, o más del 50% de las provincias que también son cinco, pero, bueno, yo..., otro tipo de intransigencia no sé cuál es la que he mantenido, porque no trato de mantener ninguna. Lo que quiero rebajar, por una parte es el 75% al 50% y, por otra parte, hacerlo más comprensible diciendo un número determinado, que es fácil decir en esta región. Si se quiere hacer eso para un tono de generalidad, yo no sé para qué..., o por qué tengo que generalizar, en este caso, para que sirva para otras regiones. La verdad es que no lo entiendo. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Montoya. Sí, señor Nieto.


EL SEÑOR NIETO NOYA:

Yo quisiera aclararle al señor Montoya que yo me refería a la intransigencia en el sentido de mantenerse fiel al texto de su enmienda. Porque al mantenerse fiel al texto de su enmienda se adultera la finalidad del texto del Proyecto. Porque usted limita la eficacia de esa norma al ámbito regional y, en cambio, está concebida con una mucha mayor flexibilidad, que puede no tener una aplicación estricta en este caso, pero puede ocurrir que se monte una emisora pública, de carácter público, pongamos por caso, en

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Tordesillas, que cubra, que sea diferente..., o, en fin, me da lo mismo, en Avila, que cubra el espacio de dos provincias, y no aparece contemplado en ninguna parte; y es una emisora pública en la que también pueden plantearse espacios gratuitos de campaña electoral.

Es decir, que al circunscribirlo, al mencionar el número determinado de provincias se reducen las posibilidades que contempla el texto del Proyecto.

En este sentido, quería decirle. Yo no quiero, en fin, acusarle a usted de intransigente en nada, señor Montoya, tenga usted esa seguridad.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Nieto.

Entonces, vamos a votar la enmienda del señor Montoya en los términos en que ha sido defendida y mantenida por él, y después habría que dar un receso de tres o cuatro minutos para presentar por escrito a la Mesa la enmienda transaccional del Grupo Socialista... o ahora mismo. De acuerdo.

Votamos, entonces, la enmienda del señor Montoya. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Uno a favor, trece en contra, ninguna abstención. Queda rechazada la enmienda del señor Montoya.

Votamos, entonces, la transaccional, que se presentará a la Mesa en unos momentos... Ruego al Letrado que dé lectura a la enmienda transaccional.


EL SEÑOR LETRADO (SEÑOR MATIA PORTILLA):

Se presenta... se trata de modificar el párrafo 2 del artículo 33 que quedaría de la siguiente forma: "El derecho a los tiempos de emisión gratuita numerados en el apartado anterior sólo corresponderá a aquellos partidos, federaciones o coaliciones que presenten candidaturas al menos en las dos terceras partes de las circunscripciones comprendidas en el ámbito de difusión, o, en su caso, programación del medio correspondiente".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

: ¿Alguna intervención u observación de los Grupos?


EL SEÑOR...: ..

..o al menos en las dos terceras partes.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

: ¿Se aprueba por asentimiento? Aprobada.

Enmienda número 13 del señor Montoya Ramos, a este mismo artículo. Tiene la palabra el señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Bueno, aquí se trata ya de dar respuesta a lo que el señor Nieto Noya apuntaba antes: el caso de medios de comunicación que no tenga una cobertura regional. Y si..., no sé si hay previsto emisoras, o televisiones que tengan una cobertura de varias provincias, lo que sí que es cierto es que hay medios ya de comunicación que tienen cobertura, emisoras que tienen cobertura provincial. En ese caso, yo lo que proponía en este párrafo 4 es que todo lo que estamos decidiendo a escala regional tenga traducción también hasta la provincial, para aquellos partidos, federaciones o coaliciones que cumplan provincialmente con las condiciones exigidas en los apartados correspondientes, para el caso de las condiciones regionales. Nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias, señor Montoya. Para turno en contra el señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí. Más bien para, para darle una explicación.

Efectivamente, el tema que plantea esta enmienda suya, la número 13, fue debatido en la Ponencia y en la Ponencia entendíamos, y ésa es la explicación que yo voy a darle, que tal y como está redactado el punto 2 del artículo 33 contempla ya directamente la situación que usted ahí plantea, porque observe que este punto 2 del 33 atribuye el derecho, no en relación con una proporción (ahora ya fijada en 2/3) de las circunscripciones del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, sino del ámbito de difusión del medio de comunicación correspondiente, de difusión o, en su caso, de programación, que yo creo que aclara, aclara todavía más la cuestión. De tal manera que si el medio correspondiente, por utilizar un ejemplo concreto, tiene una programación regional y otra provincial o local, evidentemente, para la programación provincial o local quien presente candidatura sólo en esa provincia ya cubre las 2/3 partes del ámbito de difusión, porque cubre todo el ámbito de difusión. Por tanto, ya tiene atribuido el derecho directamente. El criterio de las 2/3 partes en su utilización práctica jugaría, fundamentalmente, para la difusión o programación estrictamente regional, pero es que no están excluidas las otras, sino están, entendíamos, directamente contempladas porque se ha utilizado el criterio del ámbito de difusión y no el del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. Señor Montoya, para réplica.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

No. Yo lo voy a mantener, a pesar de que me digan que la retire. La voy a mantener por una razón muy sencilla. Porque, primero, se dice que está contemplada en el párrafo anterior. Bueno, yo creo que, primero, la provincia tiene entidad suficiente para tener o ser distrito electoral, para tener un párrafo concretamente referido a ella, en cual ya no figurara más del 75%.

Pero es que, además, y por segunda razón, es que el derecho a los tiempos de emisión gratuita, dice el párrafo 2, sólo corresponderán a aquellos partidos..., etcétera, "que tienen más de los 2/3 -hemos dicho-, la programación... de las circunscripciones comprendidas en el ámbito de difusión o, en su caso programación, del medio correspondiente". Pero, nada se dice en este caso de

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los tiempos y yo lo que quiero es que en el caso de una candidatura provincial, bueno, si ha obtenido, si cumple los mínimos que hemos señalado antes..., o sea, que se resuelva por analogía como se ha resuelto el tema a nivel regional. O sea, que si ha cumplido los mínimos de tener representación, si han cummplido los mínimos de tener el tanto por ciento de los votos, etcétera, sea automáticamente incluido en el ámbito de esa provincia a las cosas previstas, a lo previsto en los tres apartados a), b), y c) de los cinco, diez o veinte minutos.

Es decir, yo creo que la proposición mía es más amplia, y esto..., yo, con todos los respetos, me parece que no está recogido en el párrafo 2 del artículo 33. Otra cosa es que se crea que es demasiado complicado el extender esto a nivel provincial y no se quiera hacer, pero no porque esté recogido.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Montoya. Para dúplica, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Yo es que sigo pensando que sí está recogido directamente en el texto. Lo que ocurre es que estamos regulando unas elecciones regionales, no provinciales, y, por tanto, una cosa es la cantidad de tiempo (y eso hay que decidirlo con criterio regional, porque son elecciones regionales las que se están regulando), y otra cosa es la presencia en un medio de comunicación, y eso es lo que está directamente regulado en el 33.2, tal y como está redactado, por la razón que antes he indicado: porque el ámbito de difusión puede ser variable y, por tanto, el criterio vale igual para el ámbito de difusión local, provincial o regional. Eso no debe de suponer, en todo caso, una variación en los tiempos, porque eso es lo que directamente se vincula, digamos, a la presencia o a la representación electoral que se tiene en el ámbito regional, porque son unas elecciones regionales las que se están regulando.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Para fijación de posiciones, por el Grupo Popular... El señor Hernández, por el Grupo Mixto, ¿desea intervenir?


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ:

Yo sólo para decir que entiendo que una vez que no ha sido aceptada la enmienda anterior del señor Montoya, en que se especificaba, en principio, en provincia, el concepto del número de provincias, esta segunda enmienda no tiene excesivo sentido discutir. Yo sigo pensando en que sí, que tal como ha quedado, con la enmienda transaccional, redactado el punto del artículo 33 está contemplado lo que el señor Montoya pretendía, sólo que con una distribución distinta.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Hernández.

Procedemos, entonces, a la votación de la enmienda del señor Montoya, Enmienda número 13. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Trece votos en contra. Queda rechazada la enmienda del señor Montoya.

Votamos, entonces, el artículo 33, según el texto de la Ponencia. Votos a favor...


EL SEÑOR...: ..

..con la enmienda transaccional?


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Naturalmente, con la incorporación de la enmienda transaccional que hemos aprobado antes. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Aprobado, por unanimidad.

Artículos 34 y 35. No se han presentado enmiendas. Propongo su votación, su aprobación por asentimiento. Votación del artículo 34, por asentimiento. Artículo 35. Quedan ambos aprobados.

En el artículo 36 tenemos la enmienda número 4 del señor Alonso Rodríguez. Tiene la palabra el señor Alonso.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Bueno. Yo mantengo, y voy a seguir manteniendo la misma filosofía, es decir, la misma filosofía es de proteger al necesitado, proteger a las minorías, proteger al desasistido.

Entonces, los fuertes, los poderosos, pues, ya se protegen o los protegen las personas que los protegen, es decir, no hay duda de que todo el mundo está protegido; y que un partido aquí... Hay algunos comentarios, por respeto no les voy a decir palabras fuertes, pero, bueno, cada uno tiene su filosofía, es decir, cada uno tiene su filosofía, la expresa como quiera, pero sobre todo es ciudadano libre, no está coadyuvado ni hacer la pelota para que le metan en lista, es decir, él se presenta con sus medios y tal, pero no hace la pelota y después se las da por ahí de hombrecito.

Bien, entonces, es el tema este: los partidos que no podemos concurrir con muchos medios económicos, pues, que el Estado, el Estado, del dinero de todos, les proporcione el 10% de las papeletas que ese colegio electoral donde se presente tiene derecho. Es decir, aunque yo soy partidario de que nadie tenga derecho a tener papeletas y que el ciudadano aprenda a votar yendo al colegio electoral y las sepa coger, no las lleve en el bolsillo. Porque sólo tienen derecho a los que las manden en casa y muchos por coacción, por miedo, por nerviosismo, por timidez, ya lo lleva en el bolsillo y no... Una obligación es ir al colegio electoral, estuvieran todas, y las cogieran y votaran. Es decir, pero como eso no va a poder ser, mi idea es de que los partidos pequeños, o las personas que concurran a las elecciones, que el Gobierno, el Estado, del dinero de todos los contribuyentes, que les diera el 10% de las papeletas, que tuviera el censo electoral.

Nada más, es ése el problema.

pág. 6307


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Alonso. Para turno en contra, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

La verdad es que es difícil contestar a las defensas no tanto de la enmienda, sino a la defensa que se hace de la enmienda. Porque, si no entiendo mal, el objetivo de fondo, ése que parece ser el ideal, es el que está en el texto del Proyecto. En el texto del Proyecto lo que dice es que la Junta de Castilla y León asegura la disponibilidad de papeletas; no dice que debe dar a ningún partido nada, ni, por supuesto, que debe dar a ninguno más que a otro en función de ese grado de poder del que tanto gusta hablar el señor Procurador.

Por tanto, el principio que él considera ideal es el que está detrás del artículo 36 del Proyecto. Lo que ocurre es que luego cada Grupo, en función de sus disponibilidades, pues, evidentemente, serán mayores o menores, eso es perfectamente normal y comprensible, pues, invertirá parte de sus fondos en hacerlas o no, en función de sus criterios electorales. Pero es que eso ni se puede impedir, ni se puede limitar. En una sociedad libre, pues, cada uno con sus disponibilidades económicas actuará como tenga por conveniente o como considere que le produzca más éxito electoral. Pero el principio de fondo, al que parece que usted tiende, no sé si ideológicamente, pues, es el que está recogido en el artículo 36, evidentemente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. Para...


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Señor Quijano. Yo creo que si lee.., a lo mejor no me he expresado bien en la temática, pero se sobreentiende y se la voy a leer. "La Junta de Castilla y León asegurará la disponibilidad de papeletas y sobres electorales conforme se dispone en el artículo siguiente, entregando a los partidos políticos o agrupaciones que concurran un porcentaje del 10% de los electores de esa circunscripción, sin perjuicio de su eventual confección por el grupo, por los grupos políticos que concurran a las elecciones". Quiero decirle de que..., y le voy a poner un ejemplo, un ejemplo. En las elecciones generales sólo había una empresa en Valladolid que era capaz o que tenía los sobres, monopolizaba los sobres y las papeletas de las elecciones en todo Castilla y León y en Valladolid. Quiere decir que para hacer las papeletas de las elecciones generales había que concurrir a empresas de Madrid, y su partido, que usted es Secretario General aquí -no sé si tendrá acceso a la documentación-, recibió una carta de una empresa de Madrid donde le decía: Mire usted, como sólo nosotros somos los distribuidores a nivel nacional de las pepeletas y de los sobres, para eso puede ponerse en contacto con nosotros a tantos sobres. Entonces, en Valladolid sólo había una empresa que lo podía hacer y había que ir..., que, en fin, que monopolizaba el...

Entonces, el Estado debe asegurar..., lo mismo que después sobran cientos y cientos de miles de papeletas tiradas, porque sobran, es decir, que si en una mesa electoral hay cinco mil electores, pues, hacen papeletas para diez mil por cada partido político, con lo cual, como en mi partido político, en una mesa electoral, vamos a suponer de cinco mil electores le van a votar cinco -y ya sería bastante porque no hay tanto ciudadanos libres-, pero, en fin, que..., que esos, que nos lo dieran a nosotros y nosotros podríamos buzonear gratuitamente. Es decir, que no limite usted la posibilidad. Y en eso, si lo lee detenidamente, aunque a lo mejor falta alguna coma o por la prisa, porque, en fin, esto da lo mismo, es papel mojado, como decía Albornoz, es decir, que nos faciliten el 10%. Es decir, aunque mi criterio es no facilitar a nadie y prohibirlo hacer, que todo el mundo fuera allí al colegio electoral y cogiera la papeleta. Nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Para dúplica, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Estamos en lo mismo, y fíjese que si leo textualmente lo que dice su enmienda, lo que dice es que la Junta entregue el 10% de los electores, o sea, es que me parece..., porque no dice el 10% de las papeletas, dice el 10% de los electores. Lo cual me parece que es más, que s más difícil y que seguramente iría contra esa condición de hombre libre a la que usted hacía referencia. Es decir, el tema es como es y le agradezco también el ascenso que me ha producido, aunque ya entenderá que no es el competente para hacerlo.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Yo sólo quiero comentar que...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ: ..

..se habla anteriormente de papeletas, aunque eso..., de cada elector que hubiera en esa circunscripción le diera número de papeletas. Es decir, se sobreentiende. Es decir..., a buen entendedor con pocas palabras bastan, es decir, aunque después las leyes sean..., aunque después las leyes y la Justicia den la razón al que no la tiene, es decir, pero a buen entendedor pocas palabras.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Señor Alonso, señor Alonso, por favor. Tiene la palabra el Grupo Popular, para fijación de posiciones. Señor Hernández, por el Grupo Mixto. Muchas gracias.

Sometemos a votación la enmienda del señor Alonso Rodríguez. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda rechazada por trece votos en contra.

Votamos, entonces, el artículo 36 del Proyecto según el dictamen de la Ponencia. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Por trece votos, ninguno en contra, ninguna abstención, queda aprobado.

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Los artículos 37 y 38 no tienen ninguna enmienda. Podemos votarles por asentimiento. Artículo 37. Artículo 38. Quedan ambos aprobados.

En el artículo 39 existía la enmienda número 4 del Grupo Parlamentario Socialista que fue incorporada por la Ponencia en su informe. Por tanto, al no existir ya ninguna enmienda, podemos también darle por aprobado por asentimiento. Aprobado.

En el artículo 40, igualmente, no existen enmiendas. Se aprueba por asentimiento. Aprobado.

Artículo 41 y 42, incorporados por la Ponencia como consecuencia de la aceptación de la enmienda número 5 del Grupo Parlamentario Socialista. Votamos artículo 41 por asentimiento. Artículo 42. Quedan aprobados.

43 y 44, que eran 41 y 42 antiguos del Proyecto primitivo, no se han presentado enmiendas. ¿Aprobados también por asentimiento? Artículo 43. Artículo 44. Aprobados.

Artículo 45, que era el artículo 43 del Proyecto, la Ponencia procedió a suprimir el dígito 1 que aparece en el artículo.

Enmienda número 5 del señor Alonso Rodríguez. Tiene la palabra el señor Alonso.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Bueno. Yo voy a seguir con la misma filosofía o el comportamiento en temas claros. Para mí es muy aplaudible y es un honor para las personas que tienen la posibilidad de representar a una Comunidad en una Institución. Hay que..., para mí, mejor sería que fueran turnos rotativos, es decir, que todos los ciudadanos tuvieran la oportunidad de ejercer el libre ejercicio, es decir, que de vez en..., que fuera rotativo, es decir, aplaudo las..., esta postura de ineligibilidad de muchas personas para que sólo concurran y tal, es decir la aplaudo, es decir que no se puede ser en tres o cuatro cosas a la vez, pero sobre todo que el tío que quiera o la persona que quiera ser candidato, o ser representante del Gobierno en una..., no sé, que se le faciliten los medios, que se le faciliten los medios, papeletas gratuitas, y todo eso. Problema..., pero que no perciban ni una, ni una peseta de haber, para que no se dé el caso que después, que muchas personas se hagan profesionales de la política, de que digan: tengo que..., y yo lo prometo, lo prometo, yo le critiqué a un señor de..., que estaba ganando mucho dinero de cargos públicos y tal, y esa cosa, y él..., y se lo dije delante de más personas, y dijo mira, y me dijo: no es que si no llevo todo ese dinero a casa la mujer se divorcia y, entonces, pues, necesita tener, ocupar muchos cargos públicos. Te lo juro que es verdad y sé el nombre y era de Avila... que para que sea más, más persona. Me fastidió porque era castellano-leonés.

Entonces, para mí...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Ruego al señor Alonso que se atenga a la cuestión.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Es una anécdota, digamos, que viene a cuento a esto. Bien..., después te lo digo.

Que el que se presente a unas elecciones vaya y vaya a un banco, pida un crédito, se presente y tal. Y después, si quiere..., o si por eso que el..., los estados se lo facilite para que concurra gratuitamente. Que nadie tenga que hacer mucha propaganda si no hay medios gratuitos. Que no tenga que ir a hipotecarse a los bancos, pero que después sepa que no le dan un duro, pero se le mantenga el sueldo en la empresa o tal, o que todo ese dinero lo dediquen para utilidad pública. Nada más era por eso, de que nadie, el Estado, subvencione después los votos, ni un número por cargo. Nada más es eso.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias. Para turno en contra, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Es que me lo pone cada vez más difícil el contestar a la defensa que hace de enmiendas, que empiezan por no tener ningún sentido; yo creo que ésa es la dificultad: que como no tienen sentido, pues, sólo se pueden defender con anécdotas y éste es el caso.

El criterio ese de la, con el que empezó la intervención de la distribución sucesiva de la población como Procuradores, pues, no deja de ser curioso. No sé si..., como tendría que ser por orden alfabético, porque es el único criterio objetivo, seguramente es que como se apellida Alonso, pues, entraría antes que..., antes que los demás y le beneficiaría un poco, y seguramente, cuando me llegara a mí por razones de apellido, pues, pues, acaso no tendría existencia en este mundo. Y eso, eso es lo que lamento como elemento de injusticia absoluta del criterio que usted maneja, que le beneficiaría considerablemente.

Y por lo demás, pues, mira, la enmienda no tiene, como yo creo que pasa con las demás, ningún sentido. Y si queremos hacer una discusión sería de una cosa seria, como es la Ley Electoral, pues, habría que tratar de que las enmiendas tengan argumentos de defensa, que no sean meramente anecdóticos los argumentos que se utilicen. Y, en todo caso y si fuera posible, pues, como usted parece haber expresado un criterio que pudiera ser saludable y que es la no retribución por un cargo público, pues, le pediría que predique con el ejemplo, en todo caso. Entonces, pues, igual nos lo empezamos a creer y a asumir.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. Para réplica, señor Alonso Rodríguez.

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EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Yo le voy a contestar al señor Quijano y estos mismos argumentos los diré para el Pleno.

Hay un procedimiento de que en vez de por apellidos, se pongan todos los nombres de los apellidos A, B, C, D, se saque la bola, se empieza por el C, por el C. Es decir, con lo cual no habría preferencia.

Después, que no haya retribuciones... No, no, no es que no haya. No, yo es que me tomo todo en serio. Es decir, todo...

Y que no haya retribuciones. Pues, mire, yo le voy a decir una cosa, que eso es absurdo. Porque en estas Cortes yo llevo..., yo he sido de los primeros que he dicho que no percibamos nada, que debe constar en acta, y todo se dé a una Institución pública. Porque eso de que el cargo de Procurador no retribuido es un cuento. Es decir, yo soy el primero que soy partidario de todo. Porque si yo ahora concurro a las elecciones, y voy a concurrir por desgracia a dos elecciones, las tengo que pagar de mi bolsillo, y después todo lo que se gane va por Estatuto íntegramente al partido. Nada más le quiero decir eso.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Para dúplica, señor Quijano. El Grupo Popular, ¿desea intervenir? Muchas gracias. ¿El señor Hernández, por el Grupo Mixto?


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ:

Hombre, yo tendría que decir que, desde un punto de vista por lo menos utópico, filosófico, cuando en las reuniones previas a las que fuimos invitados, por el Presidente de esta Cámara, los Portavoces de los Grupos y de los partidos, hablábamos de este tema yo me manifestaba, en cierto modo, a favor de que llegáramos a un purismo tal, a la hora de plantear las elecciones, que no hiciera falta recurrir a este tipo de retribuciones. Lo que me ocurre es, mi querido compañero de Grupo, el señor Alonso, ha hecho una defensa tal de su enmienda que casi que me ha obligado a no poder apoyársela. Pero, vamos, quiero decir que, desde un punto de vista global, yo estoy de acuerdo con que tendríamos, quienes estamos en la política que buscar la forma, si no a corto sí a medio plazo, de que las concurrencias electorales se pudieran hacer sin necesidad de este tipo de retribución y con una posibilidad paritaria por parte de todos aquellos que concurren.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Hernández.

Votamos la enmienda del señor Alonso Rodríguez. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda rechazada por trece votos a favor, cero en contra, y una abstención.

El artículo..., el texto de Ponencia del artículo 45, votamos entonces. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Aprobado por trece votos a favor y una abstención.

Al artículo 46, 44 del primitivo Proyecto, no se han presentado enmiendas. Puede, por consiguiente aprobarse por asentimiento. Aprobado.

Artículo 47. Enmienda número 6 del señor Alonso Rodríguez. Tiene la palabra.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Bueno. Yo sigo manteniendo el mismo criterio. Bien, al no poder ser y todas estas cosas, bueno, pues, al dar un pequeño gasto. Es decir, que me da lo mismo si ustedes van a aprobar treinta pesetas, y después..., y verdaderamente esto se llevara a rajatabla, que hubiera que justificarlo, porque eso no hay que justificar nada, y, en fin, porque aquí no se justifica nada. Con treinta pesetas un partido político que mande una carta a un elector, eso lo rebaja, quiero decir que eso está bien. Lo único que da pie que ahora mismito mi partido, que va a concurrir a las elecciones, el mismo día de las elecciones va a decir: oiga usted, el partido tal y tal y tal, como han recibido una carta en casa, ha gastado más de treinta pesetas y que lo justifique. Porque si ustedes mandan un membrete de estos a casa, es decir, con la candidatura, con todas estas cosas, le sale más de treinta pesetas; después pegan los carteles...


EL SEÑOR...:

(Intervención si micrófono).


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ: ...,

, aunque concertado. Quiero decir el Partido Reformista, perdona, que esté aquí que no esté aquí, concertó ocho millones de pesetas en Valladolid para buzonear y para todas estas cosas, es decir, y era más a quince pesetas ciudad y veinticinco pesetas fuera de la ciudad. Es decir, concertado, es decir. Y después, si mandas sellos y tal, es imposible que con treinta pesetas por elector puedas concurrir si le mandas una carta a cada elector..., por habitante, por habitante, da lo mismo...


EL SEÑOR...:

(Intervención sin micrófono).


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ: ..

..es lo mismo, son..., sale a cuarenta y cinco pesetas, es decir, que es lo mismo. Ni con cuarenta y cinco pesetas se puede concurrir con dignidad, que ustedes concurren, se puede hacer; es decir, ni con la dignidad que ustedes concurren, que son muy buena, pueden concurrir. Quiero decir que eso es..., yo le pondría, para estar dentro de la Ley, ponía a mil pesetas por cada habitante, es decir, porque con treinta y cinco pesetas, con cuarenta y cinco, ni con cincuenta, ustedes están dentro de la Ley, porque después las comidas de los candidatos, la comida del otro, la propaganda, todas estas cosas, la gasolina. ¡Es imposible! Es decir, que yo he estado en un partido de esas características y hablo con conocimiento. Lo que pasa es que después es imposible justificar, porque todo el mundo lo hace gratis. Y todo el mundo cobra. Es decir, que eso está..., está claro.

Es decir, que quiero decir eso que yo lo bajo a diez pesetas para que, por lo menos, puedan moverse con gasolina, para lo mínimo de gasolina, al militante que

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va, que pone su coche que le den para gasolina, que es más o menos lo que suele salir. Esa es mi idea.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Alonso Rodríguez. El señor Quijano, para turno en contra.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

La verdad es que venía contestándole a todas las enmiendas yo creo que al final ya por..., por cortesía, pero la verdad es que llegado este punto, ya, el argumento ya no... ya no me da para tanto.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Sí, señor Alonso.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Yo al señor Quijano..., estoy acostumbrado que ni me contesten, que me cierren la puerta y me..., me da lo mismo. Lo único que vaya yo contento, y haga y diga lo que quiera. Porque aquí, en estas Cortes, sufrimos la humillación, cuando me llamaron para ir al viaje de Méjico, y ustedes me llamaron y la Mesa de las Cortes...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Señor Alonso, por favor, aténgase a la cuestión.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Nada más es eso, nada más que estoy acostumbrado. Es decir, no se preocupe que no sufro; no sufro.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

: ¿Señor Quijano?... ¿Grupo Popular? ¿Señor Hernández?


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ:

Para alegrarme sólo de que no sufra el señor Alonso.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias. Procedemos a la votación de la enmienda del señor Alonso Rodríguez. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda rechazada por catorce votos en contra.

Votamos el texto del artículo 47, según el texto del Dictamen de la Ponencia. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda aprobado por unanimidad.

Los artículos 48, 49 y 50 no tienen ninguna enmienda. Se puede, por tanto, aprobar por asentimiento. Artículo 48. Aprobado. Artículo 49. Aprobado. Artículo 40. Aprobado.

Disposiciones Adicionales Primera y Segunda no se han presentado tampoco enmiendas. Pueden, igualmente, aprobarse por asentimiento. Disposición Adicional Primera. Aprobada. Disposición Adicional Segunda. Aprobada.

Disposición Adicional Tercera. Existe una enmienda transaccional a esta Disposición respecto a la enmienda número 7 del Grupo Parlamentario Popular.

Quiere el señor Letrado, por favor, dar lectura a esta enmienda.


EL SEÑOR LETRADO (SEÑOR MATIA PORTILLA):

Disposición Adicional Tercera: "Los partidos integrantes de las coaliciones o federaciones electorales que concurrieron en las elecciones anteriores en el momento de la disolución de las Cortes asumen la representación de los electores que votaron la correspondiente coalición o federación en proporción al número de Procuradores cada uno".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Para defender esta enmienda, el señor Olea tiene la palabra.


EL SEÑOR OLEA LOSA:

Señor Presidente. Hemos querido presentar esta Disposición Adicional Tercera, porque creemos que si no estuviera podían darse determinadas falsas interpretaciones o ausencias en las mismas, que no resolverían situaciones de hecho, situaciones existentes en el momento de la disolución de las Cortes, y no solamente en este momento, sino en cualquier otro momento posterior. Por lo que presentamos la misma con la intención de hacer una interpretación de la totalidad de la Ley, en los casos concretos en que puede especificarse, y además el intentar salvar estas ausencias que pueden darse en el mismo.

Por eso hemos entendido que nos estamos refiriendo a los partidos integrantes de estas coaliciones o federaciones electorales que hayan podido concurrir en el momento de la elección, pero que en el momento de la disolución sean distintos a aquellas que concurrieron en el momento de la elección. Y su forma de salvarlo, por tanto, es asumiendo la representación de los electores que votaron la correspondiente coalición o federación, en proporción al número de Procuradores de cada una. Nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Olea. Por el grupo Socialista, ¿quiere intervenir el señor Quijano?


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí. No, no para un turno en contra no, que quede eso claro.

Yo voy a decir simplemente lo siguiente al respecto de esta cuestión. Yo creo que desde el principio del comienzo de la elaboración de la Ley, pues, todos fuimos conscientes, y seguramente unos más que otros en función de cómo se vieran afectados por las circunstancias, pero todos fuimos conscientes de que había una cierta laguna que solventar. Y desde aquellos primeros momentos en que iniciamos el debate, nosotros nos manifestamos dispuestos a propiciar la solución que pareciera la más correcta y, de algún modo, dejando a quienes podían verse más directamente afectados, por la solución de esa cuestión, la iniciativa al respecto, con un cierto compromiso de que nosotros respetaríamos, porque entendemos el fondo del problema, respetaríamos la solución que se ofreciese en ese sentido.

pág. 6311

Por tanto, yo no voy a entrar en un debate de fondo de la cuestión. Puede haber cosas que técnicamente estén mejor o peor dichas, que gusten más, gusten menos, etcétera, pero, repito, en cualquier caso, mantenemos ese compromiso que fue muy explícitamente manifestado en la Ponencia, en el debate que ya tuvimos también allí sobre ese tema, y, en función de eso, pues, no tenemos ningún inconveniente en que prospere esta redacción.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. Por el Grupo Mixto, señor Hernández.


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ:

Sí. Bueno, yo, precisamente, sugerí parte de esa redacción en la reunión de la Ponencia, porque entiendo que, efectivamente, hay que buscar una salida a hechos concretos que se van a producir en el momento de llegar al próximo período electoral.

Seguramente no es la fórmula ideal, siempre este tipo de cosas plantea problemas que a veces son irresolubles, pero, desde luego, como antes he hecho con alguna otra enmienda, me parece la fórmula menos mala.

Entonces, es ese sentido, yo también estoy conforme con ella y la apoyaré.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

En ese caso, puede aprobarse la enmienda por asentimiento.


EL SEÑOR LETRADO (SEÑOR MATIA PORTILLA):

: "Los partidos integrantes de las coaliciones o federaciones electorales que concurrieron en las elecciones anteriores, -coma- en el momento de la disolución de las Cortes asumen la representación de los electores que votaron a la correspondiente coalición o federación en proporción al número de Procuradores de cada uno".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Se aprueba por asentimiento.

Disposiciones Transitorias Primera, Segunda y Tercera. No se han presentado enmiendas. Por tanto, puede también aprobarse por asentimiento. Disposición Transitoria Primera. Segunda. Tercera. Aprobadas.

Disposiciones Finales Primera y Segunda. Tampoco se han presentado enmiendas. Se pueden, también, aprobar por asentimiento. Disposición Final Primera. Segunda. Aprobadas por asentimiento.

Pasamos, entonces, a la votación de la Exposición de Motivos. En ella está la enmienda número 1 del Grupo Parlamentario Socialista. Tiene la palabra el señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

El único sentido que tiene esta enmienda es hacer coherente la Exposición de Motivos con la estructura final que resulta de la Ley. Una pura cuestión técnica que entiendo no necesitará mayor justificación.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. ¿Turno en contra?... ¿Intervención del Grupo Mixto?, ¿del Grupo Popular? Muchas gracias, pues...


EL SEÑOR OLEA LOSA:

La Tercera Adicional tiene que quedar introducida ahí, señor Quijano...

Por eso digo que, tres adicionales, tres transitorias...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

El señor Quijano tiene la palabra.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

En ese caso, entendemos automáticamente la enmienda corregida para que tenga coherencia con la enmienda que acabamos de aprobar. Y, entonces, el texto hablaría de tres Disposiciones Adicionales, Tres Disposiciones Adicionales, y el resto de la enmienda seguiría igual.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

: ¿Está de acuerdo el Grupo Popular? ¿Y el Grupo Mixto?

Aprobamos, entonces, por asentimiento la Exposición de Motivos con las correcciones introducidas. Aprobado. Sí.

Y, finalmente, Título, Título de la Ley. No se han presentado enmiendas. Por tanto, puede aprobarse por asentimiento. Queda aprobado por asentimiento.

Concluido el Dictamen de la Comisión de Proyecto de Ley Electoral de Castilla y León. Recuerdo a los señores Procuradores, y a los Grupos Parlamentarios que, al haber sido aplicado el procedimiento de urgencia para la tramitación de este Proyecto, disponen de un plazo de treinta y seis horas para comunicar los Votos Particulares y las Enmiendas que defendidos y votados en Comisión y no incorporados al Dictamen, quieran defender ante el Pleno de estas Cortes.

Se levanta la sesión.

(Se levantó la sesión a las trece horas cuarenta minutos).


DS(C) nº 212/1 del 23/3/1987

CVE="DSCOM-01-000212"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
I Legislatura
Comisión de Estatuto
DS(C) nº 212/1 del 23/3/1987
CVE: DSCOM-01-000212

DS(C) nº 212/1 del 23/3/1987. Comisión de Estatuto
Sesión Celebrada el día 23 de marzo de 1987, en FUENSALDAÑA
Bajo la Presidencia de: José Luis Alonso Almodovar
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ORDEN DEL DÍA:

1. Ratificación de la designación de los Ponentes para elaborar el Informe del Proyecto de Ley Electoral de Castilla y León.

2. Elaboración del Dictamen del Proyecto de Ley Electoral de Castilla y León.

SUMARIO:

 **  Se inicia la sesión a las once horas veinte minutos.

 **  El Presidente, Sr. Alonso Almodóvar, abre la sesión.

 **  El Secretario, Sr. García Cantalejo, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 **  El Presidente, Sr. Alonso Almodóvar, somete a ratificación de la Comisión la designación de los Ponentes. Son ratificados.

 **  El Secretario, Sr. García Cantalejo, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 **  Debate y votación del Dictamen de la Comisión del Proyecto de Ley Electoral de Castilla y León. En el debate intervienen los Procuradores Sres. Alonso Rodríguez, Montoya Ramos, Hernández Hernández, y De Fernando Alonso (Grupo Mixto), Quijano González (Grupo Socialista), Olea Losa y Nieto Noya (Grupo Popular). Durante el debate, interviene el Letrado, Sr. Matía Portilla, para asesorar a la Comisión.

 **  El Presidente, Sr. Alonso Almodóvar, levanta la sesión.

 **  Se levantó la sesión a las trece horas cuarenta minutos.

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TEXTO:

(Se inició la sesión a las once horas veinte minutos).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Buenos días, señores Procuradores. Se abre la sesión.

Antes de entrar en el Orden del Día, debo manifestarles que se han comunicado a esta Presidencia las siguientes sustituciones: en el Grupo Parlamentario Popular, Don Ricardo Saborit sustituye a Don Victoriano Simón Ricart. Y en el Grupo Mixto, Don Daniel De Fernando sustituye a Don José Manuel Hernández.

Por el señor Secretario se va a proceder a dar lectura al primer punto del Orden del Día.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR GARCIA CANTALEJO):

Primer punto del Orden del Día: "Ratificación de la designación de los Ponentes para elaborar el informe del Proyecto de Ley Electoral de Castilla y León".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Los Grupos Parlamentarios designaron Ponentes para informar el Proyecto de Ley Electoral de Castilla y León a los señores Procuradores miembros de esta Comisión: Don Jesús Quijano González, Don Francisco Javier Vela Santamaría, Don José Nieto Noya, Don Serafín Olea Losa y Don José Manuel Hernández Hernández.

¿Se ratifica por asentimiento esta designación? Queda ratificada, por asentimiento.

Por el señor Secretario se procederá a dar lectura al segundo punto del Orden del Día.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR GARCIA CANTALEJO):

Segundo punto del Orden del Día: "Elaboración del Dictamen del Proyecto de Ley Electoral de Castilla y León".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Comenzamos el Dictamen del Proyecto de Ley de Castilla y León.

Al artículo 1. No se han presentado enmiendas. ¿Se aprueba por asentimiento? Aprobado.

El artículo 2. Enmienda número 1 del señor Alonso Rodríguez. ¿Al no estar presente, decae?

Señor Alonso Rodríguez tiene la palabra para defender la enmienda número 1 al artículo 2.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

El Boletín Oficial del Estado dice los requisitos que necesita una persona para concurrir a las elecciones. Creo que es absurdo recalcar y poner más obstáculos de los que pone ya el Boletín Oficial del Estado para concurrir a las elecciones generales.

Yo, en este momento..., perdonen, pero estaba un poco distraído..., son electores del régimen electoral general, entonces, suprimir todos, todos los otros requisitos que pone, ponemos nosotros en el Boletín, porque ya lo dice bien claro el Boletín Oficial del Estado en las Disposiciones Generales para concurrir a unas elecciones generales. Entonces, poner más obstáculos yo lo considero que es absurdo.

Eso es por lo que yo quería suprimir las frases esas posteriores que hay. De todas formas voy a mirarlo.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

: ¿Ha terminado señor Alonso?


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Sí, sí, sí.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Sí, gracias. ¿Para consumir un turno en contra? Sí, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí. Solamente para decirle al señor Procurador que me sospecho que no tiene la idea muy clara de lo que, de lo que se regula ahí. El artículo traduce y reproduce el Estatuto de Autonomía en ese sentido, porque está, esta Ley está regulando las elecciones a las Cortes de Castilla y León.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Sí, sí, ya, ahora lo veo. Sí.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

No las elecciones a las Cortes Generales, que es lo que regula ese Boletín Oficial del Estado, me parece, que ha tomado de referencia.

La exigencia de la condición política de castellano-leonés para votar en las elecciones regionales es evidente, y supongo que más para un partido nacionalista.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Sí, bien, pero ya, eso es lo que... yo..., gracias al Portavoz del Grupo Socialista, pero es que en estos momentos no estaba asentado y no lo había visto.

El tema mío era..., porque estar inscrito en el censo electoral de Castilla y León, que habrá muchos candidatos de los partidos nacionales que concurran que no estén inscritos en el censo electoral de Castilla y León, con lo cual se plantea el problema de que no se pueden presentar. Aquí hay el caso del nuevo candidato para la, para el Gobierno de la Comunidad por el Partido, por el Grupo Popular, que no es un hombre que está inscrito en el censo electoral de Castilla y León, a no ser que falsifique..., falsifique, quiero decir, que se inscriba rápidamente, es decir, que él está inscrito en Chamberi, en Madrid, hace cosa de dos meses, es decir, que si ahora lo han inscrito en Valladolid o en Avila, si se aprueba esta Ley, en este momento, y no falsifica la posibilidad de venirse a inscribir, aunque no viva, es un fraude electoral. Es decir, yo el problema era que..., subsanar y dar posibilidades a una persona que viva en Madrid, o en Barcelona, o en Buenos Aires, que se pueda presentar, porque se lo permite la Ley Electoral Nacional. Una persona que esté inscrita en Barcelona se puede presentar

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candidato por Madrid, con lo cual si aquí ya ponemos que tiene que estar inscrito en el censo electoral de Castilla y León, quiere decir que tiene que estar inscrito en una provincia de Castilla y León, con lo cual una persona que está inscrita en el censo electoral de fuera de la Comunidad no puede ser candidato de nuestra Comunidad. Es decir que..., para el partido mío no hay problema, porque lo obliga estatutariamente el programa nuestro electoral, y el programa de los Estatutos, estar inscrito en una Comunidad, entonces, yo lo digo por los partidos mayoritarios que les obliguen a poner candidatos de fuera de la Comunidad. Si se aprueba esto no se le permitirá presentarse. Es decir, yo el caso..., y ejemplo palpable es el candidato a la Presidencia por el Grupo Popular, que hace tres meses no estaba inscrito y estaba inscrito en un censo electoral de Madrid. Nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

: ¿Dúplica del Grupo Socialista?


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí, sí. Sin perjuicio de que el Grupo Popular luego conteste al fondo de la cuestión, que eso no es cosa mía.

Pero sólo volverle a aclarar al señor Procurador que si era ese problema el que quería arreglar, lo tenía que haber arreglado en el artículo 3 que no ha enmendado. Porque aquí se está regulando la condición de elector, no de elegible. Aquí se está regulando quién puede votar, no quién puede ser candidato, que no tiene nada que ver.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Yo me permitiría, me permitiría..., sí, perdón, me permitiría decir al señor Alonso Rodríguez que los Grupos Paralmentarios no tienen candidatos, los candidatos son de los partidos políticos, que pueden integrar en un momento dado los Grupos Parlamentarios.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Se sobreentiende ¿no?, se sobreentiende.


EL SEÑOR OLEA LOSA:

Unicamente manifestar que se está tratando en el Capítulo I, artículo 2 de quiénes son electores, no quiénes son candidatos y, por tanto, se está refiriendo a unas elecciones dentro de la Comunidad de castellanos-leoneses, y, por tanto, creemos que este último párrafo aclara perfectamente el contenido de este artículo. Nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias. El Grupo Mixto.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Sí. Yo sólo decir que pido disculpas por mí, a lo mejor, llevarme, dejarme llevar, pero para mí es triste que una persona que no puede ser elector, votar en Castilla y León, sea candidato en Castilla-León. Nada más era esa filosofía.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Se somete..., ¿el Grupo Mixto? Se somete a votación la enmienda del señor Alonso Rodríguez. Votos a favor. Votos en contra. Abstenciones. Queda rechazada con ningún voto a favor, trece votos en contra y una abstención.

Votamos, entonces, el artículo 2 tal como está en el Dictamen de la Ponencia. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda aprobado.

En el Grupo Mixto, reintegrado don José Manuel Hernández, sustituye como Portavoz a don Daniel De Fernando, que venía desempeñándolo hasta estos momentos.

Artículo 3. La Enmienda número 1 presentada por el Grupo Parlamentario Popular fue incorporada por la Ponencia al texto del informe. No queda...


EL SEÑOR ...:

(Intervención sin micrófono).

Enmienda técnica de adición se presenta en estos momentos a la Mesa.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

: ¿Quiere proceder el señor Letrado a su lectura?


EL SEÑOR LETRADO (SEÑOR MATIA PORTILLA):

Se presenta, por los Portavoces de los Grupos, una enmienda técnica, de adición al artículo 3, que dice lo siguiente..., es la inclusión en el párrafo primero del artículo, que quedaría de la siguiente forma: "Son elegibles los ciudadanos que poseyendo la cualidad de electores, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 7.2 de la Ley General Electoral, no se encuentren incursos en alguna de las causas de inelegilibilidad previstas en las disposiciones comunes de la legislación reguladora del régimen electoral general".

Se trata, por tanto, de la adición del inciso "y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 7.2 de la Ley General Electoral".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias. Para defender esta enmienda ¿turno a favor?


EL SEÑOR OLEA LOSA:

No se trata de defenderla, es decir, si estamos de acuerdo o no en incorporarla...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Sí, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí. Por nuestra parte no hay, no hay ningún inconveniente, porque, efectivamente, es una enmienda estrictamente técnica. La verdad es que para nosotros el tema estaba ya resuelto de antemano, porque el artículo 7.2 de la Ley Electoral General, como todo el primer bloque de esos artículos, es de aplicación general a todas las Comunidades Autónomas en su legislación electoral, son, en definitiva, las bases electorales del sistema general. O sea, que se hubiera aplicado de todos modos. No obstante, como es exclusivamente una mención técnica, si sirve, pues, para clarificar y no tener que andar recurriendo a otros criterios de aplicación de la Ley Electoral que hubieran

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dado el mismo resultado, no tenemos ningún inconveniente en aceptarlo.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias. El Grupo Mixto, ¿desea hacer alguna manifestación?... No. Entonces, por asentimiento, queda aprobada esta enmienda técnica de adición que se incorpora al texto del artículo.

Votamos, entonces, el artículo 3, con la inclusión, naturalmente, de la enmienda aprobada. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda aprobado, por unanimidad.

Los artículos 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13 no se han presentado enmiendas. Procedemos a votar separadamente cada uno de ellos, pero por asentimiento de la Comisión, si no hay inconveniente.

Votación del artículo 4, por asentimiento. Artículo 5, se aprueba por asentimiento. Artículo 6. Artículo 7. Artículo 8. Artículo 9. Artículo 10. Artículo 11. Artículo 12. Y artículo 13. Aprobados por asentimiento.

En el artículo 14, la enmienda número 2, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, fue incorporada por la Ponencia al texto de su informe. No queda ninguna otra enmienda, por lo que propongo que se apruebe el artículo 14, también, por asentimiento.

Igualmente, los artículos 15, 16, 17 y 18, no existe ninguna enmienda, por lo que podemos aprobar por asentimiento. Artículo 15. Artículo 16. Artículo 17. Artículo 18. Quedan aprobados.

Artículo 19. La enmienda número 3, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, fue incorporada por la Ponencia también al texto de su informe. Por tanto, podemos aprobar igualmente este artículo 19, por asentimiento. ¿Alguna objeción? Queda aprobado por asentimiento.

Artículo 20. La enmienda número 4 del Grupo Parlamentario Popular fue incorporada por la Ponencia al texto de su informe. En consecuencia, la enmienda número 2 del Grupo Parlamentario Socialista fue retirada. Queda en esta enmienda, en este artículo, perdón, una enmienda del señor Montoya. ¿Desea mantener el señor Montoya su enmienda?


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

No. Como básicamente ha sido recogido el criterio que yo sustentaba en esta enmienda, aunque los números sean diferentes, yo la doy por válida y retiro la enmienda mía.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias, señor Montoya. En ese caso, otra enmienda también del Grupo Parlamentario Popular, la número 5, fue incorporada al texto, por lo que, al retirarla el señor Montoya la suya, no queda ninguna otra y, en consecuecia, propongo la aprobación del artículo 20 por asentimiento. Queda aprobado.

Igualmente, en los artículos 21 y 22 no existe ninguna enmienda, por lo pueden quedar aprobados por asentimiento. Artículo 21. Artículo 22. Muchas gracias.

Artículo 23. Enmiendas números 2, 12 y 11 del señor Montoya Ramos. Propongo al señor Montoya la defensa y votación de las enmiendas acumuladas de este artículo. Tiene la palabra el señor Montoya, para defender sus enmiendas.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Sí. El sentido de mi enmienda, o de la primera enmienda, es que no se nombrara antes al representante de la candidatura, antes de la presentación de las mismas. Entonces, yo proponía que se haga en el momento de la presentación de las candidaturas, porque, bueno, puede haber una decisión que un candidato que..., o unos candidatos que piensan presentarse y toma la decisión posteriormente, entonces, se encontrarían con que no se había, había sido nombrado el representante de las candidaturas. En ese sentido, parece que tiene que ser previa la decisión de nombrar el candidato de las candidaturas. Yo proponía que se pospusiera el momento que las candidaturas son presentadas, que es cuando de verdad necesitan tener un representante. Este es el sentido de la enmienda primera, número 2.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Perdón. ¿Va, se pueden defender acumuladas las tres? o sólo, ¿desea defender cada una independientemente y votar por separado?


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

En el fondo las otras son, son derivadas de ésta.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Por eso, precisamente ahí está...


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Tal vez sería preferible que se discutiera esta primero y si la desechan, las otras decaerían.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

De acuerdo. Muchas gracias... Sí, para turno en contra, el señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí. Fundamentalmente para aclarar el sentido del párrafo del Proyecto, en el artículo 23.1. La cuestión fue ampliamente debatida en Ponencia, porque, efectivamente, podría caber alguna mínima duda de correcta interpretación de qué es lo que se está queriendo regular. Pero si se tiene en cuenta, y ése fue el criterio que en la Ponencia predominó, si se tiene en cuenta que es que el párrafo primero lo que está regulando no es exactamente la representación de las candidaturas, sino la representación general de los partidos, federaciones, coaliciones que pretenden concurrir a las elecciones (tal como dice el artículo 23), porque si el problema que el señor Montoya plantea es, exactamente, el de quién va a concurrir sin que previamente haya podido designar un representante, sólo se daría en el caso de agrupaciones de electores independientes, entiendo yo, y eso está regulado expresamente en

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el sentido que él dice, en el párrafo 5 de ese artículo 23. El supuesto general, que es la existencia previa de un partido o federación o coalición, que como tal persona jurídica designan un representante, que es luego el que representará a esa organización política a lo largo de todo el proceso, y de toda la tramitación electoral. Yo creo que, desde esa interpretación, que es la correcta entiendo y es, efectivamente, lo que sucede, y tal y como está regulado el tema en la legislación electoral general, pues, tiene, tiene sentido el conjunto del, el conjunto del artículo.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias. Para turno de réplica, señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Sí. Evidentemente, parece que sólo serían las agrupaciones de electores las que pueden tener el problema ese. Pero, bueno, yo no desecho, no desecho que haya un partido o una formación política, o incluso que se pueda constituir una coalición que pueda constituirse o pueda tomar la decisión de concurrir a las elecciones, pues, bueno, un tiempo antes, un tiempo que haya superado el de la necesidad de elegir representante. En ese caso, habría una paradoja: podrían concurrir a las elecciones, pero no se ha previsto, no podrían hacerlo porque no han nombrado representante, o no había representante de esa candidatura. A mí me parece que, por tanto, sería bueno posponerlo a que la candidaturas hayan sido presentadas, para que puedan tener el representante, aunque se posponga y sea en ese mismo momento, y a su vez se obligue que las candidaturas tengan que tener un representante.

Yo, en ese sentido, me parece que era mejor..., que era mejor eso, porque probablemente para algunos partidos, a lo mejor, pues, no les supone ningún problema nombrar al representante de la candidatura antes, pero incluso ésta puede olvidársele también, porque están pendientes más bien de la elección de los miembros de la candidatura y, bueno, no tiene por qué estar pendientes de que se han olvidado de nombrar el representante. En ese caso, pues, esa candidatura no tendría representante, o por no tener representante no se podría presentar la candidatura.

A mí me parece que el representante sólo tiene necesidad de existir cuando las candidaturas están presentadas. En ese sentido, me mantengo en mi criterio. Pero vamos, tampoco..., como creo que no voy a añadir muchos argumentos de peso más y estos son suficientes, y me gustaría, en todo caso, proceder a votar y nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

: ¿Dúplica del Grupo Socialista?


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí. Sólo por continuar con la aclaración. Hombre, yo creo que el plazo que hay previsto en el artículo 23, tanto en el párrafo 1 como en el párrafo 2, como luego en el párrafo 4 para otro trámite, bueno, yo creo que es prudentemente suficiente. Yo creo que si nueve días después de que ya están convocadas las elecciones no se ha formalizado, que parece que es el problema a que se refiere el señor Montoya, una determinada coalición para que pueda designar a su representante, pues, me parece, honradamente, que es que ya es tarde para formalizar esa coalición. En fin, yo creo que el plazo es suficientemente prudente, porque claro, por esa regla de tres, pues, llevando quizá un poco las cosas al máximo extremo, pues, habría que esperar hasta el mismo día de las elecciones, para ver si se llega al acuerdo de hacer una determinada coalición y poder todavía dar, dar vía libre a esa posibilidad.

Yo creo que el elector, y estas son normas de garantía para el elector indirectamente, con un plazo de tiempo suficiente a efectos de formar la voluntad política que expresará en su día en las urnas, pues, debe de tener, digamos, la visión del mapa político con una cierta antelación. Yo creo que eso es lógico, y es una garantía en..., la existencia de ese plazo en ese sentido.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias. Para fijación de posiciones, por el Grupo Popular.


EL SEÑOR OLEA LOSA:

Mantenemos la postura que tuvimos en Ponencia, teniendo en cuenta que una cosa es el representante general y otra es la candidatura, y que creemos que los plazos establecidos dentro de este Proyecto de Ley son suficientes.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias. ¿Desea intervenir el señor Hernández para fijar sus posiciones?


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ:

Sí. Yo también, igual que manifesté en la Ponencia, considero que la candidatura lo es en función del partido que la presenta y, por tanto, no me parece desatinado el que se nombre un representante a priori de la candidatura, y que las personas que luego concurran a ella acepten explícitamente a ese candidato. Por tanto, los plazos también me parecen correctos.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias. Sometemos a votación, por tanto, la enmienda del señor Montoya. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda rechazada.

A este mismo artículo, como decíamos, enmienda número 12 del señor Montoya Ramos. Tiene la palabra.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

No. La retiro, porque me parece que además, en el fondo, queda decaída, porque son derivadas de la anterior.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

La 11 del mismo artículo también...


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Igual. Sí, sí.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Igual. Queda decaída, ¿no? Por eso proponía inicialmente la votación acumuladas.

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En ese caso, al retirar las dos enmiendas que restaban, sometemos a votación el artículo 23 en su redacción actual. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda aprobado por unanimidad.

Artículos 24 y 25 no se han presentado enmiendas. Propongo la votación por asentimiento del artículo 24. Artículo 25. Quedan aprobados ambos por asentimiento.

Artículo 26. La Enmienda número 3, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, fue incorporada por la Ponencia al texto del informe. Existen varias enmiendas a este artículo. Enmienda número 10 del señor Montoya Ramos. Tiene la palabra.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Yo, en esta enmienda me parecía que era excesivo, o me parece que es excesivo exigir la presentación de tres candidatos suplentes. Me parece que debiera exigirse que estuviera, que la lista fuera completa por los números de candidatos que hay en cada provincia y nada más, en todo caso, que se permitiera elegir o se permitiera acompañar de tres candidatos suplentes cuando así se considerara oportuno por la respectiva candidatura. Pero me parece que era excesivo lo de exigir una obligación de tres candidatos suplentes más, es decir, que las listas tienen que estar completas y cerradas. Pues, yo creo que lo de completas y cerradas se entiende con el número de candidatos que hay en cada jurisdicción. De todas formas y como esta enmienda no ha sido aceptada por la Ponencia, y entiendo, pues, que éste era el criterio de los Grupos mayoritarios, o de todos los Grupos, pues, yo no voy a..., yo no voy a plantear más cuestiones en esta enmienda. Queda claro la filosofía en que se basa. A mí me parece que es, en cierta forma, ilegal exigir que una lista tenga más candidatos que los que tienen que ser elegibles, pero si la Ponencia no lo ha entendido así, yo procedo a retirar la enmienda.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

: ¿Retira la enmienda entiendo entonces?, señor Montoya, ¿no?

En ese caso, pasamos a la enmienda número 2 del señor Alonso Rodríguez. Tiene la palabra el señor Alonso.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

En primer lugar, tengo que dar las gracias al Portavoz Socialista, porque me aclaró un poco cuando yo estaba un poco confundido en las..., por entrar en tropel. Pero, sí tiene razón que yo no presenté enmiendas a la 3, porque al aprobar la anterior ya son elegibles los ciudadanos que poseían la cualidad de electores en Castilla y León, con lo cual los que no están inscritos en el censo electoral de Castilla y León no pueden ser elegibles, es decir, no pueden presentarse candidatos. Por ese motivo..., y con lo cual los candidatos que vengan de Madrid no pueden ser elegibles en otra Comunidad. Por eso no presenté la enmienda... Entonces..., gracias, por eso, por eso no presenté.

Entonces, en la parte anterior yo me, de esta pregunta, yo me contrarresto al régimen electoral general de las elecciones generales. Es decir, que especifica muy claro quiénes son los candidatos, cómo se presentan y cómo no se presentan, con lo cual, para mí, había obviado esta ley, que no hubiera sido necesaria. Es decir, que se harán las elecciones de Castilla y León de acuerdo a las Disposiciones Generales de la Ley General, con lo cual se exige que para ser..., presentar una lista presentar tres suplentes, que la ha presentado en la anterior y en ésta.

Y en ésta es que dice que tú presentas una lista electoral y será..., la acompañará el símbolo del partido. Si el símbolo del partido que..., el escudo de Castilla y León no es propiedad de la Comunidad de Castilla y León, porque lo tiene la bandera de España, lo tiene Cádiz, lo tiene Córdoba, lo tiene..., hay en Cataluña pueblos que tienen un Castillo o un León, lo tiene León (su capital), lo tiene Francia, lo tiene Alemania, quiere decir, que si ustedes al...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

(Intervención sin micrófono).


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

No..., si no, se induzca a confusión con éstos... perdón, no me...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

(Intervención sin micrófono).


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Yo quiero suprimir el párrafo ese, es decir, que si te permiten concurrir a las elecciones generales, aquí no podemos... o si yo quiero que el Portavoz del Grupo Socialista, que es el que ha hecho la Ley, o por lo menos el Gobierno que lo sostenta, impiden a los partidos que tienen ya constituidos antes que exista el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, en sus emblemas, en su simbología, un escudo, o de..., que representa un castillo o un león, como hay el caso de Extremadura Unida, hay el caso de los Prepales, los grupos Autonomistas Leoneses; quiero decir que si al haber un escudo un castillo o un león, están imposibilitados a concurrir, en cambio, sí pueden concurrir a las generales, considero que es una incongruencia, es decir, que es ilegal, es decir, que tú puedes..., lo que no puedes concurrir es con la bandera de Castilla y León.

Yo quiero que me explique la filosofía del Partido Socialista cuando enmienda esta enmienda, porque aunque ustedes la han rectificado dicen "o induzcan a confusión de estos". Un castillo o un león ¿confunden, inducen a confundir la bandera de Castilla y León? Ya te digo, parto de que el escudo de Castilla y León, el león y el castillo, no es patrimonio de Castilla y León, es patrimonio de muchos países del mundo. Nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Alonso. Para consumir un turno en contra, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí, la verdad es que casi no sé a qué tengo que consumirle, porque

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empezó con un..., con el artículo 2, ha pasado por lo de los suplentes y ha terminado con lo de los símbolos, o sea, que me centraré en lo que es el tema de discusión en estos momentos, lo del párrafo 3 del artículo 26. Pues, mire, aquí lo que hemos hecho, en definitiva, es trasladar, y conste que yo no he hecho el Proyecto de Ley, eso también debe quedar claro; hasta ahora he formado parte de la Ponencia y he defendido las enmiendas de mi Grupo y nada más. Lo que hemos hecho aquí, en definitiva, es simplemente trasladar un criterio, que está en la legislación electoral general, respecto de los símbolos del Estado en su conjunto, y aplicarlo en relación con los símbolos específicos de la Comunidad Autónoma, lo cual yo creo que tiene pleno sentido, como principio, en la línea, pues, de lo que son los símbolos, del conjunto de la Comunidad Autónoma como tal institución, pues, no parece en principio adecuado, digamos, que puedan ser apropiados o utilizados por una parte de la Comunidad que, en definitiva, es un grupo político en concreto, tenga mayor o menor representación que eso a estos efectos es indiferente.

Ese es el principio que está detrás del párrafo 3. Efectivamente, nosotros consideramos, asimismo, que quizá la redacción primitiva del Proyecto, extendiendo la prohibición no sólo a los símbolos que reproduzcan, y yo creo que ahí está el quid de la cuestión, que reproduzcan el emblema de la bandera o el pendón, decía también: "o algunos de sus elementos constitutivos". Efectivamente, eso nos pareció, y así presentamos una enmienda que fue aceptada en Ponencia, nos pareció que podría tener una interpretación excesiva y que, efectivamente, en algún caso, pues, puede caber la posibilidad, y ejemplos evidentemente existen y son conocidos, de que un determinado elemento constitutivo utilizado aisladamente no plantee el problema que se pretende evitar con la filosofía de fondo del tema.

En función de eso hicimos la enmienda, que yo creo que resuelve suficientemente el problema, porque con el texto actual del Proyecto, queda asegurado el principio, que a nosotros nos parece plenamente lógico y coherente, y se deja ahí esa cláusula abierta, porque pudiera haber y, evidentemente, pues las posibilidades del diseño moderno son tan sutiles en algunos casos que, sin que fuera una reproducción exacta del emblema, la bandera o el pendón, pues, hubiera algún tipo de diseño que tuviera una coincidencia prácticamente total, aunque no fuera una reproducción. Y entonces, pues, se podía estar por esa vía, quizá, introduciendo, pues, un camino de poder burlar la prohibición, que consideramos tiene pleno sentido. Y en función de eso se introdujo ese último matiz final: "o que induzcan a confusión con estos". Y ya lo digo de paso, pretendiendo que con eso nos acercábamos también, digamos, a la enmienda intermedia que había presentada, la enmienda que viene a continuación del señor Montoya, que pretendía suprimir el último inciso del Proyecto, que nosotros hemos suprimido, aunque hayamos puesto este otro nuevo, digamos, para poder extender la aplicación a casos que sean absolutamente, absolutamente similares.

Esa es la razón de fondo de la permanencia de ese párrafo. La razón, por tanto, de que nos opongamos a la enmienda del señor Alonso, que pide la supresión del párrafo, y ésa es la explicación, digamos, la filosofía de fondo del tema y el sentido del matiz que le hemos añadido.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias, señor Quijano. Para réplica, tiene la palabra el señor Alonso Rodríguez.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Yo estoy de acuerdo con el señor Quijano de que ya viene regulado en la..., el régimen electoral general, cómo se deben acompañar las candidaturas, acompañadas con el símbolo, a la derecha. Entonces, yo estoy de acuerdo con que se mantenga la enmienda número 3, como la han quedado ustedes, pero que borren, porque ya lo especifica bien claro: "No podrán presentarse candidaturas con símbolos que reproduzcan el emblema, la bandera o el pendón de Castilla y León", como bien marca la Ley de Régimen Electoral General. Y suprimir: "o que induzcan a confusión con estos", porque para eso están los tribunales, que cualquier partido o cualquier Gobierno..., se encuentre lesivo presente un recurso electoral ante la Junta electoral y ellos decidan. Porque ustedes..., aunque cualquier partido presente un emblema lo va a aceptar el comité, el Colegio, digamos, la Audiencia Provincial, y después ellos decidirán. Pero "que induzcan a confusión con éstos", yo creo que debe sobrar eso, en fin, para que quede bien claro como dice la Ley del Régimen General, que dice lo mismo que dicen ustedes, pero suprimiendo "en que induzcan a confusión con estos". Eso lo dice..., en estos momentos no lo encuentro por las prisas, pero aquí lo viene claramente como dice usted, la filosofía, que si cambian esto yo lo veo perfectamente bien.

Nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

El señor Alonso Rodríguez, ¿entiendo que quiere presentar una transaccional a este artículo en este sentido?


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Cambiando... (Intervención sin micrófono).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Para dúplica el señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

De todos modos, le vuelvo a insistir en la explicación. Yo creo que ya, en definitiva, nos hemos acercado, porque de su enmienda inicial a esto ya va un buen trecho. Ya admite el principio, admite el principio, lo cual ya es un paso, un paso positivo de acercamiento. Y yo creo que es que admitiendo el principio no queda otro remedio, indirectamente, que admitir el matiz que luego hemos introducido. Porque usted mismo, en su argumentación, lo dice

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explícitamente. Dice: hombre, si en algún momento hay alguna confusión evidente, aunque no sea una reproducción exacta, pues, para eso están los tribunales o la jurisdicción electoral para decidirlo; si es que eso es lo que dice ahí exactamente. Si es que, efectivamente, quien tendrá luego que juzgar si induce a confusión o no, en el caso de que se plantee un determinado recurso, es la jurisdicción electoral. Si aquí sólo se está diciendo que cabe que haya unos supuestos en que quepa la confusión, pero no..., no se cierra más, y lo tendrá que decidir, evidentemente, porque la confusión no existe a priori, eso lo tendrá que decidir el Tribunal electoral, o la Junta electoral, o la Jurisdicción contenciosa, en su momento, según el tipo de recursos.

Yo creo que es que no hay, en ese sentido, una, una variación. La confusión no la va a poder decidir de antemano nadie más, si se establece un recurso de tipo jurisdiccional.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Para fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular.


EL SEÑOR OLEA LOSA:

De acuerdo con la redacción actual del artículo, hemos de tener en cuenta que, precisamente, se discutió ya en Ponencia la desaparición del último párrafo o alguno de sus elementos constitutivos. Entonces, se ha restringido ya el concepto de este número 3 y, por tanto, estamos de acuerdo en aquello que se ha añadido: "o que induzcan a confusión con estos", ya que se está refiriendo concretamente a estos símbolos que reproduzcan el emblema, la bandera o el pendón de Castilla y León y no otra cosa tan amplia como era: "o alguno de sus elementos constitutivos". Al estar..., creemos nosotros, perfectamente claros cuáles pueden ser estos símbolos, pues, mantenemos la postura de la Ponencia.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias señor Olea. Por el Grupo Mixto, el señor Hernández.


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ:

Bueno. En efecto, yo creo que el problema que está flotando sobre esta enmienda en este momento, y por lo que el señor Alonso ha presentado, la ha presentado, pues, entiendo que no se resuelve ni se va a resolver, en modo alguno, ni con la supresión que se ha hecho del párrafo -aunque de hecho se ha avanzado algo-, ni con la redacción que había previa. Yo creo que tal y como está redactado en este momento este párrafo casi diría yo que incluso podría sobrar, porque, ineludiblemente, esto va a terminar posiblemente con la necesidad de que sean los órganos jurídicos propios de todo un período electoral los que decidan. De todas formas, yo, por tanto, creo que este párrafo tercero no va a aportar casi nada a la resolución de los posibles problemas que haya, porque, claro, efectivamente, al suprimir la parte del todo hemos avanzado algo, pero como sigue habiendo ese, esa última frase que dice "o que induzca a confusión con estos", evidentemente, eso es algo tan genérico que si alguna determinada fuerza política toma cualquier tipo de iniciativa jurídica por la utilización de algún símbolo que, presumiblemente, induce a confusión, al final va a tener que ser, como digo, los órganos jurídicos propios de un período electoral los que tienen que decidir.

Por tanto, yo, en esta enmienda, lo que voy a hacer es abstenerme.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Hernández. Antes de proceder a la votación de la enmienda del señor Alonso Rodríguez, quiero dar cuenta a la Comisión de que en el Grupo Parlamentario Socialista Don Laurentino Fernández Merino sustituye a Don Celso López Gavela.

Y procedemos a la votación de la enmienda del señor Alonso Rodríguez, enmienda número 2. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda rechazada por trece votos a favor y uno en contra..., trece votos en contra y una abstención la enmienda del señor Alonso.

Enmienda número 3 del señor Montoya Ramos a este mismo artículo. Tiene la palabra el señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Yo había hecho una enmienda, porque me parecía que era excesivo las restricciones que se hacían en el texto, porque no se podían reproducir ninguno de los elementos constitutivos. Entonces, bastaría que se reprodujera el castillo o el león, o la cola del león, pongo cualquier tipo de ejemplo, para que ya fuera un elemento constitutivo del mismo. Bueno, yo creo que el texto final, que a lo mejor da lugar a alguna confusión, para ver cuando estos símbolos inducen a confusión o no, pero, en cualquier caso, yo creo que se ha recogido el espíritu de la enmienda que yo señalaba, de que no podía ser tan restrictivo como se ponía en el texto original, y en este sentido pues, yo no..., no quiero mantener la enmienda, sino procedo a retirarla.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Doy la enmienda por retirada. En ese caso, procedemos a la votación del artículo 26, según el texto de la Ponencia. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda aprobado por trece votos a favor y una abstención.

Artículos 27 y 28. No se han presentado enmiendas. Propongo su aprobación por asentimiento. Artículo 27. Aprobado. Artículo 28. Aprobado.

Artículo 29. La enmienda número 6 del Grupo Parlamentario Popular fue retirada en el trámite de Ponencia. Por tanto, procedemos a votar el artículo 29, ¿por asentimiento? Queda aprobado.

Artículo 30. Enmienda número 4 del señor Montoya Ramos. Tiene la palabra el señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Yo, en el artículo 30..., cuando se entra a definir lo que es la campaña electoral yo había pedido que se incluyera también el día

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de inicio de la misma. Bueno, por parte del señor letrado se me ha dado explicación en el sentido de que lo que dice el artículo 16 puede ser suficiente... Bueno, de hecho así lo acepto, y procedo a retirar la enmienda.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias, señor Montoya. Queda, por tanto, retirada la enmienda número 4 del señor Montoya Ramos, y procedemos a la votación del artículo 30 según el texto de la Ponencia. ¿Queda aprobado, por asentimiento? Aprobado.

Artículo 31. Enmienda número 5 del señor Montoya Ramos. Tiene la palabra.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Sí, esta enmienda número 5..., yo trataba de evitar lo que es una susceptibilidad que se produce continuamente, sobre si las campañas institucionales tienen algún carácter partidista o no tienen carácter partidista. Y como pueden tenerlo, y como hay una Comisión de control, pues, yo creo que esta Comisión de control hay que darla un contenido y dentro de los contenidos que tiene, pues, podría ser también el de determinar que la campaña esta institucional no tiene ningún carácter partidista. En este sentido, pues, yo proponía o propongo añadir un párrafo que diga: "Las particularidades de dicha campaña -es decir, la campaña institucional-, deberán ser conocidas por la Comisión de control, pudiendo hacer a la misma las objeciones que estimen convenientes, que deberán ser tenidas en cuenta por la Junta".

Me parece que..., bueno, se me podrá decir que la Junta va a actuar imparcialmente siempre, pero yo creo que es bueno, o que puede ser bueno, pues, que actuando así y considerando que va a actuar de una forma imparcial, en cualquiera de los casos haya una Comisión que puede definir esa imparcialidad de la Junta. Nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Montoya. Para turno en contra, tiene la palabra el señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí. Yo creo que el espíritu es claro..., de la enmienda. Lo que pasa es que yo creo que técnicamente ofrece serias dificultades. Evidentemente, el riesgo, y yo también, evidentemente, confirmo y estoy de acuerdo con lo que el propio señor Montoya dice, que en principio, pues, una campaña institucional es lo que debe de ser una campaña institucional, yo estoy seguro de que efectivamente así va a ser. El riesgo que él señala, que, bueno, pues, es cierto que en muchas ocasiones, pues, por el propio legítimo fragor de la batalla electoral está implícito, que es la discusión sobre si la campaña institucional, pues, puede tener algún tipo de contenido, de contenido o de efecto, porque contenido es difícil que lo tenga, pero sí de efecto normalmente indirecto de tipo..., de tipo partidario. Ese parece el riesgo que trata de evitar.

Pero es que yo creo que si eso se produjera, evidentemente, quien tiene la palabra es la Junta electoral y nadie más, la jurisdicción electoral. El atribuir a esa Comisión de control una función de control sobre la campaña institucional, a mi juicio es que..., agrava el problema, agrava el problema considerablemente. ¿Y por qué razón?

Pues, porque la Comisión de control está prevista en la Ley exclusivamente para un tema, que es, efectivamente, donde los criterios de proporcionalidad política y representativa deben ser tenidos en cuenta. La Comisión de control tiene como función exclusiva en la Ley el proponer a la Junta electoral, creo recordar..., una distribución de tiempos en relación con la utilización de espacios gratuitos en los medios públicos de comunicación. Y ahí es lógico, porque, efectivamente, digamos, la Junta electoral lo que hace es que los interesados en la campaña electoral le hagan una propuesta de distribución de tiempos. Y yo creo que esa comisión sirve para eso, y no debe de servir, prácticamente, para nada más, mucho menos, yo creo, para tener algún tipo de atribución sobre el diseño de una campaña institucional, que por principio hay que pensar, por el propio prestigio de las instituciones, que la campaña institucional es y debe de ser sólo una campaña institucional. Si hay algún límite, pues, violado en esa campaña institucional quien debe de hablar es la Junta electoral. Pero yo creo que atribuir eso a un órgano, donde lo que hay es una representación paritaria de partidos políticos, me parece que introduce un elemento técnico de clara distorsión en el conjunto del proceso electoral.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias señor Quijano. Para réplica señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Sí. Yo entiendo perfectamente los argumentos del señor Quijano. Yo entiendo, por otra parte, pues, que hay que considerar que una campaña institucional va a ser imparcial. Yo no me permito dudar de ello ni estoy dudando de la próxima campaña institucional. Yo lo que estoy es tratando de generalizar para futuras campañas institucionales, sea cualquiera el partido que gobierne.

Bueno, en ese sentido, me parece que era bueno que esa campaña institucional tuviera algún elemento de control. ¿Que quizá la Comisión de control, tal como está diseñada, sólo es para los espacios electorales? Bueno, así es porque todavía no se había previsto otro factor sobre el cual pudiera controlar. Pues, si a esa Comisión de control se le ampliaran sus competencias y también pudiera conocer lo que suceda en una campaña institucional, pues, me parece que, desde mi punto de vista, no estaba mal. Por eso yo..., entiendo esos argumentos del señor Quijano, yo mantengo el texto de la enmienda.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Montoya. Para dúplica, señor Quijano.

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EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Simplemente para reiterarle los argumentos y, quizá, sintetizarlos en un principio que, yo creo que debiera de ser evidente para todos. Yo creo que no hay ninguna duda en que la campaña institucional, para poder serlo, debe de ser llevada a cabo por la institución correspondiente, en este caso por la Junta. Y si eso está afirmado, y eso no se discute por nadie, porque en ese sentido la enmienda no está hecha..., yo creo que el principio general de que la Junta de Castilla y León, como Gobierno de la Comunidad Autónoma, sólo responde ante las Cortes (como institución parlamentaria), ante los Tribunales en su caso, y a estos efectos ante los Tribunales electorales que son las Juntas electorales, pero, en ningún caso, yo creo que un Gobierno de una Comunidad Autónoma debe de responder ante una Comisión, paritaria o no, de partidos políticos. Yo creo que ése es un principio que, por propio prestigio de las instituciones, debe de ser afirmado en todo caso. Y que habría algún tipo de control llevado más lejos de lo debido con la enmienda es evidente, porque es que ahí incluso se dice no sólo que se puedan hacer objeciones, sino que deben de ser tenidas en cuenta por la Junta. Yo creo que eso altera, un poco a mi juicio, las reglas del juego.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Para fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Olea.


EL SEÑOR OLEA LOSA:

Estamos de acuerdo con la redacción del artículo 31 y, por tanto, no con la enmienda. Sí pudiéramos estar de acuerdo en que en determinadas circunstancias, no quiere decir en esta campaña electoral, o en las próximas, o donde fuera, y cualquiera que fuera la Junta de Castilla y León, pudiera dar lugar a determinadas dudas, pero creemos que según está redactado el artículo es correcto, por nuestra parte, y así lo mantuvimos en la Ponencia. Cosa distinta es que se pudiera llevar a efecto un control, que esto parece ser lo que va encaminada esta enmienda, pero no en la forma en que se ha enmendado, sino buscando otra forma, en realidad, para llevar a efecto este, este control, control político. Pero entendemos que según está redactado el artículo 31, y no la enmienda, pues, mantenemos nuestra postura de la Ponencia.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Olea. Por el Grupo Mixto, el señor Hernández. No desea intervenir. Gracias.

Votamos, entonces, la enmienda del señor Montoya. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda rechazada por catorce votos en contra.

Entonces, el artículo 31, según la redacción de la Ponencia, le sometemos a votación. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda aprobado por unanimidad.

Artículo 32. Existe también la enmienda número 6 del señor Montoya Ramos a este artículo. Tiene la palabra el señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Esta enmienda se refiere a la Comisión de control electoral. La Comisión de control electoral dice que será designada por la Junta de Castilla y León y estará integrada por un representante de cada partido. Pero luego, sin embargo, las votaciones son todos ponderadas. Es decir, que, bueno, el derecho de las minorías, con representantes, hay representantes de primera, pues, aquellos que han obtenido más, más representación en las elecciones anteriores, y representantes de segunda, que son aquéllos que han obtenido menos, menos representación.

Hombre, yo lo que ponía... que si es una Comisión que cada miembro de la Comisión tenga el mismo peso en la misma. Y, bueno, como yo creo que se hace en todas las Comisiones, y como hacemos aquí mismo en las Comisiones de las Cortes, cada, cada uno, cada componente de la Comisión es un voto; y, en cambio, sí, en caso de empate, es cuando entra en función el voto ponderado, pero sólo en caso de empate, no que todos los votos sean siempre ponderados. Es decir que las Comisiones sean Comisiones de personas, no sea una Comisión de representantes nada más de los partidos y el número de representantes, y que represente..., el número de votos sea el número de representantes que tiene el partido.

A mí me parece que es bueno que la Comisión..., y además si queremos defender el derecho de las minorías, es bueno que la Comisión cada miembro de los que asisten a la Comisión tenga derecho a un voto, no a una fracción de un voto, que en el caso de la minoría sería una fracción muy pequeña.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Montoya. Para turno en contra, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Yo aquí, la verdad, es que entiendo la habilidad del argumento, como espero que el señor Montoya entienda la contundencia del mío, no sólo la habilidad.

Claro, si partimos de la base de que ésa es una Comisión paritaria, porque, efectivamente, es una Comisión paritaria: un miembro por cada partido, es que no hay otro remedio que utilizar la ponderación, porque no todo puede ser tratado igual cuando hay unos distintos grados de representación. Ese es el criterio general. Y yo creo que de la paridad debe de resultar la ponderación como un efecto natural, porque me parece que ésa son, ésas deben de ser las reglas del juego en una democracia.

Ese es el criterio de la Ley Electoral General que a nuestro juicio debe de mantenerse. Y, entonces, por eso, claro, los ejemplos comparativos que él maneja es que no tienen aplicación ninguno, porque él maneja el ejemplo de las Comisiones en las Cortes, pero es que las Comisiones tienen previamente una representación y una composición de acuerdo con el, digamos, el volumen de representación electoral y parlamentaria que tiene cada

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partido, cada Grupo. Entonces, no tiene nada que ver; no son paritarias. Fíjese, por el contrario, en los órganos parlamentarios que sí son paritarios: la Junta de Portavoces, por ejemplo, o una Comisión de investigación; y ahí, automáticamente siempre, hay voto ponderado, porque el hecho de que haya un solo representante en forma paritaria de cada partido exige, como efecto natural, que haya ponderación.

El criterio en las Comisiones es que es radicalmente distinto, no tiene nada que ver con este supuesto. Porque hay ya una previa distribución del total de miembros de la Comisión, en función de la fuerza de cada Grupo en el Pleno, y el criterio de ponderación sólo se utiliza para resolver casos de empate, exclusivamente, y con unas ciertas condiciones que marca el reglamento. Porque no hay paridad previa, ésa es la diferencia. En el caso de la Junta de Portavoces, como es el caso de esta Comisión, y por utilizar algún precedente asimilable, es que hay paridad previa, y cuando hay paridad previa no todo es lo mismo, y cada uno está allí en función de lo que representa, no, no es como representante unipersonal que no tiene nada detrás. Yo creo que eso es lo evidente y yo creo que, en este caso, la contundencia del argumento, como decía al principio, al menos deberá ser estimada.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. Para turno de réplica, señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

El señor Quijano ha empleado toda la contundencia de que ha sido capaz como partido mayoritario.

Hombre, yo creo que cuando toda la Ley está dando unos derecho o unas atribuciones a aquellos partidos, o aquellas coaliciones que obtuvieron mayor número de votos en las elecciones pasadas, y ya está determinado, pues, que los espacios van a ser así siempre, favoreciendo las mayores formaciones de las elecciones pasadas... lo cual no deja de ser un argumento excesivamente conservador, en este caso los socialistas se vuelven a conservadores también, observan lo de las elecciones anteriores, no miran al futuro; podían haber tomado otros baremos, o otras cosas, lo que va a suceder en el futuro, más que lo que sucedió en las pasadas, pero son conservadores y siempre miran al pasado. Entonces, hay una Comisión de control, justamente, para hacer cumplir esos privilegios que se han atribuido ya..., no le llamo privilegios, si quiere le llamo derecho, derecho de aquellos partidos que en las pasadas elecciones obtuvieron mayor número de votos, o mayor número de Procuradores. Entonces, esto ha generado ya un derecho que está reflejado en esta Ley. Entonces, se trata de controlar ese derecho y no aumentarlo, esto ya sí sería, entonces, entrar en el campo de los privilegios. Entonces, hombre, aquellos partidos que sin ningún derecho, sin ninguna situación favorable para ellos, pues, tiene que formar parte de la Comisión de control, por lo menos que aquellas pocas atribuciones, pocas asignaciones, o pocos derechos que, en definitiva, tiene, pues, hombre, se les permita por lo menos controlarlo participando en esas Comisiones con voz y con voto, y con un voto que sea paritario al de los demás, no con un voto que va a ser, repito, una fracción muy pequeña con relación al voto de los demás. Es decir, primero, los mayoritarios imponen las condiciones, segundo, los mayoritarios imponen el control de aquellas condiciones impuestas por ellos mismos, los mayoritarios. Hombre, yo creo que sería bueno que la Comisión de control, pues, cada, cada miembro de la misma tuviera..., emite un voto como todos los demás. Entonces, sí, cuando haya empate, pues, evidentemente, hay que dirimirle de alguna forma; en ese caso, pues, dirimirle de acuerdo con un voto ponderado me parece lógico, pero solamente en caso de empate. Yo insisto en que en los demás casos, y justamente para respetar esos derechos de las minorías, en la Comisión de control todos debían tener derecho a la misma voz y al mismo voto.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias señor Montoya. Turno de dúplica, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Para reiterar los argumentos, que yo creo que son evidentes y sigo estimando de contundentes; él parece que piensa que la contundencia, en este caso, deriva de ser mayoría. Yo creo que la contundencia en este caso, como en otros muchos, deriva de la razón, lo que ocurre en este caso es que la razón está con la mayoría. Pero no sólo por ser mayoría, sino que yo creo que en este caso en concreto por tener razón, y que, en todo caso, me alegro de que el señor Montoya deje de ser conservador y me haga a mí esa, esa objeción. Estimo, de todos modos, que si algún día él estuviera en mayoría sería bastante más conservador que yo.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. Para fijación de posiciones, por el Grupo Popular.


EL SEÑOR OLEA LOSA:

Sí, señor Presidente. Unica y exclusivamente el mantener la postura de la Ponencia, no admitir la enmienda, y decir que, simplemente, el número 2 del artículo 32, este último párrafo, está calcado exactamente del artículo 65, número 3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, de diecinueve de junio de mil novecientos ochenta y cinco. Y de otra forma, ya, entrando incidentalmente en este debate de conservadores, agradecer a los Grupos Políticos la defensa que están haciendo del conservadurismo. Parece ser que no somos nosotros ahora única y exclusivamente los representantes en esta ocasión.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Olea. Por el Grupo Mixto, señor Hernández.


EL SEÑOR HERNANDEZ HERANANDEZ:

Sí. Yo tengo que decir también que, en efecto, me parece que hay dos circunstancias que avalan el no poder apoyar esta

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enmienda. Por una parte, la existencia de la Ley General Electoral y, por otra parte, el que es obvio que si hay que remitirse a algún dato para tener una mayor o menor representatividad a la hora del voto en esas Comisiones, pues, por mucho que, efectivamente, pudiera ser más progresista buscar algún dato de futuro, yo creo que es mucho más real buscar el dato concreto de los resultados últimos.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Hernández.

Procedemos, entonces, a la votación de la enmienda del señor Montoya Ramos. Votos a favor. Votos en contra. Abstenciones. Queda rechazada, por catorce votos en contra.

Votamos, entonces, el artículo 32 del texto de la Ponencia. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda aprobado, por unanimidad.

Artículo 33. A este artículo existen numerosas enmiendas. En primer lugar, la enmienda número 3 del señor Alonso Rodríguez. Tiene la palabra.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Yo, que tengo la suerte o la desgracia de pertenecer a un partido minoritario y que ojalá dure mucho tiempo, para que no se introduzcan confusionismo de ideologías dentro de él..., y, por otro, pertenezco a organizaciones, pues, perseguidas o que defienden intereses de minorías, entonces, creo que este artículo va en el camino de que..., yo cuando ataco a alguien nunca ataco a una institución, siempre ataco a una persona que aunque esté dentro de esa institución es la que la corrompe, no la institución corrompe a las personas, sino las personas manchan las instituciones.

Entonces, este tema es el siguiente: que concurrimos a unas elecciones y debemos ser generosos, debemos ser generosos y todo el mundo que tenga el derecho a concurrir tenga el mismo espacio de tiempo, gratuito o no gratuito, porque después nos limitarán a los otros partidos las posibilidades económicas. Es decir..., las posibilidades económicas, y que además yo aplaudo a los partidos mayoritarios que tienen tanta facilidad para engañar a los bancos, que les piden préstamos a nivel de partido y después no pagan; en cambio, las otras instituciones tienen que concurrir al 20 o al 25% y además es a nivel personal y tienen que pagar. Pero, yo les aplaudo a ustedes cuando, digo: el partido tal debe 4.000.000.000. ¿Por qué? Porque son capaces... Pero les aplaudo por esa posibilidad que tienen de eso. Entonces, como ustedes tienen facilidad para concurrir a los medios de comunicación, porque tienen muchos militantes, entre esos militantes tienen miembros simpatizantes en los organismos, digamos, estatales, periódicos, entidad pública, dejen a todos los demás que tengan el mismo derecho.

Es decir, porque, qué problema, a una persona que concurre con un grupo de personas en una de las nueve provincias nuestras, que quiere como independiente de Zamora, y que ya no pueden tener derecho a televisión porque ustedes dicen que hay que concurrir en seis provincias. Bueno, pues, eso es... Otros partidos, como nosotros, que bueno que no podemos concurrir en todas las provincias no por falta de candidatos, es decir, por falta de medios económicos o de alguien que se haga cargo de la lista, que vaya a un banco y financie por lo menos para pegar carteles, porque es absurdo sabiendo que no... Entonces, el derecho mío es, exclusivamente, señor Quijano, como persona, es decir, no como partido, porque a lo mejor... que acepten a todo el mundo que tenga derecho a los medios de comunicación. Porque además es bonito, porque entonces sí que habrá una pluralidad, porque saldrán los drogadictos, saldrá el otro y expondrá su programa. Es decir, después ustedes después ustedes son..., los drogadictos que presenten, o los verdes, o los amarillos, o los de..., de muchos partidos. Es decir, que el tema mío es que ustedes no corten a nadie que pueda concurrir a los medios de comunicación un espacio... porque los privados ya es privativo para ustedes, que pueden pagar las cuñas, los demás partidos no, es decir, que ¿qué perjuicio le hacen que dejen a un grupo, a una serie de grupos concurrir? No sé, hombre, pero si ellos..., todo lo que ellos gasten en la campaña lo van a poner de su esfuerzo, porque no van a poder concurrir con medios, digamos, a las agencias privadas, a poner postes y tal. Déjenles gratuitamente en los espacios del Estado, que son de todos los españoles, es decir, que no es propiedad de los grupos mayoritarios, sino de todos los españoles.

Yo, mi afán es que dejen a todo el mundo que se presente concurrir a los medios gratuitos del Estado. Nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Para turno en contra, el señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

No se esfuerce más, que le entiendo perfectamente.

Claro, porque es que..., parte de la base de que tenemos mucho dinero y muchos periódicos, y todo esto. Lo que tenemos es, de momento, muchos votos, y ése es, ése es el problema. Entonces, claro, generosos hasta donde haga falta, pero tontos ni un pelo, ni un pelo.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

El señor Alonso Rodríguez, para turno de réplica.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Me es triste oírle las palabras que considera tonto a las personas por dejar o salir en la televisión. Eso es, eso es lo que les enriquecería. Quiero decir: sabemos que ustedes podrán tener todos los votos. La forma de conseguirlos sería..., es..., ahí ya habría que eso, porque no se pueden conseguir votos engañando a las personas. Eso, eso es triste. No lo digo por ustedes, es decir, lo digo por general, es decir, hay..., los políticos aquellos que van a

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un pueblo y dicen: les voy a traer el mar, y les voy a hacer playas, y ese pueblo está en el centro de la península. Es decir, eso no se puede hacer.

Ahora, no son tantos ustedes, no son tontos porque dejen concurrir a todo el mundo en el, a los medios de comunicación. Y es muy triste tener ese poder, es muy triste tener ese poder..., y algún día se le puede volver contra las espaldas. Muchos antiguos militantes del partido socialista (digo antiguos militantes que estuvieron muchos en el exilio, porque ahora son todos nuevos militantes y esos viejos ya casi no están en el partido socialista), es decir, no son tontos porque sean generosos y dejen concurrir. Y es muy, muy fuerte tener esa responsabilidad de a usted le dejo salir en la televisión y a usted no. Es muy fuerte esa responsabilidad y no la debían tener. Debían ser generosos y a todo el mundo dejar. Ya le repito para no eso... es muy fuerte tener esa responsabilidad como usted acaba de decir.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Para turno de dúplica, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí, sólo para aclarar que lo de tontos no iba por nadie más que por nosotros, y en un sentido bien concreto: si es que todos pueden concurrir, usted no se ha dado cuenta de eso; está defendiendo un argumento que está ya en el proyecto: es que todos puedan concurrir. El problema es que en desigualdad de tiempo, porque eso es evidente y eso es normal. Simplemente se lo aclaro en ese sentido.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Para fijación de posiciones, por el Grupo Popular. El Grupo Mixto, ¿señor Hernández? No desea intervenir. Muchas gracias.

Sometemos, entonces, a votación la enmienda del señor Alonso Rodríguez. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda rechazada la enmienda por catorce votos.

El señor Montoya Ramos tiene presentadas, me parece, cinco enmiendas a este artículo; pero entendemos que las enmiendas 7, 8 y 9 tienen una unidad y que pueden ser acumuladas, y defendidas, y votadas simultáneamente, si está de acuerdo. En cualquier caso, tiene la palabra.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Bueno. La enmienda número 7 se refiere al apartado a) del punto 1. El apartado a) del punto 1 incluye en el escalón inferior de los cinco minutos a los partidos, federaciones y coaliciones que no concurrieron o no obtuvieron representación en anteriores elecciones autonómicas, o a los que han concurrido y han obtenido escaños, pero no han alcanzado el 5% de los votos.

Yo lo que quería era quitar la prohibición del 5% de los votos, y que los que han obtenido escaños en las elecciones anteriores pasaran a incluirse en el apartado b), es en el de los diez minutos.

El sentido de la enmienda es bien claro y, bueno, y al mismo tiempo que yo entiendo, pues, que no se ha considerado también, trata de que aquellos que tienen una representación, pues, verdaderamente..., se les considere de alguna forma aunque no hubieran obtenido, repito, el 5% de los votos.

La segunda enmienda, es concurrente con la anterior, en el sentido de que se dice que se incluyen aquellos que han obtenido entre el 5 y el 20%. Yo quito lo del 5%, porque ya no sería necesario si incluíamos lo que ya he señalado del apartado a), y, al mismo tiempo, me parece que el 20% que se hace referencia, pues, es mucho y yo lo quedaba fijado en el 15%. Parece que el 15% es el número de votos suficientes para que puedan tener acceso a los diez minutos, y no..., perdón, para que pudieran tener acceso a los veinte minutos, para que puedan codearse con los partidos mayoritarios, porque me parece que es una cifra ya suficientemente amplia, y, en cambio, que no se lleve el límite al 20% que, desde mi punto de vista, es una cifra ya muy fuerte o quizá excesiva para este tope.

Bueno, la enmienda número 9, pues, trata de que no haya tanta diferencia entre aquellos que están..., no han concurrido a las elecciones anteriores, no obtuvieron representación, o si la tuvieron fue pequeña, etcétera, y aquellos que han obtenido más del 20% de los votos. Me parece que la proporción de 1 a 3, o sea, de cinco y quince minutos es suficiente y en este sentido va redactada mi enmienda: en que esos veinte minutos se rebajen a quince.

Nada más y muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Montoya. Para turno en contra, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Simplemente para fijar..., porque entiendo que aquí es que es muy difícil un debate de fondo, en el sentido de que aquí, pues, evidentemente, cada uno, probablemente, y sin desmerecer a nadie porque es perfectamente legítimo el hacerlo así..., y probablemente yo, en el caso del señor Montoya, pues, utilizaría su criterio, y estoy seguro de que él en mi caso utilizaría el mío.

Es difícil un debate de fondo en esta cuestión, pues, porque, evidentemente, las posibilidades de otra distribución son ilimitadas, en función de los intereses legítimos, de los criterios, expectativas, etcétera. Nosotros, por principio, pensamos que la distribución que propone el texto, el Proyecto, en el artículo 33, es adecuada, está, yo creo, que muy proporcionada la distribución de tiempos con, digamos, los tramos de representación obtenida. Evidentemente, podría haber algún otro criterio, utilizando con más precisión los tramos de representación que pudiera resultar más beneficioso para nosotros, pero no le voy a utilizar. Nos parece que es una proporción adecuada. Renuncio, de antemano, a un debate de fondo,

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porque sé que estaríamos, en fin debatiendo, pues, más sobre lo que a cada uno le puede interesar que sobre lo que es objetivo, y, por tanto, nosotros, por principio, vamos a mantener el texto del proyecto frente al conjunto de enmiendas que hay, por entender que hay una distribución suficientemente adecuada y ponderada, y por entender además -lo adelanto ya-, que lo que estamos regulando son elecciones para una Comunidad Autónoma, no elecciones nacionales. Por tanto, digamos, la comparación exacta de tiempos con lo que puede ocurrir a otros niveles electorales yo creo que también debe de verse matizada por el hecho de que el tipo de elección, o el nivel de lección, no es exactamente el de una elección para el Estado, sino en una Comunidad Autónoma.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. Para turno de réplica, señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Sí. El señor Quijano ha sido muy honrado al decir que si él estuviera en mi caso utilizaría mis argumentos y que yo en el suyo utilizaría los suyos. Bueno, yo creo que eso que ha dicho no es exactamente verdad. Yo estoy convencido de que si estuviera en mi caso el señor Quijano utilizaría estos argumentos míos, probablemente, con mucha mayor habilidad y con mucha mayor eficacia de la que yo les utilizo, porque él les sabría utilizar mucho mejor. De esto sí que estoy seguro.

Pero de lo segundo no estoy seguro. No estoy seguro porque el señor Quijano sabe que de la misma forma que yo aquí, pues, he tratado de defender siempre unos derechos de las minorías, de la misma forma sabe que, bueno, yo he tratado al mismo tiempo, o trato al mismo tiempo, o creo que soy al mismo tiempo generoso cuando se trata de aplicar, de aplicar y de hacer partícipes a los demás de algunos, de alguno de estos derechos. Y yo estoy seguro que el señor Quijano también es generoso como yo lo soy. Lo que sucede es que, bueno, él tiene que defender su texto de una Ley y, al mismo tiempo, es una persona, pues, responsable y congruente con aquellos principios que tiene que defender, y en este caso, pues, yo creo que él está, pues, un poco, haciéndose violencia a su propia generosidad. Porque yo estoy seguro que el señor Quijano si, bueno, si fuera una persona no incluida en un partido mayoritario no emplearía esa contundencia, como él dijo antes, de sus argumentos y en este caso, verdaderamente, utilizaría esa generosidad que yo estoy seguro que él tiene y que en muchos momentos nos ha demostrado.

Por tanto, yo estoy de acuerdo con el señor Quijano en lo que usted ha dicho, pero solamente relativamente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Montoya. Para turno de dúplica.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

No para turno de dúplica, para turno de agradecimiento, de todas las cosas que ha ido, que ha ido atribuyéndome, desde la habilidad, la generosidad, etcétera. Yo no sé si esperaba que le aceptara alguna enmienda, con toda esa, con toda esa gama de apelativos. No va a ser así evidentemente, pero, en todo caso, devolverle la flor. Probablemente habrá mayor habilidad o mayor eficacia en la defensa de los argumentos. Mayor constancia que la suya creo que no.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. Para fijación de posiciones por el Grupo Popular. Señor Hernández, por el Grupo Mixto, tiene la palabra.


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ:

Bueno. Yo tengo que decir que, efectivamente, a mí me parece que este asunto de los tiempos, que ya se ha debatido también en las reuniones previas que ha habido por parte de los representantes de los Grupos, pues, es algo muy poco concreto y sobre lo que no se pueden hacer discusiones de fondo, como ha dicho alguno de los portavoces que han intervenido anteriormente.

De todas formas, a mí me parece que, en efecto, la redacción que tiene el artículo es bastante ajustada, que se parece también bastante a la mayoría de las otras leyes electorales que hemos podido ver y, en principio, a mí, repito, me parece que no es un artículo en el que haya que hacer una discusión de fondo. Tal como está redactado me parece correcto y en ese sentido no puedo apoyar las enmiendas que se han presentado.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Hernández.

Procedemos a la votación. ¿Está de acuerdo el señor Montoya en que votemos las tres enmiendas conjuntamente, o desea votación separada? Conjuntamente.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Sí, estoy de acuerdo, como estoy seguro del resultado.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Sí. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Quedan rechazadas por catorce votos en contra.

Enmienda número 1 de don Daniel De Fernando Alonso.

Tiene la palabra el señor De Fernando.


EL SEÑOR DE FERNANDO ALONSO:

Gracias, señor Presidente. En la discusión de las enmiendas del señor Montoya se han dicho algunas frases que me han llamado la atención. En otra enmienda anterior, cuando se ha discutido se ha dicho: "se ha copiado literalmente de la Ley General". El señor Quijano ha usado la palabra ponderación y, curiosamente, si es ponderación, yo creo que cuando existen antecedentes legislativos es mirar lo que existe en los demás. La Ley General de la proporción 1, 2, 3; las Comunidades de Asturias, Castilla-La Mancha, Galicia, Madrid, Navarra, Valencia, Murcia, dan la proporción, 1, 2, 3; y nosotros nos vamos a la más

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exagerada de todas 1, 2, 4. Luego, yo la ponderación no la veo. Yo comprendo que de fondo podrá discutirse o no, incluso hay otras con 1, 3, 5, pero prácticamente, excepto una sola Comunidad, ésta es la más extremista de todas en los tiempos. Siete Comunidades: Asturias, Castilla-La Mancha, Galicia, Madrid, Navarra, Valencia y Murcia, 1, 2, 3; la Ley General, 1, 2, 3; cuatro Comunidades van a 1, 3, 5. No hay ninguna que vaya al 1, 2, 4. Es cierto que hay una que va a 1, 3, 6. Luego, de ponderación yo no veo por ninguna parte. Otra Canarias que no lo tiene, lo están haciendo ahora, van al 1, 2, 3. Es decir, podemos incluir ocho Comunidades Autónomas en la proporción 1, 2, 3; la Ley General a 1, 2, 3. Yo creo, señor, que cuando se está legislando hay que mirar más y sobre todo una vez que desde un principio se ha dicho, y en alguna enmienda se ha puesto, ¡hombre! como va a tocar si literalmente copiamos de la Ley General. Luego, aquí no me digan que no juegan con intereses partidistas cuando deliberadamente se saltan de la Ley General.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor de Fernando. Para turno en contra, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí. Es que la variedad de modelos es evidente, y en las citas que ha hecho, pues, pues, evidentemente, hay modelos que se salen por un sitio o por otro. Lo que creo que no ha hecho es defender exactamente su enmienda, porque si hubiera utilizado otro criterio, más lógico en la distribución, pues, quizá la enmienda lógica hubiera sido el cinco, diez, quince, digo, desde esa mentalidad que usted, que usted defiende. El tema es que no lo ha hecho así. Es decir, yo creo que el fondo de esa enmienda es claro, que tenga yo más, aunque eso suponga que los demás también tengan más.

Como el debate de fondo está como estaba en el debate de la enmienda del señor Montoya, pues, mire, yo reitero la posición que entonces establecí, admitiendo que cabrían muchos otros modelos, pero reiterando que parece que el modelo es ponderado no sólo en el criterio de ponderación que usted ha utilizado en el sentido contrario, en el criterio de tiempos, sino en la relación con los, digamos, los precedentes electorales que hay que tener en cuenta para hacer esa distribución de tiempo.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. Para turno de réplica, señor De Fernando.


EL SEÑOR DE FERNANDO ALONSO:

Sí, señor Quijano. Cuando estuvimos reunidos los Portavoces de todos los partidos para hablar de este tema se dijo que daba lo mismo hablar de cinco, diez, quince que diez, veinte, treinta, porque lo que se buscaba era la proporcionalidad y los tiempos luego los iba a asignar la Junta electoral en virtud de los espacios libres que hubiese. Es decir, yo voy a utilizar diez, veinte, treinta, lo cual en la defensa a mi enmienda está defendiendo porcentajes: 1, 2, 3, proporción; o 1, 2, 4, como ustedes ponen. Y le vuelvo a decir: no es que hay tanta variedad, señor Quijano. Hay que decir la variedad que hay: la Ley General da la proporción 1, 2, 3. Me da igual que utilice el diez, veinte, treinta, que el cinco, diez, quince, si usted cree que yo, mi afán es por yo tener más, aunque tengan los otros, le voy al cinco, diez, quince. Es decir, porporción 1, 2, 3 que es lo que he defendido, porque es lo que mantiene la Ley General y, como le he dicho, siete Comunidades Autónomas, no hay tanta variedad..., o sea, decir que hay mucha variedad no: siete Comunidades Autónomas tienen proporción 1, 2, 3; una Comunidad, que se está haciendo ahora mismo, en Canarias, van al 1, 2, 3; ya son ocho. Cuatro Comunidades tienen la proporción 1, 3, 5. Dígame, ¿dónde está la 1, 2, 4? ¿Somos la única Comunidad? O sea, yo no le estoy hablando ya de cinco, diez, quince-diez, veinte, treinta, porque ustedes me dijeron aquel día que daba igual poner cinco, diez, quince que diez, veinte, treinta, porque no podemos obligar a televisión a que sean veinte, o treinta, o todos los que sean, sino lo que interesa es la proporción. Y en ese sentido es mi enmienda. No es por poner diez, veinte, treinta. Si usted cree que es poner diez, veinte, treinta, hágame la transaccional con cinco, diez, quince y la acepto inmediatamente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor de Fernando. Para turno de dúplica.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

No. Sólo para reiterar el criterio inicial. La variedad de modelos es cierta, porque también ha citado un modelo en que el último tramo se iba al seis, es decir, que seguramente en cada Comunidad Autónoma, pues, se habrá tenido en cuenta las circunstancias de territorio, población, etcétera, desde el punto de vista del acceso de los medios de comunicación, que también están implícitas, y eso da resultados muy diversos. Yo reitero que creo que el modelo del Proyecto es adecuado, teniendo en cuenta los tramos de representación proporcional que ahí están..., están utilizados. En función de eso, a mí me parece que tiene..., que tiene plena lógica.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. Para fijación de posiciones, por el Grupo Popular. Señor Hernández, por el Grupo Mixto.


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ:

Bueno. Yo ya he dicho con ocasión de discutir las anteriores enmiendas, que, en efecto, en este tipo de cuestiones caben miles de posturas y que, evidentemente, no hay nadie que defienda la postura ideal, sino que defiende todo el mundo la postura que le es más útil.

Yo, lo que sí que me ha gustado es oír al señor De Fernando decir que estaba dispuesto a ir al cinco, diez, quince, porque es que si no me daba la impresión de que con esta enmienda, al final, los programas de televisión y de radio se iban a dedicar exclusivamente a campaña

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electoral en las próximas semanas, y a mí esto sí que me parece que es nefasto, porque yo creo que, bueno, pues, que al ciudadano no hay que acosarle con este tipo de mensajes, que la mayor parte de las veces, pues, están manidos. En todo caso yo digo lo que he dicho antes: me parece que la discusión se puede hacer interminable, sobre este tema, y que tal como está redactado me parece correcto.

Lo que también tengo que decir es que el intentar justificar la no conveniencia de esta distribución, en función de que no hay ninguna otra Comunidad Autónoma que la aplica, cuando hay una diversidad de aplicaciones, pues, no me parece correcto. Me parece que si hay muchas formas de entender la distribución el que la Comunidad Autónoma de Castilla y León tenga una, que tampoco se aparta excesivamente de lo que son las demás, pues, es algo que incluso hasta está bien.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Hernández.

Procedemos a la votación de la enmienda de don Daniel De Fernando. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda rechazada por catorce votos.

Enmienda número 14 del señor Montoya Ramos. Tiene la palabra el señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Muchas gracias, señor Presidente. Bueno, la enmienda número 14 va contra un artículo, el artículo 33, apartado 2, que dice que "sólo tendrán derecho a tiempo de emisión gratuita aquellos partidos, federaciones o coaliciones que presenten candidaturas en más del setenta y cinco por ciento de las circunscripciones". En más del 75% de las circunscripciones son siete provincias. Y a mí me parece que es quizá un poco fuerte que haya que presentar en siete provincias candidatura, para que se tenga algún derecho a espacio gratuito. Yo proponía que, en lugar de siete provincias, este mínimo se rebajará a cuatro provincias; me parece que es suficiente. Un partido o una coalición que presente candidatura en cuatro provincias ya es un partido que tiene una cierta..., cierta extensión, una cierta implantación en la región. Y me parece que, aunque sea con el tiempo mínimo de los cinco minutos, o de la cuarta parte de los máximos, pues, debería, debería tener derecho a poder tener emisión, tiempo de emisión gratuita.

Nada más y muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Montoya. Para en turno en contra, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí. No exactamente para turno en contra, en este caso, sino para ver incluso la posibilidad de llegar a una..., a alguna solución intermedia, por vía transaccional.

Efectivamente, en la Ponencia creo recordar que valoramos en el sentido que tiene esta enmienda. Ocurría aquí que el criterio del Proyecto, de fijar el 75% de las circunscripciones, en este caso del número de provincias, pues, era un criterio que venía, en cierto modo, por una comprensible mimética: por el hecho de que es el criterio que está en la Ley Electoral General también. Y, efectivamente, observábamos en la Ponencia que el criterio podía tener alguna dificultad de aplicación, pues, porque el 75% de nueve provincias daba como resultado un seis y pico, no llega a siete, y eso, pues, podía siempre inducir a algún criterio comparativo por el exceso o por el defecto, diciendo, pues, hasta siete o con un poco más de generosidad se puede rebajar hasta seis.

En la Ponencia me parece que llegábamos a un cierto consenso en sustituir el criterio del porcentaje, es decir, el sustituir el criterio del 75% por un criterio que fuera el 2/3 de las circunscripciones, que nos parece que teniendo una entidad aproximativa a lo que hay en la Ley Electoral General ya supone también un principio mayor de generosidad, porque ya 2/3 da como resultado exacto seis provincias. Nos pareció que es a lo que se debiera de..., a lo que se debiera llegar. Rebajar más, como su enmienda pretende, incluso por debajo, diríamos incluso de lo que sería la mayoría de provincias (que sería en sentido estricto cinco) nos parecía ciertamente excesivo, en el sentido de que aquí se está regulando el acceso a medios de comunicación de cobertura regional. Por tanto, yo creo que ahí sí que hay legítima, legitimidad plena para fijar un criterio de suficiencia en cuanto a la comparecencia electoral.

Ofreceríamos, en síntesis, una transacción que sustituyera el 75% por 2/3, con el fin de que el resultado automático fuera la existencia de seis provincias como cifra exacta.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. Para turno de réplica, señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Sí. A mí las seis provincias me siguen pareciendo muchas, me parece que un partido, pues, puede tener una cierta implantación..., y estamos en el caso de los partidos leonesistas que no estoy defendiendo a una institución..., una actuación propia... Bueno, pues, que, que pueden a lo mejor tener implantación en cuatro provincias y que, sin embargo, extenderla más, pues, es difícil.

A mí me parece que presentarse, presentar candidatura en cuatro provincias es una razón suficiente para que deba tener derecho a algún espacio gratuito que es el mínimo que se considera.

En este sentido, bueno, pues, mantengo mi enmienda en los términos que está redactada.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Montoya. Para dúplica, señor Quijano.

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EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

No. Simplemente para decir que si conserva la enmienda en los términos que está redactada y ello supone, como parece obvio, el que no existe la posibilidad de esa transacción que ofrecíamos, en ese caso nuestro criterio sería contrario a la enmienda, por la razón que antes indicaba: porque nos parece que rebajar a cuatro provincias, por tanto, hasta menos de la mitad del total de provincias de la Comunidad... Sí, la enmienda es...


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

(Intervención sin micrófono).


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

No, pero el sentido de la enmienda, yo creo que opera en el sentido...


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

(Intervención sin micrófono).


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Pero, vamos, a esos efectos, el criterio sería idéntico, sería idéntico, en el sentido de que rebaja la..., digamos, lo que nosotros entendemos que es la suficiencia mínima, porque, claro, el argumento de que presentar candidaturas en cuatro provincias, que es el que ha venido utilizando, pues, ya da una idea de una cierta implantación y más, yo creo que puede tener también en muchos casos una dosis de artificialidad considerable.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

: ¿Debo entender, señor Quijano, que mantiene entonces el..., los términos de la Ponencia? Gracias.

Por el Grupo Popular, para fijación de posiciones.


EL SEÑOR NIETO NOYA:

Yo quisiera añadir uno de los criterios que nos llevó en la Ponencia a adoptar este principio de aceptación de una, de una proporción y no de una cifra determinada. Porque el artículo tiene proyección en otras circunscripciones que no son la región, y es de aplicación tanto para los medios de cobertura provincial o biprovincial, o triprovincial, o con la configuración que puedan tener en cualquier momento de..., en el futuro, porque ésta no es una ley para estas elecciones, sino, no sé, con una cierta, con una vocación de permanencia. Entonces, que hay que utilizar términos genéricos que sean aplicables a situaciones diferentes. Y si se utiliza la referencia a la provincia, a las cuatro provincias, se está hablando únicamente de los medios de cobertura regional y, sin embargo, el artículo es aplicable a todos los medios de comunicación públicas que existan en el momento en que plantee la campaña electoral. Y desde esa perspectiva..., bueno a mí también me parece que el hecho de que no..., de que el señor Montoya, en vista de que no, de que no prospera su propósito, no se brinde a que se haga una transaccional que puede mejorar el texto, y aclarar alguna dificultad que puede derivarse del hecho de que salga el 6,75 y que no..., y que haya que decidir, de una forma que, en cualquier caso, será el criterio de una persona, decidir entre seis o siete, deberíamos de intentar resolverlo, con independencia de que no logre todo lo que el señor Montoya pretendía.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Por el Grupo Mixto, señor Hernández.


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ:

Bueno. Yo, en primer lugar, tengo que volver..., no me queda más remedio que volver otra vez al planteamiento inicial de las otras enmiendas. Es decir, estamos tratando de regular algo que depende mucho del criterio de las personas que en este momento estamos en la Comisión, o que han elaborado las enmiendas, puesto que no es algo, algo realmente objetivo sobre lo que estamos discutiendo. Pero, en todo caso, a mí me parece que el manejar una cifra del 75% es algo que me resulta absolutamente aleatorio, mucho más que si manejásemos la cifra del 50%, que nos daría la idea de que estamos..., si, por ejemplo se hablase de al menos el 50% estaríamos admitiendo que a partir de la mitad de la concurrencia, el número, bien sea de provincias, porque..., efectivamente, tiene razón el Portavoz del Grupo Popular, en que tal como está redactado el artículo si hablamos exclusivamente de provincias nos veríamos abocados a la necesidad de introducir un cuarto punto en el artículo, o hacer un artículo nuevo, para hablar de las otras circunscripciones. Pero yo digo que si se utilizase el concepto 50%, y me permito introducir esta nueva cifra en el debate, pues, a mí me parecería un dato mucho más concreto y quizás más justo, para, para valorar que el del 75%. Yo creo que si se introdujera esto como una enmienda transaccional, en el caso de que los Grupos estuvieran de acuerdo, desde luego, yo estaría dispuesto a apoyar.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Hernández.


EL SEÑOR NIETO NOYA:

Yo me permitiría decirle al señor Hernández que con el 50% volvemos a estar con la misma dificultad en el caso de las provincias.


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ:

El 50% es más de cuatro y medio, es decir, cinco.


EL SEÑOR NIETO NOYA:

Bueno, claro, establece un mínimo...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

El señor Hernández ha propuesto una enmienda transaccional sobre una nueva cifra, que yo pregunto a los Grupos restantes si aceptan o rechazan su proposición.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí. Yo es que quisiera agotar todavía, digamos, la posibilidad de transacción previa que habíamos ofrecido. Sí, quizá antes, al hacer el cálculo, yo no tendría inconveniente en que la transacción inicial que ofrecíamos sobre la base de los 2/3, para que diera un resultado exacto y ahorrar otras posteriores discusiones, fuera con una referencia más completa, diciendo que presente candidaturas al menos en

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las dos terceras partes de las circunscripciones, digo, para que se entienda eso, porque si no con una lectura exacta del texto podríamos volver al principio: si es en más de las dos terceras partes, pues, seis, no es más de las dos terceras partes, es justo las dos terceras partes, tendría que ser siete. Como lo de las seis nos parecería un criterio adecuado, pues, yo agotaría todavía la posibilidad de que, bueno, pues, valoráramos esa transacción que iría con esa fórmula: "al menos en las dos terceras partes", para que con seis exactamente existiera esa posibilidad.

Rebajar más de eso..., yo creo que no es tampoco una cuestión de rebajar por rebajar, sino de ver los criterios que hay, digamos, detrás de estas cifras, que no son cifras mágicas, sino que tienen alguna traslación real: el criterio de la Ley electoral y, por tanto, el que parece que en principio resultaba natural de utilizar. De la Ley Electoral General era el 75% y yo creo que es un criterio lógico si se tienen en cuenta, pues, los aspectos que hay que ponderar para fijar una cifra de éstas. La transacción pretendía solventar el problema de decimales y, por tanto, ahorrar una discusión. Y, repito, no tendríamos inconveniente en que la transacción fuera con esa fórmula de "al menos en las dos terceras partes de las circunscripciones", para que el resultado exacto fuera seis provincias, que nos parece una cifra adecuada.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Por consiguiente, el Grupo Parlamentario Socialista no acepta la transaccional propuesta por el señor Hernández y propone, a su vez, una nueva transaccional.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Es la primera transaccional.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Sí. Sobre esa postura, ¿el Grupo Popular y el Grupo Mixto?


EL SEÑOR NIETO NOYA:

El Grupo Popular ya en Ponencia se mostró de acuerdo con esta posibilidad y, por tanto, acepta el planteamiento que hace el Grupo Socialista.


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ: A

A mí, en principio, me parece que es una transaccional bastante limitada, bastante limitada en cuanto a lo que consigue, pero, de todas formas, mejora la redacción que tiene actualmente el artículo. En ese sentido, a pesar de que no es, a mí modo de entender, la transaccional adecuada pero sí que es la menos mala, luego, estaría dispuesto a apoyarla.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Yo creo que habrá que votar previamente la enmienda del señor Montoya, en los términos en que él la ha defendido, y la ha mantenido, y sigue manteniéndola, y, posteriormente, existe una enmienda transaccional que habrá que votar a continuación ¿no es así?


EL SEÑOR LETRADO (SEÑOR DE MATIA PORTILLA):

Sí, sí, señor Presidente.


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ:

Perdón, señor Presidente. En ese sentido, yo quiero aclarar mi postura que quizá no he sido lo suficientemente hábil como para dejarla clara, en el sentido de que yo, prioritariamente, apoyo la enmienda del señor Montoya y en caso de que esa enmienda no salga, como es presumible que no salga adelante, en ese caso es cuando yo estaría dispuesto a asumir esa transaccional.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Sí. Así lo entiendo, señor Hernández, así lo había entendido esta Presidencia.

Señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Yo quería aclarar algo que no sé si es necesario o no. El señor Quijano prometía, o decía que en lugar del 75%..., esto tiene los inconvenientes de cuando se copian unas cosas de otras, claro, y provincias que a lo mejor el 75% es un cociente exacto, él me hablaba de pasarlo a 2/3 que el número de provincias, efectivamente, aquí es múltiplo de tres, -en otras provincias lo de 2/3 a lo mejor no sirve-. Pero, luego, lo que yo no he entendido es cuando el señor Nieto me ha dicho, pues, que, bueno, como que yo tuviera aquí algún tipo de intrasigencia cuando manteniendo la enmienda se solventa todas esas cosas. Yo no he entendido muy bien qué tipo de intransigencia. En la Ponencia se ha podido hacer todo tipo de transaccionales, aquí en la Comisión se puede hacer todo tipo de transaccionales, yo lo que trato de defender es mi enmienda, en la que digo claramente, sin confusión, más de cuatro provincias, que serían cinco, en ese caso evidentemente, podía haber dicho cinco provincias, o más del 50% de las provincias que también son cinco, pero, bueno, yo..., otro tipo de intransigencia no sé cuál es la que he mantenido, porque no trato de mantener ninguna. Lo que quiero rebajar, por una parte es el 75% al 50% y, por otra parte, hacerlo más comprensible diciendo un número determinado, que es fácil decir en esta región. Si se quiere hacer eso para un tono de generalidad, yo no sé para qué..., o por qué tengo que generalizar, en este caso, para que sirva para otras regiones. La verdad es que no lo entiendo. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Montoya. Sí, señor Nieto.


EL SEÑOR NIETO NOYA:

Yo quisiera aclararle al señor Montoya que yo me refería a la intransigencia en el sentido de mantenerse fiel al texto de su enmienda. Porque al mantenerse fiel al texto de su enmienda se adultera la finalidad del texto del Proyecto. Porque usted limita la eficacia de esa norma al ámbito regional y, en cambio, está concebida con una mucha mayor flexibilidad, que puede no tener una aplicación estricta en este caso, pero puede ocurrir que se monte una emisora pública, de carácter público, pongamos por caso, en

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Tordesillas, que cubra, que sea diferente..., o, en fin, me da lo mismo, en Avila, que cubra el espacio de dos provincias, y no aparece contemplado en ninguna parte; y es una emisora pública en la que también pueden plantearse espacios gratuitos de campaña electoral.

Es decir, que al circunscribirlo, al mencionar el número determinado de provincias se reducen las posibilidades que contempla el texto del Proyecto.

En este sentido, quería decirle. Yo no quiero, en fin, acusarle a usted de intransigente en nada, señor Montoya, tenga usted esa seguridad.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Nieto.

Entonces, vamos a votar la enmienda del señor Montoya en los términos en que ha sido defendida y mantenida por él, y después habría que dar un receso de tres o cuatro minutos para presentar por escrito a la Mesa la enmienda transaccional del Grupo Socialista... o ahora mismo. De acuerdo.

Votamos, entonces, la enmienda del señor Montoya. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Uno a favor, trece en contra, ninguna abstención. Queda rechazada la enmienda del señor Montoya.

Votamos, entonces, la transaccional, que se presentará a la Mesa en unos momentos... Ruego al Letrado que dé lectura a la enmienda transaccional.


EL SEÑOR LETRADO (SEÑOR MATIA PORTILLA):

Se presenta... se trata de modificar el párrafo 2 del artículo 33 que quedaría de la siguiente forma: "El derecho a los tiempos de emisión gratuita numerados en el apartado anterior sólo corresponderá a aquellos partidos, federaciones o coaliciones que presenten candidaturas al menos en las dos terceras partes de las circunscripciones comprendidas en el ámbito de difusión, o, en su caso, programación del medio correspondiente".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

: ¿Alguna intervención u observación de los Grupos?


EL SEÑOR...: ..

..o al menos en las dos terceras partes.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

: ¿Se aprueba por asentimiento? Aprobada.

Enmienda número 13 del señor Montoya Ramos, a este mismo artículo. Tiene la palabra el señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Bueno, aquí se trata ya de dar respuesta a lo que el señor Nieto Noya apuntaba antes: el caso de medios de comunicación que no tenga una cobertura regional. Y si..., no sé si hay previsto emisoras, o televisiones que tengan una cobertura de varias provincias, lo que sí que es cierto es que hay medios ya de comunicación que tienen cobertura, emisoras que tienen cobertura provincial. En ese caso, yo lo que proponía en este párrafo 4 es que todo lo que estamos decidiendo a escala regional tenga traducción también hasta la provincial, para aquellos partidos, federaciones o coaliciones que cumplan provincialmente con las condiciones exigidas en los apartados correspondientes, para el caso de las condiciones regionales. Nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias, señor Montoya. Para turno en contra el señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí. Más bien para, para darle una explicación.

Efectivamente, el tema que plantea esta enmienda suya, la número 13, fue debatido en la Ponencia y en la Ponencia entendíamos, y ésa es la explicación que yo voy a darle, que tal y como está redactado el punto 2 del artículo 33 contempla ya directamente la situación que usted ahí plantea, porque observe que este punto 2 del 33 atribuye el derecho, no en relación con una proporción (ahora ya fijada en 2/3) de las circunscripciones del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, sino del ámbito de difusión del medio de comunicación correspondiente, de difusión o, en su caso, de programación, que yo creo que aclara, aclara todavía más la cuestión. De tal manera que si el medio correspondiente, por utilizar un ejemplo concreto, tiene una programación regional y otra provincial o local, evidentemente, para la programación provincial o local quien presente candidatura sólo en esa provincia ya cubre las 2/3 partes del ámbito de difusión, porque cubre todo el ámbito de difusión. Por tanto, ya tiene atribuido el derecho directamente. El criterio de las 2/3 partes en su utilización práctica jugaría, fundamentalmente, para la difusión o programación estrictamente regional, pero es que no están excluidas las otras, sino están, entendíamos, directamente contempladas porque se ha utilizado el criterio del ámbito de difusión y no el del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. Señor Montoya, para réplica.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

No. Yo lo voy a mantener, a pesar de que me digan que la retire. La voy a mantener por una razón muy sencilla. Porque, primero, se dice que está contemplada en el párrafo anterior. Bueno, yo creo que, primero, la provincia tiene entidad suficiente para tener o ser distrito electoral, para tener un párrafo concretamente referido a ella, en cual ya no figurara más del 75%.

Pero es que, además, y por segunda razón, es que el derecho a los tiempos de emisión gratuita, dice el párrafo 2, sólo corresponderán a aquellos partidos..., etcétera, "que tienen más de los 2/3 -hemos dicho-, la programación... de las circunscripciones comprendidas en el ámbito de difusión o, en su caso programación, del medio correspondiente". Pero, nada se dice en este caso de

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los tiempos y yo lo que quiero es que en el caso de una candidatura provincial, bueno, si ha obtenido, si cumple los mínimos que hemos señalado antes..., o sea, que se resuelva por analogía como se ha resuelto el tema a nivel regional. O sea, que si ha cumplido los mínimos de tener representación, si han cummplido los mínimos de tener el tanto por ciento de los votos, etcétera, sea automáticamente incluido en el ámbito de esa provincia a las cosas previstas, a lo previsto en los tres apartados a), b), y c) de los cinco, diez o veinte minutos.

Es decir, yo creo que la proposición mía es más amplia, y esto..., yo, con todos los respetos, me parece que no está recogido en el párrafo 2 del artículo 33. Otra cosa es que se crea que es demasiado complicado el extender esto a nivel provincial y no se quiera hacer, pero no porque esté recogido.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Montoya. Para dúplica, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Yo es que sigo pensando que sí está recogido directamente en el texto. Lo que ocurre es que estamos regulando unas elecciones regionales, no provinciales, y, por tanto, una cosa es la cantidad de tiempo (y eso hay que decidirlo con criterio regional, porque son elecciones regionales las que se están regulando), y otra cosa es la presencia en un medio de comunicación, y eso es lo que está directamente regulado en el 33.2, tal y como está redactado, por la razón que antes he indicado: porque el ámbito de difusión puede ser variable y, por tanto, el criterio vale igual para el ámbito de difusión local, provincial o regional. Eso no debe de suponer, en todo caso, una variación en los tiempos, porque eso es lo que directamente se vincula, digamos, a la presencia o a la representación electoral que se tiene en el ámbito regional, porque son unas elecciones regionales las que se están regulando.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Para fijación de posiciones, por el Grupo Popular... El señor Hernández, por el Grupo Mixto, ¿desea intervenir?


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ:

Yo sólo para decir que entiendo que una vez que no ha sido aceptada la enmienda anterior del señor Montoya, en que se especificaba, en principio, en provincia, el concepto del número de provincias, esta segunda enmienda no tiene excesivo sentido discutir. Yo sigo pensando en que sí, que tal como ha quedado, con la enmienda transaccional, redactado el punto del artículo 33 está contemplado lo que el señor Montoya pretendía, sólo que con una distribución distinta.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Hernández.

Procedemos, entonces, a la votación de la enmienda del señor Montoya, Enmienda número 13. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Trece votos en contra. Queda rechazada la enmienda del señor Montoya.

Votamos, entonces, el artículo 33, según el texto de la Ponencia. Votos a favor...


EL SEÑOR...: ..

..con la enmienda transaccional?


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Naturalmente, con la incorporación de la enmienda transaccional que hemos aprobado antes. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Aprobado, por unanimidad.

Artículos 34 y 35. No se han presentado enmiendas. Propongo su votación, su aprobación por asentimiento. Votación del artículo 34, por asentimiento. Artículo 35. Quedan ambos aprobados.

En el artículo 36 tenemos la enmienda número 4 del señor Alonso Rodríguez. Tiene la palabra el señor Alonso.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Bueno. Yo mantengo, y voy a seguir manteniendo la misma filosofía, es decir, la misma filosofía es de proteger al necesitado, proteger a las minorías, proteger al desasistido.

Entonces, los fuertes, los poderosos, pues, ya se protegen o los protegen las personas que los protegen, es decir, no hay duda de que todo el mundo está protegido; y que un partido aquí... Hay algunos comentarios, por respeto no les voy a decir palabras fuertes, pero, bueno, cada uno tiene su filosofía, es decir, cada uno tiene su filosofía, la expresa como quiera, pero sobre todo es ciudadano libre, no está coadyuvado ni hacer la pelota para que le metan en lista, es decir, él se presenta con sus medios y tal, pero no hace la pelota y después se las da por ahí de hombrecito.

Bien, entonces, es el tema este: los partidos que no podemos concurrir con muchos medios económicos, pues, que el Estado, el Estado, del dinero de todos, les proporcione el 10% de las papeletas que ese colegio electoral donde se presente tiene derecho. Es decir, aunque yo soy partidario de que nadie tenga derecho a tener papeletas y que el ciudadano aprenda a votar yendo al colegio electoral y las sepa coger, no las lleve en el bolsillo. Porque sólo tienen derecho a los que las manden en casa y muchos por coacción, por miedo, por nerviosismo, por timidez, ya lo lleva en el bolsillo y no... Una obligación es ir al colegio electoral, estuvieran todas, y las cogieran y votaran. Es decir, pero como eso no va a poder ser, mi idea es de que los partidos pequeños, o las personas que concurran a las elecciones, que el Gobierno, el Estado, del dinero de todos los contribuyentes, que les diera el 10% de las papeletas, que tuviera el censo electoral.

Nada más, es ése el problema.

pág. 6307


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Alonso. Para turno en contra, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

La verdad es que es difícil contestar a las defensas no tanto de la enmienda, sino a la defensa que se hace de la enmienda. Porque, si no entiendo mal, el objetivo de fondo, ése que parece ser el ideal, es el que está en el texto del Proyecto. En el texto del Proyecto lo que dice es que la Junta de Castilla y León asegura la disponibilidad de papeletas; no dice que debe dar a ningún partido nada, ni, por supuesto, que debe dar a ninguno más que a otro en función de ese grado de poder del que tanto gusta hablar el señor Procurador.

Por tanto, el principio que él considera ideal es el que está detrás del artículo 36 del Proyecto. Lo que ocurre es que luego cada Grupo, en función de sus disponibilidades, pues, evidentemente, serán mayores o menores, eso es perfectamente normal y comprensible, pues, invertirá parte de sus fondos en hacerlas o no, en función de sus criterios electorales. Pero es que eso ni se puede impedir, ni se puede limitar. En una sociedad libre, pues, cada uno con sus disponibilidades económicas actuará como tenga por conveniente o como considere que le produzca más éxito electoral. Pero el principio de fondo, al que parece que usted tiende, no sé si ideológicamente, pues, es el que está recogido en el artículo 36, evidentemente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. Para...


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Señor Quijano. Yo creo que si lee.., a lo mejor no me he expresado bien en la temática, pero se sobreentiende y se la voy a leer. "La Junta de Castilla y León asegurará la disponibilidad de papeletas y sobres electorales conforme se dispone en el artículo siguiente, entregando a los partidos políticos o agrupaciones que concurran un porcentaje del 10% de los electores de esa circunscripción, sin perjuicio de su eventual confección por el grupo, por los grupos políticos que concurran a las elecciones". Quiero decirle de que..., y le voy a poner un ejemplo, un ejemplo. En las elecciones generales sólo había una empresa en Valladolid que era capaz o que tenía los sobres, monopolizaba los sobres y las papeletas de las elecciones en todo Castilla y León y en Valladolid. Quiere decir que para hacer las papeletas de las elecciones generales había que concurrir a empresas de Madrid, y su partido, que usted es Secretario General aquí -no sé si tendrá acceso a la documentación-, recibió una carta de una empresa de Madrid donde le decía: Mire usted, como sólo nosotros somos los distribuidores a nivel nacional de las pepeletas y de los sobres, para eso puede ponerse en contacto con nosotros a tantos sobres. Entonces, en Valladolid sólo había una empresa que lo podía hacer y había que ir..., que, en fin, que monopolizaba el...

Entonces, el Estado debe asegurar..., lo mismo que después sobran cientos y cientos de miles de papeletas tiradas, porque sobran, es decir, que si en una mesa electoral hay cinco mil electores, pues, hacen papeletas para diez mil por cada partido político, con lo cual, como en mi partido político, en una mesa electoral, vamos a suponer de cinco mil electores le van a votar cinco -y ya sería bastante porque no hay tanto ciudadanos libres-, pero, en fin, que..., que esos, que nos lo dieran a nosotros y nosotros podríamos buzonear gratuitamente. Es decir, que no limite usted la posibilidad. Y en eso, si lo lee detenidamente, aunque a lo mejor falta alguna coma o por la prisa, porque, en fin, esto da lo mismo, es papel mojado, como decía Albornoz, es decir, que nos faciliten el 10%. Es decir, aunque mi criterio es no facilitar a nadie y prohibirlo hacer, que todo el mundo fuera allí al colegio electoral y cogiera la papeleta. Nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Para dúplica, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Estamos en lo mismo, y fíjese que si leo textualmente lo que dice su enmienda, lo que dice es que la Junta entregue el 10% de los electores, o sea, es que me parece..., porque no dice el 10% de las papeletas, dice el 10% de los electores. Lo cual me parece que es más, que s más difícil y que seguramente iría contra esa condición de hombre libre a la que usted hacía referencia. Es decir, el tema es como es y le agradezco también el ascenso que me ha producido, aunque ya entenderá que no es el competente para hacerlo.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Yo sólo quiero comentar que...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ: ..

..se habla anteriormente de papeletas, aunque eso..., de cada elector que hubiera en esa circunscripción le diera número de papeletas. Es decir, se sobreentiende. Es decir..., a buen entendedor con pocas palabras bastan, es decir, aunque después las leyes sean..., aunque después las leyes y la Justicia den la razón al que no la tiene, es decir, pero a buen entendedor pocas palabras.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Señor Alonso, señor Alonso, por favor. Tiene la palabra el Grupo Popular, para fijación de posiciones. Señor Hernández, por el Grupo Mixto. Muchas gracias.

Sometemos a votación la enmienda del señor Alonso Rodríguez. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda rechazada por trece votos en contra.

Votamos, entonces, el artículo 36 del Proyecto según el dictamen de la Ponencia. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Por trece votos, ninguno en contra, ninguna abstención, queda aprobado.

pág. 6308

Los artículos 37 y 38 no tienen ninguna enmienda. Podemos votarles por asentimiento. Artículo 37. Artículo 38. Quedan ambos aprobados.

En el artículo 39 existía la enmienda número 4 del Grupo Parlamentario Socialista que fue incorporada por la Ponencia en su informe. Por tanto, al no existir ya ninguna enmienda, podemos también darle por aprobado por asentimiento. Aprobado.

En el artículo 40, igualmente, no existen enmiendas. Se aprueba por asentimiento. Aprobado.

Artículo 41 y 42, incorporados por la Ponencia como consecuencia de la aceptación de la enmienda número 5 del Grupo Parlamentario Socialista. Votamos artículo 41 por asentimiento. Artículo 42. Quedan aprobados.

43 y 44, que eran 41 y 42 antiguos del Proyecto primitivo, no se han presentado enmiendas. ¿Aprobados también por asentimiento? Artículo 43. Artículo 44. Aprobados.

Artículo 45, que era el artículo 43 del Proyecto, la Ponencia procedió a suprimir el dígito 1 que aparece en el artículo.

Enmienda número 5 del señor Alonso Rodríguez. Tiene la palabra el señor Alonso.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Bueno. Yo voy a seguir con la misma filosofía o el comportamiento en temas claros. Para mí es muy aplaudible y es un honor para las personas que tienen la posibilidad de representar a una Comunidad en una Institución. Hay que..., para mí, mejor sería que fueran turnos rotativos, es decir, que todos los ciudadanos tuvieran la oportunidad de ejercer el libre ejercicio, es decir, que de vez en..., que fuera rotativo, es decir, aplaudo las..., esta postura de ineligibilidad de muchas personas para que sólo concurran y tal, es decir la aplaudo, es decir que no se puede ser en tres o cuatro cosas a la vez, pero sobre todo que el tío que quiera o la persona que quiera ser candidato, o ser representante del Gobierno en una..., no sé, que se le faciliten los medios, que se le faciliten los medios, papeletas gratuitas, y todo eso. Problema..., pero que no perciban ni una, ni una peseta de haber, para que no se dé el caso que después, que muchas personas se hagan profesionales de la política, de que digan: tengo que..., y yo lo prometo, lo prometo, yo le critiqué a un señor de..., que estaba ganando mucho dinero de cargos públicos y tal, y esa cosa, y él..., y se lo dije delante de más personas, y dijo mira, y me dijo: no es que si no llevo todo ese dinero a casa la mujer se divorcia y, entonces, pues, necesita tener, ocupar muchos cargos públicos. Te lo juro que es verdad y sé el nombre y era de Avila... que para que sea más, más persona. Me fastidió porque era castellano-leonés.

Entonces, para mí...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Ruego al señor Alonso que se atenga a la cuestión.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Es una anécdota, digamos, que viene a cuento a esto. Bien..., después te lo digo.

Que el que se presente a unas elecciones vaya y vaya a un banco, pida un crédito, se presente y tal. Y después, si quiere..., o si por eso que el..., los estados se lo facilite para que concurra gratuitamente. Que nadie tenga que hacer mucha propaganda si no hay medios gratuitos. Que no tenga que ir a hipotecarse a los bancos, pero que después sepa que no le dan un duro, pero se le mantenga el sueldo en la empresa o tal, o que todo ese dinero lo dediquen para utilidad pública. Nada más era por eso, de que nadie, el Estado, subvencione después los votos, ni un número por cargo. Nada más es eso.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias. Para turno en contra, señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Es que me lo pone cada vez más difícil el contestar a la defensa que hace de enmiendas, que empiezan por no tener ningún sentido; yo creo que ésa es la dificultad: que como no tienen sentido, pues, sólo se pueden defender con anécdotas y éste es el caso.

El criterio ese de la, con el que empezó la intervención de la distribución sucesiva de la población como Procuradores, pues, no deja de ser curioso. No sé si..., como tendría que ser por orden alfabético, porque es el único criterio objetivo, seguramente es que como se apellida Alonso, pues, entraría antes que..., antes que los demás y le beneficiaría un poco, y seguramente, cuando me llegara a mí por razones de apellido, pues, pues, acaso no tendría existencia en este mundo. Y eso, eso es lo que lamento como elemento de injusticia absoluta del criterio que usted maneja, que le beneficiaría considerablemente.

Y por lo demás, pues, mira, la enmienda no tiene, como yo creo que pasa con las demás, ningún sentido. Y si queremos hacer una discusión sería de una cosa seria, como es la Ley Electoral, pues, habría que tratar de que las enmiendas tengan argumentos de defensa, que no sean meramente anecdóticos los argumentos que se utilicen. Y, en todo caso y si fuera posible, pues, como usted parece haber expresado un criterio que pudiera ser saludable y que es la no retribución por un cargo público, pues, le pediría que predique con el ejemplo, en todo caso. Entonces, pues, igual nos lo empezamos a creer y a asumir.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. Para réplica, señor Alonso Rodríguez.

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EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Yo le voy a contestar al señor Quijano y estos mismos argumentos los diré para el Pleno.

Hay un procedimiento de que en vez de por apellidos, se pongan todos los nombres de los apellidos A, B, C, D, se saque la bola, se empieza por el C, por el C. Es decir, con lo cual no habría preferencia.

Después, que no haya retribuciones... No, no, no es que no haya. No, yo es que me tomo todo en serio. Es decir, todo...

Y que no haya retribuciones. Pues, mire, yo le voy a decir una cosa, que eso es absurdo. Porque en estas Cortes yo llevo..., yo he sido de los primeros que he dicho que no percibamos nada, que debe constar en acta, y todo se dé a una Institución pública. Porque eso de que el cargo de Procurador no retribuido es un cuento. Es decir, yo soy el primero que soy partidario de todo. Porque si yo ahora concurro a las elecciones, y voy a concurrir por desgracia a dos elecciones, las tengo que pagar de mi bolsillo, y después todo lo que se gane va por Estatuto íntegramente al partido. Nada más le quiero decir eso.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Para dúplica, señor Quijano. El Grupo Popular, ¿desea intervenir? Muchas gracias. ¿El señor Hernández, por el Grupo Mixto?


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ:

Hombre, yo tendría que decir que, desde un punto de vista por lo menos utópico, filosófico, cuando en las reuniones previas a las que fuimos invitados, por el Presidente de esta Cámara, los Portavoces de los Grupos y de los partidos, hablábamos de este tema yo me manifestaba, en cierto modo, a favor de que llegáramos a un purismo tal, a la hora de plantear las elecciones, que no hiciera falta recurrir a este tipo de retribuciones. Lo que me ocurre es, mi querido compañero de Grupo, el señor Alonso, ha hecho una defensa tal de su enmienda que casi que me ha obligado a no poder apoyársela. Pero, vamos, quiero decir que, desde un punto de vista global, yo estoy de acuerdo con que tendríamos, quienes estamos en la política que buscar la forma, si no a corto sí a medio plazo, de que las concurrencias electorales se pudieran hacer sin necesidad de este tipo de retribución y con una posibilidad paritaria por parte de todos aquellos que concurren.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Hernández.

Votamos la enmienda del señor Alonso Rodríguez. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda rechazada por trece votos a favor, cero en contra, y una abstención.

El artículo..., el texto de Ponencia del artículo 45, votamos entonces. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Aprobado por trece votos a favor y una abstención.

Al artículo 46, 44 del primitivo Proyecto, no se han presentado enmiendas. Puede, por consiguiente aprobarse por asentimiento. Aprobado.

Artículo 47. Enmienda número 6 del señor Alonso Rodríguez. Tiene la palabra.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Bueno. Yo sigo manteniendo el mismo criterio. Bien, al no poder ser y todas estas cosas, bueno, pues, al dar un pequeño gasto. Es decir, que me da lo mismo si ustedes van a aprobar treinta pesetas, y después..., y verdaderamente esto se llevara a rajatabla, que hubiera que justificarlo, porque eso no hay que justificar nada, y, en fin, porque aquí no se justifica nada. Con treinta pesetas un partido político que mande una carta a un elector, eso lo rebaja, quiero decir que eso está bien. Lo único que da pie que ahora mismito mi partido, que va a concurrir a las elecciones, el mismo día de las elecciones va a decir: oiga usted, el partido tal y tal y tal, como han recibido una carta en casa, ha gastado más de treinta pesetas y que lo justifique. Porque si ustedes mandan un membrete de estos a casa, es decir, con la candidatura, con todas estas cosas, le sale más de treinta pesetas; después pegan los carteles...


EL SEÑOR...:

(Intervención si micrófono).


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ: ...,

, aunque concertado. Quiero decir el Partido Reformista, perdona, que esté aquí que no esté aquí, concertó ocho millones de pesetas en Valladolid para buzonear y para todas estas cosas, es decir, y era más a quince pesetas ciudad y veinticinco pesetas fuera de la ciudad. Es decir, concertado, es decir. Y después, si mandas sellos y tal, es imposible que con treinta pesetas por elector puedas concurrir si le mandas una carta a cada elector..., por habitante, por habitante, da lo mismo...


EL SEÑOR...:

(Intervención sin micrófono).


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ: ..

..es lo mismo, son..., sale a cuarenta y cinco pesetas, es decir, que es lo mismo. Ni con cuarenta y cinco pesetas se puede concurrir con dignidad, que ustedes concurren, se puede hacer; es decir, ni con la dignidad que ustedes concurren, que son muy buena, pueden concurrir. Quiero decir que eso es..., yo le pondría, para estar dentro de la Ley, ponía a mil pesetas por cada habitante, es decir, porque con treinta y cinco pesetas, con cuarenta y cinco, ni con cincuenta, ustedes están dentro de la Ley, porque después las comidas de los candidatos, la comida del otro, la propaganda, todas estas cosas, la gasolina. ¡Es imposible! Es decir, que yo he estado en un partido de esas características y hablo con conocimiento. Lo que pasa es que después es imposible justificar, porque todo el mundo lo hace gratis. Y todo el mundo cobra. Es decir, que eso está..., está claro.

Es decir, que quiero decir eso que yo lo bajo a diez pesetas para que, por lo menos, puedan moverse con gasolina, para lo mínimo de gasolina, al militante que

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va, que pone su coche que le den para gasolina, que es más o menos lo que suele salir. Esa es mi idea.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Alonso Rodríguez. El señor Quijano, para turno en contra.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

La verdad es que venía contestándole a todas las enmiendas yo creo que al final ya por..., por cortesía, pero la verdad es que llegado este punto, ya, el argumento ya no... ya no me da para tanto.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Sí, señor Alonso.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Yo al señor Quijano..., estoy acostumbrado que ni me contesten, que me cierren la puerta y me..., me da lo mismo. Lo único que vaya yo contento, y haga y diga lo que quiera. Porque aquí, en estas Cortes, sufrimos la humillación, cuando me llamaron para ir al viaje de Méjico, y ustedes me llamaron y la Mesa de las Cortes...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Señor Alonso, por favor, aténgase a la cuestión.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Nada más es eso, nada más que estoy acostumbrado. Es decir, no se preocupe que no sufro; no sufro.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

: ¿Señor Quijano?... ¿Grupo Popular? ¿Señor Hernández?


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ:

Para alegrarme sólo de que no sufra el señor Alonso.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Muchas gracias. Procedemos a la votación de la enmienda del señor Alonso Rodríguez. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda rechazada por catorce votos en contra.

Votamos el texto del artículo 47, según el texto del Dictamen de la Ponencia. Votos a favor. En contra. Abstenciones. Queda aprobado por unanimidad.

Los artículos 48, 49 y 50 no tienen ninguna enmienda. Se puede, por tanto, aprobar por asentimiento. Artículo 48. Aprobado. Artículo 49. Aprobado. Artículo 40. Aprobado.

Disposiciones Adicionales Primera y Segunda no se han presentado tampoco enmiendas. Pueden, igualmente, aprobarse por asentimiento. Disposición Adicional Primera. Aprobada. Disposición Adicional Segunda. Aprobada.

Disposición Adicional Tercera. Existe una enmienda transaccional a esta Disposición respecto a la enmienda número 7 del Grupo Parlamentario Popular.

Quiere el señor Letrado, por favor, dar lectura a esta enmienda.


EL SEÑOR LETRADO (SEÑOR MATIA PORTILLA):

Disposición Adicional Tercera: "Los partidos integrantes de las coaliciones o federaciones electorales que concurrieron en las elecciones anteriores en el momento de la disolución de las Cortes asumen la representación de los electores que votaron la correspondiente coalición o federación en proporción al número de Procuradores cada uno".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Para defender esta enmienda, el señor Olea tiene la palabra.


EL SEÑOR OLEA LOSA:

Señor Presidente. Hemos querido presentar esta Disposición Adicional Tercera, porque creemos que si no estuviera podían darse determinadas falsas interpretaciones o ausencias en las mismas, que no resolverían situaciones de hecho, situaciones existentes en el momento de la disolución de las Cortes, y no solamente en este momento, sino en cualquier otro momento posterior. Por lo que presentamos la misma con la intención de hacer una interpretación de la totalidad de la Ley, en los casos concretos en que puede especificarse, y además el intentar salvar estas ausencias que pueden darse en el mismo.

Por eso hemos entendido que nos estamos refiriendo a los partidos integrantes de estas coaliciones o federaciones electorales que hayan podido concurrir en el momento de la elección, pero que en el momento de la disolución sean distintos a aquellas que concurrieron en el momento de la elección. Y su forma de salvarlo, por tanto, es asumiendo la representación de los electores que votaron la correspondiente coalición o federación, en proporción al número de Procuradores de cada una. Nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Olea. Por el grupo Socialista, ¿quiere intervenir el señor Quijano?


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Sí. No, no para un turno en contra no, que quede eso claro.

Yo voy a decir simplemente lo siguiente al respecto de esta cuestión. Yo creo que desde el principio del comienzo de la elaboración de la Ley, pues, todos fuimos conscientes, y seguramente unos más que otros en función de cómo se vieran afectados por las circunstancias, pero todos fuimos conscientes de que había una cierta laguna que solventar. Y desde aquellos primeros momentos en que iniciamos el debate, nosotros nos manifestamos dispuestos a propiciar la solución que pareciera la más correcta y, de algún modo, dejando a quienes podían verse más directamente afectados, por la solución de esa cuestión, la iniciativa al respecto, con un cierto compromiso de que nosotros respetaríamos, porque entendemos el fondo del problema, respetaríamos la solución que se ofreciese en ese sentido.

pág. 6311

Por tanto, yo no voy a entrar en un debate de fondo de la cuestión. Puede haber cosas que técnicamente estén mejor o peor dichas, que gusten más, gusten menos, etcétera, pero, repito, en cualquier caso, mantenemos ese compromiso que fue muy explícitamente manifestado en la Ponencia, en el debate que ya tuvimos también allí sobre ese tema, y, en función de eso, pues, no tenemos ningún inconveniente en que prospere esta redacción.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. Por el Grupo Mixto, señor Hernández.


EL SEÑOR HERNANDEZ HERNANDEZ:

Sí. Bueno, yo, precisamente, sugerí parte de esa redacción en la reunión de la Ponencia, porque entiendo que, efectivamente, hay que buscar una salida a hechos concretos que se van a producir en el momento de llegar al próximo período electoral.

Seguramente no es la fórmula ideal, siempre este tipo de cosas plantea problemas que a veces son irresolubles, pero, desde luego, como antes he hecho con alguna otra enmienda, me parece la fórmula menos mala.

Entonces, es ese sentido, yo también estoy conforme con ella y la apoyaré.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

En ese caso, puede aprobarse la enmienda por asentimiento.


EL SEÑOR LETRADO (SEÑOR MATIA PORTILLA):

: "Los partidos integrantes de las coaliciones o federaciones electorales que concurrieron en las elecciones anteriores, -coma- en el momento de la disolución de las Cortes asumen la representación de los electores que votaron a la correspondiente coalición o federación en proporción al número de Procuradores de cada uno".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Se aprueba por asentimiento.

Disposiciones Transitorias Primera, Segunda y Tercera. No se han presentado enmiendas. Por tanto, puede también aprobarse por asentimiento. Disposición Transitoria Primera. Segunda. Tercera. Aprobadas.

Disposiciones Finales Primera y Segunda. Tampoco se han presentado enmiendas. Se pueden, también, aprobar por asentimiento. Disposición Final Primera. Segunda. Aprobadas por asentimiento.

Pasamos, entonces, a la votación de la Exposición de Motivos. En ella está la enmienda número 1 del Grupo Parlamentario Socialista. Tiene la palabra el señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

El único sentido que tiene esta enmienda es hacer coherente la Exposición de Motivos con la estructura final que resulta de la Ley. Una pura cuestión técnica que entiendo no necesitará mayor justificación.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

Gracias, señor Quijano. ¿Turno en contra?... ¿Intervención del Grupo Mixto?, ¿del Grupo Popular? Muchas gracias, pues...


EL SEÑOR OLEA LOSA:

La Tercera Adicional tiene que quedar introducida ahí, señor Quijano...

Por eso digo que, tres adicionales, tres transitorias...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

El señor Quijano tiene la palabra.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

En ese caso, entendemos automáticamente la enmienda corregida para que tenga coherencia con la enmienda que acabamos de aprobar. Y, entonces, el texto hablaría de tres Disposiciones Adicionales, Tres Disposiciones Adicionales, y el resto de la enmienda seguiría igual.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ALONSO ALMODOVAR):

: ¿Está de acuerdo el Grupo Popular? ¿Y el Grupo Mixto?

Aprobamos, entonces, por asentimiento la Exposición de Motivos con las correcciones introducidas. Aprobado. Sí.

Y, finalmente, Título, Título de la Ley. No se han presentado enmiendas. Por tanto, puede aprobarse por asentimiento. Queda aprobado por asentimiento.

Concluido el Dictamen de la Comisión de Proyecto de Ley Electoral de Castilla y León. Recuerdo a los señores Procuradores, y a los Grupos Parlamentarios que, al haber sido aplicado el procedimiento de urgencia para la tramitación de este Proyecto, disponen de un plazo de treinta y seis horas para comunicar los Votos Particulares y las Enmiendas que defendidos y votados en Comisión y no incorporados al Dictamen, quieran defender ante el Pleno de estas Cortes.

Se levanta la sesión.

(Se levantó la sesión a las trece horas cuarenta minutos).


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Sede de las Cortes de Castilla y León