DS(P) nº 38/1 del 20/12/1985









Orden del Día:




1. PREGUNTAS CON RESPUESTA ORAL ANTE EL PLENO

1.1 Pregunta con respuesta oral ante el Pleno, P.O. 169-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Alfredo Marcos Oteruelo, relativa a medidas para evitar el riesgo que pueda ocasionar el edifico en ruinas situado en el n. 3 del Corral de Villapérez de León, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 88, de 6 de Diciembre de 1985.

1.2 Pregunta con respuesta oral ante el Pleno, P.O. 170-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Alfredo Marcos Oteruelo, relativa a si considera la Junta que el edificio en ruinas situado en el n. 3 del Corral de Villapérez de León debe ser conservado o restaurado, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 88, de 6 de Diciembre de 1985.

1.3 Pregunta con respuesta oral ante el Pleno, P.O. 171-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. José Angel Villaverde Cabezudo, relativa a inadmisión de proposiciones y solicitudes enviadas por correo, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 88, de 6 de Diciembre de 1985.

1.4 Pregunta con respuesta oral ante el Pleno, P.O. 172-I, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. Marcelo Morchón González y D. Vicente Jiménez Dávila, relativa a medidas para paliar los daños que las normas del SENPA causarán en el sector de productores de cebada, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 88, de 6 de Diciembre de 1985.

1.5 Pregunta con respuesta oral ante el Pleno, P.O. 173-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Alfredo Marcos Oteruelo, relativa a financiación de un muestrario de comics, difundido en León, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 88, de 6 de Diciembre de 1985.

1.6 Pregunta con respuesta oral ante el Pleno, P.O. 174-I, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. Vicente Jiménez Dávila y D. Marcelo Morchón González, relativa a pago de cantidades prometidas con motivo de las heladas en el cultivo de remolacha, publicada en el boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 88, de 6 de Diciembre de 1985.

1.7 Pregunta con respuesta oral ante el Pleno, P.O. 179-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Laurentino Fernández Merino, relativa al cumplimiento de la Proposición No de Ley aprobada por el Pleno de las Cortes en sesión de 31 de Octubre de 1985, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 89, de 9 de Diciembre de 1985.

1.8 Pregunta con respuesta oral ante el Pleno, P.O. 180-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Francisco José Alonso Rodríguez, relativa a campaña de apoyo al candidato socialista de la Junta de Galicia, publicada en el Boletín oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 89, de 9 de Diciembre de 1985.

1.9 Pregunta con respuesta oral ante el Pleno, P.O. 181-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Marcelo Morchón González, relativa a mantenimiento de las Cámaras Agrarias en la Comunidad, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 89, de 9 de Diciembre de 1985.

1.10 Pregunta con respuesta oral ante el Pleno, P.O. 182-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Virgilio Buiza Díez, relativa a construcción del último tramo de la carretera LE-215, Sahagún-Guardo, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 89, de 9 de Diciembre de 1985.

2. Interpelación, I. 24-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Manuel Fuentes Hernández, relativa a demarcación judicial, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 86, de 12 de Noviembre de 1985.

3. Designación de ocho miembros del Consejo Rector del Instituto de Desarrollo y Planificación Económica de Castilla y León.

4. Proposición No de Ley, P.N.L. 27-I, presentada por el Procurador D. Francisco Montoya Ramos, integrado en el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a financiación autonómica, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 88, de 6 de Diciembre de 1985.

5. Debate y votación del Dictamen de la Comisión de Presidencia del Proyecto de Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de Castilla y León (P-L 17) pag. 1313


Sumario:






 **  Se inicia la sesión a las quince horas quince minutos.

 **  El Presidente, Sr. Llamazares Fernández, abre la sesión.

 **  El Secretario, Sr. Herrero Sanz, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 **  El Presidente, Sr. Llamazares Fernández, propone al Pleno la alteración del Orden del Día de la sesión. Es aprobada por asentimiento.

 **  Intervención del Procurador Sr. Marcos Oteruelo (Grupo Popular), para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 **  Contestación, por parte de la Junta, del Sr. Burgos González, Consejero de Educación y Cultura.

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Marcos Oteruelo.

 **  En turno de dúplica, interviene el Sr. Burgos González, Consejero de Educación y Cultura.

 **  Intervención del Procurador Sr. Marcos Oteruelo (Grupo Popular), para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 **  Contestación, por parte de la Junta, del Sr. Burgos González, Consejero de Educación y Cultura.

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Marcos Oteruelo.

 **  En turno de dúplica, interviene el Sr. Burgos González, Consejero de Educación y Cultura.

 **  Intervención del Procurador Sr. Villaverde Cabezudo (Grupo Popular), para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 **  Contestación, por parte de la Junta, del Sr. Nalda García, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

 **  En turno de réplica, interviene el Sr. Villaverde Cabezudo.

 **  En turno de dúplica, interviene el Sr. Nalda García, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

 **  Intervención del Procurador Sr. Morchón González (Grupo Popular), para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 **  Contestación, por parte de la Junta, del Sr. González González, Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes.

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Morchón González.

 **  En turno de dúplica, interviene el Sr. González, González, Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes.

 **  Intervención del Procurador Sr. Marcos Oteruelo (Grupo Popular), para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 **  Contestación, por parte de la Junta, del Sr. Burgos González, Consejero de Educación y Cultura.

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Marcos Oteruelo.

 **  El Presidente, Sr. Llamazares Fernández, llama al orden al Sr. Procurador.

 **  En turno de dúplica, interviene el Sr. Burgos González, Consejero de Educación y Cultura.

 **  Intervención del Procurador Sr. Jiménez Dávila (Grupo Popular), para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 **  Contestación, por parte de la Junta, del Sr. González González, Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes.

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Jiménez Dávila.

 **  En turno de dúplica, interviene el Sr. González González, Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes.

pag. 1314

 **  Intervención del Procurador D. Laurentino Fernández Merino (Grupo Socialista), para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 **  Contestación, por parte de la Junta, del Sr. Burgos González, Consejero de Educación y Cultura.

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador D. Laurentino Fernández Merino.

 **  Intervención del Procurador Sr. Alonso Rodríguez (Grupo Mixto), para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 **  Contestación, por parte de la Junta, del Sr. Nalda García, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Alonso Rodríguez.

 **  En turno de dúplica, interviene el Sr. Nalda García, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

 **  Intervención del Procurador Sr. Morchón González (Grupo Popular), para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 **  Contestación, por parte de la Junta, del Sr. González González, Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes.

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Morchón González.

 **  En turno de dúplica, interviene el Sr. González González, Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes.

 **  Intervención del Procurador Sr. Buiza Díez (Grupo Socialista), para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 **  Contestación, por parte de la Junta, del Sr. De Meer Lecha-Marzo, Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio.

 **  En turno de réplica, interviene el Sr. Buiza Díez.

 **  El Secretario, Sr. Herrero Sanz, da lectura al siguiente punto del Orden del Día.

 **  Intervención del Procurador Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto), para defensa de su Proposición No de Ley.

 **  Para fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Seisdedos Robles (Grupo Popular).

 **  Para fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Quijano González (Grupo Socialista).

 **  Intervención del Procurador Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto).

 **  Intervención del Sr. Paniagua Iñiguez, Consejero de Economía y Hacienda.

 **  Intervención del Procurador Sr. Bosque Hita (Grupo Popular)

 **  Intervención del Procurador Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto).

 **  El Presidente, Sr. Llamazares Fernández, somete a votación la Proposición No de Ley debatida. Es aprobada.

 **  El Secretario, Sr. Herrero Sanz, da lectura al siguiente punto del Orden del Día.

 **  El Sr. Secretario da lectura a las propuestas de los candidatos al Consejo Rector del Instituto de Desarrollo y Planificación Económica de Castilla y León, presentadas por los Grupos Parlamentarios.

 **  El Presidente, Sr. Llamazares Fernández, somete a la ratificación de la Cámara las propuestas de candidatos presentadas. Son ratificadas por la Cámara.

 **  El Secretario, Sr. Herrero Sanz, da lectura al siguiente punto del Orden del Día.

 **  Intervención del Procurador Sr. Fuentes Hernández (Grupo Popular), para formular su Interpelación a la Junta de Castilla y León.

 **  Contestación, por parte de la Junta, del Sr. Nalda García, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Fuentes Hernández.

 **  En turno de dúplica, interviene el Sr. Nalda García, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

 **  Para fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista).

 **  Intervención del Procurador Sr. Fuentes Hernández (Grupo Popular).

 **  Intervención del Sr. Nalda García, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

 **  El Presidente, Sr. Llamazares Fernández, suspende la sesión.

pag. 1315

 **  Se suspende la sesión a las catorce horas, reanudándose a las dieciséis horas treinta y cinco minutos.

 **  El Presidente, Sr. Llamazares Fernández, reanuda la sesión.

 **  El Secretario, Sr. Herrero Sanz, da lectura al último punto del Orden del Día.

 **  El Presidente, Sr. Llamazares Fernández, somete a votación los artículos 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 14, 15, 17, 18, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 47, 49, 50, 52, 53, 54, 56, 60, 61 y 62, Disposiciones Adicionales Primera, Segunda, Cuarta y Quinta, Disposiciones Transitorias Primera, Segunda, Quinta, Sexta, Séptima y Octava, Disposición Final y Disposición Derogatoria.

 **  Intervención del Procurador, Sr. Posada Moreno (Grupo Popular), para hacer una aclaración. Es contestada por el Sr. Presidente.

 **  Intervención del Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista), en relación con la intervención del Sr. Posada Moreno. Interviene el Sr. Posada Moreno.

 **  El Sr. Presidente somete a votación los artículos, Disposiciones Adicionales, Transitorias, Final y Derogatoria enumeradas. Son aprobados.

 **  El Sr. Presidente somete a debate las enmiendas número 1 y 73 a 110 del Grupo Parlamentario Popular.

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Posada Moreno (Grupo Popular)

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Posada Moreno.

 **  En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría.

 **  El Sr. Presidente somete a votación las enmiendas número 1 y 73 a 110 del Grupo Parlamentario Popular. Son rechazadas.

 **  El Sr. Presidente somete a debate las enmiendas número 1, 61 a 68 y 72 a 104 del Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto).

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto) comunicando a la Presidencia que va a incluir la defensa de las enmiendas números 69, 70 y 71 en este turno a favor.

 **  El Procurador Sr. Fuentes Hernández (Grupo Popular), solicita el uso de la palabra por alusiones. El Sr. Presidente indica que no ha lugar.

 **  Interviene el Procurador Sr. Fuentes Hernández. El Sr. Presidente reitera que no tiene derecho al uso de la palabra.

 **  Nueva intervención del Procurador Sr. Fuentes Hernández. El Sr. Presidente llama al orden al Sr. Procurador.

 **  Interviene nuevamente el Sr. Fuentes Hernández. El Sr. Presidente le llama al orden por segunda vez.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Montoya Ramos.

 **  En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Bravo Solana.

 **  El Sr. Presidente somete a votación las enmiendas 1, 61 a 68 y 72 a 104 del Sr. Montoya Ramos. Son rechazadas.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 8 del Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto).

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Montoya Ramos.

 **  En turno en contra interviene el Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista).

 **  El Sr. Presidente somete a votación la enmienda número 8 del Sr. Montoya Ramos. Es rechazada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 2. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 8 del Sr. De Fernando Alonso. Al no estar presente, decae en su derecho de defender la enmienda.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 8. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la Enmienda número 4 del Procurador Sr. Nieto Noya (Grupo Popular).

pag. 1316

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Nieto Noya.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Nieto Noya.

 **  El Sr. Presidente somete a votación la enmienda número 4 del Sr. Nieto Noya. Es rechazada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 10. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 21 del Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto).

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Montoya Ramos.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría (Grupo Socialista).

 **  El Sr. Presidente somete a votación la enmienda número 21 del Sr. Montoya Ramos. Es rechazada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 11. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 10 del Sr. De Fernando Alonso, al no estar presente, decae en su derecho a defender la enmienda.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 12. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 22 del Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto).

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Montoya Ramos.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista). (Intervención sin micrófono).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Montoya Ramos.

 **  El Sr. Presidente somete a votación la enmienda número 22 del Sr. Montoya Ramos. Es rechazada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 13. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 5 del Sr. Nieto Noya (Grupo Popular).

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Nieto Noya.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría (Grupo Socialista).

 **  El Sr. Presidente somete a votación la enmienda número 5 del Sr. Nieto Noya. Es rechazada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo número 16. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente somete a debate las enmiendas números 36, 37 y 105 del Grupo Parlamentario Popular.

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Marcos Oteruelo (Grupo Popular).

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Marcos Oteruelo.

 **  El Sr. Presidente somete a votación las enmiendas número 36, 37 y 105 del Grupo Parlamentario Popular. Son rechazadas.

 **  El Sr. Presidente somete a votación los artículos 19, 20 y la Disposición Adicional Tercera. Son aprobados.

 **  El Sr. Presidente somete a debate las enmiendas números 46 y 47 del Grupo Parlamentario Popular.

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Criado Escribano (Grupo Popular).

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Criado Escribano.

 **  En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría.

 **  El Sr. Presidente somete a votación las enmiendas número 46 y 47 del Grupo Parlamentario Popular. Son rechazadas.

 **  El Sr. Presidente somete a debate las enmiendas números 35 y 36 del Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto).

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto).

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría (Grupo Socialista)

pag. 1317

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Montoya Ramos.

 **  En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría.

 **  El Sr. Presidente somete a votación las enmiendas números 35 y 36 del Sr. Montoya Ramos. Son rechazadas.

 **  El Sr. Presidente somete a debate las enmiendas número 17 y 18 del Sr. De Fernando Alonso (Grupo Mixto).

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. de Fernando Alonso (Grupo Mixto).

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista)

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. De Fernando Alonso.

 **  El Sr. Presidente somete a votación las enmiendas número 17 y 18 del Sr. De Fernando Alonso. Son rechazadas.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 8 del Sr. Nieto Noya (Grupo Popular).

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Nieto Noya (Grupo Popular).

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista)

 **  El Sr. Presidente somete a votación la enmienda número 8 del Sr. Nieto Noya. Es rechazada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación los artículos 25 y 26. Son aprobados.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 56 del Grupo Parlamentario Popular y la número 4 del Sr. Aparicio Pérez.

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Aparicio Pérez (Grupo Popular).

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica interviene el Procurador Sr. Aparicio Pérez.

 **  El Sr. Presidente somete a votación las enmiendas números 56, del Grupo Parlamentario Popular y la 4 del Sr. Aparico Pérez. Son rechazadas.

 **  El Sr. Presidente comunica a la Cámara que han sido retiradas por el Procurador Sr. Montoya Ramos sus enmiendas números 56 y 57.

 **  El Sr. Presidente somete a votación los artículos 33 y 51. Son aprobados.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 63 del Grupo Parlamentario Popular.

 **  Intervención del Procurador Sr. Posada Moreno (Grupo Popular), para comunicar a la Presidencia que su Grupo retira la enmienda.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 43. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente somete a debate las enmiendas números 52 y 54 del Procurador Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto). Al no estar presente, decae en su derecho de defender la enmienda.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 66 del Grupo Parlamentario Popular.

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Saborit Martínez-Polanco (Grupo Popular).

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Saborit Martínez-Polanco.

 **  El Sr. Presidente somete a votación la enmienda número 66 del Grupo Parlamentario Popular. Es rechazada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 48. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente comunica a la Cámara que el Procurador Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto) ha retirado su enmienda número 59.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 55. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente somete a debate las enmiendas número 69, 70 y 71 del Procurador Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto).

 **  Intervención del Procurador Sr. Montoya Ramos, comunicando que estas enmiendas las defendió en la primera intervención.

 **  El Sr. Presidente somete a votación las enmiendas números 69, 70 y 71 del Sr. Montoya Ramos. Son rechazadas.

 **  El Sr. Presidente somete a votación los artículos 57, 58 y 59. Son aprobados.

 **  El Sr. Presidente somete a debate las enmiendas número 105 y 107 del Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto).

pag. 1318

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Montoya Ramos.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista).

 **  El Sr. Presidente somete a votación las enmiendas número 105 y 107 del Sr. Montoya Ramos. Son rechazadas.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 26 del Sr. De Fernando Alonso (Grupo Mixto)

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. De Fernando Alonso.

 **  Intervención del Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista), proponiendo una enmienda transaccional.

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. De Fernando Alonso.

 **  Intervención del Procurador Sr. Posada Moreno (Grupo Popular).

 **  Intervención del Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista).

 **  El Sr. Presidente somete a votación la enmienda transaccional. Es aprobada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación la Disposición Adicional Tercera. Es aprobada.

 **  El Sr. Presidente somete a debate los votos particulares del Grupo Socialista en lo referente a la enmienda número 111 del Grupo Parlamentario Popular, y a la enmienda de supresión "in voce", introducida en la Exposición de Motivos.

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista), proponiendo una enmienda transaccional.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Posada Moreno (Grupo Popular).

 **  El Sr. Presidente somete a votación la enmienda transaccional. Es aprobada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación la Disposición Transitoria Tercera. Es aprobada.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 112 del Grupo Parlamentario Popular.

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Ares Martín (Grupo Popular).

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr Vela Santamaría (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Ares Martín.

 **  En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría.

 **  El Sr. Presidente somete a votación la enmienda número 112 del Grupo Parlamentario Popular. Es rechazada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación la Disposición Transitoria Cuarta. Es aprobada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el Título de la Ley. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 5 del Sr. Montoya Ramos a la Exposición de Motivos.

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto).

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Montoya Ramos.

 **  El Sr. Presidente somete a votación la enmienda número 5 del Sr. Montoya Ramos. Es rechazada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación la Exposición de Motivos. Es aprobada.

 **  Queda aprobada la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de Castilla y León.

 **  Intervención del Sr. Nalda García, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

 **  El Sr. Presidente, Sr. Llamazares Fernández, felicita a los Sres. Procuradores las próximas fiestas navideñas y levanta la sesión.

 **  Se levantó la sesión a las veinte horas.

pag. 1319




Texto:

(Se inició la sesión a las once horas quince minutos).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Vamos a comenzar, por favor. Silencio. Se abre la sesión.

Tiene la palabra el señor Secretario para dar lectura al primer punto del Orden del Día.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR HERRERO SANZ):

Primer punto del Orden del Día: "Preguntas con respuesta oral ante el Pleno".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Esta Presidencia, al amparo de lo dispuesto en el artículo 72.1 del Reglamento y habiendo recabado y obtenido previamente el parecer favorable de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios, propone al Pleno de la Cámara la alteración del Orden del Día de la presente sesión, en el sentido de que se debata en segundo lugar, a continuación de la sustentación de las preguntas con respuesta oral, la Proposición No de Ley número 27-I del Procurador don Francisco Montoya Ramos, y que tras el debate y votación de ésta se proceda a designar a los ocho miembros del Consejo Rector del Instituto de Desarrollo y Planificación Económica de Castilla y León. A continuación se pasaría al debate y discusión de la Interpelación número 24 del señor Fuentes Hernández, quedando en último lugar, como estaba inicialmente previsto, el debate y votación del Dictamen de la Comisión de Presidencia del proyecto de Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de Castilla y León. ¿Se aprueba esta propuesta de alteración del Orden del Día en el sentido explicado por parte de la Cámara, por asentimiento?. Queda, por tanto, aprobada por asentimiento esta alteración.

En relación con el primer punto del Orden del Día, para la defensa de la primera pregunta, tiene la palabra el señor Marcos Oteruelo.


EL SEÑOR MARCOS OTERUELO:

Señor Presidente, Señorías. En toda la ciudad de León, pero de una manera particular, en las zonas próximas a un lugar enclavado en el barrio histórico y antiguo llamado el Corral de Villapérez, existe una cierta preocupación porque hay un problema que tiende, desde mi punto de vista, a enquistarse y eso es malo para la población, en el sentido de que un edificio en ruinas está constituyendo, durante algún tiempo constituyó un peligro grave, ahora con el apuntalamiento un peligro latente para la seguridad de los ciudadanos; este edificio iba a ser derruido por el Ayuntamiento de León después de oído el preceptivo informe de los técnicos en la materia sobre su amenaza inminente de ruinas. Las obras fueron suspendidas por orden gubernativa y a instancias de la Delegación Territorial de Educación y Cultura de León, dependiente de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Castilla y León.

Bien, pues, este Procurador quiere preguntar a la Junta de Castilla y León qué medidas piensa adoptar la Junta para evitar el riesgo que corren los vecinos de resultar dañados por las ruinas del edificio del número tres del Corral de Villapérez, cuyo derribo fue paralizado a instancias de la Delegación Territorial de Cultura.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Educación y Cultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE EDUCACION Y CULTURA (SEÑOR BURGOS GONZALEZ):

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Su Señoría se hace, en los antecedentes de la pregunta, eco de inquietudes y preocupaciones cuando menos infundadas y tal vez alentadas por la autoridad a quien, según manifiesta, se han dirigido los vecinos del barrio. Y digo que tales preocupaciones son infundadas por cuanto ya existe una valla en torno a la zona derribada, se han hecho los apeos oportunos, y los servicios técnicos de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Castilla y León vienen girando frecuentes visitas al inmueble para seguir puntualmente el comportamiento de las estructuras del edificio, que no plantean por el momento peligro alguno de desplome.


EL SEÑOR MARCOS OTERUELO:

Sí, señor Presidente. En cuanto a que si encierra peligro o no, como el peligro o por lo menos el miedo es subjetivo, hay gente, hay vecinos de León que sienten miedo y prueba de ello es que dos colegios situados en las inmediaciones, de niños incluso de párvulos, el colegio de las Teresianas de León y el colegio de las Discípulas, por medio de sus asociaciones respectivas, han mostrado muy recientemente, esto en cuestión de semanas, su preocupación a la primera autoridad municipal de León por este tema. Y, por otro lado, pues, el hecho de que los empleados de la Junta o los Delegados giren visitas de vez en cuando a un edifico así no es una solución. Yo creo que el pueblo de León está esperando que la Junta de Castilla y León decida cuál va a ser el destino de ese edifico, que, por otro lado, parece que hay un consenso general en que los valores artísticos e históricos sólo los ve la Junta, no los ve la gente. Yo, desde luego, no los veo tampoco.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Educación y Cultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE EDUCACION Y CULTURA (SEÑOR BURGOS GONZALEZ):

Para controlar el miedo de los ciudadanos del barrio no podemos sino realizar determinadas actuaciones encaminadas a asegurar que el edifico se mantiene en pie. Lo que sí puedo indicarle a Su Señoría es que el problema será brevemente resuelto, en cuanto que habrá una reposición del edifico y esta reposición, esta restitución tendrá lugar a lo largo del año mil novecientos ochenta y seis.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Para formular la siguiente pregunta,

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tiene la palabra también el señor Marcos Oteruelo.


EL SEÑOR MARCOS OTERUELO:

Sí, señor Presidente, Señorías. Bueno, como quiera que, en fin, la Cámara debe saber que aquí en este tema llueve sobre mojado, es decir, durante la anterior legislatura este Procurador intentó varias veces introducir una interpelación o algo parecido en la Cámara y la Mesa sistemáticamente, aduciendo razones indudablemente existentes, seguro, vamos, pero razones de tipo jurídico, reglamentario, etcétera, pues, la rechazó y he tenido que recurrir a formular dos simples preguntas para un tema que valía más la pena. Bien, entonces, esta es la segunda pregunta y con los mismos presupuestos, insistiendo una vez más en que, en fin, yo ya no digo los ciudadanos más o menos preparados, pero incluso licenciados y doctores en Historia del Arte, no son capaces a vislumbrar el menor valor artístico en unos muros que lo único que tienen es antigüedad y que son de tapial, y que allí no se ve por ningún concepto que merezca la pena ser mantenido en pie, sino, que la gente con sentido común lo que vería con buenos ojos es que se derribara aquello, quedara mayor espacio y "santas pascuas".

Bien, de todas las maneras, la Junta tiene una sensibilidad artística verdaderamente exquisita; pretende ver valores artísticos e históricos en unos tapiales de metro y medio de espesor, de tierra lisa y llana; en los balcones, que parece que tenían algún atisbo artístico, el propio dueño me ha confesado a mí que son de hace diez años, porque los tuvo que renovar, que no son lo que había antes. En fin, en conjunto, aquello es un estorbo ciudadano, desde mi punto de vista, y, por lo tanto, lo que quiero preguntar ahora, en consecuencia, es lo siguiente: si realmente la Junta de Castilla y León considera que el edificio en ruinas está situado en el número tres del Corral de Villapérez de León debe de ser conservado o restaurado por su valor histórico y artístico. Y me gustaría añadir: a ver quién va a pagar esa restauración.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Educación y Cultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE EDUCACION Y CULTURA (SEÑOR BURGOS GONZALEZ):

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. La valoración que Su Señoría hace del edificio parcialmente derruido, ocupando el número tres del Corral Villapérez, esquina a la calle Pablo Flores, en la ciudad de León, discrepa acusadamente de la que hacen los servicios técnicos de la Consejería de Educación y Cultura, cuyos informes sirvieron de base a actuaciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural para impedir un derribo fraudulento de dicho edifico, ordenado por la Alcaldía de León; un derribo en parte consumado, con nocturnidad, burlando disposiciones legalmente tomadas para impedirlo. La Junta de Castilla y León considera, en efecto, y de acuerdo con lo contemplado en el precatálogo del Plan Especial de Protección del Casco Antiguo, elaborado precisamente a instancias municipales, aunque no tramitado, y en los documentos de trabajo de las Comisiones Provinciales de Patrimonio Histórico-Artístico de la Dirección General de Bellas Artes y Archivos, que debe ser conservado y restaurado, y lo va a hacer, lo va a restaurar, según he mencionado antes, con cargo a los Presupuestos del año mil novecientos ochenta y seis.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Marcos Oteruelo.


EL SEÑOR MARCOS OTERUELO:

Bien, pues, desde mi punto de vista, señor Presidente, hombre, yo soy bachiller y licenciado y he visto el Corral de Villapérez, y, vamos, para ver allí un valor artístico en el que compense hacer una inversión del volumen que va a costar a la Junta de Castilla y León, es que hay que hacer unos esfuerzos de abstracción y de imaginación verdaderamente fantásticos; eso por un lado.

Por otro lado, el derribo fraudulento, me parece que un Ayuntamiento como el de León, después de los informes de los arquitectos diciendo que aquello amenazaba ruina, ruina inminente y que había un peligro seguro para los ciudadanos, me parece que la actuación, el derribo tomado por iniciativa del Ayuntamiento de León era una medida sensata, y, por otro lado, era una medida popular, porque en León existe un clima que si se hiciera una encuesta sobre el destino de ese edificio, la sensibilidad de los leoneses en materias artísticas no es baja, y, sin embargo, habría, creo, una mayoría aplastante en favor del derribo definitivo. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Educación y Cultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE EDUCACION Y CULTURA (SEÑOR BURGOS GONZALEZ):

Muchas gracias, señor Presidente. Su Señoría se hace eco de la opinión de un determinado sector del pueblo de León, un sector con unos intereses concretos, dicho sea de paso. La Consejería de Educación y Cultura se hace eco de las opiniones de otro sector, probablemente no menos importante del pueblo de León, y, en cualquier caso, repito que la valoración que Su Señoría hace discrepa rotundamente de la que hacen, yo creo que con mayor y mejor conocimiento de la situación, los servicios técnicos de la Dirección General de Patrimonio. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias, señor Consejero. Para formular una pregunta relativa a inadmisión de proposiciones y solicitudes enviadas por correo, tiene la palabra el señor Villaverde Cabezudo.


EL SEÑOR VILLAVERDE CABEZUDO:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. La pregunta que hoy formular este Procurador a la Junta de Castilla y León obedece a la reiterada presencia en la prensa de anuncios de concursos y subastas en los que se obliga, por así

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decirlo, a los ciudadanos de esta Comunidad a presentar personalmente sus solicitudes en la Sede de las Instituciones autonómicas, en la Sede Central. Y, por otra parte, aparecen también unas frases que a este Procurador le causan extrañeza, como son el "no serán admitidas a los concursos las proposiciones que sean enviadas por correo". ¿A qué obedece esto?. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Presidencia.


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR NALDA GARCIA):

Muchas gracias, señor Presidente. Obedece exclusivamente al artículo 100 del Reglamento de la Ley de Contratos del Estado, que para conocimiento de Su Señoría le leo. Artículo 100: "Las proposiciones y ofertas contractuales habrán de ser entregadas en mano en las dependencias u oficinas expresadas en el anuncio dentro del plazo de admisión señalado en el mismo. No se admitirán las enviadas por correo o cualquier otro procedimiento diferente al señalado", y sigue el artículo. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Villaverde Cabezudo.


EL SEÑOR VILLAVERDE CABEZUDO:

Yo no dudo de la existencia y el valor que tiene el texto al que hace referencia el señor Nalda. Lo único es que yo pensé que tenía más valor, desde el punto de vista legal, este pequeño librito, que es la Ley de Procedimiento Administrativo, en el que se dice que cualquier persona puede presentar documentos en cualquier sede, en cualquier registro abierto.

Yo, como soy bien pensado, creía que esto obedecía a un intento del fomento de la visita de los ciudadanos de nuestra Comunidad a la ciudad de Valladolid, pero también hay otras personas que no piensan tan bien como yo, y pensaban que la entrega e mano pudiera obedecer a verle la cara al solicitante o, incluso, a otras cosas que creo que no merece la pena comentar, porque quizá se interpretaran como de mal gusto. Eso es todo. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Gracias. Tiene la palabra el señor Consejero de Presidencia.


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR NALDA GARCIA):

Señor Presidente. No querría aquí hacer valer un exceso de sapiencia mía frente a otro de ignorancia, no lo querría yo hacer; pero tengo que decirle al señor Procurador que la ley de Contratos del Estado anula, en los artículos que regula, las demás leyes de procedimiento, y, por lo tanto, es la ley, y cumplimos la ley exclusivamente, Señorías. Y cuando se entregan en mano se entregan en sobre cerrado y lacrado, con lo cual es independiente del color y de la cara. Y hay algunas Señorías de esta Cámara que pueden atestiguarlo. Por lo tanto, yo le pediría a Su Señoría que sobre estos temas no hagan juicios de valor, solamente hagan un juicio de realidad, y la realidad, de nuevo, insisto, señor Presidente, es la Ley. Muchas gracias, señor Presidente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias, señor Consejero.

Para formular una pregunta relativa a medidas para paliar los daños que las normas del SENPA causarán en el sector de productores de cebada, tiene la palabra o bien el señor Jiménez Dávila o bien el señor Morchón González, que son quienes han formulado la pregunta. Tiene la palabra el señor Morchón González.


EL SEÑOR MORCHON GONZALEZ:

Señor Presidente. Ante la inminente entrada de la agricultura en el Mercado Común, y respecto a lo que creemos y consideramos que va a ser muy problemática la venta de la cebada, formulamos la siguiente pregunta: ¿qué medidas piensa adoptar la Consejería o la Junta de Castilla y León para paliar los graves daños que estas medidas causarán a un sector tan importante como es la cebada en esta Región?. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Agricultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y MONTES (SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ):

Señor Presidente, Señorías, muy brevemente. Yo creo que la pregunta parte de un supuesto absolutamente erróneo, como es que vayan a producirse daños graves como consecuencia de las medidas adoptadas por el SENPA. Por lo tanto, no se van a tomar medidas excepcionales y seguiremos tomando las medidas que hasta ahora se van tomando, que son: fomento de APAS, fomento del cooperativismo y SAC, fomento de planes, ensayos y experimentación, fomento de utilización de semillas de calidad, e informe continuo de las consecuencias de la entrada en la Comunidad Económica Europea.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Morchón.


EL SEÑOR MORCHON GONZALEZ:

Señor Presidente. Nuestra cebada, sabemos por experiencia que la mayoría de los años no llega al peso específico; ahí tenemos, si cogemos la estadística, ahí tenemos la última campaña del SENPA, en la que la mayor parte de la cebada pasó al tipo segundo y, por supuesto, se pagó por debajo del precio de intervención. Partiendo de que desde primero de Marzo el peso específico se fija en sesenta kilogramos, toda la cebada quedará por debajo del precio de intervención por no llegar al peso específico. Si seguimos con la norma tendrá que subir cada año un grado el

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peso específico, o subirán, mejor dicho, un grado el peso específico en la Comunidad, lo que quiere decir que para el año ochenta y ocho nuestra cebada tendría que llegar a sesenta y tres kilogramos hectólitro. Considero poco menos que imposible que nuestra cebada llegue a tomar ese peso. Ante este panorama yo considero y entiendo que no debemos de seguir diciendo veleidades con respecto a nuestra agricultura, y sobre todo el mercado de la cebada en el Mercado Común.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Ha agotado su tiempo, señor Morchón.


EL SEÑOR MORCHON GONZALEZ:

Gracias, señor Presidente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Agricultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y MONTES (SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ):

Yo lo que le pediría al señor Procurador es que no dijera inexactitudes. La media de las campañas en Castilla y León de los últimos diez años ha sido que más de sesenta y cuatro de peso específico lo da el sesenta por ciento de la cosecha. El año pasado el SENPA comercializó el ocho por ciento de la cebada de Castilla y León y menos del sesenta de peso específico lo dio el cinco por ciento. Luego, usted está diciendo que son graves unas medidas que afectan al cinco por ciento del ocho por ciento, exactamente al cero coma cuatro por ciento de la producción de cebada de Castilla y León. El sesenta por ciento de la producción de cebada de Castilla y León tiene más de sesenta y cuatro de peso específico, que es un grado más de lo que será el máximo límite de peso específico cuando nos adaptemos a las normas comunitarias. No se pueden decir esas cuestiones.

Además hay otra cuestión. La norma comunitaria dice y admite hasta un quince coma cuatro por ciento de humedad, y prima con cero uno por ciento del precio por cada décima de humedad menos de ese quince coma cuatro por ciento, y las cebadas de Castilla y León tienen entre un once y un doce por ciento de humedad, y van a tener un incremento de precio del tres, entre el tres y el cuatro por ciento por ese concepto. Señor Procurador, hay que decir las cosas como son, no como son el cero coma cuatro por ciento de la cebada que se comercializa en Castilla y León.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Para formular una pregunta relativa a financiación de un muestrario de comics vendido en León, tiene la palabra el señor Marcos Oteruelo.


EL SEÑOR MARCOS OTERUELO:

Señor Presidente, Señorías. Yo voy a seguir un consejo que acaba de darnos el señor Vicepresidente: hay que llamar a las cosas por su nombre; entonces, voy a llamar a las cosas por su nombre y me voy incluso en esta ocasión a ceñir al texto escrito de mi pregunta, dado el delicadísimo tema que en ella se trata.

Muchos leoneses se han visto en los últimos días de Septiembre desagradablemente sorprendidos, cuando no heridos profundamente en sus sentimientos religiosos, morales y cívicos en general, al recibir una publicación que pretende referirse al comic en nuestra Región. Tras una portada en la que aparecen figuras de aspecto repugnante e indumentaria militar en la que se inscriben con grandes caracteres los nombres de Gallardo y Mediavilla, que deben ser dos geniales artistas del comic, aparecen varias viñetas en las cuales puede apreciarse una pobrísima calidad estética, y, en cambio, una literatura facia, conteniendo palabras de mal gusto y alguna gravísima blasfemia.

Este Procurador se niega a transcribir literalmente el contenido de las mismas por un sentimiento elemental de dignidad humana, pero tienen a disposición de esta Junta los ejemplares demostrativos de la verdad de cuanto lleva dicho y además, si es preciso, se mostrarían.

Mi pregunta es la siguiente, sencillamente: ¿es cierto que la Junta de Castilla y León ha contribuido a financiar este muestrario de comics difundido en León y en el que aparecen expresiones indecentes y blasfemas?.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Educación y Cultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE EDUCACION Y CULTURA (SEÑOR BURGOS GONZALEZ):

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. En la pregunta formulada por Su Señoría se distinguen claramente dos planos: el factual y el interpretativo. Me ceñiré en mi respuesta al primero.

Si lo que Su Señoría pregunta es si la Junta de Castilla y León se ha visto implicada en la organización de la segunda muestra de comic celebrada en León entre los días veinte y veintinueve de Septiembre, la respuesta es sí. Y si también pregunta si dentro de la muestra se realizaron exposiciones con participación de la obra de Gallardo y Mediavilla, y si difundieron ejemplares de folletos como el que exhibo, la respuesta vuelve a ser sí.

Como de costumbre, nuestro acuerdo terminar ahí. La constatación de unos hechos materiales, con respecto a la interpretación y a la valoración de los mismos, nuestra discrepancia es una vez más absoluta.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra... ruego al señor Marcos Oteruelo que espere a que el señor Presidente le conceda la palabra. Tiene la palabra el señor Marcos Oteruelo.


EL SEÑOR MARCOS OTERUELO:

Gracias, señor Presidente. Bien, los hechos son los hechos, pero es que

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hay hechos cuya interpretación no puede ser más que una a no ser que se esté uno loco, vamos. Es decir, de todo hecho caben distintas interpretaciones, pero una es la interpretación de las gentes con uso de razón y otra la interpretación de las gentes con falta de lógica. Y para demostrar que esto es así, yo lo único que puedo constatar en esta Cámara, y lo siento empezar esta mañana con una cosa..., voy a pedir perdón si hay señoras y niños, etcétera, que puedan...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ)

:Ha agotado su tiempo, señor Oteruelo.


EL SEÑOR MARCOS OTERUELO:

Bueno, pues, decir "me cagüen Dios", "este hijo de puta"...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Señor Oteruelo, le llamo al orden.


EL SEÑOR MARCOS OTERUELO:

Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Educación y Cultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE EDUCACION Y CULTURA (SEÑOR BURGOS GONZALEZ):

Bien. Las expresiones a que alude, y que ha leído, admítalo o no Su Señoría, tienen un uso frecuente en el lenguaje coloquial del ambiente social que la historieta intenta reflejar, y han sido abundatemente utilizadas por nuestros clásicos, por nuestros clásicos, y lo están siendo por muchos de los más premiados de los escritores contemporáneos, incluidos académicos. Por otra parte, el comic se caracteriza por ser una manifestación extremadamente libre, en la que los jóvenes manejan un lenguaje que a menudo, precisamente por ser expresión de la libertad y en la libertad, resultan provocadoras.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Ha agotado su tiempo, señor Consejero.


EL SEÑOR CONSEJERO DE EDUCACION Y CULTURA (SEÑOR BURGOS GONZALEZ):

Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Para formular una pregunta relativa a pago de cantidades prometidas con motivo de las heladas, en el cultivo de remolacha, tiene la palabra el señor Jiménez Dávila.


EL SEÑOR JIMENEZ DAVILA:

Señor Presidente. Como consecuencia de las fuertes heladas registradas en Enero pasado y las pérdidas que sufrió el cultivo de la remolacha, la Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes dispuso de una cantidad de 120.000.000 para paliar, para poder conjugar los intereses de un crédito, de unos créditos que se concertaron con las Cajas Rurales y las Cajas de Ahorro, de 120.000.000. Estas son las alturas que este dinero todavía no está en los bancos y están próximos a vencer el primer semestre por esto, y el pago de intereses de esos 120.000.000 para los agricultores. ¿Cuándo piensa la Consejería hacer efectivo el pago de los 120.000.000?


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Agricultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y MONTES (SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ):

Señor Presidente, Señorías. Contestar muy brevemente a la pregunta que formula el señor Procurador. La Consejería ya ha hecho efectivo el pago de los 120.000.000.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Jiménez Dávila.


EL SEÑOR JIMENEZ DAVILA:

Señor Consejero. Me alegra mucho la noticia porque será de esta semana última, porque hace tres días no habían llegado los 120.000.000 a los bancos. No obstante, creo que se ha hecho un perjuicio a los agricultores, puesto que si este dinero era para minorar, para bajar intereses de un dinero que iba al doce por ciento, no se acordó en su día cantidad que le iba a costar al agricultor, porque estaba en función de los créditos que se pidieran, y si los 120.000.000, puestos en su día en los bancos, hubieran generado unos intereses que hoy hubieran aminorado los intereses que tienen que pagar los agricultores. Por lo tanto, creo que los agricultores van a pagar un veinticinco por ciento más de intereses que les correspondería si el dinero se hubiera hecho efectivo en su día. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Agricultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y MONTES (SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ):

Señor Presidente, Señorías, muy brevemente. Yo quisiera saber en qué bancos -me lo dirá después porque ya ha agotado su turno-, en qué bancos y cajas de ahorro, según su pregunta, ha formulado, le han dicho que no han recibido instrucciones de cómo bajar intereses. Yo le diría que transmita a los mismos bancos a los que usted se dedica a visitar, que son, que no saben leer, lo primero, y que son unos incompetentes. Yo le voy a usted a leer la cláusula cuarta del convenio firmado por todas las entidades financieras de crédito con esta Consejería. Dice textualmente: "Las subvenciones concedidas por la Junta de Castilla y León en el momento en que sean percibidas por las entidades financieras se aplicarán a la amortización parcial del principal". Luego, no hay rebaja de intereses, no hay nada, no ha llegado la primera amortización del principal; ahora que llega la primera amortización del principal, nosotros abonamos la cuantía. Y, por supuesto, si esos 120.000.000 tienen que producir intereses no deben ser

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para las entidades bancarias, sino para la Comunidad de Castilla y León, que es lo que se ha hecho: pagar en el momento justo. Muchas gracias, Su Señoría.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias, señor Consejero.

Para formular una pregunta relativa al cumplimiento de la Proposición No de Ley, aprobada por el Pleno de estas Cortes en sesión de treinta y uno de Octubre de mil novecientos ochenta y cinco, tiene la palabra el señor Fernández Merino, don Laurentino.


EL SEÑOR FERNANDEZ MERINO (DON LAURENTINO):

Señor Presidente, Señorías. La pregunta sólo pretende recabar de la Junta de Castilla y León qué medidas han sido tomadas, o qué actuaciones se han llevado a cabo, para dar cumplimiento a la Proposición No de Ley, presentada por este Procurador en su día y aprobada por el Pleno de las Cortes, en la que, en síntesis, se pedía que la Junta, a través de la Consejería de Educación y Cultura, habilitara las partidas presupuestarias necesarias para dotar de equipos de exhibición de vídeo a las Delegaciones Territoriales de Cultura, crear una Videoteca institucional, y la institucionalización de un concurso regional de vídeo.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Educación y Cultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE EDUCACION Y CULTURA (SEÑOR BURGOS GONZALEZ):

(Principio de la intervención sin micrófono)... exige, a nuestro juicio, no sólo dotar de equipos de exhibición a las Delegaciones Territoriales y montar una videoteca, sino también, y tal vez como fase previa, adquirir equipos de grabación y de edición. Por ello, en el Boletín Oficial de Castilla y León, número 100, de diez de Diciembre, se publicó el anuncio de un concurso para el suministro de dos unidades portátiles de grabación, una de edición y sonorización, y un equipo de visionado, con un tipo de licitación de 15.000.000 de pesetas. Algunas Delegaciones Territoriales, Burgos, Soria y Zamora y la propia Dirección General de Promoción Cultural, cuentan ya con magnetoscopios y con monitores de televisión. Las restantes serán dotadas de equipo similar, y todas ellas de unidades portátiles de grabación, con cargo a los Presupuestos de mil novecientos ochenta y seis, recientemente aprobados en estas Cortes. La formación de una videoteca es una tarea lenta y laboriosa ya emprendida por la Consejería. Una muestra de los fondos recopilados se ha exhibido recientemente en Salamanca, en las primeras jornadas de cine de Castilla y León. El primer concurso regional de vídeo fue convocado dentro del programa de actividades culturales de los meses de Julio, Agosto y Septiembre de mil novecientos ochenta y cinco, bajo la denominación de "Certamen de Cine y Vídeo de Castilla y León", proclamándose oficialmente los ganadores en las citadas jornadas de cine recientemente celebradas en Salamanca.

Creo, pues, que hemos avanzado sustancialmente en el cumplimiento de lo acordado por estas Cortes en la sesión de treinta y uno de Octubre de mil novecientos ochenta y cuatro, cuando se aprobó la Proposición No de Ley a la que alude Su Señoría. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Fernández Merino.


EL SEÑOR FERNANDEZ MERINO (DON LAURENTINO):

Señor Presidente. Efectivamente, la Proposición No de Ley no fijaba un plazo y estaba un poco limitada a las posibilidades presupuestarias, y en este sentido las actuaciones que ha expuesto el señor Consejero yo creo que cumplen perfectamente las intenciones de la Proposición No de Ley, por lo cual me siento satisfecho.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Gracias. Para formular una pregunta relativa a campaña de apoyo al candidato socialista de la Junta de Galicia, tiene la palabra el señor Alonso Rodríguez.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. La pregunta es la siguiente. En su campaña de apoyo al candidato socialista de la Junta de Galicia, ¿fue en calidad de Presidente de la Junta de Castilla y León o como militante socialista?.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Presidencia.


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR NALDA GARCIA):

Muchas gracias, señor Presidente. Contestarle al señor Procurador que don Demetrio Madrid López estuvo en la campaña de Galicia como militante socialista; pero yo creo que Su Señoría lo entiende perfectamente, que ésa es también la causa y razón por la que don Demetrio Madrid López es Presidente de la Junta. Muchas gracias, señor Presidente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Alonso Rodríguez.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Yo no voy a entrar en hacer una pregunta o una contestación de oído, como en el último Pleno se me dijo por algún Procurador que hablaba de oído. Yo antes..., el nacionalismo no quiere entrar en provocaciones, más cuando está en minoría; cualquier Procurador que quiera insultar al nacionalismo desde una tribuna, que no tenga los mismos medios, puede hacerlo en una plaza pública y yo me iré de hombre a hombre. Por eso, como no quiero hacer una pregunta sin tener una documentación, yo esperaré una respuesta del Tribunal Electoral Central, que aquí tengo algunas, para saber si cuando un Presidente de una Comunidad va a hacer una campaña en apoyo de su partido,

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los gastos van por cuenta del partido o por cuenta de la Comunidad. Como no lo puedo argumentar mientras no tenga una respuesta, y para no hablar de oído, esperaré a la próxima sesión de las Cortes.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Presidencia.


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR NALDA GARCIA):

Simplemente para decir que, claro, que el señor Procurador queda pendiente de una contestación de un tribunal, pues, que ahí nos referiremos todos a esa contestación.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

(Principio de la intervención sin micrófono)... a mantenimiento de las Cámaras Agrarias en la Comunidad, tiene la palabra el señor Morchón González.


EL SEÑOR MORCHON GONZALEZ:

Señor Presidente, Señorías. El proyecto de Ley de Cámaras Agrarias, aprobado por el Consejo de Ministros y publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales del pasado día seis de Noviembre, recoge la realidad legislativa en esta materia. No obstante, el proyecto gubernamental sobre la Ley de Bases pone en serio peligro la existencia de las Cámaras Agrarias.

A tenor de lo antedicho, preguntamos: ¿qué piensa hacer la Junta de Castilla y León con respecto a las Cámaras Agrarias en nuestra Comunidad?, ¿piensa mantenerlas? Gracias, señor Presidente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Agricultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y MONTES (SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ):

Señor Presidente, Señorías, muy brevemente. Yo lamento la falta de coordinación que existe entre el Grupo Popular y lamento que a una pregunta formulada por los Procuradores Atilano Soto Rábanos y Agapito Torrego Cuerdo, con el mismo fondo pero yo creo que bastante mejor realizada, y que tiene su contestación desde el cinco de Diciembre, no haya sido transmitida al señor Morchón, pero, vamos, abundo en los mismos criterios. Existe un proyecto de Ley marco; cuando ese proyecto de Ley marco esté dictaminado por las Cortes Generales se producirá una situación jurídica nueva y ante esa situación jurídica nueva esta Comunidad negocia ya, en estos momentos, la posibilidad de la transferencia en Cámaras Agrarias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Morchón.


EL SEÑOR MORCHON GONZALEZ:

Señor Presidente, Señorías. Las Cámaras Agrarias en nuestra Comunidad tienen una, es una realidad centenaria. Pero a tenor del proyecto de Bases y después de oír al señor Consejero, mucho siento decirle que peligran mucho las Cámaras Agrarias Locales en nuestra Comunidad, y por lo que recoge el Estatuto de Autonomía. Yo pediría a esta Junta que tomara muy en serio el tema y pidiera que se retirara esa Ley de Bases o se cambiara por otra ley que recogiera el tema de Cámaras Agrarias, para que se pudieran desarrollar las Cámaras Agrarias Locales, me refiero. Si no, siento mucho decirle que tendríamos que pensar una vez más que el gobierno Socialista de la Junta de Castilla y León no había cumplido con lo que un día dijo su Presidente al ser investido: que lo que atañe a todos los españoles y a todos los castellanos-leoneses le atiene el señor Presidente de la Junta y a la Junta, y si no se hace esto, y si no se pide la continuidad de las Cámaras Agrarias, creo que están atentando contra el deseo de muchísimos agricultores, yo diría que el noventa y cinco por ciento de los agricultores, porque quieren y desean la permanencia de las Cámaras Agrarias Locales. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Consejero de Agricultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y MONTES (SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ):

Señor Presidente, Señorías. Desde luego, es cierto que todo lo que afecta a la Comunidad nos afecta a nosotros y, por lo tanto, tenemos un sumo interés en ello, lo cual no quiere decir que hagamos lo que el señor Procurador quiere que hagamos, por supuesto; podemos tener criterios diferentes sobre las mismas materias.

De todas las maneras, yo creo que existe un anteproyecto de Ley de Cámaras, en uso estricto de las competencias de la Administración Central, que tiene que ser dictaminada por las Cámaras correspondientes, lo cual yo creo que es absolutamente democrático y normal, y que además contempla cosas tan anormales como, por ejemplo, que la afiliación a las Cámaras, en lugar de ser obligatoria pasa a ser voluntaria; primero. Segundo, que los servicios económicos, etcétera, realizados por éstas pasen a ser realizados paulatinamente y garantizado esos servicios, pues, OPAS, APAS, Cooperativas, entidades, etcétera. Que los servicios públicos van a seguir siendo realizados por las Cámaras en tanto en cuanto no se realicen por otras instituciones, y además garantiza que el patrimonio de esas Cámaras va a ser dedicado a finales de interés general agrario como tiene que ser. Y además, y como último extremo, que sus funcionarios van a seguir teniendo el carácter de funcionarios............. De todas las maneras, a cada uno lo que es de cada uno; que las Cámaras Nacionales dictaminen ese proyecto marco de Ley, y después en, dentro de ese proyecto marco, la Comunidad Autónoma, por supuesto, podrá, primero, reclamar las transferencias, y, segundo, legislar si es necesario sobre ese asunto.

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EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Para formular una pregunta relativa a construcción del último tramo de la carretera LE-215, Sahagún-Guardo, tiene la palabra el señor Buiza Díez.


EL SEÑOR BUIZA DIEZ:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Bien, voy a ser breve en mi exposición, toda vez que en el Boletín figura la motivación de mi pregunta, que en el fondo pretende únicamente hacerse eco de las inquietudes de una serie de ciudadanos del valle alto de Valderaduey, por la situación en que se encontraban y se encuentran de incomunicación de dicho valle por el sur..., por el norte, este y oeste; únicamente tiene salida por el sur. Entonces, mi planteamiento y mi pregunta hace referencia a la Consejería de Obras Públicas, como es lógico, y le planteo qué medidas o qué planes hay al respecto para dar una solución racional que aminore estas dificultades que existen actualmente y faciliten las comunicaciones de este valle. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Obras Públicas.


EL SEÑOR CONSEJERO DE OBRAS PUBLICAS Y ORDENACION DEL TERRITORIO (SEÑOR DE MEER LECHA-MARZO):

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. En el Avance del Plan Regional de Carreteras figura incluida la conexión entre la carretera LE-251 con la provincia de Palencia, a través de la realización de un nuevo tramo que uniría Villanzo de Valderaduey con San Andrés de la Regla, continuando hacia Guardo por la Comarcal-651. Esta nueva comunicación, que no es estrictamente la que plantea el señor Procurador, unida a los dos ejes existentes ya norte-sur, Sahagún-Guardo, por la Comarcal-611, por Almanza y Puente Almunhey, y Sahagún con Guardo por Saldaña y Comarcal-615, garantiza suficientemente las comunicaciones entre los más importantes núcleos de población de la zona en nuestra opinión.

Probablemente, en fases posteriores, se esté en condiciones económicas de realizar el nuevo tramo planteado por el señor Procurador, pero en este momento creemos que la solución descrita es suficiente y se va a estudiar la oportunidad de adelantar la inversión concreta, el tramo que me he referido antes entre Villanzo y San Andrés, al ahora previsto en el Avance del Plan General de Carreteras. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Buiza Díez.


EL SEÑOR BUIZA DIEZ:

Muchas gracias, señor Consejero. Me alegra y comparto el fondo de la cuestión planteada, aunque no sea exactamente lo que yo planteaba y pretendía; pero me parece que, de todas las maneras, este proyecto mejora sensiblemente, o mejorará en el futuro la situación de las comunicaciones en este valle y se lo agradezco. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Secretario para dar lectura al siguiente punto del Orden del Día, de acuerdo con la alteración que éste ha experimentado por acuerdo de la Cámara.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR HERRERO SANZ):

Segundo punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley, presentada por el Procurador don Francisco Montoya Ramos, integrado en el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a financiación autonómica, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 88, de 6 de Diciembre de 1985".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Para su defensa tiene la palabra el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. La Proposición No de Ley que yo he presentado debió ser en su día una moción que yo hice, consecuencia de la interpelación formulada en el mes de Octubre, y que por un error de mi parte y no llevarla acompañada de la firma del Portavoz la Mesa no consideró y yo me he visto obligado a transformarla en esta Proposición No de Ley. Cuando se sustanció entonces la interpelación, a mí me pareció que había un convencimiento común en esta Cámara. Teníamos que aceptar este año una austeridad impuesta, porque así lo exigían las circunstancias económicas del país, y después resolver, por la vía de la emisión de Deuda Pública, el déficit que, en caso contrario, se produciría en nuestro Presupuesto si queríamos, y a mí me pareció que sí que lo queríamos, que los servicios básicos y las inversiones más urgentes quedarán antendidas.

Por parte mía, lamentaba la austeridad que se nos imponía y que debía ser, más bien, asumida o fundamentalmente, o al mismo tiempo que la nuestra, por otras esferas de la Administración Central. Pero si la responsabilidad nos llevaba a aceptar lo inevitable para este año, esa misma responsabilidad debe llevarnos a luchar por mejorar las condiciones en que debe basarse el Presupuesto del año próximo. Otra cosa yo entiendo que sería abandonar, y yo creo que las condiciones económicas o, más bien, la pobreza y las necesidades de nuestra gente no nos permiten este abandonismo.

Sin embargo, y como nos sucede siempre, son otras autonomías más ricas, aquéllas que tienen menos necesidades, las que primero han alzado la voz contra la Administración Central. Y sería lamentable que nuestro papel fuera oponernos a aquellas voces que tratan de mantener posiciones más favorables que las nuestras. Yo creo que, por el contrario, nuestro cometido debe ser luchar con más ahínco que ellos por nuestros problemas,

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haciendo llegar al Gobierno la evidencia de nuestras necesidades que yo creo que son mayores.

Yo entiendo que el Gobierno Regional Socialista no debe tener inconveniente, sino, por el contrario, le debe ser más fácil hacerlo, hacer llegar a nuestros problemas y nuestras necesidades en el marco de una solidaridad nacional. Lo responsable sería que supiéramos hacer llegar a todos los castellano-leoneses la necesidad de un esfuerzo conjunto en estos momentos de nuestra integración en Europa, porque sin ese esfuerzo, evidentemente, no conseguiríamos nada, pero no por ello debemos despreciar, sino que debemos utilizar al mismo tiempo los instrumentos financieros que la Comunidad Económica, por un lado, y el Gobierno, por otro, deben poner a nuestras disposición. Y nuestro horizonte de financiación es la entrada en vigor de la LOFCA, no sólo por el contenido de su artículo 13, sino también, como señaló el señor Consejero de Economía y Hacienda en aquella interpelación a la que me estoy refiriendo, por su artículo 15 y por el artículo 16 que regula el Fondo de Compensación Interterritorial. Pero plantear la necesidad de que se aplique la LOFCA parece algo básico o hasta imprescindible, pero yo creo que no es suficiente.

La LOFCA debe aplicarse teniendo en cuenta toda la filosofía que la inspira, sin desvirtuar, como ha ocurrido, sin desvirtuarse, como ha ocurrido con el Fondo. Porque el Fondo de Compensación Interterritorial, tal como se está desarrollando, difícilmente cumple el fin que se señala en el artículo 158.2 de la Constitución que es, se dice: "corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad". Basta observar las dotaciones por regiones para darse cuenta de que su distribución no es tampoco la prevista por la LOFCA.

Si los criterios de verdad fueran la inversa de la renta por habitante, la tasa de población emigrada el último decenio, el porcentaje de desempleo, y la superficie territorial, como indica el artículo 16 de la LOFCA, otro sería el resultado del reparto y no el que se produce actualmente. Y esto es lo que habrá que vigilar; que, además de profundizar en los criterios de reparto del Fondo, se cumplan las bases de participación en los impuestos estatales no cedidos y que las variables de verdad sean el coeficiente de población, el del esfuerzo fiscal, y la relación inversa de la renta real por habitante. Y digo que las variables señaladas lo sean de verdad, porque ya sabemos lo que sucede siempre: se conservan las variables, pero se las tiene en cuenta en función de unos parámetros absolutamente devaluados, y luego los resultados finales no concuerdan con lo que se preveía inicialmente.

Sería conveniente, quizá, que además de solicitar la entrada en vigor de la LOFCA por parte del Gobierno Regional, se elaborara una propuesta de reparto, con todo el riesgo que esto supone, sin esperar a que el reparto nos lo den hecho y no nos queden más recursos que la resignación o la inútil lamentación.

Al hacer esta Proposición de Ley, perdón, No de Ley presentada, yo he pretendido hacerla con la moderación suficiente para que pudiera ser asumida por esta Cámara. No es, y no me gustaría que se entendiera así, una propuesta contra la Administración, una propuesta contra la Administración Central, y tampoco es una petición vergonzante o descafeinada. Es una proposición, una petición objetiva y seria que me gustaría fuera asumida por todos; es una petición hecha dentro del ámbito legal, con el respeto que merece la solicitud de que se aplique una ley orgánica que va a permitirnos evitar tensiones entre el Gobierno Central y los Autonómicos. Porque yo quiero pensar que ningún gobierno, y el socialista tampoco, pretende que las Comunidades Autónomas, que los Gobiernos Regionales, mendiguen año tras año las dotaciones necesarias para atender los servicios transferidos y las necesidades reales de desarrollo de todas las regiones, sobre todo las más pobres. Por eso pedimos pasar del sistema transitorio, sujeto a una posible subjetividad, a un sistema definitivo que sea objetivo y solidario, pero que también sea automático, permitiéndonos hacer unas previsiones a largo plazo que posibiliten unas actuaciones serias, ponderadas, y, en definitiva, eficaces.

Todo esto es lo que yo creo que se recoge en la Proposición No de Ley y cuya aprobación yo solicito a la Cámara. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Gracias. Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Seisdedos Robles.


EL SEÑOR SEISDEDOS ROBLES:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. La verdad es que esta Proposición No de Ley, presentada por el señor Montoya, nos ha cogido por sorpresa, ya que en la interpelación del pasado día dieciocho de Octubre, sobre Financiación de las Comunidades Autónomas, habíamos acordado los Grupos presentes en este Parlamento el dedicar un Pleno al debate y estudio de estos temas financieros. También consideramos que esta Proposición es prematura, ya que parece ser que está en estos momentos estudiándose por el Gobierno un proyecto sobre Financiación de las Comunidades en el que tendremos oportunidad de dar nuestras opiniones.

No obstante, estimamos que en la Proposición del señor Montoya se debía haber concretado más en los diferentes puntos referenciados para mejorar y perfeccionar la financiación de las Comunidades Autónomas. Por este motivo, y con la única finalidad de mejorar el texto, nosotros hemos introducido unas enmiendas que trataremos de explicar de la forma más breve posible. Empezaremos por el tercer punto del señor Montoya, referente a la revisión del Fondo de Compensación Interterritorial.

La Constitución del setenta y ocho innova en el tema de solidaridad y es beligerante en el tema del desarrollo regional. En concreto, en el artículo 138.1 encomienda al

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Estado que garantice la realización efectiva del principio de solidaridad, velando por el establecimiento de un equilibrio económico adecuado entre las diversas partes del territorio español. Y en esta línea, en el artículo 158.2, configura el Fondo de Compensación como instrumento de ajuste de la distribución territorial de la inversión, financiada directamente por los Presupuestos Generales del Estado.

Así pues, la Constitución plantea un problema relativamente nuevo para el análisis económico, centrado en la contemplación de la solidaridad interterritorial, como fuerza conformadora y motriz del desarrollo regional, y en particular de la regionalización de la inversión pública, fuerza cuya realización efectiva debe ser garantizada y, por tanto, debe ser medida como algo tangible. No nos satisface la solidaridad como algo intangible, imposible de ser expresada en cifras. Repito, la solidaridad debe ser medida si queremos que este principio tan bello no sólo se quede en simples palabras. La solidaridad debe evocar la imagen de que gracias a ella los territorios con más graves desequilibrios económicos recibirán algunas ventajas relativas, en cuanto a asignación de inversiones públicas respecto a lo que ocurriría sin esas preocupaciones. En realidad, la solidaridad hasta ahora ha sido más bien predecisional que decisional, traducida en cambios en la distribución territorial de la inversión pública. La medida de la solidaridad se debe basar en este segundo concepto y no en bonitos, como hemos dicho antes, principios filosófico-políticos.

El Fondo de Compensación estimamos no debe ser el vehículo principal de la descentralización de la inversión pública, como algunos han querido ver amparándose en el artículo 158.2 de la Constitución, que dice que las Cortes Generales distribuirán los recursos del Fondo entre las Comunidades Autónomas, sino más bien como el motor del principio de solidaridad interterritorial.

No debemos confundir nunca descentralización con solidaridad. Puede existir descentralización sin una solidaridad, y cabe imaginar una política de solidaridad sin descentralización alguna.

La distribución territorial de los recursos del Fondo debe tener primordialmente en cuenta la intensidad de los distintos desequilibrios, debe favorecer más a las regiones en peores condiciones que a las regiones de la zona templada, debe distribuirse en función de la intensidad de tales desequilibrios.

Por el contrario, la descentralización estricta de la inversión pública deberá realizarse en función de la capacidad de gestión y de las competencias asumidas por los entes territoriales y sus demandas al respecto. Algunos autores, especialistas en la materia, mantienen que en el Fondo de Compensación podía ampliarse, desde el marco constitucional, haciéndolo objeto de estructuración en dos tramos. Un primer tramo sería el constitucionalmente exigido tramo de solidaridad; su distribución territorial se realizará en función de los desequilibrios económicos en cada territorio, convenientemente estimado, excluyendo las regiones más desarrolladas. Un segundo tramo, no exigido por la Constitución, tramo de descentralización, financiaría cuotas de descentralización no cubiertas por la distribución territorial del tramo de solidaridad anterior.

Pero la LOFCA plantea un Fondo estructurado en un sólo tramo que pretende ser solidario, pero la medida de esta materialización de la solidaridad parece cuestión totalmente extraña a las preocupaciones de los autores de esta ley, y sin esta materialización, sin esta medición, no se garantiza la solidaridad como hemos dicho anteriormente.

En definitiva, el Fondo de Compensación Interterritorial no garantiza la solidaridad interterritorial en la inversión pública, aunque tampoco la impide, más bien la permite con algunas dificultades y con bastantes riesgos. Al no distinguir el Fondo entre solidaridad y descentralización y el actuar con dotaciones de gran magnitud, se mezclan indebidamente ingredientes de solidaridad con otros de descentralización estricta, predominando estos últimos.

Por lo tanto, según está el actual Fondo de Compensación, limitado únicamente a descentralizar la inversión pública, difícilmente podrá sostenerse en pie durante mucho tiempo, pues puede dar lugar a agudizar las disparidades regionales y a la apertura de una brecha aún mayor entre regiones pobres y regiones ricas.

Fijándonos en problemas concretos también consideramos que habría que variar los mecanismos de ponderación y aplicación de los criterios de distribución previstos en la LOFCA y en el Ley de Fondo. Así, por ejemplo, en cuanto al criterio del saldo migratorio, habría que referirse a un período más largo, unos veinticinco años, puesto que últimamente la emigración apenas existe. En cuanto al criterio de paro, se debería contemplar el paro agrícola encubierto, si no se quiere dar una ventaja en la ponderación a las zonas industriales.

En cuanto al segundo punto de la Proposición del señor Montoya, estando totalmente de acuerdo con su enmienda y con su enunciado, nosotros lo hemos ampliado, por concretar más su significado, de la siguiente manera: "La Financiación de las Comunidades integrado por la participación en la recaudación de los impuestos estatales no cedidos, se negocie con la Administración Central sobre las bases previstas en el artículo 13 y 15, en relación al artículo 2 de la LOFCA".

En la corta historia de las Comunidades Autónomas, mil novecientos ochenta y cinco ha constituido un año importante: se ha cerrado la etapa transitoria y se abre ahora otra que podemos llamar etapa definitiva, situándonos en un proceso que requiere un profundo y meditado estudio de la Financiación de las Comunidades Autónomas y una gran dosis de sentido común y capacidad para la convivencia. En nuestra opinión, ambas etapas se diferencian no tanto por los instrumentos financieros

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utilizados como por el modelo redistributivo que adoptan como referencia. Así, durante todo el período transitorio en el que todavía estamos, el modelo redistributivo ha coincidido con el patrón ya existente. A cada Comunidad Autónoma se le han facilitado los recursos para seguir prestando el mismo nivel de servicios públicos que anteriormente prestaba la Administración Central. En consecuencia, durante la etapa transitoria no se ha planteado explícitamente el modelo redistributivo, centrándose el esfuerzo en el desarrollo y consolidación de los instrumentos financieros. En realidad, el único instrumento financiero que explícitamente se ha introducido como mecanismo de redistribución ha sido el Fondo de Compensación y todos conocemos su escaso éxito.

En la próxima etapa, etapa definitiva, deberá completarse el desarrollo de las instituciones financieras previstas en la Constitución y en la LOFCA. Sin menospreciar lo que se ha realizado, todavía quedan piezas sin desarrollar tales como el mecanismo de asignaciones complementarias del artículo 15 de la LOFCA, que desarrolla el mandato constitucional del artículo 158.1, en el que se dice que el estado garantizará en todo el territorio español el nivel mínimo de los servicios públicos fundamentales de su competencia. Las subvenciones condicionadas, previstas en este artículo 15, suponen, junto al Fondo de Compensación Interterritorial, las dos medidas esenciales de redistribución de los recursos entre los diferentes territorios del Estado Español.

Se trata, por tanto, de que se asigne una financiación complementaria para la ejecución de unos determinados servicios, los de carácter fundamental, que complementen la escasa financiación de las Comunidades Autónomas. Se trata de poner en marcha o implantar un fondo de nivelación de serviciós mínimos, previstos en el artículo 158 de la Constitución y hasta ahora ignorado por la Administración Central.

En segundo término, hay que proceder a definir los criterios que nos permitan configurar el nuevo patrón redistributivo que implicará la etapa definitiva considerando las variables a que se refiere el artículo 13 de la LOFCA en relación al porcentaje de participación en la recaudación de los impuestos estatales no cedidos. Las bases sobre las que se determinará el porcentaje definitivo no deben guardar relación de dependencia con la valoración de los servicios traspasados como sucedía en el período transiotiro. Lo que no puede seguir sucediendo es que no exista no sólo autonomía en el ingreso de la que, evidentemente, no se dispone en estos momentos, sino tampoco autonomía en el gasto, en la que las subvenciones finalistas, los pagos a justificar, y las provisiones de fondo previas a entrega de proyectos, son antítesis de la autonomía.

Y, para terminar, y como conclusión a lo expuesto, diremos que el sistema de financiación autonómico presenta un conjunto de deficiencias y distorisiones cuya corrección, junto a otros efectos positivos, puede contribuir a limitar el gasto y el déficit autonómico, y, por otra parte, contribuir al desarrollo económico regional. Por lo tanto, es, a nuestro juicio, inapazable el replanteamiento de todo el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas con respecto a los principios constitucionales y estatutarios, que hasta hoy no se han producido, e introduciendo las correcciones que sean precisas en los mecanismos de financiación y las normas que lo desarrollen. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Señor Presidente, Señorías. Yo quiero comenzar también, me parece que el Portavoz del Grupo Popular en esta ocasión lo hacía, con un cierto, una cierta queja en relación con la oportunidad de este debate en este momento. Hay un precedente, reciente todavía, y es que a propósito del debate sobre el Estado de la Región, celebrado no hace mucho tiempo, se produjo, y yo creo que con muy buen criterio, un cierto consenso en cuanto a que no era el momento de tratar este tema, en la medida en que el tema se encuentra en una fase de negociación, probablemente avanzada, y quizá no era bueno pronunciarse sobre él, al menos en las cuestiones de fondo, mientras se mantuviera en esa fase, no sólo por no interferir en la labor del órgano que está encargado de elaborar propuestas en este terreno, sino también, quizá, porque no se podían manejar todos los datos que hay que tener en cuenta al respecto. Por ello, pensamos que entrar en un debate de fondo sobre esta cuestión es prematuro, sin ninguna duda, y, desde luego, nosotros seguimos pensando que en algún momento, cuando el tema esté más maduro desde el punto de vista de esa negociación global, haya que hacer un debate posterior, monográfico, y entrando mucho más a fondo en el contenido del tema.

Quiero decir con ello que nosotros no vamos a entrar en este momento en el fondo en forma total, pero ya que nos encontramos con una Proposición No de Ley en relación con el tema, y que no hay más remedio que discutirla, por lo menos en la medida en que esa Proposición No de Ley maneja determinados datos o criterios, nos vamos a limitar a hacer una valoración de esa Proposición No de Ley y una contraoferta sobre la base de la enmienda que tenemos presentada.

La Proposición que hoy se nos presenta nos parece, en principio, incompleta. Incompleta porque no maneja todos los criterios, datos o principios que se pueden manejar en el tema; por ejemplo, y por señalar lo que probablemente sea el caso más notorio, en la Proposición No de Ley no se hace ninguna referencia al mecanismo del artículo 15 de la vigente LOFCA, que consideramos de vital importancia, lo mismo que el artículo 16, relativo al Fondo de Compensación. Ambos son instrumentos de solidaridad y particularmente para esta Comunidad Autónoma es probable que el instrumento

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del artículo 15 tenga si no tanto sentido o tanta importancia de fondo como el del artículo 16, como el Fondo, sí desde luego tiene una importancia considerable.

Pero es que, además, la Proposición No de Ley nos parece también confusa en algunos aspectos. Yo detecto, por ejemplo, que entre los puntos primero y segundo hay una cierta contradicción, probablemente sólo sea una contradicción gramatical, en la relación que se establece entre competencias asumidas y servicios a prestar, porque el hecho de manejar una doble terminología, servicios esenciales, servicios mínimos, etcétera, no acaba de dejar claro cuál es esa relación que se establece. Confusa en otros aspectos, sin duda, muchos más fundamentales; por ejemplo, cuando en el punto tres de la Proposición No de Ley se hace una consideración sobre la prioridad y urgencia en la revisión del Fondo de Compensación, señalando algún otro criterio, pues, claro, uno no acaba de saber bien qué tipo de revisión es la que ahí se pretende, porque también en este momento, desde otras Comunidades Autónomas donde fuerzas políticas mucho más afines a la suya están planteando el tema, lo hacen con otra finalidad radicalmente distinta a la que pudiera tener el texto considerado en abstracto; por tanto, ahí uno necesitaría una cierta clarificación de cuál es la finalidad de ese punto de la Proposición.

Incluso en algunos aspectos la Proposición No de Ley nos parece francamente inaceptable, ya no sólo incompleta o confusa, sino francamente inaceptable. Por ejemplo, en la propuesta que se hace en el punto cuarto nos parece que el contenido de ese punto rebasa con mucho lo que es la competencia del Consejo de Política Fiscal y Financiera, haciendo que vaya hacia un modelo de competencia que creemos ni es el correcto, ni es el que le corresponde legalmente.

Ese tipo de cuestiones, indudablemente, nos han obligado a hacer una propuesta alternativa que es la que sometemos a consideración del proponente. Estimamos que es una propuesta que mejora sustancialmente la suya, no sólo en aspectos redacción, que en algunos casos también, sino sobre todo en aspectos de fondo, en la medida en que nos parece que la Proposición que apuntamos es bastante más completa. Paso, pues, sintéticamente, a explicar el contenido de la Proposición No de Ley o de la enmienda que nosotros presentamos, estimando que se va a comprender de inmediato, porque me parece que la lectura de las dos conjuntamente lleva a ello sin ninguna duda, que la Proposición No de Ley que planteamos supera, consideramos con bastante, las deficiencias que antes apuntaba en relación con la Proposición No de Ley presentada inicialmente.

Sí, en cualquier caso, debo decir, porque en algún punto, por ejemplo, en el último punto de la Proposición No de Ley del señor Montoya, lo mismo que en nuestra enmienda se hace referencia a ello, el hecho de que las resoluciones, sean las que sean, se eleven al Gobierno de la Nación, Congreso y Senado, que ello en ningún momento supone adoptar una iniciativa legislativa por parte de esta Cámara ante las Cámaras Nacionales, Congreso de los Diputados o Senado, como algún medio de comunicación ha insinuado últimamente. Evidentemente, ésa no es la consecuencia estatutaria de una proposición no de ley y, por tanto, me parece que eso había que aclararlo también, en la medida en que nuestro texto mantiene esa referencia.

Las bases sobre las que nuestra enmienda está hecha son, fundamentalmente, las siguientes, en síntesis explicadas. Contiene una redacción, consideramos que bastante mejor, de los puntos uno y dos. Concretamente en el punto dos, el que hace referencia al modelo definitivo o sistema definitivo de Financiación de las Comunidades y que en la Proposición No de Ley del señor Montoya apunta unos principios sobre los cuales debe de basarse, nosotros consideramos que hay un conjunto de principios que deben de ser mencionados. No entendíamos muy bien, y así lo manifestaba antes, qué se quiere decir cuando se habla de un sistema definitivo objetivo y automático; sí entendemos el elemento de solidaridad y por eso lo mantenemos en nuestra enmienda. Pero consideramos que hay otros elementos, otros criterios y otros principios, que son generalmente aceptados por las Comunidades Autónomas como principios que deben inspirar el modelo definitivo. Otra cosa es que en su aplicación o en su proyección concreta haya o no ese mismo grado de acuerdo; concretamente, nosotros hablamos de principios de suficiencia, nos parece básico; sin el principio de suficiencia es probable que ninguno de los otros, ni siquiera el de autonomía financiera, se puedan mantener en pie; principios de suficiencia, solidaridad, autonomía, equilibrio financiero y coordinación. En definitiva, de ese conjunto de principios se deriva el que el modelo definitivo, además de reunir unos ciertos requisitos en cuanto al fondo -suficiencia, solidaridad, autonomía, equilibrio financiero-, sea también un modelo general; porque pudiera estar ocurriendo que determinadas Comunidades Autónomas, y vuelvo a tener que manejar el dato, en las que fuerzas políticas mucho más afines a la suya o su propia fuerza política en alguna medida tienen mayoría, pudieran estar pretendiendo un sistema de financiación definitivo exclusivo para alguna de ellas y no generalizable a todas las demás. Nos parece, pues, que nuestro texto contiene los datos sobre los cuales debe de hacerse esa generalización.

Nuestra Proposición, en el punto tres, o nuestra enmienda en el punto tres, tiene una referencia que consideramos más completa en cuanto a la mención de los instrumentos de solidaridad que deben de ser tenidos en cuenta, y por eso se mencionan tanto el artículo 15 como el artículo 16, relativo al Fondo de Compensación.

Finalmente, nosotros suprimimos, porque ya manifesté anteriormente que en eso no podíamos estar de acuerdo, el punto cuarto de su Proposición, que no aparece en la enmienda, porque consideramos que ahí se

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rebasan con creces la competencia del Consejo Superior de Política Fiscal y Financiera.

Ese es, en síntesis, el contenido de la enmienda alternativa que proponemos. Quizá, y le adelanto cuál para nosotros es lo principal, desde el punto de vista de nuestra enmienda, el punto primero de la suya no ofrecería en ese sentido grandes dificultades por el grado de generalidad que tiene. En el punto segundo y tercero nos parecen claramente preferibles la redacción que contiene nuestra enmienda. El punto cuarto consideramos que debe ser suprimido. Y el quinto, que pasaría a ser cuarto, es idéntico en ambas propuestas. Quedo, pues, a la espera de la contestación, aceptación, etcétera, que pueda hacer Su Señoría en relación con lo expuesto.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Comprendo que el Grupo Socialista haya dicho que este debate no debía haberse hecho hoy, porque no sé si en algo, yo creo que no en mucho, pero en algo puede suponerles un poco de incomodidad. Pero que el Grupo Popular diga lo mismo y diga que le ha cogido por sorpresa y que esta presentación de esta Proposición No de Ley es prematura, la verdad es que me deja a mí mucho más sorprendido. Me deja mucho más sorprendido, porque yo la interpelación que planteé en esta Cámara sobre Financiación de las Comunidades Autónomas fue en el mes de Octubre, antes que o quizá simultáneamente a que se presentaban los Presupuestos en esta Cámara. Bueno, entonces, el Grupo Popular aceptó que se dejaba o que podía dejarse a un debate, no sé qué tipo de debate, porque lo que hay que hacer es bien claro, o sea, pedir claridad en la Financiación de las Comunidades Autónomas y pedir suficiencia de recursos, y esto es lo que yo planteaba en la interpelación, y esto es lo que yo sigo planteando. Entonces, lo que pasa es que han pasado dos meses por, ya lo he dicho, por un error mío en la presentación de la moción y lo he tenido que transformar en una Proposición No de Ley. Entonces, lo que pasa, en lugar de prematura pasa a ser, pues, un poco tardía en todo caso. Pero no es prematura desde el punto de que el mismo Gobierno se está preocupando y creo que se decía que el pasado Consejo de Ministros iba a tomar en cuenta el estudio sobre la entrada en vigor de la LOFCA y después dicen que lo han dejado hasta el próximo Consejo de Ministros; o sea, no es prematura, porque si de verdad lo dejamos algo más de tiempo, probablemente, cuando lleguemos ya sea tarde.

Pero entrando ya en el tema de las enmiendas que han sido defendidas yo quiero decir lo siguiente. Voy a referirme, en primer lugar, a las enmiendas del Grupo Popular. En la enmienda del Grupo Popular, las tres enmiendas del Grupo Popular, me parece que se han hecho en base a querer decir algo, pero no sé lo que se quiere decir, porque cuando yo solicito que se haga, cuando digo en el punto dos: "cumplidas las condiciones previstas en la Disposición Transitoria Primera de la LOFCA procede que desarrolle totalmente el modelo de financiación que posibilite el articulado de dicha ley orgánica"..., no, perdón, si es que estoy leyendo la del Grupo Socialista, y perdóneme porque ya..., pero es que dice casi lo mismo, por eso me había confundido. "De acuerdo con lo establecido en la Constitución y en nuestro Estatuto de Autonomía, superado el sistema transitorio, debe establecerse un sistema definitivo como prevé la LOFCA, que sea objetivo, automático y solidario". La primera enmienda del Grupo Popular me dice: "un sistema en el cual lo que se haga es negociar con la Administración Central". Yo lo que estoy es tratando de evitar las negociaciones, que verdaderamente el sistema sea de tal forma objetivo y automático que evite estas negociaciones inútiles, que evite, bueno, pues, estas pérdidas de tiempo o sobre todo que evite estas presiones políticas que pueden producirse. Entonces, la enmienda primera del Grupo Popular me dice que se negocie con la Administración Central. Es claro que yo no puedo aceptar esa enmienda que dice justamente lo contrario que la mía.

La enmienda número 2, de adición. Hombre, yo es que creo que no añade nada, porque dice: "para una mejor distribución y operatividad del Fondo de Compensación Interterritorial éste debe ajustar su consignación anual a cifras operativas de inversión para la promoción de los territorios menos desarrollados". Hombre, es que esto es lo que dice la filosofía del Fondo, que es lo que yo digo: "para superar los desequilibrios interterritoriales existentes". ¿Qué diferencia hay entre la promoción de los territorios menos desarrollados o la superación de los desequilibrios interterritoriales existentes? La verdad es que no lo entiendo muy bien.

La tercera enmienda, evidentemente, aquí puede haber una cosa ya de fondo, que es la coordinación entre las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales, que dice que son las que tienen que elaborar la política fiscal. Pero luego al final dice: "al objeto de establecer cuotas de participación en los ingresos fiscales para cada una de las partes que se corresponda con los principios de suficiencia, autonomía, solidaridad, eficacia y justicia distributiva". ¿Qué diferencia hay entre eso y el que yo digo que debe establecerse un sistema definitivo, como prevé la LOFCA, que sea automático, objetivo y solidario, y que asegurando los recursos con los que desarrollar las obligaciones correspondientes a las competencias asumidas también garantice el nivel de servicios mínimos? Yo no sé por qué se necesita añadir más a esto que me parece que es suficientemente claro.

Sobre la enmienda del Grupo Socialista, evidentemente, presenta dos primeros puntos que yo creo que dice, con otra redacción que a ellos evidentemente les gustará más y a mí me parece que, bueno, pues, sería discutible cuál es la primera redacción, cuál es la mejor

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redacción; a mí me parece que son lo mismo. La prueba es que yo me he confundido al leerlas y estaba leyendo la del Grupo Socialista que tenía a la derecha al lado de la mía que la tenía a la izquierda. Entonces, hombre, a mí me parece que los dos primeros puntos de la enmienda mía, perdón, de la Proposición No de Ley mía debían ser, para ellos, aceptables y debían ser perfectamente asumibles tal como yo les tengo redactados, que no añade, me parece, ni quita nada a lo que ellos ponen en estos dos segundos puntos.

En cambio, el punto tres y el punto cuatro, porque el punto cuarto de ellos vuelve a ser el punto quinto mío, el punto tres y el punto cuatro, bueno, pues, me parece que sí que puede a lo mejor prestarse a alguna interpretación, que a mí me parece que no debiera prestarse, pero que yo acepto y admito que se pueda interpretar. Porque yo digo: "se considera prioritario y urgente la revisión del Fondo de Compensación Interterritorial". Hombre, aquí sí que pueden haber entendido, o puede entenderse que lo que yo quiero es que se revise el Fondo, cuando yo lo que quiero decir, evidentemente y por mi mente no había pasado otra cosa, que lo que quiero pedir es que se revisen las formas de distribución, los módulos de distribución del Fondo, no que se revise la LOFCA en lo que se refiere al Fondo de Compensación Interterritorial, no he querido yo decir esta segunda parte; yo he querido decir lo primero y, bueno, pues, puede entenderse por parte de ellos alguna susceptibilidad en el sentido de que, bueno, a lo mejor yo estoy pidiendo la revisión de una ley orgánica y nada más lejos de mi intención, yo no quiero pedir la revisión de ninguna ley orgánica. Porque además, en el punto tercero, ellos dicen: "Deben desarrollarse todos los instrumentos de solidaridad previstos en la LOFCA, artículo 15 y artículo 16", con lo cual vienen a decir lo que yo querría decir. Lo único que también el punto siguiente, el punto cuatro, pues, yo hablo de revisar la función del Consejo de Política Fiscal y Financiera para que llegue a ser el auténtico organismo de coordinación y aplicación de la Política Financiera y Autonómica. Este punto sí que me le quitan en su enmienda de sustitución que me dicen. Bueno, viene previsto en la LOFCA...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Silencio, por favor. Le ruego señor Montoya un momento de silencio, a ver si es posible que sigamos entendiéndonos. Puede continuar.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Muchas gracias.

Viene previsto en la LOFCA y, evidentemente, yo lo que pido es que llegue a ser el auténtico organismo de coordinación. Bueno, simplemente con la entrada en vigor de la LOFCA podría conseguirse.

Yo preferiría expresarlo tal como lo digo. Lo que sucede es que cuando uno tiene un voto en esta Cámara, la verdad es que no puede decir todo lo que quiere decir, ni hacer ni sacar adelante todo lo que quiere sacar adelante, y en ese sentido, pues, bueno, a mí me gusta más este tercero y cuarto puntos míos, pero yo aceptaría que se incluyera el punto tercero, en lugar del tercero y el cuarto..., el punto tercero de la enmienda socialista en lugar del tercero y cuarto mío, en base a que, sin embargo, el punto primero y el segundo, que yo creo que dicen lo mismo que la enmienda socialista y con una redacción que es muy parecida, y es yo creo igual de clarificadora la una que la otra, se pudiera conservar los dos puntos, se pudiera añadir en vez del tercer punto de la enmienda socialista en lugar del tercer y cuarto mío, con lo cual yo hago, ya quito esta revisión de la función del Consejo de Política Fiscal y Financiera, y, en cambio, pues, el cuarto punto es igual en la enmienda socialista que el mío. Yo asumirá perfectamente este punto tercero de la enmienda socialista en lugar del tercero y el cuarto mío, y transformaría la Proposición No de Ley interpuesta por mí con esta sustitución, si al Grupo Socialista le pareciera adecuado aceptarlo.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Economía y Hacienda.


EL SEÑOR CONSEJERO DE ECONOMIA Y HACIENDA (SEÑOR PANIAGUA IÑIGUEZ):

Señor Presidente, Señorías. Con esta aclaración que nos ha facilitado Su Señoría proponente, señor Montoya, podía ser, evidentemente, que llegáramos a algún acuerdo. Efectivamente, aceptaría que el punto cuarto o la resolución cuarta de su propuesta desapareciera; y, aunque usted duda, le voy a indicar, reincidiendo tal vez, el por qué empiezo por atrás: porque, mire, claramente, en el artículo 3.2 de la Ley Orgánica por la que se crea el Consejo de Política Fiscal y Financiera le atribuye una naturaleza clara y explícita, y es ley orgánica, de órgano consultivo y de deliberación; por lo tanto, no puede asumir otras competencias que, en todo caso, podrían ser, o son, mejor dicho, competencias de legislativo y de ejecutivo, tanto a nivel de estado como a nivel de Comunidad Autónoma.

En relación con el punto tercero, yo, efectivamente, podría decirse que se podría aceptar su formulación, pero es peligroso. ¿Por qué es peligroso? Creo que el Portavoz se lo ha indicado de forma meridiana, el Portavoz del Grupo Socialista. Es peligrosa la redacción precisamente porque es casi textualmente la propuesta que en estos momentos se establece en relación con el mismo tema en el llamado "Libro Blanco de la Generalitat", promovido por, como usted sabe, el partido del señor Roca. Y, ¿por qué? Porque Comunidades como la catalana, también la de Madrid y también la de Valencia, en concreto esas tres, están muy interesadas en que se revise urgentemente el Fondo de Compensación Interterritorial. Todos somos conscientes de sus defectos, igual que los de la LOFCA, igual que los del sistema transitorio, pero, sin embargo, han sido instrumentos, al menos válidos, para determinadas Comunidades, y en concreto para las Comunidades más pobres. Yo me temo que esa urgencia en la revisión podría afectar negativamente a estas Comunidades. Primer argumento.

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Y segundo argumento. Al hablar técnicamente, el señor Montoya, de una política de redistribución, yo pienso que tal vez, desde un punto de vista al menos técnico y también político, deberían de distinguirse dos objetivos. Primer objetivo, buscar una nivelación en la oferta de servicios públicos con el fin de garantizar en todo el territorio nacional un cierto nivel de prestación de los servicios, en relación, efectivamente, con su propuesta y con la Constitución española y con la LOFCA, artículo 16 y la Ley 7 del ochenta y cuatro, del Fondo. Pero también, y esto no lo podemos olvidar, otro objetivo debe de tener toda política de redistribución y es instrumentar, y este segundo se puede obviar si no se matiza que implica la revisión. Es, este segundo objetivo implica instrumentar un mecanismo de nivelación de las ofertas de bienes privados a través de una política de desarrollo regional, para reducir también, a través de ésta, los desequilibrios interterritoriales. Si se habla sin más de revisión se puede obviar este segundo punto que a Comunidades como la nuestra nos interesa especialmente poner de relieve.

Por lo tanto, si bien podría ser considerado el Fondo como el instrumento adecuado para lograr uno de estos dos objetivos, se debe de tener muy en cuenta en nuestra Comunidad Autónoma que en las actuales circunstancias, si se modificara en el sentido de la Proposición No de Ley, sin instrumentarse de forma simultánea del fondo de nivelación de servicios mínimos, segundo fondo por lo tanto -no se puede hablar solamente de revisión del Fondo de Compensación, sino revisión articulada a la implementación de un segundo fondo, que no se ha hablado prácticamente para nada-, del fondo de nivelación de servicios mínimos, entonces sí que podríamos llegar a un acuerdo completo. Por eso he dicho que es peligroso, porque podía haber acuerdo pero parcial, si no se tiene en cuenta este segundo fondo que buscaría, junto con el primero, conseguir esos dos objetivos que debe tener toda política, a mi juicio, de redistribución, el del fondo de servicios, de nivelación de servicios mínimos, porque si no podríamos llegar a una situación en que perdiéramos recursos y se infradotara lo servicios públicos.

Y, finalmente, en relación con los dos puntos primeros de su Proposición. Efectivamente, en el fondo este acuerdo, tanto es así que incluso, en relación con el primer punto, yo le diría que acepto plenamente y aceptaría plenamente, como le ha indicado el Portavoz, su redacción; yo entiendo que podía ser más completa, pero no entro en eso, otra redacción, en concreto la que nosotros proponemos. Porque, por ejemplo, ya se lo han indicado, ¿qué son servicios esenciales?, ¿qué norma determina cuáles son los llamados servicios esenciales?. Para mí una nomenclatura nueva que no viene delimitada, definida por ninguna norma; pero, en fin, simplemente, digamos, es una objeción para un debate más amplio.

Y en relación con la redacción del segundo punto, y con ello concluyo, yo pienso que la nuestra, aunque sí que coincide con la suya en el fondo también, es técnicamente más correcta. ¿Por qué?. Le han indicado antes. Primero, no se puede hablar, a mi juicio, no se puede hablar de sistema objetivo y automático; en todo caso, un sistema objetivo es muy difícil de precisar, se precisa por sus, o mejor dicho, se define si es o no objetivo por sus implicaciones posteriores, pero es muy difícil saber cuáles son los indicadores objetivos; más aún, yo pienso que el sistema debe ser subjetivo en todo caso, para beneficiar precisamente a las Comunidades menos desarrolladas. Pero no se puede decir que el sistema sea automático; funcionará automáticamente, pero no el sistema en sí. Es decir, yo sé lo que quiere usted decir, Señoría. Tal vez con una redacción incluso consensuada podríamos haber llegado a una redacción conjunta; las premuras, aunque usted opine lo contrario -usted tiene, por eso le felicito, el don de la oportunidad, que no digo del oportunismo, de la oportunidad-, tal vez haya llevado a un texto que técnicamente, aunque coincidimos en el fondo en el primero y segundo punto, en el segundo punto nos gustaría mucho más nuestra redacción, no solamente por lo que he dicho técnicamente, sino porque se dé cuenta: hablamos de los principios de suficiencia, además del de solidaridad, autonomía, equilibrio financiero y de coordinación; no podemos obviar estos principios. Estoy convencido que usted también hubiera querido incluirlos. Precisamente, tal vez también, en el debate que en su momento tuvimos, esos principios, yo recuerdo perfectamente, aunque muy rápidamente y en la contestación última lo relaté, los cité en aquel debate, no sé si precipitado o no. Pero juntamente con esos principios, se deben articular los que le he indicado, para completar los suyos, y hablo de principios, no de sistema, principios que informan y que inspiran. A mí, un sistema es que es muy difícil poderlo calificar de solidario, de automático, etcétera -es un juicio de valor-; mientras que unos principios sí que deben informar, en este sentido deben, y junto a estos principios que deben de informar el sistema debería de hablarse, Señoría, de articular todos los instrumentos previstos en la LOFCA, es decir, tributos cedidos neutralizando su relación con el porcentaje, el porcentaje determinándose según el artículo 13 de la LOFCA, que es la clave, las asignaciones presupuestarias para nivelación de servicios mínimos -Fondo, por lo tanto, de Nivelación de Servicios Mínimos-, según el artículo 15 de la LOFCA, y el resto de instrumentos del Fondo de Compensación, de la Deuda Pública y de los Tributos Propios.

En definitiva, de acuerdo plenamente con el espíritu de la segunda resolución, nos gusta mucho más nuestra redacción por lo que le he dicho, porque entendemos que es más completa técnicamente y que estamos convencidos que usted está de acuerdo completamente con ella, y simplemente para obviar esos principios, que tal vez se

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le han olvidado en el tintero o que no están aquí explícitos y que sí deberían de estar explícitos, porque, evidentemente, yo no puedo, en un texto que se eleva al Gobierno de la Nación, al Senado y al Congreso, olvidarme, Señoría, de los principios de suficiencia que usted olvida, autonomía que usted olvida, y equilibrio financiero y coordinación; para no dar sensación de que hacemos dejación de estos principios, a mí me gustaría que se incluyeran. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Gracias. Dispone de cinco minutos, señor Montoya, para clarificar cuál es la propuesta que hace, para su votación por esta Cámara.


EL SEÑOR BOSQUE HITA:

Señor Presidente, podría aclarar el Grupo Popular la posición respecto al tema.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Sí; pero, entonces, antes que el señor Montoya. Sí, dispone también de cinco minutos.


EL SEÑOR BOSQUE HITA:

Señor Presidente, Señorías. Se ha presentado una Proposición No de Ley que, efectivamente, coincidimos los dos Grupos mayoritarios en que quizá éste no fuera el momento más adecuado, especialmente cuando el Gobierno de la Nación tiene un compromiso formal contraído con el país de antes del treinta y uno de Diciembre, y estamos a veinte, haber presentado una resolución al problema de la financiación definitiva de las Comunidades Autónomas. De un momento a otro vamos a disponer del mismo, porque esperamos que el Gobierno Central cumpla con esta promesa, y esto es importante. Cualquier clase de intervención en estos momentos tratando de modificar lo que el Gobierno Central tiene ya previsto, que desconocemos todos, no sería en absoluto eficaz.

Pero ya con una Proposición como ésta, en la que se va a tratar el tema que nos agobia tanto a todos, especialmente a esta Comunidad, nos ha parecido que podría ser completada de alguna forma con unas enmiendas que nos parece que atacan al fondo del problema de manera sustancial e importante. Dos de ellas, por ejemplo, la última, la adición de un nuevo párrafo, pide fundamentalmente una coordinación de toda la Política Fiscal del Estado, porque la financiación de las Comunidades Autónomas se tiene que realizar a través de los recursos propios del Estado, y estos recursos propios del Estado, en todos sus niveles, se recogen a través de la recaudación fiscal, recaudación fiscal que luego puede realizarse en distintos escalones y por distintos procedimientos, incluidos incluso hasta las propias tasas municipales. Desde este punto de vista, cualquier falta de coordinación en todos los niveles para hacer frente al tema fiscal, nos parece que va a llevarnos a un caos fiscal, e incluso a las Corporaciones Locales que son las de menos potencia política y economía, a tener que forzar incluso un exceso de recaudación fiscal, un exceso de imposición fiscal que no se corresponde con las reales necesidades del país. Todo esto puede resolverse mediante un equilibrio de reparto de los recursos fiscales a recaudar entre todos los niveles, centrales, autonómicos y de Corporaciones Locales, de una manera ponderada y adecuada a las necesidades de cada uno, de manera que se cumplan los requisitos y los principios que hemos estado hablando aquí, fundamentalmente el de suficiencia. Si esto no es entendible y esto no tiene importancia, díganme Sus Señorías, en orden a la financiación de las Comunidades Autónomas, qué es lo que puede tener importancia.

Segunda parte. Otra de nuestras enmiendas habla del 16.1 de la Ley Orgánica de Financiación de Comunidades Autónomas, donde se fijan en ella los criterios de aplicación del Fondo de Compensación Interterritorial, y nos encontramos con la desagradable sorpresa que hasta ahora las leyes del Fondo que han sido aprobadas lo que hacen es aplicar estos criterios del Fondo de manera irregular, de tal manera que los tres criterios que vienen en segundo lugar, es decir, el de población, el de paro, y no me acuerdo en estos momentos cuál es el otro, esos solamente se aplican en el caso de que las Comunidades Autónomas correspondientes queden por debajo de la media nacional, y, en cambio, en el primer criterio, el más importante, el transcendental, donde se está aplicando el setenta por ciento del total del Fondo, que es el que va en razón inversa de la renta per cápita, resulte que ahí, al pasar a la Ley de Financiación, metemos la coordinación con la población, lo cual me parece que es justo, en primer lugar, pero, en cambio, no aplicamos ya el principio de que solamente lo reciban las Comunidades que queden por debajo de la media, con lo cual estamos haciendo un auténtico despojo de todas las Comunidades que estén desarrolladas por debajo de la media nacional. Señores, corregir esto me parece que es fundamental para un Parlamento como éste, en el que estamos defendiendo los intereses sobre el desarrollo de nuestra Región. Olvidarnos esto y no tratar de corregirlo creo que no es aportar ninguna clase de solución al tema. Por lo menos, estas dos enmiendas estimamos que deben ser consideradas con mayor rigor e introducidas en una resolución; de otro caso, mi Grupo no podrá votar a favor de ellas.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias, señor Bosque Hita. Dispone de cinco minutos el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. La verdad es que el debate de esta Proposición No de Ley es un poco atípico, por mi parte, porque al mismo tiempo que, bueno, que tengo que defender la Proposición y estudiar las enmiendas, que he tenido que hacerlo al llegar aquí, pues, tengo que escuchar las intervenciones que tienen lugar y muchas veces, pues, se me pueden escapar algunas cosas que yo no haya podido percibir, a pesar de que el señor Bosque Hita, pues, las he dicho bastante alto y yo pienso que en las cosas que decía debía tener bastante razón por la fuerza

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con la que las decía. Pero a mí no me ha llegado suficientemente esa razón a pesar de que yo he visto estas enmiendas con la mejor voluntad, y me parece que todo lo que se dice en ellas es lo que yo he querido expresar; y lo que yo no he querido expresar, pues, y que se dice en estas enmiendas, es porque yo no lo quería expresar. Porque, claro, cuando a mí se me habla de suficiencia y yo leo en la enmienda mía, y no la puedo leer porque con estos papeles no me la he traído, pero hablo verdaderamente de que se tiene que atender los servicios mínimos, y que el sistema tiene que ser solidario y objetivo, etcétera; si es que me parece que no se puede pedir más de lo que yo pido en mi enmienda, vamos, a mí pedir más me ha parecido que sería escribir una carta a los Reyes Magos y tanto como decirles, pues, bueno, que el dinero del Fondo y el dinero destinado a las Autonomías, pues, venga para la Autonomía nuestra; qué duda cabe que yo esto lo hubiera pedido con mucho gusto, pero salvo llegar a pedir eso no se podía pedir más.

En ese sentido, pues, bueno, yo creo que renuncio a una petición aceptando esta enmienda socialista en el punto tercero, pero, sí, renuncio a esa petición de la revisión o del papel que tiene que desempeñar el Consejo de Política Fiscal y Financiera, pero en aras de sacar adelante lo que me parece que es suficiente, pues, yo acepto esta enmienda socialista, que, repito, me devalúa en este cuarto punto que yo señalaba en la mía, pero que, claro, repito, cuando uno no tiene más que un voto en este Parlamento, pues, tiene que renunciar no sólo a esto, sino a muchísimas cosas más, entonces acepto, pues, lo que yo creo que, bueno, el Grupo Socialista debe estar dispuesto a aceptar también a la vista de las intervenciones que yo le he oído al señor Paniagua en el punto primero, que le aceptaba plenamente; el punto segundo, que decimos lo mismo y, por tanto, como decimos lo mismo, pues, creo que, bueno puede aceptarse el que yo planteaba; el punto tercero, que yo acepto el de la enmienda socialista, reduciendo o retirando el punto cuarto y el punto quinto; y el punto cuarto que pasa a ser el quinto de lo que yo presentaba. En este sentido, me parece que por parte mía éste podría ser el texto definitivo que a mí me gustaría que se sometiera a votación y que yo dejo en poder de la Mesa.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Se procede a someter a votación la Proposición No de Ley del señor Montoya Ramos con la aceptación, por su parte, del punto número tres de la enmienda socialista, de tal manera que la Proposición No de Ley quedaría de la siguiente manera: primer punto, sin modificaciones; segundo punto, sin modificaciones; tercer punto, sustituido en su texto por el de la enmienda socialista; y, finalmente, pasaría lo que en la Proposición No de Ley figuraba como punto quinto pasaría a ser punto cuarto en la propuesta que ahora hace a la Cámara el señor Montoya. Votos a favor de la Proposición No de Ley. Pueden sentarse. Votos en contra. Abstenciones. Muchas gracias.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y nueve. Votos a favor: cuarenta y tres. Votos en contra: ninguno. Abstenciones: treinta y seis. Queda, por tanto, aprobada la Proposición No de Ley del señor Montoya Ramos, con la incorporación, por sustitución, del punto tercero de la enmienda del Grupo Socialista.

Tiene la palabra el señor Secretario para dar lectura al siguiente punto del Orden del Día.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR HERRERO SANZ):

Tercer punto del Orden del Día: "Designación de ocho miembros del Consejo Rector del Instituto de Desarrollo y Planificación Económica de Castilla y León".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

En cumplimiento del artículo 7. c) de la Ley 3/1.985, de once de Junio, del Instituto de Desarrollo y Planificación Económica de Castilla y León, y de conformidad con la resolución de esta Presidencia, de fecha catorce de Octubre del ochenta y cinco, se va a proceder a la designación de ocho vocales del Consejo Rector del Instituto de Desarrollo y Planificación Económica de Castilla y León. Por el señor Secretario se dará lectura a las propuestas de candidatos efectuadas por los Grupos Parlamentarios Socialista, Popular y Mixto, que fueron aprobadas por la Mesa de la Cámara en su reunión de once de Diciembre de mil novecientos ochenta y cinco. Tiene la palabra el señor Secretario.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR HERRERO SANZ):

Por parte del Grupo Socialista han sido presentados don Andrés Suárez y Suárez, don Jesús Ruiz Huerta Carbonell, don Fernando Manero Miguel, y don Zenón Jiménez-Ridruejo Ayuso.

Por parte del Grupo Popular, han sido presentados doña Josefa Eugenia Fernández Arufe, don Longinos Jiménez Díaz, y don Jesús Posada Moreno.

Por otra parte del Grupo Parlamentario Mixto, ha sido presentado don Francisco Javier Cobo Valeri.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Dado que se trata de propuestas de los tres Grupos Parlamentarios, de un lado, y, de otro lado, de lo que se trata por parte de esta Cámara es de ratificar o no esas propuestas, vamos a proceder a esta ratificación por el procedimiento del asentimiento. ¿Están todos de acuerdo en ratificar las propuestas de los Grupos Parlamentarios que acaba de leer el señor Secretario?. Quedan, por lo tanto, aceptados o ratificadas las propuestas hechas a las que acaba de dar lectura el señor Secretario.

Tiene la palabra el señor Secreçtario para dar lectura al punto siguiente del Orden del Día.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR HERRERO SANZ):

Cuarto punto del Orden del Día: "Interpelación

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formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Manuel Fuentes Hernández, relativa a demarcación judicial, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 86, de 12 de Noviembre de 1.985".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Fuentes Hernández.


EL SEÑOR FUENTES HERNANDEZ:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. La interpelación que este Procurador formula a la Junta tiene fundamentalmente un propósito: que se dé cuenta, de forma amplia y en profundidad, a esta Cámara de la propuesta que la Junta hizo en su día, en la sesión del veintiséis de Septiembre, sobre demarcación judicial en Castilla y León al Ministerio de Justicia.

La gran sensibilidad de nuestra comunidad sobre este asunto se puso de manifiesto en el abundante tratamiento, en los medios de comunicación, de las zonas y provincias afectadas por esta posible reestructuración de los partidos judiciales de nuestra Región, y se acentuó con la serie de preguntas presentadas por nuestro Grupo Parlamentario, por distintos Procuradores, sobre problemas en distintas provincias, interesadas en conocer formalmente los términos de la propuesta o propuestas de la Junta que afectan a comarcas de diversas zonas de nuestra Comunidad.

Se concreta en la movilización de las autoridades comarcales y locales ante el Presidente de la Junta, Consejero de Presidencia, Presidente de la Audiencia, etcétera, ante la inquietud que provocó la publicación de la Ley Orgánica y el desarrollo que en la misma se prevé, en la prevista Ley de planta y demarcación judicial a realizar con participación de las Comunidades Autónomas.

Toda esta situación es la que hizo pensar a este Procurador la necesidad de presentar esta Interpelación en los siguientes términos redactada:

"Según la información publicada recientemente, la propuesta de demarcación judicial para Castilla y León, presentada por la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, fue examinada por la Junta de Consejeros en la reunión, que insisto, de fecha veintiséis de Septiembre de ochenta y cinco.

Esta propuesta está vinculada a la reciente reunión que el Ministro de Justicia, Fernando Ledesma, mantuvo recientemente con todas las Comunidades Autónomas a las que asistió, por Castilla y León, el Consejero de Presidencia, don José Constantino Nalda. Se han establecido una serie de criterios para que sean tenidos en cuenta en la redacción del futuro proyecto de Ley de Demarcación Judicial.

El fin que se persigue -decía la nota-, es conseguir un mejor funcionamiento de la Justicia, así como su modernización y adecuación a la actualidad, ya que la demarcación hoy existente posee una antigüedad de mediados del siglo pasado.

Cabe destacar que entre los criterios prioritarios tenidos en cuenta por la Comunidad de Castilla y León para la elaboración de su propuesta, dirigida al Ministerio de Justicia, figuran los demográficos, los geográficos, y la coincidencia espacial de los actuales partidos judiciales con los espacios comarcales de actuación (ECA), entre otros, incrementando además en cinco el número de Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, sobre la propuesta elaborada por el Ministerio y el Consejo General del Poder Judicial.

Esta información ampliamente difundida en diversos medios de comunicación causaron inquietud en los pueblos afectados, y nuestras Cortes no disponen hasta el momento de una información concreta sobre la posición formal de la Junta al respecto.

Por ello, este Procurador hace a la Junta de Castilla y León la siguiente interpelación: ¿cuál es la posición de la Junta ante el proyecto de Ley de Demarcación Judicial, y cuáles son los términos del primer informe emitidos?. Conocidas las reacciones de las distintas provincias y reclamaciones concretas formuladas actualmente, ¿cuál es la situación de este problema?".

El trece de Octubre del ochenta y cinco, el Excelentísimo señor Presidente del Ejecutivo Regional, señor Madrid -aquí en este momento no presente-, manifestó, después de finalizados los actos en la festividad de la Guardia Civil en Zamora, lo siguiente, a diversas interpelaciones de los periodistas presentes en la citada celebración. La contestación, entrecomillada, de los medios de comunicación dice lo siguiente en palabras del Presidente, señor Madrid: "El tema de las demarcaciones judiciales no es ni criterio ni iniciativa de la Junta, sino del Ministerio de Justicia". En aparente contradicción a estas palabras del Presidente, el Ministro de Justicia contestó, el treinta de Noviembre, en fecha que apareció en la prensa, a una pregunta de un Procurador de Burgos del Grupo Popular sobre demarcación judicial, lo siguiente: "Las Comunidades Autónomas han de formularlas unas propuestas de demarcación judicial, en las que figurarán los partidos judiciales -artículo 35 de la Ley Orgánica-, y siendo aquéllas las que conocen más directamente las realidades sociales, económicas, históricas y geográficas, se da -en palabras del Ministro-, en aquellas propuestas en las que se hagan expresamente constar cuáles son los territorios que constituirán estas zonas".

Dado que, según se estima por el Ministro, que será, al respecto, singularmente ilustrativo al parecer de la respectiva Comunidad Autónoma que le incorpore a las correspondientes propuestas las consecuencias que sobre el desarrollo económico y social de una zona puede tener la supresión de un Juzgado, conviene puntualizar -dice el Ministro-, que los criterios determinantes de la demarcación judicial no pueden en modo alguno ser patrones

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rígidos, sino que han de adaptarse a las circunstancias en cada caso concreto, a efectuar con base en el artículo 32 de la Ley Orgánica citada, las correcciones que los distintos elementos a ponderar aconsejan".

Quiere decirse que hay dos posturas aparentemente contradictorias en esta Interpelación, como son informaciones aparecidas con posterioridad; yo, me gustaría una ampliación de la Junta. Las protestas de las zonas afectadas en nuestras provincias, en las comarcas diversas de nuestra Región de Castilla y León, que no cito para no ser larga mi exposición, parece que las precisiones que el Ministro parece hacer recientemente hicieron variar los primitivos informes del veintiséis de Septiembre del ochenta y cinco de la Junta; no lo sé y por eso lo formulo con interrogación.

Y en qué momento nos encontramos hoy en este asunto tan importante para la Comunidad y que afecta a multitud de Municipios de Castilla y León. Espero con vivo interés la contestación de la Junta sobre este planteamiento inicial. Muchas gracias.


EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR PEREZ DE LERA):

Muchas gracias, señor Fuentes. Tiene la palabra el señor Consejero de Presidencia y Administración Territorial.


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR NALDA GARCIA):

Muchas gracias, señor Presidente. Yo creo que, empezando por lo último de la exposición del señor Procurador, entre otras razones porque planta una disparidad de..., al menos de opiniones reflejadas en la prensa, creo que voy a empezar por un análisis en cierto modo histórico de cómo ha transcurrido, los pasos que se han ido dando para llegar a la primera propuesta que será modificada en breve plazo.

Yo diría que todo nace con una reunión, a la cual el propio Procurador se ha referido -pero yo creo que las reuniones previas en las cuales se hicieron a nivel secundario, de técnicos de la Administración Central y de la Administración Autonómica, no las podemos considerar como inicio del procedimiento-, se inicia con la reunión del día cinco de Septiembre de mil novecientos ochenta y cinco, tenida en el Ministerio con todas las Comunidades Autónomas; estuvieron todas las Comunidades Autónomas presentes -eso es un síntoma indudable de lo que un tema de esa naturaleza preocupa en el conjunto del Estado Español- con el señor Ministro de Justicia. En esa reunión se nos facilitó un primer documento de trabajo, o propuesta inicial, que había sido elaborada por estudios realizados por el propio Ministerio de Justicia y el Consejo del Poder Judicial, órgano que entendía el propio Ministerio, y que entendemos y yo creo que lo entenderá también Su Señoría, que es clave en los desarrollos judiciales que puedan tener lugar en este país.

Ese primer documento partía de una serie de condiciones o de parámetros utilizados. Esos parámetros utilizados, que me parece lógico y desde una postura de modernización de la estructura judicial de nuestro país yo creo que deben de ser valorados positivamente por todas las Señorías, que parten, pues, para hacer posible, diríamos, desde una demarcación territorial idónea, hacer posible el proceso informático en la Administración de Justicia, en el cual está empeñado el Ministerio, partía de una serie de parámetros como eran los siguientes:

Evidentemente, cifra poblacional, es decir, datos poblacionales en el entorno que iba a recoger esa demarcación judicial. Y se hablaba de unos mínimos, mínimos que se estimaba, para poder hacer rentable un servicio de esa naturaleza, en el orden de los veinte, veinticinco mil habitantes. Evidentemente, ese caso, en nuestra Comunidad Autónoma, es roto en varios puntos, que Su Señoría si quiere y que le puedo facilitar, que no los voy a leer aquí porque son excesivo papeleo el que podríamos estarnos con ese tema, pero que ese dato, y a poco que se conozca la Región, se dará uno cuenta que se rompe en muchos de los puntos en los que se ha hecho, y sobre en aquellos añadidos por la propia Junta de Castilla y León, pero era un primer dato.

Un segundo dato que habían tenido en cuenta el Consejo del Poder Judicial y los Técnicos era la extensión territorial, el ámbito y las comunicaciones a través de las cuales, diríamos, los diversos enclaves poblaciones pueden relacionarse con el centro cabecera.

Otro tercer parámetro, que en opinión del Poder Judicial y del Ministerio era importante -y yo creo que evidentemente así hay que tenerlo en consideración-, es el número de litigios producidos en la zona, es decir, el número de litigios, diligencias, etcétera, que se entendían que pudieran ser suficientes para tener un juzgado de Primera Instancia e Instrucción. Ténganse en cuenta que los Juzgados de Distrito desaparecen por la Ley Orgánica del Poder Judicial y en su sustitución viene una figura mucho más poderosa que el Juzgado de Distrito que es el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, donde no solamente las causas penales, sino también las causas civiles van a tener su contemplación; por lo tanto, eso exige, al mismo tiempo también, un número idóneo, al menos, pues, para que los Juzgados tengan un cierto equilibrio. Evidentemente que siempre se va a producir un desequilibrio entre aquellas zonas con gran concentración de población, como pueden ser las capitales de provincia, y esas otras, los distritos judiciales más rurales, donde, evidentemente, el número de casos disminuye fundamentalmente.

¿Qué techo o qué parámetros utilizaba el Ministerio, o nos indicó el Ministerio, como idóneos? Pues, se ha hablado del caso de unas trescientas sentencias, lo que significaba del orden de unas mil quinientas a dos mil diligencias previas. Estos eran parámetros utilizados por el Ministerio.

Con esos parámetros, el Ministerio nos propone una

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demarcación territorial para que, evidentemente y en base a ella, la Comunidad Autónoma realice su propuesta. De todas maneras, y a pesar de las palabras del señor Ministro, pero, claro, evidentemente muy matizadas, porque Su Señoría misma nos ha dicho "será singularmente ilustrativa" la propuesta de la Comunidad Autónoma, no debemos tener patrones rígidos, etcétera, yo creo que estamos dentro de lo que en aquella reunión se quedó, sin que hubiera un acta concreta de la misma, pero se quedó en el buen hacer de todos. ¿Cuál era ese criterio? El criterio era que durante todo el trámite posible de ley, a la que hay que dar a las demarcaciones judiciales, hubiera una flexibilidad por parte del Ministerio para poder reajustar esos espacios territoriales. Así se quedó y así se está cumpliendo por la Junta. Pero yo quisiera advertirles a Sus Señorías que, evidentemente, la propuesta que haga la Junta debe de ser informada posteriormente por el Consejo del Poder Judicial y, segundo, debe ser elevada a ley y discutida, evidentemente, en las dos Cámaras, Congreso y Senado, antes de su promulgación.

No obstante, la Junta, en aras y en uso de su competencia, creyó importante someter lo antes posible una propuesta al Ministerio. ¿Por qué la fecha del veintisiete de Septiembre, que yo considero que tenía una cierta premura, dado que habíamos partido de una reunión del día cinco? El Ministerio nos pidió a todas las Comunidades Autónomas que, a ser posible, antes de finalizar el mes tuvieran en su poder una contestación a aquella propuesta que nos hacía el Ministerio. La razón estribaba en que, si Sus Señorías se acuerdan, el día veinte de Octubre de mil novecientos ochenta y cinco, es decir, a los pocos días, cambiaba la composición del Consejo del Poder Judicial, y el Consejo que había intervenido en el trámite anterior, hasta aquella propuesta que se nos había presentado, el Ministerio pretendía que al menos también ese Consejo conociera la propuesta o el informe que elevaban las Comunidades Autónomas, para que no se entendiera que se pretendía obviar a un Consejo por otro Consejo en este trámite de las demarcaciones territoriales. Esa razón dada por el señor Ministro fue aceptada por todos los Consejeros o representantes de las Comunidades Autónomas, y yo creo que la mayoría -y yo espero que hayan sido todas al menos-, hayamos cumplido aquel compromiso, que era un compromiso entre caballeros, pero de intentar antes del día treinta de Septiembre que hubiera un documento en el Ministerio. En ese sentido se trabajó con premura, se hizo las correspondientes consultas a instituciones, sobre todo a las instituciones de la Magistratura a los colegios de abogados, etcétera, y con las que, las informaciones que nos llegaron hasta esa fecha, elaboramos una propuesta. Esa propuesta tuvo en cuenta, por lo tanto, la que nos había hecho a su vez el Ministerio y, segundo, las sugerencias que nosotros entendíamos que debían ser incluidas en la propuesta de la Junta de Castilla y León.

Esas sugerencias tuvieron en cuenta, como muy bien ha reflejado Su Señoría, las relaciones e interrelaciones municipales, resultados de diversos estudios anteriores que van desde el reconocimiento territorial, que tiene fechas del año ochenta ochenta y uno, hasta los últimos estudios en base a encuestas sobre con qué Ayuntamientos se relacionan más uno u otro, etcétera, estudios que nos han permitido ir reajustando el espacio territorial de la Comunidad Autónoma, y lo que pretendíamos, evidentemente, es que estas demarcaciones, que tienen un carácter territorial aunque sean para el servicio judicial, vayan, se vayan ajustando lo más posible también a esos espacios territoriales. En base a eso, y en base a, diríamos, las posibilidades de desarrollo de las diversas comarcas o territorios de nuestra Comunidad Autónoma, es por lo que la Junta, a la propuesta que había hecho el Ministerio, añadió un número de nuevos distritos o demarcaciones territoriales. Y les cito, porque me imagino..., las demás recogen todas las existentes y la Junta de Castilla y León propone a mayores en el área de Valladolid a Tordesillas, es decir, el área del bajo Duero o del medio Duero, como ustedes quieran; en Soria, la zona de Agreda, Agreda-Olvega; en Segovia, las tierras de Coca; en Burgos, la zona de Bureba-Montes de Oca; y en León, Sahagún-Campos.

Y aquí quiero advertir también que hicimos una modificación respecto de la propuesta que venía del Poder Judicial. El Poder Judicial planteaba, o del Ministerio como ustedes prefieran, planteaba dividir la demarcación territorial Bierzo en dos demarcaciones judiciales, una con sede en Ponferrada y otra con sede en Villafranca del Bierzo. Nosotros entendemos, por el conocimiento de la realidad y por las propias sugerencias de la población, que la demarcación Bierzo debía de tener una consolidación como una unidad, y así se propuso, siempre que -con esto empalmo una de las sugerencias que hacía la Junta en su acuerdo-, de acuerdo con el artículo 36 de la propia Ley Orgánica del Poder Judicial, se crearan sendas secciones descentralizadas de los juzgados de Ponferrada en Villafranca del Bierzo y en Bembibre. Y en el mismo sentido nosotros propusimos también que había otras tres zonas que, debido a su distancia, debido también al propio dinamismo de la zona, etcétera, debían de tener una contemplación, desde el Ministerio de Justicia, singular y en ese sentido propugnábamos que Villalpando, en la Zona de Zamora, Peñafiel, en la zona de Valladolid, y Saldaña, en la zona de Palencia, tuvieran también, al amparo del artículo 36, sendas secciones judiciales.

Esta fue la propuesta elevada. Nosotros creemos, por algunas informaciones que tenemos del propio Consejo del Poder Judicial y del Ministerio de Justicia, que la propuesta realizada por la Junta de Castilla y León les pareció sumamente acertada y correcta, en el sentido de que estaban dispuestos a asumir realmente en su totalidad. Incluso ellos pretendían o veían que el tema de las secciones que nosotros planteábamos podía tener un mejor tratamiento desde una descentralización judicial, que podía ser contemplada en su día con una mayor potencialidad que la de la propia sección. A partir de esa fecha,

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evidentemente, el resto de las instituciones han seguido mandando sus informes. En este momento, prácticamente diríamos al día de la fecha, porque y ya vamos a decidirnos a cerrar este goteo, yo quisiera que con esta información aunque sólo fuese, fuese ya, diríamos, lo que nos permita realizar un informe complementario; se han recibido las informaciones de veintidós Ayuntamientos, de una Audiencia, de diez colegios de abogados y de dos Diputaciones, y algunos particulares, también hay que decirlo, con representación política unos y otros simplemente por su iniciativa singular como particulares, que han acudido sugiriéndonos determinadas matizaciones.

Las matizaciones fundamentales están en ajustar los bordes de esas demarcaciones territoriales, que tal término municipal no esté dependiente de este Juzgado, que esté de este otro, eso viene a afectar al cinco por ciento escasamente de todo el territorio de la Comunidad Autónoma. Y ha habido unos hechos singulares que nosotros, también Su Señoría ha sido tan amable de no hacer mención de mis propias declaraciones en algunos casos, pero yo quiero reflejarlo, aquí, que son los casos de Villalpando y de Peñafiel, que los datos aportados por los señores jueces de esas dos zonas modificaban sustancialmente los que, por las series estadísticas, nos había facilitado el Ministerio. Entonces, desde esa perspectiva, y teniendo en cuenta que en ambos sitios nosotros ya veíamos la necesidad de esa singularidad, nosotros entendemos que ahí deberíamos de ampliar nuestra petición al Ministerio, pasando de ser sección a que sea también un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción.

Y queda el caso de Saldaña. Mi opinión es que si nosotros establecemos eso con carácter para una u otro sitio, debemos de estudiar su relación también con los casos de la zona, que podríamos relacionar con la ciudad de Saldaña.

Con lo cual, nosotros creemos que, dando un tratamiento homogéneo, en este momento la propuesta que puede elevar, complementaria, la Junta de Castilla y León y de la que pueden tener conocimiento Sus Señorías, incluso estámos dispuestos a mandarles un informe completo con todas las demarcaciones, etcétera, y planos complementarios, deberíamos de complementarla en el sentido siguiente. Seguir insistiendo en el hecho de la unidad en el Bierzo, seguir insistiendo en el hecho de la descentralización máxima sobre todo en Villafranca del Bierzo, más que en Bembibre si ustedes quieren, por una razón, porque los pueblos o términos municipales, es decir, los ciudadanos que dependen de Villafranca son ciudadanos en una zona de difíciles comunicaciones, y, por lo tanto, ahí se requiere una máxima descentralización judicial en ese sentido, pero que hubiera esa unidad Bierzo, que se mantuviera. Pasar a Juzgados de Primera Instancia e Instrucción los tres antedichos, de Saldaña, Peñafiel y Villalpando, y corregir los límites en la medida en que, por las diversas poblaciones, se nos ha solicitado.

Yo creo que ése es el estado actual de la cuestión, y en ese sentido iría el informe complementario de la Junta.

Yo quisiera hacerles ver que con esto la situación sería la siguiente. En el momento presente, el número de partidos judiciales, los Juzgados de Distrito, son de cuarenta y uno...


EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR PEREZ DE LERA):

Señor Consejero, debe ir terminando su intervención.


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR NALDA GARCIA):

Muchas gracias, señor Presidente; en un minuto termino, si es usted tan benevolente.

La propuesta que nos hacía el Ministerio eran cuarenta y dos; la propuesta primera hecha por la Junta eran cuarenta y siete, y la propuesta definitiva que quedaría sería de cincuenta, de cincuencia demarcaciones territoriales, que no quiere decir que sean Juzgados, porque luego, diríamos, el número de Juzgados o de Secciones se va a determinar posteriormente, de acuerdo con el artículo 36, con conocimiento de las Comunidades Autónomas.

Finalmente, una cuestión por si les preocupase, porque algunas de las preocupaciones o de las iniciativas que desde diversos ángulos han llegado a la Consejería parten de un equívoco, y es que estas demarcaciones territoriales tuvieran alguna influencia en los procesos electorales. Quiero hacerles ver claramente que por mandato imperativo de la propia Ley Orgánica del Poder Judicial, en una de sus Disposiciones Adicionales, las demarcaciones territoriales que se creen al amparo de esa Ley no modifican en absoluto los espacios territoriales que a efectos electorales están vigentes desde mil novecientos setenta y siete, en el proceso y durante todas las elecciones para el proceso democrático, durante el proceso democrático. Por tanto, no tengan, no hay, es decir, esta posible duda o dificultad añadida que en algunas mentes, y les digo que me han llegado a mí opiniones que se fundamentaban en esta situación, no tiene nada que ver y éstas son dos demarcaciones totalmente diferentes: una será la demarcación a los efectos electorales, que es la vigente hasta este momento, y otra cuestión es las demarcaciones territoriales judiciales que lo que pretenden es un espacio territorial donde los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción tengan una capacidad mucho mayor y puedan estar o pueda llegarse a un equilibrio entre el número de jueces y el número de magistrados, que en este momento está francamente desplazado, en el sentido favorable a los jueces, con lo cual a veces los problemas de índole penal tienen, no tienen tanto problema y salen con relativa facilidad, mientras que se acumulan los casos de procedimiento civil por la carencia o la ausencia de magistrados. Muchas gracias, señor Presidente.

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EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR PEREZ DE LERA):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Fuentes Hernández.


EL SEÑOR FUENTES HERNANDEZ:

Unicamente para consumir los cinco minutos de réplica, que son simplemente de pedir mayor ampliación al Consejero, en puntos concretos, porque de su exposición inicial algunos temas han quedado claros y van ratificando, en cierta medida, la exposición que este Procurador ha formulado como primera intervención.

A mí me gustaría que el señor Consejero, en orden a que los señores Procuradores tuvieran el dato lo más real posible, y, por tanto, el objetivo exclusivo y primario de esta Interpelación se fuera cumpliendo, sería el siguiente.

En base a toda esta evolución de informes y en base a los datos que dispone la Consejería, cuántos Juzgados de Distrito, por esta propuesta, desaparecerían por provincia. El señor Consejero sabe que con esta nueva ley desaparece el Juzgado de Distrito y, por tanto, él tiene que tener el dato de cuántos son los Juzgados de Distrito que en este momento existen, y cuántos, por la aplicación de esta Ley, en toda la Comunidad Autónoma van a desaparecer.

Y segundo. En base a estos, cuántos se transforman en Juzgados de Paz.

Y, últimamente, le quiero hacer otra pregunta que está relacionada, y ya que tengo la oportunidad de hacérsela al señor Consejero se la formulo en el ámbito de esta Interpelación, y es cuándo, en la información que hace la Junta sobre esta materia, se define cuáles son los espacios comarcales de actuación, ECA, como dice la Junta; qué relación tienen con las propuestas que la misma hizo al Ministerio de Justicia, en cierta manera lo ha dicho; pero algo muy importante, qué razón está teniendo la Junta para sin tener formalmente, según mi información, cerrada esta definición de lo que ellos llaman espacios comarcales de actuación en algo tan importante, de tanta transcendencia como los Juzgados, ya están sirviendo de base. Lo digo esto porque, sorprendentemente, en esta Comunidad se sigue dando lo que la Administración Central nos tenía tan acostumbrados, y son diversos espacios comarcales. Pero éste no es el tema de hoy, y, por tanto, sólo quiero que el señor Consejero se refiera estrictamente a lo que se refiere a los temas que en mi interpelación formulo. Muchísimas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de...


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR NALDA GARCIA):

Perdón, señor Presidente, que me haya atrevido a subir a la tribuna sin su autorización.

El tema segundo, yo creo que le debemos de dar todos lo que tiene de valor en este momento. El valor son, y se lo he dicho expresamente, estudios que vienen realizándose a lo largo de diversos años por esta Comunidad Autónoma, desde el primitivo y extinto Consejo hasta los que, desde la toma de posición de este Gobierno, este Consejero ha tenido a bien, o autorizado por la Junta, encargar. Y yo creo que todo eso forma un bagaje en el cual le hemos empezado a probar; yo creo que siempre un tema de carácter territorial debe realizarse con suma prudencia y debe de irse probando en pequeñas actuaciones que vengan sobre el tema. Se está probando, por ejemplo, en el Plan de Carreteras, porque, evidentemente, los espacios que se diseñen se diseñan ya con el futuro del siglo XXI y debe realizarse, por lo tanto, en base a unos sistemas de comunicaciones integradores; por lo tanto, hay que testarlo con ese sistema de comunicaciones. Yo creo que a través del Consejero de Obras Públicas ustedes han tenido también en la Comisión alguna información sobre este tema. Y hemos tenido la oportunidad, por iniciativa del propio Ministerio y por la cuestión de poner en marcha una nueva distribución judicial, la posibilidad de testarlo ya con una estructura vieja, con una estructura de más de cien años, pero que inicia también una andadura hacia un futuro, no muy lejano, de modernización, etcétera, de la Administración de Justicia, y desde esa perspectiva lo hemos probado; no tiene más valor que eso.

Pero esto nos ha venido muy bien, y en esa información complementaria que Su Señoría pedía nosotros le podemos facilitar, y se lo facilitaremos, planos, mapas de cada provincia, donde venga cuál era la situación y cual era la distribución antigua y la nueva, y cómo algunos de estos términos municipales, algunos de estos Municipios, nos han pedido que en lugar de depender de "a" pasen a depender de "b". Son pequeñas zonas de los bordes como siempre ocurre; el problema siempre es el trazar una línea; una línea, cuando tratas de aspectos comarcales, aspectos territoriales, al final tratas con individuos y, por lo tanto, es una línea viva, y esa línea viva hay que corregirla en la medida que los propios Ayuntamientos, los propios Municipios así lo deseen. Se lo facilitaremos.

En cuanto a la primera de las preguntas, yo no sé si se lo voy a hacer muy tedioso, porque, claro, es todo este mamotreto, el que por irles relacionando, es decir, en Avila existían en este momento uno, dos, tres, cuatro Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, y dos, tres, cuatro y cinco Juzgados de Distrito. Evidentemente, los Juzgados de Distrito desaparecen; los que no se transformen en Juzgados de Instrucción, de Primera Instancia e Instrucción, pasan a ser Juzgados de Paz, y..., pero la situación es la siguiente. ¿Cuál era la situación en Avila?, por ponerles un ejemplo, y no les voy a cansar a Sus Señorías; pongo ésta porque es la primera, también porque es la del Senador Bosque Hita, Portavoz de la oposición. Pues, está la ciudad de Avila, la ciudad de Cebreros, la ciudad de Arenas de San Pedro, Arévalo y Piedrahita; pues, esos siguen existiendo. Y cuál es la situación nueva que pretende o que prevé el Poder

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Judicial. Pues, en Avila pasar de dos Juzgados a cuatro Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, yo creo que es un reforzamiento fundamental, sobre la capital de provincia; en Cebreros se mantiene el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción; en Arenas de San Pedro un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción; en Arévalo un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción; y en Piedrahita un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción. En resumidas cuentas, la provincia de Avila, casualmente..., hay en otras que sí, hay en otras que sí, por ejemplo en Burgos. En Burgos desaparece un Juzgado de Distrito, que es el de Castrojeriz, el de Castrojeriz; sin embargo, otro que había hecho desaparecer el Consejo del Poder Judicial que era el de Bureba-Oca, Montes de Oca, es decir, el de Briviesca-Belorado, por darle el nombre de las ciudades sobre las que gravita la población de ese área, se mantiene y se va a mantener en Briviesca por petición de la Junta.

Como estos ejemplos les podríamos ir detallando el resto de las provincias, y lo que sí que haremos, en el momento en que esté ultimado, y les digo a Sus Señorías que a partir de esta fecha vamos a cerrar el goteo de llegadas de sugerencias, vamos a hacer un informe complementario y en cuanto este informe complementario sea aprobado por la Junta de Castilla y León tendrán ustedes toda la información correspondiente. Muchas gracias señor Presidente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias señor Consejero. Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Gracias, señor Presidente, señores Procuradores. Nosotros vamos a intervenir simplemente para fijar nuestra posición al respecto y ciñéndonos exactamente a lo que pueda ser fijación de esta posición.

El artículo 24 de nuestro Estatuto señala que es competencia de la Comunidad la fijación de las demarcaciones judiciales, y en ese sentido el artículo 35 de la Ley Orgánica del Poder Judicial concreta el mecanismo de participación de las Comunidades a que se remitirá la organización de la demarcación territorial de sus territorios, y además también nos señala cuáles son los mecanismos de actuación, por lo que las Comunidades Autónomas deben de elaborar una propuesta, a petición siempre del Gobierno, que se elevará a éste y éste, a su vez, con las propuestas de todas las Comunidades Autónomas, lo eleva a informe del Consejo General del Poder Judicial.

Hay que señalar, aunque el Consejero ya lo ha hecho, de que en este caso se ha invertido, ciertamente, el orden ya que en las informaciones que tenemos ha sido el propio Consejo el que ha elaborado esa primera propuesta que, como ha dicho el Consejero, ha sido modificada en parte con lo que concierne a cinco provincias. En este sentido, la competencia que queda a esta Comunidad, posteriormente, es que, una vez aprobada la Ley por las Cámaras nacionales, la Comunidad Autónoma tendrá que determinar la capitalidad de los partidos judiciales. En ese sentido queremos dejar concretado el tema de que es competencia de la Junta de Castilla y León elevar ese informe y, por lo tanto, ésa es su responsabilidad.

Nosotros estamos de acuerdo en los criterios que más o menos se vienen manejando para la elaboración de esta propuesta, y que corresponden a criterios, evidentemente, de población, consecuente de ello los asuntos que se tramitan, y las comunicaciones.

No quiero dejar pasar la oportunidad de señalar de que en estos últimos años los partidos judiciales han sufrido modificaciones precisamente por la consecuencia de estos criterios que exponía, de la despoblación, de, como consecuencia de ella, la falta de asuntos que se han ido tramitando y también la falta de comunicaciones en cuanto a la relación del centro del partido judicial con los pueblos, en aquellas personas que no tienen un medio propio para su desplazamiento.

Estamos de acuerdo en que el fin que el señor Fuentes señala en el texto de su interpelación es de que hay que perseguir el mejor funcionamiento de la Justicia y sobre todo su modernidad y su adecuación a los tiempos actuales. Y nos parece, como conclusión, que sería interesante que el ofrecimiento que el Consejero ha hecho de que, una vez elaboradas las últimas conclusiones, se dé cuenta a los Procuradores, yo, en ese sentido, en nombre del Grupo, haríamos la petición de que ese informe fuera a la Comisión de Administración Territorial, dejando sentado de que, evidentemente, las conclusiones que pudieran establecerse en esa Comisión no son vinculantes en ningún caso para la Junta, pero sí orientativas, y que creemos que además podría cumplir un segundo fin, que creo que puede muy importante, y es que en alguna forma los Procuradores, a través de la Comisión, podamos establecer los criterios que debieran de llevar al señalamiento de la capital, de cara precisamente a que haya el mayor consenso posible en la promulgación de esa ley que sí es competencia de esta Cámara. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Fuentes Hernández.


EL SEÑOR FUENTES HERNANDEZ:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Es sorprendente que al Grupo Mixto este problema no le interese, y este Procurador quiere, desde luego, desde su exclusiva opinión, lamentar la no presencia de representantes de tan importante Grupo en esta Cámara, en este momento en el cual su voz era imprescindible que se escuchara.

Como final de mi intervención y mi Interpelación, yo venía repasando la Ley del Poder Judicial, y en la Exposición de Motivos, en el apartado 5 de la misma, se dice, y en base a las reacciones en las comarcas afectadas se patentiza que es verdad y el propio señor Consejero, en

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una sinceridad que yo agradezco, ha puesto de manifiesto incluso la posibilidad de modificaciones de la primera propuesta, que la ley contiene innovaciones en la organización territorial importantes, así dice, y se democratiza el procedimiento incluso de algo tan importante, tan entrañable y tan querido como son los jueces de paz en muchas de nuestras pequeñas Comunidades. Pero hay algo tan importante que dice que se suprimen los Juzgados de Distrito, que se transforman en Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, y por las palabras del señor Consejero, que en razón a su exposición él ha interpretado que no interesaban, ha omitido un dato que, indudablemente, era importante, pero que yo, vamos, no insisto en que le facilite, pero que esto es lo que está realmente provocando realmente inquietud: la supresión de los Juzgados de Distrito a las poblaciones afectadas.

La importancia de estas modificaciones en Castilla y León revisten transcendencia y la Junta, en su propuesta y exposición, en la exposición a esta Cámara se ha mantenido en la misma, incluso en los objetivos que el señor Bravo ha resaltado, y que yo, por mi parte, es exactamente, la mayor sensibilidad por mi parte está en la exposición que el señor Bravo ha hecho de lo que son factores determinantes de muchos de estos informes.

El señor Consejero ha hablado nuevamente de algo que él denomina Secciones Judiciales, y la Ley Orgánica del Poder Judicial, según todas las opiniones de personas absolutamente conocedoras del asunto, no prevé en el Titulo II ni en la que se refiere a la planta y organización territorial, en el artículo 26; la creación de secciones son de otra magnitud y en otro orden de cosas, pero nunca dependientes de Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y que estén localizados en distintas provincias, perdón, en distintas zonas de la Comunidad. En todo caso, cómo es posible, y me alegra que el señor Consejero insista en ello pero probablemente él tiene más datos, que el siga manifestando incluso en esta Cámara esa posibilidad de creación de secciones cuando, insisto, en los ámbitos especializados se desconoce exactamente cuál es este aspecto.

Es preciso, pues, que nuestra Comunidad, y en esto sí que la segunda parte de la intervención del señor Bravo me tranquiliza, se analice con finura los aspectos que se contemplan en el artículo 32 de la Ley, sobre todo en lo que contempla en el apartado 2 y que dice lo siguiente: "La modificación de partidos se realizará en su caso en función del número de asuntos, de las características de la población, medios de comunicación y comarcas naturales". Esta propuesta de modificación de partidos judiciales, si se analiza a la luz de la Exposición de Motivos de la Ley, apartado 2, en la que se dice, entre otros razonamientos, lo siguiente: "El cumplimiento de los objetivos de la Ley precisa de un poder judicial adaptado a una sociedad predominantemente industrial y urbana, y diseñado en atención a los cambios profundos de la distribución territorial de su población". Desde Castilla y León esta concepción industrial y urbana de la ley tenemos que contemplarla con profunda inquietud y de ahí que es el espíritu que mi Interpelación trae. Y como muestras diversas de esa información, que fueron difundidas por todas partes, yo querría hacer ver lo que supone que en pueblos como Peñafiel se hayan llegado a hacer estas asambleas libres y abiertas, con participación de todo el pueblo, y que los conceptos que se han manifestado y que se han dado traslado a la Consejería, y en orden a ser breve no voy a dar lectura, pero que suponen planteamientos extraordinariamente singulares por lo que supone el detectar la sensibilidad de una población en algo tan importante como es lo que se puede suponer la posibilidad, la supresión de un Juzgado. Y esto es extrapolable a todos los pueblos de la Comunidad afectados y, por tanto, insisto, es algo que cala muy hondo y, por tanto, estas Cortes tienen que ser extraordinariamente meticulosas en los tratamientos de esta materia.

Bueno, yo querría decir, y llegar a hacer a Sus Señorías, que en esta Comunidad el señor Consejero nos ha hecho ver claramente qué repercusión territorial tiene esta medida. Estamos, señoras y señores Procuradores, ante un problema importante de identidad y personalidad de distintas comarcas de Castilla y León, que defienden como básico para su pueblo y comarca la necesidad del mantenimiento o transformación de sus juzgados, y estas posturas tienen que ser para esta Cámara posturas para analizarlas con serenidad y con profundidad. Y, por tanto, los términos en los informes emitidos, que me alegra que se haya dicho que se van a revisar, deben de acentuar la importancia que para nuestra Comunidad tiene las razones de orden socio-económico, de comunicación y comarcas naturales. Dejarse arrastrar, y lo digo con enorme respeto y no tiene mi expresión ningún tipo de doble sentido, sino la pura expresión de dejarse arrastrar como en tantas acciones por módulos de asuntos vistos, de demandas, de diligencias, de sentencias, de sumarios, de población, rígidamente, es una especie de trampa o callejón sin salida para las comarcas de la Región, en una palabra, para toda Castilla y León. Mi voz aquí tiene que unirse al sentimiento generalizado de aquellos pueblos y comarcas que piensan que si nos quitan los ferrocarriles -y lo digo también sin doble trasfondo, en el puro sentido de la expresión-, los juzgados se modifican los criterios, en el aspecto educativo y sanitario también se retocan, muchas de nuestras comarcas naturales e históricas están seriamente amenazadas de futuro. En estas Cortes estoy haciendo vocero de estas zonas y de este sentimiento generalizado. Digo también a esta Cámara que estoy seriamente influenciado por estas vivencias y por el sentimiento de los hombres que padecemos estas situaciones, con el propósito de hacer pensar a todos que los informes que den paso a esta reforma, y en este sentido las palabras del señor Consejero me tranquilizan, deben de contrastarse seriamente, analizarse, profundizar en las distintas situaciones de las zonas afectadas y tratando

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entre todos de defender lo mejor para nuestra Región, y espero que esta Interpelación haya podido contribuir a ello. Ahora, los hombres y el Grupo que sustenta al Gobierno Regional tienen la grave responsabilidad, y aquí lo ha recordado el señor Bravo y me parece muy bien, de su decisión y final pronunciamiento.

Les emplazamos a defender firmemente ante el Gobierno Central nuestras posiciones, las que, discrepantes en un momento y coincidentes en otros, se hayan manifestado en este debate en defensa de nuestra querida Castilla y León. Señoras y señores Procuradores, muchísimas gracias por la atención que a este Procurador han dispensado.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Presidencia.


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR NALDA GARCIA):

Muchas gracias, señor Presidente, Señorías. Quisiera ser breve, porque creo que he explicado ya suficientemente toda la postura , pero no me resisto, porque además conozco suficientemente al señor Procurador, sé de su frialdad, sé también de que en él dominan normalmente, diríamos, datos de serenidad, y si luego escuchara o leyera el Diario de Sesiones de este Pleno se daría cuenta y diría conmigo que se ha dejado llevar en este momento por determinado sentimientos. Yo creo, Señoría, que no podemos hacer aquí un canto a una estructura poblacional que se fue y que no volverá jamás; no podemos hacer un canto a una distribución territorial asentada en el proceso de la Reconquista y que se cierra en el siglo XIV, porque del XIV acá han ocurrido muchísimas cosas, entre otras que existen una cosa que se llaman vehículos que van a ciento veinte kilómetros por hora o a setenta, dependerá en tal caso de la carretera, pero no en burro ni andando; que hay unos sistemas de comunicaciones, por lo tanto, que influyen directamente sobre la estructura poblacional, y que incluso desde esa misma estructura y por las propias iniciativas de los ciudadanos muchos núcleos de población han ido quedando solamente como residuos para guardar los aperos de labranza, mientras que ellos viven habituaalmente, habitualmente, en los núcleos más dinámicos, más cabecera, con mayores iniciativas, con mayores posibilidades también de ocio, o de cultura, o de educación para los hijos, o de sanidad. Y estos son datos que están ahí, que son datos objetivos, que hay que ponderar, cuando se toma una decisión en el carácter como la que estamos aquí debatiendo, de demarcación territorial judicial. Porque, evidentemente, y lo verán Sus Señorías cuando...., yo recojo la sugerencia y estoy dispuesto a comparecer, en el momento en que esta Cámara nos lo solicite, para este tema en la Comisión de Administración Territorial, verán ustedes como no nos hemos dejado llevar por parámetros sólo economicistas. Hemos sopesado parámetros socioeconómicos, pero hemos sopesado también que lo que se pretende con la Ley Orgánica del Poder Judicial y, por lo tanto, con las demarcaciones, con las nuevas demarcaciones territoriales, es establecer un mecanismo de racionalidad en la Administración de Justicia y un mecanismo que actúe con eficacia y que preste un buen servicio a los ciudadanos.

Y en este momento, y también personas, diríamos, entendidas o con conocimientos, que usted ha citado, respecto de un tema que ahora voy a a entrar en él, son conscientes que un juez sólo y aislado en un punto de una geografía se encuentra con graves dificultades para realizar lo que es una labor judicial moderna y eficaz. Y, por lo tanto, desde esa perspectiva, hay que reestructurar todo el proceso de demarcaciones judiciales, sin anteojeras de ningún tipo, abiertos evidentemente a que no haya ni un sólo territorio con capacidad de actuación y con posibilidades de futuro que quede desasistido; pero tampoco creando zonas donde el señor juez o los señores oficiales se encuentren que el trabajo los resuelven en una hora a la semana, porque con eso lo que estamos haciendo, con eso lo que se está haciendo, es un derroche del erario público, que ninguno queremos, y una prestación que al final resulta que no es eficaz para la colectividad. Entonces, teniendo todo eso en cuenta es como se ha elaborado esta propuesta.

Yo quisiera que volviéramos y que Su Señoría volviera a ese ámbito de racionalidad, que sé que usted posee, que le conozco que lo tiene, que abandonemos a veces, cuando discutamos esto, los sentimientos, y que dejemos a un lado los "viva Cartagena", que muchas veces se traslucen en alguna de estas opiniones o manifestaciones, por una organización de la Comunidad Autónoma perfectamente vertebrada, y por una organización del Estado eficaz y moderna.

En cuanto a la opinión sobre si las secciones se contemplan o no, bueno, yo sigo insistiendo que el Capítulo II del Título II, que habla de la planta y organización territorial, por lo tanto, todo lo que esté incluido en ese Título II es organización territorial, en el Capítulo II, de la división territorial de lo judicial, hay un artículo 36 que dice: "la creación de secciones y juzgados corresponderá al Gobierno, cuando no suponga alteración de la demarcación judicial -cuestión que nosotros estamos salvando-, oída preceptivamente la Comunidad Autónoma afectada". Con lo cual quiere decir que sí que hay un componente territorial, porque lo que es después mera estructura judicial su poder es del Poder Judicial; en el momento en que hay un atisbo de posible implicación territorial aparece la Comunidad Autónoma como asesor. Nosotros planteamos que esto es posible, pero, no obstante, y para su tranquilidad y a la vista de opiniones también manifestadas, que también lo he dejado expreso aquí, algunas de esas sugerencias que hemos hecho queremos modificarlas en el sentido de pedir directamente que sea no una sección, sino un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción. Con lo cual, no hay ningún problema, las

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que eran secciones queremos que sean Juzgados de Primera Instancia con toda su capacidad y, por lo tanto, la posible duda en la interpretación del artículo 36, con esta decisión o por lo menos con esta propuesta -otra cosa será lo que determinen el Parlamento del Estado-, con esa propuesta, por nuestra parte queda totalmente zanjada. Muchas gracias señor Presidente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Se suspende la sesión hasta la cuatro y cuarto de la tarde.

(Se suspendió la sesión a las catorce horas, reanudándose a las dieciséis horas y treinta y cinco minutos).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tomen asiento. Silencio por favor. Vamos a comenzar. Silencio por favor, silencio. Se reanuda la sesión.

Tiene la palabra el señor Secretario para dar lectura al siguiente punto del Orden del Día.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR HERRERO SANZ):

Quinto y último punto del Orden del Día: "Debate y votación del Dictamen de la Comisión de Presidencia del Proyecto de Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de Castilla y León".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Silencio, por favor. ¿El señor Consejero desea utilizar un turno para la presentación de la Ley?


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR NALDA GARCIA):

Con su amabilidad, señor Presidente, y dado que tuve que intervenir en el debate de Totalidad, intervine también en la Comisión presentando la Ley, me parece que hago un favor a Sus Señoría si ahora no lo hago, es decir, ahorramos un tiempo procedimental. Lo que sí prometo a Sus Señorías es intervenir al final, en cierto modo, a la vista de cómo vaya el debate. Muchas gracias, señor Presidente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias.

Se procede, en consecuencia, a someter a votación toda la serie de artículos, de Disposiciones Adicionales, Transitorias y Final, a las que no les afecta ningún voto particular ni ninguna enmienda. Enumero esos artículos y esas Disposiciones.

Artículos 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 14, 15, 17, 18, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 47, 49, 50, 52, 53, 54, 56, 60, 61 y 62; Disposiciones Adicionales Primera, Segunda, Cuarta y Quinta; Disposiciones Transitorias Primera, Segunda, Quinta, Sexta, Séptima y Octava; Disposición Final y Disposición Derogatoria.


EL SEÑOR POSADA MORENO:

Señor Presidente...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Sí, tiene la palabra el señor Posada Moreno.


EL SEÑOR POSADA MORENO:

Era para señalar únicamente que en estos artículos hay uno, el 21, que sí tiene una enmienda de nuestro Grupo. Quizá ha sido por error por lo que se ha sido incluido.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Así las cosas el artículo 21 quedaría excluido de la enumeración hecha, como propuesta para su sometimiento a votación. Votos a favor de ese bloque de artículos y disposiciones... Perdón, por favor. Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

No, es que estamos buscando en la documentación, a la vista de lo que ha propuesto el Portavoz del Grupo Popular, y salvo que nos corrija el Secretario de la Comisión, desde luego, nosotros tenemos que la enmienda del Grupo Popular nos parece que, vamos, quedó decaída una del señor Montoya y la del Grupo Popular yo creo que no se presentó.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Un momento por favor. Señor Posada Moreno.


EL SEÑOR POSADA MORENO:

Quizá haya cambiado la numeración del Dictamen. Nosotros nos referimos al artículo 21 que trató la Comisión. Quizá ahora, veo que son 19 y 20 donde están enmendados, y entonces, quizá, entonces el 21 ya no sea el de esa numeración. Entonces, en ese caso podría...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Vamos a ver. Según esto, creo entender que el artículo 21, lo que figura como artículo 21 en el Dictamen de la Comisión no está afectado por ninguna enmienda. Señor Posada Moreno, creo que ésa es... Dictamen de la Comisión. Es que lo que se está sometiendo a votación es el Dictamen de la Comisión, no otro texto anterior. En consecuencia, se incorpora al elenco de la serie de artículos y Disposiciones a las que se aludía antes, o se enumeraba antes, también el artículo 21 no afectado por ninguna enmienda. Votos a favor de todos esos artículos y esas Disposiciones Adicionales, Transitorias, Final y Derogatoria. Pueden tomar asiento. En contra. Tomen asiento, por favor. ¿Algún voto en contra? Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: cincuenta y cuatro. Votos a favor: veinticuatro. Ninguno en contra. Ninguna Abstención. Quedan, por tanto, aprobados todos los artículos enumerados y sometidos a votación -silencio, por favor-, así como las Disposiciones Adicionales, Transitorias, Final y Derogatoria enumeradas.

Pasamos a continuación a someter a debate, previo a su votación, las enmiendas de carácter estatutario. En primer lugar, las enmiendas números 1 y 73 a 110 del

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Grupo Parlamentario Popular. Un momento, por favor. Para su defensa, tiene la palabra el señor Posada Moreno. Silencio, por favor.


EL SEÑOR POSADA MORENO:

Señor Presidente, Señorías. Al defender este bloque de enmiendas de carácter estatutario a la ley, quiero aprovechar para hacer un repaso de lo que ha sido un poco la tramitación de esta ley.

Comienzo con la intervención del señor Consejero en el debate a la Totalidad, en el que señalaba algunos puntos que podían ser objeto de acuerdo, Yo debo decir aquí, lo primero, para que Sus Señorías capten quizá el matiz, que el trabajo de la Ponencia y de la Comisión, que creo que ha sido extraordinariamente fructífero, en donde todos los temas se han tratado al máximo, donde se han disipado todos los recelos que podía haber sobre interpretaciones erróneas de textos escritos porque se han explicado exhaustivamente, no podría definirse en absoluto como una aplicación del rodillo de la mayoría sobre las minorías. Tampoco puede definirse como un consenso entre todos los Grupos. La situación ha sido intermedia.

Hemos contado todos los Grupos, me estoy refiriendo en este caso a los Grupos digamos mayoritarios, con una colaboración muy importante del señor Cabezas, del Grupo Mixto, que en todo caso ha apoyado cuando se han llegado acuerdos, y que en general ha inclinado su voto por el proyecto de Ley presentado por la Junta, pero buscando en todo momento una clarificación de posturas.

Pues bien, a lo largo de este debate ha quedado claro que de esos grandes temas que iban a ser objeto de negociación, de búsqueda de acuerdo, en algunos casos se ha conseguido y en otros no. Yo debo decir que el Grupo Popular, en la búsqueda de ese acuerdo del que se habló tanto, retiró en sus enmiendas parciales todas las relativas al Instituto de la Función Pública, no así el espíritu que animaba ese Instituto, como yo dije, que era la búsqueda de la objetividad en los temas de funcionarios. Retiró así mismo, antes de empezar el trabajo de Ponencia, todas sus enmiendas referentes a la Administración Local, porque consideró que centrar el ámbito de la Ley era absolutamente necesario para el consenso. Pues bien, de los grandes temas que señalaba el Consejero se ha podido llegar a un acuerdo en el tema de personal interino, en donde nosotros pedíamos su supresión, pero ante el acuerdo de que ningún nombramiento de interino sea por un plazo superior a un año, se ha llegado a un texto aceptado por todos. Así mismo, se ha llegado a un acuerdo en la representación de los funcionarios en los órganos de gobierno; a propuesta nuestra se ha elevado a nueve el número de representantes de los funcionarios, y a propuesta del Grupo Socialista se ha eliminado la Comisión de Personal y se ha sustituido por un Consejo de la Función Pública que trabaja en Comisión permanente, o en cualquier tipo de Comisión que organice en su seno, con representación de los funcionarios.

Debo decir también que en Ponencia se aceptaron prácticamente el noventa por cien de las enmiendas que presentó el Grupo Socialista, que mejoró notablemente el proyecto de Ley.

Finalmente, en el tema del desarrollo de la ley sindical de funcionarios, nosotros aceptamos retirar todo lo referente a Consejo Sindical de la Función Pública, pero a cambio de una transitoria, una adicional, en la cual en el plazo de seis meses de, después de la aprobación de la ley de libertad sindical de los funcionarios, se desarrollará todo aquello que sea competencia de la Comunidad Autónoma. Estos han sido los grandes temas de acuerdo.

Han existido temas de desacuerdo. En primer lugar, un tema puntual, que ha sido el de contratados administrativos. Así como en funcionarios interinos se ha llegado a acuerdo, no ha sido así en contratados administrativos, porque disentimos de la fecha a partir de la cual debe considerárseles dentro de la Función Pública a efectos de pruebas restringidas. Tampoco ha sido posible llegar a un acuerdo total en los temas de objetividad en la selección. Quedan varias enmiendas nuestras, en las cuales pedimos mayor objetividad, temas de concurso, valoración del concurso, puestos que deben ser cubiertos por concurso; porque, repito, retiramos todo lo referente al Instituto de la Función Pública, pero sin embargo, el espíritu que había detrás no ha sido totalmente retirado.

Queda, así mismo, una discrepancia en el tema de cuerpos. Nosotros pensábamos que ése no es un tema necesario, que nuestras filosofías, las de todos, coincidían en el aspecto de que no había por qué diferenciar, una vez que están establecidos los grupos y la relación de puestos de trabajo, que era una clasificación a efectos puramente estadísticos, de convocatoria de pruebas, pero que para hacer bien esa relación, que a nosotros no nos gusta tal como está en el proyecto, tal como ha quedado en el Dictamen, era preciso dedicar un tiempo que podía haber sido de tres meses para hacer ese proyecto de Ley. No ha sido así y ahí ha habido un desacuerdo.

Y, finalmente, y con esto entro ya en el tema de esta enmienda, hemos tenido un total desacuerdo en el tema estatutario. Nosotros creemos que esta ley, de ahí la enmienda número 1, no debía llamarse "de Ordenación de la Función Pública", sino Ley de la Función Pública. ¿Por qué? Porque consideramos que todos aquellos temas que han sido tratados en la Ley 30 pueden y deben ser tratados en esta Ley. Consideramos que el estudio de la adquisición y pérdida de la condición de funcionario, situaciones de los funcionarios, régimen disciplinario, etcétera, etcétera, pueden y deben ser recogidas en la Ley. No quiero, no quiero entrar, porque creo que sería ocioso en defender cada uno de los puntos del tema estatutario, creo que están agrupadas las enmiendas, porque no tiene razón de ser el entrar a hablar de los servicios especiales de los funcionarios, porque lo que se discute es algo más amplio, lo que se discute es si esos temas debían o no debían ser tratados en la Ley. Nosotros consideramos que pag. 1.346

sí debían ser tratados y mostramos nuestro desacuerdo porque no lo haya sido.

Resumiendo, pues, porque no quiero agotar el tiempo, resumiendo pues, creo que en la tramitación de la Ley yo me siento satisfecho, en nombre del Grupo Popular, de cómo ha ido; creo que todos debemos sentirnos satisfechos, porque se ha llegado al punto que políticamente es importante. Todo aquello en que las diferencias no eran de principio, sino que eran de visión parcial, de actuación de mejor o peor redacción, todo ello ha sido solventado. Han quedado, unos puntos en que claramente tenemos ideas discrepantes, ideas opuestas, lógicamente en un sistema democrático. Yo pienso que el trabajo realizado ha sido bueno, y que por lo menos, por lo menos, podemos tener la satisfacción de saber que hay unos puntos en los que coincidimos plenamente y en otros en los que no. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente, Señorías. Después de la brillante exposición y la inteligente defensa del Dictamen de la Comisión de Presidencia que ha realizado el Portavoz del Grupo Popular, poco queda por expresar a este Procurador que habla. Creo, realmente, que no hay defensa más encendida que pudiera hacer yo del proyecto de Ley que hoy se debate que la que ya he hecho el representante Popular, señor Posada.

Simplemente, reiterar que este esfuerzo que se ha realizado por todos los Grupos Parlamentarios presentes es elaborado favorablemente, por supuesto, por el Grupo Socialista, y que nuestro Grupo muestra satisfacción por la conclusión, en el día de hoy, de este importantísimo proyecto de Ley, con lo cual damos cumplimiento a un mandato estatutario y procedemos además a, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 30/84, a ordenar la Función Pública en nuestra Comunidad. Tema importante no sólo para nuestros funcionarios, no sólo para nuestra Administración, sino en general para todos los ciudadanos de nuestra Comunidad a la cual van dirigidos en suma los objetivos, los desvelos, de los distintos cuerpos de funcionarios.

Entendemos además que esta Ley se ha desarrollo en un plazo de tiempo razonable, que ha sido una Ley, efectivamente, muy ajustada, muy ponderada, siendo una de las primeras leyes de Función Pública que se aprueban en todo el territorio del Estado Español; es al tiempo una ley creo que un perfecta y que es una ley que se ha elaborado, como digo, prontamente, pero al tiempo con un profundo estudio y debate. Sin duda, la labor de Ponencia y Comisión ha contribuido a depurar todavía más y hacer, como digo, que esta ley pueda ser más asumida por todos los Grupos Parlamentarios de esta Cámara, que, como decía muy bien el señor Posada, estamos de acuerdo absolutamente en lo fundamental, aunque hay naturalmente discrepancias que yo entiendo accesorias.

Sin duda, la primera es, efectivamente, el tema de incluir los temas estatutarios. Aquí, por supuesto, hemos discrepado en Ponencia y Comisión el representante Popular y nosotros, y tiene esto una justificación. La Ley 30/84 regula solamente pequeños aspectos de temas estatutarios. Hay que tener en cuenta que el desarrollo estatutario es, con el artículo 149.1.18 de la Constitución, competencia exclusiva del Estado. Quiere decir que la Comunidad Autónoma sólo puede limitarse a reiterar, a reiterar los preceptos del Estado que están en vigor, bien sean los de la Ley 30/84, bien sean los todavía vigentes de la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado del año sesenta y cinco. Con un evidente problema, y es que, como bien saben Sus Señorías, hay ya una jurisprudencia reiterada por el Tribunal Constitucional que afirma que no es conveniente la reiteración de artículos, de textos literales, de leyes del Estado en leyes de Comunidades Autónomas; pues, entendíamos que no era conveniente en ese caso tampoco recoger temas tan ya claramente explicitados en la Ley 30/84.

Por otra parte, hay una serie de temas que ha hecho alusión Su Señoría, régimen disciplinario, en fin, etcétera, situaciones de funcionarios, que se mantiene ya vigente en la Ley Articulada de Funcionarios, Ley que está en proceso de revisión, y no tendría mayor sentido que en esta Cámara elaborásemos un nuevo articulado, recogiendo esos preceptos de la antigua Ley de Funcionarios, para que al cabo de unos pocos meses tengamos que retocar nuestra propia Ley para amoldarla a la nueva legislación del Estado. Creo que este contexto de renovación, de cambio, de los temas estatutarios es mucho más prudente la acción que se ha tomado aquí, que es soslayar el tema en todo lo que es soslayable, y remitimos como legislación supletoria, como no puede ser menos, por otra parte, a la legislación del Estado, tanto a la actualmente ya en absoluto vigor, totalmente renovada, como es lo recogido en la Ley 30/84, como lo que en su momento, a través de distintas leyes previo debate en la Comisión de Coordinación de la Función Pública del Estado, pues, vaya siendo elaborado por la Administración Pública y, por tanto, sea aplicable a las Comunidades Autónomas incluidas ésta.

Simplemente, para rematar mi intervención, reiterar, insisto, el hacer del Grupo Socialista en que esta Ley se debate hoy aquí, que con ello cerremos un cierto periodo no de indecisión, sino de interregno todavía en la legislación aplicable a los funcionarios, y de esta forma, que a raíz de ahora quede absolutamente medianamente claro cuál es la legislación aplicable y que no haya ninguna duda en su posible ejecución. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Posada Moreno.

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EL SEÑOR POSADA MORENO:

Señor Presidente. Yo temo que el señor Vela no ha comprendido bien mi intervención. En modo alguno he hecho una encendida defensa del dictamen, en modo alguno. He defendido la actitud que han tenido todos los Grupos, incluyo al Socialista, incluyo al Mixto, y pro supuesto incluyo al Grupo Popular, para buscar los acuerdos en aquellos puntos en que podían lograrse; pero las discrepancias que nosotros tenemos con esta Ley son fundamentales, no son accesorias en modo alguno. El hecho de que en ciertos puntos hayamos podido colaborar con otros Grupos a mejorar el proyecto enviado por la Junta no quiere decir que consideremos que hemos llegado a un acuerdo, ni muchísimo menos. Yo tengo que decir que esta Ley, como dije cuando se presentó la enmienda a la Totalidad, se basa en la Ley 30, que les recuerdo a Sus Señoría que Coalición Popular ha prometido cambiar totalmente cuando ganemos las elecciones, o sea, que eso ya es un punto inicial de discrepancia absoluta.

Punto segundo. Los temas que se han dejado fuera son unos tema s muy importantes y que a nosotros nos impiden dar el acuerdo a esta Ley. Por lo visto, vamos, por lo visto, porque es así reglamentariamente, no hay votación general; si la hubiera no podríamos decir sí a esta Ley en ningún caso.

Y en cuanto a la defensa que hace el señor Vela de que el tema estatutario no se trate, yo vuelvo a decir lo que he dicho siempre, es que no tiene consistencia. Porque decir que es que nosotros estamos ya amparados por la Ley del año sesenta y cuatro de Funcionarios, hombre, también existía el Fuero del Trabajo y ha habido que hacer la Ley de Libertad Sindical. O sea, que esto no nos sirve como argumento. La Ley 30 ya ha tratado una serie de temas estatuarios, ¿ por qué nosotros no podemos tratarlos? Otras Comunidades Autónomas, todos los proyectos, todas las leyes aprobadas hasta ahora mismo en las Comunidades Autónomas han tratado temas estatutarios. Nosotros somos la primera Comunidad Autónoma que aprueba una Ley de Función Pública, de Ordenación de la Función Pública, sin tratar el tema estatutario. Hay algunos proyectos, proyectos, que no lo contienen, pero todas las leyes aprobadas lo tratan, ¿por qué? O sea, que, insisto en que no puede decirse que este tema era un tema accesorio, ni que es un tema sin importancia. Es un tema crucial y nosotros tenemos que decir aquí, y supongo que provocará las mismas risas que ha provocado antes la otra afirmación, que si nosotros ganamos las elecciones en Castilla y León habrá una Ley de Función Pública en que se tratará el tema estatutario. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Gracias. Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente, Señorías. Bien, referente a la promesa del señor Posada, pues, en fin, de..., "quien viva lo verá"; desde luego, diremos aquí, lo de don Juan Tenorio: "cuan largo me lo fiáis"; es la impresión que tenemos desde los bancos del Grupo que apoya al actual Gobierno. En cualquier caso, respecto a su afirmación de que la futura Ley de Función Pública, en ese supuesto hipotético, que elaborarse el Grupo Popular abordase los temas estatutarios, insisto en recordar a Su Señoría que muy bien conoce el artículo 149.1.18 de la Constitución: "las competencias en materia estatutaria de Función Pública son competencia exclusiva del Estado", y de aquí no podemos regular más que lo que el Estado nos deje regular. ¿Qué quiere decir esto? Que no se debe hacer, repito, reiterar principios, reiterar artículos, de la legislación vigente del Estado y nada más que eso, y reitero, con la espada de Damocles en cierta manera, de que parte de esa legislación, que efectivamente como Su Señoría ha señalado, está ya obsoleta, se va a revisar en un plazo de breve tiempo, muy breve, perdón. entonces, en un plazo de tiempo, a lo mejor, de seis meses, un año, todo eso puede estar totalmente derogado, con lo cual resulta que una Ley recién hechecita habría que volver a revisarla, que sería una cosa creo que bastante poco inteligible tanto por esta Cámara como en general por los funcionarios. Que es una actitud mucho más prudente la que se ha adoptado aquí, que es la de remitirnos a la legislación del Estado, que siempre es de aplicación, que siempre es una legislación supletoria, y obviar estos temas. Que ese tema es baladí, en absoluto, por supuesto, pero que realmente es un tema que, repito, que es la actitud más prudente que se ha adoptado la que plantea el proyecto de Ley que ha presentado la Junta.

Y en cuanto a la defensa o no del texto del Dictamen, por supuesto, creo que sí que es importante señalar que, como síntoma del clima que se ha podido desarrollar de trabajo serio y de, digamos, coincidencia, ya que no se ha llegado a un pleno acuerdo en Comisión, es que de más de trescientas enmiendas presentas al proyecto de Ley original, pues, apenas llegan hoy a esta Cámara una veintena, salvo, justamente, las referentes al tema estatutario.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias.

Se someten a votación las enmiendas números 1, 73 a 110 del Grupo Parlamentario Popular que acaban de ser debatidas. Votos a favor de las enmiendas. Pueden sentarse, por favor. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y cinco. votos a favor: treinta. En contra: cuarenta y tres. Abstenciones: dos. Queda, por tanto, rechazadas las enmiendas números 1, y 73 a 110 del Grupo Parlamentario Popular.

Enmiendas números 1, 61 al 68, y 72 a 104 del señor Montoya Ramos. Para su defensa, tiene la palabra el señor Montoya Ramos.

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EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Cuando yo estando ausente con los miembros del Grupo Mixto esta mañana, después de pasarme muchas horas en esta Cámara, vi como se criticaba nuestra postura de estar ausentes de escuchar la erudita erudición de un Procurador, de esos Procuradores liberales que accedieron a esta Cámara con los votos conservadores, yo pensaba esta tarde replicar y lamentar la ausencia de casi la mitad del Grupo Parlamentario Popular en la votación de los primeros artículos de la enmienda. Pero no lo voy a hacer, porque la diferencia que hay entre los Procuradores liberales que accedieron con votos liberales y aquellos que accedieron con votos conservadores es justamente esa; aceptar y tener respeto a que los demás cuando no estuvieron en esta Cámara es porque habría algunas razones evidentes que se lo estaban impidiendo.

Hecha esta salvedad, yo quería simplemente defender la enmienda número 1 y 61 a 68, y 72 a 104, incluyendo además la 69, la 70 y la 71 que vienen después y que puedo considerar incluidas, que lo que tratan es simplemente de coincidir con el Grupo Popular en que en esta enmienda debiera incluirse el desarrollo estatutario de las mismas, en esta Ley, perdón. Yo he creído que la Ley era incompleta sin el desarrollo estatutario y, en ese sentido, pues, he tratado de incluir la serie de artículos que me parece eran necesarios y eran suficientes también para hacer el completo desarrollo de la Ley.

No se ha entendido así por el Grupo Socialista en la votación anterior, y supongo que no va a seguir entendiéndose tampoco así en la votación siguiente. En este sentido, yo me voy a abstener de hacer la defensa de este número importante de artículos, que lo único que hacen es desarrollar...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Silencio, por favor.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS: ...

. es desarrollar el estatuto de esta Ley, sin el cual a mí me parece que queda incompleta. Se nos ha dicho que los temas estatutarios son competencia exclusiva del Estado; si es así yo lo acepto, aunque no lo comparto, porque he visto y sé que hay otras Comunidades Autónomas que incluyen el estatuto en la propia Ley. En este sentido, a mí me parece que no cometemos ninguna ilegalidad en incluir ese estatuto; pero si es así, y los votos dirán que es así, aceptaré que ese estatuto no sea incluido.

En este sentido, mi defensa no va más allá que a tratar de entender que el estatuto debía englobarse dentro de la propia Ley, y que, si no, tendremos que esperar a ese desarrollo en materia estatutaria, que me parece que es una laguna muy importante que tiene la Ley y que es lástima que en esta oportunidad que tenemos de completar la misma no lo hagamos. Nada más y muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Señor Fuentes Hernández, tiene la palabra.


EL SEÑOR FUENTES HERNANDEZ:

Señor Presidente, muchas gracias por concederme el turno por alusiones a una alusión que yo...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

No. El Presidente no le ha concedido todavía la palabra para ninguna cosa especial, salvo para que usted exprese su deseo.


EL SEÑOR FUENTES HERNANDEZ:

Mi deseo es exclusivamente contestar en términos generales y no, por supuesto, a ninguna alusión que yo no he hecho en mi intervención, y el señor que ha tenido el uso de la palabra en su perfecto derecho, ha hecho una alusión directa y concreta a este Procurador, y en mi intervención no he formulado nada más...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Señor Fuentes Hernández. En distintas ocasiones he tenido ya la oportunidad de decir que hay que distinguir entre lo que es una citación y lo que es una alusión. Una alusión, en sentido reglamentario, no se ha producido en absoluto en este caso, por lo tanto, no tiene Su Señoría derecho a la palabra.


EL SEÑOR FUENTES HERNANDEZ:

Si el Presidente es tan amable, yo le rogaría que el que había llevado la Presidencia....


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

He dicho que no tiene usted derecho al uso de la palabra.


EL SEÑOR FUENTES HERNANDEZ:

Yo lamento que el Presidente se manifiesta en estos términos...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Le llamo al orden, señor fuentes Hernández.


EL SEÑOR FUENTES HERNANDEZ:

Le agradezco su llamada, pero en igual medida debería usted haber llamado anteriormente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Le llamo al orden por segunda vez.


EL SEÑOR FUENTES HERNANDEZ:

Muchísimas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. La verdad es que yo creo que en la intervención que ha hecho el señor Montoya, que evidentemente yo quiero reconocer desde aquí su trabajo, porque es una persona que tan sólo con un voto en esta Cámara ha elaborado un trabajo de una serie de enmiendas, numerosas, lo cual, en alguna medida, ha manifestado su preocupación por lo que pueda ser la situación del conjunto de los funcionarios de la Comunidad.

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Sin embargo, tengo que manifestar que, un poco en la explicación, puesto que ya mi compañero ha dejado fijada la posición de nuestro Grupo con respecto a estos temas estatutarios, por lo tanto no va a variar, tengo que decirle que, evidentemente, no es una cuestión de aceptar o no el que nos manifestemos de esta forma o de la otra, sino que, evidentemente, las competencias vienen ya establecidas en la Constitución, en nuestro propio Estatuto, y, por lo tanto, es una cuestión de aceptar ese contenido globalmente, o no aceptarlo; yo creo que la manifestación evidentemente del señor Montoya no iba por esta parte, sino que planteaba una duda.

En su enmienda, yo creo que, en la número 1, que hace referencia evidentemente a todo lo que es el paquete posterior, yo tengo que decirle que la afirmación que en ellas se hace, al querer sustituir el párrafo y que dice literalmente: "la Ley regula incluso los aspectos estatutarios de la Función Pública estableciendo los derechos y deberes de los funcionarios, para evitar la desprotección e indefensión de los funcionarios en la Administración de la Comunidad". Yo tengo que decirle en este aspecto, señor Montoya, que la afirmación ésta, pues, no es acertada a nuestro juicio por lo siguiente. En otras Comunidades, y Su Señoría ha hecho referencia a ello, dice que se regula. Lo único que hacen otras Comunidades es recoger la parte vigente, parte viva, del texto articulado de la Ley del sesenta y cuatro y reproducirlo; no entra en ello. No siquiera tampoco entra en la Ley 30, como se ha hecho en la afirmación por el señor Posada anteriormente; tampoco se regula en estos aspectos. Lo deja al tratamiento de una situación posterior que a lo largo de los debates en Ponencia y Comisión hemos tenido oportunidad de manejar a esos anteproyectos y, por lo tanto, vemos en ellos que se va a regular de forma inmediata estas situaciones y, por lo tanto, cambiará la situación, pero en ningún caso en estos momentos se puede hacer la afirmación de desprotección por parte de los funcionarios.

Yo tengo que decir con respecto al tema estatutario que nuestro Grupo, en su momento y en la Ponencia fue incluso casi a propuesta del Grupo Popular, planteamos el estudiar una posible adicional que salvara ese tema. En Comisión, este ofrecimiento lo hicimos, evidentemente, incluso dejando la posibilidad de si el Grupo Popular y el señor Montoya querían tratar algún aspecto que no era determinante o contenido dentro de los temas estatutarios, como podían ser situaciones que afectaban a los Procuradores, y me imagino que a lo largo del debate saldrá esta situación. nosotros, en ese aspecto, separamos perfectamente esta situación, y decíamos y ofrecíamos la posibilidad de que mediante una adicional en ese tema pudiéramos soslayar la situación de temas como las incompatibilidades, porque ya están reguladas , de temas como la situación de la pérdida o de la condición de funcionario, la adquisición y pérdida de la condición de funcionario, o temas como el de régimen disciplinario, porque esos temas, evidentemente, iban a venir reglados, iban a venir regulados ya, y, por lo tanto, podíamos incurrir en una situación un poco que no nos parecía conveniente, en el sentido de que cuando esta Ley se promulgara pudiera estar vigente la Ley que, los textos de ley que el Congreso de los Diputados y posteriormente el Senado van a debatir. En función de eso, evidentemente, lo hemos dejado, nuestra posición sigue siendo la que hemos manifestado, y, por lo tanto, mostramos nuestro rechazo a las enmiendas de los temas estatuarios.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Sí, evidentemente, yo decía en la exposición de motivos que la ley o en..., que debía sustituirse el párrafo que he señalado por otro en el que se hablaba de..., "estableciendo los derechos y deberes de los funcionarios, para evitar la desprotección e indefensión de los mismos de la Administración de la Comunidad". Es posible que haya por mi parte hasta un poco de exageración y hay que entender que con una ley los funcionarios, los derechos y deberes quedan protegidos. Bueno, yo entiendo que sí, que puede haber una exageración por parte mía. A mí me parecía, de todas formas, que los mismos quedarían más clarificados si incluíamos el estatuto.

Evidentemente, yo no podía inventar un estatuto nuevo que no estuviera dentro del marco de la legislación legal, y en este sentido yo he hecho un estatuto, o he presentado un serie de artículos que enmarcaban un estatuto incluido en la ley, que, evidentemente, están dentro del marco legal, que probablemente añaden muy poco, porque ya están en la legalidad, pero que a mí me parecía que no estaban de más y que así he visto como algunas Comunidades Autónomas, que tienen una ley que parece, o a lo menos a los funcionarios que yo he tenido la ocasión de consultar, les parece más perfecta, la incluían. En este sentido iba o va mí intervención de incluir este estatuto que, evidentemente, se puede luego desarrollar mediante otra ley u otra norma, del tipo que sea, de carácter estatutario; pero que a mí me parece que era muy importante ya que se hubiera incluido dentro de esta ley y que no destruía..., y no obstruía nada de la ley y que la completaba y que la hacía mejor. En una ley que, entiéndase por otra parte, y yo lo dije cuando aquí se debatió la enmienda a la Totalidad, yo admito los aspectos positivos que tiene la misma, yo los admití entonces y los sigo admitiendo ahora, o sea, que yo no me he opuesto frontalmente a esta ley. Lo único que he tratado es de perfeccionarla, de mejorarla, de completarla, evidentemente, repito, siempre dentro del marco legal, de algo que quizá yendo a todas las normativas existe ya, pero que yo creo que recogida en la ley, pues, en cierta forma recopilaba la legislación existente sobre la materia y añadía claridad a la misma y, por tanto, los funcionarios podían ya tener, a la vista de esta ley, pues, más claridad en lo que son sus derechos y lo que son sus obligaciones.

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Porque yo me he encontrado estos días, después de la aprobación en Comisión, con algunos funcionarios preguntándome, bueno, y la ley concretamente en qué aspectos nos da estas garantías o en qué aspecto nos sentimos englobados o protegidos dentro de la ley. Qué duda cabe que aspectos los hay, que razones existen, pero que, sin embargo, pues, muchas veces ya sabemos como una ley es una declaración de intenciones en la que muchas cosas quedan confusas, y los funcionarios que yo he tenido la ocasión de consultar querían que se hubieran clarificado de una forma mucho más concreta sus derechos y sus obligaciones. En este sentido, y no era otra mi intención, y, por supuesto, nunca lo era trasgredir la legislación vigente, sino que los estatutos, evidentemente, estaban dentro del marco legal. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Brevemente, y también por señalar que en aras de la brevedad del tiempo seguramente que algunas intervenciones las haremos desde el propio escaño; que los Grupos entiendan simplemente que es en aras a esa brevedad, porque hemos debatido esto demasiados días y suficientemente.

Con respecto a los temas estatutarios, yo tengo que decirle, señor Montoya, que respeto que su modelo sea la ley catalana, lo mismo que respeto que el Grupo Popular no esté de acuerdo con la Ley 30. El problema es que nosotros tenemos que regular la Función Pública, mejor dicho: ordenar la Función Pública con un texto que es base, que es la Ley 30; no tenemos otras competencias; a eso nos remitimos, eso es lo que hemos hecho. Nosotros nos consideramos plenamente satisfechos del trabajo, creo que ha habido aportaciones importantes por parte de todos los Grupos, y simplemente creemos que en el momento en que haya posibilidad, porque nos den esa potestad de regular algunos aspectos en los temas de régimen disciplinario y en otros que no quedarán suficientemente regulados, a todos los niveles, a nivel del Estado, esos temas se incorporarían, pero siempre y cuando esa posibilidad se dé. Hoy no tenemos otra y a eso nos remitirnos. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Se va a proceder a someter a votación las enmiendas números 1, 61 al 68, 72 al 104 del señor Montoya Ramos. La votación, en cambio de las enmiendas 69, 70 y 71, que el señor Montoya Ramos ha incluido en este paquete a efectos de su votación, la votación de las mismas vamos a dejarla para el momento en que le correspondan de acuerdo con el artículo al que afectan. Repito se someten, por tanto, a votación las enmiendas 1, 61 al 68, y 72 al 104. Votos a favor de las enmiendas. Pueden sentarse. Votos en contra. Pueden sentarse. Abstenciones. Pueden sentarse.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y ocho. A favor de la enmienda: dos. En contra: treinta y nueve. Abstenciones: veintisiete. Quedan por tanto, rechazadas las enmiendas que acaban de ser objeto de votación.

Artículo 2. Enmienda número 8 del señor Montoya Ramos. Para su defensa, tiene el señor Montoya Ramos un turno a su favor.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. La Enmienda número 8 al artículo 2 es bien sencilla y yo no voy a agotar el tiempo que, por parte del señor Presidente, se me ha dado para su defensa.

La Ley de Función Pública es una Ley de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Yo creo que la propia independencia de las Entidades Locales permite y exige que se respete en los términos de que los funcionarios de las Entidades Locales están sujetos a su propia legislación. Sin embargo, por parte de algunos funcionarios de la Administración Central, yo diría que un grupo numeroso y conocedores de su propia legislación, que se han dirigido a mi, han tenido interés en que se incluyera al personal al servicio de las Entidades Locales, evidentemente y como yo señalo en la enmienda, en los términos y con los limitaciones que contempla la legislación del Estado. Yo creo que de esta forma se salva esta posible intromisión en su independencia y al mismo tiempo, pues, se recogen aquellos puntos de la legislación de las Entidades Locales en la que se admite, en la que se admite, que ellos y subsidiariamente están sujetos a una legislación de ámbito superior que es la legislación del Estado. A mí me parece que ellos entienden que la legislación de la Comunidad Autónoma también debe incluir estos aspectos en aquellos casos en que son interrelacionables de alguna forma y que yo al hacerla de la forma que la he hecho entiendo que no se comete ninguna trasgresión ni a la independencia ni a la autonomía de las Entidades Locales, y, por tanto, de sus funcionarios, y tampoco a la legislación del Estado en la materia. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Brevemente, para decir que yo no dudo de las intenciones del señor Montoya, pero me tengo que atener a lo que dice su enmienda y lo que dice la propia justificación de la enmienda. En la justificación dice que "se trata de incluir el personal de la Administración Local en lo contemplado en la legislación del Estado". Por lo tanto, yo tengo que recordar que lo que hacemos es ordenar la Función Pública de la Comunidad; los funcionarios de Administración Local no son funcionarios propios de la Comunidad, por lo tanto, no tenemos por qué entrar en esa materia. y, simplemente, decirle que tampoco en este caso existe desprotección;

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en aquellas cuestiones que no estén suficientemente reguladas para la Función Pública, también, pero de la Administración Local, la legislación del Estado, y en este caso incluso la de la propia Comunidad si es que afecta a algo, entran con carácter supletorio. Por lo tanto, tampoco hay desprotección y, por lo tanto, al no ser funcionario de la Comunidad no creemos conveniente incluirlos, además de que estaríamos evidentemente, entrando en situaciones de autonomía local que no queremos transgredir.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Se procede a someter a votación la enmienda número 8 del señor Montoya Ramos. Votos a favor de la enmienda. Pueden sentarse. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones. Pueden sentarse.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y tres. Votos a favor de la enmienda: dos. Votos en contra: cuarenta. Abstenciones: treinta y uno. Queda, por tanto, rechazada la enmienda número 8 del señor Montoya Ramos.

Votación del artículo 2. Votos a favor del artículo. Pueden sentarse, por favor. Votos en contra del artículo. Abstenciones. Pueden sentarse.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y tres. Votos a favor: setenta y uno. Votos en contra: ninguno. Abstenciones: dos. Queda, por tanto, aprobado el artículo 2 de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión.

Artículo 8. Enmienda número 8 del señor de Fernando Alonso. Para su defensa, tiene la palabra el señor de Fernando...

Decae en su derecho de defender la enmienda número 8 el señor de Fernando.

Votación del artículo 8. Como observarán Sus Señorías, las votaciones se van a producir con mucha..., con una sucesión muy continuada. En consecuencia, yo les rogaría que tuvieran el cuidado de estar a la hora de la votación, porque desde la Mesa, realmente, es muy difícil el, si no es perdiendo mucho tiempo, garantizar que siempre se toque tres veces el timbre antes de la votación.

Repito, sometemos a votación el texto del Dictamen en relación con el artículo 8. Votos a favor. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y dos. Votos a favor: setenta y dos. Ninguna en contra. Abstenciones: ninguna. Queda, por tanto, aprobado el artículo 8 de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión.

Artículo 10. Enmienda número 4 del señor Nieto Noya. Para su defensa, tiene la palabra el señor Nieto Noya.


EL SEÑOR NIETO NOYA:

Señor Presidente, Señorías. En el apartado "p" del artículo 10 se atribuye a la Junta la facultad de establecer los requisitos y condiciones generales para el acceso a los puestos directivos de la Administración Autonómica. Yo propongo la supresión de este apartado por las siguientes razones.

La primera es su ambigüedad. En ninguna parte se define lo que se entiende por puestos directivos de la Administración Autonómica, y yo entiendo que no es buena técnica legislativa dejar conscientemente en la ambigüedad ningún precepto legal. El Portavoz del Grupo Socialista en Comisión precisaba que por puestos directivos no debían entenderse los que la Ley de Presupuestos califica como altos cargos, esto es, los Delegados Territoriales, Directivos Generales, o Consejeros; o, lo que es lo mismo, los llamados altos cargos serían cargos políticos y como tales quedarían excluidos del ámbito de una Ley de Función Pública.

Por el contrario, el Portavoz del citado Grupo entendía que se trataba de los jefes de servicio, de directores de residencias y de puestos parecidos. Sobre este supuesto, la ambigüedad continúa sin definirse y no se entiende por qué se atribuye esta facultad añadida a la Junta, una vez que se le ha atribuido la de aprobar las relaciones de puestos de trabajo en el mismo artículo, y a la vista de los datos que deben de contener las relaciones de puestos de trabajo que aparecen en el artículo 24 que acabamos de aprobar.

A la ambigüedad se añade, por tanto, la inutilidad. Es un apartado inútil, que no introduce nada nuevo a no ser que lo que se pretenda sea dejar un portillo abierto a la discrecionalidad; lo que no convenga poner en las relaciones de puestos de trabajo se deja para que la Junta lo resuelva a su aire, cuando y según quiera, en virtud de una amplia facultad genérica que puede utilizar a su arbitrio. Esto es lo que se llama un cheque en blanco.

Es, pues, inútil, pero si no es inútil sólo se justifica por y para la discrecionalidad, que también puede ser por y para la arbitrariedad. Apuntada esta línea de discurso avanzar por ella nos llevaría a conclusiones que yo estoy seguro de que ninguno de los presentes las asumiría abiertamente, llámense politización de la Función Pública, llámense desprofesionalización, llámense como se quiera. Y a mayor abundamiento aceptar estas conclusiones nos situaría, cuando menos, al borde de la inconstitucionalidad, nos situaría fuera de los principios constitucionales que deben presidir la ordenación de la Función Pública. Por todo ello, salvo que se demuestre que mi razonamiento es erróneo o que tiene alguna quiebra, lo procedente es suprimir este apartado, y yo así lo propongo, y repito, por ser ambiguo, por ser innecesario, o, en otro caso, por ser una posible fuente de arbitrariedad y, por ende, de dudosa constitucionalidad. Muchas gracias.

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EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente, Señorías. El señor Nieto Noya ha usado en su intervención dos líneas de argumentación diferentes. Una, que es comprensible pero que creo que no es justificable, que es la de afirmar que este párrafo de este artículo es innecesario.

En cuanto a la calificación de ambiguo, creo, realmente, quedó bastante claro y él mismo ha recogido en su intervención todo tipo de explicaciones que se le dieron por los Portavoces del Grupo Socialista en el trámite de Comisión. Creo, por lo tanto, no hay ninguna ambigüedad en el contenido de este párrafo del artículo 10. Está muy claro quienes son los puestos directivos. Son los puestos de dirección, como el nombre indica -no hace falta que insistamos en ello, la palabra lo indica-, dentro de la Administración, bien sean ocupados por personal funcionario o por personal laboral. El propio señor Nieto Noya ha citado casos, que se citaron a su vez en Comisión, que avalan esta interpretación.

Efectivamente, esto es únicamente una precisión más concreta de algo que, efectivamente, está recogido en el artículo 24.2 de esta Ley, y, en todo caso, podíamos entender la propuesta de supresión del señor Nieto Noya por decir que es redundante. Nosotros entendemos que está bien aquí en tanto en cuanto precisa y matiza que también los puestos directivos están acogidos al sistema general del artículo 24 de esta Ley. Lo que ya no entendemos (francamente, parece salir un poco del contexto), es cómo basado en esta primera piedra un tanto débil de ambiguo monta toda una pirámide invertida que le lleva de la discrecionalidad, la arbitrariedad, para acabar en la inconstitucionalidad. Yo lo siento, parece que esta construcción es un silogismo al revés, ha puesto una premisa menor, bastante débil, abajo y he tratado de deducir de ella premisa mayor, en la cumbre, y el señor Nieto Noya sabrá que una pirámide invertida es una figura geométrica bastante inestable y que se derrumba por sí sola. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Nieto Noya.


EL SEÑOR NIETO NOYA:

Muchas gracias, señor Presidente. Bueno, la intervención del señor Vela ha cumplido una de las funciones que yo pretendía con esta enmienda,. Por de pronto, está claro que no añade nada nuevo a lo que se dice en el artículo 24 sobre las características que han de reunir, con las que se han de definir los diferentes puestos de trabajo, y ha quedado definido que estos puestos directivos tienen que aparecer en las relaciones de puestos de trabajo, con lo cual, hecho esto, viene a confirmarme, en efecto, que es inútil este añadido, porque no dice nada nuevo, porque serán puestos de la Función Pública que tendrán que aparecer necesariamente en las relaciones de puestos de trabajo que aprueba la Junta.

Que se utilice con arbitrariedad o no este artículo es algo que el futuro nos dirá, si es que se aprueba este apartado. Pero lo cierto es que, no siendo necesario porque está en el artículo 24, alguna explicación tendrá que ser y, desde luego, usted no me ha dado ninguna que me haya convencido. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Señor Vela Santamaría, ¿desea consumir un turno? Muchas gracias.

Se somete a votación la enmienda número 4 del señor Nieto Noya al artículo 10. Votos a favor de la enmienda. Pueden sentarse, por favor. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y uno. A favor: veintiocho. En contra: cuarenta y dos. Abstenciones: una. Queda, por tanto, rechazada la enmienda número 4 del señor Nieto Noya.

Se somete a votación el texto del artículo 10 tal como aparece en el Dictamen de la Comisión. Votos a favor del artículo. Pueden sentarse. Votos en contra. Pueden sentarse. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y uno. Votos a favor: cuarenta y tres. Votos en contra: veintiocho. Abstenciones: ninguna. Queda, por tanto, aprobado el artículo 10 de acuerdo con el texto con el que aparece en el Dictamen de la Comisión.

Artículo 11. Enmienda número 21 del señor Montoya Ramos. Para su defensa, tiene la palabra el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. No concedo yo mismo demasiada importancia a la enmienda número 21, pero así y todo me parece que la tiene y un poco, y en este sentido, pues he querido mantenerla. Porque si bien en la Disposición Adicional Segunda dice que se procede a estructurar la Inspección General de Servicios de la Administración General de Castilla y León, y luego se dice que estará adscrita a la Dirección General de la Función Pública, la verdad es que se empieza a hablar de la Inspección General de Servicios antes de haber hablado de esa existencia de la Inspección General de Servicios. A mí me parece que debía venir en el artículado la creación de esa Inspección General de Servicios. El tema puede ser de no demasiada entidad, y evidentemente y lo admito, pero me parece que reglamentariamente estaría mejor que se hablara antes de que había que crear esa Inspección General de Servicios.

Y luego hay otro tema, en el cual yo tampoco hago demasiado hincapié, pero me parece que también tiene un poco de importancia, y es que la Inspección General de Servicios, ¿de quién tiene que depender? Según la Disposición

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Adicional Segunda se dice que estará adscrita a la Dirección General de la Función Pública. A mí me parece que la Inspección General de Servicios, por lo que tiene a veces de organismo o de órgano de arbitraje en algunas funciones, debiera ser un órgano que debía estar adscrito directamente al Consejero de Presidencia. Me parece que sería más lógico, porque la Dirección General de la función Pública, pues, entiende de todos los temas relacionados con los funcionarios y con la Función Pública, pero aquellos que, sin embargo, necesitan este arbitraje que yo señalo, o cualquier intervención de otro de otro tipo como lo hay de la Inspección General de Servicios, a mí me parece que sería más justo que tuviera otra dependencia aparte de la Dirección General, y sí dependiendo, evidentemente, del Consejero de Presidencia, lo cual no quiere decir que sea un órgano paralelo o un órgano que entra en conflicto con la Dirección General, sino que sea un órgano de inferior rango, evidentemente, a una Dirección General, pero que dependa directamente del Consejero de Presidencia.

Nada más este es el contenido que tiene la enmienda. Por una parte, llevar la creación de la Inspección al articulado y, por otra parte, variar la adscripción que tiene la misma. Nada más y muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente, Señorías. Nosotros también compartimos el criterio del señor Montoya de que su enmienda no tiene excesiva importancia. En fin, sentimos que en connivencia con este criterio le haya mantenido hasta este lugar, lo que es por supuesto su derecho, naturalmente.

Decir que la Inspección General de Servicios es perfectamente posible que se cree por decreto, sin más, y por decreto de la Junta puede ser creada o adscrita a cualquier otro centro directivo, a cualquier órgano de la Dirección de la Administración.

En cuanto al criterio de Su Señoría de que sea un órgano adscrito directamente al Consejero y, por tanto, inpendiente, en principio, a la Función Pública, me parece realmente que es un criterio poco adecuado. Creo, realmente, que la Inspección General de Servicios independiente de la Dirección General de la Función Pública es algo, realmente, que es absolutamente inválido e inútil.

Unicamente señalar a Su Señoría, para terminar, que la redacción de la Adicional Segunda, que muy bien recordó Su Señoría contempla la creación de la Inspección de Servicios, tienen una redacción similar a lo que es el caso de la Ley 30/84, donde la Inspección sí que se contempla precisamente en una Adicional, la Adicional Sexta. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Se procede a someter a votación.... Ruego a los señores Procuradores respeten la norma parlamentaria de que cuando la Presidencia anuncia una votación se abstengan de entrar en el Hemiciclo, porque de lo contrario obligarán a la Presidencia a, sencillamente, imponerles la obligación de salir nuevamente.

Se procede a someter a votación, repito, la enmienda número 21 del señor Montoya Ramos. Votos a favor de la enmienda. Pueden sentarse. Votos en contra. Pueden sentarse. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y seis. Votos a favor de la enmienda: uno. Votos en contra: cuarenta y uno. Abstenciones: veinticuatro. Queda, por tanto, rechazada la enmienda número 21 del señor Montoya Ramos.

Se somete a votación el artículo 11 de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión. Votos a favor del artículo 11. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y seis. Votos a favor: sesenta y cinco. Votos en contra: uno. Abstenciones: ninguna. Queda, por tanto, aprobado el artículo 11 de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión.

Artículo 12. Enmienda del señor de Fernando Alonso, enmienda número 10. Decae en su derecho de defender esta enmienda.

Se somete a votación el artículo 12 de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión. Votos a favor del artículo 12. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos a favor: sesenta y seis. Ninguno en contra. Ninguna abstención. Queda, por tanto, aprobado el artículo 12 de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión.

Artículo 13. Enmienda número 22 del señor Montoya Ramos. Para su defensa, tiene la palabra el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. La enmienda número 22 pretende la supresión del artículo 13. Y esta supresión que yo pretendo del artículo 13 la pretendo porque el artículo 13 me parece innecesario.

Cuando aquí hemos votado y hemos aceptado que no se incluye todo el régimen estatutario de los funcionarios por innecesario, yo me querría preguntar para qué nos sirve un artículo 13 que diga: "La Junta por decreto fijará las competencias en materia de personal no atribuidas a otros órganos en esta ley que correspondan a los Consejeros, Secretarios Generales y Director General de Función Pública, determinándose en su caso las que puedan delegarse en órganos inferiores". Hemos omitido la aprobación del estatuto, hemos omitido la inclusión del estatuto en esta ley, y, sin embargo, estamos ya previendo

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que va a haber lagunas, que va a haber omisiones, y que entonces va a haber que delegar competencias en materia de personal a otros órganos inferiores. Evidentemente, cuando haya, esas delegaciones previstas en la ley tengan que producirse, pues, evidentemente, se harán así, pero yo creo que no hace falta poner un artículo en que dice que la Junta y por decreto tiene que fijar esas competencias y esas delegaciones, porque yo creo que pensar desde este momento en esas delegaciones es tanto como pensar, pues, que hay muchas omisiones, que hay, bueno, lagunas, repito, en la Ley y que, entonces, pues, es algo así como decir que por si se ha olvidado algo, por si falta algo, eso entonces se hará por decreto. A mí me parece que es un artículo innecesario, y en ese sentido, y nada más por ello, pues, solicito la supresión del mismo.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

(Intervención sin micrófono).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Sí. Yo entiendo lo que me ha dicho el señor Bravo Solana, pero, hombre, yo en el estatuto, que no llegaba a cosas tan puntuales como los permisos para los fallecimientos de los familiares de primer grado, y, sin embargo, no se me ha aceptado, yo creo que pensar que hace falta un decreto para prever esas cosas tan puntuales, o digo, perdón, un artículo en la Ley para prever que mediante decreto se puedan hacer esas cosas tan puntuales me parece excesivo y en ese sentido yo pedía la supresión. Nada más, muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias.

Se somete a votación la enmienda número 22 del señor Montoya Ramos. Silencio, por favor. Votos a favor de la enmienda. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y seis. Votos a favor de la enmienda: uno. Votos en contra: sesenta y cuatro. Abstenciones: una. Queda, por tanto, rechazada la enmienda número 22 del señor Montoya Ramos.

Votación del artículo 13 según el texto del Dictamen de la Comisión. Votos a favor del artículo. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y siete. Votos a favor: sesenta y cinco. Votos en contra; uno. Abstenciones: una. Queda, por tanto, aprobado el artículo 13 de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión.

Artículo 16. Enmienda número 5 del señor Nieto Noya. para su defensa, tiene la palabra el señor Nieto Noya.


EL SEÑOR NIETO NOYA:

Señor Presidente, Señorías. En el artículo 16 se establece que dentro de los cuerpos de la Administración de Castilla y León, y en razón de las tareas o funciones -esto es lo que dice el Dictamen de la Comisión; el proyecto inicial decía "en razón de la mayor especialización de los mismos"-. existirán o podrán existir escalas. Mi propuesta consiste en suprimir este apartado segundo del artículo e incorporar el término "escalas" al apartado primero inmediatamente después de cuerpos, de forma que quedase "se agruparán por cuerpos y escalas en base a al titulación exigida", etcétera.

Con esta enmienda yo he pretendido únicamente, y prescindiendo ya de otras muchas consideraciones que, el hilo de lo que en el fondo de esta enmienda existe, pudieran hacerse, he pretendido, repito, aportar un poco de coherencia, quitar un poco de confusión, y simplificar un poco las cosas.

Digo aportar coherencia, porque el propio texto mencione en unos casos cuerpos o escalas, en otros cuerpos y escalas, lo que quiere decir que la escala es algo que se concibe como alternativa al cuerpo o como añadido al cuerpo, siempre como algo distinto, aunque tenga un tratamiento legar igual o similar. Las escalas son cuerpos con otra denominación, no cuerpos inferiores como se puede pensar desde ciertos complejos. Pero en ningún caso, salvo en Castilla-La Mancha y en este proyecto, las escalas son un cuerpo dentro de otro cuerpo; un grupo de funcionarios de un cuerpo segregados y diferenciados dentro del propio cuerpo. O sea, que o se modifican las expresiones "cuerpos y escalas" y "cuerpos o escalas", porque las escalas son cuerpo, o lo coherente es, desde mi punto de vista, modificar el texto en el sentido de mi enmienda.

Una segunda razón es suprimir confusión, porque el concepto de escala en la Administración del Estado, en su terminología tradicional y en la actual, no es el de este proyecto. Escala es lo mismo que cuerpo pero en el ámbito de los organismos autónomos, o escala es lo mismo que cuerpo pero referido a grupos de funcionarios no integrables en otros cuerpos establecidos; así en la Ley 30 alguno de cuyos artículos en los que se expresa este concepto tiene el carácter de legislación básica. Se trata, pues, sencillamente, de no marear a los funcionarios utilizando términos polisémicos, términos plurivalentes, que producen confusión.

Y la tercera razón es la de simplificar. Los funcionarios de los cuerpos tendrán un número de identificación del cuerpo y del funcionario dentro del cuerpo; los que además pertenezcan a una escala determinada dentro de un cuerpo tendrán que añadir al número identificación del cuerpo y de funcionario dentro del cuerpo alguna otra

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identificación de la escala y dentro de la escala como funcionario perteneciente a esa escala. Esto, desde mi punto de vista, son ganas de complicar las cosas, cuando lo más simple e inocuo hubiera sido crear tantos cuerpos como sean necesarios en razón de las diferentes funciones, o llamar a unos cuerpos y a otros escalas, éstas en razón, como se decía en el texto primitivo, de profesiones específicas y no como se dice en el Dictamen de la Comisión en razón de las tareas o funciones, que son las mismas razones que justifican la existencia de los cuerpos. Nada más, muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Nos alegra comprobar que, en el trámite de Comisión a Pleno, el señor Nieto Noya ha captado bastante bien lo que es el espíritu de la Ley. Sentimos que a pesar de que ahora lo ha comprendido, creo que, imagino, gracias a las explicaciones bastante abundantes que le dimos en Comisión, no comparta nuestro criterio y hable de que no hay simplificación y que no hay coherencia. Creo, realmente, y son los méritos de este proyecto muy grandes, hay que decirlo en voz alta, que simplificar los más de quinientos cuerpos de funcionarios todavía vivos en la Administración -muchos de los cuales han sido transferidos, funcionarios de ellos, a nuestra Comunidad-, en solamente ocho grandes cuerpos es una tarea de simplificación inmensa. No se puede decir que no hay simplificación y que no hay coherencia en este proyecto. Hay una gran simplificación, repito, de más de quinientos cuerpos a ocho solamente, cuatro de Administración General, cuatro de Administración Especial, y cada cuerpo, cada dos cuerpos, perdón, corresponden a un grupo de clasificación; por tanto, a un nivel de titulación.

Creo que en absoluto confunde el sentido en que aquí se habla de escalas. Creo que es precisamente en el párrafo 2 el sentido es completamente claro: "dentro de los cuerpos y en razón de las tareas o funciones podrán existir escalas"; simplemente es una calificación más añadida a la categoría del funcionario en su cuerpo respectivo. La clasificación básica, hay que tener en cuenta que en la concepción de esta Ley el término de cuerpo es un mero artilugio clasificador, puesto que está bien claro, bien patente en esta Ley que es imposible que ningún cuerpo de funcionarios patrimonialice funciones propias de la Administración; eso queda bien claro. Por tanto, en este sentido hay que dejar bien patente que las escalas únicamente son unas meras clasificaciones anejas a las de cuerpo y que indican una mayor especialización dentro de los cuerpos; en absoluto añaden confusión; ocho cuerpos, cuatro generales, cuatro especiales, y escalas dentro de algunos de ellos que se consideren oportunas. En el proyecto de Ley figuran algunas de estas escalas y, en cualquier caso, la creación de ellas será por ley, lo que, ya digo, nos garantiza contra la proliferación indiscriminada que, efectivamente Su Señoría, puede haber confusión de este tipo de situaciones meramente clasificatorias, insisto.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias.

Se somete a votación la enmienda número 5 del señor Nieto Noya. Votos a favor de la enmienda. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones... Señor Ares, estamos en votación. Le ruego que no se levante usted cuando estoy pidiendo votos a la Cámara.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y nueve. Votos a favor: veinticinco. Votos en contra: cuarenta y uno. Abstenciones: tres. Queda, por tanto, rechazada la enmienda número 5 del señor Nieto Noya.

Se somete a votación el artículo 16 de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión. Votos a favor del artículo. Tomen asiento, por favor. Silencio, por favor. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones. Gracias.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y nueve. Votos a favor: cuarenta y dos. Votos en contra: veinticinco. Abstenciones: dos. Queda, por tanto, aprobado el artículo 16 de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión.

Se agrupan las enmiendas números 36 y 37 del Grupo Popular, así como la número 105 del mismo Grupo, referida a la Disposición Adicional Tercera, en relación las dos primeras con los artículos 19 y 20. Para su defensa, tiene la palabra el señor Marcos Oteruelo.


EL SEÑOR MARCOS OTERUELO:

Señor Presidente, Señorías. Me propongo, como bien ha dicho el señor Presidente, defender en un bloque tres enmiendas: una al artículo 19, del Grupo Popular, otra al artículo 20 y otra a la Adicional Tercera, del mismo Grupo. Antes quiero decir que... subrayar una vez más, que en la línea del Portavoz principal de mi Grupo en esta sesión, quiero yo, por mi parte, decir también que ésta no es en absoluto nuestra Ley.

En segundo lugar, que tampoco me parece muy conveniente que nos arroguemos en esta sala exclusivas de liberalismo ni de ninguna otra cosa, porque a lo mejor habría que ponerse... yo me pondría en primera fila y además elegido por los votos del pueblo, no por ningún sector especial.

Creo que, cree nuestra enmienda que el artículo 19 debe suprimirse y el artículo 20 también, porque resultan innecesarios, son farragosos, contribuyen a crear confusión, no establecen en absoluto la claridad necesaria para que funcione nuestra Región burocráticamente de una manera eficaz. Creo que lo importante es atender a los grupos y a los puestos de trabajo, que en esa filosofía se mueve la Ley 30/84, y en ella, en ese espíritu debemos

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de seguir hasta que seamos capaces nosotros a tener aquí un proyecto de Ley serio y específico que regule tanto los cuerpos como las escalas.

Por lo tanto, proponemos que se supriman estos dos artículos, que se suprima también la Adicional Tercera y, en consecuencia, que la Junta de Castilla y León, en un plazo de un año que es el texto que nosotros proponemos para sustituir la suprimida Adicional Tercera, en el plazo de un año, presente ante esta Cámara un proyecto de Ley en el cual se regule debidamente todo lo referente a cuerpos y escalas en nuestra Región. Nada más, muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente, Señoría. Me asombra que el señor Marcos Oteruelo encuentre farragosa la clasificación de cuerpos que hace el presente proyecto de Ley. Yo me gustaría saber, cuando ese anunciado proyecto alternativo que se realizará cuando gobierne el Grupo Popular, cómo va a ser capaz de simplificar, reducir todavía estos ocho cuerpos; sinceramente, me gustaría verlo.

Creo que en absoluto son innecesarios, sino que, por el contrario, es dar cumplimiento imperativo a un mandato del artículo 11 de la Ley 30, que ordena taxativamente que "Las Comunidades Autónomas procederán a ordenar, mediante ley de sus respectivas Asambleas, su Función Pública propia. A estos efectos agrupará a sus funcionarios propios en los cuerpos, escalas y categorías que proceda". Es decir.......... artículos de esta Ley es dar cumplimiento estricto a un mandato imperativo del artículo 11 de la Ley 30, es un artículo además base, y creemos que prolongar durante un año la situación de una cierta indefinición en que pueden estar los funcionarios es realmente atentatorio, francamente, hacia estos funcionarios.. Tan pronto como la Junta dio posibilidad legal de ordenar esto, hace un estudio serio de lo que hay, hacer un texto legal que corresponda a la Ley 30 y que además, realmente, recoja la situación existente en la Administración lo ha hecho. Creemos, realmente, que no tiene ningún sentido el prolongar durante un año más, sin ninguna justificación, esa situación de interinidad que nos propone el Grupo Popular.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Marcos Oteruelo.


EL SEÑOR MARCOS OTERUELO:

Señor Presidente. Simplemente decir que, efectivamente, este texto es farragoso. Como prueba para demostrarlo invito a que se lea.

Segundo, el Grupo Popular, cuando traiga a esta Cámara su proyecto de Ley, seguro, con toda seguridad, señor Vela, traerá un articulado más inteligible y más claro.

Y en tercer lugar, la Ley 30/84 sí que ordena que se regule esta actividad, o este sector, sin embargo no dice en qué tiempo, en qué plazo, y, desde luego, no creo que quiera que sea con precipitación.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias.

Se someten a votación las enmiendas números 36 y 37 debatidas, en relación con los artículos 19 y 20, y la enmienda número 105 del Grupo Popular. Votos a favor de las enmiendas. Pueden sentarse. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y tres. Votos a favor: veintinueve. Votos en contra: cuarenta y uno. Abstenciones: tres. Quedan, por tanto, rechazadas las enmiendas que han sido objeto de votación.

Se someten a votación los artículos 19 y 20, así como la Adicional Tercera. Votos a favor. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento. Abstenciones. Gracias.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y tres. Votos a favor: cuarenta y dos. Votos en contra: veintinueve. Abstenciones: dos. Quedan, por tanto, aprobados los artículos 19 y 20, así como la Adicional Tercera, de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión.

Artículos 25 y 26 agrupados. Enmiendas números 46 y 47 del Grupo Parlamentario Popular. Para su defensa, tiene la palabra el señor Criado.


EL SEÑOR CRIADO ESCRIBANO:

Señor Presidente, Señorías. La enmienda que voy a defender no tiene ninguna carga política, pero pensamos que mejora sensiblemente la redacción propuesta en el proyecto de Ley.

La provisión de puestos de trabajo adscritos a funcionarios se deben de cumplir por concurso, como sistema normal de provisión, publicándose su convocatoria en el Boletín de Castilla y León, indicando los méritos exigidos en la convocatoria correspondiente.

En cuanto a los méritos preferentes, se consideran méritos preferentes la antigüedad, las titulaciones académicas, los cursos de promoción y perfeccionamiento superados en las escuelas de Administración Pública, y, en su caso, la valoración del trabajo desarrollado en los anteriores puestos ocupados, realizados mediante procedimientos que asegure la objetividad.

Para la valoración de los méritos se nombrarán comisiones de al menos tres funcionarios por procedimientos que garanticen la capacidad para la valoración de aquellos, la objetividad y la imparcialidad, y cuya composición será pública en el Boletín Oficial de Castilla y León".

Con esta enmienda, Señorías, se da prioridad a los méritos objetivables y menos importancia a aquellos que son más difíciles de cuantificar y, por tanto, se evita la

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discrecionalidad. Nosotros pensamos que precisamos más con esta enmienda que la claridad y transparencia en la provisión de estos puestos de trabajo, a la vez que garantizamos la finalidad o el espíritu de todo concurso. Por todo ello, solicito a Sus Señorías el voto afirmativo para esta enmienda. Nada más. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente, Señorías. Voy a responder a las enmiendas 46 y 47 del Grupo Popular, que hacen referencia a los temas de concurso, fundamentalmente, y además con una expresión muy simple. En este caso se trata de que la redacción del artículo del proyecto de Ley se ajusta exactamente, estrictamente, a la redacción del artículo 20, párrafo 1, de la Ley 30/84 que es base. Es decir, no podemos salirnos de este texto, que es un texto base, y además la dicción que plantea el Grupo Popular entra ya en un tema reglamentario, tema, realmente, en principio, que no procede incluir en la presente Ley, aparte, repito, que excede el marco establecido en el correspondiente artículo base de la Ley 30. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Criado.


EL SEÑOR CRIADO ESCRIBANO:

Nada más para reiterarme en las argumentaciones que he dado anteriormente, de cual se debe primar como méritos preferentes, y recordar a Sus Señorías que en el programa socialista, en cuanto se refiere que el Gobierno exigirá y garantizará la profesionalidad e imparcialidad pública de los funcionarios públicos, voy a leer, si ustedes me permiten, lo que dice: "el Gobierno establecerá una verdadera carrera administrativa. La promoción pasará a hacerse por concurso público de méritos, en los que se valorará la dedicación eficaz al servicio, la capacidad y la antigüedad, dejando de depender de la libre designación". Nada más, muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias.

Se somete a votación las enmiendas números 46 y 47..., perdón. Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente. Simplemente para señalar que, efectivamente, eso que plantea el señor Criado es lo que ha hecho el Gobierno de la Nación, el Grupo Socialista, con la Ley 30/84, y en cumplimiento de ella este Grupo Parlamentario y este Gobierno de esta Región ha hecho exactamente eso planteado: crear una carrera administrativa por primera vez en la Administración Española. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Gracias.

Se somete a votación las enmiendas 46 y 47 del Grupo Parlamentario Popular. Votos a favor de las enmiendas. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y siete. Votos a favor: treinta y cuatro. Votos en contra: cuarenta y uno. Abstenciones: dos. Quedan, por tanto, rechazadas las enmiendas números 46 y 47 del Grupo Parlamentario Popular.

En relación con los mismos artículos, 25 y 26, se mantienen también dos enmiendas, la 35 y la 36, del señor Montoya Ramos. Para su defensa, tiene la palabra el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Yo he mantenido estas enmiendas, números 35 y 36, por creer que en este caso éstas sí son más importantes que algunas que he defendido anteriormente, no tanto la 35 como la 36.

La 35 se trata de variar nada más una pequeña, un poco el texto tal como viene redactado. El texto dice "las titulaciones académicas, en su caso, y la antigüedad", y referido a que se considerarán como méritos preferentes los que se determinen, tal, los cursos de promoción, etcétera, "las titulaciones académicas, en su caso, y la antigüedad", termina el párrafo. Y yo digo que se ponga "las titulaciones académicas y la antigüedad", es decir, que las titulaciones académicas se tengan en cuenta siempre.

Ya sé que se me va a decir que hay muchas titulaciones académicas que nada afectan al normal desempeño del cargo que tiene el funcionario. De todas formas, me parece que el hecho de tener algún tipo de titulaciones académicas debiera ser siempre tenido en consideración, aunque no afecte directamente. Yo ya entiendo que para un ingeniero de montes, probablemente, ser licenciado en Filosofía y Letras vale muy poco, pero yo quiero pensar que vale algo y de esa forma, y que vale, pues, quizá tanto como los cursos de promoción y perfeccionamiento que superen en la Escuela de la Administración Pública, porque a lo mejor este ingeniero de Montes va a tener que estar resolviendo pocos expedientes administrativos, que va a ser lo que se le va a decir, se le va a explicar en la Escuela de Administración Pública, y, sin embargo, este título para este ingeniero de montes que va a estar fundamentalmente dedicado a labores técnicas sí que le va a hacer falta. En ese sentido, yo creo que las titulaciones académicas debieran ser tenidas en cuenta siempre.

Y sobre la enmienda número 36, me parece que es de mayor enjundia. Yo he pedido que se añada un largo párrafo al texto que viene en el artículo dictaminado por la Comisión. Yo creo que los puestos de jefe de negociado, de jefe de sección y de jefe de servicio deben ser unos puestos absolutamente inamovibles, como no sea mediante expediente administrativo, y esto debe decirse

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así. Porque yo creo que esto es tanto como garantizar la Administración Pública sobre el poder político. Yo creo que la Administración, se me va a decir probablemente, que yo lo entiendo como un bien patrimonial -no es eso aunque se pueda decir-, que aquí puede haber mucho de coorporativismo; tampoco es esto. Yo lo que creo es que la Administración Pública tiene que ser absolutamente independiente, y que tiene que haber un sistema para la provisión de puestos, y que tiene que haber, al mismo tiempo, un sistema que no debe ser otro que mediante expediente administrativo para la remoción de esos puestos, sobre todo cuando se trata de jefe de servicio para abajo. Cuando muchas veces hemos estado diciendo que hasta los Directores Generales en la Administración Central, he oído yo muchas veces antes, debían ser cargos administrativos y no políticos, yo creo que si no damos unas ciertas garantías a las personas que estén ocupando estos puestos se corre un grave peligro de politización de la Administración, y esto sería malo.

Y el artículo añade algo más. Dice que así como se señalan los méritos preferentes, lo que no se dice en ningún sitio es quién va a valorar esos méritos de los funcionarios. Y aquí, en el artículo, se añade un párrafo en el cual se dice que puede haber o que debe haber un sistema de evaluación continua del funcionario, mediante informes normalizados por los jefes superiores y que se tengan en cuenta cuando haya esta provisión de puestos mediante concurso o mediante libre designación; yo creo que debiera ser siempre y mejor mediante concurso, que no mediante libre designación. Y al mismo tiempo se prevé que debe reglamentarse unas juntas de méritos que son las que tienen que apreciar los baremos, los méritos de candidatos, conforme a un baremo, para llevar a cabo estos concursos. Quizá se trata de quitar unas atribuciones, aparentemente, a la Junta, a los Consejeros, a los Directores Generales, en base a mantener una independencia de la Función Pública que yo creo que es muy importante y en esto se debiera meditar mucho, porque los funcionarios deben de llevar a cabo su función con absoluta independencia de quienes llevan en aquel momento la responsabilidad política, sea cualesquiera quienes lleven a cabo esta misión, y sobre todo el funcionario debe estar protegido de que cualquiera que sea el color político del mismo sepa que aquello no se ha tenido en cuenta de ninguna forma, porque estas juntas de méritos, repito, estarán constituidas por unos miembros que gocen de la suficiente independencia. Nada más y muchas gracias...

Y simplemente quería contestar a una observación, que yo no sé si me ha sido dirigida a mí, en el sentido de que si alguien ha querido pretender que yo doy patente de liberalismo, están muy equivocados, porque yo creo que el liberalismo es algo abierto y que yo desearía que fuera asumido por todos los castellano-leoneses. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Señor Vela Santamaría tiene la palabra.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente, Señorías. Ciñéndonos a la enmienda del señor Montoya, decir simplemente que su valoración como mérito principal de la antigüedad nos parece un concepto tan antiguo como la propia enmienda o como el concepto de puesto de mando, que nos recuerda a épocas pretéritas, siento decirlo, que aparece en otras enmiendas del señor Montoya.

En cuanto al contenido profundo de su enmienda, simplemente decir que lo sentimos mucho, pero....... sabe de nuevo, insisto, el artículo 21 de la Ley 30/84 y comprobará que su redacción es opuesta a este artículo que insisto, como dije anteriormente, que es base.

Pero ya que se ha hecho alusiones a temas como politización, independencia de los funcionarios, etcétera, en el contexto de esta enmienda, señalar que precisamente esta Ley, el desarrollo y aplicación de la Ley 30, garantiza por primera vez a los funcionarios su independencia, como, entre otras garantías muy importantes, como son la consolidación del grado -el hecho de que un funcionario no pueda caer al ostracismo cuando pierde un puesto directivo, cosa que el señor Montoya conoce muy bien como experto funcionario-, o el tema de la movilidad del funcionario, el funcionario pueda ser trasladado de un sitio a otro, pero con unas garantías; garantías de mantenimiento del nivel y de la retribución, garantías que la Ley 30 recoge e igualmente el proyecto de Ley que hoy se debate. Por eso le digo, señor Montoya, que no tiene ningún sentido hablar aquí de politización de la Administración. Precisamente si una ley consagra no la independencia, sino realmente la politización, la no manipulación....... justamente esta Ley., y reitero a Su Señoría, como dije en su momento en Comisión, que no puede haber ninguna independencia absoluta de la Administración del Ejecutivo, puesto que el Gobierno de la Nación dirige la Administración; no hay ningún poder administrativo ni puede haberlo jamás. Si que habrá, por supuesto, un apoliticismo, tiene que haber por supuesto una profesionalización de la Administración, y reitero que esta Ley, la Ley 30, la garantiza por primera vez a los funcionarios. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Bueno, el señor Vela se ha excusado de lo que yo no le había acusado. Yo no he acusado a la Administración Socialista de politización de la Administración. Yo lo que he dicho es que este artículo puede permitir una politización de la Administración por el Grupo Socialista o por cualquier otro. Yo esto es lo que he querido decir y nada más que lo que he dicho. Yo no he acusado, no he hecho ninguna acusación. Si usted se ve, si Su Señoría se ve obligado a excusarse,

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pues, su excusa, quedará recogida en esta Cámara; yo no he hecho la acusación.

Segundo, se me ha metido, lo mismo que en Comisión, por cosas anecdóticas. Ya se dijo en Comisión -y yo iba a hacer alusión a ello, pero me he querido pasar pensando que a lo mejor hoy no se me hablaba-, cuando, evidentemente, hay un puesto, hay una cosa que está mal puesta, lo de puesto de mando: yo podía haber puesto puestos directivos, puestos de responsabilidad, está mal hecho lo de puesto de mando. En la Comisión ya se me dijo que si yo quería militarizar a los funcionarios. Nada más lejos de mi espíritu, de entender los puestos de mando con un estilo fascista, sino yo lo que he querido decir es un puesto de responsabilidad, de mando en el buen sentido de la palabra, que creo que también la palabra mando puede tenerla.

En ese sentido, ya que se me habló de militarizar a los funcionarios, yo quiero decir una cosa. Piense, señor Vela, como un funcionario, si no se encuentra protegido, en eso que se me llamó también en la Comisión, del poder administrativo que yo quería crear, sino se encuentra protegido, fíjese y ya..., hable, vea la diferencia que existe con el ejército. Imagínese un funcionario al lado de un militar; un funcionario que va escalando sucesivos puestos administrativos y que, sin embargo, por la libre disposición de la Administración que rige la Comunidad Autónoma, socialista o la que usted quiera, ese funcionario puede ser bajado del puesto que ha ido escalando a lo largo de los tiempos al más ínfimo, es decir, el equivalente de un coronel que ha llegado a coronel y que, bueno, o que sus cualidades no se lo permiten debe ser degradado a sargento, o si quiere usted a teniente que es con el puesto con que salió de la Academia. Esto puede suceder con los funcionarios si en cierta forma no se da una garantía a que, para acceder a unos puestos de jefes de sección, sea preciso pasar antes por un jefe de negociado, o a un jefe de servicio antes por un jefe de sección, etcétera, y que tenga unas garantías de permanecer en ese puesto mientras esté cumpliendo fielmente y eficazmente su misión; o sea, que ese... quitarle de ese puesto no se produzca por una decisión arbitraria o no, pero en cualquier caso discrecional, y no sería preferible que ese puesto, sin embargo, o que ese funcionario de ese puesto no fuera removido más que porque el cumplimiento de las funciones encomendadas al mismo no se cumplieran y entonces fuera necesario proceder a realizar o a hacerle ese expediente administrativo de que yo hablaba. Nada más y muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente, Señorías. Curiosamente el señor Montoya, después de declarar que los puestos de mando tienen una connotación militar, él ha seguido su comparación precisamente aludiendo a la escala jerárquica del ejército. No se quien, digamos, habrá entendido mal el sentido de su propuesta, francamente.

Insistir de nuevo al señor Montoya que aquí hay una garantía muy firme en esta Ley, igual que en la Ley 30, precisamente para el funcionario, que es justamente de que se consolida el nivel, a partir de unas condiciones que están establecidas en la Ley 30 y recogidas aquí de nuevo; se consolida el nivel, con lo cual no es posible degradar, por supuesto, a un coronel a sargento ni a cabo, a lo mejor a capitán, siguiendo aquí la terminología del señor Montoya. Lo que sí que, además, quería decir es que este concepto de inamovilidad en el puesto, pues, igual no tiene nada que ver con la de que la Administración es un bien patrimonial de los funcionarios, pero a mi criterio sí que se parece mucho.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Gracias.

Se someten a votación las enmiendas números 35 y 36, en relación con los artículos 25 y 26, del señor Montoya Ramos. Votos a favor de las enmiendas. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y seis. Votos a favor: veintitrés. Votos en contra: cuarenta y dos. Abstenciones: una. Quedan, por tanto, rechazadas las enmiendas que acaban de ser sometidas a votación.

También en relación con los artículos 25 y 26 se mantienen las enmiendas números 17 y 18 del señor de Fernando Alonso. Para su defensa, tiene la palabra el señor de Fernando Alonso.


EL SEÑOR DE FERNANDO ALONSO:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Son dos enmiendas distintas y voy a defender más la segunda que la primera, porque la primera la explicación que doy es suficiente; es supresión del apartado b) del artículo 27, párrafo 1, donde habla de libre designación. Yo, que en mi intervención en el debate de la Totalidad, ya dije que esto era una mala copia de la Ley de Reforma Urgente de la Función Pública, voy viendo, a través de todos los articulados de la Ley, que cuando conviene se dice que se copia la Ley, y, por tanto no se puede modificar como en este caso; en otros casos se modifica la ley y se cambia la palabra autorizar por informar. Este párrafo concreto que yo digo que se quite de la Ley es una copia de la Ley 30/84, pero entiendo una mala copia, porque habla de libre designación del Consejero correspondiente en vez de hacer un baremo objetivo de lo que debe ser el acceso a la Función Pública. Por tanto, en la primera enmienda es supresión total para que lo que haya es un baremo objetivo y nunca libre designación entre lo que a uno le parezca que debe concurrir.

En la segunda enmienda, entiendo que es más importante quitar el párrafo 2, porque siendo partidarios

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como somos del libre acceso a todas las Administraciones Públicas de todos los funcionarios, tanto de otras Comunidades como de la Administración Local, como del Estado, pero en todas las direcciones, no solamente que accedan a la Comunidad de Castilla y León los de otras Administraciones Públicas. Debe suprimirse porque consideramos vejatorio las condiciones que se ponen de hacer un cursillo especial; especial ¿para qué?, para hacer la discriminación que queramos. Entendemos que todo funcionario, sea de Administración Local, Administración Autónoma de Castilla y León, de otras Comunidades Autónomas, o del Estado, está en condiciones de desempeñar la misma función en aquella Administración Pública a la que vaya. No obstante, y hasta que el consejo coordinador de Administraciones Públicas se pronuncie, entendemos que esto no debe figurar en la Ley y mucho menos con la cortapisa de los cursos de perfeccionamiento. Debe suprimirse ese párrafo; somos partidarios de que a la Comunidad de Castilla y León puedan concurrir todos los funcionarios de todas las Comunidades, de la Administración Local, y del Estado, pero a su vez los funcionarios de esta Comunidad puedan acceder a todas las comunidades, puedan acceder a la Administración Local, o puedan acceder al Estado. Indudablemente, nunca con cortapisas de cursos de perfeccionamiento, que puede ser un método para decir éste que se lo merece en el curso me lo cargo y no le admito porque no me es simpático. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Bien. La verdad es que, don Daniel de Fernando, yo creo que ve usted cosas que aquí no pone. Son todo situaciones que no sé si porque se han dado antes piensan que van a continuar ahora, pero la verdad es que nosotros estamos planteando un modelo de Función Pública nuevo, y que..., con unos suficientes controles que antes no existían como para que haya transparencia. Por lo tanto, yo le diría a usted que esta afirmación que usted hace de que es un engaño en la Función Pública lo de la libre designación con convocatoria pública, yo le diré que esto, cuando menos, es novedoso, cuando menos novedoso; hasta ahora no existía, y, por lo tanto, me parece que, bueno, su enmienda al suprimir esto yo creo que lo que pretende es que no haya esa libre designación, pero, sin embargo, en la justificación que usted hace es decir bueno, yo la acepto si hay un baremo. Bien, proponga, en todo caso para que la enmienda pueda ser tramitada, ese baremo y a lo mejor lo hubiéramos podido asumir, pero, evidentemente, hay una contradicción entre lo que usted plantea y su intención.

En la segunda enmienda de usted, cuando dice suprimir el apartado, nosotros le tenemos que decir en este aspecto que no hay en absoluto ninguna cortapisa. Está absolutamente clara en la ley la posibilidad de la movilidad de los funcionarios de unas Administraciones a otras y sabemos en qué forma, las Comunidades entre ellas; pero lo que sí que estamos viendo es que, posiblemente, la ordenación o los que tienen alguna otra competencia distinta a la nuestra para ordenar algunos aspectos de la Función Pública puedan no coincidir algunos aspectos de formación con los nuestros. Simplemente decimos que en algunos casos podrá exigírseles que pasen unos cursos de perfeccionamiento, simplemente para que inmediatamente se adapten a la situación administrativa que tenemos en la Comunidad; por lo tanto, ninguna cortapisa. En todo caso, creo que es una cuestión que como formación y reciclaje, por tanto, para el funcionario siempre que será por él bien recibido.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor de Fernando Alonso.


EL SEÑOR DE FERNANDO ALONSO:

Sí, señor Presidente, gracias. Unicamente decirle, en cuanto a la primera enmienda, que si hubiese hecho un estatuto a la Función Pública no habría esos problemas. Yo no digo y no tengo que dar el baremo, el baremo siempre es objetivo. Los méritos preferentes que dicen anteriormente, en el párrafo anterior, y la libre designación pueden no ser objetivos. Por eso digo que se suprima, y en el desarrollo de la ley y cuando hagan la convocatoria convocarán con baremos objetivos.

En cuanto al segundo tema, usted dice que hay plena transferencia de funcionarios. Pregúnteles a los veterinarios y a los médicos de Castilla y León si pueden concurrir al País Vasco; pregúnteles a cualquier funcionario de la Administración Local si va a aceptar esto de un cursillo de perfeccionamiento que le podrán decir... después que usted con la categoría de técnicos que tenía en la Diputación de tal provincia, puede ir como técnico, pero haga un curso de perfeccionamiento y ahora me lo quito de en medio en el curso. Si valió como técnico para hacer la oposición vale como técnico aquí, no necesita ningún cursillo, señor Bravo. Eso es lo que digo, quitándolo quedará igual que todas las demás Comunidades y cuando salga la norma del Consejo coordinador, que tendrá que salir, de todas las Comunidades Autónomas nuestros funcionarios estarán igual que los demás; mientras tanto, no están en las mismas condiciones.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Se procede a someter a votación las enmiendas números 17 y 18 del señor de Fernando Alonso. Votos a favor de las enmiendas. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones. Gracias.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y siete. Votos a favor: veinticuatro. Votos en contra: treinta y nueve. Abstenciones: cuatro. Quedan, por tanto, rechazadas las enmiendas números 17 y 18 del señor de Fernando Alonso.

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En relación, también, con el artículo 26 se mantiene la enmienda número 8 del señor Nieto Noya. Para su defensa, tiene la palabra el señor Nieto Noya.


EL SEÑOR NIETO NOYA:

Señor Presidente, Señorías. El apartado 2 del artículo 26 exige, como acabamos de oír, la realización de cursos de perfeccionamiento, los cursos de perfeccionamiento que se estime oportuno, para incorporarse a la Comunidad Autónoma a los funcionarios procedentes de otras Administraciones Públicas. Lo mejor de este apartado, desde mi punto de vista, es el "podrá", porque quiere decir que no existe la obligación de imponer la celebración de esos cursos. Pero de la misma forma que este "podrá" abre esa posibilidad de que se lesionen derechos de los funcionarios, de que no se respete el principio constitucional de igualdad y no discriminación. Este atentado puede producirse al abrir la posibilidad legal de exigirle la celebración de estos cursos de perfeccionamiento que se estime oportuno. Entiendo yo que, una vez incorporados, los funcionarios no deben someterse a ningún trato desigual; si no reúnen las condiciones para participar en las convocatorias públicas no deben ser admitidos, pero una vez seleccionados e incorporados imponerles exigencias específicas es discriminatorio. A mayor abundamiento, la decisión de exigirle esos cursos, la estimación de la oportunidad de obligarle a hacer esos cursos, no está atribuida a nadie en particular, y la reserva reglamentaria se refiere exclusivamente a la forma, lo que ni siquiera garantiza la objetividad en la estimación, ni la adecuación del contenido de los cursos. En suma, mi opinión es que todas las exigencias específicas para los funcionarios de otras Administraciones, todos los requisitos han de ser previos.

Es verdad que yo menciono en mi texto que reglamentariamente se pueden poner requisitos específicos, siempre son requisitos previos, y en esto, por lo demás, no hago más que repetir lo que en el artículo 24, apartado 3, se dice al referirse a las relaciones de puestos de trabajo, en las que allí se precisa que las relaciones de puestos de trabajo deberán de incluir los requisitos que deben reunir los funcionarios de otras Administraciones Públicas para acceder a dichos puestos.

Pero yo digo requisitos específicos, ¿por qué razón? Porque, dada la previsible variedad de tratamientos diferentes de la Función Pública en todo lo que no sea legislación básica, puede ocurrir que las titulaciones, las características específicas de los cuerpos, las condiciones de acceso a ellos, tanto en las Administraciones Autonómicas como en las Corporaciones Locales, requieran que precisamente, para hacer respetar el principio de igualdad en determinadas circunstancias a determinados grupos de funcionarios, se les debieran exigir requisitos derivados de su situación concreta que permitan homologarlos con los demás funcionarios, con las condiciones generales del conjunto de funcionarios que puedan participar en la convocatoria, y esos requisitos exigibles a grupos singulares de funcionarios estarían establecidos reglamentariamente y no en función de una estimación o de una decisión de un órgano administrativo indeterminado.

Y, por último, en mi texto se añade una referencia expresa al respecto de los derechos constitucionales y estatutarios de los funcionarios, referencia que si, por su carácter genérico, ofrece en si misma pocas garantías, al menos quiere ser la expresión explícita de que no se trata en ningún caso de requisitos discriminatorios ni arbitrarios, y un recordatorio de tales derechos al órgano que dicte el Reglamento. Piensen, Señorías, que en esta materia, especialmente en esta materia, la discrecionalidad debe reducirse a los límites mínimos indispensables, y aún en estos casos límites deben usarse las mayores cautelas para evitar el abuso, que puede darse objetivamente, aún sin intencionalidad culpable, desde un punto de vista subjetivo. Algún ejemplo acabamos de conocerlo al leer que el Tribunal Supremo ha reconocido derechos de funcionarios docentes destinados en Cataluña y anular disposiciones administrativas que le imponían obligaciones improcedentes. No dejemos, pues, en nuestra ley puertas abiertas al abuso, no demos facilidades para el abuso, aunque éste pudiera producirse con la mejor intención. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Simplemente decir que la potestad de la formación de sus funcionarios la tiene la Comunidad y la ejerce. Y en cuanto a, aquí, a la segunda parte, yo tengo que recordar que hemos sido nosotros los que han reforzado las competencias dentro del órgano de la Función Pública y, por lo tanto, ahí van a tener que informar materias relacionadas con todas las cuestiones de empleo de los funcionarios; por lo tanto, no veo yo donde está el tema que Su Señoría señala.

Y, finalmente, decir que, en cuanto a la parte final, de que, bueno, de alguna forma no se pueda trasgredir los derechos constitucionales y estatutarios de la persona, yo creo que el Defensor del Pueblo sigue funcionando.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias.

Se procede a someter a votación la enmienda número 8 del señor Nieto Noya. Votos a favor de la enmienda. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y uno. Votos a favor de la enmienda: veintiuno. Votos en contra: cuarenta. Abstenciones: ninguna. Queda, por tanto, rechazada la enmienda número 8 del señor Nieto Noya.

Votación ahora de los artículos 25 y 26 de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión. Votos a favor. Señor de Fernando, vota a favor o en contra. Gracias, tomen asiento. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones.

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Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y tres. Votos a favor: cuarenta y dos. En contra: veintiuno. Abstenciones: ninguna. Quedan, por tanto, aprobados los artículos 25 y 26 según el texto del Dictamen de la Comisión.

Artículos 33 y 51. Enmiendas números 56 del Grupo Parlamentario Popular, y número 4 del señor Aparicio Pérez. Para su defensa, tiene la palabra el señor Aparicio Pérez.


EL SEÑOR APARICIO PEREZ:

Buenas tardes, señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Brevemente, dentro del estilo que ya va siendo común a lo largo de este debate, para hablar de un tema que considero fundamental y que nuestro Grupo también ha considerado importante, como se desprende de la existencia de una enmienda propia del Grupo.

El tema de promoción interna, tal y como lo ha planteado el Grupo Popular, obedece a dos principios. Un primer principio, claro, de establecer una garantía de promoción interna como tal. En términos estrictamente conceptuales creo que existe unanimidad, al menos debo entender que los pros y los contras de la existencia de una promoción interna los valoró suficientemente incluso el propio Grupo Socialista, puesto que tuvo reflejo en su propio programa.

Ciertamente, en un segundo aspecto práctico de realismo...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Silencio, por favor, silencio por favor.


EL SEÑOR APARICIO PEREZ:

Hablaba de un segundo principio, un principio que podíamos calificar de realismo político. Ciertamente, tenemos la Administración Regional que tenemos y esto no es una perogrullada; no es la que quisiéramos tener, es la que se ha obtenido tanto en base a un proceso de transferencias como en base a un proceso iniciado desde la propia Junta de Castilla y León.

En consecuencia, creo que es importante que exista promoción interna en orden a la mejora de la propia Administración Regional, y creo que es importante, si se desea -ésa es la cuestión de fondo-, si por parte del Grupo Socialista se desea que exista promoción interna, que no haya un mero principio de voluntariedad, una declaración de principios como es el "podrá reservarse hasta un cincuenta por ciento de plazas para promoción interna", sino que exista un mínimo real de garantía. La cifra, ciertamente, es una cifra, si se quiere, aleatoria. En este caso, la propuesta de este Procurador es de un veinticinco por ciento; pero, en cualquier caso, si se desea, insisto, si existe voluntad de garantizar la promoción interna, debe fijarse una cifra.

Sé las dificultades que se van a imputar respecto a este tema: la inexistencia de funcionarios que reúnan las condiciones para acceder a la promoción interna; pero también no es menos cierto que si no existe esa garantía difícilmente puede crearse el estímulo en los funcionarios para que mejoren, para que realmente esta clase administrativa, esta Administración que tenemos mejore.

Creo, en consecuencia, que los pros y los contras, de alguna forma, ya fueron valorados, insisto, por el propio Grupo Socialista, puesto que se llegaron a introducir su propio programa. En consecuencia, el objeto de esta enmienda es conceder una oportunidad a esta Cámara, a las Cortes de Castilla y León, para conseguir que la promoción interna no sea una cuestión de voluntad, variable lógica, de cada gobierno autonómico, sino que de una vez, y en uso de sus propias atribuciones, mediante la ley, la propia Cámara establezca ese mínimo de garantía, ese mínimo de seguridad en la existencia de una promoción interna. Si el proyecto sigue adelante con su redacción original, con la redacción de Comisión, no podemos engañarnos, va a quedar a la libre voluntad de cada gobierno, de cada gobierno autonómico. Si hoy la Cámara adopta una decisión tendente al establecimiento de un mínimo de garantía, creo que es importante, queda salvaguardada la promoción interna.

Por último, añadir que esta postura, defendida por mí personalmente con el respaldo de mi Grupo y defendida también por algún otro Procurador enmendante, tiene grandes coincidencias con esos planteamientos de quienes plantean enmiendas. Lo que ciertamente no coincide con quienes plantean enmiendas análogas es en un uso agresivo de las convicciones políticas. Jamás este Procurador ha hecho uso agresivo de ningún principio, ni de principios de liberalismo, ni de principios de catalanismo, ni de ningún otro tipo de principios. Creo que ésa es una diferencia fundamental respecto a otras enmiendas que pudieran ser coincidentes y que valoramos en su justa y exacta medida. Nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Simplemente, recordar que la promoción interna ha sido un Gobierno Socialista quien la pone en marcha; por lo tanto, yo creo que se manifiesta una voluntad de que eso exista.

En cuanto al porcentaje, yo tengo que decirle que tengo tres enmiendas que dicen prácticamente lo mismo, y las tres con problemas. La de usted dice un veinticinco por ciento; hay otra del señor Montoya Ramos, que como los argumentos son los mismos ya me refiero a ella, que habla del veinte por ciento; y además una de su propio Grupo que dice, bueno, el veinticinco por ciento si existieran funcionarios del Grupo inferior con titulación; o sea, son todas con problemas. En cualquier caso, poner una cantidad como mínimo no va a salvar absolutamente nada. Nosotros seguimos manifestando la voluntad de que exista esa promoción interna, y, por lo tanto, no limitar en mínimos ni el porcentaje que se saque.

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EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Aparicio Pérez.


EL SEÑOR APARICIO PEREZ:

Bueno, pues, muy brevemente, decir que precisamente se trata de saltar de eso, que es encomiable, que es una voluntad de promoción interna, que efectivamente como tal voluntad queda plasmada tanto en este texto de Ley como en la propia Ley 30/84, de la cual sinceramente lo que lamento es que esta Ley no sea más que un simple remedio, una simple extensión, y voy a decirlo, dentro de sus cortas posibilidades. Y decir también que, por supuesto, la Ley no es el reglamento de desarrollo. Para mí, tal como lo ofrecí en Comisión, existía una posibilidad de transacción en cuanto a la cifra. Para mí el objetivo importante no era llegar ni a veinte, ni a veinticinco, ni a quince, era llegar a un aquilatar, a un garantizar, un salvaguardar la promoción interna mediante el establecimiento de un mínimo de garantías, y pienso que, por supuesto, cualquier otra dificultad es salvable a través del lógico reglamento de desarrollo de lo que es la Ley. No confundamos ley y reglamento.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias.

Se someten a votación las enmiendas números 56 del Grupo Parlamentario Popular, y número 4 del señor Aparicio Pérez, en relación con el artículo 51. Votos a favor de las enmiendas. Pueden sentarse, por favor. Votos en contra. Gracias, pueden sentarse. Abstenciones. Gracias.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y uno. Votos a favor: veintiuno. Votos en contra: treinta y nueve. Abstenciones: una. Quedan, por tanto, rechazadas las dos enmiendas que acaban de ser sometidas a votación.

Han sido retiradas por el señor Montoya Ramos las enmiendas, sus enmiendas números 56 y 57, en relación con el artículo 51. Por tanto, pasamos a someter a votación, agrupados, los artículos 33 y 51, de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión. Votos a favor de los artículos 33 y 51. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y uno. Votos a favor: cuarenta. Votos en contra: veintiuno. Abstenciones: ninguna. Quedan, por tanto, aprobados los artículo 33 y 51 de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión.

Artículo 43. Enmienda número 63 del Grupo Parlamentario Popular. Para su defensa, tiene la palabra el señor Posada Moreno.


EL SEÑOR POSADA MORENO:

Señor Presidente. El Grupo Popular retira esta enmienda.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Al ser retirada la enmienda..., manténganse en sus asientos Señorías, por favor. Al ser retirada la enmienda, pasamos a someter directamente a votación, puesto que no se conserva ninguna otra relación con este artículo, el artículo 43. Votos a favor del artículo 43. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y uno. Votos a favor: sesenta y uno. Ninguno en contra. Y ninguna abstención. Queda, por tanto, aprobado el artículo 43 según el texto del Dictamen de la Comisión.

Artículo 48. Enmiendas números 52 y 54 del señor Montoya Ramos. Tiene la palabra el señor Montoya Ramos para su defensa. Decae, consecuentemente, en su derecho.

Enmienda número 66 del Grupo Parlamentario Popular. En turno a favor, tiene la palabra el señor Saborit.


EL SEÑOR SABORIT MARTINEZ-POLANCO:

Señor Presidente, Señorías. La enmienda que brevemente paso a exponer, para conocimiento y debate de este Pleno, afecta al apartado 5 del antiguo artículo 51, hoy 48, del Dictamen de la Comisión de Presidencia, y se refiere a los grados superiores a alcanzar por los funcionarios a los que afecta esta Ley dentro del intervalo que a su cuerpo corresponde.

En el texto del proyecto de Ley remitido por la Junta a estas Cortes se dice que estos grados podrán ser alcanzados mediante la superación de cursos de formación específicos u otros requisitos que se determinarán reglamentariamente. Creemos que redactado este apartado de la misma forma no se garantiza de manera inequívoca que estos funcionarios vayan a alcanzar estos grados superiores, y que, en todo caso y a nuestro juicio, queda muy imprecisa la forma de poder lograrlo, ya que incluso al hablar de unos requisitos que no se determinan y que parece puedan sustituir a los expresados cursos de formación específicos, se propone, por tanto, una enmienda de sustitución a la totalidad del párrafo, que contiene factores ciertamente objetivos tales como antigüedad en el desempeño de la Función Pública, conocimientos adquiridos a través de títulos académicos, y la realización de cursos de formación para funcionarios. Creemos sinceramente que antigüedad, titulación y formación continuada son verdaderos factores objetivos básicos que deben de figurar en esta Ley. Podrían, desde luego, incorporarse alguno o algunos más en el desarrollo del reglamento de la Ley, pero la inclusión de los tres citados lo consideramos, indudablemente, innecesario.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente, Señorías. Indicar al señor Saborit que, por supuesto,

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naturalmente que la antigüedad es un mérito que sale computado como cualquier otro mérito. De todas las maneras nos llama la atención que en las intervenciones del Grupo Popular haya tanta insistencia en el tema de la antigüedad como mérito para acceder a puestos superiores, a niveles superiores dentro del mismo cuerpo. Entendemos, realmente, que esta insistencia corresponde a una etapa, sin duda, anterior de concepción de la Administración, en que la carrera era únicamente por antigüedad, por veteranía, por tiempo desgastando el asiento; creemos que esto realmente no es un buen criterio para una Administración, que hay que analizar criterios de renovación, de actitudes personales, de deseos de progresar, de perfeccionarse, y recordaría al señor Saborit, que ha intervenido anteriormente, que la redacción que presenta el proyecto de Ley es absolutamente exacta con la que presenta el artículo 21, en su párrafo 1, apartado f) de la Ley 30/84, apartado que es base. Naturalmente, entendemos que, bueno, es un deseo del Grupo Popular el enmendar este tipo de artículo de esta Ley, pero hay unas limitaciones legales que hay que cumplir, hay una Ley de Bases que está ahí, que la Ley 30, y deben de tener muy claro, aunque mantengan sus enmiendas, que todo lo que suponga el salirse del marco de la Ley de Bases, no podemos seguirles por ese camino. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Saborit.


EL SEÑOR SABORIT MARTINEZ-POLANCO:

Simplemente, Señorías, que me resultaba difícil que pudiera cambiarse el criterio del señor Vela una sola semana. Renuncio, por tanto, a mi turno de réplica. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Se procede a someter a votación la enmienda número 66 del Grupo Parlamentario Popular. Votos a favor de la enmienda. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y tres. Votos a favor: veinticuatro. Votos en contra: treinta y ocho. Abstenciones: una. Queda, por tanto, rechazada la enmienda número 66 del Grupo Parlamentario Popular.

Se somete a continuación a votación el artículo 48 según el texto del Dictamen de la Comisión. Votos a favor del artículo. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y tres. Votos a favor: treinta y ocho. Votos en contra: veinticuatro. Abstenciones: una. Queda, por tanto, aprobado el artículo 48 según el texto del Dictamen de la Comisión.

Ruego a Sus Señorías se mantengan en el asiento, porque la enmienda número 59 del señor Montoya Ramos ha sido retirada. Consecuentemente, al no quedar ninguna enmienda afectando al artículo 55, vamos a proceder a someter directamente este artículo a votación. Votos a favor del artículo 55. Tomen asiento. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y tres. Votos a favor: sesenta y dos. Votos en contra: ninguno. Abstenciones: una. Queda, por tanto, aprobado el artículo 55 según el texto del Dictamen de la Comisión.

Pasamos a los artículo 57, 58, 59, agrupados. Enmiendas números 69, 70 y 71 del señor Montoya Ramos. Para su defensa, tiene la palabra el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Las di por defendidas en mi primera intervención.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Efectivamente. Lo que ocurre es que no estoy utilizando el mismo esquema con el que comenzó la sesión y no tenía la anotación hecha en este segundo esquema.

Así las cosas, pasamos, o vamos a pasar, dando dos minutos, vamos a pasar a la votación de las enmiendas, y a continuación de los artículos correspondientes.

Se procede a someter a votación las enmiendas números 69, 70 y 71 del señor Montoya Ramos. Votos a favor de las enmiendas. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones. Pueden sentarse.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y ocho. Votos a favor de la enmienda: uno. Votos en contra: treinta y nueve. Abstenciones: veintiocho. Quedan, por tanto, rechazadas las enmiendas 69, 70 y 71 del señor Montoya Ramos.

Se someten, a continuación, a votación los artículos 57, 58 y 59, según el texto del Dictamen de la Comisión. Votos a favor. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y ocho. A favor: sesenta y seis. En contra: ninguno. Abstenciones: dos. Quedan, por tanto, aprobados los artículos 57, 58 y 59, según el texto del Dictamen de la Comisión.

Pasamos a la Disposición Adicional Tercera. Recordarán ustedes que esta Disposición Adicional ya se sometió a votación de la Cámara, pero tengo que confesar que por un error de la Presidencia, porque al haberse agrupado para su debate una de las enmiendas que afectaban a la Disposición Adicional, una de las enmiendas presentada justamente por el Grupo Popular, esta Presidencia no tuvo en cuenta que había otras dos enmiendas que afectaban también a esta Disposición Adicional, de manera que si los proponentes de las correspondientes enmiendas desean hacer la defensa ante el

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Pleno de esas enmiendas, parece que están en su pleno derecho de hacerlo. Las dos enmiendas a las que me refiero son una enmienda del señor Montoya Ramos y otra enmienda del señor de Fernando Alonso; las enmiendas 105 y 107 del señor Montoya Ramos, y la enmienda 26 del señor de Fernando Alonso. ¿Desean mantener su derecho a defender la enmienda? Tiene la palabra el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Yo quiero pedir perdón a la Presidencia por quizá esta alteración que hemos producido el señor de Fernando y yo mismo.

Estas enmiendas, 105 y 107, pretenden que esta Adicional Tercera fuera suprimida. Pretende que sea suprimida porque, aunque aquí se trata de hacer una calificación de cuerpos y escalas, ya en la Comisión se puso de manifiesto que había algunos errores que fueron corregidos en la propia Comisión. Y a mí me sigue quedando una duda de si todos estos cuerpos y escalas que se suprimen, y para integrarles en otros, pues, verdaderamente, están bien o están mal suprimidos. Me ha parecido que este tema, así como se ha querido dejar el estatuto para una disposición posterior, debía haberse dejado también la calificación de cuerpos y escalas para una calificación posterior y hecha con más rigor.

Porque ya en la enmienda mía, que traigo a continuación, en la 107, se incluyen también unos funcionarios, que no sé siquiera si son funcionarios, los Secretarios de la Junta de Protección de Menores, que tienen algunas características de funcionarios, no tienen otras; sin embargo, han sido transferidos, están haciendo funciones de Secretarios y no tienen el estatus de funcionarios. En este sentido, yo, por una parte, pido en las dos enmiendas que defiendo que debían considerarse alternativas; pido, por una parte, la supresión de este artículo no por otra causa, repito, que porque puede haber omisiones que luego van a resultar muy difíciles de resolver. Y la segunda enmienda, suponiendo que va a ir adelante la no supresión para ver si se puede considerar o clarificar el tema de los Secretarios de la Junta de Protección de Menores que, repito, siendo por una parte personal o personas nombradas libremente y que en lugar de tener unas asignaciones periódicas, parece que sí que tienen estas asignaciones periódicas pero en concepto de gastos de representación, no de sueldo, sin embargo luego están haciendo resolución de expedientes administrativos. Nada más y muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Silencio, por favor. Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Si me permite la Presidencia, no he entendido bien si también en el turno del señor Montoya defendía la de don Daniel de Fernando, la enmienda...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

No, señor Bravo Solana. Defendía únicamente sus propias enmiendas. Luego intervendrá el señor de Fernando Alonso para defender la suya.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Muchas gracias, señor Presidente. Bien, en cuanto a la enmienda número 105, que pide la supresión de la Adicional Tercera, en coherencia con lo que estamos defendiendo hasta ahora lógicamente debemos mantenerla. Y en la enmienda 107, tenemos que decirle lo que ya en Comisión manifestamos: no puede en modo alguno tratar el tema, esta Cámara, en este proyecto de Ley evidentemente, de los Secretarios de la Junta de Protección de Menores, porque no son funcionarios, no ya de la Comunidad, de ninguna Administración Pública; por lo tanto, no es posible ordenarlos al no ser funcionarios. Entonces, entendemos que, bueno, la situación que padecen y que podemos compartir la inquietud de Su Señoría, el tratamiento tendría que ser distinto; pero, desde luego la equiparación como funcionarios de la Comunidad no es posible. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. ¿Desea consumir un turno, señor Montoya? Muchas gracias.

Se procede a someter a votación las enmiendas números 105 y 107 del señor Montoya Ramos a la Disposición Adicional Tercera. Votos a favor de las enmiendas. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones. Tomen asiento, por favor.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta. Votos a favor: uno. Votos en contra: treinta y nueve. Abstenciones: treinta. Quedan, por lo tanto, rechazadas las enmiendas 105 y 107 del señor Montoya Ramos.

Enmienda número 26 del señor de Fernando Alonso. Tiene la palabra el señor de Fernando Alonso para su defensa.


EL SEÑOR DE FERNANDO ALONSO:

Señor Presidente, Señorías. Pocas veces sube uno a esta tribuna convencido, como ahora, de que viene a defender una causa justa, aún sabiendo, aún sabiendo, que la Junta tiene graves problemas para solucionar el tema.

Desde el año ochenta y uno, en que sale la Ley 8/81, de veintiuno de Abril, se equipara a los monitores de Extensión Agraria con los maestros de taller de enseñanza profesional. Posteriormente, en el año ochenta y dos, se les quita de ahí, todo el mundo les da la razón, incluso puedo leer textualmente lo que el diecinueve de Noviembre de mil novecientos ochenta y tres decía el Ministerio de la Presidencia, a una contestación hecha por el Diputado en Cortes del C.D.S. Agustín Rodríguez Sahagún, que "un número muy importante de los miembros de aquella que aún carecían de dicha regulación se seguirán reuniendo los requisitos precisos en un plazo de tiempo relativamente corto, y se hará posible la aplicación a los monitores de la Ley tantas veces mencionada". Es decir,

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en el año ochenta y tres decía la Presidencia del Gobierno que les quedaba un tiempo relativamente corto para que aquellos monitores que no teniendo la titulación adecuada la consiguiesen, pasarían todos a tener el mismo grado que tenían los maestros de taller reconocidos en la Ley 8/81. Después de dos años, Noviembre del ochenta y tres a Diciembre del ochenta y cinco, todos los monitores tienen la titulación que actualmente se exige.

Pero esta Ley de la Función Pública, al ser copia y mala de la Ley de Reforma Urgente, vuelve a reconocerlas un grado inferior. Yo, por tanto, pido que se les cambie de posición o, en el peor de los casos, que se haga como se ha hecho con los agentes de Extensión Agraria. Entiendo que si desde el Gobierno Central, desde Presidencia del Gobierno, se les da la razón, desde la Junta me consta que hay escritos dirigidos al Ministerio correspondiente del Gobierno Central para que se le aplique, y hay interés por todos, el que vayan reflejados en el punto "g", creo que lo único que puede hacer es perjudicarles a un colectivo de unos cincuenta trabajadores, cincuenta, cincuenta y tres, que actualmente trabajan en esta Comunidad Autónoma. Yo, por tanto, pido que se les, es lo que es mi enmienda, que se les suba al grado anterior y con eso quedaría solucionado. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Señor Presidente, Señorías. Manifestar que nosotros compartimos también la inquietud de don Daniel de Fernando con respecto a estos colectivos, pero también manifestar a la vez que ese colectivo no ha sido transferido de esta forma y, por lo tanto, la razón que parece ser que en una respuesta parlamentaria se daba a la reivindicación, por otra parte ya larga, de estos colectivos, pues, bueno, no es posible en estos momentos asumirla; sí, evidentemente y en eso está la Junta, de hacer valer esa situación de cara a que si hay ese reconocimiento eso también se manifiesta en la transferencia. Porque ahora mismo lo que se plantea, evidentemente, es una reclasificación, que no sabemos si hay alguna más, posiblemente hay algún cuerpo que también plantee este problema, pero lo que sí que hay en estos momentos, de aceptar esta enmienda, es una situación presupuestaria, y es que no habría dotación para cubrir la reclasificación, aproximadamente habría que incluir en el Capítulo I alrededor de los doscientos millones de pesetas para atender esta reclasificación.

Por lo tanto, tenemos que decir que en lo que concierne a su inclusión en la forma que se pretende con la enmienda no es posible aceptarla. En lo que concierne al problema estamos absolutamente convencidos de que hay que buscar la solución y en esa línea se está trabajando, y evidentemente ofertamos la misma salida que se dio a la enmienda del señor Montoya, y es de que no se produce ninguna situación extraña porque no vengan recogidos aquí, y lo que sí aceptaríamos es que tanto en el caso de los agentes de economía doméstica como de los monitores de Extensión Agraria desaparecerían del apartado "g" si están de acuerdo Sus Señorías.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor de Fernando Alonso.


EL SEÑOR DE FERNANDO ALONSO:

Señor Presidente. Si al ser una enmienda transaccional del Grupo Socialista es aceptada por el Grupo Popular, yo aceptaría como fórmula transaccional. Ya he dicho que las graves dificultades que la Junta tenía, aunque la voluntad expresada a través de las cartas era arreglar su situación, dado el problema presupuestario que crearía. Si el Grupo Popular está de acuerdo yo aceptaría la fórmula transaccional de que desapareciesen, no incluyendo en ningún sitio de momento a los monitores de Extensión Agraria y los agentes de Economía Doméstica. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Señor Posada Moreno, por el Grupo Popular.


EL SEÑOR POSADA MORENO:

Señor Presidente. Por parte del Grupo Popular se admite esa enmienda transaccional, pero se emplaza, lógicamente, a la Junta a resolver un problema que aunque no tiene una dimensión muy grande por el número de personas, sí es grave para ese colectivo.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Sí. Intervengo para dejar clara una cuestión. Es voluntad de la Junta resolver este tema; pero no es un tema exclusivo de esta Comunidad, es un tema de ámbito nacional, que, por lo tanto, tiene que resolverse a nivel estatal para que tenga repercusión en las Comunidades.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias.

Se somete, entonces, a votación la enmienda número 26 del señor de Fernando Alonso, como enmienda..., más que la enmienda 26 del señor de Fernando Alonso, la enmienda transaccional tal como ha sido aceptada por los tres Grupos como reglamentariamente se exige. Votos a favor de la enmienda transaccional. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y cinco. Votos a favor de la enmienda transaccional: setenta y cinco. En contra: ninguno. Abstenciones: ninguna. Queda, por tanto, aprobada la enmienda transaccional.

Con la incorporación de esa enmienda transaccional, se somete ahora a votación la Disposición Adicional Tercera. Votos a favor de la Disposición Adicional Tercera. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones.

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Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y cinco. Votos a favor: cuarenta y tres. Votos en contra: treinta y dos. Abstenciones: ninguna. Queda, por tanto, aprobada la Disposición Adicional Tercera, según el texto del Dictamen de la Comisión con la incorporación de la disposición transaccional que se acaba de aprobar.

Disposición Transitoria Tercera. Votos particulares del Grupo Parlamentario Socialista presentados al Dictamen de la Comisión, propugnando la vuelta al texto del Informe de la Ponencia, en lo referente a la enmienda número 111 del Grupo Parlamentario Popular a la Disposición Transitoria Tercera del Proyecto de Ley, y en lo referente a la enmienda de supresión "in voce", conexa con ésta, introducida en la Exposición de Motivos. En turno a favor, tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Bien, en la Comisión, el debate, cuestión que creo que no sería bueno repetir porque quedaron suficientemente aclarados los conceptos, al mantener nuestra oposición a la valoración del conjunto del expediente administrativo, ya manifestábamos que, evidentemente, no se podrían recoger situaciones tan a la ligera como podría significar situaciones anteriores que no tendrían nada que ver, verdaderamente, con la carrera como funcionario, a lo largo del período de funcionario.

En ese sentido, dejamos claramente nuestra postura, y la verdad que nos hemos preocupado incluso de ver la motivación, puesto que también en la propia Comisión se nos planteaba por el Grupo Popular el tema, del por qué la fecha del primero de Enero de mil novecientos ochenta y cinco. Nos hemos tomado la molestia de ver todos los Boletines del Congreso y los Boletines del Senado, y tengo que decir que con respecto a la Transitoria Séptima, que es donde está en la Ley 30, ningún Grupo Parlamentario en el Congreso presentó enmienda al respecto, y en el Senado hay una enmienda que hace alguna matización sobre la Transitoria, de un Senador del Grupo Popular, y hay también la petición de supresión por parte del Portavoz del Grupo Popular. Sin embargo, tampoco hemos podido saber cual era la petición, en realidad, de esta fecha, dado que en Pleno, y antes de proceder a su discusión, esta enmienda fue retirada por el propio Portavoz.

Nosotros tampoco queremos evitar el que pudiera existir la necesidad de una valoración objetiva sobre el tema, y tratando, evidentemente, de conjugar ambas situaciones, nosotros lo que ofertamos como enmienda transaccional sería sustituir el apartado incluido con el número 4 por el apartado que figura con el número 2 en la propia Ley 30 o en la Ley, mejor dicho, de la Comunidad de Castilla-La Mancha. Ese apartado 2 lo ofertamos, que textualmente dice lo siguiente: "El funcionario que se considere perjudicado en la asignación de su grado personal podrá solicitar la revisión de la asignación conforme a criterios objetivos, basados en el tiempo de servicios prestados a su cuerpo o escala y, en su caso, en los de la Administración de origen, y el nivel de los puestos desempeñados a lo largo de su vida administrativa". Creemos que puede recoger perfectamente la filosofía de los dos Grupos y de esta forma, bueno, retiraríamos, evidentemente,nuestro voto particular.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Posada Moreno.


EL SEÑOR POSADA MORENO:

Señor Presidente. En efecto, constatamos en Comisión que la argumentación que entonces dimos y que no voy a repetir aquí, de alguna forma hacía recapacitar y reflexionar al Grupo Socialista que comprendía que aquí había un tema que había que resolver. La inclusión de este párrafo, en nuestro caso, nos parecía que aclaraba todo, pero no era -y lo dijimos allí también-, una inclusión cerrada, no defendemos, no defendíamos cada palabra de este párrafo. Lo que se defendía era el espíritu de que un funcionario que ha tenido una historia anterior al primero de Enero del ochenta y cinco no se le puede decir que la tire por la borda y que eso no cuenta para nada.

Precisamente, en la Ley de Castilla-La Mancha se recoge ese párrafo que a nosotros nos parece que recoge claramente ya el espíritu de la Ley. Con eso, en un recurso administrativo y en un contencioso administrativo hay una clara base para poder dictaminar sobre toda la vida del funcionario en esas condiciones, y movidos por el afán precisamente de resolver este problema, nosotros aceptamos la transaccional que propone el Portavoz del Grupo Socialista.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

: ¿Acepta esa transaccional el Grupo Mixto? De acuerdo. ¿Desea consumir algún turno el Grupo Socialista?

Vamos a proceder a someter a votación, en primer lugar, la enmienda transaccional y luego la propia Disposición Transitoria Tercera.

Se somete a votación la enmienda transaccional. Votos a favor. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y tres. Votos a favor: setenta y tres. Ninguno en contra. Ninguna abstención. Queda, por tanto, aprobada la enmienda transaccional.

Se somete a votación la Disposición Transitoria Tercera. Votos a favor. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y tres. A favor: setenta y tres. Ninguno en contra. Ninguna abstención. Queda, por tanto, aprobada la Disposición Transitoria Tercera, a la que se incorpora la enmienda transaccional que acaba de aprobarse.

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Disposición Transitoria Cuarta. Enmienda número 112 del Grupo Parlamentario Popular. Tiene la palabra el señor Ares para su defensa.


EL SEÑOR ARES MARTIN:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Nuestra Enmienda a la Transitoria Cuarta de la Ley de Ordenación de la Función Pública, en el párrafo 2, el cual dice "el personal al servicio de la Administración de Castilla y León que a la entrada en vigor de esta Ley estuviera vinculado con dicha Administración en virtud de contrato administrativo de colaboración temporal, o nombramiento interino que hubiera sido formalizado con anterioridad al veinticuatro de Agosto del ochenta y cuatro, podrá participar en las pruebas selectivas que se convoquen para el acceso a ésta en la forma que se establece en esta Disposición y que reglamentariamente se determine". Nuestra enmienda pide que sea modificado donde dice "formalizado con anterioridad al veinticuatro de Agosto del ochenta y cuatro" por "formalizado con anterioridad al quince de Marzo de mil novecientos ochenta y cuatro".

Nuestra justificación decimos que es en concordancia con lo dispuesto en el punto 4 de la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 30/84, que dice: "los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas podrán convocar pruebas específicas para el personal que al amparo de lo establecido en disposiciones de carácter general, promulgadas por las correspondientes Comunidades Autónomas, tuviésemos con anterioridad al quince de Marzo de mil novecientos ochenta y cuatro condición de contratados administrativos en expectativa de acceso a su respectiva función pública. Se consideran incluidos en el presente precepto los contratados mediante convocatoria pública con anterioridad al quince de Marzo de mil novecientos ochenta y cuatro".

Como ya dijimos en esta Cámara, el trece de este mismo mes, en estos momentos hay un recurso contencioso-administrativo en el cual, precisamente, incurre, porque realmente la diferencia del quince de Marzo del ochenta y cuatro al veinticuatro de Agosto del ochenta y cuatro es muy poco tiempo, pero es que durante este tiempo, por orden de doce de Julio del ochenta y cuatro, se hizo una contratación de personal administrativo que en estos momentos, en estos momentos, puede ser declarada ilegal. y yo me pregunto: si el recurso declarase ilegal la contratación del personal administrativo, ¿daríamos facilidades extraordinarias a una serie de personas que los tribunales habrían dicho que su contratación no habría sido conforme a derecho? Y me pregunto una cosa más: ¿por qué el Partido Socialista, que en esta Cámara ha venido diciendo que la Ley de Ordenación de la Función Pública se refiere totalmente a la Ley 30/84, en este caso deja de cuenta todo lo que dice la Ley 30/84 y se remite no sé a donde para aprobar esta Disposición? Nada más y muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente, Señorías. Simplemente, para recordar al señor Ares que si bien ha leído muy acertadamente el párrafo 4 de la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 30/84, ha leído justamente un párrafo legal que no hace referencia al caso que aquí se contempla. Por si Su Señoría no lo sabe, justamente en un caso a aplicar fundamentalmente al caso de Cataluña, donde se hizo en su momento una Ley de Medidas Urgentes de Función Pública que utiliza esta fórmula de "personal en expectativa de acceso a... "; de manera que justamente ha citado el párrafo inadecuado al caso que contemplamos.

Si..., como imagino que para llegar al párrafo 4 habrá leído antes el 2 y el 3, habrá encontrado precisamente la base legal de la que presentamos. Párrafo 2: "Todo el personal que ha prestado servicio como contratado administrativo de colaboración temporal o como funcionario de empleo interino podrá participar en las pruebas de acceso para cubrir las plazas de nueva creación. En todo caso, estas pruebas de acceso... ", etcétera.

Punto 3: "Las Comunidades Autónomas aplicarán las anteriores normas al personal contratado administrativo de colaboración temporal dependiente de las mismas...". Es decir, señor Ares, párrafo 2 y 3 de la Transitoria Sexta, que imagino se habrá leído antes de llegar a la 4; la 4 no es aplicable a este caso; 2 y 3 sí, y justifican plenamente el planteamiento que tiene la Ley de Función Pública.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Ares.


EL SEÑOR ARES MARTIN:

Señor Presidente, Señorías. Una vez más estamos ante la disyuntiva de lo que dice el señor Ares o lo que dice el Grupo Socialista; una vez más. Pero, perdóneme un momento, no se ría usted, señor Granado, que parece que usted tiene la risa a flor de boca. Usted está equivocándose en estos momentos las peras con las manzanas, me lo acaban de decir hacer cuatro días ustedes a mí. Por qué razón, entonces, tienen ustedes un recurso precisamente en contra de este decreto de doce de Julio del ochenta y cuatro. ¿Por qué el abogado del Estado tiene un recurso en contra de la contratación de ustedes? ¿Quién está equivocado: el señor Ares o el Abogado del Estado?, ¿quién está equivocado: el señor Ares o precisamente el Estado en pleno derecho de sus beneficios, que defiende que esto ha sido una contratación no ajustada a derecho? El resultado lo veremos. Todavía no sabemos si es legal o ilegal, los tribunales dictarán sentencia, pero no vengan diciendo ustedes que el señor Ares no sabe perfectamente adaptar las leyes. Ustedes tienen en estos momentos un contencioso administrativo en contra de eso, y veremos a ver lo que puede pasar. A ver si el tribunal dicta que estos contratados son ilegales y a ver como se arreglan ustedes a hacerles una entrada

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por la puerta falsa como les dijimos el otro día. Nada más y muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente, Señorías. No he sido yo quien ha hecho aquí alusión a lo de las peras y las manzanas. El señor Ares mezcla cosas que no tienen nada que ver. Una cosa es la Transitoria Sexta de la Ley 30/84, y otra cosa, realmente, es un recurso que ha presentado el Estado, que el Estado puede presentar recursos, todos los que quiera por supuesto y, desde luego, no es esta Cámara quien tiene que pronunciarse al respecto, sino los tribunales de Justicia. En el supuesto que los tribunales de Justicia fallasen en contra de esa contratación, naturalmente ese personal no sería contratado de la Junta, y consecuentemente no le sería de aplicación, señor Ares, esta Disposición que aquí aparece.

En cualquier caso, ya que..., voy a señalar la explicación de lo del quince de Marzo. Es la entrada en vigor de la Ley del Proceso Autonómico precisamente, y aquí justamente está la explicación de lo que le voy a contar al señor Ares. El artículo 25.2, párrafo "c", que el señor Ares citó el otro día solamente en parte en la discusión de Presupuestos, dice: "la provisión de las vacantes que se produzcan en los puestos de trabajo correspondientes a funcionarios transferidos o que hayan de transferirse se ajustarán al siguiente procedimiento". Bien, ese recurso, al que se ha hecho referencia en su intervención del pasado Pleno de la Ley de Presupuestos y otra vez ahora, simplemente se refiere a contrataciones para servicios transferidos. Las contrataciones que en su momento realizó la Junta y que el señor Ares entiende que han sido impugnadas se realizaron para Servicios Centrales, para plazas de creación por la Junta, y, por lo tanto, no están afectadas en absoluto por la Ley de Proceso Autonómico. Si el Proceso Autonómico derogase, como entendió en su momento el señor Ares, la contratación administrativa, la Ley 30/84 no la volvería a derogar en la Adicional Cuarta.

Y simplemente, me llama la atención la intervención del señor Ares, porque precisamente en su intervención en la Comisión de Presidencia del día quince de Noviembre, y cito palabras textuales de la transcripción de la sesión, dijo algo así como: ¿cómo vamos a suponer nosotros se han saltado a la torera los señores socialistas toda la legislación vigente?, o "y yo le digo al Grupo Socialista que yo estoy de acuerdo en que sea cumplida la legalidad vigente, cómo no se va a haber cumplido". Espero, señor Ares, no tenga una doble cara, un doble lenguaje y diga en el Pleno lo mismo que ha dicho en Comisión. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Gracias.

Se somete a votación la enmienda número 112 del Grupo Parlamentario Popular. Votos a favor de la enmienda. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y tres. Votos a favor: Veintiocho. Votos en contra: cuarenta y dos. Abstenciones: tres. Queda, por tanto, rechazada la enmienda número 112 del Grupo Parlamentario Popular.

Se somete a votación la Disposición Transitoria Cuarta. Votos a favor. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y tres. Votos a favor: cuarenta y tres. Votos en contra: veintiocho. Abstenciones: dos. Queda, por tanto, aprobada la Disposición Transitoria Cuarta según el texto del Dictamen de la Comisión.

Se somete a votación a continuación el título de la Ley. Votos a favor del título de la Ley. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y tres. Votos a favor: cuarenta y tres. Votos en contra: veintiocho. Abstenciones: dos. Queda, por tanto, aprobado el título de la Ley.

Exposición de Motivos. En relación con la Exposición de Motivos, se mantiene la enmienda número 5 del señor Montoya Ramos. Para su defensa, tiene la palabra el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Pido perdón por subir una vez más a esta tribuna y alargar, quizá innecesariamente, más esta sesión. Sin embargo, sigo o vengo a esta tribuna para defender una enmienda que desde mi punto de vista no es intrascendente.

En la Exposición de Motivos se dice que la Función Pública de la Administración de la Comunidad Autonómica de Castilla y León se ordena, etcétera, y dice que representa una innovación evidente sobre la normativa anterior, de manera que los cuerpos o escalas dejan de ser "ámbito de privilegios" para convertirse en lo que su propia naturaleza expresa.

La verdad es que cuando se presentó o cuando se aprobó por la Junta este Proyecto de Ley, yo leí en un periódico, "Norte de Castilla", unas declaraciones del señor Nalda diciendo que con esta Ley se trataba de quitar los privilegios de los cuerpos de la Administración. A mí, señor Nalda, tengo que decirlo, no me parecieron afortunadas aquellas declaraciones suyas; que conste que no lo digo por ser un Procurador de la oposición, porque Su Señoría sabe que no me han dolido prendas para reconocer aquellas virtudes cuando así ha sido. En este caso no me parecieron afortunadas. Y me parece que sigue siendo desafortunado que se conserve en la Ley, en la Exposición de Motivos, que los cuerpos y escalas dejan de ser

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ámbito de privilegios, porque puede haber habido cuerpos y escalas que han sido ámbito de privilegios, pero no todos los cuerpos y escalas han sido ámbitos y privilegios, y cuando en este momento se suprimen esos cuerpos y escalas en los cuales ha habido muchos funcionarios a lo largo de muchos años que han prestado evidentes e importantes servicios a la Administración, me parece que no se puede generalizar a unos cuerpos, a los funcionarios de unos cuerpos y unas escalas que se suprimen, que se diga que esos cuerpos y esas escalas ha sido ámbito de privilegio y con esta Ley dejan de ser ámbito de privilegios.

Yo tengo respeto a los cuerpos de la Administración del Estado. Una cosa es que por razón de otras condiciones diferentes y otros criterios diferentes de entender la Administración Pública se haga una recalificación diferente; que se haya entendido que esos cuerpos o escalas en algunos casos son malos, porque son unos departamentos estancos que pueden distorsionar el funcionamiento de la Administración y que conviene suprimirles en aras de otra reorganización; pero yo creo que no se puede decir que los cuerpos y escalas han sido siempre ámbito de privilegios y que con esta Ley dejan de ser ámbito de privilegios. Yo creo que estos cuerpos y estas escalas que se suprimen y, sobre todo, los funcionarios de estos cuerpos y estas escalas que, probablemente y en muchos casos, puede haber habido algunos que sí, que hayan gozado de privilegios, pero que muchos otros no han tenido ningún privilegio y más que nada lo que han tenido ha sido probablemente la dificultad de acceder a unos cuerpos cuyo acceso fue más o menos difícil y en algunos casos muy difícil, se les diga, cuando estos cuerpos y escalas se suprimen, que han terminado sus privilegios que a lo mejor no han disfrutado de los mismos. Yo creo que, por parte de la Comunidad Autónoma, no hay el espíritu de hacer una Ley revanchista contra nadie y que lo que se trata es de hacer una Ley en la que se quiere reordenar la Administración Pública de Castilla y León. En este sentido, yo acepto, he aceptado, y he dicho hasta que la Ley tenía muchos aspectos positivos, pero a mí me parece que no se puede aceptar una Ley en la que al referirse a los cuerpos y escalas existentes anteriormente se diga que estos cuerpos y escalas eran ámbito de privilegios. Yo creo que esto es una redacción desafortunada, que debiera quitarse, que nada añade a la Ley, que va a dejar que subyaga, subyacente sobre la Ley, un espíritu revanchista, que yo creo o quiero pensar que no ha sido el que ha primado el espíritu que ha hecho que este proyecto de Ley fuera traído a este Parlamento, y que este ámbito de privilegios fuera sustituido por lo que yo digo, u otra cosa parecida, que diga que los cuerpos y escalas dejan de presentar circunstancias diferenciadas, o dejan de ser compartimentos-estanco, o lo que esta Cámara quiera, pero debiera quitarse lo de que dejan de ser ámbito de privilegios. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Decir al señor Montoya que aunque esta frase se incluye en la Exposición de Motivos, evidentemente este Grupo Parlamentario no se estaba acordando del señor Montoya, que sabemos que no ha sido privilegiado. Pero lo que sí que decimos es que mantenemos el texto precisamente porque va en la Exposición de Motivos. Si nosotros dijéramos que con la Ley pretendemos hacer de los cuerpos entes privilegiados lo pondríamos en un artículo de la Ley. Nosotros hacemos una declaración de principios con la Exposición de Motivos, y a lo largo del debate de hoy se ha visto que, evidentemente, en la Administración, tal y como estaba hasta estos momentos, los cuerpos, determinados cuerpos, mantenían unos privilegios que, desde luego, ya creo que a partir de este momento dejarán de existir. Por lo tanto, está en la Exposición de Motivos esta situación, no está prejuzgando absolutamente nada en la Ley; la Ley es otra cosa y mantenemos, por tanto, tal y como está en la redacción.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Sí. Yo sé que no está en el articulado de la Ley, pero me parece que es demasiado importante que esté en la Exposición de Motivos, porque la Exposición de Motivos marca una filosofía. Probablemente esta filosofía luego no se ha seguido en la Ley, en el articulado de la Ley, porque no se vuelve a insultar a los cuerpos, no se les vuelve a decir que han sido unos cuerpos privilegiados y que han disfrutado de unas prebendas, no se les vuelve a decir; simplemente se les suprime y se les reclasifica. Pero me parece que, que esta circunstancia venga señalada en la Exposición de Motivos, desde mí punto de vista, es grave e importante, y además no añade nada ni quita a la Ley, porque no modifica el articulado de la Ley, no añade ningún contenido, y simplemente deja un cierto, un cierto amargor -perdóneme-, que yo no interpreto así pero que puede interpretarse por muchos, con un cierto amargor revanchista contra los cuerpos y escalas existentes en la Administración actualmente. Y yo creo que la Ley no perdería nada con quitar este concepto de que los cuerpos hasta ahora eran unos cuerpos privilegiados; la Ley, repito, no perdería nada, y yo creo que, por el contrario, ganaríamos todos en generosidad, repito, hacia esos cuerpos y escalas de la Administración del Estado que han podido prestar muchos servicios a la Administración y que, probablemente, aunque haya podido haberlos, que yo no digo que no haya podido haber algún cuerpo o escala que haya gozado de privilegios, pero que muchos otros, sin embargo, no han tenido esos privilegios y que van a sentirse ofendidos simplemente por esta Exposición de Motivos. Una ofensa que, desde mi punto de vista, es innecesaria y que debía suprimirse. Nada más y muchas gracias.

pag. 1371


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Se procede a someter a votación la enmienda número 5 del señor Montoya Ramos a la Exposición de Motivos. Votos a favor de la enmienda. Pueden sentarse, por favor. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta. Votos a favor: veintisiete. Votos en contra: cuarenta y uno. Abstenciones: dos.

Se somete a votación la Exposición de Motivos. Votos a favor...


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Señor Presidente...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Sí, tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Hay un voto particular del Grupo Socialista a la Exposición de Motivos.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

El voto particular estaba ya acumulado, anteriormente ya se ha debatido y se ha sometido a votación.

Repito, se somete a votación la Exposición de Motivos. Votos a favor de la Exposición de Motivos. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta. Votos a favor: cuarenta y dos. Votos en contra: veintiséis. Abstenciones: dos. Queda, por tanto, aprobada la Exposición de Motivos y, en consecuencia, queda aprobada la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de Castilla y León.

(Aplausos).

Tiene la palabra el señor Consejero de Presidencia y Administración Territorial.


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR NALDA GARCIA):

No quiero tampoco ya cansar a la Cámara. Ha trabajado suficientemente en esta Ley, y en base a ello mis únicas palabras son de agradecimiento a todos los Grupos Políticos por el trabajo realizado. Yo quisiera que todos ustedes se llevaran hoy la seguridad de que se ha dado, después del cierre del techo competencial en virtud del Estatuto de Autonomía, un paso transcendental en la consolidación y el cierre, también, del edificio de la Comunidad Autónoma, puesto que la ordenación de sus propios funcionarios es uno de los pasos de autoridad de una Comunidad más importantes.

En ese sentido es por lo que va el agradecimiento a la Cámara, y agradecimiento también, incluso, a las discrepancias habidas, porque yo estoy seguro de que esas discrepancias va a resultar un seguimiento de todos los Grupos mucho más puntual del desarrollo posterior que la Junta tiene que realizar de esta Ley. En ese sentido, también, valga mi agradecimiento a los discrepantes, porque entre todos, entre los que han estado a favor y las discrepancias, hemos hecho una Ley que creo que es para la Comunidad de Castilla y León, no para sus funcionarios, sí para los funcionarios al servicio de todos los ciudadanos de Castilla y León. Muchas gracias, señor Presidente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias.

Con mis mejores deseos para las vacaciones parlamentarias, que de verdad hoy se inician, y para el Nuevo Año, para todas Sus Señorías, muchas gracias y hasta ese próximo año.

Se levanta la sesión.

(Aplausos).

(Se suspende la sesión a las veinte horas).


DS(P) nº 38/1 del 20/12/1985

CVE="DSPLN-01-000038"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
I Legislatura
Pleno de las Cortes
DS(P) nº 38/1 del 20/12/1985
CVE: DSPLN-01-000038

DS(P) nº 38/1 del 20/12/1985. Pleno de las Cortes
Sesión Celebrada el día 20 de diciembre de 1985, en FUENSALDAÑA
Bajo la Presidencia de: Dionisio Llamazares Fernández
Pags. 1311-1374

ORDEN DEL DÍA:

1. PREGUNTAS CON RESPUESTA ORAL ANTE EL PLENO

1.1 Pregunta con respuesta oral ante el Pleno, P.O. 169-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Alfredo Marcos Oteruelo, relativa a medidas para evitar el riesgo que pueda ocasionar el edifico en ruinas situado en el n. 3 del Corral de Villapérez de León, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 88, de 6 de Diciembre de 1985.

1.2 Pregunta con respuesta oral ante el Pleno, P.O. 170-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Alfredo Marcos Oteruelo, relativa a si considera la Junta que el edificio en ruinas situado en el n. 3 del Corral de Villapérez de León debe ser conservado o restaurado, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 88, de 6 de Diciembre de 1985.

1.3 Pregunta con respuesta oral ante el Pleno, P.O. 171-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. José Angel Villaverde Cabezudo, relativa a inadmisión de proposiciones y solicitudes enviadas por correo, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 88, de 6 de Diciembre de 1985.

1.4 Pregunta con respuesta oral ante el Pleno, P.O. 172-I, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. Marcelo Morchón González y D. Vicente Jiménez Dávila, relativa a medidas para paliar los daños que las normas del SENPA causarán en el sector de productores de cebada, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 88, de 6 de Diciembre de 1985.

1.5 Pregunta con respuesta oral ante el Pleno, P.O. 173-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Alfredo Marcos Oteruelo, relativa a financiación de un muestrario de comics, difundido en León, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 88, de 6 de Diciembre de 1985.

1.6 Pregunta con respuesta oral ante el Pleno, P.O. 174-I, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. Vicente Jiménez Dávila y D. Marcelo Morchón González, relativa a pago de cantidades prometidas con motivo de las heladas en el cultivo de remolacha, publicada en el boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 88, de 6 de Diciembre de 1985.

1.7 Pregunta con respuesta oral ante el Pleno, P.O. 179-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Laurentino Fernández Merino, relativa al cumplimiento de la Proposición No de Ley aprobada por el Pleno de las Cortes en sesión de 31 de Octubre de 1985, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 89, de 9 de Diciembre de 1985.

1.8 Pregunta con respuesta oral ante el Pleno, P.O. 180-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Francisco José Alonso Rodríguez, relativa a campaña de apoyo al candidato socialista de la Junta de Galicia, publicada en el Boletín oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 89, de 9 de Diciembre de 1985.

1.9 Pregunta con respuesta oral ante el Pleno, P.O. 181-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Marcelo Morchón González, relativa a mantenimiento de las Cámaras Agrarias en la Comunidad, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 89, de 9 de Diciembre de 1985.

1.10 Pregunta con respuesta oral ante el Pleno, P.O. 182-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Virgilio Buiza Díez, relativa a construcción del último tramo de la carretera LE-215, Sahagún-Guardo, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 89, de 9 de Diciembre de 1985.

2. Interpelación, I. 24-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Manuel Fuentes Hernández, relativa a demarcación judicial, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 86, de 12 de Noviembre de 1985.

3. Designación de ocho miembros del Consejo Rector del Instituto de Desarrollo y Planificación Económica de Castilla y León.

4. Proposición No de Ley, P.N.L. 27-I, presentada por el Procurador D. Francisco Montoya Ramos, integrado en el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a financiación autonómica, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n. 88, de 6 de Diciembre de 1985.

5. Debate y votación del Dictamen de la Comisión de Presidencia del Proyecto de Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de Castilla y León (P-L 17) pag. 1313

SUMARIO:

 **  Se inicia la sesión a las quince horas quince minutos.

 **  El Presidente, Sr. Llamazares Fernández, abre la sesión.

 **  El Secretario, Sr. Herrero Sanz, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 **  El Presidente, Sr. Llamazares Fernández, propone al Pleno la alteración del Orden del Día de la sesión. Es aprobada por asentimiento.

 **  Intervención del Procurador Sr. Marcos Oteruelo (Grupo Popular), para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 **  Contestación, por parte de la Junta, del Sr. Burgos González, Consejero de Educación y Cultura.

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Marcos Oteruelo.

 **  En turno de dúplica, interviene el Sr. Burgos González, Consejero de Educación y Cultura.

 **  Intervención del Procurador Sr. Marcos Oteruelo (Grupo Popular), para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 **  Contestación, por parte de la Junta, del Sr. Burgos González, Consejero de Educación y Cultura.

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Marcos Oteruelo.

 **  En turno de dúplica, interviene el Sr. Burgos González, Consejero de Educación y Cultura.

 **  Intervención del Procurador Sr. Villaverde Cabezudo (Grupo Popular), para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 **  Contestación, por parte de la Junta, del Sr. Nalda García, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

 **  En turno de réplica, interviene el Sr. Villaverde Cabezudo.

 **  En turno de dúplica, interviene el Sr. Nalda García, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

 **  Intervención del Procurador Sr. Morchón González (Grupo Popular), para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 **  Contestación, por parte de la Junta, del Sr. González González, Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes.

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Morchón González.

 **  En turno de dúplica, interviene el Sr. González, González, Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes.

 **  Intervención del Procurador Sr. Marcos Oteruelo (Grupo Popular), para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 **  Contestación, por parte de la Junta, del Sr. Burgos González, Consejero de Educación y Cultura.

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Marcos Oteruelo.

 **  El Presidente, Sr. Llamazares Fernández, llama al orden al Sr. Procurador.

 **  En turno de dúplica, interviene el Sr. Burgos González, Consejero de Educación y Cultura.

 **  Intervención del Procurador Sr. Jiménez Dávila (Grupo Popular), para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 **  Contestación, por parte de la Junta, del Sr. González González, Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes.

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Jiménez Dávila.

 **  En turno de dúplica, interviene el Sr. González González, Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes.

pag. 1314

 **  Intervención del Procurador D. Laurentino Fernández Merino (Grupo Socialista), para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 **  Contestación, por parte de la Junta, del Sr. Burgos González, Consejero de Educación y Cultura.

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador D. Laurentino Fernández Merino.

 **  Intervención del Procurador Sr. Alonso Rodríguez (Grupo Mixto), para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 **  Contestación, por parte de la Junta, del Sr. Nalda García, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Alonso Rodríguez.

 **  En turno de dúplica, interviene el Sr. Nalda García, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

 **  Intervención del Procurador Sr. Morchón González (Grupo Popular), para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 **  Contestación, por parte de la Junta, del Sr. González González, Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes.

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Morchón González.

 **  En turno de dúplica, interviene el Sr. González González, Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes.

 **  Intervención del Procurador Sr. Buiza Díez (Grupo Socialista), para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 **  Contestación, por parte de la Junta, del Sr. De Meer Lecha-Marzo, Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio.

 **  En turno de réplica, interviene el Sr. Buiza Díez.

 **  El Secretario, Sr. Herrero Sanz, da lectura al siguiente punto del Orden del Día.

 **  Intervención del Procurador Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto), para defensa de su Proposición No de Ley.

 **  Para fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Seisdedos Robles (Grupo Popular).

 **  Para fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Quijano González (Grupo Socialista).

 **  Intervención del Procurador Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto).

 **  Intervención del Sr. Paniagua Iñiguez, Consejero de Economía y Hacienda.

 **  Intervención del Procurador Sr. Bosque Hita (Grupo Popular)

 **  Intervención del Procurador Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto).

 **  El Presidente, Sr. Llamazares Fernández, somete a votación la Proposición No de Ley debatida. Es aprobada.

 **  El Secretario, Sr. Herrero Sanz, da lectura al siguiente punto del Orden del Día.

 **  El Sr. Secretario da lectura a las propuestas de los candidatos al Consejo Rector del Instituto de Desarrollo y Planificación Económica de Castilla y León, presentadas por los Grupos Parlamentarios.

 **  El Presidente, Sr. Llamazares Fernández, somete a la ratificación de la Cámara las propuestas de candidatos presentadas. Son ratificadas por la Cámara.

 **  El Secretario, Sr. Herrero Sanz, da lectura al siguiente punto del Orden del Día.

 **  Intervención del Procurador Sr. Fuentes Hernández (Grupo Popular), para formular su Interpelación a la Junta de Castilla y León.

 **  Contestación, por parte de la Junta, del Sr. Nalda García, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Fuentes Hernández.

 **  En turno de dúplica, interviene el Sr. Nalda García, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

 **  Para fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista).

 **  Intervención del Procurador Sr. Fuentes Hernández (Grupo Popular).

 **  Intervención del Sr. Nalda García, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

 **  El Presidente, Sr. Llamazares Fernández, suspende la sesión.

pag. 1315

 **  Se suspende la sesión a las catorce horas, reanudándose a las dieciséis horas treinta y cinco minutos.

 **  El Presidente, Sr. Llamazares Fernández, reanuda la sesión.

 **  El Secretario, Sr. Herrero Sanz, da lectura al último punto del Orden del Día.

 **  El Presidente, Sr. Llamazares Fernández, somete a votación los artículos 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 14, 15, 17, 18, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 47, 49, 50, 52, 53, 54, 56, 60, 61 y 62, Disposiciones Adicionales Primera, Segunda, Cuarta y Quinta, Disposiciones Transitorias Primera, Segunda, Quinta, Sexta, Séptima y Octava, Disposición Final y Disposición Derogatoria.

 **  Intervención del Procurador, Sr. Posada Moreno (Grupo Popular), para hacer una aclaración. Es contestada por el Sr. Presidente.

 **  Intervención del Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista), en relación con la intervención del Sr. Posada Moreno. Interviene el Sr. Posada Moreno.

 **  El Sr. Presidente somete a votación los artículos, Disposiciones Adicionales, Transitorias, Final y Derogatoria enumeradas. Son aprobados.

 **  El Sr. Presidente somete a debate las enmiendas número 1 y 73 a 110 del Grupo Parlamentario Popular.

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Posada Moreno (Grupo Popular)

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Posada Moreno.

 **  En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría.

 **  El Sr. Presidente somete a votación las enmiendas número 1 y 73 a 110 del Grupo Parlamentario Popular. Son rechazadas.

 **  El Sr. Presidente somete a debate las enmiendas número 1, 61 a 68 y 72 a 104 del Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto).

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto) comunicando a la Presidencia que va a incluir la defensa de las enmiendas números 69, 70 y 71 en este turno a favor.

 **  El Procurador Sr. Fuentes Hernández (Grupo Popular), solicita el uso de la palabra por alusiones. El Sr. Presidente indica que no ha lugar.

 **  Interviene el Procurador Sr. Fuentes Hernández. El Sr. Presidente reitera que no tiene derecho al uso de la palabra.

 **  Nueva intervención del Procurador Sr. Fuentes Hernández. El Sr. Presidente llama al orden al Sr. Procurador.

 **  Interviene nuevamente el Sr. Fuentes Hernández. El Sr. Presidente le llama al orden por segunda vez.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Montoya Ramos.

 **  En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Bravo Solana.

 **  El Sr. Presidente somete a votación las enmiendas 1, 61 a 68 y 72 a 104 del Sr. Montoya Ramos. Son rechazadas.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 8 del Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto).

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Montoya Ramos.

 **  En turno en contra interviene el Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista).

 **  El Sr. Presidente somete a votación la enmienda número 8 del Sr. Montoya Ramos. Es rechazada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 2. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 8 del Sr. De Fernando Alonso. Al no estar presente, decae en su derecho de defender la enmienda.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 8. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la Enmienda número 4 del Procurador Sr. Nieto Noya (Grupo Popular).

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 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Nieto Noya.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Nieto Noya.

 **  El Sr. Presidente somete a votación la enmienda número 4 del Sr. Nieto Noya. Es rechazada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 10. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 21 del Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto).

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Montoya Ramos.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría (Grupo Socialista).

 **  El Sr. Presidente somete a votación la enmienda número 21 del Sr. Montoya Ramos. Es rechazada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 11. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 10 del Sr. De Fernando Alonso, al no estar presente, decae en su derecho a defender la enmienda.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 12. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 22 del Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto).

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Montoya Ramos.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista). (Intervención sin micrófono).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Montoya Ramos.

 **  El Sr. Presidente somete a votación la enmienda número 22 del Sr. Montoya Ramos. Es rechazada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 13. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 5 del Sr. Nieto Noya (Grupo Popular).

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Nieto Noya.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría (Grupo Socialista).

 **  El Sr. Presidente somete a votación la enmienda número 5 del Sr. Nieto Noya. Es rechazada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo número 16. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente somete a debate las enmiendas números 36, 37 y 105 del Grupo Parlamentario Popular.

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Marcos Oteruelo (Grupo Popular).

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Marcos Oteruelo.

 **  El Sr. Presidente somete a votación las enmiendas número 36, 37 y 105 del Grupo Parlamentario Popular. Son rechazadas.

 **  El Sr. Presidente somete a votación los artículos 19, 20 y la Disposición Adicional Tercera. Son aprobados.

 **  El Sr. Presidente somete a debate las enmiendas números 46 y 47 del Grupo Parlamentario Popular.

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Criado Escribano (Grupo Popular).

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Criado Escribano.

 **  En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría.

 **  El Sr. Presidente somete a votación las enmiendas número 46 y 47 del Grupo Parlamentario Popular. Son rechazadas.

 **  El Sr. Presidente somete a debate las enmiendas números 35 y 36 del Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto).

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto).

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría (Grupo Socialista)

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 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Montoya Ramos.

 **  En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría.

 **  El Sr. Presidente somete a votación las enmiendas números 35 y 36 del Sr. Montoya Ramos. Son rechazadas.

 **  El Sr. Presidente somete a debate las enmiendas número 17 y 18 del Sr. De Fernando Alonso (Grupo Mixto).

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. de Fernando Alonso (Grupo Mixto).

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista)

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. De Fernando Alonso.

 **  El Sr. Presidente somete a votación las enmiendas número 17 y 18 del Sr. De Fernando Alonso. Son rechazadas.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 8 del Sr. Nieto Noya (Grupo Popular).

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Nieto Noya (Grupo Popular).

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista)

 **  El Sr. Presidente somete a votación la enmienda número 8 del Sr. Nieto Noya. Es rechazada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación los artículos 25 y 26. Son aprobados.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 56 del Grupo Parlamentario Popular y la número 4 del Sr. Aparicio Pérez.

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Aparicio Pérez (Grupo Popular).

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica interviene el Procurador Sr. Aparicio Pérez.

 **  El Sr. Presidente somete a votación las enmiendas números 56, del Grupo Parlamentario Popular y la 4 del Sr. Aparico Pérez. Son rechazadas.

 **  El Sr. Presidente comunica a la Cámara que han sido retiradas por el Procurador Sr. Montoya Ramos sus enmiendas números 56 y 57.

 **  El Sr. Presidente somete a votación los artículos 33 y 51. Son aprobados.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 63 del Grupo Parlamentario Popular.

 **  Intervención del Procurador Sr. Posada Moreno (Grupo Popular), para comunicar a la Presidencia que su Grupo retira la enmienda.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 43. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente somete a debate las enmiendas números 52 y 54 del Procurador Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto). Al no estar presente, decae en su derecho de defender la enmienda.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 66 del Grupo Parlamentario Popular.

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Saborit Martínez-Polanco (Grupo Popular).

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Saborit Martínez-Polanco.

 **  El Sr. Presidente somete a votación la enmienda número 66 del Grupo Parlamentario Popular. Es rechazada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 48. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente comunica a la Cámara que el Procurador Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto) ha retirado su enmienda número 59.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el artículo 55. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente somete a debate las enmiendas número 69, 70 y 71 del Procurador Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto).

 **  Intervención del Procurador Sr. Montoya Ramos, comunicando que estas enmiendas las defendió en la primera intervención.

 **  El Sr. Presidente somete a votación las enmiendas números 69, 70 y 71 del Sr. Montoya Ramos. Son rechazadas.

 **  El Sr. Presidente somete a votación los artículos 57, 58 y 59. Son aprobados.

 **  El Sr. Presidente somete a debate las enmiendas número 105 y 107 del Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto).

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 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Montoya Ramos.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista).

 **  El Sr. Presidente somete a votación las enmiendas número 105 y 107 del Sr. Montoya Ramos. Son rechazadas.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 26 del Sr. De Fernando Alonso (Grupo Mixto)

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. De Fernando Alonso.

 **  Intervención del Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista), proponiendo una enmienda transaccional.

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. De Fernando Alonso.

 **  Intervención del Procurador Sr. Posada Moreno (Grupo Popular).

 **  Intervención del Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista).

 **  El Sr. Presidente somete a votación la enmienda transaccional. Es aprobada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación la Disposición Adicional Tercera. Es aprobada.

 **  El Sr. Presidente somete a debate los votos particulares del Grupo Socialista en lo referente a la enmienda número 111 del Grupo Parlamentario Popular, y a la enmienda de supresión "in voce", introducida en la Exposición de Motivos.

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista), proponiendo una enmienda transaccional.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Posada Moreno (Grupo Popular).

 **  El Sr. Presidente somete a votación la enmienda transaccional. Es aprobada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación la Disposición Transitoria Tercera. Es aprobada.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 112 del Grupo Parlamentario Popular.

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Ares Martín (Grupo Popular).

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr Vela Santamaría (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Ares Martín.

 **  En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Vela Santamaría.

 **  El Sr. Presidente somete a votación la enmienda número 112 del Grupo Parlamentario Popular. Es rechazada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación la Disposición Transitoria Cuarta. Es aprobada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación el Título de la Ley. Es aprobado.

 **  El Sr. Presidente somete a debate la enmienda número 5 del Sr. Montoya Ramos a la Exposición de Motivos.

 **  En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Montoya Ramos (Grupo Mixto).

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Bravo Solana (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Montoya Ramos.

 **  El Sr. Presidente somete a votación la enmienda número 5 del Sr. Montoya Ramos. Es rechazada.

 **  El Sr. Presidente somete a votación la Exposición de Motivos. Es aprobada.

 **  Queda aprobada la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de Castilla y León.

 **  Intervención del Sr. Nalda García, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

 **  El Sr. Presidente, Sr. Llamazares Fernández, felicita a los Sres. Procuradores las próximas fiestas navideñas y levanta la sesión.

 **  Se levantó la sesión a las veinte horas.

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TEXTO:

(Se inició la sesión a las once horas quince minutos).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Vamos a comenzar, por favor. Silencio. Se abre la sesión.

Tiene la palabra el señor Secretario para dar lectura al primer punto del Orden del Día.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR HERRERO SANZ):

Primer punto del Orden del Día: "Preguntas con respuesta oral ante el Pleno".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Esta Presidencia, al amparo de lo dispuesto en el artículo 72.1 del Reglamento y habiendo recabado y obtenido previamente el parecer favorable de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios, propone al Pleno de la Cámara la alteración del Orden del Día de la presente sesión, en el sentido de que se debata en segundo lugar, a continuación de la sustentación de las preguntas con respuesta oral, la Proposición No de Ley número 27-I del Procurador don Francisco Montoya Ramos, y que tras el debate y votación de ésta se proceda a designar a los ocho miembros del Consejo Rector del Instituto de Desarrollo y Planificación Económica de Castilla y León. A continuación se pasaría al debate y discusión de la Interpelación número 24 del señor Fuentes Hernández, quedando en último lugar, como estaba inicialmente previsto, el debate y votación del Dictamen de la Comisión de Presidencia del proyecto de Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de Castilla y León. ¿Se aprueba esta propuesta de alteración del Orden del Día en el sentido explicado por parte de la Cámara, por asentimiento?. Queda, por tanto, aprobada por asentimiento esta alteración.

En relación con el primer punto del Orden del Día, para la defensa de la primera pregunta, tiene la palabra el señor Marcos Oteruelo.


EL SEÑOR MARCOS OTERUELO:

Señor Presidente, Señorías. En toda la ciudad de León, pero de una manera particular, en las zonas próximas a un lugar enclavado en el barrio histórico y antiguo llamado el Corral de Villapérez, existe una cierta preocupación porque hay un problema que tiende, desde mi punto de vista, a enquistarse y eso es malo para la población, en el sentido de que un edificio en ruinas está constituyendo, durante algún tiempo constituyó un peligro grave, ahora con el apuntalamiento un peligro latente para la seguridad de los ciudadanos; este edificio iba a ser derruido por el Ayuntamiento de León después de oído el preceptivo informe de los técnicos en la materia sobre su amenaza inminente de ruinas. Las obras fueron suspendidas por orden gubernativa y a instancias de la Delegación Territorial de Educación y Cultura de León, dependiente de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Castilla y León.

Bien, pues, este Procurador quiere preguntar a la Junta de Castilla y León qué medidas piensa adoptar la Junta para evitar el riesgo que corren los vecinos de resultar dañados por las ruinas del edificio del número tres del Corral de Villapérez, cuyo derribo fue paralizado a instancias de la Delegación Territorial de Cultura.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Educación y Cultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE EDUCACION Y CULTURA (SEÑOR BURGOS GONZALEZ):

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Su Señoría se hace, en los antecedentes de la pregunta, eco de inquietudes y preocupaciones cuando menos infundadas y tal vez alentadas por la autoridad a quien, según manifiesta, se han dirigido los vecinos del barrio. Y digo que tales preocupaciones son infundadas por cuanto ya existe una valla en torno a la zona derribada, se han hecho los apeos oportunos, y los servicios técnicos de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Castilla y León vienen girando frecuentes visitas al inmueble para seguir puntualmente el comportamiento de las estructuras del edificio, que no plantean por el momento peligro alguno de desplome.


EL SEÑOR MARCOS OTERUELO:

Sí, señor Presidente. En cuanto a que si encierra peligro o no, como el peligro o por lo menos el miedo es subjetivo, hay gente, hay vecinos de León que sienten miedo y prueba de ello es que dos colegios situados en las inmediaciones, de niños incluso de párvulos, el colegio de las Teresianas de León y el colegio de las Discípulas, por medio de sus asociaciones respectivas, han mostrado muy recientemente, esto en cuestión de semanas, su preocupación a la primera autoridad municipal de León por este tema. Y, por otro lado, pues, el hecho de que los empleados de la Junta o los Delegados giren visitas de vez en cuando a un edifico así no es una solución. Yo creo que el pueblo de León está esperando que la Junta de Castilla y León decida cuál va a ser el destino de ese edifico, que, por otro lado, parece que hay un consenso general en que los valores artísticos e históricos sólo los ve la Junta, no los ve la gente. Yo, desde luego, no los veo tampoco.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Educación y Cultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE EDUCACION Y CULTURA (SEÑOR BURGOS GONZALEZ):

Para controlar el miedo de los ciudadanos del barrio no podemos sino realizar determinadas actuaciones encaminadas a asegurar que el edifico se mantiene en pie. Lo que sí puedo indicarle a Su Señoría es que el problema será brevemente resuelto, en cuanto que habrá una reposición del edifico y esta reposición, esta restitución tendrá lugar a lo largo del año mil novecientos ochenta y seis.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Para formular la siguiente pregunta,

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tiene la palabra también el señor Marcos Oteruelo.


EL SEÑOR MARCOS OTERUELO:

Sí, señor Presidente, Señorías. Bueno, como quiera que, en fin, la Cámara debe saber que aquí en este tema llueve sobre mojado, es decir, durante la anterior legislatura este Procurador intentó varias veces introducir una interpelación o algo parecido en la Cámara y la Mesa sistemáticamente, aduciendo razones indudablemente existentes, seguro, vamos, pero razones de tipo jurídico, reglamentario, etcétera, pues, la rechazó y he tenido que recurrir a formular dos simples preguntas para un tema que valía más la pena. Bien, entonces, esta es la segunda pregunta y con los mismos presupuestos, insistiendo una vez más en que, en fin, yo ya no digo los ciudadanos más o menos preparados, pero incluso licenciados y doctores en Historia del Arte, no son capaces a vislumbrar el menor valor artístico en unos muros que lo único que tienen es antigüedad y que son de tapial, y que allí no se ve por ningún concepto que merezca la pena ser mantenido en pie, sino, que la gente con sentido común lo que vería con buenos ojos es que se derribara aquello, quedara mayor espacio y "santas pascuas".

Bien, de todas las maneras, la Junta tiene una sensibilidad artística verdaderamente exquisita; pretende ver valores artísticos e históricos en unos tapiales de metro y medio de espesor, de tierra lisa y llana; en los balcones, que parece que tenían algún atisbo artístico, el propio dueño me ha confesado a mí que son de hace diez años, porque los tuvo que renovar, que no son lo que había antes. En fin, en conjunto, aquello es un estorbo ciudadano, desde mi punto de vista, y, por lo tanto, lo que quiero preguntar ahora, en consecuencia, es lo siguiente: si realmente la Junta de Castilla y León considera que el edificio en ruinas está situado en el número tres del Corral de Villapérez de León debe de ser conservado o restaurado por su valor histórico y artístico. Y me gustaría añadir: a ver quién va a pagar esa restauración.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Educación y Cultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE EDUCACION Y CULTURA (SEÑOR BURGOS GONZALEZ):

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. La valoración que Su Señoría hace del edificio parcialmente derruido, ocupando el número tres del Corral Villapérez, esquina a la calle Pablo Flores, en la ciudad de León, discrepa acusadamente de la que hacen los servicios técnicos de la Consejería de Educación y Cultura, cuyos informes sirvieron de base a actuaciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural para impedir un derribo fraudulento de dicho edifico, ordenado por la Alcaldía de León; un derribo en parte consumado, con nocturnidad, burlando disposiciones legalmente tomadas para impedirlo. La Junta de Castilla y León considera, en efecto, y de acuerdo con lo contemplado en el precatálogo del Plan Especial de Protección del Casco Antiguo, elaborado precisamente a instancias municipales, aunque no tramitado, y en los documentos de trabajo de las Comisiones Provinciales de Patrimonio Histórico-Artístico de la Dirección General de Bellas Artes y Archivos, que debe ser conservado y restaurado, y lo va a hacer, lo va a restaurar, según he mencionado antes, con cargo a los Presupuestos del año mil novecientos ochenta y seis.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Marcos Oteruelo.


EL SEÑOR MARCOS OTERUELO:

Bien, pues, desde mi punto de vista, señor Presidente, hombre, yo soy bachiller y licenciado y he visto el Corral de Villapérez, y, vamos, para ver allí un valor artístico en el que compense hacer una inversión del volumen que va a costar a la Junta de Castilla y León, es que hay que hacer unos esfuerzos de abstracción y de imaginación verdaderamente fantásticos; eso por un lado.

Por otro lado, el derribo fraudulento, me parece que un Ayuntamiento como el de León, después de los informes de los arquitectos diciendo que aquello amenazaba ruina, ruina inminente y que había un peligro seguro para los ciudadanos, me parece que la actuación, el derribo tomado por iniciativa del Ayuntamiento de León era una medida sensata, y, por otro lado, era una medida popular, porque en León existe un clima que si se hiciera una encuesta sobre el destino de ese edificio, la sensibilidad de los leoneses en materias artísticas no es baja, y, sin embargo, habría, creo, una mayoría aplastante en favor del derribo definitivo. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Educación y Cultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE EDUCACION Y CULTURA (SEÑOR BURGOS GONZALEZ):

Muchas gracias, señor Presidente. Su Señoría se hace eco de la opinión de un determinado sector del pueblo de León, un sector con unos intereses concretos, dicho sea de paso. La Consejería de Educación y Cultura se hace eco de las opiniones de otro sector, probablemente no menos importante del pueblo de León, y, en cualquier caso, repito que la valoración que Su Señoría hace discrepa rotundamente de la que hacen, yo creo que con mayor y mejor conocimiento de la situación, los servicios técnicos de la Dirección General de Patrimonio. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias, señor Consejero. Para formular una pregunta relativa a inadmisión de proposiciones y solicitudes enviadas por correo, tiene la palabra el señor Villaverde Cabezudo.


EL SEÑOR VILLAVERDE CABEZUDO:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. La pregunta que hoy formular este Procurador a la Junta de Castilla y León obedece a la reiterada presencia en la prensa de anuncios de concursos y subastas en los que se obliga, por así

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decirlo, a los ciudadanos de esta Comunidad a presentar personalmente sus solicitudes en la Sede de las Instituciones autonómicas, en la Sede Central. Y, por otra parte, aparecen también unas frases que a este Procurador le causan extrañeza, como son el "no serán admitidas a los concursos las proposiciones que sean enviadas por correo". ¿A qué obedece esto?. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Presidencia.


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR NALDA GARCIA):

Muchas gracias, señor Presidente. Obedece exclusivamente al artículo 100 del Reglamento de la Ley de Contratos del Estado, que para conocimiento de Su Señoría le leo. Artículo 100: "Las proposiciones y ofertas contractuales habrán de ser entregadas en mano en las dependencias u oficinas expresadas en el anuncio dentro del plazo de admisión señalado en el mismo. No se admitirán las enviadas por correo o cualquier otro procedimiento diferente al señalado", y sigue el artículo. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Villaverde Cabezudo.


EL SEÑOR VILLAVERDE CABEZUDO:

Yo no dudo de la existencia y el valor que tiene el texto al que hace referencia el señor Nalda. Lo único es que yo pensé que tenía más valor, desde el punto de vista legal, este pequeño librito, que es la Ley de Procedimiento Administrativo, en el que se dice que cualquier persona puede presentar documentos en cualquier sede, en cualquier registro abierto.

Yo, como soy bien pensado, creía que esto obedecía a un intento del fomento de la visita de los ciudadanos de nuestra Comunidad a la ciudad de Valladolid, pero también hay otras personas que no piensan tan bien como yo, y pensaban que la entrega e mano pudiera obedecer a verle la cara al solicitante o, incluso, a otras cosas que creo que no merece la pena comentar, porque quizá se interpretaran como de mal gusto. Eso es todo. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Gracias. Tiene la palabra el señor Consejero de Presidencia.


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR NALDA GARCIA):

Señor Presidente. No querría aquí hacer valer un exceso de sapiencia mía frente a otro de ignorancia, no lo querría yo hacer; pero tengo que decirle al señor Procurador que la ley de Contratos del Estado anula, en los artículos que regula, las demás leyes de procedimiento, y, por lo tanto, es la ley, y cumplimos la ley exclusivamente, Señorías. Y cuando se entregan en mano se entregan en sobre cerrado y lacrado, con lo cual es independiente del color y de la cara. Y hay algunas Señorías de esta Cámara que pueden atestiguarlo. Por lo tanto, yo le pediría a Su Señoría que sobre estos temas no hagan juicios de valor, solamente hagan un juicio de realidad, y la realidad, de nuevo, insisto, señor Presidente, es la Ley. Muchas gracias, señor Presidente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias, señor Consejero.

Para formular una pregunta relativa a medidas para paliar los daños que las normas del SENPA causarán en el sector de productores de cebada, tiene la palabra o bien el señor Jiménez Dávila o bien el señor Morchón González, que son quienes han formulado la pregunta. Tiene la palabra el señor Morchón González.


EL SEÑOR MORCHON GONZALEZ:

Señor Presidente. Ante la inminente entrada de la agricultura en el Mercado Común, y respecto a lo que creemos y consideramos que va a ser muy problemática la venta de la cebada, formulamos la siguiente pregunta: ¿qué medidas piensa adoptar la Consejería o la Junta de Castilla y León para paliar los graves daños que estas medidas causarán a un sector tan importante como es la cebada en esta Región?. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Agricultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y MONTES (SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ):

Señor Presidente, Señorías, muy brevemente. Yo creo que la pregunta parte de un supuesto absolutamente erróneo, como es que vayan a producirse daños graves como consecuencia de las medidas adoptadas por el SENPA. Por lo tanto, no se van a tomar medidas excepcionales y seguiremos tomando las medidas que hasta ahora se van tomando, que son: fomento de APAS, fomento del cooperativismo y SAC, fomento de planes, ensayos y experimentación, fomento de utilización de semillas de calidad, e informe continuo de las consecuencias de la entrada en la Comunidad Económica Europea.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Morchón.


EL SEÑOR MORCHON GONZALEZ:

Señor Presidente. Nuestra cebada, sabemos por experiencia que la mayoría de los años no llega al peso específico; ahí tenemos, si cogemos la estadística, ahí tenemos la última campaña del SENPA, en la que la mayor parte de la cebada pasó al tipo segundo y, por supuesto, se pagó por debajo del precio de intervención. Partiendo de que desde primero de Marzo el peso específico se fija en sesenta kilogramos, toda la cebada quedará por debajo del precio de intervención por no llegar al peso específico. Si seguimos con la norma tendrá que subir cada año un grado el

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peso específico, o subirán, mejor dicho, un grado el peso específico en la Comunidad, lo que quiere decir que para el año ochenta y ocho nuestra cebada tendría que llegar a sesenta y tres kilogramos hectólitro. Considero poco menos que imposible que nuestra cebada llegue a tomar ese peso. Ante este panorama yo considero y entiendo que no debemos de seguir diciendo veleidades con respecto a nuestra agricultura, y sobre todo el mercado de la cebada en el Mercado Común.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Ha agotado su tiempo, señor Morchón.


EL SEÑOR MORCHON GONZALEZ:

Gracias, señor Presidente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Agricultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y MONTES (SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ):

Yo lo que le pediría al señor Procurador es que no dijera inexactitudes. La media de las campañas en Castilla y León de los últimos diez años ha sido que más de sesenta y cuatro de peso específico lo da el sesenta por ciento de la cosecha. El año pasado el SENPA comercializó el ocho por ciento de la cebada de Castilla y León y menos del sesenta de peso específico lo dio el cinco por ciento. Luego, usted está diciendo que son graves unas medidas que afectan al cinco por ciento del ocho por ciento, exactamente al cero coma cuatro por ciento de la producción de cebada de Castilla y León. El sesenta por ciento de la producción de cebada de Castilla y León tiene más de sesenta y cuatro de peso específico, que es un grado más de lo que será el máximo límite de peso específico cuando nos adaptemos a las normas comunitarias. No se pueden decir esas cuestiones.

Además hay otra cuestión. La norma comunitaria dice y admite hasta un quince coma cuatro por ciento de humedad, y prima con cero uno por ciento del precio por cada décima de humedad menos de ese quince coma cuatro por ciento, y las cebadas de Castilla y León tienen entre un once y un doce por ciento de humedad, y van a tener un incremento de precio del tres, entre el tres y el cuatro por ciento por ese concepto. Señor Procurador, hay que decir las cosas como son, no como son el cero coma cuatro por ciento de la cebada que se comercializa en Castilla y León.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Para formular una pregunta relativa a financiación de un muestrario de comics vendido en León, tiene la palabra el señor Marcos Oteruelo.


EL SEÑOR MARCOS OTERUELO:

Señor Presidente, Señorías. Yo voy a seguir un consejo que acaba de darnos el señor Vicepresidente: hay que llamar a las cosas por su nombre; entonces, voy a llamar a las cosas por su nombre y me voy incluso en esta ocasión a ceñir al texto escrito de mi pregunta, dado el delicadísimo tema que en ella se trata.

Muchos leoneses se han visto en los últimos días de Septiembre desagradablemente sorprendidos, cuando no heridos profundamente en sus sentimientos religiosos, morales y cívicos en general, al recibir una publicación que pretende referirse al comic en nuestra Región. Tras una portada en la que aparecen figuras de aspecto repugnante e indumentaria militar en la que se inscriben con grandes caracteres los nombres de Gallardo y Mediavilla, que deben ser dos geniales artistas del comic, aparecen varias viñetas en las cuales puede apreciarse una pobrísima calidad estética, y, en cambio, una literatura facia, conteniendo palabras de mal gusto y alguna gravísima blasfemia.

Este Procurador se niega a transcribir literalmente el contenido de las mismas por un sentimiento elemental de dignidad humana, pero tienen a disposición de esta Junta los ejemplares demostrativos de la verdad de cuanto lleva dicho y además, si es preciso, se mostrarían.

Mi pregunta es la siguiente, sencillamente: ¿es cierto que la Junta de Castilla y León ha contribuido a financiar este muestrario de comics difundido en León y en el que aparecen expresiones indecentes y blasfemas?.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Educación y Cultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE EDUCACION Y CULTURA (SEÑOR BURGOS GONZALEZ):

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. En la pregunta formulada por Su Señoría se distinguen claramente dos planos: el factual y el interpretativo. Me ceñiré en mi respuesta al primero.

Si lo que Su Señoría pregunta es si la Junta de Castilla y León se ha visto implicada en la organización de la segunda muestra de comic celebrada en León entre los días veinte y veintinueve de Septiembre, la respuesta es sí. Y si también pregunta si dentro de la muestra se realizaron exposiciones con participación de la obra de Gallardo y Mediavilla, y si difundieron ejemplares de folletos como el que exhibo, la respuesta vuelve a ser sí.

Como de costumbre, nuestro acuerdo terminar ahí. La constatación de unos hechos materiales, con respecto a la interpretación y a la valoración de los mismos, nuestra discrepancia es una vez más absoluta.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra... ruego al señor Marcos Oteruelo que espere a que el señor Presidente le conceda la palabra. Tiene la palabra el señor Marcos Oteruelo.


EL SEÑOR MARCOS OTERUELO:

Gracias, señor Presidente. Bien, los hechos son los hechos, pero es que

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hay hechos cuya interpretación no puede ser más que una a no ser que se esté uno loco, vamos. Es decir, de todo hecho caben distintas interpretaciones, pero una es la interpretación de las gentes con uso de razón y otra la interpretación de las gentes con falta de lógica. Y para demostrar que esto es así, yo lo único que puedo constatar en esta Cámara, y lo siento empezar esta mañana con una cosa..., voy a pedir perdón si hay señoras y niños, etcétera, que puedan...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ)

:Ha agotado su tiempo, señor Oteruelo.


EL SEÑOR MARCOS OTERUELO:

Bueno, pues, decir "me cagüen Dios", "este hijo de puta"...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Señor Oteruelo, le llamo al orden.


EL SEÑOR MARCOS OTERUELO:

Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Educación y Cultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE EDUCACION Y CULTURA (SEÑOR BURGOS GONZALEZ):

Bien. Las expresiones a que alude, y que ha leído, admítalo o no Su Señoría, tienen un uso frecuente en el lenguaje coloquial del ambiente social que la historieta intenta reflejar, y han sido abundatemente utilizadas por nuestros clásicos, por nuestros clásicos, y lo están siendo por muchos de los más premiados de los escritores contemporáneos, incluidos académicos. Por otra parte, el comic se caracteriza por ser una manifestación extremadamente libre, en la que los jóvenes manejan un lenguaje que a menudo, precisamente por ser expresión de la libertad y en la libertad, resultan provocadoras.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Ha agotado su tiempo, señor Consejero.


EL SEÑOR CONSEJERO DE EDUCACION Y CULTURA (SEÑOR BURGOS GONZALEZ):

Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Para formular una pregunta relativa a pago de cantidades prometidas con motivo de las heladas, en el cultivo de remolacha, tiene la palabra el señor Jiménez Dávila.


EL SEÑOR JIMENEZ DAVILA:

Señor Presidente. Como consecuencia de las fuertes heladas registradas en Enero pasado y las pérdidas que sufrió el cultivo de la remolacha, la Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes dispuso de una cantidad de 120.000.000 para paliar, para poder conjugar los intereses de un crédito, de unos créditos que se concertaron con las Cajas Rurales y las Cajas de Ahorro, de 120.000.000. Estas son las alturas que este dinero todavía no está en los bancos y están próximos a vencer el primer semestre por esto, y el pago de intereses de esos 120.000.000 para los agricultores. ¿Cuándo piensa la Consejería hacer efectivo el pago de los 120.000.000?


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Agricultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y MONTES (SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ):

Señor Presidente, Señorías. Contestar muy brevemente a la pregunta que formula el señor Procurador. La Consejería ya ha hecho efectivo el pago de los 120.000.000.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Jiménez Dávila.


EL SEÑOR JIMENEZ DAVILA:

Señor Consejero. Me alegra mucho la noticia porque será de esta semana última, porque hace tres días no habían llegado los 120.000.000 a los bancos. No obstante, creo que se ha hecho un perjuicio a los agricultores, puesto que si este dinero era para minorar, para bajar intereses de un dinero que iba al doce por ciento, no se acordó en su día cantidad que le iba a costar al agricultor, porque estaba en función de los créditos que se pidieran, y si los 120.000.000, puestos en su día en los bancos, hubieran generado unos intereses que hoy hubieran aminorado los intereses que tienen que pagar los agricultores. Por lo tanto, creo que los agricultores van a pagar un veinticinco por ciento más de intereses que les correspondería si el dinero se hubiera hecho efectivo en su día. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Agricultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y MONTES (SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ):

Señor Presidente, Señorías, muy brevemente. Yo quisiera saber en qué bancos -me lo dirá después porque ya ha agotado su turno-, en qué bancos y cajas de ahorro, según su pregunta, ha formulado, le han dicho que no han recibido instrucciones de cómo bajar intereses. Yo le diría que transmita a los mismos bancos a los que usted se dedica a visitar, que son, que no saben leer, lo primero, y que son unos incompetentes. Yo le voy a usted a leer la cláusula cuarta del convenio firmado por todas las entidades financieras de crédito con esta Consejería. Dice textualmente: "Las subvenciones concedidas por la Junta de Castilla y León en el momento en que sean percibidas por las entidades financieras se aplicarán a la amortización parcial del principal". Luego, no hay rebaja de intereses, no hay nada, no ha llegado la primera amortización del principal; ahora que llega la primera amortización del principal, nosotros abonamos la cuantía. Y, por supuesto, si esos 120.000.000 tienen que producir intereses no deben ser

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para las entidades bancarias, sino para la Comunidad de Castilla y León, que es lo que se ha hecho: pagar en el momento justo. Muchas gracias, Su Señoría.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias, señor Consejero.

Para formular una pregunta relativa al cumplimiento de la Proposición No de Ley, aprobada por el Pleno de estas Cortes en sesión de treinta y uno de Octubre de mil novecientos ochenta y cinco, tiene la palabra el señor Fernández Merino, don Laurentino.


EL SEÑOR FERNANDEZ MERINO (DON LAURENTINO):

Señor Presidente, Señorías. La pregunta sólo pretende recabar de la Junta de Castilla y León qué medidas han sido tomadas, o qué actuaciones se han llevado a cabo, para dar cumplimiento a la Proposición No de Ley, presentada por este Procurador en su día y aprobada por el Pleno de las Cortes, en la que, en síntesis, se pedía que la Junta, a través de la Consejería de Educación y Cultura, habilitara las partidas presupuestarias necesarias para dotar de equipos de exhibición de vídeo a las Delegaciones Territoriales de Cultura, crear una Videoteca institucional, y la institucionalización de un concurso regional de vídeo.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Educación y Cultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE EDUCACION Y CULTURA (SEÑOR BURGOS GONZALEZ):

(Principio de la intervención sin micrófono)... exige, a nuestro juicio, no sólo dotar de equipos de exhibición a las Delegaciones Territoriales y montar una videoteca, sino también, y tal vez como fase previa, adquirir equipos de grabación y de edición. Por ello, en el Boletín Oficial de Castilla y León, número 100, de diez de Diciembre, se publicó el anuncio de un concurso para el suministro de dos unidades portátiles de grabación, una de edición y sonorización, y un equipo de visionado, con un tipo de licitación de 15.000.000 de pesetas. Algunas Delegaciones Territoriales, Burgos, Soria y Zamora y la propia Dirección General de Promoción Cultural, cuentan ya con magnetoscopios y con monitores de televisión. Las restantes serán dotadas de equipo similar, y todas ellas de unidades portátiles de grabación, con cargo a los Presupuestos de mil novecientos ochenta y seis, recientemente aprobados en estas Cortes. La formación de una videoteca es una tarea lenta y laboriosa ya emprendida por la Consejería. Una muestra de los fondos recopilados se ha exhibido recientemente en Salamanca, en las primeras jornadas de cine de Castilla y León. El primer concurso regional de vídeo fue convocado dentro del programa de actividades culturales de los meses de Julio, Agosto y Septiembre de mil novecientos ochenta y cinco, bajo la denominación de "Certamen de Cine y Vídeo de Castilla y León", proclamándose oficialmente los ganadores en las citadas jornadas de cine recientemente celebradas en Salamanca.

Creo, pues, que hemos avanzado sustancialmente en el cumplimiento de lo acordado por estas Cortes en la sesión de treinta y uno de Octubre de mil novecientos ochenta y cuatro, cuando se aprobó la Proposición No de Ley a la que alude Su Señoría. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Fernández Merino.


EL SEÑOR FERNANDEZ MERINO (DON LAURENTINO):

Señor Presidente. Efectivamente, la Proposición No de Ley no fijaba un plazo y estaba un poco limitada a las posibilidades presupuestarias, y en este sentido las actuaciones que ha expuesto el señor Consejero yo creo que cumplen perfectamente las intenciones de la Proposición No de Ley, por lo cual me siento satisfecho.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Gracias. Para formular una pregunta relativa a campaña de apoyo al candidato socialista de la Junta de Galicia, tiene la palabra el señor Alonso Rodríguez.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. La pregunta es la siguiente. En su campaña de apoyo al candidato socialista de la Junta de Galicia, ¿fue en calidad de Presidente de la Junta de Castilla y León o como militante socialista?.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Presidencia.


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR NALDA GARCIA):

Muchas gracias, señor Presidente. Contestarle al señor Procurador que don Demetrio Madrid López estuvo en la campaña de Galicia como militante socialista; pero yo creo que Su Señoría lo entiende perfectamente, que ésa es también la causa y razón por la que don Demetrio Madrid López es Presidente de la Junta. Muchas gracias, señor Presidente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Alonso Rodríguez.


EL SEÑOR ALONSO RODRIGUEZ:

Yo no voy a entrar en hacer una pregunta o una contestación de oído, como en el último Pleno se me dijo por algún Procurador que hablaba de oído. Yo antes..., el nacionalismo no quiere entrar en provocaciones, más cuando está en minoría; cualquier Procurador que quiera insultar al nacionalismo desde una tribuna, que no tenga los mismos medios, puede hacerlo en una plaza pública y yo me iré de hombre a hombre. Por eso, como no quiero hacer una pregunta sin tener una documentación, yo esperaré una respuesta del Tribunal Electoral Central, que aquí tengo algunas, para saber si cuando un Presidente de una Comunidad va a hacer una campaña en apoyo de su partido,

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los gastos van por cuenta del partido o por cuenta de la Comunidad. Como no lo puedo argumentar mientras no tenga una respuesta, y para no hablar de oído, esperaré a la próxima sesión de las Cortes.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Presidencia.


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR NALDA GARCIA):

Simplemente para decir que, claro, que el señor Procurador queda pendiente de una contestación de un tribunal, pues, que ahí nos referiremos todos a esa contestación.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

(Principio de la intervención sin micrófono)... a mantenimiento de las Cámaras Agrarias en la Comunidad, tiene la palabra el señor Morchón González.


EL SEÑOR MORCHON GONZALEZ:

Señor Presidente, Señorías. El proyecto de Ley de Cámaras Agrarias, aprobado por el Consejo de Ministros y publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales del pasado día seis de Noviembre, recoge la realidad legislativa en esta materia. No obstante, el proyecto gubernamental sobre la Ley de Bases pone en serio peligro la existencia de las Cámaras Agrarias.

A tenor de lo antedicho, preguntamos: ¿qué piensa hacer la Junta de Castilla y León con respecto a las Cámaras Agrarias en nuestra Comunidad?, ¿piensa mantenerlas? Gracias, señor Presidente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Agricultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y MONTES (SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ):

Señor Presidente, Señorías, muy brevemente. Yo lamento la falta de coordinación que existe entre el Grupo Popular y lamento que a una pregunta formulada por los Procuradores Atilano Soto Rábanos y Agapito Torrego Cuerdo, con el mismo fondo pero yo creo que bastante mejor realizada, y que tiene su contestación desde el cinco de Diciembre, no haya sido transmitida al señor Morchón, pero, vamos, abundo en los mismos criterios. Existe un proyecto de Ley marco; cuando ese proyecto de Ley marco esté dictaminado por las Cortes Generales se producirá una situación jurídica nueva y ante esa situación jurídica nueva esta Comunidad negocia ya, en estos momentos, la posibilidad de la transferencia en Cámaras Agrarias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Morchón.


EL SEÑOR MORCHON GONZALEZ:

Señor Presidente, Señorías. Las Cámaras Agrarias en nuestra Comunidad tienen una, es una realidad centenaria. Pero a tenor del proyecto de Bases y después de oír al señor Consejero, mucho siento decirle que peligran mucho las Cámaras Agrarias Locales en nuestra Comunidad, y por lo que recoge el Estatuto de Autonomía. Yo pediría a esta Junta que tomara muy en serio el tema y pidiera que se retirara esa Ley de Bases o se cambiara por otra ley que recogiera el tema de Cámaras Agrarias, para que se pudieran desarrollar las Cámaras Agrarias Locales, me refiero. Si no, siento mucho decirle que tendríamos que pensar una vez más que el gobierno Socialista de la Junta de Castilla y León no había cumplido con lo que un día dijo su Presidente al ser investido: que lo que atañe a todos los españoles y a todos los castellanos-leoneses le atiene el señor Presidente de la Junta y a la Junta, y si no se hace esto, y si no se pide la continuidad de las Cámaras Agrarias, creo que están atentando contra el deseo de muchísimos agricultores, yo diría que el noventa y cinco por ciento de los agricultores, porque quieren y desean la permanencia de las Cámaras Agrarias Locales. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Consejero de Agricultura.


EL SEÑOR CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y MONTES (SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ):

Señor Presidente, Señorías. Desde luego, es cierto que todo lo que afecta a la Comunidad nos afecta a nosotros y, por lo tanto, tenemos un sumo interés en ello, lo cual no quiere decir que hagamos lo que el señor Procurador quiere que hagamos, por supuesto; podemos tener criterios diferentes sobre las mismas materias.

De todas las maneras, yo creo que existe un anteproyecto de Ley de Cámaras, en uso estricto de las competencias de la Administración Central, que tiene que ser dictaminada por las Cámaras correspondientes, lo cual yo creo que es absolutamente democrático y normal, y que además contempla cosas tan anormales como, por ejemplo, que la afiliación a las Cámaras, en lugar de ser obligatoria pasa a ser voluntaria; primero. Segundo, que los servicios económicos, etcétera, realizados por éstas pasen a ser realizados paulatinamente y garantizado esos servicios, pues, OPAS, APAS, Cooperativas, entidades, etcétera. Que los servicios públicos van a seguir siendo realizados por las Cámaras en tanto en cuanto no se realicen por otras instituciones, y además garantiza que el patrimonio de esas Cámaras va a ser dedicado a finales de interés general agrario como tiene que ser. Y además, y como último extremo, que sus funcionarios van a seguir teniendo el carácter de funcionarios............. De todas las maneras, a cada uno lo que es de cada uno; que las Cámaras Nacionales dictaminen ese proyecto marco de Ley, y después en, dentro de ese proyecto marco, la Comunidad Autónoma, por supuesto, podrá, primero, reclamar las transferencias, y, segundo, legislar si es necesario sobre ese asunto.

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EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Para formular una pregunta relativa a construcción del último tramo de la carretera LE-215, Sahagún-Guardo, tiene la palabra el señor Buiza Díez.


EL SEÑOR BUIZA DIEZ:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Bien, voy a ser breve en mi exposición, toda vez que en el Boletín figura la motivación de mi pregunta, que en el fondo pretende únicamente hacerse eco de las inquietudes de una serie de ciudadanos del valle alto de Valderaduey, por la situación en que se encontraban y se encuentran de incomunicación de dicho valle por el sur..., por el norte, este y oeste; únicamente tiene salida por el sur. Entonces, mi planteamiento y mi pregunta hace referencia a la Consejería de Obras Públicas, como es lógico, y le planteo qué medidas o qué planes hay al respecto para dar una solución racional que aminore estas dificultades que existen actualmente y faciliten las comunicaciones de este valle. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Obras Públicas.


EL SEÑOR CONSEJERO DE OBRAS PUBLICAS Y ORDENACION DEL TERRITORIO (SEÑOR DE MEER LECHA-MARZO):

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. En el Avance del Plan Regional de Carreteras figura incluida la conexión entre la carretera LE-251 con la provincia de Palencia, a través de la realización de un nuevo tramo que uniría Villanzo de Valderaduey con San Andrés de la Regla, continuando hacia Guardo por la Comarcal-651. Esta nueva comunicación, que no es estrictamente la que plantea el señor Procurador, unida a los dos ejes existentes ya norte-sur, Sahagún-Guardo, por la Comarcal-611, por Almanza y Puente Almunhey, y Sahagún con Guardo por Saldaña y Comarcal-615, garantiza suficientemente las comunicaciones entre los más importantes núcleos de población de la zona en nuestra opinión.

Probablemente, en fases posteriores, se esté en condiciones económicas de realizar el nuevo tramo planteado por el señor Procurador, pero en este momento creemos que la solución descrita es suficiente y se va a estudiar la oportunidad de adelantar la inversión concreta, el tramo que me he referido antes entre Villanzo y San Andrés, al ahora previsto en el Avance del Plan General de Carreteras. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Buiza Díez.


EL SEÑOR BUIZA DIEZ:

Muchas gracias, señor Consejero. Me alegra y comparto el fondo de la cuestión planteada, aunque no sea exactamente lo que yo planteaba y pretendía; pero me parece que, de todas las maneras, este proyecto mejora sensiblemente, o mejorará en el futuro la situación de las comunicaciones en este valle y se lo agradezco. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Secretario para dar lectura al siguiente punto del Orden del Día, de acuerdo con la alteración que éste ha experimentado por acuerdo de la Cámara.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR HERRERO SANZ):

Segundo punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley, presentada por el Procurador don Francisco Montoya Ramos, integrado en el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a financiación autonómica, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 88, de 6 de Diciembre de 1985".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Para su defensa tiene la palabra el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. La Proposición No de Ley que yo he presentado debió ser en su día una moción que yo hice, consecuencia de la interpelación formulada en el mes de Octubre, y que por un error de mi parte y no llevarla acompañada de la firma del Portavoz la Mesa no consideró y yo me he visto obligado a transformarla en esta Proposición No de Ley. Cuando se sustanció entonces la interpelación, a mí me pareció que había un convencimiento común en esta Cámara. Teníamos que aceptar este año una austeridad impuesta, porque así lo exigían las circunstancias económicas del país, y después resolver, por la vía de la emisión de Deuda Pública, el déficit que, en caso contrario, se produciría en nuestro Presupuesto si queríamos, y a mí me pareció que sí que lo queríamos, que los servicios básicos y las inversiones más urgentes quedarán antendidas.

Por parte mía, lamentaba la austeridad que se nos imponía y que debía ser, más bien, asumida o fundamentalmente, o al mismo tiempo que la nuestra, por otras esferas de la Administración Central. Pero si la responsabilidad nos llevaba a aceptar lo inevitable para este año, esa misma responsabilidad debe llevarnos a luchar por mejorar las condiciones en que debe basarse el Presupuesto del año próximo. Otra cosa yo entiendo que sería abandonar, y yo creo que las condiciones económicas o, más bien, la pobreza y las necesidades de nuestra gente no nos permiten este abandonismo.

Sin embargo, y como nos sucede siempre, son otras autonomías más ricas, aquéllas que tienen menos necesidades, las que primero han alzado la voz contra la Administración Central. Y sería lamentable que nuestro papel fuera oponernos a aquellas voces que tratan de mantener posiciones más favorables que las nuestras. Yo creo que, por el contrario, nuestro cometido debe ser luchar con más ahínco que ellos por nuestros problemas,

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haciendo llegar al Gobierno la evidencia de nuestras necesidades que yo creo que son mayores.

Yo entiendo que el Gobierno Regional Socialista no debe tener inconveniente, sino, por el contrario, le debe ser más fácil hacerlo, hacer llegar a nuestros problemas y nuestras necesidades en el marco de una solidaridad nacional. Lo responsable sería que supiéramos hacer llegar a todos los castellano-leoneses la necesidad de un esfuerzo conjunto en estos momentos de nuestra integración en Europa, porque sin ese esfuerzo, evidentemente, no conseguiríamos nada, pero no por ello debemos despreciar, sino que debemos utilizar al mismo tiempo los instrumentos financieros que la Comunidad Económica, por un lado, y el Gobierno, por otro, deben poner a nuestras disposición. Y nuestro horizonte de financiación es la entrada en vigor de la LOFCA, no sólo por el contenido de su artículo 13, sino también, como señaló el señor Consejero de Economía y Hacienda en aquella interpelación a la que me estoy refiriendo, por su artículo 15 y por el artículo 16 que regula el Fondo de Compensación Interterritorial. Pero plantear la necesidad de que se aplique la LOFCA parece algo básico o hasta imprescindible, pero yo creo que no es suficiente.

La LOFCA debe aplicarse teniendo en cuenta toda la filosofía que la inspira, sin desvirtuar, como ha ocurrido, sin desvirtuarse, como ha ocurrido con el Fondo. Porque el Fondo de Compensación Interterritorial, tal como se está desarrollando, difícilmente cumple el fin que se señala en el artículo 158.2 de la Constitución que es, se dice: "corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad". Basta observar las dotaciones por regiones para darse cuenta de que su distribución no es tampoco la prevista por la LOFCA.

Si los criterios de verdad fueran la inversa de la renta por habitante, la tasa de población emigrada el último decenio, el porcentaje de desempleo, y la superficie territorial, como indica el artículo 16 de la LOFCA, otro sería el resultado del reparto y no el que se produce actualmente. Y esto es lo que habrá que vigilar; que, además de profundizar en los criterios de reparto del Fondo, se cumplan las bases de participación en los impuestos estatales no cedidos y que las variables de verdad sean el coeficiente de población, el del esfuerzo fiscal, y la relación inversa de la renta real por habitante. Y digo que las variables señaladas lo sean de verdad, porque ya sabemos lo que sucede siempre: se conservan las variables, pero se las tiene en cuenta en función de unos parámetros absolutamente devaluados, y luego los resultados finales no concuerdan con lo que se preveía inicialmente.

Sería conveniente, quizá, que además de solicitar la entrada en vigor de la LOFCA por parte del Gobierno Regional, se elaborara una propuesta de reparto, con todo el riesgo que esto supone, sin esperar a que el reparto nos lo den hecho y no nos queden más recursos que la resignación o la inútil lamentación.

Al hacer esta Proposición de Ley, perdón, No de Ley presentada, yo he pretendido hacerla con la moderación suficiente para que pudiera ser asumida por esta Cámara. No es, y no me gustaría que se entendiera así, una propuesta contra la Administración, una propuesta contra la Administración Central, y tampoco es una petición vergonzante o descafeinada. Es una proposición, una petición objetiva y seria que me gustaría fuera asumida por todos; es una petición hecha dentro del ámbito legal, con el respeto que merece la solicitud de que se aplique una ley orgánica que va a permitirnos evitar tensiones entre el Gobierno Central y los Autonómicos. Porque yo quiero pensar que ningún gobierno, y el socialista tampoco, pretende que las Comunidades Autónomas, que los Gobiernos Regionales, mendiguen año tras año las dotaciones necesarias para atender los servicios transferidos y las necesidades reales de desarrollo de todas las regiones, sobre todo las más pobres. Por eso pedimos pasar del sistema transitorio, sujeto a una posible subjetividad, a un sistema definitivo que sea objetivo y solidario, pero que también sea automático, permitiéndonos hacer unas previsiones a largo plazo que posibiliten unas actuaciones serias, ponderadas, y, en definitiva, eficaces.

Todo esto es lo que yo creo que se recoge en la Proposición No de Ley y cuya aprobación yo solicito a la Cámara. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Gracias. Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Seisdedos Robles.


EL SEÑOR SEISDEDOS ROBLES:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. La verdad es que esta Proposición No de Ley, presentada por el señor Montoya, nos ha cogido por sorpresa, ya que en la interpelación del pasado día dieciocho de Octubre, sobre Financiación de las Comunidades Autónomas, habíamos acordado los Grupos presentes en este Parlamento el dedicar un Pleno al debate y estudio de estos temas financieros. También consideramos que esta Proposición es prematura, ya que parece ser que está en estos momentos estudiándose por el Gobierno un proyecto sobre Financiación de las Comunidades en el que tendremos oportunidad de dar nuestras opiniones.

No obstante, estimamos que en la Proposición del señor Montoya se debía haber concretado más en los diferentes puntos referenciados para mejorar y perfeccionar la financiación de las Comunidades Autónomas. Por este motivo, y con la única finalidad de mejorar el texto, nosotros hemos introducido unas enmiendas que trataremos de explicar de la forma más breve posible. Empezaremos por el tercer punto del señor Montoya, referente a la revisión del Fondo de Compensación Interterritorial.

La Constitución del setenta y ocho innova en el tema de solidaridad y es beligerante en el tema del desarrollo regional. En concreto, en el artículo 138.1 encomienda al

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Estado que garantice la realización efectiva del principio de solidaridad, velando por el establecimiento de un equilibrio económico adecuado entre las diversas partes del territorio español. Y en esta línea, en el artículo 158.2, configura el Fondo de Compensación como instrumento de ajuste de la distribución territorial de la inversión, financiada directamente por los Presupuestos Generales del Estado.

Así pues, la Constitución plantea un problema relativamente nuevo para el análisis económico, centrado en la contemplación de la solidaridad interterritorial, como fuerza conformadora y motriz del desarrollo regional, y en particular de la regionalización de la inversión pública, fuerza cuya realización efectiva debe ser garantizada y, por tanto, debe ser medida como algo tangible. No nos satisface la solidaridad como algo intangible, imposible de ser expresada en cifras. Repito, la solidaridad debe ser medida si queremos que este principio tan bello no sólo se quede en simples palabras. La solidaridad debe evocar la imagen de que gracias a ella los territorios con más graves desequilibrios económicos recibirán algunas ventajas relativas, en cuanto a asignación de inversiones públicas respecto a lo que ocurriría sin esas preocupaciones. En realidad, la solidaridad hasta ahora ha sido más bien predecisional que decisional, traducida en cambios en la distribución territorial de la inversión pública. La medida de la solidaridad se debe basar en este segundo concepto y no en bonitos, como hemos dicho antes, principios filosófico-políticos.

El Fondo de Compensación estimamos no debe ser el vehículo principal de la descentralización de la inversión pública, como algunos han querido ver amparándose en el artículo 158.2 de la Constitución, que dice que las Cortes Generales distribuirán los recursos del Fondo entre las Comunidades Autónomas, sino más bien como el motor del principio de solidaridad interterritorial.

No debemos confundir nunca descentralización con solidaridad. Puede existir descentralización sin una solidaridad, y cabe imaginar una política de solidaridad sin descentralización alguna.

La distribución territorial de los recursos del Fondo debe tener primordialmente en cuenta la intensidad de los distintos desequilibrios, debe favorecer más a las regiones en peores condiciones que a las regiones de la zona templada, debe distribuirse en función de la intensidad de tales desequilibrios.

Por el contrario, la descentralización estricta de la inversión pública deberá realizarse en función de la capacidad de gestión y de las competencias asumidas por los entes territoriales y sus demandas al respecto. Algunos autores, especialistas en la materia, mantienen que en el Fondo de Compensación podía ampliarse, desde el marco constitucional, haciéndolo objeto de estructuración en dos tramos. Un primer tramo sería el constitucionalmente exigido tramo de solidaridad; su distribución territorial se realizará en función de los desequilibrios económicos en cada territorio, convenientemente estimado, excluyendo las regiones más desarrolladas. Un segundo tramo, no exigido por la Constitución, tramo de descentralización, financiaría cuotas de descentralización no cubiertas por la distribución territorial del tramo de solidaridad anterior.

Pero la LOFCA plantea un Fondo estructurado en un sólo tramo que pretende ser solidario, pero la medida de esta materialización de la solidaridad parece cuestión totalmente extraña a las preocupaciones de los autores de esta ley, y sin esta materialización, sin esta medición, no se garantiza la solidaridad como hemos dicho anteriormente.

En definitiva, el Fondo de Compensación Interterritorial no garantiza la solidaridad interterritorial en la inversión pública, aunque tampoco la impide, más bien la permite con algunas dificultades y con bastantes riesgos. Al no distinguir el Fondo entre solidaridad y descentralización y el actuar con dotaciones de gran magnitud, se mezclan indebidamente ingredientes de solidaridad con otros de descentralización estricta, predominando estos últimos.

Por lo tanto, según está el actual Fondo de Compensación, limitado únicamente a descentralizar la inversión pública, difícilmente podrá sostenerse en pie durante mucho tiempo, pues puede dar lugar a agudizar las disparidades regionales y a la apertura de una brecha aún mayor entre regiones pobres y regiones ricas.

Fijándonos en problemas concretos también consideramos que habría que variar los mecanismos de ponderación y aplicación de los criterios de distribución previstos en la LOFCA y en el Ley de Fondo. Así, por ejemplo, en cuanto al criterio del saldo migratorio, habría que referirse a un período más largo, unos veinticinco años, puesto que últimamente la emigración apenas existe. En cuanto al criterio de paro, se debería contemplar el paro agrícola encubierto, si no se quiere dar una ventaja en la ponderación a las zonas industriales.

En cuanto al segundo punto de la Proposición del señor Montoya, estando totalmente de acuerdo con su enmienda y con su enunciado, nosotros lo hemos ampliado, por concretar más su significado, de la siguiente manera: "La Financiación de las Comunidades integrado por la participación en la recaudación de los impuestos estatales no cedidos, se negocie con la Administración Central sobre las bases previstas en el artículo 13 y 15, en relación al artículo 2 de la LOFCA".

En la corta historia de las Comunidades Autónomas, mil novecientos ochenta y cinco ha constituido un año importante: se ha cerrado la etapa transitoria y se abre ahora otra que podemos llamar etapa definitiva, situándonos en un proceso que requiere un profundo y meditado estudio de la Financiación de las Comunidades Autónomas y una gran dosis de sentido común y capacidad para la convivencia. En nuestra opinión, ambas etapas se diferencian no tanto por los instrumentos financieros

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utilizados como por el modelo redistributivo que adoptan como referencia. Así, durante todo el período transitorio en el que todavía estamos, el modelo redistributivo ha coincidido con el patrón ya existente. A cada Comunidad Autónoma se le han facilitado los recursos para seguir prestando el mismo nivel de servicios públicos que anteriormente prestaba la Administración Central. En consecuencia, durante la etapa transitoria no se ha planteado explícitamente el modelo redistributivo, centrándose el esfuerzo en el desarrollo y consolidación de los instrumentos financieros. En realidad, el único instrumento financiero que explícitamente se ha introducido como mecanismo de redistribución ha sido el Fondo de Compensación y todos conocemos su escaso éxito.

En la próxima etapa, etapa definitiva, deberá completarse el desarrollo de las instituciones financieras previstas en la Constitución y en la LOFCA. Sin menospreciar lo que se ha realizado, todavía quedan piezas sin desarrollar tales como el mecanismo de asignaciones complementarias del artículo 15 de la LOFCA, que desarrolla el mandato constitucional del artículo 158.1, en el que se dice que el estado garantizará en todo el territorio español el nivel mínimo de los servicios públicos fundamentales de su competencia. Las subvenciones condicionadas, previstas en este artículo 15, suponen, junto al Fondo de Compensación Interterritorial, las dos medidas esenciales de redistribución de los recursos entre los diferentes territorios del Estado Español.

Se trata, por tanto, de que se asigne una financiación complementaria para la ejecución de unos determinados servicios, los de carácter fundamental, que complementen la escasa financiación de las Comunidades Autónomas. Se trata de poner en marcha o implantar un fondo de nivelación de serviciós mínimos, previstos en el artículo 158 de la Constitución y hasta ahora ignorado por la Administración Central.

En segundo término, hay que proceder a definir los criterios que nos permitan configurar el nuevo patrón redistributivo que implicará la etapa definitiva considerando las variables a que se refiere el artículo 13 de la LOFCA en relación al porcentaje de participación en la recaudación de los impuestos estatales no cedidos. Las bases sobre las que se determinará el porcentaje definitivo no deben guardar relación de dependencia con la valoración de los servicios traspasados como sucedía en el período transiotiro. Lo que no puede seguir sucediendo es que no exista no sólo autonomía en el ingreso de la que, evidentemente, no se dispone en estos momentos, sino tampoco autonomía en el gasto, en la que las subvenciones finalistas, los pagos a justificar, y las provisiones de fondo previas a entrega de proyectos, son antítesis de la autonomía.

Y, para terminar, y como conclusión a lo expuesto, diremos que el sistema de financiación autonómico presenta un conjunto de deficiencias y distorisiones cuya corrección, junto a otros efectos positivos, puede contribuir a limitar el gasto y el déficit autonómico, y, por otra parte, contribuir al desarrollo económico regional. Por lo tanto, es, a nuestro juicio, inapazable el replanteamiento de todo el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas con respecto a los principios constitucionales y estatutarios, que hasta hoy no se han producido, e introduciendo las correcciones que sean precisas en los mecanismos de financiación y las normas que lo desarrollen. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Quijano.


EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ:

Señor Presidente, Señorías. Yo quiero comenzar también, me parece que el Portavoz del Grupo Popular en esta ocasión lo hacía, con un cierto, una cierta queja en relación con la oportunidad de este debate en este momento. Hay un precedente, reciente todavía, y es que a propósito del debate sobre el Estado de la Región, celebrado no hace mucho tiempo, se produjo, y yo creo que con muy buen criterio, un cierto consenso en cuanto a que no era el momento de tratar este tema, en la medida en que el tema se encuentra en una fase de negociación, probablemente avanzada, y quizá no era bueno pronunciarse sobre él, al menos en las cuestiones de fondo, mientras se mantuviera en esa fase, no sólo por no interferir en la labor del órgano que está encargado de elaborar propuestas en este terreno, sino también, quizá, porque no se podían manejar todos los datos que hay que tener en cuenta al respecto. Por ello, pensamos que entrar en un debate de fondo sobre esta cuestión es prematuro, sin ninguna duda, y, desde luego, nosotros seguimos pensando que en algún momento, cuando el tema esté más maduro desde el punto de vista de esa negociación global, haya que hacer un debate posterior, monográfico, y entrando mucho más a fondo en el contenido del tema.

Quiero decir con ello que nosotros no vamos a entrar en este momento en el fondo en forma total, pero ya que nos encontramos con una Proposición No de Ley en relación con el tema, y que no hay más remedio que discutirla, por lo menos en la medida en que esa Proposición No de Ley maneja determinados datos o criterios, nos vamos a limitar a hacer una valoración de esa Proposición No de Ley y una contraoferta sobre la base de la enmienda que tenemos presentada.

La Proposición que hoy se nos presenta nos parece, en principio, incompleta. Incompleta porque no maneja todos los criterios, datos o principios que se pueden manejar en el tema; por ejemplo, y por señalar lo que probablemente sea el caso más notorio, en la Proposición No de Ley no se hace ninguna referencia al mecanismo del artículo 15 de la vigente LOFCA, que consideramos de vital importancia, lo mismo que el artículo 16, relativo al Fondo de Compensación. Ambos son instrumentos de solidaridad y particularmente para esta Comunidad Autónoma es probable que el instrumento

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del artículo 15 tenga si no tanto sentido o tanta importancia de fondo como el del artículo 16, como el Fondo, sí desde luego tiene una importancia considerable.

Pero es que, además, la Proposición No de Ley nos parece también confusa en algunos aspectos. Yo detecto, por ejemplo, que entre los puntos primero y segundo hay una cierta contradicción, probablemente sólo sea una contradicción gramatical, en la relación que se establece entre competencias asumidas y servicios a prestar, porque el hecho de manejar una doble terminología, servicios esenciales, servicios mínimos, etcétera, no acaba de dejar claro cuál es esa relación que se establece. Confusa en otros aspectos, sin duda, muchos más fundamentales; por ejemplo, cuando en el punto tres de la Proposición No de Ley se hace una consideración sobre la prioridad y urgencia en la revisión del Fondo de Compensación, señalando algún otro criterio, pues, claro, uno no acaba de saber bien qué tipo de revisión es la que ahí se pretende, porque también en este momento, desde otras Comunidades Autónomas donde fuerzas políticas mucho más afines a la suya están planteando el tema, lo hacen con otra finalidad radicalmente distinta a la que pudiera tener el texto considerado en abstracto; por tanto, ahí uno necesitaría una cierta clarificación de cuál es la finalidad de ese punto de la Proposición.

Incluso en algunos aspectos la Proposición No de Ley nos parece francamente inaceptable, ya no sólo incompleta o confusa, sino francamente inaceptable. Por ejemplo, en la propuesta que se hace en el punto cuarto nos parece que el contenido de ese punto rebasa con mucho lo que es la competencia del Consejo de Política Fiscal y Financiera, haciendo que vaya hacia un modelo de competencia que creemos ni es el correcto, ni es el que le corresponde legalmente.

Ese tipo de cuestiones, indudablemente, nos han obligado a hacer una propuesta alternativa que es la que sometemos a consideración del proponente. Estimamos que es una propuesta que mejora sustancialmente la suya, no sólo en aspectos redacción, que en algunos casos también, sino sobre todo en aspectos de fondo, en la medida en que nos parece que la Proposición que apuntamos es bastante más completa. Paso, pues, sintéticamente, a explicar el contenido de la Proposición No de Ley o de la enmienda que nosotros presentamos, estimando que se va a comprender de inmediato, porque me parece que la lectura de las dos conjuntamente lleva a ello sin ninguna duda, que la Proposición No de Ley que planteamos supera, consideramos con bastante, las deficiencias que antes apuntaba en relación con la Proposición No de Ley presentada inicialmente.

Sí, en cualquier caso, debo decir, porque en algún punto, por ejemplo, en el último punto de la Proposición No de Ley del señor Montoya, lo mismo que en nuestra enmienda se hace referencia a ello, el hecho de que las resoluciones, sean las que sean, se eleven al Gobierno de la Nación, Congreso y Senado, que ello en ningún momento supone adoptar una iniciativa legislativa por parte de esta Cámara ante las Cámaras Nacionales, Congreso de los Diputados o Senado, como algún medio de comunicación ha insinuado últimamente. Evidentemente, ésa no es la consecuencia estatutaria de una proposición no de ley y, por tanto, me parece que eso había que aclararlo también, en la medida en que nuestro texto mantiene esa referencia.

Las bases sobre las que nuestra enmienda está hecha son, fundamentalmente, las siguientes, en síntesis explicadas. Contiene una redacción, consideramos que bastante mejor, de los puntos uno y dos. Concretamente en el punto dos, el que hace referencia al modelo definitivo o sistema definitivo de Financiación de las Comunidades y que en la Proposición No de Ley del señor Montoya apunta unos principios sobre los cuales debe de basarse, nosotros consideramos que hay un conjunto de principios que deben de ser mencionados. No entendíamos muy bien, y así lo manifestaba antes, qué se quiere decir cuando se habla de un sistema definitivo objetivo y automático; sí entendemos el elemento de solidaridad y por eso lo mantenemos en nuestra enmienda. Pero consideramos que hay otros elementos, otros criterios y otros principios, que son generalmente aceptados por las Comunidades Autónomas como principios que deben inspirar el modelo definitivo. Otra cosa es que en su aplicación o en su proyección concreta haya o no ese mismo grado de acuerdo; concretamente, nosotros hablamos de principios de suficiencia, nos parece básico; sin el principio de suficiencia es probable que ninguno de los otros, ni siquiera el de autonomía financiera, se puedan mantener en pie; principios de suficiencia, solidaridad, autonomía, equilibrio financiero y coordinación. En definitiva, de ese conjunto de principios se deriva el que el modelo definitivo, además de reunir unos ciertos requisitos en cuanto al fondo -suficiencia, solidaridad, autonomía, equilibrio financiero-, sea también un modelo general; porque pudiera estar ocurriendo que determinadas Comunidades Autónomas, y vuelvo a tener que manejar el dato, en las que fuerzas políticas mucho más afines a la suya o su propia fuerza política en alguna medida tienen mayoría, pudieran estar pretendiendo un sistema de financiación definitivo exclusivo para alguna de ellas y no generalizable a todas las demás. Nos parece, pues, que nuestro texto contiene los datos sobre los cuales debe de hacerse esa generalización.

Nuestra Proposición, en el punto tres, o nuestra enmienda en el punto tres, tiene una referencia que consideramos más completa en cuanto a la mención de los instrumentos de solidaridad que deben de ser tenidos en cuenta, y por eso se mencionan tanto el artículo 15 como el artículo 16, relativo al Fondo de Compensación.

Finalmente, nosotros suprimimos, porque ya manifesté anteriormente que en eso no podíamos estar de acuerdo, el punto cuarto de su Proposición, que no aparece en la enmienda, porque consideramos que ahí se

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rebasan con creces la competencia del Consejo Superior de Política Fiscal y Financiera.

Ese es, en síntesis, el contenido de la enmienda alternativa que proponemos. Quizá, y le adelanto cuál para nosotros es lo principal, desde el punto de vista de nuestra enmienda, el punto primero de la suya no ofrecería en ese sentido grandes dificultades por el grado de generalidad que tiene. En el punto segundo y tercero nos parecen claramente preferibles la redacción que contiene nuestra enmienda. El punto cuarto consideramos que debe ser suprimido. Y el quinto, que pasaría a ser cuarto, es idéntico en ambas propuestas. Quedo, pues, a la espera de la contestación, aceptación, etcétera, que pueda hacer Su Señoría en relación con lo expuesto.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Comprendo que el Grupo Socialista haya dicho que este debate no debía haberse hecho hoy, porque no sé si en algo, yo creo que no en mucho, pero en algo puede suponerles un poco de incomodidad. Pero que el Grupo Popular diga lo mismo y diga que le ha cogido por sorpresa y que esta presentación de esta Proposición No de Ley es prematura, la verdad es que me deja a mí mucho más sorprendido. Me deja mucho más sorprendido, porque yo la interpelación que planteé en esta Cámara sobre Financiación de las Comunidades Autónomas fue en el mes de Octubre, antes que o quizá simultáneamente a que se presentaban los Presupuestos en esta Cámara. Bueno, entonces, el Grupo Popular aceptó que se dejaba o que podía dejarse a un debate, no sé qué tipo de debate, porque lo que hay que hacer es bien claro, o sea, pedir claridad en la Financiación de las Comunidades Autónomas y pedir suficiencia de recursos, y esto es lo que yo planteaba en la interpelación, y esto es lo que yo sigo planteando. Entonces, lo que pasa es que han pasado dos meses por, ya lo he dicho, por un error mío en la presentación de la moción y lo he tenido que transformar en una Proposición No de Ley. Entonces, lo que pasa, en lugar de prematura pasa a ser, pues, un poco tardía en todo caso. Pero no es prematura desde el punto de que el mismo Gobierno se está preocupando y creo que se decía que el pasado Consejo de Ministros iba a tomar en cuenta el estudio sobre la entrada en vigor de la LOFCA y después dicen que lo han dejado hasta el próximo Consejo de Ministros; o sea, no es prematura, porque si de verdad lo dejamos algo más de tiempo, probablemente, cuando lleguemos ya sea tarde.

Pero entrando ya en el tema de las enmiendas que han sido defendidas yo quiero decir lo siguiente. Voy a referirme, en primer lugar, a las enmiendas del Grupo Popular. En la enmienda del Grupo Popular, las tres enmiendas del Grupo Popular, me parece que se han hecho en base a querer decir algo, pero no sé lo que se quiere decir, porque cuando yo solicito que se haga, cuando digo en el punto dos: "cumplidas las condiciones previstas en la Disposición Transitoria Primera de la LOFCA procede que desarrolle totalmente el modelo de financiación que posibilite el articulado de dicha ley orgánica"..., no, perdón, si es que estoy leyendo la del Grupo Socialista, y perdóneme porque ya..., pero es que dice casi lo mismo, por eso me había confundido. "De acuerdo con lo establecido en la Constitución y en nuestro Estatuto de Autonomía, superado el sistema transitorio, debe establecerse un sistema definitivo como prevé la LOFCA, que sea objetivo, automático y solidario". La primera enmienda del Grupo Popular me dice: "un sistema en el cual lo que se haga es negociar con la Administración Central". Yo lo que estoy es tratando de evitar las negociaciones, que verdaderamente el sistema sea de tal forma objetivo y automático que evite estas negociaciones inútiles, que evite, bueno, pues, estas pérdidas de tiempo o sobre todo que evite estas presiones políticas que pueden producirse. Entonces, la enmienda primera del Grupo Popular me dice que se negocie con la Administración Central. Es claro que yo no puedo aceptar esa enmienda que dice justamente lo contrario que la mía.

La enmienda número 2, de adición. Hombre, yo es que creo que no añade nada, porque dice: "para una mejor distribución y operatividad del Fondo de Compensación Interterritorial éste debe ajustar su consignación anual a cifras operativas de inversión para la promoción de los territorios menos desarrollados". Hombre, es que esto es lo que dice la filosofía del Fondo, que es lo que yo digo: "para superar los desequilibrios interterritoriales existentes". ¿Qué diferencia hay entre la promoción de los territorios menos desarrollados o la superación de los desequilibrios interterritoriales existentes? La verdad es que no lo entiendo muy bien.

La tercera enmienda, evidentemente, aquí puede haber una cosa ya de fondo, que es la coordinación entre las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales, que dice que son las que tienen que elaborar la política fiscal. Pero luego al final dice: "al objeto de establecer cuotas de participación en los ingresos fiscales para cada una de las partes que se corresponda con los principios de suficiencia, autonomía, solidaridad, eficacia y justicia distributiva". ¿Qué diferencia hay entre eso y el que yo digo que debe establecerse un sistema definitivo, como prevé la LOFCA, que sea automático, objetivo y solidario, y que asegurando los recursos con los que desarrollar las obligaciones correspondientes a las competencias asumidas también garantice el nivel de servicios mínimos? Yo no sé por qué se necesita añadir más a esto que me parece que es suficientemente claro.

Sobre la enmienda del Grupo Socialista, evidentemente, presenta dos primeros puntos que yo creo que dice, con otra redacción que a ellos evidentemente les gustará más y a mí me parece que, bueno, pues, sería discutible cuál es la primera redacción, cuál es la mejor

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redacción; a mí me parece que son lo mismo. La prueba es que yo me he confundido al leerlas y estaba leyendo la del Grupo Socialista que tenía a la derecha al lado de la mía que la tenía a la izquierda. Entonces, hombre, a mí me parece que los dos primeros puntos de la enmienda mía, perdón, de la Proposición No de Ley mía debían ser, para ellos, aceptables y debían ser perfectamente asumibles tal como yo les tengo redactados, que no añade, me parece, ni quita nada a lo que ellos ponen en estos dos segundos puntos.

En cambio, el punto tres y el punto cuatro, porque el punto cuarto de ellos vuelve a ser el punto quinto mío, el punto tres y el punto cuatro, bueno, pues, me parece que sí que puede a lo mejor prestarse a alguna interpretación, que a mí me parece que no debiera prestarse, pero que yo acepto y admito que se pueda interpretar. Porque yo digo: "se considera prioritario y urgente la revisión del Fondo de Compensación Interterritorial". Hombre, aquí sí que pueden haber entendido, o puede entenderse que lo que yo quiero es que se revise el Fondo, cuando yo lo que quiero decir, evidentemente y por mi mente no había pasado otra cosa, que lo que quiero pedir es que se revisen las formas de distribución, los módulos de distribución del Fondo, no que se revise la LOFCA en lo que se refiere al Fondo de Compensación Interterritorial, no he querido yo decir esta segunda parte; yo he querido decir lo primero y, bueno, pues, puede entenderse por parte de ellos alguna susceptibilidad en el sentido de que, bueno, a lo mejor yo estoy pidiendo la revisión de una ley orgánica y nada más lejos de mi intención, yo no quiero pedir la revisión de ninguna ley orgánica. Porque además, en el punto tercero, ellos dicen: "Deben desarrollarse todos los instrumentos de solidaridad previstos en la LOFCA, artículo 15 y artículo 16", con lo cual vienen a decir lo que yo querría decir. Lo único que también el punto siguiente, el punto cuatro, pues, yo hablo de revisar la función del Consejo de Política Fiscal y Financiera para que llegue a ser el auténtico organismo de coordinación y aplicación de la Política Financiera y Autonómica. Este punto sí que me le quitan en su enmienda de sustitución que me dicen. Bueno, viene previsto en la LOFCA...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Silencio, por favor. Le ruego señor Montoya un momento de silencio, a ver si es posible que sigamos entendiéndonos. Puede continuar.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Muchas gracias.

Viene previsto en la LOFCA y, evidentemente, yo lo que pido es que llegue a ser el auténtico organismo de coordinación. Bueno, simplemente con la entrada en vigor de la LOFCA podría conseguirse.

Yo preferiría expresarlo tal como lo digo. Lo que sucede es que cuando uno tiene un voto en esta Cámara, la verdad es que no puede decir todo lo que quiere decir, ni hacer ni sacar adelante todo lo que quiere sacar adelante, y en ese sentido, pues, bueno, a mí me gusta más este tercero y cuarto puntos míos, pero yo aceptaría que se incluyera el punto tercero, en lugar del tercero y el cuarto..., el punto tercero de la enmienda socialista en lugar del tercero y cuarto mío, en base a que, sin embargo, el punto primero y el segundo, que yo creo que dicen lo mismo que la enmienda socialista y con una redacción que es muy parecida, y es yo creo igual de clarificadora la una que la otra, se pudiera conservar los dos puntos, se pudiera añadir en vez del tercer punto de la enmienda socialista en lugar del tercer y cuarto mío, con lo cual yo hago, ya quito esta revisión de la función del Consejo de Política Fiscal y Financiera, y, en cambio, pues, el cuarto punto es igual en la enmienda socialista que el mío. Yo asumirá perfectamente este punto tercero de la enmienda socialista en lugar del tercero y el cuarto mío, y transformaría la Proposición No de Ley interpuesta por mí con esta sustitución, si al Grupo Socialista le pareciera adecuado aceptarlo.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Economía y Hacienda.


EL SEÑOR CONSEJERO DE ECONOMIA Y HACIENDA (SEÑOR PANIAGUA IÑIGUEZ):

Señor Presidente, Señorías. Con esta aclaración que nos ha facilitado Su Señoría proponente, señor Montoya, podía ser, evidentemente, que llegáramos a algún acuerdo. Efectivamente, aceptaría que el punto cuarto o la resolución cuarta de su propuesta desapareciera; y, aunque usted duda, le voy a indicar, reincidiendo tal vez, el por qué empiezo por atrás: porque, mire, claramente, en el artículo 3.2 de la Ley Orgánica por la que se crea el Consejo de Política Fiscal y Financiera le atribuye una naturaleza clara y explícita, y es ley orgánica, de órgano consultivo y de deliberación; por lo tanto, no puede asumir otras competencias que, en todo caso, podrían ser, o son, mejor dicho, competencias de legislativo y de ejecutivo, tanto a nivel de estado como a nivel de Comunidad Autónoma.

En relación con el punto tercero, yo, efectivamente, podría decirse que se podría aceptar su formulación, pero es peligroso. ¿Por qué es peligroso? Creo que el Portavoz se lo ha indicado de forma meridiana, el Portavoz del Grupo Socialista. Es peligrosa la redacción precisamente porque es casi textualmente la propuesta que en estos momentos se establece en relación con el mismo tema en el llamado "Libro Blanco de la Generalitat", promovido por, como usted sabe, el partido del señor Roca. Y, ¿por qué? Porque Comunidades como la catalana, también la de Madrid y también la de Valencia, en concreto esas tres, están muy interesadas en que se revise urgentemente el Fondo de Compensación Interterritorial. Todos somos conscientes de sus defectos, igual que los de la LOFCA, igual que los del sistema transitorio, pero, sin embargo, han sido instrumentos, al menos válidos, para determinadas Comunidades, y en concreto para las Comunidades más pobres. Yo me temo que esa urgencia en la revisión podría afectar negativamente a estas Comunidades. Primer argumento.

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Y segundo argumento. Al hablar técnicamente, el señor Montoya, de una política de redistribución, yo pienso que tal vez, desde un punto de vista al menos técnico y también político, deberían de distinguirse dos objetivos. Primer objetivo, buscar una nivelación en la oferta de servicios públicos con el fin de garantizar en todo el territorio nacional un cierto nivel de prestación de los servicios, en relación, efectivamente, con su propuesta y con la Constitución española y con la LOFCA, artículo 16 y la Ley 7 del ochenta y cuatro, del Fondo. Pero también, y esto no lo podemos olvidar, otro objetivo debe de tener toda política de redistribución y es instrumentar, y este segundo se puede obviar si no se matiza que implica la revisión. Es, este segundo objetivo implica instrumentar un mecanismo de nivelación de las ofertas de bienes privados a través de una política de desarrollo regional, para reducir también, a través de ésta, los desequilibrios interterritoriales. Si se habla sin más de revisión se puede obviar este segundo punto que a Comunidades como la nuestra nos interesa especialmente poner de relieve.

Por lo tanto, si bien podría ser considerado el Fondo como el instrumento adecuado para lograr uno de estos dos objetivos, se debe de tener muy en cuenta en nuestra Comunidad Autónoma que en las actuales circunstancias, si se modificara en el sentido de la Proposición No de Ley, sin instrumentarse de forma simultánea del fondo de nivelación de servicios mínimos, segundo fondo por lo tanto -no se puede hablar solamente de revisión del Fondo de Compensación, sino revisión articulada a la implementación de un segundo fondo, que no se ha hablado prácticamente para nada-, del fondo de nivelación de servicios mínimos, entonces sí que podríamos llegar a un acuerdo completo. Por eso he dicho que es peligroso, porque podía haber acuerdo pero parcial, si no se tiene en cuenta este segundo fondo que buscaría, junto con el primero, conseguir esos dos objetivos que debe tener toda política, a mi juicio, de redistribución, el del fondo de servicios, de nivelación de servicios mínimos, porque si no podríamos llegar a una situación en que perdiéramos recursos y se infradotara lo servicios públicos.

Y, finalmente, en relación con los dos puntos primeros de su Proposición. Efectivamente, en el fondo este acuerdo, tanto es así que incluso, en relación con el primer punto, yo le diría que acepto plenamente y aceptaría plenamente, como le ha indicado el Portavoz, su redacción; yo entiendo que podía ser más completa, pero no entro en eso, otra redacción, en concreto la que nosotros proponemos. Porque, por ejemplo, ya se lo han indicado, ¿qué son servicios esenciales?, ¿qué norma determina cuáles son los llamados servicios esenciales?. Para mí una nomenclatura nueva que no viene delimitada, definida por ninguna norma; pero, en fin, simplemente, digamos, es una objeción para un debate más amplio.

Y en relación con la redacción del segundo punto, y con ello concluyo, yo pienso que la nuestra, aunque sí que coincide con la suya en el fondo también, es técnicamente más correcta. ¿Por qué?. Le han indicado antes. Primero, no se puede hablar, a mi juicio, no se puede hablar de sistema objetivo y automático; en todo caso, un sistema objetivo es muy difícil de precisar, se precisa por sus, o mejor dicho, se define si es o no objetivo por sus implicaciones posteriores, pero es muy difícil saber cuáles son los indicadores objetivos; más aún, yo pienso que el sistema debe ser subjetivo en todo caso, para beneficiar precisamente a las Comunidades menos desarrolladas. Pero no se puede decir que el sistema sea automático; funcionará automáticamente, pero no el sistema en sí. Es decir, yo sé lo que quiere usted decir, Señoría. Tal vez con una redacción incluso consensuada podríamos haber llegado a una redacción conjunta; las premuras, aunque usted opine lo contrario -usted tiene, por eso le felicito, el don de la oportunidad, que no digo del oportunismo, de la oportunidad-, tal vez haya llevado a un texto que técnicamente, aunque coincidimos en el fondo en el primero y segundo punto, en el segundo punto nos gustaría mucho más nuestra redacción, no solamente por lo que he dicho técnicamente, sino porque se dé cuenta: hablamos de los principios de suficiencia, además del de solidaridad, autonomía, equilibrio financiero y de coordinación; no podemos obviar estos principios. Estoy convencido que usted también hubiera querido incluirlos. Precisamente, tal vez también, en el debate que en su momento tuvimos, esos principios, yo recuerdo perfectamente, aunque muy rápidamente y en la contestación última lo relaté, los cité en aquel debate, no sé si precipitado o no. Pero juntamente con esos principios, se deben articular los que le he indicado, para completar los suyos, y hablo de principios, no de sistema, principios que informan y que inspiran. A mí, un sistema es que es muy difícil poderlo calificar de solidario, de automático, etcétera -es un juicio de valor-; mientras que unos principios sí que deben informar, en este sentido deben, y junto a estos principios que deben de informar el sistema debería de hablarse, Señoría, de articular todos los instrumentos previstos en la LOFCA, es decir, tributos cedidos neutralizando su relación con el porcentaje, el porcentaje determinándose según el artículo 13 de la LOFCA, que es la clave, las asignaciones presupuestarias para nivelación de servicios mínimos -Fondo, por lo tanto, de Nivelación de Servicios Mínimos-, según el artículo 15 de la LOFCA, y el resto de instrumentos del Fondo de Compensación, de la Deuda Pública y de los Tributos Propios.

En definitiva, de acuerdo plenamente con el espíritu de la segunda resolución, nos gusta mucho más nuestra redacción por lo que le he dicho, porque entendemos que es más completa técnicamente y que estamos convencidos que usted está de acuerdo completamente con ella, y simplemente para obviar esos principios, que tal vez se

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le han olvidado en el tintero o que no están aquí explícitos y que sí deberían de estar explícitos, porque, evidentemente, yo no puedo, en un texto que se eleva al Gobierno de la Nación, al Senado y al Congreso, olvidarme, Señoría, de los principios de suficiencia que usted olvida, autonomía que usted olvida, y equilibrio financiero y coordinación; para no dar sensación de que hacemos dejación de estos principios, a mí me gustaría que se incluyeran. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Gracias. Dispone de cinco minutos, señor Montoya, para clarificar cuál es la propuesta que hace, para su votación por esta Cámara.


EL SEÑOR BOSQUE HITA:

Señor Presidente, podría aclarar el Grupo Popular la posición respecto al tema.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Sí; pero, entonces, antes que el señor Montoya. Sí, dispone también de cinco minutos.


EL SEÑOR BOSQUE HITA:

Señor Presidente, Señorías. Se ha presentado una Proposición No de Ley que, efectivamente, coincidimos los dos Grupos mayoritarios en que quizá éste no fuera el momento más adecuado, especialmente cuando el Gobierno de la Nación tiene un compromiso formal contraído con el país de antes del treinta y uno de Diciembre, y estamos a veinte, haber presentado una resolución al problema de la financiación definitiva de las Comunidades Autónomas. De un momento a otro vamos a disponer del mismo, porque esperamos que el Gobierno Central cumpla con esta promesa, y esto es importante. Cualquier clase de intervención en estos momentos tratando de modificar lo que el Gobierno Central tiene ya previsto, que desconocemos todos, no sería en absoluto eficaz.

Pero ya con una Proposición como ésta, en la que se va a tratar el tema que nos agobia tanto a todos, especialmente a esta Comunidad, nos ha parecido que podría ser completada de alguna forma con unas enmiendas que nos parece que atacan al fondo del problema de manera sustancial e importante. Dos de ellas, por ejemplo, la última, la adición de un nuevo párrafo, pide fundamentalmente una coordinación de toda la Política Fiscal del Estado, porque la financiación de las Comunidades Autónomas se tiene que realizar a través de los recursos propios del Estado, y estos recursos propios del Estado, en todos sus niveles, se recogen a través de la recaudación fiscal, recaudación fiscal que luego puede realizarse en distintos escalones y por distintos procedimientos, incluidos incluso hasta las propias tasas municipales. Desde este punto de vista, cualquier falta de coordinación en todos los niveles para hacer frente al tema fiscal, nos parece que va a llevarnos a un caos fiscal, e incluso a las Corporaciones Locales que son las de menos potencia política y economía, a tener que forzar incluso un exceso de recaudación fiscal, un exceso de imposición fiscal que no se corresponde con las reales necesidades del país. Todo esto puede resolverse mediante un equilibrio de reparto de los recursos fiscales a recaudar entre todos los niveles, centrales, autonómicos y de Corporaciones Locales, de una manera ponderada y adecuada a las necesidades de cada uno, de manera que se cumplan los requisitos y los principios que hemos estado hablando aquí, fundamentalmente el de suficiencia. Si esto no es entendible y esto no tiene importancia, díganme Sus Señorías, en orden a la financiación de las Comunidades Autónomas, qué es lo que puede tener importancia.

Segunda parte. Otra de nuestras enmiendas habla del 16.1 de la Ley Orgánica de Financiación de Comunidades Autónomas, donde se fijan en ella los criterios de aplicación del Fondo de Compensación Interterritorial, y nos encontramos con la desagradable sorpresa que hasta ahora las leyes del Fondo que han sido aprobadas lo que hacen es aplicar estos criterios del Fondo de manera irregular, de tal manera que los tres criterios que vienen en segundo lugar, es decir, el de población, el de paro, y no me acuerdo en estos momentos cuál es el otro, esos solamente se aplican en el caso de que las Comunidades Autónomas correspondientes queden por debajo de la media nacional, y, en cambio, en el primer criterio, el más importante, el transcendental, donde se está aplicando el setenta por ciento del total del Fondo, que es el que va en razón inversa de la renta per cápita, resulte que ahí, al pasar a la Ley de Financiación, metemos la coordinación con la población, lo cual me parece que es justo, en primer lugar, pero, en cambio, no aplicamos ya el principio de que solamente lo reciban las Comunidades que queden por debajo de la media, con lo cual estamos haciendo un auténtico despojo de todas las Comunidades que estén desarrolladas por debajo de la media nacional. Señores, corregir esto me parece que es fundamental para un Parlamento como éste, en el que estamos defendiendo los intereses sobre el desarrollo de nuestra Región. Olvidarnos esto y no tratar de corregirlo creo que no es aportar ninguna clase de solución al tema. Por lo menos, estas dos enmiendas estimamos que deben ser consideradas con mayor rigor e introducidas en una resolución; de otro caso, mi Grupo no podrá votar a favor de ellas.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias, señor Bosque Hita. Dispone de cinco minutos el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. La verdad es que el debate de esta Proposición No de Ley es un poco atípico, por mi parte, porque al mismo tiempo que, bueno, que tengo que defender la Proposición y estudiar las enmiendas, que he tenido que hacerlo al llegar aquí, pues, tengo que escuchar las intervenciones que tienen lugar y muchas veces, pues, se me pueden escapar algunas cosas que yo no haya podido percibir, a pesar de que el señor Bosque Hita, pues, las he dicho bastante alto y yo pienso que en las cosas que decía debía tener bastante razón por la fuerza

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con la que las decía. Pero a mí no me ha llegado suficientemente esa razón a pesar de que yo he visto estas enmiendas con la mejor voluntad, y me parece que todo lo que se dice en ellas es lo que yo he querido expresar; y lo que yo no he querido expresar, pues, y que se dice en estas enmiendas, es porque yo no lo quería expresar. Porque, claro, cuando a mí se me habla de suficiencia y yo leo en la enmienda mía, y no la puedo leer porque con estos papeles no me la he traído, pero hablo verdaderamente de que se tiene que atender los servicios mínimos, y que el sistema tiene que ser solidario y objetivo, etcétera; si es que me parece que no se puede pedir más de lo que yo pido en mi enmienda, vamos, a mí pedir más me ha parecido que sería escribir una carta a los Reyes Magos y tanto como decirles, pues, bueno, que el dinero del Fondo y el dinero destinado a las Autonomías, pues, venga para la Autonomía nuestra; qué duda cabe que yo esto lo hubiera pedido con mucho gusto, pero salvo llegar a pedir eso no se podía pedir más.

En ese sentido, pues, bueno, yo creo que renuncio a una petición aceptando esta enmienda socialista en el punto tercero, pero, sí, renuncio a esa petición de la revisión o del papel que tiene que desempeñar el Consejo de Política Fiscal y Financiera, pero en aras de sacar adelante lo que me parece que es suficiente, pues, yo acepto esta enmienda socialista, que, repito, me devalúa en este cuarto punto que yo señalaba en la mía, pero que, claro, repito, cuando uno no tiene más que un voto en este Parlamento, pues, tiene que renunciar no sólo a esto, sino a muchísimas cosas más, entonces acepto, pues, lo que yo creo que, bueno, el Grupo Socialista debe estar dispuesto a aceptar también a la vista de las intervenciones que yo le he oído al señor Paniagua en el punto primero, que le aceptaba plenamente; el punto segundo, que decimos lo mismo y, por tanto, como decimos lo mismo, pues, creo que, bueno puede aceptarse el que yo planteaba; el punto tercero, que yo acepto el de la enmienda socialista, reduciendo o retirando el punto cuarto y el punto quinto; y el punto cuarto que pasa a ser el quinto de lo que yo presentaba. En este sentido, me parece que por parte mía éste podría ser el texto definitivo que a mí me gustaría que se sometiera a votación y que yo dejo en poder de la Mesa.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Se procede a someter a votación la Proposición No de Ley del señor Montoya Ramos con la aceptación, por su parte, del punto número tres de la enmienda socialista, de tal manera que la Proposición No de Ley quedaría de la siguiente manera: primer punto, sin modificaciones; segundo punto, sin modificaciones; tercer punto, sustituido en su texto por el de la enmienda socialista; y, finalmente, pasaría lo que en la Proposición No de Ley figuraba como punto quinto pasaría a ser punto cuarto en la propuesta que ahora hace a la Cámara el señor Montoya. Votos a favor de la Proposición No de Ley. Pueden sentarse. Votos en contra. Abstenciones. Muchas gracias.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y nueve. Votos a favor: cuarenta y tres. Votos en contra: ninguno. Abstenciones: treinta y seis. Queda, por tanto, aprobada la Proposición No de Ley del señor Montoya Ramos, con la incorporación, por sustitución, del punto tercero de la enmienda del Grupo Socialista.

Tiene la palabra el señor Secretario para dar lectura al siguiente punto del Orden del Día.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR HERRERO SANZ):

Tercer punto del Orden del Día: "Designación de ocho miembros del Consejo Rector del Instituto de Desarrollo y Planificación Económica de Castilla y León".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

En cumplimiento del artículo 7. c) de la Ley 3/1.985, de once de Junio, del Instituto de Desarrollo y Planificación Económica de Castilla y León, y de conformidad con la resolución de esta Presidencia, de fecha catorce de Octubre del ochenta y cinco, se va a proceder a la designación de ocho vocales del Consejo Rector del Instituto de Desarrollo y Planificación Económica de Castilla y León. Por el señor Secretario se dará lectura a las propuestas de candidatos efectuadas por los Grupos Parlamentarios Socialista, Popular y Mixto, que fueron aprobadas por la Mesa de la Cámara en su reunión de once de Diciembre de mil novecientos ochenta y cinco. Tiene la palabra el señor Secretario.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR HERRERO SANZ):

Por parte del Grupo Socialista han sido presentados don Andrés Suárez y Suárez, don Jesús Ruiz Huerta Carbonell, don Fernando Manero Miguel, y don Zenón Jiménez-Ridruejo Ayuso.

Por parte del Grupo Popular, han sido presentados doña Josefa Eugenia Fernández Arufe, don Longinos Jiménez Díaz, y don Jesús Posada Moreno.

Por otra parte del Grupo Parlamentario Mixto, ha sido presentado don Francisco Javier Cobo Valeri.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Dado que se trata de propuestas de los tres Grupos Parlamentarios, de un lado, y, de otro lado, de lo que se trata por parte de esta Cámara es de ratificar o no esas propuestas, vamos a proceder a esta ratificación por el procedimiento del asentimiento. ¿Están todos de acuerdo en ratificar las propuestas de los Grupos Parlamentarios que acaba de leer el señor Secretario?. Quedan, por lo tanto, aceptados o ratificadas las propuestas hechas a las que acaba de dar lectura el señor Secretario.

Tiene la palabra el señor Secreçtario para dar lectura al punto siguiente del Orden del Día.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR HERRERO SANZ):

Cuarto punto del Orden del Día: "Interpelación

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formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Manuel Fuentes Hernández, relativa a demarcación judicial, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 86, de 12 de Noviembre de 1.985".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Fuentes Hernández.


EL SEÑOR FUENTES HERNANDEZ:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. La interpelación que este Procurador formula a la Junta tiene fundamentalmente un propósito: que se dé cuenta, de forma amplia y en profundidad, a esta Cámara de la propuesta que la Junta hizo en su día, en la sesión del veintiséis de Septiembre, sobre demarcación judicial en Castilla y León al Ministerio de Justicia.

La gran sensibilidad de nuestra comunidad sobre este asunto se puso de manifiesto en el abundante tratamiento, en los medios de comunicación, de las zonas y provincias afectadas por esta posible reestructuración de los partidos judiciales de nuestra Región, y se acentuó con la serie de preguntas presentadas por nuestro Grupo Parlamentario, por distintos Procuradores, sobre problemas en distintas provincias, interesadas en conocer formalmente los términos de la propuesta o propuestas de la Junta que afectan a comarcas de diversas zonas de nuestra Comunidad.

Se concreta en la movilización de las autoridades comarcales y locales ante el Presidente de la Junta, Consejero de Presidencia, Presidente de la Audiencia, etcétera, ante la inquietud que provocó la publicación de la Ley Orgánica y el desarrollo que en la misma se prevé, en la prevista Ley de planta y demarcación judicial a realizar con participación de las Comunidades Autónomas.

Toda esta situación es la que hizo pensar a este Procurador la necesidad de presentar esta Interpelación en los siguientes términos redactada:

"Según la información publicada recientemente, la propuesta de demarcación judicial para Castilla y León, presentada por la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, fue examinada por la Junta de Consejeros en la reunión, que insisto, de fecha veintiséis de Septiembre de ochenta y cinco.

Esta propuesta está vinculada a la reciente reunión que el Ministro de Justicia, Fernando Ledesma, mantuvo recientemente con todas las Comunidades Autónomas a las que asistió, por Castilla y León, el Consejero de Presidencia, don José Constantino Nalda. Se han establecido una serie de criterios para que sean tenidos en cuenta en la redacción del futuro proyecto de Ley de Demarcación Judicial.

El fin que se persigue -decía la nota-, es conseguir un mejor funcionamiento de la Justicia, así como su modernización y adecuación a la actualidad, ya que la demarcación hoy existente posee una antigüedad de mediados del siglo pasado.

Cabe destacar que entre los criterios prioritarios tenidos en cuenta por la Comunidad de Castilla y León para la elaboración de su propuesta, dirigida al Ministerio de Justicia, figuran los demográficos, los geográficos, y la coincidencia espacial de los actuales partidos judiciales con los espacios comarcales de actuación (ECA), entre otros, incrementando además en cinco el número de Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, sobre la propuesta elaborada por el Ministerio y el Consejo General del Poder Judicial.

Esta información ampliamente difundida en diversos medios de comunicación causaron inquietud en los pueblos afectados, y nuestras Cortes no disponen hasta el momento de una información concreta sobre la posición formal de la Junta al respecto.

Por ello, este Procurador hace a la Junta de Castilla y León la siguiente interpelación: ¿cuál es la posición de la Junta ante el proyecto de Ley de Demarcación Judicial, y cuáles son los términos del primer informe emitidos?. Conocidas las reacciones de las distintas provincias y reclamaciones concretas formuladas actualmente, ¿cuál es la situación de este problema?".

El trece de Octubre del ochenta y cinco, el Excelentísimo señor Presidente del Ejecutivo Regional, señor Madrid -aquí en este momento no presente-, manifestó, después de finalizados los actos en la festividad de la Guardia Civil en Zamora, lo siguiente, a diversas interpelaciones de los periodistas presentes en la citada celebración. La contestación, entrecomillada, de los medios de comunicación dice lo siguiente en palabras del Presidente, señor Madrid: "El tema de las demarcaciones judiciales no es ni criterio ni iniciativa de la Junta, sino del Ministerio de Justicia". En aparente contradicción a estas palabras del Presidente, el Ministro de Justicia contestó, el treinta de Noviembre, en fecha que apareció en la prensa, a una pregunta de un Procurador de Burgos del Grupo Popular sobre demarcación judicial, lo siguiente: "Las Comunidades Autónomas han de formularlas unas propuestas de demarcación judicial, en las que figurarán los partidos judiciales -artículo 35 de la Ley Orgánica-, y siendo aquéllas las que conocen más directamente las realidades sociales, económicas, históricas y geográficas, se da -en palabras del Ministro-, en aquellas propuestas en las que se hagan expresamente constar cuáles son los territorios que constituirán estas zonas".

Dado que, según se estima por el Ministro, que será, al respecto, singularmente ilustrativo al parecer de la respectiva Comunidad Autónoma que le incorpore a las correspondientes propuestas las consecuencias que sobre el desarrollo económico y social de una zona puede tener la supresión de un Juzgado, conviene puntualizar -dice el Ministro-, que los criterios determinantes de la demarcación judicial no pueden en modo alguno ser patrones

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rígidos, sino que han de adaptarse a las circunstancias en cada caso concreto, a efectuar con base en el artículo 32 de la Ley Orgánica citada, las correcciones que los distintos elementos a ponderar aconsejan".

Quiere decirse que hay dos posturas aparentemente contradictorias en esta Interpelación, como son informaciones aparecidas con posterioridad; yo, me gustaría una ampliación de la Junta. Las protestas de las zonas afectadas en nuestras provincias, en las comarcas diversas de nuestra Región de Castilla y León, que no cito para no ser larga mi exposición, parece que las precisiones que el Ministro parece hacer recientemente hicieron variar los primitivos informes del veintiséis de Septiembre del ochenta y cinco de la Junta; no lo sé y por eso lo formulo con interrogación.

Y en qué momento nos encontramos hoy en este asunto tan importante para la Comunidad y que afecta a multitud de Municipios de Castilla y León. Espero con vivo interés la contestación de la Junta sobre este planteamiento inicial. Muchas gracias.


EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR PEREZ DE LERA):

Muchas gracias, señor Fuentes. Tiene la palabra el señor Consejero de Presidencia y Administración Territorial.


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR NALDA GARCIA):

Muchas gracias, señor Presidente. Yo creo que, empezando por lo último de la exposición del señor Procurador, entre otras razones porque planta una disparidad de..., al menos de opiniones reflejadas en la prensa, creo que voy a empezar por un análisis en cierto modo histórico de cómo ha transcurrido, los pasos que se han ido dando para llegar a la primera propuesta que será modificada en breve plazo.

Yo diría que todo nace con una reunión, a la cual el propio Procurador se ha referido -pero yo creo que las reuniones previas en las cuales se hicieron a nivel secundario, de técnicos de la Administración Central y de la Administración Autonómica, no las podemos considerar como inicio del procedimiento-, se inicia con la reunión del día cinco de Septiembre de mil novecientos ochenta y cinco, tenida en el Ministerio con todas las Comunidades Autónomas; estuvieron todas las Comunidades Autónomas presentes -eso es un síntoma indudable de lo que un tema de esa naturaleza preocupa en el conjunto del Estado Español- con el señor Ministro de Justicia. En esa reunión se nos facilitó un primer documento de trabajo, o propuesta inicial, que había sido elaborada por estudios realizados por el propio Ministerio de Justicia y el Consejo del Poder Judicial, órgano que entendía el propio Ministerio, y que entendemos y yo creo que lo entenderá también Su Señoría, que es clave en los desarrollos judiciales que puedan tener lugar en este país.

Ese primer documento partía de una serie de condiciones o de parámetros utilizados. Esos parámetros utilizados, que me parece lógico y desde una postura de modernización de la estructura judicial de nuestro país yo creo que deben de ser valorados positivamente por todas las Señorías, que parten, pues, para hacer posible, diríamos, desde una demarcación territorial idónea, hacer posible el proceso informático en la Administración de Justicia, en el cual está empeñado el Ministerio, partía de una serie de parámetros como eran los siguientes:

Evidentemente, cifra poblacional, es decir, datos poblacionales en el entorno que iba a recoger esa demarcación judicial. Y se hablaba de unos mínimos, mínimos que se estimaba, para poder hacer rentable un servicio de esa naturaleza, en el orden de los veinte, veinticinco mil habitantes. Evidentemente, ese caso, en nuestra Comunidad Autónoma, es roto en varios puntos, que Su Señoría si quiere y que le puedo facilitar, que no los voy a leer aquí porque son excesivo papeleo el que podríamos estarnos con ese tema, pero que ese dato, y a poco que se conozca la Región, se dará uno cuenta que se rompe en muchos de los puntos en los que se ha hecho, y sobre en aquellos añadidos por la propia Junta de Castilla y León, pero era un primer dato.

Un segundo dato que habían tenido en cuenta el Consejo del Poder Judicial y los Técnicos era la extensión territorial, el ámbito y las comunicaciones a través de las cuales, diríamos, los diversos enclaves poblaciones pueden relacionarse con el centro cabecera.

Otro tercer parámetro, que en opinión del Poder Judicial y del Ministerio era importante -y yo creo que evidentemente así hay que tenerlo en consideración-, es el número de litigios producidos en la zona, es decir, el número de litigios, diligencias, etcétera, que se entendían que pudieran ser suficientes para tener un juzgado de Primera Instancia e Instrucción. Ténganse en cuenta que los Juzgados de Distrito desaparecen por la Ley Orgánica del Poder Judicial y en su sustitución viene una figura mucho más poderosa que el Juzgado de Distrito que es el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, donde no solamente las causas penales, sino también las causas civiles van a tener su contemplación; por lo tanto, eso exige, al mismo tiempo también, un número idóneo, al menos, pues, para que los Juzgados tengan un cierto equilibrio. Evidentemente que siempre se va a producir un desequilibrio entre aquellas zonas con gran concentración de población, como pueden ser las capitales de provincia, y esas otras, los distritos judiciales más rurales, donde, evidentemente, el número de casos disminuye fundamentalmente.

¿Qué techo o qué parámetros utilizaba el Ministerio, o nos indicó el Ministerio, como idóneos? Pues, se ha hablado del caso de unas trescientas sentencias, lo que significaba del orden de unas mil quinientas a dos mil diligencias previas. Estos eran parámetros utilizados por el Ministerio.

Con esos parámetros, el Ministerio nos propone una

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demarcación territorial para que, evidentemente y en base a ella, la Comunidad Autónoma realice su propuesta. De todas maneras, y a pesar de las palabras del señor Ministro, pero, claro, evidentemente muy matizadas, porque Su Señoría misma nos ha dicho "será singularmente ilustrativa" la propuesta de la Comunidad Autónoma, no debemos tener patrones rígidos, etcétera, yo creo que estamos dentro de lo que en aquella reunión se quedó, sin que hubiera un acta concreta de la misma, pero se quedó en el buen hacer de todos. ¿Cuál era ese criterio? El criterio era que durante todo el trámite posible de ley, a la que hay que dar a las demarcaciones judiciales, hubiera una flexibilidad por parte del Ministerio para poder reajustar esos espacios territoriales. Así se quedó y así se está cumpliendo por la Junta. Pero yo quisiera advertirles a Sus Señorías que, evidentemente, la propuesta que haga la Junta debe de ser informada posteriormente por el Consejo del Poder Judicial y, segundo, debe ser elevada a ley y discutida, evidentemente, en las dos Cámaras, Congreso y Senado, antes de su promulgación.

No obstante, la Junta, en aras y en uso de su competencia, creyó importante someter lo antes posible una propuesta al Ministerio. ¿Por qué la fecha del veintisiete de Septiembre, que yo considero que tenía una cierta premura, dado que habíamos partido de una reunión del día cinco? El Ministerio nos pidió a todas las Comunidades Autónomas que, a ser posible, antes de finalizar el mes tuvieran en su poder una contestación a aquella propuesta que nos hacía el Ministerio. La razón estribaba en que, si Sus Señorías se acuerdan, el día veinte de Octubre de mil novecientos ochenta y cinco, es decir, a los pocos días, cambiaba la composición del Consejo del Poder Judicial, y el Consejo que había intervenido en el trámite anterior, hasta aquella propuesta que se nos había presentado, el Ministerio pretendía que al menos también ese Consejo conociera la propuesta o el informe que elevaban las Comunidades Autónomas, para que no se entendiera que se pretendía obviar a un Consejo por otro Consejo en este trámite de las demarcaciones territoriales. Esa razón dada por el señor Ministro fue aceptada por todos los Consejeros o representantes de las Comunidades Autónomas, y yo creo que la mayoría -y yo espero que hayan sido todas al menos-, hayamos cumplido aquel compromiso, que era un compromiso entre caballeros, pero de intentar antes del día treinta de Septiembre que hubiera un documento en el Ministerio. En ese sentido se trabajó con premura, se hizo las correspondientes consultas a instituciones, sobre todo a las instituciones de la Magistratura a los colegios de abogados, etcétera, y con las que, las informaciones que nos llegaron hasta esa fecha, elaboramos una propuesta. Esa propuesta tuvo en cuenta, por lo tanto, la que nos había hecho a su vez el Ministerio y, segundo, las sugerencias que nosotros entendíamos que debían ser incluidas en la propuesta de la Junta de Castilla y León.

Esas sugerencias tuvieron en cuenta, como muy bien ha reflejado Su Señoría, las relaciones e interrelaciones municipales, resultados de diversos estudios anteriores que van desde el reconocimiento territorial, que tiene fechas del año ochenta ochenta y uno, hasta los últimos estudios en base a encuestas sobre con qué Ayuntamientos se relacionan más uno u otro, etcétera, estudios que nos han permitido ir reajustando el espacio territorial de la Comunidad Autónoma, y lo que pretendíamos, evidentemente, es que estas demarcaciones, que tienen un carácter territorial aunque sean para el servicio judicial, vayan, se vayan ajustando lo más posible también a esos espacios territoriales. En base a eso, y en base a, diríamos, las posibilidades de desarrollo de las diversas comarcas o territorios de nuestra Comunidad Autónoma, es por lo que la Junta, a la propuesta que había hecho el Ministerio, añadió un número de nuevos distritos o demarcaciones territoriales. Y les cito, porque me imagino..., las demás recogen todas las existentes y la Junta de Castilla y León propone a mayores en el área de Valladolid a Tordesillas, es decir, el área del bajo Duero o del medio Duero, como ustedes quieran; en Soria, la zona de Agreda, Agreda-Olvega; en Segovia, las tierras de Coca; en Burgos, la zona de Bureba-Montes de Oca; y en León, Sahagún-Campos.

Y aquí quiero advertir también que hicimos una modificación respecto de la propuesta que venía del Poder Judicial. El Poder Judicial planteaba, o del Ministerio como ustedes prefieran, planteaba dividir la demarcación territorial Bierzo en dos demarcaciones judiciales, una con sede en Ponferrada y otra con sede en Villafranca del Bierzo. Nosotros entendemos, por el conocimiento de la realidad y por las propias sugerencias de la población, que la demarcación Bierzo debía de tener una consolidación como una unidad, y así se propuso, siempre que -con esto empalmo una de las sugerencias que hacía la Junta en su acuerdo-, de acuerdo con el artículo 36 de la propia Ley Orgánica del Poder Judicial, se crearan sendas secciones descentralizadas de los juzgados de Ponferrada en Villafranca del Bierzo y en Bembibre. Y en el mismo sentido nosotros propusimos también que había otras tres zonas que, debido a su distancia, debido también al propio dinamismo de la zona, etcétera, debían de tener una contemplación, desde el Ministerio de Justicia, singular y en ese sentido propugnábamos que Villalpando, en la Zona de Zamora, Peñafiel, en la zona de Valladolid, y Saldaña, en la zona de Palencia, tuvieran también, al amparo del artículo 36, sendas secciones judiciales.

Esta fue la propuesta elevada. Nosotros creemos, por algunas informaciones que tenemos del propio Consejo del Poder Judicial y del Ministerio de Justicia, que la propuesta realizada por la Junta de Castilla y León les pareció sumamente acertada y correcta, en el sentido de que estaban dispuestos a asumir realmente en su totalidad. Incluso ellos pretendían o veían que el tema de las secciones que nosotros planteábamos podía tener un mejor tratamiento desde una descentralización judicial, que podía ser contemplada en su día con una mayor potencialidad que la de la propia sección. A partir de esa fecha,

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evidentemente, el resto de las instituciones han seguido mandando sus informes. En este momento, prácticamente diríamos al día de la fecha, porque y ya vamos a decidirnos a cerrar este goteo, yo quisiera que con esta información aunque sólo fuese, fuese ya, diríamos, lo que nos permita realizar un informe complementario; se han recibido las informaciones de veintidós Ayuntamientos, de una Audiencia, de diez colegios de abogados y de dos Diputaciones, y algunos particulares, también hay que decirlo, con representación política unos y otros simplemente por su iniciativa singular como particulares, que han acudido sugiriéndonos determinadas matizaciones.

Las matizaciones fundamentales están en ajustar los bordes de esas demarcaciones territoriales, que tal término municipal no esté dependiente de este Juzgado, que esté de este otro, eso viene a afectar al cinco por ciento escasamente de todo el territorio de la Comunidad Autónoma. Y ha habido unos hechos singulares que nosotros, también Su Señoría ha sido tan amable de no hacer mención de mis propias declaraciones en algunos casos, pero yo quiero reflejarlo, aquí, que son los casos de Villalpando y de Peñafiel, que los datos aportados por los señores jueces de esas dos zonas modificaban sustancialmente los que, por las series estadísticas, nos había facilitado el Ministerio. Entonces, desde esa perspectiva, y teniendo en cuenta que en ambos sitios nosotros ya veíamos la necesidad de esa singularidad, nosotros entendemos que ahí deberíamos de ampliar nuestra petición al Ministerio, pasando de ser sección a que sea también un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción.

Y queda el caso de Saldaña. Mi opinión es que si nosotros establecemos eso con carácter para una u otro sitio, debemos de estudiar su relación también con los casos de la zona, que podríamos relacionar con la ciudad de Saldaña.

Con lo cual, nosotros creemos que, dando un tratamiento homogéneo, en este momento la propuesta que puede elevar, complementaria, la Junta de Castilla y León y de la que pueden tener conocimiento Sus Señorías, incluso estámos dispuestos a mandarles un informe completo con todas las demarcaciones, etcétera, y planos complementarios, deberíamos de complementarla en el sentido siguiente. Seguir insistiendo en el hecho de la unidad en el Bierzo, seguir insistiendo en el hecho de la descentralización máxima sobre todo en Villafranca del Bierzo, más que en Bembibre si ustedes quieren, por una razón, porque los pueblos o términos municipales, es decir, los ciudadanos que dependen de Villafranca son ciudadanos en una zona de difíciles comunicaciones, y, por lo tanto, ahí se requiere una máxima descentralización judicial en ese sentido, pero que hubiera esa unidad Bierzo, que se mantuviera. Pasar a Juzgados de Primera Instancia e Instrucción los tres antedichos, de Saldaña, Peñafiel y Villalpando, y corregir los límites en la medida en que, por las diversas poblaciones, se nos ha solicitado.

Yo creo que ése es el estado actual de la cuestión, y en ese sentido iría el informe complementario de la Junta.

Yo quisiera hacerles ver que con esto la situación sería la siguiente. En el momento presente, el número de partidos judiciales, los Juzgados de Distrito, son de cuarenta y uno...


EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR PEREZ DE LERA):

Señor Consejero, debe ir terminando su intervención.


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR NALDA GARCIA):

Muchas gracias, señor Presidente; en un minuto termino, si es usted tan benevolente.

La propuesta que nos hacía el Ministerio eran cuarenta y dos; la propuesta primera hecha por la Junta eran cuarenta y siete, y la propuesta definitiva que quedaría sería de cincuenta, de cincuencia demarcaciones territoriales, que no quiere decir que sean Juzgados, porque luego, diríamos, el número de Juzgados o de Secciones se va a determinar posteriormente, de acuerdo con el artículo 36, con conocimiento de las Comunidades Autónomas.

Finalmente, una cuestión por si les preocupase, porque algunas de las preocupaciones o de las iniciativas que desde diversos ángulos han llegado a la Consejería parten de un equívoco, y es que estas demarcaciones territoriales tuvieran alguna influencia en los procesos electorales. Quiero hacerles ver claramente que por mandato imperativo de la propia Ley Orgánica del Poder Judicial, en una de sus Disposiciones Adicionales, las demarcaciones territoriales que se creen al amparo de esa Ley no modifican en absoluto los espacios territoriales que a efectos electorales están vigentes desde mil novecientos setenta y siete, en el proceso y durante todas las elecciones para el proceso democrático, durante el proceso democrático. Por tanto, no tengan, no hay, es decir, esta posible duda o dificultad añadida que en algunas mentes, y les digo que me han llegado a mí opiniones que se fundamentaban en esta situación, no tiene nada que ver y éstas son dos demarcaciones totalmente diferentes: una será la demarcación a los efectos electorales, que es la vigente hasta este momento, y otra cuestión es las demarcaciones territoriales judiciales que lo que pretenden es un espacio territorial donde los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción tengan una capacidad mucho mayor y puedan estar o pueda llegarse a un equilibrio entre el número de jueces y el número de magistrados, que en este momento está francamente desplazado, en el sentido favorable a los jueces, con lo cual a veces los problemas de índole penal tienen, no tienen tanto problema y salen con relativa facilidad, mientras que se acumulan los casos de procedimiento civil por la carencia o la ausencia de magistrados. Muchas gracias, señor Presidente.

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EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR PEREZ DE LERA):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Fuentes Hernández.


EL SEÑOR FUENTES HERNANDEZ:

Unicamente para consumir los cinco minutos de réplica, que son simplemente de pedir mayor ampliación al Consejero, en puntos concretos, porque de su exposición inicial algunos temas han quedado claros y van ratificando, en cierta medida, la exposición que este Procurador ha formulado como primera intervención.

A mí me gustaría que el señor Consejero, en orden a que los señores Procuradores tuvieran el dato lo más real posible, y, por tanto, el objetivo exclusivo y primario de esta Interpelación se fuera cumpliendo, sería el siguiente.

En base a toda esta evolución de informes y en base a los datos que dispone la Consejería, cuántos Juzgados de Distrito, por esta propuesta, desaparecerían por provincia. El señor Consejero sabe que con esta nueva ley desaparece el Juzgado de Distrito y, por tanto, él tiene que tener el dato de cuántos son los Juzgados de Distrito que en este momento existen, y cuántos, por la aplicación de esta Ley, en toda la Comunidad Autónoma van a desaparecer.

Y segundo. En base a estos, cuántos se transforman en Juzgados de Paz.

Y, últimamente, le quiero hacer otra pregunta que está relacionada, y ya que tengo la oportunidad de hacérsela al señor Consejero se la formulo en el ámbito de esta Interpelación, y es cuándo, en la información que hace la Junta sobre esta materia, se define cuáles son los espacios comarcales de actuación, ECA, como dice la Junta; qué relación tienen con las propuestas que la misma hizo al Ministerio de Justicia, en cierta manera lo ha dicho; pero algo muy importante, qué razón está teniendo la Junta para sin tener formalmente, según mi información, cerrada esta definición de lo que ellos llaman espacios comarcales de actuación en algo tan importante, de tanta transcendencia como los Juzgados, ya están sirviendo de base. Lo digo esto porque, sorprendentemente, en esta Comunidad se sigue dando lo que la Administración Central nos tenía tan acostumbrados, y son diversos espacios comarcales. Pero éste no es el tema de hoy, y, por tanto, sólo quiero que el señor Consejero se refiera estrictamente a lo que se refiere a los temas que en mi interpelación formulo. Muchísimas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de...


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR NALDA GARCIA):

Perdón, señor Presidente, que me haya atrevido a subir a la tribuna sin su autorización.

El tema segundo, yo creo que le debemos de dar todos lo que tiene de valor en este momento. El valor son, y se lo he dicho expresamente, estudios que vienen realizándose a lo largo de diversos años por esta Comunidad Autónoma, desde el primitivo y extinto Consejo hasta los que, desde la toma de posición de este Gobierno, este Consejero ha tenido a bien, o autorizado por la Junta, encargar. Y yo creo que todo eso forma un bagaje en el cual le hemos empezado a probar; yo creo que siempre un tema de carácter territorial debe realizarse con suma prudencia y debe de irse probando en pequeñas actuaciones que vengan sobre el tema. Se está probando, por ejemplo, en el Plan de Carreteras, porque, evidentemente, los espacios que se diseñen se diseñan ya con el futuro del siglo XXI y debe realizarse, por lo tanto, en base a unos sistemas de comunicaciones integradores; por lo tanto, hay que testarlo con ese sistema de comunicaciones. Yo creo que a través del Consejero de Obras Públicas ustedes han tenido también en la Comisión alguna información sobre este tema. Y hemos tenido la oportunidad, por iniciativa del propio Ministerio y por la cuestión de poner en marcha una nueva distribución judicial, la posibilidad de testarlo ya con una estructura vieja, con una estructura de más de cien años, pero que inicia también una andadura hacia un futuro, no muy lejano, de modernización, etcétera, de la Administración de Justicia, y desde esa perspectiva lo hemos probado; no tiene más valor que eso.

Pero esto nos ha venido muy bien, y en esa información complementaria que Su Señoría pedía nosotros le podemos facilitar, y se lo facilitaremos, planos, mapas de cada provincia, donde venga cuál era la situación y cual era la distribución antigua y la nueva, y cómo algunos de estos términos municipales, algunos de estos Municipios, nos han pedido que en lugar de depender de "a" pasen a depender de "b". Son pequeñas zonas de los bordes como siempre ocurre; el problema siempre es el trazar una línea; una línea, cuando tratas de aspectos comarcales, aspectos territoriales, al final tratas con individuos y, por lo tanto, es una línea viva, y esa línea viva hay que corregirla en la medida que los propios Ayuntamientos, los propios Municipios así lo deseen. Se lo facilitaremos.

En cuanto a la primera de las preguntas, yo no sé si se lo voy a hacer muy tedioso, porque, claro, es todo este mamotreto, el que por irles relacionando, es decir, en Avila existían en este momento uno, dos, tres, cuatro Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, y dos, tres, cuatro y cinco Juzgados de Distrito. Evidentemente, los Juzgados de Distrito desaparecen; los que no se transformen en Juzgados de Instrucción, de Primera Instancia e Instrucción, pasan a ser Juzgados de Paz, y..., pero la situación es la siguiente. ¿Cuál era la situación en Avila?, por ponerles un ejemplo, y no les voy a cansar a Sus Señorías; pongo ésta porque es la primera, también porque es la del Senador Bosque Hita, Portavoz de la oposición. Pues, está la ciudad de Avila, la ciudad de Cebreros, la ciudad de Arenas de San Pedro, Arévalo y Piedrahita; pues, esos siguen existiendo. Y cuál es la situación nueva que pretende o que prevé el Poder

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Judicial. Pues, en Avila pasar de dos Juzgados a cuatro Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, yo creo que es un reforzamiento fundamental, sobre la capital de provincia; en Cebreros se mantiene el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción; en Arenas de San Pedro un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción; en Arévalo un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción; y en Piedrahita un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción. En resumidas cuentas, la provincia de Avila, casualmente..., hay en otras que sí, hay en otras que sí, por ejemplo en Burgos. En Burgos desaparece un Juzgado de Distrito, que es el de Castrojeriz, el de Castrojeriz; sin embargo, otro que había hecho desaparecer el Consejo del Poder Judicial que era el de Bureba-Oca, Montes de Oca, es decir, el de Briviesca-Belorado, por darle el nombre de las ciudades sobre las que gravita la población de ese área, se mantiene y se va a mantener en Briviesca por petición de la Junta.

Como estos ejemplos les podríamos ir detallando el resto de las provincias, y lo que sí que haremos, en el momento en que esté ultimado, y les digo a Sus Señorías que a partir de esta fecha vamos a cerrar el goteo de llegadas de sugerencias, vamos a hacer un informe complementario y en cuanto este informe complementario sea aprobado por la Junta de Castilla y León tendrán ustedes toda la información correspondiente. Muchas gracias señor Presidente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias señor Consejero. Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Gracias, señor Presidente, señores Procuradores. Nosotros vamos a intervenir simplemente para fijar nuestra posición al respecto y ciñéndonos exactamente a lo que pueda ser fijación de esta posición.

El artículo 24 de nuestro Estatuto señala que es competencia de la Comunidad la fijación de las demarcaciones judiciales, y en ese sentido el artículo 35 de la Ley Orgánica del Poder Judicial concreta el mecanismo de participación de las Comunidades a que se remitirá la organización de la demarcación territorial de sus territorios, y además también nos señala cuáles son los mecanismos de actuación, por lo que las Comunidades Autónomas deben de elaborar una propuesta, a petición siempre del Gobierno, que se elevará a éste y éste, a su vez, con las propuestas de todas las Comunidades Autónomas, lo eleva a informe del Consejo General del Poder Judicial.

Hay que señalar, aunque el Consejero ya lo ha hecho, de que en este caso se ha invertido, ciertamente, el orden ya que en las informaciones que tenemos ha sido el propio Consejo el que ha elaborado esa primera propuesta que, como ha dicho el Consejero, ha sido modificada en parte con lo que concierne a cinco provincias. En este sentido, la competencia que queda a esta Comunidad, posteriormente, es que, una vez aprobada la Ley por las Cámaras nacionales, la Comunidad Autónoma tendrá que determinar la capitalidad de los partidos judiciales. En ese sentido queremos dejar concretado el tema de que es competencia de la Junta de Castilla y León elevar ese informe y, por lo tanto, ésa es su responsabilidad.

Nosotros estamos de acuerdo en los criterios que más o menos se vienen manejando para la elaboración de esta propuesta, y que corresponden a criterios, evidentemente, de población, consecuente de ello los asuntos que se tramitan, y las comunicaciones.

No quiero dejar pasar la oportunidad de señalar de que en estos últimos años los partidos judiciales han sufrido modificaciones precisamente por la consecuencia de estos criterios que exponía, de la despoblación, de, como consecuencia de ella, la falta de asuntos que se han ido tramitando y también la falta de comunicaciones en cuanto a la relación del centro del partido judicial con los pueblos, en aquellas personas que no tienen un medio propio para su desplazamiento.

Estamos de acuerdo en que el fin que el señor Fuentes señala en el texto de su interpelación es de que hay que perseguir el mejor funcionamiento de la Justicia y sobre todo su modernidad y su adecuación a los tiempos actuales. Y nos parece, como conclusión, que sería interesante que el ofrecimiento que el Consejero ha hecho de que, una vez elaboradas las últimas conclusiones, se dé cuenta a los Procuradores, yo, en ese sentido, en nombre del Grupo, haríamos la petición de que ese informe fuera a la Comisión de Administración Territorial, dejando sentado de que, evidentemente, las conclusiones que pudieran establecerse en esa Comisión no son vinculantes en ningún caso para la Junta, pero sí orientativas, y que creemos que además podría cumplir un segundo fin, que creo que puede muy importante, y es que en alguna forma los Procuradores, a través de la Comisión, podamos establecer los criterios que debieran de llevar al señalamiento de la capital, de cara precisamente a que haya el mayor consenso posible en la promulgación de esa ley que sí es competencia de esta Cámara. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Fuentes Hernández.


EL SEÑOR FUENTES HERNANDEZ:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Es sorprendente que al Grupo Mixto este problema no le interese, y este Procurador quiere, desde luego, desde su exclusiva opinión, lamentar la no presencia de representantes de tan importante Grupo en esta Cámara, en este momento en el cual su voz era imprescindible que se escuchara.

Como final de mi intervención y mi Interpelación, yo venía repasando la Ley del Poder Judicial, y en la Exposición de Motivos, en el apartado 5 de la misma, se dice, y en base a las reacciones en las comarcas afectadas se patentiza que es verdad y el propio señor Consejero, en

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una sinceridad que yo agradezco, ha puesto de manifiesto incluso la posibilidad de modificaciones de la primera propuesta, que la ley contiene innovaciones en la organización territorial importantes, así dice, y se democratiza el procedimiento incluso de algo tan importante, tan entrañable y tan querido como son los jueces de paz en muchas de nuestras pequeñas Comunidades. Pero hay algo tan importante que dice que se suprimen los Juzgados de Distrito, que se transforman en Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, y por las palabras del señor Consejero, que en razón a su exposición él ha interpretado que no interesaban, ha omitido un dato que, indudablemente, era importante, pero que yo, vamos, no insisto en que le facilite, pero que esto es lo que está realmente provocando realmente inquietud: la supresión de los Juzgados de Distrito a las poblaciones afectadas.

La importancia de estas modificaciones en Castilla y León revisten transcendencia y la Junta, en su propuesta y exposición, en la exposición a esta Cámara se ha mantenido en la misma, incluso en los objetivos que el señor Bravo ha resaltado, y que yo, por mi parte, es exactamente, la mayor sensibilidad por mi parte está en la exposición que el señor Bravo ha hecho de lo que son factores determinantes de muchos de estos informes.

El señor Consejero ha hablado nuevamente de algo que él denomina Secciones Judiciales, y la Ley Orgánica del Poder Judicial, según todas las opiniones de personas absolutamente conocedoras del asunto, no prevé en el Titulo II ni en la que se refiere a la planta y organización territorial, en el artículo 26; la creación de secciones son de otra magnitud y en otro orden de cosas, pero nunca dependientes de Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y que estén localizados en distintas provincias, perdón, en distintas zonas de la Comunidad. En todo caso, cómo es posible, y me alegra que el señor Consejero insista en ello pero probablemente él tiene más datos, que el siga manifestando incluso en esta Cámara esa posibilidad de creación de secciones cuando, insisto, en los ámbitos especializados se desconoce exactamente cuál es este aspecto.

Es preciso, pues, que nuestra Comunidad, y en esto sí que la segunda parte de la intervención del señor Bravo me tranquiliza, se analice con finura los aspectos que se contemplan en el artículo 32 de la Ley, sobre todo en lo que contempla en el apartado 2 y que dice lo siguiente: "La modificación de partidos se realizará en su caso en función del número de asuntos, de las características de la población, medios de comunicación y comarcas naturales". Esta propuesta de modificación de partidos judiciales, si se analiza a la luz de la Exposición de Motivos de la Ley, apartado 2, en la que se dice, entre otros razonamientos, lo siguiente: "El cumplimiento de los objetivos de la Ley precisa de un poder judicial adaptado a una sociedad predominantemente industrial y urbana, y diseñado en atención a los cambios profundos de la distribución territorial de su población". Desde Castilla y León esta concepción industrial y urbana de la ley tenemos que contemplarla con profunda inquietud y de ahí que es el espíritu que mi Interpelación trae. Y como muestras diversas de esa información, que fueron difundidas por todas partes, yo querría hacer ver lo que supone que en pueblos como Peñafiel se hayan llegado a hacer estas asambleas libres y abiertas, con participación de todo el pueblo, y que los conceptos que se han manifestado y que se han dado traslado a la Consejería, y en orden a ser breve no voy a dar lectura, pero que suponen planteamientos extraordinariamente singulares por lo que supone el detectar la sensibilidad de una población en algo tan importante como es lo que se puede suponer la posibilidad, la supresión de un Juzgado. Y esto es extrapolable a todos los pueblos de la Comunidad afectados y, por tanto, insisto, es algo que cala muy hondo y, por tanto, estas Cortes tienen que ser extraordinariamente meticulosas en los tratamientos de esta materia.

Bueno, yo querría decir, y llegar a hacer a Sus Señorías, que en esta Comunidad el señor Consejero nos ha hecho ver claramente qué repercusión territorial tiene esta medida. Estamos, señoras y señores Procuradores, ante un problema importante de identidad y personalidad de distintas comarcas de Castilla y León, que defienden como básico para su pueblo y comarca la necesidad del mantenimiento o transformación de sus juzgados, y estas posturas tienen que ser para esta Cámara posturas para analizarlas con serenidad y con profundidad. Y, por tanto, los términos en los informes emitidos, que me alegra que se haya dicho que se van a revisar, deben de acentuar la importancia que para nuestra Comunidad tiene las razones de orden socio-económico, de comunicación y comarcas naturales. Dejarse arrastrar, y lo digo con enorme respeto y no tiene mi expresión ningún tipo de doble sentido, sino la pura expresión de dejarse arrastrar como en tantas acciones por módulos de asuntos vistos, de demandas, de diligencias, de sentencias, de sumarios, de población, rígidamente, es una especie de trampa o callejón sin salida para las comarcas de la Región, en una palabra, para toda Castilla y León. Mi voz aquí tiene que unirse al sentimiento generalizado de aquellos pueblos y comarcas que piensan que si nos quitan los ferrocarriles -y lo digo también sin doble trasfondo, en el puro sentido de la expresión-, los juzgados se modifican los criterios, en el aspecto educativo y sanitario también se retocan, muchas de nuestras comarcas naturales e históricas están seriamente amenazadas de futuro. En estas Cortes estoy haciendo vocero de estas zonas y de este sentimiento generalizado. Digo también a esta Cámara que estoy seriamente influenciado por estas vivencias y por el sentimiento de los hombres que padecemos estas situaciones, con el propósito de hacer pensar a todos que los informes que den paso a esta reforma, y en este sentido las palabras del señor Consejero me tranquilizan, deben de contrastarse seriamente, analizarse, profundizar en las distintas situaciones de las zonas afectadas y tratando

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entre todos de defender lo mejor para nuestra Región, y espero que esta Interpelación haya podido contribuir a ello. Ahora, los hombres y el Grupo que sustenta al Gobierno Regional tienen la grave responsabilidad, y aquí lo ha recordado el señor Bravo y me parece muy bien, de su decisión y final pronunciamiento.

Les emplazamos a defender firmemente ante el Gobierno Central nuestras posiciones, las que, discrepantes en un momento y coincidentes en otros, se hayan manifestado en este debate en defensa de nuestra querida Castilla y León. Señoras y señores Procuradores, muchísimas gracias por la atención que a este Procurador han dispensado.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Consejero de Presidencia.


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR NALDA GARCIA):

Muchas gracias, señor Presidente, Señorías. Quisiera ser breve, porque creo que he explicado ya suficientemente toda la postura , pero no me resisto, porque además conozco suficientemente al señor Procurador, sé de su frialdad, sé también de que en él dominan normalmente, diríamos, datos de serenidad, y si luego escuchara o leyera el Diario de Sesiones de este Pleno se daría cuenta y diría conmigo que se ha dejado llevar en este momento por determinado sentimientos. Yo creo, Señoría, que no podemos hacer aquí un canto a una estructura poblacional que se fue y que no volverá jamás; no podemos hacer un canto a una distribución territorial asentada en el proceso de la Reconquista y que se cierra en el siglo XIV, porque del XIV acá han ocurrido muchísimas cosas, entre otras que existen una cosa que se llaman vehículos que van a ciento veinte kilómetros por hora o a setenta, dependerá en tal caso de la carretera, pero no en burro ni andando; que hay unos sistemas de comunicaciones, por lo tanto, que influyen directamente sobre la estructura poblacional, y que incluso desde esa misma estructura y por las propias iniciativas de los ciudadanos muchos núcleos de población han ido quedando solamente como residuos para guardar los aperos de labranza, mientras que ellos viven habituaalmente, habitualmente, en los núcleos más dinámicos, más cabecera, con mayores iniciativas, con mayores posibilidades también de ocio, o de cultura, o de educación para los hijos, o de sanidad. Y estos son datos que están ahí, que son datos objetivos, que hay que ponderar, cuando se toma una decisión en el carácter como la que estamos aquí debatiendo, de demarcación territorial judicial. Porque, evidentemente, y lo verán Sus Señorías cuando...., yo recojo la sugerencia y estoy dispuesto a comparecer, en el momento en que esta Cámara nos lo solicite, para este tema en la Comisión de Administración Territorial, verán ustedes como no nos hemos dejado llevar por parámetros sólo economicistas. Hemos sopesado parámetros socioeconómicos, pero hemos sopesado también que lo que se pretende con la Ley Orgánica del Poder Judicial y, por lo tanto, con las demarcaciones, con las nuevas demarcaciones territoriales, es establecer un mecanismo de racionalidad en la Administración de Justicia y un mecanismo que actúe con eficacia y que preste un buen servicio a los ciudadanos.

Y en este momento, y también personas, diríamos, entendidas o con conocimientos, que usted ha citado, respecto de un tema que ahora voy a a entrar en él, son conscientes que un juez sólo y aislado en un punto de una geografía se encuentra con graves dificultades para realizar lo que es una labor judicial moderna y eficaz. Y, por lo tanto, desde esa perspectiva, hay que reestructurar todo el proceso de demarcaciones judiciales, sin anteojeras de ningún tipo, abiertos evidentemente a que no haya ni un sólo territorio con capacidad de actuación y con posibilidades de futuro que quede desasistido; pero tampoco creando zonas donde el señor juez o los señores oficiales se encuentren que el trabajo los resuelven en una hora a la semana, porque con eso lo que estamos haciendo, con eso lo que se está haciendo, es un derroche del erario público, que ninguno queremos, y una prestación que al final resulta que no es eficaz para la colectividad. Entonces, teniendo todo eso en cuenta es como se ha elaborado esta propuesta.

Yo quisiera que volviéramos y que Su Señoría volviera a ese ámbito de racionalidad, que sé que usted posee, que le conozco que lo tiene, que abandonemos a veces, cuando discutamos esto, los sentimientos, y que dejemos a un lado los "viva Cartagena", que muchas veces se traslucen en alguna de estas opiniones o manifestaciones, por una organización de la Comunidad Autónoma perfectamente vertebrada, y por una organización del Estado eficaz y moderna.

En cuanto a la opinión sobre si las secciones se contemplan o no, bueno, yo sigo insistiendo que el Capítulo II del Título II, que habla de la planta y organización territorial, por lo tanto, todo lo que esté incluido en ese Título II es organización territorial, en el Capítulo II, de la división territorial de lo judicial, hay un artículo 36 que dice: "la creación de secciones y juzgados corresponderá al Gobierno, cuando no suponga alteración de la demarcación judicial -cuestión que nosotros estamos salvando-, oída preceptivamente la Comunidad Autónoma afectada". Con lo cual quiere decir que sí que hay un componente territorial, porque lo que es después mera estructura judicial su poder es del Poder Judicial; en el momento en que hay un atisbo de posible implicación territorial aparece la Comunidad Autónoma como asesor. Nosotros planteamos que esto es posible, pero, no obstante, y para su tranquilidad y a la vista de opiniones también manifestadas, que también lo he dejado expreso aquí, algunas de esas sugerencias que hemos hecho queremos modificarlas en el sentido de pedir directamente que sea no una sección, sino un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción. Con lo cual, no hay ningún problema, las

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que eran secciones queremos que sean Juzgados de Primera Instancia con toda su capacidad y, por lo tanto, la posible duda en la interpretación del artículo 36, con esta decisión o por lo menos con esta propuesta -otra cosa será lo que determinen el Parlamento del Estado-, con esa propuesta, por nuestra parte queda totalmente zanjada. Muchas gracias señor Presidente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Se suspende la sesión hasta la cuatro y cuarto de la tarde.

(Se suspendió la sesión a las catorce horas, reanudándose a las dieciséis horas y treinta y cinco minutos).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tomen asiento. Silencio por favor. Vamos a comenzar. Silencio por favor, silencio. Se reanuda la sesión.

Tiene la palabra el señor Secretario para dar lectura al siguiente punto del Orden del Día.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR HERRERO SANZ):

Quinto y último punto del Orden del Día: "Debate y votación del Dictamen de la Comisión de Presidencia del Proyecto de Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de Castilla y León".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Silencio, por favor. ¿El señor Consejero desea utilizar un turno para la presentación de la Ley?


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR NALDA GARCIA):

Con su amabilidad, señor Presidente, y dado que tuve que intervenir en el debate de Totalidad, intervine también en la Comisión presentando la Ley, me parece que hago un favor a Sus Señoría si ahora no lo hago, es decir, ahorramos un tiempo procedimental. Lo que sí prometo a Sus Señorías es intervenir al final, en cierto modo, a la vista de cómo vaya el debate. Muchas gracias, señor Presidente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias.

Se procede, en consecuencia, a someter a votación toda la serie de artículos, de Disposiciones Adicionales, Transitorias y Final, a las que no les afecta ningún voto particular ni ninguna enmienda. Enumero esos artículos y esas Disposiciones.

Artículos 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 14, 15, 17, 18, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 47, 49, 50, 52, 53, 54, 56, 60, 61 y 62; Disposiciones Adicionales Primera, Segunda, Cuarta y Quinta; Disposiciones Transitorias Primera, Segunda, Quinta, Sexta, Séptima y Octava; Disposición Final y Disposición Derogatoria.


EL SEÑOR POSADA MORENO:

Señor Presidente...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Sí, tiene la palabra el señor Posada Moreno.


EL SEÑOR POSADA MORENO:

Era para señalar únicamente que en estos artículos hay uno, el 21, que sí tiene una enmienda de nuestro Grupo. Quizá ha sido por error por lo que se ha sido incluido.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Así las cosas el artículo 21 quedaría excluido de la enumeración hecha, como propuesta para su sometimiento a votación. Votos a favor de ese bloque de artículos y disposiciones... Perdón, por favor. Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

No, es que estamos buscando en la documentación, a la vista de lo que ha propuesto el Portavoz del Grupo Popular, y salvo que nos corrija el Secretario de la Comisión, desde luego, nosotros tenemos que la enmienda del Grupo Popular nos parece que, vamos, quedó decaída una del señor Montoya y la del Grupo Popular yo creo que no se presentó.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Un momento por favor. Señor Posada Moreno.


EL SEÑOR POSADA MORENO:

Quizá haya cambiado la numeración del Dictamen. Nosotros nos referimos al artículo 21 que trató la Comisión. Quizá ahora, veo que son 19 y 20 donde están enmendados, y entonces, quizá, entonces el 21 ya no sea el de esa numeración. Entonces, en ese caso podría...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Vamos a ver. Según esto, creo entender que el artículo 21, lo que figura como artículo 21 en el Dictamen de la Comisión no está afectado por ninguna enmienda. Señor Posada Moreno, creo que ésa es... Dictamen de la Comisión. Es que lo que se está sometiendo a votación es el Dictamen de la Comisión, no otro texto anterior. En consecuencia, se incorpora al elenco de la serie de artículos y Disposiciones a las que se aludía antes, o se enumeraba antes, también el artículo 21 no afectado por ninguna enmienda. Votos a favor de todos esos artículos y esas Disposiciones Adicionales, Transitorias, Final y Derogatoria. Pueden tomar asiento. En contra. Tomen asiento, por favor. ¿Algún voto en contra? Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: cincuenta y cuatro. Votos a favor: veinticuatro. Ninguno en contra. Ninguna Abstención. Quedan, por tanto, aprobados todos los artículos enumerados y sometidos a votación -silencio, por favor-, así como las Disposiciones Adicionales, Transitorias, Final y Derogatoria enumeradas.

Pasamos a continuación a someter a debate, previo a su votación, las enmiendas de carácter estatutario. En primer lugar, las enmiendas números 1 y 73 a 110 del

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Grupo Parlamentario Popular. Un momento, por favor. Para su defensa, tiene la palabra el señor Posada Moreno. Silencio, por favor.


EL SEÑOR POSADA MORENO:

Señor Presidente, Señorías. Al defender este bloque de enmiendas de carácter estatutario a la ley, quiero aprovechar para hacer un repaso de lo que ha sido un poco la tramitación de esta ley.

Comienzo con la intervención del señor Consejero en el debate a la Totalidad, en el que señalaba algunos puntos que podían ser objeto de acuerdo, Yo debo decir aquí, lo primero, para que Sus Señorías capten quizá el matiz, que el trabajo de la Ponencia y de la Comisión, que creo que ha sido extraordinariamente fructífero, en donde todos los temas se han tratado al máximo, donde se han disipado todos los recelos que podía haber sobre interpretaciones erróneas de textos escritos porque se han explicado exhaustivamente, no podría definirse en absoluto como una aplicación del rodillo de la mayoría sobre las minorías. Tampoco puede definirse como un consenso entre todos los Grupos. La situación ha sido intermedia.

Hemos contado todos los Grupos, me estoy refiriendo en este caso a los Grupos digamos mayoritarios, con una colaboración muy importante del señor Cabezas, del Grupo Mixto, que en todo caso ha apoyado cuando se han llegado acuerdos, y que en general ha inclinado su voto por el proyecto de Ley presentado por la Junta, pero buscando en todo momento una clarificación de posturas.

Pues bien, a lo largo de este debate ha quedado claro que de esos grandes temas que iban a ser objeto de negociación, de búsqueda de acuerdo, en algunos casos se ha conseguido y en otros no. Yo debo decir que el Grupo Popular, en la búsqueda de ese acuerdo del que se habló tanto, retiró en sus enmiendas parciales todas las relativas al Instituto de la Función Pública, no así el espíritu que animaba ese Instituto, como yo dije, que era la búsqueda de la objetividad en los temas de funcionarios. Retiró así mismo, antes de empezar el trabajo de Ponencia, todas sus enmiendas referentes a la Administración Local, porque consideró que centrar el ámbito de la Ley era absolutamente necesario para el consenso. Pues bien, de los grandes temas que señalaba el Consejero se ha podido llegar a un acuerdo en el tema de personal interino, en donde nosotros pedíamos su supresión, pero ante el acuerdo de que ningún nombramiento de interino sea por un plazo superior a un año, se ha llegado a un texto aceptado por todos. Así mismo, se ha llegado a un acuerdo en la representación de los funcionarios en los órganos de gobierno; a propuesta nuestra se ha elevado a nueve el número de representantes de los funcionarios, y a propuesta del Grupo Socialista se ha eliminado la Comisión de Personal y se ha sustituido por un Consejo de la Función Pública que trabaja en Comisión permanente, o en cualquier tipo de Comisión que organice en su seno, con representación de los funcionarios.

Debo decir también que en Ponencia se aceptaron prácticamente el noventa por cien de las enmiendas que presentó el Grupo Socialista, que mejoró notablemente el proyecto de Ley.

Finalmente, en el tema del desarrollo de la ley sindical de funcionarios, nosotros aceptamos retirar todo lo referente a Consejo Sindical de la Función Pública, pero a cambio de una transitoria, una adicional, en la cual en el plazo de seis meses de, después de la aprobación de la ley de libertad sindical de los funcionarios, se desarrollará todo aquello que sea competencia de la Comunidad Autónoma. Estos han sido los grandes temas de acuerdo.

Han existido temas de desacuerdo. En primer lugar, un tema puntual, que ha sido el de contratados administrativos. Así como en funcionarios interinos se ha llegado a acuerdo, no ha sido así en contratados administrativos, porque disentimos de la fecha a partir de la cual debe considerárseles dentro de la Función Pública a efectos de pruebas restringidas. Tampoco ha sido posible llegar a un acuerdo total en los temas de objetividad en la selección. Quedan varias enmiendas nuestras, en las cuales pedimos mayor objetividad, temas de concurso, valoración del concurso, puestos que deben ser cubiertos por concurso; porque, repito, retiramos todo lo referente al Instituto de la Función Pública, pero sin embargo, el espíritu que había detrás no ha sido totalmente retirado.

Queda, así mismo, una discrepancia en el tema de cuerpos. Nosotros pensábamos que ése no es un tema necesario, que nuestras filosofías, las de todos, coincidían en el aspecto de que no había por qué diferenciar, una vez que están establecidos los grupos y la relación de puestos de trabajo, que era una clasificación a efectos puramente estadísticos, de convocatoria de pruebas, pero que para hacer bien esa relación, que a nosotros no nos gusta tal como está en el proyecto, tal como ha quedado en el Dictamen, era preciso dedicar un tiempo que podía haber sido de tres meses para hacer ese proyecto de Ley. No ha sido así y ahí ha habido un desacuerdo.

Y, finalmente, y con esto entro ya en el tema de esta enmienda, hemos tenido un total desacuerdo en el tema estatutario. Nosotros creemos que esta ley, de ahí la enmienda número 1, no debía llamarse "de Ordenación de la Función Pública", sino Ley de la Función Pública. ¿Por qué? Porque consideramos que todos aquellos temas que han sido tratados en la Ley 30 pueden y deben ser tratados en esta Ley. Consideramos que el estudio de la adquisición y pérdida de la condición de funcionario, situaciones de los funcionarios, régimen disciplinario, etcétera, etcétera, pueden y deben ser recogidas en la Ley. No quiero, no quiero entrar, porque creo que sería ocioso en defender cada uno de los puntos del tema estatutario, creo que están agrupadas las enmiendas, porque no tiene razón de ser el entrar a hablar de los servicios especiales de los funcionarios, porque lo que se discute es algo más amplio, lo que se discute es si esos temas debían o no debían ser tratados en la Ley. Nosotros consideramos que pag. 1.346

sí debían ser tratados y mostramos nuestro desacuerdo porque no lo haya sido.

Resumiendo, pues, porque no quiero agotar el tiempo, resumiendo pues, creo que en la tramitación de la Ley yo me siento satisfecho, en nombre del Grupo Popular, de cómo ha ido; creo que todos debemos sentirnos satisfechos, porque se ha llegado al punto que políticamente es importante. Todo aquello en que las diferencias no eran de principio, sino que eran de visión parcial, de actuación de mejor o peor redacción, todo ello ha sido solventado. Han quedado, unos puntos en que claramente tenemos ideas discrepantes, ideas opuestas, lógicamente en un sistema democrático. Yo pienso que el trabajo realizado ha sido bueno, y que por lo menos, por lo menos, podemos tener la satisfacción de saber que hay unos puntos en los que coincidimos plenamente y en otros en los que no. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente, Señorías. Después de la brillante exposición y la inteligente defensa del Dictamen de la Comisión de Presidencia que ha realizado el Portavoz del Grupo Popular, poco queda por expresar a este Procurador que habla. Creo, realmente, que no hay defensa más encendida que pudiera hacer yo del proyecto de Ley que hoy se debate que la que ya he hecho el representante Popular, señor Posada.

Simplemente, reiterar que este esfuerzo que se ha realizado por todos los Grupos Parlamentarios presentes es elaborado favorablemente, por supuesto, por el Grupo Socialista, y que nuestro Grupo muestra satisfacción por la conclusión, en el día de hoy, de este importantísimo proyecto de Ley, con lo cual damos cumplimiento a un mandato estatutario y procedemos además a, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 30/84, a ordenar la Función Pública en nuestra Comunidad. Tema importante no sólo para nuestros funcionarios, no sólo para nuestra Administración, sino en general para todos los ciudadanos de nuestra Comunidad a la cual van dirigidos en suma los objetivos, los desvelos, de los distintos cuerpos de funcionarios.

Entendemos además que esta Ley se ha desarrollo en un plazo de tiempo razonable, que ha sido una Ley, efectivamente, muy ajustada, muy ponderada, siendo una de las primeras leyes de Función Pública que se aprueban en todo el territorio del Estado Español; es al tiempo una ley creo que un perfecta y que es una ley que se ha elaborado, como digo, prontamente, pero al tiempo con un profundo estudio y debate. Sin duda, la labor de Ponencia y Comisión ha contribuido a depurar todavía más y hacer, como digo, que esta ley pueda ser más asumida por todos los Grupos Parlamentarios de esta Cámara, que, como decía muy bien el señor Posada, estamos de acuerdo absolutamente en lo fundamental, aunque hay naturalmente discrepancias que yo entiendo accesorias.

Sin duda, la primera es, efectivamente, el tema de incluir los temas estatutarios. Aquí, por supuesto, hemos discrepado en Ponencia y Comisión el representante Popular y nosotros, y tiene esto una justificación. La Ley 30/84 regula solamente pequeños aspectos de temas estatutarios. Hay que tener en cuenta que el desarrollo estatutario es, con el artículo 149.1.18 de la Constitución, competencia exclusiva del Estado. Quiere decir que la Comunidad Autónoma sólo puede limitarse a reiterar, a reiterar los preceptos del Estado que están en vigor, bien sean los de la Ley 30/84, bien sean los todavía vigentes de la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado del año sesenta y cinco. Con un evidente problema, y es que, como bien saben Sus Señorías, hay ya una jurisprudencia reiterada por el Tribunal Constitucional que afirma que no es conveniente la reiteración de artículos, de textos literales, de leyes del Estado en leyes de Comunidades Autónomas; pues, entendíamos que no era conveniente en ese caso tampoco recoger temas tan ya claramente explicitados en la Ley 30/84.

Por otra parte, hay una serie de temas que ha hecho alusión Su Señoría, régimen disciplinario, en fin, etcétera, situaciones de funcionarios, que se mantiene ya vigente en la Ley Articulada de Funcionarios, Ley que está en proceso de revisión, y no tendría mayor sentido que en esta Cámara elaborásemos un nuevo articulado, recogiendo esos preceptos de la antigua Ley de Funcionarios, para que al cabo de unos pocos meses tengamos que retocar nuestra propia Ley para amoldarla a la nueva legislación del Estado. Creo que este contexto de renovación, de cambio, de los temas estatutarios es mucho más prudente la acción que se ha tomado aquí, que es soslayar el tema en todo lo que es soslayable, y remitimos como legislación supletoria, como no puede ser menos, por otra parte, a la legislación del Estado, tanto a la actualmente ya en absoluto vigor, totalmente renovada, como es lo recogido en la Ley 30/84, como lo que en su momento, a través de distintas leyes previo debate en la Comisión de Coordinación de la Función Pública del Estado, pues, vaya siendo elaborado por la Administración Pública y, por tanto, sea aplicable a las Comunidades Autónomas incluidas ésta.

Simplemente, para rematar mi intervención, reiterar, insisto, el hacer del Grupo Socialista en que esta Ley se debate hoy aquí, que con ello cerremos un cierto periodo no de indecisión, sino de interregno todavía en la legislación aplicable a los funcionarios, y de esta forma, que a raíz de ahora quede absolutamente medianamente claro cuál es la legislación aplicable y que no haya ninguna duda en su posible ejecución. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Posada Moreno.

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EL SEÑOR POSADA MORENO:

Señor Presidente. Yo temo que el señor Vela no ha comprendido bien mi intervención. En modo alguno he hecho una encendida defensa del dictamen, en modo alguno. He defendido la actitud que han tenido todos los Grupos, incluyo al Socialista, incluyo al Mixto, y pro supuesto incluyo al Grupo Popular, para buscar los acuerdos en aquellos puntos en que podían lograrse; pero las discrepancias que nosotros tenemos con esta Ley son fundamentales, no son accesorias en modo alguno. El hecho de que en ciertos puntos hayamos podido colaborar con otros Grupos a mejorar el proyecto enviado por la Junta no quiere decir que consideremos que hemos llegado a un acuerdo, ni muchísimo menos. Yo tengo que decir que esta Ley, como dije cuando se presentó la enmienda a la Totalidad, se basa en la Ley 30, que les recuerdo a Sus Señoría que Coalición Popular ha prometido cambiar totalmente cuando ganemos las elecciones, o sea, que eso ya es un punto inicial de discrepancia absoluta.

Punto segundo. Los temas que se han dejado fuera son unos tema s muy importantes y que a nosotros nos impiden dar el acuerdo a esta Ley. Por lo visto, vamos, por lo visto, porque es así reglamentariamente, no hay votación general; si la hubiera no podríamos decir sí a esta Ley en ningún caso.

Y en cuanto a la defensa que hace el señor Vela de que el tema estatutario no se trate, yo vuelvo a decir lo que he dicho siempre, es que no tiene consistencia. Porque decir que es que nosotros estamos ya amparados por la Ley del año sesenta y cuatro de Funcionarios, hombre, también existía el Fuero del Trabajo y ha habido que hacer la Ley de Libertad Sindical. O sea, que esto no nos sirve como argumento. La Ley 30 ya ha tratado una serie de temas estatuarios, ¿ por qué nosotros no podemos tratarlos? Otras Comunidades Autónomas, todos los proyectos, todas las leyes aprobadas hasta ahora mismo en las Comunidades Autónomas han tratado temas estatutarios. Nosotros somos la primera Comunidad Autónoma que aprueba una Ley de Función Pública, de Ordenación de la Función Pública, sin tratar el tema estatutario. Hay algunos proyectos, proyectos, que no lo contienen, pero todas las leyes aprobadas lo tratan, ¿por qué? O sea, que, insisto en que no puede decirse que este tema era un tema accesorio, ni que es un tema sin importancia. Es un tema crucial y nosotros tenemos que decir aquí, y supongo que provocará las mismas risas que ha provocado antes la otra afirmación, que si nosotros ganamos las elecciones en Castilla y León habrá una Ley de Función Pública en que se tratará el tema estatutario. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Gracias. Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente, Señorías. Bien, referente a la promesa del señor Posada, pues, en fin, de..., "quien viva lo verá"; desde luego, diremos aquí, lo de don Juan Tenorio: "cuan largo me lo fiáis"; es la impresión que tenemos desde los bancos del Grupo que apoya al actual Gobierno. En cualquier caso, respecto a su afirmación de que la futura Ley de Función Pública, en ese supuesto hipotético, que elaborarse el Grupo Popular abordase los temas estatutarios, insisto en recordar a Su Señoría que muy bien conoce el artículo 149.1.18 de la Constitución: "las competencias en materia estatutaria de Función Pública son competencia exclusiva del Estado", y de aquí no podemos regular más que lo que el Estado nos deje regular. ¿Qué quiere decir esto? Que no se debe hacer, repito, reiterar principios, reiterar artículos, de la legislación vigente del Estado y nada más que eso, y reitero, con la espada de Damocles en cierta manera, de que parte de esa legislación, que efectivamente como Su Señoría ha señalado, está ya obsoleta, se va a revisar en un plazo de breve tiempo, muy breve, perdón. entonces, en un plazo de tiempo, a lo mejor, de seis meses, un año, todo eso puede estar totalmente derogado, con lo cual resulta que una Ley recién hechecita habría que volver a revisarla, que sería una cosa creo que bastante poco inteligible tanto por esta Cámara como en general por los funcionarios. Que es una actitud mucho más prudente la que se ha adoptado aquí, que es la de remitirnos a la legislación del Estado, que siempre es de aplicación, que siempre es una legislación supletoria, y obviar estos temas. Que ese tema es baladí, en absoluto, por supuesto, pero que realmente es un tema que, repito, que es la actitud más prudente que se ha adoptado la que plantea el proyecto de Ley que ha presentado la Junta.

Y en cuanto a la defensa o no del texto del Dictamen, por supuesto, creo que sí que es importante señalar que, como síntoma del clima que se ha podido desarrollar de trabajo serio y de, digamos, coincidencia, ya que no se ha llegado a un pleno acuerdo en Comisión, es que de más de trescientas enmiendas presentas al proyecto de Ley original, pues, apenas llegan hoy a esta Cámara una veintena, salvo, justamente, las referentes al tema estatutario.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias.

Se someten a votación las enmiendas números 1, 73 a 110 del Grupo Parlamentario Popular que acaban de ser debatidas. Votos a favor de las enmiendas. Pueden sentarse, por favor. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y cinco. votos a favor: treinta. En contra: cuarenta y tres. Abstenciones: dos. Queda, por tanto, rechazadas las enmiendas números 1, y 73 a 110 del Grupo Parlamentario Popular.

Enmiendas números 1, 61 al 68, y 72 a 104 del señor Montoya Ramos. Para su defensa, tiene la palabra el señor Montoya Ramos.

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EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Cuando yo estando ausente con los miembros del Grupo Mixto esta mañana, después de pasarme muchas horas en esta Cámara, vi como se criticaba nuestra postura de estar ausentes de escuchar la erudita erudición de un Procurador, de esos Procuradores liberales que accedieron a esta Cámara con los votos conservadores, yo pensaba esta tarde replicar y lamentar la ausencia de casi la mitad del Grupo Parlamentario Popular en la votación de los primeros artículos de la enmienda. Pero no lo voy a hacer, porque la diferencia que hay entre los Procuradores liberales que accedieron con votos liberales y aquellos que accedieron con votos conservadores es justamente esa; aceptar y tener respeto a que los demás cuando no estuvieron en esta Cámara es porque habría algunas razones evidentes que se lo estaban impidiendo.

Hecha esta salvedad, yo quería simplemente defender la enmienda número 1 y 61 a 68, y 72 a 104, incluyendo además la 69, la 70 y la 71 que vienen después y que puedo considerar incluidas, que lo que tratan es simplemente de coincidir con el Grupo Popular en que en esta enmienda debiera incluirse el desarrollo estatutario de las mismas, en esta Ley, perdón. Yo he creído que la Ley era incompleta sin el desarrollo estatutario y, en ese sentido, pues, he tratado de incluir la serie de artículos que me parece eran necesarios y eran suficientes también para hacer el completo desarrollo de la Ley.

No se ha entendido así por el Grupo Socialista en la votación anterior, y supongo que no va a seguir entendiéndose tampoco así en la votación siguiente. En este sentido, yo me voy a abstener de hacer la defensa de este número importante de artículos, que lo único que hacen es desarrollar...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Silencio, por favor.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS: ...

. es desarrollar el estatuto de esta Ley, sin el cual a mí me parece que queda incompleta. Se nos ha dicho que los temas estatutarios son competencia exclusiva del Estado; si es así yo lo acepto, aunque no lo comparto, porque he visto y sé que hay otras Comunidades Autónomas que incluyen el estatuto en la propia Ley. En este sentido, a mí me parece que no cometemos ninguna ilegalidad en incluir ese estatuto; pero si es así, y los votos dirán que es así, aceptaré que ese estatuto no sea incluido.

En este sentido, mi defensa no va más allá que a tratar de entender que el estatuto debía englobarse dentro de la propia Ley, y que, si no, tendremos que esperar a ese desarrollo en materia estatutaria, que me parece que es una laguna muy importante que tiene la Ley y que es lástima que en esta oportunidad que tenemos de completar la misma no lo hagamos. Nada más y muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Señor Fuentes Hernández, tiene la palabra.


EL SEÑOR FUENTES HERNANDEZ:

Señor Presidente, muchas gracias por concederme el turno por alusiones a una alusión que yo...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

No. El Presidente no le ha concedido todavía la palabra para ninguna cosa especial, salvo para que usted exprese su deseo.


EL SEÑOR FUENTES HERNANDEZ:

Mi deseo es exclusivamente contestar en términos generales y no, por supuesto, a ninguna alusión que yo no he hecho en mi intervención, y el señor que ha tenido el uso de la palabra en su perfecto derecho, ha hecho una alusión directa y concreta a este Procurador, y en mi intervención no he formulado nada más...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Señor Fuentes Hernández. En distintas ocasiones he tenido ya la oportunidad de decir que hay que distinguir entre lo que es una citación y lo que es una alusión. Una alusión, en sentido reglamentario, no se ha producido en absoluto en este caso, por lo tanto, no tiene Su Señoría derecho a la palabra.


EL SEÑOR FUENTES HERNANDEZ:

Si el Presidente es tan amable, yo le rogaría que el que había llevado la Presidencia....


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

He dicho que no tiene usted derecho al uso de la palabra.


EL SEÑOR FUENTES HERNANDEZ:

Yo lamento que el Presidente se manifiesta en estos términos...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Le llamo al orden, señor fuentes Hernández.


EL SEÑOR FUENTES HERNANDEZ:

Le agradezco su llamada, pero en igual medida debería usted haber llamado anteriormente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Le llamo al orden por segunda vez.


EL SEÑOR FUENTES HERNANDEZ:

Muchísimas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. La verdad es que yo creo que en la intervención que ha hecho el señor Montoya, que evidentemente yo quiero reconocer desde aquí su trabajo, porque es una persona que tan sólo con un voto en esta Cámara ha elaborado un trabajo de una serie de enmiendas, numerosas, lo cual, en alguna medida, ha manifestado su preocupación por lo que pueda ser la situación del conjunto de los funcionarios de la Comunidad.

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Sin embargo, tengo que manifestar que, un poco en la explicación, puesto que ya mi compañero ha dejado fijada la posición de nuestro Grupo con respecto a estos temas estatutarios, por lo tanto no va a variar, tengo que decirle que, evidentemente, no es una cuestión de aceptar o no el que nos manifestemos de esta forma o de la otra, sino que, evidentemente, las competencias vienen ya establecidas en la Constitución, en nuestro propio Estatuto, y, por lo tanto, es una cuestión de aceptar ese contenido globalmente, o no aceptarlo; yo creo que la manifestación evidentemente del señor Montoya no iba por esta parte, sino que planteaba una duda.

En su enmienda, yo creo que, en la número 1, que hace referencia evidentemente a todo lo que es el paquete posterior, yo tengo que decirle que la afirmación que en ellas se hace, al querer sustituir el párrafo y que dice literalmente: "la Ley regula incluso los aspectos estatutarios de la Función Pública estableciendo los derechos y deberes de los funcionarios, para evitar la desprotección e indefensión de los funcionarios en la Administración de la Comunidad". Yo tengo que decirle en este aspecto, señor Montoya, que la afirmación ésta, pues, no es acertada a nuestro juicio por lo siguiente. En otras Comunidades, y Su Señoría ha hecho referencia a ello, dice que se regula. Lo único que hacen otras Comunidades es recoger la parte vigente, parte viva, del texto articulado de la Ley del sesenta y cuatro y reproducirlo; no entra en ello. No siquiera tampoco entra en la Ley 30, como se ha hecho en la afirmación por el señor Posada anteriormente; tampoco se regula en estos aspectos. Lo deja al tratamiento de una situación posterior que a lo largo de los debates en Ponencia y Comisión hemos tenido oportunidad de manejar a esos anteproyectos y, por lo tanto, vemos en ellos que se va a regular de forma inmediata estas situaciones y, por lo tanto, cambiará la situación, pero en ningún caso en estos momentos se puede hacer la afirmación de desprotección por parte de los funcionarios.

Yo tengo que decir con respecto al tema estatutario que nuestro Grupo, en su momento y en la Ponencia fue incluso casi a propuesta del Grupo Popular, planteamos el estudiar una posible adicional que salvara ese tema. En Comisión, este ofrecimiento lo hicimos, evidentemente, incluso dejando la posibilidad de si el Grupo Popular y el señor Montoya querían tratar algún aspecto que no era determinante o contenido dentro de los temas estatutarios, como podían ser situaciones que afectaban a los Procuradores, y me imagino que a lo largo del debate saldrá esta situación. nosotros, en ese aspecto, separamos perfectamente esta situación, y decíamos y ofrecíamos la posibilidad de que mediante una adicional en ese tema pudiéramos soslayar la situación de temas como las incompatibilidades, porque ya están reguladas , de temas como la situación de la pérdida o de la condición de funcionario, la adquisición y pérdida de la condición de funcionario, o temas como el de régimen disciplinario, porque esos temas, evidentemente, iban a venir reglados, iban a venir regulados ya, y, por lo tanto, podíamos incurrir en una situación un poco que no nos parecía conveniente, en el sentido de que cuando esta Ley se promulgara pudiera estar vigente la Ley que, los textos de ley que el Congreso de los Diputados y posteriormente el Senado van a debatir. En función de eso, evidentemente, lo hemos dejado, nuestra posición sigue siendo la que hemos manifestado, y, por lo tanto, mostramos nuestro rechazo a las enmiendas de los temas estatuarios.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Montoya.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Sí, evidentemente, yo decía en la exposición de motivos que la ley o en..., que debía sustituirse el párrafo que he señalado por otro en el que se hablaba de..., "estableciendo los derechos y deberes de los funcionarios, para evitar la desprotección e indefensión de los mismos de la Administración de la Comunidad". Es posible que haya por mi parte hasta un poco de exageración y hay que entender que con una ley los funcionarios, los derechos y deberes quedan protegidos. Bueno, yo entiendo que sí, que puede haber una exageración por parte mía. A mí me parecía, de todas formas, que los mismos quedarían más clarificados si incluíamos el estatuto.

Evidentemente, yo no podía inventar un estatuto nuevo que no estuviera dentro del marco de la legislación legal, y en este sentido yo he hecho un estatuto, o he presentado un serie de artículos que enmarcaban un estatuto incluido en la ley, que, evidentemente, están dentro del marco legal, que probablemente añaden muy poco, porque ya están en la legalidad, pero que a mí me parecía que no estaban de más y que así he visto como algunas Comunidades Autónomas, que tienen una ley que parece, o a lo menos a los funcionarios que yo he tenido la ocasión de consultar, les parece más perfecta, la incluían. En este sentido iba o va mí intervención de incluir este estatuto que, evidentemente, se puede luego desarrollar mediante otra ley u otra norma, del tipo que sea, de carácter estatutario; pero que a mí me parece que era muy importante ya que se hubiera incluido dentro de esta ley y que no destruía..., y no obstruía nada de la ley y que la completaba y que la hacía mejor. En una ley que, entiéndase por otra parte, y yo lo dije cuando aquí se debatió la enmienda a la Totalidad, yo admito los aspectos positivos que tiene la misma, yo los admití entonces y los sigo admitiendo ahora, o sea, que yo no me he opuesto frontalmente a esta ley. Lo único que he tratado es de perfeccionarla, de mejorarla, de completarla, evidentemente, repito, siempre dentro del marco legal, de algo que quizá yendo a todas las normativas existe ya, pero que yo creo que recogida en la ley, pues, en cierta forma recopilaba la legislación existente sobre la materia y añadía claridad a la misma y, por tanto, los funcionarios podían ya tener, a la vista de esta ley, pues, más claridad en lo que son sus derechos y lo que son sus obligaciones.

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Porque yo me he encontrado estos días, después de la aprobación en Comisión, con algunos funcionarios preguntándome, bueno, y la ley concretamente en qué aspectos nos da estas garantías o en qué aspecto nos sentimos englobados o protegidos dentro de la ley. Qué duda cabe que aspectos los hay, que razones existen, pero que, sin embargo, pues, muchas veces ya sabemos como una ley es una declaración de intenciones en la que muchas cosas quedan confusas, y los funcionarios que yo he tenido la ocasión de consultar querían que se hubieran clarificado de una forma mucho más concreta sus derechos y sus obligaciones. En este sentido, y no era otra mi intención, y, por supuesto, nunca lo era trasgredir la legislación vigente, sino que los estatutos, evidentemente, estaban dentro del marco legal. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Brevemente, y también por señalar que en aras de la brevedad del tiempo seguramente que algunas intervenciones las haremos desde el propio escaño; que los Grupos entiendan simplemente que es en aras a esa brevedad, porque hemos debatido esto demasiados días y suficientemente.

Con respecto a los temas estatutarios, yo tengo que decirle, señor Montoya, que respeto que su modelo sea la ley catalana, lo mismo que respeto que el Grupo Popular no esté de acuerdo con la Ley 30. El problema es que nosotros tenemos que regular la Función Pública, mejor dicho: ordenar la Función Pública con un texto que es base, que es la Ley 30; no tenemos otras competencias; a eso nos remitimos, eso es lo que hemos hecho. Nosotros nos consideramos plenamente satisfechos del trabajo, creo que ha habido aportaciones importantes por parte de todos los Grupos, y simplemente creemos que en el momento en que haya posibilidad, porque nos den esa potestad de regular algunos aspectos en los temas de régimen disciplinario y en otros que no quedarán suficientemente regulados, a todos los niveles, a nivel del Estado, esos temas se incorporarían, pero siempre y cuando esa posibilidad se dé. Hoy no tenemos otra y a eso nos remitirnos. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Se va a proceder a someter a votación las enmiendas números 1, 61 al 68, 72 al 104 del señor Montoya Ramos. La votación, en cambio de las enmiendas 69, 70 y 71, que el señor Montoya Ramos ha incluido en este paquete a efectos de su votación, la votación de las mismas vamos a dejarla para el momento en que le correspondan de acuerdo con el artículo al que afectan. Repito se someten, por tanto, a votación las enmiendas 1, 61 al 68, y 72 al 104. Votos a favor de las enmiendas. Pueden sentarse. Votos en contra. Pueden sentarse. Abstenciones. Pueden sentarse.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y ocho. A favor de la enmienda: dos. En contra: treinta y nueve. Abstenciones: veintisiete. Quedan por tanto, rechazadas las enmiendas que acaban de ser objeto de votación.

Artículo 2. Enmienda número 8 del señor Montoya Ramos. Para su defensa, tiene el señor Montoya Ramos un turno a su favor.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. La Enmienda número 8 al artículo 2 es bien sencilla y yo no voy a agotar el tiempo que, por parte del señor Presidente, se me ha dado para su defensa.

La Ley de Función Pública es una Ley de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Yo creo que la propia independencia de las Entidades Locales permite y exige que se respete en los términos de que los funcionarios de las Entidades Locales están sujetos a su propia legislación. Sin embargo, por parte de algunos funcionarios de la Administración Central, yo diría que un grupo numeroso y conocedores de su propia legislación, que se han dirigido a mi, han tenido interés en que se incluyera al personal al servicio de las Entidades Locales, evidentemente y como yo señalo en la enmienda, en los términos y con los limitaciones que contempla la legislación del Estado. Yo creo que de esta forma se salva esta posible intromisión en su independencia y al mismo tiempo, pues, se recogen aquellos puntos de la legislación de las Entidades Locales en la que se admite, en la que se admite, que ellos y subsidiariamente están sujetos a una legislación de ámbito superior que es la legislación del Estado. A mí me parece que ellos entienden que la legislación de la Comunidad Autónoma también debe incluir estos aspectos en aquellos casos en que son interrelacionables de alguna forma y que yo al hacerla de la forma que la he hecho entiendo que no se comete ninguna trasgresión ni a la independencia ni a la autonomía de las Entidades Locales, y, por tanto, de sus funcionarios, y tampoco a la legislación del Estado en la materia. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Brevemente, para decir que yo no dudo de las intenciones del señor Montoya, pero me tengo que atener a lo que dice su enmienda y lo que dice la propia justificación de la enmienda. En la justificación dice que "se trata de incluir el personal de la Administración Local en lo contemplado en la legislación del Estado". Por lo tanto, yo tengo que recordar que lo que hacemos es ordenar la Función Pública de la Comunidad; los funcionarios de Administración Local no son funcionarios propios de la Comunidad, por lo tanto, no tenemos por qué entrar en esa materia. y, simplemente, decirle que tampoco en este caso existe desprotección;

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en aquellas cuestiones que no estén suficientemente reguladas para la Función Pública, también, pero de la Administración Local, la legislación del Estado, y en este caso incluso la de la propia Comunidad si es que afecta a algo, entran con carácter supletorio. Por lo tanto, tampoco hay desprotección y, por lo tanto, al no ser funcionario de la Comunidad no creemos conveniente incluirlos, además de que estaríamos evidentemente, entrando en situaciones de autonomía local que no queremos transgredir.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Se procede a someter a votación la enmienda número 8 del señor Montoya Ramos. Votos a favor de la enmienda. Pueden sentarse. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones. Pueden sentarse.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y tres. Votos a favor de la enmienda: dos. Votos en contra: cuarenta. Abstenciones: treinta y uno. Queda, por tanto, rechazada la enmienda número 8 del señor Montoya Ramos.

Votación del artículo 2. Votos a favor del artículo. Pueden sentarse, por favor. Votos en contra del artículo. Abstenciones. Pueden sentarse.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y tres. Votos a favor: setenta y uno. Votos en contra: ninguno. Abstenciones: dos. Queda, por tanto, aprobado el artículo 2 de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión.

Artículo 8. Enmienda número 8 del señor de Fernando Alonso. Para su defensa, tiene la palabra el señor de Fernando...

Decae en su derecho de defender la enmienda número 8 el señor de Fernando.

Votación del artículo 8. Como observarán Sus Señorías, las votaciones se van a producir con mucha..., con una sucesión muy continuada. En consecuencia, yo les rogaría que tuvieran el cuidado de estar a la hora de la votación, porque desde la Mesa, realmente, es muy difícil el, si no es perdiendo mucho tiempo, garantizar que siempre se toque tres veces el timbre antes de la votación.

Repito, sometemos a votación el texto del Dictamen en relación con el artículo 8. Votos a favor. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y dos. Votos a favor: setenta y dos. Ninguna en contra. Abstenciones: ninguna. Queda, por tanto, aprobado el artículo 8 de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión.

Artículo 10. Enmienda número 4 del señor Nieto Noya. Para su defensa, tiene la palabra el señor Nieto Noya.


EL SEÑOR NIETO NOYA:

Señor Presidente, Señorías. En el apartado "p" del artículo 10 se atribuye a la Junta la facultad de establecer los requisitos y condiciones generales para el acceso a los puestos directivos de la Administración Autonómica. Yo propongo la supresión de este apartado por las siguientes razones.

La primera es su ambigüedad. En ninguna parte se define lo que se entiende por puestos directivos de la Administración Autonómica, y yo entiendo que no es buena técnica legislativa dejar conscientemente en la ambigüedad ningún precepto legal. El Portavoz del Grupo Socialista en Comisión precisaba que por puestos directivos no debían entenderse los que la Ley de Presupuestos califica como altos cargos, esto es, los Delegados Territoriales, Directivos Generales, o Consejeros; o, lo que es lo mismo, los llamados altos cargos serían cargos políticos y como tales quedarían excluidos del ámbito de una Ley de Función Pública.

Por el contrario, el Portavoz del citado Grupo entendía que se trataba de los jefes de servicio, de directores de residencias y de puestos parecidos. Sobre este supuesto, la ambigüedad continúa sin definirse y no se entiende por qué se atribuye esta facultad añadida a la Junta, una vez que se le ha atribuido la de aprobar las relaciones de puestos de trabajo en el mismo artículo, y a la vista de los datos que deben de contener las relaciones de puestos de trabajo que aparecen en el artículo 24 que acabamos de aprobar.

A la ambigüedad se añade, por tanto, la inutilidad. Es un apartado inútil, que no introduce nada nuevo a no ser que lo que se pretenda sea dejar un portillo abierto a la discrecionalidad; lo que no convenga poner en las relaciones de puestos de trabajo se deja para que la Junta lo resuelva a su aire, cuando y según quiera, en virtud de una amplia facultad genérica que puede utilizar a su arbitrio. Esto es lo que se llama un cheque en blanco.

Es, pues, inútil, pero si no es inútil sólo se justifica por y para la discrecionalidad, que también puede ser por y para la arbitrariedad. Apuntada esta línea de discurso avanzar por ella nos llevaría a conclusiones que yo estoy seguro de que ninguno de los presentes las asumiría abiertamente, llámense politización de la Función Pública, llámense desprofesionalización, llámense como se quiera. Y a mayor abundamiento aceptar estas conclusiones nos situaría, cuando menos, al borde de la inconstitucionalidad, nos situaría fuera de los principios constitucionales que deben presidir la ordenación de la Función Pública. Por todo ello, salvo que se demuestre que mi razonamiento es erróneo o que tiene alguna quiebra, lo procedente es suprimir este apartado, y yo así lo propongo, y repito, por ser ambiguo, por ser innecesario, o, en otro caso, por ser una posible fuente de arbitrariedad y, por ende, de dudosa constitucionalidad. Muchas gracias.

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EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente, Señorías. El señor Nieto Noya ha usado en su intervención dos líneas de argumentación diferentes. Una, que es comprensible pero que creo que no es justificable, que es la de afirmar que este párrafo de este artículo es innecesario.

En cuanto a la calificación de ambiguo, creo, realmente, quedó bastante claro y él mismo ha recogido en su intervención todo tipo de explicaciones que se le dieron por los Portavoces del Grupo Socialista en el trámite de Comisión. Creo, por lo tanto, no hay ninguna ambigüedad en el contenido de este párrafo del artículo 10. Está muy claro quienes son los puestos directivos. Son los puestos de dirección, como el nombre indica -no hace falta que insistamos en ello, la palabra lo indica-, dentro de la Administración, bien sean ocupados por personal funcionario o por personal laboral. El propio señor Nieto Noya ha citado casos, que se citaron a su vez en Comisión, que avalan esta interpretación.

Efectivamente, esto es únicamente una precisión más concreta de algo que, efectivamente, está recogido en el artículo 24.2 de esta Ley, y, en todo caso, podíamos entender la propuesta de supresión del señor Nieto Noya por decir que es redundante. Nosotros entendemos que está bien aquí en tanto en cuanto precisa y matiza que también los puestos directivos están acogidos al sistema general del artículo 24 de esta Ley. Lo que ya no entendemos (francamente, parece salir un poco del contexto), es cómo basado en esta primera piedra un tanto débil de ambiguo monta toda una pirámide invertida que le lleva de la discrecionalidad, la arbitrariedad, para acabar en la inconstitucionalidad. Yo lo siento, parece que esta construcción es un silogismo al revés, ha puesto una premisa menor, bastante débil, abajo y he tratado de deducir de ella premisa mayor, en la cumbre, y el señor Nieto Noya sabrá que una pirámide invertida es una figura geométrica bastante inestable y que se derrumba por sí sola. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Nieto Noya.


EL SEÑOR NIETO NOYA:

Muchas gracias, señor Presidente. Bueno, la intervención del señor Vela ha cumplido una de las funciones que yo pretendía con esta enmienda,. Por de pronto, está claro que no añade nada nuevo a lo que se dice en el artículo 24 sobre las características que han de reunir, con las que se han de definir los diferentes puestos de trabajo, y ha quedado definido que estos puestos directivos tienen que aparecer en las relaciones de puestos de trabajo, con lo cual, hecho esto, viene a confirmarme, en efecto, que es inútil este añadido, porque no dice nada nuevo, porque serán puestos de la Función Pública que tendrán que aparecer necesariamente en las relaciones de puestos de trabajo que aprueba la Junta.

Que se utilice con arbitrariedad o no este artículo es algo que el futuro nos dirá, si es que se aprueba este apartado. Pero lo cierto es que, no siendo necesario porque está en el artículo 24, alguna explicación tendrá que ser y, desde luego, usted no me ha dado ninguna que me haya convencido. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Señor Vela Santamaría, ¿desea consumir un turno? Muchas gracias.

Se somete a votación la enmienda número 4 del señor Nieto Noya al artículo 10. Votos a favor de la enmienda. Pueden sentarse, por favor. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y uno. A favor: veintiocho. En contra: cuarenta y dos. Abstenciones: una. Queda, por tanto, rechazada la enmienda número 4 del señor Nieto Noya.

Se somete a votación el texto del artículo 10 tal como aparece en el Dictamen de la Comisión. Votos a favor del artículo. Pueden sentarse. Votos en contra. Pueden sentarse. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y uno. Votos a favor: cuarenta y tres. Votos en contra: veintiocho. Abstenciones: ninguna. Queda, por tanto, aprobado el artículo 10 de acuerdo con el texto con el que aparece en el Dictamen de la Comisión.

Artículo 11. Enmienda número 21 del señor Montoya Ramos. Para su defensa, tiene la palabra el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. No concedo yo mismo demasiada importancia a la enmienda número 21, pero así y todo me parece que la tiene y un poco, y en este sentido, pues he querido mantenerla. Porque si bien en la Disposición Adicional Segunda dice que se procede a estructurar la Inspección General de Servicios de la Administración General de Castilla y León, y luego se dice que estará adscrita a la Dirección General de la Función Pública, la verdad es que se empieza a hablar de la Inspección General de Servicios antes de haber hablado de esa existencia de la Inspección General de Servicios. A mí me parece que debía venir en el artículado la creación de esa Inspección General de Servicios. El tema puede ser de no demasiada entidad, y evidentemente y lo admito, pero me parece que reglamentariamente estaría mejor que se hablara antes de que había que crear esa Inspección General de Servicios.

Y luego hay otro tema, en el cual yo tampoco hago demasiado hincapié, pero me parece que también tiene un poco de importancia, y es que la Inspección General de Servicios, ¿de quién tiene que depender? Según la Disposición

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Adicional Segunda se dice que estará adscrita a la Dirección General de la Función Pública. A mí me parece que la Inspección General de Servicios, por lo que tiene a veces de organismo o de órgano de arbitraje en algunas funciones, debiera ser un órgano que debía estar adscrito directamente al Consejero de Presidencia. Me parece que sería más lógico, porque la Dirección General de la función Pública, pues, entiende de todos los temas relacionados con los funcionarios y con la Función Pública, pero aquellos que, sin embargo, necesitan este arbitraje que yo señalo, o cualquier intervención de otro de otro tipo como lo hay de la Inspección General de Servicios, a mí me parece que sería más justo que tuviera otra dependencia aparte de la Dirección General, y sí dependiendo, evidentemente, del Consejero de Presidencia, lo cual no quiere decir que sea un órgano paralelo o un órgano que entra en conflicto con la Dirección General, sino que sea un órgano de inferior rango, evidentemente, a una Dirección General, pero que dependa directamente del Consejero de Presidencia.

Nada más este es el contenido que tiene la enmienda. Por una parte, llevar la creación de la Inspección al articulado y, por otra parte, variar la adscripción que tiene la misma. Nada más y muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente, Señorías. Nosotros también compartimos el criterio del señor Montoya de que su enmienda no tiene excesiva importancia. En fin, sentimos que en connivencia con este criterio le haya mantenido hasta este lugar, lo que es por supuesto su derecho, naturalmente.

Decir que la Inspección General de Servicios es perfectamente posible que se cree por decreto, sin más, y por decreto de la Junta puede ser creada o adscrita a cualquier otro centro directivo, a cualquier órgano de la Dirección de la Administración.

En cuanto al criterio de Su Señoría de que sea un órgano adscrito directamente al Consejero y, por tanto, inpendiente, en principio, a la Función Pública, me parece realmente que es un criterio poco adecuado. Creo, realmente, que la Inspección General de Servicios independiente de la Dirección General de la Función Pública es algo, realmente, que es absolutamente inválido e inútil.

Unicamente señalar a Su Señoría, para terminar, que la redacción de la Adicional Segunda, que muy bien recordó Su Señoría contempla la creación de la Inspección de Servicios, tienen una redacción similar a lo que es el caso de la Ley 30/84, donde la Inspección sí que se contempla precisamente en una Adicional, la Adicional Sexta. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Se procede a someter a votación.... Ruego a los señores Procuradores respeten la norma parlamentaria de que cuando la Presidencia anuncia una votación se abstengan de entrar en el Hemiciclo, porque de lo contrario obligarán a la Presidencia a, sencillamente, imponerles la obligación de salir nuevamente.

Se procede a someter a votación, repito, la enmienda número 21 del señor Montoya Ramos. Votos a favor de la enmienda. Pueden sentarse. Votos en contra. Pueden sentarse. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y seis. Votos a favor de la enmienda: uno. Votos en contra: cuarenta y uno. Abstenciones: veinticuatro. Queda, por tanto, rechazada la enmienda número 21 del señor Montoya Ramos.

Se somete a votación el artículo 11 de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión. Votos a favor del artículo 11. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y seis. Votos a favor: sesenta y cinco. Votos en contra: uno. Abstenciones: ninguna. Queda, por tanto, aprobado el artículo 11 de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión.

Artículo 12. Enmienda del señor de Fernando Alonso, enmienda número 10. Decae en su derecho de defender esta enmienda.

Se somete a votación el artículo 12 de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión. Votos a favor del artículo 12. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos a favor: sesenta y seis. Ninguno en contra. Ninguna abstención. Queda, por tanto, aprobado el artículo 12 de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión.

Artículo 13. Enmienda número 22 del señor Montoya Ramos. Para su defensa, tiene la palabra el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. La enmienda número 22 pretende la supresión del artículo 13. Y esta supresión que yo pretendo del artículo 13 la pretendo porque el artículo 13 me parece innecesario.

Cuando aquí hemos votado y hemos aceptado que no se incluye todo el régimen estatutario de los funcionarios por innecesario, yo me querría preguntar para qué nos sirve un artículo 13 que diga: "La Junta por decreto fijará las competencias en materia de personal no atribuidas a otros órganos en esta ley que correspondan a los Consejeros, Secretarios Generales y Director General de Función Pública, determinándose en su caso las que puedan delegarse en órganos inferiores". Hemos omitido la aprobación del estatuto, hemos omitido la inclusión del estatuto en esta ley, y, sin embargo, estamos ya previendo

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que va a haber lagunas, que va a haber omisiones, y que entonces va a haber que delegar competencias en materia de personal a otros órganos inferiores. Evidentemente, cuando haya, esas delegaciones previstas en la ley tengan que producirse, pues, evidentemente, se harán así, pero yo creo que no hace falta poner un artículo en que dice que la Junta y por decreto tiene que fijar esas competencias y esas delegaciones, porque yo creo que pensar desde este momento en esas delegaciones es tanto como pensar, pues, que hay muchas omisiones, que hay, bueno, lagunas, repito, en la Ley y que, entonces, pues, es algo así como decir que por si se ha olvidado algo, por si falta algo, eso entonces se hará por decreto. A mí me parece que es un artículo innecesario, y en ese sentido, y nada más por ello, pues, solicito la supresión del mismo.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

(Intervención sin micrófono).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Sí. Yo entiendo lo que me ha dicho el señor Bravo Solana, pero, hombre, yo en el estatuto, que no llegaba a cosas tan puntuales como los permisos para los fallecimientos de los familiares de primer grado, y, sin embargo, no se me ha aceptado, yo creo que pensar que hace falta un decreto para prever esas cosas tan puntuales, o digo, perdón, un artículo en la Ley para prever que mediante decreto se puedan hacer esas cosas tan puntuales me parece excesivo y en ese sentido yo pedía la supresión. Nada más, muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias.

Se somete a votación la enmienda número 22 del señor Montoya Ramos. Silencio, por favor. Votos a favor de la enmienda. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y seis. Votos a favor de la enmienda: uno. Votos en contra: sesenta y cuatro. Abstenciones: una. Queda, por tanto, rechazada la enmienda número 22 del señor Montoya Ramos.

Votación del artículo 13 según el texto del Dictamen de la Comisión. Votos a favor del artículo. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y siete. Votos a favor: sesenta y cinco. Votos en contra; uno. Abstenciones: una. Queda, por tanto, aprobado el artículo 13 de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión.

Artículo 16. Enmienda número 5 del señor Nieto Noya. para su defensa, tiene la palabra el señor Nieto Noya.


EL SEÑOR NIETO NOYA:

Señor Presidente, Señorías. En el artículo 16 se establece que dentro de los cuerpos de la Administración de Castilla y León, y en razón de las tareas o funciones -esto es lo que dice el Dictamen de la Comisión; el proyecto inicial decía "en razón de la mayor especialización de los mismos"-. existirán o podrán existir escalas. Mi propuesta consiste en suprimir este apartado segundo del artículo e incorporar el término "escalas" al apartado primero inmediatamente después de cuerpos, de forma que quedase "se agruparán por cuerpos y escalas en base a al titulación exigida", etcétera.

Con esta enmienda yo he pretendido únicamente, y prescindiendo ya de otras muchas consideraciones que, el hilo de lo que en el fondo de esta enmienda existe, pudieran hacerse, he pretendido, repito, aportar un poco de coherencia, quitar un poco de confusión, y simplificar un poco las cosas.

Digo aportar coherencia, porque el propio texto mencione en unos casos cuerpos o escalas, en otros cuerpos y escalas, lo que quiere decir que la escala es algo que se concibe como alternativa al cuerpo o como añadido al cuerpo, siempre como algo distinto, aunque tenga un tratamiento legar igual o similar. Las escalas son cuerpos con otra denominación, no cuerpos inferiores como se puede pensar desde ciertos complejos. Pero en ningún caso, salvo en Castilla-La Mancha y en este proyecto, las escalas son un cuerpo dentro de otro cuerpo; un grupo de funcionarios de un cuerpo segregados y diferenciados dentro del propio cuerpo. O sea, que o se modifican las expresiones "cuerpos y escalas" y "cuerpos o escalas", porque las escalas son cuerpo, o lo coherente es, desde mi punto de vista, modificar el texto en el sentido de mi enmienda.

Una segunda razón es suprimir confusión, porque el concepto de escala en la Administración del Estado, en su terminología tradicional y en la actual, no es el de este proyecto. Escala es lo mismo que cuerpo pero en el ámbito de los organismos autónomos, o escala es lo mismo que cuerpo pero referido a grupos de funcionarios no integrables en otros cuerpos establecidos; así en la Ley 30 alguno de cuyos artículos en los que se expresa este concepto tiene el carácter de legislación básica. Se trata, pues, sencillamente, de no marear a los funcionarios utilizando términos polisémicos, términos plurivalentes, que producen confusión.

Y la tercera razón es la de simplificar. Los funcionarios de los cuerpos tendrán un número de identificación del cuerpo y del funcionario dentro del cuerpo; los que además pertenezcan a una escala determinada dentro de un cuerpo tendrán que añadir al número identificación del cuerpo y de funcionario dentro del cuerpo alguna otra

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identificación de la escala y dentro de la escala como funcionario perteneciente a esa escala. Esto, desde mi punto de vista, son ganas de complicar las cosas, cuando lo más simple e inocuo hubiera sido crear tantos cuerpos como sean necesarios en razón de las diferentes funciones, o llamar a unos cuerpos y a otros escalas, éstas en razón, como se decía en el texto primitivo, de profesiones específicas y no como se dice en el Dictamen de la Comisión en razón de las tareas o funciones, que son las mismas razones que justifican la existencia de los cuerpos. Nada más, muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Nos alegra comprobar que, en el trámite de Comisión a Pleno, el señor Nieto Noya ha captado bastante bien lo que es el espíritu de la Ley. Sentimos que a pesar de que ahora lo ha comprendido, creo que, imagino, gracias a las explicaciones bastante abundantes que le dimos en Comisión, no comparta nuestro criterio y hable de que no hay simplificación y que no hay coherencia. Creo, realmente, y son los méritos de este proyecto muy grandes, hay que decirlo en voz alta, que simplificar los más de quinientos cuerpos de funcionarios todavía vivos en la Administración -muchos de los cuales han sido transferidos, funcionarios de ellos, a nuestra Comunidad-, en solamente ocho grandes cuerpos es una tarea de simplificación inmensa. No se puede decir que no hay simplificación y que no hay coherencia en este proyecto. Hay una gran simplificación, repito, de más de quinientos cuerpos a ocho solamente, cuatro de Administración General, cuatro de Administración Especial, y cada cuerpo, cada dos cuerpos, perdón, corresponden a un grupo de clasificación; por tanto, a un nivel de titulación.

Creo que en absoluto confunde el sentido en que aquí se habla de escalas. Creo que es precisamente en el párrafo 2 el sentido es completamente claro: "dentro de los cuerpos y en razón de las tareas o funciones podrán existir escalas"; simplemente es una calificación más añadida a la categoría del funcionario en su cuerpo respectivo. La clasificación básica, hay que tener en cuenta que en la concepción de esta Ley el término de cuerpo es un mero artilugio clasificador, puesto que está bien claro, bien patente en esta Ley que es imposible que ningún cuerpo de funcionarios patrimonialice funciones propias de la Administración; eso queda bien claro. Por tanto, en este sentido hay que dejar bien patente que las escalas únicamente son unas meras clasificaciones anejas a las de cuerpo y que indican una mayor especialización dentro de los cuerpos; en absoluto añaden confusión; ocho cuerpos, cuatro generales, cuatro especiales, y escalas dentro de algunos de ellos que se consideren oportunas. En el proyecto de Ley figuran algunas de estas escalas y, en cualquier caso, la creación de ellas será por ley, lo que, ya digo, nos garantiza contra la proliferación indiscriminada que, efectivamente Su Señoría, puede haber confusión de este tipo de situaciones meramente clasificatorias, insisto.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias.

Se somete a votación la enmienda número 5 del señor Nieto Noya. Votos a favor de la enmienda. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones... Señor Ares, estamos en votación. Le ruego que no se levante usted cuando estoy pidiendo votos a la Cámara.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y nueve. Votos a favor: veinticinco. Votos en contra: cuarenta y uno. Abstenciones: tres. Queda, por tanto, rechazada la enmienda número 5 del señor Nieto Noya.

Se somete a votación el artículo 16 de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión. Votos a favor del artículo. Tomen asiento, por favor. Silencio, por favor. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones. Gracias.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y nueve. Votos a favor: cuarenta y dos. Votos en contra: veinticinco. Abstenciones: dos. Queda, por tanto, aprobado el artículo 16 de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión.

Se agrupan las enmiendas números 36 y 37 del Grupo Popular, así como la número 105 del mismo Grupo, referida a la Disposición Adicional Tercera, en relación las dos primeras con los artículos 19 y 20. Para su defensa, tiene la palabra el señor Marcos Oteruelo.


EL SEÑOR MARCOS OTERUELO:

Señor Presidente, Señorías. Me propongo, como bien ha dicho el señor Presidente, defender en un bloque tres enmiendas: una al artículo 19, del Grupo Popular, otra al artículo 20 y otra a la Adicional Tercera, del mismo Grupo. Antes quiero decir que... subrayar una vez más, que en la línea del Portavoz principal de mi Grupo en esta sesión, quiero yo, por mi parte, decir también que ésta no es en absoluto nuestra Ley.

En segundo lugar, que tampoco me parece muy conveniente que nos arroguemos en esta sala exclusivas de liberalismo ni de ninguna otra cosa, porque a lo mejor habría que ponerse... yo me pondría en primera fila y además elegido por los votos del pueblo, no por ningún sector especial.

Creo que, cree nuestra enmienda que el artículo 19 debe suprimirse y el artículo 20 también, porque resultan innecesarios, son farragosos, contribuyen a crear confusión, no establecen en absoluto la claridad necesaria para que funcione nuestra Región burocráticamente de una manera eficaz. Creo que lo importante es atender a los grupos y a los puestos de trabajo, que en esa filosofía se mueve la Ley 30/84, y en ella, en ese espíritu debemos

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de seguir hasta que seamos capaces nosotros a tener aquí un proyecto de Ley serio y específico que regule tanto los cuerpos como las escalas.

Por lo tanto, proponemos que se supriman estos dos artículos, que se suprima también la Adicional Tercera y, en consecuencia, que la Junta de Castilla y León, en un plazo de un año que es el texto que nosotros proponemos para sustituir la suprimida Adicional Tercera, en el plazo de un año, presente ante esta Cámara un proyecto de Ley en el cual se regule debidamente todo lo referente a cuerpos y escalas en nuestra Región. Nada más, muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente, Señoría. Me asombra que el señor Marcos Oteruelo encuentre farragosa la clasificación de cuerpos que hace el presente proyecto de Ley. Yo me gustaría saber, cuando ese anunciado proyecto alternativo que se realizará cuando gobierne el Grupo Popular, cómo va a ser capaz de simplificar, reducir todavía estos ocho cuerpos; sinceramente, me gustaría verlo.

Creo que en absoluto son innecesarios, sino que, por el contrario, es dar cumplimiento imperativo a un mandato del artículo 11 de la Ley 30, que ordena taxativamente que "Las Comunidades Autónomas procederán a ordenar, mediante ley de sus respectivas Asambleas, su Función Pública propia. A estos efectos agrupará a sus funcionarios propios en los cuerpos, escalas y categorías que proceda". Es decir.......... artículos de esta Ley es dar cumplimiento estricto a un mandato imperativo del artículo 11 de la Ley 30, es un artículo además base, y creemos que prolongar durante un año la situación de una cierta indefinición en que pueden estar los funcionarios es realmente atentatorio, francamente, hacia estos funcionarios.. Tan pronto como la Junta dio posibilidad legal de ordenar esto, hace un estudio serio de lo que hay, hacer un texto legal que corresponda a la Ley 30 y que además, realmente, recoja la situación existente en la Administración lo ha hecho. Creemos, realmente, que no tiene ningún sentido el prolongar durante un año más, sin ninguna justificación, esa situación de interinidad que nos propone el Grupo Popular.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Marcos Oteruelo.


EL SEÑOR MARCOS OTERUELO:

Señor Presidente. Simplemente decir que, efectivamente, este texto es farragoso. Como prueba para demostrarlo invito a que se lea.

Segundo, el Grupo Popular, cuando traiga a esta Cámara su proyecto de Ley, seguro, con toda seguridad, señor Vela, traerá un articulado más inteligible y más claro.

Y en tercer lugar, la Ley 30/84 sí que ordena que se regule esta actividad, o este sector, sin embargo no dice en qué tiempo, en qué plazo, y, desde luego, no creo que quiera que sea con precipitación.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias.

Se someten a votación las enmiendas números 36 y 37 debatidas, en relación con los artículos 19 y 20, y la enmienda número 105 del Grupo Popular. Votos a favor de las enmiendas. Pueden sentarse. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y tres. Votos a favor: veintinueve. Votos en contra: cuarenta y uno. Abstenciones: tres. Quedan, por tanto, rechazadas las enmiendas que han sido objeto de votación.

Se someten a votación los artículos 19 y 20, así como la Adicional Tercera. Votos a favor. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento. Abstenciones. Gracias.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y tres. Votos a favor: cuarenta y dos. Votos en contra: veintinueve. Abstenciones: dos. Quedan, por tanto, aprobados los artículos 19 y 20, así como la Adicional Tercera, de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión.

Artículos 25 y 26 agrupados. Enmiendas números 46 y 47 del Grupo Parlamentario Popular. Para su defensa, tiene la palabra el señor Criado.


EL SEÑOR CRIADO ESCRIBANO:

Señor Presidente, Señorías. La enmienda que voy a defender no tiene ninguna carga política, pero pensamos que mejora sensiblemente la redacción propuesta en el proyecto de Ley.

La provisión de puestos de trabajo adscritos a funcionarios se deben de cumplir por concurso, como sistema normal de provisión, publicándose su convocatoria en el Boletín de Castilla y León, indicando los méritos exigidos en la convocatoria correspondiente.

En cuanto a los méritos preferentes, se consideran méritos preferentes la antigüedad, las titulaciones académicas, los cursos de promoción y perfeccionamiento superados en las escuelas de Administración Pública, y, en su caso, la valoración del trabajo desarrollado en los anteriores puestos ocupados, realizados mediante procedimientos que asegure la objetividad.

Para la valoración de los méritos se nombrarán comisiones de al menos tres funcionarios por procedimientos que garanticen la capacidad para la valoración de aquellos, la objetividad y la imparcialidad, y cuya composición será pública en el Boletín Oficial de Castilla y León".

Con esta enmienda, Señorías, se da prioridad a los méritos objetivables y menos importancia a aquellos que son más difíciles de cuantificar y, por tanto, se evita la

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discrecionalidad. Nosotros pensamos que precisamos más con esta enmienda que la claridad y transparencia en la provisión de estos puestos de trabajo, a la vez que garantizamos la finalidad o el espíritu de todo concurso. Por todo ello, solicito a Sus Señorías el voto afirmativo para esta enmienda. Nada más. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente, Señorías. Voy a responder a las enmiendas 46 y 47 del Grupo Popular, que hacen referencia a los temas de concurso, fundamentalmente, y además con una expresión muy simple. En este caso se trata de que la redacción del artículo del proyecto de Ley se ajusta exactamente, estrictamente, a la redacción del artículo 20, párrafo 1, de la Ley 30/84 que es base. Es decir, no podemos salirnos de este texto, que es un texto base, y además la dicción que plantea el Grupo Popular entra ya en un tema reglamentario, tema, realmente, en principio, que no procede incluir en la presente Ley, aparte, repito, que excede el marco establecido en el correspondiente artículo base de la Ley 30. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Criado.


EL SEÑOR CRIADO ESCRIBANO:

Nada más para reiterarme en las argumentaciones que he dado anteriormente, de cual se debe primar como méritos preferentes, y recordar a Sus Señorías que en el programa socialista, en cuanto se refiere que el Gobierno exigirá y garantizará la profesionalidad e imparcialidad pública de los funcionarios públicos, voy a leer, si ustedes me permiten, lo que dice: "el Gobierno establecerá una verdadera carrera administrativa. La promoción pasará a hacerse por concurso público de méritos, en los que se valorará la dedicación eficaz al servicio, la capacidad y la antigüedad, dejando de depender de la libre designación". Nada más, muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias.

Se somete a votación las enmiendas números 46 y 47..., perdón. Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente. Simplemente para señalar que, efectivamente, eso que plantea el señor Criado es lo que ha hecho el Gobierno de la Nación, el Grupo Socialista, con la Ley 30/84, y en cumplimiento de ella este Grupo Parlamentario y este Gobierno de esta Región ha hecho exactamente eso planteado: crear una carrera administrativa por primera vez en la Administración Española. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Gracias.

Se somete a votación las enmiendas 46 y 47 del Grupo Parlamentario Popular. Votos a favor de las enmiendas. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y siete. Votos a favor: treinta y cuatro. Votos en contra: cuarenta y uno. Abstenciones: dos. Quedan, por tanto, rechazadas las enmiendas números 46 y 47 del Grupo Parlamentario Popular.

En relación con los mismos artículos, 25 y 26, se mantienen también dos enmiendas, la 35 y la 36, del señor Montoya Ramos. Para su defensa, tiene la palabra el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Yo he mantenido estas enmiendas, números 35 y 36, por creer que en este caso éstas sí son más importantes que algunas que he defendido anteriormente, no tanto la 35 como la 36.

La 35 se trata de variar nada más una pequeña, un poco el texto tal como viene redactado. El texto dice "las titulaciones académicas, en su caso, y la antigüedad", y referido a que se considerarán como méritos preferentes los que se determinen, tal, los cursos de promoción, etcétera, "las titulaciones académicas, en su caso, y la antigüedad", termina el párrafo. Y yo digo que se ponga "las titulaciones académicas y la antigüedad", es decir, que las titulaciones académicas se tengan en cuenta siempre.

Ya sé que se me va a decir que hay muchas titulaciones académicas que nada afectan al normal desempeño del cargo que tiene el funcionario. De todas formas, me parece que el hecho de tener algún tipo de titulaciones académicas debiera ser siempre tenido en consideración, aunque no afecte directamente. Yo ya entiendo que para un ingeniero de montes, probablemente, ser licenciado en Filosofía y Letras vale muy poco, pero yo quiero pensar que vale algo y de esa forma, y que vale, pues, quizá tanto como los cursos de promoción y perfeccionamiento que superen en la Escuela de la Administración Pública, porque a lo mejor este ingeniero de Montes va a tener que estar resolviendo pocos expedientes administrativos, que va a ser lo que se le va a decir, se le va a explicar en la Escuela de Administración Pública, y, sin embargo, este título para este ingeniero de montes que va a estar fundamentalmente dedicado a labores técnicas sí que le va a hacer falta. En ese sentido, yo creo que las titulaciones académicas debieran ser tenidas en cuenta siempre.

Y sobre la enmienda número 36, me parece que es de mayor enjundia. Yo he pedido que se añada un largo párrafo al texto que viene en el artículo dictaminado por la Comisión. Yo creo que los puestos de jefe de negociado, de jefe de sección y de jefe de servicio deben ser unos puestos absolutamente inamovibles, como no sea mediante expediente administrativo, y esto debe decirse

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así. Porque yo creo que esto es tanto como garantizar la Administración Pública sobre el poder político. Yo creo que la Administración, se me va a decir probablemente, que yo lo entiendo como un bien patrimonial -no es eso aunque se pueda decir-, que aquí puede haber mucho de coorporativismo; tampoco es esto. Yo lo que creo es que la Administración Pública tiene que ser absolutamente independiente, y que tiene que haber un sistema para la provisión de puestos, y que tiene que haber, al mismo tiempo, un sistema que no debe ser otro que mediante expediente administrativo para la remoción de esos puestos, sobre todo cuando se trata de jefe de servicio para abajo. Cuando muchas veces hemos estado diciendo que hasta los Directores Generales en la Administración Central, he oído yo muchas veces antes, debían ser cargos administrativos y no políticos, yo creo que si no damos unas ciertas garantías a las personas que estén ocupando estos puestos se corre un grave peligro de politización de la Administración, y esto sería malo.

Y el artículo añade algo más. Dice que así como se señalan los méritos preferentes, lo que no se dice en ningún sitio es quién va a valorar esos méritos de los funcionarios. Y aquí, en el artículo, se añade un párrafo en el cual se dice que puede haber o que debe haber un sistema de evaluación continua del funcionario, mediante informes normalizados por los jefes superiores y que se tengan en cuenta cuando haya esta provisión de puestos mediante concurso o mediante libre designación; yo creo que debiera ser siempre y mejor mediante concurso, que no mediante libre designación. Y al mismo tiempo se prevé que debe reglamentarse unas juntas de méritos que son las que tienen que apreciar los baremos, los méritos de candidatos, conforme a un baremo, para llevar a cabo estos concursos. Quizá se trata de quitar unas atribuciones, aparentemente, a la Junta, a los Consejeros, a los Directores Generales, en base a mantener una independencia de la Función Pública que yo creo que es muy importante y en esto se debiera meditar mucho, porque los funcionarios deben de llevar a cabo su función con absoluta independencia de quienes llevan en aquel momento la responsabilidad política, sea cualesquiera quienes lleven a cabo esta misión, y sobre todo el funcionario debe estar protegido de que cualquiera que sea el color político del mismo sepa que aquello no se ha tenido en cuenta de ninguna forma, porque estas juntas de méritos, repito, estarán constituidas por unos miembros que gocen de la suficiente independencia. Nada más y muchas gracias...

Y simplemente quería contestar a una observación, que yo no sé si me ha sido dirigida a mí, en el sentido de que si alguien ha querido pretender que yo doy patente de liberalismo, están muy equivocados, porque yo creo que el liberalismo es algo abierto y que yo desearía que fuera asumido por todos los castellano-leoneses. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Señor Vela Santamaría tiene la palabra.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente, Señorías. Ciñéndonos a la enmienda del señor Montoya, decir simplemente que su valoración como mérito principal de la antigüedad nos parece un concepto tan antiguo como la propia enmienda o como el concepto de puesto de mando, que nos recuerda a épocas pretéritas, siento decirlo, que aparece en otras enmiendas del señor Montoya.

En cuanto al contenido profundo de su enmienda, simplemente decir que lo sentimos mucho, pero....... sabe de nuevo, insisto, el artículo 21 de la Ley 30/84 y comprobará que su redacción es opuesta a este artículo que insisto, como dije anteriormente, que es base.

Pero ya que se ha hecho alusiones a temas como politización, independencia de los funcionarios, etcétera, en el contexto de esta enmienda, señalar que precisamente esta Ley, el desarrollo y aplicación de la Ley 30, garantiza por primera vez a los funcionarios su independencia, como, entre otras garantías muy importantes, como son la consolidación del grado -el hecho de que un funcionario no pueda caer al ostracismo cuando pierde un puesto directivo, cosa que el señor Montoya conoce muy bien como experto funcionario-, o el tema de la movilidad del funcionario, el funcionario pueda ser trasladado de un sitio a otro, pero con unas garantías; garantías de mantenimiento del nivel y de la retribución, garantías que la Ley 30 recoge e igualmente el proyecto de Ley que hoy se debate. Por eso le digo, señor Montoya, que no tiene ningún sentido hablar aquí de politización de la Administración. Precisamente si una ley consagra no la independencia, sino realmente la politización, la no manipulación....... justamente esta Ley., y reitero a Su Señoría, como dije en su momento en Comisión, que no puede haber ninguna independencia absoluta de la Administración del Ejecutivo, puesto que el Gobierno de la Nación dirige la Administración; no hay ningún poder administrativo ni puede haberlo jamás. Si que habrá, por supuesto, un apoliticismo, tiene que haber por supuesto una profesionalización de la Administración, y reitero que esta Ley, la Ley 30, la garantiza por primera vez a los funcionarios. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Bueno, el señor Vela se ha excusado de lo que yo no le había acusado. Yo no he acusado a la Administración Socialista de politización de la Administración. Yo lo que he dicho es que este artículo puede permitir una politización de la Administración por el Grupo Socialista o por cualquier otro. Yo esto es lo que he querido decir y nada más que lo que he dicho. Yo no he acusado, no he hecho ninguna acusación. Si usted se ve, si Su Señoría se ve obligado a excusarse,

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pues, su excusa, quedará recogida en esta Cámara; yo no he hecho la acusación.

Segundo, se me ha metido, lo mismo que en Comisión, por cosas anecdóticas. Ya se dijo en Comisión -y yo iba a hacer alusión a ello, pero me he querido pasar pensando que a lo mejor hoy no se me hablaba-, cuando, evidentemente, hay un puesto, hay una cosa que está mal puesta, lo de puesto de mando: yo podía haber puesto puestos directivos, puestos de responsabilidad, está mal hecho lo de puesto de mando. En la Comisión ya se me dijo que si yo quería militarizar a los funcionarios. Nada más lejos de mi espíritu, de entender los puestos de mando con un estilo fascista, sino yo lo que he querido decir es un puesto de responsabilidad, de mando en el buen sentido de la palabra, que creo que también la palabra mando puede tenerla.

En ese sentido, ya que se me habló de militarizar a los funcionarios, yo quiero decir una cosa. Piense, señor Vela, como un funcionario, si no se encuentra protegido, en eso que se me llamó también en la Comisión, del poder administrativo que yo quería crear, sino se encuentra protegido, fíjese y ya..., hable, vea la diferencia que existe con el ejército. Imagínese un funcionario al lado de un militar; un funcionario que va escalando sucesivos puestos administrativos y que, sin embargo, por la libre disposición de la Administración que rige la Comunidad Autónoma, socialista o la que usted quiera, ese funcionario puede ser bajado del puesto que ha ido escalando a lo largo de los tiempos al más ínfimo, es decir, el equivalente de un coronel que ha llegado a coronel y que, bueno, o que sus cualidades no se lo permiten debe ser degradado a sargento, o si quiere usted a teniente que es con el puesto con que salió de la Academia. Esto puede suceder con los funcionarios si en cierta forma no se da una garantía a que, para acceder a unos puestos de jefes de sección, sea preciso pasar antes por un jefe de negociado, o a un jefe de servicio antes por un jefe de sección, etcétera, y que tenga unas garantías de permanecer en ese puesto mientras esté cumpliendo fielmente y eficazmente su misión; o sea, que ese... quitarle de ese puesto no se produzca por una decisión arbitraria o no, pero en cualquier caso discrecional, y no sería preferible que ese puesto, sin embargo, o que ese funcionario de ese puesto no fuera removido más que porque el cumplimiento de las funciones encomendadas al mismo no se cumplieran y entonces fuera necesario proceder a realizar o a hacerle ese expediente administrativo de que yo hablaba. Nada más y muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente, Señorías. Curiosamente el señor Montoya, después de declarar que los puestos de mando tienen una connotación militar, él ha seguido su comparación precisamente aludiendo a la escala jerárquica del ejército. No se quien, digamos, habrá entendido mal el sentido de su propuesta, francamente.

Insistir de nuevo al señor Montoya que aquí hay una garantía muy firme en esta Ley, igual que en la Ley 30, precisamente para el funcionario, que es justamente de que se consolida el nivel, a partir de unas condiciones que están establecidas en la Ley 30 y recogidas aquí de nuevo; se consolida el nivel, con lo cual no es posible degradar, por supuesto, a un coronel a sargento ni a cabo, a lo mejor a capitán, siguiendo aquí la terminología del señor Montoya. Lo que sí que, además, quería decir es que este concepto de inamovilidad en el puesto, pues, igual no tiene nada que ver con la de que la Administración es un bien patrimonial de los funcionarios, pero a mi criterio sí que se parece mucho.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Gracias.

Se someten a votación las enmiendas números 35 y 36, en relación con los artículos 25 y 26, del señor Montoya Ramos. Votos a favor de las enmiendas. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y seis. Votos a favor: veintitrés. Votos en contra: cuarenta y dos. Abstenciones: una. Quedan, por tanto, rechazadas las enmiendas que acaban de ser sometidas a votación.

También en relación con los artículos 25 y 26 se mantienen las enmiendas números 17 y 18 del señor de Fernando Alonso. Para su defensa, tiene la palabra el señor de Fernando Alonso.


EL SEÑOR DE FERNANDO ALONSO:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Son dos enmiendas distintas y voy a defender más la segunda que la primera, porque la primera la explicación que doy es suficiente; es supresión del apartado b) del artículo 27, párrafo 1, donde habla de libre designación. Yo, que en mi intervención en el debate de la Totalidad, ya dije que esto era una mala copia de la Ley de Reforma Urgente de la Función Pública, voy viendo, a través de todos los articulados de la Ley, que cuando conviene se dice que se copia la Ley, y, por tanto no se puede modificar como en este caso; en otros casos se modifica la ley y se cambia la palabra autorizar por informar. Este párrafo concreto que yo digo que se quite de la Ley es una copia de la Ley 30/84, pero entiendo una mala copia, porque habla de libre designación del Consejero correspondiente en vez de hacer un baremo objetivo de lo que debe ser el acceso a la Función Pública. Por tanto, en la primera enmienda es supresión total para que lo que haya es un baremo objetivo y nunca libre designación entre lo que a uno le parezca que debe concurrir.

En la segunda enmienda, entiendo que es más importante quitar el párrafo 2, porque siendo partidarios

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como somos del libre acceso a todas las Administraciones Públicas de todos los funcionarios, tanto de otras Comunidades como de la Administración Local, como del Estado, pero en todas las direcciones, no solamente que accedan a la Comunidad de Castilla y León los de otras Administraciones Públicas. Debe suprimirse porque consideramos vejatorio las condiciones que se ponen de hacer un cursillo especial; especial ¿para qué?, para hacer la discriminación que queramos. Entendemos que todo funcionario, sea de Administración Local, Administración Autónoma de Castilla y León, de otras Comunidades Autónomas, o del Estado, está en condiciones de desempeñar la misma función en aquella Administración Pública a la que vaya. No obstante, y hasta que el consejo coordinador de Administraciones Públicas se pronuncie, entendemos que esto no debe figurar en la Ley y mucho menos con la cortapisa de los cursos de perfeccionamiento. Debe suprimirse ese párrafo; somos partidarios de que a la Comunidad de Castilla y León puedan concurrir todos los funcionarios de todas las Comunidades, de la Administración Local, y del Estado, pero a su vez los funcionarios de esta Comunidad puedan acceder a todas las comunidades, puedan acceder a la Administración Local, o puedan acceder al Estado. Indudablemente, nunca con cortapisas de cursos de perfeccionamiento, que puede ser un método para decir éste que se lo merece en el curso me lo cargo y no le admito porque no me es simpático. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Bien. La verdad es que, don Daniel de Fernando, yo creo que ve usted cosas que aquí no pone. Son todo situaciones que no sé si porque se han dado antes piensan que van a continuar ahora, pero la verdad es que nosotros estamos planteando un modelo de Función Pública nuevo, y que..., con unos suficientes controles que antes no existían como para que haya transparencia. Por lo tanto, yo le diría a usted que esta afirmación que usted hace de que es un engaño en la Función Pública lo de la libre designación con convocatoria pública, yo le diré que esto, cuando menos, es novedoso, cuando menos novedoso; hasta ahora no existía, y, por lo tanto, me parece que, bueno, su enmienda al suprimir esto yo creo que lo que pretende es que no haya esa libre designación, pero, sin embargo, en la justificación que usted hace es decir bueno, yo la acepto si hay un baremo. Bien, proponga, en todo caso para que la enmienda pueda ser tramitada, ese baremo y a lo mejor lo hubiéramos podido asumir, pero, evidentemente, hay una contradicción entre lo que usted plantea y su intención.

En la segunda enmienda de usted, cuando dice suprimir el apartado, nosotros le tenemos que decir en este aspecto que no hay en absoluto ninguna cortapisa. Está absolutamente clara en la ley la posibilidad de la movilidad de los funcionarios de unas Administraciones a otras y sabemos en qué forma, las Comunidades entre ellas; pero lo que sí que estamos viendo es que, posiblemente, la ordenación o los que tienen alguna otra competencia distinta a la nuestra para ordenar algunos aspectos de la Función Pública puedan no coincidir algunos aspectos de formación con los nuestros. Simplemente decimos que en algunos casos podrá exigírseles que pasen unos cursos de perfeccionamiento, simplemente para que inmediatamente se adapten a la situación administrativa que tenemos en la Comunidad; por lo tanto, ninguna cortapisa. En todo caso, creo que es una cuestión que como formación y reciclaje, por tanto, para el funcionario siempre que será por él bien recibido.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor de Fernando Alonso.


EL SEÑOR DE FERNANDO ALONSO:

Sí, señor Presidente, gracias. Unicamente decirle, en cuanto a la primera enmienda, que si hubiese hecho un estatuto a la Función Pública no habría esos problemas. Yo no digo y no tengo que dar el baremo, el baremo siempre es objetivo. Los méritos preferentes que dicen anteriormente, en el párrafo anterior, y la libre designación pueden no ser objetivos. Por eso digo que se suprima, y en el desarrollo de la ley y cuando hagan la convocatoria convocarán con baremos objetivos.

En cuanto al segundo tema, usted dice que hay plena transferencia de funcionarios. Pregúnteles a los veterinarios y a los médicos de Castilla y León si pueden concurrir al País Vasco; pregúnteles a cualquier funcionario de la Administración Local si va a aceptar esto de un cursillo de perfeccionamiento que le podrán decir... después que usted con la categoría de técnicos que tenía en la Diputación de tal provincia, puede ir como técnico, pero haga un curso de perfeccionamiento y ahora me lo quito de en medio en el curso. Si valió como técnico para hacer la oposición vale como técnico aquí, no necesita ningún cursillo, señor Bravo. Eso es lo que digo, quitándolo quedará igual que todas las demás Comunidades y cuando salga la norma del Consejo coordinador, que tendrá que salir, de todas las Comunidades Autónomas nuestros funcionarios estarán igual que los demás; mientras tanto, no están en las mismas condiciones.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Se procede a someter a votación las enmiendas números 17 y 18 del señor de Fernando Alonso. Votos a favor de las enmiendas. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones. Gracias.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y siete. Votos a favor: veinticuatro. Votos en contra: treinta y nueve. Abstenciones: cuatro. Quedan, por tanto, rechazadas las enmiendas números 17 y 18 del señor de Fernando Alonso.

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En relación, también, con el artículo 26 se mantiene la enmienda número 8 del señor Nieto Noya. Para su defensa, tiene la palabra el señor Nieto Noya.


EL SEÑOR NIETO NOYA:

Señor Presidente, Señorías. El apartado 2 del artículo 26 exige, como acabamos de oír, la realización de cursos de perfeccionamiento, los cursos de perfeccionamiento que se estime oportuno, para incorporarse a la Comunidad Autónoma a los funcionarios procedentes de otras Administraciones Públicas. Lo mejor de este apartado, desde mi punto de vista, es el "podrá", porque quiere decir que no existe la obligación de imponer la celebración de esos cursos. Pero de la misma forma que este "podrá" abre esa posibilidad de que se lesionen derechos de los funcionarios, de que no se respete el principio constitucional de igualdad y no discriminación. Este atentado puede producirse al abrir la posibilidad legal de exigirle la celebración de estos cursos de perfeccionamiento que se estime oportuno. Entiendo yo que, una vez incorporados, los funcionarios no deben someterse a ningún trato desigual; si no reúnen las condiciones para participar en las convocatorias públicas no deben ser admitidos, pero una vez seleccionados e incorporados imponerles exigencias específicas es discriminatorio. A mayor abundamiento, la decisión de exigirle esos cursos, la estimación de la oportunidad de obligarle a hacer esos cursos, no está atribuida a nadie en particular, y la reserva reglamentaria se refiere exclusivamente a la forma, lo que ni siquiera garantiza la objetividad en la estimación, ni la adecuación del contenido de los cursos. En suma, mi opinión es que todas las exigencias específicas para los funcionarios de otras Administraciones, todos los requisitos han de ser previos.

Es verdad que yo menciono en mi texto que reglamentariamente se pueden poner requisitos específicos, siempre son requisitos previos, y en esto, por lo demás, no hago más que repetir lo que en el artículo 24, apartado 3, se dice al referirse a las relaciones de puestos de trabajo, en las que allí se precisa que las relaciones de puestos de trabajo deberán de incluir los requisitos que deben reunir los funcionarios de otras Administraciones Públicas para acceder a dichos puestos.

Pero yo digo requisitos específicos, ¿por qué razón? Porque, dada la previsible variedad de tratamientos diferentes de la Función Pública en todo lo que no sea legislación básica, puede ocurrir que las titulaciones, las características específicas de los cuerpos, las condiciones de acceso a ellos, tanto en las Administraciones Autonómicas como en las Corporaciones Locales, requieran que precisamente, para hacer respetar el principio de igualdad en determinadas circunstancias a determinados grupos de funcionarios, se les debieran exigir requisitos derivados de su situación concreta que permitan homologarlos con los demás funcionarios, con las condiciones generales del conjunto de funcionarios que puedan participar en la convocatoria, y esos requisitos exigibles a grupos singulares de funcionarios estarían establecidos reglamentariamente y no en función de una estimación o de una decisión de un órgano administrativo indeterminado.

Y, por último, en mi texto se añade una referencia expresa al respecto de los derechos constitucionales y estatutarios de los funcionarios, referencia que si, por su carácter genérico, ofrece en si misma pocas garantías, al menos quiere ser la expresión explícita de que no se trata en ningún caso de requisitos discriminatorios ni arbitrarios, y un recordatorio de tales derechos al órgano que dicte el Reglamento. Piensen, Señorías, que en esta materia, especialmente en esta materia, la discrecionalidad debe reducirse a los límites mínimos indispensables, y aún en estos casos límites deben usarse las mayores cautelas para evitar el abuso, que puede darse objetivamente, aún sin intencionalidad culpable, desde un punto de vista subjetivo. Algún ejemplo acabamos de conocerlo al leer que el Tribunal Supremo ha reconocido derechos de funcionarios docentes destinados en Cataluña y anular disposiciones administrativas que le imponían obligaciones improcedentes. No dejemos, pues, en nuestra ley puertas abiertas al abuso, no demos facilidades para el abuso, aunque éste pudiera producirse con la mejor intención. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Simplemente decir que la potestad de la formación de sus funcionarios la tiene la Comunidad y la ejerce. Y en cuanto a, aquí, a la segunda parte, yo tengo que recordar que hemos sido nosotros los que han reforzado las competencias dentro del órgano de la Función Pública y, por lo tanto, ahí van a tener que informar materias relacionadas con todas las cuestiones de empleo de los funcionarios; por lo tanto, no veo yo donde está el tema que Su Señoría señala.

Y, finalmente, decir que, en cuanto a la parte final, de que, bueno, de alguna forma no se pueda trasgredir los derechos constitucionales y estatutarios de la persona, yo creo que el Defensor del Pueblo sigue funcionando.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias.

Se procede a someter a votación la enmienda número 8 del señor Nieto Noya. Votos a favor de la enmienda. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y uno. Votos a favor de la enmienda: veintiuno. Votos en contra: cuarenta. Abstenciones: ninguna. Queda, por tanto, rechazada la enmienda número 8 del señor Nieto Noya.

Votación ahora de los artículos 25 y 26 de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión. Votos a favor. Señor de Fernando, vota a favor o en contra. Gracias, tomen asiento. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones.

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Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y tres. Votos a favor: cuarenta y dos. En contra: veintiuno. Abstenciones: ninguna. Quedan, por tanto, aprobados los artículos 25 y 26 según el texto del Dictamen de la Comisión.

Artículos 33 y 51. Enmiendas números 56 del Grupo Parlamentario Popular, y número 4 del señor Aparicio Pérez. Para su defensa, tiene la palabra el señor Aparicio Pérez.


EL SEÑOR APARICIO PEREZ:

Buenas tardes, señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Brevemente, dentro del estilo que ya va siendo común a lo largo de este debate, para hablar de un tema que considero fundamental y que nuestro Grupo también ha considerado importante, como se desprende de la existencia de una enmienda propia del Grupo.

El tema de promoción interna, tal y como lo ha planteado el Grupo Popular, obedece a dos principios. Un primer principio, claro, de establecer una garantía de promoción interna como tal. En términos estrictamente conceptuales creo que existe unanimidad, al menos debo entender que los pros y los contras de la existencia de una promoción interna los valoró suficientemente incluso el propio Grupo Socialista, puesto que tuvo reflejo en su propio programa.

Ciertamente, en un segundo aspecto práctico de realismo...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Silencio, por favor, silencio por favor.


EL SEÑOR APARICIO PEREZ:

Hablaba de un segundo principio, un principio que podíamos calificar de realismo político. Ciertamente, tenemos la Administración Regional que tenemos y esto no es una perogrullada; no es la que quisiéramos tener, es la que se ha obtenido tanto en base a un proceso de transferencias como en base a un proceso iniciado desde la propia Junta de Castilla y León.

En consecuencia, creo que es importante que exista promoción interna en orden a la mejora de la propia Administración Regional, y creo que es importante, si se desea -ésa es la cuestión de fondo-, si por parte del Grupo Socialista se desea que exista promoción interna, que no haya un mero principio de voluntariedad, una declaración de principios como es el "podrá reservarse hasta un cincuenta por ciento de plazas para promoción interna", sino que exista un mínimo real de garantía. La cifra, ciertamente, es una cifra, si se quiere, aleatoria. En este caso, la propuesta de este Procurador es de un veinticinco por ciento; pero, en cualquier caso, si se desea, insisto, si existe voluntad de garantizar la promoción interna, debe fijarse una cifra.

Sé las dificultades que se van a imputar respecto a este tema: la inexistencia de funcionarios que reúnan las condiciones para acceder a la promoción interna; pero también no es menos cierto que si no existe esa garantía difícilmente puede crearse el estímulo en los funcionarios para que mejoren, para que realmente esta clase administrativa, esta Administración que tenemos mejore.

Creo, en consecuencia, que los pros y los contras, de alguna forma, ya fueron valorados, insisto, por el propio Grupo Socialista, puesto que se llegaron a introducir su propio programa. En consecuencia, el objeto de esta enmienda es conceder una oportunidad a esta Cámara, a las Cortes de Castilla y León, para conseguir que la promoción interna no sea una cuestión de voluntad, variable lógica, de cada gobierno autonómico, sino que de una vez, y en uso de sus propias atribuciones, mediante la ley, la propia Cámara establezca ese mínimo de garantía, ese mínimo de seguridad en la existencia de una promoción interna. Si el proyecto sigue adelante con su redacción original, con la redacción de Comisión, no podemos engañarnos, va a quedar a la libre voluntad de cada gobierno, de cada gobierno autonómico. Si hoy la Cámara adopta una decisión tendente al establecimiento de un mínimo de garantía, creo que es importante, queda salvaguardada la promoción interna.

Por último, añadir que esta postura, defendida por mí personalmente con el respaldo de mi Grupo y defendida también por algún otro Procurador enmendante, tiene grandes coincidencias con esos planteamientos de quienes plantean enmiendas. Lo que ciertamente no coincide con quienes plantean enmiendas análogas es en un uso agresivo de las convicciones políticas. Jamás este Procurador ha hecho uso agresivo de ningún principio, ni de principios de liberalismo, ni de principios de catalanismo, ni de ningún otro tipo de principios. Creo que ésa es una diferencia fundamental respecto a otras enmiendas que pudieran ser coincidentes y que valoramos en su justa y exacta medida. Nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Simplemente, recordar que la promoción interna ha sido un Gobierno Socialista quien la pone en marcha; por lo tanto, yo creo que se manifiesta una voluntad de que eso exista.

En cuanto al porcentaje, yo tengo que decirle que tengo tres enmiendas que dicen prácticamente lo mismo, y las tres con problemas. La de usted dice un veinticinco por ciento; hay otra del señor Montoya Ramos, que como los argumentos son los mismos ya me refiero a ella, que habla del veinte por ciento; y además una de su propio Grupo que dice, bueno, el veinticinco por ciento si existieran funcionarios del Grupo inferior con titulación; o sea, son todas con problemas. En cualquier caso, poner una cantidad como mínimo no va a salvar absolutamente nada. Nosotros seguimos manifestando la voluntad de que exista esa promoción interna, y, por lo tanto, no limitar en mínimos ni el porcentaje que se saque.

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EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Aparicio Pérez.


EL SEÑOR APARICIO PEREZ:

Bueno, pues, muy brevemente, decir que precisamente se trata de saltar de eso, que es encomiable, que es una voluntad de promoción interna, que efectivamente como tal voluntad queda plasmada tanto en este texto de Ley como en la propia Ley 30/84, de la cual sinceramente lo que lamento es que esta Ley no sea más que un simple remedio, una simple extensión, y voy a decirlo, dentro de sus cortas posibilidades. Y decir también que, por supuesto, la Ley no es el reglamento de desarrollo. Para mí, tal como lo ofrecí en Comisión, existía una posibilidad de transacción en cuanto a la cifra. Para mí el objetivo importante no era llegar ni a veinte, ni a veinticinco, ni a quince, era llegar a un aquilatar, a un garantizar, un salvaguardar la promoción interna mediante el establecimiento de un mínimo de garantías, y pienso que, por supuesto, cualquier otra dificultad es salvable a través del lógico reglamento de desarrollo de lo que es la Ley. No confundamos ley y reglamento.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias.

Se someten a votación las enmiendas números 56 del Grupo Parlamentario Popular, y número 4 del señor Aparicio Pérez, en relación con el artículo 51. Votos a favor de las enmiendas. Pueden sentarse, por favor. Votos en contra. Gracias, pueden sentarse. Abstenciones. Gracias.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y uno. Votos a favor: veintiuno. Votos en contra: treinta y nueve. Abstenciones: una. Quedan, por tanto, rechazadas las dos enmiendas que acaban de ser sometidas a votación.

Han sido retiradas por el señor Montoya Ramos las enmiendas, sus enmiendas números 56 y 57, en relación con el artículo 51. Por tanto, pasamos a someter a votación, agrupados, los artículos 33 y 51, de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión. Votos a favor de los artículos 33 y 51. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y uno. Votos a favor: cuarenta. Votos en contra: veintiuno. Abstenciones: ninguna. Quedan, por tanto, aprobados los artículo 33 y 51 de acuerdo con el texto del Dictamen de la Comisión.

Artículo 43. Enmienda número 63 del Grupo Parlamentario Popular. Para su defensa, tiene la palabra el señor Posada Moreno.


EL SEÑOR POSADA MORENO:

Señor Presidente. El Grupo Popular retira esta enmienda.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Al ser retirada la enmienda..., manténganse en sus asientos Señorías, por favor. Al ser retirada la enmienda, pasamos a someter directamente a votación, puesto que no se conserva ninguna otra relación con este artículo, el artículo 43. Votos a favor del artículo 43. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y uno. Votos a favor: sesenta y uno. Ninguno en contra. Y ninguna abstención. Queda, por tanto, aprobado el artículo 43 según el texto del Dictamen de la Comisión.

Artículo 48. Enmiendas números 52 y 54 del señor Montoya Ramos. Tiene la palabra el señor Montoya Ramos para su defensa. Decae, consecuentemente, en su derecho.

Enmienda número 66 del Grupo Parlamentario Popular. En turno a favor, tiene la palabra el señor Saborit.


EL SEÑOR SABORIT MARTINEZ-POLANCO:

Señor Presidente, Señorías. La enmienda que brevemente paso a exponer, para conocimiento y debate de este Pleno, afecta al apartado 5 del antiguo artículo 51, hoy 48, del Dictamen de la Comisión de Presidencia, y se refiere a los grados superiores a alcanzar por los funcionarios a los que afecta esta Ley dentro del intervalo que a su cuerpo corresponde.

En el texto del proyecto de Ley remitido por la Junta a estas Cortes se dice que estos grados podrán ser alcanzados mediante la superación de cursos de formación específicos u otros requisitos que se determinarán reglamentariamente. Creemos que redactado este apartado de la misma forma no se garantiza de manera inequívoca que estos funcionarios vayan a alcanzar estos grados superiores, y que, en todo caso y a nuestro juicio, queda muy imprecisa la forma de poder lograrlo, ya que incluso al hablar de unos requisitos que no se determinan y que parece puedan sustituir a los expresados cursos de formación específicos, se propone, por tanto, una enmienda de sustitución a la totalidad del párrafo, que contiene factores ciertamente objetivos tales como antigüedad en el desempeño de la Función Pública, conocimientos adquiridos a través de títulos académicos, y la realización de cursos de formación para funcionarios. Creemos sinceramente que antigüedad, titulación y formación continuada son verdaderos factores objetivos básicos que deben de figurar en esta Ley. Podrían, desde luego, incorporarse alguno o algunos más en el desarrollo del reglamento de la Ley, pero la inclusión de los tres citados lo consideramos, indudablemente, innecesario.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente, Señorías. Indicar al señor Saborit que, por supuesto,

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naturalmente que la antigüedad es un mérito que sale computado como cualquier otro mérito. De todas las maneras nos llama la atención que en las intervenciones del Grupo Popular haya tanta insistencia en el tema de la antigüedad como mérito para acceder a puestos superiores, a niveles superiores dentro del mismo cuerpo. Entendemos, realmente, que esta insistencia corresponde a una etapa, sin duda, anterior de concepción de la Administración, en que la carrera era únicamente por antigüedad, por veteranía, por tiempo desgastando el asiento; creemos que esto realmente no es un buen criterio para una Administración, que hay que analizar criterios de renovación, de actitudes personales, de deseos de progresar, de perfeccionarse, y recordaría al señor Saborit, que ha intervenido anteriormente, que la redacción que presenta el proyecto de Ley es absolutamente exacta con la que presenta el artículo 21, en su párrafo 1, apartado f) de la Ley 30/84, apartado que es base. Naturalmente, entendemos que, bueno, es un deseo del Grupo Popular el enmendar este tipo de artículo de esta Ley, pero hay unas limitaciones legales que hay que cumplir, hay una Ley de Bases que está ahí, que la Ley 30, y deben de tener muy claro, aunque mantengan sus enmiendas, que todo lo que suponga el salirse del marco de la Ley de Bases, no podemos seguirles por ese camino. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Saborit.


EL SEÑOR SABORIT MARTINEZ-POLANCO:

Simplemente, Señorías, que me resultaba difícil que pudiera cambiarse el criterio del señor Vela una sola semana. Renuncio, por tanto, a mi turno de réplica. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Se procede a someter a votación la enmienda número 66 del Grupo Parlamentario Popular. Votos a favor de la enmienda. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y tres. Votos a favor: veinticuatro. Votos en contra: treinta y ocho. Abstenciones: una. Queda, por tanto, rechazada la enmienda número 66 del Grupo Parlamentario Popular.

Se somete a continuación a votación el artículo 48 según el texto del Dictamen de la Comisión. Votos a favor del artículo. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y tres. Votos a favor: treinta y ocho. Votos en contra: veinticuatro. Abstenciones: una. Queda, por tanto, aprobado el artículo 48 según el texto del Dictamen de la Comisión.

Ruego a Sus Señorías se mantengan en el asiento, porque la enmienda número 59 del señor Montoya Ramos ha sido retirada. Consecuentemente, al no quedar ninguna enmienda afectando al artículo 55, vamos a proceder a someter directamente este artículo a votación. Votos a favor del artículo 55. Tomen asiento. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y tres. Votos a favor: sesenta y dos. Votos en contra: ninguno. Abstenciones: una. Queda, por tanto, aprobado el artículo 55 según el texto del Dictamen de la Comisión.

Pasamos a los artículo 57, 58, 59, agrupados. Enmiendas números 69, 70 y 71 del señor Montoya Ramos. Para su defensa, tiene la palabra el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Las di por defendidas en mi primera intervención.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Efectivamente. Lo que ocurre es que no estoy utilizando el mismo esquema con el que comenzó la sesión y no tenía la anotación hecha en este segundo esquema.

Así las cosas, pasamos, o vamos a pasar, dando dos minutos, vamos a pasar a la votación de las enmiendas, y a continuación de los artículos correspondientes.

Se procede a someter a votación las enmiendas números 69, 70 y 71 del señor Montoya Ramos. Votos a favor de las enmiendas. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones. Pueden sentarse.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y ocho. Votos a favor de la enmienda: uno. Votos en contra: treinta y nueve. Abstenciones: veintiocho. Quedan, por tanto, rechazadas las enmiendas 69, 70 y 71 del señor Montoya Ramos.

Se someten, a continuación, a votación los artículos 57, 58 y 59, según el texto del Dictamen de la Comisión. Votos a favor. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta y ocho. A favor: sesenta y seis. En contra: ninguno. Abstenciones: dos. Quedan, por tanto, aprobados los artículos 57, 58 y 59, según el texto del Dictamen de la Comisión.

Pasamos a la Disposición Adicional Tercera. Recordarán ustedes que esta Disposición Adicional ya se sometió a votación de la Cámara, pero tengo que confesar que por un error de la Presidencia, porque al haberse agrupado para su debate una de las enmiendas que afectaban a la Disposición Adicional, una de las enmiendas presentada justamente por el Grupo Popular, esta Presidencia no tuvo en cuenta que había otras dos enmiendas que afectaban también a esta Disposición Adicional, de manera que si los proponentes de las correspondientes enmiendas desean hacer la defensa ante el

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Pleno de esas enmiendas, parece que están en su pleno derecho de hacerlo. Las dos enmiendas a las que me refiero son una enmienda del señor Montoya Ramos y otra enmienda del señor de Fernando Alonso; las enmiendas 105 y 107 del señor Montoya Ramos, y la enmienda 26 del señor de Fernando Alonso. ¿Desean mantener su derecho a defender la enmienda? Tiene la palabra el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Yo quiero pedir perdón a la Presidencia por quizá esta alteración que hemos producido el señor de Fernando y yo mismo.

Estas enmiendas, 105 y 107, pretenden que esta Adicional Tercera fuera suprimida. Pretende que sea suprimida porque, aunque aquí se trata de hacer una calificación de cuerpos y escalas, ya en la Comisión se puso de manifiesto que había algunos errores que fueron corregidos en la propia Comisión. Y a mí me sigue quedando una duda de si todos estos cuerpos y escalas que se suprimen, y para integrarles en otros, pues, verdaderamente, están bien o están mal suprimidos. Me ha parecido que este tema, así como se ha querido dejar el estatuto para una disposición posterior, debía haberse dejado también la calificación de cuerpos y escalas para una calificación posterior y hecha con más rigor.

Porque ya en la enmienda mía, que traigo a continuación, en la 107, se incluyen también unos funcionarios, que no sé siquiera si son funcionarios, los Secretarios de la Junta de Protección de Menores, que tienen algunas características de funcionarios, no tienen otras; sin embargo, han sido transferidos, están haciendo funciones de Secretarios y no tienen el estatus de funcionarios. En este sentido, yo, por una parte, pido en las dos enmiendas que defiendo que debían considerarse alternativas; pido, por una parte, la supresión de este artículo no por otra causa, repito, que porque puede haber omisiones que luego van a resultar muy difíciles de resolver. Y la segunda enmienda, suponiendo que va a ir adelante la no supresión para ver si se puede considerar o clarificar el tema de los Secretarios de la Junta de Protección de Menores que, repito, siendo por una parte personal o personas nombradas libremente y que en lugar de tener unas asignaciones periódicas, parece que sí que tienen estas asignaciones periódicas pero en concepto de gastos de representación, no de sueldo, sin embargo luego están haciendo resolución de expedientes administrativos. Nada más y muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Silencio, por favor. Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Si me permite la Presidencia, no he entendido bien si también en el turno del señor Montoya defendía la de don Daniel de Fernando, la enmienda...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

No, señor Bravo Solana. Defendía únicamente sus propias enmiendas. Luego intervendrá el señor de Fernando Alonso para defender la suya.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Muchas gracias, señor Presidente. Bien, en cuanto a la enmienda número 105, que pide la supresión de la Adicional Tercera, en coherencia con lo que estamos defendiendo hasta ahora lógicamente debemos mantenerla. Y en la enmienda 107, tenemos que decirle lo que ya en Comisión manifestamos: no puede en modo alguno tratar el tema, esta Cámara, en este proyecto de Ley evidentemente, de los Secretarios de la Junta de Protección de Menores, porque no son funcionarios, no ya de la Comunidad, de ninguna Administración Pública; por lo tanto, no es posible ordenarlos al no ser funcionarios. Entonces, entendemos que, bueno, la situación que padecen y que podemos compartir la inquietud de Su Señoría, el tratamiento tendría que ser distinto; pero, desde luego la equiparación como funcionarios de la Comunidad no es posible. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. ¿Desea consumir un turno, señor Montoya? Muchas gracias.

Se procede a someter a votación las enmiendas números 105 y 107 del señor Montoya Ramos a la Disposición Adicional Tercera. Votos a favor de las enmiendas. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones. Tomen asiento, por favor.

Resultado de la votación. Votos emitidos: sesenta. Votos a favor: uno. Votos en contra: treinta y nueve. Abstenciones: treinta. Quedan, por lo tanto, rechazadas las enmiendas 105 y 107 del señor Montoya Ramos.

Enmienda número 26 del señor de Fernando Alonso. Tiene la palabra el señor de Fernando Alonso para su defensa.


EL SEÑOR DE FERNANDO ALONSO:

Señor Presidente, Señorías. Pocas veces sube uno a esta tribuna convencido, como ahora, de que viene a defender una causa justa, aún sabiendo, aún sabiendo, que la Junta tiene graves problemas para solucionar el tema.

Desde el año ochenta y uno, en que sale la Ley 8/81, de veintiuno de Abril, se equipara a los monitores de Extensión Agraria con los maestros de taller de enseñanza profesional. Posteriormente, en el año ochenta y dos, se les quita de ahí, todo el mundo les da la razón, incluso puedo leer textualmente lo que el diecinueve de Noviembre de mil novecientos ochenta y tres decía el Ministerio de la Presidencia, a una contestación hecha por el Diputado en Cortes del C.D.S. Agustín Rodríguez Sahagún, que "un número muy importante de los miembros de aquella que aún carecían de dicha regulación se seguirán reuniendo los requisitos precisos en un plazo de tiempo relativamente corto, y se hará posible la aplicación a los monitores de la Ley tantas veces mencionada". Es decir,

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en el año ochenta y tres decía la Presidencia del Gobierno que les quedaba un tiempo relativamente corto para que aquellos monitores que no teniendo la titulación adecuada la consiguiesen, pasarían todos a tener el mismo grado que tenían los maestros de taller reconocidos en la Ley 8/81. Después de dos años, Noviembre del ochenta y tres a Diciembre del ochenta y cinco, todos los monitores tienen la titulación que actualmente se exige.

Pero esta Ley de la Función Pública, al ser copia y mala de la Ley de Reforma Urgente, vuelve a reconocerlas un grado inferior. Yo, por tanto, pido que se les cambie de posición o, en el peor de los casos, que se haga como se ha hecho con los agentes de Extensión Agraria. Entiendo que si desde el Gobierno Central, desde Presidencia del Gobierno, se les da la razón, desde la Junta me consta que hay escritos dirigidos al Ministerio correspondiente del Gobierno Central para que se le aplique, y hay interés por todos, el que vayan reflejados en el punto "g", creo que lo único que puede hacer es perjudicarles a un colectivo de unos cincuenta trabajadores, cincuenta, cincuenta y tres, que actualmente trabajan en esta Comunidad Autónoma. Yo, por tanto, pido que se les, es lo que es mi enmienda, que se les suba al grado anterior y con eso quedaría solucionado. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Señor Presidente, Señorías. Manifestar que nosotros compartimos también la inquietud de don Daniel de Fernando con respecto a estos colectivos, pero también manifestar a la vez que ese colectivo no ha sido transferido de esta forma y, por lo tanto, la razón que parece ser que en una respuesta parlamentaria se daba a la reivindicación, por otra parte ya larga, de estos colectivos, pues, bueno, no es posible en estos momentos asumirla; sí, evidentemente y en eso está la Junta, de hacer valer esa situación de cara a que si hay ese reconocimiento eso también se manifiesta en la transferencia. Porque ahora mismo lo que se plantea, evidentemente, es una reclasificación, que no sabemos si hay alguna más, posiblemente hay algún cuerpo que también plantee este problema, pero lo que sí que hay en estos momentos, de aceptar esta enmienda, es una situación presupuestaria, y es que no habría dotación para cubrir la reclasificación, aproximadamente habría que incluir en el Capítulo I alrededor de los doscientos millones de pesetas para atender esta reclasificación.

Por lo tanto, tenemos que decir que en lo que concierne a su inclusión en la forma que se pretende con la enmienda no es posible aceptarla. En lo que concierne al problema estamos absolutamente convencidos de que hay que buscar la solución y en esa línea se está trabajando, y evidentemente ofertamos la misma salida que se dio a la enmienda del señor Montoya, y es de que no se produce ninguna situación extraña porque no vengan recogidos aquí, y lo que sí aceptaríamos es que tanto en el caso de los agentes de economía doméstica como de los monitores de Extensión Agraria desaparecerían del apartado "g" si están de acuerdo Sus Señorías.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor de Fernando Alonso.


EL SEÑOR DE FERNANDO ALONSO:

Señor Presidente. Si al ser una enmienda transaccional del Grupo Socialista es aceptada por el Grupo Popular, yo aceptaría como fórmula transaccional. Ya he dicho que las graves dificultades que la Junta tenía, aunque la voluntad expresada a través de las cartas era arreglar su situación, dado el problema presupuestario que crearía. Si el Grupo Popular está de acuerdo yo aceptaría la fórmula transaccional de que desapareciesen, no incluyendo en ningún sitio de momento a los monitores de Extensión Agraria y los agentes de Economía Doméstica. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Señor Posada Moreno, por el Grupo Popular.


EL SEÑOR POSADA MORENO:

Señor Presidente. Por parte del Grupo Popular se admite esa enmienda transaccional, pero se emplaza, lógicamente, a la Junta a resolver un problema que aunque no tiene una dimensión muy grande por el número de personas, sí es grave para ese colectivo.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Sí. Intervengo para dejar clara una cuestión. Es voluntad de la Junta resolver este tema; pero no es un tema exclusivo de esta Comunidad, es un tema de ámbito nacional, que, por lo tanto, tiene que resolverse a nivel estatal para que tenga repercusión en las Comunidades.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias.

Se somete, entonces, a votación la enmienda número 26 del señor de Fernando Alonso, como enmienda..., más que la enmienda 26 del señor de Fernando Alonso, la enmienda transaccional tal como ha sido aceptada por los tres Grupos como reglamentariamente se exige. Votos a favor de la enmienda transaccional. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y cinco. Votos a favor de la enmienda transaccional: setenta y cinco. En contra: ninguno. Abstenciones: ninguna. Queda, por tanto, aprobada la enmienda transaccional.

Con la incorporación de esa enmienda transaccional, se somete ahora a votación la Disposición Adicional Tercera. Votos a favor de la Disposición Adicional Tercera. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones.

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Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y cinco. Votos a favor: cuarenta y tres. Votos en contra: treinta y dos. Abstenciones: ninguna. Queda, por tanto, aprobada la Disposición Adicional Tercera, según el texto del Dictamen de la Comisión con la incorporación de la disposición transaccional que se acaba de aprobar.

Disposición Transitoria Tercera. Votos particulares del Grupo Parlamentario Socialista presentados al Dictamen de la Comisión, propugnando la vuelta al texto del Informe de la Ponencia, en lo referente a la enmienda número 111 del Grupo Parlamentario Popular a la Disposición Transitoria Tercera del Proyecto de Ley, y en lo referente a la enmienda de supresión "in voce", conexa con ésta, introducida en la Exposición de Motivos. En turno a favor, tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Bien, en la Comisión, el debate, cuestión que creo que no sería bueno repetir porque quedaron suficientemente aclarados los conceptos, al mantener nuestra oposición a la valoración del conjunto del expediente administrativo, ya manifestábamos que, evidentemente, no se podrían recoger situaciones tan a la ligera como podría significar situaciones anteriores que no tendrían nada que ver, verdaderamente, con la carrera como funcionario, a lo largo del período de funcionario.

En ese sentido, dejamos claramente nuestra postura, y la verdad que nos hemos preocupado incluso de ver la motivación, puesto que también en la propia Comisión se nos planteaba por el Grupo Popular el tema, del por qué la fecha del primero de Enero de mil novecientos ochenta y cinco. Nos hemos tomado la molestia de ver todos los Boletines del Congreso y los Boletines del Senado, y tengo que decir que con respecto a la Transitoria Séptima, que es donde está en la Ley 30, ningún Grupo Parlamentario en el Congreso presentó enmienda al respecto, y en el Senado hay una enmienda que hace alguna matización sobre la Transitoria, de un Senador del Grupo Popular, y hay también la petición de supresión por parte del Portavoz del Grupo Popular. Sin embargo, tampoco hemos podido saber cual era la petición, en realidad, de esta fecha, dado que en Pleno, y antes de proceder a su discusión, esta enmienda fue retirada por el propio Portavoz.

Nosotros tampoco queremos evitar el que pudiera existir la necesidad de una valoración objetiva sobre el tema, y tratando, evidentemente, de conjugar ambas situaciones, nosotros lo que ofertamos como enmienda transaccional sería sustituir el apartado incluido con el número 4 por el apartado que figura con el número 2 en la propia Ley 30 o en la Ley, mejor dicho, de la Comunidad de Castilla-La Mancha. Ese apartado 2 lo ofertamos, que textualmente dice lo siguiente: "El funcionario que se considere perjudicado en la asignación de su grado personal podrá solicitar la revisión de la asignación conforme a criterios objetivos, basados en el tiempo de servicios prestados a su cuerpo o escala y, en su caso, en los de la Administración de origen, y el nivel de los puestos desempeñados a lo largo de su vida administrativa". Creemos que puede recoger perfectamente la filosofía de los dos Grupos y de esta forma, bueno, retiraríamos, evidentemente,nuestro voto particular.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Posada Moreno.


EL SEÑOR POSADA MORENO:

Señor Presidente. En efecto, constatamos en Comisión que la argumentación que entonces dimos y que no voy a repetir aquí, de alguna forma hacía recapacitar y reflexionar al Grupo Socialista que comprendía que aquí había un tema que había que resolver. La inclusión de este párrafo, en nuestro caso, nos parecía que aclaraba todo, pero no era -y lo dijimos allí también-, una inclusión cerrada, no defendemos, no defendíamos cada palabra de este párrafo. Lo que se defendía era el espíritu de que un funcionario que ha tenido una historia anterior al primero de Enero del ochenta y cinco no se le puede decir que la tire por la borda y que eso no cuenta para nada.

Precisamente, en la Ley de Castilla-La Mancha se recoge ese párrafo que a nosotros nos parece que recoge claramente ya el espíritu de la Ley. Con eso, en un recurso administrativo y en un contencioso administrativo hay una clara base para poder dictaminar sobre toda la vida del funcionario en esas condiciones, y movidos por el afán precisamente de resolver este problema, nosotros aceptamos la transaccional que propone el Portavoz del Grupo Socialista.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

: ¿Acepta esa transaccional el Grupo Mixto? De acuerdo. ¿Desea consumir algún turno el Grupo Socialista?

Vamos a proceder a someter a votación, en primer lugar, la enmienda transaccional y luego la propia Disposición Transitoria Tercera.

Se somete a votación la enmienda transaccional. Votos a favor. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y tres. Votos a favor: setenta y tres. Ninguno en contra. Ninguna abstención. Queda, por tanto, aprobada la enmienda transaccional.

Se somete a votación la Disposición Transitoria Tercera. Votos a favor. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y tres. A favor: setenta y tres. Ninguno en contra. Ninguna abstención. Queda, por tanto, aprobada la Disposición Transitoria Tercera, a la que se incorpora la enmienda transaccional que acaba de aprobarse.

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Disposición Transitoria Cuarta. Enmienda número 112 del Grupo Parlamentario Popular. Tiene la palabra el señor Ares para su defensa.


EL SEÑOR ARES MARTIN:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Nuestra Enmienda a la Transitoria Cuarta de la Ley de Ordenación de la Función Pública, en el párrafo 2, el cual dice "el personal al servicio de la Administración de Castilla y León que a la entrada en vigor de esta Ley estuviera vinculado con dicha Administración en virtud de contrato administrativo de colaboración temporal, o nombramiento interino que hubiera sido formalizado con anterioridad al veinticuatro de Agosto del ochenta y cuatro, podrá participar en las pruebas selectivas que se convoquen para el acceso a ésta en la forma que se establece en esta Disposición y que reglamentariamente se determine". Nuestra enmienda pide que sea modificado donde dice "formalizado con anterioridad al veinticuatro de Agosto del ochenta y cuatro" por "formalizado con anterioridad al quince de Marzo de mil novecientos ochenta y cuatro".

Nuestra justificación decimos que es en concordancia con lo dispuesto en el punto 4 de la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 30/84, que dice: "los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas podrán convocar pruebas específicas para el personal que al amparo de lo establecido en disposiciones de carácter general, promulgadas por las correspondientes Comunidades Autónomas, tuviésemos con anterioridad al quince de Marzo de mil novecientos ochenta y cuatro condición de contratados administrativos en expectativa de acceso a su respectiva función pública. Se consideran incluidos en el presente precepto los contratados mediante convocatoria pública con anterioridad al quince de Marzo de mil novecientos ochenta y cuatro".

Como ya dijimos en esta Cámara, el trece de este mismo mes, en estos momentos hay un recurso contencioso-administrativo en el cual, precisamente, incurre, porque realmente la diferencia del quince de Marzo del ochenta y cuatro al veinticuatro de Agosto del ochenta y cuatro es muy poco tiempo, pero es que durante este tiempo, por orden de doce de Julio del ochenta y cuatro, se hizo una contratación de personal administrativo que en estos momentos, en estos momentos, puede ser declarada ilegal. y yo me pregunto: si el recurso declarase ilegal la contratación del personal administrativo, ¿daríamos facilidades extraordinarias a una serie de personas que los tribunales habrían dicho que su contratación no habría sido conforme a derecho? Y me pregunto una cosa más: ¿por qué el Partido Socialista, que en esta Cámara ha venido diciendo que la Ley de Ordenación de la Función Pública se refiere totalmente a la Ley 30/84, en este caso deja de cuenta todo lo que dice la Ley 30/84 y se remite no sé a donde para aprobar esta Disposición? Nada más y muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente, Señorías. Simplemente, para recordar al señor Ares que si bien ha leído muy acertadamente el párrafo 4 de la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 30/84, ha leído justamente un párrafo legal que no hace referencia al caso que aquí se contempla. Por si Su Señoría no lo sabe, justamente en un caso a aplicar fundamentalmente al caso de Cataluña, donde se hizo en su momento una Ley de Medidas Urgentes de Función Pública que utiliza esta fórmula de "personal en expectativa de acceso a... "; de manera que justamente ha citado el párrafo inadecuado al caso que contemplamos.

Si..., como imagino que para llegar al párrafo 4 habrá leído antes el 2 y el 3, habrá encontrado precisamente la base legal de la que presentamos. Párrafo 2: "Todo el personal que ha prestado servicio como contratado administrativo de colaboración temporal o como funcionario de empleo interino podrá participar en las pruebas de acceso para cubrir las plazas de nueva creación. En todo caso, estas pruebas de acceso... ", etcétera.

Punto 3: "Las Comunidades Autónomas aplicarán las anteriores normas al personal contratado administrativo de colaboración temporal dependiente de las mismas...". Es decir, señor Ares, párrafo 2 y 3 de la Transitoria Sexta, que imagino se habrá leído antes de llegar a la 4; la 4 no es aplicable a este caso; 2 y 3 sí, y justifican plenamente el planteamiento que tiene la Ley de Función Pública.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Ares.


EL SEÑOR ARES MARTIN:

Señor Presidente, Señorías. Una vez más estamos ante la disyuntiva de lo que dice el señor Ares o lo que dice el Grupo Socialista; una vez más. Pero, perdóneme un momento, no se ría usted, señor Granado, que parece que usted tiene la risa a flor de boca. Usted está equivocándose en estos momentos las peras con las manzanas, me lo acaban de decir hacer cuatro días ustedes a mí. Por qué razón, entonces, tienen ustedes un recurso precisamente en contra de este decreto de doce de Julio del ochenta y cuatro. ¿Por qué el abogado del Estado tiene un recurso en contra de la contratación de ustedes? ¿Quién está equivocado: el señor Ares o el Abogado del Estado?, ¿quién está equivocado: el señor Ares o precisamente el Estado en pleno derecho de sus beneficios, que defiende que esto ha sido una contratación no ajustada a derecho? El resultado lo veremos. Todavía no sabemos si es legal o ilegal, los tribunales dictarán sentencia, pero no vengan diciendo ustedes que el señor Ares no sabe perfectamente adaptar las leyes. Ustedes tienen en estos momentos un contencioso administrativo en contra de eso, y veremos a ver lo que puede pasar. A ver si el tribunal dicta que estos contratados son ilegales y a ver como se arreglan ustedes a hacerles una entrada

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por la puerta falsa como les dijimos el otro día. Nada más y muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Vela Santamaría.


EL SEÑOR VELA SANTAMARIA:

Señor Presidente, Señorías. No he sido yo quien ha hecho aquí alusión a lo de las peras y las manzanas. El señor Ares mezcla cosas que no tienen nada que ver. Una cosa es la Transitoria Sexta de la Ley 30/84, y otra cosa, realmente, es un recurso que ha presentado el Estado, que el Estado puede presentar recursos, todos los que quiera por supuesto y, desde luego, no es esta Cámara quien tiene que pronunciarse al respecto, sino los tribunales de Justicia. En el supuesto que los tribunales de Justicia fallasen en contra de esa contratación, naturalmente ese personal no sería contratado de la Junta, y consecuentemente no le sería de aplicación, señor Ares, esta Disposición que aquí aparece.

En cualquier caso, ya que..., voy a señalar la explicación de lo del quince de Marzo. Es la entrada en vigor de la Ley del Proceso Autonómico precisamente, y aquí justamente está la explicación de lo que le voy a contar al señor Ares. El artículo 25.2, párrafo "c", que el señor Ares citó el otro día solamente en parte en la discusión de Presupuestos, dice: "la provisión de las vacantes que se produzcan en los puestos de trabajo correspondientes a funcionarios transferidos o que hayan de transferirse se ajustarán al siguiente procedimiento". Bien, ese recurso, al que se ha hecho referencia en su intervención del pasado Pleno de la Ley de Presupuestos y otra vez ahora, simplemente se refiere a contrataciones para servicios transferidos. Las contrataciones que en su momento realizó la Junta y que el señor Ares entiende que han sido impugnadas se realizaron para Servicios Centrales, para plazas de creación por la Junta, y, por lo tanto, no están afectadas en absoluto por la Ley de Proceso Autonómico. Si el Proceso Autonómico derogase, como entendió en su momento el señor Ares, la contratación administrativa, la Ley 30/84 no la volvería a derogar en la Adicional Cuarta.

Y simplemente, me llama la atención la intervención del señor Ares, porque precisamente en su intervención en la Comisión de Presidencia del día quince de Noviembre, y cito palabras textuales de la transcripción de la sesión, dijo algo así como: ¿cómo vamos a suponer nosotros se han saltado a la torera los señores socialistas toda la legislación vigente?, o "y yo le digo al Grupo Socialista que yo estoy de acuerdo en que sea cumplida la legalidad vigente, cómo no se va a haber cumplido". Espero, señor Ares, no tenga una doble cara, un doble lenguaje y diga en el Pleno lo mismo que ha dicho en Comisión. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Gracias.

Se somete a votación la enmienda número 112 del Grupo Parlamentario Popular. Votos a favor de la enmienda. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y tres. Votos a favor: Veintiocho. Votos en contra: cuarenta y dos. Abstenciones: tres. Queda, por tanto, rechazada la enmienda número 112 del Grupo Parlamentario Popular.

Se somete a votación la Disposición Transitoria Cuarta. Votos a favor. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y tres. Votos a favor: cuarenta y tres. Votos en contra: veintiocho. Abstenciones: dos. Queda, por tanto, aprobada la Disposición Transitoria Cuarta según el texto del Dictamen de la Comisión.

Se somete a votación a continuación el título de la Ley. Votos a favor del título de la Ley. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta y tres. Votos a favor: cuarenta y tres. Votos en contra: veintiocho. Abstenciones: dos. Queda, por tanto, aprobado el título de la Ley.

Exposición de Motivos. En relación con la Exposición de Motivos, se mantiene la enmienda número 5 del señor Montoya Ramos. Para su defensa, tiene la palabra el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Señor Presidente, señoras y señores Procuradores. Pido perdón por subir una vez más a esta tribuna y alargar, quizá innecesariamente, más esta sesión. Sin embargo, sigo o vengo a esta tribuna para defender una enmienda que desde mi punto de vista no es intrascendente.

En la Exposición de Motivos se dice que la Función Pública de la Administración de la Comunidad Autonómica de Castilla y León se ordena, etcétera, y dice que representa una innovación evidente sobre la normativa anterior, de manera que los cuerpos o escalas dejan de ser "ámbito de privilegios" para convertirse en lo que su propia naturaleza expresa.

La verdad es que cuando se presentó o cuando se aprobó por la Junta este Proyecto de Ley, yo leí en un periódico, "Norte de Castilla", unas declaraciones del señor Nalda diciendo que con esta Ley se trataba de quitar los privilegios de los cuerpos de la Administración. A mí, señor Nalda, tengo que decirlo, no me parecieron afortunadas aquellas declaraciones suyas; que conste que no lo digo por ser un Procurador de la oposición, porque Su Señoría sabe que no me han dolido prendas para reconocer aquellas virtudes cuando así ha sido. En este caso no me parecieron afortunadas. Y me parece que sigue siendo desafortunado que se conserve en la Ley, en la Exposición de Motivos, que los cuerpos y escalas dejan de ser

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ámbito de privilegios, porque puede haber habido cuerpos y escalas que han sido ámbito de privilegios, pero no todos los cuerpos y escalas han sido ámbitos y privilegios, y cuando en este momento se suprimen esos cuerpos y escalas en los cuales ha habido muchos funcionarios a lo largo de muchos años que han prestado evidentes e importantes servicios a la Administración, me parece que no se puede generalizar a unos cuerpos, a los funcionarios de unos cuerpos y unas escalas que se suprimen, que se diga que esos cuerpos y esas escalas ha sido ámbito de privilegio y con esta Ley dejan de ser ámbito de privilegios.

Yo tengo respeto a los cuerpos de la Administración del Estado. Una cosa es que por razón de otras condiciones diferentes y otros criterios diferentes de entender la Administración Pública se haga una recalificación diferente; que se haya entendido que esos cuerpos o escalas en algunos casos son malos, porque son unos departamentos estancos que pueden distorsionar el funcionamiento de la Administración y que conviene suprimirles en aras de otra reorganización; pero yo creo que no se puede decir que los cuerpos y escalas han sido siempre ámbito de privilegios y que con esta Ley dejan de ser ámbito de privilegios. Yo creo que estos cuerpos y estas escalas que se suprimen y, sobre todo, los funcionarios de estos cuerpos y estas escalas que, probablemente y en muchos casos, puede haber habido algunos que sí, que hayan gozado de privilegios, pero que muchos otros no han tenido ningún privilegio y más que nada lo que han tenido ha sido probablemente la dificultad de acceder a unos cuerpos cuyo acceso fue más o menos difícil y en algunos casos muy difícil, se les diga, cuando estos cuerpos y escalas se suprimen, que han terminado sus privilegios que a lo mejor no han disfrutado de los mismos. Yo creo que, por parte de la Comunidad Autónoma, no hay el espíritu de hacer una Ley revanchista contra nadie y que lo que se trata es de hacer una Ley en la que se quiere reordenar la Administración Pública de Castilla y León. En este sentido, yo acepto, he aceptado, y he dicho hasta que la Ley tenía muchos aspectos positivos, pero a mí me parece que no se puede aceptar una Ley en la que al referirse a los cuerpos y escalas existentes anteriormente se diga que estos cuerpos y escalas eran ámbito de privilegios. Yo creo que esto es una redacción desafortunada, que debiera quitarse, que nada añade a la Ley, que va a dejar que subyaga, subyacente sobre la Ley, un espíritu revanchista, que yo creo o quiero pensar que no ha sido el que ha primado el espíritu que ha hecho que este proyecto de Ley fuera traído a este Parlamento, y que este ámbito de privilegios fuera sustituido por lo que yo digo, u otra cosa parecida, que diga que los cuerpos y escalas dejan de presentar circunstancias diferenciadas, o dejan de ser compartimentos-estanco, o lo que esta Cámara quiera, pero debiera quitarse lo de que dejan de ser ámbito de privilegios. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Decir al señor Montoya que aunque esta frase se incluye en la Exposición de Motivos, evidentemente este Grupo Parlamentario no se estaba acordando del señor Montoya, que sabemos que no ha sido privilegiado. Pero lo que sí que decimos es que mantenemos el texto precisamente porque va en la Exposición de Motivos. Si nosotros dijéramos que con la Ley pretendemos hacer de los cuerpos entes privilegiados lo pondríamos en un artículo de la Ley. Nosotros hacemos una declaración de principios con la Exposición de Motivos, y a lo largo del debate de hoy se ha visto que, evidentemente, en la Administración, tal y como estaba hasta estos momentos, los cuerpos, determinados cuerpos, mantenían unos privilegios que, desde luego, ya creo que a partir de este momento dejarán de existir. Por lo tanto, está en la Exposición de Motivos esta situación, no está prejuzgando absolutamente nada en la Ley; la Ley es otra cosa y mantenemos, por tanto, tal y como está en la redacción.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Tiene la palabra el señor Montoya Ramos.


EL SEÑOR MONTOYA RAMOS:

Sí. Yo sé que no está en el articulado de la Ley, pero me parece que es demasiado importante que esté en la Exposición de Motivos, porque la Exposición de Motivos marca una filosofía. Probablemente esta filosofía luego no se ha seguido en la Ley, en el articulado de la Ley, porque no se vuelve a insultar a los cuerpos, no se les vuelve a decir que han sido unos cuerpos privilegiados y que han disfrutado de unas prebendas, no se les vuelve a decir; simplemente se les suprime y se les reclasifica. Pero me parece que, que esta circunstancia venga señalada en la Exposición de Motivos, desde mí punto de vista, es grave e importante, y además no añade nada ni quita a la Ley, porque no modifica el articulado de la Ley, no añade ningún contenido, y simplemente deja un cierto, un cierto amargor -perdóneme-, que yo no interpreto así pero que puede interpretarse por muchos, con un cierto amargor revanchista contra los cuerpos y escalas existentes en la Administración actualmente. Y yo creo que la Ley no perdería nada con quitar este concepto de que los cuerpos hasta ahora eran unos cuerpos privilegiados; la Ley, repito, no perdería nada, y yo creo que, por el contrario, ganaríamos todos en generosidad, repito, hacia esos cuerpos y escalas de la Administración del Estado que han podido prestar muchos servicios a la Administración y que, probablemente, aunque haya podido haberlos, que yo no digo que no haya podido haber algún cuerpo o escala que haya gozado de privilegios, pero que muchos otros, sin embargo, no han tenido esos privilegios y que van a sentirse ofendidos simplemente por esta Exposición de Motivos. Una ofensa que, desde mi punto de vista, es innecesaria y que debía suprimirse. Nada más y muchas gracias.

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EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Se procede a someter a votación la enmienda número 5 del señor Montoya Ramos a la Exposición de Motivos. Votos a favor de la enmienda. Pueden sentarse, por favor. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta. Votos a favor: veintisiete. Votos en contra: cuarenta y uno. Abstenciones: dos.

Se somete a votación la Exposición de Motivos. Votos a favor...


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Señor Presidente...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Sí, tiene la palabra el señor Bravo Solana.


EL SEÑOR BRAVO SOLANA:

Hay un voto particular del Grupo Socialista a la Exposición de Motivos.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

El voto particular estaba ya acumulado, anteriormente ya se ha debatido y se ha sometido a votación.

Repito, se somete a votación la Exposición de Motivos. Votos a favor de la Exposición de Motivos. Tomen asiento, por favor. Votos en contra. Tomen asiento, por favor. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: setenta. Votos a favor: cuarenta y dos. Votos en contra: veintiséis. Abstenciones: dos. Queda, por tanto, aprobada la Exposición de Motivos y, en consecuencia, queda aprobada la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de Castilla y León.

(Aplausos).

Tiene la palabra el señor Consejero de Presidencia y Administración Territorial.


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR NALDA GARCIA):

No quiero tampoco ya cansar a la Cámara. Ha trabajado suficientemente en esta Ley, y en base a ello mis únicas palabras son de agradecimiento a todos los Grupos Políticos por el trabajo realizado. Yo quisiera que todos ustedes se llevaran hoy la seguridad de que se ha dado, después del cierre del techo competencial en virtud del Estatuto de Autonomía, un paso transcendental en la consolidación y el cierre, también, del edificio de la Comunidad Autónoma, puesto que la ordenación de sus propios funcionarios es uno de los pasos de autoridad de una Comunidad más importantes.

En ese sentido es por lo que va el agradecimiento a la Cámara, y agradecimiento también, incluso, a las discrepancias habidas, porque yo estoy seguro de que esas discrepancias va a resultar un seguimiento de todos los Grupos mucho más puntual del desarrollo posterior que la Junta tiene que realizar de esta Ley. En ese sentido, también, valga mi agradecimiento a los discrepantes, porque entre todos, entre los que han estado a favor y las discrepancias, hemos hecho una Ley que creo que es para la Comunidad de Castilla y León, no para sus funcionarios, sí para los funcionarios al servicio de todos los ciudadanos de Castilla y León. Muchas gracias, señor Presidente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR LLAMAZARES FERNANDEZ):

Muchas gracias.

Con mis mejores deseos para las vacaciones parlamentarias, que de verdad hoy se inician, y para el Nuevo Año, para todas Sus Señorías, muchas gracias y hasta ese próximo año.

Se levanta la sesión.

(Aplausos).

(Se suspende la sesión a las veinte horas).


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