DS(C) nº 44/11 del 4/7/2022









Orden del Día:




1. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para la presentación del Informe de Fiscalización de la Contratación Administrativa celebrada en el ámbito de la Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, ejercicio 2020.

2. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para la presentación del Informe de Fiscalización del cumplimiento de la normativa relativa a la inclusión de cláusulas sociales y medioambientales en la contratación de la Comunidad Autónoma, ejercicios 2018-2019.

3. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para la presentación del Informe "Fiscalización de los convenios celebrados por la Comunidad de Castilla y León, ejercicios 2018-2019".


Sumario:






 ** Se inicia la sesión a las diez horas treinta minutos.

 ** La presidenta, Sra. Vallejo Quevedo, abre la sesión.

 ** Intervención del procurador Sr. Igea Arisqueta (Grupo Mixto) para comunicar sustituciones.

 ** La presidenta, Sra. Vallejo Quevedo, comunica que, por acuerdo de los portavoces, se agrupan el primer y segundo puntos del orden del día.

 ** Primer y segundo puntos del orden del día.

 ** El secretario, Sr. González Reglero, da lectura al primer y segundo puntos del orden del día.

 ** Intervención del Sr. Amilivia González, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para informar a la Comisión.

 ** La presidenta, Sra. Vallejo Quevedo, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los portavoces de los grupos parlamentarios.

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Igea Arisqueta (Grupo Mixto).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. García Fernández (Grupo UPL-SORIA ¡YA!).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Carrera Noriega (Grupo VOX Castilla y León).

 ** En turno de portavoces, interviene la procuradora Sra. Rubio Martín (Grupo Socialista).

 ** En turno de portavoces, interviene la procuradora Sra. Cófreces Martín (Grupo Popular).

 ** Intervención del Sr. Amilivia González, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Igea Arisqueta (Grupo Mixto).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. García Fernández (Grupo UPL-SORIA ¡YA!).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Carrera Noriega (Grupo VOX Castilla y León).

 ** En turno de réplica, interviene la procuradora Sra. Rubio Martín (Grupo Socialista).

 ** En turno de réplica, interviene la procuradora Sra. Cófreces Martín (Grupo Popular).

 ** En turno de dúplica, interviene el Sr. Amilivia González, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

 ** Tercer punto del orden del día.

 ** El secretario, Sr. González Reglero, da lectura al tercer punto del orden del día.

 ** Intervención del Sr. Amilivia González, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para informar a la Comisión.

 ** La presidenta, Sra. Vallejo Quevedo, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los portavoces de los grupos parlamentarios.

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Igea Arisqueta (Grupo Mixto).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. García Fernández (Grupo UPL-SORIA ¡YA!).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Carrera Noriega (Grupo VOX Castilla y León).

 ** En turno de portavoces, interviene la procuradora Sra. Pelegrina Cortijo (Grupo Socialista).

 ** En turno de portavoces, interviene la procuradora Sra. García Sánchez (Grupo Popular).

 ** Intervención del Sr. Amilivia González, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Igea Arisqueta (Grupo Mixto).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. García Fernández (Grupo UPL-SORIA ¡YA!).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Carrera Noriega (Grupo VOX Castilla y León).

 ** En turno de réplica, interviene la procuradora Sra. Pelegrina Cortijo (Grupo Socialista).

 ** En turno de réplica, interviene la procuradora Sra. García Sánchez (Grupo Popular).

 ** En turno de dúplica, interviene el Sr. Amilivia González, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

 ** La presidenta, Sra. Vallejo Quevedo, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las catorce horas.




Texto:

[Se inicia la sesión a las diez horas treinta minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Se abre la sesión. Buenos días. ¿Los portavoces tienen alguna sustitución que comunicar? Grupo Parlamentario Socialista me indica que no. ¿Grupo Mixto, por favor?


EL SEÑOR IGEA ARISQUETA:

Sí, sustituyendo a Juan Pablo Fernández.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muy bien. Muchas gracias. UPL-Soria ¡Ya! veo que no. Vox me indica que tampoco. Portavoz del Grupo Parlamentario Popular indica que tampoco.

En ese caso, damos la bienvenida al excelentísimo señor don Mario Amilivia González, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, que comparece ante esta Comisión para presentar diversos informes de fiscalización, remitidos a las Cortes de Castilla y León por el Consejo de Cuentas.

La tramitación de los informes, al tratarse de informes de fiscalización, se desarrollará de conformidad con lo previsto en la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil diecinueve.

A la vista del orden del día de esta sesión, se ha acordado previamente por los portavoces acumular los dos primeros puntos, dado que versan sobre objetos conexos entre sí, y conceder un tiempo máximo de quince minutos en una primera intervención y en una segunda intervención, en la réplica, de siete minutos y medio.

Iniciamos de esta forma. El señor secretario dará lectura de los puntos primero y segundo del orden del día.

Informes


EL SECRETARIO (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Comparecencia del excelentísimo señor presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para la presentación del Informe de Fiscalización de la Contratación Administrativa celebrada en el ámbito de la Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, ejercicio dos mil veinte.

Y comparecencia del excelentísimo señor presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para la presentación del Informe de Fiscalización del cumplimiento de la normativa relativa a la inclusión de cláusulas sociales y medioambientales en la contratación de la Comunidad Autónoma, ejercicios dieciocho y diecinueve.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias, señor secretario. Para la presentación de estos informes, tiene la palabra el excelentísimo señor don Mario Amilivia González, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León. Señor presidente.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR AMILIVIA GONZÁLEZ):

Muchas gracias, presidenta. Muy buenos días a todos, señorías. Quiero saludar cordialmente a todos los procuradores, especialmente a los que se incorporan por primera vez a esta... a esta Comisión. Y también saludar al presidente de las Cortes, que se encuentra al fondo de la sala. Muchas gracias a todos por su presencia. Y les saludo también, en nombre propio y en el nombre de los consejeros del Consejo de Cuentas que me acompañan: Miguel Ángel Jiménez García, responsable de los informes que hoy se van a llevar... se van a presentar a esta comparecencia; don Emilio Menéndez... Melero, perdón, y el resto del equipo técnico que me acompaña.

Bueno, esta es la tercera comparecencia del año. Presentamos tres informes y agrupamos dos, sobre contratación administrativa: la Administración en el ámbito de la Comunidad Autónoma, del año dos mil veinte, y también la fiscalización del cumplimiento de la normativa relativa a la inclusión de cláusulas sociales y medioambientales en la contratación, ejercicio dos mil dieciocho-dos mil diecinueve. La primera es del ejercicio veinte, las dos segundas... la segunda es del ejercicio dieciocho-diecinueve. En su día pretendimos presentar la fiscalización relativa a la inclusión de cláusulas sociales y medioambientales con la contratación administrativa de los ejercicios dieciocho y diecinueve, pero no fue posible porque la Mesa no tuvo tiempo para calificarla y, en su consecuencia, con cierto retraso la presento unida, en este caso, a la contratación del año veinte.

Y, en segundo lugar... o en tercer lugar, presentamos la fiscalización de los convenios celebrados por la Comunidad de Castilla y León en los ejercicios dieciocho y diecinueve.

Bueno, me gustaría destacar la importancia de la contratación pública. En el ámbito del Consejo de Cuentas llevamos acometidas 23 fiscalizaciones relativas al sector público autonómico, 30 al sector público local. Y, simplemente, a modo de referencia, pues ponerles de manifiesto que el Tribunal de Cuentas nunca había realizado un informe específico sobre contratación en Castilla y León los 20 años precedentes a la existencia del Consejo de Cuentas.

Tras la sesión de hoy, quedan un total de 12 informes pendientes de comparecencia; estamos en la posibilidad de presentar el día catorce otros 3, en este caso referidos a la Administración local, lo cual pues lo reduciríamos a 9. Y, de esta manera, en el actual mandato son ya 26 las comparecencias realizadas, en las que han sido presentados 77 informes, que suponen un 32 % del total histórico.

En cuanto a la programación del resto de los trabajos, tenemos 48 auditorías en marcha: las 24 que integran el Plan Anual del veintidós; las 8 de la contabilidad electoral, contabilidad electoral que irá a comisión técnica en este mes de julio, posiblemente en dos comisiones técnicas, que será objeto de aprobación en un Pleno en el mes de agosto, con la intención de comparecer con la contabilidad electoral de las últimas elecciones autonómicas en el mes de... de septiembre; y otras 16 del Plan de dos mil veintiuno, que irán publicándose en los próximos meses. En total son 60 informes en distintas fases de tramitación.

Manifestar, finalmente, que se han aprobado recientemente el Informe del sector público local en Brañosera; que se van a aprobar en este mes de julio, previsiblemente, en Soria, los 2 informes de carácter local sobre el impacto del COVID-19, y previsiblemente también -está en fase de alegaciones- se... se aprobará el de publicidad activa en materia de transparencia. Es decir, aspiramos a cumplir el ejercicio al menos con 30 informes aprobados.

Comienzo esta comparecencia con uno de los informes más recientes en su aprobación, cuya publicación tuvo lugar el pasado dieciséis de febrero: el Informe sobre la Contratación Administrativa correspondiente, en este caso, al ejercicio dos mil veinte, es una... que es una fiscalización, como saben, de las previstas con carácter legal, por mandato legal, en la normativa reguladora del Consejo de Cuentas. La fiscalización corresponde al departamento que dirige el consejero Miguel Ángel Jiménez, a quien quiero hacer una mención especial, así como a su responsable técnico, el subdirector Pedro San Miguel.

Como sus señorías conocen, consiste en una auditoría de cumplimiento de la legalidad sobre la gestión contractual en relación con la aplicación de los principios de publicidad y transparencia en los procedimientos, así como los de concurrencia, no discriminación e igualdad de trato.

La verificación efectuada se ha centrado en los siguientes objetivos generales: en primer lugar, comprobar el cumplimiento de... de la obligación de remisión de contratos al Consejo de Cuentas; en segundo lugar, analizar la estructura competencial y los mecanismos de control interno; y, en último lugar, verificar el cumplimiento de la legalidad del procedimiento en todas sus fases, garantizando, como he dicho, los principios de publicidad, transparencia, concurrencia de acceso y no discriminación e igualdad de trato de los licitadores.

En cuanto al alcance objetivo y temporal de la presente fiscalización, abarca los contratos administrativos y privados celebrados por las Consejerías, organismos autónomos y entes públicos de derecho privado... privado, que integran la Administración General Institucional de Castilla y León; todo ello durante el ejercicio dos mil veinte.

Según los datos proporcionados por dicho registro, el número de contratos no menores formalizados ascendió en dos mil veinte a 3.390, por un importe de adjudicación total de 960 millones de euros; el número total de contratos menores ascendió... -no menores vigentes, quería decir, perdón- el número total de contratos menores ascendió a tres mil... a 13.798, por importe de 70 millones.

En la presente fiscalización no se ha incluido la revisión de los contratos menores, si bien figura su número e importes en el correspondiente anexo. No obstante, como ya expliqué en la presentación del Plan Anual de Fiscalizaciones dos mil veintidós, los contratos menores serán objeto de un informe específico referido al ejercicio dos mil veintiuno, una vez que se ha homogeneizado la interpretación jurídica de los cambios introducidos en la nueva contratación del sector público en vigor en el año dos mil diecisiete.

El mayor volumen de contratación... -es un dato muy relevante, piensen que estábamos en el año de la pandemia- el mayor volumen de contratación corresponde a la Gerencia de Salud: 62 % del total de la contratación llevada a cabo ese ejercicio, 11 puntos porcentuales más que el peso que representaba en los años previos al inicio de la pandemia. Le siguen por importancia la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, que representa el 13 % frente al 18 de los dos ejercicios anteriores; y la Consejería de Educación y el ITACYL, en torno al 5 %, más o menos.

Por tipo de contratos, el 58 % del importe total corresponde a suministros, lo que representa 19 puntos más que en la fiscalización realizada en los ejercicios dos mil dieciocho-dos mil diecinueve; el 23 % del total son contratos de servicios, 12 puntos menos; y la contratación de obras supone el 17 % del importe, cuyo peso relativo desciende 4 puntos.

Si observamos el procedimiento de adjudicación, en dos mil veinte, primer ejercicio afectado por la pandemia, los contratos negociados sin publicidad ocupan, en esta ocasión, el mayor volumen del importe, con un 42 % del total, seguidos de los formalizados mediante procedimiento abierto, que suponen el 40 %, mientras que otras formas de adjudicación suman el 18 % restante.

Además, durante el ejercicio dos mil veinte se tramitaron de forma ordinaria 2.523 expedientes, 820 mediante tramitación de emergencia y 47 de urgencia.

Como es habitual, para la realización de esta auditoría se determinó la elaboración de una muestra representativa de la población de contratos, habiendo sido analizados un total de 85 expedientes; muestra que intenta comprender todas las entidades, todo tipo de incidencias, por órgano de contratación y también por forma de adjudicación.

Es necesario advertir que en esta muestra no se seleccionaron contratos tramitados por emergencia que tuviesen relación con la COVID-19, ya que, como sus señorías conocen, estamos realizando una fiscalización específica sobre esta materia, entre otros motivos, por mandato unánime, o cuasi unánime, de las Cortes de Castilla y León.

Antes de explicar las conclusiones del trabajo, procede reseñar que, con carácter general, no han existido limitaciones al alcance, adoptando los entes fiscalizados una actitud de colaboración.

Por otra parte, las alegaciones formuladas, como siempre, han sido objeto de un análisis pormenorizado, dando lugar las admitidas a modificaciones del informe provisional. En este caso, me gustaría destacar el intenso trabajo de tratamiento que lleva a cabo este informe en relación con las alegaciones. Como saben sus señorías, tenemos acceso a la Plataforma Duero, pero no al contenido de los expedientes concretos, y ello trae como consecuencia que en la fase de alegaciones pues se conozca plenamente el expediente, y ello lleva... -en algunos... en casi todos los casos o supuestos- ello trae como consecuencia un intenso trabajo de tratamiento de las alegaciones.

Entrando ya en la exposición de los aspectos más destacables de las quince conclusiones, en lo referente a la comunicación de la contratación por la Administración de la Comunidad al Registro público de Contratos de Castilla y León, únicamente citar que existen ciertas diferencias entre los datos del Registro y los proporcionados por la plataforma electrónica de contratación de la Gerencia Regional de Salud, debidas, fundamentalmente, a distintos criterios aplicados en el registro de los distintos expedientes de contratación. Es decir, existen dos plataformas, en este caso, electrónicas: Duero, que lo aplica la Comunidad Autónoma con carácter general; y Saturno, que lo aplica la Gerencia... que utiliza la Gerencia Regional de Salud.

Respecto a la organización y control interno de los órganos de contratación, en lo referente a la aplicación de la normativa presupuestaria, en un expediente no figura el documento de retención de... de crédito y en dos falta el certificado de contabilidad sobre los límites de gastos.

Los órganos de contratación han comunicado a la Junta de Castilla y León la aprobación del gasto de los contratos de cuantía superior a 180.000 euros, aunque en 3 contratos se hizo fuera de plazo. En 2 expedientes, la designación del representante por la Intervención general o a la declinación de esta para el acto de comprobación material de la inversión se realiza en los momentos iniciales de la ejecución, lo que es contrario al funcionamiento del control interno.

Como es habitual en esta fiscalización, el principal capítulo lo ocupan las conclusiones sobre el análisis del procedimiento de contratación en todas sus fases. En primer lugar, en relación con las actuaciones preparatorias y el expediente de contratación, se pone de manifiesto el cumplimiento razonable de las normas en la preparación de los contratos, dejando constancia de la justificación, naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse, de la adecuada calificación, delimitación y régimen jurídico del contrato, así como la adecuación al mercado del presupuesto de licitación.

No obstante, existen incidencias observadas, que son las siguientes: en 4 contratos no se justifica su necesidad; en tres no se justifica la no división en lotes o se obliga a concurrir a todos los lotes; en ocho no figuran los cálculos realizados para la determinación y adecuación del precio de licitación; y en otros cuatro no se concreta el valor estimado del contrato o su cálculo tiene errores.

Esos expedientes es... es importante señalar que los expedientes, con carácter general, documentan suficientemente las actuaciones realizadas, de conformidad con el principio de transparencia y en cumplimiento con lo dispuesto en la normativa. Con excepciones: 2 contratos en los que no consta la publicación en el perfil del contratante de documentos del expediente; en 3 de los 7 expedientes de tramitación abreviada no se justifica adecuadamente el procedimiento de urgencia o emergencia.

En relación al contenido de los pliegos de cláusulas administrativas particulares o documentos equivalentes, así como los pliegos de prescripciones técnicas particulares, se observan, entre otras, las siguientes incidencias: en 5 expedientes no consta la designación de un responsable del contrato; no se fija con exactitud el plazo de ejecución en 3 contratos; en 11 expedientes la indicación de los medios para acreditar la solvencia no se realiza o se hace de forma deficiente; en 6 contratos los criterios de adjudicación, evaluables mediante juicios de valor, presentan un incorrecto o insuficiente desarrollo.

Y respecto a los criterios de adjudicación valorables mediante la aplicación de fórmulas, en 16 contratos se produce una incorrecta ponderación de la oferta económica; en doce hay defectos en otros criterios; en 3 contratos por alto impacto en el medio ambiente no incluyen criterios de valoración de condiciones ambientales mensurables; y en 14 expedientes para determinar las ofertas con valores desproporcionados se establecen criterios que no referencian la baja media, sino el precio de licitación, o no se refieren a la oferta en su conjunto, sino únicamente al precio; en 10 contratos se han detectado otras incidencias en el contenido del pliego de cláusulas administrativas particulares relacionadas con revisión de precios, cesiones de contrato, comisión de contenidos preceptivos u otros aspectos; en un contrato, adjudicado por el procedimiento con negociación, no se ha definido... no se han definido los aspectos económicos y técnicos; y en 3 expedientes se detectaron incidencias en los pliegos de prescripciones técnicas.

En cuanto a las conclusiones sobre adjudicación de los contratos, se cumplen los principios de publicidad y transparencia de las actuaciones, excepto en 11 expedientes, en los que la composición de la Mesa de Contratación es defectuosa o no se publican en el perfil del contratante su composición y las actas de sus sesiones.

De igual manera, los principios de transparencia, libertad de acceso a las licitaciones e igualdad de trato se cumplen con carácter general, lo que se manifiesta en la adecuada valoración de las ofertas por las Mesas de Contratación y en los órganos técnicos especializados de asesoramiento, teniendo en cuenta la oferta económicamente más ventajosa, de conformidad con los criterios previstos en los pliegos.

No obstante, se observan las siguientes incidencias: en 2 contratos no figura el certificado del registro de las ofertas y de los licitadores presentados, o no existe correlación entre el certificado y los licitadores examinados por la Mesa de Contratación; en 4 expedientes, el informe técnico de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicios de valor, no está suficientemente motivado; en 4 contratos, en la valoración de los criterios de adjudicación cuantificables autonómicamente... automáticamente mediante fórmulas matemáticas, no se aplica la fórmula prevista en el pliego; en 2 expedientes, adjudicados por procedimiento con negociación, no figuran las invitaciones cursadas y las ofertas recibidas, y no se justifica haberse llevado a cabo una negociación efectiva.

También, con carácter general, se cumplen las actuaciones y formalidades previas para la adjudicación de los contratos y la motivación de las adjudicaciones, dándose la oportuna publicidad, excepto en las siguientes incidencias: en 6 expedientes se incumple el plazo máximo para efectuar la adjudicación desde la presentación por el licitador de la documentación oportuna; en 2 expedientes la resolución de adjudicación no está suficientemente motivada o contiene defectos; y en otros cuatro fue notificada deficientemente o no figura la remisión al... al Diario Oficial de la Unión Europea.

En lo relativo a la formalización de los contratos, con carácter general, se cumple en la forma y contenido definido en la normativa. No obstante, en 2 expedientes no se aporta el documento de formalización del contrato; en otros dos el contenido del documento presenta omisiones; en cinco no hay constancia de la publicación de la formalización en el perfil del contratante o no figura la remisión al Diario citado anteriormente.

En cuanto a la fase de adjudicación de los contratos, un total de 37 expedientes no incluyen condiciones especiales de ejecución de naturaleza social o medioambiental, o de otro tipo, o no justifican su... su cumplimiento.

Los órganos de contratación cumplen, en la mayoría de los expedientes, con las previsiones de los pliegos y de las disposiciones aplicables a la ejecución de los contratos en cuanto a su contenido y plazo, incorporando la documentación necesaria que lo acredita, y justificando las modificaciones de su objeto o las ampliaciones de su plazo de ejecución, a excepción de las siguientes incidencias detectadas: en dos casos, en la modificación del contrato; en 6 contratos de obras no existe el acta de comprobación de replanteo o se firma fuera... o se firma fuera de plazo, o existen otras incidencias relacionadas con el inicio de la ejecución o con el programa de trabajo; en diecinueve se incumple el plazo de inicio; en 3 expedientes no figura el certificado de conformidad con los suministros o con los servicios recibidos antes de proceder a su pago; en 2 contratos no se ha iniciado el expediente de imposición de penalidades por incumplimiento o por... o por demora; otros 2 expedientes presentaron deficientes... diferentes incidencias en relación con los anticipos, los pagos o los ingresos derivados del contrato.

Finalmente, en lo relativo a la extinción de los contratos, en los expedientes que finalizan por cumplimiento figura la acreditación formal, verificando el órgano de contratación su correcta recepción o conformidad, con las siguientes observaciones: en 3 contratos no consta comunicación a la Intervención de la Comunidad para la designación de representante que asista a la recepción formal del objeto del contrato; en un contrato no consta el acta de recepción con las formalidades establecidas; y en otros siete la recepción no se realiza en plazo; en 3 expedientes no consta la realización de las mediciones y certificación final o se hacen fuera de plazo.

A la vista de estas conclusiones, el Consejo de Cuentas emite la siguiente opinión: en función de los expedientes examinados, conforme a la Ley de Contratos del Sector Público, la Administración general e institucional de la Comunidad cumple razonablemente con la legalidad aplicable a la contratación adjudicada en el ejercicio dos mil veinte, excepto por las salvedades que a continuación se detallan y que afectan a los principios de publicidad y transparencia en los procedimientos.

En primer lugar, en las actuaciones preparatorias de los contratos, la falta de designación de responsable del contrato y de los cálculos realizados para la determinación y adecuación del precio de licitación, así como las deficiencias de publicidad, las deficiencias en el establecimiento de los medios de solvencia, el incumplimiento del Artículo 145 en cuanto a los criterios de valoración de las ofertas presentadas detallados en los pliegos, así como los informes técnicos de valoración, o en los que su puntúan aspectos no previstos en los pliegos o que no están suficientemente motivados.

En segundo lugar, el incumplimiento de los plazos de adjudicación y de formalización de los contratos, así como la falta de la publicación de la formalización en el perfil del contratante.

En tercer lugar, la falta de inclusión, o de justificación de su cumplimiento, de condiciones especiales de ejecución de naturaleza social, medioambiental en la ejecución del contrato.

Y, por último, el incumplimiento en las actas de comprobación del... de replanteo de los plazos de ejecución del contrato y en la tramitación de las suspensiones y prórrogas.

Hasta aquí la... la opinión del Consejo de Cuentas, que estableció, en su consecuencia, doce recomendaciones.

La primera, el Registro Público de Contratos de la Administración autonómica debe depurar las deficiencias detectadas en su información, especialmente las registradas en la plataforma de la Gerencia Regional de Salud.

En segundo lugar, por su parte, los órganos de contratación deben velar por los medios utilizados para la correcta estimación del importe y asegurarse que la designación de un responsable... y asegurarse, perdón, la designación de un responsable del contrato. Asimismo, deben reservar la utilización de la tramitación urgente y de... y de emergencia exclusivamente para las circunstancias previstas en la ley.

En tercer lugar, la Administración autonómica, especialmente la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y la Gerencia Regional de Salud, deben establecer los medios para acreditar la solvencia económico-financiera, técnica y profesional de los licitadores.

Asimismo, debe reforzar la objetividad de los criterios de adjudicación de valores mediante juicios de valor, estableciendo en los pliegos con suficiente detalle todos los baremos del reparto y los... sus criterios, que serán tenidos en cuenta.

En quinto lugar, la Administración de la Comunidad debe evitar distorsiones en la definición y ponderación de los criterios de adjudicación referentes a la oferta económica. Además, los contratos con alto impacto en el medio ambiente deben incluir criterios de valoración con condiciones ambientales ponderadas.

En sexto lugar, el Consejo de Cuentas recomienda igualmente que los órganos de contratación, y en especial los de la Gerencia Regional de Salud, en la determinación de las ofertas que contienen valores anormales o desproporcionados, se referencien a la oferta en su conjunto, no solo al precio, y, respecto de este, que se refieran a la baja media, no al presupuesto de licitación.

Por otra parte, debe vigilarse por los órganos de contratación, en particular la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y la Gerencia Regional de Salud, la adecuada publicación de la composición de las Mesas de comprobación... de Contratación y de sus actas.

En séptimo lugar, las Mesas de Contratación y sus órganos de asesoramiento deben motivar suficientemente sus informes y propuestas de adjudicación, utilizando para ello los criterios previstos en los pliegos.

Los órganos de contratación, en noveno lugar, deben asegurarse de que las resoluciones de adjudicación incluyen dicha motivación. A su vez, deben asegurarse de que el documento contractual incluya el contenido preceptivo.

Diez. La Administración de la Comunidad debe incluir en sus contratos condiciones de ejecución de naturaleza laboral, social y medioambiental, así como justificar su cumplimiento.

Once. Asimismo, la Administración autonómica, en especial las Consejerías de Fomento y Medio Ambiente y Agricultura deben extremar esfuerzos para que los contratos se cumplan en los plazos establecidos.

Y, finalmente, por los órganos de contratación deberá verificarse la correcta recepción o conformidad del objeto del contrato con la participación, en su caso, del representante de la Intervención General de la Comunidad.

Tal y como acabo de exponer, una de las recomendaciones realizadas por el Consejo de Cuentas es la inclusión de cláusulas de ejecución de naturaleza laboral, social, medioambiental, de innovación al desarrollo, que es un aspecto de la contratación pública que fue objeto de análisis específico en el Informe de Fiscalización del cumplimiento de la normativa relativa a la inclusión de cláusulas sociales y medioambientales en la contratación de la Comunidad, ejercicios 2018-2019, publicado el pasado veintiséis de junio -del año pasado, aclaro-.

Conviene recordar aquí que la Directiva Europea de dos mil catorce, sobre contratación pública, sentó las bases vinculantes de una contratación pública, social y medioambientalmente responsable. Quiero decir, se hablaba de un crecimiento sostenible, integrador, donde la contratación pública no fuera un fin en sí mismo, sino un medio también para otro tipo de políticas de carácter social y medioambiental.

En la normativa estatal, la Ley de Contratos del Sector Público de dos mil diecisiete determinó que toda contratación pública incorpore, de manera transversal y preceptiva, criterios sociales y medioambientales, siempre que guarden relación con el objeto del contrato, es decir, que incorpore, de manera transversal y preceptiva, cláusulas de estas características siempre y cuando guarden relación con el objeto del contrato.

En el ámbito autonómico, la Junta de Castilla y León estableció en un Acuerdo de dos mil dieciséis directrices vinculantes sobre la incorporación de aspectos sociales en la contratación de la Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma, Acuerdo 44/16, de veintiuno de julio.

El objetivo de esta auditoría es precisamente verificar el cumplimiento de la legalidad en materia de cláusulas sociales y medioambientales en las distintas fases de los contratos de la Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma.

Los trabajos efectuados se centraron en los siguientes aspectos, o tuvieron los siguientes objetivos: verificar el cumplimiento de las obligaciones de información por los diferentes órganos de contratación y por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la inclusión de dichas cláusulas en la contratación, es decir, el Acuerdo 44/16 establece la obligación de todas las Consejerías de comunicárselo a la Consejería de Familia e Igualdad de... de Oportunidades; en segundo lugar, comprobar si la documentación preparatoria de la contratación incluye los objetivos o consideraciones sociales y medioambientales a satisfacer; y, finalmente, verificar el cumplimiento de las cláusulas sociales, medioambientales, incluidas en los expedientes de contratación en las actuaciones preparatorias de la contratación, en su adjudicación y ejecución, es decir, en todas las fases del procedimiento.

La fiscalización se realizó de manera paralela a la de mandato legal, como señalaba antes, efectuada sobre la contratación autonómica de los ejercicios dieciocho y diecinueve, y, por ello, ambas, ambos contratos, ambos informes, perdón, utilizaron la misma muestra, la misma relación de contratos. De ahí, nuestro propósito, en su día, de haberlas presentado conjuntamente.

La Administración de la Comunidad adjudicó, excluida la contratación menor, en el ejercicio dieciocho, un total de 2.655 contratos, y en dos mil diecinueve un total de 3.224. De los 84 contratos incluidos en la muestra, 28 fueron adjudicados en el dieciocho y 56 en el diecinueve. En la relación con esta auditoría, con carácter general, no existieron limitaciones. Como señalé antes, las alegaciones formuladas fueron objeto de un análisis pormenorizado.

Pasando ya a la exposición de los aspectos más relevantes de las catorce conclusiones, señalaré lo siguiente: se incumple el procedimiento previsto por la Junta de Castilla y León en el... en el Acuerdo 44/16 para la elaboración, por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, del informe relativo a la incorporación de aspectos sociales en la contratación. Además, el contenido de los datos que se reflejan en el informe revela incoherencias, lo que ofrece dudas sobre su integridad y exactitud.

El resto de las conclusiones analiza la inclusión de este tipo de cláusulas en las distintas fases del expediente de contratación. En lo relativo a la descripción del objeto del contrato, los resultados se sintetizan en las siguientes tres conclusiones:

En primer lugar, sobre la documentación preparatoria del expediente de contratación y el pliego de prescripciones técnicas, en ninguno de los expedientes analizados se incluyen cláusulas sociales dentro de la definición del objeto del contrato ni se motiva la imposibilidad de introducirlas; tampoco se utiliza la posibilidad de incorporar innovaciones sociales o ambientales que sean a la Ley de Contratos del Sector Público.

En la definición de las especificaciones técnicas, no se contempla, excepto en un contrato, la incorporación de innovaciones sociales y tampoco se establecen requisitos de accesibilidad para personas con discapacidad. Excepto en 2 contratos, no se establecen etiquetas de tipo social o medioambiental específicas. Las especificaciones medioambientales se incluyen solo en 2 expedientes. En 4 contratos de obras se incluyen especificaciones sobre la gestión de residuos. En ningún contrato la perspectiva de género constituye una característica técnica del objeto del contrato. Excepto los 25 contratos de obras en lo que es preceptivo un estudio de seguridad y salud, y en cinco de servicios, en las prescripciones técnicas del resto de los expedientes no se incluyen condiciones de este tipo. En 31 contratos, el cálculo del presupuesto base de licitación cumple con la inclusión de un desglose de costes con referencia al género y categoría profesional de los trabajadores.

En segundo lugar, sobre el contenido del pliego de cláusulas administrativas particulares, se realizan las siguientes observaciones: en 61 contratos no se informa del organismo... no se informa al organismo al que los licitadores... el que los licitadores pueden contener información sobre las obligaciones y las disposiciones vigentes relativas a la protección del medio ambiente y en materia social y laboral. En ningún contrato el órgano de contratación requiere a las empresas que posean actitudes específicas en materia social o de igualdad de género, y, por tanto, no se exige como requisito de solvencia que los licitadores acrediten experiencia y medios técnicos necesarios en las referidas materias.

Sobre la resolución de la adjudicación, el precio de adjudicación de todos los contratos parece adecuado para su efectivo cumplimiento, no evidenciándose que la baja ofertada impida el cumplimiento de los términos económicos y demás obligaciones laborales.

Las cuatro siguientes conclusiones analizan las... las cláusulas en los criterios de adjudicación del contrato. En la documentación preparatoria de 52 expedientes, no se considera el expediente siendo susceptibles de incluir aspectos sociales o medioambientales como criterios de adjudicación, no se considera ninguno de ellos, ni se motivan suficientemente las razones que justifican esta circunstancia.

En los pliegos de condiciones administrativas particulares, los criterios de adjudicación incluyen cláusulas de tipo social en 2 contratos de la muestra y cláusulas de naturaleza medioambiental en 11 contratos.

En la resolución de adjudicación de los contratos se han tomado en consideración los criterios sociales y medioambientales establecidos en el pliego con los requisitos previstos, y se ha aplicado la fórmula correspondiente.

En la ejecución del contrato no consta ningún expediente el informe sobre el cumplimiento de las obligaciones en materia social o medioambiental. La documentación aportada no evidencia incumplimientos de las obligaciones del adjudicatario relacionadas con los aspectos sociales o medioambientales, teniendo en cuenta los criterios de adjudicación.

El siguiente apartado de conclusiones es el referente a las cláusulas en los criterios de desempate. Con carácter general, los pliegos de condiciones de los contratos analizados, susceptibles de ello, incluyen cláusulas sociales como criterios de selección para la adjudicación en caso de empate de puntuaciones; no obstante, en la valoración de ofertas no se ha producido empate en ninguno de los contratos analizados.

Y, finalmente, el último bloque de conclusiones analiza las cláusulas en las condiciones especiales de ejecución del contrato. En la documentación preparatoria de los 8 contratos analizados, que responden a contratos que pueden, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 70 de... Artículo 202.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, y el Artículo 44... y el Acuerdo 44/16, de veintiuno de julio de la Junta de Castilla y León, contratos que son susceptibles de ejecuciones de carácter especial, en la documentación preparatoria de 8 de los contratos analizados se establece la obligación para el adjudicatario de subrogarse en contratos de trabajo preexistentes.

Sobre el contenido del pliego de las cláusulas administrativas particulares, con carácter general, en casi todas las entidades analizadas se incluyen penalidades por incumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social o laboral.

En relación con el establecimiento de condiciones especiales de carácter social en la ejecución del contrato, hay una serie de incidencias, un total de los... que concluye que un total de los 43 expedientes las incluyen con las observaciones señaladas en el Informe.

En cuanto al establecimiento en los pliegos de cláusulas administrativas particulares de condiciones de ejecución que incluyan consideraciones de naturaleza medioambiental, en la revisión de los contratos de la muestra se ha observado lo siguiente: en 15 expedientes los pliegos incluyen este tipo de condiciones, con las matizaciones señaladas en el propio Informe.

Para concluir esta intervención, debo referirme a las tres recomendaciones, consecuencias del trabajo realizado. En primer lugar, la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades deberá mejorar la obtención de datos para la elaboración de los informes sobre el grado de inclusión de cláusulas sociales en la contratación autonómica. En segundo lugar, deberá garantizar el cumplimiento por los órganos de contratación de la inclusión en los expedientes de contratación de aspectos sociales que guarden relación con el objeto del contrato o, en su caso, la motivación de su imposibilidad. Finalmente, la Junta de Castilla y León deberá adoptar medidas tendentes a incentivar la utilización por los órganos de contratación de medidas de tipo medioambiental en la definición de las características técnicas del objeto de los contratos y en sus requisitos de ejecución, favoreciendo en los criterios de selección y de adjudicación a las empresas respetuosas con la calidad ambiental. En este caso, no se emite opinión por ser un informe de seguridad limitada. Por mi parte, nada más. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias, señor presidente. Iniciamos de esta forma el turno para los distintos grupos parlamentarios. En primer lugar, y por un tiempo máximo de quince minutos, tiene la palabra el portavoz del Grupo Mixto, don Francisco Igea Arisqueta.


EL SEÑOR IGEA ARISQUETA:

Muchísimas gracias, señora presidenta. Muchísimas gracias a todo el Consejo de Cuentas por el enorme trabajo que hacen en la fiscalización de la contratación de nuestra Comunidad, de nuestra Administración autonómica.

He de decir que me he leído con todo el detenimiento posible estos tres hermosos volúmenes, lo cual tiene una tarea, ¿eh? Y llama la... la atención algunas cosas en el Informe que, probablemente por mi desconocimiento del tema, no sea yo capaz de... de argumentar. Pero ¿por qué razón, siendo el 42 % de los contratos contratos negociados y no abiertos, en la fiscalización la presencia de estos es... es tan baja? No... no sé cuál... exactamente cuál es la razón de que en esta fiscalización predominen los... los contratos abiertos.

Llama también la atención el... insisto, el elevado número de procedimientos negociados en la... en nuestra Administración pública; y llama también la atención la existencia de algunos expedientes, y quiero llamar la atención sobre uno en concreto, ¿no?, de los... de los que se han estudiado en esta fiscalización, que es el Contrato número 32, en el cual se incumple casi... casi todos los aspectos de la contratación: se incumplen los plazos, no se justifican las condiciones específicas, no se divide en lotes, no se justifica el precio de licitación, no hay cálculo del valor estimado, en el pliego no se aportan documentos, la composición de la Mesa también está mal, no se aplica ni siquiera la fórmula prevista en el pliego para la contratación. Y da la casualidad de que es, además, en un sitio y en una Delegación Territorial y en una Consejería en el cual, con anterioridad, uno de esos contratos también había acabado en el juzgado.

Mi pregunta es si tenemos alguna capacidad coercitiva, si el Tribunal tiene alguna capacidad coercitiva para... para conseguir que las cosas se hagan de alguna manera, o sancionadora; y si no cree el presidente que sería bueno tener alguna capacidad coercitiva, o poner multa pues sancionadora. Porque un trabajo tan inmenso como este resulta sorprendente que luego no tenga consecuencias, si es que no las tiene. Insisto que hablo... no... no es mi tema especialmente, es... no soy portavoz de esta... de esta Comisión y puede que yo tenga algún error en mi exposición.

Sobre la ausencia de cláusulas medioambientales y sociales en los contratos de nuestra Administración, bueno, llama mucho la atención que no haya cláusulas medioambientales ni siquiera en los contratos de Medio Ambiente, ¿eh?, lo cual, bueno, supongo que es una buenísima noticia para algunos de los miembros del Gobierno, que no creen en estas cosas, ¿eh?, de... y que van a vivir pues en el paraíso de los contratos sin impacto... sin valoración de impacto, sin cláusulas medioambientales. Pero creo que esto, insisto, llama la atención que no haya ningún cumplimiento de las cláusulas sociales ni de los informes preceptivos de la Consejería de Familia y que no tengamos ninguna capacidad de cambiar las cosas desde este Tribunal.

Y me gustaría saber su opinión también, a este respecto, sobre la posibilidad de dotar... o de cambiar la norma y de dotar al Tribunal de alguna... tipo de mecanismo coercitivo o sancionador cuando se observan incumplimientos, algunos como los que hemos visto, tan reiterados de estas cláusulas.

Por último -no me gustaría agotar el tiempo-, es muy llamativo la ausencia de cláusulas o condiciones que valoren la presencia, ¿no?, de políticas de igualdad de género. También, insisto, probablemente esto hará muy felices a quienes no creen en la desigualdad, ¿eh?

Y me gustaría hacerle unas preguntas sobre algún asunto, porque tengo una duda esencial en el... en los procedimientos. ¿Cree usted que es razonable que un consejero hable de un expediente en marcha de contratación de 800 millones con uno de los posibles licitadores? ¿Le parece a usted razonable o hay alguna irregularidad administrativa en que se anuncie públicamente que se van a cambiar... que se va a resolver un conflicto en una empresa privada cambiando las condiciones de ese expediente de contratación pública de 800 millones? ¿Y que después esto suceda, efectivamente, y se... se informe a nuestro grupo parlamentario de que se ha cambiado un expediente de contratación en marcha porque se habían cambiado, gracias a la intervención del consejero, las condiciones laborales de esa empresa? Porque yo veo esto un poco irregular. No sé si igual es mi inexperiencia, pero me parece que roza lo irregular o incluso, probablemente, lo delictivo.

Y me gustaría conocer la opinión de quien ejerce la fiscalización de los contratos de nuestra Comunidad. Porque es que estas cosas están pasando y nosotros no sabemos muy bien cómo actuar a este respecto. Es decir, hay un consejero que dice públicamente, públicamente, que ha resuelto un conflicto colectivo y después cambia el contrato, las condiciones del contrato, para adecuarlas a esas... a esa resolución del conflicto en la que él ha intervenido. Y yo he de decir que no dejo de sorprenderme. Pero igual es, insisto, por mi desconocimiento de este asunto. Nada más. Y muchísimas gracias, señor presidente.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Soria... Soria ¡Ya!... UPL-Soria ¡Ya!, tiene la palabra el portavoz, por un tiempo máximo de quince minutos, José Ramón García Fernández.


EL SEÑOR GARCÍA FERNÁNDEZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Muchas gracias al Consejo de Cuentas, al presidente y a todo su equipo por este Informe que nos han... bueno, estos informes que nos han aportado, porque la verdad que han sido unos informes bastante densos, bastante completos. Y, bueno, suscribo un poco lo que ha dicho el señor Igea aquí, pero también quisiera remarcar un poco lo del Informe; es decir, la muestra han sido ochenta y cinco... 85 contratos, se ha hecho sobre 25 expedientes y un total de 85 contratos. Según el Informe, los datos proporcionados por dicho registro, el número de contratos no menores formalizados ascendió durante el período finalizado a 3.390, por un importe de adjudicación total de 960.337 con... 791,79 euros. El número total de contratos menores ascendió a 13.798, por un... por un importe de 70.317.070,21 euros.

Dos. La muestra, la verdad que es... es pequeña con respecto a... a todos estos contratos. Entonces, lo que me llama la atención es que, siendo la muestra tan pequeña, pues han encontrado varias irregularidades que llaman bastante la atención. Es decir, que, si hiciéramos una auditoría de una muestra mayor, pues no sé lo que nos podríamos encontrar; posiblemente cosas muy llamativas y cosas que... que llamarían bastante la atención y que... que habría que corregir.

En cuanto... en cuanto a la normativa relativa a la inclusión de cláusulas sociales y medioambientales en los contratos, bueno, pues, según el Informe, tampoco se cumple en muchos expedientes, en muchos contratos. Y, bueno, ahí queda la puerta abierta a que la Junta de Castilla y León se impone unas normas y después las... las incumple o las salta a la torera. Entonces, eso también llamaría la atención.

Recientemente, en mi tierra ha habido un problema con un contrato, que yo creo que lo conocemos todos, sobre las peras conferencia. Bueno, pues parece ser que a lo mejor no se ha tenido en cuenta, a la hora de adjudicar ese contrato a la empresa granadina que nos ha vendido peras leridanas a nuestra... a esta Comunidad Autónoma y... y a todos los colegios de la Comunidad Autónoma. Y, bueno, quisiera saber que, a lo mejor, pues no se ha cumplido lo... las cláusulas sociales y medioambientales, de los cuales la Junta de Castilla y León se jacta de que lo hace y que cumple con ello. Porque, aparte del... del tema económico, pues se supone que tiene que primar la inclusión de las cláusulas sociales y medioambientales.

Tampoco me voy a extender mucho más, porque la verdad que el... en los expedientes o en los informes que ustedes nos... nos han aportado, en los... en el informe, pues está todo muy claro. Nos lo deja tan claro que yo creo que la Junta de Castilla y León debería de tomar nota de todo ello y corregirlo lo antes... lo antes posible. Esperemos que en los sucesivos contratos así sea.

También opino que debería de haber alguna capacidad sancionadora, y sobre todo vigilante, de cada... de todos estos informes. Auditorías periódicas supongo que sería lo mejor, porque, visto lo visto, pues transparencia puede haber, pero incumplimientos hay bastantes. Simplemente, pues quiero dejar constancia de esto: que la muestra me parece pequeña para la cantidad de contratos que... que hay, y, visto lo que hemos visto, creo que la Junta de Castilla y León deja mucho que desear en el... en el tema de contrataciones. Muchísimas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Vox, y también por un tiempo máximo de quince minutos, tiene la palabra don Francisco Javier Carrera Noriega.


EL SEÑOR CARRERA NORIEGA:

Pues muchas gracias, señora presidenta. Yo, por lo que veo, hay gente que, a pesar de los años que lleva en la Administración presumiendo de ello, todavía no sabe que el Consejo de Cuentas no es un órgano jurisdiccional, sino de fiscalización. Por eso me sorprende oír algunas cosas de las que estoy oyendo.

Buenos días, señor presidente. Buenos días, señores consejeros del Consejo de Cuentas. Agradecerles el enorme esfuerzo que han realizado en la realización de estos informes, porque realmente es complicado poder ver en una Administración todo lo que se contrata, sobre todo cuando es una Administración que contrata tanto, y en unos ejercicios que han sido tan complicados, como el año dos mil veinte, y especialmente, ¿no?, que... que todos conocemos cuál han sido las circunstancias en las que nos hemos movido.

Ambas fiscalizaciones tienen por objeto la auditoría del cumplimiento de legalidad de la contratación administrativa y son, por tanto, controles con los que se pretende... pretende observar que las normas por las que se rigen las contrataciones son cumplidas.

Voy a ir por partes. Nos fijaremos, en primer lugar, por orden cronológico, es decir, en el sentido inverso al que ha hecho el señor presidente del Consejo de Cuentas, el Informe de Fiscalización de cumplimiento de la normativa en la inclusión de cláusulas sociales y medioambientales. El Informe, como decíamos, se refiere a los años prepandémicos, de dos mil dieciocho y dos mil diecinueve. Abarca toda la Administración autonómica, tanto a la Administración general como a organismos autónomos y entes de derecho privado, y su alcance objetivo es el de la fiscalización de la inclusión de las mencionadas cláusulas en todas las áreas de la Administración.

Se utilizó como muestra la misma que fue usada para revisar los contratos celebrados por la Administración de la Comunidad en el Informe de Fiscalización de la contratación administrativa de los años... o del ejercicio dos mil dieciocho y dos mil diecinueve.

La fiscalización contempla las cuatro fases de contratación: preparación, selección de licitadores, selección de adjudicatarios y ejecución del contrato. Y los trabajos se desarrollaron definiendo cinco áreas de trabajo: la primera de ellas -y voy a ir comentándolo una a una-, la obligación de información sobre inclusión de las cláusulas sociales por los órganos de contratación. Esta obligación emana del Acuerdo 44/2016, de veintiuno de julio, de la Junta de Castilla y León, y compete a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades la obligación de realizar dos informes anuales de periodicidad semestral, el último de los cuales debe acumular todo el ejercicio o todo el año. La conclusión del Informe es palmaria: no se cumple de forma estricta; y, lo que es peor, en lo que se cumple, habla de inexactitud de datos, lo que es una forma suave de decir que esos datos no... se han inventado.

Descripción del objeto del contrato. Número dos, apartado número dos, descripción del objeto del contrato y especificaciones técnicas. Se constata que ninguno de los contratos incluye cláusulas sociales y tampoco se ve una... una motivación que justifique su no inclusión, como obliga la Ley de Contratos.

En las especificaciones técnicas no se contemplan innovaciones técnicas ni medioambientales que puedan dar accesibilidad a personas con discapacidad ni diseños de carácter universal, pero tampoco se establecen etiquetas medioambientales o se incluyen otro tipo de cláusulas que son obligatorias por la ley.

En el pliego de cláusulas administrativas particulares, en ninguno de los contratos se ha requerido por el órgano de contratación que los licitadores acrediten la concreta experiencia -y leo textualmente-, "... concreta experiencia, conocimientos y medios técnicos necesarios en las referidas materias", recogidas en el Artículo 122.2 de la Ley de Contratos y el apartado cuarto. 4. b) del Acuerdo 44/2016.

En lo relativo al tercer área, acerca de los criterios de adjudicación del contrato en la documentación preparatoria de 52 expedientes no se incluyen los aspectos contemplados en el informe ni se motiva su no inclusión. En la ejecución, ningún expediente se recoge el cumplimiento de las obligaciones en materia social y medioambiental antes de la factura.

En el cuarto aspecto, las cláusulas en los criterios de desempate se incluyen como criterios de selección para la adjudicación. Y es lógico, aunque también es cierto que no se ha utilizado en ningún momento ninguno de los criterios de desempate porque no ha habido tal posibilidad.

En el aspecto cinco, las cláusulas en las condiciones especiales de ejecución de contrato, se establece la obligación para el adjudicatario de subrogarse en contratos de trabajo preexistentes. También se incluyen penalidades por incumplimiento de las obligaciones en materia social, medioambiental o laboral.

Vistos estas áreas, el Informe hace tres recomendaciones como consecuencia de las catorce conclusiones. Estas afectan a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y a la Junta de Castilla y León. No es este el lugar de repetir todo cuanto pone de manifiesto el Informe, del que se ha realizado un sucinto informe... perdón, un sucinto resumen.

Y, visto el Informe, no cabe otra cosa que preguntarse lo siguiente: ante los niveles de incumplimiento generalizados que pone de manifiesto el Informe, es necesario plantearse si la hipertrofia normativa, obligada por la trasposición de las normas comunitarias, en concreto de la Directiva 2014/24 del Parlamento Europeo y del Consejo, de veintiséis de febrero de dos mil catorce, que establece, en su Artículo 18.2, los principios de contratación que son objeto del Informe, no está provocando que sea la propia Administración la que no pueda cumplir con las normas que le son de aplicación; algo que no es exclusivo del período analizado en este Informe, sino que ha señalado el informe al que dedicaremos los próximos minutos y que se refiere al año dos mil veinte. La simplificación administrativa y los excesos regulatorios perjudican al crecimiento económico, pero, como vemos, también provocan inseguridad jurídica, al no ser cumplidos.

En Vox cumplimos la ley, lo que no quiere decir que no seamos críticos con aquello que suponga obstáculos o sea perjudicial para los intereses generales.

Pasamos ahora a comentar el Informe de la contratación administrativa en el ámbito de la Administración de la Comunidad, uno de los informes que son obligatorios por la normativa reguladora del Consejo de Cuentas.

También nos encontramos ante una auditoría de cumplimiento de legalidad en la que se trata de determinar el cumplimiento en cuanto a los principios de publicidad y transparencia en los procedimientos y los de concurrencia, no discriminación e igualdad de trato a quienes participan en las licitaciones.

Aunque la fiscalización entró a analizar incidencias en la ejecución, centrándose en 25 contratos, el Informe hace un análisis más exhaustivo de los 3.390 contratos que, por importe de más de 960 millones de euros, formalizó la Junta de Castilla y León en el año dos mil veinte, para lo cual escogió una muestra de 60 contratos, que equivale a un 1,77 % de los contratos formalizados por número de los mismos, y a un 10,81 % si nos referimos a los importes.

El Informe da una opinión favorable acerca de los procedimientos usados por la Junta en cuanto a la contratación, salvo por una serie de salvedades, que resumo someramente.

En la comunicación al Registro Público de Contratos de Castilla y León surge una discrepancia en cuanto al registro que figura en la Plataforma Duero, usada por toda la Administración, y la Plataforma Saturno, usada por la Gerencia Regional de Salud. Esa discrepancia hace que el número de diferencias entre una y otra plataforma asciendan a 91.

Segunda. En cuanto a procedimientos de contratación, debemos referirnos a... a la organización de control interno, donde el cumplimiento es bastante elevado, al darse casos aislados de incidencias, pues apenas hablamos de un global de 6 contratos con fallos parciales.

Las actuaciones preparatorias y el expediente de contratación también recogen el cumplimiento razonable, aunque el número de incidencias se eleva de manera notable, y, sobre todo, se detectan irregularidades en fraccionamientos de contratos, metodología en los cálculos para la estimación del importe de los contratos, justificaciones de la necesidad de los contratos -también en los procedimientos de urgencia y emergencia-, o incorrecciones en la ponderación de la oferta económica o criterios que no se... no se referencian a la baja media sino al precio de licitación.

En la adjudicación de los contratos llama la atención la incorrecta formación de la Mesa de Contratación en 11 expedientes, no observándose especiales desviaciones en cuanto a la libertad de acceso a las licitaciones e igualdad de trato. También se cumplen los requisitos formales, así como la motivación de las adjudicaciones y su publicidad.

Y me detengo un momento para hacer notar que uno de los órganos más perjudicados en cuanto a incidencias, en lo visto hasta aquí, es la Gerencia Regional de Salud; lo que, unido a la existencia de un Registro propio para anotar los contratos, que es causa de discrepancias, hace que se deba reflexionar sobre cómo se hacen las cosas, aun a pesar de referirnos a un año especialmente complicado como fue el año dos mil veinte.

La formalización de los contratos no presenta incidencias destacables. Y en cuanto a la ejecución de los contratos llama la atención que 37 sobre 60 contratos, que afectan a 11 sobre 16 entidades, no incluyen condiciones especiales de ejecución de naturaleza social o medioambiental, como ya reflejé anteriormente.

También se señalan incidencias en cuanto a los plazos de inicio, parciales, también. Ejecución final sin justificación de quien... de a quién es imputable el retraso; y aquí estamos hablando de diecinueve sobre 60 contratos.

La extinción de los contratos recoge la acreditación formal de su cumplimiento, salvo con alguna excepción, en la que destacaría aquellas en las que la Intervención General de la Comunidad no ha designado un representante para realizar la recepción formal del objeto de contrato; algo que, en mi opinión, resulta inaudito para un órgano de control como es la Intervención.

Visto esto, se recogen las doce recomendaciones, que debemos suscribir y que deben -como ya dije la semana pasada- ser objeto de un seguimiento continuado más allá de lo que recoge el informe anual de seguimiento, tal y como indicaba ahora mismo el señor de la UPL. Evidentemente, no se podrá realizar un seguimiento de absolutamente todo, pero sí de aquellos puntos críticos que el Consejo considere o que, incluso, puedan ser marcados desde esta Cámara.

Y una cuestión que sí quiero remarcar es la que quiero exponer a continuación y que ya ha sido señalada tanto por el señor Igea como por el representante de la Unión del Pueblo Leonés. Hemos observado que el número de contratos recibidos para determinar la muestra según su forma de adjudicación se distribuye, según el cuadro de la página 111 de su Informe, como sigue. [El orador muestra un documento]. En procedimiento abierto, 265 contratos, que son los que se reciben, por importe de 416 millones... 416... 481 millones de euros. Salto los otros porque son irrelevantes, salvo en el Capítulo de "Otros". Pero, en procedimiento negociado, los contratos recibidos son 383, por importe de 680 millones de euros. En la muestra, según la forma de adjudicación, se toman en el régimen abierto 19 contratos, por un importe de adjudicación de 88 millones de euros -88,3 millones de euros-; y en el... del procedimiento negociado únicamente se cogen 2, por importe de 2,170 millones de euros. No voy a decir los porcentajes porque, bueno, en realidad no... no quiere decir mucho, porque los importes absolutos lo dicen todo.

Vistos estos datos, la verdad es que no deja de sorprenderme la escasa representatividad que tienen los contratos negociados sin publicidad en la muestra escogida para elaborar el Informe, cuando, por número e importe, como acabamos de ver, son más elevados que cualquier otra forma de licitación, incluida la abierta.

No podemos dejar de lado un aspecto, y es que el procedimiento de adjudicación negociado sin publicidad es un procedimiento cuyos requisitos formales son recogidos de forma específica en la Ley de Contratos, Artículos 166 a 170 -si mi memoria no me falla-, y que, según el cuadro que se recoge en el Anexo II, página 119 del Informe, ascendieron a un total de 990 contratos totales, por un importe total de 402 millones de euros -402,278 millones de euros-.

No debe dejarse de lado que, del total de contratos licitados por este procedimiento, 933, por importe de 382,71 millones, lo fueron por la Gerencia Regional de Salud. Es posible entender que las condiciones especialísimas del año dos mil veinte y el COVID-19 motivaron un mayor uso de esta fórmula de contratación, aunque, en mi opinión, la muestra escogida haya sido poco representativa para todo lo que se recoge en esta modalidad de contratación.

Concluyo mis palabras, pues agradeciéndoles una vez más el esfuerzo realizado por ustedes en la... en la elaboración de esos informes y confiando en que las recomendaciones que realizan en el mismo puedan ser llevadas a la práctica con un mayor, eso sí, con un mayor seguimiento, porque creo que hay cosas que sí merecen ser seguidas. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Socialista, y por un tiempo máximo de quince minutos, tiene la palabra doña Rosa Rubio Martín.


LA SEÑORA RUBIO MARTÍN:

Muchas gracias, señora presidenta. Buenos días a todas y a todos, señorías. En primer lugar, dar las gracias al señor Amilivia por sus explicaciones a esta Comisión de los dos informes que tratamos. Dar la bienvenida también a los consejeros, a todo el equipo del Consejo de Cuentas que nos acompañan. Y felicitarles por el trabajo realizado en estos dos informes, porque es ingente; y además de bastante interesante e importante.

Respecto al Informe sobre la contratación en el ámbito de la Administración de la Comunidad referido al año dos mil veinte, ya ha definido el presidente del Consejo de Cuentas el objetivo de la misma, que no es otro que comprobar si los gestores del dinero de todos los castellanos y leoneses cumplen con la ley a la hora de realizar los contratos públicos. Se excluyen en este documento los contratos menores, que serán causa en un informe exclusivo, y que este grupo parlamentario tiene mucho interés por conocer el contenido de esa auditoría; y no contiene tampoco este Informe los contratos COVID, que también están siendo de... objeto de una fiscalización separada.

Permítame, señor presidente, que comparta con usted alguna reflexión sobre esto último, que refleja nuestra preocupación. Porque si en una contratación ordinaria, en el devenir diario del funcionamiento de una Administración, en este caso de la Junta de Castilla y León, observamos, año tras año e informe tras informe, que la Junta, en manos del Partido Popular, es tozuda en sus incumplimientos, si es incapaz de seguir la línea de la legalidad establecida en los procedimientos de contratación, no queremos ni imaginar ya lo que nos vamos a encontrar, primero, en los contratos menores y, después, en los contratos COVID. Por dos razones que a nadie se le escapa: en primer lugar, porque el órgano de contratación fue la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, aquel que se jactaba de presumir que -y abro comillas- "la Administración soy yo" -cierro comillas-; y, en segundo lugar, por el procedimiento de contratación, el de emergencia. No nos caerá la breva a los castellanos y leoneses de que aquí, detrás de las mascarillas, no haya primos, hermanos o condes-duques. En pocos meses saldremos de dudas.

Y, entrando en materia, este año se han auditado 60 expedientes, por un importe de 98 millones de euros, además de otros 25 contratos con incidencias como prórrogas, modificaciones o resoluciones de contratos. En total, 85. De estos 85 contratos, solamente 14 han superado el examen, solamente 14 contratos han pasado el listón de no tener deficiencias. Teniendo en cuenta que la muestra sobre... sobre la que se realiza el Informe, representativa del total de la contratación, ya que se seleccionan, al menos, 2 contratos por cada Consejería, de todas las clases de contratos y procedimientos, si extrapoláramos estos resultados, obtendríamos que solamente el 16 % de los contratos que realiza la Junta de Castilla y León no tiene ninguna deficiencia en ninguna de sus fases. Solo el 16 % del total de la contratación realizada: de cada 10, ni siquiera 2 cumplen correctamente y estrictamente con lo establecido en la ley.

El Consejo de Cuentas, en las conclusiones del Informe, refleja un cúmulo variopinto de anomalías en la contratación, pero nos ha llamado la atención lo siguiente: que en la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en los 3 contratos con alto impacto en el medio ambiente no se han incluido para su adjudicación criterios de valoración de condiciones medioambientales mensurables, tal y como establece el Artículo 45 de la Ley de Contratos. Medio Ambiente no establece como criterio de adjudicación el preservar el medio ambiente. Y, luego, a algunos les extraña lo que pasa en nuestra tierra, lo que ha pasado recientemente en Zamora, en la sierra de La Culebra; y, luego, algunos se llevan las manos a la cabeza cuando se pide y se clama la dimisión del consejero que fue y que es de Medio Ambiente, el señor Quiñones.

Como decíamos, los incumplimientos por parte de la Junta son variados, y tampoco se escapan a ellos en las fases de adjudicación, donde nos encontramos casos en los que la composición de la Mesa de Contratación es defectuosa; o en la fase de formalización, que en algunos contratos no figura el documento de formalización o no hay constancia de que se publique; o en la última fase, en la de ejecución de contratos, nos encontramos con contratos de obras que no existe el acta de comprobación de replanteo o se ha firmado fuera de plazo. En el 32 % de los contratos que se han auditado, se ha incumplido o el plazo de inicio, o los parciales o el plazo de ejecución final, o no se justifica su ampliación.

También se da la situación de que no figure el certificado de conformidad con los suministros o servicios recibidos antes de proceder al pago; o sea, no se comprueba si lo que yo he comprado es verdaderamente lo que quería comprar y lo pago. O que el contratista incumple o se demora en la ejecución del contrato, pero no se le imponen penalidades. Y, al final, la Administración a quien acaba castigando es a los administrados. No consta el acta de... de recepción con las formalidades previstas en la ley o no hay constancia de la certificación final.

Si bien es cierto que los errores se dan en casi todos los organismos, o en todos, merecen especial mención, por su mal hacer, la Gerencia Regional de Salud, la Consejería de Agricultura y la ya nombrada Consejería de Fomento y Medio Ambiente. Los contratos auditados de estas tres Consejerías acaparan el 45 % del total de las incidencias, destacando, además, de manera llamativa la Gerencia Regional de Salud.

Debemos decir que, como estas tres Consejerías, durante el período auditado -el año dos mil veinte-, fueron capitaneadas por los dos partidos que formaban el Gobierno, el Partido Popular y los fallecidos Ciudadanos, pues se puede concluir que el chapucerismo no tiene color político definido en la Junta de Castilla y León, y todo lo que se acerca al Partido Popular se acaba contagiando de su mala praxis.

Al margen de esto, tenemos que hablar irremediablemente del contrato número 32 de la Consejería de Educación, la contratación del servicio de comedor en las residencias escuelas-hogar de Salamanca. Un contrato por procedimiento abierto y un importe de adjudicación de 1.074.000 euros. Un cúmulo de incidencias y de anomalías inmensurable:

No se justificó la no división en lotes del contrato, a pesar de ser cinco centros diferenciados y con plantillas definidas para cada uno de ellos. Se advirtieron estas deficiencias por la Asesoría Jurídica al informe del pliego de cláusulas, y la señora Lucas siguió para adelante.

No figuran en el expediente los cálculos realizados para obtener el presupuesto de licitación.

En los pliegos hay saltos de paginación, omisión y duplicidad de algunas cláusulas.

No figura en el expediente una aprobación específica del pliego de prescripciones técnicas.

En el acta de la mesa de apertura de los sobres de empresas admitidas no figura una empresa, que no consta que haya sido excluida, sin que figura... sin que figure ninguna explicación que aclare esta circunstancia; no existe en el expediente ninguna justificación de la exclusión de esta empresa, provocando una indefensión manifiesta.

Y, en la resolución de adjudicación, solamente se comunica la puntuación de la empresa adjudicataria, de tal manera que los interesados que quisieran recurrir están en manifiesta indefensión.

En fin, un rosario de deficiencias que avergonzaría a cualquier Administración mínimamente decente.

Pero, si alarmante es esta situación, lo es más aún que la Consejería de... de Educación, en la fase de alegaciones, no presenta ni una sola línea para intentar justificar su mal proceder. Ni una sola alegación. Por lo que, con su silencio, está admitiendo la cantidad de errores cometidos y los defectos que tiene la adjudicación de este contrato, que nos ha costado más de 1.000.000 de euros a todos los castellanos y leoneses: el servicio de comedor de las residencias de Salamanca. La señora Lucas no debe conocer el dicho de que con las cosas de comer no se juega.

Del total de este Informe emanan doce recomendaciones, de las cuales, siete son exactamente iguales que el informe que emitió el Consejo de Cuentas respecto a los contratos de los años dos mil dieciocho y dos mil diecinueve. Es decir, se empeora el resultado final, porque las recomendaciones aumentan de manera considerable; prácticamente se doblan.

Por otro lado, y teniendo en cuenta que ya se ha publicado el informe de seguimiento de las recomendaciones, y que, de las siete de los años dos mil dieciocho y dos mil diecinueve, han aplicado solo parcialmente cinco, y las otras dos no se han publicado, y solo se han tomado en consideración, no parece que se avance de una forma positiva por parte de la Junta de Castilla y León en cuanto a la contratación administrativa. Nos gustaría conocer la opinión que tiene el Consejo de Cuentas sobre estos extremos.

El objetivo de los informes de fiscalización es sacar a la luz los defectos, problemas, incidencias, incumplimientos, alegalidades que pueda haber por parte del Gobierno de la gestión de la Junta de Castilla y León; y se audita para corregir, para enmendar y para cambiar. Pero aquí no se hace. Ni se enmienda, ni se cambia ni se mejora: se empeora.

En el presente Informe se incluyen unos cuadros donde se desglosan los contratos formalizados en los años diecinueve y veinte, desglosándolo por entidades, tipos de contratos, procedimiento, etcétera. Estos gráficos evidencian que durante el año dos mil veinte, el año de la pandemia, se formalizaron un total de 2.949 contratos, de los cuales 1.859 corresponden a la Gerencia Regional de Salud, por un importe total de 597 millones de euros. También consta que el total de contratos de suministros fueron de 1.848 contratos, por un importe de 556 millones; y los negociados sin publicidad, de 402 millones, que aquí más de un interviniente no ha acabado de entender qué se contrata con los negociados sin publicidad.

En el año dos mil veinte fue el año de la pandemia del COVID, como todos ustedes saben. Hemos oído hasta la saciedad al señor Mañueco, al señor Carriedo y a cualquier procurador del Partido Popular vocear que el Gobierno de España no ayudó económicamente a la Junta de Castilla y León, y que la Junta tuvo que soportar todo el gasto asociado a la COVID-19. Pues bien, como los números siempre cantan y siempre ponen negro sobre blanco, es evidente la manipulación y la distorsión que ha realizado de la realidad por parte del Gobierno de la Junta de Castilla y León.

A las arcas de esta Comunidad en el año dos mil veinte llegaron 843 millones de euros, casi, casi, casi el total de todo lo que se gastó la Junta de Castilla y León en todos los contratos que realizó durante el año dos mil veinte; y, por supuesto, superando con mucho la suma de los contratos realizados por la Gerencia, por la Consejería de Sanidad, por la de Educación, la de Familia, la Gerencia de... de Servicios Sociales y hasta la de Empleo. Es decir, la Junta de Castilla y León utilizó el dinero que le llegó del Gobierno de España para contratar y todavía le sobra dinero. Le sobró dinero, por eso cierra sus cuentas mes tras mes con superávit. Y todavía tener que escuchar las barbaridades que escuchamos por parte de los representantes del Partido Popular de que el Gobierno de España no ayudó a la Junta de Castilla y León. Dense ustedes en la cabeza con el informe que ha hecho el Consejo de Cuentas, porque les pone una realidad enfrente de la cara.

Por supuesto, y para terminar en esta primera intervención, y esta parte del... de este Informe, asumimos el total de las recomendaciones como nuestras, que realiza el Consejo de Cuentas.

Pasamos al siguiente... al siguiente Informe, el relativo a las cláusulas sociales y medioambientales en la contratación autonómica, referido a los contratos de los años dos mil ocho-dos mil diecinueve. La muestra son 84 informes que, como ha dicho el señor Amilivia, coinciden con los... con el informe que se hizo de la contratación pública del dieciocho y diecinueve.

Existe legislación al respecto, tanto europea como estatal. En el ámbito autonómico, la Junta de Castilla y León estableció en un Acuerdo del dos mil dieciséis las directrices vinculantes sobre la incorporación de aspectos sociales en la contratación de la Administración general e institucional de la Comunidad. Se pretende con este Informe, entre otras cosas, verificar que se cumple la obligación de información por parte de los diferentes órganos de contratación y por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la inclusión de las cláusulas sociales en la contratación.

El Informe certifica de manera contundente que se incumple el procedimiento previsto por la Junta para la elaboración por parte de la Consejería de Familia del informe referente a la incorporación de aspectos sociales en la contratación, además de que los datos del informe son incoherentes. La Junta incumple sus propias directrices vinculantes.

Respecto a la fase de ejecución del contrato, queremos llamar la atención que nos... no consta en ningún expediente el informe sobre el cumplimiento de las obligaciones en materia social o ambiental antes de la conformidad de la factura correspondiente. Consideramos este hecho como grave, ya que sí se ha comprobado que en gran parte de los contratos ni siquiera tiene en consideración para la adjudicación de los mismos; en las que sí lo hacen, no se comprueban que cumplen con las obligaciones contractuales y se paga el contrato y se da por finalizado sin comprobarlo.

Es que estas condiciones constituyen una obligación contractual de carácter esencial, y su incumplimiento por parte del contratista tiene que tener los efectos regulados en la legislación de contratos, dando lugar a la aplicación de penalidades. Y la Junta de Castilla y León no lo hace: incumple sus directrices vinculantes, no hace las comprobaciones necesarias y obligadas y, al final, acaba penalizando no a los contratistas que incumplen, sino a los castellanos y leoneses.

El Acuerdo 44/2016 de la Junta establece una serie de directrices vinculantes. Entre otras, por ejemplo, el punto 10, que se refiere a las medidas destinadas a promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el mercado laboral, como fomentar la igualdad de oportunidades en la promoción, en la formación, en la clasificación profesional, en las retribuciones, en la ordenación del tiempo de trabajo para favorecer la conciliación laboral y personal y familiar, la prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo. También refleja una relación no exhaustiva de cláusulas que se pueden incorporar a los contratos, pero los propios órganos de contratación pueden incluir otras, como, por ejemplo, contratar a mayor número de personas que están en riesgo de exclusión social, contratación de personas con discapacidad, con mayores dificultades de empleabilidad, o contratar a víctimas de violencia de género.

Es más posible que estas... más que posible que estas líneas que hoy estoy leyendo retumben en algunas cabezas que parece viven en la época de Cromañón, en la España del blanco y negro: aquellos que niegan la violencia de género, aquellos que niegan que a las mujeres se les asesina por el hecho de ser mujer, aquellos que reniegan de la existencia de los techos de cristal, aquellos que son incapaces de entender que todos los seres humanos somos iguales y que se debe trabajar cada día por eliminar las barreras visibles e invisibles que dificultan el acceso al trabajo de las personas con discapacidad.

Y, una vez que está regulado y legislado por las Administraciones competentes, es obligación velar por su cumplimiento por parte de estas mismas Administraciones. Y aquí es donde falla la Junta de Castilla y León, porque no vale con redactar un Acuerdo, sino que hay que cumplirlo. Aunque, si hablamos de cumplimientos, la Junta va bastante justita en todos.

Por cuestiones obvias, y ya me queda poco tiempo -señora presidenta, le voy a pedir un minutito más, por favor-, nos vamos a centrar en los incumplimientos de la Consejería de Familia, porque se da la paradoja que el controlador del cumplimiento acaba siendo el incumplidor. En primer lugar, hay que hacer referencia al desfase existente en la cuantificación de los contratos, porque, según la Consejería de Familia, el número de contratos del año diecinueve que incluyen cláusulas sociales ascienden a 2.802 contratos, pero el total de los contratos realizados son 2.279. O sea, imposible matemáticamente, imposible: la Consejería de Familia se inventa los números.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Señora Rubio, señora Rubio, como han tenido quince minutos en la primera intervención, intente ahora ser lo más breve posible...


LA SEÑORA RUBIO MARTÍN:

Vale.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

... porque luego tienen una réplica de siete minutos y medio.


LA SEÑORA RUBIO MARTÍN:

(Me ajusto. Me ajusto. Muchísimas gracias, señora presidenta). No se ha esclarecido este desajuste de la información remitida al Consejo, no se ha podido justificar ni obtener una explicación de las diferencias. Porque esto es la Junta de Castilla y León: cuando la realidad sale a la luz, se evidencia su mal hacer y su mala praxis. Y, bueno, voy a aprovechar el turno de réplica para las cláusulas medioambientales, porque no me ha dato tiempo, porque los informes son muy densos, muy densos, muy densos. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Se lo... se lo agradecemos, señora Rubio, que haga mejor uso del turno de... de réplica, que para eso está establecido. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, y por un tiempo máximo de quince minutos, tiene la palabra doña Mercedes Cófreces Martín.


LA SEÑORA CÓFRECES MARTÍN:

Muchísimas gracias, señora presidenta. Buenos días a todos los presentes en esta Comisión. Y bienvenido, una vez más, señor Amilivia, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León y a todo su equipo que le... que le acompaña.

Hoy se presentan en esta Comisión, sobre las que estamos debatiendo -exponiendo, debatiendo-, dos informes importantes del cumplimiento de la legalidad. El primer informe, el Informe de Fiscalización de la contratación administrativa de esta Comunidad de Castilla y León (Administración general y Administración institucional), relativa al dos mil veinte. Y el segundo informe, relacionado también con él, pero en dos ejercicios económicos diferentes: el Informe de Fiscalización del cumplimiento de la normativa relativa a la inclusión de cláusulas sociales y medioambientales en la contratación -también- de la Comunidad Autónoma -como he dicho- de los ejercicios dos mil dieciocho y dos mil diecinueve.

Informes que hacen referencia a la Administración general, a todo su ámbito, a las... Administración general, diez Consejerías; y también a la Administración institucional, formada por tres organismos autónomos (la Gerencia Regional de Salud, la Gerencia de Servicios Sociales o el Servicio Público de Empleo de Castilla y León); y también a cinco entes públicos de derecho privado -esto es importante-. Toda la Administración de la Comunidad de Castilla y León está auditada o fiscalizada por un organismo de fiscalización externo. Y esto hay que marcarlo, porque yo, en mi desarrollo, también quiero marcar los propios órganos de fiscalización que hay dentro de la propia Administración, grandes profesionales de esta Comunidad Autónoma.

La finalidad de los Informes de Fiscalización, como ya se ha dicho, es el cumplimiento de la legalidad. El primer Informe, en cuanto a la contratación del dos mil... del dos mil veinte, verificando el cumplimiento de prescripciones legales en materia de contratación. Hablamos de la Ley de Contratos del Sector Público del año dos mil diecisiete, pero también del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el real... Real Decreto-legislativo 3/2011, y en relación a unos principios básicos, como no puede ser de otra forma, de publicidad y de transparencia en los procedimientos, en la concurrencia y no discriminación e igualdad de trato.

El cumplimiento en relación a la... al segundo Informe de... de Fiscalización, el de cláusulas sociales y medioambientales en el ejercicio dos mil dieciocho-dos mil diecinueve -en ambos ejercicios- también para el cumplimiento del marco jurídico en el que se debe apoyar. Y estamos hablando, como también ha dicho el señor presidente del Consejo, de la Directiva 2014/24, del Parlamento Europeo y del Consejo, que es conocida como la "cláusula social obligatoria"; también en alusión a la Ley de Contratos del Sector Público, que pone en evidencia también estas cláusulas sociales y cómo deben de ser tratadas en los procedimientos y en los contratos; y también, y yo quiero remarcar, a un acuerdo de la propia Junta de Castilla y León, el Acuerdo 44/2016, por el que se aprueban unas directrices de carácter vinculante para incluir aspectos sociales en la contratación de la Comunidad de Castilla y León.

Yo creo que esto pone el foco en la importancia que la Comunidad de Castilla y León está dando también a las cláusulas sociales y cómo se deben de insertar en los procedimientos de contratación -luego llegaré también a ello-, verificando la obligación de información por los distintos órganos de contratación, y también por la Consejería de Familia, y comprobando ese cumplimiento de consideraciones sociales y medioambientales que guardan relación con el objeto del contrato -y esto lo remarco, que guardan relación con el objeto del contrato- tanto en la documentación preparatoria como en la ejecución del mismo.

Quiero... lo he enmarcado un poco para definir el... el contexto, ¿no?, de esta... de estas dos fiscalizaciones, pero quiero también definir el contexto en el que... temporal en el que se... con tres aspectos, ¿no?, en el... para marcar esa... ese contexto diferencial, ¿no?, que creo que también, a la hora de interpretar los datos, hay que ponerlo sobre la mesa. Por una parte, nos hemos referido al ejercicio dos mil veinte en la fiscalización de la contratación, y también en las cláusulas medioambientales y cláusulas sociales, al período prepandemia, dos mil dieciocho-dos mil diecinueve.

Me voy a quedar con el ejercicio dos mil veinte, porque, como se ha dicho aquí, es un año excepcional, excepcional por lo ocurrido, por una situación nunca vivida; y por cómo hemos tenido que enfrentar, no solamente los ciudadanos, sino también la Administración pública, y Castilla y León, la Comunidad de Castilla y León, una necesidad de respuesta, tanto en tiempo como en forma, para atender las necesidades del momento. Algo que conllevó a todos los funcionarios de esta Administración también a una forma diferente de trabajar -al teletrabajo-, y también a la aplicación -con la supervisión, como no puede ser de otra forma, de los órganos de fiscalización internos y de intervención-, de formas de contratación y procedimientos adaptados a esa respuesta necesaria emergente... -perdón- con rapidez, ¿no?, de emergencia.

Con lo cual, creo que esto es importante marcarlo, porque la valoración de los datos hay que hacerlos en ese contexto. Luego veremos el número de incidencias. Pero, respondiendo también a la señora Rubio, para hacer hincapié en este año dos mil veinte, para... solamente un dato: el Tribunal de Cuentas, cuando también hace el Informe sobre la contratación administrativa en el ámbito de... del conjunto del Estado, de España, detecta incidencias en 1 de cada 4 contratos del Ministerio de Sanidad, del señor Illa. Con lo cual, dato revelador, señora Rubio.

Por eso, la ampliación del ámbito de... también, como característica fundamental que tenemos que considerar a la hora de determinar incidencias y de las recomendaciones, el ámbito del informe, el alcance del informe, en cuanto al primer Informe de contratación, va más allá. Incorpora también una fase importante, que para nosotros nos parece importantísima, que es la ejecución de los contratos. No se queda en el procedimiento de contratación, sino también lo concluye con la ejecución para verificar determinadas prescripciones si se han cumplido o no se han cumplido, identificando incidencias.

Y también quiero subrayar, también, la referencia de la contratación realizada en el ámbito de Castilla y León con referencia a la contratación de España. Y esto se pone de manifiesto en un informe, en el Informe de dos mil veintiuno, que hace referencia al ejercicio dos mil veinte, de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon). Si lo leemos, realmente, las incidencias y las recomendaciones, algunas son semejantes, semejantes, a las que se... con las que se concluye el Informe del Consejo de Cuentas. Por ejemplo, para poner una que ha sido muy... también expuesta por los diferentes portavoces, pues en relación a los criterios de adjudicación y a las condiciones especiales de ejecución. No me voy a entretener, pero, bueno, les recomiendo que lean el Informe de OIReScon del año dos mil veintiuno, que hace la... la revisión de la contratación pública en España, también de las... de todas las Comunidades Autónomas, del ejercicio dos mil veinte.

En cuanto a las muestras, tenemos por una parte las muestras de la contratación administrativa dos mil veinte, que suponen un 1,8 % de los contratos registrados en la Plataforma Duero. Es importante también saber la representación, porque esa representación, si luego la alineamos con el número de incidencias, nos van a dar, un poco, el peso de la realidad; esto es obvio. Y, por otra parte, también el importe, 98 millones de euros, que representan un 10 % del volumen de contratación en ese año.

En cuanto a los... cláusulas sociales, está formado por 84 expedientes, 28 del dos mil dieciocho y 56 del dos mil diecinueve; expedientes adjudicados en ese año. Se pone también de manifiesto en el Informe -lo vuelvo a mencionar, no me quiero entretener mucho- el peso de dos Consejerías, que son... bueno, Consejerías... de la Gerencia Regional de... de Salud y de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente.

Quiero destacar -se ha comentado- el trabajo desarrollado. Creo que es un trabajo... los informes de fiscalización que se presentan, señor Amilivia, ponen de manifiesto, realmente, un trabajo objetivo, serio y riguroso; y esto es importantísimo y... y hay que destacarlo. Porque, al final, desarrollan procedimientos de auditoría, a través de pruebas de auditoría, orientadas, como no puede ser de otra forma, a verificar ese respeto a esos principios de publicidad, transparencia, concurrencia y no discriminación e igualdad de trato, así como también la adjudicación a la oferta económicamente más ventajosa.

Y quiero destacar que esto es un beneficio para toda la contratación pública que se realiza desde la... desde la Comunidad de Castilla y León, pero, sobre todo, es un beneficio para la satisfacción de las necesidades que han pretendido cada uno de los contratos -fueran de obras, de suministros o de servicios-, y, sobre todo, para dar una respuesta adecuada al conjunto de la ciudadanía de Castilla y León. Y para eso estamos aquí todos, el conjunto de la Comunidad de Castilla y León y también los procuradores que estamos en esta Cámara, haciendo las observaciones pertinentes.

Con lo cual, el resultado de los informes... me voy a ir al resultado de los informes, que dejan... se materializan en unas conclusiones preliminares, que pasaron por un trámite de alegaciones y con unas conclusiones finales y recomendaciones.

En relación a las conclusiones finales de los dos informes, el Grupo Parlamentario Popular -y aquí fija su posicionamiento- hace esta... la siguiente valoración, señor Amilivia -y, bueno, comparto con todos ustedes-: la Comunidad Autónoma de Castilla y León, la Administración general y la institucional, cumple razonablemente con la legalidad aplicable -recogido del Informe; quiero subrayar esto-, con incidencias, a la vista de las recomendaciones, pero con incidencias similares al resto de España, en su conjunto.

Segundo punto, segundo punto. [Murmullos]. (Perdóneme. Es que muchas veces me desconcentro cuando miro enfrente).


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Si se ha mantenido silencio en todas las intervenciones de los distintos procuradores de esta Cámara, pues yo creo que no pasa nada por continuar con ese silencio y con ese respeto. Gracias.


LA SEÑORA CÓFRECES MARTÍN:

(Gracias, señora presidenta). Punto segundo. La mayor parte de los expedientes analizados de las muestras... de la muestra de contratación -me voy a referir primero- no... no presentan incidencias. [Murmullos]. La mayor parte de los expedientes no presentan incidencias.

Punto tercero. De las incidencias que se plasman en esas conclusiones, podemos hacer una clasificación. La primera clasificación... el primer grupo, un grupo con un impacto por debajo del 10 %, es decir, tienen una baja representación porque se repiten en una, dos, tres, cuatro veces o incluso seis veces por debajo del 10 % del peso de la muestra. Para nuestro grupo parlamentario es importante, pero no es... no muestra la... una realidad, ¿eh? Es importante, y, de hecho, luego le comentaré cuál es la posición también en relación a estas incidencias.

Y tan solo unas cuantas muestras, clasificadas en estos dos grupos, están por encima de un 10 % del peso de la muestra, como pueden ser las condiciones especiales de ejecución -que ya he comentado que están también en el Informe y en las recomendaciones de OIReScon-; el incumplimiento de plazos de inicio, parciales o de... o de finalización; o determinación de ofertas con valores de... desproporcionados, que hacen... hacen más alusión al presupuesto que a la... que a la baja media. Bien, vale.

Se pone de manifiesto, se constata también, ya como punto positivo -que yo creo que también está bien recordarlo o evidenciarlo aquí, en esta... en esta Comisión-, el compromiso de mejora de la Comunidad de Castilla y León, que se refleja en los avances realizados en materia de contratación, que han sido reconocidos también en los sucesivos informes de fiscalización del Consejo de Cuentas, concluyendo que el primer Informe había doce recomendaciones, y en relación al Informe anterior, en este caso, han subido, pero también el alcance -como he dicho-, que llega hasta la ejecución de los contratos.

Por lo tanto, nuestro grupo parlamentario, en relación al primer Informe de fiscalización, sobre la contratación en el año dos mil veinte, acepta las doce recomendaciones. Y solamente hacemos una observación en relación a la conexión de ambas plataformas de... de contratación, tanto la Plataforma Saturno, de la Gerencia Regional de Salud, como la Plataforma Duero, del... de la Consejería de Economía, que se está trabajando para limar, sobre todo en la interfaz, para poder limar la transmisión de... de datos, y que los datos sean reales e íntegros. Con lo cual, que sepa que... con esa garantía de que ya se está en ello, para esos datos estén alineados con la recomendación número 1 de este Consejo de Cuentas.

Para finalizar, en relación a las cláusulas sociales y medioambientales, y sobre todo a los... las recomendaciones número 1 y número 2, que afectaban a la Consejería, o que afectan a la Consejería de Familia, quiero... quiero plasmar que hay... el Acuerdo vigente -hay un Acuerdo vigente, que sustituye al acuerdo de directrices vinculantes, el acuerdo anterior- es el Acuerdo... el actualmente vigente es el 82/2020. Este Acuerdo dice, en el punto 17, punto... -perdón- en el apartado 17.2, que "Las plataformas de contratación electrónica de la Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León reportarán informes periódicos a los órganos de contratación sobre el grado de cumplimiento de estas directrices en la medida en que puedan ponerse de manifiesto mediante datos estructurados". Y, para ello, ya la Plataforma de... de contratación electrónica Duero ha configurado nuevas funcionalidades, para reportar este... este tipo de datos, con la obtención de datos de las propias... órganos de contratación. Por lo cual, esta recomendación ya está admitida, ya está admitida por la propia Consejería y ya se está... ya se ha trabajado en ella.

En cuanto a la segunda recomendación, pues de igual forma. Como ya entró... el doce de noviembre fue publicado el Acuerdo, el 82/20, al que me... he hecho referencia, en este Acuerdo ya se establecen unas directrices vinculantes más ambiciosas, para la inclusión por los órganos de contratación de la Comunidad de consideraciones sociales a lo largo de todo el procedimiento de contratación, impulsándose de la misma forma en la Plataforma Duero también nuevas funcionalidades orientadas a facilitar la incorporación de cláusulas sociales en los pliegos de cláusulas administrativas de las... diferentes órganos de esta Comunidad.

Me quedo aquí. Creo que estoy justo en el tiempo. Y ya haré una valoración final en mi segunda parte de mi intervención. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Señor presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, tiene la palabra para ir dando respuesta a las distintas intervenciones de los grupos parlamentarios.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR AMILIVIA GONZÁLEZ):

Haré lo que pueda. [Murmullos. Risas]. En primer lugar, como acostumbramos a... a señalar en los informes de... de cumplimiento de legalidad, en esta segunda intervención querría hacer constar que, a juicio del Consejo de Cuentas, no han existidio... existido -perdón- indicios de responsabilidad contable. Que, como saben, el Informe ha sido remitido al... al Tribunal de Cuentas, a la Fiscalía del Tribunal de Cuentas, al ente fiscalizado y a las propias Cortes; en relación al primer Informe, ya hace un año, y que no se han apreciado... -el segundo es de dieciséis de febrero- y no se han apreciado, esos indicios de responsabilidad contable. Esto no quiere decir, como hemos señalado reiteradamente, que no existan incidencias, salvedades, en el procedimiento administrativo; incidencias, salvedades, errores, incorrecciones, que por sí mismos no constituyen un tipo... un tipo penal, pero que no dejan de ser salvedades en la contratación.

Señalar, en este sentido, que, como han visto, solo tiene opinión el primer Informe; bueno, el segundo Informe, de las causas sociales y medioambientales, no hemos emitido opinión.

En primer lugar, señalar que se ha emitido, en relación con el primero, una opinión con salvedades, ¿eh? La opinión sin salvedades, como... como todo el mundo imagina, es aquella que manifiesta que se ha cumplido con el alcance del informe, que se ha cumplido con los principios y normas jurídicas que son de... de aplicación; es decir, demuestra un grado de satisfacción total por parte del auditor. Y la contraria, la opinión con... disconforme, pues manifestaría un incumplimiento flagrante de las normas, principios de aplicación, del alcance, contenido del informe, etcétera, etcétera, que tiene que ser -como estoy diciendo- manifiesta. Y la opinión con salvedades, que es la que hemos señalado en... en el Informe de contratación administrativa, es una opinión positiva, pero señala... señala una serie de salvedades. Como he dicho antes, manifiesta que se ha cumplido, con carácter general, la normativa y los principios aplicables, pero ha detectado limitaciones al alcance o incumplimientos, bien cuantitativos, bien cualitativos, de los principios y normas que le son de aplicación; en este caso, de los principios de publicidad, transparencia, libre concurrencia y no discriminación de trato de los licitadores o de las normas jurídicas de aplicación, que es, fundamentalmente, la Ley de Contratos del Sector Público.

No tiene opinión, no tiene opinión el segundo Informe por la muestra seleccionada. La muestra seleccionada fue la misma que en la contratación administrativa de los años dieciocho y diecinueve; es, fundamentalmente, una muestra cuantitativa que intentaba... y llevó a cabo un... una fiscalización por tipo de contratos, por fases del procedimiento de contratos, y no tanto por el objeto del contrato o por una materia de carácter sectorial, que son los que podrían haber permitido emitir una opinión fiable, una opinión razonable en algo que está vinculado al objeto del contrato, y no a una relación cuantitativa de contrato. Esta es la explicación de por qué no tiene opinión el tercer Informe, ¿eh?, sin perjuicio de las conclusiones que pone de manifiesto.

Se ha puesto aquí de manifiesto la... la importancia de los gastos de la Consejería de Sanidad, y también se ha puesto de relieve los propios de la Consejería de Fomento y los procedimientos de adjudicación, que han sido, fundamentalmente, el negociado sin publicidad. Hombre, el procedimiento negociado sin publicidad tiene que ser una excepción al procedimiento; el que tiene que ser común al procedimiento es el... es el procedimiento abierto de contratación. Pero que nadie olvide -porque yo creo que es que la memoria es, generalmente, bueno, selectiva, gracias a Dios: nos vamos quedando con lo bueno y vamos olvidando aquello que... que nos disgustó en el pasado, ¿no?- que es el año de la pandemia, y de ahí que ha habido un 62 % de contratos de la Gerencia Regional de Salud, y que se haya utilizado, con carácter general -yo creo-, un procedimiento que no es el comúnmente aplicable.

Que haya habido solamente dos en la muestra no tiene importancia, aunque sí la tiene, desde el punto de vista de este Informe, porque va a haber un informe específico, específico, sobre la contratación COVID, que se está elaborando en estos momentos, y que se presentará los próximos meses. Por lo tanto, en ese informe aparecerán detalladamente los informes de la Gerencia... los contratos -perdón- de la Gerencia Regional de Salud, y también aparecerán, por ejemplo, muchos contratos de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente que tenían también como finalidad el COVID, porque atendían cuestiones de protección civil, etcétera, etcétera, que todos ustedes conocen, y que yo, con mucho placer, presentaré en... en su momento. Por tanto, esa es la clave, esa es la clave de la... de este tipo de contratación.

Una reflexión más sobre la muestra. Nosotros estamos analizando la... la elaboración de la muestra, la muestra que es objeto de... de elaboración del contrato. En la página 15 del Informe establece los criterios de la muestra: al menos dos contratos por cada Consejería, organismo autónomo y ente público; un número de contratos variables en función del número total de contratos adjudicados; etcétera, etcétera. Está el consejero Miguel Ángel Jiménez, en el ámbito de su departamento, estudiando la posibilidad de dar un paso más y, posiblemente, ir hacia un tipo de muestra diferente, más objetivable; me refiero, a lo mejor, analizar todos los contratos por una determinada cuantía en una concreta fase del procedimiento de adjudicación, ¿eh? Esto lo estamos estudiando, y sería objeto, en su caso, de presentación en el futuro Plan Anual de Fiscalizaciones y, en su caso, en el Plan Estratégico. Pero estaría más en línea, a lo mejor, con los informes que lleva a cabo el Tribunal de Cuentas, que solo fiscaliza a partir de una cuantía determinada, que, si no me equivoco, es de... es de 600.000 euros.

En relación con... con las cláusulas sociales y... y medioambientales, que, evidentemente, se manifiesta un cierto incumplimiento por parte de la... de la Administración. Hombre, cabe el consuelo, que es evidente -lo dice el Informe de OIReScon-, que es verdad que todas las Administraciones contratantes están actuando de una manera muy semejante. Y es cierto; es decir, aquí no hay una situación especialmente agravada en relación a otros... a otros lugares.

Pero sí es verdad que toda la filosofía que se diseñó sobre la contratación estratégica, cuando, estando en vigor la Ley de Contratos... la Ley de Contratos del Estado y, luego, el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público del año once, donde se llega a la conclusión -que así fue-, evidente, tras una gran crisis económica, que se confundía "oferta económicamente más ventajosa" con "oferta más barata"; y eso, con merma de calidad, con merma, en este caso, de derechos de carácter social, de... respecto al medio ambiente, de posibilidad de acceder a la contratación a las pequeñas y medianas empresas, es decir... incluso, permitir el acceso a la contratación pública de empresas de economías no regladas, que competían con la nuestra, y que, al final, bueno, pues conseguían efectos contrarios.

Esa es la idea de la contratación estratégica, esa es la idea de la Unión Europea cuando diseña la Estrategia de Crecimiento 2020, que busca un crecimiento sostenible e integrador, y establece un... un arancel de carácter social y medioambiental. Dice: usted puede comprar bienes y servicios, contratar obras, suministrar servicios, pero tendrá usted que vincularlos a otros objetos necesariamente afines al contrato o relacionados con el objeto del contrato, que son beneficios de carácter social, medioambiental, vinculados a la innovación de... de innovaciones tecnológicas o incluso, ¿eh?, el fomento de las pequeñas y medianas empresas. De ahí vienen las Directivas famosas, Directivas de Contratación y la Ley de Contratos del Sector Público, que establece que en toda la contratación, de manera transversal y preceptiva, se deben establecer ese tipo de cláusulas vinculadas al objeto del contrato.

¿Pero qué está ocurriendo en la práctica? Hay guías, se señalan guías de... de cláusulas, pero los licitadores... -y así lo ponen de manifiesto los operadores jurídicos; y he recabado, en tal sentido, informe al TARCCYL, que, como saben, es el Tribunal de Recursos Contractuales, con el que tenemos suscrito un convenio- los licitadores, los operadores jurídicos, temen la nulidad de pleno derecho de esas... de esas cláusulas, por no estar vinculadas, suficientemente justificadas, al objeto del contrato o no ser evaluables. Y ahí está surgiendo un problema, un problema, y es que se está incumpliendo la Ley de Contratos del Sector Público, porque se están incorporando muchas cláusulas, que son estilo... son de estilo, pero que, realmente, no... no dan cumplimiento a la filosofía que estableció, y que estableció por mandato legal, la Ley de Contratos del Sector Público. Esa es la... la reflexión. Si bien, en Castilla y León se tiene un criterio muy amplio, ¿eh?, un criterio muy amplio: se permiten todo tipo de cláusulas en el Tribunal de Recursos Contractuales, si... una vez que están debidamente motivadas. Ese es también nuestro criterio. Es decir, yo creo que se tienen que... que incorporar ese tipo de cláusulas, porque, en definitiva, dan cumplimiento a la ley.

Luego, se me han planteado una serie de cuestiones, que, si soy capaz de... de recordar, pues les iré contestando.

El contrato famoso 32. Bueno, yo tengo que decirles que fue objeto de control interno por parte de la Administración de la Comunidad. Que nosotros hemos llevado a cabo un control de carácter externo, hemos puesto de manifiesto esas deficiencias, y, bueno, no tenemos más capacidad coercitiva. Es decir, nosotros tenemos la capacidad de... de un informe elaborado a posteriori, y de, con carácter externo, de poner de manifiesto la situación de la contratación, y de un contrato, en este caso, en particular, pero no tenemos más capacidad que el Informe de seguimiento de recomendaciones, que, como saben, continuará en el segundo semestre de este año haciendo seguimiento de las recomendaciones establecidas; y, desde el punto de vista de la responsabilidad contable, la remisión, la remisión -reitero- del contrato íntegro, en todo caso, y de todos los contratos íntegros... de todo el Informe íntegro -perdón- al... al Tribunal de Cuentas y a la Fiscalía, en su caso. Pero, bueno, reitero que, a nuestro juicio, no ha habido ningún supuesto de... de responsabilidad contable.

¿La Consejería de Familia? La Consejería de Familia tiene que cumplir el Artículo 44, en aquel momento. Evidentemente, si ha... si ha sido renovado por un nuevo Acuerdo -me ha parecido que ha dicho 80/25-, pues me parece magnífico. Este Informe se remitió, aproximadamente, el de cláusulas sociales, hace un año a la Administración, y es posible que haya atendido -como usted bien ha señalado- nuestra recomendación. Es decir... Pero, en todo caso, la reflexión que hacemos a la Consejería de Familia es para que cumpla con el Acuerdo que era vigente, que era remitir ese tipo de cláusulas y de contratos a la Junta de Castilla y León, y que no se ha hecho.

Me preguntan mi opinión sobre actuaciones de carácter político. Yo desconozco esas actuaciones de carácter político. No tengo por qué hacer una valoración sobre ellas, por otra parte, aunque las conociera. Aquí, la prudencia me corresponde... que me corresponde como presidente es ser portavoz del Consejo de Cuentas en relación con los informes que son objeto de fiscalización y con los objetivos que establecen los propios... los propios informes. Y, además, por si fuera poco, ese informe no ha sido objeto... ese contrato no ha sido objeto de fiscalización en este momento. En todo caso, yo creo que... que nosotros cumplimos con los objetivos y con el mandato que nos corresponde como órgano de fiscalización externa.

Y, bueno, yo, efectivamente, creo que las incidencias evolucionan de una manera diferente de... de informes en informes, ¿eh?, de año tras año. Creo que este año era un año complicado para la Administración, creo que el año veinte ha sido un año complicado para la Administración -lo digo objetivamente-, por el año de la pandemia, por el tipo de... de procedimiento utilizado mayoritariamente en la contratación. Efectivamente, aumentó el número de... de la cuantía de los contratos. Pero todos sabemos que, desgraciadamente, vivimos circunstancias que nunca hubiéramos querido conocer, y eso también creo que está en... en el espíritu de este Informe de... de contratación del año dos mil veinte. Y, por mi parte, nada más. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Iniciamos, de esta forma, el turno de réplica, que, como hemos indicado al inicio, será de siete minutos y medio. Por parte del Grupo Mixto, don Francisco Igea Arisqueta.


EL SEÑOR IGEA ARISQUETA:

Muchas gracias, señora presidenta. Muchas gracias, señor Amilivia. Se comprende la prudencia, y yo también se la... se la agradezco.

Sobre algunas cosas que se han dicho, que no han quedado aún aclaradas, es verdad que no es un órgano jurisdiccional -esto ya lo sabíamos-, pero eso no excluye la posibilidad de cambiar la norma para poder imponer sanciones coercitivas, multas coercitivas u otro tipo de poder coercitivo, que, como ha dicho, carece el Consejo de Cuentas, ¿eh? De hecho, la Administración puede hacerlo sin ser un órgano jurisdiccional; así se planteaba también, por ejemplo, en la Ley de Transparencia o en otras circunstancias, sin necesidad de ser un órgano jurisdiccional. Una cosa es que seamos licenciados en Medicina y no en Derecho, y otra cosa es que no conozcamos las posibilidades de la Administración.

Dicho esto, sí me gustaría... Se ha hablado a lo largo de su intervención de la situación especial -y también han hablado otros intervinientes- del año dos mil veinte. Yo sí que la recuerdo bien, la recuerdo bastante bien la situación del dos mil veinte. Y es verdad que eso nos obligó a hacer compras y procedimientos negociados, y a contratar con carácter de urgencia y a tomar muchas decisiones. Es verdad que el Gobierno puso dinero. Pero también es verdad que durante los primeros días, hasta el veinticuatro de marzo que llegó el primer avión a esta Comunidad, que creo recordar fue el primer avión con material de todas las Comunidades Autónomas, había un sistema de compra centralizada que se cayó, porque no fue capaz de proveernos de material; también es verdad que tuvimos que tomar muchas decisiones en ese momento, entre otras cosas, solicitar material a nuestras empresas; con lo cual, conseguimos 3.000.000 de equipos de protección industrial.

Y sobre la futura fiscalización de los contratos COVID, he de decir que nadie la espera con más interés que el que les habla, ¿eh?, y que, hasta el momento, hasta el momento, esta Comunidad no tiene abierto ni un solo procedimiento en la Fiscalía por estos contratos. Y que lo que sabemos hasta el momento -y digo hasta el momento-, no por nosotros, sino por organismos como Zybio, es que fuimos los que compramos, por ejemplo, las mascarillas más baratas -las segundas más baratas, para decir verdad- en todo el mes de marzo; y esto está publicado, ¿eh? Es decir, hubo que comprar con urgencia, sí; hubo que tomar decisiones, sí.

Y... y yo lo que le pediría a la señora Rubio... -aparte de que guardase silencio, si esto fuera posible- lo que le pediría a la señora Rubio es que no se anticipe, ¿eh?, que no se anticipe, porque, en este momento, decir que van a aparecer... Ya veremos, ¿eh? Hay una fiscalización pendiente por parte del Consejo de Cuentas, y -insisto-, a día de hoy, de todas las investigaciones abiertas por la compra de material en todas las Comunidades Autónomas, ¿eh?, a mí no me consta -no sé si a usted le consta, a mí no me consta- que haya ninguna abierta en esta Comunidad. Insisto que todo es posible; yo no le digo que no vaya a suceder. Pero, hombre, yo sí que le pediría cierto grado, en fin, de respeto a la presunción de inocencia, cuando es que no hay ni un solo caso, ni una sola denuncia concreta, ni un solo ejemplo concreto, ¿eh?, al que podamos referirnos. Oiga, si hubiera uno... Es que no lo hay. Y si usted lo tiene, oiga, en su mano está llevarlo a la Fiscalía o a quien crea procedente llevarlo.

Pero le insisto: marzo dos mil veinticuatro, comprándose mascarillas a 5, a 7 a 8 euros. La Comunidad de Castilla y León trae las primeras a 1,25. Esto es la realidad de lo que sucedió en aquel entonces. Lo digo porque se han dicho cosas que yo creo que no corresponden a la realidad.

Sobre la selección de la muestra, lo mismo... me parece buena noticia que se esté estudiando cambiar la selección de la muestra. Yo creo que la selección de la muestra tiene que ser lo más aleatoria, lo más extensa posible para asegurar que es lo más fiable posible. Me parece bien que se esté estudiando su... su modificación.

Y con respecto a... a los informes de seguimiento, yo creo que es una buena cosa. Pero, insisto, cuando se observan de manera reiterada incumplimientos administrativos, tendríamos que tener alguna capacidad en los informes de seguimiento, en las solicitudes que se hacen, de tener un poco más de poder coercitivo del que se tiene, porque, si no, prácticamente... es decir, se genera mucha frustración, ¿no?, al ver el incumplimiento de la norma.

Yo creo que el incumplimiento de la norma, digamos que estoy en el término medio de la visión más bien bondadosa del señor Amilivia y la catástrofe apocalíptica de la señora Rubio. Yo creo que hay un margen notable de mejora, ¿eh?, y creo que tenemos que ser capaces de intentar, bueno, dotarnos de las herramientas más allá... de las herramientas legales o jurisdiccionales que ya tenemos, ¿eh? Y eso tendría que ser un propósito de la Administración, el propósito de la mejora continua. Como yo creo que tenemos que ser capaces de evaluar no solamente la legalidad y el cumplimiento de los contratos, sino la eficacia de las políticas públicas; en lo que nos referíamos en la legislatura pasada a la evaluación de nuestras políticas públicas, que pensábamos podíamos dotar también al Consejo de Cuentas de una Agencia que nos... nos permitiese evaluar no solo la legalidad de nuestros contratos, sino la eficacia de nuestras políticas. Dicho esto, no tengo nada más que añadir. Muchas gracias, presidenta.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya!, tiene la palabra, por un tiempo máximo de siete minutos y medio, don José Ramón García Fernández.


EL SEÑOR GARCÍA FERNÁNDEZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Muchas gracias, señor presidente del Consejo de Cuentas por sus explicaciones. Y simplemente recalcar un poco lo que he dicho anteriormente. Le recuerdo que es una muestra muy pequeña con respecto al número total de los expedientes estudiados y contratos analizados, y, bueno, me parece que hay demasiadas inconformidades y no cumplimientos de la normativa, donde se contrata y no se sabe lo que se paga, o si es lo acordado o no, donde no se cumple la normativa relativa y la inclusión de cláusulas sociales y medioambientales en la contratación. Es decir, que la Junta de Castilla y León le... nos da a entender que la normativa con respecto a estos temas sociales y medioambientales, y que a todos los leoneses y castellanos nos afecta esta normativa, pues vemos que el Gobierno de la Junta de Castilla y León pues no le preocupa en demasía.

Vemos, entonces, que a la Junta de Castilla y León lo único que le prima es... es lo económico; solamente. Es decir, lo de siempre: la Junta de Castilla y León mucha publicidad, muchos mensajes, muchas palabras, muchas promesas, pero, al final, de hechos, poco o nada. Nada de priorizar lo nuestro, nada de priorizar lo común: prioriza solo lo económico y el interés particular de la Junta de Castilla y León.

Y antes se me olvidó. Ustedes en el Informe dicen que hay un cumplimiento "razonable". Me gustaría saber qué es lo que es "razonable", ¿vale? Porque o se cumple o no se cumple, y yo creo que el Consejo de Cuentas ha sido muy benevolente con la Junta de Castilla y León. Entonces, simplemente, pues recordar eso, que, para ser una muestra tan pequeña, pues todas las inconformidades e incumplimientos que hemos visto, pues no quiero pensar si analizásemos todos los contratos y expedientes. Y, desde luego, ahí estoy con el señor Igea, que teníamos que tener alguna capacidad sancionadora o... y para... para todo lo que sucede, y sobre todo vigilante, sancionadora y vigilante con todas estas contrataciones. Nada más. Muchísimas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Vox Castilla y León, por un tiempo máximo de siete minutos y medio, tiene la palabra don Francisco Javier Carrera Noriega.


EL SEÑOR CARRERA NORIEGA:

Pues muchas gracias, señora presidenta. La verdad es que estamos hablando de un Informe, como decíamos al principio, que es largo, prolijo y... y complicado, muy complicado. Yo entiendo que analizar toda la contratación administrativa de la Junta de Castilla y León es un trabajo muy difícil, sobre todo en un ejercicio tan complicado como fue el año dos mil veinte, y sobre todo en lo que se refiere a un apartado tan complicado como fue el de la sanidad pública en ese... en ese año. Claro, COVID-19, pues urgencia por todos los sitios.

Y, en fin, después de haber escuchado al señor Igea en su intervención anterior pues explicando un poco lo que hizo su Consejería de Sanidad, pues... pues, hombre, yo entiendo que es necesario justificar por qué hay 933 contratos negociados sin publicidad. Yo entiendo que... que no haya ninguno en la Fiscalía, por supuesto, pero hay 933 contratos de la Gerencia Regional de Salud contratados de una manera pues que es muy especial, y que la ley determina que es muy especial. Porque se tienen que dar una serie de condiciones para que se produzca ese tipo de contratación; que no dudo que no las haya habido, pero que lo cierto es que merece un tratamiento especial en ese Informe, o debería haber merecido un tratamiento especial en ese Informe; y no... y no está. Yo considero que no está en la muestra. Y me alegro también haber oído del señor Amilivia que se va a cambiar el procedimiento de muestra, de... de selección de muestra, para poder ser más objetivo en lo que se refiere a los... a los informes de auditoría.

Se ha vuelto a hablar otra vez aquí de la coercitividad. Pues me parece estupendo. O sea, si el... el otro día hablaba o mencionaba el Artículo 14 de la Ley del Consejo de Cuentas y los Artículos 5 y 6 del Reglamento, que determinan exactamente hasta dónde puede llegar el Consejo de Cuentas. Y aquí decíamos pues, oiga, pues, a lo mejor, es necesario que a lo mejor en las recomendaciones o, de alguna manera, el Consejo de Cuentas tenga algo más de capacidad para poder instar a aquellos organismos que no cumplen o incumplen de manera reiterada a facilitar aquello que por lo menos se les pide, porque muchas veces se encuentran con que ni siquiera les aportan la documentación en tiempo y forma.

Bueno, pues... pues parece que bienvenidos al club de los que solicitamos un mayor cumplimiento y una mayor exigencia a favor del trabajo que tiene que realizar el Consejo de Cuentas, que es fundamental para lo que se refiere... a lo que se refiere la gestión económica y de cumplimiento de legalidad de la Junta de Castilla y León.

Dicho esto, pues poco más tengo que añadir en lo que se refiere al Informe, porque la verdad es que está todo dicho, y lo dicen ustedes. Y lo... a todos nos gustaría que fuera posible que se realizara un cien por cien de cumplimiento de las condiciones de las... de los contratos. Sabemos que es prácticamente imposible. Pues, bueno, siempre va a haber algo que falle, pero lo que sí es evidente es que la gestión tiene que ser la mejor posible, la eficiencia tiene que ser la mejor posible y la eficacia en la contratación tiene que serlo también; y para eso sirven esos informes, para mejorar, para mejorar lo que es la contratación administrativa, para mejorar lo que es la gestión de la Comunidad Autónoma.

Y no sé si seremos mejores o peores que otros a nivel estatal, la verdad es que no lo sé, pero lo que sí es cierto es que hay campo de mejora, y ese campo de mejora tenemos que avanzarlo haciendo que las recomendaciones que nos dice el Consejo de Cuentas sean cumplidas por toda la Administración.

Y concluyo ya. Concluyo diciendo una cosa: la verdad es que no sé quién es más cromañón, si el señor Ortega Lara, que fue secuestrado por los etarras que todos conocemos, y que, desgraciadamente, pues ha cumplido hace unos días el veinticinco aniversario de su liberación, o son más cromañones aquellos que pactan con quienes le tuvieron encerrado durante 532 días, y que tienen la desvergüenza de venir a decirnos si somos tal o cual cosa en cada Comisión o en cada Pleno. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Socialista, y por un tiempo máximo de siete minutos y medio, tiene la palabra doña Rosa Rubio Martín.


LA SEÑORA RUBIO MARTÍN:

Muchas gracias, señora presidenta. Intentaré no salirme del tiempo. Bueno, yo creo que aquí la inexperiencia de algunos procuradores de asistir a esta Comisión de cuentas les lleva a los errores que cometen de interpelar a los portavoces de otros grupos parlamentarios, puesto que aquí a quien se interpela es al presidente del Consejo de Cuentas; y la soberbia de algunos les lleva a... a hablar antes de leer -¡qué pena!- y de escuchar. Bueno, el tiempo le ha puesto en su sitio y le acabará colocando... colocando más aún.

Sí que me sorprende, y antes de entrar a materia, haber escuchado aquí que quien pacta con... con los que secuestran... Supongo que se referirá al señor Maroto, que pactaba con Bildu; y, por cierto, el que lo ha dicho le ha hecho senador autonómico de esta Comunidad. Es que uno no deja de... de sorprenderse.

Como no dejo de sorprenderme cómo es posible hablar tanto para no...


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Si... si es posible...


LA SEÑORA RUBIO MARTÍN:

... decir nada.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

... intentamos ceñirnos un poquito.


LA SEÑORA RUBIO MARTÍN:

Los contratos de... los contratos del COVID, que se refería aquí alguien de que, en España, 1 de cada 4 incumple; pues es que los contratos de Castilla y León, sin COVID, 8 de cada 10 incumplen; 8 de cada 10.

Sí que comparto con lo que han dicho aquí algunos portavoces el trabajo ingente que ha hecho el... el Consejo de Cuentas con este Informe, que es una auditoría; de la auditoría salen conclusiones; de las conclusiones salen recomendaciones, que son para cumplir. Y el problema es que aquí no se cumple. Ahora, también me ha quedado palpable que aquí hay dos tipos de informes: el informe del Consejo de Cuentas del Partido Socialista, de casi toda la Oposición; y luego, el informe que leen los del Partido Popular, porque increíble lo que uno ha escuchado aquí.

El Consejo de Cuentas relata gran parte de... de las anomalías que comete la Consejería de Familia en la de las cláusulas sociales y medioambientales. La Consejería se escuda en que aplica otro procedimiento distinto para la obtención de información, en lugar de reconocer que... que se ha equivocado, que lo ha hecho mal y que no ha cumplido el Acuerdo que estaba en... en vigor, que era del dos mil dieciséis, y que la propia Junta de Castilla y León hizo; o sea, la propia Junta incumple sus... sus propios Acuerdos. Llama la atención que, en las alegaciones, la Consejería cuestione los criterios de selección que aplica el Consejo de Cuentas para la elección de la muestra de los informes que somete a auditoría. Es alarmante que la Consejería, ante la incapacidad de reconocer sus errores, ante la falta de... de poder justificar su forma de proceder, culpe al Consejo de Cuentas por los informes que selecciona. Es que es inaudito, de verdad.

El empecinamiento de los responsables de la Consejería de Familia por intentar enmascarar sus incumplimientos le lleva a afirmar en varias de sus alegaciones que no existe ninguna obligación de... en el Acuerdo 44/2016 sobre, por ejemplo, la necesidad de que el responsable del contrato emita algún informe, porque dice que es una figura anterior al Acuerdo del dos mil dieciséis. Y el propio Consejo de Cuentas le tiene que reiterar en varias ocasiones que no, que se está equivocando, que es justo al revés de lo que afirma la Consejería: que la figura del responsable del contrato está vigente antes de la aprobación del Acuerdo del dos mil dieciséis. Y aquí lo que pasa es que la Junta incumple, y, para intentar justificar su incumplimiento, altera en sus alegaciones lo establecido en la normativa.

De verdad que queremos felicitar al Consejo de Cuentas por el trabajo tan exquisito que ha realizado, pero especialmente a la hora de contestar a las alegaciones formuladas por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Respecto a las cláusulas medioambientales, y haciendo relación a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, como no puede ser de otra manera, del análisis de... del Informe, pues se puede concluir que, por ejemplo, en ninguno de los pliegos de cláusulas de los expedientes auditados de esta Consejería ha incluido objetivos o consideraciones sociales para la definición del objeto del contrato. En 8 de los 12 contratos auditados no se ha incluido... no se han incluido criterios sociales o medioambientales para determinar la oferta que contenga la mejor relación calidad/precio; ni siquiera se ha motivado suficientemente esta circunstancia. En todos los contratos, menos en uno, no se establece la obligación para el adjudicatario que su... de subrogarse en contratos de trabajo preexistente, etcétera, etcétera, etcétera.

Cabe concluir que la Junta demuestra, una vez más, que no está a la altura de lo que se espera de una Administración autonómica. Elabora normativa o desarrollo de esa normativa por obligación o imposición de orden jerárquicamente superior, pero luego no la aplica. La defensa del medio ambiente debería de ser una prioridad para la Junta de Castilla y León; se debe de luchar de manera transversal en todas y cada una de las decisiones que se adopten desde la Administración autonómica, porque la Agenda 2030 debe de ser el guion a seguir en todo momento. El cambio climático es una realidad, por mucho que algunos se esfuercen en negarlo; solo los necios se aferran a ideas equivocadas y niegan la verdad, porque la necedad es una cualidad intrínseca a la ignorancia. La protección del medio ambiente es más que necesario, y resulta, cuanto menos, alarmante que no sea la Consejería de Medio Ambiente la primera en defenderlo.

Y nos preguntamos, seguramente, hoy todos aquí, incluso el propio Consejo de Cuentas, que si el consejero de Medio Ambiente se plegará a los necios y abandonará la senda de la Agenda 2030. Pues los meses que tenemos por delante nos lo dirá.

Queda claro la apatía, la desidia, el abandono y el desprecio del consejero de Medio Ambiente por el territorio; no solamente por los tristes hechos acaecidos el mes pasado en Zamora, en la sierra de La Culebra. Ya he hecho referencia a esta dejadez cuando hemos hablado del Informe de contratación del dos mil veinte, que la Consejería incumplía en los 3 contratos; en los 3 contratos incumplía en las cláusulas medioambientales.

Y no queremos finalizar la intervención del día de hoy sin trasladar aquí un párrafo del Informe que resume de manera muy acertada su trabajo, señor Amilivia, señores consejeros. "El trabajo de fiscalización se ha orientado para ofrecer una visión objetiva de la realidad existente en cuanto a la utilización de cláusulas sociales y medioambientales por los dirigentes... diferentes órganos de contratación de la Comunidad, incluso cuando las medidas a adoptar sean potestativas. El Informe solo constata las decisiones adoptadas por los órganos de contratación (...) y solo cuando existe un incumplimiento normativo se ha señalado así expresamente en el Informe". Pero es que a esto es a lo que no está acostumbrada la Junta de Castilla y León, a que se le señalen los incumplimientos normativos que comete. Y así llevamos 35 años.

Y voy a finalizar con una petición al... al Consejo de Cuentas, porque a lo largo del Informe -y aquí creo que algún interviniente también lo ha dicho- sale a colación que la Junta de Castilla y León ha elaborado un nuevo documento sobre el tema auditado, el Acuerdo 82/2020, de doce de noviembre, aprobado con posterioridad a los contratos auditados, por el que se aprueban directrices vinculantes para el impulso de la responsabilidad social en el gasto público de la Administración, y deja sin efecto el Acuerdo 44/2016, de veintiuno de julio. Por lo que el Grupo Parlamentario Socialista les propone que tomen en consideración la idea de incluir en el plan de fiscalizaciones que se elabore de cara al año dos mil veintitrés la inclusión de un informe para la comprobación del cumplimiento de esta nueva normativa por parte de la Junta de Castilla y León. A ver si los que aquí sacan pechito hoy lo pueden sacar en unos... en unos meses.

Y termino, señor presidente del Consejo de Cuentas. Por supuesto que afirmamos que asumimos como nuestras las tres recomendaciones que emanan del Informe. Les felicito nuevamente por el trabajo que han realizado en estos dos informes, porque es ingente la cantidad de información, y el trabajo se ha plasmado. Y reitero, además, cómo han contestado de una forma tan delicada, tan exquisita, a las alegaciones -voy a callarme el adjetivo- que ha formulado la Consejería de Familia a las incidencias que ustedes han detectado en su... en sus informes. Nada más. Y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Popular, y por un tiempo máximo de siete minutos y medio, tiene la palabra doña Mercedes Cófreces Martín.


LA SEÑORA CÓFRECES MARTÍN:

Muchas gracias, señora presidenta. Brevemente. Yo, y como portavoz de este grupo parlamentario en esta... en esta Comisión para estos dos temas, quizás, enfatizar o subrayar algo, ¿eh?, en varios puntos de lo que he expresado en mi primera intervención.

Primero, el reconocimiento de este grupo parlamentario al Consejo de Cuentas y al equipo redactor. Porque, como hemos podido comprobar, los informes reflejan un trabajo serio, objetivo y riguroso; en definitiva, un trabajo excelente de fiscalización externa, que no exime de la fiscalización interna que se hace en los propios órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Sin duda, es un trabajo necesario, pero no solamente para observar o verificar el cumplimiento de la distinta normativa en materia de contratación o de aplicación de cláusulas sociales o ambientales, cada vez más rigurosa, cada vez más rigurosa, que nos afecta, sino para identificar debilidades y también áreas de mejora. Y creo que esto es fundamental. Lo cual nos debe de permitir impulsar y emprender procesos de mejora continua, como se viene haciendo desde ya la creación del propio Órgano, de este Órgano, y la presentación de sus informes. De que estos informes son bien recibidos por este grupo parlamentario, y esto nos debe de permitir también -y así nos consta- el proceso de mejora en los distintos ámbitos de nuestra Comunidad Autónoma.

Procesos, señorías, que implican a todas las Consejerías, a todos los organismos autónomos y a todas las entidades públicas de derecho privado; a todos sus órganos de contratación -por cierto, señora Rubio, los órganos de contratación técnicos, técnicos, ¿eh?-, presididos, como no puede ser de otra forma, por el representante institucional, pero técnicos, donde está toda la representación, con empleados públicos que trabajan en ello, pertenecientes a distintas áreas, desde fiscalización, contratación, jurídica, económica, informática, etcétera; a los cuales también, desde este grupo parlamentario, queremos reconocer este trabajo continuo y un esfuerzo en esta materia. Profesionales que, además, vienen participando en procesos de formación continua, por tener cada vez unas normas nuevas, que emanan en muchos casos de directivas comunitarias, y cada vez más estrictas, en este control al que nos debemos todos. Y, cómo no, por su dedicación extraordinaria -también quiero remarcarlo- también durante los años de pandemia, a los funcionarios que han trabajado específicamente en... en estos procesos de contratación para tener unos resultados aceptables, que hoy se presentan, y que seguiremos impulsando también con estas recomendaciones desde esta... de este grupo parlamentario en iniciativas para los procesos de mejora, para que redunden en la eficacia y en la eficiencia de los servicios públicos que prestamos desde esta Comunidad Autónoma. Muchísimas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Para cualquier consideración que quiera realizar, tiene la palabra el señor presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR AMILIVIA GONZÁLEZ):

Bien. Muchas gracias, presidenta. En primer lugar, muchas gracias por las palabras de reconocimiento al trabajo realizado en estos informes, que quiero personificar una vez más en el consejero responsable del departamento, Miguel Ángel Jiménez, y en el subdirector del área, Pedro San Miguel. Se ha dicho aquí, y es verdad, que el trabajo de contestación a las alegaciones es un trabajo muy acertado y que, además, es un trabajo muy intenso, exhaustivo, que supera realmente a la... al trabajo propio de la elaboración del Informe.

En segundo lugar, en relación con los... la contratación COVID, señalar que... que el Consejo de... de Cuentas, en relación con... con todo lo que tiene que ver con la pandemia COVID-19, ha elaborado... está elaborando cinco informes: dos de ellos por mandato de las Cortes de Castilla y León, aprobados casi por unanimidad, ¿eh?; uno, sobre las ayudas y subvenciones otorgadas en relación a la pandemia y, otro, sobre la contratación, y que estaremos en disposición de aprobar antes del otoño, posiblemente en el mes de septiembre; y un tercero, sobre el impacto económico-financiero que la COVID de la pandemia conllevó en las cuentas de Castilla y León, que ya está aprobado, que ya está publicado, que ya lo pueden conocer sus señorías, y que explica detalladamente los ingresos que percibió la Comunidad y el uso que hizo de ese esfuerzo añadido, económicamente hablando, para combatir la... la pandemia.

Sobre la muestra, yo no he dicho que la muestra actual que estamos empleando y que hemos reiterado los últimos ejercicios no sea eficaz o suficiente para tener una opinión de conjunto sobre el estado de la contratación en Castilla y León. Es más, la muestra es fundamentalmente aleatoria, pero con criterios objetivos: 2 contratos por cada Consejería o entidad adjudicadora; 2 por tipo de contratos; 2 por fases de contratación. Es decir, intenta ser representativa.

El debate es si cambiamos la muestra hacia criterios más objetivos, menos... no menos o más contratos, sino establecemos fiscalizaciones con otros criterios, como hace el Tribunal de Cuentas, solamente por una cuantía determinada y en una fase concreta de la contratación; es decir, algo que se está reflexionando y que, sin duda, también tendremos que consultar la... la opinión, en su momento, de... del Tribunal de Cuentas.

El poder coercitivo que se plantea por dos grupos, y ya en dos sesiones. Nosotros no podemos tener poder coercitivo. Nosotros somos un órgano de control externo, ajeno a la Administración contratante, en este... en este caso, y que lleva a cabo una fiscalización a posteriori. Si fuéramos... si tuviéramos capacidad coercitiva en una concreta cuestión como esta, bueno, no sé, efectivamente, si no seríamos otro tipo de... de órgano ajeno, distinto, parte posiblemente de la Administración activa.

Nosotros, como he dicho antes al principio, sumamos al control interno -que es importantísimo, como se ha señalado acertadísimamente-, al control interno, que lo... que lo lleva a cabo la Intervención General de la Comunidad, sumamos al control interno el control externo. Más, publicamos el Informe. Más... -por cierto, en este caso, que se publicó hace un año uno de ellos y otro hace seis meses- más, comparecemos en esta Comisión. Por eso somos un órgano dependiente de las Cortes, porque yo traigo aquí información para que sea objeto de debate y discusión por los grupos parlamentarios, que son los que tienen... tienen la legitimación, en este caso, para ejercer el control político al Gobierno.

Yo no vengo aquí a debatir, vengo a que ustedes debatan; y yo vengo a ilustrar, a dar luz en relación con una materia concreta, en este caso el Informe. Y, además de todo eso, hacemos un Informe de seguimiento de las recomendaciones. Quiere decir que, dentro de unos meses, pasado un tiempo razonable, seguiremos... seguiremos lo que ha hecho la Administración en cada uno de los informes en relación con las recomendaciones llevadas a cabo; y, por si fuera poco, en ocasiones concretas llevamos a cabo informes de seguimiento. Es decir, se ha dicho: cumplimiento de la nueva directriz de contratación o nuevo acuerdo de contratación. El próximo informe del Consejo de Cuentas, sin duda, cuando esté en vigor, ya tendrá en cuenta ese acuerdo, y, sobre él, fiscalizará a la contratación de la Comunidad.

Y, además de todo eso, como les he dicho, los informes del Consejo de Cuentas van al Tribunal de Cuentas y a la... -que es único en enjuiciamiento y supremo en fiscalización-, va al Tribunal de Cuentas y a la Fiscalía del Tribunal de Cuentas, en virtud de un convenio suscrito, para que determine si existen indicios de responsabilidad contable u otro tipo de problemas desde el punto de vista jurídico. Por tanto, yo creo que lo que se hace desde ese punto de vista es muy importante.

Yo creo que, bueno, por mi parte, no... no mucho más. Señalar que ha sido, efectivamente, un ejercicio complicado, y destacar la... la importancia, finalmente, de la contratación llamada "estratégica", ¿eh?, ahora que... que previsiblemente vamos hacia... -esperemos que me equivoque- hacia una nueva crisis económica, esperemos que la contratación estratégica no quede otra vez en segundo lugar. Por mi parte, nada más. Y muchas gracias a todos.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias, señor presidente. Finalizado el debate, y de conformidad con lo establecido en la norma cuarta de la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, de siete de abril de dos mil nueve, se abre un plazo de cinco días para que los grupos parlamentarios puedan presentar ante la Mesa de la Comisión propuestas de resolución relativas a los Informes de Fiscalización que acaban de ser examinados. Dicho plazo finalizará, de conformidad con lo previsto en el Artículo 94 del Reglamento de la Cámara, el once de julio a las catorce horas.

A continuación, por el señor secretario se dará lectura al tercer punto del orden del día.

Informe


EL SECRETARIO (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Comparecencia del señor presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para la presentación del Informe "Fiscalización de los convenios celebrados por la Comunidad de Castilla y León, ejercicios dieciocho y diecinueve".


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Para la presentación del Informe, tiene la palabra el excelentísimo señor don Mario Amilivia González, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León. ¿Señor presidente?


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR AMILIVIA GONZÁLEZ):

Muchas gracias. Este Informe es uno de los trabajos más recientes, publicado el pasado dieciséis de febrero. Es la primera vez que el Consejo se dedica... dedica un informe específico a este tipo de acuerdos, que pueden adoptar, con efectos jurídicos para un fin común, las Administraciones públicas, los organismos públicos y entidades de derecho privado o público, en este caso vinculados o dependientes de las universidades públicas, así como otros sujetos de derecho privado.

Consiste en una auditoría de cumplimiento de la legalidad en la gestión de los convenios por la Comunidad de Castilla y León, verificando su adecuada formalización y registro, así como el cumplimiento de la obligación de comunicación al Consejo de Cuentas en el ámbito de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás normativa de aplicación.

A tal efecto, se realizan cinco comprobaciones: una, el cumplimiento de la obligación de revisión de convenios al Consejo de Cuentas; dos, el adecuado registro de los convenios y la garantía de su publicidad con respecto al principio de transparencia; tres, el cumplimiento de la legalidad del procedimiento de suscripción de los convenios, tanto en las actuaciones preparatorias como en su formalización; y, finalmente, el conteo de los convenios, verificando que no se han utilizado en sustitución de figuras jurídicas afines, como los contratos o subvenciones. El alcance de la fiscalización se extiende a los convenios suscritos en los ejercicios dieciocho y diecinueve por la Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma.

En el análisis de la comunicación de los convenios al Consejo de Cuenta... Cuentas también se han incluido los suscritos por las universidades de Castilla y León y sus entes dependientes. La comprobación del cumplimiento de los requisitos legales más significativos se ha realizado sobre los 68 convenios que, por su importe, de más de 600.000 euros, deben remitirse al Consejo de Cuentas, así como sobre una muestra de otros 32 expedientes, representativa de los convenios con aportaciones inferiores.

En la realización de esta auditoría, con carácter general, no han existido limitaciones al alcance, adoptando los entes una actitud de colaboración.

En cuanto a las alegaciones formuladas por los entes fiscalizados, como siempre, han sido objeto de un análisis pormenorizado, y las admitidas han dado lugar a modificaciones, en su caso, incorporadas al informe definitivo.

A continuación, procedo a sintetizar los aspectos más destacables de las treinta y dos conclusiones del Informe.

En lo que respecta a la comunicación de los convenios al Consejo de Cuentas, por lo que se refiere a la... a los de cuantía superior a 600.000 euros, se ha remitido el documento de formalización de los 34 formalizados en dos mil dieciocho y de otros 34 correspondientes a dos mil diecinueve. También, el documento de 34 adendas de modificación, de prórroga, de adhesión u otras, formalizadas en dos mil dieciocho y de otras 42 en dos mil diecinueve.

En 27 convenios de dos mil dieciocho -el 79 % del total- y en 10 de dos mil diecinueve -el 29 % del total- se ha incumplido el plazo establecido para la comunicación de tres meses siguientes a su formalización. Tampoco se cumplió este plazo en ninguno de los 34 expedientes de adenda remitidos en dos mil dieciocho y en 5 -el 12 %- de los remitidos en dos mil diecinueve.

Las cuatro universidades públicas y sus entidades dependientes no han remitido al Consejo de Cuentas comunicación sobre la existencia de convenios suscritos superiores a 600.000 euros. Lo hizo posteriormente la Universidad de Valladolid en fase de alegaciones. No obstante, la relación anual de los convenios suscritos, reitero, se cumplió dos... compromiso económico de 2.000.000 de euros del citado convenio de la Universidad de Valladolid.

En lo que se refiere a las relaciones anuales de convenios formalizados, la Administración de la Comunidad ha comunicado al Consejo de Cuentas 1.392 convenios, convenios suscritos en dos mil dieciocho, ascendiendo el importe de las aportaciones de las entidades autonómicas a 130 millones de euros, y el de las aportaciones totales a 329 millones; y un total de 1.084 convenios suscritos en dos mil diecinueve, ascendiendo el importe de las aportaciones de las entidades autonómicas a 110 millones, y el de las aportaciones totales a 229 millones. Además, once entidades han remitido una comunicación o certificación negativa de no haberse suscrito ningún convenio durante dos mil dieciocho y dos mil diecinueve.

En cuanto a las cuatro universidades públicas de la Comunidad, la de Valladolid ha comunicado al Consejo 112 convenios en dos mil dieciocho, por un importe de 956.281 euros; y 131 convenios en dos mil diecinueve, por importe de 2,6 millones de euros. En la relación de dos mil diecinueve se incluye un convenio superior a 600.000 euros, del que, como ya he mencionado anteriormente, no se había remitido la preceptiva documentación al Consejo de Cuentas, aunque sí se remitió en la fase de alegaciones.

Por su parte, las Universidades de Salamanca, Burgos y León no han remitido ninguna comunicación en relación con los convenios suscritos en dos mil dieciocho y dos mil diecinueve.

Otro de los aspectos analizados en esta fiscalización ha sido el régimen jurídico de los convenios en cuanto al registro, publicidad y transparencia. La Comunidad de Castilla y León no dispone de normativa propia que regule de forma sistemática la figura de los convenios de colaboración, salvo el régimen de competencias para su firma y la regulación del Registro General Electrónico de Convenios, siendo de aplicación, por lo tanto, en todo la legislación básica del Estado.

Tampoco la normativa autonómica, entre las que hay que señalar el Decreto 66/13, por el que se regula el Registro General Electrónico de Convenios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, ha sido objeto de adecuación de las disposiciones incompatibles con lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. El Registro General Electrónico de Convenios incluye convenios firmados exclusivamente por sujetos de derecho privado, que quedarían sometidos a un régimen jurídico diferente del previsto en la normativa. También son objeto de anotación en el Registro otras figuras, como son los protocolos, las encomiendas de gestión, que se formalizan mediante convenio, que, sin embargo, no tienen tal consideración en la regulación estatal vigente. Por contra, quedan excluidos del Registro los convenios cuyo objeto sea exclusivamente instrumentar las condiciones de una subvención; omisión que no se contempla en la normativa básica estatal.

A pesar de estas incoherencias, por la Administración de la Comunidad se cumplen las obligaciones de transparencia y de publicidad en relación con los convenios suscritos por sus diferentes organismos y entidades, conforme a lo dispuesto en la Ley 19/13 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y el Decreto 63... 66/2013, por el que se regula el Registro General Electrónico de Convenios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Entre las conclusiones relativas a la preparación de los convenios cabe destacar las siguientes observaciones: en cuanto a las autorizaciones preceptivas, en 1 convenio no figura la autorización previa de la Junta de Castilla y León, y en 3 convenios de colaboración con entidades locales no hay constancia de que se haya elaborado el preceptivo acuerdo de la Junta.

En lo referente al conteo de la documentación, en 32 convenios no se aporta el informe del Registro General Electrónico de la Comunidad sobre la existencia de convenios cuyo contenido pueda afectar al que se pretende suscribir o el aportado... o que el aportado no reúna los requisitos necesarios para el cumplimiento de su función u otro tipo de deficiencias.

En 28 expedientes no se remite la memoria justificativa donde se analizan la necesidad y oportunidad, el impacto económico y el carácter no contractual de la actividad; o bien, la memoria aporta... aportada es incompleta o presenta otras deficiencias.

En 3 convenios no se aporta el informe del servicio jurídico; en 22 expedientes no se... no se acredita la fiscalización previa; en 17 expedientes no figuran los documentos contables de retención de crédito, y, en caso de que incluyan obligaciones plurianuales, no se acredita el cumplimiento de los requisitos establecidos; en 2 expedientes no se aporta la comunicación al Registro General Electrónico al órgano directivo central en materia de acción anterior; en 3 convenios, correspondientes a la Fundación Siglo, en los que se instrumenta la concesión de una subvención directa, no hay constancia de la aprobación de las bases reguladoras ni de la autorización de la Consejería a la que está adscrita.

El siguiente apartado, con un bloque de once conclusiones, es el que analiza la formalización de los convenios. En los informes previos a la suscripción de 4 convenios, la Asesoría Jurídica formuló diversas observaciones:

En los documentos de formalización se introducen modificaciones, pero sin que exista constancia de la elaboración de un nuevo informe sobre la adecuación del nuevo texto del convenio a las observaciones formuladas.

En el documento de formalización de 3 convenios no figuran claramente definidos los compromisos económicos asumidos por la parte.

En el documento de formalización de otros 3 convenios no se indica la forma de realizar los pagos de las obligaciones y compromisos económicos asumidos; además, en uno se da cobertura a cantidades devengadas por servicios prestados con anterioridad a la vigencia del convenio.

En 27 no... el documento de formalización no establece las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por las partes.

En 25 convenios no figura el régimen de modificación, ni que la modificación del contenido, a falta de regulación expresa, requiere un acuerdo unánime de los firmantes.

En 6 expedientes no se incluyen medidas concretas de justificación de la ejecución del convenio en lo referente a la acreditación de los gastos reales soportados por la parte responsable de la gestión, o mediante la comprobación material de inversiones realizadas.

En 1 expediente se establece un plazo de vigencia superior al máximo de cuatro años establecido, sin que se señale la norma que lo justifique, y, además, en otro no figura su plazo de vigencia.

En 13 convenios no se designa adecuadamente una comisión de seguimiento.

En 26 expedientes no se detalla la legislación aplicable o la referencia al orden jurisdiccional que proceda para resolver las cuestiones litigiosas.

En el documento de formalización de un convenio no se define con claridad la entidad responsable.

Finalmente, 10 expedientes suscritos por el ITACYL, de los 14 de la muestra, que superan el millón de euros, están firmados por su director, cuando la competencia corresponde al presidente de dicho Instituto.

Para concluir, las dos últimas conclusiones... para concluir, las dos últimas conclusiones se refieren al análisis del contenido del convenio y su diferenciación de otras figuras jurídicas similares.

Todos los convenios comunicados al Consejo de Cuentas también han sido objeto de anotación en el Registro General Electrónico de Convenios de la Administración de la Comunidad. De los 100 que integran la muestra, 33 acuerdos de diversa naturaleza y régimen jurídico no corresponden a los convenios regulados en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.

El supuesto más numeroso es el de 15 acuerdos que instrumentan la concesión de una subvención nominativa, sujeto, sin embargo, a las normas de tramitación y procedimiento propias de las subvenciones, y no, en este caso, de los... de convenios.

Otros 2 acuerdos de colaboración, que articulan las obligaciones y aportaciones económicas para financiar actividades contractuales en las que solo las Administraciones perceptoras de los fondos ostentan competencias sobre la materia, están sujetos a la normativa propia de subvenciones.

En otros 5 casos se trata de acuerdos celebrados entre entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de la Administración o entre estas y otros sujetos de derecho privado cuyo ámbito subjetivo no se incluye en el concepto de convenio administrativo del Artículo 47.1 ni en la tipología de convenios administrativos del Artículo 47.2 de la Ley 40/2015.

En el caso de 3 contratos-programa o convenios especiales, que instrumentan las aportaciones dinerarias o la financiación de determinadas entidades con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad, deben ser considerados también como... como subvenciones.

Finalmente, otros 8 acuerdos responden a una casuística muy diversa.

Como resultado de la fiscalización, el Consejo de Cuentas emite la siguiente opinión. La Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma cumple razonablemente con la obligación de remisión de convenios al Consejo Cuentas, en los términos contemplados en el Artículo 53 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. No así las universidades públicas de Salamanca, Burgos y León, que no cumplen dicha obligación. La de Valladolid, si bien está en la opinión, como observarán sus señorías, en relación con las alegaciones de las que he dado cuenta, acepta matices desde el punto de vista de este cumplimiento.

La Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma incumple con la obligación de registrar adecuadamente sus convenios, ya que inscribe como convenios acuerdos que no tienen esta consideración, de conformidad con la normativa de aplicación. No obstante, se garantiza su publicidad, con respecto al principio de transparencia. Se han encontrado incumplimientos de la legalidad en el procedimiento de suscripción de los convenios, tanto en las actuaciones preparatorias como en su formalización.

Y, finalmente, se ha verificado que en un 33 % de la muestra la Administración de la Comunidad califica como convenios acuerdos cuya naturaleza jurídica no es tal, sino que corresponde a otras figuras jurídicas afines.

Teniendo en consideración las conclusiones del Informe y la opinión emitida, el Consejo de Cuentas realiza cinco recomendaciones.

En primer lugar, la Administración de la Comunidad, así como el resto de organismos y entidades públicas deben asegurarse de que los convenios que suscriban se incluyan en el régimen jurídico establecido en la normativa estatal y autonómica antes de su inscripción en el Registro General Electrónico de Convenios, y su posterior remisión al Consejo de Cuentas.

La Comunidad debe establecer los criterios que determinen las entidades que tienen la obligación de remitir los convenios al Registro General Electrónico de Convenios y al Consejo de Cuentas. Además, debe establecer las medidas necesarias para que se envíe toda la información, toda la información y documentación requerida, dentro del plazo señalado.

Asimismo, la Comunidad deberá elaborar normativa propia que regule la figura de los convenios, adecuando sus normas a las disposiciones establecidas en la normativa estatal.

Las entidades públicas que suscriban convenios, en su preparación, deben recabar las autorizaciones o acuerdos de la Junta de Castilla y León, así como la elaboración e inclusión de toda la documentación que sea preceptiva en cada uno de los expedientes tramitados.

Finalmente, las entidades públicas deben asegurar que, al formalizar los convenios, incluyan, al menos, las materias señaladas para el contenido de los convenios en la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público y en el Decreto 66/2013. Nada más. Y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Iniciamos el turno de intervenciones de los distintos grupos parlamentarios. Por el Grupo Mixto, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra don Francisco Igea Arisqueta.


EL SEÑOR IGEA ARISQUETA:

Muchísimas gracias, presidenta. Bueno, ocurre con esto un poco como ha ocurrido con los informes anteriores, ¿no? Yo creo que el grado de incumplimiento aquí es aún, incluso, mucho más llamativo; por no tener, no tenemos normativa propia.

Pero sí me preocupa, primero, el grado de incumplimiento en las universidades, que es muy muy llamativo, ¿eh?; y me gustaría saber su opinión a ese respecto.

La ausencia de memoria justificativa en 28 convenios, lo cual, pues no deja de llamar la atención.

Y, sobre todo -y eso sí que me gustaría que me respondiera-, por lo que entiendo del Informe, que el 33 % son en realidad subvenciones o podrían corresponder a lo que deberían de ser subvención.

Y eso, lo que nos preocupa es saber si este es un sistema de... puede constituirse en un sistema de eludir los controles que son propios de las subvenciones nominativas. Y la ausencia también, a este respecto, de publicidad, como es obligado en las subvenciones que aparecen... que aparecen en el portal del Estado, y que deberían de aparecer y no aparecen, desde el año dos mil veintidós, en la página de transparencia de la Comunidad.

Porque entendemos que es importante que el gasto público esté sometido a la mayor transparencia posible. Y me gustaría saber si... cuál es su opinión sobre que estas... estos convenios apareciesen también en las visualizaciones de transparencia, con sus cantidades y sus adjudicatarios, para asegurarnos la transparencia del gasto público de nuestra Comunidad.

Sobre... sobre la ausencia de inscripción, también... de los criterios para inscribirse y la necesidad de la normativa, nos gustaría saber con qué urgencia entiende que es necesario establecer esta normativa, porque, por lo que concluimos de... del Informe, en este momento, la situación de ausencia de normativa no admite mucha más demora, dada la gravedad de las... de las conclusiones del Informe. Nada más. Y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya!, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, don José Ramón García Fernández.


EL SEÑOR GARCÍA FERNÁNDEZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Muchas gracias, señor presidente del Consejo de Cuentas, por el Informe que ha elaborado, también, sobre la... los convenios celebrados con la Comunidad de Castilla y León; y a todo su equipo, por supuesto.

Bueno, tampoco me voy a alargar mucho. Seguimos con lo... un poquito con lo anterior. Es decir, lo que he visto al... al analizar un poco el Informe que nos ha... nos han enviado es, bueno, pues lo que usted ha recalcado, es decir, la falta de normativa propia, y la que hay no se cumple; falta de controles; falta de rigor a la hora de tener la trazabilidad y respetar las... las responsabilidades, porque se ha visto que se han firmado convenios por personas que no deberían firmarlos; tener claro... la Junta de Castilla y León tiene que tener claro lo que son los convenios y lo que son acuerdos, y establecer esos criterios.

También llama la atención, o nos ha llamado la atención, el grado de cumplimiento de las universidades; la verdad que es a destacar.

Y después, bueno, un poco lo que ha comentado el señor Igea anteriormente: la falta de publicidad con... con todo... con todos los importes y cantidades que se asignan a cada convenio y demás, para que haya una transparencia clara y concisa.

Entonces, en cuanto a esto, bueno, pues vemos que también las muestras son pequeñas con respecto a la cantidad de... de convenios que se han firmado, pero es llamativo, sobre todo, para nosotros, la falta de esa normativa propia que debería de... de existir. Por lo demás, muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Vox Castilla y León, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra don Francisco Javier Carrera Noriega.


EL SEÑOR CARRERA NORIEGA:

Muchas gracias, presidenta. Pues estamos de nuevo ante un informe de cumplimiento de legalidad, como hemos visto en los dos informes anteriores. Y la verdad es que, efectivamente, nos llama la atención algunas cosas, ¿no? Pero, antes de nada, vamos a ir ordenando un poco lo que es la intervención, para no hacerla un poco galimatías.

Se ordena la evaluación en cinco aspectos, que es la comunicación de convenios al Consejo de Cuentas, el Registro de Publicad y Transparencia, la preparación de los convenios, la formalización de los convenios y el análisis del contenido del convenio, diferenciación de las figuras jurídicas. Y, luego, vienen unas recomendaciones que están relacionadas con las cinco... los cinco puntos mencionados anteriormente. Se utiliza como muestra los contratos cuya cuantía sea superior a 600.000 euros.

Y en este sentido, podemos decir que, bueno, pues que, en el área de comunicación de convenios, pues parece ser que, en general, la Junta de Castilla y León sí es cumplidora; pero llama la atención, poderosamente la atención, que las universidades públicas de Castilla y León, exceptuando la de Valladolid, pues no hagan uso de esta obligación. Lo cual nos lleva a pensar que... no sé si es que, a lo mejor, es en virtud del principio de autonomía universitaria, que piensan que están por encima del resto de la Administración, o por qué razones... Quizás no suscriban convenios; a lo mejor son... no es necesario para ellos el tener que incluirlas dentro del Registro. Pero el caso y el hecho es que no lo están haciendo.

Nos llama la atención que en el capítulo de Recomendaciones no se hace una referencia específica a este aspecto, aunque sí en la parte de Opiniones, en la página 23, donde se suele... donde se vuelve a decir que... que las universidades son incumplidoras de esta... de esta obligación.

En virtud de lo... tal y como está redactado el Informe, llegamos a la conclusión de que, posiblemente, las universidades no hayan hecho uso de la obligación porque no han querido; porque sí parece que sí tienen convenios. Da la sensación de que... de que el... el propio Informe dice que sí existe... existen convenios firmados por parte de las universidades, pero que no lo... no los comunican. Con lo cual, pues, si esto es así y se puede verificar de esa manera, pues me parece un hecho bastante... bastante grave.

En lo que se refiere al área de régimen jurídico de los convenios -registro, publicidad y transparencia-, el Informe se lamenta de la falta de regulación propia que regule los convenios, como ya ha sido puesto de manifiesto. Y la verdad es que se dice textualmente que la Administración general e institucional incumple con la obligación de registrar adecuadamente sus convenios, ya que inscribe como convenios acuerdos que no tienen esa consideración por normativa... con la normativa de aplicación. Por lo tanto, podemos decir que no hay un cumplimiento estricto de la legalidad, y esto pues nos tiene que dar que pensar que para qué se está utilizando o por qué se está utilizando la figura del convenio, cuando, en realidad, no se está firmando un convenio, sino otro instrumento jurídico, que es el que se utiliza para no sabemos exactamente qué.

En las áreas tres y cuatro, la preparación y formalización de los convenios. En el bloque de las opiniones relativas a este área, encontramos que se han encontrado incumplimientos de la legalidad en el procedimiento de suscripción de los convenios, tanto en las actividades preparatorias como de su formalización. Y, además, llama la atención que hay hasta 32 convenios en los que no se aporta el informe del Registro General Electrónico de Convenios, que es preceptivo y obligatorio. Vemos, en este aspecto, el valor de incumplimiento de la normativa de los convenios de las muestras, que justificaría la existencia de un organismo auditor que controlara la... la legalidad, lo que permitiría la detección de las infracciones. Pero que únicamente lo que estamos viendo es que nos quedamos en una parte descriptiva; no nos quedamos en otra cosa, sino más que en eso, en la descripción de las... de los incumplimientos, cuando, en realidad, cuando se producen de manera tan reiterada, tendríamos que detectarlos y, de alguna manera, evitar que se siguieran produciendo.

Esos incumplimientos, por ejemplo, son muy significativos en el... en el ITACYL, donde los convenios que son firmados por el director, en lugar del presidente, son 37... perdón, 27.

Esto sí que parece una omisión relevante, que sí que tiene que ser corregida -y quizá sea un poco benigno el comentario que hace el Informe-, cuando dice que las entidades públicas que suscriban convenios, en su preparación, deberán recabar las autorizaciones o acuerdos de la Junta de Castilla y León, en su caso, así como la elaboración e inclusión de toda la documentación que sea preceptiva en cada uno de los expedientes tramitados.

En lo que se refiere al área de análisis y contenido del convenio, pues vemos que la formalización recoge modificaciones sin informe de la... de la Administración del texto de nuevo... -perdón- de la adecuación del texto nuevo a las observaciones, una vez se... Llama la atención el número de expedientes con... con irregularidades, como el no recoger las consecuencias de incumplimiento o el régimen de las modificaciones.

Y en el análisis del contenido, pues lo que ya se ha puesto de manifiesto aquí, es decir, que más de un tercio de los informes de la muestra no sean convenios, pues la verdad es que, como ya he comentado antes, llama poderosamente la atención.

Suscribimos plenamente las cinco recomendaciones que realiza el Consejo de Cuentas, que creo que deben ser -una vez más, vuelvo a insistir- seguidas de manera conveniente, para evitar que todo este tipo de... de irregularidades se... se produzcan.

Y una última cosa. Decir una frase de... de Baltasar Gracián: "El primer paso de la ignorancia es presumir saber". Lo digo para aquellos que hablan de ignorancia con tanta libertad. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Socialista, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra doña Laura Pelegrina Cortijo.


LA SEÑORA PELEGRINA CORTIJO:

Gracias, presidenta. Buenos días... o tardes ya, a todas y a todos. Saludar, como no puede ser de otra manera, al Consejo de Cuentas y al equipo que le acompaña, y agradecer el trabajo realizado en la fiscalización de la gestión de los convenios celebrados por la Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma.

Nos encontramos ante una fiscalización de cumplimiento de la legalidad, tanto en la gestión como de la formalización y el registro de los convenios suscritos en los ejercicios dos mil dieciocho y dos mil diecinueve, así como la verificación del cumplimiento de las obligaciones de comunicación al Consejo de Cuentas, en base a la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en base a la Resolución de veinticinco de junio de dos mil dieciocho, por la se publica la instrucción del Consejo de Cuentas que regula la obligación de envío de los convenios suscritos y demás normativa aplicable.

Hablamos, por tanto, de una muestra que ha fiscalizado el Consejo de 100 convenios, habiendo sido formalizados un total de 1.392 en el año dos mil dieciocho y 1.084 en el año dos mil diecinueve.

Como punto de partida, es importante hacer mención a que nuestra Comunidad no dispone de normativa propia que regule la figura de los convenios de colaboración, y que la única norma autonómica que existe, como es el Decreto 66/2013, por el que se regula el Registro General Electrónico de Convenios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, ha incumplido la Disposición Final Decimoséptima de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, que establecía el plazo de un año desde la entrada en vigor de la misma para adecuarla.

La opinión que emite el Consejo de Cuentas es demoledora para la Junta de Castilla y León. ¿La Administración general e institucional de Castilla y León cumple razonablemente con la obligación de remitir al Consejo de Cuentas el documento de formalización de los convenios? Sí. Pero no así cumple el plazo de comunicación de tres meses desde la formalización.

La Administración general e institucional de Castilla y León incumple la obligación de registrar adecuadamente sus convenios, pero, eso sí, garantiza su publicidad y transparencia incluso de aquellos que no tienen la consideración de convenio.

La Administración general e institucional de Castilla y León incumple la legalidad en las actuaciones preparatorias y en la formalización de los convenios. Y cuando hablamos de incumplimiento de legalidad, nos referimos a la inexistencia de memoria justificativa que analice la necesidad, oportunidad e impacto económico; que no exista informe del servicio jurídico; que no exista o que no se acredite fiscalización previa de Intervención; que no haya RC; o, lo que es más grave, que, bajo la figura de convenio, se concedan hasta 3 subvenciones directas, como hace la Fundación Siglo, y que 10 convenios, de los 14 de la muestra -un 71 %-, correspondientes al ITACYL, y que superan el millón de euros, no sean formalizados por el consejero, incumpliendo su... su propio reglamento; o que incluso en un convenio se supere el plazo máximo fijado de cuatro años, e incluso en otro se lleve a cabo la contratación de profesorado en centros públicos bajo la figura de convenio: son, entre otros, el claro ejemplo de incumplimientos de la legalidad.

El 33 % de la muestra, es decir, 33 de 100 convenios fiscalizados, son calificados como convenios cuando no lo son. O, lo que es lo mismo, el presidente de la Junta, Consejerías, Gerencias, Servicio Público de Empleo, entes públicos, consorcios, fundaciones y demás entidades de nuestra Comunidad no han sabido identificar correctamente como figura jurídica un convenio.

Todos los convenios y adendas de dos mil dieciocho y dos mil diecinueve que superan los 600.000 euros han... se han... han remitido el documento de formalización, pero 27 de 34, es decir, el 79,14 % de dos mil dieciocho y 10 de 34 en dos mil diecinueve, el 29,41, han incumplido el plazo de tres meses de comunicación desde la formalización. Y el cien por cien de las adendas del ejercicio dos mil dieciocho -34 adendas- han incumplido el plazo de comunicación. Y las Universidades de Burgos, Salamanca y León también han incumplido la obligación de comunicación al Consejo. La UVA lo hizo en período de alegaciones.

Y seguimos, porque es muy revelador el detalle de los incumplimientos de legalidad en las actuaciones preparatorias y en la formalización de los convenios. Y por resumir: 32 convenios no aportan el informe del Registro General Electrónico; 28 convenios no remiten memoria justificativa; 3 convenios no aportan informe del servicio jurídico; 22 convenios no acreditan la existencia de fiscalización previa por Intervención; 17 convenios sin RC; 2 convenios de Acción Exterior sin comunicación de registro electrónico; 3 convenios incumplen la Ley de Subvenciones; 4 convenios no adecúan las modificaciones propuestas por la asesoría jurídica; 3 convenios no definen compromisos económicos; 3 convenios, también, no indican cómo hacer el pago de las obligaciones; 27 convenios no establecen consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones; 25 no figuran en el régimen de modificación; en 6 convenios no incluyen medidas concretas de justificación de la ejecución del convenio; 1 supera el plazo de vigencia de cuatro años, u otro sin plazo de vigencia; 26 convenios no detallan la legislación aplicable; 1 convenio no define con claridad la entidad responsable del convenio; 10 de 14 superan el millón de euros y la obligación determinada en su propio reglamento de funcionamiento de ser firmados por el consejero.

En suma, incumplen el Decreto 66/2013, la Ley 40/2015, la Ley 2/2006, de la Hacienda y Sector Público de la Comunidad, la Ley 6/2003, reguladora de la... de Asistencia Jurídica de la Comunidad, la Ley General de Subvenciones, incluso la Ley 1/1998, de Régimen Local de Castilla y León, así como la Ley de Presupuestos de la Comunidad, entre otras.

Y, además, nos han llamado la atención varios convenios. El presidente de la Junta de Castilla y León suscribió un convenio en el año dos mil dieciocho, convenio incluido en la muestra y fiscalizado. Era el convenio de colaboración y cooperación entre las Comunidades Autónomas de Madrid y Castilla y León para la ejecución de una política conjunta en... en materia de transporte colectivo de viajeros en relación con determinados municipios de la provincia de Ávila y Segovia, convenio en el que se instrumenta una subvención a los titulares de determinadas líneas de transporte de viajeros para compensar la diferencia entre el precio del billete incluido en el abono mensual.

Un convenio interadministrativo, el único firmado por el presidente de la Junta de Castilla y León, que no incluye el contenido mínimo legal para formalizar el convenio; no incluye ninguna previsión sobre la acreditación por los titulares de las líneas de transporte para compensar las diferencias entre precios; no incluye ninguna referencia a los precios del billete normal ni del bono mensual; no incluye ningún mecanismo formal que permita determinar los importes subvencionables. Si las obligaciones de las partes no están definida... no están definidas, por tanto, es de dudosa formalización. Y, además, al tratarse de un convenio interadministrativo entre dos Comunidades Autónomas está excluido, en base al Artículo 47 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público y no tiene la consideración de convenio. Uno de uno, que incumple la legalidad y es firmado por el presidente de la Junta de Castilla y León.

Desde el Grupo Parlamentario Socialista llevamos años exigiendo a la Junta de Castilla y León una revisión minuciosa de los entes públicos y su... y su supresión para devolver su actividad, de forma ordenada, a la Administración general de la Comunidad, y en esta legislatura fue la primera iniciativa presentada y debatida en el primer Pleno ordinario. Lejos de apoyar la eliminación de los chiringuitos de Castilla y León, el Partido Popular, además, ha añadido uno más, como lo es la... la Vicepresidencia de Castilla y León.

En este Informe llama poderosamente la atención cómo entes públicos como el ICE, el ITACYL y la Fundación Siglo incumplen la legalidad y justifican, por tanto, nuestro posicionamiento respecto a estos entes y su eliminación.

El ICE, en el año dos mil dieciocho, suscribió 25 convenios y 14 en dos mil diecinueve. Se han fiscalizado 4. El ICE es el organismo que se encarga del desarrollo empresarial y de dar servicio a nuestras empresas. En 1 de los 4 convenios fiscalizados no aporta existencia de crédito suficiente y, a pisar... a pesar del carácter plurianual del gasto, incumple los Artículos 111 y 113 de la Ley de Hacienda y Sector Público de la... de la Comunidad.

Tampoco existe fiscalización previa por la Intervención, incumpliendo una vez más la Ley de Hacienda del Sector Público. No existe comunicación del Registro General Electrónico al órgano directivo central en materia de acción exterior, y, como es un acuerdo tipo con la Unión Europea, está excluido y no tiene la consideración de convenio; o, qué bien, otros 2 de los 4 convenios fiscalizados, que tienen como objetivo implantar o reforzar el transporte de energía eléctrica, tampoco tengan la consideración de convenios.

En el caso del ITACYL, que es el responsable de potenciar la actividad del sector agrario y de sus industrias de transformación, es cuando menos significativo en cuanto a sus incumplimientos. Se suscribieron el año dos mil dieciocho 22 convenios y 24 en el diecinueve, y se han fiscalizado 18.

De los 18 informes fiscalizados, en ninguno de los 18 -en el 100 %- no hay constancia de informe sobre la existencia de convenios cuyo contenido pueda afectar al que se pretende suscribir... General Electrónico del Decreto 66/2013, incumpliendo la única norma autonómica que regula el registro. Incorporan Memoria justificativa. Sin embargo, en 3 de los convenios no señala el carácter no contractual de la actividad ni el cumplimiento.

En 2 de los convenios la Memoria es posterior a la fecha de firma y en otro no figura ni tan siquiera la fecha de emisión. En ninguno de los convenios, salvo en tres, no aporta el certificado de existencia de crédito adecuado y suficiente, impidiendo verificar el carácter plurianual de las obligaciones, incumpliendo la Ley de Hacienda y Sector Público de la Comunidad.

En 15 de 18 no existe fiscalización previa por la Intervención de la Administración; 10 de 18 superaban el millón de euros, fueron firmados por el director del ITACYL, incumpliendo su propio reglamento, que determina la formalización de los convenios que superen dicha cuantía, que han de ser formalizados por el presidente del ITACYL, que no es otro que el consejero de Agricultura.

En ninguno de los 18 fiscalizados figuran las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por las tardes. Se crean Comisiones de Seguimiento sin que se sepan quiénes las componen; en 16 de 18 no figura el régimen de modificación; y lo peor, en ninguno de los 18 fiscalizados existe referencia normativa al régimen jurídico aplicable al convenio o acuerdo.

En estas manos está la investigación, la certificación de calidad, el desarrollo de infraestructuras agrarias de nuestra Comunidad.

Y la Fundación Siglo. Fiscalizados 4 convenios: 3 de los 4 fiscalizados tienen características propias de acuerdos mediante los cuales una entidad pública instrumenta una concesión de una subvención directa, y, además, ni consta la aprobación de las bases reguladoras ni la autorización de la Consejería de la que depende esta fundación, incumpliendo la Ley General de Subvenciones. Estos 3 convenios, que implican compromisos económicos para la Fundación, no incluyen la necesidad de acreditación de los gastos reales en que hubiera incurrido la parte responsable de la gestión, y en ninguno existe referencia normativa al régimen jurídico aplicable al convenio o acuerdo.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Señora Peregrina, si le parece, como después tiene un turno de réplica, continúa en el turno de réplica, que está ya fuera de tiempo.


LA SEÑORA PELEGRINA CORTIJO:

(Finalizo). Con el resultado del análisis de los entes públicos de nuestra Comunidad, el Consejo nos aporta, con la fiscalización de la gestión de sus convenios, aún más argumentos de peso para seguir exigiendo la eliminación de los entes, fundaciones y empresas públicas, a quien el Partido Popular ha... ha encomendado funciones propias de la Administración. Y hoy, con las conclusiones de este Informe, una vez más se ha constatado que su gestión no solo no es eficiente, sino que además incumplen la legalidad. Suscribimos y compartimos, como no puede ser de otra manera, las recomendaciones del Consejo. Nada más. Y gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Gracias. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra doña Leticia García Sánchez.


LA SEÑORA GARCÍA SÁNCHEZ:

Gracias, presidenta. Buenos días. Permítame, señor Amilivia, una reflexión previa al análisis del Informe sobre la importancia de la materia que debatimos. Porque hay que recordar que buena parte de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, lo que es la Ley 40/2015, que es el marco jurídico donde actualmente se regulan los convenios de forma básica para la Administración pública, proviene precisamente del trabajo que los Órganos de Cuentas y, en concreto, el Tribunal de Cuentas, ha venido haciendo en nuestro ordenamiento jurídico. Una regulación que emana fundamentalmente de esas recomendaciones en esa fiscalización de los negocios jurídicos tan relevantes como son los convenios en las relaciones interadministrativas.

Y es muy relevante hacer un análisis del gasto público en cuanto a la visión global de todos los negocios jurídicos, porque, efectivamente, si bien la contratación pública es el ámbito principal objeto de control, también hay que tener en cuenta la figura de los convenios, no solo la figura per se, sino por el hecho de que pudieran dar lugar a ciertos falseamientos de las reglas de contratación, en último término de la competencia, eludiendo de forma fraudulenta la legislación de contratos del sector público. O también evitar, por esta vía, la regulación de determinadas financiaciones por la vía de la subvención o transferencia.

Por lo tanto, a la hora de abordar el análisis de la fiscalización de estos convenios, celebrados por parte de la Junta de Castilla y León y las universidades, debemos hacerlo teniendo en cuenta la regulación de la Ley del Sector Público y la propia naturaleza de la fiscalización, que tiene su origen y fin último y principal en poner de manifiesto la no utilización del convenio administrativo cuando lo que procediese fuera otra forma jurídica, como transferencias, subvenciones o contratos administrativos.

Y, en este sentido, y visto el Informe de Fiscalización del Consejo de Cuentas de Castilla y León, y a pesar de lo que se ha dicho aquí, lo más destacable, y como primera conclusión, es que no se producen llamadas de atención en cuanto a utilización fraudulenta de figuras o el abuso del convenio para evitar otros controles.

Me resulta llamativo que algún portavoz, que ha tenido responsabilidades de Gobierno durante el período fiscalizado precisamente, no conozca los convenios que se han aprobado, el carácter de los convenios; y, si no los conoce, al menos una lectura del Informe le daría la medida de lo que luego se va diciendo y se va poniendo sobre la mesa en esta Comisión. Porque, como bien dice el Informe, lo que se produce son confusiones con otras figuras afines, no necesariamente con carácter fraudulento, como se ha querido hacer ver en este caso, porque se habla de convenios de prestación con otras Comunidades Autónomas, encomiendas de gestión, protocolos, ese tipo de figuras afines que se contemplan en el Informe; o confusión por el ámbito subjetivo. Lo cual no resulta prudente dejar sobre la mesa ese tipo de... de amenazas, de fraudulento, etcétera, pero que espero que ahora, en su segunda intervención, señor Amilivia, nos lo deje más claro.

Esta premisa inicial supone enfocar el... el debate desde la premisa de la mejora, de la mejora. Porque debemos centrarnos en considerar qué puntos, desde el punto de vista de los convenios, cabe mejorar en nuestra Comunidad Autónoma, pero siempre partiendo del hecho de que somos una Comunidad cumplidora de la normativa básica y de la normativa propia, y que mantenemos un escrupuloso respeto al ordenamiento jurídico en las relaciones interadministrativas.

La auditoría que tenemos sobre la mesa trata de la legalidad de la gestión de los convenios -ya se ha dicho-, también por parte de las universidades, referido al período dos mil dieciocho y dos mil diecinueve. Se ha efectuado sobre 100 convenios, 68 de más de 600.000 euros, como ya se ha dicho aquí.

Si hablamos de comunicación, la primera conclusión que sacamos respecto al... respecto a estas comunicaciones, el cumplimiento se produce por parte de la Junta de Castilla y León de forma fehaciente, no así -como se ha dicho- por parte de las universidades.

Respecto a la cuestión del registro de los convenios, es importante en este punto recordar el esfuerzo que ha hecho la Comunidad de Castilla y León en esta materia, porque en el año dos mil trece se aprobó el Decreto 66/2013, una norma anterior, evidentemente, a la Ley 40, del Régimen del Sector Público, que, como sabemos, desglosó de la Ley 30/92 toda la parte del régimen del sector público, y dejando la parte del procedimiento administrativo en la actual Ley 39/2015.

Es evidente que el decreto de la Junta de Castilla y León, al ser anterior a la nueva ley, debe adaptarse a esa norma básica. Pero debemos recordar que la Junta de Castilla y León no es ajena a este proceso, porque el acuerdo del diecinueve ya contemplaba un calendario normativo, en el que se contemplaba esta... esta mejora, el Acuerdo 190/2019. Y, además, en esa propuesta de cambio se incluía ya la necesidad de categorización de los instrumentos de cooperación para acomodarse al Artículo 47.1 de la Ley de Régimen del Sector Público.

En el Grupo Popular somos conscientes que es necesaria esa adaptación, y además incide en el cumplimiento de las recomendaciones primera y segunda que efectúa el Consejo de Cuentas. Porque resulta claro que debemos esforzarnos en diferenciar claramente unas figuras de otras y delimitar, por otra parte, dentro de las relaciones institucionales que mantiene la Comunidad, qué entidades tienen esa obligación de remitir los convenios al Registro General. Por lo que estamos más que de acuerdo desde este grupo en esa necesaria adaptación. Y no solo nosotros, es que la Junta de Castilla y León ha ido más allá, porque esta necesidad ha sido recogida ya en el Plan normativo del año dos mil veintidós, que también lo contiene. Es más, ya se ha elaborado un primer texto para su tramitación, además de la solicitud de los informes pertinentes.

Pero permítame, señor Amilivia, también que ponga de manifiesto algo importante respecto al punto de vista subjetivo de las entidades sobre las que recae la obligación de comunicación al Consejo de Cuentas. La Junta de Castilla y León emitió alegación en esta parte, en la que se contiene una explicación del ámbito subjetivo. El Decreto 66/2013 abarca un ámbito más amplio respecto a la legislación básica del Estado y abarca todos los convenios que suscriban la Administración general e institucional de la Comunidad de Castilla y León, las empresas públicas, las fundaciones públicas de la Comunidad, los consorcios dotados de personalidad jurídica y el resto de entes o instituciones públicas creadas por la Administración, y cualesquiera otras personas jurídicas en las que participe mayoritariamente.

Y hay que tener en cuenta también, señor presidente, que por parte de la Junta de Castilla y León se trató de acotar la expresión "sector institucional" que se contenía en la resolución suya, del propio presidente del Consejo de Cuentas, de veinticinco de junio de dos mil dieciocho. Tras consulta y aclaración por el propio Consejo de Cuentas, se... se acordó que sí estarían incluidos los datos de los convenios registrados por las empresas públicas, fundaciones públicas y consorcios vinculados o dependientes de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, buscando, precisamente, el acomodo -como decíamos- de ese Artículo 47 de la Ley 40/2015.

Por otra parte, y como añadido, y de forma más precisa, en relación con la recomendación relativa a que la Administración de la Comunidad debe establecer los criterios que determinan las entidades que tienen obligación de remitir los convenios al Registro General Electrónico, y que deberá establecerse las medidas necesarias para que se envíe toda la información y documentación requerida dentro del plazo señalado, como se ha dicho esta mañana. Debemos tener en cuenta que en la propuesta de adaptación del decreto regulador del Registro de Convenios se incluye también la vinculación de forma expresa del ámbito de aplicación subjetivo con el inventario de entidades del sector público de Castilla y León, que establece el Artículo 82 de la Ley de Régimen del Sector Público.

Y, por otra parte, señor Amilivia, y continuando con la clasificación de los convenios, tenemos que tener en cuenta también que esta fiscalización se refiere a los años dos mil dieciocho y dos mil diecinueve, pero la Junta de Castilla y León ya tiene presente la recomendación en las rendiciones de cuentas del año dos mil veintiuno, porque en ellas ya se han categorizado los convenios y se ha adaptado también la Plataforma del Registro de Convenios informáticamente, para que, antes de la inscripción de los mismos y su remisión al Consejo de Cuentas, las diferentes Consejerías categoricen adecuadamente los convenios conforme a los artículos que hemos mencionado.

También se trabaja en abreviar los plazos por parte de las Consejerías, en... en orden a disponer de un plazo establecido por el Consejo de Cuentas, en cuanto a la información y la documentación de la rendición.

Y respecto a la consideración que el Órgano de Cuentas hace de la inscripción, hay que poner de relieve que, en todo caso, queda patente que la Administración autonómica garantiza la publicidad y el principio de transparencia, tal y como señala expresamente el Consejo; y es muy importante recordarlo de nuevo.

Y en otro orden de cosas, y por lo que se refiere a la fase preparatoria de los convenios, el Consejo ha puesto de manifiesto la no aportación de autorizaciones o acuerdos de la Junta de Castilla y León, si bien es cierto que, si hablamos del número de casos en que esto ha ocurrido -y ello no significa que este grupo pretenda obviarlo, sino todo lo contrario, porque aceptamos esta recomendación y la asumimos plenamente-, lo cierto es que se ha incumplido en un convenio la obligación de aportar la autorización previa; y en tres convenios con entidades locales no ha constado el acuerdo de la Junta. Es importante, en este tipo de informes, tener en cuenta el porcentaje de incidencias y no tomar la parte por el todo para evitar caer en falacias; debemos ser serios a este respecto.

Y tal y como señalé al inicio de mi intervención, el Informe que debatimos constata el cumplimiento por parte de la Junta de Castilla y León de la legalidad de la utilización del convenio como forma de relación interadministrativa; constata que se ha cumplido de forma generalizada con las prescripciones generales de la Ley 40/2015, del Sector Público, aunque, evidentemente, cabe margen de mejora en esta materia; y, por otra parte, que la Junta de Castilla y León trabaja en cumplir las recomendaciones, que estoy segura y convencida que así lo veremos en el Informe de seguimiento oportuno.

Se ha cumplido con las obligaciones de transparencia y publicidad de la Ley 19/2013, de Transparencia, de Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y con el Decreto 66/2013, por el que se regula el Registro General Electrónico. Por lo que este grupo, estando de acuerdo con las recomendaciones que formula el Consejo de Cuentas, que las asumimos, se encuentra tranquilo con la fiscalización realizada sobre la gestión de los convenios celebrados por la Junta de Castilla y León dos mil dieciocho y dos mil diecinueve; además, con la seguridad de que sabemos que esta materia mejorará con las decisiones ya... ya adoptadas por la Junta de Castilla y León, y que se seguirán desarrollando. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Señor presidente, puede dar respuesta a las distintas intervenciones de los grupos parlamentarios.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR AMILIVIA GONZÁLEZ):

Sí. Muchas gracias. En primer lugar, reiterar que este es un Informe específico de convenios, que es la primera vez que se ha acomodado como tal un Informe específico sobre los convenios suscritos en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y que tenía como período de fiscalización los ejercicios dos mil dieciocho-dos mil diecinueve.

La normativa que debería ser de aplicación en relación con los convenios suscritos por la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de que se estén acometiendo -ojalá sea así- las actualizaciones jurídicas correspondientes en este... en estos momentos, deviene de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público del año dos mil quince. A la pregunta de: ¿cuándo se tenían que actualizar o cuándo se debería actualizar la normativa de la Comunidad? Debió actualizarse a partir de la vigencia de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público del año dos mil quince. Luego, evidentemente, se lleva un retraso considerable en la adecuación de la normativa de... en materia de convenios, como lo señalan las conclusiones... las conclusiones del Informe y la opinión, que, básicamente, lo que hace es reflejar los objetivos del Informe y establecer, en este caso, los cumplimientos e incumplimientos. Y no es una opinión de carácter negativa, porque el Informe hay que tenerlo en consideración en su contexto y en su contenido total.

Pero, dicho eso, efectivamente, el Consejo de Cuentas se satisface de que las recomendaciones se vayan teniendo en cuenta, y le parece muy razonable... no muy razonable, le parece de mandato legal que la competencia, en este caso normativa, se adecúe a lo que ya está en vigor hace años, y que es legislación básica del Estado.

Evidentemente, la legislación de desarrollo puede ser más exigente. En ese sentido, cabe la posibilidad que haya una legislación de desarrollo que, respetando la legislación básica, aún establezca más exigencias en esta materia para la Comunidad Autónoma. Si es así, cualquier norma que estuviera en contradicción no... seguiría siendo de aplicación; pero, en todo caso, debería ser objeto de... de desarrollo.

¿Que haya habido un 33 % de figuras que, no siendo jurídicamente convenios, hayan sido tratadas como tales? Hombre, es consecuencia de lo anterior. Si seguimos aplicando una normativa anterior, donde sí se consideraban como convenios, a los efectos de la Comunidad Autónoma, por ejemplo, una serie de cuestiones, como protocolos, encomiendas de gestión... Es decir, claro, es que hay que adecuarlo. Por eso hay un 33 % de figuras jurídicas que no tienen la consideración de convenios y que están contempladas como tales, como tales por la Comunidad Autónoma.

Pero lo que es un convenio o no es un convenio está regulado en el Artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de uno de octubre, donde define los tipos de convenios y también define lo que no tiene consideración de convenios; por ejemplo, protocolos generales de actuación, instrumentos similares, que comprende las declaraciones de intención, etcétera, etcétera. Y, por ejemplo, cuando habla de tipos, excluye expresamente ya en esta ley los convenios constituidos en un tratado internacional o los convenios entre Comunidades Autónomas para la gestación... para la gestación y prestación de servicios propios.

Eso no significa que haya habido un fraude de ley; eso no significa que se incumpla la ley; eso no significa que se haya querido utilizar un procedimiento equivocado o a sabiendas de que es un procedimiento distinto para tramitar subvenciones. Eso lo que significa es que la regulación jurídica en materia de convenios es una legislación jurídica obsoleta y que hay que actualizar, pero no que haya habido un incumplimiento legal, ni en la concesión de las subvenciones ni en la tramitación; sí en la tramitación de esos convenios, como dice expresamente la... la conclusión mencionada y la opinión de... del Consejo de... de Cuentas.

Aquí había una normativa de arrastre, que está generando esta situación, no muy lógica desde el punto de vista del Consejo de Cuentas, no muy adecuada al ordenamiento jurídico desde el punto de vista general, porque, evidentemente, debería de ser objeto de desarrollo una ley que viene... deviene desde el año quince, y, si no me equivoco, estamos en el veintidós.

Por lo tanto, la opinión, la opinión, como he dicho antes, no es una opinión que hace una... una valoración favorable o desfavorable, sino que se dedica... se refiere a los objetivos señalados en el Informe, detallando, con carácter general, un párrafo cada uno de ellos y las conclusiones afectadas. Y recuerdo que el primero era comprobar el cumplimiento de la obligación de remisión de convenios al Consejo de Cuentas en los términos contemplados en el Artículo 53 de la Ley de Régimen Jurídico de la... del Sector Público, y el... y la opinión dice que se cumple razonablemente con dicha obligación, y no así las universidades públicas. Y yo... yo matizaría: especialmente Salamanca, Burgos y León, porque Valladolid, en fase de alegaciones, cumplió con esta obligación.

¿Por qué no han comunicado dichos convenios las universidades? Pues lo desconozco. Son objeto de fiscalización con carácter anual. Antes estaban fiscalizadas dentro de la Cuenta General y ahora son objeto de fiscalizaciones de carácter específico cada ejercicio. Este año estamos fiscalizando la Universidad de Burgos; el año pasado lo hicimos con la de León. Pero, bueno, evidentemente, en el informe siguiente o recomendaciones habrá que ver por qué no han cumplido con esta obligación.

Comprobar el adecuado registro de los convenios y que se garantice su publicidad con respecto al principio de transparencia. Aquí se señala claramente que la Administración incumple con dicha obligación al no registrar adecuadamente sus convenios en los términos que hemos tenido antes de hablar o de... o de debatir: conclusiones 8 a 10. No obstante, ¿eh?, quiero dejarlo claro, se garantiza su publicidad con respecto al principio de transparencia. Y recuerdo, en este sentido, que las sanciones en relación con los incumplimientos en materia de transparencia le corresponden, en su caso, al Comisionado para la Transparencia y no al Consejo de Cuentas.

Tercero, verificar el cumplimiento de legalidad del... del procedimiento de suscripción de los convenios, tanto en las actuaciones preparatorias como en su formalización. Pues bien, lamentablemente tengo que decir que se han encontrado incumplimientos, que han ustedes mencionado, en las conclusiones 11 a 29.

Y, finalmente, verificar el contenido de los convenios y que no se hayan utilizado en sustitución figuras jurídicas afines, como las subvenciones -lo he señalado, ese 33 %-, y como se pueden incluir otras figuras, como protocolos, declaraciones de intención, que son declaraciones de intenciones, encomiendas de gestión, entre otros. Por mi parte, nada más. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias, señor presidente. En turno de réplica, por un tiempo máximo de cinco minutos, en representación del Grupo Mixto, tiene la palabra don Francisco Igea Arisqueta.


EL SEÑOR IGEA ARISQUETA:

Muchísimas gracias. Bueno, en primer lugar, pedir disculpas si igual alguien ha entendido mal una pregunta que he hecho. Yo he hecho una pregunta simplemente, no he hecho ninguna afirmación. No tengo por costumbre hacer esas afirmaciones. Hay gente que sí la tiene esa costumbre, ¿eh?, de atribuir conductas delictivas a exconsejeros o viceconsejeros. Hoy tenemos un buen día para recordar esas cosas. Nosotros no solemos hacer eso, ¿eh? Eso es una cosa muy fea que no hay que hacer, y yo no tengo por costumbre hacerla, ¿eh?

Comprendo que se le ha hecho largo a su señoría nuestra permanencia en el Consejo de Gobierno -yo lo entiendo-, pero no estuvimos ni en el dieciocho ni en el diecinueve, que es el período al que se refiere...


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Señor Igea, intentamos centrarnos un poquito.


EL SEÑOR IGEA ARISQUETA:

Sí. No, no. Por aclarar.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

¿Vale? ¿Le parece bien, señor Igea?


EL SEÑOR IGEA ARISQUETA:

(Si no le importa, voy a... a acabar enseguida. Muchísimas gracias, señora presidenta). Dicho esto, decir que, a propósito de los convenios y los entes del sector público, durante la pasada legislatura, el veintiocho de julio de dos mil uno hubo un acuerdo del Consejo de Gobierno sobre las directrices vinculantes para la transparencia y la eficiencia de estas entidades que ha de cumplirse, ¿eh?, y que nosotros esperamos que se cumpla.

Pero la pregunta que le hacía al presidente es... porque en el punto 32, Área de análisis de contenido, convenio y diferenciación de figuras jurídicas afines, dice que 15 convenios instrumentan la concesión de una subvención nominativa, ¿no?, y esto era el motivo de... de la pregunta, y no otra cosa. En cualquier caso, agradezco al presidente sus aclaraciones y a la presidenta su paciencia para dejarnos aclarar algunas maledicencias que se habían vertido.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya!, tiene la palabra don José Ramón García Fernández.


EL SEÑOR GARCÍA FERNÁNDEZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Pues nada, no me quiero extender más. Simplemente quiero dar las gracias al presidente del Consejo de Cuentas por la... y a su equipo por todo la... todos los informes que nos ha aportado hoy. Y, bueno, pues simplemente decir a la Junta de Castilla y León que, por favor, cumpla con la normativa; y, si no la tiene, que la haga y que la cumpla. Nada más. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Por el Grupo Parlamentario Vox Castilla y León, don Francisco Javier Carreras Noriega.


EL SEÑOR CARRERA NORIEGA:

Gracias, señora presidenta. Muy rápidamente. En primer lugar, agradecer también al presidente del Consejo de Cuentas y a sus... a su equipo, a sus consejeros y a todo el equipo técnico la elaboración de esos informes, que, como hemos manifestado todos, son de una enorme complejidad.

Me ha parecido escucharle antes que este era la primera ocasión en la que se realizaba un informe de esta naturaleza. Espero que en sucesivas ocasiones el nivel de cumplimiento por parte, sobre todo, de las universidades sea mayor, y en eso nos esforzaremos todos desde esta Cámara y desde el Gobierno. Por cierto, el Gobierno no tiene ningún chiringuito; o, si los Gobiernos tienen chiringuitos, hay algunos que a lo mejor lo utilizan para marcharse en Falcon a Nueva York. No lo sé. En fin.

La cuestión es que es importante que el cumplimiento de las recomendaciones se realice. Y sobre todo quiero detenerme en una, que es la de que la Comunidad de Castilla... la Comunidad de Castilla y León deberá elaborar una normativa propia que se adapte a la Ley 40/2015. Creo que, visto lo visto, y teniendo en cuenta el alcance al que llega el Informe, es fundamental e importante que se realice esa... ese desarrollo normativo para evitar que se produzcan situaciones no... no deseadas, como ese 33 % de informes o de convenios que no sabemos muy bien qué naturaleza jurídica seguirán. Por mi parte, nada más. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Socialista, doña Laura Pelegrina Cortijo.


LA SEÑORA PELEGRINA CORTIJO:

Gracias, presidenta. Simplemente remitirme a dar lectura a la Disposición Final Decimoséptima de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, que habla de adaptación normativa: "En el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la Ley, se deberán adecuar a la misma las normas estatales o autonómicas que sean incompatibles con lo previsto en esta Ley".

Que desde la... desde la Junta de Castilla y León digan ahora que está incluido en el plan normativo de dos mil veintidós, pues hay que tener en cuenta el retraso y... y las consecuencias de las recomendaciones y la opinión que... que emite el Consejo de Cuentas. Opinión a la que nos remitimos de nuevo por parte del Grupo Parlamentario Socialista porque, sí, incide en que cumple razonablemente la obligación de la remisión de los convenios, no así el plazo.

Y en cuanto a las universidades públicas, pues salvo la Universidad de Valladolid, que remitió toda la documentación en el período de alegaciones, ni la Universidad de Salamanca ni Burgos ni León cumplen la... la obligación.

También incumple la obligación de registrar adecuadamente los convenios, incumplen la legalidad en el procedimiento y suscripción de los convenios y actuaciones preparatorias y en su formalización, y un 33 % de la muestra -33 de 100-, pues se califican como convenios acuerdos cuya naturaleza jurídica no es tal, incluido el... el único que firma el presidente de... de la Junta de Castilla y León.

Desde el grupo parlamentario mantenemos la oposición y la defensa de la eliminación de los chiringuitos -sí, porque son chiringuitos, y, además, en esta legislatura hemos visto cómo se añade uno más-, porque, además, al igual que... que otras instituciones u otros entes públicos pues incumplen, en este caso, la legalidad en cuanto a la gestión y el registro de los convenios que formalizan. Nada más. Y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Popular, doña Leticia García Sánchez.


LA SEÑORA GARCÍA SÁNCHEZ:

Gracias, presidenta. Reiterar, por parte del Grupo Popular, que... que podemos concluir, pero sin ningún género de dudas, que lo que predomina en esta materia de convenios es el cumplimiento en materia de convenios por parte de la Junta de Castilla y León. Y no solo eso, sino que, además, se trabaja en la mejora, de forma objetiva, de esta materia. El Grupo Popular aprecia el trabajo que se hace en las instituciones. Nos tomamos muy en serio las recomendaciones del Consejo de Cuentas y leemos los informes, cosa que es recomendable para el resto de... de portavoces. Prueba de ello es que asumimos en su totalidad la... las recomendaciones del Consejo de Cuentas; que ello no obsta en reconocer que, como se ha dicho esta mañana, existen incidencias, existen salvedades, pero que no tienen nada que ver con ningún tipo de sospecha de responsabilidad contable, ninguna sospecha o indicio de uso fraudulento de los... de los convenios.

Y le queremos agradecer, señor Amilivia, la aclaración que ha efectuado respecto de ese 33 % porque, efectivamente, a veces no hace falta emitir acusaciones, basta con una pregunta tendenciosa que, cuando vienen además de las personas que han tenido responsabilidad de Gobierno en el período que fiscalizamos, pueden dejar cierta inquietud en las personas que nos escuchan. Y por eso le agradecemos expresamente esta aclaración, que nos vuelve a dejar claro que aquí no hay un uso fraudulento de los convenios en Castilla y León. Darle las gracias por este trabajo complejo e importante nuevamente. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Para finalizar este tercer punto del orden del día, tiene la palabra el señor presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR AMILIVIA GONZÁLEZ):

Simplemente para señalar que creo que el fundamental problema de este Informe, en relación con la materia de convenios, donde hay una valoración realizada sobre el contenido de dicho Informe, que permite hacer una opinión vinculada simplemente a las conclusiones y los objetivos de dicho Informe, es la vigencia o no vigencia de la normativa aplicable y la necesidad de adecuar la normativa a la del... a la actualmente en vigor del régimen... del régimen jurídico del Estado; es decir, la... la visión desde un punto de vista de la vigencia o no vigencia desde una determinada regulación.

Y lo cierto es que la normativa, lo que son las leyes de la Comunidad Autónoma, las llevan a cabo ustedes, ¿eh?, ustedes. Estamos aquí hablando como si esto no fuera responsabilidad de las Cortes, y las Cortes también tienen capacidad legislativa. Las Cortes pueden aprobar proposiciones de ley; no solamente el Gobierno puede aprobar proyectos de ley. Luego, si les parece muy importante este informe y la recomendación normativa, adelante. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Finalizado el debate, de conformidad con lo establecido en la norma de cuentas de Resolución del... de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve, se abre un plazo de cinco días para que los grupos parlamentarios puedan presentar ante la Mesa de la Comisión propuestas de resolución relativas al Informe de Fiscalización que acaba de ser examinado. Dicho plazo finalizará, de conformidad con lo previsto en el Artículo 94 del Reglamento de la Cámara, el once de julio a las catorce horas.

Concluido el orden del día de esta Comisión, queremos agradecer nuevamente la presencia no solo del señor presidente, sino de todo su equipo que le acompañan de forma continuada en todas las comparecencias en estas Cortes. Excelentísimo señor don Mario Amilivia González, y a todo su equipo, de nuevo, muchas gracias.

Se levanta la sesión. Buenos días.

[Se levanta la sesión a las catorce horas].


DS(C) nº 44/11 del 4/7/2022

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Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Comisión de Economía y Hacienda
DS(C) nº 44/11 del 4/7/2022
CVE: DSCOM-11-000044

DS(C) nº 44/11 del 4/7/2022. Comisión de Economía y Hacienda
Sesión Celebrada el día 04 de julio de 2022, en Valladolid
Bajo la Presidencia de: María Paloma Vallejo Quevedo
Pags. 1566-1631

ORDEN DEL DÍA:

1. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para la presentación del Informe de Fiscalización de la Contratación Administrativa celebrada en el ámbito de la Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, ejercicio 2020.

2. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para la presentación del Informe de Fiscalización del cumplimiento de la normativa relativa a la inclusión de cláusulas sociales y medioambientales en la contratación de la Comunidad Autónoma, ejercicios 2018-2019.

3. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para la presentación del Informe "Fiscalización de los convenios celebrados por la Comunidad de Castilla y León, ejercicios 2018-2019".

SUMARIO:

 ** Se inicia la sesión a las diez horas treinta minutos.

 ** La presidenta, Sra. Vallejo Quevedo, abre la sesión.

 ** Intervención del procurador Sr. Igea Arisqueta (Grupo Mixto) para comunicar sustituciones.

 ** La presidenta, Sra. Vallejo Quevedo, comunica que, por acuerdo de los portavoces, se agrupan el primer y segundo puntos del orden del día.

 ** Primer y segundo puntos del orden del día.

 ** El secretario, Sr. González Reglero, da lectura al primer y segundo puntos del orden del día.

 ** Intervención del Sr. Amilivia González, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para informar a la Comisión.

 ** La presidenta, Sra. Vallejo Quevedo, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los portavoces de los grupos parlamentarios.

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Igea Arisqueta (Grupo Mixto).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. García Fernández (Grupo UPL-SORIA ¡YA!).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Carrera Noriega (Grupo VOX Castilla y León).

 ** En turno de portavoces, interviene la procuradora Sra. Rubio Martín (Grupo Socialista).

 ** En turno de portavoces, interviene la procuradora Sra. Cófreces Martín (Grupo Popular).

 ** Intervención del Sr. Amilivia González, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Igea Arisqueta (Grupo Mixto).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. García Fernández (Grupo UPL-SORIA ¡YA!).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Carrera Noriega (Grupo VOX Castilla y León).

 ** En turno de réplica, interviene la procuradora Sra. Rubio Martín (Grupo Socialista).

 ** En turno de réplica, interviene la procuradora Sra. Cófreces Martín (Grupo Popular).

 ** En turno de dúplica, interviene el Sr. Amilivia González, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

 ** Tercer punto del orden del día.

 ** El secretario, Sr. González Reglero, da lectura al tercer punto del orden del día.

 ** Intervención del Sr. Amilivia González, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para informar a la Comisión.

 ** La presidenta, Sra. Vallejo Quevedo, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los portavoces de los grupos parlamentarios.

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Igea Arisqueta (Grupo Mixto).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. García Fernández (Grupo UPL-SORIA ¡YA!).

 ** En turno de portavoces, interviene el procurador Sr. Carrera Noriega (Grupo VOX Castilla y León).

 ** En turno de portavoces, interviene la procuradora Sra. Pelegrina Cortijo (Grupo Socialista).

 ** En turno de portavoces, interviene la procuradora Sra. García Sánchez (Grupo Popular).

 ** Intervención del Sr. Amilivia González, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Igea Arisqueta (Grupo Mixto).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. García Fernández (Grupo UPL-SORIA ¡YA!).

 ** En turno de réplica, interviene el procurador Sr. Carrera Noriega (Grupo VOX Castilla y León).

 ** En turno de réplica, interviene la procuradora Sra. Pelegrina Cortijo (Grupo Socialista).

 ** En turno de réplica, interviene la procuradora Sra. García Sánchez (Grupo Popular).

 ** En turno de dúplica, interviene el Sr. Amilivia González, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

 ** La presidenta, Sra. Vallejo Quevedo, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las catorce horas.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las diez horas treinta minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Se abre la sesión. Buenos días. ¿Los portavoces tienen alguna sustitución que comunicar? Grupo Parlamentario Socialista me indica que no. ¿Grupo Mixto, por favor?


EL SEÑOR IGEA ARISQUETA:

Sí, sustituyendo a Juan Pablo Fernández.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muy bien. Muchas gracias. UPL-Soria ¡Ya! veo que no. Vox me indica que tampoco. Portavoz del Grupo Parlamentario Popular indica que tampoco.

En ese caso, damos la bienvenida al excelentísimo señor don Mario Amilivia González, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, que comparece ante esta Comisión para presentar diversos informes de fiscalización, remitidos a las Cortes de Castilla y León por el Consejo de Cuentas.

La tramitación de los informes, al tratarse de informes de fiscalización, se desarrollará de conformidad con lo previsto en la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil diecinueve.

A la vista del orden del día de esta sesión, se ha acordado previamente por los portavoces acumular los dos primeros puntos, dado que versan sobre objetos conexos entre sí, y conceder un tiempo máximo de quince minutos en una primera intervención y en una segunda intervención, en la réplica, de siete minutos y medio.

Iniciamos de esta forma. El señor secretario dará lectura de los puntos primero y segundo del orden del día.

Informes


EL SECRETARIO (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Comparecencia del excelentísimo señor presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para la presentación del Informe de Fiscalización de la Contratación Administrativa celebrada en el ámbito de la Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, ejercicio dos mil veinte.

Y comparecencia del excelentísimo señor presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para la presentación del Informe de Fiscalización del cumplimiento de la normativa relativa a la inclusión de cláusulas sociales y medioambientales en la contratación de la Comunidad Autónoma, ejercicios dieciocho y diecinueve.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias, señor secretario. Para la presentación de estos informes, tiene la palabra el excelentísimo señor don Mario Amilivia González, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León. Señor presidente.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR AMILIVIA GONZÁLEZ):

Muchas gracias, presidenta. Muy buenos días a todos, señorías. Quiero saludar cordialmente a todos los procuradores, especialmente a los que se incorporan por primera vez a esta... a esta Comisión. Y también saludar al presidente de las Cortes, que se encuentra al fondo de la sala. Muchas gracias a todos por su presencia. Y les saludo también, en nombre propio y en el nombre de los consejeros del Consejo de Cuentas que me acompañan: Miguel Ángel Jiménez García, responsable de los informes que hoy se van a llevar... se van a presentar a esta comparecencia; don Emilio Menéndez... Melero, perdón, y el resto del equipo técnico que me acompaña.

Bueno, esta es la tercera comparecencia del año. Presentamos tres informes y agrupamos dos, sobre contratación administrativa: la Administración en el ámbito de la Comunidad Autónoma, del año dos mil veinte, y también la fiscalización del cumplimiento de la normativa relativa a la inclusión de cláusulas sociales y medioambientales en la contratación, ejercicio dos mil dieciocho-dos mil diecinueve. La primera es del ejercicio veinte, las dos segundas... la segunda es del ejercicio dieciocho-diecinueve. En su día pretendimos presentar la fiscalización relativa a la inclusión de cláusulas sociales y medioambientales con la contratación administrativa de los ejercicios dieciocho y diecinueve, pero no fue posible porque la Mesa no tuvo tiempo para calificarla y, en su consecuencia, con cierto retraso la presento unida, en este caso, a la contratación del año veinte.

Y, en segundo lugar... o en tercer lugar, presentamos la fiscalización de los convenios celebrados por la Comunidad de Castilla y León en los ejercicios dieciocho y diecinueve.

Bueno, me gustaría destacar la importancia de la contratación pública. En el ámbito del Consejo de Cuentas llevamos acometidas 23 fiscalizaciones relativas al sector público autonómico, 30 al sector público local. Y, simplemente, a modo de referencia, pues ponerles de manifiesto que el Tribunal de Cuentas nunca había realizado un informe específico sobre contratación en Castilla y León los 20 años precedentes a la existencia del Consejo de Cuentas.

Tras la sesión de hoy, quedan un total de 12 informes pendientes de comparecencia; estamos en la posibilidad de presentar el día catorce otros 3, en este caso referidos a la Administración local, lo cual pues lo reduciríamos a 9. Y, de esta manera, en el actual mandato son ya 26 las comparecencias realizadas, en las que han sido presentados 77 informes, que suponen un 32 % del total histórico.

En cuanto a la programación del resto de los trabajos, tenemos 48 auditorías en marcha: las 24 que integran el Plan Anual del veintidós; las 8 de la contabilidad electoral, contabilidad electoral que irá a comisión técnica en este mes de julio, posiblemente en dos comisiones técnicas, que será objeto de aprobación en un Pleno en el mes de agosto, con la intención de comparecer con la contabilidad electoral de las últimas elecciones autonómicas en el mes de... de septiembre; y otras 16 del Plan de dos mil veintiuno, que irán publicándose en los próximos meses. En total son 60 informes en distintas fases de tramitación.

Manifestar, finalmente, que se han aprobado recientemente el Informe del sector público local en Brañosera; que se van a aprobar en este mes de julio, previsiblemente, en Soria, los 2 informes de carácter local sobre el impacto del COVID-19, y previsiblemente también -está en fase de alegaciones- se... se aprobará el de publicidad activa en materia de transparencia. Es decir, aspiramos a cumplir el ejercicio al menos con 30 informes aprobados.

Comienzo esta comparecencia con uno de los informes más recientes en su aprobación, cuya publicación tuvo lugar el pasado dieciséis de febrero: el Informe sobre la Contratación Administrativa correspondiente, en este caso, al ejercicio dos mil veinte, es una... que es una fiscalización, como saben, de las previstas con carácter legal, por mandato legal, en la normativa reguladora del Consejo de Cuentas. La fiscalización corresponde al departamento que dirige el consejero Miguel Ángel Jiménez, a quien quiero hacer una mención especial, así como a su responsable técnico, el subdirector Pedro San Miguel.

Como sus señorías conocen, consiste en una auditoría de cumplimiento de la legalidad sobre la gestión contractual en relación con la aplicación de los principios de publicidad y transparencia en los procedimientos, así como los de concurrencia, no discriminación e igualdad de trato.

La verificación efectuada se ha centrado en los siguientes objetivos generales: en primer lugar, comprobar el cumplimiento de... de la obligación de remisión de contratos al Consejo de Cuentas; en segundo lugar, analizar la estructura competencial y los mecanismos de control interno; y, en último lugar, verificar el cumplimiento de la legalidad del procedimiento en todas sus fases, garantizando, como he dicho, los principios de publicidad, transparencia, concurrencia de acceso y no discriminación e igualdad de trato de los licitadores.

En cuanto al alcance objetivo y temporal de la presente fiscalización, abarca los contratos administrativos y privados celebrados por las Consejerías, organismos autónomos y entes públicos de derecho privado... privado, que integran la Administración General Institucional de Castilla y León; todo ello durante el ejercicio dos mil veinte.

Según los datos proporcionados por dicho registro, el número de contratos no menores formalizados ascendió en dos mil veinte a 3.390, por un importe de adjudicación total de 960 millones de euros; el número total de contratos menores ascendió... -no menores vigentes, quería decir, perdón- el número total de contratos menores ascendió a tres mil... a 13.798, por importe de 70 millones.

En la presente fiscalización no se ha incluido la revisión de los contratos menores, si bien figura su número e importes en el correspondiente anexo. No obstante, como ya expliqué en la presentación del Plan Anual de Fiscalizaciones dos mil veintidós, los contratos menores serán objeto de un informe específico referido al ejercicio dos mil veintiuno, una vez que se ha homogeneizado la interpretación jurídica de los cambios introducidos en la nueva contratación del sector público en vigor en el año dos mil diecisiete.

El mayor volumen de contratación... -es un dato muy relevante, piensen que estábamos en el año de la pandemia- el mayor volumen de contratación corresponde a la Gerencia de Salud: 62 % del total de la contratación llevada a cabo ese ejercicio, 11 puntos porcentuales más que el peso que representaba en los años previos al inicio de la pandemia. Le siguen por importancia la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, que representa el 13 % frente al 18 de los dos ejercicios anteriores; y la Consejería de Educación y el ITACYL, en torno al 5 %, más o menos.

Por tipo de contratos, el 58 % del importe total corresponde a suministros, lo que representa 19 puntos más que en la fiscalización realizada en los ejercicios dos mil dieciocho-dos mil diecinueve; el 23 % del total son contratos de servicios, 12 puntos menos; y la contratación de obras supone el 17 % del importe, cuyo peso relativo desciende 4 puntos.

Si observamos el procedimiento de adjudicación, en dos mil veinte, primer ejercicio afectado por la pandemia, los contratos negociados sin publicidad ocupan, en esta ocasión, el mayor volumen del importe, con un 42 % del total, seguidos de los formalizados mediante procedimiento abierto, que suponen el 40 %, mientras que otras formas de adjudicación suman el 18 % restante.

Además, durante el ejercicio dos mil veinte se tramitaron de forma ordinaria 2.523 expedientes, 820 mediante tramitación de emergencia y 47 de urgencia.

Como es habitual, para la realización de esta auditoría se determinó la elaboración de una muestra representativa de la población de contratos, habiendo sido analizados un total de 85 expedientes; muestra que intenta comprender todas las entidades, todo tipo de incidencias, por órgano de contratación y también por forma de adjudicación.

Es necesario advertir que en esta muestra no se seleccionaron contratos tramitados por emergencia que tuviesen relación con la COVID-19, ya que, como sus señorías conocen, estamos realizando una fiscalización específica sobre esta materia, entre otros motivos, por mandato unánime, o cuasi unánime, de las Cortes de Castilla y León.

Antes de explicar las conclusiones del trabajo, procede reseñar que, con carácter general, no han existido limitaciones al alcance, adoptando los entes fiscalizados una actitud de colaboración.

Por otra parte, las alegaciones formuladas, como siempre, han sido objeto de un análisis pormenorizado, dando lugar las admitidas a modificaciones del informe provisional. En este caso, me gustaría destacar el intenso trabajo de tratamiento que lleva a cabo este informe en relación con las alegaciones. Como saben sus señorías, tenemos acceso a la Plataforma Duero, pero no al contenido de los expedientes concretos, y ello trae como consecuencia que en la fase de alegaciones pues se conozca plenamente el expediente, y ello lleva... -en algunos... en casi todos los casos o supuestos- ello trae como consecuencia un intenso trabajo de tratamiento de las alegaciones.

Entrando ya en la exposición de los aspectos más destacables de las quince conclusiones, en lo referente a la comunicación de la contratación por la Administración de la Comunidad al Registro público de Contratos de Castilla y León, únicamente citar que existen ciertas diferencias entre los datos del Registro y los proporcionados por la plataforma electrónica de contratación de la Gerencia Regional de Salud, debidas, fundamentalmente, a distintos criterios aplicados en el registro de los distintos expedientes de contratación. Es decir, existen dos plataformas, en este caso, electrónicas: Duero, que lo aplica la Comunidad Autónoma con carácter general; y Saturno, que lo aplica la Gerencia... que utiliza la Gerencia Regional de Salud.

Respecto a la organización y control interno de los órganos de contratación, en lo referente a la aplicación de la normativa presupuestaria, en un expediente no figura el documento de retención de... de crédito y en dos falta el certificado de contabilidad sobre los límites de gastos.

Los órganos de contratación han comunicado a la Junta de Castilla y León la aprobación del gasto de los contratos de cuantía superior a 180.000 euros, aunque en 3 contratos se hizo fuera de plazo. En 2 expedientes, la designación del representante por la Intervención general o a la declinación de esta para el acto de comprobación material de la inversión se realiza en los momentos iniciales de la ejecución, lo que es contrario al funcionamiento del control interno.

Como es habitual en esta fiscalización, el principal capítulo lo ocupan las conclusiones sobre el análisis del procedimiento de contratación en todas sus fases. En primer lugar, en relación con las actuaciones preparatorias y el expediente de contratación, se pone de manifiesto el cumplimiento razonable de las normas en la preparación de los contratos, dejando constancia de la justificación, naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse, de la adecuada calificación, delimitación y régimen jurídico del contrato, así como la adecuación al mercado del presupuesto de licitación.

No obstante, existen incidencias observadas, que son las siguientes: en 4 contratos no se justifica su necesidad; en tres no se justifica la no división en lotes o se obliga a concurrir a todos los lotes; en ocho no figuran los cálculos realizados para la determinación y adecuación del precio de licitación; y en otros cuatro no se concreta el valor estimado del contrato o su cálculo tiene errores.

Esos expedientes es... es importante señalar que los expedientes, con carácter general, documentan suficientemente las actuaciones realizadas, de conformidad con el principio de transparencia y en cumplimiento con lo dispuesto en la normativa. Con excepciones: 2 contratos en los que no consta la publicación en el perfil del contratante de documentos del expediente; en 3 de los 7 expedientes de tramitación abreviada no se justifica adecuadamente el procedimiento de urgencia o emergencia.

En relación al contenido de los pliegos de cláusulas administrativas particulares o documentos equivalentes, así como los pliegos de prescripciones técnicas particulares, se observan, entre otras, las siguientes incidencias: en 5 expedientes no consta la designación de un responsable del contrato; no se fija con exactitud el plazo de ejecución en 3 contratos; en 11 expedientes la indicación de los medios para acreditar la solvencia no se realiza o se hace de forma deficiente; en 6 contratos los criterios de adjudicación, evaluables mediante juicios de valor, presentan un incorrecto o insuficiente desarrollo.

Y respecto a los criterios de adjudicación valorables mediante la aplicación de fórmulas, en 16 contratos se produce una incorrecta ponderación de la oferta económica; en doce hay defectos en otros criterios; en 3 contratos por alto impacto en el medio ambiente no incluyen criterios de valoración de condiciones ambientales mensurables; y en 14 expedientes para determinar las ofertas con valores desproporcionados se establecen criterios que no referencian la baja media, sino el precio de licitación, o no se refieren a la oferta en su conjunto, sino únicamente al precio; en 10 contratos se han detectado otras incidencias en el contenido del pliego de cláusulas administrativas particulares relacionadas con revisión de precios, cesiones de contrato, comisión de contenidos preceptivos u otros aspectos; en un contrato, adjudicado por el procedimiento con negociación, no se ha definido... no se han definido los aspectos económicos y técnicos; y en 3 expedientes se detectaron incidencias en los pliegos de prescripciones técnicas.

En cuanto a las conclusiones sobre adjudicación de los contratos, se cumplen los principios de publicidad y transparencia de las actuaciones, excepto en 11 expedientes, en los que la composición de la Mesa de Contratación es defectuosa o no se publican en el perfil del contratante su composición y las actas de sus sesiones.

De igual manera, los principios de transparencia, libertad de acceso a las licitaciones e igualdad de trato se cumplen con carácter general, lo que se manifiesta en la adecuada valoración de las ofertas por las Mesas de Contratación y en los órganos técnicos especializados de asesoramiento, teniendo en cuenta la oferta económicamente más ventajosa, de conformidad con los criterios previstos en los pliegos.

No obstante, se observan las siguientes incidencias: en 2 contratos no figura el certificado del registro de las ofertas y de los licitadores presentados, o no existe correlación entre el certificado y los licitadores examinados por la Mesa de Contratación; en 4 expedientes, el informe técnico de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicios de valor, no está suficientemente motivado; en 4 contratos, en la valoración de los criterios de adjudicación cuantificables autonómicamente... automáticamente mediante fórmulas matemáticas, no se aplica la fórmula prevista en el pliego; en 2 expedientes, adjudicados por procedimiento con negociación, no figuran las invitaciones cursadas y las ofertas recibidas, y no se justifica haberse llevado a cabo una negociación efectiva.

También, con carácter general, se cumplen las actuaciones y formalidades previas para la adjudicación de los contratos y la motivación de las adjudicaciones, dándose la oportuna publicidad, excepto en las siguientes incidencias: en 6 expedientes se incumple el plazo máximo para efectuar la adjudicación desde la presentación por el licitador de la documentación oportuna; en 2 expedientes la resolución de adjudicación no está suficientemente motivada o contiene defectos; y en otros cuatro fue notificada deficientemente o no figura la remisión al... al Diario Oficial de la Unión Europea.

En lo relativo a la formalización de los contratos, con carácter general, se cumple en la forma y contenido definido en la normativa. No obstante, en 2 expedientes no se aporta el documento de formalización del contrato; en otros dos el contenido del documento presenta omisiones; en cinco no hay constancia de la publicación de la formalización en el perfil del contratante o no figura la remisión al Diario citado anteriormente.

En cuanto a la fase de adjudicación de los contratos, un total de 37 expedientes no incluyen condiciones especiales de ejecución de naturaleza social o medioambiental, o de otro tipo, o no justifican su... su cumplimiento.

Los órganos de contratación cumplen, en la mayoría de los expedientes, con las previsiones de los pliegos y de las disposiciones aplicables a la ejecución de los contratos en cuanto a su contenido y plazo, incorporando la documentación necesaria que lo acredita, y justificando las modificaciones de su objeto o las ampliaciones de su plazo de ejecución, a excepción de las siguientes incidencias detectadas: en dos casos, en la modificación del contrato; en 6 contratos de obras no existe el acta de comprobación de replanteo o se firma fuera... o se firma fuera de plazo, o existen otras incidencias relacionadas con el inicio de la ejecución o con el programa de trabajo; en diecinueve se incumple el plazo de inicio; en 3 expedientes no figura el certificado de conformidad con los suministros o con los servicios recibidos antes de proceder a su pago; en 2 contratos no se ha iniciado el expediente de imposición de penalidades por incumplimiento o por... o por demora; otros 2 expedientes presentaron deficientes... diferentes incidencias en relación con los anticipos, los pagos o los ingresos derivados del contrato.

Finalmente, en lo relativo a la extinción de los contratos, en los expedientes que finalizan por cumplimiento figura la acreditación formal, verificando el órgano de contratación su correcta recepción o conformidad, con las siguientes observaciones: en 3 contratos no consta comunicación a la Intervención de la Comunidad para la designación de representante que asista a la recepción formal del objeto del contrato; en un contrato no consta el acta de recepción con las formalidades establecidas; y en otros siete la recepción no se realiza en plazo; en 3 expedientes no consta la realización de las mediciones y certificación final o se hacen fuera de plazo.

A la vista de estas conclusiones, el Consejo de Cuentas emite la siguiente opinión: en función de los expedientes examinados, conforme a la Ley de Contratos del Sector Público, la Administración general e institucional de la Comunidad cumple razonablemente con la legalidad aplicable a la contratación adjudicada en el ejercicio dos mil veinte, excepto por las salvedades que a continuación se detallan y que afectan a los principios de publicidad y transparencia en los procedimientos.

En primer lugar, en las actuaciones preparatorias de los contratos, la falta de designación de responsable del contrato y de los cálculos realizados para la determinación y adecuación del precio de licitación, así como las deficiencias de publicidad, las deficiencias en el establecimiento de los medios de solvencia, el incumplimiento del Artículo 145 en cuanto a los criterios de valoración de las ofertas presentadas detallados en los pliegos, así como los informes técnicos de valoración, o en los que su puntúan aspectos no previstos en los pliegos o que no están suficientemente motivados.

En segundo lugar, el incumplimiento de los plazos de adjudicación y de formalización de los contratos, así como la falta de la publicación de la formalización en el perfil del contratante.

En tercer lugar, la falta de inclusión, o de justificación de su cumplimiento, de condiciones especiales de ejecución de naturaleza social, medioambiental en la ejecución del contrato.

Y, por último, el incumplimiento en las actas de comprobación del... de replanteo de los plazos de ejecución del contrato y en la tramitación de las suspensiones y prórrogas.

Hasta aquí la... la opinión del Consejo de Cuentas, que estableció, en su consecuencia, doce recomendaciones.

La primera, el Registro Público de Contratos de la Administración autonómica debe depurar las deficiencias detectadas en su información, especialmente las registradas en la plataforma de la Gerencia Regional de Salud.

En segundo lugar, por su parte, los órganos de contratación deben velar por los medios utilizados para la correcta estimación del importe y asegurarse que la designación de un responsable... y asegurarse, perdón, la designación de un responsable del contrato. Asimismo, deben reservar la utilización de la tramitación urgente y de... y de emergencia exclusivamente para las circunstancias previstas en la ley.

En tercer lugar, la Administración autonómica, especialmente la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y la Gerencia Regional de Salud, deben establecer los medios para acreditar la solvencia económico-financiera, técnica y profesional de los licitadores.

Asimismo, debe reforzar la objetividad de los criterios de adjudicación de valores mediante juicios de valor, estableciendo en los pliegos con suficiente detalle todos los baremos del reparto y los... sus criterios, que serán tenidos en cuenta.

En quinto lugar, la Administración de la Comunidad debe evitar distorsiones en la definición y ponderación de los criterios de adjudicación referentes a la oferta económica. Además, los contratos con alto impacto en el medio ambiente deben incluir criterios de valoración con condiciones ambientales ponderadas.

En sexto lugar, el Consejo de Cuentas recomienda igualmente que los órganos de contratación, y en especial los de la Gerencia Regional de Salud, en la determinación de las ofertas que contienen valores anormales o desproporcionados, se referencien a la oferta en su conjunto, no solo al precio, y, respecto de este, que se refieran a la baja media, no al presupuesto de licitación.

Por otra parte, debe vigilarse por los órganos de contratación, en particular la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y la Gerencia Regional de Salud, la adecuada publicación de la composición de las Mesas de comprobación... de Contratación y de sus actas.

En séptimo lugar, las Mesas de Contratación y sus órganos de asesoramiento deben motivar suficientemente sus informes y propuestas de adjudicación, utilizando para ello los criterios previstos en los pliegos.

Los órganos de contratación, en noveno lugar, deben asegurarse de que las resoluciones de adjudicación incluyen dicha motivación. A su vez, deben asegurarse de que el documento contractual incluya el contenido preceptivo.

Diez. La Administración de la Comunidad debe incluir en sus contratos condiciones de ejecución de naturaleza laboral, social y medioambiental, así como justificar su cumplimiento.

Once. Asimismo, la Administración autonómica, en especial las Consejerías de Fomento y Medio Ambiente y Agricultura deben extremar esfuerzos para que los contratos se cumplan en los plazos establecidos.

Y, finalmente, por los órganos de contratación deberá verificarse la correcta recepción o conformidad del objeto del contrato con la participación, en su caso, del representante de la Intervención General de la Comunidad.

Tal y como acabo de exponer, una de las recomendaciones realizadas por el Consejo de Cuentas es la inclusión de cláusulas de ejecución de naturaleza laboral, social, medioambiental, de innovación al desarrollo, que es un aspecto de la contratación pública que fue objeto de análisis específico en el Informe de Fiscalización del cumplimiento de la normativa relativa a la inclusión de cláusulas sociales y medioambientales en la contratación de la Comunidad, ejercicios 2018-2019, publicado el pasado veintiséis de junio -del año pasado, aclaro-.

Conviene recordar aquí que la Directiva Europea de dos mil catorce, sobre contratación pública, sentó las bases vinculantes de una contratación pública, social y medioambientalmente responsable. Quiero decir, se hablaba de un crecimiento sostenible, integrador, donde la contratación pública no fuera un fin en sí mismo, sino un medio también para otro tipo de políticas de carácter social y medioambiental.

En la normativa estatal, la Ley de Contratos del Sector Público de dos mil diecisiete determinó que toda contratación pública incorpore, de manera transversal y preceptiva, criterios sociales y medioambientales, siempre que guarden relación con el objeto del contrato, es decir, que incorpore, de manera transversal y preceptiva, cláusulas de estas características siempre y cuando guarden relación con el objeto del contrato.

En el ámbito autonómico, la Junta de Castilla y León estableció en un Acuerdo de dos mil dieciséis directrices vinculantes sobre la incorporación de aspectos sociales en la contratación de la Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma, Acuerdo 44/16, de veintiuno de julio.

El objetivo de esta auditoría es precisamente verificar el cumplimiento de la legalidad en materia de cláusulas sociales y medioambientales en las distintas fases de los contratos de la Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma.

Los trabajos efectuados se centraron en los siguientes aspectos, o tuvieron los siguientes objetivos: verificar el cumplimiento de las obligaciones de información por los diferentes órganos de contratación y por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la inclusión de dichas cláusulas en la contratación, es decir, el Acuerdo 44/16 establece la obligación de todas las Consejerías de comunicárselo a la Consejería de Familia e Igualdad de... de Oportunidades; en segundo lugar, comprobar si la documentación preparatoria de la contratación incluye los objetivos o consideraciones sociales y medioambientales a satisfacer; y, finalmente, verificar el cumplimiento de las cláusulas sociales, medioambientales, incluidas en los expedientes de contratación en las actuaciones preparatorias de la contratación, en su adjudicación y ejecución, es decir, en todas las fases del procedimiento.

La fiscalización se realizó de manera paralela a la de mandato legal, como señalaba antes, efectuada sobre la contratación autonómica de los ejercicios dieciocho y diecinueve, y, por ello, ambas, ambos contratos, ambos informes, perdón, utilizaron la misma muestra, la misma relación de contratos. De ahí, nuestro propósito, en su día, de haberlas presentado conjuntamente.

La Administración de la Comunidad adjudicó, excluida la contratación menor, en el ejercicio dieciocho, un total de 2.655 contratos, y en dos mil diecinueve un total de 3.224. De los 84 contratos incluidos en la muestra, 28 fueron adjudicados en el dieciocho y 56 en el diecinueve. En la relación con esta auditoría, con carácter general, no existieron limitaciones. Como señalé antes, las alegaciones formuladas fueron objeto de un análisis pormenorizado.

Pasando ya a la exposición de los aspectos más relevantes de las catorce conclusiones, señalaré lo siguiente: se incumple el procedimiento previsto por la Junta de Castilla y León en el... en el Acuerdo 44/16 para la elaboración, por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, del informe relativo a la incorporación de aspectos sociales en la contratación. Además, el contenido de los datos que se reflejan en el informe revela incoherencias, lo que ofrece dudas sobre su integridad y exactitud.

El resto de las conclusiones analiza la inclusión de este tipo de cláusulas en las distintas fases del expediente de contratación. En lo relativo a la descripción del objeto del contrato, los resultados se sintetizan en las siguientes tres conclusiones:

En primer lugar, sobre la documentación preparatoria del expediente de contratación y el pliego de prescripciones técnicas, en ninguno de los expedientes analizados se incluyen cláusulas sociales dentro de la definición del objeto del contrato ni se motiva la imposibilidad de introducirlas; tampoco se utiliza la posibilidad de incorporar innovaciones sociales o ambientales que sean a la Ley de Contratos del Sector Público.

En la definición de las especificaciones técnicas, no se contempla, excepto en un contrato, la incorporación de innovaciones sociales y tampoco se establecen requisitos de accesibilidad para personas con discapacidad. Excepto en 2 contratos, no se establecen etiquetas de tipo social o medioambiental específicas. Las especificaciones medioambientales se incluyen solo en 2 expedientes. En 4 contratos de obras se incluyen especificaciones sobre la gestión de residuos. En ningún contrato la perspectiva de género constituye una característica técnica del objeto del contrato. Excepto los 25 contratos de obras en lo que es preceptivo un estudio de seguridad y salud, y en cinco de servicios, en las prescripciones técnicas del resto de los expedientes no se incluyen condiciones de este tipo. En 31 contratos, el cálculo del presupuesto base de licitación cumple con la inclusión de un desglose de costes con referencia al género y categoría profesional de los trabajadores.

En segundo lugar, sobre el contenido del pliego de cláusulas administrativas particulares, se realizan las siguientes observaciones: en 61 contratos no se informa del organismo... no se informa al organismo al que los licitadores... el que los licitadores pueden contener información sobre las obligaciones y las disposiciones vigentes relativas a la protección del medio ambiente y en materia social y laboral. En ningún contrato el órgano de contratación requiere a las empresas que posean actitudes específicas en materia social o de igualdad de género, y, por tanto, no se exige como requisito de solvencia que los licitadores acrediten experiencia y medios técnicos necesarios en las referidas materias.

Sobre la resolución de la adjudicación, el precio de adjudicación de todos los contratos parece adecuado para su efectivo cumplimiento, no evidenciándose que la baja ofertada impida el cumplimiento de los términos económicos y demás obligaciones laborales.

Las cuatro siguientes conclusiones analizan las... las cláusulas en los criterios de adjudicación del contrato. En la documentación preparatoria de 52 expedientes, no se considera el expediente siendo susceptibles de incluir aspectos sociales o medioambientales como criterios de adjudicación, no se considera ninguno de ellos, ni se motivan suficientemente las razones que justifican esta circunstancia.

En los pliegos de condiciones administrativas particulares, los criterios de adjudicación incluyen cláusulas de tipo social en 2 contratos de la muestra y cláusulas de naturaleza medioambiental en 11 contratos.

En la resolución de adjudicación de los contratos se han tomado en consideración los criterios sociales y medioambientales establecidos en el pliego con los requisitos previstos, y se ha aplicado la fórmula correspondiente.

En la ejecución del contrato no consta ningún expediente el informe sobre el cumplimiento de las obligaciones en materia social o medioambiental. La documentación aportada no evidencia incumplimientos de las obligaciones del adjudicatario relacionadas con los aspectos sociales o medioambientales, teniendo en cuenta los criterios de adjudicación.

El siguiente apartado de conclusiones es el referente a las cláusulas en los criterios de desempate. Con carácter general, los pliegos de condiciones de los contratos analizados, susceptibles de ello, incluyen cláusulas sociales como criterios de selección para la adjudicación en caso de empate de puntuaciones; no obstante, en la valoración de ofertas no se ha producido empate en ninguno de los contratos analizados.

Y, finalmente, el último bloque de conclusiones analiza las cláusulas en las condiciones especiales de ejecución del contrato. En la documentación preparatoria de los 8 contratos analizados, que responden a contratos que pueden, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 70 de... Artículo 202.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, y el Artículo 44... y el Acuerdo 44/16, de veintiuno de julio de la Junta de Castilla y León, contratos que son susceptibles de ejecuciones de carácter especial, en la documentación preparatoria de 8 de los contratos analizados se establece la obligación para el adjudicatario de subrogarse en contratos de trabajo preexistentes.

Sobre el contenido del pliego de las cláusulas administrativas particulares, con carácter general, en casi todas las entidades analizadas se incluyen penalidades por incumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social o laboral.

En relación con el establecimiento de condiciones especiales de carácter social en la ejecución del contrato, hay una serie de incidencias, un total de los... que concluye que un total de los 43 expedientes las incluyen con las observaciones señaladas en el Informe.

En cuanto al establecimiento en los pliegos de cláusulas administrativas particulares de condiciones de ejecución que incluyan consideraciones de naturaleza medioambiental, en la revisión de los contratos de la muestra se ha observado lo siguiente: en 15 expedientes los pliegos incluyen este tipo de condiciones, con las matizaciones señaladas en el propio Informe.

Para concluir esta intervención, debo referirme a las tres recomendaciones, consecuencias del trabajo realizado. En primer lugar, la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades deberá mejorar la obtención de datos para la elaboración de los informes sobre el grado de inclusión de cláusulas sociales en la contratación autonómica. En segundo lugar, deberá garantizar el cumplimiento por los órganos de contratación de la inclusión en los expedientes de contratación de aspectos sociales que guarden relación con el objeto del contrato o, en su caso, la motivación de su imposibilidad. Finalmente, la Junta de Castilla y León deberá adoptar medidas tendentes a incentivar la utilización por los órganos de contratación de medidas de tipo medioambiental en la definición de las características técnicas del objeto de los contratos y en sus requisitos de ejecución, favoreciendo en los criterios de selección y de adjudicación a las empresas respetuosas con la calidad ambiental. En este caso, no se emite opinión por ser un informe de seguridad limitada. Por mi parte, nada más. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias, señor presidente. Iniciamos de esta forma el turno para los distintos grupos parlamentarios. En primer lugar, y por un tiempo máximo de quince minutos, tiene la palabra el portavoz del Grupo Mixto, don Francisco Igea Arisqueta.


EL SEÑOR IGEA ARISQUETA:

Muchísimas gracias, señora presidenta. Muchísimas gracias a todo el Consejo de Cuentas por el enorme trabajo que hacen en la fiscalización de la contratación de nuestra Comunidad, de nuestra Administración autonómica.

He de decir que me he leído con todo el detenimiento posible estos tres hermosos volúmenes, lo cual tiene una tarea, ¿eh? Y llama la... la atención algunas cosas en el Informe que, probablemente por mi desconocimiento del tema, no sea yo capaz de... de argumentar. Pero ¿por qué razón, siendo el 42 % de los contratos contratos negociados y no abiertos, en la fiscalización la presencia de estos es... es tan baja? No... no sé cuál... exactamente cuál es la razón de que en esta fiscalización predominen los... los contratos abiertos.

Llama también la atención el... insisto, el elevado número de procedimientos negociados en la... en nuestra Administración pública; y llama también la atención la existencia de algunos expedientes, y quiero llamar la atención sobre uno en concreto, ¿no?, de los... de los que se han estudiado en esta fiscalización, que es el Contrato número 32, en el cual se incumple casi... casi todos los aspectos de la contratación: se incumplen los plazos, no se justifican las condiciones específicas, no se divide en lotes, no se justifica el precio de licitación, no hay cálculo del valor estimado, en el pliego no se aportan documentos, la composición de la Mesa también está mal, no se aplica ni siquiera la fórmula prevista en el pliego para la contratación. Y da la casualidad de que es, además, en un sitio y en una Delegación Territorial y en una Consejería en el cual, con anterioridad, uno de esos contratos también había acabado en el juzgado.

Mi pregunta es si tenemos alguna capacidad coercitiva, si el Tribunal tiene alguna capacidad coercitiva para... para conseguir que las cosas se hagan de alguna manera, o sancionadora; y si no cree el presidente que sería bueno tener alguna capacidad coercitiva, o poner multa pues sancionadora. Porque un trabajo tan inmenso como este resulta sorprendente que luego no tenga consecuencias, si es que no las tiene. Insisto que hablo... no... no es mi tema especialmente, es... no soy portavoz de esta... de esta Comisión y puede que yo tenga algún error en mi exposición.

Sobre la ausencia de cláusulas medioambientales y sociales en los contratos de nuestra Administración, bueno, llama mucho la atención que no haya cláusulas medioambientales ni siquiera en los contratos de Medio Ambiente, ¿eh?, lo cual, bueno, supongo que es una buenísima noticia para algunos de los miembros del Gobierno, que no creen en estas cosas, ¿eh?, de... y que van a vivir pues en el paraíso de los contratos sin impacto... sin valoración de impacto, sin cláusulas medioambientales. Pero creo que esto, insisto, llama la atención que no haya ningún cumplimiento de las cláusulas sociales ni de los informes preceptivos de la Consejería de Familia y que no tengamos ninguna capacidad de cambiar las cosas desde este Tribunal.

Y me gustaría saber su opinión también, a este respecto, sobre la posibilidad de dotar... o de cambiar la norma y de dotar al Tribunal de alguna... tipo de mecanismo coercitivo o sancionador cuando se observan incumplimientos, algunos como los que hemos visto, tan reiterados de estas cláusulas.

Por último -no me gustaría agotar el tiempo-, es muy llamativo la ausencia de cláusulas o condiciones que valoren la presencia, ¿no?, de políticas de igualdad de género. También, insisto, probablemente esto hará muy felices a quienes no creen en la desigualdad, ¿eh?

Y me gustaría hacerle unas preguntas sobre algún asunto, porque tengo una duda esencial en el... en los procedimientos. ¿Cree usted que es razonable que un consejero hable de un expediente en marcha de contratación de 800 millones con uno de los posibles licitadores? ¿Le parece a usted razonable o hay alguna irregularidad administrativa en que se anuncie públicamente que se van a cambiar... que se va a resolver un conflicto en una empresa privada cambiando las condiciones de ese expediente de contratación pública de 800 millones? ¿Y que después esto suceda, efectivamente, y se... se informe a nuestro grupo parlamentario de que se ha cambiado un expediente de contratación en marcha porque se habían cambiado, gracias a la intervención del consejero, las condiciones laborales de esa empresa? Porque yo veo esto un poco irregular. No sé si igual es mi inexperiencia, pero me parece que roza lo irregular o incluso, probablemente, lo delictivo.

Y me gustaría conocer la opinión de quien ejerce la fiscalización de los contratos de nuestra Comunidad. Porque es que estas cosas están pasando y nosotros no sabemos muy bien cómo actuar a este respecto. Es decir, hay un consejero que dice públicamente, públicamente, que ha resuelto un conflicto colectivo y después cambia el contrato, las condiciones del contrato, para adecuarlas a esas... a esa resolución del conflicto en la que él ha intervenido. Y yo he de decir que no dejo de sorprenderme. Pero igual es, insisto, por mi desconocimiento de este asunto. Nada más. Y muchísimas gracias, señor presidente.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Soria... Soria ¡Ya!... UPL-Soria ¡Ya!, tiene la palabra el portavoz, por un tiempo máximo de quince minutos, José Ramón García Fernández.


EL SEÑOR GARCÍA FERNÁNDEZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Muchas gracias al Consejo de Cuentas, al presidente y a todo su equipo por este Informe que nos han... bueno, estos informes que nos han aportado, porque la verdad que han sido unos informes bastante densos, bastante completos. Y, bueno, suscribo un poco lo que ha dicho el señor Igea aquí, pero también quisiera remarcar un poco lo del Informe; es decir, la muestra han sido ochenta y cinco... 85 contratos, se ha hecho sobre 25 expedientes y un total de 85 contratos. Según el Informe, los datos proporcionados por dicho registro, el número de contratos no menores formalizados ascendió durante el período finalizado a 3.390, por un importe de adjudicación total de 960.337 con... 791,79 euros. El número total de contratos menores ascendió a 13.798, por un... por un importe de 70.317.070,21 euros.

Dos. La muestra, la verdad que es... es pequeña con respecto a... a todos estos contratos. Entonces, lo que me llama la atención es que, siendo la muestra tan pequeña, pues han encontrado varias irregularidades que llaman bastante la atención. Es decir, que, si hiciéramos una auditoría de una muestra mayor, pues no sé lo que nos podríamos encontrar; posiblemente cosas muy llamativas y cosas que... que llamarían bastante la atención y que... que habría que corregir.

En cuanto... en cuanto a la normativa relativa a la inclusión de cláusulas sociales y medioambientales en los contratos, bueno, pues, según el Informe, tampoco se cumple en muchos expedientes, en muchos contratos. Y, bueno, ahí queda la puerta abierta a que la Junta de Castilla y León se impone unas normas y después las... las incumple o las salta a la torera. Entonces, eso también llamaría la atención.

Recientemente, en mi tierra ha habido un problema con un contrato, que yo creo que lo conocemos todos, sobre las peras conferencia. Bueno, pues parece ser que a lo mejor no se ha tenido en cuenta, a la hora de adjudicar ese contrato a la empresa granadina que nos ha vendido peras leridanas a nuestra... a esta Comunidad Autónoma y... y a todos los colegios de la Comunidad Autónoma. Y, bueno, quisiera saber que, a lo mejor, pues no se ha cumplido lo... las cláusulas sociales y medioambientales, de los cuales la Junta de Castilla y León se jacta de que lo hace y que cumple con ello. Porque, aparte del... del tema económico, pues se supone que tiene que primar la inclusión de las cláusulas sociales y medioambientales.

Tampoco me voy a extender mucho más, porque la verdad que el... en los expedientes o en los informes que ustedes nos... nos han aportado, en los... en el informe, pues está todo muy claro. Nos lo deja tan claro que yo creo que la Junta de Castilla y León debería de tomar nota de todo ello y corregirlo lo antes... lo antes posible. Esperemos que en los sucesivos contratos así sea.

También opino que debería de haber alguna capacidad sancionadora, y sobre todo vigilante, de cada... de todos estos informes. Auditorías periódicas supongo que sería lo mejor, porque, visto lo visto, pues transparencia puede haber, pero incumplimientos hay bastantes. Simplemente, pues quiero dejar constancia de esto: que la muestra me parece pequeña para la cantidad de contratos que... que hay, y, visto lo que hemos visto, creo que la Junta de Castilla y León deja mucho que desear en el... en el tema de contrataciones. Muchísimas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Vox, y también por un tiempo máximo de quince minutos, tiene la palabra don Francisco Javier Carrera Noriega.


EL SEÑOR CARRERA NORIEGA:

Pues muchas gracias, señora presidenta. Yo, por lo que veo, hay gente que, a pesar de los años que lleva en la Administración presumiendo de ello, todavía no sabe que el Consejo de Cuentas no es un órgano jurisdiccional, sino de fiscalización. Por eso me sorprende oír algunas cosas de las que estoy oyendo.

Buenos días, señor presidente. Buenos días, señores consejeros del Consejo de Cuentas. Agradecerles el enorme esfuerzo que han realizado en la realización de estos informes, porque realmente es complicado poder ver en una Administración todo lo que se contrata, sobre todo cuando es una Administración que contrata tanto, y en unos ejercicios que han sido tan complicados, como el año dos mil veinte, y especialmente, ¿no?, que... que todos conocemos cuál han sido las circunstancias en las que nos hemos movido.

Ambas fiscalizaciones tienen por objeto la auditoría del cumplimiento de legalidad de la contratación administrativa y son, por tanto, controles con los que se pretende... pretende observar que las normas por las que se rigen las contrataciones son cumplidas.

Voy a ir por partes. Nos fijaremos, en primer lugar, por orden cronológico, es decir, en el sentido inverso al que ha hecho el señor presidente del Consejo de Cuentas, el Informe de Fiscalización de cumplimiento de la normativa en la inclusión de cláusulas sociales y medioambientales. El Informe, como decíamos, se refiere a los años prepandémicos, de dos mil dieciocho y dos mil diecinueve. Abarca toda la Administración autonómica, tanto a la Administración general como a organismos autónomos y entes de derecho privado, y su alcance objetivo es el de la fiscalización de la inclusión de las mencionadas cláusulas en todas las áreas de la Administración.

Se utilizó como muestra la misma que fue usada para revisar los contratos celebrados por la Administración de la Comunidad en el Informe de Fiscalización de la contratación administrativa de los años... o del ejercicio dos mil dieciocho y dos mil diecinueve.

La fiscalización contempla las cuatro fases de contratación: preparación, selección de licitadores, selección de adjudicatarios y ejecución del contrato. Y los trabajos se desarrollaron definiendo cinco áreas de trabajo: la primera de ellas -y voy a ir comentándolo una a una-, la obligación de información sobre inclusión de las cláusulas sociales por los órganos de contratación. Esta obligación emana del Acuerdo 44/2016, de veintiuno de julio, de la Junta de Castilla y León, y compete a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades la obligación de realizar dos informes anuales de periodicidad semestral, el último de los cuales debe acumular todo el ejercicio o todo el año. La conclusión del Informe es palmaria: no se cumple de forma estricta; y, lo que es peor, en lo que se cumple, habla de inexactitud de datos, lo que es una forma suave de decir que esos datos no... se han inventado.

Descripción del objeto del contrato. Número dos, apartado número dos, descripción del objeto del contrato y especificaciones técnicas. Se constata que ninguno de los contratos incluye cláusulas sociales y tampoco se ve una... una motivación que justifique su no inclusión, como obliga la Ley de Contratos.

En las especificaciones técnicas no se contemplan innovaciones técnicas ni medioambientales que puedan dar accesibilidad a personas con discapacidad ni diseños de carácter universal, pero tampoco se establecen etiquetas medioambientales o se incluyen otro tipo de cláusulas que son obligatorias por la ley.

En el pliego de cláusulas administrativas particulares, en ninguno de los contratos se ha requerido por el órgano de contratación que los licitadores acrediten la concreta experiencia -y leo textualmente-, "... concreta experiencia, conocimientos y medios técnicos necesarios en las referidas materias", recogidas en el Artículo 122.2 de la Ley de Contratos y el apartado cuarto. 4. b) del Acuerdo 44/2016.

En lo relativo al tercer área, acerca de los criterios de adjudicación del contrato en la documentación preparatoria de 52 expedientes no se incluyen los aspectos contemplados en el informe ni se motiva su no inclusión. En la ejecución, ningún expediente se recoge el cumplimiento de las obligaciones en materia social y medioambiental antes de la factura.

En el cuarto aspecto, las cláusulas en los criterios de desempate se incluyen como criterios de selección para la adjudicación. Y es lógico, aunque también es cierto que no se ha utilizado en ningún momento ninguno de los criterios de desempate porque no ha habido tal posibilidad.

En el aspecto cinco, las cláusulas en las condiciones especiales de ejecución de contrato, se establece la obligación para el adjudicatario de subrogarse en contratos de trabajo preexistentes. También se incluyen penalidades por incumplimiento de las obligaciones en materia social, medioambiental o laboral.

Vistos estas áreas, el Informe hace tres recomendaciones como consecuencia de las catorce conclusiones. Estas afectan a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y a la Junta de Castilla y León. No es este el lugar de repetir todo cuanto pone de manifiesto el Informe, del que se ha realizado un sucinto informe... perdón, un sucinto resumen.

Y, visto el Informe, no cabe otra cosa que preguntarse lo siguiente: ante los niveles de incumplimiento generalizados que pone de manifiesto el Informe, es necesario plantearse si la hipertrofia normativa, obligada por la trasposición de las normas comunitarias, en concreto de la Directiva 2014/24 del Parlamento Europeo y del Consejo, de veintiséis de febrero de dos mil catorce, que establece, en su Artículo 18.2, los principios de contratación que son objeto del Informe, no está provocando que sea la propia Administración la que no pueda cumplir con las normas que le son de aplicación; algo que no es exclusivo del período analizado en este Informe, sino que ha señalado el informe al que dedicaremos los próximos minutos y que se refiere al año dos mil veinte. La simplificación administrativa y los excesos regulatorios perjudican al crecimiento económico, pero, como vemos, también provocan inseguridad jurídica, al no ser cumplidos.

En Vox cumplimos la ley, lo que no quiere decir que no seamos críticos con aquello que suponga obstáculos o sea perjudicial para los intereses generales.

Pasamos ahora a comentar el Informe de la contratación administrativa en el ámbito de la Administración de la Comunidad, uno de los informes que son obligatorios por la normativa reguladora del Consejo de Cuentas.

También nos encontramos ante una auditoría de cumplimiento de legalidad en la que se trata de determinar el cumplimiento en cuanto a los principios de publicidad y transparencia en los procedimientos y los de concurrencia, no discriminación e igualdad de trato a quienes participan en las licitaciones.

Aunque la fiscalización entró a analizar incidencias en la ejecución, centrándose en 25 contratos, el Informe hace un análisis más exhaustivo de los 3.390 contratos que, por importe de más de 960 millones de euros, formalizó la Junta de Castilla y León en el año dos mil veinte, para lo cual escogió una muestra de 60 contratos, que equivale a un 1,77 % de los contratos formalizados por número de los mismos, y a un 10,81 % si nos referimos a los importes.

El Informe da una opinión favorable acerca de los procedimientos usados por la Junta en cuanto a la contratación, salvo por una serie de salvedades, que resumo someramente.

En la comunicación al Registro Público de Contratos de Castilla y León surge una discrepancia en cuanto al registro que figura en la Plataforma Duero, usada por toda la Administración, y la Plataforma Saturno, usada por la Gerencia Regional de Salud. Esa discrepancia hace que el número de diferencias entre una y otra plataforma asciendan a 91.

Segunda. En cuanto a procedimientos de contratación, debemos referirnos a... a la organización de control interno, donde el cumplimiento es bastante elevado, al darse casos aislados de incidencias, pues apenas hablamos de un global de 6 contratos con fallos parciales.

Las actuaciones preparatorias y el expediente de contratación también recogen el cumplimiento razonable, aunque el número de incidencias se eleva de manera notable, y, sobre todo, se detectan irregularidades en fraccionamientos de contratos, metodología en los cálculos para la estimación del importe de los contratos, justificaciones de la necesidad de los contratos -también en los procedimientos de urgencia y emergencia-, o incorrecciones en la ponderación de la oferta económica o criterios que no se... no se referencian a la baja media sino al precio de licitación.

En la adjudicación de los contratos llama la atención la incorrecta formación de la Mesa de Contratación en 11 expedientes, no observándose especiales desviaciones en cuanto a la libertad de acceso a las licitaciones e igualdad de trato. También se cumplen los requisitos formales, así como la motivación de las adjudicaciones y su publicidad.

Y me detengo un momento para hacer notar que uno de los órganos más perjudicados en cuanto a incidencias, en lo visto hasta aquí, es la Gerencia Regional de Salud; lo que, unido a la existencia de un Registro propio para anotar los contratos, que es causa de discrepancias, hace que se deba reflexionar sobre cómo se hacen las cosas, aun a pesar de referirnos a un año especialmente complicado como fue el año dos mil veinte.

La formalización de los contratos no presenta incidencias destacables. Y en cuanto a la ejecución de los contratos llama la atención que 37 sobre 60 contratos, que afectan a 11 sobre 16 entidades, no incluyen condiciones especiales de ejecución de naturaleza social o medioambiental, como ya reflejé anteriormente.

También se señalan incidencias en cuanto a los plazos de inicio, parciales, también. Ejecución final sin justificación de quien... de a quién es imputable el retraso; y aquí estamos hablando de diecinueve sobre 60 contratos.

La extinción de los contratos recoge la acreditación formal de su cumplimiento, salvo con alguna excepción, en la que destacaría aquellas en las que la Intervención General de la Comunidad no ha designado un representante para realizar la recepción formal del objeto de contrato; algo que, en mi opinión, resulta inaudito para un órgano de control como es la Intervención.

Visto esto, se recogen las doce recomendaciones, que debemos suscribir y que deben -como ya dije la semana pasada- ser objeto de un seguimiento continuado más allá de lo que recoge el informe anual de seguimiento, tal y como indicaba ahora mismo el señor de la UPL. Evidentemente, no se podrá realizar un seguimiento de absolutamente todo, pero sí de aquellos puntos críticos que el Consejo considere o que, incluso, puedan ser marcados desde esta Cámara.

Y una cuestión que sí quiero remarcar es la que quiero exponer a continuación y que ya ha sido señalada tanto por el señor Igea como por el representante de la Unión del Pueblo Leonés. Hemos observado que el número de contratos recibidos para determinar la muestra según su forma de adjudicación se distribuye, según el cuadro de la página 111 de su Informe, como sigue. [El orador muestra un documento]. En procedimiento abierto, 265 contratos, que son los que se reciben, por importe de 416 millones... 416... 481 millones de euros. Salto los otros porque son irrelevantes, salvo en el Capítulo de "Otros". Pero, en procedimiento negociado, los contratos recibidos son 383, por importe de 680 millones de euros. En la muestra, según la forma de adjudicación, se toman en el régimen abierto 19 contratos, por un importe de adjudicación de 88 millones de euros -88,3 millones de euros-; y en el... del procedimiento negociado únicamente se cogen 2, por importe de 2,170 millones de euros. No voy a decir los porcentajes porque, bueno, en realidad no... no quiere decir mucho, porque los importes absolutos lo dicen todo.

Vistos estos datos, la verdad es que no deja de sorprenderme la escasa representatividad que tienen los contratos negociados sin publicidad en la muestra escogida para elaborar el Informe, cuando, por número e importe, como acabamos de ver, son más elevados que cualquier otra forma de licitación, incluida la abierta.

No podemos dejar de lado un aspecto, y es que el procedimiento de adjudicación negociado sin publicidad es un procedimiento cuyos requisitos formales son recogidos de forma específica en la Ley de Contratos, Artículos 166 a 170 -si mi memoria no me falla-, y que, según el cuadro que se recoge en el Anexo II, página 119 del Informe, ascendieron a un total de 990 contratos totales, por un importe total de 402 millones de euros -402,278 millones de euros-.

No debe dejarse de lado que, del total de contratos licitados por este procedimiento, 933, por importe de 382,71 millones, lo fueron por la Gerencia Regional de Salud. Es posible entender que las condiciones especialísimas del año dos mil veinte y el COVID-19 motivaron un mayor uso de esta fórmula de contratación, aunque, en mi opinión, la muestra escogida haya sido poco representativa para todo lo que se recoge en esta modalidad de contratación.

Concluyo mis palabras, pues agradeciéndoles una vez más el esfuerzo realizado por ustedes en la... en la elaboración de esos informes y confiando en que las recomendaciones que realizan en el mismo puedan ser llevadas a la práctica con un mayor, eso sí, con un mayor seguimiento, porque creo que hay cosas que sí merecen ser seguidas. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Socialista, y por un tiempo máximo de quince minutos, tiene la palabra doña Rosa Rubio Martín.


LA SEÑORA RUBIO MARTÍN:

Muchas gracias, señora presidenta. Buenos días a todas y a todos, señorías. En primer lugar, dar las gracias al señor Amilivia por sus explicaciones a esta Comisión de los dos informes que tratamos. Dar la bienvenida también a los consejeros, a todo el equipo del Consejo de Cuentas que nos acompañan. Y felicitarles por el trabajo realizado en estos dos informes, porque es ingente; y además de bastante interesante e importante.

Respecto al Informe sobre la contratación en el ámbito de la Administración de la Comunidad referido al año dos mil veinte, ya ha definido el presidente del Consejo de Cuentas el objetivo de la misma, que no es otro que comprobar si los gestores del dinero de todos los castellanos y leoneses cumplen con la ley a la hora de realizar los contratos públicos. Se excluyen en este documento los contratos menores, que serán causa en un informe exclusivo, y que este grupo parlamentario tiene mucho interés por conocer el contenido de esa auditoría; y no contiene tampoco este Informe los contratos COVID, que también están siendo de... objeto de una fiscalización separada.

Permítame, señor presidente, que comparta con usted alguna reflexión sobre esto último, que refleja nuestra preocupación. Porque si en una contratación ordinaria, en el devenir diario del funcionamiento de una Administración, en este caso de la Junta de Castilla y León, observamos, año tras año e informe tras informe, que la Junta, en manos del Partido Popular, es tozuda en sus incumplimientos, si es incapaz de seguir la línea de la legalidad establecida en los procedimientos de contratación, no queremos ni imaginar ya lo que nos vamos a encontrar, primero, en los contratos menores y, después, en los contratos COVID. Por dos razones que a nadie se le escapa: en primer lugar, porque el órgano de contratación fue la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, aquel que se jactaba de presumir que -y abro comillas- "la Administración soy yo" -cierro comillas-; y, en segundo lugar, por el procedimiento de contratación, el de emergencia. No nos caerá la breva a los castellanos y leoneses de que aquí, detrás de las mascarillas, no haya primos, hermanos o condes-duques. En pocos meses saldremos de dudas.

Y, entrando en materia, este año se han auditado 60 expedientes, por un importe de 98 millones de euros, además de otros 25 contratos con incidencias como prórrogas, modificaciones o resoluciones de contratos. En total, 85. De estos 85 contratos, solamente 14 han superado el examen, solamente 14 contratos han pasado el listón de no tener deficiencias. Teniendo en cuenta que la muestra sobre... sobre la que se realiza el Informe, representativa del total de la contratación, ya que se seleccionan, al menos, 2 contratos por cada Consejería, de todas las clases de contratos y procedimientos, si extrapoláramos estos resultados, obtendríamos que solamente el 16 % de los contratos que realiza la Junta de Castilla y León no tiene ninguna deficiencia en ninguna de sus fases. Solo el 16 % del total de la contratación realizada: de cada 10, ni siquiera 2 cumplen correctamente y estrictamente con lo establecido en la ley.

El Consejo de Cuentas, en las conclusiones del Informe, refleja un cúmulo variopinto de anomalías en la contratación, pero nos ha llamado la atención lo siguiente: que en la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en los 3 contratos con alto impacto en el medio ambiente no se han incluido para su adjudicación criterios de valoración de condiciones medioambientales mensurables, tal y como establece el Artículo 45 de la Ley de Contratos. Medio Ambiente no establece como criterio de adjudicación el preservar el medio ambiente. Y, luego, a algunos les extraña lo que pasa en nuestra tierra, lo que ha pasado recientemente en Zamora, en la sierra de La Culebra; y, luego, algunos se llevan las manos a la cabeza cuando se pide y se clama la dimisión del consejero que fue y que es de Medio Ambiente, el señor Quiñones.

Como decíamos, los incumplimientos por parte de la Junta son variados, y tampoco se escapan a ellos en las fases de adjudicación, donde nos encontramos casos en los que la composición de la Mesa de Contratación es defectuosa; o en la fase de formalización, que en algunos contratos no figura el documento de formalización o no hay constancia de que se publique; o en la última fase, en la de ejecución de contratos, nos encontramos con contratos de obras que no existe el acta de comprobación de replanteo o se ha firmado fuera de plazo. En el 32 % de los contratos que se han auditado, se ha incumplido o el plazo de inicio, o los parciales o el plazo de ejecución final, o no se justifica su ampliación.

También se da la situación de que no figure el certificado de conformidad con los suministros o servicios recibidos antes de proceder al pago; o sea, no se comprueba si lo que yo he comprado es verdaderamente lo que quería comprar y lo pago. O que el contratista incumple o se demora en la ejecución del contrato, pero no se le imponen penalidades. Y, al final, la Administración a quien acaba castigando es a los administrados. No consta el acta de... de recepción con las formalidades previstas en la ley o no hay constancia de la certificación final.

Si bien es cierto que los errores se dan en casi todos los organismos, o en todos, merecen especial mención, por su mal hacer, la Gerencia Regional de Salud, la Consejería de Agricultura y la ya nombrada Consejería de Fomento y Medio Ambiente. Los contratos auditados de estas tres Consejerías acaparan el 45 % del total de las incidencias, destacando, además, de manera llamativa la Gerencia Regional de Salud.

Debemos decir que, como estas tres Consejerías, durante el período auditado -el año dos mil veinte-, fueron capitaneadas por los dos partidos que formaban el Gobierno, el Partido Popular y los fallecidos Ciudadanos, pues se puede concluir que el chapucerismo no tiene color político definido en la Junta de Castilla y León, y todo lo que se acerca al Partido Popular se acaba contagiando de su mala praxis.

Al margen de esto, tenemos que hablar irremediablemente del contrato número 32 de la Consejería de Educación, la contratación del servicio de comedor en las residencias escuelas-hogar de Salamanca. Un contrato por procedimiento abierto y un importe de adjudicación de 1.074.000 euros. Un cúmulo de incidencias y de anomalías inmensurable:

No se justificó la no división en lotes del contrato, a pesar de ser cinco centros diferenciados y con plantillas definidas para cada uno de ellos. Se advirtieron estas deficiencias por la Asesoría Jurídica al informe del pliego de cláusulas, y la señora Lucas siguió para adelante.

No figuran en el expediente los cálculos realizados para obtener el presupuesto de licitación.

En los pliegos hay saltos de paginación, omisión y duplicidad de algunas cláusulas.

No figura en el expediente una aprobación específica del pliego de prescripciones técnicas.

En el acta de la mesa de apertura de los sobres de empresas admitidas no figura una empresa, que no consta que haya sido excluida, sin que figura... sin que figure ninguna explicación que aclare esta circunstancia; no existe en el expediente ninguna justificación de la exclusión de esta empresa, provocando una indefensión manifiesta.

Y, en la resolución de adjudicación, solamente se comunica la puntuación de la empresa adjudicataria, de tal manera que los interesados que quisieran recurrir están en manifiesta indefensión.

En fin, un rosario de deficiencias que avergonzaría a cualquier Administración mínimamente decente.

Pero, si alarmante es esta situación, lo es más aún que la Consejería de... de Educación, en la fase de alegaciones, no presenta ni una sola línea para intentar justificar su mal proceder. Ni una sola alegación. Por lo que, con su silencio, está admitiendo la cantidad de errores cometidos y los defectos que tiene la adjudicación de este contrato, que nos ha costado más de 1.000.000 de euros a todos los castellanos y leoneses: el servicio de comedor de las residencias de Salamanca. La señora Lucas no debe conocer el dicho de que con las cosas de comer no se juega.

Del total de este Informe emanan doce recomendaciones, de las cuales, siete son exactamente iguales que el informe que emitió el Consejo de Cuentas respecto a los contratos de los años dos mil dieciocho y dos mil diecinueve. Es decir, se empeora el resultado final, porque las recomendaciones aumentan de manera considerable; prácticamente se doblan.

Por otro lado, y teniendo en cuenta que ya se ha publicado el informe de seguimiento de las recomendaciones, y que, de las siete de los años dos mil dieciocho y dos mil diecinueve, han aplicado solo parcialmente cinco, y las otras dos no se han publicado, y solo se han tomado en consideración, no parece que se avance de una forma positiva por parte de la Junta de Castilla y León en cuanto a la contratación administrativa. Nos gustaría conocer la opinión que tiene el Consejo de Cuentas sobre estos extremos.

El objetivo de los informes de fiscalización es sacar a la luz los defectos, problemas, incidencias, incumplimientos, alegalidades que pueda haber por parte del Gobierno de la gestión de la Junta de Castilla y León; y se audita para corregir, para enmendar y para cambiar. Pero aquí no se hace. Ni se enmienda, ni se cambia ni se mejora: se empeora.

En el presente Informe se incluyen unos cuadros donde se desglosan los contratos formalizados en los años diecinueve y veinte, desglosándolo por entidades, tipos de contratos, procedimiento, etcétera. Estos gráficos evidencian que durante el año dos mil veinte, el año de la pandemia, se formalizaron un total de 2.949 contratos, de los cuales 1.859 corresponden a la Gerencia Regional de Salud, por un importe total de 597 millones de euros. También consta que el total de contratos de suministros fueron de 1.848 contratos, por un importe de 556 millones; y los negociados sin publicidad, de 402 millones, que aquí más de un interviniente no ha acabado de entender qué se contrata con los negociados sin publicidad.

En el año dos mil veinte fue el año de la pandemia del COVID, como todos ustedes saben. Hemos oído hasta la saciedad al señor Mañueco, al señor Carriedo y a cualquier procurador del Partido Popular vocear que el Gobierno de España no ayudó económicamente a la Junta de Castilla y León, y que la Junta tuvo que soportar todo el gasto asociado a la COVID-19. Pues bien, como los números siempre cantan y siempre ponen negro sobre blanco, es evidente la manipulación y la distorsión que ha realizado de la realidad por parte del Gobierno de la Junta de Castilla y León.

A las arcas de esta Comunidad en el año dos mil veinte llegaron 843 millones de euros, casi, casi, casi el total de todo lo que se gastó la Junta de Castilla y León en todos los contratos que realizó durante el año dos mil veinte; y, por supuesto, superando con mucho la suma de los contratos realizados por la Gerencia, por la Consejería de Sanidad, por la de Educación, la de Familia, la Gerencia de... de Servicios Sociales y hasta la de Empleo. Es decir, la Junta de Castilla y León utilizó el dinero que le llegó del Gobierno de España para contratar y todavía le sobra dinero. Le sobró dinero, por eso cierra sus cuentas mes tras mes con superávit. Y todavía tener que escuchar las barbaridades que escuchamos por parte de los representantes del Partido Popular de que el Gobierno de España no ayudó a la Junta de Castilla y León. Dense ustedes en la cabeza con el informe que ha hecho el Consejo de Cuentas, porque les pone una realidad enfrente de la cara.

Por supuesto, y para terminar en esta primera intervención, y esta parte del... de este Informe, asumimos el total de las recomendaciones como nuestras, que realiza el Consejo de Cuentas.

Pasamos al siguiente... al siguiente Informe, el relativo a las cláusulas sociales y medioambientales en la contratación autonómica, referido a los contratos de los años dos mil ocho-dos mil diecinueve. La muestra son 84 informes que, como ha dicho el señor Amilivia, coinciden con los... con el informe que se hizo de la contratación pública del dieciocho y diecinueve.

Existe legislación al respecto, tanto europea como estatal. En el ámbito autonómico, la Junta de Castilla y León estableció en un Acuerdo del dos mil dieciséis las directrices vinculantes sobre la incorporación de aspectos sociales en la contratación de la Administración general e institucional de la Comunidad. Se pretende con este Informe, entre otras cosas, verificar que se cumple la obligación de información por parte de los diferentes órganos de contratación y por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la inclusión de las cláusulas sociales en la contratación.

El Informe certifica de manera contundente que se incumple el procedimiento previsto por la Junta para la elaboración por parte de la Consejería de Familia del informe referente a la incorporación de aspectos sociales en la contratación, además de que los datos del informe son incoherentes. La Junta incumple sus propias directrices vinculantes.

Respecto a la fase de ejecución del contrato, queremos llamar la atención que nos... no consta en ningún expediente el informe sobre el cumplimiento de las obligaciones en materia social o ambiental antes de la conformidad de la factura correspondiente. Consideramos este hecho como grave, ya que sí se ha comprobado que en gran parte de los contratos ni siquiera tiene en consideración para la adjudicación de los mismos; en las que sí lo hacen, no se comprueban que cumplen con las obligaciones contractuales y se paga el contrato y se da por finalizado sin comprobarlo.

Es que estas condiciones constituyen una obligación contractual de carácter esencial, y su incumplimiento por parte del contratista tiene que tener los efectos regulados en la legislación de contratos, dando lugar a la aplicación de penalidades. Y la Junta de Castilla y León no lo hace: incumple sus directrices vinculantes, no hace las comprobaciones necesarias y obligadas y, al final, acaba penalizando no a los contratistas que incumplen, sino a los castellanos y leoneses.

El Acuerdo 44/2016 de la Junta establece una serie de directrices vinculantes. Entre otras, por ejemplo, el punto 10, que se refiere a las medidas destinadas a promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el mercado laboral, como fomentar la igualdad de oportunidades en la promoción, en la formación, en la clasificación profesional, en las retribuciones, en la ordenación del tiempo de trabajo para favorecer la conciliación laboral y personal y familiar, la prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo. También refleja una relación no exhaustiva de cláusulas que se pueden incorporar a los contratos, pero los propios órganos de contratación pueden incluir otras, como, por ejemplo, contratar a mayor número de personas que están en riesgo de exclusión social, contratación de personas con discapacidad, con mayores dificultades de empleabilidad, o contratar a víctimas de violencia de género.

Es más posible que estas... más que posible que estas líneas que hoy estoy leyendo retumben en algunas cabezas que parece viven en la época de Cromañón, en la España del blanco y negro: aquellos que niegan la violencia de género, aquellos que niegan que a las mujeres se les asesina por el hecho de ser mujer, aquellos que reniegan de la existencia de los techos de cristal, aquellos que son incapaces de entender que todos los seres humanos somos iguales y que se debe trabajar cada día por eliminar las barreras visibles e invisibles que dificultan el acceso al trabajo de las personas con discapacidad.

Y, una vez que está regulado y legislado por las Administraciones competentes, es obligación velar por su cumplimiento por parte de estas mismas Administraciones. Y aquí es donde falla la Junta de Castilla y León, porque no vale con redactar un Acuerdo, sino que hay que cumplirlo. Aunque, si hablamos de cumplimientos, la Junta va bastante justita en todos.

Por cuestiones obvias, y ya me queda poco tiempo -señora presidenta, le voy a pedir un minutito más, por favor-, nos vamos a centrar en los incumplimientos de la Consejería de Familia, porque se da la paradoja que el controlador del cumplimiento acaba siendo el incumplidor. En primer lugar, hay que hacer referencia al desfase existente en la cuantificación de los contratos, porque, según la Consejería de Familia, el número de contratos del año diecinueve que incluyen cláusulas sociales ascienden a 2.802 contratos, pero el total de los contratos realizados son 2.279. O sea, imposible matemáticamente, imposible: la Consejería de Familia se inventa los números.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Señora Rubio, señora Rubio, como han tenido quince minutos en la primera intervención, intente ahora ser lo más breve posible...


LA SEÑORA RUBIO MARTÍN:

Vale.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

... porque luego tienen una réplica de siete minutos y medio.


LA SEÑORA RUBIO MARTÍN:

(Me ajusto. Me ajusto. Muchísimas gracias, señora presidenta). No se ha esclarecido este desajuste de la información remitida al Consejo, no se ha podido justificar ni obtener una explicación de las diferencias. Porque esto es la Junta de Castilla y León: cuando la realidad sale a la luz, se evidencia su mal hacer y su mala praxis. Y, bueno, voy a aprovechar el turno de réplica para las cláusulas medioambientales, porque no me ha dato tiempo, porque los informes son muy densos, muy densos, muy densos. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Se lo... se lo agradecemos, señora Rubio, que haga mejor uso del turno de... de réplica, que para eso está establecido. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, y por un tiempo máximo de quince minutos, tiene la palabra doña Mercedes Cófreces Martín.


LA SEÑORA CÓFRECES MARTÍN:

Muchísimas gracias, señora presidenta. Buenos días a todos los presentes en esta Comisión. Y bienvenido, una vez más, señor Amilivia, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León y a todo su equipo que le... que le acompaña.

Hoy se presentan en esta Comisión, sobre las que estamos debatiendo -exponiendo, debatiendo-, dos informes importantes del cumplimiento de la legalidad. El primer informe, el Informe de Fiscalización de la contratación administrativa de esta Comunidad de Castilla y León (Administración general y Administración institucional), relativa al dos mil veinte. Y el segundo informe, relacionado también con él, pero en dos ejercicios económicos diferentes: el Informe de Fiscalización del cumplimiento de la normativa relativa a la inclusión de cláusulas sociales y medioambientales en la contratación -también- de la Comunidad Autónoma -como he dicho- de los ejercicios dos mil dieciocho y dos mil diecinueve.

Informes que hacen referencia a la Administración general, a todo su ámbito, a las... Administración general, diez Consejerías; y también a la Administración institucional, formada por tres organismos autónomos (la Gerencia Regional de Salud, la Gerencia de Servicios Sociales o el Servicio Público de Empleo de Castilla y León); y también a cinco entes públicos de derecho privado -esto es importante-. Toda la Administración de la Comunidad de Castilla y León está auditada o fiscalizada por un organismo de fiscalización externo. Y esto hay que marcarlo, porque yo, en mi desarrollo, también quiero marcar los propios órganos de fiscalización que hay dentro de la propia Administración, grandes profesionales de esta Comunidad Autónoma.

La finalidad de los Informes de Fiscalización, como ya se ha dicho, es el cumplimiento de la legalidad. El primer Informe, en cuanto a la contratación del dos mil... del dos mil veinte, verificando el cumplimiento de prescripciones legales en materia de contratación. Hablamos de la Ley de Contratos del Sector Público del año dos mil diecisiete, pero también del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el real... Real Decreto-legislativo 3/2011, y en relación a unos principios básicos, como no puede ser de otra forma, de publicidad y de transparencia en los procedimientos, en la concurrencia y no discriminación e igualdad de trato.

El cumplimiento en relación a la... al segundo Informe de... de Fiscalización, el de cláusulas sociales y medioambientales en el ejercicio dos mil dieciocho-dos mil diecinueve -en ambos ejercicios- también para el cumplimiento del marco jurídico en el que se debe apoyar. Y estamos hablando, como también ha dicho el señor presidente del Consejo, de la Directiva 2014/24, del Parlamento Europeo y del Consejo, que es conocida como la "cláusula social obligatoria"; también en alusión a la Ley de Contratos del Sector Público, que pone en evidencia también estas cláusulas sociales y cómo deben de ser tratadas en los procedimientos y en los contratos; y también, y yo quiero remarcar, a un acuerdo de la propia Junta de Castilla y León, el Acuerdo 44/2016, por el que se aprueban unas directrices de carácter vinculante para incluir aspectos sociales en la contratación de la Comunidad de Castilla y León.

Yo creo que esto pone el foco en la importancia que la Comunidad de Castilla y León está dando también a las cláusulas sociales y cómo se deben de insertar en los procedimientos de contratación -luego llegaré también a ello-, verificando la obligación de información por los distintos órganos de contratación, y también por la Consejería de Familia, y comprobando ese cumplimiento de consideraciones sociales y medioambientales que guardan relación con el objeto del contrato -y esto lo remarco, que guardan relación con el objeto del contrato- tanto en la documentación preparatoria como en la ejecución del mismo.

Quiero... lo he enmarcado un poco para definir el... el contexto, ¿no?, de esta... de estas dos fiscalizaciones, pero quiero también definir el contexto en el que... temporal en el que se... con tres aspectos, ¿no?, en el... para marcar esa... ese contexto diferencial, ¿no?, que creo que también, a la hora de interpretar los datos, hay que ponerlo sobre la mesa. Por una parte, nos hemos referido al ejercicio dos mil veinte en la fiscalización de la contratación, y también en las cláusulas medioambientales y cláusulas sociales, al período prepandemia, dos mil dieciocho-dos mil diecinueve.

Me voy a quedar con el ejercicio dos mil veinte, porque, como se ha dicho aquí, es un año excepcional, excepcional por lo ocurrido, por una situación nunca vivida; y por cómo hemos tenido que enfrentar, no solamente los ciudadanos, sino también la Administración pública, y Castilla y León, la Comunidad de Castilla y León, una necesidad de respuesta, tanto en tiempo como en forma, para atender las necesidades del momento. Algo que conllevó a todos los funcionarios de esta Administración también a una forma diferente de trabajar -al teletrabajo-, y también a la aplicación -con la supervisión, como no puede ser de otra forma, de los órganos de fiscalización internos y de intervención-, de formas de contratación y procedimientos adaptados a esa respuesta necesaria emergente... -perdón- con rapidez, ¿no?, de emergencia.

Con lo cual, creo que esto es importante marcarlo, porque la valoración de los datos hay que hacerlos en ese contexto. Luego veremos el número de incidencias. Pero, respondiendo también a la señora Rubio, para hacer hincapié en este año dos mil veinte, para... solamente un dato: el Tribunal de Cuentas, cuando también hace el Informe sobre la contratación administrativa en el ámbito de... del conjunto del Estado, de España, detecta incidencias en 1 de cada 4 contratos del Ministerio de Sanidad, del señor Illa. Con lo cual, dato revelador, señora Rubio.

Por eso, la ampliación del ámbito de... también, como característica fundamental que tenemos que considerar a la hora de determinar incidencias y de las recomendaciones, el ámbito del informe, el alcance del informe, en cuanto al primer Informe de contratación, va más allá. Incorpora también una fase importante, que para nosotros nos parece importantísima, que es la ejecución de los contratos. No se queda en el procedimiento de contratación, sino también lo concluye con la ejecución para verificar determinadas prescripciones si se han cumplido o no se han cumplido, identificando incidencias.

Y también quiero subrayar, también, la referencia de la contratación realizada en el ámbito de Castilla y León con referencia a la contratación de España. Y esto se pone de manifiesto en un informe, en el Informe de dos mil veintiuno, que hace referencia al ejercicio dos mil veinte, de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon). Si lo leemos, realmente, las incidencias y las recomendaciones, algunas son semejantes, semejantes, a las que se... con las que se concluye el Informe del Consejo de Cuentas. Por ejemplo, para poner una que ha sido muy... también expuesta por los diferentes portavoces, pues en relación a los criterios de adjudicación y a las condiciones especiales de ejecución. No me voy a entretener, pero, bueno, les recomiendo que lean el Informe de OIReScon del año dos mil veintiuno, que hace la... la revisión de la contratación pública en España, también de las... de todas las Comunidades Autónomas, del ejercicio dos mil veinte.

En cuanto a las muestras, tenemos por una parte las muestras de la contratación administrativa dos mil veinte, que suponen un 1,8 % de los contratos registrados en la Plataforma Duero. Es importante también saber la representación, porque esa representación, si luego la alineamos con el número de incidencias, nos van a dar, un poco, el peso de la realidad; esto es obvio. Y, por otra parte, también el importe, 98 millones de euros, que representan un 10 % del volumen de contratación en ese año.

En cuanto a los... cláusulas sociales, está formado por 84 expedientes, 28 del dos mil dieciocho y 56 del dos mil diecinueve; expedientes adjudicados en ese año. Se pone también de manifiesto en el Informe -lo vuelvo a mencionar, no me quiero entretener mucho- el peso de dos Consejerías, que son... bueno, Consejerías... de la Gerencia Regional de... de Salud y de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente.

Quiero destacar -se ha comentado- el trabajo desarrollado. Creo que es un trabajo... los informes de fiscalización que se presentan, señor Amilivia, ponen de manifiesto, realmente, un trabajo objetivo, serio y riguroso; y esto es importantísimo y... y hay que destacarlo. Porque, al final, desarrollan procedimientos de auditoría, a través de pruebas de auditoría, orientadas, como no puede ser de otra forma, a verificar ese respeto a esos principios de publicidad, transparencia, concurrencia y no discriminación e igualdad de trato, así como también la adjudicación a la oferta económicamente más ventajosa.

Y quiero destacar que esto es un beneficio para toda la contratación pública que se realiza desde la... desde la Comunidad de Castilla y León, pero, sobre todo, es un beneficio para la satisfacción de las necesidades que han pretendido cada uno de los contratos -fueran de obras, de suministros o de servicios-, y, sobre todo, para dar una respuesta adecuada al conjunto de la ciudadanía de Castilla y León. Y para eso estamos aquí todos, el conjunto de la Comunidad de Castilla y León y también los procuradores que estamos en esta Cámara, haciendo las observaciones pertinentes.

Con lo cual, el resultado de los informes... me voy a ir al resultado de los informes, que dejan... se materializan en unas conclusiones preliminares, que pasaron por un trámite de alegaciones y con unas conclusiones finales y recomendaciones.

En relación a las conclusiones finales de los dos informes, el Grupo Parlamentario Popular -y aquí fija su posicionamiento- hace esta... la siguiente valoración, señor Amilivia -y, bueno, comparto con todos ustedes-: la Comunidad Autónoma de Castilla y León, la Administración general y la institucional, cumple razonablemente con la legalidad aplicable -recogido del Informe; quiero subrayar esto-, con incidencias, a la vista de las recomendaciones, pero con incidencias similares al resto de España, en su conjunto.

Segundo punto, segundo punto. [Murmullos]. (Perdóneme. Es que muchas veces me desconcentro cuando miro enfrente).


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Si se ha mantenido silencio en todas las intervenciones de los distintos procuradores de esta Cámara, pues yo creo que no pasa nada por continuar con ese silencio y con ese respeto. Gracias.


LA SEÑORA CÓFRECES MARTÍN:

(Gracias, señora presidenta). Punto segundo. La mayor parte de los expedientes analizados de las muestras... de la muestra de contratación -me voy a referir primero- no... no presentan incidencias. [Murmullos]. La mayor parte de los expedientes no presentan incidencias.

Punto tercero. De las incidencias que se plasman en esas conclusiones, podemos hacer una clasificación. La primera clasificación... el primer grupo, un grupo con un impacto por debajo del 10 %, es decir, tienen una baja representación porque se repiten en una, dos, tres, cuatro veces o incluso seis veces por debajo del 10 % del peso de la muestra. Para nuestro grupo parlamentario es importante, pero no es... no muestra la... una realidad, ¿eh? Es importante, y, de hecho, luego le comentaré cuál es la posición también en relación a estas incidencias.

Y tan solo unas cuantas muestras, clasificadas en estos dos grupos, están por encima de un 10 % del peso de la muestra, como pueden ser las condiciones especiales de ejecución -que ya he comentado que están también en el Informe y en las recomendaciones de OIReScon-; el incumplimiento de plazos de inicio, parciales o de... o de finalización; o determinación de ofertas con valores de... desproporcionados, que hacen... hacen más alusión al presupuesto que a la... que a la baja media. Bien, vale.

Se pone de manifiesto, se constata también, ya como punto positivo -que yo creo que también está bien recordarlo o evidenciarlo aquí, en esta... en esta Comisión-, el compromiso de mejora de la Comunidad de Castilla y León, que se refleja en los avances realizados en materia de contratación, que han sido reconocidos también en los sucesivos informes de fiscalización del Consejo de Cuentas, concluyendo que el primer Informe había doce recomendaciones, y en relación al Informe anterior, en este caso, han subido, pero también el alcance -como he dicho-, que llega hasta la ejecución de los contratos.

Por lo tanto, nuestro grupo parlamentario, en relación al primer Informe de fiscalización, sobre la contratación en el año dos mil veinte, acepta las doce recomendaciones. Y solamente hacemos una observación en relación a la conexión de ambas plataformas de... de contratación, tanto la Plataforma Saturno, de la Gerencia Regional de Salud, como la Plataforma Duero, del... de la Consejería de Economía, que se está trabajando para limar, sobre todo en la interfaz, para poder limar la transmisión de... de datos, y que los datos sean reales e íntegros. Con lo cual, que sepa que... con esa garantía de que ya se está en ello, para esos datos estén alineados con la recomendación número 1 de este Consejo de Cuentas.

Para finalizar, en relación a las cláusulas sociales y medioambientales, y sobre todo a los... las recomendaciones número 1 y número 2, que afectaban a la Consejería, o que afectan a la Consejería de Familia, quiero... quiero plasmar que hay... el Acuerdo vigente -hay un Acuerdo vigente, que sustituye al acuerdo de directrices vinculantes, el acuerdo anterior- es el Acuerdo... el actualmente vigente es el 82/2020. Este Acuerdo dice, en el punto 17, punto... -perdón- en el apartado 17.2, que "Las plataformas de contratación electrónica de la Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León reportarán informes periódicos a los órganos de contratación sobre el grado de cumplimiento de estas directrices en la medida en que puedan ponerse de manifiesto mediante datos estructurados". Y, para ello, ya la Plataforma de... de contratación electrónica Duero ha configurado nuevas funcionalidades, para reportar este... este tipo de datos, con la obtención de datos de las propias... órganos de contratación. Por lo cual, esta recomendación ya está admitida, ya está admitida por la propia Consejería y ya se está... ya se ha trabajado en ella.

En cuanto a la segunda recomendación, pues de igual forma. Como ya entró... el doce de noviembre fue publicado el Acuerdo, el 82/20, al que me... he hecho referencia, en este Acuerdo ya se establecen unas directrices vinculantes más ambiciosas, para la inclusión por los órganos de contratación de la Comunidad de consideraciones sociales a lo largo de todo el procedimiento de contratación, impulsándose de la misma forma en la Plataforma Duero también nuevas funcionalidades orientadas a facilitar la incorporación de cláusulas sociales en los pliegos de cláusulas administrativas de las... diferentes órganos de esta Comunidad.

Me quedo aquí. Creo que estoy justo en el tiempo. Y ya haré una valoración final en mi segunda parte de mi intervención. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Señor presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, tiene la palabra para ir dando respuesta a las distintas intervenciones de los grupos parlamentarios.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR AMILIVIA GONZÁLEZ):

Haré lo que pueda. [Murmullos. Risas]. En primer lugar, como acostumbramos a... a señalar en los informes de... de cumplimiento de legalidad, en esta segunda intervención querría hacer constar que, a juicio del Consejo de Cuentas, no han existidio... existido -perdón- indicios de responsabilidad contable. Que, como saben, el Informe ha sido remitido al... al Tribunal de Cuentas, a la Fiscalía del Tribunal de Cuentas, al ente fiscalizado y a las propias Cortes; en relación al primer Informe, ya hace un año, y que no se han apreciado... -el segundo es de dieciséis de febrero- y no se han apreciado, esos indicios de responsabilidad contable. Esto no quiere decir, como hemos señalado reiteradamente, que no existan incidencias, salvedades, en el procedimiento administrativo; incidencias, salvedades, errores, incorrecciones, que por sí mismos no constituyen un tipo... un tipo penal, pero que no dejan de ser salvedades en la contratación.

Señalar, en este sentido, que, como han visto, solo tiene opinión el primer Informe; bueno, el segundo Informe, de las causas sociales y medioambientales, no hemos emitido opinión.

En primer lugar, señalar que se ha emitido, en relación con el primero, una opinión con salvedades, ¿eh? La opinión sin salvedades, como... como todo el mundo imagina, es aquella que manifiesta que se ha cumplido con el alcance del informe, que se ha cumplido con los principios y normas jurídicas que son de... de aplicación; es decir, demuestra un grado de satisfacción total por parte del auditor. Y la contraria, la opinión con... disconforme, pues manifestaría un incumplimiento flagrante de las normas, principios de aplicación, del alcance, contenido del informe, etcétera, etcétera, que tiene que ser -como estoy diciendo- manifiesta. Y la opinión con salvedades, que es la que hemos señalado en... en el Informe de contratación administrativa, es una opinión positiva, pero señala... señala una serie de salvedades. Como he dicho antes, manifiesta que se ha cumplido, con carácter general, la normativa y los principios aplicables, pero ha detectado limitaciones al alcance o incumplimientos, bien cuantitativos, bien cualitativos, de los principios y normas que le son de aplicación; en este caso, de los principios de publicidad, transparencia, libre concurrencia y no discriminación de trato de los licitadores o de las normas jurídicas de aplicación, que es, fundamentalmente, la Ley de Contratos del Sector Público.

No tiene opinión, no tiene opinión el segundo Informe por la muestra seleccionada. La muestra seleccionada fue la misma que en la contratación administrativa de los años dieciocho y diecinueve; es, fundamentalmente, una muestra cuantitativa que intentaba... y llevó a cabo un... una fiscalización por tipo de contratos, por fases del procedimiento de contratos, y no tanto por el objeto del contrato o por una materia de carácter sectorial, que son los que podrían haber permitido emitir una opinión fiable, una opinión razonable en algo que está vinculado al objeto del contrato, y no a una relación cuantitativa de contrato. Esta es la explicación de por qué no tiene opinión el tercer Informe, ¿eh?, sin perjuicio de las conclusiones que pone de manifiesto.

Se ha puesto aquí de manifiesto la... la importancia de los gastos de la Consejería de Sanidad, y también se ha puesto de relieve los propios de la Consejería de Fomento y los procedimientos de adjudicación, que han sido, fundamentalmente, el negociado sin publicidad. Hombre, el procedimiento negociado sin publicidad tiene que ser una excepción al procedimiento; el que tiene que ser común al procedimiento es el... es el procedimiento abierto de contratación. Pero que nadie olvide -porque yo creo que es que la memoria es, generalmente, bueno, selectiva, gracias a Dios: nos vamos quedando con lo bueno y vamos olvidando aquello que... que nos disgustó en el pasado, ¿no?- que es el año de la pandemia, y de ahí que ha habido un 62 % de contratos de la Gerencia Regional de Salud, y que se haya utilizado, con carácter general -yo creo-, un procedimiento que no es el comúnmente aplicable.

Que haya habido solamente dos en la muestra no tiene importancia, aunque sí la tiene, desde el punto de vista de este Informe, porque va a haber un informe específico, específico, sobre la contratación COVID, que se está elaborando en estos momentos, y que se presentará los próximos meses. Por lo tanto, en ese informe aparecerán detalladamente los informes de la Gerencia... los contratos -perdón- de la Gerencia Regional de Salud, y también aparecerán, por ejemplo, muchos contratos de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente que tenían también como finalidad el COVID, porque atendían cuestiones de protección civil, etcétera, etcétera, que todos ustedes conocen, y que yo, con mucho placer, presentaré en... en su momento. Por tanto, esa es la clave, esa es la clave de la... de este tipo de contratación.

Una reflexión más sobre la muestra. Nosotros estamos analizando la... la elaboración de la muestra, la muestra que es objeto de... de elaboración del contrato. En la página 15 del Informe establece los criterios de la muestra: al menos dos contratos por cada Consejería, organismo autónomo y ente público; un número de contratos variables en función del número total de contratos adjudicados; etcétera, etcétera. Está el consejero Miguel Ángel Jiménez, en el ámbito de su departamento, estudiando la posibilidad de dar un paso más y, posiblemente, ir hacia un tipo de muestra diferente, más objetivable; me refiero, a lo mejor, analizar todos los contratos por una determinada cuantía en una concreta fase del procedimiento de adjudicación, ¿eh? Esto lo estamos estudiando, y sería objeto, en su caso, de presentación en el futuro Plan Anual de Fiscalizaciones y, en su caso, en el Plan Estratégico. Pero estaría más en línea, a lo mejor, con los informes que lleva a cabo el Tribunal de Cuentas, que solo fiscaliza a partir de una cuantía determinada, que, si no me equivoco, es de... es de 600.000 euros.

En relación con... con las cláusulas sociales y... y medioambientales, que, evidentemente, se manifiesta un cierto incumplimiento por parte de la... de la Administración. Hombre, cabe el consuelo, que es evidente -lo dice el Informe de OIReScon-, que es verdad que todas las Administraciones contratantes están actuando de una manera muy semejante. Y es cierto; es decir, aquí no hay una situación especialmente agravada en relación a otros... a otros lugares.

Pero sí es verdad que toda la filosofía que se diseñó sobre la contratación estratégica, cuando, estando en vigor la Ley de Contratos... la Ley de Contratos del Estado y, luego, el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público del año once, donde se llega a la conclusión -que así fue-, evidente, tras una gran crisis económica, que se confundía "oferta económicamente más ventajosa" con "oferta más barata"; y eso, con merma de calidad, con merma, en este caso, de derechos de carácter social, de... respecto al medio ambiente, de posibilidad de acceder a la contratación a las pequeñas y medianas empresas, es decir... incluso, permitir el acceso a la contratación pública de empresas de economías no regladas, que competían con la nuestra, y que, al final, bueno, pues conseguían efectos contrarios.

Esa es la idea de la contratación estratégica, esa es la idea de la Unión Europea cuando diseña la Estrategia de Crecimiento 2020, que busca un crecimiento sostenible e integrador, y establece un... un arancel de carácter social y medioambiental. Dice: usted puede comprar bienes y servicios, contratar obras, suministrar servicios, pero tendrá usted que vincularlos a otros objetos necesariamente afines al contrato o relacionados con el objeto del contrato, que son beneficios de carácter social, medioambiental, vinculados a la innovación de... de innovaciones tecnológicas o incluso, ¿eh?, el fomento de las pequeñas y medianas empresas. De ahí vienen las Directivas famosas, Directivas de Contratación y la Ley de Contratos del Sector Público, que establece que en toda la contratación, de manera transversal y preceptiva, se deben establecer ese tipo de cláusulas vinculadas al objeto del contrato.

¿Pero qué está ocurriendo en la práctica? Hay guías, se señalan guías de... de cláusulas, pero los licitadores... -y así lo ponen de manifiesto los operadores jurídicos; y he recabado, en tal sentido, informe al TARCCYL, que, como saben, es el Tribunal de Recursos Contractuales, con el que tenemos suscrito un convenio- los licitadores, los operadores jurídicos, temen la nulidad de pleno derecho de esas... de esas cláusulas, por no estar vinculadas, suficientemente justificadas, al objeto del contrato o no ser evaluables. Y ahí está surgiendo un problema, un problema, y es que se está incumpliendo la Ley de Contratos del Sector Público, porque se están incorporando muchas cláusulas, que son estilo... son de estilo, pero que, realmente, no... no dan cumplimiento a la filosofía que estableció, y que estableció por mandato legal, la Ley de Contratos del Sector Público. Esa es la... la reflexión. Si bien, en Castilla y León se tiene un criterio muy amplio, ¿eh?, un criterio muy amplio: se permiten todo tipo de cláusulas en el Tribunal de Recursos Contractuales, si... una vez que están debidamente motivadas. Ese es también nuestro criterio. Es decir, yo creo que se tienen que... que incorporar ese tipo de cláusulas, porque, en definitiva, dan cumplimiento a la ley.

Luego, se me han planteado una serie de cuestiones, que, si soy capaz de... de recordar, pues les iré contestando.

El contrato famoso 32. Bueno, yo tengo que decirles que fue objeto de control interno por parte de la Administración de la Comunidad. Que nosotros hemos llevado a cabo un control de carácter externo, hemos puesto de manifiesto esas deficiencias, y, bueno, no tenemos más capacidad coercitiva. Es decir, nosotros tenemos la capacidad de... de un informe elaborado a posteriori, y de, con carácter externo, de poner de manifiesto la situación de la contratación, y de un contrato, en este caso, en particular, pero no tenemos más capacidad que el Informe de seguimiento de recomendaciones, que, como saben, continuará en el segundo semestre de este año haciendo seguimiento de las recomendaciones establecidas; y, desde el punto de vista de la responsabilidad contable, la remisión, la remisión -reitero- del contrato íntegro, en todo caso, y de todos los contratos íntegros... de todo el Informe íntegro -perdón- al... al Tribunal de Cuentas y a la Fiscalía, en su caso. Pero, bueno, reitero que, a nuestro juicio, no ha habido ningún supuesto de... de responsabilidad contable.

¿La Consejería de Familia? La Consejería de Familia tiene que cumplir el Artículo 44, en aquel momento. Evidentemente, si ha... si ha sido renovado por un nuevo Acuerdo -me ha parecido que ha dicho 80/25-, pues me parece magnífico. Este Informe se remitió, aproximadamente, el de cláusulas sociales, hace un año a la Administración, y es posible que haya atendido -como usted bien ha señalado- nuestra recomendación. Es decir... Pero, en todo caso, la reflexión que hacemos a la Consejería de Familia es para que cumpla con el Acuerdo que era vigente, que era remitir ese tipo de cláusulas y de contratos a la Junta de Castilla y León, y que no se ha hecho.

Me preguntan mi opinión sobre actuaciones de carácter político. Yo desconozco esas actuaciones de carácter político. No tengo por qué hacer una valoración sobre ellas, por otra parte, aunque las conociera. Aquí, la prudencia me corresponde... que me corresponde como presidente es ser portavoz del Consejo de Cuentas en relación con los informes que son objeto de fiscalización y con los objetivos que establecen los propios... los propios informes. Y, además, por si fuera poco, ese informe no ha sido objeto... ese contrato no ha sido objeto de fiscalización en este momento. En todo caso, yo creo que... que nosotros cumplimos con los objetivos y con el mandato que nos corresponde como órgano de fiscalización externa.

Y, bueno, yo, efectivamente, creo que las incidencias evolucionan de una manera diferente de... de informes en informes, ¿eh?, de año tras año. Creo que este año era un año complicado para la Administración, creo que el año veinte ha sido un año complicado para la Administración -lo digo objetivamente-, por el año de la pandemia, por el tipo de... de procedimiento utilizado mayoritariamente en la contratación. Efectivamente, aumentó el número de... de la cuantía de los contratos. Pero todos sabemos que, desgraciadamente, vivimos circunstancias que nunca hubiéramos querido conocer, y eso también creo que está en... en el espíritu de este Informe de... de contratación del año dos mil veinte. Y, por mi parte, nada más. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Iniciamos, de esta forma, el turno de réplica, que, como hemos indicado al inicio, será de siete minutos y medio. Por parte del Grupo Mixto, don Francisco Igea Arisqueta.


EL SEÑOR IGEA ARISQUETA:

Muchas gracias, señora presidenta. Muchas gracias, señor Amilivia. Se comprende la prudencia, y yo también se la... se la agradezco.

Sobre algunas cosas que se han dicho, que no han quedado aún aclaradas, es verdad que no es un órgano jurisdiccional -esto ya lo sabíamos-, pero eso no excluye la posibilidad de cambiar la norma para poder imponer sanciones coercitivas, multas coercitivas u otro tipo de poder coercitivo, que, como ha dicho, carece el Consejo de Cuentas, ¿eh? De hecho, la Administración puede hacerlo sin ser un órgano jurisdiccional; así se planteaba también, por ejemplo, en la Ley de Transparencia o en otras circunstancias, sin necesidad de ser un órgano jurisdiccional. Una cosa es que seamos licenciados en Medicina y no en Derecho, y otra cosa es que no conozcamos las posibilidades de la Administración.

Dicho esto, sí me gustaría... Se ha hablado a lo largo de su intervención de la situación especial -y también han hablado otros intervinientes- del año dos mil veinte. Yo sí que la recuerdo bien, la recuerdo bastante bien la situación del dos mil veinte. Y es verdad que eso nos obligó a hacer compras y procedimientos negociados, y a contratar con carácter de urgencia y a tomar muchas decisiones. Es verdad que el Gobierno puso dinero. Pero también es verdad que durante los primeros días, hasta el veinticuatro de marzo que llegó el primer avión a esta Comunidad, que creo recordar fue el primer avión con material de todas las Comunidades Autónomas, había un sistema de compra centralizada que se cayó, porque no fue capaz de proveernos de material; también es verdad que tuvimos que tomar muchas decisiones en ese momento, entre otras cosas, solicitar material a nuestras empresas; con lo cual, conseguimos 3.000.000 de equipos de protección industrial.

Y sobre la futura fiscalización de los contratos COVID, he de decir que nadie la espera con más interés que el que les habla, ¿eh?, y que, hasta el momento, hasta el momento, esta Comunidad no tiene abierto ni un solo procedimiento en la Fiscalía por estos contratos. Y que lo que sabemos hasta el momento -y digo hasta el momento-, no por nosotros, sino por organismos como Zybio, es que fuimos los que compramos, por ejemplo, las mascarillas más baratas -las segundas más baratas, para decir verdad- en todo el mes de marzo; y esto está publicado, ¿eh? Es decir, hubo que comprar con urgencia, sí; hubo que tomar decisiones, sí.

Y... y yo lo que le pediría a la señora Rubio... -aparte de que guardase silencio, si esto fuera posible- lo que le pediría a la señora Rubio es que no se anticipe, ¿eh?, que no se anticipe, porque, en este momento, decir que van a aparecer... Ya veremos, ¿eh? Hay una fiscalización pendiente por parte del Consejo de Cuentas, y -insisto-, a día de hoy, de todas las investigaciones abiertas por la compra de material en todas las Comunidades Autónomas, ¿eh?, a mí no me consta -no sé si a usted le consta, a mí no me consta- que haya ninguna abierta en esta Comunidad. Insisto que todo es posible; yo no le digo que no vaya a suceder. Pero, hombre, yo sí que le pediría cierto grado, en fin, de respeto a la presunción de inocencia, cuando es que no hay ni un solo caso, ni una sola denuncia concreta, ni un solo ejemplo concreto, ¿eh?, al que podamos referirnos. Oiga, si hubiera uno... Es que no lo hay. Y si usted lo tiene, oiga, en su mano está llevarlo a la Fiscalía o a quien crea procedente llevarlo.

Pero le insisto: marzo dos mil veinticuatro, comprándose mascarillas a 5, a 7 a 8 euros. La Comunidad de Castilla y León trae las primeras a 1,25. Esto es la realidad de lo que sucedió en aquel entonces. Lo digo porque se han dicho cosas que yo creo que no corresponden a la realidad.

Sobre la selección de la muestra, lo mismo... me parece buena noticia que se esté estudiando cambiar la selección de la muestra. Yo creo que la selección de la muestra tiene que ser lo más aleatoria, lo más extensa posible para asegurar que es lo más fiable posible. Me parece bien que se esté estudiando su... su modificación.

Y con respecto a... a los informes de seguimiento, yo creo que es una buena cosa. Pero, insisto, cuando se observan de manera reiterada incumplimientos administrativos, tendríamos que tener alguna capacidad en los informes de seguimiento, en las solicitudes que se hacen, de tener un poco más de poder coercitivo del que se tiene, porque, si no, prácticamente... es decir, se genera mucha frustración, ¿no?, al ver el incumplimiento de la norma.

Yo creo que el incumplimiento de la norma, digamos que estoy en el término medio de la visión más bien bondadosa del señor Amilivia y la catástrofe apocalíptica de la señora Rubio. Yo creo que hay un margen notable de mejora, ¿eh?, y creo que tenemos que ser capaces de intentar, bueno, dotarnos de las herramientas más allá... de las herramientas legales o jurisdiccionales que ya tenemos, ¿eh? Y eso tendría que ser un propósito de la Administración, el propósito de la mejora continua. Como yo creo que tenemos que ser capaces de evaluar no solamente la legalidad y el cumplimiento de los contratos, sino la eficacia de las políticas públicas; en lo que nos referíamos en la legislatura pasada a la evaluación de nuestras políticas públicas, que pensábamos podíamos dotar también al Consejo de Cuentas de una Agencia que nos... nos permitiese evaluar no solo la legalidad de nuestros contratos, sino la eficacia de nuestras políticas. Dicho esto, no tengo nada más que añadir. Muchas gracias, presidenta.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya!, tiene la palabra, por un tiempo máximo de siete minutos y medio, don José Ramón García Fernández.


EL SEÑOR GARCÍA FERNÁNDEZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Muchas gracias, señor presidente del Consejo de Cuentas por sus explicaciones. Y simplemente recalcar un poco lo que he dicho anteriormente. Le recuerdo que es una muestra muy pequeña con respecto al número total de los expedientes estudiados y contratos analizados, y, bueno, me parece que hay demasiadas inconformidades y no cumplimientos de la normativa, donde se contrata y no se sabe lo que se paga, o si es lo acordado o no, donde no se cumple la normativa relativa y la inclusión de cláusulas sociales y medioambientales en la contratación. Es decir, que la Junta de Castilla y León le... nos da a entender que la normativa con respecto a estos temas sociales y medioambientales, y que a todos los leoneses y castellanos nos afecta esta normativa, pues vemos que el Gobierno de la Junta de Castilla y León pues no le preocupa en demasía.

Vemos, entonces, que a la Junta de Castilla y León lo único que le prima es... es lo económico; solamente. Es decir, lo de siempre: la Junta de Castilla y León mucha publicidad, muchos mensajes, muchas palabras, muchas promesas, pero, al final, de hechos, poco o nada. Nada de priorizar lo nuestro, nada de priorizar lo común: prioriza solo lo económico y el interés particular de la Junta de Castilla y León.

Y antes se me olvidó. Ustedes en el Informe dicen que hay un cumplimiento "razonable". Me gustaría saber qué es lo que es "razonable", ¿vale? Porque o se cumple o no se cumple, y yo creo que el Consejo de Cuentas ha sido muy benevolente con la Junta de Castilla y León. Entonces, simplemente, pues recordar eso, que, para ser una muestra tan pequeña, pues todas las inconformidades e incumplimientos que hemos visto, pues no quiero pensar si analizásemos todos los contratos y expedientes. Y, desde luego, ahí estoy con el señor Igea, que teníamos que tener alguna capacidad sancionadora o... y para... para todo lo que sucede, y sobre todo vigilante, sancionadora y vigilante con todas estas contrataciones. Nada más. Muchísimas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Vox Castilla y León, por un tiempo máximo de siete minutos y medio, tiene la palabra don Francisco Javier Carrera Noriega.


EL SEÑOR CARRERA NORIEGA:

Pues muchas gracias, señora presidenta. La verdad es que estamos hablando de un Informe, como decíamos al principio, que es largo, prolijo y... y complicado, muy complicado. Yo entiendo que analizar toda la contratación administrativa de la Junta de Castilla y León es un trabajo muy difícil, sobre todo en un ejercicio tan complicado como fue el año dos mil veinte, y sobre todo en lo que se refiere a un apartado tan complicado como fue el de la sanidad pública en ese... en ese año. Claro, COVID-19, pues urgencia por todos los sitios.

Y, en fin, después de haber escuchado al señor Igea en su intervención anterior pues explicando un poco lo que hizo su Consejería de Sanidad, pues... pues, hombre, yo entiendo que es necesario justificar por qué hay 933 contratos negociados sin publicidad. Yo entiendo que... que no haya ninguno en la Fiscalía, por supuesto, pero hay 933 contratos de la Gerencia Regional de Salud contratados de una manera pues que es muy especial, y que la ley determina que es muy especial. Porque se tienen que dar una serie de condiciones para que se produzca ese tipo de contratación; que no dudo que no las haya habido, pero que lo cierto es que merece un tratamiento especial en ese Informe, o debería haber merecido un tratamiento especial en ese Informe; y no... y no está. Yo considero que no está en la muestra. Y me alegro también haber oído del señor Amilivia que se va a cambiar el procedimiento de muestra, de... de selección de muestra, para poder ser más objetivo en lo que se refiere a los... a los informes de auditoría.

Se ha vuelto a hablar otra vez aquí de la coercitividad. Pues me parece estupendo. O sea, si el... el otro día hablaba o mencionaba el Artículo 14 de la Ley del Consejo de Cuentas y los Artículos 5 y 6 del Reglamento, que determinan exactamente hasta dónde puede llegar el Consejo de Cuentas. Y aquí decíamos pues, oiga, pues, a lo mejor, es necesario que a lo mejor en las recomendaciones o, de alguna manera, el Consejo de Cuentas tenga algo más de capacidad para poder instar a aquellos organismos que no cumplen o incumplen de manera reiterada a facilitar aquello que por lo menos se les pide, porque muchas veces se encuentran con que ni siquiera les aportan la documentación en tiempo y forma.

Bueno, pues... pues parece que bienvenidos al club de los que solicitamos un mayor cumplimiento y una mayor exigencia a favor del trabajo que tiene que realizar el Consejo de Cuentas, que es fundamental para lo que se refiere... a lo que se refiere la gestión económica y de cumplimiento de legalidad de la Junta de Castilla y León.

Dicho esto, pues poco más tengo que añadir en lo que se refiere al Informe, porque la verdad es que está todo dicho, y lo dicen ustedes. Y lo... a todos nos gustaría que fuera posible que se realizara un cien por cien de cumplimiento de las condiciones de las... de los contratos. Sabemos que es prácticamente imposible. Pues, bueno, siempre va a haber algo que falle, pero lo que sí es evidente es que la gestión tiene que ser la mejor posible, la eficiencia tiene que ser la mejor posible y la eficacia en la contratación tiene que serlo también; y para eso sirven esos informes, para mejorar, para mejorar lo que es la contratación administrativa, para mejorar lo que es la gestión de la Comunidad Autónoma.

Y no sé si seremos mejores o peores que otros a nivel estatal, la verdad es que no lo sé, pero lo que sí es cierto es que hay campo de mejora, y ese campo de mejora tenemos que avanzarlo haciendo que las recomendaciones que nos dice el Consejo de Cuentas sean cumplidas por toda la Administración.

Y concluyo ya. Concluyo diciendo una cosa: la verdad es que no sé quién es más cromañón, si el señor Ortega Lara, que fue secuestrado por los etarras que todos conocemos, y que, desgraciadamente, pues ha cumplido hace unos días el veinticinco aniversario de su liberación, o son más cromañones aquellos que pactan con quienes le tuvieron encerrado durante 532 días, y que tienen la desvergüenza de venir a decirnos si somos tal o cual cosa en cada Comisión o en cada Pleno. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Socialista, y por un tiempo máximo de siete minutos y medio, tiene la palabra doña Rosa Rubio Martín.


LA SEÑORA RUBIO MARTÍN:

Muchas gracias, señora presidenta. Intentaré no salirme del tiempo. Bueno, yo creo que aquí la inexperiencia de algunos procuradores de asistir a esta Comisión de cuentas les lleva a los errores que cometen de interpelar a los portavoces de otros grupos parlamentarios, puesto que aquí a quien se interpela es al presidente del Consejo de Cuentas; y la soberbia de algunos les lleva a... a hablar antes de leer -¡qué pena!- y de escuchar. Bueno, el tiempo le ha puesto en su sitio y le acabará colocando... colocando más aún.

Sí que me sorprende, y antes de entrar a materia, haber escuchado aquí que quien pacta con... con los que secuestran... Supongo que se referirá al señor Maroto, que pactaba con Bildu; y, por cierto, el que lo ha dicho le ha hecho senador autonómico de esta Comunidad. Es que uno no deja de... de sorprenderse.

Como no dejo de sorprenderme cómo es posible hablar tanto para no...


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Si... si es posible...


LA SEÑORA RUBIO MARTÍN:

... decir nada.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

... intentamos ceñirnos un poquito.


LA SEÑORA RUBIO MARTÍN:

Los contratos de... los contratos del COVID, que se refería aquí alguien de que, en España, 1 de cada 4 incumple; pues es que los contratos de Castilla y León, sin COVID, 8 de cada 10 incumplen; 8 de cada 10.

Sí que comparto con lo que han dicho aquí algunos portavoces el trabajo ingente que ha hecho el... el Consejo de Cuentas con este Informe, que es una auditoría; de la auditoría salen conclusiones; de las conclusiones salen recomendaciones, que son para cumplir. Y el problema es que aquí no se cumple. Ahora, también me ha quedado palpable que aquí hay dos tipos de informes: el informe del Consejo de Cuentas del Partido Socialista, de casi toda la Oposición; y luego, el informe que leen los del Partido Popular, porque increíble lo que uno ha escuchado aquí.

El Consejo de Cuentas relata gran parte de... de las anomalías que comete la Consejería de Familia en la de las cláusulas sociales y medioambientales. La Consejería se escuda en que aplica otro procedimiento distinto para la obtención de información, en lugar de reconocer que... que se ha equivocado, que lo ha hecho mal y que no ha cumplido el Acuerdo que estaba en... en vigor, que era del dos mil dieciséis, y que la propia Junta de Castilla y León hizo; o sea, la propia Junta incumple sus... sus propios Acuerdos. Llama la atención que, en las alegaciones, la Consejería cuestione los criterios de selección que aplica el Consejo de Cuentas para la elección de la muestra de los informes que somete a auditoría. Es alarmante que la Consejería, ante la incapacidad de reconocer sus errores, ante la falta de... de poder justificar su forma de proceder, culpe al Consejo de Cuentas por los informes que selecciona. Es que es inaudito, de verdad.

El empecinamiento de los responsables de la Consejería de Familia por intentar enmascarar sus incumplimientos le lleva a afirmar en varias de sus alegaciones que no existe ninguna obligación de... en el Acuerdo 44/2016 sobre, por ejemplo, la necesidad de que el responsable del contrato emita algún informe, porque dice que es una figura anterior al Acuerdo del dos mil dieciséis. Y el propio Consejo de Cuentas le tiene que reiterar en varias ocasiones que no, que se está equivocando, que es justo al revés de lo que afirma la Consejería: que la figura del responsable del contrato está vigente antes de la aprobación del Acuerdo del dos mil dieciséis. Y aquí lo que pasa es que la Junta incumple, y, para intentar justificar su incumplimiento, altera en sus alegaciones lo establecido en la normativa.

De verdad que queremos felicitar al Consejo de Cuentas por el trabajo tan exquisito que ha realizado, pero especialmente a la hora de contestar a las alegaciones formuladas por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Respecto a las cláusulas medioambientales, y haciendo relación a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, como no puede ser de otra manera, del análisis de... del Informe, pues se puede concluir que, por ejemplo, en ninguno de los pliegos de cláusulas de los expedientes auditados de esta Consejería ha incluido objetivos o consideraciones sociales para la definición del objeto del contrato. En 8 de los 12 contratos auditados no se ha incluido... no se han incluido criterios sociales o medioambientales para determinar la oferta que contenga la mejor relación calidad/precio; ni siquiera se ha motivado suficientemente esta circunstancia. En todos los contratos, menos en uno, no se establece la obligación para el adjudicatario que su... de subrogarse en contratos de trabajo preexistente, etcétera, etcétera, etcétera.

Cabe concluir que la Junta demuestra, una vez más, que no está a la altura de lo que se espera de una Administración autonómica. Elabora normativa o desarrollo de esa normativa por obligación o imposición de orden jerárquicamente superior, pero luego no la aplica. La defensa del medio ambiente debería de ser una prioridad para la Junta de Castilla y León; se debe de luchar de manera transversal en todas y cada una de las decisiones que se adopten desde la Administración autonómica, porque la Agenda 2030 debe de ser el guion a seguir en todo momento. El cambio climático es una realidad, por mucho que algunos se esfuercen en negarlo; solo los necios se aferran a ideas equivocadas y niegan la verdad, porque la necedad es una cualidad intrínseca a la ignorancia. La protección del medio ambiente es más que necesario, y resulta, cuanto menos, alarmante que no sea la Consejería de Medio Ambiente la primera en defenderlo.

Y nos preguntamos, seguramente, hoy todos aquí, incluso el propio Consejo de Cuentas, que si el consejero de Medio Ambiente se plegará a los necios y abandonará la senda de la Agenda 2030. Pues los meses que tenemos por delante nos lo dirá.

Queda claro la apatía, la desidia, el abandono y el desprecio del consejero de Medio Ambiente por el territorio; no solamente por los tristes hechos acaecidos el mes pasado en Zamora, en la sierra de La Culebra. Ya he hecho referencia a esta dejadez cuando hemos hablado del Informe de contratación del dos mil veinte, que la Consejería incumplía en los 3 contratos; en los 3 contratos incumplía en las cláusulas medioambientales.

Y no queremos finalizar la intervención del día de hoy sin trasladar aquí un párrafo del Informe que resume de manera muy acertada su trabajo, señor Amilivia, señores consejeros. "El trabajo de fiscalización se ha orientado para ofrecer una visión objetiva de la realidad existente en cuanto a la utilización de cláusulas sociales y medioambientales por los dirigentes... diferentes órganos de contratación de la Comunidad, incluso cuando las medidas a adoptar sean potestativas. El Informe solo constata las decisiones adoptadas por los órganos de contratación (...) y solo cuando existe un incumplimiento normativo se ha señalado así expresamente en el Informe". Pero es que a esto es a lo que no está acostumbrada la Junta de Castilla y León, a que se le señalen los incumplimientos normativos que comete. Y así llevamos 35 años.

Y voy a finalizar con una petición al... al Consejo de Cuentas, porque a lo largo del Informe -y aquí creo que algún interviniente también lo ha dicho- sale a colación que la Junta de Castilla y León ha elaborado un nuevo documento sobre el tema auditado, el Acuerdo 82/2020, de doce de noviembre, aprobado con posterioridad a los contratos auditados, por el que se aprueban directrices vinculantes para el impulso de la responsabilidad social en el gasto público de la Administración, y deja sin efecto el Acuerdo 44/2016, de veintiuno de julio. Por lo que el Grupo Parlamentario Socialista les propone que tomen en consideración la idea de incluir en el plan de fiscalizaciones que se elabore de cara al año dos mil veintitrés la inclusión de un informe para la comprobación del cumplimiento de esta nueva normativa por parte de la Junta de Castilla y León. A ver si los que aquí sacan pechito hoy lo pueden sacar en unos... en unos meses.

Y termino, señor presidente del Consejo de Cuentas. Por supuesto que afirmamos que asumimos como nuestras las tres recomendaciones que emanan del Informe. Les felicito nuevamente por el trabajo que han realizado en estos dos informes, porque es ingente la cantidad de información, y el trabajo se ha plasmado. Y reitero, además, cómo han contestado de una forma tan delicada, tan exquisita, a las alegaciones -voy a callarme el adjetivo- que ha formulado la Consejería de Familia a las incidencias que ustedes han detectado en su... en sus informes. Nada más. Y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Popular, y por un tiempo máximo de siete minutos y medio, tiene la palabra doña Mercedes Cófreces Martín.


LA SEÑORA CÓFRECES MARTÍN:

Muchas gracias, señora presidenta. Brevemente. Yo, y como portavoz de este grupo parlamentario en esta... en esta Comisión para estos dos temas, quizás, enfatizar o subrayar algo, ¿eh?, en varios puntos de lo que he expresado en mi primera intervención.

Primero, el reconocimiento de este grupo parlamentario al Consejo de Cuentas y al equipo redactor. Porque, como hemos podido comprobar, los informes reflejan un trabajo serio, objetivo y riguroso; en definitiva, un trabajo excelente de fiscalización externa, que no exime de la fiscalización interna que se hace en los propios órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Sin duda, es un trabajo necesario, pero no solamente para observar o verificar el cumplimiento de la distinta normativa en materia de contratación o de aplicación de cláusulas sociales o ambientales, cada vez más rigurosa, cada vez más rigurosa, que nos afecta, sino para identificar debilidades y también áreas de mejora. Y creo que esto es fundamental. Lo cual nos debe de permitir impulsar y emprender procesos de mejora continua, como se viene haciendo desde ya la creación del propio Órgano, de este Órgano, y la presentación de sus informes. De que estos informes son bien recibidos por este grupo parlamentario, y esto nos debe de permitir también -y así nos consta- el proceso de mejora en los distintos ámbitos de nuestra Comunidad Autónoma.

Procesos, señorías, que implican a todas las Consejerías, a todos los organismos autónomos y a todas las entidades públicas de derecho privado; a todos sus órganos de contratación -por cierto, señora Rubio, los órganos de contratación técnicos, técnicos, ¿eh?-, presididos, como no puede ser de otra forma, por el representante institucional, pero técnicos, donde está toda la representación, con empleados públicos que trabajan en ello, pertenecientes a distintas áreas, desde fiscalización, contratación, jurídica, económica, informática, etcétera; a los cuales también, desde este grupo parlamentario, queremos reconocer este trabajo continuo y un esfuerzo en esta materia. Profesionales que, además, vienen participando en procesos de formación continua, por tener cada vez unas normas nuevas, que emanan en muchos casos de directivas comunitarias, y cada vez más estrictas, en este control al que nos debemos todos. Y, cómo no, por su dedicación extraordinaria -también quiero remarcarlo- también durante los años de pandemia, a los funcionarios que han trabajado específicamente en... en estos procesos de contratación para tener unos resultados aceptables, que hoy se presentan, y que seguiremos impulsando también con estas recomendaciones desde esta... de este grupo parlamentario en iniciativas para los procesos de mejora, para que redunden en la eficacia y en la eficiencia de los servicios públicos que prestamos desde esta Comunidad Autónoma. Muchísimas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Para cualquier consideración que quiera realizar, tiene la palabra el señor presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR AMILIVIA GONZÁLEZ):

Bien. Muchas gracias, presidenta. En primer lugar, muchas gracias por las palabras de reconocimiento al trabajo realizado en estos informes, que quiero personificar una vez más en el consejero responsable del departamento, Miguel Ángel Jiménez, y en el subdirector del área, Pedro San Miguel. Se ha dicho aquí, y es verdad, que el trabajo de contestación a las alegaciones es un trabajo muy acertado y que, además, es un trabajo muy intenso, exhaustivo, que supera realmente a la... al trabajo propio de la elaboración del Informe.

En segundo lugar, en relación con los... la contratación COVID, señalar que... que el Consejo de... de Cuentas, en relación con... con todo lo que tiene que ver con la pandemia COVID-19, ha elaborado... está elaborando cinco informes: dos de ellos por mandato de las Cortes de Castilla y León, aprobados casi por unanimidad, ¿eh?; uno, sobre las ayudas y subvenciones otorgadas en relación a la pandemia y, otro, sobre la contratación, y que estaremos en disposición de aprobar antes del otoño, posiblemente en el mes de septiembre; y un tercero, sobre el impacto económico-financiero que la COVID de la pandemia conllevó en las cuentas de Castilla y León, que ya está aprobado, que ya está publicado, que ya lo pueden conocer sus señorías, y que explica detalladamente los ingresos que percibió la Comunidad y el uso que hizo de ese esfuerzo añadido, económicamente hablando, para combatir la... la pandemia.

Sobre la muestra, yo no he dicho que la muestra actual que estamos empleando y que hemos reiterado los últimos ejercicios no sea eficaz o suficiente para tener una opinión de conjunto sobre el estado de la contratación en Castilla y León. Es más, la muestra es fundamentalmente aleatoria, pero con criterios objetivos: 2 contratos por cada Consejería o entidad adjudicadora; 2 por tipo de contratos; 2 por fases de contratación. Es decir, intenta ser representativa.

El debate es si cambiamos la muestra hacia criterios más objetivos, menos... no menos o más contratos, sino establecemos fiscalizaciones con otros criterios, como hace el Tribunal de Cuentas, solamente por una cuantía determinada y en una fase concreta de la contratación; es decir, algo que se está reflexionando y que, sin duda, también tendremos que consultar la... la opinión, en su momento, de... del Tribunal de Cuentas.

El poder coercitivo que se plantea por dos grupos, y ya en dos sesiones. Nosotros no podemos tener poder coercitivo. Nosotros somos un órgano de control externo, ajeno a la Administración contratante, en este... en este caso, y que lleva a cabo una fiscalización a posteriori. Si fuéramos... si tuviéramos capacidad coercitiva en una concreta cuestión como esta, bueno, no sé, efectivamente, si no seríamos otro tipo de... de órgano ajeno, distinto, parte posiblemente de la Administración activa.

Nosotros, como he dicho antes al principio, sumamos al control interno -que es importantísimo, como se ha señalado acertadísimamente-, al control interno, que lo... que lo lleva a cabo la Intervención General de la Comunidad, sumamos al control interno el control externo. Más, publicamos el Informe. Más... -por cierto, en este caso, que se publicó hace un año uno de ellos y otro hace seis meses- más, comparecemos en esta Comisión. Por eso somos un órgano dependiente de las Cortes, porque yo traigo aquí información para que sea objeto de debate y discusión por los grupos parlamentarios, que son los que tienen... tienen la legitimación, en este caso, para ejercer el control político al Gobierno.

Yo no vengo aquí a debatir, vengo a que ustedes debatan; y yo vengo a ilustrar, a dar luz en relación con una materia concreta, en este caso el Informe. Y, además de todo eso, hacemos un Informe de seguimiento de las recomendaciones. Quiere decir que, dentro de unos meses, pasado un tiempo razonable, seguiremos... seguiremos lo que ha hecho la Administración en cada uno de los informes en relación con las recomendaciones llevadas a cabo; y, por si fuera poco, en ocasiones concretas llevamos a cabo informes de seguimiento. Es decir, se ha dicho: cumplimiento de la nueva directriz de contratación o nuevo acuerdo de contratación. El próximo informe del Consejo de Cuentas, sin duda, cuando esté en vigor, ya tendrá en cuenta ese acuerdo, y, sobre él, fiscalizará a la contratación de la Comunidad.

Y, además de todo eso, como les he dicho, los informes del Consejo de Cuentas van al Tribunal de Cuentas y a la... -que es único en enjuiciamiento y supremo en fiscalización-, va al Tribunal de Cuentas y a la Fiscalía del Tribunal de Cuentas, en virtud de un convenio suscrito, para que determine si existen indicios de responsabilidad contable u otro tipo de problemas desde el punto de vista jurídico. Por tanto, yo creo que lo que se hace desde ese punto de vista es muy importante.

Yo creo que, bueno, por mi parte, no... no mucho más. Señalar que ha sido, efectivamente, un ejercicio complicado, y destacar la... la importancia, finalmente, de la contratación llamada "estratégica", ¿eh?, ahora que... que previsiblemente vamos hacia... -esperemos que me equivoque- hacia una nueva crisis económica, esperemos que la contratación estratégica no quede otra vez en segundo lugar. Por mi parte, nada más. Y muchas gracias a todos.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias, señor presidente. Finalizado el debate, y de conformidad con lo establecido en la norma cuarta de la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, de siete de abril de dos mil nueve, se abre un plazo de cinco días para que los grupos parlamentarios puedan presentar ante la Mesa de la Comisión propuestas de resolución relativas a los Informes de Fiscalización que acaban de ser examinados. Dicho plazo finalizará, de conformidad con lo previsto en el Artículo 94 del Reglamento de la Cámara, el once de julio a las catorce horas.

A continuación, por el señor secretario se dará lectura al tercer punto del orden del día.

Informe


EL SECRETARIO (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Comparecencia del señor presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para la presentación del Informe "Fiscalización de los convenios celebrados por la Comunidad de Castilla y León, ejercicios dieciocho y diecinueve".


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Para la presentación del Informe, tiene la palabra el excelentísimo señor don Mario Amilivia González, presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León. ¿Señor presidente?


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR AMILIVIA GONZÁLEZ):

Muchas gracias. Este Informe es uno de los trabajos más recientes, publicado el pasado dieciséis de febrero. Es la primera vez que el Consejo se dedica... dedica un informe específico a este tipo de acuerdos, que pueden adoptar, con efectos jurídicos para un fin común, las Administraciones públicas, los organismos públicos y entidades de derecho privado o público, en este caso vinculados o dependientes de las universidades públicas, así como otros sujetos de derecho privado.

Consiste en una auditoría de cumplimiento de la legalidad en la gestión de los convenios por la Comunidad de Castilla y León, verificando su adecuada formalización y registro, así como el cumplimiento de la obligación de comunicación al Consejo de Cuentas en el ámbito de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás normativa de aplicación.

A tal efecto, se realizan cinco comprobaciones: una, el cumplimiento de la obligación de revisión de convenios al Consejo de Cuentas; dos, el adecuado registro de los convenios y la garantía de su publicidad con respecto al principio de transparencia; tres, el cumplimiento de la legalidad del procedimiento de suscripción de los convenios, tanto en las actuaciones preparatorias como en su formalización; y, finalmente, el conteo de los convenios, verificando que no se han utilizado en sustitución de figuras jurídicas afines, como los contratos o subvenciones. El alcance de la fiscalización se extiende a los convenios suscritos en los ejercicios dieciocho y diecinueve por la Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma.

En el análisis de la comunicación de los convenios al Consejo de Cuenta... Cuentas también se han incluido los suscritos por las universidades de Castilla y León y sus entes dependientes. La comprobación del cumplimiento de los requisitos legales más significativos se ha realizado sobre los 68 convenios que, por su importe, de más de 600.000 euros, deben remitirse al Consejo de Cuentas, así como sobre una muestra de otros 32 expedientes, representativa de los convenios con aportaciones inferiores.

En la realización de esta auditoría, con carácter general, no han existido limitaciones al alcance, adoptando los entes una actitud de colaboración.

En cuanto a las alegaciones formuladas por los entes fiscalizados, como siempre, han sido objeto de un análisis pormenorizado, y las admitidas han dado lugar a modificaciones, en su caso, incorporadas al informe definitivo.

A continuación, procedo a sintetizar los aspectos más destacables de las treinta y dos conclusiones del Informe.

En lo que respecta a la comunicación de los convenios al Consejo de Cuentas, por lo que se refiere a la... a los de cuantía superior a 600.000 euros, se ha remitido el documento de formalización de los 34 formalizados en dos mil dieciocho y de otros 34 correspondientes a dos mil diecinueve. También, el documento de 34 adendas de modificación, de prórroga, de adhesión u otras, formalizadas en dos mil dieciocho y de otras 42 en dos mil diecinueve.

En 27 convenios de dos mil dieciocho -el 79 % del total- y en 10 de dos mil diecinueve -el 29 % del total- se ha incumplido el plazo establecido para la comunicación de tres meses siguientes a su formalización. Tampoco se cumplió este plazo en ninguno de los 34 expedientes de adenda remitidos en dos mil dieciocho y en 5 -el 12 %- de los remitidos en dos mil diecinueve.

Las cuatro universidades públicas y sus entidades dependientes no han remitido al Consejo de Cuentas comunicación sobre la existencia de convenios suscritos superiores a 600.000 euros. Lo hizo posteriormente la Universidad de Valladolid en fase de alegaciones. No obstante, la relación anual de los convenios suscritos, reitero, se cumplió dos... compromiso económico de 2.000.000 de euros del citado convenio de la Universidad de Valladolid.

En lo que se refiere a las relaciones anuales de convenios formalizados, la Administración de la Comunidad ha comunicado al Consejo de Cuentas 1.392 convenios, convenios suscritos en dos mil dieciocho, ascendiendo el importe de las aportaciones de las entidades autonómicas a 130 millones de euros, y el de las aportaciones totales a 329 millones; y un total de 1.084 convenios suscritos en dos mil diecinueve, ascendiendo el importe de las aportaciones de las entidades autonómicas a 110 millones, y el de las aportaciones totales a 229 millones. Además, once entidades han remitido una comunicación o certificación negativa de no haberse suscrito ningún convenio durante dos mil dieciocho y dos mil diecinueve.

En cuanto a las cuatro universidades públicas de la Comunidad, la de Valladolid ha comunicado al Consejo 112 convenios en dos mil dieciocho, por un importe de 956.281 euros; y 131 convenios en dos mil diecinueve, por importe de 2,6 millones de euros. En la relación de dos mil diecinueve se incluye un convenio superior a 600.000 euros, del que, como ya he mencionado anteriormente, no se había remitido la preceptiva documentación al Consejo de Cuentas, aunque sí se remitió en la fase de alegaciones.

Por su parte, las Universidades de Salamanca, Burgos y León no han remitido ninguna comunicación en relación con los convenios suscritos en dos mil dieciocho y dos mil diecinueve.

Otro de los aspectos analizados en esta fiscalización ha sido el régimen jurídico de los convenios en cuanto al registro, publicidad y transparencia. La Comunidad de Castilla y León no dispone de normativa propia que regule de forma sistemática la figura de los convenios de colaboración, salvo el régimen de competencias para su firma y la regulación del Registro General Electrónico de Convenios, siendo de aplicación, por lo tanto, en todo la legislación básica del Estado.

Tampoco la normativa autonómica, entre las que hay que señalar el Decreto 66/13, por el que se regula el Registro General Electrónico de Convenios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, ha sido objeto de adecuación de las disposiciones incompatibles con lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. El Registro General Electrónico de Convenios incluye convenios firmados exclusivamente por sujetos de derecho privado, que quedarían sometidos a un régimen jurídico diferente del previsto en la normativa. También son objeto de anotación en el Registro otras figuras, como son los protocolos, las encomiendas de gestión, que se formalizan mediante convenio, que, sin embargo, no tienen tal consideración en la regulación estatal vigente. Por contra, quedan excluidos del Registro los convenios cuyo objeto sea exclusivamente instrumentar las condiciones de una subvención; omisión que no se contempla en la normativa básica estatal.

A pesar de estas incoherencias, por la Administración de la Comunidad se cumplen las obligaciones de transparencia y de publicidad en relación con los convenios suscritos por sus diferentes organismos y entidades, conforme a lo dispuesto en la Ley 19/13 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y el Decreto 63... 66/2013, por el que se regula el Registro General Electrónico de Convenios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Entre las conclusiones relativas a la preparación de los convenios cabe destacar las siguientes observaciones: en cuanto a las autorizaciones preceptivas, en 1 convenio no figura la autorización previa de la Junta de Castilla y León, y en 3 convenios de colaboración con entidades locales no hay constancia de que se haya elaborado el preceptivo acuerdo de la Junta.

En lo referente al conteo de la documentación, en 32 convenios no se aporta el informe del Registro General Electrónico de la Comunidad sobre la existencia de convenios cuyo contenido pueda afectar al que se pretende suscribir o el aportado... o que el aportado no reúna los requisitos necesarios para el cumplimiento de su función u otro tipo de deficiencias.

En 28 expedientes no se remite la memoria justificativa donde se analizan la necesidad y oportunidad, el impacto económico y el carácter no contractual de la actividad; o bien, la memoria aporta... aportada es incompleta o presenta otras deficiencias.

En 3 convenios no se aporta el informe del servicio jurídico; en 22 expedientes no se... no se acredita la fiscalización previa; en 17 expedientes no figuran los documentos contables de retención de crédito, y, en caso de que incluyan obligaciones plurianuales, no se acredita el cumplimiento de los requisitos establecidos; en 2 expedientes no se aporta la comunicación al Registro General Electrónico al órgano directivo central en materia de acción anterior; en 3 convenios, correspondientes a la Fundación Siglo, en los que se instrumenta la concesión de una subvención directa, no hay constancia de la aprobación de las bases reguladoras ni de la autorización de la Consejería a la que está adscrita.

El siguiente apartado, con un bloque de once conclusiones, es el que analiza la formalización de los convenios. En los informes previos a la suscripción de 4 convenios, la Asesoría Jurídica formuló diversas observaciones:

En los documentos de formalización se introducen modificaciones, pero sin que exista constancia de la elaboración de un nuevo informe sobre la adecuación del nuevo texto del convenio a las observaciones formuladas.

En el documento de formalización de 3 convenios no figuran claramente definidos los compromisos económicos asumidos por la parte.

En el documento de formalización de otros 3 convenios no se indica la forma de realizar los pagos de las obligaciones y compromisos económicos asumidos; además, en uno se da cobertura a cantidades devengadas por servicios prestados con anterioridad a la vigencia del convenio.

En 27 no... el documento de formalización no establece las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por las partes.

En 25 convenios no figura el régimen de modificación, ni que la modificación del contenido, a falta de regulación expresa, requiere un acuerdo unánime de los firmantes.

En 6 expedientes no se incluyen medidas concretas de justificación de la ejecución del convenio en lo referente a la acreditación de los gastos reales soportados por la parte responsable de la gestión, o mediante la comprobación material de inversiones realizadas.

En 1 expediente se establece un plazo de vigencia superior al máximo de cuatro años establecido, sin que se señale la norma que lo justifique, y, además, en otro no figura su plazo de vigencia.

En 13 convenios no se designa adecuadamente una comisión de seguimiento.

En 26 expedientes no se detalla la legislación aplicable o la referencia al orden jurisdiccional que proceda para resolver las cuestiones litigiosas.

En el documento de formalización de un convenio no se define con claridad la entidad responsable.

Finalmente, 10 expedientes suscritos por el ITACYL, de los 14 de la muestra, que superan el millón de euros, están firmados por su director, cuando la competencia corresponde al presidente de dicho Instituto.

Para concluir, las dos últimas conclusiones... para concluir, las dos últimas conclusiones se refieren al análisis del contenido del convenio y su diferenciación de otras figuras jurídicas similares.

Todos los convenios comunicados al Consejo de Cuentas también han sido objeto de anotación en el Registro General Electrónico de Convenios de la Administración de la Comunidad. De los 100 que integran la muestra, 33 acuerdos de diversa naturaleza y régimen jurídico no corresponden a los convenios regulados en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.

El supuesto más numeroso es el de 15 acuerdos que instrumentan la concesión de una subvención nominativa, sujeto, sin embargo, a las normas de tramitación y procedimiento propias de las subvenciones, y no, en este caso, de los... de convenios.

Otros 2 acuerdos de colaboración, que articulan las obligaciones y aportaciones económicas para financiar actividades contractuales en las que solo las Administraciones perceptoras de los fondos ostentan competencias sobre la materia, están sujetos a la normativa propia de subvenciones.

En otros 5 casos se trata de acuerdos celebrados entre entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de la Administración o entre estas y otros sujetos de derecho privado cuyo ámbito subjetivo no se incluye en el concepto de convenio administrativo del Artículo 47.1 ni en la tipología de convenios administrativos del Artículo 47.2 de la Ley 40/2015.

En el caso de 3 contratos-programa o convenios especiales, que instrumentan las aportaciones dinerarias o la financiación de determinadas entidades con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad, deben ser considerados también como... como subvenciones.

Finalmente, otros 8 acuerdos responden a una casuística muy diversa.

Como resultado de la fiscalización, el Consejo de Cuentas emite la siguiente opinión. La Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma cumple razonablemente con la obligación de remisión de convenios al Consejo Cuentas, en los términos contemplados en el Artículo 53 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. No así las universidades públicas de Salamanca, Burgos y León, que no cumplen dicha obligación. La de Valladolid, si bien está en la opinión, como observarán sus señorías, en relación con las alegaciones de las que he dado cuenta, acepta matices desde el punto de vista de este cumplimiento.

La Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma incumple con la obligación de registrar adecuadamente sus convenios, ya que inscribe como convenios acuerdos que no tienen esta consideración, de conformidad con la normativa de aplicación. No obstante, se garantiza su publicidad, con respecto al principio de transparencia. Se han encontrado incumplimientos de la legalidad en el procedimiento de suscripción de los convenios, tanto en las actuaciones preparatorias como en su formalización.

Y, finalmente, se ha verificado que en un 33 % de la muestra la Administración de la Comunidad califica como convenios acuerdos cuya naturaleza jurídica no es tal, sino que corresponde a otras figuras jurídicas afines.

Teniendo en consideración las conclusiones del Informe y la opinión emitida, el Consejo de Cuentas realiza cinco recomendaciones.

En primer lugar, la Administración de la Comunidad, así como el resto de organismos y entidades públicas deben asegurarse de que los convenios que suscriban se incluyan en el régimen jurídico establecido en la normativa estatal y autonómica antes de su inscripción en el Registro General Electrónico de Convenios, y su posterior remisión al Consejo de Cuentas.

La Comunidad debe establecer los criterios que determinen las entidades que tienen la obligación de remitir los convenios al Registro General Electrónico de Convenios y al Consejo de Cuentas. Además, debe establecer las medidas necesarias para que se envíe toda la información, toda la información y documentación requerida, dentro del plazo señalado.

Asimismo, la Comunidad deberá elaborar normativa propia que regule la figura de los convenios, adecuando sus normas a las disposiciones establecidas en la normativa estatal.

Las entidades públicas que suscriban convenios, en su preparación, deben recabar las autorizaciones o acuerdos de la Junta de Castilla y León, así como la elaboración e inclusión de toda la documentación que sea preceptiva en cada uno de los expedientes tramitados.

Finalmente, las entidades públicas deben asegurar que, al formalizar los convenios, incluyan, al menos, las materias señaladas para el contenido de los convenios en la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público y en el Decreto 66/2013. Nada más. Y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Iniciamos el turno de intervenciones de los distintos grupos parlamentarios. Por el Grupo Mixto, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra don Francisco Igea Arisqueta.


EL SEÑOR IGEA ARISQUETA:

Muchísimas gracias, presidenta. Bueno, ocurre con esto un poco como ha ocurrido con los informes anteriores, ¿no? Yo creo que el grado de incumplimiento aquí es aún, incluso, mucho más llamativo; por no tener, no tenemos normativa propia.

Pero sí me preocupa, primero, el grado de incumplimiento en las universidades, que es muy muy llamativo, ¿eh?; y me gustaría saber su opinión a ese respecto.

La ausencia de memoria justificativa en 28 convenios, lo cual, pues no deja de llamar la atención.

Y, sobre todo -y eso sí que me gustaría que me respondiera-, por lo que entiendo del Informe, que el 33 % son en realidad subvenciones o podrían corresponder a lo que deberían de ser subvención.

Y eso, lo que nos preocupa es saber si este es un sistema de... puede constituirse en un sistema de eludir los controles que son propios de las subvenciones nominativas. Y la ausencia también, a este respecto, de publicidad, como es obligado en las subvenciones que aparecen... que aparecen en el portal del Estado, y que deberían de aparecer y no aparecen, desde el año dos mil veintidós, en la página de transparencia de la Comunidad.

Porque entendemos que es importante que el gasto público esté sometido a la mayor transparencia posible. Y me gustaría saber si... cuál es su opinión sobre que estas... estos convenios apareciesen también en las visualizaciones de transparencia, con sus cantidades y sus adjudicatarios, para asegurarnos la transparencia del gasto público de nuestra Comunidad.

Sobre... sobre la ausencia de inscripción, también... de los criterios para inscribirse y la necesidad de la normativa, nos gustaría saber con qué urgencia entiende que es necesario establecer esta normativa, porque, por lo que concluimos de... del Informe, en este momento, la situación de ausencia de normativa no admite mucha más demora, dada la gravedad de las... de las conclusiones del Informe. Nada más. Y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya!, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, don José Ramón García Fernández.


EL SEÑOR GARCÍA FERNÁNDEZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Muchas gracias, señor presidente del Consejo de Cuentas, por el Informe que ha elaborado, también, sobre la... los convenios celebrados con la Comunidad de Castilla y León; y a todo su equipo, por supuesto.

Bueno, tampoco me voy a alargar mucho. Seguimos con lo... un poquito con lo anterior. Es decir, lo que he visto al... al analizar un poco el Informe que nos ha... nos han enviado es, bueno, pues lo que usted ha recalcado, es decir, la falta de normativa propia, y la que hay no se cumple; falta de controles; falta de rigor a la hora de tener la trazabilidad y respetar las... las responsabilidades, porque se ha visto que se han firmado convenios por personas que no deberían firmarlos; tener claro... la Junta de Castilla y León tiene que tener claro lo que son los convenios y lo que son acuerdos, y establecer esos criterios.

También llama la atención, o nos ha llamado la atención, el grado de cumplimiento de las universidades; la verdad que es a destacar.

Y después, bueno, un poco lo que ha comentado el señor Igea anteriormente: la falta de publicidad con... con todo... con todos los importes y cantidades que se asignan a cada convenio y demás, para que haya una transparencia clara y concisa.

Entonces, en cuanto a esto, bueno, pues vemos que también las muestras son pequeñas con respecto a la cantidad de... de convenios que se han firmado, pero es llamativo, sobre todo, para nosotros, la falta de esa normativa propia que debería de... de existir. Por lo demás, muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Vox Castilla y León, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra don Francisco Javier Carrera Noriega.


EL SEÑOR CARRERA NORIEGA:

Muchas gracias, presidenta. Pues estamos de nuevo ante un informe de cumplimiento de legalidad, como hemos visto en los dos informes anteriores. Y la verdad es que, efectivamente, nos llama la atención algunas cosas, ¿no? Pero, antes de nada, vamos a ir ordenando un poco lo que es la intervención, para no hacerla un poco galimatías.

Se ordena la evaluación en cinco aspectos, que es la comunicación de convenios al Consejo de Cuentas, el Registro de Publicad y Transparencia, la preparación de los convenios, la formalización de los convenios y el análisis del contenido del convenio, diferenciación de las figuras jurídicas. Y, luego, vienen unas recomendaciones que están relacionadas con las cinco... los cinco puntos mencionados anteriormente. Se utiliza como muestra los contratos cuya cuantía sea superior a 600.000 euros.

Y en este sentido, podemos decir que, bueno, pues que, en el área de comunicación de convenios, pues parece ser que, en general, la Junta de Castilla y León sí es cumplidora; pero llama la atención, poderosamente la atención, que las universidades públicas de Castilla y León, exceptuando la de Valladolid, pues no hagan uso de esta obligación. Lo cual nos lleva a pensar que... no sé si es que, a lo mejor, es en virtud del principio de autonomía universitaria, que piensan que están por encima del resto de la Administración, o por qué razones... Quizás no suscriban convenios; a lo mejor son... no es necesario para ellos el tener que incluirlas dentro del Registro. Pero el caso y el hecho es que no lo están haciendo.

Nos llama la atención que en el capítulo de Recomendaciones no se hace una referencia específica a este aspecto, aunque sí en la parte de Opiniones, en la página 23, donde se suele... donde se vuelve a decir que... que las universidades son incumplidoras de esta... de esta obligación.

En virtud de lo... tal y como está redactado el Informe, llegamos a la conclusión de que, posiblemente, las universidades no hayan hecho uso de la obligación porque no han querido; porque sí parece que sí tienen convenios. Da la sensación de que... de que el... el propio Informe dice que sí existe... existen convenios firmados por parte de las universidades, pero que no lo... no los comunican. Con lo cual, pues, si esto es así y se puede verificar de esa manera, pues me parece un hecho bastante... bastante grave.

En lo que se refiere al área de régimen jurídico de los convenios -registro, publicidad y transparencia-, el Informe se lamenta de la falta de regulación propia que regule los convenios, como ya ha sido puesto de manifiesto. Y la verdad es que se dice textualmente que la Administración general e institucional incumple con la obligación de registrar adecuadamente sus convenios, ya que inscribe como convenios acuerdos que no tienen esa consideración por normativa... con la normativa de aplicación. Por lo tanto, podemos decir que no hay un cumplimiento estricto de la legalidad, y esto pues nos tiene que dar que pensar que para qué se está utilizando o por qué se está utilizando la figura del convenio, cuando, en realidad, no se está firmando un convenio, sino otro instrumento jurídico, que es el que se utiliza para no sabemos exactamente qué.

En las áreas tres y cuatro, la preparación y formalización de los convenios. En el bloque de las opiniones relativas a este área, encontramos que se han encontrado incumplimientos de la legalidad en el procedimiento de suscripción de los convenios, tanto en las actividades preparatorias como de su formalización. Y, además, llama la atención que hay hasta 32 convenios en los que no se aporta el informe del Registro General Electrónico de Convenios, que es preceptivo y obligatorio. Vemos, en este aspecto, el valor de incumplimiento de la normativa de los convenios de las muestras, que justificaría la existencia de un organismo auditor que controlara la... la legalidad, lo que permitiría la detección de las infracciones. Pero que únicamente lo que estamos viendo es que nos quedamos en una parte descriptiva; no nos quedamos en otra cosa, sino más que en eso, en la descripción de las... de los incumplimientos, cuando, en realidad, cuando se producen de manera tan reiterada, tendríamos que detectarlos y, de alguna manera, evitar que se siguieran produciendo.

Esos incumplimientos, por ejemplo, son muy significativos en el... en el ITACYL, donde los convenios que son firmados por el director, en lugar del presidente, son 37... perdón, 27.

Esto sí que parece una omisión relevante, que sí que tiene que ser corregida -y quizá sea un poco benigno el comentario que hace el Informe-, cuando dice que las entidades públicas que suscriban convenios, en su preparación, deberán recabar las autorizaciones o acuerdos de la Junta de Castilla y León, en su caso, así como la elaboración e inclusión de toda la documentación que sea preceptiva en cada uno de los expedientes tramitados.

En lo que se refiere al área de análisis y contenido del convenio, pues vemos que la formalización recoge modificaciones sin informe de la... de la Administración del texto de nuevo... -perdón- de la adecuación del texto nuevo a las observaciones, una vez se... Llama la atención el número de expedientes con... con irregularidades, como el no recoger las consecuencias de incumplimiento o el régimen de las modificaciones.

Y en el análisis del contenido, pues lo que ya se ha puesto de manifiesto aquí, es decir, que más de un tercio de los informes de la muestra no sean convenios, pues la verdad es que, como ya he comentado antes, llama poderosamente la atención.

Suscribimos plenamente las cinco recomendaciones que realiza el Consejo de Cuentas, que creo que deben ser -una vez más, vuelvo a insistir- seguidas de manera conveniente, para evitar que todo este tipo de... de irregularidades se... se produzcan.

Y una última cosa. Decir una frase de... de Baltasar Gracián: "El primer paso de la ignorancia es presumir saber". Lo digo para aquellos que hablan de ignorancia con tanta libertad. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Socialista, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra doña Laura Pelegrina Cortijo.


LA SEÑORA PELEGRINA CORTIJO:

Gracias, presidenta. Buenos días... o tardes ya, a todas y a todos. Saludar, como no puede ser de otra manera, al Consejo de Cuentas y al equipo que le acompaña, y agradecer el trabajo realizado en la fiscalización de la gestión de los convenios celebrados por la Administración general e institucional de la Comunidad Autónoma.

Nos encontramos ante una fiscalización de cumplimiento de la legalidad, tanto en la gestión como de la formalización y el registro de los convenios suscritos en los ejercicios dos mil dieciocho y dos mil diecinueve, así como la verificación del cumplimiento de las obligaciones de comunicación al Consejo de Cuentas, en base a la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en base a la Resolución de veinticinco de junio de dos mil dieciocho, por la se publica la instrucción del Consejo de Cuentas que regula la obligación de envío de los convenios suscritos y demás normativa aplicable.

Hablamos, por tanto, de una muestra que ha fiscalizado el Consejo de 100 convenios, habiendo sido formalizados un total de 1.392 en el año dos mil dieciocho y 1.084 en el año dos mil diecinueve.

Como punto de partida, es importante hacer mención a que nuestra Comunidad no dispone de normativa propia que regule la figura de los convenios de colaboración, y que la única norma autonómica que existe, como es el Decreto 66/2013, por el que se regula el Registro General Electrónico de Convenios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, ha incumplido la Disposición Final Decimoséptima de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, que establecía el plazo de un año desde la entrada en vigor de la misma para adecuarla.

La opinión que emite el Consejo de Cuentas es demoledora para la Junta de Castilla y León. ¿La Administración general e institucional de Castilla y León cumple razonablemente con la obligación de remitir al Consejo de Cuentas el documento de formalización de los convenios? Sí. Pero no así cumple el plazo de comunicación de tres meses desde la formalización.

La Administración general e institucional de Castilla y León incumple la obligación de registrar adecuadamente sus convenios, pero, eso sí, garantiza su publicidad y transparencia incluso de aquellos que no tienen la consideración de convenio.

La Administración general e institucional de Castilla y León incumple la legalidad en las actuaciones preparatorias y en la formalización de los convenios. Y cuando hablamos de incumplimiento de legalidad, nos referimos a la inexistencia de memoria justificativa que analice la necesidad, oportunidad e impacto económico; que no exista informe del servicio jurídico; que no exista o que no se acredite fiscalización previa de Intervención; que no haya RC; o, lo que es más grave, que, bajo la figura de convenio, se concedan hasta 3 subvenciones directas, como hace la Fundación Siglo, y que 10 convenios, de los 14 de la muestra -un 71 %-, correspondientes al ITACYL, y que superan el millón de euros, no sean formalizados por el consejero, incumpliendo su... su propio reglamento; o que incluso en un convenio se supere el plazo máximo fijado de cuatro años, e incluso en otro se lleve a cabo la contratación de profesorado en centros públicos bajo la figura de convenio: son, entre otros, el claro ejemplo de incumplimientos de la legalidad.

El 33 % de la muestra, es decir, 33 de 100 convenios fiscalizados, son calificados como convenios cuando no lo son. O, lo que es lo mismo, el presidente de la Junta, Consejerías, Gerencias, Servicio Público de Empleo, entes públicos, consorcios, fundaciones y demás entidades de nuestra Comunidad no han sabido identificar correctamente como figura jurídica un convenio.

Todos los convenios y adendas de dos mil dieciocho y dos mil diecinueve que superan los 600.000 euros han... se han... han remitido el documento de formalización, pero 27 de 34, es decir, el 79,14 % de dos mil dieciocho y 10 de 34 en dos mil diecinueve, el 29,41, han incumplido el plazo de tres meses de comunicación desde la formalización. Y el cien por cien de las adendas del ejercicio dos mil dieciocho -34 adendas- han incumplido el plazo de comunicación. Y las Universidades de Burgos, Salamanca y León también han incumplido la obligación de comunicación al Consejo. La UVA lo hizo en período de alegaciones.

Y seguimos, porque es muy revelador el detalle de los incumplimientos de legalidad en las actuaciones preparatorias y en la formalización de los convenios. Y por resumir: 32 convenios no aportan el informe del Registro General Electrónico; 28 convenios no remiten memoria justificativa; 3 convenios no aportan informe del servicio jurídico; 22 convenios no acreditan la existencia de fiscalización previa por Intervención; 17 convenios sin RC; 2 convenios de Acción Exterior sin comunicación de registro electrónico; 3 convenios incumplen la Ley de Subvenciones; 4 convenios no adecúan las modificaciones propuestas por la asesoría jurídica; 3 convenios no definen compromisos económicos; 3 convenios, también, no indican cómo hacer el pago de las obligaciones; 27 convenios no establecen consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones; 25 no figuran en el régimen de modificación; en 6 convenios no incluyen medidas concretas de justificación de la ejecución del convenio; 1 supera el plazo de vigencia de cuatro años, u otro sin plazo de vigencia; 26 convenios no detallan la legislación aplicable; 1 convenio no define con claridad la entidad responsable del convenio; 10 de 14 superan el millón de euros y la obligación determinada en su propio reglamento de funcionamiento de ser firmados por el consejero.

En suma, incumplen el Decreto 66/2013, la Ley 40/2015, la Ley 2/2006, de la Hacienda y Sector Público de la Comunidad, la Ley 6/2003, reguladora de la... de Asistencia Jurídica de la Comunidad, la Ley General de Subvenciones, incluso la Ley 1/1998, de Régimen Local de Castilla y León, así como la Ley de Presupuestos de la Comunidad, entre otras.

Y, además, nos han llamado la atención varios convenios. El presidente de la Junta de Castilla y León suscribió un convenio en el año dos mil dieciocho, convenio incluido en la muestra y fiscalizado. Era el convenio de colaboración y cooperación entre las Comunidades Autónomas de Madrid y Castilla y León para la ejecución de una política conjunta en... en materia de transporte colectivo de viajeros en relación con determinados municipios de la provincia de Ávila y Segovia, convenio en el que se instrumenta una subvención a los titulares de determinadas líneas de transporte de viajeros para compensar la diferencia entre el precio del billete incluido en el abono mensual.

Un convenio interadministrativo, el único firmado por el presidente de la Junta de Castilla y León, que no incluye el contenido mínimo legal para formalizar el convenio; no incluye ninguna previsión sobre la acreditación por los titulares de las líneas de transporte para compensar las diferencias entre precios; no incluye ninguna referencia a los precios del billete normal ni del bono mensual; no incluye ningún mecanismo formal que permita determinar los importes subvencionables. Si las obligaciones de las partes no están definida... no están definidas, por tanto, es de dudosa formalización. Y, además, al tratarse de un convenio interadministrativo entre dos Comunidades Autónomas está excluido, en base al Artículo 47 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público y no tiene la consideración de convenio. Uno de uno, que incumple la legalidad y es firmado por el presidente de la Junta de Castilla y León.

Desde el Grupo Parlamentario Socialista llevamos años exigiendo a la Junta de Castilla y León una revisión minuciosa de los entes públicos y su... y su supresión para devolver su actividad, de forma ordenada, a la Administración general de la Comunidad, y en esta legislatura fue la primera iniciativa presentada y debatida en el primer Pleno ordinario. Lejos de apoyar la eliminación de los chiringuitos de Castilla y León, el Partido Popular, además, ha añadido uno más, como lo es la... la Vicepresidencia de Castilla y León.

En este Informe llama poderosamente la atención cómo entes públicos como el ICE, el ITACYL y la Fundación Siglo incumplen la legalidad y justifican, por tanto, nuestro posicionamiento respecto a estos entes y su eliminación.

El ICE, en el año dos mil dieciocho, suscribió 25 convenios y 14 en dos mil diecinueve. Se han fiscalizado 4. El ICE es el organismo que se encarga del desarrollo empresarial y de dar servicio a nuestras empresas. En 1 de los 4 convenios fiscalizados no aporta existencia de crédito suficiente y, a pisar... a pesar del carácter plurianual del gasto, incumple los Artículos 111 y 113 de la Ley de Hacienda y Sector Público de la... de la Comunidad.

Tampoco existe fiscalización previa por la Intervención, incumpliendo una vez más la Ley de Hacienda del Sector Público. No existe comunicación del Registro General Electrónico al órgano directivo central en materia de acción exterior, y, como es un acuerdo tipo con la Unión Europea, está excluido y no tiene la consideración de convenio; o, qué bien, otros 2 de los 4 convenios fiscalizados, que tienen como objetivo implantar o reforzar el transporte de energía eléctrica, tampoco tengan la consideración de convenios.

En el caso del ITACYL, que es el responsable de potenciar la actividad del sector agrario y de sus industrias de transformación, es cuando menos significativo en cuanto a sus incumplimientos. Se suscribieron el año dos mil dieciocho 22 convenios y 24 en el diecinueve, y se han fiscalizado 18.

De los 18 informes fiscalizados, en ninguno de los 18 -en el 100 %- no hay constancia de informe sobre la existencia de convenios cuyo contenido pueda afectar al que se pretende suscribir... General Electrónico del Decreto 66/2013, incumpliendo la única norma autonómica que regula el registro. Incorporan Memoria justificativa. Sin embargo, en 3 de los convenios no señala el carácter no contractual de la actividad ni el cumplimiento.

En 2 de los convenios la Memoria es posterior a la fecha de firma y en otro no figura ni tan siquiera la fecha de emisión. En ninguno de los convenios, salvo en tres, no aporta el certificado de existencia de crédito adecuado y suficiente, impidiendo verificar el carácter plurianual de las obligaciones, incumpliendo la Ley de Hacienda y Sector Público de la Comunidad.

En 15 de 18 no existe fiscalización previa por la Intervención de la Administración; 10 de 18 superaban el millón de euros, fueron firmados por el director del ITACYL, incumpliendo su propio reglamento, que determina la formalización de los convenios que superen dicha cuantía, que han de ser formalizados por el presidente del ITACYL, que no es otro que el consejero de Agricultura.

En ninguno de los 18 fiscalizados figuran las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por las tardes. Se crean Comisiones de Seguimiento sin que se sepan quiénes las componen; en 16 de 18 no figura el régimen de modificación; y lo peor, en ninguno de los 18 fiscalizados existe referencia normativa al régimen jurídico aplicable al convenio o acuerdo.

En estas manos está la investigación, la certificación de calidad, el desarrollo de infraestructuras agrarias de nuestra Comunidad.

Y la Fundación Siglo. Fiscalizados 4 convenios: 3 de los 4 fiscalizados tienen características propias de acuerdos mediante los cuales una entidad pública instrumenta una concesión de una subvención directa, y, además, ni consta la aprobación de las bases reguladoras ni la autorización de la Consejería de la que depende esta fundación, incumpliendo la Ley General de Subvenciones. Estos 3 convenios, que implican compromisos económicos para la Fundación, no incluyen la necesidad de acreditación de los gastos reales en que hubiera incurrido la parte responsable de la gestión, y en ninguno existe referencia normativa al régimen jurídico aplicable al convenio o acuerdo.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Señora Peregrina, si le parece, como después tiene un turno de réplica, continúa en el turno de réplica, que está ya fuera de tiempo.


LA SEÑORA PELEGRINA CORTIJO:

(Finalizo). Con el resultado del análisis de los entes públicos de nuestra Comunidad, el Consejo nos aporta, con la fiscalización de la gestión de sus convenios, aún más argumentos de peso para seguir exigiendo la eliminación de los entes, fundaciones y empresas públicas, a quien el Partido Popular ha... ha encomendado funciones propias de la Administración. Y hoy, con las conclusiones de este Informe, una vez más se ha constatado que su gestión no solo no es eficiente, sino que además incumplen la legalidad. Suscribimos y compartimos, como no puede ser de otra manera, las recomendaciones del Consejo. Nada más. Y gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Gracias. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, y por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra doña Leticia García Sánchez.


LA SEÑORA GARCÍA SÁNCHEZ:

Gracias, presidenta. Buenos días. Permítame, señor Amilivia, una reflexión previa al análisis del Informe sobre la importancia de la materia que debatimos. Porque hay que recordar que buena parte de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, lo que es la Ley 40/2015, que es el marco jurídico donde actualmente se regulan los convenios de forma básica para la Administración pública, proviene precisamente del trabajo que los Órganos de Cuentas y, en concreto, el Tribunal de Cuentas, ha venido haciendo en nuestro ordenamiento jurídico. Una regulación que emana fundamentalmente de esas recomendaciones en esa fiscalización de los negocios jurídicos tan relevantes como son los convenios en las relaciones interadministrativas.

Y es muy relevante hacer un análisis del gasto público en cuanto a la visión global de todos los negocios jurídicos, porque, efectivamente, si bien la contratación pública es el ámbito principal objeto de control, también hay que tener en cuenta la figura de los convenios, no solo la figura per se, sino por el hecho de que pudieran dar lugar a ciertos falseamientos de las reglas de contratación, en último término de la competencia, eludiendo de forma fraudulenta la legislación de contratos del sector público. O también evitar, por esta vía, la regulación de determinadas financiaciones por la vía de la subvención o transferencia.

Por lo tanto, a la hora de abordar el análisis de la fiscalización de estos convenios, celebrados por parte de la Junta de Castilla y León y las universidades, debemos hacerlo teniendo en cuenta la regulación de la Ley del Sector Público y la propia naturaleza de la fiscalización, que tiene su origen y fin último y principal en poner de manifiesto la no utilización del convenio administrativo cuando lo que procediese fuera otra forma jurídica, como transferencias, subvenciones o contratos administrativos.

Y, en este sentido, y visto el Informe de Fiscalización del Consejo de Cuentas de Castilla y León, y a pesar de lo que se ha dicho aquí, lo más destacable, y como primera conclusión, es que no se producen llamadas de atención en cuanto a utilización fraudulenta de figuras o el abuso del convenio para evitar otros controles.

Me resulta llamativo que algún portavoz, que ha tenido responsabilidades de Gobierno durante el período fiscalizado precisamente, no conozca los convenios que se han aprobado, el carácter de los convenios; y, si no los conoce, al menos una lectura del Informe le daría la medida de lo que luego se va diciendo y se va poniendo sobre la mesa en esta Comisión. Porque, como bien dice el Informe, lo que se produce son confusiones con otras figuras afines, no necesariamente con carácter fraudulento, como se ha querido hacer ver en este caso, porque se habla de convenios de prestación con otras Comunidades Autónomas, encomiendas de gestión, protocolos, ese tipo de figuras afines que se contemplan en el Informe; o confusión por el ámbito subjetivo. Lo cual no resulta prudente dejar sobre la mesa ese tipo de... de amenazas, de fraudulento, etcétera, pero que espero que ahora, en su segunda intervención, señor Amilivia, nos lo deje más claro.

Esta premisa inicial supone enfocar el... el debate desde la premisa de la mejora, de la mejora. Porque debemos centrarnos en considerar qué puntos, desde el punto de vista de los convenios, cabe mejorar en nuestra Comunidad Autónoma, pero siempre partiendo del hecho de que somos una Comunidad cumplidora de la normativa básica y de la normativa propia, y que mantenemos un escrupuloso respeto al ordenamiento jurídico en las relaciones interadministrativas.

La auditoría que tenemos sobre la mesa trata de la legalidad de la gestión de los convenios -ya se ha dicho-, también por parte de las universidades, referido al período dos mil dieciocho y dos mil diecinueve. Se ha efectuado sobre 100 convenios, 68 de más de 600.000 euros, como ya se ha dicho aquí.

Si hablamos de comunicación, la primera conclusión que sacamos respecto al... respecto a estas comunicaciones, el cumplimiento se produce por parte de la Junta de Castilla y León de forma fehaciente, no así -como se ha dicho- por parte de las universidades.

Respecto a la cuestión del registro de los convenios, es importante en este punto recordar el esfuerzo que ha hecho la Comunidad de Castilla y León en esta materia, porque en el año dos mil trece se aprobó el Decreto 66/2013, una norma anterior, evidentemente, a la Ley 40, del Régimen del Sector Público, que, como sabemos, desglosó de la Ley 30/92 toda la parte del régimen del sector público, y dejando la parte del procedimiento administrativo en la actual Ley 39/2015.

Es evidente que el decreto de la Junta de Castilla y León, al ser anterior a la nueva ley, debe adaptarse a esa norma básica. Pero debemos recordar que la Junta de Castilla y León no es ajena a este proceso, porque el acuerdo del diecinueve ya contemplaba un calendario normativo, en el que se contemplaba esta... esta mejora, el Acuerdo 190/2019. Y, además, en esa propuesta de cambio se incluía ya la necesidad de categorización de los instrumentos de cooperación para acomodarse al Artículo 47.1 de la Ley de Régimen del Sector Público.

En el Grupo Popular somos conscientes que es necesaria esa adaptación, y además incide en el cumplimiento de las recomendaciones primera y segunda que efectúa el Consejo de Cuentas. Porque resulta claro que debemos esforzarnos en diferenciar claramente unas figuras de otras y delimitar, por otra parte, dentro de las relaciones institucionales que mantiene la Comunidad, qué entidades tienen esa obligación de remitir los convenios al Registro General. Por lo que estamos más que de acuerdo desde este grupo en esa necesaria adaptación. Y no solo nosotros, es que la Junta de Castilla y León ha ido más allá, porque esta necesidad ha sido recogida ya en el Plan normativo del año dos mil veintidós, que también lo contiene. Es más, ya se ha elaborado un primer texto para su tramitación, además de la solicitud de los informes pertinentes.

Pero permítame, señor Amilivia, también que ponga de manifiesto algo importante respecto al punto de vista subjetivo de las entidades sobre las que recae la obligación de comunicación al Consejo de Cuentas. La Junta de Castilla y León emitió alegación en esta parte, en la que se contiene una explicación del ámbito subjetivo. El Decreto 66/2013 abarca un ámbito más amplio respecto a la legislación básica del Estado y abarca todos los convenios que suscriban la Administración general e institucional de la Comunidad de Castilla y León, las empresas públicas, las fundaciones públicas de la Comunidad, los consorcios dotados de personalidad jurídica y el resto de entes o instituciones públicas creadas por la Administración, y cualesquiera otras personas jurídicas en las que participe mayoritariamente.

Y hay que tener en cuenta también, señor presidente, que por parte de la Junta de Castilla y León se trató de acotar la expresión "sector institucional" que se contenía en la resolución suya, del propio presidente del Consejo de Cuentas, de veinticinco de junio de dos mil dieciocho. Tras consulta y aclaración por el propio Consejo de Cuentas, se... se acordó que sí estarían incluidos los datos de los convenios registrados por las empresas públicas, fundaciones públicas y consorcios vinculados o dependientes de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, buscando, precisamente, el acomodo -como decíamos- de ese Artículo 47 de la Ley 40/2015.

Por otra parte, y como añadido, y de forma más precisa, en relación con la recomendación relativa a que la Administración de la Comunidad debe establecer los criterios que determinan las entidades que tienen obligación de remitir los convenios al Registro General Electrónico, y que deberá establecerse las medidas necesarias para que se envíe toda la información y documentación requerida dentro del plazo señalado, como se ha dicho esta mañana. Debemos tener en cuenta que en la propuesta de adaptación del decreto regulador del Registro de Convenios se incluye también la vinculación de forma expresa del ámbito de aplicación subjetivo con el inventario de entidades del sector público de Castilla y León, que establece el Artículo 82 de la Ley de Régimen del Sector Público.

Y, por otra parte, señor Amilivia, y continuando con la clasificación de los convenios, tenemos que tener en cuenta también que esta fiscalización se refiere a los años dos mil dieciocho y dos mil diecinueve, pero la Junta de Castilla y León ya tiene presente la recomendación en las rendiciones de cuentas del año dos mil veintiuno, porque en ellas ya se han categorizado los convenios y se ha adaptado también la Plataforma del Registro de Convenios informáticamente, para que, antes de la inscripción de los mismos y su remisión al Consejo de Cuentas, las diferentes Consejerías categoricen adecuadamente los convenios conforme a los artículos que hemos mencionado.

También se trabaja en abreviar los plazos por parte de las Consejerías, en... en orden a disponer de un plazo establecido por el Consejo de Cuentas, en cuanto a la información y la documentación de la rendición.

Y respecto a la consideración que el Órgano de Cuentas hace de la inscripción, hay que poner de relieve que, en todo caso, queda patente que la Administración autonómica garantiza la publicidad y el principio de transparencia, tal y como señala expresamente el Consejo; y es muy importante recordarlo de nuevo.

Y en otro orden de cosas, y por lo que se refiere a la fase preparatoria de los convenios, el Consejo ha puesto de manifiesto la no aportación de autorizaciones o acuerdos de la Junta de Castilla y León, si bien es cierto que, si hablamos del número de casos en que esto ha ocurrido -y ello no significa que este grupo pretenda obviarlo, sino todo lo contrario, porque aceptamos esta recomendación y la asumimos plenamente-, lo cierto es que se ha incumplido en un convenio la obligación de aportar la autorización previa; y en tres convenios con entidades locales no ha constado el acuerdo de la Junta. Es importante, en este tipo de informes, tener en cuenta el porcentaje de incidencias y no tomar la parte por el todo para evitar caer en falacias; debemos ser serios a este respecto.

Y tal y como señalé al inicio de mi intervención, el Informe que debatimos constata el cumplimiento por parte de la Junta de Castilla y León de la legalidad de la utilización del convenio como forma de relación interadministrativa; constata que se ha cumplido de forma generalizada con las prescripciones generales de la Ley 40/2015, del Sector Público, aunque, evidentemente, cabe margen de mejora en esta materia; y, por otra parte, que la Junta de Castilla y León trabaja en cumplir las recomendaciones, que estoy segura y convencida que así lo veremos en el Informe de seguimiento oportuno.

Se ha cumplido con las obligaciones de transparencia y publicidad de la Ley 19/2013, de Transparencia, de Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y con el Decreto 66/2013, por el que se regula el Registro General Electrónico. Por lo que este grupo, estando de acuerdo con las recomendaciones que formula el Consejo de Cuentas, que las asumimos, se encuentra tranquilo con la fiscalización realizada sobre la gestión de los convenios celebrados por la Junta de Castilla y León dos mil dieciocho y dos mil diecinueve; además, con la seguridad de que sabemos que esta materia mejorará con las decisiones ya... ya adoptadas por la Junta de Castilla y León, y que se seguirán desarrollando. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Señor presidente, puede dar respuesta a las distintas intervenciones de los grupos parlamentarios.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR AMILIVIA GONZÁLEZ):

Sí. Muchas gracias. En primer lugar, reiterar que este es un Informe específico de convenios, que es la primera vez que se ha acomodado como tal un Informe específico sobre los convenios suscritos en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y que tenía como período de fiscalización los ejercicios dos mil dieciocho-dos mil diecinueve.

La normativa que debería ser de aplicación en relación con los convenios suscritos por la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de que se estén acometiendo -ojalá sea así- las actualizaciones jurídicas correspondientes en este... en estos momentos, deviene de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público del año dos mil quince. A la pregunta de: ¿cuándo se tenían que actualizar o cuándo se debería actualizar la normativa de la Comunidad? Debió actualizarse a partir de la vigencia de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público del año dos mil quince. Luego, evidentemente, se lleva un retraso considerable en la adecuación de la normativa de... en materia de convenios, como lo señalan las conclusiones... las conclusiones del Informe y la opinión, que, básicamente, lo que hace es reflejar los objetivos del Informe y establecer, en este caso, los cumplimientos e incumplimientos. Y no es una opinión de carácter negativa, porque el Informe hay que tenerlo en consideración en su contexto y en su contenido total.

Pero, dicho eso, efectivamente, el Consejo de Cuentas se satisface de que las recomendaciones se vayan teniendo en cuenta, y le parece muy razonable... no muy razonable, le parece de mandato legal que la competencia, en este caso normativa, se adecúe a lo que ya está en vigor hace años, y que es legislación básica del Estado.

Evidentemente, la legislación de desarrollo puede ser más exigente. En ese sentido, cabe la posibilidad que haya una legislación de desarrollo que, respetando la legislación básica, aún establezca más exigencias en esta materia para la Comunidad Autónoma. Si es así, cualquier norma que estuviera en contradicción no... seguiría siendo de aplicación; pero, en todo caso, debería ser objeto de... de desarrollo.

¿Que haya habido un 33 % de figuras que, no siendo jurídicamente convenios, hayan sido tratadas como tales? Hombre, es consecuencia de lo anterior. Si seguimos aplicando una normativa anterior, donde sí se consideraban como convenios, a los efectos de la Comunidad Autónoma, por ejemplo, una serie de cuestiones, como protocolos, encomiendas de gestión... Es decir, claro, es que hay que adecuarlo. Por eso hay un 33 % de figuras jurídicas que no tienen la consideración de convenios y que están contempladas como tales, como tales por la Comunidad Autónoma.

Pero lo que es un convenio o no es un convenio está regulado en el Artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de uno de octubre, donde define los tipos de convenios y también define lo que no tiene consideración de convenios; por ejemplo, protocolos generales de actuación, instrumentos similares, que comprende las declaraciones de intención, etcétera, etcétera. Y, por ejemplo, cuando habla de tipos, excluye expresamente ya en esta ley los convenios constituidos en un tratado internacional o los convenios entre Comunidades Autónomas para la gestación... para la gestación y prestación de servicios propios.

Eso no significa que haya habido un fraude de ley; eso no significa que se incumpla la ley; eso no significa que se haya querido utilizar un procedimiento equivocado o a sabiendas de que es un procedimiento distinto para tramitar subvenciones. Eso lo que significa es que la regulación jurídica en materia de convenios es una legislación jurídica obsoleta y que hay que actualizar, pero no que haya habido un incumplimiento legal, ni en la concesión de las subvenciones ni en la tramitación; sí en la tramitación de esos convenios, como dice expresamente la... la conclusión mencionada y la opinión de... del Consejo de... de Cuentas.

Aquí había una normativa de arrastre, que está generando esta situación, no muy lógica desde el punto de vista del Consejo de Cuentas, no muy adecuada al ordenamiento jurídico desde el punto de vista general, porque, evidentemente, debería de ser objeto de desarrollo una ley que viene... deviene desde el año quince, y, si no me equivoco, estamos en el veintidós.

Por lo tanto, la opinión, la opinión, como he dicho antes, no es una opinión que hace una... una valoración favorable o desfavorable, sino que se dedica... se refiere a los objetivos señalados en el Informe, detallando, con carácter general, un párrafo cada uno de ellos y las conclusiones afectadas. Y recuerdo que el primero era comprobar el cumplimiento de la obligación de remisión de convenios al Consejo de Cuentas en los términos contemplados en el Artículo 53 de la Ley de Régimen Jurídico de la... del Sector Público, y el... y la opinión dice que se cumple razonablemente con dicha obligación, y no así las universidades públicas. Y yo... yo matizaría: especialmente Salamanca, Burgos y León, porque Valladolid, en fase de alegaciones, cumplió con esta obligación.

¿Por qué no han comunicado dichos convenios las universidades? Pues lo desconozco. Son objeto de fiscalización con carácter anual. Antes estaban fiscalizadas dentro de la Cuenta General y ahora son objeto de fiscalizaciones de carácter específico cada ejercicio. Este año estamos fiscalizando la Universidad de Burgos; el año pasado lo hicimos con la de León. Pero, bueno, evidentemente, en el informe siguiente o recomendaciones habrá que ver por qué no han cumplido con esta obligación.

Comprobar el adecuado registro de los convenios y que se garantice su publicidad con respecto al principio de transparencia. Aquí se señala claramente que la Administración incumple con dicha obligación al no registrar adecuadamente sus convenios en los términos que hemos tenido antes de hablar o de... o de debatir: conclusiones 8 a 10. No obstante, ¿eh?, quiero dejarlo claro, se garantiza su publicidad con respecto al principio de transparencia. Y recuerdo, en este sentido, que las sanciones en relación con los incumplimientos en materia de transparencia le corresponden, en su caso, al Comisionado para la Transparencia y no al Consejo de Cuentas.

Tercero, verificar el cumplimiento de legalidad del... del procedimiento de suscripción de los convenios, tanto en las actuaciones preparatorias como en su formalización. Pues bien, lamentablemente tengo que decir que se han encontrado incumplimientos, que han ustedes mencionado, en las conclusiones 11 a 29.

Y, finalmente, verificar el contenido de los convenios y que no se hayan utilizado en sustitución figuras jurídicas afines, como las subvenciones -lo he señalado, ese 33 %-, y como se pueden incluir otras figuras, como protocolos, declaraciones de intención, que son declaraciones de intenciones, encomiendas de gestión, entre otros. Por mi parte, nada más. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias, señor presidente. En turno de réplica, por un tiempo máximo de cinco minutos, en representación del Grupo Mixto, tiene la palabra don Francisco Igea Arisqueta.


EL SEÑOR IGEA ARISQUETA:

Muchísimas gracias. Bueno, en primer lugar, pedir disculpas si igual alguien ha entendido mal una pregunta que he hecho. Yo he hecho una pregunta simplemente, no he hecho ninguna afirmación. No tengo por costumbre hacer esas afirmaciones. Hay gente que sí la tiene esa costumbre, ¿eh?, de atribuir conductas delictivas a exconsejeros o viceconsejeros. Hoy tenemos un buen día para recordar esas cosas. Nosotros no solemos hacer eso, ¿eh? Eso es una cosa muy fea que no hay que hacer, y yo no tengo por costumbre hacerla, ¿eh?

Comprendo que se le ha hecho largo a su señoría nuestra permanencia en el Consejo de Gobierno -yo lo entiendo-, pero no estuvimos ni en el dieciocho ni en el diecinueve, que es el período al que se refiere...


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Señor Igea, intentamos centrarnos un poquito.


EL SEÑOR IGEA ARISQUETA:

Sí. No, no. Por aclarar.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

¿Vale? ¿Le parece bien, señor Igea?


EL SEÑOR IGEA ARISQUETA:

(Si no le importa, voy a... a acabar enseguida. Muchísimas gracias, señora presidenta). Dicho esto, decir que, a propósito de los convenios y los entes del sector público, durante la pasada legislatura, el veintiocho de julio de dos mil uno hubo un acuerdo del Consejo de Gobierno sobre las directrices vinculantes para la transparencia y la eficiencia de estas entidades que ha de cumplirse, ¿eh?, y que nosotros esperamos que se cumpla.

Pero la pregunta que le hacía al presidente es... porque en el punto 32, Área de análisis de contenido, convenio y diferenciación de figuras jurídicas afines, dice que 15 convenios instrumentan la concesión de una subvención nominativa, ¿no?, y esto era el motivo de... de la pregunta, y no otra cosa. En cualquier caso, agradezco al presidente sus aclaraciones y a la presidenta su paciencia para dejarnos aclarar algunas maledicencias que se habían vertido.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya!, tiene la palabra don José Ramón García Fernández.


EL SEÑOR GARCÍA FERNÁNDEZ:

Muchas gracias, señora presidenta. Pues nada, no me quiero extender más. Simplemente quiero dar las gracias al presidente del Consejo de Cuentas por la... y a su equipo por todo la... todos los informes que nos ha aportado hoy. Y, bueno, pues simplemente decir a la Junta de Castilla y León que, por favor, cumpla con la normativa; y, si no la tiene, que la haga y que la cumpla. Nada más. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Por el Grupo Parlamentario Vox Castilla y León, don Francisco Javier Carreras Noriega.


EL SEÑOR CARRERA NORIEGA:

Gracias, señora presidenta. Muy rápidamente. En primer lugar, agradecer también al presidente del Consejo de Cuentas y a sus... a su equipo, a sus consejeros y a todo el equipo técnico la elaboración de esos informes, que, como hemos manifestado todos, son de una enorme complejidad.

Me ha parecido escucharle antes que este era la primera ocasión en la que se realizaba un informe de esta naturaleza. Espero que en sucesivas ocasiones el nivel de cumplimiento por parte, sobre todo, de las universidades sea mayor, y en eso nos esforzaremos todos desde esta Cámara y desde el Gobierno. Por cierto, el Gobierno no tiene ningún chiringuito; o, si los Gobiernos tienen chiringuitos, hay algunos que a lo mejor lo utilizan para marcharse en Falcon a Nueva York. No lo sé. En fin.

La cuestión es que es importante que el cumplimiento de las recomendaciones se realice. Y sobre todo quiero detenerme en una, que es la de que la Comunidad de Castilla... la Comunidad de Castilla y León deberá elaborar una normativa propia que se adapte a la Ley 40/2015. Creo que, visto lo visto, y teniendo en cuenta el alcance al que llega el Informe, es fundamental e importante que se realice esa... ese desarrollo normativo para evitar que se produzcan situaciones no... no deseadas, como ese 33 % de informes o de convenios que no sabemos muy bien qué naturaleza jurídica seguirán. Por mi parte, nada más. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Socialista, doña Laura Pelegrina Cortijo.


LA SEÑORA PELEGRINA CORTIJO:

Gracias, presidenta. Simplemente remitirme a dar lectura a la Disposición Final Decimoséptima de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, que habla de adaptación normativa: "En el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la Ley, se deberán adecuar a la misma las normas estatales o autonómicas que sean incompatibles con lo previsto en esta Ley".

Que desde la... desde la Junta de Castilla y León digan ahora que está incluido en el plan normativo de dos mil veintidós, pues hay que tener en cuenta el retraso y... y las consecuencias de las recomendaciones y la opinión que... que emite el Consejo de Cuentas. Opinión a la que nos remitimos de nuevo por parte del Grupo Parlamentario Socialista porque, sí, incide en que cumple razonablemente la obligación de la remisión de los convenios, no así el plazo.

Y en cuanto a las universidades públicas, pues salvo la Universidad de Valladolid, que remitió toda la documentación en el período de alegaciones, ni la Universidad de Salamanca ni Burgos ni León cumplen la... la obligación.

También incumple la obligación de registrar adecuadamente los convenios, incumplen la legalidad en el procedimiento y suscripción de los convenios y actuaciones preparatorias y en su formalización, y un 33 % de la muestra -33 de 100-, pues se califican como convenios acuerdos cuya naturaleza jurídica no es tal, incluido el... el único que firma el presidente de... de la Junta de Castilla y León.

Desde el grupo parlamentario mantenemos la oposición y la defensa de la eliminación de los chiringuitos -sí, porque son chiringuitos, y, además, en esta legislatura hemos visto cómo se añade uno más-, porque, además, al igual que... que otras instituciones u otros entes públicos pues incumplen, en este caso, la legalidad en cuanto a la gestión y el registro de los convenios que formalizan. Nada más. Y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Por el Grupo Parlamentario Popular, doña Leticia García Sánchez.


LA SEÑORA GARCÍA SÁNCHEZ:

Gracias, presidenta. Reiterar, por parte del Grupo Popular, que... que podemos concluir, pero sin ningún género de dudas, que lo que predomina en esta materia de convenios es el cumplimiento en materia de convenios por parte de la Junta de Castilla y León. Y no solo eso, sino que, además, se trabaja en la mejora, de forma objetiva, de esta materia. El Grupo Popular aprecia el trabajo que se hace en las instituciones. Nos tomamos muy en serio las recomendaciones del Consejo de Cuentas y leemos los informes, cosa que es recomendable para el resto de... de portavoces. Prueba de ello es que asumimos en su totalidad la... las recomendaciones del Consejo de Cuentas; que ello no obsta en reconocer que, como se ha dicho esta mañana, existen incidencias, existen salvedades, pero que no tienen nada que ver con ningún tipo de sospecha de responsabilidad contable, ninguna sospecha o indicio de uso fraudulento de los... de los convenios.

Y le queremos agradecer, señor Amilivia, la aclaración que ha efectuado respecto de ese 33 % porque, efectivamente, a veces no hace falta emitir acusaciones, basta con una pregunta tendenciosa que, cuando vienen además de las personas que han tenido responsabilidad de Gobierno en el período que fiscalizamos, pueden dejar cierta inquietud en las personas que nos escuchan. Y por eso le agradecemos expresamente esta aclaración, que nos vuelve a dejar claro que aquí no hay un uso fraudulento de los convenios en Castilla y León. Darle las gracias por este trabajo complejo e importante nuevamente. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Muchas gracias. Para finalizar este tercer punto del orden del día, tiene la palabra el señor presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR AMILIVIA GONZÁLEZ):

Simplemente para señalar que creo que el fundamental problema de este Informe, en relación con la materia de convenios, donde hay una valoración realizada sobre el contenido de dicho Informe, que permite hacer una opinión vinculada simplemente a las conclusiones y los objetivos de dicho Informe, es la vigencia o no vigencia de la normativa aplicable y la necesidad de adecuar la normativa a la del... a la actualmente en vigor del régimen... del régimen jurídico del Estado; es decir, la... la visión desde un punto de vista de la vigencia o no vigencia desde una determinada regulación.

Y lo cierto es que la normativa, lo que son las leyes de la Comunidad Autónoma, las llevan a cabo ustedes, ¿eh?, ustedes. Estamos aquí hablando como si esto no fuera responsabilidad de las Cortes, y las Cortes también tienen capacidad legislativa. Las Cortes pueden aprobar proposiciones de ley; no solamente el Gobierno puede aprobar proyectos de ley. Luego, si les parece muy importante este informe y la recomendación normativa, adelante. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA VALLEJO QUEVEDO):

Finalizado el debate, de conformidad con lo establecido en la norma de cuentas de Resolución del... de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve, se abre un plazo de cinco días para que los grupos parlamentarios puedan presentar ante la Mesa de la Comisión propuestas de resolución relativas al Informe de Fiscalización que acaba de ser examinado. Dicho plazo finalizará, de conformidad con lo previsto en el Artículo 94 del Reglamento de la Cámara, el once de julio a las catorce horas.

Concluido el orden del día de esta Comisión, queremos agradecer nuevamente la presencia no solo del señor presidente, sino de todo su equipo que le acompañan de forma continuada en todas las comparecencias en estas Cortes. Excelentísimo señor don Mario Amilivia González, y a todo su equipo, de nuevo, muchas gracias.

Se levanta la sesión. Buenos días.

[Se levanta la sesión a las catorce horas].


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