DS(P) nº 81/2 del 15/3/1991









Orden del Día:




Informaciones y Preguntas orales de Actualidad.

Debate de Totalidad del Proyecto de Ley de Espacios Naturales de Castilla y León.

Propuesta de tramitación por el procedimiento de lectura única previsto en el artículo 128 del Reglamento de la Cámara del Proyecto de Ley de concesión de un crédito extraordinario para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la firma del Consorcio Feria Universal Ganadera Salamanca 1992 por un importe de DOSCIENTOS MILLONES DE PESETAS (200.000.000.-).

Debate y votación por el procedimiento de lectura única previsto en el artículo 128 del Reglamento de la Cámara del Proyecto de Ley de concesión de un crédito extraordinario para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la firma del Consorcio Feria Universal Ganadera Salamanca 1992 por un importe de DOSCIENTOS MILLONES DE PESETAS (200.000.000.-).

Propuesta de tramitación por el procedimiento de lectura única previsto en el artículo 128 del Reglamento de la Cámara del Proyecto de Ley por el que se modifica el incremento de retribuciones fijado para el año 1991.

Debate y votación por el procedimiento de lectura única previsto en el artículo 128 del Reglamento de la Cámara del Proyecto de Ley por el que modifica el incremento de retribuciones fijado para el año 1991.

Propuesta de tramitación por el procedimiento de lectura única del Proyecto de Ley de Modificación de la Ley 3/87, de treinta de Marzo, Electoral de Castilla y León.

Debate y votación, por el procedimiento de lectura única, del Proyecto de Ley de Modificación de la Ley 3/87, de treinta de Marzo, Electoral de Castilla y León.


Sumario:






Se inicia la sesión a las once horas veinte minutos.

El Vicepresidente, Sr. Estella Hoyos, abre la sesión y propone el Pleno de la Cámara la modificación del Orden del Día.

Segundo punto del Orden del Día. Debate de Totalidad P.L. 38.

El Secretario, Sr. Elorza Guinea, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

Intervención del Sr. Sagredo de Miguel, Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, para la presentación del Proyecto de Ley.

Intervención del Procurador Sr. González González (Grupo Socialista).

Intervención del Sr. Sagredo de Miguel, Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Tercer punto del Orden del Día. Propuesta tramitación Lectura Unica P.L. 42.

El Letrado, Sr. Matía Portilla, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

El Letrado, Sr. Matía Portilla, da lectura al Acuerdo de la Mesa proponiendo la tramitación en Lectura Unica.

El Vicepresidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación la propuesta. Es aprobada.

Cuarto punto del Orden del Día. Tramitación Lectura Unica P.L.

42.

El Letrado, Sr. Matía Portilla, da lectura al cuarto punto del Orden del Día.

Intervención del Sr. Zamácola Garrido, Consejero de Agricultura y Ganadería, para la presentación del Proyecto de Ley.

El Vicepresidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación el Proyecto de Ley. Es aprobado por asentimiento.

Quinto punto del Orden del Día. Propuesta tramitación Lectura Unica P.L. 43.

El Secretario, Sr. Elorza Guinea, da lectura al quinto punto del Orden del Día.

El Secretario, Sr. Elorza Guinea, da lectura al Acuerdo de la Mesa proponiendo la tramitación en Lectura Unica.

En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Fernández Merino (Grupo Socialista).

En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Agudo Benito (Grupo del C.D.S.).

En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Serrano Vilar (Grupo Popular).

En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Fernández Merino (Grupo Socialista).

En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Serrano Vilar (Grupo Popular).

El Vicepresidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación la propuesta. Es aprobada.

Sexto punto del Orden del Día. Tramitación Lectura Unica P.L. 43.

El Secretario, Sr. Elorza Guinea, da lectura al sexto punto del Orden del Día.

Intervención del Sr. Huidobro Díez, Consejero de Presidencia y Administración Territorial, para la presentación del Proyecto de Ley.

En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Agudo Benito (Grupo del C.D.S.).

En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Serrano Vilar (Grupo Popular).

En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Paniagua Iñiguez (Grupo Socialista).

En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Serrano Vilar (Grupo Popular).

En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Paniagua Iñiguez (Grupo Socialista): El Vicepresidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación el Proyecto de Ley debatido. Es aprobado.

Séptimo punto del Orden del Día. Propuesta tramitación Lectura Unica P.L. 44.

El Secretario, Sr. Elorza Guinea, da lectura al séptimo punto del Orden del Día.

El Secretario, Sr. Elorza Guinea, da lectura al Acuerdo de la Mesa proponiendo la tramitación en Lectura Unica.

El Vicepresidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación la propuesta. Es aprobada por asentimiento.

Octavo punto del Orden del Día. Tramitación Lectura Unica P.L.

44.

El Secretario, Sr. Elorza Guinea, da lectura al octavo punto del Orden del Día.

Intervención del Sr. Huidobro Díez, Consejero de Presidencia y Administración Territorial, para la presentación del Proyecto de Ley.

El Vicepresidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación el Proyecto de Ley. Es aprobado por asentimiento.

En turno de explicación de voto, interviene el Procurador Sr. Durán Suárez (Grupo del C.D.S.).

En turno de explicación de voto, interviene el Procurador Sr. Fernández Merino (Grupo Socialista).

En turno de explicación de voto, interviene el Procurador Sr. Nieto Noya (Grupo Popular).

El Vicepresidente, Sr. Estella Hoyos, levanta la sesión.

Se levantó la sesión a las trece horas veinte minutos.




Texto:

(-p.2613-)

(Comenzó la sesión a las once horas veinte minutos).

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Se abre la sesión. Y antes de entrar en el Orden del Día, esta Presidencia, de acuerdo con todos los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Castilla y León, expresado en la reunión de Junta de Portavoces celebrada en el día de ayer, somete al Pleno la alteración del Orden del Día, de conformidad con lo estipulado en el artículo 72 del Reglamento de la Cámara, en el sentido siguiente: Incluir un séptimo punto del Orden del Día, con el siguiente enunciado: "Propuesta de tramitación por el procedimiento de lectura única del Proyecto de Ley de Modificación de la Ley 3/87, de treinta de marzo, Electoral de Castilla y León". Asimismo, incluir un octavo punto en el Orden del Día, consistente en el "debate y votación, por el procedimiento de lectura única, del Proyecto de Ley de Modificación de la Ley 3/87, de treinta de marzo, Electoral de Castilla y León".

Señores Procuradores, ¿se aprueba por asentimiento esta propuesta que hace la Presidencia? Queda aprobada, y, consecuentemente, en el Orden del Día de esta sesión figurarán un séptimo y un octavo punto, con los enunciados que acabo de leer.

Por el señor Secretario, se procederá a dar lectura al primer punto del Orden del Día.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ELORZA GUINEA): Primer punto del Orden del Día: "Información y preguntas orales de actualidad".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): No existiendo ninguna pregunta ni información de actualidad, señor Secretario, proceda a dar lectura al segundo punto.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ELORZA GUINEA): Segundo punto del Orden del Día: "Debate de totalidad del Proyecto de Ley de Espacios Naturales de Castilla y León".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Para la presentación del Proyecto de Ley por la Junta de Castilla y León, tiene la palabra el señor Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.


SAGREDO DE MIGUEL

EL SEÑOR CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRITORIO (SEÑOR SAGREDO DE MIGUEL): Gracias, Presidente. Señorías, permítanme recordar hoy que se cumplen en esta fecha sesenta y tres años del nacimiento, y once de la muerte, de Félix Rodríguez de la Fuente.

Señor Presidente, Señorías. Me ha correspondido el honor de comparecer en esta Cámara, en nombre de la Junta de Consejeros, para someter a su consideración el Proyecto de Ley de Espacios Naturales de Castilla y León.

(-p.2614-)

Hablar de protección de espacios naturales hace obligado referirse al ambiente desde una perspectiva global. En realidad, éstos suponen una importante aportación para alcanzar soluciones a los problemas ambientales que presentan los países desarrollados, por la elección de un proceso de desarrollo economicista, ya fracasado.

A partir de la segunda mitad del siglo XIX, la población empieza a experimentar unos crecimientos espectaculares, y, por otra parte, el creciente desarrollo tecnológico, base de la revolución industrial, es aplicado a una explotación intensiva de los recursos naturales por una sociedad dominada por el positivismo más radical, en la creencia de la inagotabilidad de los recursos y en la yo diría que obsesión por dominar la naturaleza y escapar a sus procesos.

Un siglo después, los efectos producidos por la conjunción de ambos factores se muestran en su más cruda realidad. Erosión de suelos, desertificación, contaminación de aguas y aire, pérdida de tierras fértiles para el cultivo, desforestación, destrucción de ecosistemas, extinción de especies y variedades constituyen algunas de las manifestaciones evidentes del deterioro del medio ambiente. Alguno de estos problemas se presentan a escala local o regional, mientras que otros demuestran la interdependencia real de los procesos ecológicos y tienen repercusiones a escala planetaria, como las lluvias ácidas, el efecto invernadero, los cambios climáticos, la rotura de la capa de ozono, etcétera.

La suma de estos problemas, unidos a los por desgracia no infrecuentes desastres ecológicos, despertó una preocupación social por la conservación, generando una aspiración de la comunidad internacional por dar respuesta al dilema planteado entre conservación y desarrollo.

Como conocen Sus Señorías, es en el setenta y dos, en la Conferencia de Estocolmo de Naciones Unidas, sobre el medio humano, donde por primera vez se plasma internacionalmente la necesidad de orientar las acciones de la humanidad en defensa y mejora del ambiente, instando a las administraciones locales, regionales y nacionales a la adopción de medidas adecuadas para lograrlo.

Como resultado práctico derivado de dicha Conferencia, se encargó a la Unión Internacional de Conservación de la Naturaleza la elaboración de un documento para buscar soluciones a los interrogantes planteados, cristalizando, como saben Sus Señorías, en la denominada Estrategia Mundial de la Conservación de los Recursos Naturales, que proporciona un marco en el que se establece la compatibilidad entre el desarrollo y la conservación y la necesidad de armonizarlos, en aras a la consecución del bienestar de la sociedad futura.

Y así, queda definida la conservación como "la gestión de la biosfera por el ser humano, de tal suerte que produzca el mayor y sostenido beneficio para las generaciones actuales, pero manteniendo su potencialidad, para satisfacer las necesidades y aspiraciones de las generaciones futuras". En esta filosofía de utilización de la biosfera queda englobado ese tipo de desarrollo, que, a través de la aplicación de recursos humanos y financieros, intenta la satisfacción de las necesidades de la sociedad, pero añadiendo algo más, añadiendo mucho más: la seguridad del mantenimiento sostenido de dicha utilización.

Y así, mientras en toda decisión desarrollista existe siempre la tentación de sacrificar los valores ambientales en aras de un beneficio inmediato, una inteligente política ambiental debe tender a eliminar las contradicciones insolidarias entre la satisfacción de las necesidades inmediatas y las del futuro, a medio y a largo plazo, en la convicción de que el deterioro de la biosfera hará imposible o, por lo menos, muy costoso en el futuro la vida de la humanidad sobre el planeta.

En definitiva, no debe admitirse la ausencia de la consideración del factor coste ambiental en la planificación de desarrollo, y debe erradicarse, de una vez por todas, la idea de considerar los bienes ambientales como bienes gratuitos, como bienes libres -decían los tratados económicos que veíamos en la Facultad, hasta hace muy pocos años-, que implica un uso ilimitado y desordenado de los mismos, que, al no ser contabilizados debidamente en el proceso productivo, genera unas deseconomías externas, cuyo resultado es la insolidaria crisis ambiental que padecemos.

Se hace necesario una decidida política que permita internalizar los efectos ambientales en los procesos de planificación y desarrollo, con objeto de conseguir un crecimiento armonioso y ecológicamente equilibrado.

Así lo ha entendido la Comunidad Económica Europea, donde la preocupación por los problemas ambientales es creciente.

Dado que en el Tratado de Roma no se hacía ninguna referencia expresa al ambiente y al hilo del principio ambiental básico establecido en la Cumbre de París de Jefes de Estado, y en la que se declaró que la expansión económica no constituye un fin en sí mismo, introdujo en el ochenta y siete una modificación en el Tratado, a través del Acta Unica, en su artículo 25, y estableciendo un nuevo título, dedicado al medio ambiente, en el que se especifica la necesidad de que las exigencias de la protección del ambiente deben constituir un componente de las demás políticas de la Comunidad.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Ruego a Sus Señorías guarden silencio, por favor.


SAGREDO DE MIGUEL

(-p.2615-)

EL SEÑOR CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRITORIO (SEÑOR SAGREDO DE MIGUEL): Gracias, Presidente.

La puesta en práctica de esta política exige la definición de unas directrices de ordenación territorial que permitan trasladar los planteamientos de conservación a las unidades territoriales concretas, apoyadas e instrumentadas en un marco legislativo adecuado y en una administración y gestión eficaces. Pensar globalmente, actuar localmente, diría ayer el profesor Tamames en el "I Congreso Regional de Medio Ambiente", en Salamanca.

En este sentido, se hace necesario disponer de una estructura administrativa, basada en el principio de unidad de gestión, que posibilite una visión global del ambiente, como sistema integrado, incardinando, a través de los distintos procesos ecológicos, los múltiples componentes y factores que condicionan los ecosistemas. Una unidad de gestión que evite enfoques sectoriales por adscripción de funciones a órganos dispersos, y que, lógicamente, derivan a la realización de esfuerzos paralelos y multiplicación de decisiones, que impiden la coherencia administrativa y, en definitiva, producen ineficacia y dilución de responsabilidades.

Del convencimiento de que el éxito de una buena política ambiental depende de su vertebración dentro de la unidad de gestión, resultó la creación, el diecinueve de mayo del ochenta y nueve, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, respondiendo al propósito de agrupar a todos los órganos que, dispersos en distintos departamentos, tuvieran como objetivo preferente la mejora del ambiente en su doble faceta ambiente urbano y ambiente rural.

Las acciones de la nueva Consejería quedaron definidas ya los días veintiocho y treinta de junio del ochenta y nueve, en las comparecencias ante las Comisiones de Agricultura, Ganadería y Montes y la de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de esta Cámara, para informar a Sus Señorías sobre el programa de actuaciones.

Uno de los objetivos básicos -letra f), recuerdo- contemplaba el establecimiento de una Red de Espacios Naturales Protegidos que incluyese los principales ecosistemas de la Comunidad y los preservase de su deterioro.

Se abogaba ya por la definición y ejecución de políticas de conservación que armonicen los objetivos ligados al desarrollo con los de una inexcusable protección ambiental.

Este objetivo de establecer una Red de Espacios Protegidos constituye, a su vez, uno de los requisitos prioritarios de esa estrategia mundial, que considera necesarios para alcanzar los objetivos de la conservación, existiendo -como saben Sus Señorías-, en el seno de la propia organización de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza, una Comisión de Parques Nacionales y Areas Protegidas, que en uno de los puntos de su plan de acción determina la necesidad de establecer para el noventa y dos una red mundial que cubra todas las regiones ecológicas.

Del mismo modo, se va recogiendo la preocupación por el establecimiento de estas redes en los distintos foros internacionales. Así, la UNESCO, dentro de su programa "Hombre y Biosfera", viene patrocinando la constitución de la Red de Reservas de la Biosfera, cuya finalidad es conservar, para el uso presente y futuro del hombre, la diversidad e integridad de las comunidades de plantas y animales dentro de los ecosistemas naturales, siendo la compatibilización de la protección del medio con el desarrollo y aprovechamiento de los recursos el principio rector básico de las actividades de investigación ecológica y ambiental, de la educación, de la formación que en ella se desarrolla. Paralelamente, la UNESCO estableció la lista de sitios de patrimonio mundial cultural y natural.

Conocen Sus Señorías que, dentro del ámbito de la organización del Consejo de Europa, existe una Red Internacional de Espacios Naturales Protegidos, denominada Red Europea de Reservas Biogenéticas, que tiene como objetivo conservar ejemplos representativos de la flora y fauna y zonas naturales europeas, y garantizar así el equilibrio biológico y la supervivencia de nuestro patrimonio natural.

La Comunidad Económica Europea, por otra parte, desarrolla su política ambiental a través de los programas de acción y el establecimiento de normativas, en forma, principalmente, de directivas y reglamentos.

Así, la Directiva 409/79, relativa a la conservación de las aves silvestres, considera la necesidad de disponer medidas de conservación especiales, con respecto a su hábitat, para determinadas especies de la avifauna salvaje, proponiendo la creación en cada Estado miembro de zonas de protección para las aves, denominadas ZEPAS.

Otro proyecto importante, prácticamente cerrado y a punto de ser aprobado por el Consejo de la Comunidad Económica Europea, es la denominada Directiva de Hábitats, que todos Sus Señorías conocen, que establece la necesidad de crear una red ecológica europea, coherente, de zonas especiales de conservación, denominada Natura 2000, e instando a los Estados y a las regiones al establecimiento de un número suficiente de estas áreas.

(-p.2616-)

Hace tan sólo unas semanas, el Ministro español de Obras Públicas y Urbanismo instaba a todos los Consejeros de Medio Ambiente y de Urbanismo del Estado español a elaborar urgentemente una red de espacios protegidos, y espero que esta preocupación siga, quizá aflore, de una manera más evidente en los planes inmediatos del nuevo Ministro de Transportes, Obras Públicas y Urbanismo.

Esta necesidad de establecer redes armónicas y coherentes no ha sido óbice, lógicamente, para que se haya ido desarrollando una política de protección de áreas naturales a nivel mundial. Así, en mil ochocientos setenta y dos, se ponía en marcha en Estados Unidos la actividad de protección de espacios naturales con la declaración del Parque Nacional de Yellowstone.

Cuarenta y cuatro años más tarde, en Europa, España fue pionera en el desarrollo de la política de creación de parques y demás espacios naturales protegidos. Y así, en mil novecientos dieciséis, se promulga la Ley de Parques Nacionales, mencionándose en su introducción lugares como Gredos, Picos de Europa, etcétera. Dos años más tarde, en aplicación a lo dispuesto en esta Ley, en mil novecientos dieciocho, se declara el primer parque nacional español, el Parque Nacional de la montaña de Covadonga.

Otros hitos importantes en el desarrollo de la política de espacios naturales fueron la promulgación de la Ley de Montes, de ocho de junio del cincuenta y siete, que dedica un capítulo a los parques nacionales, y la más reciente Ley de dos de mayo del setenta y cinco, de Espacios Naturales Protegidos.

En virtud de estas disposiciones y desde mil novecientos dieciséis, se han ido declarando espacios de una manera esporádica, descoordinada, y en el setenta y ocho, año en el que se aprueba la Constitución, la última Constitución española, y se establece el Estado de las Autonomías, únicamente dos espacios protegidos existen en nuestra Comunidad: parte del ya citado Parque Nacional de Covadonga y el Parque Natural del Lago de Sanabria, que por Decreto veintisiete de octubre del setenta y ocho reclasifica un antiguo sitio de interés nacional.

El acercamiento de la toma de decisiones a la Administración Regional posibilitó la puesta en marcha de los estudios de planificación necesarios, que permitieron en su día la selección de aquellos espacios que por sus características fueran merecedores de un estatuto de protección especial, iniciándose en esta Comunidad, en mil novecientos ochenta y cinco, el estudio de la elaboración de la estrategia regional de conservación y el primer diseño de una red de espacios naturales.

Sin embargo, ha existido una dificultad para hacer efectivo y llevar a la práctica las conclusiones y resultados derivados de ese proceso de planificación, como es la falta de una mención expresa sobre las competencias en espacios naturales en el Estatuto de Autonomía de esta Comunidad, porque, como en tantas otras cuestiones y en este caso, Castilla y León ha quedado en una situación de inferioridad en relación con otras Comunidades. Nos referimos, saben Sus Señorías, al supuesto contemplado en el artículo 149.3 del texto constitucional.

Posteriormente, por Real Decreto 1.504/84, de ocho de febrero, se traspasan funciones y servicios en materia de conservación de la naturaleza del Estado a la Comunidad de Castilla y León, y se transfieren las funciones de declaración de Parques Naturales y la gestión y administración de los Espacios Naturales Protegidos, a excepción de los Parques Nacionales, que se reserva el Estado.

Fue necesaria la promulgación de la Ley 4/89, de veintisiete de marzo, de Conservación de Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, para que se abriera el camino, en virtud del artículo 21.1, para que Castilla y León pueda proceder a la declaración de las distintas figuras de espacios contemplados en la misma, quedando nuevamente, por aplicación de esta norma que he citado, en inferioridad de condiciones con las Comunidades con competencias exclusivas en la materia.

Señorías, un recorrido con sensibilidad por las tierras de nuestra Comunidad puede dar una idea suficientemente aproximada de la necesidad, yo diría de la urgente necesidad, que tenemos de conservar y proteger aquellas zonas de nuestro territorio donde se conservan las mejores muestras de la naturaleza castellano-leonesa.

La milenaria formación de nuestro territorio, la ubicación de las cordilleras que circulan nuestra meseta, el paso del hombre por estas tierras, haciendo una historia densa, también notable, pero poco solidaria con el medio, ha generado la evolución de nuestra naturaleza hacia una situación altamente preocupante, que obliga a la adopción de medidas urgentes y decididas para que el deterioro de nuestro patrimonio natural no sea irremediable.

Por otra parte, la incorporación de España a la Comunidad Económica Europea obliga a adoptar, de manera más urgente, decidida y concreta, normas de protección de los valores naturales que albergamos, de cara a estar presentes de manera efectiva en la Europa del noventa y tres, en la Europa del mercado único, no sólo para adecuarnos a la directivas y al espíritu de protección que impregna a Europa, sino para estar inteligentemente preparados, con la planificación avanzada, para hacer posible el apoyo comunitario de los nuevos instrumentos financieros existentes y los que están a punto de establecerse, para la mejora del medio y asegurar el desarrollo compatible.

(-p.2617-)

Cabe hacer mención, en este campo, a la propuesta de reglamento del Consejo, por el que se crea el último instrumento financiero para el medio ambiente, el LIFE, para copotenciar los planes de espacios protegidos. Para esta labor previsora, Señorías, nos quedan sólo seiscientos cincuenta y siete días.

El Proyecto de Ley que tengo el honor de presentar en esta Cámara pretende establecer el marco jurídico que, desarrollando lo dispuesto en el artículo 45 de nuestra Constitución y la Ley 4/89, permita la protección, el uso y la gestión de aquellos espacios naturales que sean seleccionados por albergar en su interior ecosistemas no sustancialmente alterados que destaquen por su relativa y significativa calidad natural, o por la función biológica que ostentan.

Todo el articulado responde y está impregnado de la filosofía de conservación, compatibilizando protección con desarrollo, planificando racionalmente los procesos, para no deteriorar el medio natural, sino permitir conservarlo o mejorarlo, para poder trasmitirlo a las generaciones futuras en las mejoras condiciones.

La Ley establece la creación de una red de espacios naturales, de la que forman parte, además de los espacios naturales protegidos en sentido estricto, las denominadas zonas de interés natural, montes de utilidad pública, montes protectores, zonas húmedas de interés especial, hábitats de protección especial, vías pecuarias y zonas de esparcimiento.

Esta nueva concepción de red, introduciendo estas zonas naturales que se constituyen en verdaderas zonas protegidas, y así son consideradas en clasificaciones sobre tipología de áreas protegidas de la UICN, permite obtener una visión y gestión integradoras del territorio, alejando la idea de espacios protegidos a modo de "interlands", que pudieran dar pie a acciones indiscriminadas y ambientalmente agresivas fuera de ellos.

De la lectura del Título I se deduce uno de los objetivos más importantes de la Ley: que este Proyecto, Señorías, se convierta en un instrumento de prosperidad y de despegue económico para estas poblaciones marginales, dispersas, abandonadas, sacrificadas y envejecidas, cuyas posibilidades actuales son reducidas y que deben recibir el máximo apoyo para la puesta en valor de un recurso, su ambiente, de alta calidad, cada vez más escaso, y que debe ser motor de un desarrollo basado en actividades del sector terciario, compensando aquellos sacrificios y carencias de muchas generaciones que les precedieron con la posibilidad de un futuro mejor para sus hijos.

A través del articulado de la Ley, Señorías, aparece insistentemente la preocupación por dinamizar la economía de las zonas a proteger y por la integración de sus habitantes en esta... en ese protagonismo y en las actividades y en la rentabilización de los beneficios.

El Título II establece el régimen de protección general, reconociendo el derecho al medio ambiente como un bien de la colectividad y, por lo tanto, prevalente frente al interés privado.

En cuanto a los montes, se determina la necesidad de un plan dasocrático que permita asegurar la permanencia y mejora del capital vuelo en los montes, reconociendo su importante valor como patrimonio natural.

Otra importante novedad que pensamos aporta la Ley es la adecuación a un régimen cinegético especial y el establecimiento de un plan cinegético de tal manera que se asegure la pervivencia y mejora de las especies, evitando el ejercicio incontrolado de dicha actividad.

Asimismo, y en orden a evitar abusos urbanísticos en los espacios de la red, se establece, por un lado, la necesidad de que el planeamiento urbanístico se someta al régimen de protección, y, por otro lado, de manera cautelar, la necesidad de que, en ausencia de planificación, los usos constructivos en el suelo no urbanizable sea sometido a autorización.

El Titulo III se centra en la definición de los espacios naturales protegidos, estableciendo una distinción entre dos figuras de parques, los parques regionales y los parques naturales, distinguiendo entre ellos una característica de calidad frente a la conservación, más que en diferencias en las formas de gestión.

Así, la figura de parque regional se aplica a aquellas áreas del territorio donde los valores naturales son de máxima importancia dentro del contexto del medio natural de la región.

En ambos casos, se pretende una protección global del ecosistema, pero compatibilizándola en todo momento con la coexistencia del hombre y sus actividades, y procurando, en la gestión de estas áreas, hacer más patente la filosofía de un desarrollo ecológico creciente.

De las reservas naturales orientadas fundamentalmente a la protección de determinados componentes de los ecosistemas, fauna y flora, cabe mencionar la posibilidad de que en las reservas naturales científicas se puedan establecer convenios de colaboración para su gestión con entidades universitarias y científicas.

Los monumentos naturales para la protección de valores geomorfológicos y geológicos y los paisajes protegidos, como figura de protección de carácter más pasivo y preventivo, terminan de configurar la tipología de las figuras contempladas en la Ley.

(-p.2618-)

En este mismo título, y de acuerdo al plan de espacios naturales elaborado, se declaran como protegidos veintinueve espacios en la región, que, con una superficie de un millón noventa y dos mil setencientas cuatro hectáreas, representan el 11,79% de la superficie regional, aún lejos de los cánones europeos: Alemania, con un 27,14, o el Reino Unido, con el 27,68. Y lejos también de la superficie protegida en otras Comunidades españolas equiparables, como Andalucía, que, con un millón cuatrocientas setenta y nueve mil hectáreas, en ochenta y dos espacios protegidos, alcanza un porcentaje del 17,19% de su territorio. Pero pienso que es un porcentaje suficiente para salir con la cara levantada por Europa.

Se propone, Señorías, en este Proyecto de Ley la declaración de dos parques regionales, ocho parques naturales, seis reservas naturales, siete monumentos naturales y seis paisajes protegidos, que, con los seis espacios ya declarados, suponen un total de treinta y cinco espacios en la Comunidad. Es claro que estos espacios constituyen una primera relación, seguramente la más importante, pero incompleta, de los espacios que de algún modo se considera puedan ser objeto de una protección especial y cuya protección no permite demoras, hasta tal punto que en alguno de ellos ha sido necesaria, y se hará necesaria, la dotación de un régimen de protección preventiva, a fin de evitar deterioros irreparables en los valores que son merecedores de protección.

Se ha realizado, Señorías un complejo y largo proceso de selección de espacios. Para que un espacio haya sido seleccionado, ha sido necesario que se entienda que cumple una o varias de las siguientes condiciones: ser representativo de los principales ecosistemas de la Región, contener ejemplos de su variedad biológica, albergar especies raras, amenazadas o en peligro, de plantas o animales o formaciones geomorfológicas interesantes, jugar un papel importante en el mantenimiento de procesos biológicos, o ser áreas de gran belleza escénica y paisajística.

Establecidas, pues, las condiciones, ha sido preciso utilizar un procedimiento sistemático, que ha permitido seleccionar aquellas áreas que mejor cumplen los objetivos propuestos.

Para una mayor sistematización del procedimiento de selección y poder conseguir una muestra equilibrada de espacios, se procedió a una primera división de la Región en subregiones, llanura, meseta y páramo, y cinturón montañoso -Sanabria Cantábrica, Ibérica y Central-, realizando el procedimiento de selección aisladamente para cada subregión.

El proceso, como he dicho, Señorías, ha sido largo, meditado; un trabajo concienzudo. Se inició en el año ochenta y cinco, a partir del estudio ya comentado de la estrategia regional y del diseño de la red de espacios, y contando con los inventarios nacional de paisajes sobresalientes y el abierto de espacios naturales de protección especial de mil novecientos setenta y siete-mil novecientos ochenta. Y en fase más reciente, se han acometido los estudios concretos para cada espacio, con objeto de establecer, en principio, los límites más adecuados para defender y proteger aquellos valores que motivaron la selección.

La red, evidentemente, tiene carácter abierto, y a la misma se podrán ir incorporando nuevos espacios, de acuerdo con los procedimientos que se establecen en la propia Ley.

Continúa el texto legal, Señorías, definiendo los instrumentos de planificación que concretarán en el tiempo y en el espacio las normas que permitan su uso y gestión.

El texto legal que se presenta es un marco que establece un régimen genérico de protección para toda la red de espacios naturales. Es preciso que, a través de los instrumentos de planificación posteriores, se particularice cada espacio desde la problemática específica y mediante las técnicas de zonificación y se defina cuáles serán las directrices y regímenes de uso que permitan alcanzar los objetivos de protección. Así, quedarán establecidos los planes de ordenación necesarios para parques y reservas y los planes rectores para parques, los planes de conservación para las reservas naturales y las normas de protección de monumentos y paisajes. Estos planes son de vital importancia para la gestión de cada espacio y se han de constituir en líneas básicas de actuación, y de ello se derivan los programas que dirijan toda actividad dentro de ellos, por lo que su elaboración debe ser absolutamente participativa con todos los intereses en juego. Así queda recogido en el texto del Proyecto de Ley, donde los planes han de someterse a un largo procedimiento, con informes de los órganos asesores de los espacios, informes de todas las Consejerías, periodo de información pública y de audiencia a los interesados, de consulta a los intereses sociales para su posterior aprobación por la Junta de Consejeros. En definitiva, se trata de recoger las opiniones de todos los sectores, de realizar un plan lo más consensuado posible y de garantizar, en definitiva, que el espacio esté puesto al servicio de la sociedad y, de una manera preferente, al servicio de las poblaciones que los habitan.

(-p.2619-)

He mencionado que en el procedimiento de tramitación los planes se someterán al informe de los órganos asesores de los espacios. En efecto, uno de los aspectos importantes que recoge la Ley es la existencia de órganos para la colaboración en la gestión y para la toma de decisiones, en el que estarán representados todos los intereses y sectores que inciden sobre ellas y, en particular, y en gran porcentaje, las entidades locales afectadas. Esta participación consideramos que es absolutamente necesaria, pues a través de ella es posible obtener una mayor información acerca de esas necesidades locales, de sus problemas para establecer planes mejores, en lo posible, y más realistas y acerca de lo que será llevado a cabo, de lo que más convenga hacer, habida cuenta de las condiciones que se den en cada caso. Esto permitirá la integración de estas comunidades en las actividades generadas en el espacio y la aportación de su esfuerzo y trabajo en la conservación y desarrollo.

Los órganos asesores están igualmente estructurados en una red, desde los órganos asesores para cada espacio concreto, juntas rectoras para parques y reservas incluidos en convenios internacionales, patronatos provinciales que dirigen y apoyan la gestión en el ámbito provincial, hasta culminar en el Consejo Regional que vela por el cumplimiento de los fines de los espacios en todo el ámbito regional.

He comentado sucesivamente, a lo largo de toda esta presentación, Señorías, la importancia que tienen las entidades locales en esta Ley y la necesidad de mejorar las condiciones de vida que padecen los habitantes. En ese sentido, no ya como una compensación, pues no puede ser objeto de compensación una protección que, en definitiva, viene a consolidar en su beneficio inmediato el uso racional de los recursos, sino como una muestra de solidaridad interregional e intrarregional que elimine desequilibrios y fomente la conservación de unos bienes que son patrimonio de todos. Por ello, se establece la necesidad de elaborar un plan de mejoras, que se financiará con cargo a los Presupuestos de la Junta de Castilla y León, artículo 42, para la zona de influencia socio-económica de los espacios, para mejorar sus infraestructuras, equipamientos, nivel de servicios, fomentar obras compatibles con el mantenimiento de los valores ambientales, rehabilitar la vivienda rural, estimular las iniciativas culturales; en definitiva, potenciar todas aquellas actividades que aseguren un desarrollo creciente ecológico, integrando a los habitantes en las actividades generadas.

Es preciso, Señorías, hacer también una mención a las zonas naturales de interés especial, que constituyen parte importante de la Red de Espacios Naturales. Los montes de utilidad pública fueron quizá las primeras áreas que de alguna manera cumplieron con las funciones de defensa del medio natural y evitaron la desaparición de grandes áreas de nuestros bosques, respondiendo claramente a la categoría octava de los establecidos por la Comisión de Parques Nacionales y Areas Protegidas, bajo la denominación de áreas naturales ordenadas con fines de uso múltiple, en sus funciones protectoras, productivas y recreativas. Ya es hora de que estas áreas queden integradas y reconocidas en una Red de Espacios Naturales de la Comunidad.

Una mención especial, Señorías, merecen las zonas húmedas, uno de los ecosistemas más amenazados. Lejos de ser territorios improductivos y no deseables, nos encontramos ante los ecosistemas de mayor productividad del planeta, desempeñando importantes funciones de regulación hídrica y climática y como hábitat de aves acuáticas, función que, en el caso de nuestra Comunidad, se ve reforzado por la posición geográfica de Castilla y León como lugar de paso y de invernada de una importante fauna migradora. Todo ello ha conducido a una gran atención hacia su conservación, iniciada con el programa MAB promovido por la UICN, que se concretó en el denominado convenio RAMSAR, convención relativa a las zonas húmedas de importancia internacional, particularmente como hábitat de aves acuáticas, instando a los gobiernos a la conservación y protección de humedales. Se hacía preciso, pues, establecer en este Proyecto de Ley una figura que viniese a establecer la protección de estas áreas a través de la aplicación de la legislación sectorial, que es de aplicación y competencia de la Comunidad.

Asimismo, contempla el Proyecto de Ley las vías pecuarias y áreas naturales de esparcimiento con una función de ocio y uso público y pretende poner en valor una oferta recreativa cada vez más demandada por una sociedad que reside en su mayor parte en núcleos urbanos cada vez más hostiles, por la escasez de valores ambientales, y que necesita una fácil..., un fácil y cómodo contacto con la naturaleza.

Señorías, este Proyecto de Ley está hecho para el hombre, en función del hombre, con intención de que es un instrumento, una herramienta más puesta a su servicio para la mejora de su nivel de bienestar, manteniendo el equilibrio con el medio.

Señorías, satisfacen especialmente a este Consejero las enormes coincidencias entre este Proyecto de Ley que ahora les presento y el texto de la Proposición No de Ley formulada por el Grupo Socialista y publicada en el Boletín Oficial de la Cámara en cuatro de diciembre del pasado año, relativa a la urgente necesidad de que la Junta de Castilla y León presente ante las Cortes de Castilla y León un Proyecto de Ley de conservación y mejora de los espacios naturales que entronque con los contenidos de la Ley 4/89. Cuatro días después, la Junta de Consejeros daba luz verde a un proyecto coincidente al urgido.

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Así, establece la conveniencia de crear una red de espacios naturales protegidos en Castilla y León. Aparición de las figuras de parque regional y natural y la inclusión de áreas que tengan especial importancia, como vías pecuarias, montes de utilidad públicas, zonas húmedas, etcétera. Ratificación de los regímenes de protección de la citada Ley 4/89. Ajuste del planeamiento urbanístico al régimen de protección que se establezca. Previsión de dotación de los instrumentos de planificación y gestión, como son los planes de ordenación de los recursos naturales y los planes rectores de uso y gestión. Clasificación de usos, diferenciando los permitidos de los permisibles, y, de estos últimos, los que deban estar sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Informes de la Consejería preceptivos y vinculantes en los expedientes de autorización de actividades, aunque en este punto existe alguna discrepancia. Contemplación de ayudas económicas y técnicas a los municipios afectados total o parcialmente.

También hay concordancia absoluta entre la Proposición No de Ley y la filosofía que impregna el Proyecto, cuando el Portavoz escribía: "A juicio de este Procurador, existen razones de oportunidad y de extrema necesidad que aconsejan que, de manera urgente e inmediata, se tomen las medidas normativas de protección de nuestros espacios naturales".

Después de este párrafo transcrito, se diagnostican rápidamente, se enumeran los principales problemas ambientales de nuestra Comunidad, como son explotaciones a cielo abierto, urbanismo desordenado, aprovechamiento inadecuado de caza y pesca, furtivismo autorizado -me supongo que es no autorizado-, contaminación de las aguas, realización de proyectos sin evaluación de impacto, construcción de líneas de transporte de energía eléctrica que ocasionan un grave deterioro, roturaciones de montes poblados de especies de gran valor, encauzamiento de arroyos, repoblaciones con especies autóctonas -me supongo que alóctonas-, existencia de vertederos de residuos sólidos en lugares no autorizados, proliferación de carteles publicitarios, existencia de acampadas salvajes, etcétera, etcétera. Catálogo que, a falta de algunos otros problemas, a mi modo de ver tan importantes o más como los citados, como incendios forestales, desaparición de hábitats, erosión, etcétera, configuran realmente la situación ambiental de la Comunidad con un diagnóstico de gravedad. Han sido muchos años, siglos de actuación irrespetuosa con el medio los que han llevado al estado de degradación actual, y, sobre todo, unas últimas generaciones insolidarias, miopes y egoístas.

Esta Consejería, consciente de todo lo anterior, está poniendo los cimientos para frenar, primero, este proceso, e intentar invertir los términos en el menor plazo posible. Para ello están en pie esas cinco líneas en marcha, que empiezan ya a dar sus frutos: ese Plan director de Residuos Sólidos, el Plan de Saneamiento Integral, el Plan de Reforestación, Proyecto de Ley de Espacios Naturales, y un ambicioso programa de sensibilización y concienciación mediante la educación ambiental.

Señorías, ustedes conocen perfectamente el proyecto que aquí hoy se presenta, con las imperfecciones y carencias lógicas de todo proyecto. Espero, Señorías, que, si es aceptado por la Cámara, en el discurrir de Ponencia y Comisión, será perfeccionado, enriquecido, con las aportaciones de los Grupos, que pueden hacer de este documento original el mejor texto para esta Comunidad.

Estamos con un proyecto importante en un momento importante. Con este proyecto cristalizan ocho años, o más, de trabajos serios y profundos, altamente cualificados. Reitero que en este trámite parlamentario que queda Sus Señorías aportarán -estoy seguro-, junto a sus Enmiendas propias, cuantas alegaciones y sugerencias han presentado y presentarán Ayuntamientos, grupos o ciudadanos, enriqueciendo el proyecto para conseguir la mejor Ley de Espacios Protegidos para esta Comunidad, de interés general por encima de cualquier interés, como el mejor legado a las generaciones futuras.

Y es urgente, Señorías; es urgente porque estamos a seiscientos cincuenta y siete días de una nueva realidad que se llama "mercado único". La posibilidad de libertad de movimientos de capital y mano de obra, la eliminación de restricciones para la compra de terrenos acelerará la política de inversiones multinacionales hacia la agricultura, la selvicultura y el turismo. Es necesario, antes de mil novecientos noventa y tres, de primero de Enero, disponer de un sistema adecuado de gestión ambiental que ordene y rentabilice las inversiones en aquellos lugares preparados de antemano para ello. Un ambiente de gran calidad es un elemento fundamental para atraer a los ciudadanos europeos y crear condiciones favorables para la rentabilidad de determinados territorios. Un ambiente de alta calidad es un factor clave en relación con nuestra incorporación a Europa, y permitirá colocarnos ventajosamente en esa próxima situación a seiscientos cincuenta y siete días vista.

Nuestra riqueza en hábitats relevantes, nuestro potencial en zonas naturales de importancia ecológica internacional para la Comunidad Económica Europea y la decisión de las autoridades comunitarias de apostar por un nuevo modelo de desarrollo colocan a Castilla y León en una ventajosa situación de salida que no debemos desaprovechar por otros intereses que no sean los castellano-leoneses.

De la comprobada sensibilidad y responsabilidad de todos, Señorías, habrá de esperarse lo mejor para Castilla y León. Mi agradecimiento por ello.

Señor Presidente, gracias por su benevolencia. Señorías, muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias. Habiéndose presentado por el Grupo Socialista una Enmienda a la Totalidad proponiendo la devolución del Proyecto de Ley de Espacios Naturales a la Junta de Castilla y León, vamos a proceder a su debate y votación. Y para su defensa, por el Grupo Socialista tiene la palabra el señor González, don Jaime.


GONZALEZ GONZALEZ

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EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Señor Presidente. Señorías. En primer lugar, agradecer al Consejero su intervención sobre el medio ambiente. ¡Qué hubiera sido si hubiera sido sobre el ambiente entero!

En segundo lugar, agradecerle, igualmente, al señor Consejero la amplia referencia que ha hecho a la Proposición No de Ley que el Grupo Parlamentario Socialista presentó en esta Cámara, sobre la necesidad que el propio Grupo tenía de la existencia de una Ley de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León y la urgencia de la misma. Yo creo que sus palabras, unidas a nuestra Proposición No de Ley, demuestran de una manera fehaciente, mejor que si yo lo dijera, el interés y el espíritu que el propio Grupo Parlamentario Socialista tenía en esta Ley, y la voluntad política del Grupo Socialista de que esta Ley existiera y de que esa Ley se promulgue en esta Legislatura.

Creemos, igualmente, que esa voluntad es la de todos los Grupos, no sólo la del Grupo Socialista. Y que, precisamente, y una vez... esa voluntad de todos los Grupos, una vez superados los aspectos más conflictivos, o problemáticos, que la propia Ley tenía, y que habían generado dificultades para alcanzar ese acuerdo, y a su vez habían generado determinadas tensiones en los lugares y los habitantes de los lugares que se pretendían declarar protegidos, ha permitido que en estos momentos se haya llegado a un acuerdo entre todos los Grupos Parlamentarios de esta Cámara, y que afecta, fundamentalmente, a esos aspectos más controvertidos de la Ley, y que permiten que, una vez este Procurador haya comunicado el texto del acuerdo al Pleno de la Cámara, el Grupo Parlamentario Socialista retire su Enmienda de Totalidad al Proyecto de Ley.

Y, sin más dilaciones, paso a leer, textualmente, el acuerdo a que los Grupos Parlamentarios de esta Cámara hemos llegado sobre la Ley de Espacios Naturales protegidos de esta Comunidad, y que a la vez afecta, fundamentalmente -repito-, a aquellos aspectos más importantes de la misma.

"Primero. Se estable un Plan de Espacios Naturales Protegidos, con el compromiso de iniciar en el plazo de un año la redacción de sus instrumentos de planificación, que conducirá, por los procedimientos previstos en esta Ley, a la declaración de los espacios.

Dos. Los créditos previstos para la financiación de la Ley de Espacios Naturales de Castilla y León estarán comprendidos entre los siguientes límites:

1. Un mínimo del tres por ciento de los créditos de los Capítulos VI y VII de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León, con un máximo de 3.000.000.000 en el momento en que todos los espacios contenidos en el Plan de Espacios Naturales Protegidos estén declarados en su totalidad.

Desde el primer momento, un uno por ciento de esos mismos presupuestos, con un mínimo de 1.000.000.000 de pesetas.

Tres. Extensión de los beneficios a las zonas de influencia socio-económica de todos los espacios declarados protegidos -parques, reservas, monumentos naturales y paisajes protegidos-.

Cuatro. La representación de las Entidades Locales en los órganos de gestión en los espacios naturales protegidos, -Consejo Regional, Patronatos Provinciales y Juntas Rectoras- será de la tercera parte".

Este acuerdo, que, insisto, resuelve, a nuestro juicio, de manera satisfactoria, los aspectos más importantes de la Ley, unido, sin duda, a la comparecencia de Alcaldes, Presidentes de Juntas Vecinales, Diputaciones y Mancomunidades, que se producirá ante la Comisión de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de esta Cámara con la máxima urgencia posible, y unido también a las múltiples enmiendas parciales que, sin duda, todos los Grupos presentarán -y nosotros anunciamos que presentaremos muchas, porque, evidentemente, este acuerdo no impide la presentación de otras Enmiendas a otros aspectos concretos de la Ley, que permitan al final enriquecerla-, es posible que al final la Ley de Espacios Naturales Protegidos sea una Ley que esté de acuerdo y sea equiparable a la calidad, precisamente, de los espacios que en esta Comunidad de Castilla y León existen y que la citada Ley pretende proteger. Nada más y muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias. Señor Portavoz del Grupo Socialista, entendemos que ha quedado retirada la Enmienda a la Totalidad, ¿no?

Señor Consejero de Medio Ambiente, tiene la palabra.


SAGREDO DE MIGUEL

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EL SEÑOR CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRITORIO (SEÑOR SAGREDO DE MIGUEL): Gracias, Presidente. Señorías. Yo creo que acabamos de presenciar un espectáculo gratificante -y permítanme que lo titule como espectáculo-; un acto de estas Cortes muy serio, gratificante. A partir de un trabajo de muchos años, de mucha gente, a partir de este proyecto inicial, oídas alegaciones, sugerencias de Ayuntamientos, Asociaciones, ciudadanos. Los Grupos Parlamentarios, en una reflexión, en convergencia, han llegado a ese acuerdo consensuado a que ha hecho referencia el Portavoz del Grupo Socialista. Yo creo que con ellos se enriquece el Proyecto, se da respuesta a esa urgente necesidad de un modelo de desarrollo nuevo, y yo creo, Presidente, sin más, que únicamente me van a permitir que considere esto como el mejor recuerdo de esta Cámara a un hombre que hoy cumple esos sesenta y tres años, que es medalla de oro de esta Comunidad y que todos recordamos con admiración. Su nombre, Félix Rodríguez de la Fuente. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Gracias, señor Consejero. Retirada, que ha sido, la Enmienda de Totalidad al Proyecto de Ley de Espacios Naturales, por el señor Letrado se procederá a dar lectura al tercer punto del Orden del Día.


MATIA PORTILLA

EL SEÑOR LETRADO (SEÑOR MATIA PORTILLA): Tercer punto del Orden del Día: "Propuesta de tramitación por el procedimiento de lectura única del Proyecto de Ley de concesión de un crédito extraordinario para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la firma del Consorcio Feria Universal Ganadera de Salamanca, mil novecientos noventa y dos, por un importe de 200.000.000 de pesetas".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Asimismo, procederá el señor Letrado a dar lectura al acuerdo de la Mesa proponiendo al Pleno la tramitación por el procedimiento de lectura única de dicho Proyecto de Ley.


MATIA PORTILLA

EL SEÑOR LETRADO (SEÑOR MATIA PORTILLA): "La Mesa, en su reunión de fecha seis de Marzo actual, con el parecer favorable de la Junta de Portavoces, propone al Pleno de las Cortes la tramitación en lectura única del Proyecto de Ley de concesión de un crédito extraordinario para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la firma del Consorcio Feria Universal Ganadera de Salamanca, mil novecientos noventa y dos, por un importe de 200.000.000 de pesetas".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): ¿Se aprueba esta propuesta de lectura única, por asentimiento? Queda aprobada.

¿Algún Grupo Parlamentario desea consumir turno de explicación de votos?

Señor Secretario, por favor, proceda a dar lectura al cuarto punto de Orden del Día.


MATIA PORTILLA

EL SEÑOR LETRADO (SEÑOR MATIA PORTILLA): Cuarto punto del Orden del Día: "Debate y votación, por el procedimiento de lectura única, del Proyecto de Ley de concesión de un crédito extraordinario para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la firma del Consorcio Feria Universal Ganadera de Salamanca, mil novecientos noventa y dos, por un importe de 200.000.000 de pesetas".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Para la presentación del Proyecto de Ley por la Junta de Castilla y León, tiene la palabra su Consejero de Agricultura, señor Zamácola.


ZAMACOLA GARRIDO

EL SEÑOR CONSEJERO DE AGRICULTURA Y GANADERIA (SEÑOR ZAMACOLA GARRIDO): Gracias, señor Presidente. Señorías. El motivo de encontrarme en este momento ante ustedes presentando este Proyecto de Ley ha sido, simplemente, un -yo quiero llamarle- natural desfase entre la gestión de tres diferentes Administraciones, sin ningún cargo a ninguna de ellas de forma específica, en elegir o en acertar cuál sería la forma jurídica más idónea por la cual se podrían disponer unos fondos de forma rápida para las gestiones previas a la ejecución de la Feria Universal de Salamanca.

Como Sus Señorías conocen, con fecha ocho de febrero del año en curso, se ha firmado, por la Consejería de Agricultura y Ganadería, en representación de la Junta de Castilla y León, con la Excelentísima Diputación Provincial de Salamanca, el consorcio denominado "Feria Universal Ganadera, Salamanca 1.992".

En el artículo 27 de los Estatutos de dicho consorcio, las partes firmantes se comprometen a aportar al patrimonio fundacional del mismo la cantidad de 200.000.000 de pesetas cada una. Esta previsión de gasto figuraba, como Sus Señorías conocen, en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad para el año actual remitido a las Cortes de Castilla y León para su tramitación; dentro del Programa 050, Producción Agraria, y figuraban como subvención a la Feria Universal Ganadera. En aquel momento -y es a lo que me refería al inicio de mis palabras-, sin embargo, no estaba todavía definido, o estaba sin definir la forma jurídica de gestión y organización de la Feria Universal, extremo este cuya concreción no dependía exclusivamente de la Administración Autonómica, sino del acuerdo con el resto de las Administraciones Públicas implicadas.

Posteriormente a la aprobación de los Presupuestos Generales de la Comunidad, es decidida y consensuada la figura jurídica a utilizar. Se firma... En estos momentos, ya firmado el consorcio, la aportación al patrimonio fundacional del mismo no puede entonces realizarse con cargo al Capítulo VII, Transferencias de Capital de los presupuestos, que no corresponde a la naturaleza jurídica..., perdón, a la naturaleza económica del gasto, sino que, como tal aportación -en realidad, aportación al capital-, conlleva la adquisición de unos derechos, que exige su aplicación a créditos del Capítulo VIII, activos financieros.

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No es posible, sin embargo, en el presente caso, habilitar el crédito correspondiente con cargo al citado Capítulo VIII de los Presupuestos, mediante una transferencia de crédito del Capítulo VII, por ser contraria dicha transferencia al artículo 115.b) de la Ley de Hacienda de la Comunidad, que la prohíbe para las subvenciones nominativas.

De aquí la presentación, por tanto, de este Proyecto de Ley de concesión de crédito extraordinario, que defiendo..., perdón, que presento, y que permite a la Junta de Castilla y León realizar al Consorcio Feria Universal Ganadera, Salamanca'92, la aportación económica a que se ha obligado, cumpliendo estrictamente la Ley de Hacienda de nuestra Comunidad.

Nada más. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias, señor Consejero. Para consumir un turno a favor, ¿algún Grupo Parlamentario?

Consecuentemente, ¿tampoco hay turno en contra?.

¿Para la fijación de posiciones por los Grupos Parlamentarios...?

Se somete, entonces, a votación la Proposición... el Proyecto de Ley que acaba de ser debatido. Y, vista la postura de los Grupos, ¿se aprueba por asentimiento? Queda aprobado por asentimiento.

Y por el señor Secretario se dará lectura al quinto punto del Orden del Día.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ELORZA GUINEA): Quinto punto del Orden del Día: "Propuesta de tramitación, por el procedimiento de lectura única, del Proyecto de Ley por el que se modifica el incremento de retribuciones fijado para el año mil novecientos noventa y uno".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Del mismo modo, dará lectura al acuerdo de la Mesa, proponiendo al Pleno la tramitación de este Proyecto de Ley por el procedimiento de lectura única.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ELORZA GUINEA): "La Mesa, en su reunión de fecha seis de marzo actual, con el parecer favorable de la Junta de Portavoces, propone al Pleno de las Cortes la tramitación en lectura única del Proyecto de Ley por el que se modifica el incremento de retribuciones fijado para el año mil novecientos noventa y uno".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): ¿Algún Grupo Parlamentario desea consumir turno en contra? Por el Grupo Socialista, tiene la palabra su Portavoz, don Laurentino Fernández Merino.


FERNANDEZ MERINO

EL SEÑOR FERNANDEZ MERINO: Señor Presidente, Señorías.

Bien, últimamente asistimos a una cascada de Proyectos de lectura única. Un procedimiento que el Reglamento actual de la Cámara prevé como mecanismo excepcional, cuando la naturaleza -dice- del Proyecto o la simplicidad de su formulación así lo aconsejen o lo permitan. Evidentemente, esto admite distintas interpretaciones. A nuestro juicio, se está haciendo un uso abusivo de este mecanismo. Y quisiera recordar que, en la anterior Legislatura, este mecanismo de procedimiento de lectura única sólo se utilizó una vez -aquí hay Procuradores del Grupo Popular y del Grupo del CDS que recordarán-, una sola vez, para presentar un Proyecto de Declaración de la Fiesta de la Comunidad, y, por cierto, produjo el abandono de los parlamentarios que hoy respaldan al Gobierno.

Actualmente, y en muchos casos con nuestra aprobación, como el presente Proyecto que acabamos de aprobar, estamos admitiendo proyectos que tienen una formulación muy simple, o un tema en el que no hay la menor discrepancia, en muchos casos, entre los distintos Grupos, porque son temas absolutamente institucionales, como lo que acabamos de aprobar, o tienen un contenido perfectamente asumible o claro en el debate.

Lo que se presenta en este Proyecto no es tan simple, ni tan fácil, ni tan sencilla la formulación; tiene algunos artículos y alguna adicional, y, sobre todo, tiene un fondo importante: se trata de modificar algo que esta Cámara, la mayoría de esta Cámara, su mayoría, aprobaron hace muy poco, con la Ley de Presupuestos. No voy a entrar en el fondo, porque eso lo hará el compañero que a continuación intervenga. Pero sí tiene un contenido importante; tiene un contenido importante que no está asumido por la mayoría de la Cámara; por tanto, no es tan simple. Y, sobre todo, a nosotros nos parece, cuando se intenta presentar un proyecto de esta naturaleza en el que el fondo es cuestionable o puede ser debatido, al menos, si se hace mención a unos remanentes posibles que se van a aplicar, habría que acompañar una memoria, en la que los Grupos Parlamentarios pudiéramos conocer de qué remanentes hablamos, de qué cantidad de remanentes queremos aplicar... algún dato que permita valorar, con un cierto grado de conocimiento, lo que se intenta presentar como un proyecto sencillo, corto y de simplicidad. Ni es simple, desde luego, ni el fondo de la cuestión, ni la naturaleza del proyecto recomendarían un procedimiento de lectura única.

Esa es la razón por la que mi Grupo Parlamentario se opone a utilizar, en este caso, el procedimiento de lectura única.

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EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias. Para turno a favor, por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Serrano Vilar, que compartirá turno con el CDS, ¿no?. Actúa primero...


AGUDO BENITO

EL SEÑOR AGUDO BENITO: Señor Presidente, Señorías.

El Grupo Parlamentario del CDS, y este Procurador, entiende que dos son los motivos o las causas que justifican o amparan el que un Proyecto de Ley se tramite por lectura única. Uno primero, que es el que afecta al propio mecanismo normativo: el que realmente sea objeto de Ley, o de Proyecto de Ley. En este sentido, y al contrario que ha sucedido en la Legislación del Estado, se hace necesario, en la propia Legislación de la Comunidad Autónoma, el que realmente se tramite como Proyecto de Ley, y ello en base al artículo 5 del propio Proyecto, que establece un mecanismo de modificación del artículo 9, párrafo 2, de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma, como ha dicho el Portavoz del Partido Socialista.

Y una segunda causa, que es la urgencia, la urgencia del propio Proyecto de Ley, o del contenido del mismo, y el que hace que el mecanismo excepcional previsto en el Reglamento de la Cámara sea el que en estos momentos... aceptable, y, como tal, se tramite como Proyecto de Ley. Y es el que el propio contenido, el propio contenido del artículo 1, y a lo largo de todo el Proyecto, establece que "con efecto del uno de enero". Es decir, que ya no sólo es urgente la tramitación del Proyecto, sino que, además, se conceden efectos retroactivos al contenido que regula el propio Proyecto de Ley.

Efectivamente, tiene la precaución, o es de entender la precaución establecida al respecto por el Portavoz del Partido Socialista; pero yo creo que eso es objeto, no tanto de que el Proyecto de Ley se tramite como Proyecto de Ley de lectura única, cuanto del control, de cómo la financiación de lo que se establece en el Proyecto de Ley va a controlarse posteriormente a la aplicación de la Ley.

Por estas razones, entendemos que, efectivamente, se cumplen los requisitos que como mecanismo excepcional establece el Reglamento de la Cámara, y el CDS va a votar favorablemente a la tramitación de este Proyecto de Ley por lectura única.

Nada más.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias, señor Agudo. Por el Partido Popular, señor Serrano Vilar.


SERRANO VILAR

EL SEÑOR SERRANO VILAR: Gracias, señor Presidente. Señorías.

No entiendo el asombro del Grupo Parlamentario Socialista porque se haga aquí uso de algo que está aprobado en Reglamento de esta Cámara, y que es, ni más ni menos, que una vía paralela a la que el Gobierno de la Nación, el Gobierno Socialista, de su mismo Grupo, de su misma ideología, hace, utiliza continuamente, porque está autorizado y previsto así en el artículo 86 de la Constitución.

Y, precisamente, este Proyecto de Ley nace de un Real Decreto Ley, el 2/1991; y ese Real Decreto Ley se tramita de la siguiente forma -y me van a permitir Sus Señorías que lea exactamente lo que establece el artículo 86 de la Constitución, para que no quepa lugar a dudas-. "Artículo 86.1: En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas, que tomarán la forma de Decretos Leyes"; y sigue el punto 1. "Segundo. Los Decretos Leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados...", etcétera, "mediante un procedimiento especial y sumario"; exactamente lo que está recogido en nuestro artículo 128 del Reglamento de la Cámara. Luego, por tanto, no se puede hablar de que haya algo raro ni extraño en este procedimiento.

Tampoco existen cascadas; existen oportunidades en que, como dice el mismo Real Decreto estatal, razones de equidad, razones de urgencia, arbitren, permiten que se arbitren... procedimientos de tipo sumario y resumido.

Por ello, nuestro Grupo Popular va a votar a favor de la tramitación por lectura única de este Proyecto de Ley.

Gracias, Presidente.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Gracias. Para réplica, señor Fernández Merino.


FERNANDEZ MERINO

EL SEÑOR FERNANDEZ MERINO: Sí, señor Presidente.

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Yo lo que hay un argumento que sí me ha convencido, y es que esto es urgente; pero ese es otro procedimiento. El procedimiento de urgencia es otro procedimiento contemplado en el Reglamento, que, desde luego, hubiéramos reconocido la urgencia que tiene de solucionar este tema la Junta, por culpa de una mala presupuestación, una mala previsión; no lo discutimos. Lo que discutimos es que este tema es bastante más serio que lo que fuera un artículo único diciendo no sé qué; tiene bastante más fondo. Tiene, en primer lugar, la intención de cambiar las prioridades establecidas previamente, la ampliación de remanentes. Pero, además, se detrae el debate a la Cámara, porque ni siquiera se dan cantidades, ni cifras, ni ningún tipo de especificación concreta. Se pide ni más ni menos que firmar un cheque en blanco, prácticamente, a favor del Gobierno, para que haga con los remanentes lo que quiera, aplique lo que considere necesario, que no sabemos si lo sabe o no cuánto es, para aplicarlo a cumplir las retribuciones o el incremento de las retribuciones del personal, contra lo cual no estamos. Lo que decimos es que este no es un procedimiento razonable para solucionar un tema de este contenido, con una formulación bastante más amplia, nada simple. Y que sí es, efectivamente, un tema que podía ser de urgencia; pero eso es otro esquema que recoge el Reglamento, no precistamente el de lectura única.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Para dúplica, señor Serrano.


SERRANO VILAR

EL SEÑOR SERRANO VILAR: Gracias, Presidente.

Solamente para matizar un par de cuestiones. La primera de ellas es que, en este caso, la Junta no llega, no llega aquí con este Proyecto de Ley por propia iniciativa: llega aquí, con este Proyecto de Ley, obligada, precisamente, por la Administración del Estado, por el Gobierno del Estado; llega obligada por ello. Y le diría por qué: porque la desviación del índice de precios al consumo y las previsiones de incremento de retribuciones a los funcionarios, en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, resulta que son discordantes. Y ello, ¿por qué? Porque quizá la política socialista no tenga mecanismos adecuados para conseguir contener la inflación; precisamente por eso. O bien que, cuando se hace una previsión de cuál va a ser la inflación de un año, se llega a lo que se llama un acertijo, o sea: si acierto, bien, y si no, pues también. Nada más que eso. Gracias, Presidente.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias, Procedemos a someter a votación esta propuesta.

Votos a favor. Gracias. Votos en contra. Gracias. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: cuarenta y seis. Votos a favor: treinta y cinco. Votos en contra: once. Abstenciones: ninguna. En consecuencia, queda aprobada la propuesta para que se tramite por el procedimiento de lectura única el Proyecto de Ley que modifica el incremento de retribuciones fijado para el año mil novecientos noventa y uno.

El señor Secretario dará lectura al sexto punto del Orden del Día.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ELORZA GUINEA): Sexto punto del Orden del Día: "Debate y votación por el procedimiento de lectura única del Proyecto de Ley por el que se modifica el incremento de retribuciones fijado para el año mil novecientos noventa y uno".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Para la presentación del Proyecto de Ley por la Junta, tiene la palabra el señor Consejero de la Presidencia y Administración Territorial, don César Huidobro.


HUIDOBRO DIEZ

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR HUIDOBRO DIEZ): Gracias, señor Presidente. La publicación de los Presupuestos Generales del Estado, aprobados por Ley de veintisiete de diciembre de mil novecientos noventa, indicó o fijó cuál era el incremento de la retribución salarial de todo el personal al servicio de todas las Administraciones Públicas, en aquellos conceptos que eran básicos, como son el salario base o la retribución base, el complemento de destino, antigüedad, trienios... Esto hizo que esta Cámara, con conocimiento de dicho incremento, en los Presupuestos Generales de la Comunidad, de fecha veintisiete... veintinueve de diciembre de mil novecientos noventa, estableciera un incremento salarial exactamente igual que el que la Ley de los Presupuestos Generales del Estado había aplicado para el resto de los funcionarios de las distintas Administraciones Públicas.

En el desarrollo de esta Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad, en desarrollo de la misma, se aprobó un Decreto por la Junta de Castilla y León, de diecisiete de enero de mil novecientos noventa y uno, el número 4, que desarrollaba la aplicación, o las normas de estos Presupuestos para retribuir a todo el personal, tanto el funcionario como el laboral.

Respecto al personal funcionario, el incremento era del 6,26%, como había hecho la Administración del Estado, y respecto al laboral se fijó un incremento a cuenta del 5%, sin perjuicio de lo que resultara de la negociación del convenio colectivo y de las demás disposiciones aplicables.

Una vez que se había aprobado este Decreto de la Junta de Castilla y León, que es de fecha diecisiete de enero, el Gobierno de la Nación, con un Real Decreto Ley, el número 2, de veinticinco de enero de mil novecientos noventa y uno, y previos estudios y conocimientos de los datos que sobre incremento del índice de precios al consumo había sufrido, elevó esta subida del 6,26% al 7,22%, lo que suponía no solamente un incremento, sino la consolidación de aquellas pagas, o parte de aquellas pagas extraordinarias que durante los dos años anteriores se habían venido satisfaciendo al personal al servicio de las Administraciones para compensar la pérdida de su poder adquisitivo. Esto obligaba a la Junta de Castilla y León a hacer algo semejante, puesto que, entre los elementos que componen las retribuciones de los funcionarios y de los laborales, hay algunas que son de obligado cumplimiento.

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Siguiendo el criterio, o el mismo sistema que había seguido este Real Decreto Ley, Real Decreto Ley que supone urgencia, el Gobierno utiliza un procedimiento especialísimo, que es aprobar un Real Decreto que primero se aplica y luego lleva al Congreso de los Diputados para que sea aprobado. Se fijó allí también cuál era la forma de satisfacer este incremento. La forma de satisfacer este incremento es: aquellos Ministerios, en nuestro caso, aquellas Consejerías que tuvieran crédito suficiente, que lo hicieran efectivo con los créditos de personal, con el Capítulo I que tenían. Para aquellas Consejerías, para aquellos Ministerios que no tuvieran crédito suficiente, en la Administración del Estado se hacía referencia a un crédito extraordinario. Y así se venía, y así se preveía en dicho Real Decreto Ley.

En la Comunidad Autónoma, el procedimiento que hemos seguido es: si había remanentes, si hay remanentes, y después de haber suplido, después de haber dicho que esos remanentes están destinados, porque aquí así se dijo, en esta Cámara, a unos fines especiales, que se derivaban de los acuerdos de la denominada PSP, Pacto Sindical Prioritario, que se había llevado a cabo por la Junta de Castilla y León con los sindicatos, representantes sindicales, una vez que estuvieran cubiertos esos compromisos, los remanentes restantes se aplicarían, en su caso, a pagar las retribuciones... estos incrementos de personal.

Ese es, ni más ni menos, el proceso de este Proyecto de Ley de urgencia. Un proceso muy sencillo en que sólo hay dos temas. Uno, muy sencillo: hay que adaptar, subir del 6,26 al 7,22, porque así viene prácticamente establecido por Ley. Y un segundo: establecer cuál va a ser el sistema de satisfacer este incremento, mayor incremento retributivo; primero, hacer uso de lo que se tiene, de cuál es el dinero con el que se cuenta, que es exactamente aquél que las Consejerías podrían utilizar, en su caso, si no existieran; y, en segundo lugar, si no fuera así, pues acudir a los remanentes genéricos de las Consejerías, en vez de dedicarles, por ejemplo, a amortización de préstamos, pongo por caso; pero después de haber cubierto un compromiso especialísimo que aquí se había adquirido: dedicar parte de esos remanentes genéricos a cumplir con unas funciones especiales, que eran los pactos con los sindicatos, se emplearía el resto a cubrir estas necesidades que le vienen impuestas a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, justamente, por la necesidad, porque las normas básicas de la Función Pública le obligan a hacer efectivas esta cantidades en la misma cuantía que el resto de las Administraciones Públicas.

Nada más, muchas gracias, señor Presidente.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias. Para consumir un turno a favor de este Proyecto de Ley, por parte del Grupo del Centro Democrático y Social, señor Agudo Benito, tiene la palabra.


AGUDO BENITO

EL SEÑOR AGUDO BENITO: Señor Presidente. Señorías. Muy brevemente, para mostrar nuestro apoyo a favor de este Proyecto de Ley, porque, una vez publicado el Real Decreto Ley número 2, de veinticinco de enero de mil novecientos noventa y uno, y la resolución de la Secretaría de Estado del Ministerio de Hacienda, no podía ser por menos que el regular el incremento, por parte de la Junta de Castilla y León, regular el incremento retributivo establecido en estas normas.

Hemos justificado antes que se tenía que hacer a través del mecanismo normativo de una Ley, y esta Ley lo único que establece son dos cuestiones: una primera, el incremento retributivo; y una segunda, en los artículos 3, 4 y 5, los mecanismos de financiación. Creemos que los dos aspectos son correctos, y, en cuanto a los mecanismos de financiación, nos parecen asimismo correctos; pero, únicamente, mostrar la prevención en cuanto al control de los mismos, cuando se lleve a efecto esta situación. Nada más, Señorías.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias, señor Agudo. Por el Partido Popular, señor Serrano Vilar.


SERRANO VILAR

EL SEÑOR SERRANO VILAR: Gracias, Presidente. Unicamente para mostrar el apoyo que nuestro Grupo va a aportar a este Proyecto de Ley, en razón a que la equidad y la urgencia hacen aconsejable una aprobación de este Proyecto de Ley, que, dentro de poco, hará posible que los empleados públicos de nuestra Comunidad estén en igualdad de condiciones retributivas con la Administración Pública del Estado. Gracias, Presidente.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias. Para consumir un turno en contra, señor Paniagua, del Grupo Socialista.


PANIAGUA IÑIGUEZ

EL SEÑOR PANIAGUA IÑIGUEZ: Señor Presidente, Señorías. El turno en contra que quiere consumir mi Grupo tiene dos objetivos: por una parte, señalar algo que consideramos que ya estaba previsto y que no era necesario recurrir a un proyecto de ley para regularlo, y señalar la discrepancia radical con el sistema de financiación que aquí se propone.

(-p.2627-)

Decimos que no era, en principio, necesario este Proyecto de Ley, y, en concreto, su artículo 1, 2 y 3, con los que estamos de acuerdo, porque, de hecho, en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 17/1990, se preveía que, si el incremento de la retribución del personal funcionario y el correspondiente a la masa salarial del personal laboral que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para mil novecientos noventa y uno fueran superiores a los establecidos en la presente Ley, se aplicarán los fijados en la normativa básica general. Pero también se señalaba, como normativa básica general, todo lo que fuera normativa básica general, y, por lo tanto, de forma indirecta -y, además, así se reconoce en el mismo, en la misma Exposición de Motivos, Señoría-, se considera normativa básica el Real Decreto Ley 2/91, del Estado, sobre aplicación de la cláusula de revisión salarial al personal al servicio de la Administración Pública, con lo cual, con eso bastaba. Porque ya se prevé en la transitoria segunda que nos debemos de acomodar a la normativa básica del Estado, y se considera por la misma Junta que es normativa básica del Estado el Real Decreto Ley 2/1991.

De ahí que consideremos que estaba previsto ya, que había un automatismo de obligado cumplimiento y que no era necesario ley alguna reguladora, que sobra, por lo tanto, que sobraría una norma con rango de Ley, porque de hecho ya estaba todo el proceso previsto.

No obstante, no obstante, estamos de acuerdo, sin embargo, con el contenido -aunque no era necesario, repito- del artículo 1, artículo 2 y el artículo 3. Sí era necesario establecer un modelo de financiación. Y ahí es donde discrepamos radicalmente. En la primera parte discrepamos porque no era necesario, no por otra razón. En la segunda parte, discrepamos.

Articulan un modelo atípico. En el artículo 5... perdón, artículo 4 y artículo 5. El previsto en el artículo 4, lógico, e incluso copian, literalmente, el primer punto del artículo 3.2 del Real Decreto al que antes me referí, es decir: "Si hubiera consignaciones presupuestarias en las Consejerías..." etcétera, etcétera, etcétera. ¿Y si no las hubiera? Ahí es donde ya hay discrepancia radical. Radical la discrepancia.

Ustedes establecen una novedad que nos puede llevar a problemas múltiples en este artículo 5. De hecho, con él, con el artículo 5, no están resolviendo el problema. Porque, primero, ni siquiera concretan la cifra necesaria para, ni siquiera concretan cuántos remanentes hay; es que lo que están haciendo con este artículo 5 es salvar algo mal articulado en la Ley de Presupuestos. Piensen. Al ser un crédito de carácter ampliable, previsto en los artículos 12.b) y 18 de nuestra Ley 17/1990, sería lógico, lógico, y bastaría, como ha hecho el Estado, con arbitrar un crédito extraordinario, y hubiéramos estado completamente de acuerdo. ¿Por qué no lo han hecho, Señorías, así? Se ha recurrido a una novedad que a mí me tiene atribulado. Fíjense, no digo otra palabra.

Casi diría, perdonen el término, que se ha recurrido a un mecanismo "ex novo", pero que puede implicar algo de bárbaro. En lugar de coger y haber también copiado, adaptándolo a nuestras necesidades, el mecanismo de crédito extraordinario previsto en el artículo 3 del Real Decreto 2/91 a que me he referido, y estaríamos de acuerdo, Señorías, independientemente de que fuera por lectura única o no... Pero, claro, es que no podemos discutirlo, al ser por lectura única. Se den cuenta por qué estamos en estos momentos interviniendo de esta forma y en contra del Decreto. Porque podíamos haber estado de acuerdo y haber llegado a un acuerdo.

Si ustedes leen, tal como está, el artículo 5, tal como está redactado, en la presentación que ustedes remiten a la Presidencia de las Cortes y en la publicación en el Boletín Oficial -léanlo, por favor, Señorías-, no dice nada. Por eso decía que es una barbaridad, como mínimo. Léanlo. A no ser que me pongan una coma. Pero, claro, aquí no podemos enmendar ya ni una coma, fíjense, por el mecanismo de lectura única; léanlo, léanlo, Señorías.

"Se autoriza a la Junta de Castilla y León a destinar recursos del remanente genérico resultante de la liquidación de los Presupuestos Generales de la Comunidad de mil novecientos noventa, -coma-..." coma, ya no hay otra coma "hasta", y, por lo tanto, fíjese, se autoriza tal "una vez atendidos los compromisos adquiridos en el acuerdo suscrito entre la Junta de Castilla y León y las Centrales Sindicales", dos comas. No hay concordancia, no, léanlo.

Y, fíjense, en medio dice: "se autoriza, salvo las incorporaciones... -y todo seguido, sin coma-, salvo las incorporaciones específicas que se lleven a cabo de entre las previstas en la Ley de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León a financiar las necesidades que tengan las Consejerías para gastos de personal". Si me hubieran puesto una coma entre "Castilla y León" y "a financiar", podría tener sentido; pero es que como no hemos podido enmendar, pues, es que ya no tiene sentido, no cabe, es que no dice nada. Hubiéramos querido enmendarlo, no hemos podido, aunque no estuviéramos de acuerdo con el contenido, y estamos de acuerdo con que el contenido sea a través, la solución, de un crédito extraordinario. Léalo, señor Consejero, porque me tiene que dar una alternativa, o nos tiene que dar una alternativa, no sea que empeore lo que quiere usted conseguir, no sea que esto no tenga, y no resuelva absolutamente nada, no sea que no resuelva nada.

Ahora bien..., yo por eso les ruego a Sus Señorías que lean detenidamente ese artículo 5 tal como está, ¡ojo!, remitido a la Presidencia de las Cortes y publicado. Por lo tanto, si hubiera habido un error se podía haber modificado, se podía haber modificado; yo no he visto la modificación. Y como no hemos tenido oportunidad de hacer una Enmienda, pues, tampoco..., no hemos podido tener esa oportunidad por lectura única, pues, tampoco hay modificación alguna que valga. Con lo cual es un barbarismo lo que aquí se expresa.

(-p.2628-)

Entonces, en beneficio de la duda, podríamos decir que, no ateniéndonos a este tenor literal -en beneficio de la duda-, podríamos intentar descifrar qué se pretende legislar. Y, entonces, yo les diría, Señorias, que lo que se pretende, en el caso y en el beneficio de la duda, es no resolver solamente, no resolver mal resuelto, mal resuelto, la financiación del incremento de retribuciones fijadas para el año noventa y uno, del incremento, sino deshacer un olvido y un entuerto que ustedes cometieron cuando aprobaron el artículo 9.2 de la Ley 17 de Presupuestos Generales de la Comunidad. Pretenden, de hecho, modificar ese artículo, ahí está el meollo de la cuestión; con el subterfugio de que quieren salvar e implementar un mecanismo para solventar la posibilidad de ese incremento, están ustedes modificando -léanlo también despacio- el artículo 9.2 de la Ley General Presupuestaria. Y ni lo uno ni lo otro. ¿Por qué lo uno no? Porque fíjese: no hay una memoria, no hay ninguna certificación de remanentes aprobados por la Junta aunque sea de forma provisional; los remanentes están cambiando de un día a otro. Puede no haber remanentes, además, incluso, si es que la ejecución de la Junta fuera tan buena -eso sería cuestión de otro debate-, y, entonces, si no hay remanentes ¿cómo vamos a financiarlo con remanentes? Y si no hay remanentes tendríamos que recurrir a un crédito extraordinario; estaríamos perdiendo tiempo, haberlo puesto aquí y hoy solventábamos el problema, y hoy solventábamos el problema.

Es que no solamente esto, tampoco fijan en qué cuantía es necesario, qué cuantía es necesaria. Porque no se si 5.000.000, 500.000.000, 800.000.000 de esos remanentes o, en su caso, como no los hubiera, de ese crédito extraordinario. Porque leyendo, además, con buena fe y de buena fe, ese artículo 5, ustedes establecen prioridades. Dicen, primero, efectivamente, si hay remanente se dedicará a solventar la necesidad de las incorporaciones específicas.

Segundo, de forma prevalente -hay una ordenación de prioridades-. Segundo, atender los compromisos adquiridos con las centrales; eso en el caso de que haya remanentes. ¿Dónde está la certificación?

Y tercero, ahora ya sí, a financiar las necesidades para gastos de personal. Pero esto implica una modificación, para empezar, del artículo 9.2 de la Ley de Presupuestos. Segundo, un riesgo, que no haya remanentes suficientes y que tengamos que volver a esta Cámara, y retrotraernos a este momento y retrasar todo el proceso. Nosotros le garantizamos que sí aceptaríamos por lectura única que ustedes trajeran aquí una Ley, en estos momentos, donde la financiación fuera a través de un presupuesto extraordinario con cuantía exacta, punto. Y no con este mecanismo, que entendemos que no resuelve problema y que, sin embargo, modifica el artículo 9.2 que estaba mal redactado. Pero es que, más aún, le modifica de tal forma que se están cargando otras previsiones que allí, que allí se establecían para destino de los remanentes genéricos. Por ejemplo, el Plan General de Carreteras, las subvenciones a préstamos concertados con las Diputaciones Provinciales, la reducción de Deuda Pública, otras obligaciones de créditos a largo plazo, etcétera, etcétera, etcétera. ¿Por qué? Porque de hecho ustedes están, con ese artículo 5, sustituyendo el artículo 9.2, con lo cual le están viciando, le están modificando, le están estrechando. Y encima corren el riesgo -y ustedes lo saben- de que puede ser que no lleguen a cubrir aquel fin que ustedes pretenden, y que nosotros con otro mecanismo de financiación lo hubiéramos aceptado.

Es tan nuevo, señor Consejero, este mecanismo, es tan arriesgado este mecanismo que, de verdad, tiene que tener alguna otra explicación. Porque si no, y aún con el beneficio de la duda, con esta lectura, si no, no se entendía. Ahora bien, con la lectura literal, tal como está, desde luego, además, es que no sirve para nada. Muchas gracias, Señoría.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Gracias, señor Paniagua. Para réplica, señor Serrano Vilar, del Partido Popular.


SERRANO VILAR

EL SEÑOR SERRANO VILAR: Gracias, señor Presidente. Iba a decir que a nuestro Grupo no le gusta ver al señor Paniagua en atribulaciones; le tenemos en buen concepto, en muy buen concepto. Por eso, disipe sus dudas, señor Paniagua, no se atribule.

Dice que esta Ley no es necesaria, no es necesaria, y recurre a lo que establece la Disposición Transitoria Segunda de nuestra propia Ley de Presupuestos de la Comunidad. Pero me gustaría leerle, aunque yo sé que él se la sabe muy bien, esta Disposición Transitoria Segunda para recalcarle algún matiz que ha olvidado.

Dice esta Disposición Transitoria: "Si el incremento de las retribuciones del personal funcionario y el correspondiente a la masa salarial del personal laboral que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para mil novecientos noventa y uno...", y continúa.

Yo le digo, señor Paniagua, ¿quién ha modificado, quién ha modificado las retribuciones o el incremento de retribuciones del personal del Estado? No la Ley de Presupuestos Generales del Estado, el Real Decreto Ley 2/1991. Por tanto, sí hace falta una Ley para estar en consonancia con la norma primera y para no utilizar falsamente la Disposición Transitoria Segunda.

Pero, es más, se habla de normativa básica, básica, y el Real Decreto 2/1991, en su desarrollo, en la Orden que es de fecha treinta y uno de Enero, habla de sueldo, complemento de destino y complemento específico; ya no estamos solamente a normativa básica.

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Por tanto, y siguiendo con su argumentación, dice que está de acuerdo con el contenido; no podía ser menos. Me supongo que el Grupo Parlamentario Socialista sí querrá que los empleados públicos de nuestra Comunidad estén al nivel retributivo de la Administración del Estado, y, por tanto, sí estoy de acuerdo también en que ellos deben de compartir el contenido. Pero que discrepa en el sistema de financiación.

Yo diría que remanentes, como dicen en Galicia, "habellos, haylos", los hay. ¿Por qué? Porque una buena gestión presupuestaria de los ingresos, ahora mismo, permite esperar al menos, al menos -y fíjese, que voy a hacer casi de profeta-, al menos un ocho por ciento de incremento de estos ingresos, un ocho por ciento de incremento de los ingresos, de la gestión del presupuesto de ingresos.

No sé si en el artículo 5, señor Paniagua, adivina intenciones malévolas; no las hay, no las hay. El hubiera preferido, claro está, una trascripción literal del Real Decreto 2/1991. Pero algo teníamos que poner nosotros; no vamos a copiar lo que dice el Estado, a que encima aquí el Grupo Socialista nos diga que somos malos, porque lo hacemos muy mal, y lo hacemos obligados porque el Estado no ha previsto, no ha previsto un Indice de Precios al Consumo para introducir en las retribuciones de funcionarios en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, o sea, que lo hacemos obligadamente. No nos vea tal mal, señor Paniagua, intentamos seguir la senda, seguir la pista a lo que el Estado hace en bien de los empleados públicos, y nosotros queremos hacer en bien, también, de nuestros empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Y dice que después, en el artículo 5, además, lo que se hace es modificar el artículo 9.2 de nuestra Ley de Presupuestos de la Comunidad. No se modifica, lo que se hace es un inciso detrás de esas prioridades, poniendo detrás de "los compromisos adquiridos por las Centrales sindicales" "esta obligación"; no es ni más ni menos que un inciso.

Por tanto, señor Paniagua, creemos que está plenamente justificado el que en esta Cámara debatamos hoy y votemos favorablemente este Proyecto de Ley. Gracias, Presidente.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Para consumir su turno de dúplica, señor Paniagua, tiene la palabra.


PANIAGUA IÑIGUEZ

EL SEÑOR PANIAGUA IÑIGUEZ: Señor Presidente, Señorías. Ya debatimos suficientemente el tema de los remanentes en el debate de los Presupuestos; no volvamos a debatirlo. Y allí se demostró que servían para todo; textualmente constan las palabras de que era un saco sin fondo, como yo dije en su momento. Y fíjense la de objetivos que en el artículo 9.2 se establecen. Sirven para todo. Todo aquello que ustedes no han querido presupuestar, ¡hala!, a los remanentes, y así contentamos al Grupo del CDS, sobre todo, y también a las Centrales Sindicales, porque no se previó en su momento la financiación de los compromisos con las Centrales, como ya les dijimos. Pero es que ahora, ahora, el barbarismo está en introducir un nuevo sumando: que van a servir también para solventar el problema de los incrementos debidos a los funcionarios, y que se establece en la normativa básica del Estado, y como normativa básica es ese Real Decreto en una parte, y, en esa parte, con eso bastaba, el automatismo está ahí. En todo caso, me puede decir -y estaría de acuerdo con usted- que, posiblemente, la Disposición Transitoria Segunda tendría que haber dicho: según lo que se establezca en la normativa básica del Estado, y no referirse solamente a los Presupuestos Generales del Estado. Por eso le digo que, aún así, aunque estuviéramos discrepando, perdón, discrepando, aunque estuviéramos... discrepando relativamente en cuanto a la necesidad, déjelo, no se preocupe también usted.

Mire, nosotros estamos de acuerdo, en ese supuesto, en cuatro artículos, le digo; pero como no podemos enmendar parcialmente, tenemos que estar en contra. Y no me venga con la sensiblería de que si queremos o no al personal al servicio de la Administración, etcétera, etcétera, etcétera. Estamos poniendo de relieve una irregularidad técnica, estamos diciendo que además están ampliando los cometidos de esos remanentes, estamos diciendo que con esos remanentes se está intentando romper el mecanismo de la presupuestación por programas. Porque, claro, como no hay partida ninguna y ahí se meten todos los objetivos... Usted podía haber metido cincuenta programas para los remanentes, dentro de los remanentes. Son excepcionales, y tienen que clasificarse como excepcionales, esos remanentes genéricos. Pero es que, más aún, usted no me diga que es que prevemos que va a haber un 8% más de ingresos, porque entonces estaríamos en otra polémica; entraríamos en la polémica de por qué, por ejemplo, ya les dijimos, qué ingresos se iban.... Pero no quiero, no quiero. Lo haría con el señor Consejero, con mucho gusto, y en su momento lo podremos hacer. A mí, aun aceptando, como decía el señor Consejero en determinado momento, que había ejecutado -depende cómo- el 97% de los Presupuestos, bueno, pues me sale que quedan de remanentes actuales, según el crédito actual -que, por cierto, bajó en un mes de una cifra a otra, no se incrementó, yo no sé cómo pudo ser esa bajada y a qué se debió esa minoración-, quedan unos 5.000.000.000 de pesetas de remanente genérico, a fecha de veintiocho del uno, o a fecha, si quieren, de... del dieciocho del dos, donde, por cierto, repito, bajaron en 1.000.000.000 de pesetas los créditos iniciales. No entro en esa cuestión. Digo que me temo que vaya a haber más remanentes, que vaya a haber remanentes para todo lo que quieran; desde luego, no para lo que querían los señores del Grupo Popular.

(-p.2630-)

Y, ¿por qué no han ido a la fórmula mucho más sencilla de crédito extraordinario, que les hubiéramos aceptado? ¿Por qué quieren ir al tema de los remanentes, cuando saben que no va a haber para todo?

Segundo: que no saben y todavía no pueden certificar qué remanentes genéricos hay. Con lo cual... No, no, no hay una certificación, no la conoce esta Cámara. Los posibles remanentes, sobre una posibilidad, ¿van a garantizar a las Centrales, perdón, y a todo el personal al servicio de la Administración que les van a pagar, cuando además, repito, ustedes lo ubican, por orden cronológico, en tercer lugar? Aun suponiendo que aceptáramos como correcta, que no está y no es así, la redacción, ustedes lo ubican en tercer lugar, en términos de prelación, con lo cual ponen en riesgo el cumplimiento.

Yo, si ustedes tanto insisten, voy a hacer una cosa. Después de puesto sobre la mesa, mi Grupo lo tiene muy claro, antes lo manifestó mi compañero Portavoz, ahora lo manifiesto yo, lo irregular del método, lo atípico del método, de por qué es tan atípico, por qué es por lo que sospechamos que puede haber gato encerrado, no por otra razón. ¡Lo sencillo que hubiera sido el método del crédito extraordinario, al ser un crédito ampliable, señores, Señorías!

Por todo eso, pero para que ustedes no digan que... por si acaso esto no se aprueba con nuestro voto en contra, nosotros lo único que vamos a hacer es abstenernos, porque no queremos ser partícipes de un método atípico e irregular. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias. Sometemos a votación el Proyecto de Ley que acaba de ser debatido.

Los que estén a favor, levanten la mano, por favor. Gracias. ¿Votos en contra? Ninguno. ¿Abstenciones?

Resultado de la votación. Votos emitidos: cincuenta y uno. Votos a favor: treinta y tres. Votos en contra: ninguno. Abstenciones: dieciocho.

Consecuentemente, queda aprobada la Ley por la que se modifica el incremento de retribuciones fijado para el año mil novecientos noventa y uno.

El señor Secretario dará lectura el séptimo punto del Orden del Día.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ELORZA GUINEA): Séptimo punto del Orden del Día: "Propuesta de tramitación por el procedimiento de lectura única del Proyecto de Ley de Modificación de la Ley 3/87, de treinta de marzo, Electoral de Castilla y León".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Así mismo, dará lectura al acuerdo de la Mesa proponiendo al Pleno la tramitación por el procedimiento de lectura única de este Proyecto de Ley.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ELORZA GUINEA): "La Mesa, en su reunión de fecha catorce de marzo actual, con el parecer favorable de la Junta de Portavoces, propone al Pleno de las Cortes la tramitación en lectura única del Proyecto de Ley de Modificación de la Ley 3/87, de treinta de marzo, Electoral de Castilla y León".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): ¿Se aprueba por asentimiento esta Propuesta? Queda aprobada.

Señor Secretario, dé lectura al octavo y último punto del Orden del Día.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ELORZA GUINEA): Octavo punto del Orden del Día: "Debate y votación por el procedimiento de lectura única del Proyecto de Ley de Modificación de la Ley 3/87, de treinta de marzo, Electoral de Castilla y León".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Para la presentación del Proyecto de Ley por la Junta de Castilla y León, el señor Consejero de la Presidencia tiene la palabra.


HUIDOBRO DIEZ

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR HUIDOBRO DIEZ): Gracias, señor Presidente. Señorías. La razón de traer este Proyecto de Ley modificando la Ley 30, que regula el régimen electoral de la Comunidad Autónoma, es la publicación, la aprobación el día trece de marzo, y publicación en el Boletín Oficial del día catorce de marzo, de una modificación de la Ley de Régimen Electoral General.

Hay, dentro de esta Ley de Régimen Electoral General, un artículo que obliga necesariamente a introducir modificaciones en nuestra Ley Electoral. Es un artículo que se refiere a los plazos de escrutinio, recursos contra las proclamaciones y la creación de un nuevo recurso.

Quiero dejar aquí de manifiesto que, de no haber sido por este artículo, el 108, de la Ley, que corresponde con el 42 de nuestra Ley Electoral, habría sido innecesario prácticamente haber traído esta Ley; pero puesto que venía, y puesto que hay otros artículos que sin... prácticamente, y copiados literalmente, vienen a resolver alguno de los problemas planteados a la Junta Electoral de Castilla y León, y alguno de los problemas que se han planteado lo han recogido en la Ley Electoral, en la reforma de la Ley Electoral General, hemos presentado a esta Cámara un Proyecto de Ley de Modificación que se refiere fundamentalmente a los siguientes puntos:

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La dedicación exclusiva del Presidente de la Junta de Castilla y León desde la convocatoria... de la Junta Electoral de Castilla y León desde la convocatoria hasta la proclamación de los electos, o hasta que se ejecuten las sentencias presentadas.

La aprobación de los modelos de actas de constitución de mesas, escrutinios, sesiones y proclamación de electos, estableciendo el sistema de expedición rápido de estas actas, mediante documentos autocopiativos.

La convocatoria, poniendo de manifiesto que, además de hacerse mediante Decreto de la Presidencia, Decreto del Presidente, que se ha de publicar al día siguiente en el Boletín Oficial de Castilla y León y que entrará en vigor el mismo día.

La actualización de aquellas subvenciones que se concedían en el artículo 42, creo que es, a los partidos, federaciones y coaliciones -actualización que podía llevarse a cabo mediante una Orden de la Consejería de Economía, pero que en este momento aprovechamos para llevarla a cabo-, se convierte en 1.000.000 de pesetas por escaño y 40 pesetas por cada uno de los votos obtenidos.

La adaptación del nuevo sistema de anticipos o entregas a cuenta a los partidos, de acuerdo con las cantidades, los votos que se hubieran obtenido.

Y, prácticamente, otra modificación, que es la limitación de los gastos que los partidos pueden realizar durante las campañas electorales, adaptando esto a lo que viene de esta Ley de Régimen Electoral General.

Estas son las modificaciones introducidas en la Ley.

Pero, como he dicho, la modificación más importante es aquella que se refiere al artículo 42. Y el artículo 42 hacía referencia a que, una vez realizado el escrutinio y proclamado, las reclamaciones o protestas tenían... los partidos o los representantes tenían dos días para hacer las reclamaciones; se reducen a un día. La Junta Electoral Provincial tenía dos días para resolver el recurso; queda reducido a un día. Contra las reclamaciones de las resoluciones de la Junta Electoral Provincial no cabía recurso alguno; en este momento, se creó un nuevo recurso de alzada ante la Junta Electoral Central para las municipales, que, trasladado a la Comunidad Autónoma, es un recurso ante la Junta Electoral de Castilla y León. Tiene la Junta Electoral Provincial un día para remitir los recursos, dos días para dar audiencia tiene la Junta Electoral de Castilla y León, dar audiencia a los representantes de todos los partidos o coaliciones que se han presentado en las elecciones, tiene dos días para resolver, y, una vez resuelto el recurso y comunicado a la Junta Electoral Provincial en el plazo de otro día, habrán quedado definitivamente resuelto todos los problemas que se hayan planteado contra el escrutinio de las elecciones, a no ser los recursos que se presenten ante el contencioso, ante... los contenciosos electorales, ante los tribunales de lo contencioso-administrativo.

Esta reforma era imprescindible, es importante, y no podíamos llevarla a cabo de no haber sido mediante la modificación de nuestra Ley Electoral, de la Ley Electoral de Castilla y León.

Esta es la razón de traer aquí este Proyecto y el haber aprovechado para realizar otras pequeñas modificaciones, que son traslación textual de las que contiene esta Ley aprobada el trece de marzo de mil novecientos noventa, de modificación de la Ley de Régimen Electoral General, y que viene a facilitar el proceso electoral de nuestra Comunidad Autónoma, de las elecciones autonómicas que el día veintiséis se celebrarán en esta Comunidad Autónoma. Muchas gracias, señor Presidente.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias, señor Consejero.

Antes de someter a votación el Proyecto de Ley que acaba de ser presentado, esta Presidencia quiere advertir dos erratas que figuran en el último párrafo de la Exposición de Motivos.

Allí se dice, o se habla, de un mejor control y finalización de los gastos electorales. Hay que sustituir la palabra "finalización" por la de "fiscalización".

Del mismo modo, a continuación se dice: "mayor limitación de dicho gastos y datos". Donde dice "datos", debe decir "dotar", para que quede: "mayor limitación de dichos gatos y dotar de mayor eficacia".

Salvadas, o salvados estos dos errores, ¿se aprueba por asentimiento el Proyecto de Ley que modifica la Ley Electoral de Castilla y León? Queda aprobado.

¿Algún Grupo Parlamentario desea consumir turno para explicación de voto? Por el Centro Democrático y Social, señor Durán, tiene la palabra.


DURAN SUAREZ

EL SEÑOR DURAN SUAREZ: Gracias, señor Presidente. Para explicar nuestra posición en esta Ley, que hemos votado favorablemente, habida cuenta que, sustancialmente, la Ley es una acomodación de naturaleza técnica a lo que viene impuesto por la reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. Nuestra coincidencia con el texto presentado por el Gobierno, no solamente es una coincidencia de tenor literal del mismo, sino una coincidencia con lo que pudieran ser las líneas generales que modifican la Ley Orgánica Electoral General.

Esto era inevitable, y, como inevitable que era, y en la dirección, además, en que se ha expresado, nuestro Grupo Parlamentario ha estimado conveniente apoyarla. Gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Gracias, señor Durán. Por el Grupo Socialista, señor Fernández Merino.


FERNANDEZ MERINO

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EL SEÑOR FERNANDEZ MERINO: Sí, en el mismo sentido, señor Presidente, que el Portavoz que me ha precedido, nuestro Grupo ha dado plena conformidad a esta reforma de la Ley Electoral de la Región, que no es otra cosa, como decía el señor Consejero en su presentación, que una adaptación técnica, fundamentalmente, a la Ley aprobada, modificada en el Estado, que ha contado igualmente con el consenso de la mayor parte de las fuerzas parlamentarias, y sobre todo de las aquí presentes, y, en ese sentido, nuestro Grupo ha dado plena conformidad a la misma.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Gracias. Por el Grupo Parlamentario Popular, señor Nieto Noya, tiene la palabra.


NIETO NOYA

EL SEÑOR NIETO NOYA: Gracias, señor Presidente. Yo me sumo a las manifestaciones de los Portavoces que me han precedido en el uso de la palabra. No tengo nada que añadir. Es una reforma de tipo estrictamente técnico, que ha sido previamente acordada por los diferentes Grupos, para que no hubiera ningún tipo de problema en el momento de su tramitación, y, por tanto, viene a satisfacer una necesidad con la que nosotros estamos plenamente de acuerdo. Nada más. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muy agradecido. Señores Procuradores, se levanta la sesión.

(Se levantó la sesión siendo las trece horas veinte minutos).


DS(P) nº 81/2 del 15/3/1991

CVE="DSPLN-02-000081"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
II Legislatura
Pleno de las Cortes
DS(P) nº 81/2 del 15/3/1991
CVE: DSPLN-02-000081

DS(P) nº 81/2 del 15/3/1991. Pleno de las Cortes
Sesión Celebrada el día 15 de marzo de 1991, en FUENSALDAÑA
Bajo la Presidencia de: Manuel Estella Hoyos
Pags. 2611-2634

ORDEN DEL DÍA:

Informaciones y Preguntas orales de Actualidad.

Debate de Totalidad del Proyecto de Ley de Espacios Naturales de Castilla y León.

Propuesta de tramitación por el procedimiento de lectura única previsto en el artículo 128 del Reglamento de la Cámara del Proyecto de Ley de concesión de un crédito extraordinario para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la firma del Consorcio Feria Universal Ganadera Salamanca 1992 por un importe de DOSCIENTOS MILLONES DE PESETAS (200.000.000.-).

Debate y votación por el procedimiento de lectura única previsto en el artículo 128 del Reglamento de la Cámara del Proyecto de Ley de concesión de un crédito extraordinario para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la firma del Consorcio Feria Universal Ganadera Salamanca 1992 por un importe de DOSCIENTOS MILLONES DE PESETAS (200.000.000.-).

Propuesta de tramitación por el procedimiento de lectura única previsto en el artículo 128 del Reglamento de la Cámara del Proyecto de Ley por el que se modifica el incremento de retribuciones fijado para el año 1991.

Debate y votación por el procedimiento de lectura única previsto en el artículo 128 del Reglamento de la Cámara del Proyecto de Ley por el que modifica el incremento de retribuciones fijado para el año 1991.

Propuesta de tramitación por el procedimiento de lectura única del Proyecto de Ley de Modificación de la Ley 3/87, de treinta de Marzo, Electoral de Castilla y León.

Debate y votación, por el procedimiento de lectura única, del Proyecto de Ley de Modificación de la Ley 3/87, de treinta de Marzo, Electoral de Castilla y León.

SUMARIO:

Se inicia la sesión a las once horas veinte minutos.

El Vicepresidente, Sr. Estella Hoyos, abre la sesión y propone el Pleno de la Cámara la modificación del Orden del Día.

Segundo punto del Orden del Día. Debate de Totalidad P.L. 38.

El Secretario, Sr. Elorza Guinea, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

Intervención del Sr. Sagredo de Miguel, Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, para la presentación del Proyecto de Ley.

Intervención del Procurador Sr. González González (Grupo Socialista).

Intervención del Sr. Sagredo de Miguel, Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Tercer punto del Orden del Día. Propuesta tramitación Lectura Unica P.L. 42.

El Letrado, Sr. Matía Portilla, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

El Letrado, Sr. Matía Portilla, da lectura al Acuerdo de la Mesa proponiendo la tramitación en Lectura Unica.

El Vicepresidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación la propuesta. Es aprobada.

Cuarto punto del Orden del Día. Tramitación Lectura Unica P.L.

42.

El Letrado, Sr. Matía Portilla, da lectura al cuarto punto del Orden del Día.

Intervención del Sr. Zamácola Garrido, Consejero de Agricultura y Ganadería, para la presentación del Proyecto de Ley.

El Vicepresidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación el Proyecto de Ley. Es aprobado por asentimiento.

Quinto punto del Orden del Día. Propuesta tramitación Lectura Unica P.L. 43.

El Secretario, Sr. Elorza Guinea, da lectura al quinto punto del Orden del Día.

El Secretario, Sr. Elorza Guinea, da lectura al Acuerdo de la Mesa proponiendo la tramitación en Lectura Unica.

En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Fernández Merino (Grupo Socialista).

En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Agudo Benito (Grupo del C.D.S.).

En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Serrano Vilar (Grupo Popular).

En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Fernández Merino (Grupo Socialista).

En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Serrano Vilar (Grupo Popular).

El Vicepresidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación la propuesta. Es aprobada.

Sexto punto del Orden del Día. Tramitación Lectura Unica P.L. 43.

El Secretario, Sr. Elorza Guinea, da lectura al sexto punto del Orden del Día.

Intervención del Sr. Huidobro Díez, Consejero de Presidencia y Administración Territorial, para la presentación del Proyecto de Ley.

En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Agudo Benito (Grupo del C.D.S.).

En turno a favor, interviene el Procurador Sr. Serrano Vilar (Grupo Popular).

En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Paniagua Iñiguez (Grupo Socialista).

En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Serrano Vilar (Grupo Popular).

En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Paniagua Iñiguez (Grupo Socialista): El Vicepresidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación el Proyecto de Ley debatido. Es aprobado.

Séptimo punto del Orden del Día. Propuesta tramitación Lectura Unica P.L. 44.

El Secretario, Sr. Elorza Guinea, da lectura al séptimo punto del Orden del Día.

El Secretario, Sr. Elorza Guinea, da lectura al Acuerdo de la Mesa proponiendo la tramitación en Lectura Unica.

El Vicepresidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación la propuesta. Es aprobada por asentimiento.

Octavo punto del Orden del Día. Tramitación Lectura Unica P.L.

44.

El Secretario, Sr. Elorza Guinea, da lectura al octavo punto del Orden del Día.

Intervención del Sr. Huidobro Díez, Consejero de Presidencia y Administración Territorial, para la presentación del Proyecto de Ley.

El Vicepresidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación el Proyecto de Ley. Es aprobado por asentimiento.

En turno de explicación de voto, interviene el Procurador Sr. Durán Suárez (Grupo del C.D.S.).

En turno de explicación de voto, interviene el Procurador Sr. Fernández Merino (Grupo Socialista).

En turno de explicación de voto, interviene el Procurador Sr. Nieto Noya (Grupo Popular).

El Vicepresidente, Sr. Estella Hoyos, levanta la sesión.

Se levantó la sesión a las trece horas veinte minutos.

TEXTO:

(-p.2613-)

(Comenzó la sesión a las once horas veinte minutos).

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Se abre la sesión. Y antes de entrar en el Orden del Día, esta Presidencia, de acuerdo con todos los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Castilla y León, expresado en la reunión de Junta de Portavoces celebrada en el día de ayer, somete al Pleno la alteración del Orden del Día, de conformidad con lo estipulado en el artículo 72 del Reglamento de la Cámara, en el sentido siguiente: Incluir un séptimo punto del Orden del Día, con el siguiente enunciado: "Propuesta de tramitación por el procedimiento de lectura única del Proyecto de Ley de Modificación de la Ley 3/87, de treinta de marzo, Electoral de Castilla y León". Asimismo, incluir un octavo punto en el Orden del Día, consistente en el "debate y votación, por el procedimiento de lectura única, del Proyecto de Ley de Modificación de la Ley 3/87, de treinta de marzo, Electoral de Castilla y León".

Señores Procuradores, ¿se aprueba por asentimiento esta propuesta que hace la Presidencia? Queda aprobada, y, consecuentemente, en el Orden del Día de esta sesión figurarán un séptimo y un octavo punto, con los enunciados que acabo de leer.

Por el señor Secretario, se procederá a dar lectura al primer punto del Orden del Día.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ELORZA GUINEA): Primer punto del Orden del Día: "Información y preguntas orales de actualidad".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): No existiendo ninguna pregunta ni información de actualidad, señor Secretario, proceda a dar lectura al segundo punto.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ELORZA GUINEA): Segundo punto del Orden del Día: "Debate de totalidad del Proyecto de Ley de Espacios Naturales de Castilla y León".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Para la presentación del Proyecto de Ley por la Junta de Castilla y León, tiene la palabra el señor Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.


SAGREDO DE MIGUEL

EL SEÑOR CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRITORIO (SEÑOR SAGREDO DE MIGUEL): Gracias, Presidente. Señorías, permítanme recordar hoy que se cumplen en esta fecha sesenta y tres años del nacimiento, y once de la muerte, de Félix Rodríguez de la Fuente.

Señor Presidente, Señorías. Me ha correspondido el honor de comparecer en esta Cámara, en nombre de la Junta de Consejeros, para someter a su consideración el Proyecto de Ley de Espacios Naturales de Castilla y León.

(-p.2614-)

Hablar de protección de espacios naturales hace obligado referirse al ambiente desde una perspectiva global. En realidad, éstos suponen una importante aportación para alcanzar soluciones a los problemas ambientales que presentan los países desarrollados, por la elección de un proceso de desarrollo economicista, ya fracasado.

A partir de la segunda mitad del siglo XIX, la población empieza a experimentar unos crecimientos espectaculares, y, por otra parte, el creciente desarrollo tecnológico, base de la revolución industrial, es aplicado a una explotación intensiva de los recursos naturales por una sociedad dominada por el positivismo más radical, en la creencia de la inagotabilidad de los recursos y en la yo diría que obsesión por dominar la naturaleza y escapar a sus procesos.

Un siglo después, los efectos producidos por la conjunción de ambos factores se muestran en su más cruda realidad. Erosión de suelos, desertificación, contaminación de aguas y aire, pérdida de tierras fértiles para el cultivo, desforestación, destrucción de ecosistemas, extinción de especies y variedades constituyen algunas de las manifestaciones evidentes del deterioro del medio ambiente. Alguno de estos problemas se presentan a escala local o regional, mientras que otros demuestran la interdependencia real de los procesos ecológicos y tienen repercusiones a escala planetaria, como las lluvias ácidas, el efecto invernadero, los cambios climáticos, la rotura de la capa de ozono, etcétera.

La suma de estos problemas, unidos a los por desgracia no infrecuentes desastres ecológicos, despertó una preocupación social por la conservación, generando una aspiración de la comunidad internacional por dar respuesta al dilema planteado entre conservación y desarrollo.

Como conocen Sus Señorías, es en el setenta y dos, en la Conferencia de Estocolmo de Naciones Unidas, sobre el medio humano, donde por primera vez se plasma internacionalmente la necesidad de orientar las acciones de la humanidad en defensa y mejora del ambiente, instando a las administraciones locales, regionales y nacionales a la adopción de medidas adecuadas para lograrlo.

Como resultado práctico derivado de dicha Conferencia, se encargó a la Unión Internacional de Conservación de la Naturaleza la elaboración de un documento para buscar soluciones a los interrogantes planteados, cristalizando, como saben Sus Señorías, en la denominada Estrategia Mundial de la Conservación de los Recursos Naturales, que proporciona un marco en el que se establece la compatibilidad entre el desarrollo y la conservación y la necesidad de armonizarlos, en aras a la consecución del bienestar de la sociedad futura.

Y así, queda definida la conservación como "la gestión de la biosfera por el ser humano, de tal suerte que produzca el mayor y sostenido beneficio para las generaciones actuales, pero manteniendo su potencialidad, para satisfacer las necesidades y aspiraciones de las generaciones futuras". En esta filosofía de utilización de la biosfera queda englobado ese tipo de desarrollo, que, a través de la aplicación de recursos humanos y financieros, intenta la satisfacción de las necesidades de la sociedad, pero añadiendo algo más, añadiendo mucho más: la seguridad del mantenimiento sostenido de dicha utilización.

Y así, mientras en toda decisión desarrollista existe siempre la tentación de sacrificar los valores ambientales en aras de un beneficio inmediato, una inteligente política ambiental debe tender a eliminar las contradicciones insolidarias entre la satisfacción de las necesidades inmediatas y las del futuro, a medio y a largo plazo, en la convicción de que el deterioro de la biosfera hará imposible o, por lo menos, muy costoso en el futuro la vida de la humanidad sobre el planeta.

En definitiva, no debe admitirse la ausencia de la consideración del factor coste ambiental en la planificación de desarrollo, y debe erradicarse, de una vez por todas, la idea de considerar los bienes ambientales como bienes gratuitos, como bienes libres -decían los tratados económicos que veíamos en la Facultad, hasta hace muy pocos años-, que implica un uso ilimitado y desordenado de los mismos, que, al no ser contabilizados debidamente en el proceso productivo, genera unas deseconomías externas, cuyo resultado es la insolidaria crisis ambiental que padecemos.

Se hace necesario una decidida política que permita internalizar los efectos ambientales en los procesos de planificación y desarrollo, con objeto de conseguir un crecimiento armonioso y ecológicamente equilibrado.

Así lo ha entendido la Comunidad Económica Europea, donde la preocupación por los problemas ambientales es creciente.

Dado que en el Tratado de Roma no se hacía ninguna referencia expresa al ambiente y al hilo del principio ambiental básico establecido en la Cumbre de París de Jefes de Estado, y en la que se declaró que la expansión económica no constituye un fin en sí mismo, introdujo en el ochenta y siete una modificación en el Tratado, a través del Acta Unica, en su artículo 25, y estableciendo un nuevo título, dedicado al medio ambiente, en el que se especifica la necesidad de que las exigencias de la protección del ambiente deben constituir un componente de las demás políticas de la Comunidad.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Ruego a Sus Señorías guarden silencio, por favor.


SAGREDO DE MIGUEL

(-p.2615-)

EL SEÑOR CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRITORIO (SEÑOR SAGREDO DE MIGUEL): Gracias, Presidente.

La puesta en práctica de esta política exige la definición de unas directrices de ordenación territorial que permitan trasladar los planteamientos de conservación a las unidades territoriales concretas, apoyadas e instrumentadas en un marco legislativo adecuado y en una administración y gestión eficaces. Pensar globalmente, actuar localmente, diría ayer el profesor Tamames en el "I Congreso Regional de Medio Ambiente", en Salamanca.

En este sentido, se hace necesario disponer de una estructura administrativa, basada en el principio de unidad de gestión, que posibilite una visión global del ambiente, como sistema integrado, incardinando, a través de los distintos procesos ecológicos, los múltiples componentes y factores que condicionan los ecosistemas. Una unidad de gestión que evite enfoques sectoriales por adscripción de funciones a órganos dispersos, y que, lógicamente, derivan a la realización de esfuerzos paralelos y multiplicación de decisiones, que impiden la coherencia administrativa y, en definitiva, producen ineficacia y dilución de responsabilidades.

Del convencimiento de que el éxito de una buena política ambiental depende de su vertebración dentro de la unidad de gestión, resultó la creación, el diecinueve de mayo del ochenta y nueve, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, respondiendo al propósito de agrupar a todos los órganos que, dispersos en distintos departamentos, tuvieran como objetivo preferente la mejora del ambiente en su doble faceta ambiente urbano y ambiente rural.

Las acciones de la nueva Consejería quedaron definidas ya los días veintiocho y treinta de junio del ochenta y nueve, en las comparecencias ante las Comisiones de Agricultura, Ganadería y Montes y la de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de esta Cámara, para informar a Sus Señorías sobre el programa de actuaciones.

Uno de los objetivos básicos -letra f), recuerdo- contemplaba el establecimiento de una Red de Espacios Naturales Protegidos que incluyese los principales ecosistemas de la Comunidad y los preservase de su deterioro.

Se abogaba ya por la definición y ejecución de políticas de conservación que armonicen los objetivos ligados al desarrollo con los de una inexcusable protección ambiental.

Este objetivo de establecer una Red de Espacios Protegidos constituye, a su vez, uno de los requisitos prioritarios de esa estrategia mundial, que considera necesarios para alcanzar los objetivos de la conservación, existiendo -como saben Sus Señorías-, en el seno de la propia organización de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza, una Comisión de Parques Nacionales y Areas Protegidas, que en uno de los puntos de su plan de acción determina la necesidad de establecer para el noventa y dos una red mundial que cubra todas las regiones ecológicas.

Del mismo modo, se va recogiendo la preocupación por el establecimiento de estas redes en los distintos foros internacionales. Así, la UNESCO, dentro de su programa "Hombre y Biosfera", viene patrocinando la constitución de la Red de Reservas de la Biosfera, cuya finalidad es conservar, para el uso presente y futuro del hombre, la diversidad e integridad de las comunidades de plantas y animales dentro de los ecosistemas naturales, siendo la compatibilización de la protección del medio con el desarrollo y aprovechamiento de los recursos el principio rector básico de las actividades de investigación ecológica y ambiental, de la educación, de la formación que en ella se desarrolla. Paralelamente, la UNESCO estableció la lista de sitios de patrimonio mundial cultural y natural.

Conocen Sus Señorías que, dentro del ámbito de la organización del Consejo de Europa, existe una Red Internacional de Espacios Naturales Protegidos, denominada Red Europea de Reservas Biogenéticas, que tiene como objetivo conservar ejemplos representativos de la flora y fauna y zonas naturales europeas, y garantizar así el equilibrio biológico y la supervivencia de nuestro patrimonio natural.

La Comunidad Económica Europea, por otra parte, desarrolla su política ambiental a través de los programas de acción y el establecimiento de normativas, en forma, principalmente, de directivas y reglamentos.

Así, la Directiva 409/79, relativa a la conservación de las aves silvestres, considera la necesidad de disponer medidas de conservación especiales, con respecto a su hábitat, para determinadas especies de la avifauna salvaje, proponiendo la creación en cada Estado miembro de zonas de protección para las aves, denominadas ZEPAS.

Otro proyecto importante, prácticamente cerrado y a punto de ser aprobado por el Consejo de la Comunidad Económica Europea, es la denominada Directiva de Hábitats, que todos Sus Señorías conocen, que establece la necesidad de crear una red ecológica europea, coherente, de zonas especiales de conservación, denominada Natura 2000, e instando a los Estados y a las regiones al establecimiento de un número suficiente de estas áreas.

(-p.2616-)

Hace tan sólo unas semanas, el Ministro español de Obras Públicas y Urbanismo instaba a todos los Consejeros de Medio Ambiente y de Urbanismo del Estado español a elaborar urgentemente una red de espacios protegidos, y espero que esta preocupación siga, quizá aflore, de una manera más evidente en los planes inmediatos del nuevo Ministro de Transportes, Obras Públicas y Urbanismo.

Esta necesidad de establecer redes armónicas y coherentes no ha sido óbice, lógicamente, para que se haya ido desarrollando una política de protección de áreas naturales a nivel mundial. Así, en mil ochocientos setenta y dos, se ponía en marcha en Estados Unidos la actividad de protección de espacios naturales con la declaración del Parque Nacional de Yellowstone.

Cuarenta y cuatro años más tarde, en Europa, España fue pionera en el desarrollo de la política de creación de parques y demás espacios naturales protegidos. Y así, en mil novecientos dieciséis, se promulga la Ley de Parques Nacionales, mencionándose en su introducción lugares como Gredos, Picos de Europa, etcétera. Dos años más tarde, en aplicación a lo dispuesto en esta Ley, en mil novecientos dieciocho, se declara el primer parque nacional español, el Parque Nacional de la montaña de Covadonga.

Otros hitos importantes en el desarrollo de la política de espacios naturales fueron la promulgación de la Ley de Montes, de ocho de junio del cincuenta y siete, que dedica un capítulo a los parques nacionales, y la más reciente Ley de dos de mayo del setenta y cinco, de Espacios Naturales Protegidos.

En virtud de estas disposiciones y desde mil novecientos dieciséis, se han ido declarando espacios de una manera esporádica, descoordinada, y en el setenta y ocho, año en el que se aprueba la Constitución, la última Constitución española, y se establece el Estado de las Autonomías, únicamente dos espacios protegidos existen en nuestra Comunidad: parte del ya citado Parque Nacional de Covadonga y el Parque Natural del Lago de Sanabria, que por Decreto veintisiete de octubre del setenta y ocho reclasifica un antiguo sitio de interés nacional.

El acercamiento de la toma de decisiones a la Administración Regional posibilitó la puesta en marcha de los estudios de planificación necesarios, que permitieron en su día la selección de aquellos espacios que por sus características fueran merecedores de un estatuto de protección especial, iniciándose en esta Comunidad, en mil novecientos ochenta y cinco, el estudio de la elaboración de la estrategia regional de conservación y el primer diseño de una red de espacios naturales.

Sin embargo, ha existido una dificultad para hacer efectivo y llevar a la práctica las conclusiones y resultados derivados de ese proceso de planificación, como es la falta de una mención expresa sobre las competencias en espacios naturales en el Estatuto de Autonomía de esta Comunidad, porque, como en tantas otras cuestiones y en este caso, Castilla y León ha quedado en una situación de inferioridad en relación con otras Comunidades. Nos referimos, saben Sus Señorías, al supuesto contemplado en el artículo 149.3 del texto constitucional.

Posteriormente, por Real Decreto 1.504/84, de ocho de febrero, se traspasan funciones y servicios en materia de conservación de la naturaleza del Estado a la Comunidad de Castilla y León, y se transfieren las funciones de declaración de Parques Naturales y la gestión y administración de los Espacios Naturales Protegidos, a excepción de los Parques Nacionales, que se reserva el Estado.

Fue necesaria la promulgación de la Ley 4/89, de veintisiete de marzo, de Conservación de Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, para que se abriera el camino, en virtud del artículo 21.1, para que Castilla y León pueda proceder a la declaración de las distintas figuras de espacios contemplados en la misma, quedando nuevamente, por aplicación de esta norma que he citado, en inferioridad de condiciones con las Comunidades con competencias exclusivas en la materia.

Señorías, un recorrido con sensibilidad por las tierras de nuestra Comunidad puede dar una idea suficientemente aproximada de la necesidad, yo diría de la urgente necesidad, que tenemos de conservar y proteger aquellas zonas de nuestro territorio donde se conservan las mejores muestras de la naturaleza castellano-leonesa.

La milenaria formación de nuestro territorio, la ubicación de las cordilleras que circulan nuestra meseta, el paso del hombre por estas tierras, haciendo una historia densa, también notable, pero poco solidaria con el medio, ha generado la evolución de nuestra naturaleza hacia una situación altamente preocupante, que obliga a la adopción de medidas urgentes y decididas para que el deterioro de nuestro patrimonio natural no sea irremediable.

Por otra parte, la incorporación de España a la Comunidad Económica Europea obliga a adoptar, de manera más urgente, decidida y concreta, normas de protección de los valores naturales que albergamos, de cara a estar presentes de manera efectiva en la Europa del noventa y tres, en la Europa del mercado único, no sólo para adecuarnos a la directivas y al espíritu de protección que impregna a Europa, sino para estar inteligentemente preparados, con la planificación avanzada, para hacer posible el apoyo comunitario de los nuevos instrumentos financieros existentes y los que están a punto de establecerse, para la mejora del medio y asegurar el desarrollo compatible.

(-p.2617-)

Cabe hacer mención, en este campo, a la propuesta de reglamento del Consejo, por el que se crea el último instrumento financiero para el medio ambiente, el LIFE, para copotenciar los planes de espacios protegidos. Para esta labor previsora, Señorías, nos quedan sólo seiscientos cincuenta y siete días.

El Proyecto de Ley que tengo el honor de presentar en esta Cámara pretende establecer el marco jurídico que, desarrollando lo dispuesto en el artículo 45 de nuestra Constitución y la Ley 4/89, permita la protección, el uso y la gestión de aquellos espacios naturales que sean seleccionados por albergar en su interior ecosistemas no sustancialmente alterados que destaquen por su relativa y significativa calidad natural, o por la función biológica que ostentan.

Todo el articulado responde y está impregnado de la filosofía de conservación, compatibilizando protección con desarrollo, planificando racionalmente los procesos, para no deteriorar el medio natural, sino permitir conservarlo o mejorarlo, para poder trasmitirlo a las generaciones futuras en las mejoras condiciones.

La Ley establece la creación de una red de espacios naturales, de la que forman parte, además de los espacios naturales protegidos en sentido estricto, las denominadas zonas de interés natural, montes de utilidad pública, montes protectores, zonas húmedas de interés especial, hábitats de protección especial, vías pecuarias y zonas de esparcimiento.

Esta nueva concepción de red, introduciendo estas zonas naturales que se constituyen en verdaderas zonas protegidas, y así son consideradas en clasificaciones sobre tipología de áreas protegidas de la UICN, permite obtener una visión y gestión integradoras del territorio, alejando la idea de espacios protegidos a modo de "interlands", que pudieran dar pie a acciones indiscriminadas y ambientalmente agresivas fuera de ellos.

De la lectura del Título I se deduce uno de los objetivos más importantes de la Ley: que este Proyecto, Señorías, se convierta en un instrumento de prosperidad y de despegue económico para estas poblaciones marginales, dispersas, abandonadas, sacrificadas y envejecidas, cuyas posibilidades actuales son reducidas y que deben recibir el máximo apoyo para la puesta en valor de un recurso, su ambiente, de alta calidad, cada vez más escaso, y que debe ser motor de un desarrollo basado en actividades del sector terciario, compensando aquellos sacrificios y carencias de muchas generaciones que les precedieron con la posibilidad de un futuro mejor para sus hijos.

A través del articulado de la Ley, Señorías, aparece insistentemente la preocupación por dinamizar la economía de las zonas a proteger y por la integración de sus habitantes en esta... en ese protagonismo y en las actividades y en la rentabilización de los beneficios.

El Título II establece el régimen de protección general, reconociendo el derecho al medio ambiente como un bien de la colectividad y, por lo tanto, prevalente frente al interés privado.

En cuanto a los montes, se determina la necesidad de un plan dasocrático que permita asegurar la permanencia y mejora del capital vuelo en los montes, reconociendo su importante valor como patrimonio natural.

Otra importante novedad que pensamos aporta la Ley es la adecuación a un régimen cinegético especial y el establecimiento de un plan cinegético de tal manera que se asegure la pervivencia y mejora de las especies, evitando el ejercicio incontrolado de dicha actividad.

Asimismo, y en orden a evitar abusos urbanísticos en los espacios de la red, se establece, por un lado, la necesidad de que el planeamiento urbanístico se someta al régimen de protección, y, por otro lado, de manera cautelar, la necesidad de que, en ausencia de planificación, los usos constructivos en el suelo no urbanizable sea sometido a autorización.

El Titulo III se centra en la definición de los espacios naturales protegidos, estableciendo una distinción entre dos figuras de parques, los parques regionales y los parques naturales, distinguiendo entre ellos una característica de calidad frente a la conservación, más que en diferencias en las formas de gestión.

Así, la figura de parque regional se aplica a aquellas áreas del territorio donde los valores naturales son de máxima importancia dentro del contexto del medio natural de la región.

En ambos casos, se pretende una protección global del ecosistema, pero compatibilizándola en todo momento con la coexistencia del hombre y sus actividades, y procurando, en la gestión de estas áreas, hacer más patente la filosofía de un desarrollo ecológico creciente.

De las reservas naturales orientadas fundamentalmente a la protección de determinados componentes de los ecosistemas, fauna y flora, cabe mencionar la posibilidad de que en las reservas naturales científicas se puedan establecer convenios de colaboración para su gestión con entidades universitarias y científicas.

Los monumentos naturales para la protección de valores geomorfológicos y geológicos y los paisajes protegidos, como figura de protección de carácter más pasivo y preventivo, terminan de configurar la tipología de las figuras contempladas en la Ley.

(-p.2618-)

En este mismo título, y de acuerdo al plan de espacios naturales elaborado, se declaran como protegidos veintinueve espacios en la región, que, con una superficie de un millón noventa y dos mil setencientas cuatro hectáreas, representan el 11,79% de la superficie regional, aún lejos de los cánones europeos: Alemania, con un 27,14, o el Reino Unido, con el 27,68. Y lejos también de la superficie protegida en otras Comunidades españolas equiparables, como Andalucía, que, con un millón cuatrocientas setenta y nueve mil hectáreas, en ochenta y dos espacios protegidos, alcanza un porcentaje del 17,19% de su territorio. Pero pienso que es un porcentaje suficiente para salir con la cara levantada por Europa.

Se propone, Señorías, en este Proyecto de Ley la declaración de dos parques regionales, ocho parques naturales, seis reservas naturales, siete monumentos naturales y seis paisajes protegidos, que, con los seis espacios ya declarados, suponen un total de treinta y cinco espacios en la Comunidad. Es claro que estos espacios constituyen una primera relación, seguramente la más importante, pero incompleta, de los espacios que de algún modo se considera puedan ser objeto de una protección especial y cuya protección no permite demoras, hasta tal punto que en alguno de ellos ha sido necesaria, y se hará necesaria, la dotación de un régimen de protección preventiva, a fin de evitar deterioros irreparables en los valores que son merecedores de protección.

Se ha realizado, Señorías un complejo y largo proceso de selección de espacios. Para que un espacio haya sido seleccionado, ha sido necesario que se entienda que cumple una o varias de las siguientes condiciones: ser representativo de los principales ecosistemas de la Región, contener ejemplos de su variedad biológica, albergar especies raras, amenazadas o en peligro, de plantas o animales o formaciones geomorfológicas interesantes, jugar un papel importante en el mantenimiento de procesos biológicos, o ser áreas de gran belleza escénica y paisajística.

Establecidas, pues, las condiciones, ha sido preciso utilizar un procedimiento sistemático, que ha permitido seleccionar aquellas áreas que mejor cumplen los objetivos propuestos.

Para una mayor sistematización del procedimiento de selección y poder conseguir una muestra equilibrada de espacios, se procedió a una primera división de la Región en subregiones, llanura, meseta y páramo, y cinturón montañoso -Sanabria Cantábrica, Ibérica y Central-, realizando el procedimiento de selección aisladamente para cada subregión.

El proceso, como he dicho, Señorías, ha sido largo, meditado; un trabajo concienzudo. Se inició en el año ochenta y cinco, a partir del estudio ya comentado de la estrategia regional y del diseño de la red de espacios, y contando con los inventarios nacional de paisajes sobresalientes y el abierto de espacios naturales de protección especial de mil novecientos setenta y siete-mil novecientos ochenta. Y en fase más reciente, se han acometido los estudios concretos para cada espacio, con objeto de establecer, en principio, los límites más adecuados para defender y proteger aquellos valores que motivaron la selección.

La red, evidentemente, tiene carácter abierto, y a la misma se podrán ir incorporando nuevos espacios, de acuerdo con los procedimientos que se establecen en la propia Ley.

Continúa el texto legal, Señorías, definiendo los instrumentos de planificación que concretarán en el tiempo y en el espacio las normas que permitan su uso y gestión.

El texto legal que se presenta es un marco que establece un régimen genérico de protección para toda la red de espacios naturales. Es preciso que, a través de los instrumentos de planificación posteriores, se particularice cada espacio desde la problemática específica y mediante las técnicas de zonificación y se defina cuáles serán las directrices y regímenes de uso que permitan alcanzar los objetivos de protección. Así, quedarán establecidos los planes de ordenación necesarios para parques y reservas y los planes rectores para parques, los planes de conservación para las reservas naturales y las normas de protección de monumentos y paisajes. Estos planes son de vital importancia para la gestión de cada espacio y se han de constituir en líneas básicas de actuación, y de ello se derivan los programas que dirijan toda actividad dentro de ellos, por lo que su elaboración debe ser absolutamente participativa con todos los intereses en juego. Así queda recogido en el texto del Proyecto de Ley, donde los planes han de someterse a un largo procedimiento, con informes de los órganos asesores de los espacios, informes de todas las Consejerías, periodo de información pública y de audiencia a los interesados, de consulta a los intereses sociales para su posterior aprobación por la Junta de Consejeros. En definitiva, se trata de recoger las opiniones de todos los sectores, de realizar un plan lo más consensuado posible y de garantizar, en definitiva, que el espacio esté puesto al servicio de la sociedad y, de una manera preferente, al servicio de las poblaciones que los habitan.

(-p.2619-)

He mencionado que en el procedimiento de tramitación los planes se someterán al informe de los órganos asesores de los espacios. En efecto, uno de los aspectos importantes que recoge la Ley es la existencia de órganos para la colaboración en la gestión y para la toma de decisiones, en el que estarán representados todos los intereses y sectores que inciden sobre ellas y, en particular, y en gran porcentaje, las entidades locales afectadas. Esta participación consideramos que es absolutamente necesaria, pues a través de ella es posible obtener una mayor información acerca de esas necesidades locales, de sus problemas para establecer planes mejores, en lo posible, y más realistas y acerca de lo que será llevado a cabo, de lo que más convenga hacer, habida cuenta de las condiciones que se den en cada caso. Esto permitirá la integración de estas comunidades en las actividades generadas en el espacio y la aportación de su esfuerzo y trabajo en la conservación y desarrollo.

Los órganos asesores están igualmente estructurados en una red, desde los órganos asesores para cada espacio concreto, juntas rectoras para parques y reservas incluidos en convenios internacionales, patronatos provinciales que dirigen y apoyan la gestión en el ámbito provincial, hasta culminar en el Consejo Regional que vela por el cumplimiento de los fines de los espacios en todo el ámbito regional.

He comentado sucesivamente, a lo largo de toda esta presentación, Señorías, la importancia que tienen las entidades locales en esta Ley y la necesidad de mejorar las condiciones de vida que padecen los habitantes. En ese sentido, no ya como una compensación, pues no puede ser objeto de compensación una protección que, en definitiva, viene a consolidar en su beneficio inmediato el uso racional de los recursos, sino como una muestra de solidaridad interregional e intrarregional que elimine desequilibrios y fomente la conservación de unos bienes que son patrimonio de todos. Por ello, se establece la necesidad de elaborar un plan de mejoras, que se financiará con cargo a los Presupuestos de la Junta de Castilla y León, artículo 42, para la zona de influencia socio-económica de los espacios, para mejorar sus infraestructuras, equipamientos, nivel de servicios, fomentar obras compatibles con el mantenimiento de los valores ambientales, rehabilitar la vivienda rural, estimular las iniciativas culturales; en definitiva, potenciar todas aquellas actividades que aseguren un desarrollo creciente ecológico, integrando a los habitantes en las actividades generadas.

Es preciso, Señorías, hacer también una mención a las zonas naturales de interés especial, que constituyen parte importante de la Red de Espacios Naturales. Los montes de utilidad pública fueron quizá las primeras áreas que de alguna manera cumplieron con las funciones de defensa del medio natural y evitaron la desaparición de grandes áreas de nuestros bosques, respondiendo claramente a la categoría octava de los establecidos por la Comisión de Parques Nacionales y Areas Protegidas, bajo la denominación de áreas naturales ordenadas con fines de uso múltiple, en sus funciones protectoras, productivas y recreativas. Ya es hora de que estas áreas queden integradas y reconocidas en una Red de Espacios Naturales de la Comunidad.

Una mención especial, Señorías, merecen las zonas húmedas, uno de los ecosistemas más amenazados. Lejos de ser territorios improductivos y no deseables, nos encontramos ante los ecosistemas de mayor productividad del planeta, desempeñando importantes funciones de regulación hídrica y climática y como hábitat de aves acuáticas, función que, en el caso de nuestra Comunidad, se ve reforzado por la posición geográfica de Castilla y León como lugar de paso y de invernada de una importante fauna migradora. Todo ello ha conducido a una gran atención hacia su conservación, iniciada con el programa MAB promovido por la UICN, que se concretó en el denominado convenio RAMSAR, convención relativa a las zonas húmedas de importancia internacional, particularmente como hábitat de aves acuáticas, instando a los gobiernos a la conservación y protección de humedales. Se hacía preciso, pues, establecer en este Proyecto de Ley una figura que viniese a establecer la protección de estas áreas a través de la aplicación de la legislación sectorial, que es de aplicación y competencia de la Comunidad.

Asimismo, contempla el Proyecto de Ley las vías pecuarias y áreas naturales de esparcimiento con una función de ocio y uso público y pretende poner en valor una oferta recreativa cada vez más demandada por una sociedad que reside en su mayor parte en núcleos urbanos cada vez más hostiles, por la escasez de valores ambientales, y que necesita una fácil..., un fácil y cómodo contacto con la naturaleza.

Señorías, este Proyecto de Ley está hecho para el hombre, en función del hombre, con intención de que es un instrumento, una herramienta más puesta a su servicio para la mejora de su nivel de bienestar, manteniendo el equilibrio con el medio.

Señorías, satisfacen especialmente a este Consejero las enormes coincidencias entre este Proyecto de Ley que ahora les presento y el texto de la Proposición No de Ley formulada por el Grupo Socialista y publicada en el Boletín Oficial de la Cámara en cuatro de diciembre del pasado año, relativa a la urgente necesidad de que la Junta de Castilla y León presente ante las Cortes de Castilla y León un Proyecto de Ley de conservación y mejora de los espacios naturales que entronque con los contenidos de la Ley 4/89. Cuatro días después, la Junta de Consejeros daba luz verde a un proyecto coincidente al urgido.

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Así, establece la conveniencia de crear una red de espacios naturales protegidos en Castilla y León. Aparición de las figuras de parque regional y natural y la inclusión de áreas que tengan especial importancia, como vías pecuarias, montes de utilidad públicas, zonas húmedas, etcétera. Ratificación de los regímenes de protección de la citada Ley 4/89. Ajuste del planeamiento urbanístico al régimen de protección que se establezca. Previsión de dotación de los instrumentos de planificación y gestión, como son los planes de ordenación de los recursos naturales y los planes rectores de uso y gestión. Clasificación de usos, diferenciando los permitidos de los permisibles, y, de estos últimos, los que deban estar sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Informes de la Consejería preceptivos y vinculantes en los expedientes de autorización de actividades, aunque en este punto existe alguna discrepancia. Contemplación de ayudas económicas y técnicas a los municipios afectados total o parcialmente.

También hay concordancia absoluta entre la Proposición No de Ley y la filosofía que impregna el Proyecto, cuando el Portavoz escribía: "A juicio de este Procurador, existen razones de oportunidad y de extrema necesidad que aconsejan que, de manera urgente e inmediata, se tomen las medidas normativas de protección de nuestros espacios naturales".

Después de este párrafo transcrito, se diagnostican rápidamente, se enumeran los principales problemas ambientales de nuestra Comunidad, como son explotaciones a cielo abierto, urbanismo desordenado, aprovechamiento inadecuado de caza y pesca, furtivismo autorizado -me supongo que es no autorizado-, contaminación de las aguas, realización de proyectos sin evaluación de impacto, construcción de líneas de transporte de energía eléctrica que ocasionan un grave deterioro, roturaciones de montes poblados de especies de gran valor, encauzamiento de arroyos, repoblaciones con especies autóctonas -me supongo que alóctonas-, existencia de vertederos de residuos sólidos en lugares no autorizados, proliferación de carteles publicitarios, existencia de acampadas salvajes, etcétera, etcétera. Catálogo que, a falta de algunos otros problemas, a mi modo de ver tan importantes o más como los citados, como incendios forestales, desaparición de hábitats, erosión, etcétera, configuran realmente la situación ambiental de la Comunidad con un diagnóstico de gravedad. Han sido muchos años, siglos de actuación irrespetuosa con el medio los que han llevado al estado de degradación actual, y, sobre todo, unas últimas generaciones insolidarias, miopes y egoístas.

Esta Consejería, consciente de todo lo anterior, está poniendo los cimientos para frenar, primero, este proceso, e intentar invertir los términos en el menor plazo posible. Para ello están en pie esas cinco líneas en marcha, que empiezan ya a dar sus frutos: ese Plan director de Residuos Sólidos, el Plan de Saneamiento Integral, el Plan de Reforestación, Proyecto de Ley de Espacios Naturales, y un ambicioso programa de sensibilización y concienciación mediante la educación ambiental.

Señorías, ustedes conocen perfectamente el proyecto que aquí hoy se presenta, con las imperfecciones y carencias lógicas de todo proyecto. Espero, Señorías, que, si es aceptado por la Cámara, en el discurrir de Ponencia y Comisión, será perfeccionado, enriquecido, con las aportaciones de los Grupos, que pueden hacer de este documento original el mejor texto para esta Comunidad.

Estamos con un proyecto importante en un momento importante. Con este proyecto cristalizan ocho años, o más, de trabajos serios y profundos, altamente cualificados. Reitero que en este trámite parlamentario que queda Sus Señorías aportarán -estoy seguro-, junto a sus Enmiendas propias, cuantas alegaciones y sugerencias han presentado y presentarán Ayuntamientos, grupos o ciudadanos, enriqueciendo el proyecto para conseguir la mejor Ley de Espacios Protegidos para esta Comunidad, de interés general por encima de cualquier interés, como el mejor legado a las generaciones futuras.

Y es urgente, Señorías; es urgente porque estamos a seiscientos cincuenta y siete días de una nueva realidad que se llama "mercado único". La posibilidad de libertad de movimientos de capital y mano de obra, la eliminación de restricciones para la compra de terrenos acelerará la política de inversiones multinacionales hacia la agricultura, la selvicultura y el turismo. Es necesario, antes de mil novecientos noventa y tres, de primero de Enero, disponer de un sistema adecuado de gestión ambiental que ordene y rentabilice las inversiones en aquellos lugares preparados de antemano para ello. Un ambiente de gran calidad es un elemento fundamental para atraer a los ciudadanos europeos y crear condiciones favorables para la rentabilidad de determinados territorios. Un ambiente de alta calidad es un factor clave en relación con nuestra incorporación a Europa, y permitirá colocarnos ventajosamente en esa próxima situación a seiscientos cincuenta y siete días vista.

Nuestra riqueza en hábitats relevantes, nuestro potencial en zonas naturales de importancia ecológica internacional para la Comunidad Económica Europea y la decisión de las autoridades comunitarias de apostar por un nuevo modelo de desarrollo colocan a Castilla y León en una ventajosa situación de salida que no debemos desaprovechar por otros intereses que no sean los castellano-leoneses.

De la comprobada sensibilidad y responsabilidad de todos, Señorías, habrá de esperarse lo mejor para Castilla y León. Mi agradecimiento por ello.

Señor Presidente, gracias por su benevolencia. Señorías, muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias. Habiéndose presentado por el Grupo Socialista una Enmienda a la Totalidad proponiendo la devolución del Proyecto de Ley de Espacios Naturales a la Junta de Castilla y León, vamos a proceder a su debate y votación. Y para su defensa, por el Grupo Socialista tiene la palabra el señor González, don Jaime.


GONZALEZ GONZALEZ

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EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ: Señor Presidente. Señorías. En primer lugar, agradecer al Consejero su intervención sobre el medio ambiente. ¡Qué hubiera sido si hubiera sido sobre el ambiente entero!

En segundo lugar, agradecerle, igualmente, al señor Consejero la amplia referencia que ha hecho a la Proposición No de Ley que el Grupo Parlamentario Socialista presentó en esta Cámara, sobre la necesidad que el propio Grupo tenía de la existencia de una Ley de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León y la urgencia de la misma. Yo creo que sus palabras, unidas a nuestra Proposición No de Ley, demuestran de una manera fehaciente, mejor que si yo lo dijera, el interés y el espíritu que el propio Grupo Parlamentario Socialista tenía en esta Ley, y la voluntad política del Grupo Socialista de que esta Ley existiera y de que esa Ley se promulgue en esta Legislatura.

Creemos, igualmente, que esa voluntad es la de todos los Grupos, no sólo la del Grupo Socialista. Y que, precisamente, y una vez... esa voluntad de todos los Grupos, una vez superados los aspectos más conflictivos, o problemáticos, que la propia Ley tenía, y que habían generado dificultades para alcanzar ese acuerdo, y a su vez habían generado determinadas tensiones en los lugares y los habitantes de los lugares que se pretendían declarar protegidos, ha permitido que en estos momentos se haya llegado a un acuerdo entre todos los Grupos Parlamentarios de esta Cámara, y que afecta, fundamentalmente, a esos aspectos más controvertidos de la Ley, y que permiten que, una vez este Procurador haya comunicado el texto del acuerdo al Pleno de la Cámara, el Grupo Parlamentario Socialista retire su Enmienda de Totalidad al Proyecto de Ley.

Y, sin más dilaciones, paso a leer, textualmente, el acuerdo a que los Grupos Parlamentarios de esta Cámara hemos llegado sobre la Ley de Espacios Naturales protegidos de esta Comunidad, y que a la vez afecta, fundamentalmente -repito-, a aquellos aspectos más importantes de la misma.

"Primero. Se estable un Plan de Espacios Naturales Protegidos, con el compromiso de iniciar en el plazo de un año la redacción de sus instrumentos de planificación, que conducirá, por los procedimientos previstos en esta Ley, a la declaración de los espacios.

Dos. Los créditos previstos para la financiación de la Ley de Espacios Naturales de Castilla y León estarán comprendidos entre los siguientes límites:

1. Un mínimo del tres por ciento de los créditos de los Capítulos VI y VII de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León, con un máximo de 3.000.000.000 en el momento en que todos los espacios contenidos en el Plan de Espacios Naturales Protegidos estén declarados en su totalidad.

Desde el primer momento, un uno por ciento de esos mismos presupuestos, con un mínimo de 1.000.000.000 de pesetas.

Tres. Extensión de los beneficios a las zonas de influencia socio-económica de todos los espacios declarados protegidos -parques, reservas, monumentos naturales y paisajes protegidos-.

Cuatro. La representación de las Entidades Locales en los órganos de gestión en los espacios naturales protegidos, -Consejo Regional, Patronatos Provinciales y Juntas Rectoras- será de la tercera parte".

Este acuerdo, que, insisto, resuelve, a nuestro juicio, de manera satisfactoria, los aspectos más importantes de la Ley, unido, sin duda, a la comparecencia de Alcaldes, Presidentes de Juntas Vecinales, Diputaciones y Mancomunidades, que se producirá ante la Comisión de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de esta Cámara con la máxima urgencia posible, y unido también a las múltiples enmiendas parciales que, sin duda, todos los Grupos presentarán -y nosotros anunciamos que presentaremos muchas, porque, evidentemente, este acuerdo no impide la presentación de otras Enmiendas a otros aspectos concretos de la Ley, que permitan al final enriquecerla-, es posible que al final la Ley de Espacios Naturales Protegidos sea una Ley que esté de acuerdo y sea equiparable a la calidad, precisamente, de los espacios que en esta Comunidad de Castilla y León existen y que la citada Ley pretende proteger. Nada más y muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias. Señor Portavoz del Grupo Socialista, entendemos que ha quedado retirada la Enmienda a la Totalidad, ¿no?

Señor Consejero de Medio Ambiente, tiene la palabra.


SAGREDO DE MIGUEL

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EL SEÑOR CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRITORIO (SEÑOR SAGREDO DE MIGUEL): Gracias, Presidente. Señorías. Yo creo que acabamos de presenciar un espectáculo gratificante -y permítanme que lo titule como espectáculo-; un acto de estas Cortes muy serio, gratificante. A partir de un trabajo de muchos años, de mucha gente, a partir de este proyecto inicial, oídas alegaciones, sugerencias de Ayuntamientos, Asociaciones, ciudadanos. Los Grupos Parlamentarios, en una reflexión, en convergencia, han llegado a ese acuerdo consensuado a que ha hecho referencia el Portavoz del Grupo Socialista. Yo creo que con ellos se enriquece el Proyecto, se da respuesta a esa urgente necesidad de un modelo de desarrollo nuevo, y yo creo, Presidente, sin más, que únicamente me van a permitir que considere esto como el mejor recuerdo de esta Cámara a un hombre que hoy cumple esos sesenta y tres años, que es medalla de oro de esta Comunidad y que todos recordamos con admiración. Su nombre, Félix Rodríguez de la Fuente. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Gracias, señor Consejero. Retirada, que ha sido, la Enmienda de Totalidad al Proyecto de Ley de Espacios Naturales, por el señor Letrado se procederá a dar lectura al tercer punto del Orden del Día.


MATIA PORTILLA

EL SEÑOR LETRADO (SEÑOR MATIA PORTILLA): Tercer punto del Orden del Día: "Propuesta de tramitación por el procedimiento de lectura única del Proyecto de Ley de concesión de un crédito extraordinario para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la firma del Consorcio Feria Universal Ganadera de Salamanca, mil novecientos noventa y dos, por un importe de 200.000.000 de pesetas".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Asimismo, procederá el señor Letrado a dar lectura al acuerdo de la Mesa proponiendo al Pleno la tramitación por el procedimiento de lectura única de dicho Proyecto de Ley.


MATIA PORTILLA

EL SEÑOR LETRADO (SEÑOR MATIA PORTILLA): "La Mesa, en su reunión de fecha seis de Marzo actual, con el parecer favorable de la Junta de Portavoces, propone al Pleno de las Cortes la tramitación en lectura única del Proyecto de Ley de concesión de un crédito extraordinario para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la firma del Consorcio Feria Universal Ganadera de Salamanca, mil novecientos noventa y dos, por un importe de 200.000.000 de pesetas".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): ¿Se aprueba esta propuesta de lectura única, por asentimiento? Queda aprobada.

¿Algún Grupo Parlamentario desea consumir turno de explicación de votos?

Señor Secretario, por favor, proceda a dar lectura al cuarto punto de Orden del Día.


MATIA PORTILLA

EL SEÑOR LETRADO (SEÑOR MATIA PORTILLA): Cuarto punto del Orden del Día: "Debate y votación, por el procedimiento de lectura única, del Proyecto de Ley de concesión de un crédito extraordinario para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la firma del Consorcio Feria Universal Ganadera de Salamanca, mil novecientos noventa y dos, por un importe de 200.000.000 de pesetas".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Para la presentación del Proyecto de Ley por la Junta de Castilla y León, tiene la palabra su Consejero de Agricultura, señor Zamácola.


ZAMACOLA GARRIDO

EL SEÑOR CONSEJERO DE AGRICULTURA Y GANADERIA (SEÑOR ZAMACOLA GARRIDO): Gracias, señor Presidente. Señorías. El motivo de encontrarme en este momento ante ustedes presentando este Proyecto de Ley ha sido, simplemente, un -yo quiero llamarle- natural desfase entre la gestión de tres diferentes Administraciones, sin ningún cargo a ninguna de ellas de forma específica, en elegir o en acertar cuál sería la forma jurídica más idónea por la cual se podrían disponer unos fondos de forma rápida para las gestiones previas a la ejecución de la Feria Universal de Salamanca.

Como Sus Señorías conocen, con fecha ocho de febrero del año en curso, se ha firmado, por la Consejería de Agricultura y Ganadería, en representación de la Junta de Castilla y León, con la Excelentísima Diputación Provincial de Salamanca, el consorcio denominado "Feria Universal Ganadera, Salamanca 1.992".

En el artículo 27 de los Estatutos de dicho consorcio, las partes firmantes se comprometen a aportar al patrimonio fundacional del mismo la cantidad de 200.000.000 de pesetas cada una. Esta previsión de gasto figuraba, como Sus Señorías conocen, en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad para el año actual remitido a las Cortes de Castilla y León para su tramitación; dentro del Programa 050, Producción Agraria, y figuraban como subvención a la Feria Universal Ganadera. En aquel momento -y es a lo que me refería al inicio de mis palabras-, sin embargo, no estaba todavía definido, o estaba sin definir la forma jurídica de gestión y organización de la Feria Universal, extremo este cuya concreción no dependía exclusivamente de la Administración Autonómica, sino del acuerdo con el resto de las Administraciones Públicas implicadas.

Posteriormente a la aprobación de los Presupuestos Generales de la Comunidad, es decidida y consensuada la figura jurídica a utilizar. Se firma... En estos momentos, ya firmado el consorcio, la aportación al patrimonio fundacional del mismo no puede entonces realizarse con cargo al Capítulo VII, Transferencias de Capital de los presupuestos, que no corresponde a la naturaleza jurídica..., perdón, a la naturaleza económica del gasto, sino que, como tal aportación -en realidad, aportación al capital-, conlleva la adquisición de unos derechos, que exige su aplicación a créditos del Capítulo VIII, activos financieros.

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No es posible, sin embargo, en el presente caso, habilitar el crédito correspondiente con cargo al citado Capítulo VIII de los Presupuestos, mediante una transferencia de crédito del Capítulo VII, por ser contraria dicha transferencia al artículo 115.b) de la Ley de Hacienda de la Comunidad, que la prohíbe para las subvenciones nominativas.

De aquí la presentación, por tanto, de este Proyecto de Ley de concesión de crédito extraordinario, que defiendo..., perdón, que presento, y que permite a la Junta de Castilla y León realizar al Consorcio Feria Universal Ganadera, Salamanca'92, la aportación económica a que se ha obligado, cumpliendo estrictamente la Ley de Hacienda de nuestra Comunidad.

Nada más. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias, señor Consejero. Para consumir un turno a favor, ¿algún Grupo Parlamentario?

Consecuentemente, ¿tampoco hay turno en contra?.

¿Para la fijación de posiciones por los Grupos Parlamentarios...?

Se somete, entonces, a votación la Proposición... el Proyecto de Ley que acaba de ser debatido. Y, vista la postura de los Grupos, ¿se aprueba por asentimiento? Queda aprobado por asentimiento.

Y por el señor Secretario se dará lectura al quinto punto del Orden del Día.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ELORZA GUINEA): Quinto punto del Orden del Día: "Propuesta de tramitación, por el procedimiento de lectura única, del Proyecto de Ley por el que se modifica el incremento de retribuciones fijado para el año mil novecientos noventa y uno".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Del mismo modo, dará lectura al acuerdo de la Mesa, proponiendo al Pleno la tramitación de este Proyecto de Ley por el procedimiento de lectura única.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ELORZA GUINEA): "La Mesa, en su reunión de fecha seis de marzo actual, con el parecer favorable de la Junta de Portavoces, propone al Pleno de las Cortes la tramitación en lectura única del Proyecto de Ley por el que se modifica el incremento de retribuciones fijado para el año mil novecientos noventa y uno".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): ¿Algún Grupo Parlamentario desea consumir turno en contra? Por el Grupo Socialista, tiene la palabra su Portavoz, don Laurentino Fernández Merino.


FERNANDEZ MERINO

EL SEÑOR FERNANDEZ MERINO: Señor Presidente, Señorías.

Bien, últimamente asistimos a una cascada de Proyectos de lectura única. Un procedimiento que el Reglamento actual de la Cámara prevé como mecanismo excepcional, cuando la naturaleza -dice- del Proyecto o la simplicidad de su formulación así lo aconsejen o lo permitan. Evidentemente, esto admite distintas interpretaciones. A nuestro juicio, se está haciendo un uso abusivo de este mecanismo. Y quisiera recordar que, en la anterior Legislatura, este mecanismo de procedimiento de lectura única sólo se utilizó una vez -aquí hay Procuradores del Grupo Popular y del Grupo del CDS que recordarán-, una sola vez, para presentar un Proyecto de Declaración de la Fiesta de la Comunidad, y, por cierto, produjo el abandono de los parlamentarios que hoy respaldan al Gobierno.

Actualmente, y en muchos casos con nuestra aprobación, como el presente Proyecto que acabamos de aprobar, estamos admitiendo proyectos que tienen una formulación muy simple, o un tema en el que no hay la menor discrepancia, en muchos casos, entre los distintos Grupos, porque son temas absolutamente institucionales, como lo que acabamos de aprobar, o tienen un contenido perfectamente asumible o claro en el debate.

Lo que se presenta en este Proyecto no es tan simple, ni tan fácil, ni tan sencilla la formulación; tiene algunos artículos y alguna adicional, y, sobre todo, tiene un fondo importante: se trata de modificar algo que esta Cámara, la mayoría de esta Cámara, su mayoría, aprobaron hace muy poco, con la Ley de Presupuestos. No voy a entrar en el fondo, porque eso lo hará el compañero que a continuación intervenga. Pero sí tiene un contenido importante; tiene un contenido importante que no está asumido por la mayoría de la Cámara; por tanto, no es tan simple. Y, sobre todo, a nosotros nos parece, cuando se intenta presentar un proyecto de esta naturaleza en el que el fondo es cuestionable o puede ser debatido, al menos, si se hace mención a unos remanentes posibles que se van a aplicar, habría que acompañar una memoria, en la que los Grupos Parlamentarios pudiéramos conocer de qué remanentes hablamos, de qué cantidad de remanentes queremos aplicar... algún dato que permita valorar, con un cierto grado de conocimiento, lo que se intenta presentar como un proyecto sencillo, corto y de simplicidad. Ni es simple, desde luego, ni el fondo de la cuestión, ni la naturaleza del proyecto recomendarían un procedimiento de lectura única.

Esa es la razón por la que mi Grupo Parlamentario se opone a utilizar, en este caso, el procedimiento de lectura única.

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EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias. Para turno a favor, por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Serrano Vilar, que compartirá turno con el CDS, ¿no?. Actúa primero...


AGUDO BENITO

EL SEÑOR AGUDO BENITO: Señor Presidente, Señorías.

El Grupo Parlamentario del CDS, y este Procurador, entiende que dos son los motivos o las causas que justifican o amparan el que un Proyecto de Ley se tramite por lectura única. Uno primero, que es el que afecta al propio mecanismo normativo: el que realmente sea objeto de Ley, o de Proyecto de Ley. En este sentido, y al contrario que ha sucedido en la Legislación del Estado, se hace necesario, en la propia Legislación de la Comunidad Autónoma, el que realmente se tramite como Proyecto de Ley, y ello en base al artículo 5 del propio Proyecto, que establece un mecanismo de modificación del artículo 9, párrafo 2, de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma, como ha dicho el Portavoz del Partido Socialista.

Y una segunda causa, que es la urgencia, la urgencia del propio Proyecto de Ley, o del contenido del mismo, y el que hace que el mecanismo excepcional previsto en el Reglamento de la Cámara sea el que en estos momentos... aceptable, y, como tal, se tramite como Proyecto de Ley. Y es el que el propio contenido, el propio contenido del artículo 1, y a lo largo de todo el Proyecto, establece que "con efecto del uno de enero". Es decir, que ya no sólo es urgente la tramitación del Proyecto, sino que, además, se conceden efectos retroactivos al contenido que regula el propio Proyecto de Ley.

Efectivamente, tiene la precaución, o es de entender la precaución establecida al respecto por el Portavoz del Partido Socialista; pero yo creo que eso es objeto, no tanto de que el Proyecto de Ley se tramite como Proyecto de Ley de lectura única, cuanto del control, de cómo la financiación de lo que se establece en el Proyecto de Ley va a controlarse posteriormente a la aplicación de la Ley.

Por estas razones, entendemos que, efectivamente, se cumplen los requisitos que como mecanismo excepcional establece el Reglamento de la Cámara, y el CDS va a votar favorablemente a la tramitación de este Proyecto de Ley por lectura única.

Nada más.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias, señor Agudo. Por el Partido Popular, señor Serrano Vilar.


SERRANO VILAR

EL SEÑOR SERRANO VILAR: Gracias, señor Presidente. Señorías.

No entiendo el asombro del Grupo Parlamentario Socialista porque se haga aquí uso de algo que está aprobado en Reglamento de esta Cámara, y que es, ni más ni menos, que una vía paralela a la que el Gobierno de la Nación, el Gobierno Socialista, de su mismo Grupo, de su misma ideología, hace, utiliza continuamente, porque está autorizado y previsto así en el artículo 86 de la Constitución.

Y, precisamente, este Proyecto de Ley nace de un Real Decreto Ley, el 2/1991; y ese Real Decreto Ley se tramita de la siguiente forma -y me van a permitir Sus Señorías que lea exactamente lo que establece el artículo 86 de la Constitución, para que no quepa lugar a dudas-. "Artículo 86.1: En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas, que tomarán la forma de Decretos Leyes"; y sigue el punto 1. "Segundo. Los Decretos Leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados...", etcétera, "mediante un procedimiento especial y sumario"; exactamente lo que está recogido en nuestro artículo 128 del Reglamento de la Cámara. Luego, por tanto, no se puede hablar de que haya algo raro ni extraño en este procedimiento.

Tampoco existen cascadas; existen oportunidades en que, como dice el mismo Real Decreto estatal, razones de equidad, razones de urgencia, arbitren, permiten que se arbitren... procedimientos de tipo sumario y resumido.

Por ello, nuestro Grupo Popular va a votar a favor de la tramitación por lectura única de este Proyecto de Ley.

Gracias, Presidente.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Gracias. Para réplica, señor Fernández Merino.


FERNANDEZ MERINO

EL SEÑOR FERNANDEZ MERINO: Sí, señor Presidente.

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Yo lo que hay un argumento que sí me ha convencido, y es que esto es urgente; pero ese es otro procedimiento. El procedimiento de urgencia es otro procedimiento contemplado en el Reglamento, que, desde luego, hubiéramos reconocido la urgencia que tiene de solucionar este tema la Junta, por culpa de una mala presupuestación, una mala previsión; no lo discutimos. Lo que discutimos es que este tema es bastante más serio que lo que fuera un artículo único diciendo no sé qué; tiene bastante más fondo. Tiene, en primer lugar, la intención de cambiar las prioridades establecidas previamente, la ampliación de remanentes. Pero, además, se detrae el debate a la Cámara, porque ni siquiera se dan cantidades, ni cifras, ni ningún tipo de especificación concreta. Se pide ni más ni menos que firmar un cheque en blanco, prácticamente, a favor del Gobierno, para que haga con los remanentes lo que quiera, aplique lo que considere necesario, que no sabemos si lo sabe o no cuánto es, para aplicarlo a cumplir las retribuciones o el incremento de las retribuciones del personal, contra lo cual no estamos. Lo que decimos es que este no es un procedimiento razonable para solucionar un tema de este contenido, con una formulación bastante más amplia, nada simple. Y que sí es, efectivamente, un tema que podía ser de urgencia; pero eso es otro esquema que recoge el Reglamento, no precistamente el de lectura única.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Para dúplica, señor Serrano.


SERRANO VILAR

EL SEÑOR SERRANO VILAR: Gracias, Presidente.

Solamente para matizar un par de cuestiones. La primera de ellas es que, en este caso, la Junta no llega, no llega aquí con este Proyecto de Ley por propia iniciativa: llega aquí, con este Proyecto de Ley, obligada, precisamente, por la Administración del Estado, por el Gobierno del Estado; llega obligada por ello. Y le diría por qué: porque la desviación del índice de precios al consumo y las previsiones de incremento de retribuciones a los funcionarios, en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, resulta que son discordantes. Y ello, ¿por qué? Porque quizá la política socialista no tenga mecanismos adecuados para conseguir contener la inflación; precisamente por eso. O bien que, cuando se hace una previsión de cuál va a ser la inflación de un año, se llega a lo que se llama un acertijo, o sea: si acierto, bien, y si no, pues también. Nada más que eso. Gracias, Presidente.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias, Procedemos a someter a votación esta propuesta.

Votos a favor. Gracias. Votos en contra. Gracias. Abstenciones.

Resultado de la votación. Votos emitidos: cuarenta y seis. Votos a favor: treinta y cinco. Votos en contra: once. Abstenciones: ninguna. En consecuencia, queda aprobada la propuesta para que se tramite por el procedimiento de lectura única el Proyecto de Ley que modifica el incremento de retribuciones fijado para el año mil novecientos noventa y uno.

El señor Secretario dará lectura al sexto punto del Orden del Día.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ELORZA GUINEA): Sexto punto del Orden del Día: "Debate y votación por el procedimiento de lectura única del Proyecto de Ley por el que se modifica el incremento de retribuciones fijado para el año mil novecientos noventa y uno".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Para la presentación del Proyecto de Ley por la Junta, tiene la palabra el señor Consejero de la Presidencia y Administración Territorial, don César Huidobro.


HUIDOBRO DIEZ

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR HUIDOBRO DIEZ): Gracias, señor Presidente. La publicación de los Presupuestos Generales del Estado, aprobados por Ley de veintisiete de diciembre de mil novecientos noventa, indicó o fijó cuál era el incremento de la retribución salarial de todo el personal al servicio de todas las Administraciones Públicas, en aquellos conceptos que eran básicos, como son el salario base o la retribución base, el complemento de destino, antigüedad, trienios... Esto hizo que esta Cámara, con conocimiento de dicho incremento, en los Presupuestos Generales de la Comunidad, de fecha veintisiete... veintinueve de diciembre de mil novecientos noventa, estableciera un incremento salarial exactamente igual que el que la Ley de los Presupuestos Generales del Estado había aplicado para el resto de los funcionarios de las distintas Administraciones Públicas.

En el desarrollo de esta Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad, en desarrollo de la misma, se aprobó un Decreto por la Junta de Castilla y León, de diecisiete de enero de mil novecientos noventa y uno, el número 4, que desarrollaba la aplicación, o las normas de estos Presupuestos para retribuir a todo el personal, tanto el funcionario como el laboral.

Respecto al personal funcionario, el incremento era del 6,26%, como había hecho la Administración del Estado, y respecto al laboral se fijó un incremento a cuenta del 5%, sin perjuicio de lo que resultara de la negociación del convenio colectivo y de las demás disposiciones aplicables.

Una vez que se había aprobado este Decreto de la Junta de Castilla y León, que es de fecha diecisiete de enero, el Gobierno de la Nación, con un Real Decreto Ley, el número 2, de veinticinco de enero de mil novecientos noventa y uno, y previos estudios y conocimientos de los datos que sobre incremento del índice de precios al consumo había sufrido, elevó esta subida del 6,26% al 7,22%, lo que suponía no solamente un incremento, sino la consolidación de aquellas pagas, o parte de aquellas pagas extraordinarias que durante los dos años anteriores se habían venido satisfaciendo al personal al servicio de las Administraciones para compensar la pérdida de su poder adquisitivo. Esto obligaba a la Junta de Castilla y León a hacer algo semejante, puesto que, entre los elementos que componen las retribuciones de los funcionarios y de los laborales, hay algunas que son de obligado cumplimiento.

(-p.2626-)

Siguiendo el criterio, o el mismo sistema que había seguido este Real Decreto Ley, Real Decreto Ley que supone urgencia, el Gobierno utiliza un procedimiento especialísimo, que es aprobar un Real Decreto que primero se aplica y luego lleva al Congreso de los Diputados para que sea aprobado. Se fijó allí también cuál era la forma de satisfacer este incremento. La forma de satisfacer este incremento es: aquellos Ministerios, en nuestro caso, aquellas Consejerías que tuvieran crédito suficiente, que lo hicieran efectivo con los créditos de personal, con el Capítulo I que tenían. Para aquellas Consejerías, para aquellos Ministerios que no tuvieran crédito suficiente, en la Administración del Estado se hacía referencia a un crédito extraordinario. Y así se venía, y así se preveía en dicho Real Decreto Ley.

En la Comunidad Autónoma, el procedimiento que hemos seguido es: si había remanentes, si hay remanentes, y después de haber suplido, después de haber dicho que esos remanentes están destinados, porque aquí así se dijo, en esta Cámara, a unos fines especiales, que se derivaban de los acuerdos de la denominada PSP, Pacto Sindical Prioritario, que se había llevado a cabo por la Junta de Castilla y León con los sindicatos, representantes sindicales, una vez que estuvieran cubiertos esos compromisos, los remanentes restantes se aplicarían, en su caso, a pagar las retribuciones... estos incrementos de personal.

Ese es, ni más ni menos, el proceso de este Proyecto de Ley de urgencia. Un proceso muy sencillo en que sólo hay dos temas. Uno, muy sencillo: hay que adaptar, subir del 6,26 al 7,22, porque así viene prácticamente establecido por Ley. Y un segundo: establecer cuál va a ser el sistema de satisfacer este incremento, mayor incremento retributivo; primero, hacer uso de lo que se tiene, de cuál es el dinero con el que se cuenta, que es exactamente aquél que las Consejerías podrían utilizar, en su caso, si no existieran; y, en segundo lugar, si no fuera así, pues acudir a los remanentes genéricos de las Consejerías, en vez de dedicarles, por ejemplo, a amortización de préstamos, pongo por caso; pero después de haber cubierto un compromiso especialísimo que aquí se había adquirido: dedicar parte de esos remanentes genéricos a cumplir con unas funciones especiales, que eran los pactos con los sindicatos, se emplearía el resto a cubrir estas necesidades que le vienen impuestas a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, justamente, por la necesidad, porque las normas básicas de la Función Pública le obligan a hacer efectivas esta cantidades en la misma cuantía que el resto de las Administraciones Públicas.

Nada más, muchas gracias, señor Presidente.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias. Para consumir un turno a favor de este Proyecto de Ley, por parte del Grupo del Centro Democrático y Social, señor Agudo Benito, tiene la palabra.


AGUDO BENITO

EL SEÑOR AGUDO BENITO: Señor Presidente. Señorías. Muy brevemente, para mostrar nuestro apoyo a favor de este Proyecto de Ley, porque, una vez publicado el Real Decreto Ley número 2, de veinticinco de enero de mil novecientos noventa y uno, y la resolución de la Secretaría de Estado del Ministerio de Hacienda, no podía ser por menos que el regular el incremento, por parte de la Junta de Castilla y León, regular el incremento retributivo establecido en estas normas.

Hemos justificado antes que se tenía que hacer a través del mecanismo normativo de una Ley, y esta Ley lo único que establece son dos cuestiones: una primera, el incremento retributivo; y una segunda, en los artículos 3, 4 y 5, los mecanismos de financiación. Creemos que los dos aspectos son correctos, y, en cuanto a los mecanismos de financiación, nos parecen asimismo correctos; pero, únicamente, mostrar la prevención en cuanto al control de los mismos, cuando se lleve a efecto esta situación. Nada más, Señorías.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias, señor Agudo. Por el Partido Popular, señor Serrano Vilar.


SERRANO VILAR

EL SEÑOR SERRANO VILAR: Gracias, Presidente. Unicamente para mostrar el apoyo que nuestro Grupo va a aportar a este Proyecto de Ley, en razón a que la equidad y la urgencia hacen aconsejable una aprobación de este Proyecto de Ley, que, dentro de poco, hará posible que los empleados públicos de nuestra Comunidad estén en igualdad de condiciones retributivas con la Administración Pública del Estado. Gracias, Presidente.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias. Para consumir un turno en contra, señor Paniagua, del Grupo Socialista.


PANIAGUA IÑIGUEZ

EL SEÑOR PANIAGUA IÑIGUEZ: Señor Presidente, Señorías. El turno en contra que quiere consumir mi Grupo tiene dos objetivos: por una parte, señalar algo que consideramos que ya estaba previsto y que no era necesario recurrir a un proyecto de ley para regularlo, y señalar la discrepancia radical con el sistema de financiación que aquí se propone.

(-p.2627-)

Decimos que no era, en principio, necesario este Proyecto de Ley, y, en concreto, su artículo 1, 2 y 3, con los que estamos de acuerdo, porque, de hecho, en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 17/1990, se preveía que, si el incremento de la retribución del personal funcionario y el correspondiente a la masa salarial del personal laboral que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para mil novecientos noventa y uno fueran superiores a los establecidos en la presente Ley, se aplicarán los fijados en la normativa básica general. Pero también se señalaba, como normativa básica general, todo lo que fuera normativa básica general, y, por lo tanto, de forma indirecta -y, además, así se reconoce en el mismo, en la misma Exposición de Motivos, Señoría-, se considera normativa básica el Real Decreto Ley 2/91, del Estado, sobre aplicación de la cláusula de revisión salarial al personal al servicio de la Administración Pública, con lo cual, con eso bastaba. Porque ya se prevé en la transitoria segunda que nos debemos de acomodar a la normativa básica del Estado, y se considera por la misma Junta que es normativa básica del Estado el Real Decreto Ley 2/1991.

De ahí que consideremos que estaba previsto ya, que había un automatismo de obligado cumplimiento y que no era necesario ley alguna reguladora, que sobra, por lo tanto, que sobraría una norma con rango de Ley, porque de hecho ya estaba todo el proceso previsto.

No obstante, no obstante, estamos de acuerdo, sin embargo, con el contenido -aunque no era necesario, repito- del artículo 1, artículo 2 y el artículo 3. Sí era necesario establecer un modelo de financiación. Y ahí es donde discrepamos radicalmente. En la primera parte discrepamos porque no era necesario, no por otra razón. En la segunda parte, discrepamos.

Articulan un modelo atípico. En el artículo 5... perdón, artículo 4 y artículo 5. El previsto en el artículo 4, lógico, e incluso copian, literalmente, el primer punto del artículo 3.2 del Real Decreto al que antes me referí, es decir: "Si hubiera consignaciones presupuestarias en las Consejerías..." etcétera, etcétera, etcétera. ¿Y si no las hubiera? Ahí es donde ya hay discrepancia radical. Radical la discrepancia.

Ustedes establecen una novedad que nos puede llevar a problemas múltiples en este artículo 5. De hecho, con él, con el artículo 5, no están resolviendo el problema. Porque, primero, ni siquiera concretan la cifra necesaria para, ni siquiera concretan cuántos remanentes hay; es que lo que están haciendo con este artículo 5 es salvar algo mal articulado en la Ley de Presupuestos. Piensen. Al ser un crédito de carácter ampliable, previsto en los artículos 12.b) y 18 de nuestra Ley 17/1990, sería lógico, lógico, y bastaría, como ha hecho el Estado, con arbitrar un crédito extraordinario, y hubiéramos estado completamente de acuerdo. ¿Por qué no lo han hecho, Señorías, así? Se ha recurrido a una novedad que a mí me tiene atribulado. Fíjense, no digo otra palabra.

Casi diría, perdonen el término, que se ha recurrido a un mecanismo "ex novo", pero que puede implicar algo de bárbaro. En lugar de coger y haber también copiado, adaptándolo a nuestras necesidades, el mecanismo de crédito extraordinario previsto en el artículo 3 del Real Decreto 2/91 a que me he referido, y estaríamos de acuerdo, Señorías, independientemente de que fuera por lectura única o no... Pero, claro, es que no podemos discutirlo, al ser por lectura única. Se den cuenta por qué estamos en estos momentos interviniendo de esta forma y en contra del Decreto. Porque podíamos haber estado de acuerdo y haber llegado a un acuerdo.

Si ustedes leen, tal como está, el artículo 5, tal como está redactado, en la presentación que ustedes remiten a la Presidencia de las Cortes y en la publicación en el Boletín Oficial -léanlo, por favor, Señorías-, no dice nada. Por eso decía que es una barbaridad, como mínimo. Léanlo. A no ser que me pongan una coma. Pero, claro, aquí no podemos enmendar ya ni una coma, fíjense, por el mecanismo de lectura única; léanlo, léanlo, Señorías.

"Se autoriza a la Junta de Castilla y León a destinar recursos del remanente genérico resultante de la liquidación de los Presupuestos Generales de la Comunidad de mil novecientos noventa, -coma-..." coma, ya no hay otra coma "hasta", y, por lo tanto, fíjese, se autoriza tal "una vez atendidos los compromisos adquiridos en el acuerdo suscrito entre la Junta de Castilla y León y las Centrales Sindicales", dos comas. No hay concordancia, no, léanlo.

Y, fíjense, en medio dice: "se autoriza, salvo las incorporaciones... -y todo seguido, sin coma-, salvo las incorporaciones específicas que se lleven a cabo de entre las previstas en la Ley de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León a financiar las necesidades que tengan las Consejerías para gastos de personal". Si me hubieran puesto una coma entre "Castilla y León" y "a financiar", podría tener sentido; pero es que como no hemos podido enmendar, pues, es que ya no tiene sentido, no cabe, es que no dice nada. Hubiéramos querido enmendarlo, no hemos podido, aunque no estuviéramos de acuerdo con el contenido, y estamos de acuerdo con que el contenido sea a través, la solución, de un crédito extraordinario. Léalo, señor Consejero, porque me tiene que dar una alternativa, o nos tiene que dar una alternativa, no sea que empeore lo que quiere usted conseguir, no sea que esto no tenga, y no resuelva absolutamente nada, no sea que no resuelva nada.

Ahora bien..., yo por eso les ruego a Sus Señorías que lean detenidamente ese artículo 5 tal como está, ¡ojo!, remitido a la Presidencia de las Cortes y publicado. Por lo tanto, si hubiera habido un error se podía haber modificado, se podía haber modificado; yo no he visto la modificación. Y como no hemos tenido oportunidad de hacer una Enmienda, pues, tampoco..., no hemos podido tener esa oportunidad por lectura única, pues, tampoco hay modificación alguna que valga. Con lo cual es un barbarismo lo que aquí se expresa.

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Entonces, en beneficio de la duda, podríamos decir que, no ateniéndonos a este tenor literal -en beneficio de la duda-, podríamos intentar descifrar qué se pretende legislar. Y, entonces, yo les diría, Señorias, que lo que se pretende, en el caso y en el beneficio de la duda, es no resolver solamente, no resolver mal resuelto, mal resuelto, la financiación del incremento de retribuciones fijadas para el año noventa y uno, del incremento, sino deshacer un olvido y un entuerto que ustedes cometieron cuando aprobaron el artículo 9.2 de la Ley 17 de Presupuestos Generales de la Comunidad. Pretenden, de hecho, modificar ese artículo, ahí está el meollo de la cuestión; con el subterfugio de que quieren salvar e implementar un mecanismo para solventar la posibilidad de ese incremento, están ustedes modificando -léanlo también despacio- el artículo 9.2 de la Ley General Presupuestaria. Y ni lo uno ni lo otro. ¿Por qué lo uno no? Porque fíjese: no hay una memoria, no hay ninguna certificación de remanentes aprobados por la Junta aunque sea de forma provisional; los remanentes están cambiando de un día a otro. Puede no haber remanentes, además, incluso, si es que la ejecución de la Junta fuera tan buena -eso sería cuestión de otro debate-, y, entonces, si no hay remanentes ¿cómo vamos a financiarlo con remanentes? Y si no hay remanentes tendríamos que recurrir a un crédito extraordinario; estaríamos perdiendo tiempo, haberlo puesto aquí y hoy solventábamos el problema, y hoy solventábamos el problema.

Es que no solamente esto, tampoco fijan en qué cuantía es necesario, qué cuantía es necesaria. Porque no se si 5.000.000, 500.000.000, 800.000.000 de esos remanentes o, en su caso, como no los hubiera, de ese crédito extraordinario. Porque leyendo, además, con buena fe y de buena fe, ese artículo 5, ustedes establecen prioridades. Dicen, primero, efectivamente, si hay remanente se dedicará a solventar la necesidad de las incorporaciones específicas.

Segundo, de forma prevalente -hay una ordenación de prioridades-. Segundo, atender los compromisos adquiridos con las centrales; eso en el caso de que haya remanentes. ¿Dónde está la certificación?

Y tercero, ahora ya sí, a financiar las necesidades para gastos de personal. Pero esto implica una modificación, para empezar, del artículo 9.2 de la Ley de Presupuestos. Segundo, un riesgo, que no haya remanentes suficientes y que tengamos que volver a esta Cámara, y retrotraernos a este momento y retrasar todo el proceso. Nosotros le garantizamos que sí aceptaríamos por lectura única que ustedes trajeran aquí una Ley, en estos momentos, donde la financiación fuera a través de un presupuesto extraordinario con cuantía exacta, punto. Y no con este mecanismo, que entendemos que no resuelve problema y que, sin embargo, modifica el artículo 9.2 que estaba mal redactado. Pero es que, más aún, le modifica de tal forma que se están cargando otras previsiones que allí, que allí se establecían para destino de los remanentes genéricos. Por ejemplo, el Plan General de Carreteras, las subvenciones a préstamos concertados con las Diputaciones Provinciales, la reducción de Deuda Pública, otras obligaciones de créditos a largo plazo, etcétera, etcétera, etcétera. ¿Por qué? Porque de hecho ustedes están, con ese artículo 5, sustituyendo el artículo 9.2, con lo cual le están viciando, le están modificando, le están estrechando. Y encima corren el riesgo -y ustedes lo saben- de que puede ser que no lleguen a cubrir aquel fin que ustedes pretenden, y que nosotros con otro mecanismo de financiación lo hubiéramos aceptado.

Es tan nuevo, señor Consejero, este mecanismo, es tan arriesgado este mecanismo que, de verdad, tiene que tener alguna otra explicación. Porque si no, y aún con el beneficio de la duda, con esta lectura, si no, no se entendía. Ahora bien, con la lectura literal, tal como está, desde luego, además, es que no sirve para nada. Muchas gracias, Señoría.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Gracias, señor Paniagua. Para réplica, señor Serrano Vilar, del Partido Popular.


SERRANO VILAR

EL SEÑOR SERRANO VILAR: Gracias, señor Presidente. Iba a decir que a nuestro Grupo no le gusta ver al señor Paniagua en atribulaciones; le tenemos en buen concepto, en muy buen concepto. Por eso, disipe sus dudas, señor Paniagua, no se atribule.

Dice que esta Ley no es necesaria, no es necesaria, y recurre a lo que establece la Disposición Transitoria Segunda de nuestra propia Ley de Presupuestos de la Comunidad. Pero me gustaría leerle, aunque yo sé que él se la sabe muy bien, esta Disposición Transitoria Segunda para recalcarle algún matiz que ha olvidado.

Dice esta Disposición Transitoria: "Si el incremento de las retribuciones del personal funcionario y el correspondiente a la masa salarial del personal laboral que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para mil novecientos noventa y uno...", y continúa.

Yo le digo, señor Paniagua, ¿quién ha modificado, quién ha modificado las retribuciones o el incremento de retribuciones del personal del Estado? No la Ley de Presupuestos Generales del Estado, el Real Decreto Ley 2/1991. Por tanto, sí hace falta una Ley para estar en consonancia con la norma primera y para no utilizar falsamente la Disposición Transitoria Segunda.

Pero, es más, se habla de normativa básica, básica, y el Real Decreto 2/1991, en su desarrollo, en la Orden que es de fecha treinta y uno de Enero, habla de sueldo, complemento de destino y complemento específico; ya no estamos solamente a normativa básica.

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Por tanto, y siguiendo con su argumentación, dice que está de acuerdo con el contenido; no podía ser menos. Me supongo que el Grupo Parlamentario Socialista sí querrá que los empleados públicos de nuestra Comunidad estén al nivel retributivo de la Administración del Estado, y, por tanto, sí estoy de acuerdo también en que ellos deben de compartir el contenido. Pero que discrepa en el sistema de financiación.

Yo diría que remanentes, como dicen en Galicia, "habellos, haylos", los hay. ¿Por qué? Porque una buena gestión presupuestaria de los ingresos, ahora mismo, permite esperar al menos, al menos -y fíjese, que voy a hacer casi de profeta-, al menos un ocho por ciento de incremento de estos ingresos, un ocho por ciento de incremento de los ingresos, de la gestión del presupuesto de ingresos.

No sé si en el artículo 5, señor Paniagua, adivina intenciones malévolas; no las hay, no las hay. El hubiera preferido, claro está, una trascripción literal del Real Decreto 2/1991. Pero algo teníamos que poner nosotros; no vamos a copiar lo que dice el Estado, a que encima aquí el Grupo Socialista nos diga que somos malos, porque lo hacemos muy mal, y lo hacemos obligados porque el Estado no ha previsto, no ha previsto un Indice de Precios al Consumo para introducir en las retribuciones de funcionarios en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, o sea, que lo hacemos obligadamente. No nos vea tal mal, señor Paniagua, intentamos seguir la senda, seguir la pista a lo que el Estado hace en bien de los empleados públicos, y nosotros queremos hacer en bien, también, de nuestros empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Y dice que después, en el artículo 5, además, lo que se hace es modificar el artículo 9.2 de nuestra Ley de Presupuestos de la Comunidad. No se modifica, lo que se hace es un inciso detrás de esas prioridades, poniendo detrás de "los compromisos adquiridos por las Centrales sindicales" "esta obligación"; no es ni más ni menos que un inciso.

Por tanto, señor Paniagua, creemos que está plenamente justificado el que en esta Cámara debatamos hoy y votemos favorablemente este Proyecto de Ley. Gracias, Presidente.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Para consumir su turno de dúplica, señor Paniagua, tiene la palabra.


PANIAGUA IÑIGUEZ

EL SEÑOR PANIAGUA IÑIGUEZ: Señor Presidente, Señorías. Ya debatimos suficientemente el tema de los remanentes en el debate de los Presupuestos; no volvamos a debatirlo. Y allí se demostró que servían para todo; textualmente constan las palabras de que era un saco sin fondo, como yo dije en su momento. Y fíjense la de objetivos que en el artículo 9.2 se establecen. Sirven para todo. Todo aquello que ustedes no han querido presupuestar, ¡hala!, a los remanentes, y así contentamos al Grupo del CDS, sobre todo, y también a las Centrales Sindicales, porque no se previó en su momento la financiación de los compromisos con las Centrales, como ya les dijimos. Pero es que ahora, ahora, el barbarismo está en introducir un nuevo sumando: que van a servir también para solventar el problema de los incrementos debidos a los funcionarios, y que se establece en la normativa básica del Estado, y como normativa básica es ese Real Decreto en una parte, y, en esa parte, con eso bastaba, el automatismo está ahí. En todo caso, me puede decir -y estaría de acuerdo con usted- que, posiblemente, la Disposición Transitoria Segunda tendría que haber dicho: según lo que se establezca en la normativa básica del Estado, y no referirse solamente a los Presupuestos Generales del Estado. Por eso le digo que, aún así, aunque estuviéramos discrepando, perdón, discrepando, aunque estuviéramos... discrepando relativamente en cuanto a la necesidad, déjelo, no se preocupe también usted.

Mire, nosotros estamos de acuerdo, en ese supuesto, en cuatro artículos, le digo; pero como no podemos enmendar parcialmente, tenemos que estar en contra. Y no me venga con la sensiblería de que si queremos o no al personal al servicio de la Administración, etcétera, etcétera, etcétera. Estamos poniendo de relieve una irregularidad técnica, estamos diciendo que además están ampliando los cometidos de esos remanentes, estamos diciendo que con esos remanentes se está intentando romper el mecanismo de la presupuestación por programas. Porque, claro, como no hay partida ninguna y ahí se meten todos los objetivos... Usted podía haber metido cincuenta programas para los remanentes, dentro de los remanentes. Son excepcionales, y tienen que clasificarse como excepcionales, esos remanentes genéricos. Pero es que, más aún, usted no me diga que es que prevemos que va a haber un 8% más de ingresos, porque entonces estaríamos en otra polémica; entraríamos en la polémica de por qué, por ejemplo, ya les dijimos, qué ingresos se iban.... Pero no quiero, no quiero. Lo haría con el señor Consejero, con mucho gusto, y en su momento lo podremos hacer. A mí, aun aceptando, como decía el señor Consejero en determinado momento, que había ejecutado -depende cómo- el 97% de los Presupuestos, bueno, pues me sale que quedan de remanentes actuales, según el crédito actual -que, por cierto, bajó en un mes de una cifra a otra, no se incrementó, yo no sé cómo pudo ser esa bajada y a qué se debió esa minoración-, quedan unos 5.000.000.000 de pesetas de remanente genérico, a fecha de veintiocho del uno, o a fecha, si quieren, de... del dieciocho del dos, donde, por cierto, repito, bajaron en 1.000.000.000 de pesetas los créditos iniciales. No entro en esa cuestión. Digo que me temo que vaya a haber más remanentes, que vaya a haber remanentes para todo lo que quieran; desde luego, no para lo que querían los señores del Grupo Popular.

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Y, ¿por qué no han ido a la fórmula mucho más sencilla de crédito extraordinario, que les hubiéramos aceptado? ¿Por qué quieren ir al tema de los remanentes, cuando saben que no va a haber para todo?

Segundo: que no saben y todavía no pueden certificar qué remanentes genéricos hay. Con lo cual... No, no, no hay una certificación, no la conoce esta Cámara. Los posibles remanentes, sobre una posibilidad, ¿van a garantizar a las Centrales, perdón, y a todo el personal al servicio de la Administración que les van a pagar, cuando además, repito, ustedes lo ubican, por orden cronológico, en tercer lugar? Aun suponiendo que aceptáramos como correcta, que no está y no es así, la redacción, ustedes lo ubican en tercer lugar, en términos de prelación, con lo cual ponen en riesgo el cumplimiento.

Yo, si ustedes tanto insisten, voy a hacer una cosa. Después de puesto sobre la mesa, mi Grupo lo tiene muy claro, antes lo manifestó mi compañero Portavoz, ahora lo manifiesto yo, lo irregular del método, lo atípico del método, de por qué es tan atípico, por qué es por lo que sospechamos que puede haber gato encerrado, no por otra razón. ¡Lo sencillo que hubiera sido el método del crédito extraordinario, al ser un crédito ampliable, señores, Señorías!

Por todo eso, pero para que ustedes no digan que... por si acaso esto no se aprueba con nuestro voto en contra, nosotros lo único que vamos a hacer es abstenernos, porque no queremos ser partícipes de un método atípico e irregular. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias. Sometemos a votación el Proyecto de Ley que acaba de ser debatido.

Los que estén a favor, levanten la mano, por favor. Gracias. ¿Votos en contra? Ninguno. ¿Abstenciones?

Resultado de la votación. Votos emitidos: cincuenta y uno. Votos a favor: treinta y tres. Votos en contra: ninguno. Abstenciones: dieciocho.

Consecuentemente, queda aprobada la Ley por la que se modifica el incremento de retribuciones fijado para el año mil novecientos noventa y uno.

El señor Secretario dará lectura el séptimo punto del Orden del Día.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ELORZA GUINEA): Séptimo punto del Orden del Día: "Propuesta de tramitación por el procedimiento de lectura única del Proyecto de Ley de Modificación de la Ley 3/87, de treinta de marzo, Electoral de Castilla y León".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Así mismo, dará lectura al acuerdo de la Mesa proponiendo al Pleno la tramitación por el procedimiento de lectura única de este Proyecto de Ley.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ELORZA GUINEA): "La Mesa, en su reunión de fecha catorce de marzo actual, con el parecer favorable de la Junta de Portavoces, propone al Pleno de las Cortes la tramitación en lectura única del Proyecto de Ley de Modificación de la Ley 3/87, de treinta de marzo, Electoral de Castilla y León".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): ¿Se aprueba por asentimiento esta Propuesta? Queda aprobada.

Señor Secretario, dé lectura al octavo y último punto del Orden del Día.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ELORZA GUINEA): Octavo punto del Orden del Día: "Debate y votación por el procedimiento de lectura única del Proyecto de Ley de Modificación de la Ley 3/87, de treinta de marzo, Electoral de Castilla y León".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Para la presentación del Proyecto de Ley por la Junta de Castilla y León, el señor Consejero de la Presidencia tiene la palabra.


HUIDOBRO DIEZ

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR HUIDOBRO DIEZ): Gracias, señor Presidente. Señorías. La razón de traer este Proyecto de Ley modificando la Ley 30, que regula el régimen electoral de la Comunidad Autónoma, es la publicación, la aprobación el día trece de marzo, y publicación en el Boletín Oficial del día catorce de marzo, de una modificación de la Ley de Régimen Electoral General.

Hay, dentro de esta Ley de Régimen Electoral General, un artículo que obliga necesariamente a introducir modificaciones en nuestra Ley Electoral. Es un artículo que se refiere a los plazos de escrutinio, recursos contra las proclamaciones y la creación de un nuevo recurso.

Quiero dejar aquí de manifiesto que, de no haber sido por este artículo, el 108, de la Ley, que corresponde con el 42 de nuestra Ley Electoral, habría sido innecesario prácticamente haber traído esta Ley; pero puesto que venía, y puesto que hay otros artículos que sin... prácticamente, y copiados literalmente, vienen a resolver alguno de los problemas planteados a la Junta Electoral de Castilla y León, y alguno de los problemas que se han planteado lo han recogido en la Ley Electoral, en la reforma de la Ley Electoral General, hemos presentado a esta Cámara un Proyecto de Ley de Modificación que se refiere fundamentalmente a los siguientes puntos:

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La dedicación exclusiva del Presidente de la Junta de Castilla y León desde la convocatoria... de la Junta Electoral de Castilla y León desde la convocatoria hasta la proclamación de los electos, o hasta que se ejecuten las sentencias presentadas.

La aprobación de los modelos de actas de constitución de mesas, escrutinios, sesiones y proclamación de electos, estableciendo el sistema de expedición rápido de estas actas, mediante documentos autocopiativos.

La convocatoria, poniendo de manifiesto que, además de hacerse mediante Decreto de la Presidencia, Decreto del Presidente, que se ha de publicar al día siguiente en el Boletín Oficial de Castilla y León y que entrará en vigor el mismo día.

La actualización de aquellas subvenciones que se concedían en el artículo 42, creo que es, a los partidos, federaciones y coaliciones -actualización que podía llevarse a cabo mediante una Orden de la Consejería de Economía, pero que en este momento aprovechamos para llevarla a cabo-, se convierte en 1.000.000 de pesetas por escaño y 40 pesetas por cada uno de los votos obtenidos.

La adaptación del nuevo sistema de anticipos o entregas a cuenta a los partidos, de acuerdo con las cantidades, los votos que se hubieran obtenido.

Y, prácticamente, otra modificación, que es la limitación de los gastos que los partidos pueden realizar durante las campañas electorales, adaptando esto a lo que viene de esta Ley de Régimen Electoral General.

Estas son las modificaciones introducidas en la Ley.

Pero, como he dicho, la modificación más importante es aquella que se refiere al artículo 42. Y el artículo 42 hacía referencia a que, una vez realizado el escrutinio y proclamado, las reclamaciones o protestas tenían... los partidos o los representantes tenían dos días para hacer las reclamaciones; se reducen a un día. La Junta Electoral Provincial tenía dos días para resolver el recurso; queda reducido a un día. Contra las reclamaciones de las resoluciones de la Junta Electoral Provincial no cabía recurso alguno; en este momento, se creó un nuevo recurso de alzada ante la Junta Electoral Central para las municipales, que, trasladado a la Comunidad Autónoma, es un recurso ante la Junta Electoral de Castilla y León. Tiene la Junta Electoral Provincial un día para remitir los recursos, dos días para dar audiencia tiene la Junta Electoral de Castilla y León, dar audiencia a los representantes de todos los partidos o coaliciones que se han presentado en las elecciones, tiene dos días para resolver, y, una vez resuelto el recurso y comunicado a la Junta Electoral Provincial en el plazo de otro día, habrán quedado definitivamente resuelto todos los problemas que se hayan planteado contra el escrutinio de las elecciones, a no ser los recursos que se presenten ante el contencioso, ante... los contenciosos electorales, ante los tribunales de lo contencioso-administrativo.

Esta reforma era imprescindible, es importante, y no podíamos llevarla a cabo de no haber sido mediante la modificación de nuestra Ley Electoral, de la Ley Electoral de Castilla y León.

Esta es la razón de traer aquí este Proyecto y el haber aprovechado para realizar otras pequeñas modificaciones, que son traslación textual de las que contiene esta Ley aprobada el trece de marzo de mil novecientos noventa, de modificación de la Ley de Régimen Electoral General, y que viene a facilitar el proceso electoral de nuestra Comunidad Autónoma, de las elecciones autonómicas que el día veintiséis se celebrarán en esta Comunidad Autónoma. Muchas gracias, señor Presidente.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias, señor Consejero.

Antes de someter a votación el Proyecto de Ley que acaba de ser presentado, esta Presidencia quiere advertir dos erratas que figuran en el último párrafo de la Exposición de Motivos.

Allí se dice, o se habla, de un mejor control y finalización de los gastos electorales. Hay que sustituir la palabra "finalización" por la de "fiscalización".

Del mismo modo, a continuación se dice: "mayor limitación de dicho gastos y datos". Donde dice "datos", debe decir "dotar", para que quede: "mayor limitación de dichos gatos y dotar de mayor eficacia".

Salvadas, o salvados estos dos errores, ¿se aprueba por asentimiento el Proyecto de Ley que modifica la Ley Electoral de Castilla y León? Queda aprobado.

¿Algún Grupo Parlamentario desea consumir turno para explicación de voto? Por el Centro Democrático y Social, señor Durán, tiene la palabra.


DURAN SUAREZ

EL SEÑOR DURAN SUAREZ: Gracias, señor Presidente. Para explicar nuestra posición en esta Ley, que hemos votado favorablemente, habida cuenta que, sustancialmente, la Ley es una acomodación de naturaleza técnica a lo que viene impuesto por la reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. Nuestra coincidencia con el texto presentado por el Gobierno, no solamente es una coincidencia de tenor literal del mismo, sino una coincidencia con lo que pudieran ser las líneas generales que modifican la Ley Orgánica Electoral General.

Esto era inevitable, y, como inevitable que era, y en la dirección, además, en que se ha expresado, nuestro Grupo Parlamentario ha estimado conveniente apoyarla. Gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Gracias, señor Durán. Por el Grupo Socialista, señor Fernández Merino.


FERNANDEZ MERINO

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EL SEÑOR FERNANDEZ MERINO: Sí, en el mismo sentido, señor Presidente, que el Portavoz que me ha precedido, nuestro Grupo ha dado plena conformidad a esta reforma de la Ley Electoral de la Región, que no es otra cosa, como decía el señor Consejero en su presentación, que una adaptación técnica, fundamentalmente, a la Ley aprobada, modificada en el Estado, que ha contado igualmente con el consenso de la mayor parte de las fuerzas parlamentarias, y sobre todo de las aquí presentes, y, en ese sentido, nuestro Grupo ha dado plena conformidad a la misma.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Gracias. Por el Grupo Parlamentario Popular, señor Nieto Noya, tiene la palabra.


NIETO NOYA

EL SEÑOR NIETO NOYA: Gracias, señor Presidente. Yo me sumo a las manifestaciones de los Portavoces que me han precedido en el uso de la palabra. No tengo nada que añadir. Es una reforma de tipo estrictamente técnico, que ha sido previamente acordada por los diferentes Grupos, para que no hubiera ningún tipo de problema en el momento de su tramitación, y, por tanto, viene a satisfacer una necesidad con la que nosotros estamos plenamente de acuerdo. Nada más. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muy agradecido. Señores Procuradores, se levanta la sesión.

(Se levantó la sesión siendo las trece horas veinte minutos).


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