DS(P) nº 41/3 del 16/6/1993









Orden del Día:




1. Informaciones y Preguntas Orales de Actualidad.

2. Pregunta con respuesta Oral ante el Pleno, P.O. 124-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Pedro San Martín Ramos, relativa a efectividad de ayudas económicas a las Asociaciones Deportivas para la realización de actividades deportivas en 1992, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, núm. 116, de 14 de mayo de 1993.

3. Interpelación, I. 12-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Grupo Parlamentario de Centro Democrático y Social, relativa a aprobación, contenido y desarrollo del Plan Regional de Saneamiento, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, núm. 117, de 19 de mayo de 1993.

4. Moción, I. 9-II, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, relativa a evolución de las cifras de producción y paro regionales y consecuencias sobre la programación y política económicas regionales, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, núm. 117, de 19 de mayo de 1993.

5. Proposición No de Ley, P.N.L. 156-I, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando la remisión a la Cámara de un Plan Regional de Igualdad de la Mujer, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, núm. 120, de 31 de mayo de 1993.

6. Proposición No de Ley, P.N.L. 157-I, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y Socialista, instando a la Junta de Castilla y León la demora de los procesos de renovación de los miembros de los órganos de gobierno de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Avila, de la Caja de Ahorros Municipal de Burgos y de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Segovia, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, núm. 122, de 11 de junio de 1993.

7. Debate de Totalidad del Proyecto de Ley de Evaluación de Impacto Ambiental y Auditorías Ambientales de Castilla y León.

8. Propuesta de Tramitación por el procedimiento de Lectura Unica del Proyecto de Ley de Crédito Extraordinario para conceder una subvención a la Mancomunidad Valle del Tiétar por un importe de CIENTO VEINTICINCO MILLONES DE PESETAS (125.000.000 Ptas).

9. Debate y Votación por el procedimiento de Lectura Unica del Proyecto de Ley de Crédito Extraordinario para conceder una subvención a la Mancomunidad Valle del Tiétar por un importe de CIENTO VEINTICINCO MILLONES DE PESETAS (125.000.000 Ptas).

10. Designación de Senador en representación de la Comunidad Autónoma, en sustitución, por renuncia, del Ilmo. Sr. D. Jesús Posada Moreno.

11. Designación de un miembro del Consejo Asesor de Radio Televisión Española en Castilla y León.

12. Designación de un miembro de la Comisión Mixta de Transferencias, en sustitución, por renuncia, de D. José Ventura Olaguíbel del Olmo.


Sumario:






 **  Se reanuda la sesión a las once horas treinta minutos.

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, reanuda la sesión.

 **  Séptimo punto del Orden del Día. P.L. 19-I.

 **  El Secretario, Sr. Zamácola Garrido, da lectura al séptimo punto del Orden del Día.

 **  Intervención del Sr. Jambrina Sastre, Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, para presentar el Proyecto de Ley.

 **  Intervención del Procurador Sr. González González (Grupo Socialista), para defensa de la Enmienda a la Totalidad presentada por su Grupo.

 **  Intervención del Procurador Sr. Sagredo de Miguel (Grupo de CDS), para defensa de la Enmienda a la Totalidad presentada por su Grupo.

 **  Intervención del Procurador Sr. Herreros Herreros (Grupo Mixto), para defensa de la Enmienda a la Totalidad presentada por su Grupo.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Martín Fernández (Grupo Popular).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. González González (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Sagredo de Miguel (Grupo de CDS).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Herreros Herreros (Grupo Mixto).

 **  En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Martín Fernández (Grupo Popular).

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación la Enmiendas a la Totalidad debatidas. Son rechazadas.

 **  Octavo punto del Orden del Día. P.L. 20-I1.

 **  El Secretario, Sr. Zamácola Garrido, da lectura al octavo punto del Orden del Día.

 **  El Secretario, Sr. Zamácola Garrido, da lectura al Acuerdo de la Mesa proponiendo la tramitación en Lectura Unica.

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación este Acuerdo. Es aprobado.

 **  Noveno punto del Orden del Día. P.L. 20-I2.

 **  El Secretario, Sr. Zamácola Garrido, da lectura al noveno punto del Orden del Día.

 **  Intervención del Sr. Huidobro Díez, Consejero de Presidencia y Administración Territorial, para presentar el Proyecto de Ley.

 **  En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Herreros Herreros (Grupo Mixto).

 **  En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. de Fernando Alonso (Grupo de CDS).

 **  En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Lorenzo Martín (Grupo Socialista).

 **  En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. San Segundo Nieto (Grupo Popular).

 **  Intervención del Sr. Huidobro Díez, Consejero de Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación el Proyecto de Ley debatido. Es aprobado.

 **  Décimo punto del Orden del Día. Designación Senador.

 **  El Secretario, Sr. Zamácola Garrido, da lectura al décimo punto del Orden del Día.

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación la propuesta de candidato a Senador representante de la Comunidad Autónoma.

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, somete por segunda vez a votación la propuesta de candidato a Senador.

 **  Undécimo punto del Orden del Día.

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, comunica a la Cámara la retirada de este punto del Orden del Día.

 **  Duodécimo punto del Orden del Día.

 **  El Secretario, Sr. Zamácola Garrido, da lectura al duodécimo punto del Orden del Día.

 **  El Secretario, Sr. Zamácola Garrido, da lectura al escrito del Grupo Parlamentario Popular, proponiendo candidato.

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación la propuesta de candidato. Es aprobada.

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, levanta la sesión.

 **  Se levantó la sesión a las catorce horas treinta minutos.




Texto:

(Se reanudó la sesión a las once horas treinta minutos).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Señorías, se reanuda la sesión. Y el señor Secretario procederá a dar lectura al séptimo punto del Orden del Día.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ZAMACOLA GARRIDO):

Séptimo punto del Orden del Día: "Debate de Totalidad del Proyecto de Ley de Evaluación de Impacto Ambiental y Auditorías Ambientales de Castilla y León".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

El señor Consejero de Medio Ambiente, señor Jambrina, tiene la palabra para presentar el Proyecto de Ley.


EL SEÑOR CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRITORIO (SEÑOR JAMBRINA SASTRE):

Señor Presidente. Señorías. El presente Proyecto de Ley tiene por objeto establecer el marco legislativo en materia de evaluación de impacto ambiental y de auditorías ambientales, basado en la facultad que nos otorga la Ley 9/92 de dictar normas adicionales de protección del medio ambiente, en las cuales esta Comunidad Autónoma tiene competencia de ejecución, para adecuarlo a los requerimientos de protección del medio ambiente de Castilla y León, desarrollando los objetivos para lograr la conservación y mejora del medio ambiente, los procedimientos administrativos a seguir, el contenido de estas evaluaciones y auditorías, la relación de actividades sometidas a estos procedimientos, las infracciones y sanciones, y las exigencias de recuperación de los daños causados. Todo ello, por supuesto, dentro del respeto al marco legal básico definido por las normas dictadas por el Estado.

No podía ser de otra manera, si se pretende disponer de legislación autonómica positiva, preceptivamente incardinada en la estatal existente.

La política de medio ambiente es una política estructural, que debe desarrollarse independientemente de los azares coyunturales, para no sacrificar el potencial de desarrollo y bienestar presente y futuro de los castellano-leoneses, evitando una degradación irreversible del medio y una utilización irracional de los recursos. En Castilla y León, es preciso acometer una serie de actuaciones dirigidas a la protección del medio ambiente, enfocadas en dos direcciones: medidas preventivas y medidas correctoras. Ello requiere dictar normas adicionales de protección, sin perjuicio de la legislación básica, que faciliten la adaptación de nuestras empresas al marco jurídico socio-económico que establece el Acta Unica Europea, contemplando de esta manera lo dispuesto en la legislación europea y en la legislación estatal.

Para conseguir un desarrollo sostenible y equilibrado, compatible con la conservación de nuestro medio natural, es preciso aplicar un conjunto de principios básicos que informan la gestión en materia de protección del medio ambiente. De ellos destacan el principio de la prevención y el de la corrección de los deterioros causados.

La integración rigurosa de los principios de prevención y de corrección en la gestión ambiental requiere disponer de una serie de instrumentos jurídicos, administrativos y económicos.

Las evaluaciones de impacto ambiental son una excelente herramienta para prevenir las posibles alteraciones que determinadas nuevas obras, instalaciones o programas puedan producir en nuestro entorno.

La auditoría ambiental, por contra, es un instrumento de gestión empresarial que permite identificar, evaluar, corregir y controlar los riesgos y deterioros ambientales. Asimismo, facilita la comunicación e información con la Administración y la opinión pública, y, sobre todo, es la llave para la innovación tecnológica en materia de medio ambiente.

Las evaluaciones de impacto ambiental se aplican a nuevos proyectos y modificación o ampliación de plantas existentes, y evalúan la incidencia ambiental sobre el entorno natural y social de la zona en que se sitúa, con el fin de garantizar que la afección y el uso de los recursos naturales al ejercer dicha actividad se hace de una manera sostenible.

Las auditorías ambientales evalúan el funcionamiento de las instalaciones existentes, en lo que afecta al medio ambiente, con el fin de conocer el grado de cumplimiento de la legislación que les concierne. El informe ambiental que se deriva de las mismas facilita la negociación con las Administraciones respecto a las mejoras con que pueden dotarse las plantas y explotaciones existentes, y permiten informar a la opinión pública con objetividad.

Este Proyecto de Ley, Señorías, se articula, pues, en dos vertientes: evaluaciones de impacto y auditorías ambientales. Y ello es así porque sendos instrumentos de gestión ambiental se aplican con el mismo fin: tener un conocimiento profundo de la incidencia ambiental de una determinada actividad, programa o actuación en el entorno de la misma, para minimizar sus efectos ambientales, mediante la adopción de las medidas correctoras oportunas.

La Directiva 85/337 de la Comunidad Europea estableció un marco general de referencia para la realización de las evaluaciones de impacto ambiental, que se traspuso al ordenamiento jurídico interno español por Real Decreto Legislativo 1032 del ochenta y seis, de veintiocho de junio, y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 1131. Esta legislación estatal es básica y requiere un desarrollo adicional, ya que recoge sólo en parte las actividades sometidas a evaluación, de las seleccionadas por la Comunidad Europea. Y éste es, en resumen, Señorías, el fin del Proyecto de Ley que hoy tengo el honor de presentar a esta Cámara.

La Comunidad Europea ha elaborado dos propuestas de modificación de la Directiva 85/337, referidas, una, a la ampliación de la evaluación de impacto ambiental, a las actividades agropecuarias, y otra, a los planes, programas y políticas que puedan incidir en el medio ambiente, cuyo contenido se ha recogido ya en parte en este Proyecto de Ley.

La Directiva 85 entró en vigor el tres de julio de mil novecientos ochenta y ocho, tres años después de su aprobación, y en su artículo 11 recoge la posibilidad de ampliar el campo de aplicación de la misma a otras actividades. En esta línea, cabe resaltar los proyectos de propuestas de modificación de los anejos uno y dos de esta Directiva, para incluir determinadas actividades agropecuarias y ciertos planes y programas.

Como todas las evaluaciones de impacto ambiental, esta propuesta se aplicará a nuevos proyectos agrarios, y no afecta a la gestión de proyectos agrarios o forestales que se integran en una actividad cíclica.

Los problemas macroecológicos de ámbito transregional y transfronterizo y la creciente entidad de situaciones de mayor deterioro de las aguas, de contaminación atmosférica o de contaminación del suelo por el depósito incontrolado de residuos está imponiendo, sobre todo a ciertas actividades industriales y a las grandes explotaciones de la ganadería intensiva, más responsabilidades en el control, prevención y reducción de la contaminación, con costes elevados de las medidas que será preciso adoptar, y que requieren una optimación económica.

La introducción de las consideraciones ambientales en los programas y planes que recoge la otra propuesta de Directiva de la Comunidad Europea se deriva de los criterios de la Comunidad Europea, bien explicitados en su cuarto programa de acción ambiental, y en el quinto programa, ya aprobado, de incorporar la protección del medio ambiente en las políticas industriales, energética, agraria, económica y social.

Esta nueva metodología, que se denomina "evaluación estratégica previa", y que designa el proyecto de evaluación de las consecuencias ambientales de determinados planes y programas que pueden incidir en el territorio, en la utilización de los recursos naturales y, en definitiva, en el logro de un desarrollo sostenible y equilibrado.

Se trata, básicamente, de introducir la variable ambiental en el mismo momento en que se elaboran los planes y programas que concretan las políticas de desarrollo regional, y se refieren, en todo caso, a las acciones promovidas por los poderes públicos.

Por ello, y de acuerdo con las nuevas exigencias del mercado interior, y en la línea con las directrices de la Comunidad Europea en esta materia, se ha previsto introducir los conceptos cualitativos en los programas regionales de desarrollo económico y social, integrando las medidas de protección ambiental en las políticas industrial, energética, agrícola, forestal, de transportes, económica y social castellano-leonesas, como establecen los programas de acción ambiental, que antes he comentado, de la Comunidad Europea.

Al mismo tiempo, se pretende que las actuaciones encaminadas a la protección del medio ambiente contribuyan al crecimiento económico, sobre todo a la creación de empleo -como se ha comprobado en los países industrializados-, y que constituye un objetivo prioritario.

Por otra parte, la Comisión Europea cree que la necesaria mejora de la competitividad de nuestras industrias en los mercados exteriores dependerá, en gran medida, de su capacidad para ofrecer bienes y servicios que protejan al medio ambiente, puesto que ello conlleva una obligada innovación tecnológica.

Asimismo, es imprescindible abrir un auténtico diálogo entre las industrias y los poderes públicos para establecer las medidas correctoras oportunas, y realmente necesarias, así como una coordinación entre las acciones de las diferentes administraciones.

Por otra parte, existen numerosas instalaciones en funcionamiento que están deteriorando la calidad de las aguas, la de la atmósfera, la de nuestro riquísimo patrimonio arquitectónico, y que generan residuos que no se controlan adecuadamente.

Todo ello requiere, Señorías, una serie de actuaciones de corrección de tales deterioros.

En definitiva, es preciso acometer la gestión ambiental de las actividades industriales existentes mediante un control integrado de la contaminación y de los recursos naturales afectados.

Señor Presidente, yo le rogaría... le pediría que reclame silencio a la Cámara...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Sí. Ruego a Sus Señorías guarden silencio, por favor.


EL SEÑOR CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRITORIO (SEÑOR JAMBRINA SASTRE): ..

..porque no se imaginan lo molesto que resulta hablar desde aquí con el murmullo que Sus Señorías tienen. Gracias, señor Presidente.

Con este fin, la Comunidad Europea ha previsto regular la realización de auditorías ambientales en una serie de actividades económicas -sobre todo industriales-, con objeto de determinar la situación actual de las instalaciones productivas en materia de medio ambiente: la generación de emisiones gaseosas, efluentes líquidos y residuos, la legislación que les afecta y su grado de cumplimiento, así como las medidas correctoras que cabría adoptar para mejorar la gestión ambiental de la empresa y el sistema interno de gestión para la protección del medio ambiente.

Esta norma, referente a auditorías, se complementa con una Directiva marco, enfocada hacia el control integrado de la contaminación, parte de cuyo contenido viene recogido ya en la legislación española sobre protección de medio atmosférico.

Dada la entidad de esta Directiva sobre el control integrado de la contaminación, se ha previsto apoyar el empleo de nuevos instrumentos de gestión empresarial y administrativa, regulando la realización de auditorías ambientales para determinadas actividades, en una primera etapa, si bien se fija un plazo de cinco años para su aplicación obligatoria, debido a la necesidad de adaptación de las empresas y de la Administración para poder afrontar dicha obligación de una forma eficaz.

La necesidad de adaptación al mercado interior europeo y las crecientes exigencias y cortos plazos de acomodación de la industria castellano-leonesa a la normativa de la Comunidad en materia de protección del medio ambiente que supone el Acta Unica Europea constituye uno de los factores que más van a incidir en la competitividad de nuestras actividades industriales.

La Junta de Castilla y León, consciente del reto al que se enfrenta nuestra industria, previó -como se recoge en la Orden de ocho de febrero del noventa y tres- la concesión de ayudas a empresas industriales y ganaderas para el desarrollo de actuaciones descontaminadoras y, en general, de mejora de la calidad ambiental.

En la citada Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se solicita a las empresas que deseen acogerse al programa de concesión de beneficios a los fines reseñados la presentación de un conjunto de documentos e información, como son: memoria, proyecto de actuaciones a llevar a cabo, calendario para ejecución de las mismas, disponibilidad de suelo, etcétera, etcétera.

La negociación sobre medidas a implantar, plazos de ejecución y ayudas que puedan prestarse se facilita enormemente si se opera con unas bases recogidas en un informe ambiental derivado de una auditoría ambiental. Tal negociación empresa-Administración sobre las medidas a disponer en la empresa auditada permitirá el establecimiento de un programa realista, resultado de un mutuo acuerdo, garantizando con ello el objetivo de corrección medioambiental.

Para cooperar en la implantación de estos instrumentos de gestión empresarial y administrativa, se ha previsto subvencionar la realización de estos estudios, en línea con las actuaciones que ya viene desarrollando -como he dicho antes- la Consejería sobre concesión de ayudas a empresas industriales para el desarrollo de actuaciones encaminadas a lograr una mejora de la calidad ambiental y la Orden de uno de febrero del noventa y tres, para la realización de auditorías ambientales por parte de las empresas radicadas en Castilla y León.

La Ley, Señorías, se estructura en cuatro Títulos, tres Disposiciones Adicionales, una Disposición Transitoria, cuatro Disposiciones Finales y cuatro Anexos.

El Título Preliminar, Ambito de Aplicación y Principios Generales, especifica el objeto, ámbito de aplicación, órgano administrativo de medio ambiente, la disponibilidad de información por parte del titular del proyecto, el redactor del estudio de impacto ambiental, la formación de un banco de datos ambientales, la capacidad técnica de estudio de impacto... del redactor de estudio de impacto y del auditor, y la confidencialidad de las informaciones aportadas por el titular del proyecto o instalación, conforme a la normativa existente sobre propiedad intelectual y secretos comerciales e industriales.

Como consecuencia del carácter básico de la legislación del Estado, se dispone como órgano medioambiental a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en congruencia, además, con el tipo de valoraciones a realizar, al tratarse de factores naturales y medioambientales que son de la responsabilidad y mayor conocimiento de la mencionada Consejería.

El Título I, las Evaluaciones de Impacto Ambiental, se divide en cuatro Capítulos. En el primero se definen los tipos de evaluación a aplicar; se establecen dos tipos: evaluación ordinaria y simplificada. Y, así mismo, se determina un régimen jurídico especial para zonas de sensibilidad ecológica.

Por razón de la actividad y, en consecuencia, por la mayor o menor entidad de su potencial impacto ambiental, se detallan dos series de actividades recogidas en los anexos 1 y 2, que quedan sometidas a evaluaciones ordinarias o simplificadas respectivamente.

Con ello se pretende equilibrar el potencial de influencia de la actividad sobre el medio ambiente y los medios y tiempos necesarios empleados en realizar la evaluación, técnica empleada en la legislación europea y en otras Comunidades Autónomas. Las actividades incluidas en los anexos correspondientes obedecen a todo el proceso de diseño, relación y valoración de las potencialidades de las mismas por parte de la Administración y de los contactos celebrados con los diferentes sectores.

La exclusión de determinados proyectos del procedimiento de evaluación ya contemplada en la propia directiva europea obedece a tener que contemplar los supuestos excepcionales que pueden producirse, como, por ejemplo, en caso de emergencia, haciendo la previsión en el texto del proyecto de Ley de publicarse, razonarse, e incorporar las medidas necesarias para disminuir el previsible impacto en el caso de que tuviera que adoptarse tal decisión.

El Capítulo II define las evaluaciones ordinarias de impacto ambiental y señala su contenido.

El tercero se refiere a evaluaciones simplificadas, también de impacto ambiental, indicando igualmente el contenido de las mismas.

El cuarto establece lo necesario para efectuar la vigilancia ambiental, tanto de las evaluaciones ordinarias como de las simplificadas.

El Título II es novedoso en el ordenamiento jurídico español, por cuanto concierne a la evaluación de los efectos sobre el medio ambiente de los planes y programas de desarrollo regional. Da respuesta, si bien de forma somera, a las nuevas inquietudes de la Comunidad Europea en sus preocupaciones macroecológicas, ampliando la evaluación previa del impacto ambiental a fases anteriores a la de un proyecto. Se pretenden introducir las consideraciones ambientales en planes y programas del mismo..., del mismo modo, perdón, que ya se ha hecho en la directiva 85/337 en el caso de los proyectos. Se designa a este proceso, como ya dije anteriormente, como evaluación estratégica previa.

El Acta Unica Europea destaca como uno de los pilares de la política ambiental de la Comunidad que los requisitos de protección del medio ambiente serán una componente de las demás políticas comunitarias, lo que supone integrar las consideraciones ambientales en los programas de desarrollo regional que elabore la Junta de Castilla y León.

Resulta verdaderamente complejo conformar la elaboración y ejecución de planes y programas de desarrollo con la variable ambiental en el estado actual de la organización administrativa, conocimientos, disponibilidades económicas y complejidad creciente de dichos programas, ya de por si trans-sectoriales e interdisciplinares.

Por ello, la propuesta de directiva de la Comunidad sobre estas cuestiones regula la introducción de la variable mercado en la planificación con suma prudencia. Hasta tanto se cuente con una mayor experiencia en este dominio, este Proyecto de Ley no desarrolla este Título, pero sí pone de manifiesto el interés de la política ambiental de la Junta de Castilla y León por integrar desde el inicio las consideraciones ambientales en sus planes y programas, como he dicho, de desarrollo regional.

El Título III, De las Auditorías Ambientales, regula la realización de las mismas. Se definen estos estudios y sus objetivos, y se detallan en los anexos tres y cuatro las actividades industriales sometidas a procedimiento de la auditoría a efectos ambientales, dejando para el Reglamento de la Ley el diseño del sistema de acreditación de auditores y otras cuestiones propias del mismo, dado su carácter procedimental.

El primer paso para resolver de forma óptima los deterioros ambientales consiste en tener un riguroso y profundo conocimiento de la situación actual, en lo que concierne al medio ambiente, de ciertas actividades económicas. Con base en este conocimiento, es posible llevar a cabo un auténtico diálogo entre los poderes públicos y las empresas concernidas, de cara al establecimiento de unos convenios particulares o sectoriales que recojan las actuaciones a llevar a cabo, los plazos de ejecución, la asistencia técnica a prestar y la concesión de beneficios y ayudas económicas.

Para ello, es preciso que las empresas dispongan de una auditoría ambiental de uso interno que les permita conocer la eficacia de su sistema de protección ambiental, mediante un análisis sistemático, objetivo, periódico e independiente del estado actual de las instalaciones y operación de las mismas en lo que concierne a la emisión y vertido de contaminantes, gestión de residuos, riesgos y otras consideraciones sobre el cumplimiento de la legislación medioambiental que afecta a las plantas industriales.

De dicha auditoría resulta el informe ambiental a presentar a la Administración, documento en el que puede basarse la negociación.

Este procedimiento ha de salvaguardar la necesaria cofidencialidad de los datos incluidos en la auditoría, y es de suma utilidad para proceder a resolver los problemas que nuestras industrias tienen planteados.

Dada la extensión y complejidad de las medidas que es preciso adoptar para mejorar el medio ambiente, y las muchas actividades concernidas, se ha optado por concentrar la atención y los esfuerzos en ciertas áreas y sectores prioritarios que se detallan en el anexo III.

El Título IV, De Infracciones y Sanciones, regula la responsabilidad de las partes y agentes que intervienen en la evaluación y en las auditorías, tipificando las infracciones y estableciendo el correspondiente régimen sancionador, los sujetos responsables y las competencias sancionadoras.

La Disposición Adicional Primera y Segunda contienen la obligación de disponer de libros de registro para recoger las actuaciones administrativas relacionadas con las evaluaciones de impacto ambiental.

La Disposición Adicional Tercera corresponde a la adopción de medidas por parte de la Junta de Castilla y León para potenciar la formación de técnicos en la evaluación de impacto y en auditorías ambientales, aspecto de singular importancia para fomentar la correcta realización de estos trabajos.

La Disposición Transitoria regula asimismo la aplicación de las evaluaciones de impacto ambiental en caso de polígonos industriales que tengan aprobado un Plan Parcial.

Las Disposiciones Finales fijan el plazo de entrada en vigor de la Ley y un plazo de dieciocho meses para regular el procedimiento mediante la redacción del correspondiente reglamento.

Este Proyecto de Ley que acabo de presentar a Sus Señorías constituye la pieza esencial de la política de prevención de las agresiones al medio ambiente del Gobierno de Castilla y León, y es, sin lugar a dudas, la norma legal más avanzada en esta materia de la que hoy dispone el Estado Español.

Abrigo la esperanza que, tras el debate de las Enmiendas que Sus Señorías han presentado a la misma y la posterior aprobación del texto definitivo en esta Cámara, Castilla y León dispondrá de una magnífica Ley, con larga vida, espero, que evite el origen de las agresiones... en el origen las agresiones a las que permanentemente está sometido nuestro medio ambiente.

Nada más, señor Presidente. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Muchas gracias, señor Consejero. Y, habiéndose presentado tres Enmiendas de Totalidad, para su defensa y por turnos, según acuerdo o criterio de Junta de Portavoces, en primer lugar tiene la palabra el Portavoz del Grupo Socialista, señor González, don Jaime.


EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ:

Señor Presidente, Señorías. La verdad es que, después de oír la larga intervención y presentación de la Ley del señor Consejero, por parte del señor Consejero, y después de haberme leído profundamente, como he leído estos días de atrás, para confeccionar Enmiendas, etcétera, el texto del Proyecto de Ley que nos ha remitido, difícilmente encontraba puntos de conexión entre esa intervención y los contenidos del Proyecto de Ley.

Tal vez sea eso porque el señor Consejero ha participado escasamente en la confección del Proyecto. Tal vez sea eso porque su equipo de dirección tampoco ha participado de una manera concluyente en la confección del Proyecto.

Una vez más la Junta de Castilla y León trae a este Parlamento un Proyecto de Ley, un texto realizado por una empresa privada, previo el pago de un buen número de millones. Acaba de pasar con el Plan Estratégico Agrario, pasó con la Ley de Caza, ha pasado con la Ley de Pesca, volverá a pasar con la siguiente.

Un texto, además, sin el debido control de la propia Consejería, que incluye en errores tan manifiestos como, por ejemplo, la repetición íntegra de artículos. Hay artículos que en el texto que se ha remitido a esta Cámara vienen repetidos, textualmente, dos veces. Hemos tenido que hacer Enmiendas parciales de supresión de textos repetidos, cuestión que hubiera sido fácilmente evitable si por parte de la Consejería se hubiera arbitrado un buen sistema de dirección técnica del Proyecto, que no ha existido.

Por lo tanto, ese texto no tiene nada que ver con la presentación que ha hecho el señor Consejero. Es un texto radicalmente diferente. Es un texto malo. Es un texto que para su elaboración la propia Administración, como veremos después, asume facultades discrecionales. Y, realmente, nos ha dejado extraordinariamente sorprendidos la intervención del señor Consejero.

Ya nos ha pasado alguna vez más con algún otro Proyecto de Ley, que ha tenido que ser sustancialmente y profundamente modificado en esta Cámara por los Grupos Parlamentarios.

Y espero que -si como va a suceder inevitablemente, puesto que aquello que el Grupo Popular predica en otros lugares no lo practica aquí, y que las Enmiendas a la Totalidad serán rechazadas las tres en bloque-, espero, repito, que en la Ponencia pertinente podamos después, a lo largo de un trabajo largo y delicado, incorporar una buena parte de las Enmiendas parciales que hemos presentado, para conseguir al final un texto adecuado.

Dicho eso, entremos en materia. Ese texto fue remitido a diversos colectivos para su opinión e informe. Desde luego, no fue remitido a los Grupos Parlamentarios, a pesar de que el señor Consejero alguna vez habló de buscar un consenso. Nunca dio un paso al frente en esa naturaleza, nunca remitió el texto a los Grupos Parlamentarios. Y, por lo tanto, una vez más, lo que dicen de buscar el consenso en absoluto se ve reflejado después por su actitud política y parlamentaria.

El texto fue remitido al CES, como es preceptivo, y el CES emitió una serie de alegaciones o de recomendaciones que, prácticamente, en ningún caso han sido recogidas por el texto. No se han recogido las alegaciones del Consejo Económico y Social en materia de sistema de plazos máximos. No se ha recogido las indicaciones en materia de participación de los ciudadanos en las tramitación de los proyectos. No se han recogido en materia de regulación de la capacitación técnica de las empresas o autores de evaluación de impacto ambiental o auditorías. No se han recogido las indicaciones para eliminar la discrecionalidad en la exclusión de proyectos del sistema de evaluación de impacto ambiental. No se ha recogido tampoco el defecto fundamental, o uno de los defectos fundamentales que tiene la ley, que es su falta de vinculación presupuestaria. Por fin, no se ha recogido tampoco la recomendación que hacía el CES de que las Entidades Locales participaran en el proceso, etcétera. Prácticamente no se ha recogido ninguna de las recomendaciones que el Consejo Económico y Social hacía a la Ley; salvo la de los empresarios, claro, que, eso sí, pusieron un voto particular en el debate del CES, precisamente al sistema de auditorías ambientales y a los plazos de entrada en vigor. Ahí sí se tuvieron en cuenta, y en lugar del breve plazo de entrada en vigor que se contemplaba en el anteproyecto de Ley, en el Proyecto definitivo ese plazo se alarga "ad kalendas graecas", cinco años, etcétera.

Yo creo que, realmente, eso indica un poco el espíritu con que se hizo el Proyecto de Ley.

Veamos a ver qué opina la sociedad civil sobre el proyecto de Ley, y veamos qué opinan, pues, por ejemplo, los consumidores o qué opinan los ecologistas.

Yo voy a leer textualmente algunas de las cosas que los ecologistas dicen del Proyecto de Ley. Textual. "Estamos, por tanto, ante un Proyecto de Ley inconstitucional, de cara a la galería, fantasma, antidemocrático, con graves solapamientos y mal redactada, que no tendría efectividad alguna y cuyo único aspecto positivo es que amplia el número de actividades sujetas a valoración de impacto ambiental, pero que, dado el funcionamiento de la Junta -la mayor parte de las actividades industriales de menos de un año de actividad están funcionando antes de ser aprobadas-, tampoco serviría de nada". Eso es lo que dicen grupos ecologistas del texto del Proyecto de Ley.

¿Qué dicen los usuarios?, que han manifestado también por escrito su opinión. Dicen una cosa que no me atrevo a leer en esta Cámara, pero que recomiendo que la lean; es muy interesante lo que dicen con respecto a la actitud mental del señor Consejero a la hora de redactar el Proyecto de Ley. Se lo recomiendo, y si quieren ustedes incluso después les puedo facilitar fotocopias a todos. Por respeto a la Cámara no lo voy a hacer, aunque, realmente, es una expresión gráfica, popular, que realmente indica cual es la actitud del señor Consejero.

También dice... en cuanto al respeto, ¡hombre!, si Sus Señorías insisten mucho la diría, pero, realmente, me parece excesivo. Pero sí habla, por ejemplo -aparte de eso-, de las sanciones, y dice: "en cuanto al capítulo de sanciones, da risa en una Administración que no ha puesto una sola sanción de aplicación de las leyes ya citadas y sobre las cuales tiene competencias ejecutivas plenas".

Por lo tanto, el CES hacía una serie de recomendaciones, prácticamente ninguna se ha atendido, y la sociedad civil articulada en sus diversos grupos, etcétera, piensa eso y otras cosas incluso peores del propio Proyecto de Ley.

El Proyecto se presenta después de la firma del célebre pacto autonómico y, por lo tanto, después de la firma y la aprobación de la Ley Orgánica de veintitrés de diciembre de mil novecientos noventa y dos, la número 9. Esa Ley establece diferencias sustanciales en cuanto al techo competencial de la Comunidad en materia medioambiental, y, por lo tanto, yo creo que introduce plenamente que la Comunidad tiene competencias de desarrollo legislativo y ejecución en dictar normas adicionales de protección del medio ambiente; del medio ambiente de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, del medio ambiente de todo su ámbito territorial, de todo el medio ambiente de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. ¿Qué hace el Proyecto de Ley en su artículo inicial? Pues, decir que el ámbito de aplicación de esta Ley es exclusivamente para aquellos proyectos de ley que ejecuta o aprueba la Comunidad Autónoma o las diputaciones, dejando fuera del ámbito de aplicación medioambiental del contenido de la Ley a todos los proyectos que promueven o que ejecutan otras administraciones: ayuntamientos, Administración Central, etcétera, etcétera; o proyectos ejecutados por empresas privadas cuya autorización tampoco corresponda a la Administración Autonómica.

¿Qué efecto perverso tiene eso? Pues, tiene un efecto absolutamente castrador de las competencias medioambientales que tiene esta Comunidad, porque lo que no tiene mucho sentido es que la Comunidad Autónoma pueda opinar sobre el medio ambiente de su territorio, sobre su medio ambiente, en función no de la agresión que ese medio ambiente pueda sufrir, sino en función de quién autoriza o no autoriza un proyecto. Lo que tiene que hacer la Junta -a mi juicio- en este Proyecto de Ley es articular un sistema que permita que su opinión medioambiental, su informe medioambiental, su evaluación de impacto se introduzca dentro del sistema administrativo que permita aprobar cualquier proyecto que se apruebe en esta Comunidad. No tiene sentido que determinadas actividades no puedan ser evaluadas, informadas, con carácter vinculante en su materia, en su competencia, por parte de la Junta de Castilla y León, simplemente, porque asume como planteamiento básico que la competencia medioambiental es una e indivisible, está afectada por quién aprueba o quién no aprueba el Proyecto. Busquemos las fórmulas de introducir en los procedimientos administrativos de aprobación los informes medioambientales pertinentes de la Junta de Castilla y León que permitan a la Administración que aprueba en su momento tener en cuenta esos presupuestos. Todo lo demás significa una división en dos del medio ambiente, ya no estaríamos hablando del medio ambiente, sino de la cuarta parte del ambiente, que no se sabe nunca a quién correspondería, si a una administración municipal, a una administración local, a una administración de la Junta de Castilla y León o a la Administración Central.

Por tanto, la competencia medioambiental en el territorio de Castilla y León es de la Comunidad Autónoma. La Junta de Castilla y León tiene obligación ineludible de ejercer esas competencias, y no fraccionarlas o dividirlas en función de quién aprueba el Proyecto, digan lo que digan normas de otro rango que pueden quedar modificadas, y, de hecho, han quedado modificadas por la promulgación -repito- de la Ley Orgánica del noventa y dos.

Algunos otros defectos que tiene la Ley, y yo creo que son defectos sustanciales que hacen imposible que por la vía de la enmienda parcial ese Proyecto de Ley quede mejorado de manera que pueda ser útil a la sociedad castellano-leonesa; porque si hubiera sido así, además, no hubiéramos planteado la Enmienda a la Totalidad.

El Proyecto de Ley consagra un principio, a nuestro juicio, peligroso, y es el principio de que la Consejería de Medio Ambiente se erige en juez, parte y árbitro de todo lo que suceda medioambientalmente en la Comunidad. Va a ser como Juan Palomo: ella se lo guisa y ella se lo come. Totalmente. El órgano medioambiental es la Consejería de Medio Ambiente y, por lo tanto, ella misma va a decidir sobre los proyectos que la propia Consejería haga y que tengan influencia sobre medioambiente: repoblaciones de fauna, repoblaciones de flora, otro tipo de repoblaciones, incendios forestales, pistas forestales, etcétera; todo eso que hace la propia Consejería y que causa, y está causando de hecho -y lo vemos todos los días en la prensa, no lo digo yo, lo dice la sociedad-, y está causando graves trastornos al medioambiente de la Comunidad Autónoma, todo eso va a ser la Comunidad Autónoma la que los realice y además se evalúe a sí misma y haga sus propias declaraciones de impacto ambiental sobre lo que hace la propia Consejería. Es, repito, el principio de Juan Palomo.

Pero podemos ir más lejos. ¿Dónde participa la sociedad civil en la aprobación o elaboración de los efectos medioambientales de un proyecto de esta naturaleza? En ningún sitio. Composición de las ponencias técnicas provinciales de evaluación de impacto ambiental, que hacen el proyecto de declaración de impacto ambiental que después el Consejero de Medio Ambiente va a firmar, rubricar y publicar. Presidente: el Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio; una vez más, la Consejería de Medio Ambiente se erige en árbitro de la situación. Vocales: pues, un representante del órgano competente para la aprobación del Proyecto por razón de la materia, el Jefe de la Sección de Calidad Ambiental, el Jefe de la Sección de Coordinación del Medio Natural, un facultativo de la Sección de Calidad Ambiental, un facultativo de la Sección de Protección de la Naturaleza, etcétera. Todos, absolutamente todos, funcionarios. Todos. La sociedad civil brilla por su ausencia en el mecanismo de aprobación y control de los proyectos. Y así pasa lo que pasa, que, realmente, la Administración de la Junta, primero, y, después, la Consejería de Medio Ambiente hace de todo el proceso lo que quiere y lo que desea.

Por lo tanto, hay que abrir la composición de esos órganos a la sociedad civil, hay que abrirla a los grupos ecologistas, a las asociaciones de consumidores y usuarios, etcétera, etcétera, a las entidades locales, etcétera, para que en el proceso de redacción de la declaración de impacto ambiental concreta tengan participación, puedan expresar sus opiniones y no les quede al final nada más que el recurso al contencioso-administrativo, a la alegación, que todos sabemos que en muchos casos en qué acaba esa vía.

Por lo tanto, la Ley consagra el principio de que la Administración Regional y la Consejería de Medio Ambiente hacen lo que les da la gana, puesto que ellos, únicamente ellos, constituyen parte de los órganos que deciden y, al final, sólo deja a la sociedad civil el recurso jurídico, que es realmente grave que así sea. Y eso no es una reclamación que haga el Grupo Socialista, el CES lo ha dicho también, los ecologistas, por supuesto, los usuarios, entidades locales, etcétera. Y no se ha tenido en cuenta, en absoluto, en la redacción del Proyecto de Ley.

La Ley igualmente consagra el principio de que la... nuevamente la Administración, sin ningún tipo de cortapisa previa, puede excluir un proyecto que, por la propia Ley, está sometido al trámite de evaluación de impacto de ese trámite, y la única condición que pide es que el motivo sea razonado. ¡Hombre!, evidentemente, ¡faltaría más! que el motivo fuera caprichoso o no razonado; eso casi no hace falta ni decirlo. Y que además se publique. Pero no dice cómo, ni en qué plazo, ni en qué lugar, ni en qué sitio, ni en qué sitio. Pero por qué no pone el Proyecto de Ley -y lo dice también el Consejo Económico y Social y lo dicen las sociedades civiles- que se publique, pues, en el Boletín Oficial de Castilla y León, que para eso está; además así aparecería un poco más lustroso o gordo, con más páginas, etcétera. Por qué no se publica ahí y la sociedad civil puede leer esa motivación razonada en el Boletín. ¿Por qué no se pone? Porque no interesa. ¿Por qué no se comunica a esta Cámara? Incluso el CES apunta esa solución. Por qué no se comunica esa exclusión a la Comisión correspondiente de las Cortes de Castilla y León, para que las Cortes de Castilla y León puedan entender de los motivos de esa exclusión, juzgarlos y debatirlos. Tampoco interesa. Lo único que dice el Proyecto de Ley es que se hagan públicos con absoluta imprecisión, dejando una vez más a la propia Junta de Castilla y León en el desarrollo normativo de la Ley dónde se publica y cómo se publica.

Y es más, consagra un principio, a mi juicio, peligroso. Y es el de que una empresa puede solicitar a la Administración qué partes de un proyecto no deben ser sometidas al conocimiento público. Dice el Proyecto: La empresa puede solicitar, si quiere, qué partes de un proyecto pueden no ser sometidas al conocimiento público de la ciudadanía -incluso de las Cortes- y a ningún tipo de conocimiento público. Eso, realmente, es grave; contradice el principio de no confidencialidad de los informes medioambientales y, realmente, abunda más y profundiza más, cada vez más, en el carácter oscurantista y exclusivista que tiene la Ley hacia la propia Administración de Castilla y León.

Y qué decir de las garantías que exige la Ley para aquellos que tienen que hacer proyectos de evaluación de impacto. Ninguna. Con lo que dice la Ley, cualquiera puede hacer una evaluación de impacto ambiental o cualquiera puede hacer una auditoría ambiental, porque se limita a hacer una referencia genérica a que sea capaz y listo. Bueno, pues, realmente, hay muchos capaces y muchos listos, pero que, sin embargo, no son capaces de hacer evaluaciones de impacto ambiental. O las hacen tal como la Administración quiere. Por lo tanto, hay que precisar exactamente cuáles son los requisitos que tienen que tener una empresa, o un auditor, o un evaluador, para poder hacer evaluación de impacto ambiental. Y hay que crear un registro de esas empresas, en donde se haga constar cuál es su naturaleza, cuál es su composición, qué medios tienen, a quiénes están ligados. Porque acabaremos lo mismo que con aquellas empresas que controlan la calidad en las obras, que estarán ligadas a los que hacen las obras. Y aquí pasará lo mismo: las empresas que hacen auditorías o que hacen evaluaciones de impacto ambiental acabarán -ya lo están, además- ligadas a quienes hacen las obras. Y, por lo tanto, al final, volvemos a consagrar otro principio de Juan Palomo: las empresas se lo guisan y se lo comen. Y al final los que siempre pierden son los administrados.

Ya el colmo del Proyecto de Ley es que el propio Proyecto de Ley se erige en un estudio de evaluación de impacto ambiental y decide, sin saber ni cómo, ni por qué argumentos; a lo mejor es el criterio personal del señor Consejero, desde luego, y lo examinaremos ahora; no lo comparto. Se erige en un proyecto de evaluación de impacto ambiental y dice que hay una serie de actividades que, porque lo dice el Proyecto de Ley, generan un impacto moderado en el medio ambiente. Y hay otra serie de proyectos que, también porque lo dice exclusivamente el Proyecto de Ley, pues, generan un fuerte impacto en el medio ambiente. Y lo decide el Proyecto de Ley sin más. Y, claro, yo cuando leo después los anexos y veo qué proyectos van a ser sometidos a esa evaluación simplificada, porque dice el Proyecto de Ley que tienen poco impacto sobre el medio ambiente, nos quedamos realmente sorprendidos. Pongo algunos ejemplos, porque yo creo que son sintomáticos.

En el entorno de Valladolid existe un pinar excepcional, el Pinar de Antequera. Pues, con este Proyecto de Ley, el descuaje del Pinar de Antequera en su tramo comprendido entre el Camino de Simancas, la carretera de Simancas a Puente Duero y la carretera de Rueda, no exigiría evaluación de impacto ambiental, porque tendría menos de cincuenta hectáreas. Y Valladolid se quedaría, por la simple decisión de quien sea, sin que nadie, nadie, ajeno a la Administración intervenga, sin ese espacio tan excepcional. Pero más cosas. Dice, por ejemplo, que sólo permitiría... que sólo es necesario la evaluación simplificada de impacto ambiental, que la Ley no contempla -por supuesto, la simplificada- ni información pública ni nada, eso lo deja a la regulación de la Junta a una norma posterior, que si le interesa tendrá información pública y si no le interesa no la tendrá, pues, por ejemplo, industrias que utilicen o generen sustancias tóxicas o peligrosas. Una industria de fabricación de ácido sulfúrico no sería necesario que fuera sometida a evaluación normal de impacto ambiental, bastaría con que fuera sometida a evaluación simplificada. Y, claro, el que sean sometidas a evaluación simplificada las repoblaciones de animales, las de plantas no, porque como son las que fundamentalmente hace la Administración, ésas hay que evitarlas de ahí para poderlas seguir haciendo y llenando nuestra Comunidad del tipo de repoblaciones que hacen normalmente. Las de animales, las faunísticas, cuando no exista la especie en el lugar donde se vaya a repoblar. No habla del carácter de autóctono o no, habla de que exista o no exista en el lugar donde se va a repoblar. Y, por ejemplo, todo el mundo habla en estos momentos del cangrejo rojo de las marismas considerando como una plaga. Tal como está redactado, la Junta de Castilla y León, la Consejería de Medio Ambiente -y dado su nivel de actuación, no me extrañaría que alguna vez lo hiciera- puede decidir mañana mismo repoblar con cangrejo rojo de las marismas todos los ríos de la Comunidad Autónoma, porque ya existen aquí. No apela al carácter de autóctono o no. Ya existen aquí y, como existen aquí, puede echar todos los que quiera; o lucios, o peces gato, o cualquier cosa que se le ocurra al señor Consejero, a su equipo de dirección, o a la propia Administración... o a la propia Administración, puesto que no exige el proyecto de evaluación de impacto ambiental.

Realmente, es un Proyecto de Ley absolutamente inútil. Porque, ¿qué hace? ¿Qué dice el Proyecto? Dice: en lo referente a evaluaciones de impacto nos regimos por la Administración Central, por la legislación que en estos momentos existe; Real Decreto Legislativo 1302, Real Decreto 1180, etcétera, etcétera. Eso es lo que vale para evaluaciones normales. Pero aquí vamos a crear una nueva figura: evaluaciones simplificadas, para lo que yo quiera, para lo que la Administración quiera, para descuajar, para arrancar, etcétera, y esa evaluación no va a tener trámite de información pública, etcétera, no se sabe quién va a hacer la declaración de impacto, etcétera. Luego, realmente, devalúa la legislación ambiental en esa materia. Y, claro, crea una cosa que se llaman "las evaluaciones estratégicas", simplemente las cita, las mienta, hace una cosa diciendo que ya se desarrollará, que eso es muy avanzado, que es muy difícil de desarrollar, que eso es casi imposible. Y en eso hubiéramos estado muy de acuerdo, porque, realmente, hay que hacer evaluaciones de impacto ambiental de los instrumentos de planificación que existan en esta Comunidad, porque cuanto más acerquemos los criterios medioambientales a la planificación, menos problemas vamos a tener después a la hora de desarrollar esos planes. Si introducimos criterios medioambientales en el Plan de Carreteras, en el Plan Estratégico Agrario... no la Consejería, porque no lo ha hecho la Consejería, quien lo haya hecho; si hubiéramos introducido criterios medioambientales en los planes de reforestación, etcétera, a la hora de desarrollar esos planes, de hacer los proyectos concretos, hubiéramos tenido o tendríamos siempre muchos menos problemas. Por lo tanto, la evaluación estratégica es imprescindible. Pero no hace falta ser grandilocuente, no hay que decir que se crea una evaluación estratégica que nadie comprende, hay que decir simplemente que los planes y programas que haga la Junta de Castilla y León de ámbito regional y que tengan incidencia medioambiental sean sometidos al trámite de evaluación de impacto. Si con eso basta. Pero crear las evaluaciones estratégicas, sin que nadie sepa lo que son, sin concretar, cómo se hacen, si no se hacen, es una absoluta falacia; es lo que decían los consumidores, que no he dicho hasta ahora, pero que, realmente, refleja perfectamente cuál es la opción de este Proyecto de Ley.

Yo voy a hablar muy poco de auditorías ambientales, porque, realmente, las auditorías ambientales, tal como están reflejadas en el Proyecto de Ley, lo mejor que podríamos hacer es una enmienda de totalidad a ese capítulo y suprimirlas; no tienen nada que ver con las auditorías ambientales de naturaleza europea, no exigen compromisos, sólo se evalúan sistemas, no se evalúan actuaciones concretas, etcétera, etcétera. Realmente, el sistema de evaluaciones ambientales no tiene ningún sentido mantenerlo en el Proyecto de Ley tal como está. Y si se mantiene en el Proyecto de Ley lo que hay que hacer es dotarlas de contenido, hacer que se asemejen a las ecoauditorías europeas y, realmente, que funcionen adecuadamente.

Señor Presidente, por todas estas razones, nosotros hemos hecho una Enmienda de Totalidad. Como siempre, también hemos hecho un número importante de Enmiendas parciales, sabiendo que si el Grupo Popular -como siempre también- aplica su mayoría mecánicamente y esta Enmienda a la Totalidad, lo mismo que todas las que se han presentado aquí a lo largo de los últimos años y desde que el Grupo Popular gobierna en mayoría, va a ser rechazada, no nos quedará más remedio que asumir, por responsabilidad ante los ciudadanos, la ingrata tarea de hacer un Proyecto de Ley presentable de lo que es impresentable. Y estamos dispuestos a hacerlo, vamos a luchar por cada Enmienda parcial, lo mismo que hemos hecho en todos los Proyectos de Ley. A lo mejor, al final, en lugar de votar -y parece mentira que esta Cámara nos estemos acostumbrando haciéndolo así- un Proyecto de Ley hecho por Ecoconsul, mediante el pago de 4.000.000 y pico de pesetas, cuya gerente -además única- era una Diputada del Partido Popular en el momento en que se encargó el Proyecto -y hay más casos, irán saliendo en los próximos días-, realmente, empezaremos a votar y a hablar de proyectos de ley hechos por la Junta, con naturaleza política, por sus equipos de dirección, que para eso nombran los jefes de servicio de los servicios centrales por el procedimiento de libre designación. Y, al final, tendremos proyectos de ley que, al menos, reflejarán el criterio político de la Junta en esas materias que nos ocupan. Y no, no representarán lo que representan, que es la nada sobre la nada, y un proyecto que, realmente, es un retroceso sobre la legislación medioambiental que existe en estos momentos con carácter estatal, y que lo único que haría falta es desarrollarla, ampliarla y perfeccionarla, y para eso la Comunidad Autónoma sí tiene competencias. Lo que pasa es que es incapaz de hacerlo, porque le falta voluntad política.

Nada más y muchas gracias.


EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR SAINZ GARCIA):

Gracias, señor González. Por el Grupo Parlamentario de Centro Democrático y Social, tiene la palabra el señor Sagredo.


EL SEÑOR SAGREDO DE MIGUEL:

Gracias, Presidente. Quiero mostrar mi satisfacción de que en estos momentos presida Su Señoría, señor Vicepresidente, esta Cámara, y, por lo tanto, ordene este debate. Aprovecho la oportunidad, por si es felizmente la última, felizmente para Su Señoría, señor Vicepresidente, para agradecerle las continuas atenciones que ha querido tener, en estas mismas circunstancias, para este Portavoz y por su continua y yo diría que enternecedora preocupación por este Portavoz, para aliviarle el trabajo durísimo desde esta tribuna.

Señor Presidente, Señorías. Realmente, hemos asistido a una lectura aburrida; no es de extrañar, entonces, los murmullos durante su lectura -en especial de su propio Grupo, señor Consejero-, porque, realmente, no puede tener ningún entusiasmo por este texto, porque sigue sin creérselo. Ya hemos dicho muchas veces que no sólo es de voluntad política, sino de fe, y el medio ambiente hay que creérselo y usted no se lo cree. Y, en definitiva, con objeto de aliviarles también a Sus Señorías, voy a eliminar una serie de razonamientos que ya se han puesto de manifiesto desde esta tribuna, fundamentalmente en lo que piensa la sociedad civil de este Proyecto. El Portavoz del Partido Socialista ha hecho uso de las recomendaciones del CES, que, efectivamente, casi todas no han sido tenidas en cuenta; de los ecologistas, de los usuarios, faltarían los de los especialistas de este asunto, que no han dejado títere con cabeza sobre este proyecto.

Señor Presidente, Señorías, nuevamente nos encontramos en esta Cámara con un Proyecto de Ley de este Gobierno Regional al que se le contesta con tantas Enmiendas como Grupos Parlamentarios existen, salvo el Grupo conservador que sustenta al Gobierno, y con más... o no con más, con casi trescientas Enmiendas parciales -doscientas noventa y tres para ser exactos-, lo que evidencia, a priori, la indiscutible calidad de este texto. Es malo de solemnidad.

Pero deseando lo mejor para la Región, sería provechoso que el Gobierno retirase este Proyecto de Ley, con el que seguramente no puede estar satisfecho -yo creo que le tendemos la mano para que aproveche la oportunidad-, y se procediera a elaborar, a la mayor brevedad, un nuevo texto, para ajustarlo a las necesidades medioambientales de Castilla y León y adecuarlo, como ha dicho el Portavoz del Partido Socialista, a la normativa comunitaria. Porque no parece posible parchear nuevamente un proyecto con trescientas Enmiendas parciales y obtener un texto deseable. Hemos hecho ejercicios casi imposibles en esta Cámara, a través de la labor de la Ponencia -y aprovecho la oportunidad para recordar la feliz circunstancia de trabajar presidido en aquella Ponencia por mi amigo don Luis Cid Fontán-, y la realidad es que es muy difícil, no parece posible, aunque, efectivamente, también el CDS tiende la mano a trabajar con todos los Grupos para intentar lo posible, siempre que el Gobierno Regional no reconsidere la situación que hoy puede ser propicia a retirar el documento.

Yo creo que, de aquí a primero de enero del noventa y cuatro, puede prepararse un texto aceptable, seguramente con personas de la Consejería -sin salir de ahí- o con personas de fuera; lo importante es que sea un texto aceptable y que pueda obviar las deficiencias del que hoy se presenta en esta Cámara. De esta manera, significaría una buena herramienta para conseguir el objetivo que todos queremos perseguir: conservar y mejorar nuestro patrimonio mejor: el medio ambiente, diseñando nuestro desarrollo en un marco de crecimiento sostenible, que permitiera disfrutar hoy de las posibilidades que se nos presentan sin hipotecar las posibilidades de los que nos sucedan. Ya el artículo 2 del Tratado de la Unión ha introducido como objetivo principal de la Comunidad proponer ese crecimiento sostenible. El éxito a largo plazo de la sociedad va a depender del carácter sostenible de las políticas industrial, energética, agraria, de transporte, de desarrollo regional. Pero eso condiciona no superar la capacidad de carga del medio. Si este objetivo de defensa del medio ambiente debe ser prioritario, y lo es, en el diseño de futuro de cualquier política, es inexcusable que aparezca en un texto legal de evaluación de impacto ambiental y auditorías ambientales.

La posición de este Grupo centrista es nuevamente abierta y positiva. Hemos presentado Enmienda a la Totalidad, que desearíamos sirviera -como he dicho-, junto a las del resto de los Grupos de la oposición, de motivo de reflexión a este Gobierno Regional. Si esta oportunidad no es aprovechada inteligentemente por ustedes, el CDS tratará de trabajar también, aunque sea una labor ingrata, al lado de todos los Grupos para conseguir un texto mejor, aun con el convencimiento de que este procedimiento no es el idóneo para lograrlo.

Nuestras Enmiendas se refieren a una gran parte del articulado. No nos detendremos en la dejación que hace el Proyecto de la indeclinable responsabilidad de la Junta en todo aquel proyecto que se realice en la Comunidad, aun cuando no sea autorizado o realizado directamente por la propia Junta. Ya lo ha dicho el Portavoz del Partido Socialista y mantenemos con ellos, y también con Izquierda Unida, una posición unitaria en consideraciones competenciales que hoy son obvias, después de la firma del malhadado Pacto Autonómico.

Tampoco incidiremos en la imprecisión de las evaluaciones simplificadas, porque también lo ha dicho, y en su regulación discrecional. Habrá que buscar una fórmula para independizar las evaluaciones de proyectos originados por la propia Consejería a través de otro procedimiento, ya pueda ser otra Consejería, como puede ser la de Presidencia, o de otro instrumento apropiado.

Pero para no incidir en argumentos que ya ha tratado con anterioridad y en profundidad el Grupo Socialista, pasaríamos de la crítica de evaluación para hacer y para centrar la crítica sobre la figura de las auditorías ambientales, que ni de lejos -a juicio de este Portavoz- se asemeja a las auditorías medioambientales comunitarias y mucho menos al sistema comunitario de gestión medioambiental.

Entendemos que la propuesta modificada del Reglamento del Consejo por el que se permite que las empresas se adhieran, con carácter voluntario, a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales, de dieciséis de marzo pasado, debe ser -no puede ser menos- el marco y el modelo de tal figura en nuestra legislación autonómica. Si en el debate de ayer ponía énfasis el Consejero en que tiene que respetar el escenario que supone la publicación de la Directiva 91.2.71, es lógico pensar que no se puede obviar este reglamento específico sobre auditorías medioambientales.

Y así, es necesario estimular el establecimiento, por parte de las empresas, de algo que se queda absolutamente ambiguo, de esos dispositivos de protección de medio ambiente, que son la madre del cordero, y que comprendan programas de auditorías, y promuevan una información sistemática y fidedigna al público acerca de la política, programa, gestión y comportamiento en relación con el medio, y, en particular, la relación entre salud y medio ambiente.

Para ello, el sistema debe fomentar la participación de las empresas, que permitirá colocarnos en las mejores condiciones para demostrar al usuario en general su corresponsabilidad en materia de medio ambiente, así como para evaluar y reducir el impacto ambiental de sus actividades, ejecutar con mayor eficacia los requisitos reglamentarios, reducir los riesgos, y establecer una comunicación eficaz con poderes públicos, vecinos y público en general, lo que equivaldrá a mejorar la imagen pública de la propia empresa.

No se conseguirá un desarrollo sostenible, dice la Comunidad, con el mando y control, con el ordeno y mando que podríamos traducir los castellano-leoneses, sino por la aplicación gradual de disposiciones que complementen la cooperación entre empresas, administración y la población. Y hay mucho que avanzar en esta dirección, y no vale la exigencia pura y dura. Y tampoco el sistema ambiguo regulado por la Disposición Final Cuarta, que también, a la que se ha referido el Portavoz anterior.

La propuesta modificada, digo, del Reglamento del Consejo Europeo, presentada por la Comisión en virtud del apartado 3 del artículo 149 del Tratado, prevé que el Reglamento sea aplicable a partir del primero de julio del noventa y cuatro. A este fecha debería referirse nuestra normativa, que debería recoger el diseño comunitario del sistema de gestión y auditoría medioambiental, fijando sistemas de revisión en función de la experiencia adquirida en un plazo de cuatro años.

Este Proyecto de Ley, señor Consejero, tiene errores manifiestos de redacción, de sistematización, de repetición, indefiniciones -definiciones incorrectas-, inadecuación a la terminología comunitaria, confusiones; de todo hay, señor Consejero, en este Proyecto de Ley que hemos intentado poner de manifiesto con nuestras más de cien Enmiendas Parciales.

Muy desdibujada, terriblemente desdibujada la importancia de la participación del público y de la puesta a su disposición de todas las declaraciones medioambientales. Pero la realidad, Señoría, es que hay que recordarle que el éxito de estas cuestiones medioambientales depende, en gran medida, de la participación del público en general; mientras aparece -y es verdad- una conciencia ecológica cada día más acusada, se produce una irritante carencia de información, y su Consejería bate records en ese sentido.

Además del derecho del público al acceso de la información disponible sobre medio ambiente, conforme a la Directiva, 90.3.13 de la Comunidad, que lleva seis meses en vigor y parece que es desconocida o, por lo menos, inaplicada por su Consejería, hay el derecho a intervenir en la evaluación de impacto ambiental de los grandes proyectos, y es esencial que el ciudadano pueda participar en el proceso de toma de decisiones y concesión de autorizaciones de funcionamiento, y en el control integrado de contaminación, y que se le permita comprobar el rendimiento efectivo de las empresas, tanto públicas como privadas, mediante el acceso a los inventarios de emisiones, vertidos, residuos, etcétera, y a las ecoauditorías.

El individuo, en su calidad de consumidor, solamente podrá elegir de forma racional y con pleno conocimiento de causa, si la información que se le facilita cubre todos los aspectos. El logotipo de ecoauditoría, o la etiqueta ecológica supondría una importante contribución en ese sentido, pero habrá que complementarlo con un planteamiento más global.

Señorías, poco afortunada -entendemos desde el CDS- la redacción del sistema de validación y de inspección, y desdichado el diseño de la acreditación de los nuevos profesionales de evaluación e inspección, pieza clave en las auditorías y en las declaraciones ambientales.

Ninguna referencia, ya lo ha dicho el Portavoz del Grupo Socialista, a la publicación de las empresas que participen en el sistema en Boletines Oficiales o medios que permitan al público el conocimiento de tal circunstancia, ninguna referencia a la utilización del logotipo de ecoauditoría ni a la promoción del sistema.

Una incompleta y preocupante relación de actividades a que deben someterse por alguno de los procedimientos de evaluación, por lo que deben añadirse -y así lo hemos hecho en las Enmiendas parciales- importantes cuestiones en ambos anexos. Y debe reflexionarse sobre el objetivo final de esta futura Ley. Por ello, hemos modificado también desde el CDS la Exposición de Motivos, por entender desenfocado el punto de vista del Proyecto, en la interpretación de una cuestión tan fundamental como la preservación del medio y el concepto de desarrollo sostenible. Y hasta entendemos la necesidad de modificar el mismo título de la Ley, por entender que es necesario ajustarlo a la nomenclatura comunitaria, cuando ya se conoce la decisión de Bruselas, y su puesta en vigor se prevé para el inicio del año próximo.

Por todo ello, Señoría, y por cuestiones que serán tratadas, me supongo, por algún Portavoz posterior, solicitamos la devolución al Gobierno y la redacción inmediata en un nuevo texto que dé respuesta en clave comunitaria y efectiva a tan importantes cuestiones, como es la protección a futuro de nuestro medio ambiente, utilizando unos instrumentos, como son las evaluaciones y las auditorías ambientales, que pueden suponer herramientas específicas para lograrlo.

Y me cabe la satisfacción, Señoría, de volver a agradecerle su preocupación por este Portavoz, para lo cual, de alguna manera, quisiera dejar algunos segundos de mi trabajo en su honor. Muchas gracias.


EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR SAINZ GARCIA):

Gracias, señor Sagredo. Por el Grupo Mixto, el señor Herreros tiene la palabra.


EL SEÑOR HERREROS HERREROS:

Gracias, señor Presidente. Señorías. La verdad es que una vez oída la intervención del señor Consejero, da la impresión que quiere, en cierto modo, dulcificar la expresión, ponerse incluso en el plano de la filosofía que en estos momentos es la más abundante, la más socorrida cuando se habla de esos temas, lo cual nos parece realmente importante. Creemos que es un esfuerzo o, al menos, una salida airosa en cuanto a la preocupación que debe de expresar o que expresa los planteamientos vinculados a lo que es la preocupación medioambiental.

Pero yo diría que al decir y augurar una buena marcha, una vez superado este trámite de la Enmienda a la Totalidad, pues, a uno le dan ganas de decir, bueno, pues, no vamos a continuar, porque parece que en ese contratiempo entre lo que es la filosofía expresada aquí y lo que yo he podido deducir del propio Proyecto de Ley, como que no hubiera intención de hacer algún tipo de modificación. Yo creo que existen contradicciones abiertas.

Pero me preocuparía más incluso si en el trámite de las Enmiendas parciales no se hiciera un esfuerzo, porque creo que estamos ante una... un Proyecto de Ley de una importancia vital, del que pueden derivarse posteriormente múltiples desarrollos. Lamentablemente, digo, y además expreso con claridad meridiana, toda la legislación existente hasta el momento en el mundo, de lo que es la legislación conocida, se ve afectada de una filosofía restrictiva, coercitiva, que pone prácticamente en prevención siempre a la ciudadanía. Y esta misma filosofía yo creo que impregna este Proyecto de Ley.

Con lo cual, pues, es muy probable que se mantenga lo que es la filosofía común, por una parte, pero yo voy a intentar incluso demostrar que ni siquiera se guardan esos mínimos en el proyecto, no en la expresión, no en la defensa que usted ha realizado, en el proyecto, literal y textualmente, no se guarda siquiera esa correlación con lo que en estos momentos, y ya hace bastantes años, prima al menos a nivel teórico.

Casi todos los tratadistas, al estudiar las evaluaciones de impacto ambiental, se refieren al análisis de los potenciales efectos en las relaciones entre el medio físico y las actividades que en ese medio físico puedan desarrollarse. Es decir, se pretende la valoración de las modificaciones de los sistemas naturales que por la acción humana pueden producirse. Y, ¿por qué digo esto? Porque esto fue lo que motivó la filosofía de las legislaciones sobre las evaluaciones de impacto ambiental, es decir, la prevención, decir el conocimiento previo, de lo que puede acontecer y al conocer las distintas repercusiones, actuar consecuentemente y no negando, precisamente, los efectos que puedan producirse.

Yo creo que de nada sirven las lamentaciones, sobre todo cuando son a posteriori, y, en definitiva, sólo hacen reconocer lo que significa un fracaso, negar la capacidad analítica, incluso deductiva de la propia experiencia que pueda haber constantemente, y negar, prácticamente, la operatividad de la razón humana.

Yo no voy a sacarlo aquí con ánimo de incomodar, pero con la cantidad de veces que hemos discutido sobre la planta de Santovenia, y yo me acuerdo en un momento determinado que el señor Consejero decía: yo me he encontrado hecho... me he encontrado esto, y tengo que apechar, o apecho con ello.

Cada vez que hacía esta expresión, yo denotaba un cierto rictus como de pesar por haberse encontrado un asunto ahí y tener que haber tirado con ello. Yo creo que, aunque no es una cuestión para meternos en lo concreto de esta lamentación, o de este lamento, lo que creo que debe de primar es la prevención, y, en virtud de eso, optar, optar para que no sea, precisamente, lo de la evaluación de impactos ambientales un ejercicio al final de un proyecto técnico de cualquier tipo de actividad, sino, ante los dispositivos o los planteamientos, hacer el análisis y dar la alternativa posible, que sí está enmarcada en eso que se denomina un desarrollo sostenible y equilibrado. De lo contrario, yo creo que es absolutamente, pues, una declaración de principios, pero sin más; significaría que debe de justificarse la necesidad de eso que se va a actuar, por supuesto, la idoneidad del proyecto; significaría la sostenibilidad global del proyecto, es decir, el que ese proyecto no va a producir un agotamiento o una destrucción irreversible de recursos; significaría también la solidaridad del propio proyecto, con todo lo que el conjunto de la sociedad está demandando y lo que en estos momentos ya se está planteando. Yo ayer, cuando volvía para casa, escuchaba en una emisora -no sé cuál era- que, de seguirse produciendo los efectos y las tareas que se están realizando en la Amazonia, es posible que dentro de treinta años -a lo mejor era una exageración caricaturesca- se pueda llegar a encontrar el desierto de la Amazonia.

Bueno, pues, a uno no deja de preocuparle, aunque no tenga una especialísima sensibilidad ecológica, que uno de los pulmones del universo se pueda encontrar en una cuestión de ese tipo. Y aquí, entonces, se marcan -lo que ya es un clásico en la literatura y en el cine- cuáles son los fenómenos por los cuales se desarrollan los conflictos desde el punto de vista ecológico, medioambiental o de esos estudios que se quieren realizar. Y es, por una parte, las empresas, lógicamente, que han de desarrollar, que han de intentar un proceso de industrialización; por otra parte, la Administración, que en cierto modo se coloca en el medio. ¿En el medio de quién? De la ciudadanía, de los colectivos ecologistas, de los ciudadanos en general, que presionan.

Bueno, pues, en eso que es el marco habitual, no se contempla, según entendemos nosotros, más que un fenómeno que podíamos denominar endogámico. Las empresas, que, lógicamente, tienen que hacer un tipo de tareas, las hacen, pero son las mismas empresas las que tienen que hacer su propia valoración, aunque después se lo pasen a la Administración; y la opinión pública y los colectivos, en general, de todo género, pues, se ven con una situación bastante marginal en todo este procedimiento.

Yo estoy seguro que se me va a replicar: no; se contempla que va a haber periodos de información pública. Pero yo también quiero replicar ya de antemano (porque creo que es mejor; no es el ánimo de a ver cómo se machaca a, sino cómo se dan alternativas) lo que sabemos habitualmente que significan los edictos, los bandos o los tablones de anuncios de cualquier institución, administración pública; es decir: ahí lo tiene usted, vaya si quiere y lo ve. Bueno, pues, ahí lo tiene usted, pero habitualmente no hay muchas posibilidades para poder llevarlo adelante con la fluidez que significaría, en todo caso, el que hubiese una aportación múltiple por parte del conjunto de la sociedad, sin que haya, precisamente, una demonización de cualquier tipo de empresa -y no estoy refiriéndome a empresarios, sino de empresa- que se vaya a acometer y desde las diversas perspectivas.

Bien. Decía que para ese modelo son premisas esenciales las ya citadas y, por supuesto, debe ser previo en todo proceso a toma de decisiones, de planificación, de programación, de anteproyectos, de proyectos, de controles y de seguimientos. Todo ese bagaje debe de ser un conocimiento previo, para no tener que lamentar posteriormente. Y si no hubiera, si tuviésemos que inventarnos en estos momentos instrumentos y mecanismos, podíamos estar ante una situación de decir: ¿cómo abordamos esta cuestión? Pero existen múltiples instrumentos, metodologías, descritos, desde ya el clásico trabajo de..... hasta institutos de todo género que en el campo jurídico permiten esas opciones de rechazo, de modificación o incluso de potenciación, desde el punto de vista del efecto positivo que puedan tener como consecuencias ambientales algunas actuaciones también. En definitiva, se pretende hacer mejor, no no hacer, que es ese carácter que en algunas ocasiones tienen este tipo de filosofías.

Hace veinticuatro años que algunos países establecieron ya requisitos para la redacción de estudios de impacto ambiental, y, por ejemplo, la NEPA americana ya ha promulgado en el año sesenta y nueve... decía al respecto de lo que estaba comentando que preparar una estimación detallada de los efectos ambientales y ponerla a disposición -decía entonces- del Presidente del Congreso y de los ciudadanos. Y aparecen como elementos importantes en qué casos se deben hacer esos estudios o esas evaluaciones, cuál es esa estimación detallada que debe de realizarse de cualquier tipo de proyecto de naturaleza que pueda impactar, qué difusión debe darse y en qué momento ha de redactarse. Pues bien, yo siento, me imagino que Su Señoría, me imagino que la Consejería, me imagino que el Gobierno Autónomo sí tiene conocimiento de lo que es la NEPA, sí tiene conocimiento de cuáles son todos estos condicionantes, y le esgrimo o le argumento aquí, porque es el más veterano de los organismos que empezaron a actuar en este ámbito, pero yo tengo que decirle con absoluta, con absoluta preocupación: veinticinco años después, y a pesar de lo que diga Su Señoría, ni la Directiva de la Comunidad Europea se aproxima, ni este Proyecto de Ley se aproxima, ni a la NEPA ni a la Directiva de la Comunidad Europea.

Yo creo que es absolutamente decisivo que haya una participación mayor. Y, desde luego, no entendemos lo que se quiere plantear... Perdón, sí, sí lo entendemos, porque después parece ser como que uno no sabe nada, no entiende nada, que es... Sí lo entendemos. Sí entendemos qué se quiere decir con lo de cofidencialidad. En absoluto se pretende, y nunca se ha pretendido por ningún tipo de colectivo, forzar los mecanismos legales que existen para respetar o intentar respetar los secretos industriales. Pero lo que no cabe la menor duda es que, sin tener necesidad de descubrir ningún tipo de secreto industrial, no se pueden mantener los criterios de confidencialidad que aquí se plantean, porque es una válvula, sobre todo cuando se realiza o se realice desde entidades, empresas, instituciones, agrupaciones o equipos vinculados a la empresa, para dar cada vez mayor amplitud a esa confidencialidad y, a la postre, utilizarla -y se me dirá que es un juicio de valor previo, pero no cabe la menor duda que es también un juicio experimentado-. Y con esto lo único que va a traer como consecuencia es no dar transparencia a algo que se esgrime, en la mayor parte de las ocasiones, en los discursos, pero que no se mantiene después en la propia realidad.

Es más, se habla de supuestos excepcionales en los cuales se puede excluir la necesidad y la conveniencia de hacer estudios o evaluaciones de impacto ambiental a determinados proyectos cuando se estime por parte de. Mire usted, yo creo que en estos momentos debería quedar absolutamente claro, para que no hubiese ni siquiera la duda en cuanto a las diversas razones que pueden motivar o que pueden justificar una actuación discrecional de esta naturaleza, sobre todo por el hecho del agravio comparativo: a ti sí, a mí no; en esta circunstancia sí y en otras circunstancias no.

Yo, por otra parte, entiendo también que en el texto debería de contemplarse con absoluta nitidez las alternativas posibles a ofertar ante cualquier empresa, ante cualquier planteamiento, cuando sea ese estudio de impacto ambiental negativo y, por consiguiente, rechazable; porque da la impresión como que se quieren hacer exclusivamente correcciones, y en su exposición al presentar el Proyecto de Ley insistía bastante en esto, que sí es importante que haya correcciones, pero es mucho más importante que haya la prevención, la posibilidad de conseguir que no se realice un proyecto de una naturaleza , no digo crítica, incluso moderada, si hay alternativas viables y posibles en las proximidades sin que haya detrimento sensible en cuanto a la posibilidad de desarrollo de esas industrias. Y eso es lo que, en cierto modo, también, entra en lo que se denomina filosofía del desarrollo sostenible.

Yo no voy a entrar ya en lo de las evaluaciones simplificadas, porque esto parece la declaración de la renta. Debe ser para las cuestiones de los pobres. Entonces, la verdad es que, como ya se han hecho análisis al respecto sobre esa cuestión, no me parece serio. No me parece serio que se pueda mantener criterios de esa naturaleza, porque se trata simplemente de adecuar. Habrá proyectos que sean tremendamente complejos. Y he de decir que, por ejemplo, el Título II de las evaluaciones estratégicas previas de planes y programas a mí me parece satisfactorio, a lo mejor por el nivel de ambigüedad por el que se plantea, pero se hace referencia a que todos los planes habidos y por haber, desde el punto de vista forestal, turístico, agrícola, ganadero, industrial, van a tener la necesidad de encontrarse, de confrontarse con ese análisis de impacto o estudio de impacto ambiental. Pero lo que me parece es que es preferible, sin cargar las tintas en ninguno de los supuestos, que se simplifique la estimación, la evaluación, el estudio de impacto ambiental sin tener que hacer unos límites en esas evaluaciones simplificadas, que no conducirían, me temo, más que a unas supuestas actuaciones discrecionales nuevamente también.

Bien. Yo quisiera plantear en lo que hace referencia, o en lo que se hace referencia a los tiempos de aplicación o de actuación, que ya ha sido citado anteriormente como una facilidad para un colectivo, en este caso, que son los empresarios, me parece que alguien les ha metido el miedo en el cuerpo o que, a lo mejor, su propia realidad les hace estimar que están en unas condiciones de preocupante degradación con su actividad. Yo creo que no es cuestión de culpabilizar a los empresarios; yo creo que es cuestión de que el Proyecto de Ley, cuando ya sea Ley, entre en vigor; que incluso se puedan añadir estímulos para que las empresas, los empresarios se vean impelidos a hacerlo sin tener que entrar en una colisión de intereses con el resto de la sociedad, y, desde luego, que pudiera haber, acaso, sí, una moratoria, pero en ningún caso, desde luego, una prolongación durante cinco años, como se pretende, de entrada en vigor de este Proyecto de Ley.

También entendería, que me parece que es absolutamente importante, que se establezca con mayor claridad que cada sanción -y podemos entrar en las cuantías, a nosotros nos parecen realmente escasas-, pero que cada sanción al menos sí lleven parejo la obligación de restitución del daño producido... No. Pero, en todo caso, discutiremos.

Y creo que es preferible a todos los efectos que pueda haber todavía un proceso de debate, de discusión, de análisis con las propias entidades sociales, porque, tratándose de una ley de esta naturaleza, de alto alcance, sería mucho más beneficioso para el conjunto de la sociedad que mantener a ultranza este Proyecto Ley el poder reflexionar colectivamente los Grupos Parlamentarios, pero otras entidades sociales, y poder sacar entre todos adelante un tema de esta naturaleza, que es importante.

En definitiva, tras estos exhaustivos antecedentes -y a la altura del curso en que estamos, me parece que se reducen los límites de la experiencia y de la ciencia-, nos parece en cierto modo rechazar lo básico, ya ............ anteriormente. Por tanto, sugeriríamos que se retome el Proyecto, para corregir al menos el carácter eminentemente coercitivo o correctivo, más que preventivo, de los estudios de impacto ambiental; la obligatoriedad, que debe ser condición indispensable; la información y participación con la sociedad, pero también con las administraciones o entidades locales, como los ayuntamientos; la supresión de esos pretextos de confidencialidad, para mantener las alternativas dependiendo del impacto o repercusión. Insisto en lo de los estímulos, las sanciones y las restauraciones, y lo de la entrada en vigor. Y también, y con ello concluyo, la facilitación de equipos no privados... sí privados también, pero la facilitación de equipos para que desde la Administración no seamos exclusivamente correa de transmisión de algo que va a tener que ejercer con mucha autoridad -y cada vez más- el propio Gobierno Autónomo o cualquier otra Administración, muy vinculado a las Corporaciones Locales.

Esto es lo que nos lleva a entender que sí sería aconsejable retomar, reestudiar este Proyecto de Ley, con el ánimo de poder hacer algo de consenso entre todos. Gracias.


EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR SAINZ GARCIA):

Gracias, señor Herreros. Para el turno en contra de las Enmiendas, por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Martín Fernández.


EL SEÑOR MARTIN FERNANDEZ:

Gracias, señor Presidente. Señoras Procuradoras, señores Procuradores. Estaba tentado o no de comenzar mi intervención con el mensaje que Su Señoría nos ha mandado.

Señor González, si la descalificación, si la descalificación del Proyecto de Ley se refiere a lo que su amigo el usuario escribe aquí, descalificando con una sola frase un Título de este Proyecto de Ley, dice todo ya. Si esto es lo que hay que entender como descalificación a la Ley, ya es suficiente. Yo le entiendo que le dé vergüenza decirlo, porque a mí me da vergüenza decirlo, que esto aparezca en un Diario de Sesiones.

Esto yo -en eso, sí tengo que decirle que le tengo mucho respeto- pensaba que nunca lo iba a argumentar, porque no es ni serio, ni argumentable. Porque decir esto solamente para descalificar un Título, hay que ser... En fin, su amigo sabrá lo que dice.

Vamos a centrarnos ahora en el tema de las Enmiendas, que es lo más importante, Señorías.

Yo quisiera empezar, y porque, evidentemente, las tres propuestas que ahí van... o los tres Portavoces, se han hecho de una forma reiterada, y coinciden en muchas cosas; coinciden entre ellos. Pero yo creo que lo más importante es que aquí se ha dado la sensación de intentar soltar la caja de los truenos, decir que esto es horrible, que ¡qué desastre! Y lo malo de todo es que yo creo -y tengo que decir la verdad- que seguro que lo han hecho con la mejor intención, el intentar descalificar la Ley; y yo creo que no ha sido por ignorancia, porque eso no puedo entenderlo. Pero esa mala fe tampoco puedo entenderla. Yo creo que ha sido, simplemente, por un criterio de decir: ¿cómo intentamos descalificar? Y, fundamentalmente, se han apoyado en errores, en errores, que entiendo que no han sido, quizá, los más acertados para decirlos aquí. Porque yo voy a intentar demostrarles, Señorías, que eso que se pretende decir de nuestro Proyecto de Ley, que siempre es mejorable, y que el Consejero ha dicho, evidentemente, y el Grupo está también dispuesto a aceptar las mejoras que se hagan; nadie es perfecto. Pero, ahora, no abramos una caja de truenos de cosas que no son, a veces. Y, por tanto, vamos a verlo.

Con respecto al tema, al Proyecto de Ley de Evaluación de Impacto Ambiental, hay que decir que sí recoge los instrumentos de control sobre el medio ambiente, si bien, si no se trata de unos simples instrumentos -como alguien ha intentado señalar-, en cambio, sí, por supuesto, no es correcta la apreciación de que en ningún momento se refieren a la conservación y mejora del medio ambiente de Castilla y León. Se trata de dos instrumentos con un denominador común, es decir, instrumentos de control integral y de acciones sobre el medio ambiente. Uno, preventivo, y otro, correctivo, figurando -insisto-, figurando ambos en el Proyecto de Ley, con el fin de diseñar una norma completa.

La relación de estos instrumentos con la conservación y mejora del medio ambiente es clara. La declaración de impacto trata de compatibilizar el desarrollo que supone la ejecución del proyecto evaluado y la sostenibilidad de los recursos naturales sobre los que incide ese proyecto. En el caso de que esa compatibilidad no fuera posible, la declaración de impacto ambiental determinaría el rechazo del proyecto tal como venía diseñado.

El contenido mismo del estudio de impacto ambiental refleja que lo que es objeto de estudio es, precisamente, el medio ambiente y los factores ambientales sobre los que se va a desarrollar la acción del proyecto a evaluar.

Por otra parte, las auditorías ambientales tratan, entre otras cosas, del cumplimiento de la legislación ambiental, del uso irracional de los recursos naturales empleados por la industria que se auditará, etcétera.

Como se puede apreciar, no es acertado decir que se trata... que este Proyecto de Ley se trata de simples instrumentos y que en ningún momento se refieren a la conservación y mejora del medio ambiente en Castilla y León. No hay que confundir instrumentos de control con procedimiento.

Simplemente una nota para el Portavoz, también, del CDS, cuando se refería a las auditorías ambientales. Recordarle que el Estado todavía no ha legislado sobre esta materia; que la Comunidad Económica Europea prepara un Reglamento sobre auditorías ambientales que durante el período transitorio no tendrá, no tendrá el carácter de obligatorio. En cambio, nuestra Comunidad de Castilla y León, con este Proyecto de Ley, ha desarrollado la legislación propia de esta materia y la está engarzando con los principios que inspiran este Derecho.

Otro comentario más que se ha planteado, se ha dicho, es que este Proyecto de Ley mutila las competencias de la Comunidad Autónoma. ¡Toma! Y se dice esto, y la verdad, el señor Portavoz yo sé que, en el fondo, lo tiene que decir, quizá, pero no se lo cree del todo. Mire, no mutila, en ningún caso, las competencias de esta Comunidad Autónoma. La referencia realizada a la competencia de desarrollo legislativo que usted plantea es errónea, pues la citada Ley 9/92, de veintitrés de diciembre, transfiere -lo leo clarísimamente-, transfiere la competencia de dictar normas adicionales de protección del medio ambiente y no de desarrollo legislativo. Nos guste o no nos guste, pero así es.

La competencia disponible en medio ambiente, con anterioridad a la citada Ley 9/92, era solamente de ejecución. Por lo tanto, este Proyecto de Ley no mutila, en ningún caso, las competencias de esta Comunidad, sino todo lo contrario, todo lo contrario, al regular en el mismo los dos instrumentos de control integral para la conservación y mejora del medio ambiente.

Cuando usted habla, también, del órgano administrativo sobre medio ambiente, que es la Consejería, pues, efectivamente, en relación con las evaluaciones de impacto ambiental, hay que dejar esta situación, también, muy clara. Las competencias para actuar como órgano ambiental, es decir, el órgano que realiza la evaluación de impacto ambiental y firma la declaración de impacto ambiental vienen fijadas por legislación básica, vienen fijadas por legislación básica. Quizá de ahí venga su error, señor González. Pero yo solamente le digo: fíjese bien en el detalle, legislación básica, y, además, del Estado, evidentemente. En ella se preceptúa que las... en ella -insisto-, en esta Ley básica se preceptúa que las evaluaciones de impacto ambiental, las realizadas por la misma Administración Pública que autoriza o realiza el proyecto a evaluar. Dicho claramente: si no se hace esto, es saltarse la Ley a la torera.

Más le voy a decir. Si el sistema diseñado por la legislación básica no es de su gusto, de su Grupo, yo le animo a que presente en las Cortes Nacionales aquellas acciones necesarias para hacer posible esta modificación. Mire, no nos pida, no nos pidan que nos saltemos la Ley a la torera, diciendo cosas que no tenemos y que no podemos hacer.

Insisto: sería actuar siempre en contra, sería siempre actuar en contra de la Ley. Y esto podría crear, además, gran confusión en la opinión pública, y que luego, además, llevaría, pues, a ciertas dificultades para intentar lo que todos queremos, que es conservar y mejorar el medio ambiente de Castilla y León.

Además, el Proyecto de Ley no se transforma en un estudio de impacto ambiental -como también se ha querido decir- por establecer dos Anexos, uno para las evaluaciones de impacto ambiental ordinaria y otra para las simplificadas. Esta práctica permite diseñar la aplicación de las evaluaciones de impacto ambiental de una forma racional, no pidiendo nada más que lo necesario, en base a la potencialidad de producir impacto en las actividades a evaluar y, en consecuencia, a lo establecido en estas evaluaciones. Esta práctica de racionalizar viene ya siendo utilizada, y de ello la misma Directiva de la Comunidad Europea lo hace y establece también dos Anexos -y esto el Portavoz del Grupo del CDS, antes, decía que no, pero yo tengo que decirle que es al revés, que mantiene los dos Anexos-, del mismo modo que muchas Comunidades Autónomas establecen también el mismo sistema.

Los criterios seguidos para definir el contenido de ambos Anexos están basados en las valoraciones de los múltiples contactos celebrados con los interesados y afectados por el Proyecto de Ley, así como la expresión y la experiencia de la aplicación de la legislación básica del Estado en nuestra Comunidad Autónoma, tratando, además, de confeccionar un listado equilibrado en sí mismo y en relación, y en relación de uno con el otro, y de las actividades y factores del medio ambiente en todos ellos, y, además, de una forma específica dentro de nuestra Comunidad.

Con respecto al punto que se hablaba de indefensión social, yo tengo que decir que es falso. La información pública de las evaluaciones de impacto ambiental simplificada -lo es la normal- será objeto de desarrollo reglamentario. Si Sus Señorías tienen su duda, yo tengo que decirlo claramente: serán, serán objeto de desarrollo reglamentario correspondiente. Y en cuanto a las ordinarias, pues, justamente estamos a lo que se prevé en el procedimiento de las evaluaciones de impacto ambiental del Estado, es decir, que en su Reglamento se tendrá que desarrollar cómo será la información pública. Y esto no es hurtar participación, ni hacer nada de ocultismo.

Y con respecto a un detalle que planteaba Su Señoría el Portavoz del Grupo Mixto, tengo que decirle que, en cuanto a la confidencialidad de cierta información contenida en la portada por el promotor del proyecto a evaluar, se está -como se dice en el Proyecto de Ley- a lo previsto en la legislación vigente sobre propiedad industrial y secretos comerciales e industriales, como no podía ser de otra manera. Entendemos que es como no puede ser de otra manera, si la Ley así lo preceptúa.

Lo mismo cabe decir sobre información considerada de uso interno en la realización de la notaría ambiental. En cualquier caso, será todo ello, sin perjuicio de lo aplicado por la Directiva 90/313 de la Comunidad Europea, sobre libertad de acceso a la información en materia de medio ambiente, de siete de junio del noventa, marco garante del derecho a dicho acceso. Se lo digo para su tranquilidad, con respecto al tema de esta información.

Yo vuelvo a insistir, otra vez, en el órgano administrativo del medio... de medio ambiente de la Junta de Castilla y León, que es la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, porque, entre otras cosas, así lo dice el artículo 5 del Decreto 1302/86, de veintiocho de junio, sobre evaluación de impacto ambiental, que -como se dijo anteriormente- es legislación básica. Pues, ante eso, pues, el hecho de situarla en otro ámbito administrativo, aparte de ir en contra de la Ley, significaría aislarlo de las valoraciones correctas sobre el medio ambiente, que se tiene que realizar con motivos intrínsecos de lo regulado en el Proyecto de Ley.

Señorías, tendremos tiempo, porque, evidentemente, no vamos a aprobar las tres Enmiendas a la Totalidad presentadas por ustedes, porque -tengo que decirlo- han confundido muchas cosas. Seguro que con la mejor intención, con la mejor intención; han sacado la caja de los truenos y han dicho "esto es... cuidado". Pues, no.

Señorías, hemos intentado, o he intentado demostrar en este breve espacio -porque sería prolijo abundar en todos los temas- que esto no es así.

Evidentemente, no vamos aceptarles sus Enmiendas a la Totalidad, porque de lo dicho al hecho -como dice el refrán- va un gran trecho. Y, por tanto, de ahí, no.

En cambio, sí tendremos la oportunidad, en Ponencia y en Comisión, como es costumbre y venimos haciendo -no eso de aplicar el rodillo de nuestro Grupo-, como es costumbre y venimos haciendo en la práctica democrática nuestra, de aceptar todo aquello que mejora sustancialmente este Proyecto de Ley. Ha habido ejemplos aquí, y ejemplos que estamos practicando con otras leyes, con otras leyes. No me diga eso. Si usted me presenta ocho Enmiendas a la Ley de Actividades Clasificadas, también lo que luego me comenta en la Ponencia, sabe que usted que, si es así, muchas se le aceptan. Por tanto, en eso no puede decir que no.

Nuestra práctica democrática, evidentemente, sí acepta el diálogo. Uno, por la vía de la enmienda, y otro, por la vía de la mejora en todo lo que haya que hacer por vía Ponencia. Allí, Señorías, nos veremos y allí no solamente se aplicará el criterio del voto ponderado en cuanto al número, sino también en la calidad de la información, que es el momento de empezar a tratar si este Proyecto de Ley que hemos traído hoy a la Cámara, que el Gobierno trae a la Cámara, es bueno o es malo. No se asusten nuestros conciudadanos que lo que estamos haciendo es proteger el medio ambiente, no lo que alguno pretendía con cosas que, evidentemente, con su expresión escrita se han descalificado.

Nada más. Gracias, señor Presidente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Gracias. Para turno de réplica por los Grupos enmendantes, señor González, del Grupo Socialista.


EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ:

Señor Presidente, Señorías. Dada la amable recomendación del Presidente, intentaremos ajustarnos lo máximo posible al tiempo.

En primer lugar, y puesto que el Portavoz del Grupo Popular en estos momentos, a falta de otros argumentos más consistentes, que realmente pocos ha dicho, se ha referido a la distribución por mi parte de una hoja en la que hago transmisión a los parlamentarios de la opinión de la sociedad civil o de una parte de la sociedad civil sobre una parte importante del Proyecto de Ley, y ha citado a este señor, presidente de una asociación de consumidores y usuarios como si fuera mi amigo, y lo ha dicho dos o tres veces, intentando como transmitir la idea de que, como es amigo mío, he logrado yo que diga eso de la Ley, no le conozco. Tengo y mi Grupo tiene, además, yo creo que es una buena costumbre, el uso de que, cuando hay un proyecto de ley, se lo transmitimos a mucha gente -sociedades, ecologistas, universidades, etcétera-, para que nos hagan llegar aquellas indicaciones que consideren oportunas para incorporarlas después por la vía de enmiendas; si es posible, nosotros, sin compromiso ninguno, las estudiamos. Pero, realmente, nos contestan muchos, sin que sean amigos, simplemente en un ánimo de la sociedad civil, en este caso de la Organización de Consumidores y Usuarios, de participar, aunque sea indirectamente, en el debate de la Ley. Otra cosa -y yo me lo explico- es que, dada la calidad del texto, ese texto provoque en la sociedad y en la gente comentarios de esa naturaleza. Pero no es el comentario en sí lo peligroso; lo peligroso es el texto, que es lo que provoca, precisamente, ese comentario. Había un libro que se llamaba "La demagogia de los hechos", que a lo mejor usted no leyó (es que era de otra época), pues, en el que se decía que hay hechos que en sí mismos son demagógicos y que hablar de ellos significa hacer demagogia. Bueno, pues, hablar de este texto de ley, en opinión de esa asociaciones de consumidores y usuarios, significa hacerse eso que el texto dice.

Dicho eso, corregir alguna inexactitud. Yo tengo delante de mí -porque no podía ser de otra manera, porque va a ser a partir de ahora texto importante de reflexión y de manejo- el texto completo de la Ley Orgánica de veintitrés de diciembre del noventa y dos, la Ley 9. Esta Ley introduce factores de modificación en el ordenamiento jurídico competencial del Estado español, porque, si no los introdujera, no hubiera sido necesario hacerla: estaba todo clarísimo. Por lo tanto, normativa anterior a la Ley y que la Administración Central, en su caso, pudiera determinar, unilateralmente incluso, que era normativa básica puede haberse visto modificada por la publicación de esta Ley. Artículo 3, transferencias de competencias de desarrollo legislativo y ejecución, que es lo que he dicho textualmente: "Se transfiere a las Comunidades Autónomas de Asturias, Cantabria... tal, tal... Castilla y León, en el marco de la legislación básica del Estado y en su desarrollo en los términos que la misma establezca... etcétera... normas adicionales de protección del medio ambiente". Eso es lo que he dicho. Y no he dicho otra cosa. Por lo tanto, no hace falta que usted me corrija. Tenemos competencias en desarrollo legislativo y ejecución en dictar normas adicionales de protección del medio ambiente, que es lo que había dicho. Por lo tanto, su argumento, al decir lo mismo que yo digo, no es un contraargumento: estamos de acuerdo. Y yo lo que creo es que este texto que ustedes nos han presentado aquí no se corresponde con esas nuevas competencias que tiene la Comunidad Autónoma y que no tenía antes, y que no tenía antes. Han sido transferidas en virtud del pacto autonómico y su reflejo concreto en la Ley Orgánica a la que nos hemos referido. Esa situación modifica o puede modificar, de hecho, normas que... Por ejemplo, el Real Decreto Legislativo 1302 o la legislación conexa con ese Real Decreto (nunca hablamos de leyes, siempre de reales decretos), que en el año ochenta y seis y en el año ochenta y ocho fueron denominadas como básicas, pueden ser modificadas perfectamente por el acuerdo autonómico y por la Ley que lo desarrolla. No admitir eso es no admitir que esa Ley ha tenido la virtualidad de aportar a la Comunidad Autónoma nuevas competencias que no tenía, y precisamente la de desarrollo legislativo y de ejecución en dictar normas adicionales de protección del medio ambiente.

Por lo tanto, seguimos insistiendo en que la Ley, el Proyecto de Ley lo que hace es dividir en dos el medio ambiente de la Comunidad, en función, en función de quién autoriza o ejecuta un proyecto. Y yo creo que eso, ni lo dice la Constitución, ni lo dice el Estatuto, ni lo dice, por supuesto, la Ley Orgánica recientemente aprobada. Nosotros tenemos competencias en todo nuestro medio ambiente dentro de los contenidos de la ley general. Por lo tanto, si una industria que autoriza un ayuntamiento, o que autoriza una diputación, o que ejecuta una diputación, afecta al medio ambiente, nosotros, como Comunidad Autónoma, y, por lo tanto, el Gobierno, tiene la obligación ineludible de manifestarse sobre los efectos medioambientales que esa actividad tiene. Otra cosa es que la autoridad que tiene que autorizar haga caso o no, porque eso la legislación también dice bien claro que la decisión medioambiental no vincula a la decisión final de la Administración competente.

Por lo tanto, yo creo que el señor Procurador interviniente por parte del Grupo Popular no ha deshecho ninguno de los argumentos. No ha dicho, ni ha podido decir, porque es imposible, rebatir el hecho de que, efectivamente, la Ley mutila nuestras competencias medioambientales. No ha rebatido -y eso también es grave- por qué el propio Proyecto de Ley se erige en un estudio de evaluación de impacto. Es función de un estudio de evaluación de impacto determinar, como primera medida, la relación entre los efectos medioambientales y el propio Proyecto. Es el estudio de impacto ambiental, por tanto, y la declaración de impacto la que tiene que decir si el impacto es moderado, si el impacto es severo, etcétera, etcétera.

Este Proyecto de Ley dice previamente, y sin ningún estudio de impacto y sin nada que lo predique, que hay determinadas actividades que tienen un efecto ligero sobre el medio ambiente. Y ésas, que las decide el Proyecto unilateralmente, que yo creo que es el señor Consejero además el que ha hecho este Proyecto en esa materia, decide que determinadas actividades tienen un efecto leve sobre el medio ambiente. Y decide, a su vez, que esas actividades sean sometidas a una evaluación simplificada.

Y yo he puesto algunos ejemplos: ¿cómo es posible que la Ley y el Proyecto de Ley diga que las industrias que manejan productos tóxicos y peligrosos deben ser sometidas simplemente a la valoración simplificada de impacto ambiental? ¿Porque lo dice el Proyecto de Ley?

Pues casi seguro que, si preguntamos a los ciudadanos, todos los ciudadanos opinarán, y los expertos, que una actividad industrial que maneja residuos tóxicos y peligrosos, o productos tóxicos y peligrosos, debe ser sometida a evaluación normal, a evaluación de impacto ambiental. Luego esa Ley regresa, no progresa; regresa en esa materia.

Si preguntamos a los ciudadanos de Valladolid si se puede talar el Pinar de Antequera sometiéndole simplemente a evaluación de impacto ambiental simplificada, casi seguro que opinarán que no. Primero opinarán que no se debe talar. Y, segundo, que si hay alguna propuesta de hacerlo, sea sometida a evaluación de impacto ambiental. Y con este Proyecto de Ley, si la superficie que se pretende talar es menor de cincuenta hectáreas, se puede talar sin ningún tipo de evaluación de impacto. Obras, instalaciones o actividades sometidas a evaluación simplificada de impacto ambiental: "Corta o arranque de arbolado en superficies continuas de más de cincuenta hectáreas". Quiere decir que las que tengan menos no es necesario someterlas a evaluación de impacto. Por lo tanto, curioso es esta cuestión.

No rebate, en absoluto, la tesis de que la Consejería de Medio Ambiente y la Junta de Castilla y León se erige en único árbitro en la toma de decisiones, sin contar con la sociedad civil, sin contar con nadie, sin contar con nadie. Deja a la sociedad el derecho al recurso, que en muchos casos es el derecho al pataleo, exclusivamente. Pero no permite, no permite que la sociedad participe en la elaboración y en la toma de decisiones respecto al impacto ambiental de las actividades que se generan. Por lo tanto, deja a la sociedad indefensa, la obliga a ir a los tribunales si discrepa, si discrepa, en lugar de dar participación a la sociedad en la elaboración de la declaración de impacto, que al final es el instrumento básico de todo el proceso.

No rebate, en absoluto, tampoco, la idea que tenemos sobre la confidencialidad. Si ustedes... Si realmente, si realmente el Proyecto quería decir lo que usted ha dicho que quiere decir, lo que tiene que hacer el Proyecto es decirlo, es decirlo. Si realmente usted quiere decir que las evaluaciones simplificadas de impacto ambiental van a tener información pública, que lo diga el Proyecto, no que no lo diga; no que diga que la Junta desarrollará después ese procedimiento; que lo diga. En ese sentido haremos las enmiendas pertinentes; están hechas, además, ya.

Por lo tanto, señor Portavoz, yo creo que no ha rebatido usted en su intervención ni uno solo de los argumentos que hemos dado. El Proyecto es malo, porque además regresa sobre lo ya existente. Un simple Decreto de la Junta en el que enumerara unas cuantas actividades más a someter al trámite normal de evaluación de impacto ambiental sería suficiente para mejorar este Proyecto. Han querido hacer una cosa que no se entiende. Que sí se entiende, se entiende perfectamente: han querido evadir del procedimiento normal de evaluación de impacto una serie de actividades sometiéndolas a un proceso simplificado de evaluación de impacto inconsistente. Han querido decir que en el futuro, no se sabe cuándo, van a someter los planes y programas de la Junta a evaluación de impacto ambiental; pero no dicen ni cómo ni cuándo. Han creado una cosa que se llama "auditorías ambientales", que se diferencian de las europeas en que en las europeas hay que hacer cosas y evaluar las cosas que se hacen. Y aquí no hay que hacer nada; hay que evaluar los procedimientos. Por eso es obligatoria, por eso es obligatoria, porque no tiene ningún tipo de compromiso. Es una forma de pagar algo, no sé a quién, porque casi seguro que lo volverán a hacer quienes hacen estos proyectos de ley: las mismas empresas, los mismos sitios, los mismos lugares y las mismas personas.

De cualquier manera, nosotros estamos de acuerdo con una afirmación que ha hecho el Portavoz del Grupo Mixto y que indica -y creemos además firmemente- que este Proyecto de Ley puede ser muy importante si el Proyecto se redacta adecuadamente. Pero redactarlo adecuadamente significa mudarlo, cambiarlo, de tal forma que es imposible hacerlo por la vía de la enmienda parcial. Yo estoy de acuerdo que ha habido proyectos que han tenido una variación sustancialísima a lo largo de Ponencia y Comisión. Por lo que yo sé y deduzco en esta Ley, ese proceso no se va a repetir, no se va a repetir. Luego esta Ley va a quedar, a lo largo de su paso por Ponencia y Comisión, con muchos de los graves defectos que tiene.

Si, realmente, el Consejero hizo su ofrecimiento en serio, nosotros estamos dispuestos a, si se retira el Proyecto de Ley, entrar a discutir punto por punto, elaborar conjuntamente un Proyecto y presentarlo a esta Cámara por unanimidad. Y lo decimos aquí, que es donde hay que decir las cosas; no en los pasillos, o en los lugares donde no llega. Estamos dispuestos a hacerlo, si es necesario, artículo por artículo, punto por punto, y llegar a un intento de consenso en el contenido total y absoluto de la Ley, con el compromiso, además, de votarlo en esta Cámara unánimemente, como hemos hecho con otros Proyectos de Ley.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Señoría, le ruego vaya concluyendo la intervención.


EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ:

Sí, señor Presidente. Acabo ya.

Por lo tanto, ese ofrecimiento es un ofrecimiento firme, hecho en la Cámara, delante de todos.

Y yo espero, del bueno sentido, del buen sentido de la Junta, que, realmente, un Proyecto de esta naturaleza sea retirado y se abra un proceso de negociación con las fuerzas políticas, para llegar a un acuerdo sobre sus contenidos, realmente importantes para la Comunidad.

Nada más y muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Muchas gracias. Señor Sagredo, en nombre del CDS, tiene la palabra.


EL SEÑOR SAGREDO DE MIGUEL:

Gracias, Presidente. Muy rápidamente, aprovechando o agradeciendo la gentileza del Portavoz del Grupo Popular de haber pasado sobre ascuas sobre las cuestiones que se han manifestado en esta tribuna.

Agradecerle también que, únicamente, en las manifestaciones del CDS ha puesto de manifiesto que son más adelantados que la legislación comunitaria en las auditorías medioambientales. Tan siquiera conocen el nombre, y las han traducido mal. Algo sobre Anexos, que no he entendido. Y algo sobre la información al público, que, realmente, es sorprendente.

Que se hable de apertura a la información al público en esta Consejería en concreto, cuando es una tarea de Hércules conseguir la documentación por los propios Parlamentarios, realmente, es una manifestación que no tiene por menos que dejarnos confusos.

Y como me supongo que Sus Señorías ya están absolutamente de acuerdo en que estas Enmiendas a la Totalidad van a ser rechazadas, yo solamente quiero, como argumento de autoridad, manifestar cuestiones que tratadistas y especialistas ya han puesto de manifiesto y que tiene, lógicamente, que conocer la Junta.

El contenido concreto del Proyecto necesita una mayor perfección técnica. Y, en cuanto a las auditorías ambientales, es esencial ajustarse a la normativa comunitaria o esperar a la normativa comunitaria y seguir muy de cerca su elaboración, pues, una vez aprobado el Reglamento, será aplicable en todo el Estado, primando sobre cualquier norma interna.

Esa propuesta de Reglamento, Señorías, se ha perfilado con las modificaciones en marzo del año noventa y tres; y, sin embargo, no se ha tenido en cuenta en absoluto para la regulación de esta figura importantísima en el Proyecto de Ley que tratamos.

Y voy a terminar, únicamente, con una cuestión que me preocupa más: el Grupo Popular, a partir... o a través de su Portavoz, manifiesta que no van a aceptar las Enmiendas a la Totalidad -que están en su derecho-, y que en Ponencia o Comisión se verá si el Proyecto es bueno o malo, porque es el momento para saberlo.

Y a mí me gustaría hacer una llamada de atención en esta Cámara, porque, si esto es así, el diálogo, el talante de apertura, realmente, queda absolutamente puesto de manifiesto que no es así.

Yo no voy a intentar convencer al Partido Popular de que esto es un mal Proyecto, de que se debía reconsiderar retirarlo en este momento, porque estoy convencido -con otros Portavoces- que va a ser aprobado por mayoría mecánica. Pero me parece que emplazar al momento de Ponencia y Comisión para decidir si es bueno o malo un Proyecto de Ley es yo creo que una práctica parlamentaria absolutamente execrable, y ese asunto es su responsabilidad, desgraciadamente.

En cualquier caso, si se produce un milagro y, desde este momento a que tengan que intervenir, deciden retirar el Proyecto, estamos absolutamente de acuerdo con los demás Grupos de ponernos a trabajar juntos, con objeto de obtener un Proyecto mejor. Y, en caso contrario, haremos lo posible, parchear lo posible, pero con el convencimiento de que todo ese trabajo, poco gratificante, no va a obtener un resultado aceptable.

Y, en cualquier caso, digo que ésa es su responsabilidad, desgraciadamente.

Gracias, Presidente. Señorías.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Gracias, Señoría. Tiene ahora la palabra el señor Herreros, en nombre del Grupo Mixto.


EL SEÑOR HERREROS HERREROS:

Gracias, señor Presidente. Señorías. Bueno, yo doy por supuesto y por entendido que, puesto que no ha habido ningún tipo de alusión a la intervención que ha realizado el Grupo Mixto, se da por buena la argumentación, absolutamente lógica y razonable, y, entonces, que sí van a retirar el Proyecto; no en virtud de la Enmienda a la Totalidad planteada por el Grupo Parlamentario Socialista -lo siento-, creo que tampoco en virtud de la del CDS, pero, como no ha habido, prácticamente, respuesta, pues, me imagino que sí se tomará en esa consideración.

Mire usted, decía: "Estamos protegiendo el medio ambiente". Si no fuera un chiste, le diría: "Sí, pero muy poco". No voy a hacer alusión a un montón de denuncias que en estos momentos existen, que tiene conocimiento la Consejería, que son de aplicación no del Proyecto futuro de esta Ley, sino de las normas que en estos momentos están vigentes a nivel del Estado, y que son de aplicación en la Comunidad Autónoma, y que están funcionando desde hace muchísimo tiempo, que están denunciadas desde instancias privadas... perdón, de instancias públicas, de la opinión pública -no denunciadas a nivel judicial, sino a nivel político-, y que llevan años y años actuando, o permitiendo, o consintiendo esta Administración y la Administración Central, sin que haya ningún tipo de modificación o de corrección sobre el particular.

No voy a insistir en la conveniencia, en lo que nos parece absolutamente importante. Y yo lo siento, he estado repasando sobre la marcha y sigo sin ver que haya necesidad de incrustar como elemento previo en los planes, en las programaciones, lo que es el análisis, el estudio, la evaluación posible -y ése es el carácter previo-, para que pueda llegar a determinarse que, efectivamente, se puede o se debe optar por eliminar el supuesto, dado que va a ser, realmente, contraproducente para el medio ambiente.

No hay una pretensión, desde el punto de vista de la confidencialidad, en saber cuál es la fórmula del ácido sulfuroso, o saber los intríngulis internos; no es ésa la pretensión. La pretensión es saber que cualquier tipo de actuación, industrial o de otra naturaleza, puede producir, produce -si se hace el estudio y así se concluye- una serie de consecuencias que son perfectamente evitables. Y, por supuesto, se trataría de garantizar cualquier tipo de confidencialidad.

Y hay interpretaciones en otra de las cuestiones que se han esgrimido. Yo tengo aquí, en mi mano, cuáles son las características fundamentales que plantea -decía anteriormente- desde el año mil novecientos sesenta y nueve la NEPA. Yo tengo aquí las Directivas sucesivas que se han venido planteando desde la Comunidad Europea, e incluso las referencias legislativas de distintas Comunidades Autónomas.

Yo tengo que decir, respecto a lo que se plantea o se dice, ¿cuándo ha de efectuarse el estudio? Y ya todo el mundo concluye que el estudio ha de ser previo. ¿Cuál es el carácter de difusión del estudio? Y no es la información, sino el que la opinión pública pueda expresarse en esa materia, y, por consiguiente, quiere decir una participación expresa. ¿Cuándo debe o cómo debe de efectuarse el estudio? Y aquí hay diversas teorías: si ha de ser el propio promotor o ha de ser compartido y mixto; y ha de ser el propio promotor, para que entienda que los costes de un estudio de esa naturaleza le llevarán a cuidar mucho más las repercusiones; pero ha de ser la propia Administración, para que haya una mínima garantía en cuanto a que se puede dar credibilidad o fiabilidad definitiva a estudios de esta naturaleza.

Y yo mencionaba anteriormente la formación de equipos. No los hay. Existen en casi todas las ramas del saber algunas apreciaciones, pero, como elementos de conjunto que puedan garantizar o verificar desde el punto de vista científico, no hay en estos momentos equipos suficientes para que se puedan realizar con mínima garantía estudios de esta naturaleza.

En definitiva, si he de decir, con la ironía que expresaba al principio, que van a hacer la aceptación de esa Enmienda a la Totalidad en virtud del planteamiento realizado por el Grupo Mixto, pues bien, como no me lo creo, yo, sinceramente, y sin el ánimo que usted pretendía, señor Portavoz del Partido Popular, de desencadenar ningún tipo de extraño maniqueísmo de buenos y malos, suscribo, en cierto modo, lo que planteaban los Grupos anteriores: vamos a hacer, puesto que es algo importante y trascendental para el futuro en esta Comunidad Autónoma, y con un carácter básico, hagamos ese esfuerzo; yo sé que ahora ya es bastante tarde, porque -con absoluta franqueza-, si ha de calificarse de alguna manera determinada este Proyecto de Ley ante lo que significa el análisis comparado de la legislación existente, de los estudios a los que yo me refería anteriormente, que datan ya de hace más de cinco lustros, lo siento, pero si no se modifica sustancialmente en el trámite que lleve de aquí en adelante, este Proyecto de Ley nos lleva a no modificar en absoluto lo que en estos momentos no satisface ni a la Junta, ni a la Consejería, ni a ningún Grupo Parlamentario, de cuál es la línea que se está siguiendo desde el punto de vista medioambiental; pero no por imputación de la política, que es posible que el señor Consejero diga: ya se está haciendo crítica, no, porque todavía falta, incluso, en la propia sociedad sensibilidad suficiente para ese modelo de desarrollo sostenible, que creo que vamos a tener que hacer un monográfico sobre lo que significa esta cuestión, porque es difícilmente compaginable o compatible la necesidad de producir, la necesidad de generar puestos de trabajo y la necesidad de contemplar que el planeta debe de servirnos para ahora, pero mucho más para el futuro. Lo hemos heredado, o nos lo han dejado nuestros hijos, y ya sabremos qué tenemos que hacer con él.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Gracias. Para dúplica, en nombre del Grupo Popular, señor Martín Fernández, tiene, finalmente, la palabra.


EL SEÑOR MARTIN FERNANDEZ:

Gracias, señor Presidente. Señoras Procuradoras, señores Procuradores. Agradecer el tono planteado en las últimas intervenciones. Ya se ha visto que la cosa ha ido ya... la caja de los truenos se ha ido apagando; con más tranquilidad.

Voy a intentar hacer una referencia muy rápida a las tres intervenciones de los tres Portavoces.

A la del señor Sagredo. Tengo que decirle, señor Sagredo, que, como usted ya parece que está de vuelta del tema de todo esto, pues, poco hay ya aquí que decirle. Pero solamente recordarle una cosa: la mayoría mecánica a la que usted se refiere -no sé que será eso de mecánica-, esa mayoría es la que nos han dado los ciudadanos de Castilla y León. No se va a enterar; cuando llegue el día y tenga el Diario de Sesiones quizá tenga la oportunidad de enterarse mejor.

Señor Herreros, yo creo que..., hombre, no puedo contestarle a todos los planteamientos que usted hacía. Yo le puedo decir que sí me he estudiado tranquilamente todo lo que usted planteaba en su Enmienda a la Totalidad, pero, como usted hacía mucho hincapié en un tema, que era -diríamos- esa falta de participación ciudadana, yo le he insistido en ese punto, porque entendía, entendíamos nuestro Grupo que a través de la información pública, ahí están los medios perfectamente para poder conseguir esa participación, para que la gente pueda opinar, incluidos los ayuntamientos, que aquí ayer no se hablaba prácticamente, incluidos los ayuntamientos. Por tanto, tenemos que estar tranquilos de que esa información, esa participación existe y va a existir. Pero lo curioso es que a esta la ha criticado, por un lado, de que es una Ley un tanto procedimental y, en cambio, se nos critica ahora de que no está reflejado en la Ley justamente la información pública. ¿En qué quedamos; qué es o no lo es? Evidentemente, yo les digo, para su ánimo y para su tranquilidad: la información pública, porque es que es... déjeme decir lo de cajón, está clarísimo que va a estar, y está.

Yo le decía al Portavoz del Grupo Socialista, el señor González, que seguro que lo hace con la mejor intención, pero confunde, señor González. Usted, cuando dice que mutila las competencias, señor González, de verdad, el artículo 3 punto c) dice: normas adicionales de protección del medio ambiente. Y solamente pueden ser de una ley básica, solamente pueden ser de una ley básica. Es decir, usted ahora nos viene a decir -y es bueno que aquí en esta Cámara lo hayamos escuchado- que mañana, cuando la Administración Central quiera pasar por Prádena, por ejemplo, el tren de Alta Velocidad, el señor Consejero y la Consejería podrán intervenir y decir si se aprueba o no el proyecto de impacto ambiental. Que no, señor González, que no; que nuestras competencias no van por ahí; y si van por ahí, señor Consejero, como veo que dice que sí, apúnteselas como sea, porque así podremos intentar que muchos destrozos que se han producido en la Comunidad Autónoma de Castilla y León por obras de la administración pública del Estado, al menos su Consejería podrá pararlas, según las competencias que dice que mantenemos el señor Portavoz, el señor González. Por favor, que el órgano sustantivo es quien tiene que aprobarlo, y es justamente la Administración Central. A mí no me gusta................ prefería tenerlas.

Mire, con respecto al Pinar de Antequera, ¿usted alguien... cree que a alguna cabeza humana se la va a tratar como dice de... no sé que ha dicho, más o menos que ahí podía entrar una bomba nuclear? Hombre, hay medios y mecanismos suficientes para evitarlo, que usted está queriendo decir y asustar. No. Porque hay mecanismos ya en la Ley suficientes para hacerlo por ser menos de cincuenta hectáreas. No nos asuste, que por ahí tampoco puede ser.

Cuando usted hacía referencia a que nuestra ley es la ley del pataleo, pues yo tengo que decir una cosa, por eso de la participación ciudadana o de la información pública; le insisto, le insisto: será la ley del pataleo con respecto a la ley básica, que es justamente la que está marcando las pautas de cómo hacer las cosas. La nuestra, participación, participación y, además, información.

Me gusta que se animen. Yo es un tema que me alegro que el tema salga así, que se vaya animando, porque estaba la mañana un poco decaída.

Señorías, evidentemente, y anunciarles que no vamos a aprobar, no vamos a admitir las Enmiendas a la Totalidad. Aunque alguien no entienda que el foro para seguir participando y colaborando y haciendo democracia son las Comisiones y las Ponencias, que lo son, y para mejorar las leyes, que en eso sí que estamos también, y creo que hemos dado ejemplos allí como dice. Esperemos de su buena colaboración, de su leal oposición y por el bien de nuestra Comunidad, intentemos que este buen Proyecto, aunque no les guste, siempre sea susceptible de mejora, siempre que los representantes de la mayoría del centro-derecha de este hemiciclo entienda que se van a mejorar, se van a mejorar las condiciones de este Proyecto de Ley.

Nada más, señor Presidente. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Muchas gracias. Silencio, por favor. Se someten a votación, conjuntamente, las tres Enmiendas a la Totalidad que acaban de ser debatidas. Los que estén a favor de las Enmiendas, levanten la mano. Levanten la mano, por favor. Gracias. Los que estén en contra. ¿Alguna abstención?

Resultado de la votación. Votos emitidos, ochenta y dos. Votos a favor de las Enmiendas, treinta y nueve. Votos en contra, cuarenta y tres. Abstenciones, ninguna. En consecuencia, quedan rechazadas las Enmiendas a la Totalidad que habían presentado los Grupos Parlamentarios Socialista, de Centro Democrático y Social y Mixto al Proyecto de Ley de Evaluación de Impacto Ambiental. Dicho Proyecto será remitido a la Comisión de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de estas Cortes para que prosiga su tramitación en forma reglamentaria.

Y pasamos al octavo punto del Orden del Día, que dará lectura el señor Secretario.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ZAMACOLA GARRIDO):

Octavo punto del Orden del Día. "Propuesta de tramitación por el procedimiento de lectura única del Proyecto de Ley de crédito extraordinario para conceder una subvención a la Mancomunidad Valle del Tiétar por un importe de ciento veinticinco millones de pesetas"


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Ruego también al señor Secretario dé lectura al acuerdo de la Mesa proponiendo al Pleno la tramitación de este Proyecto por lectura única.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ZAMACOLA GARRIDO):

La Mesa, en su reunión de fecha de diez de junio actual, de acuerdo con el parecer favorable de la Junta de Portavoces, propone al Pleno de las Cortes la tramitación en lectura única del Proyecto de Ley de crédito extraordinario para conceder una subvención a la Mancomunidad Valle del Tiétar por un importe de ciento veinticinco millones de pesetas.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

: ¿Se aprueba por asentimiento esta propuesta? Queda aprobada.

El señor Secretario procederá a dar lectura al noveno punto.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ZAMACOLA GARRIDO):

Noveno punto del Orden del Día: "Debate y votación por el procedimiento de lectura única del Proyecto de Ley de un crédito extraordinario para conceder una subvención a la Mancomunidad Valle del Tiétar por un importe de ciento veinticinco millones de pesetas".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Para la presentación del Proyecto de Ley, en nombre de la Junta, el señor Consejero de la Presidencia tiene la palabra.


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR HUIDOBRO DIEZ):

Gracias, señor Presidente. Señorías. El veintiuno de julio de mil novecientos ochenta y seis se produce un incendio que afecta a unas siete mil hectáreas de pinar, situadas en los montes públicos de los municipios de Pedro Bernardo, Gavilanes y Lanzahíta de la provincia de Avila. Surge de forma inmediata la necesidad de proceder a la limpieza y regeneración de los montes afectados, lo que había de producir un enorme volumen de madera a aprovechar, según los cálculos iniciales: en torno a trescientos veinticinco mil, a trescientos cincuenta mil metros cúbicos, de los cuales doscientos mil metros cúbicos se considerarían aptos para el serrado. Los trabajos, estos trabajos de limpieza y de explotación, se podían hacer o bien por la Mancomunidad del Valle del Tiétar, ya constituida por estos tres municipios y el de Casavieja, o como realmente se hizo posteriormente, mediante la constitución de una sociedad anónima llamada "Maderas del Tiétar", de la que la Mancomunidad tenía una gran participación, el 88% inicialmente, y posteriormente el 66%, y de la que formaban parte además algunas empresas madereras de la zona.

La constitución de "Maderas del Tiétar S.A." responde a un informe de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, que tiene fecha veintiocho de agosto de mil novecientos ochenta y seis, en el que se recomienda la constitución de una sociedad para gestionar la limpieza de los montes quemados y la explotación de la madera que de los mismos resultara.

La sociedad constituida precisaba para funcionar de instalaciones y de instrumentos de gestión. Las instalaciones se obtienen contratando cuatro aserraderos propiedad de las empresas socios de "Maderas del Tiétar S.A.". Y para dotarles del instrumento de gestión, el veintiséis de noviembre de mil novecientos ochenta y seis, se contrata y se encarga a "Maderas García Segovia S.A." la gestión desde aquellas fechas, desde primeros de enero de mil novecientos ochenta y ocho, hasta treinta y uno de enero de mil novecientos ochenta y nueve.

Los trabajos de limpieza y explotación de los montes incendiados no ofrecen los resultados esperados y provoca que en marzo de mil novecientos ochenta y siete la Junta tuviera que conceder una aval de 50.000.000 de pesetas, que hubo que hacer efectivo al Banco Exterior de España ante el incumplimiento de las empresas de los créditos para los que se había concedido el aval. Y las discrepancias entre la Mancomunidad del Valle del Tiétar y "Maderas del Tiétar S.A.", provocadas fundamentalmente por la gestión llevada a cabo por "Maderas García Segovia S.A.", provoca la petición por la Mancomunidad, el veintiocho de enero de mil novecientos ochenta y nueve, de que se constituyera una Comisión de Investigación en las Cortes de Castilla y León. Es en noviembre de mil novecientos ochenta y nueve cuando las Cortes acuerdan admitir a trámite la creación de la Comisión de Investigación, que emite Dictamen, que se aprueba en el Pleno el veintidós de junio de mil novecientos noventa. Y cuyas recomendaciones, dirigidas a la Mancomunidad y a la Junta de Castilla y León, son las siguientes.

Sugiere a la Mancomunidad del Valle del Tiétar y a "Maderas del Tiétar S.A." que, mediante los correspondientes acuerdos de sus órganos de gobierno, deleguen en la Junta de Castilla y León la designación de los técnicos con plenos poderes para que aclaren la situación económica y de gestión tanto de la Mancomunidad como de la Sociedad Anónima y la relación de éstas con los aserradores participantes en la sociedad.

Que si de las conclusiones de los técnicos se dedujeran irregularidades contables o de gestión de las que pudieran derivarse posibles responsabilidades penales, la Junta lo ponga en conocimiento del Ministerio Fiscal.

Que por parte de la Mancomunidad y de "Maderas del Tiétar", en tanto los técnicos designados no emitan dictamen, se abstengan de realizar cualquier tipo de actuaciones.

Que previo cumplimiento de los apartados precedentes, la Junta adopte las medidas necesarias o tendentes a paliar la grave situación en la que se encuentra la Mancomunidad, los municipios afectados y los vecinos residentes.

Y estas medidas serían: asumir la deuda resultante contraída por la Mancomunidad y derivada de la actividad de "Maderas del Tiétar" y de las que se originen como consecuencia de la liquidación, y a incrementar las asignaciones presupuestarias a invertir en los montes incendiados, tanto en el concepto de repoblaciones como en el de limpieza y vigilancia de los montes.

El veintitrés de septiembre de mil novecientos noventa y dos,......Auditores, como consecuencia de las recomendaciones del Dictamen de la Comisión investigadora, y por encargo de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León, realizó un trabajo de planificación con el objeto de determinar la posibilidad de evaluar el perjuicio económico que ha supuesto para la Mancomunidad sus relaciones con "Maderas del Tiétar", tanto desde el punto de vista de proveedor de madera como de su participación como accionista mayoritario de dicha sociedad. Las conclusiones de este trabajo dejan claro las grandes dificultades de concretar los perjuicios sufridos por la Mancomunidad y los municipios que la integran y de determinar la posible responsabilidad de los intervinientes, así como la necesidad de realizar un nuevo y más amplio trabajo que pudiera definir esos daños y esas responsabilidades.

La Junta de Castilla y León, el doce de julio de mil novecientos noventa, días después de aprobado el Dictamen, manifiesta su voluntad de dar cumplimiento a las recomendaciones de dicho Dictamen. Pero los requisitos previos necesarios para cumplir con esas recomendaciones han hecho difícil llevar a cabo el cumplimiento de todas las recomendaciones. Por ello, todos los Grupos de esta Cámara, en reunión informal mantenida con los representantes de la Mancomunidad del Valle del Tiétar y la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, acuerdan dar por zanjado este asunto mediante la adquisición por la Junta de Castilla y León de una serie de compromisos, plasmados en un documento de fecha veintiuno de febrero de mil novecientos ochenta y seis, suscrito ante la Mancomunidad y la Consejería de Presidencia. Y uno de esos compromisos es la concesión de una subvención de 125.000.000 de pesetas a la Mancomunidad. El crédito, el Proyecto de Ley de crédito extraordinario que hoy presentamos ante la Cámara responde al cumplimiento de ese compromiso.

Por ello, yo solicito el apoyo de todos los miembros de la Cámara, ya que responde esta proposición a una iniciativa o a un acuerdo de todos los Grupos, al acuerdo de la Mancomunidad y al acuerdo de la Junta de Castilla y León; el voto favorable para este Proyecto de Ley.

Muchas gracias, señor Presidente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Gracias, señor Consejero. ¿Algún Grupo desea consumir un turno a favor o en contra, o simplemente fijar posiciones? Para fijación de posiciones. Por el Grupo Mixto, señor Herreros.


EL SEÑOR HERREROS HERREROS:

Gracias, señor Presidente. Señor Consejero, desde luego, por nuestra parte va a tener apoyo. Hemos participado, hemos asistido a todo este proceso, y hemos consultado también en los medios en que se ha producido este fenómeno.

Yo sólo quisiera, y, además, prácticamente sin utilizar más que un minuto, me gustaría saber si va a haber algún tipo de control al margen de los que marca como ordinarios cualquier tipo de subvención de esta naturaleza. Porque lo que no nos cabe la menor duda es... sin poner en tela de juicio ni dudar en absoluto, nos parece que por el origen o procedencia de esos recursos públicos en los que se va a usar esa subvención, y por lo enmarañado de todo el procedimiento anterior, aunque ahora haya personas o autoridades, e incluso instituciones competentes que puedan desarrollarlo, nos parece que sería interesante que estas Cortes tuvieran referencia en balance económico de la gestión de estos fondos. Yo creo que eso sería como un fenómeno común, pero, en esta ocasión, me atrevo a explicitarlo expresamente para que no quepa ningún tipo de duda, dado que se pueden producir, de hecho se producen con relativa frecuencia, problemas de esta naturaleza. Y seguiremos insistiendo hasta la saciedad de la conveniencia de crear esas Comisiones de seguimiento, añadidas a lo que puede ser el procedimiento ordinario. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Gracias. Por el Grupo de Centro Democrático y Social, señor de Fernando.


EL SEÑOR DE FERNANDO ALONSO:

Sí, gracias, señor Presidente. Para mostrar nuestra satisfacción de que por fin, tres años después de aprobada por estas Cortes, se pueda aprobar este Proyecto de Ley que remedie la grave situación por la que atraviesan estos ayuntamientos.

Y, en segundo lugar, desear y pedir al Ejecutivo que sea más rápido en la concesión que ha sido en la tramitación de la Ley; es decir, que el dinero les llegue cuanto antes.

Y, en tercer lugar, las pequeñas cosas que quedan pendientes del acuerdo que tomamos, señor Consejero, hay algunas que me preocupan. Una, el que, si va con la lentitud que ha ido hasta ahora puedan algunas responsabilidades caducar en el tiempo; yo no soy jurídico y puede que si se tarda ocho años ya no se puedan reclamar las responsabilidades de que se habla en el documento. Y, en segundo lugar, que con buena voluntad se pueda ultimar el final de la deudas que estos municipios tienen. Nada más, muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Muchas gracias. En nombre del Grupo Socialista, señor don Juan Antonio de Lorenzo.


EL SEÑOR LORENZO MARTIN:

Gracias, señor Presidente. Muy brevemente, porque como decía el Portavoz del CDS, lo que urge ya es que empiecen a cobrar el dinero después de tanto tiempo, y después de tanto tiempo de haber acordado la forma en que se iban a sufragar los 500.000.000 de pesetas.

En cualquier caso, le voy a hacer un matiz, señor Consejero. Estamos de acuerdo con el Proyecto de Ley, como no podía ser menos. Aunque tiene defectos de redacción, no seré yo quien los señale, para no entorpecer ya la necesidad angustiosa de los Ayuntamientos para recibir los 150.000.000 de pesetas. Pero esto no anula el acuerdo de las Cortes de Castilla y León, resolutivo de la Comisión de investigación. No lo anula. Por tanto, le pregunto: ¿qué va a ocurrir con la auditoría? ¿Qué va a pasar con la remisión de las conclusiones al Ministerio Fiscal? ¿Existe o no acuerdo con las infraestructuras a hacer en los distintos Ayuntamientos? Etcétera, etcétera.

Y, en cualquier caso, hay un hecho también meridianamente claro que no coincide con lo que usted... lo que usted dice aquí con lo que el Consejero Portavoz de la Junta va diciendo por Avila. La verdad es que todo lo que ocurre de la Junta que afecta a Avila, el Consejero Portavoz de la Junta va corriendo, lo manifiesta, sea de un departamento u otro. Cosa que tampoco nos viene mal, porque por eso hemos subido relativamente de votos el PSOE; inclusive yo diría que en su pueblo natal hemos ganado. No viene mal, no viene mal que aparezca mucho por Avila, porque nos da votos.

Pero dice en un... a un periodista que aparte de los 150.000.000 de pesetas y los 350.000.000 en infraestructuras, la Junta se compromete a avalar las deudas mancomunales con la Caja de Salamanca y Soria, y con la Caja de Ahorros de Avila, que asciende a una cuantía de 130 y 110.000.000 de pesetas. Eso que fue una propuesta que hicimos el CDS y nosotros, y creo que Izquierda Unida también en aquel momento, la Junta se opuso. Entonces, aclárennos, aclárennos si van a avalar las deudas que mantienen con las entidades financieras o no. Porque usted dice que no, su Consejero Portavoz dice en Avila que sí, y nosotros estaríamos a favor de que sí. Los Ayuntamientos que digan lo que quieran; nosotros estamos a favor de que sí. Pero que quede bien claro que la Junta en su momento se opuso a poder avalar estas cantidades.

Por tanto, en nada se invalida el acuerdo de las Cortes en su momento, y nos felicitamos de que, por fin, después de tantos años, haya 150.000.000 a disposición de los Ayuntamientos.

Muchas gracias. Y he sido brevísimo ¿verdad?


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Sí, gracias. En nombre del Grupo Popular, señor San Segundo, tiene la palabra.


EL SEÑOR SAN SEGUNDO NIETO:

Sí, gracias, señor Presidente, Señorías. Simplemente, con la mayor brevedad, para explicar el apoyo del Grupo Parlamentario Popular respecto al Proyecto de Ley sobre crédito extraordinario de 125.000.000 de pesetas para Maderas del Tiétar, o Mancomunidad del Valle del Tiétar. Es lógico nuestro apoyo, el apoyo del Grupo Parlamentario Popular, puesto que es un compromiso firmado el día veintiséis de marzo de mil novecientos noventa y tres entre la Junta de Castilla y León, Consejería de Presidencia, y la Mancomunidad.

Compromiso que surge, precisamente, como consecuencia del acuerdo de los cuatro Grupos Parlamentarios, representantes de la mancomunidad y la Consejería de Presidencia, puesto que era necesario no demorar una situación que considerábamos que era angustiosa en el aspecto económico para la Mancomunidad afectada.

Pero visto el informe encargado por la Consejería de Economía y que propugnaba la contratación de una auditoría externa que permite... que permita dar cumplimiento a las recomendaciones establecidas por la Comisión de Investigación, todos los Grupos con representación parlamentaria en esta Cámara, con el fin de no demorar una situación que consideramos, como he dicho antes, urgente, se propició esa reunión y posterior consenso entre Grupos y Mancomunidad y la Consejería de Presidencia, que, al margen del resultado de esa auditoría, permita poner en marcha una serie de medidas encaminadas a reparar los daños y perjuicios causados por el incendio de mil novecientos ochenta y seis, medidas adoptadas por la Junta, asumiendo el acuerdo adoptado por los Grupos y la Mancomunidad.

Entendemos que es una medida excepcional; y medida excepcional es no solamente por la desaparición de los recursos de madera en la zona afectada, que afectan de una forma tan importante en el aspecto económico y social, no solamente por la desafortunada gestión en la explotación de los recursos o de la madera siniestrada, sino, principalmente, por la participación de la Junta, que fue la que propició y fue la que aconsejó la creación de Maderas del Tiétar para hacer, o llevar la explotación de una forma directa.

Por lo tanto, ahí está precisamente esa excepcionalidad. Y ahí está el comportamiento de la Junta, asumiendo unos compromisos que van a deparar el que la grave situación económica de la Mancomunidad y la regeneración de los recursos siniestrados vuelvan a aparecer en esta zona de una forma que les afecta, tan importante.

Nosotros consideramos que el acuerdo es definitivo, que se da satisfacción a la resolución aprobada unánimemente por esta Cámara en relación con la propuesta de la Comisión de Investigación, y que sólo y exclusivamente queda pendiente la determinación de las posibles responsabilidades, que se hará como ya ha quedado de manifiesto en su momento.

Nosotros le mostramos nuestra satisfacción, y esperamos que esta importante cantidad contribuya a resolver la grave crisis económica de la Mancomunidad, y que las posteriores medidas que constan de manera detallada en el compromiso a que antes he hecho referencia contribuyan al desarrollo de la zona, y contribuyan también a regenerar esos recursos que son tan importantes para los municipios y para los vecinos que en ellos viven.

Nada más, Señorías, muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Gracias. El señor Consejero de Presidencia tiene la palabra.


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR HUIDOBRO DIEZ):

Gracias, señor Presidente. Con la única finalidad de dar respuesta a algunas peticiones o preguntas que se han hecho. Efectivamente, tomamos nota de que la necesidad de hacer el control de la subvención entregada es una obligación, con la que vamos a cumplir; sabemos y tenemos constancia de la urgencia y de la necesidad de que este dinero se haga cuanto antes, cuando lo permita el control que toda subvención lleva consigo, porque, si no, los mismos Grupos nos dirían que por qué nos saltamos a la torera esas formalidades.

Efectivamente, hay unos compromisos adquiridos, además de los 125.000.000; es una auditoría fiscal... una auditoría... unas infraestructuras que se van a hacer, una condonación de una deuda; auditoría que está encargada ya, vamos, que está encargado, que la Consejería de Economía tiene intención de encargar, por importe de 15.000.000 de pesetas.

Pero quiero hacer referencia a algo que se ha hecho constancia aquí. Sabe muy bien el Portavoz del Grupo Socialista que, cuando se habló del aval... de garantizar los avales de las Cajas de Ahorros, el paquete era conjunto, y que todos los Grupos, de común acuerdo, quedamos en que estas iban a ser las bases sobre las que íbamos a firmar el compromiso la Junta. Por lo tanto, sabe muy bien -quizá no lo sepan el resto de los Procuradores, pero quien ha intervenido lo sabe muy bien- que este aval estaba excluido de ese compromiso que se había adquirido con anterioridad.

Con esto creo que quedan contestados todos los Grupos. Control suficiente, urgencia de cubrir la necesidad, cumplimiento de los compromisos fijados en el acuerdo de veintiséis de febrero con la Mancomunidad de mil novecientos noventa y tres. Y, por supuesto, queda claro que entre los acuerdos o compromisos no está el de garantizar la satisfacción de los avales de las Cajas de Ahorro que habían avalado las deudas de la Mancomunidad.

Gracias, señor Presidente. Con esto termino.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Gracias. Oído el parecer favorable de los Portavoces de los distintos Grupos Parlamentarios, esta Presidencia entiende que se puede someter a la Cámara el Proyecto de Ley que acaba de ser debatido para votación por asentimiento. ¿Se aprueba por asentimiento? Queda, pues, aprobada la Ley de crédito extraordinario por la que se concede una subvención de ciento veinticinco millones a la sociedad Valle del Tiétar.

Y, el señor Secretario procederá a dar lectura al décimo punto del Orden del Día.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ZAMACOLA GARRIDO):

Décimo punto del Orden del Día: "Designación de Senador en representación de la Comunidad Autónoma, en sustitución, por renuncia, del Excelentísimo señor don Jesús Posada Moreno".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Ante la renuncia presentada a su condición de Senador, por el Procurador don Jesús Posada Moreno, y, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/87 de ocho de mayo, por la que se regula el procedimiento de designación de Senadores representantes de esta Comunidad, el Grupo Parlamentario Popular ha presentado por escrito, ante esta Presidencia, la propuesta como candidato a Senador a favor del Procurador don José Luis Sainz García, que, asimismo, ha aceptado su nominación.

Tal y como dispone el artículo 5 de la citada Ley, corresponde al Pleno de esta Cámara la designación. Para ello la votación se efectuará por papeletas, mediante la indicación en las mismas de las expresiones: "sí", "no" o "abstención". El candidato se considerará designado si alcanza el voto favorable de la mayoría absoluta de la Cámara en primera votación, y si obtuviese el voto favorable de la mayoría simple en segunda votación.

Comienza, pues, la primera votación, y los señores Secretarios procederán al llamamiento por orden alfabético de todos los señores Procuradores, que deberán acercarse uno a uno a esta Presidencia para depositar la papeleta en la urna, urna que ruego se presente...

Comienza la votación y ruego a los señores Procuradores se abstengan de entrar o salir del hemiciclo.

(El señor Secretario procede al llamamiento por orden alfabético de los señores Procuradores para que emitan su voto).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

: ¿Algún Procurador no ha sido llamado? ¿Algún Procurador no ha sido llamado? Procedemos al escrutinio.

(El señor Presidente, señor Estella Hoyos, procede al escrutinio de los votos).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Resultado de la votación: votos emitidos, setenta y tres; votos favorables, con el sí, treinta y nueve; abstenciones, cuarenta; cuatro votos en blanco, que se consideran nulos.

No habiendo obtenido mayoría absoluta, procederemos a una segunda votación, en la que el candidato se entenderá designado si alcanza el voto favorable de la mayoría simple.

Perdón. Efectivamente, he dicho "votos emitidos, setenta y tres"; son ochenta y tres, ochenta y tres. Y el resultado es el mismo: treinta nueve, cuarenta abstenciones, cuatro en blanco.

Repartan las papeletas, por favor.

Comienza la segunda votación. Ruego que nadie salga del hemiciclo. Señor Secretario, proceda al llamamiento por orden alfabético.

(Los señores Secretarios, señor Zamácola Garrido y señor Fernández Merino, proceden al llamamiento de los señores Procuradores, por orden alfabético).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

: ¿Algún Procurador no ha sido llamado? Procedemos al escrutinio.

(El señor Presidente, señor Estella Hoyos, procede al escrutinio de los votos).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Resultado de la votación: votos emitidos, ochenta y tres; votos afirmativos, cuarenta y uno; abstenciones, treinta y seis; votos en blanco, y, por lo tanto, nulos, seis.

Habiendo obtenido la mayoría simple, queda proclamado Senador por nuestra Comunidad don José Luis Sainz.

(Aplausos).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

En cuanto al undécimo punto del Orden del Día, que se refería a la designación de un miembro del Consejo Asesor de Radiotelevisión Española en Castilla y León, se comunica a la Cámara que, habiendo sido retirado por el Grupo Parlamentario Popular el escrito que había motivado este punto, decae, al quedar sin contenido, y pasamos al siguiente. El señor Secretario dará lectura al duodécimo punto del Orden del Día.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ZAMACOLA GARRIDO):

Duodécimo punto del Orden del Día: "Designación de un miembro de la Comisión Mixta de Transferencias, en sustitución, por renuncia de don José Ventura Olaguíbel del Olmo".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

El señor Secretario dará lectura, igualmente, al escrito del Grupo Parlamentario.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ZAMACOLA GARRIDO):

: "Habiéndose producido, a petición propia, el cese de don José Ventura Olaguíbel como miembro de la Comisión Mixta de Transferencias, el Grupo Parlamentario Popular propone para su sustitución como miembro de la citada Comisión a don Alberto Galerón de Miguel".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Se procede ahora a someter al Pleno la ratificación del candidato propuesto. ¿Se acepta o se aprueba esta designación por asentimiento? Se aprueba.

Y, en consecuencia, don Alberto Galerón de Miguel queda designado miembro de la Comisión Mixta de Transferencias.

Muchas gracias. Levantamos la sesión.

(Se levantó la sesión a las catorce horas treinta minutos).


DS(P) nº 41/3 del 16/6/1993

CVE="DSPLN-03-000041"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
III Legislatura
Pleno de las Cortes
DS(P) nº 41/3 del 16/6/1993
CVE: DSPLN-03-000041

DS(P) nº 41/3 del 16/6/1993. Pleno de las Cortes
Sesión Celebrada el día 16 de junio de 1993, en FUENSALDAÑA
Bajo la Presidencia de: Manuel Estella Hoyos
Pags. 1649-1676

ORDEN DEL DÍA:

1. Informaciones y Preguntas Orales de Actualidad.

2. Pregunta con respuesta Oral ante el Pleno, P.O. 124-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Pedro San Martín Ramos, relativa a efectividad de ayudas económicas a las Asociaciones Deportivas para la realización de actividades deportivas en 1992, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, núm. 116, de 14 de mayo de 1993.

3. Interpelación, I. 12-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Grupo Parlamentario de Centro Democrático y Social, relativa a aprobación, contenido y desarrollo del Plan Regional de Saneamiento, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, núm. 117, de 19 de mayo de 1993.

4. Moción, I. 9-II, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, relativa a evolución de las cifras de producción y paro regionales y consecuencias sobre la programación y política económicas regionales, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, núm. 117, de 19 de mayo de 1993.

5. Proposición No de Ley, P.N.L. 156-I, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando la remisión a la Cámara de un Plan Regional de Igualdad de la Mujer, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, núm. 120, de 31 de mayo de 1993.

6. Proposición No de Ley, P.N.L. 157-I, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y Socialista, instando a la Junta de Castilla y León la demora de los procesos de renovación de los miembros de los órganos de gobierno de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Avila, de la Caja de Ahorros Municipal de Burgos y de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Segovia, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, núm. 122, de 11 de junio de 1993.

7. Debate de Totalidad del Proyecto de Ley de Evaluación de Impacto Ambiental y Auditorías Ambientales de Castilla y León.

8. Propuesta de Tramitación por el procedimiento de Lectura Unica del Proyecto de Ley de Crédito Extraordinario para conceder una subvención a la Mancomunidad Valle del Tiétar por un importe de CIENTO VEINTICINCO MILLONES DE PESETAS (125.000.000 Ptas).

9. Debate y Votación por el procedimiento de Lectura Unica del Proyecto de Ley de Crédito Extraordinario para conceder una subvención a la Mancomunidad Valle del Tiétar por un importe de CIENTO VEINTICINCO MILLONES DE PESETAS (125.000.000 Ptas).

10. Designación de Senador en representación de la Comunidad Autónoma, en sustitución, por renuncia, del Ilmo. Sr. D. Jesús Posada Moreno.

11. Designación de un miembro del Consejo Asesor de Radio Televisión Española en Castilla y León.

12. Designación de un miembro de la Comisión Mixta de Transferencias, en sustitución, por renuncia, de D. José Ventura Olaguíbel del Olmo.

SUMARIO:

 **  Se reanuda la sesión a las once horas treinta minutos.

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, reanuda la sesión.

 **  Séptimo punto del Orden del Día. P.L. 19-I.

 **  El Secretario, Sr. Zamácola Garrido, da lectura al séptimo punto del Orden del Día.

 **  Intervención del Sr. Jambrina Sastre, Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, para presentar el Proyecto de Ley.

 **  Intervención del Procurador Sr. González González (Grupo Socialista), para defensa de la Enmienda a la Totalidad presentada por su Grupo.

 **  Intervención del Procurador Sr. Sagredo de Miguel (Grupo de CDS), para defensa de la Enmienda a la Totalidad presentada por su Grupo.

 **  Intervención del Procurador Sr. Herreros Herreros (Grupo Mixto), para defensa de la Enmienda a la Totalidad presentada por su Grupo.

 **  En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Martín Fernández (Grupo Popular).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. González González (Grupo Socialista).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Sagredo de Miguel (Grupo de CDS).

 **  En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Herreros Herreros (Grupo Mixto).

 **  En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Martín Fernández (Grupo Popular).

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación la Enmiendas a la Totalidad debatidas. Son rechazadas.

 **  Octavo punto del Orden del Día. P.L. 20-I1.

 **  El Secretario, Sr. Zamácola Garrido, da lectura al octavo punto del Orden del Día.

 **  El Secretario, Sr. Zamácola Garrido, da lectura al Acuerdo de la Mesa proponiendo la tramitación en Lectura Unica.

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación este Acuerdo. Es aprobado.

 **  Noveno punto del Orden del Día. P.L. 20-I2.

 **  El Secretario, Sr. Zamácola Garrido, da lectura al noveno punto del Orden del Día.

 **  Intervención del Sr. Huidobro Díez, Consejero de Presidencia y Administración Territorial, para presentar el Proyecto de Ley.

 **  En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Herreros Herreros (Grupo Mixto).

 **  En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. de Fernando Alonso (Grupo de CDS).

 **  En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Lorenzo Martín (Grupo Socialista).

 **  En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. San Segundo Nieto (Grupo Popular).

 **  Intervención del Sr. Huidobro Díez, Consejero de Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación el Proyecto de Ley debatido. Es aprobado.

 **  Décimo punto del Orden del Día. Designación Senador.

 **  El Secretario, Sr. Zamácola Garrido, da lectura al décimo punto del Orden del Día.

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación la propuesta de candidato a Senador representante de la Comunidad Autónoma.

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, somete por segunda vez a votación la propuesta de candidato a Senador.

 **  Undécimo punto del Orden del Día.

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, comunica a la Cámara la retirada de este punto del Orden del Día.

 **  Duodécimo punto del Orden del Día.

 **  El Secretario, Sr. Zamácola Garrido, da lectura al duodécimo punto del Orden del Día.

 **  El Secretario, Sr. Zamácola Garrido, da lectura al escrito del Grupo Parlamentario Popular, proponiendo candidato.

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación la propuesta de candidato. Es aprobada.

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, levanta la sesión.

 **  Se levantó la sesión a las catorce horas treinta minutos.

TEXTO:

(Se reanudó la sesión a las once horas treinta minutos).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Señorías, se reanuda la sesión. Y el señor Secretario procederá a dar lectura al séptimo punto del Orden del Día.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ZAMACOLA GARRIDO):

Séptimo punto del Orden del Día: "Debate de Totalidad del Proyecto de Ley de Evaluación de Impacto Ambiental y Auditorías Ambientales de Castilla y León".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

El señor Consejero de Medio Ambiente, señor Jambrina, tiene la palabra para presentar el Proyecto de Ley.


EL SEÑOR CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRITORIO (SEÑOR JAMBRINA SASTRE):

Señor Presidente. Señorías. El presente Proyecto de Ley tiene por objeto establecer el marco legislativo en materia de evaluación de impacto ambiental y de auditorías ambientales, basado en la facultad que nos otorga la Ley 9/92 de dictar normas adicionales de protección del medio ambiente, en las cuales esta Comunidad Autónoma tiene competencia de ejecución, para adecuarlo a los requerimientos de protección del medio ambiente de Castilla y León, desarrollando los objetivos para lograr la conservación y mejora del medio ambiente, los procedimientos administrativos a seguir, el contenido de estas evaluaciones y auditorías, la relación de actividades sometidas a estos procedimientos, las infracciones y sanciones, y las exigencias de recuperación de los daños causados. Todo ello, por supuesto, dentro del respeto al marco legal básico definido por las normas dictadas por el Estado.

No podía ser de otra manera, si se pretende disponer de legislación autonómica positiva, preceptivamente incardinada en la estatal existente.

La política de medio ambiente es una política estructural, que debe desarrollarse independientemente de los azares coyunturales, para no sacrificar el potencial de desarrollo y bienestar presente y futuro de los castellano-leoneses, evitando una degradación irreversible del medio y una utilización irracional de los recursos. En Castilla y León, es preciso acometer una serie de actuaciones dirigidas a la protección del medio ambiente, enfocadas en dos direcciones: medidas preventivas y medidas correctoras. Ello requiere dictar normas adicionales de protección, sin perjuicio de la legislación básica, que faciliten la adaptación de nuestras empresas al marco jurídico socio-económico que establece el Acta Unica Europea, contemplando de esta manera lo dispuesto en la legislación europea y en la legislación estatal.

Para conseguir un desarrollo sostenible y equilibrado, compatible con la conservación de nuestro medio natural, es preciso aplicar un conjunto de principios básicos que informan la gestión en materia de protección del medio ambiente. De ellos destacan el principio de la prevención y el de la corrección de los deterioros causados.

La integración rigurosa de los principios de prevención y de corrección en la gestión ambiental requiere disponer de una serie de instrumentos jurídicos, administrativos y económicos.

Las evaluaciones de impacto ambiental son una excelente herramienta para prevenir las posibles alteraciones que determinadas nuevas obras, instalaciones o programas puedan producir en nuestro entorno.

La auditoría ambiental, por contra, es un instrumento de gestión empresarial que permite identificar, evaluar, corregir y controlar los riesgos y deterioros ambientales. Asimismo, facilita la comunicación e información con la Administración y la opinión pública, y, sobre todo, es la llave para la innovación tecnológica en materia de medio ambiente.

Las evaluaciones de impacto ambiental se aplican a nuevos proyectos y modificación o ampliación de plantas existentes, y evalúan la incidencia ambiental sobre el entorno natural y social de la zona en que se sitúa, con el fin de garantizar que la afección y el uso de los recursos naturales al ejercer dicha actividad se hace de una manera sostenible.

Las auditorías ambientales evalúan el funcionamiento de las instalaciones existentes, en lo que afecta al medio ambiente, con el fin de conocer el grado de cumplimiento de la legislación que les concierne. El informe ambiental que se deriva de las mismas facilita la negociación con las Administraciones respecto a las mejoras con que pueden dotarse las plantas y explotaciones existentes, y permiten informar a la opinión pública con objetividad.

Este Proyecto de Ley, Señorías, se articula, pues, en dos vertientes: evaluaciones de impacto y auditorías ambientales. Y ello es así porque sendos instrumentos de gestión ambiental se aplican con el mismo fin: tener un conocimiento profundo de la incidencia ambiental de una determinada actividad, programa o actuación en el entorno de la misma, para minimizar sus efectos ambientales, mediante la adopción de las medidas correctoras oportunas.

La Directiva 85/337 de la Comunidad Europea estableció un marco general de referencia para la realización de las evaluaciones de impacto ambiental, que se traspuso al ordenamiento jurídico interno español por Real Decreto Legislativo 1032 del ochenta y seis, de veintiocho de junio, y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 1131. Esta legislación estatal es básica y requiere un desarrollo adicional, ya que recoge sólo en parte las actividades sometidas a evaluación, de las seleccionadas por la Comunidad Europea. Y éste es, en resumen, Señorías, el fin del Proyecto de Ley que hoy tengo el honor de presentar a esta Cámara.

La Comunidad Europea ha elaborado dos propuestas de modificación de la Directiva 85/337, referidas, una, a la ampliación de la evaluación de impacto ambiental, a las actividades agropecuarias, y otra, a los planes, programas y políticas que puedan incidir en el medio ambiente, cuyo contenido se ha recogido ya en parte en este Proyecto de Ley.

La Directiva 85 entró en vigor el tres de julio de mil novecientos ochenta y ocho, tres años después de su aprobación, y en su artículo 11 recoge la posibilidad de ampliar el campo de aplicación de la misma a otras actividades. En esta línea, cabe resaltar los proyectos de propuestas de modificación de los anejos uno y dos de esta Directiva, para incluir determinadas actividades agropecuarias y ciertos planes y programas.

Como todas las evaluaciones de impacto ambiental, esta propuesta se aplicará a nuevos proyectos agrarios, y no afecta a la gestión de proyectos agrarios o forestales que se integran en una actividad cíclica.

Los problemas macroecológicos de ámbito transregional y transfronterizo y la creciente entidad de situaciones de mayor deterioro de las aguas, de contaminación atmosférica o de contaminación del suelo por el depósito incontrolado de residuos está imponiendo, sobre todo a ciertas actividades industriales y a las grandes explotaciones de la ganadería intensiva, más responsabilidades en el control, prevención y reducción de la contaminación, con costes elevados de las medidas que será preciso adoptar, y que requieren una optimación económica.

La introducción de las consideraciones ambientales en los programas y planes que recoge la otra propuesta de Directiva de la Comunidad Europea se deriva de los criterios de la Comunidad Europea, bien explicitados en su cuarto programa de acción ambiental, y en el quinto programa, ya aprobado, de incorporar la protección del medio ambiente en las políticas industriales, energética, agraria, económica y social.

Esta nueva metodología, que se denomina "evaluación estratégica previa", y que designa el proyecto de evaluación de las consecuencias ambientales de determinados planes y programas que pueden incidir en el territorio, en la utilización de los recursos naturales y, en definitiva, en el logro de un desarrollo sostenible y equilibrado.

Se trata, básicamente, de introducir la variable ambiental en el mismo momento en que se elaboran los planes y programas que concretan las políticas de desarrollo regional, y se refieren, en todo caso, a las acciones promovidas por los poderes públicos.

Por ello, y de acuerdo con las nuevas exigencias del mercado interior, y en la línea con las directrices de la Comunidad Europea en esta materia, se ha previsto introducir los conceptos cualitativos en los programas regionales de desarrollo económico y social, integrando las medidas de protección ambiental en las políticas industrial, energética, agrícola, forestal, de transportes, económica y social castellano-leonesas, como establecen los programas de acción ambiental, que antes he comentado, de la Comunidad Europea.

Al mismo tiempo, se pretende que las actuaciones encaminadas a la protección del medio ambiente contribuyan al crecimiento económico, sobre todo a la creación de empleo -como se ha comprobado en los países industrializados-, y que constituye un objetivo prioritario.

Por otra parte, la Comisión Europea cree que la necesaria mejora de la competitividad de nuestras industrias en los mercados exteriores dependerá, en gran medida, de su capacidad para ofrecer bienes y servicios que protejan al medio ambiente, puesto que ello conlleva una obligada innovación tecnológica.

Asimismo, es imprescindible abrir un auténtico diálogo entre las industrias y los poderes públicos para establecer las medidas correctoras oportunas, y realmente necesarias, así como una coordinación entre las acciones de las diferentes administraciones.

Por otra parte, existen numerosas instalaciones en funcionamiento que están deteriorando la calidad de las aguas, la de la atmósfera, la de nuestro riquísimo patrimonio arquitectónico, y que generan residuos que no se controlan adecuadamente.

Todo ello requiere, Señorías, una serie de actuaciones de corrección de tales deterioros.

En definitiva, es preciso acometer la gestión ambiental de las actividades industriales existentes mediante un control integrado de la contaminación y de los recursos naturales afectados.

Señor Presidente, yo le rogaría... le pediría que reclame silencio a la Cámara...


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Sí. Ruego a Sus Señorías guarden silencio, por favor.


EL SEÑOR CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRITORIO (SEÑOR JAMBRINA SASTRE): ..

..porque no se imaginan lo molesto que resulta hablar desde aquí con el murmullo que Sus Señorías tienen. Gracias, señor Presidente.

Con este fin, la Comunidad Europea ha previsto regular la realización de auditorías ambientales en una serie de actividades económicas -sobre todo industriales-, con objeto de determinar la situación actual de las instalaciones productivas en materia de medio ambiente: la generación de emisiones gaseosas, efluentes líquidos y residuos, la legislación que les afecta y su grado de cumplimiento, así como las medidas correctoras que cabría adoptar para mejorar la gestión ambiental de la empresa y el sistema interno de gestión para la protección del medio ambiente.

Esta norma, referente a auditorías, se complementa con una Directiva marco, enfocada hacia el control integrado de la contaminación, parte de cuyo contenido viene recogido ya en la legislación española sobre protección de medio atmosférico.

Dada la entidad de esta Directiva sobre el control integrado de la contaminación, se ha previsto apoyar el empleo de nuevos instrumentos de gestión empresarial y administrativa, regulando la realización de auditorías ambientales para determinadas actividades, en una primera etapa, si bien se fija un plazo de cinco años para su aplicación obligatoria, debido a la necesidad de adaptación de las empresas y de la Administración para poder afrontar dicha obligación de una forma eficaz.

La necesidad de adaptación al mercado interior europeo y las crecientes exigencias y cortos plazos de acomodación de la industria castellano-leonesa a la normativa de la Comunidad en materia de protección del medio ambiente que supone el Acta Unica Europea constituye uno de los factores que más van a incidir en la competitividad de nuestras actividades industriales.

La Junta de Castilla y León, consciente del reto al que se enfrenta nuestra industria, previó -como se recoge en la Orden de ocho de febrero del noventa y tres- la concesión de ayudas a empresas industriales y ganaderas para el desarrollo de actuaciones descontaminadoras y, en general, de mejora de la calidad ambiental.

En la citada Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se solicita a las empresas que deseen acogerse al programa de concesión de beneficios a los fines reseñados la presentación de un conjunto de documentos e información, como son: memoria, proyecto de actuaciones a llevar a cabo, calendario para ejecución de las mismas, disponibilidad de suelo, etcétera, etcétera.

La negociación sobre medidas a implantar, plazos de ejecución y ayudas que puedan prestarse se facilita enormemente si se opera con unas bases recogidas en un informe ambiental derivado de una auditoría ambiental. Tal negociación empresa-Administración sobre las medidas a disponer en la empresa auditada permitirá el establecimiento de un programa realista, resultado de un mutuo acuerdo, garantizando con ello el objetivo de corrección medioambiental.

Para cooperar en la implantación de estos instrumentos de gestión empresarial y administrativa, se ha previsto subvencionar la realización de estos estudios, en línea con las actuaciones que ya viene desarrollando -como he dicho antes- la Consejería sobre concesión de ayudas a empresas industriales para el desarrollo de actuaciones encaminadas a lograr una mejora de la calidad ambiental y la Orden de uno de febrero del noventa y tres, para la realización de auditorías ambientales por parte de las empresas radicadas en Castilla y León.

La Ley, Señorías, se estructura en cuatro Títulos, tres Disposiciones Adicionales, una Disposición Transitoria, cuatro Disposiciones Finales y cuatro Anexos.

El Título Preliminar, Ambito de Aplicación y Principios Generales, especifica el objeto, ámbito de aplicación, órgano administrativo de medio ambiente, la disponibilidad de información por parte del titular del proyecto, el redactor del estudio de impacto ambiental, la formación de un banco de datos ambientales, la capacidad técnica de estudio de impacto... del redactor de estudio de impacto y del auditor, y la confidencialidad de las informaciones aportadas por el titular del proyecto o instalación, conforme a la normativa existente sobre propiedad intelectual y secretos comerciales e industriales.

Como consecuencia del carácter básico de la legislación del Estado, se dispone como órgano medioambiental a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en congruencia, además, con el tipo de valoraciones a realizar, al tratarse de factores naturales y medioambientales que son de la responsabilidad y mayor conocimiento de la mencionada Consejería.

El Título I, las Evaluaciones de Impacto Ambiental, se divide en cuatro Capítulos. En el primero se definen los tipos de evaluación a aplicar; se establecen dos tipos: evaluación ordinaria y simplificada. Y, así mismo, se determina un régimen jurídico especial para zonas de sensibilidad ecológica.

Por razón de la actividad y, en consecuencia, por la mayor o menor entidad de su potencial impacto ambiental, se detallan dos series de actividades recogidas en los anexos 1 y 2, que quedan sometidas a evaluaciones ordinarias o simplificadas respectivamente.

Con ello se pretende equilibrar el potencial de influencia de la actividad sobre el medio ambiente y los medios y tiempos necesarios empleados en realizar la evaluación, técnica empleada en la legislación europea y en otras Comunidades Autónomas. Las actividades incluidas en los anexos correspondientes obedecen a todo el proceso de diseño, relación y valoración de las potencialidades de las mismas por parte de la Administración y de los contactos celebrados con los diferentes sectores.

La exclusión de determinados proyectos del procedimiento de evaluación ya contemplada en la propia directiva europea obedece a tener que contemplar los supuestos excepcionales que pueden producirse, como, por ejemplo, en caso de emergencia, haciendo la previsión en el texto del proyecto de Ley de publicarse, razonarse, e incorporar las medidas necesarias para disminuir el previsible impacto en el caso de que tuviera que adoptarse tal decisión.

El Capítulo II define las evaluaciones ordinarias de impacto ambiental y señala su contenido.

El tercero se refiere a evaluaciones simplificadas, también de impacto ambiental, indicando igualmente el contenido de las mismas.

El cuarto establece lo necesario para efectuar la vigilancia ambiental, tanto de las evaluaciones ordinarias como de las simplificadas.

El Título II es novedoso en el ordenamiento jurídico español, por cuanto concierne a la evaluación de los efectos sobre el medio ambiente de los planes y programas de desarrollo regional. Da respuesta, si bien de forma somera, a las nuevas inquietudes de la Comunidad Europea en sus preocupaciones macroecológicas, ampliando la evaluación previa del impacto ambiental a fases anteriores a la de un proyecto. Se pretenden introducir las consideraciones ambientales en planes y programas del mismo..., del mismo modo, perdón, que ya se ha hecho en la directiva 85/337 en el caso de los proyectos. Se designa a este proceso, como ya dije anteriormente, como evaluación estratégica previa.

El Acta Unica Europea destaca como uno de los pilares de la política ambiental de la Comunidad que los requisitos de protección del medio ambiente serán una componente de las demás políticas comunitarias, lo que supone integrar las consideraciones ambientales en los programas de desarrollo regional que elabore la Junta de Castilla y León.

Resulta verdaderamente complejo conformar la elaboración y ejecución de planes y programas de desarrollo con la variable ambiental en el estado actual de la organización administrativa, conocimientos, disponibilidades económicas y complejidad creciente de dichos programas, ya de por si trans-sectoriales e interdisciplinares.

Por ello, la propuesta de directiva de la Comunidad sobre estas cuestiones regula la introducción de la variable mercado en la planificación con suma prudencia. Hasta tanto se cuente con una mayor experiencia en este dominio, este Proyecto de Ley no desarrolla este Título, pero sí pone de manifiesto el interés de la política ambiental de la Junta de Castilla y León por integrar desde el inicio las consideraciones ambientales en sus planes y programas, como he dicho, de desarrollo regional.

El Título III, De las Auditorías Ambientales, regula la realización de las mismas. Se definen estos estudios y sus objetivos, y se detallan en los anexos tres y cuatro las actividades industriales sometidas a procedimiento de la auditoría a efectos ambientales, dejando para el Reglamento de la Ley el diseño del sistema de acreditación de auditores y otras cuestiones propias del mismo, dado su carácter procedimental.

El primer paso para resolver de forma óptima los deterioros ambientales consiste en tener un riguroso y profundo conocimiento de la situación actual, en lo que concierne al medio ambiente, de ciertas actividades económicas. Con base en este conocimiento, es posible llevar a cabo un auténtico diálogo entre los poderes públicos y las empresas concernidas, de cara al establecimiento de unos convenios particulares o sectoriales que recojan las actuaciones a llevar a cabo, los plazos de ejecución, la asistencia técnica a prestar y la concesión de beneficios y ayudas económicas.

Para ello, es preciso que las empresas dispongan de una auditoría ambiental de uso interno que les permita conocer la eficacia de su sistema de protección ambiental, mediante un análisis sistemático, objetivo, periódico e independiente del estado actual de las instalaciones y operación de las mismas en lo que concierne a la emisión y vertido de contaminantes, gestión de residuos, riesgos y otras consideraciones sobre el cumplimiento de la legislación medioambiental que afecta a las plantas industriales.

De dicha auditoría resulta el informe ambiental a presentar a la Administración, documento en el que puede basarse la negociación.

Este procedimiento ha de salvaguardar la necesaria cofidencialidad de los datos incluidos en la auditoría, y es de suma utilidad para proceder a resolver los problemas que nuestras industrias tienen planteados.

Dada la extensión y complejidad de las medidas que es preciso adoptar para mejorar el medio ambiente, y las muchas actividades concernidas, se ha optado por concentrar la atención y los esfuerzos en ciertas áreas y sectores prioritarios que se detallan en el anexo III.

El Título IV, De Infracciones y Sanciones, regula la responsabilidad de las partes y agentes que intervienen en la evaluación y en las auditorías, tipificando las infracciones y estableciendo el correspondiente régimen sancionador, los sujetos responsables y las competencias sancionadoras.

La Disposición Adicional Primera y Segunda contienen la obligación de disponer de libros de registro para recoger las actuaciones administrativas relacionadas con las evaluaciones de impacto ambiental.

La Disposición Adicional Tercera corresponde a la adopción de medidas por parte de la Junta de Castilla y León para potenciar la formación de técnicos en la evaluación de impacto y en auditorías ambientales, aspecto de singular importancia para fomentar la correcta realización de estos trabajos.

La Disposición Transitoria regula asimismo la aplicación de las evaluaciones de impacto ambiental en caso de polígonos industriales que tengan aprobado un Plan Parcial.

Las Disposiciones Finales fijan el plazo de entrada en vigor de la Ley y un plazo de dieciocho meses para regular el procedimiento mediante la redacción del correspondiente reglamento.

Este Proyecto de Ley que acabo de presentar a Sus Señorías constituye la pieza esencial de la política de prevención de las agresiones al medio ambiente del Gobierno de Castilla y León, y es, sin lugar a dudas, la norma legal más avanzada en esta materia de la que hoy dispone el Estado Español.

Abrigo la esperanza que, tras el debate de las Enmiendas que Sus Señorías han presentado a la misma y la posterior aprobación del texto definitivo en esta Cámara, Castilla y León dispondrá de una magnífica Ley, con larga vida, espero, que evite el origen de las agresiones... en el origen las agresiones a las que permanentemente está sometido nuestro medio ambiente.

Nada más, señor Presidente. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Muchas gracias, señor Consejero. Y, habiéndose presentado tres Enmiendas de Totalidad, para su defensa y por turnos, según acuerdo o criterio de Junta de Portavoces, en primer lugar tiene la palabra el Portavoz del Grupo Socialista, señor González, don Jaime.


EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ:

Señor Presidente, Señorías. La verdad es que, después de oír la larga intervención y presentación de la Ley del señor Consejero, por parte del señor Consejero, y después de haberme leído profundamente, como he leído estos días de atrás, para confeccionar Enmiendas, etcétera, el texto del Proyecto de Ley que nos ha remitido, difícilmente encontraba puntos de conexión entre esa intervención y los contenidos del Proyecto de Ley.

Tal vez sea eso porque el señor Consejero ha participado escasamente en la confección del Proyecto. Tal vez sea eso porque su equipo de dirección tampoco ha participado de una manera concluyente en la confección del Proyecto.

Una vez más la Junta de Castilla y León trae a este Parlamento un Proyecto de Ley, un texto realizado por una empresa privada, previo el pago de un buen número de millones. Acaba de pasar con el Plan Estratégico Agrario, pasó con la Ley de Caza, ha pasado con la Ley de Pesca, volverá a pasar con la siguiente.

Un texto, además, sin el debido control de la propia Consejería, que incluye en errores tan manifiestos como, por ejemplo, la repetición íntegra de artículos. Hay artículos que en el texto que se ha remitido a esta Cámara vienen repetidos, textualmente, dos veces. Hemos tenido que hacer Enmiendas parciales de supresión de textos repetidos, cuestión que hubiera sido fácilmente evitable si por parte de la Consejería se hubiera arbitrado un buen sistema de dirección técnica del Proyecto, que no ha existido.

Por lo tanto, ese texto no tiene nada que ver con la presentación que ha hecho el señor Consejero. Es un texto radicalmente diferente. Es un texto malo. Es un texto que para su elaboración la propia Administración, como veremos después, asume facultades discrecionales. Y, realmente, nos ha dejado extraordinariamente sorprendidos la intervención del señor Consejero.

Ya nos ha pasado alguna vez más con algún otro Proyecto de Ley, que ha tenido que ser sustancialmente y profundamente modificado en esta Cámara por los Grupos Parlamentarios.

Y espero que -si como va a suceder inevitablemente, puesto que aquello que el Grupo Popular predica en otros lugares no lo practica aquí, y que las Enmiendas a la Totalidad serán rechazadas las tres en bloque-, espero, repito, que en la Ponencia pertinente podamos después, a lo largo de un trabajo largo y delicado, incorporar una buena parte de las Enmiendas parciales que hemos presentado, para conseguir al final un texto adecuado.

Dicho eso, entremos en materia. Ese texto fue remitido a diversos colectivos para su opinión e informe. Desde luego, no fue remitido a los Grupos Parlamentarios, a pesar de que el señor Consejero alguna vez habló de buscar un consenso. Nunca dio un paso al frente en esa naturaleza, nunca remitió el texto a los Grupos Parlamentarios. Y, por lo tanto, una vez más, lo que dicen de buscar el consenso en absoluto se ve reflejado después por su actitud política y parlamentaria.

El texto fue remitido al CES, como es preceptivo, y el CES emitió una serie de alegaciones o de recomendaciones que, prácticamente, en ningún caso han sido recogidas por el texto. No se han recogido las alegaciones del Consejo Económico y Social en materia de sistema de plazos máximos. No se ha recogido las indicaciones en materia de participación de los ciudadanos en las tramitación de los proyectos. No se han recogido en materia de regulación de la capacitación técnica de las empresas o autores de evaluación de impacto ambiental o auditorías. No se han recogido las indicaciones para eliminar la discrecionalidad en la exclusión de proyectos del sistema de evaluación de impacto ambiental. No se ha recogido tampoco el defecto fundamental, o uno de los defectos fundamentales que tiene la ley, que es su falta de vinculación presupuestaria. Por fin, no se ha recogido tampoco la recomendación que hacía el CES de que las Entidades Locales participaran en el proceso, etcétera. Prácticamente no se ha recogido ninguna de las recomendaciones que el Consejo Económico y Social hacía a la Ley; salvo la de los empresarios, claro, que, eso sí, pusieron un voto particular en el debate del CES, precisamente al sistema de auditorías ambientales y a los plazos de entrada en vigor. Ahí sí se tuvieron en cuenta, y en lugar del breve plazo de entrada en vigor que se contemplaba en el anteproyecto de Ley, en el Proyecto definitivo ese plazo se alarga "ad kalendas graecas", cinco años, etcétera.

Yo creo que, realmente, eso indica un poco el espíritu con que se hizo el Proyecto de Ley.

Veamos a ver qué opina la sociedad civil sobre el proyecto de Ley, y veamos qué opinan, pues, por ejemplo, los consumidores o qué opinan los ecologistas.

Yo voy a leer textualmente algunas de las cosas que los ecologistas dicen del Proyecto de Ley. Textual. "Estamos, por tanto, ante un Proyecto de Ley inconstitucional, de cara a la galería, fantasma, antidemocrático, con graves solapamientos y mal redactada, que no tendría efectividad alguna y cuyo único aspecto positivo es que amplia el número de actividades sujetas a valoración de impacto ambiental, pero que, dado el funcionamiento de la Junta -la mayor parte de las actividades industriales de menos de un año de actividad están funcionando antes de ser aprobadas-, tampoco serviría de nada". Eso es lo que dicen grupos ecologistas del texto del Proyecto de Ley.

¿Qué dicen los usuarios?, que han manifestado también por escrito su opinión. Dicen una cosa que no me atrevo a leer en esta Cámara, pero que recomiendo que la lean; es muy interesante lo que dicen con respecto a la actitud mental del señor Consejero a la hora de redactar el Proyecto de Ley. Se lo recomiendo, y si quieren ustedes incluso después les puedo facilitar fotocopias a todos. Por respeto a la Cámara no lo voy a hacer, aunque, realmente, es una expresión gráfica, popular, que realmente indica cual es la actitud del señor Consejero.

También dice... en cuanto al respeto, ¡hombre!, si Sus Señorías insisten mucho la diría, pero, realmente, me parece excesivo. Pero sí habla, por ejemplo -aparte de eso-, de las sanciones, y dice: "en cuanto al capítulo de sanciones, da risa en una Administración que no ha puesto una sola sanción de aplicación de las leyes ya citadas y sobre las cuales tiene competencias ejecutivas plenas".

Por lo tanto, el CES hacía una serie de recomendaciones, prácticamente ninguna se ha atendido, y la sociedad civil articulada en sus diversos grupos, etcétera, piensa eso y otras cosas incluso peores del propio Proyecto de Ley.

El Proyecto se presenta después de la firma del célebre pacto autonómico y, por lo tanto, después de la firma y la aprobación de la Ley Orgánica de veintitrés de diciembre de mil novecientos noventa y dos, la número 9. Esa Ley establece diferencias sustanciales en cuanto al techo competencial de la Comunidad en materia medioambiental, y, por lo tanto, yo creo que introduce plenamente que la Comunidad tiene competencias de desarrollo legislativo y ejecución en dictar normas adicionales de protección del medio ambiente; del medio ambiente de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, del medio ambiente de todo su ámbito territorial, de todo el medio ambiente de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. ¿Qué hace el Proyecto de Ley en su artículo inicial? Pues, decir que el ámbito de aplicación de esta Ley es exclusivamente para aquellos proyectos de ley que ejecuta o aprueba la Comunidad Autónoma o las diputaciones, dejando fuera del ámbito de aplicación medioambiental del contenido de la Ley a todos los proyectos que promueven o que ejecutan otras administraciones: ayuntamientos, Administración Central, etcétera, etcétera; o proyectos ejecutados por empresas privadas cuya autorización tampoco corresponda a la Administración Autonómica.

¿Qué efecto perverso tiene eso? Pues, tiene un efecto absolutamente castrador de las competencias medioambientales que tiene esta Comunidad, porque lo que no tiene mucho sentido es que la Comunidad Autónoma pueda opinar sobre el medio ambiente de su territorio, sobre su medio ambiente, en función no de la agresión que ese medio ambiente pueda sufrir, sino en función de quién autoriza o no autoriza un proyecto. Lo que tiene que hacer la Junta -a mi juicio- en este Proyecto de Ley es articular un sistema que permita que su opinión medioambiental, su informe medioambiental, su evaluación de impacto se introduzca dentro del sistema administrativo que permita aprobar cualquier proyecto que se apruebe en esta Comunidad. No tiene sentido que determinadas actividades no puedan ser evaluadas, informadas, con carácter vinculante en su materia, en su competencia, por parte de la Junta de Castilla y León, simplemente, porque asume como planteamiento básico que la competencia medioambiental es una e indivisible, está afectada por quién aprueba o quién no aprueba el Proyecto. Busquemos las fórmulas de introducir en los procedimientos administrativos de aprobación los informes medioambientales pertinentes de la Junta de Castilla y León que permitan a la Administración que aprueba en su momento tener en cuenta esos presupuestos. Todo lo demás significa una división en dos del medio ambiente, ya no estaríamos hablando del medio ambiente, sino de la cuarta parte del ambiente, que no se sabe nunca a quién correspondería, si a una administración municipal, a una administración local, a una administración de la Junta de Castilla y León o a la Administración Central.

Por tanto, la competencia medioambiental en el territorio de Castilla y León es de la Comunidad Autónoma. La Junta de Castilla y León tiene obligación ineludible de ejercer esas competencias, y no fraccionarlas o dividirlas en función de quién aprueba el Proyecto, digan lo que digan normas de otro rango que pueden quedar modificadas, y, de hecho, han quedado modificadas por la promulgación -repito- de la Ley Orgánica del noventa y dos.

Algunos otros defectos que tiene la Ley, y yo creo que son defectos sustanciales que hacen imposible que por la vía de la enmienda parcial ese Proyecto de Ley quede mejorado de manera que pueda ser útil a la sociedad castellano-leonesa; porque si hubiera sido así, además, no hubiéramos planteado la Enmienda a la Totalidad.

El Proyecto de Ley consagra un principio, a nuestro juicio, peligroso, y es el principio de que la Consejería de Medio Ambiente se erige en juez, parte y árbitro de todo lo que suceda medioambientalmente en la Comunidad. Va a ser como Juan Palomo: ella se lo guisa y ella se lo come. Totalmente. El órgano medioambiental es la Consejería de Medio Ambiente y, por lo tanto, ella misma va a decidir sobre los proyectos que la propia Consejería haga y que tengan influencia sobre medioambiente: repoblaciones de fauna, repoblaciones de flora, otro tipo de repoblaciones, incendios forestales, pistas forestales, etcétera; todo eso que hace la propia Consejería y que causa, y está causando de hecho -y lo vemos todos los días en la prensa, no lo digo yo, lo dice la sociedad-, y está causando graves trastornos al medioambiente de la Comunidad Autónoma, todo eso va a ser la Comunidad Autónoma la que los realice y además se evalúe a sí misma y haga sus propias declaraciones de impacto ambiental sobre lo que hace la propia Consejería. Es, repito, el principio de Juan Palomo.

Pero podemos ir más lejos. ¿Dónde participa la sociedad civil en la aprobación o elaboración de los efectos medioambientales de un proyecto de esta naturaleza? En ningún sitio. Composición de las ponencias técnicas provinciales de evaluación de impacto ambiental, que hacen el proyecto de declaración de impacto ambiental que después el Consejero de Medio Ambiente va a firmar, rubricar y publicar. Presidente: el Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio; una vez más, la Consejería de Medio Ambiente se erige en árbitro de la situación. Vocales: pues, un representante del órgano competente para la aprobación del Proyecto por razón de la materia, el Jefe de la Sección de Calidad Ambiental, el Jefe de la Sección de Coordinación del Medio Natural, un facultativo de la Sección de Calidad Ambiental, un facultativo de la Sección de Protección de la Naturaleza, etcétera. Todos, absolutamente todos, funcionarios. Todos. La sociedad civil brilla por su ausencia en el mecanismo de aprobación y control de los proyectos. Y así pasa lo que pasa, que, realmente, la Administración de la Junta, primero, y, después, la Consejería de Medio Ambiente hace de todo el proceso lo que quiere y lo que desea.

Por lo tanto, hay que abrir la composición de esos órganos a la sociedad civil, hay que abrirla a los grupos ecologistas, a las asociaciones de consumidores y usuarios, etcétera, etcétera, a las entidades locales, etcétera, para que en el proceso de redacción de la declaración de impacto ambiental concreta tengan participación, puedan expresar sus opiniones y no les quede al final nada más que el recurso al contencioso-administrativo, a la alegación, que todos sabemos que en muchos casos en qué acaba esa vía.

Por lo tanto, la Ley consagra el principio de que la Administración Regional y la Consejería de Medio Ambiente hacen lo que les da la gana, puesto que ellos, únicamente ellos, constituyen parte de los órganos que deciden y, al final, sólo deja a la sociedad civil el recurso jurídico, que es realmente grave que así sea. Y eso no es una reclamación que haga el Grupo Socialista, el CES lo ha dicho también, los ecologistas, por supuesto, los usuarios, entidades locales, etcétera. Y no se ha tenido en cuenta, en absoluto, en la redacción del Proyecto de Ley.

La Ley igualmente consagra el principio de que la... nuevamente la Administración, sin ningún tipo de cortapisa previa, puede excluir un proyecto que, por la propia Ley, está sometido al trámite de evaluación de impacto de ese trámite, y la única condición que pide es que el motivo sea razonado. ¡Hombre!, evidentemente, ¡faltaría más! que el motivo fuera caprichoso o no razonado; eso casi no hace falta ni decirlo. Y que además se publique. Pero no dice cómo, ni en qué plazo, ni en qué lugar, ni en qué sitio, ni en qué sitio. Pero por qué no pone el Proyecto de Ley -y lo dice también el Consejo Económico y Social y lo dicen las sociedades civiles- que se publique, pues, en el Boletín Oficial de Castilla y León, que para eso está; además así aparecería un poco más lustroso o gordo, con más páginas, etcétera. Por qué no se publica ahí y la sociedad civil puede leer esa motivación razonada en el Boletín. ¿Por qué no se pone? Porque no interesa. ¿Por qué no se comunica a esta Cámara? Incluso el CES apunta esa solución. Por qué no se comunica esa exclusión a la Comisión correspondiente de las Cortes de Castilla y León, para que las Cortes de Castilla y León puedan entender de los motivos de esa exclusión, juzgarlos y debatirlos. Tampoco interesa. Lo único que dice el Proyecto de Ley es que se hagan públicos con absoluta imprecisión, dejando una vez más a la propia Junta de Castilla y León en el desarrollo normativo de la Ley dónde se publica y cómo se publica.

Y es más, consagra un principio, a mi juicio, peligroso. Y es el de que una empresa puede solicitar a la Administración qué partes de un proyecto no deben ser sometidas al conocimiento público. Dice el Proyecto: La empresa puede solicitar, si quiere, qué partes de un proyecto pueden no ser sometidas al conocimiento público de la ciudadanía -incluso de las Cortes- y a ningún tipo de conocimiento público. Eso, realmente, es grave; contradice el principio de no confidencialidad de los informes medioambientales y, realmente, abunda más y profundiza más, cada vez más, en el carácter oscurantista y exclusivista que tiene la Ley hacia la propia Administración de Castilla y León.

Y qué decir de las garantías que exige la Ley para aquellos que tienen que hacer proyectos de evaluación de impacto. Ninguna. Con lo que dice la Ley, cualquiera puede hacer una evaluación de impacto ambiental o cualquiera puede hacer una auditoría ambiental, porque se limita a hacer una referencia genérica a que sea capaz y listo. Bueno, pues, realmente, hay muchos capaces y muchos listos, pero que, sin embargo, no son capaces de hacer evaluaciones de impacto ambiental. O las hacen tal como la Administración quiere. Por lo tanto, hay que precisar exactamente cuáles son los requisitos que tienen que tener una empresa, o un auditor, o un evaluador, para poder hacer evaluación de impacto ambiental. Y hay que crear un registro de esas empresas, en donde se haga constar cuál es su naturaleza, cuál es su composición, qué medios tienen, a quiénes están ligados. Porque acabaremos lo mismo que con aquellas empresas que controlan la calidad en las obras, que estarán ligadas a los que hacen las obras. Y aquí pasará lo mismo: las empresas que hacen auditorías o que hacen evaluaciones de impacto ambiental acabarán -ya lo están, además- ligadas a quienes hacen las obras. Y, por lo tanto, al final, volvemos a consagrar otro principio de Juan Palomo: las empresas se lo guisan y se lo comen. Y al final los que siempre pierden son los administrados.

Ya el colmo del Proyecto de Ley es que el propio Proyecto de Ley se erige en un estudio de evaluación de impacto ambiental y decide, sin saber ni cómo, ni por qué argumentos; a lo mejor es el criterio personal del señor Consejero, desde luego, y lo examinaremos ahora; no lo comparto. Se erige en un proyecto de evaluación de impacto ambiental y dice que hay una serie de actividades que, porque lo dice el Proyecto de Ley, generan un impacto moderado en el medio ambiente. Y hay otra serie de proyectos que, también porque lo dice exclusivamente el Proyecto de Ley, pues, generan un fuerte impacto en el medio ambiente. Y lo decide el Proyecto de Ley sin más. Y, claro, yo cuando leo después los anexos y veo qué proyectos van a ser sometidos a esa evaluación simplificada, porque dice el Proyecto de Ley que tienen poco impacto sobre el medio ambiente, nos quedamos realmente sorprendidos. Pongo algunos ejemplos, porque yo creo que son sintomáticos.

En el entorno de Valladolid existe un pinar excepcional, el Pinar de Antequera. Pues, con este Proyecto de Ley, el descuaje del Pinar de Antequera en su tramo comprendido entre el Camino de Simancas, la carretera de Simancas a Puente Duero y la carretera de Rueda, no exigiría evaluación de impacto ambiental, porque tendría menos de cincuenta hectáreas. Y Valladolid se quedaría, por la simple decisión de quien sea, sin que nadie, nadie, ajeno a la Administración intervenga, sin ese espacio tan excepcional. Pero más cosas. Dice, por ejemplo, que sólo permitiría... que sólo es necesario la evaluación simplificada de impacto ambiental, que la Ley no contempla -por supuesto, la simplificada- ni información pública ni nada, eso lo deja a la regulación de la Junta a una norma posterior, que si le interesa tendrá información pública y si no le interesa no la tendrá, pues, por ejemplo, industrias que utilicen o generen sustancias tóxicas o peligrosas. Una industria de fabricación de ácido sulfúrico no sería necesario que fuera sometida a evaluación normal de impacto ambiental, bastaría con que fuera sometida a evaluación simplificada. Y, claro, el que sean sometidas a evaluación simplificada las repoblaciones de animales, las de plantas no, porque como son las que fundamentalmente hace la Administración, ésas hay que evitarlas de ahí para poderlas seguir haciendo y llenando nuestra Comunidad del tipo de repoblaciones que hacen normalmente. Las de animales, las faunísticas, cuando no exista la especie en el lugar donde se vaya a repoblar. No habla del carácter de autóctono o no, habla de que exista o no exista en el lugar donde se va a repoblar. Y, por ejemplo, todo el mundo habla en estos momentos del cangrejo rojo de las marismas considerando como una plaga. Tal como está redactado, la Junta de Castilla y León, la Consejería de Medio Ambiente -y dado su nivel de actuación, no me extrañaría que alguna vez lo hiciera- puede decidir mañana mismo repoblar con cangrejo rojo de las marismas todos los ríos de la Comunidad Autónoma, porque ya existen aquí. No apela al carácter de autóctono o no. Ya existen aquí y, como existen aquí, puede echar todos los que quiera; o lucios, o peces gato, o cualquier cosa que se le ocurra al señor Consejero, a su equipo de dirección, o a la propia Administración... o a la propia Administración, puesto que no exige el proyecto de evaluación de impacto ambiental.

Realmente, es un Proyecto de Ley absolutamente inútil. Porque, ¿qué hace? ¿Qué dice el Proyecto? Dice: en lo referente a evaluaciones de impacto nos regimos por la Administración Central, por la legislación que en estos momentos existe; Real Decreto Legislativo 1302, Real Decreto 1180, etcétera, etcétera. Eso es lo que vale para evaluaciones normales. Pero aquí vamos a crear una nueva figura: evaluaciones simplificadas, para lo que yo quiera, para lo que la Administración quiera, para descuajar, para arrancar, etcétera, y esa evaluación no va a tener trámite de información pública, etcétera, no se sabe quién va a hacer la declaración de impacto, etcétera. Luego, realmente, devalúa la legislación ambiental en esa materia. Y, claro, crea una cosa que se llaman "las evaluaciones estratégicas", simplemente las cita, las mienta, hace una cosa diciendo que ya se desarrollará, que eso es muy avanzado, que es muy difícil de desarrollar, que eso es casi imposible. Y en eso hubiéramos estado muy de acuerdo, porque, realmente, hay que hacer evaluaciones de impacto ambiental de los instrumentos de planificación que existan en esta Comunidad, porque cuanto más acerquemos los criterios medioambientales a la planificación, menos problemas vamos a tener después a la hora de desarrollar esos planes. Si introducimos criterios medioambientales en el Plan de Carreteras, en el Plan Estratégico Agrario... no la Consejería, porque no lo ha hecho la Consejería, quien lo haya hecho; si hubiéramos introducido criterios medioambientales en los planes de reforestación, etcétera, a la hora de desarrollar esos planes, de hacer los proyectos concretos, hubiéramos tenido o tendríamos siempre muchos menos problemas. Por lo tanto, la evaluación estratégica es imprescindible. Pero no hace falta ser grandilocuente, no hay que decir que se crea una evaluación estratégica que nadie comprende, hay que decir simplemente que los planes y programas que haga la Junta de Castilla y León de ámbito regional y que tengan incidencia medioambiental sean sometidos al trámite de evaluación de impacto. Si con eso basta. Pero crear las evaluaciones estratégicas, sin que nadie sepa lo que son, sin concretar, cómo se hacen, si no se hacen, es una absoluta falacia; es lo que decían los consumidores, que no he dicho hasta ahora, pero que, realmente, refleja perfectamente cuál es la opción de este Proyecto de Ley.

Yo voy a hablar muy poco de auditorías ambientales, porque, realmente, las auditorías ambientales, tal como están reflejadas en el Proyecto de Ley, lo mejor que podríamos hacer es una enmienda de totalidad a ese capítulo y suprimirlas; no tienen nada que ver con las auditorías ambientales de naturaleza europea, no exigen compromisos, sólo se evalúan sistemas, no se evalúan actuaciones concretas, etcétera, etcétera. Realmente, el sistema de evaluaciones ambientales no tiene ningún sentido mantenerlo en el Proyecto de Ley tal como está. Y si se mantiene en el Proyecto de Ley lo que hay que hacer es dotarlas de contenido, hacer que se asemejen a las ecoauditorías europeas y, realmente, que funcionen adecuadamente.

Señor Presidente, por todas estas razones, nosotros hemos hecho una Enmienda de Totalidad. Como siempre, también hemos hecho un número importante de Enmiendas parciales, sabiendo que si el Grupo Popular -como siempre también- aplica su mayoría mecánicamente y esta Enmienda a la Totalidad, lo mismo que todas las que se han presentado aquí a lo largo de los últimos años y desde que el Grupo Popular gobierna en mayoría, va a ser rechazada, no nos quedará más remedio que asumir, por responsabilidad ante los ciudadanos, la ingrata tarea de hacer un Proyecto de Ley presentable de lo que es impresentable. Y estamos dispuestos a hacerlo, vamos a luchar por cada Enmienda parcial, lo mismo que hemos hecho en todos los Proyectos de Ley. A lo mejor, al final, en lugar de votar -y parece mentira que esta Cámara nos estemos acostumbrando haciéndolo así- un Proyecto de Ley hecho por Ecoconsul, mediante el pago de 4.000.000 y pico de pesetas, cuya gerente -además única- era una Diputada del Partido Popular en el momento en que se encargó el Proyecto -y hay más casos, irán saliendo en los próximos días-, realmente, empezaremos a votar y a hablar de proyectos de ley hechos por la Junta, con naturaleza política, por sus equipos de dirección, que para eso nombran los jefes de servicio de los servicios centrales por el procedimiento de libre designación. Y, al final, tendremos proyectos de ley que, al menos, reflejarán el criterio político de la Junta en esas materias que nos ocupan. Y no, no representarán lo que representan, que es la nada sobre la nada, y un proyecto que, realmente, es un retroceso sobre la legislación medioambiental que existe en estos momentos con carácter estatal, y que lo único que haría falta es desarrollarla, ampliarla y perfeccionarla, y para eso la Comunidad Autónoma sí tiene competencias. Lo que pasa es que es incapaz de hacerlo, porque le falta voluntad política.

Nada más y muchas gracias.


EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR SAINZ GARCIA):

Gracias, señor González. Por el Grupo Parlamentario de Centro Democrático y Social, tiene la palabra el señor Sagredo.


EL SEÑOR SAGREDO DE MIGUEL:

Gracias, Presidente. Quiero mostrar mi satisfacción de que en estos momentos presida Su Señoría, señor Vicepresidente, esta Cámara, y, por lo tanto, ordene este debate. Aprovecho la oportunidad, por si es felizmente la última, felizmente para Su Señoría, señor Vicepresidente, para agradecerle las continuas atenciones que ha querido tener, en estas mismas circunstancias, para este Portavoz y por su continua y yo diría que enternecedora preocupación por este Portavoz, para aliviarle el trabajo durísimo desde esta tribuna.

Señor Presidente, Señorías. Realmente, hemos asistido a una lectura aburrida; no es de extrañar, entonces, los murmullos durante su lectura -en especial de su propio Grupo, señor Consejero-, porque, realmente, no puede tener ningún entusiasmo por este texto, porque sigue sin creérselo. Ya hemos dicho muchas veces que no sólo es de voluntad política, sino de fe, y el medio ambiente hay que creérselo y usted no se lo cree. Y, en definitiva, con objeto de aliviarles también a Sus Señorías, voy a eliminar una serie de razonamientos que ya se han puesto de manifiesto desde esta tribuna, fundamentalmente en lo que piensa la sociedad civil de este Proyecto. El Portavoz del Partido Socialista ha hecho uso de las recomendaciones del CES, que, efectivamente, casi todas no han sido tenidas en cuenta; de los ecologistas, de los usuarios, faltarían los de los especialistas de este asunto, que no han dejado títere con cabeza sobre este proyecto.

Señor Presidente, Señorías, nuevamente nos encontramos en esta Cámara con un Proyecto de Ley de este Gobierno Regional al que se le contesta con tantas Enmiendas como Grupos Parlamentarios existen, salvo el Grupo conservador que sustenta al Gobierno, y con más... o no con más, con casi trescientas Enmiendas parciales -doscientas noventa y tres para ser exactos-, lo que evidencia, a priori, la indiscutible calidad de este texto. Es malo de solemnidad.

Pero deseando lo mejor para la Región, sería provechoso que el Gobierno retirase este Proyecto de Ley, con el que seguramente no puede estar satisfecho -yo creo que le tendemos la mano para que aproveche la oportunidad-, y se procediera a elaborar, a la mayor brevedad, un nuevo texto, para ajustarlo a las necesidades medioambientales de Castilla y León y adecuarlo, como ha dicho el Portavoz del Partido Socialista, a la normativa comunitaria. Porque no parece posible parchear nuevamente un proyecto con trescientas Enmiendas parciales y obtener un texto deseable. Hemos hecho ejercicios casi imposibles en esta Cámara, a través de la labor de la Ponencia -y aprovecho la oportunidad para recordar la feliz circunstancia de trabajar presidido en aquella Ponencia por mi amigo don Luis Cid Fontán-, y la realidad es que es muy difícil, no parece posible, aunque, efectivamente, también el CDS tiende la mano a trabajar con todos los Grupos para intentar lo posible, siempre que el Gobierno Regional no reconsidere la situación que hoy puede ser propicia a retirar el documento.

Yo creo que, de aquí a primero de enero del noventa y cuatro, puede prepararse un texto aceptable, seguramente con personas de la Consejería -sin salir de ahí- o con personas de fuera; lo importante es que sea un texto aceptable y que pueda obviar las deficiencias del que hoy se presenta en esta Cámara. De esta manera, significaría una buena herramienta para conseguir el objetivo que todos queremos perseguir: conservar y mejorar nuestro patrimonio mejor: el medio ambiente, diseñando nuestro desarrollo en un marco de crecimiento sostenible, que permitiera disfrutar hoy de las posibilidades que se nos presentan sin hipotecar las posibilidades de los que nos sucedan. Ya el artículo 2 del Tratado de la Unión ha introducido como objetivo principal de la Comunidad proponer ese crecimiento sostenible. El éxito a largo plazo de la sociedad va a depender del carácter sostenible de las políticas industrial, energética, agraria, de transporte, de desarrollo regional. Pero eso condiciona no superar la capacidad de carga del medio. Si este objetivo de defensa del medio ambiente debe ser prioritario, y lo es, en el diseño de futuro de cualquier política, es inexcusable que aparezca en un texto legal de evaluación de impacto ambiental y auditorías ambientales.

La posición de este Grupo centrista es nuevamente abierta y positiva. Hemos presentado Enmienda a la Totalidad, que desearíamos sirviera -como he dicho-, junto a las del resto de los Grupos de la oposición, de motivo de reflexión a este Gobierno Regional. Si esta oportunidad no es aprovechada inteligentemente por ustedes, el CDS tratará de trabajar también, aunque sea una labor ingrata, al lado de todos los Grupos para conseguir un texto mejor, aun con el convencimiento de que este procedimiento no es el idóneo para lograrlo.

Nuestras Enmiendas se refieren a una gran parte del articulado. No nos detendremos en la dejación que hace el Proyecto de la indeclinable responsabilidad de la Junta en todo aquel proyecto que se realice en la Comunidad, aun cuando no sea autorizado o realizado directamente por la propia Junta. Ya lo ha dicho el Portavoz del Partido Socialista y mantenemos con ellos, y también con Izquierda Unida, una posición unitaria en consideraciones competenciales que hoy son obvias, después de la firma del malhadado Pacto Autonómico.

Tampoco incidiremos en la imprecisión de las evaluaciones simplificadas, porque también lo ha dicho, y en su regulación discrecional. Habrá que buscar una fórmula para independizar las evaluaciones de proyectos originados por la propia Consejería a través de otro procedimiento, ya pueda ser otra Consejería, como puede ser la de Presidencia, o de otro instrumento apropiado.

Pero para no incidir en argumentos que ya ha tratado con anterioridad y en profundidad el Grupo Socialista, pasaríamos de la crítica de evaluación para hacer y para centrar la crítica sobre la figura de las auditorías ambientales, que ni de lejos -a juicio de este Portavoz- se asemeja a las auditorías medioambientales comunitarias y mucho menos al sistema comunitario de gestión medioambiental.

Entendemos que la propuesta modificada del Reglamento del Consejo por el que se permite que las empresas se adhieran, con carácter voluntario, a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales, de dieciséis de marzo pasado, debe ser -no puede ser menos- el marco y el modelo de tal figura en nuestra legislación autonómica. Si en el debate de ayer ponía énfasis el Consejero en que tiene que respetar el escenario que supone la publicación de la Directiva 91.2.71, es lógico pensar que no se puede obviar este reglamento específico sobre auditorías medioambientales.

Y así, es necesario estimular el establecimiento, por parte de las empresas, de algo que se queda absolutamente ambiguo, de esos dispositivos de protección de medio ambiente, que son la madre del cordero, y que comprendan programas de auditorías, y promuevan una información sistemática y fidedigna al público acerca de la política, programa, gestión y comportamiento en relación con el medio, y, en particular, la relación entre salud y medio ambiente.

Para ello, el sistema debe fomentar la participación de las empresas, que permitirá colocarnos en las mejores condiciones para demostrar al usuario en general su corresponsabilidad en materia de medio ambiente, así como para evaluar y reducir el impacto ambiental de sus actividades, ejecutar con mayor eficacia los requisitos reglamentarios, reducir los riesgos, y establecer una comunicación eficaz con poderes públicos, vecinos y público en general, lo que equivaldrá a mejorar la imagen pública de la propia empresa.

No se conseguirá un desarrollo sostenible, dice la Comunidad, con el mando y control, con el ordeno y mando que podríamos traducir los castellano-leoneses, sino por la aplicación gradual de disposiciones que complementen la cooperación entre empresas, administración y la población. Y hay mucho que avanzar en esta dirección, y no vale la exigencia pura y dura. Y tampoco el sistema ambiguo regulado por la Disposición Final Cuarta, que también, a la que se ha referido el Portavoz anterior.

La propuesta modificada, digo, del Reglamento del Consejo Europeo, presentada por la Comisión en virtud del apartado 3 del artículo 149 del Tratado, prevé que el Reglamento sea aplicable a partir del primero de julio del noventa y cuatro. A este fecha debería referirse nuestra normativa, que debería recoger el diseño comunitario del sistema de gestión y auditoría medioambiental, fijando sistemas de revisión en función de la experiencia adquirida en un plazo de cuatro años.

Este Proyecto de Ley, señor Consejero, tiene errores manifiestos de redacción, de sistematización, de repetición, indefiniciones -definiciones incorrectas-, inadecuación a la terminología comunitaria, confusiones; de todo hay, señor Consejero, en este Proyecto de Ley que hemos intentado poner de manifiesto con nuestras más de cien Enmiendas Parciales.

Muy desdibujada, terriblemente desdibujada la importancia de la participación del público y de la puesta a su disposición de todas las declaraciones medioambientales. Pero la realidad, Señoría, es que hay que recordarle que el éxito de estas cuestiones medioambientales depende, en gran medida, de la participación del público en general; mientras aparece -y es verdad- una conciencia ecológica cada día más acusada, se produce una irritante carencia de información, y su Consejería bate records en ese sentido.

Además del derecho del público al acceso de la información disponible sobre medio ambiente, conforme a la Directiva, 90.3.13 de la Comunidad, que lleva seis meses en vigor y parece que es desconocida o, por lo menos, inaplicada por su Consejería, hay el derecho a intervenir en la evaluación de impacto ambiental de los grandes proyectos, y es esencial que el ciudadano pueda participar en el proceso de toma de decisiones y concesión de autorizaciones de funcionamiento, y en el control integrado de contaminación, y que se le permita comprobar el rendimiento efectivo de las empresas, tanto públicas como privadas, mediante el acceso a los inventarios de emisiones, vertidos, residuos, etcétera, y a las ecoauditorías.

El individuo, en su calidad de consumidor, solamente podrá elegir de forma racional y con pleno conocimiento de causa, si la información que se le facilita cubre todos los aspectos. El logotipo de ecoauditoría, o la etiqueta ecológica supondría una importante contribución en ese sentido, pero habrá que complementarlo con un planteamiento más global.

Señorías, poco afortunada -entendemos desde el CDS- la redacción del sistema de validación y de inspección, y desdichado el diseño de la acreditación de los nuevos profesionales de evaluación e inspección, pieza clave en las auditorías y en las declaraciones ambientales.

Ninguna referencia, ya lo ha dicho el Portavoz del Grupo Socialista, a la publicación de las empresas que participen en el sistema en Boletines Oficiales o medios que permitan al público el conocimiento de tal circunstancia, ninguna referencia a la utilización del logotipo de ecoauditoría ni a la promoción del sistema.

Una incompleta y preocupante relación de actividades a que deben someterse por alguno de los procedimientos de evaluación, por lo que deben añadirse -y así lo hemos hecho en las Enmiendas parciales- importantes cuestiones en ambos anexos. Y debe reflexionarse sobre el objetivo final de esta futura Ley. Por ello, hemos modificado también desde el CDS la Exposición de Motivos, por entender desenfocado el punto de vista del Proyecto, en la interpretación de una cuestión tan fundamental como la preservación del medio y el concepto de desarrollo sostenible. Y hasta entendemos la necesidad de modificar el mismo título de la Ley, por entender que es necesario ajustarlo a la nomenclatura comunitaria, cuando ya se conoce la decisión de Bruselas, y su puesta en vigor se prevé para el inicio del año próximo.

Por todo ello, Señoría, y por cuestiones que serán tratadas, me supongo, por algún Portavoz posterior, solicitamos la devolución al Gobierno y la redacción inmediata en un nuevo texto que dé respuesta en clave comunitaria y efectiva a tan importantes cuestiones, como es la protección a futuro de nuestro medio ambiente, utilizando unos instrumentos, como son las evaluaciones y las auditorías ambientales, que pueden suponer herramientas específicas para lograrlo.

Y me cabe la satisfacción, Señoría, de volver a agradecerle su preocupación por este Portavoz, para lo cual, de alguna manera, quisiera dejar algunos segundos de mi trabajo en su honor. Muchas gracias.


EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR SAINZ GARCIA):

Gracias, señor Sagredo. Por el Grupo Mixto, el señor Herreros tiene la palabra.


EL SEÑOR HERREROS HERREROS:

Gracias, señor Presidente. Señorías. La verdad es que una vez oída la intervención del señor Consejero, da la impresión que quiere, en cierto modo, dulcificar la expresión, ponerse incluso en el plano de la filosofía que en estos momentos es la más abundante, la más socorrida cuando se habla de esos temas, lo cual nos parece realmente importante. Creemos que es un esfuerzo o, al menos, una salida airosa en cuanto a la preocupación que debe de expresar o que expresa los planteamientos vinculados a lo que es la preocupación medioambiental.

Pero yo diría que al decir y augurar una buena marcha, una vez superado este trámite de la Enmienda a la Totalidad, pues, a uno le dan ganas de decir, bueno, pues, no vamos a continuar, porque parece que en ese contratiempo entre lo que es la filosofía expresada aquí y lo que yo he podido deducir del propio Proyecto de Ley, como que no hubiera intención de hacer algún tipo de modificación. Yo creo que existen contradicciones abiertas.

Pero me preocuparía más incluso si en el trámite de las Enmiendas parciales no se hiciera un esfuerzo, porque creo que estamos ante una... un Proyecto de Ley de una importancia vital, del que pueden derivarse posteriormente múltiples desarrollos. Lamentablemente, digo, y además expreso con claridad meridiana, toda la legislación existente hasta el momento en el mundo, de lo que es la legislación conocida, se ve afectada de una filosofía restrictiva, coercitiva, que pone prácticamente en prevención siempre a la ciudadanía. Y esta misma filosofía yo creo que impregna este Proyecto de Ley.

Con lo cual, pues, es muy probable que se mantenga lo que es la filosofía común, por una parte, pero yo voy a intentar incluso demostrar que ni siquiera se guardan esos mínimos en el proyecto, no en la expresión, no en la defensa que usted ha realizado, en el proyecto, literal y textualmente, no se guarda siquiera esa correlación con lo que en estos momentos, y ya hace bastantes años, prima al menos a nivel teórico.

Casi todos los tratadistas, al estudiar las evaluaciones de impacto ambiental, se refieren al análisis de los potenciales efectos en las relaciones entre el medio físico y las actividades que en ese medio físico puedan desarrollarse. Es decir, se pretende la valoración de las modificaciones de los sistemas naturales que por la acción humana pueden producirse. Y, ¿por qué digo esto? Porque esto fue lo que motivó la filosofía de las legislaciones sobre las evaluaciones de impacto ambiental, es decir, la prevención, decir el conocimiento previo, de lo que puede acontecer y al conocer las distintas repercusiones, actuar consecuentemente y no negando, precisamente, los efectos que puedan producirse.

Yo creo que de nada sirven las lamentaciones, sobre todo cuando son a posteriori, y, en definitiva, sólo hacen reconocer lo que significa un fracaso, negar la capacidad analítica, incluso deductiva de la propia experiencia que pueda haber constantemente, y negar, prácticamente, la operatividad de la razón humana.

Yo no voy a sacarlo aquí con ánimo de incomodar, pero con la cantidad de veces que hemos discutido sobre la planta de Santovenia, y yo me acuerdo en un momento determinado que el señor Consejero decía: yo me he encontrado hecho... me he encontrado esto, y tengo que apechar, o apecho con ello.

Cada vez que hacía esta expresión, yo denotaba un cierto rictus como de pesar por haberse encontrado un asunto ahí y tener que haber tirado con ello. Yo creo que, aunque no es una cuestión para meternos en lo concreto de esta lamentación, o de este lamento, lo que creo que debe de primar es la prevención, y, en virtud de eso, optar, optar para que no sea, precisamente, lo de la evaluación de impactos ambientales un ejercicio al final de un proyecto técnico de cualquier tipo de actividad, sino, ante los dispositivos o los planteamientos, hacer el análisis y dar la alternativa posible, que sí está enmarcada en eso que se denomina un desarrollo sostenible y equilibrado. De lo contrario, yo creo que es absolutamente, pues, una declaración de principios, pero sin más; significaría que debe de justificarse la necesidad de eso que se va a actuar, por supuesto, la idoneidad del proyecto; significaría la sostenibilidad global del proyecto, es decir, el que ese proyecto no va a producir un agotamiento o una destrucción irreversible de recursos; significaría también la solidaridad del propio proyecto, con todo lo que el conjunto de la sociedad está demandando y lo que en estos momentos ya se está planteando. Yo ayer, cuando volvía para casa, escuchaba en una emisora -no sé cuál era- que, de seguirse produciendo los efectos y las tareas que se están realizando en la Amazonia, es posible que dentro de treinta años -a lo mejor era una exageración caricaturesca- se pueda llegar a encontrar el desierto de la Amazonia.

Bueno, pues, a uno no deja de preocuparle, aunque no tenga una especialísima sensibilidad ecológica, que uno de los pulmones del universo se pueda encontrar en una cuestión de ese tipo. Y aquí, entonces, se marcan -lo que ya es un clásico en la literatura y en el cine- cuáles son los fenómenos por los cuales se desarrollan los conflictos desde el punto de vista ecológico, medioambiental o de esos estudios que se quieren realizar. Y es, por una parte, las empresas, lógicamente, que han de desarrollar, que han de intentar un proceso de industrialización; por otra parte, la Administración, que en cierto modo se coloca en el medio. ¿En el medio de quién? De la ciudadanía, de los colectivos ecologistas, de los ciudadanos en general, que presionan.

Bueno, pues, en eso que es el marco habitual, no se contempla, según entendemos nosotros, más que un fenómeno que podíamos denominar endogámico. Las empresas, que, lógicamente, tienen que hacer un tipo de tareas, las hacen, pero son las mismas empresas las que tienen que hacer su propia valoración, aunque después se lo pasen a la Administración; y la opinión pública y los colectivos, en general, de todo género, pues, se ven con una situación bastante marginal en todo este procedimiento.

Yo estoy seguro que se me va a replicar: no; se contempla que va a haber periodos de información pública. Pero yo también quiero replicar ya de antemano (porque creo que es mejor; no es el ánimo de a ver cómo se machaca a, sino cómo se dan alternativas) lo que sabemos habitualmente que significan los edictos, los bandos o los tablones de anuncios de cualquier institución, administración pública; es decir: ahí lo tiene usted, vaya si quiere y lo ve. Bueno, pues, ahí lo tiene usted, pero habitualmente no hay muchas posibilidades para poder llevarlo adelante con la fluidez que significaría, en todo caso, el que hubiese una aportación múltiple por parte del conjunto de la sociedad, sin que haya, precisamente, una demonización de cualquier tipo de empresa -y no estoy refiriéndome a empresarios, sino de empresa- que se vaya a acometer y desde las diversas perspectivas.

Bien. Decía que para ese modelo son premisas esenciales las ya citadas y, por supuesto, debe ser previo en todo proceso a toma de decisiones, de planificación, de programación, de anteproyectos, de proyectos, de controles y de seguimientos. Todo ese bagaje debe de ser un conocimiento previo, para no tener que lamentar posteriormente. Y si no hubiera, si tuviésemos que inventarnos en estos momentos instrumentos y mecanismos, podíamos estar ante una situación de decir: ¿cómo abordamos esta cuestión? Pero existen múltiples instrumentos, metodologías, descritos, desde ya el clásico trabajo de..... hasta institutos de todo género que en el campo jurídico permiten esas opciones de rechazo, de modificación o incluso de potenciación, desde el punto de vista del efecto positivo que puedan tener como consecuencias ambientales algunas actuaciones también. En definitiva, se pretende hacer mejor, no no hacer, que es ese carácter que en algunas ocasiones tienen este tipo de filosofías.

Hace veinticuatro años que algunos países establecieron ya requisitos para la redacción de estudios de impacto ambiental, y, por ejemplo, la NEPA americana ya ha promulgado en el año sesenta y nueve... decía al respecto de lo que estaba comentando que preparar una estimación detallada de los efectos ambientales y ponerla a disposición -decía entonces- del Presidente del Congreso y de los ciudadanos. Y aparecen como elementos importantes en qué casos se deben hacer esos estudios o esas evaluaciones, cuál es esa estimación detallada que debe de realizarse de cualquier tipo de proyecto de naturaleza que pueda impactar, qué difusión debe darse y en qué momento ha de redactarse. Pues bien, yo siento, me imagino que Su Señoría, me imagino que la Consejería, me imagino que el Gobierno Autónomo sí tiene conocimiento de lo que es la NEPA, sí tiene conocimiento de cuáles son todos estos condicionantes, y le esgrimo o le argumento aquí, porque es el más veterano de los organismos que empezaron a actuar en este ámbito, pero yo tengo que decirle con absoluta, con absoluta preocupación: veinticinco años después, y a pesar de lo que diga Su Señoría, ni la Directiva de la Comunidad Europea se aproxima, ni este Proyecto de Ley se aproxima, ni a la NEPA ni a la Directiva de la Comunidad Europea.

Yo creo que es absolutamente decisivo que haya una participación mayor. Y, desde luego, no entendemos lo que se quiere plantear... Perdón, sí, sí lo entendemos, porque después parece ser como que uno no sabe nada, no entiende nada, que es... Sí lo entendemos. Sí entendemos qué se quiere decir con lo de cofidencialidad. En absoluto se pretende, y nunca se ha pretendido por ningún tipo de colectivo, forzar los mecanismos legales que existen para respetar o intentar respetar los secretos industriales. Pero lo que no cabe la menor duda es que, sin tener necesidad de descubrir ningún tipo de secreto industrial, no se pueden mantener los criterios de confidencialidad que aquí se plantean, porque es una válvula, sobre todo cuando se realiza o se realice desde entidades, empresas, instituciones, agrupaciones o equipos vinculados a la empresa, para dar cada vez mayor amplitud a esa confidencialidad y, a la postre, utilizarla -y se me dirá que es un juicio de valor previo, pero no cabe la menor duda que es también un juicio experimentado-. Y con esto lo único que va a traer como consecuencia es no dar transparencia a algo que se esgrime, en la mayor parte de las ocasiones, en los discursos, pero que no se mantiene después en la propia realidad.

Es más, se habla de supuestos excepcionales en los cuales se puede excluir la necesidad y la conveniencia de hacer estudios o evaluaciones de impacto ambiental a determinados proyectos cuando se estime por parte de. Mire usted, yo creo que en estos momentos debería quedar absolutamente claro, para que no hubiese ni siquiera la duda en cuanto a las diversas razones que pueden motivar o que pueden justificar una actuación discrecional de esta naturaleza, sobre todo por el hecho del agravio comparativo: a ti sí, a mí no; en esta circunstancia sí y en otras circunstancias no.

Yo, por otra parte, entiendo también que en el texto debería de contemplarse con absoluta nitidez las alternativas posibles a ofertar ante cualquier empresa, ante cualquier planteamiento, cuando sea ese estudio de impacto ambiental negativo y, por consiguiente, rechazable; porque da la impresión como que se quieren hacer exclusivamente correcciones, y en su exposición al presentar el Proyecto de Ley insistía bastante en esto, que sí es importante que haya correcciones, pero es mucho más importante que haya la prevención, la posibilidad de conseguir que no se realice un proyecto de una naturaleza , no digo crítica, incluso moderada, si hay alternativas viables y posibles en las proximidades sin que haya detrimento sensible en cuanto a la posibilidad de desarrollo de esas industrias. Y eso es lo que, en cierto modo, también, entra en lo que se denomina filosofía del desarrollo sostenible.

Yo no voy a entrar ya en lo de las evaluaciones simplificadas, porque esto parece la declaración de la renta. Debe ser para las cuestiones de los pobres. Entonces, la verdad es que, como ya se han hecho análisis al respecto sobre esa cuestión, no me parece serio. No me parece serio que se pueda mantener criterios de esa naturaleza, porque se trata simplemente de adecuar. Habrá proyectos que sean tremendamente complejos. Y he de decir que, por ejemplo, el Título II de las evaluaciones estratégicas previas de planes y programas a mí me parece satisfactorio, a lo mejor por el nivel de ambigüedad por el que se plantea, pero se hace referencia a que todos los planes habidos y por haber, desde el punto de vista forestal, turístico, agrícola, ganadero, industrial, van a tener la necesidad de encontrarse, de confrontarse con ese análisis de impacto o estudio de impacto ambiental. Pero lo que me parece es que es preferible, sin cargar las tintas en ninguno de los supuestos, que se simplifique la estimación, la evaluación, el estudio de impacto ambiental sin tener que hacer unos límites en esas evaluaciones simplificadas, que no conducirían, me temo, más que a unas supuestas actuaciones discrecionales nuevamente también.

Bien. Yo quisiera plantear en lo que hace referencia, o en lo que se hace referencia a los tiempos de aplicación o de actuación, que ya ha sido citado anteriormente como una facilidad para un colectivo, en este caso, que son los empresarios, me parece que alguien les ha metido el miedo en el cuerpo o que, a lo mejor, su propia realidad les hace estimar que están en unas condiciones de preocupante degradación con su actividad. Yo creo que no es cuestión de culpabilizar a los empresarios; yo creo que es cuestión de que el Proyecto de Ley, cuando ya sea Ley, entre en vigor; que incluso se puedan añadir estímulos para que las empresas, los empresarios se vean impelidos a hacerlo sin tener que entrar en una colisión de intereses con el resto de la sociedad, y, desde luego, que pudiera haber, acaso, sí, una moratoria, pero en ningún caso, desde luego, una prolongación durante cinco años, como se pretende, de entrada en vigor de este Proyecto de Ley.

También entendería, que me parece que es absolutamente importante, que se establezca con mayor claridad que cada sanción -y podemos entrar en las cuantías, a nosotros nos parecen realmente escasas-, pero que cada sanción al menos sí lleven parejo la obligación de restitución del daño producido... No. Pero, en todo caso, discutiremos.

Y creo que es preferible a todos los efectos que pueda haber todavía un proceso de debate, de discusión, de análisis con las propias entidades sociales, porque, tratándose de una ley de esta naturaleza, de alto alcance, sería mucho más beneficioso para el conjunto de la sociedad que mantener a ultranza este Proyecto Ley el poder reflexionar colectivamente los Grupos Parlamentarios, pero otras entidades sociales, y poder sacar entre todos adelante un tema de esta naturaleza, que es importante.

En definitiva, tras estos exhaustivos antecedentes -y a la altura del curso en que estamos, me parece que se reducen los límites de la experiencia y de la ciencia-, nos parece en cierto modo rechazar lo básico, ya ............ anteriormente. Por tanto, sugeriríamos que se retome el Proyecto, para corregir al menos el carácter eminentemente coercitivo o correctivo, más que preventivo, de los estudios de impacto ambiental; la obligatoriedad, que debe ser condición indispensable; la información y participación con la sociedad, pero también con las administraciones o entidades locales, como los ayuntamientos; la supresión de esos pretextos de confidencialidad, para mantener las alternativas dependiendo del impacto o repercusión. Insisto en lo de los estímulos, las sanciones y las restauraciones, y lo de la entrada en vigor. Y también, y con ello concluyo, la facilitación de equipos no privados... sí privados también, pero la facilitación de equipos para que desde la Administración no seamos exclusivamente correa de transmisión de algo que va a tener que ejercer con mucha autoridad -y cada vez más- el propio Gobierno Autónomo o cualquier otra Administración, muy vinculado a las Corporaciones Locales.

Esto es lo que nos lleva a entender que sí sería aconsejable retomar, reestudiar este Proyecto de Ley, con el ánimo de poder hacer algo de consenso entre todos. Gracias.


EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR SAINZ GARCIA):

Gracias, señor Herreros. Para el turno en contra de las Enmiendas, por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Martín Fernández.


EL SEÑOR MARTIN FERNANDEZ:

Gracias, señor Presidente. Señoras Procuradoras, señores Procuradores. Estaba tentado o no de comenzar mi intervención con el mensaje que Su Señoría nos ha mandado.

Señor González, si la descalificación, si la descalificación del Proyecto de Ley se refiere a lo que su amigo el usuario escribe aquí, descalificando con una sola frase un Título de este Proyecto de Ley, dice todo ya. Si esto es lo que hay que entender como descalificación a la Ley, ya es suficiente. Yo le entiendo que le dé vergüenza decirlo, porque a mí me da vergüenza decirlo, que esto aparezca en un Diario de Sesiones.

Esto yo -en eso, sí tengo que decirle que le tengo mucho respeto- pensaba que nunca lo iba a argumentar, porque no es ni serio, ni argumentable. Porque decir esto solamente para descalificar un Título, hay que ser... En fin, su amigo sabrá lo que dice.

Vamos a centrarnos ahora en el tema de las Enmiendas, que es lo más importante, Señorías.

Yo quisiera empezar, y porque, evidentemente, las tres propuestas que ahí van... o los tres Portavoces, se han hecho de una forma reiterada, y coinciden en muchas cosas; coinciden entre ellos. Pero yo creo que lo más importante es que aquí se ha dado la sensación de intentar soltar la caja de los truenos, decir que esto es horrible, que ¡qué desastre! Y lo malo de todo es que yo creo -y tengo que decir la verdad- que seguro que lo han hecho con la mejor intención, el intentar descalificar la Ley; y yo creo que no ha sido por ignorancia, porque eso no puedo entenderlo. Pero esa mala fe tampoco puedo entenderla. Yo creo que ha sido, simplemente, por un criterio de decir: ¿cómo intentamos descalificar? Y, fundamentalmente, se han apoyado en errores, en errores, que entiendo que no han sido, quizá, los más acertados para decirlos aquí. Porque yo voy a intentar demostrarles, Señorías, que eso que se pretende decir de nuestro Proyecto de Ley, que siempre es mejorable, y que el Consejero ha dicho, evidentemente, y el Grupo está también dispuesto a aceptar las mejoras que se hagan; nadie es perfecto. Pero, ahora, no abramos una caja de truenos de cosas que no son, a veces. Y, por tanto, vamos a verlo.

Con respecto al tema, al Proyecto de Ley de Evaluación de Impacto Ambiental, hay que decir que sí recoge los instrumentos de control sobre el medio ambiente, si bien, si no se trata de unos simples instrumentos -como alguien ha intentado señalar-, en cambio, sí, por supuesto, no es correcta la apreciación de que en ningún momento se refieren a la conservación y mejora del medio ambiente de Castilla y León. Se trata de dos instrumentos con un denominador común, es decir, instrumentos de control integral y de acciones sobre el medio ambiente. Uno, preventivo, y otro, correctivo, figurando -insisto-, figurando ambos en el Proyecto de Ley, con el fin de diseñar una norma completa.

La relación de estos instrumentos con la conservación y mejora del medio ambiente es clara. La declaración de impacto trata de compatibilizar el desarrollo que supone la ejecución del proyecto evaluado y la sostenibilidad de los recursos naturales sobre los que incide ese proyecto. En el caso de que esa compatibilidad no fuera posible, la declaración de impacto ambiental determinaría el rechazo del proyecto tal como venía diseñado.

El contenido mismo del estudio de impacto ambiental refleja que lo que es objeto de estudio es, precisamente, el medio ambiente y los factores ambientales sobre los que se va a desarrollar la acción del proyecto a evaluar.

Por otra parte, las auditorías ambientales tratan, entre otras cosas, del cumplimiento de la legislación ambiental, del uso irracional de los recursos naturales empleados por la industria que se auditará, etcétera.

Como se puede apreciar, no es acertado decir que se trata... que este Proyecto de Ley se trata de simples instrumentos y que en ningún momento se refieren a la conservación y mejora del medio ambiente en Castilla y León. No hay que confundir instrumentos de control con procedimiento.

Simplemente una nota para el Portavoz, también, del CDS, cuando se refería a las auditorías ambientales. Recordarle que el Estado todavía no ha legislado sobre esta materia; que la Comunidad Económica Europea prepara un Reglamento sobre auditorías ambientales que durante el período transitorio no tendrá, no tendrá el carácter de obligatorio. En cambio, nuestra Comunidad de Castilla y León, con este Proyecto de Ley, ha desarrollado la legislación propia de esta materia y la está engarzando con los principios que inspiran este Derecho.

Otro comentario más que se ha planteado, se ha dicho, es que este Proyecto de Ley mutila las competencias de la Comunidad Autónoma. ¡Toma! Y se dice esto, y la verdad, el señor Portavoz yo sé que, en el fondo, lo tiene que decir, quizá, pero no se lo cree del todo. Mire, no mutila, en ningún caso, las competencias de esta Comunidad Autónoma. La referencia realizada a la competencia de desarrollo legislativo que usted plantea es errónea, pues la citada Ley 9/92, de veintitrés de diciembre, transfiere -lo leo clarísimamente-, transfiere la competencia de dictar normas adicionales de protección del medio ambiente y no de desarrollo legislativo. Nos guste o no nos guste, pero así es.

La competencia disponible en medio ambiente, con anterioridad a la citada Ley 9/92, era solamente de ejecución. Por lo tanto, este Proyecto de Ley no mutila, en ningún caso, las competencias de esta Comunidad, sino todo lo contrario, todo lo contrario, al regular en el mismo los dos instrumentos de control integral para la conservación y mejora del medio ambiente.

Cuando usted habla, también, del órgano administrativo sobre medio ambiente, que es la Consejería, pues, efectivamente, en relación con las evaluaciones de impacto ambiental, hay que dejar esta situación, también, muy clara. Las competencias para actuar como órgano ambiental, es decir, el órgano que realiza la evaluación de impacto ambiental y firma la declaración de impacto ambiental vienen fijadas por legislación básica, vienen fijadas por legislación básica. Quizá de ahí venga su error, señor González. Pero yo solamente le digo: fíjese bien en el detalle, legislación básica, y, además, del Estado, evidentemente. En ella se preceptúa que las... en ella -insisto-, en esta Ley básica se preceptúa que las evaluaciones de impacto ambiental, las realizadas por la misma Administración Pública que autoriza o realiza el proyecto a evaluar. Dicho claramente: si no se hace esto, es saltarse la Ley a la torera.

Más le voy a decir. Si el sistema diseñado por la legislación básica no es de su gusto, de su Grupo, yo le animo a que presente en las Cortes Nacionales aquellas acciones necesarias para hacer posible esta modificación. Mire, no nos pida, no nos pidan que nos saltemos la Ley a la torera, diciendo cosas que no tenemos y que no podemos hacer.

Insisto: sería actuar siempre en contra, sería siempre actuar en contra de la Ley. Y esto podría crear, además, gran confusión en la opinión pública, y que luego, además, llevaría, pues, a ciertas dificultades para intentar lo que todos queremos, que es conservar y mejorar el medio ambiente de Castilla y León.

Además, el Proyecto de Ley no se transforma en un estudio de impacto ambiental -como también se ha querido decir- por establecer dos Anexos, uno para las evaluaciones de impacto ambiental ordinaria y otra para las simplificadas. Esta práctica permite diseñar la aplicación de las evaluaciones de impacto ambiental de una forma racional, no pidiendo nada más que lo necesario, en base a la potencialidad de producir impacto en las actividades a evaluar y, en consecuencia, a lo establecido en estas evaluaciones. Esta práctica de racionalizar viene ya siendo utilizada, y de ello la misma Directiva de la Comunidad Europea lo hace y establece también dos Anexos -y esto el Portavoz del Grupo del CDS, antes, decía que no, pero yo tengo que decirle que es al revés, que mantiene los dos Anexos-, del mismo modo que muchas Comunidades Autónomas establecen también el mismo sistema.

Los criterios seguidos para definir el contenido de ambos Anexos están basados en las valoraciones de los múltiples contactos celebrados con los interesados y afectados por el Proyecto de Ley, así como la expresión y la experiencia de la aplicación de la legislación básica del Estado en nuestra Comunidad Autónoma, tratando, además, de confeccionar un listado equilibrado en sí mismo y en relación, y en relación de uno con el otro, y de las actividades y factores del medio ambiente en todos ellos, y, además, de una forma específica dentro de nuestra Comunidad.

Con respecto al punto que se hablaba de indefensión social, yo tengo que decir que es falso. La información pública de las evaluaciones de impacto ambiental simplificada -lo es la normal- será objeto de desarrollo reglamentario. Si Sus Señorías tienen su duda, yo tengo que decirlo claramente: serán, serán objeto de desarrollo reglamentario correspondiente. Y en cuanto a las ordinarias, pues, justamente estamos a lo que se prevé en el procedimiento de las evaluaciones de impacto ambiental del Estado, es decir, que en su Reglamento se tendrá que desarrollar cómo será la información pública. Y esto no es hurtar participación, ni hacer nada de ocultismo.

Y con respecto a un detalle que planteaba Su Señoría el Portavoz del Grupo Mixto, tengo que decirle que, en cuanto a la confidencialidad de cierta información contenida en la portada por el promotor del proyecto a evaluar, se está -como se dice en el Proyecto de Ley- a lo previsto en la legislación vigente sobre propiedad industrial y secretos comerciales e industriales, como no podía ser de otra manera. Entendemos que es como no puede ser de otra manera, si la Ley así lo preceptúa.

Lo mismo cabe decir sobre información considerada de uso interno en la realización de la notaría ambiental. En cualquier caso, será todo ello, sin perjuicio de lo aplicado por la Directiva 90/313 de la Comunidad Europea, sobre libertad de acceso a la información en materia de medio ambiente, de siete de junio del noventa, marco garante del derecho a dicho acceso. Se lo digo para su tranquilidad, con respecto al tema de esta información.

Yo vuelvo a insistir, otra vez, en el órgano administrativo del medio... de medio ambiente de la Junta de Castilla y León, que es la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, porque, entre otras cosas, así lo dice el artículo 5 del Decreto 1302/86, de veintiocho de junio, sobre evaluación de impacto ambiental, que -como se dijo anteriormente- es legislación básica. Pues, ante eso, pues, el hecho de situarla en otro ámbito administrativo, aparte de ir en contra de la Ley, significaría aislarlo de las valoraciones correctas sobre el medio ambiente, que se tiene que realizar con motivos intrínsecos de lo regulado en el Proyecto de Ley.

Señorías, tendremos tiempo, porque, evidentemente, no vamos a aprobar las tres Enmiendas a la Totalidad presentadas por ustedes, porque -tengo que decirlo- han confundido muchas cosas. Seguro que con la mejor intención, con la mejor intención; han sacado la caja de los truenos y han dicho "esto es... cuidado". Pues, no.

Señorías, hemos intentado, o he intentado demostrar en este breve espacio -porque sería prolijo abundar en todos los temas- que esto no es así.

Evidentemente, no vamos aceptarles sus Enmiendas a la Totalidad, porque de lo dicho al hecho -como dice el refrán- va un gran trecho. Y, por tanto, de ahí, no.

En cambio, sí tendremos la oportunidad, en Ponencia y en Comisión, como es costumbre y venimos haciendo -no eso de aplicar el rodillo de nuestro Grupo-, como es costumbre y venimos haciendo en la práctica democrática nuestra, de aceptar todo aquello que mejora sustancialmente este Proyecto de Ley. Ha habido ejemplos aquí, y ejemplos que estamos practicando con otras leyes, con otras leyes. No me diga eso. Si usted me presenta ocho Enmiendas a la Ley de Actividades Clasificadas, también lo que luego me comenta en la Ponencia, sabe que usted que, si es así, muchas se le aceptan. Por tanto, en eso no puede decir que no.

Nuestra práctica democrática, evidentemente, sí acepta el diálogo. Uno, por la vía de la enmienda, y otro, por la vía de la mejora en todo lo que haya que hacer por vía Ponencia. Allí, Señorías, nos veremos y allí no solamente se aplicará el criterio del voto ponderado en cuanto al número, sino también en la calidad de la información, que es el momento de empezar a tratar si este Proyecto de Ley que hemos traído hoy a la Cámara, que el Gobierno trae a la Cámara, es bueno o es malo. No se asusten nuestros conciudadanos que lo que estamos haciendo es proteger el medio ambiente, no lo que alguno pretendía con cosas que, evidentemente, con su expresión escrita se han descalificado.

Nada más. Gracias, señor Presidente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Gracias. Para turno de réplica por los Grupos enmendantes, señor González, del Grupo Socialista.


EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ:

Señor Presidente, Señorías. Dada la amable recomendación del Presidente, intentaremos ajustarnos lo máximo posible al tiempo.

En primer lugar, y puesto que el Portavoz del Grupo Popular en estos momentos, a falta de otros argumentos más consistentes, que realmente pocos ha dicho, se ha referido a la distribución por mi parte de una hoja en la que hago transmisión a los parlamentarios de la opinión de la sociedad civil o de una parte de la sociedad civil sobre una parte importante del Proyecto de Ley, y ha citado a este señor, presidente de una asociación de consumidores y usuarios como si fuera mi amigo, y lo ha dicho dos o tres veces, intentando como transmitir la idea de que, como es amigo mío, he logrado yo que diga eso de la Ley, no le conozco. Tengo y mi Grupo tiene, además, yo creo que es una buena costumbre, el uso de que, cuando hay un proyecto de ley, se lo transmitimos a mucha gente -sociedades, ecologistas, universidades, etcétera-, para que nos hagan llegar aquellas indicaciones que consideren oportunas para incorporarlas después por la vía de enmiendas; si es posible, nosotros, sin compromiso ninguno, las estudiamos. Pero, realmente, nos contestan muchos, sin que sean amigos, simplemente en un ánimo de la sociedad civil, en este caso de la Organización de Consumidores y Usuarios, de participar, aunque sea indirectamente, en el debate de la Ley. Otra cosa -y yo me lo explico- es que, dada la calidad del texto, ese texto provoque en la sociedad y en la gente comentarios de esa naturaleza. Pero no es el comentario en sí lo peligroso; lo peligroso es el texto, que es lo que provoca, precisamente, ese comentario. Había un libro que se llamaba "La demagogia de los hechos", que a lo mejor usted no leyó (es que era de otra época), pues, en el que se decía que hay hechos que en sí mismos son demagógicos y que hablar de ellos significa hacer demagogia. Bueno, pues, hablar de este texto de ley, en opinión de esa asociaciones de consumidores y usuarios, significa hacerse eso que el texto dice.

Dicho eso, corregir alguna inexactitud. Yo tengo delante de mí -porque no podía ser de otra manera, porque va a ser a partir de ahora texto importante de reflexión y de manejo- el texto completo de la Ley Orgánica de veintitrés de diciembre del noventa y dos, la Ley 9. Esta Ley introduce factores de modificación en el ordenamiento jurídico competencial del Estado español, porque, si no los introdujera, no hubiera sido necesario hacerla: estaba todo clarísimo. Por lo tanto, normativa anterior a la Ley y que la Administración Central, en su caso, pudiera determinar, unilateralmente incluso, que era normativa básica puede haberse visto modificada por la publicación de esta Ley. Artículo 3, transferencias de competencias de desarrollo legislativo y ejecución, que es lo que he dicho textualmente: "Se transfiere a las Comunidades Autónomas de Asturias, Cantabria... tal, tal... Castilla y León, en el marco de la legislación básica del Estado y en su desarrollo en los términos que la misma establezca... etcétera... normas adicionales de protección del medio ambiente". Eso es lo que he dicho. Y no he dicho otra cosa. Por lo tanto, no hace falta que usted me corrija. Tenemos competencias en desarrollo legislativo y ejecución en dictar normas adicionales de protección del medio ambiente, que es lo que había dicho. Por lo tanto, su argumento, al decir lo mismo que yo digo, no es un contraargumento: estamos de acuerdo. Y yo lo que creo es que este texto que ustedes nos han presentado aquí no se corresponde con esas nuevas competencias que tiene la Comunidad Autónoma y que no tenía antes, y que no tenía antes. Han sido transferidas en virtud del pacto autonómico y su reflejo concreto en la Ley Orgánica a la que nos hemos referido. Esa situación modifica o puede modificar, de hecho, normas que... Por ejemplo, el Real Decreto Legislativo 1302 o la legislación conexa con ese Real Decreto (nunca hablamos de leyes, siempre de reales decretos), que en el año ochenta y seis y en el año ochenta y ocho fueron denominadas como básicas, pueden ser modificadas perfectamente por el acuerdo autonómico y por la Ley que lo desarrolla. No admitir eso es no admitir que esa Ley ha tenido la virtualidad de aportar a la Comunidad Autónoma nuevas competencias que no tenía, y precisamente la de desarrollo legislativo y de ejecución en dictar normas adicionales de protección del medio ambiente.

Por lo tanto, seguimos insistiendo en que la Ley, el Proyecto de Ley lo que hace es dividir en dos el medio ambiente de la Comunidad, en función, en función de quién autoriza o ejecuta un proyecto. Y yo creo que eso, ni lo dice la Constitución, ni lo dice el Estatuto, ni lo dice, por supuesto, la Ley Orgánica recientemente aprobada. Nosotros tenemos competencias en todo nuestro medio ambiente dentro de los contenidos de la ley general. Por lo tanto, si una industria que autoriza un ayuntamiento, o que autoriza una diputación, o que ejecuta una diputación, afecta al medio ambiente, nosotros, como Comunidad Autónoma, y, por lo tanto, el Gobierno, tiene la obligación ineludible de manifestarse sobre los efectos medioambientales que esa actividad tiene. Otra cosa es que la autoridad que tiene que autorizar haga caso o no, porque eso la legislación también dice bien claro que la decisión medioambiental no vincula a la decisión final de la Administración competente.

Por lo tanto, yo creo que el señor Procurador interviniente por parte del Grupo Popular no ha deshecho ninguno de los argumentos. No ha dicho, ni ha podido decir, porque es imposible, rebatir el hecho de que, efectivamente, la Ley mutila nuestras competencias medioambientales. No ha rebatido -y eso también es grave- por qué el propio Proyecto de Ley se erige en un estudio de evaluación de impacto. Es función de un estudio de evaluación de impacto determinar, como primera medida, la relación entre los efectos medioambientales y el propio Proyecto. Es el estudio de impacto ambiental, por tanto, y la declaración de impacto la que tiene que decir si el impacto es moderado, si el impacto es severo, etcétera, etcétera.

Este Proyecto de Ley dice previamente, y sin ningún estudio de impacto y sin nada que lo predique, que hay determinadas actividades que tienen un efecto ligero sobre el medio ambiente. Y ésas, que las decide el Proyecto unilateralmente, que yo creo que es el señor Consejero además el que ha hecho este Proyecto en esa materia, decide que determinadas actividades tienen un efecto leve sobre el medio ambiente. Y decide, a su vez, que esas actividades sean sometidas a una evaluación simplificada.

Y yo he puesto algunos ejemplos: ¿cómo es posible que la Ley y el Proyecto de Ley diga que las industrias que manejan productos tóxicos y peligrosos deben ser sometidas simplemente a la valoración simplificada de impacto ambiental? ¿Porque lo dice el Proyecto de Ley?

Pues casi seguro que, si preguntamos a los ciudadanos, todos los ciudadanos opinarán, y los expertos, que una actividad industrial que maneja residuos tóxicos y peligrosos, o productos tóxicos y peligrosos, debe ser sometida a evaluación normal, a evaluación de impacto ambiental. Luego esa Ley regresa, no progresa; regresa en esa materia.

Si preguntamos a los ciudadanos de Valladolid si se puede talar el Pinar de Antequera sometiéndole simplemente a evaluación de impacto ambiental simplificada, casi seguro que opinarán que no. Primero opinarán que no se debe talar. Y, segundo, que si hay alguna propuesta de hacerlo, sea sometida a evaluación de impacto ambiental. Y con este Proyecto de Ley, si la superficie que se pretende talar es menor de cincuenta hectáreas, se puede talar sin ningún tipo de evaluación de impacto. Obras, instalaciones o actividades sometidas a evaluación simplificada de impacto ambiental: "Corta o arranque de arbolado en superficies continuas de más de cincuenta hectáreas". Quiere decir que las que tengan menos no es necesario someterlas a evaluación de impacto. Por lo tanto, curioso es esta cuestión.

No rebate, en absoluto, la tesis de que la Consejería de Medio Ambiente y la Junta de Castilla y León se erige en único árbitro en la toma de decisiones, sin contar con la sociedad civil, sin contar con nadie, sin contar con nadie. Deja a la sociedad el derecho al recurso, que en muchos casos es el derecho al pataleo, exclusivamente. Pero no permite, no permite que la sociedad participe en la elaboración y en la toma de decisiones respecto al impacto ambiental de las actividades que se generan. Por lo tanto, deja a la sociedad indefensa, la obliga a ir a los tribunales si discrepa, si discrepa, en lugar de dar participación a la sociedad en la elaboración de la declaración de impacto, que al final es el instrumento básico de todo el proceso.

No rebate, en absoluto, tampoco, la idea que tenemos sobre la confidencialidad. Si ustedes... Si realmente, si realmente el Proyecto quería decir lo que usted ha dicho que quiere decir, lo que tiene que hacer el Proyecto es decirlo, es decirlo. Si realmente usted quiere decir que las evaluaciones simplificadas de impacto ambiental van a tener información pública, que lo diga el Proyecto, no que no lo diga; no que diga que la Junta desarrollará después ese procedimiento; que lo diga. En ese sentido haremos las enmiendas pertinentes; están hechas, además, ya.

Por lo tanto, señor Portavoz, yo creo que no ha rebatido usted en su intervención ni uno solo de los argumentos que hemos dado. El Proyecto es malo, porque además regresa sobre lo ya existente. Un simple Decreto de la Junta en el que enumerara unas cuantas actividades más a someter al trámite normal de evaluación de impacto ambiental sería suficiente para mejorar este Proyecto. Han querido hacer una cosa que no se entiende. Que sí se entiende, se entiende perfectamente: han querido evadir del procedimiento normal de evaluación de impacto una serie de actividades sometiéndolas a un proceso simplificado de evaluación de impacto inconsistente. Han querido decir que en el futuro, no se sabe cuándo, van a someter los planes y programas de la Junta a evaluación de impacto ambiental; pero no dicen ni cómo ni cuándo. Han creado una cosa que se llama "auditorías ambientales", que se diferencian de las europeas en que en las europeas hay que hacer cosas y evaluar las cosas que se hacen. Y aquí no hay que hacer nada; hay que evaluar los procedimientos. Por eso es obligatoria, por eso es obligatoria, porque no tiene ningún tipo de compromiso. Es una forma de pagar algo, no sé a quién, porque casi seguro que lo volverán a hacer quienes hacen estos proyectos de ley: las mismas empresas, los mismos sitios, los mismos lugares y las mismas personas.

De cualquier manera, nosotros estamos de acuerdo con una afirmación que ha hecho el Portavoz del Grupo Mixto y que indica -y creemos además firmemente- que este Proyecto de Ley puede ser muy importante si el Proyecto se redacta adecuadamente. Pero redactarlo adecuadamente significa mudarlo, cambiarlo, de tal forma que es imposible hacerlo por la vía de la enmienda parcial. Yo estoy de acuerdo que ha habido proyectos que han tenido una variación sustancialísima a lo largo de Ponencia y Comisión. Por lo que yo sé y deduzco en esta Ley, ese proceso no se va a repetir, no se va a repetir. Luego esta Ley va a quedar, a lo largo de su paso por Ponencia y Comisión, con muchos de los graves defectos que tiene.

Si, realmente, el Consejero hizo su ofrecimiento en serio, nosotros estamos dispuestos a, si se retira el Proyecto de Ley, entrar a discutir punto por punto, elaborar conjuntamente un Proyecto y presentarlo a esta Cámara por unanimidad. Y lo decimos aquí, que es donde hay que decir las cosas; no en los pasillos, o en los lugares donde no llega. Estamos dispuestos a hacerlo, si es necesario, artículo por artículo, punto por punto, y llegar a un intento de consenso en el contenido total y absoluto de la Ley, con el compromiso, además, de votarlo en esta Cámara unánimemente, como hemos hecho con otros Proyectos de Ley.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Señoría, le ruego vaya concluyendo la intervención.


EL SEÑOR GONZALEZ GONZALEZ:

Sí, señor Presidente. Acabo ya.

Por lo tanto, ese ofrecimiento es un ofrecimiento firme, hecho en la Cámara, delante de todos.

Y yo espero, del bueno sentido, del buen sentido de la Junta, que, realmente, un Proyecto de esta naturaleza sea retirado y se abra un proceso de negociación con las fuerzas políticas, para llegar a un acuerdo sobre sus contenidos, realmente importantes para la Comunidad.

Nada más y muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Muchas gracias. Señor Sagredo, en nombre del CDS, tiene la palabra.


EL SEÑOR SAGREDO DE MIGUEL:

Gracias, Presidente. Muy rápidamente, aprovechando o agradeciendo la gentileza del Portavoz del Grupo Popular de haber pasado sobre ascuas sobre las cuestiones que se han manifestado en esta tribuna.

Agradecerle también que, únicamente, en las manifestaciones del CDS ha puesto de manifiesto que son más adelantados que la legislación comunitaria en las auditorías medioambientales. Tan siquiera conocen el nombre, y las han traducido mal. Algo sobre Anexos, que no he entendido. Y algo sobre la información al público, que, realmente, es sorprendente.

Que se hable de apertura a la información al público en esta Consejería en concreto, cuando es una tarea de Hércules conseguir la documentación por los propios Parlamentarios, realmente, es una manifestación que no tiene por menos que dejarnos confusos.

Y como me supongo que Sus Señorías ya están absolutamente de acuerdo en que estas Enmiendas a la Totalidad van a ser rechazadas, yo solamente quiero, como argumento de autoridad, manifestar cuestiones que tratadistas y especialistas ya han puesto de manifiesto y que tiene, lógicamente, que conocer la Junta.

El contenido concreto del Proyecto necesita una mayor perfección técnica. Y, en cuanto a las auditorías ambientales, es esencial ajustarse a la normativa comunitaria o esperar a la normativa comunitaria y seguir muy de cerca su elaboración, pues, una vez aprobado el Reglamento, será aplicable en todo el Estado, primando sobre cualquier norma interna.

Esa propuesta de Reglamento, Señorías, se ha perfilado con las modificaciones en marzo del año noventa y tres; y, sin embargo, no se ha tenido en cuenta en absoluto para la regulación de esta figura importantísima en el Proyecto de Ley que tratamos.

Y voy a terminar, únicamente, con una cuestión que me preocupa más: el Grupo Popular, a partir... o a través de su Portavoz, manifiesta que no van a aceptar las Enmiendas a la Totalidad -que están en su derecho-, y que en Ponencia o Comisión se verá si el Proyecto es bueno o malo, porque es el momento para saberlo.

Y a mí me gustaría hacer una llamada de atención en esta Cámara, porque, si esto es así, el diálogo, el talante de apertura, realmente, queda absolutamente puesto de manifiesto que no es así.

Yo no voy a intentar convencer al Partido Popular de que esto es un mal Proyecto, de que se debía reconsiderar retirarlo en este momento, porque estoy convencido -con otros Portavoces- que va a ser aprobado por mayoría mecánica. Pero me parece que emplazar al momento de Ponencia y Comisión para decidir si es bueno o malo un Proyecto de Ley es yo creo que una práctica parlamentaria absolutamente execrable, y ese asunto es su responsabilidad, desgraciadamente.

En cualquier caso, si se produce un milagro y, desde este momento a que tengan que intervenir, deciden retirar el Proyecto, estamos absolutamente de acuerdo con los demás Grupos de ponernos a trabajar juntos, con objeto de obtener un Proyecto mejor. Y, en caso contrario, haremos lo posible, parchear lo posible, pero con el convencimiento de que todo ese trabajo, poco gratificante, no va a obtener un resultado aceptable.

Y, en cualquier caso, digo que ésa es su responsabilidad, desgraciadamente.

Gracias, Presidente. Señorías.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Gracias, Señoría. Tiene ahora la palabra el señor Herreros, en nombre del Grupo Mixto.


EL SEÑOR HERREROS HERREROS:

Gracias, señor Presidente. Señorías. Bueno, yo doy por supuesto y por entendido que, puesto que no ha habido ningún tipo de alusión a la intervención que ha realizado el Grupo Mixto, se da por buena la argumentación, absolutamente lógica y razonable, y, entonces, que sí van a retirar el Proyecto; no en virtud de la Enmienda a la Totalidad planteada por el Grupo Parlamentario Socialista -lo siento-, creo que tampoco en virtud de la del CDS, pero, como no ha habido, prácticamente, respuesta, pues, me imagino que sí se tomará en esa consideración.

Mire usted, decía: "Estamos protegiendo el medio ambiente". Si no fuera un chiste, le diría: "Sí, pero muy poco". No voy a hacer alusión a un montón de denuncias que en estos momentos existen, que tiene conocimiento la Consejería, que son de aplicación no del Proyecto futuro de esta Ley, sino de las normas que en estos momentos están vigentes a nivel del Estado, y que son de aplicación en la Comunidad Autónoma, y que están funcionando desde hace muchísimo tiempo, que están denunciadas desde instancias privadas... perdón, de instancias públicas, de la opinión pública -no denunciadas a nivel judicial, sino a nivel político-, y que llevan años y años actuando, o permitiendo, o consintiendo esta Administración y la Administración Central, sin que haya ningún tipo de modificación o de corrección sobre el particular.

No voy a insistir en la conveniencia, en lo que nos parece absolutamente importante. Y yo lo siento, he estado repasando sobre la marcha y sigo sin ver que haya necesidad de incrustar como elemento previo en los planes, en las programaciones, lo que es el análisis, el estudio, la evaluación posible -y ése es el carácter previo-, para que pueda llegar a determinarse que, efectivamente, se puede o se debe optar por eliminar el supuesto, dado que va a ser, realmente, contraproducente para el medio ambiente.

No hay una pretensión, desde el punto de vista de la confidencialidad, en saber cuál es la fórmula del ácido sulfuroso, o saber los intríngulis internos; no es ésa la pretensión. La pretensión es saber que cualquier tipo de actuación, industrial o de otra naturaleza, puede producir, produce -si se hace el estudio y así se concluye- una serie de consecuencias que son perfectamente evitables. Y, por supuesto, se trataría de garantizar cualquier tipo de confidencialidad.

Y hay interpretaciones en otra de las cuestiones que se han esgrimido. Yo tengo aquí, en mi mano, cuáles son las características fundamentales que plantea -decía anteriormente- desde el año mil novecientos sesenta y nueve la NEPA. Yo tengo aquí las Directivas sucesivas que se han venido planteando desde la Comunidad Europea, e incluso las referencias legislativas de distintas Comunidades Autónomas.

Yo tengo que decir, respecto a lo que se plantea o se dice, ¿cuándo ha de efectuarse el estudio? Y ya todo el mundo concluye que el estudio ha de ser previo. ¿Cuál es el carácter de difusión del estudio? Y no es la información, sino el que la opinión pública pueda expresarse en esa materia, y, por consiguiente, quiere decir una participación expresa. ¿Cuándo debe o cómo debe de efectuarse el estudio? Y aquí hay diversas teorías: si ha de ser el propio promotor o ha de ser compartido y mixto; y ha de ser el propio promotor, para que entienda que los costes de un estudio de esa naturaleza le llevarán a cuidar mucho más las repercusiones; pero ha de ser la propia Administración, para que haya una mínima garantía en cuanto a que se puede dar credibilidad o fiabilidad definitiva a estudios de esta naturaleza.

Y yo mencionaba anteriormente la formación de equipos. No los hay. Existen en casi todas las ramas del saber algunas apreciaciones, pero, como elementos de conjunto que puedan garantizar o verificar desde el punto de vista científico, no hay en estos momentos equipos suficientes para que se puedan realizar con mínima garantía estudios de esta naturaleza.

En definitiva, si he de decir, con la ironía que expresaba al principio, que van a hacer la aceptación de esa Enmienda a la Totalidad en virtud del planteamiento realizado por el Grupo Mixto, pues bien, como no me lo creo, yo, sinceramente, y sin el ánimo que usted pretendía, señor Portavoz del Partido Popular, de desencadenar ningún tipo de extraño maniqueísmo de buenos y malos, suscribo, en cierto modo, lo que planteaban los Grupos anteriores: vamos a hacer, puesto que es algo importante y trascendental para el futuro en esta Comunidad Autónoma, y con un carácter básico, hagamos ese esfuerzo; yo sé que ahora ya es bastante tarde, porque -con absoluta franqueza-, si ha de calificarse de alguna manera determinada este Proyecto de Ley ante lo que significa el análisis comparado de la legislación existente, de los estudios a los que yo me refería anteriormente, que datan ya de hace más de cinco lustros, lo siento, pero si no se modifica sustancialmente en el trámite que lleve de aquí en adelante, este Proyecto de Ley nos lleva a no modificar en absoluto lo que en estos momentos no satisface ni a la Junta, ni a la Consejería, ni a ningún Grupo Parlamentario, de cuál es la línea que se está siguiendo desde el punto de vista medioambiental; pero no por imputación de la política, que es posible que el señor Consejero diga: ya se está haciendo crítica, no, porque todavía falta, incluso, en la propia sociedad sensibilidad suficiente para ese modelo de desarrollo sostenible, que creo que vamos a tener que hacer un monográfico sobre lo que significa esta cuestión, porque es difícilmente compaginable o compatible la necesidad de producir, la necesidad de generar puestos de trabajo y la necesidad de contemplar que el planeta debe de servirnos para ahora, pero mucho más para el futuro. Lo hemos heredado, o nos lo han dejado nuestros hijos, y ya sabremos qué tenemos que hacer con él.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Gracias. Para dúplica, en nombre del Grupo Popular, señor Martín Fernández, tiene, finalmente, la palabra.


EL SEÑOR MARTIN FERNANDEZ:

Gracias, señor Presidente. Señoras Procuradoras, señores Procuradores. Agradecer el tono planteado en las últimas intervenciones. Ya se ha visto que la cosa ha ido ya... la caja de los truenos se ha ido apagando; con más tranquilidad.

Voy a intentar hacer una referencia muy rápida a las tres intervenciones de los tres Portavoces.

A la del señor Sagredo. Tengo que decirle, señor Sagredo, que, como usted ya parece que está de vuelta del tema de todo esto, pues, poco hay ya aquí que decirle. Pero solamente recordarle una cosa: la mayoría mecánica a la que usted se refiere -no sé que será eso de mecánica-, esa mayoría es la que nos han dado los ciudadanos de Castilla y León. No se va a enterar; cuando llegue el día y tenga el Diario de Sesiones quizá tenga la oportunidad de enterarse mejor.

Señor Herreros, yo creo que..., hombre, no puedo contestarle a todos los planteamientos que usted hacía. Yo le puedo decir que sí me he estudiado tranquilamente todo lo que usted planteaba en su Enmienda a la Totalidad, pero, como usted hacía mucho hincapié en un tema, que era -diríamos- esa falta de participación ciudadana, yo le he insistido en ese punto, porque entendía, entendíamos nuestro Grupo que a través de la información pública, ahí están los medios perfectamente para poder conseguir esa participación, para que la gente pueda opinar, incluidos los ayuntamientos, que aquí ayer no se hablaba prácticamente, incluidos los ayuntamientos. Por tanto, tenemos que estar tranquilos de que esa información, esa participación existe y va a existir. Pero lo curioso es que a esta la ha criticado, por un lado, de que es una Ley un tanto procedimental y, en cambio, se nos critica ahora de que no está reflejado en la Ley justamente la información pública. ¿En qué quedamos; qué es o no lo es? Evidentemente, yo les digo, para su ánimo y para su tranquilidad: la información pública, porque es que es... déjeme decir lo de cajón, está clarísimo que va a estar, y está.

Yo le decía al Portavoz del Grupo Socialista, el señor González, que seguro que lo hace con la mejor intención, pero confunde, señor González. Usted, cuando dice que mutila las competencias, señor González, de verdad, el artículo 3 punto c) dice: normas adicionales de protección del medio ambiente. Y solamente pueden ser de una ley básica, solamente pueden ser de una ley básica. Es decir, usted ahora nos viene a decir -y es bueno que aquí en esta Cámara lo hayamos escuchado- que mañana, cuando la Administración Central quiera pasar por Prádena, por ejemplo, el tren de Alta Velocidad, el señor Consejero y la Consejería podrán intervenir y decir si se aprueba o no el proyecto de impacto ambiental. Que no, señor González, que no; que nuestras competencias no van por ahí; y si van por ahí, señor Consejero, como veo que dice que sí, apúnteselas como sea, porque así podremos intentar que muchos destrozos que se han producido en la Comunidad Autónoma de Castilla y León por obras de la administración pública del Estado, al menos su Consejería podrá pararlas, según las competencias que dice que mantenemos el señor Portavoz, el señor González. Por favor, que el órgano sustantivo es quien tiene que aprobarlo, y es justamente la Administración Central. A mí no me gusta................ prefería tenerlas.

Mire, con respecto al Pinar de Antequera, ¿usted alguien... cree que a alguna cabeza humana se la va a tratar como dice de... no sé que ha dicho, más o menos que ahí podía entrar una bomba nuclear? Hombre, hay medios y mecanismos suficientes para evitarlo, que usted está queriendo decir y asustar. No. Porque hay mecanismos ya en la Ley suficientes para hacerlo por ser menos de cincuenta hectáreas. No nos asuste, que por ahí tampoco puede ser.

Cuando usted hacía referencia a que nuestra ley es la ley del pataleo, pues yo tengo que decir una cosa, por eso de la participación ciudadana o de la información pública; le insisto, le insisto: será la ley del pataleo con respecto a la ley básica, que es justamente la que está marcando las pautas de cómo hacer las cosas. La nuestra, participación, participación y, además, información.

Me gusta que se animen. Yo es un tema que me alegro que el tema salga así, que se vaya animando, porque estaba la mañana un poco decaída.

Señorías, evidentemente, y anunciarles que no vamos a aprobar, no vamos a admitir las Enmiendas a la Totalidad. Aunque alguien no entienda que el foro para seguir participando y colaborando y haciendo democracia son las Comisiones y las Ponencias, que lo son, y para mejorar las leyes, que en eso sí que estamos también, y creo que hemos dado ejemplos allí como dice. Esperemos de su buena colaboración, de su leal oposición y por el bien de nuestra Comunidad, intentemos que este buen Proyecto, aunque no les guste, siempre sea susceptible de mejora, siempre que los representantes de la mayoría del centro-derecha de este hemiciclo entienda que se van a mejorar, se van a mejorar las condiciones de este Proyecto de Ley.

Nada más, señor Presidente. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Muchas gracias. Silencio, por favor. Se someten a votación, conjuntamente, las tres Enmiendas a la Totalidad que acaban de ser debatidas. Los que estén a favor de las Enmiendas, levanten la mano. Levanten la mano, por favor. Gracias. Los que estén en contra. ¿Alguna abstención?

Resultado de la votación. Votos emitidos, ochenta y dos. Votos a favor de las Enmiendas, treinta y nueve. Votos en contra, cuarenta y tres. Abstenciones, ninguna. En consecuencia, quedan rechazadas las Enmiendas a la Totalidad que habían presentado los Grupos Parlamentarios Socialista, de Centro Democrático y Social y Mixto al Proyecto de Ley de Evaluación de Impacto Ambiental. Dicho Proyecto será remitido a la Comisión de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de estas Cortes para que prosiga su tramitación en forma reglamentaria.

Y pasamos al octavo punto del Orden del Día, que dará lectura el señor Secretario.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ZAMACOLA GARRIDO):

Octavo punto del Orden del Día. "Propuesta de tramitación por el procedimiento de lectura única del Proyecto de Ley de crédito extraordinario para conceder una subvención a la Mancomunidad Valle del Tiétar por un importe de ciento veinticinco millones de pesetas"


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Ruego también al señor Secretario dé lectura al acuerdo de la Mesa proponiendo al Pleno la tramitación de este Proyecto por lectura única.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ZAMACOLA GARRIDO):

La Mesa, en su reunión de fecha de diez de junio actual, de acuerdo con el parecer favorable de la Junta de Portavoces, propone al Pleno de las Cortes la tramitación en lectura única del Proyecto de Ley de crédito extraordinario para conceder una subvención a la Mancomunidad Valle del Tiétar por un importe de ciento veinticinco millones de pesetas.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

: ¿Se aprueba por asentimiento esta propuesta? Queda aprobada.

El señor Secretario procederá a dar lectura al noveno punto.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ZAMACOLA GARRIDO):

Noveno punto del Orden del Día: "Debate y votación por el procedimiento de lectura única del Proyecto de Ley de un crédito extraordinario para conceder una subvención a la Mancomunidad Valle del Tiétar por un importe de ciento veinticinco millones de pesetas".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Para la presentación del Proyecto de Ley, en nombre de la Junta, el señor Consejero de la Presidencia tiene la palabra.


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR HUIDOBRO DIEZ):

Gracias, señor Presidente. Señorías. El veintiuno de julio de mil novecientos ochenta y seis se produce un incendio que afecta a unas siete mil hectáreas de pinar, situadas en los montes públicos de los municipios de Pedro Bernardo, Gavilanes y Lanzahíta de la provincia de Avila. Surge de forma inmediata la necesidad de proceder a la limpieza y regeneración de los montes afectados, lo que había de producir un enorme volumen de madera a aprovechar, según los cálculos iniciales: en torno a trescientos veinticinco mil, a trescientos cincuenta mil metros cúbicos, de los cuales doscientos mil metros cúbicos se considerarían aptos para el serrado. Los trabajos, estos trabajos de limpieza y de explotación, se podían hacer o bien por la Mancomunidad del Valle del Tiétar, ya constituida por estos tres municipios y el de Casavieja, o como realmente se hizo posteriormente, mediante la constitución de una sociedad anónima llamada "Maderas del Tiétar", de la que la Mancomunidad tenía una gran participación, el 88% inicialmente, y posteriormente el 66%, y de la que formaban parte además algunas empresas madereras de la zona.

La constitución de "Maderas del Tiétar S.A." responde a un informe de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, que tiene fecha veintiocho de agosto de mil novecientos ochenta y seis, en el que se recomienda la constitución de una sociedad para gestionar la limpieza de los montes quemados y la explotación de la madera que de los mismos resultara.

La sociedad constituida precisaba para funcionar de instalaciones y de instrumentos de gestión. Las instalaciones se obtienen contratando cuatro aserraderos propiedad de las empresas socios de "Maderas del Tiétar S.A.". Y para dotarles del instrumento de gestión, el veintiséis de noviembre de mil novecientos ochenta y seis, se contrata y se encarga a "Maderas García Segovia S.A." la gestión desde aquellas fechas, desde primeros de enero de mil novecientos ochenta y ocho, hasta treinta y uno de enero de mil novecientos ochenta y nueve.

Los trabajos de limpieza y explotación de los montes incendiados no ofrecen los resultados esperados y provoca que en marzo de mil novecientos ochenta y siete la Junta tuviera que conceder una aval de 50.000.000 de pesetas, que hubo que hacer efectivo al Banco Exterior de España ante el incumplimiento de las empresas de los créditos para los que se había concedido el aval. Y las discrepancias entre la Mancomunidad del Valle del Tiétar y "Maderas del Tiétar S.A.", provocadas fundamentalmente por la gestión llevada a cabo por "Maderas García Segovia S.A.", provoca la petición por la Mancomunidad, el veintiocho de enero de mil novecientos ochenta y nueve, de que se constituyera una Comisión de Investigación en las Cortes de Castilla y León. Es en noviembre de mil novecientos ochenta y nueve cuando las Cortes acuerdan admitir a trámite la creación de la Comisión de Investigación, que emite Dictamen, que se aprueba en el Pleno el veintidós de junio de mil novecientos noventa. Y cuyas recomendaciones, dirigidas a la Mancomunidad y a la Junta de Castilla y León, son las siguientes.

Sugiere a la Mancomunidad del Valle del Tiétar y a "Maderas del Tiétar S.A." que, mediante los correspondientes acuerdos de sus órganos de gobierno, deleguen en la Junta de Castilla y León la designación de los técnicos con plenos poderes para que aclaren la situación económica y de gestión tanto de la Mancomunidad como de la Sociedad Anónima y la relación de éstas con los aserradores participantes en la sociedad.

Que si de las conclusiones de los técnicos se dedujeran irregularidades contables o de gestión de las que pudieran derivarse posibles responsabilidades penales, la Junta lo ponga en conocimiento del Ministerio Fiscal.

Que por parte de la Mancomunidad y de "Maderas del Tiétar", en tanto los técnicos designados no emitan dictamen, se abstengan de realizar cualquier tipo de actuaciones.

Que previo cumplimiento de los apartados precedentes, la Junta adopte las medidas necesarias o tendentes a paliar la grave situación en la que se encuentra la Mancomunidad, los municipios afectados y los vecinos residentes.

Y estas medidas serían: asumir la deuda resultante contraída por la Mancomunidad y derivada de la actividad de "Maderas del Tiétar" y de las que se originen como consecuencia de la liquidación, y a incrementar las asignaciones presupuestarias a invertir en los montes incendiados, tanto en el concepto de repoblaciones como en el de limpieza y vigilancia de los montes.

El veintitrés de septiembre de mil novecientos noventa y dos,......Auditores, como consecuencia de las recomendaciones del Dictamen de la Comisión investigadora, y por encargo de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León, realizó un trabajo de planificación con el objeto de determinar la posibilidad de evaluar el perjuicio económico que ha supuesto para la Mancomunidad sus relaciones con "Maderas del Tiétar", tanto desde el punto de vista de proveedor de madera como de su participación como accionista mayoritario de dicha sociedad. Las conclusiones de este trabajo dejan claro las grandes dificultades de concretar los perjuicios sufridos por la Mancomunidad y los municipios que la integran y de determinar la posible responsabilidad de los intervinientes, así como la necesidad de realizar un nuevo y más amplio trabajo que pudiera definir esos daños y esas responsabilidades.

La Junta de Castilla y León, el doce de julio de mil novecientos noventa, días después de aprobado el Dictamen, manifiesta su voluntad de dar cumplimiento a las recomendaciones de dicho Dictamen. Pero los requisitos previos necesarios para cumplir con esas recomendaciones han hecho difícil llevar a cabo el cumplimiento de todas las recomendaciones. Por ello, todos los Grupos de esta Cámara, en reunión informal mantenida con los representantes de la Mancomunidad del Valle del Tiétar y la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, acuerdan dar por zanjado este asunto mediante la adquisición por la Junta de Castilla y León de una serie de compromisos, plasmados en un documento de fecha veintiuno de febrero de mil novecientos ochenta y seis, suscrito ante la Mancomunidad y la Consejería de Presidencia. Y uno de esos compromisos es la concesión de una subvención de 125.000.000 de pesetas a la Mancomunidad. El crédito, el Proyecto de Ley de crédito extraordinario que hoy presentamos ante la Cámara responde al cumplimiento de ese compromiso.

Por ello, yo solicito el apoyo de todos los miembros de la Cámara, ya que responde esta proposición a una iniciativa o a un acuerdo de todos los Grupos, al acuerdo de la Mancomunidad y al acuerdo de la Junta de Castilla y León; el voto favorable para este Proyecto de Ley.

Muchas gracias, señor Presidente.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Gracias, señor Consejero. ¿Algún Grupo desea consumir un turno a favor o en contra, o simplemente fijar posiciones? Para fijación de posiciones. Por el Grupo Mixto, señor Herreros.


EL SEÑOR HERREROS HERREROS:

Gracias, señor Presidente. Señor Consejero, desde luego, por nuestra parte va a tener apoyo. Hemos participado, hemos asistido a todo este proceso, y hemos consultado también en los medios en que se ha producido este fenómeno.

Yo sólo quisiera, y, además, prácticamente sin utilizar más que un minuto, me gustaría saber si va a haber algún tipo de control al margen de los que marca como ordinarios cualquier tipo de subvención de esta naturaleza. Porque lo que no nos cabe la menor duda es... sin poner en tela de juicio ni dudar en absoluto, nos parece que por el origen o procedencia de esos recursos públicos en los que se va a usar esa subvención, y por lo enmarañado de todo el procedimiento anterior, aunque ahora haya personas o autoridades, e incluso instituciones competentes que puedan desarrollarlo, nos parece que sería interesante que estas Cortes tuvieran referencia en balance económico de la gestión de estos fondos. Yo creo que eso sería como un fenómeno común, pero, en esta ocasión, me atrevo a explicitarlo expresamente para que no quepa ningún tipo de duda, dado que se pueden producir, de hecho se producen con relativa frecuencia, problemas de esta naturaleza. Y seguiremos insistiendo hasta la saciedad de la conveniencia de crear esas Comisiones de seguimiento, añadidas a lo que puede ser el procedimiento ordinario. Gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Gracias. Por el Grupo de Centro Democrático y Social, señor de Fernando.


EL SEÑOR DE FERNANDO ALONSO:

Sí, gracias, señor Presidente. Para mostrar nuestra satisfacción de que por fin, tres años después de aprobada por estas Cortes, se pueda aprobar este Proyecto de Ley que remedie la grave situación por la que atraviesan estos ayuntamientos.

Y, en segundo lugar, desear y pedir al Ejecutivo que sea más rápido en la concesión que ha sido en la tramitación de la Ley; es decir, que el dinero les llegue cuanto antes.

Y, en tercer lugar, las pequeñas cosas que quedan pendientes del acuerdo que tomamos, señor Consejero, hay algunas que me preocupan. Una, el que, si va con la lentitud que ha ido hasta ahora puedan algunas responsabilidades caducar en el tiempo; yo no soy jurídico y puede que si se tarda ocho años ya no se puedan reclamar las responsabilidades de que se habla en el documento. Y, en segundo lugar, que con buena voluntad se pueda ultimar el final de la deudas que estos municipios tienen. Nada más, muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Muchas gracias. En nombre del Grupo Socialista, señor don Juan Antonio de Lorenzo.


EL SEÑOR LORENZO MARTIN:

Gracias, señor Presidente. Muy brevemente, porque como decía el Portavoz del CDS, lo que urge ya es que empiecen a cobrar el dinero después de tanto tiempo, y después de tanto tiempo de haber acordado la forma en que se iban a sufragar los 500.000.000 de pesetas.

En cualquier caso, le voy a hacer un matiz, señor Consejero. Estamos de acuerdo con el Proyecto de Ley, como no podía ser menos. Aunque tiene defectos de redacción, no seré yo quien los señale, para no entorpecer ya la necesidad angustiosa de los Ayuntamientos para recibir los 150.000.000 de pesetas. Pero esto no anula el acuerdo de las Cortes de Castilla y León, resolutivo de la Comisión de investigación. No lo anula. Por tanto, le pregunto: ¿qué va a ocurrir con la auditoría? ¿Qué va a pasar con la remisión de las conclusiones al Ministerio Fiscal? ¿Existe o no acuerdo con las infraestructuras a hacer en los distintos Ayuntamientos? Etcétera, etcétera.

Y, en cualquier caso, hay un hecho también meridianamente claro que no coincide con lo que usted... lo que usted dice aquí con lo que el Consejero Portavoz de la Junta va diciendo por Avila. La verdad es que todo lo que ocurre de la Junta que afecta a Avila, el Consejero Portavoz de la Junta va corriendo, lo manifiesta, sea de un departamento u otro. Cosa que tampoco nos viene mal, porque por eso hemos subido relativamente de votos el PSOE; inclusive yo diría que en su pueblo natal hemos ganado. No viene mal, no viene mal que aparezca mucho por Avila, porque nos da votos.

Pero dice en un... a un periodista que aparte de los 150.000.000 de pesetas y los 350.000.000 en infraestructuras, la Junta se compromete a avalar las deudas mancomunales con la Caja de Salamanca y Soria, y con la Caja de Ahorros de Avila, que asciende a una cuantía de 130 y 110.000.000 de pesetas. Eso que fue una propuesta que hicimos el CDS y nosotros, y creo que Izquierda Unida también en aquel momento, la Junta se opuso. Entonces, aclárennos, aclárennos si van a avalar las deudas que mantienen con las entidades financieras o no. Porque usted dice que no, su Consejero Portavoz dice en Avila que sí, y nosotros estaríamos a favor de que sí. Los Ayuntamientos que digan lo que quieran; nosotros estamos a favor de que sí. Pero que quede bien claro que la Junta en su momento se opuso a poder avalar estas cantidades.

Por tanto, en nada se invalida el acuerdo de las Cortes en su momento, y nos felicitamos de que, por fin, después de tantos años, haya 150.000.000 a disposición de los Ayuntamientos.

Muchas gracias. Y he sido brevísimo ¿verdad?


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Sí, gracias. En nombre del Grupo Popular, señor San Segundo, tiene la palabra.


EL SEÑOR SAN SEGUNDO NIETO:

Sí, gracias, señor Presidente, Señorías. Simplemente, con la mayor brevedad, para explicar el apoyo del Grupo Parlamentario Popular respecto al Proyecto de Ley sobre crédito extraordinario de 125.000.000 de pesetas para Maderas del Tiétar, o Mancomunidad del Valle del Tiétar. Es lógico nuestro apoyo, el apoyo del Grupo Parlamentario Popular, puesto que es un compromiso firmado el día veintiséis de marzo de mil novecientos noventa y tres entre la Junta de Castilla y León, Consejería de Presidencia, y la Mancomunidad.

Compromiso que surge, precisamente, como consecuencia del acuerdo de los cuatro Grupos Parlamentarios, representantes de la mancomunidad y la Consejería de Presidencia, puesto que era necesario no demorar una situación que considerábamos que era angustiosa en el aspecto económico para la Mancomunidad afectada.

Pero visto el informe encargado por la Consejería de Economía y que propugnaba la contratación de una auditoría externa que permite... que permita dar cumplimiento a las recomendaciones establecidas por la Comisión de Investigación, todos los Grupos con representación parlamentaria en esta Cámara, con el fin de no demorar una situación que consideramos, como he dicho antes, urgente, se propició esa reunión y posterior consenso entre Grupos y Mancomunidad y la Consejería de Presidencia, que, al margen del resultado de esa auditoría, permita poner en marcha una serie de medidas encaminadas a reparar los daños y perjuicios causados por el incendio de mil novecientos ochenta y seis, medidas adoptadas por la Junta, asumiendo el acuerdo adoptado por los Grupos y la Mancomunidad.

Entendemos que es una medida excepcional; y medida excepcional es no solamente por la desaparición de los recursos de madera en la zona afectada, que afectan de una forma tan importante en el aspecto económico y social, no solamente por la desafortunada gestión en la explotación de los recursos o de la madera siniestrada, sino, principalmente, por la participación de la Junta, que fue la que propició y fue la que aconsejó la creación de Maderas del Tiétar para hacer, o llevar la explotación de una forma directa.

Por lo tanto, ahí está precisamente esa excepcionalidad. Y ahí está el comportamiento de la Junta, asumiendo unos compromisos que van a deparar el que la grave situación económica de la Mancomunidad y la regeneración de los recursos siniestrados vuelvan a aparecer en esta zona de una forma que les afecta, tan importante.

Nosotros consideramos que el acuerdo es definitivo, que se da satisfacción a la resolución aprobada unánimemente por esta Cámara en relación con la propuesta de la Comisión de Investigación, y que sólo y exclusivamente queda pendiente la determinación de las posibles responsabilidades, que se hará como ya ha quedado de manifiesto en su momento.

Nosotros le mostramos nuestra satisfacción, y esperamos que esta importante cantidad contribuya a resolver la grave crisis económica de la Mancomunidad, y que las posteriores medidas que constan de manera detallada en el compromiso a que antes he hecho referencia contribuyan al desarrollo de la zona, y contribuyan también a regenerar esos recursos que son tan importantes para los municipios y para los vecinos que en ellos viven.

Nada más, Señorías, muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Gracias. El señor Consejero de Presidencia tiene la palabra.


EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR HUIDOBRO DIEZ):

Gracias, señor Presidente. Con la única finalidad de dar respuesta a algunas peticiones o preguntas que se han hecho. Efectivamente, tomamos nota de que la necesidad de hacer el control de la subvención entregada es una obligación, con la que vamos a cumplir; sabemos y tenemos constancia de la urgencia y de la necesidad de que este dinero se haga cuanto antes, cuando lo permita el control que toda subvención lleva consigo, porque, si no, los mismos Grupos nos dirían que por qué nos saltamos a la torera esas formalidades.

Efectivamente, hay unos compromisos adquiridos, además de los 125.000.000; es una auditoría fiscal... una auditoría... unas infraestructuras que se van a hacer, una condonación de una deuda; auditoría que está encargada ya, vamos, que está encargado, que la Consejería de Economía tiene intención de encargar, por importe de 15.000.000 de pesetas.

Pero quiero hacer referencia a algo que se ha hecho constancia aquí. Sabe muy bien el Portavoz del Grupo Socialista que, cuando se habló del aval... de garantizar los avales de las Cajas de Ahorros, el paquete era conjunto, y que todos los Grupos, de común acuerdo, quedamos en que estas iban a ser las bases sobre las que íbamos a firmar el compromiso la Junta. Por lo tanto, sabe muy bien -quizá no lo sepan el resto de los Procuradores, pero quien ha intervenido lo sabe muy bien- que este aval estaba excluido de ese compromiso que se había adquirido con anterioridad.

Con esto creo que quedan contestados todos los Grupos. Control suficiente, urgencia de cubrir la necesidad, cumplimiento de los compromisos fijados en el acuerdo de veintiséis de febrero con la Mancomunidad de mil novecientos noventa y tres. Y, por supuesto, queda claro que entre los acuerdos o compromisos no está el de garantizar la satisfacción de los avales de las Cajas de Ahorro que habían avalado las deudas de la Mancomunidad.

Gracias, señor Presidente. Con esto termino.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Gracias. Oído el parecer favorable de los Portavoces de los distintos Grupos Parlamentarios, esta Presidencia entiende que se puede someter a la Cámara el Proyecto de Ley que acaba de ser debatido para votación por asentimiento. ¿Se aprueba por asentimiento? Queda, pues, aprobada la Ley de crédito extraordinario por la que se concede una subvención de ciento veinticinco millones a la sociedad Valle del Tiétar.

Y, el señor Secretario procederá a dar lectura al décimo punto del Orden del Día.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ZAMACOLA GARRIDO):

Décimo punto del Orden del Día: "Designación de Senador en representación de la Comunidad Autónoma, en sustitución, por renuncia, del Excelentísimo señor don Jesús Posada Moreno".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Ante la renuncia presentada a su condición de Senador, por el Procurador don Jesús Posada Moreno, y, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/87 de ocho de mayo, por la que se regula el procedimiento de designación de Senadores representantes de esta Comunidad, el Grupo Parlamentario Popular ha presentado por escrito, ante esta Presidencia, la propuesta como candidato a Senador a favor del Procurador don José Luis Sainz García, que, asimismo, ha aceptado su nominación.

Tal y como dispone el artículo 5 de la citada Ley, corresponde al Pleno de esta Cámara la designación. Para ello la votación se efectuará por papeletas, mediante la indicación en las mismas de las expresiones: "sí", "no" o "abstención". El candidato se considerará designado si alcanza el voto favorable de la mayoría absoluta de la Cámara en primera votación, y si obtuviese el voto favorable de la mayoría simple en segunda votación.

Comienza, pues, la primera votación, y los señores Secretarios procederán al llamamiento por orden alfabético de todos los señores Procuradores, que deberán acercarse uno a uno a esta Presidencia para depositar la papeleta en la urna, urna que ruego se presente...

Comienza la votación y ruego a los señores Procuradores se abstengan de entrar o salir del hemiciclo.

(El señor Secretario procede al llamamiento por orden alfabético de los señores Procuradores para que emitan su voto).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

: ¿Algún Procurador no ha sido llamado? ¿Algún Procurador no ha sido llamado? Procedemos al escrutinio.

(El señor Presidente, señor Estella Hoyos, procede al escrutinio de los votos).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Resultado de la votación: votos emitidos, setenta y tres; votos favorables, con el sí, treinta y nueve; abstenciones, cuarenta; cuatro votos en blanco, que se consideran nulos.

No habiendo obtenido mayoría absoluta, procederemos a una segunda votación, en la que el candidato se entenderá designado si alcanza el voto favorable de la mayoría simple.

Perdón. Efectivamente, he dicho "votos emitidos, setenta y tres"; son ochenta y tres, ochenta y tres. Y el resultado es el mismo: treinta nueve, cuarenta abstenciones, cuatro en blanco.

Repartan las papeletas, por favor.

Comienza la segunda votación. Ruego que nadie salga del hemiciclo. Señor Secretario, proceda al llamamiento por orden alfabético.

(Los señores Secretarios, señor Zamácola Garrido y señor Fernández Merino, proceden al llamamiento de los señores Procuradores, por orden alfabético).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

: ¿Algún Procurador no ha sido llamado? Procedemos al escrutinio.

(El señor Presidente, señor Estella Hoyos, procede al escrutinio de los votos).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Resultado de la votación: votos emitidos, ochenta y tres; votos afirmativos, cuarenta y uno; abstenciones, treinta y seis; votos en blanco, y, por lo tanto, nulos, seis.

Habiendo obtenido la mayoría simple, queda proclamado Senador por nuestra Comunidad don José Luis Sainz.

(Aplausos).


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

En cuanto al undécimo punto del Orden del Día, que se refería a la designación de un miembro del Consejo Asesor de Radiotelevisión Española en Castilla y León, se comunica a la Cámara que, habiendo sido retirado por el Grupo Parlamentario Popular el escrito que había motivado este punto, decae, al quedar sin contenido, y pasamos al siguiente. El señor Secretario dará lectura al duodécimo punto del Orden del Día.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ZAMACOLA GARRIDO):

Duodécimo punto del Orden del Día: "Designación de un miembro de la Comisión Mixta de Transferencias, en sustitución, por renuncia de don José Ventura Olaguíbel del Olmo".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

El señor Secretario dará lectura, igualmente, al escrito del Grupo Parlamentario.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR ZAMACOLA GARRIDO):

: "Habiéndose producido, a petición propia, el cese de don José Ventura Olaguíbel como miembro de la Comisión Mixta de Transferencias, el Grupo Parlamentario Popular propone para su sustitución como miembro de la citada Comisión a don Alberto Galerón de Miguel".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Se procede ahora a someter al Pleno la ratificación del candidato propuesto. ¿Se acepta o se aprueba esta designación por asentimiento? Se aprueba.

Y, en consecuencia, don Alberto Galerón de Miguel queda designado miembro de la Comisión Mixta de Transferencias.

Muchas gracias. Levantamos la sesión.

(Se levantó la sesión a las catorce horas treinta minutos).


CVE="DSPLN-03-000041"



Sede de las Cortes de Castilla y León