DS(P) nº 52/3 del 25/2/1994









Orden del Día:




Propuesta de tramitación por el procedimiento de lectura única, previsto en el artículo 128 del Reglamento del Proyecto de Ley del Procurador del Común de Castilla y León.

Debate y votación, por el procedimiento de lectura única, previsto en el artículo 128 del Reglamento, del Proyecto de Ley del Procurador del Común de Castilla y León.

Discurso Institucional de la Presidencia.


Sumario:






Se inicia la sesión a las doce horas treinta y cinco minutos.

El Presidente, Sr. Estella Hoyos, abre la sesión.

- Primer punto del Orden del Día. Propuesta en Lectura Unica P.L.

31.

El Secretario, Sr. Amilivia González, da lectura al primer punto del Orden del Día.

El Secretario, Sr. Amilivia González, da lectura al acuerdo de Mesa, proponiendo al Pleno la tramitación en lectura única.

El Presidente, somete a aprobación la propuesta. Es aceptada.

- Segundo punto del Orden del Día. Debate y votación P.L. 31.

El Secretario, Sr. Amilivia González, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

Intervención del Sr. Huidobro Díez, Consejero de Presidencia y Administración Territorial, para presentar el Proyecto de Ley.

En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. León de la Riva (Grupo Popular).

En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Quijano González (Grupo Socialista).

En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. San Martín Ramos (Grupo de CDS).

En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Herreros Herreros (Grupo Mixto).

El Presidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación el Proyecto de Ley debatido. Es aprobado, por asentimiento.

- Tercer punto del Orden de Día. Discurso Institucional.

El Secretario, Sr. Amilivia González, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

Discurso Institucional del Sr. Estella Hoyos, Presidente de las Cortes de Castilla y León.

El Presidente, Sr. Estella Hoyos, levanta la sesión.

Se levantó la sesión a las doce horas treinta y cinco minutos.




Texto:

(-p.2098-)

(Comenzó la sesión a las doce horas treinta y cinco minutos).

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Se abre la sesión. Y el señor Secretario dará lectura al primer punto del Orden del Día.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR AMILIVIA GONZALEZ): Primer punto del Orden del Día: "Propuesta de tramitación por el procedimiento de lectura única, previsto en el Artículo 128 del Reglamento, del Proyecto de Ley del Procurador del Común de Castilla y León".

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Asimismo, el señor Secretario dará lectura al Acuerdo de la Mesa proponiendo al Pleno la tramitación por el procedimiento de lectura única de este Proyecto de Ley.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR AMILIVIA GONZALEZ): "La Mesa, en su reunión de fecha dieciocho de febrero actual, con el parecer favorable de la Junta de Portavoces, propone al Pleno de las Cortes la tramitación en lectura única del Proyecto de Ley del Procurador del Común de Castilla y León".

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): ¿Se aprueba esta propuesta por asentimiento? Se aprueba.

Señor Secretario, le ruego dé lectura al segundo punto del Orden del Día.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR AMILIVIA GONZALEZ): Segundo punto del Orden del Día: "Debate y votación por el procedimiento de lectura única, previsto en el Artículo 128 del Reglamento, del Proyecto de Ley del Procurador del Común de Castilla y León".

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Para la presentación del Proyecto de Ley, en nombre de la Junta, tiene la palabra el señor Consejero de la Presidencia, don César Huidobro.


HUIDOBRO DIEZ

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR HUIDOBRO DIEZ): Señor Presidente. Señorías. En nombre del Gobierno Regional, me corresponde el honor de presentar ante estas Cortes, reunidas en Sesión Plenaria de carácter extraordinario, en este XI aniversario de la Promulgación del Estatuto de Autonomía, el Proyecto de Ley del Procurador del Común.

"Procurador del Común" ha sido el nombre elegido para el Alto Comisionado de las Cortes de Castilla y León, designado por estas mismas Cortes, para la protección y defensa de los derechos fundamentales de los ciudadanos, la tutela del ordenamiento jurídico castellano-leonés y la defensa del Estatuto de Autonomía. El Procurador del Común es el Defensor del Pueblo de Castilla y León.

(-p.2099-)

El Defensor del Pueblo fue creado en el Artículo 54 de la Constitución Española y regulado en la Ley Orgánica 3, de seis de abril de mil novecientos ochenta y uno. Es una institución que debe de ser considerada como una novedad del texto constitucional y que, en el sentido moderno, tiene su origen en los países escandinavos, aunque en nuestra tradición jurídica castellano-leonesa podemos encontrar manifestaciones análogas en defensa de los derechos y privilegios de las villas, de las ciudades y, en definitiva, de las comunidades frente a los reyes.

Ni el Artículo 54 de la Constitución, ni la ya citada Ley 3, de mil novecientos ochenta y uno, del Defensor del Pueblo, se refieren a los defensores del pueblo de las Comunidades Autónomas de forma expresa. Pero en el proceso de aprobación de la Constitución ya se presentaron enmiendas para introducir la figura del Defensor del Pueblo de las Comunidades Autónomas en el propio texto constitucional; enmiendas que, aun cuando no se incorporaron a dicho texto, no fue porque merecieran un rechazo frontal -basta leer las actas del Congreso y del Senado sobre esta materia-, sino por no considerarse oportuno en aquel momento la introducción de dicha figura.

La referencia expresa a esta Institución en algunos Estatutos de Autonomía, la Ley 36, de seis de noviembre de mil novecientos ochenta y cinco, de Relaciones del Defensor del Pueblo y Figuras Similares de las Comunidades Autónomas, y las sentencias del Tribunal Constitucional, que han planteado la constitucionalidad de algunas disposiciones de las leyes autonómicas reguladoras de esta figura, dejan clara su consideración de institución básica de autogobierno de las Comunidades Autónomas.

El Procurador del Común es, por lo tanto, una institución básica de autogobierno de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y su creación supone un paso más en el camino de la construcción de Castilla y León como un proyecto de futuro, porque ha de contribuir a fortalecer el sentimiento autonómico y a incrementar, fuera y dentro de la Región, el respeto a las instituciones. ¿Qué otra cosa significa, si no, la misión encomendada al Procurador de defender los derechos fundamentales de los ciudadanos, de tutelar el ordenamiento jurídico castellano-leonés y de defender el Estatuto de Autonomía? ¿Y no es una buena contribución al futuro de Castilla y León la de supervisar la actuación de la Administración Regional, para que ésta preste los servicios de la manera más eficaz y más económica?

La Institución, en sí misma, es muy importante, pero lo es más, lo es mucho más si atendemos a su nacimiento y a su regulación en Castilla y León. Porque fue una Proposición No de Ley de los Grupos Parlamentarios con representación en las Cortes de Castilla y León, aprobada por unanimidad en la solemne conmemoración del X Aniversario del Estatuto de Autonomía, en la que se acordó instar a la Junta para que remitiera un Proyecto de Ley que regulara la institución del Defensor del Pueblo de Castilla y León. Y han sido los mismos Grupos Parlamentarios quienes, también unánimemente, han elegido el nombre del Procurador del Común, han consensuado el texto que hoy se presenta para su aprobación, tomando como base el Anteproyecto que el Gobierno les remitió en su día.

Importancia de la figura del Defensor del Pueblo y unanimidad respecto al momento de su creación, del nombre y de su regulación es un motivo de satisfacción, debe de ser un motivo de satisfacción para todos y de esperanza.

He enunciado las funciones encomendadas al Procurador del Común en este Proyecto de Ley. Voy a hacer, a continuación, una breve referencia a algunas de sus características y reglas de funcionamiento.

El Procurador del Común no está sometido a mandato imperativo, no recibirá instrucciones de ninguna autoridad y cumple sus funciones con objetividad, autonomía e independencia. Y goza de independencia incluso respecto a estas Cortes, a las que corresponde nombrarle. Hasta tal punto goza de independencia que, si la violación del Estatuto de Autonomía derivase de un acto de las mismas, requerirá a éstas para que lo subsanen, y, si no lo hacen, podrá hacerlo llegar al Defensor del Pueblo, sugiriéndole las medidas a adoptar.

Ha de ser elegido por el Pleno de estas Cortes, convocado al efecto, por un período de cinco años. Se elige por una mayoría de tres quintos, y sólo puede ser elegido una vez más. Para ser elegido, se requiere gozar de la condición política de castellano-leonés, ser mayor de edad y estar en pleno uso de los derechos civiles y políticos.

En los Artículos 8 y 9 se regulan las causas de incompatibilidad y cese y el procedimiento para hacerlos efectivos.

El Procurador del Común está auxiliado -como sucede en otras Comunidades Autónomas y en el Defensor del Pueblo- por un adjunto, en el que puede delegar sus funciones, y le sustituirá en el ejercicio de las mismas en los supuestos de imposibilidad temporal y en los de cese. Sin embargo, el Procurador de Castilla y León continuará en el ejercicio de sus funciones hasta que se nombre su sucesor en los casos de cese por haber transcurrido el tiempo por el que fue elegido, apartándose, de esa manera, de la regulación que sobre esta materia hace la Ley del Defensor del Pueblo y recogiendo peticiones, en este sentido, de la doctrina y de aquéllos que, día a día, están tratando y trabajando con el Defensor del Pueblo.

Al Adjunto le son de aplicación las condiciones, incompatibilidades y causas de cese previstas por el Procurador del Común. Es elegido por éste, previa conformidad con la Comisión del Procurador. Y ésta es otra de las modificaciones que esta regulación contiene: y puede cesarle libremente.

Los Títulos II y III de la Ley regulan el procedimiento y la actuación en su defensa y protección de los derechos individuales y colectivos y la defensa del Estatuto de Autonomía y el ordenamiento jurídico de Castilla y León.

(-p.2100-)

En cumplimiento de su misión, los controles los ejerce a través de las siguientes medidas: sugerencias de modificación, anulación de actos administrativos, e incluso de modificación de normas, efectuando, con ocasión de las averiguaciones, recomendaciones a funcionarios y autoridades y proponiendo la interposición de recursos de inconstitucionalidad y de amparo ante el Tribunal Constitucional.

La defensa del Estatuto de Autonomía y la tutela del ordenamiento jurídico de la Comunidad Autónoma no son competencias que se hayan atribuido a todas las figuras semejantes al Procurador del Común y existentes en la actualidad. Sí lo son del Justicia de Aragón, sí lo son del Síndico de Agravios de las Islas Baleares, pero no lo son de otras figuras.

La función encomendada en el ejercicio de esta competencia es vigilar las posibles violaciones del Estatuto y dirigirse a la Junta de Castilla y León o a las Cortes para que interpongan el pertinente recurso de inconstitucionalidad o conflicto de competencia. Y, si esta iniciativa no diere resultado, dirigirse al Defensor del Pueblo, excepto cuando la violación procediera de un acto de las Cortes (los supuestos que he mencionado anteriormente, al referirme a la independencia).

En el supuesto de reiterados casos de aplicación deficiente o nula del ordenamiento jurídico de Castilla y León, ha de comunicarlo al Presidente de las Cortes, para que éste adopte las medidas oportunas.

El Procurador del Común -y voy terminando- actúa con independencia respecto a las Cortes, pero está obligado a presentar anualmente un informe de sus actuaciones, con las precisiones que se enumeran en el Artículo 31. Y debe de exponer oralmente ante el Pleno un resumen de su informe en una sesión convocada al efecto, y, al final de la misma, los Grupos Parlamentarios pueden fijar sus posiciones respecto al informe y las actuaciones sobre dicho informe.

Estas son, Señorías, sucintamente expuestas, las características, la naturaleza jurídica, la organización y funcionamiento de la Institución que crea el Proyecto de Ley que les acabo de presentar.

No sería lógico terminar esta presentación del Proyecto pidiendo, como normalmente se hace, el voto favorable al mismo de los Grupos Parlamentarios, porque, como ya he dejado expuesto -y es conocido de todo el mundo-, la redacción consensuada de este texto presupone ese voto favorable. Pero, en nombre del Gobierno Regional, agradezco a los Grupos Parlamentarios el esfuerzo realizado para la consecución de este objetivo, y muestro la satisfacción por el resultado también obtenido. Gracias, señor Presidente.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias, señor Consejero. Se abre un turno para fijación de posiciones por parte de los Grupos Parlamentarios. Y, en nombre del Grupo Popular, tiene la palabra su Portavoz, don Javier León de la Riva.


LEON DE LA RIVA

EL SEÑOR LEON DE LA RIVA: Señor Presidente. Señoras y señores Procuradores. Ha transcurrido justamente un año desde que, en el Pleno extraordinario celebrado en la Iglesia de San Pablo de Valladolid, con ocasión de la conmemoración del X Aniversario de nuestro Estatuto, las Cortes de Castilla y León aprobaron de forma unánime la Proposición de Ley, presentada por los cuatro Grupos Parlamentarios, instando al Gobierno Regional a la creación en nuestra Comunidad Autónoma de la figura del Defensor del Pueblo.

En aquella solemne sesión, los Portavoces de los Grupos Parlamentarios, haciendo un recorrido por la historia castellano-leonesa, recordábamos a aquellas figuras que, de alguna forma, tuvieron un cometido que podría constituirse en antecedente, siquiera fuera remoto, del Defensor del Pueblo. Y así, desfilaron por aquella Tribuna desde el Merino Mayor al Procurador del Común, pasando por el Aguacil del Rey, el Relator del Consejo, el Veedor y el Oidor de la Audiencia, los Procuradores Pecheros y el Personero del Común.

Al final, y de forma unánime, también, nos hemos inclinado por la denominación, para nuestro Defensor del Pueblo, del Procurador del Común, entendiendo que, aunque -y no podía ser de otra forma- no tenía los mismos cometidos que le vamos a atribuir en este Proyecto de Ley, de alguna forma, se identificaba más que cualquiera de los anteriores con el cometido que le vamos a atribuir.

Hoy estamos celebrando el XI Aniversario del Estatuto de Autonomía, en este marco de la Iglesia de San Ildefonso, al abrazo de las murallas de Zamora y protegidos por su perla románica. Por ello, no está demás hacer memoria de aquel obispo comunero, don Antonio de Acuña, que en estos lares tuvo su residencia episcopal, y que habría de padecer el triste fin de la horca en mi querida villa de Simancas. Y quiero recordarlo precisamente hoy, que vamos a aprobar el Proyecto de Ley que crea la figura del Procurador del Común, personaje que -como el Obispo de Acuña... el Obispo Acuña- habrá de defender los intereses del pueblo frente a los del poder constituido. Esperemos que con otras armas y no con tan triste final.

(-p.2101-)

La Junta de Castilla y León ha cumplido con el mandato político de esta Cámara, y, con una actitud que le honra, conforme relataba el Consejero de Presidencia hace unos momentos, remitió a los Grupos Parlamentarios un borrador del Proyecto de Ley, con la única consigna -transmitida personalmente por el Presidente de la Junta a este Portavoz- de llegar a un consenso unánime en el texto definitivo, y manifestando su compromiso de admitir como propio el texto elaborado por los Grupos Parlamentarios.

Es de destacar, pues, la voluntad del Gobierno Regional de aceptar, sin interferir en lo más mínimo, la voluntad de los Grupos Parlamentarios y -por qué no decirlo aquí también- la aceptación de los tres Grupos mayoritarios de las exigencias del Grupo más minoritario en cuanto a la concepción y al modelo de la Institución que vamos a crear.

Ojalá, Señorías, que este clima de diálogo y consenso que hasta el momento ha presidido todo cuanto se ha hecho en relación con el Procurador del Común perdure hasta el momento de su elección por el Pleno de la Cámara.

Quede claro, pues, que es la voluntad del Gobierno Regional y del Grupo Parlamentario que le apoya, de hacer un esfuerzo de acercamiento a los restantes Grupos de la Cámara para definir el perfil que debe reunir la persona que encarne la institución, e, incluso ¿por qué no?, la persona misma que debe asumir tan importante misión.

El Procurador del Común debe ser una persona con prestigio profesional, sin significación política destacada y aceptado de buen grado por todos los Grupos Parlamentarios.

El Grupo Popular, como Grupo mayoritario en estas Cortes, ni está comprometido con candidato alguno, ni tiene compromiso cerrado con nadie, y reitera una vez más desde esta Tribuna su oferta de diálogo y consenso.

Hagamos pues, entre todos, Señorías, un esfuerzo de acercamiento, dejemos a un lado compromisos y prejuicios y elijamos para echar a andar la institución que estamos creando a quien pensemos en conciencia que va a responder a las esperanzas que todos tenemos puestas en una institución que, como se ha dicho ya, viene a perfeccionar nuestro ordenamiento institucional, velando por los intereses de los derechos fundamentales de los ciudadanos de Castilla y León, tutelando nuestro ordenamiento jurídico y defendiendo nuestro Estatuto de Autonomía.

Estoy seguro, Señorías, que, de hacerlo así, habremos dado un paso importante en nuestro autogobierno, que viene a complementar el mayor techo competencial alcanzado tras nuestra reforma estatutaria.

Por todo ello, Señorías, y en la seguridad de que lo obtendré, me permito solicitar desde esta Tribuna vuestro voto favorable al Proyecto de Ley que acaba de ser presentado por el Gobierno.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias. Tiene ahora la palabra en nombre del Grupo Socialista su Portavoz, don Jesús Quijano.


QUIJANO GONZALEZ

EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ: Señor Presidente. Señoras y señores Procuradores. En nombre del Grupo Parlamentario Socialista intervengo para manifestar el apoyo al Proyecto de Ley por el que se crea la figura del Procurador del Común de Castilla y León y, consiguientemente, anunciar nuestro voto favorable.

Quiero destacar, en primer lugar, como ya se ha hecho y estoy seguro de que se seguirá haciendo, el grado de consenso alcanzado a la hora de aprobar la regulación legal de la figura, en coherencia con el que hoy hace un año tuvo la iniciativa suscrita por todos los Grupos Parlamentarios que nos comprometió a dar este paso conjuntamente.

Es ésa una buena señal, porque implica que las decisiones legislativas llamadas a producir efectos en la ordenación institucional de la Comunidad serán tanto más estables cuanto más respaldo hayan sido capaces de suscitar.

Es éste un principio que mi Grupo Parlamentario desea hacer explícito una vez más, con la voluntad de hacerlo extensivo también a otras decisiones de efectos equivalentes en nuestra ordenación jurídica básica.

Afirmo, además, que tal principio, que permite reconocer la existencia de ámbitos legislativos -como es este caso- en los que no está implicado el modelo político que cada uno legítimamente defiende, tendrá un saludable efecto pedagógico para nuestros conciudadanos, a los que a veces acostumbramos en demasía a percibir la vida democrática como una mera contraposición o confrontación de planteamientos, incluso cuando hay motivaciones coyunturales sin una base sólida que lo sustente.

La aprobación de esta Ley, por tanto, Señorías, supone un avance importante en nuestra ordenación institucional, en efecto, y por ello mismo implica un ejercicio responsable de nuestra capacidad de autoorganización como Comunidad Autónoma.

Pero se trata de un avance muy especial en su significado, porque al poner en marcha esta figura no estamos ampliando la capacidad de actuación de las instituciones ya constituidas, sean el Ejecutivo o el Legislativo, sino aceptando un mecanismo de control independiente y autónomo.

Esta no es -permítanme la expresión- otra institución para las instituciones ya existentes, ni siquiera otra institución más; ésta es una institución para los ciudadanos, cuyo prestigio estará directamente relacionado con la capacidad de ponderación, equilibrio, prudencia y eficacia que sea capaz de generar.

(-p.2102-)

A nosotros, Parlamento Regional, nos toca, ante todo, respetarlo; al Gobierno Regional y a la Administración, colaborar con él sinceramente. Haríamos mal, por tanto, en esperar milagros o resultados espectaculares; pero haríamos mal también si cayéramos en la tentación de ver en él un instrumento enojoso de control frente al que hay que precaverse, o de quién hay que desconfiar, o si intentáramos utilizarlo como elemento añadido para la pugna política, como competidor en las tareas parlamentarias, o como aliado coyuntural.

Asumo, pues, en la medida que me corresponde, el compromiso de protegerlo y de defender, si llega el caso, su autonomía, independencia y objetividad, en los términos que lo dice el artículo 1 del Proyecto de Ley que vamos a aprobar.

Creo, además, que éste es el momento oportuno para que traslademos conjuntamente a los ciudadanos, a quienes representamos aquí, ese mismo mensaje: sepan que con la aprobación de esta Ley disponen de una vía para canalizar sus quejas frente a la Administración, para la defensa de sus derechos e intereses legítimos, para la tutela del ordenamiento jurídico regional, incluido el Estatuto de Autonomía; está a su disposición, para que la utilicen y le den contenido, desde la confianza y desde el cuidado exquisito que requiere toda institución naciente, para que se pueda consolidar con normalidad.

Aprobada la Ley, finalmente, deseo que el espíritu de colaboración se mantenga en el proceso de puesta en marcha de la figura, y, si es posible, que en ello pongamos la suficiente diligencia.

El paso inmediato ha de ser el nombramiento de la persona que encarne por primera vez la figura del Procurador del Común. Habremos de hacerlo con el máximo cuidado, para que el margen de confianza y respaldo sea el máximo desde el principio.

La Ley exige una mayoría parlamentaria de tres quintos. Todos somos conscientes de que bastaría el acuerdo de los dos principales Grupos de la Cámara para alcanzarla, pero avanzo mi criterio de que considero preferible mantener para el nombramiento el mismo grado de consenso que ha existido en la aprobación de la Ley. Me vinculo, como representante de mi Grupo Parlamentario, por tanto, de antemano, a una decisión unánime, y confío en que todos seamos capaces de obtenerla pronto.

A quien corresponda ejercer la función le pido desde ahora, además del respeto a los principios que la propia Ley establece con carácter escrupuloso -autonomía, independencia y objetividad-, que tenga en cuenta tres criterios que, no dudo, todos compartimos: cercanía, para que los ciudadanos lo sientan como suyo; eficacia, para que su legitimidad legal se vea acrecentada con la que derive de la utilidad en el ejercicio práctico de sus atribuciones; y austeridad, para que despliegue además un efecto ejemplificador en nuestra sociedad. A la vez, le brindo de antemano el apoyo, la confianza y la comprensión de mi Grupo Parlamentario.

Estoy seguro, Señorías, de que la celebración de este undécimo aniversario del Estatuto de Autonomía de Castilla y León en la ciudad de Zamora, a la que saludo con mis mejores deseos, marcará un hito en el proceso histórico de nuestra consolidación como Comunidad.

La circunstancia no es baladí: aquí pusimos en marcha una institución -el Procurador del Común- para el mejor servicio a nuestros conciudadanos. Gracias, señor Presidente.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias, Señoría. Tiene ahora la palabra, en nombre del Grupo del Centro Democrático y Social, don Pedro San Martín Ramos.


SAN MARTIN RAMOS

EL SEÑOR SAN MARTIN RAMOS: Señor Presidente, Señorías. Intervengo en nombre del Grupo Parlamentario del CDS, en esta Sesión Plenaria de las Cortes de Castilla y León que se celebra a orillas del Duero, en Zamora, el día en que se conmemora el undécimo aniversario de nuestro Estatuto de Autonomía, para defender el Proyecto de Ley del Procurador del Común de Castilla y León.

En lugar de hacer referencias a los antecedentes históricos de esta figura en nuestra Comunidad, como el Justicia Mayor de la Casa del Rey, o Alguacil del Rey, Relator del Consejo, Veedor, Adelantado..., queremos destacar dos perfiles que consideramos contiene esta Ley, este Proyecto de Ley: el consenso entre los Grupos Parlamentarios que componen la Cámara y la doble función que este Procurador va a cumplir.

Como ya han dicho los Procuradores que antes han intervenido, cumplidos diez años de autogobierno, en febrero del año noventa y tres, todos los Grupos -el Grupo Popular, Socialista, Centrista y Mixto- presentaron una Proposición No de Ley instando a la Junta a que remitiera a la Cámara un Proyecto de Ley para la institución del Defensor del Pueblo en Castilla y León. Esta propuesta fue aprobada por unanimidad en el Pleno celebrado hace un año, en la iglesia de San Pablo de Valladolid, y ese consenso se mantiene, se ratifica el día de hoy en este Pleno en que se aprobará unánimemente.

Este Procurador del Común, este Comisionado de las Cortes defenderá y protegerá los derechos y libertades de los ciudadanos ante las Administraciones con sede en esta Autonomía; y también ejercerá la tutela del ordenamiento jurídico castellano-leonés y la defensa de nuestro Estatuto de Autonomía.

Como Procurador de la Cámara, como zamorano, debo expresar el orgullo de que las históricas Cortes de Castilla y León vuelvan a reunirse en esta ciudad, como lo hicieron durante los reinados de Alfonso X, Fernando IV, Juan II.

(-p.2103-)

Estas Cortes, herederas del Parlamento Medieval, reconocido como el más antiguo de Europa, se reúnen en Zamora, esta ciudad austera y sufrida, tantas veces marginada, pero fiel y hospitalaria.

Satisfacción porque bajo los restos de San Ildefonso y San Atilano, patronos de la ciudad y diócesis de Zamora, se instaure en Castilla y León la institución del Procurador del Común.

Señorías, no quiero terminar sin hablar de esperanza. Desde el Grupo Parlamentario Centrista se espera que este consenso se mantenga también a la hora de designar el nombre del Procurador del Común, y en aquellos temas que por su gran interés regional estén por encima de los intereses de los Partidos.

Esperamos que este Comisionado de las Cortes de Castilla y León arraigue en la sociedad aumentando las garantías de los ciudadanos de esta Comunidad frente a una Administración llamada a incidir cada vez más en los asuntos que les atañen.

Esperanza de que esta Institución... que este desarrollo estatutario dé un paso más, para que Castilla y León alcance las cotas de autonomía que solicita y necesita; este autogobierno, esas competencias que otras autonomías que dicen llamarse históricas ya poseen.

Por todo ello el Grupo Parlamentario del CDS se siente plenamente satisfecho de apoyar el Proyecto de Ley del Procurador del Común de Castilla y León.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Gracias. Por último, y en nombre del Grupo Mixto, intervendrá el Procurador de Izquierda Unida, don Antonio Herreros.


HERREROS HERREROS

EL SEÑOR HERREROS HERREROS: Gracias, señor Presidente. Señoras, señores, Señorías. En el año de mil doscientos setenta y cuatro, Alfonso X El Sabio reunió Cortes en esta misma ciudad de Zamora. Entre las leyes y ordenamientos de aquella ocasión figura uno que dice: "Otrosí tiene el rey a bien que haya tres hombres buenos, entendidos y sabedores de los fueros, que oigan las alzadas de toda la tierra, y que haya escribanos señalados para hacer esto".

Y hay otro texto del mismo... de la misma fecha que dice: "Otrosí que ningún hombre que sea de otra tierra juzgue ni tenga pleito que sea de Castilla y de León". Setecientos veinte años hace de esto; mucho tiempo juntos y todavía nos queda mucho más.

Esta nueva Ley, la del Procurador del Común, viene a ampliar la estructura institucional, el desarrollo jurídico y político de nuestra Comunidad y, en definitiva, profundiza en la capacidad de autogobierno. A partir de las previsiones contempladas en el artículo 26 del Estatuto de Autonomía, para organizar y regular nuestras instituciones, el Procurador del Común está llamado a ser defensor, el protector, el valedor del cumplimiento y respeto de los derechos y libertades que, conforme a lo establecido en el Título I de la Constitución Española, asisten a los hombres y mujeres de Castilla y León en el disfrute de la democracia.

Esta institución unipersonal -Comisionado Parlamentario Británico, Mediador francés- es, como se ha señalado con frecuencia, una magistratura de persuasión, que procura esclarecimiento y revisión, y sugiere modificaciones, que recoge quejas y ejerce control de las Administraciones y de las propias leyes, e incluso urge el cambio de las mismas cuando, a juicio de parte o por iniciativa propia, aprecie irregularidades, insuficiencias o lagunas en el sistema de garantías de derechos, libertades e intereses legítimos de los administrados. Por eso nuestro Grupo concede la máxima importancia a esta Ley.

La consecución de una sociedad democrática avanzada no sólo pasa por ensanchar los marcos de libertad, deben, además, asegurarse y garantizarse instrumentos como éste, de acceso directo para las personas y colectivos en defensa de esos derechos.

Esta Ley acrecienta los cauces de participación. Por ello, en este Pleno solemne, que conmemora el IX Aniversario del Estatuto de Autonomía, nos dirigimos también a los ciudadanos y ciudadanas de Castilla y León, haciéndoles saber que toman posesión de un instrumento para hacer valer los derechos y libertades democráticos.

¿Quiénes pueden dirigirse al Procurador del Común, a nuestro Defensor del Pueblo? Todos, todas las personas físicas y jurídicas sin que importe la edad, la nacionalidad, la capacidad legal, estén o no en plena posesión de sus derechos. Todos, cuando estimemos que algún derecho o interés legítimo merece protección o defensa. Además, todas las actuaciones serán gratuitas.

¿Qué obligaciones corresponden al Procurador del Común? En virtud de la Ley que hoy aprobamos, está obligado a tramitar y, en su caso, investigar las quejas debidamente motivadas, y las autoridades y sus funcionarios deberán prestar la información y la asistencia que el Procurador del Común les reclame.

El Procurador del Común podrá dirigir advertencias, recomendaciones, sugerencias y recordatorios relativos a los deberes de las distintas instancias de las Administraciones Públicas y que éstas han de observar como servidores de los ciudadanos y ciudadanas.

(-p.2104-)

El Procurador del Común presentará anualmente a las Cortes de Castilla y León un informe comprensivo de la actividad realizada. Y, a nuestro juicio, el texto que hoy aprobamos contiene un apartado fundamental, a saber: la inclusión de un Título dedicado a la defensa del Estatuto de Autonomía y del Ordenamiento Jurídico de nuestra Comunidad. Tal hecho lo convierte en una pieza jurídica avanzada con respecto al conjunto de Comunidades Autónomas.

Durante la discusión del Proyecto, la inclusión o la exclusión de estas competencias puso, por un momento, en cuestión la posibilidad del consenso que hoy traemos todos los Grupos Parlamentarios. Su definitiva inclusión, el rescate de este Título III, es una decisión de la que debemos felicitarnos todos, no sólo los Grupos Políticos, sino especialmente la ciudadanía castellano-leonesa, que adquiere una Ley que se sitúa a la vanguardia del ordenamiento de esta clase de instituciones.

Ello hace posible que el Procurador del Común pueda reclamar del Ejecutivo o del Legislativo regionales la interposición de recursos de inconstitucionalidad o conflictos de competencias, cuando leyes o disposiciones con fuerza de Ley contradigan nuestro Estatuto, o cuando cualquier disposición o acto emanado de autoridad de otra Comunidad o del Estado no respeten el orden competencial establecido en la Constitución, en el Estatuto de Autonomía o Ley correspondiente. Naturalmente, esta Cámara se somete a la actuación del Procurador del Común, por si es... o personas y colectivos de la Comunidad considerasen que sus decisiones violan el Estatuto, pudiendo requerir de las propias Cortes la subsanación, e incluso proponer al Defensor del Pueblo Estatal la adopción de medidas al efecto.

¿Por qué Procurador del Común? Habría sido legítimo utilizar la denominación convencional de Defensor del Pueblo. Sin embargo, se ha preferido buscarla entre algunos antecedentes históricos. Deseo recordar que, precisamente, en mi intervención en el Pleno Conmemorativo del X Aniversario del Estatuto, glosaba la figura del Procurador del Común entre predecesores con analogía en los tiempos en que emergen los estados modernos, finales del siglo XV y en las primeras décadas del siglo XVI. En algunas ciudades y villas de nuestro territorio, los vecinos, es decir, el tercer estado, es decir, el común, arrancan para algunas personas competencias relacionadas con los tributos, el nombramiento de funcionarios y el abastecimiento urbano frente al poder de las oligarquías dominantes. Recibieron diversos nombres y uno de los más significativos fue el de "Procurador del Común".

Ciertamente, se trata de instituciones locales y no siempre generalizadas, pero, allí donde se dan, se caracterizan por constituir un freno o un contrapeso a poderes que niegan cualquier control o revisión de sus actuaciones.

Estos avances se producen en las ciudades y en algunas villas, porque es en ellas donde se concentran los grupos sociales que, ora en alianza con los monarcas, ora manteniendo conflictos con los mismos, se enfrentan al patriciado urbano y al poderoso régimen señorial imperante en el medio rural. Por esto, la analogía no puede abarcar a la totalidad de los antiguos territorios de Castilla y León, sino a los espacios urbanos donde viven los sectores más dinámicos.

Procurador del Común, también, porque no debemos reclamar cualquier otra denominación que no haya existido como consecuencia de una conquista social, frente a lo que supusieron figuras como el Veedor, el Oidor, cargos de la Administración de Justicia de las distintas épocas, ni tampoco el Alguacil o el Merino del Rey, porque se trataba de fijarnos en aquello que, no sin conflicto, surgió desde el propio pueblo, y no imitando la concesión o la implantación de legados, o delegados de los distintos poderes. Recurrir a esta denominación nos hace herederos de la tradición de defensa de las libertades, y las figuras que ejercieron en otros tiempos esta tarea de mediador, desde posiciones de independencia frente a quienes ha de recurrir.

Haber elegido este nombre supone, a nuestro juicio, afianzar vínculos de arraigo histórico, y fomentar nuestras señas de identidad y sentimiento regional. El Común y las Comunidades estuvieron durante mucho tiempo en el centro de los acontecimientos sociales y políticos de Castilla y León y deben ser así recordados.

Como me permito aquí recordar, en una ciudad como Zamora, a quienes surgieron de ellas, los Comuneros, que lucharon por las libertades de nuestra tierra.

Manifiesto, por tanto, el apoyo del Grupo Parlamentario que represento al Proyecto de Ley. Y concluiría diciendo que, año a año, nosotros no tenemos ningún tipo de compromiso, pero sugeriría que no esperásemos otro año para hacerla patente. Muchas gracias.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias. De acuerdo con el parecer expresado en la Junta de Portavoces del pasado día dieciocho, se va a proceder a someter directamente a votación el Proyecto de Ley que acaba de ser debatido, por el procedimiento de asentimiento.

Señoras y señores Procuradores, ¿se aprueba el Proyecto de Ley del Procurador del Común en Castilla y León por asentimiento? Queda aprobado. Muchas gracias.

Ruego al señor Secretario proceda a dar lectura al tercer punto del Orden del Día.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR AMILIVIA GONZALEZ): Tercer punto del Orden del Día: "Discurso institucional del Excelentísimo señor Presidente de las Cortes de Castilla y León".

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Excelentísimo señor Presidente de la Junta de Castilla y León y Consejeros de su Gobierno. Señorías. Excelentísimas e Ilustrísimas autoridades. Señoras y señores.

(-p.2105-)

Un año más nos convoca a todos la obligación institucional de celebrar la promulgación de nuestro Estatuto de Autonomía. Esta sesión parlamentaria contribuye así a la expresión simbólica que toda actividad política necesita. Espero que sirva para que la palabra de estas Cortes supere el reducido destino del Diario de Sesiones y llegue hasta los últimos rincones de nuestra extensa Comunidad.

En las Cortes constituyentes de mil novecientos treinta y uno, don Claudio Sánchez Albornoz aludía ya a la importancia que tuvieron las Cortes de Castilla y León como nexo de los diferentes territorios que conformaban los antiguos reinos de León y de Castilla. Según él, en la historia de ambos, a diferencia de otros reinos peninsulares, todas las ciudades había sido siempre iguales. Decía que "...lo mismo era Toledo que Burgos, lo mismo era Córdoba que Sevilla, lo mismo era Avila que Segovia; no había un centro, no existía más que una monarquía trashumante que pasaba desde las rías de Galicia hasta los puertos del Mediterráneo, sólo la tenue trabazón de las Cortes que se reunían en todas las ciudades...".

Con esta idea, la reunión de hoy cobra todo el sentido integrador y representativo que corresponde al órgano que me honro en presidir, recuperado hoy hace once años con la promulgación del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, que conforma la institución... la norma institucional básica de nuestra Comunidad.

De este modo, las Cortes de Castilla y León renovadas vuelven a Zamora, cuya capital ya fuera escenario de tres sesiones de Cortes históricas, a las que habría que sumar las cuatro que se celebraron entre los años mil doscientos dos y mil quinientos cinco, en Benavente la primera y en Toro las otras tres.

Y lo hacen en este templo arciprestal de raíces visigóticas, planta románica y alzados renacentistas del siglo XV, magnánimamente cedido por el señor Obispo de la Diócesis -a quien le mostramos nuestro personal agradecimiento-, y en el que reposan los restos de San Atilano, primer Obispo de Zamora, y de San Ildefonso, Arzobispo de Toledo, ambos patronos zamoranos, cuyas tumbas visitaron en otros tiempos reyes y magnates, y ahora nosotros, los legítimos representantes de castellanos y leoneses.

Los Procuradores en Cortes que, en esta sesión plenaria y extraordinaria, con la aprobación del Proyecto de Ley del Procurador del Común, hemos podido constatar que se ha dado cumplimiento a la Proposición No de Ley que hace justamente un año, coincidiendo con la celebración de la primera década de nuestro Estatuto, suscribieron todos los grupos políticos con representación en esta Cámara.

Con el Procurador del Común -se ha dicho-, de gran tradición en nuestro derecho comparado, Castilla y León establece así nuevos vínculos con su pasado histórico, al tiempo que mira hacia el futuro asegurando la existencia de un nuevo control externo sobre la Administración regional, velando tanto por la defensa de los derechos y libertades de los ciudadanos como por el buen funcionamiento de la Administración Pública.

Al comienzo del presente año, se hacía balance, para los medios de comunicación, de la actividad parlamentaria desarrollada durante mil novecientos noventa y tres. Ante la contundencia de las cifras sobran los juicios de valor y falta el esfuerzo común por mejorar sin descanso la institución que a todos nos importa.

Sin concesión a falsas complacencias, todos somos conscientes de que nuestra Comunidad precisa de constantes y renovadas dosis de empeño político. Vivir la autonomía no sólo es ver pasar por el trámite parlamentario la correspondiente Ley de Presupuestos Generales; se requiere también la capacidad para encauzar, al ritmo de los tiempos, intereses y demandas políticas que no tienen siempre cumplida cabida en una partida del gasto público.

Por todo ello, debe recordarse ahora cómo la Propuesta de Reforma Estatutaria, aprobada por esta Cámara el pasado día treinta y uno de marzo -circunscrita exclusivamente a la ampliación de nuestro techo competencial y no a la configuración territorial-, alcanzaba una favorable votación en la sesión plenaria del Congreso de los Diputados celebrada el pasado veintitrés de septiembre, prácticamente unánime, en un clima político de buen entendimiento. El sentido de cordura y paciente ecuanimidad puesto a prueba en un proceso de Reforma Estatutaria, no exento de vicisitudes, comenzaba de este modo a dar sus frutos, pues con la llegada de nuevas competencias, habremos dado un paso hacia adelante en la consolidación del Estado Autonómico.

Cualquiera que sea la apreciación política que pueda hacerse de esta propuesta, representa indefectiblemente un hecho de notable magnitud en nuestra corta vida estatutaria. Cuando finalice su andadura parlamentaria reportará a esta Cámara, a través de la transferencia de nuevas competencias, inéditos campos de actuación e importantes sectores de los que ocuparse con esfuerzo y trabajo.

Con la brevedad que este acto requiere, también es preciso dejar aquí constancia de nuestra manera de ser, de nuestra identidad histórica y cultural claramente definida en el conjunto y dentro de la plural unidad de esa entidad que aquí se forjó y llamamos España. Nuestra lengua materna ha sido siempre el castellano. ¿Podrá extrañar, acaso, que la amemos como algo propio? A ella debemos una parte sustancial de nuestra identidad cultural.

(-p.2106-)

Se ha dicho, con toda razón, que el español, como lengua común, es de todos y sirve a todos. Y en este sentido, el director de la Real Academia rechazaba, no hace mucho tiempo, las barreras lingüísticas y propugnaba la concordia idiomática. Vivimos sin duda en el seno de una entidad pluricultural y plurilingüe, pero nada nos impide ser una permanente referencia de la España castellanohablante. La lengua castellana es el idioma del Estado español y ha de tener, por tanto, el protagonismo que se merece, resultando enojoso para este Presidente tener que reclamarlo en las postrimerías del siglo XX.

Evocando estas tierras, las tierras que alimentaron el nacimiento del primer poeta castellano, el autor del Mío Cid, decía Ortega y Gasset que cuando llevamos dentro sus recios versos heroicos, nuestro peso moral aumenta. Siempre nos hemos sentido más proclives a la integración que a la separación, a la apertura que a la cerrazón, a la grandeza de ánimo que a una calculada cortedad de miras; por eso, que nadie vea en nosotros deseo de rivalizar, porque reconocemos el derecho de cada región a utilizar y potenciar su propio idioma, si es que tiene alguno específico, diferente al de todos; pero que no se haga de ello bandera reivindicativa que pueda fomentar la cultura del agravio, haciendo de los nacionalismos factores desintegradores de la unidad de España, por la que tanto ha bregado Castilla y León, que este año, además, celebra el Quinto Centenario de la Firma del Tratado de Tordesillas.

Con esta conmemoración hemos querido expresar también que es conveniente volver, de vez en cuando, una larga mirada hacia la profunda alameda del pasado. En ella -escribía Ortega- aprendemos los verdaderos valores, no en el mercado del día. A propósito del aquel hecho histórico, rememoramos nuestra capacidad de pacto ante acontecimientos de la máxima magnitud y transcendencia. En este sentido, significa un motivo de recuerdo para la apertura de los pueblos, estímulo de progreso y unión entre continentes. A partir de él, la lengua española adquirió una dimensión transoceánica, y hoy nos ayuda de forma inmediata en nuestra postergada dimensión transfronteriza con Portugal.

Sin embargo, no basta ya con recordar lo acontecido. Sabido es que el tiempo de la política remite al futuro, y hacia ese más o menos corto plazo proyecta una común voluntad. En un mundo internacional fuertemente relacionado no podemos seguir ensimismados, con evidente despreocupación, cuando no incompetente desidia, frente a un desarrollo económico y social que contempla a nivel planetario los factores de producción.

Estamos obligados a promover actividades públicas y privadas dirigidas a fomentar el desarrollo económico, social y cultural. Reciente jurisprudencia constitucional comprometía precisamente a las Comunidades Autónomas en las funciones de difusión internacional de los valores culturales y de los bienes que integran nuestro rico patrimonio.

En este punto y hora concretos debemos dejar clara nuestra disposición a defender con orgullo la riqueza patrimonial y artística de Castilla y León. Sirva de ejemplo la propuesta de la Mesa de estas Cortes que, por unanimidad y a propuesta de esta Presidencia, propuso la magna exposición de "Las Edades del Hombre" como candidata a la convocatoria de los premios "Príncipe de Asturias 1994", en el apartado relativo a la artes, propuesta que, desde aquí, o a la que desde aquí, invito a que se sumen otras instituciones y colectivos sociales de esta Comunidad.

Recientemente, el Senado, con la constitución de la Comisión General de las Autonomías, ha dado el primer paso para convertirse en una auténtica Cámara de representación territorial. De otra parte, el Comité de las Regiones de Europa supone la institucionalización de un órgano representativo de las mismas en el ámbito comunitario. Carecen de sentido, pues, las excusas para refugiarse en el ámbito de lo doméstico. Sin una cierta superación del aire sucursalista y provinciano que nos afecta, difícilmente se hará oír la propia voz en los principales foros de nuestros días. Se trata de asumir el protagonismo ordenado que a cada uno corresponde en la España de las Autonomías y en la Europa de las Regiones.

En este sentido y en línea con lo dispuesto en el Tratado de la Unión Europea, somos firmes partidarios del principio de subsidiariedad, según el cual la actuación pública debe realizarse en el nivel territorial que sea más adecuado para la resolución de los problemas.

También hemos dado sobradas muestras de entender que un elemental deber de colaboración significa lealtad institucional entre todos los poderes del Estado, que han de respetar y tener presentes sus respectivas actuaciones.

Tanto los poderes centrales como los autonómicos deben mantener, según una firme doctrina, una actitud positiva en sus relaciones, de forma que permitan y faciliten el adecuado cumplimiento de las responsabilidades que incumben a cada parte. Este recíproco deber se concreta ya legalmente en la obligación de ambas administraciones de cooperar en el ejercicio de sus competencias. Pero no basta con reiterar por enésima vez lo que resulta de sobra conocido y con más dificultad cumplido. Las Comunidades Autónomas no son o no deben ser entidades enfrentadas al Estado, sino que forman parte integrante de él.

Por eso, el punto muerto en el que se encuentra hoy en día el proceso autonómico exige respuestas que -como se ha escrito-, partiendo de los principios y directrices constitucionales, definan y cierren definitivamente el modelo abierto recogido en el Título VIII de nuestra Constitución. Ya en el ciclo de conferencias que organizaron estas Cortes con motivo del X Aniversario de la Promulgación del Estatuto, se manifestó, desde distintos puntos de vista, esta preocupación de clarificación y afianzamiento de la notable empresa descentralizadora en curso.

(-p.2107-)

Tarea que quizá convenga poner en relación con el papel que toca desempeñar a los entes locales. La idea, como se sabe, no es nueva. El ordenado desarrollo del Estatuto parece, además, exigirlo. No es trata de una retórica apelación al principio de autonomía local. El buen estado de la región requiere, sin ningún género de duda, una especie de pacto de política municipal que aproveche sin cortacircuitos toda nuestra numerosa y necesitada red de entes públicos territoriales.

Hoy día, puede afirmarse que el fenómeno centralizador ha cumplido ya su papel histórico y que, incluso, puede ser considerado como un freno al desarrollo de la democracia. Hasta tal punto -decía el Presidente de nuestra Comunidad, Juan José Lucas- esto es así, que descentralización y democracia se han convertido en dos términos inseparables. Invito, pues, a los grupos políticos con representación en esta Cámara que impulsen ese pacto, que podrá solucionar, en buena medida, la precaria situación económica en que se encuentra la mayoría de nuestros ayuntamientos. No obstante, la política descentralizadora en favor de las entidades locales y provinciales sólo será efectiva si va acompañada de una nueva normativa por parte del Estado en orden a su financiación.

Lejos de actitudes partidistas y sectarias, y ajenos a cualquier doctrinarismo, debemos hacer entender el principio de autogobierno como uno de los elementos esenciales del orden democrático. Desde el principio resultó claro al Tribunal Constitucional que la autonomía hacía referencia a un poder limitado, que no era soberanía y que en ningún caso podía oponerse al principio de unidad, sino que era precisamente dentro de éste donde alcanzaba su verdadero sentido.

Pocos como nosotros han comprendido hasta el fondo el alcance de este pronunciamiento judicial. El ejercicio de la autonomía debe ser razonable, proporcionado con el fin propuesto, y solidario. Estamos convencidos que el pleno desarrollo autonómico no se logrará jamás desde la reivindicación irresponsable, sino desde el principio de la unidad del Estado español. Pocos también han asumido tanto esta pauta interpretativa que, sin renunciar a la autonomía, no pretende alterar el común ordenamiento básico.

Siempre hemos sido partidarios de un determinado grado de igualdad que, sin desconocer los insoslayables hechos diferenciales, permita sostener una mínima homogeneidad en las posiciones jurídicas fundamentales. Nacidos nosotros mismos, como representantes políticos, para servir a esta idea de autonomía, no podemos ser pretexto para ocultarla, desviarla o, lo que es peor, terminar por apagarla. Si para algo sirve el Día del Estatuto puede ser, justamente, para no perder la memoria; la memoria de las ideas básicas de nuestro ordenamiento, que no pueden ser alteradas a cada paso.

Hace más de sesenta años decía don Manuel Azaña que los castellanos y leoneses tienen muchas y grandes cosas que decir y muchas y grandes cosas que hacer en relación con las autonomías en España. De nada serviría, según el líder republicano, que una política inteligente y liberal llegase a formar en la Península un rosario de regiones periféricas prósperas y lúcidas, si el lazo interior, físico y político, entre todas estas regiones en prosperidad, fuese una zona centro pobre, que bien pudiera ser hoy Castilla y León. Abogaba ya entonces por la recuperación del genio político de nuestras tierras, que -en expresión del ilustre estadista alcalaíno- consistía en la facultad, en la facilidad con que se llega desde la esfera individual a la esfera del Estado.

A nosotros nos corresponde ahora promover la igualdad y el equilibrio en el mapa de las autonomías, tarea que no es fácil en un momento político como el que nos ha tocado en suerte, porque resulta patente la ausencia de la solidaridad indispensable para contener en un mismo sistema político áreas no homogéneas en las condiciones de vida y desarrollo económico.

Comienzan, pues, a necesitarse nuevos senderos para la descentralización política de los estados. En nuestro caso al menos, el rumbo cierto y seguro viene representado por el Estatuto de Autonomía en el marco de la vigente Constitución. No es este el momento ni ocasión para otro tipo de declaraciones que no sean sino las de recordar que a un Parlamento Territorial, como el que ahora nos congrega, le cumple seguir siendo foro de discusión y debate, elemento definidor de las cuestiones fundamentales de nuestra Comunidad Autónoma, y, finalmente, símbolo y estímulo de nuestro poder autonómico.

Me cumple igualmente -termino- hacer un llamamiento al trabajo en común. Desde la perspectiva que da un modo de entender la política, más allá de la alicorta victoria partidista, el futuro demanda un esfuerzo solidario de todos, sin torpes exclusiones, sin atávicos recelos que a nada nos conducen.

Una acertada política en el sector servicios, como puede ser el turismo, reportaría tangibles beneficios a una Comunidad Autónoma como la nuestra, necesitada de un mayor dinamismo en todos los sentidos. Una ordenada y bien medida transferencia de activos tan significativos como las Universidades, junto a su decidida potenciación, va a significar también una prueba más en el acierto o fracaso de nuestra política propia.

Llegará un momento, en este común camino, que no quepa echar la culpa de la propia situación a factores ajenos, ni a un fatal destino premeditado... irremediable, perdón.

(-p.2108-)

Así pues, desde esta "bien cercada" ciudad de Zamora, "que no se ganó en un hora", como se dice aquí con orgullo, cabe tomar el compromiso de no hipotecar por nuestra parte el destino de generaciones venideras; antes al contrario, se exige, en razón de los cargos que ocupamos, transmitir lo heredado con las mejoras que seamos capaces de llevar a cabo. "La capacidad -como escribió Gracián- hace personas; la incapacidad, monstruos. Es la capacidad el fundamento de la política; es la capacidad seno de la prudencia, sin la cual, ni el empleo, ni el ejercicio, ni los años sacan jamás maestros". Pues bien, los siglos transcurridos no han borrado la fuerza del pensamiento de este genial jesuita. La capacidad para cambiar la realidad efectiva sigue siendo la unidad de medida más desengañada para valorar la acción política. La retórica vale para movilizar sentimientos, pero no suple la dura y cotidiana tarea de gestionar recursos y conducir voluntades.

De nuestra capacidad depende, pues, el desarrollo estatutario y la consolidación de la democracia, defendiendo la unidad de España y profundizando al mismo tiempo en el desarrollo autonómico por la vía de la descentralización política; de ahí nuestra insistente demanda de una mayor lealtad institucional entre las distintas administraciones, basada en el mutuo respeto, colaboración y confianza, y de ahí también la demanda de una mayor solidaridad entre las diversas regiones, incidiendo en aquello que nos une y no en los hechos diferenciales que, reconocidos, pudieran separarnos.

Si es así, a buen seguro habremos contribuido al pacífico y próspero progreso de todos los castellanos y leoneses y de todos los españoles, como es nuestro deseo.

He dicho. Muchas gracias.

Se levanta la sesión.

(Se levanta la sesión a las trece horas cuarenta minutos).


DS(P) nº 52/3 del 25/2/1994

CVE="DSPLN-03-000052"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
III Legislatura
Pleno de las Cortes
DS(P) nº 52/3 del 25/2/1994
CVE: DSPLN-03-000052

DS(P) nº 52/3 del 25/2/1994. Pleno de las Cortes
Sesión Celebrada el día 25 de febrero de 1994, en ZAMORA
Bajo la Presidencia de: Manuel Estella Hoyos
Pags. 2097-2108

ORDEN DEL DÍA:

Propuesta de tramitación por el procedimiento de lectura única, previsto en el artículo 128 del Reglamento del Proyecto de Ley del Procurador del Común de Castilla y León.

Debate y votación, por el procedimiento de lectura única, previsto en el artículo 128 del Reglamento, del Proyecto de Ley del Procurador del Común de Castilla y León.

Discurso Institucional de la Presidencia.

SUMARIO:

Se inicia la sesión a las doce horas treinta y cinco minutos.

El Presidente, Sr. Estella Hoyos, abre la sesión.

- Primer punto del Orden del Día. Propuesta en Lectura Unica P.L.

31.

El Secretario, Sr. Amilivia González, da lectura al primer punto del Orden del Día.

El Secretario, Sr. Amilivia González, da lectura al acuerdo de Mesa, proponiendo al Pleno la tramitación en lectura única.

El Presidente, somete a aprobación la propuesta. Es aceptada.

- Segundo punto del Orden del Día. Debate y votación P.L. 31.

El Secretario, Sr. Amilivia González, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

Intervención del Sr. Huidobro Díez, Consejero de Presidencia y Administración Territorial, para presentar el Proyecto de Ley.

En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. León de la Riva (Grupo Popular).

En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Quijano González (Grupo Socialista).

En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. San Martín Ramos (Grupo de CDS).

En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Herreros Herreros (Grupo Mixto).

El Presidente, Sr. Estella Hoyos, somete a votación el Proyecto de Ley debatido. Es aprobado, por asentimiento.

- Tercer punto del Orden de Día. Discurso Institucional.

El Secretario, Sr. Amilivia González, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

Discurso Institucional del Sr. Estella Hoyos, Presidente de las Cortes de Castilla y León.

El Presidente, Sr. Estella Hoyos, levanta la sesión.

Se levantó la sesión a las doce horas treinta y cinco minutos.

TEXTO:

(-p.2098-)

(Comenzó la sesión a las doce horas treinta y cinco minutos).

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Se abre la sesión. Y el señor Secretario dará lectura al primer punto del Orden del Día.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR AMILIVIA GONZALEZ): Primer punto del Orden del Día: "Propuesta de tramitación por el procedimiento de lectura única, previsto en el Artículo 128 del Reglamento, del Proyecto de Ley del Procurador del Común de Castilla y León".

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Asimismo, el señor Secretario dará lectura al Acuerdo de la Mesa proponiendo al Pleno la tramitación por el procedimiento de lectura única de este Proyecto de Ley.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR AMILIVIA GONZALEZ): "La Mesa, en su reunión de fecha dieciocho de febrero actual, con el parecer favorable de la Junta de Portavoces, propone al Pleno de las Cortes la tramitación en lectura única del Proyecto de Ley del Procurador del Común de Castilla y León".

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): ¿Se aprueba esta propuesta por asentimiento? Se aprueba.

Señor Secretario, le ruego dé lectura al segundo punto del Orden del Día.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR AMILIVIA GONZALEZ): Segundo punto del Orden del Día: "Debate y votación por el procedimiento de lectura única, previsto en el Artículo 128 del Reglamento, del Proyecto de Ley del Procurador del Común de Castilla y León".

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Para la presentación del Proyecto de Ley, en nombre de la Junta, tiene la palabra el señor Consejero de la Presidencia, don César Huidobro.


HUIDOBRO DIEZ

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACION TERRITORIAL (SEÑOR HUIDOBRO DIEZ): Señor Presidente. Señorías. En nombre del Gobierno Regional, me corresponde el honor de presentar ante estas Cortes, reunidas en Sesión Plenaria de carácter extraordinario, en este XI aniversario de la Promulgación del Estatuto de Autonomía, el Proyecto de Ley del Procurador del Común.

"Procurador del Común" ha sido el nombre elegido para el Alto Comisionado de las Cortes de Castilla y León, designado por estas mismas Cortes, para la protección y defensa de los derechos fundamentales de los ciudadanos, la tutela del ordenamiento jurídico castellano-leonés y la defensa del Estatuto de Autonomía. El Procurador del Común es el Defensor del Pueblo de Castilla y León.

(-p.2099-)

El Defensor del Pueblo fue creado en el Artículo 54 de la Constitución Española y regulado en la Ley Orgánica 3, de seis de abril de mil novecientos ochenta y uno. Es una institución que debe de ser considerada como una novedad del texto constitucional y que, en el sentido moderno, tiene su origen en los países escandinavos, aunque en nuestra tradición jurídica castellano-leonesa podemos encontrar manifestaciones análogas en defensa de los derechos y privilegios de las villas, de las ciudades y, en definitiva, de las comunidades frente a los reyes.

Ni el Artículo 54 de la Constitución, ni la ya citada Ley 3, de mil novecientos ochenta y uno, del Defensor del Pueblo, se refieren a los defensores del pueblo de las Comunidades Autónomas de forma expresa. Pero en el proceso de aprobación de la Constitución ya se presentaron enmiendas para introducir la figura del Defensor del Pueblo de las Comunidades Autónomas en el propio texto constitucional; enmiendas que, aun cuando no se incorporaron a dicho texto, no fue porque merecieran un rechazo frontal -basta leer las actas del Congreso y del Senado sobre esta materia-, sino por no considerarse oportuno en aquel momento la introducción de dicha figura.

La referencia expresa a esta Institución en algunos Estatutos de Autonomía, la Ley 36, de seis de noviembre de mil novecientos ochenta y cinco, de Relaciones del Defensor del Pueblo y Figuras Similares de las Comunidades Autónomas, y las sentencias del Tribunal Constitucional, que han planteado la constitucionalidad de algunas disposiciones de las leyes autonómicas reguladoras de esta figura, dejan clara su consideración de institución básica de autogobierno de las Comunidades Autónomas.

El Procurador del Común es, por lo tanto, una institución básica de autogobierno de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y su creación supone un paso más en el camino de la construcción de Castilla y León como un proyecto de futuro, porque ha de contribuir a fortalecer el sentimiento autonómico y a incrementar, fuera y dentro de la Región, el respeto a las instituciones. ¿Qué otra cosa significa, si no, la misión encomendada al Procurador de defender los derechos fundamentales de los ciudadanos, de tutelar el ordenamiento jurídico castellano-leonés y de defender el Estatuto de Autonomía? ¿Y no es una buena contribución al futuro de Castilla y León la de supervisar la actuación de la Administración Regional, para que ésta preste los servicios de la manera más eficaz y más económica?

La Institución, en sí misma, es muy importante, pero lo es más, lo es mucho más si atendemos a su nacimiento y a su regulación en Castilla y León. Porque fue una Proposición No de Ley de los Grupos Parlamentarios con representación en las Cortes de Castilla y León, aprobada por unanimidad en la solemne conmemoración del X Aniversario del Estatuto de Autonomía, en la que se acordó instar a la Junta para que remitiera un Proyecto de Ley que regulara la institución del Defensor del Pueblo de Castilla y León. Y han sido los mismos Grupos Parlamentarios quienes, también unánimemente, han elegido el nombre del Procurador del Común, han consensuado el texto que hoy se presenta para su aprobación, tomando como base el Anteproyecto que el Gobierno les remitió en su día.

Importancia de la figura del Defensor del Pueblo y unanimidad respecto al momento de su creación, del nombre y de su regulación es un motivo de satisfacción, debe de ser un motivo de satisfacción para todos y de esperanza.

He enunciado las funciones encomendadas al Procurador del Común en este Proyecto de Ley. Voy a hacer, a continuación, una breve referencia a algunas de sus características y reglas de funcionamiento.

El Procurador del Común no está sometido a mandato imperativo, no recibirá instrucciones de ninguna autoridad y cumple sus funciones con objetividad, autonomía e independencia. Y goza de independencia incluso respecto a estas Cortes, a las que corresponde nombrarle. Hasta tal punto goza de independencia que, si la violación del Estatuto de Autonomía derivase de un acto de las mismas, requerirá a éstas para que lo subsanen, y, si no lo hacen, podrá hacerlo llegar al Defensor del Pueblo, sugiriéndole las medidas a adoptar.

Ha de ser elegido por el Pleno de estas Cortes, convocado al efecto, por un período de cinco años. Se elige por una mayoría de tres quintos, y sólo puede ser elegido una vez más. Para ser elegido, se requiere gozar de la condición política de castellano-leonés, ser mayor de edad y estar en pleno uso de los derechos civiles y políticos.

En los Artículos 8 y 9 se regulan las causas de incompatibilidad y cese y el procedimiento para hacerlos efectivos.

El Procurador del Común está auxiliado -como sucede en otras Comunidades Autónomas y en el Defensor del Pueblo- por un adjunto, en el que puede delegar sus funciones, y le sustituirá en el ejercicio de las mismas en los supuestos de imposibilidad temporal y en los de cese. Sin embargo, el Procurador de Castilla y León continuará en el ejercicio de sus funciones hasta que se nombre su sucesor en los casos de cese por haber transcurrido el tiempo por el que fue elegido, apartándose, de esa manera, de la regulación que sobre esta materia hace la Ley del Defensor del Pueblo y recogiendo peticiones, en este sentido, de la doctrina y de aquéllos que, día a día, están tratando y trabajando con el Defensor del Pueblo.

Al Adjunto le son de aplicación las condiciones, incompatibilidades y causas de cese previstas por el Procurador del Común. Es elegido por éste, previa conformidad con la Comisión del Procurador. Y ésta es otra de las modificaciones que esta regulación contiene: y puede cesarle libremente.

Los Títulos II y III de la Ley regulan el procedimiento y la actuación en su defensa y protección de los derechos individuales y colectivos y la defensa del Estatuto de Autonomía y el ordenamiento jurídico de Castilla y León.

(-p.2100-)

En cumplimiento de su misión, los controles los ejerce a través de las siguientes medidas: sugerencias de modificación, anulación de actos administrativos, e incluso de modificación de normas, efectuando, con ocasión de las averiguaciones, recomendaciones a funcionarios y autoridades y proponiendo la interposición de recursos de inconstitucionalidad y de amparo ante el Tribunal Constitucional.

La defensa del Estatuto de Autonomía y la tutela del ordenamiento jurídico de la Comunidad Autónoma no son competencias que se hayan atribuido a todas las figuras semejantes al Procurador del Común y existentes en la actualidad. Sí lo son del Justicia de Aragón, sí lo son del Síndico de Agravios de las Islas Baleares, pero no lo son de otras figuras.

La función encomendada en el ejercicio de esta competencia es vigilar las posibles violaciones del Estatuto y dirigirse a la Junta de Castilla y León o a las Cortes para que interpongan el pertinente recurso de inconstitucionalidad o conflicto de competencia. Y, si esta iniciativa no diere resultado, dirigirse al Defensor del Pueblo, excepto cuando la violación procediera de un acto de las Cortes (los supuestos que he mencionado anteriormente, al referirme a la independencia).

En el supuesto de reiterados casos de aplicación deficiente o nula del ordenamiento jurídico de Castilla y León, ha de comunicarlo al Presidente de las Cortes, para que éste adopte las medidas oportunas.

El Procurador del Común -y voy terminando- actúa con independencia respecto a las Cortes, pero está obligado a presentar anualmente un informe de sus actuaciones, con las precisiones que se enumeran en el Artículo 31. Y debe de exponer oralmente ante el Pleno un resumen de su informe en una sesión convocada al efecto, y, al final de la misma, los Grupos Parlamentarios pueden fijar sus posiciones respecto al informe y las actuaciones sobre dicho informe.

Estas son, Señorías, sucintamente expuestas, las características, la naturaleza jurídica, la organización y funcionamiento de la Institución que crea el Proyecto de Ley que les acabo de presentar.

No sería lógico terminar esta presentación del Proyecto pidiendo, como normalmente se hace, el voto favorable al mismo de los Grupos Parlamentarios, porque, como ya he dejado expuesto -y es conocido de todo el mundo-, la redacción consensuada de este texto presupone ese voto favorable. Pero, en nombre del Gobierno Regional, agradezco a los Grupos Parlamentarios el esfuerzo realizado para la consecución de este objetivo, y muestro la satisfacción por el resultado también obtenido. Gracias, señor Presidente.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias, señor Consejero. Se abre un turno para fijación de posiciones por parte de los Grupos Parlamentarios. Y, en nombre del Grupo Popular, tiene la palabra su Portavoz, don Javier León de la Riva.


LEON DE LA RIVA

EL SEÑOR LEON DE LA RIVA: Señor Presidente. Señoras y señores Procuradores. Ha transcurrido justamente un año desde que, en el Pleno extraordinario celebrado en la Iglesia de San Pablo de Valladolid, con ocasión de la conmemoración del X Aniversario de nuestro Estatuto, las Cortes de Castilla y León aprobaron de forma unánime la Proposición de Ley, presentada por los cuatro Grupos Parlamentarios, instando al Gobierno Regional a la creación en nuestra Comunidad Autónoma de la figura del Defensor del Pueblo.

En aquella solemne sesión, los Portavoces de los Grupos Parlamentarios, haciendo un recorrido por la historia castellano-leonesa, recordábamos a aquellas figuras que, de alguna forma, tuvieron un cometido que podría constituirse en antecedente, siquiera fuera remoto, del Defensor del Pueblo. Y así, desfilaron por aquella Tribuna desde el Merino Mayor al Procurador del Común, pasando por el Aguacil del Rey, el Relator del Consejo, el Veedor y el Oidor de la Audiencia, los Procuradores Pecheros y el Personero del Común.

Al final, y de forma unánime, también, nos hemos inclinado por la denominación, para nuestro Defensor del Pueblo, del Procurador del Común, entendiendo que, aunque -y no podía ser de otra forma- no tenía los mismos cometidos que le vamos a atribuir en este Proyecto de Ley, de alguna forma, se identificaba más que cualquiera de los anteriores con el cometido que le vamos a atribuir.

Hoy estamos celebrando el XI Aniversario del Estatuto de Autonomía, en este marco de la Iglesia de San Ildefonso, al abrazo de las murallas de Zamora y protegidos por su perla románica. Por ello, no está demás hacer memoria de aquel obispo comunero, don Antonio de Acuña, que en estos lares tuvo su residencia episcopal, y que habría de padecer el triste fin de la horca en mi querida villa de Simancas. Y quiero recordarlo precisamente hoy, que vamos a aprobar el Proyecto de Ley que crea la figura del Procurador del Común, personaje que -como el Obispo de Acuña... el Obispo Acuña- habrá de defender los intereses del pueblo frente a los del poder constituido. Esperemos que con otras armas y no con tan triste final.

(-p.2101-)

La Junta de Castilla y León ha cumplido con el mandato político de esta Cámara, y, con una actitud que le honra, conforme relataba el Consejero de Presidencia hace unos momentos, remitió a los Grupos Parlamentarios un borrador del Proyecto de Ley, con la única consigna -transmitida personalmente por el Presidente de la Junta a este Portavoz- de llegar a un consenso unánime en el texto definitivo, y manifestando su compromiso de admitir como propio el texto elaborado por los Grupos Parlamentarios.

Es de destacar, pues, la voluntad del Gobierno Regional de aceptar, sin interferir en lo más mínimo, la voluntad de los Grupos Parlamentarios y -por qué no decirlo aquí también- la aceptación de los tres Grupos mayoritarios de las exigencias del Grupo más minoritario en cuanto a la concepción y al modelo de la Institución que vamos a crear.

Ojalá, Señorías, que este clima de diálogo y consenso que hasta el momento ha presidido todo cuanto se ha hecho en relación con el Procurador del Común perdure hasta el momento de su elección por el Pleno de la Cámara.

Quede claro, pues, que es la voluntad del Gobierno Regional y del Grupo Parlamentario que le apoya, de hacer un esfuerzo de acercamiento a los restantes Grupos de la Cámara para definir el perfil que debe reunir la persona que encarne la institución, e, incluso ¿por qué no?, la persona misma que debe asumir tan importante misión.

El Procurador del Común debe ser una persona con prestigio profesional, sin significación política destacada y aceptado de buen grado por todos los Grupos Parlamentarios.

El Grupo Popular, como Grupo mayoritario en estas Cortes, ni está comprometido con candidato alguno, ni tiene compromiso cerrado con nadie, y reitera una vez más desde esta Tribuna su oferta de diálogo y consenso.

Hagamos pues, entre todos, Señorías, un esfuerzo de acercamiento, dejemos a un lado compromisos y prejuicios y elijamos para echar a andar la institución que estamos creando a quien pensemos en conciencia que va a responder a las esperanzas que todos tenemos puestas en una institución que, como se ha dicho ya, viene a perfeccionar nuestro ordenamiento institucional, velando por los intereses de los derechos fundamentales de los ciudadanos de Castilla y León, tutelando nuestro ordenamiento jurídico y defendiendo nuestro Estatuto de Autonomía.

Estoy seguro, Señorías, que, de hacerlo así, habremos dado un paso importante en nuestro autogobierno, que viene a complementar el mayor techo competencial alcanzado tras nuestra reforma estatutaria.

Por todo ello, Señorías, y en la seguridad de que lo obtendré, me permito solicitar desde esta Tribuna vuestro voto favorable al Proyecto de Ley que acaba de ser presentado por el Gobierno.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias. Tiene ahora la palabra en nombre del Grupo Socialista su Portavoz, don Jesús Quijano.


QUIJANO GONZALEZ

EL SEÑOR QUIJANO GONZALEZ: Señor Presidente. Señoras y señores Procuradores. En nombre del Grupo Parlamentario Socialista intervengo para manifestar el apoyo al Proyecto de Ley por el que se crea la figura del Procurador del Común de Castilla y León y, consiguientemente, anunciar nuestro voto favorable.

Quiero destacar, en primer lugar, como ya se ha hecho y estoy seguro de que se seguirá haciendo, el grado de consenso alcanzado a la hora de aprobar la regulación legal de la figura, en coherencia con el que hoy hace un año tuvo la iniciativa suscrita por todos los Grupos Parlamentarios que nos comprometió a dar este paso conjuntamente.

Es ésa una buena señal, porque implica que las decisiones legislativas llamadas a producir efectos en la ordenación institucional de la Comunidad serán tanto más estables cuanto más respaldo hayan sido capaces de suscitar.

Es éste un principio que mi Grupo Parlamentario desea hacer explícito una vez más, con la voluntad de hacerlo extensivo también a otras decisiones de efectos equivalentes en nuestra ordenación jurídica básica.

Afirmo, además, que tal principio, que permite reconocer la existencia de ámbitos legislativos -como es este caso- en los que no está implicado el modelo político que cada uno legítimamente defiende, tendrá un saludable efecto pedagógico para nuestros conciudadanos, a los que a veces acostumbramos en demasía a percibir la vida democrática como una mera contraposición o confrontación de planteamientos, incluso cuando hay motivaciones coyunturales sin una base sólida que lo sustente.

La aprobación de esta Ley, por tanto, Señorías, supone un avance importante en nuestra ordenación institucional, en efecto, y por ello mismo implica un ejercicio responsable de nuestra capacidad de autoorganización como Comunidad Autónoma.

Pero se trata de un avance muy especial en su significado, porque al poner en marcha esta figura no estamos ampliando la capacidad de actuación de las instituciones ya constituidas, sean el Ejecutivo o el Legislativo, sino aceptando un mecanismo de control independiente y autónomo.

Esta no es -permítanme la expresión- otra institución para las instituciones ya existentes, ni siquiera otra institución más; ésta es una institución para los ciudadanos, cuyo prestigio estará directamente relacionado con la capacidad de ponderación, equilibrio, prudencia y eficacia que sea capaz de generar.

(-p.2102-)

A nosotros, Parlamento Regional, nos toca, ante todo, respetarlo; al Gobierno Regional y a la Administración, colaborar con él sinceramente. Haríamos mal, por tanto, en esperar milagros o resultados espectaculares; pero haríamos mal también si cayéramos en la tentación de ver en él un instrumento enojoso de control frente al que hay que precaverse, o de quién hay que desconfiar, o si intentáramos utilizarlo como elemento añadido para la pugna política, como competidor en las tareas parlamentarias, o como aliado coyuntural.

Asumo, pues, en la medida que me corresponde, el compromiso de protegerlo y de defender, si llega el caso, su autonomía, independencia y objetividad, en los términos que lo dice el artículo 1 del Proyecto de Ley que vamos a aprobar.

Creo, además, que éste es el momento oportuno para que traslademos conjuntamente a los ciudadanos, a quienes representamos aquí, ese mismo mensaje: sepan que con la aprobación de esta Ley disponen de una vía para canalizar sus quejas frente a la Administración, para la defensa de sus derechos e intereses legítimos, para la tutela del ordenamiento jurídico regional, incluido el Estatuto de Autonomía; está a su disposición, para que la utilicen y le den contenido, desde la confianza y desde el cuidado exquisito que requiere toda institución naciente, para que se pueda consolidar con normalidad.

Aprobada la Ley, finalmente, deseo que el espíritu de colaboración se mantenga en el proceso de puesta en marcha de la figura, y, si es posible, que en ello pongamos la suficiente diligencia.

El paso inmediato ha de ser el nombramiento de la persona que encarne por primera vez la figura del Procurador del Común. Habremos de hacerlo con el máximo cuidado, para que el margen de confianza y respaldo sea el máximo desde el principio.

La Ley exige una mayoría parlamentaria de tres quintos. Todos somos conscientes de que bastaría el acuerdo de los dos principales Grupos de la Cámara para alcanzarla, pero avanzo mi criterio de que considero preferible mantener para el nombramiento el mismo grado de consenso que ha existido en la aprobación de la Ley. Me vinculo, como representante de mi Grupo Parlamentario, por tanto, de antemano, a una decisión unánime, y confío en que todos seamos capaces de obtenerla pronto.

A quien corresponda ejercer la función le pido desde ahora, además del respeto a los principios que la propia Ley establece con carácter escrupuloso -autonomía, independencia y objetividad-, que tenga en cuenta tres criterios que, no dudo, todos compartimos: cercanía, para que los ciudadanos lo sientan como suyo; eficacia, para que su legitimidad legal se vea acrecentada con la que derive de la utilidad en el ejercicio práctico de sus atribuciones; y austeridad, para que despliegue además un efecto ejemplificador en nuestra sociedad. A la vez, le brindo de antemano el apoyo, la confianza y la comprensión de mi Grupo Parlamentario.

Estoy seguro, Señorías, de que la celebración de este undécimo aniversario del Estatuto de Autonomía de Castilla y León en la ciudad de Zamora, a la que saludo con mis mejores deseos, marcará un hito en el proceso histórico de nuestra consolidación como Comunidad.

La circunstancia no es baladí: aquí pusimos en marcha una institución -el Procurador del Común- para el mejor servicio a nuestros conciudadanos. Gracias, señor Presidente.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias, Señoría. Tiene ahora la palabra, en nombre del Grupo del Centro Democrático y Social, don Pedro San Martín Ramos.


SAN MARTIN RAMOS

EL SEÑOR SAN MARTIN RAMOS: Señor Presidente, Señorías. Intervengo en nombre del Grupo Parlamentario del CDS, en esta Sesión Plenaria de las Cortes de Castilla y León que se celebra a orillas del Duero, en Zamora, el día en que se conmemora el undécimo aniversario de nuestro Estatuto de Autonomía, para defender el Proyecto de Ley del Procurador del Común de Castilla y León.

En lugar de hacer referencias a los antecedentes históricos de esta figura en nuestra Comunidad, como el Justicia Mayor de la Casa del Rey, o Alguacil del Rey, Relator del Consejo, Veedor, Adelantado..., queremos destacar dos perfiles que consideramos contiene esta Ley, este Proyecto de Ley: el consenso entre los Grupos Parlamentarios que componen la Cámara y la doble función que este Procurador va a cumplir.

Como ya han dicho los Procuradores que antes han intervenido, cumplidos diez años de autogobierno, en febrero del año noventa y tres, todos los Grupos -el Grupo Popular, Socialista, Centrista y Mixto- presentaron una Proposición No de Ley instando a la Junta a que remitiera a la Cámara un Proyecto de Ley para la institución del Defensor del Pueblo en Castilla y León. Esta propuesta fue aprobada por unanimidad en el Pleno celebrado hace un año, en la iglesia de San Pablo de Valladolid, y ese consenso se mantiene, se ratifica el día de hoy en este Pleno en que se aprobará unánimemente.

Este Procurador del Común, este Comisionado de las Cortes defenderá y protegerá los derechos y libertades de los ciudadanos ante las Administraciones con sede en esta Autonomía; y también ejercerá la tutela del ordenamiento jurídico castellano-leonés y la defensa de nuestro Estatuto de Autonomía.

Como Procurador de la Cámara, como zamorano, debo expresar el orgullo de que las históricas Cortes de Castilla y León vuelvan a reunirse en esta ciudad, como lo hicieron durante los reinados de Alfonso X, Fernando IV, Juan II.

(-p.2103-)

Estas Cortes, herederas del Parlamento Medieval, reconocido como el más antiguo de Europa, se reúnen en Zamora, esta ciudad austera y sufrida, tantas veces marginada, pero fiel y hospitalaria.

Satisfacción porque bajo los restos de San Ildefonso y San Atilano, patronos de la ciudad y diócesis de Zamora, se instaure en Castilla y León la institución del Procurador del Común.

Señorías, no quiero terminar sin hablar de esperanza. Desde el Grupo Parlamentario Centrista se espera que este consenso se mantenga también a la hora de designar el nombre del Procurador del Común, y en aquellos temas que por su gran interés regional estén por encima de los intereses de los Partidos.

Esperamos que este Comisionado de las Cortes de Castilla y León arraigue en la sociedad aumentando las garantías de los ciudadanos de esta Comunidad frente a una Administración llamada a incidir cada vez más en los asuntos que les atañen.

Esperanza de que esta Institución... que este desarrollo estatutario dé un paso más, para que Castilla y León alcance las cotas de autonomía que solicita y necesita; este autogobierno, esas competencias que otras autonomías que dicen llamarse históricas ya poseen.

Por todo ello el Grupo Parlamentario del CDS se siente plenamente satisfecho de apoyar el Proyecto de Ley del Procurador del Común de Castilla y León.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Gracias. Por último, y en nombre del Grupo Mixto, intervendrá el Procurador de Izquierda Unida, don Antonio Herreros.


HERREROS HERREROS

EL SEÑOR HERREROS HERREROS: Gracias, señor Presidente. Señoras, señores, Señorías. En el año de mil doscientos setenta y cuatro, Alfonso X El Sabio reunió Cortes en esta misma ciudad de Zamora. Entre las leyes y ordenamientos de aquella ocasión figura uno que dice: "Otrosí tiene el rey a bien que haya tres hombres buenos, entendidos y sabedores de los fueros, que oigan las alzadas de toda la tierra, y que haya escribanos señalados para hacer esto".

Y hay otro texto del mismo... de la misma fecha que dice: "Otrosí que ningún hombre que sea de otra tierra juzgue ni tenga pleito que sea de Castilla y de León". Setecientos veinte años hace de esto; mucho tiempo juntos y todavía nos queda mucho más.

Esta nueva Ley, la del Procurador del Común, viene a ampliar la estructura institucional, el desarrollo jurídico y político de nuestra Comunidad y, en definitiva, profundiza en la capacidad de autogobierno. A partir de las previsiones contempladas en el artículo 26 del Estatuto de Autonomía, para organizar y regular nuestras instituciones, el Procurador del Común está llamado a ser defensor, el protector, el valedor del cumplimiento y respeto de los derechos y libertades que, conforme a lo establecido en el Título I de la Constitución Española, asisten a los hombres y mujeres de Castilla y León en el disfrute de la democracia.

Esta institución unipersonal -Comisionado Parlamentario Británico, Mediador francés- es, como se ha señalado con frecuencia, una magistratura de persuasión, que procura esclarecimiento y revisión, y sugiere modificaciones, que recoge quejas y ejerce control de las Administraciones y de las propias leyes, e incluso urge el cambio de las mismas cuando, a juicio de parte o por iniciativa propia, aprecie irregularidades, insuficiencias o lagunas en el sistema de garantías de derechos, libertades e intereses legítimos de los administrados. Por eso nuestro Grupo concede la máxima importancia a esta Ley.

La consecución de una sociedad democrática avanzada no sólo pasa por ensanchar los marcos de libertad, deben, además, asegurarse y garantizarse instrumentos como éste, de acceso directo para las personas y colectivos en defensa de esos derechos.

Esta Ley acrecienta los cauces de participación. Por ello, en este Pleno solemne, que conmemora el IX Aniversario del Estatuto de Autonomía, nos dirigimos también a los ciudadanos y ciudadanas de Castilla y León, haciéndoles saber que toman posesión de un instrumento para hacer valer los derechos y libertades democráticos.

¿Quiénes pueden dirigirse al Procurador del Común, a nuestro Defensor del Pueblo? Todos, todas las personas físicas y jurídicas sin que importe la edad, la nacionalidad, la capacidad legal, estén o no en plena posesión de sus derechos. Todos, cuando estimemos que algún derecho o interés legítimo merece protección o defensa. Además, todas las actuaciones serán gratuitas.

¿Qué obligaciones corresponden al Procurador del Común? En virtud de la Ley que hoy aprobamos, está obligado a tramitar y, en su caso, investigar las quejas debidamente motivadas, y las autoridades y sus funcionarios deberán prestar la información y la asistencia que el Procurador del Común les reclame.

El Procurador del Común podrá dirigir advertencias, recomendaciones, sugerencias y recordatorios relativos a los deberes de las distintas instancias de las Administraciones Públicas y que éstas han de observar como servidores de los ciudadanos y ciudadanas.

(-p.2104-)

El Procurador del Común presentará anualmente a las Cortes de Castilla y León un informe comprensivo de la actividad realizada. Y, a nuestro juicio, el texto que hoy aprobamos contiene un apartado fundamental, a saber: la inclusión de un Título dedicado a la defensa del Estatuto de Autonomía y del Ordenamiento Jurídico de nuestra Comunidad. Tal hecho lo convierte en una pieza jurídica avanzada con respecto al conjunto de Comunidades Autónomas.

Durante la discusión del Proyecto, la inclusión o la exclusión de estas competencias puso, por un momento, en cuestión la posibilidad del consenso que hoy traemos todos los Grupos Parlamentarios. Su definitiva inclusión, el rescate de este Título III, es una decisión de la que debemos felicitarnos todos, no sólo los Grupos Políticos, sino especialmente la ciudadanía castellano-leonesa, que adquiere una Ley que se sitúa a la vanguardia del ordenamiento de esta clase de instituciones.

Ello hace posible que el Procurador del Común pueda reclamar del Ejecutivo o del Legislativo regionales la interposición de recursos de inconstitucionalidad o conflictos de competencias, cuando leyes o disposiciones con fuerza de Ley contradigan nuestro Estatuto, o cuando cualquier disposición o acto emanado de autoridad de otra Comunidad o del Estado no respeten el orden competencial establecido en la Constitución, en el Estatuto de Autonomía o Ley correspondiente. Naturalmente, esta Cámara se somete a la actuación del Procurador del Común, por si es... o personas y colectivos de la Comunidad considerasen que sus decisiones violan el Estatuto, pudiendo requerir de las propias Cortes la subsanación, e incluso proponer al Defensor del Pueblo Estatal la adopción de medidas al efecto.

¿Por qué Procurador del Común? Habría sido legítimo utilizar la denominación convencional de Defensor del Pueblo. Sin embargo, se ha preferido buscarla entre algunos antecedentes históricos. Deseo recordar que, precisamente, en mi intervención en el Pleno Conmemorativo del X Aniversario del Estatuto, glosaba la figura del Procurador del Común entre predecesores con analogía en los tiempos en que emergen los estados modernos, finales del siglo XV y en las primeras décadas del siglo XVI. En algunas ciudades y villas de nuestro territorio, los vecinos, es decir, el tercer estado, es decir, el común, arrancan para algunas personas competencias relacionadas con los tributos, el nombramiento de funcionarios y el abastecimiento urbano frente al poder de las oligarquías dominantes. Recibieron diversos nombres y uno de los más significativos fue el de "Procurador del Común".

Ciertamente, se trata de instituciones locales y no siempre generalizadas, pero, allí donde se dan, se caracterizan por constituir un freno o un contrapeso a poderes que niegan cualquier control o revisión de sus actuaciones.

Estos avances se producen en las ciudades y en algunas villas, porque es en ellas donde se concentran los grupos sociales que, ora en alianza con los monarcas, ora manteniendo conflictos con los mismos, se enfrentan al patriciado urbano y al poderoso régimen señorial imperante en el medio rural. Por esto, la analogía no puede abarcar a la totalidad de los antiguos territorios de Castilla y León, sino a los espacios urbanos donde viven los sectores más dinámicos.

Procurador del Común, también, porque no debemos reclamar cualquier otra denominación que no haya existido como consecuencia de una conquista social, frente a lo que supusieron figuras como el Veedor, el Oidor, cargos de la Administración de Justicia de las distintas épocas, ni tampoco el Alguacil o el Merino del Rey, porque se trataba de fijarnos en aquello que, no sin conflicto, surgió desde el propio pueblo, y no imitando la concesión o la implantación de legados, o delegados de los distintos poderes. Recurrir a esta denominación nos hace herederos de la tradición de defensa de las libertades, y las figuras que ejercieron en otros tiempos esta tarea de mediador, desde posiciones de independencia frente a quienes ha de recurrir.

Haber elegido este nombre supone, a nuestro juicio, afianzar vínculos de arraigo histórico, y fomentar nuestras señas de identidad y sentimiento regional. El Común y las Comunidades estuvieron durante mucho tiempo en el centro de los acontecimientos sociales y políticos de Castilla y León y deben ser así recordados.

Como me permito aquí recordar, en una ciudad como Zamora, a quienes surgieron de ellas, los Comuneros, que lucharon por las libertades de nuestra tierra.

Manifiesto, por tanto, el apoyo del Grupo Parlamentario que represento al Proyecto de Ley. Y concluiría diciendo que, año a año, nosotros no tenemos ningún tipo de compromiso, pero sugeriría que no esperásemos otro año para hacerla patente. Muchas gracias.

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Muchas gracias. De acuerdo con el parecer expresado en la Junta de Portavoces del pasado día dieciocho, se va a proceder a someter directamente a votación el Proyecto de Ley que acaba de ser debatido, por el procedimiento de asentimiento.

Señoras y señores Procuradores, ¿se aprueba el Proyecto de Ley del Procurador del Común en Castilla y León por asentimiento? Queda aprobado. Muchas gracias.

Ruego al señor Secretario proceda a dar lectura al tercer punto del Orden del Día.

EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR AMILIVIA GONZALEZ): Tercer punto del Orden del Día: "Discurso institucional del Excelentísimo señor Presidente de las Cortes de Castilla y León".

EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS): Excelentísimo señor Presidente de la Junta de Castilla y León y Consejeros de su Gobierno. Señorías. Excelentísimas e Ilustrísimas autoridades. Señoras y señores.

(-p.2105-)

Un año más nos convoca a todos la obligación institucional de celebrar la promulgación de nuestro Estatuto de Autonomía. Esta sesión parlamentaria contribuye así a la expresión simbólica que toda actividad política necesita. Espero que sirva para que la palabra de estas Cortes supere el reducido destino del Diario de Sesiones y llegue hasta los últimos rincones de nuestra extensa Comunidad.

En las Cortes constituyentes de mil novecientos treinta y uno, don Claudio Sánchez Albornoz aludía ya a la importancia que tuvieron las Cortes de Castilla y León como nexo de los diferentes territorios que conformaban los antiguos reinos de León y de Castilla. Según él, en la historia de ambos, a diferencia de otros reinos peninsulares, todas las ciudades había sido siempre iguales. Decía que "...lo mismo era Toledo que Burgos, lo mismo era Córdoba que Sevilla, lo mismo era Avila que Segovia; no había un centro, no existía más que una monarquía trashumante que pasaba desde las rías de Galicia hasta los puertos del Mediterráneo, sólo la tenue trabazón de las Cortes que se reunían en todas las ciudades...".

Con esta idea, la reunión de hoy cobra todo el sentido integrador y representativo que corresponde al órgano que me honro en presidir, recuperado hoy hace once años con la promulgación del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, que conforma la institución... la norma institucional básica de nuestra Comunidad.

De este modo, las Cortes de Castilla y León renovadas vuelven a Zamora, cuya capital ya fuera escenario de tres sesiones de Cortes históricas, a las que habría que sumar las cuatro que se celebraron entre los años mil doscientos dos y mil quinientos cinco, en Benavente la primera y en Toro las otras tres.

Y lo hacen en este templo arciprestal de raíces visigóticas, planta románica y alzados renacentistas del siglo XV, magnánimamente cedido por el señor Obispo de la Diócesis -a quien le mostramos nuestro personal agradecimiento-, y en el que reposan los restos de San Atilano, primer Obispo de Zamora, y de San Ildefonso, Arzobispo de Toledo, ambos patronos zamoranos, cuyas tumbas visitaron en otros tiempos reyes y magnates, y ahora nosotros, los legítimos representantes de castellanos y leoneses.

Los Procuradores en Cortes que, en esta sesión plenaria y extraordinaria, con la aprobación del Proyecto de Ley del Procurador del Común, hemos podido constatar que se ha dado cumplimiento a la Proposición No de Ley que hace justamente un año, coincidiendo con la celebración de la primera década de nuestro Estatuto, suscribieron todos los grupos políticos con representación en esta Cámara.

Con el Procurador del Común -se ha dicho-, de gran tradición en nuestro derecho comparado, Castilla y León establece así nuevos vínculos con su pasado histórico, al tiempo que mira hacia el futuro asegurando la existencia de un nuevo control externo sobre la Administración regional, velando tanto por la defensa de los derechos y libertades de los ciudadanos como por el buen funcionamiento de la Administración Pública.

Al comienzo del presente año, se hacía balance, para los medios de comunicación, de la actividad parlamentaria desarrollada durante mil novecientos noventa y tres. Ante la contundencia de las cifras sobran los juicios de valor y falta el esfuerzo común por mejorar sin descanso la institución que a todos nos importa.

Sin concesión a falsas complacencias, todos somos conscientes de que nuestra Comunidad precisa de constantes y renovadas dosis de empeño político. Vivir la autonomía no sólo es ver pasar por el trámite parlamentario la correspondiente Ley de Presupuestos Generales; se requiere también la capacidad para encauzar, al ritmo de los tiempos, intereses y demandas políticas que no tienen siempre cumplida cabida en una partida del gasto público.

Por todo ello, debe recordarse ahora cómo la Propuesta de Reforma Estatutaria, aprobada por esta Cámara el pasado día treinta y uno de marzo -circunscrita exclusivamente a la ampliación de nuestro techo competencial y no a la configuración territorial-, alcanzaba una favorable votación en la sesión plenaria del Congreso de los Diputados celebrada el pasado veintitrés de septiembre, prácticamente unánime, en un clima político de buen entendimiento. El sentido de cordura y paciente ecuanimidad puesto a prueba en un proceso de Reforma Estatutaria, no exento de vicisitudes, comenzaba de este modo a dar sus frutos, pues con la llegada de nuevas competencias, habremos dado un paso hacia adelante en la consolidación del Estado Autonómico.

Cualquiera que sea la apreciación política que pueda hacerse de esta propuesta, representa indefectiblemente un hecho de notable magnitud en nuestra corta vida estatutaria. Cuando finalice su andadura parlamentaria reportará a esta Cámara, a través de la transferencia de nuevas competencias, inéditos campos de actuación e importantes sectores de los que ocuparse con esfuerzo y trabajo.

Con la brevedad que este acto requiere, también es preciso dejar aquí constancia de nuestra manera de ser, de nuestra identidad histórica y cultural claramente definida en el conjunto y dentro de la plural unidad de esa entidad que aquí se forjó y llamamos España. Nuestra lengua materna ha sido siempre el castellano. ¿Podrá extrañar, acaso, que la amemos como algo propio? A ella debemos una parte sustancial de nuestra identidad cultural.

(-p.2106-)

Se ha dicho, con toda razón, que el español, como lengua común, es de todos y sirve a todos. Y en este sentido, el director de la Real Academia rechazaba, no hace mucho tiempo, las barreras lingüísticas y propugnaba la concordia idiomática. Vivimos sin duda en el seno de una entidad pluricultural y plurilingüe, pero nada nos impide ser una permanente referencia de la España castellanohablante. La lengua castellana es el idioma del Estado español y ha de tener, por tanto, el protagonismo que se merece, resultando enojoso para este Presidente tener que reclamarlo en las postrimerías del siglo XX.

Evocando estas tierras, las tierras que alimentaron el nacimiento del primer poeta castellano, el autor del Mío Cid, decía Ortega y Gasset que cuando llevamos dentro sus recios versos heroicos, nuestro peso moral aumenta. Siempre nos hemos sentido más proclives a la integración que a la separación, a la apertura que a la cerrazón, a la grandeza de ánimo que a una calculada cortedad de miras; por eso, que nadie vea en nosotros deseo de rivalizar, porque reconocemos el derecho de cada región a utilizar y potenciar su propio idioma, si es que tiene alguno específico, diferente al de todos; pero que no se haga de ello bandera reivindicativa que pueda fomentar la cultura del agravio, haciendo de los nacionalismos factores desintegradores de la unidad de España, por la que tanto ha bregado Castilla y León, que este año, además, celebra el Quinto Centenario de la Firma del Tratado de Tordesillas.

Con esta conmemoración hemos querido expresar también que es conveniente volver, de vez en cuando, una larga mirada hacia la profunda alameda del pasado. En ella -escribía Ortega- aprendemos los verdaderos valores, no en el mercado del día. A propósito del aquel hecho histórico, rememoramos nuestra capacidad de pacto ante acontecimientos de la máxima magnitud y transcendencia. En este sentido, significa un motivo de recuerdo para la apertura de los pueblos, estímulo de progreso y unión entre continentes. A partir de él, la lengua española adquirió una dimensión transoceánica, y hoy nos ayuda de forma inmediata en nuestra postergada dimensión transfronteriza con Portugal.

Sin embargo, no basta ya con recordar lo acontecido. Sabido es que el tiempo de la política remite al futuro, y hacia ese más o menos corto plazo proyecta una común voluntad. En un mundo internacional fuertemente relacionado no podemos seguir ensimismados, con evidente despreocupación, cuando no incompetente desidia, frente a un desarrollo económico y social que contempla a nivel planetario los factores de producción.

Estamos obligados a promover actividades públicas y privadas dirigidas a fomentar el desarrollo económico, social y cultural. Reciente jurisprudencia constitucional comprometía precisamente a las Comunidades Autónomas en las funciones de difusión internacional de los valores culturales y de los bienes que integran nuestro rico patrimonio.

En este punto y hora concretos debemos dejar clara nuestra disposición a defender con orgullo la riqueza patrimonial y artística de Castilla y León. Sirva de ejemplo la propuesta de la Mesa de estas Cortes que, por unanimidad y a propuesta de esta Presidencia, propuso la magna exposición de "Las Edades del Hombre" como candidata a la convocatoria de los premios "Príncipe de Asturias 1994", en el apartado relativo a la artes, propuesta que, desde aquí, o a la que desde aquí, invito a que se sumen otras instituciones y colectivos sociales de esta Comunidad.

Recientemente, el Senado, con la constitución de la Comisión General de las Autonomías, ha dado el primer paso para convertirse en una auténtica Cámara de representación territorial. De otra parte, el Comité de las Regiones de Europa supone la institucionalización de un órgano representativo de las mismas en el ámbito comunitario. Carecen de sentido, pues, las excusas para refugiarse en el ámbito de lo doméstico. Sin una cierta superación del aire sucursalista y provinciano que nos afecta, difícilmente se hará oír la propia voz en los principales foros de nuestros días. Se trata de asumir el protagonismo ordenado que a cada uno corresponde en la España de las Autonomías y en la Europa de las Regiones.

En este sentido y en línea con lo dispuesto en el Tratado de la Unión Europea, somos firmes partidarios del principio de subsidiariedad, según el cual la actuación pública debe realizarse en el nivel territorial que sea más adecuado para la resolución de los problemas.

También hemos dado sobradas muestras de entender que un elemental deber de colaboración significa lealtad institucional entre todos los poderes del Estado, que han de respetar y tener presentes sus respectivas actuaciones.

Tanto los poderes centrales como los autonómicos deben mantener, según una firme doctrina, una actitud positiva en sus relaciones, de forma que permitan y faciliten el adecuado cumplimiento de las responsabilidades que incumben a cada parte. Este recíproco deber se concreta ya legalmente en la obligación de ambas administraciones de cooperar en el ejercicio de sus competencias. Pero no basta con reiterar por enésima vez lo que resulta de sobra conocido y con más dificultad cumplido. Las Comunidades Autónomas no son o no deben ser entidades enfrentadas al Estado, sino que forman parte integrante de él.

Por eso, el punto muerto en el que se encuentra hoy en día el proceso autonómico exige respuestas que -como se ha escrito-, partiendo de los principios y directrices constitucionales, definan y cierren definitivamente el modelo abierto recogido en el Título VIII de nuestra Constitución. Ya en el ciclo de conferencias que organizaron estas Cortes con motivo del X Aniversario de la Promulgación del Estatuto, se manifestó, desde distintos puntos de vista, esta preocupación de clarificación y afianzamiento de la notable empresa descentralizadora en curso.

(-p.2107-)

Tarea que quizá convenga poner en relación con el papel que toca desempeñar a los entes locales. La idea, como se sabe, no es nueva. El ordenado desarrollo del Estatuto parece, además, exigirlo. No es trata de una retórica apelación al principio de autonomía local. El buen estado de la región requiere, sin ningún género de duda, una especie de pacto de política municipal que aproveche sin cortacircuitos toda nuestra numerosa y necesitada red de entes públicos territoriales.

Hoy día, puede afirmarse que el fenómeno centralizador ha cumplido ya su papel histórico y que, incluso, puede ser considerado como un freno al desarrollo de la democracia. Hasta tal punto -decía el Presidente de nuestra Comunidad, Juan José Lucas- esto es así, que descentralización y democracia se han convertido en dos términos inseparables. Invito, pues, a los grupos políticos con representación en esta Cámara que impulsen ese pacto, que podrá solucionar, en buena medida, la precaria situación económica en que se encuentra la mayoría de nuestros ayuntamientos. No obstante, la política descentralizadora en favor de las entidades locales y provinciales sólo será efectiva si va acompañada de una nueva normativa por parte del Estado en orden a su financiación.

Lejos de actitudes partidistas y sectarias, y ajenos a cualquier doctrinarismo, debemos hacer entender el principio de autogobierno como uno de los elementos esenciales del orden democrático. Desde el principio resultó claro al Tribunal Constitucional que la autonomía hacía referencia a un poder limitado, que no era soberanía y que en ningún caso podía oponerse al principio de unidad, sino que era precisamente dentro de éste donde alcanzaba su verdadero sentido.

Pocos como nosotros han comprendido hasta el fondo el alcance de este pronunciamiento judicial. El ejercicio de la autonomía debe ser razonable, proporcionado con el fin propuesto, y solidario. Estamos convencidos que el pleno desarrollo autonómico no se logrará jamás desde la reivindicación irresponsable, sino desde el principio de la unidad del Estado español. Pocos también han asumido tanto esta pauta interpretativa que, sin renunciar a la autonomía, no pretende alterar el común ordenamiento básico.

Siempre hemos sido partidarios de un determinado grado de igualdad que, sin desconocer los insoslayables hechos diferenciales, permita sostener una mínima homogeneidad en las posiciones jurídicas fundamentales. Nacidos nosotros mismos, como representantes políticos, para servir a esta idea de autonomía, no podemos ser pretexto para ocultarla, desviarla o, lo que es peor, terminar por apagarla. Si para algo sirve el Día del Estatuto puede ser, justamente, para no perder la memoria; la memoria de las ideas básicas de nuestro ordenamiento, que no pueden ser alteradas a cada paso.

Hace más de sesenta años decía don Manuel Azaña que los castellanos y leoneses tienen muchas y grandes cosas que decir y muchas y grandes cosas que hacer en relación con las autonomías en España. De nada serviría, según el líder republicano, que una política inteligente y liberal llegase a formar en la Península un rosario de regiones periféricas prósperas y lúcidas, si el lazo interior, físico y político, entre todas estas regiones en prosperidad, fuese una zona centro pobre, que bien pudiera ser hoy Castilla y León. Abogaba ya entonces por la recuperación del genio político de nuestras tierras, que -en expresión del ilustre estadista alcalaíno- consistía en la facultad, en la facilidad con que se llega desde la esfera individual a la esfera del Estado.

A nosotros nos corresponde ahora promover la igualdad y el equilibrio en el mapa de las autonomías, tarea que no es fácil en un momento político como el que nos ha tocado en suerte, porque resulta patente la ausencia de la solidaridad indispensable para contener en un mismo sistema político áreas no homogéneas en las condiciones de vida y desarrollo económico.

Comienzan, pues, a necesitarse nuevos senderos para la descentralización política de los estados. En nuestro caso al menos, el rumbo cierto y seguro viene representado por el Estatuto de Autonomía en el marco de la vigente Constitución. No es este el momento ni ocasión para otro tipo de declaraciones que no sean sino las de recordar que a un Parlamento Territorial, como el que ahora nos congrega, le cumple seguir siendo foro de discusión y debate, elemento definidor de las cuestiones fundamentales de nuestra Comunidad Autónoma, y, finalmente, símbolo y estímulo de nuestro poder autonómico.

Me cumple igualmente -termino- hacer un llamamiento al trabajo en común. Desde la perspectiva que da un modo de entender la política, más allá de la alicorta victoria partidista, el futuro demanda un esfuerzo solidario de todos, sin torpes exclusiones, sin atávicos recelos que a nada nos conducen.

Una acertada política en el sector servicios, como puede ser el turismo, reportaría tangibles beneficios a una Comunidad Autónoma como la nuestra, necesitada de un mayor dinamismo en todos los sentidos. Una ordenada y bien medida transferencia de activos tan significativos como las Universidades, junto a su decidida potenciación, va a significar también una prueba más en el acierto o fracaso de nuestra política propia.

Llegará un momento, en este común camino, que no quepa echar la culpa de la propia situación a factores ajenos, ni a un fatal destino premeditado... irremediable, perdón.

(-p.2108-)

Así pues, desde esta "bien cercada" ciudad de Zamora, "que no se ganó en un hora", como se dice aquí con orgullo, cabe tomar el compromiso de no hipotecar por nuestra parte el destino de generaciones venideras; antes al contrario, se exige, en razón de los cargos que ocupamos, transmitir lo heredado con las mejoras que seamos capaces de llevar a cabo. "La capacidad -como escribió Gracián- hace personas; la incapacidad, monstruos. Es la capacidad el fundamento de la política; es la capacidad seno de la prudencia, sin la cual, ni el empleo, ni el ejercicio, ni los años sacan jamás maestros". Pues bien, los siglos transcurridos no han borrado la fuerza del pensamiento de este genial jesuita. La capacidad para cambiar la realidad efectiva sigue siendo la unidad de medida más desengañada para valorar la acción política. La retórica vale para movilizar sentimientos, pero no suple la dura y cotidiana tarea de gestionar recursos y conducir voluntades.

De nuestra capacidad depende, pues, el desarrollo estatutario y la consolidación de la democracia, defendiendo la unidad de España y profundizando al mismo tiempo en el desarrollo autonómico por la vía de la descentralización política; de ahí nuestra insistente demanda de una mayor lealtad institucional entre las distintas administraciones, basada en el mutuo respeto, colaboración y confianza, y de ahí también la demanda de una mayor solidaridad entre las diversas regiones, incidiendo en aquello que nos une y no en los hechos diferenciales que, reconocidos, pudieran separarnos.

Si es así, a buen seguro habremos contribuido al pacífico y próspero progreso de todos los castellanos y leoneses y de todos los españoles, como es nuestro deseo.

He dicho. Muchas gracias.

Se levanta la sesión.

(Se levanta la sesión a las trece horas cuarenta minutos).


CVE="DSPLN-03-000052"



Sede de las Cortes de Castilla y León