DS(C) nº 123/4 del 19/6/1996









Orden del Día:




Pregunta con respuesta Oral, P.O.C. 85-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Jorge F. Alonso Díez, relativa a concesión de compatibilidad al Ex Secretario General de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, Nº. 53, de 3 de mayo de 1996.

Pregunta con respuesta Oral, P.O.C. 86-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Jorge F. Alonso Díez, relativa a razones de la selección del procedimiento de interinidad en la cobertura del puesto 01.03.000.000.000.1002, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, Nº. 53, de 3 de mayo de 1996.

Proposición No de Ley, P.N.L. 169-I, presentada por la Procuradora Dª. Elena Pérez Martínez, relativa a cobertura de plazas destinadas a personal discapacitado, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, Nº. 49, de 19 de abril de 1996.

Proposición No de Ley, P.N.L. 204-I, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a referencia a la situación de temporalidad en la convocatoria de nombramiento de personal en vacantes adscritas a funcionarios sanitarios de Atención Primaria, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, Nº. 56, de 14 de mayo de 1996.

Proposición No de Ley P.N.L. 207-I, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a eliminación de limitaciones administrativas al acceso a procesos de selección de puestos de trabajo temporal en la Administración Autonómica, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, Nº. 56, de 14 de mayo de 1996.


Sumario:






Se inicia la sesión a las diecisiete horas diez minutos.

El Vicepresidente, Sr. Argote Roa, abre la sesión y comunica las sustituciones que se han producido.

- Primer punto del Orden del Día. P.O.C. 85-I La Secretaria, Sra. Fernández Marassa, da lectura al primer punto del Orden del Día.

Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista) para formular su pregunta.

Contestación, en nombre de la Junta, del Sr. López Andueza, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista).

En turno de dúplica, interviene el Sr. López Andueza Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

En turno de aclaraciones, interviene la Procuradora Sra. Pérez Martínez (Grupo de Izquierda Unida).

Contestación del Sr. López Andueza, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

- Segundo punto del Orden del Día. P.O.C. 86-I La Secretaria, Sra. Fernández Marassa, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista) para formular su pregunta.

Contestación, en nombre de la Junta, del Sr. López Andueza, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista).

En turno de dúplica, interviene el Sr. López Andueza Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

En turno de aclaraciones, interviene la Procuradora Sra. Pérez Martínez (Grupo de Izquierda Unida).

Contestación del Sr. López Andueza, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

- Tercer punto del Orden del Día. P.N.L. 169-I La Secretaria, Sra. Fernández Marassa, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

Intervención de la Procuradora Sra. Pérez Martínez (Grupo de Izquierda Unida) para la presentación de la Proposición No de Ley.

Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista) para la defensa de la Enmienda presentada por su Grupo.

Intervención de la Procuradora Sra. Pérez Martínez (Grupo de Izquierda Unida).

En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Otero Pereira (Grupo Mixto).

En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Nieto Noya (Grupo Popular).

Intervención de la Procuradora Sra. Pérez Martínez (Grupo de Izquierda Unida).

Intervención del Procurador Sr. Nieto Noya (Grupo Popular).

El Vicepresidente, Sr. Argote Roa, somete a votación la Proposición No de Ley. Es rechazada.

- Cuarto punto del Orden del Día. P.N.L 204-I La Secretaria, Sra. Fernández Marassa, da lectura al cuarto punto del Orden del Día.

Intervención del Procurador Sr. Benito Muñoz (Grupo Socialista) para la presentación de la Proposición No de Ley.

En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Nieto Noya (Grupo Popular).

En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Benito Muñoz (Grupo Socialista).

En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Nieto Noya (Grupo Popular).

En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Otero Pereira (Grupo Mixto).

En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Pérez Martínez (Grupo de Izquierda Unida).

Intervención del Procurador Sr. Benito Muñoz (Grupo Socialista).

El Vicepresidente, Sr. Argote Roa, somete a votación la Proposición No de Ley debatida. Es rechazada.

Quinto punto del Orden del Día. P.N.L. 207-I La Secretaria, Sra. Fernández Marassa, da lectura al quinto punto del Orden del Día.

Intervención del Procurador Sr. Benito Muñoz (Grupo Socialista) para la presentación de la Proposición No de Ley.

Intervención del Procurador Sr. Nieto Noya (Grupo Popular).

En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Otero Pereira (Grupo Mixto).

En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Pérez Martínez (Grupo de Izquierda Unida).

En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Nieto Noya (Grupo Popular).

Intervención del Procurador Sr. Benito Muñoz (Grupo Socialista).

El Vicepresidente, Sr. Argote Roa, somete a votación la Proposición No de Ley debatida. Es rechazada.

El Vicepresidente, Sr. Argote Roa, levanta la sesión.

Se levanta la sesión a las diecinueve horas cinco minutos.




Texto:

(-p.3159-)

(Comienza la sesión a las diecisiete horas diez minutos.)

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Se abre la sesión. ¿Algún Grupo Parlamentario quiere presentar alguna sustitución?


NIETO NOYA

EL SEÑOR NIETO NOYA: Sí, señor Presidente. El Grupo Popular sustituye a doña María Valentina Calleja por don Juan Castaño, a don Juan Cot por don Modesto Alonso Pelayo, y a don Porfirio Abad por don Santiago Bartolomé.


BENITO MUÑOZ

EL SEÑOR BENITO MUÑOZ: Sí, señor Presidente. El señor García Cantalejo... le sustituye el señor Jorge Félix Alonso.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias. Primer punto del Orden del Día. Por la señora Secretaria se dará lectura al primer punto del Orden del Día. Tiene la palabra la señora Secretaria.

LA SEÑORA SECRETARIA (SEÑORA FERNÁNDEZ MARASSA): Primer punto: "Pregunta con respuesta Oral 85-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador don Jorge Félix Alonso Díez, relativa a concesión de compatibilidad al ex Secretario General de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, publicado en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número cincuenta y tres, de tres de mayo de mil novecientos noventa y seis".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias. Para formular la pregunta tiene la palabra el Procurador don Jorge Félix Alonso.


ALONSO DÍEZ

EL SEÑOR ALONSO DÍEZ: Sí, muchas gracias. Del estudio del expediente de concesión de compatibilidad de don José Luis Useros se observan diversas contradicciones. La primera, que en su petición de compatibilidad habla de seis horas de dedicación a la docencia, y, con posterioridad, se comprueba que son doce las que declara la Universidad que va... que va a ejercer. Lo que nos lleva a que supera, entre la jornada habitual de la Junta y el tiempo dedicado a la docencia, pues las cuarenta y nueve horas y media semanales, que esto entra en contradicción con una directiva del Consejo de Europa, la 93/104 de la... del Consejo de la Comunidad Europea.

Se le concede la compatibilidad antes de que la Universidad haya emitido el informe de cuál era su situación en la Universidad, lo cual a mí me parece una irregularidad; es decir, se le conceden la irregularidad... digo, se le concede la compatibilidad -perdón-, yo hago la pregunta, y, a partir de ahí, se solicita a la Universidad el informe de cuál va a ser su dedicación en la Universidad. Es decir, porque la fecha del informe de la Universidad es posterior a que se realiza, o sea... o a que se realiza la petición del expediente de concesión de compatibilidad. Seis meses después de que se le haya concedido la compatibilidad, se incorpora al expediente el informe de la Universidad.

No se recoge en ninguna parte del expediente cuál es el horario de trabajo que va a tener en la Universidad y el que va a tener en la Junta, con lo cual, puede ser que exista una coincidencia horaria, que es una de las causas de exclusión de la compatibilidad.

(-p.3160-)

Y, por último, para que puedan compatibilizarse los dos trabajos, tendrían que ser los dos a dedicación a tiempo parcial; cosa que ocurre en la Universidad, y que en el propio informe de la Universidad se afirma que no hay problemas en la compatibilidad, por parte de la Universidad, porque en la Junta tiene el contrato a tiempo parcial, o la dedicación a tiempo parcial.

Y ése es el motivo de la pregunta: si realmente tenía esta persona... o tiene esta persona su puesto de trabajo en la Junta la compatibilidad a tiempo parcial; y, si no es así, pues ¿cómo se le ha concedido la compatibilidad? Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias. Para contestar a la pregunta tiene la palabra el señor Consejero.


LÓPEZ ANDUEZA

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL (SEÑOR LÓPEZ ANDUEZA): Gracias, señor Presidente. Señoría. La concesión de la compatibilidad al funcionario don José Luis Useros le viene en función del Real Decreto 1722 y la Ley 53/84, que reconoce, en su Artículo 4, la posibilidad de autorizar la compatibilidad a profesores titulares en escuelas universitarias de enfermería.

El expediente por el cual solicitó actividad secundaria, para compatibilizarla, es, precisamente, de profesor de la escuela de enfermería para el curso noventa y cinco-noventa y seis, y una dedicación parcial de seis horas de docencia y otras tantas de tutoría. El horario no es coincidente, puesto que es a partir de la dieciséis horas por la tarde y de ocho a nueve por la mañana.

Y la concesión, pues, fue sobre la base de las consideraciones siguientes: que las retribuciones a percibir por ambos puestos no superaban el porcentaje del Artículo 7.1 de la Ley 53; que la actividad docente para la cual solicitaba la compatibilidad no impedía o menoscababa el cumplimiento de los deberes y obligaciones del puesto de trabajo desempeñado en la Administración; y que fue informado favorablemente por la Delegación Territorial -me refiero en la que él prestaba sus servicios-.

No obstante, indicarle a Su Señoría que la Inspección General de Servicios, a iniciativa propia y del propio Consejero que habla, inició a partir de este año... de enero del presente año -enero del presente año-, un expediente sobre cumplimiento en materia de normativas sobre incompatibilidades; expediente que ha supuesto actuaciones -y se han examinado quinientos cincuenta y seis expedientes individuales-, y que afectaban, fundamentalmente, a colectivos sanitarios, docentes, arquitectos técnicos y otros titulados superiores. Y uno de los que se ha revisado también, está en proceso de revisión, es el que nos ocupa, dado que cumple los dos requisitos de los colectivos para los cuales se había iniciado el estudio a que hago referencia.

Consecuentemente con eso se han tomado una serie de decisiones, en éste y en otros casos, que bueno, luego, si a Sus Señorías les interesan, pues podré explicárselos.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, señor Consejero. Para el turno de réplica tiene la palabra el señor Jorge Félix Alonso.


ALONSO DÍEZ

EL SEÑOR ALONSO DÍEZ: Muchas gracias, señor Presidente. En relación con las afirmaciones que realiza el señor Consejero. Primero, yo, desde luego, no he encontrado en ningún sitio que hable de las seis horas de tutoría. Quiero decir que en la solicitud que realiza el interesado sólo habla de seis horas que va a dedicar al puesto de trabajo, no se especifica eso; yo no lo he encontrado en ninguna otra parte del expediente.

Yo, desde luego, considero que se ha ocultado por parte del solicitante información. Me parece bastante grave que el informe de la Universidad sea seis meses después, y a eso no me responde el señor Consejero; o sea, quiero decir, seis meses después de que se le da la compatibilidad se incorpora el informe de la Universidad, cuando tendría que ser preceptivo para saber realmente qué es lo que está concediendo. Yo creo que es que ha habido una alegría tremenda por parte de la persona que le correspondía el informar esta... esta compatibilidad, concretamente el Inspector General de Servicios.

Lo del horario, me lo dice usted, quiero decir que no hay incompatibilidad horaria; desde luego, tampoco está en ningún sitio. Yo creo que tendría que estar en algún... constar en alguna parte del expediente el que realmente no hay incompatibilidad horaria, porque yo tengo otras informaciones, de que él acudía por la mañana a dar clases; yo eso ya no lo puedo afirmar, pero, indudablemente, eso queda, pues, en el término de... lo mismo que usted dice, en el término de las palabras, yo creo que las cosas hay que hacerlas con documentos.

No hemos entrado en el tema del salario, que, efectivamente, bueno, puede ser que ahí sí que esté dentro de las normas; pero yo creo que en cualquier caso, es un tema secundario.

Y, desde luego, nos parece que en este asunto, pues, desde su Consejería, no se puede estar de forma pasiva ante este tipo de situaciones. Porque es, pues, por lo menos... no sé, irregular y extraño el que una persona cese en su puesto de Secretario General, y, de forma inmediata, pues se le compense con otro tipo de ingresos, o se le haga la vista gorda ante otro tipo de... otra posibilidad de ingresos, para que de alguna forma se mantenga su situación anterior. Y eso, lógicamente, no es el espíritu de la Ley de Incompatibilidades, en el cual, sigo insistiendo que queda claro que para que haya compatibilidad entre la docencia y otro tipo de trabajo en la Administración, tiene que ser con dedicación a tiempo parcial, que insisto que también hace referencia a ello el propio informe de... de la Universidad.

(-p.3161-)

Y, en consecuencia, creo que... y vamos, y le insto al señor Consejero de que actúe para que este tipo de situaciones no se sigan produciendo, porque, luego, lógicamente, este tipo de situaciones, en la medida en que confirmamos... y yo creo que este es un hecho claro de que les hemos pillado en un... en una autorización que no procedía, pues viene a confirmar un poco pues todas esas críticas que de forma permanente les venimos haciendo. Porque, hombre, nos queda siempre la duda de que en otros muchos casos no nos enteramos, pero en este caso sí que hemos visto que las cosas no se han hecho bien. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias. Tiene la palabra el señor Consejero.


LÓPEZ ANDUEZA

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL (SEÑOR LÓPEZ ANDUEZA): Gracias, señor Presidente. Bien, yo quería, antes de entrar en la segunda parte de su exposición, concretar que las seis horas, más seis... Efectivamente, en el informe que firma don Juan Borbolla Sancho, Vicerrector de Profesorado de la Universidad, se dice textualmente, en... donde indica a "hechos", a "hechos": "Atribuciones y cómputo mensual correspondiente a su régimen de dedicación a tiempo parcial de seis más seis horas de mensualidad ordinaria". Es decir, hace una distinción "seis más seis", si no diría "doce". Dice "seis más seis": las seis, precisamente, de docencia; y las seis que me refería yo antes, de tutoría.

También un escrito que informa... perdón, firma don José Luis Viaña Caballero, dice que don José Luis Useros Fernández viene realizando la misma desde... en el curso horario, de ocho a nueve, y a partir de las dieciséis; o sea, de ocho a nueve, y a partir de las dieciséis. Es decir, que los horarios que le he dado no se me han ocurrido en este momento; simplemente estaban en la documentación que traía, y se los reitero.

En cuanto al fondo de la... del tema al que usted ha hecho referencia al final. Bueno, primero decirle que, naturalmente, no es cuestión de vista gorda, porque -como le he dicho a Su Señoría- la Consejería ha realizado, a instancia del Consejero cuando llegó y de... con motivo también de la modificación de la estructura que había en la propia Consejería, se inició un estudio de régimen de compatibilidades. Y, como le he dicho, ha habido un número bastante elevado -creo que he dicho quinientos... lo tengo por aquí, quinientos sesenta y seis, aproximadamente, quinientos sesenta y seis, aproximadamente, creo haber dicho- de casos que se han visto uno por uno y que se han referido, fundamentalmente, a esos colectivos.

Pero, concretando, y el caso que nos ocupa en este momento, he de señalarle que la persona a la que nos venimos refiriendo ha presentado escrito... ha presentado un escrito en el cual renuncia... o sea, pide el cese de su actividad en la Junta de Castilla y León.

Entonces, al haber cesado, como consecuencia de que él era uno de los médicos que habíamos visto, automáticamente el expediente vamos a resolver, queda automáticamente resuelto. Porque lo que no le he dicho a Su Señoría es que a este señor, como a otros, se les ha hecho de oficio una petición de documentación, se les ha pedido, se les ha dado trámite de audiencia, se ha pedido informe a la Universidad; repito, a éste como a los quinientos sesenta y seis restantes. Consecuencia de ello, como Su Señoría conoce, la Consejería tiene que resolver ese expediente. Con lo cual, en este momento, al presentar el cese en el puesto de trabajo de la Junta, queda resuelto... Vamos, queda resuelto, perdón, tenemos que resolver. Tenemos que resolver expresamente.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, señor Consejero. ¿Algún Procurador de la Comisión desea solicitar una aclaración sobre el tema de la pregunta? Tiene la palabra, la señora Elena Pérez.


PÉREZ MARTÍNEZ

LA SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ: Sí, muchas gracias. Señor Consejero, yo, la verdad que con las explicaciones me he hecho un lío que, la verdad, no sé bien lo de las horas cómo se cuadra. Es decir, de nueve a cuatro, no sé si con exclusiva o sin exclusiva, no sé si tiene tiempo para comer el señor Useros, o no tiene -creo que sí-. Pero, sobre todo, lo que no acabo de entender bien es lo de las doce horas que me comenta usted, porque una parte pueden ser horas de docencia, son horas que está realizando docencia, pero las seis horas de tutoría no dejan de ser horas dedicadas a ese colegio o a esa escuela de enfermería; quiero decir que, entonces, seis más seis, pues son doce, y siguen siendo doce independientemente de como las plantee.

No queremos... o, vamos, no nos puede parecer demasiado importante este tema si no fuera la figura del anterior Secretario General de la Consejería; y no plantearlo como un cúmulo de sueldo, porque, vamos, nos consta, a este Grupo Parlamentario, que esta persona ya ejercía sus labores como docente de enfermería, y, seguramente, no haya sido esto lo que... el cúmulo de sueldos el que le haya llevado a pedir la compatibilidad. De todas formas, acabar señalando que nos parece que, por lo menos, ha habido una concesión un tanto irregular -vamos a dejarlo así-.

Me gustaría que me explicara lo de las doce horas porque, de verdad, que no entiendo bien las coincidencias horarias que usted nos ha planteado. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Para contestación, tiene la palabra el señor Consejero.


LÓPEZ ANDUEZA

(-p.3162-)

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL (SEÑOR LÓPEZ ANDUEZA): Bien. Efectivamente, la persona, el funcionario al que nos estamos refiriendo era con anterioridad profesor titular, y sigue siendo profesor titular en la situación. En ese momento estaba de servicios especiales; en este momento no sé en cuál está. Yo acabo... yo tengo aquí la diligencia de toma de posesión en un nuevo puesto, tengo el escrito de él diciendo que renuncia, por lo tanto, a continuar en los servicios prestados a la Comunidad Autónoma; y, por lo tanto, esa persona -como muy bien dice Su Señoría- estaba ya... es un puesto que tiene por oposición; por lo tanto, en ese aspecto coincidimos, ambos dos, en que no es cuestión de incrementar sueldos o no.

En cuanto a la cuestión concreta que me pregunta, sobre las horas; el escrito que -como digo- firma el Vicerrector del profesorado, pues dice, dice "P.O.", debe ser... Ah, no, perdón, "por orden del Rector"; por tanto... que sí, está bien, el Vicerrector del profesorado, don Juan Borbolla Sancho, dice: "la retribución, en cómputo mensual corresponde a su régimen de dedicación a tiempo parcial de seis más seis horas, y me añade a continuación... Ah, estaba en otro escrito, me dice, don José Luis Viaña, que ese horario es entre las ocho y las nueve de la mañana, y a partir de las dieciséis horas. Yo no sé si, la verdad, si tiene tiempo para comer o no, pero alguno de nosotros hemos tenido menos tiempo y aquí estamos.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, señor Consejero. ¿Algún otro Procurador tiene que hacer alguna pregunta? Gracias. Para dar lectura al segundo punto del Orden del Día, tiene la palabra la señora Secretaria.

LA SEÑORA SECRETARIA (SEÑORA FERNÁNDEZ MARASSA): Segundo punto del Orden del Día: "Pregunta con respuesta Oral, 86-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador don Jorge Félix Alonso Díez, relativa a razones de la selección del procedimiento de interinidad en la cobertura del puesto 01.03.000.000.000.1002, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 53, de tres de mayo de mil novecientos noventa y seis".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias. Para formular la pregunta, tiene la palabra don Jorge Félix Díez Alonso.


ALONSO DÍEZ

EL SEÑOR ALONSO DÍEZ: Sí, buenas... Muchas gracias. Nosotros cuando planteamos esta pregunta, va en razón de que se nos contesta que... -de forma escrita- que el procedimiento que se ha elegido de interinidad, frente a libre designación, es como consecuencia de que es más rápido este procedimiento que el de libre designación. No estamos de acuerdo, en principio, con que esto sea así, porque en el propio Boletín donde se convocaba este puesto para cubrirlo por interinidad, se convocaba otro puesto para cubrirse por libre designación, y se cubrió un mes antes, el de libre designación que el de interinidad. Concretamente, el Boletín era del veinticuatro de julio del noventa y cinco, el puesto de libre designación se cubría el veinticuatro de agosto, y el de interinidad se cubría el veinticinco de septiembre; con lo cual, el argumento no puede ser que, para que se cubra un puesto por interinidad, el argumento sea el que se tarda menos, porque está demostrado que no se tarda menos. Indudablemente, habrá otras razones, pero no ésa.

Por eso preguntamos que, habida cuenta de que no es más rápido, ¿por qué es por lo que se opta por este sistema?, quiero decir, ésa es la primera pregunta. Y la segunda pregunta que realizamos es si la persona que se ha designado para ocupar el puesto eventual y que, con posterioridad, se destinó a ocupar esta persona -porque este puesto era el de Secretaria del Vicepresidente-, este puesto, como sabe el señor Consejero, se ha creado, con posterioridad, como puesto eventual, y la misma persona que, en principio se le había destinado, o se le había adjudicado el puesto por interinidad, es la persona que después se le ha asignado el puesto eventual.

Entonces, lo que queríamos saber también es si esta persona que ha ocupado con posterioridad el puesto de secretaria, como personal eventual, ya había ocupado otros puestos con anterioridad; y, si es así, pues en qué fecha ocupa esos puestos.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias. Para contestación de la Junta, tiene la palabra el señor Consejero.


LÓPEZ ANDUEZA

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL (SEÑOR LÓPEZ ANDUEZA): Gracias, Presidente. Primero, respecto a la primera parte de la pregunta, indicar que la decisión adoptada, en cuanto a la forma de provisión, es la recogida en el Artículo 6 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de Castilla y León; texto refundido, aprobado por Decreto Legislativo 1/1990, de veinticinco de octubre. Por lo tanto, se ha hecho de acuerdo con la norma. Y señala que el procedimiento seguido es justamente el dispuesto en el Decreto 28/1992, de veintisiete de febrero, que -como Sus Señorías conocen- regula el nombramiento de personal interino de la Administración de Castilla y León.

En cuanto a la segunda cuestión, la persona señalada estuvo prestando servicios a la Comunidad Autónoma desde el veintisiete de julio de mil novecientos noventa y dos a mil novecientos noventa y cinco, al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 1989/84.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, señor Consejero. Para el turno de réplica, tiene la palabra don Jorge Félix Alonso.


ALONSO DÍEZ

(-p.3163-)

EL SEÑOR ALONSO DÍEZ: Muchas gracias. Bueno, no me ha contestado bien a la pregunta; quiero decir, que, realmente, el que me haga referencia a los reglamentos, vamos, a la reglamentación que existe para cubrir los puestos, no quiere decir que sea más rápido. No me ha contestado a esa pregunta. Y que... y yo creo que con la segunda contestación, de que ha trabajado anteriormente, yo creo que lo que se da, realmente, es respuesta a por qué se hace todo esto; quiero decir, el por qué, al final, este puesto se cubre con una persona, con un sistema de selección de interinidad, cuando, en realidad, lo que se quería era contratar a esa persona para que fuera Secretaria del Vicepresidente -como posteriormente se confirma, cuando se crea el puesto como eventual-, e indudablemente, es comprensible que el Vicepresidente quiera tener una secretaria determinada; pero tendría que haber esperado a que el puesto estuviera creado como eventual y no pervertir el procedimiento, ocupar un puesto de la RPT por un procedimiento que no es, con lo cual seguimos sentando precedentes en la selección de interinos, que no se corresponden a los fines de la propia... del propio sentido de las interinidades; y, yo creo que todo esto se hace, posiblemente, pues porque el Vicepresidente quería tener a esa persona, y es a esa persona que ya llevaba trabajando tres años anteriormente a la que se le quería seleccionar como secretaria.

Entonces, yo vuelvo a plantearle, al señor Consejero de Presidencia, pues que tiene que cuidar estas situaciones; que esto, lógicamente, perjudica al resto de funcionarios porque les imposibilita el acceso a los puestos que existen, y que deberían de cubrirse por libre designación. Yo no sé en este momento, si el puesto que se ocupó con la interinidad, que estaba en la RPT, si ya se ha vuelto a cubrir por otra persona o se ha quedado vacante, en qué situaciones se encuentra ese puesto; quiero decir, que, al final, pues se mueven muchas cosas para cubrir situaciones que no están contempladas, y que, de hecho, en su momento, cuando se ha creado la plaza como eventual, pues era el momento de haberlo solucionado; y, en consecuencia, se está consintiendo que se utilicen mal los procedimientos para cubrir algo que no debería ser así.

Entonces, sin más, pues pedirle al señor Consejero que procure que estas cosas no se produzcan.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias. Tiene la palabra el señor Consejero.


LÓPEZ ANDUEZA

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL (SEÑOR LÓPEZ ANDUEZA): Gracias, Señor Presidente. ¡Hombre!, la cuestión de rapidez es un término relativo -me va a perdonar que haga un pequeño inciso-, ni Schumacher, que hoy es campeón del mundo, llega siempre el primero; quiero decir que, en definitiva -y valga esto como inciso-, en definitiva, la rapidez de que en este caso concreto se haya resuelto antes por un sistema o por otro, creo que no debe ser algo fundamental en este tema; creo que es simplemente anecdótico o secundario.

En cuanto al procedimiento, el procedimiento no está pervertido en absoluto, el procedimiento es totalmente correcto; el procedimiento es correcto en el doble sentido de habilitación para cubrir la plaza por el sistema... uno de los sistemas previstos en el Artículo 6 -al que antes me he referido-, y es totalmente correcto en cuanto se hizo la convocatoria de interino, se resolvió, y en esa convocatoria de interino hubo una comisión de valoración, en la cual había personas de distintos ámbitos -como Su Señoría perfectamente conoce- y que, bueno, dio este puesto a esta persona.

Ahí, usted habla de posible perjuicio, pues, Señoría, yo creo que no hay tal perjuicio, sino todo lo contrario. Este tema -como también sin duda conoce-, la plaza, entendimos que como era para el Vicepresidente, o la del Presidente, deben ser, y es más lógico, cubiertas por personal eventual. Así hablamos... precisamente, así se les comentó a los propios sindicatos, y es más, es más, hubo un sindicato -creo recordar que fue Comisiones Obreras, seguro, fue Comisiones Obreras-, el cual sacó un papelito, un informe, un aviso en el tablón de anuncios, en el cual decía que ese tipo de puestos debía hacerse mediante sistema de personal eventual; con lo cual yo estoy totalmente e acuerdo. Consecuentemente, esa plaza, cuando yo hablé con los diferentes sindicatos sobre estos temas, me plantearon, dijeron: esta plaza, dado que, pienso que debe ser por sistema eventual, se va a proceder a amortizarla, porque entendemos -lo mismo la Consejería que los sindicatos- que lo correcto es personal eventual. Y así se hizo. Por lo tanto, no hubo mayor problema; y el perjuicio hubiera sido -y esto nada tiene que ver con el proceso selectivo, quede claro ¿eh?-, el perjuicio hubiera sido si se hubiera hecho de otra forma, porque hubiera habido una movilidad inmediata de una persona que hubiera tenido una expectativa.

Pero... es decir, esto nada tiene con el procedimiento, que es el habilitado en el Artículo 6; nada tiene que ver con la selección, que está regulada, reglada en un Decreto; y, por lo tanto, creo que se ha producido total y absolutamente correcto e, incluso, creo que así ha sido entendido por la mayoría de los representantes de los trabajadores. Como le digo -y contestando a la última parte- el puesto está amortizado; por lo tanto, no está cubierto por nadie puesto que no existe. Y... aunque Su Señoría también conoce que no lo ocupaba, porque esa pregunta la hizo de otra forma y luego la retiró porque lo sabía ya.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, señor Consejero. Algún Procurador de la Comisión desea... Tiene la palabra doña Elena Pérez.


PÉREZ MARTÍNEZ

LA SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ: Sí, muchas gracias, señor Presidente. Primero decir que me sorprende -voy a decir esta palabra por no decir otra- la información dada por el señor Consejero, porque a ese sindicato a que usted se ha referido, precisamente hizo esta misma formulación o de denuncia de irregularidad, y me la hizo a mi persona, en su día. Quiero decir que mucho me extraña que ese sindicato en cuestión, primero, hable exclusivamente de un puesto de trabajo, sino de la provisión de todos los puestos de trabajo y de la oferta pública de empleo; y, seguramente, además, no sólo no me extraña, sino que seguro que no lo hizo así. Es decir, nunca estará de acuerdo en dotar un tipo de plazas por métodos irregulares, porque es un sindicato que, normalmente, las mesas generales, etcétera -según tenemos constancia-, pues lo que está solicitando siempre es la transparencia.

(-p.3164-)

Aclarado esto, plantearles que en esta Junta de Castilla y León, en este Gobierno Autónomo, que resulta que tenemos una Ley de Función Pública, y que regula -como usted ha dicho- el acceso a los puestos de trabajo, ya sean de una forma u otra, resulta que, según qué Consejerías o según qué puestos de trabajo, resulta que se aplica de una forma u otra.

Hacerle el ruego que planteaba el Portavoz del Grupo Socialista. No simplemente decirle que tenga usted cuidado, sino que vuelvan a suceder cuestiones como las que se están aquí planteando. Es decir, que las plazas y la cobertura de plazas... y no vamos a dar aquí, un poco, objetivos o planteamientos sociales, debido al desempleo que pueda existir en esta Comunidad Autónoma. La cobertura de todo tipo de plazas en la Función Pública tendrá que regirse de una forma igual para todo el Gobierno Autónomo, e igual para todas las secretarias, aunque sean del Vicepresidente del Gobierno. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Para la contestación, tiene la palabra el señor Consejero.


LÓPEZ ANDUEZA

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL (SEÑOR LÓPEZ ANDUEZA): Gracias, señor Presidente. Con carácter previo, quizá me expliqué mal; creo que no, pero bueno, por si acaso me expliqué mal, lo voy a indicar.

Efectivamente, el anuncio publicado, o aparecido -como queramos decir-, en el tablón de anuncios no se refería a este puesto en concreto, se refería a los puestos de esa categoría; es a lo que se refería, y lo decía expresamente. Es más, tengo la... es una pena, porque tengo la fotocopia en la oficina, pero se la puedo dar, ¿eh? Entonces, viene perfectamente, no para este puesto, viene para puestos de esta categoría. Y fue curioso, fue unos días antes; porque ha habido otras situaciones y decían que, efectivamente -y yo estoy de acuerdo con ellos-, estos puestos son de personal eventual, son de confianza de la persona.

Por lo tanto, aclarado este tema... Y en ningún momento he querido decir que haya nadie que haya querido que se haga irregular, sino todo lo contrario. Por lo tanto, también acepto la recomendación de Su Señoría, como de la anteriormente interviniente, en el sentido de que los temas han de hacerse correctamente.

Pero es que yo he dicho -y reitero ahora- que se ha hecho, no irregularmente, en absoluto; se ha hecho correctamente, se ha aplicado la Ley de Función Pública tal cual está redactada; se ha aplicado el Decreto que la Junta dictó, precisamente, para regular y reglar la forma de provisión de plazas de interinos. Por lo tanto, en ese aspecto, Señoría, decirle que esté tranquila, que todos los puestos se convocan y se resuelven de forma regular, no sólo legal.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, señor Consejero. ¿Algún otro Procurador desea alguna aclaración sobre el tema de la pregunta? Gracias. Para dar lectura al tercer punto del Orden del Día, tiene la palabra la señora Secretaria.

LA SEÑORA SECRETARIA (SEÑORA FERNÁNDEZ MARASSA): Tercer punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley 169-I, presentada por la Procuradora doña Elena Pérez Martínez, relativa a cobertura de plazas destinadas a personal discapacitado, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León número 49, de diecinueve de abril de mil novecientos noventa y seis".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias. Para la presentación de la Proposición No de Ley, tiene la palabra doña Elena Pérez.


PÉREZ MARTÍNEZ

LA SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ: Sí. Muchas gracias, señor Presidente. Unas cuestiones previas, que aunque aparecen parte en los antecedentes expuestos en esta Proposición No de Ley, voy a recordar marco legislativo al que nos estamos refiriendo, para presentar esta Proposición No de Ley.

Tanto en el Derecho Internacional como en el Derecho interno español, se establece como una de las prioridades en la actuación de los poderes públicos la integración de los discapacitados en general, y de los disminuidos físicos en particular.

Dentro de las normas del Derecho Internacional, recordarles el Programa de Acción Mundial para Personas con Discapacidad, aprobado en mil novecientos ochenta y dos por la Asamblea General de la ONU; la Carta Social Europea de mil novecientos sesenta y uno, ratificada por España en el ochenta; Carta Comunitaria de Derechos Sociales Fundamentales de trabajadores y trabajadoras. Todo esto se refiere al tema.

Y a nivel interno, es decir, del Estado español, la propia Constitución Española -como seguramente ustedes saben-, en el Artículo 49, y en su Artículo 9, plantea que los poderes públicos realizarán una política de integración de los disminuidos físicos.

La Lismi, que ustedes sabrán que es la Ley de Integración Social de Minusválidos, aprobada, o publicada el siete de abril de mil novecientos ochenta y dos, en su Título VI... en su Artículo 38.1 ya plantea la obligación de emplear, es decir, "obligación"; no solamente plantea reserva de plazas -que lo hace en otro... en el Título VI-, sino en el Artículo 38 plantea la obligación de emplear a un número no menor del 2% de personal discapacitado para todo tipo de empresas públicas o privadas. Y, además, plantea que el incumplimiento se considerará una infracción grave para todo tipo de personal.

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Entonces, en ese sentido, mi Grupo Parlamentario, dado que, según las cifras que se están planteando, que luego podemos volver a ellas... Por ejemplo, las últimas cifras sobre número de personas discapacitadas publicadas por Inserso dice que más de cinco millones y medio de personas españolas son discapacitadas, aumentándose sensiblemente en mujeres, con una tasa de prevalencia muy alta. Y luego aclara una serie de datos, que si quieren ustedes los podemos luego plantear.

Entonces, en ese sentido, mi Grupo Parlamentario, dado que la Junta de Castilla y León, tanto en la Oferta de Empleo Público de mil novecientos noventa y cinco como en la Oferta de Empleo Público publicada el nueve de abril de mil novecientos sesenta y seis, plantea una reserva de plazas del 5% para este personal con discapacidad, hace la Propuesta de Resolución que "la Junta, en el marco de sus competencias, y la Consejería de Presidencia en particular, haga posible la cobertura"; es decir, que ese empleo sea de verdad ocupado por personal discapacitado, "arbitrando la fórmula o las fórmulas que permitan esa ocupación real, ya sea con baremos u otro tipo de medidas de discriminación positiva, o mediante la adjudicación efectiva de esas plazas". Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Se ha presentado a esta Proposición No de Ley una Enmienda por el Grupo Parlamentario Socialista. En representación del Grupo Parlamentario enmendante, tiene la palabra el señor Procurador, Jorge Félix Alonso.


ALONSO DÍEZ

EL SEÑOR ALONSO DÍEZ: Sí. Muchas gracias. La Enmienda que hemos presentado viene, fundamentalmente, motivada porque hemos presentado una Proposición No de Ley que, pues, pretendía los mismos objetivos que la que estamos hoy debatiendo y, en consecuencia, si prospera... vamos, si se asume la Enmienda por la proponente, pues retiraríamos nuestra Proposición No de Ley.

Quedamos claro que el 2% debe ser un objetivo a perseguir, el tener el 2% de la plantilla cubierta con personas con discapacidades. No sólo lo decimos nosotros, lo dice el Procurador del Común en su Informe: que esto debe ser una política activa de la Junta, el que no sólo se reserven -como decía antes la proponente, de Izquierda Unida-, se reserven en las ofertas, sino que se cubran de hecho; porque, si no se cubren de hecho, pues al final nunca se llegará a tener ese 2% de la plantilla cubierta.

Lo cierto es que hasta el año noventa y uno la Junta no ha empezado a hacer esa reserva de puestos, con lo cual hay un desfase tremendo. Y aunque el 5% que se reserva de puestos, pues, si se cubriera año tras año, permitiría a un medio plazo llegar a tener un 2% de la plantilla con personas... cubierto con personas con discapacidades, lo cierto es que la realidad es que los tres años que la Oferta de Empleo llevaba ya la reserva de puestos de trabajo, o sea ese 5%, luego ese 5% ha quedado, en realidad, reducido al 1% de las personas que ingresaban. Con lo cual, hay que cambiar el sistema. Es decir, no es posible que la voluntad de la Junta, aunque se haya manifestado en decir que hay que reservar los puestos, pero que luego en la práctica eso no se produce.

Y, en consecuencia, nos parece imprescindible el que se apruebe esta Proposición No de Ley con el añadido que le realizamos, porque nos parece que, en la medida que se asuma de verdad la reserva de los puestos que salen a la Oferta Pública de Empleo en esa cuantía del 5%, pues, permitirán el que a medio plazo, pues, se puede aproximar a ese 2% que proponemos en nuestra Enmienda. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Para consumir el turno en contra, tiene la palabra la señora Elena Pérez.


PÉREZ MARTÍNEZ

LA SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ: Sí. Bueno, no voy a consumir un turno en contra, porque nos parece que, además, viene reflejado por la misma Lismi, como he planteado en los antecedentes. Es decir, la ocupación real... la obligación de la ocupación real del 2% ya viene regulado por ley. Por lo tanto, nos parece correcto lo que plantea el Portavoz del Grupo Socialista.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. En turno de fijación de posiciones, tiene la palabra, por el Grupo Mixto, don Joaquín Otero.


OTERO PEREIRA

EL SEÑOR OTERO PEREIRA: Muchas gracias, señor Presidente. Únicamente, y de forma muy breve, para decir que vamos a apoyar la iniciativa formulada por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida. Y que además nos alegramos de la admisión de la Enmienda, que viene a complementar esa iniciativa parlamentaria.

Por tanto, y por los razonamientos, que parecen lógicos y obvios, y en los cuales tampoco parece muy oportuno profundizar en este momento, anunciamos que vamos a apoyar la iniciativa que se ha presentado.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Por el Grupo Popular, tiene la palabra don José Nieto.


NIETO NOYA

EL SEÑOR NIETO NOYA: Gracias, señor Presidente. Sobre este tema, como alguien ha recordado, se han planteado varias iniciativas en los últimos meses en estas Cortes, y del conjunto de ellas ha quedado definida la... definido el posicionamiento de los diferentes Grupos Parlamentarios, sin que lo que se ha debatido hoy haya introducido ninguna modificación sustancial.

El matiz que añade hoy el Grupo Socialista con su Enmienda, de que se cubra el 5% de la reserva en cada convocatoria, para alcanzar en el conjunto el 2% de plazas de la plantilla ocupadas es un matiz nuevo, pero no modifica esencialmente los planteamientos anteriores, y que se hace en la misma Proposición No de Ley.

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El problema está en que nosotros desconocemos qué fórmulas se puedan aplicar, ya sea con baremos específicos -que no sé exactamente a qué se refiere, si son baremo de méritos o es un baremo de calificación; no sé por dónde va la intención de la proponente, o del Grupo proponente-, o mediante la adjudicación efectiva final de estas plazas. No conocemos ningún procedimiento autorizado por la Constitución, ni por la legislación básica del Estado, ni por la legislación en materia de Función Pública de la Comunidad Autónoma, que permita alcanzar este objetivo.

Si nos atenemos a la literalidad de los términos utilizados en la Propuesta de Resolución, en su última expresión, que dice: "mediante la adjudicación efectiva final de estas plazas", esto parece indicar que se pretende que todas las plazas de reserva para minusválidos que aparezcan en cada convocatoria de concurso-oposición hayan de ser cubiertas necesariamente. Esto va más allá del principio de discriminación positiva. Hay otros principios constitucionales... el Artículo 103 de la Constitución lo dice con claridad, que la Función Pública... la provisión de puestos de la Función Pública se ha de hacer de acuerdo con los principios de mérito y capacidad. La insistencia de la Ley 30 en que las... -y de la propia Ley de la Comunidad Autónoma-, en que los procedimientos selectivos se habrán de ajustar a los contenidos de los puestos a cubrir, de tal forma que los seleccionados se garantice que reúnen las condiciones necesarias para prestar un eficaz servicio en nuestros puestos.

Y no sabemos cuál puede ser otro procedimiento diferente del que se ordene a las comisiones de selección que conviertan sus valoraciones inferiores al nivel exigido para el ingreso en el caso de los minusválidos, en... modificando la calificación y elevándola para producir una discriminación positiva a favor de los minusválidos. Pero esto -repito- quebranta otros principios constitucionales igualmente válidos y no hay forma de realizarlo.

Esto lo hemos advertido ya cuando se debatía la anterior Proposición No de Ley, que había esta misma intención en la exposición del Grupo que entonces defendía su Proposición; lo hemos advertido en otros Grupos Parlamentarios que dicen que se cubran, pero ¿cómo?, ¿cómo? Y -repito- no encontramos ningún procedimiento legal, mientras no se explicite, para garantizar que se va a cubrir ese 5% para garantizar luego el 2% de provisión total de la plantilla.

Hay una discriminación positiva en el procedimiento, que es el mismo hecho de ampliar la reserva para minusválidos al 5% -puesto que las Leyes Básicas del Estado establecen el 2, la propia Ley de la Comunidad Autónoma lo eleva a 3, y, luego, las ofertas públicas de empleo lo elevaron a 5-; hay una discriminación positiva en el hecho de que se celebren las oposiciones de minusválidos independientemente de las de turno libre y de turno de promoción interna; de que se adecuen todos los procedimientos necesarios para facilitar a los discapacitados la posibilidad de realización en condiciones de normalidad, ya sea de tiempo, de espacio, de información previa, para que realicen la oposición en las condiciones adecuadas, para que puedan obtener el nivel de... necesario para la superación de las pruebas; no se... no se condiciona en absoluto el nivel, ni siquiera psicológicamente en las comisiones, porque se hacen en procedimientos previos y separados.

Y no sabemos qué otro procedimiento pueda ser utilizado, como no sea el que la Junta -por algún procedimiento oficial u oficioso- diga a las comisiones de valoración que valoren necesariamente de forma positiva tantos candidatos discapacitados como puestos de oferta de reserva para ellos se contemplen en las convocatorias. Y esto nos parece inconstitucional e ilegal. Por lo que nosotros nos mantenemos en la misma postura de intervenciones anteriores, de oponernos a esta Proposición No de Ley, puesto que la introducción de la enmienda socialista no modifica para nada el contenido esencial.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la Resolución que se propone, tiene la palabra doña Elena Pérez.


PÉREZ MARTÍNEZ

LA SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ: Sí, muchas gracias. Leerle el Artículo 9.2 del Estatuto de Autonomía -nuestro Estatuto-, y en su Artículo 7.2... no, el Artículo 9.2 de la Comunidad Europea y el Artículo 7.2 de nuestro Estatuto, que dice: "Corresponde a los Poderes Públicos..." -es decir, no a este Grupo Parlamentario, sino a los Poderes Públicos y a los Gobiernos Públicos- "...promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud".

Mire, le vamos a plantear la definición de discapacidad de la OMS, plantea que es "toda restricción o ausencia debido a una deficiencia de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro de un margen que se considera normal". Es decir, se está planteando... y nuestro propio Tribunal Constitucional está planteando que no hay que tratar de forma igual a los que son desiguales; hay que tratar de una forma desigual a los que son desiguales. Le puedo traer sentencias planteadas por el Tribunal Constitucional sobre este tema.

Nos dice que no sabe por dónde vamos ni sabe cómo hacer que se cumpla este principio. Son los Poderes Públicos quienes lo tienen que plantear; pero, de todas formas, le vamos a dar una serie de fórmulas, que no simplemente se está planteando aquí. Y que son fórmulas que está planteando ya el Real Patronato de Prevención y de Atención a Minusválidos, el Congreso de los Diputados en un informe de mil novecientos noventa y cinco, la propia LISMI; y en otras Comunidades Autónomas se está haciendo y no en ésta.

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Se está planteando reserva... un porcentaje de reserva en algunas categorías que sobrepase con mucho el 5%, no una reserva general del 5%. Están planteando la eliminación de barreras físicas y arquitectónicas para que puedan ser susceptibles de acceder a un puesto de trabajo determinado; difícilmente con las barreras que tiene puestas la Junta de Castilla y León en sus distintas Consejerías pueden adaptarse a un puesto de trabajo las personas discapacitadas. Pero también se está denunciando... y lo denuncia el Consejo Económico y Social en un informe de mil novecientos noventa y cinco -un informe de cien folios que le recomiendo que se lo lea para que encuentre usted la fórmula adecuada o encuentren ustedes-, denuncia la falta de puestos de trabajo adaptados a este tipo de personal; es decir, previamente hay que adaptar una serie de puestos de trabajo.

Y lo único que... por donde vamos es la obligatoriedad legislativa de la ocupación real del 2% de los trabajadores discapacitados.

Y como fórmula alternativa, que ya se ha hecho en otros países, y que se está planteando -y que lo plantea también el CES-, plantea la creación de un fondo especial de empleo semejante a los países de nuestro entorno y de otras Comunidades Autónomas; alcanzar la ocupación real del 4% se está planteando, ya no el 2%. Entonces, se deberá armonizar con una reserva de un porcentaje mucho mayor de puestos de trabajo para personas con discapacidad; y plantea porcentajes, y en puestos que tenemos en nuestra Administración Autonómica: un 25% para telefonistas, por ejemplo plantea -plantea unos ejemplos determinados-, 10% para personal subalterno, independiente de la reserva general de otras. Pero, además, el Inserso, que está transferido a esta Comunidad Autónoma, plantea que hay que variar los porcentajes según el tipo de discapacidad, ya sea... según el sector laboral de que hablemos y el lugar de trabajo, y también plantea la readaptación de los puestos de trabajo.

Pues mire, Señoría, lo que hay que hacer es arbitrar una serie de medidas específicas, con plazas específicas para este tipo de personal o colectivo discapacitado: singularizar las plazas; y, además, cubrir el mínimo legal. No se puede plantear en las ofertas públicas de empleo a discreción de un tribunal, que es el que corrige esas plazas, rebajar en qué porcentaje el tipo de prueba o no rebajarlo, según criterio del propio tribunal. Y me estoy refiriendo -y puedo explicarles- tipos de plazas que según para personal discapacitado se les exija, más o menos, un poco menos que la personal que se considera normal, pero que es a criterio de estos tribunales donde se está planteando.

Lo que estamos diciendo es, primero, es que no sea discrecional; y que se haga una valoración singularizada de este colectivo. Si el mínimo legal, Señoría, es cinco -que es el aprobado-, no podremos ponerlo en siete (que será seguramente debido a que la situación de desempleo que puede tener Castilla y León está planteando que a una plaza, o puestos de trabajo de un grupo inferior o de un grupo con un salario pequeño, se estén planteando el acceso a esos puestos de trabajo personal con licenciaturas superiores). A este personal habrá que hacer... cubrirlo con un mínimo legal de este planteamiento.

Y, además, lo más importante, y que está ocurriendo en esta Comunidad Autónoma, es que no se acumulen las plazas reservadas a personal discapacitado en la convocatoria general -que hasta ahora se están ocupando o se están pasando a acumularse a las otras plazas-.

Acabarle diciendo que Grecia, por ejemplo, por no decirle... -porque el Informe del Consejo Económico y Social hace una valoración de todos los países de la Comunidad Económica Europea, y plantea que España es de los que menos tiene la normativa establecida para la ocupación real de estas plazas-, en Grecia -que es un país que ya saben ustedes que cuando vienen aquí... cuando nos plantean los porcentajes en los distintos países, Grecia, Portugal y España solemos estar juntos-, en Grecia se plantea una cuota de contratación obligatoria del 3% de la plantilla total. Pero fíjese, un ejemplo, para puestos de telefonistas se reservan al 100% para el personal discapacitado; el 20% para puestos de trabajo de jardinería, de guardias, de encuestadores, porteros o porteras, restauradores, etcétera. Eso es lo que estamos planteando, Señoría: se singularicen plazas según para que tipo de discapacidad. No se deje a criterio o a arbitrio de los tribunales que se encargan de juzgar el acceso a esos puestos de trabajo, el formular rebajas o no rebajas en los requisitos exigidos. Y una valoración, o cubrir con un mínimo legal exclusivamente estas plazas, porque usted sabe como yo, Señoría, que para cubrir plazas del grupo que sea (administrativos o no administrativos) a veces el aprobado no es cinco, sino que el aprobado es ocho. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. ¿Desea fijar el texto definitivo? ¿Vamos a votar?


PÉREZ MARTÍNEZ

LA SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ: No, no, no. Lo fijo, lo fijo.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Tiene la palabra doña Elena Pérez.


PÉREZ MARTÍNEZ

LA SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ: Sí. Añadir a mi Proposición No de Ley la enmienda presentada por el Grupo Socialista, y añadir también -por si les parece bien al Grupo Popular apoyar la propuesta- lo de arbitrar medidas específicas para unas plazas específicas a colectivos específicos (singularizando, por lo tanto, plazas para este tipo de colectivos); y cubrir el mínimo legal con una valoración singularizada del colectivo, en el sentido que le he planteado antes; así como que no se acumulen a las plazas generales, sino para las plazas reservadas para el personal discapacitado, sino para la siguiente oferta pública de empleo.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría.


NIETO NOYA

EL SEÑOR NIETO NOYA: Señor Presidente, se ha modificado el planteamiento y quisiera hacer una breve reflexión.

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EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Sí. Tiene la palabra don José Nieto.


NIETO NOYA

EL SEÑOR NIETO NOYA: El planteamiento que acaba de hacer la Portavoz de Izquierda Unida es totalmente diferente del que contiene su propia Proposición No de Ley. Si usted quiere que se modifique la normativa y que se distingan según colectivos o según puestos de trabajo, posibilidades de incorporación de discapacitados, si usted quiere que se transforme todo el proceso de selección, es una cuestión diferente de la que se plantea en la Proposición No de Ley.

El problema de la acumulación es siempre a posteriori, a posteriori; porque si en las oposiciones de acceso libre se eleva el nivel a siete puntos o a ocho puntos, esto no afecta para nada a la posibilidad de cubrir las plazas de discapacitados, porque se cubren con independencia y a priori. Por tanto, ese tema está cubierto.

Y alguna otra consideración que ha hecho, que bueno, me parece legítima, y a lo mejor en algunos términos estaríamos dispuestos a apoyarlas, pero eso no tiene nada que ver con la Proposición No de Ley que usted ha planteado. Entonces, en otra ocasión podremos volvernos a ver, pero no a introducir modificaciones complejas como las que usted ha apuntado en una Proposición No de Ley que hemos venido a debatir, en unos determinados términos y en unos planteamientos muy concretos, que a nosotros -vuelvo a repetirlo-, aplicando principios constitucionales de legislación básica y de legislación autonómica, seguimos sin encontrar, en los términos de la Proposición No de Ley, posibilidad ninguna de cubrirlos más que ¡en fin!, que si se hiciera pues por Decreto, Real Decreto o "a capón", como se suele decir de una forma gráfica. Nada más.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, señor Nieto. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la Proposición No de Ley en los términos definitivamente fijados por la señora Procuradora proponente. ¿Votos a favor? ¿Votos en contra?

Votos a favor: seis. Votos en contra... hemos dicho... ¿otra vez? Votos en contra: diez. Abstenciones: ninguna. En consecuencia, queda rechazada la Proposición No de Ley debatida.

Cuarto punto del Orden del Día. Para dar lectura al cuarto punto del Orden del Día, tiene la palabra la señora Secretaria.

LA SEÑORA SECRETARIA (SEÑORA FERNÁNDEZ MARASSA): Cuarto punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley 204-I, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a referencia a la situación de temporalidad en la convocatoria de nombramiento de personal en vacantes adscritas a funcionarios sanitarios de Atención Primaria, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 56, de catorce de mayo de mil novecientos noventa y seis".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Para la presentación de la Proposición No de Ley, tiene la palabra el representante del Grupo Socialista, Fernando Benito.


BENITO MUÑOZ

EL SEÑOR BENITO MUÑOZ: Gracias, señor Presidente. Nuestro Grupo Parlamentario, con carácter general, ha presentado unas Proposiciones No de Ley para su resolución en Comisión, basadas en el Informe del Procurador del Común presentado al Pleno de las Cortes del día treinta de abril; todas, en el apartado de función pública, y en donde se refieren a las reclamaciones formuladas por los ciudadanos para el reconocimiento de sus derechos, habitualmente relacionados con la convocatoria de plazas para acceder a puestos de la Administración.

Según suscribe el Informe del Procurador del Común, constantemente están en juego los principios establecidos en la Constitución de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, cuya interpretación genera conflictos y es fuente de queja; discrepan de los tribunales, y tienen dificultades para acceder a la información, o bien no tiene una explicación razonable a los resultados de las pruebas.

Estos principios de carácter general son los que inspiran lo manifestado por este Portavoz en el Pleno de control de ejecución presupuestaria mil novecientos noventa y cinco, en el sentido de que nuestro Grupo Parlamentario va a establecer un control exhaustivo en cinco frentes fundamentales, que son: la situación de personal de comisión de servicios, personal interino, desempeño de funciones o formas irregulares, compatibilidades y gratificaciones y, en dos anexos que se refieren, fundamentalmente, a tribunales de oposiciones y a procesos de publicidad en la evaluación de personales interinos. Fundamentalmente, en esos cinco pilares y en estos tres anexos.

La primera Proposición No de Ley se refiere a un expediente concreto del precitado Informe del Procurador del Común, en el que, sustancialmente, se manifestaba desacuerdo con una modificación en la baremación, al variar la consideración del tiempo de servicios prestados como fijo. Al resolverse este contrato -un contrato de trabajo de carácter indefinido- por causas no imputadas al propio trabajador, la consideración varió por un informe de la Dirección General y, en consecuencia, salió perjudicado. Según se presenta por el Procurador del Común, lo que se insta es a que se especifique en las convocatorias de este personal qué tipo y qué valoración se tiene que hacer en estos casos. Nada más. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. ¿Algún Grupo desea consumir el turno en contra? Por el Grupo Popular, tiene la palabra don José Nieto.


NIETO NOYA

(-p.3169-)

EL SEÑOR NIETO NOYA: Gracias, señor Presidente. Señorías, nuestro Grupo quiere empezar formulando su extrañeza por el procedimiento que se ha utilizado en esta Proposición No de Ley -lo mismo que en la siguiente-; procedimiento sorprendente y, desde luego, discutible; porque se han utilizado textos casi íntegros -no íntegros- del Informe del Procurador del Común sobre un expediente concreto, y se ha convertido en Propuesta de Resolución de estas Cortes una sugerencia que, en ese Informe, el Procurador del Común hacía a la Administración Autonómica.

Digo que nuestro Grupo se ha sorprendido por el procedimiento, no sé si por las mismas razones que apunta el Procurador del Común en una Comunicación que hizo recientemente a estas Cortes -y de la que yo he tenido la primera información por los medios de comunicación-, en la que advierte del riesgo de que las actuaciones del Procurador del Común se conviertan en temas para la contienda política, y advierte del riesgo de que se instrumentalice la figura del Procurador del Común al servicio de objetivos diferentes de los que tiene esta Institución. Dos circunstancias que a nosotros nos parece que concurren también en este hecho, en el hecho de utilizar textos del Procurador del Común para el debate político; y no nos parece acertado este planteamiento.

Todos los Grupos son libres de asumir o de adoptar las iniciativas que estimen pertinentes, pero quiero dejar constancia de que nuestro Grupo entiende extraño este procedimiento; le parece de dudosa legitimidad y, desde luego, para nosotros, no deseable. Creo que convierte a la politización de la figura de la Institución del Procurador del Común, y puede llevar a la instrumentalización de las actuaciones del Procurador del Común al servicio de iniciativas políticas de tipo partidario, e introduciendo a la propia figura y a la Institución en el debate político, cosa que, tanto el Procurador del Común como este Grupo Parlamentario entiende que no es positiva para la Institución.

Hecha esta consideración general, que nos lleva a tomar con prevención el hecho, la Proposición de Ley en sí, en sus términos, quiero hacer brevemente -porque brevemente lo ha planteado el Grupo Socialista- alguna reflexión sobre el contenido.

La sugerencia del Procurador del Común a la Administración Autonómica se basa en una discrepancia en la interpretación de una convocatoria del año... de una Orden de la Comunidad Autónoma del año ochenta y ocho sobre provisión de puestos para personal de tipo sanitario. Y pretende una distinción entre personal funcionario de empleo, interino o eventual, y personal laboral contractual de duración determinada, cuestión que -desde nuestro punto de vista- está claramente definida en esa convocatoria y en el Anexo en el que se fijan los méritos correspondientes. Porque, de la interpretación sistemática de esa Orden, nosotros llegamos a la conclusión de que, en cualquier caso, se está hablando de contratados eventuales, de contratados temporales -situado el término "contratado" entre interino y sustituciones no tiene otra interpretación posible-. Si esto es así, si nosotros coincidimos con la interpretación de la convocatoria que hace la propia Consejería de Bienestar Social -interpretación legítima, que está avalada por la propia Orden, porque atribuye a la Dirección General de Salud justamente la determinación de los criterios que han de servir para valorar los méritos de los concursantes, con carácter vinculante para las comisiones de valoración-, y estamos de acuerdo en que se aplica adecuadamente el criterio de la Orden, pues el distinguir entre personal funcionario de empleo, interino o eventual, y personal laboral contractual de duración temporal supongo... -suponiendo que ésta sea la intención de la Propuesta de Resolución y de la sugerencia del Procurador del Común-, esto, evidentemente, se puede hacer más explícito añadiendo en la Orden el término "temporal" al contrato, para que, para ocupar un puesto de interino, se baremen servicios prestados anteriormente, ya sea como interino, ya sea como contratado temporal, o en una sustitución.

Si la intención es otra -y tengo para mí que la intención es otra-, entonces entraríamos en otro debate que plantearía nuevos problemas.

Pero, de momento, entendiendo que la interpretación de la Orden es clara, que el espíritu de la Orden es claro y que la base para esta Proposición No de Ley no es suficiente como... o, en fin, no añade nada, porque el explicitar que se trata de contratos temporales está en el contexto de la propia Proposición No de ley, nos parece que es una Proposición, por lo menos, innecesaria, porque no resuelve nada. Siempre suponiendo que la diferencia entre lo que existe y lo que se quiera sea que aparezca claramente definido claramente en la convocatoria para que no haya dudas; aun cuando la interpretación legítima -repito- hecha por la Consejería es la interpretación de la intención que anima todo el espíritu de esa convocatoria y, por tanto, es la correcta.

De momento, la reserva primera sobre el procedimiento, y esta coincidencia o discrepancia de la valoración que se hace del espíritu de esa convocatoria, es lo que nos lleva... y a la vista de esto, del carácter innecesario de pedir que se haga lo que ya se hace, es lo que nos lleva, por lo menos en esta primera intervención, a definir nuestra posición contraria a la Proposición No de Ley.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Para el turno de réplica, tiene la palabra don Fernando Benito.


BENITO MUÑOZ

(-p.3170-)

EL SEÑOR BENITO MUÑOZ: Gracias, señor Presidente. Bueno, en primer lugar, yo creo que, respecto a la consideración de la oportunidad de utilizar las Resoluciones o las sugerencias del Procurador del Común por esta Comisión, o, en realidad, por los Parlamentarios, de cara a, constructivamente, mejorar los aspectos que son deficientes según estima él, me parece absolutamente improcedente. Es decir, es absolutamente procedente, y no sólo procedente, no sólo se puede, sino se debe -desde nuestro punto de vista- asumir los requerimientos del Procurador del Común, en aras de mejorar las deficiencias que se observan en los Informes; porque, si no, no tendría ninguna virtualidad, puesto que no hay otra instancia que pueda mejorarlos, que los propios representantes de los castellanoleoneses. Yo creo que esa... esa alegación tiene, por otra parte, una demostración palpable en lo que ha sido la labor parlamentaria de su Grupo, Partido Popular, en el Gobierno de la Nación ante los Informes del Defensor del Pueblo, que han sido reiterados en múltiples iniciativas parlamentarias, cuyo fin parece ser que ahora es sólo de desgastar al Gobierno, según se desprende de lo que usted dice ¿no? Entonces, yo creo que, respecto a ese primer punto: no sólo podemos, sino debemos.

¿Sorprendidos respecto al procedimiento? Bueno, pues siempre es nuevo... siempre es bueno sorprender a alguien. A mí me parece que el que de alguna manera recojamos algunas deficiencias que existen en múltiples aspectos, puesto que esto es una Proposición muy concreta y muy detallada, un aspecto concreto, en la introducción yo he dicho que vamos a abarcar aspectos del ámbito general de la función pública que nosotros consideramos que son deficientes, bueno, pues es una postura que a usted le parecerá innecesaria, seguramente a la persona ésta del expediente que tenemos delante, el 123, no le será innecesario porque perdió la plaza que tenía obtenida en la primera baremación, seguramente a él no le parecerá innecesario que se pueda hacer algún tipo de matización a la convocatoria de esa plaza.

Respecto a la Proposición de Ley, lo que estamos nosotros defendiendo es, simplemente, la recomendación del Defensor del Pueblo respecto a que se matice la temporalidad en esa convocatoria en concreto. A mí me parece que, si algo tiene esta Proposición No de Ley, es que la hace poco discutible el que es un aspecto absolutamente concreto y detallado. A mí me parece que hay otros ámbitos de la selección de personal interino, ya entraremos en ellos, mucho más matizables y discutibles que lo que es, simplemente, la matización de un aspecto que le ha ocasionado a una persona que se ha dirigido al Defensor del Pueblo, le ha ocasionado un perjuicio; simplemente es una Proposición que acuerda la Resolución... que insta a la Junta a que matice la situación de temporalidad. Nada más. Ésa era nuestra intención.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Para consumir el turno de dúplica, tiene la palabra don José Nieto.


NIETO NOYA

EL SEÑOR NIETO NOYA: Gracias, señor Presidente. Si la Proposición No de Ley se hubiera planteado en los términos en que acaba de decir ahora el Portavoz socialista, aun siendo innecesaria, pero como vendría a perfeccionar y a precisar unos términos de una convocatoria, hubiéramos aceptado; pero resulta que no es así.

Primero, primero: en los antecedentes, en los antecedentes de la... en los antecedentes de la Proposición No de Ley, en los antecedentes se ha cortado el informe del Procurador del Común y no se ha contemplado la recomendación. Fíjense que ustedes dicen en estos antecedentes, lo dice el Director... el Procurador del Común, que formula una sugerencia y una recomendación formal. Y ustedes han recogido sólo es la sugerencia, pero en la sugerencia se contiene, de una forma muy ambigua, el contenido de la recomendación formal. Y la recomendación formal del Procurador del Común es que para cubrir puestos de interinos se valoren, no sólo servicios prestados como interino contratado con carácter temporal o sustituto, sino también servicios de funcionarios y servicios de personal laboral fijo en determinadas circunstancias; pero eso no lo ha dicho el Portavoz del Grupo Socialista en esta segunda intervención.

Y vuelvo a repetirle, si se hubiera formulado en los términos en que usted acaba de expresar, probablemente, diríamos que sí. Porque añadía algo, aclaraba y evitaba dudas en una comisión de valoración, aunque después de una interpretación y con el aire que reciben estas noticias podría haberse aclarado.

Pero resulta que la Proposición dice otra cosa, dice que se haga referencia claramente a la situación de temporalidad digna de tener en cuenta. Y la interpretación sistemática de la recomendación y del informe del Procurador del Común, implican que en esa situación de temporalidad se contemplen servicios prestados como funcionario de carrera y servicios prestados como personal laboral fijo, cuestión que plantea otro tipo de problemas que no se pueden resolver en una... ante una Propuesta de Resolución que lo deja en una nebulosa en la que no se sabe exactamente lo que es.

Por lo demás, yo no dudo que a esa persona le haya ocasionado algún perjuicio, otra cosa es que pueda legítimamente ver lesionado algún derecho, que eso es una cuestión diferente. Es decir, le ocasiona perjuicio a cualquier concursante el que no obtenga lo que pretende en el concurso; pero si en la valoración de los servicios prestados se ha contemplado con toda precisión el contenido de la Orden de convocatoria, no se le ha hecho ningún perjuicio: se le ha aplicado la normativa con la interpretación legítima que tiene esa convocatoria.

Respecto a la valoración de la utilización de los informes del Procurador del Común, no voy a decir que los temas que trate el Procurador del Común en sus informes no puedan ser objeto de debate político, pero el procedimiento de utilizar exclusivamente las palabras del Procurador del Común como si fuera un Procurador de estas Cortes, cambiando únicamente, un "sugerimos", por un "instar a la Junta de Castilla y León", esto es lo que nos parece una instrumentalización de la Institución que está creada para otras cosas.

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A mí me parece que es mucho más positivo para la Comunidad Autónoma y para la Institución del Procurador del Común, poder leer noticias como ésta que aparecía, pues, hace tres días concretamente en un periódico regional de esta Comunidad, que dice: "La Junta atiende al Procurador del Común y cambia el sistema de ayudas". Muy bien, ya tiene su mecanismo, ya tiene su mecanismo; de la misma forma, de la misma... ya tiene su mecanismo: dirigirse a la Institución que tiene la responsabilidad de responder.

Aun así, aun así, yo no tengo, vamos, inconveniente ninguno en admitir que las reflexiones o las recomendaciones que hace el Procurador del Común, deben ser objeto de consideración por parte de la Junta, deben serlo, con independencia de que se asuman o no se asuman, deben ser objeto de consideración. Pero me complace comunicar o decir ante estas Cortes que la respuesta que hizo la Consejería de Bienestar Social al Procurador del Común, contempla este respeto y esta consideración; y le decía -a ver si lo encuentro sin mucho esfuerzo-, y le decía en su respuesta, con fecha veintiocho de febrero: "En la medida en que esta Consejería tiene previsto promover la elaboración de una nueva modificación y actualización de los méritos contemplados para la atención primaria en la Orden de mil novecientos ochenta y ocho, le manifiesto la consideración de las oportunas recomendaciones realizadas por esa Institución que, sin duda, perfeccionarán el sistema de selección establecido en dicha Disposición, a la vez que se tratará de dar satisfacción a las diferentes situaciones expuestas y razonadas en su Resolución". Que no se refiere este párrafo, en absoluto, a la valoración que se ha hecho en el caso concreto del expediente que contempla el Procurador del Común, sino a las recomendaciones de las que ustedes no hacen, o hacen caso omiso.

Ésta es una actitud positiva de reconsideración, pero cuya solución, más que de este foro de debate político, es propia de un análisis jurídico de la situación, de una consideración de los problemas de procedimiento que pueda plantear el llegar a valorar como servicios para un puesto de interino los prestados en puestos de carácter permanente como contratado o como funcionario y, en definitiva, está sujeta a una negociación con los representantes de los personales para encontrar las fórmulas más adecuadas que puedan llevar a una satisfacción de todos los intereses en concurrencia.

De ahí que, señor Presidente, Señorías, puesto que lo que dice la Proposición No de Ley es diferente de lo que ha dicho aquí el Proponente, nosotros seguimos manteniéndonos en la postura de oposición a esta Proposición No de Ley.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. En el turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra don Joaquín Otero.


OTERO PEREIRA

EL SEÑOR OTERO PEREIRA: Gracias, señor Presidente. Muy brevemente, dos cuestiones. La primera, en cuanto a la cuestión de forma y pese a que he hecho esfuerzos reales por intentar comprender la postura del Portavoz del Grupo Popular, debo reconocer que no lo he conseguido.

El Procurador del Común, como es su obligación, investiga e informa de todas aquellas irregularidades que detecta, pues, en el funcionamiento administrativo de la Junta de Castilla y León, o de las Cortes si fuera preciso, o del Tribunal Superior de Justicia, o de donde procedan; y emite un informe ante las Cortes -porque además, él es un Alto Comisionado de estas Cortes-, e informa a las Cortes, si las Cortes no pueden hacer uso de esa información, ¿para qué viene a informar? Que se quede en casa.

¡Claro! el señor Nieto Noya, en su segunda intervención ya distinguía, no, no, es que... bueno, hay que distinguir dos cuestiones. De una sí se puede utilizar y otra no se puede utilizar. Yo opino lo siguiente: los Procuradores debemos de tener la absoluta libertad, absoluta libertad para utilizar como base de nuestras iniciativas parlamentarias lo que nos venga en gana, todo es legítimo, siempre y cuando la iniciativa sea legítima, como ésta lo es; y la fuente de la que proceda, pues, da exactamente igual que sea un recorte de un periódico... casi es más importante que sea una recomendación del Procurador del Común que un recorte de un periódico del que estamos utilizando habitualmente.

Por tanto, yo aplaudo esa iniciativa, el Informe del Procurador del Común es una fuente extraordinaria de iniciativas parlamentarias, no ya para los Grupos de la Oposición, sino para el mismo Grupo que gobierna que, efectivamente, debe reconocer que es humano cometer errores y el Procurador del Común, cuando detecta un error, está echándole una mano, está echándonos a todos una mano para intentar subsanar esos errores. Por tanto, no solamente es loable, sino que además, yo incluso invito al Partido Popular, o al Grupo Popular, a utilizar esos informes del Procurador del Común, porque lo que van a pretender es mejorar esas deficiencias e irregularidades que detecta. Por tanto, yo aplaudo esta iniciativa y, sobre todo, más que la iniciativa, aplaudo la base o la fuente que ha utilizado para trasladarla a estas Cortes el Procurador del Grupo Socialista.

Y en cuanto al fondo de la misma debo reconocer, en primer lugar, que hay que profundizar mucho para tenerlo claro. Y yo, esta cuestión concreta, de esta convocatoria concreta, y este caso concreto, no lo conozco con la concreción suficiente como para poder emitir o fijar una posición con absoluta rotundidez. Ahora bien, a mí me da la impresión que, en una interpretación amplia de la misma... -no exactamente literal, porque la Propuesta de Resolución puede tener diferentes interpretaciones-, casi voy a acudir para apoyarla a una interpretación amplia o finalista.

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Las convocatorias, muchas convocatorias de este tipo tienen o se producen errores de interpretación, como ocurre con las leyes, pues porque, a veces, se hacen demasiado deprisa, o a veces se hacen sin matizar bien. Y son matizaciones que, en principio, pueden parecer superfluas pero luego aparecen problemas que pueden lesionar, efectivamente, los derechos de los ciudadanos que quieren concurrir a esas convocatorias. Por tanto, yo creo y pediría a la Junta que se detuviese con más tiempo y elaborase esas convocatorias con más minuciosidad y claridad, aunque puedan parecer excesivamente largas, para que no haya lugar a problemas ni a dudas de interpretación.

Esta iniciativa, entiendo que lo que busca es ésa, aunque lo concreta en un asunto... en un asunto definido, puntual, pero yo creo que lo que persigue es eso, que las convocatorias pues hagan matizaciones que eviten que haya que acudir a interpretaciones que siempre son subjetivas, eso es evidente. Lo mejor es que el texto no dé lugar a interpretaciones por lo claro que sea. Y, en ese sentido, quiero interpretar yo la iniciativa, pues, como he dicho, una interpretación finalista da lo mismo, más lo que se persigue que lo que pretende en este caso concreto y puntual. Y de ahí, pues el anuncio de nuestro apoyo a la iniciativa parlamentaria formulada por el Grupo Socialista. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida, tiene la palabra doña Elena Pérez.


PÉREZ MARTÍNEZ

LA SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ: Sí. Muchas gracias, señor Presidente. Una cuestión previa, sin entrar más en el debate de la función o no función del señor Procurador del Común y la función de estos Procuradores. Simplemente, voy a hacer una invitación a Sus Señorías -incluido al Grupo Popular en las Cortes- para que se traigan a esta Cámara todo tipo de iniciativas parlamentarias que puedan hacer posible el cumplimiento de las recomendaciones del Procurador del Común. Eso es una invitación que nos parece loable que lo hagamos, no sólo los Grupos de la Oposición, sino que nos parece que el Grupo que está gobernando tendría que ser el primero en traer todo tipo de iniciativas, para mejorar su gestión como Gobierno Autónomo. Es una cuestión previa.

Otra cuestión que yo quisiera reseñar es que nos parece que lo que se está refiriendo aquí -que es la Orden de interinos para personal sanitario en atención primaria- no se ha debido leer demasiado bien, de cara a profundizar en el tema para dar razones a favor o en contra. Porque lo que se está planteando, se plantea en los antecedentes que está planteando la Dirección General de Salud Pública, es que considera insolidario o poco solidario, considera insolidario que se baremen servicios prestados a esta Administración, la Administración Autónoma, el Gobierno Autónomo. Pero lo que no considera insolidario -y para eso digo yo o pienso que hay que estudiar más, hay que estudiar un poco más para venir a estas Cortes-, no considera insolidario esta preferencia absoluta al personal interino desplazado, y personal interino desplazado en este Gobierno Autónomo es un puesto de trabajo eventual; y para ocupar una nueva plaza de personal interino sanitario local en atención primaria tienen una preferencia absoluta. Es decir, eso no es insolidario con el resto del personal desempleado en Castilla y León en atención primaria. Hay un pull pequeño de personal interino que por esta prebenda -que es una prebenda- son los que ocupan preferentemente estas plazas; pero eso no lo considera insolidario, ya no son sólo servicios prestados que bareme, sino que el primer punto del baremo para acceder a un puesto de personal interino es la preferencia absoluta para el personal desplazado. Eso hay que saberlo y hay que ver la Orden de interinos a la que nos estamos refiriendo.

Y yo les voy a dar la razón de por qué a un tipo de personal se le barema de una forma, y a otro se le da otro tipo de preferencia. Porque he formado parte de las mesas generales de negociación, y he formado parte de tribunales para ocupar estas plazas, les tengo que decir que cuando exclusivamente se hacen caso a sindicatos corporativos de un determinado sector -como es el de interinos-, cuando exclusivamente se hace caso a eso, y se incumple, se incumple nuestra Ley de Función Pública, que plantea baremar los servicios prestados a esta Administración, nos encontramos con recomendaciones del Procurador del Común en este tipo de cosas.

No podemos entender -y por eso vamos a apoyar esa Proposición No de Ley- que la propia Consejería admita esta recomendación; pero no sólo admite eso, sino que actualmente -como usted bien ha dicho-, y le voy a decir que va a cambiar este párrafo y también va a cambiar porque se lo hemos dicho... Pero es que llevamos doce años diciendo esto mismo, la preferencia absoluta para un tipo de personal porque así lo plantea un tipo de sindicato -pero no los sindicatos de clase, está claro, los que también negocian y están planteando un tipo de baremos-. Y esto también ocurre porque esta Consejería, en exclusiva, utiliza un tipo de baremo, sin ningún tipo de examen, que no se realiza en el resto de las Consejerías de la Junta de Castilla y León; y no sólo tiene que cambiar este punto del baremo, sino que tiene que cambiar otros mucho más, para adecuarse no sólo a la Constitución Española -que no nos parece correcta la interpretación que se está dando de ella, porque esto sí que es anticonstitucional, Señorías-, ni nos parece correcto que, a diferencia de otras Consejerías, no se realice un tipo de examen o concurso para acceder a este tipo de plazas.

Por eso mismo, como nos parece que en este punto, aunque sólo sea parcialmente, como los sindicatos y las mesas de negociación que han planteado estos baremos ha sido imposible llevar a cabo un cambio desde hace diez años de este tipo de baremación, nos parece bien que las recomendaciones del Procurador del Común no sólo las traiga el Grupo Socialista a la Cámara, sino que las traiga, por iniciativa propia y adelantándose, nos parecería mucho más correcto el Grupo Popular en el Gobierno. Muchas gracias.

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EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Para cerrar el debate, por el Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra don Fernando Benito.


BENITO MUÑOZ

EL SEÑOR BENITO MUÑOZ: Gracias, señor Presidente. Mire, señor Nieto, yo es la segunda sesión en Comisión desde que soy Portavoz de la Comisión de Presidencia, y en la primera ya me hizo lo mismo que me ha hecho hoy; yo en la primera le llamé viceconsejero, le voy a tener que llamar viceconsejero a partir de ahora, porque siempre me suele traer algún latiguillo o alguna información anexa que le da la Consejería. Y yo simplemente le pido que de ahora en adelante, puesto que usted está en el Gobierno y no podemos tener la misma igualdad en la documentación, por lo menos que hubiera un tratamiento democrático en la información, en el sentido de proporcionar la máxima información posible a los Grupos -como de hecho ya estoy detectando que no ocurre y que suele usted manifestar en las reuniones-. Y lo digo no sólo por esa información, sino por la contestación que recientemente estoy recibiendo a preguntas escritas de este propio ámbito, en la cual se ocultan sistemáticamente datos; con lo cual, pues, bueno, mientras no cambiemos, seguirá siendo un viceconsejero que sigue contestando de una manera absolutamente parcial a las interpretaciones.

Y respecto a los llamamientos que ha hecho a acuerdos, bueno, pues yo creo que ahí me puedo echar la culpa, es decir, el poco tiempo que llevo de Portavoz puede que haya motivado que no hubiéramos podido profundizar para llegar a algún tipo de acuerdo, no tengo ningún inconveniente en decirle que probablemente podía ser mía la culpa en ese terreno, y le invito que de ahora en adelante cualquier tipo de proposición que ustedes tengan alguna duda sobre el fondo de la proposición y pudiéramos llegar a algún tipo de solución intermedia o solución favorable, pues, estamos abiertos a cualquier tipo de acuerdo.

Respecto al procedimiento. Hombre, respecto al procedimiento, si sólo es objeto de consideración el que lo que nosotros proponemos se deniegue, lo que diga el Procurador del Común lo cojan ustedes y entonces se lleve adelante, si ese es el procedimiento o el único objeto, como ha dicho usted, de consideración, evidentemente no podemos estar de acuerdo. Tanto derecho tenemos cualquiera de los Grupos a tener la misma iniciativa, que usted se apropia de una manera parcial. Por ejemplo, como ha citado en el caso de las viviendas, que es un ejemplo palpable de que el sistema que usted considera legítimo y legal y absolutamente razonable que es apropiarse de una idea del Procurador, una sugerencia del Procurador del Común que antes han rechazado la misma sugerencia nuestra, y se la ponen como una manera, una manera de llevar adelante este tipo de recomendaciones... Si éste es el procedimiento, pues, evidentemente, no lo suscribimos: cualquiera de los Grupos tenemos el mismo derecho que usted y que su Grupo para representar los intereses de la gente que pueda estar afectada por un proceso de selección o por un proceso de oposición o cualquier otro ámbito de la función pública.

En consecuencia, yo le reemplazo para cualquier tipo de acuerdo en este tipo de proposiciones, no tenemos ningún inconveniente en matizar lo que sea matizable, y defendemos el texto como está de la recomendación que ha hecho el Procurador del Común.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la Proposición No de Ley. ¿Votos a favor? Seis. Votos a favor, seis. ¿Votos en contra? Perdón, es que el señor Sánchez ha sido sustituido, entonces no tiene...


BENITO MUÑOZ

EL SEÑOR BENITO MUÑOZ: Señor Presidente, sí, por una cuestión de orden. La sustitución que anunciaba era en el sentido, él tenía..., el señor Jorge Felix tenía presentado dos preguntas escritas para contestación oral, en consecuencia, como defendía la tercera, la sustitución hasta el punto tercero...

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Perdón. No se puede...


BENITO MUÑOZ

EL SEÑOR BENITO MUÑOZ: Es una situación habitual en cualquier Comisión, simplemente quiero dejar constancia. En cualquier caso si es una causa de problema... Pero es una situación habitual en las comisiones hasta ahora. Es una sustitución parcial hasta el punto tercero.


MATÍA PORTILLA

EL SEÑOR LETRADO (SEÑOR MATÍA PORTILLA): Perdón. Lo hace después de votar.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Perdón. Cabe pero ha sido posterior... lo está comunicando usted posteriormente a la votación. Entonces, no procede.


BENITO MUÑOZ

EL SEÑOR BENITO MUÑOZ: Sí, sí. No, no, si no tiene... Perdón, perdón, no tiene una trascendencia directa en la votación; simplemente cuando ustedes hicieron ese gesto les comuniqué que se lo explicaría en ese momento, les hice ese... les he hecho esa indicación en un momento del debate, por no romper el debate y comunicarlo de una manera oficial, le hice esa seña al Presidente.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): El resultado de la votación son seis votos a favor. ¿Votos en contra? Diez. ¿Abstenciones? Ninguna.

Resultado de la votación. Votos emitidos: dieciséis. Votos a favor: seis. Votos en contra: diez. Abstenciones: ninguna. En consecuencia, queda rechazada la Proposición No de Ley debatida.

Quinto punto del Orden del Día. Para dar lectura al quinto punto del Orden del Día, tiene la palabra la señora Secretaria.


BENITO MUÑOZ

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EL SEÑOR BENITO MUÑOZ: Señor Presidente, por una cuestión de orden, pido ahora la inclusión del Procurador del Grupo Socialista, García Cantalejo, al punto quinto del Orden del Día.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias. Tiene la palabra la señora Secretaria.

LA SEÑORA SECRETARIA (SEÑORA FERNÁNDEZ MARASSA): Quinto punto del Orden del Día. "Proposición No de Ley 270-I, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a eliminación de limitaciones administrativas al acceso a procesos de selección de puestos de trabajo temporal en la Administración Autonómica, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número cincuenta y seis, de catorce de mayo de mil novecientos noventa y seis".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias. Para la presentación de la Proposición No de Ley, tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Socialista, don Fernando Benito.


BENITO MUÑOZ

EL SEÑOR BENITO MUÑOZ: Gracias, señor Presidente. En continuidad a la reflexión anterior, respecto a la consideración de nuestro Grupo parlamentario con carácter general en presentar resoluciones o acuerdos del Informe del Procurador del Común del día treinta de abril que afectan al ámbito de la función pública y que han sido fuente de reclamaciones de los ciudadanos en los ámbitos habitualmente relacionados a las convocatorias de plazas de la Administración, incorporamos esta recomendación del Procurador del Común basada en dos expedientes, según la cual son relativas a la aplicación de la restricción en normas mediante la interpretación de las mismas, bien por circulares o instrucciones dictadas a tal efecto o bien por iniciativa propia de funcionarios, para el acceso a procesos de selección de puestos de trabajo.

En concreto, la recomendación y... la recomendación del Procurador del Común se refería a instar a la Junta a eliminar las limitaciones que, en la práctica, dificultan el acceso a los procesos de selección de puestos de trabajo de carácter temporal en la Administración Autonómica, y a la necesidad de acreditar situaciones personales cuyos datos obran en la Administración (cuestión, esta última, que se da con bastante frecuencia y que viene recogida en la propia Ley de la Administración y del procedimiento administrativo. Muchas gracias).

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Para consumir el turno en contra tiene la palabra, por el Grupo Popular, don José Nieto.


NIETO NOYA

EL SEÑOR NIETO NOYA: Presidente, para no alargar el debate, vamos a sustituir el turno en contra por fijación de posiciones y... no usamos éste.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Si el turno va a ser en contra... si va a ser en contra, pues, no. Para fijar posiciones, tiene la palabra por el Grupo Mixto don Joaquín Otero.


OTERO PEREIRA

EL SEÑOR OTERO PEREIRA: Muchas gracias, señor Presidente. Muy brevemente. La iniciativa o la Propuesta de Resolución es absolutamente opuesta a la anterior: la anterior se refería a un caso concreto y en esta, pues, se hace alusión de una forma genérica a todas las limitaciones que puedan dificultar el acceso a los procesos de selección de puestos de trabajo de carácter temporal. ¿Que son muchas?, que se limiten o se eliminen muchas. ¿Que son pocas?, que se eliminen pocas. Me parece absolutamente relacionable. Es más, ya ni siquiera sería necesario leer los antecedentes.

La iniciativa, salvo que no hubiera ninguna dificultad para acceder a esos procesos de selección, que todo fuera perfecto y que todo fuera absolutamente correcto, entendemos que es perfectamente asumible y que debería de serlo por todos los Grupos; porque no dice, no concreta qué dificultades. Porque en eso sí que podría haber discrepancia, lo que para unos sería una dificultad para otros no; pero como no las concreta y es tan genérica, es evidente que no hay ni un solo motivo para oponernos a la misma. Aquellas dificultades que pueda haber, o aquellas limitaciones; que se eliminen. Absolutamente razonable, correcto y tiene nuestro apoyo la iniciativa parlamentaria.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida, tiene la palabra doña Elena Pérez.


PÉREZ MARTÍNEZ

LA SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ: Sí. Muchas gracias. Yo no sé si necesita explicación esto, pero voy a hacer una breve explicación, porque, siendo funcionaria de la Junta de Castilla y León, me he encontrado con situaciones... no exclusivamente yo, está claro, sino la mayoría de mis compañeros y compañeras cuando tenemos que acceder a cualquier tipo de proceso de selección, de baremación, ya no exclusivamente para acceder a un puesto de trabajo, sino para cursos, etcétera, etcétera. Pues, resulta que las trabas a las que se está refiriendo, se refieren a que si yo trabajo en un Gobierno como éste, en una Administración Autónoma, en determinada provincia, pero resulta que hace cuatro años trabajé en otra, y hace siete trabajé en otra provincia para la misma Administración Autonómica, me tengo que dirigir a todas esas Administraciones -la misma Administración Autonómica-, para que me den un certificado de servicios prestados para la misma Administración Autonómica.

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Entonces, a mí Grupo Parlamentario le parece que ese tipo de prácticas desde luego no son las adecuadas, y lo que están es dificultando, primero, porque el personal aquí referido, el personal trabajador o trabajadora de la Junta de Castilla y León, tiene que acordarse de todo tipo de situaciones para las que ha trabajado en la Junta de Castilla y León, ya fuera personal interino, eventual, etcétera, etcétera.

Entonces, lo único que se está planteando es que, siendo la misma Administración Autonómica la que certifica la relación que ha tenido con esa Administración en las distintas... en los distintos puestos de trabajo, ya sea de una Consejería o de otra, pues nos parece obvio que, cuando se planteen unas pruebas o una baremación para cursos, etcétera, etcétera, sea la misma Administración Autonómica la que los facilite y pida -porque así consta, es decir, todo el personal funcionario o laboral está catalogado y saben en qué situaciones y qué puestos y qué desempeños ha tenido para la Junta de Castilla y León-, sea ella misma la que plantee esa certificación y no tenga que acudir el personal a las distintas instancias a solicitar esa certificación.

Entonces, por ese sentido, nos parece que aparte de la instancia, de la Propuesta de Resolución general que plantea, que en eso tenemos que estar todos de acuerdo -es decir, eliminar las limitaciones que en la práctica dificulten el acceso, pues eso tendremos que estar completamente de acuerdo-. Y, en la otra parte, les he explicado las situaciones en las que se puede encontrar -y se encuentra, de hecho- el personal que trabaja para el Gobierno Autónomo. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don José Nieto.


NIETO NOYA

EL SEÑOR NIETO NOYA: Gracias, señor Presidente. Señorías. Las Propuestas de Resolución que se traen a estas Cortes con unos antecedentes, normalmente han de entenderse referidas a esos mismos antecedentes.

En esta Propuesta de Resolución hay dos cuestiones que se plantean: una, la de eliminar trabas que se ofrecen por parte de las Administraciones. Pero, en los antecedentes del Informe del Procurador del Común, se refieren los dos supuestos a trabas que se plantean en otras Administraciones que no son la Administración Autonómica. Por tanto, nos parece que utilizar problemas que se plantean en otras Administraciones para hacer un requerimiento a la Administración Autonómica -me estoy refiriendo concretamente al Inem- no parece razonable.

Por tanto, la primera parte de la Propuesta de Resolución, en estas Cortes y en esos términos, entendemos que es improcedente.

Y la segunda parte es muy razonable, y es un principio general que todos asumimos y que está establecido en la Ley 30/92 de Reforma del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, está formulada en unos términos de carácter general. Literalmente, así: "Los ciudadanos tienen derecho..." -apartado f)- "...a no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante". Pero esta buena voluntad de... así, a priori, expresada en el Artículo 35 de la Ley, está matizada en la Disposición Final de la misma Ley, en la que se requiere "Dadas las dificultades de procedimiento que esto implicaría, se requiere, para su aplicación, un desarrollo reglamentario previo" -lo dice la Disposición Final de esa misma Ley-, desarrollo reglamentario que no se ha producido todavía.

Por tanto, no tenemos nada que objetar al deseo, pero sí a que se aplique a una determinada Administración cuando no se ha concretado este procedimiento, que realmente resulta de muy difícil aplicación y que generaría muchos problemas de funcionamiento. Porque es verdad que los funcionarios, que el personal de la Junta, incluidos los temporales, están catalogados; pero no están catalogados los aspirantes que concurrieron en otros procesos anteriores y cuya documentación no está catalogada ni está registrada. Entonces, habría que acomodar toda la Administración a que toda la documentación o todas las circunstancias singulares aparecieran recogidas en un registro de personal, y no es así, ni en la Administración del Estado ni en las Administraciones Autonómicas. Por lo cual, nos parece que en este momento, y de esta forma genérica, el añadir, el decir lo que dice la Ley 30/92 en una Proposición No de Ley no añade nada a la eficacia de esa Ley; cuando esa Ley, estamos dispuestos nosotros, Grupo Parlamentario Popular, y yo estoy seguro que la Administración Autonómica, estamos dispuestos a cumplirlos.

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Y a propósito de esto -y ya que he entrado en esta consideración-, quisiera decirle a los demás Portavoces que el Grupo Parlamentario Popular no es la Administración Autonómica. Y el Grupo Parlamentario Popular no ha utilizado, no ha utilizado en ningún momento las sugerencias ni las iniciativas del Procurador del Común en ninguna dirección; y, como Grupo, las escuchará, las atenderá y, en la medida en que las considere pertinentes, porque también los Procuradores del Común -bueno, el Procurador del Común, que creo que es único, es singular, no tiene plural- y el Defensor del Pueblo también se equivocan y plantean cuestiones que luego los Tribunales discuten y le dan la razón o no le dan la razón. Estamos en un proceso de utilizar todos los procedimientos que colaboren a que mejoren los... se perfeccione el funcionamiento de las distintas Administraciones, acogemos con simpatía las recomendaciones del Procurador del Común; pero, no tenemos que asumir -como alguien ha dicho- que todas las recomendaciones del Procurador del Común están atinadas, porque hay algunas que a lo mejor no responden ni a criterios de ..... porque se equivocan o tienen interpretaciones discutibles o no se acomodan a una realidad como es la que tenemos en este momento presente, que no hay Administración ninguna que pueda aplicar el Artículo 35 de la Ley en los términos actuales de perfeccionamiento de los instrumentos técnicos que tiene a su servicio la Administración.

Por tanto, una vez más, esta Propuesta de Resolución no añade nada a lo que dice una Ley Básica de obligado cumplimiento. Por tanto, entendemos que no procede añadir con una Propuesta de Resolución de estas Cortes, que no es más que una recomendación, un propósito de las Cortes, para que actúe la Administración Autonómica, cuando la Administración Autonómica está dispuesta a cumplir en plenitud la legislación básica del Estado, siempre y cuando se den las condiciones que permitan este cumplimiento. Pero hay muchos principios de la Administración que resultarían afectados, y la propia convocatoria de procesos de selección de personal temporal o interino resultaría afectado en su espíritu y en su desarrollo, si es que se aplicara en su literalidad esta Propuesta de Resolución dirigida a la Administración Autonómica.

Por las dos razones que he dicho nos oponemos, lamentándolo mucho, a las iniciativas del Grupo, a la iniciativa del Grupo Parlamentario Socialista.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Para cerrar el debate, tiene la palabra don Fernando Benito.


BENITO MUÑOZ

EL SEÑOR BENITO MUÑOZ: Gracias, señor Presidente. ¡Con lo feliz que sería aceptándola! Parece que lo ha dicho con un lamento que nos ha causado conmoción a todos. Bueno, yo voy a simplificar, y no por razones evidentemente futbolísticas, sino por una razón -como ha dicho el representante del Grupo Mixto- obvia. Y es que es una Proposición tan sumamente lógica que casi hasta cuesta encontrar argumentos que pueda uno utilizar para conseguir la aprobación de esta Proposición.

¡Hombre!, yo estoy sorprendido de que ahora se nos diga que estamos arreglando otras Administraciones. Mire, la Proposición, la Proposición, en los términos en que está escrita, quiere decir una cosa tan sencilla como que en los procesos de selección en la Administración Autonómica -que muchos son de cinco días, muchos son de cinco días- no se requieran trámites y cuestiones que tiene la propia Administración -y eso está ocurriendo; no es la única funcionaria la representante de Izquierda Unida, también algunos somos funcionarios- y el proceso conllevaría que te quedaras fuera del proceso de selección, por mucho que se le dé una fórmula de reclamación a ese procedimiento en cinco días. Y son cosas tan obvias como la certificación de servicios previos, que la pide la propia Consejería. Eso está ocurriendo todos los días en las convocatorias de selección de puestos de la Junta: están pidiendo, en la propia Consejería, certificados de servicios previos. En algunos casos, uno suele llegar a tener dos y son contradictorios, o sea, es una cosa fantástica. Es decir, como es tan rápido, hasta se equivoca la propia Consejería emitiendo los certificados.

Pero es que estamos en anuncios, en tablones de anuncios; estamos en registros en los días... coincidiendo días que son sábados y cuestiones de este tipo. Y en procesos de selección de tanta urgencia, pues hay que facilitar de alguna manera, que es lo que hace la recomendación. Y, desde luego, lo que hay que hacer es cumplir, en el ámbito de la Junta, lo que dice el Artículo 35 de la Ley 30/92; es que es tan elemental el pedir que se cumpla que no tengamos que aportar nueva documentación que tiene la propia, la propia Administración a la cual se solicita y dependes de ella, que parece absolutamente obvio.

Hombre, lo que ya es fantástico es que seguramente yo creo que el Procurador del Común, como persona humana, podrá equivocarse en cualquier circunstancia y podrá tener algún tipo de Informe no atinado. Concretamente en esto, en decir que se pueda equivocar, a mí me parece elevar la causa a unos límites increíbles. Es decir, en la Proposición, lo que se dice es que se eliminen las prácticas que dificultan y que se elimine la necesidad de acreditar en la propia Administración, cuando dependes de esa propia Administración.

A mí me parece que en este terreno... estamos hablando de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, cuando parece que nos interesa le vamos a otras Administraciones, que yo no he visto, ahora, esa necesidad, porque aunque ocurre en los procesos de selección, sobre todo en certificaciones en servicios previos, la necesidad de pedir acreditación a otras Administraciones, en realidad, normalmente en esos procesos son más largos, normalmente siempre se arbitra un sistema de tiempos. Pero vamos, en general, en la propia Administración Autonómica, a la cual estamos ciñéndonos, ocurre esto todos los días. Simplemente, a mí me parece que en esta recomendación, el que se va a sorprender, seguramente, es el propio Procurador del Común, que no se atienda en este Parlamento. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la Proposición No de Ley. ¿Votos a favor? Siete. ¿Votos en contra? Diez.

El resultado de la votación es el siguiente. Votos emitidos: diecisiete. Votos a favor: siete. Votos en contra: diez. En consecuencia, queda rechazada la Proposición No de Ley debatida.

No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión.

(Se levantó la sesión a las diecinueve horas cinco minutos.)


DS(C) nº 123/4 del 19/6/1996

CVE="DSCOM-04-000123"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
IV Legislatura
Comisión de Presidencia
DS(C) nº 123/4 del 19/6/1996
CVE: DSCOM-04-000123

DS(C) nº 123/4 del 19/6/1996. Comisión de Presidencia
Sesión Celebrada el día 19 de junio de 1996, en FUENSALDAÑA
Bajo la Presidencia de: Ernesto Argote Roa
Pags. 3157-3176

ORDEN DEL DÍA:

Pregunta con respuesta Oral, P.O.C. 85-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Jorge F. Alonso Díez, relativa a concesión de compatibilidad al Ex Secretario General de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, Nº. 53, de 3 de mayo de 1996.

Pregunta con respuesta Oral, P.O.C. 86-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Jorge F. Alonso Díez, relativa a razones de la selección del procedimiento de interinidad en la cobertura del puesto 01.03.000.000.000.1002, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, Nº. 53, de 3 de mayo de 1996.

Proposición No de Ley, P.N.L. 169-I, presentada por la Procuradora Dª. Elena Pérez Martínez, relativa a cobertura de plazas destinadas a personal discapacitado, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, Nº. 49, de 19 de abril de 1996.

Proposición No de Ley, P.N.L. 204-I, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a referencia a la situación de temporalidad en la convocatoria de nombramiento de personal en vacantes adscritas a funcionarios sanitarios de Atención Primaria, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, Nº. 56, de 14 de mayo de 1996.

Proposición No de Ley P.N.L. 207-I, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a eliminación de limitaciones administrativas al acceso a procesos de selección de puestos de trabajo temporal en la Administración Autonómica, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, Nº. 56, de 14 de mayo de 1996.

SUMARIO:

Se inicia la sesión a las diecisiete horas diez minutos.

El Vicepresidente, Sr. Argote Roa, abre la sesión y comunica las sustituciones que se han producido.

- Primer punto del Orden del Día. P.O.C. 85-I La Secretaria, Sra. Fernández Marassa, da lectura al primer punto del Orden del Día.

Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista) para formular su pregunta.

Contestación, en nombre de la Junta, del Sr. López Andueza, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista).

En turno de dúplica, interviene el Sr. López Andueza Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

En turno de aclaraciones, interviene la Procuradora Sra. Pérez Martínez (Grupo de Izquierda Unida).

Contestación del Sr. López Andueza, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

- Segundo punto del Orden del Día. P.O.C. 86-I La Secretaria, Sra. Fernández Marassa, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista) para formular su pregunta.

Contestación, en nombre de la Junta, del Sr. López Andueza, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista).

En turno de dúplica, interviene el Sr. López Andueza Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

En turno de aclaraciones, interviene la Procuradora Sra. Pérez Martínez (Grupo de Izquierda Unida).

Contestación del Sr. López Andueza, Consejero de Presidencia y Administración Territorial.

- Tercer punto del Orden del Día. P.N.L. 169-I La Secretaria, Sra. Fernández Marassa, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

Intervención de la Procuradora Sra. Pérez Martínez (Grupo de Izquierda Unida) para la presentación de la Proposición No de Ley.

Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista) para la defensa de la Enmienda presentada por su Grupo.

Intervención de la Procuradora Sra. Pérez Martínez (Grupo de Izquierda Unida).

En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Otero Pereira (Grupo Mixto).

En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Nieto Noya (Grupo Popular).

Intervención de la Procuradora Sra. Pérez Martínez (Grupo de Izquierda Unida).

Intervención del Procurador Sr. Nieto Noya (Grupo Popular).

El Vicepresidente, Sr. Argote Roa, somete a votación la Proposición No de Ley. Es rechazada.

- Cuarto punto del Orden del Día. P.N.L 204-I La Secretaria, Sra. Fernández Marassa, da lectura al cuarto punto del Orden del Día.

Intervención del Procurador Sr. Benito Muñoz (Grupo Socialista) para la presentación de la Proposición No de Ley.

En turno en contra, interviene el Procurador Sr. Nieto Noya (Grupo Popular).

En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Benito Muñoz (Grupo Socialista).

En turno de dúplica, interviene el Procurador Sr. Nieto Noya (Grupo Popular).

En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Otero Pereira (Grupo Mixto).

En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Pérez Martínez (Grupo de Izquierda Unida).

Intervención del Procurador Sr. Benito Muñoz (Grupo Socialista).

El Vicepresidente, Sr. Argote Roa, somete a votación la Proposición No de Ley debatida. Es rechazada.

Quinto punto del Orden del Día. P.N.L. 207-I La Secretaria, Sra. Fernández Marassa, da lectura al quinto punto del Orden del Día.

Intervención del Procurador Sr. Benito Muñoz (Grupo Socialista) para la presentación de la Proposición No de Ley.

Intervención del Procurador Sr. Nieto Noya (Grupo Popular).

En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Otero Pereira (Grupo Mixto).

En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Pérez Martínez (Grupo de Izquierda Unida).

En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Nieto Noya (Grupo Popular).

Intervención del Procurador Sr. Benito Muñoz (Grupo Socialista).

El Vicepresidente, Sr. Argote Roa, somete a votación la Proposición No de Ley debatida. Es rechazada.

El Vicepresidente, Sr. Argote Roa, levanta la sesión.

Se levanta la sesión a las diecinueve horas cinco minutos.

TEXTO:

(-p.3159-)

(Comienza la sesión a las diecisiete horas diez minutos.)

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Se abre la sesión. ¿Algún Grupo Parlamentario quiere presentar alguna sustitución?


NIETO NOYA

EL SEÑOR NIETO NOYA: Sí, señor Presidente. El Grupo Popular sustituye a doña María Valentina Calleja por don Juan Castaño, a don Juan Cot por don Modesto Alonso Pelayo, y a don Porfirio Abad por don Santiago Bartolomé.


BENITO MUÑOZ

EL SEÑOR BENITO MUÑOZ: Sí, señor Presidente. El señor García Cantalejo... le sustituye el señor Jorge Félix Alonso.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias. Primer punto del Orden del Día. Por la señora Secretaria se dará lectura al primer punto del Orden del Día. Tiene la palabra la señora Secretaria.

LA SEÑORA SECRETARIA (SEÑORA FERNÁNDEZ MARASSA): Primer punto: "Pregunta con respuesta Oral 85-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador don Jorge Félix Alonso Díez, relativa a concesión de compatibilidad al ex Secretario General de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, publicado en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número cincuenta y tres, de tres de mayo de mil novecientos noventa y seis".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias. Para formular la pregunta tiene la palabra el Procurador don Jorge Félix Alonso.


ALONSO DÍEZ

EL SEÑOR ALONSO DÍEZ: Sí, muchas gracias. Del estudio del expediente de concesión de compatibilidad de don José Luis Useros se observan diversas contradicciones. La primera, que en su petición de compatibilidad habla de seis horas de dedicación a la docencia, y, con posterioridad, se comprueba que son doce las que declara la Universidad que va... que va a ejercer. Lo que nos lleva a que supera, entre la jornada habitual de la Junta y el tiempo dedicado a la docencia, pues las cuarenta y nueve horas y media semanales, que esto entra en contradicción con una directiva del Consejo de Europa, la 93/104 de la... del Consejo de la Comunidad Europea.

Se le concede la compatibilidad antes de que la Universidad haya emitido el informe de cuál era su situación en la Universidad, lo cual a mí me parece una irregularidad; es decir, se le conceden la irregularidad... digo, se le concede la compatibilidad -perdón-, yo hago la pregunta, y, a partir de ahí, se solicita a la Universidad el informe de cuál va a ser su dedicación en la Universidad. Es decir, porque la fecha del informe de la Universidad es posterior a que se realiza, o sea... o a que se realiza la petición del expediente de concesión de compatibilidad. Seis meses después de que se le haya concedido la compatibilidad, se incorpora al expediente el informe de la Universidad.

No se recoge en ninguna parte del expediente cuál es el horario de trabajo que va a tener en la Universidad y el que va a tener en la Junta, con lo cual, puede ser que exista una coincidencia horaria, que es una de las causas de exclusión de la compatibilidad.

(-p.3160-)

Y, por último, para que puedan compatibilizarse los dos trabajos, tendrían que ser los dos a dedicación a tiempo parcial; cosa que ocurre en la Universidad, y que en el propio informe de la Universidad se afirma que no hay problemas en la compatibilidad, por parte de la Universidad, porque en la Junta tiene el contrato a tiempo parcial, o la dedicación a tiempo parcial.

Y ése es el motivo de la pregunta: si realmente tenía esta persona... o tiene esta persona su puesto de trabajo en la Junta la compatibilidad a tiempo parcial; y, si no es así, pues ¿cómo se le ha concedido la compatibilidad? Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias. Para contestar a la pregunta tiene la palabra el señor Consejero.


LÓPEZ ANDUEZA

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL (SEÑOR LÓPEZ ANDUEZA): Gracias, señor Presidente. Señoría. La concesión de la compatibilidad al funcionario don José Luis Useros le viene en función del Real Decreto 1722 y la Ley 53/84, que reconoce, en su Artículo 4, la posibilidad de autorizar la compatibilidad a profesores titulares en escuelas universitarias de enfermería.

El expediente por el cual solicitó actividad secundaria, para compatibilizarla, es, precisamente, de profesor de la escuela de enfermería para el curso noventa y cinco-noventa y seis, y una dedicación parcial de seis horas de docencia y otras tantas de tutoría. El horario no es coincidente, puesto que es a partir de la dieciséis horas por la tarde y de ocho a nueve por la mañana.

Y la concesión, pues, fue sobre la base de las consideraciones siguientes: que las retribuciones a percibir por ambos puestos no superaban el porcentaje del Artículo 7.1 de la Ley 53; que la actividad docente para la cual solicitaba la compatibilidad no impedía o menoscababa el cumplimiento de los deberes y obligaciones del puesto de trabajo desempeñado en la Administración; y que fue informado favorablemente por la Delegación Territorial -me refiero en la que él prestaba sus servicios-.

No obstante, indicarle a Su Señoría que la Inspección General de Servicios, a iniciativa propia y del propio Consejero que habla, inició a partir de este año... de enero del presente año -enero del presente año-, un expediente sobre cumplimiento en materia de normativas sobre incompatibilidades; expediente que ha supuesto actuaciones -y se han examinado quinientos cincuenta y seis expedientes individuales-, y que afectaban, fundamentalmente, a colectivos sanitarios, docentes, arquitectos técnicos y otros titulados superiores. Y uno de los que se ha revisado también, está en proceso de revisión, es el que nos ocupa, dado que cumple los dos requisitos de los colectivos para los cuales se había iniciado el estudio a que hago referencia.

Consecuentemente con eso se han tomado una serie de decisiones, en éste y en otros casos, que bueno, luego, si a Sus Señorías les interesan, pues podré explicárselos.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, señor Consejero. Para el turno de réplica tiene la palabra el señor Jorge Félix Alonso.


ALONSO DÍEZ

EL SEÑOR ALONSO DÍEZ: Muchas gracias, señor Presidente. En relación con las afirmaciones que realiza el señor Consejero. Primero, yo, desde luego, no he encontrado en ningún sitio que hable de las seis horas de tutoría. Quiero decir que en la solicitud que realiza el interesado sólo habla de seis horas que va a dedicar al puesto de trabajo, no se especifica eso; yo no lo he encontrado en ninguna otra parte del expediente.

Yo, desde luego, considero que se ha ocultado por parte del solicitante información. Me parece bastante grave que el informe de la Universidad sea seis meses después, y a eso no me responde el señor Consejero; o sea, quiero decir, seis meses después de que se le da la compatibilidad se incorpora el informe de la Universidad, cuando tendría que ser preceptivo para saber realmente qué es lo que está concediendo. Yo creo que es que ha habido una alegría tremenda por parte de la persona que le correspondía el informar esta... esta compatibilidad, concretamente el Inspector General de Servicios.

Lo del horario, me lo dice usted, quiero decir que no hay incompatibilidad horaria; desde luego, tampoco está en ningún sitio. Yo creo que tendría que estar en algún... constar en alguna parte del expediente el que realmente no hay incompatibilidad horaria, porque yo tengo otras informaciones, de que él acudía por la mañana a dar clases; yo eso ya no lo puedo afirmar, pero, indudablemente, eso queda, pues, en el término de... lo mismo que usted dice, en el término de las palabras, yo creo que las cosas hay que hacerlas con documentos.

No hemos entrado en el tema del salario, que, efectivamente, bueno, puede ser que ahí sí que esté dentro de las normas; pero yo creo que en cualquier caso, es un tema secundario.

Y, desde luego, nos parece que en este asunto, pues, desde su Consejería, no se puede estar de forma pasiva ante este tipo de situaciones. Porque es, pues, por lo menos... no sé, irregular y extraño el que una persona cese en su puesto de Secretario General, y, de forma inmediata, pues se le compense con otro tipo de ingresos, o se le haga la vista gorda ante otro tipo de... otra posibilidad de ingresos, para que de alguna forma se mantenga su situación anterior. Y eso, lógicamente, no es el espíritu de la Ley de Incompatibilidades, en el cual, sigo insistiendo que queda claro que para que haya compatibilidad entre la docencia y otro tipo de trabajo en la Administración, tiene que ser con dedicación a tiempo parcial, que insisto que también hace referencia a ello el propio informe de... de la Universidad.

(-p.3161-)

Y, en consecuencia, creo que... y vamos, y le insto al señor Consejero de que actúe para que este tipo de situaciones no se sigan produciendo, porque, luego, lógicamente, este tipo de situaciones, en la medida en que confirmamos... y yo creo que este es un hecho claro de que les hemos pillado en un... en una autorización que no procedía, pues viene a confirmar un poco pues todas esas críticas que de forma permanente les venimos haciendo. Porque, hombre, nos queda siempre la duda de que en otros muchos casos no nos enteramos, pero en este caso sí que hemos visto que las cosas no se han hecho bien. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias. Tiene la palabra el señor Consejero.


LÓPEZ ANDUEZA

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL (SEÑOR LÓPEZ ANDUEZA): Gracias, señor Presidente. Bien, yo quería, antes de entrar en la segunda parte de su exposición, concretar que las seis horas, más seis... Efectivamente, en el informe que firma don Juan Borbolla Sancho, Vicerrector de Profesorado de la Universidad, se dice textualmente, en... donde indica a "hechos", a "hechos": "Atribuciones y cómputo mensual correspondiente a su régimen de dedicación a tiempo parcial de seis más seis horas de mensualidad ordinaria". Es decir, hace una distinción "seis más seis", si no diría "doce". Dice "seis más seis": las seis, precisamente, de docencia; y las seis que me refería yo antes, de tutoría.

También un escrito que informa... perdón, firma don José Luis Viaña Caballero, dice que don José Luis Useros Fernández viene realizando la misma desde... en el curso horario, de ocho a nueve, y a partir de las dieciséis; o sea, de ocho a nueve, y a partir de las dieciséis. Es decir, que los horarios que le he dado no se me han ocurrido en este momento; simplemente estaban en la documentación que traía, y se los reitero.

En cuanto al fondo de la... del tema al que usted ha hecho referencia al final. Bueno, primero decirle que, naturalmente, no es cuestión de vista gorda, porque -como le he dicho a Su Señoría- la Consejería ha realizado, a instancia del Consejero cuando llegó y de... con motivo también de la modificación de la estructura que había en la propia Consejería, se inició un estudio de régimen de compatibilidades. Y, como le he dicho, ha habido un número bastante elevado -creo que he dicho quinientos... lo tengo por aquí, quinientos sesenta y seis, aproximadamente, quinientos sesenta y seis, aproximadamente, creo haber dicho- de casos que se han visto uno por uno y que se han referido, fundamentalmente, a esos colectivos.

Pero, concretando, y el caso que nos ocupa en este momento, he de señalarle que la persona a la que nos venimos refiriendo ha presentado escrito... ha presentado un escrito en el cual renuncia... o sea, pide el cese de su actividad en la Junta de Castilla y León.

Entonces, al haber cesado, como consecuencia de que él era uno de los médicos que habíamos visto, automáticamente el expediente vamos a resolver, queda automáticamente resuelto. Porque lo que no le he dicho a Su Señoría es que a este señor, como a otros, se les ha hecho de oficio una petición de documentación, se les ha pedido, se les ha dado trámite de audiencia, se ha pedido informe a la Universidad; repito, a éste como a los quinientos sesenta y seis restantes. Consecuencia de ello, como Su Señoría conoce, la Consejería tiene que resolver ese expediente. Con lo cual, en este momento, al presentar el cese en el puesto de trabajo de la Junta, queda resuelto... Vamos, queda resuelto, perdón, tenemos que resolver. Tenemos que resolver expresamente.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, señor Consejero. ¿Algún Procurador de la Comisión desea solicitar una aclaración sobre el tema de la pregunta? Tiene la palabra, la señora Elena Pérez.


PÉREZ MARTÍNEZ

LA SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ: Sí, muchas gracias. Señor Consejero, yo, la verdad que con las explicaciones me he hecho un lío que, la verdad, no sé bien lo de las horas cómo se cuadra. Es decir, de nueve a cuatro, no sé si con exclusiva o sin exclusiva, no sé si tiene tiempo para comer el señor Useros, o no tiene -creo que sí-. Pero, sobre todo, lo que no acabo de entender bien es lo de las doce horas que me comenta usted, porque una parte pueden ser horas de docencia, son horas que está realizando docencia, pero las seis horas de tutoría no dejan de ser horas dedicadas a ese colegio o a esa escuela de enfermería; quiero decir que, entonces, seis más seis, pues son doce, y siguen siendo doce independientemente de como las plantee.

No queremos... o, vamos, no nos puede parecer demasiado importante este tema si no fuera la figura del anterior Secretario General de la Consejería; y no plantearlo como un cúmulo de sueldo, porque, vamos, nos consta, a este Grupo Parlamentario, que esta persona ya ejercía sus labores como docente de enfermería, y, seguramente, no haya sido esto lo que... el cúmulo de sueldos el que le haya llevado a pedir la compatibilidad. De todas formas, acabar señalando que nos parece que, por lo menos, ha habido una concesión un tanto irregular -vamos a dejarlo así-.

Me gustaría que me explicara lo de las doce horas porque, de verdad, que no entiendo bien las coincidencias horarias que usted nos ha planteado. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Para contestación, tiene la palabra el señor Consejero.


LÓPEZ ANDUEZA

(-p.3162-)

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL (SEÑOR LÓPEZ ANDUEZA): Bien. Efectivamente, la persona, el funcionario al que nos estamos refiriendo era con anterioridad profesor titular, y sigue siendo profesor titular en la situación. En ese momento estaba de servicios especiales; en este momento no sé en cuál está. Yo acabo... yo tengo aquí la diligencia de toma de posesión en un nuevo puesto, tengo el escrito de él diciendo que renuncia, por lo tanto, a continuar en los servicios prestados a la Comunidad Autónoma; y, por lo tanto, esa persona -como muy bien dice Su Señoría- estaba ya... es un puesto que tiene por oposición; por lo tanto, en ese aspecto coincidimos, ambos dos, en que no es cuestión de incrementar sueldos o no.

En cuanto a la cuestión concreta que me pregunta, sobre las horas; el escrito que -como digo- firma el Vicerrector del profesorado, pues dice, dice "P.O.", debe ser... Ah, no, perdón, "por orden del Rector"; por tanto... que sí, está bien, el Vicerrector del profesorado, don Juan Borbolla Sancho, dice: "la retribución, en cómputo mensual corresponde a su régimen de dedicación a tiempo parcial de seis más seis horas, y me añade a continuación... Ah, estaba en otro escrito, me dice, don José Luis Viaña, que ese horario es entre las ocho y las nueve de la mañana, y a partir de las dieciséis horas. Yo no sé si, la verdad, si tiene tiempo para comer o no, pero alguno de nosotros hemos tenido menos tiempo y aquí estamos.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, señor Consejero. ¿Algún otro Procurador tiene que hacer alguna pregunta? Gracias. Para dar lectura al segundo punto del Orden del Día, tiene la palabra la señora Secretaria.

LA SEÑORA SECRETARIA (SEÑORA FERNÁNDEZ MARASSA): Segundo punto del Orden del Día: "Pregunta con respuesta Oral, 86-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador don Jorge Félix Alonso Díez, relativa a razones de la selección del procedimiento de interinidad en la cobertura del puesto 01.03.000.000.000.1002, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 53, de tres de mayo de mil novecientos noventa y seis".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias. Para formular la pregunta, tiene la palabra don Jorge Félix Díez Alonso.


ALONSO DÍEZ

EL SEÑOR ALONSO DÍEZ: Sí, buenas... Muchas gracias. Nosotros cuando planteamos esta pregunta, va en razón de que se nos contesta que... -de forma escrita- que el procedimiento que se ha elegido de interinidad, frente a libre designación, es como consecuencia de que es más rápido este procedimiento que el de libre designación. No estamos de acuerdo, en principio, con que esto sea así, porque en el propio Boletín donde se convocaba este puesto para cubrirlo por interinidad, se convocaba otro puesto para cubrirse por libre designación, y se cubrió un mes antes, el de libre designación que el de interinidad. Concretamente, el Boletín era del veinticuatro de julio del noventa y cinco, el puesto de libre designación se cubría el veinticuatro de agosto, y el de interinidad se cubría el veinticinco de septiembre; con lo cual, el argumento no puede ser que, para que se cubra un puesto por interinidad, el argumento sea el que se tarda menos, porque está demostrado que no se tarda menos. Indudablemente, habrá otras razones, pero no ésa.

Por eso preguntamos que, habida cuenta de que no es más rápido, ¿por qué es por lo que se opta por este sistema?, quiero decir, ésa es la primera pregunta. Y la segunda pregunta que realizamos es si la persona que se ha designado para ocupar el puesto eventual y que, con posterioridad, se destinó a ocupar esta persona -porque este puesto era el de Secretaria del Vicepresidente-, este puesto, como sabe el señor Consejero, se ha creado, con posterioridad, como puesto eventual, y la misma persona que, en principio se le había destinado, o se le había adjudicado el puesto por interinidad, es la persona que después se le ha asignado el puesto eventual.

Entonces, lo que queríamos saber también es si esta persona que ha ocupado con posterioridad el puesto de secretaria, como personal eventual, ya había ocupado otros puestos con anterioridad; y, si es así, pues en qué fecha ocupa esos puestos.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias. Para contestación de la Junta, tiene la palabra el señor Consejero.


LÓPEZ ANDUEZA

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL (SEÑOR LÓPEZ ANDUEZA): Gracias, Presidente. Primero, respecto a la primera parte de la pregunta, indicar que la decisión adoptada, en cuanto a la forma de provisión, es la recogida en el Artículo 6 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de Castilla y León; texto refundido, aprobado por Decreto Legislativo 1/1990, de veinticinco de octubre. Por lo tanto, se ha hecho de acuerdo con la norma. Y señala que el procedimiento seguido es justamente el dispuesto en el Decreto 28/1992, de veintisiete de febrero, que -como Sus Señorías conocen- regula el nombramiento de personal interino de la Administración de Castilla y León.

En cuanto a la segunda cuestión, la persona señalada estuvo prestando servicios a la Comunidad Autónoma desde el veintisiete de julio de mil novecientos noventa y dos a mil novecientos noventa y cinco, al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 1989/84.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, señor Consejero. Para el turno de réplica, tiene la palabra don Jorge Félix Alonso.


ALONSO DÍEZ

(-p.3163-)

EL SEÑOR ALONSO DÍEZ: Muchas gracias. Bueno, no me ha contestado bien a la pregunta; quiero decir, que, realmente, el que me haga referencia a los reglamentos, vamos, a la reglamentación que existe para cubrir los puestos, no quiere decir que sea más rápido. No me ha contestado a esa pregunta. Y que... y yo creo que con la segunda contestación, de que ha trabajado anteriormente, yo creo que lo que se da, realmente, es respuesta a por qué se hace todo esto; quiero decir, el por qué, al final, este puesto se cubre con una persona, con un sistema de selección de interinidad, cuando, en realidad, lo que se quería era contratar a esa persona para que fuera Secretaria del Vicepresidente -como posteriormente se confirma, cuando se crea el puesto como eventual-, e indudablemente, es comprensible que el Vicepresidente quiera tener una secretaria determinada; pero tendría que haber esperado a que el puesto estuviera creado como eventual y no pervertir el procedimiento, ocupar un puesto de la RPT por un procedimiento que no es, con lo cual seguimos sentando precedentes en la selección de interinos, que no se corresponden a los fines de la propia... del propio sentido de las interinidades; y, yo creo que todo esto se hace, posiblemente, pues porque el Vicepresidente quería tener a esa persona, y es a esa persona que ya llevaba trabajando tres años anteriormente a la que se le quería seleccionar como secretaria.

Entonces, yo vuelvo a plantearle, al señor Consejero de Presidencia, pues que tiene que cuidar estas situaciones; que esto, lógicamente, perjudica al resto de funcionarios porque les imposibilita el acceso a los puestos que existen, y que deberían de cubrirse por libre designación. Yo no sé en este momento, si el puesto que se ocupó con la interinidad, que estaba en la RPT, si ya se ha vuelto a cubrir por otra persona o se ha quedado vacante, en qué situaciones se encuentra ese puesto; quiero decir, que, al final, pues se mueven muchas cosas para cubrir situaciones que no están contempladas, y que, de hecho, en su momento, cuando se ha creado la plaza como eventual, pues era el momento de haberlo solucionado; y, en consecuencia, se está consintiendo que se utilicen mal los procedimientos para cubrir algo que no debería ser así.

Entonces, sin más, pues pedirle al señor Consejero que procure que estas cosas no se produzcan.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias. Tiene la palabra el señor Consejero.


LÓPEZ ANDUEZA

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL (SEÑOR LÓPEZ ANDUEZA): Gracias, Señor Presidente. ¡Hombre!, la cuestión de rapidez es un término relativo -me va a perdonar que haga un pequeño inciso-, ni Schumacher, que hoy es campeón del mundo, llega siempre el primero; quiero decir que, en definitiva -y valga esto como inciso-, en definitiva, la rapidez de que en este caso concreto se haya resuelto antes por un sistema o por otro, creo que no debe ser algo fundamental en este tema; creo que es simplemente anecdótico o secundario.

En cuanto al procedimiento, el procedimiento no está pervertido en absoluto, el procedimiento es totalmente correcto; el procedimiento es correcto en el doble sentido de habilitación para cubrir la plaza por el sistema... uno de los sistemas previstos en el Artículo 6 -al que antes me he referido-, y es totalmente correcto en cuanto se hizo la convocatoria de interino, se resolvió, y en esa convocatoria de interino hubo una comisión de valoración, en la cual había personas de distintos ámbitos -como Su Señoría perfectamente conoce- y que, bueno, dio este puesto a esta persona.

Ahí, usted habla de posible perjuicio, pues, Señoría, yo creo que no hay tal perjuicio, sino todo lo contrario. Este tema -como también sin duda conoce-, la plaza, entendimos que como era para el Vicepresidente, o la del Presidente, deben ser, y es más lógico, cubiertas por personal eventual. Así hablamos... precisamente, así se les comentó a los propios sindicatos, y es más, es más, hubo un sindicato -creo recordar que fue Comisiones Obreras, seguro, fue Comisiones Obreras-, el cual sacó un papelito, un informe, un aviso en el tablón de anuncios, en el cual decía que ese tipo de puestos debía hacerse mediante sistema de personal eventual; con lo cual yo estoy totalmente e acuerdo. Consecuentemente, esa plaza, cuando yo hablé con los diferentes sindicatos sobre estos temas, me plantearon, dijeron: esta plaza, dado que, pienso que debe ser por sistema eventual, se va a proceder a amortizarla, porque entendemos -lo mismo la Consejería que los sindicatos- que lo correcto es personal eventual. Y así se hizo. Por lo tanto, no hubo mayor problema; y el perjuicio hubiera sido -y esto nada tiene que ver con el proceso selectivo, quede claro ¿eh?-, el perjuicio hubiera sido si se hubiera hecho de otra forma, porque hubiera habido una movilidad inmediata de una persona que hubiera tenido una expectativa.

Pero... es decir, esto nada tiene con el procedimiento, que es el habilitado en el Artículo 6; nada tiene que ver con la selección, que está regulada, reglada en un Decreto; y, por lo tanto, creo que se ha producido total y absolutamente correcto e, incluso, creo que así ha sido entendido por la mayoría de los representantes de los trabajadores. Como le digo -y contestando a la última parte- el puesto está amortizado; por lo tanto, no está cubierto por nadie puesto que no existe. Y... aunque Su Señoría también conoce que no lo ocupaba, porque esa pregunta la hizo de otra forma y luego la retiró porque lo sabía ya.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, señor Consejero. Algún Procurador de la Comisión desea... Tiene la palabra doña Elena Pérez.


PÉREZ MARTÍNEZ

LA SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ: Sí, muchas gracias, señor Presidente. Primero decir que me sorprende -voy a decir esta palabra por no decir otra- la información dada por el señor Consejero, porque a ese sindicato a que usted se ha referido, precisamente hizo esta misma formulación o de denuncia de irregularidad, y me la hizo a mi persona, en su día. Quiero decir que mucho me extraña que ese sindicato en cuestión, primero, hable exclusivamente de un puesto de trabajo, sino de la provisión de todos los puestos de trabajo y de la oferta pública de empleo; y, seguramente, además, no sólo no me extraña, sino que seguro que no lo hizo así. Es decir, nunca estará de acuerdo en dotar un tipo de plazas por métodos irregulares, porque es un sindicato que, normalmente, las mesas generales, etcétera -según tenemos constancia-, pues lo que está solicitando siempre es la transparencia.

(-p.3164-)

Aclarado esto, plantearles que en esta Junta de Castilla y León, en este Gobierno Autónomo, que resulta que tenemos una Ley de Función Pública, y que regula -como usted ha dicho- el acceso a los puestos de trabajo, ya sean de una forma u otra, resulta que, según qué Consejerías o según qué puestos de trabajo, resulta que se aplica de una forma u otra.

Hacerle el ruego que planteaba el Portavoz del Grupo Socialista. No simplemente decirle que tenga usted cuidado, sino que vuelvan a suceder cuestiones como las que se están aquí planteando. Es decir, que las plazas y la cobertura de plazas... y no vamos a dar aquí, un poco, objetivos o planteamientos sociales, debido al desempleo que pueda existir en esta Comunidad Autónoma. La cobertura de todo tipo de plazas en la Función Pública tendrá que regirse de una forma igual para todo el Gobierno Autónomo, e igual para todas las secretarias, aunque sean del Vicepresidente del Gobierno. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Para la contestación, tiene la palabra el señor Consejero.


LÓPEZ ANDUEZA

EL SEÑOR CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL (SEÑOR LÓPEZ ANDUEZA): Gracias, señor Presidente. Con carácter previo, quizá me expliqué mal; creo que no, pero bueno, por si acaso me expliqué mal, lo voy a indicar.

Efectivamente, el anuncio publicado, o aparecido -como queramos decir-, en el tablón de anuncios no se refería a este puesto en concreto, se refería a los puestos de esa categoría; es a lo que se refería, y lo decía expresamente. Es más, tengo la... es una pena, porque tengo la fotocopia en la oficina, pero se la puedo dar, ¿eh? Entonces, viene perfectamente, no para este puesto, viene para puestos de esta categoría. Y fue curioso, fue unos días antes; porque ha habido otras situaciones y decían que, efectivamente -y yo estoy de acuerdo con ellos-, estos puestos son de personal eventual, son de confianza de la persona.

Por lo tanto, aclarado este tema... Y en ningún momento he querido decir que haya nadie que haya querido que se haga irregular, sino todo lo contrario. Por lo tanto, también acepto la recomendación de Su Señoría, como de la anteriormente interviniente, en el sentido de que los temas han de hacerse correctamente.

Pero es que yo he dicho -y reitero ahora- que se ha hecho, no irregularmente, en absoluto; se ha hecho correctamente, se ha aplicado la Ley de Función Pública tal cual está redactada; se ha aplicado el Decreto que la Junta dictó, precisamente, para regular y reglar la forma de provisión de plazas de interinos. Por lo tanto, en ese aspecto, Señoría, decirle que esté tranquila, que todos los puestos se convocan y se resuelven de forma regular, no sólo legal.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, señor Consejero. ¿Algún otro Procurador desea alguna aclaración sobre el tema de la pregunta? Gracias. Para dar lectura al tercer punto del Orden del Día, tiene la palabra la señora Secretaria.

LA SEÑORA SECRETARIA (SEÑORA FERNÁNDEZ MARASSA): Tercer punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley 169-I, presentada por la Procuradora doña Elena Pérez Martínez, relativa a cobertura de plazas destinadas a personal discapacitado, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León número 49, de diecinueve de abril de mil novecientos noventa y seis".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias. Para la presentación de la Proposición No de Ley, tiene la palabra doña Elena Pérez.


PÉREZ MARTÍNEZ

LA SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ: Sí. Muchas gracias, señor Presidente. Unas cuestiones previas, que aunque aparecen parte en los antecedentes expuestos en esta Proposición No de Ley, voy a recordar marco legislativo al que nos estamos refiriendo, para presentar esta Proposición No de Ley.

Tanto en el Derecho Internacional como en el Derecho interno español, se establece como una de las prioridades en la actuación de los poderes públicos la integración de los discapacitados en general, y de los disminuidos físicos en particular.

Dentro de las normas del Derecho Internacional, recordarles el Programa de Acción Mundial para Personas con Discapacidad, aprobado en mil novecientos ochenta y dos por la Asamblea General de la ONU; la Carta Social Europea de mil novecientos sesenta y uno, ratificada por España en el ochenta; Carta Comunitaria de Derechos Sociales Fundamentales de trabajadores y trabajadoras. Todo esto se refiere al tema.

Y a nivel interno, es decir, del Estado español, la propia Constitución Española -como seguramente ustedes saben-, en el Artículo 49, y en su Artículo 9, plantea que los poderes públicos realizarán una política de integración de los disminuidos físicos.

La Lismi, que ustedes sabrán que es la Ley de Integración Social de Minusválidos, aprobada, o publicada el siete de abril de mil novecientos ochenta y dos, en su Título VI... en su Artículo 38.1 ya plantea la obligación de emplear, es decir, "obligación"; no solamente plantea reserva de plazas -que lo hace en otro... en el Título VI-, sino en el Artículo 38 plantea la obligación de emplear a un número no menor del 2% de personal discapacitado para todo tipo de empresas públicas o privadas. Y, además, plantea que el incumplimiento se considerará una infracción grave para todo tipo de personal.

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Entonces, en ese sentido, mi Grupo Parlamentario, dado que, según las cifras que se están planteando, que luego podemos volver a ellas... Por ejemplo, las últimas cifras sobre número de personas discapacitadas publicadas por Inserso dice que más de cinco millones y medio de personas españolas son discapacitadas, aumentándose sensiblemente en mujeres, con una tasa de prevalencia muy alta. Y luego aclara una serie de datos, que si quieren ustedes los podemos luego plantear.

Entonces, en ese sentido, mi Grupo Parlamentario, dado que la Junta de Castilla y León, tanto en la Oferta de Empleo Público de mil novecientos noventa y cinco como en la Oferta de Empleo Público publicada el nueve de abril de mil novecientos sesenta y seis, plantea una reserva de plazas del 5% para este personal con discapacidad, hace la Propuesta de Resolución que "la Junta, en el marco de sus competencias, y la Consejería de Presidencia en particular, haga posible la cobertura"; es decir, que ese empleo sea de verdad ocupado por personal discapacitado, "arbitrando la fórmula o las fórmulas que permitan esa ocupación real, ya sea con baremos u otro tipo de medidas de discriminación positiva, o mediante la adjudicación efectiva de esas plazas". Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Se ha presentado a esta Proposición No de Ley una Enmienda por el Grupo Parlamentario Socialista. En representación del Grupo Parlamentario enmendante, tiene la palabra el señor Procurador, Jorge Félix Alonso.


ALONSO DÍEZ

EL SEÑOR ALONSO DÍEZ: Sí. Muchas gracias. La Enmienda que hemos presentado viene, fundamentalmente, motivada porque hemos presentado una Proposición No de Ley que, pues, pretendía los mismos objetivos que la que estamos hoy debatiendo y, en consecuencia, si prospera... vamos, si se asume la Enmienda por la proponente, pues retiraríamos nuestra Proposición No de Ley.

Quedamos claro que el 2% debe ser un objetivo a perseguir, el tener el 2% de la plantilla cubierta con personas con discapacidades. No sólo lo decimos nosotros, lo dice el Procurador del Común en su Informe: que esto debe ser una política activa de la Junta, el que no sólo se reserven -como decía antes la proponente, de Izquierda Unida-, se reserven en las ofertas, sino que se cubran de hecho; porque, si no se cubren de hecho, pues al final nunca se llegará a tener ese 2% de la plantilla cubierta.

Lo cierto es que hasta el año noventa y uno la Junta no ha empezado a hacer esa reserva de puestos, con lo cual hay un desfase tremendo. Y aunque el 5% que se reserva de puestos, pues, si se cubriera año tras año, permitiría a un medio plazo llegar a tener un 2% de la plantilla con personas... cubierto con personas con discapacidades, lo cierto es que la realidad es que los tres años que la Oferta de Empleo llevaba ya la reserva de puestos de trabajo, o sea ese 5%, luego ese 5% ha quedado, en realidad, reducido al 1% de las personas que ingresaban. Con lo cual, hay que cambiar el sistema. Es decir, no es posible que la voluntad de la Junta, aunque se haya manifestado en decir que hay que reservar los puestos, pero que luego en la práctica eso no se produce.

Y, en consecuencia, nos parece imprescindible el que se apruebe esta Proposición No de Ley con el añadido que le realizamos, porque nos parece que, en la medida que se asuma de verdad la reserva de los puestos que salen a la Oferta Pública de Empleo en esa cuantía del 5%, pues, permitirán el que a medio plazo, pues, se puede aproximar a ese 2% que proponemos en nuestra Enmienda. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Para consumir el turno en contra, tiene la palabra la señora Elena Pérez.


PÉREZ MARTÍNEZ

LA SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ: Sí. Bueno, no voy a consumir un turno en contra, porque nos parece que, además, viene reflejado por la misma Lismi, como he planteado en los antecedentes. Es decir, la ocupación real... la obligación de la ocupación real del 2% ya viene regulado por ley. Por lo tanto, nos parece correcto lo que plantea el Portavoz del Grupo Socialista.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. En turno de fijación de posiciones, tiene la palabra, por el Grupo Mixto, don Joaquín Otero.


OTERO PEREIRA

EL SEÑOR OTERO PEREIRA: Muchas gracias, señor Presidente. Únicamente, y de forma muy breve, para decir que vamos a apoyar la iniciativa formulada por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida. Y que además nos alegramos de la admisión de la Enmienda, que viene a complementar esa iniciativa parlamentaria.

Por tanto, y por los razonamientos, que parecen lógicos y obvios, y en los cuales tampoco parece muy oportuno profundizar en este momento, anunciamos que vamos a apoyar la iniciativa que se ha presentado.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Por el Grupo Popular, tiene la palabra don José Nieto.


NIETO NOYA

EL SEÑOR NIETO NOYA: Gracias, señor Presidente. Sobre este tema, como alguien ha recordado, se han planteado varias iniciativas en los últimos meses en estas Cortes, y del conjunto de ellas ha quedado definida la... definido el posicionamiento de los diferentes Grupos Parlamentarios, sin que lo que se ha debatido hoy haya introducido ninguna modificación sustancial.

El matiz que añade hoy el Grupo Socialista con su Enmienda, de que se cubra el 5% de la reserva en cada convocatoria, para alcanzar en el conjunto el 2% de plazas de la plantilla ocupadas es un matiz nuevo, pero no modifica esencialmente los planteamientos anteriores, y que se hace en la misma Proposición No de Ley.

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El problema está en que nosotros desconocemos qué fórmulas se puedan aplicar, ya sea con baremos específicos -que no sé exactamente a qué se refiere, si son baremo de méritos o es un baremo de calificación; no sé por dónde va la intención de la proponente, o del Grupo proponente-, o mediante la adjudicación efectiva final de estas plazas. No conocemos ningún procedimiento autorizado por la Constitución, ni por la legislación básica del Estado, ni por la legislación en materia de Función Pública de la Comunidad Autónoma, que permita alcanzar este objetivo.

Si nos atenemos a la literalidad de los términos utilizados en la Propuesta de Resolución, en su última expresión, que dice: "mediante la adjudicación efectiva final de estas plazas", esto parece indicar que se pretende que todas las plazas de reserva para minusválidos que aparezcan en cada convocatoria de concurso-oposición hayan de ser cubiertas necesariamente. Esto va más allá del principio de discriminación positiva. Hay otros principios constitucionales... el Artículo 103 de la Constitución lo dice con claridad, que la Función Pública... la provisión de puestos de la Función Pública se ha de hacer de acuerdo con los principios de mérito y capacidad. La insistencia de la Ley 30 en que las... -y de la propia Ley de la Comunidad Autónoma-, en que los procedimientos selectivos se habrán de ajustar a los contenidos de los puestos a cubrir, de tal forma que los seleccionados se garantice que reúnen las condiciones necesarias para prestar un eficaz servicio en nuestros puestos.

Y no sabemos cuál puede ser otro procedimiento diferente del que se ordene a las comisiones de selección que conviertan sus valoraciones inferiores al nivel exigido para el ingreso en el caso de los minusválidos, en... modificando la calificación y elevándola para producir una discriminación positiva a favor de los minusválidos. Pero esto -repito- quebranta otros principios constitucionales igualmente válidos y no hay forma de realizarlo.

Esto lo hemos advertido ya cuando se debatía la anterior Proposición No de Ley, que había esta misma intención en la exposición del Grupo que entonces defendía su Proposición; lo hemos advertido en otros Grupos Parlamentarios que dicen que se cubran, pero ¿cómo?, ¿cómo? Y -repito- no encontramos ningún procedimiento legal, mientras no se explicite, para garantizar que se va a cubrir ese 5% para garantizar luego el 2% de provisión total de la plantilla.

Hay una discriminación positiva en el procedimiento, que es el mismo hecho de ampliar la reserva para minusválidos al 5% -puesto que las Leyes Básicas del Estado establecen el 2, la propia Ley de la Comunidad Autónoma lo eleva a 3, y, luego, las ofertas públicas de empleo lo elevaron a 5-; hay una discriminación positiva en el hecho de que se celebren las oposiciones de minusválidos independientemente de las de turno libre y de turno de promoción interna; de que se adecuen todos los procedimientos necesarios para facilitar a los discapacitados la posibilidad de realización en condiciones de normalidad, ya sea de tiempo, de espacio, de información previa, para que realicen la oposición en las condiciones adecuadas, para que puedan obtener el nivel de... necesario para la superación de las pruebas; no se... no se condiciona en absoluto el nivel, ni siquiera psicológicamente en las comisiones, porque se hacen en procedimientos previos y separados.

Y no sabemos qué otro procedimiento pueda ser utilizado, como no sea el que la Junta -por algún procedimiento oficial u oficioso- diga a las comisiones de valoración que valoren necesariamente de forma positiva tantos candidatos discapacitados como puestos de oferta de reserva para ellos se contemplen en las convocatorias. Y esto nos parece inconstitucional e ilegal. Por lo que nosotros nos mantenemos en la misma postura de intervenciones anteriores, de oponernos a esta Proposición No de Ley, puesto que la introducción de la enmienda socialista no modifica para nada el contenido esencial.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la Resolución que se propone, tiene la palabra doña Elena Pérez.


PÉREZ MARTÍNEZ

LA SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ: Sí, muchas gracias. Leerle el Artículo 9.2 del Estatuto de Autonomía -nuestro Estatuto-, y en su Artículo 7.2... no, el Artículo 9.2 de la Comunidad Europea y el Artículo 7.2 de nuestro Estatuto, que dice: "Corresponde a los Poderes Públicos..." -es decir, no a este Grupo Parlamentario, sino a los Poderes Públicos y a los Gobiernos Públicos- "...promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud".

Mire, le vamos a plantear la definición de discapacidad de la OMS, plantea que es "toda restricción o ausencia debido a una deficiencia de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro de un margen que se considera normal". Es decir, se está planteando... y nuestro propio Tribunal Constitucional está planteando que no hay que tratar de forma igual a los que son desiguales; hay que tratar de una forma desigual a los que son desiguales. Le puedo traer sentencias planteadas por el Tribunal Constitucional sobre este tema.

Nos dice que no sabe por dónde vamos ni sabe cómo hacer que se cumpla este principio. Son los Poderes Públicos quienes lo tienen que plantear; pero, de todas formas, le vamos a dar una serie de fórmulas, que no simplemente se está planteando aquí. Y que son fórmulas que está planteando ya el Real Patronato de Prevención y de Atención a Minusválidos, el Congreso de los Diputados en un informe de mil novecientos noventa y cinco, la propia LISMI; y en otras Comunidades Autónomas se está haciendo y no en ésta.

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Se está planteando reserva... un porcentaje de reserva en algunas categorías que sobrepase con mucho el 5%, no una reserva general del 5%. Están planteando la eliminación de barreras físicas y arquitectónicas para que puedan ser susceptibles de acceder a un puesto de trabajo determinado; difícilmente con las barreras que tiene puestas la Junta de Castilla y León en sus distintas Consejerías pueden adaptarse a un puesto de trabajo las personas discapacitadas. Pero también se está denunciando... y lo denuncia el Consejo Económico y Social en un informe de mil novecientos noventa y cinco -un informe de cien folios que le recomiendo que se lo lea para que encuentre usted la fórmula adecuada o encuentren ustedes-, denuncia la falta de puestos de trabajo adaptados a este tipo de personal; es decir, previamente hay que adaptar una serie de puestos de trabajo.

Y lo único que... por donde vamos es la obligatoriedad legislativa de la ocupación real del 2% de los trabajadores discapacitados.

Y como fórmula alternativa, que ya se ha hecho en otros países, y que se está planteando -y que lo plantea también el CES-, plantea la creación de un fondo especial de empleo semejante a los países de nuestro entorno y de otras Comunidades Autónomas; alcanzar la ocupación real del 4% se está planteando, ya no el 2%. Entonces, se deberá armonizar con una reserva de un porcentaje mucho mayor de puestos de trabajo para personas con discapacidad; y plantea porcentajes, y en puestos que tenemos en nuestra Administración Autonómica: un 25% para telefonistas, por ejemplo plantea -plantea unos ejemplos determinados-, 10% para personal subalterno, independiente de la reserva general de otras. Pero, además, el Inserso, que está transferido a esta Comunidad Autónoma, plantea que hay que variar los porcentajes según el tipo de discapacidad, ya sea... según el sector laboral de que hablemos y el lugar de trabajo, y también plantea la readaptación de los puestos de trabajo.

Pues mire, Señoría, lo que hay que hacer es arbitrar una serie de medidas específicas, con plazas específicas para este tipo de personal o colectivo discapacitado: singularizar las plazas; y, además, cubrir el mínimo legal. No se puede plantear en las ofertas públicas de empleo a discreción de un tribunal, que es el que corrige esas plazas, rebajar en qué porcentaje el tipo de prueba o no rebajarlo, según criterio del propio tribunal. Y me estoy refiriendo -y puedo explicarles- tipos de plazas que según para personal discapacitado se les exija, más o menos, un poco menos que la personal que se considera normal, pero que es a criterio de estos tribunales donde se está planteando.

Lo que estamos diciendo es, primero, es que no sea discrecional; y que se haga una valoración singularizada de este colectivo. Si el mínimo legal, Señoría, es cinco -que es el aprobado-, no podremos ponerlo en siete (que será seguramente debido a que la situación de desempleo que puede tener Castilla y León está planteando que a una plaza, o puestos de trabajo de un grupo inferior o de un grupo con un salario pequeño, se estén planteando el acceso a esos puestos de trabajo personal con licenciaturas superiores). A este personal habrá que hacer... cubrirlo con un mínimo legal de este planteamiento.

Y, además, lo más importante, y que está ocurriendo en esta Comunidad Autónoma, es que no se acumulen las plazas reservadas a personal discapacitado en la convocatoria general -que hasta ahora se están ocupando o se están pasando a acumularse a las otras plazas-.

Acabarle diciendo que Grecia, por ejemplo, por no decirle... -porque el Informe del Consejo Económico y Social hace una valoración de todos los países de la Comunidad Económica Europea, y plantea que España es de los que menos tiene la normativa establecida para la ocupación real de estas plazas-, en Grecia -que es un país que ya saben ustedes que cuando vienen aquí... cuando nos plantean los porcentajes en los distintos países, Grecia, Portugal y España solemos estar juntos-, en Grecia se plantea una cuota de contratación obligatoria del 3% de la plantilla total. Pero fíjese, un ejemplo, para puestos de telefonistas se reservan al 100% para el personal discapacitado; el 20% para puestos de trabajo de jardinería, de guardias, de encuestadores, porteros o porteras, restauradores, etcétera. Eso es lo que estamos planteando, Señoría: se singularicen plazas según para que tipo de discapacidad. No se deje a criterio o a arbitrio de los tribunales que se encargan de juzgar el acceso a esos puestos de trabajo, el formular rebajas o no rebajas en los requisitos exigidos. Y una valoración, o cubrir con un mínimo legal exclusivamente estas plazas, porque usted sabe como yo, Señoría, que para cubrir plazas del grupo que sea (administrativos o no administrativos) a veces el aprobado no es cinco, sino que el aprobado es ocho. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. ¿Desea fijar el texto definitivo? ¿Vamos a votar?


PÉREZ MARTÍNEZ

LA SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ: No, no, no. Lo fijo, lo fijo.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Tiene la palabra doña Elena Pérez.


PÉREZ MARTÍNEZ

LA SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ: Sí. Añadir a mi Proposición No de Ley la enmienda presentada por el Grupo Socialista, y añadir también -por si les parece bien al Grupo Popular apoyar la propuesta- lo de arbitrar medidas específicas para unas plazas específicas a colectivos específicos (singularizando, por lo tanto, plazas para este tipo de colectivos); y cubrir el mínimo legal con una valoración singularizada del colectivo, en el sentido que le he planteado antes; así como que no se acumulen a las plazas generales, sino para las plazas reservadas para el personal discapacitado, sino para la siguiente oferta pública de empleo.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría.


NIETO NOYA

EL SEÑOR NIETO NOYA: Señor Presidente, se ha modificado el planteamiento y quisiera hacer una breve reflexión.

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EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Sí. Tiene la palabra don José Nieto.


NIETO NOYA

EL SEÑOR NIETO NOYA: El planteamiento que acaba de hacer la Portavoz de Izquierda Unida es totalmente diferente del que contiene su propia Proposición No de Ley. Si usted quiere que se modifique la normativa y que se distingan según colectivos o según puestos de trabajo, posibilidades de incorporación de discapacitados, si usted quiere que se transforme todo el proceso de selección, es una cuestión diferente de la que se plantea en la Proposición No de Ley.

El problema de la acumulación es siempre a posteriori, a posteriori; porque si en las oposiciones de acceso libre se eleva el nivel a siete puntos o a ocho puntos, esto no afecta para nada a la posibilidad de cubrir las plazas de discapacitados, porque se cubren con independencia y a priori. Por tanto, ese tema está cubierto.

Y alguna otra consideración que ha hecho, que bueno, me parece legítima, y a lo mejor en algunos términos estaríamos dispuestos a apoyarlas, pero eso no tiene nada que ver con la Proposición No de Ley que usted ha planteado. Entonces, en otra ocasión podremos volvernos a ver, pero no a introducir modificaciones complejas como las que usted ha apuntado en una Proposición No de Ley que hemos venido a debatir, en unos determinados términos y en unos planteamientos muy concretos, que a nosotros -vuelvo a repetirlo-, aplicando principios constitucionales de legislación básica y de legislación autonómica, seguimos sin encontrar, en los términos de la Proposición No de Ley, posibilidad ninguna de cubrirlos más que ¡en fin!, que si se hiciera pues por Decreto, Real Decreto o "a capón", como se suele decir de una forma gráfica. Nada más.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, señor Nieto. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la Proposición No de Ley en los términos definitivamente fijados por la señora Procuradora proponente. ¿Votos a favor? ¿Votos en contra?

Votos a favor: seis. Votos en contra... hemos dicho... ¿otra vez? Votos en contra: diez. Abstenciones: ninguna. En consecuencia, queda rechazada la Proposición No de Ley debatida.

Cuarto punto del Orden del Día. Para dar lectura al cuarto punto del Orden del Día, tiene la palabra la señora Secretaria.

LA SEÑORA SECRETARIA (SEÑORA FERNÁNDEZ MARASSA): Cuarto punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley 204-I, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a referencia a la situación de temporalidad en la convocatoria de nombramiento de personal en vacantes adscritas a funcionarios sanitarios de Atención Primaria, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 56, de catorce de mayo de mil novecientos noventa y seis".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Para la presentación de la Proposición No de Ley, tiene la palabra el representante del Grupo Socialista, Fernando Benito.


BENITO MUÑOZ

EL SEÑOR BENITO MUÑOZ: Gracias, señor Presidente. Nuestro Grupo Parlamentario, con carácter general, ha presentado unas Proposiciones No de Ley para su resolución en Comisión, basadas en el Informe del Procurador del Común presentado al Pleno de las Cortes del día treinta de abril; todas, en el apartado de función pública, y en donde se refieren a las reclamaciones formuladas por los ciudadanos para el reconocimiento de sus derechos, habitualmente relacionados con la convocatoria de plazas para acceder a puestos de la Administración.

Según suscribe el Informe del Procurador del Común, constantemente están en juego los principios establecidos en la Constitución de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, cuya interpretación genera conflictos y es fuente de queja; discrepan de los tribunales, y tienen dificultades para acceder a la información, o bien no tiene una explicación razonable a los resultados de las pruebas.

Estos principios de carácter general son los que inspiran lo manifestado por este Portavoz en el Pleno de control de ejecución presupuestaria mil novecientos noventa y cinco, en el sentido de que nuestro Grupo Parlamentario va a establecer un control exhaustivo en cinco frentes fundamentales, que son: la situación de personal de comisión de servicios, personal interino, desempeño de funciones o formas irregulares, compatibilidades y gratificaciones y, en dos anexos que se refieren, fundamentalmente, a tribunales de oposiciones y a procesos de publicidad en la evaluación de personales interinos. Fundamentalmente, en esos cinco pilares y en estos tres anexos.

La primera Proposición No de Ley se refiere a un expediente concreto del precitado Informe del Procurador del Común, en el que, sustancialmente, se manifestaba desacuerdo con una modificación en la baremación, al variar la consideración del tiempo de servicios prestados como fijo. Al resolverse este contrato -un contrato de trabajo de carácter indefinido- por causas no imputadas al propio trabajador, la consideración varió por un informe de la Dirección General y, en consecuencia, salió perjudicado. Según se presenta por el Procurador del Común, lo que se insta es a que se especifique en las convocatorias de este personal qué tipo y qué valoración se tiene que hacer en estos casos. Nada más. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. ¿Algún Grupo desea consumir el turno en contra? Por el Grupo Popular, tiene la palabra don José Nieto.


NIETO NOYA

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EL SEÑOR NIETO NOYA: Gracias, señor Presidente. Señorías, nuestro Grupo quiere empezar formulando su extrañeza por el procedimiento que se ha utilizado en esta Proposición No de Ley -lo mismo que en la siguiente-; procedimiento sorprendente y, desde luego, discutible; porque se han utilizado textos casi íntegros -no íntegros- del Informe del Procurador del Común sobre un expediente concreto, y se ha convertido en Propuesta de Resolución de estas Cortes una sugerencia que, en ese Informe, el Procurador del Común hacía a la Administración Autonómica.

Digo que nuestro Grupo se ha sorprendido por el procedimiento, no sé si por las mismas razones que apunta el Procurador del Común en una Comunicación que hizo recientemente a estas Cortes -y de la que yo he tenido la primera información por los medios de comunicación-, en la que advierte del riesgo de que las actuaciones del Procurador del Común se conviertan en temas para la contienda política, y advierte del riesgo de que se instrumentalice la figura del Procurador del Común al servicio de objetivos diferentes de los que tiene esta Institución. Dos circunstancias que a nosotros nos parece que concurren también en este hecho, en el hecho de utilizar textos del Procurador del Común para el debate político; y no nos parece acertado este planteamiento.

Todos los Grupos son libres de asumir o de adoptar las iniciativas que estimen pertinentes, pero quiero dejar constancia de que nuestro Grupo entiende extraño este procedimiento; le parece de dudosa legitimidad y, desde luego, para nosotros, no deseable. Creo que convierte a la politización de la figura de la Institución del Procurador del Común, y puede llevar a la instrumentalización de las actuaciones del Procurador del Común al servicio de iniciativas políticas de tipo partidario, e introduciendo a la propia figura y a la Institución en el debate político, cosa que, tanto el Procurador del Común como este Grupo Parlamentario entiende que no es positiva para la Institución.

Hecha esta consideración general, que nos lleva a tomar con prevención el hecho, la Proposición de Ley en sí, en sus términos, quiero hacer brevemente -porque brevemente lo ha planteado el Grupo Socialista- alguna reflexión sobre el contenido.

La sugerencia del Procurador del Común a la Administración Autonómica se basa en una discrepancia en la interpretación de una convocatoria del año... de una Orden de la Comunidad Autónoma del año ochenta y ocho sobre provisión de puestos para personal de tipo sanitario. Y pretende una distinción entre personal funcionario de empleo, interino o eventual, y personal laboral contractual de duración determinada, cuestión que -desde nuestro punto de vista- está claramente definida en esa convocatoria y en el Anexo en el que se fijan los méritos correspondientes. Porque, de la interpretación sistemática de esa Orden, nosotros llegamos a la conclusión de que, en cualquier caso, se está hablando de contratados eventuales, de contratados temporales -situado el término "contratado" entre interino y sustituciones no tiene otra interpretación posible-. Si esto es así, si nosotros coincidimos con la interpretación de la convocatoria que hace la propia Consejería de Bienestar Social -interpretación legítima, que está avalada por la propia Orden, porque atribuye a la Dirección General de Salud justamente la determinación de los criterios que han de servir para valorar los méritos de los concursantes, con carácter vinculante para las comisiones de valoración-, y estamos de acuerdo en que se aplica adecuadamente el criterio de la Orden, pues el distinguir entre personal funcionario de empleo, interino o eventual, y personal laboral contractual de duración temporal supongo... -suponiendo que ésta sea la intención de la Propuesta de Resolución y de la sugerencia del Procurador del Común-, esto, evidentemente, se puede hacer más explícito añadiendo en la Orden el término "temporal" al contrato, para que, para ocupar un puesto de interino, se baremen servicios prestados anteriormente, ya sea como interino, ya sea como contratado temporal, o en una sustitución.

Si la intención es otra -y tengo para mí que la intención es otra-, entonces entraríamos en otro debate que plantearía nuevos problemas.

Pero, de momento, entendiendo que la interpretación de la Orden es clara, que el espíritu de la Orden es claro y que la base para esta Proposición No de Ley no es suficiente como... o, en fin, no añade nada, porque el explicitar que se trata de contratos temporales está en el contexto de la propia Proposición No de ley, nos parece que es una Proposición, por lo menos, innecesaria, porque no resuelve nada. Siempre suponiendo que la diferencia entre lo que existe y lo que se quiera sea que aparezca claramente definido claramente en la convocatoria para que no haya dudas; aun cuando la interpretación legítima -repito- hecha por la Consejería es la interpretación de la intención que anima todo el espíritu de esa convocatoria y, por tanto, es la correcta.

De momento, la reserva primera sobre el procedimiento, y esta coincidencia o discrepancia de la valoración que se hace del espíritu de esa convocatoria, es lo que nos lleva... y a la vista de esto, del carácter innecesario de pedir que se haga lo que ya se hace, es lo que nos lleva, por lo menos en esta primera intervención, a definir nuestra posición contraria a la Proposición No de Ley.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Para el turno de réplica, tiene la palabra don Fernando Benito.


BENITO MUÑOZ

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EL SEÑOR BENITO MUÑOZ: Gracias, señor Presidente. Bueno, en primer lugar, yo creo que, respecto a la consideración de la oportunidad de utilizar las Resoluciones o las sugerencias del Procurador del Común por esta Comisión, o, en realidad, por los Parlamentarios, de cara a, constructivamente, mejorar los aspectos que son deficientes según estima él, me parece absolutamente improcedente. Es decir, es absolutamente procedente, y no sólo procedente, no sólo se puede, sino se debe -desde nuestro punto de vista- asumir los requerimientos del Procurador del Común, en aras de mejorar las deficiencias que se observan en los Informes; porque, si no, no tendría ninguna virtualidad, puesto que no hay otra instancia que pueda mejorarlos, que los propios representantes de los castellanoleoneses. Yo creo que esa... esa alegación tiene, por otra parte, una demostración palpable en lo que ha sido la labor parlamentaria de su Grupo, Partido Popular, en el Gobierno de la Nación ante los Informes del Defensor del Pueblo, que han sido reiterados en múltiples iniciativas parlamentarias, cuyo fin parece ser que ahora es sólo de desgastar al Gobierno, según se desprende de lo que usted dice ¿no? Entonces, yo creo que, respecto a ese primer punto: no sólo podemos, sino debemos.

¿Sorprendidos respecto al procedimiento? Bueno, pues siempre es nuevo... siempre es bueno sorprender a alguien. A mí me parece que el que de alguna manera recojamos algunas deficiencias que existen en múltiples aspectos, puesto que esto es una Proposición muy concreta y muy detallada, un aspecto concreto, en la introducción yo he dicho que vamos a abarcar aspectos del ámbito general de la función pública que nosotros consideramos que son deficientes, bueno, pues es una postura que a usted le parecerá innecesaria, seguramente a la persona ésta del expediente que tenemos delante, el 123, no le será innecesario porque perdió la plaza que tenía obtenida en la primera baremación, seguramente a él no le parecerá innecesario que se pueda hacer algún tipo de matización a la convocatoria de esa plaza.

Respecto a la Proposición de Ley, lo que estamos nosotros defendiendo es, simplemente, la recomendación del Defensor del Pueblo respecto a que se matice la temporalidad en esa convocatoria en concreto. A mí me parece que, si algo tiene esta Proposición No de Ley, es que la hace poco discutible el que es un aspecto absolutamente concreto y detallado. A mí me parece que hay otros ámbitos de la selección de personal interino, ya entraremos en ellos, mucho más matizables y discutibles que lo que es, simplemente, la matización de un aspecto que le ha ocasionado a una persona que se ha dirigido al Defensor del Pueblo, le ha ocasionado un perjuicio; simplemente es una Proposición que acuerda la Resolución... que insta a la Junta a que matice la situación de temporalidad. Nada más. Ésa era nuestra intención.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Para consumir el turno de dúplica, tiene la palabra don José Nieto.


NIETO NOYA

EL SEÑOR NIETO NOYA: Gracias, señor Presidente. Si la Proposición No de Ley se hubiera planteado en los términos en que acaba de decir ahora el Portavoz socialista, aun siendo innecesaria, pero como vendría a perfeccionar y a precisar unos términos de una convocatoria, hubiéramos aceptado; pero resulta que no es así.

Primero, primero: en los antecedentes, en los antecedentes de la... en los antecedentes de la Proposición No de Ley, en los antecedentes se ha cortado el informe del Procurador del Común y no se ha contemplado la recomendación. Fíjense que ustedes dicen en estos antecedentes, lo dice el Director... el Procurador del Común, que formula una sugerencia y una recomendación formal. Y ustedes han recogido sólo es la sugerencia, pero en la sugerencia se contiene, de una forma muy ambigua, el contenido de la recomendación formal. Y la recomendación formal del Procurador del Común es que para cubrir puestos de interinos se valoren, no sólo servicios prestados como interino contratado con carácter temporal o sustituto, sino también servicios de funcionarios y servicios de personal laboral fijo en determinadas circunstancias; pero eso no lo ha dicho el Portavoz del Grupo Socialista en esta segunda intervención.

Y vuelvo a repetirle, si se hubiera formulado en los términos en que usted acaba de expresar, probablemente, diríamos que sí. Porque añadía algo, aclaraba y evitaba dudas en una comisión de valoración, aunque después de una interpretación y con el aire que reciben estas noticias podría haberse aclarado.

Pero resulta que la Proposición dice otra cosa, dice que se haga referencia claramente a la situación de temporalidad digna de tener en cuenta. Y la interpretación sistemática de la recomendación y del informe del Procurador del Común, implican que en esa situación de temporalidad se contemplen servicios prestados como funcionario de carrera y servicios prestados como personal laboral fijo, cuestión que plantea otro tipo de problemas que no se pueden resolver en una... ante una Propuesta de Resolución que lo deja en una nebulosa en la que no se sabe exactamente lo que es.

Por lo demás, yo no dudo que a esa persona le haya ocasionado algún perjuicio, otra cosa es que pueda legítimamente ver lesionado algún derecho, que eso es una cuestión diferente. Es decir, le ocasiona perjuicio a cualquier concursante el que no obtenga lo que pretende en el concurso; pero si en la valoración de los servicios prestados se ha contemplado con toda precisión el contenido de la Orden de convocatoria, no se le ha hecho ningún perjuicio: se le ha aplicado la normativa con la interpretación legítima que tiene esa convocatoria.

Respecto a la valoración de la utilización de los informes del Procurador del Común, no voy a decir que los temas que trate el Procurador del Común en sus informes no puedan ser objeto de debate político, pero el procedimiento de utilizar exclusivamente las palabras del Procurador del Común como si fuera un Procurador de estas Cortes, cambiando únicamente, un "sugerimos", por un "instar a la Junta de Castilla y León", esto es lo que nos parece una instrumentalización de la Institución que está creada para otras cosas.

(-p.3171-)

A mí me parece que es mucho más positivo para la Comunidad Autónoma y para la Institución del Procurador del Común, poder leer noticias como ésta que aparecía, pues, hace tres días concretamente en un periódico regional de esta Comunidad, que dice: "La Junta atiende al Procurador del Común y cambia el sistema de ayudas". Muy bien, ya tiene su mecanismo, ya tiene su mecanismo; de la misma forma, de la misma... ya tiene su mecanismo: dirigirse a la Institución que tiene la responsabilidad de responder.

Aun así, aun así, yo no tengo, vamos, inconveniente ninguno en admitir que las reflexiones o las recomendaciones que hace el Procurador del Común, deben ser objeto de consideración por parte de la Junta, deben serlo, con independencia de que se asuman o no se asuman, deben ser objeto de consideración. Pero me complace comunicar o decir ante estas Cortes que la respuesta que hizo la Consejería de Bienestar Social al Procurador del Común, contempla este respeto y esta consideración; y le decía -a ver si lo encuentro sin mucho esfuerzo-, y le decía en su respuesta, con fecha veintiocho de febrero: "En la medida en que esta Consejería tiene previsto promover la elaboración de una nueva modificación y actualización de los méritos contemplados para la atención primaria en la Orden de mil novecientos ochenta y ocho, le manifiesto la consideración de las oportunas recomendaciones realizadas por esa Institución que, sin duda, perfeccionarán el sistema de selección establecido en dicha Disposición, a la vez que se tratará de dar satisfacción a las diferentes situaciones expuestas y razonadas en su Resolución". Que no se refiere este párrafo, en absoluto, a la valoración que se ha hecho en el caso concreto del expediente que contempla el Procurador del Común, sino a las recomendaciones de las que ustedes no hacen, o hacen caso omiso.

Ésta es una actitud positiva de reconsideración, pero cuya solución, más que de este foro de debate político, es propia de un análisis jurídico de la situación, de una consideración de los problemas de procedimiento que pueda plantear el llegar a valorar como servicios para un puesto de interino los prestados en puestos de carácter permanente como contratado o como funcionario y, en definitiva, está sujeta a una negociación con los representantes de los personales para encontrar las fórmulas más adecuadas que puedan llevar a una satisfacción de todos los intereses en concurrencia.

De ahí que, señor Presidente, Señorías, puesto que lo que dice la Proposición No de Ley es diferente de lo que ha dicho aquí el Proponente, nosotros seguimos manteniéndonos en la postura de oposición a esta Proposición No de Ley.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. En el turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra don Joaquín Otero.


OTERO PEREIRA

EL SEÑOR OTERO PEREIRA: Gracias, señor Presidente. Muy brevemente, dos cuestiones. La primera, en cuanto a la cuestión de forma y pese a que he hecho esfuerzos reales por intentar comprender la postura del Portavoz del Grupo Popular, debo reconocer que no lo he conseguido.

El Procurador del Común, como es su obligación, investiga e informa de todas aquellas irregularidades que detecta, pues, en el funcionamiento administrativo de la Junta de Castilla y León, o de las Cortes si fuera preciso, o del Tribunal Superior de Justicia, o de donde procedan; y emite un informe ante las Cortes -porque además, él es un Alto Comisionado de estas Cortes-, e informa a las Cortes, si las Cortes no pueden hacer uso de esa información, ¿para qué viene a informar? Que se quede en casa.

¡Claro! el señor Nieto Noya, en su segunda intervención ya distinguía, no, no, es que... bueno, hay que distinguir dos cuestiones. De una sí se puede utilizar y otra no se puede utilizar. Yo opino lo siguiente: los Procuradores debemos de tener la absoluta libertad, absoluta libertad para utilizar como base de nuestras iniciativas parlamentarias lo que nos venga en gana, todo es legítimo, siempre y cuando la iniciativa sea legítima, como ésta lo es; y la fuente de la que proceda, pues, da exactamente igual que sea un recorte de un periódico... casi es más importante que sea una recomendación del Procurador del Común que un recorte de un periódico del que estamos utilizando habitualmente.

Por tanto, yo aplaudo esa iniciativa, el Informe del Procurador del Común es una fuente extraordinaria de iniciativas parlamentarias, no ya para los Grupos de la Oposición, sino para el mismo Grupo que gobierna que, efectivamente, debe reconocer que es humano cometer errores y el Procurador del Común, cuando detecta un error, está echándole una mano, está echándonos a todos una mano para intentar subsanar esos errores. Por tanto, no solamente es loable, sino que además, yo incluso invito al Partido Popular, o al Grupo Popular, a utilizar esos informes del Procurador del Común, porque lo que van a pretender es mejorar esas deficiencias e irregularidades que detecta. Por tanto, yo aplaudo esta iniciativa y, sobre todo, más que la iniciativa, aplaudo la base o la fuente que ha utilizado para trasladarla a estas Cortes el Procurador del Grupo Socialista.

Y en cuanto al fondo de la misma debo reconocer, en primer lugar, que hay que profundizar mucho para tenerlo claro. Y yo, esta cuestión concreta, de esta convocatoria concreta, y este caso concreto, no lo conozco con la concreción suficiente como para poder emitir o fijar una posición con absoluta rotundidez. Ahora bien, a mí me da la impresión que, en una interpretación amplia de la misma... -no exactamente literal, porque la Propuesta de Resolución puede tener diferentes interpretaciones-, casi voy a acudir para apoyarla a una interpretación amplia o finalista.

(-p.3172-)

Las convocatorias, muchas convocatorias de este tipo tienen o se producen errores de interpretación, como ocurre con las leyes, pues porque, a veces, se hacen demasiado deprisa, o a veces se hacen sin matizar bien. Y son matizaciones que, en principio, pueden parecer superfluas pero luego aparecen problemas que pueden lesionar, efectivamente, los derechos de los ciudadanos que quieren concurrir a esas convocatorias. Por tanto, yo creo y pediría a la Junta que se detuviese con más tiempo y elaborase esas convocatorias con más minuciosidad y claridad, aunque puedan parecer excesivamente largas, para que no haya lugar a problemas ni a dudas de interpretación.

Esta iniciativa, entiendo que lo que busca es ésa, aunque lo concreta en un asunto... en un asunto definido, puntual, pero yo creo que lo que persigue es eso, que las convocatorias pues hagan matizaciones que eviten que haya que acudir a interpretaciones que siempre son subjetivas, eso es evidente. Lo mejor es que el texto no dé lugar a interpretaciones por lo claro que sea. Y, en ese sentido, quiero interpretar yo la iniciativa, pues, como he dicho, una interpretación finalista da lo mismo, más lo que se persigue que lo que pretende en este caso concreto y puntual. Y de ahí, pues el anuncio de nuestro apoyo a la iniciativa parlamentaria formulada por el Grupo Socialista. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida, tiene la palabra doña Elena Pérez.


PÉREZ MARTÍNEZ

LA SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ: Sí. Muchas gracias, señor Presidente. Una cuestión previa, sin entrar más en el debate de la función o no función del señor Procurador del Común y la función de estos Procuradores. Simplemente, voy a hacer una invitación a Sus Señorías -incluido al Grupo Popular en las Cortes- para que se traigan a esta Cámara todo tipo de iniciativas parlamentarias que puedan hacer posible el cumplimiento de las recomendaciones del Procurador del Común. Eso es una invitación que nos parece loable que lo hagamos, no sólo los Grupos de la Oposición, sino que nos parece que el Grupo que está gobernando tendría que ser el primero en traer todo tipo de iniciativas, para mejorar su gestión como Gobierno Autónomo. Es una cuestión previa.

Otra cuestión que yo quisiera reseñar es que nos parece que lo que se está refiriendo aquí -que es la Orden de interinos para personal sanitario en atención primaria- no se ha debido leer demasiado bien, de cara a profundizar en el tema para dar razones a favor o en contra. Porque lo que se está planteando, se plantea en los antecedentes que está planteando la Dirección General de Salud Pública, es que considera insolidario o poco solidario, considera insolidario que se baremen servicios prestados a esta Administración, la Administración Autónoma, el Gobierno Autónomo. Pero lo que no considera insolidario -y para eso digo yo o pienso que hay que estudiar más, hay que estudiar un poco más para venir a estas Cortes-, no considera insolidario esta preferencia absoluta al personal interino desplazado, y personal interino desplazado en este Gobierno Autónomo es un puesto de trabajo eventual; y para ocupar una nueva plaza de personal interino sanitario local en atención primaria tienen una preferencia absoluta. Es decir, eso no es insolidario con el resto del personal desempleado en Castilla y León en atención primaria. Hay un pull pequeño de personal interino que por esta prebenda -que es una prebenda- son los que ocupan preferentemente estas plazas; pero eso no lo considera insolidario, ya no son sólo servicios prestados que bareme, sino que el primer punto del baremo para acceder a un puesto de personal interino es la preferencia absoluta para el personal desplazado. Eso hay que saberlo y hay que ver la Orden de interinos a la que nos estamos refiriendo.

Y yo les voy a dar la razón de por qué a un tipo de personal se le barema de una forma, y a otro se le da otro tipo de preferencia. Porque he formado parte de las mesas generales de negociación, y he formado parte de tribunales para ocupar estas plazas, les tengo que decir que cuando exclusivamente se hacen caso a sindicatos corporativos de un determinado sector -como es el de interinos-, cuando exclusivamente se hace caso a eso, y se incumple, se incumple nuestra Ley de Función Pública, que plantea baremar los servicios prestados a esta Administración, nos encontramos con recomendaciones del Procurador del Común en este tipo de cosas.

No podemos entender -y por eso vamos a apoyar esa Proposición No de Ley- que la propia Consejería admita esta recomendación; pero no sólo admite eso, sino que actualmente -como usted bien ha dicho-, y le voy a decir que va a cambiar este párrafo y también va a cambiar porque se lo hemos dicho... Pero es que llevamos doce años diciendo esto mismo, la preferencia absoluta para un tipo de personal porque así lo plantea un tipo de sindicato -pero no los sindicatos de clase, está claro, los que también negocian y están planteando un tipo de baremos-. Y esto también ocurre porque esta Consejería, en exclusiva, utiliza un tipo de baremo, sin ningún tipo de examen, que no se realiza en el resto de las Consejerías de la Junta de Castilla y León; y no sólo tiene que cambiar este punto del baremo, sino que tiene que cambiar otros mucho más, para adecuarse no sólo a la Constitución Española -que no nos parece correcta la interpretación que se está dando de ella, porque esto sí que es anticonstitucional, Señorías-, ni nos parece correcto que, a diferencia de otras Consejerías, no se realice un tipo de examen o concurso para acceder a este tipo de plazas.

Por eso mismo, como nos parece que en este punto, aunque sólo sea parcialmente, como los sindicatos y las mesas de negociación que han planteado estos baremos ha sido imposible llevar a cabo un cambio desde hace diez años de este tipo de baremación, nos parece bien que las recomendaciones del Procurador del Común no sólo las traiga el Grupo Socialista a la Cámara, sino que las traiga, por iniciativa propia y adelantándose, nos parecería mucho más correcto el Grupo Popular en el Gobierno. Muchas gracias.

(-p.3173-)

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Para cerrar el debate, por el Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra don Fernando Benito.


BENITO MUÑOZ

EL SEÑOR BENITO MUÑOZ: Gracias, señor Presidente. Mire, señor Nieto, yo es la segunda sesión en Comisión desde que soy Portavoz de la Comisión de Presidencia, y en la primera ya me hizo lo mismo que me ha hecho hoy; yo en la primera le llamé viceconsejero, le voy a tener que llamar viceconsejero a partir de ahora, porque siempre me suele traer algún latiguillo o alguna información anexa que le da la Consejería. Y yo simplemente le pido que de ahora en adelante, puesto que usted está en el Gobierno y no podemos tener la misma igualdad en la documentación, por lo menos que hubiera un tratamiento democrático en la información, en el sentido de proporcionar la máxima información posible a los Grupos -como de hecho ya estoy detectando que no ocurre y que suele usted manifestar en las reuniones-. Y lo digo no sólo por esa información, sino por la contestación que recientemente estoy recibiendo a preguntas escritas de este propio ámbito, en la cual se ocultan sistemáticamente datos; con lo cual, pues, bueno, mientras no cambiemos, seguirá siendo un viceconsejero que sigue contestando de una manera absolutamente parcial a las interpretaciones.

Y respecto a los llamamientos que ha hecho a acuerdos, bueno, pues yo creo que ahí me puedo echar la culpa, es decir, el poco tiempo que llevo de Portavoz puede que haya motivado que no hubiéramos podido profundizar para llegar a algún tipo de acuerdo, no tengo ningún inconveniente en decirle que probablemente podía ser mía la culpa en ese terreno, y le invito que de ahora en adelante cualquier tipo de proposición que ustedes tengan alguna duda sobre el fondo de la proposición y pudiéramos llegar a algún tipo de solución intermedia o solución favorable, pues, estamos abiertos a cualquier tipo de acuerdo.

Respecto al procedimiento. Hombre, respecto al procedimiento, si sólo es objeto de consideración el que lo que nosotros proponemos se deniegue, lo que diga el Procurador del Común lo cojan ustedes y entonces se lleve adelante, si ese es el procedimiento o el único objeto, como ha dicho usted, de consideración, evidentemente no podemos estar de acuerdo. Tanto derecho tenemos cualquiera de los Grupos a tener la misma iniciativa, que usted se apropia de una manera parcial. Por ejemplo, como ha citado en el caso de las viviendas, que es un ejemplo palpable de que el sistema que usted considera legítimo y legal y absolutamente razonable que es apropiarse de una idea del Procurador, una sugerencia del Procurador del Común que antes han rechazado la misma sugerencia nuestra, y se la ponen como una manera, una manera de llevar adelante este tipo de recomendaciones... Si éste es el procedimiento, pues, evidentemente, no lo suscribimos: cualquiera de los Grupos tenemos el mismo derecho que usted y que su Grupo para representar los intereses de la gente que pueda estar afectada por un proceso de selección o por un proceso de oposición o cualquier otro ámbito de la función pública.

En consecuencia, yo le reemplazo para cualquier tipo de acuerdo en este tipo de proposiciones, no tenemos ningún inconveniente en matizar lo que sea matizable, y defendemos el texto como está de la recomendación que ha hecho el Procurador del Común.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la Proposición No de Ley. ¿Votos a favor? Seis. Votos a favor, seis. ¿Votos en contra? Perdón, es que el señor Sánchez ha sido sustituido, entonces no tiene...


BENITO MUÑOZ

EL SEÑOR BENITO MUÑOZ: Señor Presidente, sí, por una cuestión de orden. La sustitución que anunciaba era en el sentido, él tenía..., el señor Jorge Felix tenía presentado dos preguntas escritas para contestación oral, en consecuencia, como defendía la tercera, la sustitución hasta el punto tercero...

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Perdón. No se puede...


BENITO MUÑOZ

EL SEÑOR BENITO MUÑOZ: Es una situación habitual en cualquier Comisión, simplemente quiero dejar constancia. En cualquier caso si es una causa de problema... Pero es una situación habitual en las comisiones hasta ahora. Es una sustitución parcial hasta el punto tercero.


MATÍA PORTILLA

EL SEÑOR LETRADO (SEÑOR MATÍA PORTILLA): Perdón. Lo hace después de votar.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Perdón. Cabe pero ha sido posterior... lo está comunicando usted posteriormente a la votación. Entonces, no procede.


BENITO MUÑOZ

EL SEÑOR BENITO MUÑOZ: Sí, sí. No, no, si no tiene... Perdón, perdón, no tiene una trascendencia directa en la votación; simplemente cuando ustedes hicieron ese gesto les comuniqué que se lo explicaría en ese momento, les hice ese... les he hecho esa indicación en un momento del debate, por no romper el debate y comunicarlo de una manera oficial, le hice esa seña al Presidente.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): El resultado de la votación son seis votos a favor. ¿Votos en contra? Diez. ¿Abstenciones? Ninguna.

Resultado de la votación. Votos emitidos: dieciséis. Votos a favor: seis. Votos en contra: diez. Abstenciones: ninguna. En consecuencia, queda rechazada la Proposición No de Ley debatida.

Quinto punto del Orden del Día. Para dar lectura al quinto punto del Orden del Día, tiene la palabra la señora Secretaria.


BENITO MUÑOZ

(-p.3174-)

EL SEÑOR BENITO MUÑOZ: Señor Presidente, por una cuestión de orden, pido ahora la inclusión del Procurador del Grupo Socialista, García Cantalejo, al punto quinto del Orden del Día.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias. Tiene la palabra la señora Secretaria.

LA SEÑORA SECRETARIA (SEÑORA FERNÁNDEZ MARASSA): Quinto punto del Orden del Día. "Proposición No de Ley 270-I, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a eliminación de limitaciones administrativas al acceso a procesos de selección de puestos de trabajo temporal en la Administración Autonómica, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número cincuenta y seis, de catorce de mayo de mil novecientos noventa y seis".

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias. Para la presentación de la Proposición No de Ley, tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Socialista, don Fernando Benito.


BENITO MUÑOZ

EL SEÑOR BENITO MUÑOZ: Gracias, señor Presidente. En continuidad a la reflexión anterior, respecto a la consideración de nuestro Grupo parlamentario con carácter general en presentar resoluciones o acuerdos del Informe del Procurador del Común del día treinta de abril que afectan al ámbito de la función pública y que han sido fuente de reclamaciones de los ciudadanos en los ámbitos habitualmente relacionados a las convocatorias de plazas de la Administración, incorporamos esta recomendación del Procurador del Común basada en dos expedientes, según la cual son relativas a la aplicación de la restricción en normas mediante la interpretación de las mismas, bien por circulares o instrucciones dictadas a tal efecto o bien por iniciativa propia de funcionarios, para el acceso a procesos de selección de puestos de trabajo.

En concreto, la recomendación y... la recomendación del Procurador del Común se refería a instar a la Junta a eliminar las limitaciones que, en la práctica, dificultan el acceso a los procesos de selección de puestos de trabajo de carácter temporal en la Administración Autonómica, y a la necesidad de acreditar situaciones personales cuyos datos obran en la Administración (cuestión, esta última, que se da con bastante frecuencia y que viene recogida en la propia Ley de la Administración y del procedimiento administrativo. Muchas gracias).

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Para consumir el turno en contra tiene la palabra, por el Grupo Popular, don José Nieto.


NIETO NOYA

EL SEÑOR NIETO NOYA: Presidente, para no alargar el debate, vamos a sustituir el turno en contra por fijación de posiciones y... no usamos éste.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Si el turno va a ser en contra... si va a ser en contra, pues, no. Para fijar posiciones, tiene la palabra por el Grupo Mixto don Joaquín Otero.


OTERO PEREIRA

EL SEÑOR OTERO PEREIRA: Muchas gracias, señor Presidente. Muy brevemente. La iniciativa o la Propuesta de Resolución es absolutamente opuesta a la anterior: la anterior se refería a un caso concreto y en esta, pues, se hace alusión de una forma genérica a todas las limitaciones que puedan dificultar el acceso a los procesos de selección de puestos de trabajo de carácter temporal. ¿Que son muchas?, que se limiten o se eliminen muchas. ¿Que son pocas?, que se eliminen pocas. Me parece absolutamente relacionable. Es más, ya ni siquiera sería necesario leer los antecedentes.

La iniciativa, salvo que no hubiera ninguna dificultad para acceder a esos procesos de selección, que todo fuera perfecto y que todo fuera absolutamente correcto, entendemos que es perfectamente asumible y que debería de serlo por todos los Grupos; porque no dice, no concreta qué dificultades. Porque en eso sí que podría haber discrepancia, lo que para unos sería una dificultad para otros no; pero como no las concreta y es tan genérica, es evidente que no hay ni un solo motivo para oponernos a la misma. Aquellas dificultades que pueda haber, o aquellas limitaciones; que se eliminen. Absolutamente razonable, correcto y tiene nuestro apoyo la iniciativa parlamentaria.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida, tiene la palabra doña Elena Pérez.


PÉREZ MARTÍNEZ

LA SEÑORA PÉREZ MARTÍNEZ: Sí. Muchas gracias. Yo no sé si necesita explicación esto, pero voy a hacer una breve explicación, porque, siendo funcionaria de la Junta de Castilla y León, me he encontrado con situaciones... no exclusivamente yo, está claro, sino la mayoría de mis compañeros y compañeras cuando tenemos que acceder a cualquier tipo de proceso de selección, de baremación, ya no exclusivamente para acceder a un puesto de trabajo, sino para cursos, etcétera, etcétera. Pues, resulta que las trabas a las que se está refiriendo, se refieren a que si yo trabajo en un Gobierno como éste, en una Administración Autónoma, en determinada provincia, pero resulta que hace cuatro años trabajé en otra, y hace siete trabajé en otra provincia para la misma Administración Autonómica, me tengo que dirigir a todas esas Administraciones -la misma Administración Autonómica-, para que me den un certificado de servicios prestados para la misma Administración Autonómica.

(-p.3175-)

Entonces, a mí Grupo Parlamentario le parece que ese tipo de prácticas desde luego no son las adecuadas, y lo que están es dificultando, primero, porque el personal aquí referido, el personal trabajador o trabajadora de la Junta de Castilla y León, tiene que acordarse de todo tipo de situaciones para las que ha trabajado en la Junta de Castilla y León, ya fuera personal interino, eventual, etcétera, etcétera.

Entonces, lo único que se está planteando es que, siendo la misma Administración Autonómica la que certifica la relación que ha tenido con esa Administración en las distintas... en los distintos puestos de trabajo, ya sea de una Consejería o de otra, pues nos parece obvio que, cuando se planteen unas pruebas o una baremación para cursos, etcétera, etcétera, sea la misma Administración Autonómica la que los facilite y pida -porque así consta, es decir, todo el personal funcionario o laboral está catalogado y saben en qué situaciones y qué puestos y qué desempeños ha tenido para la Junta de Castilla y León-, sea ella misma la que plantee esa certificación y no tenga que acudir el personal a las distintas instancias a solicitar esa certificación.

Entonces, por ese sentido, nos parece que aparte de la instancia, de la Propuesta de Resolución general que plantea, que en eso tenemos que estar todos de acuerdo -es decir, eliminar las limitaciones que en la práctica dificulten el acceso, pues eso tendremos que estar completamente de acuerdo-. Y, en la otra parte, les he explicado las situaciones en las que se puede encontrar -y se encuentra, de hecho- el personal que trabaja para el Gobierno Autónomo. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don José Nieto.


NIETO NOYA

EL SEÑOR NIETO NOYA: Gracias, señor Presidente. Señorías. Las Propuestas de Resolución que se traen a estas Cortes con unos antecedentes, normalmente han de entenderse referidas a esos mismos antecedentes.

En esta Propuesta de Resolución hay dos cuestiones que se plantean: una, la de eliminar trabas que se ofrecen por parte de las Administraciones. Pero, en los antecedentes del Informe del Procurador del Común, se refieren los dos supuestos a trabas que se plantean en otras Administraciones que no son la Administración Autonómica. Por tanto, nos parece que utilizar problemas que se plantean en otras Administraciones para hacer un requerimiento a la Administración Autonómica -me estoy refiriendo concretamente al Inem- no parece razonable.

Por tanto, la primera parte de la Propuesta de Resolución, en estas Cortes y en esos términos, entendemos que es improcedente.

Y la segunda parte es muy razonable, y es un principio general que todos asumimos y que está establecido en la Ley 30/92 de Reforma del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, está formulada en unos términos de carácter general. Literalmente, así: "Los ciudadanos tienen derecho..." -apartado f)- "...a no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante". Pero esta buena voluntad de... así, a priori, expresada en el Artículo 35 de la Ley, está matizada en la Disposición Final de la misma Ley, en la que se requiere "Dadas las dificultades de procedimiento que esto implicaría, se requiere, para su aplicación, un desarrollo reglamentario previo" -lo dice la Disposición Final de esa misma Ley-, desarrollo reglamentario que no se ha producido todavía.

Por tanto, no tenemos nada que objetar al deseo, pero sí a que se aplique a una determinada Administración cuando no se ha concretado este procedimiento, que realmente resulta de muy difícil aplicación y que generaría muchos problemas de funcionamiento. Porque es verdad que los funcionarios, que el personal de la Junta, incluidos los temporales, están catalogados; pero no están catalogados los aspirantes que concurrieron en otros procesos anteriores y cuya documentación no está catalogada ni está registrada. Entonces, habría que acomodar toda la Administración a que toda la documentación o todas las circunstancias singulares aparecieran recogidas en un registro de personal, y no es así, ni en la Administración del Estado ni en las Administraciones Autonómicas. Por lo cual, nos parece que en este momento, y de esta forma genérica, el añadir, el decir lo que dice la Ley 30/92 en una Proposición No de Ley no añade nada a la eficacia de esa Ley; cuando esa Ley, estamos dispuestos nosotros, Grupo Parlamentario Popular, y yo estoy seguro que la Administración Autonómica, estamos dispuestos a cumplirlos.

(-p.3176-)

Y a propósito de esto -y ya que he entrado en esta consideración-, quisiera decirle a los demás Portavoces que el Grupo Parlamentario Popular no es la Administración Autonómica. Y el Grupo Parlamentario Popular no ha utilizado, no ha utilizado en ningún momento las sugerencias ni las iniciativas del Procurador del Común en ninguna dirección; y, como Grupo, las escuchará, las atenderá y, en la medida en que las considere pertinentes, porque también los Procuradores del Común -bueno, el Procurador del Común, que creo que es único, es singular, no tiene plural- y el Defensor del Pueblo también se equivocan y plantean cuestiones que luego los Tribunales discuten y le dan la razón o no le dan la razón. Estamos en un proceso de utilizar todos los procedimientos que colaboren a que mejoren los... se perfeccione el funcionamiento de las distintas Administraciones, acogemos con simpatía las recomendaciones del Procurador del Común; pero, no tenemos que asumir -como alguien ha dicho- que todas las recomendaciones del Procurador del Común están atinadas, porque hay algunas que a lo mejor no responden ni a criterios de ..... porque se equivocan o tienen interpretaciones discutibles o no se acomodan a una realidad como es la que tenemos en este momento presente, que no hay Administración ninguna que pueda aplicar el Artículo 35 de la Ley en los términos actuales de perfeccionamiento de los instrumentos técnicos que tiene a su servicio la Administración.

Por tanto, una vez más, esta Propuesta de Resolución no añade nada a lo que dice una Ley Básica de obligado cumplimiento. Por tanto, entendemos que no procede añadir con una Propuesta de Resolución de estas Cortes, que no es más que una recomendación, un propósito de las Cortes, para que actúe la Administración Autonómica, cuando la Administración Autonómica está dispuesta a cumplir en plenitud la legislación básica del Estado, siempre y cuando se den las condiciones que permitan este cumplimiento. Pero hay muchos principios de la Administración que resultarían afectados, y la propia convocatoria de procesos de selección de personal temporal o interino resultaría afectado en su espíritu y en su desarrollo, si es que se aplicara en su literalidad esta Propuesta de Resolución dirigida a la Administración Autonómica.

Por las dos razones que he dicho nos oponemos, lamentándolo mucho, a las iniciativas del Grupo, a la iniciativa del Grupo Parlamentario Socialista.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Para cerrar el debate, tiene la palabra don Fernando Benito.


BENITO MUÑOZ

EL SEÑOR BENITO MUÑOZ: Gracias, señor Presidente. ¡Con lo feliz que sería aceptándola! Parece que lo ha dicho con un lamento que nos ha causado conmoción a todos. Bueno, yo voy a simplificar, y no por razones evidentemente futbolísticas, sino por una razón -como ha dicho el representante del Grupo Mixto- obvia. Y es que es una Proposición tan sumamente lógica que casi hasta cuesta encontrar argumentos que pueda uno utilizar para conseguir la aprobación de esta Proposición.

¡Hombre!, yo estoy sorprendido de que ahora se nos diga que estamos arreglando otras Administraciones. Mire, la Proposición, la Proposición, en los términos en que está escrita, quiere decir una cosa tan sencilla como que en los procesos de selección en la Administración Autonómica -que muchos son de cinco días, muchos son de cinco días- no se requieran trámites y cuestiones que tiene la propia Administración -y eso está ocurriendo; no es la única funcionaria la representante de Izquierda Unida, también algunos somos funcionarios- y el proceso conllevaría que te quedaras fuera del proceso de selección, por mucho que se le dé una fórmula de reclamación a ese procedimiento en cinco días. Y son cosas tan obvias como la certificación de servicios previos, que la pide la propia Consejería. Eso está ocurriendo todos los días en las convocatorias de selección de puestos de la Junta: están pidiendo, en la propia Consejería, certificados de servicios previos. En algunos casos, uno suele llegar a tener dos y son contradictorios, o sea, es una cosa fantástica. Es decir, como es tan rápido, hasta se equivoca la propia Consejería emitiendo los certificados.

Pero es que estamos en anuncios, en tablones de anuncios; estamos en registros en los días... coincidiendo días que son sábados y cuestiones de este tipo. Y en procesos de selección de tanta urgencia, pues hay que facilitar de alguna manera, que es lo que hace la recomendación. Y, desde luego, lo que hay que hacer es cumplir, en el ámbito de la Junta, lo que dice el Artículo 35 de la Ley 30/92; es que es tan elemental el pedir que se cumpla que no tengamos que aportar nueva documentación que tiene la propia, la propia Administración a la cual se solicita y dependes de ella, que parece absolutamente obvio.

Hombre, lo que ya es fantástico es que seguramente yo creo que el Procurador del Común, como persona humana, podrá equivocarse en cualquier circunstancia y podrá tener algún tipo de Informe no atinado. Concretamente en esto, en decir que se pueda equivocar, a mí me parece elevar la causa a unos límites increíbles. Es decir, en la Proposición, lo que se dice es que se eliminen las prácticas que dificultan y que se elimine la necesidad de acreditar en la propia Administración, cuando dependes de esa propia Administración.

A mí me parece que en este terreno... estamos hablando de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, cuando parece que nos interesa le vamos a otras Administraciones, que yo no he visto, ahora, esa necesidad, porque aunque ocurre en los procesos de selección, sobre todo en certificaciones en servicios previos, la necesidad de pedir acreditación a otras Administraciones, en realidad, normalmente en esos procesos son más largos, normalmente siempre se arbitra un sistema de tiempos. Pero vamos, en general, en la propia Administración Autonómica, a la cual estamos ciñéndonos, ocurre esto todos los días. Simplemente, a mí me parece que en esta recomendación, el que se va a sorprender, seguramente, es el propio Procurador del Común, que no se atienda en este Parlamento. Muchas gracias.

EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR ARGOTE ROA): Gracias, Señoría. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la Proposición No de Ley. ¿Votos a favor? Siete. ¿Votos en contra? Diez.

El resultado de la votación es el siguiente. Votos emitidos: diecisiete. Votos a favor: siete. Votos en contra: diez. En consecuencia, queda rechazada la Proposición No de Ley debatida.

No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión.

(Se levantó la sesión a las diecinueve horas cinco minutos.)


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