DS(C) nº 562/6 del 2/2/2007









Orden del Día:




1. Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de informar el Proyecto de Ley de Protección Ciudadana de Castilla y León, PL 33-I.

2. Elaboración del Dictamen de la Comisión del Proyecto de Ley de Protección Ciudadana de Castilla y León, PL 33-I.


Sumario:






 **  Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos.

 **  La Presidenta, Sra. Serrano Argüello, abre la sesión.

 **  Intervención de la Procuradora Sra. Villar Irazábal (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 **  Intervención del Procurador Sr. Encabo Terry (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 **  Primer punto del Orden del Día. Ratificación de la Ponencia PL 33.

 **  La Secretaria, Sra. Lafuente Ureta, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 **  La Presidenta, Sra. Serrano Argüello, somete a ratificación de la Comisión los Ponentes designados por los Grupos Parlamentarios. Son ratificados.

 **  Segundo punto del Orden del Día. Elaboración del Dictamen PL 33.

 **  La Secretaria, Sra. Lafuente Ureta, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 **  La Presidenta, Sra. Serrano Argüello, somete a debate las enmiendas mantenidas por los Grupos Parlamentarios para la Comisión.

 **  En el debate intervienen los Procuradores Sra. Villar Irazábal (Grupo Socialista) y Sr. Represa Fernández (Grupo Popular).

 **  La Presidenta, Sra. Serrano Argüello, somete a votación las enmiendas debatidas. Son rechazadas.

 **  La Presidenta, Sra. Serrano Argüello, somete a votación los Artículos, Disposiciones Adicionales, Disposición Derogatoria, Disposiciones Finales, Exposición de Motivos y Título de la Ley. Queda dictaminado el Proyecto de Ley de Protección Ciudadana de Castilla y León.

 **  La Presidenta, Sra. Serrano Argüello, levanta la sesión.

 **  Se levanta la sesión a las once horas treinta minutos.




Texto:

[Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Buenos días, Señorías. Se abre la sesión. En primera instancia, por parte de esta Presidencia, pedir disculpas por la... por el inicio de la... por el inicio de la sesión.

¿Por parte del Grupo Parlamentario Socialista tienen que comentar alguna sustitución?


LA SEÑORA VILLAR IRAZÁBAL:

Sí. Gracias, Presidenta. Raquel Pérez sustituye a Francisco Ramos y Pedro Nieto a Manuel Fuentes.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí, muchas gracias, doña Consuelo. ¿Por parte del Grupo Parlamentario Popular alguna sustitución, por favor?


EL SEÑOR ENCABO TERRY:

Sí. Gracias, Presidente. Don Juan Castaño Casanueva sustituye a don José Antonio de Miguel Nieto.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Muchas gracias, señor Portavoz del Grupo Parlamentario Popular. Por parte de la señora Secretaria daremos lugar al primer punto del Orden del Día. Señora Secretaria, por favor.

Ratif. Ponencia PL 33


LA SECRETARIA (SEÑORA LAFUENTE URETA):

Primer punto del Orden del Día: "Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de informar del Proyecto de Ley de... de Protección Ciudadana de Castilla y León".


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

De acuerdo con el Artículo 114.2 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, corresponde a la Comisión la ratificación de los Ponentes designados por los distintos Grupos Parlamentarios.

Esta designación... esta designación, perdón, recayó en los señores, en este caso señora, Muñoz de la Peña González, Represa Fernández, Rodríguez Porres, Rodríguez de Francisco y Villar Irazábal. ¿Se ratifica esta designación? Se ratifica. Queda ratificada por asentimiento.

Por parte de la señora Secretaria daremos lectura al segundo punto del Orden del Día. Señora Secretaria, por favor.

PL 33-V


LA SECRETARIA (SEÑORA LAFUENTE URETA):

Segundo punto del Orden del Día: "Elaboración del Dictamen de la Comisión del Proyecto de Ley de Protección Ciudadana de Castilla y León".


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Gracias, señora Secretaria. Se mantienen para su debate y votación las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista, los números 1, 2, 10, 13, 20, 34, 38, 36, 40, 37 y 39.

Para la defensa de estas enmiendas, tiene un turno a favor, por un tiempo de diez minutos, el Grupo Parlamentario Socialista, y como Portavoz entiendo que actuará doña Consuelo. Sí, para este debate -decíamos- tiene la palabra la señora Villar. Gracias.


LA SEÑORA VILLAR IRAZÁBAL:

Gracias, señora Presidenta. Debatimos hoy el Anteproyecto de Ley de Protección Ciudadana; con este Anteproyecto se pretende mejorar la protección de las personas, los bienes y el medio ambiente, y conseguir, de una forma lo más adecuada posible, actuar en situaciones de riesgo, catástrofe o calamidad.

Sin duda, una sociedad avanzada debe tener políticas activas que garanticen la seguridad de sus ciudadanos; políticas que deben ser de previsión y prevención, y que intenten reducir los siniestros y las consecuencias que estos producen.

En este sentido, el Grupo Parlamentario Socialista considera que esta Ley es, por lo tanto, una Ley necesaria para dotar a Castilla y León de ese sistema de protección ciudadana. Estamos, sin embargo, en una materia donde concurren competencias de otras Administraciones Públicas, del Estado y las Entidades Locales, por lo que consideramos que debemos ser especialmente rigurosos en esta regulación.

El Anteproyecto de Ley que se nos ha presentado consta de ochenta y cuatro artículos, seis disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y seis disposiciones finales. A este texto, el Partido Socialista presentó, en un principio, un total de cuarenta enmiendas, que luego se han ido incrementando con las enmiendas transaccionales que a lo largo de la Ponencia hemos acordado entre Partido Popular y Partido Socialista, y otras tantas que hemos planteado in voce a lo largo de la Ponencia.

De esas cuarenta enmiendas que presentábamos inicialmente, se han aceptado en Ponencia un total de doce, se han transaccionado once y, hasta el momento, se han retirado seis. En definitiva, yo creo que podemos decir, sin ninguna falsa modestia, que se ha hecho un buen trabajo en la Ponencia, que ha primado, sobre todo, el consenso y... y la necesidad de hacer una ley que sea beneficiosa para todos. En este sentido, tenemos que agradecer también el trabajo que se ha prestado desde los Servicios Jurídicos de estas Cortes, que nos han ayudado a que el texto, desde el punto de vista jurídico, sea más correcto que el que inicialmente se nos había presentado.

En este sentido, podemos decir que, con las enmiendas aprobadas, hemos conseguido introducir en la Ley algunos conceptos que no estaban, y que desde el Partido Socialista considerábamos interesantes, como es la prevención como concepto diferente a la previsión. Es diferente la prevención, prevenir un siniestro, que prever un siniestro que nosotros no podemos evitar que suceda -por ejemplo, una nevada-, pero que sí que tenemos que tener dispuestos los medios necesarios para que las consecuencias de este siniestro sean las menores posibles. En otros casos, estas enmiendas han servido para aclarar el texto o completar la formulación.

Así ha sucedido también con esas once enmiendas que decía hemos transaccionado de las ya presentadas, y aquellas que hemos logrado acordar entre Partido Popular y Partido Socialista a lo largo de la Ponencia. De estas cuarenta enmiendas hemos retirado seis, a las que debemos sumar otras enmiendas que retiramos hoy, que son la número 37 y la número 38.

En definitiva -como decía-, un buen trabajo en Ponencia, que permite que podamos decir que el Anteproyecto que debatimos hoy en esta Comisión sea mejor que el Anteproyecto que en un inicio se presentó ante estas Cortes.

No obstante, el Partido Socialista mantiene para esta Comisión otra serie de enmiendas que consideramos que mejorarían notablemente el texto. Mantenemos la Enmienda 1 y 2, si bien les planteamos una nueva posibilidad de transaccionar estas dos enmiendas con un nuevo texto, que paso a leer.

Esta Ley encuentra su fundamento, por un lado, en los Artículos 15 y 17 de la Constitución Española, que regulan, respectivamente, el derecho a la vida, la integridad física y moral, así como el derecho a la libertad y seguridad de las personas. Y, por otro lado, su habilitación competencial en el Artículo 9.2 del texto fundamental, que establece que corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

El hecho de que la Constitución y el Estatuto de Autonomía de Castilla y León no utilicen específicamente el término "protección civil" al enumerar las materiales competenciales no determina que dicha materia no se encuentre incluida en el sistema de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

Como ha señalado el Tribunal Constitucional en sus Sentencias 123/1984, de dieciocho de diciembre, y 133/1990, de diecinueve de julio, la materia de protección civil ha de englobarse con carácter prioritario en el concepto de seguridad pública del Artículo 149.1.29 de la Constitución, toda vez que el Artículo 148.1.22 del mismo texto legal faculta a las Comunidades Autónomas para asumir competencias en materia de vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones, la coordinación y demás facultades relacionadas con las policías locales.

Asimismo, sin perjuicio de las competencias exclusivas del Estado, al que corresponde la legislación básica estatal en materia de protección civil, se producen competencias concurrentes cuya distribución es necesario diseñar. Este diseño -al que alude el Alto Tribunal- se ha ido produciendo y continuaría.

Creemos que con esta redacción conseguimos lo que se pretendía con las Enmiendas 1 y 2, que es salvaguardar las competencias exclusivas del Estado en esta materia y justificar de dónde viene esta competencia que tiene atribuida la Comunidad Autónoma.

Asimismo, mantenemos la Enmienda número 10 al Artículo... al Artículo 8. Con ella lo que se pretende es que... obligar, específicamente, a aquellas personas que están en situación de desempleo y cobran prestaciones por este motivo a colaborar en el sistema de protección ciudadana. Lo hacemos en concordancia a la Ley estatal de Protección Civil.

También mantenemos la Enmienda número 13, al Artículo 11, en la que se propone la creación de un registro en el que deben inscribirse los centros, establecimientos y dependencias en las que se realicen aquellas actividades que puedan dar origen a situaciones de riesgo. Con ello lo que pretendemos es que exista una mayor seguridad por parte de los ciudadanos, que puedan conocer si al lado de su vivienda, al lado de un local que pueda ser de su propiedad, hay un centro o establecimiento en el que se están realizando actividades que puedan generar una situación de riesgo.

En este sentido va también la Enmienda número 13, al artículo... perdón, la Enmienda número 20, al Artículo 19, en el que se propone también crear un registro público, en este caso de planes de protección civil de Castilla y León; un registro que tendrá carácter informativo, y en el que deberán inscribirse los instrumentos de planificación regulados en el presente capítulo.

Esta Ley regula la necesidad de que aquellos... actividades que sean potencialmente peligrosas tengan unos planes de autoprotección, y lo que queremos es que estos planes de autoprotección, estos protocolos de actuación, se recojan en un registro único.

Mantenemos, igualmente, la Enmienda número 34, al Artículo 66. En esta enmienda lo que se pretende es añadir el término "órgano competente". A lo largo de la exposición y a lo largo de la Ponencia, hemos visto como, en muchas ocasiones, se planteaba el problema de cómo se salvaguardan esas competencias del Estado en esta materia o las competencias de las Entidades Locales. Con esta enmienda lo único que se pretende es salvaguardar esa competencia de otras Administraciones Públicas, que no tiene el Delegado Territorial competente, que sería el órgano competente la Comunidad Autónoma, pero que no es el órgano competente en una Entidad Local o en una entidad supracomunitaria. Con esto lo único que pretendemos es salvaguardar esas competencias.

Por otro lado, también mantenemos la Enmienda número 38, al... a la Disposición Adicional Segunda... Perdón, la Enmienda 38 la hemos retirado. Mantenemos la Enmienda 34 al artículos... 36, a la Disposición Adicional Tercera, en lo referente a la homologación. Esta disposición lo que pretende es que la Junta de Castilla y León, dentro del ámbito de sus competencias, adopte las medidas necesarias para fomentar que los cuerpos de prevención, extinción de incendios y salvamento homologuen sus condiciones profesionales y retributivas; pero todos sabemos que la consecuencia de esta homologación es que los Ayuntamientos van a tener que correr con los gastos de esta homologación retributiva. Por lo tanto, lo que pretendemos con esta enmienda es que la Junta de Castilla y León se comprometa a compensar a las Corporaciones Locales de ese gasto que van a tener como consecuencia de la homologación.

Mantenemos también la Enmienda número 40, a la Disposición Adicional Cuarta, en la que proponemos eliminar esa referencia específica que se hace a la Escuela de Formación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento en la Comunidad de Castilla y León. Y lo hacemos así porque entendemos que hay otras escuelas relacionadas con la protección ciudadana, que ya existen en Castilla y León, como la Escuela de Policía, que no merecen una mención específica dentro del anteproyecto de ley; en cambio, sí que se hace una mención específica a la Escuela de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento.

Y, por otro lado, puede dar lugar a una confusión al utilizar "Escuela de Formación" tanto para referirse a esta escuela específica como a la escuela de formación genérica en protección ciudadana, que regula... que se regula posteriormente.

Mantenemos, igualmente, la Enmienda número 40, a la Disposición Final Segunda. Esta enmienda, además de una cuestión terminológica, en la que proponemos que en lugar de "Escuela de Protección Ciudadana de Castilla y León" se hable de "Centro Regional de Formación en Protección Ciudadana de Castilla y León", por esa cuestión que comentábamos antes, de distinguir lo que son las escuelas específicas en cada una de las materias de protección ciudadana del centro regional de formación, que englobaría a todas esas escuelas. Y, por otro lado, se propone una adición, y es que ese centro regional de formación en protección ciudadana, reglamentariamente puedan crearse otras escuelas específicas, además de las que se mencionan, que son esa escuela de incendios -que mencionábamos antes- y la Escuela de Policía, porque sabemos que en protección ciudadana se está avanzando mucho, hay otras materias que pueden ser objeto de esta protección ciudadana, y pueden crearse escuelas específicas en las que se reciba esa formación necesaria para... para llevar a cabo esas materias de protección ciudadana.

Por último, queremos decir que, aunque nos llegó tarde -cuando ya estaban elaboradas las enmiendas por parte del Grupo Socialista-, nos han llegado unas reivindicaciones de los agentes medioambientales que nos parecen justas, y que, por lo tanto, consideramos que pueden ser objeto de debate y pueden incluirse en esta Ley, y es el reconocimiento expreso a los agentes medioambientales, en el Artículo 37, en el punto 1, en la letra d), añadir "servicios de lucha contra incendios forestales" y añadir "agentes medioambientales".

También en el Artículo 38, en el punto c), añadir... perdón, en el punto 3, añadir una letra c), en la cual se diría que "la extinción de incendios se llevará a cabo bajo la dirección y organización de dicho servicio, a excepción de la dirección y organización de las emergencias por incendios forestales, en las que se actuará con arreglo a lo establecido en el Plan Sectorial Infocal. En este sentido, lo que se pretende es que no haya una descoordinación de servicios, y en aquellos incendios que sean forestales quede claro quién tiene la responsabilidad del Plan.

Y, por último, en el Artículo 44, también en los servicios de lucha contra incendios forestales, hacer un reconocimiento también explícito a los agentes medioambientales de este servicio, que podrán ser requeridos por su conocimiento físico del terreno, red de comunicaciones y parque móvil, para colaborar conjuntamente con los servicios de socorro, rescate y salvamento, a través de los CECOPI y el 1.1.2.

Lo que se pretende, en definitiva, es incorporar a los agentes medioambientales, que ya están desempeñando importantes funciones en protección ciudadana, en esta Ley. Eso es todo. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Pues muchas gracias, señora Villar. Y para consumir un turno en contra, tiene la palabra, por parte del Grupo Parlamentario Popular, el señor Represa Fernández.

Entiendo que las transacciones que ha hecho la Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista están en posesión de... -los textos transaccionados- en posesión del Grupo Parlamentario Popular. Gracias.


EL SEÑOR REPRESA FERNÁNDEZ:

Muchas gracias, Presidenta. Buenos días, Señorías. Comenzar diciendo que, en cuanto a la primera parte de la exposición de la Portavoz del Grupo Socialista, manifestamos nuestra... nuestra conformidad con esa exposición en cuanto a la necesariedad de esta... de esta Ley. El capítulo de agradecimientos le dejaré para la segunda intervención, que parece que son de ritual.

Comenzaré diciendo lo mismo que ya hemos manifestado en más de una ocasión en el seno de la Ponencia: quiero reiterar nuestro ánimo para que este Proyecto de Ley sea una realidad de común acuerdo, totalmente consensuado por las dos fuerzas mayoritarias de este grupo, dado que el componente de UPL, el representante de UPL, no ha formado parte de la Ponencia, a pesar de estar designado.

Entrando directamente en materia, decir que, en primer lugar, con respecto a las Enmiendas 1 y 2, conocemos el texto porque le hemos transaccionado previamente, al inicio de esta Comisión, obra ya en poder de la Letrada la redacción del mismo, y es literalmente el que ha... el que ha leído la Portavoz del Grupo Socialista; con lo cual, manifestamos nuestra conformidad absoluta con las Enmiendas 1 y 2 transaccionadas.

Dicho esto, y a la vista de las dos enmiendas que ha retirado en este momento la Portavoz del Grupo Socialista, voy a entrar a fundamentar la oposición a las distintas enmiendas que han quedado vivas. Como son pocas, voy a analizar de una en una.

Respecto a la Enmienda número 10, al Artículo 8, se trata de que se promueva por parte de la Junta de Castilla y León la colaboración en actividades de protección ciudadana de desempleados... del colectivo de desempleados que perciban algún tipo de prestación económica. No podemos estar de acuerdo con esta enmienda por razones que ya hemos esgrimido en la propia Ponencia; pero fundamentalmente, y en primer lugar, porque ya en este mismo Artículo 8, en el punto 1 del mismo, se están contemplando las obligaciones de todas las personas mayores de edad, es decir, están incluidos también los desempleados.

Por otra parte, entendemos que la Administración Autonómica no puede imponer específicamente, específicamente a los desempleados, prestaciones nuevas, del tipo que sean, de colaboración al sistema de protección ciudadana. Entendemos que carece la Administración Autonómica de competencias para ello. No parece lo más recomendable que aparece... que aparezca regulada específicamente este colectivo, y pensamos, entre otras cosas, por la discriminación que se podría plantear con respecto a otros colectivos, la no... el no reconocimiento específico en la propia Ley. Pensemos, como ya dijimos en la... en la Ponencia, en la población reclusa, en estudiantes, en... en el colectivo de discapacitados, de algunos... de algunos discapacitados que pudieran realizar algún tipo de prestación para la prevención ciudadana, etcétera, etcétera. Por eso no nos parece aconsejable que aparezca.

Es cierto que en la Ley 2/85, de Protección Civil, ley básica estatal, lógicamente, en esta materia, sí que viene contemplada esa posibilidad, pero estamos hablando de las competencias del Estado, de competencias de la Administración Central. Pero hay que darse cuenta, además, que esta Ley es del año ochenta y cinco, como he dicho; lleva veintidós años en vigor -que se aprobó en el mes de... en el mes de enero-, lleva veintidós años en vigor, y jamás se ha hecho uso... -a pesar de estar contemplado- jamás se ha hecho uso de los desempleados. Eso demuestra que en veintidós años no se ha... no se ha hecho uso -reitero- de la posibilidad que contemplamos. Con lo cual, creemos que queda demostrada la innecesariedad de la... de que se contemple este colectivo específicamente.

Respecto a la Enmienda número 13, al Artículo 11, que pretende crear por vía reglamentaria un registro de todos los edificios, centros, establecimientos y dependencias donde se lleven a cabo actividades que puedan generar un riesgo, pues mire, lisa y llanamente entendemos que es una... una enmienda que, de incorporarla, sería de imposible cumplimiento, sería de imposible cumplimiento. No podemos pretender crear un... tal registro porque en él, fíjese, habría que incluir todo tipo de actividad, todo tipo de actividad; pero me estoy refiriendo a desde una zapatería hasta un almacén de productos químicos, pasando por droguerías, pasando por colegios, pasando por cualquier centro, establecimiento o dependencia que pueda generar un riesgo, porque cualquier... cualquiera de estos establecimientos que yo le estoy diciendo, que le estoy citando, aunque parezca que no... que su actividad no puede generar un riesgo, eso no se ajusta a la verdad, porque el que más y el que menos tiene su tanque de gasoil o de gas, etcétera, etcétera. Con lo cual, sería susceptible de crear un riesgo.

El Grupo Popular piensa que sí que se podría crear un registro, no nos oponemos a la creación de un registro, pero que en este registro no se recogieran de forma genérica, de forma general, todos los edificios, establecimientos y actividades, sino que se hiciera el registro de aquellas actividades que estuvieran sometidas a informe previo, como dice exactamente el apartado uno de este mismo artículo. De otra manera, me parece inútil y... inútil en cuanto a la escasa utilidad que pueda tener, y desmesurada la propuesta, que, además, creemos que en nada mejora el texto.

Respecto a la Enmienda número 20, al Artículo 19, se trata también de una enmienda de adición, un nuevo apartado a este artículo, para la creación de otro registro de planes de protección ciudadana. Me remito a lo dicho anteriormente con respecto a la enmienda... a la enmienda anterior. De todas maneras, apuntar y señalar que ya lo tienen, porque están obligados, los Ayuntamientos de más de veinte mil habitantes y las Diputaciones Provinciales. Proponen la creación de un registro en el que se incluyan todos los instrumentos... hablan textualmente de todos los instrumentos de planificación regulados en el Capítulo II del Título I. Pero fíjense lo que se regula en el Capítulo II del Título I, se regulan: los protocolos, respuestas, planes de autoprotección, medidas preventivas, mapas de riesgos, etcétera, etcétera. Me parece también igualmente -como le he dicho en la enmienda anterior- poco útil. De todas maneras, significar en esta Comisión que no creo que vaya a ser motivo, ni mucho menos, de distanciamiento de los dos Grupos Políticos la contemplación de estas enmiendas. Es decir, sugiero que, casi con toda seguridad, podamos llegar a algún acuerdo transaccional.

Respecto a la Enmienda número 34, al Artículo 66, pues mire, la verdad es que no... no llegamos a entender muy bien qué es lo que se pretende con esta enmienda. Es una enmienda de literatura muy corta, estamos hablando de competencias; y yo les digo y reitero aquí, como he manifestado en varias ocasiones en el seno de la Ponencia, que el órgano competente por razón del territorio es el Delegado Territorial, cuando la emergencia afecta a una sola provincia. Y si afectara a dos o más provincias dentro de la Comunidad Autónoma, les proponemos también la posibilidad de transaccionar... -porque no está incorporado al texto, aunque lo dábamos por supuesto, pero no está incorporado al texto- les proponemos que sea, o que figure textualmente en el... en el propio artículo, que, cuando afecta a más de una provincia dentro de la Comunidad Autónoma, el órgano competente para la declaración sea el Director General competente.

Téngase en cuenta, para justificar esta proposición, que estamos hablando, como dice el propio artículo -y leo textualmente- de "resolución de siniestros cuya gravedad no determine la necesidad de activar el Plan Territorial de Castilla y León -es decir, el Plancal- o un plan especial y se den las circunstancias señaladas en el punto 2 de este mismo artículo". Usted me hablaba de la Administración Local, de los Alcaldes y demás; pues mire, en los demás supuestos ya está contemplado en la Ley, ya está regulado. Está regulado en la Ley 2/85, de Protección Civil, la legislación básica; está regulado en el Artículo 70 de esta propia Ley; y con respecto a los Alcaldes, está también regulado en la Ley de Bases de Régimen Local.

Yo también, a este respecto, les propondría un texto transaccional que... en el que, como les he dicho, se incluyera específicamente al Director General como órgano competente para la declaración de emergencia en el caso de que la misma afecte a más de una provincia dentro de la Comunidad Autónoma.

Bien. Veo que... vamos, he oído a la Portavoz del Grupo Socialista que ha retirado la enmienda número... perdón, sí, la Enmienda número 38. Y pasamos, por tanto, a la Enmienda número 36, referida a la Disposición Adicional Tercera.

También decirles que... -con respecto a esta enmienda- que en el desarrollo de la Ponencia ya les hemos manifestado nuestro punto de vista al respecto de forma clara y precisa. Hay que leer detenidamente, detenidamente, el texto del Proyecto de Ley para darnos cuenta de que en ningún caso la Junta de Castilla y León está homologando las condiciones profesionales y retributivas de ningún colectivo. En ningún caso la Junta de Castilla y León... lo dice la propia Ley, por eso he hecho referencia a la lectura del texto; pero no puede homologar... no es que no homologue, es que tampoco puede homologar, como muy bien dice y apunta el dictamen del Consejo Consultivo, entre otras cosas, porque se estaría extralimitando de sus competencias. Así lo dice el Informe del Consejo Consultivo. Ustedes vienen a decir poco más o menos que la Junta de Castilla y León homologa, y luego -permítaseme la expresión-, si te he visto, no me acuerdo; se olvidan. Pues no es así, porque la Junta de Castilla y León, insisto, no homologa. Un Ayuntamiento, evidentemente, podría reclasificar a todos sus funcionarios de los Cuerpos de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento -que es de los que estamos hablando-, homologando sus condiciones profesionales y retributivas con otros cuerpos integrantes del sistema de protección ciudadana, pero en ningún caso la Junta de Castilla y León les estaría obligando a ello; es una decisión libre, libre, de cada Ayuntamiento. Es fundamental partir de la base de que la aprobación de este Proyecto de Ley en ningún caso va a suponer ningún incremento de costes a los Ayuntamientos, ninguno.

Pero, a pesar de ello, les digo -que creo que también se lo manifesté en Ponencia-: estaríamos dispuestos, no habría ningún inconveniente a crear un... una comisión de seguimiento o un observatorio -que parece que es un término que les gusta más a ustedes-, un observatorio para ver... para ver si la aplicación de esta Ley iba a originar o va a originar algún incremento en los costes de los Ayuntamientos. No habría ningún inconveniente por nuestra parte en... en hacerlo.

Y para concluir, y respecto a las dos últimas Enmiendas, que yo creo que van íntimamente ligadas, la 39 y la 40, no creo que podríamos... que tendríamos que encontrar escollos insalvables que nos pidieran transaccionar estas... estas enmiendas. Yo creo que la única diferencia que existe con respecto a la 39 -me ciño a la 39, aunque, como digo, van íntimamente ligadas; y luego haré una brevísima referencia a la Enmienda 40-, la única diferencia es en una elección terminológica, nada más. Estamos hablando de escuela o de centro, nada más que eso, porque ya les hemos dicho que el resto de la... de la enmienda sería aceptada, el resto de la enmienda sería aceptada; lo único... la única divergencia es utilizar el término "escuela" o utilizar el término "centro".

Nosotros nos inclinamos más por el término "escuela". ¿Por qué? Pues porque nos da más una sensación... -y yo creo que al leerlo pues así se ve- una sensación de docencia, de academia, de estudio, de formación. El término "centro", pues, permítanme, no sé, parece que recuerda más a... a centro comercial, a centro industrial, a centro, no sé, hospitalario, se me ocurre algo así; es decir, se parece más a un edificio, a una... a una cuestión física. El modelo que existe en la actualidad es el de escuela, y por eso queremos mantenerlo. Hemos dicho en varias ocasiones que es como... -por poner un ejemplo- como una universidad con varias sedes, ni más ni menos. Y por eso queremos mantener este... este término.

Por otro lado, aceptaríamos también el punto cinco de esta enmienda, sustituyendo la palabra "centro" por la palabra "escuela", y, en consecuencia, aceptaríamos la Enmienda 40, porque, al dejar abierta la puerta, la posibilidad de la... de creación de otras, evidentemente, el artículo... no recuerdo exactamente qué artículo al que hace referencia la Enmienda 40, pues, evidentemente, no tendría sentido, porque ya se podrían crear nuevas escuelas, con lo cual la disposición a la que me estoy refiriendo no... no tendría sentido, y quedaría eliminada. Con lo cual, con las condiciones que le he... o la propuesta que le he hecho, aceptaríamos la Enmienda 39 y la Enmienda 40.

Nada más hacer una referencia a los agentes medioambientales que ha incorporado el Grupo Socialista en esta Comisión, decirles que creemos que es innecesaria esa incorporación, porque en el Artículo 37 del... del Proyecto ya están incluidos y contemplados los agentes medioambientales, los agentes medioambientales, cuando dice: "Servicios...", dice: "De conformidad con lo establecido en el artículo anterior, y a lo efectos de esta Ley, tendrán la consideración de servicios esenciales para la asistencia ciudadana: c) servicios... -perdón, no es el c)- d) Servicios de lucha contra incendios forestales". En estos servicios de lucha contra incendios forestales están incluidos, pues, desde los ingenieros hasta cualquier persona colaboradora en esos servicios de incendios forestales, y también están incluidos los agentes medioambientales. Sería lo mismo que en los servicios de asistencia sanitaria contemplados en el apartado c)... en el punto 1, apartado c) de este mismo artículo, pues que habla de la asistencia sanitaria, pues incluyéramos a las enfermeras, a los celadores, a los médicos, a los ATS, etcétera, etcétera.

Con lo cual, y sin perjuicio de que podamos transaccionar cualquiera de las enmiendas que se han debatido, pues terminamos nuestro primer turno, a expensas de lo que diga... de escuchar al Grupo... al Portavoz del Grupo Socialista. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Muchas gracias, señor Portavoz, señor Represa Fernández. Para un turno de réplica, tiene la palabra la señora Villar.


LA SEÑORA VILLAR IRAZÁBAL:

Gracias, señora Presidenta. Estoy segura que esta Ley se va a aprobar por unanimidad de los dos Grupos Parlamentarios, lo que no es óbice para que los dos hagamos el esfuerzo para que estas enmiendas que presentamos hoy en esta Comisión puedan llegar con el mayor acuerdo posible al Pleno. Y estoy segura, también, por la buena disposición que en este sentido ha demostrado el Director General de Protección Civil -dentro de muy poco, cuando se apruebe esta Ley, Director General de Protección Ciudadana- en explicarnos a ambos Grupos cómo funciona el Servicio del 1.1.2, y en convencernos también al Grupo Socialista que no era un centro integrado, que es uno de los motivos por los que hemos retirado algunas de las enmiendas.

Yo confío en que este buen ánimo y este consenso que ha existido en la Ponencia va a existir hasta el momento del Pleno, y que algunas de las enmiendas que mantenemos hoy en Comisión, sin duda, se van a poner... poder transaccionar.

Yendo, en concreto, a cada una de las enmiendas que manteníamos, y rebatiendo alguno de los argumentos que por parte del Grupo Popular se mantenían en esta Comisión, respecto a la Enmienda número 10, al Artículo 8, hombre, ni los estudiantes ni los presos que no desempeñan funciones laborales dentro de los centros penitenciarios reciben prestaciones por desempleo por parte del Estado. En este... la referencia a los desempleados se debe a... a los desempleados, no todos los desempleados, sino aquellos que reciben prestación por desempleo por parte del Estado, es una especie de contraprestación: están recibiendo por parte del Estado una prestación por razón de desempleo, es de lógica que en una situación de siniestro, de riesgo, en la que haya necesidad de colaboración, de movilización ciudadana, sean los primeros en prestar esa ayuda, y lo hacemos en concordancia con la Ley de Protección Civil estatal.

En cualquier caso, no creo que esta Enmienda sea motivo de... de disenso entre ambos Grupos Parlamentarios, porque -como decía el Portavoz del Grupo Popular- los desempleados también son mayores de edad y, por tanto, estarían obligados a esa colaboración.

Respecto a la Enmienda número 13, el famoso registro de los centros donde se desempeñen actividades que sean susceptibles de producir riesgo. Yo creo que aquí podemos llegar, también, a una enmienda transaccional. No nos oponemos a que esos centros o establecimientos sean aquellos a los que el Artículo 9 exige la obligación de mantener e implantar una plan de autoprotección. Si el Partido Popular estuviese de acuerdo, podemos transaccionar esta enmienda en el sentido de que sean esos establecimientos que tienen la obligación de realizar un plan de autoprotección, según el Artículo 9, los que estén inscritos en este registro público.

Respecto a la Enmienda número 20, al Artículo 19 -volviendo otra vez a ese registro público que comentábamos-, entendemos que, si ya en los Ayuntamientos está este registro, no hay ninguna dificultad para que esos datos que ya tienen los Ayuntamientos se pasen a un registro que tenga la Comunidad, en la que... en la que tengamos todos esos centros o actividades que pueden producir riesgo, aumentando así la seguridad para... para los ciudadanos.

Respecto a la Enmienda número 34, al Artículo 66, no entiendo la diferencia que hay entre hablar de Director General competente u órgano competente. Si hablamos de órgano competente, estamos ampliando la posibilidad cuando ese órgano competente no es el Director General. Con lo cual, entendemos que órgano competente incluye la posibilidad de que el órgano competente sea el Director General, pero incluye y salvaguarda las competencias de otros órganos que también pueden ser competentes, como decíamos: el Alcalde en un supuesto en el que el siniestro, la catástrofe, se dé exclusivamente en el ámbito local. O sea, entendemos que órgano competente incluye por encima y por debajo; en cambio, Director General competente solo incluye la competencia cuando esta es superior a la provincia, no cuando esta puede ser inferior a la provincia.

Respecto a la Enmienda 36, a la Disposición Adicional Tercera, lo que podemos decir "la madre del cordero" de este Anteproyecto de Ley: la homologación. Decía usted que en ninguna otra Ley la Junta de Castilla y León se compromete a la homologación y al... y a derivar o a compensar por los costes de esa homologación a las Entidades Locales. Pero es que yo no he visto ninguna otra ley en que la Junta de Castilla y León se haya comprometido a adoptar las medidas necesarias para fomentar que una... que un determinado cuerpo, en este caso el de prevención y extinción de incendios, se homologue.

La Junta de Castilla y León lo que está haciendo en esta Ley es una manifestación de intenciones, está diciendo a un determinado cuerpo que ella, en la medida de sus posibilidades y dentro de sus competencias, va a hacer lo posible para que se homologue, lo cual nos parece estupendo. Pero es que las consecuencias económicas -que sí las tiene, aunque el Grupo Popular diga que no- de esta homologación quien lo pagan son las Entidades Locales. Nos podemos encontrar un problema: la Junta de Castilla y León hace todo lo posible para homologar, y luego las Entidades Locales no tienen la capacidad económica para pagar los costes de esa homologación. En cualquier caso, la enmienda ya dice que "sin perjuicio de las competencias de... que la normativa de aplicación atribuye a otras Administraciones Públicas".

Creo que es una enmienda importante, que yo les recomiendo que reflexionen, a ver si es posible llegar a un acuerdo. No sé si con la creación de ese observatorio que comentaban desde el Partido Popular, pero yo creo que sí que hay que dar una garantía a los Ayuntamientos de que, si esta homologación se produce, van a tener los recursos económicos necesarios para poder hacer frente a la homologación.

Respecto a las Enmiendas número 40 y 39, yo entiendo que tampoco puede haber ningún problema de cara a la transacción. Hablábamos de "Centro Regional de Formación" porque cuando se habla de las... de los centros específicos se habla de escuelas; y, entonces... para evitar esa confusión terminológica. Podríamos buscar otro término, como "Escuela Regional de Formación", para distinguirlas de esas Escuelas de Policía o Escuelas de Salvamento y Extinción de Incendios que ya están creadas. Sin duda, lo importante de... de esta enmienda es el reconocimiento de la posibilidad de que se creen nuevas escuelas, y, en ese sentido, tal y como ha manifestado el Partido Popular, ambos Grupos estamos de acuerdo. Por lo tanto, por una cuestión meramente terminológica, entendemos que esto no puede ser objeto de un debate o un disentimiento entre ambos Grupos.

Sí que entendemos que no tiene ningún sentido que se haga esa referencia específica a una de las escuelas; lo primero, por la confusión que genera, porque al referirse a una no se refiere a otras. Entonces, entendemos que, en cualquier caso, la referencia específica a la Escuela de Extinción y Salvamento habría que eliminarla, y luego sí que yo creo que podríamos llegar a un acuerdo de cómo hay que denominar esa Escuela de Formación de... de Protección Ciudadana.

Y respecto a... a lo que son las enmiendas que hemos presentado respecto a los agentes medioambientales, sí que es cierto que los agentes medioambientales realizan servicios en la lucha contra incendios, pero no se identifican propiamente con los retenes forestales, sino que desarrollan también otra serie de funciones que son muy importantes. Consideramos que su labor, por su conocimiento físico del terreno, de las... de la red de comunicaciones, hace que tengan que trabajar conjuntamente con esos retenes de incendios y que merecen un reconocimiento específico en la Ley por su labor. Yo creo que, en este sentido, también podemos llegar a un acuerdo de cómo debe ser ese reconocimiento, si igual es suficiente con que en el Artículo 37 se añada a la letra d) "y agentes medioambientales", con lo cual ya estaríamos haciendo un reconocimiento explícito de la labor; si luego, posteriormente, identificar en el Artículo 38.44 cuál es esa labor, que, como decíamos, va a ser de colaboración con los servicios de extinción de incendios, por el conocimiento físico que tienen del terreno donde se desarrollan estas labores de extinción de incendios.

En definitiva, yo creo que hay una buena disposición por parte de los dos Grupos Parlamentarios para que esta Ley pueda aprobarse con el acuerdo de ambos. Y agradecer la buena disposición que ha habido en todo momento para transaccionar y acordar todas las enmiendas que por parte del Grupo Socialista se han presentado. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Pues muchas gracias, señora Villar. Y, por parte del Grupo Parlamentario Popular, para un turno de dúplica, tiene la palabra el señor Represa.


EL SEÑOR REPRESA FERNÁNDEZ:

Muchas gracias, Presidenta. Por orden.

En cuanto a la Enmienda número 10, que contempla la posibilidad de que la Junta pida colaboración de los desempleados, insisto en los razonamientos que he hecho en mi primera exposición, en que ya están incluidos dentro del Artículo 8, porque habla de los mayores de edad.

E insistir en la Ley 2/85, a la que usted hace nuevamente referencia. Es cierto que en la Ley 2/85 están incluidos -ya se lo he dicho yo en la primera intervención-, pero también es cierto... es que, a pesar de la antigüedad de esa Ley, que además ningún Grupo Político quiere mantenerla -porque sabemos que esa ley se pretende modificar próximamente, con lo cual ha quedado obsoleta-, lleva veintidós años de vigencia ya cumplidos y jamás se ha hecho uso, o salvo riesgo... con el riesgo de... de equivocarme, jamás se ha hecho uso de la colaboración de los desempleados.

Pero mire, una cosa más: hay que tener en cuenta que esta ley de... este Proyecto de Ley de Protección Ciudadana lo que... lo que está regulando es el día a día, la convivencia habitual, los accidentes, tal. Es decir, no estamos hablando ni de grandes catástrofes ni de calamidades, etcétera, etcétera, sino que estamos hablando -insisto- del día a día, de la vida cotidiana. Entonces, no creemos que... que tengan que estar específicamente contemplados en la ley este... este colectivo.

Respecto a la enmienda... a la Enmienda número 13, seguro que vamos a... a poder llegar a algún... a algún acuerdo en cuanto a la creación de... de... del registro, porque ya lo ha apuntado la Portavoz del Grupo Socialista, y entiendo que vamos en el mismo sentido de que se registrarán en ese... en ese posible registro -valga la redundancia- que se... que se cree, pues, los... las actividades, o los establecimientos y demás que... pues que necesiten algún tipo de... de control especial o que tengan necesariamente que someterse a informe.

Respecto a la misma... a la Enmienda número 20, pues manifestarle lo mismo, porque su intervención en este segundo turno ha sido en idéntico sentido que respecto a la Enmienda número 13.

Y respecto a la Enmienda 34, órgano competente, pues bueno, dicen ustedes que por arriba y por abajo del Delegado Territorial, o por arriba o por abajo de lo que es la provincia. Pues bien, insistimos en que está perfectamente regulado; en la Ley 2/85, ley básica, ley estatal, está regulado quién... quién tiene las competencias cuando la emergencia haya que declararse en un ámbito supracomunitario, por encima de la Comunidad Autónoma. Y por debajo también, por debajo también, porque, textualmente, se contempla las competencias del Alcalde al respecto, sobre esta materia, en la Ley de Bases de Régimen Local.

Respecto a la homologación, pues mire, yo insistiría en lo mismo, en la propuesta que les he hecho, en la propuesta que les he hecho. Es más, por apuntar un... un dato más: en esa posible comisión u observatorio que se creara, ¿fijar, fijar la periodicidad con la que se reuniera para controlar las posibles o los posibles incrementos que pudieran tener en costes los Ayuntamientos?, pues encantados, no habría ningún problema, porque estamos convencidos de que la aplicación, tras la aprobación de este Proyecto de Ley, no va a implicar incremento alguno a los Ayuntamientos, a los Ayuntamientos.

Y ya, para ir concluyendo, pues respecto a la Enmienda número 39 y 40, pues... pues exactamente igual. Evidentemente, no... no parece que haya una gran discrepancia entre uno y otro, porque nos estamos limitando a una cuestión ni más ni menos que terminológica. Pero no solo terminológica, sino únicamente de una palabra: es que estamos discutiendo cosa en este aspecto que tiene... que tiene poca... poca enjundia.

Agentes medioambientales. Insisto: están incluido ya en la Ley. No comprendemos el interés... el interés de que específicamente se hable de los agentes medioambientales. Y vuelvo a darles el mismo argumento que antes: es igual que en los... en los... en los medios sanitarios se incluya también a médicos y enfermeras, y por qué dentro de los servicios de... de extinción, prevención y salvamento se incluya también... de incendios forestales, se incluya también a los agentes medioambientales, que es que son lo mismo. Sería una redundancia, una redundancia de la Ley.

Actualmente, con respecto a la Enmienda 39... Vuelvo... (Es que se me ha olvidado decir una cosa. Si me permite, vuelvo sobre la Enmienda 39). Dicen que hay escuelas ya creadas y que habría que cambiar el título. Pero es que también hay centros creados, con lo cual estamos en la misma situación. Habría que cambiar el título. También hay centros: están el del Fuego, de León, que se llama Centro; y el de Actividades al Aire Libre en Palencia, que también se llama Centro. Con lo cual, estamos en la misma... en el... en la misma línea ustedes y nosotros.

Por último, como he anunciado, el capítulo de agradecimientos, pues quiero destacar el... el espíritu colaborador que, desde luego, ha habido... le ha habido todo... durante todo el periodo de... de Ponencia en ambos Grupos; que hemos desmenuzado el texto legal de una manera seria, de una manera sosegada; que se han hecho muchas aportaciones, muchísimas aportaciones; que se ha mejorado de una manera eficaz y seria el texto.

Y quiero también agradecer a la señora Letrada, en nombre de este Grupo Parlamentario, la importantísima colaboración que ha hecho a esta Comisión, porque ha hecho unas aportaciones muy, pero que muy valiosas, y desde... y sugerencias, lo cual es de agradecer. Y también, que posiblemente se me hubiera olvidado si no lo hubiera recordado la Portavoz del Partido Socialista, el agradecimiento también a la Agencia de Protección Civil, que estuvimos un día con ellos, pasando el día allí, la mañana, en la Agencia, nos estuvieron enseñando el funcionamiento de la misma, y la verdad es que nos convencieron de cosas de las que, antes de llegar allí, posiblemente tendríamos cierto confusionismo sobre... sobre ellas.

Y ya para concluir, decir que espero también que, fruto de todas estas jornadas que ha habido a lo largo del mes de enero de trabajo de la Ponencia, fruto de ello sea el... el consenso absoluto de la Ley por ambos Grupos Políticos. Nada más y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Muchas gracias, señor Represa. Por lo tanto, una vez terminados los turnos de intervención, esta Presidencia entiende que quedarían transaccionadas -y corríjanme si no es así- las Enmiendas 1 y 2, el texto que ha... que propuso la proponente, la... la señor Villar, por parte del Grupo Parlamentario Socialista, entendemos que es aceptado, por lo que hemos oído por parte del Grupo Parlamentario Popular; y que el Grupo Parlamentario Socialista retiraría las Enmiendas número 38 y 37. Por lo tanto, procederíamos a la votación del resto de las enmiendas, que serían las que quedarían... las que quedarían vivas.

Enmienda número 10. ¿Votos a favor? Seis votos a favor. ¿Votos en contra? Nueve votos en contra. Por lo tanto, queda rechazada.

Enmienda... [Murmullos]. Sí, vamos a hacerlas todas juntas, porque entiendo... sí, efectivamente. Entonces, someteríamos a votación... la 10 que ya la hemos sometido, quedarían pendientes la 13, la 20, la 34, la 36, la 40 y la 39. ¿Votos a favor de esas enmiendas? Seis votos a favor. ¿Votos en contra? Nueve votos en contra. Abstenciones, ninguna. Por lo tanto, decaen esas enmiendas.

Votación...


LA SEÑORA .....:

: [Intervención sin micrófono].


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

: ¡Ah!, ¿no decaen? Bueno, quedarían vivas para el Pleno. Quedan sin aprobar, quedan rechazadas aquí, vale. Quedan rechazadas en la Comisión. Vale, perfectamente; entendía que era "decaen", perdonen.

Votación, por lo tanto, ahora del Proyecto de Ley. Procedemos a votar los Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45... entiendo que todos los número van siendo correlativos hasta el 84. No, es que... [Murmullos]. Gracias. No, pero anteriormente... si esta Presidencia se ha limitado a leer es porque anteriormente no llevaban un orden correlativo las enmiendas, por si acaso. Pero aquí estoy viendo que sí, que los Artículos están desde el 1 hasta el 84 inclusive, las Disposiciones Adicionales Primera, Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta, Sexta, la Disposición Derogatoria, las Disposiciones Finales Primera, Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta, la Exposición de Motivos, y el Título del Proyecto de Ley. ¿Votos a favor? Nueve. ¿Votos en contra? ¿Abstenciones? Seis abstenciones.

Concluido por la Comisión, por lo tanto, el Dictamen del Proyecto de Ley de Protección Ciudadana de Castilla y León, recuerdo a Sus Señorías que el plazo para comunicar, mediante escrito dirigido al Excelentísimo Presidente de las Cortes de Castilla y León, los votos particulares y enmiendas que, defendidas y votadas en Comisión y no incorporadas al Dictamen, se pretenden defender ante el Pleno finalizará el próximo martes día seis de febrero del dos mil siete.

Muchas gracias, Señoría. Enhorabuena por este trabajo. Hacemos extensiva, también, por parte de la Presidencia, la enhorabuena a la Letrada, y se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las once horas treinta minutos].


DS(C) nº 562/6 del 2/2/2007

CVE="DSCOM-06-000562"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
VI Legislatura
Comisión de Presidencia, Gobierno Interior y Administración Territorial
DS(C) nº 562/6 del 2/2/2007
CVE: DSCOM-06-000562

DS(C) nº 562/6 del 2/2/2007. Comisión de Presidencia, Gobierno Interior y Administración Territorial
Sesión Celebrada el día 02 de febrero de 2007, en Fuensaldaña
Bajo la Presidencia de: María Arenales Serrano Argüello
Pags. 11833-11844

ORDEN DEL DÍA:

1. Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de informar el Proyecto de Ley de Protección Ciudadana de Castilla y León, PL 33-I.

2. Elaboración del Dictamen de la Comisión del Proyecto de Ley de Protección Ciudadana de Castilla y León, PL 33-I.

SUMARIO:

 **  Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos.

 **  La Presidenta, Sra. Serrano Argüello, abre la sesión.

 **  Intervención de la Procuradora Sra. Villar Irazábal (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 **  Intervención del Procurador Sr. Encabo Terry (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 **  Primer punto del Orden del Día. Ratificación de la Ponencia PL 33.

 **  La Secretaria, Sra. Lafuente Ureta, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 **  La Presidenta, Sra. Serrano Argüello, somete a ratificación de la Comisión los Ponentes designados por los Grupos Parlamentarios. Son ratificados.

 **  Segundo punto del Orden del Día. Elaboración del Dictamen PL 33.

 **  La Secretaria, Sra. Lafuente Ureta, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 **  La Presidenta, Sra. Serrano Argüello, somete a debate las enmiendas mantenidas por los Grupos Parlamentarios para la Comisión.

 **  En el debate intervienen los Procuradores Sra. Villar Irazábal (Grupo Socialista) y Sr. Represa Fernández (Grupo Popular).

 **  La Presidenta, Sra. Serrano Argüello, somete a votación las enmiendas debatidas. Son rechazadas.

 **  La Presidenta, Sra. Serrano Argüello, somete a votación los Artículos, Disposiciones Adicionales, Disposición Derogatoria, Disposiciones Finales, Exposición de Motivos y Título de la Ley. Queda dictaminado el Proyecto de Ley de Protección Ciudadana de Castilla y León.

 **  La Presidenta, Sra. Serrano Argüello, levanta la sesión.

 **  Se levanta la sesión a las once horas treinta minutos.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Buenos días, Señorías. Se abre la sesión. En primera instancia, por parte de esta Presidencia, pedir disculpas por la... por el inicio de la... por el inicio de la sesión.

¿Por parte del Grupo Parlamentario Socialista tienen que comentar alguna sustitución?


LA SEÑORA VILLAR IRAZÁBAL:

Sí. Gracias, Presidenta. Raquel Pérez sustituye a Francisco Ramos y Pedro Nieto a Manuel Fuentes.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Sí, muchas gracias, doña Consuelo. ¿Por parte del Grupo Parlamentario Popular alguna sustitución, por favor?


EL SEÑOR ENCABO TERRY:

Sí. Gracias, Presidente. Don Juan Castaño Casanueva sustituye a don José Antonio de Miguel Nieto.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Muchas gracias, señor Portavoz del Grupo Parlamentario Popular. Por parte de la señora Secretaria daremos lugar al primer punto del Orden del Día. Señora Secretaria, por favor.

Ratif. Ponencia PL 33


LA SECRETARIA (SEÑORA LAFUENTE URETA):

Primer punto del Orden del Día: "Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de informar del Proyecto de Ley de... de Protección Ciudadana de Castilla y León".


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

De acuerdo con el Artículo 114.2 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, corresponde a la Comisión la ratificación de los Ponentes designados por los distintos Grupos Parlamentarios.

Esta designación... esta designación, perdón, recayó en los señores, en este caso señora, Muñoz de la Peña González, Represa Fernández, Rodríguez Porres, Rodríguez de Francisco y Villar Irazábal. ¿Se ratifica esta designación? Se ratifica. Queda ratificada por asentimiento.

Por parte de la señora Secretaria daremos lectura al segundo punto del Orden del Día. Señora Secretaria, por favor.

PL 33-V


LA SECRETARIA (SEÑORA LAFUENTE URETA):

Segundo punto del Orden del Día: "Elaboración del Dictamen de la Comisión del Proyecto de Ley de Protección Ciudadana de Castilla y León".


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Gracias, señora Secretaria. Se mantienen para su debate y votación las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista, los números 1, 2, 10, 13, 20, 34, 38, 36, 40, 37 y 39.

Para la defensa de estas enmiendas, tiene un turno a favor, por un tiempo de diez minutos, el Grupo Parlamentario Socialista, y como Portavoz entiendo que actuará doña Consuelo. Sí, para este debate -decíamos- tiene la palabra la señora Villar. Gracias.


LA SEÑORA VILLAR IRAZÁBAL:

Gracias, señora Presidenta. Debatimos hoy el Anteproyecto de Ley de Protección Ciudadana; con este Anteproyecto se pretende mejorar la protección de las personas, los bienes y el medio ambiente, y conseguir, de una forma lo más adecuada posible, actuar en situaciones de riesgo, catástrofe o calamidad.

Sin duda, una sociedad avanzada debe tener políticas activas que garanticen la seguridad de sus ciudadanos; políticas que deben ser de previsión y prevención, y que intenten reducir los siniestros y las consecuencias que estos producen.

En este sentido, el Grupo Parlamentario Socialista considera que esta Ley es, por lo tanto, una Ley necesaria para dotar a Castilla y León de ese sistema de protección ciudadana. Estamos, sin embargo, en una materia donde concurren competencias de otras Administraciones Públicas, del Estado y las Entidades Locales, por lo que consideramos que debemos ser especialmente rigurosos en esta regulación.

El Anteproyecto de Ley que se nos ha presentado consta de ochenta y cuatro artículos, seis disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y seis disposiciones finales. A este texto, el Partido Socialista presentó, en un principio, un total de cuarenta enmiendas, que luego se han ido incrementando con las enmiendas transaccionales que a lo largo de la Ponencia hemos acordado entre Partido Popular y Partido Socialista, y otras tantas que hemos planteado in voce a lo largo de la Ponencia.

De esas cuarenta enmiendas que presentábamos inicialmente, se han aceptado en Ponencia un total de doce, se han transaccionado once y, hasta el momento, se han retirado seis. En definitiva, yo creo que podemos decir, sin ninguna falsa modestia, que se ha hecho un buen trabajo en la Ponencia, que ha primado, sobre todo, el consenso y... y la necesidad de hacer una ley que sea beneficiosa para todos. En este sentido, tenemos que agradecer también el trabajo que se ha prestado desde los Servicios Jurídicos de estas Cortes, que nos han ayudado a que el texto, desde el punto de vista jurídico, sea más correcto que el que inicialmente se nos había presentado.

En este sentido, podemos decir que, con las enmiendas aprobadas, hemos conseguido introducir en la Ley algunos conceptos que no estaban, y que desde el Partido Socialista considerábamos interesantes, como es la prevención como concepto diferente a la previsión. Es diferente la prevención, prevenir un siniestro, que prever un siniestro que nosotros no podemos evitar que suceda -por ejemplo, una nevada-, pero que sí que tenemos que tener dispuestos los medios necesarios para que las consecuencias de este siniestro sean las menores posibles. En otros casos, estas enmiendas han servido para aclarar el texto o completar la formulación.

Así ha sucedido también con esas once enmiendas que decía hemos transaccionado de las ya presentadas, y aquellas que hemos logrado acordar entre Partido Popular y Partido Socialista a lo largo de la Ponencia. De estas cuarenta enmiendas hemos retirado seis, a las que debemos sumar otras enmiendas que retiramos hoy, que son la número 37 y la número 38.

En definitiva -como decía-, un buen trabajo en Ponencia, que permite que podamos decir que el Anteproyecto que debatimos hoy en esta Comisión sea mejor que el Anteproyecto que en un inicio se presentó ante estas Cortes.

No obstante, el Partido Socialista mantiene para esta Comisión otra serie de enmiendas que consideramos que mejorarían notablemente el texto. Mantenemos la Enmienda 1 y 2, si bien les planteamos una nueva posibilidad de transaccionar estas dos enmiendas con un nuevo texto, que paso a leer.

Esta Ley encuentra su fundamento, por un lado, en los Artículos 15 y 17 de la Constitución Española, que regulan, respectivamente, el derecho a la vida, la integridad física y moral, así como el derecho a la libertad y seguridad de las personas. Y, por otro lado, su habilitación competencial en el Artículo 9.2 del texto fundamental, que establece que corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

El hecho de que la Constitución y el Estatuto de Autonomía de Castilla y León no utilicen específicamente el término "protección civil" al enumerar las materiales competenciales no determina que dicha materia no se encuentre incluida en el sistema de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

Como ha señalado el Tribunal Constitucional en sus Sentencias 123/1984, de dieciocho de diciembre, y 133/1990, de diecinueve de julio, la materia de protección civil ha de englobarse con carácter prioritario en el concepto de seguridad pública del Artículo 149.1.29 de la Constitución, toda vez que el Artículo 148.1.22 del mismo texto legal faculta a las Comunidades Autónomas para asumir competencias en materia de vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones, la coordinación y demás facultades relacionadas con las policías locales.

Asimismo, sin perjuicio de las competencias exclusivas del Estado, al que corresponde la legislación básica estatal en materia de protección civil, se producen competencias concurrentes cuya distribución es necesario diseñar. Este diseño -al que alude el Alto Tribunal- se ha ido produciendo y continuaría.

Creemos que con esta redacción conseguimos lo que se pretendía con las Enmiendas 1 y 2, que es salvaguardar las competencias exclusivas del Estado en esta materia y justificar de dónde viene esta competencia que tiene atribuida la Comunidad Autónoma.

Asimismo, mantenemos la Enmienda número 10 al Artículo... al Artículo 8. Con ella lo que se pretende es que... obligar, específicamente, a aquellas personas que están en situación de desempleo y cobran prestaciones por este motivo a colaborar en el sistema de protección ciudadana. Lo hacemos en concordancia a la Ley estatal de Protección Civil.

También mantenemos la Enmienda número 13, al Artículo 11, en la que se propone la creación de un registro en el que deben inscribirse los centros, establecimientos y dependencias en las que se realicen aquellas actividades que puedan dar origen a situaciones de riesgo. Con ello lo que pretendemos es que exista una mayor seguridad por parte de los ciudadanos, que puedan conocer si al lado de su vivienda, al lado de un local que pueda ser de su propiedad, hay un centro o establecimiento en el que se están realizando actividades que puedan generar una situación de riesgo.

En este sentido va también la Enmienda número 13, al artículo... perdón, la Enmienda número 20, al Artículo 19, en el que se propone también crear un registro público, en este caso de planes de protección civil de Castilla y León; un registro que tendrá carácter informativo, y en el que deberán inscribirse los instrumentos de planificación regulados en el presente capítulo.

Esta Ley regula la necesidad de que aquellos... actividades que sean potencialmente peligrosas tengan unos planes de autoprotección, y lo que queremos es que estos planes de autoprotección, estos protocolos de actuación, se recojan en un registro único.

Mantenemos, igualmente, la Enmienda número 34, al Artículo 66. En esta enmienda lo que se pretende es añadir el término "órgano competente". A lo largo de la exposición y a lo largo de la Ponencia, hemos visto como, en muchas ocasiones, se planteaba el problema de cómo se salvaguardan esas competencias del Estado en esta materia o las competencias de las Entidades Locales. Con esta enmienda lo único que se pretende es salvaguardar esa competencia de otras Administraciones Públicas, que no tiene el Delegado Territorial competente, que sería el órgano competente la Comunidad Autónoma, pero que no es el órgano competente en una Entidad Local o en una entidad supracomunitaria. Con esto lo único que pretendemos es salvaguardar esas competencias.

Por otro lado, también mantenemos la Enmienda número 38, al... a la Disposición Adicional Segunda... Perdón, la Enmienda 38 la hemos retirado. Mantenemos la Enmienda 34 al artículos... 36, a la Disposición Adicional Tercera, en lo referente a la homologación. Esta disposición lo que pretende es que la Junta de Castilla y León, dentro del ámbito de sus competencias, adopte las medidas necesarias para fomentar que los cuerpos de prevención, extinción de incendios y salvamento homologuen sus condiciones profesionales y retributivas; pero todos sabemos que la consecuencia de esta homologación es que los Ayuntamientos van a tener que correr con los gastos de esta homologación retributiva. Por lo tanto, lo que pretendemos con esta enmienda es que la Junta de Castilla y León se comprometa a compensar a las Corporaciones Locales de ese gasto que van a tener como consecuencia de la homologación.

Mantenemos también la Enmienda número 40, a la Disposición Adicional Cuarta, en la que proponemos eliminar esa referencia específica que se hace a la Escuela de Formación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento en la Comunidad de Castilla y León. Y lo hacemos así porque entendemos que hay otras escuelas relacionadas con la protección ciudadana, que ya existen en Castilla y León, como la Escuela de Policía, que no merecen una mención específica dentro del anteproyecto de ley; en cambio, sí que se hace una mención específica a la Escuela de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento.

Y, por otro lado, puede dar lugar a una confusión al utilizar "Escuela de Formación" tanto para referirse a esta escuela específica como a la escuela de formación genérica en protección ciudadana, que regula... que se regula posteriormente.

Mantenemos, igualmente, la Enmienda número 40, a la Disposición Final Segunda. Esta enmienda, además de una cuestión terminológica, en la que proponemos que en lugar de "Escuela de Protección Ciudadana de Castilla y León" se hable de "Centro Regional de Formación en Protección Ciudadana de Castilla y León", por esa cuestión que comentábamos antes, de distinguir lo que son las escuelas específicas en cada una de las materias de protección ciudadana del centro regional de formación, que englobaría a todas esas escuelas. Y, por otro lado, se propone una adición, y es que ese centro regional de formación en protección ciudadana, reglamentariamente puedan crearse otras escuelas específicas, además de las que se mencionan, que son esa escuela de incendios -que mencionábamos antes- y la Escuela de Policía, porque sabemos que en protección ciudadana se está avanzando mucho, hay otras materias que pueden ser objeto de esta protección ciudadana, y pueden crearse escuelas específicas en las que se reciba esa formación necesaria para... para llevar a cabo esas materias de protección ciudadana.

Por último, queremos decir que, aunque nos llegó tarde -cuando ya estaban elaboradas las enmiendas por parte del Grupo Socialista-, nos han llegado unas reivindicaciones de los agentes medioambientales que nos parecen justas, y que, por lo tanto, consideramos que pueden ser objeto de debate y pueden incluirse en esta Ley, y es el reconocimiento expreso a los agentes medioambientales, en el Artículo 37, en el punto 1, en la letra d), añadir "servicios de lucha contra incendios forestales" y añadir "agentes medioambientales".

También en el Artículo 38, en el punto c), añadir... perdón, en el punto 3, añadir una letra c), en la cual se diría que "la extinción de incendios se llevará a cabo bajo la dirección y organización de dicho servicio, a excepción de la dirección y organización de las emergencias por incendios forestales, en las que se actuará con arreglo a lo establecido en el Plan Sectorial Infocal. En este sentido, lo que se pretende es que no haya una descoordinación de servicios, y en aquellos incendios que sean forestales quede claro quién tiene la responsabilidad del Plan.

Y, por último, en el Artículo 44, también en los servicios de lucha contra incendios forestales, hacer un reconocimiento también explícito a los agentes medioambientales de este servicio, que podrán ser requeridos por su conocimiento físico del terreno, red de comunicaciones y parque móvil, para colaborar conjuntamente con los servicios de socorro, rescate y salvamento, a través de los CECOPI y el 1.1.2.

Lo que se pretende, en definitiva, es incorporar a los agentes medioambientales, que ya están desempeñando importantes funciones en protección ciudadana, en esta Ley. Eso es todo. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Pues muchas gracias, señora Villar. Y para consumir un turno en contra, tiene la palabra, por parte del Grupo Parlamentario Popular, el señor Represa Fernández.

Entiendo que las transacciones que ha hecho la Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista están en posesión de... -los textos transaccionados- en posesión del Grupo Parlamentario Popular. Gracias.


EL SEÑOR REPRESA FERNÁNDEZ:

Muchas gracias, Presidenta. Buenos días, Señorías. Comenzar diciendo que, en cuanto a la primera parte de la exposición de la Portavoz del Grupo Socialista, manifestamos nuestra... nuestra conformidad con esa exposición en cuanto a la necesariedad de esta... de esta Ley. El capítulo de agradecimientos le dejaré para la segunda intervención, que parece que son de ritual.

Comenzaré diciendo lo mismo que ya hemos manifestado en más de una ocasión en el seno de la Ponencia: quiero reiterar nuestro ánimo para que este Proyecto de Ley sea una realidad de común acuerdo, totalmente consensuado por las dos fuerzas mayoritarias de este grupo, dado que el componente de UPL, el representante de UPL, no ha formado parte de la Ponencia, a pesar de estar designado.

Entrando directamente en materia, decir que, en primer lugar, con respecto a las Enmiendas 1 y 2, conocemos el texto porque le hemos transaccionado previamente, al inicio de esta Comisión, obra ya en poder de la Letrada la redacción del mismo, y es literalmente el que ha... el que ha leído la Portavoz del Grupo Socialista; con lo cual, manifestamos nuestra conformidad absoluta con las Enmiendas 1 y 2 transaccionadas.

Dicho esto, y a la vista de las dos enmiendas que ha retirado en este momento la Portavoz del Grupo Socialista, voy a entrar a fundamentar la oposición a las distintas enmiendas que han quedado vivas. Como son pocas, voy a analizar de una en una.

Respecto a la Enmienda número 10, al Artículo 8, se trata de que se promueva por parte de la Junta de Castilla y León la colaboración en actividades de protección ciudadana de desempleados... del colectivo de desempleados que perciban algún tipo de prestación económica. No podemos estar de acuerdo con esta enmienda por razones que ya hemos esgrimido en la propia Ponencia; pero fundamentalmente, y en primer lugar, porque ya en este mismo Artículo 8, en el punto 1 del mismo, se están contemplando las obligaciones de todas las personas mayores de edad, es decir, están incluidos también los desempleados.

Por otra parte, entendemos que la Administración Autonómica no puede imponer específicamente, específicamente a los desempleados, prestaciones nuevas, del tipo que sean, de colaboración al sistema de protección ciudadana. Entendemos que carece la Administración Autonómica de competencias para ello. No parece lo más recomendable que aparece... que aparezca regulada específicamente este colectivo, y pensamos, entre otras cosas, por la discriminación que se podría plantear con respecto a otros colectivos, la no... el no reconocimiento específico en la propia Ley. Pensemos, como ya dijimos en la... en la Ponencia, en la población reclusa, en estudiantes, en... en el colectivo de discapacitados, de algunos... de algunos discapacitados que pudieran realizar algún tipo de prestación para la prevención ciudadana, etcétera, etcétera. Por eso no nos parece aconsejable que aparezca.

Es cierto que en la Ley 2/85, de Protección Civil, ley básica estatal, lógicamente, en esta materia, sí que viene contemplada esa posibilidad, pero estamos hablando de las competencias del Estado, de competencias de la Administración Central. Pero hay que darse cuenta, además, que esta Ley es del año ochenta y cinco, como he dicho; lleva veintidós años en vigor -que se aprobó en el mes de... en el mes de enero-, lleva veintidós años en vigor, y jamás se ha hecho uso... -a pesar de estar contemplado- jamás se ha hecho uso de los desempleados. Eso demuestra que en veintidós años no se ha... no se ha hecho uso -reitero- de la posibilidad que contemplamos. Con lo cual, creemos que queda demostrada la innecesariedad de la... de que se contemple este colectivo específicamente.

Respecto a la Enmienda número 13, al Artículo 11, que pretende crear por vía reglamentaria un registro de todos los edificios, centros, establecimientos y dependencias donde se lleven a cabo actividades que puedan generar un riesgo, pues mire, lisa y llanamente entendemos que es una... una enmienda que, de incorporarla, sería de imposible cumplimiento, sería de imposible cumplimiento. No podemos pretender crear un... tal registro porque en él, fíjese, habría que incluir todo tipo de actividad, todo tipo de actividad; pero me estoy refiriendo a desde una zapatería hasta un almacén de productos químicos, pasando por droguerías, pasando por colegios, pasando por cualquier centro, establecimiento o dependencia que pueda generar un riesgo, porque cualquier... cualquiera de estos establecimientos que yo le estoy diciendo, que le estoy citando, aunque parezca que no... que su actividad no puede generar un riesgo, eso no se ajusta a la verdad, porque el que más y el que menos tiene su tanque de gasoil o de gas, etcétera, etcétera. Con lo cual, sería susceptible de crear un riesgo.

El Grupo Popular piensa que sí que se podría crear un registro, no nos oponemos a la creación de un registro, pero que en este registro no se recogieran de forma genérica, de forma general, todos los edificios, establecimientos y actividades, sino que se hiciera el registro de aquellas actividades que estuvieran sometidas a informe previo, como dice exactamente el apartado uno de este mismo artículo. De otra manera, me parece inútil y... inútil en cuanto a la escasa utilidad que pueda tener, y desmesurada la propuesta, que, además, creemos que en nada mejora el texto.

Respecto a la Enmienda número 20, al Artículo 19, se trata también de una enmienda de adición, un nuevo apartado a este artículo, para la creación de otro registro de planes de protección ciudadana. Me remito a lo dicho anteriormente con respecto a la enmienda... a la enmienda anterior. De todas maneras, apuntar y señalar que ya lo tienen, porque están obligados, los Ayuntamientos de más de veinte mil habitantes y las Diputaciones Provinciales. Proponen la creación de un registro en el que se incluyan todos los instrumentos... hablan textualmente de todos los instrumentos de planificación regulados en el Capítulo II del Título I. Pero fíjense lo que se regula en el Capítulo II del Título I, se regulan: los protocolos, respuestas, planes de autoprotección, medidas preventivas, mapas de riesgos, etcétera, etcétera. Me parece también igualmente -como le he dicho en la enmienda anterior- poco útil. De todas maneras, significar en esta Comisión que no creo que vaya a ser motivo, ni mucho menos, de distanciamiento de los dos Grupos Políticos la contemplación de estas enmiendas. Es decir, sugiero que, casi con toda seguridad, podamos llegar a algún acuerdo transaccional.

Respecto a la Enmienda número 34, al Artículo 66, pues mire, la verdad es que no... no llegamos a entender muy bien qué es lo que se pretende con esta enmienda. Es una enmienda de literatura muy corta, estamos hablando de competencias; y yo les digo y reitero aquí, como he manifestado en varias ocasiones en el seno de la Ponencia, que el órgano competente por razón del territorio es el Delegado Territorial, cuando la emergencia afecta a una sola provincia. Y si afectara a dos o más provincias dentro de la Comunidad Autónoma, les proponemos también la posibilidad de transaccionar... -porque no está incorporado al texto, aunque lo dábamos por supuesto, pero no está incorporado al texto- les proponemos que sea, o que figure textualmente en el... en el propio artículo, que, cuando afecta a más de una provincia dentro de la Comunidad Autónoma, el órgano competente para la declaración sea el Director General competente.

Téngase en cuenta, para justificar esta proposición, que estamos hablando, como dice el propio artículo -y leo textualmente- de "resolución de siniestros cuya gravedad no determine la necesidad de activar el Plan Territorial de Castilla y León -es decir, el Plancal- o un plan especial y se den las circunstancias señaladas en el punto 2 de este mismo artículo". Usted me hablaba de la Administración Local, de los Alcaldes y demás; pues mire, en los demás supuestos ya está contemplado en la Ley, ya está regulado. Está regulado en la Ley 2/85, de Protección Civil, la legislación básica; está regulado en el Artículo 70 de esta propia Ley; y con respecto a los Alcaldes, está también regulado en la Ley de Bases de Régimen Local.

Yo también, a este respecto, les propondría un texto transaccional que... en el que, como les he dicho, se incluyera específicamente al Director General como órgano competente para la declaración de emergencia en el caso de que la misma afecte a más de una provincia dentro de la Comunidad Autónoma.

Bien. Veo que... vamos, he oído a la Portavoz del Grupo Socialista que ha retirado la enmienda número... perdón, sí, la Enmienda número 38. Y pasamos, por tanto, a la Enmienda número 36, referida a la Disposición Adicional Tercera.

También decirles que... -con respecto a esta enmienda- que en el desarrollo de la Ponencia ya les hemos manifestado nuestro punto de vista al respecto de forma clara y precisa. Hay que leer detenidamente, detenidamente, el texto del Proyecto de Ley para darnos cuenta de que en ningún caso la Junta de Castilla y León está homologando las condiciones profesionales y retributivas de ningún colectivo. En ningún caso la Junta de Castilla y León... lo dice la propia Ley, por eso he hecho referencia a la lectura del texto; pero no puede homologar... no es que no homologue, es que tampoco puede homologar, como muy bien dice y apunta el dictamen del Consejo Consultivo, entre otras cosas, porque se estaría extralimitando de sus competencias. Así lo dice el Informe del Consejo Consultivo. Ustedes vienen a decir poco más o menos que la Junta de Castilla y León homologa, y luego -permítaseme la expresión-, si te he visto, no me acuerdo; se olvidan. Pues no es así, porque la Junta de Castilla y León, insisto, no homologa. Un Ayuntamiento, evidentemente, podría reclasificar a todos sus funcionarios de los Cuerpos de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento -que es de los que estamos hablando-, homologando sus condiciones profesionales y retributivas con otros cuerpos integrantes del sistema de protección ciudadana, pero en ningún caso la Junta de Castilla y León les estaría obligando a ello; es una decisión libre, libre, de cada Ayuntamiento. Es fundamental partir de la base de que la aprobación de este Proyecto de Ley en ningún caso va a suponer ningún incremento de costes a los Ayuntamientos, ninguno.

Pero, a pesar de ello, les digo -que creo que también se lo manifesté en Ponencia-: estaríamos dispuestos, no habría ningún inconveniente a crear un... una comisión de seguimiento o un observatorio -que parece que es un término que les gusta más a ustedes-, un observatorio para ver... para ver si la aplicación de esta Ley iba a originar o va a originar algún incremento en los costes de los Ayuntamientos. No habría ningún inconveniente por nuestra parte en... en hacerlo.

Y para concluir, y respecto a las dos últimas Enmiendas, que yo creo que van íntimamente ligadas, la 39 y la 40, no creo que podríamos... que tendríamos que encontrar escollos insalvables que nos pidieran transaccionar estas... estas enmiendas. Yo creo que la única diferencia que existe con respecto a la 39 -me ciño a la 39, aunque, como digo, van íntimamente ligadas; y luego haré una brevísima referencia a la Enmienda 40-, la única diferencia es en una elección terminológica, nada más. Estamos hablando de escuela o de centro, nada más que eso, porque ya les hemos dicho que el resto de la... de la enmienda sería aceptada, el resto de la enmienda sería aceptada; lo único... la única divergencia es utilizar el término "escuela" o utilizar el término "centro".

Nosotros nos inclinamos más por el término "escuela". ¿Por qué? Pues porque nos da más una sensación... -y yo creo que al leerlo pues así se ve- una sensación de docencia, de academia, de estudio, de formación. El término "centro", pues, permítanme, no sé, parece que recuerda más a... a centro comercial, a centro industrial, a centro, no sé, hospitalario, se me ocurre algo así; es decir, se parece más a un edificio, a una... a una cuestión física. El modelo que existe en la actualidad es el de escuela, y por eso queremos mantenerlo. Hemos dicho en varias ocasiones que es como... -por poner un ejemplo- como una universidad con varias sedes, ni más ni menos. Y por eso queremos mantener este... este término.

Por otro lado, aceptaríamos también el punto cinco de esta enmienda, sustituyendo la palabra "centro" por la palabra "escuela", y, en consecuencia, aceptaríamos la Enmienda 40, porque, al dejar abierta la puerta, la posibilidad de la... de creación de otras, evidentemente, el artículo... no recuerdo exactamente qué artículo al que hace referencia la Enmienda 40, pues, evidentemente, no tendría sentido, porque ya se podrían crear nuevas escuelas, con lo cual la disposición a la que me estoy refiriendo no... no tendría sentido, y quedaría eliminada. Con lo cual, con las condiciones que le he... o la propuesta que le he hecho, aceptaríamos la Enmienda 39 y la Enmienda 40.

Nada más hacer una referencia a los agentes medioambientales que ha incorporado el Grupo Socialista en esta Comisión, decirles que creemos que es innecesaria esa incorporación, porque en el Artículo 37 del... del Proyecto ya están incluidos y contemplados los agentes medioambientales, los agentes medioambientales, cuando dice: "Servicios...", dice: "De conformidad con lo establecido en el artículo anterior, y a lo efectos de esta Ley, tendrán la consideración de servicios esenciales para la asistencia ciudadana: c) servicios... -perdón, no es el c)- d) Servicios de lucha contra incendios forestales". En estos servicios de lucha contra incendios forestales están incluidos, pues, desde los ingenieros hasta cualquier persona colaboradora en esos servicios de incendios forestales, y también están incluidos los agentes medioambientales. Sería lo mismo que en los servicios de asistencia sanitaria contemplados en el apartado c)... en el punto 1, apartado c) de este mismo artículo, pues que habla de la asistencia sanitaria, pues incluyéramos a las enfermeras, a los celadores, a los médicos, a los ATS, etcétera, etcétera.

Con lo cual, y sin perjuicio de que podamos transaccionar cualquiera de las enmiendas que se han debatido, pues terminamos nuestro primer turno, a expensas de lo que diga... de escuchar al Grupo... al Portavoz del Grupo Socialista. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Muchas gracias, señor Portavoz, señor Represa Fernández. Para un turno de réplica, tiene la palabra la señora Villar.


LA SEÑORA VILLAR IRAZÁBAL:

Gracias, señora Presidenta. Estoy segura que esta Ley se va a aprobar por unanimidad de los dos Grupos Parlamentarios, lo que no es óbice para que los dos hagamos el esfuerzo para que estas enmiendas que presentamos hoy en esta Comisión puedan llegar con el mayor acuerdo posible al Pleno. Y estoy segura, también, por la buena disposición que en este sentido ha demostrado el Director General de Protección Civil -dentro de muy poco, cuando se apruebe esta Ley, Director General de Protección Ciudadana- en explicarnos a ambos Grupos cómo funciona el Servicio del 1.1.2, y en convencernos también al Grupo Socialista que no era un centro integrado, que es uno de los motivos por los que hemos retirado algunas de las enmiendas.

Yo confío en que este buen ánimo y este consenso que ha existido en la Ponencia va a existir hasta el momento del Pleno, y que algunas de las enmiendas que mantenemos hoy en Comisión, sin duda, se van a poner... poder transaccionar.

Yendo, en concreto, a cada una de las enmiendas que manteníamos, y rebatiendo alguno de los argumentos que por parte del Grupo Popular se mantenían en esta Comisión, respecto a la Enmienda número 10, al Artículo 8, hombre, ni los estudiantes ni los presos que no desempeñan funciones laborales dentro de los centros penitenciarios reciben prestaciones por desempleo por parte del Estado. En este... la referencia a los desempleados se debe a... a los desempleados, no todos los desempleados, sino aquellos que reciben prestación por desempleo por parte del Estado, es una especie de contraprestación: están recibiendo por parte del Estado una prestación por razón de desempleo, es de lógica que en una situación de siniestro, de riesgo, en la que haya necesidad de colaboración, de movilización ciudadana, sean los primeros en prestar esa ayuda, y lo hacemos en concordancia con la Ley de Protección Civil estatal.

En cualquier caso, no creo que esta Enmienda sea motivo de... de disenso entre ambos Grupos Parlamentarios, porque -como decía el Portavoz del Grupo Popular- los desempleados también son mayores de edad y, por tanto, estarían obligados a esa colaboración.

Respecto a la Enmienda número 13, el famoso registro de los centros donde se desempeñen actividades que sean susceptibles de producir riesgo. Yo creo que aquí podemos llegar, también, a una enmienda transaccional. No nos oponemos a que esos centros o establecimientos sean aquellos a los que el Artículo 9 exige la obligación de mantener e implantar una plan de autoprotección. Si el Partido Popular estuviese de acuerdo, podemos transaccionar esta enmienda en el sentido de que sean esos establecimientos que tienen la obligación de realizar un plan de autoprotección, según el Artículo 9, los que estén inscritos en este registro público.

Respecto a la Enmienda número 20, al Artículo 19 -volviendo otra vez a ese registro público que comentábamos-, entendemos que, si ya en los Ayuntamientos está este registro, no hay ninguna dificultad para que esos datos que ya tienen los Ayuntamientos se pasen a un registro que tenga la Comunidad, en la que... en la que tengamos todos esos centros o actividades que pueden producir riesgo, aumentando así la seguridad para... para los ciudadanos.

Respecto a la Enmienda número 34, al Artículo 66, no entiendo la diferencia que hay entre hablar de Director General competente u órgano competente. Si hablamos de órgano competente, estamos ampliando la posibilidad cuando ese órgano competente no es el Director General. Con lo cual, entendemos que órgano competente incluye la posibilidad de que el órgano competente sea el Director General, pero incluye y salvaguarda las competencias de otros órganos que también pueden ser competentes, como decíamos: el Alcalde en un supuesto en el que el siniestro, la catástrofe, se dé exclusivamente en el ámbito local. O sea, entendemos que órgano competente incluye por encima y por debajo; en cambio, Director General competente solo incluye la competencia cuando esta es superior a la provincia, no cuando esta puede ser inferior a la provincia.

Respecto a la Enmienda 36, a la Disposición Adicional Tercera, lo que podemos decir "la madre del cordero" de este Anteproyecto de Ley: la homologación. Decía usted que en ninguna otra Ley la Junta de Castilla y León se compromete a la homologación y al... y a derivar o a compensar por los costes de esa homologación a las Entidades Locales. Pero es que yo no he visto ninguna otra ley en que la Junta de Castilla y León se haya comprometido a adoptar las medidas necesarias para fomentar que una... que un determinado cuerpo, en este caso el de prevención y extinción de incendios, se homologue.

La Junta de Castilla y León lo que está haciendo en esta Ley es una manifestación de intenciones, está diciendo a un determinado cuerpo que ella, en la medida de sus posibilidades y dentro de sus competencias, va a hacer lo posible para que se homologue, lo cual nos parece estupendo. Pero es que las consecuencias económicas -que sí las tiene, aunque el Grupo Popular diga que no- de esta homologación quien lo pagan son las Entidades Locales. Nos podemos encontrar un problema: la Junta de Castilla y León hace todo lo posible para homologar, y luego las Entidades Locales no tienen la capacidad económica para pagar los costes de esa homologación. En cualquier caso, la enmienda ya dice que "sin perjuicio de las competencias de... que la normativa de aplicación atribuye a otras Administraciones Públicas".

Creo que es una enmienda importante, que yo les recomiendo que reflexionen, a ver si es posible llegar a un acuerdo. No sé si con la creación de ese observatorio que comentaban desde el Partido Popular, pero yo creo que sí que hay que dar una garantía a los Ayuntamientos de que, si esta homologación se produce, van a tener los recursos económicos necesarios para poder hacer frente a la homologación.

Respecto a las Enmiendas número 40 y 39, yo entiendo que tampoco puede haber ningún problema de cara a la transacción. Hablábamos de "Centro Regional de Formación" porque cuando se habla de las... de los centros específicos se habla de escuelas; y, entonces... para evitar esa confusión terminológica. Podríamos buscar otro término, como "Escuela Regional de Formación", para distinguirlas de esas Escuelas de Policía o Escuelas de Salvamento y Extinción de Incendios que ya están creadas. Sin duda, lo importante de... de esta enmienda es el reconocimiento de la posibilidad de que se creen nuevas escuelas, y, en ese sentido, tal y como ha manifestado el Partido Popular, ambos Grupos estamos de acuerdo. Por lo tanto, por una cuestión meramente terminológica, entendemos que esto no puede ser objeto de un debate o un disentimiento entre ambos Grupos.

Sí que entendemos que no tiene ningún sentido que se haga esa referencia específica a una de las escuelas; lo primero, por la confusión que genera, porque al referirse a una no se refiere a otras. Entonces, entendemos que, en cualquier caso, la referencia específica a la Escuela de Extinción y Salvamento habría que eliminarla, y luego sí que yo creo que podríamos llegar a un acuerdo de cómo hay que denominar esa Escuela de Formación de... de Protección Ciudadana.

Y respecto a... a lo que son las enmiendas que hemos presentado respecto a los agentes medioambientales, sí que es cierto que los agentes medioambientales realizan servicios en la lucha contra incendios, pero no se identifican propiamente con los retenes forestales, sino que desarrollan también otra serie de funciones que son muy importantes. Consideramos que su labor, por su conocimiento físico del terreno, de las... de la red de comunicaciones, hace que tengan que trabajar conjuntamente con esos retenes de incendios y que merecen un reconocimiento específico en la Ley por su labor. Yo creo que, en este sentido, también podemos llegar a un acuerdo de cómo debe ser ese reconocimiento, si igual es suficiente con que en el Artículo 37 se añada a la letra d) "y agentes medioambientales", con lo cual ya estaríamos haciendo un reconocimiento explícito de la labor; si luego, posteriormente, identificar en el Artículo 38.44 cuál es esa labor, que, como decíamos, va a ser de colaboración con los servicios de extinción de incendios, por el conocimiento físico que tienen del terreno donde se desarrollan estas labores de extinción de incendios.

En definitiva, yo creo que hay una buena disposición por parte de los dos Grupos Parlamentarios para que esta Ley pueda aprobarse con el acuerdo de ambos. Y agradecer la buena disposición que ha habido en todo momento para transaccionar y acordar todas las enmiendas que por parte del Grupo Socialista se han presentado. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Pues muchas gracias, señora Villar. Y, por parte del Grupo Parlamentario Popular, para un turno de dúplica, tiene la palabra el señor Represa.


EL SEÑOR REPRESA FERNÁNDEZ:

Muchas gracias, Presidenta. Por orden.

En cuanto a la Enmienda número 10, que contempla la posibilidad de que la Junta pida colaboración de los desempleados, insisto en los razonamientos que he hecho en mi primera exposición, en que ya están incluidos dentro del Artículo 8, porque habla de los mayores de edad.

E insistir en la Ley 2/85, a la que usted hace nuevamente referencia. Es cierto que en la Ley 2/85 están incluidos -ya se lo he dicho yo en la primera intervención-, pero también es cierto... es que, a pesar de la antigüedad de esa Ley, que además ningún Grupo Político quiere mantenerla -porque sabemos que esa ley se pretende modificar próximamente, con lo cual ha quedado obsoleta-, lleva veintidós años de vigencia ya cumplidos y jamás se ha hecho uso, o salvo riesgo... con el riesgo de... de equivocarme, jamás se ha hecho uso de la colaboración de los desempleados.

Pero mire, una cosa más: hay que tener en cuenta que esta ley de... este Proyecto de Ley de Protección Ciudadana lo que... lo que está regulando es el día a día, la convivencia habitual, los accidentes, tal. Es decir, no estamos hablando ni de grandes catástrofes ni de calamidades, etcétera, etcétera, sino que estamos hablando -insisto- del día a día, de la vida cotidiana. Entonces, no creemos que... que tengan que estar específicamente contemplados en la ley este... este colectivo.

Respecto a la enmienda... a la Enmienda número 13, seguro que vamos a... a poder llegar a algún... a algún acuerdo en cuanto a la creación de... de... del registro, porque ya lo ha apuntado la Portavoz del Grupo Socialista, y entiendo que vamos en el mismo sentido de que se registrarán en ese... en ese posible registro -valga la redundancia- que se... que se cree, pues, los... las actividades, o los establecimientos y demás que... pues que necesiten algún tipo de... de control especial o que tengan necesariamente que someterse a informe.

Respecto a la misma... a la Enmienda número 20, pues manifestarle lo mismo, porque su intervención en este segundo turno ha sido en idéntico sentido que respecto a la Enmienda número 13.

Y respecto a la Enmienda 34, órgano competente, pues bueno, dicen ustedes que por arriba y por abajo del Delegado Territorial, o por arriba o por abajo de lo que es la provincia. Pues bien, insistimos en que está perfectamente regulado; en la Ley 2/85, ley básica, ley estatal, está regulado quién... quién tiene las competencias cuando la emergencia haya que declararse en un ámbito supracomunitario, por encima de la Comunidad Autónoma. Y por debajo también, por debajo también, porque, textualmente, se contempla las competencias del Alcalde al respecto, sobre esta materia, en la Ley de Bases de Régimen Local.

Respecto a la homologación, pues mire, yo insistiría en lo mismo, en la propuesta que les he hecho, en la propuesta que les he hecho. Es más, por apuntar un... un dato más: en esa posible comisión u observatorio que se creara, ¿fijar, fijar la periodicidad con la que se reuniera para controlar las posibles o los posibles incrementos que pudieran tener en costes los Ayuntamientos?, pues encantados, no habría ningún problema, porque estamos convencidos de que la aplicación, tras la aprobación de este Proyecto de Ley, no va a implicar incremento alguno a los Ayuntamientos, a los Ayuntamientos.

Y ya, para ir concluyendo, pues respecto a la Enmienda número 39 y 40, pues... pues exactamente igual. Evidentemente, no... no parece que haya una gran discrepancia entre uno y otro, porque nos estamos limitando a una cuestión ni más ni menos que terminológica. Pero no solo terminológica, sino únicamente de una palabra: es que estamos discutiendo cosa en este aspecto que tiene... que tiene poca... poca enjundia.

Agentes medioambientales. Insisto: están incluido ya en la Ley. No comprendemos el interés... el interés de que específicamente se hable de los agentes medioambientales. Y vuelvo a darles el mismo argumento que antes: es igual que en los... en los... en los medios sanitarios se incluya también a médicos y enfermeras, y por qué dentro de los servicios de... de extinción, prevención y salvamento se incluya también... de incendios forestales, se incluya también a los agentes medioambientales, que es que son lo mismo. Sería una redundancia, una redundancia de la Ley.

Actualmente, con respecto a la Enmienda 39... Vuelvo... (Es que se me ha olvidado decir una cosa. Si me permite, vuelvo sobre la Enmienda 39). Dicen que hay escuelas ya creadas y que habría que cambiar el título. Pero es que también hay centros creados, con lo cual estamos en la misma situación. Habría que cambiar el título. También hay centros: están el del Fuego, de León, que se llama Centro; y el de Actividades al Aire Libre en Palencia, que también se llama Centro. Con lo cual, estamos en la misma... en el... en la misma línea ustedes y nosotros.

Por último, como he anunciado, el capítulo de agradecimientos, pues quiero destacar el... el espíritu colaborador que, desde luego, ha habido... le ha habido todo... durante todo el periodo de... de Ponencia en ambos Grupos; que hemos desmenuzado el texto legal de una manera seria, de una manera sosegada; que se han hecho muchas aportaciones, muchísimas aportaciones; que se ha mejorado de una manera eficaz y seria el texto.

Y quiero también agradecer a la señora Letrada, en nombre de este Grupo Parlamentario, la importantísima colaboración que ha hecho a esta Comisión, porque ha hecho unas aportaciones muy, pero que muy valiosas, y desde... y sugerencias, lo cual es de agradecer. Y también, que posiblemente se me hubiera olvidado si no lo hubiera recordado la Portavoz del Partido Socialista, el agradecimiento también a la Agencia de Protección Civil, que estuvimos un día con ellos, pasando el día allí, la mañana, en la Agencia, nos estuvieron enseñando el funcionamiento de la misma, y la verdad es que nos convencieron de cosas de las que, antes de llegar allí, posiblemente tendríamos cierto confusionismo sobre... sobre ellas.

Y ya para concluir, decir que espero también que, fruto de todas estas jornadas que ha habido a lo largo del mes de enero de trabajo de la Ponencia, fruto de ello sea el... el consenso absoluto de la Ley por ambos Grupos Políticos. Nada más y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

Muchas gracias, señor Represa. Por lo tanto, una vez terminados los turnos de intervención, esta Presidencia entiende que quedarían transaccionadas -y corríjanme si no es así- las Enmiendas 1 y 2, el texto que ha... que propuso la proponente, la... la señor Villar, por parte del Grupo Parlamentario Socialista, entendemos que es aceptado, por lo que hemos oído por parte del Grupo Parlamentario Popular; y que el Grupo Parlamentario Socialista retiraría las Enmiendas número 38 y 37. Por lo tanto, procederíamos a la votación del resto de las enmiendas, que serían las que quedarían... las que quedarían vivas.

Enmienda número 10. ¿Votos a favor? Seis votos a favor. ¿Votos en contra? Nueve votos en contra. Por lo tanto, queda rechazada.

Enmienda... [Murmullos]. Sí, vamos a hacerlas todas juntas, porque entiendo... sí, efectivamente. Entonces, someteríamos a votación... la 10 que ya la hemos sometido, quedarían pendientes la 13, la 20, la 34, la 36, la 40 y la 39. ¿Votos a favor de esas enmiendas? Seis votos a favor. ¿Votos en contra? Nueve votos en contra. Abstenciones, ninguna. Por lo tanto, decaen esas enmiendas.

Votación...


LA SEÑORA .....:

: [Intervención sin micrófono].


LA PRESIDENTA (SEÑORA SERRANO ARGÜELLO):

: ¡Ah!, ¿no decaen? Bueno, quedarían vivas para el Pleno. Quedan sin aprobar, quedan rechazadas aquí, vale. Quedan rechazadas en la Comisión. Vale, perfectamente; entendía que era "decaen", perdonen.

Votación, por lo tanto, ahora del Proyecto de Ley. Procedemos a votar los Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45... entiendo que todos los número van siendo correlativos hasta el 84. No, es que... [Murmullos]. Gracias. No, pero anteriormente... si esta Presidencia se ha limitado a leer es porque anteriormente no llevaban un orden correlativo las enmiendas, por si acaso. Pero aquí estoy viendo que sí, que los Artículos están desde el 1 hasta el 84 inclusive, las Disposiciones Adicionales Primera, Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta, Sexta, la Disposición Derogatoria, las Disposiciones Finales Primera, Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta, la Exposición de Motivos, y el Título del Proyecto de Ley. ¿Votos a favor? Nueve. ¿Votos en contra? ¿Abstenciones? Seis abstenciones.

Concluido por la Comisión, por lo tanto, el Dictamen del Proyecto de Ley de Protección Ciudadana de Castilla y León, recuerdo a Sus Señorías que el plazo para comunicar, mediante escrito dirigido al Excelentísimo Presidente de las Cortes de Castilla y León, los votos particulares y enmiendas que, defendidas y votadas en Comisión y no incorporadas al Dictamen, se pretenden defender ante el Pleno finalizará el próximo martes día seis de febrero del dos mil siete.

Muchas gracias, Señoría. Enhorabuena por este trabajo. Hacemos extensiva, también, por parte de la Presidencia, la enhorabuena a la Letrada, y se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las once horas treinta minutos].


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