DS(C) nº 263/7 del 12/12/2008









Orden del Día:




1. Pregunta con respuesta Oral, POC 320-I, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores Dña. Natalia López-Molina López, Dña. Consuelo Villar Irazábal, D. Fernando Benito Muñoz y D. Ildefonso Sanz Velázquez, relativa a situación de la escuela infantil "Nuestra Señora de Altamira" de Miranda de Ebro (Burgos), publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 122, de 6 de octubre de 2008.

2. Proposición No de Ley, PNL 488-I, presentada por los Procuradores Dña. Consuelo Villar Irazábal, D. Fernando Benito Muñoz, D. Ildefonso Sanz Velázquez y Dña. Natalia López-Molina López, relativa a los Puntos de Encuentro Familiar en cada una de las comarcas de la provincia de Burgos, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 94, de 9 de junio de 2008.

3. Proposición No de Ley, PNL 511-I, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a desarrollo de los requisitos y condiciones mínimas de los Puntos de Encuentro Familiar, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 105, de 21 de julio de 2008.


Sumario:






 ** Se inicia la sesión a las diez horas cuarenta minutos.

 ** La Presidenta, Sra. Sanz Jerónimo, abre la sesión.

 ** Intervención del Procurador Sr. Rodero García (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Romeral Martín (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día. POC 320.

 ** La Secretaria, Sra. Martín Cabria, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. López-Molina López (Grupo Socialista) para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 ** Contestación, en nombre de la Junta, de la Sra. Romera Hernández, Directora General de Familia.

 ** En turno de réplica, interviene la Procuradora Sra. López-Molina López (Grupo Socialista).

 ** En turno de dúplica, interviene la Sra. Romera Hernández, Directora General de Familia.

 ** Segundo punto del Orden del Día. PNL 488.

 ** La Secretaria, Sra. Martín Cabria, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Villar Irazábal (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Romeral Martín (Grupo Popular) para la defensa de la enmienda presentada por su Grupo.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Villar Irazábal (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Sanz Jerónimo, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es rechazada.

 ** Tercer punto del Orden del Día. PNL 511.

 ** La Secretaria, Sra. Martín Cabria, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Villar Irazábal (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Benito Benítez de Lugo (Grupo Popular) para la defensa de la enmienda presentada por su Grupo.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Villar Irazábal (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Sanz Jerónimo, entiende aprobado por asentimiento el texto definitivo de la proposición no de ley debatida.

 ** La Presidenta, Sra. Sanz Jerónimo, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las once horas cincuenta minutos.




Texto:

[Se inicia la sesión a las diez horas cuarenta minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Buenos días, Señorías. Se abre la sesión. En primer lugar, quiero dar la bienvenida a la Directora General de Familia, doña Aurora Romera Hernández, por su presencia hoy aquí. Y a continuación tienen la palabra los Portavoces de los Grupos Parlamentarios para comunicar si tienen alguna sustitución a esta Presidencia. ¿Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista?


EL SEÑOR RODERO GARCÍA:

Buenos días. Consuelo Villar sustituirá a Ángela Marqués. Nada más, muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Gracias. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, ¿tiene que comunicar alguna sustitución a esta Presidencia?


LA SEÑORA ROMERAL MARTÍN:

Sí, señora Presidenta. Doña Mercedes Alzola Allende sustituye a doña María Concepción Mallo Álvarez y don Crescencio Martín Pascual sustituye a doña María Ángeles Armisén Pedrejón. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Gracias, Señoría. Primer punto del Orden del Día. Por la señora Secretaria se dará lectura del primer punto del Orden del Día.

POC 320


LA SECRETARIA (SEÑORA MARTÍN CABRIA):

Gracias, señora Presidenta. Buenos días a todos. Primer punto del Orden del Día: "Pregunta con respuesta Oral 320-I, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores doña Natalia López-Molina López, doña Consuelo Villar Irazábal, don Fernando Benito Muñoz y don Ildefonso Sanz Velázquez, relativa a situación de la escuela infantil 'Nuestra Señora de Altamira' de Miranda de Ebro (Burgos), publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 122, de seis de octubre del dos mil ocho".


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Secretaria. Para formular la pregunta, tiene la palabra, por parte del Grupo Parlamentario Socialista, doña Natalia López-Molina López, por tiempo de diez minutos.


LA SEÑORA LÓPEZ-MOLINA LÓPEZ:

Muchas gracias, Presidenta. Buenos días. Agradecer a la Directora General que haya acudido a... a responder -espero que de una... de una manera explícita- lo que hoy el Partido Socialista viene a preguntarle. El fin de esta pregunta es una situación que la ciudad de Miranda vivió en septiembre de este año, en el que todos los medios de comunicación se hicieron eco de lo que los padres y madres de la escuela infantil Altamira de la ciudad de Miranda de Ebro denunciaron en relación al personal.

Decir que esta escuela infantil, que está ubicada -como ya he dicho- en la ciudad de Miranda de Ebro, de la provincia de Burgos, cuenta con setenta y cuatro plazas, setenta y cuatro niños y niñas acuden diariamente a esta escuela infantil, en el que, además, también hay que recordar que es la única de titularidad de la Junta de Castilla y León en esta ciudad; y, a su vez, más de cuarenta niños y niñas se quedaron fuera por no existir las plazas suficientes para atenderlas.

Recordar que nos gustaría debatir este tipo de iniciativas en la Comisión de Educación, porque consideramos que es ahí donde se debe de atender a los niños y niñas de cero a tres años, desde el sistema educativo. El Partido Socialista está en contra de la visión que la Junta de Castilla y León tiene en relación a la atención a los menores de cero a tres años, porque lo dota de una cuestión exclusivamente asistencial. La intervención con estos niños y niñas debe tener un enfoque integral y dentro de un sistema educativo global.

Asimismo, mostrar la preocupación que nos transmiten desde los Ayuntamientos diferentes partidos políticos -no solo el Partido Socialista, sino también el Partido Popular- en referencia a las transferencias que la Junta de Castilla y León quiere hacer en relación a las escuelas infantiles. Si tuvieran una visión educativa, esto no sucedería, porque no se podría desve... desvertebrar el sistema educativo. Como se dota exclusivamente de una visión asistencial, la Junta de Castilla y León quiere trasladar una competencia importante, una competencia que debería tener una visión estructural, una visión integral, a los... a las Corporaciones Locales, con el temido miedo de las Corporaciones Locales: que eso no venga con la capacidad económica para poderlo llevar a cabo, como es habitual en las derivación de competencias de la Junta.

Dicho esto, que es esencial para expresar las diferencias sustanciales que la Junta de Castilla y León y el Partido Socialista tienen en la atención a los menores, es evidente que tiene una relación muy clara a lo que sucedió en nuestra ciudad. Yo voy a explicar al resto de las personas que no lo conozcan –porque, seguramente, la Directora General conozca muy bien lo que sucedió-, voy a explicar al resto lo que pasó en nuestra ciudad.

Lo que sucedió en nuestra ciudad es que dos semanas después de comenzar el periodo lectivo en el que los niños y niñas acudían a la... a la escuela infantil, los padres y madres se encontraron con que tenían tres profesionales menos de los que debería haber para la atención a los menores, no atendiendo al ratio que la norma establece para la atención a los menores. Las profesionales –y digo "las" porque todas son mujeres, excepto el director del centro- denunciaron esta situación. Veían que su trabajo -que es excelente, y quiero felicitar la labor que estas profesionales están desarrollando en la ciudad de Miranda de Ebro y en esta escuela infantil-, estaban viendo que el desgaste de no contar con el personal adecuado que marca la norma estaba propiciando una falta de atención de manera adecuada a estos menores. Lo trasladaron a los padres y madres, y estos empezaron a establecer unas fórmulas de presión para que la Junta tomara cartas en el asunto; esto no lo ha hecho el Partido Socialista, sino los padres y madres, que sentían que la Junta estaba obviando sus competencias y obviando sus responsabilidades en el tema del personal. De hecho, en la prensa –y he traído recortes varios sobre este asunto-, decía el AMPA que iba a iniciar movilizaciones si no se remediaba la situación, y desde el centro se admitía que no es posible atender a los niños en buenas condiciones.

Esta es una situación que a día de hoy está resuelta, y hoy seguramente usted nos dirá que eso se resolvió. Lo que el Partido Socialista no entiende es como antes de comenzar el curso ya se sabía que esto iba a ser una realidad y no se tomaron cartas en el asunto. Y esto es un asunto que va a colear. ¿Y por qué va a colear? Porque la Junta de Castilla y León no está tomando ninguna medida en relación a las plazas cuando salen concursos de traslados. Y lo explico: el concurso de traslado es global, con lo cual se optan a plazas en toda la Comunidad Autónoma; lugares como Miranda de Ebro -que si se ve desde un ámbito centralista, como puede ser visto desde el ámbito de Valladolid, está en la periferia-, evidentemente, estos lugares que están más alejados del centro cuentan generalmente con menos personas que quieran trabajar en estas escuelas infantiles, en este caso. Si no se toman medidas claras que consigan que los profesionales con algún apoyo -económico o de otra índole- se les sugiera el acudir a estos lugares a trabajar, año tras año nos vamos a encontrar con el mismo problema; porque, evidentemente, los profesionales tienen derecho a trasladarse a través de un concurso, pero también es verdad que las personas que viven en la ciudad de Miranda de Ebro y llevan a sus niños y niñas a esta escuela infantil tienen derecho a que se les atienda, en el... en la nor... atendiendo a la normativa establecida con el ratio de atención.

Por ello -no tanto en el día de hoy, porque ya está resuelta la situación-, queremos saber cómo es posible que esto haya sucedido, que hasta que los padres y madres, que la propia escuela infantil y que el Partido Socialista denunciaran los hechos no se resolvieron, cómo es posible; y qué va a hacer la Junta de Castilla y León a través de su Dirección General para que esto no vuelva a suceder. Es decir, que el año que viene, si vuelven a abrir un periodo de concurso de traslados, Miranda de Ebro, como otras escuelas infantiles, no se queden sin las plazas profesionales cubiertas. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora López-Molina López. Para contestar la pregunta, tiene la palabra la Directora General de Familia, doña Aurora Romera Hernández.


LA DIRECTORA GENERAL DE FAMILIA (SEÑORA ROMERA HERNÁNDEZ):

Buenos días a todos. Muchas gracias, Presidenta. La verdad es que es un placer poder venir a esta Comisión y poder explicar, de una forma directa, pues cuestiones que se plantean por su... por los señores Procuradores. En el caso que nos ocupa, la verdad es que la respuesta a esta pregunta es muy sencilla, porque, como bien ha... ha explicado la Procuradora que la ha puesto, se habla en pasado. Es decir, sucedió, pero es una situación que ya... que ya se ha... se ha solucionado.

En todo caso, yo creo que sí que es importante hacer un poco... una reflexión de que realmente, bueno, pues efectivamente hubo un desajuste de tres días, que la Administración... no parece que sea una cosa de una trascendencia vital. Y como a mí me gusta ser rigurosa con las cosas que digo, pues yo creo que es bueno que hagamos una relación de los hechos, y, de esta forma, pues Sus Señorías puedan tener una respuesta y aclarar la pregunta que se ha hecho desde el Grupo Socialista.

La primera pregunta que se hace es que por qué no se han tomado las medidas adecuadas, cuando se preveía que había un concurso de traslados y que esta situación se iba a proceder. Efectivamente, el curso para todas las escuelas infantiles de Castilla y León... vamos, las que dependen de la Junta de Castilla y León, empezó el ocho de septiembre. El veintidós de septiembre cesan dos técnicos en la escuela Nuestra Señora de Altamira; a ello se produce un concurso de traslados, y aparece publicado en el Boletín Oficial de veintiocho de agosto, ¿eh?, la sustitución... o el cese de estas dos personas. La relación de hechos es la siguiente:

El día ocho de septiembre –que, Sus Señorías, si quieren la documentación, yo se la puedo facilitar-, el ocho de septiembre el Departamento Territorial de Familia de Burgos, previendo esta situación, solicitó a los servicios centrales de la Consejería de Familia la sustitución de dos técnicos, previendo que esta situación se iba a proceder.

El dieciocho de septiembre la Secretaría General de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades autoriza la contratación de estas dos personas. Como Sus Señorías saben, el procedimiento para sustitución en régimen de interinidad, mientras se produce... se cubren estas vacantes por... por personal laboral, se tira de bolsa de empleo.

El veinticinco y veintiséis de septiembre se producen las firmas de los contratos de interinidad o sustitución y se incorporan a la escuela infantil, por lo que realmente han estado estas... esta escuela sin cobertura tres días. Teniendo en cuenta cómo es el procedimiento administrativo, que las bolsas de empleo, muchas veces, tú llamas a la persona indicada, a algunos no les interesa... Bien es cierto que, además, Miranda de Ebro es una ciudad que está, pues en la periferia de lo que es Castilla y León, que no es fácil cubrir ese tipo de plazas; es decir, que tú llamas a la bolsa de empleo y hay mucha gente que no le interesa por las circunstancias, pues porque a la gente de Burgos, Burgos, de Miranda, bueno, pues no está a... no está en su ciudad. Bueno, lo cierto es que el día veinticinco y el día veintiséis de septiembre se producen las firmas de los contratos de interinidad y sustitución.

Pero, no obstante, le voy a responder a su pregunta, porque hace una serie de valoraciones que yo creo que en alguna comparecencia que he estado aquí se lo he explicado, pero yo no sé por qué Su Señoría insiste en decir algo que no es cierto, y que... y que es una cosa obvia. Siempre se nos está imputando de que la Junta de Castilla y León decimos que las escuelas infantiles las estamos tratando con un carácter asistencial. No es cierto. ¿Cómo vamos a ir en contra de lo que dice una ley? Para empezar, la Ley Orgánica, la Ley Orgánica dice que los... que toda la etapa desde el cero a tres es una etapa educativa, y ahí la Junta de Castilla y León es que no puede decir que sea una etapa asistencial; si hay una ley orgánica que está diciendo que esta etapa es educativa y que se incluye dentro del sistema educativo, ¿cómo puede Su Señoría decir que estamos diciendo lo contrario de lo que dice una ley orgánica? Y, por otra parte, prueba de que no se dice es que hay un decreto en el que... ha hecho Educación, ha promovido Educación, pero que se ha hecho con el consenso y con la colaboración de la Consejería de Familia, donde se especifican los requisitos esenciales que tienen que tener los profesionales de los centros que atienden a estos niños y donde se indican las características de las infraestructuras que tienen que tener estos centros. Ese decreto, me imagino que... que lo conocen todas Sus Señorías, pero, si no, yo les indico: es el Decreto 12/2008, de catorce de febrero, de la Junta de Castilla y León. En este decreto se vuelve a repetir que esta etapa es educativa. Nuestras escuelas son educativas, ¿eh?, escuelas, escuelas infantiles, son educativas.

Entonces, yo, por favor, yo lo repetiré las veces que haga falta, pero es que no podemos decir que es asistencial cuando la propia ley estatal y la propia normativa de la Junta están diciendo que es educativo. Con lo cual, yo creo, o espero, que por lo menos intente dar un poco de luz a esta cuestión, que de forma reincidente se está insistiendo en ella y que no... no se ajusta a la realidad. Y, de hecho, las escuelas infantiles que promovemos con las Corporaciones Locales, con el Ayuntamiento de Miranda, con el Ayuntamiento de Medina del Campo, con los Ayuntamientos de Ávila, exigimos, exigimos, que estas escuelas se ajusten estrictamente al Decreto de educación y que se promuevan como escuelas infantiles. Es más, nos encargamos, de forma coordinada con la... con la Consejería de Educación, de que estas escuelas que tienen financiación pública promuevan necesariamente la calificación como escuela infantil, ¿eh?, que es el título que tienen las... las públicas, porque en el... en el caso de que sean privadas, pues se podrán llamar de otra forma. Pero lo que son escuelas infantiles solamente son las públicas, y educativas, pues, las... todas... todos aquellos centros, ya sean públicos o privados, que tengan... que... que impartan Educación Infantil y que tengan la calificación o la autorización por la Consejería de Educación como... del carácter educativo.

Bueno. Con lo cual, respondiendo a la segunda pregunta, que va un poco en la misma línea, que decía cuándo tiene la Junta programado cubrir estas va... vacantes, y que se normalice el servicio en esta escuela infantil, pues yo le digo que, que efectivamente, sí, hubo un desajuste de tres días, pero que esta escuela está por encima de la ratio del personal que se necesita.

Yo no voy a opinar si la normativa es insuficiente o no es insuficiente. Lo que le digo es que el Decreto, el Decreto de la Junta, que además es el Decreto que, desde la Administración Estatal, se ha puesto un poco como... como el referente, porque fue de los primeros. Por hacer un poco memoria, la Ley Orgánica... la Ley Orgánica de Educación, en el desarrollo de esa Ley Orgánica, se decía que las Administraciones Educativas serían las encargadas de fijar los requisitos mínimos que deberían tener estas escuelas. La Comunidad Autónoma de Castilla y León fue de las primeras Comunidades Autónomas que sacó esta normativa; y, de hecho, el plazo finalizaba a finales del dos mil siete, Castilla y León publicó la norma en enero. Todavía hay Comunidades Autónomas, ¿eh?, y le digo que a lo mejor de... del... del partido al que usted representa, que todavía no han sacado los requisitos mínimos, todavía no han sacado los requisitos mínimos de las escuelas infantiles. ¿Vale? Pero lo que le digo es que Castilla y León fue de las primeras Comunidades Autónomas que estableció uno de los requisitos que... que, en desarrollo reglamentario de la Ley Orgánica, le exigían.

Pero mire lo que le voy a decir: en ese Decreto, que es un decreto que se ajusta a... -los... las personas que estén el educación lo conocerán- al... al antiguo 1004, que es del año pum, ¿eh?, también se establecían, y creo que en un decreto ministerial, se establecían los profesionales que debían tener estas escuelas. Bueno, pues si yo le leo lo que dice este artículo -que yo creo que es importante-, dice, el Artículo 10, determina los contenidos educativos del primer ciclo de Educación Infantil, y establece los requisitos que deben reunir los centros que impartan dicho ciclo; establece que "Los centros deberán contar con un número de profesionales de atención directa a los niños igual al de unidades en funcionamiento más uno". ¿Cuántas unidades tiene el centro de santamir... de Nuestra Señora de Altamira? Cinco, ¿verdad? El número de profesionales que se exigen son seis. ¿Sabe cuántos profesionales hay? Nueve. Nueve profesionales.

Es decir, que si usted me dice que es insuficiente, bueno, pues quiero decir que nosotros estamos por encima de los requisitos mínimos que se establece en la normativa estatal y en la normativa autonómica. Y también le diré que en este centro la ratio de niños por técnico es de 9,25. Yo le doy datos reales que usted puede contrastar, ¿eh? Si la norma es insuficiente, la autonómica o la estatal, será otro foro donde haya que plantearlo, pero yo lo que le aseguro es que estamos con un personal por encima de los ratios que establece la normativa al respecto. Y, por mi parte, pues, nada más.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, doña Aurora Romera. En turno de réplica, tiene la palabra, a continuación, doña Natalia López-Molina López, por tiempo de cinco minutos.


LA SEÑORA LÓPEZ-MOLINA LÓPEZ:

Por comenzar por lo que ha terminado: una vez más –porque la otra vez también hablaba en términos globales y generales-, eso no se ajusta a la realidad. Y al hablar tan generalmente y tan globalmente, usted obvia decir que cuantos más pequeños son los niños más profesionales necesitan a su cargo, y cuanto más mayores menos profesionales necesitan a su cargo. Porque la norma establece los ratios según la edad. Sí, según la edad, y así se me ha comunicado por parte de esta escuela infantil. Está... O sea, ¿me va a decir usted que tienen y necesitan el mismo apoyo y atención un niño de cuatro meses que un niño de dos años y medio? ¿Me está diciendo usted que los mismos... el número... mismo número de profesionales puede atender a diez niños de cuatro meses que a diez niños de dos años y medio? Espero que no me esté diciendo eso, porque entonces sería realmente preocupante que usted nos viniera a contar una cuestión en esa manera.

Es más, mire, usted ha dado la clave, y no he sido yo, la ha dado usted. El veintiocho de agosto se publicó -como usted ha dicho- que cesaban dos personas, y hasta el veintiséis de septiembre no se incorporaron; es decir, un mes. Ha de... usted ha dado la clave, no la he dado yo, usted ha dado las fechas. El veintiocho ya se sabía que esas dos personas iban a cesar, y hasta el veintiséis del mes siguiente no se tomaron cartas en el asunto. ¿Eso es la premura? ¿Eso es una buena atención? ¿Eso es diligencia? Me va a permitir que yo pueda opinar que no lo es. El problema no es que lo opine yo, el problema es que los padres y madres y los profesionales de este centro también lo opinaron, y hasta que no salieron a la prensa y se pusieron, realmente, explicando lo que estaba sucediendo, ustedes no tomaron cartas en el asunto. Y eso es todavía más preocupante, porque están haciendo un efecto llamada: que ustedes actúan cuando hay presencia mediática. Y ustedes tienen que actuar cuando les corresponde, que esa es la obligación de cualquier administración.

Mire, cuando me habla que... que las escuelas infantiles están en el sistema educativo. Si estuvieran en el sistema educativo usted estaría dentro de la Consejería de Educación, porque defendería estos intereses de esa manera. Es más, existen diferencias de profesionales y titulaciones entre unos y otros programas maestros técnicos. Es decir, en el sistema educativo se establece, de forma reglada, a través de la LOE, quién va a desarrollar cada acción y qué titulación es necesaria para esa acción. Ustedes, en las escuelas infantiles, solo tienen técnicos; en algunas de una categoría, en otras de otra; no se exigen siempre la misma titulación, y me consta que no se exige siempre la misma titulación. Y eso es por no estar dentro del sistema educativo. Esa es la causa de las diferencias que existen entre la que pueda haber en Miranda de Ebro y otras que hay en otros lugares que conozco de primera mano y que sé que no tienen la misma titulación.

Con lo cual, no nos diga que evidentemente tengan un programa. Claro, cualquier... cualquier servicio, aunque sea asistencial, tiene una serie de programas, pero eso significa que sea un sistema educativo y esté dentro del mismo, no significa para nada eso.

Es más, ustedes, que quieren que los Ayuntamientos asuman esta competencia, ¿a alguien se le ocurriría decir que la sanidad primaria, los médicos de cabecera, conocidos por todos y todas de esa manera, pasaran a formar parte de las Corporaciones Locales, y los médicos especialistas siguieran de la Consejería? No, eso sería aberrante para la estructura de la sanidad. Pero ustedes sí que lo hacen en la enseñanza, ustedes quieren desvertebrar algo que es fundamental en la enseñanza de cualquier niño y niña, desde los cero hasta los dieciséis años, de manera obligatoria, y de cero a seis voluntaria, pero como un servicio público y gratuito.

Evidentemente, nos diferencian muchas cosas a ustedes y a nosotros, y esta es una de ellas, porque nosotros somos coherentes, siempre vamos con el mismo discurso, y es lo que hemos explicado en esta línea muchas... muchas veces. [Murmullos].

Es... es divertido para el Partido... para el Partido Popular, pero las... los hechos son los hechos, y así... y así son. La cuestión es que llevamos muchos años defendiendo esta filosofía y ustedes van cambiando en medida que entra un Director General u otro; esa es la diferencia. Es más...


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Señora López... López-Molina tiene que concluir, por favor. Su tiempo ha terminado.


LA SEÑORA LÓPEZ-MOLINA LÓPEZ:

(Termino ya, señora Presidenta). Es más, la normativa a la que usted hace referencia como pionera, como siempre, cuando se corre mucho, en ocasiones, las cosas no se hacen bien. Y mire, no se hacen bien porque en el decreto que regula el funcionamiento de las escuelas infantiles, se deja prácticamente todo a un sistema aleatorio; es decir, al beneplácito, en ese momento, del Departamento Territorial de Familia que lo decide.

(Y voy a concluir ya, señora Presidenta). Es más, en Miranda existe un problema muy grave, porque tenemos tres niños con necesidades especiales en la escuela infantil que no cuentan con el profesional adecuado, cuando en sus expedientes figura la necesidad de que estén atendidos por un técnico o técnica especializado para la atención. Eso figura en los expedientes de esos tres niños. ¿Y sabe lo que recoge la norma? La norma recoge que, en aquellas discapacidades que exijan una actuación permanente y específica, serán valoradas por el Departamento Territorial de Familia e Igualdad. Y en el caso de que se facilite, ustedes no establecen que si es necesario, si existe un niño con... en su expediente que figure que necesita un técnico, ustedes lo van a dotar. No, lo ponen de forma aleatoria, que no se sabe mucho dónde les derivan.

Y existe otra... problema en nuestra ciudad con esta escuela infantil -que espero que ahora me lo resuelva, la duda-: no cumple la normativa de incendios. Hace una semana...


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Señora López-Molina López, tiene que terminar ya. ¿De acuerdo? Termine ya.


LA SEÑORA LÓPEZ-MOLINA LÓPEZ:

(Termino ya). Existe un problema con la normativa de incendios. Yo lo fui a visitar, la invito a que acuda a visitarla, y espero que me diga hoy, en esta comparecencia, que se va a resolver de forma precisa, rápida y adecuada a las necesidades. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Gracias, Señoría. En turno de dúplica, la Directora General de Familia, doña Aurora Romera Hernández tiene la palabra.


LA DIRECTORA GENERAL DE FAMILIA (SEÑORA ROMERA HERNÁNDEZ):

La verdad es que el venir a estas Comisiones, pues la... es bueno, pues porque hay ahí muchas cosas que, a lo mejor, si no se explican o no se aclaran, pues, se persiste en el error, y bueno, pues esta... de esta forma, nos da la oportunidad de que algunas cosas queden aclaradas.

Mire, Señoría, cuando yo no... Nunca he dicho que... que todos los niños necesiten lo mismo, es que la norma establece que los bebés, los bebés (que es de cero a uno), en las aulas, en esa unidad, no puede haber más de ocho; es decir, que ese técnico que esté al frente de esa unidad, en el mayor... como máximo posible va a poder atender a ocho bebés. Cuando es de uno a dos años, la norma dice que son hasta trece. Y en el caso de... de dos a tres es hasta veinte. Pero, en todo caso, es decir, el número de profesionales que se pone es uno por unidad, lo que pasa que, efectivamente, cuando son bebés, el máximo que va a poder tener ese profesional van a ser ocho; si son de trece... si son de uno a dos años, trece niños; y en el caso de que sean de dos a tres, serán veinte. Pero, en todo caso, lo que le digo es que cada unidad tiene que tener un profesional, y eso se está cumpliendo; y se está cumpliendo con creces, porque, le digo, en plantilla son nueve profesionales que tienen la titulación adecuada y suficiente, adecuada y suficiente, y la que marca la normativa para poderles atender.

Bueno. Vamos a ver, es que ustedes... ha planteado... ha planteado varios temas. Cuando dice que la Orden del concurso salió en agosto. Efectivamente, salió en agosto; en agosto sabe que las guarderías... las escuelas infantiles nuestras están cerradas, con lo cual... bueno, pero, no obstante, no obstante, cuando se produce el cese de esas personas... esas personas empiezan con el curso y atienden a los niños, pero, efectivamente, hay durante tres días que, pues, por razones administrativas, que la Administración, efectivamente, a veces no reacciona con la suficiente celeridad como para que sea de forma inmediata. Pues... pues sí, pero es que la bolsa de empleo, que además es un sistema de provisión en el que... es un sistema que está acordado también a nivel con... con los sindicatos, es así, y... y hay que tirar de lista por orden... por el orden que estén establecidos en la lista. Pues, efectivamente, hubo durante tres días que... que el centro no tuvo nueve profesionales, pero el que no tuviera nueve profesionales no quiere decir que no estuviera cubierto con lo que la ley exigía legalmente, ¿eh?, porque ya le digo que hay más de los que realmente se exige por ley, por ley y por nuestro decreto.

Y, luego, le voy a decir otra cosa. Mire, cuando quiera visitar algún centro, por favor, le pediría que nos lo solicitara; y yo, a lo mejor, le acompaño muy gustosamente; pero el deber de custodia, de guardia y custodia, es un deber muy delicado, y no todos los padres interpretan bien que cualquier autoridad pueda entrar libremente o... No lo sé. Con lo cual, yo entiendo que el control parlamentario debe hacerse de otra forma, debe hacer... Pero, bueno, eso sí que es una opinión personal, y que yo le diría que, si alguna vez tiene alguna necesidad de información, le rogaría que me llamara, que yo le voy a atender muy gustosamente y le voy a dar todo tipo de... de... todo tipo de información. Pero no me parece adecuado, no me parece adecuado por el tipo de... bueno, pues, porque son... por la guardia y custodia, porque son niños de cero a tres, porque los padres no les gusta que se mezclen temas políticos o de discrepancia... Sinceramente, yo creo que el control parlamentario debe hacerse de otra forma.

Usted me dice del tema de prevención de incendios. La verdad es que yo, como mi... mi... yo, mi formación es jurídica, pues yo he pedido a los técnicos (a los técnicos que saben de este tema) que, por favor, me hicieran un informe, ¿vale? Bueno, pues, efectivamente, en la Dirección General de Familia tenemos un arquitecto y un aparejador, y yo me fío del informe que me han dado.

Pues mire, le voy a dar una serie de datos, porque, a lo mejor, los técnicos suyos, o usted conoce más el tema de prevención de riesgos, pero yo le voy a dar los datos de los que me han hecho... las personas que, desde el punto de vista de cualificación, son los más entendidos para... para poderlo dar.

Vamos a ver, este centro, efectivamente, es un centro muy... muy viejo, y como quiero ser también un poco rigurosa con... con el tema, este centro se construyó en mil novecientos sesenta, época en que la normativa existente en cuestión de protección contra incendios era prácticamente inexistente.

En el año dos mil, año dos mil, la Junta de Castilla y León encargó, encargó que se realizara un informe sobre el cumplimiento de la normativa de incendios -doy los nombres de los arquitectos que hicieron este informe: Almudena Carril y Luis Cimbranos, eran arquitectos, ¿vale?-. Dice el informe: "El centro cumple con la normativa a excepción de que... no cumple la anchura mínima de puertas en un aula y la anchura de escalera, y falta alumbrado de emergencia por parte de la señalización". De acuerdo. Estas son las dos únicas incidencias que se dicen en el dos mil.

La falta de alumbrado de emergencia y de señalización de elementos de evacuación se solucionó en el año dos mil cinco, y la anchura de la puerta de un aula se solucionó con obras que se hicieron por la Consejería de Familia en el año dos mil siete, ¿vale?

En función de la ocupación del centro –setenta y cuatro plazas-, este debe... debe disponer de dos puertas de salidas, según las normas de seguridad en caso de incendios. En la actualidad, el centro dispone de cinco, ¿eh?, por lo que sobradamente cumple la normativa.

Y en relación con la observación que usted hace de la puerta de un salón de usos múltiples... –Natalia, si... si le voy a explicar el que está equivocado-, la puerta del salón de usos múltiples, usted dice que se tiene que abrir en otra dirección; por favor, asesórese por una persona que conozca el tema, porque la norma dice que cuando este salón es inferior a cien, ¿vale? (ese salón que usted se refiere es de cincuenta y nueve personas), el sentido de apertura no tiene que ser en el sentido de la evacuación. ¿De acuerdo? Es decir, si ese salón tuviera una ocupación de cien personas, podría usted tener razón, pero como ese salón es de cincuenta y nueve, pues no... la normativa se ajusta.

Efectivamente, el centro de Miranda es un centro que es un centro muy antiguo. Pero le voy a dar otro dato porque a lo mejor usted no lo sepa. ¿Sabe lo que se ha gastado la Junta de Castilla y León en el centro desde el año dos mil cuatro? Exactamente 405.000 euros. Dado que es un centro que tiene mucha antigüedad, hemos promovido, con el Ayuntamiento de Miranda de Ebro, otro centro que está en construcción y también otro en el polígono, que, por desgracia, pues, tanto el centro que promueve su Ayuntamiento como el del polígono juntos, pues... pues, por las circunstancias, las dos empresas están en concurso de acreedores; pero lo cierto es que, bueno, con algo de retraso con respecto a la programación que teníamos prevista, saldrán adelante esos dos centros más. Entiendo que Miranda de Ebro ha sido una ciudad bien tratada en la programación que ha realizado la Junta de Castilla y León, y que es cuestión de tiempo. Que las cosas nos gustaría que se hicieran en un... en menos tiempo, pero es que un... la construcción de un centro, pues, lógicamente, en el mejor de los casos, se... es once meses.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchísimas gracias, doña Aurora Romera Hernández. Antes de despedirla, agradecer su presencia hoy aquí y, también, cuantas aclaraciones nos ha formulado; y estar... contar con todos nosotros para cuantas cuestiones usted tenga pendientes y quiera que colaboremos. Y nada más, muchísimas gracias, hasta otra ocasión.

En este sentido, pues nosotros pasamos al segundo punto del Orden del Día, que por la señora Secretaria se dará lectura del mismo.

PNL 488


LA SECRETARIA (SEÑORA MARTÍN CABRIA):

Segundo punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley, PNL 488-I, presentada por los Procuradores doña Consuelo Villar Irazábal, don Fernando Benito Muñoz, don Ildefonso Sanz Velázquez y doña Natalia López-Molina López, relativa a los puntos de encuentro familiar en cada una de las comarcas de la provincia de Burgos, publicada en el Boletín de las Cortes de Castilla y León, número 94, de nueve de junio de dos mil ocho".


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, por parte del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra doña Consuelo Villar Irazábal.


LA SEÑORA VILLAR IRAZÁBAL:

Gracias, señora Presidenta. Buenos días, Señoría. Los menores que viven separados de sus progenitores y familiares tienen derecho a mantener relaciones personales y contacto directo con ellos de forma regular, siempre que ello no resulte contrario a sus superiores intereses.

La Convención de Derechos del Niño de Naciones Unidas, de veinte de noviembre de mil novecientos ochenta y nueve, ratificada por España el treinta de noviembre de mil novecientos noventa, en su Artículo 9, indica que "Los Estados Partes respetarán el derecho del niño que está separado de uno o de ambos padres a mantener relaciones personales y de contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello es contrario al interés superior del niño". La Recomendación del Consejo de Europa número 98 del Comité de Ministros de los Estados miembros sobre la mediación familiar, adoptada por el Comité de Ministros de veintiuno de enero de mil novecientos noventa y ocho, señala, en su exposición de motivos, que se ha de asegurar la protección de los intereses del niño, niña o adolescente, y de su bienestar, especialmente en relación con la guardia y el derecho de visitas en situaciones de separación o divorcio. El Artículo 39 de la Constitución Española establece que "Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia"; y en el apartado 2 se determina la obligatoriedad de los poderes públicos de asegurar "la protección integral de los hijos". En el mismo sentido, se pronuncia el Código Civil, en su Artículo 94, en su regulación del derecho de visitas, comunicaciones y estancias.

Sin embargo, esta relación familiar no siempre es fácil, por lo que es necesario favorecer los mecanismos necesarios para que la transición a la nueva configuración familiar sea lo menos traumática posible, velando siempre por el interés supremo del menor.

Un punto de encuentro es un espacio neutral e idóneo para favorecer ese derecho fundamental del niño o niña a mantener relaciones con sus familias, cuando es unas... cuando en una situación de separación, o divorcio, o acogimiento familiar, o en otros supuestos de interrupción de la convivencia familiar, el derecho de visita se ve interrumpido o es de cumplimiento difícil o conflictivo. Este derecho del menor debe estar garantizado independientemente de cuál sea su lugar de residencia.

La Ley 1/2007, de Apoyo a las Familias de Castilla y León, recoge en su Artículo 20 que los puntos de encuentro estarán ubicados "en los municipios de capitales de provincia y en los de más de veinte mil habitantes, sin perjuicio -dice la ley- de la creación de otros nuevos".

En la provincia de Burgos, actualmente, existen tres puntos de encuentro: uno en Burgos Capital, con horario de lunes, martes, viernes, sábado y domingo, de diez a dos de la mañana y de cuatro a ocho de la tarde; y dos, en Aranda de Duero y otro en Miranda de Ebro, con horario de viernes, sábado y domingo, de diez a dos de la mañana y de cuatro a ocho de la tarde. Sin embargo, otras comarcas e incluso otros partidos judiciales, como Lerma, Briviesca, Villarcayo o Salas de los Infantes, carecen de este recurso que facilita el ejercicio del derecho de visitas, cuando, como decíamos anteriormente, este resulta difícil o es conflictivo.

Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista propone la siguiente propuesta de resolución, y es que "Las Cortes de Castilla y León insten a la Junta de Castilla y León para que en esta Legislatura se pongan en marcha puntos de encuentro familiar en cada una de las comarcas de la provincia de Burgos". Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Villar Irazábal. Se ha presentado a esta proposición no de ley una enmienda por el Grupo Parlamentario Popular, con el número 6931 de Registro de Entrada en estas Cortes. En representación del Grupo Parlamentario, tiene la palabra la señora Marisol Romeral Martín.


LA SEÑORA ROMERAL MARTÍN:

Gracias, señora Presidenta. Buenos días. Antes de empezar a hablar del... de la propuesta de resolución que plantea el Partido Socialista y de defender los argumentos en los que... en los que se basa la enmienda que ha presentado el Grupo Parlamentario Popular, sí quisiera decir que, hombre, recientemente, hace un par de meses, el Grupo Parlamentario Socialista planteó una propuesta de resolución muy simi... exactamente igual a la que ustedes plantean hoy aquí en relación con la provincia de Soria. Ustedes en... siempre nos tienen acostumbrados a, cuando cogen un tema, pues, primero lo plantean con carácter general, luego lo plantean provincia por provincia. Y yo, sinceramente... no es malo, pero yo creo que tendrían que tener un poco más de imaginación y preocuparse un poco más por los problemas reales de los ciudadanos, y no, sistemáticamente, reproducir las mismas propuestas de resolución.

En cuanto a lo que ya usted plantea hoy aquí, y la enmienda que plantea el... el Grupo Parlamentario Popular, es decir, centrándonos ya en el tema, hay que partir del concepto inicial de lo que es un punto de encuentro y de los servicios que se prestan y la finalidad que persiguen. Efectivamente, como usted bien decía, los menores son las principales víctimas y los principales sufridores cuando se producen las crisis matrimoniales o las crisis familiares, y se producen desavenencias entre los progenitores. Son espacios neutrales que pretenden facilitar la relación o la reanudación de la relación de los hijos menores con el progenitor no custodio, generalmente después de esas crisis familiares que han tenido como consecuencia un deterioro importante de la relación paternofilial, o cuando, incluso, los menores, bueno, pues tienen... proceden de familias desestructuradas, donde alguno de los progenitores tiene algún problema que, de alguna manera, dificulta esa relación paternofilial.

Dichos espacios están perfectamente diseñados y equipados para que el tiempo de estancia y de reencuentro entre padres e hijos sea lo más adecuado y natural posible, y se desarrolle en un entorno lo más parecido a un ambiente familiar, en el que el menor -que es el... el... el objeto principal, vamos, el suje... perdón, el sujeto principal y el que tiene el interés que mejor... o sea, más débil, y que debe mejor defenderse- se encuentre en un entorno de confianza y seguridad. Todo ello está dirigido y supervisado por un equipo multidisciplinar de profesionales expertos en mediación familiar, que trabajan de forma individualizada cada uno de los casos y cada una de las situaciones que se presentan de cada una de las familias. Por lo tanto, se trata de un servicio especializado.

Como usted bien sabe, y sabemos todos, el apoyo a las familias en todos sus aspectos ocupa un papel muy importante dentro de las políticas, no solamente de la Consejería de Familia, sino de la Junta de Castilla y León, como uno de los objetivos importantes. Y en el caso de los puntos de encuentro, se refiere a situaciones de crisis familiar que se suelen traducir en procesos judiciales de separación, de divorcio, y que son muy desagradables en el caso en el que las relaciones entre los cónyuges, pues, sean tensas, no se produzcan esa... esa... esa... esa búsqueda de la solución a la crisis matrimonial de una forma de mutuo acuerdo y de consenso por ambas partes, y en la que afecta negativamente, como ya he dicho, pues, finalmente, a los mejores implicados.

Por ello, cuando desde la asociación Aprome, que es la Asociación de Protección del Menor en Procesos de Separación, empezó -que hay que recordar que fue la que empezó como una asociación sin ánimo de lucro, configurada... perdón, conformada por profesionales, psicólogos, asistentes sociales, etcétera-, empezó a trabajar en este tema desde el punto de vista de... bueno, de... de plantear esa solución, la Junta de Castilla y León fue una de las primeras Comunidades Autónomas que se sumó a la colaboración de la iniciativa planteada por dicha asociación, y se pusieron en marcha los puntos de encuentro como una vía para facilitar efectivamente y garantizar el interés de los menores.

Posteriormente, a través de la Ley 1/2007, de siete de marzo, ya se estableció con carácter obligatorio, y ya con una regulación legal, el establecimiento de una red de puntos de encuentro en la Comunidad Autónoma -como usted muy bien decía- en las capitales de provincia y en las poblaciones de más de veinte mil habitantes, pero dejando abierta la posibilidad de la creación de otros centros en aquellas poblaciones menores de veinte mil habitantes, lógicamente, siempre que así se considerara necesario.

En principio, el mandato legal contenido en esa Ley 1/2007 se ha cumplido, ya que todas las capitales de provincia y las poblaciones de más de veinte mil habitantes cuentan con el punto de... con el punto de encuentro familiar. Y lo que usted propone aquí es extenderlo a las comarcas de la provincia de Burgos; es decir, en algunos de los casos las poblaciones, las cabeceras de esa comarca distan mucho de tener una población cercana a los veinte mil habitantes.

Nosotros entendemos, y por eso hemos presentado la enmienda de sustitución, que para determinar la idoneidad y la efectividad de la apertura de encuentro... de encuentro familiar para... para prestar el servicio especializado, que se presta en condiciones de eficacia y eficiencia, hay que tener en cuenta la demanda existente, los casos reales existentes y las cifras de las actuaciones que se están llevando a cabo en los puntos de encuentro ya existentes.

Y así, en el año dos mil siete, en Burgos, en el punto de encuentro familiar de Burgos, se ha atendido a ciento cuarenta y siete familias y doscientos cuarenta y siete menores; en Aranda se ha atendido a diecinueve familias y veintiséis menores; en Miranda de Ebro a treinta y un familias y treinta y cinco menores. Y en lo que llevamos de... del primer trimestre del año... que está contabilizado de dos mil ocho, en Aranda, en el... en el punto de encuentro familiar de Aranda han entrado... se ha iniciado cuatro nuevos expedientes; ahora mismo, en la actualidad hay catorce expedientes en intervención; en Burgos se han iniciado veintinueve expedientes y hay ciento once; y en Miranda de Ebro no ha entrado ningún expediente y hay dieciséis expedientes en intervención.

Por otra parte, tenemos que tener en cuenta que los puntos de encuentro familiar están abiertos a cualquier familia o a cualquier situación que necesite el servicio, pero tenemos que ser realistas y partir de la base de que son muy pocos los... las visitas que se producen por acuerdo y por consenso, y de forma voluntaria por parte de los progenitores, mientras que la inmensa mayoría, el... el elevado porcentaje de... de casos que se tratan son consecuencia directa de una sentencia judicial, son consecuencia directa de un mandato judicial; es decir que es una sentencia, después del... como decía antes, de un proceso de crisis familiar, de divorcio o separación, es un juez el que, en virtud y a la vista de las circunstancias que se producen, dentro del procedimiento judicial establece que para reanudar esa relación paterno-filial debe hacerse a través del punto de encuentro, porque entiende que debe ser supervisada por esos profesionales.

Por tanto, Señoría, en principio, y a la vista de los datos que yo le he dado, no parece necesario que se pueda que... la apertura de nuevos centros... perdón, de nuevos puntos de encuentro familiar en la provincia de Burgos, pero, sin embargo, sí que entende... entiende el Grupo Parlamentario Popular que, dada la importancia de los... del objetivo que se persigue y del trabajo que se realiza, y de los temas que se tratan, y del beneficio que al final se consigue para esos menores y para esas familias, que es minimizar las crisis matrimoniales y reanudar con garantías y desde un ambiente sosegado y pacífico las relaciones paterno-filiales, e incluso en algunas ocasiones, incluso, facilitar la posibilidad de que un padre pueda volver a su hijo después de mucho tiempo de no poder hacerlo.

Nosotros hemos presentado esa enmienda de sustitución en el sentido de, bueno, instar a que la Consejería de... por parte de la Consejería de Familia se realice un estudio de demanda en esas otras poblaciones que no cuentan ahora mismo con ese punto de encuentro familiar, de cara a determinar la necesidad de esos nuevos puntos de encuentro. Pero, como le decía antes, ya que se trata de un estudio especializado, siempre con garantías de que el servicio se va a prestar en condiciones de eficiencia y eficacia. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Romeral Martín. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la resolución que propone, tiene la palabra la señora Villar Irazábal.


LA SEÑORA VILLAR IRAZÁBAL:

Sí, gracias, señora Presidenta. Señora Romeral, me llama la atención que usted no considere un problema real que ciudadanos de Castilla y León, ciudadanos de Soria, ciudadanos de Burgos, no tengan la posibilidad de acceder a ese equipo multidisciplinar y a ese lugar idóneo para que se realice el derecho de visitas.

Sin duda, esta proposición no de ley hace referencia a un problema muy real que tienen ciudadanos de nuestra Comunidad Autónoma, que tienen ciudadanos de la provincia de Burgos y que, sin duda, también tienen ciudadanos de la provincia de Soria, lo que ha motivado que también los Procuradores por esta provincia presentasen una proposición no de ley en es... en estos términos, y que seguramente otras provincias que tienen este mismo problema presentarán también. Entiendo que este es, sin duda, un problema real de los ciudadanos de Castilla y León.

En cualquier caso, la enmienda de sustitución que presentan ustedes lo que propone es la realización de un estudio de... de necesidad. La Ley entiende que en las capitales de provincia y en los municipios que tienen más de veinte mil habitantes esa... esa necesidad está contrastada. Nosotros les estamos diciendo que esa necesidad también existe en otros partidos judiciales, partidos judiciales que, aunque en su sede, donde está la sede judicial, no lleguen a esa ratio de veinte mil habitantes, si sumamos la población que tiene ese partido judicial, esa población está muy próxima a esa ratio de veinte mil habitantes.

Ustedes piden la realización de un estudio que, según respuesta a una pregunta parlamentaria realizada por el Procurador Manuel Fuentes López, la Junta de Castilla y León dice que se realizará un estudio de demanda para determinar la necesidad de la creación de los nuevos puntos de encuentro familiar. Respuesta de seis de noviembre de dos mil ocho. Entiendo que esto la Junta de Castilla y León ya lo está realizando.

En cualquier caso, les digo que el estudio es muy sencillo. En todos los partidos judiciales de la provincia de Burgos, como usted sabe, hay juzgado de primera instancia e instrucción. Basta con hacer una valoración de los procedimientos de separación, de divorcio, de acogimiento y de violencia de género que se están llevando a cabo en esos partidos judiciales para tener una valoración aproximada de los asuntos de las personas que podrían tener acceso a este punto de encuentro. La valoración es muy sencilla. Pero el problema es el que se nos plantea siempre: hacemos el estudio, y luego ¿dónde ponemos la ratio?, ¿cuántos casos necesitamos para que se ponga un punto de encuentro en todos los partidos judiciales, en todas las comarcas? ¿Es la misma... es la misma ratio que tenemos que exigir en Burgos, en Miranda o en Aranda? Evidentemente, no, Señoría. Porque, si utilizamos la misma ratio en el mundo urbano que en el mundo rural, en el mundo urbano no tendríamos ni centros de salud, ni colegios ni institutos. Tenemos que tener criterios específicos para que los servicios lleguen también al mundo rural, para que esos ciudadanos...

Y a ustedes se les llena la boca diciendo que ponen medidas de lucha contra la despoblación, que su prioridad es el mundo rural. Pues, por favor, alguna vez en esta Comisión, o en otra, aprueben alguna proposición no de ley que efectivamente mejore la situación de aquellas personas que viven más alejadas de los núcleos urbanos. Porque lo que pedimos con esta propuesta de resolución es que aquellos que viven en núcleos más pequeños, que viven en comarcas que igual no llegan a ese ratio de los veinte mil habitantes, tengan estos lugares idóneos y adecuados para que este derecho de visitas que tienen el menor y los padres, los progenitores, se pueda desarrollar adecuadamente.

Usted sabe que, en muchos de estos municipios, sus ciudadanos tienen serias dificultades de transporte, porque el transporte público el... es deficitario, las empresas no... no les sale rentable tener un transporte público y tienen dificultades para poder ir desde su municipio al punto de encuentro más próximo.

Con esta proposición no de ley lo único que pretendemos es un acercamiento de los servicios a aquellas personas que viven en los núcleos más pequeños, en este caso de la provincia de Burgos.

Como le decía, el estudio, supongo que, si hacemos caso a la contestación de la propia Junta de Castilla y León, se tiene que estar realizando ya. Y, en cualquier caso, le digo y le repito, es un estudio sencillísimo: basta hacer una valoración de los procesos judiciales que hay en cada uno de los partidos judiciales.

Pero en cualquier caso, nunca, nunca podemos utilizar la misma ratio para poner los servicios en el mundo rural que en el mundo urbano. Y a la luz de los datos que nos da el hecho que haya partidos judiciales en cada una de estas comarcas, a la luz de esos datos, se manifiesta claramente necesario que haya puntos de encuentro familiar en cada una de las comarcas de la provincia de Burgos. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Entiendo que no admite la enmienda presentada. Por lo tanto pasamos a proceder a votación la proposición no de ley.

Votación PNL 488

¿Votos a favor de la proposición no de ley? Cinco votos a favor. ¿Votos en contra de la proposición no de ley? Nueve votos en contra. Por tanto, queda rechazada esta proposición no de ley.

Pasamos a dar lectura, por parte de la señora Secretaria, al tercer punto del Orden del Día.

PNL 511


LA SECRETARIA (SEÑORA MARTÍN CABRIA):

Tercer punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley, PNL 511-I, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a desarrollo de los requisitos y condiciones mínimas de los puntos de encuentro familiar, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 105, de veintiuno de julio del dos mil ocho".


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Socialista, doña Consuelo Villar Irazábal.


LA SEÑORA VILLAR IRAZÁBAL:

Muchas gracias, Presidenta. No voy a incidir en la fundamentación jurídica que justifica la creación de los puntos de encuentro, porque los antecedentes utilizados en la anterior proposición no de ley serían claramente aplicables a... a la que vamos a debatir en estos momentos.

Sí que podríamos determinar cuál son algunos de estos objetivos, por dar algún dato más sobre estos puntos de encuentro. Entre los objetivos que persiguen los puntos de encuentro, está establecer en las familias en situación de ruptura de la convivencia familiar esos vínculos necesarios para un buen desarrollo psíquico, afectivo y emocional del menor; garantizar que el cumplimiento del régimen de visitas no suponga una amenaza para la seguridad del menor y prevenir la violencia de género; preparar a los progenitores y a sus familias biológicas y acogedoras para conseguir la autonomía y poder mantener las relaciones con los menores sin depender de este servicio.

En definitiva, yo creo que, a la luz de los argumentos jurídicos que damos... que dábamos en la anterior propuesta de resolución, y a la luz también de estos objetivos que manifestamos en la defensa de esta propuesta, el punto de encuentro se manifiesta como un lugar necesario; ese espacio neutral e idóneo para favorecer ese derecho fundamental que tiene el niño o niña a mantener las relaciones con sus familias.

Pues bien, la Ley 1/2007, de Apoyo a las Familias de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, define en su Artículo 20 los puntos de encuentro familiar, y en su punto cuarto determina que reglamentariamente deberán regularse los requisitos y las condiciones mínimas de estos puntos de encuentro, regulación que, a día de hoy, está todavía sin aprobar.

Ya el Defensor del Pueblo, en el año dos mil cuatro, recomendaba a todas las Comunidades Autónomas que regularan el funcionamiento y las prestaciones de los puntos de encuentro familiar. A la luz de este mandato del Defensor del Pueblo, y también de la normativa propia de... de cada Comunidad Autónoma, algunas Comunidades Autónomas han regulado ya estos puntos de encuentro. Tenemos, por ejemplo, la Comunidad Autónoma de Valencia, que ha hecho esta regulación por ley; regulación que recoge, entre otros aspectos, por ejemplo, los principios rectores por los que se deben regir los puntos de encuentro, los fines, la composición mínima que debe tener este equipo multidisciplinar para garantizar que se cumplan adecuadamente las funciones del punto de encuentro, o los derechos y deberes de las personas beneficiarias.

Por ese motivo, presentamos hoy esta proposición no de ley, que no tiene otro objetivo que el cumplimiento del mandato que realiza la Ley de Apoyo a las Familias para que, reglamentariamente, se regulen las condiciones mínimas que deben cumplir estos puntos de encuentro. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, Señoría. Se ha presentado a esta proposición no de ley una enmienda, por el Grupo Parlamentario Popular, con el número 6930 de Registro de Entrada en estas Cortes. En representación del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra doña María del Canto Benito Benítez de Lugo.


LA SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO:

Gracias, señora Presidenta. Señorías, buenos días a todos. Bien, hoy seguimos hablando de puntos de encuentro familiar, y parece que esto es una prolongación del II Congreso Nacional de Puntos de Encuentro Familiar, que se está celebrando, o que se acaba de celebrar los días diez y once de diciembre en León. Con lo cual, pues, bueno, es una redundancia, y no vendrá mal. Y yo creo que entre todos sacaremos consecuencias.

No puedo por menos de comenzar mi intervención haciendo referencia también a antecedentes que se han repetido aquí, pero que creo necesario volverlos a hacer, en relación con la necesidad y por qué nacen estos puntos de encuentro familiar.

El concepto de familia actual ha experimentado una transformación respecto del esquema tradicional, en el que se establecía la vida en familia. En muchas ocasiones, resulta difícil lograr que las relaciones interpersonales dentro de las unidades familiares sean verdaderamente afectivas y satisfactorias. Parece por ello evidente que la sociedad actual precisa de nuevas formas para dar solución a conflictos nuevos que surgen en los... en las nuevas familias y en las nuevas estructuras familiares, evitando en todo momento los errores en la convivencia y evitando así costes que supone derivar esos conflictos que muchas veces surgen en las familias siempre a la Administración de Justicia.

Situaciones de divorcio, separación o ruptura familiar suponen un cambio en las relaciones de los miembros de la familia, que afectan de forma considerable a los hijos menores de edad. La ruptura de la pareja y las dificultades para establecer acuerdos entre los ex cónyuges a la hora de reestructurar la dinámica familiar hace necesario facilitar los recursos necesarios para que la transición y la adaptación de los niños a la nueva situación familiar sea lo menos traumática posible, velando siempre –y aquí se ha dicho- por los intereses del menor. Así pues, Señorías, y para dar solución a esta situación, surgen los puntos de encuentro familiar.

El Partido Popular y la Junta de Castilla y León es consciente de ello, y por eso establece una red de puntos de encuentro familiar como un recurso neutral, atendido por un equipo multidisciplinar, que tiene por finalidad facilitar el cumplimiento del régimen de visitas y garantizar, así mismo, el derecho de los menores a relacionarse con ambos progenitores y con sus familias en un ambiente de total normalidad o de máxima normalidad, al mismo tiempo que se facilita a los progenitores el cumplimiento de sus responsabilidades y derechos parentales, y se facilita un espacio en el que contribuir, también, y construir, los coparentales. Los puntos de encuentro familiar surgen, pues, como un servicio social gratuito, universal, especializado, al que se accederá por resolución judicial o administrativa, y que deberá regirse según los principios de interés del menor, neutralidad, confidencialidad, subsidiaridad, temporalidad y especialización.

Las actuaciones desarrolladas por la mayoría de las Administraciones ponen de manifiesto que las Comunidades Autónomas se han adelantado a las previsiones normativas, y aún sin contar con un marco legal que desarrolle cuál es la función de los puntos de encuentro y qué profesionales deben ser los encargados de ese servicio, estas Comunidades Autónomas, y la nuestra concretamente, ha ofrecido a los ciudadanos una serie de medios para hacer frente a unas necesidades que aparecen en el seno familiar. Y así lo valoraba el Defensor del Pueblo en su Informe. Yo he tenido acceso al Informe de veintidós de mayo de dos mil cinco, en el cual el Defensor del Pueblo, efectivamente, instaba a todas las Comunidades Autónomas a que, teniendo en cuenta los principios básicos enumerados y los trabajos previos realizados por todas ellas, elaborase la... la correspondiente ley en la que se recojan todos los aspectos que afectan a este tipo de servicio, especialmente en cuanto a normas de funcionamiento, ubicación, acceso al mismo por parte de los ciudadanos y cualificación del personal... cualificación profesional, perdón, de las personas que trabajan en los mencionados puntos de encuentro familiar.

Partiendo de ello y, sobre todo, teniendo en cuenta tanto la mediación familiar como los puntos de encuentro tenían en nuestro país un tratamiento nada homogéneo. Porque eso es una realidad que existe; es decir, no hay un tratamiento general homogéneo de cómo debe de instaurarse o establecerse estos puntos de encuentro, y en muchas cosas... casos inexistentes. El Defensor del Pueblo, también, Señorías, no solamente encomienda a las Comunidades Autónomas que pongan... que hagan sus deberes, sino también encomienda al Ministerio de Justicia para que... con objeto de que, dentro de la iniciativa legislativa que este tenga encomendada, se introdujera en la legislación del Estado una normativa básica que sirviera para homogeneizar y, al mismo tiempo, regular todos aquellos aspectos que afectan a la mediación familiar y al punto de encuentro familiar. E, insisto, ello se recoge en el Informe del Defensor del Pueblo del veintidós de mayo del dos mil cinco. Es decir, nos pone deberes a las Comunidades Autónomas pero también al Gobierno -al Ministerio de Justicia, en este caso-.

Señorías, actualmente no existe una regulación de ámbito estatal para los puntos de encuentro familiar. Y según he podido comprobar, efectivamente, existen cuatro Comunidades Autónomas que sí hemos hecho los deberes. Está el Principado de Asturias; por Decreto 93/2005, ya en el año dos... dos mil cinco, regula lo del tema de los puntos de encuentro familiar. La Comunidad Valenciana, en el dos mil ocho, por Ley 13/2008, de ocho de octubre, o sea que no hace mucho, también regula los puntos de encuentro familiar por ley. Y la Comunidad... el País Vasco, también, en el dos mil ocho, estableció la legislación, no olvidando... sobre puntos de encuentro familiar. Sin olvidar que Castilla y León, por la Ley de Medidas de Apoyo a la Familia, en el año dos mil siete ya regula, en el ya tan mencionado Artículo 20, la necesidad de establecer estos puntos de encuentro familiar, como así también –y es el objeto de esta proposición no de ley- establece también la obligación de regularizar o de hacer un desarrollo reglamentario en el que se establezcan los requisitos y las condiciones mínimas de los puntos de encuentro familiar.

Castilla y León, consciente de ello, y al efecto de facilitar la tarea de los puntos de encuentro familiar, y siempre que estos se lleven a cabo de acuerdo con... de los... con los principios, perdón, de neutralidad, especial protección del menor, seguridad y bienestar del usuario, la Consejería de Familia, Señorías, editó una guía de intervención de los puntos de encuentro familiar –que aquí, si quiere, le hago entrega de él- ya en el año dos mil seis. Esta guía de intervención, aun sin constituir formalmente una regulación de los puntos de encuentro familiar –no es una regulación, lo reconocemos-, es un documento completo, donde se señala la definición, los objetivos generales de los mismos, los principios generales y específicos de estos, los principios que guían la intervención y el método de intervención que ha de llevarse a cabo. Así mismo, en el año dos mil ocho se ha editado, como complemento a dicha guía, un protocolo de actuación en los puntos de encuentro familiar cuando existen orden de protección. Este protocolo establece las pautas de actuación en los supuestos de violencia ge... de género. En definitiva, Castilla y León, Señorías, y el Partido Popular trabaja en el tema.

La Comunidad de Castilla y León, también tengo que decir que ha sido pionera en... en este tema, y por ello la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades participa en un grupo de trabajo creado al efecto con el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, con el fin de establecer unas pautas generales de cara a la elaboración de una normativa de los puntos de encuentro familiar por parte de la Comunidad Autónoma; documento final que ha sido presentado en el congreso al que al principio he hecho referencia, que se celebra en León, en relación con los puntos de encuentro familiar, durante los días diez y once de diciembre. Hoy podremos acceder a los... conclusiones de dicho congreso, pero hoy por hoy no... en este momento no puedo darles notificación del mismo.

Teniendo, por lo tanto, en cuenta lo anterior, es decir, el grupo de trabajo y la responsabilidad... y el trabajo ya realizado en Castilla y León en relación con los puntos de encuentro familiar; teniendo en cuanto... en cuenta que nos obliga la Ley 1/2007, de Medidas de Apoyo a la Familia, en cuanto al desarrollo reglamentario; y teniendo en cuenta que este desarrollo reglamentario es un compromiso del Partido Popular y de nuestro Presidente, Juan Vicente Herrera, la Junta de Castilla y León ya tiene elaborado un borrador de Decreto regulador de los puntos de encuentro.

La regulación de los puntos de encuentro debe realizarse mediante Decreto, del que hay que dar cuenta a los interesados en trámite de audiencia, e igualmente ser sometido a informe por parte del Consejo Consultivo de Castilla y León, trámites burocráticos y administrativos lógicos. Debido a estas circunstancias, ustedes nos proponen, en su proposición no de ley, el... la fecha de los seis meses, el... el plazo de tiempo de los seis meses. Teniendo en cuenta la fecha en la cual se firmó esta proposición no de ley, que me parece que fue julio del... del dos mil ocho... junio, perdón, once de junio de dos mil ocho, seis meses parecían precipitados, puesto que además había que esperar a la celebración del congreso para llegar a un acuerdo para establecer criterios homogéneos, como he explicado en mi intervención.

Por lo tanto, la Junta de Castilla y León... nosotros, el Partido Popular, en este momento, planteamos una enmienda en la cual se dice que las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que se regule reglamentariamente los requisitos y condiciones mínimas de los puntos de encuentro familiar... bien, en los seis meses a partir de este momento, que quizás sería mejor en el primer semestre del año dos mil nueve, teniendo en cuenta –insisto- que hay que someter el Decreto (que ya existe un borrador del mismo)... este Decreto hay que someterlo a trámite de audiencia y someterlo al informe del Consejo Consultivo. Por lo tanto, nuestra... hay una especie de modificación -yo, si quiere, así se lo propongo-, en la cual quedaríamos que "las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que se regule reglamentariamente los requisitos y condiciones mínimas de los puntos de encuentro en el primer semestre del dos mil nueve". Gracias, Señoría.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Benito Benítez de Lugo. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo, tiene la palabra doña Consuelo Villar Irazábal.


LA SEÑORA VILLAR IRAZÁBAL:

Gracias, Presidenta. Entiendo que la redacción que presentan en estos momentos no coincide con la propuesta de resolución, y, como es a esta parte –entiendo- a quien corresponde fijar el texto, fijo el texto, que quedaría: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que reglamentariamente regule los puntos de encuentro en el primer semestre de dos mil nueve". Si le parece bien... en el primer semestre del año dos mil nueve. El compromiso es que en el primer semestre de dos mil nueve esté la regulación reglamentaria, vía Decreto, de los puntos de encuentro familiar.

Y, a pesar de que hay acuerdo, no quiero dejar de decirle, no sin cierto cariño, que me extrañaba a mí que terminase esta Comisión sin hacer una alusión al Gobierno de la Nación. Tienen ustedes una fijación con derivar problemas de esta Comunidad al Gobierno de la Nación... Si son ustedes los que han adquirido el compromiso en la Ley de Apoyo a las Familias para que reglamentariamente se desarrollen los puntos de encuentro, si son ustedes los que tienen la capacidad para crear esos puntos de encuentro, son ustedes los que tienen el convenio con la asociación para el funcionamiento de los puntos de encuentro. ¿qué necesidad tienen ustedes de meter al Gobierno de la Nación en este tema? Yo entiendo que es fijación patológica la suya, y que, en cuanto ven un tema, yo creo que se van a Google, miran "puntos de encuentro", a ver si en algún momento sale "Gobierno de la Nación", para traerlo a colación en esta Comisión; incluso cuando ustedes van a votar a favor, como en este caso, y estamos de acuerdo.

No puedo admitirle que la Comunidad Autónoma ha hecho los deberes. Han hecho los deberes las Comunidades Autónomas que usted ha mencionado, que son las que han desarrollado legislativamente la regulación de los puntos de encuentro, porque, como usted decía, hasta este momento lo único que hay este guía, que está colgada de la página web de la Junta de Castilla y León, pero que, como usted decía, no tiene valor normativo. Esto es una guía, ni más ni menos, y lo que exigía la Ley es lo que vamos a aprobar hoy, en esta propuesta de resolución, que es que se desarrolle reglamentariamente, que, vía Decreto que vincule a todos los ciudadanos de Castilla y León, exista una regulación de los requisitos, de las condiciones mínimas que deben cumplir estos puntos de encuentro.

En cualquier caso, le agradezco la predisposición al acuerdo y le recomiendo que se miren eso de mirar tanto al Gobierno de la Nación. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Doña Consuelo Villar, concluida su intervención, la rogaríamos que repitiera nuevamente tal y como queda el texto definitivo de la... de la resolución.


LA SEÑORA VILLAR IRAZÁBAL:

Sí. El texto quedaría: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que en el primer semestre del año dos mil nueve regule reglamentariamente los puntos de encuentro familiar".

Votación PNL 511


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchísimas gracias. Entiendo que se aprueba por asentimiento.

Y, por lo tanto, no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, no antes sin aprovechar este momento para felicitarles las fiestas y la Navidad, puesto que no tendremos más comisiones de Familia e Igualdad de Oportunidades hasta el próximo año. Por lo tanto, aunque no... aunque nos veamos en el Pleno, pues aprovecho esta ocasión para desearles felices fiestas y felices Navidades.

[Se levanta la sesión a las once horas cincuenta minutos].


DS(C) nº 263/7 del 12/12/2008

CVE="DSCOM-07-000263"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
VII Legislatura
Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades
DS(C) nº 263/7 del 12/12/2008
CVE: DSCOM-07-000263

DS(C) nº 263/7 del 12/12/2008. Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades
Sesión Celebrada el día 12 de diciembre de 2008, en Valladolid
Bajo la Presidencia de: Paloma Inés Sanz Jerónimo
Pags. 5093-5108

ORDEN DEL DÍA:

1. Pregunta con respuesta Oral, POC 320-I, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores Dña. Natalia López-Molina López, Dña. Consuelo Villar Irazábal, D. Fernando Benito Muñoz y D. Ildefonso Sanz Velázquez, relativa a situación de la escuela infantil "Nuestra Señora de Altamira" de Miranda de Ebro (Burgos), publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 122, de 6 de octubre de 2008.

2. Proposición No de Ley, PNL 488-I, presentada por los Procuradores Dña. Consuelo Villar Irazábal, D. Fernando Benito Muñoz, D. Ildefonso Sanz Velázquez y Dña. Natalia López-Molina López, relativa a los Puntos de Encuentro Familiar en cada una de las comarcas de la provincia de Burgos, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 94, de 9 de junio de 2008.

3. Proposición No de Ley, PNL 511-I, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a desarrollo de los requisitos y condiciones mínimas de los Puntos de Encuentro Familiar, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 105, de 21 de julio de 2008.

SUMARIO:

 ** Se inicia la sesión a las diez horas cuarenta minutos.

 ** La Presidenta, Sra. Sanz Jerónimo, abre la sesión.

 ** Intervención del Procurador Sr. Rodero García (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Romeral Martín (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día. POC 320.

 ** La Secretaria, Sra. Martín Cabria, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. López-Molina López (Grupo Socialista) para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 ** Contestación, en nombre de la Junta, de la Sra. Romera Hernández, Directora General de Familia.

 ** En turno de réplica, interviene la Procuradora Sra. López-Molina López (Grupo Socialista).

 ** En turno de dúplica, interviene la Sra. Romera Hernández, Directora General de Familia.

 ** Segundo punto del Orden del Día. PNL 488.

 ** La Secretaria, Sra. Martín Cabria, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Villar Irazábal (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Romeral Martín (Grupo Popular) para la defensa de la enmienda presentada por su Grupo.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Villar Irazábal (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Sanz Jerónimo, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es rechazada.

 ** Tercer punto del Orden del Día. PNL 511.

 ** La Secretaria, Sra. Martín Cabria, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Villar Irazábal (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Benito Benítez de Lugo (Grupo Popular) para la defensa de la enmienda presentada por su Grupo.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Villar Irazábal (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Sanz Jerónimo, entiende aprobado por asentimiento el texto definitivo de la proposición no de ley debatida.

 ** La Presidenta, Sra. Sanz Jerónimo, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las once horas cincuenta minutos.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las diez horas cuarenta minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Buenos días, Señorías. Se abre la sesión. En primer lugar, quiero dar la bienvenida a la Directora General de Familia, doña Aurora Romera Hernández, por su presencia hoy aquí. Y a continuación tienen la palabra los Portavoces de los Grupos Parlamentarios para comunicar si tienen alguna sustitución a esta Presidencia. ¿Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista?


EL SEÑOR RODERO GARCÍA:

Buenos días. Consuelo Villar sustituirá a Ángela Marqués. Nada más, muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Gracias. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, ¿tiene que comunicar alguna sustitución a esta Presidencia?


LA SEÑORA ROMERAL MARTÍN:

Sí, señora Presidenta. Doña Mercedes Alzola Allende sustituye a doña María Concepción Mallo Álvarez y don Crescencio Martín Pascual sustituye a doña María Ángeles Armisén Pedrejón. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Gracias, Señoría. Primer punto del Orden del Día. Por la señora Secretaria se dará lectura del primer punto del Orden del Día.

POC 320


LA SECRETARIA (SEÑORA MARTÍN CABRIA):

Gracias, señora Presidenta. Buenos días a todos. Primer punto del Orden del Día: "Pregunta con respuesta Oral 320-I, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores doña Natalia López-Molina López, doña Consuelo Villar Irazábal, don Fernando Benito Muñoz y don Ildefonso Sanz Velázquez, relativa a situación de la escuela infantil 'Nuestra Señora de Altamira' de Miranda de Ebro (Burgos), publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 122, de seis de octubre del dos mil ocho".


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Secretaria. Para formular la pregunta, tiene la palabra, por parte del Grupo Parlamentario Socialista, doña Natalia López-Molina López, por tiempo de diez minutos.


LA SEÑORA LÓPEZ-MOLINA LÓPEZ:

Muchas gracias, Presidenta. Buenos días. Agradecer a la Directora General que haya acudido a... a responder -espero que de una... de una manera explícita- lo que hoy el Partido Socialista viene a preguntarle. El fin de esta pregunta es una situación que la ciudad de Miranda vivió en septiembre de este año, en el que todos los medios de comunicación se hicieron eco de lo que los padres y madres de la escuela infantil Altamira de la ciudad de Miranda de Ebro denunciaron en relación al personal.

Decir que esta escuela infantil, que está ubicada -como ya he dicho- en la ciudad de Miranda de Ebro, de la provincia de Burgos, cuenta con setenta y cuatro plazas, setenta y cuatro niños y niñas acuden diariamente a esta escuela infantil, en el que, además, también hay que recordar que es la única de titularidad de la Junta de Castilla y León en esta ciudad; y, a su vez, más de cuarenta niños y niñas se quedaron fuera por no existir las plazas suficientes para atenderlas.

Recordar que nos gustaría debatir este tipo de iniciativas en la Comisión de Educación, porque consideramos que es ahí donde se debe de atender a los niños y niñas de cero a tres años, desde el sistema educativo. El Partido Socialista está en contra de la visión que la Junta de Castilla y León tiene en relación a la atención a los menores de cero a tres años, porque lo dota de una cuestión exclusivamente asistencial. La intervención con estos niños y niñas debe tener un enfoque integral y dentro de un sistema educativo global.

Asimismo, mostrar la preocupación que nos transmiten desde los Ayuntamientos diferentes partidos políticos -no solo el Partido Socialista, sino también el Partido Popular- en referencia a las transferencias que la Junta de Castilla y León quiere hacer en relación a las escuelas infantiles. Si tuvieran una visión educativa, esto no sucedería, porque no se podría desve... desvertebrar el sistema educativo. Como se dota exclusivamente de una visión asistencial, la Junta de Castilla y León quiere trasladar una competencia importante, una competencia que debería tener una visión estructural, una visión integral, a los... a las Corporaciones Locales, con el temido miedo de las Corporaciones Locales: que eso no venga con la capacidad económica para poderlo llevar a cabo, como es habitual en las derivación de competencias de la Junta.

Dicho esto, que es esencial para expresar las diferencias sustanciales que la Junta de Castilla y León y el Partido Socialista tienen en la atención a los menores, es evidente que tiene una relación muy clara a lo que sucedió en nuestra ciudad. Yo voy a explicar al resto de las personas que no lo conozcan –porque, seguramente, la Directora General conozca muy bien lo que sucedió-, voy a explicar al resto lo que pasó en nuestra ciudad.

Lo que sucedió en nuestra ciudad es que dos semanas después de comenzar el periodo lectivo en el que los niños y niñas acudían a la... a la escuela infantil, los padres y madres se encontraron con que tenían tres profesionales menos de los que debería haber para la atención a los menores, no atendiendo al ratio que la norma establece para la atención a los menores. Las profesionales –y digo "las" porque todas son mujeres, excepto el director del centro- denunciaron esta situación. Veían que su trabajo -que es excelente, y quiero felicitar la labor que estas profesionales están desarrollando en la ciudad de Miranda de Ebro y en esta escuela infantil-, estaban viendo que el desgaste de no contar con el personal adecuado que marca la norma estaba propiciando una falta de atención de manera adecuada a estos menores. Lo trasladaron a los padres y madres, y estos empezaron a establecer unas fórmulas de presión para que la Junta tomara cartas en el asunto; esto no lo ha hecho el Partido Socialista, sino los padres y madres, que sentían que la Junta estaba obviando sus competencias y obviando sus responsabilidades en el tema del personal. De hecho, en la prensa –y he traído recortes varios sobre este asunto-, decía el AMPA que iba a iniciar movilizaciones si no se remediaba la situación, y desde el centro se admitía que no es posible atender a los niños en buenas condiciones.

Esta es una situación que a día de hoy está resuelta, y hoy seguramente usted nos dirá que eso se resolvió. Lo que el Partido Socialista no entiende es como antes de comenzar el curso ya se sabía que esto iba a ser una realidad y no se tomaron cartas en el asunto. Y esto es un asunto que va a colear. ¿Y por qué va a colear? Porque la Junta de Castilla y León no está tomando ninguna medida en relación a las plazas cuando salen concursos de traslados. Y lo explico: el concurso de traslado es global, con lo cual se optan a plazas en toda la Comunidad Autónoma; lugares como Miranda de Ebro -que si se ve desde un ámbito centralista, como puede ser visto desde el ámbito de Valladolid, está en la periferia-, evidentemente, estos lugares que están más alejados del centro cuentan generalmente con menos personas que quieran trabajar en estas escuelas infantiles, en este caso. Si no se toman medidas claras que consigan que los profesionales con algún apoyo -económico o de otra índole- se les sugiera el acudir a estos lugares a trabajar, año tras año nos vamos a encontrar con el mismo problema; porque, evidentemente, los profesionales tienen derecho a trasladarse a través de un concurso, pero también es verdad que las personas que viven en la ciudad de Miranda de Ebro y llevan a sus niños y niñas a esta escuela infantil tienen derecho a que se les atienda, en el... en la nor... atendiendo a la normativa establecida con el ratio de atención.

Por ello -no tanto en el día de hoy, porque ya está resuelta la situación-, queremos saber cómo es posible que esto haya sucedido, que hasta que los padres y madres, que la propia escuela infantil y que el Partido Socialista denunciaran los hechos no se resolvieron, cómo es posible; y qué va a hacer la Junta de Castilla y León a través de su Dirección General para que esto no vuelva a suceder. Es decir, que el año que viene, si vuelven a abrir un periodo de concurso de traslados, Miranda de Ebro, como otras escuelas infantiles, no se queden sin las plazas profesionales cubiertas. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora López-Molina López. Para contestar la pregunta, tiene la palabra la Directora General de Familia, doña Aurora Romera Hernández.


LA DIRECTORA GENERAL DE FAMILIA (SEÑORA ROMERA HERNÁNDEZ):

Buenos días a todos. Muchas gracias, Presidenta. La verdad es que es un placer poder venir a esta Comisión y poder explicar, de una forma directa, pues cuestiones que se plantean por su... por los señores Procuradores. En el caso que nos ocupa, la verdad es que la respuesta a esta pregunta es muy sencilla, porque, como bien ha... ha explicado la Procuradora que la ha puesto, se habla en pasado. Es decir, sucedió, pero es una situación que ya... que ya se ha... se ha solucionado.

En todo caso, yo creo que sí que es importante hacer un poco... una reflexión de que realmente, bueno, pues efectivamente hubo un desajuste de tres días, que la Administración... no parece que sea una cosa de una trascendencia vital. Y como a mí me gusta ser rigurosa con las cosas que digo, pues yo creo que es bueno que hagamos una relación de los hechos, y, de esta forma, pues Sus Señorías puedan tener una respuesta y aclarar la pregunta que se ha hecho desde el Grupo Socialista.

La primera pregunta que se hace es que por qué no se han tomado las medidas adecuadas, cuando se preveía que había un concurso de traslados y que esta situación se iba a proceder. Efectivamente, el curso para todas las escuelas infantiles de Castilla y León... vamos, las que dependen de la Junta de Castilla y León, empezó el ocho de septiembre. El veintidós de septiembre cesan dos técnicos en la escuela Nuestra Señora de Altamira; a ello se produce un concurso de traslados, y aparece publicado en el Boletín Oficial de veintiocho de agosto, ¿eh?, la sustitución... o el cese de estas dos personas. La relación de hechos es la siguiente:

El día ocho de septiembre –que, Sus Señorías, si quieren la documentación, yo se la puedo facilitar-, el ocho de septiembre el Departamento Territorial de Familia de Burgos, previendo esta situación, solicitó a los servicios centrales de la Consejería de Familia la sustitución de dos técnicos, previendo que esta situación se iba a proceder.

El dieciocho de septiembre la Secretaría General de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades autoriza la contratación de estas dos personas. Como Sus Señorías saben, el procedimiento para sustitución en régimen de interinidad, mientras se produce... se cubren estas vacantes por... por personal laboral, se tira de bolsa de empleo.

El veinticinco y veintiséis de septiembre se producen las firmas de los contratos de interinidad o sustitución y se incorporan a la escuela infantil, por lo que realmente han estado estas... esta escuela sin cobertura tres días. Teniendo en cuenta cómo es el procedimiento administrativo, que las bolsas de empleo, muchas veces, tú llamas a la persona indicada, a algunos no les interesa... Bien es cierto que, además, Miranda de Ebro es una ciudad que está, pues en la periferia de lo que es Castilla y León, que no es fácil cubrir ese tipo de plazas; es decir, que tú llamas a la bolsa de empleo y hay mucha gente que no le interesa por las circunstancias, pues porque a la gente de Burgos, Burgos, de Miranda, bueno, pues no está a... no está en su ciudad. Bueno, lo cierto es que el día veinticinco y el día veintiséis de septiembre se producen las firmas de los contratos de interinidad y sustitución.

Pero, no obstante, le voy a responder a su pregunta, porque hace una serie de valoraciones que yo creo que en alguna comparecencia que he estado aquí se lo he explicado, pero yo no sé por qué Su Señoría insiste en decir algo que no es cierto, y que... y que es una cosa obvia. Siempre se nos está imputando de que la Junta de Castilla y León decimos que las escuelas infantiles las estamos tratando con un carácter asistencial. No es cierto. ¿Cómo vamos a ir en contra de lo que dice una ley? Para empezar, la Ley Orgánica, la Ley Orgánica dice que los... que toda la etapa desde el cero a tres es una etapa educativa, y ahí la Junta de Castilla y León es que no puede decir que sea una etapa asistencial; si hay una ley orgánica que está diciendo que esta etapa es educativa y que se incluye dentro del sistema educativo, ¿cómo puede Su Señoría decir que estamos diciendo lo contrario de lo que dice una ley orgánica? Y, por otra parte, prueba de que no se dice es que hay un decreto en el que... ha hecho Educación, ha promovido Educación, pero que se ha hecho con el consenso y con la colaboración de la Consejería de Familia, donde se especifican los requisitos esenciales que tienen que tener los profesionales de los centros que atienden a estos niños y donde se indican las características de las infraestructuras que tienen que tener estos centros. Ese decreto, me imagino que... que lo conocen todas Sus Señorías, pero, si no, yo les indico: es el Decreto 12/2008, de catorce de febrero, de la Junta de Castilla y León. En este decreto se vuelve a repetir que esta etapa es educativa. Nuestras escuelas son educativas, ¿eh?, escuelas, escuelas infantiles, son educativas.

Entonces, yo, por favor, yo lo repetiré las veces que haga falta, pero es que no podemos decir que es asistencial cuando la propia ley estatal y la propia normativa de la Junta están diciendo que es educativo. Con lo cual, yo creo, o espero, que por lo menos intente dar un poco de luz a esta cuestión, que de forma reincidente se está insistiendo en ella y que no... no se ajusta a la realidad. Y, de hecho, las escuelas infantiles que promovemos con las Corporaciones Locales, con el Ayuntamiento de Miranda, con el Ayuntamiento de Medina del Campo, con los Ayuntamientos de Ávila, exigimos, exigimos, que estas escuelas se ajusten estrictamente al Decreto de educación y que se promuevan como escuelas infantiles. Es más, nos encargamos, de forma coordinada con la... con la Consejería de Educación, de que estas escuelas que tienen financiación pública promuevan necesariamente la calificación como escuela infantil, ¿eh?, que es el título que tienen las... las públicas, porque en el... en el caso de que sean privadas, pues se podrán llamar de otra forma. Pero lo que son escuelas infantiles solamente son las públicas, y educativas, pues, las... todas... todos aquellos centros, ya sean públicos o privados, que tengan... que... que impartan Educación Infantil y que tengan la calificación o la autorización por la Consejería de Educación como... del carácter educativo.

Bueno. Con lo cual, respondiendo a la segunda pregunta, que va un poco en la misma línea, que decía cuándo tiene la Junta programado cubrir estas va... vacantes, y que se normalice el servicio en esta escuela infantil, pues yo le digo que, que efectivamente, sí, hubo un desajuste de tres días, pero que esta escuela está por encima de la ratio del personal que se necesita.

Yo no voy a opinar si la normativa es insuficiente o no es insuficiente. Lo que le digo es que el Decreto, el Decreto de la Junta, que además es el Decreto que, desde la Administración Estatal, se ha puesto un poco como... como el referente, porque fue de los primeros. Por hacer un poco memoria, la Ley Orgánica... la Ley Orgánica de Educación, en el desarrollo de esa Ley Orgánica, se decía que las Administraciones Educativas serían las encargadas de fijar los requisitos mínimos que deberían tener estas escuelas. La Comunidad Autónoma de Castilla y León fue de las primeras Comunidades Autónomas que sacó esta normativa; y, de hecho, el plazo finalizaba a finales del dos mil siete, Castilla y León publicó la norma en enero. Todavía hay Comunidades Autónomas, ¿eh?, y le digo que a lo mejor de... del... del partido al que usted representa, que todavía no han sacado los requisitos mínimos, todavía no han sacado los requisitos mínimos de las escuelas infantiles. ¿Vale? Pero lo que le digo es que Castilla y León fue de las primeras Comunidades Autónomas que estableció uno de los requisitos que... que, en desarrollo reglamentario de la Ley Orgánica, le exigían.

Pero mire lo que le voy a decir: en ese Decreto, que es un decreto que se ajusta a... -los... las personas que estén el educación lo conocerán- al... al antiguo 1004, que es del año pum, ¿eh?, también se establecían, y creo que en un decreto ministerial, se establecían los profesionales que debían tener estas escuelas. Bueno, pues si yo le leo lo que dice este artículo -que yo creo que es importante-, dice, el Artículo 10, determina los contenidos educativos del primer ciclo de Educación Infantil, y establece los requisitos que deben reunir los centros que impartan dicho ciclo; establece que "Los centros deberán contar con un número de profesionales de atención directa a los niños igual al de unidades en funcionamiento más uno". ¿Cuántas unidades tiene el centro de santamir... de Nuestra Señora de Altamira? Cinco, ¿verdad? El número de profesionales que se exigen son seis. ¿Sabe cuántos profesionales hay? Nueve. Nueve profesionales.

Es decir, que si usted me dice que es insuficiente, bueno, pues quiero decir que nosotros estamos por encima de los requisitos mínimos que se establece en la normativa estatal y en la normativa autonómica. Y también le diré que en este centro la ratio de niños por técnico es de 9,25. Yo le doy datos reales que usted puede contrastar, ¿eh? Si la norma es insuficiente, la autonómica o la estatal, será otro foro donde haya que plantearlo, pero yo lo que le aseguro es que estamos con un personal por encima de los ratios que establece la normativa al respecto. Y, por mi parte, pues, nada más.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, doña Aurora Romera. En turno de réplica, tiene la palabra, a continuación, doña Natalia López-Molina López, por tiempo de cinco minutos.


LA SEÑORA LÓPEZ-MOLINA LÓPEZ:

Por comenzar por lo que ha terminado: una vez más –porque la otra vez también hablaba en términos globales y generales-, eso no se ajusta a la realidad. Y al hablar tan generalmente y tan globalmente, usted obvia decir que cuantos más pequeños son los niños más profesionales necesitan a su cargo, y cuanto más mayores menos profesionales necesitan a su cargo. Porque la norma establece los ratios según la edad. Sí, según la edad, y así se me ha comunicado por parte de esta escuela infantil. Está... O sea, ¿me va a decir usted que tienen y necesitan el mismo apoyo y atención un niño de cuatro meses que un niño de dos años y medio? ¿Me está diciendo usted que los mismos... el número... mismo número de profesionales puede atender a diez niños de cuatro meses que a diez niños de dos años y medio? Espero que no me esté diciendo eso, porque entonces sería realmente preocupante que usted nos viniera a contar una cuestión en esa manera.

Es más, mire, usted ha dado la clave, y no he sido yo, la ha dado usted. El veintiocho de agosto se publicó -como usted ha dicho- que cesaban dos personas, y hasta el veintiséis de septiembre no se incorporaron; es decir, un mes. Ha de... usted ha dado la clave, no la he dado yo, usted ha dado las fechas. El veintiocho ya se sabía que esas dos personas iban a cesar, y hasta el veintiséis del mes siguiente no se tomaron cartas en el asunto. ¿Eso es la premura? ¿Eso es una buena atención? ¿Eso es diligencia? Me va a permitir que yo pueda opinar que no lo es. El problema no es que lo opine yo, el problema es que los padres y madres y los profesionales de este centro también lo opinaron, y hasta que no salieron a la prensa y se pusieron, realmente, explicando lo que estaba sucediendo, ustedes no tomaron cartas en el asunto. Y eso es todavía más preocupante, porque están haciendo un efecto llamada: que ustedes actúan cuando hay presencia mediática. Y ustedes tienen que actuar cuando les corresponde, que esa es la obligación de cualquier administración.

Mire, cuando me habla que... que las escuelas infantiles están en el sistema educativo. Si estuvieran en el sistema educativo usted estaría dentro de la Consejería de Educación, porque defendería estos intereses de esa manera. Es más, existen diferencias de profesionales y titulaciones entre unos y otros programas maestros técnicos. Es decir, en el sistema educativo se establece, de forma reglada, a través de la LOE, quién va a desarrollar cada acción y qué titulación es necesaria para esa acción. Ustedes, en las escuelas infantiles, solo tienen técnicos; en algunas de una categoría, en otras de otra; no se exigen siempre la misma titulación, y me consta que no se exige siempre la misma titulación. Y eso es por no estar dentro del sistema educativo. Esa es la causa de las diferencias que existen entre la que pueda haber en Miranda de Ebro y otras que hay en otros lugares que conozco de primera mano y que sé que no tienen la misma titulación.

Con lo cual, no nos diga que evidentemente tengan un programa. Claro, cualquier... cualquier servicio, aunque sea asistencial, tiene una serie de programas, pero eso significa que sea un sistema educativo y esté dentro del mismo, no significa para nada eso.

Es más, ustedes, que quieren que los Ayuntamientos asuman esta competencia, ¿a alguien se le ocurriría decir que la sanidad primaria, los médicos de cabecera, conocidos por todos y todas de esa manera, pasaran a formar parte de las Corporaciones Locales, y los médicos especialistas siguieran de la Consejería? No, eso sería aberrante para la estructura de la sanidad. Pero ustedes sí que lo hacen en la enseñanza, ustedes quieren desvertebrar algo que es fundamental en la enseñanza de cualquier niño y niña, desde los cero hasta los dieciséis años, de manera obligatoria, y de cero a seis voluntaria, pero como un servicio público y gratuito.

Evidentemente, nos diferencian muchas cosas a ustedes y a nosotros, y esta es una de ellas, porque nosotros somos coherentes, siempre vamos con el mismo discurso, y es lo que hemos explicado en esta línea muchas... muchas veces. [Murmullos].

Es... es divertido para el Partido... para el Partido Popular, pero las... los hechos son los hechos, y así... y así son. La cuestión es que llevamos muchos años defendiendo esta filosofía y ustedes van cambiando en medida que entra un Director General u otro; esa es la diferencia. Es más...


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Señora López... López-Molina tiene que concluir, por favor. Su tiempo ha terminado.


LA SEÑORA LÓPEZ-MOLINA LÓPEZ:

(Termino ya, señora Presidenta). Es más, la normativa a la que usted hace referencia como pionera, como siempre, cuando se corre mucho, en ocasiones, las cosas no se hacen bien. Y mire, no se hacen bien porque en el decreto que regula el funcionamiento de las escuelas infantiles, se deja prácticamente todo a un sistema aleatorio; es decir, al beneplácito, en ese momento, del Departamento Territorial de Familia que lo decide.

(Y voy a concluir ya, señora Presidenta). Es más, en Miranda existe un problema muy grave, porque tenemos tres niños con necesidades especiales en la escuela infantil que no cuentan con el profesional adecuado, cuando en sus expedientes figura la necesidad de que estén atendidos por un técnico o técnica especializado para la atención. Eso figura en los expedientes de esos tres niños. ¿Y sabe lo que recoge la norma? La norma recoge que, en aquellas discapacidades que exijan una actuación permanente y específica, serán valoradas por el Departamento Territorial de Familia e Igualdad. Y en el caso de que se facilite, ustedes no establecen que si es necesario, si existe un niño con... en su expediente que figure que necesita un técnico, ustedes lo van a dotar. No, lo ponen de forma aleatoria, que no se sabe mucho dónde les derivan.

Y existe otra... problema en nuestra ciudad con esta escuela infantil -que espero que ahora me lo resuelva, la duda-: no cumple la normativa de incendios. Hace una semana...


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Señora López-Molina López, tiene que terminar ya. ¿De acuerdo? Termine ya.


LA SEÑORA LÓPEZ-MOLINA LÓPEZ:

(Termino ya). Existe un problema con la normativa de incendios. Yo lo fui a visitar, la invito a que acuda a visitarla, y espero que me diga hoy, en esta comparecencia, que se va a resolver de forma precisa, rápida y adecuada a las necesidades. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Gracias, Señoría. En turno de dúplica, la Directora General de Familia, doña Aurora Romera Hernández tiene la palabra.


LA DIRECTORA GENERAL DE FAMILIA (SEÑORA ROMERA HERNÁNDEZ):

La verdad es que el venir a estas Comisiones, pues la... es bueno, pues porque hay ahí muchas cosas que, a lo mejor, si no se explican o no se aclaran, pues, se persiste en el error, y bueno, pues esta... de esta forma, nos da la oportunidad de que algunas cosas queden aclaradas.

Mire, Señoría, cuando yo no... Nunca he dicho que... que todos los niños necesiten lo mismo, es que la norma establece que los bebés, los bebés (que es de cero a uno), en las aulas, en esa unidad, no puede haber más de ocho; es decir, que ese técnico que esté al frente de esa unidad, en el mayor... como máximo posible va a poder atender a ocho bebés. Cuando es de uno a dos años, la norma dice que son hasta trece. Y en el caso de... de dos a tres es hasta veinte. Pero, en todo caso, es decir, el número de profesionales que se pone es uno por unidad, lo que pasa que, efectivamente, cuando son bebés, el máximo que va a poder tener ese profesional van a ser ocho; si son de trece... si son de uno a dos años, trece niños; y en el caso de que sean de dos a tres, serán veinte. Pero, en todo caso, lo que le digo es que cada unidad tiene que tener un profesional, y eso se está cumpliendo; y se está cumpliendo con creces, porque, le digo, en plantilla son nueve profesionales que tienen la titulación adecuada y suficiente, adecuada y suficiente, y la que marca la normativa para poderles atender.

Bueno. Vamos a ver, es que ustedes... ha planteado... ha planteado varios temas. Cuando dice que la Orden del concurso salió en agosto. Efectivamente, salió en agosto; en agosto sabe que las guarderías... las escuelas infantiles nuestras están cerradas, con lo cual... bueno, pero, no obstante, no obstante, cuando se produce el cese de esas personas... esas personas empiezan con el curso y atienden a los niños, pero, efectivamente, hay durante tres días que, pues, por razones administrativas, que la Administración, efectivamente, a veces no reacciona con la suficiente celeridad como para que sea de forma inmediata. Pues... pues sí, pero es que la bolsa de empleo, que además es un sistema de provisión en el que... es un sistema que está acordado también a nivel con... con los sindicatos, es así, y... y hay que tirar de lista por orden... por el orden que estén establecidos en la lista. Pues, efectivamente, hubo durante tres días que... que el centro no tuvo nueve profesionales, pero el que no tuviera nueve profesionales no quiere decir que no estuviera cubierto con lo que la ley exigía legalmente, ¿eh?, porque ya le digo que hay más de los que realmente se exige por ley, por ley y por nuestro decreto.

Y, luego, le voy a decir otra cosa. Mire, cuando quiera visitar algún centro, por favor, le pediría que nos lo solicitara; y yo, a lo mejor, le acompaño muy gustosamente; pero el deber de custodia, de guardia y custodia, es un deber muy delicado, y no todos los padres interpretan bien que cualquier autoridad pueda entrar libremente o... No lo sé. Con lo cual, yo entiendo que el control parlamentario debe hacerse de otra forma, debe hacer... Pero, bueno, eso sí que es una opinión personal, y que yo le diría que, si alguna vez tiene alguna necesidad de información, le rogaría que me llamara, que yo le voy a atender muy gustosamente y le voy a dar todo tipo de... de... todo tipo de información. Pero no me parece adecuado, no me parece adecuado por el tipo de... bueno, pues, porque son... por la guardia y custodia, porque son niños de cero a tres, porque los padres no les gusta que se mezclen temas políticos o de discrepancia... Sinceramente, yo creo que el control parlamentario debe hacerse de otra forma.

Usted me dice del tema de prevención de incendios. La verdad es que yo, como mi... mi... yo, mi formación es jurídica, pues yo he pedido a los técnicos (a los técnicos que saben de este tema) que, por favor, me hicieran un informe, ¿vale? Bueno, pues, efectivamente, en la Dirección General de Familia tenemos un arquitecto y un aparejador, y yo me fío del informe que me han dado.

Pues mire, le voy a dar una serie de datos, porque, a lo mejor, los técnicos suyos, o usted conoce más el tema de prevención de riesgos, pero yo le voy a dar los datos de los que me han hecho... las personas que, desde el punto de vista de cualificación, son los más entendidos para... para poderlo dar.

Vamos a ver, este centro, efectivamente, es un centro muy... muy viejo, y como quiero ser también un poco rigurosa con... con el tema, este centro se construyó en mil novecientos sesenta, época en que la normativa existente en cuestión de protección contra incendios era prácticamente inexistente.

En el año dos mil, año dos mil, la Junta de Castilla y León encargó, encargó que se realizara un informe sobre el cumplimiento de la normativa de incendios -doy los nombres de los arquitectos que hicieron este informe: Almudena Carril y Luis Cimbranos, eran arquitectos, ¿vale?-. Dice el informe: "El centro cumple con la normativa a excepción de que... no cumple la anchura mínima de puertas en un aula y la anchura de escalera, y falta alumbrado de emergencia por parte de la señalización". De acuerdo. Estas son las dos únicas incidencias que se dicen en el dos mil.

La falta de alumbrado de emergencia y de señalización de elementos de evacuación se solucionó en el año dos mil cinco, y la anchura de la puerta de un aula se solucionó con obras que se hicieron por la Consejería de Familia en el año dos mil siete, ¿vale?

En función de la ocupación del centro –setenta y cuatro plazas-, este debe... debe disponer de dos puertas de salidas, según las normas de seguridad en caso de incendios. En la actualidad, el centro dispone de cinco, ¿eh?, por lo que sobradamente cumple la normativa.

Y en relación con la observación que usted hace de la puerta de un salón de usos múltiples... –Natalia, si... si le voy a explicar el que está equivocado-, la puerta del salón de usos múltiples, usted dice que se tiene que abrir en otra dirección; por favor, asesórese por una persona que conozca el tema, porque la norma dice que cuando este salón es inferior a cien, ¿vale? (ese salón que usted se refiere es de cincuenta y nueve personas), el sentido de apertura no tiene que ser en el sentido de la evacuación. ¿De acuerdo? Es decir, si ese salón tuviera una ocupación de cien personas, podría usted tener razón, pero como ese salón es de cincuenta y nueve, pues no... la normativa se ajusta.

Efectivamente, el centro de Miranda es un centro que es un centro muy antiguo. Pero le voy a dar otro dato porque a lo mejor usted no lo sepa. ¿Sabe lo que se ha gastado la Junta de Castilla y León en el centro desde el año dos mil cuatro? Exactamente 405.000 euros. Dado que es un centro que tiene mucha antigüedad, hemos promovido, con el Ayuntamiento de Miranda de Ebro, otro centro que está en construcción y también otro en el polígono, que, por desgracia, pues, tanto el centro que promueve su Ayuntamiento como el del polígono juntos, pues... pues, por las circunstancias, las dos empresas están en concurso de acreedores; pero lo cierto es que, bueno, con algo de retraso con respecto a la programación que teníamos prevista, saldrán adelante esos dos centros más. Entiendo que Miranda de Ebro ha sido una ciudad bien tratada en la programación que ha realizado la Junta de Castilla y León, y que es cuestión de tiempo. Que las cosas nos gustaría que se hicieran en un... en menos tiempo, pero es que un... la construcción de un centro, pues, lógicamente, en el mejor de los casos, se... es once meses.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchísimas gracias, doña Aurora Romera Hernández. Antes de despedirla, agradecer su presencia hoy aquí y, también, cuantas aclaraciones nos ha formulado; y estar... contar con todos nosotros para cuantas cuestiones usted tenga pendientes y quiera que colaboremos. Y nada más, muchísimas gracias, hasta otra ocasión.

En este sentido, pues nosotros pasamos al segundo punto del Orden del Día, que por la señora Secretaria se dará lectura del mismo.

PNL 488


LA SECRETARIA (SEÑORA MARTÍN CABRIA):

Segundo punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley, PNL 488-I, presentada por los Procuradores doña Consuelo Villar Irazábal, don Fernando Benito Muñoz, don Ildefonso Sanz Velázquez y doña Natalia López-Molina López, relativa a los puntos de encuentro familiar en cada una de las comarcas de la provincia de Burgos, publicada en el Boletín de las Cortes de Castilla y León, número 94, de nueve de junio de dos mil ocho".


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, por parte del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra doña Consuelo Villar Irazábal.


LA SEÑORA VILLAR IRAZÁBAL:

Gracias, señora Presidenta. Buenos días, Señoría. Los menores que viven separados de sus progenitores y familiares tienen derecho a mantener relaciones personales y contacto directo con ellos de forma regular, siempre que ello no resulte contrario a sus superiores intereses.

La Convención de Derechos del Niño de Naciones Unidas, de veinte de noviembre de mil novecientos ochenta y nueve, ratificada por España el treinta de noviembre de mil novecientos noventa, en su Artículo 9, indica que "Los Estados Partes respetarán el derecho del niño que está separado de uno o de ambos padres a mantener relaciones personales y de contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello es contrario al interés superior del niño". La Recomendación del Consejo de Europa número 98 del Comité de Ministros de los Estados miembros sobre la mediación familiar, adoptada por el Comité de Ministros de veintiuno de enero de mil novecientos noventa y ocho, señala, en su exposición de motivos, que se ha de asegurar la protección de los intereses del niño, niña o adolescente, y de su bienestar, especialmente en relación con la guardia y el derecho de visitas en situaciones de separación o divorcio. El Artículo 39 de la Constitución Española establece que "Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia"; y en el apartado 2 se determina la obligatoriedad de los poderes públicos de asegurar "la protección integral de los hijos". En el mismo sentido, se pronuncia el Código Civil, en su Artículo 94, en su regulación del derecho de visitas, comunicaciones y estancias.

Sin embargo, esta relación familiar no siempre es fácil, por lo que es necesario favorecer los mecanismos necesarios para que la transición a la nueva configuración familiar sea lo menos traumática posible, velando siempre por el interés supremo del menor.

Un punto de encuentro es un espacio neutral e idóneo para favorecer ese derecho fundamental del niño o niña a mantener relaciones con sus familias, cuando es unas... cuando en una situación de separación, o divorcio, o acogimiento familiar, o en otros supuestos de interrupción de la convivencia familiar, el derecho de visita se ve interrumpido o es de cumplimiento difícil o conflictivo. Este derecho del menor debe estar garantizado independientemente de cuál sea su lugar de residencia.

La Ley 1/2007, de Apoyo a las Familias de Castilla y León, recoge en su Artículo 20 que los puntos de encuentro estarán ubicados "en los municipios de capitales de provincia y en los de más de veinte mil habitantes, sin perjuicio -dice la ley- de la creación de otros nuevos".

En la provincia de Burgos, actualmente, existen tres puntos de encuentro: uno en Burgos Capital, con horario de lunes, martes, viernes, sábado y domingo, de diez a dos de la mañana y de cuatro a ocho de la tarde; y dos, en Aranda de Duero y otro en Miranda de Ebro, con horario de viernes, sábado y domingo, de diez a dos de la mañana y de cuatro a ocho de la tarde. Sin embargo, otras comarcas e incluso otros partidos judiciales, como Lerma, Briviesca, Villarcayo o Salas de los Infantes, carecen de este recurso que facilita el ejercicio del derecho de visitas, cuando, como decíamos anteriormente, este resulta difícil o es conflictivo.

Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista propone la siguiente propuesta de resolución, y es que "Las Cortes de Castilla y León insten a la Junta de Castilla y León para que en esta Legislatura se pongan en marcha puntos de encuentro familiar en cada una de las comarcas de la provincia de Burgos". Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Villar Irazábal. Se ha presentado a esta proposición no de ley una enmienda por el Grupo Parlamentario Popular, con el número 6931 de Registro de Entrada en estas Cortes. En representación del Grupo Parlamentario, tiene la palabra la señora Marisol Romeral Martín.


LA SEÑORA ROMERAL MARTÍN:

Gracias, señora Presidenta. Buenos días. Antes de empezar a hablar del... de la propuesta de resolución que plantea el Partido Socialista y de defender los argumentos en los que... en los que se basa la enmienda que ha presentado el Grupo Parlamentario Popular, sí quisiera decir que, hombre, recientemente, hace un par de meses, el Grupo Parlamentario Socialista planteó una propuesta de resolución muy simi... exactamente igual a la que ustedes plantean hoy aquí en relación con la provincia de Soria. Ustedes en... siempre nos tienen acostumbrados a, cuando cogen un tema, pues, primero lo plantean con carácter general, luego lo plantean provincia por provincia. Y yo, sinceramente... no es malo, pero yo creo que tendrían que tener un poco más de imaginación y preocuparse un poco más por los problemas reales de los ciudadanos, y no, sistemáticamente, reproducir las mismas propuestas de resolución.

En cuanto a lo que ya usted plantea hoy aquí, y la enmienda que plantea el... el Grupo Parlamentario Popular, es decir, centrándonos ya en el tema, hay que partir del concepto inicial de lo que es un punto de encuentro y de los servicios que se prestan y la finalidad que persiguen. Efectivamente, como usted bien decía, los menores son las principales víctimas y los principales sufridores cuando se producen las crisis matrimoniales o las crisis familiares, y se producen desavenencias entre los progenitores. Son espacios neutrales que pretenden facilitar la relación o la reanudación de la relación de los hijos menores con el progenitor no custodio, generalmente después de esas crisis familiares que han tenido como consecuencia un deterioro importante de la relación paternofilial, o cuando, incluso, los menores, bueno, pues tienen... proceden de familias desestructuradas, donde alguno de los progenitores tiene algún problema que, de alguna manera, dificulta esa relación paternofilial.

Dichos espacios están perfectamente diseñados y equipados para que el tiempo de estancia y de reencuentro entre padres e hijos sea lo más adecuado y natural posible, y se desarrolle en un entorno lo más parecido a un ambiente familiar, en el que el menor -que es el... el... el objeto principal, vamos, el suje... perdón, el sujeto principal y el que tiene el interés que mejor... o sea, más débil, y que debe mejor defenderse- se encuentre en un entorno de confianza y seguridad. Todo ello está dirigido y supervisado por un equipo multidisciplinar de profesionales expertos en mediación familiar, que trabajan de forma individualizada cada uno de los casos y cada una de las situaciones que se presentan de cada una de las familias. Por lo tanto, se trata de un servicio especializado.

Como usted bien sabe, y sabemos todos, el apoyo a las familias en todos sus aspectos ocupa un papel muy importante dentro de las políticas, no solamente de la Consejería de Familia, sino de la Junta de Castilla y León, como uno de los objetivos importantes. Y en el caso de los puntos de encuentro, se refiere a situaciones de crisis familiar que se suelen traducir en procesos judiciales de separación, de divorcio, y que son muy desagradables en el caso en el que las relaciones entre los cónyuges, pues, sean tensas, no se produzcan esa... esa... esa... esa búsqueda de la solución a la crisis matrimonial de una forma de mutuo acuerdo y de consenso por ambas partes, y en la que afecta negativamente, como ya he dicho, pues, finalmente, a los mejores implicados.

Por ello, cuando desde la asociación Aprome, que es la Asociación de Protección del Menor en Procesos de Separación, empezó -que hay que recordar que fue la que empezó como una asociación sin ánimo de lucro, configurada... perdón, conformada por profesionales, psicólogos, asistentes sociales, etcétera-, empezó a trabajar en este tema desde el punto de vista de... bueno, de... de plantear esa solución, la Junta de Castilla y León fue una de las primeras Comunidades Autónomas que se sumó a la colaboración de la iniciativa planteada por dicha asociación, y se pusieron en marcha los puntos de encuentro como una vía para facilitar efectivamente y garantizar el interés de los menores.

Posteriormente, a través de la Ley 1/2007, de siete de marzo, ya se estableció con carácter obligatorio, y ya con una regulación legal, el establecimiento de una red de puntos de encuentro en la Comunidad Autónoma -como usted muy bien decía- en las capitales de provincia y en las poblaciones de más de veinte mil habitantes, pero dejando abierta la posibilidad de la creación de otros centros en aquellas poblaciones menores de veinte mil habitantes, lógicamente, siempre que así se considerara necesario.

En principio, el mandato legal contenido en esa Ley 1/2007 se ha cumplido, ya que todas las capitales de provincia y las poblaciones de más de veinte mil habitantes cuentan con el punto de... con el punto de encuentro familiar. Y lo que usted propone aquí es extenderlo a las comarcas de la provincia de Burgos; es decir, en algunos de los casos las poblaciones, las cabeceras de esa comarca distan mucho de tener una población cercana a los veinte mil habitantes.

Nosotros entendemos, y por eso hemos presentado la enmienda de sustitución, que para determinar la idoneidad y la efectividad de la apertura de encuentro... de encuentro familiar para... para prestar el servicio especializado, que se presta en condiciones de eficacia y eficiencia, hay que tener en cuenta la demanda existente, los casos reales existentes y las cifras de las actuaciones que se están llevando a cabo en los puntos de encuentro ya existentes.

Y así, en el año dos mil siete, en Burgos, en el punto de encuentro familiar de Burgos, se ha atendido a ciento cuarenta y siete familias y doscientos cuarenta y siete menores; en Aranda se ha atendido a diecinueve familias y veintiséis menores; en Miranda de Ebro a treinta y un familias y treinta y cinco menores. Y en lo que llevamos de... del primer trimestre del año... que está contabilizado de dos mil ocho, en Aranda, en el... en el punto de encuentro familiar de Aranda han entrado... se ha iniciado cuatro nuevos expedientes; ahora mismo, en la actualidad hay catorce expedientes en intervención; en Burgos se han iniciado veintinueve expedientes y hay ciento once; y en Miranda de Ebro no ha entrado ningún expediente y hay dieciséis expedientes en intervención.

Por otra parte, tenemos que tener en cuenta que los puntos de encuentro familiar están abiertos a cualquier familia o a cualquier situación que necesite el servicio, pero tenemos que ser realistas y partir de la base de que son muy pocos los... las visitas que se producen por acuerdo y por consenso, y de forma voluntaria por parte de los progenitores, mientras que la inmensa mayoría, el... el elevado porcentaje de... de casos que se tratan son consecuencia directa de una sentencia judicial, son consecuencia directa de un mandato judicial; es decir que es una sentencia, después del... como decía antes, de un proceso de crisis familiar, de divorcio o separación, es un juez el que, en virtud y a la vista de las circunstancias que se producen, dentro del procedimiento judicial establece que para reanudar esa relación paterno-filial debe hacerse a través del punto de encuentro, porque entiende que debe ser supervisada por esos profesionales.

Por tanto, Señoría, en principio, y a la vista de los datos que yo le he dado, no parece necesario que se pueda que... la apertura de nuevos centros... perdón, de nuevos puntos de encuentro familiar en la provincia de Burgos, pero, sin embargo, sí que entende... entiende el Grupo Parlamentario Popular que, dada la importancia de los... del objetivo que se persigue y del trabajo que se realiza, y de los temas que se tratan, y del beneficio que al final se consigue para esos menores y para esas familias, que es minimizar las crisis matrimoniales y reanudar con garantías y desde un ambiente sosegado y pacífico las relaciones paterno-filiales, e incluso en algunas ocasiones, incluso, facilitar la posibilidad de que un padre pueda volver a su hijo después de mucho tiempo de no poder hacerlo.

Nosotros hemos presentado esa enmienda de sustitución en el sentido de, bueno, instar a que la Consejería de... por parte de la Consejería de Familia se realice un estudio de demanda en esas otras poblaciones que no cuentan ahora mismo con ese punto de encuentro familiar, de cara a determinar la necesidad de esos nuevos puntos de encuentro. Pero, como le decía antes, ya que se trata de un estudio especializado, siempre con garantías de que el servicio se va a prestar en condiciones de eficiencia y eficacia. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Romeral Martín. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la resolución que propone, tiene la palabra la señora Villar Irazábal.


LA SEÑORA VILLAR IRAZÁBAL:

Sí, gracias, señora Presidenta. Señora Romeral, me llama la atención que usted no considere un problema real que ciudadanos de Castilla y León, ciudadanos de Soria, ciudadanos de Burgos, no tengan la posibilidad de acceder a ese equipo multidisciplinar y a ese lugar idóneo para que se realice el derecho de visitas.

Sin duda, esta proposición no de ley hace referencia a un problema muy real que tienen ciudadanos de nuestra Comunidad Autónoma, que tienen ciudadanos de la provincia de Burgos y que, sin duda, también tienen ciudadanos de la provincia de Soria, lo que ha motivado que también los Procuradores por esta provincia presentasen una proposición no de ley en es... en estos términos, y que seguramente otras provincias que tienen este mismo problema presentarán también. Entiendo que este es, sin duda, un problema real de los ciudadanos de Castilla y León.

En cualquier caso, la enmienda de sustitución que presentan ustedes lo que propone es la realización de un estudio de... de necesidad. La Ley entiende que en las capitales de provincia y en los municipios que tienen más de veinte mil habitantes esa... esa necesidad está contrastada. Nosotros les estamos diciendo que esa necesidad también existe en otros partidos judiciales, partidos judiciales que, aunque en su sede, donde está la sede judicial, no lleguen a esa ratio de veinte mil habitantes, si sumamos la población que tiene ese partido judicial, esa población está muy próxima a esa ratio de veinte mil habitantes.

Ustedes piden la realización de un estudio que, según respuesta a una pregunta parlamentaria realizada por el Procurador Manuel Fuentes López, la Junta de Castilla y León dice que se realizará un estudio de demanda para determinar la necesidad de la creación de los nuevos puntos de encuentro familiar. Respuesta de seis de noviembre de dos mil ocho. Entiendo que esto la Junta de Castilla y León ya lo está realizando.

En cualquier caso, les digo que el estudio es muy sencillo. En todos los partidos judiciales de la provincia de Burgos, como usted sabe, hay juzgado de primera instancia e instrucción. Basta con hacer una valoración de los procedimientos de separación, de divorcio, de acogimiento y de violencia de género que se están llevando a cabo en esos partidos judiciales para tener una valoración aproximada de los asuntos de las personas que podrían tener acceso a este punto de encuentro. La valoración es muy sencilla. Pero el problema es el que se nos plantea siempre: hacemos el estudio, y luego ¿dónde ponemos la ratio?, ¿cuántos casos necesitamos para que se ponga un punto de encuentro en todos los partidos judiciales, en todas las comarcas? ¿Es la misma... es la misma ratio que tenemos que exigir en Burgos, en Miranda o en Aranda? Evidentemente, no, Señoría. Porque, si utilizamos la misma ratio en el mundo urbano que en el mundo rural, en el mundo urbano no tendríamos ni centros de salud, ni colegios ni institutos. Tenemos que tener criterios específicos para que los servicios lleguen también al mundo rural, para que esos ciudadanos...

Y a ustedes se les llena la boca diciendo que ponen medidas de lucha contra la despoblación, que su prioridad es el mundo rural. Pues, por favor, alguna vez en esta Comisión, o en otra, aprueben alguna proposición no de ley que efectivamente mejore la situación de aquellas personas que viven más alejadas de los núcleos urbanos. Porque lo que pedimos con esta propuesta de resolución es que aquellos que viven en núcleos más pequeños, que viven en comarcas que igual no llegan a ese ratio de los veinte mil habitantes, tengan estos lugares idóneos y adecuados para que este derecho de visitas que tienen el menor y los padres, los progenitores, se pueda desarrollar adecuadamente.

Usted sabe que, en muchos de estos municipios, sus ciudadanos tienen serias dificultades de transporte, porque el transporte público el... es deficitario, las empresas no... no les sale rentable tener un transporte público y tienen dificultades para poder ir desde su municipio al punto de encuentro más próximo.

Con esta proposición no de ley lo único que pretendemos es un acercamiento de los servicios a aquellas personas que viven en los núcleos más pequeños, en este caso de la provincia de Burgos.

Como le decía, el estudio, supongo que, si hacemos caso a la contestación de la propia Junta de Castilla y León, se tiene que estar realizando ya. Y, en cualquier caso, le digo y le repito, es un estudio sencillísimo: basta hacer una valoración de los procesos judiciales que hay en cada uno de los partidos judiciales.

Pero en cualquier caso, nunca, nunca podemos utilizar la misma ratio para poner los servicios en el mundo rural que en el mundo urbano. Y a la luz de los datos que nos da el hecho que haya partidos judiciales en cada una de estas comarcas, a la luz de esos datos, se manifiesta claramente necesario que haya puntos de encuentro familiar en cada una de las comarcas de la provincia de Burgos. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Entiendo que no admite la enmienda presentada. Por lo tanto pasamos a proceder a votación la proposición no de ley.

Votación PNL 488

¿Votos a favor de la proposición no de ley? Cinco votos a favor. ¿Votos en contra de la proposición no de ley? Nueve votos en contra. Por tanto, queda rechazada esta proposición no de ley.

Pasamos a dar lectura, por parte de la señora Secretaria, al tercer punto del Orden del Día.

PNL 511


LA SECRETARIA (SEÑORA MARTÍN CABRIA):

Tercer punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley, PNL 511-I, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a desarrollo de los requisitos y condiciones mínimas de los puntos de encuentro familiar, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 105, de veintiuno de julio del dos mil ocho".


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Socialista, doña Consuelo Villar Irazábal.


LA SEÑORA VILLAR IRAZÁBAL:

Muchas gracias, Presidenta. No voy a incidir en la fundamentación jurídica que justifica la creación de los puntos de encuentro, porque los antecedentes utilizados en la anterior proposición no de ley serían claramente aplicables a... a la que vamos a debatir en estos momentos.

Sí que podríamos determinar cuál son algunos de estos objetivos, por dar algún dato más sobre estos puntos de encuentro. Entre los objetivos que persiguen los puntos de encuentro, está establecer en las familias en situación de ruptura de la convivencia familiar esos vínculos necesarios para un buen desarrollo psíquico, afectivo y emocional del menor; garantizar que el cumplimiento del régimen de visitas no suponga una amenaza para la seguridad del menor y prevenir la violencia de género; preparar a los progenitores y a sus familias biológicas y acogedoras para conseguir la autonomía y poder mantener las relaciones con los menores sin depender de este servicio.

En definitiva, yo creo que, a la luz de los argumentos jurídicos que damos... que dábamos en la anterior propuesta de resolución, y a la luz también de estos objetivos que manifestamos en la defensa de esta propuesta, el punto de encuentro se manifiesta como un lugar necesario; ese espacio neutral e idóneo para favorecer ese derecho fundamental que tiene el niño o niña a mantener las relaciones con sus familias.

Pues bien, la Ley 1/2007, de Apoyo a las Familias de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, define en su Artículo 20 los puntos de encuentro familiar, y en su punto cuarto determina que reglamentariamente deberán regularse los requisitos y las condiciones mínimas de estos puntos de encuentro, regulación que, a día de hoy, está todavía sin aprobar.

Ya el Defensor del Pueblo, en el año dos mil cuatro, recomendaba a todas las Comunidades Autónomas que regularan el funcionamiento y las prestaciones de los puntos de encuentro familiar. A la luz de este mandato del Defensor del Pueblo, y también de la normativa propia de... de cada Comunidad Autónoma, algunas Comunidades Autónomas han regulado ya estos puntos de encuentro. Tenemos, por ejemplo, la Comunidad Autónoma de Valencia, que ha hecho esta regulación por ley; regulación que recoge, entre otros aspectos, por ejemplo, los principios rectores por los que se deben regir los puntos de encuentro, los fines, la composición mínima que debe tener este equipo multidisciplinar para garantizar que se cumplan adecuadamente las funciones del punto de encuentro, o los derechos y deberes de las personas beneficiarias.

Por ese motivo, presentamos hoy esta proposición no de ley, que no tiene otro objetivo que el cumplimiento del mandato que realiza la Ley de Apoyo a las Familias para que, reglamentariamente, se regulen las condiciones mínimas que deben cumplir estos puntos de encuentro. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, Señoría. Se ha presentado a esta proposición no de ley una enmienda, por el Grupo Parlamentario Popular, con el número 6930 de Registro de Entrada en estas Cortes. En representación del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra doña María del Canto Benito Benítez de Lugo.


LA SEÑORA BENITO BENÍTEZ DE LUGO:

Gracias, señora Presidenta. Señorías, buenos días a todos. Bien, hoy seguimos hablando de puntos de encuentro familiar, y parece que esto es una prolongación del II Congreso Nacional de Puntos de Encuentro Familiar, que se está celebrando, o que se acaba de celebrar los días diez y once de diciembre en León. Con lo cual, pues, bueno, es una redundancia, y no vendrá mal. Y yo creo que entre todos sacaremos consecuencias.

No puedo por menos de comenzar mi intervención haciendo referencia también a antecedentes que se han repetido aquí, pero que creo necesario volverlos a hacer, en relación con la necesidad y por qué nacen estos puntos de encuentro familiar.

El concepto de familia actual ha experimentado una transformación respecto del esquema tradicional, en el que se establecía la vida en familia. En muchas ocasiones, resulta difícil lograr que las relaciones interpersonales dentro de las unidades familiares sean verdaderamente afectivas y satisfactorias. Parece por ello evidente que la sociedad actual precisa de nuevas formas para dar solución a conflictos nuevos que surgen en los... en las nuevas familias y en las nuevas estructuras familiares, evitando en todo momento los errores en la convivencia y evitando así costes que supone derivar esos conflictos que muchas veces surgen en las familias siempre a la Administración de Justicia.

Situaciones de divorcio, separación o ruptura familiar suponen un cambio en las relaciones de los miembros de la familia, que afectan de forma considerable a los hijos menores de edad. La ruptura de la pareja y las dificultades para establecer acuerdos entre los ex cónyuges a la hora de reestructurar la dinámica familiar hace necesario facilitar los recursos necesarios para que la transición y la adaptación de los niños a la nueva situación familiar sea lo menos traumática posible, velando siempre –y aquí se ha dicho- por los intereses del menor. Así pues, Señorías, y para dar solución a esta situación, surgen los puntos de encuentro familiar.

El Partido Popular y la Junta de Castilla y León es consciente de ello, y por eso establece una red de puntos de encuentro familiar como un recurso neutral, atendido por un equipo multidisciplinar, que tiene por finalidad facilitar el cumplimiento del régimen de visitas y garantizar, así mismo, el derecho de los menores a relacionarse con ambos progenitores y con sus familias en un ambiente de total normalidad o de máxima normalidad, al mismo tiempo que se facilita a los progenitores el cumplimiento de sus responsabilidades y derechos parentales, y se facilita un espacio en el que contribuir, también, y construir, los coparentales. Los puntos de encuentro familiar surgen, pues, como un servicio social gratuito, universal, especializado, al que se accederá por resolución judicial o administrativa, y que deberá regirse según los principios de interés del menor, neutralidad, confidencialidad, subsidiaridad, temporalidad y especialización.

Las actuaciones desarrolladas por la mayoría de las Administraciones ponen de manifiesto que las Comunidades Autónomas se han adelantado a las previsiones normativas, y aún sin contar con un marco legal que desarrolle cuál es la función de los puntos de encuentro y qué profesionales deben ser los encargados de ese servicio, estas Comunidades Autónomas, y la nuestra concretamente, ha ofrecido a los ciudadanos una serie de medios para hacer frente a unas necesidades que aparecen en el seno familiar. Y así lo valoraba el Defensor del Pueblo en su Informe. Yo he tenido acceso al Informe de veintidós de mayo de dos mil cinco, en el cual el Defensor del Pueblo, efectivamente, instaba a todas las Comunidades Autónomas a que, teniendo en cuenta los principios básicos enumerados y los trabajos previos realizados por todas ellas, elaborase la... la correspondiente ley en la que se recojan todos los aspectos que afectan a este tipo de servicio, especialmente en cuanto a normas de funcionamiento, ubicación, acceso al mismo por parte de los ciudadanos y cualificación del personal... cualificación profesional, perdón, de las personas que trabajan en los mencionados puntos de encuentro familiar.

Partiendo de ello y, sobre todo, teniendo en cuenta tanto la mediación familiar como los puntos de encuentro tenían en nuestro país un tratamiento nada homogéneo. Porque eso es una realidad que existe; es decir, no hay un tratamiento general homogéneo de cómo debe de instaurarse o establecerse estos puntos de encuentro, y en muchas cosas... casos inexistentes. El Defensor del Pueblo, también, Señorías, no solamente encomienda a las Comunidades Autónomas que pongan... que hagan sus deberes, sino también encomienda al Ministerio de Justicia para que... con objeto de que, dentro de la iniciativa legislativa que este tenga encomendada, se introdujera en la legislación del Estado una normativa básica que sirviera para homogeneizar y, al mismo tiempo, regular todos aquellos aspectos que afectan a la mediación familiar y al punto de encuentro familiar. E, insisto, ello se recoge en el Informe del Defensor del Pueblo del veintidós de mayo del dos mil cinco. Es decir, nos pone deberes a las Comunidades Autónomas pero también al Gobierno -al Ministerio de Justicia, en este caso-.

Señorías, actualmente no existe una regulación de ámbito estatal para los puntos de encuentro familiar. Y según he podido comprobar, efectivamente, existen cuatro Comunidades Autónomas que sí hemos hecho los deberes. Está el Principado de Asturias; por Decreto 93/2005, ya en el año dos... dos mil cinco, regula lo del tema de los puntos de encuentro familiar. La Comunidad Valenciana, en el dos mil ocho, por Ley 13/2008, de ocho de octubre, o sea que no hace mucho, también regula los puntos de encuentro familiar por ley. Y la Comunidad... el País Vasco, también, en el dos mil ocho, estableció la legislación, no olvidando... sobre puntos de encuentro familiar. Sin olvidar que Castilla y León, por la Ley de Medidas de Apoyo a la Familia, en el año dos mil siete ya regula, en el ya tan mencionado Artículo 20, la necesidad de establecer estos puntos de encuentro familiar, como así también –y es el objeto de esta proposición no de ley- establece también la obligación de regularizar o de hacer un desarrollo reglamentario en el que se establezcan los requisitos y las condiciones mínimas de los puntos de encuentro familiar.

Castilla y León, consciente de ello, y al efecto de facilitar la tarea de los puntos de encuentro familiar, y siempre que estos se lleven a cabo de acuerdo con... de los... con los principios, perdón, de neutralidad, especial protección del menor, seguridad y bienestar del usuario, la Consejería de Familia, Señorías, editó una guía de intervención de los puntos de encuentro familiar –que aquí, si quiere, le hago entrega de él- ya en el año dos mil seis. Esta guía de intervención, aun sin constituir formalmente una regulación de los puntos de encuentro familiar –no es una regulación, lo reconocemos-, es un documento completo, donde se señala la definición, los objetivos generales de los mismos, los principios generales y específicos de estos, los principios que guían la intervención y el método de intervención que ha de llevarse a cabo. Así mismo, en el año dos mil ocho se ha editado, como complemento a dicha guía, un protocolo de actuación en los puntos de encuentro familiar cuando existen orden de protección. Este protocolo establece las pautas de actuación en los supuestos de violencia ge... de género. En definitiva, Castilla y León, Señorías, y el Partido Popular trabaja en el tema.

La Comunidad de Castilla y León, también tengo que decir que ha sido pionera en... en este tema, y por ello la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades participa en un grupo de trabajo creado al efecto con el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, con el fin de establecer unas pautas generales de cara a la elaboración de una normativa de los puntos de encuentro familiar por parte de la Comunidad Autónoma; documento final que ha sido presentado en el congreso al que al principio he hecho referencia, que se celebra en León, en relación con los puntos de encuentro familiar, durante los días diez y once de diciembre. Hoy podremos acceder a los... conclusiones de dicho congreso, pero hoy por hoy no... en este momento no puedo darles notificación del mismo.

Teniendo, por lo tanto, en cuenta lo anterior, es decir, el grupo de trabajo y la responsabilidad... y el trabajo ya realizado en Castilla y León en relación con los puntos de encuentro familiar; teniendo en cuanto... en cuenta que nos obliga la Ley 1/2007, de Medidas de Apoyo a la Familia, en cuanto al desarrollo reglamentario; y teniendo en cuenta que este desarrollo reglamentario es un compromiso del Partido Popular y de nuestro Presidente, Juan Vicente Herrera, la Junta de Castilla y León ya tiene elaborado un borrador de Decreto regulador de los puntos de encuentro.

La regulación de los puntos de encuentro debe realizarse mediante Decreto, del que hay que dar cuenta a los interesados en trámite de audiencia, e igualmente ser sometido a informe por parte del Consejo Consultivo de Castilla y León, trámites burocráticos y administrativos lógicos. Debido a estas circunstancias, ustedes nos proponen, en su proposición no de ley, el... la fecha de los seis meses, el... el plazo de tiempo de los seis meses. Teniendo en cuenta la fecha en la cual se firmó esta proposición no de ley, que me parece que fue julio del... del dos mil ocho... junio, perdón, once de junio de dos mil ocho, seis meses parecían precipitados, puesto que además había que esperar a la celebración del congreso para llegar a un acuerdo para establecer criterios homogéneos, como he explicado en mi intervención.

Por lo tanto, la Junta de Castilla y León... nosotros, el Partido Popular, en este momento, planteamos una enmienda en la cual se dice que las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que se regule reglamentariamente los requisitos y condiciones mínimas de los puntos de encuentro familiar... bien, en los seis meses a partir de este momento, que quizás sería mejor en el primer semestre del año dos mil nueve, teniendo en cuenta –insisto- que hay que someter el Decreto (que ya existe un borrador del mismo)... este Decreto hay que someterlo a trámite de audiencia y someterlo al informe del Consejo Consultivo. Por lo tanto, nuestra... hay una especie de modificación -yo, si quiere, así se lo propongo-, en la cual quedaríamos que "las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que se regule reglamentariamente los requisitos y condiciones mínimas de los puntos de encuentro en el primer semestre del dos mil nueve". Gracias, Señoría.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchas gracias, señora Benito Benítez de Lugo. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo, tiene la palabra doña Consuelo Villar Irazábal.


LA SEÑORA VILLAR IRAZÁBAL:

Gracias, Presidenta. Entiendo que la redacción que presentan en estos momentos no coincide con la propuesta de resolución, y, como es a esta parte –entiendo- a quien corresponde fijar el texto, fijo el texto, que quedaría: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que reglamentariamente regule los puntos de encuentro en el primer semestre de dos mil nueve". Si le parece bien... en el primer semestre del año dos mil nueve. El compromiso es que en el primer semestre de dos mil nueve esté la regulación reglamentaria, vía Decreto, de los puntos de encuentro familiar.

Y, a pesar de que hay acuerdo, no quiero dejar de decirle, no sin cierto cariño, que me extrañaba a mí que terminase esta Comisión sin hacer una alusión al Gobierno de la Nación. Tienen ustedes una fijación con derivar problemas de esta Comunidad al Gobierno de la Nación... Si son ustedes los que han adquirido el compromiso en la Ley de Apoyo a las Familias para que reglamentariamente se desarrollen los puntos de encuentro, si son ustedes los que tienen la capacidad para crear esos puntos de encuentro, son ustedes los que tienen el convenio con la asociación para el funcionamiento de los puntos de encuentro. ¿qué necesidad tienen ustedes de meter al Gobierno de la Nación en este tema? Yo entiendo que es fijación patológica la suya, y que, en cuanto ven un tema, yo creo que se van a Google, miran "puntos de encuentro", a ver si en algún momento sale "Gobierno de la Nación", para traerlo a colación en esta Comisión; incluso cuando ustedes van a votar a favor, como en este caso, y estamos de acuerdo.

No puedo admitirle que la Comunidad Autónoma ha hecho los deberes. Han hecho los deberes las Comunidades Autónomas que usted ha mencionado, que son las que han desarrollado legislativamente la regulación de los puntos de encuentro, porque, como usted decía, hasta este momento lo único que hay este guía, que está colgada de la página web de la Junta de Castilla y León, pero que, como usted decía, no tiene valor normativo. Esto es una guía, ni más ni menos, y lo que exigía la Ley es lo que vamos a aprobar hoy, en esta propuesta de resolución, que es que se desarrolle reglamentariamente, que, vía Decreto que vincule a todos los ciudadanos de Castilla y León, exista una regulación de los requisitos, de las condiciones mínimas que deben cumplir estos puntos de encuentro.

En cualquier caso, le agradezco la predisposición al acuerdo y le recomiendo que se miren eso de mirar tanto al Gobierno de la Nación. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Doña Consuelo Villar, concluida su intervención, la rogaríamos que repitiera nuevamente tal y como queda el texto definitivo de la... de la resolución.


LA SEÑORA VILLAR IRAZÁBAL:

Sí. El texto quedaría: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que en el primer semestre del año dos mil nueve regule reglamentariamente los puntos de encuentro familiar".

Votación PNL 511


LA PRESIDENTA (SEÑORA SANZ JERÓNIMO):

Muchísimas gracias. Entiendo que se aprueba por asentimiento.

Y, por lo tanto, no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, no antes sin aprovechar este momento para felicitarles las fiestas y la Navidad, puesto que no tendremos más comisiones de Familia e Igualdad de Oportunidades hasta el próximo año. Por lo tanto, aunque no... aunque nos veamos en el Pleno, pues aprovecho esta ocasión para desearles felices fiestas y felices Navidades.

[Se levanta la sesión a las once horas cincuenta minutos].


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