DS(C) nº 357/7 del 22/5/2009









Orden del Día:




1. Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de Informar el Proyecto de Ley de transferencia de determinadas competencias entre la Comunidad Autónoma y las entidades locales de Castilla y León.

2. Elaboración del Dictamen de la Comisión en el Proyecto de Ley de transferencia de determinadas competencias entre la Comunidad Autónoma y las entidades locales de Castilla y León.


Sumario:






 ** Se inicia la sesión a las once horas diez minutos.

 ** El Presidente, Sr. Iglesias García, abre la sesión.

 ** Intervención del Procurador Sr. Aguilar Cañedo (Grupo Popular) para comunicar las sustituciones.

 ** Intervención del Procurador Sr. Velasco Rodríguez (Grupo Socialista) para comunicar las sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día. Ratificación de la Ponencia PL 12.

 ** La Secretaria, Sra. Marqués Sánchez, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** El Presidente, Sr. Iglesias García, de acuerdo con el Artículo 114.2 del Reglamento, somete a la Comisión la ratificación de los Ponentes designados por los Grupos Parlamentarios. Son ratificados.

 ** Segundo punto del Orden del Día. Elaboración del Dictamen PL 12.

 ** La Secretaria, Sra. Marqués Sánchez, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** El Presidente, Sr. Iglesias García, somete a debate y votación las enmiendas mantenidas por los Grupos Parlamentarios para la Comisión.

 ** En el debate intervienen los Procuradores Sres. Velasco Rodríguez (Grupos Socialista) y Sr. Aguilar Cañedo (Grupo Popular).

 ** El Presidente, Sr. Iglesias García, somete a votación los Artículos, Disposiciones, Anexo, Exposición de Motivos y Título del Proyecto de Ley. Queda dictaminado el Proyecto de Ley de transferencia de competencias entre la Comunidad Autónoma y las Entidades Locales de Castilla y León.

 ** El Presidente, Sr. Iglesias García, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las doce horas treinta minutos.




Texto:

[Se inicia la sesión a las once horas diez minutos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Buenos días. Se abre la sesión de la Comisión de Interior y Justicia.

En primer lugar, para dar la palabra a los señores Portavoces, por si desean comunicar a esta Presidencia alguna sustitución. ¿Por el Grupo Popular?


EL SEÑOR AGUILAR CAÑEDO:

Buenos días y muchas gracias, señor Presidente. Don Juan Ramón Represa Fernández sustituye a doña Paloma Inés Sanz Jerónimo, y don Jesús Roberto Jiménez García sustituye a don Jesús Jaime Encabo Terry.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. ¿Por el Grupo Socialista?


EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:

Gracias, señor Presidente. Buenos días. Doña Mónica Lafuente sustituye a doña Consuelo Villar.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Ahora sí, por la señora Secretaria da lectura al primer punto del Orden del Día.

PL 12 Ratificación Ponencia


LA SECRETARIA (SEÑORA MARQUÉS SÁNCHEZ):

Gracias, señor Presidente. Buenos días. "Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de informar el Proyecto de Ley de transferencias de determinadas competencias entre la Comunidad Autónoma y las entidades locales de Castilla y León".


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. De acuerdo con el Artículo 114.2 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se propone la ratificación de los Ponentes designados por los distintos Grupos Parlamentarios. Esta designación recayó en los Procuradores don Francisco Javier Iglesias García -un servidor-, don Joaquín Otero Pereira, don David Rubio Mayor, don Ángel Velasco Rodríguez y don Francisco Javier Aguilar Cañedo. ¿Queda ratificada esta Ponencia?

Quedan ratificados por asentimiento, entiendo, los Ponentes de la Comisión, por lo que procede dar lectura, señora Secretaria (puede usted tomar agua tranquilamente), al segundo Punto del Orden del Día.

PL 12 Elaboración Dictamen


LA SECRETARIA (SEÑORA MARQUÉS SÁNCHEZ):

Gracias, señor Presidente. "Elaboración del Dictamen de la Comisión en el Proyecto de Ley de transferencia de determinadas competencias entre la Comunidad Autónoma y las entidades locales de Castilla y León".


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Se mantienen para su debate y votación, de forma agrupada, las Enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista, números 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 37, 38 y 39. Para un turno a favor de las mismas, tiene la palabra el señor Velasco.


EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:

Gracias, señor Presidente. Buenos días, Señorías. Efectivamente, el Grupo Parlamentario Socialista presentó treinta y nueve enmiendas parciales al Proyecto de Ley de transferencia de determinadas competencias entre la Comunidad Autónoma y las entidades locales, título que, por cierto, nos parece que, aunque no fuera enmendado, y en este sentido hemos de pedir disculpas porque rechina en cada una de sus lectu... cada una de las veces que hacemos lectura del mismo, yo creo que podría, por mor de mejorar la ley, empezar por el propio título y eliminar, al menos... creo que podría mejorarse en otros aspectos, pero, al menos, eliminar la palabra "determinadas". Yo creo que quedaría mucho mejor si fuera: Proyecto de ley -ley en definitiva, cuando lo sea- de transferencia de competencias entre la Comunidad Autónoma, etcétera, etcétera.

Bueno, hecho este excursus, iba diciendo que habíamos presentado treinta y nueve enmiendas parciales al Proyecto de Ley al que me acabo de referir, y a lo largo de los trabajos de la Ponencia han sido admitidas algunas de aquellas enmiendas que ahora, en la lectura que se ha realizado por el señor Presidente, obviamente, no figuran ya entre las que se mantienen para el debate; algunas han sido transaccionadas, no admitidas tal cual iban; y, en este sentido, pues vamos a referirnos única y exclusivamente a las restantes.

He de decir, antes de nada, que la idea del Grupo Parlamentario Socialista, yo creo que hecha realidad, materializada a través de sus enmiendas, era, tal como se estableció por los Ponentes del Partido Popular en el primer encuentro una vez constituida la Ponencia, la de llegar al máximo consenso posible, porque compartimos la idea -también manifestada por todos los Ponentes- de que la ley no es más que una transposición de lo ya establecido en la Ley de Régimen Local, lo ya acordado en un pacto de naturaleza política anterior; y, por lo tanto, no se hace otra cosa a través de esta ley que establecer un poco el procedimiento de cómo llevarse a cabo cada una de las transferencias que aquí se contemplan.

Bien, nos hubiera gustado, por lo tanto, haber alcanzado ese consenso, pero he de reconocer que no ha sido posible; ha habido algún acercamiento, pero tan parcial que hemos de mantener en el trámite actual y para el Pleno -si no fuere a lo largo del desarrollo de esta sesión que hubiere algún acercamiento mayor-, pues para el debate en Pleno de las enmiendas que subsisten vivas.

Bien, hecha esta imprescindible presentación de nuestro trabajo compartido en la Ponencia, yo creo que debemos ocuparnos ahora de las enmiendas que mantenemos, y pienso que pueden agruparse en tres grandes bloques.

Un primer bloque, que quiero explicar en su conjunto, es el de aquellas enmiendas que pretenden la supresión, eliminación del texto, de todas las referencias que el Proyecto contiene al Pacto Local suscrito por la Junta de Castilla y León mediante acuerdo de tres de noviembre de dos mil cinco y que, en palabras del propio Consejo Consultivo en su dictamen, el que acompaña al proyecto de ley en el expediente, llega a calificar aquel acuerdo o pacto como "un acuerdo de naturaleza política". No parece por lo tanto correcto que se le dé el rango de norma jurídica a lo que no lo tiene. Y, por lo tanto, proponemos que sea eliminada toda referencia al denominado Pacto Local en el texto del Proyecto de Ley que ahora debatimos. Y tales enmiendas -las enumero- son las número 2 y 4, al apartado 1, párrafo cuarto, y al apartado tercero, ambos... ambas referidas a la Exposición de Motivos.

En lo que se refiere al articulado de la ley, las Enmiendas número 13, al Artículo 9; la número 14, al Artículo 10; la número 15, al Artículo 11; la 16, al Artículo 12; la 17, al Artículo 13; la 19, al 14.2; la 23, al 15.2; y la 28, al 20.3. Así como a las disposiciones adicionales, la número 31, la Disposición Adicional Sexta; la número 33, a la Octava, apartado 1; y la número 34, a la Disposición Adicional Octava, apartado 3. Bien, en este caso, todo este bloque pretende que la referencia concreta que se hace al Pacto Local de Castilla y León sea suprimida o eliminada.

Hay un segundo bloque de enmiendas que tienen por objetivo corregir aspectos procedimentales, o dotar a la ley -por decirlo de otro modo- de las formalidades más adecuadas. Y, así, me refiero en este bloque a las Enmiendas número 18, al Artículo 14, la 19 y la 21 -esta, en concreto, trataría de añadir un simple signo de puntuación-, y la número 23, al Artículo 15.2, que, para valorar el coste efectivo del traspaso, nos remite a una norma inexistente de nuevo, que es la del Pacto Local, que, como he dicho, tiene una naturaleza meramente política. La número 27, al Artículo 20, que sustituye la referencia genérica a previsiones de política económica general por el "principio de evolución del coste del servicio, en equivalencia al incremento del Presupuesto anual de la Junta de Castilla y León", pues nos parece que es un... un punto de referencia más seguro que el de la previsión general de la evolución de la economía general.

Y finalmente, mantenemos un tercer bloque de enmiendas –estas, sí, ya más de fondo- con una propuesta alternativa al fondo de determinadas... de algunas de las transferencias, concretamente, de las referidas a campamentos juveniles, escuelas infantiles de cero a tres años y medio ambiente -es decir, las de instalaciones recreativas en monte de utilidad pública y zonas de esparcimiento, etcétera-. Estas son las Enmiendas número 11, al Artículo 7, en lo referente a campamentos juveniles; la número 12, al Artículo 8, en lo referido a las funciones de educación y medio ambiente a que me acabo de referir; la Enmienda número 13, al Artículo 9, de nuevo en lo que se refiere a los campamentos juveniles; la número 14, al Artículo 10, referida a las funciones de educación; y la 17, al Artículo 13, en lo que tiene que ver con las funciones de medio ambiente a las que acabo de hacer referencia.

Dentro también de ese mismo bloque de enmiendas de fondo, se encuentran también otras que podríamos agrupar en un segundo subgrupo, y que son las siguientes:

La número 24, al Artículo 17, apartado 4, dirigida a garantizar los derechos del personal laboral, transferible o transferido en el momento en que eso ocurra, equiparando tales derechos a los del personal funcionario, sin limitación temporal de los mismos.

La número 25, referida al Artículo 18, que trata de la gestión de los centros traspasados, de tal modo que el primer punto del texto del proyecto nos valdría en los términos en que está establecido; dice textualmente: “Las entidades locales beneficiarias deberán mantener la gestión pública y directa de los centros traspasados”. Bien, ese texto se mantiene, y lo que pretendemos es eliminar el resto del texto que a continuación viene. Y ello por una razón muy sencilla: nos parece que las excepcionalidades que se prevén a continuación de ese texto que pretendemos que se mantenga no deben oscurecer, como así ocurre, la regla general enunciada.

La número 29, que propone un nuevo Artículo, el 21, y que completaría un verdadero programa de transferencias. Ese Artículo 21 de nueva redacción que nosotros proponemos implica que la Junta se comprometa, mediante convenio, a la financiación de aquellos centros o servicios de la misma naturaleza que los transferidos o cuya transferencia se propone en el texto de la ley, pero que ya son... para los centros y servicios que ya son ahora mismo de titularidad de las entidades locales que van a ser beneficiarias. Nos parece que solo así llegaríamos a completar la transferencia de aquellas materias a las que se refiere este Proyecto de Ley de una manera más eficaz, desde luego, y, además, creo que con un punto de equidad; porque, si no, en otro caso, algunos Ayuntamientos que, por ejemplo, prestan ya servicios relativos a Educación Infantil, con escuelas infantiles municipales de vieja data, pues recibirían una más, con este Proyecto de Ley, por el que se les transferiría el coste del servicio, pero que seguirían manteniendo a su costa, de la entidad local, las ocho escuelas, las tres, las dos o la una que ya tenían por su fundación y bajo un título competencial adecuado.

Bien, podría decirse que este es el conjunto de las enmiendas que mantenemos, y que tienen, obviamente, su explicación. Quería detenerme en el punto de las enmiendas de fondo, a las que me acabo de referir, y muy brevemente razonar el porqué de estas enmiendas. Obviamente, no es porque la posición del Partido Socialista, al que representamos en el Grupo, sea contraria a la descentralización de competencias. Muy al contrario, yo creo que hemos acreditado a lo largo de la historia de la democracia en España que hemos abanderado siempre, precisamente bajo la seña de identidad del Pacto Local, que se consagró precisamente en asambleas de la Federación Española de Municipios y Provincias, precisamente porque estamos a favor del máximo de descentralización, estamos a favor del principio de subsidiariedad que la Carta Europea de Autonomía Local ha conformado, y, por lo tanto, muy lejos de estar en contra de la descentralización, estamos por el máximo de aplicación del principio de subsidiariedad y, por lo tanto, de la transferencia máxima y al máximo nivel de todas las competencias.

El problema es que, por ejemplo, tal como está establecido -viene determinado en el proyecto-, pues las escuelas infantiles de que estamos hablando muchas de ellas no hay la titu... la Junta no tiene título que le dé, le otorgue la titularidad de las mismas. Y así se nos respondió en su día a través de una pregunta parlamentaria, que, efectivamente, en un caso concreto, estoy hablando del campamento juvenil de Covaleda, que viene en el anexo, es intransferible sencillamente porque el concepto mismo de transferencia lo que hace es traspasar la titularidad del servicio y la ejecución de las funciones que se transfieren a la entidad local. Bueno, pues resulta que la titularidad no es de la Junta ni tampoco de la entidad beneficiaria del traspaso -sería la Diputación-, sino del Ayuntamiento de Covaleda, que lo tiene cedido mediante con... mediante un contrato de cesión, un convenio de cesión -en otros casos se trata de contratos de arrendamiento- a la Junta de Castilla y León actualmente. Por lo tanto, mal se va a transferir lo que no se tiene.

Otro tanto ocurre con muchos de los montes de utilidad pública, cuyos espacios pretenden ahora traspasarse.

Bien, y en lo que tiene que ver con la Educación Infantil, sin profundizar mucho más en el tema, nos parece que realmente no se trata de una transferencia en el sentido estricto, sino un simple traspaso a través de delegación. Ya sabemos que la diferencia es que en la transferencia se traspasa a la entidad beneficiaria la titularidad de la función que se traspasa, o de las funciones, o del servicio, y en la delegación no hay tal transferencia de titularidad, sino, sencillamente, una delegación, un traspaso, sin que lleve acarreada la titularidad. Por lo tanto, si analizamos tanto el Artículo 10, sobre todo, y el Artículo 8, al que se refiere el Artículo 10, vemos que las funciones que se traspasan no se transfieren, sencillamente se delegan, porque se limitan a, de todas las que el Artículo 73 del Estatuto de Autonomía referido a la competencia de educación tiene hoy la Junta, solamente se traspasa, y una mínima parte, lo que tiene que ver con la programación extracurricular. Y punto. Por lo tanto, no estaríamos hablando de un verdadero traspaso de transferencia, sino, sencillamente, de un traspaso por delegación. Y ya sabemos que la delegación quedaría excluida del objeto de la Ley. Tendría que hacerse por simple decreto.

Por lo tanto, creemos que, además de otra razón de fondo, que es la de falta de razones de oportunidad... es decir, creemos que hoy lo que urge y es importante es que se pase todo lo referido a las funciones educativas, que no asistenciales, a la Consejería; es decir que toda la educación esté en las manos de una misma Administración, y, desde luego, de la Consejería competente de la materia, que es la de Educación. Hoy por hoy todavía adolecen de rasgos de asistencialidad, mientras que hoy la educación infantil forma parte del Sistema Educativo con todas las de la ley. Por lo tanto, creemos que no hay razones de oportunidad, ni desde el punto de vista local ni desde el punto de vista autonómico, para que se haga una transferencia que no es tal, sino una simple delegación, y creemos que lo urgente es antes pasarlas a Educación e integrarlas dentro del Sistema Educativo.

Y bien, yo creo que estas son las razones que han sustentado nuestras enmiendas, sin olvidarnos de una última: que hay razones también de técnica jurídica o técnica legislativa que hacen manifiestamente mejorable el Proyecto de Ley.

Y yo espero que a lo largo de la tramitación incluido el Pleno, podamos alcanzar un acuerdo en algo que sería muy deseable yo creo que por todos los ciudadanos y las entidades locales, que yo creo que están en la órbita la mayoría de los dos grandes partidos que están aquí también representados. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para un turno en contra, tiene la palabra el señor Aguilar Cañedo.


EL SEÑOR AGUILAR CAÑEDO:

Muchas gracias, señor Presiente. He escuchado muy atentamente la intervención del Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista y, realmente, lo primero que quiero constatar y dejar muy claro a todos los efectos es que la calificación que se hace del Pacto Local como pacto político creo que es errónea; y lo digo en un tono absolutamente distendido y, por supuesto, para someterlo a la reflexión del propio Grupo Parlamentario Socialista

¿Por qué creo que es errónea esa calificación que se hace del Pacto Local? Porque como elemento político pudo iniciarse en el año mil novecientos noventa y nueve, tal vez fue la idea, pero la constatación de los hechos nos demuestran que tiene una eficacia obligacional absoluta, clarísima, de tal suerte que lo que en el Pacto Local figura, y por adhesión del 100% de los municipios de esta Comunidad -es decir, es un pacto que hoy se encuentra admitido unánimemente por todos los municipios afectados, y esto lo quiero resaltar-, yo creo que ya no es un pacto político; es un auténtico contrato generador de obligaciones y, por supuesto, también de derechos. En consecuencia, no se puede hablar de pacto político. Hoy hay que hablar ya de que tiene una naturaleza jurídica perfectamente constatada, que existe como tal elemento jurídico dentro del Ordenamiento porque es obligacional y generador de derechos, y, en consecuencia, aunque no tenga el rango de ley, aunque no tenga el rango de decreto, aunque no tenga el rango de orden, el que tuviera dentro del Ordenamiento Jurídico administrativo, no cabe la menor duda de que es más que un pacto político: hoy es un pacto suscrito por todos los Ayuntamientos –repito-, y, en consecuencia, exigible por las partes. Y si es exigible por las partes, deja de ser político, porque genera, como he dicho, derechos y obligaciones.

Por lo tanto, ese primer bloque de enmiendas que el Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista nos ha hecho ver en el sentido de suprimir del texto legal, del texto que estamos debatiendo en estos momentos, toda la referencia al Pacto Local, o cualquier referencia al Pacto Local, que abarca, por supuesto, desde la Exposición de Motivos hasta la última disposición transitoria, no es menos cierto que no solamente queda ahí, porque también hay anexos del Pacto Local que están incorporados al texto legislativo y que no solamente es no referenciar el Pacto Local o eliminarlo del texto, sino que tendría usted que eliminar lo que es consecuencia del Pacto, los derechos, lo que es además un elemento incorporado al Pacto, los anexos. Y, en consecuencia, no se puede admitir ninguna de las enmiendas en tanto en cuanto no reconsideren ustedes el carácter netamente jurídico del Pacto Local, Y, en consecuencia, en su tejado dejo la pelota para que ustedes lo mediten y puedan incluso -y me parece muy bien-, en todo el trámite parlamentario que nos queda, que no es poco, porque a Pleno no ha llegado y es posible seguir debatiendo, y es posible llegar a acuerdos en Pleno... no es menos cierto que no podemos admitir ninguna de esas enmiendas.

Yo le tengo que decir sinceramente que no aceptamos ni la Enmienda número 2, que afecta a la supresión en el texto del Pacto, de la expresión "Pacto Local"; ni la número 3, por supuesto. Y que, en definitiva, no... tampoco podemos decir, ni sustentar, ni nadie podrá sustentar que esas enmiendas mejoren el texto, que es el sentido final de la enmienda, mejorar el texto, sino que, muy por el contrario, mutilan el texto y, muy por el contrario, desnaturalizan el texto de la ley de transferencias.

Yo no he dividido mi intervención, porque, claro, no es tampoco... no soy el autor de las enmiendas ni puedo saber los bloques en las que los... en las que las ha dividido el Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista. Al bloque primero ya le he contestado.

Luego después nos habla de que hay enmiendas procedimentales, que yo creo que son más que procedimentales, y luego tres enmiendas de fondo. Y, en consecuencia, voy a hacer un análisis rápido de las enmiendas una a una, para que tenga usted conocimiento y noticia de cómo piensa el Grupo Parlamentario Popular de cada una de las enmiendas. Y luego después le diré a usted también, como no puede ser menos, la conexión de unas entre otras en el entramado del texto, que al aprobar una no podríamos dejar de aprobar otras, o de que aceptar una incluye mayor... mayor alcance de la ley de transferencias, pero claro, con perjuicio notorio para la Comunidad Autónoma.

Por lo tanto, le quiero empezar analizando, por ejemplo, la Enmienda número 5, al Artículo 1, en la que queda muy claro el carácter no constructivo de esta enmienda –como le decía- y no mejorable del texto legal, cuanto mantiene que no proceden las transferencias que se señalan en los Artículos 8 y 13. La número 5, la Enmienda número 5 nos remite a los Artículos ya 8 y 13, eliminando, por supuesto, campamentos juveniles. De tal suerte, por supuesto, que la única fundamentación que se esgrime para mantener la enmienda es la de que se ha hecho, pues, simplemente, en coherencia con el resto del grupo de enmiendas. Me parece muy bien, pero, evidentemente, afectando a otros artículos. Esta Enmienda número 5 persigue algo tan importante -y lo he dicho ya- como es desnaturalizar la propia ley de transferencias ¿por qué?, porque elimina lo siguiente: la Educación Infantil de cero a tres años, campamentos juveniles y medio ambiente.

Yo creo que son enmiendas, Señoría, absolutamente inaceptables, sea cual sea el argumento legítimo que se puede sustentar aquí, en esta Comisión, para mantenerlas, toda vez que supone dejar vacío, de admitirlas, el texto legal en casi un 90%; es decir, vaciamos eso del texto legal y nos hemos quedado sin texto legal. Y aquí lo que estamos, evidentemente, es tratando de aunar voluntades para llegar, pero ustedes lo vacían con sus enmiendas. Es decir, no me pueden ustedes vender la moto de que les interesa mucho la transferencia y la segunda descentralización, cuando lo que hacen ustedes es vaciar de contenido, a través de las enmiendas, el propio texto legal. Vulgarmente dicho, se lo cargan.

Tampoco acepta nuestro grupo la Enmienda número 7, al Artículo 2 -enmienda que se repite, por supuesto-, la número 23, al Artículo 15, y, asimismo, las Enmiendas 27 y 28, al Artículo 20, cuando se pretende referenciar a los Presupuestos anuales de la Junta la actualización de los recursos personales, materiales y financieros, cuando, además, la ley de transferencia -tienen ustedes que reconocer y creo que lo han hecho, pero no con la debida claridad- es mucho más amplia. Referenciar el Presupuesto anual no es referenciar a la política económica global de la Junta, sino a un hecho constatado, fijo y determinante que es el Presupuesto. Hay actuaciones que salen... evidentemente, todas ellas reflejadas en el presupuesto, pero, evidentemente, obedecen a un sistema de política económica de la Junta al cual nosotros no vamos a renunciar.

Sobre esta materia, por supuesto, se puede acudir también a la Enmienda número 28, que suprime, como no podía ser menos, la referencia que en el texto se hace también al Pacto Local como un acuerdo regulador -como ya he dicho antes- en el que se cos... en el que constan debidamente los criterios de determinación del coste efectivo que se menciona en el Artículo 15 que debatimos.

No cabe tampoco, por supuesto, la aceptación de las Enmiendas 8 y 9, al Artículo 3, en tanto en cuanto en dicho artículo se determina, en su apartado c), cuál es el ámbito territorial en la ejecución de las transferencias, lo que nos parece necesario, no considerándolo así las Enmiendas 8 y 9; y argumentando, además, por nuestra parte, que la Junta no tiene que renunciar a la cooperación económica consolidada y que está vigente en estos momentos con absoluta eficacia.

Enmienda número 10, Señoría, al Artículo 4. Tal como ustedes la proponen dejaría sin órgano de seguimiento -y quiero que quede también muy claro- a los municipios, ya que ustedes solo atribuyen tal facultad de seguimiento al Consejo de Provincias en relación con las transferencias que se hayan hecho a las Corporaciones Locales. Y aquí estoy seguro que me va usted a replicar que existe, por supuesto, un dictamen del Consejo Consultivo; pero el otro día no me dijo usted la realidad del certamen, y yo me quedé un poco con cierto amargor de boca ¿Quién ha hecho el dictamen?, el señor Nalda, es el Ponente, es el Ponente, es el Ponente. Lo tengo aquí, lo tengo aquí, Señoría, lo tengo aquí, Señoría. Lo pongo a su disposición. Consejo Consultivo, Consejo Consultivo, concretamente, para que no tenga usted la más mínima duda, dictamen, antecedentes de hecho, y le voy a leer textualmente: “Tomado por el señor Presidente del Consejo, correspondió su ponencia a los señores Amilivia González que es el Presidente, y, por supuesto, señor Nalda García”. Está aquí, a su disposición, a disposición de ustedes. Yo no voy a utilizar ningún argumento más que la propia lectura del propio dictamen.

Por lo tanto, Señoría, evidentemente, evidentemente, además, esta Enmienda 10 afecta también a la Disposición Transitoria Tercera, que tampoco vamos a renunciar a ella.

Las Enmiendas 11, 12 y 13, a los Artículos 7, 8 y 9, se plantean también, en mi opinión, con la única finalidad de dejar fuera de la ley de transferencias los campamentos juveniles -como ya he dicho- junto con la Educación Infantil -como ya he dicho- y las relacionadas con medio ambiente, suprimiéndose también, por supuesto, la referencia al Pacto Local. Y, curiosamente, no hay ninguna razón para que podamos tomar en consideración esta mutilación que se hace de la ley de transferencia.

Desde luego, vamos a reflexionar un poco sobre la Educación Infantil de cero a tres años. Yo creo y ustedes piden que hay que considerarlos fundamentalmente integrados en una sola Administración, ese es el contenido de su enmienda. Es que están así, integrados en una sola Administración, es que están así, y es la Administración Local. Y le voy a dar a usted un dato que tengo, y es que ciertamente hay trescientos centros que están en manos de las Corporaciones Locales, más del 95%; y con la ley de transferencias, se transfiere tan solo el 9% a esas Corporaciones Locales. Luego, evidentemente, quedan todas en la Administración Local, que es quien las ha pedido, quien las viene reclamando e incluso ustedes en sus programas electorales, como le participaré a usted muy claramente en el Pleno que tendremos que debatir sobre este asunto, si no llegamos a un acuerdo pleno y renuncian ustedes a sus enmiendas, como espero que se haga.

Señoría, otro grupo de enmiendas, por supuesto, son la 11 a 14, que de haberse aceptado, por supuesto, evidentemente, y como sucede con las Enmiendas 15 y 16 a los Artículos 11 y 12, reguladora de las funciones en materia de servicios sociales y deportes, quedarían, evidentemente, suprimidos.

Vamos a hablar ahora de algo importante, de algo importante a nuestro juicio y que es la situación del personal laboral, la situación del personal laboral traspasado a los Ayuntamientos. Sé que esto es algo verdaderamente serio, se plantea como una cuestión muy seria, porque parece ser que no se tiene confianza en que los Ayuntamientos puedan continuar con la misma situación respecto al personal laboral. ¿Ustedes qué hacen?, ¿qué quieren ustedes?, ¿qué pretenden ustedes? Incluir en la ley la falta de limitación en el tiempo que estos... que este personal laboral pueda incorporarse o retornar a la Administración Autonómica. Mire, en una ley en la que se pretenden regular cosas, cuestiones, hechos, situaciones jurídicas, no se puede dejar ilimitado absolutamente nada; eso, como principio. Es bueno limitar para que la ley sea precisa y para que la ley sea concreta. Lo ilimitado es lo que no es ni preciso ni concreto.

Pero digo más. Es que este... aquí ahora no toca hablar de esto; aquí, en este ley de transferencias, no toca hablar de este asunto. Esto es algo que toca hablarlo en el convenio colectivo, y ahí sí, ahí, lo que ustedes quieran: el tiempo que los negociadores del convenio determinen, cuantas convocatorias sean necesarias. Porque claro, no hay más, evidentemente, que acudir al propio texto del Convenio Colectivo -que creo que lo he traído y me gustaría encontrarlo; ya lo tengo aquí-, donde realmente, donde realmente se dice lo siguiente... y no se puede decir otra cosa más que lo que dice el texto del Convenio Colectivo, que -como usted sabe- está en negociación en estos momentos, que incluso tiene mayor rango cuando quede terminado y cuando quede dictaminado este Convenio Colectivo y suscrito por las partes que el propio texto legal que estamos aquí debatiendo ahora, va a tener mayor rango jurídico. Y, en consecuencia, le leo: "Concurso de traslados abierto y permanente, Artículo 14. Como sistema ordinario de provisión de puestos de trabajo vacantes, existirá el concurso de traslados abierto y permanente. Dicho concurso será regulado por orden de la Consejera de Presidencia de Administración Territorial, con sujeción, en todo caso, a las siguientes normas y criterios". Es el convenio que está ahora mismo en negociación. Lo estoy leyendo lo que está hoy mismo negociado y hoy, evidentemente, es un pacto convenido entre las fuerzas sociales -vamos a llamar sindicatos- y, evidentemente, la Junta de Castilla y León.

Y dice en uno de sus apartados: "Excepcionalmente, podrá participar el personal perteneciente a la plantilla de la Administración que haya sido objeto de transferencia, traspaso o adscripción a otra Administración, organismo o ente de naturaleza jurídica pública, a quien se exceptúa a sí mismo de los requisitos establecidos en las letras c) y d) siguientes. La participación de este personal se efectuará con arreglo a las prescripciones contenidas en la norma reguladora de dicha transferencia -que puede ser la ley, por supuesto-, traspaso o... o adscripción, que, en todo caso, deberá garantizar a este personal su participación al menos en doce resoluciones". Concreción en el convenio: tres años. Porque suele haber cuatro posibilidades de incorporación anuales; cuatro por tres, doce, doce resoluciones de concursos consecutivas contadas a partir del momento de transferencia, traspaso o adscripción.

A este Grupo le da lo mismo, pero aquí no es el momento de hablar de esto; es el momento de que la ley no puede recoger esto porque hay en negociación en estos momentos un convenio colectivo, y nosotros no podemos interferirnos por una ley en un convenio colectivo. Y hay que decírselo a todo el mundo con esta claridad y sin ningún género de dudas: no podemos interferir en la negociación de un convenio colectivo a través de una ley de Cortes; sería verdaderamente espantoso.

Por lo tanto, si en lugar de doce resoluciones llegan al acuerdo de que sean quince, dieciocho, veintisiete o treinta y cuatro, perfecto, pero un tiempo, no la ilimitación en el tiempo que ustedes, evidentemente, proclaman y quieren en el texto de la ley de transferencias. Yo creo que con esto le he contestado a un tema candente y a un tema muy serio como es el que se está produciendo y que llega... y que lleva a producir también cierta desazón en las personas que se pueden encontrar afectadas.

Pero es más, es que nosotros entendemos, Señorías, que quedan perfectamente garantizados sus derechos; no solamente por lo que acabo de decir, sino pura y simplemente por el Estatuto de los Trabajadores, Artículos 44 y 97. Si es que está previsto, si es que no sucede absolutamente nada. Y no perdamos de vista nunca, nunca, que la titularidad de la transferencia va a ser de las Corporaciones Locales, por si acontecimientos futuros se pretenden incardinar en decir: "no, es que pueden perder". La titularidad no se va a perder, nunca, pase lo que pase; será del Ayuntamiento tal siempre, hasta que no se produjera, por ejemplo, la revocación del retorno de la transferencia a la propia Comunidad Autónoma.

Por lo tanto, no veamos en el horizonte yo creo que más que claridad y verdaderamente una cimentación clara que afecta al personal laboral y que ciertamente hay que respetar, porque está el convenio; no debe incluirse la ley porque no corresponde ahora, a eso no jugamos, eso en este momento no toca. Tocará cuando llegue su momento y los agentes sociales y la Junta se pongan de acuerdo, por supuesto, con la Junta de Castilla y León.

Bueno, después de esto, evidentemente, voy a proponerle a usted una transacción, ¿eh?, una transacción a la Enmienda número 20 al Artículo 14, que se concreta, por supuesto, en sustituir los términos de "petición" o "peticiones" que son rogatorios, y es verdad, lo reconozco, son términos rogatorios los que utiliza la ley; y por supuesto, vamos a tratar que las Administraciones Locales estén en plano de igualdad con la Junta de Castilla y León, y le propongo lo siguiente: "En el seno de las Comisiones vistas, vista la propuesta o sucesivas propuestas de los representantes autonómicos así como de los representantes locales". Ya elimino el término "petición" o "peticiones" y propongo sustituirlo por "propuesta" o "propuestas", en igualdad de condiciones, exactamente igual.

También le voy a hacer a usted ahora mismo otra transacción, le voy a proponer a usted otra transacción, que es la Enmienda 22 al Artículo 14, que debe decir -si dijera, lo aceptaríamos así-: "Información precisa sobre la... la información que precise o la información que se precise sobre los medios personales, materiales y financieros objeto de negociación". Creo que así la enmienda queda perfectamente delimitada y se puede admitir.

Respecto a la Enmienda número 25 al Artículo 18, que trata de la gestión de los centros traspasados, es indudable, bajo nuestro punto de vista, que esta enmienda es contraria al principio de autonomía local. El Artículo 18 garantiza que la gestión pública debe ser mantenida por las entidades locales beneficiarias de los centros traspasados "al menos durante un período mínimo igual al tiempo que dure el derecho del personal laboral a participar en los procedimientos de previsión". Ahí es donde hay que incidir, ahí es donde hay que incidir, en lo que yo le decía a usted: convenio colectivo, tiempo de previsión de esos puestos de trabajo. Fíjese usted como de rechazo, evidentemente, afecta a un artículo importante como es el Artículo 18 y a una enmienda que ustedes han propuesto y que nosotros tenemos que rechazar en estos momentos por las razones que he dicho.

Le voy a proponer otra enmienda transaccional; estoy muy generoso, señor Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, pero, evidentemente, me satisface... me satisface muchísimo. Le propongo, evidentemente, que enmendemos el artículo... la Enmienda 26 al Artículo 29 se suprima, se suprima dos palabras, "de" y "servicio", que son las dos últimas, las finales de la enmienda. Con lo cual, ciertamente, podríamos aceptarla. Y si ustedes lo aceptan, yo se lo propongo.

Importante cuestión la Enmienda 29 al Artículo 21, que usted ha resaltado como un tema de fondo y que, evidentemente, yo creo que así es, yo creo que así es. Pero le digo, ustedes proponen algo que es contrario a la ley, a la ley que estamos debatiendo, y tratan ustedes de introducir en ella determinados convenios anuales de financiación -de los cuales usted no ha hablado en su exposición- de los servicios que prestan determinados Ayuntamientos fuera del sistema de financiación local que está establecido en nuestra Comunidad. Pero, por si ello fuera poco, además de tales acuerdos quieren ustedes o proponen la existencia de unos convenios que serían, según su propia enmienda, condicionantes a la aceptación de transferencias y previos a la publicación de los decretos de traspaso, de tal suerte, por ejemplo, que, concluida la negociación de la Comisión Mixta o de cualquiera de las comisiones mixtas que tienen que constituirse para llevar a cabo la transferencia de las competencias, el Ayuntamiento equis podría oponerse si no se hubiese firmado tal convenio; lo cual supondría, Señoría, una incongruencia total en el desarrollo de la ley de transferencias a través de las comisiones mixtas y de los decretos correspondientes, que podrían quedar paralizados. Este es el tema. Si ustedes son capaces de darle otra redacción, que yo de verdad no he encontrado, me hubiese gustado oírla, porque ciertamente podríamos hablar de este asunto. Pero en los términos que se... determina ese Artículo 21 es imposible.

Por otra parte, en el párrafo segundo -y quiero... quiero hacer verdaderamente una... una buena reflexión sobre este importante artículo que ustedes proponen-, el párrafo segundo de este Artículo 21 afecta, indudablemente, a cuestiones presupuestarias, porque ustedes dan prioridad a inversiones para todos los Ayuntamientos de la Comunidad, lo que convierte este artículo contrario a la ley que se propone en estos momentos, contrario a su desarrollo y contrario a la política económica y presupuestaria de la Junta, y también, por supuesto, al sistema de financiación local. Esto sí que, evidentemente, hay que decirlo con toda claridad: no podemos aceptar algo que invade absolutamente todos estos aspectos de la economía de Castilla y León, de la economía presupuestaria y, por supuesto, como no puede ser de otra manera -como le he comentado a usted-, de la política económica de la Junta de Castilla y León.

Por las mismas razones expuestas, tengo que rechazar la Enmienda 30 a la Disposición Adicional Quinta; y, nuevamente, la Enmienda 31 la Disposición Adicional Sexta, porque se ignora el Pacto Local. Y, por supuesto, la Enmienda 32 a la Disposición Adicional Séptima, en la que se añade una previsión normativa -que entiendo que no es preciso en este momento- y que introduce un elemento de inconcreción y de confusión en el texto legal.

Las Enmiendas 33 y 34 a la Disposición Adicional Octava, le digo contundentemente pero con todo respeto que léanla ustedes bien, porque abre nuevamente el camino de algo que está superado: las competencias impropias. Léaselo usted bien, señor Portavoz. Ustedes abren el camino de algo ya superado en estos momentos prácticamente: la existencia de competencias impropias.

Desde luego la Enmienda 35, que la plantean ustedes en una nueva Disposición Adicional, tampoco toca ahora. Usted no me ha dicho nada de ella, pero yo le digo que la entiendo de fondo y que no toca por lo siguiente, porque claro, ustedes, so pretexto de fortalecer que es muy bonito la autonomía local, conminan a la Junta para que en plazo de seis meses, seis meses, seis, de seis meses, remita a las Cortes un nuevo proyecto de ley por el que se transfieran competencias ni más ni menos que en materia de urbanismo, en educación de personas adultas, promoción... y en promoción de la actividad económica y de empleo. Mire, Señoría, esto es encorsetar la labor de un Gobierno. Ya me gustaría a mí que el señor Zapatero hubiese hecho algo en relación con las políticas de empleo con el paro que tenemos, ¿verdad?, me gustaría. No ha hecho nada. Pero ustedes nos dan seis meses para que, evidentemente, la Junta de Castilla y León actúe sobre políticas de empleo. No, empiecen ustedes dando ejemplo, que luego seguro que nosotros le seguimos; no se preocupe, seguro que nosotros le seguimos, pero den ustedes ejemplo para, con esas políticas de empleo, crear cuatro millones y medio de puestos de trabajo que se han destruido. Se lo ruego encarecidamente. Mire, sería feliz si usted plantea aquí mañana y nos demuestra que eso lo han conseguido.

Y tiene usted que reconocer, señor Portavoz, que esta Disposición Adicional nueva está, por supuesto, fuera del contexto de la ley de transferencias que estamos debatiendo, y que plantearla no es ni más ni menos que introducir elementos distorsionadores, ya que, por supuesto, comprenderá que el trámite de transferir a los Ayuntamientos lo que se plantea en la ley que discutimos, logrando lo acordado los acuerdos de las Comisiones Mixtas y editando los oportunos decretos es muy importante, lleva un tiempo muy superior sin duda a los seis meses; y, evidentemente, no se pueden transferir transferencias si la debida meditación, sin los debidos estudios, sin los debidos informes y mucho menos plantearle, como ustedes plantean, un período de seis meses.

Le he resumido a usted todo lo posible mi intervención. No puedo decir por menos también que me sorprende muchísimo que ustedes no quieran que los Ayuntamientos tengan las competencias en materia de medio ambiente, esas mínimas competencias.

Y le quiero también significar a usted una cuestión. La pregunta a la que usted ha hecho referencia, que es del Ayuntamiento de Covaleda, sin duda se presentó para eso y se respondió por la Junta de Castilla y León, lea usted bien lo que ha respondido la Junta y lo que ha dicho. Y le voy a leer a usted los dos últimos renglones, y con esto voy a acabar. Evidentemente, dice la contestación escrita que da la Junta de Castilla y León: "No es intención de la Junta de Castilla y León traspasar centros en los que no tiene titularidad". Y es lógico, si por eso hemos interpuesto nosotros y presentado una enmienda que voy a defender después; luego lo tenemos resuelto. Luego esa enmienda lo que tiene usted que hacer, esa petición que usted nos hace de no aceptar el traspaso en aquellos que no tengan la titularidad, las Corporaciones Locales, yo creo que debe usted modificarla; tenemos tiempo, hasta el Pleno tenemos tiempo, se lo dejo a su reflexión. Pero no nosotros, no nos retractamos en absoluto de lo que decimos y mucho menos de lo que damos por escrito: Pacto Local, no nos retractamos de él; evidentemente, evidentemente, no nos retractamos de las respuestas; y, evidentemente, no nos podemos hacer eco de peticiones de enmiendas como las que usted hace, donde mutilan la ley al 90% y hemos terminado la ley. No, en absoluto. Las mutilaciones en otro sitio, pero no en las leyes.

¡Ah!, se me olvida. Acepto, como no puede ser menos, Señoría, acepto, como no puede ser menos, el que usted... la propuesta lógica y jurídicamente buena que usted hace de modificar el título de la ley. Evidentemente, lo admito que se quite "de determinadas", creo que es la expresión.

Con esto, Señoría, he terminado. Por lo tanto esperemos que, bueno, las enmiendas que le hemos aceptado nos diga usted que sí y, por supuesto, esperemos que el tiempo madure un poco más esto, que todo es posible. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para un turno de réplica del Grupo Parlamentario Socialista, tiene de nuevo la palabra don Ángel Velasco Rodríguez.


EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:

Gracias, señor Presidente. Señor Aguilar, le he escuchado con suma atención, como así ha sido a lo largo de los trabajos de la Ponencia, y creo que hace usted, efectivamente, un cierto esfuerzo por acercar posiciones, aunque sean los esfuerzos tan limitados en el recorrido que no lleguemos a, efectivamente, consensuar algo más como para poder llegar a un acuerdo, ¿no?, porque claro, son cosas tan nimias.

Claro, y lo que me sorprende más es que se haga con los argumentos que se han hecho, porque claro, decir que es que el Pacto Local... Yo creo que aquí lo que quiere el Grupo Parlamentario Popular es poner un poco en evidencia como que el Grupo Socialista, en fin, no fuere municipalista. Nada más lejos de la realidad. El hecho de que sustentemos las enmiendas que se refieren a toda referencia al Pacto Local no es, en fin, por negar el carácter de pacto, pero pacto político, que tuvo aquel acuerdo. Efectivamente, fue suscrito luego por el 100% de las entidades locales que en definitiva van a resultar beneficiarias, Diputaciones Provinciales y municipios de más de cinco mil habitantes. Esto no lo pone en duda nadie. Pero claro, eso no le convierte en norma. Usted sabe muy bien, que el nomen iuris no cambia la naturaleza de un contrato; es decir, le podemos llamar como queramos, pero si hay una permuta de un bien por otro, pues se llama permuta, y punto, pero no le podemos llamar préstamo hipotecario, sino permuta. Por lo tanto, ese es un pacto político, al que no denostamos, no nos parece mal, no estuvimos en contra, aunque estuvimos en contra de su tramitación; pero esto no le convierte en norma y, por lo tanto, no desvirtúa ninguno de los argumentos con los que sustentamos las enmiendas que se refieren a que no tenga el rango de norma que se incluye en la norma que aquí estamos debatiendo.

Y bueno, yo creo que hay que ser un poco más serios. En fin, cuando hablamos del dictamen del Consejo Consultivo es el dictamen del Consejo Consultivo. Es como si decimos: "la sentencia del Tribunal Supremo, hombre, la ha dictado el magistrado tal, que todo el mundo sabemos que es amigo de y que, en fin", en fin, esto de los trajes a medida no sirve. No sirve ni siquiera en los Tribunales, no sirve señor Aguilar. [Murmullos]. Mire, y además, la información sesgada, sesgada... Sí, si es el mismo que le enseñé yo el otro día. Claro, Ponentes: señor Amilivia González, Presidente y Ponente; señor Nalda García, Consejero y Ponente, ¿y qué? Quien fuere, el dictamen no es el del ponente, es el que... es el que vota la Ponencia. Mire, se ve que... se ve que llegaron a un acuerdo muy fácil, cosa que en esta Ponencia, en fin, hubiera sido de desear. En fin, seamos un poco rigurosos. Es el dictamen del Consejo Consultivo. Que a mí no me gusta, como otros muchos, y que estoy dispuesto a discrepar del mismo en presencia del señor Nalda García o el señor Amilivia González, ¿y qué?, pero me lo tengo que comer y utilizarle en el valor que tiene, no en otro. Por lo tanto, vamos a ver si debatimos con un cierto de rigor.

No estamos por la eliminación del Pacto Local como usted nos dice, dando a entender que es que somos poco municipalistas, sino lo que queremos es que tenga el tratamiento idóneo, el que le corresponde, el de un pacto político. Punto.

Tampoco es verdad que vaciamos con nuestras enmiendas el texto legal. Hombre yo cre... si no fuera necesario, pues no vaciamos nada, pero es que, en fin, en fin. ¿Se puede decir, como se ha dicho, que es que la mutilación de la ley es tal, con nuestra pretensión de que se modifiquen, en muchos casos se sustituya o se eliminen determinadas partes de algunos... incluso en algún caso artículos completos en referencia a las transferencias de educación, de campamentos juveniles y de espacios medio ambientales? No. Eso no convierte a una... a la ley en vacía de contenido. Y no me hable usted de mutilación. Pero si es que, en fin, si fuéramos serios y rigurosos y hubiéramos querido hacer una crítica de verdad, la ley que se nos propone, en fin, ha sido, vamos a decir, un poco precipitada, por no llamarla chapucera. Yo creo que no se le ocurre ni al que asó la manteca que, después de la respuesta que se nos ha dado en relación con los campamentos juveniles y espacios en mon... declarados de utilidad... en montes declarados de utilidad pública, pues se venga aquí a decir ahora lo que decimos. Pero si es que eso... lo lógico es que no se fuera tan precipitado.

Y se han incluido prácticamente la totalidad de los que figuran en algún anexo sin deber estar ahí; y es que no lo digo yo, lo dice la propia respuesta de la Junta; dice: "En la concreción y relación de dichas instalaciones puede haberse confundido su régimen jurídico -ahí es nada- debido, entre otras causas, a que en esos momentos y desde hace mucho tiempo, veinticinco años en el caso del campamento juvenil -¿y qué quería, que fuera un contrato de anteayer?, pues son de veinticinco o de cincuenta, hasta noventa y nueve años se pueden hacer las cesiones en Administración Local, como usted muy bien sabe-, se estaba desarrollando y se siguen ejecutando en centros pertenecientes a otras Administraciones Públicas, lo que ha podido provocar una confusión -total nada- y, por tanto, su inclusión en el listado de los centros o instalaciones a traspasar. Evidentemente, no es intención de la Junta de Castilla y León traspasar centros de los que no tiene titularidad -no sé si la intención lo es, pero, puestas en una ley, ya me contará usted cómo se llama eso; y dice-, por lo que se adoptarán las medidas necesarias en la tramitación parlamentaria", que es a la que usted se ha referido.

Vale, muy bien, menos mal; pero, así y todo, las enmiendas que estamos proponiendo deberían ser admitidas si efectivamente hubiera deseo de que se mejorase no una ley mutilada, tetrapléjica, ¿eh?, tetrapléjica. Porque vamos, efectivamente, se meten algo de lo que no tienen competencia alguna que transferir, se mete incluso la Educación Infantil, sobre la que se quiere pasar de ascuas. ¿Pero es que realmente alguien puede creer que se está transfiriendo lo que el Artículo 73 del Estatuto de Autonomía dice sobre la material? Dice exactamente: "Le corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades"; podían empezar por asumir dentro de educación, con el carácter educativo que tienen las escuelas infantiles, en vez de mantenerlo como una prestación meramente asistencial, en Familia. Dice: "Corresponde... –dos- corresponde a la Comunidad de Castilla y León la programación, creación, organización, régimen e inspección de los centros de públicos, el régimen de becas y ayudas de estudio con fondos propios, la evaluación y garantía de calidad del sistema educativo, la formación del personal docente". Todas estas funciones tendrían que ser traspasadas y pasar a ser titularidad de las entidades locales si estuviéramos hablando de una transferencia.

¿Por qué decimos que no estamos hablando de una transferencia en este caso, sino una simple delegación? Porque si nos vamos a cómo se... cómo se regula en el Artículo 10 del Proyecto de Ley, pues no tiene nada que ver, porque las funciones que se transfieren -"transfieren" entre comillas-, pues sería delegar... "delegan", y no tendrían que estar en la ley, con lo cual, no es que la mutilásemos, es que la pondríamos justamente en el sitio que merece-, pues resulta que se limitan a ser la función... no todas estas, sino solamente la programación de una parte, solo lo extracurricular. Pero entonces, ¿qué transferencia es esta? ¿Estamos en contra del traspaso a las entidades locales porque pensamos que no lo pueden desarrollar bien? Muy al contrario, pensamos que lo podrían desarrollar muy bien, de hecho lo vienen haciendo; pero claro, un traspaso vía delegación no es una transferencia. Y, por lo tanto, nosotros queremos que sea lo que dice la ley, no que se engañe y se cometa un fraude de ley diciendo "una ley de transferencias", cuando es algo innecesario porque será un simple traspaso vía delegación, que no necesita ley.

Y bien (yo creo que voy a ir concluyendo), prueba de que defendemos el municipalismo y la ejecución por los Ayuntamientos con plena eficacia y fe en ellos es que precisamente esa enmienda a la Disposición Adicional Octava que proponemos y usted ha querido denostar con cierto... en fin, petición de urbanismo en seis meses, educación de adultos y políticas activas de empleo, bueno, pues, efectivamente, a lo mejor nos hemos confundido, sí, pero porque lo hemos introducido en una disposición adicional y debía ser a lo mejor una transitoria. Punto. Pero lo demás lo mantenemos, y nos interesa que se haga la transferencia, esas son las de verdad. En fin, lo otro, yo creo que, en fin, son fuegos de artificio.

Y concluyo con dos cuestiones. Una, lo del personal laboral; yo creo que no se deben hacer discriminaciones entre el personal laboral y personal funcionario de una misma Administración, y por lo tanto mantener el principio que establece el Proyecto de Ley en el primer punto, y punto. No añadir más líos de cómo, o durante no sé cuánto tiempo, en no sé cuántos concursos, y tal. Punto. Dejémoslo luego al desarrollo de las entidades tanto traspasante como la que... la que adquiera la delegación.

Y finalmente, el Artículo 21, hombre, yo creo que merece la pena que nos detuviéramos de verdad a completar mínimamente una ley de transferencia a las Corporaciones Locales. ¿Que a usted le parece que el punto dos del Artículo 21, en fin, es un condicionante para admitirla? Pues propónganos y suprimimos el punto dos; pero hombre, el punto uno yo creo que es importante, y lo que dice es que las entidades locales que ya dispongan de centros o servicios de titularidad propia de la misma naturaleza que las que correspondan a las transferencias que se acepten, contarán con un convenio anual para la financiación de dichos servicios. Si es que se habla de eso, es decir, de los que ya ostentan, de los que ya realizan como competencia impropia; porque, si no, estaremos incrementando las competencias impropias de una manera extraña a través de la tramitación de esta ley.

Y en cuanto a la enmienda (y con esto concluyo) que usted nos propone, efectivamente... vamos, si vamos a debatir específicamente de ella, pues no digo más, pero no hay ninguna dificultad en admitirla, porque será un mínimo remedio a ese olvido, hay que decir, si nos ponemos a calificarlo, bastante imperdonable del legislador, del que ha propuesto la ley -legislador somos nosotros-, y no deberíamos de admitirlo que hubiera ese olvido. Y por lo tanto es un remedio, dictado por ellos mismos -según decían ahí: "No se preocupen que ya diremos que tienen que enmendar en el trámite parlamentario"-, en fin, bastante... vamos a dejarlo ahí. Por lo tanto, no tenemos ninguna dificultad en admitirla. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para un último turno de dúplica, tiene de nuevo la palabra, por el Grupo Parlamentario Popular, el señor Aguilar Cañedo.


EL SEÑOR AGUILAR CAÑEDO:

Muchas gracias, señor Presidente. Mire, hablar del sexo de los ángeles aquí yo creo que no corresponde. Y todos sabemos distinguir aquí lo que es un contrato de permuta, de una hipoteca o de una dación en pago o de lo que usted quiera, porque hay bastantes juristas aquí sentados, en la mesa, de los Grupos Parlamentarios, en esta... en esta sesión. Pero yo le digo a usted una cosa, si usted no me reconoce nada en relación con el Pacto Local en sus enmiendas, el Pacto Local a usted le sobra, clarísimamente. Pero es que no es que le sobre porque usted lo haya manifestado o porque usted verdaderamente lo haya participado aquí, no; es que léase usted la Enmienda 2: suprimir referencia al Pacto Local; léase usted la Enmienda 3: suprimir referencia al Pacto Local; léase usted la Enmienda 8: se propone suprimir Pacto Local; la 12, la 10, etcétera, etcétera, etcétera; los anexos, completamente. Mire usted, tenga la naturaleza que tenga, se originase por una actuación política o no, usted en esta Comisión no va a poder negar nunca que es un pacto generador de derechos y de obligaciones; no me lo puede discutir, no me lo puede discutir, porque están los números hechos hasta en el Pacto, porque están las medidas, porque están las actuaciones, porque están cómo se van a vertebrar incluso administrativamente una gran parte de esta Comunidad. Si eso no es más que un elemento político de discusión y, evidentemente, no le da usted otra categoría, hace usted muy bien en no creer en él, en contra del hecho incuestionable de que todos los Ayuntamientos, todos sin exclusión, que evidentemente se han adherido al Pacto lo aceptan no como instrumento político, no, no, no, no, también como instrumento económico. ¿O es que no hay dinero en el Pacto Local para los Ayuntamientos?, ¿o es que no se les da dinero?

Miren, Señorías, no disfracen ustedes la realidad. Ciertamente, me sorprende mucho que ustedes estén solos en este asunto, solos, aislados. A ustedes les han hecho un cerco sanitario los Ayuntamientos en relación con el Pacto Local; se han quedado ustedes solos. Sus propios Ayuntamientos lo toman, se adhieren, se benefician, pero ustedes, como Grupo Parlamentario, se han quedado aislados, voluntariamente aislados. No lo entiendo. Yo creo que las palabras de su actual líder regional son muy buenas: "No voy a vivir de errores anteriores"; no vivan ustedes de errores anteriores, no sean ustedes... no se obcequen, procuren ustedes salir del error anterior y muéstrense abiertos a admitir lo que hoy no se puede negar, la existencia de tal Pacto, porque niegan ustedes el pan y la sal. [Murmullos]. A los Ayuntamientos les niegan ustedes... pero bueno, permanezcan ustedes si quieren en su error. Mire, a nosotros nos viene muy bien, porque podemos seguir haciendo la crítica política; mientras ustedes si dijeran "aceptamos el Pacto Local -que es lo lógico- y quitamos toda referencia en este..." este podía ser el primer gran paso que ustedes dieran, que yo quiero que ustedes rectifiquen para que anden ustedes en el buen camino. Yo creo que ustedes, lógicamente, si dijeran: "todas las enmiendas que hagan referencia a la supresión del Pacto Local nosotros estamos dispuestos a quitar esas enmiendas, a no mantenerlas en Pleno", habrían dado ustedes un paso de gigante frente a la opinión pública, frente a todos los Ayuntamientos y frente a todos los ciudadanos de esta Comunidad Autónoma.

Y no me hable usted tampoco de delegaciones; son transferencias como la copa de un pino, pero no transferencias menores, o recortes, así, de transferencias, importantísimo. O me va usted a negar que una transferencias del primer ciclo de la Educación Infantil de cero a tres años es un recorte de transferencia, ¿me lo va usted a negar a mí eso? No puede usted negármelo, no puede negármelo. Es una transferencia como la copa de un pino. Bueno, pues no, usted sí, usted no, yo le digo a usted que ahí está la ley y que como tal se va a tratar, como transferencia, que es como hay que tratarla.

Bien, Señoría, me gusta mucho debatir con usted, me gusta mucho debatir con usted porque, ciertamente... Claro, ustedes cuando dicen que no es transferencia... es que está aquí escrito, mire -esto es... esto es... esto es tremendo-, Artículo 10, Artículo 10, Artículo 10, se la voy a leer entera, ¿eh?, y luego le voy a leer entero... y luego le voy a leer entero también el Artículo 10, porque, hombre, en esta Comisión, evidentemente, los que más debiéramos de conocer esto es los que estamos tratando este asunto. Pero ustedes pretenden suprimir el artículo décimo, funciones en materia de educación, completo, de arriba abajo. [Murmullos]. Claro, claro, a ustedes no les interesa, por supuesto, que se transfiera la relación... la educación de cero a tres años, no les interesa la puesta en marcha ni el mantenimiento de los centros, no les interesa la gestión de los centros, no les interesa la difusión de los materiales didácticos, no les interesa la elaboración de proyectos de carácter experimental extracurricular, no les interesa esta competencia, el reconocimiento jurídico del carácter educativo de los centros, no les interesa nada. Porque ustedes dicen "no es una transferencia, no me interesa". Lo admito, pero simplemente les digo, se equivocan, rectifiquen ustedes, acomódense a los tiempos, que están ustedes viviendo... todavía mirando en la política por el retrovisor, y es malo; la política hay que mirarla de frente, y los tiempos han cambiado y los Ayuntamientos se han pronunciado.

Yo no quiero aquí, por ejemplo, recordar que el propio Ayuntamiento de Segovia, el actual Alcalde del Ayuntamiento de Segovia, cuando tenía duda si el Pacto Local que iba a firmar o a suscribir, que aquello fue... Los medios de comunicación -me remito a la época- manifestaban y decían: "Ha firmado el Ayuntamiento de Segovia porque se le da garantía de la transferencia, etcétera, etcétera, y porque evidentemente es bueno para el Ayuntamiento", y fue el primer Alcalde, creo, de capital de provi... y luego llegó Palencia, y también se adhirió al Pacto. Y todos, y todas las Diputaciones. Es decir, resulta que todos nosotros debemos estar en el error, nosotros, pero ustedes, Grupo Socialista, deben estar ustedes en la posesión de la verdad; pero claro, sus propios Ayuntamientos les dan a ustedes un cachete y le dicen: ni hablar, qué me va usted a mí a decir, quiero estar en el Pacto Local. Pero claro, se han motando ustedes el artificio que si es o no es un instrumento político y si es o no es un instrumento jurídico. Puro artificio. Se lo voy a volver a decir en el Pleno con estas palabras; bueno, me inventaré otras, porque... me surgirá algo diferente, ¿eh? Pero le quiero a usted decir que se equivoca, rectifique, a tiempo estamos. Esta ley les invito a que salga por consenso, pero evidentemente, admitiendo el texto de lo que es verdad, el texto de lo que es verdad, que el Pacto Local existe, que existen unas vinculaciones con los Ayuntamientos, que existe una unanimidad municipal, porque ese Pacto Local se lleve adelante; pero no pongan... no le pongan ustedes cortapisas menores, tengan ustedes alteza de miras y sean ustedes grandes en la visión, porque si se quedan ustedes miopes, ni van a ver, y luego, si se quedan sordos, no van a entender.

Por lo tanto, Señorías, yo voy a terminar, y le digo: lamento que no se puedan... no se pueda llegar a mayores acuerdos en esta Comisión, pero, no obstante, el camino todavía queda un poco lejos, reflexionen ustedes y traten ustedes de suprimir muchas de las enmiendas y retirarlas que ustedes han dejado vivas en esta Comisión y que convendría que no lo estuvieran en Pleno. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Terminado el primer bloque de enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista, pasamos a la votación de las mismas, entendiendo que esta Presidencia va a realizar dos bloques: la 20, 22 y 26, que se votarían en los términos transaccionados por la transacción propuesta por el Grupo Parlamentario Popular al Grupo Parlamentario Socialista, y el resto de las enmiendas. ¿Los Ponentes intervinientes están de acuerdo? Dos bloques, la 20, 22 y 26, transaccionadas por el Grupo Parlamentario Popular que se votarían en un bloque, y el resto de las enmiendas ¿de acuerdo?

El primer bloque, las transaccionadas, del 20... la Enmienda 20, 22 y 26, que hacen referencia a los Artículos 14 y 19, que no 29, que hubo una errata en la... [Murmullos]. Sí, Enmiendas 20, 22 y 26, que hacen referencia a los Artículos... modifican los Artículos 14 y 19. ¿Votos a favor? Por unanimidad de los presentes.

Y el resto de las Enmiendas, de la 1 a la 39 de las que permanecen vivas, excluidas la 20, 22 y 26, se entiende. ¿Votos a favor? ¿Votos en contra? Quedarían rechazadas, por diez votos en contra frente a seis a favor.

Y se mantiene para su debate... ¿Nueve? Bien, pues seríamos nueve. Corríjase entonces. Seríamos nueve por el... se rechazarían por nueve votos en contra y por seis votos a favor.

Se mantiene para su debate y votación la Enmienda del Grupo Parlamentario número 1. Para un turno a favor, tiene la palabra el Grupo Parlamentario Popular, como aquí no hay agrupación, por un tiempo máximo de diez minutos.


EL SEÑOR AGUILAR CAÑEDO:

Muchas gracias, señor Presidente. El tiempo máximo será de un minuto. El Grupo Parlamentario Popular, como no podía ser menos, tiene que presentar una Enmienda, la número 1, a la... y creándose una nueva Disposición Adicional en la que se dice: "Si en cualquier momento antes de la aprobación de los decretos de traspasos dejaran de estar vigentes las leyes o los convenios o los contratos... o contratos, perdón, en cuya virtud la Comunidad Autónoma había estado ejerciendo una competencia transferible en centros o instalaciones pertenecientes a otras Administraciones Públicas de los relacionados en el Anexo I –referencia, el Anexo I, del Pacto Local-, quedan estos excluidos del mismo, sin que se efectúe dicho traspaso". Eso es lo que dice nuestra enmienda a... nuestra creación de una nueva Disposición Adicional. Y lo justificamos, por supuesto, diciendo que, evidentemente, permite una correcta aplicación de la ley en coherencia con los derechos que ostenta la Junta de Castilla y León o las entidades locales sobre los inmuebles de conformidad con el título habilitante para su uso. Creo que sobran más explicaciones. No me he pasado, sin duda, del minuto. Renuncio al segundo turno y le pido al Grupo Parlamentario Socialista la aprobación de esta enmienda en sus propios términos.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para este turno en contra, tiene la palabra, por el Grupo Parlamentario Socialista, el señor Velasco, de nuevo.


EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:

Gracias, Presidente. Con la máxima brevedad. Y, antes de nada, manifestar nuestra intención de apoyar esta... esta enmienda. Dicho esto, permítame que haga una ligera crítica.

Efectivamente, sin esta enmienda la ley no sería tetrapléjica, que lo sigue siendo, sino que al me... es que no podría caminar, con esto, esta muleta, al menos puede echar a andar; pero convendrá conmigo -no hace falta que me conteste ahora, tiene tiempo-, convendrá conmigo, señor Aguilar, en que -vamos a decir- la técnica legislativa no es que sea la más depurada. En fin, eso de "si en cualquier momento antes de la aprobación de los decretos", en fin, yo creo que esa dilación en el tiempo, esto no es... esto no es muy correcto, digamos. Pero bueno, nos sirve, porque entendemos lo que quiero decir. Pero, si quiere, le vuelvo a leer la respuesta a la pregunta parlamentaria escrita. En fin, yo creo que con eso no arreglamos el tema, porque el problema es quiénes son los titulares, qué se transfiere. Es decir, muchos decretos... muchos anexos de esos van a quedar vacíos de contenido de todas todas, lo que pasa es que al menos se le pone un remedio en forma de muleta de aquellas de madera en forma inversa. En fin, no es... pero bueno, del mal, el menos.

En todo caso, como hay voluntad de acercamiento, que hemos manifestado, ningún problema; vamos a votar favorablemente esta enmienda del Partido Popular. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. ¿Quiere utilizar...? [Murmullos]. Por supuesto, tiene derecho a ello. El señor Aguilar Cañedo tiene la palabra.


EL SEÑOR AGUILAR CAÑEDO:

Va a ser un segundo; he renunciado y no con esto voy a establecer ningún debate. Le voy a hacer un ruego al Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, que, sin duda, me va a atender. Y es que además voy a aprovechar, porque me parece que faltará el título de la ley, que, evidentemente, habrá que tomar en consideración la propuesta que ha hecho el Grupo Parlamentario Socialista de quitar "determinadas", que quedará ahora para después. Lo de tetrapléjico a mí no me gusta; cojo es otra cosa. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Sí, ¿desea utilizar su turno de dúplica?


EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:

No.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Bien, pues pasaríamos...


EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:

Gracias, Presidente. Decía que no iba a utilizarle, pero, ante la referencia última de...


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

La palabra sí que se utiliza.


EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:

... lo de "cojo en vez de tetrapléjico" es... sería mejor cojo y manco, con lo cual, tetrapléjico.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Entiendo que queda aprobada por asentimiento de los presentes esta enmienda del Grupo Parlamentario Popular.

Votaciones

Y pasaríamos seguidamente, y para terminar y concluir, la votación del Proyecto de Ley. Sí, por favor, un poquito de silencio.

Votaríamos, de acuerdo con la información facilitada por la Letrada, el artículo... en el articulado, en la parte del articulado, el Artículo 19 por una parte, y el resto del articulado por otra. ¿Están de acuerdo los Ponentes intervinientes? [Murmullos]. Por una parte, y el resto de los artículos por otra.

Dicho lo cual, artículos... ¿votos a favor del Artículo 19 del articulado? Todos a favor, entiendo, por unanimidad. Sí, sí, entiendo que por unanimidad.

Y pasaríamos a la votación del resto... del resto del articulado de la ley. ¿Votos a favor? ¿Votos en contra? Quedarían aprobados por nueve votos a favor y seis en contra.

Pasaríamos seguidamente a la votación de la Exposición de Motivos de la ley. Perdón, a las disposiciones adicionales y al anexo, en primer lugar. ¿Votos a favor? ¿Votos en contra? Quedarían aprobados por nueve votos a favor y seis en contra.

Y ahora sí, la votación de la Exposición de Motivos. ¿Votos a favor? ¿Votos en contra? Quedaría aprobada por nueve votos a favor, seis en contra.

Y votaríamos el nuevo título propuesto, que se suprime la palabra “determinadas”, que entiendo que sería por asentimiento. Quedaría aprobado.

Pues sin más a... Concluido por la Comisión el dictamen del Proyecto de Ley de transferencia de determinadas competencias... "de determinadas" ya no sería, de transferencias de las competencias de la Comunidad Autónoma y de entidades locales de Castilla y León, recuerdo a Sus Señorías que el plazo para comunicar, mediante escrito dirigido al Excelentísimo señor Presidente de las Cortes, los votos particulares y enmiendas que, defendidas y votadas en Comisión y no incorporadas al Dictamen, se pretendan defender ante el Pleno, finalizará el martes veintiséis de mayo.

Y dicho esto, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las doce horas treinta minutos].


DS(C) nº 357/7 del 22/5/2009

CVE="DSCOM-07-000357"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
VII Legislatura
Comisión de Interior y Justicia
DS(C) nº 357/7 del 22/5/2009
CVE: DSCOM-07-000357

DS(C) nº 357/7 del 22/5/2009. Comisión de Interior y Justicia
Sesión Celebrada el día 22 de mayo de 2009, en Valladolid
Bajo la Presidencia de: Francisco Javier Iglesias García
Pags. 6853-6868

ORDEN DEL DÍA:

1. Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de Informar el Proyecto de Ley de transferencia de determinadas competencias entre la Comunidad Autónoma y las entidades locales de Castilla y León.

2. Elaboración del Dictamen de la Comisión en el Proyecto de Ley de transferencia de determinadas competencias entre la Comunidad Autónoma y las entidades locales de Castilla y León.

SUMARIO:

 ** Se inicia la sesión a las once horas diez minutos.

 ** El Presidente, Sr. Iglesias García, abre la sesión.

 ** Intervención del Procurador Sr. Aguilar Cañedo (Grupo Popular) para comunicar las sustituciones.

 ** Intervención del Procurador Sr. Velasco Rodríguez (Grupo Socialista) para comunicar las sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día. Ratificación de la Ponencia PL 12.

 ** La Secretaria, Sra. Marqués Sánchez, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** El Presidente, Sr. Iglesias García, de acuerdo con el Artículo 114.2 del Reglamento, somete a la Comisión la ratificación de los Ponentes designados por los Grupos Parlamentarios. Son ratificados.

 ** Segundo punto del Orden del Día. Elaboración del Dictamen PL 12.

 ** La Secretaria, Sra. Marqués Sánchez, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** El Presidente, Sr. Iglesias García, somete a debate y votación las enmiendas mantenidas por los Grupos Parlamentarios para la Comisión.

 ** En el debate intervienen los Procuradores Sres. Velasco Rodríguez (Grupos Socialista) y Sr. Aguilar Cañedo (Grupo Popular).

 ** El Presidente, Sr. Iglesias García, somete a votación los Artículos, Disposiciones, Anexo, Exposición de Motivos y Título del Proyecto de Ley. Queda dictaminado el Proyecto de Ley de transferencia de competencias entre la Comunidad Autónoma y las Entidades Locales de Castilla y León.

 ** El Presidente, Sr. Iglesias García, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las doce horas treinta minutos.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las once horas diez minutos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Buenos días. Se abre la sesión de la Comisión de Interior y Justicia.

En primer lugar, para dar la palabra a los señores Portavoces, por si desean comunicar a esta Presidencia alguna sustitución. ¿Por el Grupo Popular?


EL SEÑOR AGUILAR CAÑEDO:

Buenos días y muchas gracias, señor Presidente. Don Juan Ramón Represa Fernández sustituye a doña Paloma Inés Sanz Jerónimo, y don Jesús Roberto Jiménez García sustituye a don Jesús Jaime Encabo Terry.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. ¿Por el Grupo Socialista?


EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:

Gracias, señor Presidente. Buenos días. Doña Mónica Lafuente sustituye a doña Consuelo Villar.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Ahora sí, por la señora Secretaria da lectura al primer punto del Orden del Día.

PL 12 Ratificación Ponencia


LA SECRETARIA (SEÑORA MARQUÉS SÁNCHEZ):

Gracias, señor Presidente. Buenos días. "Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de informar el Proyecto de Ley de transferencias de determinadas competencias entre la Comunidad Autónoma y las entidades locales de Castilla y León".


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. De acuerdo con el Artículo 114.2 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se propone la ratificación de los Ponentes designados por los distintos Grupos Parlamentarios. Esta designación recayó en los Procuradores don Francisco Javier Iglesias García -un servidor-, don Joaquín Otero Pereira, don David Rubio Mayor, don Ángel Velasco Rodríguez y don Francisco Javier Aguilar Cañedo. ¿Queda ratificada esta Ponencia?

Quedan ratificados por asentimiento, entiendo, los Ponentes de la Comisión, por lo que procede dar lectura, señora Secretaria (puede usted tomar agua tranquilamente), al segundo Punto del Orden del Día.

PL 12 Elaboración Dictamen


LA SECRETARIA (SEÑORA MARQUÉS SÁNCHEZ):

Gracias, señor Presidente. "Elaboración del Dictamen de la Comisión en el Proyecto de Ley de transferencia de determinadas competencias entre la Comunidad Autónoma y las entidades locales de Castilla y León".


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Se mantienen para su debate y votación, de forma agrupada, las Enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista, números 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 37, 38 y 39. Para un turno a favor de las mismas, tiene la palabra el señor Velasco.


EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:

Gracias, señor Presidente. Buenos días, Señorías. Efectivamente, el Grupo Parlamentario Socialista presentó treinta y nueve enmiendas parciales al Proyecto de Ley de transferencia de determinadas competencias entre la Comunidad Autónoma y las entidades locales, título que, por cierto, nos parece que, aunque no fuera enmendado, y en este sentido hemos de pedir disculpas porque rechina en cada una de sus lectu... cada una de las veces que hacemos lectura del mismo, yo creo que podría, por mor de mejorar la ley, empezar por el propio título y eliminar, al menos... creo que podría mejorarse en otros aspectos, pero, al menos, eliminar la palabra "determinadas". Yo creo que quedaría mucho mejor si fuera: Proyecto de ley -ley en definitiva, cuando lo sea- de transferencia de competencias entre la Comunidad Autónoma, etcétera, etcétera.

Bueno, hecho este excursus, iba diciendo que habíamos presentado treinta y nueve enmiendas parciales al Proyecto de Ley al que me acabo de referir, y a lo largo de los trabajos de la Ponencia han sido admitidas algunas de aquellas enmiendas que ahora, en la lectura que se ha realizado por el señor Presidente, obviamente, no figuran ya entre las que se mantienen para el debate; algunas han sido transaccionadas, no admitidas tal cual iban; y, en este sentido, pues vamos a referirnos única y exclusivamente a las restantes.

He de decir, antes de nada, que la idea del Grupo Parlamentario Socialista, yo creo que hecha realidad, materializada a través de sus enmiendas, era, tal como se estableció por los Ponentes del Partido Popular en el primer encuentro una vez constituida la Ponencia, la de llegar al máximo consenso posible, porque compartimos la idea -también manifestada por todos los Ponentes- de que la ley no es más que una transposición de lo ya establecido en la Ley de Régimen Local, lo ya acordado en un pacto de naturaleza política anterior; y, por lo tanto, no se hace otra cosa a través de esta ley que establecer un poco el procedimiento de cómo llevarse a cabo cada una de las transferencias que aquí se contemplan.

Bien, nos hubiera gustado, por lo tanto, haber alcanzado ese consenso, pero he de reconocer que no ha sido posible; ha habido algún acercamiento, pero tan parcial que hemos de mantener en el trámite actual y para el Pleno -si no fuere a lo largo del desarrollo de esta sesión que hubiere algún acercamiento mayor-, pues para el debate en Pleno de las enmiendas que subsisten vivas.

Bien, hecha esta imprescindible presentación de nuestro trabajo compartido en la Ponencia, yo creo que debemos ocuparnos ahora de las enmiendas que mantenemos, y pienso que pueden agruparse en tres grandes bloques.

Un primer bloque, que quiero explicar en su conjunto, es el de aquellas enmiendas que pretenden la supresión, eliminación del texto, de todas las referencias que el Proyecto contiene al Pacto Local suscrito por la Junta de Castilla y León mediante acuerdo de tres de noviembre de dos mil cinco y que, en palabras del propio Consejo Consultivo en su dictamen, el que acompaña al proyecto de ley en el expediente, llega a calificar aquel acuerdo o pacto como "un acuerdo de naturaleza política". No parece por lo tanto correcto que se le dé el rango de norma jurídica a lo que no lo tiene. Y, por lo tanto, proponemos que sea eliminada toda referencia al denominado Pacto Local en el texto del Proyecto de Ley que ahora debatimos. Y tales enmiendas -las enumero- son las número 2 y 4, al apartado 1, párrafo cuarto, y al apartado tercero, ambos... ambas referidas a la Exposición de Motivos.

En lo que se refiere al articulado de la ley, las Enmiendas número 13, al Artículo 9; la número 14, al Artículo 10; la número 15, al Artículo 11; la 16, al Artículo 12; la 17, al Artículo 13; la 19, al 14.2; la 23, al 15.2; y la 28, al 20.3. Así como a las disposiciones adicionales, la número 31, la Disposición Adicional Sexta; la número 33, a la Octava, apartado 1; y la número 34, a la Disposición Adicional Octava, apartado 3. Bien, en este caso, todo este bloque pretende que la referencia concreta que se hace al Pacto Local de Castilla y León sea suprimida o eliminada.

Hay un segundo bloque de enmiendas que tienen por objetivo corregir aspectos procedimentales, o dotar a la ley -por decirlo de otro modo- de las formalidades más adecuadas. Y, así, me refiero en este bloque a las Enmiendas número 18, al Artículo 14, la 19 y la 21 -esta, en concreto, trataría de añadir un simple signo de puntuación-, y la número 23, al Artículo 15.2, que, para valorar el coste efectivo del traspaso, nos remite a una norma inexistente de nuevo, que es la del Pacto Local, que, como he dicho, tiene una naturaleza meramente política. La número 27, al Artículo 20, que sustituye la referencia genérica a previsiones de política económica general por el "principio de evolución del coste del servicio, en equivalencia al incremento del Presupuesto anual de la Junta de Castilla y León", pues nos parece que es un... un punto de referencia más seguro que el de la previsión general de la evolución de la economía general.

Y finalmente, mantenemos un tercer bloque de enmiendas –estas, sí, ya más de fondo- con una propuesta alternativa al fondo de determinadas... de algunas de las transferencias, concretamente, de las referidas a campamentos juveniles, escuelas infantiles de cero a tres años y medio ambiente -es decir, las de instalaciones recreativas en monte de utilidad pública y zonas de esparcimiento, etcétera-. Estas son las Enmiendas número 11, al Artículo 7, en lo referente a campamentos juveniles; la número 12, al Artículo 8, en lo referido a las funciones de educación y medio ambiente a que me acabo de referir; la Enmienda número 13, al Artículo 9, de nuevo en lo que se refiere a los campamentos juveniles; la número 14, al Artículo 10, referida a las funciones de educación; y la 17, al Artículo 13, en lo que tiene que ver con las funciones de medio ambiente a las que acabo de hacer referencia.

Dentro también de ese mismo bloque de enmiendas de fondo, se encuentran también otras que podríamos agrupar en un segundo subgrupo, y que son las siguientes:

La número 24, al Artículo 17, apartado 4, dirigida a garantizar los derechos del personal laboral, transferible o transferido en el momento en que eso ocurra, equiparando tales derechos a los del personal funcionario, sin limitación temporal de los mismos.

La número 25, referida al Artículo 18, que trata de la gestión de los centros traspasados, de tal modo que el primer punto del texto del proyecto nos valdría en los términos en que está establecido; dice textualmente: “Las entidades locales beneficiarias deberán mantener la gestión pública y directa de los centros traspasados”. Bien, ese texto se mantiene, y lo que pretendemos es eliminar el resto del texto que a continuación viene. Y ello por una razón muy sencilla: nos parece que las excepcionalidades que se prevén a continuación de ese texto que pretendemos que se mantenga no deben oscurecer, como así ocurre, la regla general enunciada.

La número 29, que propone un nuevo Artículo, el 21, y que completaría un verdadero programa de transferencias. Ese Artículo 21 de nueva redacción que nosotros proponemos implica que la Junta se comprometa, mediante convenio, a la financiación de aquellos centros o servicios de la misma naturaleza que los transferidos o cuya transferencia se propone en el texto de la ley, pero que ya son... para los centros y servicios que ya son ahora mismo de titularidad de las entidades locales que van a ser beneficiarias. Nos parece que solo así llegaríamos a completar la transferencia de aquellas materias a las que se refiere este Proyecto de Ley de una manera más eficaz, desde luego, y, además, creo que con un punto de equidad; porque, si no, en otro caso, algunos Ayuntamientos que, por ejemplo, prestan ya servicios relativos a Educación Infantil, con escuelas infantiles municipales de vieja data, pues recibirían una más, con este Proyecto de Ley, por el que se les transferiría el coste del servicio, pero que seguirían manteniendo a su costa, de la entidad local, las ocho escuelas, las tres, las dos o la una que ya tenían por su fundación y bajo un título competencial adecuado.

Bien, podría decirse que este es el conjunto de las enmiendas que mantenemos, y que tienen, obviamente, su explicación. Quería detenerme en el punto de las enmiendas de fondo, a las que me acabo de referir, y muy brevemente razonar el porqué de estas enmiendas. Obviamente, no es porque la posición del Partido Socialista, al que representamos en el Grupo, sea contraria a la descentralización de competencias. Muy al contrario, yo creo que hemos acreditado a lo largo de la historia de la democracia en España que hemos abanderado siempre, precisamente bajo la seña de identidad del Pacto Local, que se consagró precisamente en asambleas de la Federación Española de Municipios y Provincias, precisamente porque estamos a favor del máximo de descentralización, estamos a favor del principio de subsidiariedad que la Carta Europea de Autonomía Local ha conformado, y, por lo tanto, muy lejos de estar en contra de la descentralización, estamos por el máximo de aplicación del principio de subsidiariedad y, por lo tanto, de la transferencia máxima y al máximo nivel de todas las competencias.

El problema es que, por ejemplo, tal como está establecido -viene determinado en el proyecto-, pues las escuelas infantiles de que estamos hablando muchas de ellas no hay la titu... la Junta no tiene título que le dé, le otorgue la titularidad de las mismas. Y así se nos respondió en su día a través de una pregunta parlamentaria, que, efectivamente, en un caso concreto, estoy hablando del campamento juvenil de Covaleda, que viene en el anexo, es intransferible sencillamente porque el concepto mismo de transferencia lo que hace es traspasar la titularidad del servicio y la ejecución de las funciones que se transfieren a la entidad local. Bueno, pues resulta que la titularidad no es de la Junta ni tampoco de la entidad beneficiaria del traspaso -sería la Diputación-, sino del Ayuntamiento de Covaleda, que lo tiene cedido mediante con... mediante un contrato de cesión, un convenio de cesión -en otros casos se trata de contratos de arrendamiento- a la Junta de Castilla y León actualmente. Por lo tanto, mal se va a transferir lo que no se tiene.

Otro tanto ocurre con muchos de los montes de utilidad pública, cuyos espacios pretenden ahora traspasarse.

Bien, y en lo que tiene que ver con la Educación Infantil, sin profundizar mucho más en el tema, nos parece que realmente no se trata de una transferencia en el sentido estricto, sino un simple traspaso a través de delegación. Ya sabemos que la diferencia es que en la transferencia se traspasa a la entidad beneficiaria la titularidad de la función que se traspasa, o de las funciones, o del servicio, y en la delegación no hay tal transferencia de titularidad, sino, sencillamente, una delegación, un traspaso, sin que lleve acarreada la titularidad. Por lo tanto, si analizamos tanto el Artículo 10, sobre todo, y el Artículo 8, al que se refiere el Artículo 10, vemos que las funciones que se traspasan no se transfieren, sencillamente se delegan, porque se limitan a, de todas las que el Artículo 73 del Estatuto de Autonomía referido a la competencia de educación tiene hoy la Junta, solamente se traspasa, y una mínima parte, lo que tiene que ver con la programación extracurricular. Y punto. Por lo tanto, no estaríamos hablando de un verdadero traspaso de transferencia, sino, sencillamente, de un traspaso por delegación. Y ya sabemos que la delegación quedaría excluida del objeto de la Ley. Tendría que hacerse por simple decreto.

Por lo tanto, creemos que, además de otra razón de fondo, que es la de falta de razones de oportunidad... es decir, creemos que hoy lo que urge y es importante es que se pase todo lo referido a las funciones educativas, que no asistenciales, a la Consejería; es decir que toda la educación esté en las manos de una misma Administración, y, desde luego, de la Consejería competente de la materia, que es la de Educación. Hoy por hoy todavía adolecen de rasgos de asistencialidad, mientras que hoy la educación infantil forma parte del Sistema Educativo con todas las de la ley. Por lo tanto, creemos que no hay razones de oportunidad, ni desde el punto de vista local ni desde el punto de vista autonómico, para que se haga una transferencia que no es tal, sino una simple delegación, y creemos que lo urgente es antes pasarlas a Educación e integrarlas dentro del Sistema Educativo.

Y bien, yo creo que estas son las razones que han sustentado nuestras enmiendas, sin olvidarnos de una última: que hay razones también de técnica jurídica o técnica legislativa que hacen manifiestamente mejorable el Proyecto de Ley.

Y yo espero que a lo largo de la tramitación incluido el Pleno, podamos alcanzar un acuerdo en algo que sería muy deseable yo creo que por todos los ciudadanos y las entidades locales, que yo creo que están en la órbita la mayoría de los dos grandes partidos que están aquí también representados. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para un turno en contra, tiene la palabra el señor Aguilar Cañedo.


EL SEÑOR AGUILAR CAÑEDO:

Muchas gracias, señor Presiente. He escuchado muy atentamente la intervención del Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista y, realmente, lo primero que quiero constatar y dejar muy claro a todos los efectos es que la calificación que se hace del Pacto Local como pacto político creo que es errónea; y lo digo en un tono absolutamente distendido y, por supuesto, para someterlo a la reflexión del propio Grupo Parlamentario Socialista

¿Por qué creo que es errónea esa calificación que se hace del Pacto Local? Porque como elemento político pudo iniciarse en el año mil novecientos noventa y nueve, tal vez fue la idea, pero la constatación de los hechos nos demuestran que tiene una eficacia obligacional absoluta, clarísima, de tal suerte que lo que en el Pacto Local figura, y por adhesión del 100% de los municipios de esta Comunidad -es decir, es un pacto que hoy se encuentra admitido unánimemente por todos los municipios afectados, y esto lo quiero resaltar-, yo creo que ya no es un pacto político; es un auténtico contrato generador de obligaciones y, por supuesto, también de derechos. En consecuencia, no se puede hablar de pacto político. Hoy hay que hablar ya de que tiene una naturaleza jurídica perfectamente constatada, que existe como tal elemento jurídico dentro del Ordenamiento porque es obligacional y generador de derechos, y, en consecuencia, aunque no tenga el rango de ley, aunque no tenga el rango de decreto, aunque no tenga el rango de orden, el que tuviera dentro del Ordenamiento Jurídico administrativo, no cabe la menor duda de que es más que un pacto político: hoy es un pacto suscrito por todos los Ayuntamientos –repito-, y, en consecuencia, exigible por las partes. Y si es exigible por las partes, deja de ser político, porque genera, como he dicho, derechos y obligaciones.

Por lo tanto, ese primer bloque de enmiendas que el Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista nos ha hecho ver en el sentido de suprimir del texto legal, del texto que estamos debatiendo en estos momentos, toda la referencia al Pacto Local, o cualquier referencia al Pacto Local, que abarca, por supuesto, desde la Exposición de Motivos hasta la última disposición transitoria, no es menos cierto que no solamente queda ahí, porque también hay anexos del Pacto Local que están incorporados al texto legislativo y que no solamente es no referenciar el Pacto Local o eliminarlo del texto, sino que tendría usted que eliminar lo que es consecuencia del Pacto, los derechos, lo que es además un elemento incorporado al Pacto, los anexos. Y, en consecuencia, no se puede admitir ninguna de las enmiendas en tanto en cuanto no reconsideren ustedes el carácter netamente jurídico del Pacto Local, Y, en consecuencia, en su tejado dejo la pelota para que ustedes lo mediten y puedan incluso -y me parece muy bien-, en todo el trámite parlamentario que nos queda, que no es poco, porque a Pleno no ha llegado y es posible seguir debatiendo, y es posible llegar a acuerdos en Pleno... no es menos cierto que no podemos admitir ninguna de esas enmiendas.

Yo le tengo que decir sinceramente que no aceptamos ni la Enmienda número 2, que afecta a la supresión en el texto del Pacto, de la expresión "Pacto Local"; ni la número 3, por supuesto. Y que, en definitiva, no... tampoco podemos decir, ni sustentar, ni nadie podrá sustentar que esas enmiendas mejoren el texto, que es el sentido final de la enmienda, mejorar el texto, sino que, muy por el contrario, mutilan el texto y, muy por el contrario, desnaturalizan el texto de la ley de transferencias.

Yo no he dividido mi intervención, porque, claro, no es tampoco... no soy el autor de las enmiendas ni puedo saber los bloques en las que los... en las que las ha dividido el Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista. Al bloque primero ya le he contestado.

Luego después nos habla de que hay enmiendas procedimentales, que yo creo que son más que procedimentales, y luego tres enmiendas de fondo. Y, en consecuencia, voy a hacer un análisis rápido de las enmiendas una a una, para que tenga usted conocimiento y noticia de cómo piensa el Grupo Parlamentario Popular de cada una de las enmiendas. Y luego después le diré a usted también, como no puede ser menos, la conexión de unas entre otras en el entramado del texto, que al aprobar una no podríamos dejar de aprobar otras, o de que aceptar una incluye mayor... mayor alcance de la ley de transferencias, pero claro, con perjuicio notorio para la Comunidad Autónoma.

Por lo tanto, le quiero empezar analizando, por ejemplo, la Enmienda número 5, al Artículo 1, en la que queda muy claro el carácter no constructivo de esta enmienda –como le decía- y no mejorable del texto legal, cuanto mantiene que no proceden las transferencias que se señalan en los Artículos 8 y 13. La número 5, la Enmienda número 5 nos remite a los Artículos ya 8 y 13, eliminando, por supuesto, campamentos juveniles. De tal suerte, por supuesto, que la única fundamentación que se esgrime para mantener la enmienda es la de que se ha hecho, pues, simplemente, en coherencia con el resto del grupo de enmiendas. Me parece muy bien, pero, evidentemente, afectando a otros artículos. Esta Enmienda número 5 persigue algo tan importante -y lo he dicho ya- como es desnaturalizar la propia ley de transferencias ¿por qué?, porque elimina lo siguiente: la Educación Infantil de cero a tres años, campamentos juveniles y medio ambiente.

Yo creo que son enmiendas, Señoría, absolutamente inaceptables, sea cual sea el argumento legítimo que se puede sustentar aquí, en esta Comisión, para mantenerlas, toda vez que supone dejar vacío, de admitirlas, el texto legal en casi un 90%; es decir, vaciamos eso del texto legal y nos hemos quedado sin texto legal. Y aquí lo que estamos, evidentemente, es tratando de aunar voluntades para llegar, pero ustedes lo vacían con sus enmiendas. Es decir, no me pueden ustedes vender la moto de que les interesa mucho la transferencia y la segunda descentralización, cuando lo que hacen ustedes es vaciar de contenido, a través de las enmiendas, el propio texto legal. Vulgarmente dicho, se lo cargan.

Tampoco acepta nuestro grupo la Enmienda número 7, al Artículo 2 -enmienda que se repite, por supuesto-, la número 23, al Artículo 15, y, asimismo, las Enmiendas 27 y 28, al Artículo 20, cuando se pretende referenciar a los Presupuestos anuales de la Junta la actualización de los recursos personales, materiales y financieros, cuando, además, la ley de transferencia -tienen ustedes que reconocer y creo que lo han hecho, pero no con la debida claridad- es mucho más amplia. Referenciar el Presupuesto anual no es referenciar a la política económica global de la Junta, sino a un hecho constatado, fijo y determinante que es el Presupuesto. Hay actuaciones que salen... evidentemente, todas ellas reflejadas en el presupuesto, pero, evidentemente, obedecen a un sistema de política económica de la Junta al cual nosotros no vamos a renunciar.

Sobre esta materia, por supuesto, se puede acudir también a la Enmienda número 28, que suprime, como no podía ser menos, la referencia que en el texto se hace también al Pacto Local como un acuerdo regulador -como ya he dicho antes- en el que se cos... en el que constan debidamente los criterios de determinación del coste efectivo que se menciona en el Artículo 15 que debatimos.

No cabe tampoco, por supuesto, la aceptación de las Enmiendas 8 y 9, al Artículo 3, en tanto en cuanto en dicho artículo se determina, en su apartado c), cuál es el ámbito territorial en la ejecución de las transferencias, lo que nos parece necesario, no considerándolo así las Enmiendas 8 y 9; y argumentando, además, por nuestra parte, que la Junta no tiene que renunciar a la cooperación económica consolidada y que está vigente en estos momentos con absoluta eficacia.

Enmienda número 10, Señoría, al Artículo 4. Tal como ustedes la proponen dejaría sin órgano de seguimiento -y quiero que quede también muy claro- a los municipios, ya que ustedes solo atribuyen tal facultad de seguimiento al Consejo de Provincias en relación con las transferencias que se hayan hecho a las Corporaciones Locales. Y aquí estoy seguro que me va usted a replicar que existe, por supuesto, un dictamen del Consejo Consultivo; pero el otro día no me dijo usted la realidad del certamen, y yo me quedé un poco con cierto amargor de boca ¿Quién ha hecho el dictamen?, el señor Nalda, es el Ponente, es el Ponente, es el Ponente. Lo tengo aquí, lo tengo aquí, Señoría, lo tengo aquí, Señoría. Lo pongo a su disposición. Consejo Consultivo, Consejo Consultivo, concretamente, para que no tenga usted la más mínima duda, dictamen, antecedentes de hecho, y le voy a leer textualmente: “Tomado por el señor Presidente del Consejo, correspondió su ponencia a los señores Amilivia González que es el Presidente, y, por supuesto, señor Nalda García”. Está aquí, a su disposición, a disposición de ustedes. Yo no voy a utilizar ningún argumento más que la propia lectura del propio dictamen.

Por lo tanto, Señoría, evidentemente, evidentemente, además, esta Enmienda 10 afecta también a la Disposición Transitoria Tercera, que tampoco vamos a renunciar a ella.

Las Enmiendas 11, 12 y 13, a los Artículos 7, 8 y 9, se plantean también, en mi opinión, con la única finalidad de dejar fuera de la ley de transferencias los campamentos juveniles -como ya he dicho- junto con la Educación Infantil -como ya he dicho- y las relacionadas con medio ambiente, suprimiéndose también, por supuesto, la referencia al Pacto Local. Y, curiosamente, no hay ninguna razón para que podamos tomar en consideración esta mutilación que se hace de la ley de transferencia.

Desde luego, vamos a reflexionar un poco sobre la Educación Infantil de cero a tres años. Yo creo y ustedes piden que hay que considerarlos fundamentalmente integrados en una sola Administración, ese es el contenido de su enmienda. Es que están así, integrados en una sola Administración, es que están así, y es la Administración Local. Y le voy a dar a usted un dato que tengo, y es que ciertamente hay trescientos centros que están en manos de las Corporaciones Locales, más del 95%; y con la ley de transferencias, se transfiere tan solo el 9% a esas Corporaciones Locales. Luego, evidentemente, quedan todas en la Administración Local, que es quien las ha pedido, quien las viene reclamando e incluso ustedes en sus programas electorales, como le participaré a usted muy claramente en el Pleno que tendremos que debatir sobre este asunto, si no llegamos a un acuerdo pleno y renuncian ustedes a sus enmiendas, como espero que se haga.

Señoría, otro grupo de enmiendas, por supuesto, son la 11 a 14, que de haberse aceptado, por supuesto, evidentemente, y como sucede con las Enmiendas 15 y 16 a los Artículos 11 y 12, reguladora de las funciones en materia de servicios sociales y deportes, quedarían, evidentemente, suprimidos.

Vamos a hablar ahora de algo importante, de algo importante a nuestro juicio y que es la situación del personal laboral, la situación del personal laboral traspasado a los Ayuntamientos. Sé que esto es algo verdaderamente serio, se plantea como una cuestión muy seria, porque parece ser que no se tiene confianza en que los Ayuntamientos puedan continuar con la misma situación respecto al personal laboral. ¿Ustedes qué hacen?, ¿qué quieren ustedes?, ¿qué pretenden ustedes? Incluir en la ley la falta de limitación en el tiempo que estos... que este personal laboral pueda incorporarse o retornar a la Administración Autonómica. Mire, en una ley en la que se pretenden regular cosas, cuestiones, hechos, situaciones jurídicas, no se puede dejar ilimitado absolutamente nada; eso, como principio. Es bueno limitar para que la ley sea precisa y para que la ley sea concreta. Lo ilimitado es lo que no es ni preciso ni concreto.

Pero digo más. Es que este... aquí ahora no toca hablar de esto; aquí, en este ley de transferencias, no toca hablar de este asunto. Esto es algo que toca hablarlo en el convenio colectivo, y ahí sí, ahí, lo que ustedes quieran: el tiempo que los negociadores del convenio determinen, cuantas convocatorias sean necesarias. Porque claro, no hay más, evidentemente, que acudir al propio texto del Convenio Colectivo -que creo que lo he traído y me gustaría encontrarlo; ya lo tengo aquí-, donde realmente, donde realmente se dice lo siguiente... y no se puede decir otra cosa más que lo que dice el texto del Convenio Colectivo, que -como usted sabe- está en negociación en estos momentos, que incluso tiene mayor rango cuando quede terminado y cuando quede dictaminado este Convenio Colectivo y suscrito por las partes que el propio texto legal que estamos aquí debatiendo ahora, va a tener mayor rango jurídico. Y, en consecuencia, le leo: "Concurso de traslados abierto y permanente, Artículo 14. Como sistema ordinario de provisión de puestos de trabajo vacantes, existirá el concurso de traslados abierto y permanente. Dicho concurso será regulado por orden de la Consejera de Presidencia de Administración Territorial, con sujeción, en todo caso, a las siguientes normas y criterios". Es el convenio que está ahora mismo en negociación. Lo estoy leyendo lo que está hoy mismo negociado y hoy, evidentemente, es un pacto convenido entre las fuerzas sociales -vamos a llamar sindicatos- y, evidentemente, la Junta de Castilla y León.

Y dice en uno de sus apartados: "Excepcionalmente, podrá participar el personal perteneciente a la plantilla de la Administración que haya sido objeto de transferencia, traspaso o adscripción a otra Administración, organismo o ente de naturaleza jurídica pública, a quien se exceptúa a sí mismo de los requisitos establecidos en las letras c) y d) siguientes. La participación de este personal se efectuará con arreglo a las prescripciones contenidas en la norma reguladora de dicha transferencia -que puede ser la ley, por supuesto-, traspaso o... o adscripción, que, en todo caso, deberá garantizar a este personal su participación al menos en doce resoluciones". Concreción en el convenio: tres años. Porque suele haber cuatro posibilidades de incorporación anuales; cuatro por tres, doce, doce resoluciones de concursos consecutivas contadas a partir del momento de transferencia, traspaso o adscripción.

A este Grupo le da lo mismo, pero aquí no es el momento de hablar de esto; es el momento de que la ley no puede recoger esto porque hay en negociación en estos momentos un convenio colectivo, y nosotros no podemos interferirnos por una ley en un convenio colectivo. Y hay que decírselo a todo el mundo con esta claridad y sin ningún género de dudas: no podemos interferir en la negociación de un convenio colectivo a través de una ley de Cortes; sería verdaderamente espantoso.

Por lo tanto, si en lugar de doce resoluciones llegan al acuerdo de que sean quince, dieciocho, veintisiete o treinta y cuatro, perfecto, pero un tiempo, no la ilimitación en el tiempo que ustedes, evidentemente, proclaman y quieren en el texto de la ley de transferencias. Yo creo que con esto le he contestado a un tema candente y a un tema muy serio como es el que se está produciendo y que llega... y que lleva a producir también cierta desazón en las personas que se pueden encontrar afectadas.

Pero es más, es que nosotros entendemos, Señorías, que quedan perfectamente garantizados sus derechos; no solamente por lo que acabo de decir, sino pura y simplemente por el Estatuto de los Trabajadores, Artículos 44 y 97. Si es que está previsto, si es que no sucede absolutamente nada. Y no perdamos de vista nunca, nunca, que la titularidad de la transferencia va a ser de las Corporaciones Locales, por si acontecimientos futuros se pretenden incardinar en decir: "no, es que pueden perder". La titularidad no se va a perder, nunca, pase lo que pase; será del Ayuntamiento tal siempre, hasta que no se produjera, por ejemplo, la revocación del retorno de la transferencia a la propia Comunidad Autónoma.

Por lo tanto, no veamos en el horizonte yo creo que más que claridad y verdaderamente una cimentación clara que afecta al personal laboral y que ciertamente hay que respetar, porque está el convenio; no debe incluirse la ley porque no corresponde ahora, a eso no jugamos, eso en este momento no toca. Tocará cuando llegue su momento y los agentes sociales y la Junta se pongan de acuerdo, por supuesto, con la Junta de Castilla y León.

Bueno, después de esto, evidentemente, voy a proponerle a usted una transacción, ¿eh?, una transacción a la Enmienda número 20 al Artículo 14, que se concreta, por supuesto, en sustituir los términos de "petición" o "peticiones" que son rogatorios, y es verdad, lo reconozco, son términos rogatorios los que utiliza la ley; y por supuesto, vamos a tratar que las Administraciones Locales estén en plano de igualdad con la Junta de Castilla y León, y le propongo lo siguiente: "En el seno de las Comisiones vistas, vista la propuesta o sucesivas propuestas de los representantes autonómicos así como de los representantes locales". Ya elimino el término "petición" o "peticiones" y propongo sustituirlo por "propuesta" o "propuestas", en igualdad de condiciones, exactamente igual.

También le voy a hacer a usted ahora mismo otra transacción, le voy a proponer a usted otra transacción, que es la Enmienda 22 al Artículo 14, que debe decir -si dijera, lo aceptaríamos así-: "Información precisa sobre la... la información que precise o la información que se precise sobre los medios personales, materiales y financieros objeto de negociación". Creo que así la enmienda queda perfectamente delimitada y se puede admitir.

Respecto a la Enmienda número 25 al Artículo 18, que trata de la gestión de los centros traspasados, es indudable, bajo nuestro punto de vista, que esta enmienda es contraria al principio de autonomía local. El Artículo 18 garantiza que la gestión pública debe ser mantenida por las entidades locales beneficiarias de los centros traspasados "al menos durante un período mínimo igual al tiempo que dure el derecho del personal laboral a participar en los procedimientos de previsión". Ahí es donde hay que incidir, ahí es donde hay que incidir, en lo que yo le decía a usted: convenio colectivo, tiempo de previsión de esos puestos de trabajo. Fíjese usted como de rechazo, evidentemente, afecta a un artículo importante como es el Artículo 18 y a una enmienda que ustedes han propuesto y que nosotros tenemos que rechazar en estos momentos por las razones que he dicho.

Le voy a proponer otra enmienda transaccional; estoy muy generoso, señor Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, pero, evidentemente, me satisface... me satisface muchísimo. Le propongo, evidentemente, que enmendemos el artículo... la Enmienda 26 al Artículo 29 se suprima, se suprima dos palabras, "de" y "servicio", que son las dos últimas, las finales de la enmienda. Con lo cual, ciertamente, podríamos aceptarla. Y si ustedes lo aceptan, yo se lo propongo.

Importante cuestión la Enmienda 29 al Artículo 21, que usted ha resaltado como un tema de fondo y que, evidentemente, yo creo que así es, yo creo que así es. Pero le digo, ustedes proponen algo que es contrario a la ley, a la ley que estamos debatiendo, y tratan ustedes de introducir en ella determinados convenios anuales de financiación -de los cuales usted no ha hablado en su exposición- de los servicios que prestan determinados Ayuntamientos fuera del sistema de financiación local que está establecido en nuestra Comunidad. Pero, por si ello fuera poco, además de tales acuerdos quieren ustedes o proponen la existencia de unos convenios que serían, según su propia enmienda, condicionantes a la aceptación de transferencias y previos a la publicación de los decretos de traspaso, de tal suerte, por ejemplo, que, concluida la negociación de la Comisión Mixta o de cualquiera de las comisiones mixtas que tienen que constituirse para llevar a cabo la transferencia de las competencias, el Ayuntamiento equis podría oponerse si no se hubiese firmado tal convenio; lo cual supondría, Señoría, una incongruencia total en el desarrollo de la ley de transferencias a través de las comisiones mixtas y de los decretos correspondientes, que podrían quedar paralizados. Este es el tema. Si ustedes son capaces de darle otra redacción, que yo de verdad no he encontrado, me hubiese gustado oírla, porque ciertamente podríamos hablar de este asunto. Pero en los términos que se... determina ese Artículo 21 es imposible.

Por otra parte, en el párrafo segundo -y quiero... quiero hacer verdaderamente una... una buena reflexión sobre este importante artículo que ustedes proponen-, el párrafo segundo de este Artículo 21 afecta, indudablemente, a cuestiones presupuestarias, porque ustedes dan prioridad a inversiones para todos los Ayuntamientos de la Comunidad, lo que convierte este artículo contrario a la ley que se propone en estos momentos, contrario a su desarrollo y contrario a la política económica y presupuestaria de la Junta, y también, por supuesto, al sistema de financiación local. Esto sí que, evidentemente, hay que decirlo con toda claridad: no podemos aceptar algo que invade absolutamente todos estos aspectos de la economía de Castilla y León, de la economía presupuestaria y, por supuesto, como no puede ser de otra manera -como le he comentado a usted-, de la política económica de la Junta de Castilla y León.

Por las mismas razones expuestas, tengo que rechazar la Enmienda 30 a la Disposición Adicional Quinta; y, nuevamente, la Enmienda 31 la Disposición Adicional Sexta, porque se ignora el Pacto Local. Y, por supuesto, la Enmienda 32 a la Disposición Adicional Séptima, en la que se añade una previsión normativa -que entiendo que no es preciso en este momento- y que introduce un elemento de inconcreción y de confusión en el texto legal.

Las Enmiendas 33 y 34 a la Disposición Adicional Octava, le digo contundentemente pero con todo respeto que léanla ustedes bien, porque abre nuevamente el camino de algo que está superado: las competencias impropias. Léaselo usted bien, señor Portavoz. Ustedes abren el camino de algo ya superado en estos momentos prácticamente: la existencia de competencias impropias.

Desde luego la Enmienda 35, que la plantean ustedes en una nueva Disposición Adicional, tampoco toca ahora. Usted no me ha dicho nada de ella, pero yo le digo que la entiendo de fondo y que no toca por lo siguiente, porque claro, ustedes, so pretexto de fortalecer que es muy bonito la autonomía local, conminan a la Junta para que en plazo de seis meses, seis meses, seis, de seis meses, remita a las Cortes un nuevo proyecto de ley por el que se transfieran competencias ni más ni menos que en materia de urbanismo, en educación de personas adultas, promoción... y en promoción de la actividad económica y de empleo. Mire, Señoría, esto es encorsetar la labor de un Gobierno. Ya me gustaría a mí que el señor Zapatero hubiese hecho algo en relación con las políticas de empleo con el paro que tenemos, ¿verdad?, me gustaría. No ha hecho nada. Pero ustedes nos dan seis meses para que, evidentemente, la Junta de Castilla y León actúe sobre políticas de empleo. No, empiecen ustedes dando ejemplo, que luego seguro que nosotros le seguimos; no se preocupe, seguro que nosotros le seguimos, pero den ustedes ejemplo para, con esas políticas de empleo, crear cuatro millones y medio de puestos de trabajo que se han destruido. Se lo ruego encarecidamente. Mire, sería feliz si usted plantea aquí mañana y nos demuestra que eso lo han conseguido.

Y tiene usted que reconocer, señor Portavoz, que esta Disposición Adicional nueva está, por supuesto, fuera del contexto de la ley de transferencias que estamos debatiendo, y que plantearla no es ni más ni menos que introducir elementos distorsionadores, ya que, por supuesto, comprenderá que el trámite de transferir a los Ayuntamientos lo que se plantea en la ley que discutimos, logrando lo acordado los acuerdos de las Comisiones Mixtas y editando los oportunos decretos es muy importante, lleva un tiempo muy superior sin duda a los seis meses; y, evidentemente, no se pueden transferir transferencias si la debida meditación, sin los debidos estudios, sin los debidos informes y mucho menos plantearle, como ustedes plantean, un período de seis meses.

Le he resumido a usted todo lo posible mi intervención. No puedo decir por menos también que me sorprende muchísimo que ustedes no quieran que los Ayuntamientos tengan las competencias en materia de medio ambiente, esas mínimas competencias.

Y le quiero también significar a usted una cuestión. La pregunta a la que usted ha hecho referencia, que es del Ayuntamiento de Covaleda, sin duda se presentó para eso y se respondió por la Junta de Castilla y León, lea usted bien lo que ha respondido la Junta y lo que ha dicho. Y le voy a leer a usted los dos últimos renglones, y con esto voy a acabar. Evidentemente, dice la contestación escrita que da la Junta de Castilla y León: "No es intención de la Junta de Castilla y León traspasar centros en los que no tiene titularidad". Y es lógico, si por eso hemos interpuesto nosotros y presentado una enmienda que voy a defender después; luego lo tenemos resuelto. Luego esa enmienda lo que tiene usted que hacer, esa petición que usted nos hace de no aceptar el traspaso en aquellos que no tengan la titularidad, las Corporaciones Locales, yo creo que debe usted modificarla; tenemos tiempo, hasta el Pleno tenemos tiempo, se lo dejo a su reflexión. Pero no nosotros, no nos retractamos en absoluto de lo que decimos y mucho menos de lo que damos por escrito: Pacto Local, no nos retractamos de él; evidentemente, evidentemente, no nos retractamos de las respuestas; y, evidentemente, no nos podemos hacer eco de peticiones de enmiendas como las que usted hace, donde mutilan la ley al 90% y hemos terminado la ley. No, en absoluto. Las mutilaciones en otro sitio, pero no en las leyes.

¡Ah!, se me olvida. Acepto, como no puede ser menos, Señoría, acepto, como no puede ser menos, el que usted... la propuesta lógica y jurídicamente buena que usted hace de modificar el título de la ley. Evidentemente, lo admito que se quite "de determinadas", creo que es la expresión.

Con esto, Señoría, he terminado. Por lo tanto esperemos que, bueno, las enmiendas que le hemos aceptado nos diga usted que sí y, por supuesto, esperemos que el tiempo madure un poco más esto, que todo es posible. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para un turno de réplica del Grupo Parlamentario Socialista, tiene de nuevo la palabra don Ángel Velasco Rodríguez.


EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:

Gracias, señor Presidente. Señor Aguilar, le he escuchado con suma atención, como así ha sido a lo largo de los trabajos de la Ponencia, y creo que hace usted, efectivamente, un cierto esfuerzo por acercar posiciones, aunque sean los esfuerzos tan limitados en el recorrido que no lleguemos a, efectivamente, consensuar algo más como para poder llegar a un acuerdo, ¿no?, porque claro, son cosas tan nimias.

Claro, y lo que me sorprende más es que se haga con los argumentos que se han hecho, porque claro, decir que es que el Pacto Local... Yo creo que aquí lo que quiere el Grupo Parlamentario Popular es poner un poco en evidencia como que el Grupo Socialista, en fin, no fuere municipalista. Nada más lejos de la realidad. El hecho de que sustentemos las enmiendas que se refieren a toda referencia al Pacto Local no es, en fin, por negar el carácter de pacto, pero pacto político, que tuvo aquel acuerdo. Efectivamente, fue suscrito luego por el 100% de las entidades locales que en definitiva van a resultar beneficiarias, Diputaciones Provinciales y municipios de más de cinco mil habitantes. Esto no lo pone en duda nadie. Pero claro, eso no le convierte en norma. Usted sabe muy bien, que el nomen iuris no cambia la naturaleza de un contrato; es decir, le podemos llamar como queramos, pero si hay una permuta de un bien por otro, pues se llama permuta, y punto, pero no le podemos llamar préstamo hipotecario, sino permuta. Por lo tanto, ese es un pacto político, al que no denostamos, no nos parece mal, no estuvimos en contra, aunque estuvimos en contra de su tramitación; pero esto no le convierte en norma y, por lo tanto, no desvirtúa ninguno de los argumentos con los que sustentamos las enmiendas que se refieren a que no tenga el rango de norma que se incluye en la norma que aquí estamos debatiendo.

Y bueno, yo creo que hay que ser un poco más serios. En fin, cuando hablamos del dictamen del Consejo Consultivo es el dictamen del Consejo Consultivo. Es como si decimos: "la sentencia del Tribunal Supremo, hombre, la ha dictado el magistrado tal, que todo el mundo sabemos que es amigo de y que, en fin", en fin, esto de los trajes a medida no sirve. No sirve ni siquiera en los Tribunales, no sirve señor Aguilar. [Murmullos]. Mire, y además, la información sesgada, sesgada... Sí, si es el mismo que le enseñé yo el otro día. Claro, Ponentes: señor Amilivia González, Presidente y Ponente; señor Nalda García, Consejero y Ponente, ¿y qué? Quien fuere, el dictamen no es el del ponente, es el que... es el que vota la Ponencia. Mire, se ve que... se ve que llegaron a un acuerdo muy fácil, cosa que en esta Ponencia, en fin, hubiera sido de desear. En fin, seamos un poco rigurosos. Es el dictamen del Consejo Consultivo. Que a mí no me gusta, como otros muchos, y que estoy dispuesto a discrepar del mismo en presencia del señor Nalda García o el señor Amilivia González, ¿y qué?, pero me lo tengo que comer y utilizarle en el valor que tiene, no en otro. Por lo tanto, vamos a ver si debatimos con un cierto de rigor.

No estamos por la eliminación del Pacto Local como usted nos dice, dando a entender que es que somos poco municipalistas, sino lo que queremos es que tenga el tratamiento idóneo, el que le corresponde, el de un pacto político. Punto.

Tampoco es verdad que vaciamos con nuestras enmiendas el texto legal. Hombre yo cre... si no fuera necesario, pues no vaciamos nada, pero es que, en fin, en fin. ¿Se puede decir, como se ha dicho, que es que la mutilación de la ley es tal, con nuestra pretensión de que se modifiquen, en muchos casos se sustituya o se eliminen determinadas partes de algunos... incluso en algún caso artículos completos en referencia a las transferencias de educación, de campamentos juveniles y de espacios medio ambientales? No. Eso no convierte a una... a la ley en vacía de contenido. Y no me hable usted de mutilación. Pero si es que, en fin, si fuéramos serios y rigurosos y hubiéramos querido hacer una crítica de verdad, la ley que se nos propone, en fin, ha sido, vamos a decir, un poco precipitada, por no llamarla chapucera. Yo creo que no se le ocurre ni al que asó la manteca que, después de la respuesta que se nos ha dado en relación con los campamentos juveniles y espacios en mon... declarados de utilidad... en montes declarados de utilidad pública, pues se venga aquí a decir ahora lo que decimos. Pero si es que eso... lo lógico es que no se fuera tan precipitado.

Y se han incluido prácticamente la totalidad de los que figuran en algún anexo sin deber estar ahí; y es que no lo digo yo, lo dice la propia respuesta de la Junta; dice: "En la concreción y relación de dichas instalaciones puede haberse confundido su régimen jurídico -ahí es nada- debido, entre otras causas, a que en esos momentos y desde hace mucho tiempo, veinticinco años en el caso del campamento juvenil -¿y qué quería, que fuera un contrato de anteayer?, pues son de veinticinco o de cincuenta, hasta noventa y nueve años se pueden hacer las cesiones en Administración Local, como usted muy bien sabe-, se estaba desarrollando y se siguen ejecutando en centros pertenecientes a otras Administraciones Públicas, lo que ha podido provocar una confusión -total nada- y, por tanto, su inclusión en el listado de los centros o instalaciones a traspasar. Evidentemente, no es intención de la Junta de Castilla y León traspasar centros de los que no tiene titularidad -no sé si la intención lo es, pero, puestas en una ley, ya me contará usted cómo se llama eso; y dice-, por lo que se adoptarán las medidas necesarias en la tramitación parlamentaria", que es a la que usted se ha referido.

Vale, muy bien, menos mal; pero, así y todo, las enmiendas que estamos proponiendo deberían ser admitidas si efectivamente hubiera deseo de que se mejorase no una ley mutilada, tetrapléjica, ¿eh?, tetrapléjica. Porque vamos, efectivamente, se meten algo de lo que no tienen competencia alguna que transferir, se mete incluso la Educación Infantil, sobre la que se quiere pasar de ascuas. ¿Pero es que realmente alguien puede creer que se está transfiriendo lo que el Artículo 73 del Estatuto de Autonomía dice sobre la material? Dice exactamente: "Le corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades"; podían empezar por asumir dentro de educación, con el carácter educativo que tienen las escuelas infantiles, en vez de mantenerlo como una prestación meramente asistencial, en Familia. Dice: "Corresponde... –dos- corresponde a la Comunidad de Castilla y León la programación, creación, organización, régimen e inspección de los centros de públicos, el régimen de becas y ayudas de estudio con fondos propios, la evaluación y garantía de calidad del sistema educativo, la formación del personal docente". Todas estas funciones tendrían que ser traspasadas y pasar a ser titularidad de las entidades locales si estuviéramos hablando de una transferencia.

¿Por qué decimos que no estamos hablando de una transferencia en este caso, sino una simple delegación? Porque si nos vamos a cómo se... cómo se regula en el Artículo 10 del Proyecto de Ley, pues no tiene nada que ver, porque las funciones que se transfieren -"transfieren" entre comillas-, pues sería delegar... "delegan", y no tendrían que estar en la ley, con lo cual, no es que la mutilásemos, es que la pondríamos justamente en el sitio que merece-, pues resulta que se limitan a ser la función... no todas estas, sino solamente la programación de una parte, solo lo extracurricular. Pero entonces, ¿qué transferencia es esta? ¿Estamos en contra del traspaso a las entidades locales porque pensamos que no lo pueden desarrollar bien? Muy al contrario, pensamos que lo podrían desarrollar muy bien, de hecho lo vienen haciendo; pero claro, un traspaso vía delegación no es una transferencia. Y, por lo tanto, nosotros queremos que sea lo que dice la ley, no que se engañe y se cometa un fraude de ley diciendo "una ley de transferencias", cuando es algo innecesario porque será un simple traspaso vía delegación, que no necesita ley.

Y bien (yo creo que voy a ir concluyendo), prueba de que defendemos el municipalismo y la ejecución por los Ayuntamientos con plena eficacia y fe en ellos es que precisamente esa enmienda a la Disposición Adicional Octava que proponemos y usted ha querido denostar con cierto... en fin, petición de urbanismo en seis meses, educación de adultos y políticas activas de empleo, bueno, pues, efectivamente, a lo mejor nos hemos confundido, sí, pero porque lo hemos introducido en una disposición adicional y debía ser a lo mejor una transitoria. Punto. Pero lo demás lo mantenemos, y nos interesa que se haga la transferencia, esas son las de verdad. En fin, lo otro, yo creo que, en fin, son fuegos de artificio.

Y concluyo con dos cuestiones. Una, lo del personal laboral; yo creo que no se deben hacer discriminaciones entre el personal laboral y personal funcionario de una misma Administración, y por lo tanto mantener el principio que establece el Proyecto de Ley en el primer punto, y punto. No añadir más líos de cómo, o durante no sé cuánto tiempo, en no sé cuántos concursos, y tal. Punto. Dejémoslo luego al desarrollo de las entidades tanto traspasante como la que... la que adquiera la delegación.

Y finalmente, el Artículo 21, hombre, yo creo que merece la pena que nos detuviéramos de verdad a completar mínimamente una ley de transferencia a las Corporaciones Locales. ¿Que a usted le parece que el punto dos del Artículo 21, en fin, es un condicionante para admitirla? Pues propónganos y suprimimos el punto dos; pero hombre, el punto uno yo creo que es importante, y lo que dice es que las entidades locales que ya dispongan de centros o servicios de titularidad propia de la misma naturaleza que las que correspondan a las transferencias que se acepten, contarán con un convenio anual para la financiación de dichos servicios. Si es que se habla de eso, es decir, de los que ya ostentan, de los que ya realizan como competencia impropia; porque, si no, estaremos incrementando las competencias impropias de una manera extraña a través de la tramitación de esta ley.

Y en cuanto a la enmienda (y con esto concluyo) que usted nos propone, efectivamente... vamos, si vamos a debatir específicamente de ella, pues no digo más, pero no hay ninguna dificultad en admitirla, porque será un mínimo remedio a ese olvido, hay que decir, si nos ponemos a calificarlo, bastante imperdonable del legislador, del que ha propuesto la ley -legislador somos nosotros-, y no deberíamos de admitirlo que hubiera ese olvido. Y por lo tanto es un remedio, dictado por ellos mismos -según decían ahí: "No se preocupen que ya diremos que tienen que enmendar en el trámite parlamentario"-, en fin, bastante... vamos a dejarlo ahí. Por lo tanto, no tenemos ninguna dificultad en admitirla. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para un último turno de dúplica, tiene de nuevo la palabra, por el Grupo Parlamentario Popular, el señor Aguilar Cañedo.


EL SEÑOR AGUILAR CAÑEDO:

Muchas gracias, señor Presidente. Mire, hablar del sexo de los ángeles aquí yo creo que no corresponde. Y todos sabemos distinguir aquí lo que es un contrato de permuta, de una hipoteca o de una dación en pago o de lo que usted quiera, porque hay bastantes juristas aquí sentados, en la mesa, de los Grupos Parlamentarios, en esta... en esta sesión. Pero yo le digo a usted una cosa, si usted no me reconoce nada en relación con el Pacto Local en sus enmiendas, el Pacto Local a usted le sobra, clarísimamente. Pero es que no es que le sobre porque usted lo haya manifestado o porque usted verdaderamente lo haya participado aquí, no; es que léase usted la Enmienda 2: suprimir referencia al Pacto Local; léase usted la Enmienda 3: suprimir referencia al Pacto Local; léase usted la Enmienda 8: se propone suprimir Pacto Local; la 12, la 10, etcétera, etcétera, etcétera; los anexos, completamente. Mire usted, tenga la naturaleza que tenga, se originase por una actuación política o no, usted en esta Comisión no va a poder negar nunca que es un pacto generador de derechos y de obligaciones; no me lo puede discutir, no me lo puede discutir, porque están los números hechos hasta en el Pacto, porque están las medidas, porque están las actuaciones, porque están cómo se van a vertebrar incluso administrativamente una gran parte de esta Comunidad. Si eso no es más que un elemento político de discusión y, evidentemente, no le da usted otra categoría, hace usted muy bien en no creer en él, en contra del hecho incuestionable de que todos los Ayuntamientos, todos sin exclusión, que evidentemente se han adherido al Pacto lo aceptan no como instrumento político, no, no, no, no, también como instrumento económico. ¿O es que no hay dinero en el Pacto Local para los Ayuntamientos?, ¿o es que no se les da dinero?

Miren, Señorías, no disfracen ustedes la realidad. Ciertamente, me sorprende mucho que ustedes estén solos en este asunto, solos, aislados. A ustedes les han hecho un cerco sanitario los Ayuntamientos en relación con el Pacto Local; se han quedado ustedes solos. Sus propios Ayuntamientos lo toman, se adhieren, se benefician, pero ustedes, como Grupo Parlamentario, se han quedado aislados, voluntariamente aislados. No lo entiendo. Yo creo que las palabras de su actual líder regional son muy buenas: "No voy a vivir de errores anteriores"; no vivan ustedes de errores anteriores, no sean ustedes... no se obcequen, procuren ustedes salir del error anterior y muéstrense abiertos a admitir lo que hoy no se puede negar, la existencia de tal Pacto, porque niegan ustedes el pan y la sal. [Murmullos]. A los Ayuntamientos les niegan ustedes... pero bueno, permanezcan ustedes si quieren en su error. Mire, a nosotros nos viene muy bien, porque podemos seguir haciendo la crítica política; mientras ustedes si dijeran "aceptamos el Pacto Local -que es lo lógico- y quitamos toda referencia en este..." este podía ser el primer gran paso que ustedes dieran, que yo quiero que ustedes rectifiquen para que anden ustedes en el buen camino. Yo creo que ustedes, lógicamente, si dijeran: "todas las enmiendas que hagan referencia a la supresión del Pacto Local nosotros estamos dispuestos a quitar esas enmiendas, a no mantenerlas en Pleno", habrían dado ustedes un paso de gigante frente a la opinión pública, frente a todos los Ayuntamientos y frente a todos los ciudadanos de esta Comunidad Autónoma.

Y no me hable usted tampoco de delegaciones; son transferencias como la copa de un pino, pero no transferencias menores, o recortes, así, de transferencias, importantísimo. O me va usted a negar que una transferencias del primer ciclo de la Educación Infantil de cero a tres años es un recorte de transferencia, ¿me lo va usted a negar a mí eso? No puede usted negármelo, no puede negármelo. Es una transferencia como la copa de un pino. Bueno, pues no, usted sí, usted no, yo le digo a usted que ahí está la ley y que como tal se va a tratar, como transferencia, que es como hay que tratarla.

Bien, Señoría, me gusta mucho debatir con usted, me gusta mucho debatir con usted porque, ciertamente... Claro, ustedes cuando dicen que no es transferencia... es que está aquí escrito, mire -esto es... esto es... esto es tremendo-, Artículo 10, Artículo 10, Artículo 10, se la voy a leer entera, ¿eh?, y luego le voy a leer entero... y luego le voy a leer entero también el Artículo 10, porque, hombre, en esta Comisión, evidentemente, los que más debiéramos de conocer esto es los que estamos tratando este asunto. Pero ustedes pretenden suprimir el artículo décimo, funciones en materia de educación, completo, de arriba abajo. [Murmullos]. Claro, claro, a ustedes no les interesa, por supuesto, que se transfiera la relación... la educación de cero a tres años, no les interesa la puesta en marcha ni el mantenimiento de los centros, no les interesa la gestión de los centros, no les interesa la difusión de los materiales didácticos, no les interesa la elaboración de proyectos de carácter experimental extracurricular, no les interesa esta competencia, el reconocimiento jurídico del carácter educativo de los centros, no les interesa nada. Porque ustedes dicen "no es una transferencia, no me interesa". Lo admito, pero simplemente les digo, se equivocan, rectifiquen ustedes, acomódense a los tiempos, que están ustedes viviendo... todavía mirando en la política por el retrovisor, y es malo; la política hay que mirarla de frente, y los tiempos han cambiado y los Ayuntamientos se han pronunciado.

Yo no quiero aquí, por ejemplo, recordar que el propio Ayuntamiento de Segovia, el actual Alcalde del Ayuntamiento de Segovia, cuando tenía duda si el Pacto Local que iba a firmar o a suscribir, que aquello fue... Los medios de comunicación -me remito a la época- manifestaban y decían: "Ha firmado el Ayuntamiento de Segovia porque se le da garantía de la transferencia, etcétera, etcétera, y porque evidentemente es bueno para el Ayuntamiento", y fue el primer Alcalde, creo, de capital de provi... y luego llegó Palencia, y también se adhirió al Pacto. Y todos, y todas las Diputaciones. Es decir, resulta que todos nosotros debemos estar en el error, nosotros, pero ustedes, Grupo Socialista, deben estar ustedes en la posesión de la verdad; pero claro, sus propios Ayuntamientos les dan a ustedes un cachete y le dicen: ni hablar, qué me va usted a mí a decir, quiero estar en el Pacto Local. Pero claro, se han motando ustedes el artificio que si es o no es un instrumento político y si es o no es un instrumento jurídico. Puro artificio. Se lo voy a volver a decir en el Pleno con estas palabras; bueno, me inventaré otras, porque... me surgirá algo diferente, ¿eh? Pero le quiero a usted decir que se equivoca, rectifique, a tiempo estamos. Esta ley les invito a que salga por consenso, pero evidentemente, admitiendo el texto de lo que es verdad, el texto de lo que es verdad, que el Pacto Local existe, que existen unas vinculaciones con los Ayuntamientos, que existe una unanimidad municipal, porque ese Pacto Local se lleve adelante; pero no pongan... no le pongan ustedes cortapisas menores, tengan ustedes alteza de miras y sean ustedes grandes en la visión, porque si se quedan ustedes miopes, ni van a ver, y luego, si se quedan sordos, no van a entender.

Por lo tanto, Señorías, yo voy a terminar, y le digo: lamento que no se puedan... no se pueda llegar a mayores acuerdos en esta Comisión, pero, no obstante, el camino todavía queda un poco lejos, reflexionen ustedes y traten ustedes de suprimir muchas de las enmiendas y retirarlas que ustedes han dejado vivas en esta Comisión y que convendría que no lo estuvieran en Pleno. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Terminado el primer bloque de enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista, pasamos a la votación de las mismas, entendiendo que esta Presidencia va a realizar dos bloques: la 20, 22 y 26, que se votarían en los términos transaccionados por la transacción propuesta por el Grupo Parlamentario Popular al Grupo Parlamentario Socialista, y el resto de las enmiendas. ¿Los Ponentes intervinientes están de acuerdo? Dos bloques, la 20, 22 y 26, transaccionadas por el Grupo Parlamentario Popular que se votarían en un bloque, y el resto de las enmiendas ¿de acuerdo?

El primer bloque, las transaccionadas, del 20... la Enmienda 20, 22 y 26, que hacen referencia a los Artículos 14 y 19, que no 29, que hubo una errata en la... [Murmullos]. Sí, Enmiendas 20, 22 y 26, que hacen referencia a los Artículos... modifican los Artículos 14 y 19. ¿Votos a favor? Por unanimidad de los presentes.

Y el resto de las Enmiendas, de la 1 a la 39 de las que permanecen vivas, excluidas la 20, 22 y 26, se entiende. ¿Votos a favor? ¿Votos en contra? Quedarían rechazadas, por diez votos en contra frente a seis a favor.

Y se mantiene para su debate... ¿Nueve? Bien, pues seríamos nueve. Corríjase entonces. Seríamos nueve por el... se rechazarían por nueve votos en contra y por seis votos a favor.

Se mantiene para su debate y votación la Enmienda del Grupo Parlamentario número 1. Para un turno a favor, tiene la palabra el Grupo Parlamentario Popular, como aquí no hay agrupación, por un tiempo máximo de diez minutos.


EL SEÑOR AGUILAR CAÑEDO:

Muchas gracias, señor Presidente. El tiempo máximo será de un minuto. El Grupo Parlamentario Popular, como no podía ser menos, tiene que presentar una Enmienda, la número 1, a la... y creándose una nueva Disposición Adicional en la que se dice: "Si en cualquier momento antes de la aprobación de los decretos de traspasos dejaran de estar vigentes las leyes o los convenios o los contratos... o contratos, perdón, en cuya virtud la Comunidad Autónoma había estado ejerciendo una competencia transferible en centros o instalaciones pertenecientes a otras Administraciones Públicas de los relacionados en el Anexo I –referencia, el Anexo I, del Pacto Local-, quedan estos excluidos del mismo, sin que se efectúe dicho traspaso". Eso es lo que dice nuestra enmienda a... nuestra creación de una nueva Disposición Adicional. Y lo justificamos, por supuesto, diciendo que, evidentemente, permite una correcta aplicación de la ley en coherencia con los derechos que ostenta la Junta de Castilla y León o las entidades locales sobre los inmuebles de conformidad con el título habilitante para su uso. Creo que sobran más explicaciones. No me he pasado, sin duda, del minuto. Renuncio al segundo turno y le pido al Grupo Parlamentario Socialista la aprobación de esta enmienda en sus propios términos.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para este turno en contra, tiene la palabra, por el Grupo Parlamentario Socialista, el señor Velasco, de nuevo.


EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:

Gracias, Presidente. Con la máxima brevedad. Y, antes de nada, manifestar nuestra intención de apoyar esta... esta enmienda. Dicho esto, permítame que haga una ligera crítica.

Efectivamente, sin esta enmienda la ley no sería tetrapléjica, que lo sigue siendo, sino que al me... es que no podría caminar, con esto, esta muleta, al menos puede echar a andar; pero convendrá conmigo -no hace falta que me conteste ahora, tiene tiempo-, convendrá conmigo, señor Aguilar, en que -vamos a decir- la técnica legislativa no es que sea la más depurada. En fin, eso de "si en cualquier momento antes de la aprobación de los decretos", en fin, yo creo que esa dilación en el tiempo, esto no es... esto no es muy correcto, digamos. Pero bueno, nos sirve, porque entendemos lo que quiero decir. Pero, si quiere, le vuelvo a leer la respuesta a la pregunta parlamentaria escrita. En fin, yo creo que con eso no arreglamos el tema, porque el problema es quiénes son los titulares, qué se transfiere. Es decir, muchos decretos... muchos anexos de esos van a quedar vacíos de contenido de todas todas, lo que pasa es que al menos se le pone un remedio en forma de muleta de aquellas de madera en forma inversa. En fin, no es... pero bueno, del mal, el menos.

En todo caso, como hay voluntad de acercamiento, que hemos manifestado, ningún problema; vamos a votar favorablemente esta enmienda del Partido Popular. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. ¿Quiere utilizar...? [Murmullos]. Por supuesto, tiene derecho a ello. El señor Aguilar Cañedo tiene la palabra.


EL SEÑOR AGUILAR CAÑEDO:

Va a ser un segundo; he renunciado y no con esto voy a establecer ningún debate. Le voy a hacer un ruego al Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, que, sin duda, me va a atender. Y es que además voy a aprovechar, porque me parece que faltará el título de la ley, que, evidentemente, habrá que tomar en consideración la propuesta que ha hecho el Grupo Parlamentario Socialista de quitar "determinadas", que quedará ahora para después. Lo de tetrapléjico a mí no me gusta; cojo es otra cosa. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Sí, ¿desea utilizar su turno de dúplica?


EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:

No.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Bien, pues pasaríamos...


EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:

Gracias, Presidente. Decía que no iba a utilizarle, pero, ante la referencia última de...


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

La palabra sí que se utiliza.


EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:

... lo de "cojo en vez de tetrapléjico" es... sería mejor cojo y manco, con lo cual, tetrapléjico.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Entiendo que queda aprobada por asentimiento de los presentes esta enmienda del Grupo Parlamentario Popular.

Votaciones

Y pasaríamos seguidamente, y para terminar y concluir, la votación del Proyecto de Ley. Sí, por favor, un poquito de silencio.

Votaríamos, de acuerdo con la información facilitada por la Letrada, el artículo... en el articulado, en la parte del articulado, el Artículo 19 por una parte, y el resto del articulado por otra. ¿Están de acuerdo los Ponentes intervinientes? [Murmullos]. Por una parte, y el resto de los artículos por otra.

Dicho lo cual, artículos... ¿votos a favor del Artículo 19 del articulado? Todos a favor, entiendo, por unanimidad. Sí, sí, entiendo que por unanimidad.

Y pasaríamos a la votación del resto... del resto del articulado de la ley. ¿Votos a favor? ¿Votos en contra? Quedarían aprobados por nueve votos a favor y seis en contra.

Pasaríamos seguidamente a la votación de la Exposición de Motivos de la ley. Perdón, a las disposiciones adicionales y al anexo, en primer lugar. ¿Votos a favor? ¿Votos en contra? Quedarían aprobados por nueve votos a favor y seis en contra.

Y ahora sí, la votación de la Exposición de Motivos. ¿Votos a favor? ¿Votos en contra? Quedaría aprobada por nueve votos a favor, seis en contra.

Y votaríamos el nuevo título propuesto, que se suprime la palabra “determinadas”, que entiendo que sería por asentimiento. Quedaría aprobado.

Pues sin más a... Concluido por la Comisión el dictamen del Proyecto de Ley de transferencia de determinadas competencias... "de determinadas" ya no sería, de transferencias de las competencias de la Comunidad Autónoma y de entidades locales de Castilla y León, recuerdo a Sus Señorías que el plazo para comunicar, mediante escrito dirigido al Excelentísimo señor Presidente de las Cortes, los votos particulares y enmiendas que, defendidas y votadas en Comisión y no incorporadas al Dictamen, se pretendan defender ante el Pleno, finalizará el martes veintiséis de mayo.

Y dicho esto, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las doce horas treinta minutos].


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