DS(C) nº 480/7 del 8/3/2010









Orden del Día:




1. Pregunta con respuesta Oral ante Comisión, POC 763-I, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores Dña. Ana María Muñoz de la Peña González, D. Emilio Melero Marcos y D. José Miguel Sánchez Estévez, relativa a exclusión de Béjar del Plan de Protección Civil ante el Riesgo de Transporte de Mercancías Peligrosas, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 280, de 4 de febrero de 2010.

2. Proposición No de Ley, PNL 999-I, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León a solicitar del Gobierno de España que apruebe una programación consistente en el desarrollo técnico del Real Decreto 937/2003, de modernización de los archivos judiciales, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 240, de 14 de octubre de 2009.

3. Proposición No de Ley, PNL 1000-I, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León a solicitar del Gobierno de España que los familiares ascendientes de ciudadanos españoles no estén excluidos del ámbito de aplicación del Real Decreto 240/2007, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 240, de 14 de octubre de 2009.


Sumario:






 ** Se inicia la sesión a las diecisiete horas cinco minutos.

 ** El Presidente, Sr. Iglesias García, abre la sesión.

 ** Intervención del Procurador Sr. Velasco Rodríguez (Grupo Socialista) para comunicar que no hay sustituciones en su Grupo.

 ** Intervención del Procurador Sr. Aguilar Cañedo (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día. POC 763.

 ** La Secretaria, Sra. Marqués Sánchez, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Muñoz de la Peña González (Grupo Socialista) para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 ** Contestación, en nombre de la Junta, del Director General de Protección Civil y Consumo, Sr. Aznar Fernández.

 ** En turno de réplica, interviene la Procuradora Sra. Muñoz de la Peña González.

 ** En turno de dúplica, interviene el Sr. Aznar Fernández, Director General de Protección Civil y Consumo.

 ** Segundo punto del Orden del Día. PNL 999.

 ** La Secretaria, Sra. Marqués Sánchez, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Procurador Sr. Aguilar Cañedo (Grupo Popular) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Velasco Rodríguez (Grupo Socialista).

 ** Intervención del Procurador Sr. Aguilar Cañedo (Grupo Popular) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** El Presidente, Sr. Iglesias García, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es aprobada.

 ** Tercer punto del Orden del Día. PNL 1000.

 ** La Secretaria, Sra. Marqués Sánchez, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. García Cirac (Grupo Popular) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Velasco Rodríguez (Grupo Socialista).

 ** Intervención de la Procuradora Sra. García Cirac (Grupo Popular) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** El Presidente, Sr. Iglesias García, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es aprobada.

 ** El Presidente, Sr. Iglesias García, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las dieciocho horas treinta y cinco minutos.




Texto:

[Se inicia la sesión a las diecisiete horas cinco minutos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Buenas tardes. Se abre la sesión de la Comisión de Interior y Justicia, comenzando dando la palabra a los Portavoces para comunicar posibles sustituciones de los Grupos Parlamentarios. ¿Por el Grupo Socialista?


EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:

Gracias, Presidente. Por parte del Grupo Socialista no hay ninguna sustitución que comunicar.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. ¿Por el Grupo Popular?


EL SEÑOR AGUILAR CAÑEDO:

Buenas tardes. Muchas gracias, señor Presidente. Don Alfonso García Vicente sustituye a don Jesús Encabo Terry.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Procedemos a la lectura, por parte de la señora Secretaria, del primer punto del Orden del Día.

POC 763


LA SECRETARIA (SEÑORA MARQUÉS SÁNCHEZ):

Gracias, señor Presidente. Buenas tardes, Señorías. "Pregunta con respuesta Oral ante Comisión, iniciativa 763, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores doña Ana María Muñoz de la Peña González, don Emilio Melero Marcos y don José Miguel Sánchez Estévez, relativa a exclusión de Béjar del Plan de Protección Civil ante el Riesgo de Transporte de Mercancías Peligrosas, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 280, de cuatro de febrero de dos mil diez".


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Quiero, en este momento, agradecer la presencia de don Luis Aznar, Director General de la Agencia de Protección Civil y Consumo, que amablemente ha atendido la invitación de esta Comisión para dar respuesta a la pregunta que se le va a formular a continuación. Por lo tanto, muchísimas gracias por estar una vez más compareciendo ante esta Comisión. Sin más, tiene la palabra la Procuradora doña Ana Muñoz de la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

Gracias, Presidente. Señorías, buenas tardes. Señor Director General, bienvenido a esta Comisión. Nos ha costado dos años conseguir que... que compareciera esta tarde hoy aquí. Pero bueno, nunca es tarde si la dicha es buena, y nos satisface que, por fin, haya encontrado hueco en... en la agenda para... para comparecer esta tarde.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León aprobó el día diecisiete de enero del año dos mil siete un Plan de Protección Civil ante el Riesgo de Transporte de Mercancías Peligrosas en Castilla y León.

El Plan propuesto estableció las clasificaciones de las emergencias según su naturaleza, los tipos de incidentes que puedan producirse, la organización, responsabilidad, y funciones del personal a intervenir en caso de siniestro; o las medidas de prevención adecuadas y una guía de consejos a la población; así como los canales para la notificación de accidentes, los criterios de evaluación de la gravedad, y los niveles de emergencia y activación de la misma.

Pretende, por lo tanto, la prevención de accidentes y la protección de las personas, los bienes y el medio ambiente ante las emergencias que puedan producirse durante el transporte de mercancías peligrosas por nuestra Comunidad Autónoma.

Asimismo, plantea su ejecución... plantea para su ejecución la colaboración de los Ayuntamientos, las Diputaciones Provinciales y el Gobierno Central, a través de los operativos de Protección Civil, Bomberos y Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.

La provincia de Salamanca cuenta, como bien sabe, con veintidós áreas de descanso y de servicio, utilizadas habitualmente por los vehículos de mercancías peligrosas; de las cuales, quince de ellas se incluyen en las áreas de servicio de la Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas, publicada anualmente por Resolución de la Dirección General de Tráfico del Ministerio del Interior, situando seis de ellas en la Nacional 630, ahora A-66, ocho en la Nacional 620, y una en la A-62.

El Plan establece dieciséis puntos estratégicos de nuestra Comunidad susceptibles de sufrir, por su situación geográfica, riesgos debido a la intensidad del tráfico de las mercancías peligrosas. Se incluyen localidades como Ávila, Arévalo, Burgos, Aranda de Duero, Miranda de Ebro, León, Ponferrada, Palencia, Aguilar de Campoo, Salamanca, Ciudad Rodrigo, Segovia, Soria, Valladolid, Zamora y Benavente. Sorprendentemente, se excluye del Plan elaborado por la Junta de Castilla y León a Béjar, en la provincia de Salamanca, como punto estratégico por donde discurren transportes de mercancías peligrosas, cuando Béjar se sitúa –como bien sabe- también en la Nacional 630, Gijón-Sevilla, Ruta de la Plata, hoy Autovía 66; eje de comunicación básico y vertebrador del oeste peninsular.

La Ruta de la Plata está incluida en la Red Nacional de Itinerarios de Mercancías Peligrosas elaborada por el Ministerio, ya que soporta el traslado al norte de España de los productos procedentes de los polígonos químicos y refinerías de Huelva, Algeciras, La Línea de la Concepción y Sevilla. En sentido inverso, se trasladan los productos... se trasladan productos fertilizantes, explosivos, ácidos corrosivos, lejías y derivados del petróleo, elaborados en los polígonos químicos de Asturias, Galicia, País Vasco y Cantabria; así como la producción de la empresa Enusa, en Juzbado, dirección Almaraz, y los residuos de las centrales nucleares del norte de España, que son trasladados al único cementerio nuclear, ubicado en Córdoba.

Según los datos del Plan de Protección Civil de Riesgo de Mercancías Peligrosas -que sin duda conoce perfectamente-, Béjar presenta los siguientes parámetros:

Índice de riesgo de transporte por carretera, según poblaciones: presenta un índice de peligrosidad de 5,7, es igual en este caso que Palencia o que Ávila. Un índice de vulnerabilidad de 66,4. Hay dieciocho localidades por debajo. Béjar tiene un índice igual o ligeramente por encima de Aranda, Ávila, Benavente, Burgos, León y Venta de Baños. Un índice de riesgo de 72, igual o similar a Aguilar de Campoo, Ávila, Benavente, León, Palencia, Valladolid y Zamora.

Si nos fijamos en los índices por carretera, la Nacional 630 en el tramo Béjar-Salamanca es de los cuatro tramos, sin duda, el de mayor de los riesgos: presenta un índice de peligrosidad de 21,3, esto es, 16 puntos por encima de la media; un índice de vulnerabilidad de 90,5, 24 puntos por encima de la media; un índice de riesgo de 112; 40 puntos por encima de la media.

Vistos los datos aportados por el propio Plan, no se puede entender la exclusión de la ciudad y la razón por la que se puede calificar como insensatez o temeridad. Tratando de corregir lo que en principio consideramos que había sido simplemente un error, con fecha siete de abril del año dos mil ocho debatimos en esta Comisión una proposición no de ley relativa a la inclusión de Béjar en el Plan de Protección Civil ante el Riesgo de Transporte por... de Mercancías Peligrosas. El voto en contra del Partido Popular en aquel momento demostró que la exclusión de la ciudad, pues, no se debió a un error, que fue simplemente un acto consciente y premeditado -si no, no habría otra forma de entender la negativa y el voto en contra en aquel momento-; sin embargo, abrió la puerta a su posible inclusión cuando se realizaron los estudios de campo oportunos (de los que no tenemos conocimiento si se han realizado o no, y, aprovechando su comparecencia aquí esta tarde, pues me permito la libertad de preguntarle si estos estudios de campo han sido realizados o no), y a que... la negativa, también, el voto en contra, se justificó al considerar que el Plan es un plan dinámico, flexible, no estático, y que puede modificarse o adaptarse en cualquier momento, no considerando en aquel momento oportuno modificarlo o abrirlo para la inclusión de la ciudad de Béjar, al estar recién aprobado. Igual hoy tenemos más suerte, y como han transcurrido dos años, pues, tenemos la posibilidad, dado que es flexible, dinámico y nada estático, de que se pueda, efectivamente, corregir lo que, de verdad, solo... solamente se puede entender como un error ya que técnicamente todos los índices consideran que existe este riesgo, y al no entender los argumentos o razones que llevaron la exclusión de Béjar del Plan, es la razón que motivó el hecho de que formuláramos la pregunta y la comparecencia esta tarde en esta... en estas Cortes.

Y la pregunta es: ¿qué razones han llevado a la Junta de Castilla y León a excluir a Béjar del Plan de Protección Civil ante el Riesgo de Transportes de Mercancías Peligrosas por Carretera? Esperando su respuesta, por el momento, Presidente, nada más. Gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para la respuesta de la misma, tiene la palabra el Director General.


EL DIRECTOR GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL Y CONSUMO (SEÑOR AZNAR FERNÁNDEZ):

Muchas gracias, señor Presidente. Señorías, lo primero decir que para mí es un placer, sinceramente, estar aquí, comparecer ante ustedes, y bien sabe Dios que solamente en una ocasión yo he pedido que decayese mi presencia aquí para de... para responder a esta pregunta por encontrarme en el extranjero. Lo que sí es cierto es que esta pregunta ha entrado y... y salido, y ha tenido un itinerario desde el año dos mil siete hasta hoy... en fin, largo, porque -que yo sepa- se ha presentado y retirado en varias ocasiones.

Pero, miren, esa no es la cuestión. Simplemente decirles que yo siempre, faltaría más, estoy a disposición de esta Cámara; y como, además, alguno de sus compañeros pretenden traer aquí como problemáticos los temas de protección civil, probablemente más de lo que quisiéramos todos.

Bien, dicho esto, vamos a entrar en el fondo de la cuestión de forma muy breve, porque, de verdad, Señorías, que después de la proposición no de ley que aquí se debatió y se votó, de todos los argumentos que se dieron, yo creo que no hay muchos más, y que creo que el error de partida está en el origen de todo esto, y está precisamente en el texto de su pregunta.

Según relata usted en el texto de la pregunta que nos hace, la Junta de Castilla y León, al elaborar ese Plan especial del transporte de mercancías peligrosas, establece dieciséis puntos de riesgo. Y no es así, Señoría. Y yo creo que... lo que me da un poco de pena es no habérselo logrado hacer entender todavía, después de casi tres años. No se establecen dieciséis puntos de riesgo, se establecen dieciséis puntos estratégicos que dan cobertura de una forma razonable a todo el territorio de nuestra Comunidad, que es muy distinto. ¿Esto quiere decir que Ciudad Rodrigo, por ejemplo, es un punto de riesgo mayor que Béjar? No. Esto quiere decir que Ciudad Rodrigo, en el estudio y en el desarrollo que hemos hecho de ese estudio -y ahora le diré cómo-, pues, desde nuestro punto de vista, puede hacer una cobertura de una amplia zona de nuestra Comunidad mejor que, por ejemplo, en este caso, desde Béjar.

Bien, ¿en qué basamos nosotros la definición de estos dieciséis puntos estratégicamente situados? Pues se lo voy a decir también muy claro, y creo que no es la primera vez. Los hemos basado en tres cuestiones:

Primero, estudio sobre el transporte de mercancías peligrosas por carretera: cuáles son los flujos de mercancías peligrosas que circulan por nuestra Comunidad. Y le voy a decir, Señoría, que los datos empleados para ese estudio son los datos oficiales del Ministerio de Fomento -que estoy convencido de que usted los tiene, al menos con tanta facilidad como yo; probablemente, con más facilidad que yo-.

Segundo parámetro que se utiliza: transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril. Para lo cual, Señoría, utilizamos los datos oficiales que el Adif nos da. Segundo parámetro.

Tercer parámetro que utilizamos en el estudio: situación de los establecimientos ubicados en nuestra Comunidad sujetos a la denominada -y no nos extendamos más en esto- "normativa Seveso".

Pues bien, de estos tres parámetros, hay dos que no reúne la ciudad de Béjar, que son: ni tiene transporte por... de mercancías peligrosas por ferrocarril; ni tiene tampoco, ni dentro de Béjar ni en su entorno, ninguna industria de las denominadas "Seveso". Por lo tanto, de los tres factores o de los tres parámetros que hemos empleado para definir cuáles eran estas dieciséis poblaciones, dos de ellos no los reúne Béjar. Y quiero recordarle, Señoría, que con datos de su Gobierno, tanto del Ministerio de Fomento como del Adif, en este momento la mayor parte del transporte de mercancías peligrosas se realiza por ferrocarril.

Pero bien, dicho esto, ¿esto es excluir a Béjar de algo? No, rotundamente no, no se le excluye de nada, porque lo único que estamos diciendo es que, en estos dieciséis puntos estratégicos, vamos, además de lo que hay, a aportar una serie de medios materiales, como puede ser en este caso un vehículo cisterna, que pueda en un momento dado realizar la absorción del vertido peligroso que se hubiera podido producir. La formación que se da a los bomberos de la Comunidad es exactamente igual para todos, es decir, que los bomberos de Béjar tienen la misma formación en el tratamiento de... de las materias peligrosas químicamente, desde el punto de vista químico, tiene exactamente la misma formación -y así se la estamos dando- que a los de Ciudad Rodrigo o a los de... a los de León, por poner tres ejemplos.

Bien, por lo tanto, desde nuestro punto de vista, la cobertura que hacemos de todo el territorio en un mapa, que, sin duda alguna, tiene usted -y que si no estaré encantado de facilitarle al terminar la... y ponerlo, por supuesto, a disposición de la Comisión-, ese mapa lo que establece es una cobertura por tiempos y kilómetros, y en ese aspecto le puedo decir, para tranquilidad de Su Señoría -y estoy seguro que lo que la anima a usted es, pues la tranquilidad de los ciudadanos de la provincia de Salamanca, y en concreto de los de Béjar- está perfectamente cubierto. Pero le voy a decir más.

Ya que usted nos dice que este es un proyecto y un plan dinámico, algo que nosotros le hemos afirmado cuando se defendió por nuestro Portavoz la PNL en relación con este tema, algo que yo he dicho también después de la aprobación de... de este Plan, este es un plan dinámico, nosotros vamos a estar permanentemente analizando los datos que, tanto desde el Ministerio de Fomento como desde la Adif, nos hagan llegar anualmente.

Pero hay un dato más que hoy tenemos encima de la mesa, después de estos, desde el año dos mil siete, casi tres años, o tres años de vigencia del Plan. En este periodo de tiempo, en nuestra Comunidad se han producido tres accidentes. En la provincia de Salamanca uno de ellos. Bien, pues el accidente que se ha producido, por suerte para... para todos, no se produjo ni en el entorno de Béjar ni cerca de Béjar; se produjo en el entorno de Ciudad Rodrigo, y a él pudieron acudir con todos los medios que tenemos adecuados para... para el efecto, los medios –repito- de emergencias, que solucionaron el tema. Los otros dos accidentes se han producido en el entorno, exactamente, de otros dos de los puntos que nosotros hemos señalado como estratégicos a la hora de atender este tipo de incidente.

Por lo tanto, ya no solamente tenemos los datos de un estudio frío, que son estadísticos, que -como digo- nos facilita el Ministerio, sino que además ya tenemos una experiencia real. En tres años, tres accidentes, ninguno, gracias a Dios, en el entorno de Béjar.

Por lo tanto, Señoría, yo entiendo su preocupación. Agradezco, además, su preocupación por estos temas, preocupación que me consta desde hace mucho tiempo; pero, créame, en este tema, la misma preocupación que podría tener una Procuradora de Palencia por Palencia, una de Benavides de Órbigo por Benavides de Órbigo, o una de Valencia de Don Juan por Valencia de Don Juan. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para un turno de réplica, y por un tiempo máximo de cinco minutos, tiene de nuevo la palabra la Procuradora doña Ana Muñoz de la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

Gracias, Presidente. Señor Director General, yo entiendo que no... usted no conoce o pueda no conocer el mecanismo de funcionamiento de las Cortes, pero las preguntas orales –si no sabe, yo se lo puedo explicar- decaen al finalizar cada periodo. De manera que, automáticamente, si continúan siendo de interés pues se reiteran y se vuelven a presentar. De ahí que esta pregunta, tras dos años, haya decaído pues, con toda facilidad, dos periodos de sesiones, al menos cuatro veces. Posiblemente haya decaído cuatro veces, y cuatro veces se ha vuelto a presentar porque el interés se mantiene. Entonces, no ha sido una cuestión de retirada o no por capricho de este Grupo o, en este caso, por los Proponentes de la pregunta, sino, simplemente, por el funcionamiento normal y habitual de la Cámara.

Le extraña, dice, que presentemos, o considera que no deberíamos presentar asuntos de protección civil en esta Cámara. No entiendo por qué razón, pero, bueno, en cualquier caso, y es la segunda vez que ya creo que en esta Comisión se habla de protección civil; en cualquier caso, las dos veces ha sido sobre el mismo tema, o sea, era cuestión de pensárselo. Pero, bueno, no es una práctica habitual, pero, en cualquier caso, no entiendo por qué razón no se va a poder hablar de protección civil.

Y en cuanto a la benevolencia con la que dice que va a enseñarme, pues estamos acostumbrados ya a que desde el Partido Popular se nos achaque continuamente "no sabemos leer, no entendemos, no comprendemos", bueno, es una cosa habitual; yo le agradezco la benevolencia con la que me va a explicar nuevamente el por qué se excluyó a la ciudad de Béjar, para que... haciendo el esfuerzo por su parte para que esta Procuradora sea capaz de entender aquello que, seguramente, mis limitaciones no me permiten entender. Estamos habituados. Al final será un poso que quedará en nuestra cabeza el "no sabemos leer, no entendemos, no comprendemos, no nos enteramos de nada".

Pero como no hace falta saber leer mucho, basta con no ser daltónico, cuando uno consulta los mapas, pues el riesgo aquí está: este es el cuarto tramo de la 630, de los tramos de índice de peligrosidad y de vulnerabilidad más alto. Basta con no ser daltónico, no hace falta leer mucho; pero, bueno, como los números sí somos capaces de leerlos, pues, también en los números está el índice de vulnerabilidad entre 81 y 100; estamos bastante por encima del 81, en 112, o en 119. Por lo tanto, suficiente con consultar los mapas –cualquiera de ellos, ¿eh?-. Este es el índice de riesgo por carretera; de nuevo aparece el mismo riesgo, y de nuevo nos encontramos en el parámetro de peligrosidad. En todos y cada uno; o sea, son sus mapas; quiero decir, son los mapas del Plan. El Plan establece esta situación. De manera que yo no he recurrido ni a la Conseje... ni al Ministerio de Fomento ni a ninguna otra fuente más que la suya y el Plan que han elaborado. Porque, sin duda, el Ministerio de Fomento le haya facilitado los datos no lo dudo, pero quien ha elaborado el Plan es la Junta de Castilla y León, y quien ha excluido a Béjar de este Plan es la Junta de Castilla y León. Porque por los datos, y no dudo de los datos, por los datos, reúne todos los requisitos para estar incluida en el Plan.

Entiendo, entiendo, desde luego, y se lo vuelvo a calificar como de discriminación absoluta y de bastante insensatez, porque cumpliendo... cumpliendo los requisitos, no entiendo por qué razón se la excluye, al margen de que tenga o no tenga ferrocarril, y al margen de que pudiera tener alguna actividad o se desarrollara en... no solamente en la ciudad, sino en la ciudad o en el entorno, algún tipo de actividad de riesgo, que, sin duda, estoy segura de que... de que así... así puede ser.

Pero, en cualquier caso, se comprometieron, o al menos dijeron que iban a hacer un estudio de campo. Yo, en el debate que mantuvimos el día de la proposición no de ley, ya le decía que supongo que para elaborar este Plan se hayan realizado estudios variados y profundos sobre cada una de las zonas y sobre toda la Comunidad. Por tanto, no entendía por qué razón ahora se apelaba a la realización de un estudio de campo. Y que supongo que si esa era la necesidad, dos años después este estudio se habrá realizado. No ha hecho ninguna referencia a él, espero, de nuevo, que me diga y me confirme si este estudio de campo se ha realizado; si está y me lo puede hacer llegar, se lo agradecería; y si no está, y el estudio de campo es esperar a que pase el tiempo para que puedan ocurrir lo que tenga que ocurrir, y a partir de ahí tomar decisiones, una vez que hayan ocurrido las cosas, bueno, pues, no me parece como... como demasiado serio, ¿no? En cualquier caso, creo que... que trabajan, en este sentido, con la suficiente responsabilidad como para no hacer esto que le estoy diciendo, ¿no? Y seguro, sin duda, que este estudio de campo lo tengan elaborado, y me gustaría que se lo hiciera llegar a este Grupo, y pudiéramos... pudiéramos contar con él y pudiéramos verlo.

Entonces, bueno, simplemente apelar a la flexibilidad del Plan, apelar a este estudio de campo, a los resultados de este estudio de campo, y apelar a la reconsideración por parte de la Agencia de la inclusión de Béjar en... en el Plan.

Y, en cualquier caso, la formación, es verdad que nos preocupa la formación del personal, porque la formación... el personal, en cualquier caso, va a acudir a un siniestro allá donde se produzca y si está en el ámbito territorial que le corresponde; entonces, bueno, sin duda, la formación es básica, es fundamental, y mejor se planteará si Béjar está incluida en... en este Plan, como, sin duda, todos los datos indican que debe de ser.

Repito, apelo a la responsabilidad, apelo a la sensatez desde la Agencia a este estudio de campo que, si no ha elaborado, se elabore, y se corrija lo que, desde luego, sin duda, entendemos que es claramente un error, y que, de verdad, no quiero calificar, porque prefiero no hacerlo. Muchas gracias por su comparecencia esta tarde. Nada más, Presidente.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para un turno de dúplica, y, por lo tanto, cerrar el debate, tiene de nuevo la palabra don Luis Aznar.


EL DIRECTOR GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL Y CONSUMO (SEÑOR AZNAR FERNÁNDEZ):

Gracias, Presidente. Muchas gracias, señora Procuradora. Pero, hombre, no me diga usted a mí que yo vengo aquí con ese afán... No, al contrario, puedo decirla que me voy muy frustrado, porque, después de tres años, no he conseguido hacerme entender. O sea, no digo que usted no me entienda, que no me hago entender.

Vamos a ver, le estoy diciendo a usted que el Plan se basa en tres parámetros fundamentales: primero, transporte de mercancías peligrosas; segundo, transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril –el primero por carretera-; y tercero, situación, ubicación de las industrias Seveso. Bien, yo creo que objetivamente se puede concluir que en Béjar ni hay industrias Seveso, ni hay transporte de mercancías peligrosas, ni de viajeros por ferrocarril. Bien. O sea, de tres fallamos en dos. ¡Caramba! Yo creo que es fácil de entender.

Me dice usted: ya pero es que aquí está marcado en rojo –creo que en rojo, yo no soy daltónico, soy miope-, parece que en rojo, aquí... Ya, pero ¿es que usted sabe que hoy día, según el Ministerio de Fomento, que es el competente en la materia, el porcentaje más elevado de transporte de mercancías peligrosas no se produce por carretera, sino por ferrocarril? Luego, vamos a ver, yo creo que, desde nuestro modestísimo punto de vista -yo no creo que estemos en posesión de la verdad, y ahora le voy a explicar por qué-, estamos en lo cierto al establecer los puntos que hemos establecido.

Pero mire, Señoría, es que esto podría ser un capricho mal... más de estos prepotentes de la Junta, como dice usted, que imponemos nuestro Plan. No. Para aprobarse este Plan, previamente, la Comisión Territorial de Protección Civil ha aprobado el Plan. Y en la Comisión Regional de Protección Civil... o Territorial de Protección Civil están los representantes de su Partido que representan al Gobierno Central, están los que representan a los Ayuntamientos de... del Partido Socialista en nuestra Comunidad, y también los que representan a técnicos de otra... de otro componente que no tiene nada que ver con la política. Por lo tanto, digamos que es una Comisión en las que... en la que si se hubiera detectado algún error de este tipo al que usted alude, pues nos hubieran llamado la atención. Pero no, se aprueba por unanimidad. Y repito, con representantes de su Gobierno.

Bien, después de este acto de prepotencia, la Junta lo envía a Madrid, para que se homologue en la Comisión Nacional de Protección Civil, donde están los representantes además de todos los Ministerios que tienen algo que ver con este tema. Y por unanimidad homologan nuestro Plan, sin una sola cuestión que plantearnos; que algunas veces –también se lo digo-, en otros planes, pues nos han dicho "oiga, corrijan esto, corrijan lo otro", y se hace. No pasa más. Si no tenemos ninguna obcecación, a nosotros realmente qué más nos da dónde estén los puntos estratégicos. Tienen que ser los que objetivamente nos digan que son.

Bien, pues ha pasado la Comisión Territorial, con representantes de sus –como digo- compañeros. Pasa a la aprobación de la Junta. Lo llevamos a Madrid, y en Madrid nos lo homologan, también por unanimidad, y sin ninguna cuestión que plantear. Señoría, yo, perdóneme, pero estoy muy tranquilo. Y me presentaría ante los ciudadanos de Béjar para decirles que estuvieran tan tranquilos como estoy yo en este tema. Entonces, no entiendo el por qué usted sigue insistiendo en que hay un error aquí. Señoría, no hay un error. No hay ningún error. Y el trabajo de campo no lo hacemos nosotros. Nos lo hace –repito- el Ministerio de Fomento, que nos dice cuántos toneladas, miles o millones de toneladas pasan cada año por nuestra Comunidad, por dónde pasan, cuántas van por carretera, por qué carretera, cuántas van por ferrocarril, dónde tienen las paradas, las cargas y descargas, etcétera, etcétera.

Y en función de esos datos, que son de un Gobierno de su color, seguimos creyendo que este Plan está bien hecho. Por lo tanto, con toda la humildad –créame- se lo digo, si alguna vez en el futuro hay que modificar esto porque los datos nos digan que hay que modificarlo, se modifica. Pero si, en definitiva, estamos hablando de muy poca cosa. Pero yo esto de mantenella y no enmendalla tampoco lo entiendo. Y de verdad se lo digo –créame, Señoría-, con toda la humildad del mundo, porque no estamos excluidos para que mañana haya un accidente en cualquier sitio, Dios no lo quiera, y para que tengamos que... que estar todos, pues –por así decirlo-, bailando en la cuerda floja. Porque, al final, es imposible cubrir al 100% un territorio como el nuestro. Por lo tanto, buscamos las mejores opciones. Y créame, en este... en esta definición de las mejores opciones no hay ningún tipo de color, no hay ningún tipo de condicionamiento que no sean los datos puros y fríos, y, en este caso, que nos da el Gobierno de Madrid.

Yo, Señoría, tengo la experiencia de haber pactado con usted la Ley de Protección Ciudadana. Creo honradamente, y así lo traslado una vez más, que en temas de protección ciudadana es muy importante que estemos todos de acuerdo. Que no hagamos batalla política de estos temas, y a eso me refiero, no a que no deba venir la protección ciudadana a las Cortes de Castilla y León. Usted ha estado de acuerdo conmigo en estas tesis. Y en este momento, se está quebrando ese principio, no por esta pregunta –bien sabe Dios que este es un tema objetivo y que no tiene más... más malicia, ni más allá; yo agradezco su preocupación y punto-, pero se está quebrando ese principio, principio por el que se hizo la Ley de Protección Ciudadana en Castilla y León, y del que usted fue parte muy activa; principio por el que pretenderíamos, desde el Partido Popular, que se haga la Ley de Protección Ciudadana en España. Y ustedes, Señorías, con algunas actitudes últimamente están quebrando ese principio. Y es lo único que me atrevo a dejar sobre esta mesa, y hacerles un llamamiento, a decir: la población tiene que tener la garantía de que todos sus representantes públicos, sean Gobierno o Oposición, están de acuerdo al menos en estos temas que son fundamentales. Y nos obliga la ciudadanía a ponernos de acuerdo, y no a hacer batalla, ni a buscar el... a rascar el voto político en estos temas. Eso es lo único que yo he dicho, que le planteo, de verdad, desde la más absoluta modestia, y sabiendo cuál ha sido siempre el espíritu que a usted la ha animado en estos temas.

Por lo tanto, yo, únicamente, y por finalizar, Presidente, decir: no creemos que sea un error el tema de Béjar; creemos que el mapa y la definición de los dieciséis puntos estratégicos, tal como nos dicen hoy los datos, y ya la experiencia práctica en tres años de... de vida del Plan, es acertado; que los ciudadanos de Béjar tienen el mismo nivel de protección que cualquiera que está en los otros dieciséis puntos estratégicos que hemos mencionado; y que, por lo tanto, desde la Junta de Castilla y León no vemos ninguna razón, al día de hoy, para modificar este Plan. Pero con la misma sinceridad les decimos que en el momento que, o bien por los datos del Ministerio, o bien por cualquier otra circunstancia, viéramos esa necesidad, estamos dispuestos a ampliar esos dieciséis puntos en tantos como sean necesarios. Nada más, Señorías, y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Pues, muchas gracias. Y muchas gracias por su presencia, una vez más, al Director General don Luis Aznar, por sus explicaciones y por comparecer... ante esta Comisión una vez más. Muchísimas gracias por su presencia. Sin más, procedemos a la lectura del segundo punto del Orden del Día por parte de la señora Secretaria.

PNL 999


LA SECRETARIA (SEÑORA MARQUÉS SÁNCHEZ):

Segundo punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley, iniciativa 999, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León a solicitar del Gobierno de España que apruebe una programación consistente en el desarrollo técnico del Real Decreto 937/2003, de Modernización de los Archivos Judiciales, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 240, de catorce de octubre de dos mil nueve".


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Para la presentación de la misma, tiene la palabra el Procurador y Portavoz del Grupo Popular, don Francisco Aguilar Cañedo.


EL SEÑOR AGUILAR CAÑEDO:

Muchas gracias, señor Presidente. Buenas tardes, Señorías. El Grupo Parlamentario Popular en las Cortes de Castilla y León ha entendido conveniente presentar la proposición no de ley que vamos a debatir seguidamente, en virtud de que entendemos que es preciso y necesario, por supuesto, el desarrollo del Real Decreto 937/2003, de dieciocho de julio, que invocaba y veía como urgente y necesario llevar a cabo una modernización de los archivos judiciales. Y que tenía por objeto también modernizar y regular la organización y el funcionamiento de tales archivos, así como el procedimiento a través del cual se podía efectuar el expurgo de la documentación judicial.

Pues bien, Señorías, todos creo que tenemos que convenir inicialmente en algo, ¿no?, y es en que modernizar la Justicia siempre es bueno, y, por supuesto, lo es para un mejor servicio al ciudadano. Y que esta modernización de la Justicia, Señorías, debe de encauzar fundamentalmente... se debe de encauzar a través de la creación de una oficina judicial que sea ágil, que sea rápida, que preste una correcta atención al ciudadano. Y ya, por supuesto, en el Pacto de la Justicia que se firmó entre las fuerzas políticas más importantes de nuestra nación, concretamente Partido Popular y el Partido Socialista, el día veintiocho de mayo del dos mil uno, ya se percibió como una necesidad ineludible esta reforma que había que llevar a cabo, para acompañarla, por supuesto, como no podía ser menos, y que tenía que tener acompañamiento, de los medios necesarios a través de un Plan de Infraestructuras, del que luego brevemente hablaré –si me da tiempo, por supuesto-.

Uno de los aspectos que había que incluir en esta modernización era la reforma del sistema de archivos judiciales. Convendrán, Señorías, conmigo en algo muy simple, ¿no?, que es que una oficina judicial que esté saturada de expedientes, difíciles no solamente de ubicar, sino también de archivar, con la consiguiente dificultad para encontrarlos... encontrarlos –perdón-, nos condena, sin duda, a una Justicia lenta y a una Justicia ineficaz. Esto es evidente. Yo recuerdo una conferencia que pronunció en breves días el Secretario de Estado del Ministerio de Justicia, y decía que la celeridad en los procedimientos judiciales también afecta a la crisis. Y tenía toda la razón, ahí tengo que dársela. Cinco mil seiscientos millones de euros se encuentran paralizados, concretamente, en estos momentos en el Tribunal Supremo como consecuencia del atasco de asuntos que existen; solamente en el Tribunal Supremo, 5.600 millones de euros. Quede como dato de que la Justicia es muy importante también en el orden económico.

En segundo lugar, por supuesto, Señorías, yo creo que un buen sistema de gestión y de custodia de la documentación judicial tiene que ayudar, sin duda, a que se descongestionen los diferentes juzgados y los diferentes tribunales de nuestro país.

¿Qué pretende el Real Decreto, concretamente 937, de dos mil tres, de dieciocho de julio, de Modernización de los Archivos? Pues, primeramente, establecer una regulación unitaria y conjunta de esta materia, con el ánimo de conseguir, como no podía ser menos, un equilibrio entre la tradicional técnica archivista... archivística judicial y el desarrollo creciente de las nuevas tecnologías.

La idea que recoge el Decreto, Señorías, es la de otorgar a los diferentes juzgados y tribunales su propio archivo, ¿eh?, con el fin de clasificar aquellos expedientes que vamos a denominar "expedientes vivos" y que, efectivamente, se encuentran en tramitación; pues los juzgados, si este Decreto se hubiese desarrollado, evidentemente, podrían tener en estos momentos perfectamente archivados los expedientes en tramitación.

Aquellos que no están pendientes de tramitación, por supuesto se pueden enviar a lo que se denomina en el Decreto, y se crea en el Decreto, los archivos territoriales o, en su caso, a este nombre un tanto extraño, pero evidentemente muy jurídico, que es la Junta de Expurgo, evitando así que ocupen espacios innecesarios.

Se establecía, por lo tanto, en el Decreto, una organización y funcionamiento de los archivos judiciales que preveían, en el ámbito de la Comunidad Autónoma, en primer lugar, unos archivos de gestión en cada oficina judicial o unidad análoga, en los que se custodiarían, por supuesto, los documentos mientras permaneciesen vivos. En segundo lugar, el archivo territorial, donde se ordenaría la documentación que fuese remitida por los responsables de los archivos judiciales de gestión. Y, en tercer lugar, la constitución en cada Comunidad Autónoma de una Junta de Expurgo con la finalidad de determinar la exclusión o la eliminación de los expedientes procesales o gubernativos del patrimonio documental, o, en caso contrario, la transferencia de los mismos a los correspondientes órganos de la Administración competente en materia de patrimonio histórico.

Y quiero incidir aquí, realmente, en lo que dice el Artículo 46 de la Constitución Española, y que se recoge en el Decreto que estamos llevando a cabo su análisis y su diagnóstico, 937/2003, cuando en el Artículo 46 se obliga a los poderes públicos a garantizar y promover el enriquecimiento del patrimonio histórico y cultural de los pueblos. Evidentemente, de aquí, de esta gran carga de documentos existentes en los juzgados, tiene que salir, tiene que haber, tienen que estar, tienen, evidentemente, que rescatarse aquellos documentos que van a constituir, sin duda, el patrimonio futuro, un patrimonio documental futuro de inmensa importancia en cualquier estado, en cualquier nación, en cualquier país moderno.

También el Decreto hace referencia, como no podía ser menos, a la implantación de las nuevas tecnologías para que dispusiesen los archivos judiciales de los métodos que puedan pasar del papel a convertirse en instrumentos, o en elementos o en documentos magnéticos, a través de las técnicas de digitalización y de microfilmación.

Pues bien, Señorías, después de este sistema, perfectamente recogido en este Decreto –sistema, por supuesto, y Decreto que fue el Partido Popular quien lo aprobó, concretamente el antiguo Ministro señor Michavilla-, no se ha puesto en marcha a hoy, no se sabe cuándo se va a poner en marcha y, evidentemente, la Junta de Castilla y León, como no podía ser menos, está preocupada porque –les daré a ustedes unos datos simples y sencillos- es insostenible la situación que existe en los juzgados respecto a los archivos. Urge, Señorías, tomar medidas.

Basta simplemente con repasar muy brevemente cuál es la situación real de los archivos judiciales. Muchas salas, muchas estancias están siendo utilizadas como depósito de documentos sin que cumplan los más mínimos requisitos para garantizar la correcta conservación de los mismos. Se sitúan, por lo general, en sótanos, lo que conlleva, por sí, un riesgo grande en caso de inundaciones, rotura de conducciones de agua o, por supuesto, de filtraciones. Suelen ser habitáculos, además, faltos de ventilación, de luz solar y alta humedad relativa, debido, generalmente, a los niveles freáticos del subsuelo. No suelen, por supuesto, contar con sistemas de detección de incendios ni, por supuesto, con sistema automático de extinción. Y, además, no son de uso exclusivo para la documentación o para los archivos documentales, sino que comparten esos espacios, espacios normalmente pequeños, ¿eh?, con piezas de convicción muy importantes, por supuesto, en los procesos penales; con material de oficina, también comparten espacio; con mobiliario en desuso, también comparten espacio; y distintos objetos, por supuesto, de toda clase y condición. En algunos juzgados los expedientes -créanmelo, Señorías- están tirados literalmente en el suelo y, en otros, los miles de cajas de archivo superan la capacidad de depósito para albergar los archivos en debidas condiciones. Y, por último, tengo significar... tengo que significar también que existe... no existe, perdón, un criterio único de uniforme, y uniforme para la organización de la documentación.

Frente a esta situación, el Grupo Parlamentario Popular propone: encaminarnos hacia otra que sea radicalmente distinta, hacia un sistema que permita la salvaguardia con garantías del patrimonio documental de origen judicial; que mejore, por supuesto, el tráfico documental entre las oficinas, los archivos de gestión y el Archivo Histórico Provincial, en su caso; que normalice los procesos documentales de archivo; que disponga de espacio suficiente para acometer la entrada masiva de documentación judicial; y que implante las nuevas tecnologías para la gestión documental.

Han pasado, sin duda, siete años desde el Real Decreto 937/2003, publicado en el Boletín Oficial 181, de dicho año, el día treinta de julio, y, por supuesto, es preciso que el Gobierno de España no demore más la puesta en marcha de los archivos de gestión y de la Junta de Expurgo.

Desde este Grupo Parlamentario, Señorías, consideramos imprescindible que, una vez más, y por todas, se asuma el compromiso de realizar las inversiones que sean necesarias para la efectiva implantación de las medidas recogidas en la citada normativa que, evidentemente, está vigente, y que, por supuesto, no ha sido desarrollada.

Me permito señalarles que, en un estudio que obra en mi poder y que está, por supuesto, encargado por la Junta de Castilla y León, 12 millones de euros -12 millones de euros- para nuestra Comunidad tendrían la culpa de resolver esta penosísima situación.

Les voy a facilitar, Señorías, simplemente algunos datos que están sacados, por supuesto, de la Memoria de la Gerencia Regional de Justicia, que están basados en un informe externalizado por dicha Gerencia, para conseguir que tuviesen conocimiento exacto de las circunstancias que existen en los archivos judiciales de nuestra Comunidad. Me van a permitir una levísima referencia, telegráfica prácticamente, de cada una de las provincias de nuestra Comunidad.

Ávila es un caso en el cual se han... se ha transferido la documentación a los archivos... al Archivo Histórico Provincial, y se encuentra en una situación relativamente desahogada –hay que decir las cosas como son- y sus depósitos están, por supuesto, mejor organizados que aquellos que nunca han tenido la posibilidad de llevar sus documentos a los Archivos Históricos Provinciales.

En Burgos, sin embargo, no ha podido completarse por problemas personales, ¿eh?, pero aun así contamos con datos suficientes, por supuesto, que van a dar una idea clara de lo que sucede.

La mayor parte de los fondos judiciales obrantes en la capital se encuentran repartidos entre el edificio de los propios juzgados, San Juan, y el Palacio de Justicia. Muchos de los juzgados han transferido parte de los fondos al Archivo Central del Tribunal Superior de Justicia, donde existe contratado personal técnico y personal de archivos. Son llamativos, sin embargo, los volúmenes globales de los Juzgados de Primera Instancia Número 1, Número 4, Número 5 y Número 6; todos los de Instrucción -1, 2, 3 y 4-; los de lo Penal 1 y 2; el Número 3 es, por supuesto, un Juzgado de nueva creación y se... se incardina en lo que se está llevando a cabo respecto a la posible ordenación de estos documentos. Y, por supuesto, señalarles, por ejemplo, que en todos ellos las estanterías superan los trescientos cincuenta metros lineales, dos mil quinientas cajas de archivo, e incluso algunos rozan el kilómetro las estanterías que tienen que ser utilizadas para no archivar, sino depositar los documentos, los legajos, los autos, efectivamente, todo lo que supone un proceso judicial. Es una masa, por tanto, ingente, que sobrepasa las posibilidades físicas de los depósitos habilitados para albergar los archivos de gestión.

León, quien cuenta con un edificio nuevo, es un edificio nuevo el de los juzgados, y esa es la gran distinción. En el edificio nuevo, evidentemente, existe cierto orden archivístico. En Ponferrada, sin embargo, ninguno.

En Palencia, determina el informe que es un caso absolutamente caótico en el archivo... los archivos, cómo se llevan a cabo, cómo, evidentemente, los expedientes se pierden y cómo es imposible tener, en un momento determinado, cualquier dato de cualquier expediente.

Salamanca, con instalaciones también nuevas, tiene mejor sistema archivístico que lo que hasta aquí hemos denunciado.

Segovia ha llevado a cabo una decidida actuación de entrega a los Archivos Históricos Provinciales y, en consecuencia, puede decirse que se encuentra en un standby hasta que se produzca, evidentemente, el desarrollo archivístico.

Valladolid. Valladolid es, sin duda, la provincia que presenta, en términos generales, peor panorama, debido a la enorme acumulación de material que se tiene en los juzgados: más de catorce kilómetros de estanterías, más de catorce kilómetros de estanterías; no solo debido a que es provincia, por supuesto, con mayor volumen de instancias judiciales, sino también al uso conjunto de depósitos sin control archivístico y al hecho de que, salvo excepciones, no se han realizado transferencias a archivo alguno. Hay casos exagerados, como son: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1... número 5, el Registro Civil y la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, con más de mil metros lineales de amontonamiento, que no archivo, de documentos. En Valladolid, por lo tanto, no hay diferencia tampoco entre situación de capital y pueblos, puesto que en pueblos –por llamarlos pueblos- o ciudades como Medina del Campo o Medina de Rioseco tienen el mismo problema.

Señorías, este es... esto es un... una actuación necesaria...


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Le ruego que vaya... que vaya concluyendo el debate. Muchas gracias.


EL SEÑOR AGUILAR CAÑEDO:

(Estoy terminando y se lo agradezco mucho... se lo agradezco mucho, señor Presidente). ... esta es una actuación extraordinaria la que ha de llevarse a cabo, salvo que queramos asumir la inexistencia de eficacia en el tema de llevar a cabo un programa archivístico adecuado en nuestros juzgados. En segundo lugar, que no podrá ser ágil la Administración de Justicia también por esto. Y, en tercer lugar, porque hay que dotar de 12 millones de euros para salir de esta penuria en la que se encuentran los archivos de nuestra Comunidad Autónoma. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para fijar la posición del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra su Portavoz, don Ángel Velasco Rodríguez.


EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:

Muchas gracias, Presidente. Bien, he de manifestar, antes de nada, que no es nada fácil fijar la posición con respecto a lo que he escuchado, que, por cierto, puede ser muy razonable, sobre todo en algunos datos, pero que tiene poco que ver con la proposición no de ley escrita y que es la base sobre la que debemos debatir, a mi modo de ver. Ya la primera sorpresa ha sido al leer el Orden del Día, donde se introduce la palabra "modernización", que no aparece para nada en la propuesta de resolución escrita que estamos manejando, y, por lo tanto, yo creo que es sobre la que tenemos que opinar y fijar posición; sin perjuicio de que lo deseable fuere otra cosa. Pero de lo que aquí estamos hablando es de lo que se nos ha manifestado por escrito como propuesta de resolución y, por lo tanto, sobre lo que las Cortes (esta Comisión) tienen que pronunciarse, en definitiva.

Bien, pues lo que nos proponen, lo que nos proponían, y ahora –parece- se quiere reconvertir a otras cuestiones, era solicitar del Gobierno de España... (¿cómo no? –esto ya lo digo yo-, otra vez algo original, ¿no?) que apruebe el Gobierno de España -y lo leo literalmente- "una programación consistente en el desarrollo técnico del Real Decreto 937/2003, mediante la puesta en marcha de los archivos de gestión y la Junta de Expurgo, así como –y sigo leyendo literalmente- la creación de un archivo territorial en cada provincia". Bueno, hasta aquí literal de la propuesta de resolución. Añado yo, en este último caso (cuando se habla de la creación de un archivo territorial en cada provincia), supongo que se está refiriendo a cada una de las nueve de esta Comunidad, aunque no se... no se aclara, pero creo que es a eso a lo que se refiere, tal como hemos podido escuchar posteriormente. Aparte de que... la verdad es que sigo desconociendo qué tienen que ver estas proposiciones –como decía al principio- con impulsar la acción política y de gobierno de la Junta de Castilla y León, que es la encomienda que el Estatuto de Autonomía le hace a las Cortes, no sé qué tiene que ver esa legitimación de las Cortes con una propuesta más al Gobierno de España, que no sé qué tiene que ver en este asunto.

Otra vez, pues, nos encontramos con una –por decirlo de algún modo breve- extravagante o aberrante proposición sobre la que quieren hacernos pronunciar. Pero es que, además, no podemos entender –lo digo con toda sinceridad, y yo creo que tampoco se ha explicado- en qué consiste o qué significa ese concepto jurídico –desde luego, más que indeterminado- de desarrollo técnico, cuya programación, según ustedes, ha de aprobar el Gobierno de España. ¿Qué es lo que quiere decir esas palabras de desarrollo técnico? ¿Que el Gobierno dicte una norma de desarrollo del Real Decreto al que se... nos estamos refiriendo? Si es así, dígase, porque yo no entiendo qué es lo que quiere decir "desarrollo técnico".

Vamos a ver si nos aclaramos. Según la Constitución, todos los órganos del Estado han de atenerse al principio de jerarquía normativa, que no solo rige para las relaciones entre... entre las leyes y los reglamentos, o las leyes, los decretos leyes, etcétera, sino que los propios reglamentos se relacionan entre sí de forma jerárquica y jerarquizada, de manera correlativa a la propia jerarquía existente entre los órganos de los que emanan esos reglamentos o esas normas. O sea, primero los decretos... -yo... me da un poco de vergüenza tener que decir estas cosas a quien estoy convencido de que no ha sido el autor material de la proposición no de ley que estamos debatiendo, pues, desde luego, en este sentido, desde luego, adolecería de la falta o necesidad de que yo tenga que explicar estas cosas- primero, insisto, en el campo de los reglamentos, los decretos; segundo, las órdenes ministeriales; tercero, las disposiciones de autoridades u órganos territoriales inferiores, pues el poder reglamentario –hay que insistir en ello- de los Ministros y autoridades inferiores no es originario, como sí lo es el del Gobierno, sino derivado de específicas habilitaciones. Y, por cierto, el Real Decreto 937/2003, al que nos estamos refiriendo, prevé, en... en su Disposición Final Segunda, facultades de desarrollo y ejecución de lo establecido en dicho de... Real Decreto, pero, como es lógico, autorizando a los titulares de determinados Ministerios (concretamente al de Justicia y al de Educación), no al Gobierno, que no puede desarrollar un real decreto propio; no puede, sencillamente tendrá que desarrollarlo otro órgano, que, desde luego, no es el Gobierno, que es al que ustedes nos proponen que instemos, como suele ser su costumbre.

El Gobierno –y es lo que piden- no puede desarrollar, como acabo de decir, creo que tampoco técnicamente, ni siquiera técnicamente, aunque confieso que no sé qué es eso de "el desarrollo técnico", no sé lo que es. Según la proposición no de ley que nos presentan, se trataría de que el Gobierno desarrolle técnicamente el Real Decreto 937/2003 –así se dice-, mediante lo siguiente: primero, puesta en marcha de los archivos de gestión y la Junta de Expurgo; segundo, la creación de un archivo territorial en cada una de las provincias (es decir, nueve).

Bueno, pues bien. Tengo que decir al respecto que lo que piden, concretamente, que es eso, no esas otras cosas de las que nos ha hablado, como la oficina judicial modernizada, las nuevas tecnologías, y el... incluso, el informe de situación de nueve archivos provinciales... Es que los archivos judiciales de gestión son de cada Juzgado, no... no la suma de ellos en una situación de no sé cuántos kilómetros por provincia, no tiene nada que ver. Bueno, pues bien. En cuanto a los archivos de gestión, ya existen en todos y cada uno de los juzgados o unidades judiciales, como, por otra parte, no puede ser de otro modo; casi es una definición, no puede ser de otro modo. No se comprende, por lo tanto... -bueno, aparte de que es inconcebible que una unidad judicial, un juzgado, no tuviera el correspondiente archivo; es inconcebible- no se comprende, por lo tanto, que se pida la puesta en marcha –es lo que se pide- de unas actividades archivísticas que ya existen, ya tiene cada uno, mejor o peor gestionadas, esa es otra cuestión, mejor o peor gestionada, esa es otra cuestión, pero cada archivo tiene los papeles que están vivos procesalmente en su poder, y es su responsabilidad. Y esto... si los tiene bien archivados o no es otra cuestión, no es lo que usted pide.

Por otra parte, la Junta de Expurgo, que también piden que se ponga en marcha, ya existe. Fue, concretamente, creada el veinte de enero de dos mil seis. Lo que ya está en marcha no puede ponerse en marcha, como usted muy bien sabe.

Y, finalmente, esa creación de nueve archivos territoriales, que, si bien es cierto que el Real Decreto prevé que se constituya al menos un mínimo de uno por cada uno de los... los territorios correspondientes a los Tribunales Superiores de Justicia, es cierto, se supone que existe uno. Pueden existir más, no se opone el Real Decreto, pero, ¡hombre!, yo creo que aquí las cosas, como son, no sé si eso, desde el punto de vista técnico -así opinan al menos los que trabajan en la materia-, la multiplicación de archivos territoriales pudiera ser lo más adecuado, precisamente, para la prestación de un servicio adecuado de custodia de los elementos egresados, es decir, de los que vienen de cada una de las unidades judiciales, una vez que ya no están vivos los papeles y ha sido decidido así por la Junta de Expurgo, y, por lo tanto, se han remitido a ese Archivo Territorial.

Por lo tanto, quizás esa propuesta de la creación de nueve archivos, pues, no sé, si viene motivada por el recelo ante las posibles disputas de distintas... distintos territorios de estas distintas provincias que conforman nuestra Comunidad Autónoma; o, no sé, si es un celo autonomista que les entre de repente, y queremos ser más que nadie y tener uno por cada provincia. En este caso, yo creo que sí podíamos haber explicado antes por qué razón los papeles del Archivo Territorial han estado, por... por una decisión de encargárselos a una empresa privada, incluso fuera de nuestro territorio, en almacenes de esa empresa privada ubicados en territorio de fuera de nuestra Comunidad. ¿Eso era lo mejor? Hoy ya no están, pero podía usted, con ese celo autonomista tan encomiable, haber reivindicado en su momento por qué estaban fuera de la Comunidad. Y, sin embargo ahora, que ya lo están, pues usted viene con estas.

En fin, lo que me parece, por lo tanto, es que no podemos apoyar esta proposición respecto a lo que viene escrito, y por las razones que acabo de decir, porque... en fin, lo primero es imposible, ya están puestos en marcha tanto la Junta de Expurgo como la existencia de tantos juzgados como archivos existen en cada una de las unidades judiciales; y, finalmente, nos parece que las nueve... los nueve archivos me parece que es un salto en el vacío excesivamente largo, el salto que damos, sobre todo si tenemos en cuenta que, efectivamente, son manifiestamente majo... mejorables en su gestión todos y cada uno de los archivos, tanto los judiciales de gestión como el territorial; no solo por la situación que usted describe, que, desde luego, no corresponde a la realidad más elemental, que es la de cada uno de los juzgados, no la de un archivo provincial, eso será cuando se pasen ya a los archivos históricos o cualquiera de los otros. Y, desde luego, no hablemos aquí de nuevas tecnologías, etcétera, porque para nada habla de eso el Real Decreto al que usted se está refiriendo y el... sobre el que estamos debatiendo aquí.

Nada puede votarse de poner en marcha algo que ya lo está. Y, por lo tanto, en ese sentido decía que era extravagante -me parece a mí- la proposición, y, desde luego, si no le gusta el adjetivo será el de "aberrante", porque en todo caso lo es, con esa manía que ustedes sostienen de venir a siempre interponer proposiciones que vayan dirigidas siempre a la exigencia del Gobierno Central en... en temas como este, en el que poco tiene que ver. Muchas gracias, Presidente.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para cerrar el debate, tiene de nuevo la palabra don Francisco Aguilar.


EL SEÑOR AGUILAR CAÑEDO:

Muchas gracias, señor Presidente. Lo voy a cerrar muy brevemente. Mire, Señoría, usted no ha entendido absolutamente nada. Cuánto siento... me pasa un poco lo que al Director General que nos ha precedido en el uso de la palabra, cuánto siento que usted confunda archivar con acumular papeles, cuánto lo siento. Mire usted, archivar es llevar un método, la carrera archivística, usted lo conoce, y existe; pero, evidentemente, que usted me diga que en cada Juzgado de nuestra Comunidad Autónoma existe un archivo, ¡hombre!, faltaría más que al menos el suelo de los pasillos no sirviera de archivo. ¡Faltaría más!, ¡faltaría más, Señoría!

Usted nos ha dado una muy mala clase de Derecho Administrativo, lo siento. Ya nos la dio usted en el Pleno pasado, pero claro, creo que tiene usted que estudiar un pelín más. Mire, Señoría, le voy a decir lo siguiente, para que tome usted la debida nota: nuestra propuesta de resolución es que las Cortes de Castilla y León insten, por supuesto, a la Junta de Castilla y León a solicitar al Gobierno de España, que es a quien corresponde, yo sé que las competencias de Justicia no las tenemos, pero creo que las tiene, aunque no las ejerza demasiado, el Ministerio de Justicia; creo que es así, y ahí está el clamor de todo el estamento judicial, abogados, procuradores, forenses, fiscales, jueces, magistrados, etcétera, etcétera, donde verdaderamente es un clamor el desastre en el cual, en el siglo XXI, se está desenvolviendo la Justicia española. Ello amén de la politización o no de algún órgano judicial, en lo que ni entro tan siquiera, pero, mire usted, lo digo.

Mire, Señoría, le digo a usted lo siguiente, nuestra propuesta de resolución pide al Gobierno de España simplemente una cosa: que apruebe una programación, que apruebe o lleve adelante una programación consistente en el desarrollo técnico de este Real Decreto, que tiene que producirse, ¡hombre!, supongo que no por el Gobierno y sus Consejos de Ministros habituales, donde se resuelve casi nada, sino, simplemente, en los órganos técnicos competentes de los competentes Ministerios de Justicia o de quien corresponda. Punto. ¿Cómo quiere usted que se diga, si se está diciendo que evidentemente tiene que haber un desarrollo técnico? Por quien corresponda. Si me da lo mismo, pero entendemos que a quien corresponde llevar a cabo esa programación, o encargar esa programación, es al Gobierno de España.

Claro, archivos de gestión. Pero hombre, léase usted concretamente el Real Decreto, y vea usted que el archivo de gestión se configura bajo la oficina judicial. Pues si estamos de acuerdo, si tiene que existir, porque es en lo que van a convertirse los juzgados, en oficinas judiciales. Pero, le repito, distinga usted al menos, distinga usted al menos, entre colocar papeles en unas estanterías o archivar. Porque, claro, los pasillos de los juzgados, le repito, gracias a Dios, están sirviéndonos de archivo en el suelo, que ahí es donde se amontonan los papeles. Y usted, sin duda, debiera pisar un poco más los juzgados de nuestra Comunidad para hacerse usted cargo de lo que le estoy diciendo. Simplemente con ir un día por la mañana, y si quiere usted yo le acompaño y le digo a usted dónde, en el antiguo Palacio de Justicia, en sus sótanos, existen desde bicicletas, camisetas de deporte, juegos de tenis, o algún cuchillo de cocina que sirvió para un acción delictiva. Esos son los archivos que existen en nuestra Comunidad, junto, como le decía a usted, con las pruebas de convicción.

Mire, la creación de un archivo territorial. Llámele usted como quiera, llámele usted como quiera, yo lo he puesto en mi proposición no de ley, en la nuestra... sí, sí, un archivo territorial para cada una de las nueve provincias. Usted es que no tiene ni idea, no tiene usted ni idea, ni idea -y se lo repito por quinta vez-, no tiene usted ni idea del clamor existente en esta Comunidad Autónoma en el desastre de equipamiento que tiene la Justicia en esta Comunidad. No lo conoce usted, yo lo siento mucho. Yo sí lo conozco porque lo vivo diariamente. Y le dije a usted que me daba por conforme con que se hubiese cumplido el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de esta Comunidad, se hubiese dotado con los medios económicos que ahí se pedían, con los juzgados, y, evidentemente, con los medios materiales.

Y ya lo que no concibo es que usted no pase a entender, o no quiera usted entender, y nos haya usted salido por la tangente, ¿eh?, diciéndonos que qué tiene que ver aquí la informática. Pero hombre, mire usted, hoy los archivos se digitalizan todos. Cuando salieron los papeles de Salamanca a nosotros se nos han devuelto copias digitalizadas de los documentos, y con eso quieren ustedes crear el Archivo de la Guerra Civil en Salamanca. ¡Corríjame usted si es incierto! Corríjame usted aquí, en esta sala, ahora, si es incierto lo que le digo. Y se nos han mandado, además, unas malas copias. Eso dicho de paso, y como salmantino, que también tengo derecho a que usted lo sepa.

Por lo tanto, Señoría, tiene usted que hacer un cursillo urgente sobre lo que es el archivismo. No le queda a usted más remedio, porque sino se equivoca usted totalmente. La Junta de Expurgo, ¿cuándo ha funcionado en esta Comunidad? ¿Cómo? ¿Dónde está constituida? [Murmullos]. No, no, mire usted, la expresión que a usted acabo de oírle así en entre dientes, le digo simplemente que constituida, pero no funcionando; muy poco. Porque no pueden, si no le llegan documentos, si no le llegan expedientes para conocimiento de cómo tienen que expurgarse, que es... expurgarse es decir "estos al fuego eterno, o estos al patrimonio cultural eterno de nuestra Comunidad", eso es expurgar; o "archívese por determinado tiempo", que también es expurgar.

Por lo tanto, Señoría, que me diga usted con retranca que, evidentemente, es un absurdo lo que decimos o que no se sostiene, cuando le estamos a usted diciendo, pura, simple y llanamente: lo que queremos en una acción de que el Gobierno programe lo que se desarrolla... lo que tiene que hacerse en este Real Decreto, que se programe. Si yo no le estoy pidiendo a usted los 12 millones de euros -se lo he dado como apunte-, y yo sé que 12 millones de euros no los tienen ya ni ustedes, ¿eh?, ni ustedes. Claro, con la crisis, ¿cómo van ustedes a destinar a esta Comunidad 12 millones de euros para archivar papeles? Pues sí esa es una petición casi de cuento de hadas, ¿eh? No se lo dan ustedes a los Ayuntamientos, ¿cómo se lo van a dar ustedes a los juzgados para archivar papeles de los juzgados que nadie conoce? ¡Hombre, por Dios!

Yo sé que es pedir. Pero claro, evidentemente, es mi obligación. Es poner el mal funcionamiento de la Justicia en función de la escasez económica que la Justicia tiene en este Comunidad como consecuencia de los Presupuestos Generales del Estado. No tenemos las competencias. Y ahora, evidentemente, existirá alguna razón para que usted medite también en el sentido de que, efectivamente, así las cosas no pueden funcionar.

Nuestro intento ha sido remover la conciencia de los Grupos. Yo sabía que ustedes iban a decir que no, yo no les he pedido a ustedes el voto, ya lo sabía de antemano, porque era colocar al Ministerio de Justicia en una situación un tanto... un tanto precaria. Pero no es menos cierto que lo hago, y lo haré tantas cuantas veces entienda preciso, y mi Grupo lo consienta, que planteemos al Gobierno las reivindicaciones que nos corresponden, como ustedes hacen al Gobierno de la Junta de Castilla y León. Exactamente igual. Y con el mismo... con el mismo... con el mismo planteamiento. Exactamente igual.

Por lo tanto, Señoría, yo le digo: "no lo apruebe", como suele ser frecuente. No aprueben ustedes ni tan siquiera que el Gobierno haga una programación. Ustedes defienden la situación actual, nosotros queremos que cambie, nosotros pedimos que cambie. Y las palabras esas un poco gruesas que usted me ha dicho respecto a la calificación de la proposición de ley, no crea usted que me ofendo, en absoluto; sé que está bien dicho, es usted el que se ha sentido verdaderamente descolocado cuando me ha dado una contestación casi, casi de primero de Derecho Administrativo, pero –repito a usted- mal dada. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Concluido el debate, procedemos, ahora sí, a la votación de la proposición no de ley debatida.

Votación PNL 999

¿Votos a favor? ¿Votos en... [Murmullos]. ¿Votos a favor? ¿Votos en contra? Y abstenciones: ninguna. Por lo tanto, quedaría aprobada por diez votos a favor frente... perdón, sí, diez votos a favor, frente a seis en contra.

Pasamos al tercer y último punto del Orden del Día, con la lectura de la misma por parte de la señora Secretaria.

PNL 1000


LA SECRETARIA (SEÑORA MARQUÉS SÁNCHEZ):

Gracias, señor Presidente. Tercer punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley, iniciativa 1000, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León a solicitar del Gobierno de España que los familiares ascendientes de ciudadanos españoles no estén excluidos del ámbito de aplicación del Real Decreto 240/2007, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 240, de catorce de octubre de dos mil nueve".


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para proceder a la presentación de la misma, tiene la palabra la Procuradora doña Josefa García Cirac.


LA SEÑORA GARCÍA CIRAC:

Gracias, Presidente. Señorías, el Real Decreto 240/2007, de dieciséis de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, establece en su Artículo 2 su aplicación a miembros de la familia del ciudadano de un "Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo".

El citado Real Decreto se aplica también, cualquiera que sea su nacionalidad, y en los términos previstos por este, a los familiares de ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el... sobre el Espacio Económico Europeo cuando le acompañen o reúnan con él determinadas circunstancias: familiares entre los que se encuentran sus ascendientes directos, los de su cónyuge o pareja registrada que vivan a su cargo, siempre que no haya recaído el acuerdo o de declaración de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o separación legal, o se haya cancelado la inscripción registral de pareja.

Sin embargo, en la Disposición Final Tercera del mismo Reglamento se dispone una "Modificación del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de once de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por Real Decreto 2393/2004, de treinta de diciembre". Se introduce, así, una Disposición Adicional Vigésima, en la que se regula la "Normativa aplicable a miembros de la familia de ciudadano español que no tenga la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo". Se dispone –y cito textualmente- en su apartado segundo que "La reagrupación familiar de ascendientes directos de ciudadano español, o de su cónyuge, se regirá por lo previsto en la Sección Segunda del Capítulo I del Título IV del presente Reglamento"; esto es, del Reglamento que regula el régimen para los extracomunitarios, el referido 2393/2004.

En consecuencia, Señorías, a los ascendientes de ciudadanos españoles (padres, madres, suegros, suegras) se les excluye del ámbito del Real Decreto 240/2007, reservado para los ciudadanos de la Unión Europea, y se les incluye –y aquí está la paradoja- en el ámbito de aplicación del Real Decreto 2393/2004, esto es, el régimen general de extracomunitarios, vulnerándose absolutamente el principio de igualdad de trato con los demás ciudadanos de la Unión europea, a cuyos ascendientes sí se les aplica el régimen comunitario, el referido Real Decreto 240/2007.

Esta distinción carece a todas luces de fundamento legal, constituyendo una discriminación arbitraria sin explicación alguna, y contraria a todo principio de igualdad. Resulta, por tanto, imperativo, demandar en esta Cámara para los ciudadanos españoles el mismo trato, los mismos requisitos y las mismas condiciones que para el resto de los ciudadanos de la Unión Europea.

Por lo expuesto, formulamos la siguiente propuesta de resolución: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a solicitar del Gobierno de España que los familiares ascendientes de ciudadanos españoles no estén excluidos del ámbito de aplicación del Real Decreto 240/2007, de dieciséis de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y que reciban, al menos, el mismo trato que los ascendientes de los demás ciudadanos nacionales de los otros Estados miembros de la Unión Europea y Espacio Económico Europeo, y se siga el mismo procedimiento administrativo para la reagrupación familiar y el derecho a la vida en familia". Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para la toma de posición, por parte del Grupo Popular, tiene la palabra... [murmullos] ... Socialista –perdón- tiene la palabra de nuevo don Ángel Velasco Rodríguez.


EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:

Muchas gracias, Presidente. Y, desde luego, con todo el orgullo del mundo, porque, aparte de representar al Grupo Socialista, desde luego, lo hago en el ámbito en el que me corresponde, desde las Cortes de Castilla y León, no en el Congreso de los Diputados. Lo digo por si alguien se ha equivocado de ámbito. Estamos en las Cortes de Castilla y León, y cuando uno, dentro de ese ámbito, ejerce legítimamente aquello para lo que la Ley y los ciudadanos le han encomendado hacer una tarea, pues debe hacerla con todo el orgullo del mundo; aunque seguramente lo haga mal, sin tener ni idea incluso, como se ha dicho. Bueno, aun si tener ni idea, pero con toda la legitimidad del mundo, lo hago. Y lo hago legitimado por el Estatuto de Autonomía, que nos mandata a los representantes de los ciudadanos a controlar la labor del Gobierno –es decir, de la Junta- y a impulsar la acción política de la Junta de Castilla y León, y no del Gobierno de España. Lo digo, precisamente, de nuevo, al albur del texto de esta nueva proposición no de ley, que recae de nuevo en el mismo error: de terminar instando al Gobierno de España a que... etcétera, etcétera. Bueno, pues yo creo que aquí tiene uno que hacer lo que tiene que hacer.

Y, desde luego, tengo que decir, en primer lugar, que vuelvo a atenerme al texto literal de la proposición no de ley. No de lo que uno luego diga qué es lo que propone, sino lo que dice el texto de la proposición no de ley. Y he de decir, por lo tanto, que no es cierto que los familiares ascendientes de ciudadanos españoles estén excluidos... –atención a lo que digo, porque, claro, al menos leer sí sé- estén excluidos del ámbito de aplicación del Real Decreto 240/2007, porque eso no es cierto. Ver, si no, el Artículo 1.º de ese Real Decreto, que regula las condiciones para el ejercicio de los derechos de entrada y salida, libre circulación, estancia, residencia, etcétera, en España, por parte de los ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea y de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Y se aplica también, cualquiera que sea su nacionalidad, a los familiares de ciudadanos de otros Estados, porque de eso estamos hablando, cualquiera que sea su nacionalidad, a los familiares de ciudadanos de otro Estado miembro de la Unión Europea, o Estado parte en el Acuerdo del Espacio Económico Europeo. También, por lo tanto, a los ascendiente (veamos lo que dice el Artículo 2, apartado d), de ese Real Decreto, del 240/2007). Por lo tanto, no les excluye. Esas personas, ciudadanos de otros Estados -no es a los españoles, sino a los ascendientes, padres y suegros de españoles, pero que sean de... ciudadanos de otros Estados y miembros de su familia-, tienen los derechos que fija el Artículo 3 y siguientes del Real Decreto 240/2007. Por lo tanto, no se les excluye: "En las mismas condiciones que los españoles", lo dice literalmente. Vea el Artículo 3, apartado 2. Lo dice literalmente.

Yo creo que merece especial interés la lectura del Artículo 3, apartado 4 -se lo voy a leer, porque hasta ahí sí llego-. Dice: "Todos los ciudadanos de la Unión que residan en España conforme a lo dispuesto en el presente Real Decreto gozarán de igualdad de trato respecto de los ciudadanos españoles en el ámbito de aplicación del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. Este derecho extenderá sus efectos a los miembros de la familia que no tengan la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, beneficiarios del derecho de residencia o del derecho de residencia permanente". Por lo tanto, yo creo que hay que saber de lo que hablamos y, desde luego, utilizar los términos adecuados cuando se utilizan.

Finalmente la Disposición Adicional Vigésima, que es la que, parece ser, es el caballo de batalla, lo que hace, precisamente, es que el Real Decreto 240/2007 sea de aplicación a los familiares de ciudadano español cualquiera que sea su nacionalidad. Esto es, aunque no sean ciudadanos de otro Estado de la Unión Europea o parte, Estados parte, del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo; también a sus ascendientes y a los de su cónyuge (Disposición Adicional Vigésima, apartado 1.d), que acabamos de ver).

¿Cuál es, por lo tanto –me pregunto-, la discriminación negativa a la que nos estamos refiriendo? Porque claro, uno aquí ya entiende poco; desde luego, parece ser que tampoco derecho administrativo, pero tampoco de lectura. Parece que no entendemos nada. Si así fuere, si existiere, como dice... como concluyen ustedes, que hubiere una discriminación negativa, bueno, nos encontraríamos ante una discriminación –como ustedes dicen- arbitraria. Lo que se espera entonces es que ustedes mismos estuvieran promoviendo, promovieran un recurso de inconstitucionalidad, y, desde luego, estuvieren promoviendo que cuantos ciudadanos no hayan acudido al Tribunal Constitucional en amparo de su atropello, pues ustedes mismos les estuvieran proporcionando los formularios para que lo hicieran. Vamos, creo que al día de hoy, como ya hace tiempo que se dictó esta norma, creo que están los registros del Tribunal Constitucional atiborrados de escritos en recurso de amparo. Creo que sí. Vamos, seguramente que alguien me afirmará hasta el número exacto de recursos de amparo que hay presentados. Si no los hay, por favor, promuévanlos, diríjanse a quien tiene que dirigirse, y, en todo caso, y en todo caso –y esto sí lo puede hacer-, presenten en el Congreso de los Diputados una proposición de ley diciendo lo que ustedes dicen aquí. Este no es el ámbito, aquel sí.

Por lo tanto, concluyo como comencé: no es caprichoso que les diga que ya está bien de genialidades, de venir otra vez más a pedir al Gobierno de España todo lo que les viene en gana, porque eso... para esto, para esto no estamos de igual legitimados -como se ha dicho antes-, en absoluto. Estamos legitimados para controlar e incentivar la acción política de la Junta de Castilla y León. Esto es, esto es. Lo otro, ustedes sigan por ahí, ¡si nadie se lo impide!, ¡si nadie les coarta la libertad! Háganlo. Pero permítannos... permítannos que expongamos también nuestra posición, aun de analfabetos, en... en todos términos que ustedes quieran.

Y dice usted... Vamos, ya sé que usted no va a utilizar palabras "gruesas", como ha dicho alguien que había utilizado yo. Qué me las busque, porque esto queda grabado y, afortunadamente, luego se lee. Se lee, y uno no se sonroja de lo que ha dicho; por lo menos este Portavoz no lo va a hacer nunca, porque seguramente nunca va a decir algo de lo que tenga que arrepentirse. El papel debe soportar lo que uno dice, y lo que uno diga tiene que soportar el rigor del intelecto, y a ese no quiero fallar, como tampoco quiero fallar al rigor de nuestra norma y legitimidad. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para concluir el debate y cerrar el mismo, tiene la palabra de nuevo la Procuradora Popular doña Josefa García Cirac.


LA SEÑORA GARCÍA CIRAC:

Muchas gracias, señor Presidente. Con carácter previo, señor Velasco, y con todo respeto, entiendo que a usted, a lo mejor, le ha faltado tiempo, le ha faltado una segunda oportunidad para contestar a mi compañero Portavoz del Grupo Popular; por tanto, no voy a hacer ni siquiera referencia a algunas alusiones que usted ha puesto de manifiesto en su intervención y que me... me parecen fuera de... fuera de lugar en la contestación; que entiendo que a usted le... le competía. Me hubiera gustado que me justificase con mayor firmeza si verdaderamente usted entiende que no están excluidos, porque, desde luego, permítame, que usted no ha desvirtuado para nada lo que yo expresaba en los antecedentes de hecho.

Y sin entrar tampoco en la oportunidad o no de presentar una proposición no de ley instando a la... a las Cortes de Castilla y León instando a la Junta para que hagan ante el Gobierno de España aquellas propuestas que consideremos de justicia, porque de justicia es que los ciudadanos españoles tengan los mismos derechos que los ciudadanos comunitarios -que eso y no otra cosa, es lo que nosotros pedimos en... en nuestra proposición no de ley-, creo que tanto ustedes como nosotros estamos absolutamente legitimados para hacerlo. Ustedes lo hacen en otros ámbitos, ¿por qué nosotros no podemos hacerlo en una situación como esta, en la cual es flagrante la... los errores, las omisiones, las incongruencias y las desigualdades en las que ha operado el Gobierno Socialista en cuestión de extranjería, considerando a los ciudadanos españoles como ciudadanos extracomunitarios?; lo cual, perdóneme, señor Velasco, pero clama al cielo.

Como entiendo que, a lo mejor, las explicaciones que le he dado en relación con los antecedentes no han sido suficientemente claras, voy a hacer dos cosas: le voy a poner un ejemplo práctico, y después voy a remontarme históricamente y le voy a poner sobre la mesa otra legislación en la cual sí se contemplaba el mismo trato para los españoles, como no podía ser de otra manera, que para los ciudadanos comunitarios, para el resto de los ciudadanos comunitarios –deberíamos decir-. Porque con la regulación en vigor, aunque usted parece que... que quiere negarlo, es evidente y es palmario, y tenemos sentencias -que le voy a facilitar al término de esta intervención- en las cuales queda claro que, por ejemplo, los padres de una persona que sea... que esté casada con un ciudadano español van a beneficiarse más de que ese ciudadano español esté casado con una... con una francesa, por ejemplo, o con una italiana, que por ser padres de un español, lo cual es absolutamente denunciable y es absolutamente atentatorio contra el principio de igual, que es un principio básico.

Mire, Señoría, ya el Real Decreto 776/1992, de veintidós de... de veintiséis de junio, sobre entrada y permanencia en España de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados partes en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, firmado en Oporto el dos de mayo del noventa y dos, y ratificado por España el veintiséis de noviembre del noventa y tres, que usted dice que conoce y tiene en su mano, lea conmigo, si quiere, textualmente habla de que "será de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, a los familiares de los españoles –repito, de los españoles- y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo". Y ahí se incluye, entre otros familiares, a sus ascendientes y a los de su cónyuge que cumplan determinados requisitos.

Si sigamos avanzando en el panorama legislativo, vemos que el Real Decreto 178/2003, de catorce de febrero, sobre entrada y permanencia en España de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, en el BOE del veintidós, contempla, prácticamente en los mismos términos, a los familiares de los españoles –repito, de los españoles- y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea. Y también se contempla, obviamente, a los ascendientes y a los de su cónyuge -entre los familiares- que cumplan determinados requisitos.

El problema aparece ya bajo el Gobierno Socialista. El Real Decreto 240/2007, de dieciséis de febrero, que regula (actualmente lamentablemente todavía sigue en vigor) la entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que sustituye al anterior, establece su ámbito de aplicación a los familiares de ciudadanos de otro Estado miembro de la Unión Europea y de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, cuando le acompañan o se reúna en él, pues, determinadas circunstancias. No he podido repetir "de los españoles" porque no figura "de los españoles", porque los españoles se reservan –como usted bien ha dicho- a la disposici... a la Disposición Final Tercera del mismo Reglamento –que ahora vamos a detallar- ,que usted, verdaderamente, como ha puesto de manifiesto, es el verdadero caballo de batalla; es donde se consuma la desigualdad.

El Real Decreto 240/2007 no quiere hacer, ni hace, referencia en este apartado a los ciudadanos españoles, como hacía expresamente el anterior recreto... decreto... Real Decreto 173/2003, que ya hemos mencionado. Podríamos entender, si quisiéramos aplicar la buena voluntad, que el Gobierno de España tenía previsto establecer un régimen diferente; probablemente, más favorable para los familiares extracomunitarios de los ciudadanos españoles, pero no fue así, lamentablemente. Y, así, en la Disposición Final Tercera del mismo Reglamento se dispone una modificación del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de once de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y ahí sí aparecen los españoles. Se introduce esta Disposición Adicional Vigésima que recoge la normativa aplicable a miembros de la familia de ciudadano español que no tenga la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Y, en su apartado segundo, y le invito a que lea textualmente -igual que usted me ha invitado a mí, pero usted ha obviado este apartado-: "La reagrupación familiar de ascendientes directos de ciudadano español o de su cónyuge se regirá por lo previsto en la Sección II del Capítulo 1 del Título IV del presente Reglamento"; esto es, el Reglamento, el régimen general para los extracomunitarios, no el Reglamento que se aplica para los comunitarios. [Murmullos]. Perdón, estoy en el uso de la palabra.

De conformidad con la nueva regulación, por tanto, resulta de aplicación el régimen comunitario a los familiares de los ciudadanos españoles siempre que dichos familiares se trate del cónyuge o pareja, descendientes del propio español o de su cónyuge o pareja, y ascendientes de nacional español o de su cónyuge siempre que fueran titulares de la tarjeta de familiar comunitario en la fecha de entrada en vigor del Decreto, que se produjo, como usted sabe, el dos de abril de dos mil siete.

No se establece tampoco una diferenciación por la nacionalidad del reagrupante. Es en el supuesto –y eso es lo que venimos hoy a denunciar aquí- de que se trate de ascendientes, y solo de ascendientes de españoles (no del resto de ciudadanos de la Unión Europea, que tienen el régimen que deberíamos tener también los españoles cuando menos), cuando estas personas son excluidas del citado régimen comunitario, y deben obtener una reagrupación familiar por la misma vía que los ascendientes de los extranjeros extracomunitarios. Dígame, señor Velasco, si hay o no hay diferencias.

No voy a detenerme en los procedimientos para la tramitación de la residencia o de la... simplemente del régimen de estancia o de entrada, pero también se lo voy a facilitar para que usted vea que es muchísimo más gravoso el régimen que se exige a un ciudadano español que a un ciudadano de otro miembro... ciudadano de otro miembro... de otro país comunitario.

Y mire, señor Velasco, no se lo digo solo yo, no se lo dice solo el Grupo Popular, el propio Consejo de Estado –y le invito a que lo lea-, en su propio dictamen al proyecto del Real Decreto... me diría que no es... probablemente usted me diría: no es vinculante; pero, desde luego, sí debería haber sido tenido en cuenta en una situación tan sangrante como esta. Como le decía, el propio Consejo de Estado manifestaba esta diferencia de régimen jurídico de mayor rigor para los ciudadanos españoles y señalaba, ponía de manifiesto, que implica una situación menos favorable para estos respecto al resto de ciudadanos de la Unión y del Espacio Económico Europeo que carece desde todo punto de vista, de justificación; y proponía –propuesta que fue a todas luces desatendida- que el tratamiento se acomodara a lo previsto en el Artículo 2 de lo que era el proyecto (actual Real Decreto 240/2007) para los ascendientes de los ciudadanos comunitarios.

Señorías, nos encontramos con que a los ascendientes de ciudadanos españoles (padres, madres, suegros, suegras) se les excluye del ámbito del Real Decreto 240/2007; y, esto es indiscutible, se está vulnerando absolutamente el principio de igualdad de trato con los demás ciudadanos de la Unión Europea, a cuyos ascendientes sí se les aplica el régimen comunitario. Y, Señorías, nuestra propuesta entiende que los ciudadanos españoles somos tan ciudadanos comunitarios como los franceses, como los italianos; entendemos que tenemos los mismos derechos, no entendemos que el Real Decreto aplique un trato menos favorable.

Por todo ello, nos reafirmamos en nuestra propuesta de resolución; entendemos que no es de recibo lo que sucede con la actual regulación, no es admisible un trato que podíamos calificar, incluso, de discriminatorio para los ciudadanos españoles que quieran reagrupar a sus ascendientes.

Por todo lo cual, les invitamos a que, en una segunda lectura, reconsideren su posición y apoyen esta proposición no de ley, a todas luces justa. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Concluidos... y una vez concluido el debate votamos... procedemos a la votación de la proposición no de ley.

Votación PNL 1000

¿Votos a favor? ¿Votos en contra? Y abstenciones, ninguna. Por lo tanto, queda aprobada la propuesta... la proposición no de ley por diez votos a favor frente a seis en contra.

Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las dieciocho horas treinta y cinco minutos].


DS(C) nº 480/7 del 8/3/2010

CVE="DSCOM-07-000480"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
VII Legislatura
Comisión de Interior y Justicia
DS(C) nº 480/7 del 8/3/2010
CVE: DSCOM-07-000480

DS(C) nº 480/7 del 8/3/2010. Comisión de Interior y Justicia
Sesión Celebrada el día 08 de marzo de 2010, en Valladolid
Bajo la Presidencia de: Francisco Javier Iglesias García
Pags. 9371-9387

ORDEN DEL DÍA:

1. Pregunta con respuesta Oral ante Comisión, POC 763-I, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores Dña. Ana María Muñoz de la Peña González, D. Emilio Melero Marcos y D. José Miguel Sánchez Estévez, relativa a exclusión de Béjar del Plan de Protección Civil ante el Riesgo de Transporte de Mercancías Peligrosas, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 280, de 4 de febrero de 2010.

2. Proposición No de Ley, PNL 999-I, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León a solicitar del Gobierno de España que apruebe una programación consistente en el desarrollo técnico del Real Decreto 937/2003, de modernización de los archivos judiciales, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 240, de 14 de octubre de 2009.

3. Proposición No de Ley, PNL 1000-I, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León a solicitar del Gobierno de España que los familiares ascendientes de ciudadanos españoles no estén excluidos del ámbito de aplicación del Real Decreto 240/2007, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 240, de 14 de octubre de 2009.

SUMARIO:

 ** Se inicia la sesión a las diecisiete horas cinco minutos.

 ** El Presidente, Sr. Iglesias García, abre la sesión.

 ** Intervención del Procurador Sr. Velasco Rodríguez (Grupo Socialista) para comunicar que no hay sustituciones en su Grupo.

 ** Intervención del Procurador Sr. Aguilar Cañedo (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día. POC 763.

 ** La Secretaria, Sra. Marqués Sánchez, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Muñoz de la Peña González (Grupo Socialista) para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 ** Contestación, en nombre de la Junta, del Director General de Protección Civil y Consumo, Sr. Aznar Fernández.

 ** En turno de réplica, interviene la Procuradora Sra. Muñoz de la Peña González.

 ** En turno de dúplica, interviene el Sr. Aznar Fernández, Director General de Protección Civil y Consumo.

 ** Segundo punto del Orden del Día. PNL 999.

 ** La Secretaria, Sra. Marqués Sánchez, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Procurador Sr. Aguilar Cañedo (Grupo Popular) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Velasco Rodríguez (Grupo Socialista).

 ** Intervención del Procurador Sr. Aguilar Cañedo (Grupo Popular) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** El Presidente, Sr. Iglesias García, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es aprobada.

 ** Tercer punto del Orden del Día. PNL 1000.

 ** La Secretaria, Sra. Marqués Sánchez, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. García Cirac (Grupo Popular) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Velasco Rodríguez (Grupo Socialista).

 ** Intervención de la Procuradora Sra. García Cirac (Grupo Popular) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** El Presidente, Sr. Iglesias García, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es aprobada.

 ** El Presidente, Sr. Iglesias García, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las dieciocho horas treinta y cinco minutos.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las diecisiete horas cinco minutos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Buenas tardes. Se abre la sesión de la Comisión de Interior y Justicia, comenzando dando la palabra a los Portavoces para comunicar posibles sustituciones de los Grupos Parlamentarios. ¿Por el Grupo Socialista?


EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:

Gracias, Presidente. Por parte del Grupo Socialista no hay ninguna sustitución que comunicar.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. ¿Por el Grupo Popular?


EL SEÑOR AGUILAR CAÑEDO:

Buenas tardes. Muchas gracias, señor Presidente. Don Alfonso García Vicente sustituye a don Jesús Encabo Terry.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Procedemos a la lectura, por parte de la señora Secretaria, del primer punto del Orden del Día.

POC 763


LA SECRETARIA (SEÑORA MARQUÉS SÁNCHEZ):

Gracias, señor Presidente. Buenas tardes, Señorías. "Pregunta con respuesta Oral ante Comisión, iniciativa 763, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores doña Ana María Muñoz de la Peña González, don Emilio Melero Marcos y don José Miguel Sánchez Estévez, relativa a exclusión de Béjar del Plan de Protección Civil ante el Riesgo de Transporte de Mercancías Peligrosas, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 280, de cuatro de febrero de dos mil diez".


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Quiero, en este momento, agradecer la presencia de don Luis Aznar, Director General de la Agencia de Protección Civil y Consumo, que amablemente ha atendido la invitación de esta Comisión para dar respuesta a la pregunta que se le va a formular a continuación. Por lo tanto, muchísimas gracias por estar una vez más compareciendo ante esta Comisión. Sin más, tiene la palabra la Procuradora doña Ana Muñoz de la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

Gracias, Presidente. Señorías, buenas tardes. Señor Director General, bienvenido a esta Comisión. Nos ha costado dos años conseguir que... que compareciera esta tarde hoy aquí. Pero bueno, nunca es tarde si la dicha es buena, y nos satisface que, por fin, haya encontrado hueco en... en la agenda para... para comparecer esta tarde.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León aprobó el día diecisiete de enero del año dos mil siete un Plan de Protección Civil ante el Riesgo de Transporte de Mercancías Peligrosas en Castilla y León.

El Plan propuesto estableció las clasificaciones de las emergencias según su naturaleza, los tipos de incidentes que puedan producirse, la organización, responsabilidad, y funciones del personal a intervenir en caso de siniestro; o las medidas de prevención adecuadas y una guía de consejos a la población; así como los canales para la notificación de accidentes, los criterios de evaluación de la gravedad, y los niveles de emergencia y activación de la misma.

Pretende, por lo tanto, la prevención de accidentes y la protección de las personas, los bienes y el medio ambiente ante las emergencias que puedan producirse durante el transporte de mercancías peligrosas por nuestra Comunidad Autónoma.

Asimismo, plantea su ejecución... plantea para su ejecución la colaboración de los Ayuntamientos, las Diputaciones Provinciales y el Gobierno Central, a través de los operativos de Protección Civil, Bomberos y Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.

La provincia de Salamanca cuenta, como bien sabe, con veintidós áreas de descanso y de servicio, utilizadas habitualmente por los vehículos de mercancías peligrosas; de las cuales, quince de ellas se incluyen en las áreas de servicio de la Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas, publicada anualmente por Resolución de la Dirección General de Tráfico del Ministerio del Interior, situando seis de ellas en la Nacional 630, ahora A-66, ocho en la Nacional 620, y una en la A-62.

El Plan establece dieciséis puntos estratégicos de nuestra Comunidad susceptibles de sufrir, por su situación geográfica, riesgos debido a la intensidad del tráfico de las mercancías peligrosas. Se incluyen localidades como Ávila, Arévalo, Burgos, Aranda de Duero, Miranda de Ebro, León, Ponferrada, Palencia, Aguilar de Campoo, Salamanca, Ciudad Rodrigo, Segovia, Soria, Valladolid, Zamora y Benavente. Sorprendentemente, se excluye del Plan elaborado por la Junta de Castilla y León a Béjar, en la provincia de Salamanca, como punto estratégico por donde discurren transportes de mercancías peligrosas, cuando Béjar se sitúa –como bien sabe- también en la Nacional 630, Gijón-Sevilla, Ruta de la Plata, hoy Autovía 66; eje de comunicación básico y vertebrador del oeste peninsular.

La Ruta de la Plata está incluida en la Red Nacional de Itinerarios de Mercancías Peligrosas elaborada por el Ministerio, ya que soporta el traslado al norte de España de los productos procedentes de los polígonos químicos y refinerías de Huelva, Algeciras, La Línea de la Concepción y Sevilla. En sentido inverso, se trasladan los productos... se trasladan productos fertilizantes, explosivos, ácidos corrosivos, lejías y derivados del petróleo, elaborados en los polígonos químicos de Asturias, Galicia, País Vasco y Cantabria; así como la producción de la empresa Enusa, en Juzbado, dirección Almaraz, y los residuos de las centrales nucleares del norte de España, que son trasladados al único cementerio nuclear, ubicado en Córdoba.

Según los datos del Plan de Protección Civil de Riesgo de Mercancías Peligrosas -que sin duda conoce perfectamente-, Béjar presenta los siguientes parámetros:

Índice de riesgo de transporte por carretera, según poblaciones: presenta un índice de peligrosidad de 5,7, es igual en este caso que Palencia o que Ávila. Un índice de vulnerabilidad de 66,4. Hay dieciocho localidades por debajo. Béjar tiene un índice igual o ligeramente por encima de Aranda, Ávila, Benavente, Burgos, León y Venta de Baños. Un índice de riesgo de 72, igual o similar a Aguilar de Campoo, Ávila, Benavente, León, Palencia, Valladolid y Zamora.

Si nos fijamos en los índices por carretera, la Nacional 630 en el tramo Béjar-Salamanca es de los cuatro tramos, sin duda, el de mayor de los riesgos: presenta un índice de peligrosidad de 21,3, esto es, 16 puntos por encima de la media; un índice de vulnerabilidad de 90,5, 24 puntos por encima de la media; un índice de riesgo de 112; 40 puntos por encima de la media.

Vistos los datos aportados por el propio Plan, no se puede entender la exclusión de la ciudad y la razón por la que se puede calificar como insensatez o temeridad. Tratando de corregir lo que en principio consideramos que había sido simplemente un error, con fecha siete de abril del año dos mil ocho debatimos en esta Comisión una proposición no de ley relativa a la inclusión de Béjar en el Plan de Protección Civil ante el Riesgo de Transporte por... de Mercancías Peligrosas. El voto en contra del Partido Popular en aquel momento demostró que la exclusión de la ciudad, pues, no se debió a un error, que fue simplemente un acto consciente y premeditado -si no, no habría otra forma de entender la negativa y el voto en contra en aquel momento-; sin embargo, abrió la puerta a su posible inclusión cuando se realizaron los estudios de campo oportunos (de los que no tenemos conocimiento si se han realizado o no, y, aprovechando su comparecencia aquí esta tarde, pues me permito la libertad de preguntarle si estos estudios de campo han sido realizados o no), y a que... la negativa, también, el voto en contra, se justificó al considerar que el Plan es un plan dinámico, flexible, no estático, y que puede modificarse o adaptarse en cualquier momento, no considerando en aquel momento oportuno modificarlo o abrirlo para la inclusión de la ciudad de Béjar, al estar recién aprobado. Igual hoy tenemos más suerte, y como han transcurrido dos años, pues, tenemos la posibilidad, dado que es flexible, dinámico y nada estático, de que se pueda, efectivamente, corregir lo que, de verdad, solo... solamente se puede entender como un error ya que técnicamente todos los índices consideran que existe este riesgo, y al no entender los argumentos o razones que llevaron la exclusión de Béjar del Plan, es la razón que motivó el hecho de que formuláramos la pregunta y la comparecencia esta tarde en esta... en estas Cortes.

Y la pregunta es: ¿qué razones han llevado a la Junta de Castilla y León a excluir a Béjar del Plan de Protección Civil ante el Riesgo de Transportes de Mercancías Peligrosas por Carretera? Esperando su respuesta, por el momento, Presidente, nada más. Gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para la respuesta de la misma, tiene la palabra el Director General.


EL DIRECTOR GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL Y CONSUMO (SEÑOR AZNAR FERNÁNDEZ):

Muchas gracias, señor Presidente. Señorías, lo primero decir que para mí es un placer, sinceramente, estar aquí, comparecer ante ustedes, y bien sabe Dios que solamente en una ocasión yo he pedido que decayese mi presencia aquí para de... para responder a esta pregunta por encontrarme en el extranjero. Lo que sí es cierto es que esta pregunta ha entrado y... y salido, y ha tenido un itinerario desde el año dos mil siete hasta hoy... en fin, largo, porque -que yo sepa- se ha presentado y retirado en varias ocasiones.

Pero, miren, esa no es la cuestión. Simplemente decirles que yo siempre, faltaría más, estoy a disposición de esta Cámara; y como, además, alguno de sus compañeros pretenden traer aquí como problemáticos los temas de protección civil, probablemente más de lo que quisiéramos todos.

Bien, dicho esto, vamos a entrar en el fondo de la cuestión de forma muy breve, porque, de verdad, Señorías, que después de la proposición no de ley que aquí se debatió y se votó, de todos los argumentos que se dieron, yo creo que no hay muchos más, y que creo que el error de partida está en el origen de todo esto, y está precisamente en el texto de su pregunta.

Según relata usted en el texto de la pregunta que nos hace, la Junta de Castilla y León, al elaborar ese Plan especial del transporte de mercancías peligrosas, establece dieciséis puntos de riesgo. Y no es así, Señoría. Y yo creo que... lo que me da un poco de pena es no habérselo logrado hacer entender todavía, después de casi tres años. No se establecen dieciséis puntos de riesgo, se establecen dieciséis puntos estratégicos que dan cobertura de una forma razonable a todo el territorio de nuestra Comunidad, que es muy distinto. ¿Esto quiere decir que Ciudad Rodrigo, por ejemplo, es un punto de riesgo mayor que Béjar? No. Esto quiere decir que Ciudad Rodrigo, en el estudio y en el desarrollo que hemos hecho de ese estudio -y ahora le diré cómo-, pues, desde nuestro punto de vista, puede hacer una cobertura de una amplia zona de nuestra Comunidad mejor que, por ejemplo, en este caso, desde Béjar.

Bien, ¿en qué basamos nosotros la definición de estos dieciséis puntos estratégicamente situados? Pues se lo voy a decir también muy claro, y creo que no es la primera vez. Los hemos basado en tres cuestiones:

Primero, estudio sobre el transporte de mercancías peligrosas por carretera: cuáles son los flujos de mercancías peligrosas que circulan por nuestra Comunidad. Y le voy a decir, Señoría, que los datos empleados para ese estudio son los datos oficiales del Ministerio de Fomento -que estoy convencido de que usted los tiene, al menos con tanta facilidad como yo; probablemente, con más facilidad que yo-.

Segundo parámetro que se utiliza: transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril. Para lo cual, Señoría, utilizamos los datos oficiales que el Adif nos da. Segundo parámetro.

Tercer parámetro que utilizamos en el estudio: situación de los establecimientos ubicados en nuestra Comunidad sujetos a la denominada -y no nos extendamos más en esto- "normativa Seveso".

Pues bien, de estos tres parámetros, hay dos que no reúne la ciudad de Béjar, que son: ni tiene transporte por... de mercancías peligrosas por ferrocarril; ni tiene tampoco, ni dentro de Béjar ni en su entorno, ninguna industria de las denominadas "Seveso". Por lo tanto, de los tres factores o de los tres parámetros que hemos empleado para definir cuáles eran estas dieciséis poblaciones, dos de ellos no los reúne Béjar. Y quiero recordarle, Señoría, que con datos de su Gobierno, tanto del Ministerio de Fomento como del Adif, en este momento la mayor parte del transporte de mercancías peligrosas se realiza por ferrocarril.

Pero bien, dicho esto, ¿esto es excluir a Béjar de algo? No, rotundamente no, no se le excluye de nada, porque lo único que estamos diciendo es que, en estos dieciséis puntos estratégicos, vamos, además de lo que hay, a aportar una serie de medios materiales, como puede ser en este caso un vehículo cisterna, que pueda en un momento dado realizar la absorción del vertido peligroso que se hubiera podido producir. La formación que se da a los bomberos de la Comunidad es exactamente igual para todos, es decir, que los bomberos de Béjar tienen la misma formación en el tratamiento de... de las materias peligrosas químicamente, desde el punto de vista químico, tiene exactamente la misma formación -y así se la estamos dando- que a los de Ciudad Rodrigo o a los de... a los de León, por poner tres ejemplos.

Bien, por lo tanto, desde nuestro punto de vista, la cobertura que hacemos de todo el territorio en un mapa, que, sin duda alguna, tiene usted -y que si no estaré encantado de facilitarle al terminar la... y ponerlo, por supuesto, a disposición de la Comisión-, ese mapa lo que establece es una cobertura por tiempos y kilómetros, y en ese aspecto le puedo decir, para tranquilidad de Su Señoría -y estoy seguro que lo que la anima a usted es, pues la tranquilidad de los ciudadanos de la provincia de Salamanca, y en concreto de los de Béjar- está perfectamente cubierto. Pero le voy a decir más.

Ya que usted nos dice que este es un proyecto y un plan dinámico, algo que nosotros le hemos afirmado cuando se defendió por nuestro Portavoz la PNL en relación con este tema, algo que yo he dicho también después de la aprobación de... de este Plan, este es un plan dinámico, nosotros vamos a estar permanentemente analizando los datos que, tanto desde el Ministerio de Fomento como desde la Adif, nos hagan llegar anualmente.

Pero hay un dato más que hoy tenemos encima de la mesa, después de estos, desde el año dos mil siete, casi tres años, o tres años de vigencia del Plan. En este periodo de tiempo, en nuestra Comunidad se han producido tres accidentes. En la provincia de Salamanca uno de ellos. Bien, pues el accidente que se ha producido, por suerte para... para todos, no se produjo ni en el entorno de Béjar ni cerca de Béjar; se produjo en el entorno de Ciudad Rodrigo, y a él pudieron acudir con todos los medios que tenemos adecuados para... para el efecto, los medios –repito- de emergencias, que solucionaron el tema. Los otros dos accidentes se han producido en el entorno, exactamente, de otros dos de los puntos que nosotros hemos señalado como estratégicos a la hora de atender este tipo de incidente.

Por lo tanto, ya no solamente tenemos los datos de un estudio frío, que son estadísticos, que -como digo- nos facilita el Ministerio, sino que además ya tenemos una experiencia real. En tres años, tres accidentes, ninguno, gracias a Dios, en el entorno de Béjar.

Por lo tanto, Señoría, yo entiendo su preocupación. Agradezco, además, su preocupación por estos temas, preocupación que me consta desde hace mucho tiempo; pero, créame, en este tema, la misma preocupación que podría tener una Procuradora de Palencia por Palencia, una de Benavides de Órbigo por Benavides de Órbigo, o una de Valencia de Don Juan por Valencia de Don Juan. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para un turno de réplica, y por un tiempo máximo de cinco minutos, tiene de nuevo la palabra la Procuradora doña Ana Muñoz de la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

Gracias, Presidente. Señor Director General, yo entiendo que no... usted no conoce o pueda no conocer el mecanismo de funcionamiento de las Cortes, pero las preguntas orales –si no sabe, yo se lo puedo explicar- decaen al finalizar cada periodo. De manera que, automáticamente, si continúan siendo de interés pues se reiteran y se vuelven a presentar. De ahí que esta pregunta, tras dos años, haya decaído pues, con toda facilidad, dos periodos de sesiones, al menos cuatro veces. Posiblemente haya decaído cuatro veces, y cuatro veces se ha vuelto a presentar porque el interés se mantiene. Entonces, no ha sido una cuestión de retirada o no por capricho de este Grupo o, en este caso, por los Proponentes de la pregunta, sino, simplemente, por el funcionamiento normal y habitual de la Cámara.

Le extraña, dice, que presentemos, o considera que no deberíamos presentar asuntos de protección civil en esta Cámara. No entiendo por qué razón, pero, bueno, en cualquier caso, y es la segunda vez que ya creo que en esta Comisión se habla de protección civil; en cualquier caso, las dos veces ha sido sobre el mismo tema, o sea, era cuestión de pensárselo. Pero, bueno, no es una práctica habitual, pero, en cualquier caso, no entiendo por qué razón no se va a poder hablar de protección civil.

Y en cuanto a la benevolencia con la que dice que va a enseñarme, pues estamos acostumbrados ya a que desde el Partido Popular se nos achaque continuamente "no sabemos leer, no entendemos, no comprendemos", bueno, es una cosa habitual; yo le agradezco la benevolencia con la que me va a explicar nuevamente el por qué se excluyó a la ciudad de Béjar, para que... haciendo el esfuerzo por su parte para que esta Procuradora sea capaz de entender aquello que, seguramente, mis limitaciones no me permiten entender. Estamos habituados. Al final será un poso que quedará en nuestra cabeza el "no sabemos leer, no entendemos, no comprendemos, no nos enteramos de nada".

Pero como no hace falta saber leer mucho, basta con no ser daltónico, cuando uno consulta los mapas, pues el riesgo aquí está: este es el cuarto tramo de la 630, de los tramos de índice de peligrosidad y de vulnerabilidad más alto. Basta con no ser daltónico, no hace falta leer mucho; pero, bueno, como los números sí somos capaces de leerlos, pues, también en los números está el índice de vulnerabilidad entre 81 y 100; estamos bastante por encima del 81, en 112, o en 119. Por lo tanto, suficiente con consultar los mapas –cualquiera de ellos, ¿eh?-. Este es el índice de riesgo por carretera; de nuevo aparece el mismo riesgo, y de nuevo nos encontramos en el parámetro de peligrosidad. En todos y cada uno; o sea, son sus mapas; quiero decir, son los mapas del Plan. El Plan establece esta situación. De manera que yo no he recurrido ni a la Conseje... ni al Ministerio de Fomento ni a ninguna otra fuente más que la suya y el Plan que han elaborado. Porque, sin duda, el Ministerio de Fomento le haya facilitado los datos no lo dudo, pero quien ha elaborado el Plan es la Junta de Castilla y León, y quien ha excluido a Béjar de este Plan es la Junta de Castilla y León. Porque por los datos, y no dudo de los datos, por los datos, reúne todos los requisitos para estar incluida en el Plan.

Entiendo, entiendo, desde luego, y se lo vuelvo a calificar como de discriminación absoluta y de bastante insensatez, porque cumpliendo... cumpliendo los requisitos, no entiendo por qué razón se la excluye, al margen de que tenga o no tenga ferrocarril, y al margen de que pudiera tener alguna actividad o se desarrollara en... no solamente en la ciudad, sino en la ciudad o en el entorno, algún tipo de actividad de riesgo, que, sin duda, estoy segura de que... de que así... así puede ser.

Pero, en cualquier caso, se comprometieron, o al menos dijeron que iban a hacer un estudio de campo. Yo, en el debate que mantuvimos el día de la proposición no de ley, ya le decía que supongo que para elaborar este Plan se hayan realizado estudios variados y profundos sobre cada una de las zonas y sobre toda la Comunidad. Por tanto, no entendía por qué razón ahora se apelaba a la realización de un estudio de campo. Y que supongo que si esa era la necesidad, dos años después este estudio se habrá realizado. No ha hecho ninguna referencia a él, espero, de nuevo, que me diga y me confirme si este estudio de campo se ha realizado; si está y me lo puede hacer llegar, se lo agradecería; y si no está, y el estudio de campo es esperar a que pase el tiempo para que puedan ocurrir lo que tenga que ocurrir, y a partir de ahí tomar decisiones, una vez que hayan ocurrido las cosas, bueno, pues, no me parece como... como demasiado serio, ¿no? En cualquier caso, creo que... que trabajan, en este sentido, con la suficiente responsabilidad como para no hacer esto que le estoy diciendo, ¿no? Y seguro, sin duda, que este estudio de campo lo tengan elaborado, y me gustaría que se lo hiciera llegar a este Grupo, y pudiéramos... pudiéramos contar con él y pudiéramos verlo.

Entonces, bueno, simplemente apelar a la flexibilidad del Plan, apelar a este estudio de campo, a los resultados de este estudio de campo, y apelar a la reconsideración por parte de la Agencia de la inclusión de Béjar en... en el Plan.

Y, en cualquier caso, la formación, es verdad que nos preocupa la formación del personal, porque la formación... el personal, en cualquier caso, va a acudir a un siniestro allá donde se produzca y si está en el ámbito territorial que le corresponde; entonces, bueno, sin duda, la formación es básica, es fundamental, y mejor se planteará si Béjar está incluida en... en este Plan, como, sin duda, todos los datos indican que debe de ser.

Repito, apelo a la responsabilidad, apelo a la sensatez desde la Agencia a este estudio de campo que, si no ha elaborado, se elabore, y se corrija lo que, desde luego, sin duda, entendemos que es claramente un error, y que, de verdad, no quiero calificar, porque prefiero no hacerlo. Muchas gracias por su comparecencia esta tarde. Nada más, Presidente.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para un turno de dúplica, y, por lo tanto, cerrar el debate, tiene de nuevo la palabra don Luis Aznar.


EL DIRECTOR GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL Y CONSUMO (SEÑOR AZNAR FERNÁNDEZ):

Gracias, Presidente. Muchas gracias, señora Procuradora. Pero, hombre, no me diga usted a mí que yo vengo aquí con ese afán... No, al contrario, puedo decirla que me voy muy frustrado, porque, después de tres años, no he conseguido hacerme entender. O sea, no digo que usted no me entienda, que no me hago entender.

Vamos a ver, le estoy diciendo a usted que el Plan se basa en tres parámetros fundamentales: primero, transporte de mercancías peligrosas; segundo, transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril –el primero por carretera-; y tercero, situación, ubicación de las industrias Seveso. Bien, yo creo que objetivamente se puede concluir que en Béjar ni hay industrias Seveso, ni hay transporte de mercancías peligrosas, ni de viajeros por ferrocarril. Bien. O sea, de tres fallamos en dos. ¡Caramba! Yo creo que es fácil de entender.

Me dice usted: ya pero es que aquí está marcado en rojo –creo que en rojo, yo no soy daltónico, soy miope-, parece que en rojo, aquí... Ya, pero ¿es que usted sabe que hoy día, según el Ministerio de Fomento, que es el competente en la materia, el porcentaje más elevado de transporte de mercancías peligrosas no se produce por carretera, sino por ferrocarril? Luego, vamos a ver, yo creo que, desde nuestro modestísimo punto de vista -yo no creo que estemos en posesión de la verdad, y ahora le voy a explicar por qué-, estamos en lo cierto al establecer los puntos que hemos establecido.

Pero mire, Señoría, es que esto podría ser un capricho mal... más de estos prepotentes de la Junta, como dice usted, que imponemos nuestro Plan. No. Para aprobarse este Plan, previamente, la Comisión Territorial de Protección Civil ha aprobado el Plan. Y en la Comisión Regional de Protección Civil... o Territorial de Protección Civil están los representantes de su Partido que representan al Gobierno Central, están los que representan a los Ayuntamientos de... del Partido Socialista en nuestra Comunidad, y también los que representan a técnicos de otra... de otro componente que no tiene nada que ver con la política. Por lo tanto, digamos que es una Comisión en las que... en la que si se hubiera detectado algún error de este tipo al que usted alude, pues nos hubieran llamado la atención. Pero no, se aprueba por unanimidad. Y repito, con representantes de su Gobierno.

Bien, después de este acto de prepotencia, la Junta lo envía a Madrid, para que se homologue en la Comisión Nacional de Protección Civil, donde están los representantes además de todos los Ministerios que tienen algo que ver con este tema. Y por unanimidad homologan nuestro Plan, sin una sola cuestión que plantearnos; que algunas veces –también se lo digo-, en otros planes, pues nos han dicho "oiga, corrijan esto, corrijan lo otro", y se hace. No pasa más. Si no tenemos ninguna obcecación, a nosotros realmente qué más nos da dónde estén los puntos estratégicos. Tienen que ser los que objetivamente nos digan que son.

Bien, pues ha pasado la Comisión Territorial, con representantes de sus –como digo- compañeros. Pasa a la aprobación de la Junta. Lo llevamos a Madrid, y en Madrid nos lo homologan, también por unanimidad, y sin ninguna cuestión que plantear. Señoría, yo, perdóneme, pero estoy muy tranquilo. Y me presentaría ante los ciudadanos de Béjar para decirles que estuvieran tan tranquilos como estoy yo en este tema. Entonces, no entiendo el por qué usted sigue insistiendo en que hay un error aquí. Señoría, no hay un error. No hay ningún error. Y el trabajo de campo no lo hacemos nosotros. Nos lo hace –repito- el Ministerio de Fomento, que nos dice cuántos toneladas, miles o millones de toneladas pasan cada año por nuestra Comunidad, por dónde pasan, cuántas van por carretera, por qué carretera, cuántas van por ferrocarril, dónde tienen las paradas, las cargas y descargas, etcétera, etcétera.

Y en función de esos datos, que son de un Gobierno de su color, seguimos creyendo que este Plan está bien hecho. Por lo tanto, con toda la humildad –créame- se lo digo, si alguna vez en el futuro hay que modificar esto porque los datos nos digan que hay que modificarlo, se modifica. Pero si, en definitiva, estamos hablando de muy poca cosa. Pero yo esto de mantenella y no enmendalla tampoco lo entiendo. Y de verdad se lo digo –créame, Señoría-, con toda la humildad del mundo, porque no estamos excluidos para que mañana haya un accidente en cualquier sitio, Dios no lo quiera, y para que tengamos que... que estar todos, pues –por así decirlo-, bailando en la cuerda floja. Porque, al final, es imposible cubrir al 100% un territorio como el nuestro. Por lo tanto, buscamos las mejores opciones. Y créame, en este... en esta definición de las mejores opciones no hay ningún tipo de color, no hay ningún tipo de condicionamiento que no sean los datos puros y fríos, y, en este caso, que nos da el Gobierno de Madrid.

Yo, Señoría, tengo la experiencia de haber pactado con usted la Ley de Protección Ciudadana. Creo honradamente, y así lo traslado una vez más, que en temas de protección ciudadana es muy importante que estemos todos de acuerdo. Que no hagamos batalla política de estos temas, y a eso me refiero, no a que no deba venir la protección ciudadana a las Cortes de Castilla y León. Usted ha estado de acuerdo conmigo en estas tesis. Y en este momento, se está quebrando ese principio, no por esta pregunta –bien sabe Dios que este es un tema objetivo y que no tiene más... más malicia, ni más allá; yo agradezco su preocupación y punto-, pero se está quebrando ese principio, principio por el que se hizo la Ley de Protección Ciudadana en Castilla y León, y del que usted fue parte muy activa; principio por el que pretenderíamos, desde el Partido Popular, que se haga la Ley de Protección Ciudadana en España. Y ustedes, Señorías, con algunas actitudes últimamente están quebrando ese principio. Y es lo único que me atrevo a dejar sobre esta mesa, y hacerles un llamamiento, a decir: la población tiene que tener la garantía de que todos sus representantes públicos, sean Gobierno o Oposición, están de acuerdo al menos en estos temas que son fundamentales. Y nos obliga la ciudadanía a ponernos de acuerdo, y no a hacer batalla, ni a buscar el... a rascar el voto político en estos temas. Eso es lo único que yo he dicho, que le planteo, de verdad, desde la más absoluta modestia, y sabiendo cuál ha sido siempre el espíritu que a usted la ha animado en estos temas.

Por lo tanto, yo, únicamente, y por finalizar, Presidente, decir: no creemos que sea un error el tema de Béjar; creemos que el mapa y la definición de los dieciséis puntos estratégicos, tal como nos dicen hoy los datos, y ya la experiencia práctica en tres años de... de vida del Plan, es acertado; que los ciudadanos de Béjar tienen el mismo nivel de protección que cualquiera que está en los otros dieciséis puntos estratégicos que hemos mencionado; y que, por lo tanto, desde la Junta de Castilla y León no vemos ninguna razón, al día de hoy, para modificar este Plan. Pero con la misma sinceridad les decimos que en el momento que, o bien por los datos del Ministerio, o bien por cualquier otra circunstancia, viéramos esa necesidad, estamos dispuestos a ampliar esos dieciséis puntos en tantos como sean necesarios. Nada más, Señorías, y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Pues, muchas gracias. Y muchas gracias por su presencia, una vez más, al Director General don Luis Aznar, por sus explicaciones y por comparecer... ante esta Comisión una vez más. Muchísimas gracias por su presencia. Sin más, procedemos a la lectura del segundo punto del Orden del Día por parte de la señora Secretaria.

PNL 999


LA SECRETARIA (SEÑORA MARQUÉS SÁNCHEZ):

Segundo punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley, iniciativa 999, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León a solicitar del Gobierno de España que apruebe una programación consistente en el desarrollo técnico del Real Decreto 937/2003, de Modernización de los Archivos Judiciales, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 240, de catorce de octubre de dos mil nueve".


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Para la presentación de la misma, tiene la palabra el Procurador y Portavoz del Grupo Popular, don Francisco Aguilar Cañedo.


EL SEÑOR AGUILAR CAÑEDO:

Muchas gracias, señor Presidente. Buenas tardes, Señorías. El Grupo Parlamentario Popular en las Cortes de Castilla y León ha entendido conveniente presentar la proposición no de ley que vamos a debatir seguidamente, en virtud de que entendemos que es preciso y necesario, por supuesto, el desarrollo del Real Decreto 937/2003, de dieciocho de julio, que invocaba y veía como urgente y necesario llevar a cabo una modernización de los archivos judiciales. Y que tenía por objeto también modernizar y regular la organización y el funcionamiento de tales archivos, así como el procedimiento a través del cual se podía efectuar el expurgo de la documentación judicial.

Pues bien, Señorías, todos creo que tenemos que convenir inicialmente en algo, ¿no?, y es en que modernizar la Justicia siempre es bueno, y, por supuesto, lo es para un mejor servicio al ciudadano. Y que esta modernización de la Justicia, Señorías, debe de encauzar fundamentalmente... se debe de encauzar a través de la creación de una oficina judicial que sea ágil, que sea rápida, que preste una correcta atención al ciudadano. Y ya, por supuesto, en el Pacto de la Justicia que se firmó entre las fuerzas políticas más importantes de nuestra nación, concretamente Partido Popular y el Partido Socialista, el día veintiocho de mayo del dos mil uno, ya se percibió como una necesidad ineludible esta reforma que había que llevar a cabo, para acompañarla, por supuesto, como no podía ser menos, y que tenía que tener acompañamiento, de los medios necesarios a través de un Plan de Infraestructuras, del que luego brevemente hablaré –si me da tiempo, por supuesto-.

Uno de los aspectos que había que incluir en esta modernización era la reforma del sistema de archivos judiciales. Convendrán, Señorías, conmigo en algo muy simple, ¿no?, que es que una oficina judicial que esté saturada de expedientes, difíciles no solamente de ubicar, sino también de archivar, con la consiguiente dificultad para encontrarlos... encontrarlos –perdón-, nos condena, sin duda, a una Justicia lenta y a una Justicia ineficaz. Esto es evidente. Yo recuerdo una conferencia que pronunció en breves días el Secretario de Estado del Ministerio de Justicia, y decía que la celeridad en los procedimientos judiciales también afecta a la crisis. Y tenía toda la razón, ahí tengo que dársela. Cinco mil seiscientos millones de euros se encuentran paralizados, concretamente, en estos momentos en el Tribunal Supremo como consecuencia del atasco de asuntos que existen; solamente en el Tribunal Supremo, 5.600 millones de euros. Quede como dato de que la Justicia es muy importante también en el orden económico.

En segundo lugar, por supuesto, Señorías, yo creo que un buen sistema de gestión y de custodia de la documentación judicial tiene que ayudar, sin duda, a que se descongestionen los diferentes juzgados y los diferentes tribunales de nuestro país.

¿Qué pretende el Real Decreto, concretamente 937, de dos mil tres, de dieciocho de julio, de Modernización de los Archivos? Pues, primeramente, establecer una regulación unitaria y conjunta de esta materia, con el ánimo de conseguir, como no podía ser menos, un equilibrio entre la tradicional técnica archivista... archivística judicial y el desarrollo creciente de las nuevas tecnologías.

La idea que recoge el Decreto, Señorías, es la de otorgar a los diferentes juzgados y tribunales su propio archivo, ¿eh?, con el fin de clasificar aquellos expedientes que vamos a denominar "expedientes vivos" y que, efectivamente, se encuentran en tramitación; pues los juzgados, si este Decreto se hubiese desarrollado, evidentemente, podrían tener en estos momentos perfectamente archivados los expedientes en tramitación.

Aquellos que no están pendientes de tramitación, por supuesto se pueden enviar a lo que se denomina en el Decreto, y se crea en el Decreto, los archivos territoriales o, en su caso, a este nombre un tanto extraño, pero evidentemente muy jurídico, que es la Junta de Expurgo, evitando así que ocupen espacios innecesarios.

Se establecía, por lo tanto, en el Decreto, una organización y funcionamiento de los archivos judiciales que preveían, en el ámbito de la Comunidad Autónoma, en primer lugar, unos archivos de gestión en cada oficina judicial o unidad análoga, en los que se custodiarían, por supuesto, los documentos mientras permaneciesen vivos. En segundo lugar, el archivo territorial, donde se ordenaría la documentación que fuese remitida por los responsables de los archivos judiciales de gestión. Y, en tercer lugar, la constitución en cada Comunidad Autónoma de una Junta de Expurgo con la finalidad de determinar la exclusión o la eliminación de los expedientes procesales o gubernativos del patrimonio documental, o, en caso contrario, la transferencia de los mismos a los correspondientes órganos de la Administración competente en materia de patrimonio histórico.

Y quiero incidir aquí, realmente, en lo que dice el Artículo 46 de la Constitución Española, y que se recoge en el Decreto que estamos llevando a cabo su análisis y su diagnóstico, 937/2003, cuando en el Artículo 46 se obliga a los poderes públicos a garantizar y promover el enriquecimiento del patrimonio histórico y cultural de los pueblos. Evidentemente, de aquí, de esta gran carga de documentos existentes en los juzgados, tiene que salir, tiene que haber, tienen que estar, tienen, evidentemente, que rescatarse aquellos documentos que van a constituir, sin duda, el patrimonio futuro, un patrimonio documental futuro de inmensa importancia en cualquier estado, en cualquier nación, en cualquier país moderno.

También el Decreto hace referencia, como no podía ser menos, a la implantación de las nuevas tecnologías para que dispusiesen los archivos judiciales de los métodos que puedan pasar del papel a convertirse en instrumentos, o en elementos o en documentos magnéticos, a través de las técnicas de digitalización y de microfilmación.

Pues bien, Señorías, después de este sistema, perfectamente recogido en este Decreto –sistema, por supuesto, y Decreto que fue el Partido Popular quien lo aprobó, concretamente el antiguo Ministro señor Michavilla-, no se ha puesto en marcha a hoy, no se sabe cuándo se va a poner en marcha y, evidentemente, la Junta de Castilla y León, como no podía ser menos, está preocupada porque –les daré a ustedes unos datos simples y sencillos- es insostenible la situación que existe en los juzgados respecto a los archivos. Urge, Señorías, tomar medidas.

Basta simplemente con repasar muy brevemente cuál es la situación real de los archivos judiciales. Muchas salas, muchas estancias están siendo utilizadas como depósito de documentos sin que cumplan los más mínimos requisitos para garantizar la correcta conservación de los mismos. Se sitúan, por lo general, en sótanos, lo que conlleva, por sí, un riesgo grande en caso de inundaciones, rotura de conducciones de agua o, por supuesto, de filtraciones. Suelen ser habitáculos, además, faltos de ventilación, de luz solar y alta humedad relativa, debido, generalmente, a los niveles freáticos del subsuelo. No suelen, por supuesto, contar con sistemas de detección de incendios ni, por supuesto, con sistema automático de extinción. Y, además, no son de uso exclusivo para la documentación o para los archivos documentales, sino que comparten esos espacios, espacios normalmente pequeños, ¿eh?, con piezas de convicción muy importantes, por supuesto, en los procesos penales; con material de oficina, también comparten espacio; con mobiliario en desuso, también comparten espacio; y distintos objetos, por supuesto, de toda clase y condición. En algunos juzgados los expedientes -créanmelo, Señorías- están tirados literalmente en el suelo y, en otros, los miles de cajas de archivo superan la capacidad de depósito para albergar los archivos en debidas condiciones. Y, por último, tengo significar... tengo que significar también que existe... no existe, perdón, un criterio único de uniforme, y uniforme para la organización de la documentación.

Frente a esta situación, el Grupo Parlamentario Popular propone: encaminarnos hacia otra que sea radicalmente distinta, hacia un sistema que permita la salvaguardia con garantías del patrimonio documental de origen judicial; que mejore, por supuesto, el tráfico documental entre las oficinas, los archivos de gestión y el Archivo Histórico Provincial, en su caso; que normalice los procesos documentales de archivo; que disponga de espacio suficiente para acometer la entrada masiva de documentación judicial; y que implante las nuevas tecnologías para la gestión documental.

Han pasado, sin duda, siete años desde el Real Decreto 937/2003, publicado en el Boletín Oficial 181, de dicho año, el día treinta de julio, y, por supuesto, es preciso que el Gobierno de España no demore más la puesta en marcha de los archivos de gestión y de la Junta de Expurgo.

Desde este Grupo Parlamentario, Señorías, consideramos imprescindible que, una vez más, y por todas, se asuma el compromiso de realizar las inversiones que sean necesarias para la efectiva implantación de las medidas recogidas en la citada normativa que, evidentemente, está vigente, y que, por supuesto, no ha sido desarrollada.

Me permito señalarles que, en un estudio que obra en mi poder y que está, por supuesto, encargado por la Junta de Castilla y León, 12 millones de euros -12 millones de euros- para nuestra Comunidad tendrían la culpa de resolver esta penosísima situación.

Les voy a facilitar, Señorías, simplemente algunos datos que están sacados, por supuesto, de la Memoria de la Gerencia Regional de Justicia, que están basados en un informe externalizado por dicha Gerencia, para conseguir que tuviesen conocimiento exacto de las circunstancias que existen en los archivos judiciales de nuestra Comunidad. Me van a permitir una levísima referencia, telegráfica prácticamente, de cada una de las provincias de nuestra Comunidad.

Ávila es un caso en el cual se han... se ha transferido la documentación a los archivos... al Archivo Histórico Provincial, y se encuentra en una situación relativamente desahogada –hay que decir las cosas como son- y sus depósitos están, por supuesto, mejor organizados que aquellos que nunca han tenido la posibilidad de llevar sus documentos a los Archivos Históricos Provinciales.

En Burgos, sin embargo, no ha podido completarse por problemas personales, ¿eh?, pero aun así contamos con datos suficientes, por supuesto, que van a dar una idea clara de lo que sucede.

La mayor parte de los fondos judiciales obrantes en la capital se encuentran repartidos entre el edificio de los propios juzgados, San Juan, y el Palacio de Justicia. Muchos de los juzgados han transferido parte de los fondos al Archivo Central del Tribunal Superior de Justicia, donde existe contratado personal técnico y personal de archivos. Son llamativos, sin embargo, los volúmenes globales de los Juzgados de Primera Instancia Número 1, Número 4, Número 5 y Número 6; todos los de Instrucción -1, 2, 3 y 4-; los de lo Penal 1 y 2; el Número 3 es, por supuesto, un Juzgado de nueva creación y se... se incardina en lo que se está llevando a cabo respecto a la posible ordenación de estos documentos. Y, por supuesto, señalarles, por ejemplo, que en todos ellos las estanterías superan los trescientos cincuenta metros lineales, dos mil quinientas cajas de archivo, e incluso algunos rozan el kilómetro las estanterías que tienen que ser utilizadas para no archivar, sino depositar los documentos, los legajos, los autos, efectivamente, todo lo que supone un proceso judicial. Es una masa, por tanto, ingente, que sobrepasa las posibilidades físicas de los depósitos habilitados para albergar los archivos de gestión.

León, quien cuenta con un edificio nuevo, es un edificio nuevo el de los juzgados, y esa es la gran distinción. En el edificio nuevo, evidentemente, existe cierto orden archivístico. En Ponferrada, sin embargo, ninguno.

En Palencia, determina el informe que es un caso absolutamente caótico en el archivo... los archivos, cómo se llevan a cabo, cómo, evidentemente, los expedientes se pierden y cómo es imposible tener, en un momento determinado, cualquier dato de cualquier expediente.

Salamanca, con instalaciones también nuevas, tiene mejor sistema archivístico que lo que hasta aquí hemos denunciado.

Segovia ha llevado a cabo una decidida actuación de entrega a los Archivos Históricos Provinciales y, en consecuencia, puede decirse que se encuentra en un standby hasta que se produzca, evidentemente, el desarrollo archivístico.

Valladolid. Valladolid es, sin duda, la provincia que presenta, en términos generales, peor panorama, debido a la enorme acumulación de material que se tiene en los juzgados: más de catorce kilómetros de estanterías, más de catorce kilómetros de estanterías; no solo debido a que es provincia, por supuesto, con mayor volumen de instancias judiciales, sino también al uso conjunto de depósitos sin control archivístico y al hecho de que, salvo excepciones, no se han realizado transferencias a archivo alguno. Hay casos exagerados, como son: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1... número 5, el Registro Civil y la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, con más de mil metros lineales de amontonamiento, que no archivo, de documentos. En Valladolid, por lo tanto, no hay diferencia tampoco entre situación de capital y pueblos, puesto que en pueblos –por llamarlos pueblos- o ciudades como Medina del Campo o Medina de Rioseco tienen el mismo problema.

Señorías, este es... esto es un... una actuación necesaria...


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Le ruego que vaya... que vaya concluyendo el debate. Muchas gracias.


EL SEÑOR AGUILAR CAÑEDO:

(Estoy terminando y se lo agradezco mucho... se lo agradezco mucho, señor Presidente). ... esta es una actuación extraordinaria la que ha de llevarse a cabo, salvo que queramos asumir la inexistencia de eficacia en el tema de llevar a cabo un programa archivístico adecuado en nuestros juzgados. En segundo lugar, que no podrá ser ágil la Administración de Justicia también por esto. Y, en tercer lugar, porque hay que dotar de 12 millones de euros para salir de esta penuria en la que se encuentran los archivos de nuestra Comunidad Autónoma. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para fijar la posición del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra su Portavoz, don Ángel Velasco Rodríguez.


EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:

Muchas gracias, Presidente. Bien, he de manifestar, antes de nada, que no es nada fácil fijar la posición con respecto a lo que he escuchado, que, por cierto, puede ser muy razonable, sobre todo en algunos datos, pero que tiene poco que ver con la proposición no de ley escrita y que es la base sobre la que debemos debatir, a mi modo de ver. Ya la primera sorpresa ha sido al leer el Orden del Día, donde se introduce la palabra "modernización", que no aparece para nada en la propuesta de resolución escrita que estamos manejando, y, por lo tanto, yo creo que es sobre la que tenemos que opinar y fijar posición; sin perjuicio de que lo deseable fuere otra cosa. Pero de lo que aquí estamos hablando es de lo que se nos ha manifestado por escrito como propuesta de resolución y, por lo tanto, sobre lo que las Cortes (esta Comisión) tienen que pronunciarse, en definitiva.

Bien, pues lo que nos proponen, lo que nos proponían, y ahora –parece- se quiere reconvertir a otras cuestiones, era solicitar del Gobierno de España... (¿cómo no? –esto ya lo digo yo-, otra vez algo original, ¿no?) que apruebe el Gobierno de España -y lo leo literalmente- "una programación consistente en el desarrollo técnico del Real Decreto 937/2003, mediante la puesta en marcha de los archivos de gestión y la Junta de Expurgo, así como –y sigo leyendo literalmente- la creación de un archivo territorial en cada provincia". Bueno, hasta aquí literal de la propuesta de resolución. Añado yo, en este último caso (cuando se habla de la creación de un archivo territorial en cada provincia), supongo que se está refiriendo a cada una de las nueve de esta Comunidad, aunque no se... no se aclara, pero creo que es a eso a lo que se refiere, tal como hemos podido escuchar posteriormente. Aparte de que... la verdad es que sigo desconociendo qué tienen que ver estas proposiciones –como decía al principio- con impulsar la acción política y de gobierno de la Junta de Castilla y León, que es la encomienda que el Estatuto de Autonomía le hace a las Cortes, no sé qué tiene que ver esa legitimación de las Cortes con una propuesta más al Gobierno de España, que no sé qué tiene que ver en este asunto.

Otra vez, pues, nos encontramos con una –por decirlo de algún modo breve- extravagante o aberrante proposición sobre la que quieren hacernos pronunciar. Pero es que, además, no podemos entender –lo digo con toda sinceridad, y yo creo que tampoco se ha explicado- en qué consiste o qué significa ese concepto jurídico –desde luego, más que indeterminado- de desarrollo técnico, cuya programación, según ustedes, ha de aprobar el Gobierno de España. ¿Qué es lo que quiere decir esas palabras de desarrollo técnico? ¿Que el Gobierno dicte una norma de desarrollo del Real Decreto al que se... nos estamos refiriendo? Si es así, dígase, porque yo no entiendo qué es lo que quiere decir "desarrollo técnico".

Vamos a ver si nos aclaramos. Según la Constitución, todos los órganos del Estado han de atenerse al principio de jerarquía normativa, que no solo rige para las relaciones entre... entre las leyes y los reglamentos, o las leyes, los decretos leyes, etcétera, sino que los propios reglamentos se relacionan entre sí de forma jerárquica y jerarquizada, de manera correlativa a la propia jerarquía existente entre los órganos de los que emanan esos reglamentos o esas normas. O sea, primero los decretos... -yo... me da un poco de vergüenza tener que decir estas cosas a quien estoy convencido de que no ha sido el autor material de la proposición no de ley que estamos debatiendo, pues, desde luego, en este sentido, desde luego, adolecería de la falta o necesidad de que yo tenga que explicar estas cosas- primero, insisto, en el campo de los reglamentos, los decretos; segundo, las órdenes ministeriales; tercero, las disposiciones de autoridades u órganos territoriales inferiores, pues el poder reglamentario –hay que insistir en ello- de los Ministros y autoridades inferiores no es originario, como sí lo es el del Gobierno, sino derivado de específicas habilitaciones. Y, por cierto, el Real Decreto 937/2003, al que nos estamos refiriendo, prevé, en... en su Disposición Final Segunda, facultades de desarrollo y ejecución de lo establecido en dicho de... Real Decreto, pero, como es lógico, autorizando a los titulares de determinados Ministerios (concretamente al de Justicia y al de Educación), no al Gobierno, que no puede desarrollar un real decreto propio; no puede, sencillamente tendrá que desarrollarlo otro órgano, que, desde luego, no es el Gobierno, que es al que ustedes nos proponen que instemos, como suele ser su costumbre.

El Gobierno –y es lo que piden- no puede desarrollar, como acabo de decir, creo que tampoco técnicamente, ni siquiera técnicamente, aunque confieso que no sé qué es eso de "el desarrollo técnico", no sé lo que es. Según la proposición no de ley que nos presentan, se trataría de que el Gobierno desarrolle técnicamente el Real Decreto 937/2003 –así se dice-, mediante lo siguiente: primero, puesta en marcha de los archivos de gestión y la Junta de Expurgo; segundo, la creación de un archivo territorial en cada una de las provincias (es decir, nueve).

Bueno, pues bien. Tengo que decir al respecto que lo que piden, concretamente, que es eso, no esas otras cosas de las que nos ha hablado, como la oficina judicial modernizada, las nuevas tecnologías, y el... incluso, el informe de situación de nueve archivos provinciales... Es que los archivos judiciales de gestión son de cada Juzgado, no... no la suma de ellos en una situación de no sé cuántos kilómetros por provincia, no tiene nada que ver. Bueno, pues bien. En cuanto a los archivos de gestión, ya existen en todos y cada uno de los juzgados o unidades judiciales, como, por otra parte, no puede ser de otro modo; casi es una definición, no puede ser de otro modo. No se comprende, por lo tanto... -bueno, aparte de que es inconcebible que una unidad judicial, un juzgado, no tuviera el correspondiente archivo; es inconcebible- no se comprende, por lo tanto, que se pida la puesta en marcha –es lo que se pide- de unas actividades archivísticas que ya existen, ya tiene cada uno, mejor o peor gestionadas, esa es otra cuestión, mejor o peor gestionada, esa es otra cuestión, pero cada archivo tiene los papeles que están vivos procesalmente en su poder, y es su responsabilidad. Y esto... si los tiene bien archivados o no es otra cuestión, no es lo que usted pide.

Por otra parte, la Junta de Expurgo, que también piden que se ponga en marcha, ya existe. Fue, concretamente, creada el veinte de enero de dos mil seis. Lo que ya está en marcha no puede ponerse en marcha, como usted muy bien sabe.

Y, finalmente, esa creación de nueve archivos territoriales, que, si bien es cierto que el Real Decreto prevé que se constituya al menos un mínimo de uno por cada uno de los... los territorios correspondientes a los Tribunales Superiores de Justicia, es cierto, se supone que existe uno. Pueden existir más, no se opone el Real Decreto, pero, ¡hombre!, yo creo que aquí las cosas, como son, no sé si eso, desde el punto de vista técnico -así opinan al menos los que trabajan en la materia-, la multiplicación de archivos territoriales pudiera ser lo más adecuado, precisamente, para la prestación de un servicio adecuado de custodia de los elementos egresados, es decir, de los que vienen de cada una de las unidades judiciales, una vez que ya no están vivos los papeles y ha sido decidido así por la Junta de Expurgo, y, por lo tanto, se han remitido a ese Archivo Territorial.

Por lo tanto, quizás esa propuesta de la creación de nueve archivos, pues, no sé, si viene motivada por el recelo ante las posibles disputas de distintas... distintos territorios de estas distintas provincias que conforman nuestra Comunidad Autónoma; o, no sé, si es un celo autonomista que les entre de repente, y queremos ser más que nadie y tener uno por cada provincia. En este caso, yo creo que sí podíamos haber explicado antes por qué razón los papeles del Archivo Territorial han estado, por... por una decisión de encargárselos a una empresa privada, incluso fuera de nuestro territorio, en almacenes de esa empresa privada ubicados en territorio de fuera de nuestra Comunidad. ¿Eso era lo mejor? Hoy ya no están, pero podía usted, con ese celo autonomista tan encomiable, haber reivindicado en su momento por qué estaban fuera de la Comunidad. Y, sin embargo ahora, que ya lo están, pues usted viene con estas.

En fin, lo que me parece, por lo tanto, es que no podemos apoyar esta proposición respecto a lo que viene escrito, y por las razones que acabo de decir, porque... en fin, lo primero es imposible, ya están puestos en marcha tanto la Junta de Expurgo como la existencia de tantos juzgados como archivos existen en cada una de las unidades judiciales; y, finalmente, nos parece que las nueve... los nueve archivos me parece que es un salto en el vacío excesivamente largo, el salto que damos, sobre todo si tenemos en cuenta que, efectivamente, son manifiestamente majo... mejorables en su gestión todos y cada uno de los archivos, tanto los judiciales de gestión como el territorial; no solo por la situación que usted describe, que, desde luego, no corresponde a la realidad más elemental, que es la de cada uno de los juzgados, no la de un archivo provincial, eso será cuando se pasen ya a los archivos históricos o cualquiera de los otros. Y, desde luego, no hablemos aquí de nuevas tecnologías, etcétera, porque para nada habla de eso el Real Decreto al que usted se está refiriendo y el... sobre el que estamos debatiendo aquí.

Nada puede votarse de poner en marcha algo que ya lo está. Y, por lo tanto, en ese sentido decía que era extravagante -me parece a mí- la proposición, y, desde luego, si no le gusta el adjetivo será el de "aberrante", porque en todo caso lo es, con esa manía que ustedes sostienen de venir a siempre interponer proposiciones que vayan dirigidas siempre a la exigencia del Gobierno Central en... en temas como este, en el que poco tiene que ver. Muchas gracias, Presidente.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para cerrar el debate, tiene de nuevo la palabra don Francisco Aguilar.


EL SEÑOR AGUILAR CAÑEDO:

Muchas gracias, señor Presidente. Lo voy a cerrar muy brevemente. Mire, Señoría, usted no ha entendido absolutamente nada. Cuánto siento... me pasa un poco lo que al Director General que nos ha precedido en el uso de la palabra, cuánto siento que usted confunda archivar con acumular papeles, cuánto lo siento. Mire usted, archivar es llevar un método, la carrera archivística, usted lo conoce, y existe; pero, evidentemente, que usted me diga que en cada Juzgado de nuestra Comunidad Autónoma existe un archivo, ¡hombre!, faltaría más que al menos el suelo de los pasillos no sirviera de archivo. ¡Faltaría más!, ¡faltaría más, Señoría!

Usted nos ha dado una muy mala clase de Derecho Administrativo, lo siento. Ya nos la dio usted en el Pleno pasado, pero claro, creo que tiene usted que estudiar un pelín más. Mire, Señoría, le voy a decir lo siguiente, para que tome usted la debida nota: nuestra propuesta de resolución es que las Cortes de Castilla y León insten, por supuesto, a la Junta de Castilla y León a solicitar al Gobierno de España, que es a quien corresponde, yo sé que las competencias de Justicia no las tenemos, pero creo que las tiene, aunque no las ejerza demasiado, el Ministerio de Justicia; creo que es así, y ahí está el clamor de todo el estamento judicial, abogados, procuradores, forenses, fiscales, jueces, magistrados, etcétera, etcétera, donde verdaderamente es un clamor el desastre en el cual, en el siglo XXI, se está desenvolviendo la Justicia española. Ello amén de la politización o no de algún órgano judicial, en lo que ni entro tan siquiera, pero, mire usted, lo digo.

Mire, Señoría, le digo a usted lo siguiente, nuestra propuesta de resolución pide al Gobierno de España simplemente una cosa: que apruebe una programación, que apruebe o lleve adelante una programación consistente en el desarrollo técnico de este Real Decreto, que tiene que producirse, ¡hombre!, supongo que no por el Gobierno y sus Consejos de Ministros habituales, donde se resuelve casi nada, sino, simplemente, en los órganos técnicos competentes de los competentes Ministerios de Justicia o de quien corresponda. Punto. ¿Cómo quiere usted que se diga, si se está diciendo que evidentemente tiene que haber un desarrollo técnico? Por quien corresponda. Si me da lo mismo, pero entendemos que a quien corresponde llevar a cabo esa programación, o encargar esa programación, es al Gobierno de España.

Claro, archivos de gestión. Pero hombre, léase usted concretamente el Real Decreto, y vea usted que el archivo de gestión se configura bajo la oficina judicial. Pues si estamos de acuerdo, si tiene que existir, porque es en lo que van a convertirse los juzgados, en oficinas judiciales. Pero, le repito, distinga usted al menos, distinga usted al menos, entre colocar papeles en unas estanterías o archivar. Porque, claro, los pasillos de los juzgados, le repito, gracias a Dios, están sirviéndonos de archivo en el suelo, que ahí es donde se amontonan los papeles. Y usted, sin duda, debiera pisar un poco más los juzgados de nuestra Comunidad para hacerse usted cargo de lo que le estoy diciendo. Simplemente con ir un día por la mañana, y si quiere usted yo le acompaño y le digo a usted dónde, en el antiguo Palacio de Justicia, en sus sótanos, existen desde bicicletas, camisetas de deporte, juegos de tenis, o algún cuchillo de cocina que sirvió para un acción delictiva. Esos son los archivos que existen en nuestra Comunidad, junto, como le decía a usted, con las pruebas de convicción.

Mire, la creación de un archivo territorial. Llámele usted como quiera, llámele usted como quiera, yo lo he puesto en mi proposición no de ley, en la nuestra... sí, sí, un archivo territorial para cada una de las nueve provincias. Usted es que no tiene ni idea, no tiene usted ni idea, ni idea -y se lo repito por quinta vez-, no tiene usted ni idea del clamor existente en esta Comunidad Autónoma en el desastre de equipamiento que tiene la Justicia en esta Comunidad. No lo conoce usted, yo lo siento mucho. Yo sí lo conozco porque lo vivo diariamente. Y le dije a usted que me daba por conforme con que se hubiese cumplido el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de esta Comunidad, se hubiese dotado con los medios económicos que ahí se pedían, con los juzgados, y, evidentemente, con los medios materiales.

Y ya lo que no concibo es que usted no pase a entender, o no quiera usted entender, y nos haya usted salido por la tangente, ¿eh?, diciéndonos que qué tiene que ver aquí la informática. Pero hombre, mire usted, hoy los archivos se digitalizan todos. Cuando salieron los papeles de Salamanca a nosotros se nos han devuelto copias digitalizadas de los documentos, y con eso quieren ustedes crear el Archivo de la Guerra Civil en Salamanca. ¡Corríjame usted si es incierto! Corríjame usted aquí, en esta sala, ahora, si es incierto lo que le digo. Y se nos han mandado, además, unas malas copias. Eso dicho de paso, y como salmantino, que también tengo derecho a que usted lo sepa.

Por lo tanto, Señoría, tiene usted que hacer un cursillo urgente sobre lo que es el archivismo. No le queda a usted más remedio, porque sino se equivoca usted totalmente. La Junta de Expurgo, ¿cuándo ha funcionado en esta Comunidad? ¿Cómo? ¿Dónde está constituida? [Murmullos]. No, no, mire usted, la expresión que a usted acabo de oírle así en entre dientes, le digo simplemente que constituida, pero no funcionando; muy poco. Porque no pueden, si no le llegan documentos, si no le llegan expedientes para conocimiento de cómo tienen que expurgarse, que es... expurgarse es decir "estos al fuego eterno, o estos al patrimonio cultural eterno de nuestra Comunidad", eso es expurgar; o "archívese por determinado tiempo", que también es expurgar.

Por lo tanto, Señoría, que me diga usted con retranca que, evidentemente, es un absurdo lo que decimos o que no se sostiene, cuando le estamos a usted diciendo, pura, simple y llanamente: lo que queremos en una acción de que el Gobierno programe lo que se desarrolla... lo que tiene que hacerse en este Real Decreto, que se programe. Si yo no le estoy pidiendo a usted los 12 millones de euros -se lo he dado como apunte-, y yo sé que 12 millones de euros no los tienen ya ni ustedes, ¿eh?, ni ustedes. Claro, con la crisis, ¿cómo van ustedes a destinar a esta Comunidad 12 millones de euros para archivar papeles? Pues sí esa es una petición casi de cuento de hadas, ¿eh? No se lo dan ustedes a los Ayuntamientos, ¿cómo se lo van a dar ustedes a los juzgados para archivar papeles de los juzgados que nadie conoce? ¡Hombre, por Dios!

Yo sé que es pedir. Pero claro, evidentemente, es mi obligación. Es poner el mal funcionamiento de la Justicia en función de la escasez económica que la Justicia tiene en este Comunidad como consecuencia de los Presupuestos Generales del Estado. No tenemos las competencias. Y ahora, evidentemente, existirá alguna razón para que usted medite también en el sentido de que, efectivamente, así las cosas no pueden funcionar.

Nuestro intento ha sido remover la conciencia de los Grupos. Yo sabía que ustedes iban a decir que no, yo no les he pedido a ustedes el voto, ya lo sabía de antemano, porque era colocar al Ministerio de Justicia en una situación un tanto... un tanto precaria. Pero no es menos cierto que lo hago, y lo haré tantas cuantas veces entienda preciso, y mi Grupo lo consienta, que planteemos al Gobierno las reivindicaciones que nos corresponden, como ustedes hacen al Gobierno de la Junta de Castilla y León. Exactamente igual. Y con el mismo... con el mismo... con el mismo planteamiento. Exactamente igual.

Por lo tanto, Señoría, yo le digo: "no lo apruebe", como suele ser frecuente. No aprueben ustedes ni tan siquiera que el Gobierno haga una programación. Ustedes defienden la situación actual, nosotros queremos que cambie, nosotros pedimos que cambie. Y las palabras esas un poco gruesas que usted me ha dicho respecto a la calificación de la proposición de ley, no crea usted que me ofendo, en absoluto; sé que está bien dicho, es usted el que se ha sentido verdaderamente descolocado cuando me ha dado una contestación casi, casi de primero de Derecho Administrativo, pero –repito a usted- mal dada. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Concluido el debate, procedemos, ahora sí, a la votación de la proposición no de ley debatida.

Votación PNL 999

¿Votos a favor? ¿Votos en... [Murmullos]. ¿Votos a favor? ¿Votos en contra? Y abstenciones: ninguna. Por lo tanto, quedaría aprobada por diez votos a favor frente... perdón, sí, diez votos a favor, frente a seis en contra.

Pasamos al tercer y último punto del Orden del Día, con la lectura de la misma por parte de la señora Secretaria.

PNL 1000


LA SECRETARIA (SEÑORA MARQUÉS SÁNCHEZ):

Gracias, señor Presidente. Tercer punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley, iniciativa 1000, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, instando a la Junta de Castilla y León a solicitar del Gobierno de España que los familiares ascendientes de ciudadanos españoles no estén excluidos del ámbito de aplicación del Real Decreto 240/2007, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 240, de catorce de octubre de dos mil nueve".


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para proceder a la presentación de la misma, tiene la palabra la Procuradora doña Josefa García Cirac.


LA SEÑORA GARCÍA CIRAC:

Gracias, Presidente. Señorías, el Real Decreto 240/2007, de dieciséis de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, establece en su Artículo 2 su aplicación a miembros de la familia del ciudadano de un "Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo".

El citado Real Decreto se aplica también, cualquiera que sea su nacionalidad, y en los términos previstos por este, a los familiares de ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el... sobre el Espacio Económico Europeo cuando le acompañen o reúnan con él determinadas circunstancias: familiares entre los que se encuentran sus ascendientes directos, los de su cónyuge o pareja registrada que vivan a su cargo, siempre que no haya recaído el acuerdo o de declaración de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o separación legal, o se haya cancelado la inscripción registral de pareja.

Sin embargo, en la Disposición Final Tercera del mismo Reglamento se dispone una "Modificación del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de once de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por Real Decreto 2393/2004, de treinta de diciembre". Se introduce, así, una Disposición Adicional Vigésima, en la que se regula la "Normativa aplicable a miembros de la familia de ciudadano español que no tenga la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo". Se dispone –y cito textualmente- en su apartado segundo que "La reagrupación familiar de ascendientes directos de ciudadano español, o de su cónyuge, se regirá por lo previsto en la Sección Segunda del Capítulo I del Título IV del presente Reglamento"; esto es, del Reglamento que regula el régimen para los extracomunitarios, el referido 2393/2004.

En consecuencia, Señorías, a los ascendientes de ciudadanos españoles (padres, madres, suegros, suegras) se les excluye del ámbito del Real Decreto 240/2007, reservado para los ciudadanos de la Unión Europea, y se les incluye –y aquí está la paradoja- en el ámbito de aplicación del Real Decreto 2393/2004, esto es, el régimen general de extracomunitarios, vulnerándose absolutamente el principio de igualdad de trato con los demás ciudadanos de la Unión europea, a cuyos ascendientes sí se les aplica el régimen comunitario, el referido Real Decreto 240/2007.

Esta distinción carece a todas luces de fundamento legal, constituyendo una discriminación arbitraria sin explicación alguna, y contraria a todo principio de igualdad. Resulta, por tanto, imperativo, demandar en esta Cámara para los ciudadanos españoles el mismo trato, los mismos requisitos y las mismas condiciones que para el resto de los ciudadanos de la Unión Europea.

Por lo expuesto, formulamos la siguiente propuesta de resolución: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a solicitar del Gobierno de España que los familiares ascendientes de ciudadanos españoles no estén excluidos del ámbito de aplicación del Real Decreto 240/2007, de dieciséis de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y que reciban, al menos, el mismo trato que los ascendientes de los demás ciudadanos nacionales de los otros Estados miembros de la Unión Europea y Espacio Económico Europeo, y se siga el mismo procedimiento administrativo para la reagrupación familiar y el derecho a la vida en familia". Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para la toma de posición, por parte del Grupo Popular, tiene la palabra... [murmullos] ... Socialista –perdón- tiene la palabra de nuevo don Ángel Velasco Rodríguez.


EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:

Muchas gracias, Presidente. Y, desde luego, con todo el orgullo del mundo, porque, aparte de representar al Grupo Socialista, desde luego, lo hago en el ámbito en el que me corresponde, desde las Cortes de Castilla y León, no en el Congreso de los Diputados. Lo digo por si alguien se ha equivocado de ámbito. Estamos en las Cortes de Castilla y León, y cuando uno, dentro de ese ámbito, ejerce legítimamente aquello para lo que la Ley y los ciudadanos le han encomendado hacer una tarea, pues debe hacerla con todo el orgullo del mundo; aunque seguramente lo haga mal, sin tener ni idea incluso, como se ha dicho. Bueno, aun si tener ni idea, pero con toda la legitimidad del mundo, lo hago. Y lo hago legitimado por el Estatuto de Autonomía, que nos mandata a los representantes de los ciudadanos a controlar la labor del Gobierno –es decir, de la Junta- y a impulsar la acción política de la Junta de Castilla y León, y no del Gobierno de España. Lo digo, precisamente, de nuevo, al albur del texto de esta nueva proposición no de ley, que recae de nuevo en el mismo error: de terminar instando al Gobierno de España a que... etcétera, etcétera. Bueno, pues yo creo que aquí tiene uno que hacer lo que tiene que hacer.

Y, desde luego, tengo que decir, en primer lugar, que vuelvo a atenerme al texto literal de la proposición no de ley. No de lo que uno luego diga qué es lo que propone, sino lo que dice el texto de la proposición no de ley. Y he de decir, por lo tanto, que no es cierto que los familiares ascendientes de ciudadanos españoles estén excluidos... –atención a lo que digo, porque, claro, al menos leer sí sé- estén excluidos del ámbito de aplicación del Real Decreto 240/2007, porque eso no es cierto. Ver, si no, el Artículo 1.º de ese Real Decreto, que regula las condiciones para el ejercicio de los derechos de entrada y salida, libre circulación, estancia, residencia, etcétera, en España, por parte de los ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea y de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Y se aplica también, cualquiera que sea su nacionalidad, a los familiares de ciudadanos de otros Estados, porque de eso estamos hablando, cualquiera que sea su nacionalidad, a los familiares de ciudadanos de otro Estado miembro de la Unión Europea, o Estado parte en el Acuerdo del Espacio Económico Europeo. También, por lo tanto, a los ascendiente (veamos lo que dice el Artículo 2, apartado d), de ese Real Decreto, del 240/2007). Por lo tanto, no les excluye. Esas personas, ciudadanos de otros Estados -no es a los españoles, sino a los ascendientes, padres y suegros de españoles, pero que sean de... ciudadanos de otros Estados y miembros de su familia-, tienen los derechos que fija el Artículo 3 y siguientes del Real Decreto 240/2007. Por lo tanto, no se les excluye: "En las mismas condiciones que los españoles", lo dice literalmente. Vea el Artículo 3, apartado 2. Lo dice literalmente.

Yo creo que merece especial interés la lectura del Artículo 3, apartado 4 -se lo voy a leer, porque hasta ahí sí llego-. Dice: "Todos los ciudadanos de la Unión que residan en España conforme a lo dispuesto en el presente Real Decreto gozarán de igualdad de trato respecto de los ciudadanos españoles en el ámbito de aplicación del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. Este derecho extenderá sus efectos a los miembros de la familia que no tengan la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, beneficiarios del derecho de residencia o del derecho de residencia permanente". Por lo tanto, yo creo que hay que saber de lo que hablamos y, desde luego, utilizar los términos adecuados cuando se utilizan.

Finalmente la Disposición Adicional Vigésima, que es la que, parece ser, es el caballo de batalla, lo que hace, precisamente, es que el Real Decreto 240/2007 sea de aplicación a los familiares de ciudadano español cualquiera que sea su nacionalidad. Esto es, aunque no sean ciudadanos de otro Estado de la Unión Europea o parte, Estados parte, del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo; también a sus ascendientes y a los de su cónyuge (Disposición Adicional Vigésima, apartado 1.d), que acabamos de ver).

¿Cuál es, por lo tanto –me pregunto-, la discriminación negativa a la que nos estamos refiriendo? Porque claro, uno aquí ya entiende poco; desde luego, parece ser que tampoco derecho administrativo, pero tampoco de lectura. Parece que no entendemos nada. Si así fuere, si existiere, como dice... como concluyen ustedes, que hubiere una discriminación negativa, bueno, nos encontraríamos ante una discriminación –como ustedes dicen- arbitraria. Lo que se espera entonces es que ustedes mismos estuvieran promoviendo, promovieran un recurso de inconstitucionalidad, y, desde luego, estuvieren promoviendo que cuantos ciudadanos no hayan acudido al Tribunal Constitucional en amparo de su atropello, pues ustedes mismos les estuvieran proporcionando los formularios para que lo hicieran. Vamos, creo que al día de hoy, como ya hace tiempo que se dictó esta norma, creo que están los registros del Tribunal Constitucional atiborrados de escritos en recurso de amparo. Creo que sí. Vamos, seguramente que alguien me afirmará hasta el número exacto de recursos de amparo que hay presentados. Si no los hay, por favor, promuévanlos, diríjanse a quien tiene que dirigirse, y, en todo caso, y en todo caso –y esto sí lo puede hacer-, presenten en el Congreso de los Diputados una proposición de ley diciendo lo que ustedes dicen aquí. Este no es el ámbito, aquel sí.

Por lo tanto, concluyo como comencé: no es caprichoso que les diga que ya está bien de genialidades, de venir otra vez más a pedir al Gobierno de España todo lo que les viene en gana, porque eso... para esto, para esto no estamos de igual legitimados -como se ha dicho antes-, en absoluto. Estamos legitimados para controlar e incentivar la acción política de la Junta de Castilla y León. Esto es, esto es. Lo otro, ustedes sigan por ahí, ¡si nadie se lo impide!, ¡si nadie les coarta la libertad! Háganlo. Pero permítannos... permítannos que expongamos también nuestra posición, aun de analfabetos, en... en todos términos que ustedes quieran.

Y dice usted... Vamos, ya sé que usted no va a utilizar palabras "gruesas", como ha dicho alguien que había utilizado yo. Qué me las busque, porque esto queda grabado y, afortunadamente, luego se lee. Se lee, y uno no se sonroja de lo que ha dicho; por lo menos este Portavoz no lo va a hacer nunca, porque seguramente nunca va a decir algo de lo que tenga que arrepentirse. El papel debe soportar lo que uno dice, y lo que uno diga tiene que soportar el rigor del intelecto, y a ese no quiero fallar, como tampoco quiero fallar al rigor de nuestra norma y legitimidad. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Para concluir el debate y cerrar el mismo, tiene la palabra de nuevo la Procuradora Popular doña Josefa García Cirac.


LA SEÑORA GARCÍA CIRAC:

Muchas gracias, señor Presidente. Con carácter previo, señor Velasco, y con todo respeto, entiendo que a usted, a lo mejor, le ha faltado tiempo, le ha faltado una segunda oportunidad para contestar a mi compañero Portavoz del Grupo Popular; por tanto, no voy a hacer ni siquiera referencia a algunas alusiones que usted ha puesto de manifiesto en su intervención y que me... me parecen fuera de... fuera de lugar en la contestación; que entiendo que a usted le... le competía. Me hubiera gustado que me justificase con mayor firmeza si verdaderamente usted entiende que no están excluidos, porque, desde luego, permítame, que usted no ha desvirtuado para nada lo que yo expresaba en los antecedentes de hecho.

Y sin entrar tampoco en la oportunidad o no de presentar una proposición no de ley instando a la... a las Cortes de Castilla y León instando a la Junta para que hagan ante el Gobierno de España aquellas propuestas que consideremos de justicia, porque de justicia es que los ciudadanos españoles tengan los mismos derechos que los ciudadanos comunitarios -que eso y no otra cosa, es lo que nosotros pedimos en... en nuestra proposición no de ley-, creo que tanto ustedes como nosotros estamos absolutamente legitimados para hacerlo. Ustedes lo hacen en otros ámbitos, ¿por qué nosotros no podemos hacerlo en una situación como esta, en la cual es flagrante la... los errores, las omisiones, las incongruencias y las desigualdades en las que ha operado el Gobierno Socialista en cuestión de extranjería, considerando a los ciudadanos españoles como ciudadanos extracomunitarios?; lo cual, perdóneme, señor Velasco, pero clama al cielo.

Como entiendo que, a lo mejor, las explicaciones que le he dado en relación con los antecedentes no han sido suficientemente claras, voy a hacer dos cosas: le voy a poner un ejemplo práctico, y después voy a remontarme históricamente y le voy a poner sobre la mesa otra legislación en la cual sí se contemplaba el mismo trato para los españoles, como no podía ser de otra manera, que para los ciudadanos comunitarios, para el resto de los ciudadanos comunitarios –deberíamos decir-. Porque con la regulación en vigor, aunque usted parece que... que quiere negarlo, es evidente y es palmario, y tenemos sentencias -que le voy a facilitar al término de esta intervención- en las cuales queda claro que, por ejemplo, los padres de una persona que sea... que esté casada con un ciudadano español van a beneficiarse más de que ese ciudadano español esté casado con una... con una francesa, por ejemplo, o con una italiana, que por ser padres de un español, lo cual es absolutamente denunciable y es absolutamente atentatorio contra el principio de igual, que es un principio básico.

Mire, Señoría, ya el Real Decreto 776/1992, de veintidós de... de veintiséis de junio, sobre entrada y permanencia en España de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados partes en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, firmado en Oporto el dos de mayo del noventa y dos, y ratificado por España el veintiséis de noviembre del noventa y tres, que usted dice que conoce y tiene en su mano, lea conmigo, si quiere, textualmente habla de que "será de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, a los familiares de los españoles –repito, de los españoles- y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo". Y ahí se incluye, entre otros familiares, a sus ascendientes y a los de su cónyuge que cumplan determinados requisitos.

Si sigamos avanzando en el panorama legislativo, vemos que el Real Decreto 178/2003, de catorce de febrero, sobre entrada y permanencia en España de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, en el BOE del veintidós, contempla, prácticamente en los mismos términos, a los familiares de los españoles –repito, de los españoles- y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea. Y también se contempla, obviamente, a los ascendientes y a los de su cónyuge -entre los familiares- que cumplan determinados requisitos.

El problema aparece ya bajo el Gobierno Socialista. El Real Decreto 240/2007, de dieciséis de febrero, que regula (actualmente lamentablemente todavía sigue en vigor) la entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que sustituye al anterior, establece su ámbito de aplicación a los familiares de ciudadanos de otro Estado miembro de la Unión Europea y de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, cuando le acompañan o se reúna en él, pues, determinadas circunstancias. No he podido repetir "de los españoles" porque no figura "de los españoles", porque los españoles se reservan –como usted bien ha dicho- a la disposici... a la Disposición Final Tercera del mismo Reglamento –que ahora vamos a detallar- ,que usted, verdaderamente, como ha puesto de manifiesto, es el verdadero caballo de batalla; es donde se consuma la desigualdad.

El Real Decreto 240/2007 no quiere hacer, ni hace, referencia en este apartado a los ciudadanos españoles, como hacía expresamente el anterior recreto... decreto... Real Decreto 173/2003, que ya hemos mencionado. Podríamos entender, si quisiéramos aplicar la buena voluntad, que el Gobierno de España tenía previsto establecer un régimen diferente; probablemente, más favorable para los familiares extracomunitarios de los ciudadanos españoles, pero no fue así, lamentablemente. Y, así, en la Disposición Final Tercera del mismo Reglamento se dispone una modificación del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de once de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y ahí sí aparecen los españoles. Se introduce esta Disposición Adicional Vigésima que recoge la normativa aplicable a miembros de la familia de ciudadano español que no tenga la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Y, en su apartado segundo, y le invito a que lea textualmente -igual que usted me ha invitado a mí, pero usted ha obviado este apartado-: "La reagrupación familiar de ascendientes directos de ciudadano español o de su cónyuge se regirá por lo previsto en la Sección II del Capítulo 1 del Título IV del presente Reglamento"; esto es, el Reglamento, el régimen general para los extracomunitarios, no el Reglamento que se aplica para los comunitarios. [Murmullos]. Perdón, estoy en el uso de la palabra.

De conformidad con la nueva regulación, por tanto, resulta de aplicación el régimen comunitario a los familiares de los ciudadanos españoles siempre que dichos familiares se trate del cónyuge o pareja, descendientes del propio español o de su cónyuge o pareja, y ascendientes de nacional español o de su cónyuge siempre que fueran titulares de la tarjeta de familiar comunitario en la fecha de entrada en vigor del Decreto, que se produjo, como usted sabe, el dos de abril de dos mil siete.

No se establece tampoco una diferenciación por la nacionalidad del reagrupante. Es en el supuesto –y eso es lo que venimos hoy a denunciar aquí- de que se trate de ascendientes, y solo de ascendientes de españoles (no del resto de ciudadanos de la Unión Europea, que tienen el régimen que deberíamos tener también los españoles cuando menos), cuando estas personas son excluidas del citado régimen comunitario, y deben obtener una reagrupación familiar por la misma vía que los ascendientes de los extranjeros extracomunitarios. Dígame, señor Velasco, si hay o no hay diferencias.

No voy a detenerme en los procedimientos para la tramitación de la residencia o de la... simplemente del régimen de estancia o de entrada, pero también se lo voy a facilitar para que usted vea que es muchísimo más gravoso el régimen que se exige a un ciudadano español que a un ciudadano de otro miembro... ciudadano de otro miembro... de otro país comunitario.

Y mire, señor Velasco, no se lo digo solo yo, no se lo dice solo el Grupo Popular, el propio Consejo de Estado –y le invito a que lo lea-, en su propio dictamen al proyecto del Real Decreto... me diría que no es... probablemente usted me diría: no es vinculante; pero, desde luego, sí debería haber sido tenido en cuenta en una situación tan sangrante como esta. Como le decía, el propio Consejo de Estado manifestaba esta diferencia de régimen jurídico de mayor rigor para los ciudadanos españoles y señalaba, ponía de manifiesto, que implica una situación menos favorable para estos respecto al resto de ciudadanos de la Unión y del Espacio Económico Europeo que carece desde todo punto de vista, de justificación; y proponía –propuesta que fue a todas luces desatendida- que el tratamiento se acomodara a lo previsto en el Artículo 2 de lo que era el proyecto (actual Real Decreto 240/2007) para los ascendientes de los ciudadanos comunitarios.

Señorías, nos encontramos con que a los ascendientes de ciudadanos españoles (padres, madres, suegros, suegras) se les excluye del ámbito del Real Decreto 240/2007; y, esto es indiscutible, se está vulnerando absolutamente el principio de igualdad de trato con los demás ciudadanos de la Unión Europea, a cuyos ascendientes sí se les aplica el régimen comunitario. Y, Señorías, nuestra propuesta entiende que los ciudadanos españoles somos tan ciudadanos comunitarios como los franceses, como los italianos; entendemos que tenemos los mismos derechos, no entendemos que el Real Decreto aplique un trato menos favorable.

Por todo ello, nos reafirmamos en nuestra propuesta de resolución; entendemos que no es de recibo lo que sucede con la actual regulación, no es admisible un trato que podíamos calificar, incluso, de discriminatorio para los ciudadanos españoles que quieran reagrupar a sus ascendientes.

Por todo lo cual, les invitamos a que, en una segunda lectura, reconsideren su posición y apoyen esta proposición no de ley, a todas luces justa. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR IGLESIAS GARCÍA):

Muchas gracias. Concluidos... y una vez concluido el debate votamos... procedemos a la votación de la proposición no de ley.

Votación PNL 1000

¿Votos a favor? ¿Votos en contra? Y abstenciones, ninguna. Por lo tanto, queda aprobada la propuesta... la proposición no de ley por diez votos a favor frente a seis en contra.

Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las dieciocho horas treinta y cinco minutos].


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