DS(C) nº 560/7 del 19/7/2010









Orden del Día:




1. Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de informar el Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León.

2. Elaboración del Dictamen de la Comisión en el Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León.


Sumario:






 ** Se inicia la sesión a las doce horas treinta y cinco minutos.

 ** La Presidenta, Sra. Álvarez Sastre, abre la sesión.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Alonso Fernández (Grupo Socialista) para comunicar que no hay sustituciones en su Grupo.

 ** Intervención del Procurador Sr. Berzosa González (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día. Ratificación de la Ponencia PL 27.

 ** La Secretaria, Sra. Villar Irazábal, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** La Presidenta, Sra. Álvarez Sastre, de acuerdo con el Artículo 114.2 del Reglamento, somete a la Comisión la ratificación de los Ponentes designados por los Grupos Parlamentarios. Son ratificados.

 ** Segundo punto del Orden del Día. Elaboración del Dictamen PL 27.

 ** La Secretaria, Sra. Villar Irazábal, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** La Presidenta, Sra. Álvarez Sastre, somete a debate las enmiendas mantenidas por los Grupos Parlamentarios para la Comisión.

 ** En el debate intervienen la Procuradora Sra. Alonso Fernández (Grupo Socialista) y el Procurador Sr. Berzosa González (Grupo Popular).

 ** La Presidenta, Sra. Álvarez Sastre, somete a votación las Enmiendas, Artículos, Disposiciones Transitorias, Disposición Derogatoria, Disposiciones Finales, Exposición de Motivos y Título del Proyecto de Ley. Queda dictaminado el Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León.

 ** La Presidenta, Sra. Álvarez Sastre, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las trece horas cincuenta minutos.




Texto:

[Se inicia la sesión a las doce horas treinta y cinco minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Buenos días, Señorías. Se abre la sesión. ¿Por parte de los Grupos Parlamentarios desean comunicar alguna sustitución?


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Buenos días, señora Presidenta. Nosotros... el Grupo Parlamentario Socialista no tiene ninguna sustitución. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

¿El Grupo Parlamentario Popular?


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

Buenos días, señora Presidenta. Gracias. En el Grupo Popular don Juan Dúo Torrados sustituye a María de los... María de los Dolores Ruiz-Ayúcar Zurdo.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Muchas gracias. Por parte de la señora Secretaria se dará lectura al primer punto del Orden del Día.

Ratificación Ponencia PL 27


LA SECRETARIA (SEÑORA VILLAR IRAZÁBAL):

Gracias, Presidenta. Primer punto del Orden del Día: "Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de informar el Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León".


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Muchas gracias. De acuerdo con el Artículo 114.2 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se propone la ratificación de los Ponentes designados por los distintos Grupos Parlamentarios. Esta designación recayó en los señores Procuradores doña Victorina Alonso Fernández, don Jesús Berzosa García, doña Mercedes Coloma Pesquera y don Joaquín... don Joaquín Otero Pereira y doña Elena Pérez Martínez. ¿Se ratifica esta designación? ¿Por unanimidad?


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

Un momento, señora Presidenta, si me lo permite. Me han cambiado el segundo apellido, se va a enfadar mucho mi madre. Me apellido González.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Es verdad, tienen usted razón. Don Jesús Berzosa González -aunque aquí pone García, ¿eh?-. De acuerdo, se ratifica la designación.

Pues por parte de la señora Secretaria se dará lectura al segundo punto del Orden del Día.

Elaboración Dictamen PL 27


LA SECRETARIA (SEÑORA VILLAR IRAZÁBAL):

Segundo punto del Orden del Día: "Elaboración del Dictamen de la Comisión en el Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León".


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Se mantienen, para su debate y votación, de forma agrupada las Enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista, números 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66 y 67. Damos, por tanto, un turno a favor de estas enmiendas al Grupo Socialista por un tiempo de quince minutos.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Gracias, señora Presidenta. Buenos días, Señorías. El Grupo Parlamentario Socialista trae hoy a esta Comisión de Sanidad prácticamente todas las enmiendas presentadas a una Ley que nació con voluntad de mejorar la aprobada en Castilla y León en mil novecientos noventa y tres.

En los diecisiete años transcurridos se han producido importantes cambios socioculturales, se han dictado otras normas, tanto a nivel estatal como a nivel autonómico. En dos mil dos se asumieron las transferencias en materia sanitaria y se ha reformado el Estatuto de Autonomía. Estatuto que establece, en sus Artículos 13 y 74, el derecho a la protección integral de la salud, los derechos y deberes de los usuarios, las funciones en materia de salud pública, y la obligación de una protección especial a los grupos reconocidos sanitariamente como de riesgo.

Era, por tanto, necesario no solo ordenar el sistema sanitario adaptando la norma a la nueva situación legal y social, sino hacer una nueva ley que garantizara el derecho a la protección integral de la salud para todos los castellanos y leoneses. Ustedes han presentado un Proyecto de Ley con diez títulos, setenta y ocho artículos, una disposición adicional, dos disposiciones transitorias, una derogatoria y tres finales, con el que han pretendido actualizar y mejorar la Ley 1/1993, de seis de abril; pero no lo han conseguido.

Por eso, el Grupo Parlamentario Socialista presentó una enmienda a la totalidad y sesenta y siete enmiendas parciales; enmienda, la de la totalidad, que no prosperó, como tampoco lo han hecho la mayoría de nuestras aportaciones. Nuestra pretensión era y es la de mejorar el texto, corregir sus olvidos; que la nueva Ley atendiera a las especiales características de esta Comunidad, a su envejecimiento y dispersión; condiciones que hubieran requerido una respuesta específica, por ejemplo, en cuanto a la atención sociosanitaria, la discapacidad o en cuanto a las dotaciones de los centros que atienden las zonas periféricas.

Pero nada de eso se... presentó el legislador, y la Ley de mil novecientos noventa y tres le han añadido ustedes el Defensor del Paciente, el Consejo Asesor Científico-Técnico, han cambiado el nombre al Consejo Regional, citan la salud pública, y establecen como gran novedad las demarcaciones sanitarias. Y nada más; el resto es una copia literal de la Ley de mil novecientos noventa y tres, que, en algunas ocasiones, está –si me lo permiten- mejor desarrollada.

Pierden la ocasión de regular la asistencia sanitaria y la salud pública dentro del sistema sanitario público en un solo marco legislativo. Olvidan desarrollar la atención sociosanitaria; olvidan la salud laboral -que, por cierto, sí estaba recogida en el anterior texto-; olvidan la realidad de las discapacidades y la atención especial que precisan, mejor desarrollada en el Artículo 8 del texto reformado; olvidan también hacer coincidentes las demarcaciones sanitarias con las de atención sociosanitaria -que ni siquiera nombran- y los equipos de Atención Primaria; se olvidan de las asociaciones de vecinos y de los profesionales. No regulan con claridad lo que atañe a la asistencia sanitaria privada y lo que corresponde a la asistencia sanitaria pública, las normas que deben regir los convenios y los contratos de colaboración; normas que, por cierto, sí están reguladas en la Ley que ustedes quieren reformar.

Ya en el Preámbulo destacan, como una de las novedades más importantes, la integración de un concepto amplio de salud, superando la vieja distinción entre atención sanitaria individual y salud pública colectiva. Sin embargo, el legislador dedica la mayor parte de su esfuerzo normativo a la asistencia sanitaria, olvidando que es tanto o más importante la prevención y promoción de la salud que la asistencia, y perdiendo la oportunidad de regular en esta Ley la salud pública, lo que hacen ustedes con otra norma, lo que podría hacer pensar que son cosas distintas.

Pero no es así. El sistema sanitario debe ser el tronco común para dos ramas de igual importancia: la asistencia sanitaria y la salud pública. Han optado por un tipo de regulación separada, que dificulta la integración, duplica las normas y, sobre todo, repercute de una forma negativa en los castellanos y leoneses, que pueden pensar que la contaminación por amianto no es un problema de salud pública, sino solo un problema de los trabajadores. Sin embargo, la Justicia, hace pocos días, el día catorce precisamente de este mes, el Juzgado de Primera Instancia número 46 de Madrid condena a la firma Uralita a pagar casi 4.000.000 de euros a cuarenta y cinco vecinos de Cerdanyola del Vallès y Ripollet en Barcelona, que enfermaron a causa de la actividad de una fábrica de la empresa situada entre ambas poblaciones. Ya muchos de los trabajadores de esta empresa que habían enfermado habían recibido también indemnizaciones, y algunos de ellos, además, habían enfermado gravemente con resultado incluso de muerte.

Esta... esta situación, esta... este dictamen del juez pone claramente sobre la mesa que la salud laboral y la salud pública tienen esta... que estar... están interrelacionadas y tienen que estar reguladas en la misma norma.

Nuestras siete primeras enmiendas van dirigidas a los tres primeros artículos, y pretenden, en primer lugar, dejar claro que estamos hablando del Sistema Público de Salud; en segundo lugar, tanto en el objeto de la ley como en los principios rectores, hemos querido con nuestras enmiendas dar participación a los trabajadores, lo que ustedes olvidan a lo largo de toda la norma, y definir mejor el objeto de la ley en cuanto a las acciones que permiten hacer efectivo el derecho a la protección integral de la salud, a la prevención de la enfermedad, a la asistencia sanitaria y a la rehabilitación, añadiendo algo que también olvidó el legislador: la necesidad de asumir la tutela, inspección y control de todo el sistema sanitario, independientemente de su titularidad, porque cada poco tiempo se conocen casos de clínicas privadas semiclandestinas cuyas actuaciones acaban en demasiadas ocasiones en el juzgado por la mala praxis o las deficientes dotaciones. Han perdido ustedes, de nuevo, la ocasión de regularlas.

En el Artículo 5 presenta la Ley una nueva figura, la del Defensor del Usuario. Una figura que no aporta nada a lo que viene haciendo el Procurador del Común, que supone un gasto para la Junta de Castilla y León, 59.388 euros anuales, a los que habría que añadir los gastos de una sede y los gastos también de los asesores. Una figura nombrada y cesada por el Consejero de Sanidad; un profesional de reconocido prestigio –dicen ustedes-, pero elegido directamente por el Consejero, para un cargo en el que se supone que va a defender a los usuarios y no a quien le elige, con quien en muchas ocasiones tendrá que ser crítico, y eso, Señorías, es casi imposible.

Y en este sentido, en el de retirar esta figura, van encaminadas nuestras Enmiendas 8, 10 y 13. Porque, en definitiva, se trata de una figura innecesaria, costosa y que, según está concebida, no puede ser independiente. Deben retirarla y aceptar nuestra propuesta de que sea el Procurador del Común, en una sección específica, el que continúe realizando la labor que tan acertadamente desempeña, lo que proponemos en la Enmienda número 65, con una nueva disposición adicional.

En el Artículo 8, que establece las competencias de las Corporaciones Locales, en el apartado 2 la norma dice que corresponde a los Ayuntamientos la construcción de los consultorios locales. Nuestra Enmienda número 14 propone que la construcción debe ser siempre de la Comunidad Autónoma. Seguramente, Señorías, no han hablado ustedes con sus Alcaldes, porque si lo hubieran hecho no estaríamos hoy aquí debatiendo este punto, pues no se puede cargar más sobre los exiguos hombros de los Ayuntamientos.

Es la Junta quien debe construir los consultorios locales, bastante hacen las Corporaciones con mantenerlos y conservarlos. Y, por cierto, la Ley de mil novecientos noventa y tres, en esa Ley no se contempla que sean los Ayuntamientos los que construyan los consultorios locales.

En el Artículo 11 se regulan las prestaciones sanitarias del Sistema Público de Salud. Y hablan ustedes de Atención Primaria y de Atención Especializada, como si el primer nivel asistencial no tuviera especialistas. Y, sin embargo, los profesionales médicos que atienden este nivel tienen que estudiar los mismos años de carrera y de especialidad que cualquier otro profesional especialista. Pero es un hecho que es la única especialidad que queda desierta, de la que muchos profesionales huyen, y no solo por la falta de dotaciones de los centros de salud, también por el desprestigio que inmerecidamente tiene. Y a eso contribuye, a nuestro modo de ver, como un elemento más, el nombre. De ahí nuestras Enmiendas 16, 21, 28, 30, 33 y 36, en las que les proponemos sustituir la palabra "especializada" por la palabra "hospitalaria", que se ajusta a los profesionales que trabajan en este ámbito, y no deja fuera de la especialización a los que atienden el 93% de la población en el primer nivel asistencial.

El texto no diferencia urgencias de emergencias, lo que no se entiende, pues tanto la regulación como la prestación asistencial es una realidad de esta diferenciación. De ahí nuestra Enmienda número 39, en la que ponemo... proponemos, precisamente, que se contemplen y se estudien... y se traten de forma diferenciada.

Realidad que tampoco se recoge en el caso del envejecimiento de la... de la población. Castilla y León lidera... lidera a nivel nacional y europeo el... este envejecimiento: quinientos sesenta y nueve mil ciudadanos –un 22,5% de la población de nuestra Comunidad- es mayor de sesenta y cinco años; en nuestro país la media es 17,7. Pero es que, además, el 7,1 de los ciudadanos de nuestra Comunidad Autónoma tienen más de ochenta años, cuando en el resto de España corresponde al 4,1%, lo que añadido a la elevada esperanza de vida, 81,3 años de media (84,6 en el caso de las mujeres, 78,1 en el caso de los hombres), va a dar lugar a una serie de patologías que hace necesaria una respuesta sociosanitaria y una respuesta ante la discapacidad.

Estos son los datos, y, sin embargo, se da la paradoja de que una Ley hecha para una de las Comunidades más envejecidas de España olvida las demarcaciones sociosanitarias, olvida la realidad de la discapacidad, las infraestructuras, la necesidad de centros sociosanitarios, la coordinación y las coincidencias en cuanto a la zonificación. Por eso, nuestra Enmienda número 40, en la que por... proponemos, entre otras medidas, la creación de un centro de atención sociosanitaria en cada área de salud, y las unidades específicas de referencia para la atención a las personas con discapacidad.

Pero no solo se han olvidado de la realidad del envejecimiento; también olvidan regular la atención a los trabajadores. La salud laboral no aparece en el texto ni siquiera para nombrarla. Un olvido incomprensible, sobre todo porque la salud laboral sí venía recogida en el texto de mil novecientos noventa y tres. Nuestra Enmienda número 41 va dirigida a paliar esta situación: proponemos que se elaboren mapas de riesgos laborales, estudios epidemiológicos, formación para la prevención de las enfermedades que aparecen y se relacionan con el trabajo, promoción de la salud laboral e investigación en esta materia.

En el Artículo 24 la Ley establece el concepto y la finalidad de la Red Asistencial Sanitaria de Utilidad Pública, y, sin embargo, no aparecen reflejados los criterios de acreditación, ni los requisitos, condiciones o procedimientos para la inclusión de estos centros en la red asistencial, atendiendo a su especialización y al tipo de prestaciones que debe cubrir. Por eso, hemos puesto una Enmienda, la número 43.

Una de las novedades que establece la Ley, según el Consejero de Sanidad, es la de dar una mayor participación a los profesionales y a los ciudadanos, y, sin embargo, artículo tras artículo vemos que esto no es cierto. Así, en el Artículo 30 se establece la estructura de organización de la Gerencia de Salud, y el Consejo... y el Consejo General de esta Gerencia se relega a ser un órgano de participación en el que no tienen cabida los representantes vecinales ni los de las asociaciones de consumidores y usuarios. El Grupo Socialista cree que debe ser un órgano de dirección y gestión, y que debe dar participación a los ciudadanos y a los profesionales –en este caso, a dos representantes de las asociaciones de consumidores, a dos de las asociaciones de vecinos, a dos de las asociaciones de profesionales del ámbito sanitario-. Y por eso, hemos puesto tres Enmiendas, la número 47, la número 49 y la número 50.

El Artículo 44 especifica la composición y competencia del máximo órgano de consulta, asesoramiento y participación del Sistema de Salud Pública de Castilla y León, el Consejo Castellano y Leonés de Salud, en cuya composición ustedes no recogen -tampoco en esta ocasión- a las asociaciones de vecinos y tampoco a las asociaciones de discapacitados, olvidando la necesidad de informar al Consejo del anteproyecto de Presupuestos. De ahí nuestras Enmiendas 52 y 53.

Los Consejos de Salud, Señorías, son órganos de participación fundamentales para establecer el diagnóstico de salud de la zona y las prioridades en materia sanitaria. Englobar a más de dos zonas básicas de salud nos parece contrario a su esencia, pues cuanto mayor sea la zona y el número de miembros, más difícil será tomar decisiones acertadas. Nuestra Enmienda número 64 establece que sean solo dos las zonas agrupadas.

El Plan de Salud determina las líneas fundamentales de la política sanitaria de la Comunidad, y, sin embargo, tampoco en el Plan de Salud se da participación a otras Consejerías competentes en materia de salud pública; prestación que esta definida en esta Ley. Por eso, nuestra Enmienda número 55, que establece que en la elaboración del Plan se deben tomar en cuenta las propuestas de Consejerías competentes en salud pública, como es sanidad animal y seguridad alimentaria. Un Plan que, a nuestro entender, no debe tener una vigencia más allá de cuatro años; lo que proponemos en la Enmienda número 56.

Al igual que en los planes de salud, las estrategias regionales deben ir dirigidas a los problemas prevalentes y a todos los ciudadanos...


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Señoría, tiene que ir concluyendo.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

(Estoy finalizando). ... sin olvidar que aquellas que tienen una situación de especial vulnerabilidad, como los enfermos mentales o los que tienen discapacidades físicas o sensoriales, deben ser objeto de actuaciones y programas especiales. De ahí nuestra Enmienda número 57.

Y llegamos al Título VIII, Artículo 64, en el que se establecen las relaciones con la iniciativa privada, que ustedes desarrollan someramente. Por eso, el motivo de nuestras Enmiendas 61, 62, 63 y 64, para que no pueda volverse a dar el caso de que ustedes den una subvención a un centro privado de 7,5 millones de euros para que construyan camas que luego nos cobra. El sistema sanitario público no puede financiar al sistema sanitario privado, de ninguna manera, y, luego, menos volver a pagarle; eso es un despilfarro y es mala gestión.

Y ya para finalizar, dos enmiendas con dos disposiciones adicionales. Una para que se remita a las Cortes, en el plazo de seis meses, un nuevo proyecto de ley para la que la regulación del Sistema de Salud recoja el servicio asistencial y el de salud pública; y la otra para que los licenciados veterinarios que trabajan en salud pública sean escri... adscritos a la escala sanitaria del Cuerpo Facultativo Superior. Por cierto, esta última recogida en la Ley que ustedes reforman, en la Ley de mil novecientos noventa y tres, y, desde luego, nunca puesta en marcha.

Señorías, esta Ley podía haber sido una ley mucho mejor para todos los castellanos y leoneses, podía haber sido una ley moderna si ustedes quisieran haber hecho alguna reforma; pero, como les hemos... les he dicho al principio, las novedades que aportan son la de el Defensor del Usuario, una figura que no sirve más que para incrementar el gasto en la Consejería de Sanidad...


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Señoría, tiene que concluir, por favor.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

... y no aportan nada más. Si me apuran, es peor que la Ley que reforman. Esperamos que... hoy todavía queda... les queda una oportunidad de aceptar al menos aquellas enmiendas que tienen que ver con la atención sociosanitaria, la zonificación y la atención a los discapacitados. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Muchas gracias, Señoría. Para un turno en contra, tiene la palabra don Jesús Berzosa González por el Partido Popular.


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

Muy bien. Muchas gracias, señora Presidenta. Señorías, buenos días. Antes de nada, permítanme que exprese, en nombre del Grupo Parlamentario Popular, la felicitación al Consejero de Sanidad, señor Álvarez Guisasola, por haber sido distinguido recientemente en los VI Premios de la Administración Sanitaria como el Consejero más relevante en el curso político 2009-2010. Felicitación que también queremos hacer extensiva al Gerente Regional del Sacyl, señor Fontsaré, por haber sido igualmente distinguido en estos premios.

Efectivamente, el Grupo Parlamentario Socialista ha presentado sesenta y siete enmiendas al Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León; y así quiero pensarlo, que son las enmiendas que se presentan al Proyecto de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, porque me ha parecido que lo que se estaba hablando es de enmiendas que se querían presentar, o que se han presentado, al Proyecto de Salud Pública, que es otro proyecto distinto. Así ocurre cuando se habla de salud laboral, que está contemplada en el Proyecto de Salud Pública, o cuando se habla, simplemente, del amianto. Creemos que esto es una cuestión que debe abordarse –y, de hecho, nos consta que se está abordando- en la Ley... en el Proyecto de Ley de Salud Pública.

Pero, miren, si se tiene en cuenta que una de estas enmiendas, concretamente la número 66, pide que en el plazo de seis meses, tras la entrada en vigor de esta Ley, la Junta remita a las Cortes un nuevo proyecto de modificación de la Ley -enmienda que obviamente rechazamos-, convendrán conmigo, Señorías, que este no es el mejor de los escenarios para una entente cordial que pudiera propiciar acuerdos o transacciones entre las distintas enmiendas para la mejora de un texto que, sin duda, es perfeccionable –nosotros mismos hemos presentado cinco enmiendas en este sentido-. Pero, mire, lo que no podemos admitir es que se ponga en cuestión el propio texto, tal como ustedes han hecho al presentar una enmienda a la totalidad, y menos aún aceptar sin más el carácter efímero del... del Proyecto de Ley. Yo creo que, a nuestro modo de ver, esta es una línea roja que no podemos ni debemos cruzar.

Dicho esto, les puedo asegurar que estamos, y seguimos estando, en la mejor de las disposiciones para aceptar aquellas enmiendas parciales de la Oposición, siempre que estas no alteren o modifiquen aspectos que nosotros consideramos esenciales del Proyecto de Ley y que son, pues, un elemento vertebrador del mismo.

Así, nosotros consideramos que las enmiendas que tienen que ver con el objeto de la ley, y por tanto con el propio espíritu y esencia de la ley, pues son innegociables. El Proyecto de Ley tiene como objetivo, o como objeto, "establecer el marco legal de aquellas acciones que permitan hacer efectivo el derecho constitucional... constitucionalmente reconocido de la protección integral de la salud, así como la ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León", entendiendo como tal "el conjunto de actuaciones y recursos públicos y privados cuya finalidad es la promoción y protección de la salud en todos sus ámbitos, la prevención de la enfermedad, la asistencia sanitaria y la rehabilitación, y todo ello bajo una perspectiva de una asistencia sanitaria integral"; y así está recogido en el Artículo 1 del Proyecto de Ley. En consecuencia, aquellas enmiendas que entendemos alteran o modifican el objeto de la ley, pues son rechazadas. Y me refiero concretamente a las Enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista, la 1, la 5, la 6 y la 9.

Hay otro grupo de enmiendas –y estoy tratando en la medida de lo posible de agrupar una serie de enmiendas- que entendemos nosotros que están relacionadas con cuestiones, como decía antes, esenciales para nosotros. Me refiero, en este caso, a la figura del Defensor del... del Usuario. Nosotros creemos que este Proyecto de Ley debe incorporar la figura del... del Defensor del Usuario como órgano encargado de la defensa y tutela de los derechos de los usuarios. Una figura que, por otra parte, y ustedes lo saben, está presente en la mayoría de las Comunidades Autónomas. Los derechos de los usuarios están recogidos en la Ley 4/2002, que es la Ley reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Está también recogida en la Ley 16/2003, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. Y tienen su corolario, ambas leyes, en nuestra Comunidad, a través de la Ley 8/2003, sobre derechos y deberes en relación con la salud. En consecuencia, las enmiendas que cuestionan su existencia, o aquellas otras que proponen la creación... proponen la creación de órganos distintos al contemplado en el articulado (8... 8, 10, 13 y 65) son igualmente desestimadas.

Hay otra cuestión a la que posteriormente me referiré, y a la que hemos presentado una enmienda, al Artículo 23; estoy hablando en este caso de la atención sociosanitaria. Nosotros entendemos esta atención como un espacio dinámico, coordinado y multidisciplinar, con el objetivo de dar una continuidad asistencial y una respuesta integrada a las necesidades sociosanitarias de las personas, en coherencia con lo desarrollado en el Artículo 14 de la Ley de cohesión y calidad. A nuestro juicio, no es necesario crear un nuevo sistema, una respuesta integradora no precisa de una organización única, y, en consecuencia, aquellas enmiendas que para nosotros no van en esta deseable propuesta de la coordinación centrada en las personas son igualmente rechazadas. En este caso, me refiero a las Enmiendas 26, 27, 38, 40 y 42.

Por más que quisiéramos, no podríamos admitir sustituir la denominada "prestación de atención especializada" por "prestación de atención hospitalaria", tal como propone la Enmienda 16. Y ello es así porque, en primer lugar, la prestación de la atención especializada es algo más que la atención hospitalaria, ya que la atención especializada puede prestarse, y de hecho se presta, en centros de especialidades y en centros de salud. En segundo lugar, porque choca abiertamente con los criterios de carácter legislativo que se han seguido hasta ahora, tanto en la... en la legislación básica y estatal –me refiero a la Ley General de Sanidad del ochenta y seis, y a la propia Ley de cohesión y calidad, como superadora de esta, del dos mil tres-, así como en lo que está recogido en el derecho comparado de todas las Comunidades Autónomas, y en general hasta, si me apuran, podría decir en la literatura relacionada con la sanidad. Ello no significa que no reconozcamos el carácter o la especialización de la Atención Primaria, pero esa pretensión de... de sustituir un término por el otro entendemos que no tiene cabida, como no lo tiene –repito- ni en la legislación básica, ni en la autonómica ni, por supuesto, en el Proyecto de Ley que hoy nos ocupa. Son varias las enmiendas que pretenden ese objetivo, y, en consecuencia, son igualmente rechazadas. Me refiero a las número 16, 21, 28, 30, 33, 34, 35 y 36.

Hay otro grupo de enmiendas, 61, 62, 63 y 64, que también están interrelacionadas, y que hacen referencia al propósito del Grupo Parlamentario Socialista de que el Proyecto de Ley contenga aspectos normativos con relación a la celebración de conciertos y convenios, que consideramos de todo punto innecesarias, toda vez que para la celebración de los mismos basta con la normativa básica recogida en la Ley de Contratos del Sector Público, la Ley 30/2007, de treinta de octubre, y con la legislación o con las leyes sectoriales que le sean de... de aplicación, me refiero en este caso a las leyes de carácter fiscal, de seguridad social, etcétera.

Pues bien, el resto de las enmiendas –en total son cuarenta y uno-, en la medida que no se encuentran vinculadas entre sí, y relacionadas con estas cuestiones que yo entendía y entiendo que son básicas y fundamentales del Proyecto de Ley, pues pueden y deben ser tomadas en consideración si con ello entendemos que mejoran el texto. Este es el craso... el caso de un grupo de enmiendas que hemos aceptado, y que son las siguientes: 3, 11, 15, 23, 46, 58 y 59. Aceptamos... una puntualización, aceptamos también la número 57, ya que se trata de una enmienda que se corresponde con la Enmienda número 5 del... del Grupo Parlamentario Popular.

A las enmiendas anteriormente dichas –ya digo, repito: 3, 11, 15, 23, 46, 58 y 57-, anuncio en el día de hoy la... la aceptación de las Enmiendas números 2 y 7: la primera hace referencia al Artículo 2, a la equidad efectiva de la... a las prestaciones de aquellos colectivos especialmente vulnerables; y la 7, lo que se refiere es que en las situaciones de urgencia y emergencia, decíamos, o dice el texto, que se atienda a todas las personas, y ustedes decían que se atienda con independencia de su situación administrativa. Es otra enmienda que anuncio que... que aceptamos.

Mire, desde la presentación del Proyecto de Ley, que fue por allá por marzo... por marzo del... de este año, nosotros anunciamos -y así lo dijimos en los medios de comunicación- nuestro interés por hacer de este Proyecto de Ley una especie de ley de autonomía, entendiendo como tal una ley que tuviera el consenso de todos los Grupos Parlamentarios. Creo haber entendido y haber escuchado que este era el propósito también del Grupo Parlamentario Socialista, y así creo que está recogido en la prensa. Lo que pasa es que posteriormente a... tras la presentación de este Proyecto de Ley, ustedes presentaron una enmienda a la totalidad por la que decían que el Proyecto de Ley de Ordenación Sanitaria, ese Proyecto de Ley que nunca reivindicaron ustedes a lo largo de la Legislatura, pues decían que debía formar parte de un único proyecto con el de Salud Pública. Y esto, se quiera o no, quebró un principio de acuerdo, que, de alguna forma, nosotros siempre hubiéramos deseado. Y por mi parte, nada más.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Muchas gracias. Para un turno de réplica, tiene la palabra de nuevo doña Victorina Alonso por un tiempo de cinco minutos.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Gracias, señora Presidenta. También el Grupo Socialista quiere felicitar al Consejero de Sanidad por el premio que ha recibido, y nos alegramos de que sea así. Sin embargo, pues no podemos felicitarle por este Proyecto de Ley, porque dice usted que estábamos esperanzados y... y así, y es cierto, creíamos que podríamos llegar a un acuerdo y hacer entre todos una Ley mejor que la de mil novecientos noventa y tres.

He tenido la curiosidad de volver a repasar y comparar esta mañana las dos leyes, y le aseguro que en muchos puntos la Ley de mil novecientos noventa y tres está mejor regulada, está... es más explicativa, tiene más normas, y, desde luego, habla, por ejemplo, de la salud laboral. Usted dice que la salud laboral está regulada en la salud pública, pero es que forma parte de... es algo importante dentro de la salud. La salud de los trabajadores es un capítulo importantísimo. Ustedes regulan atención primaria, atención hospitalaria, regulan salud pública, regulan... en el otro texto regulaban la continuidad asistencial, aquí regulan la urgencias y emergencias, y, sin embargo, se olvidan de la salud laboral, que, por cierto, estaba en aquel... en el texto igual que estaba la atención sociosanitaria. Es decir, que esos comentarios suyos de que es una novedad la atención sociosanitaria, no es cierto. La atención sociosanitaria ya se contemplaba en el texto de mil novecientos noventa y tres, con mejor regulación, con más disposiciones, con una... abarcando mucho más, y explicando, y poniendo de manifiesto a quién iba dirigida esa atención sociosanitaria.

Dice usted que... que el Defensor del Usuario -por ir... seguir un poco lo que usted nos ha ido comentando- que es una figura que está en todas las demás leyes. Ya se lo hemos dicho y se lo repetimos, está en el resto de las leyes, pero en ninguna de esas leyes lo nombra directamente el Consejero. Es imposible que una figura que nombra, que es nombrada directamente por la Consejería de Sanidad pueda realizar con independencia su trabajo de defender a los usuarios, y así lo recogen en el resto de las normativas de las Comunidades españolas: lo nombran las Cortes, lo nombra el Consejero a propuesta del Consejo, lo nombran las asociaciones, pero nunca directamente. Y además yo creo que es de sentido común: alguien que tiene que defender a los usuarios no puede depender directamente su puesto de aquel a quien va... a quien tiene necesariamente que criticar o al menos corregir en sus actuaciones.

Imagínense el Defensor del Usuario hablando del problema de cáncer en Ávila; imagínense cuando no había oncólogo, con todas las personas que padecen de cáncer en la calle, y el Defensor del Usuario saliendo a defender a esas... a esos pacientes que tenían que trasladarse hasta Salamanca en autobús durante horas. Lógicamente, el Consejero no podía mantenerlo en su puesto si de verdad él defendía a los usuarios. Por eso consideramos que es una figura innecesaria.

Además, en nuestra Comunidad se da las... la circunstancia de que el Procurador del Común hace un trabajo anual que es encomiable. Cada año vemos en las Cortes, recibimos en las Cortes su Informe, y en ese Informe se reflejan de forma importantísima todas las quejas, todas las propuestas, todas las denuncias sanitarias, y la pena es que ustedes, es decir, en este caso, el Gobierno de la Junta, no hace caso al Procurador del Común. Pero estando esa figura, estando el Procurador del Común trabajando como lo hace, ¿qué necesidad hay de crear una nueva figura que cuesta, como le dije, mucho dinero al erario público -53.000 euros al año, más de 53.000 euros al año porque hay que contar lo que cuestan los asesores y la sede-, y, además de eso, es una figura que de ninguna manera, como ustedes la han concebido, puede ser independiente? Entonces, están a tiempo todavía de retirarla, están a tiempo de aceptar que sea el Procurador del Común el que siga trabajando en el sentido de defender a los usuarios, con una sección -si quieren- específica, pero desde esa Procuradoría, que no supone un gasto y que, además, reconoce su trabajo.

La atención sociosanitaria. Desde luego, pierden ustedes una ocasión de oro de regular algo que es fundamental, somos la Comunidad más envejecida de España, y, sin embargo, la apuesta por la atención sociosanitaria es mínima. Ya le digo que en el texto de mil novecientos noventa y tres viene mejor recogida, mejor recogida; y ustedes han puesto una enmienda, que además es una enmienda copiada de la que presentó el Grupo Socialista, o bien, permítame decirle que... [Murmullos]. Sí, es una enmienda exacta a la que nosotros hemos... proponemos. Está... está exacta. Pero es que, además, nosotros añadimos un plus, un plus que ustedes podían haber aceptado si de verdad creyeran en la atención sociosanitaria, que es esa creación, dentro de cada área de salud, un centro sociosanitario; eso sí que sería innovador. Por una vez, esta Comunidad Autónoma debe ser innovadora.

Igual que en cuanto a... atención, llamar "Atención Primaria" y "Atención Hospitalaria". Dicen ustedes que ni en la Ley de mil novecientos ochenta y seis. Usted se remite siempre a una Ley de hace mucho tiempo, demasiado tiempo, cuando desde el dos mil dos, señor Procurador, esta Comunidad tiene transferidas las competencias en materia sanitaria.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Señoría, tiene que concluir.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Ustedes pueden legislar, si quieren, y podrían hacer ese cambio, que, además, sí que sería innovador, sí que sería una cosa importante.

En definitiva, este Proyecto de Ley no es bueno para Castilla y León porque no significa más derechos para los ciudadanos, ni una mayor participación de los mismos; no regula con claridad las relaciones entre la asistencia sanitaria pública y la privada; no establece las medidas necesarias para la superación de los desequilibrios territoriales y sociales para garantizar el acceso en condiciones de igualdad a las prestaciones sanitarias de todos los castellanos y leoneses, los que viven en Valladolid y los que viven en Soria, de todos; pierde la ocasión de regular la asistencia sanitaria y la salud pública dentro del sistema sanitario público en un solo marco legislativo, podían ustedes haberlo hecho perfectamente -porque no me vuelva a decir lo de la Ministra porque es que la Ministra no tiene que regular la ley de ordenación del sistema... del territorio, porque es que eso corresponde a la Comunidad Autónoma-; olvidan la salud laboral; olvidan la realidad de las discapacidades, que es una pena, Señorías, que se olviden de un colectivo que tiene tantas dificultades, tantas dificultades de una atención especial; olvidan hacer coincidentes las demarcaciones sanitarias con las de la atención sociosanitaria y los equipos de Atención Primaria –otra ocasión perdida de que coincidan las zonas-; se olvidan durante toda la norma de las asociaciones de vecinos y de los profesionales; y olvidan regular con claridad, desde luego, lo más... una de las cosas importantes: lo que atañe a la asistencia privada y lo que atañe a la asistencia sanitaria pública. Tienen una mezcla ahí. Dice usted que no es necesario porque ya viene regulado en otras normas...


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Señoría, tiene que concluir.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

(Finalizo). ... y, sin embargo, hemos visto durante estos tres años como se ha dado esa subvención que se prohíbe en la Ley, se prohíbe subvencionar a una entidad privada para que construya camas que luego nos concierta; sin embargo, ustedes lo han hecho. Y aquí no lo regulan, aquí no establecen que eso sea incompatible.

En definitiva, Señoría, sentimos mucho que estas dos enmiendas que nos han aprobado, igual que las otras, sean prácticamente cosas de quitar una coma o de poner un "por" por un "cuando", y que no atañen para nada, no mejoran para nada, un texto que debería haber sido consensuado, un texto que debería ser enriquecedor y un texto que debería defender a todos los ciudadanos de Castilla y León.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Muchas gracias, Señoría. Para un turno de dúplica, tiene de nuevo la palabra don Jesús Berzosa González por un tiempo de cinco minutos.


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

Gracias, Señoría. Mire, a la hora de abordar un proyecto de esta... de esta naturaleza se puede hacer desde el ámbito estrictamente público o desde el ámbito público o privado. También se puede hacer desde la separación de servicios de lo que es la separación de compras y provisión de servicios, como ha hecho, por ejemplo, Galicia, Madrid o Valencia; esta circunstancia no se contempla en el Proyecto de Ley nuestro. Pero lo que no se puede entender es que el Partido Socialista pretenda regular el Sistema Público de Salud haciéndolo equivalente el sistema público al sistema... al Sistema de Salud, porque nosotros creemos que desde el ámbito de lo privado también se realizan actuaciones y se emplean recursos encaminados a la protección de la salud, y en consecuencia esta Ley tiene que regular ambos ámbitos. No se puede confundir Sistema de Salud, que incluye actuaciones y recursos tanto públicos como privados, con el sistema público, que solo incluye recursos de carácter público; y esta es una distinción, mire, Señoría, que no nos la hemos inventado nosotros, que se la inventó don Ernest Lluch, allá por el año mil novecientos ochenta y seis, con la Ley General de Salud Pública.

Usted no sé por qué están siempre en contra de esta Ley que tantos elogios ha venido despertando en los últimos años. A usted no le parece bien. Pues es bueno tomar nota de que al Partido Socialista de Castilla y León están en contra de la propia Ley de Salud Pública de... del Sistema de Salud. Yo creo que sí... ya digo, la propia Ley contempla la separación: Título I habla del sistema de salud y Título III lo dedica al sistema sanitario público.

Mire, se puede estar en contra de la figura del Defensor del Usuario, a pesar ya que digo que está implantada en la mayoría de las Comunidades Autónomas. Se puede estar en contra. Pero, hombre, no me argumente usted que es que genera un gasto innecesario. Y paralelamente a eso hace usted una enmienda, que es la número 65, donde dice que crea, en el seno del Procurador del Común, crea un órgano encargado de las denuncias y reclamaciones. Hombre, si se crea un órgano, va a generar un gasto. No me queba... no me cabe la menor duda. [Murmullos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Guarden silencio, por favor. Guarden silencio.


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

Pero, mire usted, si es que... vamos a ver, si es que... [murmullos]


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Ambos Grupos, guarden silencio, por favor.


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

... si es que en la enmienda siguiente usted propone la creación de un servicio de asistencia sanitaria y de otro de seguridad alimentaria... La creación de organismos autónomos también supone un gasto. Por supuesto. Pero es que entérese, entérese, porque el Proyecto de Ley que hace el Gobierno de España sobre Salud Pública inicialmente contemplaba la Agencia de Salud Pública. En cuanto han aprobado el Decreto contra el déficit público ha desaparecido la Agencia de Salud Pública. Mire usted si generará gasto que es aquí donde usted quiere generar... generar gasto. O sea que eso, ya le digo, no tiene absolutamente ningún sentido.

Nosotros creemos que la adscripción del Procurador... vamos, del Defensor del Usuario a la Consejería de Sanidad, por ello no va a presentar ningún problema de independencia que pueda tener este órgano. Sí, porque va a dese... es decir, va a ser desempeñada por una persona de reconocido prestigio. Y el hecho de que esté, precisamente, en la Consejería de... de Sanidad, dado el principio de eficiencia, va a ampliar recursos y personas correspondientes a la Consejería de Sanidad, y, en consecuencia, no va a suponer un incremento del gasto público.

La atención sanitaria. Es que no acabamos de ponernos de acuerdo porque ustedes pretenden un modelo rígido y poco flexible, y el nuestro, por el contrario, es un modelo funcional y flexible. Vamos a ver, el modelo que aquí se propone es perfectamente coherente con las conclusiones del VI Congreso de Atención Sociosanitaria celebrado en Zamora. Allí se pronunció el señor Lamata diciendo que las necesidades de los... de las personas van por delante de la organización y de la normativa. Bien. Pues nosotros lo que estamos diciendo es que no queremos una organización única, que es un concepto que comparte en Castilla-La Mancha el señor Lamata. Lo que nosotros estamos diciendo es una coordinación de ambos servicios que tiene por objeto centrarse en las personas y adaptarse a sus necesidades. Este es un concepto, como le digo, dinámico, como le decía antes, flexible y mucho mejor adaptado a esas necesidades, que, como decía el propio señor Lamata, van por delante de cualquier norma y planificación. El que... ustedes proponen un modelo rígido y poco funcional que no compartimos en absoluto.

Hablando de participación, se empeñan ustedes en que el Consejo General de la... que se prevé en el Proyecto de Ley, el Consejo General de la Gerencia, sea un órgano de gestión y dirección. Es que hay que distinguir lo que es la participación de lo que es la dirección y gestión. Y lo que es la administración y gobierno corresponde a los órganos de gestión y de dirección, no a los órganos de participación. Y esta es una distinción que está también en... y lamento referirme tanto a la Ley General de Sanidad, pero que este es un referente permanente, y los pre... los preceptos 52 ó 53 separan estas funciones de participación de los que son las funciones de... de gestión, que son completamente distintas, ¿no?

Otra cuestión que le quería añadir es... habla usted de los consultorios. Bueno, vamos a ver, los consultorios se rigen por la Ley... la Ley de Bases de Régimen Local, y ahí hay que atenernos. Todas las Comunidades Autónomas participan en la construcción de los consultorios –estoy hablando de Andalucía, Extremadura, todas- a través de la convocatoria de subvenciones como aquí se viene haciendo. Y, entonces, nosotros vamos a seguir haciendo, a través de este Proyecto de Ley, lo que se hace... lo que se ha venido haciendo aquí y lo que se hace en el resto de las Comunidades Autónomas, de forma que no entiendo su empeño en que los consultorios sean construidos desde el punto de vista de la Consejería de... de Sanidad.

No sé si me quedo alguna... alguna cosa más al respecto. Otra cosa, decirle que en esta Ley, precisamente, el mérito de esta Ley es haber hecho el Consejo General, que es un reforzamiento de la participación de los agentes sociales, donde van a estar empresarios, sindicatos, en un foro común con los directivos. Y otra cosa es el Consejo Castellano y Leonés de participación, que es un consejo de participación más amplia, y que, además, el propio Artículo 44 dice que "al menos" estarán representados... y aparecen representadas una serie de... de personas. Nosotros hemos hecho una enmienda para que también estén representados los... aquellos sectores más representativos del sector de la discapacidad, y también aquellas organizaciones sindicales con mayor representación en el sector de la sanidad. Hemos incorporado eso.

No están excluidas las asociaciones de vecinos, porque ya dice que "al menos" estarán estas personas. Pero mire, me he ocupado de saber qué pasa con las asociaciones de vecinos del resto de las Comunidades Autónomas. Mire, en Castilla-La Mancha las asociaciones de vecinos, junto con consumidores y usuarios, se reparten tres representantes, bien, en el Consejo de Salud. En las demás leyes de ordenación sanitaria de las Comunidades Autónomas no aparecen por ningún lado las asociaciones de vecinos. ¿Y cómo me dice usted que deben estar en el Consejo... en el Consejo General de la Gerencia deben estar las asociaciones profesionales? ¿Pero qué asociaciones profesionales, si hay un montón de ellas? Mire usted, los profesionales ya están...


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Señoría, tiene que ir concluyendo.


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

(Sí, ya termino). ... los profesionales ya están representados en el Consejo de Asesoramiento Científico-Técnico. Y ahí están representados no las asociaciones de profesionales, sino las sociedades científicas, las Universidades y las personas con especial relevancia en el mundo de la sanidad.

Creemos que la participación es lo suficientemente amplia y generosa en este Proyecto de Ley. Y a usted, por alguna cuestión, no le parezca que esto es así, pues es posible que... yo creo que están todos los que son, y es posible que no estén todos los que están. Pero, como tiene en cuenta el Artículo 44, el Proyecto de Ley, donde dice que "al menos" estarán, es posible que cuando se reglamente esto se puedan incorporar a esa participación más personas en el Consejo Castellano y Leonés de Salud. No así en el Consejo General, que nosotros entendemos que es un órgano de control de la Gerencia Regional de Salud, y que deben estar, como digo, los agentes sociales única y exclusivamente.

Y para finalizar, yo creo que... que nada más. Yo reitero que esas enmiendas que hace usted de sustituir la atención hospitalaria por especializada yo no sé si eso es una idea, una creencia o una ocurrencia. Pero, en todo caso, sea una u otra cosa, ya le digo, no tiene cabida en este texto, como no lo tiene ni en la normativa básica estatal ni lo tiene en ninguna otra normativa de carácter autonómico. Y por mi parte, nada más y muchas gracias, Presidenta.

Votación Enmiendas


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Muchas gracias, Señoría. Pasamos ya a votación de las enmiendas agrupadas. Votación de las Enmiendas número 1, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 12, 13 y 14, Enmiendas de la 16 a la 22, Enmiendas de la 24 a la 45, Enmiendas de 47 a 56, y Enmiendas de la 60 a la 67, todas ellas del Grupo Socialista. ¿Votos a favor? Seis. ¿Votos en contra? Nueve. Votos... votos emitidos: quince. Votos a favor: seis. En contra: nueve. En consecuencia, quedan rechazadas estas enmiendas.

Votos de las Enmiendas 2 y 7. ¿Se aprueba por unanimidad? Bueno. Bien, quedan incorporadas y aprobadas por unanimidad.

Se mantienen para su debate y votación las Enmiendas del Grupo Parlamentario Popular 1, 2, 3 y 4. Tenemos un turno a favor de las enmiendas por parte del Grupo Popular. Tiene la palabra don Jesús Berzosa González por un tiempo de quince minutos.


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

Sí, muy brevemente. Gracias, señora Presidenta. Mire, el Grupo Parlamentario Popular ha presentado un total de cinco enmiendas. Se trata de enmiendas que responden, para nosotros, a un doble objetivo: por un lado, mejorar el texto en el que básica y esencialmente estamos de acuerdo; y, por otro lado, incorporar sensibilidades y propuestas correspondientes a diversos colectivos de carácter social y profesional.

La Enmienda número 1 presenta una enmienda de sustitución al Artículo 2. Con ello, creemos responder al objetivo anteriormente... al doble objetivo anteriormente aludido. Al haber aceptado las Enmiendas 2 y 3 del Grupo Parlamentario Socialista, creemos que el apartado e) y el apartado i) de esta enmienda que nosotros proponemos sean sustituidos por las Enmiendas 2 y 3 del Grupo Parlamentario Socialista.

La Enmienda número 2 se trata de una enmienda de sustitución al Artículo 5, referido al Defensor del Usuario. Creemos que el ámbito de actuación del Defensor del Usuario debe ir más allá del ámbito estrictamente público. Si el Defensor del Usuario -como hemos dicho reiteradamente- es un órgano encargado de la defensa y tutela de los derechos de los usuarios, reconocidos tanto en la Ley 4/2002, de autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, y en la propia Ley 8/2003, sobre derechos y deberes de los usuarios en relación con la salud en Castilla y León, muchos de estos derechos lo son frente a los centros públicos como a los centros privados, por lo que debe hablarse de Defensor del Usuario del Sistema de Castilla y... y León. Así se contempla en la legislación de otras Comunidades Autónomas, como es el caso de la Comunidad de Madrid.

Con la Enmienda número 3, que propone la sustitución del texto correspondiente al Artículo 23, pretendemos que con esta enmienda aportar... aportar una mayor precisión respecto a los destinatarios de estos servicios.

La Enmienda número 4 está referida al Artículo 24, del apartado 2 concretamente; se propone la sustitución de este apartado en los términos expresados en la enmienda. Creemos que el Consejo Castellano y Leonés... en el Consejo Castellano y Leonés debe quedar explicitada la presencia de organizaciones sindicales de mayor implantación en el conjunto del Sistema de Salud, así como organizaciones representativas del sector de la discapacidad.

La Enmienda número 5 ya hemos hecho saber que es coincidente con la Enmienda 57 presentada por el Partido Socialista.

De manera que he tratado, en síntesis, de exponer los motivos y razones de las enmiendas que hemos presentado. Esperamos y deseamos que estas enmiendas, si no son compartidas por el Grupo Socialista, al menos cuenten con su comprensión. Y dado, señora Presidenta, dado que es un número reducido de enmiendas, solicito a la Presidencia que, si es posible, se sometan a votación de forma individualizada. Nada más y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Muchas gracias, Señoría. Para un turno en contra, tiene la palabra doña Victorina Alonso Fernández, también por un tiempo de quince minutos.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Gracias, señora Presidenta. Han presentado ustedes cinco enmiendas, una de ellas -como hemos aclarado ya- está aprobada, puesto que es exactamente igual que la que había puesto el Partido Socialista. Y las otras cuatro ya le adelanto que no vamos a aprobar ninguna de ellas; o sea que, si no quiere, no se... no hace falta que se voten por separado.

Dice usted que la primera es para mejorar el texto, pero el texto no mejora de ninguna manera con sus aportaciones.

La segunda de ellas dicen que es para que el Defensor del Usuario no solo reciba las críticas y las quejas de los que... de los... las personas que atiende la salud... el sistema sanitario público, sino el resto del sistema sanitario. Creo que hemos hablado ya mucho sobre esta figura, que creemos innecesaria. Creemos que el Procurador del Común recoge perfectamente las quejas de todos los pacientes de Castilla y León, los del sistema sanitario público y los del sistema sanitario privado, y así lo refleja. Y por eso consideramos que no es necesario que esta figura recoja ninguna... ninguna queja, porque creemos que es una figura costosa, una figura innecesaria y una figura, además, que no puede ser de ninguna manera independiente. Y le pedimos que la retiren o, al menos, que lo piensen.

Decía usted que... antes que no iba ser... no iba a suponer ningún... ningún coste añadido al sistema sanitario público, en este caso, esta figura, y que lo que nosotros proponíamos era tan costoso, al menos, como lo que... como la figura del Defensor del Usuario. Le recuerdo que el Procurador del Común ya tiene su sede, luego nos ahorraríamos una sede. Usted dice que la sede estaría en la Consejería. ¡Fíjese usted lo que ha dicho! Ha dicho que la sede del Defensor del Usuario -yo creo que se le escapó- estaría en la propia Consejería. ¿Cómo es posible, cómo es posible que el Defensor del Usuario tenga su sede en la Consejería y usted me argumente y mantenga que ese Defensor del Usuario va a ser independiente? ¿No ve que eso es incompatible? ¿No se da cuenta de que lo que usted ha dicho no se mantiene de ninguna manera? Eso es imposible. Entonces, nosotros consideramos que el Procurador del Común ya tiene su sede, ya tiene sus asesores; además le aseguro que tiene ya, dentro de esos asesores, algunos de ellos que se dedican específicamente al tema sanitario. Y simplemente habría que reforzar a esos asesores y pedir que compareciera en las Cortes diferenciadamente, en una... en un momento para hablar de todas las quejas generales y en otro específico para el tema sanitario. Y ahí nos estaban... se estaba ahorrando el sistema sanitario público -en este caso, todos los castellano y leoneses- más de 100.000 euros al año, que yo creo que es un... una cantidad importante con la que sí se podrían poder en marcha, a lo mejor, en un área o dos de salud, esos centros sociosanitarios que son tan importantes para esta Comunidad tan envejecida. En definitiva, no vamos aprobar su enmienda.

La... la Enmienda número 3, en la que dice usted... ustedes que hay que precisar todo lo que los... las personas que participan en los Consejos, tampoco la vamos a admitir.

Y la presencia de las organizaciones sindicales en el Consejo Castellano y Leonés creemos que tampoco tienen que estar representadas, como ustedes dicen, y menos cuando votan en contra de que sean las asociaciones de vecinos y las asociaciones representativas de los profesionales las que participen en ellos.

En definitiva, Señorías, el Grupo Socialista considera que esas enmiendas que ustedes han hecho no tienen ningún contenido, no mejoran el texto y no aportan nada. Por lo tanto, no vamos a admitirlas. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Muchas gracias, Señoría. Para un turno de réplica, tiene la palabra de nuevo don Jesús Berzosa González por un tiempo de cinco minutos.


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

Vamos a ver. Señora Alonso, yo creo que me ha entendido mal. Yo no he dicho que iba a estar en la Consejería, le he dicho que es un órgano que se crea adscrito a la Consejería. No sé en qué seno o en dónde se va a ubicar. Digo adscrito a la Consejería.

Pero es que todavía usted... yo no sé si ha leído su propia enmienda. Se la han hecho y no se ha enterado, porque usted tiene la Enmienda 65 -a lo mejor no se lo ha leído, se la ha hecho otra persona-, y lo que dice aquí es que "se creará -se creará- en el seno de la institución del Procurador del Común un órgano específico". Usted está creando un órgano en el seno del Procurador. [Murmullos]. Claro...


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Señorías, guarden silencio, por favor.


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

A nosotros... [Murmullos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Guarden silencio, Señorías. Ha tenido su turno ya.


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

Usted está creando un órgano en el seno del Procurador. O sea, que no sé... no entiendo muy bien cómo, cómo no se puede equivaler perfectamente la creación de un órgano en la... adscrito a la Consejería de Sanidad con el órgano que usted pretende adscribir al Procurador del Común. O sea, eso es así; léaselo, porque me parece que no ha captado todavía el tema.

Vamos a ver, ya veo que no está de acuerdo con la... con que... hablando tanto de participación, le proponemos que participen en el Consejo Castellano y Leonés asociaciones representativas del sector de la discapacidad y de organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de... de la sanidad, y ustedes están en contra de esta enmienda, ¿verdad? Entonces, no... no presuma tanto de participación cuando se trata de dos representaciones a las que usted niega la representación en el Consejo Castellano y Leonés. Me parece también... es una contradicción en sus planteamientos respecto a la presentación.

Sí que quería añadir una cosa más: que, al amparo del Artículo 115.3 del Reglamento de las Cortes, la Enmienda número 1 del Grupo Parlamentario Popular se entiende modificada en los apartados sobre los... que son los siguientes: ha recaído acuerdo tanto en Ponencia... -a ver- sí, sobre... ha recaído acuerdo de la Ponencia tanto en los apartados i)... e) e i); y, en consecuencia, bueno, pues en... en la forma que... que hemos dicho, tanto en Ponencia como en Comisión, que ha recaído acuerdo sobre ello. Y nada más por mi parte, y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Muchas gracias, Señoría. Pues para un turno de dúplica, tiene la palabra de nuevo doña Victorina Alonso Fernández por un tiem...


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Perdón, Señoría.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Tiene la palabra por un tiempo de cinco minutos.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Dice usted que otra vez con la figura del Defensor del Usuario, que nosotros proponemos crear un órgano –tengo aquí la enmienda-; pero es que le repito: la sede del Procurador ya existe; dentro de la sede del Procurador ya existe una sección que trabaja la sanidad desde hace muchos años, que seguramente usted conoce. Entonces, ya nos estamos ahorrando el dinero de la sede, nos estamos ahorrando el dinero de la sección o las personas –en este caso, profesionales que trabajan recogiendo las quejas y las denuncias- que se dedican específicamente al tema sanitario porque están allí -usted lo sabe y lo conoce-; y, además, esa figura, que, como le he dicho y como ustedes proponen en el texto, tendría cargo de Director General, y, según la normativa de la Junta, que ustedes han publicado, a esa figura le corresponde cincuenta y ocho... le corresponden 58.800 euros al año, también nos lo estamos ahorrando, porque sería el Procurador del Común –que ya está recibiendo su sueldo- quien represente a esa... esa defensa.

Luego estamos ahorrando un dinero suficiente, le insisto, para poner en marcha, por ejemplo, esa... esa... ese centro sociosanitaria... sanitario en alguno de la... en alguna de las áreas de salud, que nosotros proponemos, porque consideramos que esta Comunidad es muy deficitaria en el tema sociosanitario; un tema que ustedes no regulan, un tema que ustedes dejan de lado, y un tema por el que pasan de puntillas.

Me gustaría también recalcar –creo que lo he dicho en mi primera intervención- que el texto de mil novecientos noventa y tres sí que recoge la asistencia sociosanitaria. Fíjese si eran entonces innovadores, fíjese si estaban en aquel momento preocupados por lo que hoy es una realidad, que es el envejecimiento, mayor que en el resto de las Comunidades; ya le dije que estábamos casi 4 puntos por encima de las Comunidades del resto del país; es decir, que siete coma con un... 7,1% de los castellanos y leoneses tienen más de ochenta años, cuando en el resto de las Comunidades es el 4,1%. Fíjese qué proporción de personas que tienen, probablemente, una carga importante de pluripatologías, una carga de discapacidad que es necesario atender al mismo tiempo que sus problemas sanitarios, porque, si no, esas personas no van a estar suficientemente atendidas.

Bueno, pues esto, que es la realidad que ya conocían en mil novecientos noventa y tres, ahora –en dos mil diez- pasan de puntillas por ella. Si no es por la enmienda que nosotros proponemos, y que luego ustedes han hecho también, la realidad sociosanitaria queda sin recoger. Y aun así, aun así, no queda suficientemente recogida, porque se olvidan de la zonificación sociosanitaria; hacen la zonificación de las demarcaciones y se olvidan de la otra. Es decir, hacen la... la zonificación de la salud pública y se olvidan de la sociosanitaria, que, como digo, en esta Comunidad es fundamental. Luego es una Ley que queda coja en algo importantísimo para Castilla y León, que es atender a las personas de más de sesenta y cinco años, atender a las personas que tienen más de ochenta años.

Dice usted que estamos continuamente diciendo que tanto el Consejo General como el Consejo Castellano y Leonés no da participación a los vecinos, no da participación a los sindicatos, no da participación a los profesionales. Pero es que le hemos hecho nosotros un número importante de enmiendas en ese sentido que ustedes no han aceptado. Ahora nos proponen, puntualmente, que aceptemos dos cosas que no enriquecen para nada el texto y que no van a suponer que esos... esas asociaciones, esos representantes puedan...


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Señoría, tiene que ir concluyendo.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

... participar. Por lo tanto, entienda que no podemos aceptarlo, no podemos aceptar algo que no va a servir para mejorar el texto, como le dije antes; algo que no va a servir para que esta Ley sea, al menos, tan buena como la de mil novecientos noventa y tres, que es una pena –como le digo- que, en vez de mejorar, haya empeorado en muchas de sus normas, en muchos de los artículos. Es mucho más concisa, deja abierto... deja abierta la puerta a la privatización en muchas, en muchas de las normas. No... no regula con claridad lo que es sanidad, asistencia sanitaria privada ni asistencia sanitaria pública; dejan ustedes ahí una mezcla que permite pues lo que ha ocurrido, que le he dicho antes: subvenciones para construcción a hospitales privados que luego nos conciertan las camas a un precio importante que tenemos que pagar todos. Eso es lo que regula esta Ley, eso es lo que permite.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Señoría, tiene que concluir.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Por ahí se van los dineros que deberían ir dirigidos a la asistencia sociosanitaria, por ejemplo, o... y seguramente, si hubiera más participación de todos... de los... en este caso, de los vecinos, en este caso, de los profesionales, en todos los consejos de dirección, en todos los consejos importantes que gestionan y tienen capacidad de decidir, no ocurrirían estas cosas.

Disculpe, señora Presidenta, y muchas gracias.

Votación Enmiendas


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Gracias, Señoría. Pasamos a la votación de las enmiendas, por separado, puesto que son cuatro.

Votos a favor de la Enmienda número 1. Al amparo del Artículo 115.3 del Reglamento de las Cortes, la Enmienda número 1 del Grupo Parlamentario Popular se entiende modificada en el apartado e) -votado recién... en este momento en la Comisión-, que se... se sustituye por la... por la enmienda del Grupo Socialista, y el apartado i), sobre el que ya recayó acuerdo de Ponencia. Por lo tanto, con estas modificaciones, votos a la Enmienda número 1.

¿Votos a favor? Ocho. ¿Votos en contra? Seis. Votos emitidos: catorce. Votos a favor: ocho. En contra: seis. En consecuencia, queda aprobada esta enmienda.

Votos a favor de las... de la Enmienda número 2. ¿Votos a favor? Votos a favor: ocho. ¿Votos en contra? Seis. Votos emitidos: catorce. Votos a favor: ocho. En contra: seis. En con... en consecuencia, queda aprobada la Enmienda número 2.

Votos sobre la Enmienda número 3. ¿Votos a favor? Ocho. ¿Votos en contra? Seis. Votos emitidos: catorce. A favor: ocho. En contra: seis. En consecuencia, queda aprobada la enmienda.

Y, finalmente, votos a favor de... votos en... sobre la Enmienda número 4 del Grupo Parlamentario Popular. ¿Votos a favor? ¿Votos en contra? Seis. Votos emitidos: catorce. A favor: ocho. En contra: seis. En consecuencia, queda aprobada la Enmienda número 4 del Grupo Parlamentario Popular.

Votación PL 27

Pasamos a la votación del Proyecto de Ley. La votación de los Artículos 1 a 78, Disposiciones Transitorias Primera y Segunda, Disposición Derogatoria Única, Disposiciones Finales Primera, Segunda y Tercera, con las modificaciones introducidas por las enmiendas que hayan sido aprobadas.

¿Votos a favor? Nueve. ¿Votos en contra? Seis. Votos emitidos: quince. A favor: nueve. En contra: seis. Como consecuencia, queda aprobado el Proyecto de Ley.

Votación de la Exposición de Motivos. ¿Votos a favor? ¿Votos en contra? Votos emitidos: quince. A favor: nueve. En contra: seis. En consecuencia, queda aprobada la Exposición de Motivos.

Votación del Título del Proyecto de Ley. ¿Votos a favor? Nueve. ¿Votos en contra? Seis. Votos emitidos: quince. A favor: nueve. En contra: seis. Como consecuencia, queda aprobado el Título del Proyecto de Ley.

Concluido por la Comisión el Dictamen del Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, recuerdo a Sus Señorías que el plazo para comunicar, mediante escrito dirigido al Excelentísimo señor Presidente de las Cortes, los votos particulares y las enmiendas que, defendidas y votadas en Comisión, y no incorporadas al Dictamen, se pretenden defender ante el Pleno finalizará el día veintidós de julio.

Y, no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión. Deseo a todos un buen verano.

[Se levanta la sesión a las trece horas cincuenta minutos].


DS(C) nº 560/7 del 19/7/2010

CVE="DSCOM-07-000560"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
VII Legislatura
Comisión de Sanidad
DS(C) nº 560/7 del 19/7/2010
CVE: DSCOM-07-000560

DS(C) nº 560/7 del 19/7/2010. Comisión de Sanidad
Sesión Celebrada el día 19 de julio de 2010, en Valladolid
Bajo la Presidencia de: María del Pilar Álvarez Sastre
Pags. 10825-10837

ORDEN DEL DÍA:

1. Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de informar el Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León.

2. Elaboración del Dictamen de la Comisión en el Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León.

SUMARIO:

 ** Se inicia la sesión a las doce horas treinta y cinco minutos.

 ** La Presidenta, Sra. Álvarez Sastre, abre la sesión.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Alonso Fernández (Grupo Socialista) para comunicar que no hay sustituciones en su Grupo.

 ** Intervención del Procurador Sr. Berzosa González (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día. Ratificación de la Ponencia PL 27.

 ** La Secretaria, Sra. Villar Irazábal, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** La Presidenta, Sra. Álvarez Sastre, de acuerdo con el Artículo 114.2 del Reglamento, somete a la Comisión la ratificación de los Ponentes designados por los Grupos Parlamentarios. Son ratificados.

 ** Segundo punto del Orden del Día. Elaboración del Dictamen PL 27.

 ** La Secretaria, Sra. Villar Irazábal, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** La Presidenta, Sra. Álvarez Sastre, somete a debate las enmiendas mantenidas por los Grupos Parlamentarios para la Comisión.

 ** En el debate intervienen la Procuradora Sra. Alonso Fernández (Grupo Socialista) y el Procurador Sr. Berzosa González (Grupo Popular).

 ** La Presidenta, Sra. Álvarez Sastre, somete a votación las Enmiendas, Artículos, Disposiciones Transitorias, Disposición Derogatoria, Disposiciones Finales, Exposición de Motivos y Título del Proyecto de Ley. Queda dictaminado el Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León.

 ** La Presidenta, Sra. Álvarez Sastre, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las trece horas cincuenta minutos.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las doce horas treinta y cinco minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Buenos días, Señorías. Se abre la sesión. ¿Por parte de los Grupos Parlamentarios desean comunicar alguna sustitución?


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Buenos días, señora Presidenta. Nosotros... el Grupo Parlamentario Socialista no tiene ninguna sustitución. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

¿El Grupo Parlamentario Popular?


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

Buenos días, señora Presidenta. Gracias. En el Grupo Popular don Juan Dúo Torrados sustituye a María de los... María de los Dolores Ruiz-Ayúcar Zurdo.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Muchas gracias. Por parte de la señora Secretaria se dará lectura al primer punto del Orden del Día.

Ratificación Ponencia PL 27


LA SECRETARIA (SEÑORA VILLAR IRAZÁBAL):

Gracias, Presidenta. Primer punto del Orden del Día: "Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de informar el Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León".


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Muchas gracias. De acuerdo con el Artículo 114.2 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se propone la ratificación de los Ponentes designados por los distintos Grupos Parlamentarios. Esta designación recayó en los señores Procuradores doña Victorina Alonso Fernández, don Jesús Berzosa García, doña Mercedes Coloma Pesquera y don Joaquín... don Joaquín Otero Pereira y doña Elena Pérez Martínez. ¿Se ratifica esta designación? ¿Por unanimidad?


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

Un momento, señora Presidenta, si me lo permite. Me han cambiado el segundo apellido, se va a enfadar mucho mi madre. Me apellido González.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Es verdad, tienen usted razón. Don Jesús Berzosa González -aunque aquí pone García, ¿eh?-. De acuerdo, se ratifica la designación.

Pues por parte de la señora Secretaria se dará lectura al segundo punto del Orden del Día.

Elaboración Dictamen PL 27


LA SECRETARIA (SEÑORA VILLAR IRAZÁBAL):

Segundo punto del Orden del Día: "Elaboración del Dictamen de la Comisión en el Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León".


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Se mantienen, para su debate y votación, de forma agrupada las Enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista, números 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66 y 67. Damos, por tanto, un turno a favor de estas enmiendas al Grupo Socialista por un tiempo de quince minutos.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Gracias, señora Presidenta. Buenos días, Señorías. El Grupo Parlamentario Socialista trae hoy a esta Comisión de Sanidad prácticamente todas las enmiendas presentadas a una Ley que nació con voluntad de mejorar la aprobada en Castilla y León en mil novecientos noventa y tres.

En los diecisiete años transcurridos se han producido importantes cambios socioculturales, se han dictado otras normas, tanto a nivel estatal como a nivel autonómico. En dos mil dos se asumieron las transferencias en materia sanitaria y se ha reformado el Estatuto de Autonomía. Estatuto que establece, en sus Artículos 13 y 74, el derecho a la protección integral de la salud, los derechos y deberes de los usuarios, las funciones en materia de salud pública, y la obligación de una protección especial a los grupos reconocidos sanitariamente como de riesgo.

Era, por tanto, necesario no solo ordenar el sistema sanitario adaptando la norma a la nueva situación legal y social, sino hacer una nueva ley que garantizara el derecho a la protección integral de la salud para todos los castellanos y leoneses. Ustedes han presentado un Proyecto de Ley con diez títulos, setenta y ocho artículos, una disposición adicional, dos disposiciones transitorias, una derogatoria y tres finales, con el que han pretendido actualizar y mejorar la Ley 1/1993, de seis de abril; pero no lo han conseguido.

Por eso, el Grupo Parlamentario Socialista presentó una enmienda a la totalidad y sesenta y siete enmiendas parciales; enmienda, la de la totalidad, que no prosperó, como tampoco lo han hecho la mayoría de nuestras aportaciones. Nuestra pretensión era y es la de mejorar el texto, corregir sus olvidos; que la nueva Ley atendiera a las especiales características de esta Comunidad, a su envejecimiento y dispersión; condiciones que hubieran requerido una respuesta específica, por ejemplo, en cuanto a la atención sociosanitaria, la discapacidad o en cuanto a las dotaciones de los centros que atienden las zonas periféricas.

Pero nada de eso se... presentó el legislador, y la Ley de mil novecientos noventa y tres le han añadido ustedes el Defensor del Paciente, el Consejo Asesor Científico-Técnico, han cambiado el nombre al Consejo Regional, citan la salud pública, y establecen como gran novedad las demarcaciones sanitarias. Y nada más; el resto es una copia literal de la Ley de mil novecientos noventa y tres, que, en algunas ocasiones, está –si me lo permiten- mejor desarrollada.

Pierden la ocasión de regular la asistencia sanitaria y la salud pública dentro del sistema sanitario público en un solo marco legislativo. Olvidan desarrollar la atención sociosanitaria; olvidan la salud laboral -que, por cierto, sí estaba recogida en el anterior texto-; olvidan la realidad de las discapacidades y la atención especial que precisan, mejor desarrollada en el Artículo 8 del texto reformado; olvidan también hacer coincidentes las demarcaciones sanitarias con las de atención sociosanitaria -que ni siquiera nombran- y los equipos de Atención Primaria; se olvidan de las asociaciones de vecinos y de los profesionales. No regulan con claridad lo que atañe a la asistencia sanitaria privada y lo que corresponde a la asistencia sanitaria pública, las normas que deben regir los convenios y los contratos de colaboración; normas que, por cierto, sí están reguladas en la Ley que ustedes quieren reformar.

Ya en el Preámbulo destacan, como una de las novedades más importantes, la integración de un concepto amplio de salud, superando la vieja distinción entre atención sanitaria individual y salud pública colectiva. Sin embargo, el legislador dedica la mayor parte de su esfuerzo normativo a la asistencia sanitaria, olvidando que es tanto o más importante la prevención y promoción de la salud que la asistencia, y perdiendo la oportunidad de regular en esta Ley la salud pública, lo que hacen ustedes con otra norma, lo que podría hacer pensar que son cosas distintas.

Pero no es así. El sistema sanitario debe ser el tronco común para dos ramas de igual importancia: la asistencia sanitaria y la salud pública. Han optado por un tipo de regulación separada, que dificulta la integración, duplica las normas y, sobre todo, repercute de una forma negativa en los castellanos y leoneses, que pueden pensar que la contaminación por amianto no es un problema de salud pública, sino solo un problema de los trabajadores. Sin embargo, la Justicia, hace pocos días, el día catorce precisamente de este mes, el Juzgado de Primera Instancia número 46 de Madrid condena a la firma Uralita a pagar casi 4.000.000 de euros a cuarenta y cinco vecinos de Cerdanyola del Vallès y Ripollet en Barcelona, que enfermaron a causa de la actividad de una fábrica de la empresa situada entre ambas poblaciones. Ya muchos de los trabajadores de esta empresa que habían enfermado habían recibido también indemnizaciones, y algunos de ellos, además, habían enfermado gravemente con resultado incluso de muerte.

Esta... esta situación, esta... este dictamen del juez pone claramente sobre la mesa que la salud laboral y la salud pública tienen esta... que estar... están interrelacionadas y tienen que estar reguladas en la misma norma.

Nuestras siete primeras enmiendas van dirigidas a los tres primeros artículos, y pretenden, en primer lugar, dejar claro que estamos hablando del Sistema Público de Salud; en segundo lugar, tanto en el objeto de la ley como en los principios rectores, hemos querido con nuestras enmiendas dar participación a los trabajadores, lo que ustedes olvidan a lo largo de toda la norma, y definir mejor el objeto de la ley en cuanto a las acciones que permiten hacer efectivo el derecho a la protección integral de la salud, a la prevención de la enfermedad, a la asistencia sanitaria y a la rehabilitación, añadiendo algo que también olvidó el legislador: la necesidad de asumir la tutela, inspección y control de todo el sistema sanitario, independientemente de su titularidad, porque cada poco tiempo se conocen casos de clínicas privadas semiclandestinas cuyas actuaciones acaban en demasiadas ocasiones en el juzgado por la mala praxis o las deficientes dotaciones. Han perdido ustedes, de nuevo, la ocasión de regularlas.

En el Artículo 5 presenta la Ley una nueva figura, la del Defensor del Usuario. Una figura que no aporta nada a lo que viene haciendo el Procurador del Común, que supone un gasto para la Junta de Castilla y León, 59.388 euros anuales, a los que habría que añadir los gastos de una sede y los gastos también de los asesores. Una figura nombrada y cesada por el Consejero de Sanidad; un profesional de reconocido prestigio –dicen ustedes-, pero elegido directamente por el Consejero, para un cargo en el que se supone que va a defender a los usuarios y no a quien le elige, con quien en muchas ocasiones tendrá que ser crítico, y eso, Señorías, es casi imposible.

Y en este sentido, en el de retirar esta figura, van encaminadas nuestras Enmiendas 8, 10 y 13. Porque, en definitiva, se trata de una figura innecesaria, costosa y que, según está concebida, no puede ser independiente. Deben retirarla y aceptar nuestra propuesta de que sea el Procurador del Común, en una sección específica, el que continúe realizando la labor que tan acertadamente desempeña, lo que proponemos en la Enmienda número 65, con una nueva disposición adicional.

En el Artículo 8, que establece las competencias de las Corporaciones Locales, en el apartado 2 la norma dice que corresponde a los Ayuntamientos la construcción de los consultorios locales. Nuestra Enmienda número 14 propone que la construcción debe ser siempre de la Comunidad Autónoma. Seguramente, Señorías, no han hablado ustedes con sus Alcaldes, porque si lo hubieran hecho no estaríamos hoy aquí debatiendo este punto, pues no se puede cargar más sobre los exiguos hombros de los Ayuntamientos.

Es la Junta quien debe construir los consultorios locales, bastante hacen las Corporaciones con mantenerlos y conservarlos. Y, por cierto, la Ley de mil novecientos noventa y tres, en esa Ley no se contempla que sean los Ayuntamientos los que construyan los consultorios locales.

En el Artículo 11 se regulan las prestaciones sanitarias del Sistema Público de Salud. Y hablan ustedes de Atención Primaria y de Atención Especializada, como si el primer nivel asistencial no tuviera especialistas. Y, sin embargo, los profesionales médicos que atienden este nivel tienen que estudiar los mismos años de carrera y de especialidad que cualquier otro profesional especialista. Pero es un hecho que es la única especialidad que queda desierta, de la que muchos profesionales huyen, y no solo por la falta de dotaciones de los centros de salud, también por el desprestigio que inmerecidamente tiene. Y a eso contribuye, a nuestro modo de ver, como un elemento más, el nombre. De ahí nuestras Enmiendas 16, 21, 28, 30, 33 y 36, en las que les proponemos sustituir la palabra "especializada" por la palabra "hospitalaria", que se ajusta a los profesionales que trabajan en este ámbito, y no deja fuera de la especialización a los que atienden el 93% de la población en el primer nivel asistencial.

El texto no diferencia urgencias de emergencias, lo que no se entiende, pues tanto la regulación como la prestación asistencial es una realidad de esta diferenciación. De ahí nuestra Enmienda número 39, en la que ponemo... proponemos, precisamente, que se contemplen y se estudien... y se traten de forma diferenciada.

Realidad que tampoco se recoge en el caso del envejecimiento de la... de la población. Castilla y León lidera... lidera a nivel nacional y europeo el... este envejecimiento: quinientos sesenta y nueve mil ciudadanos –un 22,5% de la población de nuestra Comunidad- es mayor de sesenta y cinco años; en nuestro país la media es 17,7. Pero es que, además, el 7,1 de los ciudadanos de nuestra Comunidad Autónoma tienen más de ochenta años, cuando en el resto de España corresponde al 4,1%, lo que añadido a la elevada esperanza de vida, 81,3 años de media (84,6 en el caso de las mujeres, 78,1 en el caso de los hombres), va a dar lugar a una serie de patologías que hace necesaria una respuesta sociosanitaria y una respuesta ante la discapacidad.

Estos son los datos, y, sin embargo, se da la paradoja de que una Ley hecha para una de las Comunidades más envejecidas de España olvida las demarcaciones sociosanitarias, olvida la realidad de la discapacidad, las infraestructuras, la necesidad de centros sociosanitarios, la coordinación y las coincidencias en cuanto a la zonificación. Por eso, nuestra Enmienda número 40, en la que por... proponemos, entre otras medidas, la creación de un centro de atención sociosanitaria en cada área de salud, y las unidades específicas de referencia para la atención a las personas con discapacidad.

Pero no solo se han olvidado de la realidad del envejecimiento; también olvidan regular la atención a los trabajadores. La salud laboral no aparece en el texto ni siquiera para nombrarla. Un olvido incomprensible, sobre todo porque la salud laboral sí venía recogida en el texto de mil novecientos noventa y tres. Nuestra Enmienda número 41 va dirigida a paliar esta situación: proponemos que se elaboren mapas de riesgos laborales, estudios epidemiológicos, formación para la prevención de las enfermedades que aparecen y se relacionan con el trabajo, promoción de la salud laboral e investigación en esta materia.

En el Artículo 24 la Ley establece el concepto y la finalidad de la Red Asistencial Sanitaria de Utilidad Pública, y, sin embargo, no aparecen reflejados los criterios de acreditación, ni los requisitos, condiciones o procedimientos para la inclusión de estos centros en la red asistencial, atendiendo a su especialización y al tipo de prestaciones que debe cubrir. Por eso, hemos puesto una Enmienda, la número 43.

Una de las novedades que establece la Ley, según el Consejero de Sanidad, es la de dar una mayor participación a los profesionales y a los ciudadanos, y, sin embargo, artículo tras artículo vemos que esto no es cierto. Así, en el Artículo 30 se establece la estructura de organización de la Gerencia de Salud, y el Consejo... y el Consejo General de esta Gerencia se relega a ser un órgano de participación en el que no tienen cabida los representantes vecinales ni los de las asociaciones de consumidores y usuarios. El Grupo Socialista cree que debe ser un órgano de dirección y gestión, y que debe dar participación a los ciudadanos y a los profesionales –en este caso, a dos representantes de las asociaciones de consumidores, a dos de las asociaciones de vecinos, a dos de las asociaciones de profesionales del ámbito sanitario-. Y por eso, hemos puesto tres Enmiendas, la número 47, la número 49 y la número 50.

El Artículo 44 especifica la composición y competencia del máximo órgano de consulta, asesoramiento y participación del Sistema de Salud Pública de Castilla y León, el Consejo Castellano y Leonés de Salud, en cuya composición ustedes no recogen -tampoco en esta ocasión- a las asociaciones de vecinos y tampoco a las asociaciones de discapacitados, olvidando la necesidad de informar al Consejo del anteproyecto de Presupuestos. De ahí nuestras Enmiendas 52 y 53.

Los Consejos de Salud, Señorías, son órganos de participación fundamentales para establecer el diagnóstico de salud de la zona y las prioridades en materia sanitaria. Englobar a más de dos zonas básicas de salud nos parece contrario a su esencia, pues cuanto mayor sea la zona y el número de miembros, más difícil será tomar decisiones acertadas. Nuestra Enmienda número 64 establece que sean solo dos las zonas agrupadas.

El Plan de Salud determina las líneas fundamentales de la política sanitaria de la Comunidad, y, sin embargo, tampoco en el Plan de Salud se da participación a otras Consejerías competentes en materia de salud pública; prestación que esta definida en esta Ley. Por eso, nuestra Enmienda número 55, que establece que en la elaboración del Plan se deben tomar en cuenta las propuestas de Consejerías competentes en salud pública, como es sanidad animal y seguridad alimentaria. Un Plan que, a nuestro entender, no debe tener una vigencia más allá de cuatro años; lo que proponemos en la Enmienda número 56.

Al igual que en los planes de salud, las estrategias regionales deben ir dirigidas a los problemas prevalentes y a todos los ciudadanos...


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Señoría, tiene que ir concluyendo.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

(Estoy finalizando). ... sin olvidar que aquellas que tienen una situación de especial vulnerabilidad, como los enfermos mentales o los que tienen discapacidades físicas o sensoriales, deben ser objeto de actuaciones y programas especiales. De ahí nuestra Enmienda número 57.

Y llegamos al Título VIII, Artículo 64, en el que se establecen las relaciones con la iniciativa privada, que ustedes desarrollan someramente. Por eso, el motivo de nuestras Enmiendas 61, 62, 63 y 64, para que no pueda volverse a dar el caso de que ustedes den una subvención a un centro privado de 7,5 millones de euros para que construyan camas que luego nos cobra. El sistema sanitario público no puede financiar al sistema sanitario privado, de ninguna manera, y, luego, menos volver a pagarle; eso es un despilfarro y es mala gestión.

Y ya para finalizar, dos enmiendas con dos disposiciones adicionales. Una para que se remita a las Cortes, en el plazo de seis meses, un nuevo proyecto de ley para la que la regulación del Sistema de Salud recoja el servicio asistencial y el de salud pública; y la otra para que los licenciados veterinarios que trabajan en salud pública sean escri... adscritos a la escala sanitaria del Cuerpo Facultativo Superior. Por cierto, esta última recogida en la Ley que ustedes reforman, en la Ley de mil novecientos noventa y tres, y, desde luego, nunca puesta en marcha.

Señorías, esta Ley podía haber sido una ley mucho mejor para todos los castellanos y leoneses, podía haber sido una ley moderna si ustedes quisieran haber hecho alguna reforma; pero, como les hemos... les he dicho al principio, las novedades que aportan son la de el Defensor del Usuario, una figura que no sirve más que para incrementar el gasto en la Consejería de Sanidad...


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Señoría, tiene que concluir, por favor.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

... y no aportan nada más. Si me apuran, es peor que la Ley que reforman. Esperamos que... hoy todavía queda... les queda una oportunidad de aceptar al menos aquellas enmiendas que tienen que ver con la atención sociosanitaria, la zonificación y la atención a los discapacitados. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Muchas gracias, Señoría. Para un turno en contra, tiene la palabra don Jesús Berzosa González por el Partido Popular.


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

Muy bien. Muchas gracias, señora Presidenta. Señorías, buenos días. Antes de nada, permítanme que exprese, en nombre del Grupo Parlamentario Popular, la felicitación al Consejero de Sanidad, señor Álvarez Guisasola, por haber sido distinguido recientemente en los VI Premios de la Administración Sanitaria como el Consejero más relevante en el curso político 2009-2010. Felicitación que también queremos hacer extensiva al Gerente Regional del Sacyl, señor Fontsaré, por haber sido igualmente distinguido en estos premios.

Efectivamente, el Grupo Parlamentario Socialista ha presentado sesenta y siete enmiendas al Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León; y así quiero pensarlo, que son las enmiendas que se presentan al Proyecto de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, porque me ha parecido que lo que se estaba hablando es de enmiendas que se querían presentar, o que se han presentado, al Proyecto de Salud Pública, que es otro proyecto distinto. Así ocurre cuando se habla de salud laboral, que está contemplada en el Proyecto de Salud Pública, o cuando se habla, simplemente, del amianto. Creemos que esto es una cuestión que debe abordarse –y, de hecho, nos consta que se está abordando- en la Ley... en el Proyecto de Ley de Salud Pública.

Pero, miren, si se tiene en cuenta que una de estas enmiendas, concretamente la número 66, pide que en el plazo de seis meses, tras la entrada en vigor de esta Ley, la Junta remita a las Cortes un nuevo proyecto de modificación de la Ley -enmienda que obviamente rechazamos-, convendrán conmigo, Señorías, que este no es el mejor de los escenarios para una entente cordial que pudiera propiciar acuerdos o transacciones entre las distintas enmiendas para la mejora de un texto que, sin duda, es perfeccionable –nosotros mismos hemos presentado cinco enmiendas en este sentido-. Pero, mire, lo que no podemos admitir es que se ponga en cuestión el propio texto, tal como ustedes han hecho al presentar una enmienda a la totalidad, y menos aún aceptar sin más el carácter efímero del... del Proyecto de Ley. Yo creo que, a nuestro modo de ver, esta es una línea roja que no podemos ni debemos cruzar.

Dicho esto, les puedo asegurar que estamos, y seguimos estando, en la mejor de las disposiciones para aceptar aquellas enmiendas parciales de la Oposición, siempre que estas no alteren o modifiquen aspectos que nosotros consideramos esenciales del Proyecto de Ley y que son, pues, un elemento vertebrador del mismo.

Así, nosotros consideramos que las enmiendas que tienen que ver con el objeto de la ley, y por tanto con el propio espíritu y esencia de la ley, pues son innegociables. El Proyecto de Ley tiene como objetivo, o como objeto, "establecer el marco legal de aquellas acciones que permitan hacer efectivo el derecho constitucional... constitucionalmente reconocido de la protección integral de la salud, así como la ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León", entendiendo como tal "el conjunto de actuaciones y recursos públicos y privados cuya finalidad es la promoción y protección de la salud en todos sus ámbitos, la prevención de la enfermedad, la asistencia sanitaria y la rehabilitación, y todo ello bajo una perspectiva de una asistencia sanitaria integral"; y así está recogido en el Artículo 1 del Proyecto de Ley. En consecuencia, aquellas enmiendas que entendemos alteran o modifican el objeto de la ley, pues son rechazadas. Y me refiero concretamente a las Enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista, la 1, la 5, la 6 y la 9.

Hay otro grupo de enmiendas –y estoy tratando en la medida de lo posible de agrupar una serie de enmiendas- que entendemos nosotros que están relacionadas con cuestiones, como decía antes, esenciales para nosotros. Me refiero, en este caso, a la figura del Defensor del... del Usuario. Nosotros creemos que este Proyecto de Ley debe incorporar la figura del... del Defensor del Usuario como órgano encargado de la defensa y tutela de los derechos de los usuarios. Una figura que, por otra parte, y ustedes lo saben, está presente en la mayoría de las Comunidades Autónomas. Los derechos de los usuarios están recogidos en la Ley 4/2002, que es la Ley reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Está también recogida en la Ley 16/2003, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. Y tienen su corolario, ambas leyes, en nuestra Comunidad, a través de la Ley 8/2003, sobre derechos y deberes en relación con la salud. En consecuencia, las enmiendas que cuestionan su existencia, o aquellas otras que proponen la creación... proponen la creación de órganos distintos al contemplado en el articulado (8... 8, 10, 13 y 65) son igualmente desestimadas.

Hay otra cuestión a la que posteriormente me referiré, y a la que hemos presentado una enmienda, al Artículo 23; estoy hablando en este caso de la atención sociosanitaria. Nosotros entendemos esta atención como un espacio dinámico, coordinado y multidisciplinar, con el objetivo de dar una continuidad asistencial y una respuesta integrada a las necesidades sociosanitarias de las personas, en coherencia con lo desarrollado en el Artículo 14 de la Ley de cohesión y calidad. A nuestro juicio, no es necesario crear un nuevo sistema, una respuesta integradora no precisa de una organización única, y, en consecuencia, aquellas enmiendas que para nosotros no van en esta deseable propuesta de la coordinación centrada en las personas son igualmente rechazadas. En este caso, me refiero a las Enmiendas 26, 27, 38, 40 y 42.

Por más que quisiéramos, no podríamos admitir sustituir la denominada "prestación de atención especializada" por "prestación de atención hospitalaria", tal como propone la Enmienda 16. Y ello es así porque, en primer lugar, la prestación de la atención especializada es algo más que la atención hospitalaria, ya que la atención especializada puede prestarse, y de hecho se presta, en centros de especialidades y en centros de salud. En segundo lugar, porque choca abiertamente con los criterios de carácter legislativo que se han seguido hasta ahora, tanto en la... en la legislación básica y estatal –me refiero a la Ley General de Sanidad del ochenta y seis, y a la propia Ley de cohesión y calidad, como superadora de esta, del dos mil tres-, así como en lo que está recogido en el derecho comparado de todas las Comunidades Autónomas, y en general hasta, si me apuran, podría decir en la literatura relacionada con la sanidad. Ello no significa que no reconozcamos el carácter o la especialización de la Atención Primaria, pero esa pretensión de... de sustituir un término por el otro entendemos que no tiene cabida, como no lo tiene –repito- ni en la legislación básica, ni en la autonómica ni, por supuesto, en el Proyecto de Ley que hoy nos ocupa. Son varias las enmiendas que pretenden ese objetivo, y, en consecuencia, son igualmente rechazadas. Me refiero a las número 16, 21, 28, 30, 33, 34, 35 y 36.

Hay otro grupo de enmiendas, 61, 62, 63 y 64, que también están interrelacionadas, y que hacen referencia al propósito del Grupo Parlamentario Socialista de que el Proyecto de Ley contenga aspectos normativos con relación a la celebración de conciertos y convenios, que consideramos de todo punto innecesarias, toda vez que para la celebración de los mismos basta con la normativa básica recogida en la Ley de Contratos del Sector Público, la Ley 30/2007, de treinta de octubre, y con la legislación o con las leyes sectoriales que le sean de... de aplicación, me refiero en este caso a las leyes de carácter fiscal, de seguridad social, etcétera.

Pues bien, el resto de las enmiendas –en total son cuarenta y uno-, en la medida que no se encuentran vinculadas entre sí, y relacionadas con estas cuestiones que yo entendía y entiendo que son básicas y fundamentales del Proyecto de Ley, pues pueden y deben ser tomadas en consideración si con ello entendemos que mejoran el texto. Este es el craso... el caso de un grupo de enmiendas que hemos aceptado, y que son las siguientes: 3, 11, 15, 23, 46, 58 y 59. Aceptamos... una puntualización, aceptamos también la número 57, ya que se trata de una enmienda que se corresponde con la Enmienda número 5 del... del Grupo Parlamentario Popular.

A las enmiendas anteriormente dichas –ya digo, repito: 3, 11, 15, 23, 46, 58 y 57-, anuncio en el día de hoy la... la aceptación de las Enmiendas números 2 y 7: la primera hace referencia al Artículo 2, a la equidad efectiva de la... a las prestaciones de aquellos colectivos especialmente vulnerables; y la 7, lo que se refiere es que en las situaciones de urgencia y emergencia, decíamos, o dice el texto, que se atienda a todas las personas, y ustedes decían que se atienda con independencia de su situación administrativa. Es otra enmienda que anuncio que... que aceptamos.

Mire, desde la presentación del Proyecto de Ley, que fue por allá por marzo... por marzo del... de este año, nosotros anunciamos -y así lo dijimos en los medios de comunicación- nuestro interés por hacer de este Proyecto de Ley una especie de ley de autonomía, entendiendo como tal una ley que tuviera el consenso de todos los Grupos Parlamentarios. Creo haber entendido y haber escuchado que este era el propósito también del Grupo Parlamentario Socialista, y así creo que está recogido en la prensa. Lo que pasa es que posteriormente a... tras la presentación de este Proyecto de Ley, ustedes presentaron una enmienda a la totalidad por la que decían que el Proyecto de Ley de Ordenación Sanitaria, ese Proyecto de Ley que nunca reivindicaron ustedes a lo largo de la Legislatura, pues decían que debía formar parte de un único proyecto con el de Salud Pública. Y esto, se quiera o no, quebró un principio de acuerdo, que, de alguna forma, nosotros siempre hubiéramos deseado. Y por mi parte, nada más.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Muchas gracias. Para un turno de réplica, tiene la palabra de nuevo doña Victorina Alonso por un tiempo de cinco minutos.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Gracias, señora Presidenta. También el Grupo Socialista quiere felicitar al Consejero de Sanidad por el premio que ha recibido, y nos alegramos de que sea así. Sin embargo, pues no podemos felicitarle por este Proyecto de Ley, porque dice usted que estábamos esperanzados y... y así, y es cierto, creíamos que podríamos llegar a un acuerdo y hacer entre todos una Ley mejor que la de mil novecientos noventa y tres.

He tenido la curiosidad de volver a repasar y comparar esta mañana las dos leyes, y le aseguro que en muchos puntos la Ley de mil novecientos noventa y tres está mejor regulada, está... es más explicativa, tiene más normas, y, desde luego, habla, por ejemplo, de la salud laboral. Usted dice que la salud laboral está regulada en la salud pública, pero es que forma parte de... es algo importante dentro de la salud. La salud de los trabajadores es un capítulo importantísimo. Ustedes regulan atención primaria, atención hospitalaria, regulan salud pública, regulan... en el otro texto regulaban la continuidad asistencial, aquí regulan la urgencias y emergencias, y, sin embargo, se olvidan de la salud laboral, que, por cierto, estaba en aquel... en el texto igual que estaba la atención sociosanitaria. Es decir, que esos comentarios suyos de que es una novedad la atención sociosanitaria, no es cierto. La atención sociosanitaria ya se contemplaba en el texto de mil novecientos noventa y tres, con mejor regulación, con más disposiciones, con una... abarcando mucho más, y explicando, y poniendo de manifiesto a quién iba dirigida esa atención sociosanitaria.

Dice usted que... que el Defensor del Usuario -por ir... seguir un poco lo que usted nos ha ido comentando- que es una figura que está en todas las demás leyes. Ya se lo hemos dicho y se lo repetimos, está en el resto de las leyes, pero en ninguna de esas leyes lo nombra directamente el Consejero. Es imposible que una figura que nombra, que es nombrada directamente por la Consejería de Sanidad pueda realizar con independencia su trabajo de defender a los usuarios, y así lo recogen en el resto de las normativas de las Comunidades españolas: lo nombran las Cortes, lo nombra el Consejero a propuesta del Consejo, lo nombran las asociaciones, pero nunca directamente. Y además yo creo que es de sentido común: alguien que tiene que defender a los usuarios no puede depender directamente su puesto de aquel a quien va... a quien tiene necesariamente que criticar o al menos corregir en sus actuaciones.

Imagínense el Defensor del Usuario hablando del problema de cáncer en Ávila; imagínense cuando no había oncólogo, con todas las personas que padecen de cáncer en la calle, y el Defensor del Usuario saliendo a defender a esas... a esos pacientes que tenían que trasladarse hasta Salamanca en autobús durante horas. Lógicamente, el Consejero no podía mantenerlo en su puesto si de verdad él defendía a los usuarios. Por eso consideramos que es una figura innecesaria.

Además, en nuestra Comunidad se da las... la circunstancia de que el Procurador del Común hace un trabajo anual que es encomiable. Cada año vemos en las Cortes, recibimos en las Cortes su Informe, y en ese Informe se reflejan de forma importantísima todas las quejas, todas las propuestas, todas las denuncias sanitarias, y la pena es que ustedes, es decir, en este caso, el Gobierno de la Junta, no hace caso al Procurador del Común. Pero estando esa figura, estando el Procurador del Común trabajando como lo hace, ¿qué necesidad hay de crear una nueva figura que cuesta, como le dije, mucho dinero al erario público -53.000 euros al año, más de 53.000 euros al año porque hay que contar lo que cuestan los asesores y la sede-, y, además de eso, es una figura que de ninguna manera, como ustedes la han concebido, puede ser independiente? Entonces, están a tiempo todavía de retirarla, están a tiempo de aceptar que sea el Procurador del Común el que siga trabajando en el sentido de defender a los usuarios, con una sección -si quieren- específica, pero desde esa Procuradoría, que no supone un gasto y que, además, reconoce su trabajo.

La atención sociosanitaria. Desde luego, pierden ustedes una ocasión de oro de regular algo que es fundamental, somos la Comunidad más envejecida de España, y, sin embargo, la apuesta por la atención sociosanitaria es mínima. Ya le digo que en el texto de mil novecientos noventa y tres viene mejor recogida, mejor recogida; y ustedes han puesto una enmienda, que además es una enmienda copiada de la que presentó el Grupo Socialista, o bien, permítame decirle que... [Murmullos]. Sí, es una enmienda exacta a la que nosotros hemos... proponemos. Está... está exacta. Pero es que, además, nosotros añadimos un plus, un plus que ustedes podían haber aceptado si de verdad creyeran en la atención sociosanitaria, que es esa creación, dentro de cada área de salud, un centro sociosanitario; eso sí que sería innovador. Por una vez, esta Comunidad Autónoma debe ser innovadora.

Igual que en cuanto a... atención, llamar "Atención Primaria" y "Atención Hospitalaria". Dicen ustedes que ni en la Ley de mil novecientos ochenta y seis. Usted se remite siempre a una Ley de hace mucho tiempo, demasiado tiempo, cuando desde el dos mil dos, señor Procurador, esta Comunidad tiene transferidas las competencias en materia sanitaria.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Señoría, tiene que concluir.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Ustedes pueden legislar, si quieren, y podrían hacer ese cambio, que, además, sí que sería innovador, sí que sería una cosa importante.

En definitiva, este Proyecto de Ley no es bueno para Castilla y León porque no significa más derechos para los ciudadanos, ni una mayor participación de los mismos; no regula con claridad las relaciones entre la asistencia sanitaria pública y la privada; no establece las medidas necesarias para la superación de los desequilibrios territoriales y sociales para garantizar el acceso en condiciones de igualdad a las prestaciones sanitarias de todos los castellanos y leoneses, los que viven en Valladolid y los que viven en Soria, de todos; pierde la ocasión de regular la asistencia sanitaria y la salud pública dentro del sistema sanitario público en un solo marco legislativo, podían ustedes haberlo hecho perfectamente -porque no me vuelva a decir lo de la Ministra porque es que la Ministra no tiene que regular la ley de ordenación del sistema... del territorio, porque es que eso corresponde a la Comunidad Autónoma-; olvidan la salud laboral; olvidan la realidad de las discapacidades, que es una pena, Señorías, que se olviden de un colectivo que tiene tantas dificultades, tantas dificultades de una atención especial; olvidan hacer coincidentes las demarcaciones sanitarias con las de la atención sociosanitaria y los equipos de Atención Primaria –otra ocasión perdida de que coincidan las zonas-; se olvidan durante toda la norma de las asociaciones de vecinos y de los profesionales; y olvidan regular con claridad, desde luego, lo más... una de las cosas importantes: lo que atañe a la asistencia privada y lo que atañe a la asistencia sanitaria pública. Tienen una mezcla ahí. Dice usted que no es necesario porque ya viene regulado en otras normas...


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Señoría, tiene que concluir.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

(Finalizo). ... y, sin embargo, hemos visto durante estos tres años como se ha dado esa subvención que se prohíbe en la Ley, se prohíbe subvencionar a una entidad privada para que construya camas que luego nos concierta; sin embargo, ustedes lo han hecho. Y aquí no lo regulan, aquí no establecen que eso sea incompatible.

En definitiva, Señoría, sentimos mucho que estas dos enmiendas que nos han aprobado, igual que las otras, sean prácticamente cosas de quitar una coma o de poner un "por" por un "cuando", y que no atañen para nada, no mejoran para nada, un texto que debería haber sido consensuado, un texto que debería ser enriquecedor y un texto que debería defender a todos los ciudadanos de Castilla y León.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Muchas gracias, Señoría. Para un turno de dúplica, tiene de nuevo la palabra don Jesús Berzosa González por un tiempo de cinco minutos.


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

Gracias, Señoría. Mire, a la hora de abordar un proyecto de esta... de esta naturaleza se puede hacer desde el ámbito estrictamente público o desde el ámbito público o privado. También se puede hacer desde la separación de servicios de lo que es la separación de compras y provisión de servicios, como ha hecho, por ejemplo, Galicia, Madrid o Valencia; esta circunstancia no se contempla en el Proyecto de Ley nuestro. Pero lo que no se puede entender es que el Partido Socialista pretenda regular el Sistema Público de Salud haciéndolo equivalente el sistema público al sistema... al Sistema de Salud, porque nosotros creemos que desde el ámbito de lo privado también se realizan actuaciones y se emplean recursos encaminados a la protección de la salud, y en consecuencia esta Ley tiene que regular ambos ámbitos. No se puede confundir Sistema de Salud, que incluye actuaciones y recursos tanto públicos como privados, con el sistema público, que solo incluye recursos de carácter público; y esta es una distinción, mire, Señoría, que no nos la hemos inventado nosotros, que se la inventó don Ernest Lluch, allá por el año mil novecientos ochenta y seis, con la Ley General de Salud Pública.

Usted no sé por qué están siempre en contra de esta Ley que tantos elogios ha venido despertando en los últimos años. A usted no le parece bien. Pues es bueno tomar nota de que al Partido Socialista de Castilla y León están en contra de la propia Ley de Salud Pública de... del Sistema de Salud. Yo creo que sí... ya digo, la propia Ley contempla la separación: Título I habla del sistema de salud y Título III lo dedica al sistema sanitario público.

Mire, se puede estar en contra de la figura del Defensor del Usuario, a pesar ya que digo que está implantada en la mayoría de las Comunidades Autónomas. Se puede estar en contra. Pero, hombre, no me argumente usted que es que genera un gasto innecesario. Y paralelamente a eso hace usted una enmienda, que es la número 65, donde dice que crea, en el seno del Procurador del Común, crea un órgano encargado de las denuncias y reclamaciones. Hombre, si se crea un órgano, va a generar un gasto. No me queba... no me cabe la menor duda. [Murmullos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Guarden silencio, por favor. Guarden silencio.


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

Pero, mire usted, si es que... vamos a ver, si es que... [murmullos]


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Ambos Grupos, guarden silencio, por favor.


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

... si es que en la enmienda siguiente usted propone la creación de un servicio de asistencia sanitaria y de otro de seguridad alimentaria... La creación de organismos autónomos también supone un gasto. Por supuesto. Pero es que entérese, entérese, porque el Proyecto de Ley que hace el Gobierno de España sobre Salud Pública inicialmente contemplaba la Agencia de Salud Pública. En cuanto han aprobado el Decreto contra el déficit público ha desaparecido la Agencia de Salud Pública. Mire usted si generará gasto que es aquí donde usted quiere generar... generar gasto. O sea que eso, ya le digo, no tiene absolutamente ningún sentido.

Nosotros creemos que la adscripción del Procurador... vamos, del Defensor del Usuario a la Consejería de Sanidad, por ello no va a presentar ningún problema de independencia que pueda tener este órgano. Sí, porque va a dese... es decir, va a ser desempeñada por una persona de reconocido prestigio. Y el hecho de que esté, precisamente, en la Consejería de... de Sanidad, dado el principio de eficiencia, va a ampliar recursos y personas correspondientes a la Consejería de Sanidad, y, en consecuencia, no va a suponer un incremento del gasto público.

La atención sanitaria. Es que no acabamos de ponernos de acuerdo porque ustedes pretenden un modelo rígido y poco flexible, y el nuestro, por el contrario, es un modelo funcional y flexible. Vamos a ver, el modelo que aquí se propone es perfectamente coherente con las conclusiones del VI Congreso de Atención Sociosanitaria celebrado en Zamora. Allí se pronunció el señor Lamata diciendo que las necesidades de los... de las personas van por delante de la organización y de la normativa. Bien. Pues nosotros lo que estamos diciendo es que no queremos una organización única, que es un concepto que comparte en Castilla-La Mancha el señor Lamata. Lo que nosotros estamos diciendo es una coordinación de ambos servicios que tiene por objeto centrarse en las personas y adaptarse a sus necesidades. Este es un concepto, como le digo, dinámico, como le decía antes, flexible y mucho mejor adaptado a esas necesidades, que, como decía el propio señor Lamata, van por delante de cualquier norma y planificación. El que... ustedes proponen un modelo rígido y poco funcional que no compartimos en absoluto.

Hablando de participación, se empeñan ustedes en que el Consejo General de la... que se prevé en el Proyecto de Ley, el Consejo General de la Gerencia, sea un órgano de gestión y dirección. Es que hay que distinguir lo que es la participación de lo que es la dirección y gestión. Y lo que es la administración y gobierno corresponde a los órganos de gestión y de dirección, no a los órganos de participación. Y esta es una distinción que está también en... y lamento referirme tanto a la Ley General de Sanidad, pero que este es un referente permanente, y los pre... los preceptos 52 ó 53 separan estas funciones de participación de los que son las funciones de... de gestión, que son completamente distintas, ¿no?

Otra cuestión que le quería añadir es... habla usted de los consultorios. Bueno, vamos a ver, los consultorios se rigen por la Ley... la Ley de Bases de Régimen Local, y ahí hay que atenernos. Todas las Comunidades Autónomas participan en la construcción de los consultorios –estoy hablando de Andalucía, Extremadura, todas- a través de la convocatoria de subvenciones como aquí se viene haciendo. Y, entonces, nosotros vamos a seguir haciendo, a través de este Proyecto de Ley, lo que se hace... lo que se ha venido haciendo aquí y lo que se hace en el resto de las Comunidades Autónomas, de forma que no entiendo su empeño en que los consultorios sean construidos desde el punto de vista de la Consejería de... de Sanidad.

No sé si me quedo alguna... alguna cosa más al respecto. Otra cosa, decirle que en esta Ley, precisamente, el mérito de esta Ley es haber hecho el Consejo General, que es un reforzamiento de la participación de los agentes sociales, donde van a estar empresarios, sindicatos, en un foro común con los directivos. Y otra cosa es el Consejo Castellano y Leonés de participación, que es un consejo de participación más amplia, y que, además, el propio Artículo 44 dice que "al menos" estarán representados... y aparecen representadas una serie de... de personas. Nosotros hemos hecho una enmienda para que también estén representados los... aquellos sectores más representativos del sector de la discapacidad, y también aquellas organizaciones sindicales con mayor representación en el sector de la sanidad. Hemos incorporado eso.

No están excluidas las asociaciones de vecinos, porque ya dice que "al menos" estarán estas personas. Pero mire, me he ocupado de saber qué pasa con las asociaciones de vecinos del resto de las Comunidades Autónomas. Mire, en Castilla-La Mancha las asociaciones de vecinos, junto con consumidores y usuarios, se reparten tres representantes, bien, en el Consejo de Salud. En las demás leyes de ordenación sanitaria de las Comunidades Autónomas no aparecen por ningún lado las asociaciones de vecinos. ¿Y cómo me dice usted que deben estar en el Consejo... en el Consejo General de la Gerencia deben estar las asociaciones profesionales? ¿Pero qué asociaciones profesionales, si hay un montón de ellas? Mire usted, los profesionales ya están...


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Señoría, tiene que ir concluyendo.


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

(Sí, ya termino). ... los profesionales ya están representados en el Consejo de Asesoramiento Científico-Técnico. Y ahí están representados no las asociaciones de profesionales, sino las sociedades científicas, las Universidades y las personas con especial relevancia en el mundo de la sanidad.

Creemos que la participación es lo suficientemente amplia y generosa en este Proyecto de Ley. Y a usted, por alguna cuestión, no le parezca que esto es así, pues es posible que... yo creo que están todos los que son, y es posible que no estén todos los que están. Pero, como tiene en cuenta el Artículo 44, el Proyecto de Ley, donde dice que "al menos" estarán, es posible que cuando se reglamente esto se puedan incorporar a esa participación más personas en el Consejo Castellano y Leonés de Salud. No así en el Consejo General, que nosotros entendemos que es un órgano de control de la Gerencia Regional de Salud, y que deben estar, como digo, los agentes sociales única y exclusivamente.

Y para finalizar, yo creo que... que nada más. Yo reitero que esas enmiendas que hace usted de sustituir la atención hospitalaria por especializada yo no sé si eso es una idea, una creencia o una ocurrencia. Pero, en todo caso, sea una u otra cosa, ya le digo, no tiene cabida en este texto, como no lo tiene ni en la normativa básica estatal ni lo tiene en ninguna otra normativa de carácter autonómico. Y por mi parte, nada más y muchas gracias, Presidenta.

Votación Enmiendas


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Muchas gracias, Señoría. Pasamos ya a votación de las enmiendas agrupadas. Votación de las Enmiendas número 1, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 12, 13 y 14, Enmiendas de la 16 a la 22, Enmiendas de la 24 a la 45, Enmiendas de 47 a 56, y Enmiendas de la 60 a la 67, todas ellas del Grupo Socialista. ¿Votos a favor? Seis. ¿Votos en contra? Nueve. Votos... votos emitidos: quince. Votos a favor: seis. En contra: nueve. En consecuencia, quedan rechazadas estas enmiendas.

Votos de las Enmiendas 2 y 7. ¿Se aprueba por unanimidad? Bueno. Bien, quedan incorporadas y aprobadas por unanimidad.

Se mantienen para su debate y votación las Enmiendas del Grupo Parlamentario Popular 1, 2, 3 y 4. Tenemos un turno a favor de las enmiendas por parte del Grupo Popular. Tiene la palabra don Jesús Berzosa González por un tiempo de quince minutos.


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

Sí, muy brevemente. Gracias, señora Presidenta. Mire, el Grupo Parlamentario Popular ha presentado un total de cinco enmiendas. Se trata de enmiendas que responden, para nosotros, a un doble objetivo: por un lado, mejorar el texto en el que básica y esencialmente estamos de acuerdo; y, por otro lado, incorporar sensibilidades y propuestas correspondientes a diversos colectivos de carácter social y profesional.

La Enmienda número 1 presenta una enmienda de sustitución al Artículo 2. Con ello, creemos responder al objetivo anteriormente... al doble objetivo anteriormente aludido. Al haber aceptado las Enmiendas 2 y 3 del Grupo Parlamentario Socialista, creemos que el apartado e) y el apartado i) de esta enmienda que nosotros proponemos sean sustituidos por las Enmiendas 2 y 3 del Grupo Parlamentario Socialista.

La Enmienda número 2 se trata de una enmienda de sustitución al Artículo 5, referido al Defensor del Usuario. Creemos que el ámbito de actuación del Defensor del Usuario debe ir más allá del ámbito estrictamente público. Si el Defensor del Usuario -como hemos dicho reiteradamente- es un órgano encargado de la defensa y tutela de los derechos de los usuarios, reconocidos tanto en la Ley 4/2002, de autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, y en la propia Ley 8/2003, sobre derechos y deberes de los usuarios en relación con la salud en Castilla y León, muchos de estos derechos lo son frente a los centros públicos como a los centros privados, por lo que debe hablarse de Defensor del Usuario del Sistema de Castilla y... y León. Así se contempla en la legislación de otras Comunidades Autónomas, como es el caso de la Comunidad de Madrid.

Con la Enmienda número 3, que propone la sustitución del texto correspondiente al Artículo 23, pretendemos que con esta enmienda aportar... aportar una mayor precisión respecto a los destinatarios de estos servicios.

La Enmienda número 4 está referida al Artículo 24, del apartado 2 concretamente; se propone la sustitución de este apartado en los términos expresados en la enmienda. Creemos que el Consejo Castellano y Leonés... en el Consejo Castellano y Leonés debe quedar explicitada la presencia de organizaciones sindicales de mayor implantación en el conjunto del Sistema de Salud, así como organizaciones representativas del sector de la discapacidad.

La Enmienda número 5 ya hemos hecho saber que es coincidente con la Enmienda 57 presentada por el Partido Socialista.

De manera que he tratado, en síntesis, de exponer los motivos y razones de las enmiendas que hemos presentado. Esperamos y deseamos que estas enmiendas, si no son compartidas por el Grupo Socialista, al menos cuenten con su comprensión. Y dado, señora Presidenta, dado que es un número reducido de enmiendas, solicito a la Presidencia que, si es posible, se sometan a votación de forma individualizada. Nada más y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Muchas gracias, Señoría. Para un turno en contra, tiene la palabra doña Victorina Alonso Fernández, también por un tiempo de quince minutos.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Gracias, señora Presidenta. Han presentado ustedes cinco enmiendas, una de ellas -como hemos aclarado ya- está aprobada, puesto que es exactamente igual que la que había puesto el Partido Socialista. Y las otras cuatro ya le adelanto que no vamos a aprobar ninguna de ellas; o sea que, si no quiere, no se... no hace falta que se voten por separado.

Dice usted que la primera es para mejorar el texto, pero el texto no mejora de ninguna manera con sus aportaciones.

La segunda de ellas dicen que es para que el Defensor del Usuario no solo reciba las críticas y las quejas de los que... de los... las personas que atiende la salud... el sistema sanitario público, sino el resto del sistema sanitario. Creo que hemos hablado ya mucho sobre esta figura, que creemos innecesaria. Creemos que el Procurador del Común recoge perfectamente las quejas de todos los pacientes de Castilla y León, los del sistema sanitario público y los del sistema sanitario privado, y así lo refleja. Y por eso consideramos que no es necesario que esta figura recoja ninguna... ninguna queja, porque creemos que es una figura costosa, una figura innecesaria y una figura, además, que no puede ser de ninguna manera independiente. Y le pedimos que la retiren o, al menos, que lo piensen.

Decía usted que... antes que no iba ser... no iba a suponer ningún... ningún coste añadido al sistema sanitario público, en este caso, esta figura, y que lo que nosotros proponíamos era tan costoso, al menos, como lo que... como la figura del Defensor del Usuario. Le recuerdo que el Procurador del Común ya tiene su sede, luego nos ahorraríamos una sede. Usted dice que la sede estaría en la Consejería. ¡Fíjese usted lo que ha dicho! Ha dicho que la sede del Defensor del Usuario -yo creo que se le escapó- estaría en la propia Consejería. ¿Cómo es posible, cómo es posible que el Defensor del Usuario tenga su sede en la Consejería y usted me argumente y mantenga que ese Defensor del Usuario va a ser independiente? ¿No ve que eso es incompatible? ¿No se da cuenta de que lo que usted ha dicho no se mantiene de ninguna manera? Eso es imposible. Entonces, nosotros consideramos que el Procurador del Común ya tiene su sede, ya tiene sus asesores; además le aseguro que tiene ya, dentro de esos asesores, algunos de ellos que se dedican específicamente al tema sanitario. Y simplemente habría que reforzar a esos asesores y pedir que compareciera en las Cortes diferenciadamente, en una... en un momento para hablar de todas las quejas generales y en otro específico para el tema sanitario. Y ahí nos estaban... se estaba ahorrando el sistema sanitario público -en este caso, todos los castellano y leoneses- más de 100.000 euros al año, que yo creo que es un... una cantidad importante con la que sí se podrían poder en marcha, a lo mejor, en un área o dos de salud, esos centros sociosanitarios que son tan importantes para esta Comunidad tan envejecida. En definitiva, no vamos aprobar su enmienda.

La... la Enmienda número 3, en la que dice usted... ustedes que hay que precisar todo lo que los... las personas que participan en los Consejos, tampoco la vamos a admitir.

Y la presencia de las organizaciones sindicales en el Consejo Castellano y Leonés creemos que tampoco tienen que estar representadas, como ustedes dicen, y menos cuando votan en contra de que sean las asociaciones de vecinos y las asociaciones representativas de los profesionales las que participen en ellos.

En definitiva, Señorías, el Grupo Socialista considera que esas enmiendas que ustedes han hecho no tienen ningún contenido, no mejoran el texto y no aportan nada. Por lo tanto, no vamos a admitirlas. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Muchas gracias, Señoría. Para un turno de réplica, tiene la palabra de nuevo don Jesús Berzosa González por un tiempo de cinco minutos.


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

Vamos a ver. Señora Alonso, yo creo que me ha entendido mal. Yo no he dicho que iba a estar en la Consejería, le he dicho que es un órgano que se crea adscrito a la Consejería. No sé en qué seno o en dónde se va a ubicar. Digo adscrito a la Consejería.

Pero es que todavía usted... yo no sé si ha leído su propia enmienda. Se la han hecho y no se ha enterado, porque usted tiene la Enmienda 65 -a lo mejor no se lo ha leído, se la ha hecho otra persona-, y lo que dice aquí es que "se creará -se creará- en el seno de la institución del Procurador del Común un órgano específico". Usted está creando un órgano en el seno del Procurador. [Murmullos]. Claro...


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Señorías, guarden silencio, por favor.


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

A nosotros... [Murmullos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Guarden silencio, Señorías. Ha tenido su turno ya.


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

Usted está creando un órgano en el seno del Procurador. O sea, que no sé... no entiendo muy bien cómo, cómo no se puede equivaler perfectamente la creación de un órgano en la... adscrito a la Consejería de Sanidad con el órgano que usted pretende adscribir al Procurador del Común. O sea, eso es así; léaselo, porque me parece que no ha captado todavía el tema.

Vamos a ver, ya veo que no está de acuerdo con la... con que... hablando tanto de participación, le proponemos que participen en el Consejo Castellano y Leonés asociaciones representativas del sector de la discapacidad y de organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de... de la sanidad, y ustedes están en contra de esta enmienda, ¿verdad? Entonces, no... no presuma tanto de participación cuando se trata de dos representaciones a las que usted niega la representación en el Consejo Castellano y Leonés. Me parece también... es una contradicción en sus planteamientos respecto a la presentación.

Sí que quería añadir una cosa más: que, al amparo del Artículo 115.3 del Reglamento de las Cortes, la Enmienda número 1 del Grupo Parlamentario Popular se entiende modificada en los apartados sobre los... que son los siguientes: ha recaído acuerdo tanto en Ponencia... -a ver- sí, sobre... ha recaído acuerdo de la Ponencia tanto en los apartados i)... e) e i); y, en consecuencia, bueno, pues en... en la forma que... que hemos dicho, tanto en Ponencia como en Comisión, que ha recaído acuerdo sobre ello. Y nada más por mi parte, y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Muchas gracias, Señoría. Pues para un turno de dúplica, tiene la palabra de nuevo doña Victorina Alonso Fernández por un tiem...


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Perdón, Señoría.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Tiene la palabra por un tiempo de cinco minutos.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Dice usted que otra vez con la figura del Defensor del Usuario, que nosotros proponemos crear un órgano –tengo aquí la enmienda-; pero es que le repito: la sede del Procurador ya existe; dentro de la sede del Procurador ya existe una sección que trabaja la sanidad desde hace muchos años, que seguramente usted conoce. Entonces, ya nos estamos ahorrando el dinero de la sede, nos estamos ahorrando el dinero de la sección o las personas –en este caso, profesionales que trabajan recogiendo las quejas y las denuncias- que se dedican específicamente al tema sanitario porque están allí -usted lo sabe y lo conoce-; y, además, esa figura, que, como le he dicho y como ustedes proponen en el texto, tendría cargo de Director General, y, según la normativa de la Junta, que ustedes han publicado, a esa figura le corresponde cincuenta y ocho... le corresponden 58.800 euros al año, también nos lo estamos ahorrando, porque sería el Procurador del Común –que ya está recibiendo su sueldo- quien represente a esa... esa defensa.

Luego estamos ahorrando un dinero suficiente, le insisto, para poner en marcha, por ejemplo, esa... esa... ese centro sociosanitaria... sanitario en alguno de la... en alguna de las áreas de salud, que nosotros proponemos, porque consideramos que esta Comunidad es muy deficitaria en el tema sociosanitario; un tema que ustedes no regulan, un tema que ustedes dejan de lado, y un tema por el que pasan de puntillas.

Me gustaría también recalcar –creo que lo he dicho en mi primera intervención- que el texto de mil novecientos noventa y tres sí que recoge la asistencia sociosanitaria. Fíjese si eran entonces innovadores, fíjese si estaban en aquel momento preocupados por lo que hoy es una realidad, que es el envejecimiento, mayor que en el resto de las Comunidades; ya le dije que estábamos casi 4 puntos por encima de las Comunidades del resto del país; es decir, que siete coma con un... 7,1% de los castellanos y leoneses tienen más de ochenta años, cuando en el resto de las Comunidades es el 4,1%. Fíjese qué proporción de personas que tienen, probablemente, una carga importante de pluripatologías, una carga de discapacidad que es necesario atender al mismo tiempo que sus problemas sanitarios, porque, si no, esas personas no van a estar suficientemente atendidas.

Bueno, pues esto, que es la realidad que ya conocían en mil novecientos noventa y tres, ahora –en dos mil diez- pasan de puntillas por ella. Si no es por la enmienda que nosotros proponemos, y que luego ustedes han hecho también, la realidad sociosanitaria queda sin recoger. Y aun así, aun así, no queda suficientemente recogida, porque se olvidan de la zonificación sociosanitaria; hacen la zonificación de las demarcaciones y se olvidan de la otra. Es decir, hacen la... la zonificación de la salud pública y se olvidan de la sociosanitaria, que, como digo, en esta Comunidad es fundamental. Luego es una Ley que queda coja en algo importantísimo para Castilla y León, que es atender a las personas de más de sesenta y cinco años, atender a las personas que tienen más de ochenta años.

Dice usted que estamos continuamente diciendo que tanto el Consejo General como el Consejo Castellano y Leonés no da participación a los vecinos, no da participación a los sindicatos, no da participación a los profesionales. Pero es que le hemos hecho nosotros un número importante de enmiendas en ese sentido que ustedes no han aceptado. Ahora nos proponen, puntualmente, que aceptemos dos cosas que no enriquecen para nada el texto y que no van a suponer que esos... esas asociaciones, esos representantes puedan...


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Señoría, tiene que ir concluyendo.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

... participar. Por lo tanto, entienda que no podemos aceptarlo, no podemos aceptar algo que no va a servir para mejorar el texto, como le dije antes; algo que no va a servir para que esta Ley sea, al menos, tan buena como la de mil novecientos noventa y tres, que es una pena –como le digo- que, en vez de mejorar, haya empeorado en muchas de sus normas, en muchos de los artículos. Es mucho más concisa, deja abierto... deja abierta la puerta a la privatización en muchas, en muchas de las normas. No... no regula con claridad lo que es sanidad, asistencia sanitaria privada ni asistencia sanitaria pública; dejan ustedes ahí una mezcla que permite pues lo que ha ocurrido, que le he dicho antes: subvenciones para construcción a hospitales privados que luego nos conciertan las camas a un precio importante que tenemos que pagar todos. Eso es lo que regula esta Ley, eso es lo que permite.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Señoría, tiene que concluir.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Por ahí se van los dineros que deberían ir dirigidos a la asistencia sociosanitaria, por ejemplo, o... y seguramente, si hubiera más participación de todos... de los... en este caso, de los vecinos, en este caso, de los profesionales, en todos los consejos de dirección, en todos los consejos importantes que gestionan y tienen capacidad de decidir, no ocurrirían estas cosas.

Disculpe, señora Presidenta, y muchas gracias.

Votación Enmiendas


LA PRESIDENTA (SEÑORA ÁLVAREZ SASTRE):

Gracias, Señoría. Pasamos a la votación de las enmiendas, por separado, puesto que son cuatro.

Votos a favor de la Enmienda número 1. Al amparo del Artículo 115.3 del Reglamento de las Cortes, la Enmienda número 1 del Grupo Parlamentario Popular se entiende modificada en el apartado e) -votado recién... en este momento en la Comisión-, que se... se sustituye por la... por la enmienda del Grupo Socialista, y el apartado i), sobre el que ya recayó acuerdo de Ponencia. Por lo tanto, con estas modificaciones, votos a la Enmienda número 1.

¿Votos a favor? Ocho. ¿Votos en contra? Seis. Votos emitidos: catorce. Votos a favor: ocho. En contra: seis. En consecuencia, queda aprobada esta enmienda.

Votos a favor de las... de la Enmienda número 2. ¿Votos a favor? Votos a favor: ocho. ¿Votos en contra? Seis. Votos emitidos: catorce. Votos a favor: ocho. En contra: seis. En con... en consecuencia, queda aprobada la Enmienda número 2.

Votos sobre la Enmienda número 3. ¿Votos a favor? Ocho. ¿Votos en contra? Seis. Votos emitidos: catorce. A favor: ocho. En contra: seis. En consecuencia, queda aprobada la enmienda.

Y, finalmente, votos a favor de... votos en... sobre la Enmienda número 4 del Grupo Parlamentario Popular. ¿Votos a favor? ¿Votos en contra? Seis. Votos emitidos: catorce. A favor: ocho. En contra: seis. En consecuencia, queda aprobada la Enmienda número 4 del Grupo Parlamentario Popular.

Votación PL 27

Pasamos a la votación del Proyecto de Ley. La votación de los Artículos 1 a 78, Disposiciones Transitorias Primera y Segunda, Disposición Derogatoria Única, Disposiciones Finales Primera, Segunda y Tercera, con las modificaciones introducidas por las enmiendas que hayan sido aprobadas.

¿Votos a favor? Nueve. ¿Votos en contra? Seis. Votos emitidos: quince. A favor: nueve. En contra: seis. Como consecuencia, queda aprobado el Proyecto de Ley.

Votación de la Exposición de Motivos. ¿Votos a favor? ¿Votos en contra? Votos emitidos: quince. A favor: nueve. En contra: seis. En consecuencia, queda aprobada la Exposición de Motivos.

Votación del Título del Proyecto de Ley. ¿Votos a favor? Nueve. ¿Votos en contra? Seis. Votos emitidos: quince. A favor: nueve. En contra: seis. Como consecuencia, queda aprobado el Título del Proyecto de Ley.

Concluido por la Comisión el Dictamen del Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, recuerdo a Sus Señorías que el plazo para comunicar, mediante escrito dirigido al Excelentísimo señor Presidente de las Cortes, los votos particulares y las enmiendas que, defendidas y votadas en Comisión, y no incorporadas al Dictamen, se pretenden defender ante el Pleno finalizará el día veintidós de julio.

Y, no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión. Deseo a todos un buen verano.

[Se levanta la sesión a las trece horas cincuenta minutos].


CVE="DSCOM-07-000560"



Sede de las Cortes de Castilla y León