DS(C) nº 587/7 del 18/10/2010









Orden del Día:




1. Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de elaborar el informe sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la UE.

2. Elaboración del Dictamen de la Comisión sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en el siguiente proyecto de acto legislativo de la UE:

- Propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica los Reglamentos (CE) n.º 1290/2005 y (CE) n.º 1234/2007 del Consejo, en lo que respecta a la distribución de alimentos a las personas más necesitadas de la Unión [COM(2010) 486 final].- Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo del Consejo por la que se modifica la Directiva 2001/112/CE del Consejo relativa a los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana [COM(2010) 490 final].


Sumario:






 ** Se inicia la sesión a las diecisiete horas cuarenta minutos.

 ** El Presidente, Sr. García Vicente, abre la sesión.

 ** Intervención del Procurador Sr. Sánchez Estévez (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Fernández Caballero (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día. Ratificación de la Ponencia.

 ** El Presidente, Sr. García Vicente, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** El Presidente, Sr. García Vicente, de acuerdo con el apartado quinto de la Resolución de la Presidencia de catorce de junio de dos mil diez y el Artículo 114.2 del Reglamento, somete a la Comisión la ratificación de los Ponentes designados por los Grupos Parlamentarios. Son ratificados.

 ** Segundo punto del Orden del Día. Elaboración del Dictamen.

 ** El Presidente, Sr. García Vicente, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Blanco Ortúñez (Grupo Socialista).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Ayala Santamaría (Grupo Popular).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Lafuente Ureta (Grupo Socialista).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Fernández Caballero (Grupo Popular).

 ** Queda aprobado por asentimiento el Dictamen sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la Unión Europea que han sido objeto de estudio.

 ** El Presidente, Sr. García Vicente, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las dieciocho horas.




Texto:

[Se inicia la sesión a las diecisiete horas cuarenta minutos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR GARCÍA VICENTE):

Buenas tardes. Se abre la sesión. En primer lugar, le ruego a los Portavoces de los Grupos Parlamentarios comuniquen las sustituciones que tengan lugar para esta sesión. ¿Por parte del Grupo Parlamentario Socialista, señor Sánchez Estévez?


EL SEÑOR SÁNCHEZ ESTÉVEZ:

Buenas tardes, gracias, señor Presidente. Muy buenas tardes, señoras y señores Procuradores y Procuradoras. Doña Elena Pérez sustituye a don Óscar Sánchez y doña Ángela Marqués a don Pedro Nieto.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GARCÍA VICENTE):

Muchas gracias. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, la señora Fernández Caballero.


LA SEÑORA FERNÁNDEZ CABALLERO:

Buenas tardes, señor Presidente. Ana Rosa Sopeña Ballina sustituye a María de las Mercedes Alzola Allende.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GARCÍA VICENTE):

Muchas gracias. Procedo, por tanto, a dar lectura al primer punto del Orden del Día.

Primer punto del Orden del Día: "Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de elaborar el informe sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la Unión Europea".

De acuerdo con el apartado quinto de la Resolución de la Presidencia, de catorce de junio de dos mil diez, por la que se aprueban las normas sobre el procedimiento de control del principio de subsidiariedad y el Artículo 114.2 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se propone la ratificación de los Ponentes designados por los distintos Grupos Parlamentarios. Esta designación recayó en los señores Procuradores doña Cristina Ayala Santamaría, doña María Blanco Ortúñez, don Héctor Castresana del Pozo, doña María del Carmen Fernández Caballero y doña Mónica Lafuente Ureta.

¿Se entienden por... ratificados por... por asentimiento? Quedan ratificados por asentimiento los Ponentes de la Comisión.

Elaboración del Dictamen

Segundo punto del Orden del Día: "Elaboración del Dictamen de la Comisión sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la Unión Europea siguientes:

- Propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica los Reglamentos número 1290/2005 y 1234/2007 del Consejo, en lo que respecta a la distribución de alimentos a las personas más necesitadas de la Unión.

- Y Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo del Consejo por la que se modifica la Directiva 2001/112 del Consejo, relativa a los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana."

Respecto de la propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo del Consejo acerca de la distribución de alimentos a las personas más necesitadas de la Unión, tiene en primer lugar la palabra la señora Procuradora doña María Blanco Ortúñez.


LA SEÑORA BLANCO ORTÚÑEZ:

Gracias, Presidente. Buenas tardes, Señorías. Antes de comenzar, y como viene siendo habitual en esta Comisión, pues, reiterar el buen ambiente vivido en la Ponencia y desear que siga manteniéndose en las Ponencias sucesivas.

Respecto a la propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo del Consejo que modifica el Reglamento número 1290/2005 y número 1234/2007, en lo que respecta a la distribución de alimentos a las personas más necesitadas de la Unión, destacar que los planes de ayudas a personas necesitadas, a través de la distribución de alimentos, tienen su origen en las olas de frío que se produjeron en Europa durante los años mil novecientos ochenta y seis y ochenta y siete.

En ese momento, la Comisión Europea decidió hacer frente a la situación de necesidad que provocaron, haciendo uso de los productos excedentarios almacenados en los organismos de intervención de los Estados miembros, para transformarlos en alimentos destinados a las personas más desfavorecidas.

Ante el éxito de la medida, pasó de ser una acción meramente puntual a ser una acción permanente con planes anuales.

La propuesta que traemos a esta... a esta Comisión, este Reglamento está basado en uno del año dos mil ocho por la que los Estados miembros elegían productos alimenticios a distribuir y se establecían planes trienales de distribución. Esta distribución de alimentos seguía adelante con la colaboración de... de organizaciones y de servicios sociales locales, beneficiándose durante estos años y de este Programa más de trece millones de ciudadanos europeos cada año.

La propuesta modificada prevé porcentajes de cofinanciación nacionales y fija en 500 millones de euros el máximo anual de la contribución de la Unión Europea. Además, aporta una serie de adaptaciones de la propuesta original del año dos mil ocho y la ajusta al Tratado de Lisboa.

Esta cofinanciación para mejorar la planificación y la gestión de los fondos da a los Estados miembros mayores responsabilidades de cara al Programa; plantea unos límites de cofinanciación más favorables, un 25 y un 10% en el caso de los Estados miembros beneficiarios del Fondo de Cohesión, frente al 50 y 25% después del periodo de introducción gradual previsto en la propuesta inicial.

Una de las novedades de esta propuesta es que se introducen nuevos productos. Ya no se limitan a los que se aplica la intervención. Se introducen, por ejemplo, hortalizas, frutas o aceite para cocinar, y tienen que ser las autoridades nacionales las que se encarguen de elegir los alimentos, según criterios nutricionales y de su reparto en cooperación con colaboradores de la sociedad civil.

Según la propuesta, los Estados miembros tienen la posibilidad de dar preferencia a los productos originarios de la Unión, y la distribución deber ser gratuita o a un precio no superior al justificado por los costes incurridos por la organización designada para repartir los alimentos.

La participación en este Programa es voluntaria. Actualmente son diecinueve los Estados miembros participantes, entre ellos nuestro país.

Partiendo de la base de que la política agraria común debe financiar a todos los sectores de la sociedad, no solo a los agricultores, y teniendo en cuenta el contexto actual en el que varios millones de europeos tienen dificultad de acceso a los alimentos -dentro de los cuales se encuentran miles de personas de Castilla y León-, esta ayuda se debe prestar a una amplia gama de personas necesitadas, incluidas familias con dificultades, ancianos con recursos insuficientes, personas sin techo, minusválidos, niños en situación de riesgo, trabajadores pobres inmigrantes y solicitantes de asilo.

Serán los Estados miembros –como he dicho anteriormente- los que seleccionarán las organizaciones adecuadas que, por lo general, serán organizaciones de beneficencia o servicios sociales los que se encarguen de llevar a cabo esta distribución, por lo que las competencias –como aparece en el Informe de Ponencia- que se pueden ver afectadas en nuestra Comunidad son aquellas referentes a agroalimentación, agricultura y servicios sociales.

Puesto que una vez publicadas en el diario oficial la asignación de estas ayudas, el Fondo Español de Garantía Agraria, FEGA, organismo dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marido, es el que iniciará los procedimientos para contratar el suministro de los alimentos que se van a distribuir.

Y posteriormente, serán las Comisiones Provinciales de Distribución de alimentos, en las que participa obligatoriamente un representante del área de agricultura, un representante del Ayuntamiento de la ciudad, de la Diputación, de las... entidades beneficiarias del Banco de Alimentos, así como representantes de la Comunidad Autónoma. Debe ser esta Comisión la que tiene que estudiar las solicitudes, seleccionar los beneficiarios, así como verificar y hacer un seguimiento de esta distribución.

Es la Federación Regional de Bancos de Alimentos en Castilla y León, dentro de la que se engloban once organizaciones, las que llevan a cabo la distribución de estos... de estos alimentos. Por ejemplo, en Valladolid, en el año dos mil nueve, se repartieron un total de dos millones dos mil cien kilos de alimentos no perecederos, de los que cuatrocientos setenta y seis mil procedían del convenio establecido con el Fondo Español de Garantía Agraria. Y otro ejemplo: la provincia de Segovia, con el Plan 2010, se distribuirán cerca de doscientos veinte mil doscientos kilos y litros de alimentos, por un valor de más de 173.000 euros, entre más de cinco mil beneficiarios.

Entendemos, por lo tanto, que esta propuesta de Reglamento, esta modificación, es favorable y que se ajusta al principio de subsidiariedad en los términos del Artículo 5 del Tratado de la Unión Europea. Gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GARCÍA VICENTE):

Muchas gracias, Señoría. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la señora Ayala Santamaría.


LA SEÑORA AYALA SANTAMARÍA:

Gracias, Presidente. Pues, bien. Voy a ser muy breve porque dentro de ese "buen ambiente" que, efectivamente, ha habido en la Ponencia, conlleva que hemos estado absolutamente de acuerdo en el contenido de este... de la aprobación de este... de este nuevo Reglamento, en la propuesta de aprobación. Y podríamos decir, de forma coloquial, que la señora Blanco me ha pisado totalmente la intervención, porque, básicamente, pues iba a decir lo que usted ha dicho hace unos momentos.

Yo creo que sí que es importante remarcar la importancia de un Programa de estas características, sobre todo, porque, como se ha comentado aquí, hay trece millones de personas en dos mil ocho que se han visto favorecidas por este Programa y también tener en cuenta, lógicamente, que, con la extensión de la Unión Europea, pues va creciendo el número de personas necesitadas en la Unión y, por tanto, va creciendo la necesidad de mantener y acrecentar este programa.

Aplaudir especialmente la posibilidad de que no solo pueda hablarse de las existencias que hay intervención... en intervención de la propia PAC, sino que se pueda acudir al mercado en busca de esas existencias, de esos alimentos para necesitados. Consideramos que es algo muy adecuado, igualmente que la cofinanciación entre los Estados miembros, porque de alguna forma entendemos que, si era un programa -como ha sido hasta ahora- únicamente financiado por la Unión Europea, es verdad que, quizás, los Estados miembros parece que nos acaba pillando un poco más lejos. Sin embargo, al cofinanciar los programas, como es la propuesta del Reglamento, yo creo que es muy probable que se vea más cercana la aplicación de este programa. Y creo que, cuando las cosas se hacen bien, como es este caso, es muy positivo que los propios ciudadanos de la Unión Europea podamos saber que se hacen este tipo de programas.

Ciñéndonos... puesto que -como digo- lo que es el contenido de la... de ese... de esa modificación del Reglamento ha sido aludida por mi compañera hace unos minutos, insistir en que, efectivamente, entra dentro del principio de subsidiariedad al ser una competencia compartida según el Tratado de Lisboa, el Artículo 4.2.d), hablando de agricultura. Y, lógicamente, que creemos absolutamente oportuno que intervenga la Unión Europea, porque los objetivos de esta acción que se pretende, que es la distribución de alimentos para las personas más necesitadas de la Unión, no pueden alcanzarse de manera suficiente, en este caso, por la Comunidad Autónoma, ni siquiera por el Estado miembro, que sería España. Por tanto, entendemos que es absolutamente necesario que intervenga la Unión Europea para que se cumplan los objetivos de este programa de forma más satisfactoria.

Entendemos igualmente -y así consta en el Informe de la Ponencia- que hay muchos aspectos transnacionales, porque estos alimentos procedentes tanto de la intervención como del mercado, lógicamente, no tenemos un control único, en un mercado global como es el nuestro, de controlar ni el mercado, lógicamente, en esto... en este tipo de alimentos, ni las existencias de intervención. Con lo cual, insistimos en la necesidad de que sea la Unión Europea la que intervenga.

Y, luego, por otro lado, y ya para terminar respecto de mi intervención, creemos que es absolutamente necesario que la Unión Europea intervenga porque es primordial que existan procedimientos comunes para poder comparar cómo se está regulando el programa en los distintos Estados miembros, porque entendemos que eso será garantía de que haya una ejecución uniforme y mejor de este programa de alimentos a necesitados. Por mi parte es todo. Gracias, y buenas tardes.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GARCÍA VICENTE):

Muchas gracias, Señoría. Al respecto de la propuesta de Directiva relativa a los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana, tiene la palabra, por parte del Grupo Parlamentario Socialista, la señora Lafuente Ureta.


LA SEÑORA LAFUENTE URETA:

Gracias, señor Presidente. Y... y muy brevemente, también, por el... el tema que nos ocupa. Y, además de agradecer la... la buena... la buena sintonía que hubo en la Comisión, pues agradecer también a la Ponente, en este caso, del Grupo Popular la capacidad de negociación a fin de llegar a un acuerdo para poder aprobar también por unanimidad; y a la señora Letrada, como no es posible, el esfuerzo que ha hecho hasta el último momento, casi el domingo por la noche, a intentar solucionar la... la Ponencia.

La modificación de la Directiva 2001/112/CE, relativa a los zumos y frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana, establece normas relativas a la composición, el empleo de denominación reservada, las características de la fabricación y el... y el etiquetado, con el fin de garantizar su libre circulación.

Con esta Directiva, la 2009/106 de la CE, de la Comisión, de catorce de agosto, se pretende dar una uniformidad sobre la distinción de zumo de fruta, los elaborados a partir de concentrados, simplificar las disposiciones sobre la reconstrucción del sabor, el aroma o eliminar azúcares de las listas de ingredientes autorizados.

Desde este Grupo entendemos que sí se cumple el principio de subsidiaridad, entendemos que la homogeneización de estos productos, con el fin de mantener el libre mercado en igualdad de condiciones, distinguiendo entre zumos de fruta o concentrados de fruta, y, además, la normativa marcada desde la Unión Europea garantizará la seguridad de todos los ciudadanos de la Unión Europea.

La reconstrucción del sabor, el aroma o la eliminación de azúcares de la lista de ingredientes autorizados entendemos que depende más de la salud de los ciudadanos que de un simple hecho de libre mercado en igualdad de condiciones.

La Comisión Europea propuso hoy a los veintisiete Estados de la Unión Europea prohibir el añadido de azúcares en zumos de fruta para... para contribuir a una dieta más equilibrada y frenar los crecientes problemas de obesidad infantil que afecta a los distintos países comunitarios. El elevado contenido de azúcar en los zumos de fruta, al igual que el de las bebidas refrescantes, es uno de los factores que contribuye a la... a la expansión de la obesidad infantil en Europa. Los últimos datos indican que existe en la Unión Europea unos catorce millones de niños en edad escolar con sobrepeso, de los cuales tres millones sufren de obesidad. El número de niños con sobrepeso y obesidad es... se incrementa, además, cada año a un ritmo alarmante de unos cuatrocientos mil nuevos casos, según un estudio manejado por los responsables comunitarios. El porcentaje de niños con problemas de sobrepeso y obesidad alcanza ya el 24% del total del conjunto de la Unión Europea; cinco puntos por encima de lo que se preveía sería la tendencia. España, Portugal e Italia registran unos niveles superiores a la media, con más del 30% de niños de siete a once años afectados por el problema de sobrepeso y de obesidad. Por ello, quizás, nos caben... nos caben más dudas si este punto debería ser abordado por los Estados miembros con sus competencias sanitarias y de salud pública.

Por otro lado, entendemos que la posibilidad... un posible problema que puede suponer para las azucareras de nuestra Comunidad, ya que la eliminación de azúcares como producto autorizado puede suponer un perjuicio a la hora de tomar esta medida; pero entendemos que, juntando los dos factores, entendemos necesario que sea la Comisión Europea la que regule estos aspectos sobre el... el tema del azúcar y, desde luego, evitando algún tipo de... de presión, y entendiendo siempre prioritaria la salud humana por encima de cualquier otro aspecto. Y, en este sentido, pues entendemos que... que sí que es lógico lo que se pretende, que sí que se cumple el principio de subsidiariedad, y que estamos conformes con la modificación de la Directiva.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GARCÍA VICENTE):

Muchas gracias, Señoría. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la señora Fernández Caballero.


LA SEÑORA FERNÁNDEZ CABALLERO:

Muchas gracias, Presidente. Pues comienzo también dando las gracias, como no podía ser de otra manera, por el acuerdo y por la manera en la que hemos llegado a él.

Y, en cuanto al tema que hoy nos trae aquí, pues no podemos decir nada más que estamos también de acuerdo en... en cuanto al motivo de esta modificación, porque lo que intenta es frenar el alarmante incremento de la obesidad en los países europeos, y, sobre todo, de luchar contra la obesidad infantil, que, como ya hemos visto, se está convirtiendo en uno de los mayores problemas de salud entre nuestros niños y adolescentes. Esa cifra del 30% de niños afectados por obesidad en nuestro país, entre siete y once años, de verdad que es muy preocupante; algo de lo que ya teníamos constancia porque aquí, en la Comisión que hubo del Deporte, quedó reflejado por todos los expertos que participaron que ese es el mayor problema de salud que hasta este momento tienen nuestros niños.

Por lo tanto, entendemos que... que es lógico que se aborde de la manera en la que se va abordar, porque será la manera de intentar, por lo menos, poner un... una solución o ralentizar el problema. Los científicos españoles apoyan además esta iniciativa, y reconocen que el problema reside en que algunos zumos se endulzan demasiado y que, si el azúcar no se quema rápido a través del ejercicio físico, pues, se puede convertir en grasa y puede favorecer esos problemas de obesidad.

Actualmente la Directiva comunitaria y el correspondiente Decreto permiten agregar a los zumos hasta un máximo de quince gramos por litro para corregir la acidez; la medida planteada desde Bruselas se incorporaría como enmienda a la presente Directiva europea sobre zumos de frutas y autorizaría una cantidad no superior a tres gramos por litro de zumo. Esta prohibición solo afectaría a los zumos de frutas y concentrados, porque a los néctares no hay más remedio que añadirle una cantidad superior de azúcar para poder rectificar la acidez que tienen, algo que podría impedir el consumo si no se rectifica. Entonces, la adicción en este caso seguiría estando autorizada hasta el 20% del peso total en el caso de los néctares de frutas. Además, sí que nos parece interesante, también, comprobar que antes de elaborar la propuesta se consultó con la asociación europea de elaboradores de frutas, y que esta propuesta forma parte de su código de buenas prácticas. Pero, como dijo... ha dicho mi compañera, doña Mónica, en previsión de posibles perjuicios al sector azucarero de nuestra Comunidad, hemos incluido en el documento una referencia a esta cuestión, reclamando que se tomen las medidas necesarias para que esto no sea así.

Dentro de las dos partes principales que conlleva la propuesta, es tan interesante la de prohibir la adición del azúcar y la de... como la del etiquetado, y entendemos que esta del etiquetado, que puede pasar más desapercibida, también es importante porque entendemos que es la manera más segura que tiene el consumidor para poder elegir el tipo de zumo que más se adapte a sus necesidades, y que contar con una etiqueta clara, concisa y perfectamente legible que permita reconocer con su simple lectura el tipo de producto ante el que estamos, pues, es también un avance para... para poder evitar los productos excesivamente azucarados o que tiendan a engordar.

Y en cuanto a lo que es el principio de subsidiariedad, entendemos que, aunque en este caso, como ya se indicaba en el informe, la propuesta de la Directiva no recoge un análisis de cómo incide la regulación que dispone en el principio de subsidiariedad, queda claro que, con arreglo a los principios de subsidiariedad y proporcionalidad establecidos en el Artículo 5 del Tratado, en este caso -como ha ocurrido en la mayoría de los tratados en esta Comisión- los Estados miembros no podrían lograr adecuadamente el objetivo de establecer definiciones y normas comunes para los productos; y lo que sí es evidente es que pueden lograrse mejor a un nivel comunitario, y que la presente Directiva no excede de lo necesario para alcanzar este objetivo. Por lo tanto, entendemos que se cumple el principio de subsidiariedad. Muchas gracias.

Votación Dictamen


EL PRESIDENTE (SEÑOR GARCÍA VICENTE):

Muchas gracias, Señoría. Finalizado el debate, procedemos a la votación del Informe de la Ponencia.

¿Podemos darlo por aprobado por asentimiento? Perfecto. Pues, en consecuencia, queda aprobado por la Comisión el Dictamen sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos y actos legislativos de la Unión Europea que han sido objeto de estudio.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las dieciocho horas].


DS(C) nº 587/7 del 18/10/2010

CVE="DSCOM-07-000587"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
VII Legislatura
Comisión de Asuntos Europeos
DS(C) nº 587/7 del 18/10/2010
CVE: DSCOM-07-000587

DS(C) nº 587/7 del 18/10/2010. Comisión de Asuntos Europeos
Sesión Celebrada el día 18 de octubre de 2010, en Valladolid
Bajo la Presidencia de: Alfonso José García Vicente
Pags. 11249-11254

ORDEN DEL DÍA:

1. Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de elaborar el informe sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la UE.

2. Elaboración del Dictamen de la Comisión sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en el siguiente proyecto de acto legislativo de la UE:

- Propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica los Reglamentos (CE) n.º 1290/2005 y (CE) n.º 1234/2007 del Consejo, en lo que respecta a la distribución de alimentos a las personas más necesitadas de la Unión [COM(2010) 486 final].- Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo del Consejo por la que se modifica la Directiva 2001/112/CE del Consejo relativa a los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana [COM(2010) 490 final].

SUMARIO:

 ** Se inicia la sesión a las diecisiete horas cuarenta minutos.

 ** El Presidente, Sr. García Vicente, abre la sesión.

 ** Intervención del Procurador Sr. Sánchez Estévez (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Fernández Caballero (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día. Ratificación de la Ponencia.

 ** El Presidente, Sr. García Vicente, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** El Presidente, Sr. García Vicente, de acuerdo con el apartado quinto de la Resolución de la Presidencia de catorce de junio de dos mil diez y el Artículo 114.2 del Reglamento, somete a la Comisión la ratificación de los Ponentes designados por los Grupos Parlamentarios. Son ratificados.

 ** Segundo punto del Orden del Día. Elaboración del Dictamen.

 ** El Presidente, Sr. García Vicente, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Blanco Ortúñez (Grupo Socialista).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Ayala Santamaría (Grupo Popular).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Lafuente Ureta (Grupo Socialista).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Fernández Caballero (Grupo Popular).

 ** Queda aprobado por asentimiento el Dictamen sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la Unión Europea que han sido objeto de estudio.

 ** El Presidente, Sr. García Vicente, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las dieciocho horas.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las diecisiete horas cuarenta minutos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR GARCÍA VICENTE):

Buenas tardes. Se abre la sesión. En primer lugar, le ruego a los Portavoces de los Grupos Parlamentarios comuniquen las sustituciones que tengan lugar para esta sesión. ¿Por parte del Grupo Parlamentario Socialista, señor Sánchez Estévez?


EL SEÑOR SÁNCHEZ ESTÉVEZ:

Buenas tardes, gracias, señor Presidente. Muy buenas tardes, señoras y señores Procuradores y Procuradoras. Doña Elena Pérez sustituye a don Óscar Sánchez y doña Ángela Marqués a don Pedro Nieto.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GARCÍA VICENTE):

Muchas gracias. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, la señora Fernández Caballero.


LA SEÑORA FERNÁNDEZ CABALLERO:

Buenas tardes, señor Presidente. Ana Rosa Sopeña Ballina sustituye a María de las Mercedes Alzola Allende.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GARCÍA VICENTE):

Muchas gracias. Procedo, por tanto, a dar lectura al primer punto del Orden del Día.

Primer punto del Orden del Día: "Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de elaborar el informe sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la Unión Europea".

De acuerdo con el apartado quinto de la Resolución de la Presidencia, de catorce de junio de dos mil diez, por la que se aprueban las normas sobre el procedimiento de control del principio de subsidiariedad y el Artículo 114.2 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se propone la ratificación de los Ponentes designados por los distintos Grupos Parlamentarios. Esta designación recayó en los señores Procuradores doña Cristina Ayala Santamaría, doña María Blanco Ortúñez, don Héctor Castresana del Pozo, doña María del Carmen Fernández Caballero y doña Mónica Lafuente Ureta.

¿Se entienden por... ratificados por... por asentimiento? Quedan ratificados por asentimiento los Ponentes de la Comisión.

Elaboración del Dictamen

Segundo punto del Orden del Día: "Elaboración del Dictamen de la Comisión sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la Unión Europea siguientes:

- Propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica los Reglamentos número 1290/2005 y 1234/2007 del Consejo, en lo que respecta a la distribución de alimentos a las personas más necesitadas de la Unión.

- Y Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo del Consejo por la que se modifica la Directiva 2001/112 del Consejo, relativa a los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana."

Respecto de la propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo del Consejo acerca de la distribución de alimentos a las personas más necesitadas de la Unión, tiene en primer lugar la palabra la señora Procuradora doña María Blanco Ortúñez.


LA SEÑORA BLANCO ORTÚÑEZ:

Gracias, Presidente. Buenas tardes, Señorías. Antes de comenzar, y como viene siendo habitual en esta Comisión, pues, reiterar el buen ambiente vivido en la Ponencia y desear que siga manteniéndose en las Ponencias sucesivas.

Respecto a la propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo del Consejo que modifica el Reglamento número 1290/2005 y número 1234/2007, en lo que respecta a la distribución de alimentos a las personas más necesitadas de la Unión, destacar que los planes de ayudas a personas necesitadas, a través de la distribución de alimentos, tienen su origen en las olas de frío que se produjeron en Europa durante los años mil novecientos ochenta y seis y ochenta y siete.

En ese momento, la Comisión Europea decidió hacer frente a la situación de necesidad que provocaron, haciendo uso de los productos excedentarios almacenados en los organismos de intervención de los Estados miembros, para transformarlos en alimentos destinados a las personas más desfavorecidas.

Ante el éxito de la medida, pasó de ser una acción meramente puntual a ser una acción permanente con planes anuales.

La propuesta que traemos a esta... a esta Comisión, este Reglamento está basado en uno del año dos mil ocho por la que los Estados miembros elegían productos alimenticios a distribuir y se establecían planes trienales de distribución. Esta distribución de alimentos seguía adelante con la colaboración de... de organizaciones y de servicios sociales locales, beneficiándose durante estos años y de este Programa más de trece millones de ciudadanos europeos cada año.

La propuesta modificada prevé porcentajes de cofinanciación nacionales y fija en 500 millones de euros el máximo anual de la contribución de la Unión Europea. Además, aporta una serie de adaptaciones de la propuesta original del año dos mil ocho y la ajusta al Tratado de Lisboa.

Esta cofinanciación para mejorar la planificación y la gestión de los fondos da a los Estados miembros mayores responsabilidades de cara al Programa; plantea unos límites de cofinanciación más favorables, un 25 y un 10% en el caso de los Estados miembros beneficiarios del Fondo de Cohesión, frente al 50 y 25% después del periodo de introducción gradual previsto en la propuesta inicial.

Una de las novedades de esta propuesta es que se introducen nuevos productos. Ya no se limitan a los que se aplica la intervención. Se introducen, por ejemplo, hortalizas, frutas o aceite para cocinar, y tienen que ser las autoridades nacionales las que se encarguen de elegir los alimentos, según criterios nutricionales y de su reparto en cooperación con colaboradores de la sociedad civil.

Según la propuesta, los Estados miembros tienen la posibilidad de dar preferencia a los productos originarios de la Unión, y la distribución deber ser gratuita o a un precio no superior al justificado por los costes incurridos por la organización designada para repartir los alimentos.

La participación en este Programa es voluntaria. Actualmente son diecinueve los Estados miembros participantes, entre ellos nuestro país.

Partiendo de la base de que la política agraria común debe financiar a todos los sectores de la sociedad, no solo a los agricultores, y teniendo en cuenta el contexto actual en el que varios millones de europeos tienen dificultad de acceso a los alimentos -dentro de los cuales se encuentran miles de personas de Castilla y León-, esta ayuda se debe prestar a una amplia gama de personas necesitadas, incluidas familias con dificultades, ancianos con recursos insuficientes, personas sin techo, minusválidos, niños en situación de riesgo, trabajadores pobres inmigrantes y solicitantes de asilo.

Serán los Estados miembros –como he dicho anteriormente- los que seleccionarán las organizaciones adecuadas que, por lo general, serán organizaciones de beneficencia o servicios sociales los que se encarguen de llevar a cabo esta distribución, por lo que las competencias –como aparece en el Informe de Ponencia- que se pueden ver afectadas en nuestra Comunidad son aquellas referentes a agroalimentación, agricultura y servicios sociales.

Puesto que una vez publicadas en el diario oficial la asignación de estas ayudas, el Fondo Español de Garantía Agraria, FEGA, organismo dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marido, es el que iniciará los procedimientos para contratar el suministro de los alimentos que se van a distribuir.

Y posteriormente, serán las Comisiones Provinciales de Distribución de alimentos, en las que participa obligatoriamente un representante del área de agricultura, un representante del Ayuntamiento de la ciudad, de la Diputación, de las... entidades beneficiarias del Banco de Alimentos, así como representantes de la Comunidad Autónoma. Debe ser esta Comisión la que tiene que estudiar las solicitudes, seleccionar los beneficiarios, así como verificar y hacer un seguimiento de esta distribución.

Es la Federación Regional de Bancos de Alimentos en Castilla y León, dentro de la que se engloban once organizaciones, las que llevan a cabo la distribución de estos... de estos alimentos. Por ejemplo, en Valladolid, en el año dos mil nueve, se repartieron un total de dos millones dos mil cien kilos de alimentos no perecederos, de los que cuatrocientos setenta y seis mil procedían del convenio establecido con el Fondo Español de Garantía Agraria. Y otro ejemplo: la provincia de Segovia, con el Plan 2010, se distribuirán cerca de doscientos veinte mil doscientos kilos y litros de alimentos, por un valor de más de 173.000 euros, entre más de cinco mil beneficiarios.

Entendemos, por lo tanto, que esta propuesta de Reglamento, esta modificación, es favorable y que se ajusta al principio de subsidiariedad en los términos del Artículo 5 del Tratado de la Unión Europea. Gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GARCÍA VICENTE):

Muchas gracias, Señoría. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la señora Ayala Santamaría.


LA SEÑORA AYALA SANTAMARÍA:

Gracias, Presidente. Pues, bien. Voy a ser muy breve porque dentro de ese "buen ambiente" que, efectivamente, ha habido en la Ponencia, conlleva que hemos estado absolutamente de acuerdo en el contenido de este... de la aprobación de este... de este nuevo Reglamento, en la propuesta de aprobación. Y podríamos decir, de forma coloquial, que la señora Blanco me ha pisado totalmente la intervención, porque, básicamente, pues iba a decir lo que usted ha dicho hace unos momentos.

Yo creo que sí que es importante remarcar la importancia de un Programa de estas características, sobre todo, porque, como se ha comentado aquí, hay trece millones de personas en dos mil ocho que se han visto favorecidas por este Programa y también tener en cuenta, lógicamente, que, con la extensión de la Unión Europea, pues va creciendo el número de personas necesitadas en la Unión y, por tanto, va creciendo la necesidad de mantener y acrecentar este programa.

Aplaudir especialmente la posibilidad de que no solo pueda hablarse de las existencias que hay intervención... en intervención de la propia PAC, sino que se pueda acudir al mercado en busca de esas existencias, de esos alimentos para necesitados. Consideramos que es algo muy adecuado, igualmente que la cofinanciación entre los Estados miembros, porque de alguna forma entendemos que, si era un programa -como ha sido hasta ahora- únicamente financiado por la Unión Europea, es verdad que, quizás, los Estados miembros parece que nos acaba pillando un poco más lejos. Sin embargo, al cofinanciar los programas, como es la propuesta del Reglamento, yo creo que es muy probable que se vea más cercana la aplicación de este programa. Y creo que, cuando las cosas se hacen bien, como es este caso, es muy positivo que los propios ciudadanos de la Unión Europea podamos saber que se hacen este tipo de programas.

Ciñéndonos... puesto que -como digo- lo que es el contenido de la... de ese... de esa modificación del Reglamento ha sido aludida por mi compañera hace unos minutos, insistir en que, efectivamente, entra dentro del principio de subsidiariedad al ser una competencia compartida según el Tratado de Lisboa, el Artículo 4.2.d), hablando de agricultura. Y, lógicamente, que creemos absolutamente oportuno que intervenga la Unión Europea, porque los objetivos de esta acción que se pretende, que es la distribución de alimentos para las personas más necesitadas de la Unión, no pueden alcanzarse de manera suficiente, en este caso, por la Comunidad Autónoma, ni siquiera por el Estado miembro, que sería España. Por tanto, entendemos que es absolutamente necesario que intervenga la Unión Europea para que se cumplan los objetivos de este programa de forma más satisfactoria.

Entendemos igualmente -y así consta en el Informe de la Ponencia- que hay muchos aspectos transnacionales, porque estos alimentos procedentes tanto de la intervención como del mercado, lógicamente, no tenemos un control único, en un mercado global como es el nuestro, de controlar ni el mercado, lógicamente, en esto... en este tipo de alimentos, ni las existencias de intervención. Con lo cual, insistimos en la necesidad de que sea la Unión Europea la que intervenga.

Y, luego, por otro lado, y ya para terminar respecto de mi intervención, creemos que es absolutamente necesario que la Unión Europea intervenga porque es primordial que existan procedimientos comunes para poder comparar cómo se está regulando el programa en los distintos Estados miembros, porque entendemos que eso será garantía de que haya una ejecución uniforme y mejor de este programa de alimentos a necesitados. Por mi parte es todo. Gracias, y buenas tardes.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GARCÍA VICENTE):

Muchas gracias, Señoría. Al respecto de la propuesta de Directiva relativa a los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana, tiene la palabra, por parte del Grupo Parlamentario Socialista, la señora Lafuente Ureta.


LA SEÑORA LAFUENTE URETA:

Gracias, señor Presidente. Y... y muy brevemente, también, por el... el tema que nos ocupa. Y, además de agradecer la... la buena... la buena sintonía que hubo en la Comisión, pues agradecer también a la Ponente, en este caso, del Grupo Popular la capacidad de negociación a fin de llegar a un acuerdo para poder aprobar también por unanimidad; y a la señora Letrada, como no es posible, el esfuerzo que ha hecho hasta el último momento, casi el domingo por la noche, a intentar solucionar la... la Ponencia.

La modificación de la Directiva 2001/112/CE, relativa a los zumos y frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana, establece normas relativas a la composición, el empleo de denominación reservada, las características de la fabricación y el... y el etiquetado, con el fin de garantizar su libre circulación.

Con esta Directiva, la 2009/106 de la CE, de la Comisión, de catorce de agosto, se pretende dar una uniformidad sobre la distinción de zumo de fruta, los elaborados a partir de concentrados, simplificar las disposiciones sobre la reconstrucción del sabor, el aroma o eliminar azúcares de las listas de ingredientes autorizados.

Desde este Grupo entendemos que sí se cumple el principio de subsidiaridad, entendemos que la homogeneización de estos productos, con el fin de mantener el libre mercado en igualdad de condiciones, distinguiendo entre zumos de fruta o concentrados de fruta, y, además, la normativa marcada desde la Unión Europea garantizará la seguridad de todos los ciudadanos de la Unión Europea.

La reconstrucción del sabor, el aroma o la eliminación de azúcares de la lista de ingredientes autorizados entendemos que depende más de la salud de los ciudadanos que de un simple hecho de libre mercado en igualdad de condiciones.

La Comisión Europea propuso hoy a los veintisiete Estados de la Unión Europea prohibir el añadido de azúcares en zumos de fruta para... para contribuir a una dieta más equilibrada y frenar los crecientes problemas de obesidad infantil que afecta a los distintos países comunitarios. El elevado contenido de azúcar en los zumos de fruta, al igual que el de las bebidas refrescantes, es uno de los factores que contribuye a la... a la expansión de la obesidad infantil en Europa. Los últimos datos indican que existe en la Unión Europea unos catorce millones de niños en edad escolar con sobrepeso, de los cuales tres millones sufren de obesidad. El número de niños con sobrepeso y obesidad es... se incrementa, además, cada año a un ritmo alarmante de unos cuatrocientos mil nuevos casos, según un estudio manejado por los responsables comunitarios. El porcentaje de niños con problemas de sobrepeso y obesidad alcanza ya el 24% del total del conjunto de la Unión Europea; cinco puntos por encima de lo que se preveía sería la tendencia. España, Portugal e Italia registran unos niveles superiores a la media, con más del 30% de niños de siete a once años afectados por el problema de sobrepeso y de obesidad. Por ello, quizás, nos caben... nos caben más dudas si este punto debería ser abordado por los Estados miembros con sus competencias sanitarias y de salud pública.

Por otro lado, entendemos que la posibilidad... un posible problema que puede suponer para las azucareras de nuestra Comunidad, ya que la eliminación de azúcares como producto autorizado puede suponer un perjuicio a la hora de tomar esta medida; pero entendemos que, juntando los dos factores, entendemos necesario que sea la Comisión Europea la que regule estos aspectos sobre el... el tema del azúcar y, desde luego, evitando algún tipo de... de presión, y entendiendo siempre prioritaria la salud humana por encima de cualquier otro aspecto. Y, en este sentido, pues entendemos que... que sí que es lógico lo que se pretende, que sí que se cumple el principio de subsidiariedad, y que estamos conformes con la modificación de la Directiva.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GARCÍA VICENTE):

Muchas gracias, Señoría. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la señora Fernández Caballero.


LA SEÑORA FERNÁNDEZ CABALLERO:

Muchas gracias, Presidente. Pues comienzo también dando las gracias, como no podía ser de otra manera, por el acuerdo y por la manera en la que hemos llegado a él.

Y, en cuanto al tema que hoy nos trae aquí, pues no podemos decir nada más que estamos también de acuerdo en... en cuanto al motivo de esta modificación, porque lo que intenta es frenar el alarmante incremento de la obesidad en los países europeos, y, sobre todo, de luchar contra la obesidad infantil, que, como ya hemos visto, se está convirtiendo en uno de los mayores problemas de salud entre nuestros niños y adolescentes. Esa cifra del 30% de niños afectados por obesidad en nuestro país, entre siete y once años, de verdad que es muy preocupante; algo de lo que ya teníamos constancia porque aquí, en la Comisión que hubo del Deporte, quedó reflejado por todos los expertos que participaron que ese es el mayor problema de salud que hasta este momento tienen nuestros niños.

Por lo tanto, entendemos que... que es lógico que se aborde de la manera en la que se va abordar, porque será la manera de intentar, por lo menos, poner un... una solución o ralentizar el problema. Los científicos españoles apoyan además esta iniciativa, y reconocen que el problema reside en que algunos zumos se endulzan demasiado y que, si el azúcar no se quema rápido a través del ejercicio físico, pues, se puede convertir en grasa y puede favorecer esos problemas de obesidad.

Actualmente la Directiva comunitaria y el correspondiente Decreto permiten agregar a los zumos hasta un máximo de quince gramos por litro para corregir la acidez; la medida planteada desde Bruselas se incorporaría como enmienda a la presente Directiva europea sobre zumos de frutas y autorizaría una cantidad no superior a tres gramos por litro de zumo. Esta prohibición solo afectaría a los zumos de frutas y concentrados, porque a los néctares no hay más remedio que añadirle una cantidad superior de azúcar para poder rectificar la acidez que tienen, algo que podría impedir el consumo si no se rectifica. Entonces, la adicción en este caso seguiría estando autorizada hasta el 20% del peso total en el caso de los néctares de frutas. Además, sí que nos parece interesante, también, comprobar que antes de elaborar la propuesta se consultó con la asociación europea de elaboradores de frutas, y que esta propuesta forma parte de su código de buenas prácticas. Pero, como dijo... ha dicho mi compañera, doña Mónica, en previsión de posibles perjuicios al sector azucarero de nuestra Comunidad, hemos incluido en el documento una referencia a esta cuestión, reclamando que se tomen las medidas necesarias para que esto no sea así.

Dentro de las dos partes principales que conlleva la propuesta, es tan interesante la de prohibir la adición del azúcar y la de... como la del etiquetado, y entendemos que esta del etiquetado, que puede pasar más desapercibida, también es importante porque entendemos que es la manera más segura que tiene el consumidor para poder elegir el tipo de zumo que más se adapte a sus necesidades, y que contar con una etiqueta clara, concisa y perfectamente legible que permita reconocer con su simple lectura el tipo de producto ante el que estamos, pues, es también un avance para... para poder evitar los productos excesivamente azucarados o que tiendan a engordar.

Y en cuanto a lo que es el principio de subsidiariedad, entendemos que, aunque en este caso, como ya se indicaba en el informe, la propuesta de la Directiva no recoge un análisis de cómo incide la regulación que dispone en el principio de subsidiariedad, queda claro que, con arreglo a los principios de subsidiariedad y proporcionalidad establecidos en el Artículo 5 del Tratado, en este caso -como ha ocurrido en la mayoría de los tratados en esta Comisión- los Estados miembros no podrían lograr adecuadamente el objetivo de establecer definiciones y normas comunes para los productos; y lo que sí es evidente es que pueden lograrse mejor a un nivel comunitario, y que la presente Directiva no excede de lo necesario para alcanzar este objetivo. Por lo tanto, entendemos que se cumple el principio de subsidiariedad. Muchas gracias.

Votación Dictamen


EL PRESIDENTE (SEÑOR GARCÍA VICENTE):

Muchas gracias, Señoría. Finalizado el debate, procedemos a la votación del Informe de la Ponencia.

¿Podemos darlo por aprobado por asentimiento? Perfecto. Pues, en consecuencia, queda aprobado por la Comisión el Dictamen sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos y actos legislativos de la Unión Europea que han sido objeto de estudio.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las dieciocho horas].


CVE="DSCOM-07-000587"



Sede de las Cortes de Castilla y León