DS(C) nº 598/7 del 28/10/2010









Orden del Día:




1. Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de elaborar el informe sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la UE.

2. Elaboración del Dictamen de la Comisión sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en el siguiente proyecto de acto legislativo de la UE:

- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (CE) n.° 460/2004, por el que se crea la Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información, en lo que respecta a su duración [COM(2010) 520 final].- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información (ENISA) [COM(2010) 521 final] {SEC(2010) 1126} {SEC(2010) 1127}.

- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) [COM(2010) 537 final].- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (CE) n.º 73/2009 del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a los agricultores en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores [COM(2010) 539 final].

- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo. Reglamento (UE) n.º .../2010 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la homologación y a la vigilancia del mercado de los vehículos de dos o tres ruedas y los cuatriciclos (Texto pertinente a efectos del EEE) [COM(2010) 542 final] {SEC(2010) 1151} {SEC(2010) 1152}.


Sumario:






 ** Se inicia la sesión a las diez horas cuarenta minutos.

 ** La Vicepresidenta, Sra. Alzola Allende, abre la sesión.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Blanco Ortúñez (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Fernández Caballero (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día. Ratificación Ponencia.

 ** La Vicepresidenta, Sra. Alzola Allende, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** La Vicepresidenta, Sra. Alzola Allende, de acuerdo con el apartado quinto de la Resolución de la Presidencia de catorce de junio de dos mil diez y el Artículo 114.2 del Reglamento, somete a la Comisión la ratificación de los Ponentes designados por los Grupos Parlamentarios. Son ratificados.

 ** Segundo punto del Orden del Día. Elaboración del Dictamen.

 ** La Vicepresidenta, Sra. Alzola Allende, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Blanco Ortúñez (Grupo Socialista).

 ** Compartiendo turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Fuentes López (Grupo Socialista).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. García Vicente (Grupo Popular).

 ** Queda aprobado por asentimiento el Dictamen sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la Unión Europea que han sido objeto de estudio.

 ** La Vicepresidenta, Sra. Alzola Allende, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las once horas.




Texto:

[Se inicia la sesión a las diez horas cuarenta minutos].


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Buenos días. Se abre la sesión. ¿Algún Grupo Parlamentario tiene que comunicar alguna sustitución? ¿Por el Grupo Parlamentario Socialista?


LA SEÑORA BLANCO ORTÚÑEZ:

Buenos días, señora Presidenta. Doña Natalia López-Molina sustituye a José Miguel Sánchez y Alfredo Villaverde sustituye a Óscar Sánchez.


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Muchas gracias. ¿Por el Grupo Parlamentario Popular?


LA SEÑORA FERNÁNDEZ CABALLERO:

Buenos días, Presidenta. Juan Dúo Torrado sustituye a Jesús Berzosa González, Alejo Riñones Rico sustituye a María Dolores Ruiz-Ayúcar Zurdo y Ana Rosa Sopeña Ballina sustituye a Francisco Javier García-Prieto Gómez.

Ratificación Ponencia


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Muchas gracias. Primer punto del Orden del Día: "Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de elaborar el informe sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la Unión Europea".

De acuerdo con el apartado quinto de la Resolución de la Presidencia de catorce de junio de dos mil diez, por la que se aprueban las normas sobre el procedimiento de control del principio de subsidiariedad, y el Artículo 114.2 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se propone la ratificación de los Ponentes designados por los distintos Grupos Parlamentarios.

Esta designación recayó en los señores Procuradores don Héctor Castresana del Pozo, doña Mercedes Alzola Allende, doña María Blanco Ortúñez, don Manuel Fuentes López, don Alfonso García Vicente. ¿Se ratifica esta designación? Se ratifica por asentimiento.

Elaboración Dictamen

Segundo punto del Orden del Día: "Elaboración del Dictamen de la Comisión sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en los siguientes proyectos de acto legislativo de la Unión Europea:

- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento 460/2004, por el que se crea la Agencia Europea de Seguridad de Redes y de la Información, en lo que respecta a su... a su... a su duración.

- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información -bueno- (ENISA)[COM(2010) final]... bueno.

- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento número 1698/2005 del Consejo, relativo a la ayuda del desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural.

- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento 73/2009 del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a los agricultores en el marco de la Política Agrícola Común, y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores.

- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, Reglamento número 2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la homologación y a la vigilancia del mercado de los vehículos de dos o tres ruedas y de los cuatriciclos".

Bien, para la presenta... para fijar posiciones, se procede a la apertura de un turno de Portavoces de los distintos Grupos Parlamentarios. Por el Grupo Parlamentario Socialista, compartirán el turno, y comenzará doña María Blanco Ortúñez, para seguir don Manuel Fuentes López.


LA SEÑORA BLANCO ORTÚÑEZ:

Gracias, Presidenta. En primer lugar, y nuevamente en esta Comisión, agradecer a los miembros del Grupo Parlamentario Popular, y sobre todo, en... en esta ocasión, a la Letrada, la mente de la Ponencia, y, sobre todo, la... las prisas a la hora de elaborar el Informe. Laura, discúlpanos.

Y bueno, voy a comenzar por la propuesta de Reglamento del Parlamento y del Consejo relativa a la Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información, ENISA. Como ha quedado reflejado en el Informe de la Ponencia, las tecnologías de la información y la comunicación se han convertido en la columna vertebral de la economía y de la sociedad europea en su conjunto. Las TIC son vulnerables a amenazas que no se ciñen únicamente a fronteras nacionales y que han cambiado con la evolución de la tecnología y el mercado. Dado ese carácter mundial de las TIC y su interconexión e interdependencia con otras infraestructuras, no se puede garantizar su seguridad y resistencia mediante planteamientos puramente nacionales y descoordinados.

Al mismo tiempo, los retos relacionados con la seguridad de las redes y de la información evolucionan con rapidez, y es por ello preciso proteger las redes y los sistemas de información frente a todo tipo de perturbación y avería, incluido los agentes intencionados.

Las políticas relacionadas con la seguridad de las redes y la información desempeñan un papel fundamental en la Agencia Digital Europea. Hay que añadir que estas políticas forman parte de los derechos conocidos como "de cuarta generación".

El objetivo de ENISA es la mejora de las redes y de seguridad de la información en la Unión Europea para contribuir al desarrollo de una cultura de red y seguridad de la información en beneficio de los ciudadanos, de los consumidores, empresas y organizaciones del sector público de la Unión Europea, y, por lo tanto, para contribuir al buen funcionamiento del mercado interior. Esta Agencia tiene como misión ayudar a la Comisión, a los Estados miembros y a la comunidad empresarial en el cumplimiento de los requisitos de seguridad de las redes y la información, incluida la legislación de la Unión Europea presente y futuras.

Esta propuesta de Reglamento se fundamenta en el Artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que regula la aproximación de legislaciones para la consecución de los objetivos enunciados en el Artículo 26, que no son otros que el establecimiento de mercado interior y la garantía de su funcionamiento. Al tratarse de un ámbito de mercado interior, como establece el Artículo 4.2 del Tratado de Funcionamiento de la Unión, en el que la Unión dispone de competencia compartida con los Estados miembros, se aplica, por lo tanto, consideramos, el principio de subsidiariedad.

Así mismo, es también competencia compartida el establecimiento de un espacio de libertad, seguridad y justicia, tal y como establece el mismo artículo, por lo que la unión puede, a través de la Agencia, prevenir y combatir la ciberdelincuencia.

Esta normativa europea podría afectar a competencias de nuestra Comunidad, fundamentalmente las relativas a las tecnologías de la información y del conocimiento.

Desde el Grupo Parlamentario Socialista consideramos que es muy importante que los ciudadanos, las Administraciones y las empresas tengan confianza en las redes, puesto que si hay desconfianza se resiente el potencial de las TIC y la introducción de las TIC en las pequeñas y medianas empresas.

Por ello, la Agencia supone una garantía de seguridad, y nos gustaría proponer a la Junta de Castilla y León a que dé incentivos a las empresas para incorporar nuevas tecnologías, y que estas sean seguras; a que desarrolle programas de ayuda a... a las empresas, dentro de los programas Pyme Digital; y que se incorporen recomendaciones y apoyos para incrementar la seguridad, así como el incremento de redes disponibles.

Puesto que estas políticas exigen la colaboración, y los objetivos de la propuesta hoy objeto de estudio no pueden alcanzarlos individualmente los Estados miembros, y puesto que esto tendrá una repercusión beneficiosa sobre la protección de los derechos fundamentales, y en concreto sobre el derecho a la protección de los datos y la intimidad, consideramos que la propuesta de Reglamento se adecúa al principio de subsidiariedad en los términos del Artículo 5 del Tratado de la Unión.

La siguiente propuesta está enlazada con la anterior. Es la propuesta que tiene como objeto la modificación del Reglamento 460/2004, por el que se crea la Agencia Europea de Seguridad de las Redes y la Información, en lo que respecta a su duración, prorrogando el mandato de esta en dieciocho meses más, y, por ende, fijándolo en nueve años y seis meses desde... desde su establecimiento, que se produjo el catorce de marzo del año dos mil cuatro.

Esta propuesta –como he dicho anteriormente- está relacionada con la anterior, sin embargo, con la entrada en vigor de la Agencia, puede demorarse en el tiempo.

La Comisión pretende evitar el vacío legal que se puede producir dictando la propuesta que analizamos en estos momentos. Esta propuesta no recoge un análisis de cómo incide la regulación que dispone en el principio de subsidiariedad, si bien debemos destacar que esta norma supone una modificación del Reglamento 460/2004, con la finalidad de ampliar el mandato de la Agencia; Reglamento este que va a ser sustituido por el Reglamento que anteriormente hemos informado, y que establecerá y regulará nuevamente la Agencia.

Por lo tanto, las competencias que se ven afectadas son las mismas en las que se ampara la propuesta de Reglamento anterior; considerando, por lo tanto, que se cumple el principio de subsidiariedad.

Respecto a la tercera propuesta, es la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a homologación y vigilancia del mercado de los vehículos de dos o tres ruedas y los cuatriciclos.

Esta propuesta viene motivada porque las normas vigentes sobre clasificación y homologación de los vehículos con categoría L, es decir: ciclomotor, ciclomotor de tres ruedas, motocicleta, motocicleta con sidecar, triciclo de motor, cuatriciclo ligero y cuatriciclo pesado. La homologación actual es demasiado compleja y debe adaptarse a las nuevas tecnologías.

A esto hay que añadir que los vehículos de esta categoría representan una cuota cada vez mayor de las emisiones de hidrocarburos: aproximadamente un 62% del total de las emisiones debidas al transporte por carretera; emisiones que se mantienen, mientras que las de los turismos, camiones y autobuses van disminuyendo considerablemente.

Otro aspecto a señalar es que estos vehículos intervienen en un número importante de muertes y lesiones graves. Un ejemplo significativo es que, cada año, entre treinta mil y setenta y dos mil motociclistas sufren lesiones graves, y entre sesenta y seis mil y ciento cincuenta y cinco mil lesiones leves por accidente de tráfico en la Unión Europea. Mientras las muertes y lesiones graves han disminuido claramente en otras categorías, en la categoría L no bajan desde hace una década.

Al Grupo Parlamentario Socialista nos parece positiva esta propuesta de Reglamento: primero, por la simplificación del marco jurídico actual; segundo, porque se pretende con el mismo garantizar que los futuros vehículos contaminen menos desde su construcción hasta el final de su vida útil; y tercero, porque hará que se cumplan normas de seguridad más estrictas, lo que... ya que el fabricante o cualquier agente económico de la cadena de suministro podrá adoptar medidas de protección cuando un vehículo suponga un riesgo grave para los usuarios o para el medio ambiente. Con estas normas se contribuirá a reducir el número de muertes y lesiones por accidente de circulación en estos vehículos.

Por lo tanto, este Reglamento será beneficioso para los ciudadanos, contribuyendo a mejorar la calidad del aire, de acuerdo con la Estrategia de Calidad del Aire, y en materia de seguridad; mayor seguridad, menos lesionados y fallecidos.

También se verán beneficiados los fabricantes, que verán reducidos los costes y homologación de los nuevos tipos de vehículos, ya que la existencia de diferentes normas nacionales obstaculizaba el comercio y perjudicaba el establecimiento y el funcionamiento del mercado interior. Esta regulación más sencilla favorecerá la libre circulación de mercancías por la Unión.

Los ciudadanos se verán más protegidos frente a la contaminación atmosférica, porque, pese a que los Estados miembros pueden controlar los niveles de emisión en el ámbito local, las emisiones globales no se detienen en la frontera de un Estado miembro. Esto solo se puede abordar con medidas armonizadas a escala de la Unión Europea, y así como para evitar la fragmentación del mercado.

Por lo tanto, con esta propuesta, igualmente, se cumple con el principio de subsidiariedad.

Y, por mi parte, ya he culminado el... la exposición de las tres... de los tres reglamentos, y, bueno, pues cedo la palabra a mi compañero para que concluya.


EL SEÑOR FUENTES LÓPEZ:

Pues gracias, Presidenta. Gracias, María. Buenos días, Señorías. Voy a fijar la posición con respecto... del Grupo Socialista con... con respecto a dos Reglamentos, importantes y significativos: el Reglamento de ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento del Consejo relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola.

Bien, con relación... voy a hacer dos precisiones, con relación a los dos, exactamente igual como hicimos en la Ponencia. Con relación a los dos, la motivación es la misma: adaptar las competencias de ejecución de la Comisión, previstas en el Reglamento, a la diferenciación entre las competencias delegadas y las competencias de ejecución de la Comisión, introducida por los Artículos 290 y 291 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Esta es la motivación de ambas; nos parece positiva y nos parece un paso que había que dar, y lo que hacemos es fijar la posición.

Nos parece que cumplen las dos el principio de subsidiariedad y que, además, son necesarias por dos cuestiones: porque, según el Tratado de Lisboa, simplifican todos los trámites, lo cual yo creo que es bueno para los Gobiernos, para los Estados y para las Comunidades Autónomas en el caso de... de la nuestra; y, además, aclaran cuáles son las diferencias entre las competencias delegadas y las competencias de ejecución –como decía-. En el primer caso, lo que hacen es plantear una reducción y una simplificación de los informes que hay que realizar para poder hacer la evaluación y para poder hacer el seguimiento de los planes y proyectos en las políticas que se desarrollen de desarrollo rural; y, en el segundo caso, pues introducen elementos de simplificación en el ámbito de la condicionalidad y también de algunos otros aspectos que son importantes relacionados con la posibilidad de que no se exija la declaración de todas las superficies agrarias y que se excluya a aquellas superficies que tengan una superficie total inferior a una hectárea.

Pero, además, queríamos desde el Grupo Socialista -y así lo planteamos en la Ponencia- hacer una aportación, una aportación para poder dejar claro cuáles eran los criterios en aspectos importantes de la Política Agraria Comunitaria del Grupo Parlamentario Socialista, que al final consensuamos -y así consta en el Informe de la Ponencia-, porque coincidíamos y era una opinión compartida con los responsables del Grupo Parlamentario Popular. Y esa es nuestra aportación; aportación que la Letrada, yo creo que haciendo un excelente trabajo, ha reflejado como valoración política con esta redacción, dice: "Con esta propuesta se sigue manteniendo la idea fundamental de política común de la política agrícola, lo cual nos permite destacar nuestra oposición a cualquier iniciativa encaminada a la renacionalización de la Política Agraria Comunitaria y nuestro apoyo a que se mantenga en iguales niveles presupuestarios y a que siga orientada y aplicada desde la Unión Europea, negociando con los Estados miembros las modificaciones que se necesiten para que siga siendo competitiva a nivel internacional".

Nos parecía importante hacer esta aportación, que -repito, y finalizo mi intervención- al final ha sido una aportación compartida por todos los miembros de la Ponencia. Y creo que hay que aprovechar estas oportunidades, porque no tenemos muchas, para poder fijar claramente algunos criterios compartidos con relación a lo que debe de ser en el futuro la Política Agraria Comunitaria. Muchas gracias.


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señora Blanco Ortúñez y don Manuel Fuentes López. Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Alfonso García Vicente.


EL SEÑOR GARCÍA VICENTE:

Muchas gracias, señora Presidenta. En primer lugar, a este Grupo le gustaría, como ya viene siendo habitual, destacar el trabajo de la señora Letrada de la Comisión, a la cual, especialmente en esta ocasión, le quiero agradecer, igual que ha hecho el Grupo Socialista, la agilidad con la que ha podido preparar el Informe de la Ponencia, teniendo en cuenta el poco tiempo que ha mediado entre la finalización del trabajo de dicha Ponencia y la celebración de la Comisión. Y al mismo tiempo, también, por supuesto, agradecer la sintonía al Grupo Parlamentario Socialista con la que hemos trabajado nuevamente en el trámite de control del cumplimiento del principio de subsidiariedad, lo cual, desde luego, ha facilitado mucho el trabajo, también a la vista de lo breve de los plazos con los que, en esta ocasión, ha trabajado la Comisión.

Con la finalidad de no reiterar demasiado los argumentos que han sido empleados en la exposición del Grupo Parlamentario Socialista, intentaré ser muy breve en el análisis de los cinco asuntos que son, en el día de hoy, objeto de Dictamen de la Comisión.

Como muy bien han reflejado anteriormente los Portavoces del Grupo Socialista, en el día de hoy, aunque son cinco propuestas, básicamente constituyen tres bloques claramente diferenciados.

El primero de ellos es ese bloque con la propuesta de los dos Reglamentos relativos a la Agencia Europea de Seguridad de la Redes y de la Información, puesto que, en primer lugar, tenemos una propuesta de Reglamento, la que modifica el número 460/2004, que podemos decir que es un reglamento meramente técnico, que trata de llenar ese vacío temporal, ese régimen transitorio que media entre la finalización del mandato de la actual Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información y la puesta en funcionamiento efectiva de la nueva Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información, que se realiza conforme a la nueva propuesta de Reglamento. Desde luego, resulta cuando menos curioso el hecho de que, aunque se trate -como muy bien ha señalado la señora Blanco- de... de una Agencia cuya función es la de dar... prestar cobertura y garantía a derechos de los considerados de cuarta generación, como decía, resulta llamativo la circunstancia de que esta Agencia, tanto en su formulación antigua como en la nueva que se... que se realiza, tenga limitado el mandato dentro de un espacio temporal, más aún teniendo en cuenta que no parece que la seguridad de las redes y de la información que circula por ellos sea una cuestión política meramente coyuntural, que tenga un alcance limitado en el tiempo, sino que parece que es una de esas vías en las cuales va a tener que profundizar en los próximos años la Unión Europea y sus instituciones, así como otros organismos internacionales.

A nuestro juicio, ambas propuestas cumplen perfectamente con el principio de subsidiariedad, teniendo en cuenta, sobre todo, que, cuando estamos hablando ya de redes de telecomunicaciones, de la información que fluye con... a través de ellas, obviamente estamos tratando de cuestiones que tienen un carácter transnacional. Hoy en día existe una interdependencia muy clara entre todas las redes, no solo dentro de la Unión, sino ya, directamente, a escala global, y, por lo tanto, difícilmente una intervención independiente por parte de los Estados miembros va a poder procurar y va a conseguir los objetivos que se persiguen en este caso: por un lado, garantizar una protección frente a la ciberdelincuencia de todas las redes y los sistemas de información de la Unión; y, al mismo tiempo, también, proteger la... los datos de carácter personal que circulan a través de la misma. Obviamente, una intervención, cuanto mayor sea la escala territorial del órgano que actúe en el ejercicio de esa competencia, mayor será la eficacia y mayor será la agilidad, y, además, impondrá una coordinación, que es muy necesaria en este sentido.

Por otro lado, tenemos otro paquete de propuestas, compuesta por el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento 1698/2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, y al mismo tiempo, también, la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento 73/2009, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a los agricultores en el marco de la Política Agraria Común. Las consideraciones también son comunes a... a ambas propuestas de Reglamento, y se fundamentarían, en cuanto a lo que respecta al cumplimiento del principio de subsidiariedad, en lo que es su finalidad.

Por un lado, una finalidad de carácter técnico, que es la adaptación de ambos reglamentos a lo dispuesto en los Artículos 290 y 291 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, delimitando claramente cuáles son las competencias de carácter delegado que ejerce la Comisión y cuáles son las competencias meramente de ejecución. Hay que tener en cuenta que las competencias delegadas, que son aquellas que permiten completar y modificar en asuntos no esenciales las disposiciones del propio reglamento, se puede considerar que son casi casi actos legislativos, de tal manera que parece que el ejercicio de las competencias, tanto de la Comisión como de los Estados miembros en esta competencia compartida, quedan clarificadas de una forma mucho más eficaz con la nueva redacción que se le ha prestado a estas disposiciones dentro del reglamento.

Y, al mismo tiempo, la finalidad de... de los propios actos legislativos es la de la simplificación administrativa en la tramitación, especialmente en lo referido al control en el cumplimiento de las condiciones de ambos programas. Lógicamente, eso solo puede redundar en un mejor ejercicio, sobre todo más ágil, de las competencias que tienen los Estados miembros y sus regiones, en los casos en los que las tuvieran; de tal manera que también, dentro del marco conceptual del principio de subsidiariedad, se puede dar por respetado efectivamente.

Y luego, en último lugar, tenemos el Reglamento del Parlamento y del Consejo relativo a la homologación y a la vigilancia del mercado de los vehículos de dos y tres ruedas y los cuatriciclos, las cuales son disposiciones, en primer lugar, que van orientadas hacia un mejor funcionamiento del mercado interior de la Unión Europea, imponiendo una serie de criterios homogéneos de homologación dentro de la Unión para la comercialización de... de este tipo de vehículos, lo cual es algo, obviamente, necesario, puesto que, dentro de un mercado interior, en muchas ocasiones, los diferentes criterios de homologación, bien de forma intencionada o... o sencillamente como consecuencia natural de la autonomía y la independencia con la que actúan los Estados miembros, puede suponer el levantamiento de barreras comerciales que impedirían que los vehículos fabricados con arreglo a las disposiciones de uno de los Estados miembros, sin embargo, no pudiera ser comercializado en otro Estado de la Unión.

Y, además, hay que destacar la importancia que tiene, puesto que ya hemos dictaminado otras propuestas de acto legislativo en este sentido, la regulación de las emisiones de gases de efecto invernadero que pueden emitir estos vehículos dentro de un objetivo político de la Unión de máximo nivel, como es la lucha contra el cambio climático.

Por lo tanto, por los motivos anteriormente expuestos, el Grupo Popular también considera que los cinco... las cinco propuestas de acto legislativo cumplen con el... con el principio de subsidiariedad, y, por lo tanto, la propuesta de Dictamen, en consecuencia, de ambos Grupos es positiva. Muchas gracias.

Votación Dictamen


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Muchas gracias, señor García Vicente. Pues, por lo que entiendo, la votación del Informe de la Ponencia se hace por asentimiento.

Así que, no habiendo más asuntos que tratar, muchas gracias, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las once horas].


DS(C) nº 598/7 del 28/10/2010

CVE="DSCOM-07-000598"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
VII Legislatura
Comisión de Asuntos Europeos
DS(C) nº 598/7 del 28/10/2010
CVE: DSCOM-07-000598

DS(C) nº 598/7 del 28/10/2010. Comisión de Asuntos Europeos
Sesión Celebrada el día 28 de octubre de 2010, en Valladolid
Bajo la Presidencia de: María de las Mercedes Alzola Allende
Pags. 11562-11568

ORDEN DEL DÍA:

1. Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de elaborar el informe sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la UE.

2. Elaboración del Dictamen de la Comisión sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en el siguiente proyecto de acto legislativo de la UE:

- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (CE) n.° 460/2004, por el que se crea la Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información, en lo que respecta a su duración [COM(2010) 520 final].- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información (ENISA) [COM(2010) 521 final] {SEC(2010) 1126} {SEC(2010) 1127}.

- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) [COM(2010) 537 final].- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (CE) n.º 73/2009 del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a los agricultores en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores [COM(2010) 539 final].

- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo. Reglamento (UE) n.º .../2010 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la homologación y a la vigilancia del mercado de los vehículos de dos o tres ruedas y los cuatriciclos (Texto pertinente a efectos del EEE) [COM(2010) 542 final] {SEC(2010) 1151} {SEC(2010) 1152}.

SUMARIO:

 ** Se inicia la sesión a las diez horas cuarenta minutos.

 ** La Vicepresidenta, Sra. Alzola Allende, abre la sesión.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Blanco Ortúñez (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Fernández Caballero (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día. Ratificación Ponencia.

 ** La Vicepresidenta, Sra. Alzola Allende, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** La Vicepresidenta, Sra. Alzola Allende, de acuerdo con el apartado quinto de la Resolución de la Presidencia de catorce de junio de dos mil diez y el Artículo 114.2 del Reglamento, somete a la Comisión la ratificación de los Ponentes designados por los Grupos Parlamentarios. Son ratificados.

 ** Segundo punto del Orden del Día. Elaboración del Dictamen.

 ** La Vicepresidenta, Sra. Alzola Allende, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Blanco Ortúñez (Grupo Socialista).

 ** Compartiendo turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Fuentes López (Grupo Socialista).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. García Vicente (Grupo Popular).

 ** Queda aprobado por asentimiento el Dictamen sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la Unión Europea que han sido objeto de estudio.

 ** La Vicepresidenta, Sra. Alzola Allende, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las once horas.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las diez horas cuarenta minutos].


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Buenos días. Se abre la sesión. ¿Algún Grupo Parlamentario tiene que comunicar alguna sustitución? ¿Por el Grupo Parlamentario Socialista?


LA SEÑORA BLANCO ORTÚÑEZ:

Buenos días, señora Presidenta. Doña Natalia López-Molina sustituye a José Miguel Sánchez y Alfredo Villaverde sustituye a Óscar Sánchez.


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Muchas gracias. ¿Por el Grupo Parlamentario Popular?


LA SEÑORA FERNÁNDEZ CABALLERO:

Buenos días, Presidenta. Juan Dúo Torrado sustituye a Jesús Berzosa González, Alejo Riñones Rico sustituye a María Dolores Ruiz-Ayúcar Zurdo y Ana Rosa Sopeña Ballina sustituye a Francisco Javier García-Prieto Gómez.

Ratificación Ponencia


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Muchas gracias. Primer punto del Orden del Día: "Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de elaborar el informe sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la Unión Europea".

De acuerdo con el apartado quinto de la Resolución de la Presidencia de catorce de junio de dos mil diez, por la que se aprueban las normas sobre el procedimiento de control del principio de subsidiariedad, y el Artículo 114.2 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se propone la ratificación de los Ponentes designados por los distintos Grupos Parlamentarios.

Esta designación recayó en los señores Procuradores don Héctor Castresana del Pozo, doña Mercedes Alzola Allende, doña María Blanco Ortúñez, don Manuel Fuentes López, don Alfonso García Vicente. ¿Se ratifica esta designación? Se ratifica por asentimiento.

Elaboración Dictamen

Segundo punto del Orden del Día: "Elaboración del Dictamen de la Comisión sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en los siguientes proyectos de acto legislativo de la Unión Europea:

- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento 460/2004, por el que se crea la Agencia Europea de Seguridad de Redes y de la Información, en lo que respecta a su... a su... a su duración.

- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información -bueno- (ENISA)[COM(2010) final]... bueno.

- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento número 1698/2005 del Consejo, relativo a la ayuda del desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural.

- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento 73/2009 del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a los agricultores en el marco de la Política Agrícola Común, y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores.

- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, Reglamento número 2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la homologación y a la vigilancia del mercado de los vehículos de dos o tres ruedas y de los cuatriciclos".

Bien, para la presenta... para fijar posiciones, se procede a la apertura de un turno de Portavoces de los distintos Grupos Parlamentarios. Por el Grupo Parlamentario Socialista, compartirán el turno, y comenzará doña María Blanco Ortúñez, para seguir don Manuel Fuentes López.


LA SEÑORA BLANCO ORTÚÑEZ:

Gracias, Presidenta. En primer lugar, y nuevamente en esta Comisión, agradecer a los miembros del Grupo Parlamentario Popular, y sobre todo, en... en esta ocasión, a la Letrada, la mente de la Ponencia, y, sobre todo, la... las prisas a la hora de elaborar el Informe. Laura, discúlpanos.

Y bueno, voy a comenzar por la propuesta de Reglamento del Parlamento y del Consejo relativa a la Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información, ENISA. Como ha quedado reflejado en el Informe de la Ponencia, las tecnologías de la información y la comunicación se han convertido en la columna vertebral de la economía y de la sociedad europea en su conjunto. Las TIC son vulnerables a amenazas que no se ciñen únicamente a fronteras nacionales y que han cambiado con la evolución de la tecnología y el mercado. Dado ese carácter mundial de las TIC y su interconexión e interdependencia con otras infraestructuras, no se puede garantizar su seguridad y resistencia mediante planteamientos puramente nacionales y descoordinados.

Al mismo tiempo, los retos relacionados con la seguridad de las redes y de la información evolucionan con rapidez, y es por ello preciso proteger las redes y los sistemas de información frente a todo tipo de perturbación y avería, incluido los agentes intencionados.

Las políticas relacionadas con la seguridad de las redes y la información desempeñan un papel fundamental en la Agencia Digital Europea. Hay que añadir que estas políticas forman parte de los derechos conocidos como "de cuarta generación".

El objetivo de ENISA es la mejora de las redes y de seguridad de la información en la Unión Europea para contribuir al desarrollo de una cultura de red y seguridad de la información en beneficio de los ciudadanos, de los consumidores, empresas y organizaciones del sector público de la Unión Europea, y, por lo tanto, para contribuir al buen funcionamiento del mercado interior. Esta Agencia tiene como misión ayudar a la Comisión, a los Estados miembros y a la comunidad empresarial en el cumplimiento de los requisitos de seguridad de las redes y la información, incluida la legislación de la Unión Europea presente y futuras.

Esta propuesta de Reglamento se fundamenta en el Artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que regula la aproximación de legislaciones para la consecución de los objetivos enunciados en el Artículo 26, que no son otros que el establecimiento de mercado interior y la garantía de su funcionamiento. Al tratarse de un ámbito de mercado interior, como establece el Artículo 4.2 del Tratado de Funcionamiento de la Unión, en el que la Unión dispone de competencia compartida con los Estados miembros, se aplica, por lo tanto, consideramos, el principio de subsidiariedad.

Así mismo, es también competencia compartida el establecimiento de un espacio de libertad, seguridad y justicia, tal y como establece el mismo artículo, por lo que la unión puede, a través de la Agencia, prevenir y combatir la ciberdelincuencia.

Esta normativa europea podría afectar a competencias de nuestra Comunidad, fundamentalmente las relativas a las tecnologías de la información y del conocimiento.

Desde el Grupo Parlamentario Socialista consideramos que es muy importante que los ciudadanos, las Administraciones y las empresas tengan confianza en las redes, puesto que si hay desconfianza se resiente el potencial de las TIC y la introducción de las TIC en las pequeñas y medianas empresas.

Por ello, la Agencia supone una garantía de seguridad, y nos gustaría proponer a la Junta de Castilla y León a que dé incentivos a las empresas para incorporar nuevas tecnologías, y que estas sean seguras; a que desarrolle programas de ayuda a... a las empresas, dentro de los programas Pyme Digital; y que se incorporen recomendaciones y apoyos para incrementar la seguridad, así como el incremento de redes disponibles.

Puesto que estas políticas exigen la colaboración, y los objetivos de la propuesta hoy objeto de estudio no pueden alcanzarlos individualmente los Estados miembros, y puesto que esto tendrá una repercusión beneficiosa sobre la protección de los derechos fundamentales, y en concreto sobre el derecho a la protección de los datos y la intimidad, consideramos que la propuesta de Reglamento se adecúa al principio de subsidiariedad en los términos del Artículo 5 del Tratado de la Unión.

La siguiente propuesta está enlazada con la anterior. Es la propuesta que tiene como objeto la modificación del Reglamento 460/2004, por el que se crea la Agencia Europea de Seguridad de las Redes y la Información, en lo que respecta a su duración, prorrogando el mandato de esta en dieciocho meses más, y, por ende, fijándolo en nueve años y seis meses desde... desde su establecimiento, que se produjo el catorce de marzo del año dos mil cuatro.

Esta propuesta –como he dicho anteriormente- está relacionada con la anterior, sin embargo, con la entrada en vigor de la Agencia, puede demorarse en el tiempo.

La Comisión pretende evitar el vacío legal que se puede producir dictando la propuesta que analizamos en estos momentos. Esta propuesta no recoge un análisis de cómo incide la regulación que dispone en el principio de subsidiariedad, si bien debemos destacar que esta norma supone una modificación del Reglamento 460/2004, con la finalidad de ampliar el mandato de la Agencia; Reglamento este que va a ser sustituido por el Reglamento que anteriormente hemos informado, y que establecerá y regulará nuevamente la Agencia.

Por lo tanto, las competencias que se ven afectadas son las mismas en las que se ampara la propuesta de Reglamento anterior; considerando, por lo tanto, que se cumple el principio de subsidiariedad.

Respecto a la tercera propuesta, es la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a homologación y vigilancia del mercado de los vehículos de dos o tres ruedas y los cuatriciclos.

Esta propuesta viene motivada porque las normas vigentes sobre clasificación y homologación de los vehículos con categoría L, es decir: ciclomotor, ciclomotor de tres ruedas, motocicleta, motocicleta con sidecar, triciclo de motor, cuatriciclo ligero y cuatriciclo pesado. La homologación actual es demasiado compleja y debe adaptarse a las nuevas tecnologías.

A esto hay que añadir que los vehículos de esta categoría representan una cuota cada vez mayor de las emisiones de hidrocarburos: aproximadamente un 62% del total de las emisiones debidas al transporte por carretera; emisiones que se mantienen, mientras que las de los turismos, camiones y autobuses van disminuyendo considerablemente.

Otro aspecto a señalar es que estos vehículos intervienen en un número importante de muertes y lesiones graves. Un ejemplo significativo es que, cada año, entre treinta mil y setenta y dos mil motociclistas sufren lesiones graves, y entre sesenta y seis mil y ciento cincuenta y cinco mil lesiones leves por accidente de tráfico en la Unión Europea. Mientras las muertes y lesiones graves han disminuido claramente en otras categorías, en la categoría L no bajan desde hace una década.

Al Grupo Parlamentario Socialista nos parece positiva esta propuesta de Reglamento: primero, por la simplificación del marco jurídico actual; segundo, porque se pretende con el mismo garantizar que los futuros vehículos contaminen menos desde su construcción hasta el final de su vida útil; y tercero, porque hará que se cumplan normas de seguridad más estrictas, lo que... ya que el fabricante o cualquier agente económico de la cadena de suministro podrá adoptar medidas de protección cuando un vehículo suponga un riesgo grave para los usuarios o para el medio ambiente. Con estas normas se contribuirá a reducir el número de muertes y lesiones por accidente de circulación en estos vehículos.

Por lo tanto, este Reglamento será beneficioso para los ciudadanos, contribuyendo a mejorar la calidad del aire, de acuerdo con la Estrategia de Calidad del Aire, y en materia de seguridad; mayor seguridad, menos lesionados y fallecidos.

También se verán beneficiados los fabricantes, que verán reducidos los costes y homologación de los nuevos tipos de vehículos, ya que la existencia de diferentes normas nacionales obstaculizaba el comercio y perjudicaba el establecimiento y el funcionamiento del mercado interior. Esta regulación más sencilla favorecerá la libre circulación de mercancías por la Unión.

Los ciudadanos se verán más protegidos frente a la contaminación atmosférica, porque, pese a que los Estados miembros pueden controlar los niveles de emisión en el ámbito local, las emisiones globales no se detienen en la frontera de un Estado miembro. Esto solo se puede abordar con medidas armonizadas a escala de la Unión Europea, y así como para evitar la fragmentación del mercado.

Por lo tanto, con esta propuesta, igualmente, se cumple con el principio de subsidiariedad.

Y, por mi parte, ya he culminado el... la exposición de las tres... de los tres reglamentos, y, bueno, pues cedo la palabra a mi compañero para que concluya.


EL SEÑOR FUENTES LÓPEZ:

Pues gracias, Presidenta. Gracias, María. Buenos días, Señorías. Voy a fijar la posición con respecto... del Grupo Socialista con... con respecto a dos Reglamentos, importantes y significativos: el Reglamento de ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento del Consejo relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola.

Bien, con relación... voy a hacer dos precisiones, con relación a los dos, exactamente igual como hicimos en la Ponencia. Con relación a los dos, la motivación es la misma: adaptar las competencias de ejecución de la Comisión, previstas en el Reglamento, a la diferenciación entre las competencias delegadas y las competencias de ejecución de la Comisión, introducida por los Artículos 290 y 291 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Esta es la motivación de ambas; nos parece positiva y nos parece un paso que había que dar, y lo que hacemos es fijar la posición.

Nos parece que cumplen las dos el principio de subsidiariedad y que, además, son necesarias por dos cuestiones: porque, según el Tratado de Lisboa, simplifican todos los trámites, lo cual yo creo que es bueno para los Gobiernos, para los Estados y para las Comunidades Autónomas en el caso de... de la nuestra; y, además, aclaran cuáles son las diferencias entre las competencias delegadas y las competencias de ejecución –como decía-. En el primer caso, lo que hacen es plantear una reducción y una simplificación de los informes que hay que realizar para poder hacer la evaluación y para poder hacer el seguimiento de los planes y proyectos en las políticas que se desarrollen de desarrollo rural; y, en el segundo caso, pues introducen elementos de simplificación en el ámbito de la condicionalidad y también de algunos otros aspectos que son importantes relacionados con la posibilidad de que no se exija la declaración de todas las superficies agrarias y que se excluya a aquellas superficies que tengan una superficie total inferior a una hectárea.

Pero, además, queríamos desde el Grupo Socialista -y así lo planteamos en la Ponencia- hacer una aportación, una aportación para poder dejar claro cuáles eran los criterios en aspectos importantes de la Política Agraria Comunitaria del Grupo Parlamentario Socialista, que al final consensuamos -y así consta en el Informe de la Ponencia-, porque coincidíamos y era una opinión compartida con los responsables del Grupo Parlamentario Popular. Y esa es nuestra aportación; aportación que la Letrada, yo creo que haciendo un excelente trabajo, ha reflejado como valoración política con esta redacción, dice: "Con esta propuesta se sigue manteniendo la idea fundamental de política común de la política agrícola, lo cual nos permite destacar nuestra oposición a cualquier iniciativa encaminada a la renacionalización de la Política Agraria Comunitaria y nuestro apoyo a que se mantenga en iguales niveles presupuestarios y a que siga orientada y aplicada desde la Unión Europea, negociando con los Estados miembros las modificaciones que se necesiten para que siga siendo competitiva a nivel internacional".

Nos parecía importante hacer esta aportación, que -repito, y finalizo mi intervención- al final ha sido una aportación compartida por todos los miembros de la Ponencia. Y creo que hay que aprovechar estas oportunidades, porque no tenemos muchas, para poder fijar claramente algunos criterios compartidos con relación a lo que debe de ser en el futuro la Política Agraria Comunitaria. Muchas gracias.


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señora Blanco Ortúñez y don Manuel Fuentes López. Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Alfonso García Vicente.


EL SEÑOR GARCÍA VICENTE:

Muchas gracias, señora Presidenta. En primer lugar, a este Grupo le gustaría, como ya viene siendo habitual, destacar el trabajo de la señora Letrada de la Comisión, a la cual, especialmente en esta ocasión, le quiero agradecer, igual que ha hecho el Grupo Socialista, la agilidad con la que ha podido preparar el Informe de la Ponencia, teniendo en cuenta el poco tiempo que ha mediado entre la finalización del trabajo de dicha Ponencia y la celebración de la Comisión. Y al mismo tiempo, también, por supuesto, agradecer la sintonía al Grupo Parlamentario Socialista con la que hemos trabajado nuevamente en el trámite de control del cumplimiento del principio de subsidiariedad, lo cual, desde luego, ha facilitado mucho el trabajo, también a la vista de lo breve de los plazos con los que, en esta ocasión, ha trabajado la Comisión.

Con la finalidad de no reiterar demasiado los argumentos que han sido empleados en la exposición del Grupo Parlamentario Socialista, intentaré ser muy breve en el análisis de los cinco asuntos que son, en el día de hoy, objeto de Dictamen de la Comisión.

Como muy bien han reflejado anteriormente los Portavoces del Grupo Socialista, en el día de hoy, aunque son cinco propuestas, básicamente constituyen tres bloques claramente diferenciados.

El primero de ellos es ese bloque con la propuesta de los dos Reglamentos relativos a la Agencia Europea de Seguridad de la Redes y de la Información, puesto que, en primer lugar, tenemos una propuesta de Reglamento, la que modifica el número 460/2004, que podemos decir que es un reglamento meramente técnico, que trata de llenar ese vacío temporal, ese régimen transitorio que media entre la finalización del mandato de la actual Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información y la puesta en funcionamiento efectiva de la nueva Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información, que se realiza conforme a la nueva propuesta de Reglamento. Desde luego, resulta cuando menos curioso el hecho de que, aunque se trate -como muy bien ha señalado la señora Blanco- de... de una Agencia cuya función es la de dar... prestar cobertura y garantía a derechos de los considerados de cuarta generación, como decía, resulta llamativo la circunstancia de que esta Agencia, tanto en su formulación antigua como en la nueva que se... que se realiza, tenga limitado el mandato dentro de un espacio temporal, más aún teniendo en cuenta que no parece que la seguridad de las redes y de la información que circula por ellos sea una cuestión política meramente coyuntural, que tenga un alcance limitado en el tiempo, sino que parece que es una de esas vías en las cuales va a tener que profundizar en los próximos años la Unión Europea y sus instituciones, así como otros organismos internacionales.

A nuestro juicio, ambas propuestas cumplen perfectamente con el principio de subsidiariedad, teniendo en cuenta, sobre todo, que, cuando estamos hablando ya de redes de telecomunicaciones, de la información que fluye con... a través de ellas, obviamente estamos tratando de cuestiones que tienen un carácter transnacional. Hoy en día existe una interdependencia muy clara entre todas las redes, no solo dentro de la Unión, sino ya, directamente, a escala global, y, por lo tanto, difícilmente una intervención independiente por parte de los Estados miembros va a poder procurar y va a conseguir los objetivos que se persiguen en este caso: por un lado, garantizar una protección frente a la ciberdelincuencia de todas las redes y los sistemas de información de la Unión; y, al mismo tiempo, también, proteger la... los datos de carácter personal que circulan a través de la misma. Obviamente, una intervención, cuanto mayor sea la escala territorial del órgano que actúe en el ejercicio de esa competencia, mayor será la eficacia y mayor será la agilidad, y, además, impondrá una coordinación, que es muy necesaria en este sentido.

Por otro lado, tenemos otro paquete de propuestas, compuesta por el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento 1698/2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, y al mismo tiempo, también, la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento 73/2009, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a los agricultores en el marco de la Política Agraria Común. Las consideraciones también son comunes a... a ambas propuestas de Reglamento, y se fundamentarían, en cuanto a lo que respecta al cumplimiento del principio de subsidiariedad, en lo que es su finalidad.

Por un lado, una finalidad de carácter técnico, que es la adaptación de ambos reglamentos a lo dispuesto en los Artículos 290 y 291 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, delimitando claramente cuáles son las competencias de carácter delegado que ejerce la Comisión y cuáles son las competencias meramente de ejecución. Hay que tener en cuenta que las competencias delegadas, que son aquellas que permiten completar y modificar en asuntos no esenciales las disposiciones del propio reglamento, se puede considerar que son casi casi actos legislativos, de tal manera que parece que el ejercicio de las competencias, tanto de la Comisión como de los Estados miembros en esta competencia compartida, quedan clarificadas de una forma mucho más eficaz con la nueva redacción que se le ha prestado a estas disposiciones dentro del reglamento.

Y, al mismo tiempo, la finalidad de... de los propios actos legislativos es la de la simplificación administrativa en la tramitación, especialmente en lo referido al control en el cumplimiento de las condiciones de ambos programas. Lógicamente, eso solo puede redundar en un mejor ejercicio, sobre todo más ágil, de las competencias que tienen los Estados miembros y sus regiones, en los casos en los que las tuvieran; de tal manera que también, dentro del marco conceptual del principio de subsidiariedad, se puede dar por respetado efectivamente.

Y luego, en último lugar, tenemos el Reglamento del Parlamento y del Consejo relativo a la homologación y a la vigilancia del mercado de los vehículos de dos y tres ruedas y los cuatriciclos, las cuales son disposiciones, en primer lugar, que van orientadas hacia un mejor funcionamiento del mercado interior de la Unión Europea, imponiendo una serie de criterios homogéneos de homologación dentro de la Unión para la comercialización de... de este tipo de vehículos, lo cual es algo, obviamente, necesario, puesto que, dentro de un mercado interior, en muchas ocasiones, los diferentes criterios de homologación, bien de forma intencionada o... o sencillamente como consecuencia natural de la autonomía y la independencia con la que actúan los Estados miembros, puede suponer el levantamiento de barreras comerciales que impedirían que los vehículos fabricados con arreglo a las disposiciones de uno de los Estados miembros, sin embargo, no pudiera ser comercializado en otro Estado de la Unión.

Y, además, hay que destacar la importancia que tiene, puesto que ya hemos dictaminado otras propuestas de acto legislativo en este sentido, la regulación de las emisiones de gases de efecto invernadero que pueden emitir estos vehículos dentro de un objetivo político de la Unión de máximo nivel, como es la lucha contra el cambio climático.

Por lo tanto, por los motivos anteriormente expuestos, el Grupo Popular también considera que los cinco... las cinco propuestas de acto legislativo cumplen con el... con el principio de subsidiariedad, y, por lo tanto, la propuesta de Dictamen, en consecuencia, de ambos Grupos es positiva. Muchas gracias.

Votación Dictamen


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Muchas gracias, señor García Vicente. Pues, por lo que entiendo, la votación del Informe de la Ponencia se hace por asentimiento.

Así que, no habiendo más asuntos que tratar, muchas gracias, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las once horas].


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