DS(C) nº 644/7 del 1/2/2011









Orden del Día:




1. Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de elaborar el informe sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la UE.

2. Elaboración del Dictamen de la Comisión sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la UE:

- Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas [COM(2010) 781 final] [SEC(2010) 1590 final] [SEC(2010) 1591 final] [2010/0377 (COD)].


Sumario:






 ** Se inicia la sesión a las once horas treinta y cinco minutos.

 ** La Vicepresidenta, Sra. Alzola Allende, abre la sesión.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Fernández Caballero (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención del Procurador Sr. Sánchez Estévez (Grupo Socialista).

 ** Primer punto del Orden del Día. Ratificación Ponencia.

 ** La Secretaria, Sra. Blanco Ortúñez, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** La Vicepresidenta, Sra. Alzola Allende, de acuerdo con el apartado quinto de la Resolución de la Presidencia de catorce de junio de dos mil diez y el Artículo 114.2 del Reglamento, somete a la Comisión la ratificación de los Ponentes designados por los Grupos Parlamentarios. Son ratificados.

 ** Segundo punto del Orden del Día. Elaboración del Dictamen.

 ** La Secretaria, Sra. Blanco Ortúñez, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Lafuente Ureta (Grupo Socialista).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Ruiz-Ayúcar Zurdo (Grupo Popular).

 ** Queda aprobado por asentimiento el Dictamen sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la Unión Europea que han sido objeto de estudio.

 ** La Vicepresidenta, Sra. Alzola Allende, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las once horas cuarenta y cinco minutos.




Texto:

[Se inicia la sesión a las once horas treinta y cinco minutos].


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Buenos días. Se abre la sesión. ¿Algún Grupo Parlamentario tiene que comunicar alguna sustitución? ¿Por el Grupo Parlamentario Popular?


LA SEÑORA FERNÁNDEZ CABALLERO:

Sí, señora Presidenta. Vidal García... Galicia Jaramillo sustituye a Alfonso José García Vicente.


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Muchas gracias. ¿Por el Grupo Parlamentario Socialista?


EL SEÑOR SÁNCHEZ ESTÉVEZ:

Sí. Pido un... de momento no puedo comunicar si hay sustituciones. Gracias. Buenos días.


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Muchas gracias. Por la señora Secretaria se dará lectura del primer punto del Orden del Día.

Ratificación Ponencia


LA SECRETARIA (SEÑORA BLANCO ORTÚÑEZ):

Primer punto del Orden del Día: "Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de elaborar el informe sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en el proyecto de acto legislativo de la Unión Europea".


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

De acuerdo con el apartado quinto de la Resolución de la Presidencia de catorce de junio de dos mil diez, por la que se aprueban las normas sobre el procedimiento de control del principio de subsidiariedad y el Artículo 114.2 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se propone la ratificación de los Ponentes designados por los distintos Grupos Parlamentarios. Esta designación recayó en los señores doña María Blanco Ortúñez, don Héctor Castresana del Pozo, doña María del Carmen Fernández Caballero, doña Mónica Lafuente Ureta y doña María Dolores Ruiz-Ayúcar Zurdo. ¿Se ratifica esta designación? Quedan ratificados por asentimiento los Ponentes de la Comisión.

Por la señora Secretaria se dará lectura del segundo punto del Orden del Día.

Elaboración Dictamen


LA SECRETARIA (SEÑORA BLANCO ORTÚÑEZ):

Segundo punto del Orden del Día: "Elaboración del Dictamen de la Comisión sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la Unión Europea:

- Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas [Comisión(2010) 781 final] [Sección(2010) 1590 final] [Sección(2010) 1591 final] [2010/0377 (COD)]".


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señora Secretaria. Para fijar posiciones, se procede a la apertura de un turno de los Portavoces de los distintos Grupos Parlamentarios. Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra doña Mónica Lafuente Ureta.


LA SEÑORA LAFUENTE URETA:

Gracias, señora Presidenta. Muy brevemente, porque la intervención del Grupo Socialista consta en... en el Informe de... de la Ponencia, con el... lo mismo que el del Grupo Popular; con lo cual, vamos a hacer una pequeña apreciación.

La propuesta de modificación de la Directiva 96/82 de la CE, relativa al control de los riesgos inherentes a accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, es precisa debido al cambio introducido en cuanto a la clasificación de sustancias peligrosas introducidas en la Unión Europea, además de introducir pequeñas modificaciones que ampliarán el nivel de protección del medio ambiente y de la salud humana.

La primera Directiva, Seveso, que por el nombre de la ciudad italiana donde se produjo un grave vertido... vertido accidental de dioxinas en mil novecientos setenta y seis, la mil... de mil novecientos ochenta y dos, la 82/501, tiene por objeto prevenir los accidentes graves en los que estén implicadas sustancias peligrosas y limita sus... sus consecuencias para el hombre y el medio ambiente con el fin de garantizar altos niveles de protección en toda la Comunidad.

Esta Directiva ya fue modificada por la actual Seveso II, la 96/82/CE. Se efectuaron cambios importantes y se introdujeron nuevos conceptos; hace hincapié en la protección del medio ambiente, introduciendo, por primera vez, en su campo de aplicación las sustancias consideradas peligrosas para el medio ambiente, sobre todo las sustancias acuatóxicas. Se han incluido nuevos requisitos, principalmente sobre los sistemas de gestión de la seguridad de los planes de emergencia, la ordenación del territorio o el refuerzo de las disposiciones relativas a las inspecciones o en la información al público. La Directiva 2003/105 de la CE ha ampliado el ámbito de aplicación de la Directiva Seveso II para incluir las operaciones de transformación y... y almacenamiento de minerales efectuadas en las industrias extractivas de la minería en que intervengan sustancias peligrosas, así como la instalación y la eliminación de tierras estériles utilizadas para estas actividades.

Entendemos que la presente modificación cumple con el principio de subsidiariedad desde el momento que las modificaciones presentadas no suponen un cambio significativo en el contenido de la actual Directiva que regula el control de riesgos de accidentes graves, sino que es una adecuación a los riesgos nuevos y emergentes y otras actividades que antes no se contemplaban. Lo entendemos también en la necesidad de que sea la propia Unión Europea la que regule estos aspectos, ya que el problema de residuos y sustancias peligrosas en caso de accidente transciende al propio Estado y... y, en nuestro caso, a la Comunidad Autónoma. En el caso de producirse un accidente grave con sustancias peligrosas, sus efectos pueden afectar a varios Estados, ya que, sobre todo, suele ser un problema transfronterizo. La contaminación y sus efectos para la salud humana y el medio ambiente pueden trascender la frontera de donde se han producido por medio de varios factores, como el aire, la contaminación del suelo, los acuíferos, etcétera.

Por otro lado, y en esta misma línea, la Directiva 96/82 de la CE se adoptó anticipándose a la aprobación por parte de la Comunidad del Convenio de los efectos transfronterizos de los accidentes industriales de la Comisión... de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas. La aprobación tuvo lugar el veintitrés de marzo de mil novecientos noventa y ocho, mediante la dirección del Consejo relativa a celebración de convenios sobre los efectos transfronterizos de los accidentes industriales, la Decisión 98/685 de la CE. La Directiva 96/82 de la CE constituye un instrumento para la incorporación de los compromisos del Convenio a la normativa comunitaria.

Tras los accidentes industriales producidos en Baia Mare, en Rumanía, en enero del dos mil -vertido de cianuro en el río Tisza-, Enschede (Países Bajos) en mayo del ochenta y uno –explosión de un almacén de productos pirotécnicos-, y Toulouse, en Francia, en septiembre del dos mil uno –explosión de una fábrica de abonos-, el Parlamento y el Consejo adoptaron la Directiva 2003/105, por la que se modificaba la Directiva Seveso II para los siguien... para varios supuestos, para ampliar el ámbito de aplicación de la Directiva Seveso II, mejorar la definición de productos pirotécnicos y los explosivos, o inclusión de materiales desechados durante la fabricación o devueltos al fabricante.

Es decir, no es la primera vez, y es necesario modificar esta Directiva; y seguramente no será la última. Pero nunca ha estado en cuestión la necesidad de regulación y gestión europea, sobre todo la necesidad de cumplir el convenio arriba referenciado.

Por otro lado, es un problema común para el que no puede haber soluciones muy distintas a aplicar. En el actual mercado de productos y la libertad de comercio, es necesario que todos sigamos las mismas normas y las mismas reglas de tratamiento, transporte, etiquetado de productos, y que esa clasificación de los mismos sea idéntica.

Cada Estado –o, en nuestro caso, Comunidad Autónoma- no puede tener sus propias normas de etiquetado, de medidas de transporte, de fabricación o de clasificación, porque, entre otras cosas, podría llevarnos a un falseamiento.

Por otro lado, es preciso que los procesos industriales se ajusten a las mismas reglas de juego que hagan desaparecer una competencia desleal, y sobre todo en los temas que pueden afectar al medio ambiente y a la salud y seguridad de los ciudadanos.

También se mejora en mucho el sistema de información a los ciudadanos. La información ciudadana, en muchos casos de grave... en muchos casos hay un grave déficit en cuanto al tratamiento de los residuos y los elementos peligrosos para la salud y medio ambiente se refiere. Pero la realidad es que existe una numerosa normativa de la obligatoriedad de informar a los ciudadanos, incluso sin que lo soliciten, de manera clara y actualizada al día.

Manteniendo esta Directiva y su modificación en manos de la Unión, y al evitar que cada Estado lleve a cabo su propia clasificación o tome sus propias medidas, o protocolos diferentes, se facilita una mejor información, más segura, más rápida y fiable, en todos los ciudadanos y Administraciones que lo precisen. Un accidente, un producto, un riesgo y un mismo protocolo de actuación.

En conclusión, el riesgo de accidentes graves con sustancias peligrosas es el mismo para todos los Estados miembros sin excepción; los productos que pueden producir este riesgo son los mismos, y las correcciones o protocolos a tomar no pueden variar significativamente de un Estado a otro.

En lo referente a nuestra Comunidad, y como se ha hecho referencia antes, además de ser importante el resto de todos los elementos, es imprescindible la inclusión del almacenamiento subterráneo de gas en cuanto a las explotaciones mineras, atendiendo a nuestra hasta ahora industria extractiva del carbón.

Y en consecuencia, y por todo lo dicho, entendemos que se cumple el principio de subsidiariedad, y, desde luego, nuestro voto va a ser favorable al Informe. Gracias.


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señora Lafuente Ureta. Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra doña María Dolores Ruiz-Ayúcar Zurdo.


LA SEÑORA RUIZ-AYÚCAR ZURDO:

Muchas gracias, Presidenta. Bien, quiero, en primer lugar, señalar lo cordial que fue la Ponencia, y dando las gracias a la... a la Letrada que nos asistió porque, verdaderamente, es un tipo de... de ponencias y de debates totalmente distinto al res... al que estamos acostumbrados en el resto de... de las Cortes, con lo cual, pues, el Dictamen que ha leído... que ha explicado mi compañera Portavoz de... del Grupo Socialista, pues, es en realidad también nuestro propio Dictamen, que le asumimos, y que de ello se habló, y... y en el que estábamos de acuerdo.

Es fácil comprender que es preciso actuar a nivel de... en este tema, a nivel de la Unión Europea porque todos los países de la Unión Europea estamos en las mismas circunstancias, pueden ser las mismas sustancias las que nos... las que nos afecten, y por eso la... a fin de... de garantizar que se mantengan los elevados niveles existentes de protección de la salud humana y del medio ambiente en toda la Unión Europea, es preciso hacer una Directiva que... que ampare a todos los países.

El objetivo principal sigue siendo la prevención de... de los accidentes graves, porque los accidentes que ha habido de estos temas de... de estas sustancias han tenido graves consecuencias, como ya ha puesto en... en razón la Portavoz del... del Grupo Socialista.

Estos accidentes inciden sobre todo en el tema del medio ambiente, en las... en la... en la industria, aunque menos en el transporte, y, por supuesto, nada en las cuestiones de... de sustancias peligrosas en los... en el ambiente militar, puesto que ellos ya tienen su propia... su propia Directiva.

Para tener una buena transparencia y ver que todos los... los países estamos teniendo el mismo... la misma actuación, es por lo que entra en vigor el... la subsidiariedad de la... de la Directiva.

Yo no quiero decir nada más, puesto que es que lo ha explicado todo muy bien... no... la compañera de... del PSOE. Y nada más; es decir, que efectivamente comprendemos y entendemos que... que la... la subsidiariedad se da en este tema, como se ha dado en todos los anteriores que hemos estudiado. Muchas gracias.


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Muchas gracias, señora Ruiz-Ayúcar. Finalizado el debate, entendemos que queda aprobado por asentimiento el Dictamen sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la Unión Europea que ha sido objeto de estudio.

Y, sin más asuntos que tratar, muchas gracias. Se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las once horas cuarenta y cinco minutos].


DS(C) nº 644/7 del 1/2/2011

CVE="DSCOM-07-000644"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
VII Legislatura
Comisión de Asuntos Europeos
DS(C) nº 644/7 del 1/2/2011
CVE: DSCOM-07-000644

DS(C) nº 644/7 del 1/2/2011. Comisión de Asuntos Europeos
Sesión Celebrada el día 01 de febrero de 2011, en Valladolid
Bajo la Presidencia de: María de las Mercedes Alzola Allende
Pags. 12423-12426

ORDEN DEL DÍA:

1. Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de elaborar el informe sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la UE.

2. Elaboración del Dictamen de la Comisión sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la UE:

- Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas [COM(2010) 781 final] [SEC(2010) 1590 final] [SEC(2010) 1591 final] [2010/0377 (COD)].

SUMARIO:

 ** Se inicia la sesión a las once horas treinta y cinco minutos.

 ** La Vicepresidenta, Sra. Alzola Allende, abre la sesión.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Fernández Caballero (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención del Procurador Sr. Sánchez Estévez (Grupo Socialista).

 ** Primer punto del Orden del Día. Ratificación Ponencia.

 ** La Secretaria, Sra. Blanco Ortúñez, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** La Vicepresidenta, Sra. Alzola Allende, de acuerdo con el apartado quinto de la Resolución de la Presidencia de catorce de junio de dos mil diez y el Artículo 114.2 del Reglamento, somete a la Comisión la ratificación de los Ponentes designados por los Grupos Parlamentarios. Son ratificados.

 ** Segundo punto del Orden del Día. Elaboración del Dictamen.

 ** La Secretaria, Sra. Blanco Ortúñez, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Lafuente Ureta (Grupo Socialista).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Ruiz-Ayúcar Zurdo (Grupo Popular).

 ** Queda aprobado por asentimiento el Dictamen sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la Unión Europea que han sido objeto de estudio.

 ** La Vicepresidenta, Sra. Alzola Allende, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las once horas cuarenta y cinco minutos.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las once horas treinta y cinco minutos].


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Buenos días. Se abre la sesión. ¿Algún Grupo Parlamentario tiene que comunicar alguna sustitución? ¿Por el Grupo Parlamentario Popular?


LA SEÑORA FERNÁNDEZ CABALLERO:

Sí, señora Presidenta. Vidal García... Galicia Jaramillo sustituye a Alfonso José García Vicente.


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Muchas gracias. ¿Por el Grupo Parlamentario Socialista?


EL SEÑOR SÁNCHEZ ESTÉVEZ:

Sí. Pido un... de momento no puedo comunicar si hay sustituciones. Gracias. Buenos días.


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Muchas gracias. Por la señora Secretaria se dará lectura del primer punto del Orden del Día.

Ratificación Ponencia


LA SECRETARIA (SEÑORA BLANCO ORTÚÑEZ):

Primer punto del Orden del Día: "Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de elaborar el informe sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en el proyecto de acto legislativo de la Unión Europea".


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

De acuerdo con el apartado quinto de la Resolución de la Presidencia de catorce de junio de dos mil diez, por la que se aprueban las normas sobre el procedimiento de control del principio de subsidiariedad y el Artículo 114.2 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se propone la ratificación de los Ponentes designados por los distintos Grupos Parlamentarios. Esta designación recayó en los señores doña María Blanco Ortúñez, don Héctor Castresana del Pozo, doña María del Carmen Fernández Caballero, doña Mónica Lafuente Ureta y doña María Dolores Ruiz-Ayúcar Zurdo. ¿Se ratifica esta designación? Quedan ratificados por asentimiento los Ponentes de la Comisión.

Por la señora Secretaria se dará lectura del segundo punto del Orden del Día.

Elaboración Dictamen


LA SECRETARIA (SEÑORA BLANCO ORTÚÑEZ):

Segundo punto del Orden del Día: "Elaboración del Dictamen de la Comisión sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la Unión Europea:

- Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas [Comisión(2010) 781 final] [Sección(2010) 1590 final] [Sección(2010) 1591 final] [2010/0377 (COD)]".


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señora Secretaria. Para fijar posiciones, se procede a la apertura de un turno de los Portavoces de los distintos Grupos Parlamentarios. Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra doña Mónica Lafuente Ureta.


LA SEÑORA LAFUENTE URETA:

Gracias, señora Presidenta. Muy brevemente, porque la intervención del Grupo Socialista consta en... en el Informe de... de la Ponencia, con el... lo mismo que el del Grupo Popular; con lo cual, vamos a hacer una pequeña apreciación.

La propuesta de modificación de la Directiva 96/82 de la CE, relativa al control de los riesgos inherentes a accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, es precisa debido al cambio introducido en cuanto a la clasificación de sustancias peligrosas introducidas en la Unión Europea, además de introducir pequeñas modificaciones que ampliarán el nivel de protección del medio ambiente y de la salud humana.

La primera Directiva, Seveso, que por el nombre de la ciudad italiana donde se produjo un grave vertido... vertido accidental de dioxinas en mil novecientos setenta y seis, la mil... de mil novecientos ochenta y dos, la 82/501, tiene por objeto prevenir los accidentes graves en los que estén implicadas sustancias peligrosas y limita sus... sus consecuencias para el hombre y el medio ambiente con el fin de garantizar altos niveles de protección en toda la Comunidad.

Esta Directiva ya fue modificada por la actual Seveso II, la 96/82/CE. Se efectuaron cambios importantes y se introdujeron nuevos conceptos; hace hincapié en la protección del medio ambiente, introduciendo, por primera vez, en su campo de aplicación las sustancias consideradas peligrosas para el medio ambiente, sobre todo las sustancias acuatóxicas. Se han incluido nuevos requisitos, principalmente sobre los sistemas de gestión de la seguridad de los planes de emergencia, la ordenación del territorio o el refuerzo de las disposiciones relativas a las inspecciones o en la información al público. La Directiva 2003/105 de la CE ha ampliado el ámbito de aplicación de la Directiva Seveso II para incluir las operaciones de transformación y... y almacenamiento de minerales efectuadas en las industrias extractivas de la minería en que intervengan sustancias peligrosas, así como la instalación y la eliminación de tierras estériles utilizadas para estas actividades.

Entendemos que la presente modificación cumple con el principio de subsidiariedad desde el momento que las modificaciones presentadas no suponen un cambio significativo en el contenido de la actual Directiva que regula el control de riesgos de accidentes graves, sino que es una adecuación a los riesgos nuevos y emergentes y otras actividades que antes no se contemplaban. Lo entendemos también en la necesidad de que sea la propia Unión Europea la que regule estos aspectos, ya que el problema de residuos y sustancias peligrosas en caso de accidente transciende al propio Estado y... y, en nuestro caso, a la Comunidad Autónoma. En el caso de producirse un accidente grave con sustancias peligrosas, sus efectos pueden afectar a varios Estados, ya que, sobre todo, suele ser un problema transfronterizo. La contaminación y sus efectos para la salud humana y el medio ambiente pueden trascender la frontera de donde se han producido por medio de varios factores, como el aire, la contaminación del suelo, los acuíferos, etcétera.

Por otro lado, y en esta misma línea, la Directiva 96/82 de la CE se adoptó anticipándose a la aprobación por parte de la Comunidad del Convenio de los efectos transfronterizos de los accidentes industriales de la Comisión... de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas. La aprobación tuvo lugar el veintitrés de marzo de mil novecientos noventa y ocho, mediante la dirección del Consejo relativa a celebración de convenios sobre los efectos transfronterizos de los accidentes industriales, la Decisión 98/685 de la CE. La Directiva 96/82 de la CE constituye un instrumento para la incorporación de los compromisos del Convenio a la normativa comunitaria.

Tras los accidentes industriales producidos en Baia Mare, en Rumanía, en enero del dos mil -vertido de cianuro en el río Tisza-, Enschede (Países Bajos) en mayo del ochenta y uno –explosión de un almacén de productos pirotécnicos-, y Toulouse, en Francia, en septiembre del dos mil uno –explosión de una fábrica de abonos-, el Parlamento y el Consejo adoptaron la Directiva 2003/105, por la que se modificaba la Directiva Seveso II para los siguien... para varios supuestos, para ampliar el ámbito de aplicación de la Directiva Seveso II, mejorar la definición de productos pirotécnicos y los explosivos, o inclusión de materiales desechados durante la fabricación o devueltos al fabricante.

Es decir, no es la primera vez, y es necesario modificar esta Directiva; y seguramente no será la última. Pero nunca ha estado en cuestión la necesidad de regulación y gestión europea, sobre todo la necesidad de cumplir el convenio arriba referenciado.

Por otro lado, es un problema común para el que no puede haber soluciones muy distintas a aplicar. En el actual mercado de productos y la libertad de comercio, es necesario que todos sigamos las mismas normas y las mismas reglas de tratamiento, transporte, etiquetado de productos, y que esa clasificación de los mismos sea idéntica.

Cada Estado –o, en nuestro caso, Comunidad Autónoma- no puede tener sus propias normas de etiquetado, de medidas de transporte, de fabricación o de clasificación, porque, entre otras cosas, podría llevarnos a un falseamiento.

Por otro lado, es preciso que los procesos industriales se ajusten a las mismas reglas de juego que hagan desaparecer una competencia desleal, y sobre todo en los temas que pueden afectar al medio ambiente y a la salud y seguridad de los ciudadanos.

También se mejora en mucho el sistema de información a los ciudadanos. La información ciudadana, en muchos casos de grave... en muchos casos hay un grave déficit en cuanto al tratamiento de los residuos y los elementos peligrosos para la salud y medio ambiente se refiere. Pero la realidad es que existe una numerosa normativa de la obligatoriedad de informar a los ciudadanos, incluso sin que lo soliciten, de manera clara y actualizada al día.

Manteniendo esta Directiva y su modificación en manos de la Unión, y al evitar que cada Estado lleve a cabo su propia clasificación o tome sus propias medidas, o protocolos diferentes, se facilita una mejor información, más segura, más rápida y fiable, en todos los ciudadanos y Administraciones que lo precisen. Un accidente, un producto, un riesgo y un mismo protocolo de actuación.

En conclusión, el riesgo de accidentes graves con sustancias peligrosas es el mismo para todos los Estados miembros sin excepción; los productos que pueden producir este riesgo son los mismos, y las correcciones o protocolos a tomar no pueden variar significativamente de un Estado a otro.

En lo referente a nuestra Comunidad, y como se ha hecho referencia antes, además de ser importante el resto de todos los elementos, es imprescindible la inclusión del almacenamiento subterráneo de gas en cuanto a las explotaciones mineras, atendiendo a nuestra hasta ahora industria extractiva del carbón.

Y en consecuencia, y por todo lo dicho, entendemos que se cumple el principio de subsidiariedad, y, desde luego, nuestro voto va a ser favorable al Informe. Gracias.


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señora Lafuente Ureta. Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra doña María Dolores Ruiz-Ayúcar Zurdo.


LA SEÑORA RUIZ-AYÚCAR ZURDO:

Muchas gracias, Presidenta. Bien, quiero, en primer lugar, señalar lo cordial que fue la Ponencia, y dando las gracias a la... a la Letrada que nos asistió porque, verdaderamente, es un tipo de... de ponencias y de debates totalmente distinto al res... al que estamos acostumbrados en el resto de... de las Cortes, con lo cual, pues, el Dictamen que ha leído... que ha explicado mi compañera Portavoz de... del Grupo Socialista, pues, es en realidad también nuestro propio Dictamen, que le asumimos, y que de ello se habló, y... y en el que estábamos de acuerdo.

Es fácil comprender que es preciso actuar a nivel de... en este tema, a nivel de la Unión Europea porque todos los países de la Unión Europea estamos en las mismas circunstancias, pueden ser las mismas sustancias las que nos... las que nos afecten, y por eso la... a fin de... de garantizar que se mantengan los elevados niveles existentes de protección de la salud humana y del medio ambiente en toda la Unión Europea, es preciso hacer una Directiva que... que ampare a todos los países.

El objetivo principal sigue siendo la prevención de... de los accidentes graves, porque los accidentes que ha habido de estos temas de... de estas sustancias han tenido graves consecuencias, como ya ha puesto en... en razón la Portavoz del... del Grupo Socialista.

Estos accidentes inciden sobre todo en el tema del medio ambiente, en las... en la... en la industria, aunque menos en el transporte, y, por supuesto, nada en las cuestiones de... de sustancias peligrosas en los... en el ambiente militar, puesto que ellos ya tienen su propia... su propia Directiva.

Para tener una buena transparencia y ver que todos los... los países estamos teniendo el mismo... la misma actuación, es por lo que entra en vigor el... la subsidiariedad de la... de la Directiva.

Yo no quiero decir nada más, puesto que es que lo ha explicado todo muy bien... no... la compañera de... del PSOE. Y nada más; es decir, que efectivamente comprendemos y entendemos que... que la... la subsidiariedad se da en este tema, como se ha dado en todos los anteriores que hemos estudiado. Muchas gracias.


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Muchas gracias, señora Ruiz-Ayúcar. Finalizado el debate, entendemos que queda aprobado por asentimiento el Dictamen sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la Unión Europea que ha sido objeto de estudio.

Y, sin más asuntos que tratar, muchas gracias. Se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las once horas cuarenta y cinco minutos].


CVE="DSCOM-07-000644"



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