DS(P) nº 106/7 del 24/8/2010









Orden del Día:




1. Debate y votación del Dictamen de la Comisión de Sanidad en el Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León.

2. Debate y votación del Dictamen de la Comisión de Arquitectura y Vivienda en el Proyecto de Ley del Derecho a la Vivienda de la Comunidad de Castilla y León.

3. Debate y votación del Dictamen de la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades en el Proyecto de Ley por la que se regula la Renta Garantizada de Ciudadanía de Castilla y León.


Sumario:






 ** Se inicia la sesión a las diecisiete horas cinco minutos.

 ** El Presidente, Sr. Fernández Santiago, abre la sesión.

 ** El Presidente, Sr. Fernández Santiago, pide a los miembros de la Cámara que guarden un minuto de silencio en memoria de don Santos Villanueva Valentín-Gamazo, fallecido como consecuencia de un fatal accidente en la montaña.

 ** El Pleno guarda un minuto de silencio.

 ** Primer punto del Orden del Día. Aprobación por el Pleno PL 27.

 ** La Secretaria, Sra. Coloma Pesquera, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Sr. Álvarez Guisasola, Consejero de Sanidad, para presentar el Proyecto de Ley.

 ** El Presidente, Sr. Fernández Santiago, somete a debate las enmiendas mantenidas por los Grupos Parlamentarios para el Pleno.

 ** En el debate intervienen la Procuradora Sra. Alonso Fernández (Grupo Socialista) y el Procurador Sr. Berzosa González (Grupo Popular).

 ** Votación PL 27

 ** El Presidente, Sr. Fernández Santiago, somete a votación las enmiendas, el Articulado, Disposiciones Transitorias, Derogatoria y Finales, Exposición de Motivos y Título del Proyecto de Ley. Son aprobados. Queda aprobada la Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León.

 ** Segundo punto del Orden del Día. Aprobación por el Pleno PL 28.

 ** La Secretaria, Sra. Coloma Pesquera, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** El Consejero de Fomento, Sr. Silván Rodríguez, comienza su turno de presentación del Proyecto de Ley con dos palabras de recuerdo hacia don Santos Villanueva Valentín-Gamazo.

 ** El Presidente, Sr. Fernández Santiago, somete a debate las enmiendas mantenidas por los Grupos Parlamentarios para el Pleno.

 ** En el debate intervienen los Procuradores Sr. Villaverde Gutiérrez (Grupo Socialista) y Represa Fernández (Grupo Popular).

 ** Votación PL 28

 ** El Presidente, Sr. Fernández Santiago, somete a votación las enmiendas, el Articulado, Disposiciones Adicionales, Transitorias, Derogatoria y Finales, Exposición de Motivos y Título del Proyecto de Ley. Son aprobados. Queda aprobada la Ley del Derecho a la Vivienda de la Comunidad de Castilla y León.

 ** Tercer punto del Orden del Día. Aprobación por el Pleno PL 33.

 ** La Secretaria, Sra. Coloma Pesquera, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Sr. Antón Beltrán, Consejero de Familia e Igualdad de Oportunidades, para presentar el Proyecto de Ley.

 ** El Presidente, Sr. Fernández Santiago, somete a debate las enmiendas mantenidas por los Grupos Parlamentarios para el Pleno.

 ** En el debate intervienen el Procurador Sr. Ramos Antón (Grupo Socialista) y la Procuradora Sra. Armisén Pedrejón (Grupo Popular).

 ** Votación PL 33

 ** El Presidente, Sr. Fernández Santiago, somete a votación las enmiendas, el Articulado, Disposiciones Transitoria, Derogatoria y Finales, Exposición de Motivos y Título del Proyecto de Ley. Son aprobados. Queda aprobada la Ley por la que se regula la Renta Garantizada de Ciudadanía de Castilla y León.

 ** Declaración Institucional DI 12.

 ** El Presidente, Sr. Fernández Santiago, da lectura a la Declaración Institucional en defensa del sector del carbón en la Comunidad de Castilla y León, suscrita por todos los Grupos de la Cámara.

 ** El Presidente, Sr. Fernández Santiago, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las veinte horas veinticinco minutos.




Texto:

[Se inicia la sesión a las diecisiete horas cinco minutos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Señorías, buenas tardes. Se abre la sesión. Desde un sentimiento de enorme tristeza, yo pido que guardemos un minuto de silencio en memoria de Santos Villanueva Valentín-Gamazo, que formaba parte de la Junta de Portavoces de estas Cortes de Castilla y León, fallecido a consecuencia de un fatal accidente en la montaña, y cuya pérdida irreparable nos sume a todos en un profundo dolor.

[El Pleno guarda un minuto de silencio].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Gracias, Santos; gracias.

Ruego a la señora Secretaria proceda ahora a dar lectura al primer punto del Orden del Día.

PL 27


LA SECRETARIA (SEÑORA COLOMA PESQUERA):

Gracias, Presidente. Primer punto del Orden del Día: "Debate y votación del Dictamen elaborado por la Comisión de Sanidad en el Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, Proyecto de Ley número 27".


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Para la presentación del Proyecto de Ley por parte de la Junta de Castilla y León, tiene la palabra el Consejero de Sanidad, don Francisco Javier Álvarez Guisasola. Puede empezar.


EL CONSEJERO DE SANIDAD (SEÑOR ÁLVAREZ GUISASOLA):

Gracias, señor Presidente. Señorías, el Proyecto de Ley que hoy presentamos en estas Cortes para su consideración constituye el marco legal para hacer efectivo el derecho a la protección integral de la salud y aborda en profundidad la organización general de los recursos del Sistema Público de Castilla y León. Da cumplimiento a uno de los grandes compromisos que adquirimos con los ciudadanos para esta Legislatura en materia sanitaria. Con ello concluye, a su vez, la labor de la Consejería de Sanidad para aprobar esta norma, que en todo momento ha contado con la participación y el diálogo de los diferentes sectores sociales, profesionales y económicos.

En efecto, este Proyecto de Ley es el fruto de la labor ilusionada y constante desarrollada por los técnicos de la Consejería de Sanidad, la destacada colaboración con otras Consejerías, la Dirección General de Presupuestos y Fondos Comunitarios, el Consejo Regional de Salud, la Dirección de los Servicios Jurídicos, la Dirección General de la Función Pública, así como las excelentes aportaciones del Consejo Consultivo y del Consejo Económico y Social.

En el proceso de elaboración de este Proyecto de Ley, también debo resaltar el papel relevante de las numerosas organizaciones y asociaciones de pacientes, consumidores y usuarios, que han contribuido a perfeccionar su contenido, sin olvidar la colaboración eficaz de los Colegios Profesionales Sanitarios, Universidades, Corporaciones Locales a través de la Federación Regional de Municipios y Provincias, así como de los agentes sociales más representativos en Castilla y León a la hora de aportar su criterio, críticas y sugerencias.

También quiero expresar mi reconocimiento al trabajo efectuado en Ponencia y Comisión por las Cortes de Castilla y León, y mi gratitud a los Procuradores miembros de la Ponencia, que han debatido el texto, y a los que pertenecen a la Comisión de Sanidad, y, en general, a todos los que han participado en las distintas fases de la tramitación de este Proyecto de Ley. La incorporación de las enmiendas efectuadas en la fase parlamentaria ha significado perfeccionar el texto normativo.

Señorías, transcurridos ocho años desde el traspaso efectivo de las competencias sanitarias, junto con el hecho de que el Estatuto de Autonomía recoja la exigencia a los poderes públicos de velar por la efectiva protección integral de la salud de los castellanos y leoneses, hacen necesario abordar esta modificación normativa.

Nos encontramos ante una norma innovadora, una regulación sanitaria avanzada y adaptada a los nuevos tiempos en que vivimos, pensada por y para los ciudadanos y a su medida.

Además, quiero destacar que actualmente nuestro Sistema de Salud está perfectamente consolidado, como muestra la alta valoración, calidad y satisfacción de los usuarios de los distintos servicios sanitarios publicados de la Comunidad, de acuerdo con la última encuesta elaborada por el Ministerio de Sanidad y Política Social en abril del dos mil diez.

En el mismo sentido, el Informe de la Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública, de septiembre del dos mil nueve, señala, analizando, entre otros criterios, el gasto per cápita, la satisfacción de los usuarios y el porcentaje de ciudadanos que prefieren la asistencia sanitaria pública, que nuestra Comunidad Autónoma ha pasado de ocupar el puesto octavo en el año dos mil siete al puesto cuarto en el dos mil nueve.

Con estos antecedentes y en esta línea, voy a exponerles los avances más destacados de la Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León.

En primer lugar, este Proyecto de Ley define, por primera vez, el Sistema de Salud de Castilla y León como el conjunto de actuaciones y recursos sanitarios, tanto públicos como privados, cuyo fin se orienta a promover, prevenir, asistir y rehabilitar a los ciudadanos de nuestra Comunidad, así como a velar por hacer efectivo el derecho a la protección de la salud desde una perspectiva asistencial, sanitaria e integral.

En segundo lugar, la norma enuncia los principios que rigen el Sistema de Salud, entre los que quiero destacar la corresponsabilidad de los usuarios en la gestión de los recursos públicos, la accesibilidad de los colectivos especialmente vulnerables a la prestación sanitaria en igualdad, y el reconocimiento y la motivación de los profesionales del Sistema de Salud. Estos principios vienen a sumarse a otros ya consagrados en este Proyecto de Ley, como son el de la universalización de la atención sanitaria o el de la financiación pública del Sistema de Salud.

En tercer lugar, esta norma da un paso más en la defensa y tutela efectiva de los derechos de los usuarios del Sistema Público de Salud de Castilla y León al crear la figura del Defensor del Usuario. Esta institución va a contribuir a ampliar y garantizar de forma significativa la protección global e individual de los derechos reconocidos por la Ley. Los usuarios de Castilla y León encontrarán en esta figura una institución más próxima y accesible donde poder dirigir de forma eficaz sus reclamaciones y recomendaciones.

En cuarto lugar, esta norma persigue optimizar la ordenación territorial y funcional del Sistema Público de Salud. Para alcanzar este doble objetivo, el Proyecto de Ley contempla las siguientes novedades.

Desde un punto de vista territorial se crean las demarcaciones sanitarias, que constituyen el territorio de actuación en que se desarrollan las funciones de inspección y control, incluidas en la también novedosa prestación de salud pública. Estas demarcaciones se configuran tomando como referencia las zonas básicas de salud, ya que se forman agrupando varias de ellas.

Otra de las novedades de este Proyecto de Ley es la definición, por primera vez, del mapa sanitario, que pasa a estar integrado por las áreas de salud, las zonas básicas de salud y las denominadas demarcaciones sanitarias.

La Ley, asimismo, abre la posibilidad de crear otras divisiones territoriales cuando se entienda justificado, a fin de mejorar la organización y accesibilidad de los usuarios a las prestaciones.

En cuanto a la ordenación funcional del Sistema Público de Salud, en esta Ley se reconoce la existencia de cinco áreas funcionales de actuación, responsables de garantizar la prestación de los servicios sanitarios de forma coordinada, que son las siguientes: Atención Primaria; Atención Especializada; Salud Pública; Atención Sanitaria Urgente y Emergencias Sanitarias; y Atención Sociosanitaria.

En quinto lugar, otro de los aspectos más relevantes que quiero destacar es que el Proyecto de Ley regula las prestaciones sanitarias y la cartera de servicios del Sistema Público de Salud. En este sentido, permítame que les señale que la nueva Ley reconoce expresamente como tal la prestación de salud pública, que ha de ser considerada no solo como una prestación sanitaria específica del Sistema de Salud, sino también como un servicio público de más amplia dimensión, y que se caracteriza por la complejidad de sus actuaciones, la participación activa de los diferentes sectores y la actuación coordinada de todas las Administraciones.

Asimismo, la nueva Ley reconoce la prestación de Atención Sociosanitaria, compartida con los Servicios Sociales, y dirigida a aquellos enfermos crónicos y a personas con problemas de salud secundaria a su discapacidad que por sus especiales características y vulnerabilidad pueden beneficiarse de la acción sinérgica de ambos servicios.

Es de justicia reconocer la activa participación en la redacción de estos apartados de los representantes de los discapacitados de nuestra Comunidad Autónoma, el Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de Castilla y León (CERMI).

En sexto lugar, esta norma avanza de manera decisiva en lo relativo a la formación y a la investigación, aspectos que pretenden ser una de las señas de identidad del modelo sanitario de Castilla y León, recogidas en su Título VII del Proyecto de Ley. Para lograr este objetivo, el texto ha previsto la cooperación y colaboración con otras instituciones, como las Universidades, el Instituto de Estudios de Ciencias de Salud de Castilla y León, los centros de investigación, desarrollo e innovación, y los institutos de investigación y, por supuesto, la industria sanitaria. Asimismo, se promueve la creación de los comités de ética de investigación.

En séptimo lugar, esta Ley da respuesta a las aspiraciones ciudadanas de ampliar y reforzar su participación en el Sistema de Salud de Castilla y León mediante la creación de foros virtuales y el reconocimiento de la aportación del voluntariado -porque repercute en la calidad de vida de la gente con problemas de salud-, además de mantener los órganos de participación ya existentes, en los que por primera vez se incluyen las asociaciones de pacientes y familiares.

Otra de las novedades de la Ley, recogida en su Título VI, es la referente a la calidad y acreditación, con el fin de disponer de un sistema de acreditación sanitaria como modelo de excelencia basado en la búsqueda de la mejora continua. A su vez, la Ley crea el Consejo Asesor Científico-Técnico de Sanidad como órgano colegiado de participación y asesoramiento en temas científicos y técnicos, y que estará constituido por profesionales de reconocido prestigio.

Por último, quiero destacar que, dentro del marco de las actuaciones integrales dirigidas a proteger a los profesionales sanitarios, el Proyecto de Ley ha incorporado la posibilidad de sancionar administrativamente los hechos constitutivos de agresión: desde una infracción leve por el uso incorrecto de las instalaciones hasta las muy graves por la agresión personal.

Señorías, estamos ante uno de los Proyectos de Ley más significativos de esta Legislatura, que nos permite recorrer el camino hacia la modernización y la mejora de nuestra sanidad, orientado hacia la calidad de las prestaciones sanitarias y el bienestar de los ciudadanos de Castilla y León.

Como habrán podido valorar, se trata de una norma necesaria para desarrollar el Estatuto de Autonomía de Castilla y León y unificar una norma -el derecho a la prestación a la salud-, imprescindible al establecer la organización general de todos los recursos del Sistema de Salud e incluir las prestaciones asistenciales necesarias; innovadora, al concebir la salud pública como un servicio público de amplia dimensión, complejo y de carácter transversal a todo el sistema; integradora, al resultar del esfuerzo, la participación y el diálogo de los diferentes sectores sociales y económicos, y de la actuación coordinada de todas las Administraciones; y, por último, reconocedora de los derechos y garantías al considerar al ciudadano como principio y fin de todas las actuaciones públicas en materia de salud, con independencia de dónde sea prestada la asistencia.

(Ya termino). Esperemos y confiemos en que el presente Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, que presentó el Gobierno para su tramitación en esta Cámara, reciba hoy el respaldo de Sus Señorías. Esta Ley pretende ser, en suma, una ley para el futuro que recoge todos los aspectos necesarios para la óptima organización de los recursos de este sistema, que apuesta sin fisuras por la mejora de la calidad asistencial de sus destinatarios y que supone dotar del marco legal idóneo al Sistema de Salud de Castilla y León.

Asimismo, señalar que esta Ley de Ordenación del Sistema de Salud se encuentra en plena sintonía con el Proyecto de Ley de Salud Pública y Seguridad Alimentaria de Castilla y León -que en la actualidad se encuentra en trámite de aprobación por esta Cámara- y perfectamente alineada con los Proyectos de Ley, tanto de Salud Pública como de Seguridad Alimentaria, que se están elaborando por el Gobierno de la Nación. Muchas gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias, señor Consejero. Se mantienen las Enmiendas número 1, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 47, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67 del Grupo Parlamentario Socialista, que se mantienen para su defensa en este Pleno. Para un turno a favor de dichas enmiendas, tiene la palabra la Portavoz del Grupo Socialista, doña Victorina Alonso Fernández.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Gracias, señor Presidente. Buenas tardes, Señorías. El debate y aprobación de la Ley de Ordenación del Sistema Sanitario tenía que haber sido la gran oportunidad para acordar entre las Administraciones, los profesionales, los agentes sociales y las fuerzas políticas los cambios necesarios que precisa el Sistema de Salud de Castilla y León, sumido en una profunda crisis. Crisis que se refleja en la masificación de la Atención Primaria, el colapso de las urgencias hospitalarias, el abandono de las zonas periféricas, el malestar y frustración de los profesionales por la ausencia de una política de personal, la falta de recursos para atender a los pacientes crónicos y discapacitados, la descoordinación entre la Atención Primaria, la Atención Hospitalaria, la Salud Pública y la Asistencia Social. Todo ello, sumado a las listas de espera, sitúa, Señorías, a nuestro sistema sanitario en la uvi.

Una quiebra que viene de la mano de un crecimiento desbocado del gasto farmacéutico, que en Castilla y León está un punto por encima de la media nacional, que solo en junio pasado supuso para el sistema la friolera de 59 millones de euros, a lo que hay que añadir una deuda oculta que puede superar los 170 millones, y lo que deben ustedes a los proveedores, proveedores de productos sanitarios, más de 13 millones de euros de los dos últimos años, empresas de Castilla y León que ustedes están poniendo, Señorías, al borde de la ruina.

Pero la Consejería de Sanidad, en lugar de negociar una alternativa a esta situación, propone una ley destinada a privatizar el sistema. Como ejemplo, baste citar la Red Asistencial Sanitaria de Utilidad Pública, integrada por centros públicos y privados, colocando a estos últimos en igualdad de condiciones con los públicos, con derecho a recibir financiación pública. Una medida destinada a subvencionar el sistema privado, que viola la Ley General de Sanidad, pues en esta se asigna a la sanidad privada un papel complementario y subsidiario de la pública. Debieron ustedes, Señorías, retirar el Proyecto, como les pidió el Grupo Socialista, y abrir un proceso de debate y negociación para que esta Ley, que debe regular las relaciones sanitarias en las próximas décadas tuviera un acuerdo político, social y profesional mayoritario, porque es una de las leyes más importantes de esta Legislatura en matera sanitaria, y viene hoy a este Pleno sin debate y sin consenso. Porque ustedes han hurtado el debate; no nos han escuchado a nosotros, pero tampoco a las asociaciones que representan el tejido social de esta Comunidad, asociaciones a las que niegan el "pan y la sal": el "pan" de la participación y la "sal" de los servicios sociosanitarios y las unidades para atención a la discapacidad.

Porque los cambios sociales, políticos y económicos de los últimos años han transformado profundamente la realidad de nuestra Comunidad Autónoma: se han aprobado nuevas leyes, tanto a nivel nacional como autonómico; en el dos mil dos se asumieron las transferencias en materia sanitaria; y se ha reformado nuestro Estatuto de Autonomía, que establece en sus Artículos 13 y 74 el derecho a la protección integral de la salud, los derechos y deberes de los usuarios, las funciones en materia de salud pública y la obligación de una protección especial a los grupos reconocidos mayori... como... sanitariamente como "de riesgo".

Era, por lo tanto, necesario no solo ordenar el Sistema Sanitario adaptando la norma a la nueva situación legal y social, sino hacer una nueva ley que garantice el derecho a la protección integral de la salud para todos los castellanos y leoneses.

La que ustedes presentan hoy aquí tiene diez títulos, setenta y ocho artículos, una disposición adicional, dos disposiciones transitorias, una derogatoria y tres finales, y han pretendido actualizar y mejorar la Ley 1/1993, de 6 de abril, pero no lo han conseguido. Por eso, el Grupo Parlamentario Socialista presentó una enmienda a la totalidad y sesenta y siete enmiendas parciales. Enmienda a la totalidad que no prosperó, y tampoco lo han hecho la mayoría de nuestras aportaciones.

Nuestra pretensión, Señorías, era la de mejorar el texto, corregir sus olvidos, que la nueva Ley atendiera a las especiales características de esta Comunidad, a su envejecimiento y a su dispersión; condiciones que hubieran requerido una respuesta específica, por ejemplo, en cuanto a la atención sociosanitaria, en cuanto a la discapacidad y en cuanto a las dotaciones de centros que atiende las zonas periféricas. Pero nada de eso presentó el legislador. Y a la Ley de mil novecientos noventa y tres le han añadido ustedes: el Defensor del Usuario, el Consejo Asesor Científico-Técnico, han cambiado el nombre al Consejo Regional, citan la salud pública y establecen como gran novedad las demarcaciones sanitarias, sin, desde luego, ponerlas en marcha, ni establecer cómo van a hacerlo; y nada más, nada más. El resto es una copia literal de la Ley de mil novecientos noventa y tres, que, en algunas ocasiones, si me apuran, está mucho mejor desarrollada.

Ya en el preámbulo de la Ley destacan ustedes, como una de las novedades más importantes, la integración de un concepto amplio de salud, superando la vieja distinción entre atención sanitaria individual y salud pública colectiva. Sin embargo, el legislador dedica la mayor parte de su esfuerzo normativo a la asistencia sanitaria, olvidando que es tanto o más importante la prevención y promoción de la salud que la asistencia, y perdiendo la oportunidad de regular en esta Ley la salud pública -lo que hacen ustedes en otra norma; lo que podría hacer pensar que son cosas distintas, pero no es así-.

El Sistema Sanitario debe ser el tronco común para dos ramas de igual importancia: la asistencia sanitaria y la salud pública. Esta forma que ustedes presentan de regular separada dificulta la integración, duplica las normas y puede confundir a los castellanos y leoneses, que pueden pensar, por ejemplo, que la contaminación del agua por arsénico -un problema de esta Comunidad que no se ha resuelto- depende solo de los Ayuntamientos y no es un problema de salud pública.

Nuestras siete primeras enmiendas iban dirigidas a los tres primeros artículos, y pretendían, en primer lugar, dejar claro que estamos hablando del Sistema Público de Salud; en segundo lugar, tanto en el objeto de la Ley como en los principios rectores, pedíamos con nuestras aportaciones dar participación a los trabajadores, los que ustedes olvidan a lo largo de toda la norma, y definir mejor el objeto de la Ley en cuanto a las acciones que permitan hacer efectivo el derecho a la protección integral de la salud, a la prevención de la enfermedad, a la asistencia sanitaria y a la rehabilitación, añadiendo algo que también olvidó el legislador, la necesidad de asumir la tutela, inspección y control de todo el sistema sanitario, independientemente de su titularidad. Porque cada poco tiempo se conocen, Señorías, casos de clínicas privadas cuyas actuaciones acaban, en demasiadas ocasiones, en el Juzgado por la mala praxis o por las deficientes dotaciones; estamos hablando de clínicas de adelgazamiento, de homeopatía, de quiromasaje. Y han perdido ustedes, nuevamente, la ocasión de regularlas.

En el Artículo 5, presenta la Ley una nueva figura, la figura del Defensor del Usuario. Una figura que no aporta nada a lo que viene haciendo el Procurador del Común; que supone un gasto para la Junta de Castilla y León, 59.338 euros anuales, a los que habría que añadir los gastos de una sede y de los asesores; nombrada y cesada por el Consejero de Sanidad. Un profesional de reconocido prestigio, dicen ustedes; pero elegido directamente por el Consejero para un cargo en el que se supone que va a defender a los usuarios y no a quien elige, con quien en muchas ocasiones tendrá que ser crítico. Una figura que existe en otras Comunidades, pero en ninguna de ellas, ni en La Rioja, ni en Madrid, ni en Cantabria, ni en Baleares, es elegida a dedo por el Consejero. Castilla-La Mancha la ha retirado, y en Galicia es el Vicevaledor Do Povo el que hace esta importante función. Porque ustedes han olvidado, también, que las competencias del Defensor del Usuario entran en colisión con las asignadas por una ley, la 2/1994, al Procurador del Común, como establece el Artículo 14 de nuestro Estatuto de Autonomía.

Debían haber retirado esa figura y aceptado nuestra propuesta de que sea el Procurador del Común, con una sección específica, el que continúe realizando la labor que tan acertadamente desempeña. Estoy hablando de la Enmienda número 65, una nueva Disposición Adicional, que ustedes tampoco aceptaron.

Como no han aceptado retirar de su Artículo 8 el apartado 2.b, en el que establecen que la construcción de los consultorios locales corresponde a los Ayuntamientos. Seguramente, Señorías, no habrán hablado ustedes con sus Alcaldes, porque, si lo hubieran hecho, no habrían establecido esta norma, que no existe en ninguna otra ley de ninguna Comunidad, y ni siquiera existía en la nuestra de mil novecientos noventa y tres, porque no se puede cargar más sobre los exiguos hombros de los Ayuntamientos. Es la Junta quien tiene que construir los consultorios locales; bastante hacen las Corporaciones Locales con mantenerlos y conservarlos.

En el Artículo 9, la Ley -ahora sí- trata del Sistema Público de Salud, de cómo acceder a él y de las prestaciones sanitarias que se garantizan a los ciudadanos, que están recogidas en el Artículo 11. En él se define la Atención Primaria, la que se desarrolla en los centros de salud, y la Atención Especializada, la que se desarrolla en los hospitales. En ambos casos realizada por licenciados que se han especializado en medicina de familia, en cardiología, en oncología o en pediatría. Sin embargo, la medicina de familia es la única especialidad de la que quedan plazas vacantes, la que muchos profesionales abandonan, y abandono que no solo se debe a la falta de dotaciones de los centros de salud, sino también al escaso prestigio que tiene, y a eso contribuye, a nuestro modo de ver, como un elemento más el nombre "atención primaria"; de ahí nuestras enmiendas, en las que proponemos sustituir la palabra "especializada" por la palabra "hospitalaria", definiendo mejor dónde realizan su trabajo los profesionales y no discriminando a nadie.

Señor Consejero, en este punto quisiéramos felicitarle por las nuevas... el nuevo catálogo de pruebas que acaban de aprobar y que van a empezar a poder pedirse desde Atención Primaria, doscientas tres pruebas. Es cierto que es un poco tarde, pero bienvenidas. Y queremos manifestar el Grupo Socialista que cuando la Consejería, la Junta de Castilla y León, hace algo que es bueno para que los pacientes se diagnostiquen antes y mejor, los pacientes de Atención Primaria, nosotros le felicitamos; no podemos hacer lo mismo con esta ley, con este texto. Un texto donde no se diferencian las urgencias de las emergencias, lo que no se comprende, pues tanto la regulación como la prestación asistencial son distintas; de ahí nuestra Enmienda número 39, en la que proponíamos precisamente esta diferenciación.

El siguiente Artículo, el número 23, establece de forma somera y sin apenas desarrollar la Atención Sociosanitaria, que no es una novedad, señor Consejero, ya estaba en la Ley de mil novecientos noventa y tres. Castilla y León -ya lo hacía entonces, pero hoy más- lidera a nivel nacional y europeo el envejecimiento de la población: quinientos sesenta y nueve mil ciudadanos, un 22,5% de la población, es mayor de sesenta y cinco años; la media de nuestro país está en 17,7. Pero es que, además, el 7,1 de la población tiene más de ochenta años, cuando la media en España es de 4,1. Si a esto le añadimos la elevada esperanza de vida -81,3 años- va a dar lugar a una serie de patologías que hacen necesaria una respuesta sociosanitaria y que atienda la discapacidad. Estos son los datos. Y, sin embargo, se da la paradoja que una ley hecha para una de las Comunidades más envejecidas de España olvida las demarcaciones sociosanitarias, olvida la realidad de las discapacidades, olvida las infraestructuras, la necesidad de los centros sociosanitarios y, desde luego, la coordinación y coincidencia de las zonas. Por eso nuestra Enmienda número 40, en la que proponemos, entre otras medidas, la creación de un centro de atención sociosanitaria en cada área de salud y las unidades específicas de referencia para la atención a las personas con discapacidad; enmienda que tampoco aprobaron, dejando desamparados a aquellos colectivos a los que el Estatuto de Autonomía y la Ley deberían haber protegido especialmente.

Pero no solo han olvidado ustedes la realidad del envejecimiento, también olvidan regular la atención de los trabajadores. La salud laboral no aparece en el texto, ni siquiera para nombrarla. Un olvido incomprensible, porque sí venía recogida en el texto de mil novecientos noventa y tres. Nuestra Enmienda número 41 quería paliar esta situación. Proponíamos la elaboración de mapas de riesgos laborales, estudios epidemiológicos, formación para la prevención de las enfermedades que tienen que ver con el trabajo, promoción de la salud laboral e investigación en esta materia. Su argumento para rechazarla es que está en el Proyecto de Ley de Salud Pública. Pero nosotros nos preguntamos: ¿no es esta, la que debatimos hoy, la Ley de Ordenación del Sistema de Salud, de todo el Sistema de Salud de Castilla y León, la que regula la ordenación y todas las prestaciones? Si es así, la salud laboral debería estar, por lo menos, recogida. Nosotros lo que pensamos es que se les olvidó, fue un olvido, y después, en vez de admitirlo y corregirlo, han preferido mantenerlo y no enmendarlo, con una torpeza incomprensible.

En el Artículo 24 la Ley establece el concepto y la finalidad de la Red Asistencial Sanitaria de Utilidad Pública de los centros, los servicios y los establecimientos públicos y privados que están financiados públicamente. Una regulación muy escasa en la que no aparecen reflejados los criterios de acreditación, ni los requisitos, condiciones o procedimientos que permitan la inclusión de estos centros en dicha red, atendiendo a su especialización o al tipo de prestaciones que deben cubrir. Una puerta abierta, Señorías, a la privatización, y, lo que es peor, a una financiación pública de las empresas sanitarias privadas; el dinero de todos que se va, como quien no quiere la cosa, a los bolsillos de sus amigos, lo que no es una novedad.

Como tampoco lo es, aunque el Consejero diga que sí, que la Ley da una mayor participación a los profesionales y a los ciudadanos, porque podemos comprobar, artículo tras artículo, que esto no es cierto.

El Consejo General se relega a ser un órgano de participación, en el que no tienen cabida los representantes vecinales ni las asociaciones de consumidores y usuarios. El Consejo Castellano y Leonés de Salud, el máximo órgano de asesoramiento y participación del Sistema de Salud Pública de Castilla y León, no da participación, por ejemplo, a las asociaciones de vecinos, y se habían olvidado también de las asociaciones más representativas del sector de la discapacidad.

Los Consejos de Salud, órganos de participación fundamentales, no pueden englobar, Señorías, a más de dos zonas básicas de salud, porque, si no, es imposible que el diagnóstico de salud se corresponda con esa zona y el tratamiento y el enfoque que se da a esos problemas de salud sea real y se ajuste a las necesidades de dicha zona.

Los planes de salud y las estrategias deben ir dirigidas a los problemas prevalentes y a todos los ciudadanos, sin olvidar que aquellos que tienen una situación de especial vulnerabilidad, como los enfermos mentales o los que tienen discapacidades físicas o sensoriales deben de ser objetos de actuaciones y programas especiales y preferentes. Y la Ley no lo contempla. De ahí nuestra Enmienda número 57.

Han olvidado de nuevo a los licenciados veterinarios que trabajan en salud pública, y que siguen sin estar adscritos a la escala sanitaria del cuerpo facultativo superior. Por cierto, esto último recogido ya y no cumplido en la Ley que ustedes reforman –la de mil novecientos noventa y tres-.

Y llegamos al Título VIII, Artículo 64, en el que se establecen las relaciones con la iniciativa privada, que ustedes desarrollan someramente. El Grupo Socialista considera, por el contrario, que la celebración de conciertos y convenios debe estar regulada de forma estricta en cuanto acreditación, criterios de calidad, duración, régimen de acceso, inspección y evaluación, estableciendo con claridad que son incompatibles con las subvenciones para la financiación de idénticas actividades. Este es el motivo de nuestras Enmiendas 61 a la 64, para que no pueda volver a darse el caso de que ustedes den una subvención a un centro privado de 7,5 millones de euros para ampliar el número de camas, que luego el centro concierta a la sanidad pública. El Sistema Sanitario Público, Señorías, no puede, de ninguna manera, financiar la construcción al Sistema Sanitario Privado, y luego volver a pagarle concertando las camas que pusieron en marcha con nuestro dinero, con el dinero de todos.

Ya finalizo, Señorías. Dice María Zambrano que los sueños se construyen entre la necesidad y la esperanza, y nosotros, los socialistas, como los ciudadanos de Castilla y León, tenemos la necesidad de que se mejore nuestro Sistema de Salud, y la esperanza de que ustedes, que tienen la obligación de mejorarlo, lo hagan aprobando todas las enmiendas que hemos presentado a este Proyecto de Ley. Muchas gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias, Señoría. Para un turno en contra, el Procurador del Grupo Parlamentario Popular, don Jesús Berzosa González, tiene la palabra. Puede empezar.


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

Gracias, señor Presidente. Señorías, buenas tardes. Permítanme, en primer término, expresar, en nombre del Grupo Parlamentario Popular, la felicitación al señor Consejero de Sanidad por haber sido distinguido en los VI Premios de la Administración Sanitaria Española como el Consejero más relevante en el curso político 2009-2010. El jurado –se dice en la reseña informativa- ha valorado, entre otros aspectos, la creación de dos importantes leyes en materia sanitaria: la de Ordenación del Sistema de Salud y la de Salud Pública y Seguridad Alimentaria.

En segundo lugar, quiero expresar el agradecimiento a mi compañera en el Grupo Parlamentario Popular, Mercedes Coloma, por la ayuda y la colaboración prestada en la tramitación de este nuevo marco normativo que es la Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León. Agradecimiento extensivo también a la Letrada doña Laura Díez por su ya habitual excelente trabajo profesional.

Una tramitación, la de este Proyecto de Ley, que en el día de hoy alcanza su recta final. Superada esta, la nueva Ley pondrá fin a la Ley 1/93, de seis de diciembre, de Ordenación Sanitaria del Sistema de Castilla y León, que tan buenos servicios ha venido prestando a nuestra Comunidad.

Ahora, cuando se van a cumplir diecisiete años de su existencia, una nueva realidad social, surgida de la aprobación del nuevo Estatuto de Autonomía, de la Ley de Cohesión y Calidad del dos mil tres, y de la asunción de transferencias sanitarias en el dos mil dos, demanda cambios legislativos importantes para responder a los retos del presente y del futuro.

Pero el Proyecto de Ley que hoy debatimos deviene también del mandato de los poderes públicos de hacer efectivo el derecho a la protección integral de la salud. El Proyecto de Ley lo hace en los términos que le es exigible a una Ley de Ordenación Sanitaria del dos mil diez, pero también con clara vocación de pervivencia. De manera que ordena el Sistema Sanitario con el fin de hacer efectivo este derecho.

Para ello incorpora los derechos y deberes de los usuarios de acuerdo con la Ley 2003; amplía la protección de los mismos al crear la figura del Defensor del Usuario; introduce por primera vez en el ordenamiento jurídico sanitario la Atención Sociosanitaria, en consonancia con los derechos sociales reconocidos en el Artículo 13.2 de nuestro vigente Estatuto de Autonomía; prevé la aprobación de un nuevo plan sociosanitario, con especial atención a las personas que padecen enfermedades crónicas e invalidantes y a los colectivos de personas con especial vulnerabilidad; establece, también por primera vez en una norma autonómica, las prestaciones del Sistema Nacional de Salud, conforme a la Ley de Cohesión y Calidad del dos mil tres, incorporando la salud pública y la ya referida de atención sociosanitaria; define un nuevo mapa sanitario, integrando en el mismo las demarcaciones sanitarias como territorio donde se prestan las prestaciones de salud pública; amplía la participación de la sociedad a todos los niveles; impulsa la formación y la investigación; fortalece la seguridad de los profesionales estableciendo un régimen sancionador, y promueve la calidad y la acreditación como modelo de excelencia basado en la mejora continua.

Estas son, entre otras, algunas de las novedades que incorpora este importante Proyecto de Ley, y que, sin duda, son una apuesta decidida por la modernización y mejora de nuestro sistema público de salud cara al siglo XXI.

El Partido Socialista ha presentado sesenta y siete enmiendas a treinta y seis artículos de los setenta y ocho de que consta el Proyecto.

Desde este Grupo Parlamentario hemos mantenido siempre la mejor de las disposiciones para que en torno al mismo se concitaran la mayor voluntad de acuerdo y consenso posible. Lo manifestamos públicamente tras la entrada en las Cortes, lo reiteramos con ocasión del debate a la Enmienda a la Totalidad. Hemos mantenido reuniones con colectivos sociales y profesionales cuyas sensibilidades y propuestas forman parte de enmiendas de este Grupo Parlamentario, de las que posteriormente hablaremos. No hemos dejado en ningún momento de la tramitación parlamentaria de incorporar aquellas enmiendas de la Oposición que entendíamos podían servir para mejorar un texto siempre perfeccionable. Así lo hicimos en Comisión, aceptando dos enmiendas más a las anteriormente admitidas; y hoy anuncio la aceptación de otras dos enmiendas, concretamente las números 12 y 54, presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista.

La Enmienda número 12 propone que a la acreditación, autorización, seguimiento y control y evaluación de centros, servicios y establecimientos sanitarios, recogidos en el apartado... en el Artículo 7, apartado r), se añada: "tanto públicos como privados", lo cual nos parece aceptable, toda vez que los Artículos 55, 57 y 67, donde se habla de la calidad, la acreditación y la intervención pública, hacen referencia, precisamente, a centros y servicios públicos y privados.

La Enmienda número 54 hace referencia al Artículo 46, que en su apartado 2 dice que podrán constituirse Consejos de Salud que agrupen a varias zonas colindantes dentro de una misma Área de Salud, cuando factores de carácter demográfico, sanitario y viario lo aconsejen. Pues bien, la enmienda lo limita a dos, y a nosotros nos parece adecuado y suficiente.

El Partido Socialista, sin embargo, equivoca y confunde deliberadamente -y, por tanto, con ánimo de engañar- Zona Básica de Salud, Centro de Salud y Consejo de Salud. No es cierto que el Proyecto de Ley establezca que no tendrá por qué haber en cada Zona Básica un Centro de Salud; léanse, por favor, el Artículo 15, referente a las zonas básicas de salud, que dice: "Cada Zona Básica de Salud contará con un Centro de Salud". No es cierto que el Proyecto de Ley no contemple la continuidad de los Consejos de Salud; léanse los Artículos 45 y 46, correspondientes a la participación y asesoramiento de los Consejos de Salud de Área y Zona.

No hay, por tanto, en la norma ningún desmantelamiento de la Atención Primaria, lo que sí que hay es un desmantelamiento del respeto y del compromiso con la verdad cuando se dicen estas cosas.

En total, Señorías, son doce las enmiendas admitidas al Grupo Parlamentario Socialista. No sé si son muchas o pocas, en todo caso, son las que mi Grupo ha considerado como necesarias y suficientes.

Obviamente no hemos aceptado enmiendas que ponían en cuestión el propio texto. Véase la Enmienda número 66, por la que se pretende que, en caso de aprobación de la Ley, la Junta remita un nuevo Proyecto de Ley en el plazo de seis meses. Flaco favor, señores socialistas, se hacen a sí mismos a la hora de defender sus enmiendas, ya que con esta enmienda demuestran no solo que no creen en el Proyecto, sino que tampoco creen que sus enmiendas sirvan para mejorar el mismo, puesto que, de aceptar todas -incluida esta-, el Proyecto de Ley quedaría condenado a una vida efímera.

Tampoco hemos aceptado aquellas otras enmiendas que pretendían alterar o modificar sustancialmente aspectos que consideramos esenciales, como los referentes al propio objeto de ley, o que por su... su naturaleza son simplemente irrelevantes o innecesarias.

En el Proyecto de Ley se define y diferencia muy claramente lo que es el Sistema de Salud del Sistema Público de Salud. El primero engloba el conjunto de actuaciones y recursos públicos y privados cuya finalidad sea la promoción y protección de la salud en todos sus ámbitos, la prevención de la enfermedad, la asistencia sanitaria y la rehabilitación, todo ello desde una perspectiva de asistencia sanitaria integral. Mientras que el Sistema Público de Salud comprende el conjunto de actuaciones y recursos de la Administración Sanitaria de la Comunidad Autónoma y de las Corporaciones Locales con los mismos fines y objetivos.

El Proyecto establece también las relaciones de complementariedad con la iniciativa privada, a las que dedica un título, el Título VIII, así como su posible integración en la Red Sanitaria de Utilización Pública, con los efectos que ello conlleva. Destina un capítulo a la calidad y acreditación, la prestación de servicios, aplicable tanto a los servicios del sistema público como privados. Y, al tiempo, garantiza la intervención pública en materia sanitaria en cualquier actividad pública o privada.

Se trata, en definitiva, de que los usuarios del Sistema de Salud de Castilla y León tengan garantizados todos sus derechos con independencia de que al centro al que acudan sea público o privado.

La distinción entre Sistema de Salud y Sistema de... y Sistema Público de Salud no la ha inventado el Partido Popular, tampoco la complementariedad de la iniciativa privada. En el primer caso, fue obra de Ernest Lluch, y así está reflejado en la Ley General de Sanidad de mil novecientos ochenta y seis, en sus Títulos I y III; y, en el segundo caso, del también ex Ministro socialista, Julián García Vargas.

Hace pocos días, Pilar Grande, Portavoz de Sanidad del Partido Socialista en el Congreso de los Diputados, decía: "El Grupo Parlamentario Socialista seguirá promoviendo la sanidad privada... seguirá promoviendo que la sanidad privada tenga cada vez más presencia, no en detrimento de la sanidad pública, sino siempre con carácter complementario". Precisamente este Proyecto de Ley lo que hace es reconocer la complementariedad de la iniciativa privada en su relación con el Sistema Público de Salud, respetando siempre los principios de publicidad, transparencia, objetividad, eficiencia y buena administración, y ponderando tanto la calidad del servicio como el ahorro económico, así reza el Artículo 64. Y añade este mismo artículo: "Con carácter general, las prestaciones ofrecidas por el Sistema Público de Salud serán realizadas por el Sistema Público de Salud; la iniciativa privada complementará las prestaciones ofrecidas por el Sistema Público cuando resulte necesario, dando preferencia en sus relaciones con la iniciativa privada a las entidades que no tengan carácter lucrativo".

En la... esta participación de la iniciativa privada está sujeta, como no puede ser de otro modo, a la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, y a las leyes sectoriales que le sean de aplicación. Y así está referenciado en el propio texto -Artículo 65-, sin que sea necesario, por economía normativa, replicar una norma que está en vigor.

¿Dónde está, pues, la equiparación de la asistencia pública con la privada? ¿Dónde está la falta de control? Señorías, o no se han leído el Artículo 64 o mienten a sabiendas. Si se lo han leído y no estaban de acuerdo con la redacción de este artículo, ¿por qué no han presentado una enmienda al mismo? No se entiende, en todo caso, que la complementariedad de la iniciativa privada con la sanidad pública, promovida, promocionada y practicada por el Partido Socialista en Comunidades como Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura, Aragón o Asturias sea vista por los socialistas de esta Comunidad como la suma de todos los males sin mezcla de bien alguno, y sentida cual si se hubiera hurgado en un trigémino.

Señorías, cuando se habla de los derechos de los usuarios parece conveniente garantizar la protección de los mismos a través de la figura del Defensor del Usuario. Así lo han hecho en la mayoría de las Comunidades Autónomas cuando aún ni siquiera se había aprobado la Ley 4/2002, Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Deberes en Materia de Información y Documentación Clínica, y la Ley 16/2003, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud.

Ahora, cuando ambas leyes están en vigor, y también en nuestra Comunidad la Ley 8/2003, de Derechos y Deberes en Relación con la Salud, la creación de este órgano encargado de la tutela y defensa de estos derechos parece más necesaria que nunca.

El Proyecto de Ley lo contempla, además, en los mismos términos que lo hacen las leyes de otras Comunidades Autónomas como Madrid, La Rioja, Baleares, Asturias, Canarias y Cantabria.

La adscripción de este órgano a la Consejería de Sanidad, como ocurre en las Comunidades anteriormente citadas, no compromete en modo alguno su independencia, que está plenamente garantizada -persona de reconocido prestigio, se dice en el texto-, y permite, en base al principio de eficiencia, aprovechar los recursos materiales y personales sin necesidad de incrementar el gasto público.

Señores socialistas, que ustedes pretendan cambiar la denominación de "atención especializada" por "hospitalaria" es algo estólido. Buena prueba de ello es el recurso al victimismo o a un trasnochado enfrentamiento entre profesionales para justificar su falta de argumentos. Su propuesta no tiene cabida en un texto legislativo de esta naturaleza. En primer lugar, porque la Atención Especializada es algo más que la hospitalaria, ya que aquella puede prestarse, y de hecho se presta, también en centros de especialidades y centros de salud. En segundo lugar, porque choca con los criterios legislativos vigentes, tanto de naturaleza básica o estatal como autonómica.

El Proyecto de Ley contempla la Atención Sanitaria y lo hace en los términos que cabe hacerlo en un proyecto de esta naturaleza, en la previsión de un plan sociosanitario en el que se definan las líneas estratégicas y los objetivos a conseguir y en la coordinación de los servicios del Sistema Público y del Sistema de Servicios Sociales.

Una respuesta integradora no precisa de una organización única; la clave es y se llama coordinación. Una coordinación centrada en las personas y adaptada a sus necesidades, que a menudo caminan por delante de las normas y de la organización; un modelo flexible y funcional y, por tanto, alejado de cualquier modelo burocratizado e ineficiente; todo ello en perfecta coherencia con lo desarrollado en el Artículo 14 de la Ley de Cohesión y Calidad. (Por cierto, el Gobierno Socialista aún no ha desarrollado la cartera de servicios sociosanitarios prevista en esta ley). Decía que, todo ello, en coherencia con el Artículo 14 de la Ley de Cohesión y Calidad y con las conclusiones del VI Congreso Nacional de Atención Sociosanitaria celebrado recientemente en Zamora.

Así está recogido en una de las enmiendas presentadas por este Grupo Parlamentario Popular y que cuenta con la aquiescencia de colectivos socialmente representativos en el sector de la discapacidad. Hemos compartido con este colectivo y con el de los profesionales sanitarios -y ha sido objeto de otra enmienda- la necesidad de que de forma explícita se coja... se recoja la participación en el Consejo Castellano y Leonés de Salud de las organizaciones más representativas tanto del sector de la discapacidad como de las organizaciones sindicales en el ámbito sanitario. Una participación de la que a priori no se excluye a nadie, ya que el propio Proyecto de Ley contempla que la constitución y funciones de este órgano se determinarán reglamentariamente. Una y otra enmienda fueron lamentablemente rechazadas por el Partido Socialista, como también lo han sido las referidas a la gestión, participación, reconocimiento y motivación de los profesionales del Sistema de Salud en el marco de los principios rectores y la necesidad de que el Defensor del Usuario lo sea del Sistema de Salud y no solo del Sistema Público, ya que algunos de los derechos reconocidos a los usuarios lo son tanto frente a centros públicos como privados.

Se trata de cinco enmiendas, las presentadas por este Grupo Parlamentario, de las que solo uno... una mereció la aceptación del Partido Socialista, al tratarse de una enmienda aceptada previamente por el Partido Popular y redactada en idénticos términos por... por ambos Grupos Parlamentarios.

(Concluyo, Señorías). Estamos ante un Proyecto de Ley innovador, que da cumplida respuesta a las nuevas exigencias derivadas de profundos cambios sociales, también en el modo de vivir e informar, que incorpora proyectos y sugerencias de colectivos sociales y profesionales muy representativos y que –estoy seguro- está llamado a ser un referente en el panorama legislativo sanitario español. Gracias. [Aplausos].


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA LUIS HERAS):

Gracias, señor Berzosa. Para un turno de réplica, tiene la palabra doña Victorina Alonso.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Gracias, señora Vicepresidenta. Señoría, antes de pasar a responder a todas las cuestiones que usted ha planteado, me gustaría hablar de algunos olvidos de esta Ley, que no tuvieron cabida por el espacio, por el tiempo, en la primera parte. Me estoy refiriendo, en primer lugar, a la memoria económica. Ustedes saben que es un mandato legislativo que todos los proyectos de ley, todas las leyes que vengan al Parlamento, se acompañen de memoria económica. Bien. Pues no es el caso de esta Ley, no viene acompañada de memoria económica. Y cuando hemos leído los argumentos que se establecían para que... para que no contase con esta memoria -además, uno de estos escritos era de la Dirección General de Presupuestos y Fondos Comunitarios, que en un informe exponía que no disponen de ninguna... ningún argumento, de ningún informe escrito que contenga la valoración económica de la Ley-, pues nos ha sorprendido sobre todo el comprobar que los argumentos eran que esta Ley no iba a suponer ningún gasto. Esta Ley, la ley más importante de Sanidad, la ley que va a regular toda la estructura sanitaria en las próximas décadas, no va a suponer en su establecimiento, en todas las novedades que ustedes han dicho aquí que conlleva, no va a suponer ningún gasto.

Por ejemplo, la figura del Defensor del Usuario, esa figura que para ustedes es el no va más, un... una persona de... de reconocido prestigio, con cargo de Director General –así viene explicado en la Ley-, que, además, tiene que tener una sede y unos asesores. El cargo de Director General viene presupuestado –en la Junta lo han publicado ustedes- cuánto va a cobrar. Entonces, los socialistas nos preguntamos: este profesional de reconocido prestigio que va a hacer las funciones de Defensor de los Usuarios, ¿va a hacerlo de forma gratuita?, ¿va a trabajar defendiendo a todos los usuarios de Castilla y León sin cobrar nada?, ¿la sede también va a ser... se la van a ceder graciosamente para que la ocupe?, los asesores... porque, claro, el Defensor del Usuario tendrá que ir a recoger las quejas, tendrá que ir a recoger las denuncias, tendrá que reunirse con las asociaciones -pues, hablamos, me acuerdo ahora del problema que hubo en Ávila, el cáncer en Ávila, cuando todas las asociaciones y todos los familiares salieron a la calle porque tenían que trasladarse a Salamanca tres horas para recibir quimioterapia y no había ningún oncólogo; el Defensor del Usuario tendría que trasladarse a Ávila con sus asesores para recoger las quejas, tramitarlas y ver las soluciones-, ¿no va a... no se le va a pagar nada? Yo... No lo entendemos. Señor Consejero, queremos que nos explique cómo va a ser esta... cómo... cómo van a hacerlo ustedes, qué milagro han conseguido para que este profesional –si es que ustedes ya piensan en él- pueda desempeñar estas funciones de forma gratuita, de forma desinteresada.

Este es uno de los grandes olvidos, pero hay otro también gravísimo: la atención sociosanitaria, el mapa de atención sociosanitaria, que ustedes... a ustedes se les llena la boca con el mapa de atención sociosanitaria y con... con esta atención. Dicen, por ejemplo, que es... esta Ley lo contempla por primera vez, y no es cierto, en la Ley de mil novecientos noventa y tres ya venía recogido. Y es que, fíjese, además, hay un Plan Sociosanitario de mil novecientos noventa y ocho -hace doce años- en el que ya se decía: en mil novecientos noventa y ocho –el Plan es anterior- se elaborará el mapa sociosanitario; en mil novecientos noventa y ocho -este es uno de las... de los mandatos de ese Plan- se aprobará la normativa que regule la autorización de centros y servicios; en mil novecientos noventa y ocho se habrá elaborado un manual de acreditación de recursos sociosanitarios, se habrá establecido el contenido del sistema de información sociosanitaria. Es decir, que ustedes hablan de un Plan Sociosanitario en esta Ley, no destinan ningún recurso económico para ponerlo en marcha y, además, es un Plan Sociosanitario que ya venía contemplado en la Ley de mil novecientos noventa y tres y que, además, ya se había desarrollado y ya se está... estaba establecido cómo se iba a poner en marcha.

Otro gran olvido de esta Ley, un olvido a nuestro modo de ver muy grave, es que no han hablado ustedes para nada... y esto también tiene un coste, tampoco viene en la memoria económica, pero es que ni siquiera lo han... se han referido a... a ello, no... no en la memoria económica, en la propia Ley. Estamos hablando de un sistema de información compartido. Si ustedes dicen que es tan importante la atención sociosanitaria, es decir, que cuando un paciente va al hospital o va al centro de salud y tiene un problema social y un problema sanitario, pues porque se ha roto una cadera, tiene noventa años, va al hospital y, luego, cuando viene, tiene que tener resuelta la situación residencial porque no puede estar en su casa, por ejemplo. Cuando esta persona tiene este problema, la trabajadora social tiene que tener acceso, tiene que existir una forma, un recurso informático, que le permita, al menos, acceder a parte de ese historial. Y esto, en la vecina Castilla-La Mancha está funcionando desde hace años. No hace falta más que copiarlo. No es ninguna cosa rara ni una innovación. Hay un sistema informático que contempla ya la información de todo el sistema compartido social y sanitario, y ustedes ni siquiera hablan de él, pero, además, es que tampoco viene, lógicamente, establecido en la memoria económica.

Hablan de la autorización de centros y servicios, la normativa. Eso tampoco viene contemplado en la memoria económica, y eso también tiene un coste.

Y otra cosa, un olvido gravísimo, a nuestro modo de ver, en esta Ley también, es la participación de los profesionales en la gestión de los centros. Una participación que sí venía contemplada en la Ley de mil novecientos noventa y tres, y que nosotros presentamos una enmienda a esa participación, para que los profesionales sanitarios puedan... -porque tienen obligación, porque, además, así se va a conseguir una mejor sanidad, una mejor asistencia sanitaria- puedan participar en la gestión de todo el Sistema Sanitario. Bien, pues eso también lo olvida la Ley.

Y luego, quiero referirme también a una serie de falsedades que no porque ustedes las repitan van a ser verdad, y me estoy refiriendo a... por ejemplo, a que el voluntariado es también una novedad de esta Ley, que por primera vez se contempla; pero si es que la Ley del Voluntariado es del dos mil seis, y en el dos mil seis en esa ley ya se contemplaba que había un voluntariado que participaba en el Sistema Sanitario. No entendemos cómo pueden decir eso.

El señor Consejero ha dicho también que la atención sociosanitaria aparece por primera vez en el ordenamiento jurídico de la Comunidad Autónoma. Señor Consejero, que es que estaba en mil novecientos noventa y tres; no puede usted venir con ese argumento aquí porque es que no es verdad.

Otro argumento, también, otra falsedad, dice que es una novedad la investigación y la formación, y no es cierto. En la Ley de mil novecientos noventa y tres no solo venía resalta... reseñada, sino que venía especificada mucho mejor que en esta Ley que estamos debatiendo hoy.

Y después de... de estas consideraciones, voy a tratar de responder a todas las cosas que nos ha dicho el Portavoz, y también lo que ha comentado el Consejero. Otra vez ha sacado... nuevamente nos ha estado hablando del barómetro y de la Federación para la Defensa de la Sanidad Pública. Señor Consejero, le hemos dicho aquí, y no queremos... vamos a repetirlo, que se está... se valora, efectivamente, a los trabajadores que trabajan en el Sistema Sanitario Público y que esos reciben un notable. Pero no así la Consejería, no así si usted ve las listas de espera, lo que le hemos citado, el problema de oncología, el problema de los... de las zonas periféricas parece... es increíble que usted siga reiterando y siga manteniéndose en el error de considerar que un barómetro sanitario que le aprueba ya le exime de hacer... de mejorar el sistema y de mejorar esta ley, que es concretamente de lo que estamos hablando hoy.

Hoy el Grupo Parlamentario dice... viene a esta... a este Pleno diciendo que nos van a aprobar dos enmiendas más, y nos parece correcto, tendrían que haber aprobado todas las que faltan. Usted dice... usted dice que... que es una incongruencia el que nosotros hayamos puesto una enmienda a la totalidad y sesenta y siete enmiendas, pero no lo es, si usted lo piensa con detenimiento; porque la Enmienda a la Totalidad considerábamos que ustedes no la iban a aprobar, y, mínimamente, queríamos aportar, queríamos tratar de que esta Ley fuera un poco mejor. No lo hemos conseguido, porque usted, ustedes no han participado en el debate, no han permitido que ese debate se estableciera. Solamente hemos tenido dos ponencias, y en esas ponencias, Señorías, los... las dos personas que participaban del Grupo Popular se limitaban –y sentimos mucho decirlo- a sacar su cuaderno azul y a decir "esta no, esta no, esta no", sin permitirnos al Grupo Socialista, a las dos... a Elena Pérez y a quien les habla –que estábamos en esa Ponencia-, sin permitirnos ni tan siquiera exponer nuestras razones. Eso es así, y sentimos mucho decirlo, pero es la realidad. No ha habido ninguna posibilidad de que se debatan las enmiendas, y eso nos parece un desprecio a este Legislativo. Un grave desprecio, porque precisamente todas las leyes tienen que recibir y debatir las enmiendas que el Grupo de la Oposición, en este caso el Grupo Socialista, presenta.

Porque, además, quiero recordarles -aunque ya se lo hemos dicho allí- que nuestras enmiendas no eran solo nuestras; nos habíamos reunido con todas las asociaciones, como dicen ustedes que también han hecho. No consta, por cierto. Si leen los antecedentes de la Ley, es una de las cosas que le dice el CES y el Consultivo. Ustedes dicen que han mandado el proyecto de ley a todas las asociaciones, pero, aquí, alegaciones han puesto muy pocas. ¿Qué ha pasado? Y no consta el... los anteproyectos que han mandado no constan otra vez remitidos. A lo mejor es que se les olvidó, o a lo mejor es que no... les mandaron y ellos, bueno, pues no quisieron participar por lo que sea. Lo que sí podemos hablar es de cómo respondieron a nuestras iniciativas...


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA LUIS HERAS):

Señora Alonso, vaya concluyendo, por favor.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

... cómo respondieron a lo que nosotros presentamos, y de eso podemos decir que en ningún momento, en ningún momento, quisieron debatir, en ningún momento quisieron escuchar y en ningún momento asumieron que podíamos tener en algunas de esas iniciativas, al menos, parte de la razón.

Insiste usted, otra vez, en lo de atención primaria y atención hospitalaria, diciendo que es una cosa que no existe en ninguna parte. Bueno, pues esta Ley podía ponerlo en marcha. Pero no creemos que sea nada más que dar una entidad a los especialistas de Atención Primaria, y creemos que eso es importante.

Y ya finalizo (señora Vicepresidenta, finalizo ya) simplemente comentándole que... -lo ha dicho usted públicamente- que la atención sociosanitaria a usted le gusta mucho cómo la presenta y cómo la desarrolla el señor Lamata, el Consejero de la vecina Comunidad de Castilla-La Mancha. Bien, pues el señor Lamata, le ruego a usted que se lea...


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA LUIS HERAS):

Señora Alonso, le ruego concluya, por favor.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

... el Plan Sociosanitario de Castilla-La Mancha para ver cómo desarrolla la atención sociosanitaria y luego copiarla aquí, si es que es verdad que a usted le gusta.

Sentimos mucho... Desde luego, aceptamos esas dos enmiendas que ustedes... aceptamos que... nos parece bien...


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA LUIS HERAS):

Muchas gracias.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

... que ustedes las aceptan. Y sentimos muchísimo que esta Ley salga coja, que esta Ley no sea la ley de todos los castellanos y leoneses porque ustedes no han querido que así sea. [Aplausos].


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA LUIS HERAS):

Muchas gracias, señora Alonso. Para un turno de dúplica, tiene la palabra don Jesús Berzosa González.


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

Gracias, señora Vicepresidenta. Claro que me gusta la atención sociosanitaria como la concibe el Consejero Lamata, pero más me gusta como la concibo... como la concebimos en nuestro Grupo Parlamentario (que no es muy distinta, por cierto, de la del señor Lamata). [Aplausos].

Señorías, el debate entre público y privado en sanidad es un debate que en la mayoría de los países del entorno europeo está ya en el pasado. En nuestro país aún permanece en la izquierda nostálgica, avanza posiciones hasta colocarse en primera línea de combate cuando esa izquierda está en la oposición, pero retrocede y se refugia en los cuarteles de invierno cuando está en el Gobierno.

Señores socialistas, deberían superar de una vez el falso debate sobre la falsa privatización de la sanidad y seguir el ejemplo de sus compañeros allí en las regiones donde gobiernan.

Pero miren, si de verdad quieren defender la sanidad pública hay que salvaguardar la dignidad de los profesionales y no castigar económicamente, como el Gobierno Socialista ha hecho, a quien mantiene la buena imagen de nuestro sistema público de salud. [Aplausos].

Esto es lo que realmente preocupa a los profesionales, y que puedan participar en la organización y gestión de los recursos que tienen asignados, así como su reconocimiento y motivación. Esto fue objeto de una enmienda que nosotros presentamos y que ustedes rechazaron. Pero miren, lo que no les preocupa para nada es si la Atención Primaria se llama hospitalaria o se sigue llamando especializada. Eso le puedo asegurar que no les preocupa para nada.

En ningún caso, la colaboración o complementariedad con la iniciativa privada pone en peligro el carácter público de la sanidad pública. Repito, por si no me han entendido bien: en ningún caso, la colaboración o complementariedad con la iniciativa privada pone en peligro el carácter público de la sanidad pública. Lo decía María Jesús Montero, Consejera de Sanidad de Andalucía, en una respuesta parlamentaria a Izquierda Unida, cuando esta la acusaba a la Consejera de privatizar la sanidad. Y la Consejera añadía: "Quien vea en ello un peligro para la sanidad pública hace juicios de valor interesados". Yo creo que sobra ya todo comentario.

Señorías, pretender denostar la figura del Defensor del Usuario dudando de su independencia por cuestión económica es un razonamiento erróneo y de circuito corto. Solo desde el sectarismo o desde la hemiplejia moral se puede dudar de la independencia del Defensor del Usuario, que ha de ser propuesto entre personas de reconocido prestigio en el ámbito sanitario o jurídico, salvo que ustedes quieran poner ejemplos de personas de su ámbito de influencia o poder, cuyos comportamientos y actitudes esas sí hacen dudar de su independencia.

¿Cómo pueden decir que el gasto que comporta -53.000 euros me parece que ha dicho, según ustedes- es un gasto innecesario cuando se trata de velar por la defensa y tutela de los derechos sanitarios de los usuarios? ¿Cómo pueden hablar de gasto cuando pretenden crear un órgano de igual naturaleza en el seno del Procurador del Común, por más que ahora se autoenmienden hablando de secciones específicas, o la creación de dos órganos autónomos, como el Servicios Asistencial de Salud y el de Salud Pública y Seguridad Alimentaria, que nos llevaría a un sistema sanitario excesivamente burocratizado y excesivamente costoso? ¿Acaso consideran, entonces, más justificados los 47 millones de euros gastados en la cartelería y propaganda del Plan E? Pues sepan que con ese dinero se podría pagar al Defensor del Usuario durante cerca de novecientos años.

Señorías, pocos textos legislativos en materia de ordenación sanitaria, por no decir ninguno, contienen tan amplia participación como la que se recoge en este Proyecto de Ley. El mérito de este Proyecto es el reforzamiento de la participación de los agentes sociales en los asuntos de la Gerencia Regional al crear un órgano de participación propio en la gestión de la misma, como foro de encuentro entre dichos agentes directivos y Corporaciones Locales.

Es posible que ni en este órgano ni en el Consejo Castellano y Leonés de Salud estén todos los que son, pero sí son todos los que están, y, entre ellos, las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito sanitario y los colectivos representativos del sector de la discapacidad, una enmienda del Partido Popular con la que ustedes no están de acuerdo. Así entienden ustedes la participación. Nosotros, en cambio, sí aceptamos una enmienda suya pidiendo la participación de los trabajadores en el marco de los principios rectores.

Otras asociaciones, como la de los profesionales o de vecinos -no confunda con la de los consumidores o usuarios, que están en el Consejo Castellano y Leonés de Salud-, están representadas en los consejos donde su participación pueda ser más eficaz, como en los Consejos de Salud de Área y Zona o en el Consejo Asesor Científico-Técnico, sin que, por otra parte, a priori, estén excluidos estos colectivos del Consejo Castellano y Leonés de Salud, cuya composición y funcionamiento, ya le decía anteriormente, se determinará reglamentariamente.

Han hablado ustedes de la construcción de los consultorios locales y de recortes a los Ayuntamientos. ¿Pero de qué recortes hablan? ¿De qué proyecto de ley? ¿Cómo pueden hablar de recortes los autores del mayor tijeretazo social, económico y de inversiones en infraestructuras infringidos a esta Comunidad en democracia? [Aplausos].

Miren, los Alcaldes de todo signo político conocen y saben de la responsabilidad de los municipios locales prevista en la Ley de Bases de Régimen Local, como conocen y saben que la Comunidad Autónoma colabora sustancialmente con importantes subvenciones para la construcción de consultorios locales, al igual que hacen otras Comunidades Autónomas, como Cantabria, Galicia o Andalucía, y está en sus leyes de ordenación. Pero ni conocen ni saben cuándo el Gobierno de Zapatero estará en condiciones de abordar la tan ansiada como necesitada financiación de las Administraciones Locales.

Señorías, si siempre es bueno una utilización del tiempo y el dinero cuando de asuntos públicos se trata, en las actuales circunstancias de crisis económica nos es exigible a todos una hiperestesia de responsabilidad en este sentido. El Proyecto de Ley, desde su entrada en las Cortes en el pasado mes de marzo, ha tenido dos debates en Pleno -este es el segundo-, uno en Comisión y dos reuniones de la Ponencia técnica. Se podrían haber celebrado quizá más reuniones de la Ponencia o haber realizado una tramitación parlamentaria más dilata en el tiempo, pero nadie mejor que ustedes saben que nada de ello era necesario, porque ni creen ni quieren este Proyecto de Ley.

Desde que se inició la tramitación parlamentaria ya tenían diseñado su escenario para el disenso: primero, con la presentación de una enmienda a la totalidad; después, con una enmienda parcial, que, a modo de claúsula de salvaguarda, solicita que, en caso de aprobarse la ley, la Junta debería remitir un proyecto en el plazo de seis meses. Producida la falta de acuerdo, como no podía ser de otro modo, siempre cabe la estrategia preconcebida de culparle al otro. Para ello han hecho uso de los típicos tópicos de la izquierda de siempre: la mayoría del Partido Popular impone su rodillo, el Partido Popular privatiza la sanidad. Todo ello demasiado burdo para no darse cuenta que el Partido Socialista lo que busca es la confrontación en sanidad. Este Proyecto de Ley para ustedes no ha sido más que una oportunidad para ello.

¿Cómo puede hablarse de rodillo cuando el porcentaje de enmiendas que hemos admitido –una de cada cinco- es el mismo que ustedes nos han admitido a nosotros? Pero, además, es un sarcasmo que hablen de rodillo quienes reiteradamente han venido rechazando cualquier tipo de pacto o acuerdo en sanidad. Por cierto, hablando de pactos, se nos ha acusado de seguir las instrucciones de la Consejería de Sanidad; pero es que nosotros defendemos aquello en lo que creemos, y nosotros creemos en este Proyecto de Ley. En cambio, ustedes defendieron en estas Cortes la necesidad de un pacto por la sanidad hasta aquella mañana de septiembre del dos mil ocho en la que el señor López les dijo "de pacto, nada". Es la diferencia entre unos y otros: unos defendemos creencias y otros conveniencias. [Aplausos].

Señorías, no se refugien en el burladero de la Ley 93 de Ordenación Sanitaria. Hablando de toros y leyes, a las cinco de la tarde, como decía García Lorca, no han sido capaces de presentar un proyecto alternativo. Una vez más aparecen como un partido sin proyectos y sin ideas en sanidad. Parados en el tiempo, se han convertido en algo así como el perro del hortelano, dedicados a lo de siempre: a torpedear cualquier proyecto sanitario que pueda ser beneficioso para los castellanos y leoneses, para los ciudadanos de esta Comunidad, para los ciudadanos de esta tierra. Gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias, señor Berzosa. Vamos a proceder a someter a votación. Por favor, Señorías, ocupen sus escaños. Señores ujieres, por favor, cierren las puertas. Gracias.

Votación Enmiendas PL 27

Sometemos a votación las enmiendas parciales del Grupo Parlamentario Socialista al Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León. En primer lugar, sometemos a votación las Enmiendas 12 y 54. Comienza la votación. Gracias.

Votos emitidos: ochenta. A favor: ochenta. Ninguno en contra. Ninguna abstención. Quedan, en consecuencia, aprobadas ambas enmiendas.

Votamos a continuación el resto de las enmiendas. Si Sus Señorías lo desean, digo cuáles son; si no, las que ya hemos debatido. Comienza la votación. Gracias.

Votos emitidos: ochenta. A favor: treinta y tres. En contra: cuarenta y cinco. Y dos abstenciones. En consecuencia, quedan rechazadas estas enmiendas parciales.

Votación PL 27

Y, finalmente, sometemos a votación el Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, los Artículos 1 al 78, Disposiciones Transitoria Primera y Segunda, Disposición Derogatoria Única, Disposiciones Finales Primera, Segunda y Tercera, Exposición de Motivos y Título del Proyecto de Ley, con las modificaciones introducidas por las enmiendas que han sido aprobadas anteriormente. Comienza la votación. Gracias.

Votos emitidos: ochenta. A favor: cuarenta y siete. En contra: treinta y tres. Ninguna abstención. En consecuencia, queda aprobada la Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León. Gracias.

Ruego a la señora Secretaria proceda a dar lectura al segundo punto del Orden del Día.

PL 28


LA SECRETARIA (SEÑORA COLOMA PESQUERA):

Gracias, Presidente. Segundo punto del Orden del Día: "Debate y votación del Dictamen elaborado por la Comisión de Arquitectura y Vivienda en el Proyecto de Ley del Derecho a la Vivienda de la Comunidad de Castilla y León, Proyecto de Ley número 28".


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Gracias. Para la presentación del Proyecto de Ley, por parte de la Junta de Castilla y León, tiene la palabra el Consejero de Fomento, don Antonio Silván Rodríguez. Puede empezar.


EL CONSEJERO DE FOMENTO (SEÑOR SILVÁN RODRÍGUEZ):

Presidente. Me van a permitir dos palabras previas. Siempre y gracias, Santos.

Sometemos hoy a la aprobación de esta Cámara la Ley del Derecho a la Vivienda, que se convertirá en la primera ley de vivienda de Castilla y León. Una ley que tiene un destinatario claro: las personas y las familias de nuestra Comunidad Autónoma. Y una ley que tiene, ha tenido y seguirá teniendo un denominador común: el consenso, la participación y la aportación en su elaboración, en su tramitación, y espero, también, que en su aprobación.

Una ley social al servicio de las personas y de las familias de Castilla y León. Una ley social para dar respuesta a las necesidades de vivienda de los castellanos y leoneses, para hacer efectivo ese derecho constitucional, recogido en nuestro Artículo 47 de nuestra Constitución, de disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Un derecho de los ciudadanos que comporta también un deber y una obligación para los poderes públicos, para las Administraciones. Una obligación a los poderes públicos de adoptar las medidas necesarias que posibiliten el ejercicio real y efectivo de ese derecho.

En este sentido, el Gobierno Regional, con nuestro Presidente Herrera a la cabeza, asumió como compromiso de Legislatura la elaboración y la aprobación del Proyecto de Ley del Derecho a la Vivienda de Castilla y León. Proyecto de Ley, Señorías, que hoy debatimos, y hoy se aprobará ante estas Cortes, y que tiene el objetivo de establecer los mecanismos necesarios para hacer efectivo ese derecho a la vivienda.

Una ley, como decía antes, Señorías, que ha contado con un alto grado de consenso y participación en su elaboración: consenso y participación de los agentes económicos y sociales que se alcanzó con la aprobación de las bases de la ley por el Consejo del Diálogo Social; consenso y participación de las entidades y organizaciones públicas y privadas interesadas en el sector de la vivienda y de la edificación, a quienes se les dio a conocer y realizaron sus aportaciones enriquecedoras en el trámite de audiencia; y consenso y participación que se ha dado en su tramitación parlamentaria, durante el cual el texto presentado se ha visto enriquecido con las aportaciones de todos los Grupos Parlamentarios. Consenso y participación que también se mantendrá, y esa es nuestra intención, tanto en su desarrollo reglamentario como en la planificación que en materia de la vivienda se derive de la misma.

Esta ley será la primera Ley de Vivienda de Castilla y León, la gran norma de la Comunidad en materia de vivienda que, mediante un único texto normativo completo, coherente y sencillo, garantice la seguridad jurídica en el mercado inmobiliario.

Una ley que entendemos necesaria para actualizar y ordenar la legislación -es cierto, a veces antigua y dispersa-, facilitando a todos los agentes intervinientes en el mercado de la vivienda su conocimiento para su posterior aplicación. Una ley también necesaria para articular las competencias concurrentes entre el Estado, las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales. Y una ley necesaria para coordinar la normativa urbanística y la ordenación del territorio, entendiendo la vivienda no como un elemento aislado, sino como marco para el desarrollo de los proyectos personales y familiares, y, por tanto, incluyendo en ella, en su ámbito, las dotaciones, los servicios y los equipamientos necesarios.

Una ley que regulará, en definitiva, todos los aspectos relativos a la vivienda en Castilla y León, y que también pretende fijar los... los pilares básicos de un... del mercado inmobiliario, basado en la transparencia y en la agilidad, para que los promotores conozcan de antemano las reglas de esa política de vivienda, y también, y fundamentalmente, para que los compradores y los arrendatarios conozcan sus derechos a la hora de comprar y a la hora de alquilar una vivienda.

Una ley que establece un régimen legal propio para la vivienda protegida en nuestra Comunidad, recogiendo -y esta es una de sus novedades- en un texto único todos los aspectos de la vivienda protegida de Castilla y León, actualizados -eso sí- como consecuencia de la larga experiencia en la aplicación de esos textos normativos previos.

Y también, además de necesaria, una ley realista, que tiene en cuenta las circunstancias y los condicionantes territoriales de nuestra Comunidad Autónoma, y que presta especial atención a los espacios rurales, creando un tipo especial de vivienda protegida, la vivienda protegida en el entorno rural, y que otorga también en ese sentido un mayor protagonismo a las Entidades Locales para hacer efectiva su participación en todo lo que conlleva el desarrollo de la política de vivienda.

Ley necesaria, ley realista y ley flexible; con una vocación también de permanencia en el tiempo, pero también capaz de adaptarse a las circunstancias que determine el mercado inmobiliario en cada momento.

Una ley en que la planificación ha estado presente, que se basa en la coordinación de la oferta y de la demanda, respondiendo a las necesidades reales de los ciudadanos, y compatibilizando ese derecho a disfrutar de una vivienda digna con el uso racional y sostenible del suelo. Una ley que refuerza la protección de los ciudadanos, tanto en su condición de adquirientes como de arrendatarios, y tanto en el proceso de acceso como en el proceso de su posterior uso. Y una ley que refuerza la lucha contra el fraude, poniendo al día el catálogo de infracciones y sanciones en materia de vivienda, algo largamente demandado y que el rango de la norma que hoy aprobamos hace posible.

Una ley que también, Señorías, hace y establece los cauces de cooperación y colaboración con... de todos los agentes que intervienen en el mercado inmobiliario, conscientes de que una actuación coordinada y participativa garantiza la medida y la eficacia de las medidas que se desarrollan desde las distintas instituciones y desde las distintas Administraciones en la política de vivienda.

Una ley, en definitiva, la Ley del Derecho a la Vivienda de Castilla y León, la primera Ley de Vivienda de Castilla y León, que hoy van a aprobar estas Cortes, que, insisto, tienen el destinatario claro, las personas y las familias de Castilla y León; y ha tenido, tiene y queremos que siga teniendo el denominador común de la participación y del consenso. Muchas gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias, señor Consejero. Las Enmiendas número 2, 3, 4, 6, 8, 9, 14, 15, 21, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 34, 35, 37, 38, 40, 41, 43, 44 y 45 del Grupo Parlamentario Socialista se mantienen para su defensa en este Pleno. Para un turno a favor de todas estas enmiendas, tienen la palabra el Procurador don Alfredo Villaverde Gutiérrez. Puede empezar.


EL SEÑOR VILLAVERDE GUTIÉRREZ:

Gracias, señor Presidente. Señorías, buenas tardes. Cuarenta y cinco han sido las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista a este Proyecto de Ley del Derecho a la Vivienda en Castilla y León, enmiendas realizadas bajo la consideración de la importancia que tiene este Proyecto de Ley desde las perspectivas tanto sociales como económicas y políticas. No debemos olvidar -como bien ha dicho el señor Consejero-: esta es la primera vez que en nuestra Comunidad se regula el derecho a la vivienda como un derecho social para el conjunto de la ciudadanía de Castilla y León.

Nos encontramos ante un Proyecto de Ley que debe abogar por un cambio en la política de vivienda y suelo. Este Proyecto debe establecer los mecanismos e instrumentos de planificación y control que limiten la especulación urbanística hasta ahora existente, adaptando dichas políticas a las necesidades reales de los ciudadanos y ciudadanas de nuestra Comunidad, proporcionando mayor transparencia y control en la gestión de las políticas de vivienda.

Nuestras propuestas han estado dirigidas a establecer un marco normativo mediante un modelo consensuado que permita la planificación y gestión de las políticas de cohesión y bienestar social, orientadas a la generación de empleo y riqueza de nuestra Comunidad.

Y es que uno de los objetivos que esta ley debe conseguir es la reactivación del sector de la construcción residencial, teniendo en cuenta no solo su incidencia en la economía comunitaria, sino también en su capacidad de generar empleo, ya que no podemos olvidar que la vivienda es un bien que moviliza cuantiosos recursos con clara influencia en múltiples sectores del marco productivo de nuestra economía. No obstante, no debemos perder de vista el objetivo básico que debe perseguir la presente ley, que es garantizar el acceso real y efectivo a una vivienda digna y adecuada a la ciudadanía de nuestra Comunidad, con especial atención a los colectivos más desfavorecidos, porque la política de vivienda y suelo constituye uno de los ejes prioritarios a la hora de garantizar la cohesión social, estableciéndose como elemento básico si queremos mejorar la calidad de nuestras ciudades a través de un crecimiento sano y ordenado de las mismas.

Por ello, nuestra apuesta por la cooperación y coordinación entre las distintas Administraciones, con especial incidencia entre las Administraciones Autonómicas y las Entidades Locales, donde, reconociendo las distintas obligaciones de cada una de ellas, se deben respetar los principios de subsidiariedad y de autonomía municipal que le corresponde.

Señorías, somos conscientes de la complejidad e importancia de los problemas que se han de afrontar, de ahí la necesidad de una conjunción de esfuerzos entre todos los agentes que han de intervenir en la solución. Para ello, el Grupo Parlamentario Socialista, como apunté al inicio de mi intervención, presentó cuarenta y cinco enmiendas encaminadas a mejorar o complementar el articulado de esta ley. Como consecuencia del debate, tanto en la Ponencia como en la Comisión, han quedado veintiocho para ser tratadas en este Plenario, donde voy a pasar a exponerlas a continuación.

Las Enmiendas 2 y 3, relativas a la planificación, pretenden resaltar el carácter del Plan Regional del... para el Plan de Vivienda de Castilla y León como un instrumento de ordenación territorial. Es cierto que la ley podría desarrollarse, con una clara materialidad, como un instrumento regional de planes y proyectos -tal como ya ha operado con clara oportunidad en diferentes actuaciones, como han sido los parados-, si bien esta clara e interesante interrelación entre política y legislación y ordenación territorial y planeamiento urbanístico ha sido la gran desaparecida de los últimos planes y programas de vivienda por ustedes presentados.

Las Enmiendas 4 y 6 están íntimamente ligadas y relacionadas con la Enmienda 44 a la Disposición Derogatoria del Proyecto de Ley. Nuestro Grupo se opone a la derogación del Artículo 129 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León. Con ello se consigue eliminar una clara competencia municipal; la Ley debería establecer un programa de distribución de mínimos en cuanto a vivienda protegida y desde el ámbito municipal, y esa debe ser la escala, será donde se regule con precisión, habiendo analizado con anterioridad la necesidad específica de las mismas en base al modelo de planeamiento generalmente adoptado, así como la distribución detallada de las mismas, salvo que se pretenda patrimonializar de alguna manera los aprovechamientos excedentarios municipales, a fin de generar patrimonios públicos regionales con una estrategia claramente encubierta en este nuevo planeamiento.

Ustedes pretenden aglutinar los planes del suelo y de la vivienda en un único plan que englobe a ambos, resultando de este modo una regulación más uniforme y homogénea; quizás más uniforme y homogénea sí, pero se seguirá haciendo poca vivienda protegida y, más aún, donde no es necesaria, relegando la vivienda protegida a zonas periféricas, al ámbito rural, a zonas degradadas y a aquellos ámbitos que no rivalicen con la vivienda libre.

Respecto al Capítulo I del Título II, relativo a la calidad de las viviendas, mantenemos las Enmiendas 8 y 9. Nuestro Grupo entiende que la elaboración de esta Ley del Derecho a la Vivienda se refiere a la vivienda en términos genéricos y no exclusivamente a una ley de vivienda para las viviendas de protección.

Con la Enmienda número 8 pretendemos que la normativa contenga una serie de mínimos sin distingo alguno de las viviendas libres con respecto a las viviendas de protección, ya que la vivienda como concepto material, no entiende de categorías, y, por tanto, debe ser una política de mínimos para ambas la que regule los estándares que debe cumplir.

La Enmienda número 9, correspondiente al Artículo 17, pretende completar la regulación al objeto de que los beneficiarios de la expropiación sean las comunidades de propietarios, con el fin de desbloquear situaciones de conflicto en cuanto a facilitar la accesibilidad en los edificios a través de la adaptación de los mismos.

Al Título III del Proyecto de Ley, dedicado a la protección de los adquirientes y arrendatarios de viviendas, nuestro Grupo ha presentado las Enmiendas 14, 15, 21, 23, 24 y 25.

La Enmienda número 14, referida al Artículo 23, propone que en la publicidad que se mantenga con respecto a la oferta de viviendas se reseñe el planeamiento urbanístico y la fecha del Diario Oficial de su publicación, ya que el producto de inversión más costoso al que los ciudadanos optan, ahora como un derecho, no tiene una política de marcado etiquetado con la suficiente claridad, eficiencia y transparencia que precisa su regulación. Por tanto, nunca resultaría excesiva cualquier información adicional que se haga sobre las características de una vivienda.

En la Enmienda número 15, referida al Artículo 27, pedimos que se elimine el párrafo "o de su solicitud si no se hubiera otorgado aún" por entender que la licencia de primera ocupación debe estar concedida sin que pueda servir la mera solicitud de la misma.

Con respecto a la Enmienda número 21, referida al Artículo 33, proponemos la adición de un nuevo párrafo que dicte lo siguiente: "En el momento de formalizar las cantidades anticipadas, el promotor identificará ante el adquirente el respectivo aval o seguro de caución al que se refiere el apartado 1". Creemos que con esto se incrementan las garantías hacia los ciudadanos.

La Enmienda 23, referida al... al Capítulo V, se propone la... la supresión de dicho Capítulo, en clara referencia al depósito de las fianzas en los contratos de arrendamiento y de suministro de servicios que afecten a fincas urbanas. Creemos que el arrendamiento es una relación de carácter privado y no tiene sentido esta intervención por parte de la Administración.

Respecto a la Enmienda número 24, referida al Artículo 38, proponemos la supresión del inciso "o bien en virtud del correspondiente convenio con las Cámaras de Propiedad Urbana u otras entidades análogas", entendiendo que el depósito de las fianzas solo puede realizarse en entes públicos y las Cámaras de Propiedad son asociaciones de carácter privado.

La Enmienda número 25 propone la incorporación de un tercer párrafo al objeto de establecer de forma más equilibrada una regulación referida a la devolución de los depósitos.

Con respecto a la Enmienda 26, referida al Artículo 46, aquí seguimos manteniendo el debate que tuvimos dentro de la propia ponencia. Nuestro Grupo aboga por promociones completas y, por tanto, proponemos una modificación del apartado 2 de dicho Artículo. Desde nuestro punto de vista, la lógica constructiva y de promoción inmobiliaria facilita la promoción completa de edificaciones y dificulta la gestión de las mismas, al menos en sus aspectos... normativos y... y especialmente en relación a la no aceptación de la Enmienda 8, donde se generaría un crisol de normativas de compleja resolución entre la vivienda libre y protegida.

Con respecto a la Enmienda 27, la modificación que se propone es que los alojamientos protegidos siempre deben realizarse sobre los suelos públicos, por entender que el esfuerzo inversor, ya venga desde la gestión del suelo, su promoción o construcción, o mediante políticas de subsidiación y subvención como son los alquileres y ayudas directas, debe mantener esta categoría de protección en el ámbito de lo público. Otra cuestión sería el ámbito de la gestión privada de los mismos, pero siempre manteniendo la titularidad pública del suelo.

Respecto a la Enmienda número 28, al Artículo 48, en su apartado 2, proponemos una nueva redacción mediante la... la supresión del párrafo "o titularidad de dichos alojamientos" por entenderlo como inadecuado.

Con respecto a la Enmienda número 29, también del Artículo 48, seguimos manteniendo la necesidad de que los suelos tengan la titularidad pública. Dicha acción se justifica desde una... desde una evidente protección del interés público, como ya se ha indicado, ya que dichas actuaciones van a ser objeto del esfuerzo público. Dichos alojamientos –entendemos- deberían materializarse siempre sobre suelos públicos, incluso equipamientos, entendiendo la necesidad social de dichos equipamientos tal y como operan en otras Comunidades Autónomas.

Pasamos a la Enmienda número 31, referida al Artículo 53, donde se propone una supresión del apartado 3 del Artículo 53, insistiendo sobre lo que anteriormente nos referimos de unidades completas.

La Enmienda número 32, referida al Artículo 53, solicitamos añadir un nuevo texto al párrafo primero del actual apartado con el objetivo de establecer mayores garantías para los ciudadanos.

La Enmienda número 34, referida al Artículo 58, tiene como objeto ampliar el ámbito de la promoción directa, ya que la promoción directa es la gran desaparecida en las... de las políticas de vivienda, reduciéndose a actuaciones mínimas, frecuentemente en lugares donde no es necesaria, porque lo... por lo que proponemos que se potencie este tipo de actuaciones protegidas, ya que deberían ser la espina dorsal de la política de vivienda. En la actualidad se relega al sector privado las actuaciones de vivienda protegida vía regulación urbanística, asumiendo dicho sector la misma como una carga.

El objetivo de la Enmienda número 35 pretende, con la formalización de los... contratos de compra y venta ante funcionario público, con un... un único objetivo: dotar a los mismos de una mayor transparencia y mejores garantías para los ciudadanos. Por ello, del mismo modo que hicimos en la Comisión, proponemos, si es posible, una transaccional, donde debería formalizarse por escrito añadir "ante funcionario público y con los requisitos que reglamentariamente se establezcan".

La Enmienda 37 pretende sustituir en el apartado 2 del Artículo 75, referido al derecho de retracto "en el plazo de un mes" por "en el plazo de treinta días", al objeto de que dicho periodo coincida con el plazo de liquidación del impuesto de transmisiones.

La Enmienda número 38 propone la supresión del Artículo 90, referido a la colaboración con el Consejo General de Cámaras de la Propiedad Urbana de Castilla y León, por entender que las mismas son asociaciones privadas que defienden unos intereses parciales.

La Enmienda número 40, referida al Artículo 102, propone una nueva redacción para el apartado g) de dicho artículo, al encuadrarse en el apartado de infracciones muy graves con la misma. Se pretende contemplar posibles supuestos de terceros de buena fe.

La Enmienda 41, también referida al Artículo 102, propone la supresión del Artículo g), en consonancia con la supresión de los depósitos.

La número 43, al Artículo 103, se propone la adición de un nuevo apartado, en coherencia con otras enmiendas, donde se pretende la formalización de los contratos se realice ante funcionario público.

La Enmienda número 44, al artículo: Disposición Derogatoria, se propone no suprimir el... el Artículo 129 de la Ley 5/99, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León. A este respecto ya nos hemos referido con anterioridad, entendiendo que no deben limitarse los mismos a ser programas de suelo, a actuaciones mucho más amplias.

Y la Enmienda 45, y última, referida a la Disposición Final Tercera, se propone que en el plazo de un año desde la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, la Junta de Castilla y León deberá aprobar el Decreto por el que se regulan las normas de diseño y habitabilidad de las viviendas en Castilla y León. Creemos que debe... nuevamente afectar a todas las viviendas y no solamente a las viviendas de protección.

Señorías, estamos convencidos que las enmiendas expuestas son absolutamente necesarias y perfectamente asumibles por el Grupo Popular. Por tanto, solicitamos de nuevo a dicho Grupo un mínimo esfuerzo a la hora de reconsiderar la aprobación de las mismas. Con ello lograríamos el consenso que espera la ciudadanía de Castilla y León para tan esperada ley.

De momento nada más y muchas gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias. Para un turno en contra de dichas enmiendas, tiene la palabra el Procurador del Grupo Parlamentario Popular don Juan Ramón Represa Fernández.


EL SEÑOR REPRESA FERNÁNDEZ:

Muchas gracias, señor Presidente. Buenas tardes, Señorías. Quiero comenzar felicitando de una manera expresa al señor Consejero de Fomento, al Director General de Arquitectura y Vivienda y a todo su equipo por este proyecto de ley que nos han presentado ante esta Cámara, para su aprobación por la misma.

La Ley del Derecho a la Vivienda de Castilla y León es otro ejemplo más del grado de cumplimiento del programa de gobierno con el que el Partido Popular se presentó a las elecciones autonómicas en el año dos mil siete, encabezado por nuestro Presidente, Juan Vicente Herrera, y que recibió el respaldo de la mayoría de los castellanos y leoneses.

Esta ley, junto con la que complementa, de Medidas de Urbanismo y Suelo, son las bases fundamentales de la Consejería de Fomento en materia de vivienda y en materia de suelo. Consta de una exposición de motivos, ciento ocho artículos, dos disposiciones adicionales, seis transitorias, una derogatoria y seis disposiciones finales. Espero y confío en que se apruebe con el voto favorable de todos los Grupos Políticos, teniendo en cuenta que viene avalada por el consenso y el diálogo social de los agentes implicados en el sector, y porque la unanimidad sería buena para la propia ley desde un punto de vista de la perdurabilidad de la misma, y redundaría positivamente en todos los ciudadanos castellanos y leoneses, sin perjuicio de su adaptación a situaciones venideras.

Esta ley, sin duda, va a suponer un avance muy importante en la consagración práctica del derecho constitucional a disfrutar de una vivienda –y adecuada-, y, además, se da la herramienta legal necesaria que ofrezca ayudas al sector de la construcción para salir de la crisis en que se encuentra; sector que, en definitiva, es uno de los motores de nuestra economía y de creación de puestos de trabajo.

El Artículo 16 de nuestro Estatuto de Autonomía, dedicado a los principios rectores de las políticas públicas, establece que los poderes públicos de Castilla y León deben promover y adoptar las medidas necesarias para que, en condiciones de igualdad de todos los castellanos y leoneses, se pueda acceder a una vivienda digna mediante la generación de suelo y la promoción de vivienda pública y protegida, con especial atención a los grupos sociales en desventaja. Y estas han sido las miras de los Procuradores del Partido Popular cuando acudimos a la Ponencia. Lo hicimos con el mejor de los ánimos de entendimiento, y con la mejor disposición negociadora, pero sin abandonar lo que creemos fundamental e importante sobre el espíritu y los contenidos de la ley.

Ha sido para mí un gran honor y una satisfacción haber trabajado en esta ley junto con la compañera Cristina Ayala -muchas gracias- y con los compañeros socialistas Alfredo Villaverde y Ángel Velasco; y quiero agradecerles la dedicación al proyecto y el trabajo serio, riguroso y responsable desarrollado en la Ponencia; y también gracias al señor... al Letrado, señor Arroyo, por sus valiosas aportaciones y sugerencias, todo ello para introducir mejoras en la ley.

Ha habido muchos puntos de encuentro, y algunos también de desencuentro. Presentaron ustedes cuarenta y cinco enmiendas, de las que se han aceptado cuatro, se han transaccionado ocho y han retirado ustedes otras cinco.

Si nos centramos en las enmiendas que han mantenido vivas para este Pleno, y que ya fueron rechazadas en Comisión, le diré, señor Villaverde, que nada nuevo nos han aportado ahora; nada nuevo nos han dicho desde aquella Comisión celebrada en el mes de julio hasta ahora; no le he oído nada nuevo que fundamente el sostenimiento de las enmiendas.

Yo creo que hay dos puntos de desencuentro, que forman el grueso del debate, que son, por un lado, las enmiendas que se refieren a la derogación del Artículo 129 de la Ley 5/99, de Urbanismo de Castilla y León, y las que se refieren a las Cámaras de la Propiedad Urbana.

Miren, la derogación del Artículo 129 de la citada ley, titulado "Programas municipales de suelo", no supone ninguna derogación sin más; es decir, no se hace desaparecer ese artículo sin más, no se deroga por derogar, ustedes lo saben perfectamente. Lo que hacemos es que los planes municipales, los programas municipales de suelo, los contenidos de esos programas y la tramitación y aprobación de los mismos se van a ver unidos, van a pasar a regularse dentro de la Ley del Derecho a la Vivienda junto con los planes municipales de vivienda; de manera que la regulación en esta ley quede completa, y así evitamos la dispersión, tan incómoda y, al mismo tiempo, tan criticada. En definitiva, regulamos en la Ley del Derecho a la Vivienda los planes municipales de vivienda y suelo, los contenidos de esos planes y la tramitación y aprobación de los mismos, sin restar un ápice de importancia y de trascendencia al protagonismo de los Ayuntamientos ni a sus competencias municipales.

¿Qué justificación argumentan ustedes para el mantenimiento de estas enmiendas? Dicen literalmente que la política de vivienda no puede desgajarse de la política de suelo. Y yo le decía en la Ponencia, le decíamos en la Ponencia, y le decía también en la Comisión, y le mantengo ahora y le repito en el Pleno que estamos tan de acuerdo con ustedes en que no debe de desgajarse, en que mantenemos y pensamos que debe ser un solo plan, que es lo que proponemos: planes municipales de vivienda y suelo. Y que su tramitación y aprobación se ajuste, como no puede ser de otra manera, a la legislación básica de régimen local. Además de evitar la dispersión aglutinando los planes de suelo y los de vivienda en un único plan que englobe ambos, conseguiremos una regulación más homogénea y uniforme.

El otro punto importante de desencuentro es el que afecta a los depósitos de las fianzas de los contratos de arrendamiento y suministros que afectan a fincas urbanas y, por extensión, al papel que desempeñan las Cámaras de la Propiedad Urbana. Aquí quiero hacerles varias observaciones, destacando lo que yo creo que es, o bien una obsesión suya, del Grupo Socialista, para que desaparezcan las Cámaras de la Propiedad Urbana, o bien el desconocimiento de la legislación vigente, o, tal vez, las dos cosas. Porque parece que no saben que existen dos leyes, están en plena vigencia, que son la Ley 2/1999, de diecinueve de febrero, reguladora del depósito del importe de las fianzas de este tipo de contratos, y la Ley 5/2006, de dieciséis de junio, de Cámaras de la Propiedad Urbana de Castilla y León, que establece el deber de los arrendadores de fincas urbanas sujetas a la LAU, a la Ley de Arrendamientos Urbanos, de depositar el importe de las fianzas a disposición de la Administración Autónoma, y ese depósito le pueden hacer, o bien directamente en las oficinas de la Administración, o bien en las Cámaras de la Propiedad Urbana; en definitiva, es una opción.

Entre las funciones que desarrollan las Cámaras, según el Artículo 11 de la Ley que las regula, está la de colaborar con la Administración en el registro, depósito y gestión de fianzas en arrendamientos de fincas urbanas, además de que entre los fines de estas entidades está el de colaborar con la Administración en las políticas de vivienda de la Comunidad. Y todo ello está también previsto y amparado por la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos del año mil novecientos noventa y cuatro.

Este, Señorías, es el contexto legal; pero es que, además, parece que tiene bastante sentido establecer lazos de colaboración, establecer vínculos con estas asociaciones que persiguen un interés social.

Ahora, de manera concisa, voy a analizar con brevedad algunas del resto de las enmiendas vivas que afectan a cuestiones más puntuales.

Hay dos enmiendas que atañen a las exigencias técnicas de las viviendas, y ustedes dicen que habría que establecer unos mínimos para las viviendas libres, pero parecen desconocer que hay una normativa estatal, que es el Código Técnico de la Edificación, que afecta a todas, y, por ello, es de obligado cumplimiento.

Con la Enmienda número 9, es una enmienda interesante, pretenden que los beneficiarios de una expropiación tendente a la realización de obras para suprimir barreras arquitectónicas sean las comunidades de propietarios en lugar de las personas con discapacidad. Y eso, que ya lo debatimos ampliamente en la Ponencia, es un error entiendo que de abultado tamaño. Porque, si fueran las comunidades de propietarios las beneficiarias, se daría frecuentemente la situación de que una persona con discapacidad podría no ver nunca satisfechas sus necesidades de accesibilidad porque la Ley de Propiedad Horizontal exige unos mínimos, unas mayorías de propietarios y unas mayorías de cuotas. Nosotros mantenemos, para garantía del afectado, que sea él el beneficiario y que sea él, y no la comunidad de propietarios, quien tenga que justificar la necesidad de las obras de adecuación y así evitar esas mayorías que no siempre se consiguen.

Otras enmiendas se refieren a la protección de los adquirentes y arrendatarios de viviendas. No nos parece adecuado que en la publicidad de una vivienda sea obligatorio expresar el planeamiento urbanístico y el Diario Oficial en el que se haya publicado: por un lado, nos parece excesivo, porque estamos hablando de un mero anuncio publicitario; y, por otro lado, nos parece innecesario, porque esos datos no legitiman en modo alguno la construcción de las viviendas, ni tampoco proporcionan una información sustancial de las mismas.

Hay otra serie de enmiendas que afectan al régimen de protección pública. Unos breves comentarios. Ustedes, que dicen ser tan sociales, están manteniendo la enmienda, desde nuestro punto de vista, más antisocial que se pueda ver. Y es que quieren que no existan dentro de una misma promoción de vivienda unas libres y otras protegidas. Si se aceptara lo que ustedes proponen, estaríamos impidiendo aumentar el parque de viviendas de protección pública.

Mire, la calificación de viviendas sueltas es habitual; con ello se aumenta el número de viviendas protegidas para facilitar el acceso a ellas, y, además, está contemplado en el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. Por eso les digo que es una de las enmiendas que, además de ser antisocial, no tiene justificación y es una contradicción.

En cuanto al plazo de presentación de las escrituras de compraventa de segundas y posteriores transmisiones de vivienda de protección pública, a los efectos del ejercicio de la acción de retracto, ustedes proponen que se compute por días hábiles; nosotros entendemos que es mucho más fácil para el administrado, porque es mucho más fácil el cómputo, que sea por meses; que, en lugar de ser treinta días hábiles, tengan ustedes en cuenta las fiestas locales, las fiestas regionales, las fiestas nacionales, etcétera, etcétera. Es mucho más sencillo el cómputo por meses que no por días hábiles.

Voy concluyendo, y quiero decirles que entendemos que es una buena ley. Es una ley, también, pionera de las características de la que debatimos, que, además de reforzar el derecho constitucional a disfrutar una vivienda digna y adecuada, con apoyo a los más necesitados, que, en definitiva, es lo fundamental, va a regular aspectos tan importantes como el Plan de Vivienda de Castilla y León, la calidad de las viviendas y los edificios, el Libro del Edificio, la Inspección Técnica de los Edificios, los derechos de los adquirentes y arrendatarios, el régimen de protección pública y el régimen sancionador, entre otros. Considerándola una ley absolutamente necesaria, como ha dicho el señor Consejero, oportuna, y yo diría que, además, urgente, dadas las circunstancias actuales de la economía, sentando, también, las bases para que una familia castellano y leonesa no dedique más de una tercera parte de sus ingresos a la adquisición de una vivienda. Y lo hace de tal manera que el acceso a una vivienda no signifique el deterioro de su calidad de vida, de tal forma que el esfuerzo económico que hagan para la compra de una vivienda protegida no impida su desarrollo social, económico o familiar, como indica, como dice la Exposición de Motivos de la Ley.

Y le digo, señor Villaverde y al Grupo Socialista, que es una Ley urgente y necesaria porque el Gobierno de España, Gobierno de España, está haciendo todo lo posible y se está empeñando en poner todas las trabas que puede para impedir a los ciudadanos que se compren una vivienda: suben los impuestos y eliminan las ayudas y las desgravaciones fiscales. Esto es lo más parecido a una prohibición de comprar una vivienda, siendo, como es, además, un derecho constitucional básico, por lo menos así lo entendemos y lo creemos en el Partido Popular.

Termino ya, señor Presidente, diciendo que es un texto legal que regula muy satisfactoriamente el sector, con normas que abarcan todos los aspectos relacionados con la vivienda, y lo hace de una manera completa, eminentemente sencilla y bien estructurada. Muchas gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias. Para un turno de réplica, tiene de nuevo la palabra don Alfredo Villaverde Gutiérrez. Puede empezar.


EL SEÑOR VILLAVERDE GUTIÉRREZ:

Gracias de nuevo, señor Presidente. Bien, Señorías, de forma breve, ya que en ocasiones la brevedad puede resultar incluso una virtud. Señor Represa, explíqueme usted de dónde viene la renta de emancipación, de dónde vienen la mayoría de las ayudas que esta Comunidad ofrece a sus ciudadanos en materia de vivienda: del Gobierno de España. Del Gobierno de España, ¿de dónde van a venir? [Aplausos]. De los 240 euros que ustedes ofrecen, 210 -en renta de emancipación- son del Gobierno de España. O sea, mire usted qué porcentaje.

Pero bueno, en definitiva, poco más que añadir a este debate porque yo creo que ya las posiciones están perfectamente definidas. No nos queda más que lamentar, de nuevo, la intransigencia del Grupo Parlamentario Popular. Con esto se evita que exista un amplio acuerdo, que era lo que se proponía, y que anteriormente aludía, para la aprobación de esta Ley.

Es cierto que esta Ley no es la ley del Partido Socialista, no es la que hubiese elaborado este Grupo Parlamentario, y que su articulado nos parece demasiado extenso y farragoso, convirtiéndose en un compendio legislativo, a nuestro juicio, innecesario. En síntesis, la Ley cumple fundamentalmente una función compiladora de la dispersa legislación que en materia de vivienda protegida existe, que poco o nada añade a la regulación vigente, al tiempo que prácticamente excluye de su ámbito de aplicación la regulación del derecho a la vivienda no sometida a ningún régimen de protección.

No obstante, las aportaciones presentadas por nuestro Grupo siempre han estado orientadas a lograr una regulación real y efectiva del derecho a la vivienda a favor de los ciudadanos y ciudadanas de Castilla y León, haciendo efectivo este derecho mediante la exigencia a los poderes públicos del cumplimiento de las obligaciones que les vienen impuestas por nuestra norma constitucional y estatutaria.

Hemos partido de la premisa indiscutible de que el disfrute a una vivienda digna y adecuada es un elemento esencial para el desarrollo integral de la vida de las personas, así como para su proyección familiar, social y laboral. Por tanto, la aprobación de esta Ley consagrará el derecho de los ciudadanos castellanos y leoneses al disfrute de una vivienda digna y adecuada. De ahí la exigencia de cooperación entre las distintas Administraciones Públicas para el cumplimiento de sus deberes de promoción y remoción de obstáculos, haciendo de este modo posible la realidad del derecho a la vivienda.

Por ello, nuestro Grupo considera que la aprobación de esta Ley reforzará el esfuerzo realizado por el Gobierno de España para el desarrollo del Plan Estatal de Vivienda 2009-2012. Un Plan Estatal donde las Comunidades Autónomas son imprescindibles en el desarrollo de la política de vivienda del Gobierno, dadas las competencias que ostentan en dicha materia. Por tanto, la Ley del Derecho a la Vivienda nos parece el marco idóneo para materializar las líneas generales del Plan Estatal, en colaboración con los Ayuntamientos, con los principales agentes económicos, sociales, colegios profesionales y asociaciones de diversos ámbitos.

En conclusión, para nuestro Grupo es de vital importancia la existencia de una Ley del Derecho a la Vivienda en Castilla y León. Y con independencia del voto que emita el Grupo Parlamentario Popular a las enmiendas debatidas, anunciamos nuestro voto favorable a este Proyecto de Ley. Muchas gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias. Para un turno de dúplica, de nuevo tiene la palabra don Juan Ramón Represa Fernández.


EL SEÑOR REPRESA FERNÁNDEZ:

Gracias nuevamente, señor Presidente. Señor Villaverde, solo me ha hablado usted de la renta de emancipación que, pues mire, por una mala planificación del Ministerio, van a tener que devolver una cantidad importante de jóvenes.

Bien, dicho esto, quiero hacer una brevísima referencia a las enmiendas que hemos presentado desde el Grupo Parlamentario Popular, que han sido siete, de las cuales seis han sido aceptadas por unanimidad en la Ponencia, y la otra, la séptima, ha sido transaccionada con una, en similar sentido, del Partido Socialista. Estas enmiendas van a significar, por un lado, más garantías y beneficios a los castellanos y leoneses, a los adquirentes y arrendatarios de viviendas, y por otro -y creo que es importante-, se van a evitar fraudes sirviendo la propia vivienda protegida como garantía para que las ayudas y subvenciones concedidas por la Junta de Castilla y León para la adquisición de este tipo de viviendas sean devueltas en caso de posteriores transmisiones sin respetar los plazos.

Dicho esto, yo agradezco al Partido Socialista su posicionamiento responsable y coherente ante este Proyecto de Ley, que, desde nuestro punto de vista, es un buen proyecto de ley, y es un buen proyecto de ley comprometido con lo ciudadanos, pero sobre todo con los más necesitados.

Es un acierto del Grupo Socialista dar su apoyo a esta Ley, que es una ley pionera de estas características, es moderna, social, garante de los derechos de los ciudadanos, protectora de los mismos y, muy importante también, impulsora del sector de la construcción.

En definitiva, este va a ser el marco legal en el que se van a seguir desarrollando... desarrollando las políticas de la Junta de Castilla y León en materia de vivienda y suelo. Esas políticas que vienen cumpliendo sobradamente los objetivos fijados por los distintos planes estatales de vivienda, más de diez puntos por encima de la media nacional. Y por ello la Junta recibe periódicamente, y de manera continuada, reconocimientos públicos por parte del Ministerio. Pero es una pena que ese alto grado de cumplimiento se vaya a ver en algún modo, de alguna manera, penalizado.

Nosotros, desde el Partido Popular, apoyamos y aplaudimos a la Junta de Castilla y León el anuncio hecho por el señor Consejero de Fomento de mantener en unos casos y aumentar en otros las ayudas para la compra y el alquiler, los beneficios fiscales, los convenios firmados con los bancos y las cajas para la concesión de préstamos hipotecarios y los planes de urbanización de suelo para la construcción de viviendas protegidas, encaminadas a dar satisfacción de vivienda a los más necesitados, a las familias con menos ingresos, a los sectores en desventaja, a personas con algún tipo de discapacidad, también a víctimas de violencia de género y a los jóvenes.

Pero creo que va a haber una diferencia sustancial -y permítanme la crítica-, va a haber una diferencia sustancial de aquí en adelante, y es que, hasta ahora, algo -aunque poco- ponía el -yo también entiendo que poco útil- Ministerio de Vivienda. Pero, a partir de ahora, lo va a tener que hacer sola la Junta de Castilla y León, porque el Ministerio ya ha suprimido -porque lo ha anunciado la señora Ministra hace escasas fechas- los recursos destinados al Plan Estatal de Vivienda. Se han cargado de un plumazo las ayudas directas a la compra o adquisición de vivienda y las subvenciones para la adquisición y urbanización de suelo, y, por ello, se van a ver perjudicadas seriamente varios cientos de familias castellanos y leonesas. Esos recortes entiendo que además van a suponer un duro golpe al sector inmobiliario, imprescindible para reactivar la economía.

Esto es lo último que ha sucedido, pero... no sé si será lo único o no, pero han sucedido más cosas, porque -como les decía antes- han subido los impuestos, ha entrado en vigor el nuevo tipo del IVA hace escasamente dos meses, con la consiguiente repercusión en el mercado inmobiliario. Y, a partir del próximo año, es decir, dentro de unas fechas, a la vuelta de la esquina, se elimina casi en su totalidad la desgravación por compra de vivienda habitual. Es cierto que se mantiene, pero solo se mantiene para las rentas más bajas, para las rentas muy muy bajas. Es decir, yo creo -desde mi punto de vista- que para aquellas personas que no pueden ni acceder a la compra de una vivienda, esas son las familias que van a poder desgravarse por no poder comprar una vivienda. Entiendo que son las medidas más antisociales que se hayan podido adoptar.

Para concluir -ya termino, señor Presidente-, solo me resta decirles que espero que nos encontremos todos cómodos -por decirlo de alguna manera- con esta Ley de Vivienda, que va a llenar de esperanzas a muchas familias que van a ver solucionado paulatinamente su problema de vivienda. Muchas gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias. Señorías, vamos a someter a votación las enmiendas parciales del Grupo Parlamentario Socialista al Proyecto de Ley del Derecho de la Vivienda de la Comunidad de Castilla y León. Señores ujieres, por favor, cierren las puertas.

Votación Enmiendas PL 28

Procedemos a la votación de las Enmiendas número 2, 3, 4, 6, 8, 9, 14, 15, 21, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 34, 35, 37, 38, 40, 41, 43, 44 y 45 del Grupo Parlamentario Socialista. Comienza la votación. Gracias.

Resultado de la votación. Votos emitidos: ochenta. A favor: treinta y tres. Cuarenta y cinco en contra. Dos abstenciones. En consecuencia, quedan rechazadas estas enmiendas.

Votación PL 28

Y ahora sí, procedemos a someter a votación el Proyecto de Ley de Derecho a la Vivienda de la Comunidad de Castilla y León. Votamos los Artículos 1 al 108, Disposiciones Adicionales Primera y Segunda, Disposiciones Transitorias Primera, Segunda, Tercera, Cuarta y Quinta, Disposición Derogatoria Única, Disposiciones Finales Primera, Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta, Sexta y Séptima, Exposición de Motivos y Título del Proyecto de Ley, con las modificaciones que, en su caso, hubieran sido aprobadas anteriormente. Comienza la votación. Gracias.

Votos emitidos: ochenta. A favor: ochenta. Ninguno en contra y ninguna abstención. En consecuencia, Señorías, queda aprobada la Ley del Derecho a la Vivienda de la Comunidad de Castilla y León.

Ruego a la señora Secretaria proceda a dar lectura al tercer punto del Orden del Día.

PL 33


LA SECRETARIA (SEÑORA COLOMA PESQUERA):

Gracias, Presidente. Tercer punto del Orden del Día: "Debate y votación del Dictamen elaborado por la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades en el Proyecto de Ley por la que se regula la Renta Garantizada de Ciudadanía de Castilla y León, Proyecto de Ley número 33".


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias. Para la presentación de este Proyecto de Ley por parte de la Junta de Castilla y León, tiene la palabra el Consejero don César Antón Beltrán. Puede empezar.


EL CONSEJERO DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES (SEÑOR ANTÓN BELTRÁN):

Gracias, señor Presidente. Señorías, comparezco para hacer la presentación del Proyecto de Ley por el que se regula la Renta Garantizada de Ciudadanía de Castilla y León, que es objeto de debate hoy en estas Cortes, previo a su votación y aprobación.

En primer lugar, recordar, Señorías, que estamos ante un Proyecto de Ley de desarrollo de nuestro Estatuto de Autonomía, aprobado por la Ley Orgánica 14/2007, de treinta de noviembre, en concreto de desarrollo de derechos sociales.

Pues bien, el objeto del Proyecto de Ley que nos ocupa no es otro que el de determinar las condiciones de disfrute del derecho subjetivo a la Renta Garantizada de Ciudadanía, reconocido en el Estatuto de Autonomía a quienes se encuentren en situación de exclusión social. Este derecho se fundamenta, como saben Sus Señorías, en su Artículo 13.9, que lo reconoce y que determina que el ordenamiento de la Comunidad fijará las condiciones para el disfrute de esta prestación.

Recordar también que el Proyecto de Ley que estamos debatiendo nace de un acuerdo específico suscrito por la Junta de Castilla y León y los agentes sociales en el marco de la Comisión Negociadora de Cohesión Social y Nuevos Derechos Sociales del Consejo del Diálogo Social, de fecha de veintiocho de diciembre de dos mil nueve -y aprovecho a saludar a los representantes que aquí hoy están presentes y nos acompañan, así como al Presidente del Consejo Económico y Social-.

En dicho acuerdo ya se configuraba, en lo esencial y en atención a las previsiones de nuestro Estatuto de Autonomía, el derecho a la Renta Garantizada de Ciudadanía como un auténtico derecho subjetivo de los ciudadanos que se pueden encontrar en una situación de exclusión social.

Quiero, por tanto, agradecer el trabajo, el esfuerzo y el compromiso de los agentes sociales y económicos que conforman el Diálogo Social para alcanzar este acuerdo. Hacer extensivo también este agradecimiento a todas las entidades, instituciones u organizaciones y Administraciones Locales que, en el proceso de tramitación y audiencia públicas, han realizado aportaciones a este importante proyecto social. Y, por supuesto, a los Grupos Parlamentarios de estas Cortes por su trabajo y aportaciones en el trámite parlamentario, que también han contribuido a mejorar el texto.

Si quisiéramos ofrecer una semblanza general de qué es la Renta Garantizada de Ciudadanía, conforme al Proyecto de Ley que hoy se debate, diríamos que es el derecho a una prestación social de naturaleza económica y percepción periódica con carácter de renta familiar y que son sus destinatarios el titular o persona a quien se reconoce el derecho a esta, así como al resto de los beneficiarios que junto a él integran su unidad familiar o de convivencia, y que cumplan, por supuesto, los requisitos que se establecen en la Ley.

Habría que puntualizar que el Proyecto de Ley establece un concepto amplio de unidad familiar y que se ha tenido especial sensibilidad con determinadas situaciones como, por ejemplo, las de mujeres víctimas de violencia de género, los emigrantes retornados o las familias monoparentales, por mencionar solo algunos ejemplos.

Además, y es este su rasgo definidor, la Renta se concibe como una prestación específica orientada a promover la integración de los ciudadanos de Castilla y León que se encuentren en situación de exclusión social, con el fin de garantizar la cobertura de sus necesidades básicas de subsistencia.

Si me permiten Sus Señorías, la Renta Garantizada de Ciudadanía se configura como un derecho subjetivo con un doble contenido: derecho a percibir una prestación económica ante la carencia o insuficiencia de ingresos personales o familiares para satisfacer las necesidades básicas de subsistencia cumpliendo los requisitos de la Ley, y el derecho a recibir el conjunto de actuaciones incluidas en su proyecto individualizado de inserción como itinerario personalizado para la integración e inclusión social con el compromiso de aceptación por el beneficiario.

Una prestación que se concibe teniendo en cuenta y vinculada a la existencia de otras prestaciones sociales y que configuran el Sistema de Protección Social, y, por supuesto, vinculada a la disponibilidad y posibilidad para el empleo como el principal elemento integrador de un proyecto de vida normalizado.

En base a esto, Señorías, quiero hacer especial mención al carácter subsidiario de la prestación, ya que la Renta Garantizada de Ciudadanía se concibe como la última red de protección respecto a cualquier otra prestación contributiva o no contributiva, así como de cualquiera otros regímenes o sistemas públicos de protección.

Por otro lado, la prestación que ahora se regula se inserta en el Sistema de Servicios Sociales, y debe ser garantizada por la Administración de la Comunidad, manteniéndose su percepción siempre que persista la situación de exclusión social y se cumplan los requisitos, condiciones y obligaciones que se establezcan legalmente, recogidos en los Títulos I y II del Proyecto de Ley.

Una vez apuntado su contenido esencial, y con el fin de proceder a una exposición más sistemática, podríamos decir que el Proyecto de Ley por el que se regula la Renta Garantizada de Ciudadanía se asienta sobre tres pilares conceptuales, se inspira en doce principios que informan su régimen jurídico, se respalda con un importante esfuerzo económico, y pretende la consecución de dos aspiraciones esenciales.

El primero de los tres pilares mencionados es el de concebir el nuevo derecho como un auténtico derecho subjetivo. Se le da así un paso más en el proceso de perfeccionamiento de nuestro Sistema de Servicios Sociales, y en la configuración de tales servicios como elementos esenciales del Estado del Bienestar, dirigidos a alcanzar el pleno desarrollo de los derechos de las personas y de los grupos dentro de la sociedad, y a promocionar la cohesión social y la solidaridad.

El segundo pilar del Proyecto de Ley es el concepto de exclusión social, que responde a una significación amplia, al no identificar exclusivamente con procesos de marginación social de dimensión más individual y consecuencias discriminatorias, sino también, y fundamentalmente, en la condición más objetiva de la ausencia o insuficiencia de los recursos y medios económicos necesarios para el desarrollo de un proyecto de vida normalizada; es decir, del estado de necesidad que compromete los requerimientos de subsistencia y que imposibilita o limita el ejercicio de los derechos sociales.

Este nuevo concepto de la exclusión social comprende tres elementos, dos de los cuales, la situación de necesidad o la ausencia de ingresos, constituyen elementos esenciales básicos y determinantes en la configuración de la situación carencial que la prestación debe atender. Y un tercero, la situación de dificultad social o personal que, según los casos, pueden presentarse en formas necesarias para superar la situación de exclusión social, variadas, además, con una incidencia de entidad también diferente.

Sobre la base de este nuevo concepto de exclusión social, se clasifican las situaciones de exclusión en: estructurales, cuando la situación de dificultad social responde a un proceso que tiene su origen en factores sociales de marginación o discriminación, que provocan, a su vez, la situación de necesidad, y que, en supuestos extremos, por su intensidad o persistencia, generan situaciones incalificables como exclusión crónica; y en coyunturales cuando concurre una situación de dificultad de naturaleza exclusivamente económica que resulta a consecuencia de la ausencia o pérdida temporal de la fuente de ingresos.

El tercer pilar es el concepto de proyecto individualizado de inserción. Este concepto, que no es nuevo en nuestro instrumento de lucha contra la exclusión social, ha ganado en este Proyecto de Ley en profundidad y en eficacia. El proyecto individualizado de inserción, como el propio texto expresa, constituye la expresión formal del itinerario programado para la consecución de la integración social de los destinatarios de la prestación, y contiene el conjunto de obligaciones y compromisos que han de ser suscritos por el solicitante en relación con las actuaciones que se entiendan necesarias para superar la situación de exclusión social en que ellos se encuentran.

En cuanto a los principios informadores del Proyecto de Ley, este se inspira, como elementos definidores que han sido especialmente relevantes en su elaboración y que se constituyen igualmente como líneas directrices que han de orientar su aplicación y desarrollo, en los siguientes principios: igualdad, equidad, universalidad, solidaridad, complementariedad, subsidiariedad, renta familiar, responsabilidad pública, estabilidad, atención individualizada, principio de participación y perspectiva de género. Entre todos estos principios, me gustaría destacar tres:

Al de subsidiariedad ya me referí anteriormente. El segundo de ellos, no tanto por ser el más importante, sino el más novedoso en relación con los nuevos... con nuestros instrumentos tradicionales en la lucha contra la exclusión social, es el principio de complementariedad. La nueva prestación de la Renta Garantizada de Ciudadanía, frente al Ingreso Mínimo de Inserción actual, es complementaria hasta el importe de... que de esta corresponda recibir, en su caso, respecto a los ingresos y prestaciones económicas a que pudieran tener derecho cualquiera de los miembros de la unidad familiar o de la convivencia... o de convivencia. La única exclusión a esta complementariedad afecta exclusivamente al solicitante cuando sea titular de ingresos que procedan de las acciones protectoras de la Seguridad Social o de cualquiera otros regímenes o sistemas públicos de protección, pero no a los restantes miembros de su unidad familiar o de convivencia.

He querido expresar... expresamente destacar este aspecto por cuanto en el Ingreso Mínimo de Inserción la mera percepción de cualquiera de los miembros de la unidad familiar de alguna otra prestación impedía su concesión. La complementariedad de rentas familiares por debajo de la Renta Garantizada de Ciudadanía se revela, por consiguiente, como uno de los grandes avances de la Ley, con el límite de no complementar las prestaciones de nuestro sistema de Seguridad Social.

El otro principio que me gustaría destacar es el de carácter de renta familiar de la nueva prestación. La Renta Garantizada de Ciudadanía es una prestación social de naturaleza económica y percepción periódica que se configura básicamente como renta familiar. También en este sentido el Proyecto de Ley ha contemplado notables avances, no solo en la extensión del concepto de unidad familiar o de convivencia a vínculos como el de adopción o medidas... o mediante la extensión del derecho a las personas que convivan con otras en el mismo domicilio y no tengan los vínculos preestablecidos, sino también mediante una mayor flexibilización de algunos requisitos como el de estar inscritos como demandantes de empleo o de mera... o de mejora de empleo para aquellos miembros de la unidad familiar o unidad de convivencia que estén cursando una actividad formativa reglada, o que sean cuidadores familiares de las personas dependientes beneficiarias de la prestación económica de cuidados en el entorno familiar, prevista en el sistema de promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia.

Expuestos ya los nuevos conceptos y los principios que vertebran el Proyecto de Ley, conviene recordar en estos momentos el significativo esfuerzo presupuestario que lo respalda, esfuerzo que cobra mayor importancia en la situación económica actual y que refleja la prioridad de las políticas sociales de la Junta de Castilla y León. La cuantía básica de la Renta Garantizada de Ciudadanía se ha cifrado en el 80% del indicador público de renta de efectos múltiples, conocido como IPREM, de cada ejercicio económico, frente al 75% de este que tenía fijado el Ingreso Mínimo de Inserción, ascendiendo la cuantía máxima al 130% del citado indicador frente al topo... tope máximo del 100% del Ingreso Mínimo de Inserción.

Asimismo, el Proyecto de Ley no solo fija las reglas básicas de determinación de la cuantía mensual, sino también los complementos en función del número de miembros que integran la unidad familiar o de convivencia. Los complementos por miembro de la unidad familiar se sitúan en el 25% de la cuantía básica por el primer miembro de la unidad familiar o de convivencia, en el 15% por el segundo miembro y en el 10% por el tercer miembro y siguientes. También en este ámbito ha mejorado los niveles cuantitativos de cobertura precedentes.

Por último, me he referido con anterioridad a dos aspiraciones esenciales que persigue el Proyecto de Ley:

La primera es que, teniendo presente que la evolución de la realidad social y de las situaciones de necesidad que se generan es constante, esta nueva prestación se constituya en un instrumento flexible y capaz de adaptarse a las necesidades de cada momento. Una situación como la actual conlleva una dimensión de impacto adicional en las que aparecen nuevas formas de exclusión, nuevas situaciones de necesidad, en muchos casos asociadas a la pérdida de empleo y a la carencia de rentas, así como componentes también distintos en su génesis y manifestación, demandas diferentes y procesos de desigualdad... naturaleza y alcance, alejados de los hasta ahora más comunes o frecuentes.

La segunda aspiración es la de que sea un instrumento eficaz. Para ello la propia Ley contempla la existencia de equipos multidisciplinares que han de asegurar la adecuada clasificación de las situaciones de exclusión social y el establecimiento de protocolos y criterios objetivos.

Pero esa aspiración a la eficacia no podría alcanzarse si desconociéramos la trascendencia del Título VII del Proyecto de Ley. La colaboración y cooperación de las Administraciones Públicas de Castilla y León en el marco de las competencias y funciones que les corresponden y el establecimiento de canales de coordinación con las unidades administrativas que gestionan prestaciones de análogas características, y, fundamentalmente, con los órganos y organismos con competencias en materia de empleo y trabajo, así como con las Administraciones Locales, son requisitos imprescindibles de la eficacia que se pretende conseguir.

Estas dos aspiraciones reseñadas, tanto la de la eficacia como la de la flexibilidad y adaptabilidad a las circunstancias de cada momento, exigen igualmente la creación de una Comisión de Seguimiento, adscrita a la Consejería, cuyas funciones principales consistirán en el seguimiento general de la renta, la evaluación de sus resultados y la propuesta de actuaciones de mejora general de la prestación.

Pues bien, Señorías, es este el Proyecto de Ley que hoy se debate, un texto no muy extenso en tamaño, pues consta solo de treinta y siete artículos, agrupados en nueve títulos, además de una disposición transitoria, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales, pero sí ambicioso en intenciones, necesario y creo que trascendente en sus efectos.

Para terminar, Señorías, dos cosas: por un lado, con este Proyecto de Ley nace un nuevo derecho subjetivo de carácter social contemplado en nuestro Estatuto de Autonomía, y que aumentará la protección social en nuestra Comunidad para quienes más lo necesitan. Este Proyecto es la plasmación de un acuerdo del Diálogo Social, como claro avance en la cohesión social en Castilla y León, y con un alto grado de participación en toda su tramitación. Es decir, este Proyecto gira alrededor del consenso, la cohesión y la participación social, por lo que sería un buen final que culminase con el apoyo unánime de todos los Grupos de estas Cortes.

Y por otro lado, el compromiso del Gobierno Regional de trabajar desde la aprobación de esta ley, desde hoy, en agilizar su desarrollo reglamentario para que este nuevo derecho sea una realidad lo antes posible, teniendo en cuenta las situaciones sociales agravadas por la crisis económica actual, siendo conscientes de que existen nuevos trámites obligados ante diversos órganos de participación, así como los preceptivos informes tanto del Consejo Económico y Social como del Consejo Consultivo de Castilla y León, y con la seguridad de que, como ha ocurrido en la tramitación de este Proyecto, responderán con la misma celeridad. Muchas gracias, Señorías. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias, señor Consejero. Las Enmiendas número 1, 5, 9, 10, 11, 17, 18, 19, 30, 42, 46, 47, 48, 51, 52 y 54 del Grupo Parlamentario Socialista se mantienen para su defensa en este Pleno, y para ello tiene un turno a favor el Procurador del Grupo Parlamentario Socialista don Francisco Ramos Antón. Puede empezar.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Muchas gracias, señor Presidente. Señorías, buenas tardes. Señor Presidente del Consejo Económico y Social, representantes de las organizaciones que forman parte del Diálogo Social, muy buenas tardes.

Cómo nos gustaría, cómo nos gustaría decir que ya es hora, que por fin las personas en situación o riesgo de exclusión social van a poder contar con una Renta Garantizada de Ciudadanía cuando aprobemos la Ley que hoy se debate. Pero no es así. La promesa del Presidente de la Junta en estas Cortes de que el uno de agosto, no de este año, sino del año dos mil nueve, la renta garantizada iba a estar a disposición de quien la necesitase va a seguir sin cumplirse todavía durante muchos meses más. Este es el valor de la palabra del Presidente de la Junta cuando habla de algo tan delicado como la atención a las necesidades más básicas de las familias más desfavorecidas de la Comunidad. Le prestó tan poco interés que no se dejó advertir de que no se trataba de un decreto, sino que el Estatuto impone la regulación por ley de los derechos que reconoce. Lamentablemente solo se trataba -parece- de captar un titular para un día.

Cuando hoy aprobemos esta ley quedará pendiente -ahora sí- el decreto para el desarrollo reglamentario, sin el cual no será efectiva para la ciudadanía y las familias de Castilla y León. Y la verdad es que se lo siguen tomando con calma. El Grupo Parlamentario Popular no ha querido meter presión a la Junta, ¡qué prisa tiene!, seis meses. Seis meses se dan para aprobar este decreto porque no han querido aceptar ni las propuestas ni las enmiendas socialistas para acortar significativamente este plazo. Seis meses y no hay antecedentes de que la Junta cumpla los plazos para el desarrollo normativo de las leyes que aquí se aprueban.

Y además del decreto, si esta Ley tiene algún contenido sustantivo, habrá que desarrollar los instrumentos técnicos para que su aplicación se haga con eficiencia y con equidad, lo que actualmente no ocurre con el Ingreso Mínimo de Inserción, el conocido como IMI.

Así que la puesta en marcha de este derecho estatutario, que, en realidad, no ha quedado en tanto, se verá acompasada con el calendario electoral. ¿Será casualidad o será planificación? Lo cierto es que aquí los tiempos los marca la mayoría del Grupo Parlamentario Popular, como se demuestra cuando les interesa de verdad algo, que, por cierto, siempre tiene que ver con el urbanismo o con proyectos de trascendencia territorial, nunca con las necesidades de las personas y las familias, y menos de las que tienen más necesidades. Suya será, en todo caso, la responsabilidad de saber hasta dónde permiten que lleguen las manipulaciones en este sentido, y si también se pueden utilizar a beneficio de inventario político las necesidades de las personas en situación de exclusión social.

El Grupo Parlamentario Socialista ha facilitado en lo posible el trámite de esta Ley. No se ha presentado enmienda de totalidad, las enmiendas parciales se han hecho efectivas antes de disponer del dossier del servicio... de los servicios de documentación de esta Cámara, porque ustedes –como los malos estudiantes- han acumulado para los últimos compases de la Legislatura todos sus deberes legislativos. Además, hemos retirado, para facilitar el debate, todas aquellas enmiendas que no eran imprescindibles en el modelo que nosotros defendemos.

Hemos sido escrupulosamente respetuosos con los acuerdos del Consejo del Diálogo Social, cuyos agentes presentaron en su día al Grupo Parlamentario Socialista el acuerdo alcanzado, y a los que hemos presentado, a su vez, nuestras enmiendas antes de iniciar el debate parlamentario; con importantes espacios de encuentro, por cierto.

Esta es la primera ley que se tramita en estas Cortes tras un acuerdo del Consejo del Diálogo Social. Y es importante para la calidad democrática de nuestro autogobierno que cada cual encuentre su papel sin menoscabo, en todo caso, de la función representativa y, en particular, de la facultad legislativa de la primera institución de la Comunidad.

En el trámite de esta ley hemos podido comprobar que el respeto exquisito a los acuerdos del Consejo del Diálogo Social no nos ha impedido presentar y defender las posiciones alternativas del Grupo Parlamentario Socialista; sin duda porque el acuerdo que los agentes económicos y sociales pueden alcanzar con el Partido Popular no es el mismo que el que podrían alcanzar con el Partido Socialista de Castilla y León. Por esta razón no acepto la alternativa de esconder o remitir en última instancia los argumentos políticos para el debate de esta Ley a este acuerdo del Consejo del Diálogo Social. El que alcanzaron, Señorías del Grupo Parlamentario Popular, es su acuerdo; pero hay otros acuerdos posibles y alternativos que el Partido Socialista de Castilla y León propone para incorporar a toda la ciudadanía de Castilla y León al proyecto de hacer Comunidad sin discriminación alguna por razón de residencia, de género, de edad o de condición social, con pleno compromiso y responsabilidad de las Administraciones Públicas, y sin menoscabo de las obligaciones de los perceptores de la Renta Garantizada de Ciudadanía, y, sobre todo, atendiendo al espíritu y a la literalidad del Estatuto que contempla tanto el derecho de acceso a la Renta Garantizada, de acuerdo con las condiciones que en esta Cámara se determinen, como la obligación de los poderes públicos de promover, con políticas activas, la integración social de las personas en situación de exclusión social; un aspecto, este último, que en nuestra opinión el Proyecto de Ley olvida en absoluto. Este es, en síntesis, el sentido de las enmiendas que hemos mantenido para este debate.

El Proyecto de Ley apenas... el Proyecto de Ley que estamos debatiendo, apenas va más allá del actual IMI, con un ligero incremento de la dotación económica por unidad familiar -al que se ha referido el Consejero-, la suspensión de la obligación de renovación periódica y una flexibilización más ficticia que real de algunas condiciones de acceso. En mi opinión, para eso no hacía falta el reconocimiento de un derecho estatutario, bastaba con modificar el decreto del IMI, sin hacer esperar a la ciudadanía en las peores circunstancias económicas de los últimos años.

En primer lugar, señalaré que no se ha querido reconocer que esta no es una prestación de servicios sociales, sino que es, sencillamente, una garantía de ingresos mínimos, el nivel por debajo del cual esta Cámara decide que ningún ciudadano de la Comunidad debe vivir. Es verdad que los servicios sociales necesitan que funcionen bien los sistemas de rentas mínimas para no colapsarse, para dedicarse a su trabajo, que es ayudar a que toda la ciudadanía pueda vivir en condiciones tan normales de vida y convivencia como sus capacidades le permitan, y desarrollar desde esta normalidad las aspiraciones de su proyecto de vida personal.

Pero esta necesidad de rentas mínimas para ser eficientes es la misma que tienen todos los sistemas de protección social, la educación y la sanidad.

Aquí se está circunscribiendo la prestación económica y las actuaciones de inserción al ámbito de los servicios sociales. El Servicio Público de Empleo, con más capacidad de decisión en el ámbito del diálogo social, ha huido de cualquier responsabilidad en esta materia, como ha huido la Junta de cualquier responsabilidad en la dotación de recursos para que los perceptores puedan cumplir con sus obligaciones orientadas a la inserción laboral y social.

El Proyecto de Ley fija obligaciones a los perceptores y a sus familias, sobre todo en el ámbito del empleo, pero no garantiza... -señor Consejero, no estoy de acuerdo con lo que usted ha dicho en este sentido- no garantiza que la Administración haga efectivos los recursos para la formación y para la gestión de itinerarios activos de inserción laboral y de acompañamiento en este proceso tan complejo. Díganme dónde lo garantiza, si es que creen ustedes que los hace. Y lo que nosotros no preguntamos es: ¿cómo podrán los perceptores y sus familias cumplir con las obligaciones que les impone la Ley si, no solo la Junta, sino el conjunto de los poderes públicos, como dice el Estatuto, no garantizan los medios necesarios?, ¿cómo se puede hacer un curso si nadie lo organiza?, ¿cómo se puede llegar al destino de la inserción laboral y social si no hay carreteras ni mapas para hacer el itinerario?

Este, Señorías, es el elemento distintivo de las leyes de rentas mínimas de última generación: que, además de una renta garantizada, aseguran que las obligaciones de inserción de los perceptores -que deben existir- son paralelas a la responsabilidad de los poderes públicos de dotar de recursos técnicos y humanos específicos para hacer viables los procesos de inserción. Es lo que se conoce como el doble derecho a una prestación económica y unos servicios de apoyo a la inserción laboral y social.

En definitiva, es la responsabilidad pública de que quien cobre esta prestación deje de hacerlo lo antes posible, cuando ya no lo necesite, porque ha encontrado cómo contribuir con su trabajo a su propio bienestar y el de toda la comunidad.

Y esto que proponemos, Señorías, está en las normas promovidas por Comunidades Autónomas gobernadas por todos los signos políticos, por el Partido Socialista, por partidos nacionalistas y por el Partido Popular. Pero aquí parece que hemos tenido menos ambición.

Por otro lado, hemos querido con nuestras enmiendas asegurar las políticas y los instrumentos técnicos para garantizar la igualdad de acceso de todas las familias a este derecho vivan donde vivan, lo que actualmente no ocurre con el Ingreso Mínimo de Inserción, cuya característica fundamental es la baja cobertura en comparación con otras Comunidades Autónomas y los desequilibrios territoriales, con una tasa de perceptores de 2,56 por mil en Palencia y de 0,10 por mil en Segovia, con dieciocho casos, sin que esto tenga que ver con los niveles de pobreza, y sin que la Junta de Castilla y León haga nada para corregir estas desigualdades. No solo no tiene que ver con los niveles de pobreza, sino que nos... si nos atenemos a la última publicación realizada por el CES sobre los niveles de pobreza y de bienestar en Castilla y León, la situación entre las provincias de Palencia y de Segovia es absolutamente la contraria de la que refleja precisamente el Ingreso Mínimo de Inserción.

Como en todas sus políticas, Señorías, nos encontramos aquí con los desequilibrios territoriales y con su obstinación en no hacer nada para evitarlos. Estos datos a que me he referido están en la Memoria del Consejo Económico y Social, en el Informe sobre la situación en dos mil nueve.

Igualmente, hemos querido evitar la discriminación que el Proyecto de Ley hace de las personas mayores de sesenta y cuatro años. ¿Por qué razón... por qué, por razón de edad, no van a poder acceder a la Renta Garantizada de Ciudadanía y a las políticas de inserción que lo acompañan? El Partido Popular tiene que explicar a las mujeres y hombres mayores de esta Comunidad que por su edad son excluidos de la Renta Garantizada de Ciudadanía. Esto en otras Comunidades no ocurre. El Tribunal Constitucional lo aceptó a pesar de la oposición del Partido Popular. Si en algo tan básico como la garantía de ingresos mínimos dan la espalda a las personas mayores, ¿cómo creerse que en otras prestaciones -en materia de ayuda a domicilio, de centros de día, de residencias- ustedes no estén teniendo la misma política del mínimo compromiso y máximo autobombo, hasta llegar, como en este caso, a la exclusión solo por razón de edad?

También hemos pretendido, Señorías, que se evite cualquier discriminación entre perceptores. El Proyecto de Ley contempla desigualdad de trato en función de su calificación inicial como excluidos estructural o coyunturalmente. Una diferenciación de difícil viabilidad técnica, de comprometida calificación ética, y jurídicamente inadmisible. Hemos conseguido dulcificar algunos conceptos, pero no el fondo de la cuestión.

A los perceptores se les pondrá de entrada una etiqueta que condicionará sus itinerarios, y acabará determinando sus posibilidades de éxito. La estigmatización que producen estas etiquetas es demoledora para la autosuperación personal. La verdad es que esto está muy estudiado, solo falta que pregunten a los buenos, muy buenos técnicos que tiene la Junta de Castilla y León.

Y finalmente hemos querido que la propia Ley... que en la propia Ley –perdón- se reconozca el papel de las organizaciones de iniciativa social sin ánimo de lucro en los procesos de inserción social des persona... de personas en exclusión; a veces con carácter generalista, como Cruz Roja o Cáritas, por ejemplo, o con el carácter más especializado de otras organizaciones de autoayuda. Hemos pretendido, sin conseguirlo, que se les reconociera el carácter de entidades colaboradoras de las Administraciones en esta materia, en justo reconocimiento a una labor sin cuyo auxilio pocos resultados cabe esperar de esta Ley.

Tampoco hemos tenido éxito en nuestra voluntad de que, paralelamente a la dotación específica de recursos para la gestión que contempla la Ley para la Unidad responsable de la Junta de Castilla y León, se prevenga una dotación económica para las Entidades Locales proporcional a las funciones y tareas que se les encomiende. ¿Qué menos, Señorías?

Finalmente, en el haber sí que tengo que señalar la corrección en el debate, que se ha mantenido, tanto en Comisión como en Ponencia, y la voluntad de llegar a los acuerdos posibles por parte de los Ponentes del Grupo Parlamentario Popular con el poco margen de movimiento que ha dejado... que les ha dejado la Junta de Castilla y León. Y también, en justicia, yo creo que hay que reconocer el apoyo, siempre brillante, de don Edmundo Matía, el Letrado que nos ha acompañado en este trabajo.

Respecto a los acuerdos, en este haber sí que tendría que destacar, si acaso, los acuerdos, a iniciativa de este Grupo, sobre la obligación legal de resolución expresa, evitando sin más el silencio administrativo negativo; y sobre la ampliación de la perspectiva de género más allá de las situaciones de violencia cuando abordamos un problema básico, la pobreza, que en nuestra Comunidad, como en todas las Comunidades, tiene rostro de mujer.

He echado de menos que la Junta pusiera a disposición de los Ponentes -de todos- los datos sobre la cobertura del IMI de dos mil diez, así como el borrador que maneje del desarrollo reglamentario de esta Ley -si es que está siendo elaborado-, para saber en cada caso y con precisión de qué estaríamos hablando en este debate.

Señorías, termino, nuestra Comunidad presenta los más altos índices de pobreza, sobre todo la más severa, y los más bajos niveles de cobertura del actual sistema de rentas mínimas de la Comunidad, el IMI, que se ha mostrado escasamente sensible a los embates de la crisis contra el empleo, a pesar de que, como estos días hemos sabido, Castilla y León es la Comunidad con más desempleados sin cobertura como consecuencia de las debilidades de nuestro mercado de trabajo.

La verdad es que todavía hay ciudadanos que renuncian a sus derechos por no aparecer como menesterosos o sin apoyo familiar. Todavía los servicios sociales suscitan... -que son los responsables de su gestión- suscitan recelo por su escasa normalización, y ahí hay una responsabilidad que cada cual debe asumir.

El Estatuto nos daba una oportunidad para fijar entre las prioridades de la Comunidad, no la solidaridad, sino la justicia con las personas y las familias con más necesidades, pero ustedes se han conformado con lo mínimo. Nosotros no: vamos a votar a favor de los pequeños avances que el texto incorpora, vamos a seguir facilitando este trámite, como hemos hecho a lo largo de todo este proceso, pero queda un amplio espacio para una alternativa. Una ley con ambición, con vocación solidaria para ciudadanos con derecho a la igualdad de oportunidades, que no permita que nadie se quede sin un lugar propio en la sociedad de Castilla y León; una renta garantizada cuya dotación no será concebida como un gasto corriente, sino como una inversión en las familias y en los ciudadanos más necesitados de Castilla y León, porque Castilla y León los necesita a cada uno de ellos y de ellas. Muchas gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias. Doña Ángeles Armisén Pedrejón, del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra para un turno en contra. Puede empezar.


LA SEÑORA ARMISÉN PEDREJÓN:

Muchas gracias, señor Presidente. Yo también quiero saludar hoy a los representantes que nos acompañan, miembros del Diálogo Social, que han tenido una importante participación en el Proyecto de Ley que hoy vamos a aprobar en estas Cortes.

Hoy es un momento importante para la sociedad de Castilla y León y sus ciudadanos, y para nosotros como representantes de los mismos. Hoy vamos a hacer realidad, en forma de Ley, el espíritu y el principio de solidaridad entre las personas que más lo necesitan, las personas que se encuentran en exclusión social; ese principio de solidaridad que debe informar nuestra convivencia, nuestra sociedad, y que debe de ser indispensable en las acciones de quien gobierna.

Hablar de solidaridad hoy con los más desfavorecidos parece incluso un tópico en la palabra de un político, pero comprometerse a través del reconocimiento de un derecho en un proyecto de ley hoy es una realidad. Realidad que se hace posible gracias al compromiso político del Gobierno Autonómico de Castilla y León, al compromiso político de su Presidente, de Juan Vicente Herrera, al compromiso de los agentes económicos y sociales y a los miembros del Diálogo Social, que han hecho posible, a través de su acuerdo en diciembre de dos mil ocho, que hoy también estemos aquí.

Y también gracias a los Grupos Parlamentarios de esta Cámara, al Grupo de la Oposición, y a mi propio Grupo, a pesar de que me ha sorprendido la intervención de mi compañero, el señor Ramos Antón, porque creí que iban a votar a favor, pero todo lo que he oído hoy han sido argumentos para votar en contra. Parece que, más bien más que asumir un Proyecto de Ley que establece un derecho y que mejora el derecho de las personas que se encuentran en exclusión social, es un sacrificio que hoy hace el Grupo Parlamentario Socialista votando a favor de esta Ley.

Sí que me gustaría aclararle algunos de los aspectos que ha relatado al inicio de su intervención, y que creo, en primer lugar, que en muchos casos no se ajustan a la realidad y, en segundo lugar, creo que realmente pues supone una manipulación de lo que ha sido el procedimiento y el proceso parlamentario hasta el día de hoy, hasta el Pleno.

Dice: "Por fin se cuenta hoy con una Renta Garantizada de Ciudadanía". "Hacen falta muchos meses más para el trámite". Mire, para ustedes lo único importante desde que se tomó el acuerdo del Diálogo Social ha sido el plazo y el tiempo. Lo único importante. Lo importante no ha sido que fuera un derecho, lo importante no es que se incrementen las cuantías para las personas de la exclusión social, lo importante no es que se flexibilicen los requisitos frente al IMI -que eran muchísimo más rígidos-, lo importante no eran las personas. Lo único importante para ustedes era el plazo; un plazo que ustedes no aplican para otras cosas, porque para sus recortes lo hacen vía decretazo de un día para otro, hacen corrección de... de errores de un día para otro, hacen una congelación de pensiones de un día para otro. Y para eso ustedes el plazo lo que les pasa es que no lo respetan. Usted sabe que hay un... un plazo, un plazo legal, un procedimiento legal, un informe del Consejo Consultivo, un informe del CES, la propia aprobación por parte de los Consejos Consultivos, esas participaciones que ustedes piden luego a través de enmiendas en todos los proyectos de ley de los Consejos. Luego no quieren que se respete.

Pero mire, si hoy ha quedado claro una cuestión en este proceso parlamentario es que las enmiendas que hoy mantiene el Partido Socialista ponen de manifiesto cuál ha sido su postura pública y mediática. Dice usted: "Solo por hacerse un titular". Pero mire, si es que este Proyecto de Ley ha sido exclusivamente, desde la postura del Partido Socialista, una postura pública, de titular, por parte de algunos de sus miembros y de la Portavoz; y, en segundo lugar, una postura de diálogo, consenso, buen trabajo por parte de los Ponentes en la Ponencia -por lo menos respecto a los Ponentes, a mi compañero Raúl de la Hoz y a mí- en lo que ha sido la tramitación legislativa.

Por un lado, se han movido ustedes en dos mares: la imposibilidad política de oponerse a un Proyecto de Ley que viene avalado por el Diálogo Social de Castilla y León, y que supone el reconocimiento de un derecho subjetivo del desarrollo estatutario; y, en segundo lugar, por su afán de hacer uso político, en este caso, de un Proyecto de Ley que mejora a las personas que se encuentran en exclusión social. Ese afán político de querer presentar una enmienda para que se apruebe el reglamento, en el Debate de Política General, en un mes, y, sin embargo, en... perdón, en quince días, y, sin embargo, presentan una enmienda al Proyecto para que lo aprobemos en un mes. O sea, no saben ustedes ni qué plazo reglamentario quieren poner. Quieren su titular; su titular es: "Que mañana se apruebe el reglamento".

Miren ustedes, eso es una incoherencia absoluta y una demagogia con este Proyecto; que eso es lo que han hecho ustedes, y que yo no pensaba hablar hoy de este asunto, pero es que usted ha empezado diciendo que es una falta de compromiso; la única falta de compromiso es lo que yo he visto hoy aquí: del compromiso de los Ponentes, del compromiso del Grupo Socialista, en este caso, con el propio Diálogo Social. Yo ya sé cómo dialoga el Partido Socialista a nivel nacional, el respeto que tiene al Diálogo Social y lo que le cuesta llegar, en este caso, a pactos con el Diálogo Social.

Pero mire, en Castilla y León las cosas se hacen de otra manera. En Castilla y León el Diálogo Social tomó un acuerdo, y lo que se ha hecho por parte del Gobierno es un Proyecto de Ley respetando la esencia de ese Diálogo Social. Eso es lo que ha hecho también el Grupo Parlamentario Popular hoy.

Por lo tanto, sí que le digo, hoy me parece -sinceramente, señor Ramos- no ha sido elegante en su postura, hoy hemos aprobado un Proyecto de Ley en el que ustedes, ¡fíjese!, en esa tramitación parlamentaria dijeron... lo dijeron aquí, en el Debate de Política General, "vamos a retirar las enmiendas", antes de la Ponencia. No retiraron ninguna enmienda, llegaron a la Ponencia...

Sí, señor Ramos, lo dijo su Portavoz aquí. Dijeron que habían presentado una enmienda para modificar el silencio negativo, el silencio administrativo negativo, diciendo que habían presentado una enmienda. No es verdad, no han presentado ninguna enmienda al silencio administrativo negativo; ninguna, ninguna enmienda. Y además, mire, su Portavoz también es jurista, y sabe perfectamente que la enmienda que han presentado, exclusivamente, que es la Enmienda número 31, lo único que dice es que el silencio será negativo salvo la obligación de la Administración de dictar resolución expresa. "Dictar resolución expresa", la obligación es genérica, es la obligación de la Ley de... de Procedimiento Administrativo, la Ley 30/92. Y hemos admitido esa enmienda porque pensamos que mejora el texto que van a manejar personas con una formación social y no jurídica, exclusivamente por eso. No aporta absolutamente nada: no aporta una garantía a mayores, no aporta nada, no modifica el silencio negativo, no lo modifica. Pero ustedes, por un titular y por una foto, volvieron a decir: "Hemos presentado una enmienda que modifica el silencio". No es verdad, no la han presentado. Y me gustaría que, si la han presentado, diga aquí qué número de enmienda han presentado ustedes que modifique el silencio negativo, porque no lo han hecho.

Entonces, lo único que han hecho durante todo este tiempo es una postura pública de conseguir un titular diciendo cosas que además no son verdad, ¿eh?, y una postura interna, lógicamente, porque no se pueden oponer a este Proyecto de Ley, porque hoy van a votar a favor, estoy segura.

Y ahora voy a entrar en el contenido de sus enmiendas, porque hoy, en la defensa de sus enmiendas, lo único que ha hecho es oponerse al Proyecto de Ley y a la esencia del Proyecto de Ley.

Habla usted de su defensa del doble derecho. Mire, lo hemos hablado por activa y por pasiva, hoy no ha aportado ningún nuevo argumento. Ese doble contenido no es un doble derecho, es un doble contenido. El derecho es a la percepción económica, y el Artículo 13 del Estatuto de Autonomía lo que permite, precisamente, y lo que establece es la obligación de las Administraciones Públicas, en general -¿cómo no?-, de luchar contra la exclusión social y de promover la inserción social de sus ciudadanos. Luchar contra la pobreza, señor Ramos, creo que, evidentemente, es una obligación de todas las Administraciones Públicas; y no solo de las Administraciones Públicas, le iba a decir, sino de toda la sociedad. Y decir que es que es un derecho específico, pues no es cierto, no es cierto. En esto usted ha discutido con nosotros durante... durante la Ponencia, se lo hemos explicado. Hoy no ha aportado ningún argumento nuevo. Usted habla de un doble derecho sin perjuicio de que... yo hoy lo diría es el derecho es a disponer –según usted en su defensa- a disponer por parte de la Administración de los medios necesarios para el cumplimiento del proyecto individualizado de inserción, ¿eh?, del itinerario.

Pero es que las políticas del Ecyl no son solo para los perceptores, en este caso, de la renta garantizada; son para los perceptores y los no perceptores. Es que el incremento del presupuesto, por ejemplo del Ecyl, ¿eh?, en estos... en este momento de crisis económica, precisamente en este presupuesto se ha incrementado; por lo tanto, no puede usted limitar específicamente esa... esas políticas, esos instrumentos de la promoción de la inserción y de la lucha contra la exclusión, al Proyecto de Ley de Renta Garantizada. Creo sinceramente que es limitativo y restrictivo.

En segundo lugar, hablar del carácter complementario. Mire, señor Ramos, creo que el Consejero lo ha explicado muy bien en su presentación, y aquí el debate es que ustedes lo que pretenden es que la Renta Garantizada de Ciudadanía sea el complemento a las pensiones no contributivas, a las PNC. Y vuelve usted también aquí a manipular, incluso mire, le digo sinceramente, con las personas mayores, con los mayores de sesenta y cuatro años. No haga usted demagogia aquí; todo el mundo sabe que con sesenta y cinco años lo que se entra es, en este caso, en el Sistema Público de Protección de la Seguridad Social, y, por lo tanto, no es que excluyamos al resto de personas, es que el resto de los mayores de sesenta y cuatro años deben de estar, y están, en este caso, cubiertos por el Sistema Público de Seguridad Social, de competencia estatal, porque las pensiones son de competencia estatal. Y hoy, ustedes, con la que está cayendo en el sistema de pensiones con la actuación del Gobierno de la Nación, vienen a decir otra vez en este debate que complementemos las pensiones.

Mire, de verdad, doble moral de nuevo. Aquí, como gobierna... hay un Gobierno del Partido Popular, aquí ya no existe crisis económica, no existen restricciones, no hay por qué explicar absolutamente nada, y ustedes complementen lo que nosotros estamos disminuyendo, congelando, en este caso del Sistema Público de Pensiones a nivel estatal.

Ustedes se han opuesto en estas Cortes a una iniciativa que se presentó para... contra el decretazo y contra el recorte y contra el tijeretazo, en este caso del Sistema Público de Pensiones; votaron en contra. O estamos a favor o estamos en contra. Yo sí les voy a apoyar si presentamos... si presentan una iniciativa, en este caso, para que se incrementen las pensiones no contributivas a nivel estatal. Si son insuficientes -que yo a lo mejor también creo que son insuficientes-, lo que hay que hacer es que quien es competente, en este caso, haga la política que tiene que hacer; en este caso, haga el complemento, pero... el incremento, perdón, de la pensión no contributiva.

Yo creo que aquí vuelven ustedes a esa doble moral de la crisis sirve para... sirve para justificar mis recortes, pero no sirve, en este caso, para pedir cuestiones, con tal, en este caso... vuelvo a lo mismo, perdón, de atacar a un Gobierno del Partido Popular.

Dice usted que hay Comunidades, como el País Vasco, que sí que tienen este... este complemento de la pensión no contributiva, y es el modelo... ha sido el modelo en el que usted se ha fijado, fundamentalmente, para la regulación de las rentas mínimas.

Mire, el País Vasco establece una limitación temporal de dos años de la Renta Garantizada. Antes era indefinida, y con el nuevo modelo que ha establecido el País Vasco lo establece y lo limita exclusivamente a dos años. A los dos años es el plazo máximo para cobrar la Renta; en Castilla y León no hay un plazo máximo para cobrar la Renta, mientras se establezcan o permanezcan las circunstancias. Yo creo que eso es un tema muy importante. En el País Vasco las rentas... está limitado el número de personas dentro de la unidad familiar que lo pueden cobrar y, además, se vincula al tipo de vivienda, número de habitaciones y número de personas, en este caso, que están cobrando la Renta. Creo que está hablando usted, primero, de una Comunidad Autónoma con un sistema de financiación muy diferente, ¿eh?, y, en segundo lugar, con una Renta, le digo sinceramente, que no tiene nada que envidiar al Proyecto de Ley que hoy traemos en cuanto garantías, cuantías y sistema de cobro y requisitos al Proyecto de Ley que hoy se trae en estas Cortes.

Mire, la no clasificación, lo que dice usted que habla de la estigmatización. Vuelve usted a caer en el error; se habla de una clasificación de las circunstancias que conllevan la exclusión social, no se habla de una clasificación de personas. Por favor, señor Ramos, se lo he dicho muchas veces, estamos hablando del estudio, de la etiología, del origen que ha dado lugar a una situación de exclusión social, que pueden ser situaciones –digamos- de una discriminación permanente que conllevan a lo que se ha llamado una exclusión estructural, pero, sin embargo, y lamentablemente, en las circunstancias económicas actuales, se están incorporando en nuestra sociedad a circunstancias de exclusión personas que su origen y su causa es que repentinamente esa unidad familiar ha dejado de percibir todos sus ingresos, todos sus ingresos, porque se han quedado sin empleo. Esas circunstancias, ¿eh?, no son crónicas, no son de discriminación, son puramente económicas, y es lo que se ha definido como coyunturales. Porque esas personas, en un itinerario laboral que puedan acceder a un empleo, lo normal es que salgan de esa situación de exclusión social y de la situación del cobro de la prestación.

Por lo tanto, no hable usted de una estigmatización de personas. Por favor, señor Ramos, que no estamos hablando de eso; estamos hablando de un estudio de las circunstancias de origen de la situación de exclusión social que nos permita abordarla en mejores condiciones, precisamente, para que salgan de esa situación cuanto antes mejor. Porque no creo que ninguno de los que estemos aquí lo que se pretenda es –digamos- la institucionalización de la percepción de la Renta Garantizada.

También –y con esto voy a terminar y lo voy a dejar para la segunda intervención- decirle que ustedes... dice que no hay diferencia con el IMI; siempre... ha vuelto a insistir hoy otra vez en esto.

Mire, el IMI era una prestación; y la Renta está concebida como un derecho subjetivo, vincula a todos los poderes públicos -una cosa muy importante-, lo pueden reclamar judicialmente y es exigible judicialmente por los titulares. El IMI tenía rango de decreto; la Renta tiene rango de ley. Hoy parece que eso no es importante para ustedes, sin embargo, luego, en otro tipo de iniciativas piden las regulaciones absolutamente por ley porque creen que eso es la panacea. En el IMI la exclusión social estaba vinculada esencialmente a la situación de marginalidad social; la Renta se considera también –como he dicho- en situaciones de una carencia temporal de recursos, tiene un carácter complementario, se amplían los supuestos incluidos en la unidad familiar. Eso se lo dije en Comisión; hoy vuelve usted a insistir con el tema del IMI.

Se incluyen muchísimos supuestos y se flexibilizan los requisitos. Mire, cuando se ha aprobado la Ley en el País Vasco, muchos de sus titulares eran "Endurecimiento de los requisitos para las percepciones de las Rentas". Se... se flexibilizan los requisitos del IMI, se exigen menos requisitos para la unidad familiar -en este caso hay excepciones, por ejemplo, las ayudas a los cuidadores o la situación de mujeres víctimas de violencia-, se amplía el espectro de edad de los solicitantes –ahora también menores de veinticinco años independientes económicamente podrán tener acceso a la prestación-, se modifica el criterio de cálculo de la capacidad económica para que el cómputo de las rentas sea más favorable para las familias, se establecen mejoras del sistema de gestión, cambian las cuantías -se incrementan los importes de las básicas, de las cuantías máximas y de los complementos: en el IMI era el 75% del IPREM, tenía un complemento del 12% y el tope era el 100% del IPREM; la Renta es el 80%, tiene tres complementos del 25, del 15 y del 10, y el tope es del 130%-.

Mire, voy a terminar diciéndole: mi más sincero agradecimiento a los agentes sociales y económicos; mi más sincero agradecimiento a la Consejería de Familia; mi más sincero agradecimiento a los Ponentes de la Ponencia que nos han acompañado, a mi compañero, sobre todo, Raúl de la Hoz, a usted, señor Ramos, y a don Pascual; por supuesto, al Letrado de esta Cámara. Y decirle que hoy este desarrollo estatutario supone un... una mejora para las personas en exclusión social, supone una mejora –estoy segura- y muy... mucha mejora respecto al IMI.

Y yo le digo, señor Ramos, créanselo; no hagan el uso político de las personas que hoy más nos necesitan del apoyo de los políticos, de las instituciones, de las Administraciones y que necesitan la solidaridad de toda la sociedad y están dispuestos a devolvérmela...


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias.


LA SEÑORA ARMISÉN PEDREJÓN:

... devolvérnosla con el compromiso de cumplir...


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias.


LA SEÑORA ARMISÉN PEDREJÓN:

... sus obligaciones del proyecto individualizado de inserción. Créanselo y apoyen este Proyecto de Ley de verdad, no solo porque piensen que políticamente les interesa. Gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias, Señoría. Gracias. Para réplica, tiene de nuevo la palabra el Procurador don Francisco Ramos Antón. Puede empezar.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Muchas gracias, señor Presidente. Señoría, no sé si ha estado muy atento, pero ya he dicho -ya he dicho y repito- que el Grupo Parlamentario Socialista va a aprobar... va a votar favorablemente este Proyecto de Ley porque, efectivamente, supone un avance, un avance que en nuestra opinión es escaso, un avance que deja un espacio muy amplio para una alternativa política progresista de mayor compromiso de las personas en situación de exclusión social. Vamos a apoyar este... este Proyecto de Ley porque es verdad que supone algunos pasos eficaces en la asunción, en la concreción, de lo que es una competencia exclusiva de la Comunidad: la prevención, atención e inserción social de los colectivos afectados por la exclusión social. Por lo tanto, vamos a mejorar, vamos a dar un paso en nuestro autogobierno, y eso lo valoramos. ¿Cómo no vamos a reconocer... cómo no vamos a reconocer el valor de... de un derecho estatutario que nosotros apoyamos y desde nuestras posibilidades contribuimos a definir? Por supuesto que sí.

Voy a tratar de dar respuesta a sus argumentos en el orden inverso en que han sido expuestos.

Dice usted que no he puesto ningún argumento nuevo sobre la mesa. Mire usted cuál es la honestidad, la franqueza, de nuestro debate en Ponencia y en Comisión. El Partido Socialista de Castilla y León puso sobre la mesa de la agenda política un modelo de Renta Garantizada de Ciudadanía antes que nadie lo hiciera, y a ese modelo nos hemos atenido a lo largo de nuestro debate. Por lo tanto, evidentemente que no hay argumentos nuevos que plantear, porque no hay situaciones nuevas que atender. Nuestro trabajo en Comisión, nuestro trabajo en Ponencia y nuestro trabajo en este Pleno son absolutamente honestos, como honestidad exige el compromiso que esta Cámara tiene que tener con las personas en situación de exclusión social.

Dice usted un asunto que realmente nos preocupa, ese de la clasificación de las personas en el origen, lo que a nosotros no... lo que a nosotros nos preocupa es que va a haber desigualdad de trato: unas personas van a tener un trato y otras personas otro en función de que ellos o sus circunstancias sean clasificados como de exclusión estructural o coyuntural. Señora Armisén, recuerde al filósofo: "Yo soy yo y mis circunstancias". ¿Se puede ser alguien sin las circunstancias de cada cual? Cuando alguien califica sus circunstancias, pues está calificándole a uno mismo; esa diferenciación es artificiosa e imposible de realizar. [Aplausos]. Y realmente nos preocupa.

No solo apoyamos hoy esta Ley, sino que la vamos a apoyar haciendo un seguimiento, un seguimiento puntual. ¡Qué mal que la Consejería no nos pasase los datos para ver cómo en estas circunstancias de crisis muy cambiantes hubiéramos podido constatar cómo el IMI era sensible a la situación de... de desempleo y de falta de protección! No hemos tenido esos datos. No hemos tenido esos datos sobre la mesa. Y vamos a apoyar esta Ley y vamos a esperar que un ciudadano de Segovia que ahora no tiene las mismas posibilidades de acceder al IMI que un ciudadano de Palencia, pues en el futuro y con esta Renta tenga las mismas posibilidades; que un ciudadano de la periferia de la Comunidad tenga las mismas posibilidades que un ciudadano del centro.

Cuando constatamos el nivel de cobertura, que en nuestra Comunidad es... probablemente está entre los más bajos de todas las Comunidades Autónomas, el nivel de cobertura, no la cantidad por familia, el nivel de cobertura está entre las más bajas, por debajo de la mitad de la media del conjunto de las Comunidades Autónomas, teniendo en cuenta que somos la Comunidad con mayores niveles de pobreza alta y severa, y con el menor nivel de cobertura de las personas que se encuentran en situación de paro, pues vamos a hacer ese seguimiento. Pero lo importante es que constatemos que efectivamente funciona sin desequilibrios territoriales, de verdad con equidad de acceso en todo el territorio. Y no hay en la Ley ni un solo compromiso, ni una sola obligación para la Junta de Castilla y León ni para el resto de los poderes públicos que permitan garantizar que eso va a ser así.

Es verdad que la instrumentación de la Ley que se haga a través del decreto va a ser absolutamente fundamental en la ordenación de una prestación de esta naturaleza. Eso lo sabemos, vamos a ver qué es lo que ocurre con el decreto, vamos a apoyar esta Ley en la convicción de que va a suponer un avance, y que el seguimiento no solo lo va a hacer el Grupo Parlamentario Socialista en el cumplimiento de sus obligaciones en esta Cámara de control de la acción del Gobierno, sino que también lo va a hacer el Consejo del Diálogo Social. Y hoy hay razones fundadas para pensar que esto no se va a hacer bien, porque hoy no se está haciendo bien.

Oiga, y cuando nosotros hablamos de las personas mayores de sesenta y cuatro años que quedan excluidas de esta Ley es porque hay una frase, hay un texto que las excluye expresamente, y esa exclusión expresa es contradictoria con el principio de universalidad que se predica en los primeros artículos del Proyecto de Ley. O se es o no se es universal. Y si hay otros... y si hay ciudadanos de España, de otras Comunidades Autónomas, que tienen complemento de rentas de sus pensiones no contributivas aportadas por su Comunidad Autónoma, ¿por qué los ciudadanos de Castilla y León van a ser de menos derecho? ¿O es que no podemos aspirar a ser del mismo derecho que los ciudadanos de otras Comunidades Autónomas? Naturalmente, nosotros no podemos hacer otra cosa. [Aplausos].

Respecto a la enmienda que usted se ha referido sobre el silencio administrativo negativo, ¡hombre!, sí que le...


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Señor Ramos, le ruego vaya terminando, por favor.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

(Muchas gracias, señor Presidente. Ya termino). ... si que le agradezco, y esto sí que se lo agradezco, pues muy en profundidad, el que usted nos haya admitido esa enmienda que dice que no hemos presentado. [Murmullos].

Y, finalmente, y finalmente, el tema de los plazos. No son... el Partido Socialista, el Grupo Parlamentario Socialista no han hecho demagogia sobre los plazos. El tema de los plazos, respecto a la Renta Garantizada de Ciudadanía, lo ha puesto sobre la agenda política de esta Comunidad y en sede parlamentaria el Presidente de la Junta de Castilla y León, y el Grupo Parlamentario Socialista no ha hecho más que el cumplimiento de sus obligaciones de control del Gobierno, dando valor a la palabra del Presidente. Punto. ¿O es que no va a tener valor la palabra del Presidente cuando se refiere, precisamente, a las personas en situación de exclusión social? [Aplausos]. Naturalmente que sí. Y, además, estamos en un tiempo, lamentablemente, en un tiempo de crisis económica que está afectando singularmente a colectivos con características muy especiales esta vez, que hace que el tiempo sea muy importante, porque el tiempo no vuelve, y las personas que lo están pasando mal en estos momentos y las personas que están teniendo menos oportunidades y que tienen derecho a aspirar a tener esas oportunidades...


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

... y esas alternativas de inserción social, porque el Estatuto, porque el Estatuto lo compromete con ellos y los derechos...


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias, señor Ramos. Termine ya, por favor.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

(Muchas gracias, señor Presidente, termino enseguida). ... y los derechos que el Estatuto compromete son el guiño de complicidad de estas Cortes con los ciudadanos de Castilla y León. Y estas Cortes no pueden permitirse el lujo de fallarle a los ciudadanos cuando peor lo están pasando. Esa es la urgencia de los plazos, señora...


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

... Armisén. Muchas gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Para dúplica, tiene de nuevo la palabra doña Ángeles Armisén Pedrejón.


LA SEÑORA ARMISÉN PEDREJÓN:

Señor Ramos, la mejor renta para los ciudadanos de este país es el empleo, ese pleno empleo que prometió José Luis Rodríguez Zapatero. [Aplausos]. Sí, el Presidente de este país, y que hoy, a día de hoy, sí que se está retrasando en su cumplimiento, se está retrasando bastante.

Mire, usted hoy hace demagogia. Y mire, le voy a decir tres cosas. No ha creído en este Proyecto Ley en el diálogo social, no ha creído en él, hoy se ha visto, porque no lo han respetado. En segundo lugar, ustedes siguen con sus políticas de recortes, y hoy hace el discurso de las personas más necesitadas. Hable del Prodi hoy, hable de las declaraciones, en este caso, que han hecho hoy los representantes sindicales a nivel nacional sobre los recortes, ¿eh?, en la reforma laboral, que también se está retrasando, señor Ramos, quizás porque se ha presentado un poco tarde, quizás porque no han llegado a un acuerdo dentro del Marco del Diálogo Social, también se están retrasando. No sé si van a llegar, fíjese lo que le digo, no sé si van a llegar.

Habla usted de retrasos en sistemas de protección, cuando en estos momentos, por lo menos, se está cobrando el IMI, ¿eh? Hoy se habla de endurecer los requisitos para el cobro a los parados, hoy lo dice el Ministro, ayer y hoy. No sé cómo hoy puede usted venir aquí a hacer el discurso que ha hecho usted. [Murmullos. Aplausos].

Y dice que ustedes tienen obligación, en este caso, del control al Gobierno. ¡Claro que sí! ¿Pero sabe usted lo que se llama la iniciativa legislativa y las proposiciones de ley? Si ustedes hace mucho tiempo creían que había que acometer un proyecto o una ley diferente, no vayan a remolque, haga la proposición de ley igual que ha hecho el País Vasco, que endureció los requisitos respecto a la ley que tenía. ¿O es que el Grupo Parlamentario Socialista no tiene labor de iniciativa legislativa?, ¿o la Oposición no la tiene? ¡Claro que la tiene! Lo que pasa que ustedes abdican de ella y hoy vienen a remolque de un proyecto que ha hecho, fundamentalmente, la sociedad de Castilla y León con el compromiso del Presidente Juan Vicente Herrera. [Aplausos].

Habla usted de desigualdades. Confunde usted desigualdad con diferencia; lo diferente tiene un trato diferente para poder resolverlo, los problemas diferentes se resuelven con soluciones diferentes. Eso no es desigualdad, señor Ramos, no confunda. Las diferentes circunstancias, efectivamente, se abordan con diferentes soluciones, pero ustedes normalmente suelen ser el problema y luego pretenden ser la solución. Y hoy se vuelve a demostrar con el discurso que ha hecho respecto a este Proyecto de Ley.

Habla usted de equidad, habla usted y ha dicho una falsedad, señor Ramos. Se lo digo de verdad, una falsedad. No es Castilla y León está a la cabeza de la pobreza. Y dice usted y hace, de verdad, un discurso y un argumento injustificado y simplista, vinculando el IMI, en este caso, como una relación causa-efecto con las personas en situación de pobreza.

Le voy a decir, mire, de los datos del Informe de Rentas Mínimas de Inserción del año dos mil ocho y la previsión del año dos mil nueve del Ministerio de Sanidad y Política Social, de las cien mil... –voy a hablar de solicitudes en total- cien mil ochenta y un solicitudes, cuarenta mil quinientos uno corresponden a Andalucía. Castilla y León está en sexto lugar. Si hago esta relación con referencia a la población de cada Comunidad, Castilla y León, si admito que tiene dos millones quinientos cincuenta y siete mil trescientos treinta habitantes –que lo dice los datos del Ministerio-, se presentaron tres mil cuatrocientos setenta y cuatro solicitudes. Extremadura, con una población de un millón noventa y siete mil, se presentaron tres mil cincuenta y siete solicitudes con menos de la mitad de población. Si pondero por población, Castilla y León está en el puesto undécimo.

Mire, Castilla y León está en cuarto lugar, en este caso, de resoluciones de concesión. Le voy a decir, es falso el argumento que habla usted de una concesión restrictiva. Se concedió el 67,04 de las resoluciones presentadas. Solo tres Comunidades tienen un porcentaje más elevado. Se denegaron, en Castilla y León, el 27,63. Ocupamos el octavo lugar. Me puede usted explicar, si comparativamente concedemos más solicitudes y denegamos menos, cómo dice usted que en Castilla y León hay más pobreza, y cómo puede decir usted que en Castilla y León se concede y se resuelve el IMI con carácter restrictivo, que lo ha venido usted diciendo por activa y por pasiva.

Señor Ramos, el Proyecto de Ley de hoy lo único que ha demostrado es que el Grupo Socialista no pidió el trámite de urgencia para la tramitación de esta Ley. No lo pidió en esta Cámara. Por lo tanto, no tenía urgencia en que se tramitara. En segundo lugar, presentó cincuenta y tantas enmiendas a este Proyecto de Ley.

Y dice usted que le hemos admitido una enmienda que no presentó. Mire, es usted contumaz, es decir, persistente en el error, o, por lo menos, quiere llevar al engaño de esta Cámara. Ha presentado una enmienda con contenido diferente al que usted alega sobre el silencio administrativo. Yo ya le digo desde aquí: esa postura respecto a esa enmienda, yo haré pública la enmienda, por supuesto, de nuevo, y le diré: es... persiste en el error de querer hacer política con un procedimiento, que, sinceramente, no entiendo por qué tiene tanta importancia para usted eso, porque no ha aportado nada su enmienda, y quiere seguir haciendo política, en este caso, con el sistema de pensiones.

Yo le digo sinceramente, este... seguir haciendo política con el sistema de pensiones, con la actuación que está haciendo el Gobierno de la Nación a nivel nacional, creo que, de verdad, por lo tanto, no voy a decir que sea inadecuado solo, o inmoral –porque para mí sería inmoral-, vengo a decirle que si usted lo que pretende en este caso es el complemento de las pensiones, espero que la primera iniciativa que presente el Grupo Parlamentario Socialista sea dirigirse al Gobierno de la Nación para que incremente la cuantía de las pensiones no contributivas, porque, mire, eso sí que es de competencia exclusiva, como ha dicho usted respecto a la Renta Garantizada y la prestación de servicios sociales de la Comunidad. Eso sí que es competencia exclusiva de la Comunidad, pero las pensiones son competencia exclusiva del Gobierno de la Nación. Y ustedes están recortando los derechos de los pensionistas, los derechos de los funcionarios, y hoy los derechos de los parados. Espero sinceramente que respeten más el Diálogo Social y que aprendan del respeto, en este caso, a iniciativas que surgen de la propia sociedad de Castilla y León. Muchas gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias. Señorías, vamos a proceder a someter a votación las enmiendas parciales del Grupo Parlamentario Socialista al Proyecto de Ley por el que se regula la Renta Garantía de Ciudadanía de Castilla y León. Señores ujieres, por favor, cierren las puertas.

Votación enmiendas PL 33

Procedemos a votar, en primer lugar, las Enmiendas número 1, 5, 9, 10, 11, 17, 18, 19, 30, 42, 46, 47, 48, 51, 52 y 54 del Grupo Parlamentario Socialista. Comienza la votación. Gracias.

Resultado de la votación. Votos emitidos: ochenta y uno. A favor: treinta y tres. En contra: cuarenta y seis. Y dos abstenciones. En consecuencia, quedan rechazadas estas enmiendas parciales.

Votación PL 33

Procedemos a someter ahora a votación el Proyecto de Ley por el que se aprueba... por el que se regula la Renta Garantizada de Ciudadanía de Castilla y León. Votamos los Artículos 1 a 37, Disposición Transitoria, Disposición Derogatoria, Disposiciones Finales Primera, Segunda y Tercera, Exposición de Motivos y Título del Proyecto de Ley, con las modificaciones, en su caso, que hoy han sido introducidas. Comienza la votación. Gracias.

Resultado de la votación. Votos emitidos: ochenta y uno. A favor: ochenta y uno. Ninguno en contra. Y ninguna abstención. En consecuencia, queda aprobada la Ley por la que se regula la Renta Garantizada de Ciudadanía de Castilla y León.

DI 12

Señorías, a esta Mesa ha llegado una Declaración Institucional apoyada por todos los Grupos de esta Cámara, que paso a leer a continuación. Es la Declaración Institucional de las Cortes de Castilla y León en defensa del sector del carbón en la Comunidad Autónoma, y dice así:

"La Comisión Europea, en la reunión celebrada el pasado día veinte de julio, adoptó el acuerdo por unanimidad de prorrogar las ayudas a las explotaciones mineras deficitarias únicamente hasta el año dos mil catorce. El objetivo de esta propuesta es garantizar el cierre definitivo de las minas no competitivas antes del catorce de octubre de dos mil catorce, según anunció el Comisario Europeo de la Competencia, Joaquín Almunia.

Además, esta propuesta de la Comisión, que debe ser ratificada por el Consejo de Ministros de Energía, prevé que las ayudas al funcionamiento sean decrecientes en el tiempo, con una reducción de al menos el 33% en un periodo de quince meses. En caso de que la mina deficitaria no haya cerrado al uno de octubre del dos mil catorce, el beneficiario tendría que devolverlas al Estado.

La nueva política comunitaria limita las ayudas para el funcionamiento a aquellas empresas mineras que dispongan de un plan de cierre, y plantea que las subvenciones tienen que dirigirse de forma creciente a pagar los costes sociales y ambientales del cierre.

En la misma reunión, la Comisión Europea decidió retrasar hasta septiembre su dictamen sobre el Real Decreto elaborado por el Gobierno Español para dar preferencia a la producción eléctrica de carbón nacional y garantizar el consumo de los diez millones de toneladas que se producen anualmente en España.

Las Cortes de Castilla y León manifiestan su máxima preocupación y rechazo ante las dos decisiones adoptadas por la Comisión Europea: la de aplazar el dictamen sobre el Real Decreto español para dar preferencia a la producción eléctrica con carbón nacional y la de fijar las ayudas exclusivamente en un plan de cierre, además a dos mil catorce, sin dar opción a un plan de acceso de reservas. Ambos acuerdos tienen una incidencia directa sobre el sector, hasta ahora considerado por las propias autoridades europeas como estratégico, y sobre un número muy importante de municipios y ciudadanos del norte de la provincia de León y de Palencia. En concreto, la provincia de León acapara el 30% de la producción nacional y suma alrededor de tres mil trabajadores directos y unos doce mil indirectos.

De llevarse a efecto los propósitos manifestados por la Comisión Europea, conllevarían drásticas consecuencias sociales y económicas, que afectarían a decenas de miles de ciudadanos de Castilla y León.

Por ello, las Cortes de Castilla y León consideran que la propuesta de la Comisión Europea de limitar las ayudas al sector del carbón únicamente hasta el año dos mil catorce es inaceptable para la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Es inaceptable que se fije un plazo de apenas cuatro años para el cierre de explotaciones que dan trabajo a miles de ciudadanos de León y de Palencia, y que en su mayoría no tendrían otra salida laboral que la emigración o el desempleo. Es inaceptable que se condene a comarcas enteras al ostracismo económico y social, y en un plazo tan perentorio. Es inaceptable una resolución tan lesiva no solo para Castilla y León sino también para los intereses del conjunto del Estado español.

Las Cortes de Castilla y León lamentan y manifiestan su profunda preocupación ante la demora en la convalidación del Real Decreto para dar preferencia a la producción eléctrica con carbón natural. Este retraso supone un durísimo revés, cuyos efectos ya se perciben, para todo el sector del carbón: a las empresas, la condena a la falta de liquidez, con dificultades extremas para abonar los salarios; y a los trabajadores les pone ante un horizonte de máxima incertidumbre laboral.

Las Cortes de Castilla y León expresan su apoyo, respaldo y solidaridad con los ciudadanos y territorios afectados por las decisiones de la Comisión Europea en unos momentos tan difíciles y críticos para todos.

Finalmente, las Cortes de Castilla y León esperan del Gobierno de España una defensa ante las instancias europeas correspondientes acorde con la gravísima situación generada y con los intereses del sector del carbón nacional que están en juego".

Tiene el apoyo de todos los Grupos esta Declaración Institucional.

Y no habiendo más asuntos que tratar, Señorías, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las veinte horas veinticinco minutos].


DS(P) nº 106/7 del 24/8/2010

CVE="DSPLN-07-000106"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
VII Legislatura
Pleno
DS(P) nº 106/7 del 24/8/2010
CVE: DSPLN-07-000106

DS(P) nº 106/7 del 24/8/2010. Pleno
Sesión Celebrada el día 24 de agosto de 2010, en Valladolid
Bajo la Presidencia de: José Manuel Fernández Santiago
Pags. 4458-4494

ORDEN DEL DÍA:

1. Debate y votación del Dictamen de la Comisión de Sanidad en el Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León.

2. Debate y votación del Dictamen de la Comisión de Arquitectura y Vivienda en el Proyecto de Ley del Derecho a la Vivienda de la Comunidad de Castilla y León.

3. Debate y votación del Dictamen de la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades en el Proyecto de Ley por la que se regula la Renta Garantizada de Ciudadanía de Castilla y León.

SUMARIO:

 ** Se inicia la sesión a las diecisiete horas cinco minutos.

 ** El Presidente, Sr. Fernández Santiago, abre la sesión.

 ** El Presidente, Sr. Fernández Santiago, pide a los miembros de la Cámara que guarden un minuto de silencio en memoria de don Santos Villanueva Valentín-Gamazo, fallecido como consecuencia de un fatal accidente en la montaña.

 ** El Pleno guarda un minuto de silencio.

 ** Primer punto del Orden del Día. Aprobación por el Pleno PL 27.

 ** La Secretaria, Sra. Coloma Pesquera, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Sr. Álvarez Guisasola, Consejero de Sanidad, para presentar el Proyecto de Ley.

 ** El Presidente, Sr. Fernández Santiago, somete a debate las enmiendas mantenidas por los Grupos Parlamentarios para el Pleno.

 ** En el debate intervienen la Procuradora Sra. Alonso Fernández (Grupo Socialista) y el Procurador Sr. Berzosa González (Grupo Popular).

 ** Votación PL 27

 ** El Presidente, Sr. Fernández Santiago, somete a votación las enmiendas, el Articulado, Disposiciones Transitorias, Derogatoria y Finales, Exposición de Motivos y Título del Proyecto de Ley. Son aprobados. Queda aprobada la Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León.

 ** Segundo punto del Orden del Día. Aprobación por el Pleno PL 28.

 ** La Secretaria, Sra. Coloma Pesquera, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** El Consejero de Fomento, Sr. Silván Rodríguez, comienza su turno de presentación del Proyecto de Ley con dos palabras de recuerdo hacia don Santos Villanueva Valentín-Gamazo.

 ** El Presidente, Sr. Fernández Santiago, somete a debate las enmiendas mantenidas por los Grupos Parlamentarios para el Pleno.

 ** En el debate intervienen los Procuradores Sr. Villaverde Gutiérrez (Grupo Socialista) y Represa Fernández (Grupo Popular).

 ** Votación PL 28

 ** El Presidente, Sr. Fernández Santiago, somete a votación las enmiendas, el Articulado, Disposiciones Adicionales, Transitorias, Derogatoria y Finales, Exposición de Motivos y Título del Proyecto de Ley. Son aprobados. Queda aprobada la Ley del Derecho a la Vivienda de la Comunidad de Castilla y León.

 ** Tercer punto del Orden del Día. Aprobación por el Pleno PL 33.

 ** La Secretaria, Sra. Coloma Pesquera, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Sr. Antón Beltrán, Consejero de Familia e Igualdad de Oportunidades, para presentar el Proyecto de Ley.

 ** El Presidente, Sr. Fernández Santiago, somete a debate las enmiendas mantenidas por los Grupos Parlamentarios para el Pleno.

 ** En el debate intervienen el Procurador Sr. Ramos Antón (Grupo Socialista) y la Procuradora Sra. Armisén Pedrejón (Grupo Popular).

 ** Votación PL 33

 ** El Presidente, Sr. Fernández Santiago, somete a votación las enmiendas, el Articulado, Disposiciones Transitoria, Derogatoria y Finales, Exposición de Motivos y Título del Proyecto de Ley. Son aprobados. Queda aprobada la Ley por la que se regula la Renta Garantizada de Ciudadanía de Castilla y León.

 ** Declaración Institucional DI 12.

 ** El Presidente, Sr. Fernández Santiago, da lectura a la Declaración Institucional en defensa del sector del carbón en la Comunidad de Castilla y León, suscrita por todos los Grupos de la Cámara.

 ** El Presidente, Sr. Fernández Santiago, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las veinte horas veinticinco minutos.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las diecisiete horas cinco minutos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Señorías, buenas tardes. Se abre la sesión. Desde un sentimiento de enorme tristeza, yo pido que guardemos un minuto de silencio en memoria de Santos Villanueva Valentín-Gamazo, que formaba parte de la Junta de Portavoces de estas Cortes de Castilla y León, fallecido a consecuencia de un fatal accidente en la montaña, y cuya pérdida irreparable nos sume a todos en un profundo dolor.

[El Pleno guarda un minuto de silencio].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Gracias, Santos; gracias.

Ruego a la señora Secretaria proceda ahora a dar lectura al primer punto del Orden del Día.

PL 27


LA SECRETARIA (SEÑORA COLOMA PESQUERA):

Gracias, Presidente. Primer punto del Orden del Día: "Debate y votación del Dictamen elaborado por la Comisión de Sanidad en el Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, Proyecto de Ley número 27".


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Para la presentación del Proyecto de Ley por parte de la Junta de Castilla y León, tiene la palabra el Consejero de Sanidad, don Francisco Javier Álvarez Guisasola. Puede empezar.


EL CONSEJERO DE SANIDAD (SEÑOR ÁLVAREZ GUISASOLA):

Gracias, señor Presidente. Señorías, el Proyecto de Ley que hoy presentamos en estas Cortes para su consideración constituye el marco legal para hacer efectivo el derecho a la protección integral de la salud y aborda en profundidad la organización general de los recursos del Sistema Público de Castilla y León. Da cumplimiento a uno de los grandes compromisos que adquirimos con los ciudadanos para esta Legislatura en materia sanitaria. Con ello concluye, a su vez, la labor de la Consejería de Sanidad para aprobar esta norma, que en todo momento ha contado con la participación y el diálogo de los diferentes sectores sociales, profesionales y económicos.

En efecto, este Proyecto de Ley es el fruto de la labor ilusionada y constante desarrollada por los técnicos de la Consejería de Sanidad, la destacada colaboración con otras Consejerías, la Dirección General de Presupuestos y Fondos Comunitarios, el Consejo Regional de Salud, la Dirección de los Servicios Jurídicos, la Dirección General de la Función Pública, así como las excelentes aportaciones del Consejo Consultivo y del Consejo Económico y Social.

En el proceso de elaboración de este Proyecto de Ley, también debo resaltar el papel relevante de las numerosas organizaciones y asociaciones de pacientes, consumidores y usuarios, que han contribuido a perfeccionar su contenido, sin olvidar la colaboración eficaz de los Colegios Profesionales Sanitarios, Universidades, Corporaciones Locales a través de la Federación Regional de Municipios y Provincias, así como de los agentes sociales más representativos en Castilla y León a la hora de aportar su criterio, críticas y sugerencias.

También quiero expresar mi reconocimiento al trabajo efectuado en Ponencia y Comisión por las Cortes de Castilla y León, y mi gratitud a los Procuradores miembros de la Ponencia, que han debatido el texto, y a los que pertenecen a la Comisión de Sanidad, y, en general, a todos los que han participado en las distintas fases de la tramitación de este Proyecto de Ley. La incorporación de las enmiendas efectuadas en la fase parlamentaria ha significado perfeccionar el texto normativo.

Señorías, transcurridos ocho años desde el traspaso efectivo de las competencias sanitarias, junto con el hecho de que el Estatuto de Autonomía recoja la exigencia a los poderes públicos de velar por la efectiva protección integral de la salud de los castellanos y leoneses, hacen necesario abordar esta modificación normativa.

Nos encontramos ante una norma innovadora, una regulación sanitaria avanzada y adaptada a los nuevos tiempos en que vivimos, pensada por y para los ciudadanos y a su medida.

Además, quiero destacar que actualmente nuestro Sistema de Salud está perfectamente consolidado, como muestra la alta valoración, calidad y satisfacción de los usuarios de los distintos servicios sanitarios publicados de la Comunidad, de acuerdo con la última encuesta elaborada por el Ministerio de Sanidad y Política Social en abril del dos mil diez.

En el mismo sentido, el Informe de la Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública, de septiembre del dos mil nueve, señala, analizando, entre otros criterios, el gasto per cápita, la satisfacción de los usuarios y el porcentaje de ciudadanos que prefieren la asistencia sanitaria pública, que nuestra Comunidad Autónoma ha pasado de ocupar el puesto octavo en el año dos mil siete al puesto cuarto en el dos mil nueve.

Con estos antecedentes y en esta línea, voy a exponerles los avances más destacados de la Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León.

En primer lugar, este Proyecto de Ley define, por primera vez, el Sistema de Salud de Castilla y León como el conjunto de actuaciones y recursos sanitarios, tanto públicos como privados, cuyo fin se orienta a promover, prevenir, asistir y rehabilitar a los ciudadanos de nuestra Comunidad, así como a velar por hacer efectivo el derecho a la protección de la salud desde una perspectiva asistencial, sanitaria e integral.

En segundo lugar, la norma enuncia los principios que rigen el Sistema de Salud, entre los que quiero destacar la corresponsabilidad de los usuarios en la gestión de los recursos públicos, la accesibilidad de los colectivos especialmente vulnerables a la prestación sanitaria en igualdad, y el reconocimiento y la motivación de los profesionales del Sistema de Salud. Estos principios vienen a sumarse a otros ya consagrados en este Proyecto de Ley, como son el de la universalización de la atención sanitaria o el de la financiación pública del Sistema de Salud.

En tercer lugar, esta norma da un paso más en la defensa y tutela efectiva de los derechos de los usuarios del Sistema Público de Salud de Castilla y León al crear la figura del Defensor del Usuario. Esta institución va a contribuir a ampliar y garantizar de forma significativa la protección global e individual de los derechos reconocidos por la Ley. Los usuarios de Castilla y León encontrarán en esta figura una institución más próxima y accesible donde poder dirigir de forma eficaz sus reclamaciones y recomendaciones.

En cuarto lugar, esta norma persigue optimizar la ordenación territorial y funcional del Sistema Público de Salud. Para alcanzar este doble objetivo, el Proyecto de Ley contempla las siguientes novedades.

Desde un punto de vista territorial se crean las demarcaciones sanitarias, que constituyen el territorio de actuación en que se desarrollan las funciones de inspección y control, incluidas en la también novedosa prestación de salud pública. Estas demarcaciones se configuran tomando como referencia las zonas básicas de salud, ya que se forman agrupando varias de ellas.

Otra de las novedades de este Proyecto de Ley es la definición, por primera vez, del mapa sanitario, que pasa a estar integrado por las áreas de salud, las zonas básicas de salud y las denominadas demarcaciones sanitarias.

La Ley, asimismo, abre la posibilidad de crear otras divisiones territoriales cuando se entienda justificado, a fin de mejorar la organización y accesibilidad de los usuarios a las prestaciones.

En cuanto a la ordenación funcional del Sistema Público de Salud, en esta Ley se reconoce la existencia de cinco áreas funcionales de actuación, responsables de garantizar la prestación de los servicios sanitarios de forma coordinada, que son las siguientes: Atención Primaria; Atención Especializada; Salud Pública; Atención Sanitaria Urgente y Emergencias Sanitarias; y Atención Sociosanitaria.

En quinto lugar, otro de los aspectos más relevantes que quiero destacar es que el Proyecto de Ley regula las prestaciones sanitarias y la cartera de servicios del Sistema Público de Salud. En este sentido, permítame que les señale que la nueva Ley reconoce expresamente como tal la prestación de salud pública, que ha de ser considerada no solo como una prestación sanitaria específica del Sistema de Salud, sino también como un servicio público de más amplia dimensión, y que se caracteriza por la complejidad de sus actuaciones, la participación activa de los diferentes sectores y la actuación coordinada de todas las Administraciones.

Asimismo, la nueva Ley reconoce la prestación de Atención Sociosanitaria, compartida con los Servicios Sociales, y dirigida a aquellos enfermos crónicos y a personas con problemas de salud secundaria a su discapacidad que por sus especiales características y vulnerabilidad pueden beneficiarse de la acción sinérgica de ambos servicios.

Es de justicia reconocer la activa participación en la redacción de estos apartados de los representantes de los discapacitados de nuestra Comunidad Autónoma, el Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de Castilla y León (CERMI).

En sexto lugar, esta norma avanza de manera decisiva en lo relativo a la formación y a la investigación, aspectos que pretenden ser una de las señas de identidad del modelo sanitario de Castilla y León, recogidas en su Título VII del Proyecto de Ley. Para lograr este objetivo, el texto ha previsto la cooperación y colaboración con otras instituciones, como las Universidades, el Instituto de Estudios de Ciencias de Salud de Castilla y León, los centros de investigación, desarrollo e innovación, y los institutos de investigación y, por supuesto, la industria sanitaria. Asimismo, se promueve la creación de los comités de ética de investigación.

En séptimo lugar, esta Ley da respuesta a las aspiraciones ciudadanas de ampliar y reforzar su participación en el Sistema de Salud de Castilla y León mediante la creación de foros virtuales y el reconocimiento de la aportación del voluntariado -porque repercute en la calidad de vida de la gente con problemas de salud-, además de mantener los órganos de participación ya existentes, en los que por primera vez se incluyen las asociaciones de pacientes y familiares.

Otra de las novedades de la Ley, recogida en su Título VI, es la referente a la calidad y acreditación, con el fin de disponer de un sistema de acreditación sanitaria como modelo de excelencia basado en la búsqueda de la mejora continua. A su vez, la Ley crea el Consejo Asesor Científico-Técnico de Sanidad como órgano colegiado de participación y asesoramiento en temas científicos y técnicos, y que estará constituido por profesionales de reconocido prestigio.

Por último, quiero destacar que, dentro del marco de las actuaciones integrales dirigidas a proteger a los profesionales sanitarios, el Proyecto de Ley ha incorporado la posibilidad de sancionar administrativamente los hechos constitutivos de agresión: desde una infracción leve por el uso incorrecto de las instalaciones hasta las muy graves por la agresión personal.

Señorías, estamos ante uno de los Proyectos de Ley más significativos de esta Legislatura, que nos permite recorrer el camino hacia la modernización y la mejora de nuestra sanidad, orientado hacia la calidad de las prestaciones sanitarias y el bienestar de los ciudadanos de Castilla y León.

Como habrán podido valorar, se trata de una norma necesaria para desarrollar el Estatuto de Autonomía de Castilla y León y unificar una norma -el derecho a la prestación a la salud-, imprescindible al establecer la organización general de todos los recursos del Sistema de Salud e incluir las prestaciones asistenciales necesarias; innovadora, al concebir la salud pública como un servicio público de amplia dimensión, complejo y de carácter transversal a todo el sistema; integradora, al resultar del esfuerzo, la participación y el diálogo de los diferentes sectores sociales y económicos, y de la actuación coordinada de todas las Administraciones; y, por último, reconocedora de los derechos y garantías al considerar al ciudadano como principio y fin de todas las actuaciones públicas en materia de salud, con independencia de dónde sea prestada la asistencia.

(Ya termino). Esperemos y confiemos en que el presente Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, que presentó el Gobierno para su tramitación en esta Cámara, reciba hoy el respaldo de Sus Señorías. Esta Ley pretende ser, en suma, una ley para el futuro que recoge todos los aspectos necesarios para la óptima organización de los recursos de este sistema, que apuesta sin fisuras por la mejora de la calidad asistencial de sus destinatarios y que supone dotar del marco legal idóneo al Sistema de Salud de Castilla y León.

Asimismo, señalar que esta Ley de Ordenación del Sistema de Salud se encuentra en plena sintonía con el Proyecto de Ley de Salud Pública y Seguridad Alimentaria de Castilla y León -que en la actualidad se encuentra en trámite de aprobación por esta Cámara- y perfectamente alineada con los Proyectos de Ley, tanto de Salud Pública como de Seguridad Alimentaria, que se están elaborando por el Gobierno de la Nación. Muchas gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias, señor Consejero. Se mantienen las Enmiendas número 1, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 47, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67 del Grupo Parlamentario Socialista, que se mantienen para su defensa en este Pleno. Para un turno a favor de dichas enmiendas, tiene la palabra la Portavoz del Grupo Socialista, doña Victorina Alonso Fernández.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Gracias, señor Presidente. Buenas tardes, Señorías. El debate y aprobación de la Ley de Ordenación del Sistema Sanitario tenía que haber sido la gran oportunidad para acordar entre las Administraciones, los profesionales, los agentes sociales y las fuerzas políticas los cambios necesarios que precisa el Sistema de Salud de Castilla y León, sumido en una profunda crisis. Crisis que se refleja en la masificación de la Atención Primaria, el colapso de las urgencias hospitalarias, el abandono de las zonas periféricas, el malestar y frustración de los profesionales por la ausencia de una política de personal, la falta de recursos para atender a los pacientes crónicos y discapacitados, la descoordinación entre la Atención Primaria, la Atención Hospitalaria, la Salud Pública y la Asistencia Social. Todo ello, sumado a las listas de espera, sitúa, Señorías, a nuestro sistema sanitario en la uvi.

Una quiebra que viene de la mano de un crecimiento desbocado del gasto farmacéutico, que en Castilla y León está un punto por encima de la media nacional, que solo en junio pasado supuso para el sistema la friolera de 59 millones de euros, a lo que hay que añadir una deuda oculta que puede superar los 170 millones, y lo que deben ustedes a los proveedores, proveedores de productos sanitarios, más de 13 millones de euros de los dos últimos años, empresas de Castilla y León que ustedes están poniendo, Señorías, al borde de la ruina.

Pero la Consejería de Sanidad, en lugar de negociar una alternativa a esta situación, propone una ley destinada a privatizar el sistema. Como ejemplo, baste citar la Red Asistencial Sanitaria de Utilidad Pública, integrada por centros públicos y privados, colocando a estos últimos en igualdad de condiciones con los públicos, con derecho a recibir financiación pública. Una medida destinada a subvencionar el sistema privado, que viola la Ley General de Sanidad, pues en esta se asigna a la sanidad privada un papel complementario y subsidiario de la pública. Debieron ustedes, Señorías, retirar el Proyecto, como les pidió el Grupo Socialista, y abrir un proceso de debate y negociación para que esta Ley, que debe regular las relaciones sanitarias en las próximas décadas tuviera un acuerdo político, social y profesional mayoritario, porque es una de las leyes más importantes de esta Legislatura en matera sanitaria, y viene hoy a este Pleno sin debate y sin consenso. Porque ustedes han hurtado el debate; no nos han escuchado a nosotros, pero tampoco a las asociaciones que representan el tejido social de esta Comunidad, asociaciones a las que niegan el "pan y la sal": el "pan" de la participación y la "sal" de los servicios sociosanitarios y las unidades para atención a la discapacidad.

Porque los cambios sociales, políticos y económicos de los últimos años han transformado profundamente la realidad de nuestra Comunidad Autónoma: se han aprobado nuevas leyes, tanto a nivel nacional como autonómico; en el dos mil dos se asumieron las transferencias en materia sanitaria; y se ha reformado nuestro Estatuto de Autonomía, que establece en sus Artículos 13 y 74 el derecho a la protección integral de la salud, los derechos y deberes de los usuarios, las funciones en materia de salud pública y la obligación de una protección especial a los grupos reconocidos mayori... como... sanitariamente como "de riesgo".

Era, por lo tanto, necesario no solo ordenar el Sistema Sanitario adaptando la norma a la nueva situación legal y social, sino hacer una nueva ley que garantice el derecho a la protección integral de la salud para todos los castellanos y leoneses.

La que ustedes presentan hoy aquí tiene diez títulos, setenta y ocho artículos, una disposición adicional, dos disposiciones transitorias, una derogatoria y tres finales, y han pretendido actualizar y mejorar la Ley 1/1993, de 6 de abril, pero no lo han conseguido. Por eso, el Grupo Parlamentario Socialista presentó una enmienda a la totalidad y sesenta y siete enmiendas parciales. Enmienda a la totalidad que no prosperó, y tampoco lo han hecho la mayoría de nuestras aportaciones.

Nuestra pretensión, Señorías, era la de mejorar el texto, corregir sus olvidos, que la nueva Ley atendiera a las especiales características de esta Comunidad, a su envejecimiento y a su dispersión; condiciones que hubieran requerido una respuesta específica, por ejemplo, en cuanto a la atención sociosanitaria, en cuanto a la discapacidad y en cuanto a las dotaciones de centros que atiende las zonas periféricas. Pero nada de eso presentó el legislador. Y a la Ley de mil novecientos noventa y tres le han añadido ustedes: el Defensor del Usuario, el Consejo Asesor Científico-Técnico, han cambiado el nombre al Consejo Regional, citan la salud pública y establecen como gran novedad las demarcaciones sanitarias, sin, desde luego, ponerlas en marcha, ni establecer cómo van a hacerlo; y nada más, nada más. El resto es una copia literal de la Ley de mil novecientos noventa y tres, que, en algunas ocasiones, si me apuran, está mucho mejor desarrollada.

Ya en el preámbulo de la Ley destacan ustedes, como una de las novedades más importantes, la integración de un concepto amplio de salud, superando la vieja distinción entre atención sanitaria individual y salud pública colectiva. Sin embargo, el legislador dedica la mayor parte de su esfuerzo normativo a la asistencia sanitaria, olvidando que es tanto o más importante la prevención y promoción de la salud que la asistencia, y perdiendo la oportunidad de regular en esta Ley la salud pública -lo que hacen ustedes en otra norma; lo que podría hacer pensar que son cosas distintas, pero no es así-.

El Sistema Sanitario debe ser el tronco común para dos ramas de igual importancia: la asistencia sanitaria y la salud pública. Esta forma que ustedes presentan de regular separada dificulta la integración, duplica las normas y puede confundir a los castellanos y leoneses, que pueden pensar, por ejemplo, que la contaminación del agua por arsénico -un problema de esta Comunidad que no se ha resuelto- depende solo de los Ayuntamientos y no es un problema de salud pública.

Nuestras siete primeras enmiendas iban dirigidas a los tres primeros artículos, y pretendían, en primer lugar, dejar claro que estamos hablando del Sistema Público de Salud; en segundo lugar, tanto en el objeto de la Ley como en los principios rectores, pedíamos con nuestras aportaciones dar participación a los trabajadores, los que ustedes olvidan a lo largo de toda la norma, y definir mejor el objeto de la Ley en cuanto a las acciones que permitan hacer efectivo el derecho a la protección integral de la salud, a la prevención de la enfermedad, a la asistencia sanitaria y a la rehabilitación, añadiendo algo que también olvidó el legislador, la necesidad de asumir la tutela, inspección y control de todo el sistema sanitario, independientemente de su titularidad. Porque cada poco tiempo se conocen, Señorías, casos de clínicas privadas cuyas actuaciones acaban, en demasiadas ocasiones, en el Juzgado por la mala praxis o por las deficientes dotaciones; estamos hablando de clínicas de adelgazamiento, de homeopatía, de quiromasaje. Y han perdido ustedes, nuevamente, la ocasión de regularlas.

En el Artículo 5, presenta la Ley una nueva figura, la figura del Defensor del Usuario. Una figura que no aporta nada a lo que viene haciendo el Procurador del Común; que supone un gasto para la Junta de Castilla y León, 59.338 euros anuales, a los que habría que añadir los gastos de una sede y de los asesores; nombrada y cesada por el Consejero de Sanidad. Un profesional de reconocido prestigio, dicen ustedes; pero elegido directamente por el Consejero para un cargo en el que se supone que va a defender a los usuarios y no a quien elige, con quien en muchas ocasiones tendrá que ser crítico. Una figura que existe en otras Comunidades, pero en ninguna de ellas, ni en La Rioja, ni en Madrid, ni en Cantabria, ni en Baleares, es elegida a dedo por el Consejero. Castilla-La Mancha la ha retirado, y en Galicia es el Vicevaledor Do Povo el que hace esta importante función. Porque ustedes han olvidado, también, que las competencias del Defensor del Usuario entran en colisión con las asignadas por una ley, la 2/1994, al Procurador del Común, como establece el Artículo 14 de nuestro Estatuto de Autonomía.

Debían haber retirado esa figura y aceptado nuestra propuesta de que sea el Procurador del Común, con una sección específica, el que continúe realizando la labor que tan acertadamente desempeña. Estoy hablando de la Enmienda número 65, una nueva Disposición Adicional, que ustedes tampoco aceptaron.

Como no han aceptado retirar de su Artículo 8 el apartado 2.b, en el que establecen que la construcción de los consultorios locales corresponde a los Ayuntamientos. Seguramente, Señorías, no habrán hablado ustedes con sus Alcaldes, porque, si lo hubieran hecho, no habrían establecido esta norma, que no existe en ninguna otra ley de ninguna Comunidad, y ni siquiera existía en la nuestra de mil novecientos noventa y tres, porque no se puede cargar más sobre los exiguos hombros de los Ayuntamientos. Es la Junta quien tiene que construir los consultorios locales; bastante hacen las Corporaciones Locales con mantenerlos y conservarlos.

En el Artículo 9, la Ley -ahora sí- trata del Sistema Público de Salud, de cómo acceder a él y de las prestaciones sanitarias que se garantizan a los ciudadanos, que están recogidas en el Artículo 11. En él se define la Atención Primaria, la que se desarrolla en los centros de salud, y la Atención Especializada, la que se desarrolla en los hospitales. En ambos casos realizada por licenciados que se han especializado en medicina de familia, en cardiología, en oncología o en pediatría. Sin embargo, la medicina de familia es la única especialidad de la que quedan plazas vacantes, la que muchos profesionales abandonan, y abandono que no solo se debe a la falta de dotaciones de los centros de salud, sino también al escaso prestigio que tiene, y a eso contribuye, a nuestro modo de ver, como un elemento más el nombre "atención primaria"; de ahí nuestras enmiendas, en las que proponemos sustituir la palabra "especializada" por la palabra "hospitalaria", definiendo mejor dónde realizan su trabajo los profesionales y no discriminando a nadie.

Señor Consejero, en este punto quisiéramos felicitarle por las nuevas... el nuevo catálogo de pruebas que acaban de aprobar y que van a empezar a poder pedirse desde Atención Primaria, doscientas tres pruebas. Es cierto que es un poco tarde, pero bienvenidas. Y queremos manifestar el Grupo Socialista que cuando la Consejería, la Junta de Castilla y León, hace algo que es bueno para que los pacientes se diagnostiquen antes y mejor, los pacientes de Atención Primaria, nosotros le felicitamos; no podemos hacer lo mismo con esta ley, con este texto. Un texto donde no se diferencian las urgencias de las emergencias, lo que no se comprende, pues tanto la regulación como la prestación asistencial son distintas; de ahí nuestra Enmienda número 39, en la que proponíamos precisamente esta diferenciación.

El siguiente Artículo, el número 23, establece de forma somera y sin apenas desarrollar la Atención Sociosanitaria, que no es una novedad, señor Consejero, ya estaba en la Ley de mil novecientos noventa y tres. Castilla y León -ya lo hacía entonces, pero hoy más- lidera a nivel nacional y europeo el envejecimiento de la población: quinientos sesenta y nueve mil ciudadanos, un 22,5% de la población, es mayor de sesenta y cinco años; la media de nuestro país está en 17,7. Pero es que, además, el 7,1 de la población tiene más de ochenta años, cuando la media en España es de 4,1. Si a esto le añadimos la elevada esperanza de vida -81,3 años- va a dar lugar a una serie de patologías que hacen necesaria una respuesta sociosanitaria y que atienda la discapacidad. Estos son los datos. Y, sin embargo, se da la paradoja que una ley hecha para una de las Comunidades más envejecidas de España olvida las demarcaciones sociosanitarias, olvida la realidad de las discapacidades, olvida las infraestructuras, la necesidad de los centros sociosanitarios y, desde luego, la coordinación y coincidencia de las zonas. Por eso nuestra Enmienda número 40, en la que proponemos, entre otras medidas, la creación de un centro de atención sociosanitaria en cada área de salud y las unidades específicas de referencia para la atención a las personas con discapacidad; enmienda que tampoco aprobaron, dejando desamparados a aquellos colectivos a los que el Estatuto de Autonomía y la Ley deberían haber protegido especialmente.

Pero no solo han olvidado ustedes la realidad del envejecimiento, también olvidan regular la atención de los trabajadores. La salud laboral no aparece en el texto, ni siquiera para nombrarla. Un olvido incomprensible, porque sí venía recogida en el texto de mil novecientos noventa y tres. Nuestra Enmienda número 41 quería paliar esta situación. Proponíamos la elaboración de mapas de riesgos laborales, estudios epidemiológicos, formación para la prevención de las enfermedades que tienen que ver con el trabajo, promoción de la salud laboral e investigación en esta materia. Su argumento para rechazarla es que está en el Proyecto de Ley de Salud Pública. Pero nosotros nos preguntamos: ¿no es esta, la que debatimos hoy, la Ley de Ordenación del Sistema de Salud, de todo el Sistema de Salud de Castilla y León, la que regula la ordenación y todas las prestaciones? Si es así, la salud laboral debería estar, por lo menos, recogida. Nosotros lo que pensamos es que se les olvidó, fue un olvido, y después, en vez de admitirlo y corregirlo, han preferido mantenerlo y no enmendarlo, con una torpeza incomprensible.

En el Artículo 24 la Ley establece el concepto y la finalidad de la Red Asistencial Sanitaria de Utilidad Pública de los centros, los servicios y los establecimientos públicos y privados que están financiados públicamente. Una regulación muy escasa en la que no aparecen reflejados los criterios de acreditación, ni los requisitos, condiciones o procedimientos que permitan la inclusión de estos centros en dicha red, atendiendo a su especialización o al tipo de prestaciones que deben cubrir. Una puerta abierta, Señorías, a la privatización, y, lo que es peor, a una financiación pública de las empresas sanitarias privadas; el dinero de todos que se va, como quien no quiere la cosa, a los bolsillos de sus amigos, lo que no es una novedad.

Como tampoco lo es, aunque el Consejero diga que sí, que la Ley da una mayor participación a los profesionales y a los ciudadanos, porque podemos comprobar, artículo tras artículo, que esto no es cierto.

El Consejo General se relega a ser un órgano de participación, en el que no tienen cabida los representantes vecinales ni las asociaciones de consumidores y usuarios. El Consejo Castellano y Leonés de Salud, el máximo órgano de asesoramiento y participación del Sistema de Salud Pública de Castilla y León, no da participación, por ejemplo, a las asociaciones de vecinos, y se habían olvidado también de las asociaciones más representativas del sector de la discapacidad.

Los Consejos de Salud, órganos de participación fundamentales, no pueden englobar, Señorías, a más de dos zonas básicas de salud, porque, si no, es imposible que el diagnóstico de salud se corresponda con esa zona y el tratamiento y el enfoque que se da a esos problemas de salud sea real y se ajuste a las necesidades de dicha zona.

Los planes de salud y las estrategias deben ir dirigidas a los problemas prevalentes y a todos los ciudadanos, sin olvidar que aquellos que tienen una situación de especial vulnerabilidad, como los enfermos mentales o los que tienen discapacidades físicas o sensoriales deben de ser objetos de actuaciones y programas especiales y preferentes. Y la Ley no lo contempla. De ahí nuestra Enmienda número 57.

Han olvidado de nuevo a los licenciados veterinarios que trabajan en salud pública, y que siguen sin estar adscritos a la escala sanitaria del cuerpo facultativo superior. Por cierto, esto último recogido ya y no cumplido en la Ley que ustedes reforman –la de mil novecientos noventa y tres-.

Y llegamos al Título VIII, Artículo 64, en el que se establecen las relaciones con la iniciativa privada, que ustedes desarrollan someramente. El Grupo Socialista considera, por el contrario, que la celebración de conciertos y convenios debe estar regulada de forma estricta en cuanto acreditación, criterios de calidad, duración, régimen de acceso, inspección y evaluación, estableciendo con claridad que son incompatibles con las subvenciones para la financiación de idénticas actividades. Este es el motivo de nuestras Enmiendas 61 a la 64, para que no pueda volver a darse el caso de que ustedes den una subvención a un centro privado de 7,5 millones de euros para ampliar el número de camas, que luego el centro concierta a la sanidad pública. El Sistema Sanitario Público, Señorías, no puede, de ninguna manera, financiar la construcción al Sistema Sanitario Privado, y luego volver a pagarle concertando las camas que pusieron en marcha con nuestro dinero, con el dinero de todos.

Ya finalizo, Señorías. Dice María Zambrano que los sueños se construyen entre la necesidad y la esperanza, y nosotros, los socialistas, como los ciudadanos de Castilla y León, tenemos la necesidad de que se mejore nuestro Sistema de Salud, y la esperanza de que ustedes, que tienen la obligación de mejorarlo, lo hagan aprobando todas las enmiendas que hemos presentado a este Proyecto de Ley. Muchas gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias, Señoría. Para un turno en contra, el Procurador del Grupo Parlamentario Popular, don Jesús Berzosa González, tiene la palabra. Puede empezar.


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

Gracias, señor Presidente. Señorías, buenas tardes. Permítanme, en primer término, expresar, en nombre del Grupo Parlamentario Popular, la felicitación al señor Consejero de Sanidad por haber sido distinguido en los VI Premios de la Administración Sanitaria Española como el Consejero más relevante en el curso político 2009-2010. El jurado –se dice en la reseña informativa- ha valorado, entre otros aspectos, la creación de dos importantes leyes en materia sanitaria: la de Ordenación del Sistema de Salud y la de Salud Pública y Seguridad Alimentaria.

En segundo lugar, quiero expresar el agradecimiento a mi compañera en el Grupo Parlamentario Popular, Mercedes Coloma, por la ayuda y la colaboración prestada en la tramitación de este nuevo marco normativo que es la Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León. Agradecimiento extensivo también a la Letrada doña Laura Díez por su ya habitual excelente trabajo profesional.

Una tramitación, la de este Proyecto de Ley, que en el día de hoy alcanza su recta final. Superada esta, la nueva Ley pondrá fin a la Ley 1/93, de seis de diciembre, de Ordenación Sanitaria del Sistema de Castilla y León, que tan buenos servicios ha venido prestando a nuestra Comunidad.

Ahora, cuando se van a cumplir diecisiete años de su existencia, una nueva realidad social, surgida de la aprobación del nuevo Estatuto de Autonomía, de la Ley de Cohesión y Calidad del dos mil tres, y de la asunción de transferencias sanitarias en el dos mil dos, demanda cambios legislativos importantes para responder a los retos del presente y del futuro.

Pero el Proyecto de Ley que hoy debatimos deviene también del mandato de los poderes públicos de hacer efectivo el derecho a la protección integral de la salud. El Proyecto de Ley lo hace en los términos que le es exigible a una Ley de Ordenación Sanitaria del dos mil diez, pero también con clara vocación de pervivencia. De manera que ordena el Sistema Sanitario con el fin de hacer efectivo este derecho.

Para ello incorpora los derechos y deberes de los usuarios de acuerdo con la Ley 2003; amplía la protección de los mismos al crear la figura del Defensor del Usuario; introduce por primera vez en el ordenamiento jurídico sanitario la Atención Sociosanitaria, en consonancia con los derechos sociales reconocidos en el Artículo 13.2 de nuestro vigente Estatuto de Autonomía; prevé la aprobación de un nuevo plan sociosanitario, con especial atención a las personas que padecen enfermedades crónicas e invalidantes y a los colectivos de personas con especial vulnerabilidad; establece, también por primera vez en una norma autonómica, las prestaciones del Sistema Nacional de Salud, conforme a la Ley de Cohesión y Calidad del dos mil tres, incorporando la salud pública y la ya referida de atención sociosanitaria; define un nuevo mapa sanitario, integrando en el mismo las demarcaciones sanitarias como territorio donde se prestan las prestaciones de salud pública; amplía la participación de la sociedad a todos los niveles; impulsa la formación y la investigación; fortalece la seguridad de los profesionales estableciendo un régimen sancionador, y promueve la calidad y la acreditación como modelo de excelencia basado en la mejora continua.

Estas son, entre otras, algunas de las novedades que incorpora este importante Proyecto de Ley, y que, sin duda, son una apuesta decidida por la modernización y mejora de nuestro sistema público de salud cara al siglo XXI.

El Partido Socialista ha presentado sesenta y siete enmiendas a treinta y seis artículos de los setenta y ocho de que consta el Proyecto.

Desde este Grupo Parlamentario hemos mantenido siempre la mejor de las disposiciones para que en torno al mismo se concitaran la mayor voluntad de acuerdo y consenso posible. Lo manifestamos públicamente tras la entrada en las Cortes, lo reiteramos con ocasión del debate a la Enmienda a la Totalidad. Hemos mantenido reuniones con colectivos sociales y profesionales cuyas sensibilidades y propuestas forman parte de enmiendas de este Grupo Parlamentario, de las que posteriormente hablaremos. No hemos dejado en ningún momento de la tramitación parlamentaria de incorporar aquellas enmiendas de la Oposición que entendíamos podían servir para mejorar un texto siempre perfeccionable. Así lo hicimos en Comisión, aceptando dos enmiendas más a las anteriormente admitidas; y hoy anuncio la aceptación de otras dos enmiendas, concretamente las números 12 y 54, presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista.

La Enmienda número 12 propone que a la acreditación, autorización, seguimiento y control y evaluación de centros, servicios y establecimientos sanitarios, recogidos en el apartado... en el Artículo 7, apartado r), se añada: "tanto públicos como privados", lo cual nos parece aceptable, toda vez que los Artículos 55, 57 y 67, donde se habla de la calidad, la acreditación y la intervención pública, hacen referencia, precisamente, a centros y servicios públicos y privados.

La Enmienda número 54 hace referencia al Artículo 46, que en su apartado 2 dice que podrán constituirse Consejos de Salud que agrupen a varias zonas colindantes dentro de una misma Área de Salud, cuando factores de carácter demográfico, sanitario y viario lo aconsejen. Pues bien, la enmienda lo limita a dos, y a nosotros nos parece adecuado y suficiente.

El Partido Socialista, sin embargo, equivoca y confunde deliberadamente -y, por tanto, con ánimo de engañar- Zona Básica de Salud, Centro de Salud y Consejo de Salud. No es cierto que el Proyecto de Ley establezca que no tendrá por qué haber en cada Zona Básica un Centro de Salud; léanse, por favor, el Artículo 15, referente a las zonas básicas de salud, que dice: "Cada Zona Básica de Salud contará con un Centro de Salud". No es cierto que el Proyecto de Ley no contemple la continuidad de los Consejos de Salud; léanse los Artículos 45 y 46, correspondientes a la participación y asesoramiento de los Consejos de Salud de Área y Zona.

No hay, por tanto, en la norma ningún desmantelamiento de la Atención Primaria, lo que sí que hay es un desmantelamiento del respeto y del compromiso con la verdad cuando se dicen estas cosas.

En total, Señorías, son doce las enmiendas admitidas al Grupo Parlamentario Socialista. No sé si son muchas o pocas, en todo caso, son las que mi Grupo ha considerado como necesarias y suficientes.

Obviamente no hemos aceptado enmiendas que ponían en cuestión el propio texto. Véase la Enmienda número 66, por la que se pretende que, en caso de aprobación de la Ley, la Junta remita un nuevo Proyecto de Ley en el plazo de seis meses. Flaco favor, señores socialistas, se hacen a sí mismos a la hora de defender sus enmiendas, ya que con esta enmienda demuestran no solo que no creen en el Proyecto, sino que tampoco creen que sus enmiendas sirvan para mejorar el mismo, puesto que, de aceptar todas -incluida esta-, el Proyecto de Ley quedaría condenado a una vida efímera.

Tampoco hemos aceptado aquellas otras enmiendas que pretendían alterar o modificar sustancialmente aspectos que consideramos esenciales, como los referentes al propio objeto de ley, o que por su... su naturaleza son simplemente irrelevantes o innecesarias.

En el Proyecto de Ley se define y diferencia muy claramente lo que es el Sistema de Salud del Sistema Público de Salud. El primero engloba el conjunto de actuaciones y recursos públicos y privados cuya finalidad sea la promoción y protección de la salud en todos sus ámbitos, la prevención de la enfermedad, la asistencia sanitaria y la rehabilitación, todo ello desde una perspectiva de asistencia sanitaria integral. Mientras que el Sistema Público de Salud comprende el conjunto de actuaciones y recursos de la Administración Sanitaria de la Comunidad Autónoma y de las Corporaciones Locales con los mismos fines y objetivos.

El Proyecto establece también las relaciones de complementariedad con la iniciativa privada, a las que dedica un título, el Título VIII, así como su posible integración en la Red Sanitaria de Utilización Pública, con los efectos que ello conlleva. Destina un capítulo a la calidad y acreditación, la prestación de servicios, aplicable tanto a los servicios del sistema público como privados. Y, al tiempo, garantiza la intervención pública en materia sanitaria en cualquier actividad pública o privada.

Se trata, en definitiva, de que los usuarios del Sistema de Salud de Castilla y León tengan garantizados todos sus derechos con independencia de que al centro al que acudan sea público o privado.

La distinción entre Sistema de Salud y Sistema de... y Sistema Público de Salud no la ha inventado el Partido Popular, tampoco la complementariedad de la iniciativa privada. En el primer caso, fue obra de Ernest Lluch, y así está reflejado en la Ley General de Sanidad de mil novecientos ochenta y seis, en sus Títulos I y III; y, en el segundo caso, del también ex Ministro socialista, Julián García Vargas.

Hace pocos días, Pilar Grande, Portavoz de Sanidad del Partido Socialista en el Congreso de los Diputados, decía: "El Grupo Parlamentario Socialista seguirá promoviendo la sanidad privada... seguirá promoviendo que la sanidad privada tenga cada vez más presencia, no en detrimento de la sanidad pública, sino siempre con carácter complementario". Precisamente este Proyecto de Ley lo que hace es reconocer la complementariedad de la iniciativa privada en su relación con el Sistema Público de Salud, respetando siempre los principios de publicidad, transparencia, objetividad, eficiencia y buena administración, y ponderando tanto la calidad del servicio como el ahorro económico, así reza el Artículo 64. Y añade este mismo artículo: "Con carácter general, las prestaciones ofrecidas por el Sistema Público de Salud serán realizadas por el Sistema Público de Salud; la iniciativa privada complementará las prestaciones ofrecidas por el Sistema Público cuando resulte necesario, dando preferencia en sus relaciones con la iniciativa privada a las entidades que no tengan carácter lucrativo".

En la... esta participación de la iniciativa privada está sujeta, como no puede ser de otro modo, a la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, y a las leyes sectoriales que le sean de aplicación. Y así está referenciado en el propio texto -Artículo 65-, sin que sea necesario, por economía normativa, replicar una norma que está en vigor.

¿Dónde está, pues, la equiparación de la asistencia pública con la privada? ¿Dónde está la falta de control? Señorías, o no se han leído el Artículo 64 o mienten a sabiendas. Si se lo han leído y no estaban de acuerdo con la redacción de este artículo, ¿por qué no han presentado una enmienda al mismo? No se entiende, en todo caso, que la complementariedad de la iniciativa privada con la sanidad pública, promovida, promocionada y practicada por el Partido Socialista en Comunidades como Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura, Aragón o Asturias sea vista por los socialistas de esta Comunidad como la suma de todos los males sin mezcla de bien alguno, y sentida cual si se hubiera hurgado en un trigémino.

Señorías, cuando se habla de los derechos de los usuarios parece conveniente garantizar la protección de los mismos a través de la figura del Defensor del Usuario. Así lo han hecho en la mayoría de las Comunidades Autónomas cuando aún ni siquiera se había aprobado la Ley 4/2002, Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Deberes en Materia de Información y Documentación Clínica, y la Ley 16/2003, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud.

Ahora, cuando ambas leyes están en vigor, y también en nuestra Comunidad la Ley 8/2003, de Derechos y Deberes en Relación con la Salud, la creación de este órgano encargado de la tutela y defensa de estos derechos parece más necesaria que nunca.

El Proyecto de Ley lo contempla, además, en los mismos términos que lo hacen las leyes de otras Comunidades Autónomas como Madrid, La Rioja, Baleares, Asturias, Canarias y Cantabria.

La adscripción de este órgano a la Consejería de Sanidad, como ocurre en las Comunidades anteriormente citadas, no compromete en modo alguno su independencia, que está plenamente garantizada -persona de reconocido prestigio, se dice en el texto-, y permite, en base al principio de eficiencia, aprovechar los recursos materiales y personales sin necesidad de incrementar el gasto público.

Señores socialistas, que ustedes pretendan cambiar la denominación de "atención especializada" por "hospitalaria" es algo estólido. Buena prueba de ello es el recurso al victimismo o a un trasnochado enfrentamiento entre profesionales para justificar su falta de argumentos. Su propuesta no tiene cabida en un texto legislativo de esta naturaleza. En primer lugar, porque la Atención Especializada es algo más que la hospitalaria, ya que aquella puede prestarse, y de hecho se presta, también en centros de especialidades y centros de salud. En segundo lugar, porque choca con los criterios legislativos vigentes, tanto de naturaleza básica o estatal como autonómica.

El Proyecto de Ley contempla la Atención Sanitaria y lo hace en los términos que cabe hacerlo en un proyecto de esta naturaleza, en la previsión de un plan sociosanitario en el que se definan las líneas estratégicas y los objetivos a conseguir y en la coordinación de los servicios del Sistema Público y del Sistema de Servicios Sociales.

Una respuesta integradora no precisa de una organización única; la clave es y se llama coordinación. Una coordinación centrada en las personas y adaptada a sus necesidades, que a menudo caminan por delante de las normas y de la organización; un modelo flexible y funcional y, por tanto, alejado de cualquier modelo burocratizado e ineficiente; todo ello en perfecta coherencia con lo desarrollado en el Artículo 14 de la Ley de Cohesión y Calidad. (Por cierto, el Gobierno Socialista aún no ha desarrollado la cartera de servicios sociosanitarios prevista en esta ley). Decía que, todo ello, en coherencia con el Artículo 14 de la Ley de Cohesión y Calidad y con las conclusiones del VI Congreso Nacional de Atención Sociosanitaria celebrado recientemente en Zamora.

Así está recogido en una de las enmiendas presentadas por este Grupo Parlamentario Popular y que cuenta con la aquiescencia de colectivos socialmente representativos en el sector de la discapacidad. Hemos compartido con este colectivo y con el de los profesionales sanitarios -y ha sido objeto de otra enmienda- la necesidad de que de forma explícita se coja... se recoja la participación en el Consejo Castellano y Leonés de Salud de las organizaciones más representativas tanto del sector de la discapacidad como de las organizaciones sindicales en el ámbito sanitario. Una participación de la que a priori no se excluye a nadie, ya que el propio Proyecto de Ley contempla que la constitución y funciones de este órgano se determinarán reglamentariamente. Una y otra enmienda fueron lamentablemente rechazadas por el Partido Socialista, como también lo han sido las referidas a la gestión, participación, reconocimiento y motivación de los profesionales del Sistema de Salud en el marco de los principios rectores y la necesidad de que el Defensor del Usuario lo sea del Sistema de Salud y no solo del Sistema Público, ya que algunos de los derechos reconocidos a los usuarios lo son tanto frente a centros públicos como privados.

Se trata de cinco enmiendas, las presentadas por este Grupo Parlamentario, de las que solo uno... una mereció la aceptación del Partido Socialista, al tratarse de una enmienda aceptada previamente por el Partido Popular y redactada en idénticos términos por... por ambos Grupos Parlamentarios.

(Concluyo, Señorías). Estamos ante un Proyecto de Ley innovador, que da cumplida respuesta a las nuevas exigencias derivadas de profundos cambios sociales, también en el modo de vivir e informar, que incorpora proyectos y sugerencias de colectivos sociales y profesionales muy representativos y que –estoy seguro- está llamado a ser un referente en el panorama legislativo sanitario español. Gracias. [Aplausos].


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA LUIS HERAS):

Gracias, señor Berzosa. Para un turno de réplica, tiene la palabra doña Victorina Alonso.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

Gracias, señora Vicepresidenta. Señoría, antes de pasar a responder a todas las cuestiones que usted ha planteado, me gustaría hablar de algunos olvidos de esta Ley, que no tuvieron cabida por el espacio, por el tiempo, en la primera parte. Me estoy refiriendo, en primer lugar, a la memoria económica. Ustedes saben que es un mandato legislativo que todos los proyectos de ley, todas las leyes que vengan al Parlamento, se acompañen de memoria económica. Bien. Pues no es el caso de esta Ley, no viene acompañada de memoria económica. Y cuando hemos leído los argumentos que se establecían para que... para que no contase con esta memoria -además, uno de estos escritos era de la Dirección General de Presupuestos y Fondos Comunitarios, que en un informe exponía que no disponen de ninguna... ningún argumento, de ningún informe escrito que contenga la valoración económica de la Ley-, pues nos ha sorprendido sobre todo el comprobar que los argumentos eran que esta Ley no iba a suponer ningún gasto. Esta Ley, la ley más importante de Sanidad, la ley que va a regular toda la estructura sanitaria en las próximas décadas, no va a suponer en su establecimiento, en todas las novedades que ustedes han dicho aquí que conlleva, no va a suponer ningún gasto.

Por ejemplo, la figura del Defensor del Usuario, esa figura que para ustedes es el no va más, un... una persona de... de reconocido prestigio, con cargo de Director General –así viene explicado en la Ley-, que, además, tiene que tener una sede y unos asesores. El cargo de Director General viene presupuestado –en la Junta lo han publicado ustedes- cuánto va a cobrar. Entonces, los socialistas nos preguntamos: este profesional de reconocido prestigio que va a hacer las funciones de Defensor de los Usuarios, ¿va a hacerlo de forma gratuita?, ¿va a trabajar defendiendo a todos los usuarios de Castilla y León sin cobrar nada?, ¿la sede también va a ser... se la van a ceder graciosamente para que la ocupe?, los asesores... porque, claro, el Defensor del Usuario tendrá que ir a recoger las quejas, tendrá que ir a recoger las denuncias, tendrá que reunirse con las asociaciones -pues, hablamos, me acuerdo ahora del problema que hubo en Ávila, el cáncer en Ávila, cuando todas las asociaciones y todos los familiares salieron a la calle porque tenían que trasladarse a Salamanca tres horas para recibir quimioterapia y no había ningún oncólogo; el Defensor del Usuario tendría que trasladarse a Ávila con sus asesores para recoger las quejas, tramitarlas y ver las soluciones-, ¿no va a... no se le va a pagar nada? Yo... No lo entendemos. Señor Consejero, queremos que nos explique cómo va a ser esta... cómo... cómo van a hacerlo ustedes, qué milagro han conseguido para que este profesional –si es que ustedes ya piensan en él- pueda desempeñar estas funciones de forma gratuita, de forma desinteresada.

Este es uno de los grandes olvidos, pero hay otro también gravísimo: la atención sociosanitaria, el mapa de atención sociosanitaria, que ustedes... a ustedes se les llena la boca con el mapa de atención sociosanitaria y con... con esta atención. Dicen, por ejemplo, que es... esta Ley lo contempla por primera vez, y no es cierto, en la Ley de mil novecientos noventa y tres ya venía recogido. Y es que, fíjese, además, hay un Plan Sociosanitario de mil novecientos noventa y ocho -hace doce años- en el que ya se decía: en mil novecientos noventa y ocho –el Plan es anterior- se elaborará el mapa sociosanitario; en mil novecientos noventa y ocho -este es uno de las... de los mandatos de ese Plan- se aprobará la normativa que regule la autorización de centros y servicios; en mil novecientos noventa y ocho se habrá elaborado un manual de acreditación de recursos sociosanitarios, se habrá establecido el contenido del sistema de información sociosanitaria. Es decir, que ustedes hablan de un Plan Sociosanitario en esta Ley, no destinan ningún recurso económico para ponerlo en marcha y, además, es un Plan Sociosanitario que ya venía contemplado en la Ley de mil novecientos noventa y tres y que, además, ya se había desarrollado y ya se está... estaba establecido cómo se iba a poner en marcha.

Otro gran olvido de esta Ley, un olvido a nuestro modo de ver muy grave, es que no han hablado ustedes para nada... y esto también tiene un coste, tampoco viene en la memoria económica, pero es que ni siquiera lo han... se han referido a... a ello, no... no en la memoria económica, en la propia Ley. Estamos hablando de un sistema de información compartido. Si ustedes dicen que es tan importante la atención sociosanitaria, es decir, que cuando un paciente va al hospital o va al centro de salud y tiene un problema social y un problema sanitario, pues porque se ha roto una cadera, tiene noventa años, va al hospital y, luego, cuando viene, tiene que tener resuelta la situación residencial porque no puede estar en su casa, por ejemplo. Cuando esta persona tiene este problema, la trabajadora social tiene que tener acceso, tiene que existir una forma, un recurso informático, que le permita, al menos, acceder a parte de ese historial. Y esto, en la vecina Castilla-La Mancha está funcionando desde hace años. No hace falta más que copiarlo. No es ninguna cosa rara ni una innovación. Hay un sistema informático que contempla ya la información de todo el sistema compartido social y sanitario, y ustedes ni siquiera hablan de él, pero, además, es que tampoco viene, lógicamente, establecido en la memoria económica.

Hablan de la autorización de centros y servicios, la normativa. Eso tampoco viene contemplado en la memoria económica, y eso también tiene un coste.

Y otra cosa, un olvido gravísimo, a nuestro modo de ver, en esta Ley también, es la participación de los profesionales en la gestión de los centros. Una participación que sí venía contemplada en la Ley de mil novecientos noventa y tres, y que nosotros presentamos una enmienda a esa participación, para que los profesionales sanitarios puedan... -porque tienen obligación, porque, además, así se va a conseguir una mejor sanidad, una mejor asistencia sanitaria- puedan participar en la gestión de todo el Sistema Sanitario. Bien, pues eso también lo olvida la Ley.

Y luego, quiero referirme también a una serie de falsedades que no porque ustedes las repitan van a ser verdad, y me estoy refiriendo a... por ejemplo, a que el voluntariado es también una novedad de esta Ley, que por primera vez se contempla; pero si es que la Ley del Voluntariado es del dos mil seis, y en el dos mil seis en esa ley ya se contemplaba que había un voluntariado que participaba en el Sistema Sanitario. No entendemos cómo pueden decir eso.

El señor Consejero ha dicho también que la atención sociosanitaria aparece por primera vez en el ordenamiento jurídico de la Comunidad Autónoma. Señor Consejero, que es que estaba en mil novecientos noventa y tres; no puede usted venir con ese argumento aquí porque es que no es verdad.

Otro argumento, también, otra falsedad, dice que es una novedad la investigación y la formación, y no es cierto. En la Ley de mil novecientos noventa y tres no solo venía resalta... reseñada, sino que venía especificada mucho mejor que en esta Ley que estamos debatiendo hoy.

Y después de... de estas consideraciones, voy a tratar de responder a todas las cosas que nos ha dicho el Portavoz, y también lo que ha comentado el Consejero. Otra vez ha sacado... nuevamente nos ha estado hablando del barómetro y de la Federación para la Defensa de la Sanidad Pública. Señor Consejero, le hemos dicho aquí, y no queremos... vamos a repetirlo, que se está... se valora, efectivamente, a los trabajadores que trabajan en el Sistema Sanitario Público y que esos reciben un notable. Pero no así la Consejería, no así si usted ve las listas de espera, lo que le hemos citado, el problema de oncología, el problema de los... de las zonas periféricas parece... es increíble que usted siga reiterando y siga manteniéndose en el error de considerar que un barómetro sanitario que le aprueba ya le exime de hacer... de mejorar el sistema y de mejorar esta ley, que es concretamente de lo que estamos hablando hoy.

Hoy el Grupo Parlamentario dice... viene a esta... a este Pleno diciendo que nos van a aprobar dos enmiendas más, y nos parece correcto, tendrían que haber aprobado todas las que faltan. Usted dice... usted dice que... que es una incongruencia el que nosotros hayamos puesto una enmienda a la totalidad y sesenta y siete enmiendas, pero no lo es, si usted lo piensa con detenimiento; porque la Enmienda a la Totalidad considerábamos que ustedes no la iban a aprobar, y, mínimamente, queríamos aportar, queríamos tratar de que esta Ley fuera un poco mejor. No lo hemos conseguido, porque usted, ustedes no han participado en el debate, no han permitido que ese debate se estableciera. Solamente hemos tenido dos ponencias, y en esas ponencias, Señorías, los... las dos personas que participaban del Grupo Popular se limitaban –y sentimos mucho decirlo- a sacar su cuaderno azul y a decir "esta no, esta no, esta no", sin permitirnos al Grupo Socialista, a las dos... a Elena Pérez y a quien les habla –que estábamos en esa Ponencia-, sin permitirnos ni tan siquiera exponer nuestras razones. Eso es así, y sentimos mucho decirlo, pero es la realidad. No ha habido ninguna posibilidad de que se debatan las enmiendas, y eso nos parece un desprecio a este Legislativo. Un grave desprecio, porque precisamente todas las leyes tienen que recibir y debatir las enmiendas que el Grupo de la Oposición, en este caso el Grupo Socialista, presenta.

Porque, además, quiero recordarles -aunque ya se lo hemos dicho allí- que nuestras enmiendas no eran solo nuestras; nos habíamos reunido con todas las asociaciones, como dicen ustedes que también han hecho. No consta, por cierto. Si leen los antecedentes de la Ley, es una de las cosas que le dice el CES y el Consultivo. Ustedes dicen que han mandado el proyecto de ley a todas las asociaciones, pero, aquí, alegaciones han puesto muy pocas. ¿Qué ha pasado? Y no consta el... los anteproyectos que han mandado no constan otra vez remitidos. A lo mejor es que se les olvidó, o a lo mejor es que no... les mandaron y ellos, bueno, pues no quisieron participar por lo que sea. Lo que sí podemos hablar es de cómo respondieron a nuestras iniciativas...


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA LUIS HERAS):

Señora Alonso, vaya concluyendo, por favor.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

... cómo respondieron a lo que nosotros presentamos, y de eso podemos decir que en ningún momento, en ningún momento, quisieron debatir, en ningún momento quisieron escuchar y en ningún momento asumieron que podíamos tener en algunas de esas iniciativas, al menos, parte de la razón.

Insiste usted, otra vez, en lo de atención primaria y atención hospitalaria, diciendo que es una cosa que no existe en ninguna parte. Bueno, pues esta Ley podía ponerlo en marcha. Pero no creemos que sea nada más que dar una entidad a los especialistas de Atención Primaria, y creemos que eso es importante.

Y ya finalizo (señora Vicepresidenta, finalizo ya) simplemente comentándole que... -lo ha dicho usted públicamente- que la atención sociosanitaria a usted le gusta mucho cómo la presenta y cómo la desarrolla el señor Lamata, el Consejero de la vecina Comunidad de Castilla-La Mancha. Bien, pues el señor Lamata, le ruego a usted que se lea...


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA LUIS HERAS):

Señora Alonso, le ruego concluya, por favor.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

... el Plan Sociosanitario de Castilla-La Mancha para ver cómo desarrolla la atención sociosanitaria y luego copiarla aquí, si es que es verdad que a usted le gusta.

Sentimos mucho... Desde luego, aceptamos esas dos enmiendas que ustedes... aceptamos que... nos parece bien...


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA LUIS HERAS):

Muchas gracias.


LA SEÑORA ALONSO FERNÁNDEZ:

... que ustedes las aceptan. Y sentimos muchísimo que esta Ley salga coja, que esta Ley no sea la ley de todos los castellanos y leoneses porque ustedes no han querido que así sea. [Aplausos].


LA VICEPRESIDENTA (SEÑORA LUIS HERAS):

Muchas gracias, señora Alonso. Para un turno de dúplica, tiene la palabra don Jesús Berzosa González.


EL SEÑOR BERZOSA GONZÁLEZ:

Gracias, señora Vicepresidenta. Claro que me gusta la atención sociosanitaria como la concibe el Consejero Lamata, pero más me gusta como la concibo... como la concebimos en nuestro Grupo Parlamentario (que no es muy distinta, por cierto, de la del señor Lamata). [Aplausos].

Señorías, el debate entre público y privado en sanidad es un debate que en la mayoría de los países del entorno europeo está ya en el pasado. En nuestro país aún permanece en la izquierda nostálgica, avanza posiciones hasta colocarse en primera línea de combate cuando esa izquierda está en la oposición, pero retrocede y se refugia en los cuarteles de invierno cuando está en el Gobierno.

Señores socialistas, deberían superar de una vez el falso debate sobre la falsa privatización de la sanidad y seguir el ejemplo de sus compañeros allí en las regiones donde gobiernan.

Pero miren, si de verdad quieren defender la sanidad pública hay que salvaguardar la dignidad de los profesionales y no castigar económicamente, como el Gobierno Socialista ha hecho, a quien mantiene la buena imagen de nuestro sistema público de salud. [Aplausos].

Esto es lo que realmente preocupa a los profesionales, y que puedan participar en la organización y gestión de los recursos que tienen asignados, así como su reconocimiento y motivación. Esto fue objeto de una enmienda que nosotros presentamos y que ustedes rechazaron. Pero miren, lo que no les preocupa para nada es si la Atención Primaria se llama hospitalaria o se sigue llamando especializada. Eso le puedo asegurar que no les preocupa para nada.

En ningún caso, la colaboración o complementariedad con la iniciativa privada pone en peligro el carácter público de la sanidad pública. Repito, por si no me han entendido bien: en ningún caso, la colaboración o complementariedad con la iniciativa privada pone en peligro el carácter público de la sanidad pública. Lo decía María Jesús Montero, Consejera de Sanidad de Andalucía, en una respuesta parlamentaria a Izquierda Unida, cuando esta la acusaba a la Consejera de privatizar la sanidad. Y la Consejera añadía: "Quien vea en ello un peligro para la sanidad pública hace juicios de valor interesados". Yo creo que sobra ya todo comentario.

Señorías, pretender denostar la figura del Defensor del Usuario dudando de su independencia por cuestión económica es un razonamiento erróneo y de circuito corto. Solo desde el sectarismo o desde la hemiplejia moral se puede dudar de la independencia del Defensor del Usuario, que ha de ser propuesto entre personas de reconocido prestigio en el ámbito sanitario o jurídico, salvo que ustedes quieran poner ejemplos de personas de su ámbito de influencia o poder, cuyos comportamientos y actitudes esas sí hacen dudar de su independencia.

¿Cómo pueden decir que el gasto que comporta -53.000 euros me parece que ha dicho, según ustedes- es un gasto innecesario cuando se trata de velar por la defensa y tutela de los derechos sanitarios de los usuarios? ¿Cómo pueden hablar de gasto cuando pretenden crear un órgano de igual naturaleza en el seno del Procurador del Común, por más que ahora se autoenmienden hablando de secciones específicas, o la creación de dos órganos autónomos, como el Servicios Asistencial de Salud y el de Salud Pública y Seguridad Alimentaria, que nos llevaría a un sistema sanitario excesivamente burocratizado y excesivamente costoso? ¿Acaso consideran, entonces, más justificados los 47 millones de euros gastados en la cartelería y propaganda del Plan E? Pues sepan que con ese dinero se podría pagar al Defensor del Usuario durante cerca de novecientos años.

Señorías, pocos textos legislativos en materia de ordenación sanitaria, por no decir ninguno, contienen tan amplia participación como la que se recoge en este Proyecto de Ley. El mérito de este Proyecto es el reforzamiento de la participación de los agentes sociales en los asuntos de la Gerencia Regional al crear un órgano de participación propio en la gestión de la misma, como foro de encuentro entre dichos agentes directivos y Corporaciones Locales.

Es posible que ni en este órgano ni en el Consejo Castellano y Leonés de Salud estén todos los que son, pero sí son todos los que están, y, entre ellos, las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito sanitario y los colectivos representativos del sector de la discapacidad, una enmienda del Partido Popular con la que ustedes no están de acuerdo. Así entienden ustedes la participación. Nosotros, en cambio, sí aceptamos una enmienda suya pidiendo la participación de los trabajadores en el marco de los principios rectores.

Otras asociaciones, como la de los profesionales o de vecinos -no confunda con la de los consumidores o usuarios, que están en el Consejo Castellano y Leonés de Salud-, están representadas en los consejos donde su participación pueda ser más eficaz, como en los Consejos de Salud de Área y Zona o en el Consejo Asesor Científico-Técnico, sin que, por otra parte, a priori, estén excluidos estos colectivos del Consejo Castellano y Leonés de Salud, cuya composición y funcionamiento, ya le decía anteriormente, se determinará reglamentariamente.

Han hablado ustedes de la construcción de los consultorios locales y de recortes a los Ayuntamientos. ¿Pero de qué recortes hablan? ¿De qué proyecto de ley? ¿Cómo pueden hablar de recortes los autores del mayor tijeretazo social, económico y de inversiones en infraestructuras infringidos a esta Comunidad en democracia? [Aplausos].

Miren, los Alcaldes de todo signo político conocen y saben de la responsabilidad de los municipios locales prevista en la Ley de Bases de Régimen Local, como conocen y saben que la Comunidad Autónoma colabora sustancialmente con importantes subvenciones para la construcción de consultorios locales, al igual que hacen otras Comunidades Autónomas, como Cantabria, Galicia o Andalucía, y está en sus leyes de ordenación. Pero ni conocen ni saben cuándo el Gobierno de Zapatero estará en condiciones de abordar la tan ansiada como necesitada financiación de las Administraciones Locales.

Señorías, si siempre es bueno una utilización del tiempo y el dinero cuando de asuntos públicos se trata, en las actuales circunstancias de crisis económica nos es exigible a todos una hiperestesia de responsabilidad en este sentido. El Proyecto de Ley, desde su entrada en las Cortes en el pasado mes de marzo, ha tenido dos debates en Pleno -este es el segundo-, uno en Comisión y dos reuniones de la Ponencia técnica. Se podrían haber celebrado quizá más reuniones de la Ponencia o haber realizado una tramitación parlamentaria más dilata en el tiempo, pero nadie mejor que ustedes saben que nada de ello era necesario, porque ni creen ni quieren este Proyecto de Ley.

Desde que se inició la tramitación parlamentaria ya tenían diseñado su escenario para el disenso: primero, con la presentación de una enmienda a la totalidad; después, con una enmienda parcial, que, a modo de claúsula de salvaguarda, solicita que, en caso de aprobarse la ley, la Junta debería remitir un proyecto en el plazo de seis meses. Producida la falta de acuerdo, como no podía ser de otro modo, siempre cabe la estrategia preconcebida de culparle al otro. Para ello han hecho uso de los típicos tópicos de la izquierda de siempre: la mayoría del Partido Popular impone su rodillo, el Partido Popular privatiza la sanidad. Todo ello demasiado burdo para no darse cuenta que el Partido Socialista lo que busca es la confrontación en sanidad. Este Proyecto de Ley para ustedes no ha sido más que una oportunidad para ello.

¿Cómo puede hablarse de rodillo cuando el porcentaje de enmiendas que hemos admitido –una de cada cinco- es el mismo que ustedes nos han admitido a nosotros? Pero, además, es un sarcasmo que hablen de rodillo quienes reiteradamente han venido rechazando cualquier tipo de pacto o acuerdo en sanidad. Por cierto, hablando de pactos, se nos ha acusado de seguir las instrucciones de la Consejería de Sanidad; pero es que nosotros defendemos aquello en lo que creemos, y nosotros creemos en este Proyecto de Ley. En cambio, ustedes defendieron en estas Cortes la necesidad de un pacto por la sanidad hasta aquella mañana de septiembre del dos mil ocho en la que el señor López les dijo "de pacto, nada". Es la diferencia entre unos y otros: unos defendemos creencias y otros conveniencias. [Aplausos].

Señorías, no se refugien en el burladero de la Ley 93 de Ordenación Sanitaria. Hablando de toros y leyes, a las cinco de la tarde, como decía García Lorca, no han sido capaces de presentar un proyecto alternativo. Una vez más aparecen como un partido sin proyectos y sin ideas en sanidad. Parados en el tiempo, se han convertido en algo así como el perro del hortelano, dedicados a lo de siempre: a torpedear cualquier proyecto sanitario que pueda ser beneficioso para los castellanos y leoneses, para los ciudadanos de esta Comunidad, para los ciudadanos de esta tierra. Gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias, señor Berzosa. Vamos a proceder a someter a votación. Por favor, Señorías, ocupen sus escaños. Señores ujieres, por favor, cierren las puertas. Gracias.

Votación Enmiendas PL 27

Sometemos a votación las enmiendas parciales del Grupo Parlamentario Socialista al Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León. En primer lugar, sometemos a votación las Enmiendas 12 y 54. Comienza la votación. Gracias.

Votos emitidos: ochenta. A favor: ochenta. Ninguno en contra. Ninguna abstención. Quedan, en consecuencia, aprobadas ambas enmiendas.

Votamos a continuación el resto de las enmiendas. Si Sus Señorías lo desean, digo cuáles son; si no, las que ya hemos debatido. Comienza la votación. Gracias.

Votos emitidos: ochenta. A favor: treinta y tres. En contra: cuarenta y cinco. Y dos abstenciones. En consecuencia, quedan rechazadas estas enmiendas parciales.

Votación PL 27

Y, finalmente, sometemos a votación el Proyecto de Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, los Artículos 1 al 78, Disposiciones Transitoria Primera y Segunda, Disposición Derogatoria Única, Disposiciones Finales Primera, Segunda y Tercera, Exposición de Motivos y Título del Proyecto de Ley, con las modificaciones introducidas por las enmiendas que han sido aprobadas anteriormente. Comienza la votación. Gracias.

Votos emitidos: ochenta. A favor: cuarenta y siete. En contra: treinta y tres. Ninguna abstención. En consecuencia, queda aprobada la Ley de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León. Gracias.

Ruego a la señora Secretaria proceda a dar lectura al segundo punto del Orden del Día.

PL 28


LA SECRETARIA (SEÑORA COLOMA PESQUERA):

Gracias, Presidente. Segundo punto del Orden del Día: "Debate y votación del Dictamen elaborado por la Comisión de Arquitectura y Vivienda en el Proyecto de Ley del Derecho a la Vivienda de la Comunidad de Castilla y León, Proyecto de Ley número 28".


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Gracias. Para la presentación del Proyecto de Ley, por parte de la Junta de Castilla y León, tiene la palabra el Consejero de Fomento, don Antonio Silván Rodríguez. Puede empezar.


EL CONSEJERO DE FOMENTO (SEÑOR SILVÁN RODRÍGUEZ):

Presidente. Me van a permitir dos palabras previas. Siempre y gracias, Santos.

Sometemos hoy a la aprobación de esta Cámara la Ley del Derecho a la Vivienda, que se convertirá en la primera ley de vivienda de Castilla y León. Una ley que tiene un destinatario claro: las personas y las familias de nuestra Comunidad Autónoma. Y una ley que tiene, ha tenido y seguirá teniendo un denominador común: el consenso, la participación y la aportación en su elaboración, en su tramitación, y espero, también, que en su aprobación.

Una ley social al servicio de las personas y de las familias de Castilla y León. Una ley social para dar respuesta a las necesidades de vivienda de los castellanos y leoneses, para hacer efectivo ese derecho constitucional, recogido en nuestro Artículo 47 de nuestra Constitución, de disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Un derecho de los ciudadanos que comporta también un deber y una obligación para los poderes públicos, para las Administraciones. Una obligación a los poderes públicos de adoptar las medidas necesarias que posibiliten el ejercicio real y efectivo de ese derecho.

En este sentido, el Gobierno Regional, con nuestro Presidente Herrera a la cabeza, asumió como compromiso de Legislatura la elaboración y la aprobación del Proyecto de Ley del Derecho a la Vivienda de Castilla y León. Proyecto de Ley, Señorías, que hoy debatimos, y hoy se aprobará ante estas Cortes, y que tiene el objetivo de establecer los mecanismos necesarios para hacer efectivo ese derecho a la vivienda.

Una ley, como decía antes, Señorías, que ha contado con un alto grado de consenso y participación en su elaboración: consenso y participación de los agentes económicos y sociales que se alcanzó con la aprobación de las bases de la ley por el Consejo del Diálogo Social; consenso y participación de las entidades y organizaciones públicas y privadas interesadas en el sector de la vivienda y de la edificación, a quienes se les dio a conocer y realizaron sus aportaciones enriquecedoras en el trámite de audiencia; y consenso y participación que se ha dado en su tramitación parlamentaria, durante el cual el texto presentado se ha visto enriquecido con las aportaciones de todos los Grupos Parlamentarios. Consenso y participación que también se mantendrá, y esa es nuestra intención, tanto en su desarrollo reglamentario como en la planificación que en materia de la vivienda se derive de la misma.

Esta ley será la primera Ley de Vivienda de Castilla y León, la gran norma de la Comunidad en materia de vivienda que, mediante un único texto normativo completo, coherente y sencillo, garantice la seguridad jurídica en el mercado inmobiliario.

Una ley que entendemos necesaria para actualizar y ordenar la legislación -es cierto, a veces antigua y dispersa-, facilitando a todos los agentes intervinientes en el mercado de la vivienda su conocimiento para su posterior aplicación. Una ley también necesaria para articular las competencias concurrentes entre el Estado, las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales. Y una ley necesaria para coordinar la normativa urbanística y la ordenación del territorio, entendiendo la vivienda no como un elemento aislado, sino como marco para el desarrollo de los proyectos personales y familiares, y, por tanto, incluyendo en ella, en su ámbito, las dotaciones, los servicios y los equipamientos necesarios.

Una ley que regulará, en definitiva, todos los aspectos relativos a la vivienda en Castilla y León, y que también pretende fijar los... los pilares básicos de un... del mercado inmobiliario, basado en la transparencia y en la agilidad, para que los promotores conozcan de antemano las reglas de esa política de vivienda, y también, y fundamentalmente, para que los compradores y los arrendatarios conozcan sus derechos a la hora de comprar y a la hora de alquilar una vivienda.

Una ley que establece un régimen legal propio para la vivienda protegida en nuestra Comunidad, recogiendo -y esta es una de sus novedades- en un texto único todos los aspectos de la vivienda protegida de Castilla y León, actualizados -eso sí- como consecuencia de la larga experiencia en la aplicación de esos textos normativos previos.

Y también, además de necesaria, una ley realista, que tiene en cuenta las circunstancias y los condicionantes territoriales de nuestra Comunidad Autónoma, y que presta especial atención a los espacios rurales, creando un tipo especial de vivienda protegida, la vivienda protegida en el entorno rural, y que otorga también en ese sentido un mayor protagonismo a las Entidades Locales para hacer efectiva su participación en todo lo que conlleva el desarrollo de la política de vivienda.

Ley necesaria, ley realista y ley flexible; con una vocación también de permanencia en el tiempo, pero también capaz de adaptarse a las circunstancias que determine el mercado inmobiliario en cada momento.

Una ley en que la planificación ha estado presente, que se basa en la coordinación de la oferta y de la demanda, respondiendo a las necesidades reales de los ciudadanos, y compatibilizando ese derecho a disfrutar de una vivienda digna con el uso racional y sostenible del suelo. Una ley que refuerza la protección de los ciudadanos, tanto en su condición de adquirientes como de arrendatarios, y tanto en el proceso de acceso como en el proceso de su posterior uso. Y una ley que refuerza la lucha contra el fraude, poniendo al día el catálogo de infracciones y sanciones en materia de vivienda, algo largamente demandado y que el rango de la norma que hoy aprobamos hace posible.

Una ley que también, Señorías, hace y establece los cauces de cooperación y colaboración con... de todos los agentes que intervienen en el mercado inmobiliario, conscientes de que una actuación coordinada y participativa garantiza la medida y la eficacia de las medidas que se desarrollan desde las distintas instituciones y desde las distintas Administraciones en la política de vivienda.

Una ley, en definitiva, la Ley del Derecho a la Vivienda de Castilla y León, la primera Ley de Vivienda de Castilla y León, que hoy van a aprobar estas Cortes, que, insisto, tienen el destinatario claro, las personas y las familias de Castilla y León; y ha tenido, tiene y queremos que siga teniendo el denominador común de la participación y del consenso. Muchas gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias, señor Consejero. Las Enmiendas número 2, 3, 4, 6, 8, 9, 14, 15, 21, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 34, 35, 37, 38, 40, 41, 43, 44 y 45 del Grupo Parlamentario Socialista se mantienen para su defensa en este Pleno. Para un turno a favor de todas estas enmiendas, tienen la palabra el Procurador don Alfredo Villaverde Gutiérrez. Puede empezar.


EL SEÑOR VILLAVERDE GUTIÉRREZ:

Gracias, señor Presidente. Señorías, buenas tardes. Cuarenta y cinco han sido las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista a este Proyecto de Ley del Derecho a la Vivienda en Castilla y León, enmiendas realizadas bajo la consideración de la importancia que tiene este Proyecto de Ley desde las perspectivas tanto sociales como económicas y políticas. No debemos olvidar -como bien ha dicho el señor Consejero-: esta es la primera vez que en nuestra Comunidad se regula el derecho a la vivienda como un derecho social para el conjunto de la ciudadanía de Castilla y León.

Nos encontramos ante un Proyecto de Ley que debe abogar por un cambio en la política de vivienda y suelo. Este Proyecto debe establecer los mecanismos e instrumentos de planificación y control que limiten la especulación urbanística hasta ahora existente, adaptando dichas políticas a las necesidades reales de los ciudadanos y ciudadanas de nuestra Comunidad, proporcionando mayor transparencia y control en la gestión de las políticas de vivienda.

Nuestras propuestas han estado dirigidas a establecer un marco normativo mediante un modelo consensuado que permita la planificación y gestión de las políticas de cohesión y bienestar social, orientadas a la generación de empleo y riqueza de nuestra Comunidad.

Y es que uno de los objetivos que esta ley debe conseguir es la reactivación del sector de la construcción residencial, teniendo en cuenta no solo su incidencia en la economía comunitaria, sino también en su capacidad de generar empleo, ya que no podemos olvidar que la vivienda es un bien que moviliza cuantiosos recursos con clara influencia en múltiples sectores del marco productivo de nuestra economía. No obstante, no debemos perder de vista el objetivo básico que debe perseguir la presente ley, que es garantizar el acceso real y efectivo a una vivienda digna y adecuada a la ciudadanía de nuestra Comunidad, con especial atención a los colectivos más desfavorecidos, porque la política de vivienda y suelo constituye uno de los ejes prioritarios a la hora de garantizar la cohesión social, estableciéndose como elemento básico si queremos mejorar la calidad de nuestras ciudades a través de un crecimiento sano y ordenado de las mismas.

Por ello, nuestra apuesta por la cooperación y coordinación entre las distintas Administraciones, con especial incidencia entre las Administraciones Autonómicas y las Entidades Locales, donde, reconociendo las distintas obligaciones de cada una de ellas, se deben respetar los principios de subsidiariedad y de autonomía municipal que le corresponde.

Señorías, somos conscientes de la complejidad e importancia de los problemas que se han de afrontar, de ahí la necesidad de una conjunción de esfuerzos entre todos los agentes que han de intervenir en la solución. Para ello, el Grupo Parlamentario Socialista, como apunté al inicio de mi intervención, presentó cuarenta y cinco enmiendas encaminadas a mejorar o complementar el articulado de esta ley. Como consecuencia del debate, tanto en la Ponencia como en la Comisión, han quedado veintiocho para ser tratadas en este Plenario, donde voy a pasar a exponerlas a continuación.

Las Enmiendas 2 y 3, relativas a la planificación, pretenden resaltar el carácter del Plan Regional del... para el Plan de Vivienda de Castilla y León como un instrumento de ordenación territorial. Es cierto que la ley podría desarrollarse, con una clara materialidad, como un instrumento regional de planes y proyectos -tal como ya ha operado con clara oportunidad en diferentes actuaciones, como han sido los parados-, si bien esta clara e interesante interrelación entre política y legislación y ordenación territorial y planeamiento urbanístico ha sido la gran desaparecida de los últimos planes y programas de vivienda por ustedes presentados.

Las Enmiendas 4 y 6 están íntimamente ligadas y relacionadas con la Enmienda 44 a la Disposición Derogatoria del Proyecto de Ley. Nuestro Grupo se opone a la derogación del Artículo 129 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León. Con ello se consigue eliminar una clara competencia municipal; la Ley debería establecer un programa de distribución de mínimos en cuanto a vivienda protegida y desde el ámbito municipal, y esa debe ser la escala, será donde se regule con precisión, habiendo analizado con anterioridad la necesidad específica de las mismas en base al modelo de planeamiento generalmente adoptado, así como la distribución detallada de las mismas, salvo que se pretenda patrimonializar de alguna manera los aprovechamientos excedentarios municipales, a fin de generar patrimonios públicos regionales con una estrategia claramente encubierta en este nuevo planeamiento.

Ustedes pretenden aglutinar los planes del suelo y de la vivienda en un único plan que englobe a ambos, resultando de este modo una regulación más uniforme y homogénea; quizás más uniforme y homogénea sí, pero se seguirá haciendo poca vivienda protegida y, más aún, donde no es necesaria, relegando la vivienda protegida a zonas periféricas, al ámbito rural, a zonas degradadas y a aquellos ámbitos que no rivalicen con la vivienda libre.

Respecto al Capítulo I del Título II, relativo a la calidad de las viviendas, mantenemos las Enmiendas 8 y 9. Nuestro Grupo entiende que la elaboración de esta Ley del Derecho a la Vivienda se refiere a la vivienda en términos genéricos y no exclusivamente a una ley de vivienda para las viviendas de protección.

Con la Enmienda número 8 pretendemos que la normativa contenga una serie de mínimos sin distingo alguno de las viviendas libres con respecto a las viviendas de protección, ya que la vivienda como concepto material, no entiende de categorías, y, por tanto, debe ser una política de mínimos para ambas la que regule los estándares que debe cumplir.

La Enmienda número 9, correspondiente al Artículo 17, pretende completar la regulación al objeto de que los beneficiarios de la expropiación sean las comunidades de propietarios, con el fin de desbloquear situaciones de conflicto en cuanto a facilitar la accesibilidad en los edificios a través de la adaptación de los mismos.

Al Título III del Proyecto de Ley, dedicado a la protección de los adquirientes y arrendatarios de viviendas, nuestro Grupo ha presentado las Enmiendas 14, 15, 21, 23, 24 y 25.

La Enmienda número 14, referida al Artículo 23, propone que en la publicidad que se mantenga con respecto a la oferta de viviendas se reseñe el planeamiento urbanístico y la fecha del Diario Oficial de su publicación, ya que el producto de inversión más costoso al que los ciudadanos optan, ahora como un derecho, no tiene una política de marcado etiquetado con la suficiente claridad, eficiencia y transparencia que precisa su regulación. Por tanto, nunca resultaría excesiva cualquier información adicional que se haga sobre las características de una vivienda.

En la Enmienda número 15, referida al Artículo 27, pedimos que se elimine el párrafo "o de su solicitud si no se hubiera otorgado aún" por entender que la licencia de primera ocupación debe estar concedida sin que pueda servir la mera solicitud de la misma.

Con respecto a la Enmienda número 21, referida al Artículo 33, proponemos la adición de un nuevo párrafo que dicte lo siguiente: "En el momento de formalizar las cantidades anticipadas, el promotor identificará ante el adquirente el respectivo aval o seguro de caución al que se refiere el apartado 1". Creemos que con esto se incrementan las garantías hacia los ciudadanos.

La Enmienda 23, referida al... al Capítulo V, se propone la... la supresión de dicho Capítulo, en clara referencia al depósito de las fianzas en los contratos de arrendamiento y de suministro de servicios que afecten a fincas urbanas. Creemos que el arrendamiento es una relación de carácter privado y no tiene sentido esta intervención por parte de la Administración.

Respecto a la Enmienda número 24, referida al Artículo 38, proponemos la supresión del inciso "o bien en virtud del correspondiente convenio con las Cámaras de Propiedad Urbana u otras entidades análogas", entendiendo que el depósito de las fianzas solo puede realizarse en entes públicos y las Cámaras de Propiedad son asociaciones de carácter privado.

La Enmienda número 25 propone la incorporación de un tercer párrafo al objeto de establecer de forma más equilibrada una regulación referida a la devolución de los depósitos.

Con respecto a la Enmienda 26, referida al Artículo 46, aquí seguimos manteniendo el debate que tuvimos dentro de la propia ponencia. Nuestro Grupo aboga por promociones completas y, por tanto, proponemos una modificación del apartado 2 de dicho Artículo. Desde nuestro punto de vista, la lógica constructiva y de promoción inmobiliaria facilita la promoción completa de edificaciones y dificulta la gestión de las mismas, al menos en sus aspectos... normativos y... y especialmente en relación a la no aceptación de la Enmienda 8, donde se generaría un crisol de normativas de compleja resolución entre la vivienda libre y protegida.

Con respecto a la Enmienda 27, la modificación que se propone es que los alojamientos protegidos siempre deben realizarse sobre los suelos públicos, por entender que el esfuerzo inversor, ya venga desde la gestión del suelo, su promoción o construcción, o mediante políticas de subsidiación y subvención como son los alquileres y ayudas directas, debe mantener esta categoría de protección en el ámbito de lo público. Otra cuestión sería el ámbito de la gestión privada de los mismos, pero siempre manteniendo la titularidad pública del suelo.

Respecto a la Enmienda número 28, al Artículo 48, en su apartado 2, proponemos una nueva redacción mediante la... la supresión del párrafo "o titularidad de dichos alojamientos" por entenderlo como inadecuado.

Con respecto a la Enmienda número 29, también del Artículo 48, seguimos manteniendo la necesidad de que los suelos tengan la titularidad pública. Dicha acción se justifica desde una... desde una evidente protección del interés público, como ya se ha indicado, ya que dichas actuaciones van a ser objeto del esfuerzo público. Dichos alojamientos –entendemos- deberían materializarse siempre sobre suelos públicos, incluso equipamientos, entendiendo la necesidad social de dichos equipamientos tal y como operan en otras Comunidades Autónomas.

Pasamos a la Enmienda número 31, referida al Artículo 53, donde se propone una supresión del apartado 3 del Artículo 53, insistiendo sobre lo que anteriormente nos referimos de unidades completas.

La Enmienda número 32, referida al Artículo 53, solicitamos añadir un nuevo texto al párrafo primero del actual apartado con el objetivo de establecer mayores garantías para los ciudadanos.

La Enmienda número 34, referida al Artículo 58, tiene como objeto ampliar el ámbito de la promoción directa, ya que la promoción directa es la gran desaparecida en las... de las políticas de vivienda, reduciéndose a actuaciones mínimas, frecuentemente en lugares donde no es necesaria, porque lo... por lo que proponemos que se potencie este tipo de actuaciones protegidas, ya que deberían ser la espina dorsal de la política de vivienda. En la actualidad se relega al sector privado las actuaciones de vivienda protegida vía regulación urbanística, asumiendo dicho sector la misma como una carga.

El objetivo de la Enmienda número 35 pretende, con la formalización de los... contratos de compra y venta ante funcionario público, con un... un único objetivo: dotar a los mismos de una mayor transparencia y mejores garantías para los ciudadanos. Por ello, del mismo modo que hicimos en la Comisión, proponemos, si es posible, una transaccional, donde debería formalizarse por escrito añadir "ante funcionario público y con los requisitos que reglamentariamente se establezcan".

La Enmienda 37 pretende sustituir en el apartado 2 del Artículo 75, referido al derecho de retracto "en el plazo de un mes" por "en el plazo de treinta días", al objeto de que dicho periodo coincida con el plazo de liquidación del impuesto de transmisiones.

La Enmienda número 38 propone la supresión del Artículo 90, referido a la colaboración con el Consejo General de Cámaras de la Propiedad Urbana de Castilla y León, por entender que las mismas son asociaciones privadas que defienden unos intereses parciales.

La Enmienda número 40, referida al Artículo 102, propone una nueva redacción para el apartado g) de dicho artículo, al encuadrarse en el apartado de infracciones muy graves con la misma. Se pretende contemplar posibles supuestos de terceros de buena fe.

La Enmienda 41, también referida al Artículo 102, propone la supresión del Artículo g), en consonancia con la supresión de los depósitos.

La número 43, al Artículo 103, se propone la adición de un nuevo apartado, en coherencia con otras enmiendas, donde se pretende la formalización de los contratos se realice ante funcionario público.

La Enmienda número 44, al artículo: Disposición Derogatoria, se propone no suprimir el... el Artículo 129 de la Ley 5/99, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León. A este respecto ya nos hemos referido con anterioridad, entendiendo que no deben limitarse los mismos a ser programas de suelo, a actuaciones mucho más amplias.

Y la Enmienda 45, y última, referida a la Disposición Final Tercera, se propone que en el plazo de un año desde la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, la Junta de Castilla y León deberá aprobar el Decreto por el que se regulan las normas de diseño y habitabilidad de las viviendas en Castilla y León. Creemos que debe... nuevamente afectar a todas las viviendas y no solamente a las viviendas de protección.

Señorías, estamos convencidos que las enmiendas expuestas son absolutamente necesarias y perfectamente asumibles por el Grupo Popular. Por tanto, solicitamos de nuevo a dicho Grupo un mínimo esfuerzo a la hora de reconsiderar la aprobación de las mismas. Con ello lograríamos el consenso que espera la ciudadanía de Castilla y León para tan esperada ley.

De momento nada más y muchas gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias. Para un turno en contra de dichas enmiendas, tiene la palabra el Procurador del Grupo Parlamentario Popular don Juan Ramón Represa Fernández.


EL SEÑOR REPRESA FERNÁNDEZ:

Muchas gracias, señor Presidente. Buenas tardes, Señorías. Quiero comenzar felicitando de una manera expresa al señor Consejero de Fomento, al Director General de Arquitectura y Vivienda y a todo su equipo por este proyecto de ley que nos han presentado ante esta Cámara, para su aprobación por la misma.

La Ley del Derecho a la Vivienda de Castilla y León es otro ejemplo más del grado de cumplimiento del programa de gobierno con el que el Partido Popular se presentó a las elecciones autonómicas en el año dos mil siete, encabezado por nuestro Presidente, Juan Vicente Herrera, y que recibió el respaldo de la mayoría de los castellanos y leoneses.

Esta ley, junto con la que complementa, de Medidas de Urbanismo y Suelo, son las bases fundamentales de la Consejería de Fomento en materia de vivienda y en materia de suelo. Consta de una exposición de motivos, ciento ocho artículos, dos disposiciones adicionales, seis transitorias, una derogatoria y seis disposiciones finales. Espero y confío en que se apruebe con el voto favorable de todos los Grupos Políticos, teniendo en cuenta que viene avalada por el consenso y el diálogo social de los agentes implicados en el sector, y porque la unanimidad sería buena para la propia ley desde un punto de vista de la perdurabilidad de la misma, y redundaría positivamente en todos los ciudadanos castellanos y leoneses, sin perjuicio de su adaptación a situaciones venideras.

Esta ley, sin duda, va a suponer un avance muy importante en la consagración práctica del derecho constitucional a disfrutar de una vivienda –y adecuada-, y, además, se da la herramienta legal necesaria que ofrezca ayudas al sector de la construcción para salir de la crisis en que se encuentra; sector que, en definitiva, es uno de los motores de nuestra economía y de creación de puestos de trabajo.

El Artículo 16 de nuestro Estatuto de Autonomía, dedicado a los principios rectores de las políticas públicas, establece que los poderes públicos de Castilla y León deben promover y adoptar las medidas necesarias para que, en condiciones de igualdad de todos los castellanos y leoneses, se pueda acceder a una vivienda digna mediante la generación de suelo y la promoción de vivienda pública y protegida, con especial atención a los grupos sociales en desventaja. Y estas han sido las miras de los Procuradores del Partido Popular cuando acudimos a la Ponencia. Lo hicimos con el mejor de los ánimos de entendimiento, y con la mejor disposición negociadora, pero sin abandonar lo que creemos fundamental e importante sobre el espíritu y los contenidos de la ley.

Ha sido para mí un gran honor y una satisfacción haber trabajado en esta ley junto con la compañera Cristina Ayala -muchas gracias- y con los compañeros socialistas Alfredo Villaverde y Ángel Velasco; y quiero agradecerles la dedicación al proyecto y el trabajo serio, riguroso y responsable desarrollado en la Ponencia; y también gracias al señor... al Letrado, señor Arroyo, por sus valiosas aportaciones y sugerencias, todo ello para introducir mejoras en la ley.

Ha habido muchos puntos de encuentro, y algunos también de desencuentro. Presentaron ustedes cuarenta y cinco enmiendas, de las que se han aceptado cuatro, se han transaccionado ocho y han retirado ustedes otras cinco.

Si nos centramos en las enmiendas que han mantenido vivas para este Pleno, y que ya fueron rechazadas en Comisión, le diré, señor Villaverde, que nada nuevo nos han aportado ahora; nada nuevo nos han dicho desde aquella Comisión celebrada en el mes de julio hasta ahora; no le he oído nada nuevo que fundamente el sostenimiento de las enmiendas.

Yo creo que hay dos puntos de desencuentro, que forman el grueso del debate, que son, por un lado, las enmiendas que se refieren a la derogación del Artículo 129 de la Ley 5/99, de Urbanismo de Castilla y León, y las que se refieren a las Cámaras de la Propiedad Urbana.

Miren, la derogación del Artículo 129 de la citada ley, titulado "Programas municipales de suelo", no supone ninguna derogación sin más; es decir, no se hace desaparecer ese artículo sin más, no se deroga por derogar, ustedes lo saben perfectamente. Lo que hacemos es que los planes municipales, los programas municipales de suelo, los contenidos de esos programas y la tramitación y aprobación de los mismos se van a ver unidos, van a pasar a regularse dentro de la Ley del Derecho a la Vivienda junto con los planes municipales de vivienda; de manera que la regulación en esta ley quede completa, y así evitamos la dispersión, tan incómoda y, al mismo tiempo, tan criticada. En definitiva, regulamos en la Ley del Derecho a la Vivienda los planes municipales de vivienda y suelo, los contenidos de esos planes y la tramitación y aprobación de los mismos, sin restar un ápice de importancia y de trascendencia al protagonismo de los Ayuntamientos ni a sus competencias municipales.

¿Qué justificación argumentan ustedes para el mantenimiento de estas enmiendas? Dicen literalmente que la política de vivienda no puede desgajarse de la política de suelo. Y yo le decía en la Ponencia, le decíamos en la Ponencia, y le decía también en la Comisión, y le mantengo ahora y le repito en el Pleno que estamos tan de acuerdo con ustedes en que no debe de desgajarse, en que mantenemos y pensamos que debe ser un solo plan, que es lo que proponemos: planes municipales de vivienda y suelo. Y que su tramitación y aprobación se ajuste, como no puede ser de otra manera, a la legislación básica de régimen local. Además de evitar la dispersión aglutinando los planes de suelo y los de vivienda en un único plan que englobe ambos, conseguiremos una regulación más homogénea y uniforme.

El otro punto importante de desencuentro es el que afecta a los depósitos de las fianzas de los contratos de arrendamiento y suministros que afectan a fincas urbanas y, por extensión, al papel que desempeñan las Cámaras de la Propiedad Urbana. Aquí quiero hacerles varias observaciones, destacando lo que yo creo que es, o bien una obsesión suya, del Grupo Socialista, para que desaparezcan las Cámaras de la Propiedad Urbana, o bien el desconocimiento de la legislación vigente, o, tal vez, las dos cosas. Porque parece que no saben que existen dos leyes, están en plena vigencia, que son la Ley 2/1999, de diecinueve de febrero, reguladora del depósito del importe de las fianzas de este tipo de contratos, y la Ley 5/2006, de dieciséis de junio, de Cámaras de la Propiedad Urbana de Castilla y León, que establece el deber de los arrendadores de fincas urbanas sujetas a la LAU, a la Ley de Arrendamientos Urbanos, de depositar el importe de las fianzas a disposición de la Administración Autónoma, y ese depósito le pueden hacer, o bien directamente en las oficinas de la Administración, o bien en las Cámaras de la Propiedad Urbana; en definitiva, es una opción.

Entre las funciones que desarrollan las Cámaras, según el Artículo 11 de la Ley que las regula, está la de colaborar con la Administración en el registro, depósito y gestión de fianzas en arrendamientos de fincas urbanas, además de que entre los fines de estas entidades está el de colaborar con la Administración en las políticas de vivienda de la Comunidad. Y todo ello está también previsto y amparado por la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos del año mil novecientos noventa y cuatro.

Este, Señorías, es el contexto legal; pero es que, además, parece que tiene bastante sentido establecer lazos de colaboración, establecer vínculos con estas asociaciones que persiguen un interés social.

Ahora, de manera concisa, voy a analizar con brevedad algunas del resto de las enmiendas vivas que afectan a cuestiones más puntuales.

Hay dos enmiendas que atañen a las exigencias técnicas de las viviendas, y ustedes dicen que habría que establecer unos mínimos para las viviendas libres, pero parecen desconocer que hay una normativa estatal, que es el Código Técnico de la Edificación, que afecta a todas, y, por ello, es de obligado cumplimiento.

Con la Enmienda número 9, es una enmienda interesante, pretenden que los beneficiarios de una expropiación tendente a la realización de obras para suprimir barreras arquitectónicas sean las comunidades de propietarios en lugar de las personas con discapacidad. Y eso, que ya lo debatimos ampliamente en la Ponencia, es un error entiendo que de abultado tamaño. Porque, si fueran las comunidades de propietarios las beneficiarias, se daría frecuentemente la situación de que una persona con discapacidad podría no ver nunca satisfechas sus necesidades de accesibilidad porque la Ley de Propiedad Horizontal exige unos mínimos, unas mayorías de propietarios y unas mayorías de cuotas. Nosotros mantenemos, para garantía del afectado, que sea él el beneficiario y que sea él, y no la comunidad de propietarios, quien tenga que justificar la necesidad de las obras de adecuación y así evitar esas mayorías que no siempre se consiguen.

Otras enmiendas se refieren a la protección de los adquirentes y arrendatarios de viviendas. No nos parece adecuado que en la publicidad de una vivienda sea obligatorio expresar el planeamiento urbanístico y el Diario Oficial en el que se haya publicado: por un lado, nos parece excesivo, porque estamos hablando de un mero anuncio publicitario; y, por otro lado, nos parece innecesario, porque esos datos no legitiman en modo alguno la construcción de las viviendas, ni tampoco proporcionan una información sustancial de las mismas.

Hay otra serie de enmiendas que afectan al régimen de protección pública. Unos breves comentarios. Ustedes, que dicen ser tan sociales, están manteniendo la enmienda, desde nuestro punto de vista, más antisocial que se pueda ver. Y es que quieren que no existan dentro de una misma promoción de vivienda unas libres y otras protegidas. Si se aceptara lo que ustedes proponen, estaríamos impidiendo aumentar el parque de viviendas de protección pública.

Mire, la calificación de viviendas sueltas es habitual; con ello se aumenta el número de viviendas protegidas para facilitar el acceso a ellas, y, además, está contemplado en el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. Por eso les digo que es una de las enmiendas que, además de ser antisocial, no tiene justificación y es una contradicción.

En cuanto al plazo de presentación de las escrituras de compraventa de segundas y posteriores transmisiones de vivienda de protección pública, a los efectos del ejercicio de la acción de retracto, ustedes proponen que se compute por días hábiles; nosotros entendemos que es mucho más fácil para el administrado, porque es mucho más fácil el cómputo, que sea por meses; que, en lugar de ser treinta días hábiles, tengan ustedes en cuenta las fiestas locales, las fiestas regionales, las fiestas nacionales, etcétera, etcétera. Es mucho más sencillo el cómputo por meses que no por días hábiles.

Voy concluyendo, y quiero decirles que entendemos que es una buena ley. Es una ley, también, pionera de las características de la que debatimos, que, además de reforzar el derecho constitucional a disfrutar una vivienda digna y adecuada, con apoyo a los más necesitados, que, en definitiva, es lo fundamental, va a regular aspectos tan importantes como el Plan de Vivienda de Castilla y León, la calidad de las viviendas y los edificios, el Libro del Edificio, la Inspección Técnica de los Edificios, los derechos de los adquirentes y arrendatarios, el régimen de protección pública y el régimen sancionador, entre otros. Considerándola una ley absolutamente necesaria, como ha dicho el señor Consejero, oportuna, y yo diría que, además, urgente, dadas las circunstancias actuales de la economía, sentando, también, las bases para que una familia castellano y leonesa no dedique más de una tercera parte de sus ingresos a la adquisición de una vivienda. Y lo hace de tal manera que el acceso a una vivienda no signifique el deterioro de su calidad de vida, de tal forma que el esfuerzo económico que hagan para la compra de una vivienda protegida no impida su desarrollo social, económico o familiar, como indica, como dice la Exposición de Motivos de la Ley.

Y le digo, señor Villaverde y al Grupo Socialista, que es una Ley urgente y necesaria porque el Gobierno de España, Gobierno de España, está haciendo todo lo posible y se está empeñando en poner todas las trabas que puede para impedir a los ciudadanos que se compren una vivienda: suben los impuestos y eliminan las ayudas y las desgravaciones fiscales. Esto es lo más parecido a una prohibición de comprar una vivienda, siendo, como es, además, un derecho constitucional básico, por lo menos así lo entendemos y lo creemos en el Partido Popular.

Termino ya, señor Presidente, diciendo que es un texto legal que regula muy satisfactoriamente el sector, con normas que abarcan todos los aspectos relacionados con la vivienda, y lo hace de una manera completa, eminentemente sencilla y bien estructurada. Muchas gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias. Para un turno de réplica, tiene de nuevo la palabra don Alfredo Villaverde Gutiérrez. Puede empezar.


EL SEÑOR VILLAVERDE GUTIÉRREZ:

Gracias de nuevo, señor Presidente. Bien, Señorías, de forma breve, ya que en ocasiones la brevedad puede resultar incluso una virtud. Señor Represa, explíqueme usted de dónde viene la renta de emancipación, de dónde vienen la mayoría de las ayudas que esta Comunidad ofrece a sus ciudadanos en materia de vivienda: del Gobierno de España. Del Gobierno de España, ¿de dónde van a venir? [Aplausos]. De los 240 euros que ustedes ofrecen, 210 -en renta de emancipación- son del Gobierno de España. O sea, mire usted qué porcentaje.

Pero bueno, en definitiva, poco más que añadir a este debate porque yo creo que ya las posiciones están perfectamente definidas. No nos queda más que lamentar, de nuevo, la intransigencia del Grupo Parlamentario Popular. Con esto se evita que exista un amplio acuerdo, que era lo que se proponía, y que anteriormente aludía, para la aprobación de esta Ley.

Es cierto que esta Ley no es la ley del Partido Socialista, no es la que hubiese elaborado este Grupo Parlamentario, y que su articulado nos parece demasiado extenso y farragoso, convirtiéndose en un compendio legislativo, a nuestro juicio, innecesario. En síntesis, la Ley cumple fundamentalmente una función compiladora de la dispersa legislación que en materia de vivienda protegida existe, que poco o nada añade a la regulación vigente, al tiempo que prácticamente excluye de su ámbito de aplicación la regulación del derecho a la vivienda no sometida a ningún régimen de protección.

No obstante, las aportaciones presentadas por nuestro Grupo siempre han estado orientadas a lograr una regulación real y efectiva del derecho a la vivienda a favor de los ciudadanos y ciudadanas de Castilla y León, haciendo efectivo este derecho mediante la exigencia a los poderes públicos del cumplimiento de las obligaciones que les vienen impuestas por nuestra norma constitucional y estatutaria.

Hemos partido de la premisa indiscutible de que el disfrute a una vivienda digna y adecuada es un elemento esencial para el desarrollo integral de la vida de las personas, así como para su proyección familiar, social y laboral. Por tanto, la aprobación de esta Ley consagrará el derecho de los ciudadanos castellanos y leoneses al disfrute de una vivienda digna y adecuada. De ahí la exigencia de cooperación entre las distintas Administraciones Públicas para el cumplimiento de sus deberes de promoción y remoción de obstáculos, haciendo de este modo posible la realidad del derecho a la vivienda.

Por ello, nuestro Grupo considera que la aprobación de esta Ley reforzará el esfuerzo realizado por el Gobierno de España para el desarrollo del Plan Estatal de Vivienda 2009-2012. Un Plan Estatal donde las Comunidades Autónomas son imprescindibles en el desarrollo de la política de vivienda del Gobierno, dadas las competencias que ostentan en dicha materia. Por tanto, la Ley del Derecho a la Vivienda nos parece el marco idóneo para materializar las líneas generales del Plan Estatal, en colaboración con los Ayuntamientos, con los principales agentes económicos, sociales, colegios profesionales y asociaciones de diversos ámbitos.

En conclusión, para nuestro Grupo es de vital importancia la existencia de una Ley del Derecho a la Vivienda en Castilla y León. Y con independencia del voto que emita el Grupo Parlamentario Popular a las enmiendas debatidas, anunciamos nuestro voto favorable a este Proyecto de Ley. Muchas gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias. Para un turno de dúplica, de nuevo tiene la palabra don Juan Ramón Represa Fernández.


EL SEÑOR REPRESA FERNÁNDEZ:

Gracias nuevamente, señor Presidente. Señor Villaverde, solo me ha hablado usted de la renta de emancipación que, pues mire, por una mala planificación del Ministerio, van a tener que devolver una cantidad importante de jóvenes.

Bien, dicho esto, quiero hacer una brevísima referencia a las enmiendas que hemos presentado desde el Grupo Parlamentario Popular, que han sido siete, de las cuales seis han sido aceptadas por unanimidad en la Ponencia, y la otra, la séptima, ha sido transaccionada con una, en similar sentido, del Partido Socialista. Estas enmiendas van a significar, por un lado, más garantías y beneficios a los castellanos y leoneses, a los adquirentes y arrendatarios de viviendas, y por otro -y creo que es importante-, se van a evitar fraudes sirviendo la propia vivienda protegida como garantía para que las ayudas y subvenciones concedidas por la Junta de Castilla y León para la adquisición de este tipo de viviendas sean devueltas en caso de posteriores transmisiones sin respetar los plazos.

Dicho esto, yo agradezco al Partido Socialista su posicionamiento responsable y coherente ante este Proyecto de Ley, que, desde nuestro punto de vista, es un buen proyecto de ley, y es un buen proyecto de ley comprometido con lo ciudadanos, pero sobre todo con los más necesitados.

Es un acierto del Grupo Socialista dar su apoyo a esta Ley, que es una ley pionera de estas características, es moderna, social, garante de los derechos de los ciudadanos, protectora de los mismos y, muy importante también, impulsora del sector de la construcción.

En definitiva, este va a ser el marco legal en el que se van a seguir desarrollando... desarrollando las políticas de la Junta de Castilla y León en materia de vivienda y suelo. Esas políticas que vienen cumpliendo sobradamente los objetivos fijados por los distintos planes estatales de vivienda, más de diez puntos por encima de la media nacional. Y por ello la Junta recibe periódicamente, y de manera continuada, reconocimientos públicos por parte del Ministerio. Pero es una pena que ese alto grado de cumplimiento se vaya a ver en algún modo, de alguna manera, penalizado.

Nosotros, desde el Partido Popular, apoyamos y aplaudimos a la Junta de Castilla y León el anuncio hecho por el señor Consejero de Fomento de mantener en unos casos y aumentar en otros las ayudas para la compra y el alquiler, los beneficios fiscales, los convenios firmados con los bancos y las cajas para la concesión de préstamos hipotecarios y los planes de urbanización de suelo para la construcción de viviendas protegidas, encaminadas a dar satisfacción de vivienda a los más necesitados, a las familias con menos ingresos, a los sectores en desventaja, a personas con algún tipo de discapacidad, también a víctimas de violencia de género y a los jóvenes.

Pero creo que va a haber una diferencia sustancial -y permítanme la crítica-, va a haber una diferencia sustancial de aquí en adelante, y es que, hasta ahora, algo -aunque poco- ponía el -yo también entiendo que poco útil- Ministerio de Vivienda. Pero, a partir de ahora, lo va a tener que hacer sola la Junta de Castilla y León, porque el Ministerio ya ha suprimido -porque lo ha anunciado la señora Ministra hace escasas fechas- los recursos destinados al Plan Estatal de Vivienda. Se han cargado de un plumazo las ayudas directas a la compra o adquisición de vivienda y las subvenciones para la adquisición y urbanización de suelo, y, por ello, se van a ver perjudicadas seriamente varios cientos de familias castellanos y leonesas. Esos recortes entiendo que además van a suponer un duro golpe al sector inmobiliario, imprescindible para reactivar la economía.

Esto es lo último que ha sucedido, pero... no sé si será lo único o no, pero han sucedido más cosas, porque -como les decía antes- han subido los impuestos, ha entrado en vigor el nuevo tipo del IVA hace escasamente dos meses, con la consiguiente repercusión en el mercado inmobiliario. Y, a partir del próximo año, es decir, dentro de unas fechas, a la vuelta de la esquina, se elimina casi en su totalidad la desgravación por compra de vivienda habitual. Es cierto que se mantiene, pero solo se mantiene para las rentas más bajas, para las rentas muy muy bajas. Es decir, yo creo -desde mi punto de vista- que para aquellas personas que no pueden ni acceder a la compra de una vivienda, esas son las familias que van a poder desgravarse por no poder comprar una vivienda. Entiendo que son las medidas más antisociales que se hayan podido adoptar.

Para concluir -ya termino, señor Presidente-, solo me resta decirles que espero que nos encontremos todos cómodos -por decirlo de alguna manera- con esta Ley de Vivienda, que va a llenar de esperanzas a muchas familias que van a ver solucionado paulatinamente su problema de vivienda. Muchas gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias. Señorías, vamos a someter a votación las enmiendas parciales del Grupo Parlamentario Socialista al Proyecto de Ley del Derecho de la Vivienda de la Comunidad de Castilla y León. Señores ujieres, por favor, cierren las puertas.

Votación Enmiendas PL 28

Procedemos a la votación de las Enmiendas número 2, 3, 4, 6, 8, 9, 14, 15, 21, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 34, 35, 37, 38, 40, 41, 43, 44 y 45 del Grupo Parlamentario Socialista. Comienza la votación. Gracias.

Resultado de la votación. Votos emitidos: ochenta. A favor: treinta y tres. Cuarenta y cinco en contra. Dos abstenciones. En consecuencia, quedan rechazadas estas enmiendas.

Votación PL 28

Y ahora sí, procedemos a someter a votación el Proyecto de Ley de Derecho a la Vivienda de la Comunidad de Castilla y León. Votamos los Artículos 1 al 108, Disposiciones Adicionales Primera y Segunda, Disposiciones Transitorias Primera, Segunda, Tercera, Cuarta y Quinta, Disposición Derogatoria Única, Disposiciones Finales Primera, Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta, Sexta y Séptima, Exposición de Motivos y Título del Proyecto de Ley, con las modificaciones que, en su caso, hubieran sido aprobadas anteriormente. Comienza la votación. Gracias.

Votos emitidos: ochenta. A favor: ochenta. Ninguno en contra y ninguna abstención. En consecuencia, Señorías, queda aprobada la Ley del Derecho a la Vivienda de la Comunidad de Castilla y León.

Ruego a la señora Secretaria proceda a dar lectura al tercer punto del Orden del Día.

PL 33


LA SECRETARIA (SEÑORA COLOMA PESQUERA):

Gracias, Presidente. Tercer punto del Orden del Día: "Debate y votación del Dictamen elaborado por la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades en el Proyecto de Ley por la que se regula la Renta Garantizada de Ciudadanía de Castilla y León, Proyecto de Ley número 33".


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias. Para la presentación de este Proyecto de Ley por parte de la Junta de Castilla y León, tiene la palabra el Consejero don César Antón Beltrán. Puede empezar.


EL CONSEJERO DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES (SEÑOR ANTÓN BELTRÁN):

Gracias, señor Presidente. Señorías, comparezco para hacer la presentación del Proyecto de Ley por el que se regula la Renta Garantizada de Ciudadanía de Castilla y León, que es objeto de debate hoy en estas Cortes, previo a su votación y aprobación.

En primer lugar, recordar, Señorías, que estamos ante un Proyecto de Ley de desarrollo de nuestro Estatuto de Autonomía, aprobado por la Ley Orgánica 14/2007, de treinta de noviembre, en concreto de desarrollo de derechos sociales.

Pues bien, el objeto del Proyecto de Ley que nos ocupa no es otro que el de determinar las condiciones de disfrute del derecho subjetivo a la Renta Garantizada de Ciudadanía, reconocido en el Estatuto de Autonomía a quienes se encuentren en situación de exclusión social. Este derecho se fundamenta, como saben Sus Señorías, en su Artículo 13.9, que lo reconoce y que determina que el ordenamiento de la Comunidad fijará las condiciones para el disfrute de esta prestación.

Recordar también que el Proyecto de Ley que estamos debatiendo nace de un acuerdo específico suscrito por la Junta de Castilla y León y los agentes sociales en el marco de la Comisión Negociadora de Cohesión Social y Nuevos Derechos Sociales del Consejo del Diálogo Social, de fecha de veintiocho de diciembre de dos mil nueve -y aprovecho a saludar a los representantes que aquí hoy están presentes y nos acompañan, así como al Presidente del Consejo Económico y Social-.

En dicho acuerdo ya se configuraba, en lo esencial y en atención a las previsiones de nuestro Estatuto de Autonomía, el derecho a la Renta Garantizada de Ciudadanía como un auténtico derecho subjetivo de los ciudadanos que se pueden encontrar en una situación de exclusión social.

Quiero, por tanto, agradecer el trabajo, el esfuerzo y el compromiso de los agentes sociales y económicos que conforman el Diálogo Social para alcanzar este acuerdo. Hacer extensivo también este agradecimiento a todas las entidades, instituciones u organizaciones y Administraciones Locales que, en el proceso de tramitación y audiencia públicas, han realizado aportaciones a este importante proyecto social. Y, por supuesto, a los Grupos Parlamentarios de estas Cortes por su trabajo y aportaciones en el trámite parlamentario, que también han contribuido a mejorar el texto.

Si quisiéramos ofrecer una semblanza general de qué es la Renta Garantizada de Ciudadanía, conforme al Proyecto de Ley que hoy se debate, diríamos que es el derecho a una prestación social de naturaleza económica y percepción periódica con carácter de renta familiar y que son sus destinatarios el titular o persona a quien se reconoce el derecho a esta, así como al resto de los beneficiarios que junto a él integran su unidad familiar o de convivencia, y que cumplan, por supuesto, los requisitos que se establecen en la Ley.

Habría que puntualizar que el Proyecto de Ley establece un concepto amplio de unidad familiar y que se ha tenido especial sensibilidad con determinadas situaciones como, por ejemplo, las de mujeres víctimas de violencia de género, los emigrantes retornados o las familias monoparentales, por mencionar solo algunos ejemplos.

Además, y es este su rasgo definidor, la Renta se concibe como una prestación específica orientada a promover la integración de los ciudadanos de Castilla y León que se encuentren en situación de exclusión social, con el fin de garantizar la cobertura de sus necesidades básicas de subsistencia.

Si me permiten Sus Señorías, la Renta Garantizada de Ciudadanía se configura como un derecho subjetivo con un doble contenido: derecho a percibir una prestación económica ante la carencia o insuficiencia de ingresos personales o familiares para satisfacer las necesidades básicas de subsistencia cumpliendo los requisitos de la Ley, y el derecho a recibir el conjunto de actuaciones incluidas en su proyecto individualizado de inserción como itinerario personalizado para la integración e inclusión social con el compromiso de aceptación por el beneficiario.

Una prestación que se concibe teniendo en cuenta y vinculada a la existencia de otras prestaciones sociales y que configuran el Sistema de Protección Social, y, por supuesto, vinculada a la disponibilidad y posibilidad para el empleo como el principal elemento integrador de un proyecto de vida normalizado.

En base a esto, Señorías, quiero hacer especial mención al carácter subsidiario de la prestación, ya que la Renta Garantizada de Ciudadanía se concibe como la última red de protección respecto a cualquier otra prestación contributiva o no contributiva, así como de cualquiera otros regímenes o sistemas públicos de protección.

Por otro lado, la prestación que ahora se regula se inserta en el Sistema de Servicios Sociales, y debe ser garantizada por la Administración de la Comunidad, manteniéndose su percepción siempre que persista la situación de exclusión social y se cumplan los requisitos, condiciones y obligaciones que se establezcan legalmente, recogidos en los Títulos I y II del Proyecto de Ley.

Una vez apuntado su contenido esencial, y con el fin de proceder a una exposición más sistemática, podríamos decir que el Proyecto de Ley por el que se regula la Renta Garantizada de Ciudadanía se asienta sobre tres pilares conceptuales, se inspira en doce principios que informan su régimen jurídico, se respalda con un importante esfuerzo económico, y pretende la consecución de dos aspiraciones esenciales.

El primero de los tres pilares mencionados es el de concebir el nuevo derecho como un auténtico derecho subjetivo. Se le da así un paso más en el proceso de perfeccionamiento de nuestro Sistema de Servicios Sociales, y en la configuración de tales servicios como elementos esenciales del Estado del Bienestar, dirigidos a alcanzar el pleno desarrollo de los derechos de las personas y de los grupos dentro de la sociedad, y a promocionar la cohesión social y la solidaridad.

El segundo pilar del Proyecto de Ley es el concepto de exclusión social, que responde a una significación amplia, al no identificar exclusivamente con procesos de marginación social de dimensión más individual y consecuencias discriminatorias, sino también, y fundamentalmente, en la condición más objetiva de la ausencia o insuficiencia de los recursos y medios económicos necesarios para el desarrollo de un proyecto de vida normalizada; es decir, del estado de necesidad que compromete los requerimientos de subsistencia y que imposibilita o limita el ejercicio de los derechos sociales.

Este nuevo concepto de la exclusión social comprende tres elementos, dos de los cuales, la situación de necesidad o la ausencia de ingresos, constituyen elementos esenciales básicos y determinantes en la configuración de la situación carencial que la prestación debe atender. Y un tercero, la situación de dificultad social o personal que, según los casos, pueden presentarse en formas necesarias para superar la situación de exclusión social, variadas, además, con una incidencia de entidad también diferente.

Sobre la base de este nuevo concepto de exclusión social, se clasifican las situaciones de exclusión en: estructurales, cuando la situación de dificultad social responde a un proceso que tiene su origen en factores sociales de marginación o discriminación, que provocan, a su vez, la situación de necesidad, y que, en supuestos extremos, por su intensidad o persistencia, generan situaciones incalificables como exclusión crónica; y en coyunturales cuando concurre una situación de dificultad de naturaleza exclusivamente económica que resulta a consecuencia de la ausencia o pérdida temporal de la fuente de ingresos.

El tercer pilar es el concepto de proyecto individualizado de inserción. Este concepto, que no es nuevo en nuestro instrumento de lucha contra la exclusión social, ha ganado en este Proyecto de Ley en profundidad y en eficacia. El proyecto individualizado de inserción, como el propio texto expresa, constituye la expresión formal del itinerario programado para la consecución de la integración social de los destinatarios de la prestación, y contiene el conjunto de obligaciones y compromisos que han de ser suscritos por el solicitante en relación con las actuaciones que se entiendan necesarias para superar la situación de exclusión social en que ellos se encuentran.

En cuanto a los principios informadores del Proyecto de Ley, este se inspira, como elementos definidores que han sido especialmente relevantes en su elaboración y que se constituyen igualmente como líneas directrices que han de orientar su aplicación y desarrollo, en los siguientes principios: igualdad, equidad, universalidad, solidaridad, complementariedad, subsidiariedad, renta familiar, responsabilidad pública, estabilidad, atención individualizada, principio de participación y perspectiva de género. Entre todos estos principios, me gustaría destacar tres:

Al de subsidiariedad ya me referí anteriormente. El segundo de ellos, no tanto por ser el más importante, sino el más novedoso en relación con los nuevos... con nuestros instrumentos tradicionales en la lucha contra la exclusión social, es el principio de complementariedad. La nueva prestación de la Renta Garantizada de Ciudadanía, frente al Ingreso Mínimo de Inserción actual, es complementaria hasta el importe de... que de esta corresponda recibir, en su caso, respecto a los ingresos y prestaciones económicas a que pudieran tener derecho cualquiera de los miembros de la unidad familiar o de la convivencia... o de convivencia. La única exclusión a esta complementariedad afecta exclusivamente al solicitante cuando sea titular de ingresos que procedan de las acciones protectoras de la Seguridad Social o de cualquiera otros regímenes o sistemas públicos de protección, pero no a los restantes miembros de su unidad familiar o de convivencia.

He querido expresar... expresamente destacar este aspecto por cuanto en el Ingreso Mínimo de Inserción la mera percepción de cualquiera de los miembros de la unidad familiar de alguna otra prestación impedía su concesión. La complementariedad de rentas familiares por debajo de la Renta Garantizada de Ciudadanía se revela, por consiguiente, como uno de los grandes avances de la Ley, con el límite de no complementar las prestaciones de nuestro sistema de Seguridad Social.

El otro principio que me gustaría destacar es el de carácter de renta familiar de la nueva prestación. La Renta Garantizada de Ciudadanía es una prestación social de naturaleza económica y percepción periódica que se configura básicamente como renta familiar. También en este sentido el Proyecto de Ley ha contemplado notables avances, no solo en la extensión del concepto de unidad familiar o de convivencia a vínculos como el de adopción o medidas... o mediante la extensión del derecho a las personas que convivan con otras en el mismo domicilio y no tengan los vínculos preestablecidos, sino también mediante una mayor flexibilización de algunos requisitos como el de estar inscritos como demandantes de empleo o de mera... o de mejora de empleo para aquellos miembros de la unidad familiar o unidad de convivencia que estén cursando una actividad formativa reglada, o que sean cuidadores familiares de las personas dependientes beneficiarias de la prestación económica de cuidados en el entorno familiar, prevista en el sistema de promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia.

Expuestos ya los nuevos conceptos y los principios que vertebran el Proyecto de Ley, conviene recordar en estos momentos el significativo esfuerzo presupuestario que lo respalda, esfuerzo que cobra mayor importancia en la situación económica actual y que refleja la prioridad de las políticas sociales de la Junta de Castilla y León. La cuantía básica de la Renta Garantizada de Ciudadanía se ha cifrado en el 80% del indicador público de renta de efectos múltiples, conocido como IPREM, de cada ejercicio económico, frente al 75% de este que tenía fijado el Ingreso Mínimo de Inserción, ascendiendo la cuantía máxima al 130% del citado indicador frente al topo... tope máximo del 100% del Ingreso Mínimo de Inserción.

Asimismo, el Proyecto de Ley no solo fija las reglas básicas de determinación de la cuantía mensual, sino también los complementos en función del número de miembros que integran la unidad familiar o de convivencia. Los complementos por miembro de la unidad familiar se sitúan en el 25% de la cuantía básica por el primer miembro de la unidad familiar o de convivencia, en el 15% por el segundo miembro y en el 10% por el tercer miembro y siguientes. También en este ámbito ha mejorado los niveles cuantitativos de cobertura precedentes.

Por último, me he referido con anterioridad a dos aspiraciones esenciales que persigue el Proyecto de Ley:

La primera es que, teniendo presente que la evolución de la realidad social y de las situaciones de necesidad que se generan es constante, esta nueva prestación se constituya en un instrumento flexible y capaz de adaptarse a las necesidades de cada momento. Una situación como la actual conlleva una dimensión de impacto adicional en las que aparecen nuevas formas de exclusión, nuevas situaciones de necesidad, en muchos casos asociadas a la pérdida de empleo y a la carencia de rentas, así como componentes también distintos en su génesis y manifestación, demandas diferentes y procesos de desigualdad... naturaleza y alcance, alejados de los hasta ahora más comunes o frecuentes.

La segunda aspiración es la de que sea un instrumento eficaz. Para ello la propia Ley contempla la existencia de equipos multidisciplinares que han de asegurar la adecuada clasificación de las situaciones de exclusión social y el establecimiento de protocolos y criterios objetivos.

Pero esa aspiración a la eficacia no podría alcanzarse si desconociéramos la trascendencia del Título VII del Proyecto de Ley. La colaboración y cooperación de las Administraciones Públicas de Castilla y León en el marco de las competencias y funciones que les corresponden y el establecimiento de canales de coordinación con las unidades administrativas que gestionan prestaciones de análogas características, y, fundamentalmente, con los órganos y organismos con competencias en materia de empleo y trabajo, así como con las Administraciones Locales, son requisitos imprescindibles de la eficacia que se pretende conseguir.

Estas dos aspiraciones reseñadas, tanto la de la eficacia como la de la flexibilidad y adaptabilidad a las circunstancias de cada momento, exigen igualmente la creación de una Comisión de Seguimiento, adscrita a la Consejería, cuyas funciones principales consistirán en el seguimiento general de la renta, la evaluación de sus resultados y la propuesta de actuaciones de mejora general de la prestación.

Pues bien, Señorías, es este el Proyecto de Ley que hoy se debate, un texto no muy extenso en tamaño, pues consta solo de treinta y siete artículos, agrupados en nueve títulos, además de una disposición transitoria, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales, pero sí ambicioso en intenciones, necesario y creo que trascendente en sus efectos.

Para terminar, Señorías, dos cosas: por un lado, con este Proyecto de Ley nace un nuevo derecho subjetivo de carácter social contemplado en nuestro Estatuto de Autonomía, y que aumentará la protección social en nuestra Comunidad para quienes más lo necesitan. Este Proyecto es la plasmación de un acuerdo del Diálogo Social, como claro avance en la cohesión social en Castilla y León, y con un alto grado de participación en toda su tramitación. Es decir, este Proyecto gira alrededor del consenso, la cohesión y la participación social, por lo que sería un buen final que culminase con el apoyo unánime de todos los Grupos de estas Cortes.

Y por otro lado, el compromiso del Gobierno Regional de trabajar desde la aprobación de esta ley, desde hoy, en agilizar su desarrollo reglamentario para que este nuevo derecho sea una realidad lo antes posible, teniendo en cuenta las situaciones sociales agravadas por la crisis económica actual, siendo conscientes de que existen nuevos trámites obligados ante diversos órganos de participación, así como los preceptivos informes tanto del Consejo Económico y Social como del Consejo Consultivo de Castilla y León, y con la seguridad de que, como ha ocurrido en la tramitación de este Proyecto, responderán con la misma celeridad. Muchas gracias, Señorías. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias, señor Consejero. Las Enmiendas número 1, 5, 9, 10, 11, 17, 18, 19, 30, 42, 46, 47, 48, 51, 52 y 54 del Grupo Parlamentario Socialista se mantienen para su defensa en este Pleno, y para ello tiene un turno a favor el Procurador del Grupo Parlamentario Socialista don Francisco Ramos Antón. Puede empezar.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Muchas gracias, señor Presidente. Señorías, buenas tardes. Señor Presidente del Consejo Económico y Social, representantes de las organizaciones que forman parte del Diálogo Social, muy buenas tardes.

Cómo nos gustaría, cómo nos gustaría decir que ya es hora, que por fin las personas en situación o riesgo de exclusión social van a poder contar con una Renta Garantizada de Ciudadanía cuando aprobemos la Ley que hoy se debate. Pero no es así. La promesa del Presidente de la Junta en estas Cortes de que el uno de agosto, no de este año, sino del año dos mil nueve, la renta garantizada iba a estar a disposición de quien la necesitase va a seguir sin cumplirse todavía durante muchos meses más. Este es el valor de la palabra del Presidente de la Junta cuando habla de algo tan delicado como la atención a las necesidades más básicas de las familias más desfavorecidas de la Comunidad. Le prestó tan poco interés que no se dejó advertir de que no se trataba de un decreto, sino que el Estatuto impone la regulación por ley de los derechos que reconoce. Lamentablemente solo se trataba -parece- de captar un titular para un día.

Cuando hoy aprobemos esta ley quedará pendiente -ahora sí- el decreto para el desarrollo reglamentario, sin el cual no será efectiva para la ciudadanía y las familias de Castilla y León. Y la verdad es que se lo siguen tomando con calma. El Grupo Parlamentario Popular no ha querido meter presión a la Junta, ¡qué prisa tiene!, seis meses. Seis meses se dan para aprobar este decreto porque no han querido aceptar ni las propuestas ni las enmiendas socialistas para acortar significativamente este plazo. Seis meses y no hay antecedentes de que la Junta cumpla los plazos para el desarrollo normativo de las leyes que aquí se aprueban.

Y además del decreto, si esta Ley tiene algún contenido sustantivo, habrá que desarrollar los instrumentos técnicos para que su aplicación se haga con eficiencia y con equidad, lo que actualmente no ocurre con el Ingreso Mínimo de Inserción, el conocido como IMI.

Así que la puesta en marcha de este derecho estatutario, que, en realidad, no ha quedado en tanto, se verá acompasada con el calendario electoral. ¿Será casualidad o será planificación? Lo cierto es que aquí los tiempos los marca la mayoría del Grupo Parlamentario Popular, como se demuestra cuando les interesa de verdad algo, que, por cierto, siempre tiene que ver con el urbanismo o con proyectos de trascendencia territorial, nunca con las necesidades de las personas y las familias, y menos de las que tienen más necesidades. Suya será, en todo caso, la responsabilidad de saber hasta dónde permiten que lleguen las manipulaciones en este sentido, y si también se pueden utilizar a beneficio de inventario político las necesidades de las personas en situación de exclusión social.

El Grupo Parlamentario Socialista ha facilitado en lo posible el trámite de esta Ley. No se ha presentado enmienda de totalidad, las enmiendas parciales se han hecho efectivas antes de disponer del dossier del servicio... de los servicios de documentación de esta Cámara, porque ustedes –como los malos estudiantes- han acumulado para los últimos compases de la Legislatura todos sus deberes legislativos. Además, hemos retirado, para facilitar el debate, todas aquellas enmiendas que no eran imprescindibles en el modelo que nosotros defendemos.

Hemos sido escrupulosamente respetuosos con los acuerdos del Consejo del Diálogo Social, cuyos agentes presentaron en su día al Grupo Parlamentario Socialista el acuerdo alcanzado, y a los que hemos presentado, a su vez, nuestras enmiendas antes de iniciar el debate parlamentario; con importantes espacios de encuentro, por cierto.

Esta es la primera ley que se tramita en estas Cortes tras un acuerdo del Consejo del Diálogo Social. Y es importante para la calidad democrática de nuestro autogobierno que cada cual encuentre su papel sin menoscabo, en todo caso, de la función representativa y, en particular, de la facultad legislativa de la primera institución de la Comunidad.

En el trámite de esta ley hemos podido comprobar que el respeto exquisito a los acuerdos del Consejo del Diálogo Social no nos ha impedido presentar y defender las posiciones alternativas del Grupo Parlamentario Socialista; sin duda porque el acuerdo que los agentes económicos y sociales pueden alcanzar con el Partido Popular no es el mismo que el que podrían alcanzar con el Partido Socialista de Castilla y León. Por esta razón no acepto la alternativa de esconder o remitir en última instancia los argumentos políticos para el debate de esta Ley a este acuerdo del Consejo del Diálogo Social. El que alcanzaron, Señorías del Grupo Parlamentario Popular, es su acuerdo; pero hay otros acuerdos posibles y alternativos que el Partido Socialista de Castilla y León propone para incorporar a toda la ciudadanía de Castilla y León al proyecto de hacer Comunidad sin discriminación alguna por razón de residencia, de género, de edad o de condición social, con pleno compromiso y responsabilidad de las Administraciones Públicas, y sin menoscabo de las obligaciones de los perceptores de la Renta Garantizada de Ciudadanía, y, sobre todo, atendiendo al espíritu y a la literalidad del Estatuto que contempla tanto el derecho de acceso a la Renta Garantizada, de acuerdo con las condiciones que en esta Cámara se determinen, como la obligación de los poderes públicos de promover, con políticas activas, la integración social de las personas en situación de exclusión social; un aspecto, este último, que en nuestra opinión el Proyecto de Ley olvida en absoluto. Este es, en síntesis, el sentido de las enmiendas que hemos mantenido para este debate.

El Proyecto de Ley apenas... el Proyecto de Ley que estamos debatiendo, apenas va más allá del actual IMI, con un ligero incremento de la dotación económica por unidad familiar -al que se ha referido el Consejero-, la suspensión de la obligación de renovación periódica y una flexibilización más ficticia que real de algunas condiciones de acceso. En mi opinión, para eso no hacía falta el reconocimiento de un derecho estatutario, bastaba con modificar el decreto del IMI, sin hacer esperar a la ciudadanía en las peores circunstancias económicas de los últimos años.

En primer lugar, señalaré que no se ha querido reconocer que esta no es una prestación de servicios sociales, sino que es, sencillamente, una garantía de ingresos mínimos, el nivel por debajo del cual esta Cámara decide que ningún ciudadano de la Comunidad debe vivir. Es verdad que los servicios sociales necesitan que funcionen bien los sistemas de rentas mínimas para no colapsarse, para dedicarse a su trabajo, que es ayudar a que toda la ciudadanía pueda vivir en condiciones tan normales de vida y convivencia como sus capacidades le permitan, y desarrollar desde esta normalidad las aspiraciones de su proyecto de vida personal.

Pero esta necesidad de rentas mínimas para ser eficientes es la misma que tienen todos los sistemas de protección social, la educación y la sanidad.

Aquí se está circunscribiendo la prestación económica y las actuaciones de inserción al ámbito de los servicios sociales. El Servicio Público de Empleo, con más capacidad de decisión en el ámbito del diálogo social, ha huido de cualquier responsabilidad en esta materia, como ha huido la Junta de cualquier responsabilidad en la dotación de recursos para que los perceptores puedan cumplir con sus obligaciones orientadas a la inserción laboral y social.

El Proyecto de Ley fija obligaciones a los perceptores y a sus familias, sobre todo en el ámbito del empleo, pero no garantiza... -señor Consejero, no estoy de acuerdo con lo que usted ha dicho en este sentido- no garantiza que la Administración haga efectivos los recursos para la formación y para la gestión de itinerarios activos de inserción laboral y de acompañamiento en este proceso tan complejo. Díganme dónde lo garantiza, si es que creen ustedes que los hace. Y lo que nosotros no preguntamos es: ¿cómo podrán los perceptores y sus familias cumplir con las obligaciones que les impone la Ley si, no solo la Junta, sino el conjunto de los poderes públicos, como dice el Estatuto, no garantizan los medios necesarios?, ¿cómo se puede hacer un curso si nadie lo organiza?, ¿cómo se puede llegar al destino de la inserción laboral y social si no hay carreteras ni mapas para hacer el itinerario?

Este, Señorías, es el elemento distintivo de las leyes de rentas mínimas de última generación: que, además de una renta garantizada, aseguran que las obligaciones de inserción de los perceptores -que deben existir- son paralelas a la responsabilidad de los poderes públicos de dotar de recursos técnicos y humanos específicos para hacer viables los procesos de inserción. Es lo que se conoce como el doble derecho a una prestación económica y unos servicios de apoyo a la inserción laboral y social.

En definitiva, es la responsabilidad pública de que quien cobre esta prestación deje de hacerlo lo antes posible, cuando ya no lo necesite, porque ha encontrado cómo contribuir con su trabajo a su propio bienestar y el de toda la comunidad.

Y esto que proponemos, Señorías, está en las normas promovidas por Comunidades Autónomas gobernadas por todos los signos políticos, por el Partido Socialista, por partidos nacionalistas y por el Partido Popular. Pero aquí parece que hemos tenido menos ambición.

Por otro lado, hemos querido con nuestras enmiendas asegurar las políticas y los instrumentos técnicos para garantizar la igualdad de acceso de todas las familias a este derecho vivan donde vivan, lo que actualmente no ocurre con el Ingreso Mínimo de Inserción, cuya característica fundamental es la baja cobertura en comparación con otras Comunidades Autónomas y los desequilibrios territoriales, con una tasa de perceptores de 2,56 por mil en Palencia y de 0,10 por mil en Segovia, con dieciocho casos, sin que esto tenga que ver con los niveles de pobreza, y sin que la Junta de Castilla y León haga nada para corregir estas desigualdades. No solo no tiene que ver con los niveles de pobreza, sino que nos... si nos atenemos a la última publicación realizada por el CES sobre los niveles de pobreza y de bienestar en Castilla y León, la situación entre las provincias de Palencia y de Segovia es absolutamente la contraria de la que refleja precisamente el Ingreso Mínimo de Inserción.

Como en todas sus políticas, Señorías, nos encontramos aquí con los desequilibrios territoriales y con su obstinación en no hacer nada para evitarlos. Estos datos a que me he referido están en la Memoria del Consejo Económico y Social, en el Informe sobre la situación en dos mil nueve.

Igualmente, hemos querido evitar la discriminación que el Proyecto de Ley hace de las personas mayores de sesenta y cuatro años. ¿Por qué razón... por qué, por razón de edad, no van a poder acceder a la Renta Garantizada de Ciudadanía y a las políticas de inserción que lo acompañan? El Partido Popular tiene que explicar a las mujeres y hombres mayores de esta Comunidad que por su edad son excluidos de la Renta Garantizada de Ciudadanía. Esto en otras Comunidades no ocurre. El Tribunal Constitucional lo aceptó a pesar de la oposición del Partido Popular. Si en algo tan básico como la garantía de ingresos mínimos dan la espalda a las personas mayores, ¿cómo creerse que en otras prestaciones -en materia de ayuda a domicilio, de centros de día, de residencias- ustedes no estén teniendo la misma política del mínimo compromiso y máximo autobombo, hasta llegar, como en este caso, a la exclusión solo por razón de edad?

También hemos pretendido, Señorías, que se evite cualquier discriminación entre perceptores. El Proyecto de Ley contempla desigualdad de trato en función de su calificación inicial como excluidos estructural o coyunturalmente. Una diferenciación de difícil viabilidad técnica, de comprometida calificación ética, y jurídicamente inadmisible. Hemos conseguido dulcificar algunos conceptos, pero no el fondo de la cuestión.

A los perceptores se les pondrá de entrada una etiqueta que condicionará sus itinerarios, y acabará determinando sus posibilidades de éxito. La estigmatización que producen estas etiquetas es demoledora para la autosuperación personal. La verdad es que esto está muy estudiado, solo falta que pregunten a los buenos, muy buenos técnicos que tiene la Junta de Castilla y León.

Y finalmente hemos querido que la propia Ley... que en la propia Ley –perdón- se reconozca el papel de las organizaciones de iniciativa social sin ánimo de lucro en los procesos de inserción social des persona... de personas en exclusión; a veces con carácter generalista, como Cruz Roja o Cáritas, por ejemplo, o con el carácter más especializado de otras organizaciones de autoayuda. Hemos pretendido, sin conseguirlo, que se les reconociera el carácter de entidades colaboradoras de las Administraciones en esta materia, en justo reconocimiento a una labor sin cuyo auxilio pocos resultados cabe esperar de esta Ley.

Tampoco hemos tenido éxito en nuestra voluntad de que, paralelamente a la dotación específica de recursos para la gestión que contempla la Ley para la Unidad responsable de la Junta de Castilla y León, se prevenga una dotación económica para las Entidades Locales proporcional a las funciones y tareas que se les encomiende. ¿Qué menos, Señorías?

Finalmente, en el haber sí que tengo que señalar la corrección en el debate, que se ha mantenido, tanto en Comisión como en Ponencia, y la voluntad de llegar a los acuerdos posibles por parte de los Ponentes del Grupo Parlamentario Popular con el poco margen de movimiento que ha dejado... que les ha dejado la Junta de Castilla y León. Y también, en justicia, yo creo que hay que reconocer el apoyo, siempre brillante, de don Edmundo Matía, el Letrado que nos ha acompañado en este trabajo.

Respecto a los acuerdos, en este haber sí que tendría que destacar, si acaso, los acuerdos, a iniciativa de este Grupo, sobre la obligación legal de resolución expresa, evitando sin más el silencio administrativo negativo; y sobre la ampliación de la perspectiva de género más allá de las situaciones de violencia cuando abordamos un problema básico, la pobreza, que en nuestra Comunidad, como en todas las Comunidades, tiene rostro de mujer.

He echado de menos que la Junta pusiera a disposición de los Ponentes -de todos- los datos sobre la cobertura del IMI de dos mil diez, así como el borrador que maneje del desarrollo reglamentario de esta Ley -si es que está siendo elaborado-, para saber en cada caso y con precisión de qué estaríamos hablando en este debate.

Señorías, termino, nuestra Comunidad presenta los más altos índices de pobreza, sobre todo la más severa, y los más bajos niveles de cobertura del actual sistema de rentas mínimas de la Comunidad, el IMI, que se ha mostrado escasamente sensible a los embates de la crisis contra el empleo, a pesar de que, como estos días hemos sabido, Castilla y León es la Comunidad con más desempleados sin cobertura como consecuencia de las debilidades de nuestro mercado de trabajo.

La verdad es que todavía hay ciudadanos que renuncian a sus derechos por no aparecer como menesterosos o sin apoyo familiar. Todavía los servicios sociales suscitan... -que son los responsables de su gestión- suscitan recelo por su escasa normalización, y ahí hay una responsabilidad que cada cual debe asumir.

El Estatuto nos daba una oportunidad para fijar entre las prioridades de la Comunidad, no la solidaridad, sino la justicia con las personas y las familias con más necesidades, pero ustedes se han conformado con lo mínimo. Nosotros no: vamos a votar a favor de los pequeños avances que el texto incorpora, vamos a seguir facilitando este trámite, como hemos hecho a lo largo de todo este proceso, pero queda un amplio espacio para una alternativa. Una ley con ambición, con vocación solidaria para ciudadanos con derecho a la igualdad de oportunidades, que no permita que nadie se quede sin un lugar propio en la sociedad de Castilla y León; una renta garantizada cuya dotación no será concebida como un gasto corriente, sino como una inversión en las familias y en los ciudadanos más necesitados de Castilla y León, porque Castilla y León los necesita a cada uno de ellos y de ellas. Muchas gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias. Doña Ángeles Armisén Pedrejón, del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra para un turno en contra. Puede empezar.


LA SEÑORA ARMISÉN PEDREJÓN:

Muchas gracias, señor Presidente. Yo también quiero saludar hoy a los representantes que nos acompañan, miembros del Diálogo Social, que han tenido una importante participación en el Proyecto de Ley que hoy vamos a aprobar en estas Cortes.

Hoy es un momento importante para la sociedad de Castilla y León y sus ciudadanos, y para nosotros como representantes de los mismos. Hoy vamos a hacer realidad, en forma de Ley, el espíritu y el principio de solidaridad entre las personas que más lo necesitan, las personas que se encuentran en exclusión social; ese principio de solidaridad que debe informar nuestra convivencia, nuestra sociedad, y que debe de ser indispensable en las acciones de quien gobierna.

Hablar de solidaridad hoy con los más desfavorecidos parece incluso un tópico en la palabra de un político, pero comprometerse a través del reconocimiento de un derecho en un proyecto de ley hoy es una realidad. Realidad que se hace posible gracias al compromiso político del Gobierno Autonómico de Castilla y León, al compromiso político de su Presidente, de Juan Vicente Herrera, al compromiso de los agentes económicos y sociales y a los miembros del Diálogo Social, que han hecho posible, a través de su acuerdo en diciembre de dos mil ocho, que hoy también estemos aquí.

Y también gracias a los Grupos Parlamentarios de esta Cámara, al Grupo de la Oposición, y a mi propio Grupo, a pesar de que me ha sorprendido la intervención de mi compañero, el señor Ramos Antón, porque creí que iban a votar a favor, pero todo lo que he oído hoy han sido argumentos para votar en contra. Parece que, más bien más que asumir un Proyecto de Ley que establece un derecho y que mejora el derecho de las personas que se encuentran en exclusión social, es un sacrificio que hoy hace el Grupo Parlamentario Socialista votando a favor de esta Ley.

Sí que me gustaría aclararle algunos de los aspectos que ha relatado al inicio de su intervención, y que creo, en primer lugar, que en muchos casos no se ajustan a la realidad y, en segundo lugar, creo que realmente pues supone una manipulación de lo que ha sido el procedimiento y el proceso parlamentario hasta el día de hoy, hasta el Pleno.

Dice: "Por fin se cuenta hoy con una Renta Garantizada de Ciudadanía". "Hacen falta muchos meses más para el trámite". Mire, para ustedes lo único importante desde que se tomó el acuerdo del Diálogo Social ha sido el plazo y el tiempo. Lo único importante. Lo importante no ha sido que fuera un derecho, lo importante no es que se incrementen las cuantías para las personas de la exclusión social, lo importante no es que se flexibilicen los requisitos frente al IMI -que eran muchísimo más rígidos-, lo importante no eran las personas. Lo único importante para ustedes era el plazo; un plazo que ustedes no aplican para otras cosas, porque para sus recortes lo hacen vía decretazo de un día para otro, hacen corrección de... de errores de un día para otro, hacen una congelación de pensiones de un día para otro. Y para eso ustedes el plazo lo que les pasa es que no lo respetan. Usted sabe que hay un... un plazo, un plazo legal, un procedimiento legal, un informe del Consejo Consultivo, un informe del CES, la propia aprobación por parte de los Consejos Consultivos, esas participaciones que ustedes piden luego a través de enmiendas en todos los proyectos de ley de los Consejos. Luego no quieren que se respete.

Pero mire, si hoy ha quedado claro una cuestión en este proceso parlamentario es que las enmiendas que hoy mantiene el Partido Socialista ponen de manifiesto cuál ha sido su postura pública y mediática. Dice usted: "Solo por hacerse un titular". Pero mire, si es que este Proyecto de Ley ha sido exclusivamente, desde la postura del Partido Socialista, una postura pública, de titular, por parte de algunos de sus miembros y de la Portavoz; y, en segundo lugar, una postura de diálogo, consenso, buen trabajo por parte de los Ponentes en la Ponencia -por lo menos respecto a los Ponentes, a mi compañero Raúl de la Hoz y a mí- en lo que ha sido la tramitación legislativa.

Por un lado, se han movido ustedes en dos mares: la imposibilidad política de oponerse a un Proyecto de Ley que viene avalado por el Diálogo Social de Castilla y León, y que supone el reconocimiento de un derecho subjetivo del desarrollo estatutario; y, en segundo lugar, por su afán de hacer uso político, en este caso, de un Proyecto de Ley que mejora a las personas que se encuentran en exclusión social. Ese afán político de querer presentar una enmienda para que se apruebe el reglamento, en el Debate de Política General, en un mes, y, sin embargo, en... perdón, en quince días, y, sin embargo, presentan una enmienda al Proyecto para que lo aprobemos en un mes. O sea, no saben ustedes ni qué plazo reglamentario quieren poner. Quieren su titular; su titular es: "Que mañana se apruebe el reglamento".

Miren ustedes, eso es una incoherencia absoluta y una demagogia con este Proyecto; que eso es lo que han hecho ustedes, y que yo no pensaba hablar hoy de este asunto, pero es que usted ha empezado diciendo que es una falta de compromiso; la única falta de compromiso es lo que yo he visto hoy aquí: del compromiso de los Ponentes, del compromiso del Grupo Socialista, en este caso, con el propio Diálogo Social. Yo ya sé cómo dialoga el Partido Socialista a nivel nacional, el respeto que tiene al Diálogo Social y lo que le cuesta llegar, en este caso, a pactos con el Diálogo Social.

Pero mire, en Castilla y León las cosas se hacen de otra manera. En Castilla y León el Diálogo Social tomó un acuerdo, y lo que se ha hecho por parte del Gobierno es un Proyecto de Ley respetando la esencia de ese Diálogo Social. Eso es lo que ha hecho también el Grupo Parlamentario Popular hoy.

Por lo tanto, sí que le digo, hoy me parece -sinceramente, señor Ramos- no ha sido elegante en su postura, hoy hemos aprobado un Proyecto de Ley en el que ustedes, ¡fíjese!, en esa tramitación parlamentaria dijeron... lo dijeron aquí, en el Debate de Política General, "vamos a retirar las enmiendas", antes de la Ponencia. No retiraron ninguna enmienda, llegaron a la Ponencia...

Sí, señor Ramos, lo dijo su Portavoz aquí. Dijeron que habían presentado una enmienda para modificar el silencio negativo, el silencio administrativo negativo, diciendo que habían presentado una enmienda. No es verdad, no han presentado ninguna enmienda al silencio administrativo negativo; ninguna, ninguna enmienda. Y además, mire, su Portavoz también es jurista, y sabe perfectamente que la enmienda que han presentado, exclusivamente, que es la Enmienda número 31, lo único que dice es que el silencio será negativo salvo la obligación de la Administración de dictar resolución expresa. "Dictar resolución expresa", la obligación es genérica, es la obligación de la Ley de... de Procedimiento Administrativo, la Ley 30/92. Y hemos admitido esa enmienda porque pensamos que mejora el texto que van a manejar personas con una formación social y no jurídica, exclusivamente por eso. No aporta absolutamente nada: no aporta una garantía a mayores, no aporta nada, no modifica el silencio negativo, no lo modifica. Pero ustedes, por un titular y por una foto, volvieron a decir: "Hemos presentado una enmienda que modifica el silencio". No es verdad, no la han presentado. Y me gustaría que, si la han presentado, diga aquí qué número de enmienda han presentado ustedes que modifique el silencio negativo, porque no lo han hecho.

Entonces, lo único que han hecho durante todo este tiempo es una postura pública de conseguir un titular diciendo cosas que además no son verdad, ¿eh?, y una postura interna, lógicamente, porque no se pueden oponer a este Proyecto de Ley, porque hoy van a votar a favor, estoy segura.

Y ahora voy a entrar en el contenido de sus enmiendas, porque hoy, en la defensa de sus enmiendas, lo único que ha hecho es oponerse al Proyecto de Ley y a la esencia del Proyecto de Ley.

Habla usted de su defensa del doble derecho. Mire, lo hemos hablado por activa y por pasiva, hoy no ha aportado ningún nuevo argumento. Ese doble contenido no es un doble derecho, es un doble contenido. El derecho es a la percepción económica, y el Artículo 13 del Estatuto de Autonomía lo que permite, precisamente, y lo que establece es la obligación de las Administraciones Públicas, en general -¿cómo no?-, de luchar contra la exclusión social y de promover la inserción social de sus ciudadanos. Luchar contra la pobreza, señor Ramos, creo que, evidentemente, es una obligación de todas las Administraciones Públicas; y no solo de las Administraciones Públicas, le iba a decir, sino de toda la sociedad. Y decir que es que es un derecho específico, pues no es cierto, no es cierto. En esto usted ha discutido con nosotros durante... durante la Ponencia, se lo hemos explicado. Hoy no ha aportado ningún argumento nuevo. Usted habla de un doble derecho sin perjuicio de que... yo hoy lo diría es el derecho es a disponer –según usted en su defensa- a disponer por parte de la Administración de los medios necesarios para el cumplimiento del proyecto individualizado de inserción, ¿eh?, del itinerario.

Pero es que las políticas del Ecyl no son solo para los perceptores, en este caso, de la renta garantizada; son para los perceptores y los no perceptores. Es que el incremento del presupuesto, por ejemplo del Ecyl, ¿eh?, en estos... en este momento de crisis económica, precisamente en este presupuesto se ha incrementado; por lo tanto, no puede usted limitar específicamente esa... esas políticas, esos instrumentos de la promoción de la inserción y de la lucha contra la exclusión, al Proyecto de Ley de Renta Garantizada. Creo sinceramente que es limitativo y restrictivo.

En segundo lugar, hablar del carácter complementario. Mire, señor Ramos, creo que el Consejero lo ha explicado muy bien en su presentación, y aquí el debate es que ustedes lo que pretenden es que la Renta Garantizada de Ciudadanía sea el complemento a las pensiones no contributivas, a las PNC. Y vuelve usted también aquí a manipular, incluso mire, le digo sinceramente, con las personas mayores, con los mayores de sesenta y cuatro años. No haga usted demagogia aquí; todo el mundo sabe que con sesenta y cinco años lo que se entra es, en este caso, en el Sistema Público de Protección de la Seguridad Social, y, por lo tanto, no es que excluyamos al resto de personas, es que el resto de los mayores de sesenta y cuatro años deben de estar, y están, en este caso, cubiertos por el Sistema Público de Seguridad Social, de competencia estatal, porque las pensiones son de competencia estatal. Y hoy, ustedes, con la que está cayendo en el sistema de pensiones con la actuación del Gobierno de la Nación, vienen a decir otra vez en este debate que complementemos las pensiones.

Mire, de verdad, doble moral de nuevo. Aquí, como gobierna... hay un Gobierno del Partido Popular, aquí ya no existe crisis económica, no existen restricciones, no hay por qué explicar absolutamente nada, y ustedes complementen lo que nosotros estamos disminuyendo, congelando, en este caso del Sistema Público de Pensiones a nivel estatal.

Ustedes se han opuesto en estas Cortes a una iniciativa que se presentó para... contra el decretazo y contra el recorte y contra el tijeretazo, en este caso del Sistema Público de Pensiones; votaron en contra. O estamos a favor o estamos en contra. Yo sí les voy a apoyar si presentamos... si presentan una iniciativa, en este caso, para que se incrementen las pensiones no contributivas a nivel estatal. Si son insuficientes -que yo a lo mejor también creo que son insuficientes-, lo que hay que hacer es que quien es competente, en este caso, haga la política que tiene que hacer; en este caso, haga el complemento, pero... el incremento, perdón, de la pensión no contributiva.

Yo creo que aquí vuelven ustedes a esa doble moral de la crisis sirve para... sirve para justificar mis recortes, pero no sirve, en este caso, para pedir cuestiones, con tal, en este caso... vuelvo a lo mismo, perdón, de atacar a un Gobierno del Partido Popular.

Dice usted que hay Comunidades, como el País Vasco, que sí que tienen este... este complemento de la pensión no contributiva, y es el modelo... ha sido el modelo en el que usted se ha fijado, fundamentalmente, para la regulación de las rentas mínimas.

Mire, el País Vasco establece una limitación temporal de dos años de la Renta Garantizada. Antes era indefinida, y con el nuevo modelo que ha establecido el País Vasco lo establece y lo limita exclusivamente a dos años. A los dos años es el plazo máximo para cobrar la Renta; en Castilla y León no hay un plazo máximo para cobrar la Renta, mientras se establezcan o permanezcan las circunstancias. Yo creo que eso es un tema muy importante. En el País Vasco las rentas... está limitado el número de personas dentro de la unidad familiar que lo pueden cobrar y, además, se vincula al tipo de vivienda, número de habitaciones y número de personas, en este caso, que están cobrando la Renta. Creo que está hablando usted, primero, de una Comunidad Autónoma con un sistema de financiación muy diferente, ¿eh?, y, en segundo lugar, con una Renta, le digo sinceramente, que no tiene nada que envidiar al Proyecto de Ley que hoy traemos en cuanto garantías, cuantías y sistema de cobro y requisitos al Proyecto de Ley que hoy se trae en estas Cortes.

Mire, la no clasificación, lo que dice usted que habla de la estigmatización. Vuelve usted a caer en el error; se habla de una clasificación de las circunstancias que conllevan la exclusión social, no se habla de una clasificación de personas. Por favor, señor Ramos, se lo he dicho muchas veces, estamos hablando del estudio, de la etiología, del origen que ha dado lugar a una situación de exclusión social, que pueden ser situaciones –digamos- de una discriminación permanente que conllevan a lo que se ha llamado una exclusión estructural, pero, sin embargo, y lamentablemente, en las circunstancias económicas actuales, se están incorporando en nuestra sociedad a circunstancias de exclusión personas que su origen y su causa es que repentinamente esa unidad familiar ha dejado de percibir todos sus ingresos, todos sus ingresos, porque se han quedado sin empleo. Esas circunstancias, ¿eh?, no son crónicas, no son de discriminación, son puramente económicas, y es lo que se ha definido como coyunturales. Porque esas personas, en un itinerario laboral que puedan acceder a un empleo, lo normal es que salgan de esa situación de exclusión social y de la situación del cobro de la prestación.

Por lo tanto, no hable usted de una estigmatización de personas. Por favor, señor Ramos, que no estamos hablando de eso; estamos hablando de un estudio de las circunstancias de origen de la situación de exclusión social que nos permita abordarla en mejores condiciones, precisamente, para que salgan de esa situación cuanto antes mejor. Porque no creo que ninguno de los que estemos aquí lo que se pretenda es –digamos- la institucionalización de la percepción de la Renta Garantizada.

También –y con esto voy a terminar y lo voy a dejar para la segunda intervención- decirle que ustedes... dice que no hay diferencia con el IMI; siempre... ha vuelto a insistir hoy otra vez en esto.

Mire, el IMI era una prestación; y la Renta está concebida como un derecho subjetivo, vincula a todos los poderes públicos -una cosa muy importante-, lo pueden reclamar judicialmente y es exigible judicialmente por los titulares. El IMI tenía rango de decreto; la Renta tiene rango de ley. Hoy parece que eso no es importante para ustedes, sin embargo, luego, en otro tipo de iniciativas piden las regulaciones absolutamente por ley porque creen que eso es la panacea. En el IMI la exclusión social estaba vinculada esencialmente a la situación de marginalidad social; la Renta se considera también –como he dicho- en situaciones de una carencia temporal de recursos, tiene un carácter complementario, se amplían los supuestos incluidos en la unidad familiar. Eso se lo dije en Comisión; hoy vuelve usted a insistir con el tema del IMI.

Se incluyen muchísimos supuestos y se flexibilizan los requisitos. Mire, cuando se ha aprobado la Ley en el País Vasco, muchos de sus titulares eran "Endurecimiento de los requisitos para las percepciones de las Rentas". Se... se flexibilizan los requisitos del IMI, se exigen menos requisitos para la unidad familiar -en este caso hay excepciones, por ejemplo, las ayudas a los cuidadores o la situación de mujeres víctimas de violencia-, se amplía el espectro de edad de los solicitantes –ahora también menores de veinticinco años independientes económicamente podrán tener acceso a la prestación-, se modifica el criterio de cálculo de la capacidad económica para que el cómputo de las rentas sea más favorable para las familias, se establecen mejoras del sistema de gestión, cambian las cuantías -se incrementan los importes de las básicas, de las cuantías máximas y de los complementos: en el IMI era el 75% del IPREM, tenía un complemento del 12% y el tope era el 100% del IPREM; la Renta es el 80%, tiene tres complementos del 25, del 15 y del 10, y el tope es del 130%-.

Mire, voy a terminar diciéndole: mi más sincero agradecimiento a los agentes sociales y económicos; mi más sincero agradecimiento a la Consejería de Familia; mi más sincero agradecimiento a los Ponentes de la Ponencia que nos han acompañado, a mi compañero, sobre todo, Raúl de la Hoz, a usted, señor Ramos, y a don Pascual; por supuesto, al Letrado de esta Cámara. Y decirle que hoy este desarrollo estatutario supone un... una mejora para las personas en exclusión social, supone una mejora –estoy segura- y muy... mucha mejora respecto al IMI.

Y yo le digo, señor Ramos, créanselo; no hagan el uso político de las personas que hoy más nos necesitan del apoyo de los políticos, de las instituciones, de las Administraciones y que necesitan la solidaridad de toda la sociedad y están dispuestos a devolvérmela...


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias.


LA SEÑORA ARMISÉN PEDREJÓN:

... devolvérnosla con el compromiso de cumplir...


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias.


LA SEÑORA ARMISÉN PEDREJÓN:

... sus obligaciones del proyecto individualizado de inserción. Créanselo y apoyen este Proyecto de Ley de verdad, no solo porque piensen que políticamente les interesa. Gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias, Señoría. Gracias. Para réplica, tiene de nuevo la palabra el Procurador don Francisco Ramos Antón. Puede empezar.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Muchas gracias, señor Presidente. Señoría, no sé si ha estado muy atento, pero ya he dicho -ya he dicho y repito- que el Grupo Parlamentario Socialista va a aprobar... va a votar favorablemente este Proyecto de Ley porque, efectivamente, supone un avance, un avance que en nuestra opinión es escaso, un avance que deja un espacio muy amplio para una alternativa política progresista de mayor compromiso de las personas en situación de exclusión social. Vamos a apoyar este... este Proyecto de Ley porque es verdad que supone algunos pasos eficaces en la asunción, en la concreción, de lo que es una competencia exclusiva de la Comunidad: la prevención, atención e inserción social de los colectivos afectados por la exclusión social. Por lo tanto, vamos a mejorar, vamos a dar un paso en nuestro autogobierno, y eso lo valoramos. ¿Cómo no vamos a reconocer... cómo no vamos a reconocer el valor de... de un derecho estatutario que nosotros apoyamos y desde nuestras posibilidades contribuimos a definir? Por supuesto que sí.

Voy a tratar de dar respuesta a sus argumentos en el orden inverso en que han sido expuestos.

Dice usted que no he puesto ningún argumento nuevo sobre la mesa. Mire usted cuál es la honestidad, la franqueza, de nuestro debate en Ponencia y en Comisión. El Partido Socialista de Castilla y León puso sobre la mesa de la agenda política un modelo de Renta Garantizada de Ciudadanía antes que nadie lo hiciera, y a ese modelo nos hemos atenido a lo largo de nuestro debate. Por lo tanto, evidentemente que no hay argumentos nuevos que plantear, porque no hay situaciones nuevas que atender. Nuestro trabajo en Comisión, nuestro trabajo en Ponencia y nuestro trabajo en este Pleno son absolutamente honestos, como honestidad exige el compromiso que esta Cámara tiene que tener con las personas en situación de exclusión social.

Dice usted un asunto que realmente nos preocupa, ese de la clasificación de las personas en el origen, lo que a nosotros no... lo que a nosotros nos preocupa es que va a haber desigualdad de trato: unas personas van a tener un trato y otras personas otro en función de que ellos o sus circunstancias sean clasificados como de exclusión estructural o coyuntural. Señora Armisén, recuerde al filósofo: "Yo soy yo y mis circunstancias". ¿Se puede ser alguien sin las circunstancias de cada cual? Cuando alguien califica sus circunstancias, pues está calificándole a uno mismo; esa diferenciación es artificiosa e imposible de realizar. [Aplausos]. Y realmente nos preocupa.

No solo apoyamos hoy esta Ley, sino que la vamos a apoyar haciendo un seguimiento, un seguimiento puntual. ¡Qué mal que la Consejería no nos pasase los datos para ver cómo en estas circunstancias de crisis muy cambiantes hubiéramos podido constatar cómo el IMI era sensible a la situación de... de desempleo y de falta de protección! No hemos tenido esos datos. No hemos tenido esos datos sobre la mesa. Y vamos a apoyar esta Ley y vamos a esperar que un ciudadano de Segovia que ahora no tiene las mismas posibilidades de acceder al IMI que un ciudadano de Palencia, pues en el futuro y con esta Renta tenga las mismas posibilidades; que un ciudadano de la periferia de la Comunidad tenga las mismas posibilidades que un ciudadano del centro.

Cuando constatamos el nivel de cobertura, que en nuestra Comunidad es... probablemente está entre los más bajos de todas las Comunidades Autónomas, el nivel de cobertura, no la cantidad por familia, el nivel de cobertura está entre las más bajas, por debajo de la mitad de la media del conjunto de las Comunidades Autónomas, teniendo en cuenta que somos la Comunidad con mayores niveles de pobreza alta y severa, y con el menor nivel de cobertura de las personas que se encuentran en situación de paro, pues vamos a hacer ese seguimiento. Pero lo importante es que constatemos que efectivamente funciona sin desequilibrios territoriales, de verdad con equidad de acceso en todo el territorio. Y no hay en la Ley ni un solo compromiso, ni una sola obligación para la Junta de Castilla y León ni para el resto de los poderes públicos que permitan garantizar que eso va a ser así.

Es verdad que la instrumentación de la Ley que se haga a través del decreto va a ser absolutamente fundamental en la ordenación de una prestación de esta naturaleza. Eso lo sabemos, vamos a ver qué es lo que ocurre con el decreto, vamos a apoyar esta Ley en la convicción de que va a suponer un avance, y que el seguimiento no solo lo va a hacer el Grupo Parlamentario Socialista en el cumplimiento de sus obligaciones en esta Cámara de control de la acción del Gobierno, sino que también lo va a hacer el Consejo del Diálogo Social. Y hoy hay razones fundadas para pensar que esto no se va a hacer bien, porque hoy no se está haciendo bien.

Oiga, y cuando nosotros hablamos de las personas mayores de sesenta y cuatro años que quedan excluidas de esta Ley es porque hay una frase, hay un texto que las excluye expresamente, y esa exclusión expresa es contradictoria con el principio de universalidad que se predica en los primeros artículos del Proyecto de Ley. O se es o no se es universal. Y si hay otros... y si hay ciudadanos de España, de otras Comunidades Autónomas, que tienen complemento de rentas de sus pensiones no contributivas aportadas por su Comunidad Autónoma, ¿por qué los ciudadanos de Castilla y León van a ser de menos derecho? ¿O es que no podemos aspirar a ser del mismo derecho que los ciudadanos de otras Comunidades Autónomas? Naturalmente, nosotros no podemos hacer otra cosa. [Aplausos].

Respecto a la enmienda que usted se ha referido sobre el silencio administrativo negativo, ¡hombre!, sí que le...


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Señor Ramos, le ruego vaya terminando, por favor.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

(Muchas gracias, señor Presidente. Ya termino). ... si que le agradezco, y esto sí que se lo agradezco, pues muy en profundidad, el que usted nos haya admitido esa enmienda que dice que no hemos presentado. [Murmullos].

Y, finalmente, y finalmente, el tema de los plazos. No son... el Partido Socialista, el Grupo Parlamentario Socialista no han hecho demagogia sobre los plazos. El tema de los plazos, respecto a la Renta Garantizada de Ciudadanía, lo ha puesto sobre la agenda política de esta Comunidad y en sede parlamentaria el Presidente de la Junta de Castilla y León, y el Grupo Parlamentario Socialista no ha hecho más que el cumplimiento de sus obligaciones de control del Gobierno, dando valor a la palabra del Presidente. Punto. ¿O es que no va a tener valor la palabra del Presidente cuando se refiere, precisamente, a las personas en situación de exclusión social? [Aplausos]. Naturalmente que sí. Y, además, estamos en un tiempo, lamentablemente, en un tiempo de crisis económica que está afectando singularmente a colectivos con características muy especiales esta vez, que hace que el tiempo sea muy importante, porque el tiempo no vuelve, y las personas que lo están pasando mal en estos momentos y las personas que están teniendo menos oportunidades y que tienen derecho a aspirar a tener esas oportunidades...


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

... y esas alternativas de inserción social, porque el Estatuto, porque el Estatuto lo compromete con ellos y los derechos...


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias, señor Ramos. Termine ya, por favor.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

(Muchas gracias, señor Presidente, termino enseguida). ... y los derechos que el Estatuto compromete son el guiño de complicidad de estas Cortes con los ciudadanos de Castilla y León. Y estas Cortes no pueden permitirse el lujo de fallarle a los ciudadanos cuando peor lo están pasando. Esa es la urgencia de los plazos, señora...


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

... Armisén. Muchas gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Para dúplica, tiene de nuevo la palabra doña Ángeles Armisén Pedrejón.


LA SEÑORA ARMISÉN PEDREJÓN:

Señor Ramos, la mejor renta para los ciudadanos de este país es el empleo, ese pleno empleo que prometió José Luis Rodríguez Zapatero. [Aplausos]. Sí, el Presidente de este país, y que hoy, a día de hoy, sí que se está retrasando en su cumplimiento, se está retrasando bastante.

Mire, usted hoy hace demagogia. Y mire, le voy a decir tres cosas. No ha creído en este Proyecto Ley en el diálogo social, no ha creído en él, hoy se ha visto, porque no lo han respetado. En segundo lugar, ustedes siguen con sus políticas de recortes, y hoy hace el discurso de las personas más necesitadas. Hable del Prodi hoy, hable de las declaraciones, en este caso, que han hecho hoy los representantes sindicales a nivel nacional sobre los recortes, ¿eh?, en la reforma laboral, que también se está retrasando, señor Ramos, quizás porque se ha presentado un poco tarde, quizás porque no han llegado a un acuerdo dentro del Marco del Diálogo Social, también se están retrasando. No sé si van a llegar, fíjese lo que le digo, no sé si van a llegar.

Habla usted de retrasos en sistemas de protección, cuando en estos momentos, por lo menos, se está cobrando el IMI, ¿eh? Hoy se habla de endurecer los requisitos para el cobro a los parados, hoy lo dice el Ministro, ayer y hoy. No sé cómo hoy puede usted venir aquí a hacer el discurso que ha hecho usted. [Murmullos. Aplausos].

Y dice que ustedes tienen obligación, en este caso, del control al Gobierno. ¡Claro que sí! ¿Pero sabe usted lo que se llama la iniciativa legislativa y las proposiciones de ley? Si ustedes hace mucho tiempo creían que había que acometer un proyecto o una ley diferente, no vayan a remolque, haga la proposición de ley igual que ha hecho el País Vasco, que endureció los requisitos respecto a la ley que tenía. ¿O es que el Grupo Parlamentario Socialista no tiene labor de iniciativa legislativa?, ¿o la Oposición no la tiene? ¡Claro que la tiene! Lo que pasa que ustedes abdican de ella y hoy vienen a remolque de un proyecto que ha hecho, fundamentalmente, la sociedad de Castilla y León con el compromiso del Presidente Juan Vicente Herrera. [Aplausos].

Habla usted de desigualdades. Confunde usted desigualdad con diferencia; lo diferente tiene un trato diferente para poder resolverlo, los problemas diferentes se resuelven con soluciones diferentes. Eso no es desigualdad, señor Ramos, no confunda. Las diferentes circunstancias, efectivamente, se abordan con diferentes soluciones, pero ustedes normalmente suelen ser el problema y luego pretenden ser la solución. Y hoy se vuelve a demostrar con el discurso que ha hecho respecto a este Proyecto de Ley.

Habla usted de equidad, habla usted y ha dicho una falsedad, señor Ramos. Se lo digo de verdad, una falsedad. No es Castilla y León está a la cabeza de la pobreza. Y dice usted y hace, de verdad, un discurso y un argumento injustificado y simplista, vinculando el IMI, en este caso, como una relación causa-efecto con las personas en situación de pobreza.

Le voy a decir, mire, de los datos del Informe de Rentas Mínimas de Inserción del año dos mil ocho y la previsión del año dos mil nueve del Ministerio de Sanidad y Política Social, de las cien mil... –voy a hablar de solicitudes en total- cien mil ochenta y un solicitudes, cuarenta mil quinientos uno corresponden a Andalucía. Castilla y León está en sexto lugar. Si hago esta relación con referencia a la población de cada Comunidad, Castilla y León, si admito que tiene dos millones quinientos cincuenta y siete mil trescientos treinta habitantes –que lo dice los datos del Ministerio-, se presentaron tres mil cuatrocientos setenta y cuatro solicitudes. Extremadura, con una población de un millón noventa y siete mil, se presentaron tres mil cincuenta y siete solicitudes con menos de la mitad de población. Si pondero por población, Castilla y León está en el puesto undécimo.

Mire, Castilla y León está en cuarto lugar, en este caso, de resoluciones de concesión. Le voy a decir, es falso el argumento que habla usted de una concesión restrictiva. Se concedió el 67,04 de las resoluciones presentadas. Solo tres Comunidades tienen un porcentaje más elevado. Se denegaron, en Castilla y León, el 27,63. Ocupamos el octavo lugar. Me puede usted explicar, si comparativamente concedemos más solicitudes y denegamos menos, cómo dice usted que en Castilla y León hay más pobreza, y cómo puede decir usted que en Castilla y León se concede y se resuelve el IMI con carácter restrictivo, que lo ha venido usted diciendo por activa y por pasiva.

Señor Ramos, el Proyecto de Ley de hoy lo único que ha demostrado es que el Grupo Socialista no pidió el trámite de urgencia para la tramitación de esta Ley. No lo pidió en esta Cámara. Por lo tanto, no tenía urgencia en que se tramitara. En segundo lugar, presentó cincuenta y tantas enmiendas a este Proyecto de Ley.

Y dice usted que le hemos admitido una enmienda que no presentó. Mire, es usted contumaz, es decir, persistente en el error, o, por lo menos, quiere llevar al engaño de esta Cámara. Ha presentado una enmienda con contenido diferente al que usted alega sobre el silencio administrativo. Yo ya le digo desde aquí: esa postura respecto a esa enmienda, yo haré pública la enmienda, por supuesto, de nuevo, y le diré: es... persiste en el error de querer hacer política con un procedimiento, que, sinceramente, no entiendo por qué tiene tanta importancia para usted eso, porque no ha aportado nada su enmienda, y quiere seguir haciendo política, en este caso, con el sistema de pensiones.

Yo le digo sinceramente, este... seguir haciendo política con el sistema de pensiones, con la actuación que está haciendo el Gobierno de la Nación a nivel nacional, creo que, de verdad, por lo tanto, no voy a decir que sea inadecuado solo, o inmoral –porque para mí sería inmoral-, vengo a decirle que si usted lo que pretende en este caso es el complemento de las pensiones, espero que la primera iniciativa que presente el Grupo Parlamentario Socialista sea dirigirse al Gobierno de la Nación para que incremente la cuantía de las pensiones no contributivas, porque, mire, eso sí que es de competencia exclusiva, como ha dicho usted respecto a la Renta Garantizada y la prestación de servicios sociales de la Comunidad. Eso sí que es competencia exclusiva de la Comunidad, pero las pensiones son competencia exclusiva del Gobierno de la Nación. Y ustedes están recortando los derechos de los pensionistas, los derechos de los funcionarios, y hoy los derechos de los parados. Espero sinceramente que respeten más el Diálogo Social y que aprendan del respeto, en este caso, a iniciativas que surgen de la propia sociedad de Castilla y León. Muchas gracias. [Aplausos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR FERNÁNDEZ SANTIAGO):

Muchas gracias. Señorías, vamos a proceder a someter a votación las enmiendas parciales del Grupo Parlamentario Socialista al Proyecto de Ley por el que se regula la Renta Garantía de Ciudadanía de Castilla y León. Señores ujieres, por favor, cierren las puertas.

Votación enmiendas PL 33

Procedemos a votar, en primer lugar, las Enmiendas número 1, 5, 9, 10, 11, 17, 18, 19, 30, 42, 46, 47, 48, 51, 52 y 54 del Grupo Parlamentario Socialista. Comienza la votación. Gracias.

Resultado de la votación. Votos emitidos: ochenta y uno. A favor: treinta y tres. En contra: cuarenta y seis. Y dos abstenciones. En consecuencia, quedan rechazadas estas enmiendas parciales.

Votación PL 33

Procedemos a someter ahora a votación el Proyecto de Ley por el que se aprueba... por el que se regula la Renta Garantizada de Ciudadanía de Castilla y León. Votamos los Artículos 1 a 37, Disposición Transitoria, Disposición Derogatoria, Disposiciones Finales Primera, Segunda y Tercera, Exposición de Motivos y Título del Proyecto de Ley, con las modificaciones, en su caso, que hoy han sido introducidas. Comienza la votación. Gracias.

Resultado de la votación. Votos emitidos: ochenta y uno. A favor: ochenta y uno. Ninguno en contra. Y ninguna abstención. En consecuencia, queda aprobada la Ley por la que se regula la Renta Garantizada de Ciudadanía de Castilla y León.

DI 12

Señorías, a esta Mesa ha llegado una Declaración Institucional apoyada por todos los Grupos de esta Cámara, que paso a leer a continuación. Es la Declaración Institucional de las Cortes de Castilla y León en defensa del sector del carbón en la Comunidad Autónoma, y dice así:

"La Comisión Europea, en la reunión celebrada el pasado día veinte de julio, adoptó el acuerdo por unanimidad de prorrogar las ayudas a las explotaciones mineras deficitarias únicamente hasta el año dos mil catorce. El objetivo de esta propuesta es garantizar el cierre definitivo de las minas no competitivas antes del catorce de octubre de dos mil catorce, según anunció el Comisario Europeo de la Competencia, Joaquín Almunia.

Además, esta propuesta de la Comisión, que debe ser ratificada por el Consejo de Ministros de Energía, prevé que las ayudas al funcionamiento sean decrecientes en el tiempo, con una reducción de al menos el 33% en un periodo de quince meses. En caso de que la mina deficitaria no haya cerrado al uno de octubre del dos mil catorce, el beneficiario tendría que devolverlas al Estado.

La nueva política comunitaria limita las ayudas para el funcionamiento a aquellas empresas mineras que dispongan de un plan de cierre, y plantea que las subvenciones tienen que dirigirse de forma creciente a pagar los costes sociales y ambientales del cierre.

En la misma reunión, la Comisión Europea decidió retrasar hasta septiembre su dictamen sobre el Real Decreto elaborado por el Gobierno Español para dar preferencia a la producción eléctrica de carbón nacional y garantizar el consumo de los diez millones de toneladas que se producen anualmente en España.

Las Cortes de Castilla y León manifiestan su máxima preocupación y rechazo ante las dos decisiones adoptadas por la Comisión Europea: la de aplazar el dictamen sobre el Real Decreto español para dar preferencia a la producción eléctrica con carbón nacional y la de fijar las ayudas exclusivamente en un plan de cierre, además a dos mil catorce, sin dar opción a un plan de acceso de reservas. Ambos acuerdos tienen una incidencia directa sobre el sector, hasta ahora considerado por las propias autoridades europeas como estratégico, y sobre un número muy importante de municipios y ciudadanos del norte de la provincia de León y de Palencia. En concreto, la provincia de León acapara el 30% de la producción nacional y suma alrededor de tres mil trabajadores directos y unos doce mil indirectos.

De llevarse a efecto los propósitos manifestados por la Comisión Europea, conllevarían drásticas consecuencias sociales y económicas, que afectarían a decenas de miles de ciudadanos de Castilla y León.

Por ello, las Cortes de Castilla y León consideran que la propuesta de la Comisión Europea de limitar las ayudas al sector del carbón únicamente hasta el año dos mil catorce es inaceptable para la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Es inaceptable que se fije un plazo de apenas cuatro años para el cierre de explotaciones que dan trabajo a miles de ciudadanos de León y de Palencia, y que en su mayoría no tendrían otra salida laboral que la emigración o el desempleo. Es inaceptable que se condene a comarcas enteras al ostracismo económico y social, y en un plazo tan perentorio. Es inaceptable una resolución tan lesiva no solo para Castilla y León sino también para los intereses del conjunto del Estado español.

Las Cortes de Castilla y León lamentan y manifiestan su profunda preocupación ante la demora en la convalidación del Real Decreto para dar preferencia a la producción eléctrica con carbón natural. Este retraso supone un durísimo revés, cuyos efectos ya se perciben, para todo el sector del carbón: a las empresas, la condena a la falta de liquidez, con dificultades extremas para abonar los salarios; y a los trabajadores les pone ante un horizonte de máxima incertidumbre laboral.

Las Cortes de Castilla y León expresan su apoyo, respaldo y solidaridad con los ciudadanos y territorios afectados por las decisiones de la Comisión Europea en unos momentos tan difíciles y críticos para todos.

Finalmente, las Cortes de Castilla y León esperan del Gobierno de España una defensa ante las instancias europeas correspondientes acorde con la gravísima situación generada y con los intereses del sector del carbón nacional que están en juego".

Tiene el apoyo de todos los Grupos esta Declaración Institucional.

Y no habiendo más asuntos que tratar, Señorías, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las veinte horas veinticinco minutos].


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Sede de las Cortes de Castilla y León