DS(C) nº 195/8 del 29/10/2012









Orden del Día:




1. Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de elaborar el informe sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la UE.

2. Elaboración del Dictamen de la Comisión sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en el siguiente proyecto de acto legislativo de la UE:

- Modificación de la propuesta de la Comisión COM(2011) 628 final/2 de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común [COM(2012) 551 final] [2011/0288 (COD)].

3. Elaboración del Dictamen de la Comisión sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en el siguiente proyecto de acto legislativo de la UE:

- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los productos sanitarios para diagnóstico in vitro (Texto pertinente a efectos del EEE) [COM(2012) 541 final] [2012/0267 (COD)].

4. Elaboración del Dictamen de la Comisión sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en el siguiente proyecto de acto legislativo de la UE:

- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los productos sanitarios y por el que se modifican la Directiva 2001/83/CE, el Reglamento (CE) n.º 178/2002 y el Reglamento (CE) n.º 1223/2009 (Texto pertinente a efectos del EEE) [COM(2012) 542 final] [2012/0266 (COD)].


Sumario:






 ** Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos.

 ** El Presidente, Sr. Rodríguez Lucas, abre la sesión.

 ** Intervención del Procurador Sr. Ramos Antón (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención del Procurador Sr. García-Prieto Gómez (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día. Ratificación Ponencia.

 ** El Vicepresidente, Sr. Martínez Majo, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** El Presidente, Sr. Rodríguez Lucas, de acuerdo con el apartado quinto de la Resolución de la Presidencia de catorce de junio de dos mil diez y el Artículo 114.2 del Reglamento, somete a la Comisión la ratificación de los Ponentes designados por los Grupos Parlamentarios. Son ratificados.

 ** Segundo punto del Orden del Día. Elaboración Dictamen.

 ** El Vicepresidente, Sr. Martínez Majo, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Fernández Cardo (Grupo Socialista).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Martínez Antolín (Grupo Popular).

 ** Queda aprobado por asentimiento el Dictamen sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en el proyecto de acto legislativo de la Unión Europea que ha sido objeto de estudio.

 ** El Presidente, Sr. Rodríguez Lucas, comunica que se agrupan para debate y votación el tercer y cuarto puntos del Orden del Día

 ** Tercer y cuarto puntos del Orden del Día. Elaboración Dictámenes.

 ** La Letrada, Sra. Seseña Santos, da lectura al tercer y cuarto puntos del Orden del Día.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Ramos Antón (Grupo Socialista).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Martínez Majo (Grupo Popular).

 ** Quedan aprobados por asentimiento los Dictámenes sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la Unión Europea que han sido objeto de estudio.

 ** El Presidente, Sr. Rodríguez Lucas, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las once horas.




Texto:

[Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Buenos días, Señorías. Bienvenidos a la Comisión de la Presidencia. ¿Los Grupos Parlamentarios tienen que comunicar alguna sustitución a esta Mesa? ¿Por parte del Grupo Socialista?


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Muchas gracias, señor Presidente. Por parte del Grupo Socialista, Juan Luis Cepa sustituye a doña Ana Muñoz... perdón, a Ana Redondo... perdón, a Ana Redondo.


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, Señoría. ¿Por parte del Grupo Popular?


EL SEÑOR GARCÍA-PRIETO GÓMEZ:

Gracias, Presidente. Francisco Julián Ramos Manzano sustituye a Salvador Cruz García.


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, Señoría. Pasamos al primer punto del Orden del Día. Por parte del señor Vicepresidente, se dará lectura del primer punto del Orden del Día.

Ratificación Ponencia


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ MAJO):

Primer punto del Orden del Día: "Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de elaborar el informe sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la Unión Europea".


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, señor Vicepresidente. De acuerdo con el apartado quinto de la Resolución de la Presidencia de catorce de junio del dos mil diez, por la que se aprueban las normas sobre el procedimiento de control del principio de subsidiariedad, y el Artículo 114.2 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se propone la ratificación de los Ponentes designados por los distintos Grupos Parlamentarios.

Esta designación recayó en los señores Procuradores don Miguel Ángel Fernández Cardo, don José María González Suárez, don Jorge Domingo Martínez Antolín, don Juan Martínez Majo y don Francisco Ramos Antón. ¿Se ratifica esta designación? Por asentimiento, quedan ratificados los ponentes de la Comisión.

Pasamos al segundo punto del Orden del Día. Por parte del señor Vicepresidente se dará lectura del segundo punto del Orden del Día.

Elaboración Dictamen


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ MAJO):

Segundo punto del Orden del Día: "Elaboración del Dictamen de la Comisión sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la Unión Europea:

- Modificación de la propuesta de la Comisión (2011) 628 final/2 de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agraria Común".


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

En turno de fijación de posiciones, se procede a la apertura de un turno de los Portavoces de los distintos Grupos Parlamentarios. En ausencia del Grupo Mixto, tiene la palabra don Miguel Ángel Fernández Cardo, en representación del Grupo Socialista.


EL SEÑOR FERNÁNDEZ CARDO:

Gracias, señor Presidente. Tres asuntos queremos resaltar en cuanto a la modificación evaluada.

La primera, como una cuestión previa, sería respecto a la reforma de la Política Agraria Común de la Unión. Creo que es importante que, dado que tenemos otra oportunidad de volver a plantear cuál es el posicionamiento de estas Cortes sobre la modificación que propone la Unión, yo creo que es importante que en estos momentos recordemos que la propuesta global abunda en los desequilibrios entre los distintos territorios de la Unión Europea.

En lo tocante... además, es un modelo a todas luces inconveniente para la producción y la competitividad de nuestra agricultura, así como para el desarrollo rural de nuestra Comunidad Autónoma. De hecho, las Cortes acordaron hace ya un año cuatro puntos especiales a recordar en este caso, porque el esfuerzo compartido de las Cortes yo creo que debe ser reflejado nuevamente ante esta documentación: primero, la oposición de las Cortes a la reforma de la Política Agraria Común; segundo, la necesidad de urgir al Gobierno de España para establecer alianzas con otros Estados miembros de la Unión también afectados por la reforma que se propone; tercero, la irrenunciabilidad de hacer valer la posición común acordada por las Comunidades Autónomas con el Ministerio, unánimemente contraria a una reforma de impacto adverso para Castilla y León y que no contempla las características propias del campo español y nuestro modelo rural; cuarto, el apoyo incondicional de las Cortes a las organizaciones profesionales agrarias.

En segundo lugar, esta modificación supone también una serie de medidas para lograr la integración de Croacia en la Unión Europea, y, por tanto, en su Política Agraria Común. Sin duda, la razón de ser de la Unión Europea ha sido recordada este viernes doce de octubre por el jurado del Premio Nobel de la Paz. Se ha destacado que ha transformado Europa en un continente de guerra a un continente de paz. Y en estos momentos la Unión Europea ha contribuido hacia el avance de la paz y de la reconciliación, la democracia y los derechos humanos en Europa. Precisamente en estos instantes es mucho más importante recordar de dónde venimos y por qué formamos parte de ese club. Por tanto, la integración de Croacia, un territorio asolado por la última guerra ocurrida en la... en el territorio europeo en el siglo XX, yo creo que debe ser apoyado por estas Cortes. Es lógico, en consecuencia, el reajuste en la asignación de recursos, pero ello no debe hacerse a costa de causar un mayor menoscabo en la renta de los agricultores leoneses y castellanos, tan castigados por los recortes en las ayudas públicas, autonómicas y nacionales.

El tercer aspecto a tomar en consideración: la transparencia y protección de datos de carácter personal. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea reseñó, ante el derecho vigente, que había que establecer una prioridad distinta en cuanto a los dos aspectos enfrentados: esa transparencia o el derecho de protección de los datos de carácter personal. Por ello, es importante el convenio... el recordatorio del convenio europeo para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales, el derecho al respeto a la vida privada y familiar, de domicilio y correspondencia, y sobre el cual no puede haber una injerencia de la autoridad pública, salvo que esté prevista por ley. Derechos especialmente queridos por este Procurador leonés que les habla, dado que fueron establecidos en la Carta Magna Leonesa en mil ciento ochenta y ocho.

El principio de transparencia, que era el único que venía acogiendo la legislación de la Unión Europea en relación con estas ayudas, ha sido puesto de manifiesto que suponía un exceso respecto a su contraposición con los principios de carácter privado. Por ello, en esta modificación se acoge un equilibrio más ponderado entre los intereses públicos de la Unión Europea en garantizar la transparencia de su actuación y la utilización óptima de los fondos públicos, así como los derechos fundamentales consagrados en los Artículos 7 y 8 de la carta referida.

Por tanto, este reglamento convierte en derecho positivo dicha jurisprudencia en cuanto a lo que respecta a las personas físicas, y, por tanto, cuenta... cuenta con nuestro apoyo. La anterior regulación –la que ahora se modifica- no había ponderado bien estos intereses en conflicto, estos derechos fundamentales en conflicto, y, por tanto, se protege más la posición de los agricultores y ganaderos de nuestra Comunidad Autónoma, al establecer una serie de límites para la publicación de los datos de carácter personal de los beneficiarios, sin que por ello se detraiga en ningún momento la posibilidad de control de los fondos públicos, tan importantes, especialmente en momentos de crisis como estos. Gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Muchas gracias, Señoría. Para un turno también de fijación de posiciones, tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Popular, don Jorge Domingo Martínez Antolín.


EL SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN:

Gracias, Presidente. Buenos días, Señorías. La modificación que se plantea tiene dos líneas principales de actuación. Por un lado, es el establecimiento del marco financiero plurianual 2014-2020, como consecuencia de la adhesión de Croacia a la Unión Europea, lo que supone una modificación de la Política Agraria Comunitaria como consecuencia de ese Acta de Adhesión. Ese Acta de Adhesión debe ser ratificada por los Estados miembros, y España ya lo ha autorizado a través de sus Cortes Generales. En este mismo mes de octubre ha aprobado la... la correspondiente ley orgánica que consiente al Estado proceder a la ratificación de ese Acta de Adhesión.

Por otro lado, también, otro punto de la modificación importante es el establecimiento de unas nuevas normas sobre la publicación de los datos de los beneficiarios que reciben ayudas de los fondos europeos (ayudas del Fondo Europeo Agrícola de Garantía y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural).

Hay que destacar, en este sentido, que la Junta de Castilla y León es una de las Comunidades Autónomas que mejor lleva a cabo la gestión de estas ayudas europeas. Y desde... desde este punto de vista, siempre ha estado haciendo una publicación de las personas, tanto físicas como jurídicas, que recibían esas ayudas, dando lugar a una transparencia pública importante.

Si bien es cierto, como decía Su Señoría, que, como consecuencia de una resolución del Tribunal de Justicia europeo, se invalidaron las normas anteriores de la Unión Europea que permitían que se publicasen los datos de las personas físicas, y de ahí que esta modificación que se plantea haga referencia a que, una vez más, se pueda llevar a cabo la publicación de datos de personas, tanto físicas como de personas jurídicas. Y nosotros consideramos que es coherente el hecho de que se lleve a cabo esa publicación de datos de personas, tanto físicas como jurídicas, coherente, como bien digo, con la transparencia que se da a los ciudadanos en el manejo de esos fondos públicos. El hecho de que la gente pueda conocer a qué personas y a qué entidades jurídicas se destinan los fondos, el saber la cuantía de esos fondos, el saber para qué se utilizan esos fondos, creemos que refuerzan enormemente el control público, y sobre todo la transparencia de la Administración.

No obstante, también consideramos que la publicación de dicha información debe de efectuarse de forma que interfiera lo menos posible en el derecho de los beneficiarios, al respeto de su vida privada en general y a la protección de sus datos personales en particular, derechos estos reconocidos por los Artículos 7 y 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Y bueno, en virtud de todo lo anteriormente expuesto, pues consideramos que se lleve a cabo el principio de subsidiariedad en los términos que establece el Artículo 5 del Tratado de la Unión Europea. Muchas gracias.

Votación Dictamen


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, Señoría. Cree entender esta Presidencia que queda aprobado el Informe Ponencia por asentimiento. En consecuencia, queda aprobado por la Comisión el Dictamen sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en el proyecto de acto legislativo de la Unión Europea que ha sido objeto de estudio.

La Presidencia informa que se agruparán, a efecto de su debate y votación, el tercer y cuarto puntos del Orden del Día. Por lo tanto, por parte de la señora Letrada se dará lectura del tercer y cuarto punto del Orden del Día.

Elaboración Dictámenes


LA LETRADA (SEÑORA SESEÑA SANTOS):

Tercer y cuarto punto del Orden del Día: "Elaboración del Dictamen de la Comisión sobre el control de la aplicación del principio de subsidiad... subsidiariedad en los siguientes proyectos de acto legislativo de la Unión Europea:

- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los productos sanitarios para diagnóstico in... in vitro, (texto pertinente a efectos del EEE) [COM 541 final].

- Y elaboración del Dictamen de la Comisión sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los productos sanitarios y por el que se modifica la Directiva 2001/83/CE, el Reglamento número 178/2002 y el Reglamento número 1223/2009 [COM 542 final]".


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, señora Letrada. Para fijar posiciones, se procede a la apertura de un turno de los Portavoces de los distintos Grupos Parlamentarios. En ausencia del Grupo Mixto, y en representación del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra don Francisco Ramos Antón.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Muchas gracias, señor Presidente. Creo que es un acierto debatir agrupadamente estos dos reglamentos, precisamente porque son dos reglamentos sobre productos sanitarios que se adoptan conjuntamente. En... en un caso afecta a aquellos productos sanitarios cuyo fin es el diagnóstico in vitro, y el resto afecta al resto de los productos sanitarios que no son medicamentos. Estamos hablando de productos fabricados utilizando la... férulas o tejidos humanos inviables, estamos hablando de productos implantables y de productos que contienen componentes o sustancias biológicas viables, por un lado. Y por otro lado estamos hablando de productos sanitarios de alto riesgo, fabricados o utilizados en un único centro, o bien productos para estudiar la predisposición a una dolencia o enfermedad, como, por ejemplo, las pruebas genéticas. Incluimos también... se incluyen también la regulación de los productos sanitarios para diagnóstico in vito... in vitro, los programas informáticos médicos orientados a este fin.

En primer lugar, ambos reglamentos están contribuyendo a concretar una regulación europea que anteriormente estaba establecida mediante directivas, lo que dejaba un margen muy importante para la interpretación por parte de los Estados miembros en el momento de la transposición de estas directivas a la legislación nacional. Y estamos hablando de unos reglamentos que... que se están planteando precisamente como consecuencia de la aparición de una serie de escándalos que se producen con algunos productos implantables que precisamente se citan en la exposición de motivos de los respectivos reglamentos.

Por parte de la Ponencia se ha considerado pertinente la ampliación de los productos regulados, así como la concreción del derecho a información de los propios pacientes. También consideramos significativo el desarrollo de una base de datos única y europea, tanto sobre productos sanitarios como sobre productos sanitarios in vitro, que afecta no solo a todos los productos sino al conjunto de los actores implicados en su investigación, producción, comercialización y distribución, incluyendo también la importación de estos productos, lo cual introduce unos elementos de seguridad que consideramos muy pertinentes en el caso de la importación de productos sanitarios que no sean medicamentos al conjunto de los países de la Unión Europea.

Creo que un déficit, probablemente, del Informe de la Ponencia visto en este momento es que no hemos señalado la conveniencia de que esta base de datos esté accesible en todos los idiomas de la Unión Europea, y singularmente en el nuestro, ¿no? Pero en fin, yo creo que eso es una cosa menor, en fin, que no afecta a la sustancia, a los aspectos sustanciales del Dictamen.

Desde nuestro punto de vista, sin duda, una regulación europea más detallada y más amplia en esta materia, con la concreción que... de un reglamento que evita esas divergencias de interpretación en los Estados es coherente con el ámbito frecuentemente transnacional en el que se produce el desarrollo de la investigación y de la innovación en este sector, y con las formas de organización de la producción y con el mercado de productos sanitarios, aportando mayores garantías a lo que es importante, es decir, a los pacientes y a los consumidores.

Finalmente, nosotros creemos que un marco regulador estable como el que se establece, con suficiente concreción y con detalle, y con capacidad de adaptación a las innovaciones, puede potenciar el desarrollo de un sector de alto valor añadido, en constante progreso científico y tecnológico, con gran potencial en el ámbito económico y del empleo.

Sí que hemos hecho constar también en el... en el ámbito de la Ponencia los límites de este Reglamento en el momento de establecer con suficiente concreción un conjunto de principios que pudieran ser adaptados a todos los Estados miembros a la hora de regular y promover la investigación en este sector. Reconocemos la dificultad de establecer estos principios orientadores comunes en compatibilidad con la diversidad cultural y la... y la propia pluralidad política de los Estados miembros, pero creemos que, sin embargo, se podría haber ido un poco más allá del reconocimiento de los... de los principios que ya están establecidos en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, con el objetivo de potenciar en mayor medida la investigación científica y el desarrollo tecnológico en este sector.

Pero, en definitiva, lo que es... lo que sí que tenemos que decir es que en este tipo de Ponencias, en las que se abordan reglamentos complejos, yo creo que hay que agradecer –porque no lo haremos siempre- el apoyo de la Letrada que nos ha estado asistiendo en todo momento, y también señalar el espíritu de colaboración y de trabajo franco y abierto entre los miembros de la Ponencia, que yo creo que siempre es de agradecer.

En conclusión, este Grupo considera que la propuesta analizada, con los detalles que se han comentado en mi intervención, se adecúa al principio de subsidiariedad en los términos en que establece el Informe de la Ponencia. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, Señoría. En turno también de fijación de posiciones, en representación del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el Procurador don Juan Martínez Majo.


EL SEÑOR MARTÍNEZ MAJO:

Gracias, Presidente. Como bien decía don Francisco Ramos, creo que además son reglamentos complejos; digo complejos, que son, aparte de la técnica jurídica que puedan emplear los propios reglamentos, pero también el fondo del asunto, la normativa sobre la que tratan, pues, es muy compleja.

Yo creo que si partimos de... de ese marco legislativo que nos dicen en ambas propuestas, de esas Directivas del noventa y ocho, del noventa, del noventa y tres -estamos hablando de la década de los noventa-, en concreto esas tres legislativas que son... directivas –perdón-, que son el marco legislativo en el que se mueve en este momento, y que cubren una amplísima gama de productos sanitarios, tanto los productos sanitarios en términos generales como para diagnóstico in vitro, que se hace en una regulación específica, mediante una propuesta de reglamento que, en este momento, la Unión Europea está trabajando.

Ese nuevo enfoque en la regulación yo creo que va un poco más allá, y tiene la finalidad clara, por una parte, de elevar el nivel de seguridad y la protección, sobre todo, que es lo más importante, y para nosotros yo creo que para los españoles y para los castellanos y leoneses, pues, el nivel de protección de la salud de las personas, que es lo importante, y, por otra parte, pues también, desde el punto de vista incluso de las empresas, que son, curiosamente... -y contrario a lo que pensábamos, o por lo menos yo pensaba antes de estudiar esto- son pymes en muchos casos las que trabajan con productos sanitarios de este tipo, y, pues, también garantizar el funcionamiento del mercado interior, y las reglas, digamos, de mercado, además de las reglas de cómo debe hacerse.

Los productos sanitarios, en este momento, no están sujetos a una autorización de una autoridad reguladora, valga la redundancia -porque así es la expresión concreta que viene en los reglamentos-, antes de su comercialización; por tanto, no existe, digamos, una garantía ad hoc de lo... de lo que son los productos en su conjunto, los productos sanitarios. Sí es verdad que existe... para los productos de medio y alto riesgo se exige la participación de un organismo independiente, un tercero independiente, conocido como "organismo notificado", que, una vez certificado, los productos circulan con el marcamo... con el marchamo de la Comunidad Económica Europea, esas palabras "CEE", que circulan libremente por toda la Unión Europea. Esa es la regulación que existe en este momento.

Yo creo que, como bien decía Francisco Ramos, pues, se trata de ir más allá, y yo creo que debemos nosotros, desde aquí, pues bueno, de alguna manera, compartir ese marco reglamentario vigente, que ha demostrado ventajas, pero también ha habido inconvenientes; el caso más conocido, pues, es el fabricante francés de las... de la silicona... implantes mamarios, que utilizaba silicona industrial en vez de silicona sanitaria para este tipo de...

Por tanto, la seguridad de los productos y esa libre circulación van a ser aspectos fundamentales que se van a regular -se regulan, de hecho- en esta propuesta de reglamento, y ese organismo, esa supervisión de los organismos notificados; aparte de la regulación existente actualmente, va a haber un control mayor sobre esos organismos que van a controlar de alguna manera; sí es verdad que no hay una regulación anterior, pero sí de alguna manera que van a controlar los productos sanitarios en su conjunto.

Y ¿por qué actúa la Unión Europea? Yo creo que, bueno, pues en esa propuesta armonizada de... legislativa, tanto es competencia de los Estados miembros como de la Unión Europea, por el Tratado de la Unión y por sus diversas modificaciones. Yo creo que lo importante es que se fijen, o se fijan en este caso -yo creo que de hecho es a lo que se tiende-, a unas normas elevadas de calidad y seguridad en los productos sanitarios y, sobre todo, que las políticas de competencia, en esa política de competencia compartida entre los Estados de la Unión y los Estados miembros, pues que abunden en una mayor seguridad en la circulación de los productos por la Unión Europea.

Y es... es preciso... Yo creo que, con los años... no olvidemos que la regulación actualmente existente es de los años noventa; por lo tanto, cada vez más, y afecta a productos de lo más variopintos; desde una silla de ruedas hasta un análisis de sangre, pues se podrían considerar productos sanitarios amparados y regulados por las directivas actuales. Y yo creo que sí que es necesario, desde el punto de vista del Grupo Popular también, una vez analizado, que se vayan concretando, en aras a una protección de la salud pública, también en beneficio de los pacientes, y también de los profesionales de la sanidad, que, en muchos casos, pues están aplicando productos que, si bien es verdad que tienen, como decía antes, esa... ese marcado "CEE", también hay que analizar y ver, desde el punto de vista sanitario, si cumplen toda la normativa que la propia normativa impuesta por la Unión Europea.

Y desde el punto de vista de la subsidiariedad, pues yo creo que se considera que las propuestas, los reglamentos analizados se adecúan al principio de subsidiariedad, en los términos que establece el Tratado de la Unión Europea. Y yo también, me gustaría hacer especial hincapié, pues, a la colaboración que ha existido entre los Grupos Políticos para... para esta Ponencia, y también, cómo no, a la ayuda inestimable de la Letrada, que... que tanto controla y además que tanto sabe de estos temas. Nada más. Gracias.

Votación Dictámenes


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, Señoría. Cree entender esta Presidencia que queda aprobado por asentimiento el Informe de Ponencia. Gracias, Señorías. En consecuencia, queda aprobado por la Comisión el Dictamen sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en el proyecto de acto legislativo de la Unión Europea que ha sido objeto de estudio.

Y sin más asuntos que tratar, Señorías, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las once horas].


DS(C) nº 195/8 del 29/10/2012

CVE="DSCOM-08-000195"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Comisión de la Presidencia
DS(C) nº 195/8 del 29/10/2012
CVE: DSCOM-08-000195

DS(C) nº 195/8 del 29/10/2012. Comisión de la Presidencia
Sesión Celebrada el día 29 de octubre de 2012, en Valladolid
Bajo la Presidencia de: Rubén Rodríguez Lucas
Pags. 6481-6491

ORDEN DEL DÍA:

1. Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de elaborar el informe sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la UE.

2. Elaboración del Dictamen de la Comisión sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en el siguiente proyecto de acto legislativo de la UE:

- Modificación de la propuesta de la Comisión COM(2011) 628 final/2 de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común [COM(2012) 551 final] [2011/0288 (COD)].

3. Elaboración del Dictamen de la Comisión sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en el siguiente proyecto de acto legislativo de la UE:

- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los productos sanitarios para diagnóstico in vitro (Texto pertinente a efectos del EEE) [COM(2012) 541 final] [2012/0267 (COD)].

4. Elaboración del Dictamen de la Comisión sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en el siguiente proyecto de acto legislativo de la UE:

- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los productos sanitarios y por el que se modifican la Directiva 2001/83/CE, el Reglamento (CE) n.º 178/2002 y el Reglamento (CE) n.º 1223/2009 (Texto pertinente a efectos del EEE) [COM(2012) 542 final] [2012/0266 (COD)].

SUMARIO:

 ** Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos.

 ** El Presidente, Sr. Rodríguez Lucas, abre la sesión.

 ** Intervención del Procurador Sr. Ramos Antón (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Intervención del Procurador Sr. García-Prieto Gómez (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día. Ratificación Ponencia.

 ** El Vicepresidente, Sr. Martínez Majo, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** El Presidente, Sr. Rodríguez Lucas, de acuerdo con el apartado quinto de la Resolución de la Presidencia de catorce de junio de dos mil diez y el Artículo 114.2 del Reglamento, somete a la Comisión la ratificación de los Ponentes designados por los Grupos Parlamentarios. Son ratificados.

 ** Segundo punto del Orden del Día. Elaboración Dictamen.

 ** El Vicepresidente, Sr. Martínez Majo, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Fernández Cardo (Grupo Socialista).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Martínez Antolín (Grupo Popular).

 ** Queda aprobado por asentimiento el Dictamen sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en el proyecto de acto legislativo de la Unión Europea que ha sido objeto de estudio.

 ** El Presidente, Sr. Rodríguez Lucas, comunica que se agrupan para debate y votación el tercer y cuarto puntos del Orden del Día

 ** Tercer y cuarto puntos del Orden del Día. Elaboración Dictámenes.

 ** La Letrada, Sra. Seseña Santos, da lectura al tercer y cuarto puntos del Orden del Día.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Ramos Antón (Grupo Socialista).

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Martínez Majo (Grupo Popular).

 ** Quedan aprobados por asentimiento los Dictámenes sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la Unión Europea que han sido objeto de estudio.

 ** El Presidente, Sr. Rodríguez Lucas, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las once horas.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Buenos días, Señorías. Bienvenidos a la Comisión de la Presidencia. ¿Los Grupos Parlamentarios tienen que comunicar alguna sustitución a esta Mesa? ¿Por parte del Grupo Socialista?


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Muchas gracias, señor Presidente. Por parte del Grupo Socialista, Juan Luis Cepa sustituye a doña Ana Muñoz... perdón, a Ana Redondo... perdón, a Ana Redondo.


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, Señoría. ¿Por parte del Grupo Popular?


EL SEÑOR GARCÍA-PRIETO GÓMEZ:

Gracias, Presidente. Francisco Julián Ramos Manzano sustituye a Salvador Cruz García.


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, Señoría. Pasamos al primer punto del Orden del Día. Por parte del señor Vicepresidente, se dará lectura del primer punto del Orden del Día.

Ratificación Ponencia


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ MAJO):

Primer punto del Orden del Día: "Ratificación de la designación de los miembros de la Ponencia encargada de elaborar el informe sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la Unión Europea".


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, señor Vicepresidente. De acuerdo con el apartado quinto de la Resolución de la Presidencia de catorce de junio del dos mil diez, por la que se aprueban las normas sobre el procedimiento de control del principio de subsidiariedad, y el Artículo 114.2 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se propone la ratificación de los Ponentes designados por los distintos Grupos Parlamentarios.

Esta designación recayó en los señores Procuradores don Miguel Ángel Fernández Cardo, don José María González Suárez, don Jorge Domingo Martínez Antolín, don Juan Martínez Majo y don Francisco Ramos Antón. ¿Se ratifica esta designación? Por asentimiento, quedan ratificados los ponentes de la Comisión.

Pasamos al segundo punto del Orden del Día. Por parte del señor Vicepresidente se dará lectura del segundo punto del Orden del Día.

Elaboración Dictamen


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR MARTÍNEZ MAJO):

Segundo punto del Orden del Día: "Elaboración del Dictamen de la Comisión sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en los proyectos de acto legislativo de la Unión Europea:

- Modificación de la propuesta de la Comisión (2011) 628 final/2 de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agraria Común".


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

En turno de fijación de posiciones, se procede a la apertura de un turno de los Portavoces de los distintos Grupos Parlamentarios. En ausencia del Grupo Mixto, tiene la palabra don Miguel Ángel Fernández Cardo, en representación del Grupo Socialista.


EL SEÑOR FERNÁNDEZ CARDO:

Gracias, señor Presidente. Tres asuntos queremos resaltar en cuanto a la modificación evaluada.

La primera, como una cuestión previa, sería respecto a la reforma de la Política Agraria Común de la Unión. Creo que es importante que, dado que tenemos otra oportunidad de volver a plantear cuál es el posicionamiento de estas Cortes sobre la modificación que propone la Unión, yo creo que es importante que en estos momentos recordemos que la propuesta global abunda en los desequilibrios entre los distintos territorios de la Unión Europea.

En lo tocante... además, es un modelo a todas luces inconveniente para la producción y la competitividad de nuestra agricultura, así como para el desarrollo rural de nuestra Comunidad Autónoma. De hecho, las Cortes acordaron hace ya un año cuatro puntos especiales a recordar en este caso, porque el esfuerzo compartido de las Cortes yo creo que debe ser reflejado nuevamente ante esta documentación: primero, la oposición de las Cortes a la reforma de la Política Agraria Común; segundo, la necesidad de urgir al Gobierno de España para establecer alianzas con otros Estados miembros de la Unión también afectados por la reforma que se propone; tercero, la irrenunciabilidad de hacer valer la posición común acordada por las Comunidades Autónomas con el Ministerio, unánimemente contraria a una reforma de impacto adverso para Castilla y León y que no contempla las características propias del campo español y nuestro modelo rural; cuarto, el apoyo incondicional de las Cortes a las organizaciones profesionales agrarias.

En segundo lugar, esta modificación supone también una serie de medidas para lograr la integración de Croacia en la Unión Europea, y, por tanto, en su Política Agraria Común. Sin duda, la razón de ser de la Unión Europea ha sido recordada este viernes doce de octubre por el jurado del Premio Nobel de la Paz. Se ha destacado que ha transformado Europa en un continente de guerra a un continente de paz. Y en estos momentos la Unión Europea ha contribuido hacia el avance de la paz y de la reconciliación, la democracia y los derechos humanos en Europa. Precisamente en estos instantes es mucho más importante recordar de dónde venimos y por qué formamos parte de ese club. Por tanto, la integración de Croacia, un territorio asolado por la última guerra ocurrida en la... en el territorio europeo en el siglo XX, yo creo que debe ser apoyado por estas Cortes. Es lógico, en consecuencia, el reajuste en la asignación de recursos, pero ello no debe hacerse a costa de causar un mayor menoscabo en la renta de los agricultores leoneses y castellanos, tan castigados por los recortes en las ayudas públicas, autonómicas y nacionales.

El tercer aspecto a tomar en consideración: la transparencia y protección de datos de carácter personal. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea reseñó, ante el derecho vigente, que había que establecer una prioridad distinta en cuanto a los dos aspectos enfrentados: esa transparencia o el derecho de protección de los datos de carácter personal. Por ello, es importante el convenio... el recordatorio del convenio europeo para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales, el derecho al respeto a la vida privada y familiar, de domicilio y correspondencia, y sobre el cual no puede haber una injerencia de la autoridad pública, salvo que esté prevista por ley. Derechos especialmente queridos por este Procurador leonés que les habla, dado que fueron establecidos en la Carta Magna Leonesa en mil ciento ochenta y ocho.

El principio de transparencia, que era el único que venía acogiendo la legislación de la Unión Europea en relación con estas ayudas, ha sido puesto de manifiesto que suponía un exceso respecto a su contraposición con los principios de carácter privado. Por ello, en esta modificación se acoge un equilibrio más ponderado entre los intereses públicos de la Unión Europea en garantizar la transparencia de su actuación y la utilización óptima de los fondos públicos, así como los derechos fundamentales consagrados en los Artículos 7 y 8 de la carta referida.

Por tanto, este reglamento convierte en derecho positivo dicha jurisprudencia en cuanto a lo que respecta a las personas físicas, y, por tanto, cuenta... cuenta con nuestro apoyo. La anterior regulación –la que ahora se modifica- no había ponderado bien estos intereses en conflicto, estos derechos fundamentales en conflicto, y, por tanto, se protege más la posición de los agricultores y ganaderos de nuestra Comunidad Autónoma, al establecer una serie de límites para la publicación de los datos de carácter personal de los beneficiarios, sin que por ello se detraiga en ningún momento la posibilidad de control de los fondos públicos, tan importantes, especialmente en momentos de crisis como estos. Gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Muchas gracias, Señoría. Para un turno también de fijación de posiciones, tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Popular, don Jorge Domingo Martínez Antolín.


EL SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN:

Gracias, Presidente. Buenos días, Señorías. La modificación que se plantea tiene dos líneas principales de actuación. Por un lado, es el establecimiento del marco financiero plurianual 2014-2020, como consecuencia de la adhesión de Croacia a la Unión Europea, lo que supone una modificación de la Política Agraria Comunitaria como consecuencia de ese Acta de Adhesión. Ese Acta de Adhesión debe ser ratificada por los Estados miembros, y España ya lo ha autorizado a través de sus Cortes Generales. En este mismo mes de octubre ha aprobado la... la correspondiente ley orgánica que consiente al Estado proceder a la ratificación de ese Acta de Adhesión.

Por otro lado, también, otro punto de la modificación importante es el establecimiento de unas nuevas normas sobre la publicación de los datos de los beneficiarios que reciben ayudas de los fondos europeos (ayudas del Fondo Europeo Agrícola de Garantía y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural).

Hay que destacar, en este sentido, que la Junta de Castilla y León es una de las Comunidades Autónomas que mejor lleva a cabo la gestión de estas ayudas europeas. Y desde... desde este punto de vista, siempre ha estado haciendo una publicación de las personas, tanto físicas como jurídicas, que recibían esas ayudas, dando lugar a una transparencia pública importante.

Si bien es cierto, como decía Su Señoría, que, como consecuencia de una resolución del Tribunal de Justicia europeo, se invalidaron las normas anteriores de la Unión Europea que permitían que se publicasen los datos de las personas físicas, y de ahí que esta modificación que se plantea haga referencia a que, una vez más, se pueda llevar a cabo la publicación de datos de personas, tanto físicas como de personas jurídicas. Y nosotros consideramos que es coherente el hecho de que se lleve a cabo esa publicación de datos de personas, tanto físicas como jurídicas, coherente, como bien digo, con la transparencia que se da a los ciudadanos en el manejo de esos fondos públicos. El hecho de que la gente pueda conocer a qué personas y a qué entidades jurídicas se destinan los fondos, el saber la cuantía de esos fondos, el saber para qué se utilizan esos fondos, creemos que refuerzan enormemente el control público, y sobre todo la transparencia de la Administración.

No obstante, también consideramos que la publicación de dicha información debe de efectuarse de forma que interfiera lo menos posible en el derecho de los beneficiarios, al respeto de su vida privada en general y a la protección de sus datos personales en particular, derechos estos reconocidos por los Artículos 7 y 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Y bueno, en virtud de todo lo anteriormente expuesto, pues consideramos que se lleve a cabo el principio de subsidiariedad en los términos que establece el Artículo 5 del Tratado de la Unión Europea. Muchas gracias.

Votación Dictamen


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, Señoría. Cree entender esta Presidencia que queda aprobado el Informe Ponencia por asentimiento. En consecuencia, queda aprobado por la Comisión el Dictamen sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en el proyecto de acto legislativo de la Unión Europea que ha sido objeto de estudio.

La Presidencia informa que se agruparán, a efecto de su debate y votación, el tercer y cuarto puntos del Orden del Día. Por lo tanto, por parte de la señora Letrada se dará lectura del tercer y cuarto punto del Orden del Día.

Elaboración Dictámenes


LA LETRADA (SEÑORA SESEÑA SANTOS):

Tercer y cuarto punto del Orden del Día: "Elaboración del Dictamen de la Comisión sobre el control de la aplicación del principio de subsidiad... subsidiariedad en los siguientes proyectos de acto legislativo de la Unión Europea:

- Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los productos sanitarios para diagnóstico in... in vitro, (texto pertinente a efectos del EEE) [COM 541 final].

- Y elaboración del Dictamen de la Comisión sobre el control de la aplicación del principio de subsidiariedad en la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los productos sanitarios y por el que se modifica la Directiva 2001/83/CE, el Reglamento número 178/2002 y el Reglamento número 1223/2009 [COM 542 final]".


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, señora Letrada. Para fijar posiciones, se procede a la apertura de un turno de los Portavoces de los distintos Grupos Parlamentarios. En ausencia del Grupo Mixto, y en representación del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra don Francisco Ramos Antón.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Muchas gracias, señor Presidente. Creo que es un acierto debatir agrupadamente estos dos reglamentos, precisamente porque son dos reglamentos sobre productos sanitarios que se adoptan conjuntamente. En... en un caso afecta a aquellos productos sanitarios cuyo fin es el diagnóstico in vitro, y el resto afecta al resto de los productos sanitarios que no son medicamentos. Estamos hablando de productos fabricados utilizando la... férulas o tejidos humanos inviables, estamos hablando de productos implantables y de productos que contienen componentes o sustancias biológicas viables, por un lado. Y por otro lado estamos hablando de productos sanitarios de alto riesgo, fabricados o utilizados en un único centro, o bien productos para estudiar la predisposición a una dolencia o enfermedad, como, por ejemplo, las pruebas genéticas. Incluimos también... se incluyen también la regulación de los productos sanitarios para diagnóstico in vito... in vitro, los programas informáticos médicos orientados a este fin.

En primer lugar, ambos reglamentos están contribuyendo a concretar una regulación europea que anteriormente estaba establecida mediante directivas, lo que dejaba un margen muy importante para la interpretación por parte de los Estados miembros en el momento de la transposición de estas directivas a la legislación nacional. Y estamos hablando de unos reglamentos que... que se están planteando precisamente como consecuencia de la aparición de una serie de escándalos que se producen con algunos productos implantables que precisamente se citan en la exposición de motivos de los respectivos reglamentos.

Por parte de la Ponencia se ha considerado pertinente la ampliación de los productos regulados, así como la concreción del derecho a información de los propios pacientes. También consideramos significativo el desarrollo de una base de datos única y europea, tanto sobre productos sanitarios como sobre productos sanitarios in vitro, que afecta no solo a todos los productos sino al conjunto de los actores implicados en su investigación, producción, comercialización y distribución, incluyendo también la importación de estos productos, lo cual introduce unos elementos de seguridad que consideramos muy pertinentes en el caso de la importación de productos sanitarios que no sean medicamentos al conjunto de los países de la Unión Europea.

Creo que un déficit, probablemente, del Informe de la Ponencia visto en este momento es que no hemos señalado la conveniencia de que esta base de datos esté accesible en todos los idiomas de la Unión Europea, y singularmente en el nuestro, ¿no? Pero en fin, yo creo que eso es una cosa menor, en fin, que no afecta a la sustancia, a los aspectos sustanciales del Dictamen.

Desde nuestro punto de vista, sin duda, una regulación europea más detallada y más amplia en esta materia, con la concreción que... de un reglamento que evita esas divergencias de interpretación en los Estados es coherente con el ámbito frecuentemente transnacional en el que se produce el desarrollo de la investigación y de la innovación en este sector, y con las formas de organización de la producción y con el mercado de productos sanitarios, aportando mayores garantías a lo que es importante, es decir, a los pacientes y a los consumidores.

Finalmente, nosotros creemos que un marco regulador estable como el que se establece, con suficiente concreción y con detalle, y con capacidad de adaptación a las innovaciones, puede potenciar el desarrollo de un sector de alto valor añadido, en constante progreso científico y tecnológico, con gran potencial en el ámbito económico y del empleo.

Sí que hemos hecho constar también en el... en el ámbito de la Ponencia los límites de este Reglamento en el momento de establecer con suficiente concreción un conjunto de principios que pudieran ser adaptados a todos los Estados miembros a la hora de regular y promover la investigación en este sector. Reconocemos la dificultad de establecer estos principios orientadores comunes en compatibilidad con la diversidad cultural y la... y la propia pluralidad política de los Estados miembros, pero creemos que, sin embargo, se podría haber ido un poco más allá del reconocimiento de los... de los principios que ya están establecidos en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, con el objetivo de potenciar en mayor medida la investigación científica y el desarrollo tecnológico en este sector.

Pero, en definitiva, lo que es... lo que sí que tenemos que decir es que en este tipo de Ponencias, en las que se abordan reglamentos complejos, yo creo que hay que agradecer –porque no lo haremos siempre- el apoyo de la Letrada que nos ha estado asistiendo en todo momento, y también señalar el espíritu de colaboración y de trabajo franco y abierto entre los miembros de la Ponencia, que yo creo que siempre es de agradecer.

En conclusión, este Grupo considera que la propuesta analizada, con los detalles que se han comentado en mi intervención, se adecúa al principio de subsidiariedad en los términos en que establece el Informe de la Ponencia. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, Señoría. En turno también de fijación de posiciones, en representación del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el Procurador don Juan Martínez Majo.


EL SEÑOR MARTÍNEZ MAJO:

Gracias, Presidente. Como bien decía don Francisco Ramos, creo que además son reglamentos complejos; digo complejos, que son, aparte de la técnica jurídica que puedan emplear los propios reglamentos, pero también el fondo del asunto, la normativa sobre la que tratan, pues, es muy compleja.

Yo creo que si partimos de... de ese marco legislativo que nos dicen en ambas propuestas, de esas Directivas del noventa y ocho, del noventa, del noventa y tres -estamos hablando de la década de los noventa-, en concreto esas tres legislativas que son... directivas –perdón-, que son el marco legislativo en el que se mueve en este momento, y que cubren una amplísima gama de productos sanitarios, tanto los productos sanitarios en términos generales como para diagnóstico in vitro, que se hace en una regulación específica, mediante una propuesta de reglamento que, en este momento, la Unión Europea está trabajando.

Ese nuevo enfoque en la regulación yo creo que va un poco más allá, y tiene la finalidad clara, por una parte, de elevar el nivel de seguridad y la protección, sobre todo, que es lo más importante, y para nosotros yo creo que para los españoles y para los castellanos y leoneses, pues, el nivel de protección de la salud de las personas, que es lo importante, y, por otra parte, pues también, desde el punto de vista incluso de las empresas, que son, curiosamente... -y contrario a lo que pensábamos, o por lo menos yo pensaba antes de estudiar esto- son pymes en muchos casos las que trabajan con productos sanitarios de este tipo, y, pues, también garantizar el funcionamiento del mercado interior, y las reglas, digamos, de mercado, además de las reglas de cómo debe hacerse.

Los productos sanitarios, en este momento, no están sujetos a una autorización de una autoridad reguladora, valga la redundancia -porque así es la expresión concreta que viene en los reglamentos-, antes de su comercialización; por tanto, no existe, digamos, una garantía ad hoc de lo... de lo que son los productos en su conjunto, los productos sanitarios. Sí es verdad que existe... para los productos de medio y alto riesgo se exige la participación de un organismo independiente, un tercero independiente, conocido como "organismo notificado", que, una vez certificado, los productos circulan con el marcamo... con el marchamo de la Comunidad Económica Europea, esas palabras "CEE", que circulan libremente por toda la Unión Europea. Esa es la regulación que existe en este momento.

Yo creo que, como bien decía Francisco Ramos, pues, se trata de ir más allá, y yo creo que debemos nosotros, desde aquí, pues bueno, de alguna manera, compartir ese marco reglamentario vigente, que ha demostrado ventajas, pero también ha habido inconvenientes; el caso más conocido, pues, es el fabricante francés de las... de la silicona... implantes mamarios, que utilizaba silicona industrial en vez de silicona sanitaria para este tipo de...

Por tanto, la seguridad de los productos y esa libre circulación van a ser aspectos fundamentales que se van a regular -se regulan, de hecho- en esta propuesta de reglamento, y ese organismo, esa supervisión de los organismos notificados; aparte de la regulación existente actualmente, va a haber un control mayor sobre esos organismos que van a controlar de alguna manera; sí es verdad que no hay una regulación anterior, pero sí de alguna manera que van a controlar los productos sanitarios en su conjunto.

Y ¿por qué actúa la Unión Europea? Yo creo que, bueno, pues en esa propuesta armonizada de... legislativa, tanto es competencia de los Estados miembros como de la Unión Europea, por el Tratado de la Unión y por sus diversas modificaciones. Yo creo que lo importante es que se fijen, o se fijan en este caso -yo creo que de hecho es a lo que se tiende-, a unas normas elevadas de calidad y seguridad en los productos sanitarios y, sobre todo, que las políticas de competencia, en esa política de competencia compartida entre los Estados de la Unión y los Estados miembros, pues que abunden en una mayor seguridad en la circulación de los productos por la Unión Europea.

Y es... es preciso... Yo creo que, con los años... no olvidemos que la regulación actualmente existente es de los años noventa; por lo tanto, cada vez más, y afecta a productos de lo más variopintos; desde una silla de ruedas hasta un análisis de sangre, pues se podrían considerar productos sanitarios amparados y regulados por las directivas actuales. Y yo creo que sí que es necesario, desde el punto de vista del Grupo Popular también, una vez analizado, que se vayan concretando, en aras a una protección de la salud pública, también en beneficio de los pacientes, y también de los profesionales de la sanidad, que, en muchos casos, pues están aplicando productos que, si bien es verdad que tienen, como decía antes, esa... ese marcado "CEE", también hay que analizar y ver, desde el punto de vista sanitario, si cumplen toda la normativa que la propia normativa impuesta por la Unión Europea.

Y desde el punto de vista de la subsidiariedad, pues yo creo que se considera que las propuestas, los reglamentos analizados se adecúan al principio de subsidiariedad, en los términos que establece el Tratado de la Unión Europea. Y yo también, me gustaría hacer especial hincapié, pues, a la colaboración que ha existido entre los Grupos Políticos para... para esta Ponencia, y también, cómo no, a la ayuda inestimable de la Letrada, que... que tanto controla y además que tanto sabe de estos temas. Nada más. Gracias.

Votación Dictámenes


EL PRESIDENTE (SEÑOR RODRÍGUEZ LUCAS):

Gracias, Señoría. Cree entender esta Presidencia que queda aprobado por asentimiento el Informe de Ponencia. Gracias, Señorías. En consecuencia, queda aprobado por la Comisión el Dictamen sobre la aplicación del principio de subsidiariedad en el proyecto de acto legislativo de la Unión Europea que ha sido objeto de estudio.

Y sin más asuntos que tratar, Señorías, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las once horas].


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