DS(C) nº 265/8 del 8/4/2013









Orden del Día:




1. Proposición No de Ley, PNL/000496, presentada por los Procuradores D. Fernando Pablos Romo, D.ª Ana María Carmen Redondo García, D.ª Ana María Muñoz de la Peña González, D. Juan Luis Cepa Álvarez, D.ª María del Rosario Gómez del Pulgar Múñez y D. José Ignacio Martín Benito, relativa a modificación de los Reglamentos General Taurino y de Espectáculos Taurinos, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 149, de 15 de octubre de 2012.

2. Proposición No de Ley, PNL/000642, presentada por los Procuradores D.ª Ana María Muñoz de la Peña González, D.ª María Sirina Martín Cabria, D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Javier Campos de la Fuente, D. Juan Luis Cepa Álvarez y D.ª Esther Pérez Pérez, instando a la Junta de Castilla y León a realizar actuaciones en relación con las especies exóticas invasoras, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 190, de 12 de febrero de 2013.

3. Proposición No de Ley, PNL/000650, presentada por los Procuradores D.ª Ana María Muñoz de la Peña González, D.ª María Sirina Martín Cabria, D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Javier Campos de la Fuente, D. Juan Luis Cepa Álvarez y D.ª Esther Pérez Pérez, instando a la Junta de Castilla y León a elaborar y publicar en la página web oficial de la Junta una estadística de incendios forestales, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 190, de 12 de febrero de 2013.

4. Proposición No de Ley, PNL/000675, presentada por los Procuradores D.ª Ana María Muñoz de la Peña González, D.ª María Sirina Martín Cabria, D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Javier Campos de la Fuente, D. Juan Luis Cepa Álvarez y D.ª Esther Pérez Pérez, sobre la elaboración del Catálogo Regional de Especies Amenazadas, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 190, de 12 de febrero de 2013.

5. Proposición No de Ley, PNL/000687, presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Fernando María Rodero García y D. David Jurado Pajares, instando a la Junta de Castilla y León a la modificación de los ámbitos territoriales de precio máximo superior de grupo B y grupo C para su supresión según la Orden VIV/1952/2009, de 2 de julio, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 195, de 22 de febrero de 2013.


Sumario:






 ** Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos.

 ** La Presidenta, Sra. Alzola Allende, abre la sesión.

 ** Intervención del Procurador Sr. Ramos Manzano (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** La Presidenta, Sra. Alzola Allende, comunica que, por acuerdo de los Portavoces, se modifica el Orden del Día.

 ** Primer punto del Orden del Día (antes quinto). PNL/000687.

 ** La Secretaria, Sra. Pérez Pérez, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Peregrina Molina (Grupo Popular).

 ** Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Alzola Allende, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es rechazada.

 ** Segundo punto del Orden del Día (antes primero). PNL/000496.

 ** La Secretaria, Sra. Pérez Pérez, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Procurador Sr. Pablos Romo (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Ramos Manzano (Grupo Popular).

 ** Intervención del Procurador Sr. Pablos Romo (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Alzola Allende, entiende aprobado por asentimiento el texto definitivo de la proposición no de ley debatida.

 ** Tercer punto del Orden del Día (antes segundo). PNL/000642.

 ** La Secretaria, Sra. Pérez Pérez, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Martín Cabria (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Reguera Acevedo (Grupo Popular).

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Martín Cabria (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Alzola Allende, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es rechazada.

 ** Cuarto punto del Orden del Día (antes tercero). PNL/000650.

 ** La Secretaria, Sra. Pérez Pérez, da lectura al cuarto punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Muñoz de la Peña González (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Martínez Majo (Grupo Popular).

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Muñoz de la Peña González (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Alzola Allende, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es rechazada.

 ** Quinto punto del Orden del Día (antes cuarto). PNL/000675.

 ** La Secretaria, Sra. Pérez Pérez, da lectura al quinto punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Muñoz de la Peña González (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Martínez Antolín (Grupo Popular).

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Muñoz de la Peña González (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Alzola Allende, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es rechazada.

 ** La Presidenta, Sra. Alzola Allende, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las doce horas diez minutos.




Texto:

[Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Buenos días. Se abre la sesión. ¿Algún Grupo Parlamentario tiene que comunicar alguna sustitución? Por el Grupo Parlamentario Socialista, no. ¿Por el Grupo Parlamentario Popular?


EL SEÑOR RAMOS MANZANO:

Sí, buenos días. Gracias, señora Presidenta. Don Arturo Pascual Madina sustituye a Daniel Sobrados Pascual y don Salvador Cruz García sustituye a Rubén Rodríguez Lucas.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Muchas gracias. Por acuerdo de los Portavoces de ambos Grupos, se modifica el Orden del Día, y se pasa del quinto punto, será el primero. Y para la... bueno, da lectura la señora Secretaria.

PNL/000687


LA SECRETARIA (SEÑORA PÉREZ PÉREZ):

Gracias, Presidenta. Buenos días. Primer punto del Orden del Día, por tanto, tras la modificación: "Proposición No de Ley número 687, presentada por los Procuradores don Jorge Félix Alonso Díez, don Fernando María Rodero García y don David Jurado Pajares, instando a la Junta de Castilla y León a la modificación de los ámbitos territoriales de precio máximo superior de grupo B y grupo C para su supresión según la Orden 1952/2009, de dos de julio, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 195, de veintidós de febrero de dos mil trece".


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Muchas gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, en representación de los señores Procuradores Proponentes, don Jorge Félix Alonso Díez.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Gracias, señora Presidenta. Y gracias por el cambio del punto del Orden del Día. El derrumbe del sector inmobiliario ha distorsionado las políticas de vivienda tanto que en numerosas zonas de Castilla y León los precios de las viviendas de protección pública han quedado manifiestamente desfasados. En determinadas ciudades, los precios máximos de las viviendas de protección pública ya son más caros que los de las viviendas libres. De momento, todo apunta a que esta tendencia va a seguir dándose.

El Gobierno de España ha decidido congelar en los cuatro últimos años el precio de los módulos de la vivienda protegida, pero no bajarlos. Es, por tanto, el mecanismo de acción de la Comunidad Autónoma la que puede y debe solucionar este problema con el ejercicio de su competencia exclusiva en materia de vivienda, que le otorga el Estatuto de Autonomía en su Artículo 70.1.6.º.

La Orden del Ministerio de Fomento 85/2010, del veintidós de enero, por la que se establecen los ámbitos municipales y los coeficientes para la determinación de los precios máximos de venta, adjudicación y de referencia para el alquiler en Castilla y León, es la orden que determina el procedimiento para establecer los precios máximos de las viviendas de protección pública en venta y en alquiler en Castilla y León; y lo hace fundamentalmente por dos parámetros: por el coeficiente de tipología de la vivienda y por la declaración de los ámbitos territoriales del precio máximo superior.

Los Artículos 9, 10 y 11 del Real Decreto 2006/2008, de doce de diciembre, que regula el Plan Estatal de la Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, establece la determinación del módulo básico estatal, los precios máximos de las viviendas protegidas, tanto en la venta como en la referencia para el alquiler, así como los ámbitos territoriales de precio máximo superior.

La declaración de ámbitos territoriales de precio máximo superior o de modificación de los existentes, según se dispone en el Artículo 11 del Real Decreto que antes citaba, se realiza mediante la Orden del Ministerio de Vivienda, a propuesta de las Comunidades Autónomas. Esto debe quedar claro que es a propuesta de las Comunidades Autónomas, que es por lo que planteamos que intervenga la Junta.

En este sentido, se ha dictado la Orden de Vivienda 1952/2009, de dos de julio, por la que se declaran los ámbitos territoriales de precio máximo superior del grupo B en Castilla y León y los municipios de Burgos, Salamanca, Segovia y Valladolid, que supone el incremento de los precios máximos del 30 %; y del grupo C a los municipios de Ávila, León, Miranda de Ebro, Palencia, San Andrés de Rabanedo, que supone un incremento de los precios máximos del 15 %.

Todo ello ha llevado a la paradoja de que en algunos municipios los precios máximos de venta de vivienda, y sobre todo los de referencia del precio máximo del alquiler de viviendas protegidas, están en muchos casos por encima de los precios del mercado en la actualidad.

En términos cuantitativos concretos, los precios máximos de referencia de protección pública para la vivienda, por ejemplo, de 90 metros con un garaje y un trastero vinculado, en la ciudad de Valladolid, se propone el proyecto... que propone el proyecto de decreto por el que se regula el programa de fomento al alquiler de la Junta de Castilla y León, arrojaría una situación actual con los siguientes resultados:

Precio máximo de venta de la vivienda de protección pública, 173.114,94 euros. Y el precio máximo del alquiler, sin IVA, sería de 721,31 euros al mes. O sea, estaríamos hablando de que los alquileres máximos en una vivienda de protección en Valladolid estaría por 721 euros al mes, con lo que el programa de fomento al alquiler que se pretende quedaría en el 80 %, es decir, en 577 euros, al que habría que añadir el IVA, según los casos.

Cabe señalar que, una vez aplicado el descuento de fomento al alquiler, el precio sigue estando por encima del precio de mercado medio de alquiler en Valladolid. Lo mismo pasaría en el resto de municipios de los que hemos citado antes, del grupo C y del grupo B. Pero, además de estar por encima de los valores de mercado, estaría muy por encima de la capacidad económica de las familias, en la situación de recesión económica en la que nos encontramos, dado que supondría un esfuerzo económico del 90 % del salario mínimo, si estamos ya teniendo en cuenta que le aplicábamos el 80 % del proyecto de decreto, que anunció el Consejero y que no... no ha salido. O sea, que si realmente... sin salir ese decreto, estaríamos hablando de que incluso el precio estaría por encima de lo que es el salario mínimo.

Si además del Real Decreto-ley 20/2012, del trece de julio, de Medidas para Garantizar la Estabilidad Presupuestaria y de Fomento de la Competitividad, en su Artículo 35 establece que quedan suprimidas las ayudas de subsidiación de préstamos contenidos en el Real Decreto 2066/2008, por el que se regula el Plan estatal de la Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, y, así mismo, no se reconocerán aquellas solicitudes que están en tramitación y que no hayan sido objeto de concesión por parte de la Comunidad Autónoma, a los ciudadanos les quedan muy pocas resortes para el acceso a la vivienda digna y adecuada para... que establece el Artículo 47 de la Constitución.

Por si esto fuera poco, el Artículo 36 del Real Decreto citado antes, el 20/2012, establece que la cuantía mensual de la ayuda para facilitar el pago de los gastos relacionados con el alquiler de la vivienda habitual, prevista en el Artículo 3.1.a) del Decreto... del Real Decreto 1472/2007, por el que regula la renta básica, se reduce en 147 euros. Así mismo, los beneficiarios cuya resolución se haya extinguido por alguna de las causas establecidas legalmente no podrán reanudar el derecho, y, de igual manera, no tendrán derecho al cobro de las ayudas aquellas solicitudes que, habiéndose presentado con anterioridad al treinta y uno de diciembre de dos mil once, no hayan obtenido resolución favorable o no hayan sido comunicadas al Ministerio de Fomento. Esto supone que el Plan de Vivienda Joven, el que tenía como objetivo la emancipación, pues también se lo van a... a cargar.

Por todo ello, y teniendo en cuenta además los últimos datos aportados por el Consejo General del Poder Judicial, en el que señala que el número de desahucios durante el primer trimestre de dos mil doce alcanzó la cifra récord de 18.424 desahucios, un 18 % más que en el mismo periodo de dos mil once, se hace casi más urgente la toma de decisiones por parte de la Junta de Castilla y León destinadas a paliar la situación que afecta cada día a mayor número de familias por no poder acceder a una vivienda.

Por ello, formulamos la siguiente propuesta de resolución: se modifique... bueno, que las Cortes insten a la Junta –claro- que se modifique la declaración de ámbitos territoriales de precio máximo superior de grupo B y C para su supresión, evitando el incremento del 30 y el 15 % de los precios de venta y de referencia de alquiler de las viviendas de protección pública en estos ámbitos territoriales de Castilla y León.

Segundo, se adopten medidas de urgencia para fomentar el alquiler de protección pública, en el que el precio del alquiler máximo no supere el 30 % de la renta disponible de la unidad familiar al que va dirigida.

Y, por último, se habilite y encuentren nuevas fórmulas en materia de vivienda que eviten la actual situación de precariedad en la que se encuentran las ciudadanas y ciudadanos, facilitándoles el acceso a la vivienda para evitar, en lo posible, el incremento de familias que cada día se ven abocadas a la exclusión social. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Muchas gracias, señor Alonso Díez. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Jesús Ángel Peregrina Molina.


EL SEÑOR PEREGRINA MOLINA:

Muchas gracias. Bien. Esta proposición no de ley que... que presentan, se piden en ella tres cosas diferentes y que vamos a diferenciar.

Por un lado, piden la modificación o supresión de los precios máximos de vivienda de protección pública. Y aquí hay que recordar que el precio de las viviendas de protección pública viene marcado por tres factores: el primero de ellos es el módulo básico estatal; el segundo, la clase de vivienda de protección pública de la que se trate –según se trate de régimen especial, general o concertado-; y, en tercer lugar, el ámbito municipal en el que se ubique la vivienda. Pues bien, de estos tres factores, los dos primeros los fija directamente el Estado, y solo el tercero –y dentro de los límites establecidos por el correspondiente Plan Estatal de Vivienda- los fijan las Comunidades Autónomas.

Por tanto, entendemos que cualquier variación de los precios se debe hacer en completa coordinación con el Estado, ya que la vivienda de protección pública se califica, en gran medida, en virtud de los planes estatales, en los que se fijan esos factores. Así, el margen que tienen las Comunidades Autónomas para la determinación de los precios se refiere solo al último de los factores, por lo que no parece que sea por esta única vía la que deba utilizarse para la modificación de los precios.

Pero, es más, la modificación de los precios solo puede afectar a aquellas viviendas que se califiquen provisionalmente a partir de la entrada en vigor de los nuevos precios, de forma que las viviendas ya calificadas no verían modificado su precio máximo de venta. En otro caso, se produciría una clara inseguridad jurídica al alterarse las condiciones de las calificaciones de las viviendas, que, como tales, no son sino resoluciones administrativas, cuya alteración debe ajustarse, en todo caso, a los procedimientos administrativos y jurisdiccionales correspondientes.

El incremento del 15 o del 30 %, al que hace referencia la proposición no de ley, lo fija el Artículo 11 del Real Decreto 2066/2008, de doce de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, es decir, deriva del plan que aprobó el anterior Gobierno de... de la Nación.

Hay municipios de otras Comunidades Autónomas similares a Valladolid, Salamanca, Segovia o Burgos, y que no son capitales de provincia, y que están en el ámbito municipal 1, que permite el incremento del 60 % de los precios, es decir, el doble que en Castilla y León. En el ámbito municipal en que se encuentran los municipios de Valladolid, Salamanca, Segovia o Burgos se encuentran otra serie de municipios de otras Comunidades Autónomas que en su inmensa mayoría no son capitales de provincia.

Pero, además, hay que indicar que en Castilla y León es la tercera Comunidad con precio menor de vivienda protegida, según los datos del precio del cuarto trimestre de dos mil doce -únicamente están... son más baratos Extremadura y Murcia-; y si la comparación la hacemos con Andalucía, vemos que la diferencia de precio es que en Andalucía es un 8 % más cara que en Castilla y León. En todo caso, la Junta no marca el precio de venta o de alquiler de las viviendas protegidas, lo que marca es el máximo, de forma que las viviendas protegidas se venden o se alquilan al precio que acuerden las partes, que puede ser inferior al máximo señalado en la... que pueden ser inferior al máximo señalado en la orden a la que hace referencia en la proposición no de ley.

Por tanto, ante la bajada del precio de la vivienda libre, el promotor de la vivienda protegida deberá ajustar los precios de la vivienda protegida, porque, en otro caso, el ciudadano se decantará por la vivienda libre en vez de la protegida. Aquí lo... lo único que se fijan son los máximos.

En cuanto a las medidas de fomento de alquiler, señalar que se está tramitando un proyecto de decreto de fomento del alquiler, que tiene por objeto dinamizar el mercado del alquiler, estableciéndose garantías para el propietario y para el inquilino, y fijándose un precio de alquiler inferior al de la vivienda de protección pública a fin de facilitar el acceso a la vivienda, de forma que se intente que no se destine al alquiler una parte razonable de los ingresos de la unidad familiar y que se evite, en la medida de lo posible, situaciones de... de exclusión social.

Y, por último, decir que el acceso de los castellano y... y leoneses a una vivienda digna y adecuada ha sido, es y seguirá siendo una de las prioridades del Gobierno Regional. Por ello, las actuaciones que está llevando a cabo la Junta de Castilla y León en materia de vivienda durante esta legislatura tienen un denominador común, que es mantener el apoyo público a los ciudadanos y a las familias que se encuentran en situaciones de mayor dificultad a causa de la crisis económica, precisamente para que la crisis económica no deteriore aún más sus dificultades para acceder a una vivienda digna.

Y, por todo ello, no procede tomar en consideración la proposición no de ley planteada. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señor Peregrina Molina. Para cerrar el debate, tiene la palabra don Jorge Félix Alonso Díez.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Sí, gracias. Bueno, el... yo creo que lo que es evidente es que la política de vivienda tiene que servir para que las personas puedan acceder a una vivienda, y ese es el... el objetivo que perseguimos y que yo creo que... que debe perseguir el Gobierno Autonómico. Lo que no puede hacer es ponerse de perfil y dejar que, más o menos... dice: bueno, hemos marcado unas grandes líneas, y luego, si la gente puede ir a la vivienda o no puede ir a la vivienda, parece que es un problema de otros. Lo digo porque, por la explicación que me daba, claro, me habla de... bueno, primero, como que le quita responsabilidad a la Junta en relación con el Gobierno de España. Es verdad que el Plan de Vivienda que ha habido hasta ahora le aprobó el anterior Gobierno, pero también es cierto que ese Plan se hizo en un momento diferente al que estamos viviendo en este momento, quiero decir que eran 2009-2012, y las situaciones no eran... no eran las mismas. Pero quien establece el precio máximo, o sea, ese incremento del 1,3 o del 1,15, es la Comunidad Autónoma; o sea, lo aprueba el Gobierno de España –se lo he dicho antes-, a través de una orden, pero realmente quien hace la propuesta es la Comunidad Autónoma.

Y es cierto, es cierto que, indudablemente, quien tenga viviendas, aunque sean de... protegidas, el propietario, el promotor, si no las alquila, tendrá que bajar el precio, que es lo que usted me decía; pero también es cierto que, si los máximos autorizan que se pueda pagar hasta 700 euros por un alquiler, pues no debería ser así. Si el mercado ha bajado –y todos sabemos que ha bajado-, vamos, poníamos el ejemplo de Valladolid –bueno, quizá porque yo soy de Valladolid y lo conozco un poco más-, pero está claro que 700 euros no se pagan ni en el mercado libre; bueno, a no ser que sea una zona determinada, muy... muy concreta de la ciudad. En consecuencia, lo que debe ajustarse no solo es el mercado, sino realmente yo creo que la Administración lo que tiene que hacer es ajustarse a la realidad, y no poner que las viviendas de protección, pues pueda llegar a tenerse que pagar 300 euros por el alquiler al mes, porque es que eso no se ajusta en absoluto a la realidad, está totalmente desfasado.

En consecuencia, a nosotros nos parecía que esta iniciativa era oportuna, porque en mayo del año pasado se nos anunciaba por la Consejería el proyecto de decreto que usted me ha citado. Claro, es que estamos en abril, casi un año después, y el proyecto de decreto no ha salido. Y en ese proyecto de decreto, pues es una oportunidad de corregir esta situación. Quiero decir que esta PNL tiene la virtud de que se pueda tomar en consideración para que cuando se modifique, o se saque adelante ese proyecto de decreto, pues se corrijan estos desajustes, que, además, yo creo que, aprovechando el anuncio que nos hacía el Gobierno de España el viernes pasado del nuevo Plan de la Vivienda, pues yo creo que debe ser una oportunidad para que la Junta de Castilla y León realmente haga aquellos ajustes que permitan realmente que nadie en esta Comunidad tenga dificultades para acceder a la vivienda.

Y digo esto porque constantemente se está hablando del problema de los desahucios, que es un problema real y un drama real, pero está claro que después de que se produce el desahucio esa persona tiene que vivir en algún sitio, y, si no hay una política de vivienda que le permita no solo no... no dejar deudas con la vivienda que ha tenido... de la que ha sido desahuciado, que ya es un problema en sí mismo, pero, si conseguimos primero que no tenga deudas con esa... con ese promotor anterior, pues nos parece que eso... eso debe ser un objetivo. Pero, en cualquier caso, a partir de ahora tiene que seguir viviendo en algún sitio, y, en consecuencia, la Comunidad Autónoma debe poner aquellos mecanismos que le permitan vivir, tener acceso a una nueva vivienda.

El proyecto de decreto que se... al que hacíamos referencia, que sigue sin salir, sí establece que no se podrá... o sea, que el precio máximo será el 80 % de una vivienda de... de protección... el precio máximo de alquiler; o sea, que sí que interviene, pero nos parece que interviene insuficientemente. En consecuencia, le insisto... sé que van a votar en contra, porque ya nos lo ha anunciado, pero nos parece que tomen en consideración lo que estamos proponiendo.

Nos parece que es una oportunidad de corregir, si la Junta, por fin, saca este... este programa de fomento al alquiler, en el que se hablaba de alquiler social –algo que nos parece fundamental-, y que se tenga en cuenta los ingresos de las personas para poder acceder a esas viviendas de promoción, porque está claro que sí hay viviendas que construyen los promotores por iniciativa propia, que la Administración no tiene por qué intervenir. Pero hay viviendas que se construyen con ayudas de la Administración, que son viviendas... -o que están construidas ya- viviendas de... de promoción pública, precisamente por eso, porque están promocionadas por la Administración, esas deben servir para que las personas, pues puedan acceder a una vivienda; y, en consecuencia, ese es el objetivo fundamental de nuestra iniciativa; y ya le digo que es el objetivo fundamental que debe perseguir la política de vivienda de la Junta de Castilla y León. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señor Alonso. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la proposición no de ley.

Votación PNL/000687

¿Votos a favor? Seis. ¿Votos en contra? Nueve. Votos emitidos: quince. A favor: seis. En contra: nueve. Por tanto, queda rechazada la proposición no de ley debatida.

Y por la señora Secretaria se dará lectura al segundo punto del Orden del Día.

PNL/000496


LA SECRETARIA (SEÑORA PÉREZ PÉREZ):

Gracias, Presidenta. Segundo punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley número 496, presentada por los Procuradores don Fernando Pablos Romo, doña Ana María Carmen Redondo García, doña Ana María Muñoz de la Peña González, don Juan Luis Cepa Álvarez, doña María del Rosario Gómez del Pulgar Múñez y don José Ignacio Martín Benito, relativa a modificación de los Reglamentos General Taurino y de Espectáculos Taurinos, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 149, de quince octubre de dos mil doce".


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, en representación de los señores Procuradores Proponentes, don Fernando Pablos Romo.


EL SEÑOR PABLOS ROMO:

Gracias, Presidenta. La iniciativa que trae esta mañana el Grupo Socialista tiene que ver con la solicitud que hemos recibido de numerosos colectivos implicados en la tauromaquia, especialmente de Ayuntamientos que, en sus fiestas patronales, por tradición, organizan festejos taurinos.

Permítame que empiece con algunos datos comparativos sobre el número de festejos que se celebraron en dos mil once respecto a dos mil doce.

Vaquillas: en el año dos mil once, se organizaron 770; en el dos mil doce, 673. Hubo una bajada del 12,6 %.

Encierros: se organizaron en el dos mil once 708; en el dos mil doce, 657. Una bajada del 7,2 %.

Festivales taurinos: hubo 76 en el dos mil once; 61 en el dos mil doce. Una reducción del 20 %.

Novilladas con picadores: hubo 37 en el dos mil once; 32 en el dos mil doce. Una reducción del 13,51 %.

O corridas de toros, por poner el último ejemplo: se pasó de 81 en el dos mil once a 56 en el dos mil doce. Con una reducción superior al 30 %.

Está claro que estos datos tienen una causa principal, que es la crisis económica. Con sentido común, cuando hay una situación tan grave como la actual, repercute en todo.

Entonces lo que nosotros planteamos esta mañana, que nos parece que es razonable, es que, en momento de crisis, analicemos qué es aquello que, sin poner en riesgo la integridad de las personas, cumpliendo la normativa, puede ser capaz de ser modificado, y, por tanto, seamos capaces de adaptar la regulación al momento actual para evitar duplicidades de costes, en algunos casos, o burocracia.

Permítaseme algún ejemplo antes de leer el texto de la propuesta de resolución, que hay un error, obviamente, y es el año en el cual se tiene que producir la modificación: lo presentamos en el dos mil doce, ya no podemos hacerlo antes de finalizar el dos mil doce; en el dos mil trece.

Digo algunos ejemplos. Uno muy sencillo. Muchas de las localidades de Castilla y León que tienen tradición de organizar festejos taurinos hacen un encierro y, posteriormente, una capea o una suelta de vaquillas. Pues bien, la regulación actual establece que eso son dos festejos. Como hay que hacer un análisis veterinario de las reses antes de cada festejo, necesitamos dos veterinarios antes del encierro y otros dos distintos antes de la capea o la suelta de vaquillas. ¿Qué ocurre? Pues que para algo que tiene continuidad, cuatro veterinarios, que, además, la normativa establece que son no elegidos por el Ayuntamiento, sino determinados por el Colegio que les representa, en una localidad pequeña de nuestra Comunidad Autónoma, mientras el número de veterinarios... –es verdad que los costes no son iguales, porque depende de lo que hay- pero el número de veterinarios necesarios para una corrida de toros en la Plaza de la Ventas son tres. Es un sinsentido.

O algunas cuestiones más. La normativa actual obliga a presentar, compulsada o visada, el contrato de compraventa de las reses, que es una cuestión privada entre el administrador o el promotor y el vendedor. Todo eso es burocracia innecesaria.

Junto a eso, la reglamentación actual ha incorporado como permanentes medidas que parecían transitorias, y que nos parece bien que de manera transitoria estén estipuladas. Por ejemplo, las que se tienen que actuar en el caso de prevenir la transmisión de la encefalopatía espongiforme bovina. Eso es transitorio, no puede estar reglamentado para siempre.

O, en un momento en el que hay que buscar atractivos para que los festejos taurinos también sirvan para dinamizar nuestros municipios, los reglamentos que tenemos en vigor en Castilla y León no regulan ni actuaciones de forcados portugueses, o corridas landesas, o, lo que es más sorprendente, exhibiciones de recortes. Ninguno de ellos están.

Este Grupo no dice cómo tiene que modificarse... no tiene que modificarse el reglamento. Decimos, sencillamente, que, de acuerdo con las personas interesadas, se inicie esa modificación, y que se haga lo antes posible, porque, cuanto más se tarde, la repercusión positiva que tendrá para llevar a cabo en su momento el aumento o la... por lo menos la permanencia del número de festejos actuales eliminando la burocracia, pues será menos eficaz. Si nos ponemos de acuerdo, que esperemos que sí, esta mañana, cuanto antes se modifique mejor para todos.

Por eso, procedo a leer la iniciativa que trae el Grupo Parlamentario Socialista, que sería la siguiente, en la redacción definitiva, que solo es cambiar el año dos mil doce por dos mil trece. Diríamos que "Las Cortes de Castilla y León insten a la Junta de Castilla y León a impulsar, de acuerdo con los sectores relacionados con la tauromaquia en Castilla y León, la modificación, antes de finalizar el presente año dos mil trece, del Reglamento General Taurino de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto 57/2008, de veintiuno de agosto, y del Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto 14/1999, de ocho de febrero, para facilitar la celebración de festejos taurinos en Castilla y León, evitando toda intervención burocrática innecesaria y reduciendo costes de organización". Esto es lo que planteamos que se vote esta mañana.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señor Pablos. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Julián Ramos Manzano.


EL SEÑOR RAMOS MANZANO:

Sí. Muchas gracias, señora Presidenta. Buenos días, Señorías, de nuevo. De manera muy breve, señora Presidenta, porque en momentos en los que pues encontramos un punto de acuerdo y un punto de sintonía, como es en el... en el caso de la proposición no de ley que se presenta en el día de hoy, yo creo que, cuanto menos, mejor, si es que estamos... si es que estamos de acuerdo.

En la proposición no de ley que se nos presenta, pues se insta a la Junta de Castilla y León a impulsar ese acuerdo con los diferentes sectores relacionados con la tauromaquia en Castilla y León para modificar pues la reglamentación en la Comunidad de Castilla y León y también el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares, y evitando pues, como nos pedía el Portavoz del Grupo Socialista, pues toda intervención burocrática innecesaria y reduciendo pues esos costes de... de organización.

Entendemos que los requisitos y tramitación administrativa para la celebración de los espectáculos taurinos que recoge la normativa vigente en Castilla y León, bien sea por el Decreto 57/2008, de veintiuno de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General Taurino de la Comunidad de Castilla y León, y el Decreto 14/99, de ocho de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares, han servido y sirven para garantizar no solamente la integridad física de los participantes, que es pues el valor superior que debemos proteger, sino también se hace pues especial incidencia en la protección de los espectadores, de las personas ajenas al espectáculo, y también pues para salvaguardar los derechos de los profesionales, la calidad del ganado de lidia y la ausencia de maltrato en el mismo.

En definitiva, se pretende con todo ello, y se ha pretendido, la protección y defensa del propio espectáculo taurino, tan discutido, pues también en algunos otros ámbitos.

Ello, Señoría, pues no obsta en ningún caso para que, sin aceptar el "todo vale", en ningún caso, y sin menoscabar las garantías ni la protección que se pretenden, pues se hayan estudiado y se están estudiando esas mejoras y simplificaciones y trámites que usted nos ha... nos ha comentado. Son cambios que se les está dando forma en esa modificación del Decreto 14/99, de ocho de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de la Comunidad de Castilla y León, y que ya se encuentra en tramitación.

Igualmente, se va a proceder, en los mismos términos, a la modificación del Decreto 57/2008, de veintiuno de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General Taurino de la Comunidad de Castilla y León, contemplando pues todos esos puntos que ustedes nos piden en esta proposición no de ley.

Y, por otra parte, en lo referido, pues, si... si bien sí estoy de acuerdo y estamos completamente de acuerdo en lo que es toda la tramitación y reducción de esa tramitación de... burocrática, sí es que... sí que, en alguno de los puntos, en cuanto a los costes de organización, los principales costes que conllevan este tipo de festejos están relacionados con el espectáculo en sí mismo y con la seguridad y la protección de los intervinientes, de los espectadores y de las reses, y en estos costes pues tiene una relevancia pues no del todo pues muy muy exagerada lo derivado de la intervención administrativa. Por lo que entendemos que existe un margen mucho más pequeño para modificaciones que pudieran suponer una reducción de los costes de organización sin comprometer pues la seguridad en este tipo de espectáculos.

Y, en consecuencia, Señoría, pues, dicho lo cual, y por no ahondar más en... en el asunto, este Grupo va a aceptar y va a tomar en consideración la proposición no de ley que presenta el Grupo Parlamentario Socialista. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señor Ramos. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la resolución, tiene la palabra don Fernando Pablos Romo.


EL SEÑOR PABLOS ROMO:

Gracias, Presidenta. Con absoluta brevedad. Desde luego, suscribir los objetivos que se tienen que conseguir con una normativa como la que se está planteando; lo que decía el Portavoz del Grupo Popular en este tema, se suscribe íntegramente por el Grupo Socialista. Porque, al fin y al cabo, evitar el maltrato animal o garantizar la seguridad de los espectadores, que el comercio que se realice con el ganado sea legal o que las condiciones de trabajo de los profesionales estén garantizadas, está claro.

Pero hay muchas cosas que están reglamentadas ahora y que incluyen costes, y que la modificación como tal viene bien, está en marcha. Por lo tanto, solo dos cuestiones que reseñar, porque, además, el sentido de esta iniciativa es en positivo, y por tanto nos alegramos de que el Grupo Popular la vaya a plantear.

Cuando se dice que las intervenciones, burocráticas o no, pueden aumentar o no aumentar... Por ejemplo, el momento en el cual se diga a partir de qué hora son los espectáculos nocturnos o no, eso traslada aumento de costes, porque son condiciones, y en verano, en Castilla, que se diga que un espectáculo nocturno es a partir de las ocho de la tarde, no parece que sea muy razonable; pues eso está regulado. O quién o no puede ser director de lidia en una becerrada; eso también eleva costes. Es decir, todo ese tipo de cuestiones es las que pedimos que se analicen. Y nos alegramos, de verdad; yo no soy de los que, cuando alguien le da razón, busca a ver cómo al contrario le encuentra alguna cosa; todo lo contrario. Muchas gracias.

Solo un deseo -y con eso termino-: que se haga cuanto antes, porque, si no, podemos ver en el dos mil trece unos datos todavía mucho peores, que irá en perjuicio de tres cosas: en una Comunidad como la nuestra, en la provincia de la que yo provengo -aunque soy Parlamentario en estas Cortes para el conjunto de Castilla y León-, de personas que tienen toda su posibilidad de generar riqueza en el mundo de la tauromaquia, especialmente en la ganadería; segundo, irá en perjuicio de los profesionales (cuanto menos festejos haya, menos posibilidades de poder tener actividad); y tercero, también irá en contra de nuestra tradición, y yo creo que aquí no tenemos por qué avergonzarnos de que en muchos municipios de Castilla y León los festejos taurinos formen parte de la tradición, y es bueno mantenerlos.

Votación PNL/000496


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señor Pablos Romo. Concluido el debate, entiendo que se puede aprobar por asentimiento.

Bien, pues damos lectura al tercer punto del Orden del Día.

PNL/000642


LA SECRETARIA (SEÑORA PÉREZ PÉREZ):

Gracias, Presidenta. Tercer punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley número 642, presentada por los Procuradores doña Ana María Muñoz de la Peña González, doña María Sirina Martín Cabria, don Jorge Félix Alonso Díez, don Javier Campos de la Fuente, don Juan Luis Cepa Álvarez y doña Esther Pérez Pérez, instando a la Junta de Castilla y León a realizar actuaciones en relación con las especies exóticas invasoras, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 190, de doce de febrero de dos mil trece".


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, en representación de los señores Procuradores Proponentes, doña María Sirina Martín Cabria.


LA SEÑORA MARTÍN CABRIA:

Gracias, Presidenta. Buenos días a todos. Se considera especie exótica invasora aquella especie vegetal o animal que, siendo ajena a un territorio, al introducirse en él se propaga a gran velocidad y altera la estructura de los ecosistemas, suponiendo una gran amenaza para la biodiversidad. Según estimaciones, entre un 5 % y un 20 % de las especies exóticas pueden convertirse en especies invasoras.

Las especies... estas especies, recogidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, son las consideradas como una amenaza grave para las especies autóctonas, los hábitat o los ecosistemas, la agronomía y para los recursos económicos asociados al uso del patrimonio natural. Así mismo, acusan también cuantías pérdidas y problemáticas económicas, sanitarias e incluso sociales. Estas especies pueden desplazar y acabar extinguiendo a las especies nativas. Pueden afectar a la salud humana, a la salud del ganado, a los cultivos forestales, o provocar plagas agrícolas, rompiendo el equilibrio ecológico natural.

El Real Decreto 1628/2011, de catorce de noviembre, de Especies Invasoras, establece que las Comunidades Autónomas elaborarán, conjuntamente con el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, la... las "estrategias de gestión, control y posible erradicación de especies exóticas invasoras incluidas en el Catálogo, de conformidad con lo establecido en el artículo 61.5 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre". Se podrían elaborar estrategias, además, "de gestión, control y posible erradicación de dichas especies incluidas en el Listado, o incluir estas especies en estrategias multiespecíficas para su gestión y control". En la elaboración de las estrategias se podría priorizar "aquellas especies que supongan un mayor riesgo para la conservación de la fauna, flora o hábitats autóctonos amenazados".

Las estrategias tendrán al menos las siguientes... los siguientes contenidos: definición de la especie y... especies objetivo y diagnóstico de su problemática; b) análisis de riesgos; c) análisis de vía de entrada; d) medidas de actuaciones, definiendo la estrategia a seguir: gestión, control y posible erradicación; e) distribución y abundancia; f) actuaciones de coordinación entre las distintas Administraciones Públicas; actuaciones de seguimiento de la eficacia de aplicaciones de la estrategia; actuaciones de sensibilización y educación social sobre la problemática de especies exóticas invasoras; análisis económicos de los costes de aplicación de las estrategias sobre terceros o instalaciones afectadas de forma involuntaria por la presencia de especies exóticas invasoras.

La Junta de Castilla y León no ha impulsado la elaboración de dichas estrategias adaptadas al Real Decreto 1628/11, de Especies Invasoras, ni los correspondientes a los planes de gestión, control y erradicación. Y siendo necesario que desde la Administración se adopten las medidas necesarias para prevenir la introducción de nuevas especies exóticas invasoras e impulsar las estrategias de gestión, control y posible erradicación de dichas especies, ya establecidas en Castilla y León, se plantea la siguiente propuesta de resolución:

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a establecer el Catálogo de Especies Exóticas Invasoras en Castilla y León, a la creación de una red de alerta temprana en la Comunidad que puedan detectar las posibles amenazas de especies invasoras, a realizar un seguimiento de las especies exóticas con potencial invasor en la Comunidad, y a elaborar, en coordinación con el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, las Estrategias de la Comunidad para la gestión, control y erradicación de especies exóticas invasoras". Nada más. Gracias.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR PEREGRINA MOLINA):

Bien, muchas gracias. En turno de fijación de posiciones, por el... por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el Procurador Óscar Reguera Aceveda... Acevedo.


EL SEÑOR REGUERA ACEVEDO:

Muchas gracias, señor Presidente. Bueno, lamento que inicialmente le diga que no vamos a poder aceptar esta... esta proposición no de ley, pero yo estoy convencido que, después de los argumentos que le voy a expresar, pues estará convencida que quizá sea la mejor postura, el... el esperar un tiempo prudencial hasta que se produzcan acontecimientos.

Ustedes plantean establecer un catálogo de especies exóticas invasoras de Castilla y León, crear una red de alerta temprana y realizar un... un seguimiento de especies exóticas con potencial invasor en la Comunidad, entre otras cosas. Bien, hay que recordarles que esta proposición no de ley ya fue planteada en los mismos términos como Proposición No de Ley 0800426, para su debate en Pleno, pero fue posteriormente retirada. Recordemos también que, como usted bien decía, la regulación básica en estas materias está establecida y arranca de la Ley de Patrimonio Natural y de la... de la Biodiversidad, la Ley 42/2007, y mediante el Real Decreto que usted mencionó, el 1628 de dos mil once, se... se regula un listado y catálogo español de especies exóticas invasoras.

Usted recordará también -y aquí empezamos ya en el meollo de la cuestión-, esta norma estuvo envuelta recientemente en una enorme polémica, y ha sido además objeto de diversos recursos ante el Tribunal Supremo, entre ellos el recurso de esta Comunidad propia de Castilla y León, al considerar que esta norma superaba lo mandatado en la legislación básica, y además por considerar que no se tenían en cuenta algunos aspectos que convertían la norma en poco realista y adaptada a la situación actual, a la hora de su cumplimiento y de la consideración de las especies potencialmente invasoras.

Recordará que generó una polémica en relación con el tratamiento de la trucha arcoíris, del salvelino, del hucho, y luego afectó además a la orden de... por la que se regulaba la temporada para determinadas especies, como cangrejo rojo, cangrejo señal, lucio, lucioperca, percasol, pez gato, alburno y siluro. Obligó a la Comunidad Autónoma a adaptar esa situación porque, además del rechazo de esta Comunidad, y de otras muchas también, dio como consecuencia que se produjera un rechazo social importante por parte del colectivo de pescadores, cazadores, sector del turismo rural, etcétera, etcétera.

Pues bien, ¿a qué quiero ir con esto? En la actualidad, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente se encuentra tramitando un nuevo real decreto en el que han participado todas las Comunidades Autónomas, y en el que, en buena parte, se han recogido los distintos planteamientos de la propia Junta de Castilla y León. Este texto ha sido sometido ya a informe del Consejo de Medio Ambiente el pasado lunes cuatro de marzo -es bueno que tome nota de estas cuestiones, porque le interesarán con seguridad- y, según me dicen, según me informan, según informan a este Grupo, es previsible que la norma pueda ver la luz en el presente semestre; bien es verdad que pueda tener algún pequeño desfase, pero estamos hablando de soluciones temporalmente razonables en... en el tiempo.

Por todo ello, en la actualidad, y en tanto no se publique el texto definitivo, nos parece que tiene poco sentido -es más, importunaría seriamente el planteamiento- que se... que comencemos nosotros con promulgar normas regionales que pueden ser, en un futuro inmediato, objeto de ser enmendadas la plana por la normativa que está en preparación por... por parte de la Administración del Estado. Además, esa norma regional, en cualquier caso, tendría que tener en cuenta las determinaciones definitivas del catálogo español, que tiene consideración de básico, como no podía ser de otra manera.

En definitiva, hay que salvaguardar un razonable equilibrio; no podemos propiciar que... ni que cada uno de nosotros, como Comunidad Autónoma, o otras Comunidades, hagan un... hagan de su capa un sayo en la consideración de especies potencialmente invasoras, ni tampoco asistir a unas rigideces... -como la que manifestaba el real decreto del que trae y causa tanta desdicha acontecida en los últimos tiempos en relación con este tema- rigideces que estaban elaboradas, exclusivamente –para entendernos, porque podríamos hablar mucho, y largo, y tendido de este tema-, estaban elaboradas mediante la consideración, solamente, de exclusivamente criterios ambientalistas, cuando... cuando es cierto que, al aproximarnos con esta problemática, hay que concitar un serio y muy amplio esquema de diálogo entre Comunidades, sectores afectados, sectores implicados, para conseguir el equilibrio más virtuoso posible de estas cuestiones.

¿Esto qué significa, que no hacen la Junta de Castilla y León nada al respecto? Pues no es cierto, no significa eso. En estos momentos se están realizando labores de seguimiento y control contra especies potencialmente invasoras, exóticas, bien directamente o en colaboración con otros organismos. Por ejemplo, con la Confederación Hidrográfica del Ebro, o... para el mejillón cebra, para el seguimiento del mejillón cebra, o las de control y seguimiento del visón americano; acciones que se están realizando implicando, integrando en ellas a los agentes medioambientales, y que están obteniendo una alta efectividad en comparación con las que se están ejerciendo en otras Comunidades Autónomas.

En definitiva, por esas razones no procede aprobar esta proposición no de ley. Creemos es razonable esperar a los responsables del Ministerio actuales a que resuelva esa problemática creada con aquel real decreto, que, por cierto, recordarán, se aprobó estando el Gobierno en funciones, cinco días antes de la celebración de elecciones generales. Pero bueno, esto es agua pasado... pasada que ya no mueve molino; estamos en otro momento. Y, por esto, no vamos a poder aceptarlo.

Pero sí quería hacer una reflexión aquí para que todos lo sepamos, y es que conviene también que, desde el punto de vista de los Parlamentos, y nosotros mismos, cuando nos aproximemos a estos temas, lo hagamos con una cierta delicadeza y percepción de lo que estamos hablando, porque, cuando uno habla de especie potencialmente exótica invasora, parece como si estos fuesen alienígenas absolutamente perniciosos siempre, y no necesariamente eso... eso es así, no necesariamente eso... eso es así; es más, cada una tiene una categorización distinta y un enfoque diferente. Para que se vea claramente lo que quiero decir, si ahora mismo nos hubiéramos aproximado... -en lugar de estar en el siglo XXI, con la normativa y el enfoque actual, antes de esta reforma que ya les anuncio- nos hubiéramos aproximado al siglo XVI, cuando se hace el descubrimiento de América, todas las características de especie exótica invasora las tenía la patata, y ahora mismo estaría en el... en el catálogo de especies invasoras. Fíjese usted qué desmadre se hubiera procurado, ¿no?

Bueno, pues ese mismo enfoque, ya en una versión más actual –no, no se lo digo por hacer diatribas con usted, sino, simplemente, como reflexión general-, en un enfoque normal, le quiero decir que es netamente distinto el... la forma de enfocar el problema del visón americano con el efecto de desplazamiento con otros mustélidos, como, por ejemplo, la propia nutria, hurones, el visón europeo, las martas, las comadrejas, que el cangrejo señal. Que yo le digo –esto es una opinión personal que he defendido toda mi vida y la voy a defender aquí-: es la única solución, y mejor, para la repoblación de los ríos de Castilla y León y de toda España, porque es material, y metafísica, y física, y microbiológicamente imposible que el cangrejo autóctono español sobreviva a la afanomicosis del cangrejo. Es la única posibilidad mejor de repoblación de los ríos, el cangrejo señal, el Pacifastacus leniusculus, y lo digo aquí.

En consecuencia, no tiene la misma categoría de enfocar el visón americano que el cangrejo señal; ni tampoco la trucha arcoíris con respecto al lucio -por no meterme ya en otras cuestiones-; o el... o el cormorán, que no existe como catálogo de especies exóticas invasoras, y cualquier pescador que haya visto con frecuencia los ríos está... estará muy de acuerdo conmigo que, en determinados momentos, en los ríos, por ejemplo, de León, están constituyendo un serio problema. Es decir –y esto es una opinión personal-, con esto no quiero dogmatizar en absoluto, lo que quiero decir es que hay que hablar mucho al respecto de estos temas.

En fin, como están encima de la cuestión, dejemos a los entendidos, los mayores entendidos que nosotros, dejemos a los representantes de los sectores implicados que hablen y pacten un buen catálogo para que sea muy bien integrado y coordinado con Comunidades Autónomas, con sectores afectados, y sirva para, verdaderamente, perseguir el objetivo de la estabilidad y la biodiversidad de los ecosistemas de nuestra península. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señor Reguera Acevedo. Para cerrar el debate, tiene la palabra doña María Sirina Martín Cabria.


LA SEÑORA MARTÍN CABRIA:

Gracias, Presidenta. Señor Reguera, ya siento de verdad que no haya entendido nuestra propuesta... nuestra propuesta de resolución, y vayan a votar en contra.

Voy a intentar primero, antes de dar mi argumentación, de responder... responderle a algunas de las cuestiones que... que usted ha aludido en su intervención. Habla de... del borrador del... del nuevo decreto; el borrador está ahí, usted lo tendrá y lo habrá leído, pues igual que yo, estoy completamente segura de ello. El borrador no hace... no cambia, no modifica sustancialmente aquellas partes a las que se refiere, en concreto, nuestras propuestas de resolución. Es verdad que modifica otras partes, no... no lo que se refiere al... a los catálogos, a las estrategias, a los programas, a las alertas tempranas, que es a lo que se refiere nuestra propuesta de resolución, ¿eh?

Usted dice que promulgar normas regionales que puedan ser después cuestionadas por las estatales no es la fórmula correcta, yo creo que aplíquense ustedes el cuento cuando están a punto de aprobar una ordenación del territorio antes de que entre en vigor la ley estatal; o sea, para unas cosas sí... [Murmullos]. Sí que tiene que ver, estamos... estamos hablando de lo que usted ha argumentado, que primero no está de acuerdo con... con adelantar las normas regionales a las estatales. Depende de qué, ¿verdad?, depende de qué, y depende de cómo nos afecte.

Usted dice que... que le parece importante esperar un tiempo prudencial, ¿hasta cuándo, señor Reguera, hasta que vuelva a aparecer otra alarma, otra alarma? Una alarma o una cuestión tan importante como pasó... que todos tenemos en mente, hace exactamente año y medio, cuando, como usted ha dicho antes, se... el veintitrés de noviembre se regula la normativa de pesca del dos mil doce, que entra en total contradicción con el Real Decreto, de catorce de noviembre, sobre Especies Exóticas, que prohibía –si no me equivoco- el transporte, la comercialización y el consumo de las especies invasoras, al que, por cierto, la Junta de Castilla y León tuvo que dar respuesta de una forma precipitadísima con una norma complementaria para permitir, entre otras cosas, la pesca del cangrejo americano y el cangrejo señal -sobre el que, por cierto, habría mucho que hablar-, ambas, especies invasoras; que usted puede considerar que no son peligrosas, otros consideran que sí que lo son, sobre todo la introducción del cangrejo señal, que se hizo sin los oportunos estudios científicos, de la forma tan... de una forma rigurosa como se debería de haber hecho.

En segundo lugar... [murmullos] ... -yo también tenía mucho que haber dicho a su intervención y me he mantenido con el preceptivo respeto hacia ella- otra de su... otra parte de su brillante intervención, en la que, bueno, hace alusión a que las especies exóticas... –perdón- las especies invasoras no son del todo... no son todas peligrosas. Nadie ha dicho que lo sea, nadie ha dicho que lo sea. Pero lo que está claro es que es necesario, necesario localizarlas en el momento que aparecen, y es necesario hacer los estudios preceptivos para ver hasta qué punto esas especies pueden ser nocivas para la biodiversidad, para los ecosistemas, para el medio ambiente, ¿eh?, y para, bueno, el resto de... de recursos económicos asociados al patrimonio natural. Y eso es necesario hacerlo para saber hasta qué punto son o no son nocivas y agresivas estas especies invasoras.

Yo siento, porque ambos estamos de acuerdo en que hay que regular esta cuestión. Y lo que está claro es que la Comunidad Autónoma no lo ha hecho, o, por lo menos, no lo está haciendo de la forma rigurosa que debería de hacerse. Nosotros, con esta proposición no de ley –que tampoco me voy a extender mucho y no voy a argumentar mucho más, porque, bueno, pues creo que... que no viene casi al caso después de su intervención-, es que lo que intentábamos con el catálogo es precisamente localizar estas especies exóticas dentro de la Comunidad, hacer un catálogo exclusivamente de... de las que se ubican en Castilla y León, con la información científica y técnica suficiente para determinar que constituyen una amenaza grave, como hemos dicho antes. Y de cada una de ellas ha de darse cuenta al Ministerio para que se incorporen a ese catálogo nacional, que dice usted que, bueno, que está contemplado en el real decreto y que sin duda existe, y seguirá existiendo después de la aprobación del nuevo decreto. Esa información, además, debería de... de referir también las estrategias y los planes de prevención, control y posible erradicación, en el caso de que sean peligrosas esas especies. Y estos planes de gestión y control no se están haciendo en Castilla y León. Como usted dice, sí, de forma muy puntual, en colaboración con otros organismos, pero no con la rigurosidad que deberían de hacerse.

Y, después, la red de alertas, la red de alertas que está basada también en el Decreto 1628, también lo va a contemplar el nuevo decreto –usted lo sabe-, supondrían las medidas necesarias para el seguimiento y control de... de las posibles especies invasoras. Y esta red estaría integrada por puntos focales, que son los que el real decreto que está ahora mismo en vigor determina que le corresponde desarrollar a las Comunidades Autónomas.

Mire, no existe catálogo en Castilla y León, no existe una red de puntos focales que permita detectar una alarma temprana en la detección de nuevas especies invasoras, no existen planes de prevención, control y posible erradicación; por lo tanto, las especies invasoras no están reguladas en esta Comunidad Autónoma.

Y, señor Reguera, lo que intentamos realmente con esta proposición no de ley es que la Consejería de Fomento y Medio Ambiente se ponga a trabajar en este tema. Porque desde que surgiera la enorme alarma el pasado año cuando, bueno, pues cuando se habían sacado 17.000 licencias de pesca potencialmente para, entre otras cosas, pescar cangrejos, y resulta que no se podía, esa enorme alarma que se generó, desde entonces no se ha vuelto a hacer absolutamente nada con este tema, hasta que aparezca una nueva alarma. Y es que la Junta, y esta Consejería concretamente, está acostumbrada a trabajar a golpe de alarma.

Entonces, lo que queremos evitar es precisamente eso, que no se actúe a golpe de alarma; que se establezca ese catálogo de especies exóticas; que se cree la red de alerta temprana que pueda... que además no supondría un gran desembolso económico, ya que se podría incluso introducir dentro de lo que es la gestión o los servicios forestales de la Comunidad; y que se realice el seguimiento de estas especies con un potencial invasor, a veces peligroso, otras veces no; y, desde luego, que se coordinen bien con el Ministerio para que se puedan desarrollar las estrategias necesarias.

Y, en definitiva, señor Reguera, que la Junta de Castilla y León haga por una vez bien las cosas para salvaguardar el medio ambiente, la diversidad, y, desde luego, para no complicarles la vida ni a los cazadores, ni a los pescadores, ni a los agricultores, ni a los forestales, ni, en definitiva, a todos los ciudadanos de Castilla y León, como nos tiene acostumbrada esta Consejería. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señora Martín Cabria. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la proposición no de ley.

Votación PNL/000642

¿Votos a favor? Seis. ¿Votos en contra? Nueve. Quince votos emitidos. Seis a favor. Nueve en contra. Por tanto, queda rechazada.

Y pasamos al cuarto punto del Orden del Día.

PNL/000650


LA SECRETARIA (SEÑORA PÉREZ PÉREZ):

Gracias. Cuarto punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley número 650, presentada por los Procuradores doña Ana María Muñoz de la Peña González, doña María Sirina Martín Cabria, don Jorge Félix Alonso Díez, don Javier Campos de la Fuente, don Juan Luis Cepa Álvarez y doña Esther Pérez Pérez, instando a la Junta de Castilla y León a elaborar y publicar en la página web oficial de la Junta una estadística de incendios forestales, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 190, de doce de febrero de dos mil trece".


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, en representación de los señores Procuradores Proponentes, doña Ana Muñoz de la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

Gracias, Presidenta. Buenos días. El Artículo 45 de la Constitución consagra el derecho de los españoles a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo, encargando a los poderes públicos que velen por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida, y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva. Así mismo, para aquellos que violen lo establecido por la Constitución se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.

El Artículo 148 de la Constitución indica que las Comunidades Autónomas podrán asumir las competencias en cuanto a montes y aprovechamientos forestales, y, asimismo, establece que la gestión en materia de protección de medio ambiente corresponderá a las Comunidades Autónomas.

El Artículo 70 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad establece que tenemos competencias exclusivas para desarrollar la estadística para los fines de la Comunidad Autónoma, en coordinación con la agencia estatal... con la... en coordinación con la general del Estado y con las demás Comunidades Autónomas.

De acuerdo con el Artículo 71 de la Ley 14 del dos mil siete, de Reforma del Estatuto de Autonomía, Castilla y León tiene la competencia en el desarrollo normativo y ejecución en materia de montes, aprovechamientos y servicios forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos.

El Artículo 98... 28 de la Ley de Montes estatal otorga al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal, la coordinación en la elaboración de la estadística forestal española, junto con los demás órganos competentes de la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas.

No podemos olvidar que nuestra Ley de Montes contempla que la Consejería competente en materia de montes creará un registro administrativo de montes afectados por incendios, en el que se incluirán datos relativos a la fecha de incendio, así como a la localización, extensión y características de los terrenos afectados.

La Ley 7, de Estadística de Castilla y León, se promulgó ya que la Comunidad necesitaba de referencias fiables indicativas de sus características socioeconómicas y de su actuación permanente. Para conseguirlo, es preciso potenciar una actividad estadística específicamente dirigida a producir aquellas referencias; y su desarrollo precisa un marco legal y organizativo, precisa unas normas que definan sus límites, sus cauces orgánicos y las reglas fundamentales de las diversas relaciones que pueden implicar. Este es el objetivo con el que nació esta ley.

El territorio forestal en Castilla y León supone el 51 % de la superficie de la Comunidad Autónoma. Es, pues, uno de los principales y mejores patrimonios con los que contamos para desarrollar... para el desarrollo de la propia Comunidad. Los montes de la Comunidad aportan innegables beneficios económicos, sociales, ecológicos o medioambientales a nuestra sociedad.

El Grupo Parlamentario ha venido demostrando su preocupación en repetidas ocasiones por la lacra de los incendios forestales en nuestra Comunidad Autónoma; incluso aportó propuestas como la de elaborar una ley específica de incendios forestales. Así mismo, se reconoce con total claridad la labor importantísima en beneficio de los intereses autonómicos y de la sociedad en general de los profesionales que se juegan día a día la vida en la extinción de los incendios forestales, desde los técnicos a los agentes medioambientales, las cuadrillas de incendios, los maquinistas, pilotos, bomberos, vigilantes, hasta incluso los ciudadanos que colaboran desinteresadamente con la propia Administración y con los trabajadores.

Continuando con esta preocupación, con el objeto de poder analizar y realizar la realidad de esta lacra, es fundamental que la estadística de los incendios forestales sea publicada oficialmente con regularidad. Dentro de la estadística forestal española se incluyen los incendios forestales, de los que existe desde el año mil novecientos sesenta y ocho una base de datos de ámbito nacional.

Para ello, es necesario homogeneizar, mantener, elaborar y publicar esta estadística, a partir de la información que remiten las Comunidades Autónomas con cada uno de los siniestros forestales que ocurren en cada rincón de nuestro país. Para hacerlo posible, las Comunidades Autónomas han de proporcionar al Ministerio, antes del tercer cuatrimestre de cada año, la información estadística referente a los incendios acontecidos en el año anterior.

Esta publicación contiene las cifras definitivas del año, acompañadas de multitud de cuadros, gráficos y mapas que detallan aspectos... los aspectos más significativos del año. La edición, distribución y publicación en la web de la estadística definitiva del año se realiza a partir del tercer cuatrimestre del año siguiente. Esto significa que durante el verano, o incluso al terminar la campaña, no se puede realizar un ejercicio de comprobación o de análisis de la realidad ya que no se disponen de estos datos.

Ahora bien, en lo que debería ser pionera nuestra Comunidad Autónoma es en publicar estos datos con mayor celeridad, aportando los datos provisionales de los incendios forestales ocurridos en la Comunidad Autónoma por meses, provincias, término municipal, superficie provisional quemada, especies afectadas, propiedad pública o privada afectada... En fin, una serie de datos importantes, y con una periodicidad de quince días después del cierre de cada mes; es decir, como muy tarde el quince del mes siguiente se publicarían los datos ocurridos en el mes anterior vencido.

La importancia de conocer estos datos, la importancia que la Comunidad Autónoma... -ya que realiza este muestreo y se lo pasa de manera provisional al Ministerio- la importancia de que la política sea transparente, de que se pueda publicar, de que sea accesible a los ciudadanos, sea accesible a las Administraciones Públicas, sea accesible incluso a los propios trabajadores, es importantísima. De manera que esto es lo que motiva la presentación de esta propuesta de resolución, que establece que:

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que elabore y publique en la página web oficial de la Junta una estadística de incendios forestales con los avances provisionales de los mismos, con periodicidad mensual y desarrollo por provincias, términos municipales, superficie quemada, especies calcinadas, titularidad pública o privada de la zona incendiada, causalidad, así como cualquier dato que aporte claridad, transparencia e información".

Esperando contar con el respaldo del Grupo Popular, por el momento, Presidenta, nada más. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señora Muñoz de la Peña. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Juan Martínez Majo.


EL SEÑOR MARTÍNEZ MAJO:

Gracias, Presidenta. La proposición no de ley que... que nos presenta el Grupo Socialista insta a la Junta de Castilla y León a elaborar resumidamente y publicar en la web oficial de la Junta una estadística de incendios forestales con los avances provisionales y de... y se pide una periodicidad mensual, en términos generales.

Usted acaba de hacer una prolija y yo creo que muy amplia exposición de motivos, el de la PNL, y... especialmente normativa, desde la Constitución hasta los... Estatuto de Autonomía. Pero lo más importante, sobre todo, es que... bueno, ver con satisfacción desde este Grupo cómo comparten con nosotros la preocupación por este grave problema, y reconocen la gran labor que llevan a cabo día a día todos los profesionales relacionados con el sector -no... no algunos solo, sino todos- y todos los que participan en las labores de extinción de incendios, incluidos los ciudadanos de a pie, que también en muchas ocasiones tienen mucho que hacer y mucho que decir, y sobre todo mucho que trabajar en esos casos.

Los datos de los incendios forestales se están actualizando continuamente según llegan los datos a las secciones de protección civil de la naturaleza de cada una de las provincias; primer paso, la provincia. En un primer momento, y dentre... dentro de este primer momento, en un primer lugar, se recogen los datos en tiempo real en el programa de seguimiento de incendio forestal (Sinfo). En un segundo lugar, se introducen los datos del... del preparte y de la ficha de inscripción ocular que el agente medioambiental de cada incendio... en su visita al mismo. En tercer lugar -y repito, dentro de esta primera fase-, llega el... llega la zona acotada, el perímetro del mismo y las partes... los partes de vuelo con la información, que se contrasta con la que ya está introducida inicialmente por la... por la información del agente medioambiental. E incluso -y en ocasiones ocurre- pueden llegar más informes y partes, dependiendo de lo acaecido en cada incendio, del número de profesionales, de las especialidades de los profesionales y de los técnicos que... competentes en la materia, en las diversas materias que acaecen en un incendio. Eso sería en una primera fase, en un primer momento.

En un segundo momento posterior, al cerrar el año, con todos los datos introducidos y contrastados, se envían al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, donde se realiza la última depuración de errores -todavía existe una depuración más de errores- y se realiza esa publicación por parte de ellos. Una vez están todos estos errores posibles -técnicos, humanos y de todo tipo- corregidos, el Ministerio pasa los datos del año histórico y es cuando los datos son definitivos y se publican definitivamente.

Publicar datos provisionales, o parciales, o avances, en un tema tan sensible, tan especial y que necesita la participación de tantas personas para las definiciones del espacio forestal quemado, las vegetaciones, las especies arbóreas, las posibles influencias en ríos, acuíferas... acuíferos, perdón, animales, etcétera, etcétera, solo generaría confusión en muchos casos. Podrían existir, por supuesto, errores, que ya se están... al estar en continua actualización, todo lo que ello conlleva. Por lo tanto, no procede aprobar la proposición no de ley que se plantea. Nada más.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señor Martínez Majo. Para cerrar el debate, tiene la palabra doña Ana María Muñoz de la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

Gracias, Presidenta. Señorías, la primera vez que oigo que el crear confusión... que no... no se apoye, no se respalda esta iniciativa porque crea confusión, cuando lo que estamos pidiendo es transparencia y lo que estamos pidiendo es información. Que yo sepa, nunca la transparencia ni la información han generado confusión, en ningún caso.

Pero establece dos fases, dos fases fundamentales. Primero, evidentemente, si hago referencia a la normativa es para asentar, y quedar clara, y plasmar lo que es la... las bases competenciales de la Comunidad Autónoma. A partir de aquí, usted establece dos fases: una fase de actuación, que es una toma de datos, una recogida de muestras, que remiten. Pero esto es el trabajo de los agentes, esto es el trabajo de los profesionales; que lo hacen perfectamente, con máxima pulcritud.

Y establece una segunda fase -que ahí es donde entra a... y tiene cabida nuestra iniciativa-; esta segunda fase, que es la remisión de los datos al Ministerio. Bueno, pues aquí es donde nosotros pedimos que estos datos que la Comunidad Autónoma pasa al Ministerio, cuando los pase al Ministerio, los publique en la web de la Comunidad Autónoma, en este momento. ¿Por qué? Pues, porque estamos hablando de transparencia, estamos hablando de prevención, estamos hablando de educación ambiental, estamos hablando de que son datos que interesan no solo a los ciudadanos; interesan a los ciudadanos, a las Comunidades... a las entidades locales, interesan a los propios profesionales. Ahí es donde... donde estamos iniciando.

Porque, fíjese, si la información –como usted dice- provoca confusión, que es que el Ministerio sí transmite esta información, el Ministerio tiene durante todo el año avances provisionales de los niveles de incendios en todo el país. ¿Por qué puede el Ministerio publicar estos datos? Evidentemente, porque las Comunidades Autónomas le aportan estos datos, pero el Ministerio, en la página del Ministerio, sí hay datos continuos, provisionales y periódicos; todos los meses se publica, de manera provisional, todos los conatos o grandes incendios que se han producido en todo el país a lo largo de ese mes. Y luego, posteriormente, al año, publican los datos definitivos, cuando ya se cierra el año.

Esto mismo es lo que pedimos que haga la Junta de Castilla y León, que publique en la Comunidad Autónoma, de manera que un castellano y leonés, para saber qué está ocurriendo en su Comunidad Autónoma, no tenga que recurrir a las páginas del Ministerio o esperar un año entero a que se publiquen los datos, oficiales ya, de... de los incendios ocurridos durante el año. Esto es lo que estamos pidiendo, que la Comunidad Autónoma, un castellano y leonés, pueda, en las páginas de la Junta de Castilla y León, encontrar los datos de lo que está ocurriendo en el verano.

Claro, esto es un problema, porque el caso es que en las páginas web de la Junta, cuando... hay un vínculo concreto para consultar los incendios forestales. Cuando uno entra aquí, la Junta cuelga los datos, y cuelgan los datos aquí una vez cerrada la estadística nacional; esto es, solo puede verse datos, en estos momentos, pues del año dos mil doce, cuando está cerrada. Pues datos que son datos muy buenos, ¿eh?, que están bien recogidos, bien computados, bien... bien tratados: gráficas, índices de frecuencia, índice de causalidad, índice de peligrosidad, riesgo local, vulnerabilidad, riesgo potencial, con buenos mapas de recursos, buenos mapas de infraestructuras; está bien. Pero ninguna información actualizada, todas con un año de retraso, ni siquiera en época de riesgo, y fíjese lo importante que puede ser tener un avance informativo en plena época de riesgo; es que también es educación ambiental, es que también es prevención, y es también previsión.

Mire, los datos que ahora mismo ofrece la página de la Junta y los producidos desde la Dirección General de Estadística corresponden al año dos mil once, al año dos mil once. ¿Pero cómo...? En el año dos mil trece, solo tenemos datos en esta Comunidad en la Dirección General de Estadística que correspondan al año dos mil once en cuanto a número de incendios, superficie quemada... Eso sí, además te vinculan estos datos al Informe de Sostenibilidad Ambiental de Castilla y León 2000-2007, y a su... al sistema de indicadores que tiene. Y aquí, cuando entras a consultar, dices, bueno, vale, como te... te introduce en este vínculo, vamos a utilizar este vínculo. Cuando utilizas este vínculo -porque los datos que está ofreciendo la Dirección General de Estadística son del dos mil once, dices, vale, pues utilizamos el... el vínculo de Información y Sostenibilidad Ambiental en la... Comunidad-, pues los datos que nos encontramos son del año dos mil diez; todavía un año más de retraso.

Mire, Señoría, hay cuatro publicaciones sobre información y documentación ambiental en la Comunidad, publicados por el... publicadas todas por el CIDA: el Boletín Informativo Ambiental, el último boletín publicado fue el número 75 y corresponde al año dos mil doce, a septiembre del dos mil doce, desde entonces no ha vuelto a haber ni un solo... ni un solo boletín de información ambiental; el Boletín Periódico de Información Oficial, el último es de agosto del dos mil doce, es el número 119; el Boletín de Desarrollo Sostenible, el último es de junio del dos mil doce; el Boletín de la Red de Centros de Información y Documentación Ambiental de los Espacios Naturales, aquí ya, como cada uno va a su bola, pues aquí te puedes encontrar que algunos tienen la información retrasada del año dos mil nueve, otros del año dos mil once, otros están en el dos mil doce.

Pero, si vamos a consultar las estadísticas puras y duras de la Comunidad Autónoma en la Dirección General de Estadística, lo que encontramos es un vínculo al Plan Estadístico de Castilla y León 2010-2013 y al Programa Estadístico para el dos mil doce. Porque, Señorías, el Programa Estadístico para el año dos mil trece no se ha aprobado; se supone que se tenía que haber aprobado a lo largo del mes de diciembre del dos mil doce, y establecer lo que va a ser el programa estadístico, el trabajo en estadística que va a hacer la Comunidad Autónoma, el calendario estadístico a lo largo del año dos mil trece. Bueno, pues el último que tenemos es el dos mil doce, porque es que luego no hay previsión ni está aprobado el... el programa estadístico... de estadísticas de la Comunidad para el año dos mil trece. El último publicado, evidentemente, fue el del año dos mil once, lo mismo que ocurre con el Anuario Estadístico de Medio Ambiente, que el último también fue del año dos mil once. Y el Informe Anual de Actuaciones de Medio Ambiente lleva... que lleva publicándose desde el año mil novecientos noventa y nueve, pues el último es del año dos mil cinco-dos mil seis. Eso es un caos, y, Señorías, esto no cuesta dinero, esto es trabajo, trabajo y trabajo, no más, y organización del trabajo.

De manera que lamento mucho, de verdad, que no vayan a apoyar esto, porque, finalmente, es en beneficio de toda... de toda la Comunidad Autónoma, y en beneficio del propio país, porque, si son interesantes los datos de Castilla y León, también son interesantes que otras Comunidades Autónomas limítrofes puedan tener los datos de la Comunidad sin tener que recurrir a los datos provisionales del Ministerio, que, al fin y al cabo, es un trabajo que es una cuestión solo de claridad y de transparencia, porque este trabajo la Comunidad Autónoma lo hace, lo hace y, de hecho, se lo pasa al Ministerio. Por tanto, al tiempo que se lo pasa al Ministerio, no le costaría absolutamente nada publicarlo en... en la web. Claro, difícilmente va a publicar cuando el sistema de estadística que tenemos está como está, total y absolutamente abandonado desde el año dos mil once. Nada más, Presidenta. Y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señora Muñoz de la Peña. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la proposición no de ley.

Votación PNL/000650

¿Votos a favor? Seis. ¿Votos en contra? Nueve. Votos emitidos: quince. A favor: seis. En contra: nueve. Por tanto, queda rechazada la proposición no de ley debatida.

Y por la señora Secretaria se dará lectura al quinto y último punto del Orden del Día.

PNL/000675


LA SECRETARIA (SEÑORA PÉREZ PÉREZ):

Gracias, Presidenta. Quinto punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley número 675, presentada por los Procuradores doña Ana María Muñoz de la Peña González, doña María Sirina Martín Cabria, don Jorge Félix Alonso Díez, don Javier Campos de la Fuente, don Juan Luis Cepa Álvarez y doña Esther Pérez Pérez, sobre la elaboración del Catálogo Regional de Especies Amenazadas, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 190, de doce de febrero de dos mil trece".


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, en representación de los señores Procuradores Proponentes, doña Ana María Muñoz de la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

Gracias, Presidenta. La Ley 42 del año dos mil siete, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, en los Artículos 53 y 55 crea con carácter básico el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y el Catálogo Español de Especies Amenazadas.

La ley establece una serie de elementos protectores para los espacios... para las especies incluidas en el Listado y en el Catálogo, al mismo tiempo que establece dos categorías de clasificación: especies en peligro de extinción y especies vulnerables.

Más tarde, el Real Decreto 139 del año dos mil once desarrolla el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y el Catálogo Español de Especies Amenazadas. Se determina que para las especies incluidas en el Catálogo se deberán realizar una gestión activa de sus poblaciones y poner en marcha medidas específicas por parte de la Administración Pública competente. Estas medidas se concretarán en adoptar las estrategias de conservación y los planes de acción necesarios.

La elaboración y aprobación de estas estrategias y planes les corresponde a las Comunidades Autónomas como Administraciones Públicas competentes. Para ello, podrán recibir apoyo financiero del Fondo para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad previsto en el Artículo 74 de la propia ley. Por tanto, el Ministerio podrá proporcionar y convenir con las Comunidades Autónomas la prestación de ayuda técnica y económica para la elaboración de los distintos planes de recuperación, conservación, acción o reintroducción, y para la ejecución de las medidas requeridas. Por lo tanto, responsabilidad y competencia de la Junta de Castilla y León: elaborar los catálogos regionales de especies amenazadas y establecer los planes de recuperación de aquellas especies consideradas en peligro de extinción, así como los planes de conservación para aquellas especies catalogadas como vulnerables.

A pesar de no existir en la Comunidad el Catálogo Regional de Especies Amenazadas, es conocido como en Castilla y León habitan en torno a veinticinco especies que necesitan medidas de protección especiales de manera urgente, y sus correspondientes programas de gestión o planes de recuperación, de las cuales trece son mamíferos, ocho son aves, dos invertebrados y una corresponde a... a los peces.

Otras especies necesitan también protección, pero su nivel de riesgo no es tan crítico. Castilla y León cuenta en la actualidad con cuatro planes de recuperación de especies amenazadas, como el urogallo cantábrico, el águila imperial ibérica, cigüeña negra y oso pardo. Disponemos de dos planes de conservación y gestión para el lobo y para el águila perdicera.

Esta protección ha supuesto que en los últimos veinte años, según los correspondientes censos, la población de oso pardo ha crecido un 70 %, el lobo se acerca a 1.800 ejemplares y las cigüeñas negras llegan a 90 parejas, lo que demuestra la efectividad de los planes de recuperación y conservación.

Cuatro planes de recuperación de especies amenazadas y dos planes de gestión... de conservación y gestión, sin tener un catálogo regional de especies amenazadas, esto es, se han planteado los planes para estas cuatro especies, no sabemos con qué criterios concretos, y por qué estas especies y no también otras especies amenazadas.

Lo lógico, lo normal es disponer del catálogo regional, como paso previo, y, a partir de ahí, ir elaborando los planes de recuperación precisos, en función de lo que establezca el catálogo correspondiente.

En Castilla y León tenemos, solo en aves, cincuenta y cinco especies en la Lista Roja y solo tres cuentan con planes de recuperación y una con planes de... con plan de conservación.

Tenemos ocho especies en peligro, veintiséis especies vulnerables y veintiuna especies amenazadas.

Especies, por ejemplo, como la alondra ricotí, calificada como en peligro debido a que la superficie de su área de ocupación es menor a 500 kilómetros cuadrados y localizada solo en catorce localidades. Especie ya desaparecida en todo el continente africano y, sin embargo, en España, el único lugar del mundo donde nidifican estas aves, básicamente en Castilla-La Mancha, en Teruel y en Castilla y León, al sur de la provincia de Soria.

La avutarda, por ejemplo, también una especie calificada como vulnerable; buitre negro; milano real -vulnerable también- existen ejemplares en Zamora, Salamanca, Segovia, y en Valladolid, en los últimos años, se ha perdido el 50 % de la población existente; milano negro; o alimoche, en peligro crítico en Castilla y León, solo quedan en torno a trescientas parejas; el busardo ratonero; águila calzada; o el zampullín cuellinegro, que está incluido también en la Lista Roja como amenazado, con escasa presencia en Soria y en Salamanca, solo quedan en torno a unas veinte parejas reproductoras. Así hasta cincuenta y cinco especies de aves en la Comunidad.

Respecto a los mamíferos, pues el visón europeo, que tiene presencia en la cuenca del Duero, principalmente en los ríos Arlanza, Arlanzón y Pisuerga; mejillón de río; lince ibérico, con presencia en el sur de la Comunidad Autónoma; murciélago de herradura, catalogado como vulnerable y presente en las áreas periféricas también de toda la Comunidad.

Todas estas especies forman parte del listado de especies amenazadas, con importante presencia estable y reproductora en la Comunidad Autónoma, y que no disponen del correspondiente plan de recuperación, a pesar del apoyo financiero que recibe la Comunidad Autónoma por parte de la Unión Europa, a través de los Programas Life, para conservar y proteger muchas de estas... de estas especies.

Así mismo, el Ministerio, en el informe elaborado y publicado de "Impactos, vulnerabilidad y adaptación al cambio climático de la biodiversidad española", sitúa a noventa y cinco especies en Castilla y León, noventa y un animales y cuatro vegetales, en claro peligro de extinción o de desplazamiento.

Es fundamental detener la pérdida de diversidad biológica, que se produce debido a diferentes factores, y garantizar la conservación de la biodiversidad que vive en estado silvestre, para lo cual es necesario que la Junta de Castilla y León elabore la catalogación que diferencie las especies en peligro de extinción de las vulnerables, establezca los regímenes específicos de protección y recuperación necesarios de aquellas especies silvestres que lo requieran.

Por todo ello, se presenta la siguiente propuesta de resolución: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a elaborar el catálogo regional de especies amenazadas; en segundo lugar, a establecer los planes de recuperación de las especies amenazadas y en peligro de extinción; y, en tercer lugar, a elaborar los planes de conservación de las especies vulnerables". Esperando su apoyo, nada más, Presidenta.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Muchas gracias, señora Muñoz de la Peña. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Jorge Domingo Martínez Antolín.


EL SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN:

Muchas gracias, Presidenta. Buenos días, Señorías. En... en el segundo punto de su propuesta de resolución entiendo que existe un pequeño error, porque usted plantea el establecer los planes de recuperación de las especies amenazadas y en peligro de extinción, cuando las especies en peligro de extinción están dentro de las especies amenazadas; y, a mi modo de entender, entiendo a su vez que sería establecer los planes de recuperación para las especies en peligro de extinción.

Bueno, en cualquier caso, respecto a esta propuesta general de resolución, sí que tenemos que decir que, a lo largo de los últimos años, sí que es cierto que se ha establecido un debate al respecto, respecto a la necesidad de establecer un catálogo regional de especies amenazadas. Pero hay que decir que, desde el punto de vista de la fauna, existe un Catálogo Español de Especies Amenazadas en el cual ya se incluyen todos los taxones que podemos encontrar, o una gran cantidad de los taxones -la gran mayoría- de los que podemos encontrar en nuestra Comunidad Autónoma. Y es por ello que, en principio, no se creyó necesario ni en la necesidad de establecer un catálogo regional, cuando lo que supondría sería replicar y duplicar lo que ya estaba prácticamente expuesto en ese catálogo a nivel nacional.

No ocurría lo mismo en el caso de la flora, que sí que es cierto que, dado a que en Castilla y León tenemos una abundante flora autóctona que, a su vez, no estaba recogida dentro del catálogo nacional, se creyó oportuno establecer una protección a través del establecimiento de ese... de ese catálogo. Y así, la Junta de Castilla y León aprobó el Decreto 63/2007, de catorce de junio, por el que se creaba el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León y, al mismo tiempo, también, se creaba la figura de protección denominada "microrreserva de flora".

En cualquier caso, Señoría, el borrador de Ley del Patrimonio Natural de Castilla y León recoge la creación del catálogo regional, y esta norma se aprobará en la presente legislatura.

En cuanto a los otros dos puntos, que hacen referencia a ese establecimiento de los planes de manejo, en concreto el de recuperación para las especies en peligro de extinción y el de conservación para las especies vulnerables, la Junta de Castilla y León -y usted lo ha mencionado- cuenta en estos momentos con algunos planes de recuperación ya realizados, como el del oso pardo cantábrico en Castilla y León, el Plan... [fallo de grabación] ... y León, Plan de recuperación de la cigüeña negra en Castilla y León, Plan de recuperación del urogallo cantábrico en Castilla y León, Plan de conservación del águila perdicera en Castilla y León, planes, Señoría, que en algunos casos han conseguido y se ha logrado los objetivos que se perseguían, y, sí, también es cierto que algunos de ellos pues están en estos momentos en una situación que parece necesario que se lleve a cabo pues una modificación y una revisión de ellos.

Y existe el compromiso en estos momentos de que se presente a lo largo de esta legislatura la revisión de esos planes de recuperación, así también como la elaboración de planes nuevos, como es el del milano real, el del visón europeo o el de la alondra de ricotí. Estos nuevos documentos que se crearán recogerán las actuaciones pertinentes a desarrollar para mejorar el estado de conservación de estas especies mencionadas.

Entonces, por todo lo expuesto, Señoría, no procede aprobar, desde nuestro Grupo, esta PNL presentada. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señor Martínez Antolín. Para cerrar el debate, tiene la palabra doña Ana María Muñoz de la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

Gracias, Presidenta. Lo que no entiendo, Señoría, por qué no la votan a favor si lo van a hacer. Es bastante... bastante absurda la posición. Si lo va... la Junta lo va a hacer, ustedes votan a favor, quedan estupendamente, porque están impulsando el trabajo de... de la Junta de Castilla y León, y, en este caso, a iniciativa, también, del Grupo Parlamentario Popular.

Lo que, al final, quedarán fatal es cuando ustedes aquí votan en contra, luego la Junta lo hace, y, bueno -no quiero decir la expresión, pero ustedes me entienden todos claramente-, quedan en una posición bastante... bastante absurda, bastante ridícula.

Lo de que... Tiene razón: efectivamente, las especies amenazadas son las especies en extinción, pero también son las especies vulnerables. De manera que aquí, de alguna forma, se ha colado una conjunción, sustituya por una coma, y completamente arreglado. De cualquier forma, podía haber presentado -si, claro, si tuviera alguna intención de... de aprobar alguna... alguna de ellas- una enmienda y hubiéramos podido acordar lo que hubiera sido... hubiera sido preciso. Pero, en cualquier cosa... en cualquier caso, las especies amenazadas son tanto las que están en peligro de extinción como las vulnerables, afecta a las dos.

Hace referencia al Catálogo de Flora porque aquí sí... sí está hecho, sí se ha hecho el trabajo, pero no se ha hecho en... en especies, por eso es el planteamiento que hacemos.

Y el que la Junta esté en ello, pues la Junta está en ello y... pero la Junta lleva media vida en ello, lleva veintiséis años en ello, veintiséis años intentando sacar adelante los planes.

Ahora dice que revisan los cuatro de recuperación, y los dos de conservación se va... que los van a revisar, con tres posibles nuevos para esta legislatura. Pero, mire, el visón europeo; el visón europeo ya lo comprometieron hace seis años, para la legislatura pasada -respuesta parlamentaria número 45 de octubre del dos mil siete- la Junta dice: "Existe... actualmente existe un primer borrador técnico para debate, el cual se convertirá en borrador del Plan de Conservación del Visón Europeo, que comenzará su tramitación para ser aprobado en esta presente legislatura" –estoy hablando de octubre del año dos mil siete-. ¿Ahora es compromiso para esta nueva? Bueno.

En marzo del dos mil nueve, también respuesta parlamentaria –le doy el número por si quiere consultarla, y además le invito a que se la remita a la Junta, porque se ha olvidado de lo que había comprometido; de esta forma recuerda lo que ya comprometió en el dos mil siete o, aquí, en el dos mil nueve, respecto a los planes de conservación-: dice que está trabajando en la elaboración y redacción para otras dos especies. Dos mil nueve; también compromiso de legislatura pasada.

Lince ibérico. Pues lo del lince ibérico tiene historia. En el año dos mil siete, la Junta se comprometió a aprobar el plan de recuperación del lince ibérico. Esto... primero, el Partido Popular dice en dos mil siete que hará un estudio, un plan de recuperación del lince ibérico, y luego, más tarde, la Consejera, la Consejera dice un día, también en esta Cámara, en las Cortes, que no había lince ibérico en Castilla y León; que no había, que nos olvidáramos, que aquí no había lince ibérico, en la Comunidad.

O sea, un año antes va a elaborar un plan de recuperación del lince ibérico, está trabajando en ello, hay un primer borrador; meses más tarde dice que aquí nos olvidemos, que aquí no hay lince ibérico. Pero, acto seguido, cobra fondos europeos para proteger al lince. Este es el desbarajuste de la Junta de Castilla y León, este es el desbarajuste: ahora tenemos, luego no tenemos, pero ahora cobramos porque tenemos. Esta es la realidad de la Comunidad.

El milano real. El milano también están realizando censos –me remito a la pregunta... esta es del año dos mil ocho, la pregunta 1959, relativa a la estrategia respecto a especies en retroceso-, y reconoce la Junta que el milano real... y dice que está realizando censos de la especie para tener una información contrastada por la evolución poblacional, y que está redactando una estrategia de mortalidad no natural de estas especies, y que está preparando la elaboración del plan de protección y conservación. También compromiso de la legislatura pasada, que estamos esperando y que de nuevo renuevan el milano, el visón y la alondra.

¿Para el resto de las especies? Pues lo que hacen es que van a ampliar las zonas ZEPAS para proteger al resto de las especies. Estas son las respuestas parlamentarias. Pero, al mismo tiempo, pues estamos cerrando los centros de recuperación de animales silvestres en la Comunidad. Le recuerdo el de Salamanca, Las Dunas, absolutamente cerrado y era un centro importante -que tenemos una iniciativa, que algún día tocará el debate en esta Comunidad Autónoma; espero que, por lo menos, antes de que cumpla el año de que cerraron el centro-, que no han reabierto. Y eran centros y son centros que están haciendo un trabajo importantísimo en la recuperación de todas las especies, pero fundamentalmente de aquellas vulnerables.

De manera que ya lamento mucho que no apoyen estas iniciativas, porque, en realidad, si –como dice- lo van a hacer, esto es cuestión de dogma de fe, es creer o no creer. Francamente, Señorías, mi dogma de fe con respecto al Partido Popular y al cumplimiento de las promesas del Partido Popular en estos momentos es nula, porque han venido demostrando cómo son capaces de prometer, comprometer y hacer justo lo contrario que han prometido y comprometido. Nada más, Presidenta. Y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señora Muñoz de la Peña. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la proposición no de ley.

Votación PNL/000675

¿Votos a favor? Seis. ¿Votos en contra? Nueve. Votos emitidos: quince. A favor: seis. En contra: nueve. Por tanto, queda rechazada la proposición no de ley debatida.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión. Muchas gracias.

[Se levanta la sesión a las doce horas diez minutos].


DS(C) nº 265/8 del 8/4/2013

CVE="DSCOM-08-000265"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Comisión de Fomento y Medio Ambiente
DS(C) nº 265/8 del 8/4/2013
CVE: DSCOM-08-000265

DS(C) nº 265/8 del 8/4/2013. Comisión de Fomento y Medio Ambiente
Sesión Celebrada el día 08 de abril de 2013, en Valladolid
Bajo la Presidencia de: María de las Mercedes Alzola Allende
Pags. 8902-8933

ORDEN DEL DÍA:

1. Proposición No de Ley, PNL/000496, presentada por los Procuradores D. Fernando Pablos Romo, D.ª Ana María Carmen Redondo García, D.ª Ana María Muñoz de la Peña González, D. Juan Luis Cepa Álvarez, D.ª María del Rosario Gómez del Pulgar Múñez y D. José Ignacio Martín Benito, relativa a modificación de los Reglamentos General Taurino y de Espectáculos Taurinos, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 149, de 15 de octubre de 2012.

2. Proposición No de Ley, PNL/000642, presentada por los Procuradores D.ª Ana María Muñoz de la Peña González, D.ª María Sirina Martín Cabria, D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Javier Campos de la Fuente, D. Juan Luis Cepa Álvarez y D.ª Esther Pérez Pérez, instando a la Junta de Castilla y León a realizar actuaciones en relación con las especies exóticas invasoras, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 190, de 12 de febrero de 2013.

3. Proposición No de Ley, PNL/000650, presentada por los Procuradores D.ª Ana María Muñoz de la Peña González, D.ª María Sirina Martín Cabria, D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Javier Campos de la Fuente, D. Juan Luis Cepa Álvarez y D.ª Esther Pérez Pérez, instando a la Junta de Castilla y León a elaborar y publicar en la página web oficial de la Junta una estadística de incendios forestales, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 190, de 12 de febrero de 2013.

4. Proposición No de Ley, PNL/000675, presentada por los Procuradores D.ª Ana María Muñoz de la Peña González, D.ª María Sirina Martín Cabria, D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Javier Campos de la Fuente, D. Juan Luis Cepa Álvarez y D.ª Esther Pérez Pérez, sobre la elaboración del Catálogo Regional de Especies Amenazadas, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 190, de 12 de febrero de 2013.

5. Proposición No de Ley, PNL/000687, presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Fernando María Rodero García y D. David Jurado Pajares, instando a la Junta de Castilla y León a la modificación de los ámbitos territoriales de precio máximo superior de grupo B y grupo C para su supresión según la Orden VIV/1952/2009, de 2 de julio, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 195, de 22 de febrero de 2013.

SUMARIO:

 ** Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos.

 ** La Presidenta, Sra. Alzola Allende, abre la sesión.

 ** Intervención del Procurador Sr. Ramos Manzano (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** La Presidenta, Sra. Alzola Allende, comunica que, por acuerdo de los Portavoces, se modifica el Orden del Día.

 ** Primer punto del Orden del Día (antes quinto). PNL/000687.

 ** La Secretaria, Sra. Pérez Pérez, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Peregrina Molina (Grupo Popular).

 ** Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Alzola Allende, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es rechazada.

 ** Segundo punto del Orden del Día (antes primero). PNL/000496.

 ** La Secretaria, Sra. Pérez Pérez, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Procurador Sr. Pablos Romo (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Ramos Manzano (Grupo Popular).

 ** Intervención del Procurador Sr. Pablos Romo (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Alzola Allende, entiende aprobado por asentimiento el texto definitivo de la proposición no de ley debatida.

 ** Tercer punto del Orden del Día (antes segundo). PNL/000642.

 ** La Secretaria, Sra. Pérez Pérez, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Martín Cabria (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Reguera Acevedo (Grupo Popular).

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Martín Cabria (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Alzola Allende, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es rechazada.

 ** Cuarto punto del Orden del Día (antes tercero). PNL/000650.

 ** La Secretaria, Sra. Pérez Pérez, da lectura al cuarto punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Muñoz de la Peña González (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Martínez Majo (Grupo Popular).

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Muñoz de la Peña González (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Alzola Allende, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es rechazada.

 ** Quinto punto del Orden del Día (antes cuarto). PNL/000675.

 ** La Secretaria, Sra. Pérez Pérez, da lectura al quinto punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Muñoz de la Peña González (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Martínez Antolín (Grupo Popular).

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Muñoz de la Peña González (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Alzola Allende, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es rechazada.

 ** La Presidenta, Sra. Alzola Allende, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las doce horas diez minutos.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Buenos días. Se abre la sesión. ¿Algún Grupo Parlamentario tiene que comunicar alguna sustitución? Por el Grupo Parlamentario Socialista, no. ¿Por el Grupo Parlamentario Popular?


EL SEÑOR RAMOS MANZANO:

Sí, buenos días. Gracias, señora Presidenta. Don Arturo Pascual Madina sustituye a Daniel Sobrados Pascual y don Salvador Cruz García sustituye a Rubén Rodríguez Lucas.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Muchas gracias. Por acuerdo de los Portavoces de ambos Grupos, se modifica el Orden del Día, y se pasa del quinto punto, será el primero. Y para la... bueno, da lectura la señora Secretaria.

PNL/000687


LA SECRETARIA (SEÑORA PÉREZ PÉREZ):

Gracias, Presidenta. Buenos días. Primer punto del Orden del Día, por tanto, tras la modificación: "Proposición No de Ley número 687, presentada por los Procuradores don Jorge Félix Alonso Díez, don Fernando María Rodero García y don David Jurado Pajares, instando a la Junta de Castilla y León a la modificación de los ámbitos territoriales de precio máximo superior de grupo B y grupo C para su supresión según la Orden 1952/2009, de dos de julio, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 195, de veintidós de febrero de dos mil trece".


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Muchas gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, en representación de los señores Procuradores Proponentes, don Jorge Félix Alonso Díez.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Gracias, señora Presidenta. Y gracias por el cambio del punto del Orden del Día. El derrumbe del sector inmobiliario ha distorsionado las políticas de vivienda tanto que en numerosas zonas de Castilla y León los precios de las viviendas de protección pública han quedado manifiestamente desfasados. En determinadas ciudades, los precios máximos de las viviendas de protección pública ya son más caros que los de las viviendas libres. De momento, todo apunta a que esta tendencia va a seguir dándose.

El Gobierno de España ha decidido congelar en los cuatro últimos años el precio de los módulos de la vivienda protegida, pero no bajarlos. Es, por tanto, el mecanismo de acción de la Comunidad Autónoma la que puede y debe solucionar este problema con el ejercicio de su competencia exclusiva en materia de vivienda, que le otorga el Estatuto de Autonomía en su Artículo 70.1.6.º.

La Orden del Ministerio de Fomento 85/2010, del veintidós de enero, por la que se establecen los ámbitos municipales y los coeficientes para la determinación de los precios máximos de venta, adjudicación y de referencia para el alquiler en Castilla y León, es la orden que determina el procedimiento para establecer los precios máximos de las viviendas de protección pública en venta y en alquiler en Castilla y León; y lo hace fundamentalmente por dos parámetros: por el coeficiente de tipología de la vivienda y por la declaración de los ámbitos territoriales del precio máximo superior.

Los Artículos 9, 10 y 11 del Real Decreto 2006/2008, de doce de diciembre, que regula el Plan Estatal de la Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, establece la determinación del módulo básico estatal, los precios máximos de las viviendas protegidas, tanto en la venta como en la referencia para el alquiler, así como los ámbitos territoriales de precio máximo superior.

La declaración de ámbitos territoriales de precio máximo superior o de modificación de los existentes, según se dispone en el Artículo 11 del Real Decreto que antes citaba, se realiza mediante la Orden del Ministerio de Vivienda, a propuesta de las Comunidades Autónomas. Esto debe quedar claro que es a propuesta de las Comunidades Autónomas, que es por lo que planteamos que intervenga la Junta.

En este sentido, se ha dictado la Orden de Vivienda 1952/2009, de dos de julio, por la que se declaran los ámbitos territoriales de precio máximo superior del grupo B en Castilla y León y los municipios de Burgos, Salamanca, Segovia y Valladolid, que supone el incremento de los precios máximos del 30 %; y del grupo C a los municipios de Ávila, León, Miranda de Ebro, Palencia, San Andrés de Rabanedo, que supone un incremento de los precios máximos del 15 %.

Todo ello ha llevado a la paradoja de que en algunos municipios los precios máximos de venta de vivienda, y sobre todo los de referencia del precio máximo del alquiler de viviendas protegidas, están en muchos casos por encima de los precios del mercado en la actualidad.

En términos cuantitativos concretos, los precios máximos de referencia de protección pública para la vivienda, por ejemplo, de 90 metros con un garaje y un trastero vinculado, en la ciudad de Valladolid, se propone el proyecto... que propone el proyecto de decreto por el que se regula el programa de fomento al alquiler de la Junta de Castilla y León, arrojaría una situación actual con los siguientes resultados:

Precio máximo de venta de la vivienda de protección pública, 173.114,94 euros. Y el precio máximo del alquiler, sin IVA, sería de 721,31 euros al mes. O sea, estaríamos hablando de que los alquileres máximos en una vivienda de protección en Valladolid estaría por 721 euros al mes, con lo que el programa de fomento al alquiler que se pretende quedaría en el 80 %, es decir, en 577 euros, al que habría que añadir el IVA, según los casos.

Cabe señalar que, una vez aplicado el descuento de fomento al alquiler, el precio sigue estando por encima del precio de mercado medio de alquiler en Valladolid. Lo mismo pasaría en el resto de municipios de los que hemos citado antes, del grupo C y del grupo B. Pero, además de estar por encima de los valores de mercado, estaría muy por encima de la capacidad económica de las familias, en la situación de recesión económica en la que nos encontramos, dado que supondría un esfuerzo económico del 90 % del salario mínimo, si estamos ya teniendo en cuenta que le aplicábamos el 80 % del proyecto de decreto, que anunció el Consejero y que no... no ha salido. O sea, que si realmente... sin salir ese decreto, estaríamos hablando de que incluso el precio estaría por encima de lo que es el salario mínimo.

Si además del Real Decreto-ley 20/2012, del trece de julio, de Medidas para Garantizar la Estabilidad Presupuestaria y de Fomento de la Competitividad, en su Artículo 35 establece que quedan suprimidas las ayudas de subsidiación de préstamos contenidos en el Real Decreto 2066/2008, por el que se regula el Plan estatal de la Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, y, así mismo, no se reconocerán aquellas solicitudes que están en tramitación y que no hayan sido objeto de concesión por parte de la Comunidad Autónoma, a los ciudadanos les quedan muy pocas resortes para el acceso a la vivienda digna y adecuada para... que establece el Artículo 47 de la Constitución.

Por si esto fuera poco, el Artículo 36 del Real Decreto citado antes, el 20/2012, establece que la cuantía mensual de la ayuda para facilitar el pago de los gastos relacionados con el alquiler de la vivienda habitual, prevista en el Artículo 3.1.a) del Decreto... del Real Decreto 1472/2007, por el que regula la renta básica, se reduce en 147 euros. Así mismo, los beneficiarios cuya resolución se haya extinguido por alguna de las causas establecidas legalmente no podrán reanudar el derecho, y, de igual manera, no tendrán derecho al cobro de las ayudas aquellas solicitudes que, habiéndose presentado con anterioridad al treinta y uno de diciembre de dos mil once, no hayan obtenido resolución favorable o no hayan sido comunicadas al Ministerio de Fomento. Esto supone que el Plan de Vivienda Joven, el que tenía como objetivo la emancipación, pues también se lo van a... a cargar.

Por todo ello, y teniendo en cuenta además los últimos datos aportados por el Consejo General del Poder Judicial, en el que señala que el número de desahucios durante el primer trimestre de dos mil doce alcanzó la cifra récord de 18.424 desahucios, un 18 % más que en el mismo periodo de dos mil once, se hace casi más urgente la toma de decisiones por parte de la Junta de Castilla y León destinadas a paliar la situación que afecta cada día a mayor número de familias por no poder acceder a una vivienda.

Por ello, formulamos la siguiente propuesta de resolución: se modifique... bueno, que las Cortes insten a la Junta –claro- que se modifique la declaración de ámbitos territoriales de precio máximo superior de grupo B y C para su supresión, evitando el incremento del 30 y el 15 % de los precios de venta y de referencia de alquiler de las viviendas de protección pública en estos ámbitos territoriales de Castilla y León.

Segundo, se adopten medidas de urgencia para fomentar el alquiler de protección pública, en el que el precio del alquiler máximo no supere el 30 % de la renta disponible de la unidad familiar al que va dirigida.

Y, por último, se habilite y encuentren nuevas fórmulas en materia de vivienda que eviten la actual situación de precariedad en la que se encuentran las ciudadanas y ciudadanos, facilitándoles el acceso a la vivienda para evitar, en lo posible, el incremento de familias que cada día se ven abocadas a la exclusión social. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Muchas gracias, señor Alonso Díez. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Jesús Ángel Peregrina Molina.


EL SEÑOR PEREGRINA MOLINA:

Muchas gracias. Bien. Esta proposición no de ley que... que presentan, se piden en ella tres cosas diferentes y que vamos a diferenciar.

Por un lado, piden la modificación o supresión de los precios máximos de vivienda de protección pública. Y aquí hay que recordar que el precio de las viviendas de protección pública viene marcado por tres factores: el primero de ellos es el módulo básico estatal; el segundo, la clase de vivienda de protección pública de la que se trate –según se trate de régimen especial, general o concertado-; y, en tercer lugar, el ámbito municipal en el que se ubique la vivienda. Pues bien, de estos tres factores, los dos primeros los fija directamente el Estado, y solo el tercero –y dentro de los límites establecidos por el correspondiente Plan Estatal de Vivienda- los fijan las Comunidades Autónomas.

Por tanto, entendemos que cualquier variación de los precios se debe hacer en completa coordinación con el Estado, ya que la vivienda de protección pública se califica, en gran medida, en virtud de los planes estatales, en los que se fijan esos factores. Así, el margen que tienen las Comunidades Autónomas para la determinación de los precios se refiere solo al último de los factores, por lo que no parece que sea por esta única vía la que deba utilizarse para la modificación de los precios.

Pero, es más, la modificación de los precios solo puede afectar a aquellas viviendas que se califiquen provisionalmente a partir de la entrada en vigor de los nuevos precios, de forma que las viviendas ya calificadas no verían modificado su precio máximo de venta. En otro caso, se produciría una clara inseguridad jurídica al alterarse las condiciones de las calificaciones de las viviendas, que, como tales, no son sino resoluciones administrativas, cuya alteración debe ajustarse, en todo caso, a los procedimientos administrativos y jurisdiccionales correspondientes.

El incremento del 15 o del 30 %, al que hace referencia la proposición no de ley, lo fija el Artículo 11 del Real Decreto 2066/2008, de doce de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, es decir, deriva del plan que aprobó el anterior Gobierno de... de la Nación.

Hay municipios de otras Comunidades Autónomas similares a Valladolid, Salamanca, Segovia o Burgos, y que no son capitales de provincia, y que están en el ámbito municipal 1, que permite el incremento del 60 % de los precios, es decir, el doble que en Castilla y León. En el ámbito municipal en que se encuentran los municipios de Valladolid, Salamanca, Segovia o Burgos se encuentran otra serie de municipios de otras Comunidades Autónomas que en su inmensa mayoría no son capitales de provincia.

Pero, además, hay que indicar que en Castilla y León es la tercera Comunidad con precio menor de vivienda protegida, según los datos del precio del cuarto trimestre de dos mil doce -únicamente están... son más baratos Extremadura y Murcia-; y si la comparación la hacemos con Andalucía, vemos que la diferencia de precio es que en Andalucía es un 8 % más cara que en Castilla y León. En todo caso, la Junta no marca el precio de venta o de alquiler de las viviendas protegidas, lo que marca es el máximo, de forma que las viviendas protegidas se venden o se alquilan al precio que acuerden las partes, que puede ser inferior al máximo señalado en la... que pueden ser inferior al máximo señalado en la orden a la que hace referencia en la proposición no de ley.

Por tanto, ante la bajada del precio de la vivienda libre, el promotor de la vivienda protegida deberá ajustar los precios de la vivienda protegida, porque, en otro caso, el ciudadano se decantará por la vivienda libre en vez de la protegida. Aquí lo... lo único que se fijan son los máximos.

En cuanto a las medidas de fomento de alquiler, señalar que se está tramitando un proyecto de decreto de fomento del alquiler, que tiene por objeto dinamizar el mercado del alquiler, estableciéndose garantías para el propietario y para el inquilino, y fijándose un precio de alquiler inferior al de la vivienda de protección pública a fin de facilitar el acceso a la vivienda, de forma que se intente que no se destine al alquiler una parte razonable de los ingresos de la unidad familiar y que se evite, en la medida de lo posible, situaciones de... de exclusión social.

Y, por último, decir que el acceso de los castellano y... y leoneses a una vivienda digna y adecuada ha sido, es y seguirá siendo una de las prioridades del Gobierno Regional. Por ello, las actuaciones que está llevando a cabo la Junta de Castilla y León en materia de vivienda durante esta legislatura tienen un denominador común, que es mantener el apoyo público a los ciudadanos y a las familias que se encuentran en situaciones de mayor dificultad a causa de la crisis económica, precisamente para que la crisis económica no deteriore aún más sus dificultades para acceder a una vivienda digna.

Y, por todo ello, no procede tomar en consideración la proposición no de ley planteada. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señor Peregrina Molina. Para cerrar el debate, tiene la palabra don Jorge Félix Alonso Díez.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Sí, gracias. Bueno, el... yo creo que lo que es evidente es que la política de vivienda tiene que servir para que las personas puedan acceder a una vivienda, y ese es el... el objetivo que perseguimos y que yo creo que... que debe perseguir el Gobierno Autonómico. Lo que no puede hacer es ponerse de perfil y dejar que, más o menos... dice: bueno, hemos marcado unas grandes líneas, y luego, si la gente puede ir a la vivienda o no puede ir a la vivienda, parece que es un problema de otros. Lo digo porque, por la explicación que me daba, claro, me habla de... bueno, primero, como que le quita responsabilidad a la Junta en relación con el Gobierno de España. Es verdad que el Plan de Vivienda que ha habido hasta ahora le aprobó el anterior Gobierno, pero también es cierto que ese Plan se hizo en un momento diferente al que estamos viviendo en este momento, quiero decir que eran 2009-2012, y las situaciones no eran... no eran las mismas. Pero quien establece el precio máximo, o sea, ese incremento del 1,3 o del 1,15, es la Comunidad Autónoma; o sea, lo aprueba el Gobierno de España –se lo he dicho antes-, a través de una orden, pero realmente quien hace la propuesta es la Comunidad Autónoma.

Y es cierto, es cierto que, indudablemente, quien tenga viviendas, aunque sean de... protegidas, el propietario, el promotor, si no las alquila, tendrá que bajar el precio, que es lo que usted me decía; pero también es cierto que, si los máximos autorizan que se pueda pagar hasta 700 euros por un alquiler, pues no debería ser así. Si el mercado ha bajado –y todos sabemos que ha bajado-, vamos, poníamos el ejemplo de Valladolid –bueno, quizá porque yo soy de Valladolid y lo conozco un poco más-, pero está claro que 700 euros no se pagan ni en el mercado libre; bueno, a no ser que sea una zona determinada, muy... muy concreta de la ciudad. En consecuencia, lo que debe ajustarse no solo es el mercado, sino realmente yo creo que la Administración lo que tiene que hacer es ajustarse a la realidad, y no poner que las viviendas de protección, pues pueda llegar a tenerse que pagar 300 euros por el alquiler al mes, porque es que eso no se ajusta en absoluto a la realidad, está totalmente desfasado.

En consecuencia, a nosotros nos parecía que esta iniciativa era oportuna, porque en mayo del año pasado se nos anunciaba por la Consejería el proyecto de decreto que usted me ha citado. Claro, es que estamos en abril, casi un año después, y el proyecto de decreto no ha salido. Y en ese proyecto de decreto, pues es una oportunidad de corregir esta situación. Quiero decir que esta PNL tiene la virtud de que se pueda tomar en consideración para que cuando se modifique, o se saque adelante ese proyecto de decreto, pues se corrijan estos desajustes, que, además, yo creo que, aprovechando el anuncio que nos hacía el Gobierno de España el viernes pasado del nuevo Plan de la Vivienda, pues yo creo que debe ser una oportunidad para que la Junta de Castilla y León realmente haga aquellos ajustes que permitan realmente que nadie en esta Comunidad tenga dificultades para acceder a la vivienda.

Y digo esto porque constantemente se está hablando del problema de los desahucios, que es un problema real y un drama real, pero está claro que después de que se produce el desahucio esa persona tiene que vivir en algún sitio, y, si no hay una política de vivienda que le permita no solo no... no dejar deudas con la vivienda que ha tenido... de la que ha sido desahuciado, que ya es un problema en sí mismo, pero, si conseguimos primero que no tenga deudas con esa... con ese promotor anterior, pues nos parece que eso... eso debe ser un objetivo. Pero, en cualquier caso, a partir de ahora tiene que seguir viviendo en algún sitio, y, en consecuencia, la Comunidad Autónoma debe poner aquellos mecanismos que le permitan vivir, tener acceso a una nueva vivienda.

El proyecto de decreto que se... al que hacíamos referencia, que sigue sin salir, sí establece que no se podrá... o sea, que el precio máximo será el 80 % de una vivienda de... de protección... el precio máximo de alquiler; o sea, que sí que interviene, pero nos parece que interviene insuficientemente. En consecuencia, le insisto... sé que van a votar en contra, porque ya nos lo ha anunciado, pero nos parece que tomen en consideración lo que estamos proponiendo.

Nos parece que es una oportunidad de corregir, si la Junta, por fin, saca este... este programa de fomento al alquiler, en el que se hablaba de alquiler social –algo que nos parece fundamental-, y que se tenga en cuenta los ingresos de las personas para poder acceder a esas viviendas de promoción, porque está claro que sí hay viviendas que construyen los promotores por iniciativa propia, que la Administración no tiene por qué intervenir. Pero hay viviendas que se construyen con ayudas de la Administración, que son viviendas... -o que están construidas ya- viviendas de... de promoción pública, precisamente por eso, porque están promocionadas por la Administración, esas deben servir para que las personas, pues puedan acceder a una vivienda; y, en consecuencia, ese es el objetivo fundamental de nuestra iniciativa; y ya le digo que es el objetivo fundamental que debe perseguir la política de vivienda de la Junta de Castilla y León. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señor Alonso. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la proposición no de ley.

Votación PNL/000687

¿Votos a favor? Seis. ¿Votos en contra? Nueve. Votos emitidos: quince. A favor: seis. En contra: nueve. Por tanto, queda rechazada la proposición no de ley debatida.

Y por la señora Secretaria se dará lectura al segundo punto del Orden del Día.

PNL/000496


LA SECRETARIA (SEÑORA PÉREZ PÉREZ):

Gracias, Presidenta. Segundo punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley número 496, presentada por los Procuradores don Fernando Pablos Romo, doña Ana María Carmen Redondo García, doña Ana María Muñoz de la Peña González, don Juan Luis Cepa Álvarez, doña María del Rosario Gómez del Pulgar Múñez y don José Ignacio Martín Benito, relativa a modificación de los Reglamentos General Taurino y de Espectáculos Taurinos, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 149, de quince octubre de dos mil doce".


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, en representación de los señores Procuradores Proponentes, don Fernando Pablos Romo.


EL SEÑOR PABLOS ROMO:

Gracias, Presidenta. La iniciativa que trae esta mañana el Grupo Socialista tiene que ver con la solicitud que hemos recibido de numerosos colectivos implicados en la tauromaquia, especialmente de Ayuntamientos que, en sus fiestas patronales, por tradición, organizan festejos taurinos.

Permítame que empiece con algunos datos comparativos sobre el número de festejos que se celebraron en dos mil once respecto a dos mil doce.

Vaquillas: en el año dos mil once, se organizaron 770; en el dos mil doce, 673. Hubo una bajada del 12,6 %.

Encierros: se organizaron en el dos mil once 708; en el dos mil doce, 657. Una bajada del 7,2 %.

Festivales taurinos: hubo 76 en el dos mil once; 61 en el dos mil doce. Una reducción del 20 %.

Novilladas con picadores: hubo 37 en el dos mil once; 32 en el dos mil doce. Una reducción del 13,51 %.

O corridas de toros, por poner el último ejemplo: se pasó de 81 en el dos mil once a 56 en el dos mil doce. Con una reducción superior al 30 %.

Está claro que estos datos tienen una causa principal, que es la crisis económica. Con sentido común, cuando hay una situación tan grave como la actual, repercute en todo.

Entonces lo que nosotros planteamos esta mañana, que nos parece que es razonable, es que, en momento de crisis, analicemos qué es aquello que, sin poner en riesgo la integridad de las personas, cumpliendo la normativa, puede ser capaz de ser modificado, y, por tanto, seamos capaces de adaptar la regulación al momento actual para evitar duplicidades de costes, en algunos casos, o burocracia.

Permítaseme algún ejemplo antes de leer el texto de la propuesta de resolución, que hay un error, obviamente, y es el año en el cual se tiene que producir la modificación: lo presentamos en el dos mil doce, ya no podemos hacerlo antes de finalizar el dos mil doce; en el dos mil trece.

Digo algunos ejemplos. Uno muy sencillo. Muchas de las localidades de Castilla y León que tienen tradición de organizar festejos taurinos hacen un encierro y, posteriormente, una capea o una suelta de vaquillas. Pues bien, la regulación actual establece que eso son dos festejos. Como hay que hacer un análisis veterinario de las reses antes de cada festejo, necesitamos dos veterinarios antes del encierro y otros dos distintos antes de la capea o la suelta de vaquillas. ¿Qué ocurre? Pues que para algo que tiene continuidad, cuatro veterinarios, que, además, la normativa establece que son no elegidos por el Ayuntamiento, sino determinados por el Colegio que les representa, en una localidad pequeña de nuestra Comunidad Autónoma, mientras el número de veterinarios... –es verdad que los costes no son iguales, porque depende de lo que hay- pero el número de veterinarios necesarios para una corrida de toros en la Plaza de la Ventas son tres. Es un sinsentido.

O algunas cuestiones más. La normativa actual obliga a presentar, compulsada o visada, el contrato de compraventa de las reses, que es una cuestión privada entre el administrador o el promotor y el vendedor. Todo eso es burocracia innecesaria.

Junto a eso, la reglamentación actual ha incorporado como permanentes medidas que parecían transitorias, y que nos parece bien que de manera transitoria estén estipuladas. Por ejemplo, las que se tienen que actuar en el caso de prevenir la transmisión de la encefalopatía espongiforme bovina. Eso es transitorio, no puede estar reglamentado para siempre.

O, en un momento en el que hay que buscar atractivos para que los festejos taurinos también sirvan para dinamizar nuestros municipios, los reglamentos que tenemos en vigor en Castilla y León no regulan ni actuaciones de forcados portugueses, o corridas landesas, o, lo que es más sorprendente, exhibiciones de recortes. Ninguno de ellos están.

Este Grupo no dice cómo tiene que modificarse... no tiene que modificarse el reglamento. Decimos, sencillamente, que, de acuerdo con las personas interesadas, se inicie esa modificación, y que se haga lo antes posible, porque, cuanto más se tarde, la repercusión positiva que tendrá para llevar a cabo en su momento el aumento o la... por lo menos la permanencia del número de festejos actuales eliminando la burocracia, pues será menos eficaz. Si nos ponemos de acuerdo, que esperemos que sí, esta mañana, cuanto antes se modifique mejor para todos.

Por eso, procedo a leer la iniciativa que trae el Grupo Parlamentario Socialista, que sería la siguiente, en la redacción definitiva, que solo es cambiar el año dos mil doce por dos mil trece. Diríamos que "Las Cortes de Castilla y León insten a la Junta de Castilla y León a impulsar, de acuerdo con los sectores relacionados con la tauromaquia en Castilla y León, la modificación, antes de finalizar el presente año dos mil trece, del Reglamento General Taurino de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto 57/2008, de veintiuno de agosto, y del Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto 14/1999, de ocho de febrero, para facilitar la celebración de festejos taurinos en Castilla y León, evitando toda intervención burocrática innecesaria y reduciendo costes de organización". Esto es lo que planteamos que se vote esta mañana.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señor Pablos. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Julián Ramos Manzano.


EL SEÑOR RAMOS MANZANO:

Sí. Muchas gracias, señora Presidenta. Buenos días, Señorías, de nuevo. De manera muy breve, señora Presidenta, porque en momentos en los que pues encontramos un punto de acuerdo y un punto de sintonía, como es en el... en el caso de la proposición no de ley que se presenta en el día de hoy, yo creo que, cuanto menos, mejor, si es que estamos... si es que estamos de acuerdo.

En la proposición no de ley que se nos presenta, pues se insta a la Junta de Castilla y León a impulsar ese acuerdo con los diferentes sectores relacionados con la tauromaquia en Castilla y León para modificar pues la reglamentación en la Comunidad de Castilla y León y también el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares, y evitando pues, como nos pedía el Portavoz del Grupo Socialista, pues toda intervención burocrática innecesaria y reduciendo pues esos costes de... de organización.

Entendemos que los requisitos y tramitación administrativa para la celebración de los espectáculos taurinos que recoge la normativa vigente en Castilla y León, bien sea por el Decreto 57/2008, de veintiuno de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General Taurino de la Comunidad de Castilla y León, y el Decreto 14/99, de ocho de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares, han servido y sirven para garantizar no solamente la integridad física de los participantes, que es pues el valor superior que debemos proteger, sino también se hace pues especial incidencia en la protección de los espectadores, de las personas ajenas al espectáculo, y también pues para salvaguardar los derechos de los profesionales, la calidad del ganado de lidia y la ausencia de maltrato en el mismo.

En definitiva, se pretende con todo ello, y se ha pretendido, la protección y defensa del propio espectáculo taurino, tan discutido, pues también en algunos otros ámbitos.

Ello, Señoría, pues no obsta en ningún caso para que, sin aceptar el "todo vale", en ningún caso, y sin menoscabar las garantías ni la protección que se pretenden, pues se hayan estudiado y se están estudiando esas mejoras y simplificaciones y trámites que usted nos ha... nos ha comentado. Son cambios que se les está dando forma en esa modificación del Decreto 14/99, de ocho de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de la Comunidad de Castilla y León, y que ya se encuentra en tramitación.

Igualmente, se va a proceder, en los mismos términos, a la modificación del Decreto 57/2008, de veintiuno de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General Taurino de la Comunidad de Castilla y León, contemplando pues todos esos puntos que ustedes nos piden en esta proposición no de ley.

Y, por otra parte, en lo referido, pues, si... si bien sí estoy de acuerdo y estamos completamente de acuerdo en lo que es toda la tramitación y reducción de esa tramitación de... burocrática, sí es que... sí que, en alguno de los puntos, en cuanto a los costes de organización, los principales costes que conllevan este tipo de festejos están relacionados con el espectáculo en sí mismo y con la seguridad y la protección de los intervinientes, de los espectadores y de las reses, y en estos costes pues tiene una relevancia pues no del todo pues muy muy exagerada lo derivado de la intervención administrativa. Por lo que entendemos que existe un margen mucho más pequeño para modificaciones que pudieran suponer una reducción de los costes de organización sin comprometer pues la seguridad en este tipo de espectáculos.

Y, en consecuencia, Señoría, pues, dicho lo cual, y por no ahondar más en... en el asunto, este Grupo va a aceptar y va a tomar en consideración la proposición no de ley que presenta el Grupo Parlamentario Socialista. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señor Ramos. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo de la resolución, tiene la palabra don Fernando Pablos Romo.


EL SEÑOR PABLOS ROMO:

Gracias, Presidenta. Con absoluta brevedad. Desde luego, suscribir los objetivos que se tienen que conseguir con una normativa como la que se está planteando; lo que decía el Portavoz del Grupo Popular en este tema, se suscribe íntegramente por el Grupo Socialista. Porque, al fin y al cabo, evitar el maltrato animal o garantizar la seguridad de los espectadores, que el comercio que se realice con el ganado sea legal o que las condiciones de trabajo de los profesionales estén garantizadas, está claro.

Pero hay muchas cosas que están reglamentadas ahora y que incluyen costes, y que la modificación como tal viene bien, está en marcha. Por lo tanto, solo dos cuestiones que reseñar, porque, además, el sentido de esta iniciativa es en positivo, y por tanto nos alegramos de que el Grupo Popular la vaya a plantear.

Cuando se dice que las intervenciones, burocráticas o no, pueden aumentar o no aumentar... Por ejemplo, el momento en el cual se diga a partir de qué hora son los espectáculos nocturnos o no, eso traslada aumento de costes, porque son condiciones, y en verano, en Castilla, que se diga que un espectáculo nocturno es a partir de las ocho de la tarde, no parece que sea muy razonable; pues eso está regulado. O quién o no puede ser director de lidia en una becerrada; eso también eleva costes. Es decir, todo ese tipo de cuestiones es las que pedimos que se analicen. Y nos alegramos, de verdad; yo no soy de los que, cuando alguien le da razón, busca a ver cómo al contrario le encuentra alguna cosa; todo lo contrario. Muchas gracias.

Solo un deseo -y con eso termino-: que se haga cuanto antes, porque, si no, podemos ver en el dos mil trece unos datos todavía mucho peores, que irá en perjuicio de tres cosas: en una Comunidad como la nuestra, en la provincia de la que yo provengo -aunque soy Parlamentario en estas Cortes para el conjunto de Castilla y León-, de personas que tienen toda su posibilidad de generar riqueza en el mundo de la tauromaquia, especialmente en la ganadería; segundo, irá en perjuicio de los profesionales (cuanto menos festejos haya, menos posibilidades de poder tener actividad); y tercero, también irá en contra de nuestra tradición, y yo creo que aquí no tenemos por qué avergonzarnos de que en muchos municipios de Castilla y León los festejos taurinos formen parte de la tradición, y es bueno mantenerlos.

Votación PNL/000496


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señor Pablos Romo. Concluido el debate, entiendo que se puede aprobar por asentimiento.

Bien, pues damos lectura al tercer punto del Orden del Día.

PNL/000642


LA SECRETARIA (SEÑORA PÉREZ PÉREZ):

Gracias, Presidenta. Tercer punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley número 642, presentada por los Procuradores doña Ana María Muñoz de la Peña González, doña María Sirina Martín Cabria, don Jorge Félix Alonso Díez, don Javier Campos de la Fuente, don Juan Luis Cepa Álvarez y doña Esther Pérez Pérez, instando a la Junta de Castilla y León a realizar actuaciones en relación con las especies exóticas invasoras, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 190, de doce de febrero de dos mil trece".


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, en representación de los señores Procuradores Proponentes, doña María Sirina Martín Cabria.


LA SEÑORA MARTÍN CABRIA:

Gracias, Presidenta. Buenos días a todos. Se considera especie exótica invasora aquella especie vegetal o animal que, siendo ajena a un territorio, al introducirse en él se propaga a gran velocidad y altera la estructura de los ecosistemas, suponiendo una gran amenaza para la biodiversidad. Según estimaciones, entre un 5 % y un 20 % de las especies exóticas pueden convertirse en especies invasoras.

Las especies... estas especies, recogidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, son las consideradas como una amenaza grave para las especies autóctonas, los hábitat o los ecosistemas, la agronomía y para los recursos económicos asociados al uso del patrimonio natural. Así mismo, acusan también cuantías pérdidas y problemáticas económicas, sanitarias e incluso sociales. Estas especies pueden desplazar y acabar extinguiendo a las especies nativas. Pueden afectar a la salud humana, a la salud del ganado, a los cultivos forestales, o provocar plagas agrícolas, rompiendo el equilibrio ecológico natural.

El Real Decreto 1628/2011, de catorce de noviembre, de Especies Invasoras, establece que las Comunidades Autónomas elaborarán, conjuntamente con el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, la... las "estrategias de gestión, control y posible erradicación de especies exóticas invasoras incluidas en el Catálogo, de conformidad con lo establecido en el artículo 61.5 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre". Se podrían elaborar estrategias, además, "de gestión, control y posible erradicación de dichas especies incluidas en el Listado, o incluir estas especies en estrategias multiespecíficas para su gestión y control". En la elaboración de las estrategias se podría priorizar "aquellas especies que supongan un mayor riesgo para la conservación de la fauna, flora o hábitats autóctonos amenazados".

Las estrategias tendrán al menos las siguientes... los siguientes contenidos: definición de la especie y... especies objetivo y diagnóstico de su problemática; b) análisis de riesgos; c) análisis de vía de entrada; d) medidas de actuaciones, definiendo la estrategia a seguir: gestión, control y posible erradicación; e) distribución y abundancia; f) actuaciones de coordinación entre las distintas Administraciones Públicas; actuaciones de seguimiento de la eficacia de aplicaciones de la estrategia; actuaciones de sensibilización y educación social sobre la problemática de especies exóticas invasoras; análisis económicos de los costes de aplicación de las estrategias sobre terceros o instalaciones afectadas de forma involuntaria por la presencia de especies exóticas invasoras.

La Junta de Castilla y León no ha impulsado la elaboración de dichas estrategias adaptadas al Real Decreto 1628/11, de Especies Invasoras, ni los correspondientes a los planes de gestión, control y erradicación. Y siendo necesario que desde la Administración se adopten las medidas necesarias para prevenir la introducción de nuevas especies exóticas invasoras e impulsar las estrategias de gestión, control y posible erradicación de dichas especies, ya establecidas en Castilla y León, se plantea la siguiente propuesta de resolución:

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a establecer el Catálogo de Especies Exóticas Invasoras en Castilla y León, a la creación de una red de alerta temprana en la Comunidad que puedan detectar las posibles amenazas de especies invasoras, a realizar un seguimiento de las especies exóticas con potencial invasor en la Comunidad, y a elaborar, en coordinación con el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, las Estrategias de la Comunidad para la gestión, control y erradicación de especies exóticas invasoras". Nada más. Gracias.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR PEREGRINA MOLINA):

Bien, muchas gracias. En turno de fijación de posiciones, por el... por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el Procurador Óscar Reguera Aceveda... Acevedo.


EL SEÑOR REGUERA ACEVEDO:

Muchas gracias, señor Presidente. Bueno, lamento que inicialmente le diga que no vamos a poder aceptar esta... esta proposición no de ley, pero yo estoy convencido que, después de los argumentos que le voy a expresar, pues estará convencida que quizá sea la mejor postura, el... el esperar un tiempo prudencial hasta que se produzcan acontecimientos.

Ustedes plantean establecer un catálogo de especies exóticas invasoras de Castilla y León, crear una red de alerta temprana y realizar un... un seguimiento de especies exóticas con potencial invasor en la Comunidad, entre otras cosas. Bien, hay que recordarles que esta proposición no de ley ya fue planteada en los mismos términos como Proposición No de Ley 0800426, para su debate en Pleno, pero fue posteriormente retirada. Recordemos también que, como usted bien decía, la regulación básica en estas materias está establecida y arranca de la Ley de Patrimonio Natural y de la... de la Biodiversidad, la Ley 42/2007, y mediante el Real Decreto que usted mencionó, el 1628 de dos mil once, se... se regula un listado y catálogo español de especies exóticas invasoras.

Usted recordará también -y aquí empezamos ya en el meollo de la cuestión-, esta norma estuvo envuelta recientemente en una enorme polémica, y ha sido además objeto de diversos recursos ante el Tribunal Supremo, entre ellos el recurso de esta Comunidad propia de Castilla y León, al considerar que esta norma superaba lo mandatado en la legislación básica, y además por considerar que no se tenían en cuenta algunos aspectos que convertían la norma en poco realista y adaptada a la situación actual, a la hora de su cumplimiento y de la consideración de las especies potencialmente invasoras.

Recordará que generó una polémica en relación con el tratamiento de la trucha arcoíris, del salvelino, del hucho, y luego afectó además a la orden de... por la que se regulaba la temporada para determinadas especies, como cangrejo rojo, cangrejo señal, lucio, lucioperca, percasol, pez gato, alburno y siluro. Obligó a la Comunidad Autónoma a adaptar esa situación porque, además del rechazo de esta Comunidad, y de otras muchas también, dio como consecuencia que se produjera un rechazo social importante por parte del colectivo de pescadores, cazadores, sector del turismo rural, etcétera, etcétera.

Pues bien, ¿a qué quiero ir con esto? En la actualidad, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente se encuentra tramitando un nuevo real decreto en el que han participado todas las Comunidades Autónomas, y en el que, en buena parte, se han recogido los distintos planteamientos de la propia Junta de Castilla y León. Este texto ha sido sometido ya a informe del Consejo de Medio Ambiente el pasado lunes cuatro de marzo -es bueno que tome nota de estas cuestiones, porque le interesarán con seguridad- y, según me dicen, según me informan, según informan a este Grupo, es previsible que la norma pueda ver la luz en el presente semestre; bien es verdad que pueda tener algún pequeño desfase, pero estamos hablando de soluciones temporalmente razonables en... en el tiempo.

Por todo ello, en la actualidad, y en tanto no se publique el texto definitivo, nos parece que tiene poco sentido -es más, importunaría seriamente el planteamiento- que se... que comencemos nosotros con promulgar normas regionales que pueden ser, en un futuro inmediato, objeto de ser enmendadas la plana por la normativa que está en preparación por... por parte de la Administración del Estado. Además, esa norma regional, en cualquier caso, tendría que tener en cuenta las determinaciones definitivas del catálogo español, que tiene consideración de básico, como no podía ser de otra manera.

En definitiva, hay que salvaguardar un razonable equilibrio; no podemos propiciar que... ni que cada uno de nosotros, como Comunidad Autónoma, o otras Comunidades, hagan un... hagan de su capa un sayo en la consideración de especies potencialmente invasoras, ni tampoco asistir a unas rigideces... -como la que manifestaba el real decreto del que trae y causa tanta desdicha acontecida en los últimos tiempos en relación con este tema- rigideces que estaban elaboradas, exclusivamente –para entendernos, porque podríamos hablar mucho, y largo, y tendido de este tema-, estaban elaboradas mediante la consideración, solamente, de exclusivamente criterios ambientalistas, cuando... cuando es cierto que, al aproximarnos con esta problemática, hay que concitar un serio y muy amplio esquema de diálogo entre Comunidades, sectores afectados, sectores implicados, para conseguir el equilibrio más virtuoso posible de estas cuestiones.

¿Esto qué significa, que no hacen la Junta de Castilla y León nada al respecto? Pues no es cierto, no significa eso. En estos momentos se están realizando labores de seguimiento y control contra especies potencialmente invasoras, exóticas, bien directamente o en colaboración con otros organismos. Por ejemplo, con la Confederación Hidrográfica del Ebro, o... para el mejillón cebra, para el seguimiento del mejillón cebra, o las de control y seguimiento del visón americano; acciones que se están realizando implicando, integrando en ellas a los agentes medioambientales, y que están obteniendo una alta efectividad en comparación con las que se están ejerciendo en otras Comunidades Autónomas.

En definitiva, por esas razones no procede aprobar esta proposición no de ley. Creemos es razonable esperar a los responsables del Ministerio actuales a que resuelva esa problemática creada con aquel real decreto, que, por cierto, recordarán, se aprobó estando el Gobierno en funciones, cinco días antes de la celebración de elecciones generales. Pero bueno, esto es agua pasado... pasada que ya no mueve molino; estamos en otro momento. Y, por esto, no vamos a poder aceptarlo.

Pero sí quería hacer una reflexión aquí para que todos lo sepamos, y es que conviene también que, desde el punto de vista de los Parlamentos, y nosotros mismos, cuando nos aproximemos a estos temas, lo hagamos con una cierta delicadeza y percepción de lo que estamos hablando, porque, cuando uno habla de especie potencialmente exótica invasora, parece como si estos fuesen alienígenas absolutamente perniciosos siempre, y no necesariamente eso... eso es así, no necesariamente eso... eso es así; es más, cada una tiene una categorización distinta y un enfoque diferente. Para que se vea claramente lo que quiero decir, si ahora mismo nos hubiéramos aproximado... -en lugar de estar en el siglo XXI, con la normativa y el enfoque actual, antes de esta reforma que ya les anuncio- nos hubiéramos aproximado al siglo XVI, cuando se hace el descubrimiento de América, todas las características de especie exótica invasora las tenía la patata, y ahora mismo estaría en el... en el catálogo de especies invasoras. Fíjese usted qué desmadre se hubiera procurado, ¿no?

Bueno, pues ese mismo enfoque, ya en una versión más actual –no, no se lo digo por hacer diatribas con usted, sino, simplemente, como reflexión general-, en un enfoque normal, le quiero decir que es netamente distinto el... la forma de enfocar el problema del visón americano con el efecto de desplazamiento con otros mustélidos, como, por ejemplo, la propia nutria, hurones, el visón europeo, las martas, las comadrejas, que el cangrejo señal. Que yo le digo –esto es una opinión personal que he defendido toda mi vida y la voy a defender aquí-: es la única solución, y mejor, para la repoblación de los ríos de Castilla y León y de toda España, porque es material, y metafísica, y física, y microbiológicamente imposible que el cangrejo autóctono español sobreviva a la afanomicosis del cangrejo. Es la única posibilidad mejor de repoblación de los ríos, el cangrejo señal, el Pacifastacus leniusculus, y lo digo aquí.

En consecuencia, no tiene la misma categoría de enfocar el visón americano que el cangrejo señal; ni tampoco la trucha arcoíris con respecto al lucio -por no meterme ya en otras cuestiones-; o el... o el cormorán, que no existe como catálogo de especies exóticas invasoras, y cualquier pescador que haya visto con frecuencia los ríos está... estará muy de acuerdo conmigo que, en determinados momentos, en los ríos, por ejemplo, de León, están constituyendo un serio problema. Es decir –y esto es una opinión personal-, con esto no quiero dogmatizar en absoluto, lo que quiero decir es que hay que hablar mucho al respecto de estos temas.

En fin, como están encima de la cuestión, dejemos a los entendidos, los mayores entendidos que nosotros, dejemos a los representantes de los sectores implicados que hablen y pacten un buen catálogo para que sea muy bien integrado y coordinado con Comunidades Autónomas, con sectores afectados, y sirva para, verdaderamente, perseguir el objetivo de la estabilidad y la biodiversidad de los ecosistemas de nuestra península. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señor Reguera Acevedo. Para cerrar el debate, tiene la palabra doña María Sirina Martín Cabria.


LA SEÑORA MARTÍN CABRIA:

Gracias, Presidenta. Señor Reguera, ya siento de verdad que no haya entendido nuestra propuesta... nuestra propuesta de resolución, y vayan a votar en contra.

Voy a intentar primero, antes de dar mi argumentación, de responder... responderle a algunas de las cuestiones que... que usted ha aludido en su intervención. Habla de... del borrador del... del nuevo decreto; el borrador está ahí, usted lo tendrá y lo habrá leído, pues igual que yo, estoy completamente segura de ello. El borrador no hace... no cambia, no modifica sustancialmente aquellas partes a las que se refiere, en concreto, nuestras propuestas de resolución. Es verdad que modifica otras partes, no... no lo que se refiere al... a los catálogos, a las estrategias, a los programas, a las alertas tempranas, que es a lo que se refiere nuestra propuesta de resolución, ¿eh?

Usted dice que promulgar normas regionales que puedan ser después cuestionadas por las estatales no es la fórmula correcta, yo creo que aplíquense ustedes el cuento cuando están a punto de aprobar una ordenación del territorio antes de que entre en vigor la ley estatal; o sea, para unas cosas sí... [Murmullos]. Sí que tiene que ver, estamos... estamos hablando de lo que usted ha argumentado, que primero no está de acuerdo con... con adelantar las normas regionales a las estatales. Depende de qué, ¿verdad?, depende de qué, y depende de cómo nos afecte.

Usted dice que... que le parece importante esperar un tiempo prudencial, ¿hasta cuándo, señor Reguera, hasta que vuelva a aparecer otra alarma, otra alarma? Una alarma o una cuestión tan importante como pasó... que todos tenemos en mente, hace exactamente año y medio, cuando, como usted ha dicho antes, se... el veintitrés de noviembre se regula la normativa de pesca del dos mil doce, que entra en total contradicción con el Real Decreto, de catorce de noviembre, sobre Especies Exóticas, que prohibía –si no me equivoco- el transporte, la comercialización y el consumo de las especies invasoras, al que, por cierto, la Junta de Castilla y León tuvo que dar respuesta de una forma precipitadísima con una norma complementaria para permitir, entre otras cosas, la pesca del cangrejo americano y el cangrejo señal -sobre el que, por cierto, habría mucho que hablar-, ambas, especies invasoras; que usted puede considerar que no son peligrosas, otros consideran que sí que lo son, sobre todo la introducción del cangrejo señal, que se hizo sin los oportunos estudios científicos, de la forma tan... de una forma rigurosa como se debería de haber hecho.

En segundo lugar... [murmullos] ... -yo también tenía mucho que haber dicho a su intervención y me he mantenido con el preceptivo respeto hacia ella- otra de su... otra parte de su brillante intervención, en la que, bueno, hace alusión a que las especies exóticas... –perdón- las especies invasoras no son del todo... no son todas peligrosas. Nadie ha dicho que lo sea, nadie ha dicho que lo sea. Pero lo que está claro es que es necesario, necesario localizarlas en el momento que aparecen, y es necesario hacer los estudios preceptivos para ver hasta qué punto esas especies pueden ser nocivas para la biodiversidad, para los ecosistemas, para el medio ambiente, ¿eh?, y para, bueno, el resto de... de recursos económicos asociados al patrimonio natural. Y eso es necesario hacerlo para saber hasta qué punto son o no son nocivas y agresivas estas especies invasoras.

Yo siento, porque ambos estamos de acuerdo en que hay que regular esta cuestión. Y lo que está claro es que la Comunidad Autónoma no lo ha hecho, o, por lo menos, no lo está haciendo de la forma rigurosa que debería de hacerse. Nosotros, con esta proposición no de ley –que tampoco me voy a extender mucho y no voy a argumentar mucho más, porque, bueno, pues creo que... que no viene casi al caso después de su intervención-, es que lo que intentábamos con el catálogo es precisamente localizar estas especies exóticas dentro de la Comunidad, hacer un catálogo exclusivamente de... de las que se ubican en Castilla y León, con la información científica y técnica suficiente para determinar que constituyen una amenaza grave, como hemos dicho antes. Y de cada una de ellas ha de darse cuenta al Ministerio para que se incorporen a ese catálogo nacional, que dice usted que, bueno, que está contemplado en el real decreto y que sin duda existe, y seguirá existiendo después de la aprobación del nuevo decreto. Esa información, además, debería de... de referir también las estrategias y los planes de prevención, control y posible erradicación, en el caso de que sean peligrosas esas especies. Y estos planes de gestión y control no se están haciendo en Castilla y León. Como usted dice, sí, de forma muy puntual, en colaboración con otros organismos, pero no con la rigurosidad que deberían de hacerse.

Y, después, la red de alertas, la red de alertas que está basada también en el Decreto 1628, también lo va a contemplar el nuevo decreto –usted lo sabe-, supondrían las medidas necesarias para el seguimiento y control de... de las posibles especies invasoras. Y esta red estaría integrada por puntos focales, que son los que el real decreto que está ahora mismo en vigor determina que le corresponde desarrollar a las Comunidades Autónomas.

Mire, no existe catálogo en Castilla y León, no existe una red de puntos focales que permita detectar una alarma temprana en la detección de nuevas especies invasoras, no existen planes de prevención, control y posible erradicación; por lo tanto, las especies invasoras no están reguladas en esta Comunidad Autónoma.

Y, señor Reguera, lo que intentamos realmente con esta proposición no de ley es que la Consejería de Fomento y Medio Ambiente se ponga a trabajar en este tema. Porque desde que surgiera la enorme alarma el pasado año cuando, bueno, pues cuando se habían sacado 17.000 licencias de pesca potencialmente para, entre otras cosas, pescar cangrejos, y resulta que no se podía, esa enorme alarma que se generó, desde entonces no se ha vuelto a hacer absolutamente nada con este tema, hasta que aparezca una nueva alarma. Y es que la Junta, y esta Consejería concretamente, está acostumbrada a trabajar a golpe de alarma.

Entonces, lo que queremos evitar es precisamente eso, que no se actúe a golpe de alarma; que se establezca ese catálogo de especies exóticas; que se cree la red de alerta temprana que pueda... que además no supondría un gran desembolso económico, ya que se podría incluso introducir dentro de lo que es la gestión o los servicios forestales de la Comunidad; y que se realice el seguimiento de estas especies con un potencial invasor, a veces peligroso, otras veces no; y, desde luego, que se coordinen bien con el Ministerio para que se puedan desarrollar las estrategias necesarias.

Y, en definitiva, señor Reguera, que la Junta de Castilla y León haga por una vez bien las cosas para salvaguardar el medio ambiente, la diversidad, y, desde luego, para no complicarles la vida ni a los cazadores, ni a los pescadores, ni a los agricultores, ni a los forestales, ni, en definitiva, a todos los ciudadanos de Castilla y León, como nos tiene acostumbrada esta Consejería. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señora Martín Cabria. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la proposición no de ley.

Votación PNL/000642

¿Votos a favor? Seis. ¿Votos en contra? Nueve. Quince votos emitidos. Seis a favor. Nueve en contra. Por tanto, queda rechazada.

Y pasamos al cuarto punto del Orden del Día.

PNL/000650


LA SECRETARIA (SEÑORA PÉREZ PÉREZ):

Gracias. Cuarto punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley número 650, presentada por los Procuradores doña Ana María Muñoz de la Peña González, doña María Sirina Martín Cabria, don Jorge Félix Alonso Díez, don Javier Campos de la Fuente, don Juan Luis Cepa Álvarez y doña Esther Pérez Pérez, instando a la Junta de Castilla y León a elaborar y publicar en la página web oficial de la Junta una estadística de incendios forestales, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 190, de doce de febrero de dos mil trece".


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, en representación de los señores Procuradores Proponentes, doña Ana Muñoz de la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

Gracias, Presidenta. Buenos días. El Artículo 45 de la Constitución consagra el derecho de los españoles a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo, encargando a los poderes públicos que velen por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida, y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva. Así mismo, para aquellos que violen lo establecido por la Constitución se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.

El Artículo 148 de la Constitución indica que las Comunidades Autónomas podrán asumir las competencias en cuanto a montes y aprovechamientos forestales, y, asimismo, establece que la gestión en materia de protección de medio ambiente corresponderá a las Comunidades Autónomas.

El Artículo 70 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad establece que tenemos competencias exclusivas para desarrollar la estadística para los fines de la Comunidad Autónoma, en coordinación con la agencia estatal... con la... en coordinación con la general del Estado y con las demás Comunidades Autónomas.

De acuerdo con el Artículo 71 de la Ley 14 del dos mil siete, de Reforma del Estatuto de Autonomía, Castilla y León tiene la competencia en el desarrollo normativo y ejecución en materia de montes, aprovechamientos y servicios forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos.

El Artículo 98... 28 de la Ley de Montes estatal otorga al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal, la coordinación en la elaboración de la estadística forestal española, junto con los demás órganos competentes de la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas.

No podemos olvidar que nuestra Ley de Montes contempla que la Consejería competente en materia de montes creará un registro administrativo de montes afectados por incendios, en el que se incluirán datos relativos a la fecha de incendio, así como a la localización, extensión y características de los terrenos afectados.

La Ley 7, de Estadística de Castilla y León, se promulgó ya que la Comunidad necesitaba de referencias fiables indicativas de sus características socioeconómicas y de su actuación permanente. Para conseguirlo, es preciso potenciar una actividad estadística específicamente dirigida a producir aquellas referencias; y su desarrollo precisa un marco legal y organizativo, precisa unas normas que definan sus límites, sus cauces orgánicos y las reglas fundamentales de las diversas relaciones que pueden implicar. Este es el objetivo con el que nació esta ley.

El territorio forestal en Castilla y León supone el 51 % de la superficie de la Comunidad Autónoma. Es, pues, uno de los principales y mejores patrimonios con los que contamos para desarrollar... para el desarrollo de la propia Comunidad. Los montes de la Comunidad aportan innegables beneficios económicos, sociales, ecológicos o medioambientales a nuestra sociedad.

El Grupo Parlamentario ha venido demostrando su preocupación en repetidas ocasiones por la lacra de los incendios forestales en nuestra Comunidad Autónoma; incluso aportó propuestas como la de elaborar una ley específica de incendios forestales. Así mismo, se reconoce con total claridad la labor importantísima en beneficio de los intereses autonómicos y de la sociedad en general de los profesionales que se juegan día a día la vida en la extinción de los incendios forestales, desde los técnicos a los agentes medioambientales, las cuadrillas de incendios, los maquinistas, pilotos, bomberos, vigilantes, hasta incluso los ciudadanos que colaboran desinteresadamente con la propia Administración y con los trabajadores.

Continuando con esta preocupación, con el objeto de poder analizar y realizar la realidad de esta lacra, es fundamental que la estadística de los incendios forestales sea publicada oficialmente con regularidad. Dentro de la estadística forestal española se incluyen los incendios forestales, de los que existe desde el año mil novecientos sesenta y ocho una base de datos de ámbito nacional.

Para ello, es necesario homogeneizar, mantener, elaborar y publicar esta estadística, a partir de la información que remiten las Comunidades Autónomas con cada uno de los siniestros forestales que ocurren en cada rincón de nuestro país. Para hacerlo posible, las Comunidades Autónomas han de proporcionar al Ministerio, antes del tercer cuatrimestre de cada año, la información estadística referente a los incendios acontecidos en el año anterior.

Esta publicación contiene las cifras definitivas del año, acompañadas de multitud de cuadros, gráficos y mapas que detallan aspectos... los aspectos más significativos del año. La edición, distribución y publicación en la web de la estadística definitiva del año se realiza a partir del tercer cuatrimestre del año siguiente. Esto significa que durante el verano, o incluso al terminar la campaña, no se puede realizar un ejercicio de comprobación o de análisis de la realidad ya que no se disponen de estos datos.

Ahora bien, en lo que debería ser pionera nuestra Comunidad Autónoma es en publicar estos datos con mayor celeridad, aportando los datos provisionales de los incendios forestales ocurridos en la Comunidad Autónoma por meses, provincias, término municipal, superficie provisional quemada, especies afectadas, propiedad pública o privada afectada... En fin, una serie de datos importantes, y con una periodicidad de quince días después del cierre de cada mes; es decir, como muy tarde el quince del mes siguiente se publicarían los datos ocurridos en el mes anterior vencido.

La importancia de conocer estos datos, la importancia que la Comunidad Autónoma... -ya que realiza este muestreo y se lo pasa de manera provisional al Ministerio- la importancia de que la política sea transparente, de que se pueda publicar, de que sea accesible a los ciudadanos, sea accesible a las Administraciones Públicas, sea accesible incluso a los propios trabajadores, es importantísima. De manera que esto es lo que motiva la presentación de esta propuesta de resolución, que establece que:

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que elabore y publique en la página web oficial de la Junta una estadística de incendios forestales con los avances provisionales de los mismos, con periodicidad mensual y desarrollo por provincias, términos municipales, superficie quemada, especies calcinadas, titularidad pública o privada de la zona incendiada, causalidad, así como cualquier dato que aporte claridad, transparencia e información".

Esperando contar con el respaldo del Grupo Popular, por el momento, Presidenta, nada más. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señora Muñoz de la Peña. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Juan Martínez Majo.


EL SEÑOR MARTÍNEZ MAJO:

Gracias, Presidenta. La proposición no de ley que... que nos presenta el Grupo Socialista insta a la Junta de Castilla y León a elaborar resumidamente y publicar en la web oficial de la Junta una estadística de incendios forestales con los avances provisionales y de... y se pide una periodicidad mensual, en términos generales.

Usted acaba de hacer una prolija y yo creo que muy amplia exposición de motivos, el de la PNL, y... especialmente normativa, desde la Constitución hasta los... Estatuto de Autonomía. Pero lo más importante, sobre todo, es que... bueno, ver con satisfacción desde este Grupo cómo comparten con nosotros la preocupación por este grave problema, y reconocen la gran labor que llevan a cabo día a día todos los profesionales relacionados con el sector -no... no algunos solo, sino todos- y todos los que participan en las labores de extinción de incendios, incluidos los ciudadanos de a pie, que también en muchas ocasiones tienen mucho que hacer y mucho que decir, y sobre todo mucho que trabajar en esos casos.

Los datos de los incendios forestales se están actualizando continuamente según llegan los datos a las secciones de protección civil de la naturaleza de cada una de las provincias; primer paso, la provincia. En un primer momento, y dentre... dentro de este primer momento, en un primer lugar, se recogen los datos en tiempo real en el programa de seguimiento de incendio forestal (Sinfo). En un segundo lugar, se introducen los datos del... del preparte y de la ficha de inscripción ocular que el agente medioambiental de cada incendio... en su visita al mismo. En tercer lugar -y repito, dentro de esta primera fase-, llega el... llega la zona acotada, el perímetro del mismo y las partes... los partes de vuelo con la información, que se contrasta con la que ya está introducida inicialmente por la... por la información del agente medioambiental. E incluso -y en ocasiones ocurre- pueden llegar más informes y partes, dependiendo de lo acaecido en cada incendio, del número de profesionales, de las especialidades de los profesionales y de los técnicos que... competentes en la materia, en las diversas materias que acaecen en un incendio. Eso sería en una primera fase, en un primer momento.

En un segundo momento posterior, al cerrar el año, con todos los datos introducidos y contrastados, se envían al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, donde se realiza la última depuración de errores -todavía existe una depuración más de errores- y se realiza esa publicación por parte de ellos. Una vez están todos estos errores posibles -técnicos, humanos y de todo tipo- corregidos, el Ministerio pasa los datos del año histórico y es cuando los datos son definitivos y se publican definitivamente.

Publicar datos provisionales, o parciales, o avances, en un tema tan sensible, tan especial y que necesita la participación de tantas personas para las definiciones del espacio forestal quemado, las vegetaciones, las especies arbóreas, las posibles influencias en ríos, acuíferas... acuíferos, perdón, animales, etcétera, etcétera, solo generaría confusión en muchos casos. Podrían existir, por supuesto, errores, que ya se están... al estar en continua actualización, todo lo que ello conlleva. Por lo tanto, no procede aprobar la proposición no de ley que se plantea. Nada más.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señor Martínez Majo. Para cerrar el debate, tiene la palabra doña Ana María Muñoz de la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

Gracias, Presidenta. Señorías, la primera vez que oigo que el crear confusión... que no... no se apoye, no se respalda esta iniciativa porque crea confusión, cuando lo que estamos pidiendo es transparencia y lo que estamos pidiendo es información. Que yo sepa, nunca la transparencia ni la información han generado confusión, en ningún caso.

Pero establece dos fases, dos fases fundamentales. Primero, evidentemente, si hago referencia a la normativa es para asentar, y quedar clara, y plasmar lo que es la... las bases competenciales de la Comunidad Autónoma. A partir de aquí, usted establece dos fases: una fase de actuación, que es una toma de datos, una recogida de muestras, que remiten. Pero esto es el trabajo de los agentes, esto es el trabajo de los profesionales; que lo hacen perfectamente, con máxima pulcritud.

Y establece una segunda fase -que ahí es donde entra a... y tiene cabida nuestra iniciativa-; esta segunda fase, que es la remisión de los datos al Ministerio. Bueno, pues aquí es donde nosotros pedimos que estos datos que la Comunidad Autónoma pasa al Ministerio, cuando los pase al Ministerio, los publique en la web de la Comunidad Autónoma, en este momento. ¿Por qué? Pues, porque estamos hablando de transparencia, estamos hablando de prevención, estamos hablando de educación ambiental, estamos hablando de que son datos que interesan no solo a los ciudadanos; interesan a los ciudadanos, a las Comunidades... a las entidades locales, interesan a los propios profesionales. Ahí es donde... donde estamos iniciando.

Porque, fíjese, si la información –como usted dice- provoca confusión, que es que el Ministerio sí transmite esta información, el Ministerio tiene durante todo el año avances provisionales de los niveles de incendios en todo el país. ¿Por qué puede el Ministerio publicar estos datos? Evidentemente, porque las Comunidades Autónomas le aportan estos datos, pero el Ministerio, en la página del Ministerio, sí hay datos continuos, provisionales y periódicos; todos los meses se publica, de manera provisional, todos los conatos o grandes incendios que se han producido en todo el país a lo largo de ese mes. Y luego, posteriormente, al año, publican los datos definitivos, cuando ya se cierra el año.

Esto mismo es lo que pedimos que haga la Junta de Castilla y León, que publique en la Comunidad Autónoma, de manera que un castellano y leonés, para saber qué está ocurriendo en su Comunidad Autónoma, no tenga que recurrir a las páginas del Ministerio o esperar un año entero a que se publiquen los datos, oficiales ya, de... de los incendios ocurridos durante el año. Esto es lo que estamos pidiendo, que la Comunidad Autónoma, un castellano y leonés, pueda, en las páginas de la Junta de Castilla y León, encontrar los datos de lo que está ocurriendo en el verano.

Claro, esto es un problema, porque el caso es que en las páginas web de la Junta, cuando... hay un vínculo concreto para consultar los incendios forestales. Cuando uno entra aquí, la Junta cuelga los datos, y cuelgan los datos aquí una vez cerrada la estadística nacional; esto es, solo puede verse datos, en estos momentos, pues del año dos mil doce, cuando está cerrada. Pues datos que son datos muy buenos, ¿eh?, que están bien recogidos, bien computados, bien... bien tratados: gráficas, índices de frecuencia, índice de causalidad, índice de peligrosidad, riesgo local, vulnerabilidad, riesgo potencial, con buenos mapas de recursos, buenos mapas de infraestructuras; está bien. Pero ninguna información actualizada, todas con un año de retraso, ni siquiera en época de riesgo, y fíjese lo importante que puede ser tener un avance informativo en plena época de riesgo; es que también es educación ambiental, es que también es prevención, y es también previsión.

Mire, los datos que ahora mismo ofrece la página de la Junta y los producidos desde la Dirección General de Estadística corresponden al año dos mil once, al año dos mil once. ¿Pero cómo...? En el año dos mil trece, solo tenemos datos en esta Comunidad en la Dirección General de Estadística que correspondan al año dos mil once en cuanto a número de incendios, superficie quemada... Eso sí, además te vinculan estos datos al Informe de Sostenibilidad Ambiental de Castilla y León 2000-2007, y a su... al sistema de indicadores que tiene. Y aquí, cuando entras a consultar, dices, bueno, vale, como te... te introduce en este vínculo, vamos a utilizar este vínculo. Cuando utilizas este vínculo -porque los datos que está ofreciendo la Dirección General de Estadística son del dos mil once, dices, vale, pues utilizamos el... el vínculo de Información y Sostenibilidad Ambiental en la... Comunidad-, pues los datos que nos encontramos son del año dos mil diez; todavía un año más de retraso.

Mire, Señoría, hay cuatro publicaciones sobre información y documentación ambiental en la Comunidad, publicados por el... publicadas todas por el CIDA: el Boletín Informativo Ambiental, el último boletín publicado fue el número 75 y corresponde al año dos mil doce, a septiembre del dos mil doce, desde entonces no ha vuelto a haber ni un solo... ni un solo boletín de información ambiental; el Boletín Periódico de Información Oficial, el último es de agosto del dos mil doce, es el número 119; el Boletín de Desarrollo Sostenible, el último es de junio del dos mil doce; el Boletín de la Red de Centros de Información y Documentación Ambiental de los Espacios Naturales, aquí ya, como cada uno va a su bola, pues aquí te puedes encontrar que algunos tienen la información retrasada del año dos mil nueve, otros del año dos mil once, otros están en el dos mil doce.

Pero, si vamos a consultar las estadísticas puras y duras de la Comunidad Autónoma en la Dirección General de Estadística, lo que encontramos es un vínculo al Plan Estadístico de Castilla y León 2010-2013 y al Programa Estadístico para el dos mil doce. Porque, Señorías, el Programa Estadístico para el año dos mil trece no se ha aprobado; se supone que se tenía que haber aprobado a lo largo del mes de diciembre del dos mil doce, y establecer lo que va a ser el programa estadístico, el trabajo en estadística que va a hacer la Comunidad Autónoma, el calendario estadístico a lo largo del año dos mil trece. Bueno, pues el último que tenemos es el dos mil doce, porque es que luego no hay previsión ni está aprobado el... el programa estadístico... de estadísticas de la Comunidad para el año dos mil trece. El último publicado, evidentemente, fue el del año dos mil once, lo mismo que ocurre con el Anuario Estadístico de Medio Ambiente, que el último también fue del año dos mil once. Y el Informe Anual de Actuaciones de Medio Ambiente lleva... que lleva publicándose desde el año mil novecientos noventa y nueve, pues el último es del año dos mil cinco-dos mil seis. Eso es un caos, y, Señorías, esto no cuesta dinero, esto es trabajo, trabajo y trabajo, no más, y organización del trabajo.

De manera que lamento mucho, de verdad, que no vayan a apoyar esto, porque, finalmente, es en beneficio de toda... de toda la Comunidad Autónoma, y en beneficio del propio país, porque, si son interesantes los datos de Castilla y León, también son interesantes que otras Comunidades Autónomas limítrofes puedan tener los datos de la Comunidad sin tener que recurrir a los datos provisionales del Ministerio, que, al fin y al cabo, es un trabajo que es una cuestión solo de claridad y de transparencia, porque este trabajo la Comunidad Autónoma lo hace, lo hace y, de hecho, se lo pasa al Ministerio. Por tanto, al tiempo que se lo pasa al Ministerio, no le costaría absolutamente nada publicarlo en... en la web. Claro, difícilmente va a publicar cuando el sistema de estadística que tenemos está como está, total y absolutamente abandonado desde el año dos mil once. Nada más, Presidenta. Y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señora Muñoz de la Peña. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la proposición no de ley.

Votación PNL/000650

¿Votos a favor? Seis. ¿Votos en contra? Nueve. Votos emitidos: quince. A favor: seis. En contra: nueve. Por tanto, queda rechazada la proposición no de ley debatida.

Y por la señora Secretaria se dará lectura al quinto y último punto del Orden del Día.

PNL/000675


LA SECRETARIA (SEÑORA PÉREZ PÉREZ):

Gracias, Presidenta. Quinto punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley número 675, presentada por los Procuradores doña Ana María Muñoz de la Peña González, doña María Sirina Martín Cabria, don Jorge Félix Alonso Díez, don Javier Campos de la Fuente, don Juan Luis Cepa Álvarez y doña Esther Pérez Pérez, sobre la elaboración del Catálogo Regional de Especies Amenazadas, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 190, de doce de febrero de dos mil trece".


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señora Secretaria. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, en representación de los señores Procuradores Proponentes, doña Ana María Muñoz de la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

Gracias, Presidenta. La Ley 42 del año dos mil siete, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, en los Artículos 53 y 55 crea con carácter básico el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y el Catálogo Español de Especies Amenazadas.

La ley establece una serie de elementos protectores para los espacios... para las especies incluidas en el Listado y en el Catálogo, al mismo tiempo que establece dos categorías de clasificación: especies en peligro de extinción y especies vulnerables.

Más tarde, el Real Decreto 139 del año dos mil once desarrolla el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y el Catálogo Español de Especies Amenazadas. Se determina que para las especies incluidas en el Catálogo se deberán realizar una gestión activa de sus poblaciones y poner en marcha medidas específicas por parte de la Administración Pública competente. Estas medidas se concretarán en adoptar las estrategias de conservación y los planes de acción necesarios.

La elaboración y aprobación de estas estrategias y planes les corresponde a las Comunidades Autónomas como Administraciones Públicas competentes. Para ello, podrán recibir apoyo financiero del Fondo para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad previsto en el Artículo 74 de la propia ley. Por tanto, el Ministerio podrá proporcionar y convenir con las Comunidades Autónomas la prestación de ayuda técnica y económica para la elaboración de los distintos planes de recuperación, conservación, acción o reintroducción, y para la ejecución de las medidas requeridas. Por lo tanto, responsabilidad y competencia de la Junta de Castilla y León: elaborar los catálogos regionales de especies amenazadas y establecer los planes de recuperación de aquellas especies consideradas en peligro de extinción, así como los planes de conservación para aquellas especies catalogadas como vulnerables.

A pesar de no existir en la Comunidad el Catálogo Regional de Especies Amenazadas, es conocido como en Castilla y León habitan en torno a veinticinco especies que necesitan medidas de protección especiales de manera urgente, y sus correspondientes programas de gestión o planes de recuperación, de las cuales trece son mamíferos, ocho son aves, dos invertebrados y una corresponde a... a los peces.

Otras especies necesitan también protección, pero su nivel de riesgo no es tan crítico. Castilla y León cuenta en la actualidad con cuatro planes de recuperación de especies amenazadas, como el urogallo cantábrico, el águila imperial ibérica, cigüeña negra y oso pardo. Disponemos de dos planes de conservación y gestión para el lobo y para el águila perdicera.

Esta protección ha supuesto que en los últimos veinte años, según los correspondientes censos, la población de oso pardo ha crecido un 70 %, el lobo se acerca a 1.800 ejemplares y las cigüeñas negras llegan a 90 parejas, lo que demuestra la efectividad de los planes de recuperación y conservación.

Cuatro planes de recuperación de especies amenazadas y dos planes de gestión... de conservación y gestión, sin tener un catálogo regional de especies amenazadas, esto es, se han planteado los planes para estas cuatro especies, no sabemos con qué criterios concretos, y por qué estas especies y no también otras especies amenazadas.

Lo lógico, lo normal es disponer del catálogo regional, como paso previo, y, a partir de ahí, ir elaborando los planes de recuperación precisos, en función de lo que establezca el catálogo correspondiente.

En Castilla y León tenemos, solo en aves, cincuenta y cinco especies en la Lista Roja y solo tres cuentan con planes de recuperación y una con planes de... con plan de conservación.

Tenemos ocho especies en peligro, veintiséis especies vulnerables y veintiuna especies amenazadas.

Especies, por ejemplo, como la alondra ricotí, calificada como en peligro debido a que la superficie de su área de ocupación es menor a 500 kilómetros cuadrados y localizada solo en catorce localidades. Especie ya desaparecida en todo el continente africano y, sin embargo, en España, el único lugar del mundo donde nidifican estas aves, básicamente en Castilla-La Mancha, en Teruel y en Castilla y León, al sur de la provincia de Soria.

La avutarda, por ejemplo, también una especie calificada como vulnerable; buitre negro; milano real -vulnerable también- existen ejemplares en Zamora, Salamanca, Segovia, y en Valladolid, en los últimos años, se ha perdido el 50 % de la población existente; milano negro; o alimoche, en peligro crítico en Castilla y León, solo quedan en torno a trescientas parejas; el busardo ratonero; águila calzada; o el zampullín cuellinegro, que está incluido también en la Lista Roja como amenazado, con escasa presencia en Soria y en Salamanca, solo quedan en torno a unas veinte parejas reproductoras. Así hasta cincuenta y cinco especies de aves en la Comunidad.

Respecto a los mamíferos, pues el visón europeo, que tiene presencia en la cuenca del Duero, principalmente en los ríos Arlanza, Arlanzón y Pisuerga; mejillón de río; lince ibérico, con presencia en el sur de la Comunidad Autónoma; murciélago de herradura, catalogado como vulnerable y presente en las áreas periféricas también de toda la Comunidad.

Todas estas especies forman parte del listado de especies amenazadas, con importante presencia estable y reproductora en la Comunidad Autónoma, y que no disponen del correspondiente plan de recuperación, a pesar del apoyo financiero que recibe la Comunidad Autónoma por parte de la Unión Europa, a través de los Programas Life, para conservar y proteger muchas de estas... de estas especies.

Así mismo, el Ministerio, en el informe elaborado y publicado de "Impactos, vulnerabilidad y adaptación al cambio climático de la biodiversidad española", sitúa a noventa y cinco especies en Castilla y León, noventa y un animales y cuatro vegetales, en claro peligro de extinción o de desplazamiento.

Es fundamental detener la pérdida de diversidad biológica, que se produce debido a diferentes factores, y garantizar la conservación de la biodiversidad que vive en estado silvestre, para lo cual es necesario que la Junta de Castilla y León elabore la catalogación que diferencie las especies en peligro de extinción de las vulnerables, establezca los regímenes específicos de protección y recuperación necesarios de aquellas especies silvestres que lo requieran.

Por todo ello, se presenta la siguiente propuesta de resolución: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a elaborar el catálogo regional de especies amenazadas; en segundo lugar, a establecer los planes de recuperación de las especies amenazadas y en peligro de extinción; y, en tercer lugar, a elaborar los planes de conservación de las especies vulnerables". Esperando su apoyo, nada más, Presidenta.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Muchas gracias, señora Muñoz de la Peña. En turno de fijación de posiciones, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Jorge Domingo Martínez Antolín.


EL SEÑOR MARTÍNEZ ANTOLÍN:

Muchas gracias, Presidenta. Buenos días, Señorías. En... en el segundo punto de su propuesta de resolución entiendo que existe un pequeño error, porque usted plantea el establecer los planes de recuperación de las especies amenazadas y en peligro de extinción, cuando las especies en peligro de extinción están dentro de las especies amenazadas; y, a mi modo de entender, entiendo a su vez que sería establecer los planes de recuperación para las especies en peligro de extinción.

Bueno, en cualquier caso, respecto a esta propuesta general de resolución, sí que tenemos que decir que, a lo largo de los últimos años, sí que es cierto que se ha establecido un debate al respecto, respecto a la necesidad de establecer un catálogo regional de especies amenazadas. Pero hay que decir que, desde el punto de vista de la fauna, existe un Catálogo Español de Especies Amenazadas en el cual ya se incluyen todos los taxones que podemos encontrar, o una gran cantidad de los taxones -la gran mayoría- de los que podemos encontrar en nuestra Comunidad Autónoma. Y es por ello que, en principio, no se creyó necesario ni en la necesidad de establecer un catálogo regional, cuando lo que supondría sería replicar y duplicar lo que ya estaba prácticamente expuesto en ese catálogo a nivel nacional.

No ocurría lo mismo en el caso de la flora, que sí que es cierto que, dado a que en Castilla y León tenemos una abundante flora autóctona que, a su vez, no estaba recogida dentro del catálogo nacional, se creyó oportuno establecer una protección a través del establecimiento de ese... de ese catálogo. Y así, la Junta de Castilla y León aprobó el Decreto 63/2007, de catorce de junio, por el que se creaba el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León y, al mismo tiempo, también, se creaba la figura de protección denominada "microrreserva de flora".

En cualquier caso, Señoría, el borrador de Ley del Patrimonio Natural de Castilla y León recoge la creación del catálogo regional, y esta norma se aprobará en la presente legislatura.

En cuanto a los otros dos puntos, que hacen referencia a ese establecimiento de los planes de manejo, en concreto el de recuperación para las especies en peligro de extinción y el de conservación para las especies vulnerables, la Junta de Castilla y León -y usted lo ha mencionado- cuenta en estos momentos con algunos planes de recuperación ya realizados, como el del oso pardo cantábrico en Castilla y León, el Plan... [fallo de grabación] ... y León, Plan de recuperación de la cigüeña negra en Castilla y León, Plan de recuperación del urogallo cantábrico en Castilla y León, Plan de conservación del águila perdicera en Castilla y León, planes, Señoría, que en algunos casos han conseguido y se ha logrado los objetivos que se perseguían, y, sí, también es cierto que algunos de ellos pues están en estos momentos en una situación que parece necesario que se lleve a cabo pues una modificación y una revisión de ellos.

Y existe el compromiso en estos momentos de que se presente a lo largo de esta legislatura la revisión de esos planes de recuperación, así también como la elaboración de planes nuevos, como es el del milano real, el del visón europeo o el de la alondra de ricotí. Estos nuevos documentos que se crearán recogerán las actuaciones pertinentes a desarrollar para mejorar el estado de conservación de estas especies mencionadas.

Entonces, por todo lo expuesto, Señoría, no procede aprobar, desde nuestro Grupo, esta PNL presentada. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señor Martínez Antolín. Para cerrar el debate, tiene la palabra doña Ana María Muñoz de la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

Gracias, Presidenta. Lo que no entiendo, Señoría, por qué no la votan a favor si lo van a hacer. Es bastante... bastante absurda la posición. Si lo va... la Junta lo va a hacer, ustedes votan a favor, quedan estupendamente, porque están impulsando el trabajo de... de la Junta de Castilla y León, y, en este caso, a iniciativa, también, del Grupo Parlamentario Popular.

Lo que, al final, quedarán fatal es cuando ustedes aquí votan en contra, luego la Junta lo hace, y, bueno -no quiero decir la expresión, pero ustedes me entienden todos claramente-, quedan en una posición bastante... bastante absurda, bastante ridícula.

Lo de que... Tiene razón: efectivamente, las especies amenazadas son las especies en extinción, pero también son las especies vulnerables. De manera que aquí, de alguna forma, se ha colado una conjunción, sustituya por una coma, y completamente arreglado. De cualquier forma, podía haber presentado -si, claro, si tuviera alguna intención de... de aprobar alguna... alguna de ellas- una enmienda y hubiéramos podido acordar lo que hubiera sido... hubiera sido preciso. Pero, en cualquier cosa... en cualquier caso, las especies amenazadas son tanto las que están en peligro de extinción como las vulnerables, afecta a las dos.

Hace referencia al Catálogo de Flora porque aquí sí... sí está hecho, sí se ha hecho el trabajo, pero no se ha hecho en... en especies, por eso es el planteamiento que hacemos.

Y el que la Junta esté en ello, pues la Junta está en ello y... pero la Junta lleva media vida en ello, lleva veintiséis años en ello, veintiséis años intentando sacar adelante los planes.

Ahora dice que revisan los cuatro de recuperación, y los dos de conservación se va... que los van a revisar, con tres posibles nuevos para esta legislatura. Pero, mire, el visón europeo; el visón europeo ya lo comprometieron hace seis años, para la legislatura pasada -respuesta parlamentaria número 45 de octubre del dos mil siete- la Junta dice: "Existe... actualmente existe un primer borrador técnico para debate, el cual se convertirá en borrador del Plan de Conservación del Visón Europeo, que comenzará su tramitación para ser aprobado en esta presente legislatura" –estoy hablando de octubre del año dos mil siete-. ¿Ahora es compromiso para esta nueva? Bueno.

En marzo del dos mil nueve, también respuesta parlamentaria –le doy el número por si quiere consultarla, y además le invito a que se la remita a la Junta, porque se ha olvidado de lo que había comprometido; de esta forma recuerda lo que ya comprometió en el dos mil siete o, aquí, en el dos mil nueve, respecto a los planes de conservación-: dice que está trabajando en la elaboración y redacción para otras dos especies. Dos mil nueve; también compromiso de legislatura pasada.

Lince ibérico. Pues lo del lince ibérico tiene historia. En el año dos mil siete, la Junta se comprometió a aprobar el plan de recuperación del lince ibérico. Esto... primero, el Partido Popular dice en dos mil siete que hará un estudio, un plan de recuperación del lince ibérico, y luego, más tarde, la Consejera, la Consejera dice un día, también en esta Cámara, en las Cortes, que no había lince ibérico en Castilla y León; que no había, que nos olvidáramos, que aquí no había lince ibérico, en la Comunidad.

O sea, un año antes va a elaborar un plan de recuperación del lince ibérico, está trabajando en ello, hay un primer borrador; meses más tarde dice que aquí nos olvidemos, que aquí no hay lince ibérico. Pero, acto seguido, cobra fondos europeos para proteger al lince. Este es el desbarajuste de la Junta de Castilla y León, este es el desbarajuste: ahora tenemos, luego no tenemos, pero ahora cobramos porque tenemos. Esta es la realidad de la Comunidad.

El milano real. El milano también están realizando censos –me remito a la pregunta... esta es del año dos mil ocho, la pregunta 1959, relativa a la estrategia respecto a especies en retroceso-, y reconoce la Junta que el milano real... y dice que está realizando censos de la especie para tener una información contrastada por la evolución poblacional, y que está redactando una estrategia de mortalidad no natural de estas especies, y que está preparando la elaboración del plan de protección y conservación. También compromiso de la legislatura pasada, que estamos esperando y que de nuevo renuevan el milano, el visón y la alondra.

¿Para el resto de las especies? Pues lo que hacen es que van a ampliar las zonas ZEPAS para proteger al resto de las especies. Estas son las respuestas parlamentarias. Pero, al mismo tiempo, pues estamos cerrando los centros de recuperación de animales silvestres en la Comunidad. Le recuerdo el de Salamanca, Las Dunas, absolutamente cerrado y era un centro importante -que tenemos una iniciativa, que algún día tocará el debate en esta Comunidad Autónoma; espero que, por lo menos, antes de que cumpla el año de que cerraron el centro-, que no han reabierto. Y eran centros y son centros que están haciendo un trabajo importantísimo en la recuperación de todas las especies, pero fundamentalmente de aquellas vulnerables.

De manera que ya lamento mucho que no apoyen estas iniciativas, porque, en realidad, si –como dice- lo van a hacer, esto es cuestión de dogma de fe, es creer o no creer. Francamente, Señorías, mi dogma de fe con respecto al Partido Popular y al cumplimiento de las promesas del Partido Popular en estos momentos es nula, porque han venido demostrando cómo son capaces de prometer, comprometer y hacer justo lo contrario que han prometido y comprometido. Nada más, Presidenta. Y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ALZOLA ALLENDE):

Gracias, señora Muñoz de la Peña. Concluido el debate, procedemos a someter a votación la proposición no de ley.

Votación PNL/000675

¿Votos a favor? Seis. ¿Votos en contra? Nueve. Votos emitidos: quince. A favor: seis. En contra: nueve. Por tanto, queda rechazada la proposición no de ley debatida.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión. Muchas gracias.

[Se levanta la sesión a las doce horas diez minutos].


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