DS(C) nº 280/8 del 30/4/2013









Orden del Día:




1. Pregunta para respuesta oral en Comisión, POC/000728, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D.ª Ana María Agudíez Calvo y D. Jorge Félix Alonso Díez, relativa a práctica de las notificaciones realizadas a los usuarios de la Residencia Asistida de las Personas Mayores de Segovia respecto a la nueva aplicación de los precios públicos por los Servicios de Residencia, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 213, de 5 de abril de 2013.

2. Proposición No de Ley, PNL/000499, presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Fernando María Rodero García y D. David Jurado Pajares, instando a la Junta de Castilla y León a que además del sistema de cita previa a través del 012 se pueda solicitar la cita de forma directa en las diversas dependencias de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 149, de 15 de octubre de 2012.

3. Proposición No de Ley, PNL/000653, presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Fernando María Rodero García y D. David Jurado Pajares, instando a la Junta de Castilla y León a que desglose en su información mensual el número de beneficiarios de servicios de prevención y promoción personal, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 190, de 12 de febrero de 2013.

4. Proposición No de Ley, PNL/000764, presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez, D.ª Ana María Agudíez Calvo y D.ª Esther Pérez Pérez, instando a la Junta de Castilla y León a convocar subvenciones para las denominadas "ayudas individuales" destinadas a financiar actuaciones dirigidas a favorecer la autonomía personal de las personas mayores, personas con discapacidad y personas en situación de dependencia, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 213, de 5 de abril de 2013.


Sumario:






 ** Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos.

 ** La Presidenta, Sra. Romeral Martín, abre la sesión.

 ** Primer punto del Orden del Día. POC/000728.

 ** El Vicepresidente, Sr. Dúo Torrado, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Agudíez Calvo (Grupo Socialista) para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 ** Contestación, en nombre de la Junta, del Sr. De Pablos Pérez, Director General de Familia y Políticas Sociales.

 ** En turno de réplica, interviene la Procuradora Sra. Agudíez Calvo (Grupo Socialista).

 ** En turno de dúplica, interviene el Sr. De Pablos Pérez, Director General de Familia y Políticas Sociales.

 ** Intervención del Procurador Sr. Soria Aldavero (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Segundo punto del Orden del Día. PNL/000499.

 ** El Secretario, Sr. Jurado Pajares, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Palomar Moreno (Grupo Popular).

 ** Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Romeral Martín, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es rechazada.

 ** Tercer punto del Orden del Día. PNL/000653.

 ** El Secretario, Sr. Jurado Pajares, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Dúo Torrado (Grupo Popular).

 ** Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Romeral Martín, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es rechazada.

 ** Cuarto punto del Orden del Día. PNL/000764.

 ** El Secretario, Sr. Jurado Pajares, da lectura al cuarto punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Pérez Pérez (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. García Bermejo (Grupo Popular).

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Pérez Pérez (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Romeral Martín, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es rechazada.

 ** La Presidenta, Sra. Romeral Martín, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las once horas cincuenta y cinco minutos.




Texto:

[Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Buenos días. Se abre la sesión. Antes de dar lectura y de iniciar los puntos del Orden del Día, ¿se quiere comunicar por parte de los Grupos alguna sustitución? ¿No? ¿Por parte del Grupo Popular? Vale. Después, luego, si eso, cuando debatamos las...

Bueno, antes de empezar, quisiera agradecer la presencia esta mañana de don Carlos Raúl de Pablos Pérez, Director General de Familia y Políticas Sociales, por su presencia esta mañana en la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Por parte del señor Vicepresidente se dará lectura al primer punto del Orden del Día.

POC/000728


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR DÚO TORRADO):

Primer punto del Orden del Día: "Pregunta para respuesta oral en Comisión 728, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores doña Ana María Agudíez Calvo y don Jorge Félix Alonso Díez, relativa a práctica de las notificaciones realizadas a los usuarios de la Residencia Asistida de las Personas Mayores de Segovia respecto a la nueva aplicación de los precios públicos por los Servicios de Residencia, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 213, de cinco de abril de dos mil trece".


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Para formular la pregunta, tiene la palabra la Procuradora doña Ana María Agudíez Calvo.


LA SEÑORA AGUDÍEZ CALVO:

Gracias, señora Presidenta. Buenos días, Señorías. Buenos días, señor Director General. El motivo de esta pregunta es dar a conocer las quejas que ha efectuado la asociación de Nuestros Mayores de la Residencia de... Asistida de Personas Mayores de Segovia relativa a las actuaciones públicas sobre las notificaciones que se han realizado a los usuarios de residencias mayores respecto a la nueva aplicación de los precios públicos por los servicios de residencia.

Con fecha veintidós de diciembre de dos mil once, el Gobierno de Castilla y León aprueba el Decreto 70/2011, por el que se establecen los precios públicos y la participación de las personas mayores usuarias de centros y servicios integrados en el Sistema de Acción Social y Servicios Sociales en la financiación del coste de los mismos de acuerdo con su capacidad económica. Dicha capacidad económica se determina en atención a la renta y el patrimonio de cada usuario del servicio.

La revisión de la capacidad económica de la persona beneficiaria se realizará en el último trimestre de cada año, tomando en consideración los datos económicos suministrados por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y otros organismos públicos relativa al último ejercicio disponible, y se aplicarán a partir del primero de enero del año siguiente (Artículo 5 del Real Decreto 70/2011).

Están obligados al pago los beneficiarios del servicio de residencia desde el momento en que se presta el servicio. A estos efectos, las personas cuyo ingreso en el centro público asistencial se hubiere producido con posterioridad a la entrada en vigor de este decreto pagarán la prestación correspondiente desde el momento del ingreso. Y, por otro lado, los beneficiarios que estuvieren en situación de alta en los servicios con anterioridad a la entrada en vigor de este decreto, las previsiones contenidas en él resultarán de aplicación a partir del uno de enero de dos mil trece.

En virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 70/2011, la Gerencia de Servicios Sociales aprueba, mediante resolución individual, las cantidades a pagar por cada residente en base a los datos económicos y patrimoniales que obran en poder de las Administraciones -en algunos casos aplicados incorrectamente-, en cuanto a la determinación del porcentaje de participación en la propiedad patrimonial inmobiliaria del beneficiario y la consideración o no de vivienda habitual.

Algunas resoluciones, por no decir todas, han sido aprobadas con fecha diez de diciembre de dos mil doce y su escrito de notificación firmado el diecisiete de diciembre de dos mil doce por la Gerente Territorial de Servicios Sociales de Segovia. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de veintiséis de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicos y del Procedimiento Administrativo Común –abro comillas-, "toda notificación deberá ser cursada dentro del plazo de diez días a partir de la fecha en el que el acto haya sido dictado, y deberá contener el texto íntegro de las resoluciones".

Según dispone el Artículo 59.1 de la Ley 30/92, del veintiséis de noviembre, dice así: "Las notificaciones se practicarán por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción por el interesado o su representante, así como de la fecha, la identidad y el contenido del acto notificado. La acreditación de la notificación efectuada se incorporará al expediente". Al hablar de cualquier medio, se entiende el utilizado para hacer llegar la notificación al interesado, es decir, por correo, telegrama, por funcionario, etcétera, pero no debe confundirse cualquier medio con "de cualquier manera".

Las personas afectadas por dichas notificaciones en la Residencia Asistida de Personas Mayores de Segovia serán más de doscientas -actualmente residen cerca de trescientas personas, muchas de ellas ingresadas después del uno de marzo del dos mil doce-, de los cuales, una inmensa mayoría, por no decir todos, sufren graves dolencias de salud, fundamentalmente de salud mental (demencia senil, alzhéimer, pérdida de memoria, etcétera) y otras dolencias físicas o psíquicas, que a algunos de ellos les obliga a estar postrados en cama durante largos periodos de tiempo y a otros muchos a estar sentados en sillas de ruedas, en algunos casos sujetas a pasarelas fijas, durante gran parte del día y sin capacidad suficiente para entender de las situaciones reales y normales de la vida cotidiana.

Todas estas incapacidades, como es lógico, son conocidas por el personal de la propia residencia y, fundamentalmente, por la dirección del centro, toda vez que todos los residentes han sido calificados administrativamente en base a los parámetros establecidos en la Ley de Dependencia. Si bien esta calificación tiene validez a efectos de las prestaciones por dependencia, también sirve como indicio para conocer el estado de salud de los residentes, que, por otro lado, ya han sido calificados periódicamente para su adecuada atención en el parámetro de modalidad de usuario -la gran mayoría que están en la Residencia Asistida de Personas Mayores- como grandes dependientes, lo que quiere decir que necesitan de una atención continuada, como todos sabemos, en todas sus necesidades por carecer de la capacidad suficiente para valerse por sí mismos.

Considerando que las notificaciones comenzaron a realizarse en el mes de enero de este presente año y que las resoluciones están notificadas y fechadas en la primera o segunda decena de diciembre de dos mil doce, más de diez días desde que fuera dictado el acto hasta la fecha de notificación, ninguna de ellas se han realizado formalmente, según establece la Ley 30/1992, que anteriormente definíamos.

Por eso, sí que me gustaría que usted, como Director General, me explicase cómo se han practicado las notificaciones realizadas a los usuarios de la Residencia Asistida de Personas Mayores de Segovia respecto a la nueva aplicación de los precios públicos por los servicios de residencia; por qué dichas resoluciones no se han realizado formalmente, de conformidad con la Ley 30/1992; y también me gustaría saber si este mismo procedimiento que se ha utilizado en la Residencia Asistida de Personas Mayores de Segovia ha sido el que se ha realizado en todas las provincias de Castilla y León. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Para contestar a la pregunta, por parte de la Junta, tiene la palabra don Carlos Raúl de Pablo Pérez, Ilustrísimo Director General de Familia y Políticas Sociales.


EL DIRECTOR GENERAL DE FAMILIA Y POLÍTICAS SOCIALES (SEÑOR DE PABLOS PÉREZ):

Muy buenos días, señora Presidenta. Señores miembros de la Comisión, pues procedo a contestar a su pregunta. Con fecha uno de marzo de dos mil doce entró en vigor el Decreto 70/2011, de veintidós de diciembre, por el que se establecen los precios públicos por servicios prestados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León en el ámbito de los servicios sociales, al que usted ha hecho referencia en su intervención.

En el Artículo 2 de dicho decreto se estable que están obligados al pago de los precios públicos las personas físicas beneficiadas de los servicios, desde el momento en el que se presta el servicio. Así mismo, se establece la obligación de las personas beneficiarias de contribuir al coste del servicio de acuerdo con su capacidad económica, determinada conforme a los criterios señalados en dicho decreto, como ha señalado.

La disposición transitoria única del referido decreto establece que, para los beneficiarios que estén en situación de alta en los servicios con anterioridad a la entrada en vigor de este decreto, las previsiones contenidas en él resultarán de aplicación a partir del día uno de enero de dos mil trece, resultando hasta ese momento aplicable el sistema anterior, como también usted ha comentado.

En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en el 9.3 de dicho decreto, procedía emitir una resolución administrativa sobre la aportación económica mensual a satisfacer por cada beneficiario del servicio público que se encuentre en situación de alta en el servicio con anterioridad al uno... del uno de marzo de dos mil doce, fecha de entrada en vigor del decreto de precios públicos en materia de servicios sociales.

Dichas resoluciones no pudieron... no se pudieron emitir antes... En primer lugar, para aclarar un poco el... cómo se efectuó el sistema de notificaciones. Las notificaciones sobre... las notificaciones sobre los precios, sobre la cuantía que tenía que pagar cada uno de los residentes, no se pudieron emitir antes del día trece de diciembre, porque hasta esa fecha, dice, no se consolidó oficialmente el IPC del mes de noviembre, cuyo dato es necesario para determinar el factor K de aplicación a las fórmulas que recoge el referido decreto para determinar la aportación mensual de las personas beneficiarias, conforme a lo que dice el Artículo 8.3 del decreto.

Por ello, una vez conocido el dicho dato, ¿eh?, el de consolidación de... el dato de IPC del mes de noviembre, se procesan las resoluciones. Lo hicimos desde un punto centralizado; es decir, que, a pesar de que... –luego se lo voy a explicar- pero a pesar de que las resoluciones fueron firmadas, porque estaba delegada la competencia en los Gerentes Territoriales, la gestión... para la gestión... digamos para hacer más efectiva y, además, para tener un control, dado que es un proceso complejo, se hizo de forma centralizada.

Entonces... se empezaron a procesar todas las resoluciones de todos los beneficiarios. Tenga en cuenta que son 12.000, alrededor de 12.000, más de 12.000 resoluciones las que se tuvieron que emitir en relación a todos los precios públicos. Y la fecha que se... que se emitieron, en la que se... con el programa informático, se editaron en la fecha diecisiete de diciembre de dos mil doce, como usted señalaba.

Hay que tener en cuenta que, antes de ser notificada estas resoluciones y... y gestionarse informáticamente desde los servicios centrales, como le he comentado, habían de ser firmadas -en este caso, como también le he comentado- por los Gerentes Territoriales, dado que se delegó la firma de las mismas por resolución del Gerente Regional de Servicios Sociales, por una resolución de fecha diez de diciembre del dos mil doce.

Entonces, ante la situación, el volumen de solicitudes, lo complejo del proceso, se decidió... y en orden a dos objetivos fundamentales: uno, agilizar el trámite de la... de las notificaciones y, por otra parte, digamos que acompañar ese trámite de notificaciones, dado lo complejo que es un sistema de precios públicos, en el que las personas mayores pueden tener dificultades, que somos conscientes, entonces se... se decidió hacer una notificación a través de los responsables, ¿eh?, de los centros en los propios centros donde residen los... las personas, los cuales deban de ser digamos que los obligados al pago de estos precios públicos.

Entonces, el sistema que se ideó fue el siguiente: en primer lugar, los beneficiarios no incapacitados legalmente se les notificó en el centro a través del personal de los centros; y los... las personas que estuvieran ilegalmente incapacitadas se les notificó, con acuse de recibo, a sus representantes legales.

No obstante, hay que indicar que en esta residencia había un pequeño grupo de residentes que, sin estar legalmente incapacitados, ¿eh?, tienen un... un auto judicial que les obliga a un ingreso, aunque sea involuntario. Entonces, en esos casos, lo que se hizo fue notificar a la persona, que está capacitada, o no está incapacitada, pero también se informó a los familiares, porque era una situación compleja, en la que estimamos que debería notificarse a los familiares.

Todo este proceso, complejo, se desarrolla durante el periodo navideño. Y es cierto que existe un decalaje entre la fecha en la que, conforme al programa informático, salen las resoluciones y la fecha en la que los Gerentes firman y efectivamente se procede a la notificación.

Hay que señalar que la notificación administrativa es correcta. Es decir, cuando usted ha mencionado la Ley 30, en el que se puede realizar por cualquier modo en el que se tenga constancia de la recepción por parte del usuario, la entrega personalmente, en mano, a cada uno de los usuarios por un responsable del centro es una... una notificación correcta.

La diferencia del plazo del tiempo en el que sí que es cierto que se ha incumplido el requisito formal de los diez días desde la emisión de la resolución hasta... hasta la notificación, que le digo que es por una cuestión de gestión de... del programa informático, las resoluciones en las provincias y el... lo complejo de que eran muchas resoluciones, reconocer que es cierto que no... que no se cumplió ese plazo; pero digamos que es un requisito que todo el mundo entiende que en un proceso tan complejo suele ocurrir, en la gestión de procesos complejos o de gran número de resoluciones en las que puede haber un decalaje mayor a lo que establece la Ley 30, al... a la formalización de la... de la notificación, que no ha sido intencionado y que, además, es, en general, cuando ocurren estas cuestiones, que no son intencionadas, que luego no tienen una repercusión en la eficacia, puesto que el acto administrativo es eficaz en el momento en el que se notifica y en ningún momento se ha procedido al... a girar el pago del precio público antes de que todos los usuarios hubiesen recibido, correspondientemente, cada una de sus notificaciones, es... con carácter general, la jurisprudencia habla de que es un vicio formal no invalidante, es decir, que sí que es cierto que se ha incumplido el plazo formal, pero que no afecta a la validez jurídica del acto.

Pero que, en todo caso, le reconozco que sí que ha habido un decalaje, que es propio muchas veces de cuando se hacen grandes procesos de notificación, y que preferimos hacerlo de esa forma porque se garantizaban, en primer lugar, una mayor agilidad, y, un segundo, un acompañamiento. Es decir, no es lo mismo mandar una carta, con acuse de recibo, en el que ahí va la carta y apáñese usted -que suele ocurrir a veces, y tal, y que es compleja normativa-, que hacerlo en el propio centro, en el que los propios profesionales que conocen a las personas les pueden informar.

También le digo que ha habido reuniones informativas con los familiares. Es decir, que dado el... Y se ha... y este proceso se ha realizado en general en paralelo en todas las residencias. Ha habido una reunión... A mí el... yo he estado hablando con el director de la residencia y ha dicho: se ha... se ha dado explicaciones a cada uno de los usuarios que tenía dudas sobre la cuantía económica que tenía que pagar, y luego ha habido una reunión con familiares, también, en la que también se han explicado los detalles.

Entonces, yo sé que ha habido una asociación que... fundamentalmente tenía dos quejas. Vamos a... una era que estaba en contra del decreto de precios públicos, que... que sí, que yo puedo entenderlo, pero que es un decreto que ya está ahí y que fue pactado y tal, y que yo entiendo que si algunas personas tienen que pagar más, pues no le guste el decreto. Pero sí que es cierto que la forma de notificación, ya le digo que, en principio, yo creo que ha sido la más adecuada para intentar dar esa información, y que se ha procurado dar información. De hecho, no se ha girado el mes de enero hasta muy avanzado el periodo. ¿Para qué? Para garantizar que el más mínimo error se pudiera corregir y para dar información a cada uno de los usuarios. Esa ha sido la finalidad nuestra.

Es decir, que yo entiendo que pueda haber... pueda haber existido malestar por una asociación, pero yo creo que no está realmente justificado, porque hemos intentado hacerlo para... dado que es un proceso complejo, yo lo entiendo, de la mejor forma para informar a los usuarios; y a sus familiares, ¿eh?, ya le digo, y a sus familiares.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. En un turno de réplica, tiene la palabra nuevamente doña Ana María Agudíez Calvo.


LA SEÑORA AGUDÍEZ CALVO:

Gracias, señora Presidenta. Bueno, señor Director General, gracias por explicarme lo que es evidente, que ha habido un error y ha habido una... una irregularidad, puesto que las notificaciones no se han realizado en los tiempos establecidos como dice la normativa vigente. Eso creo que ha quedado claro; usted también lo ha asumido.

Segundo, que usted dice que las quejas de los... de la asociación de personas mayores no están justificadas. Yo considero que sí que están justificadas. De hecho, la queja que aquí... de lo que aquí estamos hablando ha sido trasladada al Procurador del Común en febrero y el Procurador del Común la ha admitido a trámite, con lo que considero que... que está más que justificado las quejas de la asociación de personas mayores, de residentes de la Residencia de... Asistida de Segovia.

Y, fundamentalmente, porque yo entiendo la complejidad. Yo entiendo la complejidad, porque efectivamente son muchos los usuarios -y usted lo ha dicho-, más de 12.000. Pero, bueno, cuando se establece un decreto -que yo no voy a valorar, porque ustedes saben y nuestro Grupo en muchas intervenciones ya ha comunicado nuestra opinión, pero no... no es el debate en este caso-, cuando el decreto dice que es el último trimestre, pues yo entiendo que tiene que haber el tiempo suficiente para informar a las familias de este cambio, porque además es que ha sido un cambio radical. No es que digamos "ha subido el IPC un dos coma...". No, no, es que ha sido un cambio radical del modo y de la forma que tienen que pagar los usuarios el coste real de su residencia. Consiguientemente, lo más normal hubiese sido que desde el centro, en todos los centros, con anterioridad incluso a la aplicación, se les hubiese informado de cuál es la realidad, del nuevo decreto, qué va a suponer a las familias, porque las familias no se han dado cuenta. No se han dado cuenta porque no se les ha informado. De hecho, cuando se reunieron con el director de la residencia, fue también gracias a que... a que lo pidió la asociación de mayores.

Pero, aun así, cuando han recibido las notificaciones, en las notificaciones no estaba el documento básico donde te dice por qué sale esa cuantía, el informe de rentas; que a mí me parece fundamental que debería estar adjunto a la resolución, porque, lógicamente, ahí te dice cuál es el patrimonio, cuál es la renta mensual del residente, y por qué salen esas cuantías y cuál es la renta que tiene que pagar. Entonces, yo creo que hubiese sido muy interesante que ese documento, que en muchos de los casos no ha sido adjunto, hubiese... se hubiese... se hubiese dado en las notificaciones para que la gente sepa realmente el por qué el cambio del pago o qué cuantías tienen que pagar.

Pero, independientemente de todo eso, es que lo más grave -y se lo voy a explicar yo, porque a lo mejor a usted no se lo ha explicado el director de la residencia- es que tenemos conocimiento de que muchas notificaciones se han llevado a cabo no de cualquier medio, sino de cualquier manera, sin respetar ni considerar la situación del interesado, ni su estado intelectual o salud mental. Así que el notificante -en este caso, los responsables de la residencia- se han valido de un tampón de tinta y de un bolígrafo, el primero para impregnar de tinta el dedo del residente y estamparlo en el documento, y el segundo -que ha sido el notificante- con el bolígrafo, pues para poner la fecha e identidad del notificado. Todo ello sin la participación activa del notificado, que a todas las luces muchos de los casos es incapaz, y que este tipo de acto lo corrobora; no porque esté incapacitado legalmente, sino por su estado de salud psicofísica.

Es más, en la citada notificación se adjunta otro documento de domiciliación bancaria en el que igualmente se ha estampado la huella del residente, con el único fin de domiciliar el pago de cada una de las cuotas mensuales notificadas, sin haber tenido en cuenta las notificaciones que a estos efectos únicamente es válida la firma del titular de la cuenta y nunca la huella, por tratarse de un signo no reconocido como firma -ni siquiera figura registrado en el archivo del banco, por tratarse de un elemento no válido para estos fines-.

En definitiva, creemos que la Junta de Castilla y León no puede valerse de este tipo de conductas y de esta preponderancia ante el administrado, y menos cuando se producen situaciones de indefensión como las que he descrito, las que he comunicado. Esperamos y exigimos que estos errores no se vuelvan a repetir, ya que nuestros mayores tienen los mismos derechos, deben ser respetados; y recordemos que son personas indefensas y muchas veces no son capaces de saber o conocer sus derechos, y son más indefensas aún para hacerles valer realmente esos derechos. ¿Por qué? Pues porque residen indefinidamente en un centro, del que la mayoría, como usted bien sabe, no pueden salir, y alguno ni siquiera puede pedir ayuda o consejo, pues porque no tienen familiares, o incluso porque muchas veces desconocen la trascendencia de los actos.

Nuestros mayores residentes en la residencia de Segovia, de verdad -y esto me gustaría que quedase muy claro, porque nosotros que estamos aquí en esta Comisión tenemos que tener la sensibilidad suficiente-, es que no son números ni expedientes, son personas a las que debemos de informar, independientemente de... de que estén de acuerdo o no con el decreto, pero se les... les tenemos que informar claramente de lo que está pasando. Si ellos no saben, porque no saben la trascendencia de... de la huella que han puesto, pues lo mínimo es informar con antelación a las familias; es decir, esto es lo que... lo que se ha modificado el decreto, estas cuantías salen de la aplicación de esa difícil ecuación que hay que hacer.

Pero yo creo que estamos para eso los profesionales de los servicios sociales, pero para hacerlo en tiempo y forma, y con claridad. Si la Junta de Castilla y León toma una decisión, que es aplicar este decreto, pues asúmanlo, aplíquenlo con transparencia y comunicando a las personas. Es que ha habido gente que no ha sabido ni lo que tenía... lo que tenía que pagar, por qué les ha subido -a algunos pocos, es cierto, les ha bajado, también es cierto; la mayoría les ha subido-, no sabían los motivos, no sabían las causas, no sabían, a veces, incluso a quién dirigirse, cuando realmente desde... desde los centros sí que hay los profesionales suficientes para poderlo hacer.

Pero no solamente ha pasado en la Residencia Asistida, yo conozco casos, y de familiares que me lo han comentado también, de la residencia de... de, por ejemplo, Apadefim, en Segovia, una residencia para personas de discapacitados intelectuales. Pues la asociación de Apadefim, efectivamente, les ha informado en una reunión -ahí sí que es cierto, una reunión generalizada-, donde se les ha dicho el porqué de este decreto. Pero, fíjate, no les han... perdón, fíjese, no les han podido... perdóneme, no les han podido explicar claramente la situación porque no tienen el documento adjunto que yo le decía, donde salía la cuantía económica que tenían que pagar. Entonces, les han dicho: espérense, cuando reciban este documento, investigaremos si realmente está aplicada bien el... la cuota, y si no, pues luego habrá que hacer la reclamación suficiente... necesaria para poder poner las cosas en orden.

Lo que quiero decir con esto, de verdad, que tratamos con personas, las personas merecen todo su respeto. Y aunque, efectivamente, el acto administrativo...


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Señora Agudíez Calvo, por favor, vaya terminando.


LA SEÑORA AGUDÍEZ CALVO:

(Sí, termino). Y aunque, efectivamente, parezca que es un mero hecho... hecho administrativo, un acto administrativo, es mucho más que un acto administrativo.

Y, eso sí, le agradezco que haya reconocido el error de la Junta, la irregularidad de la Junta, de no cumplir con los tiempos establecidos en la normativa vigente. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. En un turno de dúplica, tiene la palabra nuevamente el Ilustrísimo Director General de Familia y Políticas Sociales.


EL DIRECTOR GENERAL DE FAMILIA Y POLÍTICAS SOCIALES (SEÑOR DE PABLOS PÉREZ):

Bueno, pues por partes. Señalar que el error, le he dicho, el que... y además estaba justificado en un volumen de expedientes; más que un error es una dilación involuntaria de la Administración. Ya le digo que no provoca... en muchas ocasiones, si... si... no tiene nada que ver, ¿eh?, pero usted mira una firma de un procedimiento sancionador de tráfico -y no tiene nada que ver-, que va mecanizado... No, no lo es... ya le digo que no es lo mismo, pero... es decir, muchas veces no va en el plazo de los diez días que... y es por el volumen de expedientes que se gestionan, que es lo que le quería decir. Y ya sé que esta es una situación que no tiene nada que ver con un expediente de ese tipo, ¿no?

Entonces, por ir por partes, lo que me comentaba usted, no me consta que se hayan hecho ese tipo de notificaciones. De todas formas, me da más la razón en el sentido de que el tipo de notificación que hicimos a través de los profesionales de la... del centro era la más adecuada para las personas. ¿Por qué? Porque había que explicárselo. Estoy seguro que a esas personas, a las que a mí no me consta que se haya hecho por firma... Lo investigaré, y además es que sí que es cierto que... pero, y además... y si se ha efectuado, estoy seguro que los profesionales... porque además no me consta, pero... es decir, estoy seguro que los profesionales han hablado con los familiares -se ha hecho un esfuerzo para hablar con los familiares importante- y, en estos casos, estoy seguro –como usted lo ha dicho- que los profesionales se han preocupado por que se llegue a los familiares y se les explique cuál es el motivo, las causas.

Ha habido reclamaciones –ha habido bastantes reclamaciones-, a la gente se le ha mirado, y se le ha vuelto a revisar, y se le ha explicado de dónde venía. Porque ha habido... y ha habido... -y le puedo decirlo- y ha habido ocasiones... en la mayoría de los casos estaba bien calculado el precio público, pero ha habido otras ocasiones en el que -12.000 expedientes- ha habido errores; y se han corregido. ¿Por qué? Porque, a lo mejor, la situación fiscal no estaba bien... bien comunicada a Hacienda, pero luego se ha... se ha determinado que sí que estaba bien hecha.

Es decir, pues como cuando se hacen grandes procesos; es decir, aquí no hay que... no hay que rasgarse las vestiduras; es decir, lo lógico es tener prudencia. Hemos preferido retrasar un poco el proceso -que haya ido más lento, que se haya intentado informar a la gente y... y a las familias; y que, cuando nos hemos equivocado, porque pasa, dice "haberlo corregido"- que habernos acelerado, empezar a cobrar... porque nuestro afán no era cobrar, es decir; y el decreto de precios públicos lo que supone es una... otra forma de pagar diferente a la que se venía haciendo hasta ahora, que en algunos casos supone un incremento; en otros, como ha dicho usted, un... una minoración a las que menos ..... pero, en realidad, los usuarios ya venían pagando.

Es decir, el sistema era... es decir, los servicios públicos, de por sí, siempre hay un copago, y en el que ha cambiado... es la... la fórmula de cálculo. Es un proceso en el que nosotros tenemos que seguir informando; y seguimos hablando con las familias; y va a ser un proceso no de ahora -es decir, de meses-, es decir, nuestra idea es que... que continuamente; de hecho, se está volviendo a hacer reuniones continuadas desde las Gerencias Territoriales con asociaciones de personas con discapacidad, con asociaciones de personas mayores, con los familiares; se está... hemos dado instrucciones a través de las Gerencias y a los Delegados Territoriales para que vuelvan otra vez a informar, a... a plantear los problemas a las familias; a los directores de los centros les hemos insistido mucho en que tiene que haber un diálogo fluido con las familias, porque es un proceso complejo, y hay que explicarle a las familias y con detalle.

Entonces, si ha habido alguna cuestión, yo digo... es decir, si yo... a mí no me consta, pero voy a... voy a... voy a preocuparme por el asunto. Cuando llegue la reclamación del Procurador del Común la contestaremos, pero voy a preocuparme por el asunto. No me consta, y, además, si creo que ha habido algún tipo de actuación de este tipo, seguro que se ha informado a las familias; pero voy a... voy a... voy a examinarlo con detalle. Pero ya le digo que hemos preferido... hemos sido muy prudentes; es decir, de hecho, hemos retrasado la recaudación; es decir, que no teníamos un afán recaudador; y usted es consciente de cuándo hemos empezado a girar el primer recibo en la residencia. No tenemos un afán recaudador; hemos preferido cerciorarnos de que estaba todo bien, porque éramos conscientes de que era un proceso complejo.

Entonces, yo estoy seguro que se ha informado, pero, si ha habido algún defecto de información, se va a corregir; y, además, tienen instrucciones los profesionales de acompañar e informar a todas las personas, porque es complejo; es decir, es complejo para usted y para mí comprender el decreto; es un... es un decreto que yo creo que es... es muy justo, pero, claro, a la hora de intentar llegar a ser muy justo en la capacidad económica, supone que las... las fórmulas de cálculo son complejas. Pero a la gente, cuando le estamos informando de los precios, cuando le decimos de dónde viene todo... es decir, la gente sabe de dónde viene y no hay ningún problema. Pero vamos a insistir en esa información, porque yo creo que es importante.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Pues, una vez finalizado este primer punto del Orden del Día, agradecer... reiterar el agradecimiento al... de la presencia esta mañana al Director General de Familia y Políticas Sociales.

Por parte del señor Secretario se dará lectura al segundo punto del Orden del Día.

Un momento. Antes, por parte del Grupo Parlamentario Popular, se quiere comunicar las sustituciones.


EL SEÑOR SORIA ALDAVERO:

Gracias, Presidenta. Don Julio Santiago Delgado sustituye a doña María Álvarez-Quiñones Sanz.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Pues ahora, ya sí, el señor Secretario dará lectura al segundo punto del Orden del Día.

PNL/000499


EL SECRETARIO (SEÑOR JURADO PAJARES):

Gracias, Presidenta. Segundo punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley número 499, presentada por los Procuradores don Jorge Félix Alonso Díez, don Fernando María Rodero García y don David Jurado Pajares, instando a la Junta de Castilla y León a que, además del sistema de cita previa a través del 012, se pueda solicitar la cita de forma directa en las diversas dependencias de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 149, de quince de octubre de dos mil doce".


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra el Procurador don Jorge Félix Alonso Díez.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Gracias, señora Presidenta. Desde la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades se ha puesto en marcha... en funcionamiento un servicio de solicitud de cita previa por teléfono para las personas que tienen que acudir a los servicios dependientes de la misma. Las citas deben solicitarse a través del teléfono 012.

La mayoría de las personas que acuden a los servicios sociales dependientes de la Consejería son personas con una situación muy limitada económicamente, por lo que los costes de ese tipo de llamadas suponen una carga económica que a muchas familias les expulsa de la utilización de los servicios sociales públicos.

Las llamadas telefónicas al 012 son llamadas con un considerable coste económico para las familias y las personas con una situación en precario. En otras Consejerías de la Junta de Castilla y León se ha instalado el sistema de cita previa por teléfono y vía... o vía telemática, pero también se puede solicitar esta acudiendo a las dependencias de las Consejerías.

Hoy podemos asegurar que el 012 se ha convertido en la puerta de entrada a los servicios sociales que se prestan desde la Consejería de Familia. De hecho, para ser atendido en materia de drogodependencias, mujeres víctimas de violencia de género, tramitación de expedientes de la dependencia, solicitud de ayuda en el programa de... para la administración de alimentos, el servicio de apoyo a las familias en riesgo de desahucio... en definitiva, todas las citas previas se tienen que gestionar a través de este... de este teléfono.

Y tenemos un ejemplo: por ejemplo, una familia que solicita el ingreso para una persona mayor en una residencia de la Junta, en los cuales normalmente la operadora le atiende amablemente, pero, en lo que realiza las consultas de qué es lo que tiene que contestar a la persona que está llamando, y, al final, lo que termina es por darle una cita, bueno, pues transcurren cuatro minutos. Alguien puede pensar que estas cantidades no son muy significativas, pero está claro que tampoco es igual el llamar desde un teléfono fijo que tenga tarifa plana o un teléfono móvil, lo cual incrementa el coste de las llamadas.

Hay una posibilidad que está recogida en la información que aparece en la página web, pero que normalmente no es la que se publicita, y es que se llamara a un... a un 983327850, que no tendría coste cuando llamas en un teléfono fijo.

La realidad es que hoy, para pedir cita previa a un servicio de los que presta la Consejería de Familia, cuesta dinero, hay que pagar.

Nosotros, con esta proposición no de ley, no pretendemos que se quite el servicio de cita previa, porque entendemos que es una forma, pues actualizada de funcionar, y además seguramente ahorra costes; pero lo que planteamos es que se pueda también solicitar la cita de forma directa dirigiéndose a las dependencias de la Consejería. Es decir, parece que es algo elemental. Habrá personas que prefieran acudir a través de llamar al 012, y habrá personas que prefieran –primero, porque seguramente se encuentren más seguras a la hora de explicarse- personalmente a las dependencias de la Consejería en las distintas provincias de la Comunidad para solicitar la... la cita previa.

En definitiva, lo que no queremos es que el teléfono 012 se convierta en un obstáculo para acceder a los servicios de... de información o servicios de la Consejería, ¿eh?, para pedir la cita previa; y, en consecuencia, lo que planteamos es lo que decía antes: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta a que, aparte del sistema de cita previa a través del 012 que ha instalado la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, pueda acceder a los servicios sociales que dependen de la misma se pueda solicitar... -perdón- para acceder a los servicios sociales que dependen de la misma pueda solicitar la cita de forma directa en las diversas dependencias de la Consejería". Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. En un turno de fijación de posiciones, por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra doña Sonia Palomar Moreno.


LA SEÑORA PALOMAR MORENO:

Muchas gracias, Presidenta. Buenos días, Señorías. Bueno, a mí me gustaría empezar haciendo una reflexión sobre el servicio que presta el 012. Es un servicio de atención multicanal, que tiene como misión facilitar la relación con la Administración de la Comunidad de Castilla y León, proporcionando información y permitiendo que los ciudadanos y las empresas realicen trámites administrativos de una forma, pues ágil, completa y actualizada.

Nació en el... en abril de dos mil tres, y desde entonces hasta ahora los servicios -el catálogo de servicios- que se facilitan desde el 012 se han ido incrementando. Hoy en día se facilita información administrativa general sobre competencias y estructuras de la Administración Regional, localización de los puntos, servicios públicos, trámites administrativos –como licencias, ayudas, autorizaciones-; se presta información especializada en materia de mujer, en materia de tributos, en materia de vivienda... prácticamente, todos... todos los servicios que se prestan desde todas las áreas o desde todas las Consejerías –consumo, educación, servicios sociales, familia, telecomunicaciones, etcétera-; se tramitan procedimientos y servicios; y se tramitan también quejas y sugerencias.

012 es un servicio de ayuda en donde se informa, se tramita, y está disponible prácticamente las 24 horas del día -bueno, prácticamente no, las 24 horas del día-, contando que en los momentos en que no está atendido por los agentes hay un buzón de voz y se tramita en cuanto... en dos días, en cuanto se escucha el mensaje dejado en el buzón.

Efectivamente, además –como bien decía Su Señoría-, se puede acceder a los servicios que presta el 012 marcando el 012 si es desde Castilla y León, o marcando un teléfono de la red de telefonía fija, un 983. La llamada al 012 tiene el coste dependiendo de cada operador de telefonía, y si se dispone de una tarifa plana, pues, efectivamente, se marca el 983 y el coste pues sería el de una llamada con tarifa plana, pues el que esté concertado con el operador.

Pero, en definitiva, es una plataforma de comunicación, un sistema que, además, tiene un objetivo, que es el de avanzar en la implantación de mejora continua y de gestión de la calidad del propio servicio, para que consigamos ese objetivo, acercar la Administración a los ciudadanos. Es un servicio que considero que está muy bien valorado por los ciudadanos, especialmente los de las zonas rurales, en donde la necesidad de acercar la Administración Regional y aproximarla a los ciudadanos es todavía mucho mayor, normalmente por temas de accesibilidad a los servicios.

Una de las últimas mejoras en el 012 ha sido precisamente la incorporación de una nueva aplicación informática que permite la gestión de la cita previa, y que está a disposición de todas las Consejerías de la Junta. La primera que ha hecho uso de esta aplicación informática ha sido la Consejería de Familia, que, además de encauzar a través de este sistema las reuniones con las familias y las personas en riesgo de desahucio, la utiliza para otras materias que también son competencia de la Gerencia.

El acceso de los servicios... el acceso a los servicios sociales de responsabilidad se realiza prácticamente o inicialmente a través de los centros de acción social, tal como se recoge en la Ley de Servicios Sociales. La propia ley impulsa un sistema único, en el que progresivamente se produzca una integración organizacional del sistema de servicios sociales independientemente de la titularidad de cada dispositivo.

Pieza esencial en ese proceso de integración son los centros de acción social, que son las estructuras organizativas de primer nivel, la verdadera puerta de acceso a aquel. Los centros de acción social están disponibles para todos los ciudadanos de la Comunidad, en cualquier punto de la región. Tienen encomendada, entre otras, la función de prestar información, orientación o asesoramiento a todos los ciudadanos o grupos, sin distinción sobre los derechos y recursos sociales a los que cada uno de estos grupos o ciudadanos pueden acceder.

Estos centros tienen instaladas ya las citas previas desde hace bastante tiempo, mediante números de teléfono que están habilitados al efecto. En este sentido, papel esencial ocupan también las Corporaciones Locales. En mi caso, desde el Ayuntamiento venimos proporcionando información a todos los vecinos que necesitan asistencia social. Se han hecho muchas campañas de difusión y de información de los centros de acción social. Se han repartido pasquines; se han repartido también una publicidad en forma de imanes, que son muy cómodos, y que todos los vecinos, pues, tienen... tenemos puestos en nuestro... en nuestras viviendas, y en el que viene recogido el teléfono de acceso a los centros de... a los asistentes sociales. Si los ciudadanos quieren solicitar cita lo hacen, bien llamando directamente desde su casa, o pueden hacerlo viniendo al Ayuntamiento, y desde el Ayuntamiento nosotros les hacemos la llamada y les gestionamos la cita.

La implantación de cita previa está contribuyendo positivamente a clarificar el papel de estos centros de acción social a los ciudadanos interesados. Se muestran como un logro más de la Administración Autonómica, en su afán de mejorar la atención al ciudadano desde los servicios sociales.

El sistema de cita previa también se ha implantado, desde hace siete meses, en dependencias de la Consejería de Familia en Valladolid, sin que se haya prestado ninguna queja... presentado ninguna queja por su funcionamiento, y se ha mejorado ostensiblemente el clima de acceso del ciudadano a la información que precisa.

Este sistema permite una reducción de tiempo, una reducción notable; una distribución homogénea de la jornada, evita aglomeraciones en determinadas franjas horarias; contribuye a aumentar la comodidad de los usuarios de los servicios sociales; y proporciona, lógicamente, una atención de mayor calidad.

Teniendo en cuenta que no todos los ciudadanos conocen aún el nuevo sistema de acceso a través de la cita previa, o que algunos de ellos pudieran tener alguna dificultad para gestionar la atención, se ha dispuesto desde un primer momento la posibilidad de concertar la cita previa de forma directa a los peticionarios que acuden a las oficinas de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades. Además, para aquellas personas que también lo deseen, se ha dispuesto en la Gerencia Territorial un teléfono gratuito desde el que pueden... pueden marcar para la obtención de una cita previa en el Servicio 012.

Insisto en que en materia de servicios sociales la cercanía de los ciudadanos a sus Corporaciones Locales hacen que estas también jueguen un papel fundamental. En la provincia de Segovia en breve van a ser instalados unos equipos informáticos en los Ayuntamientos, que, entre otras prestaciones, también tienen un servicio de llamada gratuita a las Administraciones para poder obtener, desde el Ayuntamiento y autónomamente –sin depender de la atención que se dispense en ventanilla-, una llamada telefónica al Servicio 012 que les permita gestionar gratuitamente esa... esa cita que necesitan.

Y volviendo a los servicios sociales, una vez atendidos en esa primera instancia –por lo menos en el caso de mi Ayuntamiento, que es el que mejor conozco-, son las propias asistentes sociales las que se encargan en el Ayuntamiento de gestionar sus siguientes citas previas que necesiten, si no es con esa instancia, con ese primer nivel, con otros dispositivos o con otros departamentos de la Consejería.

Por todo ello, la información de que a través de la petición de cita previa mediante el 012 se expulsa a muchas familias de la utilización de los servicios sociales parece un poco desproporcionada. El nuevo sistema de acceso a través de la cita previa se ha venido difundiendo a través de... de internet, verbalmente y por otros canales. Su funcionamiento es satisfactorio. Lógicamente, ha habido un tiempo en el cual los ciudadanos han ido adquiriendo ese conocimiento paulatinamente, como ha ocurrido en otros servicios públicos, pero en este momento el modo de acceso a la información de la Gerencia Territorial de Valladolid es conocida por bastantes ciudadanos.

En conclusión, la cita previa a través del 012 aporta numerosas ventajas. Existen posibilidades de acceder a la cita previa sin tener que recurrir en la llamada al número 012. Y existen también posibilidades de obtener la cita previa sin coste para el ciudadano, por ejemplo desde el teléfono gratuito de la Gerencia Territorial de Valladolid.

Por lo tanto, concluyo con una reflexión, tal como empecé: el servicio ofrecido por el 012 garantiza un mejor servicio a los castellano y leoneses, que pasan a tener un único número de referencia a la hora de resolver sus dudas o sus necesidades en relación con los departamentos, materias o trámites con la Junta de Castilla y León.

Y en base a lo expuesto, no pudiendo estar de acuerdo con la afirmación de que no existe la posibilidad de solicitar de forma directa en otras dependencias esa primera cita con los servicios sociales, este Grupo no puede aceptar la PNL que ustedes nos presentan hoy a debate. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo, tiene la palabra nuevamente don Jorge Félix Alonso Díez.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Sí. Gracias. Y, bueno, en base a su explicación, bueno pues hoy hemos conocido algunas cosas que, desde luego, no están en la información que transmite la Consejería. Quiero decir, usted ha dicho una cosa que, en principio, me parece bien, y es el que dice que los... las Gerencias disponen de un teléfono para poder llamar desde ahí al 112. Eso, que yo sepa, no se ha publicitado; quiero decir, eso no se... esa información no la conocen los ciudadanos. En cualquier caso, está bien que lo comente usted aquí, porque a lo mejor con eso conseguimos que esa información se difunda. Que, indudablemente, eso podía ser una de las soluciones que tendría la propuesta que estamos planteando.

Que, desde luego, puede ser que, efectivamente, la afirmación de que a muchas familias se les expulsa puede ser a lo mejor una afirmación un poco exagerada, porque tampoco sabemos el número de familias que pueden dejar de acudir como consecuencia de no querer gastar en llamar al 012. Pero lo que sí que es cierto es que nuestra propuesta es moderada. No planteamos que se quite ni el 012 ni que se deje de cobrar a los que llaman, sino simplemente que se dé la opción de que no cueste acceder al servicio de cita previa.

Y, en ese sentido, también entiendo que es diferente la situación de las personas que viven en el medio rural de las personas que viven en las ciudades. Indudablemente, las personas que viven en el medio rural, usted dice que desde su Ayuntamiento, es otra cosa que tampoco está establecida, con lo cual habrá Ayuntamientos que, efectivamente, les ayuden o les faciliten a las personas la gestión de la cita previa, pero habrá Ayuntamientos que no lo hagan. En consecuencia, no es una medida que esté generalizada.

Indudablemente, los que se puedan acercar a las dependencias de la Consejería fundamentalmente entiendo que son en las ciudades, porque en los pueblos, pues, si tienen que venir a hacer la gestión personal, les va a costar todavía más... más que la llamada por teléfono.

Sí que hay un tema que a mí y yo creo que a nuestro Grupo nos preocupa, y es en la medida de que este sistema del 012, pues, termine por ser la puerta real de entrada a los servicios sociales. Es decir, usted citaba la Ley de Servicios Sociales, y es que... y es así: la puerta de entrada a los servicios sociales son los Ceas, son los trabajadores sociales. Y además tiene un sentido, que es... el objetivo es, cuando se dice esto, es que el trabajador social de una zona conozca la situación de los vecinos de su zona, conozca realmente, cuando recurren a los servicios sociales, por qué recurren, para poder, lógicamente, apoyarle o informarle en... en aquellos temas que incluso ellos puedan desconocer.

Y eso nos preocupa que, de alguna forma, igual que ha ocurrido con el cálculo de los precios públicos -que se termina por mecanizar y el trabajador social no pinta nada-, pues pueda ocurrir con estos sistemas, que termine por... dado a los profesionales. Y igual que no sería normal –aunque en alguna... alguna vez se ha hecho algún experimento- el que pudieran atenderse por teléfono las atenciones sanitarias, pues no debe ser tampoco en los servicios sociales.

En definitiva, vamos a mantener la proposición; pero yo espero que eso que nos ha dicho de que los Ayuntamientos pueden ser una vía de comunicación, yo lo que les invitaría es que eso lo... lo hagan realidad en todo el conjunto de la Comunidad, porque podía ser una solución. Y la otra, que se conozca que las personas, aunque no personalmente, pero sí a través de un teléfono que existe en las Gerencias Territoriales, puedan pedir la cita previa, y que esa información, pues sea general. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Pues, concluido el debate, sometemos a votación la proposición no de ley.

Votación PNL/000499

¿Votos a favor? Seis. ¿Votos en contra? Diez. Pues queda, por tanto, rechazada la proposición no de ley debatida.

Por parte del señor Secretario, se dará lectura al tercer punto del Orden del Día.

PNL/000653


EL SECRETARIO (SEÑOR JURADO PAJARES):

Gracias, Presidenta. Tercer punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley número 653, presentada por los Procuradores don Jorge Félix Alonso Díez, don Fernando María Rodero García y don David Jurado Pajares, instando a la Junta de Castilla y León a que desglose en su información mensual el número de beneficiarios de servicios de prevención y promoción personal, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 190, de doce de febrero de dos mil trece".


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra don Jorge Félix Alonso Díez.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Sí. Gracias, señora Presidenta. Bueno, lo que pretendemos con esta proposición –y lo digo de entrada para que todos lo... lo tengamos claro- es que hasta este momento la información de las personas que son beneficiarias de los servicios de prevención de la dependencia y promoción de la autonomía personal aparecen acumuladas en el... único dato, y lo que pretendemos es que se desglose en dos datos diferentes: por un lado, saber quién son las personas que reciben la prevención de... de la dependencia, y quién son las personas que reciben... el número de personas; no quién, sino el número de personas que reciben la promoción de la autonomía personal.

El Artículo 15.1.a) de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, Ley 39/2006, de catorce de diciembre, modificada por el Real Decreto-ley 20 de dos mil doce, de trece de julio, incluye dentro del catálogo de servicios de esta los de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal.

En Castilla y León, al uno de diciembre... –que es la fecha en relación con la que se presentó la proposición, aunque el dato no ha variado demasiado- a uno de diciembre de dos mil doce, 7.802 personas recibían atenciones a través de los servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal. En España, el número de personas que recibían estos servicios era de 20.956; Castilla y León es la Comunidad Autónoma con el mayor número de personas que reciben estos, suponiendo el 9,9 % del total de los servicios y prestaciones que reciben en Castilla y León los dependientes. Concretamente, este servicio, en el conjunto del Estado español, supone un 37 %; quiero decir... lo cual quiere decir que... pues cinco, de cada veinte personas de España, están en Castilla y León recibiendo este servicio, lo cual es un dato, pues que se sale de lo... de la tónica normal en el conjunto del Estado español.

Yo creo que esto es lo que también motiva el que sepamos con más detalle quién recibe prevención y quién recibe promoción.

La Consejería sacó la Orden de Familia 644/2012, de treinta de julio, en su Artículo 5 definía la prevención de las situaciones de dependencia como la que reciben las personas en situación de dependencia, en cualquiera de los grados establecidos, con el objeto de prevenir o retrasar el agravamiento de su grado de dependencia, incluyendo esta atención en los programas de teleasistencia, la ayuda a domicilio, los centros de día y la atención residencial.

En el Artículo 6 de esta Orden, en el párrafo... del párrafo anterior, cita... define los contenidos de los servicios de promoción. En el punto 3 de ese artículo se define que aun cuando una persona no esté recibiendo un servicio en un centro de día o un centro residencial puede recibir el servicio de promoción de la autonomía personal. En definitiva, lo que viene a decir es que una persona puede recibir este servicio de forma específica sin que tenga que estar recibiendo otro servicio.

En la actualidad, la información que se facilita a través de la página web de la Junta engloba los números... el número de personas beneficiarias de los servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal, cuando ambos servicios son diferentes.

De hecho, hay una resolución, de nueve de junio de dos mil once, que define específicamente cuál son los servicios de promoción de la autonomía personal.

Entendemos que todo ello justifica el... lo que estamos planteando y que decía al principio: que las Cortes de Castilla y León insten a la Junta a que, en la información mensual que se facilita sobre los datos del sistema para la autonomía personal y atención a la dependencia, se desglose de forma diferenciada el número de beneficiarios que reciben los servicios de prevención de las situaciones de dependencia y el número de beneficiarios que reciben los de la promoción de la autonomía personal.

Asimismo, se facilite de forma específica el número de personas que reciben exclusivamente el... cada uno de los servicios de promoción de la autonomía personal. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. En un turno de fijación de posiciones, por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Juan Dúo Torrado.


EL SEÑOR DÚO TORRADO:

Gracias, Presidenta. Buenos días, Señorías. La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades publica información actualizada y detallada de las prestaciones de la Guía de Recursos de Servicios Sociales a nivel de zonas de acción social, corporación local y provincia, y mensualmente la información referida a la tramitación de expedientes de dependencia, referidos al ámbito de la Comunidad, y datos desagregados por provincia.

Estos datos son los que ya... los que se remiten mensualmente al Imserso, a través del sistema informático para gestionar los datos relativos al Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia estatal, SISAAD.

El Consejo Territorial acordó en dos mil nueve determinar la información a incorporar al SISAAD desde las diferentes Comunidades Autónomas, el tratamiento de la misma, la comunicación recíproca y el intercambio de información entre las Administraciones Públicas.

Los datos básicos facilitados al... al SISAAD permiten conocer el funcionamiento del SAAD, de manera que es posible realizar una completa evaluación de la población protegida, recursos humanos, infraestructuras de la red dedicada a la población protegida, resultados obtenidos y calidad en la prestación del servicio.

El punto quinto del acuerdo hace referencia a que uno de sus objetivos específicos es la elaboración y publicación de estadísticas públicas que permitan el conocimiento de los elementos esenciales del SAAD.

El Imserso, con los datos básicos aportados, elabora la estadística mensual, que se hace pública en las páginas... en la página web del SAAD y del Imserso.

Asimismo, y con objeto de que las diferentes Comunidades Autónomas tengan conocimiento diario de la información y puedan hacer uso de la misma en la toma de decisiones, el Imserso pone a disposición de los órganos directivos de las Comunidades Autónomas cuadros de mando a nivel autonómico, con independencia de los informes de gestión y listados que la aplicación informática permita y que cada Comunidad Autónoma estime necesarios.

Un grupo técnico, formado por representantes del Imserso y de cada Comunidad Autónoma, elaboró la estadística del SAAD que recoge la información que se considera relevante. Esa estadística fue publicada por el Imserso en dos mil once, está disponible en la página web y recoge información abundante, clasificada correle... como relevante desde dos mil diez. No se ha visto modificada ni existen peticiones de rectificarla por parte de ninguna Comunidad Autónoma ni por parte del Ministerio.

Por tanto, no se considera oportuno desagregar de manera habitual la información en el sentido que solicitan ustedes. No obstante, esa información concreta, a la que hacen referencia en su propuesta, está a disposición de los Grupos Parlamentarios que puedan considerar oportuna su consulta, tal y como ya ha hecho el Grupo Socialista, a través de la Pregunta Escrita número 3662.

La Comunidad Autónoma de Castilla y León es la más transparente a la hora de proporcionar información sobre la aplicación de la Ley de Dependencia. Desde hace tiempo, a través de internet, se publican mensualmente los datos más relevantes de la tramitación de los expedientes, proporcionando tanto datos globales como datos de cada una de las provincias; incluso datos globales por localidades de más de veinte mil habitantes. No hay Comunidad Autónoma que dé datos tan actualizados y con tanto detalle y desagregación como Castilla y León.

La Comunidad Autónoma de Castilla y León fue una de las promotoras del desarrollo de un sistema de información nacional, compartido con todas las Comunidades Autónomas, para proporcionar a todos los ciudadanos información periódica y actualizada sobre los... sobre las múltiples variables de la gestión de la ley.

Por todo lo anterior es por lo que el Grupo Parlamentario Popular, pues no... no vamos a apoyar su propuesta de resolución.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Para finalizar el debate y cerrar el texto definitivo, tiene la palabra nuevamente don Jorge Félix Alonso Díez.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Sí. Gracias, señora Presidenta. Efectivamente, como decía el señor Procurador del Grupo Popular, a través de la pregunta que ha citado, pues tenemos el dato del número de personas que tienen el servicio específicamente de promoción de la autonomía personal. Concretamente, la respuesta era de fecha de cuatro de abril, y el número de personas era 3.117, las que tenían el servicio de promoción.

Pero claro, lo que queremos no es que tengamos que preguntar todos los meses para saber el número de personas que tienen este servicio, sino que realmente, pues, se facilite, puesto que tenemos dos vías de información para acceder a las estadísticas de... de la dependencia: por un lado, la... la información que facilita el Ministerio, que ahí no estamos diciendo que se haga esto, puesto que, efectivamente, tendría que ser algo a nivel de todo el Estado español; pero es que luego la Junta de Castilla y León elabora su propia información, y, al elaborar su propia información, es muy fácil el que desglose en dos dos servicios que son diferentes: prevención por un lado y promoción por otro. Si tenemos 7.820 personas en conjunto y tenemos 3.117 en promoción, pues esos dos datos... o sea, la diferencia entre ambos, que sería luego la prevención, pues prevención por un lado y promoción por otro.

Porque, además, es que la promoción, la Consejera está insistiendo mucho en que es un servicio que quiere potenciar. De hecho, tengo aquí una de las preguntas que contestaba en Pleno, en los que dice que se puede... se le puede corresponder si utiliza un programa hecho a su medida para la autonomía personal, que además se llama así, Servicio de Promoción de la Autonomía Personal, y por él le pueden llegar a... puede llegar a recibir 400 euros. Si se puede llegar a dar 400 euros, yo creo que debería de tenerse, pues, más información del número de personas que reciben este servicio. Es decir, no estamos pidiendo nada... ni que tenga más coste, ni que tenga ningún tipo de dificultad, puesto que... que el dato se dispone, en la medida que el servicio quien le da es la Consejería.

La... la realidad es que existe bastante poca... poca claridad sobre lo que es el servicio de promoción de la autonomía personal. De hecho, nuestro Grupo ha hecho una batería de preguntas escritas a ver si conseguimos saber realmente en qué consiste el servicio, porque, desde luego, no hay nada regulado en relación con el servicio... regulado a efectos de cuánto hay que pagar a las personas y en base a qué se les paga lo que se les paga. Es decir, eso... no existe una regulación, por lo menos publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León. Y, en consecuencia, nos parecía que un primer paso para conocer el alcance del servicio de promoción de la autonomía personal era simplemente que se desglosara. O sea, desde luego, no hay ninguna razón que no sea el poner dificultad para acceder a las informaciones, no hay ninguna razón para que se rechace el que se desglosen ambos... ambos datos, por un lado prevención y por otro lado promoción. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Pues una vez finalizado el debate, sometemos a votación la proposición no de ley.

Votación PNL/000653

¿Votos a favor? Seis. ¿Votos en contra? Diez. Pues queda, por tanto, rechazada.

Por parte del señor Secretario se dará lectura al cuarto punto del Orden del Día.

PNL/000764


EL SECRETARIO (SEÑOR JURADO PAJARES):

Gracias, Presidenta. Cuarto punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley número 764, presentada por los Procuradores don Jorge Félix Alonso Díez, doña Ana María Agudíez Calvo y doña Esther Pérez Pérez, instando a la Junta de Castilla y León a convocar subvenciones para las denominadas "ayudas individuales" destinadas a financiar actuaciones dirigidas a favorecer la autonomía personal de las personas mayores, personas con discapacidad y personas en situación de dependencia, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 213, de cinco de abril de dos mil trece".


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, por parte del Grupo Parlamentario Socialista, doña Esther Pérez Pérez.


LA SEÑORA PÉREZ PÉREZ:

Muchas gracias, Presidenta. Buenos días a todas y a todos. Pues bien, hasta el año dos mil nueve la Junta de Castilla y León ha convocado las denominadas ayudas individuales, que estaban destinadas a favorecer la autonomía personal de personas mayores, personas con discapacidad y personas en situación de dependencia. En el año dos mil nueve se financió este programa con 2.756.000 euros, lo cual supuso que 2.544 personas en Castilla y León se beneficiasen de estas ayudas; 265 se acogieron a las ayudas para la atención temprana, 611 a las ayudas para la adaptación de vivienda y adquisición de útiles, y 1.668 a otras ayudas técnicas.

Las ayudas de atención temprana incluían los conceptos de la propia atención temprana y el transporte para la misma. Se financiaba el transporte a los centros de día y otros conceptos como podría ser la obtención del permiso de conducir. Además, había ayudas para facilitar el desplazamiento y la autonomía personal, que incluía conceptos como la adquisición de los vehículos a motor para personas con discapacidad y la adaptación de los vehículos para personas con esa movilidad reducida, pudiendo incorporarse al vehículo la caja de cambios automática cuando fuera el elemento necesario, por ejemplo, para facilitar esa movilidad.

Además, la realización de obras con adquisición y adaptación de útiles en la vivienda habitual del beneficiario, permitiéndole la eliminación de esos obstáculos, de esas barreras que dificultaban su movilidad. Y en esta línea se incluía, por ejemplo, la adaptación de los baños, de habitaciones o la colocación de pasamanos, ensanche de puertas para el paso de las sillas, etcétera.

Adquisición de ayudas técnicas, también, que incluía la instalación de esos ascensores, de adquisición de gafas, de audífonos, camas articular... articuladas, perdón, asientos giratorios, cojines antiescaras, grúas con arnés, teléfonos con adaptaciones, etcétera. En definitiva, todas esas ayudas técnicas.

La selección de las ayudas a conceder se realizaba en función de la situación económica familiar, social y del grado de discapacidad de la persona solicitante. Y hemos de recordar que en los años dos mil diez y dos mil once se redujo una... se produjo una reducción muy significativa del presupuesto destinado precisamente a estas ayudas individuales -303.400 y 250.000, respectivamente, hablamos de euros- y desaparecieron estas en dos mil doce.

Desde el Grupo Parlamentario Socialista entendemos que la desaparición de estas ayudas individuales ha supuesto un importante retroceso en la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, en la medida que les excluye de poder realizar actividades de la vida cotidiana y que, sin embargo, sí que pueden realizar el resto de la población. Merma, por tanto, su autonomía personal, la autonomía personal de estas personas, y merma también, por tanto, su calidad de vida.

Es frecuente escuchar en estas Cortes que trabajamos por mejorar la vida de las personas; y entendemos, por tanto, desde mi Grupo Parlamentario, que no existirá ningún problema en la aprobación de... de la propuesta que hoy traemos a esta Comisión, dado que ayuda en gran parte a avanzar en esa igualdad de oportunidades para esas personas con discapacidad. Es más, la reciente aprobación por unanimidad, hace pocos días, de la Ley de Igualdad de Oportunidades para esas personas con discapacidad debe suponer un cambio de rumbo en las políticas que hasta ahora estaba llevando la Junta de Castilla y León en este... en este ámbito, ya que los recortes realizados, tanto por la Administración Central -la Administración Estatal- como por la propia Administración Autonómica, han provocado hasta la fecha que la calidad de vida de este colectivo, de estas personas, esa autonomía personal, se haya degradado, deteriorado, a pasos agigantados.

Entiendo que con la aprobación hoy de esta iniciativa se demostrará, esta vez sí, que no se trata solamente de aprobar una ley por parte de estas Cortes de Castilla y León de cara a la galería, por lograr un titular, sino que realmente desde estas Cortes sí que todos los Grupos pensamos en las personas.

Por lo anteriormente expuesto, se formula la propuesta de resolución: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a proceder a la convocatoria de subvenciones de las denominadas "ayudas individuales" destinadas a financiar los gastos necesarios para la adquisición de ayudas técnicas, adaptación de vehículos, realización de obras de adaptación de la vivienda propia y ayudas de atención temprana, todas ellas actuaciones dirigidas a favorecer la autonomía personal de las personas mayores, personas con discapacidad y personas en situación de dependencia".

Creo que todos compartimos la necesidad de atención a estas personas, y, en definitiva, es ese apoyo individual a las personas, porque no hemos de olvidar que en estas Cortes legislamos para las personas, y que la aprobación de las leyes que les otorgan derechos ha de ir siempre acompañada del consiguiente desarrollo reglamentario y de una adecuada financiación, sin la cual esa legislación no sería útil, precisamente, a quien va dirigida, que son las personas. Espero, por tanto, que la propuesta que hoy presentamos sea apoyada por el Grupo Parlamentario Popular -no se encuentra hoy el Grupo Mixto- y que, por tanto, permita mejorar esa autonomía personal y esa vida de las personas. Nada más, y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. En un turno de fijación de posiciones, por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Jerónimo...


EL SEÑOR GARCÍA BERMEJO:

Gracias, Presidenta.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

... García Bermejo. Gracias.


EL SEÑOR GARCÍA BERMEJO:

Buenos días, Señorías. Bien, a tenor de... de los antecedentes mencionados en la proposición no de ley planteada por el Grupo Socialista, efectivamente, en el año dos mil nueve se financió con 2.756.000 euros; en dos mil diez-dos mil once hubo una reducción significativa, como mencionan, de 303.000 y 250.000, en cada anualidad; y en dos mil doce desaparece, ¿eh?

Bien. Me parece, o, desde mi punto de vista, quiero añadir a estos antecedentes, pues alguna situación que aportará entendimiento a lo que posteriormente, en relación con la proposición no de ley, instan a la Junta de Castilla y León y que, evidentemente, como bien conocen, proponen cambio de rumbo, como usted ha mencionado. Pero, no obstante, añadir a esos antecedentes que durante las anualidades dos mil ocho, dos mil nueve y dos mil diez se producen una serie de acontecimientos sobre todo influyendo en un aspecto significativo que usted ha mencionado, que es la financiación.

En mayo del dos mil diez, por ejemplo, se... aparece el Real Decreto-ley de medidas extraordinarias para reducción del déficit público, donde ello supone casi 26 millones de euros que la Junta de Castilla y León deja de recibir. Se eliminan derechos tales como la retroactividad a las personas dependientes. E igualmente, por aspectos financiados en programas por el acuerdo marco que llegaban a la Junta de Castilla y León, entre dos mil ocho, dos mil nueve y dos mil diez, se produce una reducción de financiación de 11,3 millones de euros. Por mencionar, se suprime el Plan Gerontológico, se suprime el Programa Estatal de Voluntariado, se suprime el Programa de Apoyo a Familias Desfavorecidas, se suprime la financiación de guarderías infantiles, se suprime la financiación de la atención a la primera infancia, etcétera, etcétera, todo ello entre el año dos mil ocho, dos mil nueve, dos mil diez y dos mil once.

Ello, como puede entender, plantea y deja una situación estrepitosa y lamentablemente difícil desde el punto de vista económico y social. Por ello, la Comunidad de Castilla y León, pues, se ha planteado apostar por transformar el modelo de servicios sociales, con el fin de superar su carácter asistencial y avanzar hacia un sistema en el que los servicios sociales reconocidos como prestaciones esenciales se configuren como auténticos derechos subjetivos de todos los ciudadanos.

Y esta propuesta se hace en el contexto actual de grave crisis económica, que, unido al drástico descenso de ingresos públicos, ha hecho que se ahonde en una de las principales deficiencias que adoleció la Ley de Dependencia desde su entrada en vigor, que fue la falta de financiación suficiente para garantizar el desarrollo y aplicación de un sistema de derechos como el que se pretendía y se estaba configurando.

Con el objetivo de dotar de viabilidad al sistema de dependencia, se ha producido una reforma de la ley operada por el Estado a través del Real Decreto-ley 20/2012, que ha supuesto, entre otras, importantes modificaciones en el cambio de cuantías de las prestaciones de la dependencia. En Castilla y León, la Orden FAM/644/2012 regula las prestaciones del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia en Castilla y León. El cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales se han adaptado a una serie de medidas con el objeto de garantizar viabilidad económica actual y futura para el sistema de servicios sociales en general, y el de la atención a la dependencia en particular, garantizar la supervivencia de la red de recursos del sistema de servicios sociales, evitar pérdida de empleo profesionales en el sector, limitar el acceso a las prestaciones económicas de los ciudadanos en el entorno familiar para que sea de verdad una prestación de uso excepcional dirigida a las personas que viven en medios aislados desprovistos de recursos profesionales, garantizar una atención de calidad de las personas en situación de dependencia mediante atención profesionalizada y favorecer, por tanto, servicios profesionalizados.

Las medidas adoptadas van encaminadas a la atención de las personas que más lo necesitan y teniendo en cuenta su capacidad económica, garantizando el acceso a los servicios, ya sean de carácter público o privado, a través de prestación vinculada. Así, se ha incrementado cuantía máxima de esta prestación respecto a las aprobadas por el Decreto... Real Decreto-ley 20/2012 en un 20 %. La cuantía concreta corresponde a cada persona... que corresponde a cada persona depende de su capacidad económica. Y también se han revisado los criterios de copago, para hacerlos semejantes a los del copago de los... de los servicios, ya que eran muy favorables para las rentas más altas.

La citada orden permite el reconocimiento de la prestación vinculada al servicio de promoción de la autonomía personal en cualquiera de sus modalidades. En concreto, en la modalidad de promoción, mantenimiento, recuperación de la autonomía funcional, cuyo contenido será, al menos, programas de asesoramiento y entrenamiento en el uso de productos y tecnologías de apoyo, asesoramiento sobre adaptación funcional de la vivienda, información sobre técnicas de conservación de energía, economía articular e higiene postural, educación y entrenamiento en el manejo de prótesis y órtesis para la vida diaria, valoración de la necesidad de adaptaciones del entorno doméstico, ocupacional y ocio en el que se desenvuelven habitualmente las personas, entrenamiento para la integración familiar, comunitaria y social, orientación para la organización eficaz en las actividades de la vida diaria, asesoramiento, entrenamiento y apoyo a las personas cuidadoras para la aplicación de actuaciones citadas. E incluso para los beneficiarios de la prestación económica de cuidados en el entorno familiar, al objeto de garantizar que los cuidados que se prestan en las condiciones más idóneas, puedan acceder durante un tiempo determinado a la prestación vinculada al citado servicio de promoción, que pueden destinar a la adquisición de productos de apoyo.

Por tanto, la necesidad que esta... que antes de esta normativa se atendía a través de subvenciones en concurrencia competitiva ha pasado a considerarse como auténtica prestación que se reconocen y financian a través del sistema de dependencia.

Por último, destacar que la atención temprana dirigida a niños con discapacidad o riesgo de padecerla está reconocida como una prestación esencial en la Ley 16/2010, de Servicios Sociales de Castilla y León, en el Artículo 19, por lo que tiene el carácter de derecho subjetivo, será obligatoria su provisión y estará públicamente garantizada, con independencia de cuál sea el nivel de necesidad o el índice de demanda existente.

En conclusión, se está paliando la situación que en estos momentos se ha producido, y, como le decía, se está apostando por transformar un modelo en función de esta situación. Por todos estos motivos, se va a rechazar la resolución que han presentado.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo, tiene la palabra doña Esther Pérez Pérez.


LA SEÑORA PÉREZ PÉREZ:

Gracias de nuevo, Presidenta. Señor García Bermejo, le agradezco mucho el interés que tiene por... por hablar, por interpelar aquí todos los temas que nos ha traído a colación, todos esos acontecimientos que nos ha narrado, todas esas situaciones que ha tratado de explicarnos, y toda esa mezcla de temas de los que, de verdad, yo estoy interesadísima en hablar, en debatir con usted, pero seguramente nos darían para siete, ocho, nueve, diez Comisiones; con lo cual, no tendría tampoco inconveniente en, cuando termine la Comisión, tomarme un café con usted y lo debatimos.

Pero yo en realidad de lo que trataba de hablarle no era de mezclar las churras con las merinas, de mezclar todos los programas, de hablar del año que reinó Carolo, de volver a repetir que los datos positivos son de la Junta de Castilla y León y cuando los natos... los datos son negativos siempre encuentran ustedes a otros culpables, sino que yo trataba de hablar, como le decía, de las ayudas individuales. Pero vamos, en cualquier caso, ya le digo que se lo agradezco mucho.

Sí que me sorprende que, además de hablar de datos, cuando yo pretendía hablar de personas, utilice usted los datos que, por supuesto, más le interesa. Porque olvidó usted decir en algunas de... de esas cifras, de todas esas cosas que nos habló, de esa financiación, el recorte de 28 millones de euros desde que gobierna el Partido Popular en las ayudas a la dependencia. Y es que además olvidó también usted, precisamente, que estábamos hablando de las ayudas individuales, que nada tienen que ver con lo que usted me estaba contando, sino que hablamos de un programa que vino con las transferencias; y que vino con las transferencias y tiene su financiación, y que, por lo tanto, había un dinero específico para esos programas.

Y, hombre, me sigue hablando de leyes y de... de financiación en relación a la atención temprana, a la ley que lo contempla. He tratado de explicárselo, seguramente con muy poco acierto en mi primera intervención, que, además de legislar, tenemos que hacer el desarrollo reglamentario de las leyes, y, además, dotarlas de una financiación adecuada; si no, no tiene ningún sentido.

Y es que me alude usted otra vez a la situación económica, que, efectivamente, se está cebando, precisamente por esas políticas que se están llevando a cabo por quien gobierna, tanto el Gobierno de la Nación como la Junta de Castilla y León, y que se están cebando –como le decía- con esas personas que más lo necesitan. Esas políticas de austeridad y políticas de... de recorte que, en el caso de estas ayudas individuales y de las personas a quien se dirigía esta convocatoria, que hoy ustedes se niegan a recuperar, están siendo dramáticas para la autonomía personal de estas personas y para su calidad de vida.

Y es que la supresión de estas ayudas individuales está obligando a que haya personas que haya que... que tengan que recoger tapones para que alguna de esas personas con necesidades puedan conseguir una silla de ruedas –algunas lo consiguen, no todas-. Son muchas las personas que se quedan sin audífonos, que no pueden poner elevadores, que no... personas que no pueden contar con esas camas articuladas, que no pueden adquirir gafas; en definitiva, personas que ven mermada su autonomía personal. Porque le repito que hablamos de personas. En dos mil nueve se destinaron a esas ayudas individuales para audífonos, gafas, obras de ascensores, camas articulares... articuladas –perdón-, etcétera, 2.756.000 euros, y en dos mil once se suprimieron.

Y es que además se da la circunstancia de que también la supresión de esta convocatoria hace que no puedan adquirirse o adaptar vehículos de transporte colectivo para personas mayores, para personas con discapacidad. Recordemos esas cantidades de dos mil nueve, 513.978 euros, suspendidas en dos mil diez y sin volver a convocarse hasta la fecha. Y que la supresión de esta convocatoria hace que esas inversiones en centros privados de personas mayores y personas con discapacidad, a las que en dos mil nueve se destinaron 2.850.000 euros del presupuesto, tampoco puedan llevarse a cabo.

Y se lo decía, hablamos de personas con discapacidad, pero también de personas mayores y de personas en situación de dependencia; y hablamos no de un suma y sigue, sino de un resta y sigue. Hablamos de personas que en algunos casos han visto como al reducir las prestaciones de la Ley de Dependencia al cheque servicio, la falta de recursos económicos para completar ese precio del servicio les excluye del mismo y les obliga a las familias a ingresar a las personas mayores o menores en un centro residencial. Hablamos de personas a las cuales el incremento de esos precios por ocupar una plaza en un centro público les ha supuesto una nueva vuelta de tuerca, dado que se reducen las ayudas mientras se incrementan los precios para acceder a esos servicios sociales. Hablamos de personas con discapacidad y que, sin embargo, no tienen reconocida la dependencia, viendo así impedido su acceso a los centros de día. Hablamos de personas que también han visto desaparecer programas para favorecer el empleo de las personas con discapacidad y la reducción de otros en más del 50 %. Hablamos también de personas mayores, que ven como los recortes en esos programas de envejecimiento activo lleva a que no puedan pagarse la asistencia para mejorar esa calidad de vida y mantenerse en esa situación activa. Hablamos de personas que ven como la reducción de plazas concertadas y plazas públicas les llevará a no poder acceder a una plaza residencial. Hablamos de personas mayores que ven como se ha suprimido el servicio de asesoramiento jurídico y psicológico con el que contaban anteriormente. Hablamos de personas mayores de ochenta años a quienes, en algunos casos, no se les informa del derecho a la teleasistencia que les reconoce la Ley de Servicios Sociales.

En definitiva, hablamos de personas –trataba de explicárselo-, personas en las que, además de todo ese recuento que usted me ha hecho de acontecimiento, están viendo todas estas situaciones; y no solamente las están viendo, sino que las están viviendo en primera persona.

En definitiva, esa política de recortes del Partido Popular, allá donde gobierna, en esos servicios sociales, recortes a quien más lo necesita, que causan –como le decía- graves perjuicios tanto a las personas como a las familias.

Vemos hoy aquí, una vez más, el rechazo por parte del Grupo Parlamentario Popular a estas iniciativas que, desde el Partido Socialista, únicamente pretenden mejorar la vida de las personas, que es –entiendo y entendemos desde mi Grupo Parlamentario- para lo que estamos aquí.

Por tanto, les voy a rogar que reconsideren su posición, que voten hoy pensando sola y... única y exclusivamente en las personas, en el interés de las personas, y no en ningún otro interés de ningún tipo. Nada más, y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Pues, concluido el debate, sometemos a votación la proposición no de ley debatida.

Votación PNL/000764

¿Votos a favor? Seis. ¿Votos en contra? Diez. Pues queda, por tanto, rechazada dicha proposición no de ley.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión. Gracias a todos.

[Se levanta la sesión a las once horas cincuenta y cinco minutos].


DS(C) nº 280/8 del 30/4/2013

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Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades
DS(C) nº 280/8 del 30/4/2013
CVE: DSCOM-08-000280

DS(C) nº 280/8 del 30/4/2013. Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades
Sesión Celebrada el día 30 de abril de 2013, en Valladolid
Bajo la Presidencia de: María Soledad Romeral Martín
Pags. 9366-9394

ORDEN DEL DÍA:

1. Pregunta para respuesta oral en Comisión, POC/000728, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D.ª Ana María Agudíez Calvo y D. Jorge Félix Alonso Díez, relativa a práctica de las notificaciones realizadas a los usuarios de la Residencia Asistida de las Personas Mayores de Segovia respecto a la nueva aplicación de los precios públicos por los Servicios de Residencia, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 213, de 5 de abril de 2013.

2. Proposición No de Ley, PNL/000499, presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Fernando María Rodero García y D. David Jurado Pajares, instando a la Junta de Castilla y León a que además del sistema de cita previa a través del 012 se pueda solicitar la cita de forma directa en las diversas dependencias de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 149, de 15 de octubre de 2012.

3. Proposición No de Ley, PNL/000653, presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Fernando María Rodero García y D. David Jurado Pajares, instando a la Junta de Castilla y León a que desglose en su información mensual el número de beneficiarios de servicios de prevención y promoción personal, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 190, de 12 de febrero de 2013.

4. Proposición No de Ley, PNL/000764, presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez, D.ª Ana María Agudíez Calvo y D.ª Esther Pérez Pérez, instando a la Junta de Castilla y León a convocar subvenciones para las denominadas "ayudas individuales" destinadas a financiar actuaciones dirigidas a favorecer la autonomía personal de las personas mayores, personas con discapacidad y personas en situación de dependencia, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 213, de 5 de abril de 2013.

SUMARIO:

 ** Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos.

 ** La Presidenta, Sra. Romeral Martín, abre la sesión.

 ** Primer punto del Orden del Día. POC/000728.

 ** El Vicepresidente, Sr. Dúo Torrado, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Agudíez Calvo (Grupo Socialista) para formular su pregunta a la Junta de Castilla y León.

 ** Contestación, en nombre de la Junta, del Sr. De Pablos Pérez, Director General de Familia y Políticas Sociales.

 ** En turno de réplica, interviene la Procuradora Sra. Agudíez Calvo (Grupo Socialista).

 ** En turno de dúplica, interviene el Sr. De Pablos Pérez, Director General de Familia y Políticas Sociales.

 ** Intervención del Procurador Sr. Soria Aldavero (Grupo Popular) para comunicar sustituciones.

 ** Segundo punto del Orden del Día. PNL/000499.

 ** El Secretario, Sr. Jurado Pajares, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene la Procuradora Sra. Palomar Moreno (Grupo Popular).

 ** Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Romeral Martín, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es rechazada.

 ** Tercer punto del Orden del Día. PNL/000653.

 ** El Secretario, Sr. Jurado Pajares, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. Dúo Torrado (Grupo Popular).

 ** Intervención del Procurador Sr. Alonso Díez (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Romeral Martín, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es rechazada.

 ** Cuarto punto del Orden del Día. PNL/000764.

 ** El Secretario, Sr. Jurado Pajares, da lectura al cuarto punto del Orden del Día.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Pérez Pérez (Grupo Socialista) para presentar la proposición no de ley.

 ** En turno de fijación de posiciones, interviene el Procurador Sr. García Bermejo (Grupo Popular).

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Pérez Pérez (Grupo Socialista) para cerrar el debate y fijar el texto definitivo.

 ** La Presidenta, Sra. Romeral Martín, somete a votación la proposición no de ley debatida. Es rechazada.

 ** La Presidenta, Sra. Romeral Martín, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las once horas cincuenta y cinco minutos.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos].


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Buenos días. Se abre la sesión. Antes de dar lectura y de iniciar los puntos del Orden del Día, ¿se quiere comunicar por parte de los Grupos alguna sustitución? ¿No? ¿Por parte del Grupo Popular? Vale. Después, luego, si eso, cuando debatamos las...

Bueno, antes de empezar, quisiera agradecer la presencia esta mañana de don Carlos Raúl de Pablos Pérez, Director General de Familia y Políticas Sociales, por su presencia esta mañana en la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Por parte del señor Vicepresidente se dará lectura al primer punto del Orden del Día.

POC/000728


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR DÚO TORRADO):

Primer punto del Orden del Día: "Pregunta para respuesta oral en Comisión 728, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores doña Ana María Agudíez Calvo y don Jorge Félix Alonso Díez, relativa a práctica de las notificaciones realizadas a los usuarios de la Residencia Asistida de las Personas Mayores de Segovia respecto a la nueva aplicación de los precios públicos por los Servicios de Residencia, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 213, de cinco de abril de dos mil trece".


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Para formular la pregunta, tiene la palabra la Procuradora doña Ana María Agudíez Calvo.


LA SEÑORA AGUDÍEZ CALVO:

Gracias, señora Presidenta. Buenos días, Señorías. Buenos días, señor Director General. El motivo de esta pregunta es dar a conocer las quejas que ha efectuado la asociación de Nuestros Mayores de la Residencia de... Asistida de Personas Mayores de Segovia relativa a las actuaciones públicas sobre las notificaciones que se han realizado a los usuarios de residencias mayores respecto a la nueva aplicación de los precios públicos por los servicios de residencia.

Con fecha veintidós de diciembre de dos mil once, el Gobierno de Castilla y León aprueba el Decreto 70/2011, por el que se establecen los precios públicos y la participación de las personas mayores usuarias de centros y servicios integrados en el Sistema de Acción Social y Servicios Sociales en la financiación del coste de los mismos de acuerdo con su capacidad económica. Dicha capacidad económica se determina en atención a la renta y el patrimonio de cada usuario del servicio.

La revisión de la capacidad económica de la persona beneficiaria se realizará en el último trimestre de cada año, tomando en consideración los datos económicos suministrados por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y otros organismos públicos relativa al último ejercicio disponible, y se aplicarán a partir del primero de enero del año siguiente (Artículo 5 del Real Decreto 70/2011).

Están obligados al pago los beneficiarios del servicio de residencia desde el momento en que se presta el servicio. A estos efectos, las personas cuyo ingreso en el centro público asistencial se hubiere producido con posterioridad a la entrada en vigor de este decreto pagarán la prestación correspondiente desde el momento del ingreso. Y, por otro lado, los beneficiarios que estuvieren en situación de alta en los servicios con anterioridad a la entrada en vigor de este decreto, las previsiones contenidas en él resultarán de aplicación a partir del uno de enero de dos mil trece.

En virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 70/2011, la Gerencia de Servicios Sociales aprueba, mediante resolución individual, las cantidades a pagar por cada residente en base a los datos económicos y patrimoniales que obran en poder de las Administraciones -en algunos casos aplicados incorrectamente-, en cuanto a la determinación del porcentaje de participación en la propiedad patrimonial inmobiliaria del beneficiario y la consideración o no de vivienda habitual.

Algunas resoluciones, por no decir todas, han sido aprobadas con fecha diez de diciembre de dos mil doce y su escrito de notificación firmado el diecisiete de diciembre de dos mil doce por la Gerente Territorial de Servicios Sociales de Segovia. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de veintiséis de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicos y del Procedimiento Administrativo Común –abro comillas-, "toda notificación deberá ser cursada dentro del plazo de diez días a partir de la fecha en el que el acto haya sido dictado, y deberá contener el texto íntegro de las resoluciones".

Según dispone el Artículo 59.1 de la Ley 30/92, del veintiséis de noviembre, dice así: "Las notificaciones se practicarán por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción por el interesado o su representante, así como de la fecha, la identidad y el contenido del acto notificado. La acreditación de la notificación efectuada se incorporará al expediente". Al hablar de cualquier medio, se entiende el utilizado para hacer llegar la notificación al interesado, es decir, por correo, telegrama, por funcionario, etcétera, pero no debe confundirse cualquier medio con "de cualquier manera".

Las personas afectadas por dichas notificaciones en la Residencia Asistida de Personas Mayores de Segovia serán más de doscientas -actualmente residen cerca de trescientas personas, muchas de ellas ingresadas después del uno de marzo del dos mil doce-, de los cuales, una inmensa mayoría, por no decir todos, sufren graves dolencias de salud, fundamentalmente de salud mental (demencia senil, alzhéimer, pérdida de memoria, etcétera) y otras dolencias físicas o psíquicas, que a algunos de ellos les obliga a estar postrados en cama durante largos periodos de tiempo y a otros muchos a estar sentados en sillas de ruedas, en algunos casos sujetas a pasarelas fijas, durante gran parte del día y sin capacidad suficiente para entender de las situaciones reales y normales de la vida cotidiana.

Todas estas incapacidades, como es lógico, son conocidas por el personal de la propia residencia y, fundamentalmente, por la dirección del centro, toda vez que todos los residentes han sido calificados administrativamente en base a los parámetros establecidos en la Ley de Dependencia. Si bien esta calificación tiene validez a efectos de las prestaciones por dependencia, también sirve como indicio para conocer el estado de salud de los residentes, que, por otro lado, ya han sido calificados periódicamente para su adecuada atención en el parámetro de modalidad de usuario -la gran mayoría que están en la Residencia Asistida de Personas Mayores- como grandes dependientes, lo que quiere decir que necesitan de una atención continuada, como todos sabemos, en todas sus necesidades por carecer de la capacidad suficiente para valerse por sí mismos.

Considerando que las notificaciones comenzaron a realizarse en el mes de enero de este presente año y que las resoluciones están notificadas y fechadas en la primera o segunda decena de diciembre de dos mil doce, más de diez días desde que fuera dictado el acto hasta la fecha de notificación, ninguna de ellas se han realizado formalmente, según establece la Ley 30/1992, que anteriormente definíamos.

Por eso, sí que me gustaría que usted, como Director General, me explicase cómo se han practicado las notificaciones realizadas a los usuarios de la Residencia Asistida de Personas Mayores de Segovia respecto a la nueva aplicación de los precios públicos por los servicios de residencia; por qué dichas resoluciones no se han realizado formalmente, de conformidad con la Ley 30/1992; y también me gustaría saber si este mismo procedimiento que se ha utilizado en la Residencia Asistida de Personas Mayores de Segovia ha sido el que se ha realizado en todas las provincias de Castilla y León. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Para contestar a la pregunta, por parte de la Junta, tiene la palabra don Carlos Raúl de Pablo Pérez, Ilustrísimo Director General de Familia y Políticas Sociales.


EL DIRECTOR GENERAL DE FAMILIA Y POLÍTICAS SOCIALES (SEÑOR DE PABLOS PÉREZ):

Muy buenos días, señora Presidenta. Señores miembros de la Comisión, pues procedo a contestar a su pregunta. Con fecha uno de marzo de dos mil doce entró en vigor el Decreto 70/2011, de veintidós de diciembre, por el que se establecen los precios públicos por servicios prestados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León en el ámbito de los servicios sociales, al que usted ha hecho referencia en su intervención.

En el Artículo 2 de dicho decreto se estable que están obligados al pago de los precios públicos las personas físicas beneficiadas de los servicios, desde el momento en el que se presta el servicio. Así mismo, se establece la obligación de las personas beneficiarias de contribuir al coste del servicio de acuerdo con su capacidad económica, determinada conforme a los criterios señalados en dicho decreto, como ha señalado.

La disposición transitoria única del referido decreto establece que, para los beneficiarios que estén en situación de alta en los servicios con anterioridad a la entrada en vigor de este decreto, las previsiones contenidas en él resultarán de aplicación a partir del día uno de enero de dos mil trece, resultando hasta ese momento aplicable el sistema anterior, como también usted ha comentado.

En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en el 9.3 de dicho decreto, procedía emitir una resolución administrativa sobre la aportación económica mensual a satisfacer por cada beneficiario del servicio público que se encuentre en situación de alta en el servicio con anterioridad al uno... del uno de marzo de dos mil doce, fecha de entrada en vigor del decreto de precios públicos en materia de servicios sociales.

Dichas resoluciones no pudieron... no se pudieron emitir antes... En primer lugar, para aclarar un poco el... cómo se efectuó el sistema de notificaciones. Las notificaciones sobre... las notificaciones sobre los precios, sobre la cuantía que tenía que pagar cada uno de los residentes, no se pudieron emitir antes del día trece de diciembre, porque hasta esa fecha, dice, no se consolidó oficialmente el IPC del mes de noviembre, cuyo dato es necesario para determinar el factor K de aplicación a las fórmulas que recoge el referido decreto para determinar la aportación mensual de las personas beneficiarias, conforme a lo que dice el Artículo 8.3 del decreto.

Por ello, una vez conocido el dicho dato, ¿eh?, el de consolidación de... el dato de IPC del mes de noviembre, se procesan las resoluciones. Lo hicimos desde un punto centralizado; es decir, que, a pesar de que... –luego se lo voy a explicar- pero a pesar de que las resoluciones fueron firmadas, porque estaba delegada la competencia en los Gerentes Territoriales, la gestión... para la gestión... digamos para hacer más efectiva y, además, para tener un control, dado que es un proceso complejo, se hizo de forma centralizada.

Entonces... se empezaron a procesar todas las resoluciones de todos los beneficiarios. Tenga en cuenta que son 12.000, alrededor de 12.000, más de 12.000 resoluciones las que se tuvieron que emitir en relación a todos los precios públicos. Y la fecha que se... que se emitieron, en la que se... con el programa informático, se editaron en la fecha diecisiete de diciembre de dos mil doce, como usted señalaba.

Hay que tener en cuenta que, antes de ser notificada estas resoluciones y... y gestionarse informáticamente desde los servicios centrales, como le he comentado, habían de ser firmadas -en este caso, como también le he comentado- por los Gerentes Territoriales, dado que se delegó la firma de las mismas por resolución del Gerente Regional de Servicios Sociales, por una resolución de fecha diez de diciembre del dos mil doce.

Entonces, ante la situación, el volumen de solicitudes, lo complejo del proceso, se decidió... y en orden a dos objetivos fundamentales: uno, agilizar el trámite de la... de las notificaciones y, por otra parte, digamos que acompañar ese trámite de notificaciones, dado lo complejo que es un sistema de precios públicos, en el que las personas mayores pueden tener dificultades, que somos conscientes, entonces se... se decidió hacer una notificación a través de los responsables, ¿eh?, de los centros en los propios centros donde residen los... las personas, los cuales deban de ser digamos que los obligados al pago de estos precios públicos.

Entonces, el sistema que se ideó fue el siguiente: en primer lugar, los beneficiarios no incapacitados legalmente se les notificó en el centro a través del personal de los centros; y los... las personas que estuvieran ilegalmente incapacitadas se les notificó, con acuse de recibo, a sus representantes legales.

No obstante, hay que indicar que en esta residencia había un pequeño grupo de residentes que, sin estar legalmente incapacitados, ¿eh?, tienen un... un auto judicial que les obliga a un ingreso, aunque sea involuntario. Entonces, en esos casos, lo que se hizo fue notificar a la persona, que está capacitada, o no está incapacitada, pero también se informó a los familiares, porque era una situación compleja, en la que estimamos que debería notificarse a los familiares.

Todo este proceso, complejo, se desarrolla durante el periodo navideño. Y es cierto que existe un decalaje entre la fecha en la que, conforme al programa informático, salen las resoluciones y la fecha en la que los Gerentes firman y efectivamente se procede a la notificación.

Hay que señalar que la notificación administrativa es correcta. Es decir, cuando usted ha mencionado la Ley 30, en el que se puede realizar por cualquier modo en el que se tenga constancia de la recepción por parte del usuario, la entrega personalmente, en mano, a cada uno de los usuarios por un responsable del centro es una... una notificación correcta.

La diferencia del plazo del tiempo en el que sí que es cierto que se ha incumplido el requisito formal de los diez días desde la emisión de la resolución hasta... hasta la notificación, que le digo que es por una cuestión de gestión de... del programa informático, las resoluciones en las provincias y el... lo complejo de que eran muchas resoluciones, reconocer que es cierto que no... que no se cumplió ese plazo; pero digamos que es un requisito que todo el mundo entiende que en un proceso tan complejo suele ocurrir, en la gestión de procesos complejos o de gran número de resoluciones en las que puede haber un decalaje mayor a lo que establece la Ley 30, al... a la formalización de la... de la notificación, que no ha sido intencionado y que, además, es, en general, cuando ocurren estas cuestiones, que no son intencionadas, que luego no tienen una repercusión en la eficacia, puesto que el acto administrativo es eficaz en el momento en el que se notifica y en ningún momento se ha procedido al... a girar el pago del precio público antes de que todos los usuarios hubiesen recibido, correspondientemente, cada una de sus notificaciones, es... con carácter general, la jurisprudencia habla de que es un vicio formal no invalidante, es decir, que sí que es cierto que se ha incumplido el plazo formal, pero que no afecta a la validez jurídica del acto.

Pero que, en todo caso, le reconozco que sí que ha habido un decalaje, que es propio muchas veces de cuando se hacen grandes procesos de notificación, y que preferimos hacerlo de esa forma porque se garantizaban, en primer lugar, una mayor agilidad, y, un segundo, un acompañamiento. Es decir, no es lo mismo mandar una carta, con acuse de recibo, en el que ahí va la carta y apáñese usted -que suele ocurrir a veces, y tal, y que es compleja normativa-, que hacerlo en el propio centro, en el que los propios profesionales que conocen a las personas les pueden informar.

También le digo que ha habido reuniones informativas con los familiares. Es decir, que dado el... Y se ha... y este proceso se ha realizado en general en paralelo en todas las residencias. Ha habido una reunión... A mí el... yo he estado hablando con el director de la residencia y ha dicho: se ha... se ha dado explicaciones a cada uno de los usuarios que tenía dudas sobre la cuantía económica que tenía que pagar, y luego ha habido una reunión con familiares, también, en la que también se han explicado los detalles.

Entonces, yo sé que ha habido una asociación que... fundamentalmente tenía dos quejas. Vamos a... una era que estaba en contra del decreto de precios públicos, que... que sí, que yo puedo entenderlo, pero que es un decreto que ya está ahí y que fue pactado y tal, y que yo entiendo que si algunas personas tienen que pagar más, pues no le guste el decreto. Pero sí que es cierto que la forma de notificación, ya le digo que, en principio, yo creo que ha sido la más adecuada para intentar dar esa información, y que se ha procurado dar información. De hecho, no se ha girado el mes de enero hasta muy avanzado el periodo. ¿Para qué? Para garantizar que el más mínimo error se pudiera corregir y para dar información a cada uno de los usuarios. Esa ha sido la finalidad nuestra.

Es decir, que yo entiendo que pueda haber... pueda haber existido malestar por una asociación, pero yo creo que no está realmente justificado, porque hemos intentado hacerlo para... dado que es un proceso complejo, yo lo entiendo, de la mejor forma para informar a los usuarios; y a sus familiares, ¿eh?, ya le digo, y a sus familiares.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. En un turno de réplica, tiene la palabra nuevamente doña Ana María Agudíez Calvo.


LA SEÑORA AGUDÍEZ CALVO:

Gracias, señora Presidenta. Bueno, señor Director General, gracias por explicarme lo que es evidente, que ha habido un error y ha habido una... una irregularidad, puesto que las notificaciones no se han realizado en los tiempos establecidos como dice la normativa vigente. Eso creo que ha quedado claro; usted también lo ha asumido.

Segundo, que usted dice que las quejas de los... de la asociación de personas mayores no están justificadas. Yo considero que sí que están justificadas. De hecho, la queja que aquí... de lo que aquí estamos hablando ha sido trasladada al Procurador del Común en febrero y el Procurador del Común la ha admitido a trámite, con lo que considero que... que está más que justificado las quejas de la asociación de personas mayores, de residentes de la Residencia de... Asistida de Segovia.

Y, fundamentalmente, porque yo entiendo la complejidad. Yo entiendo la complejidad, porque efectivamente son muchos los usuarios -y usted lo ha dicho-, más de 12.000. Pero, bueno, cuando se establece un decreto -que yo no voy a valorar, porque ustedes saben y nuestro Grupo en muchas intervenciones ya ha comunicado nuestra opinión, pero no... no es el debate en este caso-, cuando el decreto dice que es el último trimestre, pues yo entiendo que tiene que haber el tiempo suficiente para informar a las familias de este cambio, porque además es que ha sido un cambio radical. No es que digamos "ha subido el IPC un dos coma...". No, no, es que ha sido un cambio radical del modo y de la forma que tienen que pagar los usuarios el coste real de su residencia. Consiguientemente, lo más normal hubiese sido que desde el centro, en todos los centros, con anterioridad incluso a la aplicación, se les hubiese informado de cuál es la realidad, del nuevo decreto, qué va a suponer a las familias, porque las familias no se han dado cuenta. No se han dado cuenta porque no se les ha informado. De hecho, cuando se reunieron con el director de la residencia, fue también gracias a que... a que lo pidió la asociación de mayores.

Pero, aun así, cuando han recibido las notificaciones, en las notificaciones no estaba el documento básico donde te dice por qué sale esa cuantía, el informe de rentas; que a mí me parece fundamental que debería estar adjunto a la resolución, porque, lógicamente, ahí te dice cuál es el patrimonio, cuál es la renta mensual del residente, y por qué salen esas cuantías y cuál es la renta que tiene que pagar. Entonces, yo creo que hubiese sido muy interesante que ese documento, que en muchos de los casos no ha sido adjunto, hubiese... se hubiese... se hubiese dado en las notificaciones para que la gente sepa realmente el por qué el cambio del pago o qué cuantías tienen que pagar.

Pero, independientemente de todo eso, es que lo más grave -y se lo voy a explicar yo, porque a lo mejor a usted no se lo ha explicado el director de la residencia- es que tenemos conocimiento de que muchas notificaciones se han llevado a cabo no de cualquier medio, sino de cualquier manera, sin respetar ni considerar la situación del interesado, ni su estado intelectual o salud mental. Así que el notificante -en este caso, los responsables de la residencia- se han valido de un tampón de tinta y de un bolígrafo, el primero para impregnar de tinta el dedo del residente y estamparlo en el documento, y el segundo -que ha sido el notificante- con el bolígrafo, pues para poner la fecha e identidad del notificado. Todo ello sin la participación activa del notificado, que a todas las luces muchos de los casos es incapaz, y que este tipo de acto lo corrobora; no porque esté incapacitado legalmente, sino por su estado de salud psicofísica.

Es más, en la citada notificación se adjunta otro documento de domiciliación bancaria en el que igualmente se ha estampado la huella del residente, con el único fin de domiciliar el pago de cada una de las cuotas mensuales notificadas, sin haber tenido en cuenta las notificaciones que a estos efectos únicamente es válida la firma del titular de la cuenta y nunca la huella, por tratarse de un signo no reconocido como firma -ni siquiera figura registrado en el archivo del banco, por tratarse de un elemento no válido para estos fines-.

En definitiva, creemos que la Junta de Castilla y León no puede valerse de este tipo de conductas y de esta preponderancia ante el administrado, y menos cuando se producen situaciones de indefensión como las que he descrito, las que he comunicado. Esperamos y exigimos que estos errores no se vuelvan a repetir, ya que nuestros mayores tienen los mismos derechos, deben ser respetados; y recordemos que son personas indefensas y muchas veces no son capaces de saber o conocer sus derechos, y son más indefensas aún para hacerles valer realmente esos derechos. ¿Por qué? Pues porque residen indefinidamente en un centro, del que la mayoría, como usted bien sabe, no pueden salir, y alguno ni siquiera puede pedir ayuda o consejo, pues porque no tienen familiares, o incluso porque muchas veces desconocen la trascendencia de los actos.

Nuestros mayores residentes en la residencia de Segovia, de verdad -y esto me gustaría que quedase muy claro, porque nosotros que estamos aquí en esta Comisión tenemos que tener la sensibilidad suficiente-, es que no son números ni expedientes, son personas a las que debemos de informar, independientemente de... de que estén de acuerdo o no con el decreto, pero se les... les tenemos que informar claramente de lo que está pasando. Si ellos no saben, porque no saben la trascendencia de... de la huella que han puesto, pues lo mínimo es informar con antelación a las familias; es decir, esto es lo que... lo que se ha modificado el decreto, estas cuantías salen de la aplicación de esa difícil ecuación que hay que hacer.

Pero yo creo que estamos para eso los profesionales de los servicios sociales, pero para hacerlo en tiempo y forma, y con claridad. Si la Junta de Castilla y León toma una decisión, que es aplicar este decreto, pues asúmanlo, aplíquenlo con transparencia y comunicando a las personas. Es que ha habido gente que no ha sabido ni lo que tenía... lo que tenía que pagar, por qué les ha subido -a algunos pocos, es cierto, les ha bajado, también es cierto; la mayoría les ha subido-, no sabían los motivos, no sabían las causas, no sabían, a veces, incluso a quién dirigirse, cuando realmente desde... desde los centros sí que hay los profesionales suficientes para poderlo hacer.

Pero no solamente ha pasado en la Residencia Asistida, yo conozco casos, y de familiares que me lo han comentado también, de la residencia de... de, por ejemplo, Apadefim, en Segovia, una residencia para personas de discapacitados intelectuales. Pues la asociación de Apadefim, efectivamente, les ha informado en una reunión -ahí sí que es cierto, una reunión generalizada-, donde se les ha dicho el porqué de este decreto. Pero, fíjate, no les han... perdón, fíjese, no les han podido... perdóneme, no les han podido explicar claramente la situación porque no tienen el documento adjunto que yo le decía, donde salía la cuantía económica que tenían que pagar. Entonces, les han dicho: espérense, cuando reciban este documento, investigaremos si realmente está aplicada bien el... la cuota, y si no, pues luego habrá que hacer la reclamación suficiente... necesaria para poder poner las cosas en orden.

Lo que quiero decir con esto, de verdad, que tratamos con personas, las personas merecen todo su respeto. Y aunque, efectivamente, el acto administrativo...


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Señora Agudíez Calvo, por favor, vaya terminando.


LA SEÑORA AGUDÍEZ CALVO:

(Sí, termino). Y aunque, efectivamente, parezca que es un mero hecho... hecho administrativo, un acto administrativo, es mucho más que un acto administrativo.

Y, eso sí, le agradezco que haya reconocido el error de la Junta, la irregularidad de la Junta, de no cumplir con los tiempos establecidos en la normativa vigente. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. En un turno de dúplica, tiene la palabra nuevamente el Ilustrísimo Director General de Familia y Políticas Sociales.


EL DIRECTOR GENERAL DE FAMILIA Y POLÍTICAS SOCIALES (SEÑOR DE PABLOS PÉREZ):

Bueno, pues por partes. Señalar que el error, le he dicho, el que... y además estaba justificado en un volumen de expedientes; más que un error es una dilación involuntaria de la Administración. Ya le digo que no provoca... en muchas ocasiones, si... si... no tiene nada que ver, ¿eh?, pero usted mira una firma de un procedimiento sancionador de tráfico -y no tiene nada que ver-, que va mecanizado... No, no lo es... ya le digo que no es lo mismo, pero... es decir, muchas veces no va en el plazo de los diez días que... y es por el volumen de expedientes que se gestionan, que es lo que le quería decir. Y ya sé que esta es una situación que no tiene nada que ver con un expediente de ese tipo, ¿no?

Entonces, por ir por partes, lo que me comentaba usted, no me consta que se hayan hecho ese tipo de notificaciones. De todas formas, me da más la razón en el sentido de que el tipo de notificación que hicimos a través de los profesionales de la... del centro era la más adecuada para las personas. ¿Por qué? Porque había que explicárselo. Estoy seguro que a esas personas, a las que a mí no me consta que se haya hecho por firma... Lo investigaré, y además es que sí que es cierto que... pero, y además... y si se ha efectuado, estoy seguro que los profesionales... porque además no me consta, pero... es decir, estoy seguro que los profesionales han hablado con los familiares -se ha hecho un esfuerzo para hablar con los familiares importante- y, en estos casos, estoy seguro –como usted lo ha dicho- que los profesionales se han preocupado por que se llegue a los familiares y se les explique cuál es el motivo, las causas.

Ha habido reclamaciones –ha habido bastantes reclamaciones-, a la gente se le ha mirado, y se le ha vuelto a revisar, y se le ha explicado de dónde venía. Porque ha habido... y ha habido... -y le puedo decirlo- y ha habido ocasiones... en la mayoría de los casos estaba bien calculado el precio público, pero ha habido otras ocasiones en el que -12.000 expedientes- ha habido errores; y se han corregido. ¿Por qué? Porque, a lo mejor, la situación fiscal no estaba bien... bien comunicada a Hacienda, pero luego se ha... se ha determinado que sí que estaba bien hecha.

Es decir, pues como cuando se hacen grandes procesos; es decir, aquí no hay que... no hay que rasgarse las vestiduras; es decir, lo lógico es tener prudencia. Hemos preferido retrasar un poco el proceso -que haya ido más lento, que se haya intentado informar a la gente y... y a las familias; y que, cuando nos hemos equivocado, porque pasa, dice "haberlo corregido"- que habernos acelerado, empezar a cobrar... porque nuestro afán no era cobrar, es decir; y el decreto de precios públicos lo que supone es una... otra forma de pagar diferente a la que se venía haciendo hasta ahora, que en algunos casos supone un incremento; en otros, como ha dicho usted, un... una minoración a las que menos ..... pero, en realidad, los usuarios ya venían pagando.

Es decir, el sistema era... es decir, los servicios públicos, de por sí, siempre hay un copago, y en el que ha cambiado... es la... la fórmula de cálculo. Es un proceso en el que nosotros tenemos que seguir informando; y seguimos hablando con las familias; y va a ser un proceso no de ahora -es decir, de meses-, es decir, nuestra idea es que... que continuamente; de hecho, se está volviendo a hacer reuniones continuadas desde las Gerencias Territoriales con asociaciones de personas con discapacidad, con asociaciones de personas mayores, con los familiares; se está... hemos dado instrucciones a través de las Gerencias y a los Delegados Territoriales para que vuelvan otra vez a informar, a... a plantear los problemas a las familias; a los directores de los centros les hemos insistido mucho en que tiene que haber un diálogo fluido con las familias, porque es un proceso complejo, y hay que explicarle a las familias y con detalle.

Entonces, si ha habido alguna cuestión, yo digo... es decir, si yo... a mí no me consta, pero voy a... voy a... voy a preocuparme por el asunto. Cuando llegue la reclamación del Procurador del Común la contestaremos, pero voy a preocuparme por el asunto. No me consta, y, además, si creo que ha habido algún tipo de actuación de este tipo, seguro que se ha informado a las familias; pero voy a... voy a... voy a examinarlo con detalle. Pero ya le digo que hemos preferido... hemos sido muy prudentes; es decir, de hecho, hemos retrasado la recaudación; es decir, que no teníamos un afán recaudador; y usted es consciente de cuándo hemos empezado a girar el primer recibo en la residencia. No tenemos un afán recaudador; hemos preferido cerciorarnos de que estaba todo bien, porque éramos conscientes de que era un proceso complejo.

Entonces, yo estoy seguro que se ha informado, pero, si ha habido algún defecto de información, se va a corregir; y, además, tienen instrucciones los profesionales de acompañar e informar a todas las personas, porque es complejo; es decir, es complejo para usted y para mí comprender el decreto; es un... es un decreto que yo creo que es... es muy justo, pero, claro, a la hora de intentar llegar a ser muy justo en la capacidad económica, supone que las... las fórmulas de cálculo son complejas. Pero a la gente, cuando le estamos informando de los precios, cuando le decimos de dónde viene todo... es decir, la gente sabe de dónde viene y no hay ningún problema. Pero vamos a insistir en esa información, porque yo creo que es importante.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Pues, una vez finalizado este primer punto del Orden del Día, agradecer... reiterar el agradecimiento al... de la presencia esta mañana al Director General de Familia y Políticas Sociales.

Por parte del señor Secretario se dará lectura al segundo punto del Orden del Día.

Un momento. Antes, por parte del Grupo Parlamentario Popular, se quiere comunicar las sustituciones.


EL SEÑOR SORIA ALDAVERO:

Gracias, Presidenta. Don Julio Santiago Delgado sustituye a doña María Álvarez-Quiñones Sanz.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Pues ahora, ya sí, el señor Secretario dará lectura al segundo punto del Orden del Día.

PNL/000499


EL SECRETARIO (SEÑOR JURADO PAJARES):

Gracias, Presidenta. Segundo punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley número 499, presentada por los Procuradores don Jorge Félix Alonso Díez, don Fernando María Rodero García y don David Jurado Pajares, instando a la Junta de Castilla y León a que, además del sistema de cita previa a través del 012, se pueda solicitar la cita de forma directa en las diversas dependencias de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 149, de quince de octubre de dos mil doce".


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra el Procurador don Jorge Félix Alonso Díez.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Gracias, señora Presidenta. Desde la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades se ha puesto en marcha... en funcionamiento un servicio de solicitud de cita previa por teléfono para las personas que tienen que acudir a los servicios dependientes de la misma. Las citas deben solicitarse a través del teléfono 012.

La mayoría de las personas que acuden a los servicios sociales dependientes de la Consejería son personas con una situación muy limitada económicamente, por lo que los costes de ese tipo de llamadas suponen una carga económica que a muchas familias les expulsa de la utilización de los servicios sociales públicos.

Las llamadas telefónicas al 012 son llamadas con un considerable coste económico para las familias y las personas con una situación en precario. En otras Consejerías de la Junta de Castilla y León se ha instalado el sistema de cita previa por teléfono y vía... o vía telemática, pero también se puede solicitar esta acudiendo a las dependencias de las Consejerías.

Hoy podemos asegurar que el 012 se ha convertido en la puerta de entrada a los servicios sociales que se prestan desde la Consejería de Familia. De hecho, para ser atendido en materia de drogodependencias, mujeres víctimas de violencia de género, tramitación de expedientes de la dependencia, solicitud de ayuda en el programa de... para la administración de alimentos, el servicio de apoyo a las familias en riesgo de desahucio... en definitiva, todas las citas previas se tienen que gestionar a través de este... de este teléfono.

Y tenemos un ejemplo: por ejemplo, una familia que solicita el ingreso para una persona mayor en una residencia de la Junta, en los cuales normalmente la operadora le atiende amablemente, pero, en lo que realiza las consultas de qué es lo que tiene que contestar a la persona que está llamando, y, al final, lo que termina es por darle una cita, bueno, pues transcurren cuatro minutos. Alguien puede pensar que estas cantidades no son muy significativas, pero está claro que tampoco es igual el llamar desde un teléfono fijo que tenga tarifa plana o un teléfono móvil, lo cual incrementa el coste de las llamadas.

Hay una posibilidad que está recogida en la información que aparece en la página web, pero que normalmente no es la que se publicita, y es que se llamara a un... a un 983327850, que no tendría coste cuando llamas en un teléfono fijo.

La realidad es que hoy, para pedir cita previa a un servicio de los que presta la Consejería de Familia, cuesta dinero, hay que pagar.

Nosotros, con esta proposición no de ley, no pretendemos que se quite el servicio de cita previa, porque entendemos que es una forma, pues actualizada de funcionar, y además seguramente ahorra costes; pero lo que planteamos es que se pueda también solicitar la cita de forma directa dirigiéndose a las dependencias de la Consejería. Es decir, parece que es algo elemental. Habrá personas que prefieran acudir a través de llamar al 012, y habrá personas que prefieran –primero, porque seguramente se encuentren más seguras a la hora de explicarse- personalmente a las dependencias de la Consejería en las distintas provincias de la Comunidad para solicitar la... la cita previa.

En definitiva, lo que no queremos es que el teléfono 012 se convierta en un obstáculo para acceder a los servicios de... de información o servicios de la Consejería, ¿eh?, para pedir la cita previa; y, en consecuencia, lo que planteamos es lo que decía antes: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta a que, aparte del sistema de cita previa a través del 012 que ha instalado la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, pueda acceder a los servicios sociales que dependen de la misma se pueda solicitar... -perdón- para acceder a los servicios sociales que dependen de la misma pueda solicitar la cita de forma directa en las diversas dependencias de la Consejería". Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. En un turno de fijación de posiciones, por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra doña Sonia Palomar Moreno.


LA SEÑORA PALOMAR MORENO:

Muchas gracias, Presidenta. Buenos días, Señorías. Bueno, a mí me gustaría empezar haciendo una reflexión sobre el servicio que presta el 012. Es un servicio de atención multicanal, que tiene como misión facilitar la relación con la Administración de la Comunidad de Castilla y León, proporcionando información y permitiendo que los ciudadanos y las empresas realicen trámites administrativos de una forma, pues ágil, completa y actualizada.

Nació en el... en abril de dos mil tres, y desde entonces hasta ahora los servicios -el catálogo de servicios- que se facilitan desde el 012 se han ido incrementando. Hoy en día se facilita información administrativa general sobre competencias y estructuras de la Administración Regional, localización de los puntos, servicios públicos, trámites administrativos –como licencias, ayudas, autorizaciones-; se presta información especializada en materia de mujer, en materia de tributos, en materia de vivienda... prácticamente, todos... todos los servicios que se prestan desde todas las áreas o desde todas las Consejerías –consumo, educación, servicios sociales, familia, telecomunicaciones, etcétera-; se tramitan procedimientos y servicios; y se tramitan también quejas y sugerencias.

012 es un servicio de ayuda en donde se informa, se tramita, y está disponible prácticamente las 24 horas del día -bueno, prácticamente no, las 24 horas del día-, contando que en los momentos en que no está atendido por los agentes hay un buzón de voz y se tramita en cuanto... en dos días, en cuanto se escucha el mensaje dejado en el buzón.

Efectivamente, además –como bien decía Su Señoría-, se puede acceder a los servicios que presta el 012 marcando el 012 si es desde Castilla y León, o marcando un teléfono de la red de telefonía fija, un 983. La llamada al 012 tiene el coste dependiendo de cada operador de telefonía, y si se dispone de una tarifa plana, pues, efectivamente, se marca el 983 y el coste pues sería el de una llamada con tarifa plana, pues el que esté concertado con el operador.

Pero, en definitiva, es una plataforma de comunicación, un sistema que, además, tiene un objetivo, que es el de avanzar en la implantación de mejora continua y de gestión de la calidad del propio servicio, para que consigamos ese objetivo, acercar la Administración a los ciudadanos. Es un servicio que considero que está muy bien valorado por los ciudadanos, especialmente los de las zonas rurales, en donde la necesidad de acercar la Administración Regional y aproximarla a los ciudadanos es todavía mucho mayor, normalmente por temas de accesibilidad a los servicios.

Una de las últimas mejoras en el 012 ha sido precisamente la incorporación de una nueva aplicación informática que permite la gestión de la cita previa, y que está a disposición de todas las Consejerías de la Junta. La primera que ha hecho uso de esta aplicación informática ha sido la Consejería de Familia, que, además de encauzar a través de este sistema las reuniones con las familias y las personas en riesgo de desahucio, la utiliza para otras materias que también son competencia de la Gerencia.

El acceso de los servicios... el acceso a los servicios sociales de responsabilidad se realiza prácticamente o inicialmente a través de los centros de acción social, tal como se recoge en la Ley de Servicios Sociales. La propia ley impulsa un sistema único, en el que progresivamente se produzca una integración organizacional del sistema de servicios sociales independientemente de la titularidad de cada dispositivo.

Pieza esencial en ese proceso de integración son los centros de acción social, que son las estructuras organizativas de primer nivel, la verdadera puerta de acceso a aquel. Los centros de acción social están disponibles para todos los ciudadanos de la Comunidad, en cualquier punto de la región. Tienen encomendada, entre otras, la función de prestar información, orientación o asesoramiento a todos los ciudadanos o grupos, sin distinción sobre los derechos y recursos sociales a los que cada uno de estos grupos o ciudadanos pueden acceder.

Estos centros tienen instaladas ya las citas previas desde hace bastante tiempo, mediante números de teléfono que están habilitados al efecto. En este sentido, papel esencial ocupan también las Corporaciones Locales. En mi caso, desde el Ayuntamiento venimos proporcionando información a todos los vecinos que necesitan asistencia social. Se han hecho muchas campañas de difusión y de información de los centros de acción social. Se han repartido pasquines; se han repartido también una publicidad en forma de imanes, que son muy cómodos, y que todos los vecinos, pues, tienen... tenemos puestos en nuestro... en nuestras viviendas, y en el que viene recogido el teléfono de acceso a los centros de... a los asistentes sociales. Si los ciudadanos quieren solicitar cita lo hacen, bien llamando directamente desde su casa, o pueden hacerlo viniendo al Ayuntamiento, y desde el Ayuntamiento nosotros les hacemos la llamada y les gestionamos la cita.

La implantación de cita previa está contribuyendo positivamente a clarificar el papel de estos centros de acción social a los ciudadanos interesados. Se muestran como un logro más de la Administración Autonómica, en su afán de mejorar la atención al ciudadano desde los servicios sociales.

El sistema de cita previa también se ha implantado, desde hace siete meses, en dependencias de la Consejería de Familia en Valladolid, sin que se haya prestado ninguna queja... presentado ninguna queja por su funcionamiento, y se ha mejorado ostensiblemente el clima de acceso del ciudadano a la información que precisa.

Este sistema permite una reducción de tiempo, una reducción notable; una distribución homogénea de la jornada, evita aglomeraciones en determinadas franjas horarias; contribuye a aumentar la comodidad de los usuarios de los servicios sociales; y proporciona, lógicamente, una atención de mayor calidad.

Teniendo en cuenta que no todos los ciudadanos conocen aún el nuevo sistema de acceso a través de la cita previa, o que algunos de ellos pudieran tener alguna dificultad para gestionar la atención, se ha dispuesto desde un primer momento la posibilidad de concertar la cita previa de forma directa a los peticionarios que acuden a las oficinas de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades. Además, para aquellas personas que también lo deseen, se ha dispuesto en la Gerencia Territorial un teléfono gratuito desde el que pueden... pueden marcar para la obtención de una cita previa en el Servicio 012.

Insisto en que en materia de servicios sociales la cercanía de los ciudadanos a sus Corporaciones Locales hacen que estas también jueguen un papel fundamental. En la provincia de Segovia en breve van a ser instalados unos equipos informáticos en los Ayuntamientos, que, entre otras prestaciones, también tienen un servicio de llamada gratuita a las Administraciones para poder obtener, desde el Ayuntamiento y autónomamente –sin depender de la atención que se dispense en ventanilla-, una llamada telefónica al Servicio 012 que les permita gestionar gratuitamente esa... esa cita que necesitan.

Y volviendo a los servicios sociales, una vez atendidos en esa primera instancia –por lo menos en el caso de mi Ayuntamiento, que es el que mejor conozco-, son las propias asistentes sociales las que se encargan en el Ayuntamiento de gestionar sus siguientes citas previas que necesiten, si no es con esa instancia, con ese primer nivel, con otros dispositivos o con otros departamentos de la Consejería.

Por todo ello, la información de que a través de la petición de cita previa mediante el 012 se expulsa a muchas familias de la utilización de los servicios sociales parece un poco desproporcionada. El nuevo sistema de acceso a través de la cita previa se ha venido difundiendo a través de... de internet, verbalmente y por otros canales. Su funcionamiento es satisfactorio. Lógicamente, ha habido un tiempo en el cual los ciudadanos han ido adquiriendo ese conocimiento paulatinamente, como ha ocurrido en otros servicios públicos, pero en este momento el modo de acceso a la información de la Gerencia Territorial de Valladolid es conocida por bastantes ciudadanos.

En conclusión, la cita previa a través del 012 aporta numerosas ventajas. Existen posibilidades de acceder a la cita previa sin tener que recurrir en la llamada al número 012. Y existen también posibilidades de obtener la cita previa sin coste para el ciudadano, por ejemplo desde el teléfono gratuito de la Gerencia Territorial de Valladolid.

Por lo tanto, concluyo con una reflexión, tal como empecé: el servicio ofrecido por el 012 garantiza un mejor servicio a los castellano y leoneses, que pasan a tener un único número de referencia a la hora de resolver sus dudas o sus necesidades en relación con los departamentos, materias o trámites con la Junta de Castilla y León.

Y en base a lo expuesto, no pudiendo estar de acuerdo con la afirmación de que no existe la posibilidad de solicitar de forma directa en otras dependencias esa primera cita con los servicios sociales, este Grupo no puede aceptar la PNL que ustedes nos presentan hoy a debate. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo, tiene la palabra nuevamente don Jorge Félix Alonso Díez.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Sí. Gracias. Y, bueno, en base a su explicación, bueno pues hoy hemos conocido algunas cosas que, desde luego, no están en la información que transmite la Consejería. Quiero decir, usted ha dicho una cosa que, en principio, me parece bien, y es el que dice que los... las Gerencias disponen de un teléfono para poder llamar desde ahí al 112. Eso, que yo sepa, no se ha publicitado; quiero decir, eso no se... esa información no la conocen los ciudadanos. En cualquier caso, está bien que lo comente usted aquí, porque a lo mejor con eso conseguimos que esa información se difunda. Que, indudablemente, eso podía ser una de las soluciones que tendría la propuesta que estamos planteando.

Que, desde luego, puede ser que, efectivamente, la afirmación de que a muchas familias se les expulsa puede ser a lo mejor una afirmación un poco exagerada, porque tampoco sabemos el número de familias que pueden dejar de acudir como consecuencia de no querer gastar en llamar al 012. Pero lo que sí que es cierto es que nuestra propuesta es moderada. No planteamos que se quite ni el 012 ni que se deje de cobrar a los que llaman, sino simplemente que se dé la opción de que no cueste acceder al servicio de cita previa.

Y, en ese sentido, también entiendo que es diferente la situación de las personas que viven en el medio rural de las personas que viven en las ciudades. Indudablemente, las personas que viven en el medio rural, usted dice que desde su Ayuntamiento, es otra cosa que tampoco está establecida, con lo cual habrá Ayuntamientos que, efectivamente, les ayuden o les faciliten a las personas la gestión de la cita previa, pero habrá Ayuntamientos que no lo hagan. En consecuencia, no es una medida que esté generalizada.

Indudablemente, los que se puedan acercar a las dependencias de la Consejería fundamentalmente entiendo que son en las ciudades, porque en los pueblos, pues, si tienen que venir a hacer la gestión personal, les va a costar todavía más... más que la llamada por teléfono.

Sí que hay un tema que a mí y yo creo que a nuestro Grupo nos preocupa, y es en la medida de que este sistema del 012, pues, termine por ser la puerta real de entrada a los servicios sociales. Es decir, usted citaba la Ley de Servicios Sociales, y es que... y es así: la puerta de entrada a los servicios sociales son los Ceas, son los trabajadores sociales. Y además tiene un sentido, que es... el objetivo es, cuando se dice esto, es que el trabajador social de una zona conozca la situación de los vecinos de su zona, conozca realmente, cuando recurren a los servicios sociales, por qué recurren, para poder, lógicamente, apoyarle o informarle en... en aquellos temas que incluso ellos puedan desconocer.

Y eso nos preocupa que, de alguna forma, igual que ha ocurrido con el cálculo de los precios públicos -que se termina por mecanizar y el trabajador social no pinta nada-, pues pueda ocurrir con estos sistemas, que termine por... dado a los profesionales. Y igual que no sería normal –aunque en alguna... alguna vez se ha hecho algún experimento- el que pudieran atenderse por teléfono las atenciones sanitarias, pues no debe ser tampoco en los servicios sociales.

En definitiva, vamos a mantener la proposición; pero yo espero que eso que nos ha dicho de que los Ayuntamientos pueden ser una vía de comunicación, yo lo que les invitaría es que eso lo... lo hagan realidad en todo el conjunto de la Comunidad, porque podía ser una solución. Y la otra, que se conozca que las personas, aunque no personalmente, pero sí a través de un teléfono que existe en las Gerencias Territoriales, puedan pedir la cita previa, y que esa información, pues sea general. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Pues, concluido el debate, sometemos a votación la proposición no de ley.

Votación PNL/000499

¿Votos a favor? Seis. ¿Votos en contra? Diez. Pues queda, por tanto, rechazada la proposición no de ley debatida.

Por parte del señor Secretario, se dará lectura al tercer punto del Orden del Día.

PNL/000653


EL SECRETARIO (SEÑOR JURADO PAJARES):

Gracias, Presidenta. Tercer punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley número 653, presentada por los Procuradores don Jorge Félix Alonso Díez, don Fernando María Rodero García y don David Jurado Pajares, instando a la Junta de Castilla y León a que desglose en su información mensual el número de beneficiarios de servicios de prevención y promoción personal, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 190, de doce de febrero de dos mil trece".


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra don Jorge Félix Alonso Díez.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Sí. Gracias, señora Presidenta. Bueno, lo que pretendemos con esta proposición –y lo digo de entrada para que todos lo... lo tengamos claro- es que hasta este momento la información de las personas que son beneficiarias de los servicios de prevención de la dependencia y promoción de la autonomía personal aparecen acumuladas en el... único dato, y lo que pretendemos es que se desglose en dos datos diferentes: por un lado, saber quién son las personas que reciben la prevención de... de la dependencia, y quién son las personas que reciben... el número de personas; no quién, sino el número de personas que reciben la promoción de la autonomía personal.

El Artículo 15.1.a) de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, Ley 39/2006, de catorce de diciembre, modificada por el Real Decreto-ley 20 de dos mil doce, de trece de julio, incluye dentro del catálogo de servicios de esta los de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal.

En Castilla y León, al uno de diciembre... –que es la fecha en relación con la que se presentó la proposición, aunque el dato no ha variado demasiado- a uno de diciembre de dos mil doce, 7.802 personas recibían atenciones a través de los servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal. En España, el número de personas que recibían estos servicios era de 20.956; Castilla y León es la Comunidad Autónoma con el mayor número de personas que reciben estos, suponiendo el 9,9 % del total de los servicios y prestaciones que reciben en Castilla y León los dependientes. Concretamente, este servicio, en el conjunto del Estado español, supone un 37 %; quiero decir... lo cual quiere decir que... pues cinco, de cada veinte personas de España, están en Castilla y León recibiendo este servicio, lo cual es un dato, pues que se sale de lo... de la tónica normal en el conjunto del Estado español.

Yo creo que esto es lo que también motiva el que sepamos con más detalle quién recibe prevención y quién recibe promoción.

La Consejería sacó la Orden de Familia 644/2012, de treinta de julio, en su Artículo 5 definía la prevención de las situaciones de dependencia como la que reciben las personas en situación de dependencia, en cualquiera de los grados establecidos, con el objeto de prevenir o retrasar el agravamiento de su grado de dependencia, incluyendo esta atención en los programas de teleasistencia, la ayuda a domicilio, los centros de día y la atención residencial.

En el Artículo 6 de esta Orden, en el párrafo... del párrafo anterior, cita... define los contenidos de los servicios de promoción. En el punto 3 de ese artículo se define que aun cuando una persona no esté recibiendo un servicio en un centro de día o un centro residencial puede recibir el servicio de promoción de la autonomía personal. En definitiva, lo que viene a decir es que una persona puede recibir este servicio de forma específica sin que tenga que estar recibiendo otro servicio.

En la actualidad, la información que se facilita a través de la página web de la Junta engloba los números... el número de personas beneficiarias de los servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal, cuando ambos servicios son diferentes.

De hecho, hay una resolución, de nueve de junio de dos mil once, que define específicamente cuál son los servicios de promoción de la autonomía personal.

Entendemos que todo ello justifica el... lo que estamos planteando y que decía al principio: que las Cortes de Castilla y León insten a la Junta a que, en la información mensual que se facilita sobre los datos del sistema para la autonomía personal y atención a la dependencia, se desglose de forma diferenciada el número de beneficiarios que reciben los servicios de prevención de las situaciones de dependencia y el número de beneficiarios que reciben los de la promoción de la autonomía personal.

Asimismo, se facilite de forma específica el número de personas que reciben exclusivamente el... cada uno de los servicios de promoción de la autonomía personal. Gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. En un turno de fijación de posiciones, por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Juan Dúo Torrado.


EL SEÑOR DÚO TORRADO:

Gracias, Presidenta. Buenos días, Señorías. La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades publica información actualizada y detallada de las prestaciones de la Guía de Recursos de Servicios Sociales a nivel de zonas de acción social, corporación local y provincia, y mensualmente la información referida a la tramitación de expedientes de dependencia, referidos al ámbito de la Comunidad, y datos desagregados por provincia.

Estos datos son los que ya... los que se remiten mensualmente al Imserso, a través del sistema informático para gestionar los datos relativos al Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia estatal, SISAAD.

El Consejo Territorial acordó en dos mil nueve determinar la información a incorporar al SISAAD desde las diferentes Comunidades Autónomas, el tratamiento de la misma, la comunicación recíproca y el intercambio de información entre las Administraciones Públicas.

Los datos básicos facilitados al... al SISAAD permiten conocer el funcionamiento del SAAD, de manera que es posible realizar una completa evaluación de la población protegida, recursos humanos, infraestructuras de la red dedicada a la población protegida, resultados obtenidos y calidad en la prestación del servicio.

El punto quinto del acuerdo hace referencia a que uno de sus objetivos específicos es la elaboración y publicación de estadísticas públicas que permitan el conocimiento de los elementos esenciales del SAAD.

El Imserso, con los datos básicos aportados, elabora la estadística mensual, que se hace pública en las páginas... en la página web del SAAD y del Imserso.

Asimismo, y con objeto de que las diferentes Comunidades Autónomas tengan conocimiento diario de la información y puedan hacer uso de la misma en la toma de decisiones, el Imserso pone a disposición de los órganos directivos de las Comunidades Autónomas cuadros de mando a nivel autonómico, con independencia de los informes de gestión y listados que la aplicación informática permita y que cada Comunidad Autónoma estime necesarios.

Un grupo técnico, formado por representantes del Imserso y de cada Comunidad Autónoma, elaboró la estadística del SAAD que recoge la información que se considera relevante. Esa estadística fue publicada por el Imserso en dos mil once, está disponible en la página web y recoge información abundante, clasificada correle... como relevante desde dos mil diez. No se ha visto modificada ni existen peticiones de rectificarla por parte de ninguna Comunidad Autónoma ni por parte del Ministerio.

Por tanto, no se considera oportuno desagregar de manera habitual la información en el sentido que solicitan ustedes. No obstante, esa información concreta, a la que hacen referencia en su propuesta, está a disposición de los Grupos Parlamentarios que puedan considerar oportuna su consulta, tal y como ya ha hecho el Grupo Socialista, a través de la Pregunta Escrita número 3662.

La Comunidad Autónoma de Castilla y León es la más transparente a la hora de proporcionar información sobre la aplicación de la Ley de Dependencia. Desde hace tiempo, a través de internet, se publican mensualmente los datos más relevantes de la tramitación de los expedientes, proporcionando tanto datos globales como datos de cada una de las provincias; incluso datos globales por localidades de más de veinte mil habitantes. No hay Comunidad Autónoma que dé datos tan actualizados y con tanto detalle y desagregación como Castilla y León.

La Comunidad Autónoma de Castilla y León fue una de las promotoras del desarrollo de un sistema de información nacional, compartido con todas las Comunidades Autónomas, para proporcionar a todos los ciudadanos información periódica y actualizada sobre los... sobre las múltiples variables de la gestión de la ley.

Por todo lo anterior es por lo que el Grupo Parlamentario Popular, pues no... no vamos a apoyar su propuesta de resolución.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Para finalizar el debate y cerrar el texto definitivo, tiene la palabra nuevamente don Jorge Félix Alonso Díez.


EL SEÑOR ALONSO DÍEZ:

Sí. Gracias, señora Presidenta. Efectivamente, como decía el señor Procurador del Grupo Popular, a través de la pregunta que ha citado, pues tenemos el dato del número de personas que tienen el servicio específicamente de promoción de la autonomía personal. Concretamente, la respuesta era de fecha de cuatro de abril, y el número de personas era 3.117, las que tenían el servicio de promoción.

Pero claro, lo que queremos no es que tengamos que preguntar todos los meses para saber el número de personas que tienen este servicio, sino que realmente, pues, se facilite, puesto que tenemos dos vías de información para acceder a las estadísticas de... de la dependencia: por un lado, la... la información que facilita el Ministerio, que ahí no estamos diciendo que se haga esto, puesto que, efectivamente, tendría que ser algo a nivel de todo el Estado español; pero es que luego la Junta de Castilla y León elabora su propia información, y, al elaborar su propia información, es muy fácil el que desglose en dos dos servicios que son diferentes: prevención por un lado y promoción por otro. Si tenemos 7.820 personas en conjunto y tenemos 3.117 en promoción, pues esos dos datos... o sea, la diferencia entre ambos, que sería luego la prevención, pues prevención por un lado y promoción por otro.

Porque, además, es que la promoción, la Consejera está insistiendo mucho en que es un servicio que quiere potenciar. De hecho, tengo aquí una de las preguntas que contestaba en Pleno, en los que dice que se puede... se le puede corresponder si utiliza un programa hecho a su medida para la autonomía personal, que además se llama así, Servicio de Promoción de la Autonomía Personal, y por él le pueden llegar a... puede llegar a recibir 400 euros. Si se puede llegar a dar 400 euros, yo creo que debería de tenerse, pues, más información del número de personas que reciben este servicio. Es decir, no estamos pidiendo nada... ni que tenga más coste, ni que tenga ningún tipo de dificultad, puesto que... que el dato se dispone, en la medida que el servicio quien le da es la Consejería.

La... la realidad es que existe bastante poca... poca claridad sobre lo que es el servicio de promoción de la autonomía personal. De hecho, nuestro Grupo ha hecho una batería de preguntas escritas a ver si conseguimos saber realmente en qué consiste el servicio, porque, desde luego, no hay nada regulado en relación con el servicio... regulado a efectos de cuánto hay que pagar a las personas y en base a qué se les paga lo que se les paga. Es decir, eso... no existe una regulación, por lo menos publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León. Y, en consecuencia, nos parecía que un primer paso para conocer el alcance del servicio de promoción de la autonomía personal era simplemente que se desglosara. O sea, desde luego, no hay ninguna razón que no sea el poner dificultad para acceder a las informaciones, no hay ninguna razón para que se rechace el que se desglosen ambos... ambos datos, por un lado prevención y por otro lado promoción. Muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Pues una vez finalizado el debate, sometemos a votación la proposición no de ley.

Votación PNL/000653

¿Votos a favor? Seis. ¿Votos en contra? Diez. Pues queda, por tanto, rechazada.

Por parte del señor Secretario se dará lectura al cuarto punto del Orden del Día.

PNL/000764


EL SECRETARIO (SEÑOR JURADO PAJARES):

Gracias, Presidenta. Cuarto punto del Orden del Día: "Proposición No de Ley número 764, presentada por los Procuradores don Jorge Félix Alonso Díez, doña Ana María Agudíez Calvo y doña Esther Pérez Pérez, instando a la Junta de Castilla y León a convocar subvenciones para las denominadas "ayudas individuales" destinadas a financiar actuaciones dirigidas a favorecer la autonomía personal de las personas mayores, personas con discapacidad y personas en situación de dependencia, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, número 213, de cinco de abril de dos mil trece".


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Para la presentación de la proposición no de ley, tiene la palabra, por parte del Grupo Parlamentario Socialista, doña Esther Pérez Pérez.


LA SEÑORA PÉREZ PÉREZ:

Muchas gracias, Presidenta. Buenos días a todas y a todos. Pues bien, hasta el año dos mil nueve la Junta de Castilla y León ha convocado las denominadas ayudas individuales, que estaban destinadas a favorecer la autonomía personal de personas mayores, personas con discapacidad y personas en situación de dependencia. En el año dos mil nueve se financió este programa con 2.756.000 euros, lo cual supuso que 2.544 personas en Castilla y León se beneficiasen de estas ayudas; 265 se acogieron a las ayudas para la atención temprana, 611 a las ayudas para la adaptación de vivienda y adquisición de útiles, y 1.668 a otras ayudas técnicas.

Las ayudas de atención temprana incluían los conceptos de la propia atención temprana y el transporte para la misma. Se financiaba el transporte a los centros de día y otros conceptos como podría ser la obtención del permiso de conducir. Además, había ayudas para facilitar el desplazamiento y la autonomía personal, que incluía conceptos como la adquisición de los vehículos a motor para personas con discapacidad y la adaptación de los vehículos para personas con esa movilidad reducida, pudiendo incorporarse al vehículo la caja de cambios automática cuando fuera el elemento necesario, por ejemplo, para facilitar esa movilidad.

Además, la realización de obras con adquisición y adaptación de útiles en la vivienda habitual del beneficiario, permitiéndole la eliminación de esos obstáculos, de esas barreras que dificultaban su movilidad. Y en esta línea se incluía, por ejemplo, la adaptación de los baños, de habitaciones o la colocación de pasamanos, ensanche de puertas para el paso de las sillas, etcétera.

Adquisición de ayudas técnicas, también, que incluía la instalación de esos ascensores, de adquisición de gafas, de audífonos, camas articular... articuladas, perdón, asientos giratorios, cojines antiescaras, grúas con arnés, teléfonos con adaptaciones, etcétera. En definitiva, todas esas ayudas técnicas.

La selección de las ayudas a conceder se realizaba en función de la situación económica familiar, social y del grado de discapacidad de la persona solicitante. Y hemos de recordar que en los años dos mil diez y dos mil once se redujo una... se produjo una reducción muy significativa del presupuesto destinado precisamente a estas ayudas individuales -303.400 y 250.000, respectivamente, hablamos de euros- y desaparecieron estas en dos mil doce.

Desde el Grupo Parlamentario Socialista entendemos que la desaparición de estas ayudas individuales ha supuesto un importante retroceso en la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, en la medida que les excluye de poder realizar actividades de la vida cotidiana y que, sin embargo, sí que pueden realizar el resto de la población. Merma, por tanto, su autonomía personal, la autonomía personal de estas personas, y merma también, por tanto, su calidad de vida.

Es frecuente escuchar en estas Cortes que trabajamos por mejorar la vida de las personas; y entendemos, por tanto, desde mi Grupo Parlamentario, que no existirá ningún problema en la aprobación de... de la propuesta que hoy traemos a esta Comisión, dado que ayuda en gran parte a avanzar en esa igualdad de oportunidades para esas personas con discapacidad. Es más, la reciente aprobación por unanimidad, hace pocos días, de la Ley de Igualdad de Oportunidades para esas personas con discapacidad debe suponer un cambio de rumbo en las políticas que hasta ahora estaba llevando la Junta de Castilla y León en este... en este ámbito, ya que los recortes realizados, tanto por la Administración Central -la Administración Estatal- como por la propia Administración Autonómica, han provocado hasta la fecha que la calidad de vida de este colectivo, de estas personas, esa autonomía personal, se haya degradado, deteriorado, a pasos agigantados.

Entiendo que con la aprobación hoy de esta iniciativa se demostrará, esta vez sí, que no se trata solamente de aprobar una ley por parte de estas Cortes de Castilla y León de cara a la galería, por lograr un titular, sino que realmente desde estas Cortes sí que todos los Grupos pensamos en las personas.

Por lo anteriormente expuesto, se formula la propuesta de resolución: "Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a proceder a la convocatoria de subvenciones de las denominadas "ayudas individuales" destinadas a financiar los gastos necesarios para la adquisición de ayudas técnicas, adaptación de vehículos, realización de obras de adaptación de la vivienda propia y ayudas de atención temprana, todas ellas actuaciones dirigidas a favorecer la autonomía personal de las personas mayores, personas con discapacidad y personas en situación de dependencia".

Creo que todos compartimos la necesidad de atención a estas personas, y, en definitiva, es ese apoyo individual a las personas, porque no hemos de olvidar que en estas Cortes legislamos para las personas, y que la aprobación de las leyes que les otorgan derechos ha de ir siempre acompañada del consiguiente desarrollo reglamentario y de una adecuada financiación, sin la cual esa legislación no sería útil, precisamente, a quien va dirigida, que son las personas. Espero, por tanto, que la propuesta que hoy presentamos sea apoyada por el Grupo Parlamentario Popular -no se encuentra hoy el Grupo Mixto- y que, por tanto, permita mejorar esa autonomía personal y esa vida de las personas. Nada más, y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. En un turno de fijación de posiciones, por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra don Jerónimo...


EL SEÑOR GARCÍA BERMEJO:

Gracias, Presidenta.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

... García Bermejo. Gracias.


EL SEÑOR GARCÍA BERMEJO:

Buenos días, Señorías. Bien, a tenor de... de los antecedentes mencionados en la proposición no de ley planteada por el Grupo Socialista, efectivamente, en el año dos mil nueve se financió con 2.756.000 euros; en dos mil diez-dos mil once hubo una reducción significativa, como mencionan, de 303.000 y 250.000, en cada anualidad; y en dos mil doce desaparece, ¿eh?

Bien. Me parece, o, desde mi punto de vista, quiero añadir a estos antecedentes, pues alguna situación que aportará entendimiento a lo que posteriormente, en relación con la proposición no de ley, instan a la Junta de Castilla y León y que, evidentemente, como bien conocen, proponen cambio de rumbo, como usted ha mencionado. Pero, no obstante, añadir a esos antecedentes que durante las anualidades dos mil ocho, dos mil nueve y dos mil diez se producen una serie de acontecimientos sobre todo influyendo en un aspecto significativo que usted ha mencionado, que es la financiación.

En mayo del dos mil diez, por ejemplo, se... aparece el Real Decreto-ley de medidas extraordinarias para reducción del déficit público, donde ello supone casi 26 millones de euros que la Junta de Castilla y León deja de recibir. Se eliminan derechos tales como la retroactividad a las personas dependientes. E igualmente, por aspectos financiados en programas por el acuerdo marco que llegaban a la Junta de Castilla y León, entre dos mil ocho, dos mil nueve y dos mil diez, se produce una reducción de financiación de 11,3 millones de euros. Por mencionar, se suprime el Plan Gerontológico, se suprime el Programa Estatal de Voluntariado, se suprime el Programa de Apoyo a Familias Desfavorecidas, se suprime la financiación de guarderías infantiles, se suprime la financiación de la atención a la primera infancia, etcétera, etcétera, todo ello entre el año dos mil ocho, dos mil nueve, dos mil diez y dos mil once.

Ello, como puede entender, plantea y deja una situación estrepitosa y lamentablemente difícil desde el punto de vista económico y social. Por ello, la Comunidad de Castilla y León, pues, se ha planteado apostar por transformar el modelo de servicios sociales, con el fin de superar su carácter asistencial y avanzar hacia un sistema en el que los servicios sociales reconocidos como prestaciones esenciales se configuren como auténticos derechos subjetivos de todos los ciudadanos.

Y esta propuesta se hace en el contexto actual de grave crisis económica, que, unido al drástico descenso de ingresos públicos, ha hecho que se ahonde en una de las principales deficiencias que adoleció la Ley de Dependencia desde su entrada en vigor, que fue la falta de financiación suficiente para garantizar el desarrollo y aplicación de un sistema de derechos como el que se pretendía y se estaba configurando.

Con el objetivo de dotar de viabilidad al sistema de dependencia, se ha producido una reforma de la ley operada por el Estado a través del Real Decreto-ley 20/2012, que ha supuesto, entre otras, importantes modificaciones en el cambio de cuantías de las prestaciones de la dependencia. En Castilla y León, la Orden FAM/644/2012 regula las prestaciones del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia en Castilla y León. El cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales se han adaptado a una serie de medidas con el objeto de garantizar viabilidad económica actual y futura para el sistema de servicios sociales en general, y el de la atención a la dependencia en particular, garantizar la supervivencia de la red de recursos del sistema de servicios sociales, evitar pérdida de empleo profesionales en el sector, limitar el acceso a las prestaciones económicas de los ciudadanos en el entorno familiar para que sea de verdad una prestación de uso excepcional dirigida a las personas que viven en medios aislados desprovistos de recursos profesionales, garantizar una atención de calidad de las personas en situación de dependencia mediante atención profesionalizada y favorecer, por tanto, servicios profesionalizados.

Las medidas adoptadas van encaminadas a la atención de las personas que más lo necesitan y teniendo en cuenta su capacidad económica, garantizando el acceso a los servicios, ya sean de carácter público o privado, a través de prestación vinculada. Así, se ha incrementado cuantía máxima de esta prestación respecto a las aprobadas por el Decreto... Real Decreto-ley 20/2012 en un 20 %. La cuantía concreta corresponde a cada persona... que corresponde a cada persona depende de su capacidad económica. Y también se han revisado los criterios de copago, para hacerlos semejantes a los del copago de los... de los servicios, ya que eran muy favorables para las rentas más altas.

La citada orden permite el reconocimiento de la prestación vinculada al servicio de promoción de la autonomía personal en cualquiera de sus modalidades. En concreto, en la modalidad de promoción, mantenimiento, recuperación de la autonomía funcional, cuyo contenido será, al menos, programas de asesoramiento y entrenamiento en el uso de productos y tecnologías de apoyo, asesoramiento sobre adaptación funcional de la vivienda, información sobre técnicas de conservación de energía, economía articular e higiene postural, educación y entrenamiento en el manejo de prótesis y órtesis para la vida diaria, valoración de la necesidad de adaptaciones del entorno doméstico, ocupacional y ocio en el que se desenvuelven habitualmente las personas, entrenamiento para la integración familiar, comunitaria y social, orientación para la organización eficaz en las actividades de la vida diaria, asesoramiento, entrenamiento y apoyo a las personas cuidadoras para la aplicación de actuaciones citadas. E incluso para los beneficiarios de la prestación económica de cuidados en el entorno familiar, al objeto de garantizar que los cuidados que se prestan en las condiciones más idóneas, puedan acceder durante un tiempo determinado a la prestación vinculada al citado servicio de promoción, que pueden destinar a la adquisición de productos de apoyo.

Por tanto, la necesidad que esta... que antes de esta normativa se atendía a través de subvenciones en concurrencia competitiva ha pasado a considerarse como auténtica prestación que se reconocen y financian a través del sistema de dependencia.

Por último, destacar que la atención temprana dirigida a niños con discapacidad o riesgo de padecerla está reconocida como una prestación esencial en la Ley 16/2010, de Servicios Sociales de Castilla y León, en el Artículo 19, por lo que tiene el carácter de derecho subjetivo, será obligatoria su provisión y estará públicamente garantizada, con independencia de cuál sea el nivel de necesidad o el índice de demanda existente.

En conclusión, se está paliando la situación que en estos momentos se ha producido, y, como le decía, se está apostando por transformar un modelo en función de esta situación. Por todos estos motivos, se va a rechazar la resolución que han presentado.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Para cerrar el debate y fijar el texto definitivo, tiene la palabra doña Esther Pérez Pérez.


LA SEÑORA PÉREZ PÉREZ:

Gracias de nuevo, Presidenta. Señor García Bermejo, le agradezco mucho el interés que tiene por... por hablar, por interpelar aquí todos los temas que nos ha traído a colación, todos esos acontecimientos que nos ha narrado, todas esas situaciones que ha tratado de explicarnos, y toda esa mezcla de temas de los que, de verdad, yo estoy interesadísima en hablar, en debatir con usted, pero seguramente nos darían para siete, ocho, nueve, diez Comisiones; con lo cual, no tendría tampoco inconveniente en, cuando termine la Comisión, tomarme un café con usted y lo debatimos.

Pero yo en realidad de lo que trataba de hablarle no era de mezclar las churras con las merinas, de mezclar todos los programas, de hablar del año que reinó Carolo, de volver a repetir que los datos positivos son de la Junta de Castilla y León y cuando los natos... los datos son negativos siempre encuentran ustedes a otros culpables, sino que yo trataba de hablar, como le decía, de las ayudas individuales. Pero vamos, en cualquier caso, ya le digo que se lo agradezco mucho.

Sí que me sorprende que, además de hablar de datos, cuando yo pretendía hablar de personas, utilice usted los datos que, por supuesto, más le interesa. Porque olvidó usted decir en algunas de... de esas cifras, de todas esas cosas que nos habló, de esa financiación, el recorte de 28 millones de euros desde que gobierna el Partido Popular en las ayudas a la dependencia. Y es que además olvidó también usted, precisamente, que estábamos hablando de las ayudas individuales, que nada tienen que ver con lo que usted me estaba contando, sino que hablamos de un programa que vino con las transferencias; y que vino con las transferencias y tiene su financiación, y que, por lo tanto, había un dinero específico para esos programas.

Y, hombre, me sigue hablando de leyes y de... de financiación en relación a la atención temprana, a la ley que lo contempla. He tratado de explicárselo, seguramente con muy poco acierto en mi primera intervención, que, además de legislar, tenemos que hacer el desarrollo reglamentario de las leyes, y, además, dotarlas de una financiación adecuada; si no, no tiene ningún sentido.

Y es que me alude usted otra vez a la situación económica, que, efectivamente, se está cebando, precisamente por esas políticas que se están llevando a cabo por quien gobierna, tanto el Gobierno de la Nación como la Junta de Castilla y León, y que se están cebando –como le decía- con esas personas que más lo necesitan. Esas políticas de austeridad y políticas de... de recorte que, en el caso de estas ayudas individuales y de las personas a quien se dirigía esta convocatoria, que hoy ustedes se niegan a recuperar, están siendo dramáticas para la autonomía personal de estas personas y para su calidad de vida.

Y es que la supresión de estas ayudas individuales está obligando a que haya personas que haya que... que tengan que recoger tapones para que alguna de esas personas con necesidades puedan conseguir una silla de ruedas –algunas lo consiguen, no todas-. Son muchas las personas que se quedan sin audífonos, que no pueden poner elevadores, que no... personas que no pueden contar con esas camas articuladas, que no pueden adquirir gafas; en definitiva, personas que ven mermada su autonomía personal. Porque le repito que hablamos de personas. En dos mil nueve se destinaron a esas ayudas individuales para audífonos, gafas, obras de ascensores, camas articulares... articuladas –perdón-, etcétera, 2.756.000 euros, y en dos mil once se suprimieron.

Y es que además se da la circunstancia de que también la supresión de esta convocatoria hace que no puedan adquirirse o adaptar vehículos de transporte colectivo para personas mayores, para personas con discapacidad. Recordemos esas cantidades de dos mil nueve, 513.978 euros, suspendidas en dos mil diez y sin volver a convocarse hasta la fecha. Y que la supresión de esta convocatoria hace que esas inversiones en centros privados de personas mayores y personas con discapacidad, a las que en dos mil nueve se destinaron 2.850.000 euros del presupuesto, tampoco puedan llevarse a cabo.

Y se lo decía, hablamos de personas con discapacidad, pero también de personas mayores y de personas en situación de dependencia; y hablamos no de un suma y sigue, sino de un resta y sigue. Hablamos de personas que en algunos casos han visto como al reducir las prestaciones de la Ley de Dependencia al cheque servicio, la falta de recursos económicos para completar ese precio del servicio les excluye del mismo y les obliga a las familias a ingresar a las personas mayores o menores en un centro residencial. Hablamos de personas a las cuales el incremento de esos precios por ocupar una plaza en un centro público les ha supuesto una nueva vuelta de tuerca, dado que se reducen las ayudas mientras se incrementan los precios para acceder a esos servicios sociales. Hablamos de personas con discapacidad y que, sin embargo, no tienen reconocida la dependencia, viendo así impedido su acceso a los centros de día. Hablamos de personas que también han visto desaparecer programas para favorecer el empleo de las personas con discapacidad y la reducción de otros en más del 50 %. Hablamos también de personas mayores, que ven como los recortes en esos programas de envejecimiento activo lleva a que no puedan pagarse la asistencia para mejorar esa calidad de vida y mantenerse en esa situación activa. Hablamos de personas que ven como la reducción de plazas concertadas y plazas públicas les llevará a no poder acceder a una plaza residencial. Hablamos de personas mayores que ven como se ha suprimido el servicio de asesoramiento jurídico y psicológico con el que contaban anteriormente. Hablamos de personas mayores de ochenta años a quienes, en algunos casos, no se les informa del derecho a la teleasistencia que les reconoce la Ley de Servicios Sociales.

En definitiva, hablamos de personas –trataba de explicárselo-, personas en las que, además de todo ese recuento que usted me ha hecho de acontecimiento, están viendo todas estas situaciones; y no solamente las están viendo, sino que las están viviendo en primera persona.

En definitiva, esa política de recortes del Partido Popular, allá donde gobierna, en esos servicios sociales, recortes a quien más lo necesita, que causan –como le decía- graves perjuicios tanto a las personas como a las familias.

Vemos hoy aquí, una vez más, el rechazo por parte del Grupo Parlamentario Popular a estas iniciativas que, desde el Partido Socialista, únicamente pretenden mejorar la vida de las personas, que es –entiendo y entendemos desde mi Grupo Parlamentario- para lo que estamos aquí.

Por tanto, les voy a rogar que reconsideren su posición, que voten hoy pensando sola y... única y exclusivamente en las personas, en el interés de las personas, y no en ningún otro interés de ningún tipo. Nada más, y muchas gracias.


LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):

Muchas gracias. Pues, concluido el debate, sometemos a votación la proposición no de ley debatida.

Votación PNL/000764

¿Votos a favor? Seis. ¿Votos en contra? Diez. Pues queda, por tanto, rechazada dicha proposición no de ley.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión. Gracias a todos.

[Se levanta la sesión a las once horas cincuenta y cinco minutos].


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Sede de las Cortes de Castilla y León