DS(C) nº 325/8 del 26/9/2013









Orden del Día:




1. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre los Informes acerca de la situación y actividad económico financiera de la Comunidad Autónoma, ejercicio 2011.

2. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre el Informe de Fiscalización de la contratación de las empresas públicas de Castilla y León, ejercicios 2010-2011.

3. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre el Informe Anual de las Cuentas del Sector Público Local, ejercicio 2011.


Sumario:






 ** Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos.

 ** El Presidente, Sr. González Reglero, abre la sesión.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Gómez del Pulgar Múñez (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día.

 ** La Secretaria, Sra. Álvarez-Quiñones Sanz, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para informar a la Comisión sobre los Informes acerca de la situación y actividad económico financiera de la Comunidad Autónoma, ejercicio 2011.

 ** El Vicepresidente, Sr. Sobrados Pascual, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios.

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. González Suárez (Grupo Mixto).

 ** En turno de Portavoces, interviene la Procuradora Sra. Gómez del Pulgar Múñez (Grupo Socialista).

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** Segundo punto del Orden del Día.

 ** La Secretaria, Sra. Álvarez-Quiñones Sanz, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para informar a la Comisión sobre el Informe de Fiscalización de la contratación de las empresas públicas de Castilla y León, ejercicios 2010-2011.

 ** El Presidente, Sr. González Reglero, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios.

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. González Suárez (Grupo Mixto).

 ** En turno de Portavoces, interviene la Procuradora Sra. Muñoz de la Peña González (Grupo Socialista).

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. González Suárez (Grupo Mixto).

 ** En turno de réplica, interviene la Procuradora Sra. Muñoz de la Peña González (Grupo Socialista).

 ** En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** En turno de dúplica, interviene el Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

 ** Tercer punto del Orden del Día.

 ** La Secretaria, Sra. Álvarez-Quiñones Sanz, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para informar a la Comisión sobre el Informe Anual de las Cuentas del Sector Público Local, ejercicio 2011.

 ** El Presidente, Sr. González Reglero, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios.

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. González Suárez (Grupo Mixto).

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Ramos Antón (Grupo Socialista).

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Sobrados Pascual (Grupo Popular).

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** El Presidente, Sr. González Reglero, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las catorce horas treinta minutos.




Texto:

[Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Buenos días. Se abre la sesión. ¿Los Grupos Parlamentarios desean comunicar a esta Mesa alguna sustitución? ¿Por parte del Grupo Parlamentario Socialista?


LA SEÑORA GÓMEZ DEL PULGAR MÚÑEZ:

Sí, Presidente. Ana María Muñoz de la Peña sustituye a Ana María da Silva García y Francisco Ramos Antón sustituye a José Francisco Martín Martínez.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. ¿Por parte del Grupo Parlamentario Popular? No hay sustituciones.

Doy la bienvenida a esta Comisión a don Jesús Jaime Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, que comparece ante esta Comisión para presentar diversos informes de fiscalización remitidos a las Cortes de Castilla y León por el Consejo de Cuentas. La tramitación de los mismos se desarrollará de conformidad con lo previsto en la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve.

Primer punto del Orden del Día. Por la señora Secretaria se dará lectura del primer punto del Orden del Día.

Informes


LA SECRETARIA (SEÑORA ÁLVAREZ-QUIÑONES SANZ):

Primer punto del Orden del Día: "Comparecencia del Excelentísimo señor Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre los informes acerca de la situación y la actividad económico financiera de la Comunidad Autónoma correspondiente al ejercicio dos mil once".


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Para la presentación de este informe, tiene la palabra el Excelentísimo señor don Jesús Jaime Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Muchas gracias, Presidente. Antes de iniciar la exposición de este primer informe, sí me dejaría... me gustaría dejar constancia de la buena sintonía y entendimiento que está existiendo entre esta Comisión de Hacienda y el Consejo de Cuentas para facilitar las comparecencias de este Presidente, y que de esa manera se produzca con la máxima inmediatez la explicación de los distintos informes de fiscalización que se van aprobando a lo largo del año por el Consejo de Cuentas. Y, en ese sentido, quiero reiterar ese... ese agradecimiento a esta Comisión de Hacienda.

Entrando ya en el informe al que ha dado lectura la señora Secretaria de la Comisión, he de señalar que estos informes de fiscalización, elaborados a partir del análisis económico financiero de las cuentas generales rendidas por los entes incluidos en la Cuenta General de la Comunidad, surgen como consecuencia de la iniciativa fiscalizadora del Consejo a través de fiscalizaciones especiales, habiéndose incluido dentro del Plan Anual de Fiscalizaciones para el ejercicio dos mil trece y resultando aprobados por el Pleno del Consejo de Cuentas con fecha seis de junio de dos mil trece. La publicación en la página web, tanto del texto íntegro de los informes como de su nota resumen, tuvo lugar el diez de junio de dos mil trece.

Estos informes responden a la línea de actuación anunciada en mi comparecencia del pasado cuatro de octubre en esta Comisión, en el sentido de ampliar el ámbito del trabajo del Consejo de Cuentas, incorporando nuevos informes que contribuyesen a mejorar el conocimiento de los ciudadanos de Castilla y León de la situación económico financiera de la Comunidad Autónoma. Así se incorporó al Plan Anual de Fiscalizaciones para dos mil trece, resultando aprobados en un plazo de tan solo tres meses, y podemos anticipar que incluiremos este tipo de informes en los sucesivos planes anuales de fiscalizaciones.

Igualmente, nos comprometemos a que se aprobarán dentro de los cinco primeros meses de cada año, avanzando de esta forma en los objetivos de transparencia y agilidad que impulsan la actividad del Consejo.

También hemos hecho el esfuerzo –no sé si lo hemos conseguido- de elaborar unos informes que fuesen comprensibles y manejables para el común de los ciudadanos. A tal fin, hemos incorporado las definiciones de los distintos indicadores que contiene el informe.

Asimismo, hemos de señalar que seguiremos trabajando de una manera realista y cercana a los ciudadanos, y en esta línea valoraremos la inclusión de nuevos indicadores, o, en su caso, la exclusión de otros que no aporten información sustantiva.

El objetivo general de este trabajo ha sido la realización de un análisis sobre determinados aspectos de la situación y actividad económica financiera de los entes del sector público autonómico de Castilla y León que han rendido sus cuentas en el ejercicio dos mil once y en los tres anteriores a través de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma. Para ello, se analizaron las magnitudes más relevantes del estado de liquidación del presupuesto en el periodo dos mil ocho-dos mil once, lo que ha permitido obtener una visión global de la ejecución presupuestaria, tanto de ingresos como de gastos.

También se procedió al análisis de la estructura y evolución de las masas patrimoniales, de los balances de situación y cuentas de resultados rendidas en el periodo indicado, obteniendo una visión del equilibrio o desequilibrio patrimonial existente. Para todo ello se utilizaron indicadores presupuestarios y financieros que han permitido obtener información contrastada y de fácil comprensión.

La auditoría realizada ha tenido, fundamentalmente, como finalidad el análisis de la situación económica financiera de la Comunidad, observando su evolución e identificando los indicadores más relevantes de dicha situación, vigilando su comportamiento y alertando a los entes fiscalizados de las desviaciones más significativas en ellos detectadas. Por tanto, no se trata de una auditoría de cumplimiento de la legalidad, por lo que no se ha pretendido constatar la regularidad de las actuaciones llevadas a cabo por los entes fiscalizados.

El ámbito de la fiscalización está referido a los entes que forman parte del sector público de la Comunidad Autónoma, concretamente a los que han rendido cuentas a través de la Cuenta General correspondiente a los ejercicios dos mil ocho a dos mil once, habiéndose utilizado para la realización del trabajo la información contenida en las mismas.

Así, según las cuentas rendidas de la Cuenta General, las entidades que forman parte del sector público de la Comunidad se distribuyen en entidades del sector público de la Comunidad sujetas al régimen de contabilidad pública, empresas públicas de la Comunidad y fundaciones públicas de la Comunidad.

La existencia de estas tres cuentas, claramente diferenciadas por el ordenamiento jurídico autonómico, permite determinar como ámbito de fiscalización tres sectores públicos, siendo este el motivo por el que, únicamente a efectos de la presente fiscalización, se han elaborado tres informes:

Informe del sector público administrativo. Comprende las entidades del sector público de la Comunidad sujetas al régimen de contabilidad pública y a los principios del Plan General de Contabilidad Pública de Castilla y León.

Informe del sector público empresarial. Integrado por las empresas públicas de la Comunidad sujetas al régimen de contabilidad privada y a los principios del Plan General de Contabilidad de la Empresa Española.

Informe del sector público fundacional. Formado por las fundaciones públicas de la Comunidad sujetas al régimen de contabilidad privada y a los principios del Plan General de Contabilidad adaptados a entidades sin ánimos de lucro.

Las limitaciones más importantes que han afectado a la realización del presente trabajo de fiscalización han tenido que ver con la información contable utilizada, al haberse realizado los trabajos a partir de la información contenida en las cuentas rendidas, sin efectuar ningún tipo de ajuste y sin analizar su coherencia.

Además, para la presente fiscalización se ha utilizado el concepto de sector público administrativo como el conjunto de entidades del sector público de la Comunidad sujetas al régimen de contabilidad pública que integran sus cuentas dentro de la Cuenta General. Por lo que no debemos confundirlo con el que se tenga en cuenta a otros efectos, como puede ser el considerado por el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales.

Por último, la liquidación presupuestaria rendida por las entidades incluidas en el sector público administrativo se presenta consolidada, mientras que la información financiera del balance y de la cuenta de resultados económico patrimonial está agregada, produciéndose una divergencia entre el ámbito económico patrimonial y el presupuestario.

El resto de estados, es decir, balance de situación y cuenta de resultados de los sectores públicos administrativo, empresarial y fundacional se presentan agregados y, en consecuencia, no consolidados, lo que provoca que las cifras pudieran no ser representativas en determinadas agrupaciones, epígrafes o partidas, al producirse duplicidades y, por tanto, sobrevaloraciones en las magnitudes contables.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 25.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Cuentas, los informes provisionales se remitieron al responsable del ente fiscalizado para que, en el plazo concedido, formulara las correspondientes alegaciones. Transcurrido el plazo establecido al efecto, el ente fiscalizado no ha formulado alegaciones.

Informe del sector público administrativo. Indicadores presupuestarios. Se desprende que la evolución de los gastos presupuestarios ha puesto de manifiesto una ejecución total en dos mil once por importe de 9.212.460.732 euros, un 10,75 inferior con respecto a la de dos mil ocho.

Así, los gastos de naturaleza corriente se incrementaron hasta el ejercicio dos mil diez, invirtiendo su comportamiento en dos mil once, alcanzando los 7.740.326.681 euros, que supone un incremento en el periodo de un 2,84 % con relación al gasto corriente existente en dos mil ocho.

Los de capital, por su parte, ya comenzaron a disminuir previamente en dos mil diez, habiendo experimentado una caída significativa, del 54,24 %, con respecto al inicio del periodo analizado hasta situarse en los 1.225.747.063 euros al final del ejercicio dos mil once.

En la evolución de los ingresos se constata que su ejecución total en dos mil once asciende a 9.506.334.032 euros, habiendo disminuido un 6,23 % con respecto a los de dos mil ocho. Así, los de naturaleza corriente son un 15,93 inferiores a los existentes en dos mil ocho y comenzaron a disminuir en dos mil diez, un ejercicio antes que los gastos de igual naturaleza, experimentando una tendencia más negativa que estos, lo que ha repercutido desfavorablemente en el ahorro bruto.

También es destacable que desde dos mil nueve los ingresos por operaciones financieras superan anualmente los 1.000 millones de euros, siendo el importe de dos mil once de 1.232.750.985 euros, el 675,19 % de los obtenidos en dos mil ocho.

Los indicadores obtenidos derivados de los ingresos presupuestarios ponen de manifiesto una disminución del peso relativo de los ingresos procedentes de transferencias, ya que desde dos mil ocho hasta dos mil diez siempre habían supuesto más de la mitad de los derechos reconocidos netos del ejercicio, habiendo caído este porcentaje en dos mil once hasta el 33 %. Se ha producido una pérdida de autonomía en el ámbito presupuestario como consecuencia del descenso de las transferencias recibidas, que ha evidenciado un fuerte incremento de las operaciones financieras. No obstante, esta pérdida de autonomía se ha visto parcialmente compensada por el incremento de los ingresos tributarios, al experimentar la autonomía fiscal un incremento de 11 puntos porcentuales en el periodo analizado.

Los indicadores relacionados con los niveles de servicios prestados ponen de manifiesto que la proporción de gastos corrientes se ha incrementado hasta situarse en el 84 % de las obligaciones reconocidas, cuando en dos mil ocho representaba el 73 %.

No obstante, la evolución de los principales componentes del gasto corriente ha permanecido estable en términos relativos. Así, lo gastos de personal, una vez que habían disminuido de un 53 % en dos mil ocho hasta el 50 % en los gastos corrientes en dos mil diez, vuelven a ascender en dos mil once, situándose en un 52 %, porcentaje que asciende al 54 % si se tiene en cuenta conjuntamente con los gastos financieros, es decir, los llamados gastos rígidos.

Por otra parte, el esfuerzo inversor ha experimentado una tendencia muy desfavorable, disminuyendo notablemente el indicador, al pasar de un 26 % en dos mil ocho a un 13 % en dos mil once.

Aunque la carga financiera de la deuda, cuya evolución es creciente en términos cuantitativos, no tiene un gran impacto en relación con los ingresos corrientes, su valor se ha doblado al pasar de un 2 % en dos mil ocho a un 4 % en dos mil once.

En relación con los índices y magnitudes relativos al resultado presupuestario, el margen de funcionamiento del sector público administrativo, si bien presenta en dos mil once un importe negativo de 121.155.743 euros, y siempre ha sido negativo en el periodo analizado, mantiene su tendencia a presentar una situación más equilibrada, motivada, básicamente, por el incremento de los ingresos tributarios. No obstante, si en este margen se tiene en cuenta el impacto neto de las transferencias corrientes, se constata que el ahorro bruto muestra una tendencia claramente desfavorable, ya que su importe se ha reducido ostensiblemente, pasando de 1.685.770.510 euros en dos mil ocho a 4.254.605 euros en dos mil once, lo que supone una disminución del 99,75 % con respecto a dos mil ocho.

A pesar del significado descenso, el ahorro bruto sigue siendo positivo, lo que indica que los ingresos corrientes son, en todo caso, suficientes para atender en su totalidad a los gastos de la misma naturaleza. Ahora bien, si de ese ahorro bruto se deducen los créditos gastados para atender la amortización de la deuda, el importe obtenido, es decir, el ahorro neto, muestra una evolución aún más desfavorable en el periodo analizado y resulta ya negativo en 172.336.666 euros en dos mil once. Por lo tanto, el margen derivado de la actividad corriente no es suficiente en dos mil once para atender las obligaciones exigibles derivadas de la carga de la deuda en la citada cuantía y, por supuesto, para destinarse a financiar gastos de operaciones de inversión.

Las necesidades de financiación en el periodo analizado han sido crecientes, ascendiendo en dos mil once a 692.490.698 euros, lo que supone que se han triplicado con respecto a dos mil ocho. Si bien la tendencia es claramente desfavorable, se observa un cambio de comportamiento, al ser dichas necesidades casi la mitad de las registradas en dos mil diez, año que alcanzaron su importe máximo.

También se ha procedido al cálculo de una serie de indicadores relevantes en relación al número de habitantes de la Comunidad, que ratifican lo reflejado en las anteriores conclusiones.

Así, el gasto público muestra una tendencia decreciente, situándose en dos mil once en 3.600 euros por habitante. La inversión ha sufrido un notable descenso, siendo en dos mil once de 479 euros por habitante, aproximadamente la mitad que en dos mil ocho. La carga financiera soportada por cada ciudadano ha ido ascendiendo paulatinamente hasta alcanzar los 131 euros en dos mil once, mostrando, por tanto, una evolución negativa. Los ingresos públicos en dos mil once son de 3.715 euros por habitante, habiendo descendido también respecto de ejercicios anteriores. No obstante, la presión fiscal, fundamentalmente vía impuesto, experimenta una tendencia desfavorable para el ciudadano, ya que se incrementa respecto a dos mil ocho, situándose en 1.987 euros por habitante en dos mil once.

Indicadores económicos financieros del balance de situación. Ponen de manifiesto que la evolución en el periodo analizado de las magnitudes que componen el mismo evidencian una significativa disminución de su patrimonio neto, cuyo importe desciende en 2.704.687.166 euros con respecto a dos mil ocho, situándose en dos mil once en 7.374.557.892 euros. Esta tendencia se ve acompañada de un considerable aumento del pasivo exigible, que se incrementa en 3.126.077.681 euros, alcanzando en dos mil once los 7.571.996.984 euros. Concretamente, es especialmente relevante el crecimiento del pasivo exigible que es necesario devolver a largo plazo, que presenta un comportamiento negativo al triplicar ampliamente en dos mil once el endeudamiento existente en dos mil ocho.

En cuanto al fondo de rotación o maniobra, se observa que en dos mil once este ha sido negativo, mostrando una situación de desequilibrio a corto plazo y poniendo de manifiesto unas necesidades de financiación, para atender sus obligaciones a corto plazo, de 643.332.212 euros, muy superior a las existentes en dos mil ocho.

Por su parte, los indicadores relacionados con la tesorería y las disponibilidades líquidas para atender obligaciones con vencimiento inferior a un año ponen de manifiesto que tanto la liquidez inmediata como la necesaria a corto plazo pueden considerarse más adecuadas en dos mil once que al principio del periodo analizado, ya que sus ratios se sitúan en el 20 % y 76 %, respectivamente, 22 y 18 puntos porcentuales, respectivamente, inferiores a dos mil ocho. También muestran una tendencia desfavorable los periodos medios de cobro y pago, situándose en dos mil once en 48 y 67 días, respectivamente.

En materia de endeudamiento, los indicadores financieros reflejan que tanto el general como el financiero han experimentado una tendencia desfavorable, debido a su significativo incremento con respecto a dos mil ocho, cuando sus valores eran del 31 % y del 6 % del pasivo total, hasta situarse en el 51 % y el 35 % en dos mil once, respectivamente, aumentando, por tanto, sustancialmente la dependencia de entidades de crédito y de la emisión de deuda para obtener financiación, y constituyendo el pasivo exigible más de la mitad de todos los recursos financieros del sector público administrativo.

También los indicadores relacionados con la solvencia a largo plazo muestran una tendencia desfavorable. Así, el índice de inmovilización pasa de un 115 % en dos mil ocho a un 172 % en dos mil once, volviendo a ratificar la necesidad de mayores recursos financieros ajenos; y el de firmeza ha caído del 1.352 % al 273 % en el mismo periodo, motivado por el incremento del pasivo exigible a largo plazo. No obstante, la estabilidad patrimonial del sector público administrativo no se encuentra comprometida, al superar ampliamente su inmovilizado material a las deudas a largo plazo.

Indicadores de la cuenta del resultado económico patrimonial. Evidencian una tendencia claramente desfavorable del ahorro, en el que se produce un cambio de comportamiento en dos mil nueve, cuando su saldo comienza a ser negativo, y continúa con esta evolución hasta alcanzar su nivel máximo en dos mil once, con un desahorro de 1.467.263.826 euros. Los ingresos ordinarios se han comportado de igual forma, descendiendo paulatinamente desde dos mil nueve, hasta situarse en dos mil once en 12.129.410.478 euros, mientras que los gastos ordinarios se han incrementado hasta dos mil diez, y solamente en dos mil once descendieron hasta los 13.316.089.816 euros. Así, el ratio de cobertura era del 102 % en dos mil ocho, evoluciona negativamente a partir de dos mil nueve, hasta dos mil once, cuando se sitúa en el 89 %.

A la vista de los resultados expuestos para el sector público administrativo, el Consejo efectúa las siguientes recomendaciones, orientadas a señalar la necesidad de observar y vigilar la evolución de las magnitudes e indicadores cuyo comportamiento ha sido más crítico dentro del análisis de la situación económico financiera, alertando de las desviaciones más significativas detectadas, y quedando fuera de su ámbito la indicación de las políticas concretas que han de tomar estos entes.

La Comunidad debería llevar a cabo actuaciones tendentes a variar la evolución negativa experimentada por el ahorro bruto en el periodo analizado, vigilando el comportamiento de los gastos e ingresos corrientes que tienen mayor impacto en su saldo desfavorable.

También debe de continuar con su comportamiento encaminado a mejorar el margen de funcionamiento, así como prestar especial atención a la evolución de los índices de gastos corrientes y esfuerzo inversor, cuya tendencia debería invertirse en ejercicios posteriores.

La Comunidad debería observar tanto el indicador de endeudamiento general, para que no se sitúe en valores superiores al 50 %, como el índice de inmovilización, para que no se incremente y cambie su evolución creciente, con el fin de que ambos muestren mayor independencia frente a terceros, así como una mayor estabilidad patrimonial.

Por último, se recomienda a la Comunidad que realice actuaciones tendentes a corregir el desequilibrio financiero a corto plazo, que ha generado un fondo de rotación negativo, incrementando, por tanto, las necesidades de financiación a corto plazo. En este sentido, se recomienda vigilar el comportamiento del indicador relacionado con la liquidez general.

Informe del sector público empresarial. Indicadores financieros del balance de situación. Han puesto de manifiesto, en el periodo analizado, un incremento progresivo de todas sus magnitudes, siendo significativo el de su activo, que se sitúa en 1.276.101.366 euros en dos mil once, casi el doble al existente en dos mil ocho. Desde el punto de vista de su financiación, su patrimonio neto se ha visto incrementado, respecto a dos mil ocho, un 47,36 %, hasta situarse en dos mil once en 391.852.722 euros, mientras que el aumento más relevante se ha producido en el pasivo exigible, que aumentó en 486.314.431 euros, un 122,21 % en el periodo analizado.

Concretamente, el pasivo corriente alcanzó, al fin del ejercicio dos mil once, los 316.668.159 euros, un 152,13 % superior al de dos mil ocho, habiéndose incrementado también el pasivo no corriente un 108,41 % en el mismo periodo, hasta alcanzar los 567.580.485 euros.

En dos mil once, el balance de situación refleja un desequilibrio favorable a corto plazo, con un fondo de rotación positivo, que pone de manifiesto una capacidad de financiación para atender sus obligaciones a corto plazo de 366.447.668 euros, importe que constituye el 179,65 % del fondo de rotación en dos mil ocho, mostrando, por tanto, una tendencia favorable.

Sin embargo, este incremento del fondo de rotación no ha repercutido en un comportamiento positivo de la liquidez general, que ha presentado una tendencia ligeramente desfavorable, al pasar de una ratio del 262 % en dos mil ocho a un 216 % en dos mil once, motivado principalmente por el significativo incremento del pasivo corriente. No obstante, la solvencia a corto plazo no se ha visto afectada, al ser el activo corriente más del doble que el pasivo de la misma naturaleza.

En relación con los indicadores relacionados con la tesorería y las disponibilidades líquidas para atender las obligaciones con vencimiento inferior a un año, se pone de manifiesto la tendencia desfavorable experimentada por los índices de liquidez inmediata y a corto plazo, que, si bien en dos mil ocho podía resultar excesivo, al situarse en el 61 % y 140 %, respectivamente, han disminuido notablemente en dos mil once hasta el 16 % y 80 % en ambos casos, valores que pueden considerarse más adecuados.

Este ratio de liquidez a corto plazo, si bien es aceptable, resulta notoriamente inferior al de liquidez general, lo que refleja la importancia en el periodo analizado de la inmovilización de existencias que figura en el activo corriente.

Los periodos medios de cobro y pago en el periodo analizado se han incrementado significativamente, pasando de 333 y 193 días en dos mil ocho a 712 y 253 días, respectivamente, en dos mil once, lo que repercute negativamente en el periodo medio de maduración. Además, estos periodos superan ampliamente el plazo de 60 días establecido por la Ley 3/2004, a efectos de la posible existencia de morosidad y devengo y exigibilidad de intereses de demora.

Los indicadores financieros de solvencia en materia de endeudamiento han puesto de manifiesto que tanto el general como el de carácter financiero han experimentado una tendencia desfavorable, derivada de su incremento desde dos mil ocho, cuando su valor era del 60 y 44 % del activo total, respectivamente, hasta situarse en el 69 y 53 % en dos mil once, aumentando la dependencia de terceros para obtener financiación, y constituyendo el pasivo exigible más de la mitad de todos los recursos financieros del sector público empresarial.

Los indicadores financieros de solvencia a largo plazo relacionados con la autonomía financiera ponen de manifiesto que su independencia ha experimentado una tendencia claramente desfavorable, pasando su índice de un 67 % en dos mil ocho a un 44 % en dos mil once, debido a que el incremento del pasivo exigible es superior cuantitativamente al que se ha producido en el patrimonio neto, y, por tanto, mayor ha sido su dependencia de terceros.

También el ratio de inmovilización vuelve a ratificar la necesidad de mayores recursos financieros ajenos, al pasar del 126 % en dos mil ocho al 151 % en dos mil once. Desde el punto de vista de la firmeza de su estabilidad patrimonial, esta, en dos mil once, se sitúa en el 48 %, volviendo a niveles similares a los de dos mil ocho, manteniendo una leve tendencia favorable, lo que implica que los elementos tangibles no llegan a cubrir la mitad del exigible a largo plazo, descontando el efecto impositivo. Y, desde el punto de vista de la garantía ofrecida frente a terceros o distancia a la quiebra, esta se ha visto disminuida desde el comienzo del periodo analizado, al situarse en dos mil once en el 144 %, 23 puntos porcentuales menos que en dos mil ocho.

Del índice de acumulación, que nos indica cuál ha sido la rentabilidad de las fuentes de financiación propias, se deduce una tendencia desfavorable, al pasar de un 1 % en dos mil ocho a un -4 % en dos mil once. Por su parte, el índice de autofinanciación, que indica la capacidad de generar recursos financieros como consecuencia de la actividad de la explotación, pone de manifiesto que la generación de fondos internas es poco significativa, e incluso negativa, al situarse esta ratio, en dos mil once, en un -1 %.

Indicadores de la cuenta de pérdidas y ganancias. Muestran que la tendencia experimentada por el resultado en el periodo analizado ha sido claramente desfavorable, observándose un cambio de comportamiento de esta magnitud en dos mil nueve, cuando el saldo obtenido comienza a ser negativo, continuando con esta evolución hasta alcanzar su nivel máximo en dos mil once, con un resultado negativo de 13.893.182 euros. Tanto los ingresos como los gastos ordinarios, es decir, todos los ingresos y gastos, excepto los financieros y extraordinarios, han mostrado una evolución creciente, habiendo aumentado un 28,13 % y 30,11 %, respectivamente, en el periodo analizado.

Los indicadores obtenidos derivados de los ingresos de gestión ordinario ponen de manifiesto que el ratio de otros ingresos de explotación, provenientes fundamentalmente de subvenciones, ha disminuido notoriamente de un 35 % a un 16 %, compensándose dicha disminución con un incremento tanto en la cifra de negocios como, sobre todo, de otros ingresos de gestión ordinaria, especialmente el derivado de la variación de existencias, como pone de manifiesto el paso de estos índices de un 24 % y 41 % en dos mil ocho a un 33 % y 51 %, respectivamente, en dos mil once. Si además tenemos en cuenta las subvenciones de capital, el índice de subvenciones sobre ingresos ordinarios pone de manifiesto también una caída en la financiación del sector público empresarial por esta vía, al pasar de un 36 % a un 19 % en el periodo analizado.

Por último, los indicadores obtenidos derivados de los gastos de gestión ordinario ponen de manifiesto que la ratio de gastos de personal ha tenido un comportamiento estable, con pequeñas variaciones en relación con los gastos ordinarios, situándose en dos mil once en el 9 %. Por su parte, los gastos de aprovisionamiento son los más significativos, y han experimentado un crecimiento en el periodo considerado hasta situarse en el 79 % de los gastos ordinarios. El resto de los gastos ordinarios muestran una tendencia negativa, disminuyendo hasta situarse en dos mil once en el 12 %.

Para el sector público empresarial, el Consejo vuelve a efectuar las recomendaciones en los mismos términos que para el sector público administrativo, es decir, orientadas a señalar la necesidad de observar y vigilar la evolución de las magnitudes e indicadores cuyo comportamiento ha sido más crítico dentro del análisis de la situación económico financiera, alertando de las desviaciones más significativas detectadas y creando fuera de su ámbito la indicación de las políticas concretas que han de tomar estos entes. Así, en relación a los indicadores financieros de liquidez, si bien las empresas públicas de la Comunidad presentan un fondo de rotación que evoluciona positivamente, existiendo capacidad suficiente de financiación para atender a obligaciones a corto plazo, deberían vigilar y, en su caso, corregir la tendencia experimentada por la inmovilización de existencias, cuyo incremento afecta al aumento de la parte menos líquida del activo corriente, repercutiendo negativamente en la liquidez a corto plazo. Además, las empresas públicas de la Comunidad deberían realizar actuaciones tendentes a reducir los plazos medios tanto de cobro como de pago.

En relación con los índices financieros de solvencia, sería aconsejable que las empresas públicas de la Comunidad observaran tanto el comportamiento del indicador de endeudamiento general, para que cambie su tendencia y se aproxime a valores en torno al 50%, como el de garantía o distancia a la quiebra, con el fin de que ambos muestren y se garantice una mayor independencia frente a terceros.

También sería recomendable vigilar el comportamiento de los índices de inmovilización, para que no se incremente y cambie su evolución creciente, y el de firmeza, para que sus valores aumenten y los elementos tangibles cubran más de la mitad del exigible a largo plazo, garantizando así una mayor estabilidad patrimonial.

Por último, se recomienda a las empresas públicas de la Comunidad que equilibren la evolución de los ingresos y gastos de gestión ordinaria para, de esta forma, obtener márgenes de cobertura favorables que deriven en una mayor generación de fondos. En este sentido, debería tenderse a un menor peso relativo derivado de otros ingresos de gestión ordinaria en favor del aumento de su cifra de negocios.

Informe del sector público fundacional. Indicadores financieros del balance de situación. Muestran, en el periodo analizado, una tendencia ascendente en el volumen de su activo, que alcanza, en dos mil once, un importe total de 220.879.816 euros, lo que supone un incremento respecto a dos mil ocho de un 10,62 %. En este sentido, destaca el aumento experimentado por el activo no corriente de un 34,03 %, situándose en 120.088.614 euros. Desde el punto de vista de su financiación, su patrimonio neto se incrementa un 27,76 %, hasta situarse en dos mil once en 117.112.474 euros. Por el contrario, se produce una disminución en el pasivo, tanto corriente como no corriente, de un 3,01 % y 5,39 %, respectivamente, con respecto a dos mil ocho, situándose en dos mil once en 64.461.572 euros y 39.305.769 euros.

En dos mil once, el balance de situación del sector público fundacional refleja un fondo de rotación o maniobra positivo, que pone de manifiesto una capacidad de financiación para atender a sus obligaciones a corto plazo de 36.329.629 euros. No obstante, dicha capacidad de financiación ha experimentado una tendencia desfavorable, ya que el fondo de maniobra constituye en dos mil once el 83,31 % del existente en dos mil ocho.

Los indicadores relacionados con la tesorería y las disponibilidades líquidas para atender las obligaciones con vencimiento inferior a un año ponen de manifiesto que existe un exceso de capacidad para atender obligaciones a corto plazo con el efecto... con el efectivo disponible. Destaca que, mientras que el comportamiento mostrado por el índice de liquidez inmediata es creciente, con tendencia a una excesiva liquidez, ya que se eleva de un 18 % a un 41 % en el periodo analizado, sin embargo, el ratio de liquidez a corto y el de liquidez general muestran tendencias desfavorables al descender de un 159 y 166 % en dos mil ocho hasta el 152 y 156 % en dos mil once.

El tiempo medio que el sector público fundacional tarda en cobrar a los deudores y en pagar a los acreedores corrientes se ha reducido en los periodos analizados, pasando de 207 de 177 días en dos mil ocho a 171 de 159 días, respectivamente, en dos mil once, lo que repercute positivamente en el periodo medio de maduración. No obstante, se sigue sobrepasando ampliamente el plazo de 60 días establecido por la Ley 3/2004, a efectos de la posible morosidad y devengo y exigibilidad de intereses de demora.

Los indicadores financieros de solvencia en materia de endeudamiento general para el sector público fundacional muestran una evolución favorable al haber disminuido este de un 54 % en dos mil ocho a un 47 % en dos mil once, constituyendo, por tanto, un... su pasivo exigible al final del periodo analizado menos de la mitad de sus fuentes de financiación. Sin embargo, el endeudamiento que depende del mercado financiero, fundamentalmente de las entidades de crédito, ha experimentado un ligero incremento al pasar de un 13 % en dos mil ocho hasta situarse en un 15 % en dos mil once.

Los indicadores financieros de solvencia a largo plazo relacionados con la autonomía financiera ponen de manifiesto que la independencia en el sector público fundacional experimenta una evolución favorable con respecto al inicio del periodo, ya que era del 85 % en dos mil ocho y se sitúa en el 113 % en dos mil once, lo que supone que sus capitales propios son superiores al 50 % del total de los recursos financieros. No obstante, la ratio de inmovilización experimenta una tendencia ligeramente desfavorable al incrementarse de un 98 % en dos mil ocho a un 103 % en dos mil once, poniendo de manifiesto la necesidad de mayores recursos financieros ajenos en el periodo analizado debido a que el crecimiento experimentado por el activo no corriente ha sido superior al del patrimonio neto.

Desde el punto de vista de la firmeza de su estabilidad patrimonial, la tendencia del indicador ha sido favorable, evolucionando desde un 185 % en dos mil ocho hasta situarse en el 252 % en dos mil once. Por tanto, el valor de los elementos tangibles tiende a ser más del doble que el importe exigible a largo plazo, descontando el efecto impositivo, garantizando, de esta forma, su firmeza y estabilidad patrimonial.

También evoluciona favorablemente el indicador de la garantía frente a terceros al pasar de un porcentaje de 185 % en dos mil ocho a un 213 % en dos mil once, asegurando la solvencia a largo plazo por ser su activo total superior al doble del pasivo exigible.

Por su parte, el índice de autofinanciación pone de manifiesto que la generación de fondos no es muy significativa, pero, en todo caso, resulta positiva, situándose al comienzo y final del periodo en el 3 %; mientras que el índice de acumulación representativo de la rentabilidad de los capitales propios experimentó una tendencia desfavorable hasta alcanzar el 1 % en dos mil once, marcado por el descenso del resultado del ejercicio, que, aun siendo positivo, ha disminuido un 63,55 % respecto a dos mil ocho.

Indicadores de la cuenta de resultados. Muestran una tendencia desfavorable del resultado obtenido, siendo especialmente significativo el descenso producido de dos mil diez a dos mil once, situándose en este último año en 976.908 euros, suponiendo una disminución final del 63,55 % respecto a dos mil ocho.

Tanto los ingresos como los gastos ordinarios han presentado un comportamiento variable en ambos casos con tendencia a la baja, habiendo experimentado descensos del 5,41 % y 4,45 %, respectivamente, en el periodo analizado. Por su parte, la ratio y cobertura de gastos ordinarios ha mostrado una tendencia estable, con ligera evolución creciente, presentando siempre valores inferiores al 100 %, lo que indica que los resultados ordinarios obtenidos han sido, en todo caso, positivos.

Los indicadores obtenidos derivados de los ingresos de gestión ordinaria ponen de manifiesto que los procedentes de la actividad propiamente relacionada con sus fines no lucrativos evolucionan desfavorablemente a lo largo del periodo, pasando la ratio de un 83 % en dos mil ocho a un 72 % en dos mil once, mientras que los ingresos obtenidos por la actividad mercantil aumentan respecto a los ingresos ordinarios, ya que su evolución es ascendente, pasando de un 14 % a un 18 % en el mismo periodo.

Con respecto al peso relativo que los ingresos sin contraprestación tienen sobre los ordinarios, el índice de subvenciones, donaciones y legados de explotación sobre los ingresos ordinarios presenta un descenso de un 63 % en dos mil ocho a un 55 % en dos mil once, lo que pone de manifiesto la tendencia a reducirse este tipo de ingresos, si bien también se constata la gran importancia que tienen dentro de los de actividad propia, más del 75 %.

La misma tendencia se manifiesta si se tienen en cuenta todas las subvenciones, tanto de explotación como de capital, si bien los ingresos imputados vía subvenciones de capital no influyen significativamente en la composición del ingreso ordinario.

Los indicadores obtenidos derivados de los gastos de gestión ordinaria ponen de manifiesto que la ratio de gastos de personal ha experimentado una tendencia ligeramente creciente en el periodo considerado, ya que evoluciona desde un 28 % en dos mil ocho hasta un 32 % en dos mil once.

El peso relativo de los gastos por aprovisionamiento ha experimentado una evolución decreciente, pasando de un 43 % a un 39 % en el mismo periodo, mientras que con relación al resto de gastos de gestión ordinaria su tendencia es a estabilizarse en torno al 29 %.

Al igual que para el sector público administrativo y empresarial, el Consejo efectúa recomendaciones al sector público fundacional, orientándoles a observar y vigilar la evolución de las magnitudes e indicadores con un comportamiento más crítico en el periodo analizado, y, por tanto, no encaminadas a determinar las políticas concretas a llevar a cabo.

Así, en relación con los indicadores financieros de liquidez, si bien presenta un fondo de rotación que evoluciona positivamente, las disponibilidades líquidas a corto plazo resultan excesivas, debiendo reducir el nivel de dichos indicadores.

También el sector público fundacional debería realizar actuaciones tendentes a la reducción de los plazos medios tanto de cobro como de pago.

Y en relación con los indicadores financieros de solvencia, sería aconsejable que las fundaciones públicas de la Comunidad vigilaran el comportamiento del indicador de la firmeza de su estabilidad patrimonial, cuyo valor resulta excesivo, siendo, por tanto, conveniente invertir su tendencia. Nada más y muchas gracias.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR SOBRADOS PASCUAL):

Muchas gracias, señor Presidente. Se... se abre ahora un turno de intervenciones de los Grupos Parlamentarios. En primer lugar, tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Mixto, el señor González Suárez, por un tiempo máximo de diez minutos.


EL SEÑOR GONZÁLEZ SUÁREZ:

Gracias, señor Presidente. Gracias, señor Presidente del Consejo de Cuentas, por su comparecencia, y gracias a todo el equipo -a los que le acompañan y a los que se han quedado en la sede- por el trabajo realizado.

En este primer punto del Orden del Día, los informes elaborados por el Consejo de Cuentas sobre la situación y actividad económico financiera de nuestra Comunidad, como viene siendo costumbre a la hora de conocer sus informes, su lectura vuelve a desnudar la precariedad y chapucería con que rinden cuentas las empresas del sector público en Castilla y León.

A pesar de contar con un Plan General de Contabilidad Nacional, al cual están sujetas, estas empresas presentan su información contable sin que el Consejo emita su opinión acerca de la coherencia de las mismas. Tanto de las conclusiones del balance de situación como de la cuenta de pérdidas y ganancias, se infiere que, si bien las tendencias generales parecen ser negativas, de acuerdo con la serie comparada entre el dos mil ocho y dos mil once, este Procurador –mi fuerza política, pero especialmente yo-, que es lego en la materia contable, entiende que el sector público empresarial de Castilla y León va capeando la depresión económica que atravesamos gracias a las virtudes del neoliberalismo financiero, dejado a su libre albedrío desde los años ochenta del pasado siglo, haciendo una aceptable figura de su rendimiento de cuentas.

Se ha incrementado el activo de manera notable, el patrimonio neto y el patrimonio... y el pasivo obligado, tanto el corriente como el no corriente. Hay todavía una capacidad de financiación para hacer frente a las obligaciones a corto plazo, si bien hay problemas de liquidez general –según informe-, achacable al crecimiento del pasivo corriente, aunque el activo corriente todavía es más del doble que dicho pasivo.

Siguen los problemas con los excesivos plazos con el sector público. Opera tanto este... estos problemas para cobrar a los deudores como pagar a los acreedores. El aumento de dichos plazos es en ambos casos considerable -casi dobla a los del dos mil ocho-, lo que redunda en perjuicio del cierre del ciclo de ..... [pitido por fallo técnico que impide oír al orador] un incumplimiento claro de la Ley de Morosidad y Devengo, ante el que las partes están haciendo oídos sordos.

Como cabía esperar, hay un aumento del endeudamiento, tanto general como financiero, que aumenta todavía más la dependencia de la financiación de terceros. Con este dato, el indicador de solvencia también empeora, debido al crecimiento del pasivo. Hay una leve tendencia positiva en los ingresos ordinarios, pero también crecen los gastos ordinarios, con lo que su ratio de cobertura se deteriora.

Me fijaré en el índice de subvenciones también, y de manera particular, que han caído de un 36 en el dos mil ocho a un 19 % en el dos mil once, con un... con un recorte más pronunciado que en el sector público fundacional. Este dato parece elocuente ..... [pitido por fallo técnico que impide oír al orador] de la Junta sobre su sector empresarial público.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR SOBRADOS PASCUAL):

Sí. Señor González Suárez. Señor González Suárez, creo que está contestando a un informe que no ha sido el que se ha dado lectura por parte del Presidente del Consejo de Cuentas.


EL SEÑOR GONZÁLEZ SUÁREZ:

No. He hablado de... vamos a ver... Vamos a ver, en la página número 10 del informe que se nos acaba de leer –por ejemplo- habla de las subvenciones de capital, y habla de los porcentajes, y habla de las fundaciones. Lo que estoy haciendo es una intervención global con estas concreciones... creo. Uno es dado a equivocarse en algunas ocasiones y hablar de Grupo Popular en lugar de Grupo Socialista, pero en esta ocasión creo que no estaba equivocado, ¿no? Bien. Perdón, lo que sí tengo que, ahora, retomar... en la vuelta de papeles, buscando los subrayados que tenía.

Por lo menos, yo he leído los papeles que tengo, ¿vale?, y los que estaban colgados -quiero decir, los que estaban colgados en la web, del informe-; si otros tienen otros papeles, dígaseme.

Bien. Decía que me iba a fijar en el índice de subvenciones de manera particular, que han caído de un 36 % en el dos mil ocho a un 19 % en el dos mil once, con un recorte más pronunciado que en el sector público fundacional. Este dato es, de por sí, elocuente –y así finalicé cuando se entró... ¿cómo llaman?, el coche a parar, ¿no?-; este dato es, por sí, elocuente sobre cuáles son los intereses de la Junta sobre su sector empresarial público.

Por lo demás, apoyamos la totalidad de las recomendaciones del Consejo, porque su cumplimiento redundaría en beneficio del sector, pero sobre todo en una mejora de la calidad de la gestión empresarial de las empresas públicas. Algunos creemos fundamentales las empresas públicas para, en una situación de crisis como la que tenemos –de crisis económica y de crisis social-, puedan desarrollar un papel de dinamización económica; pero queremos unas empresas públicas que se ajusten a la legalidad y que se ajusten a la capacidad que tiene esta Comunidad. Gracias.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR SOBRADOS PASCUAL):

Muchas gracias, señor González Suárez, y perdone por la apreciación, que en este caso el que se ha equivocado he sido yo. Tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Socialista, la señora Gómez del Pulgar, por un tiempo máximo de diez minutos.


LA SEÑORA GÓMEZ DEL PULGAR MÚÑEZ:

Gracias, Presidente. Bueno, en primer lugar, quería agradecer la presencia en esta Cámara del Presidente del Consejo de Cuentas, así como el resto de... de miembros del equipo.

También, hacer una valoración positiva, con lo que respecta a la incorporación de nuevos informes –como es el caso del que en este momento nos trata-, porque nos parece que, bueno, aparte de la complejidad del informe, tanto por el grupo de sujetos al que va referido –los tres grandes grupos dentro del sector público que rinden cuentas en la cuenta... en la Cuenta General de la Comunidad-, la ingente cantidad de datos que suponemos que se han manejado. Y también valorar positivamente el tiempo en el que este informe se ha llevado adelante.

Al igual que ha comentado el Presidente, nos congratulamos de las buenas relaciones existentes entre el Consejo de Cuentas y esta Comisión. Sin embargo, sí que queremos decir que nos rogaría la misma diligencia... nos... o sea, rogaríamos la misma diligencia por parte de la Junta de Castilla y León y por parte de la Consejería de Hacienda a la hora de comparecer en esta Cámara, ya que tiene múltiples comparecencias pendientes con esta Comisión.

Respecto al informe. Hacer una valoración positiva, porque entendemos que es una herramienta útil, que da una foto de la tendencia económico financiera de la Comunidad. Nos parece muy interesante el relacionar el año dos mil once con los cuatro años anteriores. En este sentido, sí que queremos hacer una propuesta: en la medida que sea posible, dotar este tipo de informes –que entiendo que van a ser sucesivos en el tiempo por parte del Consejo- de una mayor actualidad. Es decir, a ver si fuera posible, en conjunción con la Junta, que la Junta trasladara cuanto antes la Cuenta General del año inmediatamente anterior al año de fiscalización; en este supuesto, que hubiéramos dispuesto del informe hasta el año dos mil doce inclusive.

También, bueno, decir la dificultad de la totalidad del informe, en el sentido, pues, de que son muchos datos, muchos... muchos sujetos y muchas entidades, pues, a lo mejor la posibilidad de, en el debate, dividir más los informes por grupos, para un mayor aprovechamiento del debate en esta Cámara. Pero bueno, entendiendo... Agradecemos la minuciosidad del trabajo y los muchos parámetros e indicadores que se ponen a disposición por parte de los Grupos Políticos.

Y ya, por último, antes de entrar directamente a hablar del informe, nos gustaría manifestar en esta Comisión que, igual que la Junta de Castilla y León facilita, como no... como no podría ser de otra manera, la Cuenta General al Consejo de Cuentas, que, por respeto a esta Cámara y a esta Comisión, que hiciera lo mismo en este Parlamento, ya que tiene pendientes comparecencias respecto a cuentas generales de años anteriores.

Y ya, sin más, empiezo... bueno, voy a empezar con la primera... con el primer grupo de entidades al que se refiere el informe, que es el sector público administrativo. Y, bueno, no voy a hacerlo con todos, pero en este sí que quería decir un poco de qué estamos hablando, porque estamos hablando del esqueleto de la Comunidad; en esta parte entraría la Administración General, la Agencia de Inversiones y Servicios, el CES, la Agencia de Calidad del Sistema Universitario, el Ente Regional de la Energía, la Gerencia Regional de Salud, Servicios Sociales, el Instituto de... Instituto de la Juventud, Itacyl, Ecyl y las cuatro universidades públicas de la Comunidad. Entonces, los datos que aquí se plantean nos parecen de importante relevancia.

Comienzo con los indicadores presupuestarios, y en ello vemos que la evolución del gasto presupuestario ha disminuido en el periodo de estos cuatro años en un 10,75 %. Sin embargo, los gastos de naturaleza corriente se han visto incrementados en un 2,84 %, y los gastos de capital también han disminuido en un 54,24 %. Respecto a los gastos presupuestarios, la ejecución de los gastos es satisfactoria, como también lo es la ejecución de los ingresos, según manifiesta el informe.

Respecto a los ingresos, la evolución ha sido también una disminución de un 6,23 %, y los ingresos corrientes han disminuido un 15,93 % con respecto al dos mil ocho. Esto es especialmente preocupante porque, referido a los gastos de igual naturaleza, los gastos comenzaron a disminuir... -no, perdón- los ingresos corrientes empezaron a disminuir, pero empezaron a disminuir un año anterior los gastos corrientes, experimentando una tendencia más negativa que estos, lo que ha repercutido desfavorablemente en el ahorro bruto. Me refiero a este dato porque -lo diré más adelante- me parece una de las cuestiones relevantes que pone de manifiesto este informe.

Respecto a los ingresos por operaciones financieras, lo significativo ha sido que, a partir del año dos mil nueve, empiezan a tener algo de relevancia, en el sentido de que superan anualmente los 1.000 millones de euros.

Con respecto a los ingresos, ha habido una pérdida de autonomía en cuanto a los ingresos por parte de la Comunidad. Es decir, los ingresos que no preceden de la emisión de pasivos financieros muestran también una tendencia desfavorable, con un descenso de más de 10 puntos porcentuales en el periodo analizado. Esto lo que quiere decir es que, en estos cuatro años, el sector público de nuestra Comunidad presenta una necesidad creciente de acudir al endeudamiento en el periodo.

Respecto a los indicadores relacionados con los servicios prestados, el índice de gasto corriente muestra una tendencia desfavorable. A su vez, se ve que, estructuralmente, los gastos de personal en nuestra Comunidad son superiores a la mitad del gasto corriente, como ha mencionado en el informe. También se ve que el esfuerzo inversor en la Comunidad ha experimentado una tendencia desfavorable.

Respecto a la carga financiera de la deuda, cuya evolución es creciente, ha pasado del 2 % al 4 en nuestra Comunidad.

Todas estas cifras lo que manifiestan es que el ahorro bruto muestra una tendencia claramente desfavorable, como manifestábamos anteriormente, que si, además, hablamos en términos de ahorro neto, sería aún más desfavorable.

Nos encontramos que el sector público de nuestra Comunidad, el sector público administrativo, que es al que me estoy refiriendo en este punto concreto, la necesidad de financiación en la Comunidad se ha triplicado en estos cuatro años, llegando a sus puntos máximos en el año dos mil diez. Un dato importante: si bien en el año... –respecto a esto- si bien en el año dos mil ocho había déficit, es verdad que en el año dos mil once hay superávit, pero está condicionado por el recurso al endeudamiento, es decir, está derivado de las operaciones financieras que permiten atender las necesidades de financiación de nuestra Comunidad.

Y respecto a la relación al número de habitantes, los indicadores respecto a los habitantes en la Comunidad, los datos no son positivos: el gasto público muestra tendencia decreciente; la inversión ha sufrido un notable descenso; la carga financiera soportada por el ciudadano ha ascendido; los ingresos públicos han descendido; y la presión fiscal, fundamentalmente vía impuestos, es desfavorable para el ciudadano. Es decir, nos encontramos ante una situación peor; nada que no supiéramos, pero es verdad que este... que este informe lo pone... lo pone sobre la mesa.

Respecto a los indicadores financieros del balance de situación del sector público administrativo, también empezamos con una mala noticia: el balance de situación de este sector manifiesta una disminución significativa de su patrimonio neto en estos cuatro años. Esta tendencia se ve acompañada de otra también significativa, que constituye el aumento del pasivo exigible.

Respecto al balance de situación del sector público, el ejercicio dos mil once refleja una situación de desequilibrio a corto plazo, lo que pone de manifiesto unas necesidades de financiación para atender nuestras obligaciones muy superiores a las que necesitábamos en el año dos mil ocho. Hay, por tanto, una tendencia desfavorable.

Y respecto a los datos de tesorería y liquidez, lo que pone de manifiesto el informe es que el tiempo medio del sector público administrativo de nuestra Comunidad que tarda en cobrar a los deudores y en pagar a los acreedores ordinarios se estima que se ha incrementado en este periodo; y en el segundo de los casos, es decir, en pagar a los acreedores, estamos incumpliendo los 60 días establecidos por la Ley 3/2004, de veintinueve de diciembre.

Respecto al endeudamiento, nos encontramos con que en la Comunidad, en estos cuatro años, hay más deuda y la deuda está más consolidada, porque el incremento del endeudamiento ha ido acompañado también de un trasvase del corto al largo plazo, y, por tanto, la deuda se está consolidando en nuestra Comunidad.

Respecto a los indicadores de solvencia, han bajado, es decir, se vuelve a ratificar la necesidad de mayores recursos de financiación ajenos. Es decir, en estos dos parámetros vistos en el informe hasta ahora, vemos que hay menos ahorro, y en parte... y en la parte de balance de situación nos encontramos también con menos patrimonio.

Respecto a los indicadores de la cuenta de resultado económico patrimonial, con las limitaciones que el Consejo plantea a la hora de su estudio, se corrobora todo lo expresado anteriormente: menos ahorro y menos ingresos.

Paso ya a hablar sobre las recomendaciones. El Consejo de Cuentas dice que, respecto a las recomendaciones, no van encaminadas a determinar qué políticas concretas han de tomar los referidos entes. Por parte de nuestro Grupo, tampoco en esta ocasión lo vamos a hacer, porque nos encontramos a puertas del mayor debate que hay anualmente en esta Cámara, que es en el debate presupuestario, en el que, viendo las desviaciones que este informe refleja, se harán las oportunas tramitaciones y reflejo de las políticas que entendemos que deben ir encaminadas a evitar estas desviaciones en el debate presupuestario.

Asumimos las recomendaciones del Consejo, que la primera va referida a la liquidación del presupuesto y su comportamiento, sobre todo las actuaciones tendentes a variar la evolución negativa experimentada por el ahorro bruto en la Comunidad, que en el año dos mil ocho era significativo, y en el año dos mil once se ve que, aun siendo aún positivo, ha sufrido una desvariación... vamos, que casi... que ha superado el... que ha sido disminuido en más de un 99 %.

Respecto a los indicadores de solvencia, las recomendaciones que a nosotros también nos parece interesante, estar atentos al indicador de endeudamiento para garantizar una mayor independencia del sector público administrativo frente a terceros, y también el índice de inmovilización, para conseguir en nuestro sector administrativo una mayor estabilidad patrimonial.

También la recomendación que dice que se deberían hacer actuaciones tendentes a corregir el desequilibrio financiero a corto plazo existente, ya que pone de manifiesto una mayor necesidad de financiación para atender las obligaciones a corto plazo.

Respecto a los dos sectores siguientes seré más breve. Respecto al... porque es verdad que la situación económica no simplemente ha afectado –como no podría ser de otra manera- al sector público administrativo, sino que también se ve que la situación es peor la de hace... la del dos mil ocho que la del dos mil once, pero, sobre todo, de cara al estudio, la tendencia. Y en este sentido, pues no ha sido... no ha sido desigual para el sector público empresarial ni para el sector público fundacional.

En el sector público empresarial se ve que el... que se ha incrementado en todas sus magnitudes de ingresos y gastos, vemos el mismo problema respecto a los...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Debe ir acabando, Señoría.


LA SEÑORA GÓMEZ DEL PULGAR MÚÑEZ:

(Sí. Voy a acabando). ... respecto al... al cumplimiento de la Ley 3/2004, respecto al tiempo de cobros y pagos. Vemos también... Bueno, sí que nos parece indicativo el tema de la cuenta de pérdidas y ganan... los indicadores de la cuenta de pérdidas y ganancias en el sector público empresarial, que es desfavorable. Hay un cambio de comportamiento en el año dos mil nueve que se ha seguido consolidando –que es el año en el que empieza a ser negativo-, continuando su evolución hasta su máximo en el dos mil once. Asumimos enteramente las... las recomendaciones del Consejo.

Y con respecto... –ya para finalizar- con respecto al sector público fundacional, muestra en algunos parámetros mejores datos que en los anteriores, pero en otros peores o similar. Volver a insistir con el tema también del sector público fundacional de la Comunidad con que se cumpla la ley respecto a los... al tiempo de cobros y pagos, porque en los tres... en los tres grandes grupos del sector público de la Comunidad entendemos que debemos ser diligentes tanto en el cobro –para disponer de más recursos- como en el pago, porque hay un sector empresarial de la Comunidad privado que en algunos casos pues estará en mejor situación mientras la Administración pague cumpliendo la ley. Hacemos nuestros las recomendaciones del Consejo.

Y ya para terminar, pues simplemente decir que agradecemos este tipo de informes; nos parece positivo que se repitan a lo largo del tiempo, con la incorporación que decimos, a ver si fuera posible de que el informe llegue hasta el año inmediatamente anterior a su debate aquí en... en Comisión.

Y nada, pues decir que el informe pone de manifiesto que la situación de la Comunidad en estos cuatro últimos años ha sido desfavorable, dada la situación económica existente. Ver y poner de manifiesto los... importantes cuestiones a corregir que pone de manifiesto el informe, como el tema del endeudamiento, los saldos sobre las cuentas de resultados, los tiempos de cobros y pagos; y que trasladaremos en propuestas... en propuestas de resolución.

Además, entendemos que –como se ha comentado- no ha habido alegaciones por parte de la... de los responsables de la Cuenta General trasladada al Consejo de Cuentas; entiendo que hay acuerdo con respecto a este informe, y esperamos que entre todos se solventen las desviaciones contenidas en el informe. De momento, nada más. Gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Muchas gracias, señora Gómez. Por parte... para concluir este primer turno de intervenciones, por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Cruz García.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Gracias, Presidente. Buenos días. En primer lugar, dar la bienvenida al Presidente del Consejo de Cuentas, así como al resto de los integrantes del Plenario del Consejo, y al personal que les acompaña.

Y, en primer lugar, felicitar al Consejo de Cuentas por la incorporación de este informe al Plan Anual de Fiscalizaciones y también por la agilidad en la tramitación del mismo. Un informe extenso, que implica un gran volumen de indicadores, y que creo que para contextualizarlo debemos de ponernos en la situación; lo que se hace es analizar el sector público administrativo, el sector público empresarial y fundacional de la Comunidad, en un periodo de tiempo, el dos mil ocho-dos mil once, que coincide con un periodo de grave crisis económica y de recesión económica.

Y eso, obviamente, tiene una repercusión clara en la mayoría de los indicadores que se ponen de manifiesto, y concretamente en un buen volumen de ellos.

Pero antes de entrar en el análisis de cada uno, yo sí quería hacer una consideración respecto a una cuestión que se ha planteado por el Portavoz del Grupo Socialista respecto a la colaboración de la Junta de Castilla y León con el Consejo de Cuentas respecto de lo que es la remisión de la Cuenta General.

Y quiero recordar hoy aquí que la semana pasada se firmó un convenio entre el Consejo de Cuentas y la Junta de Castilla y León, en virtud de lo que fue un acuerdo político en esta Cámara entre el Grupo Socialista y el Grupo Popular en la tramitación de la Ley de Instituciones Básicas de la Comunidad, que permitirá que se vaya agilizando la... parte de la documentación por parte de la Junta de Castilla y León para intentar agilizar la tramitación de los informes del Consejo de Cuentas, en lo que a la Junta de Castilla y León se refiere.

Entrando en la... en la dinámica y contextualizando –como he dicho, que estamos en un periodo de crisis muy importante-, creo que es fundamental analizar un dato que ha pasado por encima el resto de los Portavoces que me han precedido en el uso de la palabra, que es el dato de la ejecución presupuestaria, tanto de los ingresos y de los gastos. Yo creo que refleja, en cierta medida, la eficacia de la acción de gobierno, y la ejecución presupuestaria, de acuerdo con los parámetros que se utilizan en los indicadores por parte del Consejo de Cuentas, se plantea que son satisfactorios, siempre que se sitúen entre el 80 % y el 105 %.

Y hemos de decir que, en el ámbito de los ingresos, la ejecución presupuestaria de la Junta de Castilla y León en todo el periodo analizado se sitúa en torno al 90 %, siendo el ejercicio dos mil nueve destacado con una... porcentaje del 102 %. Por lo tanto, la ejecución de los ingresos por parte de la Junta de Castilla y León, en todos los ejercicios presupuestarios, del dos mil ocho al dos mil once, refleja un resultado satisfactorio.

De igual manera ocurre con la ejecución de los gastos. Tres ejercicios por encima del 90 %; lo que pone de manifiesto una buena ejecución presupuestaria, salvo en el dos mil doce... hay que... en dos mil once, perdón –hay que decirlo-, que, en todo caso, se situó por encima del 80 %.

Estos datos yo creo que muestran el grado de realización del cobro y de los pagos del Presupuesto de la Comunidad en todos los ejercicios, y muestran –como he dicho-, de acuerdo con los parámetros que fija el Consejo de Cuentas, un grado satisfactorio en la ejecución presupuestaria.

Cabe destacar uno de los indicadores fundamentales que se ha puesto de manifiesto en los... por parte de los Portavoces que me han precedido en el uso de la palabra: la caída significativa de las transferencias recibidas, que pasan del 56 %, en dos mil ocho, al 33 % en dos mil once. Y esto lo que viene a demostrar es lo que ha venido defendiendo el Grupo Parlamentario Popular sistemáticamente en esta Comisión de Hacienda y en la Cámara, que es que el nuevo modelo de financiación del dos mil nueve supuso una pérdida importante de ingresos para la Comunidad.

Obviamente, las transferencias a cuenta del periodo analizado han ido disminuyéndose, y, concretamente, desde dos mil nueve ya figura el nuevo modelo de financiación; lo que pone de manifiesto que ese modelo ha ido minorando los recursos transferidos por parte del Estado a la Comunidad Autónoma, lo que obliga sistemáticamente a recurrir al endeudamiento para garantizar los servicios que se prestan por parte de nuestra Comunidad Autónoma.

Quiero, en todo caso, plantear que es cierto que ha crecido el endeudamiento, motivado por la crisis económica -y lo ponen de manifiesto los indicadores-, pero que, en todo caso, a treinta y uno de diciembre del año dos mil once, el endeudamiento de la Comunidad se situaba en el ratio deuda/PIB en el 13,1 %, cuando la media sigue siendo superior; y, en la actualidad, he de recordar también que los datos del... del segundo semestre del dos mil trece la Junta de Castilla y León sigue siendo la sexta Comunidad menos endeudada del conjunto de las Comunidades Autónomas, con un ratio deuda/PIB de 4 puntos inferior a la media, que se sitúa en el 18,7 %... 18,9 %, frente al de Castilla y León, que se sitúa en el 14,7; si bien es cierto que todavía no se ha computado el crédito extraordinario que se va a financiar con deuda de la Comunidad, por importe de los 277,8 millones de euros.

Y quiero hacer referencia a un dato que fue muy significativo y que también se ha puesto de manifiesto, que no es otro que el de la presión fiscal. Y la presión fiscal se plantea una situación –concretamente, en la página cuaren... 54 del informe del Consejo de Cuentas-, que además fue objeto de análisis por los medios de comunicación, sobre todo desde el punto de vista de que haya crecido sustancialmente esa presión fiscal en el ejercicio dos mil once.

Y quiero explicar el por qué crece la presión fiscal en el dos mil once. En el dos mil once, la Junta de Castilla y León no hizo una subida impositiva tributaria importante, ni mucho menos; las últimas medidas tributarias -hay que recordar- que tomó la Junta de Castilla y León fueron en marzo del dos mil doce, con los tributos propios de la Comunidad, y ese incremento de la presión tributaria de la... o de los ingresos por habitante, viene el indicador planteado porque en el dos mil once es cuando –hay que recordarlo- pasa a aplicarse los sistemas del nuevo modelo de financiación, y el IVA y el IRPF que ingresa la Comunidad pasa del 35, 33 % al 50 %, y los impuestos especiales del 38 al 58 %.

Por lo tanto, ese indicador tiene un reflejo importante en una mayor presión fiscal, derivada de la aplicación del modelo de financiación y no de medidas tomadas o adoptadas en el seno de la Junta de Castilla y León, en lo que se... se plantea respecto a materia tributaria.

En respecto... en definitiva, creo que hay que contextualizar perfectamente que hay un periodo de crisis económica; por lo tanto, han disminuido las inversiones, ha generado más endeudamiento; Castilla y León sigue siendo una de las Comunidades menos endeudadas. He explicado el porqué de la presión tributaria motivado por la aplicación del modelo de financiación.

Y entraré ahora para resaltar, como dije en la primera parte también, la eficacia de la Junta de Castilla y León en la ejecución presupuestaria, hacer un breve análisis de lo que se refiere al sector público empresarial y fundacional.

En este sentido, hay que decir lo mismo: el sector público empresarial y fundacional está también motivada por el contexto de crisis económica. Pero, en todo caso, creo que es destacable algunos datos que se han puesto de manifiesto, que pueden resultar... El hecho, por ejemplo, de que el fondo de maniobra en ambos casos, tanto en el sector público empresarial como en el fundacional, refleja un nivel de solvencia a corto plazo importante. Y hay que recordar, en todo caso -creo que es fundamental-, que en la actualidad la Junta de Castilla y... de Castilla y León está haciendo un esfuerzo importante por reducir el tamaño de este sector público, tanto empresarial como fundacional, con el objetivo de reducirlo al 50 % al finalizar este ejercicio dos mil trece.

Es necesario reconocer que los indicadores de las cuentas de pérdidas y ganancias han tenido una evolución negativa; y, concretamente, en el sector empresarial arrojaban un resultado negativo en el año dos... en el año dos mil once de 13,9 millones de euros. Pero creo que las entidades, obviamente, en el periodo de crisis han necesitado una mayor financiación externa, y por ello el indicador ha tenido una tendencia desfavorable. Y, en definitiva, creo que hay bastantes datos positivos, si contextualizamos la situación de las fundaciones y empresas públicas en un contexto de crisis muy importante, que, por tanto, han necesitado de mayor financiación externa y mayor nivel de endeudamiento, pero que, en todo caso, garantizan, con los fondos de maniobra, la liquidez a corto plazo de todo el sector, tanto fundacional como empresarial.

Por mi parte, nada más, y muchísimas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Cruz. Para contestar a las intervenciones de los distintos Grupos Parlamentarios, tiene la palabra el Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Sí, gracias, Presidente. Muy brevemente, porque yo creo que todos los intervinientes, pues sí han leído y saben en qué consiste este informe. Y, por supuesto, la intervención de don José María González, el Portavoz del Grupo Mixto, se atenía, se ajustaba, a una de las partes importantes de este informe, que no es ni más ni menos que el sector público empresarial, así como hizo alguna referencia al fundacional.

Dicho esto, una serie de... de matizaciones en relación a lo formulado por el Grupo Socialista. Es decir, por nuestra parte, hemos querido expresar, en su tiempo, cuando se... se aprobó el Plan de Fiscalizaciones del año dos mil trece, de que incorporábamos este nuevo informe con el afán de dar un mejor servicio a la Comunidad, y que permitiese que todos los ciudadanos de Castilla y León, y por supuesto antes que nadie, pues, los representantes de los ciudadanos, que son ustedes, pudieran conocer de una manera evolutiva cómo era la situación económica financiera.

Pero, evidentemente, tenemos que partir de datos contrastados y fiables, y esos datos contrastados y fiables nos los da la Cuenta General. Y la Cuenta General, tengo que expresar que todavía la Cuenta del año dos mil doce no se ha rendido, por lo tanto, sería metafísicamente imposible -si me permiten la expresión- partir de unos datos fiables para poder hacer esta proyección de este informe económico financiero.

Es cierto, y así se ha expresado por otros Portavoces, que recientemente hemos formalizado con la Consejería de Hacienda, y de acuerdo con lo que estableció la ley que recientemente aprobó esta Cámara, que se va a efectuar el envío telemático de una gran parte de la Cuenta General, con vistas a mejorar los plazos de elaboración de nuestro informe sobre la Cuenta General. Y eso va a suponer -y ese es nuestro objetivo- que en el plazo de un año desde su envío se pueda remitir a estas Cortes de Castilla y León. Por lo tanto, estaríamos hablando que la Cuenta General del año dos mil doce, si se presenta en los próximos meses, para el próximo año, antes de que finalizase el dos mil catorce, podríamos ver la Cuenta General de dos mil doce aquí, en las Cortes. Pero, evidentemente, en estos momentos no podríamos hacer de una manera rigurosa, objetiva, como ha sido el deseo de este informe, conocer cuál ha sido la evolución económica financiera.

Entrando ya en algunas de las consideraciones, sí me gustaría, pues, evidentemente, coincidir con lo que se ha expresado aquí por los Portavoces, y es que este informe yo creo que lo que denota de una manera clara y contundente es la profundísima crisis económica por la que atravesamos desde el año dos mil ocho. Y eso se observa, pues... pues por distintos indicadores; indicadores que, como he dicho también yo en mi exposición, hemos querido, con vistas a facilitar la comprensión de todos los ciudadanos, que todos van con su correspondiente definición, para que de esa manera se ilustre mucho mejor a todos los ciudadanos que quieran acceder en nuestra página web sobre qué es lo que realmente sucede en cada uno de los sectores.

Y lo que se constata en el ámbito de lo que es el sector público administrativo es que se ha producido un fortísimo endeudamiento a lo largo de estos años, de que se ha producido, también, como se ha puesto aquí, pues una situación de caída y de bajo... de unas dificultades importantes en lo que es el margen de funcionamiento del sector público administrativo, con, también, un incremento importante de lo que es la carga financiera de la deuda, y que hay aspectos que, evidentemente, nos llaman a la reflexión sobre la disminución de más del 50 % de todo lo que son las inversiones. Es decir, eso es otro de los datos que yo creo que son preocupantes.

Y, juntamente con eso, también, no olvidemos de que se ha producido, pues también, si me permiten, pues un empobrecimiento, en tanto en cuanto se ha producido una importante bajada del patrimonio neto de nuestra Comunidad Autónoma, lo que, evidentemente, pues podría comprometer... aunque ya lo decimos claramente, hay que indicar que el inmovilizado material es muy superior a las deudas a largo plazo, por lo que la estabilidad patrimonial no se considera comprometida.

Y respecto a los otros dos sectores, pues son dos sectores absolutamente distintos y diferentes. Es decir, no se encuentran en una situación nada similar lo que es el sector público empresarial de lo que es el sector fundacional. En tanto en cuanto que el sector público empresarial lo primero que hay que percibir es que se ha duplicado su dimensión en este periodo y se ha producido también un importante incremento del endeudamiento, y que si bien presenta un fondo de rotación positivo, ello viene motivado por el fuerte incremento de la inmovilización de existencias; que, evidentemente, implica que su liquidez real sea mucho menor de lo que inicialmente pudiera aparentar. Y los resultados del sector empresarial son desfavorables debido, básicamente, a la importante carga financiera de su deuda y al crecimiento superior de sus gastos ordinarios sobre los ingresos de idéntica naturaleza.

En cambio, en el... en lo que es el sector fundacional, aunque hay que insistir en que estamos hablando de un sector que viene a ser una sexta parte prácticamente del sector empresarial, su situación, desde el punto de vista económico, es totalmente distinta respecto a las empresas.

Y solamente quiero ya concluir mi intervención, pues como ya he dicho al principio de dar lectura a este informe, de que esto... informe, nuestro propósito de deseo es que se pueda remitir todos los años en los primeros meses; es decir, ya he dicho que dentro de los cinco primeros meses, e incluso, si es posible, antes del mes de mayo nos gustaría remitirlo. Y para eso, pues se requiere un trabajo, ya digo, importante por los empleados del Consejo de Cuentas, y muy singularmente pues por el... el Director Adjunto de Fiscalización, que es quien ha liderado y pilotado este proyecto.

Y con eso creo que doy cumplida contestación a las cuestiones que han sido formuladas. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Presidente. En turno de réplica, entiendo que el Portavoz del Grupo Mixto no quiere hacer uso de él. La Portavoz Socialista tampoco. El Portavoz del Partido Popular tampoco. Gracias.

Finalizado el debate, y de conformidad con lo establecido en la norma cuarta de la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve, se abre un plazo de cinco días para que los Grupos Parlamentarios puedan presentar ante la Mesa de la Comisión propuestas de resolución relativas al informe de fiscalización que acaba de ser examinado. Dicho plazo finalizará el próximo miércoles, día dos de octubre, a las catorce horas.

Segundo punto del Orden del Día. Por la señora Secretaria se dará punto... se dará lectura al segundo punto del Orden del Día.

Informe


LA SECRETARIA (SEÑORA ÁLVAREZ-QUIÑONES SANZ):

Segundo punto del Orden del Día: "Comparecencia del Excelentísimo señor Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre el Informe de Fiscalización de la contratación de las empresas públicas de Castilla y León correspondiente a los ejercicios 2010 y 2011".


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Para la presentación de este informe, tiene la palabra el Excelentísimo señor don Jesús Jaime Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Gracias, Presidente. El presente informe de fiscalización corresponde al Plan Anual de Fiscalizaciones para el ejercicio dos mil doce y el resultado aprobado por el Pleno del Consejo de Cuentas, con fecha once de julio de dos mil trece. La publicación en la página web, tanto el texto íntegro del informe como de la nota resumen del mismo, tuvo lugar el quince de julio de dos mil trece.

Las empresas públicas de la Comunidad se encuentran dentro de los órganos de contratación que, para cumplir con lo establecido... con lo preceptuado en el Artículo 29 de la Ley de Contratos del Sector Público, deben remitir la información directamente al Consejo de Cuentas a través de su plataforma de rendición de contratos. Ha sido de esta plataforma de donde se ha obtenido la información tanto de las empresas públicas integrantes del sector público de la Comunidad que han cumplido los ejercicios dos mil diez y dos mil once con la obligación de la comunicación de la contratación como de las que no han cumplido con dicha obligación en alguno de los citados ejercicios.

De acuerdo con lo establecido en las directrices técnicas aprobadas por el Pleno del Consejo de Cuentas, la fiscalización se ha extendido a los contratos adjudicados en los ejercicios dos mil diez y dos mil once por las siguientes cuatro empresas que no han cumplido con la citada obligación, seleccionadas de acuerdo a sus características y entidad: ADE Financiación, S. A., actualmente denominada Agencia de Innovación Financiera e Internacionalización Empresarial de Castilla y León, S. A.; Promoción de Viviendas e Infraestructuras Logísticas, S. A. (Provilsa); ADE Parques Tecnológicos y Empresariales de Castilla y León, S. A.; Sociedad Pública del Medio Ambiente de Castilla y León, S. A. (Somacyl, S. A.).

Por ello, se ha procedido a la emisión de cuatro informes diferenciados, uno por cada una de las entidades y empresas públicas, si bien todos ellos con el objetivo común de realizar una auditoría de cumplimiento de la legalidad sobre la gestión contractual de las empresas públicas de la Comunidad en los ejercicios dos mil diez y dos mil once, de acuerdo a las prescripciones contenidas en la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, y su normativa de desarrollo.

Así, además de comprobar el cumplimiento de la obligación de remisión de contratos al Consejo de Cuentas, y en la coherencia con la información comunicada al Registro Público de Contratos del Ministerio de Economía y Hacienda, se ha analizado la adecuación de la estructura competencial existente al contenido de la Ley de Contratos del Sector Público. También se ha verificado el cumplimiento del régimen jurídico aplicable en las contrataciones en función de si sus relaciones contractuales están sujetas o no a regulación armonizada, garantizando al respecto los principios de publicidad, transparencia, concurrencia de acceso y no discriminación e igualdad de trato en las licitaciones. Por último, se ha procedido a analizar el objeto e importe de las contrataciones con el fin de determinar posibles fraccionamientos del gasto.

El alcance de la fiscalización se ha extendido a la contratación adjudicada por las empresas públicas de la Comunidad de Castilla y León en los años dos mil diez y dos mil once, que dentro de la aplicación... entra dentro de la aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público.

Para la determinación del universo, se han cotejado los datos procedentes del Registro Público de Contratos del Sector Público del Ministerio de Economía y Hacienda con los que figuran en la relación de contratos remitidos por cada empresa a este Consejo. De esta información se desprende que el número de contratos adjudicados en dos mil diez y dos mil once ascendió a 282, por un importe total adjudicado de 265.932.775 euros, de los cuales se han examinado 59, por un importe adjudicado de 129.026.071 euros, lo que representa el 48,52 % del mismo.

No han existido limitaciones que hayan afectado al alcance de los trabajos de fiscalización realizado en las empresas públicas ADE Financiación y Somacyl, mientras que la realización de los trabajos de fiscalización en ADE Parques Tecnológicos y Empresariales, S. A., y Provilsa se ha visto limitada por el hecho de no poder determinar la integridad de la documentación presentada ni la fecha de su presentación, así como por la imposibilidad de comprobar el cumplimiento de los plazos legales, al no quedar constancia en el perfil del contratante el momento de la publicación.

En cumplimiento de lo establecido en la normativa del Consejo de Cuentas de Castilla y León, se remitió el informe provisional a los responsables de los entes fiscalizados para que, en el plazo concedido, formularan las alegaciones que estimaran oportunas, habiendo sido objeto de un análisis pormenorizado y emitiendo el correspondiente informe motivado, que ha servido de base para la estimación o desestimación de las mismas.

A la vista de los expedientes examinados, conforme a la Ley de Contratos del Sector Público, la opinión del Consejo es que las cuatro empresas fiscalizadas cumplen razonablemente con la legalidad aplicable a la contratación adjudicada, excepto por las limitaciones anteriormente señaladas y por las siguientes salvedades que afectan al principio de transparencia e igualdad de trato de los procedimientos establecidos en el Artículo 1 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Así, para el caso de ADE Financiación, estas salvedades han consistido en la falta de elaboración del pliego de condiciones que estableciese las características de la contratación en el único contrato de cuantía superior a 50.000 euros, y en la coincidencia con el objeto en la tramitación de varios contratos menores, superando el importe conjunto el límite establecido en sus instrucciones internas de contratación.

Para ADE Parques Tecnológicos y Empresariales, y Provilsa, las salvedades han consistido, en primer lugar, en que no se establecen los criterios mínimos de solvencia ni se detallan los criterios de valoración de las ofertas presentadas en los pliegos, elaborando informes técnicos de valoración en los que se puntúan aspectos no previstos o no suficientemente motivados; y, en segundo lugar, en que, con carácter general, en las notificaciones realizadas no se establece la posibilidad de interponer el recurso correspondiente, pudiendo dar lugar a indefensión.

Y para Somacyl, además de los dos anteriores, se recoge la falta de desarrollo de los criterios de adjudicación recogidos en los pliegos.

A continuación, pasamos a analizar los principales resultados en cada uno de los informes de las cuatro empresas públicas fiscalizadas.

Contratación de ADE Financiación, S. A. Por autorización de la Ley 13/2005, de Medidas de Castilla y León, se creó ADE Financiación, S. A., sociedad mercantil de carácter anónima con la cualidad de empresa pública de la Comunidad, cuyo objeto social es diseñar, desarrollar y ejecutar programas y actuaciones de apoyo financiero a la actividad de las empresas de Castilla y León, facilitando la creación de nuevas empresas y la expansión de las ya establecidas. Será la Ley 19/2010, de Medidas Financieras y de Creación del ente público Agencia de Innovación y Financiación Empresarial de Castilla y León, la que autorice la extinción de la empresa pública ADE Financiación, S. A., y la incorporación de sus bienes, derechos y obligaciones a dicha agencia. Posteriormente, la Ley 4/2012, de Medidas Financieras y Administrativas, modifica la denominación de este ente público de derecho privado, denominándose en la actualidad Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León.

Comenzamos la exposición con el análisis del cumplimiento de la obligación de comunicación, establecido en los Artículos 29 y 308 de la Ley de Contratos del Sector Público, relativas a la obligación de remitir información al Consejo de Cuentas de Castilla y León y al Registro de Contratos del Sector Público del Ministerio de Economía y Hacienda, respectivamente. A este respecto, cabe señalar el incumplimiento tanto del Artículo 29, al no haber remitido a este Consejo la certificación negativa sobre la contratación celebrada en los ejercicios dos mil diez y dos mil once, como del Artículo 308, al no remitir ninguna información al Registro Público de Contratos del Ministerio de Economía y Hacienda, cuando debería de haberse comunicado un contrato de prestación de servicios por importe de 61.687 euros, suponiendo un incumplimiento de la obligación del 100 %.

En cuanto a la organización y control interno, no se ha detectado ninguna incidencia en el cumplimiento de las competencias por los distintos órganos de contratación. En el examen de las normas internas de contratación, aprobadas por la empresa ADE Financiación el diecisiete de noviembre de dos mil ocho, se detectó que las mismas no recogen el sistema de recursos específicos de la contratación pública establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, en aplicación del principio de transparencia. Además, las cuantías establecidas para que los contratos se consideren sujetos a regulación armonizada se adecúan a los importes vigentes en el momento de aprobar las instituciones, pero no para los ejercicios dos mil diez y dos mil once, debiéndose haber actualizado a los importes establecidos para el citado periodo de la contratación.

En cuanto al perfil del contratante, el Artículo 42 de la Ley de Contratos del Sector Público establece que, con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a la actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, los órganos de contratación difundirán a través de internet su perfil de contratante. En este sentido, no hay constancia de que se haya realizado la publicidad en el perfil del contratante del único expediente que, por su importe, debería estar publicado.

Para el análisis del procedimiento de contratación se han seleccionado el 100 % de los contratos adjudicados en los ejercicios dos mil diez y dos mil once, que, según información certificada por la empresa, ascienden a un total de 14 contratos, por un importe adjudicado de 197.945 euros. Las incidencias detectadas en este análisis ponen de manifiesto que en las actuaciones preparatorias para el único contrato de cuantía superior a 50.000 euros no se ha elaborado un pliego de condiciones en el que se establezcan las características básicas del contrato, incumpliendo lo establecido en el Artículo 121.2 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Además, en el documento contractual se relacionan los servicios que incluye la prestación, pero sin detallar los requisitos mínimos que deben de cumplir, con lo que se incumple el Artículo 26.1.c) de la Ley de Contratos del Sector Público, relativo a la definición del objeto del contrato. Por último, no existe constancia de la verificación de las condiciones de aptitud para contratar, establecidas en el Artículo 43 de la Ley de Contratos del Sector Público.

En el examen de la contratación menor se ha comprobado que, de los 14 contratos comunicados por la empresa, 13 de ellos figuran como gasto menor, y con un precio de adjudicación inferior al máximo establecido para los contratos menores tanto en el Artículo 122.3 de la Ley de Contratos del Sector Público como en sus instrucciones internas de contratación. No obstante, hay que señalar que se ha detectado fraccionamiento del gasto, prohibido en el Artículo 74.2 de la Ley de Contratos del Sector Público, por coincidencia en el objeto de contrataciones en cinco de los 13 contratos analizados, que suponen el 37,43 % de los examinados, y cuyo importe conjunto supera los límites señalados.

A la vista de los resultados expuestos, el Consejo de Cuentas recomienda a la empresa pública ADE Financiación, S. A., que depure las deficiencias detectadas relativas a la obligación de remisión de información en materia de contratación tanto a este Consejo como al Registro Público de Contratos del Ministerio de Economía y Hacienda; que establezca un sistema que permita dejar constancia del momento de la recepción de la documentación; que establezca en sus normas internas de contratación un sistema de recursos específicos de la contratación pública que deje constancia en el perfil del contratante de todos los contratos publicados; que apruebe unos pliegos que recojan las características de la contratación en cada expediente superior a 50.000 euros y que analice los gastos objeto de contratación menor, con el fin de evitar el posible fraccionamiento del gasto.

Contratación de ADE Parques Tecnológicos y Empresariales, S. A. La empresa ADE Parques Tecnológicos y Empresariales de Castilla y León, S. A., nace de la disolución de Parques Tecnológicos de Castilla y León, S. A., como consecuencia de su absorción por la Sociedad de Gestión Urbanística de Castilla y León, S. A. (Gesturcal, S. A.), y tiene por objeto social la adquisición de suelo para uso industrial y residencial, su urbanización y edificación, y posterior venta y arrendamiento, así como la creación, promoción y ejecución de parques tecnológicos, y la promoción de inversiones o servicios, participando en las sociedades; todo ello con el objetivo de ofrecer a las empresas e inversores un amplio abanico de ubicaciones y espacios en el territorio castellano y leonés donde poder desarrollar su actividad empresarial.

Del análisis del cumplimiento de la obligación de la comunicación se deduce que la empresa no ha remitido al Consejo la documentación de ninguno de los tres contratos de los que legalmente está obligada a comunicar, por un importe de 6.777.757 euros, lo que supone el incumplimiento de la obligación establecida en el Artículo 29 de la Ley de Contratos del Sector Público en el cien por cien de los casos. Tampoco ha remitido al Registro Público de Contratos del Ministerio de Economía y Hacienda la información de 13 contratos, por importe de 7.400.355 euros, y un total de 14 por una cuantía de 7.423.327 euros, lo que supone el incumplimiento del Artículo 308 de la Ley de Contratos del Sector Público en el 99,69 % de los casos.

Desde el punto de vista de la organización y estructura competencial, no se ha detectado ninguna incidencia en el cumplimiento de las competencias por los distintos órganos de contratación. Sin embargo, por lo que se refiere al control interno, no hay constancia de la existencia de un sistema que acredite la documentación presentada por los licitadores, lo que produce incertidumbre sobre la integridad de la documentación presentada y el cumplimiento de los plazos establecidos, afectando, por tanto, al principio de transparencia.

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 175.b) de la Ley de Contratos del Sector Público, ADE Parques Tecnológicos y Empresariales, S. A., aprobó sus instrucciones internas de contratación el veinticuatro de febrero de dos mil nueve. De su examen se desprende que en las mismas no se recoge un sistema de recursos específicos de la contratación pública, y que los importes máximos establecidos para la utilización del procedimiento negociado, con o sin publicidad, y del procedimiento simplificado en suministros y servicios, supera las cantidades establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público. Además, aunque las cuantías establecidas para que los contratos se consideren sujetos a regulación armonizada eran adecuadas a los importes vigentes en el momento de aprobar las instrucciones, deberían de haberse actualizado a las establecidas para el periodo de contratación.

Las publicaciones realizadas por esta empresa en el perfil del contratante, no queda constancia del momento en que se han realizado, incumpliendo lo establecido en el Artículo 42.3 de la Ley de Contratos del Sector Público, al no incluir un dispositivo que permita acreditar fehacientemente el momento de inicio de la difusión pública de esta información.

Para el análisis del procedimiento de contratación se han seleccionado 13 de los 14 contratos celebrados por esta empresa en el periodo referenciado, por un importe de 7.400.355 euros, lo que representa un 99,69 % del total adjudicado, de lo que pasamos a detallar las incidencias más significativas, teniendo en cuenta si están o no sujetos a regulación armonizada.

Contratos sujetos a regulación armonizada. El número de contratos sujetos a regulación armonizada formalizados por ADE Parques en los ejercicios dos mil diez y dos mil once ascendió a cuatro, por un importe total de 6.971.559 euros, habiéndose fiscalizado el 100 % de la población.

En las actuaciones preparatorias del procedimiento de contratación no se ha realizado en ninguno de los fiscalizados la justificación de la necesidad del contrato, omitiendo la justificación de la elección y valoración de los criterios de adjudicación.

Las principales incidencias observadas en relación al contenido de los pliegos de contrataciones particulares han sido las siguientes. Con carácter general, no se especifican los criterios mínimos de solvencia que han de reunir los licitadores. En tres de los cuatro contratos examinados se incluyen como criterios de adjudicación requisitos no vinculados directamente al objeto del contrato. La fórmula automática utilizada para valorar la oferta económica no permite repartir todos los puntos habilitados, afectando al principio de eficiencia. En tres expedientes se incluyen criterios de adjudicación no evaluables mediante fórmulas que no permiten valorar las ofertas ni incluir aspectos no previstos en los pliegos, impidiendo que los licitadores conozcan previamente cómo van a ser valoradas sus ofertas. En ninguno de los contratos consta la aprobación de los pliegos por el órgano de contratación. La notificación de la adjudicación no se ha realizado de forma motivada en tres expedientes, mientras que en el cuarto no existe constancia de que esta se haya realizado. Además, en dos de los tres contratos notificados no se establece la posibilidad de interponer recurso especial en materia de contratación.

Con carácter general, no se ha dejado constancia en los expedientes examinados de la documentación justificativa de la solvencia o clasificación, o, en su caso, del adjudicatario, y en un contrato se ha realizado un modificado sin que se justifique que sea por causas imprevistas o sobrevenidas, mientras que en otro no hay constancia del certificado de conformidad con la realización del servicio.

Contratos no sujetos a regulación armonizada. La contratación adjudicada no sujeta a regulación armonizada correspondiente al periodo dos mil diez y dos mil once asciende a 10 contratos, por un importe de 451.768 euros, de los que se procedió a la fiscalización de nueve contratos, por un importe de 428.796 euros, que representan el 94,92 % sobre la cuantía total de la población normalizada.

Al igual que en la contratación sujeta a regulación armonizada, en las actuaciones preparatorias de la contratación no sujeta a regulación armonizada no se ha realizado en ninguno de los fiscalizados la justificación de la necesidad del contrato, omitiendo la justificación de la elección y valoración de los criterios de adjudicación.

Las principales incidencias observadas en relación al contenido de los pliegos de condiciones particulares y de los pliegos de condiciones técnicas han sido las siguientes. La fórmula automática utilizada para valorar la oferta económica en cinco contratos no permite repartir todos los puntos habilitados, afectando al principio de eficiencia. En cinco expedientes se incluyen criterios de adjudicación no evaluables, mediante fórmulas que no permiten valorar las ofertas sin incluir aspectos no previstos en los pliegos, impidiendo que los licitadores conozcan previamente cómo van a ser valoradas sus proposiciones. Con carácter general, no se especifican los criterios mínimos de solvencia que han de reunir los licitadores. En seis contratos se han incluido como criterios de adjudicación requisitos no vinculados directamente al objeto del contrato. En los informes técnicos de valoración de cuatro contratos no se ha dejado constancia de los criterios de evaluación utilizados para otorgar la puntuación. Además, en los informes de los dos procedimientos negociados analizados no se ha dejado constancia de la realización de las negociaciones, han utilizado una fórmula para valorar la oferta económica que ni está prevista en los pliegos ni reparte todos los puntos, y tampoco han motivado la forma de valorar el mantenimiento posterior al periodo de garantía. En ninguno de los contratos examinados se ha dejado constancia en el expediente de la documentación justificativa de la solvencia del adjudicatario.

A la vista de los resultados expuestos, el Consejo de Cuentas recomienda a la empresa pública ADE Parques Tecnológicos y Empresariales, S. A., que depure las deficiencias detectadas relativas a la obligación de revisión de información en materia de contratación, tanto a este Consejo como al Registro Público de Contratos del Ministerio de Economía y Hacienda; que establezca un sistema que permita dejar constancia del momento de la recepción de la documentación; que redacte las normas internas de contratación de acuerdo a la normativa vigente, estableciendo un sistema específico de recursos en materia de contratación y fijando unos importes para los procedimientos negociados y simplificado que garanticen el cumplimiento de los principios de concurrencia e igualdad; que establezca un sistema en el perfil del contratante que permita acreditar el momento de inicio de la difusión pública de la información; que en el expediente quede acreditada la necesidad de los contratos, así como la elección de los criterios de adjudicación y el peso específico de cada uno de ellos; que los pliegos de condiciones particulares incluyan los criterios mínimos de solvencia a reunir por los licitadores, así como fórmulas automáticas que adjudiquen todos los puntos; que refuerce la actividad... la objetividad de los criterios de adjudicación, estableciendo baremos de reparto y subcriterios que garanticen el conocimiento previo de los licitadores de cómo van a ser valoradas sus proposiciones; que en las notificaciones se establezca la posibilidad de interponer los recursos correspondientes; y que los expedientes recojan toda la documentación justificativa de la tramitación realizada.

Contratación de Promoción de Viviendas, Infraestructuras y Logística, S. A, (Provilsa). La empresa Provilsa se crea por la Ley 17/2008, de Medidas Financieras, como remodelación de la anterior Sociedad Gestión de Infraestructuras de Castilla y León (Gical, S. A.), cuyo objeto social fue el de proyectar, desarrollar, construir, explotar y conservar obras de infraestructura de interés público en Castilla y León, así como actividades urbanizadoras en polígonos y en materia de vivienda de protección social. La nueva sociedad amplía las anteriores funciones en materia de infraestructuras, de logística y telecomunicaciones, y en materia de urbanización las amplía a suelo residencial y cualquier actividad análoga y complementaria del conjunto de todas ellas.

Del análisis del cumplimiento de la obligación de comunicación se deduce que la empresa no ha remitido al Consejo la documentación de ninguno de los 73 contratos de los que legalmente está obligada a comunicar, por un importe total de 159.695.752 euros, lo que supone el incumplimiento de la obligación establecida en el Artículo 29 de la Ley de Contratos del Sector Público en el cien por cien de los casos. Tampoco ha remitido al Registro Público de Contratos del Ministerio de Economía y Hacienda la información de 202 contratos, por importe de 171.932.629 euros, de un total de 209, por una cuantía de 183.903.270 euros, lo que supone el incumplimiento del Artículo 308 de la Ley de Contratos del Sector Público en el 93,53 % de los casos.

No se ha detectado ninguna incidencia en cuanto a la organización y estructura competencial. Y, por lo que se refiere al control interno, no hay constancia de la existencia de un sistema que acredite la entrada y salida de la documentación presentada por los licitadores, lo que produce incertidumbre sobre la integridad de la documentación presentada y el cumplimiento de los plazos establecidos.

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 175.b) de la Ley de Contratos del Sector Público, Provilsa aprobó sus instrucciones internas de contratación el veintiséis de septiembre de dos mil ocho. De su examen, se desprende que en las mismas no se recoge un sistema de recursos específicos de la contratación pública y que, aunque las cuantías establecidas para que los contratos se consideren sujetos a regulación armonizada eran adecuadas a los importes vigentes en el momento de aprobar las instrucciones, deberían haberse actualizado a las establecidas por los periodos de contratación.

Además, estas instrucciones recogen unos importes relativos a las exigencias de publicidad en el perfil del contratante superiores a los establecidos en el Artículo 175.c) de la Ley de Contratos del Sector Público, y en la regulación de los procedimientos negociados sin publicidad no establece la posibilidad de negociar los aspectos económicos o técnicos.

Por último, el contenido de las instrucciones puede dar lugar a que, en determinados expedientes de cuantía inferior a 50.000 euros no se establezcan las condiciones de solvencia que determinan la capacidad para contratar, incumpliendo el Artículo 63 de la Ley de Contratos del Sector Público. En las publicaciones realizadas por esta empresa en el perfil del contratante no queda constancia del momento del inicio de la difusión pública de información, incumpliendo lo establecido en el Artículo 42.3 de la Ley de Contratos del Sector Público.

En el análisis del procedimiento de contratación se han fiscalizado 15 de los 209 contratos celebrados por esta empresa en el periodo referenciado, por un importe de 56.621.052 euros, lo que representa un 30,69 % del total adjudicado, de los que pasamos a detallar las incidencias más significativas, teniendo en cuenta si están o no sujetos a regulación armonizada.

Contratos sujetos a regulación armonizada. El número de contratos sujetos a regulación armonizada formalizados por Provilsa en los ejercicios dos mil diez y dos mil once ascendió a 18, por un importe total de 78.191.259 euros, habiéndose fiscalizado seis, con un importe total de 44.842.208 euros; lo que representa el 57,35 % de la cuantía total de la población sujeta a regulación armonizada.

En las actuaciones preparatorias del procedimiento de contratación, con carácter general, el inicio de la tramitación se considera razonable para los procedimientos abierto y restringido, al haberse justificado la necesidad del contrato en todos salvo en uno. Sin embargo, en todos los contratos fiscalizados se ha omitido la justificación de la elección y valoración de los criterios de adjudicación para seleccionar la oferta económica más ventajosa.

Las principales incidencias observadas en relación al contenido de los pliegos de condiciones particulares han sido las siguientes. En ninguno de los contratos examinados se especifican los criterios mínimos de solvencia económica que han de reunir los licitadores, y cuatro de ellos tampoco los de solvencia técnica o profesional; además, en dos contratos se incluyen como criterios de adjudicación requisitos no vinculados directamente al objeto del contrato. En ninguno de los pliegos consta el número de referencia a la actividad, que define el objeto y tipo de contrato. En cinco expedientes se incluyen criterios de adjudicación no evaluables mediante fórmulas que no permiten valorar las ofertas sin incluir aspectos no previstos en los pliegos, impidiendo que los licitadores conozcan previamente cómo van a ser valoradas sus ofertas. La fórmula automática utilizada para valorar la oferta económica en cinco contratos puede impedir la adjudicación a la oferta económica más ventajosa al otorgar proporcionalmente menor puntuación a la mayor baja. En ninguno de los contratos consta la aprobación de los pliegos por el órgano de contratación. Y en el procedimiento de adjudicación, la mesa de contratación, en sus informes de valoración, ha desarrollado criterios de evaluación no valorables mediante fórmulas que no figuraban en los pliegos, impidiendo que los licitadores conocieran el detalle de los mismos al presentar sus ofertas. Además, en ninguna de las notificaciones de adjudicación provisional o única realizadas se establece la posibilidad de interponer recurso especial en materia de contratación.

Contratos no sujetos a regulación armonizada. La contratación adjudicada no sujeta a regulación armonizada correspondiente al periodo dos mil diez y dos mil once asciende a 191 contratos, por un importe de 105.712.011 euros, de lo que se procedió a la fiscalización de nueve contratos, por un importe de 11.778.843 euros, lo que representa el 11,23 % sobre la cuantía total de la población de contratos no sujetos a regulación armonizada.

Para los procedimientos abiertos restringidos se considera razonable el inicio de la tramitación, si bien en ninguno de ellos consta la justificación de la elección y valoración de los criterios de adjudicación para seleccionar la oferta económica más ventajosa. Además, uno de los contratos tramitados por el procedimiento negociado sin publicidad no cumple con los requisitos exigidos en el Artículo 158.b) de la Ley de Contratos del Sector Público; y otro, que supera las cuantías máximas establecidas para ser tramitado por este procedimiento, se ha adjudicado directamente a una empresa sin justificar su exclusividad, vulnerando los principios de igualdad y libre concurrencia.

Las principales incidencias observadas en relación al contenido de los pliegos de condiciones particulares y de los pliegos de condiciones técnicas han sido las siguientes. Con carácter general, no se especifican los criterios mínimos de solvencia que han de reunir los licitadores. En dos expedientes se incluyen criterios de adjudicación no evaluables mediante fórmulas que no permiten valorar las ofertas ni incluir aspectos no previstos en los pliegos, impidiendo que los licitadores conozcan previamente cómo van a ser valoradas sus proposiciones. La fórmula automática utilizada en dos contratos para valorar la oferta económica puede impedir la adjudicación a la oferta económica más ventajosa, al otorgar proporcionalmente menor puntuación a la mayor baja; mientras que en otro, en los criterios evaluables de forma automática, no se establece la fórmula aplicable, afectando, en ambos casos, al principio de eficiencia económica. En ninguno de los contratos consta la aprobación de los pliegos por el órgano de contratación.

Las deficiencias detectadas en el procedimiento de adjudicación han consistido en la ausencia de constancia de que se haya realizado la publicidad en el perfil del contratante en tres contratos, incumpliendo el Artículo 42 de la Ley de Contratos del Sector Público, y el desarrollo de los informes técnicos de valoración de dos contratos, de puntuación en varios subapartados no previstos en los pliegos, impidiendo a los licitadores que conocieran el detalle de los mismos al presentar las ofertas.

Por último, por lo que se refiere a la ejecución y extinción de los contratos, se ha detectado, para un contrato de servicios consistente en la edición de un suplemento semanal sobre las políticas de vivienda llevadas a cabo por la Junta de Castilla y León, que, realizadas las 26 publicaciones establecidas en el contrato, se ha materializado el pago sin que se... haya constancia en el expediente de la previa elaboración de las certificaciones mensuales, de conformidad con la información publicada y la entrega de un ejemplar a la Consejería del diario en que se haya insertado, incumpliendo lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas.

A la vista de los resultados expuestos, el Consejo de Cuentas recomienda a la empresa pública Provilsa que depure las deficiencias detectadas relativas a la obligación de remisión de información en materia de contratación, tanto a este Consejo como al Registro Público de Contratos del Ministerio de Economía y Hacienda; que establezca un sistema que permita dejar constancia del momento de la recepción de la documentación; que redacte las normas internas de contratación de acuerdo a la normativa vigente, adaptando los importes relativos a la publicidad de la licitación en el perfil del contratante, estableciendo un sistema específico de recursos en materia de contratación, detallando las condiciones de solvencia para determinar la capacidad para contratar y concretando la negociación en el procedimiento negociado sin publicidad; que establezca un sistema en el perfil del contratante que permita acreditar el momento de inicio de la difusión pública de la información; que en el inicio del expediente justifique la elección de los criterios de adjudicación y el peso específico de cada uno de ellos; que los pliegos de condiciones particulares incluyan los criterios mínimos de solvencia a reunir por los licitadores, así como fórmulas automáticas que otorguen proporcionalmente mayor puntuación a la mejor oferta económica presentada; que refuerce la objetividad de los criterios de adjudicación estableciendo baremos de reparto y subcriterios que garanticen el conocimiento previo de los licitadores de cómo van a ser valoradas sus proposiciones; y que en las notificaciones se establezca la posibilidad de interponer los recursos correspondientes.

Contratación de la Sociedad Pública del Medio Ambiente en Castilla y León, Somacyl. La empresa Somacyl se crea con carácter de sociedad anónima previa autorización de la Ley 12/2006, de Creación de la Empresa Pública Sociedad Pública del Medio Ambiente de Castilla y León. Forma parte de su objeto social la realización de todo tipo de trabajos, obras, estudios, informes, proyectos, dirección de obras, consultorías, asistencia técnica en servicios relacionados con la promoción, protección, conservación, regeneración o mejora del medio ambiente. También podrá utilizar cualquier actividad para la consecución de su objeto social, en especial constituir sociedades y participar en otras ya constituidas que tengan fines relacionados con el objeto social de la empresa.

Del análisis del cumplimiento de la obligación de comunicación se deduce que la empresa no ha remitido al Consejo la documentación de ninguno de los 16 contratos de los que legalmente está obligada a comunicar, por un importe total de 70.994.920 euros, lo que supone el incumplimiento de la obligación establecida en el Artículo 29 de la Ley de Contratos del Sector Público en el cien por cien de los casos. Tampoco ha remitido al Registro Público de Contratos del Ministerio de Economía y Hacienda la información de ninguno de los 45 contratos, por importe de 74.408.231 euros, lo que supone el incumplimiento del Artículo 308 de la Ley de Contratos del Sector Público en el cien por cien de los casos.

A través de la página web de la empresa se ha podido comprobar que la empresa Somacyl, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 175.b) de la Ley de Contratos del Sector Público, dispone de instrucciones internas de contratación, sin embargo, no ha quedado constancia ni de su aprobación por ningún órgano de la empresa, ni de la fecha de su aprobación, ni de la entrada en vigor de estas normas.

Otras incidencias observadas en la misma han sido: la ausencia de un sistema de recursos específicos de la contratación pública; la posibilidad de realizar modificaciones contractuales sin que estén previa y expresamente determinadas las causas; el contenido de las instrucciones puede dar lugar a que, en determinados expedientes de cuantía inferior a 50.000 euros no se establezcan las condiciones del contrato de la adjudicación o de la negociación, al no exigirse la elaboración de pliegos.

Los importes máximos establecidos para la utilización del procedimiento simplificado en suministros y servicios y para el procedimiento negociado superan ampliamente las establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público.

Para el análisis del procedimiento de contratación, se han seleccionado 15 de los 45 contratos celebrados por esta empresa en el periodo referenciado, por un importe de 63.344.856 euros, lo que representa un 85,13 % del total adjudicado, de los que pasamos a detallar las incidencias más significativas, teniendo en cuenta si están o no sujetos a regulación armonizada.

Contratos sujetos a regulación armonizada. El número de contratos sujetos a regulación armonizada formalizados por Somacyl en los ejercicios dos mil diez y dos mil once ascendió a cinco, por un importe total de 55.356.450 euros, habiéndose fiscalizado el 100 % de la cuantía total de la población sujeta a regulación armonizada.

De las actuaciones preparatorias del procedimiento de contratación se deduce que en ninguno de los contratos fiscalizados se ha realizado la justificación de la elección y valoración de los criterios de adjudicación para seleccionar la oferta económicamente más ventajosa.

Las principales incidencias observadas en relación al contenido de los pliegos de cláusulas administrativas particulares han sido las siguientes:

En los contratos en los que se exige clasificación, no se especifican los criterios mínimos de solvencia que han de reunir los licitadores extranjeros, al encontrarse estos exentos de clasificación.

En ninguno de los pliegos consta el número de referencia de la actividad que define el objeto y tipo de contrato.

En todos los expedientes examinados se incluyen criterios de adjudicación no evaluables mediante fórmulas que no permiten valorar las ofertas sin incluir aspectos no previstos en los pliegos, impidiendo que los licitadores conozcan previamente cómo van a ser valoradas sus ofertas.

Las fórmulas automáticas utilizadas para valorar la oferta económica no permiten repartir todos los puntos habilitados, lo que, con carácter general, impide otorgar mayor puntuación proporcionalmente a la oferta más baja.

En ninguno de los contratos consta la aprobación de los pliegos por el órgano de contratación.

Por lo que respecta al procedimiento de adjudicación, en los informes de valoración de todos los contratos examinados se han desarrollado criterios de evaluación no previstos en los pliegos, lo que impide que los licitadores conocieran el detalle de los mismos al presentar sus ofertas. Además, en ninguna de las notificaciones de la adjudicación provisional, tanto al adjudicatario como al resto de licitadores, figura la posibilidad de interponer el recurso especial en materia de contratación, así como tampoco queda constancia de la recepción por el adjudicatario y resto de licitadores de la notificación de la adjudicación definitiva ni de su publicación en los correspondientes diarios oficiales.

Por último, de la ejecución y extinción del contrato se deduce que en uno de los contratos examinados no queda constancia de la recepción de la obra ni justificación, en su caso, de la causa del retraso, mientras que en otros se incumple el plazo de diez días establecido para firmar el acta de comprobación de replanteo, al realizarse nueve meses después, emitiéndose además la primera certificación de obra un mes antes de la firma de dicho acta.

Contratos no sujetos a regulación armonizada. La contratación adjudicada no sujeta a regulación armonizada correspondiente al periodo dos mil diez y dos mil once asciende a 40 contratos, por un importe total de 19.051.781 euros, de los que se procedió a la fiscalización de 10 contratos, por un importe total de 7.988.406 euros, que representan el 41,93 % sobre la cuantía total de la población no armonizada.

En la fase de preparación se ha puesto de manifiesto que en ninguno de los contratos fiscalizados se ha realizado la justificación de la elección y valoración de los criterios de adjudicación para seleccionar la oferta económica más ventajosa. Además, en uno de ellos tampoco consta la justificación de la necesidad exigida en el Artículo 22 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Las principales incidencias observadas en relación al contenido de los pliegos de cláusulas administrativas particulares han sido las siguientes:

Para los expedientes en los que no se exige clasificación, con carácter general, no se especifican los criterios mínimos de solvencia que han de reunir los licitadores; mientras que para los que sí se exige clasificación, no se incluyen los requisitos mínimos de solvencia que deben de cumplir los licitadores extranjeros.

La fórmula automática utilizada para valorar la oferta económica no permite repartir todos los puntos habilitados ni valora más proporcionalmente a la mayor baja, afectando al principio de discriminación y eficiencia.

En todos los expedientes examinados se incluyen criterios de adjudicación no evaluables, mediante fórmulas que no permiten valorar las ofertas sin incluir aspectos no previstos en los pliegos, impidiendo que los licitadores conozcan previamente cómo van a ser valoradas sus proposiciones.

En ninguno de los contratos iniciados mediante el procedimiento negociado se han establecido aspectos negociables con los licitadores.

En el procedimiento de adjudicación no se ha dejado constancia de que la valoración de los criterios que requieren un juicio de valor, excepto el precio, se haya realizado con anterioridad a los que son susceptibles de valoración automática mediante fórmulas.

Y en los informes técnicos de valoración se han desarrollado criterios de evaluación no previstos en los pliegos, impidiendo a los licitadores que conocieran el detalle de los mismos al presentar las ofertas. Tampoco, en otros tres expedientes, se ha dejado constancia de toda la documentación justificativa de la capacidad y solvencia del adjudicatario.

Además, en el informe de valoración de la oferta económica mediante fórmulas automáticas de ocho contratos ni se reparten todos los puntos ni a la oferta económica se le asigna la máxima puntuación, como consecuencia de la fórmula utilizada, y en tres contratos la apertura de la proposición económica se ha realizado con anterioridad a la confección del informe técnico de valoración de los criterios.

Por último, en ninguno de los contratos iniciados mediante procedimiento negociado se ha dejado constancia de las negociaciones efectuadas. Y en la fase de ejecución y extinción de los contratos se ha observado que se han concedido prórrogas en dos contratos, sin que se justifique que el motivo sea por causas imprevistas o sobrevenidas, en contra de lo establecido en sus instrucciones internas de contratación.

A la vista de los resultados expuestos, el Consejo de Cuentas recomienda a la empresa pública Somacyl que depure las deficiencias detectadas relativas a la obligación de remisión de información en materia de contratación, tanto a este Consejo como al Registro Público de Contratos del Ministerio de Economía y Hacienda.

Que redacte las normas internas de contratación de acuerdo a la normativa vigente, estableciendo un sistema específico de recursos en materia de contratación y fijando unos importes para la utilización de los procedimientos negociado y simplificado que garanticen los principios de concurrencia y de igualdad.

Que en el inicio del expediente justifique tanto la necesidad de los contratos como la elección de los criterios de adjudicación y el peso específico de cada uno de ellos.

Que en los pliegos de condiciones particulares incluya los criterios mínimos de solvencia a reunir por los licitadores, así como fórmulas automáticas que permitan adjudicar todos los puntos asignados.

Que refuerce la objetividad de los criterios de adjudicación, estableciendo baremos de reparto y subcriterios que garanticen el conocimiento previo de los licitadores de cómo van a ser valoradas sus proposiciones.

Que en las notificaciones se establezca la posibilidad de interponer los recursos correspondientes.

Que los expedientes recojan toda la documentación justificativa de la tramitación realizada, y que se realice la recepción del objeto del contrato en todos los expedientes dentro del plazo establecido, dejando constancia de ella, autorizando exclusivamente aquellas prórrogas que respondan a necesidades nuevas y causas imprevistas. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Presidente. Se abre un turno de intervenciones por parte de los diferentes Grupos Parlamentarios. Por parte del Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra el señor González Suárez.


EL SEÑOR GONZÁLEZ SUÁREZ:

Muchas gracias, señor Presidente. Gracias de nuevo al señor Presidente del Consejo de Cuentas por su intenso y extenso informe sobre las empresas... sobre las contrataciones de las empresas públicas de la Comunidad.

Yo voy a empezar fijándome en una de las empresas, en Provilsa, en el caso de la empresa pública Provilsa, que es paradigma de todas las analizadas, ¿no? Este informe pone de manifiesto que la aplicación de la normativa legislativa vigente resulta poco menos que una utopía cuando se trata de un ente público. Esta es la diferencia que tenemos entre un país llamado España y ciertos países de la Unión Europea, de la que formamos parte, o incluso -por una vez, y sin que siente precedente en que yo le ponga como ejemplo- un país llamado Estados Unidos, ¿no?

Estamos absolutamente carcomidos por la... por la corrupción y la visión de la Administración Pública como territorio de lo arbitrario, y la raigambre democrática nos falta, sinceramente, cuando vemos este tipo de reflexión... este tipo de análisis, que hace un órgano tan importante como el Consejo de Cuentas sobre una entidad pública, una empresa pública, como es Provilsa o como es cada una de las demás analizadas; pero esto es llamativo.

Los contratos cerrados por la dirección de Provilsa con empresas saltándose la Ley de Contratos del Sector Público, por importes totales de una importancia como la que aquí se ve sería, claramente, para acudir a los tribunales de justicia. En otros países –a los que he aludido- de la Unión Europea o Estados Unidos ya se habría ido por parte de los que tienen que velar por la pureza administrativa, por la pureza de la legalidad y por la pureza ante la población.

Aquí, como poco, debería ser motivo de despido de lo que ha sido la dirección de Provilsa, pero actuamos de una forma diferente. Hacemos desaparecer Provilsa, hacemos desaparecer los que están al frente, diluyéndolos en otras responsabilidades, y aquí paz y después gloria.

Sin embargo, después de la demoledora relación de incumplimientos que hace el Consejo de Cuentas -que hace el señor Presidente del Consejo de Cuentas en nombre del Consejo-, y de la... y detrás de la cual no sería difícil sospechar, incluso, mercadeo de favores, aquí lo que nos encontramos es o la desaparición de Provilsa o que, por desgracia, el propio Consejo de Cuentas rebaje el asunto a una simple llamada de atención y a una serie de tibios reproches y a un ejercicio que yo lo considero inútil, pero que fuera de esta Cámara, fuera de esta casa, los que puedan leer, el quedarnos en esos tibios consejos, considerarían inútiles esos consejos; y que corroboran, por desgracia, la sensación que existe fuera de las paredes de estas Cortes de que en ciertos ámbitos se actúa muy por encima de la legalidad vigente.

Si esto lo digo de Provilsa –con lo que supone para Provilsa y su desaparición-, si vamos al Somacyl, que habitualmente, en diferentes Comisiones, o incluso en el Pleno de esta Cámara, hacemos desde la Oposición comentarios sobre el Somacyl. Y, claro, que el propio Consejo de Cuentas tenga que poner de manifiesto que en ninguno de los contratos fiscalizados se ha realizado la justificación de la elección y valoración de los criterios de adjudicación para seleccionar económicamente la oferta más ventajosa, sinceramente, esto es verdaderamente grave.

Que no se especifiquen los criterios mínimos de solvencia que deben reunir los licitadores trae como consecuencia que luego nos encontremos –como nos encontramos- con la desaparición de algunas empresas una vez que han iniciado ciertas obras, o que han iniciado ciertas gestiones sin que finalicen, y metiendo en problemas a los ciudadanos, que sufren la no finalización de lo contratado.

Por otra parte, el que se diga... nos parece importante que el Consejo de Cuentas diga que la fórmula automática utilizada para favorecer valorar la oferta económica no permite conocer los puntos habilitados ni valorarlos. Miren ustedes, a nosotros esto, de verdad, nos parece sumamente grave. Por eso, nos hubiese gustado que, en el caso de Provilsa, no haberse quedado en la tibiedad de lo que se dice.

Y... y, por no seguir leyendo algunas de las valoraciones que se hacen en el informe sobre el Somacyl, decir que... que, tal como finalizan, que en fase de ejecución y extinción de contratos se ha observado que han concedido prórrogas en contratos sin que se justifiquen los motivos que tengan o la... o las condiciones sobrevenidas, nos parece a nosotros sumamente grave.

Lógicamente, animamos al Consejo de Cuentas a seguir en la vía de lo exhaustivo de los informes, de la profundización en los informes, pero deberíamos... –aparte de las recomendaciones que hace, que mi Grupo vamos a... apoyamos ahora de forma oral, y plantearemos, para que sean aprobadas por este Parlamento- pero entendemos que, de alguna forma, entre todos, debemos dar pasos a mayores. Que no estamos hablando ya de la gestión de los recursos públicos, estamos hablando ya de cómo puede actuarse con los recursos públicos para ciertos favores. Porque, cuando hay oscurantismo, puede haber favores; y cuando hay oscurantismo, hay tendencia a que existan favores; y hay que ser transparentes totalmente; este edificio no lo es, pero casi lo es desde el punto de vista físico, y no solamente debe ser la transparencia física, sino la transparencia en las actuaciones dentro. Gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Por parte del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora Muñoz de la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

Gracias, Presidente. Bienvenido, señor Encabo. Como Presidente del Consejo de Cuentas, es un placer recibirle, a usted y a su equipo en esta Comisión, con la incorporación de nuevos informes, respecto a los cuales, tanto el Consejo ha cumplido, en tiempo y forma, las Cortes y la Comisión de Hacienda ha cumplido en tiempo y forma; solo falta que cumpla la Consejera de Hacienda con esta Comisión, y venga a comparecer, que tiene once comparecencias pendientes, muchas de ellas para dar cuentas precisamente de lo que estamos hablando esta mañana aquí.

Hablaremos hoy de empresas públicas, que en un principio nacieron para evitar que se elevara el nivel de endeudamiento de la Junta -justificando que serían más ágiles, más eficaces y más... y más efectivas-, y se ha convertido en todo lo contrario, se han convertido en un lastre, como bien demuestra el informe que ha presentado esta mañana aquí: crecimiento en número desproporcionado, despilfarro en la gestión, falta de control público, incumplimiento en sus obligaciones legales de control y fiscalización, salarios disparatados, nivel de ejecución mínimo, derroche en el gasto, con incrementos de gastos alarmantes, que han llevado a la propia Administración, que las impulsó a iniciar procesos de supresión, fusión o absorción entre ellas.

Todo esto es lo que finalmente viene a demostrar el informe que hoy presenta y que, de alguna forma y de manera casi telegráfica, por falta de tiempo, intentaremos desgranar también, no sin antes recomendar a las Cortes y al Consejo de Cuentas que, cuando se presenten informes de fiscalización con un volumen tan elevado como es el caso de hoy, con objetos tan diversos en cuanto a la materia, competencias y asuntos, vengan a la Comisión en puntos del Orden del Día separados, de manera que podamos analizar, debatir y ver con mayor detalle cada uno de ellos: o bien por bloques, o bien por áreas, o bien por obras... en fin, de alguna forma, segregarlos, dividirlos, para que podamos analizarlos con profundidad.

Hoy vemos ADE Financiación, ADE Parques, Provilsa y Somacyl. Entre todas, adjudicaron entre el dos mil diez y el dos mil once un total de 282 contratos, por valor de más de 266 millones de euros.

ADE Parques Tecnológicos presenta un incumplimiento del 100 % en su obligación de remitir documentación, o un 99 % en su obligación de remitir la documentación al Ministerio de Hacienda. ADE Financiación, más o menos. Provilsa no ha cumplido tampoco con su obligación de remisión de la información al Consejo de Cuentas en 73 contratos –esto significa el 35 % de los contratos-; no se han enviado ni comunicado al Consejo de Cuentas.

Muy interesante, si el tiempo nos permitiera entrar a ver cuál es el criterio de no remisión utilizado por Provilsa, que, tras el análisis de las empresas adjudicatarias, las obras o el importe, resulta evidente y muy interesante para entender por qué razón no se han enviado esta... estos expedientes a... para su fiscalización. Es evidente la opacidad que presenta Provilsa. Como tampoco ha enviado al Ministerio de Economía y Hacienda el 94 % de los contratos celebrados; y aquí el criterio, desde luego, es distinto: sistemáticamente, no se informan, no se envían para su revisión, y punto.

Somacyl es mucho peor todavía que Provilsa. Al Ministerio de Economía y Hacienda no ha enviado ningún contrato, y el 36 % de los contratos no se han comunicado al Consejo de Cuentas. Pero, ojo, un 34 % de contratos que corresponden a un 95,4 % de importe... del importe adjudicado –estamos hablando de 74 millones... de más de 74 millones de euros que no han sido enviados-. Esto es, los contratos de mayor cuantía y envergadura no se han... no se ha... con ellos no se ha cumplido la obligación de comunicar, no se ha podido fiscalizar sus datos, y, desde luego, estos datos están escondidos.

También interesante su análisis respecto a las empresas, obras y fechas. Muy interesante, si el tiempo nos permitiera poder entrar en este... en este detalle.

De esta manera, el Consejo ha tenido que recurrir -es bastante bochornoso- a la página web de Somacyl para examinar datos. Esto es lamentable, y, evidentemente, en una página web, pues lógicamente, por encima.

El Consejo ha podido constatar que estas empresas –lo ha leído su Presidente esta mañana aquí- incumplen todos los principios que se puedan incumplir, absolutamente todos; especialmente Provilsa y Somacyl. Incumplen el principio de transparencia en la contratación, igualdad de trato en la contratación, no discriminación, publicidad, libertad de acceso a las licitaciones, principio de competencia, seguridad jurídica, eficacia en el gasto -porque no se demuestra el interés general-, eficiencia en la utilización de los fondos públicos, acreditación de la solvencia económica, financiera, técnica y profesional de las empresas; el procedimiento... procedimientos negociados sin publicidad –no se establece la posibilidad de negociar ni los aspectos técnicos ni los aspectos económicos- o se utiliza esta fórmula superando las cuantías máximas permitidas, o segregando –como podemos ver- determinadas cuantías para determinar... para eludir determinadas obligaciones contractuales.

En los procedimientos de contratación no se respetan los principios de concurrencia y libertad de acceso, publicidad y transparencia de los procedimientos, no discriminación e igualdad de trato de la... en las licitaciones; no existe un registro de entrada y salida que acredite la documentación presentada por parte de los licitadores, o que garantice la integridad de la documentación o el cumplimiento de los plazos establecidos; no se justifican los criterios de elección para la adjudicación; se deja a decisión de la mesa de contratación, por ejemplo, la aceptación o no de la licitación, por no cumplir con la transparencia requerida en cuanto a los procedimientos o se deja a elección la inclusión... los pliegos, se les deja a decisión de la mesa por no incluir criterios de evaluación fácilmente evaluables o no en los pliegos de condiciones, y las mesas, finalmente, terminan desarrollando criterios de evaluación que no figuran en los pliegos y que no son valorables mediante fórmulas; vulgarmente conocido como "adjudicaciones a medida", porque, finalmente, no hay criterios establecidos y concretos ni baremos concretos para que la mesa pueda adjudicar, de manera que esta terminará haciéndolo a medida de la propia mesa o no sabremos de quién.

Los criterios para evaluar las ofertas económicas desincentivan las ofertas a la baja más importantes o las ofertas económicas no se le asigna la máxima puntuación, en función de la cantidad de la oferta económica. La apertura de proposiciones económicas anteriores a la elaboración de un informe se hacen antes de la elaboración del informe técnico de valoración. Se conceden prórrogas en las ejecuciones de obras, ampliando hasta diez veces el plazo inicialmente previsto de finalización de las obras, sin justificar las causas imprevistas o sobrevenidas para conceder esta prórroga. Se firman actas de replanteo en obras cuando aún no se tienen las licencias administrativas pertinentes. Un mismo expediente puede ser contrato de obras, suministros y servicios sin determinar qué cuantías corresponden a cada... a cada uno. No se detalla el objeto del contrato. No aparece la posibilidad de interponer recursos de la contratación, dando lugar a indefensión de las propias empresas que concursan en las licitaciones. Adjudicaciones directas de obras -de carreteras, por ejemplo- a una empresa por mandato directo de la Consejería de Fomento. No consta la aprobación por parte de la Dirección General o por el órgano de contratación correspondiente de los pliegos. Se han realizado pagos sin que consten en el expediente las certificaciones mensuales. No consta que se realice recepción de las obras en unos casos ni que se justifiquen los retrasos de las obras en otros. En algunos casos se emite la primera certificación de obras un mes antes de la firma del acta de comprobación y de replanteo. Somacyl, por ejemplo, en ninguno de los contratos se publican las licitaciones ni las adjudicaciones definitivas en ningún Diario Oficial -me estoy refiriendo al BOCYL-, como prueba documental, no se publican ni una sola licitación ni adjudicación. Sus normas internas de contratación no se ajustan a la normativa vigente.

En fin, un largo etcétera que usted ha detallado esta mañana aquí en su informe, en su extenso informe. Incumplimiento, Señoría, de juzgado de guardia, todos y cada uno de ellos.

Cualquier empresa privada con esta historia estaría intervenida judicialmente o, desde luego, estaría disuelta. El trabajo del Consejo de Cuentas, respecto a estas empresas, deja al descubierto, desde luego, todas sus vergüenzas, absolutamente todas. Los resultados de fiscalización demuestran que es auténticamente bochornoso el sistema de trabajo que vienen presentando estas empresas. Desde luego, insisto, si fueran empresas privadas, perderían todas las licencias, estarían sancionadas, tendrían responsabilidad, serían multadas y, desde luego, con responsabilidad... responsabilidad judicial, sin duda.

Señorías, Presidente, cuando todos los indicadores aconsejaban la reducción de la Administración conocida como Administración B, en Castilla y León, entre los años dos mil ocho y dos mil once, en plena crisis, la Junta de Castilla y León alcanzó 94 entes de titularidad regional, esto creció... supone un crecimiento de un 10,5 %, frente a un 2,5 % que hubo de crecimiento a nivel nacional. Crecimos muy muy por encima del resto de las Comunidades Autónomas y de... y de España.

Se repartieron, según los Presupuestos del año dos mil once, que es a los años a los que nos referimos, en subvenciones públicas, 59 millones de euros, que, junto con los 71 que se dieron a fundaciones, al final han manejado subvenciones públicas por valor de 130 millones de euros, a los que hay que sumar las aportaciones lógicas que, según los Presupuestos de la Junta, hace por encargos de obras.

Manejan, por lo tanto, cantidades millonarias que dilapidan en sueldos, en gastos corrientes, en falta de inversión, y las obras que hacen, desde luego, en falta de ejecución de muchas de las obras encomendadas.

Estos años, las empresas recibieron muchos más encargos de obra, supuestamente para ganar agilidad, obras que nunca llegaron a conseguirse y que, además, presentan unos niveles de ejecución verdaderamente lamentables. Provilsa, por ejemplo, dejó de ejecutar el 75 % de su presupuesto –hablo del año dos mil diez y del año dos mil once-; Somacyl, el 76,6 %. En estas empresas públicas lo único que crece, Señoría, es el nivel de endeudamiento, un 287 %, casi tres veces más del dos mil ocho a dos mil diez. ADE tiene una deuda de cerca de 500 millones de euros; Provilsa, más de 356 millones de euros; Somacyl, 99 millones; ADE, 73 millones. Superan los 1.000 millones de euros... de euros de deudas en aquellos años entre cuatro empresas.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Vaya acabando, señora De la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

Los sueldos de las personas que trabajan en ellas se han disparado, están muy por encima del salario medio de Castilla y León, que se situaba en aquellos años en 19.683 euros. Pues bien, frente a un salario medio de 19.000 euros, Somacyl presenta un sueldo medio anual de 135.606 euros, 6,8 veces más por encima de la media de la Comunidad Autónoma, y además recibe subvenciones por estos... por estos empleos. Provilsa tiene un sueldo medio de 44.166 euros; ADE Financiación, 55.800 euros; o Parques... ADE Parques, 44.500. Así se entiende que Somacyl, por ejemplo, con 16 trabajadores, tenga un coste en gastos de personal que supera los 2.000.000 de euros, o Provilsa, con 24 trabajadores, más del doble, tenga la mitad de gastos de personal, 1.000.000 de euros.

Si repartimos las deudas de las empresas por número de empleados, resultan extremadamente altas en todas las empresas, donde destaca Provilsa especialmente, con casi 15 millones de euros por empleado, que, junto con ADE Financiación, necesitan más de 25 años, con el volumen de negocio que tienen, para amortizar la deuda que han contraído. Si analizamos la deuda con el volumen de negocio que mueven y el patrimonio neto del que disponen, el resultado para cualquier empresa normal sería de una quiebra técnica.

Estas empresas lo que mejor han hecho ha sido usurpar competencias, programas y actuaciones propios de la Consejería y de los empleados públicos de las Consejerías, vaciar de contenido, por lo tanto, las Consejerías, ya que el trabajo que antes realizaban los funcionarios y trabajadores públicos, con la garantía de independencia que supone estos trabajadores, ahora lo realizan estas empresas públicas.

Los criterios de selección de los trabajadores de estas empresas no son imparciales: no hay oposición, no hay garantías, no se garantizan los principios de igualdad, mérito y capacidad. En la mayoría de los casos, con una entrevista personal es suficiente para la contratación. No hay transparencia en sus actividades, como vemos hoy, o nula, en unos casos, confusa en otros. Claramente se ha demostrado con su informe.

Eluden cualquier tipo de control...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señora De la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

... y de rendición de cuentas. (Termino, Presidente). Están sometidas a menor control presupuestario y de rigor del gasto, absoluta falta de independencia, desde la Presidencia, que la ocupa el Consejero, al nombramiento de los órganos de dirección y control por libre designación, coincidiendo en muchos... en muchos casos con ex altos cargos de la propia Consejería de la que dependen, convirtiéndose en aparatos, muchas veces, al servicio de la Administración que las ha creado.

Su deuda no computa como déficit, pero se solventa, se paga y, finalmente, se amortizará con fondos públicos. Y finalmente, estas empresas son un despilfarro de fondos públicos, en los que hoy, sin inversiones en obra pública, su única inversión son los salarios escandalosos que tienen, salarios que, mientras todo el mundo... a todo el mundo se le congelaban durante estos años, estas empresas han mantenido, aumentando sus salarios hasta incluso el 7,5 %, en el caso, por ejemplo, de Provilsa.

Provilsa, como Somacyl, como las ADE son absolutamente prescindibles, los empleados públicos de la Consejería bien podrían hacer todo este trabajo, y el coste de personal se reduciría, sumando todos, las de las cuatro, hasta 7.000.000 de euros. ¿Imagina la cantidad de servicios básicos fundamentales que se pueden garantizar si la Administración, si la Junta pudiera disponer de 7.000.000 de euros más al año? En fin.

En principio, se inició una política... (Y termino, Presidente. Voy finalizando). ... se inició una política de... (Voy terminando). ... de refundición de... de eliminación de empresas públicas...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Señora De la Peña, debe de acabar ya.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

(Termino, Presidente). ... se inicia en el año dos mil once, se continúa en el dos mil doce, pero, finalmente, a estas alturas... a estas alturas, se pretendió refundir tres en una, para, al final, quedarse solo en dos, Somacyl y Provilsa, pero finalmente pues tenemos una más, cuatro. Con lo cual, esta política de fusión o unión, absorción para eliminar empresas públicas lo que está haciendo es que tengamos más empresas públicas, puesto que Somacyl se supone que tenía que haber desaparecido en el dos mil trece...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señora De la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

(Termino). ... sigue licitando y adjudicando...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

He sido más condescendiente que ninguno. Debe de acabar.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

... Provilsa y todas. Bueno, bien. Muchas gracias, Presidente.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Cruz.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Sí. Gracias, Presidente. Sí ha sido usted condescendiente, doy fe de ello.

Yo quiero centrarme en el informe, porque la señora De la Peña ha venido aquí a hablar del personal de las empresas públicas –no sé en qué apartado del informe y objeto del debate estaba, porque aquí se está hablando de la contratación de las empresas públicas, no se ha hablado del nivel retributivo del personal de Provilsa, de Somacyl. Yo... mire que he hojeado con detenimiento todas y cada una de las páginas y no he encontrado ese nivel de detalle, pero, bueno, en todo caso, yo respeto su intervención.

Pero quiero comenzar que, después del panorama desolador que algunos han intentado plantear de la situación de las empresas públicas de la Comunidad aquí, yo quiero recordar lo que dice el Consejo de Cuentas. Y lo que dice el Consejo de Cuentas en su informe es que las empresas públicas analizadas cumplen razonablemente con la legalidad -eso, lo primero-, excepto en las limitaciones –que yo también voy a poner en valor, porque existen y hay que corregirlas-; pero de ahí a plantear un panorama tan desolador como algunos plantean, en el que están hablando de cuestiones judiciales... Mire, la vía judicial está abierta para todo el mundo. Señores Portavoces, si aquí no... la vía judicial está abierta para todo el mundo. Si ustedes entienden, después del panorama que han hecho, que aquí hay cuestiones que pueden ser objeto, vayan ustedes a los tribunales.

Y, dicho eso, creo que queda prácticamente planteada una primera parte. Por tanto, la legalidad se cumple –y lo dice el Consejo de Cuentas-, salvo en limitaciones. ¿Qué limitaciones? Vamos a entrar a analizar las limitaciones que existen, y yo voy a poner encima de la mesa.

En primer lugar, el deber de comunicación. Efectivamente, hay un problema, que ha de solventarse, que es el deber de comunicación, no solo al Consejo de Cuentas, sino al Ministerio de Economía, a través del Registro de Contratación. Porque, efectivamente, las cuatro empresas públicas analizadas incumplen sistemáticamente tanto el Artículo 29 de la Ley de Contratos del Sector Público como el Artículo 308. Pero ese incumplimiento, que es importante –quiero matizar-, no supone, obviamente, que no se cumpla la legalidad en los criterios de adjudicación. Obviamente, es una cuestión que hay que corregir y que debemos, desde luego, instar a que se corrija y que se cumpla con un deber legal –que es el de la comunicación, tanto al Consejo de Cuentas como al Ministerio de Economía, al Registro de Contratos-, pero de eso a plantear que aquí nadie cumple la legalidad dista mucho la realidad.

Efectivamente, hay otra serie de problemas vinculados a las instrucciones internas de contratación –que en algún caso no parece que estén aprobadas-, pero también quiero matizar que aquí se ha puesto en cuestión la colaboración por parte de las empresas públicas con el Consejo de Cuentas. Y el informe que ha remitido el Consejo de Cuentas dice textualmente –y lo leo- en muchos apartados que "los entes fiscalizados siempre han adoptado, con carácter general, una actitud de colaboración con el Consejo de Cuentas". Es cierto que figura en los informes del Consejo de Cuentas, a pesar de que, como he reconocido, hay algunas cuestiones, respecto del deber de comunicación, que no se hacen.

Y lo que se ha puesto de manifiesto aquí es que yo creo que, si este informe lo trasladásemos a otra Comunidad Autónoma, lo que han planteado aquí los Portavoces de los Grupos de la Oposición no se habría puesto de manifiesto. Porque este... el contenido de este informe sobre la contratación de las empresas públicas de la Comunidad de Castilla y León perfectamente se puede encontrar en cualquiera de los informes que los OCEX regulan sobre la contratación: básicamente se cumple la legalidad, pero hay aspectos mejorables. No sé si el Portavoz del Grupo Mixto o el... o la Portavoz del Grupo Socialista hubiesen hecho este discurso tan catastrofista si estuviésemos en la Comisión de Hacienda de las Cortes de Andalucía; porque lo de los criterios... [murmullos] ... lo de los criterios... –yo he respetado los turnos, respétenlo ustedes también- lo de los criterios de valoración es que ha podido llevar fácilmente a la confusión. Fíjese, una cosa es que no existan criterios de valoración, y otra cosa distinta es que no se justifiquen los criterios. Muchísimo, totalmente distinto. Una cosa es que no existan criterios de valoración, y otra que no se justifiquen esos criterios. Y a buen entendedor, pocas palabras bastan.

Y estas recomendaciones del Consejo de Cuentas, en este caso a las empresas públicas de Castilla y León, en donde hay sustanciales aspectos que mejorar –y yo lo digo y lo pongo de manifiesto: en materia de comunicación, en materia de instrucciones internas, en materia de solvencia mínima para los licitadores-, les puedo asegurar que se reiteran en la mayoría de los informes de los OCEX que se llevan a cabo cuando se analiza la contratación de las empresas públicas.

Y aquí, al final, hemos derivado en una cuestión que llama poderosamente la atención, que es criticar el tamaño del sector público de Castilla y León, cuando el último informe elaborado por el Ministerio de Hacienda respecto al tamaño del sector público empresarial y fundacional de las Comunidades Autónomas, que se ha publicado recientemente –concretamente en junio de este año dos mil trece-, dice que el 36 % de las empresas y fundaciones públicas vinculadas a Comunidades Autónomas están en dos Comunidades Autónomas –¡qué curioso!-: Andalucía y Cataluña. Hay más de 2.200 entidades vinculadas, y, curiosamente, lo que aquí se critica se pone en práctica donde han tenido o tienen la opción de Gobierno. Es curioso.

En todo caso, he dicho, y hay que reconocer, que hay criterios que hay que solventar -nosotros vamos a asumir un importante número de las recomendaciones que efectúa el Consejo de Cuentas-, pero quiero matizar un último aspecto, porque creo que es importante; y creo que es importante analizar también las alegaciones que han presentado las empresas públicas a los informes, que la mayoría no han sido tenidas en cuenta, bien porque se han presentado fuera de plazo o porque el Consejo de Cuentas ha mantenido el criterio planteado en el informe provisional. Pero creo que hay dos cuestiones que son resaltables.

En primer lugar, la primera –y me parece importante-, que una de las empresas públicas, en la primera alegación, lo que dice es que va a asumir todas y cada una de las recomendaciones que ha hecho el Consejo de Cuentas, lo que yo creo que supone un paso importante que hay que poner de manifiesto. Y me refiero concretamente a la empresa Provilsa, que, textualmente, en la alegación dice que no existe ningún inconveniente en asumir todas y cada una de las recomendaciones que ha hecho el Consejo de Cuentas; y lo puedo leer textualmente –figura en la página 1, alegación número 1 del... al informe provisional-. Dice: "Previamente a la formalización de las alegaciones justificativas de la actuación de Provilsa, y sin perjuicio del contenido y alcance de estas, como quiera que Provilsa persigue alcanzar la máxima transparencia y adecuación a la legalidad, y que los criterios del órgano fiscalizador en todo caso se dirigen a estos fines, Provilsa se compromete a la adopción de los criterios recogidos en el informe provisional del Consejo de Cuentas". Por lo tanto, hay voluntad claramente por parte de las empresas de la Comunidad en mejorar esas cuestiones que se han puesto de manifiesto aquí, pero que en todo caso hacen que se cumpla también –como pone de manifiesto el Consejo de Cuentas- la legalidad en la contratación y disipar algunas de las dudas que se han planteado en la mañana de hoy.

Y hay que entrar en otro aspecto, que creo es importante, que es una de las alegaciones –y hablo desde la experiencia, desde la experiencia en materia de contratación-, que es referente a los criterios de puntuaciones máximas. O sea, que eso no es una práctica de las empresas públicas de la Comunidad de Castilla y León, es que es una práctica del Ministerio de Fomento, es una práctica del Ministerio de Fomento del Gobierno del Partido Popular hoy, era una práctica del Ministerio de Fomento del Gobierno de la señora Magdalena Álvarez, del Gobierno del señor Blanco... Las ofertas no tienen por qué llegar a los criterios de máxima puntuación, porque hay mecanismos, que son totalmente legales –y, obviamente, yo respeto aquí al Consejo de Cuentas-, pero que están informados por la Intervención, en este caso, puede ser de cualquier Ministerio. Y voy a poner un ejemplo: tú puedes establecer un mecanismo de baja media, que está en cientos de pliegos de condiciones de licitación, y hay empresas que no consiguen la máxima puntuación para ser la más baja, que es lo que está defendiendo el informe del Consejo de Cuentas. Y ese es un mecanismo que no se inventan las empresas públicas de la Comunidad de Castilla y León. Lo digo, y ahí hay cientos de pliegos de condiciones de licitación de obras mucho más importantes en cuantía de las que se licitan aquí, en que se utilizan criterios objetivos que, en todo caso, no permiten alcanzar la puntuación máxima a los licitadores, porque establecen mecanismos de corrección, bien de sistemas de bajas medias, o para evitar, entre otras cosas, algo muy común en esta época de crisis, que fueron –ni más ni menos- las bajas temerarias.

Dicho esto, creo que hay cuestiones que hay que corregir - criterios, básicamente son los de la solvencia, me parecen importantes; criterios de las instrucciones internas de contratación, y, sobre todo, el deber de comunicación en cuanto al Consejo de Cuentas se refiere, y también en cuanto al Ministerio-, pero hay que poner de manifiesto que se cumple razonablemente con la legalidad. Y, desde luego, poner de manifiesto que el sector público de Castilla y León -el sector público empresarial y fundacional- es un sector muy reducido, si lo comparamos con el de otras Comunidades Autónomas, y, desde luego, además, hay una voluntad inequívoca del actual Ejecutivo de seguir reduciendo este sector público empresarial para que a finales del dos mil trece sea el 50 % del que teníamos al comenzar la legislatura. Porque, además, es un compromiso que se ha firmado incluso con el partido... principal partido de la Oposición. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Cruz. Para contestar a las intervenciones de los distintos Grupos Parlamentarios, tiene la palabra el Presidente del Consejo de Cuentas.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Sí. Gracias, Presidente. Muy brevemente, pues para hacer una serie de reflexiones.

En primer lugar, yo coincido plenamente por lo expresado por la Portavoz del Grupo Socialista en orden a la extensión del informe y... y la dificultad, quizás, de profundizar en un debate. Es... es cierto que este es un informe enormemente extenso, que en realidad son cuatro informes. Y yo, mire, esta mañana tengo, casualmente, pues por otros motivos, una información que puede ser ilustrativa de cómo, a veces, el hablar de informes no quiere decir lo mismo que hablar de extensión de informes. Y no voy a citar de otro órgano de control externo de España, pero hay otro órgano de control externo de España que, a lo largo del año dos mil doce, emitió 40 informes. Esos 40 informes suponían 3.211 páginas. El Consejo de Cuentas de Castilla y León, a lo largo del año pasado, emitió 11 informes, 8.718 páginas.

Es decir, estamos... es decir, por eso hay veces... y yo estoy encantado de venir, y -como ustedes ya lo saben perfectamente- de venir aquí cuantas veces sea necesario para explicar los informes, fraccionar los informes, pues para facilitar el debate parlamentario. Por parte del Consejo de Cuentas no hay ningún problema. Y este asunto quizás hubiera requerido, pues para mejorar el debate y profundizar el debate, y para que ustedes hubieran podido analizar exhaustivamente cada una de las cuatro empresas públicas, un tratamiento singular de cada uno de ellos, o más tiempo. Estoy absolutamente de acuerdo.

Pero lo que no debemos nunca es quitar o eliminar el rigor del Consejo de Cuentas. Es decir, yo soy plenamente partidario de ir a informes auténticamente exhaustivos en la medida de nuestras posibilidades, y con ese criterio... y con ese criterio, Señorías, se ha elaborado este informe sobre estas cuatro empresas públicas, cuyas... cuyo origen parte de un incumplimiento global de las cuatro empresas públicas en la no remisión y en el incumplimiento del Artículo 29 de la Ley de Contratos del Sector Público. Es decir, hay que ser así de claro. Es decir, las cuatro han incumplido de una manera flagrante. Y eso es algo que... que, evidentemente, yo he de reconocer que no resulta comprensible.

Y no resulta comprensible, pues, que se produzca esa omisión cuando estamos hablando de una normativa que la exige desde hace muchos años. Esta es la última normativa ya del texto refundido en materia de contratos. Pero lo que es la remisión de contratos, estamos hablando ya desde hace muchos años que es obligatoria esa remisión. Por lo tanto, yo he de confesar aquí, ante todos ustedes, pues una cierta extrañeza, que no es un... no es un resultado de una omisión involuntaria, sino de una perseverancia en la no remisión. Es decir, puede ser producto de la ignorancia, pero insisto de que es algo que viene ya desde hace muchísimos años.

Yo, hay otra simple consideración que quiero... quiero hacer en relación a ello. Es decir, hemos analizado de una manera exhaustiva y pormenorizada todas las alegaciones presentadas. Y en relación a las alegaciones, solamente dos apreciaciones. Que prácticamente no ha sido aceptada ninguna; es decir, solamente, para no ser exhaustivo, en el caso concreto, por ejemplo, de Provilsa, formula 56 alegaciones: no se acepta ninguna -56 alegaciones-. Y si ustedes observan la contestación de las alegaciones, siempre... prácticamente se les dice lo mismo: explican pero... explican pero no acreditan, explican pero no acreditan. Prácticamente es la constancia en todas y cada una de las contestaciones a las alegaciones. Es decir, yo, incluso, creo que hay un esfuerzo por parte de algunas de las empresas públicas en explicar cómo funcionan desde el punto de vista de contratación, pero no acreditan. Es decir, no hay ningún documento sustantivo que diga "pues realmente hacemos esto debido a este documento que hemos aprobado, desde el punto de vista de la justificación de la solvencia". Lo explican, pero no lo acreditan. Y eso es para mí uno de los hechos claves a la hora de no haber aceptado las alegaciones. Y prácticamente se puede decir lo mismo de las cuatro empresas.

Y después, también, la otra consideración que quería hacer es que no todas las empresas tienen el mismo objeto social. Y lo digo con toda consciencia. Y por eso en la introducción de cada uno de los informes hemos hecho referencia al objeto social, porque ustedes saben perfectamente que hay algunas que sí tienen por uno de los objetos sociales la contratación, la actividad, en definitiva, promotora; y hay otras que, evidentemente, aunque de una manera puntual efectúen contratos, no forma parte de lo que es el objeto social. Entonces, evidentemente, en unas existe una menor práctica en la contratación, en otras existe una gran costumbre y una gran profesionalización en materia de contratación. Y por eso, yo, sin querer excusar responsabilidades en ninguno... en ninguna de las empresas -todas, evidentemente, han incumplido frontalmente la Ley de Contratos del Sector Público-, sí es conveniente tener en cuenta la naturaleza de las empresas desde el punto de vista de lo que supone su actividad contractual.

Con eso, yo, sin hacer más reflexiones... solamente también que coincido plenamente con algo en que yo creo que tiene que instalarse de una manera normalizada en todos los ámbitos de lo... de lo que supone gestión de recursos públicos, que es la máxima transparencia en todos los procesos de contratación. Y en esa línea yo creo que van las últimas reformas de la Ley de Contratos del Sector Público, de que no haya ninguna sombra de duda en todas las fases de contratación; y de una manera mucho más fortalecido ese criterio de transparencia se encuentra en la vigente Ley de Contratos del Sector Público.

Con esto creo que he dado explicación a algunas de las cuestiones que han sido suscitadas en la mañana de hoy. Nada más y muchas gracias.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR SOBRADOS PASCUAL):

Muchas gracias, Presidente. Para un turno de réplica, tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Mixto, el señor González Suárez.


EL SEÑOR GONZÁLEZ SUÁREZ:

Sí, muchas gracias, señor Presidente. Voy a intervenir para dos cuestiones. En primer lugar, volver a agradecer al señor Presidente del Consejo de Cuentas la claridad con la que habla, igual que la claridad con la que se informa por parte del Consejo de Cuentas. Gracias a los informes del Consejo de Cuentas, hoy estamos hablando aquí de algo que no lo inventa José María González, no lo inventa Izquierda Unida, no lo inventa cuando alguien lo cuenta, sino de concienzudos informes del Consejo de Cuentas.

Dicho esto, es cierto que yo he aludido a algo, que es a la opinión que se da sobre Provilsa. Que, si no me equivoco, yo he aludido a este tipo de opiniones en otra ocasión; no recuerdo si con el mismo Presidente del Consejo de Cuentas, pero sí lo he hecho. Y en el tema de Provilsa, es que es muy llamativo, ¿no?, muy llamativo. Lo leemos nosotros, ya habituados; para mí fue llamativo cuando me consideraba profano. Hoy soy menos profano, pero... sigo siendo absolutamente profano en el tema, pero menos. Pero esto que dice que "la empresa Provilsa cumple razonablemente con la legalidad aplicable", ¿vale? A esto es... es el comentario que yo me refería, que esto cae en manos ajenas a los que estamos, pasa por el Parlamento, y van a decir "ya están tapando... no las miserias, sino los productos fétidos de los órganos", ¿no?

Entonces, dicho esto, voy con otra cuestión. Seguir insistiendo en el apoyo al Consejo de Cuentas. Y que cuando algunos, en la pasada Ley de Reforma de las Instituciones de esta Comunidad, nos oponíamos en esa ley, y con anterioridad, a las reducciones en el Consejo de Cuentas y en otras instituciones de la Comunidad, era porque entendíamos que hacían un papel fundamental, y se está demostrando aquí con este tipo de informes. Es un papel fundamental, puesto que no lo hace nadie más en esta Comunidad. Así que animar a seguir en el trabajo y apoyo.

Y ahora, lógicamente, por alusiones, yo quiero decirle al señor Portavoz del Grupo Popular que mis monumentos están en esta Comunidad: Acueducto de Segovia, Muralla de Ávila, Catedral de León, Románico zamorano, Románico palentino, Gótico burgalés. Que, por mucho que me guste la Alhambra de Granada, no es mi monumento. Que los habitantes para los que yo he sido elegido para defender se llaman castellanos y leoneses. Que mi mar es el de Castilla, no el Mediterráneo. Y que mi libro es la Comunidad. Si usted asume el papel de Boabdil, que llora permanentemente por la pérdida de Granada, ese es su problema, pero este no es este debate, estamos con el Consejo de Cuentas de Castilla y León, con la comparecencia de Castilla y León. No se preocupe, Boabdil castellano y leonés, tendrá mi hombro hasta que sus lágrimas inunden mi americana. Gracias.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR SOBRADOS PASCUAL):

Muchas gracias. Para consumir un turno de réplica también, tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Socialista, la señora Muñoz de la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

Gracias, Presidente. Señorías, todo es falso, salvo algunas cosas. Y estas algunas cosas que no son falsas las acaba de demostrar el Tribunal de Cuentas en su informe de fiscalización. Que es absolutamente demoledor, que está hecho con todo el rigor del mundo, con toda la garantía y solvencia del Tribunal de Cuentas. Que no es su competencia si hay más, menos empresas, o cuál es la política de la Junta de Castilla y León en materia de empresas públicas, no es competencia del tribunal, es competencia de la Junta de Castilla y León. El tribunal hace su trabajo con máximo rigor y presenta la situación tal y como ha encontrado en su análisis de fiscalización de estas empresas.

Por tanto, no es un panorama desolador el que se inventa el Grupo Parlamentario Socialista, no; está trabajado, fiscalizado, certificado y firmado por el Tribunal de Cuentas; lo dice el Tribunal de Cuentas, no lo dice el Grupo Parlamentario Socialista. Dice que se incumplen todos los principios que se pueden incumplir, todos los principios de seguridad jurídica, de estabilidad, de garantía en la contratación, de garantía en la licitación para las empresas, para... Todos, absolutamente todos. Pero no se lo inventa el Grupo Socialista, lo dice el Tribunal de Cuentas; para este Grupo, garantía más que suficiente de un trabajo bien hecho. No nos inventamos nada; desde luego, no nos inventamos absolutamente nada.

Pero no me diga usted que las alegaciones... que no se acreditan ni una sola de las alegaciones que han presentado las empresas bien acreditadas. Y le dicen "no hay publicación en el BOCYL de las licitaciones y adjudicaciones"; es facilísimo mostrar el día del BOCYL en el que se publicó esta contratación a la que aluden o estos varios expedientes a los que aluden, es facilísimo. Eso es acreditar una alegación. Claro, si dice "no... sí, publicamos" o "sí, pensamos publicar", no se acredita, no se puede aceptar una alegación en estas condiciones.

Por tanto, no se aceptan las alegaciones que se plantean al informe del Consejo de Cuentas porque no se pueden acreditar, porque es cierto lo que dice el Consejo de Cuentas, porque no hay defensa alguna, porque son empresas que despilfarran; lo único que crece en ellas es el endeudamiento, que vamos a pagar todos con nuestros impuestos. Que sí, que libramos a la Junta de incrementar el nivel de endeudamiento, pero hemos creado monstruos insaciables, despilfarradores absolutamente en el gasto, en el control, en la transparencia, y opacos.

Esto es lo que son las empresas públicas en esta Comunidad, que es la que nos interesa a nosotros, en esta Comunidad. Porque, claro, no me va a comparar. Compara con Andalucía. Yo comprendo que, cuando no hay argumentos de defensa, pues uno recurre a lo más precario, que es comparar con el... en este caso, el hermano rico, porque no podrá comparar... en extensión, más o menos, pero, desde luego, ni en población, ni en nivel de riqueza, ni en nivel de gestión; nada, nada. Entonces, bueno, como comparar... como si viene a compararnos pues España, en estos momentos, con cualquier país... cualquier país del... del África... [murmullos] ... del África profunda, ¿vale? Entonces, vamos a hablar, atrévase...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Silencio, por favor.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

... a hablar de este informe, atrévase a hablar de las empresas públicas, atrévase a dejar una posición y, desde luego, a pedir al Gobierno al que están respaldando compromiso y una política de sentido común, de racionalización del gasto público, porque estas empresas lo que hacen es gastar los dineros públicos; solo en sueldos 7.000.000 de euros al año, que nos ahorraríamos y que fíjese la cantidad de consultorios médicos que no tendrían que cerrar, de aulas de colegios que no tendrían que cerrar, de dependientes a los que podrían pagar, ¿vale?, y garantizar el estado básico... los servicios básicos, garantizarlos y no meter la tijera como la están metiendo.

No puede decirnos que Provilsa... –que es que, de verdad, es una tomadura de pelo, y en sede parlamentaria, más- ¿cómo viene a decirnos que Provilsa acepta todas y cada una de las recomendaciones, que las va a poner en marcha? Si es que ha desaparecido; si Provilsa, jurídicamente y administrativamente, no existe, si ha sido absorbida por Somacyl. ¡A buenas horas viene a aceptar las recomendaciones! [Murmullos]. Claro, ¡a buenas horas!, cuando no existe...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Silencio, por favor.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

... cuando no existe, ¿vale? Entonces, de verdad, no nos tome el pelo, no nos tome el pelo, porque tomándonos... intentando tomarnos el pelo a... en estas Cortes, a nosotros, está tratando de tomarle el pelo a los ciudadanos, que ya bastante tomado se lo tienen, bastante tomado. De manera que a buenas horas viene Provilsa a aceptar las recomendaciones, cuando ha desaparecido.

Porque, desde luego, la política de la Junta para tratar de ahorrar gasto público con estas empresas y racionalizar –que decía, para la eficacia y racionalización del gasto-, a buenas horas viene. Pretende suprimir tres, y al final tenemos cuatro, y al final tenemos cuatro. Porque parece mentira que usted sea el Portavoz de Hacienda, que sabe perfectamente que, en este Presupuesto –en el Presupuesto que entró en vigor el uno de enero del dos mil trece-, automáticamente Somacyl absorbió a Provilsa, se llama ya de otra manera, es otra nueva empresa, es otra nueva empresa; entonces, a buenas horas vienen a admitirnos las recomendaciones del Tribunal... del Consejo de Cuentas, a buenas horas viene a admitir las recomendaciones Provilsa.

En fin, insisto, sueldos escandalosos en las empresas públicas, opacas, falta de transparencia, falta de control... No, no me haga señas; 135.000 euros de sueldo medio en el año dos mil once en Somacyl -ya vale-, siendo el de cualquier trabajador, el sueldo medio de esta Comunidad, 19.000. Si esto no le parece un escándalo, desde luego a este Grupo le parece un escándalo. Sueldos escandalosos, nivel de endeudamiento escandaloso...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señora De la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

... quiebra... –termino, Presidente- quiebra técnica, porque, si compara el nivel de endeudamiento con el volumen de negocio y el patrimonio neto disponible de estas empresas, esto no es sostenible, es quiebra técnica, aquí, en un tribunal y en cualquier... en cualquier Consejo de Cuentas que examinara también los balances, y la situación y el estado de cuentas, que es verdad que este informe solo examina los contratos que han... que han formalizado estas empresas. Pero estoy segura de que si el Consejo de Cuentas evalúa...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señora De la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

... examina el estado de cuentas, de patrimonio, estado de pérdidas y ganancias, balances de situación de estas empresas, estoy segura de que la quiebra técnica es indiscutible.

Nada más. Agradecer de nuevo al Presidente del Consejo de Cuentas y a su equipo este informe. Y buenos días, nada más. Gracias, Presidente.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias a usted. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Cruz.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Gracias, Presidente. Y con más brevedad que la Portavoz del Grupo Socialista. Voy a entrar en consideración, porque ha sido usted la que ha planteado el tamaño del sector público en el debate. Si yo le he dicho, y le mantengo, que se podía haber centrado usted en el informe objeto de la fiscalización en el día de hoy, que es la contratación de cuatro empresas públicas de la Comunidad, donde yo he reconocido que hay aspectos sustancialmente mejorables -y lo he dicho, y ahí está el Diario de Sesiones-; básicamente tres: comunicación al Consejo de Cuentas, transparencia, instrucciones internas de contratación y solvencia mínima. Y donde he cuestionado, a mi criterio, con el máximo respecto, algunas de las cuestiones que pone el Consejo de Cuentas en el informe, y creo que estoy en mi derecho, porque creo que es una práctica habitual la de no utilizar criterios de adjudicación que llegan a las máximas puntuaciones; y no lo digo yo, si es que están ahí los pliegos de condiciones de cualquier Administración Pública, independientemente del control... del color político que las gobierne.

Pero ha sido usted la que ha introducido en el debate –no sé por qué- el tema de los sueldos, el tema del tamaño del sector público, porque esto no es objeto hoy, no es objeto del informe de fiscalización. Y ya le he dicho que, si quiere entrar ahí, entramos y comparamos el sector público de Castilla y León, que es lo que he hecho, con el sector de la referencia que ha dado usted: Andalucía.

Mire, en una cosa estoy de acuerdo totalmente con usted: no hay comparación entre la gestión, la riqueza y los servicios de Andalucía y de Castilla y León, ninguna comparación; en todos estamos muy por encima: en gestión de servicio público, en nivel medio de riqueza, en renta per cápita por habitante y en niveles de gestión; mire usted cualquier comparador, y en cualquier variable esta Comunidad está sustancialmente mejor que Andalucía en cualquier parámetro, en cualquier parámetro.

Dicho eso, ¿hay que mejorar cuestiones en materia de las gestiones de las empresas públicas? Sí. Pero yo me he limitado a plantear lo que dice el propio informe. Claro que hay que mejorar cuestiones: hay que mejorar la transparencia, hay que mejorar muchas cuestiones. Pero de ahí a plantear lo que usted ha planteado: que hay un absoluto dejación de funciones en materia de legalidad, no. Porque el término "cumple razonablemente", les guste o no les guste, es que cumplen razonablemente la legalidad vigente. ¿Hay aspectos mejorables? Por supuesto. Pero de ahí a decir que se incumple sistemáticamente toda la Ley de Contratos del Sector Público, no; hay que conocer la Ley de Contratos del Sector Público, y mire a ver de cuántos artículos se hace referencia de esa ley que no sean repetidos en este informe. Mírelo; entonces hablaremos con conocimiento de causa.

Y respecto al Portavoz del... le agradezco que usted me tienda el hombro para llorar, pero, mire, a mí lo único que me hace pocas veces llorar es cuando miro los niveles de paro que hay en Andalucía; es ahí cuando se me saltan realmente las lágrimas y a lo mejor tengo que coger su hombro para apoyarme sobre él. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, Señoría. Finalizado... tiene de nuevo la palabra el Presidente del Consejo de Cuentas.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Gracias, Presidente. Muy brevemente. En relación a la claridad que se ha expresado por parte del Portavoz del Grupo Mixto, pues sí, nos gusta, evidentemente, en los informes, intentar transmitir la máxima claridad, pero eso es un... una virtud que tiene el departamento dirigido por mi compañero Miguel Ángel Jiménez, al igual que los otros departamentos y los empleados del Consejo de Cuentas, que procuramos siempre que nuestros informes sean cada vez más comprensibles y asequibles para todos los ciudadanos.

Y también quiero expresar y testimoniar en la mañana de hoy el agradecimiento a los tres Grupo Parlamentarios, el respaldo a esta institución. Y que, por supuesto, vamos a seguir trabajando con la misma ilusión que estamos trabajando a lo largo de todos estos años.

Yo aquí, siempre, cuando traigo cualquier informe, la discusión es: ¿qué opinión? Bueno, la opinión yo... -una vez más lo vuelvo a reiterar- en el ámbito de auditoría hay cuatro tipos de opinión: la favorable, con salvedades, desfavorable o denegada. En el caso del informe que nos ocupa, de los cuatro informes, sería opinión con salvedades. ¿Entendido? Es decir, se dice claramente: no es una opinión favorable, pero tampoco ni es una opinión desfavorable ni denegada. ¿Entendido? Porque con frecuencia se discute qué tipo de opinión tenemos. Bueno, para remachar y para dejarlo claro, creo que es conveniente y oportuno significarlo ya al término de mi intervención.

Y después, también señalar que, en el supuesto de que nosotros hubiéramos detectado en el transcurso de las... realización del informe de fiscalización que se hubieran producido indicios de responsabilidad penal o contable, pues, evidentemente, yo les hubiera informado en mi segunda intervención, como ya es norma; y no lo he hecho en la mañana de hoy. ¿Entendido? Ya se lo dije tiempo ha, que siempre que exista en cualquier informe de fiscalización, y haya dado lugar al envío de esta información al Tribunal de Cuentas o a la Fiscalía, siempre les informo en mi segunda intervención; y, en este caso, en esta intervención he de decirles que no se ha producido tal envío en ninguno de los cuatro informes que hemos examinado en la mañana de hoy. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Finalizado el debate, de conformidad con lo establecido en la norma cuarta de la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve, se abre un plazo de cinco días para que los Grupos Parlamentarios puedan presentar ante la Mesa de la Comisión propuestas de resolución relativas al informe de fiscalización que acaba de ser examinado. Dicho plazo finalizará el próximo miércoles, día dos de octubre, a las catorce horas.

Tercer punto del Orden del Día. Por la señora Secretaria se dará lectura del tercer punto del Orden del Día.

Informe


LA SECRETARIA (SEÑORA ÁLVAREZ-QUIÑONES SANZ):

Tercer y último punto del Orden del Día. "Comparecencia del Excelentísimo señor Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre el Informe Anual de las Cuentas del Sector Público Local correspondiente al ejercicio dos mil once".


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Para la presentación de este informe, tiene la palabra el señor don Jesús Jaime Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Gracias, Presidente. El presente informe, correspondiente al grupo de fiscalizaciones a realizar por mandato legal, forma parte del Plan Anual de Fiscalizaciones para el ejercicio dos mil doce, y fue aprobado por el Pleno del Consejo de Cuentas con fecha once de julio de dos mil trece.

El objeto del mismo ha sido dar cumplimiento a los preceptos de la Ley reguladora del Consejo de Cuentas y de su Reglamento de Organización y Funcionamiento, que contemplan, dentro del contenido de la función fiscalizadora, el examen y comprobación de las cuentas de las entidades locales. La publicación en la página web, tanto del texto íntegro del informe como de la nota resumen del mismo, tuvo lugar el quince de julio de dos mil trece.

Con la realización de este trabajo se ha pretendido verificar el cumplimiento de la obligación de rendir la cuenta general del ejercicio dos mil once por parte de las entidades locales de Castilla y León, así como su rendición dentro del plazo legalmente establecido.

Además, se procedió a comprobar que las cuentas generales presentadas por las entidades locales cumplían con la normativa establecida respecto a forma y contenido, así como a la coherencia interna de las cuentas y estados que la componen.

Por último, se ha verificado la rendición de las cuentas de ejercicios anteriores, dos mil tres a dos mil diez, desde la fecha de cierre de los trabajos del Informe Anual sobre las Cuentas del Sector Público Local de Castilla y León, ejercicio dos mil diez, fijada con fecha treinta de abril de dos mil doce.

El trabajo se ha centrado en el análisis de las cuentas generales remitidas a través de la plataforma de rendición de cuentas por el conjunto de entidades integrantes del sector público local de Castilla y León, es decir, por las Diputaciones Provinciales, Consejo Comarcal, Ayuntamientos, Mancomunidades y otras entidades asociativas, entidades locales menores, consorcios y organismos autónomos, sociedades mercantiles y entidades públicas y empresariales dependientes de las entidades locales anteriores.

Al igual que en el ejercicio anterior, se incluyen dentro de los grupos objeto de revisión las entidades locales menores y los consorcios, de modo que el examen de las cuentas abarca a todos los grupos de entidades.

En cuanto al alcance del trabajo, debemos de tener en consideración que se trata de una revisión sobre el contenido formal y la coherencia interna de los datos incluidos en las cuentas rendidas, no suponiendo, por tanto, una fiscalización propiamente dicha de las mismas ni la conformidad o disconformidad con la gestión económica financiera de las entidades locales.

Este hecho, unido a la heterogeneidad del conjunto de entidades integrantes del sector público local, imposibilita emitir una opinión sobre las cuentas analizadas.

Aunque el plazo legal de rendición de cuentas del ejercicio dos mil once terminó el treinta y uno de octubre de dos mil doce, se ha establecido como fecha de cierre para el desarrollo de los trabajos, tanto para el análisis del grado de rendición como para el examen del contenido de las cuentas, las recibidas hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil doce.

En consecuencia, el periodo de rendición analizado se ha reducido respecto al ejercicio anterior, pasando a fijarse el límite temporal en dos meses después de la finalización del plazo legal de rendición, frente a los seis meses del informe anual de dos mil diez.

Este cambio se justifica con la finalidad de acortar el plazo de emisión del informe, a lo cual se une el hecho de que el aumento en el nivel de rendición a la fecha de cierre permite que el análisis pueda realizarse sobre un porcentaje significativo de cuentas rendidas.

Además, el trabajo se ha extendido al análisis del nivel de rendición y al proceso de revisión de las cuentas de ejercicios anteriores que han sido rendidas con posterioridad a la fecha de cierre del Informe Anual de las Cuentas del Sector Público Local ejercicio dos mil diez, es decir, desde el uno de mayo al treinta y uno de diciembre de dos mil doce.

No obstante, mientras el nivel de rendición se realiza sobre las cuentas correspondientes al periodo dos mil tres-dos mil diez, el proceso de revisión de las mismas, dado que se efectúa por medio de la plataforma de rendición de cuentas, se aplica a las rendidas a través de esta, y, por tanto, afecta a las correspondientes al periodo dos mil seis-dos mil diez.

Así mismo, las actuaciones que se han desarrollado por parte del Consejo con el fin de promover la rendición de cuentas se han extendido hasta el mes de marzo de dos mil trece, por lo que el análisis de estos resultados se realiza a fecha treinta y uno de marzo de dos mil trece.

Las limitaciones más importantes que han afectado a la realización del presente trabajo de fiscalización vienen dadas por los incumplimientos registrados en la rendición de cuentas. Así, de las 2.592 entidades locales, con exclusión de las entidades locales menores, 857 (un 33,1 %) no han cumplido con la obligación de rendir las cuentas del ejercicio dos mil once a fecha de cierre del informe, es decir, treinta y uno de diciembre de dos mil doce, por lo que no han podido ser incluidas en el proceso de revisión.

A este dato hay que añadir el reducido nivel de cumplimiento por parte de las entidades locales menores, que, representando un 46,2 % del total de las entidades locales de Castilla y León, tan solo han rendido cuentas el 13,4 %, por lo que ha dado... dado el efecto distorsionador que produce sobre los datos globales de rendición, se tratarán de forma separada.

A efectos del análisis que nos ocupa, el sector público local de Castilla y León, a treinta y uno de diciembre de dos mil once, estaba integrado por 9 Diputaciones Provinciales, 2.248 Ayuntamientos, 2.226 entidades locales menores, 1 Consejo Comarcal, 275 Mancomunidades, 53 organismos autónomos, 79 sociedades mercantiles, 2 entidades públicas empresariales y 59 consorcios.

De estos datos cabe destacar el elevado número de entidades locales que existen en la Comunidad, fundamentalmente Ayuntamientos y entidades locales menores, que representan el 27,7 % y 60 %, respectivamente, de los existentes a nivel nacional.

Las variaciones que se han producido respecto a los datos incluidos en el informe del ejercicio dos mil diez ponen de manifiesto la creación de 15 entidades y la desaparición de 11, dando lugar a un aumento neto de 4 entidades.

De forma desagregada, se concreta en: creación de tres Mancomunidades (en Ávila, León y Zamora) y baja de otras dos (en Burgos y Salamanca); supresión de seis entidades locales menores, cinco en Burgos y una en León; creación de dos organismos autónomos y supresión de uno, todos ellos en Salamanca; alta de siete sociedades mercantiles (una en Burgos, tres en León, una en Salamanca y dos en Segovia) y desaparición de otras dos (una en León y una en Palencia); y creación de tres Consorcios (en León, Palencia y Valladolid).

Hay que aclarar que algunas de las altas no provienen de la creación de nuevas entidades, sino que se trata simplemente de entidades ya existentes que no habían sido comunicadas al Consejo de Cuentas, y que se han detectado en el desarrollo de otros trabajos de fiscalización, ocurriendo lo mismo con algunas de las bajas.

En todo caso, de las variaciones registradas se desprende que, mientras se reduce el número de entidades locales, aumenta el de los entes instrumentales, a pesar de la coyuntura económica y del proceso de consolidación fiscal.

En relación con las Mancomunidades, consorcios o sociedades mercantiles, hay que señalar que, en respuesta a los requerimientos de cuentas efectuados por este Consejo, se ha puesto de manifiesto la existencia de algunas entidades que desde hace varios ejercicios permanecen inactivas y no operan como tales, sin que se hayan disuelto ni dado de baja en los registros oficiales.

Del análisis de la evolución experimentada por el sector público local, tomando como referencia temporal el ejercicio dos mil tres, se desprende que, mientras el número de entidades locales territoriales se mantiene estable, crece el de las no territoriales (Mancomunidades y consorcios). También se aprecia un incremento significativo en el grupo de las sociedades mercantiles, con un crecimiento neto en el periodo analizado del 88 %, correspondiendo la mitad de este incremento a empresas creadas con posterioridad a dos mil siete, es decir, en una coyuntura económica y presupuestaria desfavorable.

En cuanto a la entidad local menor, como forma de administración descentralizada de núcleos de población separados, tiene una presencia significativa en tres provincias: León, donde se concentran más de la mitad de las existentes en la Comunidad Autónoma; y, en menor medida, Burgos y Palencia, siendo minoritaria en el resto de las provincias.

Por otra parte, la utilización de entidades instrumentales (organismos autónomos, sociedades mercantiles y entidades públicas empresariales) como forma de gestión de servicios públicos tampoco es homogénea entre provincias. Así, en León se concentra el 26,1 % de las existentes en la Comunidad; Valladolid, Burgos, Salamanca y Segovia presentan valores que oscilan entre el 11 y el 16 %; y el 19 % restante se distribuyen entre las otras cuatro provincias.

Atendiendo al tipo de actividad que desarrollan estos entes instrumentales, puede concluirse que la actividad de los organismos autónomos se centra fundamentalmente en actuaciones relacionadas con la enseñanza, la cultura y el deporte (41,5 %), teniendo también un peso significativo las de promoción económica y turismo (26,4 %); mientras que en el caso de las sociedades mercantiles y entidades públicas empresariales, las actividades principales desarrolladas son de tipo inmobiliario (el 37 %), y las relativas a promoción económica y turismo (28,4 %).

En el análisis de rendición que se realiza a continuación, como viene siendo habitual, no incluye la información referente a las entidades locales menores, por el efecto distorsionador que producen, dado el elevado número de las existentes y el escaso nivel de rendición de las mismas, unido al hecho de que de su distribución por provincias no es homogénea; posteriormente se realizará un análisis diferenciado de la rendición de las entidades locales menores.

Así, del examen de la efectiva rendición de las cuentas del ejercicio dos mil once se desprende que 1.335 entidades, de un total de 2.592 -esto es, el 51,5 %- rindió sus cuentas dentro del plazo máximo legalmente establecido. No obstante, si tenemos en consideración la fecha de cierre del análisis del grado de rendición, es decir, el treinta y uno de diciembre de dos mil doce, han rendido la cuenta general del ejercicio dos mil once un total de 1.735 entidades, que representan el 66,9 % de las existentes, habiendo incumplido, por tanto, dicha obligación 857 entidades, un 33,1 %.

Por tipo de entidad, los niveles más altos de rendición de cuentas, a la fecha de cierre del análisis, los presentan las Diputaciones Provinciales y el Consejo Comarcal, con el 100 %, seguidas de los Ayuntamientos, con el 70,1 %. Las Mancomunidades y otras entidades asociativas y los consorcios presentan bajos niveles de rendición, el 46,5 % y el 37,3 respectivamente. Por su parte, las entidades dependientes alcanzaron un nivel de rendición del 77,6 %.

Por provincias, siempre con exclusión de las entidades locales menores, son las entidades de Palencia y Salamanca las que presentan niveles de rendición más elevados, con porcentajes del 76,7 y 76,4 % respectivamente. En el extremo opuesto se sitúa la provincia de Segovia, con el 50 %, seguida de Zamora y Soria, cuya rendición es del 54,4 % y 59,8 %, respectivamente.

Entre los Ayuntamientos clasificados por tramos de población, son los de mayor tamaño los que presentan porcentajes más elevados de rendición a la fecha de cierre del análisis. Así, los Ayuntamientos con poblaciones superiores a 50.000 habitantes presentan un porcentaje de rendición del 88,9 %, elevándose hasta el 100 % para el tramo de 20.000 a 50.000 habitantes, y descendiendo al 75 % para los Ayuntamientos de 5.000 a 20.000 habitantes, y al 69,8 % con los menores de 5.000 habitantes.

En informes referidos anteriores se puso de manifiesto la falta de rendición de cuentas por parte de los Ayuntamientos de León y Ponferrada, único municipio mayor de 50.000 habitantes que no es capital de provincia. A este respecto, debemos de tener en cuenta que, si bien a fecha de cierre del análisis de rendición -treinta y uno de diciembre de dos mil doce- estos Ayuntamientos tenían pendientes de rendición alguna de sus cuentas, esta situación se ha visto regularizada para el caso de Ponferrada, ya que actualmente tiene rendidas todas sus cuentas, hasta el ejercicio dos mil once. En cambio, el Ayuntamiento de León, si bien ha rendido las cuentas correspondientes a los ejercicios dos mil diez y dos mil once, sigue teniendo pendientes de rendición las correspondientes a los ejercicios dos mil seis a dos mil nueve, ambos inclusive.

Analizada la evolución de la rendición de cuentas desde el ejercicio dos mil tres, tomando como fecha de referencia dos meses después de la finalización del plazo legal, es decir, treinta y uno de diciembre del ejercicio siguiente, se concluye que, después de la brusca caída producida en dos mil seis, relacionada con la implantación de la presentación por vía telemática en los ejercicios posteriores, se han ido recuperando los niveles de rendición, con sucesivos incrementos anuales, siendo significativo el aumento producido en los dos últimos ejercicios. Así, en dos mil diez el crecimiento fue de 23,5 puntos porcentuales respecto al ejercicio anterior, y en dos mil once de 14,1 puntos respecto a dos mil diez. Como resultado de esta evolución, el nivel de rendición de cuentas alcanzado en el ejercicio dos mil once para todos los grupos de entidades y provincias superó los índices logrados en toda la serie histórica iniciada en dos mil tres.

En cambio, con una referencia temporal más amplia, como la que ofrecen los índices sobre la rendición acumulada a fecha treinta y uno de diciembre de dos mil doce, se comprueba que, desde la cuenta general de dos mil seis, los niveles de rendición se mantienen por debajo de los anteriores a este ejercicio, por lo que lo que se ha producido es una mejora en los plazos de rendición, pero en términos acumulados. A treinta y uno de diciembre de dos mil doce la rendición de cuentas apenas ha aumentado desde dos mil seis.

Este análisis evolutivo por tipo de entidad refleja como todos los grupos siguen la tendencia general de aumento del grado de rendición desde dos mil seis. En el caso de los Ayuntamientos, en dos mil once se registra un aumento de la rendición de 14,7 puntos con respecto a dos mil diez. Por su parte, las Diputaciones y el Consejo Comarcal aumentaron sus niveles de rendición, alcanzando un porcentaje del 100 %, frente al 88,9 % del ejercicio dos mil diez, en el caso de las primeras; y las Mancomunidades y los consorcios experimentaron un incremento en dos mil once del 9,6 % y 14,1 %, respectivamente.

También por provincias se aprecia una evolución al alza desde el ejercicio dos mil seis, destacando especialmente la mejora producida en la rendición del ejercicio dos mil once en la provincia de Segovia, con un aumento del 25,2 %, a pesar de lo cual sigue siendo la provincia con el nivel más bajo. También registra una mejora importante la provincia de Soria, con un incremento del 17,6 %, permitiendo recuperar, en ambos casos, los índices anteriores a dos mil seis para esta referencia temporal.

Por último, uno de los aspectos más preocupantes observados desde el inicio de las actuaciones del Consejo ha sido la reiterada falta de rendición de cuentas por parte de algunas entidades, de tal forma que el 40,6 % de las entidades de la región tienen pendientes de rendir la cuenta de dos o más ejercicios, siendo este porcentaje del 28,9 % para las entidades en las que dicho incumplimiento se eleva a cuatro o más ejercicios. Así, con referencia exclusiva a los Ayuntamientos, hay 810 –es decir, el 36 % del total- que tienen pendientes de rendición cuentas de varios ejercicios, y, entre ellos, 126 que no han rendido nunca la cuenta general ante el Consejo, lo que representa el 5,6 % del total de los de la Comunidad Autónoma.

Por provincias, los datos más elevados se presentan en Zamora, Segovia y Soria, con valores en torno al 10 % de sus Ayuntamientos que no han rendido la cuenta relativa a ninguno de estos ejercicios; es decir, que a lo largo de nueve ejercicios sucesivos han incurrido en dicho incumplimiento. Esta situación de incumplimiento reiterado por parte de algunas entidades locales solo puede explicarse por la falta de consecuencias reales ante una práctica irregular, como es la falta de rendición de cuentas.

Pasando a la rendición de cuentas por parte de las entidades locales menores, en el ejercicio dos mil once su análisis ofrece un índice de rendición del 13,4 % a la fecha de cierre y del 10,2 % dentro del plazo legal. En relación con ejercicios anteriores, equiparando plazos de análisis, dos meses después de la finalización del plazo legal, en dos mil once se produce un aumento de la rendición de 5,6 puntos porcentuales con respecto al ejercicio anterior, y en dos mil diez de 5,4 con relación a dos mil nueve.

En conjunto, estos datos siguen evidenciando un nivel de rendición de cuentas de las entidades locales menores muy bajo, situación que viene repitiéndose a lo largo de los años, y pone de manifiesto que dichos entes locales se encuentran en unos márgenes de rendición difícilmente aceptables respecto a lo que cabe esperar de cualquier unidad económica, y mucho menos de una Administración Pública, sin que el incremento en los niveles de rendición registrados durante el ejercicio dos mil once permitan matizar dicha consideración.

En este sentido, hay que hacer referencia a las carencias que afectan a las entidades locales menores relacionadas con su insuficiente infraestructura administrativa, que dificultan la llevanza de una contabilidad adaptada a los requerimientos exigidos por las vigentes instrucciones contables, y los procesos informáticos y telemáticos, que, de acuerdo con las prescripciones normativas, requieren la rendición a través de la plataforma de rendición de cuentas.

Asimismo, este informe vuelve a insistir en la necesidad de afrontar el desarrollo reglamentario de la Ley 1/1998, de Régimen Local de Castilla y León, al objeto de dar respuesta a la situación de incertidumbre global a la que se encuentra sometida la provisión de puestos de trabajo relacionados con las funciones reservadas a funcionarios con habilitación de carácter estatal en este tipo de entes, que incide de forma determinante en las insuficiencias organizativas y contables que afectan a las entidades locales menores de Castilla y León. Hemos de señalar que dicho desarrollo ya se ha producido, con la publicación del Decreto 33/2013, de dieciocho de julio, de la Consejería de Presidencia, cuya aplicación será objeto de análisis en futuros informes.

Por último, los problemas apuntados cobran en estos momentos una especial importancia, dado que las reformas legislativas en curso en el ámbito del sector público local establecen como factor determinante para la subsistencia de estas entidades el cumplimiento de las obligaciones contables y de rendición de cuentas.

Respecto a las cuentas anuales de ejercicios anteriores a dos mil once no rendidas a fecha de cierre del informe anual dos mil diez, treinta de abril de dos mil doce, se han presentado entre dicha fecha y la de cierre de los trabajos para el presente informe, treinta y uno de diciembre de dos mil doce, un total de 894 cuentas, de las cuales 418 corresponden al ejercicio dos mil diez, 204 al ejercicio dos mil nueve, 129 al ejercicio dos mil ocho, 80 al ejercicio dos mil siete, 58 al dos mil seis y 5 cuentas al periodo dos mil tres-dos mil cinco.

Como resultado de ello, con exclusión de las entidades locales menores, las entidades que no han rendido las cuentas del periodo dos mil seis-dos mil diez oscilan entre el 27,8 % en el ejercicio dos mil siete y el 25,3 % del ejercicio dos mil diez, por lo que, a pesar de las mejoras registradas en los últimos ejercicios, se observa como cada ejercicio algo más de la cuarta parte de las entidades de la región incumplen con la obligación de rendir cuentas.

Como en ejercicios anteriores, el Consejo de Cuentas ha llevado a cabo actuaciones tendentes a conseguir una mejora en los datos de rendición, consistentes fundamentalmente en la comunicación de la apertura del plazo de rendición, remisión de escrito recordatorio previo a la finalización del plazo de rendición, requerimientos de rendición de cuentas una vez vencido el plazo legal y seguimiento específico de un grupo de entidades que presentaron incumplimientos.

Respecto al último grupo de actuaciones, los requerimientos se han dirigido a 45 entidades (1 Diputación, 18 Ayuntamientos mayores de 5.000 habitantes y 26 Ayuntamientos con población entre 2.000 y 5.000 habitantes), que, a fecha treinta de noviembre de dos mil doce, no habían rendido la cuenta general del ejercicio dos mil once, citándose a 6 Ayuntamientos que no cumplieron con el anterior requerimiento en la sede del Consejo de Cuentas, con el objeto de determinar su situación respecto a la rendición de cuentas y las causas del incumplimiento.

Como consecuencia de estas actuaciones, se ha producido la rendición de 33 cuentas del ejercicio dos mil y once y 24 cuentas de ejercicios anteriores, de forma que el nivel de rendición de la cuenta del ejercicio dos mil once en las Diputaciones pasó del 88,9 al 100 %, a fecha treinta y uno de marzo de dos mil trece; los Ayuntamientos mayores de 5.000 habitantes, del 69,5 % al 91,5 %; y en los Ayuntamientos entre 2.000 y 5.000 habitantes, del 65,3 % al 90,7 %.

Analizadas las causas de la falta de rendición de cuentas por parte de estas entidades locales, apuntan mayoritariamente a la insuficiente dotación de recursos humanos y al retraso o problemas en la llevanza de contabilidad.

El análisis de las cuentas rendidas, de acuerdo con el alcance definido para el presente trabajo de fiscalización, se ha centrado en las cuentas generales del ejercicio dos mil once rendidas por las entidades locales y consorcios hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil doce.

Además, los trabajos se han extendido a las cuentas generales de ejercicios anteriores rendidas con posterioridad a la fecha de cierre del informe anual sobre las cuentas del sector público local ejercicio dos mil diez, fijada en el treinta de abril de dos mil doce.

Así, el número de cuentas generales –incluidas el alcance temporal del trabajo- ha ascendido a 2.034 en el ejercicio dos mil once y 894 en ejercicios anteriores, comprome... comprendiendo las de la propia entidad local y la de sus entes dependientes.

De esta forma, la revisión de la cuenta general del ejercicio dos mil once se ha extendido a la totalidad de las presentadas en el plazo señalado por Diputaciones Provinciales, Consejo Comarcal, Ayuntamientos, Mancomunidades y otras entidades asociativas, consorcios y entidades locales menores, salvo para los Ayuntamientos y entidades locales con población inferior a mil habitantes, en los que la revisión se ha efectuado sobre una muestra. Y para las cuentas de ejercicios anteriores, dado que la revisión de las mismas se efectúa mediante la plataforma de rendición de cuentas, la revisión afecta a las correspondientes al periodo dos mil seis-dos mil diez.

Así, el número de cuentas generales analizados ha sido de 558 en el ejercicio dos mil once y 175 correspondiente al periodo dos mil seis-dos mil diez, que incluyen, además de las cuentas de la entidad principal, las de sus entes dependientes; en total, 654 cuentas del ejercicio dos mil once y 220 del periodo dos mil seis-dos mil diez.

El análisis o revisión se ha realizado en base a la relación de validaciones previstas en la plataforma de rendición de cuentas, y, como resultado de dicha revisión, se han comunicado incidencias a 641 entidades.

No obstante, y con objeto de que el análisis pueda realizarse en términos homogéneos, solo se incluyen los resultados obtenidos de la revisión de las cuentas del ejercicio dos mil once.

De las cuentas generales del ejercicio dos mil once analizados, correspondientes a 557 entidades locales –al haberse excluido las correspondientes al Consorcio Institución Ferial de Castilla y León, por no haber sido rendidas a través de la plataforma-, en el 78,5 % de los casos la aprobación se ha realizado dentro del plazo legalmente establecido, frente al 19,6 % que se ha hecho fuera del mismo. A lo que hay que añadir dos cuentas que... que carecen de aprobación y otras seis en las que no se ha facilitado información acerca de las mismas.

Además, en un porcentaje significativo de casos se han producido incumplimientos de los plazos previstos relacionados con la tramitación del expediente de aprobación de la cuenta. Así, el porcentaje de actuaciones extemporáneas para cada tipo de actuación ha sido de un 21,1 % en la elaboración de la cuenta; el 11 % en la emisión del informe de la Comisión Especial de Cuentas; el 14,1 % en la exposición pública; y el 29,2 % en la presentación al Pleno.

Los resultados del examen realizado en el proceso de revisión de las cuentas ponen de manifiesto que, de las 653 cuentas analizadas, inicialmente, solo 57 se presentaron completas y sin incidencias. Tras la comunicación y, en su caso, subsanación, el total de cuentas sin incidencias pasa a ser de 77 -esto es, el 11,8 % de las revisadas-, quedando como incompletas o con incidencias 576 cuentas, es decir, el 88,2 %.

Hay que señalar que para la cuenta del ejercicio dos mil once, y con objeto de mejorar la calidad de la información, se han activado un número importante de validaciones nuevas, denominadas "sustanciales", referidas mayoritariamente a la cumplimentación de información no numérica de la memoria, lo que ha provocado que, por ser el primer ejercicio de su implantación, se haya producido un número de incidencias muy superior al registrado en ejercicios anteriores.

Dado el elevado número de cuentas con incidencias, puede resultar más significativo el análisis del número de incidencias total y por cuenta antes y después del proceso de subsanación, donde se pone de manifiesto que, tras la valoración inicial de las cuentas presentadas y las justificaciones incluidas en las mismas, se detectaron un total de 6.767 incidencias, que pasan a ser 5.181 tras la subsanación, de lo que resulta una media de 9 incidencias por cuenta; muy superior a la media registrada en dos mil diez. De estas, 979 son de tipo formal, y por tanto no subsanables, y 4.202 estarían relacionadas con la integridad de la cuenta o coherencia de la información.

Por provincias, de media, el menor número de incidencias por cuenta lo obtienen las entidades integrantes de la provincia de Salamanca, con 6,1, seguidas de las de Burgos, con 6,8. En el lado opuesto se sitúan las de Segovia, Palencia y Valladolid, con 13, 10,9 y 10,8 incidencias por cuenta, respectivamente.

Atendiendo al tipo de entidad, el mayor número de incidencias por cuenta se da en las de mayor tamaño: los consorcios, con 15,4, y los Ayuntamientos de municipios con población igual o superior a 5.000 habitantes, con el 13,5 % de incidencias de media por cuenta. Por el contrario, las entidades locales menores son las que presentan un indicador menor, con 4,4, lo que se explica debido a la utilización de forma mayoritaria del modelo básico.

En todo caso, hay que tener presente que la interpretación de los datos anteriores no puede realizarse al margen del grado de cumplimiento de la obligación de rendir las cuentas al Consejo, ya que es incuestionable que la incidencia más negativa la presentan las entidades que han incumplido dicha obligación.

Las incidencias, a efectos de su tratamiento, se han clasificado en: incidencias formales, referidas a la tramitación y rendición de la cuenta general, y a la aprobación del presupuesto y su liquidación, no siendo susceptibles de subsanación; y en incidencias sustanciales, referidas a la estructura y contenido de la cuenta y a la coherencia en la información contenida en los distintos estados que la componen.

Entre las incidencias de carácter formal relacionadas con el incumplimiento de plazos y trámites del ciclo presupuestario, destaca la aprobación del presupuesto y de la liquidación presupuestaria de forma extemporánea en un 88,2 % y 20,6 %, respectivamente, en las entidades examinadas, y la aprobación de la cuenta general con posterioridad al plazo legal en el 19,6 % de los casos. También resulta significativo el incumplimiento de los plazos de formación y presentación de la cuenta general al Pleno.

En cuanto a las incidencias sustanciales, los primeros lugares los ocupan la presentación incompleta de la documentación complementaria y las incoherencias entre la memoria y otros estados contables, que se han detectado en el 28,5 % y 24,5 %, respectivamente, de las cuentas examinadas, seguidas de la omisión de información en los apartados uno a cuatro de la memoria y las incoherencias que se producen entre el balance y comprobación y otros estados contables, presentes en el 15,5 y 13,9 % de las cuentas, respectivamente.

Por último, en el proceso de revisión de las cuentas se ha puesto de manifiesto que las siguientes sociedades mercantiles se encuentran incursas en causas de disolución, al encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el Artículo 363.1 del Real Decreto Legislativo 1/2010, que aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, habiendo sido comunicada dicha incidencia a la entidad local correspondiente.

Son las siguientes: Sociedad Municipal de la Vivienda (Ayuntamiento de Briviesca), Sociedad Gestión de Laciana (Ayuntamiento de Villablino), Sociedad Mercantil Empresa Pública Ledesma (Ayuntamiento de Ledesma), Sociedad Municipal Centro Residencial Oteruelo (Ayuntamiento de Valverde de Majano), Sociedad Promoción Urbanística Industrial y Gestión Torrecaballeros, S. L. (Ayuntamiento de Torrecaballeros) y Sociedad Municipal de la Vivienda (Ayuntamiento de Olmedo) -en este caso, no se ha presentado la cuenta de la sociedad-.

Recomendaciones. Para finalizar, y dado que, a pesar del avance registrado en los últimos años en los niveles de rendición, sigue habiendo un margen de mejora importante, este Consejo de Cuentas se reitera en la mayor parte de las recomendaciones incluidas en el informe anual del ejercicio dos mil diez.

En este sentido, se recomienda a las entidades locales que adopten las medidas necesarias para que la elaboración, tramitación y aprobación tanto del presupuesto del ejercicio como de la cuenta general, así como la rendición de esta última, se realicen en los plazos y conforme a la normativa aplicable.

Además, con el fin de mejorar el nivel de cumplimiento de la obligación de rendición de cuenta por parte de las entidades locales, se recomienda promover las reformas normativas oportunas para condicionar la concesión o pago de ayudas y subvenciones públicas a la efectiva rendición de la cuenta general ante este Consejo, conveniendo dotar a este de los instrumentos legales adecuados para actuar contra aquellos entes que, de forma reincidente, incumplen su obligación de rendición de la cuenta general.

En este sentido, tras la publicación de la Ley 4/2013, de diecinueve de junio, por la que se modifica la organización y funcionamiento de las instituciones propias de la Comunidad de Castilla y León, se ha regulado un nuevo procedimiento en el que el Pleno del Consejo, en caso de que, efectuado un requerimiento, se sigan incumpliendo las obligaciones de colaboración, podrá proceder a la imposición de multas coercitivas, cuyas cuantías serán establecidas en las correspondientes leyes de acompañamiento de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de las responsabilidades penales y de otro tipo a que hubiera lugar.

Nuevamente se vuelve a incidir en la importancia de la actuación de las Diputaciones Provinciales y el Consejo Comarcal con el fin de mejorar los resultados de rendición, tanto en calidad como en cantidad, intensificando sus actuaciones de cooperación y asistencia a municipios, con el fin de mejorar la gestión de la contabilidad y la rendición de la cuenta general por parte de las entidades locales, prestando especial atención a las que tienen menor capacidad de gestión.

En cuanto a las entidades locales menores, y dado el ínfimo nivel de rendición de cuentas que se viene sucediendo un ejercicio tras otro, se recomienda una actuación firme por parte de las instituciones competentes, dirigida tanto a solventar los problemas relativos al efectivo registro contable de sus operaciones como a la rendición de la cuenta general.

Para ello, podría resultar de utilidad una mayor dotación de recursos humanos adscritos a funciones contables, bien mediante internas... medidas internas de redistribución de efectivos o a través de procedimientos legales de provisión de puestos de trabajo; medida aplicable también a los municipios de menor tamaño.

La cuenta general deberá ajustarse en los aspectos formales y estructurales a lo dispuesto en la normativa aplicable, debiendo reforzarse las actuaciones de control interno con el fin de garantizar la correcta contabilización de las operaciones realizadas, así como la detección de posibles errores.

En este sentido, resulta especialmente recomendable, por parte de las entidades locales, la utilización del validador externo de la plataforma de rendición de cuentas con carácter previo a la tramitación de la cuenta, con el fin de garantizar la exactitud, coherencia e integridad del documento sometido a la aprobación del Pleno.

Por último, se recomienda a los municipios integrantes de Mancomunidades y otras entidades asociativas que durante varios ejercicios permanecieron inactivas que valoren la necesidad de su existencia, iniciando, en su caso, los trámites necesarios para su disolución, recomendación también aplicable a las entidades locales titulares de sociedades mercantiles en similares circunstancias. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Presidente. Se abre un turno ahora de intervenciones de los diferentes Grupos Parlamentarios. En primer lugar, tiene la palabra el señor González Suárez.


EL SEÑOR GONZÁLEZ SUÁREZ:

Sí. Gracias, Presidente. Ya hemos visto esta situación con motivo de anteriores informes sobre rendición de cuentas de los Ayuntamientos de nuestra Comunidad. Las cifras son inaceptables para una Comunidad que, de cara a la galería, se ufana de su eficacia de Gobierno. Que 30 años después de la instauración de nuestra democracia, apenas un 70 % de nuestras entidades locales rindan sus cuentas generales al cierre de la fecha para su análisis –porque dentro del plazo el porcentaje se ve reducido al 51 %- dice muy poco a favor de la calidad de la gobernanza de nuestras instituciones básicas.

Si tenemos en cuenta que antes de dos mil diez ni siquiera las Diputaciones Provinciales –entidades a las que se les supone una dotación de personal habilitado para esas funciones- rendían al 100 % de sus cuentas, el argumento de que la carencia de medios humanos profesionales en nuestros Ayuntamientos no sirve ya para justificar esta situación.

Cabría preguntarse para qué sirve la figura del Secretario Interventor, suponiendo que exista en todos los Ayuntamientos –y sabemos que en algunos no existe, especialmente desde la situación de asfixia de las haciendas locales-. Hay una responsabilidad de carácter tutorial, digamos, educativo, a la hora de haber ido corrigiendo esos desaguisados a lo largo de todos estos años por parte de la Junta de Castilla y León. Probablemente sea el Consejo de Cuentas... probablemente no, con toda seguridad es el Consejo de Cuentas quien realmente está consiguiendo, con sus informes y su insistencia, esa ligera mejora que indican para el ejercicio dos mil once.

Sin embargo, yo no veo mejora alguna. Me quedo con la observación que se hace en el apartado 9 del informe, del capítulo de Rendición de Cuentas, en el que se reconoce que, ampliando la referencia temporal, los niveles de rendición desde el año dos mil seis se quedan en los niveles de siempre, y solo mejora el cumplimiento de los plazos. Por lo tanto, el problema de la desidia, la incompetencia o la irresponsabilidad siguen siendo la tónica de este informe anual –no de los redactores del informe, sino lo que se plasma en el propio informe-.

Que casi un tercio de las entidades locales incumpla cada ejercicio con su obligación de rendir cuentas a la cuenta general es un dato demoledor política y socialmente. Que más del 40 % de estas entidades tengan pendiente de rendir la cuenta de dos o más ejercicios debería abochornar a la Junta de Castilla y León, que debe estar apoyando permanentemente a nuestras entidades locales. Y, sobre todo, en las alturas del siglo XXI, ya, en el que nos encontramos. O ese 6 % de Ayuntamientos que nunca cumplieron con esta obligación.

¿Y qué decir de esos 17 Ayuntamientos mayores de 5.000 habitantes –que son, para los parámetros de Castilla y León, el equivalente de urbes de 250.000 habitantes en Comunidades más pobladas o en países más poblados- que tienen pendiente aún la rendición de varios ejercicios desde el dos mil seis?

La falta de consecuencias para con un comportamiento irregular e ilegal es, como dice el informe, la causa principal de este desaguisado vergonzoso. Aquí está todo permitido, especialmente a la hora de saltarse las leyes, salvo en el caso de que el infractor sea un humilde ciudadano, porque en ese caso acaban en prisión a la menor de las causas -¡hasta ahí podríamos llegar!-; pero la vara municipal es un signo no de servicio a los vecinos, sino de plena potestad.

Nos informa el señor Presidente del Consejo de Cuentas –en nombre de todo el Consejo- sobre el ejercicio dos mil once, pero, si nos respeta la salud –porque las ganas estoy convencido que... que sí las vamos a seguir teniendo-, les convoco... no les convoco a que vengan, sino les convoco a que veamos cuál es la situación dentro de un año, en el convencimiento de que el contenido de su informe no variará apenas, por desgracia para todos nosotros, por desgracia para Castilla y León; aunque espero realmente equivocarme.

Y ello bien a pesar de la insistencia del Consejo de Cuentas en hacer esa labor de pedagogía de la que hablaba antes; incluso yo diría que... en otras ocasiones yo aludía a la obligación que teníamos los Grupos Políticos de hacer pedagogía desde los Grupos Políticos con nuestros Alcaldes y nuestros Concejales, porque yo sé que últimamente todos los Grupos venimos insistiendo en ello. Porque, cuando hablas con algún Concejal de Izquierda Unida, dice: "No, no, si ya me lo han comentado los del PSOE, los del PP, que también a ellos les han dicho", ¿no? Entonces, bueno, a ver si entre todos somos capaces de que esto vaya adelante y de que la transparencia sea tomada como la primera obligación de una institución pública al gestionar recursos públicos.

Y finalizar confiando –y yo confío, estoy seguro de ello- que ustedes seguirán, el Consejo de Cuentas, haciendo tan importante labor, a pesar de que enfrente esté la esfinge, que ni ve ni oye ni entiende, y a pesar de la reducción de medios de... con la que, por desgracia, se han encontrado en el Consejo de Cuentas. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor González. Por parte del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Ramos Antón.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Muchas gracias, señor Presidente. Señor Presidente del Consejo de Cuentas, señores Consejeros, miembros, personal del Consejo de Cuentas. Es la primera vez que yo participo en un debate de esta naturaleza -es más, a pesar de que hace tiempo que tenía interés en hacerlo-, y voy a aprovechar la amistad y la lealtad que me une con el Presidente del Consejo de Cuentas –hecha después de muchos años de debate en materia de desarrollo de la legislación de régimen local en esta Cámara, aunque es verdad que en el castillo- para tomarme la licencia de decir que yo creo que debe el señor Presidente –al que le sobran habilidades parlamentarias- de estudiar con el Presidente de la... de la Comisión algún procedimiento para hacer un poco digeribles este tipo de debates, que se realizan después de un procedimiento de anestesia al que usted nos somete con la lectura de uno... unos magníficos resúmenes de los informes, que perfectamente podrían incorporarse al Diario de Sesiones por acuerdo de los... por acuerdo de los Grupos; y porque, en fin, solo bastaba ver las caras de todos nosotros –yo incluido- durante este debate para... para constatar que, en fin, que... que el procedimiento anula la calidad del debate y anula la relevancia de lo que aquí se está planteando. Esto es una Cámara, y, si podemos convertirla en una Cámara viva, pues yo creo que todos podemos... en fin, que todos lo agradeceremos.

Por otro lado, tampoco hay que perder la perspectiva de... del plazo y del tiempo, porque no deja de ser este un Parlamento en el que muchos Parlamentarios estamos a tiempo parcial, y a lo mejor has dejado un procedimiento de contratación encima de la mesa para venirte corriendo, pero luego hay que ir a... a recuperarle. En fin, permito... me permito la licencia.

El primer... el primer aspecto que yo quería destacar pues es que este informe, que hace referencia exclusivamente a los aspectos formales y de coherencia interna de las cuentas generales –sin entrar a valorar apenas algo más que algunas formalidades, puesto que el fondo del asunto se entra en el informe sobre la actividad económica y financiera-, probablemente también, como proponía en el debate anterior mi compañero, el señor José Francisco Martín, debería, a lo mejor, debatirse de forma conjunta para poder entrar un poco más en la enjundia, en el alcance de ambos informes por el hecho de plantearse unidos.

Por otro lado, lo que yo quiero hacer, en primer lugar, es valorar –y valorar en lo que... en lo que hay que valorar- el trabajo realizado por el Consejo de Cuentas, por los Consejeros y por los técnicos, en un escenario ciertamente poco favorable, de incertidumbre por las modificaciones legales a las que han sido sometidos y por la... en fin, con unas modificaciones legales, que sin duda han ido a la baja. Por lo tanto, hacer este tipo de informes en este escenario de incertidumbres yo creo que hay que valorarlo de forma especial y de forma singular.

Desde luego, no compartimos en absoluto, para nada, las valoraciones que sobre esta institución –sobre el Consejo de Cuentas- hoy se realiza en un medio de comunicación de una provincia de la Comunidad.

Valoramos igualmente la mejora continua, aunque lenta –excesivamente lenta-, protagonizada por las entidades locales en la rendición de cuentas ante el Consejo, que mantiene una línea ascendente, a pesar de la reducción en cuatro meses del plazo para hacerla efectiva, que permite acortar el plazo para la redacción de este informe. Vemos un poco más medio llena la botella que el señor José María González.

Es verdad que la responsabilidad de no rendir cuentas al Consejo es de las entidades locales que no la rinden. Pero es verdad que no es solo de ellas. Yo creo que esta responsabilidad es, en primer lugar, de las Diputaciones Provinciales, cuyo sentido institucional es, antes que nada, potenciar la competencia de los municipios y de las entidades locales menores para prestar servicios públicos locales, servicios a los que están obligados, y también para cumplir con sus obligaciones formales y de calidad en la gestión de estos recursos. Si no, ¿qué sentido tendría el que existan las Diputaciones Provinciales? Mire, las Diputaciones Provinciales están siendo incompetentes en esta materia; unas más que otras, aunque yo creo que todas suspenden: unas con un cuatro y otras con un cero. Pero no lo son... no son menos incompetentes cuando se trata de hacer que los Ayuntamientos tengan más capacidad para prestar servicios públicos locales.

Hay dos indicadores que son muy claros para evaluar la competencia de las Diputaciones Provinciales de Castilla y León, que son las que más tajo tienen, porque son las que tienen una estructura municipal más atomizada, de mayor número de municipios y de más pequeños. Estos indicadores son:

Primero, el número de Mancomunidades. Somos la Comunidad Autónoma que tiene más Mancomunidades y más municipios mancomunados. ¿Por qué es esto?, ¿por qué ocurre esto? Pues porque los Ayuntamientos se tienen que resolver por su cuenta aquellos problemas que no les resuelven las Diputaciones Provinciales, eso es evidente.

Y, en segundo lugar, el nivel de cumplimiento de los pequeños Ayuntamientos y de las entidades locales menores en la obligación de rendir cuentas ante los órganos de control. Estos pequeños Ayuntamientos y las entidades locales menores son las que menos nivel de rendimien... de rendición de cuentas tienen. Y esto se responsabilidad de las Diputaciones Provinciales, que están para esto, que están para esto.

Y por supuesto, el nivel de rendición de cuentas por parte de las entidades locales de Castilla y León es también responsabilidad de la Junta, que no condiciona la cooperación económica en ninguna de sus líneas... Es verdad que escasas, algunas ficticias, solo de papel, para los presupuestos, singular... todas ellas en el dos mil once, y muchas de ellas en el dos mil doce. Es decir, han sido líneas de papel; es decir, no ha habido cooperación económica local; claro, qué iban a condicionar, ¿verdad? Es decir, si... si solo... los números solo han estado en el presupuesto. Es decir, no ha habido nada. Pero es verdad que nunca ha condicionado la cooperación económica local en ninguna de sus líneas al cumplimiento de esas... de estas obligaciones. Y singularmente no ha condicionado la cooperación económica con las Diputaciones para el sostenimiento de los servicios de asistencia al municipio, ni al establecimiento de objetivos de cumplimiento de estas obligaciones, ni siquiera al compromiso de mejorar estos objetivos.

Y, desde luego, es responsabilidad compartida de la Junta y de las Diputaciones por haber abandonado, hasta ahora, sus responsabilidades en materia de desarrollo del régimen local de Castilla y León. Usted y yo, señor Presidente, tuvimos en el castillo debate sobre el desarrollo de todos, todos y cada uno de los aspectos de la Ley de Régimen Local de Castilla y León, la Ley 1/98. También los que se refieren a... a los aspectos que podrían contribuir a mejorar el nivel de rendición de cuentas de las Corporaciones Locales.

Pero es que la Junta y las Diputaciones Provinciales también han eludido sus responsabilidades en la estructuración de los puestos de trabajo de funcionarios de carácter estatal sostenidos en común por varios Ayuntamientos, que se ha dejado en manos de los propios Alcaldes -que han hecho lo que han podido-, cuando no de los propios interesados, que habrán hecho en no pocos casos lo que les ha convenido. Me consta que, a partir de la amenaza que mantiene el proyecto de ley de reforma local del Gobierno, de disolución de las entidades locales menores en caso de no rendición de cuentas, el ritmo de incremento de... de esta rendición de cuentas por parte de las entidades locales por fin se ha despabilado en lo que se refiere a dos mil doce. En fin, porque así me llega desde las entidades locales menores.

Es verdad que la Junta de Castilla y León ya ha publicado el Decreto 33/2013, de dieciocho de julio, por el que se establecen los términos para el desempeño de las funciones públicas necesarias y reservadas a los funcionarios de... de Administración Local con habilitación de carácter estatal en las entidades locales menores de Castilla y León, así como que las Diputaciones están publicando ya reglamentos -y también tasas, ¡ojo!- a este efecto. Y también es verdad que este decreto, igual que las tasas y los reglamentos de las Diputaciones Provinciales, están consiguiendo el no fácil objetivo de obtener la unanimidad de todas las partes afectadas, en el sentido de que no hay nadie que esté satisfecho, ni con el decreto, ni con los reglamentos de las Diputaciones, ni con las tasas. Y cuando digo que no hay nadie, me refiero, fundamentalmente, a las entidades locales menores, a sus representantes y a los propios Secretarios Interventores de Administración Local. No es un asunto fácil de arreglar, pero es verdad que desde la publicación de la Ley 1/98 hemos tenido quince años para abordar este asunto. Y hombre, se podría haber hecho en alguna manera... de alguna manera un poco más eficaz. Nosotros tendremos que estar, y estaremos atentos a la evolución de este asunto, que amenaza, según las manifestaciones de las propias asociaciones de entidades locales menores, de acabar en los tribunales, para hacer, como hicimos en su momento, las propuestas políticas correspondientes.

Por otro lado, hay que señalar que la ley que se acaba de aprobar esta misma semana en las Cortes de Castilla y León, con un amplio apoyo de la Cámara, para la ordenación, servicios y gobierno del territorio de Castilla y León, contempla que en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley se deberán reestructurar los actuales puestos de trabajo de funcionarios con habilitación de carácter estatal, sostenidos en común por varios municipios, de forma que los nuevos puestos atiendan a municipios con una población mínima conjunta de 500 habitantes o tengan un presupuesto anual global superior a los 500.000 euros. Por lo tanto, hay algunos criterios objetivos, y hay una asunción de responsabilidades y hay un plazo para la asunción de estas responsabilidades.

Por otro lado, esta misma ley, en su disposición adicional novena, contempla que en el plazo de tres meses desde la aprobación de la reforma de la legislación básica de régimen local por parte del Estado, es decir, desde que se aclare el panorama competencial de las Corporaciones Locales, la Junta de Castilla y León compromete en... esta ley compromete a la Junta de Castilla y León a someter a esta Cámara un proyecto de ley de participación de las entidades locales en los ingresos de la Comunidad. Y nosotros nos comprometemos a que en este procedimiento nosotros incorporemos elementos condicionantes para la efectiva participación en estos ingresos a la rendición de cuentas por parte de las entidades locales, tanto de los municipios como de las Diputaciones y las entidades locales menores.

Miren, la reforma local que está planteando en estos momentos el Gobierno de España es una reforma recentralizadora. Recentralizadora a favor...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Vaya acabando, señor Ramos.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

(Ya termino, señor Presidente). ... recentralizadora a favor del Estado y a favor de las Diputaciones Provinciales, que amenaza a las competencias locales que tiene la propia Comunidad Autónoma, competencias que en algunos casos son exclusivas -Artículo 70.1.4 del Estatuto de Autonomía- y en otros casos son de desarrollo normativo -Artículo 71-. Y diseña un modelo de Diputaciones que no está para ayudar a los Ayuntamientos a ser más competentes, sino para suplantarlos.

De modo que cuando las Diputaciones Provinciales sean la central de compras de todos los Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes de los municipios y sean los gestores de todos sus servicios básicos, supongo que el Consejo de Cuentas va a tener mucho más fácil la realización de este tipo de informes. Pero también es verdad que probablemente sea el punto final, o el principio del punto final, del sector público local de Castilla y León.

Una última reflexión: estas reformas -la de la ley que aprobamos anteayer en la... en estas Cortes, la reforma local que está... que está planteando en estos momentos el Gobierno de España y que ya está sometida a debate parlamentario- están generando un verdadero estrés, un verdadero desasosiego en los Ayuntamientos de Castilla y León -en los Alcaldes, en los Concejales-, que yo espero que no repercuta en la rendición de cuentas, pero que puede repercutir. Ustedes, desde el Consejo de Cuentas, que han estado sometidos al mismo estrés y a las mismas amenazas normativas durante el año pasado, supongo que están en las mejores condiciones para entender esta situación. Por eso, a pesar de que nosotros siempre hemos sido partidarios de las sanciones, a pesar que en la Ley de Medidas de este año, por primera vez, se va... va a poder, por parte de estas Cortes, dimensionar ese tipo de sanciones, yo me pregunto si este es el momento de las sanciones. Creo que es el momento de los condicionamientos, pero no sé si es el momento de las sanciones, porque yo creo que los Alcaldes de Castilla y León... que los Alcaldes de... de Castilla y León ya tienen bastante con lo que tienen.

Nosotros, en esta materia, vamos a presentar también enmiendas por parte de nuestro Grupo a la reforma local del Estado, donde es necesario plantearla, de modo que se condicione, se... se exija y se planteen medidas coercitivas en el sentido del...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Señor Ramos, debe de ir acabando.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

... en el sentido del cumplimiento de esta obligación, pero yo creo –ya para terminar- que, más que sanciones, yo creo que estamos para el reconocimiento de esta clase de personas, sometidas a estrés por parte de esta Cámara y de otras Cámaras, que todos los días da la cara por... por el interés general en todos los pueblos de Castilla y León, no sea que tengamos que declararles especie en extinción como consecuencia de un escenario político, económico, institucional y de falta de reconocimiento social del que todos nosotros, en nuestra irrelevancia y humildad, somos mucho más responsables que ellos. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Ramos. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Sobrados Pascual.


EL SEÑOR SOBRADOS PASCUAL:

Sí. Muchas gracias, Presidente. Buenas tardes ya a... a todos, también al Presidente del Consejo de Cuentas, y a los Consejeros y personal que ha venido a acompañarle.

Muy brevemente. Después de haber escuchado la exposición de... del Presidente del Consejo, y de haber estado trabajando durante estos días con este informe, he de poner de manifiesto y valorar el magnífico y extenso trabajo que se ha realizado por parte del Consejo de Cuentas en la elaboración del mismo.

Como en otras ocasiones, observamos que el Consejo continúa encontrando las mismas limitaciones que complican la ejecución del informe de las cuentas del sector público local, como son los incumplimientos registrados en la rendición de cuentas por parte de las diferentes entidades locales.

Por un lado, sin tener en cuenta las entidades locales menores, como... como el Presidente ha podido explicar, son 2.592 entidades locales, de las que 857 no habían cumplido con su obligación de rendir las cuentas del ejercicio dos mil once, lo que... lo que supone un 31... un 33 %, que... que es una cifra a tener en cuenta.

Por otro lado, el reducido, o el reducidísimo nivel de cumplimiento por parte de las entidades locales menores, que representan más de un 46 % del total de las entidades locales de Castilla y León, y solamente hayan rendido cuenta el 13,4 %, cifra que supone un incremento importante respecto al ejercicio anterior –eso es cierto-, pero resulta una cifra desde luego inadmisible. Y, como... como ha comentado y ha explicado el Presidente del Consejo de Cuentas, es el principal motivo de que se tenga que separar en el presente informe las entidades locales menores del resto de... de entidades locales para... para evitar ese efecto distorsionador.

Pero vamos, no todo es negativo en el informe que... que hemos podido ver, y hay que destacar también que los niveles de rendición han experimentado una evolución favorable. A la fecha de cierre del análisis del grado de rendición –con exclusión de las entidades locales menores, como comentábamos-, habían rendido la cuenta general un total de 1.735 entidades locales, que representaban un... un 66,9 %, lo que supone un incremento de 4,3 puntos en relación con el ejercicio anterior, lo cual quiere decir que algo se está haciendo bien.

Por contra, esas 857 entidades, que comentábamos, que incumplieron la obligación de rendir sus cuentas. De esas, 673 son Ayuntamientos, de los cuales, 11 de esos municipios con más de 5.000 habitantes, es un... es un dato que... que llama la atención, como también comentaba anteriormente el Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.

La evolución por tipo de entidad refleja como todos los grupos siguen la tendencia general, de momento, de grado de rendición de dos mil seis. Y ocurre lo mismo con los datos por provincias, y se aprecia igualmente esa evolución también positiva, como comentábamos antes, desde... desde dos mil seis.

Atendiendo a los tipos de entidad, como... como se veía, los niveles más altos de rendición de las cuentas pues son las Diputaciones y el Consejo -evidentemente, son nueve Diputaciones y un Consejo Comarcal, que cumplen el 100 %-, seguidos de los Ayuntamientos y las Mancomunidades y otras entidades asociativas, y... y los consorcios, que presentan unos niveles más bajos.

Y el análisis de la rendición de las cuentas de las entidades locales menores en dos mil once pues ofrece ese índice de rendición tan bajo que comentábamos, y, bueno, a pesar de esa mejora experimentada en relación a ejercicios anteriores, se vuelve a poner de manifiesto ese nivel muy reducido de... de rendición.

Y en estas... y es en estas últimas donde, coincidiendo también con los anteriores Portavoces que me han precedido en el uso de la palabra, creo que todos tenemos que hacer mayor hincapié para trasladar a los diferentes responsables políticos que tienen que concienciarse y esforzarse para cumplir con su obligación de rendir cuentas, al igual que lo hacen otras entidades de similar tamaño y características.

El hecho de que cada ejercicio observemos que va aumentando el número de entidades locales menores que presentan sus cuentas es positivo; pero no hablamos de... de cifras aceptables, pero sí de tendencias positivas, que tenemos que mantener entre todos para que en el transcurso de los próximos ejercicios lleguemos a porcentajes razonables.

De todas formas, aquel que tenga voluntad de cumplir lo va a hacer, y aquella entidad que no tenga esa voluntad, pues lamentablemente, no creo que... que lo haga. Y esperemos que esa voluntad de cumplir aumente de forma considerable, y que la responsabilidad de las entidades locales se contagie, ya sea por las medidas coercitivas que comentábamos o por sentido común. Y si el sentido común o las medidas coercitivas que se puedan adoptar no son suficientes, pues tal vez sean las Diputaciones –como comentaba el Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista- las que tengan que tratar de desempeñar esa labor pedagógica y ejemplar en este sentido para poner en conocimiento de todas las entidades locales los medios que existen a su... a su alcance, y que... y el hecho de rendir cuentas se empiece a convertir en una rutina más en la Administración de esas entidades.

Desde el Grupo Parlamentario Popular, asumimos las recomendaciones que propone el Consejo de Cuentas. Creemos que las entidades locales deben adoptar medidas para asegurar el cumplimiento del ciclo presupuestario y el cumplimiento de los plazos establecidos en todas sus fases, cuestión que, además de ser una exigencia legal, es un elemento clave de transparencia.

Poner de manifiesto también que el Grupo Parlamentario Popular no es partidario de establecer medidas que... que pudieran suponer la pérdida de recursos para los ciudadanos de los municipios vinculados a la rendición de la cuenta, aunque sí estamos dispuestos a estudiar la... la recomendación número 2 que propone el Consejo de Cuentas para tratar de darle encaje dentro de lo que siempre ha sido nuestra postura y un... y esa línea de actuación que también se asume dentro de... de la ley de las instituciones propias, que... que ha comentado, y que se pone de manifiesto también en el informe.

Se vuelve a incidir también en la importancia de la actuación de las Diputaciones Provinciales y del Consejo Comarcal como factor clave para mejorar los resultados de rendición, sobre todo en los Ayuntamientos más pequeños.

En cuanto a las entidades locales menores, pues se requiere una actuación firme por parte de las instituciones competentes de ámbito territorial de la Comunidad dirigida a solventar los problemas de dichos entes relativos al efectivo registro contable de sus operaciones, como la rendición de la... de la cuenta.

Y... y, bueno, sí, poner de manifiesto que... que la cuenta debe ajustarse a los aspectos formales y estructurales, a lo dispuesto en la normativa aplicable. En definitiva, Señorías, y por no alargarme más, seguir trabajando entre todos los responsables públicos para... para que, a través de una labor pedagógica de concienciación con las diferentes entidades locales, se siga aumentando los niveles de cumplimiento y se cumpla con toda la documentación requerida en tiempo y forma, con el objetivo también de transmitir una mayor transparencia a los ciudadanos. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Para contestar a las intervenciones de los distintos Grupos Parlamentarios, tiene la palabra el Presidente del Consejo de Cuentas.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Sí. Gracias, Presidente. Voy a intentar ser muy sintético y... y, al mismo tiempo, muy concreto en cada una de las intervenciones que ha habido, y... y después también –como es mi costumbre- avanzarles algo sobre cómo va la rendición de cuentas correspondiente al ejercicio dos mil doce. Es decir, creo que eso es un... algo siempre conveniente.

Yo siento discrepar hoy con usted, don José María. Yo creo que hay que ser jamás triunfalistas, pero también reconocer la evolución favorable que están teniendo. Es decir, en el primero de los informes de esta mañana, con frecuencia habrá observado que hablábamos de tendencia favorable. Bueno, pues hay una tendencia favorable; y... y las cuestiones son así de claras; es decir, en los dos últimos años se ha producido una mejora, en el dos mil diez, de 23,5 puntos porcentuales y, en el año dos mil once, de 14,1 puntos porcentuales acumulados sobre el dos mil diez, es decir... Por lo tanto, nada más lejos de la satisfacción del Consejo de Cuentas por los niveles de rendición. Pero es justo reconocer de que se está produciendo una mejora en los niveles de rendición de cuentas. Entonces, en ese sentido, yo sí quería ponerlo de manifiesto.

Y, al mismo tiempo, incidir en lo que han dicho los tres Portavoces: esto es una cuestión de todos; es decir, evidentemente, desde el Consejo de Cuentas se está haciendo –si me permiten la expresión- un sobreesfuerzo para concienciar a todas y cada una de las entidades locales de nuestra Comunidad Autónoma en la obligación de rendir cuentas. Mire, le puedo dar como dato que en estos últimos días hemos enviado 3.976 recordatorios a las entidades locales de Castilla y León; 3.976 recordatorios, a todos aquellos que a esa fecha no habían cumplido. Y eso, usted sabe perfectamente que supone un esfuerzo de logística importante. Bueno, pues se ha hecho en el Consejo de Cuentas, por primera vez, a todas, y se ha remitido a todas las entidades locales menores, también de nuestra Comunidad Autónoma, incluidos Mancomunidades, consorcio y, por supuesto, los 1.248 Ayuntamientos. Un dato que me gustaría dejar constancia en la mañana de hoy.

Después, también, en relación a lo que se ha comentado por el... el Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, sí, yo recuerdo de una manera, pues, auténticamente entrañable, pues aquellos debates que teníamos, y que usted habitualmente tenía la responsabilidad de debatir en materias de... de régimen local. Y yo tengo magníficos recuerdos, y usted siempre ha estado especialmente sensibilizado con todo el mundo local.

Yo, sobre la propuesta que hace usted sobre... para intentar aliviar, aligerar las comparecencias, por parte del Consejo de Cuentas, dependemos de estas Cortes. Es decir, lo que nos manden las Cortes, nosotros haremos. Es decir, somos obedientes y disciplinados; y si por parte del legislativo se establece algún sistema pues para mejorar las comparecencias, nosotros estamos abiertos.

Lo que sí me gustaría indicar que estaríamos abriendo camino. Es decir, eso es algo que, en estos momentos, en el conjunto de los órganos de control externo, la mecánica es similar a la que nosotros estamos practicando en Castilla y León. Es decir, si deseamos hacer unas comparecencias más breves, más sintéticas, por parte del Consejo de Cuentas no hay ningún problema. Y eso sí me gustaría resaltarlo. Pero estarán de acuerdo conmigo que el Consejo de Cuentas no debe de decidir nada, lo deben de decidir ustedes, que son, evidentemente, los que tienen la responsabilidad de la organización de esta casa, no el Consejo de Cuentas. El Consejo de Cuentas hará y comparecerá en aquella manera y modo que ustedes entiendan que es más ágil para el debate parlamentario; no hay ningún problema por parte del Consejo de Cuentas. Que si ustedes pretenden, por ejemplo, que el informe nuestro fuese referido prácticamente a lo que es la nota resumen que está colgada en la página web el mismo día que se publican los informes, nosotros estamos abiertos a cualquier tipo de posibilidad. Todo aquello que redunde en la mejora de lo que puede ser el debate parlamentario y la transparencia, nosotros... siempre van a encontrar, por nuestra parte, absolutamente todas las facilidades.

Respecto a cómo va en estos momentos la evolución de la rendición de cuentas, pues mire, en estos momentos va mejor que nunca, si me permite. Es decir, se está mejorando. Y se está notando también una cierta... un cierto movimiento en las entidades locales menores. Es decir, en estos instantes estamos hablando, si no me falla la información, de más de 300 entidades locales menores que han rendido cuentas. Estamos, en ese sentido, pues mejorando. Y yo creo que aunque a veces puede ser trabajoso -y yo aquí me gustaría dejar constancia también de la magnífica labor que se está haciendo desde el departamento local liderado por el Consejero Emilio Melero-, eso es un esfuerzo adicional. Es decir, tengan ustedes presente que comunicar a 3.976 entidades, eso no se hace en una mañana. Y eso ha requerido un esfuerzo adicional.

Así como también habrán comprobado en el informe pues lo balsámico que es la citación a los responsables de las entidades locales, de Ayuntamientos, en el Consejo. La verdad, se resuelven gran parte de los problemas, y vemos como todos aquellos que son convocados en un tiempo razonable van cumpliendo sus compromisos. Y eso sí me gustaría dejarlo... también constatar en la mañana de hoy.

Y hay otra cosa en la que yo pediría un voto de confianza a esta Comisión de Hacienda, que siempre nos está dando el voto de confianza, y no quiero abusar pero sí quiero expresarlo una vez más. Una vez más, se confunde, a veces, cuando nosotros estamos reclamando la capacidad coercitiva -no sancionadora; no quiero entrar en disquisiciones jurídicas-. Y pido ese voto de confianza, porque lo utilizaríamos de una manera absolutamente sensata.

Es decir, no son enemigos del Consejo de Cuentas los Alcaldes, ni... ni los representantes de ninguna entidad local de nuestra Comunidad Autónoma, ninguno es enemigo. Todo lo contrario. Es decir, nosotros estamos dispuestos y estamos brindando nuestra colaboración a todas las entidades locales, y hay unos magníficos funcionarios que están atendiendo permanentemente las entidades locales. Pero se cuestiona muchas veces como hay personas que, de una manera reiterada y consciente, están incumpliendo una obligación legal. Es decir, y no estoy... no quiero personificar en nadie, pero en lo único que... que quiero en estos momentos aprovechar esta oportunidad para que esa posibilidad de que se incorporase a la Ley de Presupuestos del próximo año, dos mil catorce, existiese. Yo lo que sí puedo garantizar a esta Comisión de Hacienda que se haría con auténtica prudencia, es decir, con auténtica prudencia. Pero, al mismo tiempo, no confundamos justos por pecadores. Y nosotros, lo que sí le puedo decir, que, si estamos dotados de esa capacidad coercitiva, los que iban a ser responsables de esa posible multa serían los pecadores, no los justos. Y eso es algo que sí me gustaría dejar constancia en la mañana de hoy.

Y sería algo novedoso, y algo que fortalecería a esta institución de una manera importante. Porque no solamente lo tenemos que personificar en los responsables municipales, sino en todos aquellos que tienen responsabilidades en el ámbito municipal. Y creo que ustedes son lo suficientemente inteligentes para saber a lo que me estoy refiriendo. Y en ese sentido, yo, por eso, les pido de que, en... en lo que puede ser el establecimiento de esas multas coercitivas, tengan la plena certeza de que lo haríamos con total prudencia.

Y después, ya, y concluyo mi intervención diciendo que en el... nuestras recomendaciones van en la línea de otros años. Evidentemente, no hay nada nuevo bajo el sol sobre el incumplimiento. Sí es cierto de que en estos momentos tenemos muy avanzado un informe de fiscalización que se remitirá en breve a las Cortes de Castilla y León, y analiza de una manera rigurosa y exhaustiva cuál es la situación de los habilitados de carácter estatal en el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma -las carencias, dificultades, etcétera, etcétera-, y eso lo vamos a ver próximamente aquí. Y es un informe que yo creo que es bastante clarificador sobre la situación real de lo que es este... este mundo local, que a todos nos preocupa por igual. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. ¿Por parte del Grupo Parlamentario desea hacer... consumir el turno de réplica? Muchas gracias.

Finalizado el debate, y de conformidad con lo establecido en la norma cuarta de la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve, se abre un plazo de cinco días para que los Grupos Parlamentarios puedan presentar ante la Mesa de la Comisión propuestas de resolución relativas al informe de fiscalización que acaba de ser examinado. Dicho plazo finalizará el próximo miércoles, dos de octubre, a las catorce horas.

Concluido el Orden del Día de esta Comisión y agradeciendo de nuevo la presencia del Excelentísimo señor Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León y de todo el equipo, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las catorce horas treinta minutos].


DS(C) nº 325/8 del 26/9/2013

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Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Comisión de Hacienda
DS(C) nº 325/8 del 26/9/2013
CVE: DSCOM-08-000325

DS(C) nº 325/8 del 26/9/2013. Comisión de Hacienda
Sesión Celebrada el día 26 de septiembre de 2013, en Valladolid
Bajo la Presidencia de: Pedro Luis González Reglero
Pags. 10969-11045

ORDEN DEL DÍA:

1. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre los Informes acerca de la situación y actividad económico financiera de la Comunidad Autónoma, ejercicio 2011.

2. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre el Informe de Fiscalización de la contratación de las empresas públicas de Castilla y León, ejercicios 2010-2011.

3. Comparecencia del Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre el Informe Anual de las Cuentas del Sector Público Local, ejercicio 2011.

SUMARIO:

 ** Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos.

 ** El Presidente, Sr. González Reglero, abre la sesión.

 ** Intervención de la Procuradora Sra. Gómez del Pulgar Múñez (Grupo Socialista) para comunicar sustituciones.

 ** Primer punto del Orden del Día.

 ** La Secretaria, Sra. Álvarez-Quiñones Sanz, da lectura al primer punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para informar a la Comisión sobre los Informes acerca de la situación y actividad económico financiera de la Comunidad Autónoma, ejercicio 2011.

 ** El Vicepresidente, Sr. Sobrados Pascual, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios.

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. González Suárez (Grupo Mixto).

 ** En turno de Portavoces, interviene la Procuradora Sra. Gómez del Pulgar Múñez (Grupo Socialista).

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** Segundo punto del Orden del Día.

 ** La Secretaria, Sra. Álvarez-Quiñones Sanz, da lectura al segundo punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para informar a la Comisión sobre el Informe de Fiscalización de la contratación de las empresas públicas de Castilla y León, ejercicios 2010-2011.

 ** El Presidente, Sr. González Reglero, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios.

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. González Suárez (Grupo Mixto).

 ** En turno de Portavoces, interviene la Procuradora Sra. Muñoz de la Peña González (Grupo Socialista).

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. González Suárez (Grupo Mixto).

 ** En turno de réplica, interviene la Procuradora Sra. Muñoz de la Peña González (Grupo Socialista).

 ** En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Cruz García (Grupo Popular).

 ** En turno de dúplica, interviene el Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.

 ** Tercer punto del Orden del Día.

 ** La Secretaria, Sra. Álvarez-Quiñones Sanz, da lectura al tercer punto del Orden del Día.

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para informar a la Comisión sobre el Informe Anual de las Cuentas del Sector Público Local, ejercicio 2011.

 ** El Presidente, Sr. González Reglero, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios.

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. González Suárez (Grupo Mixto).

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Ramos Antón (Grupo Socialista).

 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Sobrados Pascual (Grupo Popular).

 ** Intervención del Sr. Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, para responder a las cuestiones planteadas.

 ** El Presidente, Sr. González Reglero, levanta la sesión.

 ** Se levanta la sesión a las catorce horas treinta minutos.

TEXTO:

[Se inicia la sesión a las diez horas treinta y cinco minutos].


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Buenos días. Se abre la sesión. ¿Los Grupos Parlamentarios desean comunicar a esta Mesa alguna sustitución? ¿Por parte del Grupo Parlamentario Socialista?


LA SEÑORA GÓMEZ DEL PULGAR MÚÑEZ:

Sí, Presidente. Ana María Muñoz de la Peña sustituye a Ana María da Silva García y Francisco Ramos Antón sustituye a José Francisco Martín Martínez.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. ¿Por parte del Grupo Parlamentario Popular? No hay sustituciones.

Doy la bienvenida a esta Comisión a don Jesús Jaime Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, que comparece ante esta Comisión para presentar diversos informes de fiscalización remitidos a las Cortes de Castilla y León por el Consejo de Cuentas. La tramitación de los mismos se desarrollará de conformidad con lo previsto en la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve.

Primer punto del Orden del Día. Por la señora Secretaria se dará lectura del primer punto del Orden del Día.

Informes


LA SECRETARIA (SEÑORA ÁLVAREZ-QUIÑONES SANZ):

Primer punto del Orden del Día: "Comparecencia del Excelentísimo señor Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre los informes acerca de la situación y la actividad económico financiera de la Comunidad Autónoma correspondiente al ejercicio dos mil once".


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Para la presentación de este informe, tiene la palabra el Excelentísimo señor don Jesús Jaime Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Muchas gracias, Presidente. Antes de iniciar la exposición de este primer informe, sí me dejaría... me gustaría dejar constancia de la buena sintonía y entendimiento que está existiendo entre esta Comisión de Hacienda y el Consejo de Cuentas para facilitar las comparecencias de este Presidente, y que de esa manera se produzca con la máxima inmediatez la explicación de los distintos informes de fiscalización que se van aprobando a lo largo del año por el Consejo de Cuentas. Y, en ese sentido, quiero reiterar ese... ese agradecimiento a esta Comisión de Hacienda.

Entrando ya en el informe al que ha dado lectura la señora Secretaria de la Comisión, he de señalar que estos informes de fiscalización, elaborados a partir del análisis económico financiero de las cuentas generales rendidas por los entes incluidos en la Cuenta General de la Comunidad, surgen como consecuencia de la iniciativa fiscalizadora del Consejo a través de fiscalizaciones especiales, habiéndose incluido dentro del Plan Anual de Fiscalizaciones para el ejercicio dos mil trece y resultando aprobados por el Pleno del Consejo de Cuentas con fecha seis de junio de dos mil trece. La publicación en la página web, tanto del texto íntegro de los informes como de su nota resumen, tuvo lugar el diez de junio de dos mil trece.

Estos informes responden a la línea de actuación anunciada en mi comparecencia del pasado cuatro de octubre en esta Comisión, en el sentido de ampliar el ámbito del trabajo del Consejo de Cuentas, incorporando nuevos informes que contribuyesen a mejorar el conocimiento de los ciudadanos de Castilla y León de la situación económico financiera de la Comunidad Autónoma. Así se incorporó al Plan Anual de Fiscalizaciones para dos mil trece, resultando aprobados en un plazo de tan solo tres meses, y podemos anticipar que incluiremos este tipo de informes en los sucesivos planes anuales de fiscalizaciones.

Igualmente, nos comprometemos a que se aprobarán dentro de los cinco primeros meses de cada año, avanzando de esta forma en los objetivos de transparencia y agilidad que impulsan la actividad del Consejo.

También hemos hecho el esfuerzo –no sé si lo hemos conseguido- de elaborar unos informes que fuesen comprensibles y manejables para el común de los ciudadanos. A tal fin, hemos incorporado las definiciones de los distintos indicadores que contiene el informe.

Asimismo, hemos de señalar que seguiremos trabajando de una manera realista y cercana a los ciudadanos, y en esta línea valoraremos la inclusión de nuevos indicadores, o, en su caso, la exclusión de otros que no aporten información sustantiva.

El objetivo general de este trabajo ha sido la realización de un análisis sobre determinados aspectos de la situación y actividad económica financiera de los entes del sector público autonómico de Castilla y León que han rendido sus cuentas en el ejercicio dos mil once y en los tres anteriores a través de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma. Para ello, se analizaron las magnitudes más relevantes del estado de liquidación del presupuesto en el periodo dos mil ocho-dos mil once, lo que ha permitido obtener una visión global de la ejecución presupuestaria, tanto de ingresos como de gastos.

También se procedió al análisis de la estructura y evolución de las masas patrimoniales, de los balances de situación y cuentas de resultados rendidas en el periodo indicado, obteniendo una visión del equilibrio o desequilibrio patrimonial existente. Para todo ello se utilizaron indicadores presupuestarios y financieros que han permitido obtener información contrastada y de fácil comprensión.

La auditoría realizada ha tenido, fundamentalmente, como finalidad el análisis de la situación económica financiera de la Comunidad, observando su evolución e identificando los indicadores más relevantes de dicha situación, vigilando su comportamiento y alertando a los entes fiscalizados de las desviaciones más significativas en ellos detectadas. Por tanto, no se trata de una auditoría de cumplimiento de la legalidad, por lo que no se ha pretendido constatar la regularidad de las actuaciones llevadas a cabo por los entes fiscalizados.

El ámbito de la fiscalización está referido a los entes que forman parte del sector público de la Comunidad Autónoma, concretamente a los que han rendido cuentas a través de la Cuenta General correspondiente a los ejercicios dos mil ocho a dos mil once, habiéndose utilizado para la realización del trabajo la información contenida en las mismas.

Así, según las cuentas rendidas de la Cuenta General, las entidades que forman parte del sector público de la Comunidad se distribuyen en entidades del sector público de la Comunidad sujetas al régimen de contabilidad pública, empresas públicas de la Comunidad y fundaciones públicas de la Comunidad.

La existencia de estas tres cuentas, claramente diferenciadas por el ordenamiento jurídico autonómico, permite determinar como ámbito de fiscalización tres sectores públicos, siendo este el motivo por el que, únicamente a efectos de la presente fiscalización, se han elaborado tres informes:

Informe del sector público administrativo. Comprende las entidades del sector público de la Comunidad sujetas al régimen de contabilidad pública y a los principios del Plan General de Contabilidad Pública de Castilla y León.

Informe del sector público empresarial. Integrado por las empresas públicas de la Comunidad sujetas al régimen de contabilidad privada y a los principios del Plan General de Contabilidad de la Empresa Española.

Informe del sector público fundacional. Formado por las fundaciones públicas de la Comunidad sujetas al régimen de contabilidad privada y a los principios del Plan General de Contabilidad adaptados a entidades sin ánimos de lucro.

Las limitaciones más importantes que han afectado a la realización del presente trabajo de fiscalización han tenido que ver con la información contable utilizada, al haberse realizado los trabajos a partir de la información contenida en las cuentas rendidas, sin efectuar ningún tipo de ajuste y sin analizar su coherencia.

Además, para la presente fiscalización se ha utilizado el concepto de sector público administrativo como el conjunto de entidades del sector público de la Comunidad sujetas al régimen de contabilidad pública que integran sus cuentas dentro de la Cuenta General. Por lo que no debemos confundirlo con el que se tenga en cuenta a otros efectos, como puede ser el considerado por el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales.

Por último, la liquidación presupuestaria rendida por las entidades incluidas en el sector público administrativo se presenta consolidada, mientras que la información financiera del balance y de la cuenta de resultados económico patrimonial está agregada, produciéndose una divergencia entre el ámbito económico patrimonial y el presupuestario.

El resto de estados, es decir, balance de situación y cuenta de resultados de los sectores públicos administrativo, empresarial y fundacional se presentan agregados y, en consecuencia, no consolidados, lo que provoca que las cifras pudieran no ser representativas en determinadas agrupaciones, epígrafes o partidas, al producirse duplicidades y, por tanto, sobrevaloraciones en las magnitudes contables.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 25.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Cuentas, los informes provisionales se remitieron al responsable del ente fiscalizado para que, en el plazo concedido, formulara las correspondientes alegaciones. Transcurrido el plazo establecido al efecto, el ente fiscalizado no ha formulado alegaciones.

Informe del sector público administrativo. Indicadores presupuestarios. Se desprende que la evolución de los gastos presupuestarios ha puesto de manifiesto una ejecución total en dos mil once por importe de 9.212.460.732 euros, un 10,75 inferior con respecto a la de dos mil ocho.

Así, los gastos de naturaleza corriente se incrementaron hasta el ejercicio dos mil diez, invirtiendo su comportamiento en dos mil once, alcanzando los 7.740.326.681 euros, que supone un incremento en el periodo de un 2,84 % con relación al gasto corriente existente en dos mil ocho.

Los de capital, por su parte, ya comenzaron a disminuir previamente en dos mil diez, habiendo experimentado una caída significativa, del 54,24 %, con respecto al inicio del periodo analizado hasta situarse en los 1.225.747.063 euros al final del ejercicio dos mil once.

En la evolución de los ingresos se constata que su ejecución total en dos mil once asciende a 9.506.334.032 euros, habiendo disminuido un 6,23 % con respecto a los de dos mil ocho. Así, los de naturaleza corriente son un 15,93 inferiores a los existentes en dos mil ocho y comenzaron a disminuir en dos mil diez, un ejercicio antes que los gastos de igual naturaleza, experimentando una tendencia más negativa que estos, lo que ha repercutido desfavorablemente en el ahorro bruto.

También es destacable que desde dos mil nueve los ingresos por operaciones financieras superan anualmente los 1.000 millones de euros, siendo el importe de dos mil once de 1.232.750.985 euros, el 675,19 % de los obtenidos en dos mil ocho.

Los indicadores obtenidos derivados de los ingresos presupuestarios ponen de manifiesto una disminución del peso relativo de los ingresos procedentes de transferencias, ya que desde dos mil ocho hasta dos mil diez siempre habían supuesto más de la mitad de los derechos reconocidos netos del ejercicio, habiendo caído este porcentaje en dos mil once hasta el 33 %. Se ha producido una pérdida de autonomía en el ámbito presupuestario como consecuencia del descenso de las transferencias recibidas, que ha evidenciado un fuerte incremento de las operaciones financieras. No obstante, esta pérdida de autonomía se ha visto parcialmente compensada por el incremento de los ingresos tributarios, al experimentar la autonomía fiscal un incremento de 11 puntos porcentuales en el periodo analizado.

Los indicadores relacionados con los niveles de servicios prestados ponen de manifiesto que la proporción de gastos corrientes se ha incrementado hasta situarse en el 84 % de las obligaciones reconocidas, cuando en dos mil ocho representaba el 73 %.

No obstante, la evolución de los principales componentes del gasto corriente ha permanecido estable en términos relativos. Así, lo gastos de personal, una vez que habían disminuido de un 53 % en dos mil ocho hasta el 50 % en los gastos corrientes en dos mil diez, vuelven a ascender en dos mil once, situándose en un 52 %, porcentaje que asciende al 54 % si se tiene en cuenta conjuntamente con los gastos financieros, es decir, los llamados gastos rígidos.

Por otra parte, el esfuerzo inversor ha experimentado una tendencia muy desfavorable, disminuyendo notablemente el indicador, al pasar de un 26 % en dos mil ocho a un 13 % en dos mil once.

Aunque la carga financiera de la deuda, cuya evolución es creciente en términos cuantitativos, no tiene un gran impacto en relación con los ingresos corrientes, su valor se ha doblado al pasar de un 2 % en dos mil ocho a un 4 % en dos mil once.

En relación con los índices y magnitudes relativos al resultado presupuestario, el margen de funcionamiento del sector público administrativo, si bien presenta en dos mil once un importe negativo de 121.155.743 euros, y siempre ha sido negativo en el periodo analizado, mantiene su tendencia a presentar una situación más equilibrada, motivada, básicamente, por el incremento de los ingresos tributarios. No obstante, si en este margen se tiene en cuenta el impacto neto de las transferencias corrientes, se constata que el ahorro bruto muestra una tendencia claramente desfavorable, ya que su importe se ha reducido ostensiblemente, pasando de 1.685.770.510 euros en dos mil ocho a 4.254.605 euros en dos mil once, lo que supone una disminución del 99,75 % con respecto a dos mil ocho.

A pesar del significado descenso, el ahorro bruto sigue siendo positivo, lo que indica que los ingresos corrientes son, en todo caso, suficientes para atender en su totalidad a los gastos de la misma naturaleza. Ahora bien, si de ese ahorro bruto se deducen los créditos gastados para atender la amortización de la deuda, el importe obtenido, es decir, el ahorro neto, muestra una evolución aún más desfavorable en el periodo analizado y resulta ya negativo en 172.336.666 euros en dos mil once. Por lo tanto, el margen derivado de la actividad corriente no es suficiente en dos mil once para atender las obligaciones exigibles derivadas de la carga de la deuda en la citada cuantía y, por supuesto, para destinarse a financiar gastos de operaciones de inversión.

Las necesidades de financiación en el periodo analizado han sido crecientes, ascendiendo en dos mil once a 692.490.698 euros, lo que supone que se han triplicado con respecto a dos mil ocho. Si bien la tendencia es claramente desfavorable, se observa un cambio de comportamiento, al ser dichas necesidades casi la mitad de las registradas en dos mil diez, año que alcanzaron su importe máximo.

También se ha procedido al cálculo de una serie de indicadores relevantes en relación al número de habitantes de la Comunidad, que ratifican lo reflejado en las anteriores conclusiones.

Así, el gasto público muestra una tendencia decreciente, situándose en dos mil once en 3.600 euros por habitante. La inversión ha sufrido un notable descenso, siendo en dos mil once de 479 euros por habitante, aproximadamente la mitad que en dos mil ocho. La carga financiera soportada por cada ciudadano ha ido ascendiendo paulatinamente hasta alcanzar los 131 euros en dos mil once, mostrando, por tanto, una evolución negativa. Los ingresos públicos en dos mil once son de 3.715 euros por habitante, habiendo descendido también respecto de ejercicios anteriores. No obstante, la presión fiscal, fundamentalmente vía impuesto, experimenta una tendencia desfavorable para el ciudadano, ya que se incrementa respecto a dos mil ocho, situándose en 1.987 euros por habitante en dos mil once.

Indicadores económicos financieros del balance de situación. Ponen de manifiesto que la evolución en el periodo analizado de las magnitudes que componen el mismo evidencian una significativa disminución de su patrimonio neto, cuyo importe desciende en 2.704.687.166 euros con respecto a dos mil ocho, situándose en dos mil once en 7.374.557.892 euros. Esta tendencia se ve acompañada de un considerable aumento del pasivo exigible, que se incrementa en 3.126.077.681 euros, alcanzando en dos mil once los 7.571.996.984 euros. Concretamente, es especialmente relevante el crecimiento del pasivo exigible que es necesario devolver a largo plazo, que presenta un comportamiento negativo al triplicar ampliamente en dos mil once el endeudamiento existente en dos mil ocho.

En cuanto al fondo de rotación o maniobra, se observa que en dos mil once este ha sido negativo, mostrando una situación de desequilibrio a corto plazo y poniendo de manifiesto unas necesidades de financiación, para atender sus obligaciones a corto plazo, de 643.332.212 euros, muy superior a las existentes en dos mil ocho.

Por su parte, los indicadores relacionados con la tesorería y las disponibilidades líquidas para atender obligaciones con vencimiento inferior a un año ponen de manifiesto que tanto la liquidez inmediata como la necesaria a corto plazo pueden considerarse más adecuadas en dos mil once que al principio del periodo analizado, ya que sus ratios se sitúan en el 20 % y 76 %, respectivamente, 22 y 18 puntos porcentuales, respectivamente, inferiores a dos mil ocho. También muestran una tendencia desfavorable los periodos medios de cobro y pago, situándose en dos mil once en 48 y 67 días, respectivamente.

En materia de endeudamiento, los indicadores financieros reflejan que tanto el general como el financiero han experimentado una tendencia desfavorable, debido a su significativo incremento con respecto a dos mil ocho, cuando sus valores eran del 31 % y del 6 % del pasivo total, hasta situarse en el 51 % y el 35 % en dos mil once, respectivamente, aumentando, por tanto, sustancialmente la dependencia de entidades de crédito y de la emisión de deuda para obtener financiación, y constituyendo el pasivo exigible más de la mitad de todos los recursos financieros del sector público administrativo.

También los indicadores relacionados con la solvencia a largo plazo muestran una tendencia desfavorable. Así, el índice de inmovilización pasa de un 115 % en dos mil ocho a un 172 % en dos mil once, volviendo a ratificar la necesidad de mayores recursos financieros ajenos; y el de firmeza ha caído del 1.352 % al 273 % en el mismo periodo, motivado por el incremento del pasivo exigible a largo plazo. No obstante, la estabilidad patrimonial del sector público administrativo no se encuentra comprometida, al superar ampliamente su inmovilizado material a las deudas a largo plazo.

Indicadores de la cuenta del resultado económico patrimonial. Evidencian una tendencia claramente desfavorable del ahorro, en el que se produce un cambio de comportamiento en dos mil nueve, cuando su saldo comienza a ser negativo, y continúa con esta evolución hasta alcanzar su nivel máximo en dos mil once, con un desahorro de 1.467.263.826 euros. Los ingresos ordinarios se han comportado de igual forma, descendiendo paulatinamente desde dos mil nueve, hasta situarse en dos mil once en 12.129.410.478 euros, mientras que los gastos ordinarios se han incrementado hasta dos mil diez, y solamente en dos mil once descendieron hasta los 13.316.089.816 euros. Así, el ratio de cobertura era del 102 % en dos mil ocho, evoluciona negativamente a partir de dos mil nueve, hasta dos mil once, cuando se sitúa en el 89 %.

A la vista de los resultados expuestos para el sector público administrativo, el Consejo efectúa las siguientes recomendaciones, orientadas a señalar la necesidad de observar y vigilar la evolución de las magnitudes e indicadores cuyo comportamiento ha sido más crítico dentro del análisis de la situación económico financiera, alertando de las desviaciones más significativas detectadas, y quedando fuera de su ámbito la indicación de las políticas concretas que han de tomar estos entes.

La Comunidad debería llevar a cabo actuaciones tendentes a variar la evolución negativa experimentada por el ahorro bruto en el periodo analizado, vigilando el comportamiento de los gastos e ingresos corrientes que tienen mayor impacto en su saldo desfavorable.

También debe de continuar con su comportamiento encaminado a mejorar el margen de funcionamiento, así como prestar especial atención a la evolución de los índices de gastos corrientes y esfuerzo inversor, cuya tendencia debería invertirse en ejercicios posteriores.

La Comunidad debería observar tanto el indicador de endeudamiento general, para que no se sitúe en valores superiores al 50 %, como el índice de inmovilización, para que no se incremente y cambie su evolución creciente, con el fin de que ambos muestren mayor independencia frente a terceros, así como una mayor estabilidad patrimonial.

Por último, se recomienda a la Comunidad que realice actuaciones tendentes a corregir el desequilibrio financiero a corto plazo, que ha generado un fondo de rotación negativo, incrementando, por tanto, las necesidades de financiación a corto plazo. En este sentido, se recomienda vigilar el comportamiento del indicador relacionado con la liquidez general.

Informe del sector público empresarial. Indicadores financieros del balance de situación. Han puesto de manifiesto, en el periodo analizado, un incremento progresivo de todas sus magnitudes, siendo significativo el de su activo, que se sitúa en 1.276.101.366 euros en dos mil once, casi el doble al existente en dos mil ocho. Desde el punto de vista de su financiación, su patrimonio neto se ha visto incrementado, respecto a dos mil ocho, un 47,36 %, hasta situarse en dos mil once en 391.852.722 euros, mientras que el aumento más relevante se ha producido en el pasivo exigible, que aumentó en 486.314.431 euros, un 122,21 % en el periodo analizado.

Concretamente, el pasivo corriente alcanzó, al fin del ejercicio dos mil once, los 316.668.159 euros, un 152,13 % superior al de dos mil ocho, habiéndose incrementado también el pasivo no corriente un 108,41 % en el mismo periodo, hasta alcanzar los 567.580.485 euros.

En dos mil once, el balance de situación refleja un desequilibrio favorable a corto plazo, con un fondo de rotación positivo, que pone de manifiesto una capacidad de financiación para atender sus obligaciones a corto plazo de 366.447.668 euros, importe que constituye el 179,65 % del fondo de rotación en dos mil ocho, mostrando, por tanto, una tendencia favorable.

Sin embargo, este incremento del fondo de rotación no ha repercutido en un comportamiento positivo de la liquidez general, que ha presentado una tendencia ligeramente desfavorable, al pasar de una ratio del 262 % en dos mil ocho a un 216 % en dos mil once, motivado principalmente por el significativo incremento del pasivo corriente. No obstante, la solvencia a corto plazo no se ha visto afectada, al ser el activo corriente más del doble que el pasivo de la misma naturaleza.

En relación con los indicadores relacionados con la tesorería y las disponibilidades líquidas para atender las obligaciones con vencimiento inferior a un año, se pone de manifiesto la tendencia desfavorable experimentada por los índices de liquidez inmediata y a corto plazo, que, si bien en dos mil ocho podía resultar excesivo, al situarse en el 61 % y 140 %, respectivamente, han disminuido notablemente en dos mil once hasta el 16 % y 80 % en ambos casos, valores que pueden considerarse más adecuados.

Este ratio de liquidez a corto plazo, si bien es aceptable, resulta notoriamente inferior al de liquidez general, lo que refleja la importancia en el periodo analizado de la inmovilización de existencias que figura en el activo corriente.

Los periodos medios de cobro y pago en el periodo analizado se han incrementado significativamente, pasando de 333 y 193 días en dos mil ocho a 712 y 253 días, respectivamente, en dos mil once, lo que repercute negativamente en el periodo medio de maduración. Además, estos periodos superan ampliamente el plazo de 60 días establecido por la Ley 3/2004, a efectos de la posible existencia de morosidad y devengo y exigibilidad de intereses de demora.

Los indicadores financieros de solvencia en materia de endeudamiento han puesto de manifiesto que tanto el general como el de carácter financiero han experimentado una tendencia desfavorable, derivada de su incremento desde dos mil ocho, cuando su valor era del 60 y 44 % del activo total, respectivamente, hasta situarse en el 69 y 53 % en dos mil once, aumentando la dependencia de terceros para obtener financiación, y constituyendo el pasivo exigible más de la mitad de todos los recursos financieros del sector público empresarial.

Los indicadores financieros de solvencia a largo plazo relacionados con la autonomía financiera ponen de manifiesto que su independencia ha experimentado una tendencia claramente desfavorable, pasando su índice de un 67 % en dos mil ocho a un 44 % en dos mil once, debido a que el incremento del pasivo exigible es superior cuantitativamente al que se ha producido en el patrimonio neto, y, por tanto, mayor ha sido su dependencia de terceros.

También el ratio de inmovilización vuelve a ratificar la necesidad de mayores recursos financieros ajenos, al pasar del 126 % en dos mil ocho al 151 % en dos mil once. Desde el punto de vista de la firmeza de su estabilidad patrimonial, esta, en dos mil once, se sitúa en el 48 %, volviendo a niveles similares a los de dos mil ocho, manteniendo una leve tendencia favorable, lo que implica que los elementos tangibles no llegan a cubrir la mitad del exigible a largo plazo, descontando el efecto impositivo. Y, desde el punto de vista de la garantía ofrecida frente a terceros o distancia a la quiebra, esta se ha visto disminuida desde el comienzo del periodo analizado, al situarse en dos mil once en el 144 %, 23 puntos porcentuales menos que en dos mil ocho.

Del índice de acumulación, que nos indica cuál ha sido la rentabilidad de las fuentes de financiación propias, se deduce una tendencia desfavorable, al pasar de un 1 % en dos mil ocho a un -4 % en dos mil once. Por su parte, el índice de autofinanciación, que indica la capacidad de generar recursos financieros como consecuencia de la actividad de la explotación, pone de manifiesto que la generación de fondos internas es poco significativa, e incluso negativa, al situarse esta ratio, en dos mil once, en un -1 %.

Indicadores de la cuenta de pérdidas y ganancias. Muestran que la tendencia experimentada por el resultado en el periodo analizado ha sido claramente desfavorable, observándose un cambio de comportamiento de esta magnitud en dos mil nueve, cuando el saldo obtenido comienza a ser negativo, continuando con esta evolución hasta alcanzar su nivel máximo en dos mil once, con un resultado negativo de 13.893.182 euros. Tanto los ingresos como los gastos ordinarios, es decir, todos los ingresos y gastos, excepto los financieros y extraordinarios, han mostrado una evolución creciente, habiendo aumentado un 28,13 % y 30,11 %, respectivamente, en el periodo analizado.

Los indicadores obtenidos derivados de los ingresos de gestión ordinario ponen de manifiesto que el ratio de otros ingresos de explotación, provenientes fundamentalmente de subvenciones, ha disminuido notoriamente de un 35 % a un 16 %, compensándose dicha disminución con un incremento tanto en la cifra de negocios como, sobre todo, de otros ingresos de gestión ordinaria, especialmente el derivado de la variación de existencias, como pone de manifiesto el paso de estos índices de un 24 % y 41 % en dos mil ocho a un 33 % y 51 %, respectivamente, en dos mil once. Si además tenemos en cuenta las subvenciones de capital, el índice de subvenciones sobre ingresos ordinarios pone de manifiesto también una caída en la financiación del sector público empresarial por esta vía, al pasar de un 36 % a un 19 % en el periodo analizado.

Por último, los indicadores obtenidos derivados de los gastos de gestión ordinario ponen de manifiesto que la ratio de gastos de personal ha tenido un comportamiento estable, con pequeñas variaciones en relación con los gastos ordinarios, situándose en dos mil once en el 9 %. Por su parte, los gastos de aprovisionamiento son los más significativos, y han experimentado un crecimiento en el periodo considerado hasta situarse en el 79 % de los gastos ordinarios. El resto de los gastos ordinarios muestran una tendencia negativa, disminuyendo hasta situarse en dos mil once en el 12 %.

Para el sector público empresarial, el Consejo vuelve a efectuar las recomendaciones en los mismos términos que para el sector público administrativo, es decir, orientadas a señalar la necesidad de observar y vigilar la evolución de las magnitudes e indicadores cuyo comportamiento ha sido más crítico dentro del análisis de la situación económico financiera, alertando de las desviaciones más significativas detectadas y creando fuera de su ámbito la indicación de las políticas concretas que han de tomar estos entes. Así, en relación a los indicadores financieros de liquidez, si bien las empresas públicas de la Comunidad presentan un fondo de rotación que evoluciona positivamente, existiendo capacidad suficiente de financiación para atender a obligaciones a corto plazo, deberían vigilar y, en su caso, corregir la tendencia experimentada por la inmovilización de existencias, cuyo incremento afecta al aumento de la parte menos líquida del activo corriente, repercutiendo negativamente en la liquidez a corto plazo. Además, las empresas públicas de la Comunidad deberían realizar actuaciones tendentes a reducir los plazos medios tanto de cobro como de pago.

En relación con los índices financieros de solvencia, sería aconsejable que las empresas públicas de la Comunidad observaran tanto el comportamiento del indicador de endeudamiento general, para que cambie su tendencia y se aproxime a valores en torno al 50%, como el de garantía o distancia a la quiebra, con el fin de que ambos muestren y se garantice una mayor independencia frente a terceros.

También sería recomendable vigilar el comportamiento de los índices de inmovilización, para que no se incremente y cambie su evolución creciente, y el de firmeza, para que sus valores aumenten y los elementos tangibles cubran más de la mitad del exigible a largo plazo, garantizando así una mayor estabilidad patrimonial.

Por último, se recomienda a las empresas públicas de la Comunidad que equilibren la evolución de los ingresos y gastos de gestión ordinaria para, de esta forma, obtener márgenes de cobertura favorables que deriven en una mayor generación de fondos. En este sentido, debería tenderse a un menor peso relativo derivado de otros ingresos de gestión ordinaria en favor del aumento de su cifra de negocios.

Informe del sector público fundacional. Indicadores financieros del balance de situación. Muestran, en el periodo analizado, una tendencia ascendente en el volumen de su activo, que alcanza, en dos mil once, un importe total de 220.879.816 euros, lo que supone un incremento respecto a dos mil ocho de un 10,62 %. En este sentido, destaca el aumento experimentado por el activo no corriente de un 34,03 %, situándose en 120.088.614 euros. Desde el punto de vista de su financiación, su patrimonio neto se incrementa un 27,76 %, hasta situarse en dos mil once en 117.112.474 euros. Por el contrario, se produce una disminución en el pasivo, tanto corriente como no corriente, de un 3,01 % y 5,39 %, respectivamente, con respecto a dos mil ocho, situándose en dos mil once en 64.461.572 euros y 39.305.769 euros.

En dos mil once, el balance de situación del sector público fundacional refleja un fondo de rotación o maniobra positivo, que pone de manifiesto una capacidad de financiación para atender a sus obligaciones a corto plazo de 36.329.629 euros. No obstante, dicha capacidad de financiación ha experimentado una tendencia desfavorable, ya que el fondo de maniobra constituye en dos mil once el 83,31 % del existente en dos mil ocho.

Los indicadores relacionados con la tesorería y las disponibilidades líquidas para atender las obligaciones con vencimiento inferior a un año ponen de manifiesto que existe un exceso de capacidad para atender obligaciones a corto plazo con el efecto... con el efectivo disponible. Destaca que, mientras que el comportamiento mostrado por el índice de liquidez inmediata es creciente, con tendencia a una excesiva liquidez, ya que se eleva de un 18 % a un 41 % en el periodo analizado, sin embargo, el ratio de liquidez a corto y el de liquidez general muestran tendencias desfavorables al descender de un 159 y 166 % en dos mil ocho hasta el 152 y 156 % en dos mil once.

El tiempo medio que el sector público fundacional tarda en cobrar a los deudores y en pagar a los acreedores corrientes se ha reducido en los periodos analizados, pasando de 207 de 177 días en dos mil ocho a 171 de 159 días, respectivamente, en dos mil once, lo que repercute positivamente en el periodo medio de maduración. No obstante, se sigue sobrepasando ampliamente el plazo de 60 días establecido por la Ley 3/2004, a efectos de la posible morosidad y devengo y exigibilidad de intereses de demora.

Los indicadores financieros de solvencia en materia de endeudamiento general para el sector público fundacional muestran una evolución favorable al haber disminuido este de un 54 % en dos mil ocho a un 47 % en dos mil once, constituyendo, por tanto, un... su pasivo exigible al final del periodo analizado menos de la mitad de sus fuentes de financiación. Sin embargo, el endeudamiento que depende del mercado financiero, fundamentalmente de las entidades de crédito, ha experimentado un ligero incremento al pasar de un 13 % en dos mil ocho hasta situarse en un 15 % en dos mil once.

Los indicadores financieros de solvencia a largo plazo relacionados con la autonomía financiera ponen de manifiesto que la independencia en el sector público fundacional experimenta una evolución favorable con respecto al inicio del periodo, ya que era del 85 % en dos mil ocho y se sitúa en el 113 % en dos mil once, lo que supone que sus capitales propios son superiores al 50 % del total de los recursos financieros. No obstante, la ratio de inmovilización experimenta una tendencia ligeramente desfavorable al incrementarse de un 98 % en dos mil ocho a un 103 % en dos mil once, poniendo de manifiesto la necesidad de mayores recursos financieros ajenos en el periodo analizado debido a que el crecimiento experimentado por el activo no corriente ha sido superior al del patrimonio neto.

Desde el punto de vista de la firmeza de su estabilidad patrimonial, la tendencia del indicador ha sido favorable, evolucionando desde un 185 % en dos mil ocho hasta situarse en el 252 % en dos mil once. Por tanto, el valor de los elementos tangibles tiende a ser más del doble que el importe exigible a largo plazo, descontando el efecto impositivo, garantizando, de esta forma, su firmeza y estabilidad patrimonial.

También evoluciona favorablemente el indicador de la garantía frente a terceros al pasar de un porcentaje de 185 % en dos mil ocho a un 213 % en dos mil once, asegurando la solvencia a largo plazo por ser su activo total superior al doble del pasivo exigible.

Por su parte, el índice de autofinanciación pone de manifiesto que la generación de fondos no es muy significativa, pero, en todo caso, resulta positiva, situándose al comienzo y final del periodo en el 3 %; mientras que el índice de acumulación representativo de la rentabilidad de los capitales propios experimentó una tendencia desfavorable hasta alcanzar el 1 % en dos mil once, marcado por el descenso del resultado del ejercicio, que, aun siendo positivo, ha disminuido un 63,55 % respecto a dos mil ocho.

Indicadores de la cuenta de resultados. Muestran una tendencia desfavorable del resultado obtenido, siendo especialmente significativo el descenso producido de dos mil diez a dos mil once, situándose en este último año en 976.908 euros, suponiendo una disminución final del 63,55 % respecto a dos mil ocho.

Tanto los ingresos como los gastos ordinarios han presentado un comportamiento variable en ambos casos con tendencia a la baja, habiendo experimentado descensos del 5,41 % y 4,45 %, respectivamente, en el periodo analizado. Por su parte, la ratio y cobertura de gastos ordinarios ha mostrado una tendencia estable, con ligera evolución creciente, presentando siempre valores inferiores al 100 %, lo que indica que los resultados ordinarios obtenidos han sido, en todo caso, positivos.

Los indicadores obtenidos derivados de los ingresos de gestión ordinaria ponen de manifiesto que los procedentes de la actividad propiamente relacionada con sus fines no lucrativos evolucionan desfavorablemente a lo largo del periodo, pasando la ratio de un 83 % en dos mil ocho a un 72 % en dos mil once, mientras que los ingresos obtenidos por la actividad mercantil aumentan respecto a los ingresos ordinarios, ya que su evolución es ascendente, pasando de un 14 % a un 18 % en el mismo periodo.

Con respecto al peso relativo que los ingresos sin contraprestación tienen sobre los ordinarios, el índice de subvenciones, donaciones y legados de explotación sobre los ingresos ordinarios presenta un descenso de un 63 % en dos mil ocho a un 55 % en dos mil once, lo que pone de manifiesto la tendencia a reducirse este tipo de ingresos, si bien también se constata la gran importancia que tienen dentro de los de actividad propia, más del 75 %.

La misma tendencia se manifiesta si se tienen en cuenta todas las subvenciones, tanto de explotación como de capital, si bien los ingresos imputados vía subvenciones de capital no influyen significativamente en la composición del ingreso ordinario.

Los indicadores obtenidos derivados de los gastos de gestión ordinaria ponen de manifiesto que la ratio de gastos de personal ha experimentado una tendencia ligeramente creciente en el periodo considerado, ya que evoluciona desde un 28 % en dos mil ocho hasta un 32 % en dos mil once.

El peso relativo de los gastos por aprovisionamiento ha experimentado una evolución decreciente, pasando de un 43 % a un 39 % en el mismo periodo, mientras que con relación al resto de gastos de gestión ordinaria su tendencia es a estabilizarse en torno al 29 %.

Al igual que para el sector público administrativo y empresarial, el Consejo efectúa recomendaciones al sector público fundacional, orientándoles a observar y vigilar la evolución de las magnitudes e indicadores con un comportamiento más crítico en el periodo analizado, y, por tanto, no encaminadas a determinar las políticas concretas a llevar a cabo.

Así, en relación con los indicadores financieros de liquidez, si bien presenta un fondo de rotación que evoluciona positivamente, las disponibilidades líquidas a corto plazo resultan excesivas, debiendo reducir el nivel de dichos indicadores.

También el sector público fundacional debería realizar actuaciones tendentes a la reducción de los plazos medios tanto de cobro como de pago.

Y en relación con los indicadores financieros de solvencia, sería aconsejable que las fundaciones públicas de la Comunidad vigilaran el comportamiento del indicador de la firmeza de su estabilidad patrimonial, cuyo valor resulta excesivo, siendo, por tanto, conveniente invertir su tendencia. Nada más y muchas gracias.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR SOBRADOS PASCUAL):

Muchas gracias, señor Presidente. Se... se abre ahora un turno de intervenciones de los Grupos Parlamentarios. En primer lugar, tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Mixto, el señor González Suárez, por un tiempo máximo de diez minutos.


EL SEÑOR GONZÁLEZ SUÁREZ:

Gracias, señor Presidente. Gracias, señor Presidente del Consejo de Cuentas, por su comparecencia, y gracias a todo el equipo -a los que le acompañan y a los que se han quedado en la sede- por el trabajo realizado.

En este primer punto del Orden del Día, los informes elaborados por el Consejo de Cuentas sobre la situación y actividad económico financiera de nuestra Comunidad, como viene siendo costumbre a la hora de conocer sus informes, su lectura vuelve a desnudar la precariedad y chapucería con que rinden cuentas las empresas del sector público en Castilla y León.

A pesar de contar con un Plan General de Contabilidad Nacional, al cual están sujetas, estas empresas presentan su información contable sin que el Consejo emita su opinión acerca de la coherencia de las mismas. Tanto de las conclusiones del balance de situación como de la cuenta de pérdidas y ganancias, se infiere que, si bien las tendencias generales parecen ser negativas, de acuerdo con la serie comparada entre el dos mil ocho y dos mil once, este Procurador –mi fuerza política, pero especialmente yo-, que es lego en la materia contable, entiende que el sector público empresarial de Castilla y León va capeando la depresión económica que atravesamos gracias a las virtudes del neoliberalismo financiero, dejado a su libre albedrío desde los años ochenta del pasado siglo, haciendo una aceptable figura de su rendimiento de cuentas.

Se ha incrementado el activo de manera notable, el patrimonio neto y el patrimonio... y el pasivo obligado, tanto el corriente como el no corriente. Hay todavía una capacidad de financiación para hacer frente a las obligaciones a corto plazo, si bien hay problemas de liquidez general –según informe-, achacable al crecimiento del pasivo corriente, aunque el activo corriente todavía es más del doble que dicho pasivo.

Siguen los problemas con los excesivos plazos con el sector público. Opera tanto este... estos problemas para cobrar a los deudores como pagar a los acreedores. El aumento de dichos plazos es en ambos casos considerable -casi dobla a los del dos mil ocho-, lo que redunda en perjuicio del cierre del ciclo de ..... [pitido por fallo técnico que impide oír al orador] un incumplimiento claro de la Ley de Morosidad y Devengo, ante el que las partes están haciendo oídos sordos.

Como cabía esperar, hay un aumento del endeudamiento, tanto general como financiero, que aumenta todavía más la dependencia de la financiación de terceros. Con este dato, el indicador de solvencia también empeora, debido al crecimiento del pasivo. Hay una leve tendencia positiva en los ingresos ordinarios, pero también crecen los gastos ordinarios, con lo que su ratio de cobertura se deteriora.

Me fijaré en el índice de subvenciones también, y de manera particular, que han caído de un 36 en el dos mil ocho a un 19 % en el dos mil once, con un... con un recorte más pronunciado que en el sector público fundacional. Este dato parece elocuente ..... [pitido por fallo técnico que impide oír al orador] de la Junta sobre su sector empresarial público.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR SOBRADOS PASCUAL):

Sí. Señor González Suárez. Señor González Suárez, creo que está contestando a un informe que no ha sido el que se ha dado lectura por parte del Presidente del Consejo de Cuentas.


EL SEÑOR GONZÁLEZ SUÁREZ:

No. He hablado de... vamos a ver... Vamos a ver, en la página número 10 del informe que se nos acaba de leer –por ejemplo- habla de las subvenciones de capital, y habla de los porcentajes, y habla de las fundaciones. Lo que estoy haciendo es una intervención global con estas concreciones... creo. Uno es dado a equivocarse en algunas ocasiones y hablar de Grupo Popular en lugar de Grupo Socialista, pero en esta ocasión creo que no estaba equivocado, ¿no? Bien. Perdón, lo que sí tengo que, ahora, retomar... en la vuelta de papeles, buscando los subrayados que tenía.

Por lo menos, yo he leído los papeles que tengo, ¿vale?, y los que estaban colgados -quiero decir, los que estaban colgados en la web, del informe-; si otros tienen otros papeles, dígaseme.

Bien. Decía que me iba a fijar en el índice de subvenciones de manera particular, que han caído de un 36 % en el dos mil ocho a un 19 % en el dos mil once, con un recorte más pronunciado que en el sector público fundacional. Este dato es, de por sí, elocuente –y así finalicé cuando se entró... ¿cómo llaman?, el coche a parar, ¿no?-; este dato es, por sí, elocuente sobre cuáles son los intereses de la Junta sobre su sector empresarial público.

Por lo demás, apoyamos la totalidad de las recomendaciones del Consejo, porque su cumplimiento redundaría en beneficio del sector, pero sobre todo en una mejora de la calidad de la gestión empresarial de las empresas públicas. Algunos creemos fundamentales las empresas públicas para, en una situación de crisis como la que tenemos –de crisis económica y de crisis social-, puedan desarrollar un papel de dinamización económica; pero queremos unas empresas públicas que se ajusten a la legalidad y que se ajusten a la capacidad que tiene esta Comunidad. Gracias.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR SOBRADOS PASCUAL):

Muchas gracias, señor González Suárez, y perdone por la apreciación, que en este caso el que se ha equivocado he sido yo. Tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Socialista, la señora Gómez del Pulgar, por un tiempo máximo de diez minutos.


LA SEÑORA GÓMEZ DEL PULGAR MÚÑEZ:

Gracias, Presidente. Bueno, en primer lugar, quería agradecer la presencia en esta Cámara del Presidente del Consejo de Cuentas, así como el resto de... de miembros del equipo.

También, hacer una valoración positiva, con lo que respecta a la incorporación de nuevos informes –como es el caso del que en este momento nos trata-, porque nos parece que, bueno, aparte de la complejidad del informe, tanto por el grupo de sujetos al que va referido –los tres grandes grupos dentro del sector público que rinden cuentas en la cuenta... en la Cuenta General de la Comunidad-, la ingente cantidad de datos que suponemos que se han manejado. Y también valorar positivamente el tiempo en el que este informe se ha llevado adelante.

Al igual que ha comentado el Presidente, nos congratulamos de las buenas relaciones existentes entre el Consejo de Cuentas y esta Comisión. Sin embargo, sí que queremos decir que nos rogaría la misma diligencia... nos... o sea, rogaríamos la misma diligencia por parte de la Junta de Castilla y León y por parte de la Consejería de Hacienda a la hora de comparecer en esta Cámara, ya que tiene múltiples comparecencias pendientes con esta Comisión.

Respecto al informe. Hacer una valoración positiva, porque entendemos que es una herramienta útil, que da una foto de la tendencia económico financiera de la Comunidad. Nos parece muy interesante el relacionar el año dos mil once con los cuatro años anteriores. En este sentido, sí que queremos hacer una propuesta: en la medida que sea posible, dotar este tipo de informes –que entiendo que van a ser sucesivos en el tiempo por parte del Consejo- de una mayor actualidad. Es decir, a ver si fuera posible, en conjunción con la Junta, que la Junta trasladara cuanto antes la Cuenta General del año inmediatamente anterior al año de fiscalización; en este supuesto, que hubiéramos dispuesto del informe hasta el año dos mil doce inclusive.

También, bueno, decir la dificultad de la totalidad del informe, en el sentido, pues, de que son muchos datos, muchos... muchos sujetos y muchas entidades, pues, a lo mejor la posibilidad de, en el debate, dividir más los informes por grupos, para un mayor aprovechamiento del debate en esta Cámara. Pero bueno, entendiendo... Agradecemos la minuciosidad del trabajo y los muchos parámetros e indicadores que se ponen a disposición por parte de los Grupos Políticos.

Y ya, por último, antes de entrar directamente a hablar del informe, nos gustaría manifestar en esta Comisión que, igual que la Junta de Castilla y León facilita, como no... como no podría ser de otra manera, la Cuenta General al Consejo de Cuentas, que, por respeto a esta Cámara y a esta Comisión, que hiciera lo mismo en este Parlamento, ya que tiene pendientes comparecencias respecto a cuentas generales de años anteriores.

Y ya, sin más, empiezo... bueno, voy a empezar con la primera... con el primer grupo de entidades al que se refiere el informe, que es el sector público administrativo. Y, bueno, no voy a hacerlo con todos, pero en este sí que quería decir un poco de qué estamos hablando, porque estamos hablando del esqueleto de la Comunidad; en esta parte entraría la Administración General, la Agencia de Inversiones y Servicios, el CES, la Agencia de Calidad del Sistema Universitario, el Ente Regional de la Energía, la Gerencia Regional de Salud, Servicios Sociales, el Instituto de... Instituto de la Juventud, Itacyl, Ecyl y las cuatro universidades públicas de la Comunidad. Entonces, los datos que aquí se plantean nos parecen de importante relevancia.

Comienzo con los indicadores presupuestarios, y en ello vemos que la evolución del gasto presupuestario ha disminuido en el periodo de estos cuatro años en un 10,75 %. Sin embargo, los gastos de naturaleza corriente se han visto incrementados en un 2,84 %, y los gastos de capital también han disminuido en un 54,24 %. Respecto a los gastos presupuestarios, la ejecución de los gastos es satisfactoria, como también lo es la ejecución de los ingresos, según manifiesta el informe.

Respecto a los ingresos, la evolución ha sido también una disminución de un 6,23 %, y los ingresos corrientes han disminuido un 15,93 % con respecto al dos mil ocho. Esto es especialmente preocupante porque, referido a los gastos de igual naturaleza, los gastos comenzaron a disminuir... -no, perdón- los ingresos corrientes empezaron a disminuir, pero empezaron a disminuir un año anterior los gastos corrientes, experimentando una tendencia más negativa que estos, lo que ha repercutido desfavorablemente en el ahorro bruto. Me refiero a este dato porque -lo diré más adelante- me parece una de las cuestiones relevantes que pone de manifiesto este informe.

Respecto a los ingresos por operaciones financieras, lo significativo ha sido que, a partir del año dos mil nueve, empiezan a tener algo de relevancia, en el sentido de que superan anualmente los 1.000 millones de euros.

Con respecto a los ingresos, ha habido una pérdida de autonomía en cuanto a los ingresos por parte de la Comunidad. Es decir, los ingresos que no preceden de la emisión de pasivos financieros muestran también una tendencia desfavorable, con un descenso de más de 10 puntos porcentuales en el periodo analizado. Esto lo que quiere decir es que, en estos cuatro años, el sector público de nuestra Comunidad presenta una necesidad creciente de acudir al endeudamiento en el periodo.

Respecto a los indicadores relacionados con los servicios prestados, el índice de gasto corriente muestra una tendencia desfavorable. A su vez, se ve que, estructuralmente, los gastos de personal en nuestra Comunidad son superiores a la mitad del gasto corriente, como ha mencionado en el informe. También se ve que el esfuerzo inversor en la Comunidad ha experimentado una tendencia desfavorable.

Respecto a la carga financiera de la deuda, cuya evolución es creciente, ha pasado del 2 % al 4 en nuestra Comunidad.

Todas estas cifras lo que manifiestan es que el ahorro bruto muestra una tendencia claramente desfavorable, como manifestábamos anteriormente, que si, además, hablamos en términos de ahorro neto, sería aún más desfavorable.

Nos encontramos que el sector público de nuestra Comunidad, el sector público administrativo, que es al que me estoy refiriendo en este punto concreto, la necesidad de financiación en la Comunidad se ha triplicado en estos cuatro años, llegando a sus puntos máximos en el año dos mil diez. Un dato importante: si bien en el año... –respecto a esto- si bien en el año dos mil ocho había déficit, es verdad que en el año dos mil once hay superávit, pero está condicionado por el recurso al endeudamiento, es decir, está derivado de las operaciones financieras que permiten atender las necesidades de financiación de nuestra Comunidad.

Y respecto a la relación al número de habitantes, los indicadores respecto a los habitantes en la Comunidad, los datos no son positivos: el gasto público muestra tendencia decreciente; la inversión ha sufrido un notable descenso; la carga financiera soportada por el ciudadano ha ascendido; los ingresos públicos han descendido; y la presión fiscal, fundamentalmente vía impuestos, es desfavorable para el ciudadano. Es decir, nos encontramos ante una situación peor; nada que no supiéramos, pero es verdad que este... que este informe lo pone... lo pone sobre la mesa.

Respecto a los indicadores financieros del balance de situación del sector público administrativo, también empezamos con una mala noticia: el balance de situación de este sector manifiesta una disminución significativa de su patrimonio neto en estos cuatro años. Esta tendencia se ve acompañada de otra también significativa, que constituye el aumento del pasivo exigible.

Respecto al balance de situación del sector público, el ejercicio dos mil once refleja una situación de desequilibrio a corto plazo, lo que pone de manifiesto unas necesidades de financiación para atender nuestras obligaciones muy superiores a las que necesitábamos en el año dos mil ocho. Hay, por tanto, una tendencia desfavorable.

Y respecto a los datos de tesorería y liquidez, lo que pone de manifiesto el informe es que el tiempo medio del sector público administrativo de nuestra Comunidad que tarda en cobrar a los deudores y en pagar a los acreedores ordinarios se estima que se ha incrementado en este periodo; y en el segundo de los casos, es decir, en pagar a los acreedores, estamos incumpliendo los 60 días establecidos por la Ley 3/2004, de veintinueve de diciembre.

Respecto al endeudamiento, nos encontramos con que en la Comunidad, en estos cuatro años, hay más deuda y la deuda está más consolidada, porque el incremento del endeudamiento ha ido acompañado también de un trasvase del corto al largo plazo, y, por tanto, la deuda se está consolidando en nuestra Comunidad.

Respecto a los indicadores de solvencia, han bajado, es decir, se vuelve a ratificar la necesidad de mayores recursos de financiación ajenos. Es decir, en estos dos parámetros vistos en el informe hasta ahora, vemos que hay menos ahorro, y en parte... y en la parte de balance de situación nos encontramos también con menos patrimonio.

Respecto a los indicadores de la cuenta de resultado económico patrimonial, con las limitaciones que el Consejo plantea a la hora de su estudio, se corrobora todo lo expresado anteriormente: menos ahorro y menos ingresos.

Paso ya a hablar sobre las recomendaciones. El Consejo de Cuentas dice que, respecto a las recomendaciones, no van encaminadas a determinar qué políticas concretas han de tomar los referidos entes. Por parte de nuestro Grupo, tampoco en esta ocasión lo vamos a hacer, porque nos encontramos a puertas del mayor debate que hay anualmente en esta Cámara, que es en el debate presupuestario, en el que, viendo las desviaciones que este informe refleja, se harán las oportunas tramitaciones y reflejo de las políticas que entendemos que deben ir encaminadas a evitar estas desviaciones en el debate presupuestario.

Asumimos las recomendaciones del Consejo, que la primera va referida a la liquidación del presupuesto y su comportamiento, sobre todo las actuaciones tendentes a variar la evolución negativa experimentada por el ahorro bruto en la Comunidad, que en el año dos mil ocho era significativo, y en el año dos mil once se ve que, aun siendo aún positivo, ha sufrido una desvariación... vamos, que casi... que ha superado el... que ha sido disminuido en más de un 99 %.

Respecto a los indicadores de solvencia, las recomendaciones que a nosotros también nos parece interesante, estar atentos al indicador de endeudamiento para garantizar una mayor independencia del sector público administrativo frente a terceros, y también el índice de inmovilización, para conseguir en nuestro sector administrativo una mayor estabilidad patrimonial.

También la recomendación que dice que se deberían hacer actuaciones tendentes a corregir el desequilibrio financiero a corto plazo existente, ya que pone de manifiesto una mayor necesidad de financiación para atender las obligaciones a corto plazo.

Respecto a los dos sectores siguientes seré más breve. Respecto al... porque es verdad que la situación económica no simplemente ha afectado –como no podría ser de otra manera- al sector público administrativo, sino que también se ve que la situación es peor la de hace... la del dos mil ocho que la del dos mil once, pero, sobre todo, de cara al estudio, la tendencia. Y en este sentido, pues no ha sido... no ha sido desigual para el sector público empresarial ni para el sector público fundacional.

En el sector público empresarial se ve que el... que se ha incrementado en todas sus magnitudes de ingresos y gastos, vemos el mismo problema respecto a los...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Debe ir acabando, Señoría.


LA SEÑORA GÓMEZ DEL PULGAR MÚÑEZ:

(Sí. Voy a acabando). ... respecto al... al cumplimiento de la Ley 3/2004, respecto al tiempo de cobros y pagos. Vemos también... Bueno, sí que nos parece indicativo el tema de la cuenta de pérdidas y ganan... los indicadores de la cuenta de pérdidas y ganancias en el sector público empresarial, que es desfavorable. Hay un cambio de comportamiento en el año dos mil nueve que se ha seguido consolidando –que es el año en el que empieza a ser negativo-, continuando su evolución hasta su máximo en el dos mil once. Asumimos enteramente las... las recomendaciones del Consejo.

Y con respecto... –ya para finalizar- con respecto al sector público fundacional, muestra en algunos parámetros mejores datos que en los anteriores, pero en otros peores o similar. Volver a insistir con el tema también del sector público fundacional de la Comunidad con que se cumpla la ley respecto a los... al tiempo de cobros y pagos, porque en los tres... en los tres grandes grupos del sector público de la Comunidad entendemos que debemos ser diligentes tanto en el cobro –para disponer de más recursos- como en el pago, porque hay un sector empresarial de la Comunidad privado que en algunos casos pues estará en mejor situación mientras la Administración pague cumpliendo la ley. Hacemos nuestros las recomendaciones del Consejo.

Y ya para terminar, pues simplemente decir que agradecemos este tipo de informes; nos parece positivo que se repitan a lo largo del tiempo, con la incorporación que decimos, a ver si fuera posible de que el informe llegue hasta el año inmediatamente anterior a su debate aquí en... en Comisión.

Y nada, pues decir que el informe pone de manifiesto que la situación de la Comunidad en estos cuatro últimos años ha sido desfavorable, dada la situación económica existente. Ver y poner de manifiesto los... importantes cuestiones a corregir que pone de manifiesto el informe, como el tema del endeudamiento, los saldos sobre las cuentas de resultados, los tiempos de cobros y pagos; y que trasladaremos en propuestas... en propuestas de resolución.

Además, entendemos que –como se ha comentado- no ha habido alegaciones por parte de la... de los responsables de la Cuenta General trasladada al Consejo de Cuentas; entiendo que hay acuerdo con respecto a este informe, y esperamos que entre todos se solventen las desviaciones contenidas en el informe. De momento, nada más. Gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Muchas gracias, señora Gómez. Por parte... para concluir este primer turno de intervenciones, por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Cruz García.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Gracias, Presidente. Buenos días. En primer lugar, dar la bienvenida al Presidente del Consejo de Cuentas, así como al resto de los integrantes del Plenario del Consejo, y al personal que les acompaña.

Y, en primer lugar, felicitar al Consejo de Cuentas por la incorporación de este informe al Plan Anual de Fiscalizaciones y también por la agilidad en la tramitación del mismo. Un informe extenso, que implica un gran volumen de indicadores, y que creo que para contextualizarlo debemos de ponernos en la situación; lo que se hace es analizar el sector público administrativo, el sector público empresarial y fundacional de la Comunidad, en un periodo de tiempo, el dos mil ocho-dos mil once, que coincide con un periodo de grave crisis económica y de recesión económica.

Y eso, obviamente, tiene una repercusión clara en la mayoría de los indicadores que se ponen de manifiesto, y concretamente en un buen volumen de ellos.

Pero antes de entrar en el análisis de cada uno, yo sí quería hacer una consideración respecto a una cuestión que se ha planteado por el Portavoz del Grupo Socialista respecto a la colaboración de la Junta de Castilla y León con el Consejo de Cuentas respecto de lo que es la remisión de la Cuenta General.

Y quiero recordar hoy aquí que la semana pasada se firmó un convenio entre el Consejo de Cuentas y la Junta de Castilla y León, en virtud de lo que fue un acuerdo político en esta Cámara entre el Grupo Socialista y el Grupo Popular en la tramitación de la Ley de Instituciones Básicas de la Comunidad, que permitirá que se vaya agilizando la... parte de la documentación por parte de la Junta de Castilla y León para intentar agilizar la tramitación de los informes del Consejo de Cuentas, en lo que a la Junta de Castilla y León se refiere.

Entrando en la... en la dinámica y contextualizando –como he dicho, que estamos en un periodo de crisis muy importante-, creo que es fundamental analizar un dato que ha pasado por encima el resto de los Portavoces que me han precedido en el uso de la palabra, que es el dato de la ejecución presupuestaria, tanto de los ingresos y de los gastos. Yo creo que refleja, en cierta medida, la eficacia de la acción de gobierno, y la ejecución presupuestaria, de acuerdo con los parámetros que se utilizan en los indicadores por parte del Consejo de Cuentas, se plantea que son satisfactorios, siempre que se sitúen entre el 80 % y el 105 %.

Y hemos de decir que, en el ámbito de los ingresos, la ejecución presupuestaria de la Junta de Castilla y León en todo el periodo analizado se sitúa en torno al 90 %, siendo el ejercicio dos mil nueve destacado con una... porcentaje del 102 %. Por lo tanto, la ejecución de los ingresos por parte de la Junta de Castilla y León, en todos los ejercicios presupuestarios, del dos mil ocho al dos mil once, refleja un resultado satisfactorio.

De igual manera ocurre con la ejecución de los gastos. Tres ejercicios por encima del 90 %; lo que pone de manifiesto una buena ejecución presupuestaria, salvo en el dos mil doce... hay que... en dos mil once, perdón –hay que decirlo-, que, en todo caso, se situó por encima del 80 %.

Estos datos yo creo que muestran el grado de realización del cobro y de los pagos del Presupuesto de la Comunidad en todos los ejercicios, y muestran –como he dicho-, de acuerdo con los parámetros que fija el Consejo de Cuentas, un grado satisfactorio en la ejecución presupuestaria.

Cabe destacar uno de los indicadores fundamentales que se ha puesto de manifiesto en los... por parte de los Portavoces que me han precedido en el uso de la palabra: la caída significativa de las transferencias recibidas, que pasan del 56 %, en dos mil ocho, al 33 % en dos mil once. Y esto lo que viene a demostrar es lo que ha venido defendiendo el Grupo Parlamentario Popular sistemáticamente en esta Comisión de Hacienda y en la Cámara, que es que el nuevo modelo de financiación del dos mil nueve supuso una pérdida importante de ingresos para la Comunidad.

Obviamente, las transferencias a cuenta del periodo analizado han ido disminuyéndose, y, concretamente, desde dos mil nueve ya figura el nuevo modelo de financiación; lo que pone de manifiesto que ese modelo ha ido minorando los recursos transferidos por parte del Estado a la Comunidad Autónoma, lo que obliga sistemáticamente a recurrir al endeudamiento para garantizar los servicios que se prestan por parte de nuestra Comunidad Autónoma.

Quiero, en todo caso, plantear que es cierto que ha crecido el endeudamiento, motivado por la crisis económica -y lo ponen de manifiesto los indicadores-, pero que, en todo caso, a treinta y uno de diciembre del año dos mil once, el endeudamiento de la Comunidad se situaba en el ratio deuda/PIB en el 13,1 %, cuando la media sigue siendo superior; y, en la actualidad, he de recordar también que los datos del... del segundo semestre del dos mil trece la Junta de Castilla y León sigue siendo la sexta Comunidad menos endeudada del conjunto de las Comunidades Autónomas, con un ratio deuda/PIB de 4 puntos inferior a la media, que se sitúa en el 18,7 %... 18,9 %, frente al de Castilla y León, que se sitúa en el 14,7; si bien es cierto que todavía no se ha computado el crédito extraordinario que se va a financiar con deuda de la Comunidad, por importe de los 277,8 millones de euros.

Y quiero hacer referencia a un dato que fue muy significativo y que también se ha puesto de manifiesto, que no es otro que el de la presión fiscal. Y la presión fiscal se plantea una situación –concretamente, en la página cuaren... 54 del informe del Consejo de Cuentas-, que además fue objeto de análisis por los medios de comunicación, sobre todo desde el punto de vista de que haya crecido sustancialmente esa presión fiscal en el ejercicio dos mil once.

Y quiero explicar el por qué crece la presión fiscal en el dos mil once. En el dos mil once, la Junta de Castilla y León no hizo una subida impositiva tributaria importante, ni mucho menos; las últimas medidas tributarias -hay que recordar- que tomó la Junta de Castilla y León fueron en marzo del dos mil doce, con los tributos propios de la Comunidad, y ese incremento de la presión tributaria de la... o de los ingresos por habitante, viene el indicador planteado porque en el dos mil once es cuando –hay que recordarlo- pasa a aplicarse los sistemas del nuevo modelo de financiación, y el IVA y el IRPF que ingresa la Comunidad pasa del 35, 33 % al 50 %, y los impuestos especiales del 38 al 58 %.

Por lo tanto, ese indicador tiene un reflejo importante en una mayor presión fiscal, derivada de la aplicación del modelo de financiación y no de medidas tomadas o adoptadas en el seno de la Junta de Castilla y León, en lo que se... se plantea respecto a materia tributaria.

En respecto... en definitiva, creo que hay que contextualizar perfectamente que hay un periodo de crisis económica; por lo tanto, han disminuido las inversiones, ha generado más endeudamiento; Castilla y León sigue siendo una de las Comunidades menos endeudadas. He explicado el porqué de la presión tributaria motivado por la aplicación del modelo de financiación.

Y entraré ahora para resaltar, como dije en la primera parte también, la eficacia de la Junta de Castilla y León en la ejecución presupuestaria, hacer un breve análisis de lo que se refiere al sector público empresarial y fundacional.

En este sentido, hay que decir lo mismo: el sector público empresarial y fundacional está también motivada por el contexto de crisis económica. Pero, en todo caso, creo que es destacable algunos datos que se han puesto de manifiesto, que pueden resultar... El hecho, por ejemplo, de que el fondo de maniobra en ambos casos, tanto en el sector público empresarial como en el fundacional, refleja un nivel de solvencia a corto plazo importante. Y hay que recordar, en todo caso -creo que es fundamental-, que en la actualidad la Junta de Castilla y... de Castilla y León está haciendo un esfuerzo importante por reducir el tamaño de este sector público, tanto empresarial como fundacional, con el objetivo de reducirlo al 50 % al finalizar este ejercicio dos mil trece.

Es necesario reconocer que los indicadores de las cuentas de pérdidas y ganancias han tenido una evolución negativa; y, concretamente, en el sector empresarial arrojaban un resultado negativo en el año dos... en el año dos mil once de 13,9 millones de euros. Pero creo que las entidades, obviamente, en el periodo de crisis han necesitado una mayor financiación externa, y por ello el indicador ha tenido una tendencia desfavorable. Y, en definitiva, creo que hay bastantes datos positivos, si contextualizamos la situación de las fundaciones y empresas públicas en un contexto de crisis muy importante, que, por tanto, han necesitado de mayor financiación externa y mayor nivel de endeudamiento, pero que, en todo caso, garantizan, con los fondos de maniobra, la liquidez a corto plazo de todo el sector, tanto fundacional como empresarial.

Por mi parte, nada más, y muchísimas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Cruz. Para contestar a las intervenciones de los distintos Grupos Parlamentarios, tiene la palabra el Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Sí, gracias, Presidente. Muy brevemente, porque yo creo que todos los intervinientes, pues sí han leído y saben en qué consiste este informe. Y, por supuesto, la intervención de don José María González, el Portavoz del Grupo Mixto, se atenía, se ajustaba, a una de las partes importantes de este informe, que no es ni más ni menos que el sector público empresarial, así como hizo alguna referencia al fundacional.

Dicho esto, una serie de... de matizaciones en relación a lo formulado por el Grupo Socialista. Es decir, por nuestra parte, hemos querido expresar, en su tiempo, cuando se... se aprobó el Plan de Fiscalizaciones del año dos mil trece, de que incorporábamos este nuevo informe con el afán de dar un mejor servicio a la Comunidad, y que permitiese que todos los ciudadanos de Castilla y León, y por supuesto antes que nadie, pues, los representantes de los ciudadanos, que son ustedes, pudieran conocer de una manera evolutiva cómo era la situación económica financiera.

Pero, evidentemente, tenemos que partir de datos contrastados y fiables, y esos datos contrastados y fiables nos los da la Cuenta General. Y la Cuenta General, tengo que expresar que todavía la Cuenta del año dos mil doce no se ha rendido, por lo tanto, sería metafísicamente imposible -si me permiten la expresión- partir de unos datos fiables para poder hacer esta proyección de este informe económico financiero.

Es cierto, y así se ha expresado por otros Portavoces, que recientemente hemos formalizado con la Consejería de Hacienda, y de acuerdo con lo que estableció la ley que recientemente aprobó esta Cámara, que se va a efectuar el envío telemático de una gran parte de la Cuenta General, con vistas a mejorar los plazos de elaboración de nuestro informe sobre la Cuenta General. Y eso va a suponer -y ese es nuestro objetivo- que en el plazo de un año desde su envío se pueda remitir a estas Cortes de Castilla y León. Por lo tanto, estaríamos hablando que la Cuenta General del año dos mil doce, si se presenta en los próximos meses, para el próximo año, antes de que finalizase el dos mil catorce, podríamos ver la Cuenta General de dos mil doce aquí, en las Cortes. Pero, evidentemente, en estos momentos no podríamos hacer de una manera rigurosa, objetiva, como ha sido el deseo de este informe, conocer cuál ha sido la evolución económica financiera.

Entrando ya en algunas de las consideraciones, sí me gustaría, pues, evidentemente, coincidir con lo que se ha expresado aquí por los Portavoces, y es que este informe yo creo que lo que denota de una manera clara y contundente es la profundísima crisis económica por la que atravesamos desde el año dos mil ocho. Y eso se observa, pues... pues por distintos indicadores; indicadores que, como he dicho también yo en mi exposición, hemos querido, con vistas a facilitar la comprensión de todos los ciudadanos, que todos van con su correspondiente definición, para que de esa manera se ilustre mucho mejor a todos los ciudadanos que quieran acceder en nuestra página web sobre qué es lo que realmente sucede en cada uno de los sectores.

Y lo que se constata en el ámbito de lo que es el sector público administrativo es que se ha producido un fortísimo endeudamiento a lo largo de estos años, de que se ha producido, también, como se ha puesto aquí, pues una situación de caída y de bajo... de unas dificultades importantes en lo que es el margen de funcionamiento del sector público administrativo, con, también, un incremento importante de lo que es la carga financiera de la deuda, y que hay aspectos que, evidentemente, nos llaman a la reflexión sobre la disminución de más del 50 % de todo lo que son las inversiones. Es decir, eso es otro de los datos que yo creo que son preocupantes.

Y, juntamente con eso, también, no olvidemos de que se ha producido, pues también, si me permiten, pues un empobrecimiento, en tanto en cuanto se ha producido una importante bajada del patrimonio neto de nuestra Comunidad Autónoma, lo que, evidentemente, pues podría comprometer... aunque ya lo decimos claramente, hay que indicar que el inmovilizado material es muy superior a las deudas a largo plazo, por lo que la estabilidad patrimonial no se considera comprometida.

Y respecto a los otros dos sectores, pues son dos sectores absolutamente distintos y diferentes. Es decir, no se encuentran en una situación nada similar lo que es el sector público empresarial de lo que es el sector fundacional. En tanto en cuanto que el sector público empresarial lo primero que hay que percibir es que se ha duplicado su dimensión en este periodo y se ha producido también un importante incremento del endeudamiento, y que si bien presenta un fondo de rotación positivo, ello viene motivado por el fuerte incremento de la inmovilización de existencias; que, evidentemente, implica que su liquidez real sea mucho menor de lo que inicialmente pudiera aparentar. Y los resultados del sector empresarial son desfavorables debido, básicamente, a la importante carga financiera de su deuda y al crecimiento superior de sus gastos ordinarios sobre los ingresos de idéntica naturaleza.

En cambio, en el... en lo que es el sector fundacional, aunque hay que insistir en que estamos hablando de un sector que viene a ser una sexta parte prácticamente del sector empresarial, su situación, desde el punto de vista económico, es totalmente distinta respecto a las empresas.

Y solamente quiero ya concluir mi intervención, pues como ya he dicho al principio de dar lectura a este informe, de que esto... informe, nuestro propósito de deseo es que se pueda remitir todos los años en los primeros meses; es decir, ya he dicho que dentro de los cinco primeros meses, e incluso, si es posible, antes del mes de mayo nos gustaría remitirlo. Y para eso, pues se requiere un trabajo, ya digo, importante por los empleados del Consejo de Cuentas, y muy singularmente pues por el... el Director Adjunto de Fiscalización, que es quien ha liderado y pilotado este proyecto.

Y con eso creo que doy cumplida contestación a las cuestiones que han sido formuladas. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Presidente. En turno de réplica, entiendo que el Portavoz del Grupo Mixto no quiere hacer uso de él. La Portavoz Socialista tampoco. El Portavoz del Partido Popular tampoco. Gracias.

Finalizado el debate, y de conformidad con lo establecido en la norma cuarta de la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve, se abre un plazo de cinco días para que los Grupos Parlamentarios puedan presentar ante la Mesa de la Comisión propuestas de resolución relativas al informe de fiscalización que acaba de ser examinado. Dicho plazo finalizará el próximo miércoles, día dos de octubre, a las catorce horas.

Segundo punto del Orden del Día. Por la señora Secretaria se dará punto... se dará lectura al segundo punto del Orden del Día.

Informe


LA SECRETARIA (SEÑORA ÁLVAREZ-QUIÑONES SANZ):

Segundo punto del Orden del Día: "Comparecencia del Excelentísimo señor Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre el Informe de Fiscalización de la contratación de las empresas públicas de Castilla y León correspondiente a los ejercicios 2010 y 2011".


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Para la presentación de este informe, tiene la palabra el Excelentísimo señor don Jesús Jaime Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Gracias, Presidente. El presente informe de fiscalización corresponde al Plan Anual de Fiscalizaciones para el ejercicio dos mil doce y el resultado aprobado por el Pleno del Consejo de Cuentas, con fecha once de julio de dos mil trece. La publicación en la página web, tanto el texto íntegro del informe como de la nota resumen del mismo, tuvo lugar el quince de julio de dos mil trece.

Las empresas públicas de la Comunidad se encuentran dentro de los órganos de contratación que, para cumplir con lo establecido... con lo preceptuado en el Artículo 29 de la Ley de Contratos del Sector Público, deben remitir la información directamente al Consejo de Cuentas a través de su plataforma de rendición de contratos. Ha sido de esta plataforma de donde se ha obtenido la información tanto de las empresas públicas integrantes del sector público de la Comunidad que han cumplido los ejercicios dos mil diez y dos mil once con la obligación de la comunicación de la contratación como de las que no han cumplido con dicha obligación en alguno de los citados ejercicios.

De acuerdo con lo establecido en las directrices técnicas aprobadas por el Pleno del Consejo de Cuentas, la fiscalización se ha extendido a los contratos adjudicados en los ejercicios dos mil diez y dos mil once por las siguientes cuatro empresas que no han cumplido con la citada obligación, seleccionadas de acuerdo a sus características y entidad: ADE Financiación, S. A., actualmente denominada Agencia de Innovación Financiera e Internacionalización Empresarial de Castilla y León, S. A.; Promoción de Viviendas e Infraestructuras Logísticas, S. A. (Provilsa); ADE Parques Tecnológicos y Empresariales de Castilla y León, S. A.; Sociedad Pública del Medio Ambiente de Castilla y León, S. A. (Somacyl, S. A.).

Por ello, se ha procedido a la emisión de cuatro informes diferenciados, uno por cada una de las entidades y empresas públicas, si bien todos ellos con el objetivo común de realizar una auditoría de cumplimiento de la legalidad sobre la gestión contractual de las empresas públicas de la Comunidad en los ejercicios dos mil diez y dos mil once, de acuerdo a las prescripciones contenidas en la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, y su normativa de desarrollo.

Así, además de comprobar el cumplimiento de la obligación de remisión de contratos al Consejo de Cuentas, y en la coherencia con la información comunicada al Registro Público de Contratos del Ministerio de Economía y Hacienda, se ha analizado la adecuación de la estructura competencial existente al contenido de la Ley de Contratos del Sector Público. También se ha verificado el cumplimiento del régimen jurídico aplicable en las contrataciones en función de si sus relaciones contractuales están sujetas o no a regulación armonizada, garantizando al respecto los principios de publicidad, transparencia, concurrencia de acceso y no discriminación e igualdad de trato en las licitaciones. Por último, se ha procedido a analizar el objeto e importe de las contrataciones con el fin de determinar posibles fraccionamientos del gasto.

El alcance de la fiscalización se ha extendido a la contratación adjudicada por las empresas públicas de la Comunidad de Castilla y León en los años dos mil diez y dos mil once, que dentro de la aplicación... entra dentro de la aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público.

Para la determinación del universo, se han cotejado los datos procedentes del Registro Público de Contratos del Sector Público del Ministerio de Economía y Hacienda con los que figuran en la relación de contratos remitidos por cada empresa a este Consejo. De esta información se desprende que el número de contratos adjudicados en dos mil diez y dos mil once ascendió a 282, por un importe total adjudicado de 265.932.775 euros, de los cuales se han examinado 59, por un importe adjudicado de 129.026.071 euros, lo que representa el 48,52 % del mismo.

No han existido limitaciones que hayan afectado al alcance de los trabajos de fiscalización realizado en las empresas públicas ADE Financiación y Somacyl, mientras que la realización de los trabajos de fiscalización en ADE Parques Tecnológicos y Empresariales, S. A., y Provilsa se ha visto limitada por el hecho de no poder determinar la integridad de la documentación presentada ni la fecha de su presentación, así como por la imposibilidad de comprobar el cumplimiento de los plazos legales, al no quedar constancia en el perfil del contratante el momento de la publicación.

En cumplimiento de lo establecido en la normativa del Consejo de Cuentas de Castilla y León, se remitió el informe provisional a los responsables de los entes fiscalizados para que, en el plazo concedido, formularan las alegaciones que estimaran oportunas, habiendo sido objeto de un análisis pormenorizado y emitiendo el correspondiente informe motivado, que ha servido de base para la estimación o desestimación de las mismas.

A la vista de los expedientes examinados, conforme a la Ley de Contratos del Sector Público, la opinión del Consejo es que las cuatro empresas fiscalizadas cumplen razonablemente con la legalidad aplicable a la contratación adjudicada, excepto por las limitaciones anteriormente señaladas y por las siguientes salvedades que afectan al principio de transparencia e igualdad de trato de los procedimientos establecidos en el Artículo 1 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Así, para el caso de ADE Financiación, estas salvedades han consistido en la falta de elaboración del pliego de condiciones que estableciese las características de la contratación en el único contrato de cuantía superior a 50.000 euros, y en la coincidencia con el objeto en la tramitación de varios contratos menores, superando el importe conjunto el límite establecido en sus instrucciones internas de contratación.

Para ADE Parques Tecnológicos y Empresariales, y Provilsa, las salvedades han consistido, en primer lugar, en que no se establecen los criterios mínimos de solvencia ni se detallan los criterios de valoración de las ofertas presentadas en los pliegos, elaborando informes técnicos de valoración en los que se puntúan aspectos no previstos o no suficientemente motivados; y, en segundo lugar, en que, con carácter general, en las notificaciones realizadas no se establece la posibilidad de interponer el recurso correspondiente, pudiendo dar lugar a indefensión.

Y para Somacyl, además de los dos anteriores, se recoge la falta de desarrollo de los criterios de adjudicación recogidos en los pliegos.

A continuación, pasamos a analizar los principales resultados en cada uno de los informes de las cuatro empresas públicas fiscalizadas.

Contratación de ADE Financiación, S. A. Por autorización de la Ley 13/2005, de Medidas de Castilla y León, se creó ADE Financiación, S. A., sociedad mercantil de carácter anónima con la cualidad de empresa pública de la Comunidad, cuyo objeto social es diseñar, desarrollar y ejecutar programas y actuaciones de apoyo financiero a la actividad de las empresas de Castilla y León, facilitando la creación de nuevas empresas y la expansión de las ya establecidas. Será la Ley 19/2010, de Medidas Financieras y de Creación del ente público Agencia de Innovación y Financiación Empresarial de Castilla y León, la que autorice la extinción de la empresa pública ADE Financiación, S. A., y la incorporación de sus bienes, derechos y obligaciones a dicha agencia. Posteriormente, la Ley 4/2012, de Medidas Financieras y Administrativas, modifica la denominación de este ente público de derecho privado, denominándose en la actualidad Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León.

Comenzamos la exposición con el análisis del cumplimiento de la obligación de comunicación, establecido en los Artículos 29 y 308 de la Ley de Contratos del Sector Público, relativas a la obligación de remitir información al Consejo de Cuentas de Castilla y León y al Registro de Contratos del Sector Público del Ministerio de Economía y Hacienda, respectivamente. A este respecto, cabe señalar el incumplimiento tanto del Artículo 29, al no haber remitido a este Consejo la certificación negativa sobre la contratación celebrada en los ejercicios dos mil diez y dos mil once, como del Artículo 308, al no remitir ninguna información al Registro Público de Contratos del Ministerio de Economía y Hacienda, cuando debería de haberse comunicado un contrato de prestación de servicios por importe de 61.687 euros, suponiendo un incumplimiento de la obligación del 100 %.

En cuanto a la organización y control interno, no se ha detectado ninguna incidencia en el cumplimiento de las competencias por los distintos órganos de contratación. En el examen de las normas internas de contratación, aprobadas por la empresa ADE Financiación el diecisiete de noviembre de dos mil ocho, se detectó que las mismas no recogen el sistema de recursos específicos de la contratación pública establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, en aplicación del principio de transparencia. Además, las cuantías establecidas para que los contratos se consideren sujetos a regulación armonizada se adecúan a los importes vigentes en el momento de aprobar las instituciones, pero no para los ejercicios dos mil diez y dos mil once, debiéndose haber actualizado a los importes establecidos para el citado periodo de la contratación.

En cuanto al perfil del contratante, el Artículo 42 de la Ley de Contratos del Sector Público establece que, con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a la actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, los órganos de contratación difundirán a través de internet su perfil de contratante. En este sentido, no hay constancia de que se haya realizado la publicidad en el perfil del contratante del único expediente que, por su importe, debería estar publicado.

Para el análisis del procedimiento de contratación se han seleccionado el 100 % de los contratos adjudicados en los ejercicios dos mil diez y dos mil once, que, según información certificada por la empresa, ascienden a un total de 14 contratos, por un importe adjudicado de 197.945 euros. Las incidencias detectadas en este análisis ponen de manifiesto que en las actuaciones preparatorias para el único contrato de cuantía superior a 50.000 euros no se ha elaborado un pliego de condiciones en el que se establezcan las características básicas del contrato, incumpliendo lo establecido en el Artículo 121.2 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Además, en el documento contractual se relacionan los servicios que incluye la prestación, pero sin detallar los requisitos mínimos que deben de cumplir, con lo que se incumple el Artículo 26.1.c) de la Ley de Contratos del Sector Público, relativo a la definición del objeto del contrato. Por último, no existe constancia de la verificación de las condiciones de aptitud para contratar, establecidas en el Artículo 43 de la Ley de Contratos del Sector Público.

En el examen de la contratación menor se ha comprobado que, de los 14 contratos comunicados por la empresa, 13 de ellos figuran como gasto menor, y con un precio de adjudicación inferior al máximo establecido para los contratos menores tanto en el Artículo 122.3 de la Ley de Contratos del Sector Público como en sus instrucciones internas de contratación. No obstante, hay que señalar que se ha detectado fraccionamiento del gasto, prohibido en el Artículo 74.2 de la Ley de Contratos del Sector Público, por coincidencia en el objeto de contrataciones en cinco de los 13 contratos analizados, que suponen el 37,43 % de los examinados, y cuyo importe conjunto supera los límites señalados.

A la vista de los resultados expuestos, el Consejo de Cuentas recomienda a la empresa pública ADE Financiación, S. A., que depure las deficiencias detectadas relativas a la obligación de remisión de información en materia de contratación tanto a este Consejo como al Registro Público de Contratos del Ministerio de Economía y Hacienda; que establezca un sistema que permita dejar constancia del momento de la recepción de la documentación; que establezca en sus normas internas de contratación un sistema de recursos específicos de la contratación pública que deje constancia en el perfil del contratante de todos los contratos publicados; que apruebe unos pliegos que recojan las características de la contratación en cada expediente superior a 50.000 euros y que analice los gastos objeto de contratación menor, con el fin de evitar el posible fraccionamiento del gasto.

Contratación de ADE Parques Tecnológicos y Empresariales, S. A. La empresa ADE Parques Tecnológicos y Empresariales de Castilla y León, S. A., nace de la disolución de Parques Tecnológicos de Castilla y León, S. A., como consecuencia de su absorción por la Sociedad de Gestión Urbanística de Castilla y León, S. A. (Gesturcal, S. A.), y tiene por objeto social la adquisición de suelo para uso industrial y residencial, su urbanización y edificación, y posterior venta y arrendamiento, así como la creación, promoción y ejecución de parques tecnológicos, y la promoción de inversiones o servicios, participando en las sociedades; todo ello con el objetivo de ofrecer a las empresas e inversores un amplio abanico de ubicaciones y espacios en el territorio castellano y leonés donde poder desarrollar su actividad empresarial.

Del análisis del cumplimiento de la obligación de la comunicación se deduce que la empresa no ha remitido al Consejo la documentación de ninguno de los tres contratos de los que legalmente está obligada a comunicar, por un importe de 6.777.757 euros, lo que supone el incumplimiento de la obligación establecida en el Artículo 29 de la Ley de Contratos del Sector Público en el cien por cien de los casos. Tampoco ha remitido al Registro Público de Contratos del Ministerio de Economía y Hacienda la información de 13 contratos, por importe de 7.400.355 euros, y un total de 14 por una cuantía de 7.423.327 euros, lo que supone el incumplimiento del Artículo 308 de la Ley de Contratos del Sector Público en el 99,69 % de los casos.

Desde el punto de vista de la organización y estructura competencial, no se ha detectado ninguna incidencia en el cumplimiento de las competencias por los distintos órganos de contratación. Sin embargo, por lo que se refiere al control interno, no hay constancia de la existencia de un sistema que acredite la documentación presentada por los licitadores, lo que produce incertidumbre sobre la integridad de la documentación presentada y el cumplimiento de los plazos establecidos, afectando, por tanto, al principio de transparencia.

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 175.b) de la Ley de Contratos del Sector Público, ADE Parques Tecnológicos y Empresariales, S. A., aprobó sus instrucciones internas de contratación el veinticuatro de febrero de dos mil nueve. De su examen se desprende que en las mismas no se recoge un sistema de recursos específicos de la contratación pública, y que los importes máximos establecidos para la utilización del procedimiento negociado, con o sin publicidad, y del procedimiento simplificado en suministros y servicios, supera las cantidades establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público. Además, aunque las cuantías establecidas para que los contratos se consideren sujetos a regulación armonizada eran adecuadas a los importes vigentes en el momento de aprobar las instrucciones, deberían de haberse actualizado a las establecidas para el periodo de contratación.

Las publicaciones realizadas por esta empresa en el perfil del contratante, no queda constancia del momento en que se han realizado, incumpliendo lo establecido en el Artículo 42.3 de la Ley de Contratos del Sector Público, al no incluir un dispositivo que permita acreditar fehacientemente el momento de inicio de la difusión pública de esta información.

Para el análisis del procedimiento de contratación se han seleccionado 13 de los 14 contratos celebrados por esta empresa en el periodo referenciado, por un importe de 7.400.355 euros, lo que representa un 99,69 % del total adjudicado, de lo que pasamos a detallar las incidencias más significativas, teniendo en cuenta si están o no sujetos a regulación armonizada.

Contratos sujetos a regulación armonizada. El número de contratos sujetos a regulación armonizada formalizados por ADE Parques en los ejercicios dos mil diez y dos mil once ascendió a cuatro, por un importe total de 6.971.559 euros, habiéndose fiscalizado el 100 % de la población.

En las actuaciones preparatorias del procedimiento de contratación no se ha realizado en ninguno de los fiscalizados la justificación de la necesidad del contrato, omitiendo la justificación de la elección y valoración de los criterios de adjudicación.

Las principales incidencias observadas en relación al contenido de los pliegos de contrataciones particulares han sido las siguientes. Con carácter general, no se especifican los criterios mínimos de solvencia que han de reunir los licitadores. En tres de los cuatro contratos examinados se incluyen como criterios de adjudicación requisitos no vinculados directamente al objeto del contrato. La fórmula automática utilizada para valorar la oferta económica no permite repartir todos los puntos habilitados, afectando al principio de eficiencia. En tres expedientes se incluyen criterios de adjudicación no evaluables mediante fórmulas que no permiten valorar las ofertas ni incluir aspectos no previstos en los pliegos, impidiendo que los licitadores conozcan previamente cómo van a ser valoradas sus ofertas. En ninguno de los contratos consta la aprobación de los pliegos por el órgano de contratación. La notificación de la adjudicación no se ha realizado de forma motivada en tres expedientes, mientras que en el cuarto no existe constancia de que esta se haya realizado. Además, en dos de los tres contratos notificados no se establece la posibilidad de interponer recurso especial en materia de contratación.

Con carácter general, no se ha dejado constancia en los expedientes examinados de la documentación justificativa de la solvencia o clasificación, o, en su caso, del adjudicatario, y en un contrato se ha realizado un modificado sin que se justifique que sea por causas imprevistas o sobrevenidas, mientras que en otro no hay constancia del certificado de conformidad con la realización del servicio.

Contratos no sujetos a regulación armonizada. La contratación adjudicada no sujeta a regulación armonizada correspondiente al periodo dos mil diez y dos mil once asciende a 10 contratos, por un importe de 451.768 euros, de los que se procedió a la fiscalización de nueve contratos, por un importe de 428.796 euros, que representan el 94,92 % sobre la cuantía total de la población normalizada.

Al igual que en la contratación sujeta a regulación armonizada, en las actuaciones preparatorias de la contratación no sujeta a regulación armonizada no se ha realizado en ninguno de los fiscalizados la justificación de la necesidad del contrato, omitiendo la justificación de la elección y valoración de los criterios de adjudicación.

Las principales incidencias observadas en relación al contenido de los pliegos de condiciones particulares y de los pliegos de condiciones técnicas han sido las siguientes. La fórmula automática utilizada para valorar la oferta económica en cinco contratos no permite repartir todos los puntos habilitados, afectando al principio de eficiencia. En cinco expedientes se incluyen criterios de adjudicación no evaluables, mediante fórmulas que no permiten valorar las ofertas sin incluir aspectos no previstos en los pliegos, impidiendo que los licitadores conozcan previamente cómo van a ser valoradas sus proposiciones. Con carácter general, no se especifican los criterios mínimos de solvencia que han de reunir los licitadores. En seis contratos se han incluido como criterios de adjudicación requisitos no vinculados directamente al objeto del contrato. En los informes técnicos de valoración de cuatro contratos no se ha dejado constancia de los criterios de evaluación utilizados para otorgar la puntuación. Además, en los informes de los dos procedimientos negociados analizados no se ha dejado constancia de la realización de las negociaciones, han utilizado una fórmula para valorar la oferta económica que ni está prevista en los pliegos ni reparte todos los puntos, y tampoco han motivado la forma de valorar el mantenimiento posterior al periodo de garantía. En ninguno de los contratos examinados se ha dejado constancia en el expediente de la documentación justificativa de la solvencia del adjudicatario.

A la vista de los resultados expuestos, el Consejo de Cuentas recomienda a la empresa pública ADE Parques Tecnológicos y Empresariales, S. A., que depure las deficiencias detectadas relativas a la obligación de revisión de información en materia de contratación, tanto a este Consejo como al Registro Público de Contratos del Ministerio de Economía y Hacienda; que establezca un sistema que permita dejar constancia del momento de la recepción de la documentación; que redacte las normas internas de contratación de acuerdo a la normativa vigente, estableciendo un sistema específico de recursos en materia de contratación y fijando unos importes para los procedimientos negociados y simplificado que garanticen el cumplimiento de los principios de concurrencia e igualdad; que establezca un sistema en el perfil del contratante que permita acreditar el momento de inicio de la difusión pública de la información; que en el expediente quede acreditada la necesidad de los contratos, así como la elección de los criterios de adjudicación y el peso específico de cada uno de ellos; que los pliegos de condiciones particulares incluyan los criterios mínimos de solvencia a reunir por los licitadores, así como fórmulas automáticas que adjudiquen todos los puntos; que refuerce la actividad... la objetividad de los criterios de adjudicación, estableciendo baremos de reparto y subcriterios que garanticen el conocimiento previo de los licitadores de cómo van a ser valoradas sus proposiciones; que en las notificaciones se establezca la posibilidad de interponer los recursos correspondientes; y que los expedientes recojan toda la documentación justificativa de la tramitación realizada.

Contratación de Promoción de Viviendas, Infraestructuras y Logística, S. A, (Provilsa). La empresa Provilsa se crea por la Ley 17/2008, de Medidas Financieras, como remodelación de la anterior Sociedad Gestión de Infraestructuras de Castilla y León (Gical, S. A.), cuyo objeto social fue el de proyectar, desarrollar, construir, explotar y conservar obras de infraestructura de interés público en Castilla y León, así como actividades urbanizadoras en polígonos y en materia de vivienda de protección social. La nueva sociedad amplía las anteriores funciones en materia de infraestructuras, de logística y telecomunicaciones, y en materia de urbanización las amplía a suelo residencial y cualquier actividad análoga y complementaria del conjunto de todas ellas.

Del análisis del cumplimiento de la obligación de comunicación se deduce que la empresa no ha remitido al Consejo la documentación de ninguno de los 73 contratos de los que legalmente está obligada a comunicar, por un importe total de 159.695.752 euros, lo que supone el incumplimiento de la obligación establecida en el Artículo 29 de la Ley de Contratos del Sector Público en el cien por cien de los casos. Tampoco ha remitido al Registro Público de Contratos del Ministerio de Economía y Hacienda la información de 202 contratos, por importe de 171.932.629 euros, de un total de 209, por una cuantía de 183.903.270 euros, lo que supone el incumplimiento del Artículo 308 de la Ley de Contratos del Sector Público en el 93,53 % de los casos.

No se ha detectado ninguna incidencia en cuanto a la organización y estructura competencial. Y, por lo que se refiere al control interno, no hay constancia de la existencia de un sistema que acredite la entrada y salida de la documentación presentada por los licitadores, lo que produce incertidumbre sobre la integridad de la documentación presentada y el cumplimiento de los plazos establecidos.

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 175.b) de la Ley de Contratos del Sector Público, Provilsa aprobó sus instrucciones internas de contratación el veintiséis de septiembre de dos mil ocho. De su examen, se desprende que en las mismas no se recoge un sistema de recursos específicos de la contratación pública y que, aunque las cuantías establecidas para que los contratos se consideren sujetos a regulación armonizada eran adecuadas a los importes vigentes en el momento de aprobar las instrucciones, deberían haberse actualizado a las establecidas por los periodos de contratación.

Además, estas instrucciones recogen unos importes relativos a las exigencias de publicidad en el perfil del contratante superiores a los establecidos en el Artículo 175.c) de la Ley de Contratos del Sector Público, y en la regulación de los procedimientos negociados sin publicidad no establece la posibilidad de negociar los aspectos económicos o técnicos.

Por último, el contenido de las instrucciones puede dar lugar a que, en determinados expedientes de cuantía inferior a 50.000 euros no se establezcan las condiciones de solvencia que determinan la capacidad para contratar, incumpliendo el Artículo 63 de la Ley de Contratos del Sector Público. En las publicaciones realizadas por esta empresa en el perfil del contratante no queda constancia del momento del inicio de la difusión pública de información, incumpliendo lo establecido en el Artículo 42.3 de la Ley de Contratos del Sector Público.

En el análisis del procedimiento de contratación se han fiscalizado 15 de los 209 contratos celebrados por esta empresa en el periodo referenciado, por un importe de 56.621.052 euros, lo que representa un 30,69 % del total adjudicado, de los que pasamos a detallar las incidencias más significativas, teniendo en cuenta si están o no sujetos a regulación armonizada.

Contratos sujetos a regulación armonizada. El número de contratos sujetos a regulación armonizada formalizados por Provilsa en los ejercicios dos mil diez y dos mil once ascendió a 18, por un importe total de 78.191.259 euros, habiéndose fiscalizado seis, con un importe total de 44.842.208 euros; lo que representa el 57,35 % de la cuantía total de la población sujeta a regulación armonizada.

En las actuaciones preparatorias del procedimiento de contratación, con carácter general, el inicio de la tramitación se considera razonable para los procedimientos abierto y restringido, al haberse justificado la necesidad del contrato en todos salvo en uno. Sin embargo, en todos los contratos fiscalizados se ha omitido la justificación de la elección y valoración de los criterios de adjudicación para seleccionar la oferta económica más ventajosa.

Las principales incidencias observadas en relación al contenido de los pliegos de condiciones particulares han sido las siguientes. En ninguno de los contratos examinados se especifican los criterios mínimos de solvencia económica que han de reunir los licitadores, y cuatro de ellos tampoco los de solvencia técnica o profesional; además, en dos contratos se incluyen como criterios de adjudicación requisitos no vinculados directamente al objeto del contrato. En ninguno de los pliegos consta el número de referencia a la actividad, que define el objeto y tipo de contrato. En cinco expedientes se incluyen criterios de adjudicación no evaluables mediante fórmulas que no permiten valorar las ofertas sin incluir aspectos no previstos en los pliegos, impidiendo que los licitadores conozcan previamente cómo van a ser valoradas sus ofertas. La fórmula automática utilizada para valorar la oferta económica en cinco contratos puede impedir la adjudicación a la oferta económica más ventajosa al otorgar proporcionalmente menor puntuación a la mayor baja. En ninguno de los contratos consta la aprobación de los pliegos por el órgano de contratación. Y en el procedimiento de adjudicación, la mesa de contratación, en sus informes de valoración, ha desarrollado criterios de evaluación no valorables mediante fórmulas que no figuraban en los pliegos, impidiendo que los licitadores conocieran el detalle de los mismos al presentar sus ofertas. Además, en ninguna de las notificaciones de adjudicación provisional o única realizadas se establece la posibilidad de interponer recurso especial en materia de contratación.

Contratos no sujetos a regulación armonizada. La contratación adjudicada no sujeta a regulación armonizada correspondiente al periodo dos mil diez y dos mil once asciende a 191 contratos, por un importe de 105.712.011 euros, de lo que se procedió a la fiscalización de nueve contratos, por un importe de 11.778.843 euros, lo que representa el 11,23 % sobre la cuantía total de la población de contratos no sujetos a regulación armonizada.

Para los procedimientos abiertos restringidos se considera razonable el inicio de la tramitación, si bien en ninguno de ellos consta la justificación de la elección y valoración de los criterios de adjudicación para seleccionar la oferta económica más ventajosa. Además, uno de los contratos tramitados por el procedimiento negociado sin publicidad no cumple con los requisitos exigidos en el Artículo 158.b) de la Ley de Contratos del Sector Público; y otro, que supera las cuantías máximas establecidas para ser tramitado por este procedimiento, se ha adjudicado directamente a una empresa sin justificar su exclusividad, vulnerando los principios de igualdad y libre concurrencia.

Las principales incidencias observadas en relación al contenido de los pliegos de condiciones particulares y de los pliegos de condiciones técnicas han sido las siguientes. Con carácter general, no se especifican los criterios mínimos de solvencia que han de reunir los licitadores. En dos expedientes se incluyen criterios de adjudicación no evaluables mediante fórmulas que no permiten valorar las ofertas ni incluir aspectos no previstos en los pliegos, impidiendo que los licitadores conozcan previamente cómo van a ser valoradas sus proposiciones. La fórmula automática utilizada en dos contratos para valorar la oferta económica puede impedir la adjudicación a la oferta económica más ventajosa, al otorgar proporcionalmente menor puntuación a la mayor baja; mientras que en otro, en los criterios evaluables de forma automática, no se establece la fórmula aplicable, afectando, en ambos casos, al principio de eficiencia económica. En ninguno de los contratos consta la aprobación de los pliegos por el órgano de contratación.

Las deficiencias detectadas en el procedimiento de adjudicación han consistido en la ausencia de constancia de que se haya realizado la publicidad en el perfil del contratante en tres contratos, incumpliendo el Artículo 42 de la Ley de Contratos del Sector Público, y el desarrollo de los informes técnicos de valoración de dos contratos, de puntuación en varios subapartados no previstos en los pliegos, impidiendo a los licitadores que conocieran el detalle de los mismos al presentar las ofertas.

Por último, por lo que se refiere a la ejecución y extinción de los contratos, se ha detectado, para un contrato de servicios consistente en la edición de un suplemento semanal sobre las políticas de vivienda llevadas a cabo por la Junta de Castilla y León, que, realizadas las 26 publicaciones establecidas en el contrato, se ha materializado el pago sin que se... haya constancia en el expediente de la previa elaboración de las certificaciones mensuales, de conformidad con la información publicada y la entrega de un ejemplar a la Consejería del diario en que se haya insertado, incumpliendo lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas.

A la vista de los resultados expuestos, el Consejo de Cuentas recomienda a la empresa pública Provilsa que depure las deficiencias detectadas relativas a la obligación de remisión de información en materia de contratación, tanto a este Consejo como al Registro Público de Contratos del Ministerio de Economía y Hacienda; que establezca un sistema que permita dejar constancia del momento de la recepción de la documentación; que redacte las normas internas de contratación de acuerdo a la normativa vigente, adaptando los importes relativos a la publicidad de la licitación en el perfil del contratante, estableciendo un sistema específico de recursos en materia de contratación, detallando las condiciones de solvencia para determinar la capacidad para contratar y concretando la negociación en el procedimiento negociado sin publicidad; que establezca un sistema en el perfil del contratante que permita acreditar el momento de inicio de la difusión pública de la información; que en el inicio del expediente justifique la elección de los criterios de adjudicación y el peso específico de cada uno de ellos; que los pliegos de condiciones particulares incluyan los criterios mínimos de solvencia a reunir por los licitadores, así como fórmulas automáticas que otorguen proporcionalmente mayor puntuación a la mejor oferta económica presentada; que refuerce la objetividad de los criterios de adjudicación estableciendo baremos de reparto y subcriterios que garanticen el conocimiento previo de los licitadores de cómo van a ser valoradas sus proposiciones; y que en las notificaciones se establezca la posibilidad de interponer los recursos correspondientes.

Contratación de la Sociedad Pública del Medio Ambiente en Castilla y León, Somacyl. La empresa Somacyl se crea con carácter de sociedad anónima previa autorización de la Ley 12/2006, de Creación de la Empresa Pública Sociedad Pública del Medio Ambiente de Castilla y León. Forma parte de su objeto social la realización de todo tipo de trabajos, obras, estudios, informes, proyectos, dirección de obras, consultorías, asistencia técnica en servicios relacionados con la promoción, protección, conservación, regeneración o mejora del medio ambiente. También podrá utilizar cualquier actividad para la consecución de su objeto social, en especial constituir sociedades y participar en otras ya constituidas que tengan fines relacionados con el objeto social de la empresa.

Del análisis del cumplimiento de la obligación de comunicación se deduce que la empresa no ha remitido al Consejo la documentación de ninguno de los 16 contratos de los que legalmente está obligada a comunicar, por un importe total de 70.994.920 euros, lo que supone el incumplimiento de la obligación establecida en el Artículo 29 de la Ley de Contratos del Sector Público en el cien por cien de los casos. Tampoco ha remitido al Registro Público de Contratos del Ministerio de Economía y Hacienda la información de ninguno de los 45 contratos, por importe de 74.408.231 euros, lo que supone el incumplimiento del Artículo 308 de la Ley de Contratos del Sector Público en el cien por cien de los casos.

A través de la página web de la empresa se ha podido comprobar que la empresa Somacyl, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 175.b) de la Ley de Contratos del Sector Público, dispone de instrucciones internas de contratación, sin embargo, no ha quedado constancia ni de su aprobación por ningún órgano de la empresa, ni de la fecha de su aprobación, ni de la entrada en vigor de estas normas.

Otras incidencias observadas en la misma han sido: la ausencia de un sistema de recursos específicos de la contratación pública; la posibilidad de realizar modificaciones contractuales sin que estén previa y expresamente determinadas las causas; el contenido de las instrucciones puede dar lugar a que, en determinados expedientes de cuantía inferior a 50.000 euros no se establezcan las condiciones del contrato de la adjudicación o de la negociación, al no exigirse la elaboración de pliegos.

Los importes máximos establecidos para la utilización del procedimiento simplificado en suministros y servicios y para el procedimiento negociado superan ampliamente las establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público.

Para el análisis del procedimiento de contratación, se han seleccionado 15 de los 45 contratos celebrados por esta empresa en el periodo referenciado, por un importe de 63.344.856 euros, lo que representa un 85,13 % del total adjudicado, de los que pasamos a detallar las incidencias más significativas, teniendo en cuenta si están o no sujetos a regulación armonizada.

Contratos sujetos a regulación armonizada. El número de contratos sujetos a regulación armonizada formalizados por Somacyl en los ejercicios dos mil diez y dos mil once ascendió a cinco, por un importe total de 55.356.450 euros, habiéndose fiscalizado el 100 % de la cuantía total de la población sujeta a regulación armonizada.

De las actuaciones preparatorias del procedimiento de contratación se deduce que en ninguno de los contratos fiscalizados se ha realizado la justificación de la elección y valoración de los criterios de adjudicación para seleccionar la oferta económicamente más ventajosa.

Las principales incidencias observadas en relación al contenido de los pliegos de cláusulas administrativas particulares han sido las siguientes:

En los contratos en los que se exige clasificación, no se especifican los criterios mínimos de solvencia que han de reunir los licitadores extranjeros, al encontrarse estos exentos de clasificación.

En ninguno de los pliegos consta el número de referencia de la actividad que define el objeto y tipo de contrato.

En todos los expedientes examinados se incluyen criterios de adjudicación no evaluables mediante fórmulas que no permiten valorar las ofertas sin incluir aspectos no previstos en los pliegos, impidiendo que los licitadores conozcan previamente cómo van a ser valoradas sus ofertas.

Las fórmulas automáticas utilizadas para valorar la oferta económica no permiten repartir todos los puntos habilitados, lo que, con carácter general, impide otorgar mayor puntuación proporcionalmente a la oferta más baja.

En ninguno de los contratos consta la aprobación de los pliegos por el órgano de contratación.

Por lo que respecta al procedimiento de adjudicación, en los informes de valoración de todos los contratos examinados se han desarrollado criterios de evaluación no previstos en los pliegos, lo que impide que los licitadores conocieran el detalle de los mismos al presentar sus ofertas. Además, en ninguna de las notificaciones de la adjudicación provisional, tanto al adjudicatario como al resto de licitadores, figura la posibilidad de interponer el recurso especial en materia de contratación, así como tampoco queda constancia de la recepción por el adjudicatario y resto de licitadores de la notificación de la adjudicación definitiva ni de su publicación en los correspondientes diarios oficiales.

Por último, de la ejecución y extinción del contrato se deduce que en uno de los contratos examinados no queda constancia de la recepción de la obra ni justificación, en su caso, de la causa del retraso, mientras que en otros se incumple el plazo de diez días establecido para firmar el acta de comprobación de replanteo, al realizarse nueve meses después, emitiéndose además la primera certificación de obra un mes antes de la firma de dicho acta.

Contratos no sujetos a regulación armonizada. La contratación adjudicada no sujeta a regulación armonizada correspondiente al periodo dos mil diez y dos mil once asciende a 40 contratos, por un importe total de 19.051.781 euros, de los que se procedió a la fiscalización de 10 contratos, por un importe total de 7.988.406 euros, que representan el 41,93 % sobre la cuantía total de la población no armonizada.

En la fase de preparación se ha puesto de manifiesto que en ninguno de los contratos fiscalizados se ha realizado la justificación de la elección y valoración de los criterios de adjudicación para seleccionar la oferta económica más ventajosa. Además, en uno de ellos tampoco consta la justificación de la necesidad exigida en el Artículo 22 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Las principales incidencias observadas en relación al contenido de los pliegos de cláusulas administrativas particulares han sido las siguientes:

Para los expedientes en los que no se exige clasificación, con carácter general, no se especifican los criterios mínimos de solvencia que han de reunir los licitadores; mientras que para los que sí se exige clasificación, no se incluyen los requisitos mínimos de solvencia que deben de cumplir los licitadores extranjeros.

La fórmula automática utilizada para valorar la oferta económica no permite repartir todos los puntos habilitados ni valora más proporcionalmente a la mayor baja, afectando al principio de discriminación y eficiencia.

En todos los expedientes examinados se incluyen criterios de adjudicación no evaluables, mediante fórmulas que no permiten valorar las ofertas sin incluir aspectos no previstos en los pliegos, impidiendo que los licitadores conozcan previamente cómo van a ser valoradas sus proposiciones.

En ninguno de los contratos iniciados mediante el procedimiento negociado se han establecido aspectos negociables con los licitadores.

En el procedimiento de adjudicación no se ha dejado constancia de que la valoración de los criterios que requieren un juicio de valor, excepto el precio, se haya realizado con anterioridad a los que son susceptibles de valoración automática mediante fórmulas.

Y en los informes técnicos de valoración se han desarrollado criterios de evaluación no previstos en los pliegos, impidiendo a los licitadores que conocieran el detalle de los mismos al presentar las ofertas. Tampoco, en otros tres expedientes, se ha dejado constancia de toda la documentación justificativa de la capacidad y solvencia del adjudicatario.

Además, en el informe de valoración de la oferta económica mediante fórmulas automáticas de ocho contratos ni se reparten todos los puntos ni a la oferta económica se le asigna la máxima puntuación, como consecuencia de la fórmula utilizada, y en tres contratos la apertura de la proposición económica se ha realizado con anterioridad a la confección del informe técnico de valoración de los criterios.

Por último, en ninguno de los contratos iniciados mediante procedimiento negociado se ha dejado constancia de las negociaciones efectuadas. Y en la fase de ejecución y extinción de los contratos se ha observado que se han concedido prórrogas en dos contratos, sin que se justifique que el motivo sea por causas imprevistas o sobrevenidas, en contra de lo establecido en sus instrucciones internas de contratación.

A la vista de los resultados expuestos, el Consejo de Cuentas recomienda a la empresa pública Somacyl que depure las deficiencias detectadas relativas a la obligación de remisión de información en materia de contratación, tanto a este Consejo como al Registro Público de Contratos del Ministerio de Economía y Hacienda.

Que redacte las normas internas de contratación de acuerdo a la normativa vigente, estableciendo un sistema específico de recursos en materia de contratación y fijando unos importes para la utilización de los procedimientos negociado y simplificado que garanticen los principios de concurrencia y de igualdad.

Que en el inicio del expediente justifique tanto la necesidad de los contratos como la elección de los criterios de adjudicación y el peso específico de cada uno de ellos.

Que en los pliegos de condiciones particulares incluya los criterios mínimos de solvencia a reunir por los licitadores, así como fórmulas automáticas que permitan adjudicar todos los puntos asignados.

Que refuerce la objetividad de los criterios de adjudicación, estableciendo baremos de reparto y subcriterios que garanticen el conocimiento previo de los licitadores de cómo van a ser valoradas sus proposiciones.

Que en las notificaciones se establezca la posibilidad de interponer los recursos correspondientes.

Que los expedientes recojan toda la documentación justificativa de la tramitación realizada, y que se realice la recepción del objeto del contrato en todos los expedientes dentro del plazo establecido, dejando constancia de ella, autorizando exclusivamente aquellas prórrogas que respondan a necesidades nuevas y causas imprevistas. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Presidente. Se abre un turno de intervenciones por parte de los diferentes Grupos Parlamentarios. Por parte del Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra el señor González Suárez.


EL SEÑOR GONZÁLEZ SUÁREZ:

Muchas gracias, señor Presidente. Gracias de nuevo al señor Presidente del Consejo de Cuentas por su intenso y extenso informe sobre las empresas... sobre las contrataciones de las empresas públicas de la Comunidad.

Yo voy a empezar fijándome en una de las empresas, en Provilsa, en el caso de la empresa pública Provilsa, que es paradigma de todas las analizadas, ¿no? Este informe pone de manifiesto que la aplicación de la normativa legislativa vigente resulta poco menos que una utopía cuando se trata de un ente público. Esta es la diferencia que tenemos entre un país llamado España y ciertos países de la Unión Europea, de la que formamos parte, o incluso -por una vez, y sin que siente precedente en que yo le ponga como ejemplo- un país llamado Estados Unidos, ¿no?

Estamos absolutamente carcomidos por la... por la corrupción y la visión de la Administración Pública como territorio de lo arbitrario, y la raigambre democrática nos falta, sinceramente, cuando vemos este tipo de reflexión... este tipo de análisis, que hace un órgano tan importante como el Consejo de Cuentas sobre una entidad pública, una empresa pública, como es Provilsa o como es cada una de las demás analizadas; pero esto es llamativo.

Los contratos cerrados por la dirección de Provilsa con empresas saltándose la Ley de Contratos del Sector Público, por importes totales de una importancia como la que aquí se ve sería, claramente, para acudir a los tribunales de justicia. En otros países –a los que he aludido- de la Unión Europea o Estados Unidos ya se habría ido por parte de los que tienen que velar por la pureza administrativa, por la pureza de la legalidad y por la pureza ante la población.

Aquí, como poco, debería ser motivo de despido de lo que ha sido la dirección de Provilsa, pero actuamos de una forma diferente. Hacemos desaparecer Provilsa, hacemos desaparecer los que están al frente, diluyéndolos en otras responsabilidades, y aquí paz y después gloria.

Sin embargo, después de la demoledora relación de incumplimientos que hace el Consejo de Cuentas -que hace el señor Presidente del Consejo de Cuentas en nombre del Consejo-, y de la... y detrás de la cual no sería difícil sospechar, incluso, mercadeo de favores, aquí lo que nos encontramos es o la desaparición de Provilsa o que, por desgracia, el propio Consejo de Cuentas rebaje el asunto a una simple llamada de atención y a una serie de tibios reproches y a un ejercicio que yo lo considero inútil, pero que fuera de esta Cámara, fuera de esta casa, los que puedan leer, el quedarnos en esos tibios consejos, considerarían inútiles esos consejos; y que corroboran, por desgracia, la sensación que existe fuera de las paredes de estas Cortes de que en ciertos ámbitos se actúa muy por encima de la legalidad vigente.

Si esto lo digo de Provilsa –con lo que supone para Provilsa y su desaparición-, si vamos al Somacyl, que habitualmente, en diferentes Comisiones, o incluso en el Pleno de esta Cámara, hacemos desde la Oposición comentarios sobre el Somacyl. Y, claro, que el propio Consejo de Cuentas tenga que poner de manifiesto que en ninguno de los contratos fiscalizados se ha realizado la justificación de la elección y valoración de los criterios de adjudicación para seleccionar económicamente la oferta más ventajosa, sinceramente, esto es verdaderamente grave.

Que no se especifiquen los criterios mínimos de solvencia que deben reunir los licitadores trae como consecuencia que luego nos encontremos –como nos encontramos- con la desaparición de algunas empresas una vez que han iniciado ciertas obras, o que han iniciado ciertas gestiones sin que finalicen, y metiendo en problemas a los ciudadanos, que sufren la no finalización de lo contratado.

Por otra parte, el que se diga... nos parece importante que el Consejo de Cuentas diga que la fórmula automática utilizada para favorecer valorar la oferta económica no permite conocer los puntos habilitados ni valorarlos. Miren ustedes, a nosotros esto, de verdad, nos parece sumamente grave. Por eso, nos hubiese gustado que, en el caso de Provilsa, no haberse quedado en la tibiedad de lo que se dice.

Y... y, por no seguir leyendo algunas de las valoraciones que se hacen en el informe sobre el Somacyl, decir que... que, tal como finalizan, que en fase de ejecución y extinción de contratos se ha observado que han concedido prórrogas en contratos sin que se justifiquen los motivos que tengan o la... o las condiciones sobrevenidas, nos parece a nosotros sumamente grave.

Lógicamente, animamos al Consejo de Cuentas a seguir en la vía de lo exhaustivo de los informes, de la profundización en los informes, pero deberíamos... –aparte de las recomendaciones que hace, que mi Grupo vamos a... apoyamos ahora de forma oral, y plantearemos, para que sean aprobadas por este Parlamento- pero entendemos que, de alguna forma, entre todos, debemos dar pasos a mayores. Que no estamos hablando ya de la gestión de los recursos públicos, estamos hablando ya de cómo puede actuarse con los recursos públicos para ciertos favores. Porque, cuando hay oscurantismo, puede haber favores; y cuando hay oscurantismo, hay tendencia a que existan favores; y hay que ser transparentes totalmente; este edificio no lo es, pero casi lo es desde el punto de vista físico, y no solamente debe ser la transparencia física, sino la transparencia en las actuaciones dentro. Gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Por parte del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora Muñoz de la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

Gracias, Presidente. Bienvenido, señor Encabo. Como Presidente del Consejo de Cuentas, es un placer recibirle, a usted y a su equipo en esta Comisión, con la incorporación de nuevos informes, respecto a los cuales, tanto el Consejo ha cumplido, en tiempo y forma, las Cortes y la Comisión de Hacienda ha cumplido en tiempo y forma; solo falta que cumpla la Consejera de Hacienda con esta Comisión, y venga a comparecer, que tiene once comparecencias pendientes, muchas de ellas para dar cuentas precisamente de lo que estamos hablando esta mañana aquí.

Hablaremos hoy de empresas públicas, que en un principio nacieron para evitar que se elevara el nivel de endeudamiento de la Junta -justificando que serían más ágiles, más eficaces y más... y más efectivas-, y se ha convertido en todo lo contrario, se han convertido en un lastre, como bien demuestra el informe que ha presentado esta mañana aquí: crecimiento en número desproporcionado, despilfarro en la gestión, falta de control público, incumplimiento en sus obligaciones legales de control y fiscalización, salarios disparatados, nivel de ejecución mínimo, derroche en el gasto, con incrementos de gastos alarmantes, que han llevado a la propia Administración, que las impulsó a iniciar procesos de supresión, fusión o absorción entre ellas.

Todo esto es lo que finalmente viene a demostrar el informe que hoy presenta y que, de alguna forma y de manera casi telegráfica, por falta de tiempo, intentaremos desgranar también, no sin antes recomendar a las Cortes y al Consejo de Cuentas que, cuando se presenten informes de fiscalización con un volumen tan elevado como es el caso de hoy, con objetos tan diversos en cuanto a la materia, competencias y asuntos, vengan a la Comisión en puntos del Orden del Día separados, de manera que podamos analizar, debatir y ver con mayor detalle cada uno de ellos: o bien por bloques, o bien por áreas, o bien por obras... en fin, de alguna forma, segregarlos, dividirlos, para que podamos analizarlos con profundidad.

Hoy vemos ADE Financiación, ADE Parques, Provilsa y Somacyl. Entre todas, adjudicaron entre el dos mil diez y el dos mil once un total de 282 contratos, por valor de más de 266 millones de euros.

ADE Parques Tecnológicos presenta un incumplimiento del 100 % en su obligación de remitir documentación, o un 99 % en su obligación de remitir la documentación al Ministerio de Hacienda. ADE Financiación, más o menos. Provilsa no ha cumplido tampoco con su obligación de remisión de la información al Consejo de Cuentas en 73 contratos –esto significa el 35 % de los contratos-; no se han enviado ni comunicado al Consejo de Cuentas.

Muy interesante, si el tiempo nos permitiera entrar a ver cuál es el criterio de no remisión utilizado por Provilsa, que, tras el análisis de las empresas adjudicatarias, las obras o el importe, resulta evidente y muy interesante para entender por qué razón no se han enviado esta... estos expedientes a... para su fiscalización. Es evidente la opacidad que presenta Provilsa. Como tampoco ha enviado al Ministerio de Economía y Hacienda el 94 % de los contratos celebrados; y aquí el criterio, desde luego, es distinto: sistemáticamente, no se informan, no se envían para su revisión, y punto.

Somacyl es mucho peor todavía que Provilsa. Al Ministerio de Economía y Hacienda no ha enviado ningún contrato, y el 36 % de los contratos no se han comunicado al Consejo de Cuentas. Pero, ojo, un 34 % de contratos que corresponden a un 95,4 % de importe... del importe adjudicado –estamos hablando de 74 millones... de más de 74 millones de euros que no han sido enviados-. Esto es, los contratos de mayor cuantía y envergadura no se han... no se ha... con ellos no se ha cumplido la obligación de comunicar, no se ha podido fiscalizar sus datos, y, desde luego, estos datos están escondidos.

También interesante su análisis respecto a las empresas, obras y fechas. Muy interesante, si el tiempo nos permitiera poder entrar en este... en este detalle.

De esta manera, el Consejo ha tenido que recurrir -es bastante bochornoso- a la página web de Somacyl para examinar datos. Esto es lamentable, y, evidentemente, en una página web, pues lógicamente, por encima.

El Consejo ha podido constatar que estas empresas –lo ha leído su Presidente esta mañana aquí- incumplen todos los principios que se puedan incumplir, absolutamente todos; especialmente Provilsa y Somacyl. Incumplen el principio de transparencia en la contratación, igualdad de trato en la contratación, no discriminación, publicidad, libertad de acceso a las licitaciones, principio de competencia, seguridad jurídica, eficacia en el gasto -porque no se demuestra el interés general-, eficiencia en la utilización de los fondos públicos, acreditación de la solvencia económica, financiera, técnica y profesional de las empresas; el procedimiento... procedimientos negociados sin publicidad –no se establece la posibilidad de negociar ni los aspectos técnicos ni los aspectos económicos- o se utiliza esta fórmula superando las cuantías máximas permitidas, o segregando –como podemos ver- determinadas cuantías para determinar... para eludir determinadas obligaciones contractuales.

En los procedimientos de contratación no se respetan los principios de concurrencia y libertad de acceso, publicidad y transparencia de los procedimientos, no discriminación e igualdad de trato de la... en las licitaciones; no existe un registro de entrada y salida que acredite la documentación presentada por parte de los licitadores, o que garantice la integridad de la documentación o el cumplimiento de los plazos establecidos; no se justifican los criterios de elección para la adjudicación; se deja a decisión de la mesa de contratación, por ejemplo, la aceptación o no de la licitación, por no cumplir con la transparencia requerida en cuanto a los procedimientos o se deja a elección la inclusión... los pliegos, se les deja a decisión de la mesa por no incluir criterios de evaluación fácilmente evaluables o no en los pliegos de condiciones, y las mesas, finalmente, terminan desarrollando criterios de evaluación que no figuran en los pliegos y que no son valorables mediante fórmulas; vulgarmente conocido como "adjudicaciones a medida", porque, finalmente, no hay criterios establecidos y concretos ni baremos concretos para que la mesa pueda adjudicar, de manera que esta terminará haciéndolo a medida de la propia mesa o no sabremos de quién.

Los criterios para evaluar las ofertas económicas desincentivan las ofertas a la baja más importantes o las ofertas económicas no se le asigna la máxima puntuación, en función de la cantidad de la oferta económica. La apertura de proposiciones económicas anteriores a la elaboración de un informe se hacen antes de la elaboración del informe técnico de valoración. Se conceden prórrogas en las ejecuciones de obras, ampliando hasta diez veces el plazo inicialmente previsto de finalización de las obras, sin justificar las causas imprevistas o sobrevenidas para conceder esta prórroga. Se firman actas de replanteo en obras cuando aún no se tienen las licencias administrativas pertinentes. Un mismo expediente puede ser contrato de obras, suministros y servicios sin determinar qué cuantías corresponden a cada... a cada uno. No se detalla el objeto del contrato. No aparece la posibilidad de interponer recursos de la contratación, dando lugar a indefensión de las propias empresas que concursan en las licitaciones. Adjudicaciones directas de obras -de carreteras, por ejemplo- a una empresa por mandato directo de la Consejería de Fomento. No consta la aprobación por parte de la Dirección General o por el órgano de contratación correspondiente de los pliegos. Se han realizado pagos sin que consten en el expediente las certificaciones mensuales. No consta que se realice recepción de las obras en unos casos ni que se justifiquen los retrasos de las obras en otros. En algunos casos se emite la primera certificación de obras un mes antes de la firma del acta de comprobación y de replanteo. Somacyl, por ejemplo, en ninguno de los contratos se publican las licitaciones ni las adjudicaciones definitivas en ningún Diario Oficial -me estoy refiriendo al BOCYL-, como prueba documental, no se publican ni una sola licitación ni adjudicación. Sus normas internas de contratación no se ajustan a la normativa vigente.

En fin, un largo etcétera que usted ha detallado esta mañana aquí en su informe, en su extenso informe. Incumplimiento, Señoría, de juzgado de guardia, todos y cada uno de ellos.

Cualquier empresa privada con esta historia estaría intervenida judicialmente o, desde luego, estaría disuelta. El trabajo del Consejo de Cuentas, respecto a estas empresas, deja al descubierto, desde luego, todas sus vergüenzas, absolutamente todas. Los resultados de fiscalización demuestran que es auténticamente bochornoso el sistema de trabajo que vienen presentando estas empresas. Desde luego, insisto, si fueran empresas privadas, perderían todas las licencias, estarían sancionadas, tendrían responsabilidad, serían multadas y, desde luego, con responsabilidad... responsabilidad judicial, sin duda.

Señorías, Presidente, cuando todos los indicadores aconsejaban la reducción de la Administración conocida como Administración B, en Castilla y León, entre los años dos mil ocho y dos mil once, en plena crisis, la Junta de Castilla y León alcanzó 94 entes de titularidad regional, esto creció... supone un crecimiento de un 10,5 %, frente a un 2,5 % que hubo de crecimiento a nivel nacional. Crecimos muy muy por encima del resto de las Comunidades Autónomas y de... y de España.

Se repartieron, según los Presupuestos del año dos mil once, que es a los años a los que nos referimos, en subvenciones públicas, 59 millones de euros, que, junto con los 71 que se dieron a fundaciones, al final han manejado subvenciones públicas por valor de 130 millones de euros, a los que hay que sumar las aportaciones lógicas que, según los Presupuestos de la Junta, hace por encargos de obras.

Manejan, por lo tanto, cantidades millonarias que dilapidan en sueldos, en gastos corrientes, en falta de inversión, y las obras que hacen, desde luego, en falta de ejecución de muchas de las obras encomendadas.

Estos años, las empresas recibieron muchos más encargos de obra, supuestamente para ganar agilidad, obras que nunca llegaron a conseguirse y que, además, presentan unos niveles de ejecución verdaderamente lamentables. Provilsa, por ejemplo, dejó de ejecutar el 75 % de su presupuesto –hablo del año dos mil diez y del año dos mil once-; Somacyl, el 76,6 %. En estas empresas públicas lo único que crece, Señoría, es el nivel de endeudamiento, un 287 %, casi tres veces más del dos mil ocho a dos mil diez. ADE tiene una deuda de cerca de 500 millones de euros; Provilsa, más de 356 millones de euros; Somacyl, 99 millones; ADE, 73 millones. Superan los 1.000 millones de euros... de euros de deudas en aquellos años entre cuatro empresas.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Vaya acabando, señora De la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

Los sueldos de las personas que trabajan en ellas se han disparado, están muy por encima del salario medio de Castilla y León, que se situaba en aquellos años en 19.683 euros. Pues bien, frente a un salario medio de 19.000 euros, Somacyl presenta un sueldo medio anual de 135.606 euros, 6,8 veces más por encima de la media de la Comunidad Autónoma, y además recibe subvenciones por estos... por estos empleos. Provilsa tiene un sueldo medio de 44.166 euros; ADE Financiación, 55.800 euros; o Parques... ADE Parques, 44.500. Así se entiende que Somacyl, por ejemplo, con 16 trabajadores, tenga un coste en gastos de personal que supera los 2.000.000 de euros, o Provilsa, con 24 trabajadores, más del doble, tenga la mitad de gastos de personal, 1.000.000 de euros.

Si repartimos las deudas de las empresas por número de empleados, resultan extremadamente altas en todas las empresas, donde destaca Provilsa especialmente, con casi 15 millones de euros por empleado, que, junto con ADE Financiación, necesitan más de 25 años, con el volumen de negocio que tienen, para amortizar la deuda que han contraído. Si analizamos la deuda con el volumen de negocio que mueven y el patrimonio neto del que disponen, el resultado para cualquier empresa normal sería de una quiebra técnica.

Estas empresas lo que mejor han hecho ha sido usurpar competencias, programas y actuaciones propios de la Consejería y de los empleados públicos de las Consejerías, vaciar de contenido, por lo tanto, las Consejerías, ya que el trabajo que antes realizaban los funcionarios y trabajadores públicos, con la garantía de independencia que supone estos trabajadores, ahora lo realizan estas empresas públicas.

Los criterios de selección de los trabajadores de estas empresas no son imparciales: no hay oposición, no hay garantías, no se garantizan los principios de igualdad, mérito y capacidad. En la mayoría de los casos, con una entrevista personal es suficiente para la contratación. No hay transparencia en sus actividades, como vemos hoy, o nula, en unos casos, confusa en otros. Claramente se ha demostrado con su informe.

Eluden cualquier tipo de control...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señora De la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

... y de rendición de cuentas. (Termino, Presidente). Están sometidas a menor control presupuestario y de rigor del gasto, absoluta falta de independencia, desde la Presidencia, que la ocupa el Consejero, al nombramiento de los órganos de dirección y control por libre designación, coincidiendo en muchos... en muchos casos con ex altos cargos de la propia Consejería de la que dependen, convirtiéndose en aparatos, muchas veces, al servicio de la Administración que las ha creado.

Su deuda no computa como déficit, pero se solventa, se paga y, finalmente, se amortizará con fondos públicos. Y finalmente, estas empresas son un despilfarro de fondos públicos, en los que hoy, sin inversiones en obra pública, su única inversión son los salarios escandalosos que tienen, salarios que, mientras todo el mundo... a todo el mundo se le congelaban durante estos años, estas empresas han mantenido, aumentando sus salarios hasta incluso el 7,5 %, en el caso, por ejemplo, de Provilsa.

Provilsa, como Somacyl, como las ADE son absolutamente prescindibles, los empleados públicos de la Consejería bien podrían hacer todo este trabajo, y el coste de personal se reduciría, sumando todos, las de las cuatro, hasta 7.000.000 de euros. ¿Imagina la cantidad de servicios básicos fundamentales que se pueden garantizar si la Administración, si la Junta pudiera disponer de 7.000.000 de euros más al año? En fin.

En principio, se inició una política... (Y termino, Presidente. Voy finalizando). ... se inició una política de... (Voy terminando). ... de refundición de... de eliminación de empresas públicas...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Señora De la Peña, debe de acabar ya.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

(Termino, Presidente). ... se inicia en el año dos mil once, se continúa en el dos mil doce, pero, finalmente, a estas alturas... a estas alturas, se pretendió refundir tres en una, para, al final, quedarse solo en dos, Somacyl y Provilsa, pero finalmente pues tenemos una más, cuatro. Con lo cual, esta política de fusión o unión, absorción para eliminar empresas públicas lo que está haciendo es que tengamos más empresas públicas, puesto que Somacyl se supone que tenía que haber desaparecido en el dos mil trece...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señora De la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

(Termino). ... sigue licitando y adjudicando...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

He sido más condescendiente que ninguno. Debe de acabar.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

... Provilsa y todas. Bueno, bien. Muchas gracias, Presidente.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Cruz.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Sí. Gracias, Presidente. Sí ha sido usted condescendiente, doy fe de ello.

Yo quiero centrarme en el informe, porque la señora De la Peña ha venido aquí a hablar del personal de las empresas públicas –no sé en qué apartado del informe y objeto del debate estaba, porque aquí se está hablando de la contratación de las empresas públicas, no se ha hablado del nivel retributivo del personal de Provilsa, de Somacyl. Yo... mire que he hojeado con detenimiento todas y cada una de las páginas y no he encontrado ese nivel de detalle, pero, bueno, en todo caso, yo respeto su intervención.

Pero quiero comenzar que, después del panorama desolador que algunos han intentado plantear de la situación de las empresas públicas de la Comunidad aquí, yo quiero recordar lo que dice el Consejo de Cuentas. Y lo que dice el Consejo de Cuentas en su informe es que las empresas públicas analizadas cumplen razonablemente con la legalidad -eso, lo primero-, excepto en las limitaciones –que yo también voy a poner en valor, porque existen y hay que corregirlas-; pero de ahí a plantear un panorama tan desolador como algunos plantean, en el que están hablando de cuestiones judiciales... Mire, la vía judicial está abierta para todo el mundo. Señores Portavoces, si aquí no... la vía judicial está abierta para todo el mundo. Si ustedes entienden, después del panorama que han hecho, que aquí hay cuestiones que pueden ser objeto, vayan ustedes a los tribunales.

Y, dicho eso, creo que queda prácticamente planteada una primera parte. Por tanto, la legalidad se cumple –y lo dice el Consejo de Cuentas-, salvo en limitaciones. ¿Qué limitaciones? Vamos a entrar a analizar las limitaciones que existen, y yo voy a poner encima de la mesa.

En primer lugar, el deber de comunicación. Efectivamente, hay un problema, que ha de solventarse, que es el deber de comunicación, no solo al Consejo de Cuentas, sino al Ministerio de Economía, a través del Registro de Contratación. Porque, efectivamente, las cuatro empresas públicas analizadas incumplen sistemáticamente tanto el Artículo 29 de la Ley de Contratos del Sector Público como el Artículo 308. Pero ese incumplimiento, que es importante –quiero matizar-, no supone, obviamente, que no se cumpla la legalidad en los criterios de adjudicación. Obviamente, es una cuestión que hay que corregir y que debemos, desde luego, instar a que se corrija y que se cumpla con un deber legal –que es el de la comunicación, tanto al Consejo de Cuentas como al Ministerio de Economía, al Registro de Contratos-, pero de eso a plantear que aquí nadie cumple la legalidad dista mucho la realidad.

Efectivamente, hay otra serie de problemas vinculados a las instrucciones internas de contratación –que en algún caso no parece que estén aprobadas-, pero también quiero matizar que aquí se ha puesto en cuestión la colaboración por parte de las empresas públicas con el Consejo de Cuentas. Y el informe que ha remitido el Consejo de Cuentas dice textualmente –y lo leo- en muchos apartados que "los entes fiscalizados siempre han adoptado, con carácter general, una actitud de colaboración con el Consejo de Cuentas". Es cierto que figura en los informes del Consejo de Cuentas, a pesar de que, como he reconocido, hay algunas cuestiones, respecto del deber de comunicación, que no se hacen.

Y lo que se ha puesto de manifiesto aquí es que yo creo que, si este informe lo trasladásemos a otra Comunidad Autónoma, lo que han planteado aquí los Portavoces de los Grupos de la Oposición no se habría puesto de manifiesto. Porque este... el contenido de este informe sobre la contratación de las empresas públicas de la Comunidad de Castilla y León perfectamente se puede encontrar en cualquiera de los informes que los OCEX regulan sobre la contratación: básicamente se cumple la legalidad, pero hay aspectos mejorables. No sé si el Portavoz del Grupo Mixto o el... o la Portavoz del Grupo Socialista hubiesen hecho este discurso tan catastrofista si estuviésemos en la Comisión de Hacienda de las Cortes de Andalucía; porque lo de los criterios... [murmullos] ... lo de los criterios... –yo he respetado los turnos, respétenlo ustedes también- lo de los criterios de valoración es que ha podido llevar fácilmente a la confusión. Fíjese, una cosa es que no existan criterios de valoración, y otra cosa distinta es que no se justifiquen los criterios. Muchísimo, totalmente distinto. Una cosa es que no existan criterios de valoración, y otra que no se justifiquen esos criterios. Y a buen entendedor, pocas palabras bastan.

Y estas recomendaciones del Consejo de Cuentas, en este caso a las empresas públicas de Castilla y León, en donde hay sustanciales aspectos que mejorar –y yo lo digo y lo pongo de manifiesto: en materia de comunicación, en materia de instrucciones internas, en materia de solvencia mínima para los licitadores-, les puedo asegurar que se reiteran en la mayoría de los informes de los OCEX que se llevan a cabo cuando se analiza la contratación de las empresas públicas.

Y aquí, al final, hemos derivado en una cuestión que llama poderosamente la atención, que es criticar el tamaño del sector público de Castilla y León, cuando el último informe elaborado por el Ministerio de Hacienda respecto al tamaño del sector público empresarial y fundacional de las Comunidades Autónomas, que se ha publicado recientemente –concretamente en junio de este año dos mil trece-, dice que el 36 % de las empresas y fundaciones públicas vinculadas a Comunidades Autónomas están en dos Comunidades Autónomas –¡qué curioso!-: Andalucía y Cataluña. Hay más de 2.200 entidades vinculadas, y, curiosamente, lo que aquí se critica se pone en práctica donde han tenido o tienen la opción de Gobierno. Es curioso.

En todo caso, he dicho, y hay que reconocer, que hay criterios que hay que solventar -nosotros vamos a asumir un importante número de las recomendaciones que efectúa el Consejo de Cuentas-, pero quiero matizar un último aspecto, porque creo que es importante; y creo que es importante analizar también las alegaciones que han presentado las empresas públicas a los informes, que la mayoría no han sido tenidas en cuenta, bien porque se han presentado fuera de plazo o porque el Consejo de Cuentas ha mantenido el criterio planteado en el informe provisional. Pero creo que hay dos cuestiones que son resaltables.

En primer lugar, la primera –y me parece importante-, que una de las empresas públicas, en la primera alegación, lo que dice es que va a asumir todas y cada una de las recomendaciones que ha hecho el Consejo de Cuentas, lo que yo creo que supone un paso importante que hay que poner de manifiesto. Y me refiero concretamente a la empresa Provilsa, que, textualmente, en la alegación dice que no existe ningún inconveniente en asumir todas y cada una de las recomendaciones que ha hecho el Consejo de Cuentas; y lo puedo leer textualmente –figura en la página 1, alegación número 1 del... al informe provisional-. Dice: "Previamente a la formalización de las alegaciones justificativas de la actuación de Provilsa, y sin perjuicio del contenido y alcance de estas, como quiera que Provilsa persigue alcanzar la máxima transparencia y adecuación a la legalidad, y que los criterios del órgano fiscalizador en todo caso se dirigen a estos fines, Provilsa se compromete a la adopción de los criterios recogidos en el informe provisional del Consejo de Cuentas". Por lo tanto, hay voluntad claramente por parte de las empresas de la Comunidad en mejorar esas cuestiones que se han puesto de manifiesto aquí, pero que en todo caso hacen que se cumpla también –como pone de manifiesto el Consejo de Cuentas- la legalidad en la contratación y disipar algunas de las dudas que se han planteado en la mañana de hoy.

Y hay que entrar en otro aspecto, que creo es importante, que es una de las alegaciones –y hablo desde la experiencia, desde la experiencia en materia de contratación-, que es referente a los criterios de puntuaciones máximas. O sea, que eso no es una práctica de las empresas públicas de la Comunidad de Castilla y León, es que es una práctica del Ministerio de Fomento, es una práctica del Ministerio de Fomento del Gobierno del Partido Popular hoy, era una práctica del Ministerio de Fomento del Gobierno de la señora Magdalena Álvarez, del Gobierno del señor Blanco... Las ofertas no tienen por qué llegar a los criterios de máxima puntuación, porque hay mecanismos, que son totalmente legales –y, obviamente, yo respeto aquí al Consejo de Cuentas-, pero que están informados por la Intervención, en este caso, puede ser de cualquier Ministerio. Y voy a poner un ejemplo: tú puedes establecer un mecanismo de baja media, que está en cientos de pliegos de condiciones de licitación, y hay empresas que no consiguen la máxima puntuación para ser la más baja, que es lo que está defendiendo el informe del Consejo de Cuentas. Y ese es un mecanismo que no se inventan las empresas públicas de la Comunidad de Castilla y León. Lo digo, y ahí hay cientos de pliegos de condiciones de licitación de obras mucho más importantes en cuantía de las que se licitan aquí, en que se utilizan criterios objetivos que, en todo caso, no permiten alcanzar la puntuación máxima a los licitadores, porque establecen mecanismos de corrección, bien de sistemas de bajas medias, o para evitar, entre otras cosas, algo muy común en esta época de crisis, que fueron –ni más ni menos- las bajas temerarias.

Dicho esto, creo que hay cuestiones que hay que corregir - criterios, básicamente son los de la solvencia, me parecen importantes; criterios de las instrucciones internas de contratación, y, sobre todo, el deber de comunicación en cuanto al Consejo de Cuentas se refiere, y también en cuanto al Ministerio-, pero hay que poner de manifiesto que se cumple razonablemente con la legalidad. Y, desde luego, poner de manifiesto que el sector público de Castilla y León -el sector público empresarial y fundacional- es un sector muy reducido, si lo comparamos con el de otras Comunidades Autónomas, y, desde luego, además, hay una voluntad inequívoca del actual Ejecutivo de seguir reduciendo este sector público empresarial para que a finales del dos mil trece sea el 50 % del que teníamos al comenzar la legislatura. Porque, además, es un compromiso que se ha firmado incluso con el partido... principal partido de la Oposición. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Cruz. Para contestar a las intervenciones de los distintos Grupos Parlamentarios, tiene la palabra el Presidente del Consejo de Cuentas.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Sí. Gracias, Presidente. Muy brevemente, pues para hacer una serie de reflexiones.

En primer lugar, yo coincido plenamente por lo expresado por la Portavoz del Grupo Socialista en orden a la extensión del informe y... y la dificultad, quizás, de profundizar en un debate. Es... es cierto que este es un informe enormemente extenso, que en realidad son cuatro informes. Y yo, mire, esta mañana tengo, casualmente, pues por otros motivos, una información que puede ser ilustrativa de cómo, a veces, el hablar de informes no quiere decir lo mismo que hablar de extensión de informes. Y no voy a citar de otro órgano de control externo de España, pero hay otro órgano de control externo de España que, a lo largo del año dos mil doce, emitió 40 informes. Esos 40 informes suponían 3.211 páginas. El Consejo de Cuentas de Castilla y León, a lo largo del año pasado, emitió 11 informes, 8.718 páginas.

Es decir, estamos... es decir, por eso hay veces... y yo estoy encantado de venir, y -como ustedes ya lo saben perfectamente- de venir aquí cuantas veces sea necesario para explicar los informes, fraccionar los informes, pues para facilitar el debate parlamentario. Por parte del Consejo de Cuentas no hay ningún problema. Y este asunto quizás hubiera requerido, pues para mejorar el debate y profundizar el debate, y para que ustedes hubieran podido analizar exhaustivamente cada una de las cuatro empresas públicas, un tratamiento singular de cada uno de ellos, o más tiempo. Estoy absolutamente de acuerdo.

Pero lo que no debemos nunca es quitar o eliminar el rigor del Consejo de Cuentas. Es decir, yo soy plenamente partidario de ir a informes auténticamente exhaustivos en la medida de nuestras posibilidades, y con ese criterio... y con ese criterio, Señorías, se ha elaborado este informe sobre estas cuatro empresas públicas, cuyas... cuyo origen parte de un incumplimiento global de las cuatro empresas públicas en la no remisión y en el incumplimiento del Artículo 29 de la Ley de Contratos del Sector Público. Es decir, hay que ser así de claro. Es decir, las cuatro han incumplido de una manera flagrante. Y eso es algo que... que, evidentemente, yo he de reconocer que no resulta comprensible.

Y no resulta comprensible, pues, que se produzca esa omisión cuando estamos hablando de una normativa que la exige desde hace muchos años. Esta es la última normativa ya del texto refundido en materia de contratos. Pero lo que es la remisión de contratos, estamos hablando ya desde hace muchos años que es obligatoria esa remisión. Por lo tanto, yo he de confesar aquí, ante todos ustedes, pues una cierta extrañeza, que no es un... no es un resultado de una omisión involuntaria, sino de una perseverancia en la no remisión. Es decir, puede ser producto de la ignorancia, pero insisto de que es algo que viene ya desde hace muchísimos años.

Yo, hay otra simple consideración que quiero... quiero hacer en relación a ello. Es decir, hemos analizado de una manera exhaustiva y pormenorizada todas las alegaciones presentadas. Y en relación a las alegaciones, solamente dos apreciaciones. Que prácticamente no ha sido aceptada ninguna; es decir, solamente, para no ser exhaustivo, en el caso concreto, por ejemplo, de Provilsa, formula 56 alegaciones: no se acepta ninguna -56 alegaciones-. Y si ustedes observan la contestación de las alegaciones, siempre... prácticamente se les dice lo mismo: explican pero... explican pero no acreditan, explican pero no acreditan. Prácticamente es la constancia en todas y cada una de las contestaciones a las alegaciones. Es decir, yo, incluso, creo que hay un esfuerzo por parte de algunas de las empresas públicas en explicar cómo funcionan desde el punto de vista de contratación, pero no acreditan. Es decir, no hay ningún documento sustantivo que diga "pues realmente hacemos esto debido a este documento que hemos aprobado, desde el punto de vista de la justificación de la solvencia". Lo explican, pero no lo acreditan. Y eso es para mí uno de los hechos claves a la hora de no haber aceptado las alegaciones. Y prácticamente se puede decir lo mismo de las cuatro empresas.

Y después, también, la otra consideración que quería hacer es que no todas las empresas tienen el mismo objeto social. Y lo digo con toda consciencia. Y por eso en la introducción de cada uno de los informes hemos hecho referencia al objeto social, porque ustedes saben perfectamente que hay algunas que sí tienen por uno de los objetos sociales la contratación, la actividad, en definitiva, promotora; y hay otras que, evidentemente, aunque de una manera puntual efectúen contratos, no forma parte de lo que es el objeto social. Entonces, evidentemente, en unas existe una menor práctica en la contratación, en otras existe una gran costumbre y una gran profesionalización en materia de contratación. Y por eso, yo, sin querer excusar responsabilidades en ninguno... en ninguna de las empresas -todas, evidentemente, han incumplido frontalmente la Ley de Contratos del Sector Público-, sí es conveniente tener en cuenta la naturaleza de las empresas desde el punto de vista de lo que supone su actividad contractual.

Con eso, yo, sin hacer más reflexiones... solamente también que coincido plenamente con algo en que yo creo que tiene que instalarse de una manera normalizada en todos los ámbitos de lo... de lo que supone gestión de recursos públicos, que es la máxima transparencia en todos los procesos de contratación. Y en esa línea yo creo que van las últimas reformas de la Ley de Contratos del Sector Público, de que no haya ninguna sombra de duda en todas las fases de contratación; y de una manera mucho más fortalecido ese criterio de transparencia se encuentra en la vigente Ley de Contratos del Sector Público.

Con esto creo que he dado explicación a algunas de las cuestiones que han sido suscitadas en la mañana de hoy. Nada más y muchas gracias.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR SOBRADOS PASCUAL):

Muchas gracias, Presidente. Para un turno de réplica, tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Mixto, el señor González Suárez.


EL SEÑOR GONZÁLEZ SUÁREZ:

Sí, muchas gracias, señor Presidente. Voy a intervenir para dos cuestiones. En primer lugar, volver a agradecer al señor Presidente del Consejo de Cuentas la claridad con la que habla, igual que la claridad con la que se informa por parte del Consejo de Cuentas. Gracias a los informes del Consejo de Cuentas, hoy estamos hablando aquí de algo que no lo inventa José María González, no lo inventa Izquierda Unida, no lo inventa cuando alguien lo cuenta, sino de concienzudos informes del Consejo de Cuentas.

Dicho esto, es cierto que yo he aludido a algo, que es a la opinión que se da sobre Provilsa. Que, si no me equivoco, yo he aludido a este tipo de opiniones en otra ocasión; no recuerdo si con el mismo Presidente del Consejo de Cuentas, pero sí lo he hecho. Y en el tema de Provilsa, es que es muy llamativo, ¿no?, muy llamativo. Lo leemos nosotros, ya habituados; para mí fue llamativo cuando me consideraba profano. Hoy soy menos profano, pero... sigo siendo absolutamente profano en el tema, pero menos. Pero esto que dice que "la empresa Provilsa cumple razonablemente con la legalidad aplicable", ¿vale? A esto es... es el comentario que yo me refería, que esto cae en manos ajenas a los que estamos, pasa por el Parlamento, y van a decir "ya están tapando... no las miserias, sino los productos fétidos de los órganos", ¿no?

Entonces, dicho esto, voy con otra cuestión. Seguir insistiendo en el apoyo al Consejo de Cuentas. Y que cuando algunos, en la pasada Ley de Reforma de las Instituciones de esta Comunidad, nos oponíamos en esa ley, y con anterioridad, a las reducciones en el Consejo de Cuentas y en otras instituciones de la Comunidad, era porque entendíamos que hacían un papel fundamental, y se está demostrando aquí con este tipo de informes. Es un papel fundamental, puesto que no lo hace nadie más en esta Comunidad. Así que animar a seguir en el trabajo y apoyo.

Y ahora, lógicamente, por alusiones, yo quiero decirle al señor Portavoz del Grupo Popular que mis monumentos están en esta Comunidad: Acueducto de Segovia, Muralla de Ávila, Catedral de León, Románico zamorano, Románico palentino, Gótico burgalés. Que, por mucho que me guste la Alhambra de Granada, no es mi monumento. Que los habitantes para los que yo he sido elegido para defender se llaman castellanos y leoneses. Que mi mar es el de Castilla, no el Mediterráneo. Y que mi libro es la Comunidad. Si usted asume el papel de Boabdil, que llora permanentemente por la pérdida de Granada, ese es su problema, pero este no es este debate, estamos con el Consejo de Cuentas de Castilla y León, con la comparecencia de Castilla y León. No se preocupe, Boabdil castellano y leonés, tendrá mi hombro hasta que sus lágrimas inunden mi americana. Gracias.


EL VICEPRESIDENTE (SEÑOR SOBRADOS PASCUAL):

Muchas gracias. Para consumir un turno de réplica también, tiene la palabra, en representación del Grupo Parlamentario Socialista, la señora Muñoz de la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

Gracias, Presidente. Señorías, todo es falso, salvo algunas cosas. Y estas algunas cosas que no son falsas las acaba de demostrar el Tribunal de Cuentas en su informe de fiscalización. Que es absolutamente demoledor, que está hecho con todo el rigor del mundo, con toda la garantía y solvencia del Tribunal de Cuentas. Que no es su competencia si hay más, menos empresas, o cuál es la política de la Junta de Castilla y León en materia de empresas públicas, no es competencia del tribunal, es competencia de la Junta de Castilla y León. El tribunal hace su trabajo con máximo rigor y presenta la situación tal y como ha encontrado en su análisis de fiscalización de estas empresas.

Por tanto, no es un panorama desolador el que se inventa el Grupo Parlamentario Socialista, no; está trabajado, fiscalizado, certificado y firmado por el Tribunal de Cuentas; lo dice el Tribunal de Cuentas, no lo dice el Grupo Parlamentario Socialista. Dice que se incumplen todos los principios que se pueden incumplir, todos los principios de seguridad jurídica, de estabilidad, de garantía en la contratación, de garantía en la licitación para las empresas, para... Todos, absolutamente todos. Pero no se lo inventa el Grupo Socialista, lo dice el Tribunal de Cuentas; para este Grupo, garantía más que suficiente de un trabajo bien hecho. No nos inventamos nada; desde luego, no nos inventamos absolutamente nada.

Pero no me diga usted que las alegaciones... que no se acreditan ni una sola de las alegaciones que han presentado las empresas bien acreditadas. Y le dicen "no hay publicación en el BOCYL de las licitaciones y adjudicaciones"; es facilísimo mostrar el día del BOCYL en el que se publicó esta contratación a la que aluden o estos varios expedientes a los que aluden, es facilísimo. Eso es acreditar una alegación. Claro, si dice "no... sí, publicamos" o "sí, pensamos publicar", no se acredita, no se puede aceptar una alegación en estas condiciones.

Por tanto, no se aceptan las alegaciones que se plantean al informe del Consejo de Cuentas porque no se pueden acreditar, porque es cierto lo que dice el Consejo de Cuentas, porque no hay defensa alguna, porque son empresas que despilfarran; lo único que crece en ellas es el endeudamiento, que vamos a pagar todos con nuestros impuestos. Que sí, que libramos a la Junta de incrementar el nivel de endeudamiento, pero hemos creado monstruos insaciables, despilfarradores absolutamente en el gasto, en el control, en la transparencia, y opacos.

Esto es lo que son las empresas públicas en esta Comunidad, que es la que nos interesa a nosotros, en esta Comunidad. Porque, claro, no me va a comparar. Compara con Andalucía. Yo comprendo que, cuando no hay argumentos de defensa, pues uno recurre a lo más precario, que es comparar con el... en este caso, el hermano rico, porque no podrá comparar... en extensión, más o menos, pero, desde luego, ni en población, ni en nivel de riqueza, ni en nivel de gestión; nada, nada. Entonces, bueno, como comparar... como si viene a compararnos pues España, en estos momentos, con cualquier país... cualquier país del... del África... [murmullos] ... del África profunda, ¿vale? Entonces, vamos a hablar, atrévase...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Silencio, por favor.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

... a hablar de este informe, atrévase a hablar de las empresas públicas, atrévase a dejar una posición y, desde luego, a pedir al Gobierno al que están respaldando compromiso y una política de sentido común, de racionalización del gasto público, porque estas empresas lo que hacen es gastar los dineros públicos; solo en sueldos 7.000.000 de euros al año, que nos ahorraríamos y que fíjese la cantidad de consultorios médicos que no tendrían que cerrar, de aulas de colegios que no tendrían que cerrar, de dependientes a los que podrían pagar, ¿vale?, y garantizar el estado básico... los servicios básicos, garantizarlos y no meter la tijera como la están metiendo.

No puede decirnos que Provilsa... –que es que, de verdad, es una tomadura de pelo, y en sede parlamentaria, más- ¿cómo viene a decirnos que Provilsa acepta todas y cada una de las recomendaciones, que las va a poner en marcha? Si es que ha desaparecido; si Provilsa, jurídicamente y administrativamente, no existe, si ha sido absorbida por Somacyl. ¡A buenas horas viene a aceptar las recomendaciones! [Murmullos]. Claro, ¡a buenas horas!, cuando no existe...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Silencio, por favor.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

... cuando no existe, ¿vale? Entonces, de verdad, no nos tome el pelo, no nos tome el pelo, porque tomándonos... intentando tomarnos el pelo a... en estas Cortes, a nosotros, está tratando de tomarle el pelo a los ciudadanos, que ya bastante tomado se lo tienen, bastante tomado. De manera que a buenas horas viene Provilsa a aceptar las recomendaciones, cuando ha desaparecido.

Porque, desde luego, la política de la Junta para tratar de ahorrar gasto público con estas empresas y racionalizar –que decía, para la eficacia y racionalización del gasto-, a buenas horas viene. Pretende suprimir tres, y al final tenemos cuatro, y al final tenemos cuatro. Porque parece mentira que usted sea el Portavoz de Hacienda, que sabe perfectamente que, en este Presupuesto –en el Presupuesto que entró en vigor el uno de enero del dos mil trece-, automáticamente Somacyl absorbió a Provilsa, se llama ya de otra manera, es otra nueva empresa, es otra nueva empresa; entonces, a buenas horas vienen a admitirnos las recomendaciones del Tribunal... del Consejo de Cuentas, a buenas horas viene a admitir las recomendaciones Provilsa.

En fin, insisto, sueldos escandalosos en las empresas públicas, opacas, falta de transparencia, falta de control... No, no me haga señas; 135.000 euros de sueldo medio en el año dos mil once en Somacyl -ya vale-, siendo el de cualquier trabajador, el sueldo medio de esta Comunidad, 19.000. Si esto no le parece un escándalo, desde luego a este Grupo le parece un escándalo. Sueldos escandalosos, nivel de endeudamiento escandaloso...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señora De la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

... quiebra... –termino, Presidente- quiebra técnica, porque, si compara el nivel de endeudamiento con el volumen de negocio y el patrimonio neto disponible de estas empresas, esto no es sostenible, es quiebra técnica, aquí, en un tribunal y en cualquier... en cualquier Consejo de Cuentas que examinara también los balances, y la situación y el estado de cuentas, que es verdad que este informe solo examina los contratos que han... que han formalizado estas empresas. Pero estoy segura de que si el Consejo de Cuentas evalúa...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señora De la Peña.


LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:

... examina el estado de cuentas, de patrimonio, estado de pérdidas y ganancias, balances de situación de estas empresas, estoy segura de que la quiebra técnica es indiscutible.

Nada más. Agradecer de nuevo al Presidente del Consejo de Cuentas y a su equipo este informe. Y buenos días, nada más. Gracias, Presidente.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias a usted. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Cruz.


EL SEÑOR CRUZ GARCÍA:

Gracias, Presidente. Y con más brevedad que la Portavoz del Grupo Socialista. Voy a entrar en consideración, porque ha sido usted la que ha planteado el tamaño del sector público en el debate. Si yo le he dicho, y le mantengo, que se podía haber centrado usted en el informe objeto de la fiscalización en el día de hoy, que es la contratación de cuatro empresas públicas de la Comunidad, donde yo he reconocido que hay aspectos sustancialmente mejorables -y lo he dicho, y ahí está el Diario de Sesiones-; básicamente tres: comunicación al Consejo de Cuentas, transparencia, instrucciones internas de contratación y solvencia mínima. Y donde he cuestionado, a mi criterio, con el máximo respecto, algunas de las cuestiones que pone el Consejo de Cuentas en el informe, y creo que estoy en mi derecho, porque creo que es una práctica habitual la de no utilizar criterios de adjudicación que llegan a las máximas puntuaciones; y no lo digo yo, si es que están ahí los pliegos de condiciones de cualquier Administración Pública, independientemente del control... del color político que las gobierne.

Pero ha sido usted la que ha introducido en el debate –no sé por qué- el tema de los sueldos, el tema del tamaño del sector público, porque esto no es objeto hoy, no es objeto del informe de fiscalización. Y ya le he dicho que, si quiere entrar ahí, entramos y comparamos el sector público de Castilla y León, que es lo que he hecho, con el sector de la referencia que ha dado usted: Andalucía.

Mire, en una cosa estoy de acuerdo totalmente con usted: no hay comparación entre la gestión, la riqueza y los servicios de Andalucía y de Castilla y León, ninguna comparación; en todos estamos muy por encima: en gestión de servicio público, en nivel medio de riqueza, en renta per cápita por habitante y en niveles de gestión; mire usted cualquier comparador, y en cualquier variable esta Comunidad está sustancialmente mejor que Andalucía en cualquier parámetro, en cualquier parámetro.

Dicho eso, ¿hay que mejorar cuestiones en materia de las gestiones de las empresas públicas? Sí. Pero yo me he limitado a plantear lo que dice el propio informe. Claro que hay que mejorar cuestiones: hay que mejorar la transparencia, hay que mejorar muchas cuestiones. Pero de ahí a plantear lo que usted ha planteado: que hay un absoluto dejación de funciones en materia de legalidad, no. Porque el término "cumple razonablemente", les guste o no les guste, es que cumplen razonablemente la legalidad vigente. ¿Hay aspectos mejorables? Por supuesto. Pero de ahí a decir que se incumple sistemáticamente toda la Ley de Contratos del Sector Público, no; hay que conocer la Ley de Contratos del Sector Público, y mire a ver de cuántos artículos se hace referencia de esa ley que no sean repetidos en este informe. Mírelo; entonces hablaremos con conocimiento de causa.

Y respecto al Portavoz del... le agradezco que usted me tienda el hombro para llorar, pero, mire, a mí lo único que me hace pocas veces llorar es cuando miro los niveles de paro que hay en Andalucía; es ahí cuando se me saltan realmente las lágrimas y a lo mejor tengo que coger su hombro para apoyarme sobre él. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, Señoría. Finalizado... tiene de nuevo la palabra el Presidente del Consejo de Cuentas.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Gracias, Presidente. Muy brevemente. En relación a la claridad que se ha expresado por parte del Portavoz del Grupo Mixto, pues sí, nos gusta, evidentemente, en los informes, intentar transmitir la máxima claridad, pero eso es un... una virtud que tiene el departamento dirigido por mi compañero Miguel Ángel Jiménez, al igual que los otros departamentos y los empleados del Consejo de Cuentas, que procuramos siempre que nuestros informes sean cada vez más comprensibles y asequibles para todos los ciudadanos.

Y también quiero expresar y testimoniar en la mañana de hoy el agradecimiento a los tres Grupo Parlamentarios, el respaldo a esta institución. Y que, por supuesto, vamos a seguir trabajando con la misma ilusión que estamos trabajando a lo largo de todos estos años.

Yo aquí, siempre, cuando traigo cualquier informe, la discusión es: ¿qué opinión? Bueno, la opinión yo... -una vez más lo vuelvo a reiterar- en el ámbito de auditoría hay cuatro tipos de opinión: la favorable, con salvedades, desfavorable o denegada. En el caso del informe que nos ocupa, de los cuatro informes, sería opinión con salvedades. ¿Entendido? Es decir, se dice claramente: no es una opinión favorable, pero tampoco ni es una opinión desfavorable ni denegada. ¿Entendido? Porque con frecuencia se discute qué tipo de opinión tenemos. Bueno, para remachar y para dejarlo claro, creo que es conveniente y oportuno significarlo ya al término de mi intervención.

Y después, también señalar que, en el supuesto de que nosotros hubiéramos detectado en el transcurso de las... realización del informe de fiscalización que se hubieran producido indicios de responsabilidad penal o contable, pues, evidentemente, yo les hubiera informado en mi segunda intervención, como ya es norma; y no lo he hecho en la mañana de hoy. ¿Entendido? Ya se lo dije tiempo ha, que siempre que exista en cualquier informe de fiscalización, y haya dado lugar al envío de esta información al Tribunal de Cuentas o a la Fiscalía, siempre les informo en mi segunda intervención; y, en este caso, en esta intervención he de decirles que no se ha producido tal envío en ninguno de los cuatro informes que hemos examinado en la mañana de hoy. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Finalizado el debate, de conformidad con lo establecido en la norma cuarta de la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve, se abre un plazo de cinco días para que los Grupos Parlamentarios puedan presentar ante la Mesa de la Comisión propuestas de resolución relativas al informe de fiscalización que acaba de ser examinado. Dicho plazo finalizará el próximo miércoles, día dos de octubre, a las catorce horas.

Tercer punto del Orden del Día. Por la señora Secretaria se dará lectura del tercer punto del Orden del Día.

Informe


LA SECRETARIA (SEÑORA ÁLVAREZ-QUIÑONES SANZ):

Tercer y último punto del Orden del Día. "Comparecencia del Excelentísimo señor Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León para informar sobre el Informe Anual de las Cuentas del Sector Público Local correspondiente al ejercicio dos mil once".


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Para la presentación de este informe, tiene la palabra el señor don Jesús Jaime Encabo Terry, Presidente del Consejo de Cuentas.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Gracias, Presidente. El presente informe, correspondiente al grupo de fiscalizaciones a realizar por mandato legal, forma parte del Plan Anual de Fiscalizaciones para el ejercicio dos mil doce, y fue aprobado por el Pleno del Consejo de Cuentas con fecha once de julio de dos mil trece.

El objeto del mismo ha sido dar cumplimiento a los preceptos de la Ley reguladora del Consejo de Cuentas y de su Reglamento de Organización y Funcionamiento, que contemplan, dentro del contenido de la función fiscalizadora, el examen y comprobación de las cuentas de las entidades locales. La publicación en la página web, tanto del texto íntegro del informe como de la nota resumen del mismo, tuvo lugar el quince de julio de dos mil trece.

Con la realización de este trabajo se ha pretendido verificar el cumplimiento de la obligación de rendir la cuenta general del ejercicio dos mil once por parte de las entidades locales de Castilla y León, así como su rendición dentro del plazo legalmente establecido.

Además, se procedió a comprobar que las cuentas generales presentadas por las entidades locales cumplían con la normativa establecida respecto a forma y contenido, así como a la coherencia interna de las cuentas y estados que la componen.

Por último, se ha verificado la rendición de las cuentas de ejercicios anteriores, dos mil tres a dos mil diez, desde la fecha de cierre de los trabajos del Informe Anual sobre las Cuentas del Sector Público Local de Castilla y León, ejercicio dos mil diez, fijada con fecha treinta de abril de dos mil doce.

El trabajo se ha centrado en el análisis de las cuentas generales remitidas a través de la plataforma de rendición de cuentas por el conjunto de entidades integrantes del sector público local de Castilla y León, es decir, por las Diputaciones Provinciales, Consejo Comarcal, Ayuntamientos, Mancomunidades y otras entidades asociativas, entidades locales menores, consorcios y organismos autónomos, sociedades mercantiles y entidades públicas y empresariales dependientes de las entidades locales anteriores.

Al igual que en el ejercicio anterior, se incluyen dentro de los grupos objeto de revisión las entidades locales menores y los consorcios, de modo que el examen de las cuentas abarca a todos los grupos de entidades.

En cuanto al alcance del trabajo, debemos de tener en consideración que se trata de una revisión sobre el contenido formal y la coherencia interna de los datos incluidos en las cuentas rendidas, no suponiendo, por tanto, una fiscalización propiamente dicha de las mismas ni la conformidad o disconformidad con la gestión económica financiera de las entidades locales.

Este hecho, unido a la heterogeneidad del conjunto de entidades integrantes del sector público local, imposibilita emitir una opinión sobre las cuentas analizadas.

Aunque el plazo legal de rendición de cuentas del ejercicio dos mil once terminó el treinta y uno de octubre de dos mil doce, se ha establecido como fecha de cierre para el desarrollo de los trabajos, tanto para el análisis del grado de rendición como para el examen del contenido de las cuentas, las recibidas hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil doce.

En consecuencia, el periodo de rendición analizado se ha reducido respecto al ejercicio anterior, pasando a fijarse el límite temporal en dos meses después de la finalización del plazo legal de rendición, frente a los seis meses del informe anual de dos mil diez.

Este cambio se justifica con la finalidad de acortar el plazo de emisión del informe, a lo cual se une el hecho de que el aumento en el nivel de rendición a la fecha de cierre permite que el análisis pueda realizarse sobre un porcentaje significativo de cuentas rendidas.

Además, el trabajo se ha extendido al análisis del nivel de rendición y al proceso de revisión de las cuentas de ejercicios anteriores que han sido rendidas con posterioridad a la fecha de cierre del Informe Anual de las Cuentas del Sector Público Local ejercicio dos mil diez, es decir, desde el uno de mayo al treinta y uno de diciembre de dos mil doce.

No obstante, mientras el nivel de rendición se realiza sobre las cuentas correspondientes al periodo dos mil tres-dos mil diez, el proceso de revisión de las mismas, dado que se efectúa por medio de la plataforma de rendición de cuentas, se aplica a las rendidas a través de esta, y, por tanto, afecta a las correspondientes al periodo dos mil seis-dos mil diez.

Así mismo, las actuaciones que se han desarrollado por parte del Consejo con el fin de promover la rendición de cuentas se han extendido hasta el mes de marzo de dos mil trece, por lo que el análisis de estos resultados se realiza a fecha treinta y uno de marzo de dos mil trece.

Las limitaciones más importantes que han afectado a la realización del presente trabajo de fiscalización vienen dadas por los incumplimientos registrados en la rendición de cuentas. Así, de las 2.592 entidades locales, con exclusión de las entidades locales menores, 857 (un 33,1 %) no han cumplido con la obligación de rendir las cuentas del ejercicio dos mil once a fecha de cierre del informe, es decir, treinta y uno de diciembre de dos mil doce, por lo que no han podido ser incluidas en el proceso de revisión.

A este dato hay que añadir el reducido nivel de cumplimiento por parte de las entidades locales menores, que, representando un 46,2 % del total de las entidades locales de Castilla y León, tan solo han rendido cuentas el 13,4 %, por lo que ha dado... dado el efecto distorsionador que produce sobre los datos globales de rendición, se tratarán de forma separada.

A efectos del análisis que nos ocupa, el sector público local de Castilla y León, a treinta y uno de diciembre de dos mil once, estaba integrado por 9 Diputaciones Provinciales, 2.248 Ayuntamientos, 2.226 entidades locales menores, 1 Consejo Comarcal, 275 Mancomunidades, 53 organismos autónomos, 79 sociedades mercantiles, 2 entidades públicas empresariales y 59 consorcios.

De estos datos cabe destacar el elevado número de entidades locales que existen en la Comunidad, fundamentalmente Ayuntamientos y entidades locales menores, que representan el 27,7 % y 60 %, respectivamente, de los existentes a nivel nacional.

Las variaciones que se han producido respecto a los datos incluidos en el informe del ejercicio dos mil diez ponen de manifiesto la creación de 15 entidades y la desaparición de 11, dando lugar a un aumento neto de 4 entidades.

De forma desagregada, se concreta en: creación de tres Mancomunidades (en Ávila, León y Zamora) y baja de otras dos (en Burgos y Salamanca); supresión de seis entidades locales menores, cinco en Burgos y una en León; creación de dos organismos autónomos y supresión de uno, todos ellos en Salamanca; alta de siete sociedades mercantiles (una en Burgos, tres en León, una en Salamanca y dos en Segovia) y desaparición de otras dos (una en León y una en Palencia); y creación de tres Consorcios (en León, Palencia y Valladolid).

Hay que aclarar que algunas de las altas no provienen de la creación de nuevas entidades, sino que se trata simplemente de entidades ya existentes que no habían sido comunicadas al Consejo de Cuentas, y que se han detectado en el desarrollo de otros trabajos de fiscalización, ocurriendo lo mismo con algunas de las bajas.

En todo caso, de las variaciones registradas se desprende que, mientras se reduce el número de entidades locales, aumenta el de los entes instrumentales, a pesar de la coyuntura económica y del proceso de consolidación fiscal.

En relación con las Mancomunidades, consorcios o sociedades mercantiles, hay que señalar que, en respuesta a los requerimientos de cuentas efectuados por este Consejo, se ha puesto de manifiesto la existencia de algunas entidades que desde hace varios ejercicios permanecen inactivas y no operan como tales, sin que se hayan disuelto ni dado de baja en los registros oficiales.

Del análisis de la evolución experimentada por el sector público local, tomando como referencia temporal el ejercicio dos mil tres, se desprende que, mientras el número de entidades locales territoriales se mantiene estable, crece el de las no territoriales (Mancomunidades y consorcios). También se aprecia un incremento significativo en el grupo de las sociedades mercantiles, con un crecimiento neto en el periodo analizado del 88 %, correspondiendo la mitad de este incremento a empresas creadas con posterioridad a dos mil siete, es decir, en una coyuntura económica y presupuestaria desfavorable.

En cuanto a la entidad local menor, como forma de administración descentralizada de núcleos de población separados, tiene una presencia significativa en tres provincias: León, donde se concentran más de la mitad de las existentes en la Comunidad Autónoma; y, en menor medida, Burgos y Palencia, siendo minoritaria en el resto de las provincias.

Por otra parte, la utilización de entidades instrumentales (organismos autónomos, sociedades mercantiles y entidades públicas empresariales) como forma de gestión de servicios públicos tampoco es homogénea entre provincias. Así, en León se concentra el 26,1 % de las existentes en la Comunidad; Valladolid, Burgos, Salamanca y Segovia presentan valores que oscilan entre el 11 y el 16 %; y el 19 % restante se distribuyen entre las otras cuatro provincias.

Atendiendo al tipo de actividad que desarrollan estos entes instrumentales, puede concluirse que la actividad de los organismos autónomos se centra fundamentalmente en actuaciones relacionadas con la enseñanza, la cultura y el deporte (41,5 %), teniendo también un peso significativo las de promoción económica y turismo (26,4 %); mientras que en el caso de las sociedades mercantiles y entidades públicas empresariales, las actividades principales desarrolladas son de tipo inmobiliario (el 37 %), y las relativas a promoción económica y turismo (28,4 %).

En el análisis de rendición que se realiza a continuación, como viene siendo habitual, no incluye la información referente a las entidades locales menores, por el efecto distorsionador que producen, dado el elevado número de las existentes y el escaso nivel de rendición de las mismas, unido al hecho de que de su distribución por provincias no es homogénea; posteriormente se realizará un análisis diferenciado de la rendición de las entidades locales menores.

Así, del examen de la efectiva rendición de las cuentas del ejercicio dos mil once se desprende que 1.335 entidades, de un total de 2.592 -esto es, el 51,5 %- rindió sus cuentas dentro del plazo máximo legalmente establecido. No obstante, si tenemos en consideración la fecha de cierre del análisis del grado de rendición, es decir, el treinta y uno de diciembre de dos mil doce, han rendido la cuenta general del ejercicio dos mil once un total de 1.735 entidades, que representan el 66,9 % de las existentes, habiendo incumplido, por tanto, dicha obligación 857 entidades, un 33,1 %.

Por tipo de entidad, los niveles más altos de rendición de cuentas, a la fecha de cierre del análisis, los presentan las Diputaciones Provinciales y el Consejo Comarcal, con el 100 %, seguidas de los Ayuntamientos, con el 70,1 %. Las Mancomunidades y otras entidades asociativas y los consorcios presentan bajos niveles de rendición, el 46,5 % y el 37,3 respectivamente. Por su parte, las entidades dependientes alcanzaron un nivel de rendición del 77,6 %.

Por provincias, siempre con exclusión de las entidades locales menores, son las entidades de Palencia y Salamanca las que presentan niveles de rendición más elevados, con porcentajes del 76,7 y 76,4 % respectivamente. En el extremo opuesto se sitúa la provincia de Segovia, con el 50 %, seguida de Zamora y Soria, cuya rendición es del 54,4 % y 59,8 %, respectivamente.

Entre los Ayuntamientos clasificados por tramos de población, son los de mayor tamaño los que presentan porcentajes más elevados de rendición a la fecha de cierre del análisis. Así, los Ayuntamientos con poblaciones superiores a 50.000 habitantes presentan un porcentaje de rendición del 88,9 %, elevándose hasta el 100 % para el tramo de 20.000 a 50.000 habitantes, y descendiendo al 75 % para los Ayuntamientos de 5.000 a 20.000 habitantes, y al 69,8 % con los menores de 5.000 habitantes.

En informes referidos anteriores se puso de manifiesto la falta de rendición de cuentas por parte de los Ayuntamientos de León y Ponferrada, único municipio mayor de 50.000 habitantes que no es capital de provincia. A este respecto, debemos de tener en cuenta que, si bien a fecha de cierre del análisis de rendición -treinta y uno de diciembre de dos mil doce- estos Ayuntamientos tenían pendientes de rendición alguna de sus cuentas, esta situación se ha visto regularizada para el caso de Ponferrada, ya que actualmente tiene rendidas todas sus cuentas, hasta el ejercicio dos mil once. En cambio, el Ayuntamiento de León, si bien ha rendido las cuentas correspondientes a los ejercicios dos mil diez y dos mil once, sigue teniendo pendientes de rendición las correspondientes a los ejercicios dos mil seis a dos mil nueve, ambos inclusive.

Analizada la evolución de la rendición de cuentas desde el ejercicio dos mil tres, tomando como fecha de referencia dos meses después de la finalización del plazo legal, es decir, treinta y uno de diciembre del ejercicio siguiente, se concluye que, después de la brusca caída producida en dos mil seis, relacionada con la implantación de la presentación por vía telemática en los ejercicios posteriores, se han ido recuperando los niveles de rendición, con sucesivos incrementos anuales, siendo significativo el aumento producido en los dos últimos ejercicios. Así, en dos mil diez el crecimiento fue de 23,5 puntos porcentuales respecto al ejercicio anterior, y en dos mil once de 14,1 puntos respecto a dos mil diez. Como resultado de esta evolución, el nivel de rendición de cuentas alcanzado en el ejercicio dos mil once para todos los grupos de entidades y provincias superó los índices logrados en toda la serie histórica iniciada en dos mil tres.

En cambio, con una referencia temporal más amplia, como la que ofrecen los índices sobre la rendición acumulada a fecha treinta y uno de diciembre de dos mil doce, se comprueba que, desde la cuenta general de dos mil seis, los niveles de rendición se mantienen por debajo de los anteriores a este ejercicio, por lo que lo que se ha producido es una mejora en los plazos de rendición, pero en términos acumulados. A treinta y uno de diciembre de dos mil doce la rendición de cuentas apenas ha aumentado desde dos mil seis.

Este análisis evolutivo por tipo de entidad refleja como todos los grupos siguen la tendencia general de aumento del grado de rendición desde dos mil seis. En el caso de los Ayuntamientos, en dos mil once se registra un aumento de la rendición de 14,7 puntos con respecto a dos mil diez. Por su parte, las Diputaciones y el Consejo Comarcal aumentaron sus niveles de rendición, alcanzando un porcentaje del 100 %, frente al 88,9 % del ejercicio dos mil diez, en el caso de las primeras; y las Mancomunidades y los consorcios experimentaron un incremento en dos mil once del 9,6 % y 14,1 %, respectivamente.

También por provincias se aprecia una evolución al alza desde el ejercicio dos mil seis, destacando especialmente la mejora producida en la rendición del ejercicio dos mil once en la provincia de Segovia, con un aumento del 25,2 %, a pesar de lo cual sigue siendo la provincia con el nivel más bajo. También registra una mejora importante la provincia de Soria, con un incremento del 17,6 %, permitiendo recuperar, en ambos casos, los índices anteriores a dos mil seis para esta referencia temporal.

Por último, uno de los aspectos más preocupantes observados desde el inicio de las actuaciones del Consejo ha sido la reiterada falta de rendición de cuentas por parte de algunas entidades, de tal forma que el 40,6 % de las entidades de la región tienen pendientes de rendir la cuenta de dos o más ejercicios, siendo este porcentaje del 28,9 % para las entidades en las que dicho incumplimiento se eleva a cuatro o más ejercicios. Así, con referencia exclusiva a los Ayuntamientos, hay 810 –es decir, el 36 % del total- que tienen pendientes de rendición cuentas de varios ejercicios, y, entre ellos, 126 que no han rendido nunca la cuenta general ante el Consejo, lo que representa el 5,6 % del total de los de la Comunidad Autónoma.

Por provincias, los datos más elevados se presentan en Zamora, Segovia y Soria, con valores en torno al 10 % de sus Ayuntamientos que no han rendido la cuenta relativa a ninguno de estos ejercicios; es decir, que a lo largo de nueve ejercicios sucesivos han incurrido en dicho incumplimiento. Esta situación de incumplimiento reiterado por parte de algunas entidades locales solo puede explicarse por la falta de consecuencias reales ante una práctica irregular, como es la falta de rendición de cuentas.

Pasando a la rendición de cuentas por parte de las entidades locales menores, en el ejercicio dos mil once su análisis ofrece un índice de rendición del 13,4 % a la fecha de cierre y del 10,2 % dentro del plazo legal. En relación con ejercicios anteriores, equiparando plazos de análisis, dos meses después de la finalización del plazo legal, en dos mil once se produce un aumento de la rendición de 5,6 puntos porcentuales con respecto al ejercicio anterior, y en dos mil diez de 5,4 con relación a dos mil nueve.

En conjunto, estos datos siguen evidenciando un nivel de rendición de cuentas de las entidades locales menores muy bajo, situación que viene repitiéndose a lo largo de los años, y pone de manifiesto que dichos entes locales se encuentran en unos márgenes de rendición difícilmente aceptables respecto a lo que cabe esperar de cualquier unidad económica, y mucho menos de una Administración Pública, sin que el incremento en los niveles de rendición registrados durante el ejercicio dos mil once permitan matizar dicha consideración.

En este sentido, hay que hacer referencia a las carencias que afectan a las entidades locales menores relacionadas con su insuficiente infraestructura administrativa, que dificultan la llevanza de una contabilidad adaptada a los requerimientos exigidos por las vigentes instrucciones contables, y los procesos informáticos y telemáticos, que, de acuerdo con las prescripciones normativas, requieren la rendición a través de la plataforma de rendición de cuentas.

Asimismo, este informe vuelve a insistir en la necesidad de afrontar el desarrollo reglamentario de la Ley 1/1998, de Régimen Local de Castilla y León, al objeto de dar respuesta a la situación de incertidumbre global a la que se encuentra sometida la provisión de puestos de trabajo relacionados con las funciones reservadas a funcionarios con habilitación de carácter estatal en este tipo de entes, que incide de forma determinante en las insuficiencias organizativas y contables que afectan a las entidades locales menores de Castilla y León. Hemos de señalar que dicho desarrollo ya se ha producido, con la publicación del Decreto 33/2013, de dieciocho de julio, de la Consejería de Presidencia, cuya aplicación será objeto de análisis en futuros informes.

Por último, los problemas apuntados cobran en estos momentos una especial importancia, dado que las reformas legislativas en curso en el ámbito del sector público local establecen como factor determinante para la subsistencia de estas entidades el cumplimiento de las obligaciones contables y de rendición de cuentas.

Respecto a las cuentas anuales de ejercicios anteriores a dos mil once no rendidas a fecha de cierre del informe anual dos mil diez, treinta de abril de dos mil doce, se han presentado entre dicha fecha y la de cierre de los trabajos para el presente informe, treinta y uno de diciembre de dos mil doce, un total de 894 cuentas, de las cuales 418 corresponden al ejercicio dos mil diez, 204 al ejercicio dos mil nueve, 129 al ejercicio dos mil ocho, 80 al ejercicio dos mil siete, 58 al dos mil seis y 5 cuentas al periodo dos mil tres-dos mil cinco.

Como resultado de ello, con exclusión de las entidades locales menores, las entidades que no han rendido las cuentas del periodo dos mil seis-dos mil diez oscilan entre el 27,8 % en el ejercicio dos mil siete y el 25,3 % del ejercicio dos mil diez, por lo que, a pesar de las mejoras registradas en los últimos ejercicios, se observa como cada ejercicio algo más de la cuarta parte de las entidades de la región incumplen con la obligación de rendir cuentas.

Como en ejercicios anteriores, el Consejo de Cuentas ha llevado a cabo actuaciones tendentes a conseguir una mejora en los datos de rendición, consistentes fundamentalmente en la comunicación de la apertura del plazo de rendición, remisión de escrito recordatorio previo a la finalización del plazo de rendición, requerimientos de rendición de cuentas una vez vencido el plazo legal y seguimiento específico de un grupo de entidades que presentaron incumplimientos.

Respecto al último grupo de actuaciones, los requerimientos se han dirigido a 45 entidades (1 Diputación, 18 Ayuntamientos mayores de 5.000 habitantes y 26 Ayuntamientos con población entre 2.000 y 5.000 habitantes), que, a fecha treinta de noviembre de dos mil doce, no habían rendido la cuenta general del ejercicio dos mil once, citándose a 6 Ayuntamientos que no cumplieron con el anterior requerimiento en la sede del Consejo de Cuentas, con el objeto de determinar su situación respecto a la rendición de cuentas y las causas del incumplimiento.

Como consecuencia de estas actuaciones, se ha producido la rendición de 33 cuentas del ejercicio dos mil y once y 24 cuentas de ejercicios anteriores, de forma que el nivel de rendición de la cuenta del ejercicio dos mil once en las Diputaciones pasó del 88,9 al 100 %, a fecha treinta y uno de marzo de dos mil trece; los Ayuntamientos mayores de 5.000 habitantes, del 69,5 % al 91,5 %; y en los Ayuntamientos entre 2.000 y 5.000 habitantes, del 65,3 % al 90,7 %.

Analizadas las causas de la falta de rendición de cuentas por parte de estas entidades locales, apuntan mayoritariamente a la insuficiente dotación de recursos humanos y al retraso o problemas en la llevanza de contabilidad.

El análisis de las cuentas rendidas, de acuerdo con el alcance definido para el presente trabajo de fiscalización, se ha centrado en las cuentas generales del ejercicio dos mil once rendidas por las entidades locales y consorcios hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil doce.

Además, los trabajos se han extendido a las cuentas generales de ejercicios anteriores rendidas con posterioridad a la fecha de cierre del informe anual sobre las cuentas del sector público local ejercicio dos mil diez, fijada en el treinta de abril de dos mil doce.

Así, el número de cuentas generales –incluidas el alcance temporal del trabajo- ha ascendido a 2.034 en el ejercicio dos mil once y 894 en ejercicios anteriores, comprome... comprendiendo las de la propia entidad local y la de sus entes dependientes.

De esta forma, la revisión de la cuenta general del ejercicio dos mil once se ha extendido a la totalidad de las presentadas en el plazo señalado por Diputaciones Provinciales, Consejo Comarcal, Ayuntamientos, Mancomunidades y otras entidades asociativas, consorcios y entidades locales menores, salvo para los Ayuntamientos y entidades locales con población inferior a mil habitantes, en los que la revisión se ha efectuado sobre una muestra. Y para las cuentas de ejercicios anteriores, dado que la revisión de las mismas se efectúa mediante la plataforma de rendición de cuentas, la revisión afecta a las correspondientes al periodo dos mil seis-dos mil diez.

Así, el número de cuentas generales analizados ha sido de 558 en el ejercicio dos mil once y 175 correspondiente al periodo dos mil seis-dos mil diez, que incluyen, además de las cuentas de la entidad principal, las de sus entes dependientes; en total, 654 cuentas del ejercicio dos mil once y 220 del periodo dos mil seis-dos mil diez.

El análisis o revisión se ha realizado en base a la relación de validaciones previstas en la plataforma de rendición de cuentas, y, como resultado de dicha revisión, se han comunicado incidencias a 641 entidades.

No obstante, y con objeto de que el análisis pueda realizarse en términos homogéneos, solo se incluyen los resultados obtenidos de la revisión de las cuentas del ejercicio dos mil once.

De las cuentas generales del ejercicio dos mil once analizados, correspondientes a 557 entidades locales –al haberse excluido las correspondientes al Consorcio Institución Ferial de Castilla y León, por no haber sido rendidas a través de la plataforma-, en el 78,5 % de los casos la aprobación se ha realizado dentro del plazo legalmente establecido, frente al 19,6 % que se ha hecho fuera del mismo. A lo que hay que añadir dos cuentas que... que carecen de aprobación y otras seis en las que no se ha facilitado información acerca de las mismas.

Además, en un porcentaje significativo de casos se han producido incumplimientos de los plazos previstos relacionados con la tramitación del expediente de aprobación de la cuenta. Así, el porcentaje de actuaciones extemporáneas para cada tipo de actuación ha sido de un 21,1 % en la elaboración de la cuenta; el 11 % en la emisión del informe de la Comisión Especial de Cuentas; el 14,1 % en la exposición pública; y el 29,2 % en la presentación al Pleno.

Los resultados del examen realizado en el proceso de revisión de las cuentas ponen de manifiesto que, de las 653 cuentas analizadas, inicialmente, solo 57 se presentaron completas y sin incidencias. Tras la comunicación y, en su caso, subsanación, el total de cuentas sin incidencias pasa a ser de 77 -esto es, el 11,8 % de las revisadas-, quedando como incompletas o con incidencias 576 cuentas, es decir, el 88,2 %.

Hay que señalar que para la cuenta del ejercicio dos mil once, y con objeto de mejorar la calidad de la información, se han activado un número importante de validaciones nuevas, denominadas "sustanciales", referidas mayoritariamente a la cumplimentación de información no numérica de la memoria, lo que ha provocado que, por ser el primer ejercicio de su implantación, se haya producido un número de incidencias muy superior al registrado en ejercicios anteriores.

Dado el elevado número de cuentas con incidencias, puede resultar más significativo el análisis del número de incidencias total y por cuenta antes y después del proceso de subsanación, donde se pone de manifiesto que, tras la valoración inicial de las cuentas presentadas y las justificaciones incluidas en las mismas, se detectaron un total de 6.767 incidencias, que pasan a ser 5.181 tras la subsanación, de lo que resulta una media de 9 incidencias por cuenta; muy superior a la media registrada en dos mil diez. De estas, 979 son de tipo formal, y por tanto no subsanables, y 4.202 estarían relacionadas con la integridad de la cuenta o coherencia de la información.

Por provincias, de media, el menor número de incidencias por cuenta lo obtienen las entidades integrantes de la provincia de Salamanca, con 6,1, seguidas de las de Burgos, con 6,8. En el lado opuesto se sitúan las de Segovia, Palencia y Valladolid, con 13, 10,9 y 10,8 incidencias por cuenta, respectivamente.

Atendiendo al tipo de entidad, el mayor número de incidencias por cuenta se da en las de mayor tamaño: los consorcios, con 15,4, y los Ayuntamientos de municipios con población igual o superior a 5.000 habitantes, con el 13,5 % de incidencias de media por cuenta. Por el contrario, las entidades locales menores son las que presentan un indicador menor, con 4,4, lo que se explica debido a la utilización de forma mayoritaria del modelo básico.

En todo caso, hay que tener presente que la interpretación de los datos anteriores no puede realizarse al margen del grado de cumplimiento de la obligación de rendir las cuentas al Consejo, ya que es incuestionable que la incidencia más negativa la presentan las entidades que han incumplido dicha obligación.

Las incidencias, a efectos de su tratamiento, se han clasificado en: incidencias formales, referidas a la tramitación y rendición de la cuenta general, y a la aprobación del presupuesto y su liquidación, no siendo susceptibles de subsanación; y en incidencias sustanciales, referidas a la estructura y contenido de la cuenta y a la coherencia en la información contenida en los distintos estados que la componen.

Entre las incidencias de carácter formal relacionadas con el incumplimiento de plazos y trámites del ciclo presupuestario, destaca la aprobación del presupuesto y de la liquidación presupuestaria de forma extemporánea en un 88,2 % y 20,6 %, respectivamente, en las entidades examinadas, y la aprobación de la cuenta general con posterioridad al plazo legal en el 19,6 % de los casos. También resulta significativo el incumplimiento de los plazos de formación y presentación de la cuenta general al Pleno.

En cuanto a las incidencias sustanciales, los primeros lugares los ocupan la presentación incompleta de la documentación complementaria y las incoherencias entre la memoria y otros estados contables, que se han detectado en el 28,5 % y 24,5 %, respectivamente, de las cuentas examinadas, seguidas de la omisión de información en los apartados uno a cuatro de la memoria y las incoherencias que se producen entre el balance y comprobación y otros estados contables, presentes en el 15,5 y 13,9 % de las cuentas, respectivamente.

Por último, en el proceso de revisión de las cuentas se ha puesto de manifiesto que las siguientes sociedades mercantiles se encuentran incursas en causas de disolución, al encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el Artículo 363.1 del Real Decreto Legislativo 1/2010, que aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, habiendo sido comunicada dicha incidencia a la entidad local correspondiente.

Son las siguientes: Sociedad Municipal de la Vivienda (Ayuntamiento de Briviesca), Sociedad Gestión de Laciana (Ayuntamiento de Villablino), Sociedad Mercantil Empresa Pública Ledesma (Ayuntamiento de Ledesma), Sociedad Municipal Centro Residencial Oteruelo (Ayuntamiento de Valverde de Majano), Sociedad Promoción Urbanística Industrial y Gestión Torrecaballeros, S. L. (Ayuntamiento de Torrecaballeros) y Sociedad Municipal de la Vivienda (Ayuntamiento de Olmedo) -en este caso, no se ha presentado la cuenta de la sociedad-.

Recomendaciones. Para finalizar, y dado que, a pesar del avance registrado en los últimos años en los niveles de rendición, sigue habiendo un margen de mejora importante, este Consejo de Cuentas se reitera en la mayor parte de las recomendaciones incluidas en el informe anual del ejercicio dos mil diez.

En este sentido, se recomienda a las entidades locales que adopten las medidas necesarias para que la elaboración, tramitación y aprobación tanto del presupuesto del ejercicio como de la cuenta general, así como la rendición de esta última, se realicen en los plazos y conforme a la normativa aplicable.

Además, con el fin de mejorar el nivel de cumplimiento de la obligación de rendición de cuenta por parte de las entidades locales, se recomienda promover las reformas normativas oportunas para condicionar la concesión o pago de ayudas y subvenciones públicas a la efectiva rendición de la cuenta general ante este Consejo, conveniendo dotar a este de los instrumentos legales adecuados para actuar contra aquellos entes que, de forma reincidente, incumplen su obligación de rendición de la cuenta general.

En este sentido, tras la publicación de la Ley 4/2013, de diecinueve de junio, por la que se modifica la organización y funcionamiento de las instituciones propias de la Comunidad de Castilla y León, se ha regulado un nuevo procedimiento en el que el Pleno del Consejo, en caso de que, efectuado un requerimiento, se sigan incumpliendo las obligaciones de colaboración, podrá proceder a la imposición de multas coercitivas, cuyas cuantías serán establecidas en las correspondientes leyes de acompañamiento de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de las responsabilidades penales y de otro tipo a que hubiera lugar.

Nuevamente se vuelve a incidir en la importancia de la actuación de las Diputaciones Provinciales y el Consejo Comarcal con el fin de mejorar los resultados de rendición, tanto en calidad como en cantidad, intensificando sus actuaciones de cooperación y asistencia a municipios, con el fin de mejorar la gestión de la contabilidad y la rendición de la cuenta general por parte de las entidades locales, prestando especial atención a las que tienen menor capacidad de gestión.

En cuanto a las entidades locales menores, y dado el ínfimo nivel de rendición de cuentas que se viene sucediendo un ejercicio tras otro, se recomienda una actuación firme por parte de las instituciones competentes, dirigida tanto a solventar los problemas relativos al efectivo registro contable de sus operaciones como a la rendición de la cuenta general.

Para ello, podría resultar de utilidad una mayor dotación de recursos humanos adscritos a funciones contables, bien mediante internas... medidas internas de redistribución de efectivos o a través de procedimientos legales de provisión de puestos de trabajo; medida aplicable también a los municipios de menor tamaño.

La cuenta general deberá ajustarse en los aspectos formales y estructurales a lo dispuesto en la normativa aplicable, debiendo reforzarse las actuaciones de control interno con el fin de garantizar la correcta contabilización de las operaciones realizadas, así como la detección de posibles errores.

En este sentido, resulta especialmente recomendable, por parte de las entidades locales, la utilización del validador externo de la plataforma de rendición de cuentas con carácter previo a la tramitación de la cuenta, con el fin de garantizar la exactitud, coherencia e integridad del documento sometido a la aprobación del Pleno.

Por último, se recomienda a los municipios integrantes de Mancomunidades y otras entidades asociativas que durante varios ejercicios permanecieron inactivas que valoren la necesidad de su existencia, iniciando, en su caso, los trámites necesarios para su disolución, recomendación también aplicable a las entidades locales titulares de sociedades mercantiles en similares circunstancias. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Presidente. Se abre un turno ahora de intervenciones de los diferentes Grupos Parlamentarios. En primer lugar, tiene la palabra el señor González Suárez.


EL SEÑOR GONZÁLEZ SUÁREZ:

Sí. Gracias, Presidente. Ya hemos visto esta situación con motivo de anteriores informes sobre rendición de cuentas de los Ayuntamientos de nuestra Comunidad. Las cifras son inaceptables para una Comunidad que, de cara a la galería, se ufana de su eficacia de Gobierno. Que 30 años después de la instauración de nuestra democracia, apenas un 70 % de nuestras entidades locales rindan sus cuentas generales al cierre de la fecha para su análisis –porque dentro del plazo el porcentaje se ve reducido al 51 %- dice muy poco a favor de la calidad de la gobernanza de nuestras instituciones básicas.

Si tenemos en cuenta que antes de dos mil diez ni siquiera las Diputaciones Provinciales –entidades a las que se les supone una dotación de personal habilitado para esas funciones- rendían al 100 % de sus cuentas, el argumento de que la carencia de medios humanos profesionales en nuestros Ayuntamientos no sirve ya para justificar esta situación.

Cabría preguntarse para qué sirve la figura del Secretario Interventor, suponiendo que exista en todos los Ayuntamientos –y sabemos que en algunos no existe, especialmente desde la situación de asfixia de las haciendas locales-. Hay una responsabilidad de carácter tutorial, digamos, educativo, a la hora de haber ido corrigiendo esos desaguisados a lo largo de todos estos años por parte de la Junta de Castilla y León. Probablemente sea el Consejo de Cuentas... probablemente no, con toda seguridad es el Consejo de Cuentas quien realmente está consiguiendo, con sus informes y su insistencia, esa ligera mejora que indican para el ejercicio dos mil once.

Sin embargo, yo no veo mejora alguna. Me quedo con la observación que se hace en el apartado 9 del informe, del capítulo de Rendición de Cuentas, en el que se reconoce que, ampliando la referencia temporal, los niveles de rendición desde el año dos mil seis se quedan en los niveles de siempre, y solo mejora el cumplimiento de los plazos. Por lo tanto, el problema de la desidia, la incompetencia o la irresponsabilidad siguen siendo la tónica de este informe anual –no de los redactores del informe, sino lo que se plasma en el propio informe-.

Que casi un tercio de las entidades locales incumpla cada ejercicio con su obligación de rendir cuentas a la cuenta general es un dato demoledor política y socialmente. Que más del 40 % de estas entidades tengan pendiente de rendir la cuenta de dos o más ejercicios debería abochornar a la Junta de Castilla y León, que debe estar apoyando permanentemente a nuestras entidades locales. Y, sobre todo, en las alturas del siglo XXI, ya, en el que nos encontramos. O ese 6 % de Ayuntamientos que nunca cumplieron con esta obligación.

¿Y qué decir de esos 17 Ayuntamientos mayores de 5.000 habitantes –que son, para los parámetros de Castilla y León, el equivalente de urbes de 250.000 habitantes en Comunidades más pobladas o en países más poblados- que tienen pendiente aún la rendición de varios ejercicios desde el dos mil seis?

La falta de consecuencias para con un comportamiento irregular e ilegal es, como dice el informe, la causa principal de este desaguisado vergonzoso. Aquí está todo permitido, especialmente a la hora de saltarse las leyes, salvo en el caso de que el infractor sea un humilde ciudadano, porque en ese caso acaban en prisión a la menor de las causas -¡hasta ahí podríamos llegar!-; pero la vara municipal es un signo no de servicio a los vecinos, sino de plena potestad.

Nos informa el señor Presidente del Consejo de Cuentas –en nombre de todo el Consejo- sobre el ejercicio dos mil once, pero, si nos respeta la salud –porque las ganas estoy convencido que... que sí las vamos a seguir teniendo-, les convoco... no les convoco a que vengan, sino les convoco a que veamos cuál es la situación dentro de un año, en el convencimiento de que el contenido de su informe no variará apenas, por desgracia para todos nosotros, por desgracia para Castilla y León; aunque espero realmente equivocarme.

Y ello bien a pesar de la insistencia del Consejo de Cuentas en hacer esa labor de pedagogía de la que hablaba antes; incluso yo diría que... en otras ocasiones yo aludía a la obligación que teníamos los Grupos Políticos de hacer pedagogía desde los Grupos Políticos con nuestros Alcaldes y nuestros Concejales, porque yo sé que últimamente todos los Grupos venimos insistiendo en ello. Porque, cuando hablas con algún Concejal de Izquierda Unida, dice: "No, no, si ya me lo han comentado los del PSOE, los del PP, que también a ellos les han dicho", ¿no? Entonces, bueno, a ver si entre todos somos capaces de que esto vaya adelante y de que la transparencia sea tomada como la primera obligación de una institución pública al gestionar recursos públicos.

Y finalizar confiando –y yo confío, estoy seguro de ello- que ustedes seguirán, el Consejo de Cuentas, haciendo tan importante labor, a pesar de que enfrente esté la esfinge, que ni ve ni oye ni entiende, y a pesar de la reducción de medios de... con la que, por desgracia, se han encontrado en el Consejo de Cuentas. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor González. Por parte del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Ramos Antón.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

Muchas gracias, señor Presidente. Señor Presidente del Consejo de Cuentas, señores Consejeros, miembros, personal del Consejo de Cuentas. Es la primera vez que yo participo en un debate de esta naturaleza -es más, a pesar de que hace tiempo que tenía interés en hacerlo-, y voy a aprovechar la amistad y la lealtad que me une con el Presidente del Consejo de Cuentas –hecha después de muchos años de debate en materia de desarrollo de la legislación de régimen local en esta Cámara, aunque es verdad que en el castillo- para tomarme la licencia de decir que yo creo que debe el señor Presidente –al que le sobran habilidades parlamentarias- de estudiar con el Presidente de la... de la Comisión algún procedimiento para hacer un poco digeribles este tipo de debates, que se realizan después de un procedimiento de anestesia al que usted nos somete con la lectura de uno... unos magníficos resúmenes de los informes, que perfectamente podrían incorporarse al Diario de Sesiones por acuerdo de los... por acuerdo de los Grupos; y porque, en fin, solo bastaba ver las caras de todos nosotros –yo incluido- durante este debate para... para constatar que, en fin, que... que el procedimiento anula la calidad del debate y anula la relevancia de lo que aquí se está planteando. Esto es una Cámara, y, si podemos convertirla en una Cámara viva, pues yo creo que todos podemos... en fin, que todos lo agradeceremos.

Por otro lado, tampoco hay que perder la perspectiva de... del plazo y del tiempo, porque no deja de ser este un Parlamento en el que muchos Parlamentarios estamos a tiempo parcial, y a lo mejor has dejado un procedimiento de contratación encima de la mesa para venirte corriendo, pero luego hay que ir a... a recuperarle. En fin, permito... me permito la licencia.

El primer... el primer aspecto que yo quería destacar pues es que este informe, que hace referencia exclusivamente a los aspectos formales y de coherencia interna de las cuentas generales –sin entrar a valorar apenas algo más que algunas formalidades, puesto que el fondo del asunto se entra en el informe sobre la actividad económica y financiera-, probablemente también, como proponía en el debate anterior mi compañero, el señor José Francisco Martín, debería, a lo mejor, debatirse de forma conjunta para poder entrar un poco más en la enjundia, en el alcance de ambos informes por el hecho de plantearse unidos.

Por otro lado, lo que yo quiero hacer, en primer lugar, es valorar –y valorar en lo que... en lo que hay que valorar- el trabajo realizado por el Consejo de Cuentas, por los Consejeros y por los técnicos, en un escenario ciertamente poco favorable, de incertidumbre por las modificaciones legales a las que han sido sometidos y por la... en fin, con unas modificaciones legales, que sin duda han ido a la baja. Por lo tanto, hacer este tipo de informes en este escenario de incertidumbres yo creo que hay que valorarlo de forma especial y de forma singular.

Desde luego, no compartimos en absoluto, para nada, las valoraciones que sobre esta institución –sobre el Consejo de Cuentas- hoy se realiza en un medio de comunicación de una provincia de la Comunidad.

Valoramos igualmente la mejora continua, aunque lenta –excesivamente lenta-, protagonizada por las entidades locales en la rendición de cuentas ante el Consejo, que mantiene una línea ascendente, a pesar de la reducción en cuatro meses del plazo para hacerla efectiva, que permite acortar el plazo para la redacción de este informe. Vemos un poco más medio llena la botella que el señor José María González.

Es verdad que la responsabilidad de no rendir cuentas al Consejo es de las entidades locales que no la rinden. Pero es verdad que no es solo de ellas. Yo creo que esta responsabilidad es, en primer lugar, de las Diputaciones Provinciales, cuyo sentido institucional es, antes que nada, potenciar la competencia de los municipios y de las entidades locales menores para prestar servicios públicos locales, servicios a los que están obligados, y también para cumplir con sus obligaciones formales y de calidad en la gestión de estos recursos. Si no, ¿qué sentido tendría el que existan las Diputaciones Provinciales? Mire, las Diputaciones Provinciales están siendo incompetentes en esta materia; unas más que otras, aunque yo creo que todas suspenden: unas con un cuatro y otras con un cero. Pero no lo son... no son menos incompetentes cuando se trata de hacer que los Ayuntamientos tengan más capacidad para prestar servicios públicos locales.

Hay dos indicadores que son muy claros para evaluar la competencia de las Diputaciones Provinciales de Castilla y León, que son las que más tajo tienen, porque son las que tienen una estructura municipal más atomizada, de mayor número de municipios y de más pequeños. Estos indicadores son:

Primero, el número de Mancomunidades. Somos la Comunidad Autónoma que tiene más Mancomunidades y más municipios mancomunados. ¿Por qué es esto?, ¿por qué ocurre esto? Pues porque los Ayuntamientos se tienen que resolver por su cuenta aquellos problemas que no les resuelven las Diputaciones Provinciales, eso es evidente.

Y, en segundo lugar, el nivel de cumplimiento de los pequeños Ayuntamientos y de las entidades locales menores en la obligación de rendir cuentas ante los órganos de control. Estos pequeños Ayuntamientos y las entidades locales menores son las que menos nivel de rendimien... de rendición de cuentas tienen. Y esto se responsabilidad de las Diputaciones Provinciales, que están para esto, que están para esto.

Y por supuesto, el nivel de rendición de cuentas por parte de las entidades locales de Castilla y León es también responsabilidad de la Junta, que no condiciona la cooperación económica en ninguna de sus líneas... Es verdad que escasas, algunas ficticias, solo de papel, para los presupuestos, singular... todas ellas en el dos mil once, y muchas de ellas en el dos mil doce. Es decir, han sido líneas de papel; es decir, no ha habido cooperación económica local; claro, qué iban a condicionar, ¿verdad? Es decir, si... si solo... los números solo han estado en el presupuesto. Es decir, no ha habido nada. Pero es verdad que nunca ha condicionado la cooperación económica local en ninguna de sus líneas al cumplimiento de esas... de estas obligaciones. Y singularmente no ha condicionado la cooperación económica con las Diputaciones para el sostenimiento de los servicios de asistencia al municipio, ni al establecimiento de objetivos de cumplimiento de estas obligaciones, ni siquiera al compromiso de mejorar estos objetivos.

Y, desde luego, es responsabilidad compartida de la Junta y de las Diputaciones por haber abandonado, hasta ahora, sus responsabilidades en materia de desarrollo del régimen local de Castilla y León. Usted y yo, señor Presidente, tuvimos en el castillo debate sobre el desarrollo de todos, todos y cada uno de los aspectos de la Ley de Régimen Local de Castilla y León, la Ley 1/98. También los que se refieren a... a los aspectos que podrían contribuir a mejorar el nivel de rendición de cuentas de las Corporaciones Locales.

Pero es que la Junta y las Diputaciones Provinciales también han eludido sus responsabilidades en la estructuración de los puestos de trabajo de funcionarios de carácter estatal sostenidos en común por varios Ayuntamientos, que se ha dejado en manos de los propios Alcaldes -que han hecho lo que han podido-, cuando no de los propios interesados, que habrán hecho en no pocos casos lo que les ha convenido. Me consta que, a partir de la amenaza que mantiene el proyecto de ley de reforma local del Gobierno, de disolución de las entidades locales menores en caso de no rendición de cuentas, el ritmo de incremento de... de esta rendición de cuentas por parte de las entidades locales por fin se ha despabilado en lo que se refiere a dos mil doce. En fin, porque así me llega desde las entidades locales menores.

Es verdad que la Junta de Castilla y León ya ha publicado el Decreto 33/2013, de dieciocho de julio, por el que se establecen los términos para el desempeño de las funciones públicas necesarias y reservadas a los funcionarios de... de Administración Local con habilitación de carácter estatal en las entidades locales menores de Castilla y León, así como que las Diputaciones están publicando ya reglamentos -y también tasas, ¡ojo!- a este efecto. Y también es verdad que este decreto, igual que las tasas y los reglamentos de las Diputaciones Provinciales, están consiguiendo el no fácil objetivo de obtener la unanimidad de todas las partes afectadas, en el sentido de que no hay nadie que esté satisfecho, ni con el decreto, ni con los reglamentos de las Diputaciones, ni con las tasas. Y cuando digo que no hay nadie, me refiero, fundamentalmente, a las entidades locales menores, a sus representantes y a los propios Secretarios Interventores de Administración Local. No es un asunto fácil de arreglar, pero es verdad que desde la publicación de la Ley 1/98 hemos tenido quince años para abordar este asunto. Y hombre, se podría haber hecho en alguna manera... de alguna manera un poco más eficaz. Nosotros tendremos que estar, y estaremos atentos a la evolución de este asunto, que amenaza, según las manifestaciones de las propias asociaciones de entidades locales menores, de acabar en los tribunales, para hacer, como hicimos en su momento, las propuestas políticas correspondientes.

Por otro lado, hay que señalar que la ley que se acaba de aprobar esta misma semana en las Cortes de Castilla y León, con un amplio apoyo de la Cámara, para la ordenación, servicios y gobierno del territorio de Castilla y León, contempla que en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley se deberán reestructurar los actuales puestos de trabajo de funcionarios con habilitación de carácter estatal, sostenidos en común por varios municipios, de forma que los nuevos puestos atiendan a municipios con una población mínima conjunta de 500 habitantes o tengan un presupuesto anual global superior a los 500.000 euros. Por lo tanto, hay algunos criterios objetivos, y hay una asunción de responsabilidades y hay un plazo para la asunción de estas responsabilidades.

Por otro lado, esta misma ley, en su disposición adicional novena, contempla que en el plazo de tres meses desde la aprobación de la reforma de la legislación básica de régimen local por parte del Estado, es decir, desde que se aclare el panorama competencial de las Corporaciones Locales, la Junta de Castilla y León compromete en... esta ley compromete a la Junta de Castilla y León a someter a esta Cámara un proyecto de ley de participación de las entidades locales en los ingresos de la Comunidad. Y nosotros nos comprometemos a que en este procedimiento nosotros incorporemos elementos condicionantes para la efectiva participación en estos ingresos a la rendición de cuentas por parte de las entidades locales, tanto de los municipios como de las Diputaciones y las entidades locales menores.

Miren, la reforma local que está planteando en estos momentos el Gobierno de España es una reforma recentralizadora. Recentralizadora a favor...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Vaya acabando, señor Ramos.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

(Ya termino, señor Presidente). ... recentralizadora a favor del Estado y a favor de las Diputaciones Provinciales, que amenaza a las competencias locales que tiene la propia Comunidad Autónoma, competencias que en algunos casos son exclusivas -Artículo 70.1.4 del Estatuto de Autonomía- y en otros casos son de desarrollo normativo -Artículo 71-. Y diseña un modelo de Diputaciones que no está para ayudar a los Ayuntamientos a ser más competentes, sino para suplantarlos.

De modo que cuando las Diputaciones Provinciales sean la central de compras de todos los Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes de los municipios y sean los gestores de todos sus servicios básicos, supongo que el Consejo de Cuentas va a tener mucho más fácil la realización de este tipo de informes. Pero también es verdad que probablemente sea el punto final, o el principio del punto final, del sector público local de Castilla y León.

Una última reflexión: estas reformas -la de la ley que aprobamos anteayer en la... en estas Cortes, la reforma local que está... que está planteando en estos momentos el Gobierno de España y que ya está sometida a debate parlamentario- están generando un verdadero estrés, un verdadero desasosiego en los Ayuntamientos de Castilla y León -en los Alcaldes, en los Concejales-, que yo espero que no repercuta en la rendición de cuentas, pero que puede repercutir. Ustedes, desde el Consejo de Cuentas, que han estado sometidos al mismo estrés y a las mismas amenazas normativas durante el año pasado, supongo que están en las mejores condiciones para entender esta situación. Por eso, a pesar de que nosotros siempre hemos sido partidarios de las sanciones, a pesar que en la Ley de Medidas de este año, por primera vez, se va... va a poder, por parte de estas Cortes, dimensionar ese tipo de sanciones, yo me pregunto si este es el momento de las sanciones. Creo que es el momento de los condicionamientos, pero no sé si es el momento de las sanciones, porque yo creo que los Alcaldes de Castilla y León... que los Alcaldes de... de Castilla y León ya tienen bastante con lo que tienen.

Nosotros, en esta materia, vamos a presentar también enmiendas por parte de nuestro Grupo a la reforma local del Estado, donde es necesario plantearla, de modo que se condicione, se... se exija y se planteen medidas coercitivas en el sentido del...


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Señor Ramos, debe de ir acabando.


EL SEÑOR RAMOS ANTÓN:

... en el sentido del cumplimiento de esta obligación, pero yo creo –ya para terminar- que, más que sanciones, yo creo que estamos para el reconocimiento de esta clase de personas, sometidas a estrés por parte de esta Cámara y de otras Cámaras, que todos los días da la cara por... por el interés general en todos los pueblos de Castilla y León, no sea que tengamos que declararles especie en extinción como consecuencia de un escenario político, económico, institucional y de falta de reconocimiento social del que todos nosotros, en nuestra irrelevancia y humildad, somos mucho más responsables que ellos. Muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias, señor Ramos. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Sobrados Pascual.


EL SEÑOR SOBRADOS PASCUAL:

Sí. Muchas gracias, Presidente. Buenas tardes ya a... a todos, también al Presidente del Consejo de Cuentas, y a los Consejeros y personal que ha venido a acompañarle.

Muy brevemente. Después de haber escuchado la exposición de... del Presidente del Consejo, y de haber estado trabajando durante estos días con este informe, he de poner de manifiesto y valorar el magnífico y extenso trabajo que se ha realizado por parte del Consejo de Cuentas en la elaboración del mismo.

Como en otras ocasiones, observamos que el Consejo continúa encontrando las mismas limitaciones que complican la ejecución del informe de las cuentas del sector público local, como son los incumplimientos registrados en la rendición de cuentas por parte de las diferentes entidades locales.

Por un lado, sin tener en cuenta las entidades locales menores, como... como el Presidente ha podido explicar, son 2.592 entidades locales, de las que 857 no habían cumplido con su obligación de rendir las cuentas del ejercicio dos mil once, lo que... lo que supone un 31... un 33 %, que... que es una cifra a tener en cuenta.

Por otro lado, el reducido, o el reducidísimo nivel de cumplimiento por parte de las entidades locales menores, que representan más de un 46 % del total de las entidades locales de Castilla y León, y solamente hayan rendido cuenta el 13,4 %, cifra que supone un incremento importante respecto al ejercicio anterior –eso es cierto-, pero resulta una cifra desde luego inadmisible. Y, como... como ha comentado y ha explicado el Presidente del Consejo de Cuentas, es el principal motivo de que se tenga que separar en el presente informe las entidades locales menores del resto de... de entidades locales para... para evitar ese efecto distorsionador.

Pero vamos, no todo es negativo en el informe que... que hemos podido ver, y hay que destacar también que los niveles de rendición han experimentado una evolución favorable. A la fecha de cierre del análisis del grado de rendición –con exclusión de las entidades locales menores, como comentábamos-, habían rendido la cuenta general un total de 1.735 entidades locales, que representaban un... un 66,9 %, lo que supone un incremento de 4,3 puntos en relación con el ejercicio anterior, lo cual quiere decir que algo se está haciendo bien.

Por contra, esas 857 entidades, que comentábamos, que incumplieron la obligación de rendir sus cuentas. De esas, 673 son Ayuntamientos, de los cuales, 11 de esos municipios con más de 5.000 habitantes, es un... es un dato que... que llama la atención, como también comentaba anteriormente el Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.

La evolución por tipo de entidad refleja como todos los grupos siguen la tendencia general, de momento, de grado de rendición de dos mil seis. Y ocurre lo mismo con los datos por provincias, y se aprecia igualmente esa evolución también positiva, como comentábamos antes, desde... desde dos mil seis.

Atendiendo a los tipos de entidad, como... como se veía, los niveles más altos de rendición de las cuentas pues son las Diputaciones y el Consejo -evidentemente, son nueve Diputaciones y un Consejo Comarcal, que cumplen el 100 %-, seguidos de los Ayuntamientos y las Mancomunidades y otras entidades asociativas, y... y los consorcios, que presentan unos niveles más bajos.

Y el análisis de la rendición de las cuentas de las entidades locales menores en dos mil once pues ofrece ese índice de rendición tan bajo que comentábamos, y, bueno, a pesar de esa mejora experimentada en relación a ejercicios anteriores, se vuelve a poner de manifiesto ese nivel muy reducido de... de rendición.

Y en estas... y es en estas últimas donde, coincidiendo también con los anteriores Portavoces que me han precedido en el uso de la palabra, creo que todos tenemos que hacer mayor hincapié para trasladar a los diferentes responsables políticos que tienen que concienciarse y esforzarse para cumplir con su obligación de rendir cuentas, al igual que lo hacen otras entidades de similar tamaño y características.

El hecho de que cada ejercicio observemos que va aumentando el número de entidades locales menores que presentan sus cuentas es positivo; pero no hablamos de... de cifras aceptables, pero sí de tendencias positivas, que tenemos que mantener entre todos para que en el transcurso de los próximos ejercicios lleguemos a porcentajes razonables.

De todas formas, aquel que tenga voluntad de cumplir lo va a hacer, y aquella entidad que no tenga esa voluntad, pues lamentablemente, no creo que... que lo haga. Y esperemos que esa voluntad de cumplir aumente de forma considerable, y que la responsabilidad de las entidades locales se contagie, ya sea por las medidas coercitivas que comentábamos o por sentido común. Y si el sentido común o las medidas coercitivas que se puedan adoptar no son suficientes, pues tal vez sean las Diputaciones –como comentaba el Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista- las que tengan que tratar de desempeñar esa labor pedagógica y ejemplar en este sentido para poner en conocimiento de todas las entidades locales los medios que existen a su... a su alcance, y que... y el hecho de rendir cuentas se empiece a convertir en una rutina más en la Administración de esas entidades.

Desde el Grupo Parlamentario Popular, asumimos las recomendaciones que propone el Consejo de Cuentas. Creemos que las entidades locales deben adoptar medidas para asegurar el cumplimiento del ciclo presupuestario y el cumplimiento de los plazos establecidos en todas sus fases, cuestión que, además de ser una exigencia legal, es un elemento clave de transparencia.

Poner de manifiesto también que el Grupo Parlamentario Popular no es partidario de establecer medidas que... que pudieran suponer la pérdida de recursos para los ciudadanos de los municipios vinculados a la rendición de la cuenta, aunque sí estamos dispuestos a estudiar la... la recomendación número 2 que propone el Consejo de Cuentas para tratar de darle encaje dentro de lo que siempre ha sido nuestra postura y un... y esa línea de actuación que también se asume dentro de... de la ley de las instituciones propias, que... que ha comentado, y que se pone de manifiesto también en el informe.

Se vuelve a incidir también en la importancia de la actuación de las Diputaciones Provinciales y del Consejo Comarcal como factor clave para mejorar los resultados de rendición, sobre todo en los Ayuntamientos más pequeños.

En cuanto a las entidades locales menores, pues se requiere una actuación firme por parte de las instituciones competentes de ámbito territorial de la Comunidad dirigida a solventar los problemas de dichos entes relativos al efectivo registro contable de sus operaciones, como la rendición de la... de la cuenta.

Y... y, bueno, sí, poner de manifiesto que... que la cuenta debe ajustarse a los aspectos formales y estructurales, a lo dispuesto en la normativa aplicable. En definitiva, Señorías, y por no alargarme más, seguir trabajando entre todos los responsables públicos para... para que, a través de una labor pedagógica de concienciación con las diferentes entidades locales, se siga aumentando los niveles de cumplimiento y se cumpla con toda la documentación requerida en tiempo y forma, con el objetivo también de transmitir una mayor transparencia a los ciudadanos. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. Para contestar a las intervenciones de los distintos Grupos Parlamentarios, tiene la palabra el Presidente del Consejo de Cuentas.


EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN (SEÑOR ENCABO TERRY):

Sí. Gracias, Presidente. Voy a intentar ser muy sintético y... y, al mismo tiempo, muy concreto en cada una de las intervenciones que ha habido, y... y después también –como es mi costumbre- avanzarles algo sobre cómo va la rendición de cuentas correspondiente al ejercicio dos mil doce. Es decir, creo que eso es un... algo siempre conveniente.

Yo siento discrepar hoy con usted, don José María. Yo creo que hay que ser jamás triunfalistas, pero también reconocer la evolución favorable que están teniendo. Es decir, en el primero de los informes de esta mañana, con frecuencia habrá observado que hablábamos de tendencia favorable. Bueno, pues hay una tendencia favorable; y... y las cuestiones son así de claras; es decir, en los dos últimos años se ha producido una mejora, en el dos mil diez, de 23,5 puntos porcentuales y, en el año dos mil once, de 14,1 puntos porcentuales acumulados sobre el dos mil diez, es decir... Por lo tanto, nada más lejos de la satisfacción del Consejo de Cuentas por los niveles de rendición. Pero es justo reconocer de que se está produciendo una mejora en los niveles de rendición de cuentas. Entonces, en ese sentido, yo sí quería ponerlo de manifiesto.

Y, al mismo tiempo, incidir en lo que han dicho los tres Portavoces: esto es una cuestión de todos; es decir, evidentemente, desde el Consejo de Cuentas se está haciendo –si me permiten la expresión- un sobreesfuerzo para concienciar a todas y cada una de las entidades locales de nuestra Comunidad Autónoma en la obligación de rendir cuentas. Mire, le puedo dar como dato que en estos últimos días hemos enviado 3.976 recordatorios a las entidades locales de Castilla y León; 3.976 recordatorios, a todos aquellos que a esa fecha no habían cumplido. Y eso, usted sabe perfectamente que supone un esfuerzo de logística importante. Bueno, pues se ha hecho en el Consejo de Cuentas, por primera vez, a todas, y se ha remitido a todas las entidades locales menores, también de nuestra Comunidad Autónoma, incluidos Mancomunidades, consorcio y, por supuesto, los 1.248 Ayuntamientos. Un dato que me gustaría dejar constancia en la mañana de hoy.

Después, también, en relación a lo que se ha comentado por el... el Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, sí, yo recuerdo de una manera, pues, auténticamente entrañable, pues aquellos debates que teníamos, y que usted habitualmente tenía la responsabilidad de debatir en materias de... de régimen local. Y yo tengo magníficos recuerdos, y usted siempre ha estado especialmente sensibilizado con todo el mundo local.

Yo, sobre la propuesta que hace usted sobre... para intentar aliviar, aligerar las comparecencias, por parte del Consejo de Cuentas, dependemos de estas Cortes. Es decir, lo que nos manden las Cortes, nosotros haremos. Es decir, somos obedientes y disciplinados; y si por parte del legislativo se establece algún sistema pues para mejorar las comparecencias, nosotros estamos abiertos.

Lo que sí me gustaría indicar que estaríamos abriendo camino. Es decir, eso es algo que, en estos momentos, en el conjunto de los órganos de control externo, la mecánica es similar a la que nosotros estamos practicando en Castilla y León. Es decir, si deseamos hacer unas comparecencias más breves, más sintéticas, por parte del Consejo de Cuentas no hay ningún problema. Y eso sí me gustaría resaltarlo. Pero estarán de acuerdo conmigo que el Consejo de Cuentas no debe de decidir nada, lo deben de decidir ustedes, que son, evidentemente, los que tienen la responsabilidad de la organización de esta casa, no el Consejo de Cuentas. El Consejo de Cuentas hará y comparecerá en aquella manera y modo que ustedes entiendan que es más ágil para el debate parlamentario; no hay ningún problema por parte del Consejo de Cuentas. Que si ustedes pretenden, por ejemplo, que el informe nuestro fuese referido prácticamente a lo que es la nota resumen que está colgada en la página web el mismo día que se publican los informes, nosotros estamos abiertos a cualquier tipo de posibilidad. Todo aquello que redunde en la mejora de lo que puede ser el debate parlamentario y la transparencia, nosotros... siempre van a encontrar, por nuestra parte, absolutamente todas las facilidades.

Respecto a cómo va en estos momentos la evolución de la rendición de cuentas, pues mire, en estos momentos va mejor que nunca, si me permite. Es decir, se está mejorando. Y se está notando también una cierta... un cierto movimiento en las entidades locales menores. Es decir, en estos instantes estamos hablando, si no me falla la información, de más de 300 entidades locales menores que han rendido cuentas. Estamos, en ese sentido, pues mejorando. Y yo creo que aunque a veces puede ser trabajoso -y yo aquí me gustaría dejar constancia también de la magnífica labor que se está haciendo desde el departamento local liderado por el Consejero Emilio Melero-, eso es un esfuerzo adicional. Es decir, tengan ustedes presente que comunicar a 3.976 entidades, eso no se hace en una mañana. Y eso ha requerido un esfuerzo adicional.

Así como también habrán comprobado en el informe pues lo balsámico que es la citación a los responsables de las entidades locales, de Ayuntamientos, en el Consejo. La verdad, se resuelven gran parte de los problemas, y vemos como todos aquellos que son convocados en un tiempo razonable van cumpliendo sus compromisos. Y eso sí me gustaría dejarlo... también constatar en la mañana de hoy.

Y hay otra cosa en la que yo pediría un voto de confianza a esta Comisión de Hacienda, que siempre nos está dando el voto de confianza, y no quiero abusar pero sí quiero expresarlo una vez más. Una vez más, se confunde, a veces, cuando nosotros estamos reclamando la capacidad coercitiva -no sancionadora; no quiero entrar en disquisiciones jurídicas-. Y pido ese voto de confianza, porque lo utilizaríamos de una manera absolutamente sensata.

Es decir, no son enemigos del Consejo de Cuentas los Alcaldes, ni... ni los representantes de ninguna entidad local de nuestra Comunidad Autónoma, ninguno es enemigo. Todo lo contrario. Es decir, nosotros estamos dispuestos y estamos brindando nuestra colaboración a todas las entidades locales, y hay unos magníficos funcionarios que están atendiendo permanentemente las entidades locales. Pero se cuestiona muchas veces como hay personas que, de una manera reiterada y consciente, están incumpliendo una obligación legal. Es decir, y no estoy... no quiero personificar en nadie, pero en lo único que... que quiero en estos momentos aprovechar esta oportunidad para que esa posibilidad de que se incorporase a la Ley de Presupuestos del próximo año, dos mil catorce, existiese. Yo lo que sí puedo garantizar a esta Comisión de Hacienda que se haría con auténtica prudencia, es decir, con auténtica prudencia. Pero, al mismo tiempo, no confundamos justos por pecadores. Y nosotros, lo que sí le puedo decir, que, si estamos dotados de esa capacidad coercitiva, los que iban a ser responsables de esa posible multa serían los pecadores, no los justos. Y eso es algo que sí me gustaría dejar constancia en la mañana de hoy.

Y sería algo novedoso, y algo que fortalecería a esta institución de una manera importante. Porque no solamente lo tenemos que personificar en los responsables municipales, sino en todos aquellos que tienen responsabilidades en el ámbito municipal. Y creo que ustedes son lo suficientemente inteligentes para saber a lo que me estoy refiriendo. Y en ese sentido, yo, por eso, les pido de que, en... en lo que puede ser el establecimiento de esas multas coercitivas, tengan la plena certeza de que lo haríamos con total prudencia.

Y después, ya, y concluyo mi intervención diciendo que en el... nuestras recomendaciones van en la línea de otros años. Evidentemente, no hay nada nuevo bajo el sol sobre el incumplimiento. Sí es cierto de que en estos momentos tenemos muy avanzado un informe de fiscalización que se remitirá en breve a las Cortes de Castilla y León, y analiza de una manera rigurosa y exhaustiva cuál es la situación de los habilitados de carácter estatal en el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma -las carencias, dificultades, etcétera, etcétera-, y eso lo vamos a ver próximamente aquí. Y es un informe que yo creo que es bastante clarificador sobre la situación real de lo que es este... este mundo local, que a todos nos preocupa por igual. Nada más y muchas gracias.


EL PRESIDENTE (SEÑOR GONZÁLEZ REGLERO):

Gracias. ¿Por parte del Grupo Parlamentario desea hacer... consumir el turno de réplica? Muchas gracias.

Finalizado el debate, y de conformidad con lo establecido en la norma cuarta de la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de siete de abril de dos mil nueve, se abre un plazo de cinco días para que los Grupos Parlamentarios puedan presentar ante la Mesa de la Comisión propuestas de resolución relativas al informe de fiscalización que acaba de ser examinado. Dicho plazo finalizará el próximo miércoles, dos de octubre, a las catorce horas.

Concluido el Orden del Día de esta Comisión y agradeciendo de nuevo la presencia del Excelentísimo señor Presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León y de todo el equipo, se levanta la sesión.

[Se levanta la sesión a las catorce horas treinta minutos].


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